agencia territorio pueblos indígenas amazonía peruana

28
Derechos Territoriales y proceso de constitución de la agencia social indígena: el caso de los Secoya y los Machiguengas en el Perú Martha Rodríguez Achung 1 , Emilio Rojas Rimachi 2 , Felix Lossio Chavez 3 Julio 2011 Introducción Los pueblos y comunidades indígenas han recorrido un largo camino de construcción de su agencia social. Ello ha ocurrido en interrelación con diversos actores sociales y grupos económicos, particularmente con empresas extractivas, desde sectores informales hasta el gran capital, y en contextos políticos cambiantes que han ido reconfigurando estas relaciones. Si bien la relación entre pueblos indígenas y capital extractivo no es nueva, en las últimas décadas la presencia de estas industrias en o cercanos a territorios indígenas se ha extendido y acelerado en tiempo y espacio de manera notable. Los territorios en donde se desenvuelve la vida cotidiana y cultura indígena mantienen aún signos de alta biodiversidad en ecosistemas frágiles. No es casual entonces que varias de las actuales áreas de conservación, así como importantes cuencas sedimentarias en el subsuelo, también se ubiquen es estos mismos espacios, de modo tal que diversos agentes económicos tengan intereses sobre diferentes segmentos de estos espacios: unos en los recursos del bosque (forestal, hidroeléctricas, etc.), algunos en el suelo (minería) y otros en el subsuelo (hidrocarburos). Habida cuenta de que los pueblos indígenas se caracterizan también por su alta vulnerabilidad, la calidad ambiental y la permanencia de sus bosques está directamente asociada a la reproducción cultural y la sobrevivencia de estos pueblos. Así, en las últimas décadas el contexto en el cual operan estas relaciones ha ido cambiando hacia un proceso signado por la tensión entre el reconocimiento y el recorte de derechos a los pueblos originarios, la ausencia del estado y la mayor presencia de grandes inversiones. Este texto tiene como objetivo dar cuenta de la tensión que se da en este escenario y de cómo la población indígena ha venido logrando la expansión de sus capacidades para ampliar sus derechos y acceder a los recursos -en la perspectiva de desarrollo de Amartya Sen- vía un juego de poder 4 . Como veremos, esta demanda de reconocimiento de derechos se ha dado a la par de un avance significativo en la constitución de los pueblos indígenas como nuevos actores y la construcción de la “agencia social” propia, en el sentido señalado por Anthony Giddens (1995:51): “Ser capaz de “obrar de otro modo” significa ser capaz de intervenir en el mundo o de abstenerse de esa intervención, con la consecuencia de influir sobre un proceso o un estado de cosas específico. Esto presupone que ser un agente es ser capaz de desplegar (repetidamente, en el fluir de la vida diaria) un espectro de poderes causales, incluido el poder de influir sobre el desplegado por otros. Una acción nace de la aptitud 1 Socióloga, Doctora en CCSS (Desarrollo, Población, Medio ambiente) por la Universidad Católica de Lovaina. Profesora Principal de la Pontificia Universidad Católica del Perú. 2 Antropólogo y Magíster en Sociología por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Doctorando en CCSS en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 3 Sociólogo, profesor del Departamento de CCSS de la Pontificia Universidad Católica del Perú 4 Rodríguez Achung, Martha 2005: 59-64 1

Upload: emilio-rojas-rimachi

Post on 12-Jan-2016

230 views

Category:

Documents


0 download

DESCRIPTION

Autores M. Rodriguez, E. Rojas, F. LossioEl artículo describe y analiza los procesos de producción de agencia social y constitución de actores a propósito de luchas territoriales en dos pueblos indígenas de la Amazonía peruana: Secoya y Machiguenga.

TRANSCRIPT

Page 1: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

Derechos Territoriales y proceso de constitución de la agencia social indígena: el caso de los Secoya y los Machiguengas en el Perú Martha Rodríguez Achung1, Emilio Rojas Rimachi2, Felix Lossio Chavez3

Julio 2011 Introducción

Los pueblos y comunidades indígenas han recorrido un largo camino de

construcción de su agencia social. Ello ha ocurrido en interrelación con diversos actores sociales y grupos económicos, particularmente con empresas extractivas, desde sectores informales hasta el gran capital, y en contextos políticos cambiantes que han ido reconfigurando estas relaciones. Si bien la relación entre pueblos indígenas y capital extractivo no es nueva, en las últimas décadas la presencia de estas industrias en o cercanos a territorios indígenas se ha extendido y acelerado en tiempo y espacio de manera notable.

Los territorios en donde se desenvuelve la vida cotidiana y cultura indígena

mantienen aún signos de alta biodiversidad en ecosistemas frágiles. No es casual entonces que varias de las actuales áreas de conservación, así como importantes cuencas sedimentarias en el subsuelo, también se ubiquen es estos mismos espacios, de modo tal que diversos agentes económicos tengan intereses sobre diferentes segmentos de estos espacios: unos en los recursos del bosque (forestal, hidroeléctricas, etc.), algunos en el suelo (minería) y otros en el subsuelo (hidrocarburos). Habida cuenta de que los pueblos indígenas se caracterizan también por su alta vulnerabilidad, la calidad ambiental y la permanencia de sus bosques está directamente asociada a la reproducción cultural y la sobrevivencia de estos pueblos. Así, en las últimas décadas el contexto en el cual operan estas relaciones ha ido cambiando hacia un proceso signado por la tensión entre el reconocimiento y el recorte de derechos a los pueblos originarios, la ausencia del estado y la mayor presencia de grandes inversiones.

Este texto tiene como objetivo dar cuenta de la tensión que se da en este

escenario y de cómo la población indígena ha venido logrando la expansión de sus capacidades para ampliar sus derechos y acceder a los recursos -en la perspectiva de desarrollo de Amartya Sen- vía un juego de poder4. Como veremos, esta demanda de reconocimiento de derechos se ha dado a la par de un avance significativo en la constitución de los pueblos indígenas como nuevos actores y la construcción de la “agencia social” propia, en el sentido señalado por Anthony Giddens (1995:51):

“Ser capaz de “obrar de otro modo” significa ser capaz de intervenir en el mundo o de abstenerse de esa intervención, con la consecuencia de influir sobre un proceso o un estado de cosas específico. Esto presupone que ser un agente es ser capaz de desplegar (repetidamente, en el fluir de la vida diaria) un espectro de poderes causales, incluido el poder de influir sobre el desplegado por otros. Una acción nace de la aptitud

1 Socióloga, Doctora en CCSS (Desarrollo, Población, Medio ambiente) por la Universidad Católica de Lovaina. Profesora Principal de la Pontificia Universidad Católica del Perú. 2 Antropólogo y Magíster en Sociología por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Doctorando en CCSS en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. 3 Sociólogo, profesor del Departamento de CCSS de la Pontificia Universidad Católica del Perú 4 Rodríguez Achung, Martha 2005: 59-64

1

Page 2: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

del individuo para “producir una diferencia” en un estado de cosas o curso de sucesos preexistentes. Un agente dejar de ser tal si pierde la aptitud de “producir una diferencia”, o sea, de ejercer alguna clase de poder” Este proceso ha colocado a los pueblos indígenas en la escena pública y en la

arena política de los diferentes países de Latinoamérica y de ahí la importancia de investigar, visibilizar y discutir casos particulares en nuestros países.

En el Perú, y para lograr el objetivo de nuestro artículo, nos centraremos en el

estudio de dos casos de procesos de reivindicación de derechos territoriales indígena actuales. El primero, vinculado a los Secoya, en la Amazonía norte del país; y el segundo, vinculado a los Machiguengas en la selva sur. En ambos casos, los procesos son de larga data, lleno de complejidades, actores y momentos que no es necesario en este texto ahondar. Lo que hemos privilegiado ha sido la descripción y análisis de su situación actual, a partir ciertamente de los hitos más importantes de su historia reciente así como de sus logros más importantes; orientado todo desde el enfoque de derechos territoriales.

Ambos casos han sido escogidos por sus logros ciertamente, pero también por

su camino lleno de tensiones y contradicciones. Se tratan de casos con algunas similitudes que nos facilitan la conexión; pero también con importantes diferencias que nos evidencian una vez más la complejidad de este tema en un país como el Perú y en una región como la latinoamericana. Es decir, en ambos casos hemos querido evidenciar los caminos que los dos grupos han tenido que atravesar en su historia reciente para lograr constituirse -aun en un proceso abierto-, como actores sociales con derechos territoriales ciertamente posicionados en la esfera pública, pero no por ello absolutamente garantizados. Por esta razón, no llegaremos acá a conclusiones finales o lecciones definitivas sobre cómo debe ser el camino exitoso hacia la garantía de derechos territoriales, en tanto justamente se tratan de procesos inconclusos en el país. Pero quizá por ello, resultan más interesantes para la discusión sobre las políticas territoriales nacionales en los años venideros.

Enmarcaremos ambas experiencias con un breve contexto sobre la cuestión

legal de los derechos territoriales y el Estado en el Perú reciente, así como los hechos sociales más importantes del movimiento indígena en el Perú actual. Ello permitirá al lector anclar los casos locales en una lógica nacional, y esperamos con ello entender de mejor manera los procesos sociales nacionales que atraviesan justamente los casos particulares escogidos. Finalmente, propondremos algunas reflexiones finales que nos inviten a dialogar lo encontrado en nuestro país con otros procesos en distintos países de América Latina.

El Estado y los derechos territoriales en el Perú: la Comunidad Nativa

Los derechos territoriales de los pueblos indígenas amazónicos en el Perú fueron reconocidos por el gobierno militar del general Juan Velasco (1968-1975) mediante la promulgación del Decreto Ley 20653 el 18 de junio de 1974, denominado “Ley de Comunidades Nativas y de Promoción Agropecuaria de las Regiones de Selva y Ceja de Selva”. Luego, durante el gobierno del general Francisco Morales Bermúdez, el 9 de mayo 1978, se dio el Decreto Ley 22175, Ley de Comunidades Nativas y de

2

Page 3: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

Desarrollo Agrario de la Selva y Ceja de Selva, que está actualmente en vigencia5. Sin embargo, a lo largo de las últimas décadas se ha ido recortando el alcance y su carácter de tierras inalienables, inembargables e imprescriptibles.

Desde entonces, a lo largo de casi cuatro décadas y a través de un lento

proceso de cumplimiento de procedimientos legales se fueron creando las “Comunidades Nativas”, mediante la cual el Estado reconoce el derecho de los pueblos indígenas amazónicos a la propiedad comunal de la tierra y al acceso a los recursos del bosque como bien común. Durante estas décadas, la comunidad nativa se ha ido formando tanto jurídica como organizativamente, constituyéndose en un elemento identitario básico y central de referencia social, cultural y territorial para más de 330,000 personas según el Censo Nacional de Comunidades Nativas 20076, que habitan las 1,232 comunidades tituladas y las 277 pendientes de demarcar7. Es decir, aquello que básicamente nació desde una política estatal, ha sido apropiado socialmente por los beneficiarios de dicha medida.

