aspectos legales en la prácica de enfermería
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Aspectos Legales en la prctica de EnfermeraHOSPITAL DALINDE
B.BRAUN, Mxico Mtra. Ada Castillo Ferrari Febrero 2012
Agenda Perspectiva histrica de la profesin tica profesional y confidencialidad Cdigo de tica de Enfermera
Importancia del Consentimiento informado Conclusiones
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Objetivo
Generar reflexin de cada uno de los participantes sobre la importancia que tiene nuestro rol como profesionales de la Enfermera, en la participacin del cuidado del paciente y su familia,
frente a las normas ticas y legales que regulan la profesin, lasfunciones y los resultados de nuestro cuidado por medio del trabajo colaborativo.
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Perspectiva histrica
Enfermera es la profesin que tiene como objetivo la proteccin, promocin y optimizacin de la salud, as como el desarrollo conjunto de habilidades para la
prevencin de la enfermedad, alivio del sufrimiento a travs del diagnstico ytratamiento de la respuesta humana y defensor del cuidado individual, de la familia, las comunidades y las poblaciones.American Nurses Association, 2003
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Prehistoria
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Civilizaciones antiguas
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Edad Media El Corn Avicena
Maimnides El hombre: alma y cuerpo Hospitales y Escuelas de Medicina
Comadronas y Enfermeras
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Edad Media
Salud-enfermedad: Dios Dictaban normas higinicas, estilo de vida
Enfermedades infecciosas Tcnicas de aislamiento Comadronas
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Edad Media Monasterios Medicina combinada con la supersticin
Hermandades Hospitalarias Siglo XIII Universidades Grandes epidemias
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Renacimiento
Hospitales de Beneficencia Enfermero Mayor Enfermeros Comadronas
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Siglo de Oro
1550 y 1650
Dedicacin absoluta rdenes religiosas San Juan de Dios Hermanos Enfermeros Pobres
Manuales escritos "Instruccin de enfermeros "Directorio de enfermeros"
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Siglo de Oro
Funciones Curacin, administracin, docencia e investigacin Saber leer y escribir
Registro escrito de sus tareas diarias
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La Ilustracin
Asistencia a los enfermos y pobres al Estado Caridad por Beneficencia Cementerios Limpieza de las calles Orfanatos
Manicomios Enfermera pierde independencia Grandes descubrimientosHospital Care | ACF | Aspectos Legales en la prctica de Enfermera | Page 16
La Ilustracin Diaconisas
Instituto Kaiserwerth, Alemania Florence Nightingale
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SIGLO XIX
Dorothea Lynde Dix. Unin de enfermeras militares.
Madre Mary Ann Ball. Servicios de ambulancias. Bsqueda de heridos Supervisin de enfermeras
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Florence NightingaleFlorencia (Italia) 12 de Mayo de 1820 Instituto Kaiserswerth (Alemania) Maison de la Providence de las Hermanas de la Caridad (Pars) Hospital de Scutari, en Turqua
Woodham-smith, 1983; Donahue,1996)
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Florence Nightingale
38 enfermeras Hospital de guerra ndice de mortalidad de 42,7% que hizo disminuir hasta el 2,2% Mejoras en la calidad asistencial Organiz salas de hospitalizacin
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SIGLO XX
Clases las impartan mdicos
Guerra CivilLibertades de la mujer Auxiliares Tcnico SanitarioInfluencia social
DiplomadosLicenciaturasDerechos humanosCambios demogrficos
Participacin mujer educacin
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Aspectos Legales en la prctica de EnfermeraB.Braun Mxico
ETICA PROFESIONAL Y CONFIDENCIALIDAD
Conceptos Legales
LeySuma total de reglas y regulaciones por las cules se rige una sociedad Regular la convivencia de las personas dentro de las sociedades Creadas y establecidas por personas
Guido, 2006.
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Objetivo de las leyesMarco que establece acciones para para el establecimiento de las acciones de enfermera dentro de la ley.
Diferencian
responsabilidades
de
la
enfermera
y
de
otros
profesionales de la salud.
Ayudan a establecer lmites de una accin de enfermera
independiente.