Ser parte de la comunidad permite al individuo acceder a bienes ambientales comunes (tierras, recursos del bosque y de los cuerpos de agua), pero también exige seguir algunas normas de convivencia a través de espacios de relación privados y comunitarios, siendo una de las más importantes asistir a las Asambleas Comunales, máxima instancia de toma de decisiones, como por ejemplo el tipo de relaciones que se establecerán con los otros agentes presentes o con intereses en su espacio territorial. Éste espacio es el que se ha ido transformando -no tanto en su rol esencial de tomador de decisiones-, sino en el tipo y la frecuencia de decisiones que ahora tienen que tomar. Es el espacio donde deciden su interacción comunal con “el otro”: Estado, ONGs, iglesias, centros de investigación, consultores y/o empresas que buscan el acuerdo y el consenso para poder actuar en el territorio de la comunidad o emprender obras que puedan afectarles.8

Por otra parte, el mecanismo que puede proteger el derecho de los pueblos

indígenas en la interrelación con otros agentes y frente a la inversión del capital, es la Ley de Consulta Previa que el Estado peruano esta obligado a tener en tanto signatario del Convenio 169 (OIT) Aunque a la fecha, la ley continúa en un compás de espera pese a las reiteradas demandas tanto de las organizaciones indígenas como de la Defensoría del Pueblo y el Foro Permanente para Asuntos Indígenas de NNUU. De allí que todo intento de desmembrar y reducir a las comunidades nativas, y con ello quitarles el acceso a los recursos del bosque, tiene un profundo impacto negativo que se traducirá en una pérdida social, económica, cultural y ambiental, no solo para los pueblos indígenas sino para la sociedad peruana en su conjunto. Pero también, precisamente, pone a prueba tanto la capacidad de protesta indígena como de su agencia social para lograr cambios políticos. 5 Después, con el fujimorismo, la Constitución de 1993 abre el camino a las normas sobre inversión privada en la agricultura y suprime la imprescriptibilidad de los títulos de las comunidades, con lo que las abre al mercado de tierras y recorta la seguridad territorial. 6 Representando el 10% de la población que habita en la Amazonía y el 1.3% del total nacional. En Perú se encuentra 59 grupos étnicos pertenecientes a 15 familias etnolingüísticas 7 Benavides 2010: 269-270. 8Hoy mas que antes es urgente la puesta en práctica de la obligatoriedad de la consulta previa en el marco de los derechos consignados en el Convenio 169 OIT (del cual el Estado peruano es signatario y la ratificó en 1993).

3

Page 4: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

El movimiento indígena en el Perú: hechos actuales

Hasta hace un par de años, llamaba la atención que el movimiento indígena en el Perú no estuviera presente en la escena política, a diferencia de lo que venía ocurriendo en países andinos vecinos como Bolivia y Ecuador. Pese a existir algunos intentos de conformación de organizaciones que reivindicaran9 una identidad política cultural indígena, no lograron unificarse en un solo espacio organizativo nacional y con ello revertir la historia del movimiento campesino comunero andino, que a lo largo del siglo XX no pudo constituirse como nacional10.

De hecho, en el caso peruano la Reforma Agraria de 1968 y la creación de las

comunidades nativas en la amazonía en 1974 fue una decisión política de Estado que no emanó de un movimiento social a escala nacional. Más bien, el movimiento social emerge cuando los pueblos indígenas amazónicos, apropiándose de la forma legal ‘Comunidad Nativa’ impulsan su proceso de organización a diferentes niveles: federaciones por grupos étnicos, por cuenca y regionales, llegando a una organización nacional representativa en 1979 con la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Amazonía Peruana - AIDESEP. Posteriormente en 1987 se forma la Confederación de Nacionalidades Amazónicas del Perú - CONAP, a partir de la desafiliación de algunas federaciones de AIDESEP y el surgimiento de otras nuevas.11

Este proceso de constituirse como actor social ha sido lento, no totalmente

articulado, con diferentes ritmos en el nivel local, y no necesariamente visible en la escena política oficial ni para los otros sectores de la sociedad peruana. En los primeros años se desarrolló una estrategia de negociación y presión sobre el Estado teniendo como eje el derecho al territorio e integrando otras demandas como la educación y salud intercultural, contando con escasos aliados organizados en la sociedad civil nacional e internacional y relativamente distante de otras fuerzas sociales y políticas como el movimiento campesino de los Andes. Pese a ello, en la actualidad, se han titulado a casi todas las comunidades, los títulos de propiedad alcanzan a 1,232 comunidades nativas y más de 13 millones de hectáreas entre títulos y zonas de reserva territorial para pueblos indígenas12.

Sin embargo, no es hasta el 9 de agosto del 2008 que un primer paro indígena amazónico en la historia peruana, seguido de movilizaciones y bloqueo de vías en varios puntos de la amazonía, se manifiesta de manera clara, demandando la derogatoria de dos Decretos Leyes, 1015 y 107313, medidas que ponían en riesgo la

9 Es el caso de la Coordinadora Nacional de Comunidades Afectadas por la Minería (CONACAMI) 10 Los años setenta del siglo pasado, en el contexto de la Reforma Agraria, estuvo marcado por el auge del movimiento campesino, organizado en la Confederación Campesina del Perú. 11 Esta es una ruptura que expresa diferencias políticas al interior del movimiento indígena amazónico acerca de los caminos para defender sus derechos. Esto no ha impedido coincidencias puntuales en algunos momentos. 12 Benavides 2010: 269-270 13 Decretos emitidos por el gobierno en el marco de las facultades otorgadas al Ejecutivo por el poder Legislativo para la emisión de normas con el propósito de facilitar los Tratados de Libre Comercio en ese momento en negociación (particularmente con EEUU). El 20 de mayo del 2008 se publicó en El Peruano el Decreto Legislativo N°1015, que unifica los procedimientos de las comunidades campesinas y nativas de la sierra y de la selva con las de la costa para mejorar su producción y competitividad agropecuaria. El Proyecto de Ley N° 1992–2007–PR, que había sido cuestionado por las organizaciones indígenas y desaprobado por la Comisión de Pueblos Andinos, Amazónicos, Afroperuano, Medio Ambiente y Ecología, contenía el mismo texto que el Decreto Legislativo N° 1015. La Defensoría del Pueblo presentó, el 30 de mayo del 2008, la primera Demanda de Inconstitucionalidad contra dicho decreto legislativo, señalando que era inconstitucional por infringir el artículo 2, inciso 19 de la Constitución Política (derecho a la identidad cultural); el artículo 89 (derecho a la propiedad de las

4

Page 5: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

existencia misma de la comunidad nativa. La demanda se extendió luego al pedido de derogatoria de once Decretos Legislativos14 que en su conjunto pretendían no solo la desaparición de la comunidad nativa sino la limitación del acceso a los recursos del bosque (territorio, agua, biodiversidad, etc.).

En este escenario, un segundo momento de la escalada del conflicto se inicia en abril de 2009, con un conjunto de demandas planteadas por la AIDESEP: desde la derogatoria de tres Leyes y tres Decretos legislativos, hasta el establecimiento de una mesa de diálogo, pasando por la Reforma de la Constitución Política del Estado para recuperar el carácter de inalienable, inembargable e imprescriptible de los derechos territoriales indígenas, así como incorporar los derechos consignados en el Convenio 169–OIT y la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas. (Ver anexo 1)

El paro estuvo acompañado de continuas y multitudinarias manifestaciones en varias ciudades principales e intermedias de la Amazonía peruana. En respuesta, el gobierno decretó el estado de emergencia, suspendiendo los derechos constitucionales de libertad de reunión, de tránsito y la inviolabilidad domiciliaria en amplios territorios de la amazonía. Coincidentemente, áreas de territorios de comunidades nativas con presencia de importantes proyectos hidrocarburíferos; como los distritos de Echarate, Kimbiri, y la provincia de La Convención Departamento de Cusco (territorio de comunidades nativas Machiguenga y área del Proyecto de Gas de Camisea, exploraciones de Repsol y Petrobras); la provincia de Sepahua y Atalaya (con comunidades Ashaninka- Arawak y área de operaciones de Repsol), el distrito de Napo (territorio de comunidades Kichwa y con presencia de la empresa Perenco), en la provincia de Maynas, en Loreto; Andoas, Pastaza, Morona (territorio de comunidades Awajun, Wampis, Kandoshi y Achuar y área de operaciones de Pluspetrol norte y otras compañías petroleras) y Manseriche, en la provincia de Datem del Marañón, Loreto ( comunidades Shavis, Awajun y Wampis, área de operaciones de la empresa Talisman); por último, en el distrito de Imaza, en la provincia de Bagua, Amazonas (territorio Awajun, núcleo principal del movimiento indígena).

El conflicto llegó a un momento de crisis el 5 de junio, cuando el Gobierno central decidió intervenir la zona norte con unidades especializadas de combate de la comunidades campesinas y nativas); y el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT (derecho a la consulta). (Discurso de la doctora Beatriz Merino, Defensora del Pueblo, ante la comisión que investiga los sucesos ocurridos en las provincias de Bagua y Utcubamba, nombrada por el Congreso de la República. Lima, 19 de enero del 2010. p. 10). Los dos DL fueron derogados por el Congreso a fines del 2008 con lo que las organizaciones indígenas amazónicas levantaron el paro que había durado cerca de un mes y se había extendido desde la amazonía norte hasta el centro y sur. 14 D.L.994 (que promueve la inversión privada en proyectos de irrigación para la ampliación de la frontera agrícola); D.L.995 (que modifica la Ley de Relanzamiento del Banco Agropecuario); D.L.1015 (que unifica los procedimientos administrativos de las comunidades campesinas y nativas de la sierra y de la selva con los de la costa para mejorar su producción comercial y su competitividad agropecuaria); D.L.1020 (que promueve los productos agrarios y la consolidación de la propiedad rural para el crédito); D.L.106 (que regula el Sistema Nacional de Innovación Agraria); D.L.1064 (que establece una régimen jurídico para el aprovechamiento de las tierras de uso agrario); D.L.1080 (que modifica la Ley General de Semillas); D.L.1081 (que crea el sistema nacional de recursos hídricos); D.L.1083 (que promueve el aprovechamiento y la conservación de los recursos hídricos); D.L.1089 (que establece el régimen temporal extraordinario de formalización y titulación de predios rurales); y 1090 (que aprueba la ley forestal y de fauna silvestre). La Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos (31 de marzo del 2009), derogó los Decretos Legislativos 1081 y 1083, mientras que los demás permanecían vigentes. (Ibidem Defensoría del Pueblo 2010)

5

Page 6: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

Policía Nacional, justamente cuando horas antes los dirigentes indígenas habían aceptado desalojar la carretera15. De acuerdo a la Defensoría del Pueblo, el balance de los daños producidos fue:

• Treinta y tres (33) muertos (23 policías, cinco indígenas y cinco pobladores de

Bagua). • Un desaparecido (oficial de la PNP). • Doscientas (200) personas heridas (de ellas, 82 presentaron lesiones

producidas por armas de fuego y, de éstas, 17 mostraban lesiones ocasionadas por perdigones).

• Cuantiosos daños materiales (Defensoría del Pueblo 2010: 40)

Finalmente, dos semanas después, el Gobierno derogó los DL No 1090 y 1064 mediante la Ley No 29382. Con ello, el paro amazónico y el toque de queda en la zona de Bagua y Utcubamba fueron levantados.

Estos hechos han sido fundamentales en la historia reciente de la cuestión indígena en el Perú. Uno de los efectos más claros es de haber conquistado el espacio público al haber colocado tanto en la agenda política como en la sociedad peruana y en los medios de comunicación temas clave concernientes a la amazonía y al reconocimiento social de importantes grupos sociales y culturales que la habitan. No tanto por su número, sino justamente por su demanda profundamente democrática, cristalizada a través de la exigencia del cumplimiento de la consulta previa conforme al Convenio OIT 169. El paro indígena y el movimiento social que lo sustentaron manifiestan públicamente el auto reconocimiento de su identidad y el reclamo de su ciudadanía a un Estado que desde su fundación no ha querido verlos como ciudadanos y por el contrario los ha considerado como minusválidos. Así también, ha llamado la atención a otros grupos sociales mayoritarios que históricamente los había invisibilizado y borrado de la estructura social nacional16.

Es justamente por el contexto descrito que la tarea de identificar, analizar y extraer lecciones de casos específicos de disputas por derechos sociales y territoriales en el mundo indígena peruano, es absolutamente central. Los casos que trataremos a continuación permiten ilustrar la dinámica del proceso de constitución de la agencia social de dos pueblos originarios, los Secoya en el norte y los Machiguenga en el sur de amazonía peruana, en su relación con el Estado, con otros agentes económicos y sociales así como su propio proceso de autoreconocimiento y lucha por sus derechos.

15 Entrevista de la periodista María Elena Hidalgo a Salomón Awanash, Presidente del Comité de Lucha Nacional Amazónica de los Pueblos Indígenas publicada en el diario La Republica, disponible en: www.larepublica.pe/archive/all/larepublica/ 20090615/1/node/200115/total/01 16 Rodríguez Achung, Martha 2009: 3

6

Page 7: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

Caso 1: Los Secoya (Airo pai) (familia etnolingüística Tukano Occidental)

El pueblo indígena Secoya (cuya autodenominación es Airo Pai, que significa

“gente de la selva”) pertenece a la familia etnolingüística Tucano Occidental y habita en Maynas - región de Loreto, al norte de la Amazonía del Perú y en la región de Sucumbíos al sur de Ecuador. Su población total registrada en el 2007 es de 921 habitantes en territorio peruano (INEI 2010: 35, en base al Censo 2007). Los Secoya tienen cuatro comunidades tituladas17 y una por reconocer. Viven en los afluentes de dos grandes ríos amazónicos, el Napo y el Putumayo, ubicándose su población en los ríos Yubineto, Angusilla, Yaricaya y Santa María. Sus comunidades son vecinas a comunidades Kichwa y Uitoto, así como asentamientos ribereños y mestizos.

En 1997 el Estado, a través del Ministerio de Agricultura crea la Zona

Reservada de Gueppi (ZRG), dentro de su política de establecimiento de Áreas Naturales Protegidas con fines de conservación de la biodiversidad. La ZRG se superpone a títulos comunales de los Secoya y Kichwa, aunque está rodeada por comunidades de los tres pueblos. Los Secoya son los habitantes ancestrales de este extenso ámbito, habiendo practicado una gran movilidad espacial desde mucho tiempo atrás18. Las migraciones de los Kichwa del Napo por el oeste y los Uitoto del Putumayo los han hecho coincidir en este espacio. 17 Las comunidades nativas secoyas iniciaron su proceso de reconocimiento a fines de los años setenta del siglo pasado. 18 Sus mitos de origen como pueblo tienen como escenario el río Siekoya (hoy afluente del Wajoya o Santa María, tributario a su vez del Napo). (Casanova 2005).

7

Page 8: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

Los Secoya tienen una larga historia de contacto con el mundo occidental.

Según Vickers (1989), esta historia data de hace 1500 o 2000 años atrás y tiene como algunos de sus hitos principales el proceso de evangelización y reducciones coloniales en el siglo XVII y la explotación de caucho entre fines del siglo XIX y principios del siglo XX. Pero será el largo conflicto limítrofe entre Ecuador y Perú (las acciones armadas de 1941 y sucesivos episodios hasta 1998 cuando se firma el acuerdo de paz entre los dos países), lo que impidió el libre tránsito de los Secoya y puso barreras para impedir su reproducción cultural como un solo pueblo, buscando reforzar únicamente su adscripción como ciudadanos ecuatorianos o peruanos. A pesar de esto, los Secoya han reafirmado su identidad étnica basada en un conjunto de prácticas y representaciones.

1. Los Secoya: demandas y conflictos actuales

El territorio Secoya ha sido constantemente un terreno en disputa. Por eso, los Secoya han desarrollado iniciativas y estrategias que les han permitido garantizar la permanencia del territorio, en un proceso cargado de tensiones y conflictos. Dichas estrategias han estado centradas en la reconstitución de la identidad indígena, a partir de lo cual luchan por el reconocimiento de sus derechos. En este sentido, la formación de federaciones étnicas como la Organización Indígena Secoya del Perú (OISPE) y la Organización Indígena Secoya del Ecuador (OISE) así como el vínculo constante entre ambas, ha sido fundamental. En el caso de los Secoya en el Perú, desde los años ochenta del siglo pasado, a la par del proceso de titulación, conformaron distintas organizaciones de representación, las que tuvieron una corta vida. Desde el 2003 han podido conformar su propia organización representativa como pueblo indígena, cuando los Secoya del Napo y Putumayo formaron la Organización Indígena Secoya del Perú (OISPE), activa hasta hoy19.

En el territorio Secoya conviven hoy los siguientes hechos y procesos: (i) vincula las fronteras de Ecuador, Colombia y Perú, (ii) es un área de influencia del conflicto de Colombia entre la guerrilla, las fuerzas armadas y el narcotráfico y (iii) es un área de intereses y tensiones múltiples: expansión de las industrias extractivas en los tres países, movilizaciones para la conservación ambiental, procesos de reivindicación territorial y cultural, etc.20 Todo ello configura un espacio caracterizado por una dinámica de atención internacional, nacional y regional, a la vez que de tensiones entre los distintos actores: empresas privadas, estados nacionales, organizaciones indígenas y colectivos de la sociedad civil. Lo cual deviene, como veremos, un proceso por el reconocimiento territorial aun abierto.

El caso que presentamos a continuación tiene que ver justamente con el proceso de constitución de la organización representativa de la comunidad Secoya en el Perú, como ente formalmente instituido y reconocido frente al Estado y los otros actores sociales nacionales e internacionales. Nos referimos a la Organización Indígena Secoya del Perú - OISPE y las implicancias de esta constitución en la lucha por sus derechos territoriales durante los últimos años.

La principal demanda de los Secoya hoy gira alrededor de los derechos territoriales. Mientras que, como veremos con detalle a continuación, el Estado

19 Rojas 2007: 133. 20 Ibid: 133.

8

Page 9: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

peruano ha establecido una Zona Reservada (ZRG) sin consulta previa, los Secoya han ido construyéndose como actor organizado para hacer nuevas propuestas al Estado que gocen de mayor legitimidad con su propia población y que permitan la conservación del territorio y la biodiversidad frente a amenazas externas. De este modo, a pesar de alcanzar logros importantes, ciertas contradicciones del propio Estado peruano mantienen aún el proceso de reconocimiento territorial Secoya abierto y en disputa.

De cualquier modo, el principal reto de los Secoya hoy es el fortalecimiento de la organización OISPE para afrontar sus principales demandas: reconocimiento de los acuerdos de categorización de la ZRG como un parque nacional y dos reservas comunales: Huimeki y Airo Pai, como fue acordado previamente en el año 2006; la exclusión de los bosques de producción forestal de la ZRG y la anulación del Lote de Hidrocarburos 117 (ver más adelante).

Frente a esto, la más importante amenaza de los Secoya hoy tiene que ver, según Belaunde, Caruso y Chirif (2011), con las tendencias actuales que parecen sugerir que el Estado dará prioridad a las industrias extractivas antes que al proceso de demarcación territorial de los Secoya y de la Zona Reservada de Gueppi. (Belaunde et. al p.42) Además, según los autores, “la incursión de empresas colombianas en el territorio secoya constituyen hoy la más importante amenaza para la zona. De hecho, no solo las empresas sino también las fuerzas armadas nacionales colombianas, las fuerzas armadas revolucionarias de Colombia FARC, los narcotraficantes, así como el protestantismo de predicadores colombianos son actores hoy en día con importante presencia en la zona.” (Ibid: 45). Revisemos entonces el proceso de constitución de la OISPE, y desde este proceso, los conflictos, trabas y logros alrededor del territorio Secoya.

2. El proceso de constitución como actor

2.1 Origen: primeros vínculos, sentando las bases.

Debido a los procesos que se vivían en la zona, los Secoya decidieron emprender una iniciativa que buscaba su reconstitución como pueblo indígena que les ofreciera nuevas posibilidades en un escenario dinámico y nuevo. En 1999, las diversas familias de Aguarico, Napo y Putumayo se reunieron en la frontera peruano-ecuatoriana. Esta situación produjo un compartir experiencias vividas así como discutir temas comunes como la experiencia organizativa, la seguridad territorial, los recursos para el futuro, la educación y la salud. Este reencuentro fue vital por muchos motivos, pero principalmente por la decisión de reconstituirse como pueblo –en el sentido de identidad cultural como construcción-, teniendo como uno de sus ejes la reivindicación territorial.

Otro hito importante fue el encuentro de los Secoya peruanos y ecuatorianos en el año 2001, en la comunidad nativa de Vencedor Wajoya, en la cuenca del Napo, cuando ya contaban con aliados como la Confederación de Nacionalidades Indígenas de la Amazonía Ecuatoriana CONFENIAE, así como las organizaciones de cooperación Ibis y la Fundación Solsticio, ambas de Dinamarca. El objetivo de la reunión fue incentivar las capacidades organizacionales y los liderazgos políticos así como establecer el reconocimiento legal del territorio ancestral Secoya. Sobre la base de un diseño de campaña de incidencia, los Secoya, con el apoyo de Ibis, realizaron diferentes viajes – principalmente los líderes de las comunidades y las federaciones- a

9

Page 10: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

tener encuentros directos con instituciones estatales y pudieran expresar sus aspiraciones y demandas. En esta reunión se trabajaron tres aspectos que habían debilitado su capacidad para ejercer derechos territoriales: (i) la inseguridad territorial lo cual consolidó las actividades extractivas, (ii) la falta de recursos y condiciones para desarrollar una estrategia de defensa territorial y cultural y (iii) la incomunicación de sus experiencias. A la vez se reconocieron elementos positivos como un marco legal nacional e internacional que reconoce los derechos colectivos de los pueblos indígenas21. Luego, entre los años 1999 y 2002 fue vital la promoción de discusiones internas entre los Secoya, así como los encuentros con representantes de entidades estatales en Ecuador y Perú. Es así que los Secoya y sus aliados elaboran el documento “Reunificación, revalorización cultural y continuidad del Pueblo Secoya”.