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Cdigo de tica para Enfermeras Mexicanas
Todo arte y toda investigacin y del mismo modotoda accin y eleccin parecen tender a algn bien, por eso se ha dicho con razn que el bien es aquello a lo que tienden todas las cosas. Aristteles
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Cdigo de tica para Enfermeras Mexicanas
La tica es el estudio filosfico de la moral Dicta normas para determinar lo correcto y lo errneo Permite formar juicios Beneficios de quien representa los principios El deber ser El porque ser
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Cdigo de tica para Enfermeras Mexicanas
REFLEXIN
JUICIO
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Cdigo de tica para Enfermeras Mexicanas
Reconocer potencialidades y debilidades
HUMANISMO
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tica profesional
Disciplina que se ocupa de los deberes que surgen en relacin con el ejercicio de la profesin
Principios ticos fundamentales necesarios para el desempeo correcto de
todas las intervenciones de enfermera encaminadas a restablecer la salud delos individuos, basada en el conocimiento mutuo y con respeto de la dignidad de la persona que reclama la consideracin tica del comportamiento de la enfermera.
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Principios ticos
VALOR FUNDAMENTAL DE LA VIDA HUMANA
Este principio se refiere a la inviolabilidad de la vida humana, es decir la
imposibilidad de toda accin dirigida de un modo deliberado y directo a lasupresin de un ser humano o al abandono de la vida humana, cuya subsistencia depende y esta bajo la propia responsabilidad y control.
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Principios ticos
BENEFICENCIA Y NO MALEFICENCIA
Se entiende como la obligacin de hacer el bien y evitar el mal. Se rige por los siguientes deberes universales: hacer o promover el bien y prevenir,
apartar y no infringir dao o maldad a nada.
Si al aplicar este principio no se tienen las condiciones, medios o conocimientos para hacer el bien, se debe elegir el menor mal evitando transgredir los derechos fundamentales de la persona, los cuales estn por encima de la legislacin de los pases y de las normas institucionales.
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Principios ticos
TERAPUTICO DE TOTALIDADCada parte del cuerpo humano tiene un valor y est ordenado por el bien de todo el cuerpo y ah radica la razn de su ser, su bien y por tanto su perfeccin.
De este principio surge la norma de proporcionalidad de la terapia. Segn sta, una terapia debe tener cierta proporcin entre los riesgos y daos que
sta conlleva y los beneficios que procura.
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Principios ticos
DOBLE EFECTOEste principio orienta el razonamiento tico cuando al realizar un acto bueno se derivan consecuencias buenas y malas.
Se puede llegar a una formulacin sobre la licitud de este tipo de acciones partiendo de que: Que la accin y el fin del agente sea bueno Que el efecto inmediato a la accin, no obstante no sea bueno, exista una causa proporcionalmente grave
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Principios ticos
JUSTICIA
La justicia en la atencin de enfermera no se refiere solamente a la disponibilidad y utilizacin de recursos fsicos y biolgicos, sino a la satisfaccin
de las necesidades bsicas de la persona en su orden biolgico, espiritual,afectivo, social y psicolgico, que se traducen en un trato humano.
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Principios ticos
AUTONOMASignifica respetar a las personas como individuos libres y tener en cuenta que sus decisiones son el producto de sus valores y convicciones personales.
Con este principio se reconoce el deber de respetar la libertad individual que tiene cada persona para determinar sus propias acciones.
El reconocimiento de la autonoma de la persona se da tica y jurdicamentecon el respeto a la integridad de la persona y con el consentimiento informado
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Principios ticos
CONFIABILIDAD
El profesional de enfermera se hace merecedor de confianza y respeto por sus conocimientos y su honestidad al trasmitir informacin, dar enseanza, realizar los procedimientos propios de su profesin y ofrecer ayuda a las personas.
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Principios ticos
SOLIDARIDADEs un principio indeclinable de convivencia humana. Se basa en el derecho humano fundamental de unin y asociacin, en el
reconocimiento de unas races, unos medios y unos fines comunes de los sereshumanos entre s.
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Principios ticos
TOLERANCIA
Este principio se fundamenta en el valor de la dignidad humana
Hace referencia a un mal que se ha de permitir por una razn determinada.
La tolerancia significa respetar a las personas en sus diferencias, sin hacerse
cmplice de sus errores en sus decisiones y actuaciones
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Principios ticos
PRIVACIDADEl fundamento de este principio es la intimidad, que es una dimensin existencialr eservada de una persona, familia o grupo.