La propuesta22 “estaba orientada a desarrollar sus capacidades para responder

activa y conscientemente a los procesos externos e internos que influían e influyen en sus condiciones de vida. El objetivo general del proyecto fue apoyar su continuidad histórico y cultural y fortalecer su capacidad de autodeterminación frente a los procesos de cambio y a las propuestas vigentes de desarrollo”. Los objetivos específicos fueron (i) recomponer y recuperar su territorio ancestral, buscando la legalización y ocupación territorial y desarrollar mecanismos propios para controlar el acceso a los recursos, (ii) definir de manera participativa una propuesta de desarrollo acorde a su interés por defender su continuidad cultural y su identidad y los sistemas de autogobierno que les permitan controlar los procesos de cambio a que están expuestas las comunidades y (iii) consolidar las organizaciones secoya nacionales y la organización binacional mediante una estrategia articulada alrededor de la defensa de los derechos colectivos y territoriales. Asimismo, “la estrategia general para alcanzar estos objetivos vinculaba tres estrategias específicas: el derecho a un territorio, el desarrollo y fortalecimiento organizativo y de la capacidad de propuesta. Estos componentes se reforzaban mutuamente.” 23

2.2 Agencia social y constitución como actor

En el año 2003 el proyecto PIMA - Manejo Integrado de Áreas Naturales

Protegidas, financiado por el Banco Mundial al INRENA (Instituto Nacional de Recursos Naturales), puso en marcha el proceso de categorización final de la ZRG, buscando involucrar la participación indígena en el establecimiento y manejo de las áreas naturales protegidas en varias regiones. Se realizaron entonces varios talleres informativos con las poblaciones locales. Este proceso devino en la propuesta de creación de un Parque Nacional y dos Reservas Comunales. En el año 2003, los Secoya elaboraron una propuesta general para la definición de su territorio y la creación de un área de manejo de biodiversidad en ambos países. Los lineamientos principales de esta propuesta fueron la delimitación de áreas, así como el establecimiento de políticas y la creación de instancias bi y trinacionales para investigar y monitorear ecosistemas y actividades humanas, con fines de conservación

21 En ese momento, el Convenio 169 OIT, por ejemplo, en su Parte VII Articulo 32 Cooperación a través de las fronteras, además de las respectivas legislaciones nacionales sobre territorios para pueblos indígenas 22 Rojas 2007: 135 23 Este documento se convirtió en un proyecto presentado a la Comisión Europea solicitando su cooperación en la línea de financiamiento “Iniciativa Europea para la Democracia y Derechos Humanos”, sub-línea “Combatiendo el Racismo, la Xenobia y la Discriminación contra las minorías étnicas y los pueblos indígenas”, obteniendo su aprobación a inicios del 2003.

10

Page 11: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

y aprovechamiento sustentable. Los pueblos indígenas debían tener participación directa en la conservación y manejo de los recursos naturales24

A fines del año 2003 se realiza el congreso de constitución de la OISPE donde se aprueban los lineamientos, estatutos y conformación de la nueva organización. Se elige una directiva y un plan operativo 2004. Se vinculan a la Organización Regional de AIDESEP de Iquitos ORAI y por esa vía a la AIDESEP nacional y deciden tener una periodicidad anual para sus congresos. Finalmente, el año 2004 la OISPE “presenta la Propuesta Secoya de Categorización de la ZRG diseñada como un modelo básico en la que destacaba una Reserva Comunal Airo Pai (RCA) administrada por las comunidades Secoya que cubría una importante porción de la ZRG e incluía una ampliación de esta a ser categorizada dentro de la misma RCA. El planteamiento Secoya se inspiraba en la política de AIDESEP para la recuperación y consolidación de los territorios indígenas amazónicos, que considera a los parques nacionales como propuestas problemáticas para las aspiraciones de estos pueblos cuando se superponen a su ocupación histórica.

Esta segunda fase definió más concretamente lineamientos de acción y estrategias operativas que permitieran conseguir sus objetivos. Ello se hizo a través de la producción de documentos escritos que sirvieran de nexo con los actores nacionales, principalmente estatales. Asimismo, en esta etapa se realizó el congreso de constitución formal de la OISPE y se establecieron los vínculos de membresía con estructuras regionales y nacionales del movimiento indígena amazónico. Todo esto era fundamental pues daba un carácter más institucional y estructurado al accionar de los Secoya. Con ello podían posicionarse de otro modo frente al Estado y la sociedad civil. Es entonces la fase de delimitación de estrategias y objetivos puntuales, y con ello la consolidación de la propuesta y de delimitación institucional.

2.3. El diálogo y las trabas con el Estado

En Agosto de 2004, el INRENA y PIMA convocan a un taller de presentación de la propuesta de categorización de la ZRG elaborada por el consorcio STCP-Sustenta, auspiciado por las mismas entidades. El modelo consistía en un Parque Nacional que cubría la mayor parte de la ZRG y dos Reservas Comunales. Esta propuesta fue rechazada por la OISPE. Señalaron que el Parque Nacional recortaba y fraccionaba su territorio y plantearon nuevamente la ampliación de la ZRG y el establecimiento de la RCA propuesta por ellos. Luego de una intensa negociación, los líderes Secoya aceptaron un modelo de categorización sobre la base de tres Áreas Naturales Protegidas así como la necesidad de extender el área de la ZRG pero dentro del marco de la propuesta aprobada el 2003. Esta posición fue ratificada en el II Congreso de la OISPE en diciembre de 2004.

La viabilidad de la RCA pasaba por ampliar la superficie de la ZRG y categorizar esa ampliación como RCA; también obtener la ampliación de los territorios de las comunidades y excluir un área definida como bosque de producción interpuesta entre la ZRG y la comunidad San Martín de Porres , lo que permitiría tener un continuo territorial entre las comunidades y la reserva comunal, asegurando los intereses del Estado y del pueblo Secoya.

24 Rojas 2007:136

11

Page 12: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

El año 2005 fue un año intenso, de idas y venidas, diálogos y rupturas. Entre los hechos mas destacados tendríamos que mencionar el dialogo entre OISPE e INRENA sobre la categorización de la ZRG, la presentación de la propuesta de la OISPE al Proyecto Especial de Titulación de Tierras –PETT– y a la Intendencia Nacional y Administración Técnica Forestal y Fauna Silvestre y la definición por parte de las comunidades de que la categoría Reserva Comunal era la más adecuada. También, su solicitud por ratificar el pedido de ampliar la propuesta de Reserva Comunal planteada por INRENA para ser administrada por las comunidades Secoya hacia la zona fronteriza de Lagartococha.

Pero quizá lo más importante fue la asamblea de consulta para la categorización de la ZRG con representantes de las comunidades Secoya, dirigentes de la OISPE, la ORAI y AIDESEP nacional, llevado a cabo en Junio 2005 en la comunidad de Bellavista (C.N. San Martín de Porres). Los Secoya propusieron, basados en la ocupación ancestral del lugar y en su significado cultural, que la Reserva Comunal Airo Pai se integre al sistema lacustre de Lagartococha. Los representantes del INRENA no estuvieron de acuerdo, sosteniendo que las comunidades no tienen la capacidad para cuidar una zona tan amplia. Además, sostuvieron que existen especies en peligro de extinción que solo se podrían proteger si la zona se declara como parque nacional y el Estado asume su cuidado. No hubo entonces un acuerdo.

A continuación, empiezan los conflictos entre INRENA y los Secoya. INRENA ataca la propuesta de los Secoya manifestando que existía injerencia y manipulación por parte de intereses extranjeros, aludiendo concretamente al movimiento indígena ecuatoriano25. Por su parte, la OISPE se alió con AIDESEP, buscó tener acuerdos firmes y propuestas compartidas con los Kichwa del Napo y el Putumayo, los Uitoto del Putumayo, los ribereños de ambas cuencas, así como el apoyo de algunas ONGs para contrarrestar la presión de INRENA y afirmar la viabilidad de su propuesta. De esta manera se formaba una coalición con todas las organizaciones locales, indígenas y no indígenas, como sustento real a una categorización de la ZRG que respondiera a las demandas y aspiraciones de las comunidades. Surgiría de ahí una legitimidad que el INRENA no podría impugnar.

En noviembre de 2005 se realizó el III Congreso de OISPE. Un tema clave fue la recuperación de categorización de la ZRG y el diálogo con INRENA, que finalmente ocurrió. En el año 2006 dirigentes de OISPE se reunieron con el equipo de la ZRG para tomar acuerdos para recuperar el proceso de categorización de la ZRG. Se programaron talleres de consulta con las comunidades Secoya, Kichwa y Uitoto. En marzo se dio en Cabo Pantoja un taller de consulta final para la categorización de la ZRG, donde se levantó un acta con los acuerdos tomados en cuanto a límites y reconocimiento por parte del Estado que la Reserva Comunal Airo Pai y parte del Parque Nacional se crean sobre territorio ancestral Secoya. La propuesta de consenso fue:

25 Un factor actuante en esta disputa tuvo que ver con el desacuerdo en el año 2005 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú con la Reserva Comunal Airo Pai. Dicho Ministerio temía que los vínculos entre los Secoya –y por extensión de los Kichwa– del Perú y del Ecuador y su percepción del territorio ancestral afectara la soberanía nacional. El propio Ministerio veía con recelo el proyecto de Ibis y el pueblo Secoya auspiciado por la Comisión Europea, que se centraba en la reunificación del territorio secoya peruano-ecuatoriano y el reconocimiento del territorio binacional. (Belaunde et. al. p 49). Todo esto en una interpretación sesgada y muy discutible de las aspiraciones del pueblo Secoya.

12

Page 13: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

• Reserva Comunal Huimeki, 143.307 ha, integrada por la red hidrográfica del

Putumayo, Peneya, Angusilla y Yaricaya.

• Reserva Comunal Airo Pai, 252.094 ha., co administrada por los Secoya

• Parque Nacional Sekime, 202.054 ha.

El expediente técnico para la categorización de la ZRG fue presentado en diciembre de 2006 ante la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del INRENA. En dicho expediente se respetan los acuerdos finales alcanzados en el taller de Consulta de Cabo Pantoja, respecto a los límites de la Reserva Comunal Airo Pai.

Esta es entonces la fase de encuentros y desencuentros con los actores estatales a propósito de los derechos territoriales indígenas y los objetivos de conservación de biodiversidad. Es una etapa importante para los Secoya por dos razones. Por un lado, negocian directamente con entidades estatales y otros actores sociales, lo cual los coloca en una plataforma distinta. Por otro, es una etapa de elaboración de propuestas específicas y acuerdos concretos; lo que implica un dialogo interno y un proceso de negociación y resolución que sin duda refuerzan sus capacidades como actor social y político. Sin embargo, también es una fase de tensiones y desencuentros con organismos del Estado, de primeros conflictos que se profundizarán en los años siguientes.

2.4 Nuevos conflictos, contradicciones del Estado

Sin embargo, el proceso continúa y en marzo de 2006, PeruPetro, empresa estatal encargada de negociar, otorgar y supervisar las concesiones petroleras, daba en concesión a Petrobras, empresa brasilera, un lote para exploración y explotación de hidrocarburos totalmente superpuesto a la ZRG. Esto queda fijado mediante Decreto Supremo 019-2006-EM26, que otorga en concesión el lote 117 sin ninguna consulta a la población local o a sus representantes, en contra de lo establecido en el Convenio 169 OIT. Asimismo, el lote concesionado por treinta años para petróleo y cuarenta años para gas natural respectivamente se superpone al territorio de comunidades nativas tituladas.

La consecuencia de esta decisión del gobierno fue una etapa de tres años

durante la cual el proceso de categorización de la Zona Reservada Gueppi se paralizó. Pero durante esos tres años las federaciones indígenas de este ámbito OISPE, FIKAPIR y ORKIWAN se pronunciaron repetidamente contra la concesión del lote 117 y por la categorización de la ZRG acordada en el 2006. En marzo 2009 los tres presidentes de estas organizaciones llegan a Lima a hacer públicos sus planteamientos, integrándolos plenamente a la plataforma nacional de lucha de AIDESEP27.

En mayo de 2009 PeruPetro indicó oficialmente que la Reserva Comunal no

era una categoría de ANP apropiada en una zona de frontera trinacional, y que lo mejor sería establecer una única Reserva Nacional, con categoría de baja protección y

26 El contrato es modificado dos veces, en 2009 y 2010, para incorporar la participación de la empresa colombiana ECOPETROL y la japonesa INPEX CORPORATION, todo esto fue legalizado mediante Decreto Supremo 033-2010-EM, del 12 de junio del 2010. 27 Hubo una conferencia de prensa en el local de AIDESEP, de la cual dieron cuenta los principales diarios de Lima el 13 de marzo de 2009 (El Comercio, La Republica, Gestión, Peru21).

13

Page 14: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

bajo el control directo del Estado, donde las actividades extractivas de hidrocarburos estuvieran permitidas. SERNANP (ex INRENA) rechazó la propuesta de categorización participativa concordada del 2006 bajo el argumento que fue acordada sin una acreditación formal de la participación ciudadana y del proceso de consulta. Asimismo, y en defensa de la licencia para la extracción de hidrocarburos, afirmaron que el contrato con Petrobras no representaba ninguna amenaza real de daño ambiental que ameritara medidas de precaución que impidieran la actividad extractiva. (Belaunde et. al: 50)

Como respuesta, “la federación Secoya en consulta con sus comunidades defendieron activamente el acuerdo de categorización del 2006. Junto con las federaciones Kichwa firmaron un pronunciamiento en diciembre de 2009 exigiendo que la categorización de la ZRG fuera completada “siguiendo los acuerdos alcanzados con nuestras comunidades en Marzo de 2006 luego de un amplio proceso de participación y consulta”. Aseguraron que “nunca aceptarían la imposición de la Reserva Nacional tal cual SERNANP y Perupetro están preparando a sus espaldas” Asimismo, demandaron “la inmediata cancelación del contrato firmado entre Perupetro y Petrobras porque fue firmado sin previa consulta con la población indígena, en violación con el acuerdo 169 de la OIT” (Belaunde et. al., p. 50. CEDIA 2009: 50.)

En junio de 2010, Demecio Tangoa Guerra, presidente de la Federación FIKAPIR y Guido Sandoval Estrella, presidente de OISPE, y federaciones indígenas Kichwa y Secoya del Alto Putumayo, contando con el respaldo de federaciones como la Organización de Pueblos Indígenas del Medio Putumayo y la Organización Regional ORPIO, llegaron a Iquitos para exigir la categorización inmediata de la Zona Reservada de Güeppí como un parque nacional y dos reservas comunales: Huimeki y Airo Pai, como fue acordado con las comunidades28.

Logros y retos: comunidad titulada, áreas nativas, reservas, parque nacional

Podemos identificar dos grandes logros en el proceso descrito. En primer lugar, uno inmediato, que tiene que ver con el reconocimiento de derechos territoriales frente al Estado. Luego de un proceso de propuestas, estrategias, avances y retrocesos, los Secoya han logrado la formación de un espacio organizativo con capacidades de representación e incidencia, así como su reconocimiento como interlocutor legitimo frente a otros actores; una propuesta territorial articulada de comunidades y áreas de conservación y una alianza consistente con las comunidades indígenas y ribereñas de la zona.

Pero quizá, un segundo logro más importante aún tiene que ver con el

aprendizaje de las prácticas políticas de representación en actores antes desvinculados de esta necesidad. Como señalan Belaunde et al (p. 45): “la mayoría de los líderes de OISPE eran jóvenes escolarizados, pero las mujeres y los hombres mayores también participaron de las asambleas de la federación local. Dada su falta de experiencia, la velocidad con las que incorporaron los asuntos políticos fue sorprendente”. Los Secoya, con todas las tensiones, idas y venidas del proceso, han logrado constituirse como un actor social con representatividad, legitimidad e institucionalidad frente a los demás actores envueltos en el proceso de reconocimiento

28 Ver www.diariolaregion.com

14

Page 15: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

de derechos. Esto es sin duda fundamental en tanto por un lado les dota de mayor capacidad de negociación al empoderarlos políticamente, y por otro, sienta las bases para un futuro mediato donde los próximos líderes y cuadros dirigenciales de la organización cuenten ya con un aprendizaje adquirido. Caso 2: Los Machiguenga (Matsiguenga, Familia etnolingüística Arawak)

 

El pueblo indígena Machiguenga (perteneciente a la familia etnolingüística Arawac) ocupa una de las más extensas y biodiversas áreas de la amazonía sur peruana. Su población sobrepasa en la actualidad los 11,000 habitantes (INEI 2010: 32, en base al Censo 2007), distribuidos en 34 comunidades que se ubican en las cuencas del de los ríos Madre de Dios, Manu, Camisea y Urubamba, en las regiones de Cusco y Madre de Dios, constituyéndose en la población indígena mas significativa de este ámbito. Otros pueblos y comunidades indígenas como los Yine Yami, Ashaninka, Kakinte, Nanti, Yora (estos dos últimos en condición de aislamiento y contacto inicial) y población colona ocupan también estas áreas.

Estos espacios son en la actualidad escenarios de diferentes procesos de

escala local y global: la afirmación de los derechos a la territorialidad de los pueblos y comunidades indígenas frente a la creciente presencia de las actividades de extracción de hidrocarburos, recursos forestales, especialmente madera, minerales y

15

Page 16: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

pesca; el establecimiento de áreas naturales protegidas; la construcción de infraestructura vial y energética y la expansión de la pequeña agricultura comercial. Las diferencias de significado e intensidad de los procesos varían cuando distinguimos el Alto del Bajo Urubamba, como veremos más adelante.

El hallazgo de significativos yacimientos de gas natural y líquidos de gas en las

inmediaciones del río Camisea, en la parte baja de la cuenca del río Urubamba (distrito de Echarate, provincia de La Convención, región Cusco)29, escinde la historia de las poblaciones de esta región en un antes y un después. La importancia estratégica de estos yacimientos puede resumirse en su potencial para convertir al Perú en un país autoabastecido y exportador neto de energía. Un valor adicional para el país es el cambio a una matriz energética más limpia, por ser el gas natural un combustible menos contaminante.

El interés del Estado peruano por poner en marcha la exploración y explotación

de los yacimientos de gas de Camisea ha recorrido diversos gobiernos y regímenes políticos. La exploración llevada a cabo por la Cía Shell Oil Prospecting, se inicia en 1981 con el retorno a la democracia, luego del gobierno militar reformista de Velasco Alvarado, y concluye luego de descubrir importantes yacimientos de gas en 1987 durante el primer gobierno de Alan García. Será recién en 1996, durante el gobierno de Alberto Fujimori, que se suscribe un nuevo contrato por cuarenta años incluyendo la explotación, el mismo que concluye en 1998 por decisión del consorcio Shell/Mobil de retirarse al modificar el gobierno algunos elementos del plan de comercialización. El 21 de abril de 1999, mediante un Decreto de Urgencia, el gobierno fujimorista declaró al Proyecto Energético del Gas de Camisea como estratégico y prioritario para atender las necesidades económicas del país. Es con el gobierno de transición de Valentín Paniagua, en diciembre del 2000, que se firma el contrato del Proyecto del Gas de Camisea con el Consorcio del Gas de Camisea,30 por cuarenta años, actualmente en ejecución y expansión. Se han sumado a la exploración en otros lotes del bajo Urubamba, empresas como Repsol y Petrobras.

Los Machiguengas: demandas y conflictos actuales

Ahora bien, todas estas empresas trabajan en un espacio signado por la presencia de población indígena Arawac con derechos territoriales reconocidos (Comunidades Nativas tituladas, una extensa zona de Reserva Territorial a favor de poblaciones en aislamiento o contacto inicial, la Reserva Territorial Kupapakori, Nahua, Nanti y otros,) y con un entorno de varias áreas de protección de alta importancia para la conservación, como el Parque Nacional del Manu al este y el Santuario Megantoni al sur.

Además, estos proyectos se dan en un contexto internacional marcado por los

significativos avances en materia de reconocimiento de derechos de los pueblos 29 En este ámbito se encuentran hoy los cuatro lotes de hidrocarburos concesionados a las empresas Pluspetrol (lotes 88 y 56), Repsol (lote 57) y Petrobras (lote 58). 30 Para el componente de producción el operador elegido es el Consorcio Camisea liderado por Pluspetrol (Repsol) e integrado por Hunt Oil, SK Corporation, Repsol Exploración, Sonatrach y Tecpetrol (Techint). Para el componente de transporte (ductos de gas y líquidos de gas) se eligió a Transportadora de Gas del Perú, liderada por Tecgas NV (Techint) e integrada por Pluspetrol (Repsol), Hunt Oil, SK Corporation, Sonatrach, Graña y Montero S.A. y Calidda. Aunque existen discrepancias sobre el potencial calculado de los yaciemtos, algunos señalan que para el lote 88 es de 11 trillones de pies cúbicos de gas natural y 600 millones de barriles de líquidos de gas, los que podrían cubrir los requerimientos energéticos del Perú por lo menos durante 20 años.

16

Page 17: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

indígenas y de preocupación significativa por temas ambientales relacionados a los impactos de la extracción de hidrocarburos31. Por ejemplo, la movilización global de organizaciones indígenas en foros internacionales para el reconocimiento de sus derechos colectivos como el Convenio 169 OIT y en particular el derecho al consentimiento previo, libre e informado frente a actividades económicas de gran impacto en sus medios de vida; la necesidad, real o aparente, de políticas corporativas de responsabilidad social y ambiental para todas las empresas de este sector; o la búsqueda de estándares sociales y ambientales para reducir los impactos negativos de la actividad de extracción de hidrocarburos como una condición de financiamiento de los grandes proyectos por parte de la banca multilateral. Todo lo anterior imponía nuevas exigencias de cumplimiento de estándares socioambientales internacionales y retos de buenas prácticas32 al accionar de las empresas porque, como hemos afirmado, se trata de un proyecto con repercusiones globales.

Debido a ello, los pueblos indígenas de esta región se ven envueltos en un intenso y sostenido proceso de cambios de lo que había sido su entorno hasta ese momento: un sistema extractivo-mercantil, aunque de baja intensidad. El impacto de estos cambios era profundo en sus vidas, aunque sus signos fueran percibidos mucha veces como contradictorios.

En tal sentido se orientaron las comunidades nativas de esta región: buscar que el Proyecto del Gas de Camisea se ejecute con exigentes estándares ambientales, sociales y de respeto a derechos. Estos estándares implicaban el control y la reducción de los impactos negativos sobre las comunidades y sus medios de vida; la protección a los pueblos indígenas en aislamiento; la conservación de la biodiversidad; la participación comunitaria en la vigilancia de los efectos e impactos sobre las comunidades, los recursos y los paisajes; y, finalmente, aunque no menos importante, la participación en sus beneficios económicos como los procedimientos para compensaciones e indemnizaciones.

El diálogo y la negociación eran entonces los caminos elegidos por las comunidades y sus organizaciones. Esta decisión, de “diálogo y negociación” frente al proyecto de Gas de Camisea, tomada en el II Encuentro Regional de Comunidades Nativas del Urubamba en febrero de 1996, los ponía en un escenario completamente nuevo y de una gran complejidad de actores y relaciones debido a la necesidad de visualizar claramente cuáles serían esos estándares. Esto es, definir qué significaban para todos los involucrados, qué eran, en concreto las compensaciones, reparaciones y participación en beneficios; cómo negociarlos y hacerlos exigibles; quiénes eran sus aliados y quiénes no; por y para qué, cuándo y cómo; entre muchos otros asuntos clave. Todo esto en la perspectiva de tener influencia sobre el curso de las actividades del Proyecto Camisea y de este modo afirmar sus derechos colectivos en un nuevo escenario.