La privacidad consiste en no divulgar, ni permitir que se conozca la intimidad corporal o la informacin confidencial que directa o indirectamente se obtenga
sobre la vida, la salud, la enfermedad y las causas de la muerte de quienes dealgn modo se relacionen con el ejercicio profesional.
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Principios ticos
VERACIDADSe define como la obligacin a decir la verdad, y no mentir o engaar a otro. La veracidad es fundamental para mantener la confianza entre los individuos y
particularmente en las relaciones de atencin a la salud.
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Principios ticos
FIDELIDAD
Se define como la obligacin de cumplir con los compromisos que recaen generalmente en el mbito de la relacin entre la persona sujeto del cuidado y
la enfermera, tales como el cumplimiento de promesas y el mantenimiento de laconfidencialidad.
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CDIGO DE TICACaptulo I. Disposiciones generales (1) Captulo II. De los deberes de las enfermeras para con las personas (8) Captulo III. De los deberes de las enfermeras como profesionistas (8) Captulo IV. De los deberes de las enfermeras para con sus colegas (5) Captulo V. De los deberes de las enfermeras para con su profesin (4) Captulo VI. De los deberes de las enfermeras para con la sociedad (4*)
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DECLOGO DE ENFERMERA
1. Respetar y cuidar la vida y los derechos humanos, manteniendo una conducta honesta y leal en el cuidado de las personas.
2. Proteger la integridad de las personas ante cualquier afectacin, otorgando cuidados de enfermera libres de riesgos.
3. Mantener una relacin estrictamente profesional con las personas a quienes atiende, sin distincin de raza, clase social, creencias religiosas y polticas.
4. Asumir su responsabilidad como miembro del equipo de salud, enfocando sus cuidados hacia la conservacin de la salud y prevencin del dao.
5. Guardar el secreto profesional observando los lmites del mismo, ante riesgos y dao a la propia persona o a terceros.Hospital Care | ACF | Aspectos Legales en la prctica de Enfermera | Page 46
DECLOGO DE ENFERMERA
6. Procurar que el entorno laboral sea seguro tanto para las personas sujeto de la atencin de enfermera, como para quienes conforman el equipo de salud.
7. Evitar la competencia desleal y compartir con sus colegas experiencias y conocimientos en beneficio de las personas y de la comunidad de enfermera.
8. Asumir la responsabilidad de actualizar y aplicar los conocimientos cientficos, tcnicos y humansticos de acuerdo a su competencia profesional.
9. Pugnar por el desarrollo de la profesin y dignificar su ejercicio.
10. Fomentar la participacin y el espritu de grupo para lograr los fines profesionales.
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Aspectos Legales en la prctica de EnfermeraB.Braun Mxico
CONSENTIMIENTO INFORMADO
CONSENTIMIENTO INFORMADO
OBJETIVO
Contar con un documento mdico legal que ampare la atencin que se preste a los usuarios que soliciten los servicios de salud.
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Consentimiento Informado
1947 se integra formalmente en el terreno de la medicina a partir del Cdigo de Nuremberg Seala como requisito indispensable en casos de investigacin mdica Despus de conocerse los horrores mdicos cometidos por los nazis en los campos de concentracin
El Consentimiento Informado en la legislacin en Salud de Mxico Gac Md Mex 1996;Volumen 132 (5) 551-557
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CDIGO DE NUREMBERG 1947
El consentimiento voluntario del sujeto humano es absolutamente esencial
La persona debe tener la capacidad legal para ejercer su libertad a escoger
El paciente debe tener el suficiente conocimiento y comprensin de todos los elementos del problemaSin la intervencin de cualquier elemento de fraude, engao, coaccinSepulveda B . Los Derechos del paciente. Gac Med. Mex. 1984; 120:271-272.
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Consentimiento Informado
1957 fue utilizado por primera vez como un recurso judicial en California
1980 La Asociacin Norteamericana incluy en su cdigo de tica la obligatoriedad del mdico de informar adecuadamente al paciente
Internacional Comit of Medical Journal Governal Editors: Protection Patients Rights of Privacy. BMJ 1995:311:1272.