En la actualidad, todas las comunidades nativas y las federaciones indígenas del bajo Urubamba: el Consejo Machiguenga del Río Urubamba (COMARU), la Central de Comunidades Nativas Machiguenga (CECONAMA) y la Federación de Comunidades Nativas (FECONAYY) han logrado actuar en confluencia y plantear sus

31 Ver Rodríguez Achung, Martha 2007 32 Como por ejemplo, en el segundo contrato de los años noventa, Shell consideró el diseño del proyecto como offshore, para evitar la construcción de carreteras evitando uno de los impactos posibles: mayor colonización en el área y presión sobre las tierras de las Comunidades Nativas. El nuevo operador Pluspetrol y el consorcio financian el Programa de Monitoreo de Biodiversidad (PMB) que tiene un componente de investigación básica e incluye la dimensión social del acceso y uso de recursos naturales por parte de las familias de las Comunidades Nativas del área

17

Page 18: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

exigencias y desafíos centrales no solamente frente a las empresas sino sobre todo frente al Estado. Así los Encuentros Regionales de Comunidades Nativas han sido los espacios propios para definir su acción de cara a los otros actores públicos y privados.

Una primera reunión de este alcance se realizó en 1988 y el segundo en

1996, el tercer Encuentro Regional se realizo el 6 y 7 de agosto del 2009, donde acuerdan “Reafirmar la política organizativa y continuidad de trabajos tanto con el Estado, las Empresas y los Pueblos Indígenas del Valle del Urubamba”, y de donde emana una amplia gama de asuntos que les son prioritarios33:

a. Respeto a los derechos colectivos de los pueblos indígenas, específicamente el Convenio 169 OIT y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas del 2007 y su aplicación a la legislación nacional.

b. Consolidar el mecanismo ya establecido de los “Diálogos tripartitos Estado, Empresas y Pueblos Indígenas para el desarrollo sostenible de la cuenca del Urubamba”, de frecuencia trimestral, para la búsqueda de consenso entre actores y orientar las iniciativas locales de manera articulada.

c. Cumplimiento del Código de Conducta y Protocolo conjunto suscrito por las empresas Pluspetrol, Repsol y Petrobras. Así también de los compromisos de compensación e indemnización a las comunidades en base a valorizaciones justas.

d. Fortalecer la política ambiental del sector Energía y su rol en el cumplimiento de los compromisos asumidos en los Estudios de Impacto Ambiental de los lotes 88, 56, 57 y 58.

e. Reforzar la supervisión de las actividades de hidrocarburos en la cuenca del Urubamba por parte de la entidad estatal responsable y así también de los mecanismos de monitoreo comunitario y difundir ampliamente sus resultados.

f. Transparencia y vigilancia de las entidades nacionales y locales del Estado en el régimen de distribución del canon gasífero y derecho de los pueblos indígenas a participar en los beneficios del gas de Camisea.

g. Ordenamiento territorial del distrito de Echarate liderado por la Municipalidad y con participación de las comunidades nativas. Creación del nuevo distrito de Eni en el bajo Urubamba.

h. Formular participativamente el Plan de Desarrollo Sostenible de la cuenca del Urubamba, con una visión de largo plazo, aprovechando los recursos actuales del canon.

i. Ampliar la contribución de los sectores estatales de Educación, Salud, Ambiente y Agricultura.

33 Resumido y reorganizado temáticamente en base al acta del “III Encuentro Regional de las Comunidades Nativas del Urubamba” del 6 y 7 de agosto de 2009, realizada en la CN de Nuevo Mundo (bajo Urubamba) con la asistencia de 150 delegados y delegadas de 25 CCNN, Clubs de Madres del bajo Urubamba, (ACMBU), representantes de las dos asociaciones indígenas nacionales (AIDESEP y CONAP), representantes del Plan de Monitoreo Ambiental Comunitario (PMAC), representares de de cuatro Ministerios (Energía y Minas, Ambiente, Educación y Agricultura), organismos estatales reguladores (OSIRNEMING) y PeruPetro, así como del Gobierno municipal de Echarate, dos empresas (Pluspetrol y Petrobras), ONGs (Pronaturaleza, CIPA) y la Universidad Nacional San Antonio Abad del Cusco (Fuente: .Acta de reunión, firmada por los dirigentes de las Federaciones Indígenas del Urubamba así como por dirigentes nacionales de CONAP y AIDESEP).

18

Page 19: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

Origen de la experiencia y el proceso de constitución de los actores

Afirmar el derecho al territorio es un eje central de vida para los Machiguenga y todos los pueblos indígenas. El proceso de titulación de comunidades nativas, iniciado a fines de la década de los setenta del siglo pasado -casi inmediatamente después de darse la Ley correspondiente- estuvo desde entonces marcado por la tensión de asegurar territorio y recursos debido a la creciente extracción forestal y la colonización en la parte alta de la cuenca.

Las comunidades de toda la cuenca del Urubamba, pero principalmente de su

parte baja, desarrollaron una estrategia de aseguramiento territorial siguiendo un continuo espacial de títulos de propiedad de tierras comunales y sus ampliaciones, con el propósito de defenderse mejor de las incursiones de colonos provenientes del alto Urubamba, así como de comerciantes y extractores de recursos naturales en la parte baja34.

Este proceso siguió a la formación y consolidación de sus organizaciones de representación. En 1975 se forma la CECONAMA y en 1988 el COMARU35. Una tercera organización indígena, la FECONAYY, es formada también por aquellos años36. Estas organizaciones indígenas han permanecido activas desde su formación, destacando sus capacidades para construir su agenda, plataforma y hacer incidencia. Aunque quizás lo más importante ha sido que también han sabido encontrar coincidencias, como la realización de los “Encuentros Regionales de Comunidades Nativas del Urubamba”.

El proceso de titulación implicó también un cambio significativo respecto a

estrategias anteriores de las familias Machiguenga del alto Urubamba, basadas en el desplazamiento y la búsqueda de nuevos asentamientos ante la incursión de foráneos con fines de despojo de personas y recursos, como ocurrió en las correrías en la época del caucho. Otra novedad fue el tomar acuerdos con los propios colonos para titular sus posesiones como una manera de frenar la especulación de tierras en las proximidades de las comunidades37. En su conjunto, lo obtenido dentro de los títulos comunales para las familias indígenas del Urubamba en la actualidad es 735, 000 hectáreas38. En cuanto a la titulación, se alcanzaron en gran medida resultados satisfactorios, aunque fue un proceso largo, laborioso y costoso, iniciado en 1979, y que contó con el importante apoyo de una ONG (Centro para el Desarrollo del Indígena Amazónico CEDIA), que suscribió Convenios con el Ministerio de Agricultura para este propósito.

En la década del 90, las federaciones de las comunidades indígenas del Urubamba promovieron ante el Estado el establecimiento de una “Reserva Territorial

34 Esta visión de un territorio Machiguenga no queda suficientemente clara sino hasta 1988. Sin embargo, la titulación de las comunidades había empezado una década atrás. 35 En la CECONAMA participan ocho comunidades nativas del bajo Urubamba y en su formación tiene decisiva influencia el Instituto Lingüístico de Verano, organización de orientación y prédica evangélica. A COMARU se afilian treinta comunidades del alto y bajo Urubamba (aunque una de ellas es Yine Yami y otra es Ashaninka). Las comunidades afiliadas al COMARU están en el radio de influencia de las misiones católicas de la congregación dominica en el alto y bajo Urubamba. La actividad de las iglesias ha jugado también un rol en la generación y promoción de lealtades rivales entre los Machiguenga. 36 Un elemento significativo en este aspecto es la afiliación a diferentes organizaciones indígenas nacionales: COMARU se afilió a AIDESEP –aunque con un status especia l–, mientras que CECONAMA y FECONAYY a CONAP. 37 CEDIA s/f : 1. 38 CEDIA s/f: 1.

19

Page 20: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

del Estado a favor de los Grupos Étnicos en situación de aislamiento voluntario y contacto inicial Nanti/Kugapakori y Yora/Nahua”39. Ello, luego del impacto catastrófico para un grupo de población nahua, debido al contacto de trabajadores de la compañía Shell en la década del ochenta. La reserva también fue apoyada por los grupos conservacionistas pues se constituye en el área de amortiguamiento del Parque Nacional de Manu, lo que completaba y articulaba lo avanzado en la demarcación y titulación de comunidades nativas. Estos grupos optaron por restringir o eliminar sus vínculos con el entorno que se fue formando a su alrededor y que históricamente les había sido hostil (correrías, despojo de recursos, agresiones, etc.). La Reserva abarca hoy un total de 456, 672 has.

Entre la década del 90 y el 2001, se forma un primer espacio multiactores,

gestado en el proceso de visualizar, concertar e impulsar diferentes iniciativas y recursos desde los actores locales. Se trata del “Comité de Gestión para el Desarrollo Sostenible del Bajo Urubamba” - CGDSBU. Esta instancia define su misión en los siguientes términos: “gestionar el desarrollo sostenible, promoviendo el manejo y el aprovechamiento de los recursos naturales, la mejora de la calidad de vida y el desarrollo de las capacidades humanas” (Plan Maestro 2007: 15). Al inicio involucró a instituciones del Estado, las comunidades nativas y sus federaciones, asentamientos rurales, gremios locales, organizaciones sociales y ONGs, aunque con diferentes prerrogativas, en tanto perfilaba su rol, combinando las dimensiones técnica y político-institucional.

El CGDSBU fue organizado luego de manera democrática, ya que era

conducido por una Asamblea General, que era la instancia encargada de aprobar su instrumento de gestión principal: el Plan Estratégico de Desarrollo del Bajo Urubamba. Este Plan se orientó, para el periodo 2002 – 2006, en cuatro campos: a) promoción de la producción y manejo de los recursos naturales; b) mejoramiento de la infraestructura productiva y de servicios; c) servicios sociales y d) fortalecimiento del CGBSBU y sus bases. Como todos los instrumentos de este tipo, el Plan buscaba guiar la acción de diferentes entidades (públicas y privadas), sumar propuestas y recursos, concertar y articular intereses y esfuerzos, abrir espacios de oportunidad para sectores de la población que no habían tenido voz ni influencia en las decisiones de mayor alcance. Las comunidades y sus organizaciones tuvieron aquí un espacio de aprendizaje y visibilización de sus necesidades y demandas, así como de negociación para que fuesen incluidas en las prioridades.

A la vez, otro hecho que se suma a este proceso y sobre el cual nos detendremos es el establecimiento de un complejo de diferentes Areas Naturales Protegidas40, entre las que debe destacarse al Santuario Nacional Megantoni (SNM)41

39 Resolución Ministerial Nº 0046-90-AG/ DGRAAR de fecha 14 de febrero de 1990, publicada en fecha 25 de febrero de 1990, establece como Reserva del Estado a favor de dichos grupos étnicos una superficie de 443, 887 has de tierras ubicadas en los distritos de Echarate y Sepahua, provincias de La Convención y Atalaya, departamentos de Cusco y Ucayali, respectivamente. El Decreto Supremo No 028 – 2003 – AG del 23 de julio 2003 la extiende hasta su superficie actual. De acuerdo a la Ley 28736 (2006), art. 4: el Estado considera f) Establecer reservas indígenas, las que se determinarán sobre la base de las áreas que ocupan y a las que hayan tenido acceso tradicional, hasta que decidan su titulación en forma voluntaria. 40 El Santuario Nacional Megantoni, el Parque Nacional Otishi, la Reserva Comunal Ashaninka, la Reserva Comunal Machiguenga y el Parque Nacional del Manu. Todas ellas integran lo que hoy se concibe como un Corredor para la Conservación de la Biodiversidad, que inclusive las vincula a otras vecinas áreas naturales protegidas en el Perú y Bolivia. 41 De acuerdo a la legislación peruana Ley 26834 Ley de Áreas Naturales Protegidas de 1997, un Santuario Nacional es un área de protección intangible de un hábitat o de formaciones naturales de interés científico o paisajístico.

20

Page 21: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

ubicado en el distrito de Echarate. Megantoni divide físicamente el alto del bajo Urubamba y es un lugar de un profundo significado espiritual en la cultura y el territorio ancestral del pueblo Machiguenga, el escenario de sus mitos de origen y de las acciones de sus seres fundadores. Un lugar primordial en el Santuario es el pongo42 de Mainique, inevitable y peligroso paso fluvial hacia el bajo Urubamba y que actúa como una barrera natural frente a la penetración de población foránea.

Megantoni es el Santuario Nacional más grande del Perú. Fue declarado como tal en 2004 y de acuerdo a su Plan Maestro 2007-2011, tiene como objetivo principal “conservar, con carácter de intangible, los ecosistemas que se desarrollan en las montañas de Megantoni” (p.9). El alto valor para la conservación de la biodiversidad de esta área ha sido demostrado a través de estudios del Smithsonian Institute y del Field Museum de Chicago en 1997 y 2004, respectivamente43. La iniciativa para la declaración del Santuario Nacional Megantoni (SNM) data de 1992. En la concepción tienen participación las comunidades nativas del Urubamba y asentamientos de colonos del alto Urubamba, proceso apoyado por el CEDIA. Tuvo que hacerse hasta dos expedientes técnicos, debido a ciertas dificultades y resistencias, por parte de quienes han alentado la especulación de tierras y la colonización del bajo Urubamba.

Los objetivos más específicos del establecimiento del SNM fueron:

a. Proteger el área donde viven indígenas voluntariamente aislados, para su uso exclusivo; dejando a salvo todos sus derechos inclusive su territorio ancestral.

b. Proveer una zona de uso especial para los indígenas de Sababantiari, que les permita continuar con el uso actual de los bosques; monitorear el impacto de la caza y, si es necesario, manejarla en conjunto con la comunidad.

c. Proveer protección estricta para una península de puna aislada. d. Asegurar posibilidades para investigación en hábitats de puna intacta a lo largo

del borde sur del área; estos estudios eventualmente podrán ayudar a la recuperación y el manejo de punas degradadas en sitios cercanos.

e. Mantener intactas las nacientes de las cuencas de los ríos Yoyato, Kirajateni y Taperashi; dejando a salvo los derechos adquiridos por los pobladores de la zona, al tiempo de armonizar el uso de los bosques y suelos a formas compatibles con el espíritu del área. Es una alternativa viable el buscar maneras de reubicar a los moradores actuales, en la medida en que aún no han generado impacto importante por ser un asentamiento reciente.

f. Proveer una zona de turismo de bajo impacto alrededor del Pongo y de otros posibles puntos de entrada para beneficio de las comunidades vecinas.

g. Generar mecanismos de participación para las poblaciones colindantes en la protección y el manejo de la nueva Área Natural Protegida.

42 Se llama pongo al accidente geográfico generado por un curso de agua que atraviesa un gran macizo o una cadena montañosa. En la mitología Machiguenga se cuenta que es el lugar del Tonkini, un remolino gigante de aguas turbulentas, que es la vía que permite a las almas viajar de este a otros mundos. Entre los Yine Yami tiene un significado similar, llamándolo en su propio idioma Tsla. 43 El Inventario Biológico Rápido del Field Museum sobre Megantoni señala: “Megantoni encaja perfectamente en los patrones de biodiversidad Andina. Durante nuestro inventario rápido de sus bosques, entre los meses de abril y mayo del 2004, catalogamos cerca de 2.000 especies, muchas de ellas endémicas de la región, algunas amenazadas o vulnerables en otras partes de su rango de distribución, y entre 50 a 80 especies nuevas para la ciencia. Los herpetólogos encontraron 7 especies nuevas de ranas, los ictiólogos descubrieron peces endémicos aferrados a las rocas existentes en los arroyos turbulentos, los entomólogos descubrieron por lo menos unas 30 especies nuevas de escarabajos peloteros, y los botánicos catalogaron unas 1.400 especies de plantas, incluyendo unas 400 especies de orquídeas y helechos. Algunos animales amenazados en otras partes de Sur América, incluyendo a los osos de anteojos, sachavacas y otorongos, caminan libremente por el área. Especies cinegéticas de aves, como la pava y perdiz, son sorprendentemente abundantes”(p.43).

21

Page 22: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

h. Acelerar el proceso de saneamiento físico legal de la población colindante al área y que esta ubicada en áreas apropiadas para la actividad agropecuaria. Una vez establecido formalmente se adopta un modelo de gestión participativa.

Quienes intervienen son: el Gobierno Regional Cusco, la Municipalidad Provincial de La Convención, el Instituto Nacional de Recursos Naturales – Cusco, Agencia Agraria – La Convención, la Universidad Nacional San Antonio de Abad, el Consejo Machiguenga del río Urubamba COMARU, asentamientos colonos, dos empresas privadas, el Frente de Defensa de los Intereses Santa Teresa, la Mesa de Concertación Echarati (sic) y el Proyecto Especial Titulación de Tierras PETT-Quillabamba.

Todos estos actores participan en la formulación del primer Plan Maestro del

Santuario Nacional Megantoni 2007 – 2011, como instrumento básico y primordial de la gestión del área. El proceso de gestionar el SNM de manera participativa supone integrar intereses de diferentes actores a propósito de la conservación de un área natural, lo que incluye implicaciones muy diversas. El Estado y sus entidades cumplen un rol directivo o buscan hacerlo. No necesariamente las comunidades locales coincidirán con los criterios de los entes del Estado. Como espacio de gestión incorpora el uso de diferentes mecanismos, como la zonificación de usos del área, la que pone en juego el conjunto de visiones sobre la función que deben cumplir desde las visiones de cada actor. A partir de ahí, una serie de reglas que deben ser definidas al interior de un marco normativo general, pero también propio. Se trata de un proceso de afirmación cultural y política, en la escala local, sobre el valor y significado del espacio.

Es interesante apreciar en este proceso el empleo generalizado de talleres de

consulta como estrategia para lograr acuerdos sostenibles. La orientación del modelo de gestión ha sido definida como de ‘conservación participativa’. De esta manera la gestión de Áreas Naturales Protegidas (ANPs) tiene elementos de autoridad política y conocimiento científico-técnico, pero no se validan por si mismos. Son puestos a prueba y en diálogo con el conocimiento local, particularmente con los descendientes y herederos de la cultura machiguenga, para quienes el Megantoni tiene un valor particular y central, los que le dieron nombre y significado. En este proceso se muestra cómo las comunidades indígenas del Urubamba y sus organizaciones se han afirmado como actores locales.

Ahora bien, una amenaza actual a la integridad del SNM y las comunidades

nativas del bajo Urubamba es el proyecto de construcción de una carretera de penetración entre el alto y el bajo Urubamba, atravesando el Santuario. Mientras que las autoridades municipales y regionales (bajo la dirección de población mestiza andina no indígena) apuestan por la carretera, utilizando muy diferentes y hasta demagógicos argumentos44 las comunidades nativas del bajo Urubamba consideran que esta construcción amenaza su seguridad territorial. Lo mismo ocurre con otro proyecto presentado al Ministerio de Energía y Minas: la construcción de una central hidroeléctrica dentro del Santuario, para lo cual se tendría que represar las aguas del Urubamba en el pongo de Mainique.

Si bien ambos proyectos han quedado por el momento paralizados, son una

amenaza constante debido a que las municipalidades de esta región cuentan con significativos recursos, producto justamente del canon gasífero y la presión colonizadora no ha disminuido. Estas tensiones se han expresado ya en paros en el

44 El mas común es “la necesidad de proteger la vida de los ciudadanos que tienen que navegar por el pongo, de subida o bajada, exponiéndose a morir ahogados por las turbulencias y remolinos”.

22

Page 23: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

alto Urubamba como el del año 2010, donde la demanda fundamental de la población colona fue la construcción de una planta de fraccionamiento de gas en esa zona, como una manera de acceder al uso masivo domestico a bajo precio principalmente para la población colona y mestiza el alto Urubamba mayoritariamente45.

Logros y retos: comunidad titulada, áreas nativas, reservas, parque nacional

El proceso descrito muestra al pueblo Machiguenga en su afirmación como actor social y frente a diversos interlocutores. Esto, en una situación de considerable desigualdad de fuerzas y de creciente dinamismo y complejidad de cambios económicos, sociales, ambientales y culturales; principalmente en una escala local, aunque con fuertes conexiones internacionales.

En un entorno de cambios sostenidos, de presión controlada sobre sus medios

de vida, las comunidades Machiguengas y de los otros pueblos de la región construyen los recursos necesarios para afirmar sus derechos. Entre estos recursos podemos destacar la consolidación de sus organizaciones comunales y sus federaciones como espacios para generar las propuestas; la capacidad de establecer y articular democráticamente su plataforma de necesidades y demandas, resolviendo diferencias muchas veces de gran envergadura; la construcción de alianzas a muy diversa escala para hacer incidencia así como la búsqueda y elección de líderes con capacidad para aprender de otras experiencias y compartir sus aprendizajes. Sus logros en conjunto son relevantes, en tanto se trata de un caso de construcción de un espacio constituido por complejo de Comunidades Nativas tituladas asociadas a Áreas Naturales Protegidas y una Reserva Territorial para Pueblos en aislamiento, que actúan combinadamente como una defensa frente a la presión ejercida por diversos agentes económicos y políticos. En este proceso han debido desarrollar una estrategia que conecta todos estos elementos y muy disímiles actores, tanto locales, regionales, nacionales como internacionales.

Las comunidades indígenas del Urubamba y sus organizaciones de representación han contribuido de modo significativo a darle contenido a una herramienta que constituye un verdadero desafío en el país y también a nivel global: el establecimiento de estándares sociales y ambientales para las actividades de extracción de hidrocarburos. En un contexto donde la legitimación global de los derechos colectivos de los pueblos indígenas estaba en sus inicios46, la capacidad de las organizaciones y comunidades del Urubamba para articular, expresar, hacer escuchar sus demandas a las empresas y al gobierno, construyendo con todo esto mecanismos de negociación y de control de los impactos de las actividades de explotación de hidrocarburos ha sido determinante.

Como en todos los procesos sociales también existen marchas y

contramarchas, ensayo y error, liderazgos en competencia, dificultad para reconocer diversos intereses y articularlos así como para generar confianza y establecer un horizonte de futuro compartido. Además, pese a los avances en la construcción de su agencia social y su constitución como actores, y también a algunos intentos por tener presencia en la toma de decisiones en la esfera política regional, ni sus dirigentes ni 45 Si bien en la plataforma estaba también la oposición a la construcción de un nuevo ramal de transporte de gas cuyo diseño pasaría por debajo del Santuario Megantoni, así como la demanda de que el gas sea para consumo interno, el paro se levantó cuando cinco ministros, con el Presidente del Consejo de Ministros a la cabeza, se comprometieron a construir en el alto Urubamba una planta de fraccionamiento. tanto con recursos del gobierno central como del gobierno regional (que recibe el canon gasífero). (El Comercio, 9 de agosto del 2010)

23

Page 24: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

sus organizaciones han logrado tener un mayor acceso a la dirección política de los gobiernos locales y regionales. Estos continúan estando en poder de la población mestiza andina, quienes además tienen mayor peso demográfico electoral. Lograr que los gobiernos municipales y regionales (que tienen el recurso del canon gasífero y su administración), acuerden también de manera negociada y culturalmente apropiada, con las propias comunidades indígenas el desarrollo del bajo Urubamba, es un reto que también deberán enfrentar para lograr consolidar y mejorar las condiciones de vida en sus territorios comunales. Reflexiones finales

Como mencionamos en la introducción, nuestra intención en este punto es abrir la discusión del tema que nos convoca, proponiendo nuevas preguntas que permitan el dialogo con otras experiencias en el Perú y en América Latina. En este sentido, no se trata de elaborar un “manual para el éxito y garantía de los derechos territoriales indígenas”, sino de aprender desde los logros ciertamente, pero también desde las contradicciones, ambigüedades y tensiones que estos casos nos presentan.