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Legislacin en Mxico
Consentimiento Informado el acuerdo por escrito, mediante el cual el sujeto de investigacin, o en su caso, su representante legal autoriza su participacin en la investigacin, con pleno conocimiento de la naturaleza de los procedimientos y riesgos a los que se someter, con la capacidad de libre eleccin y sin coaccin alguna.
Estados Unidos Mexicanos . Diario oficial de la Federacin, 7 de Febrero de 1984. Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federacin , 6 de Enero de 1987.
531 de 1 Hospital Care | ACF | Aspectos Legales en la prctica de Enfermera | Page
Consentimiento informado
1987Reglamento de la Ley General de Salud en materia de InvestigacinArt 20,21 y 22 se plasma el concepto y definicin del Consentimiento Informado en concordancia con el cdigo de Nuremberg de la
siguiente manera:
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Requisitos del Consentimiento Informado
El sujeto de investigacin debe recibir una explicacin clara y completa , de tal forma que pueda comprenderla, por lo menos sobre los siguientes aspectos:
I.II.
La justificacin y los objetivos de la InvestigacinLos procedimientos que vayan a usarse y su propsito, incluyendo la identificacin de los procedimientos que son experimentales Las molestias o los riesgos esperados Los beneficios que puedan obtenerse Los procedimientos alternativos que pudieran ser ventajosos para el sujeto
III. IV. IV.
VI. La garanta de recibir respuesta a cualquier pregunta y aclaracin a cualquier duda acerca de los procedimientos, riesgos, beneficios y otros asuntos relacionados con la investigacin y el tratamiento del sujeto.
El consentimiento informado en la legislacin en salud en Mxico, Gac. Md. Mx.. 1996;Volumen 132(5):551-557.
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Requisitos del consentimiento informado
VII. La libertad de retirar su consentimiento en cualquier momento y dejar de participar en el estudio; sin que por ello se creen perjuicios para continuar su cuidado y tratamiento
VIII. La seguridad de que no se identificar al sujeto y que se mantendr la confidencialidad de la informacin relacionada con su privacidadIX. El compromiso de proporcionarle informacin actualizada durante el estudio, aunque sta pudiera afectar la voluntad del sujeto para continuar participando
El consentimiento informado en la legislacin en salud en Mxico Gac. Md. Mx.. 1996;Volumen 132(5):551-557.
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Requisitos del consentimiento informado
El consentimiento informado siguientes requisitos:
deber formularse por escrito y deber reunir los
I. Ser elaborado por el mdico principal, indicando la informacin sealada anteriormente II. Ser revisado y en su caso aprobado por la comisin de tica de la Institucin de atencin a la Salud III. Indicar los nombres y direcciones de dos testigos y la relacin que estos tengan con el sujeto de la investigacin IV. Deber ser firmado por dos testigos y por el sujeto de investigacin o su representante legal, en su caso si el sujeto de investigacin no pudiera firmar, imprimir su huella digital y a su nombre firmar otra persona que el designe V. Se extender por duplicado, quedando un ejemplar en poder del sujeto de investigacin o de su representante legal.El Consentimiento Informado en la Legislacin de Salud de Mxico Gac. Md Mex 1996; Volumen 132(5): 551-557
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Consentimiento informado
Elementos principales: Voluntario
Otorgarse por parte de un paciente o individuo con la capacidad y competencia de comprenderlo
Recibir suficiente informacin para poder tomar una decisin
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Consentimiento informado
Excepciones: Menores de edad Adultos con discapacidad mental Pacientes inconscientes Lesiones que impidan esta capacidad Consentimiento implcito
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Consentimiento informado: rol de la Enfermera
No es responsable de explicar el procedimientoSi da testimonio del consentimiento Firma como testigo: El paciente dio su consentimiento voluntariamente La firma es autntica El paciente parece competente para dar su consentimiento
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Procedimiento
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Consentimiento informado: ejemplo
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Carta de revocacin del consentimiento: ejemplo
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El acto de informar forma parte de la relacin mdico paciente, para
que el acto de consentir sea una manifestacin de autonoma, esnecesario que el paciente conozca , comprenda y aprecie su enfermedad, las alternativas teraputicas y los riesgos estas conllevan. que
Bol of Sanit Panam 108(5-6),1990 sobre el Consentimiento Informado Maria del Carmen Lara y Juan Ramn de la Fuente.
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