En esta medida, una primera gran lección que nos dejan ambas experiencias, es que los procesos de reconocimiento de derechos territoriales indígenas en su versión de Comunidad Nativa, si bien partieron de una política estatal, esta fue apropiada socialmente por los pueblos indígenas, en un largo proceso de tensiones que difícilmente pueden declararse acabados o concluidos; incluso en los que parecieran ser mas “exitosos”. Los actores se renuevan, los contextos políticos cambian, los marcos económicos se mueven constantemente, los marcos legales avanzan y retroceden y hasta los sujetos se ven interpelados continuamente. Todo ello genera sin duda un escenario de apertura, de necesidad de “estar pendiente” al tema de modo renovado. Como hemos visto, aun un documento escrito y firmado no es garantía de un logro definitivo. Un primer reto está entonces en asumir este carácter abierto de los procesos mencionados. ¿Cómo garantizar en este contexto una relativa estabilidad? ¿Qué es necesario? ¿Qué oportunidades podemos extraer en este escenario?

Esto tiene que ver con un segundo punto: el reconocimiento de la pluralidad de

situaciones en un mismo espacio-nacional. Esto es ya casi un sentido común en las ciencias sociales, pero no es así necesariamente en las políticas públicas. Ambos casos trabajados, situados en la Amazonía del Perú, en un mismo momento histórico y con objetivos similares, presentan sin embargo diferencias notables. En el caso de los Secoya, hay un proceso de negociación y presión de las mismas comunidades hacia el Estado, y finalmente consiguen (algunos de) sus objetivos. Además, en este caso la bandera levantada fue el de la identidad, y desde esta batalla empujan el proceso. Por otro lado, en el caso de los Machiguenga el proceso de reconocimiento por parte del Estado de sus tierras comunales se da tempranamente, pero en los siguientes años logran la ampliación de sus tierras comunales, así como acceder al uso de territorios bajo la forma de Áreas de Conservación Comunal, y el logro del área del Santuario Nacional Megantoni formando así un territorio continuo en donde tienen ingerencia.

Un tercer punto tiene que ver ya con los mismos casos, pensados en su contexto histórico. Aun con todas las tensiones, conflictos y ambigüedades, podemos afirmar con relativa seguridad que en definitiva hay un avance en el reconocimiento de derechos territoriales indígenas en el Perú. Y esto sucede especialmente en el terreno

24

Page 25: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

de la “formación política”. Los casos detallados, quizá de manera más evidente en el caso de los Secoya, nos señalan que ha habido un aprendizaje político en los actores protagonistas. Tanto en la creación de espacios, en la formación de cuadros e incluso en la capacidad de negociación, los protagonistas, líderes indígenas, se han asumido como actores políticos con mayor agencia que en décadas e incluso años anteriores. El reto a futuro tiene que ver sin duda con fortalecer institucionalmente estos espacios, garantizar la formación de cuadros dirigenciales y posicionar a los actores en el espacio público. Esta sí es una lección que todo nuevo proyecto debe tomar en cuenta.

También, creemos que estos casos evidencian la importancia de la articulación de los actores en sus distintos niveles. Es decir, los derechos territoriales no pueden ser empujados únicamente desde las banderas locales. Sin duda, este es el terreno central. Pero los espacios y actores regionales, nacionales e incluso internacionales deben ser también interpelados. En el caso de los Secoya por ejemplo, la asociación con las comunidades y organizaciones en Ecuador fue fundamental, y dio otro nivel y empuje a la experiencia peruana. En el caso de los Machiguenga, la construcción de la carretera produjo como reto reorganizar el proceso ya no desde lo local sino desde su significancia nacional. En ambos casos, es evidente la importancia de la adscripción del Estado peruano a convenios internacionales, como el 169 de la OIT. Entonces, en un contexto de preocupación internacional por el cuidado del medio ambiente y de fomento al reconocimiento de las políticas interculturales afirmativas, el aliado internacional es una constante “ventana de oportunidad” que todo proceso de derecho territorial no debe dejar pasar. Hoy en día las comunidades y pueblos indígenas de la amazonía construyen su identidad a la par que emergen como actores sociales en una constante interacción con otros agentes públicos y privados, a los que han enseñado que llegan a territorios ocupados históricamente y con sujetos sociales que hacen uso de su capacidad de agencia para establecer espacios de negociación y hacer respetar sus derechos generales como ciudadanos y particulares como pueblos indígenas.

Finalmente, creemos que es fundamental asumir el reconocimiento territorial no únicamente como un derecho “cultural”, sino como una parte fundamental del desarrollo económico y político de los actores indígenas. La ciudadanía intercultural, para que sea efectiva, no puede considerarse como una “superestructura”, como un añadido de valores y símbolos fuera de los sistemas económicos y políticos de sus propios contextos.

25

Page 26: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

Bibliografía Belaunde, Luisa; Chirif, Alberto & Caruso, Emily, 2011 "Safeguarding the Law: Indigenous Sellf-Government, Conservation and Transnational Investment in Amazonian Peru”. En: Honoring Nations (orgs.), Indigenous Governance, Equity and Rights in Pluralistic Settings, Innovations in Governance and Public Action Liaison Group, Harvard: HPAIED, pp. 40-61. Benavides, Margarita 2010 “Industrias extractivas, protesta indígena y consulta en la Amazonía peruana” en Anthropologica Vol XXVIII Nº 28 Suplemento 1. Casanova, Jorge 2005 “Parentesco, mito y territorio entre los Aido Pai (Secoya) de la Amazonía peruana”. Investigaciones Sociales, Año IX, Nº 15, pp. 15-28. CEDIA 2009 Caracterización y situación actual del proceso de categorización de la Zona Reservada de Gueppi. CEDIA s/f Informe especial del proyecto “Apoyo a la conservación participativa y al desarrollo sostenible dentro y alrededor de dos áreas naturales protegidas: el Santuario Nacional Megantoni y la Reserva Comunal Machiguenga”. Chirif, Alberto y Pedro García Hierro 2007 Marcando territorios: progresos y limitaciones de la titulación de territorios indígenas en la Amazonía. Copenhague, IWGIA. Defensoría del Pueblo 2010 Actuaciones Defensoriales en el marco del conflicto de Bagua. Informe de la Defensora del Pueblo a la Comisión del Congreso de la Republica que investiga los sucesos de Bagua, aledaños y otros. Lima, Serie Documentos Defensoriales - Documento No 10. Desmet, E., 2009. Impacto de los procesos transnacionales en la organización de los airo pai (Secoya) de la Amazonía peruana. In Nueva Antropología 2:151-175. Earle, Lucy & Pratt, Brian 2009 Indigenous social movements and international NGOs in the Peruvian Amazon. Oxford, INTRAC Occasional Papers Series No 49. Giddens, Anthony 1995 La constitución de la sociedad. Bases para la teoría de la estructuración. Amorrortu Editores, 3era edición, Buenos Aires. Instituto Nacional de Estadística e Informática. Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales 2010 Análisis Etnosociodemografico de las Comunidades Nativas de la Amazonía, 1993 y 2007. Lima, INEI - UNFPA Rodríguez Achung, Martha 2005 Desarrollo, pobreza-exclusión social y manejo de espacio socioambientales en el mundo rural. Université catholique de Louvain. UCL PRESSES UNIVERSITAIRES DE LOUVAIN. Rodríguez Achung, Martha 2007 “Gran capital, monetarización y estratificación social”. En O. Plaza (Coord.) Clases Sociales en el Perú. Visiones y trayectorias. Lima, CISEPA-Departamento de CCSS- PUCP.p. 401-438 Rodríguez Achung, Martha 2009: 3 Protestas sociales, Demanda de ciudadanía y democracia participativa. En: PUCP Punto Edu No 150, pag. 3. Rojas, Emilio 2007 “Hacerse actor social: organización indígena e identidad territorial” Tesis de Grado de Magíster en Sociología. Lima, PUCP. Rojas, Emilio 2009 “La construcción de la agencia social: una indagación desde la experiencia del pueblo secoya (airo pai)” en Debates en Sociología No 32 - 2007. Lima, PUCP.

26

Page 27: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

Sen, Amartya 2000 Desarrollo y Libertad. Buenos Aires, Editorial Planeta, Primera reimpresión. C. Vriesendorp, L. Rivera Chávez, D. Moskovits and Jennifer Shopland (eds.). 2004. Perú: Megantoni. Rapid Biological Inventories Report 15. Chicago, Illinois : The Field Museum. Documentos COMARU, CECONAMA, FECONAYY “III Encuentro Regional de Comunidades Nativas del Urubamba” CN Nuevo Mundo, 6 y 7 de agosto de 2009. Enlaces Web http://wiki.sumaqperu.com/es/Santuario_Nacional_Megantoni http://www.minam.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=1377:santuario-nacional-megantoni-disena-moderna-guia-de-monitoreo-para-evitar-extincion-de-especies&catid=1:noticias&Itemid=21 http://servindi.org/actualidad/34593 http://www.actualidadambiental.pe/?p=9234 http://enlacenacional.com/2011/02/22/nativos-matsiguengas-piden-respetar-el-santuario-de-megantoni/

27

Page 28: Agencia Territorio Pueblos Indígenas Amazonía Peruana

ANEXOS

Anexo No 1. AIDESEP: Plataforma de Lucha de los Pueblos Indígenas. AIDESEP: Plataforma de Lucha de los Pueblos Indígenas: 1. Derogatoria de todos los Decretos Legislativos y leyes que atentan contra los derechos de los pueblos indígenas. Tales como la Ley 29317, ley que modifica el D. L. 1090 y se constituye como NUEVA LEY FORESTAL Y DE FAUNA SILVESTRE, La Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos, Decretos Legislativos, 1089, 1064 y 1020. 2. Reforma de la Constitución Política del Estado para reintegrar los derechos territoriales indígenas (inalienables, inembargables, imprescriptibles); y constitucionalizar la Declaración Universal de los Derechos de los Pueblos Indígenas de las Naciones Unidas y el Convenio 169 – OIT. 3. Reconocimiento y titulación inmediata de las comunidades nativas. Reconocimiento de la propiedad colectiva del territorio. Restablecimiento de las atribuciones legales a las oficinas regionales del PETT. Titulación de las comunidades nativas cuyos territorios se encuentran dentro de las Áreas Naturales Protegidas. Ampliación del ámbito del Parque Nacional Ichigkat Muja sobre territorios ancestrales Awajún y que han sido excluidos solo para beneficiar a empresas mineras e hidrocarburíferas en el Cenepa. 4. Reconocimiento como Reservas Territoriales de los territorios de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario o en contacto inicial. Aprobación de las propuestas de AIDESEP sobre estos territorios. 5. Suspensión de toda concesión territorial en tierras indígenas a empresas o personas naturales para la exploración o explotación de hidrocarburos, mineros, turísticos, forestales o de cualquier naturaleza. 6. Solución inmediata a las demandas de las organizaciones regionales de AIDESEP (FENAMAD, ORPIO, CORPI –SL, ORPIAN, COMARU, ARPI SC y ORAU). Solución inmediata a los problemas que viene creando la minería aurífera en el Cenepa y Madre de Dios. 7. Derogatoria de las normas que autorizan los TLC con Estados Unidos, la Unión Europea y Chile, en la medida en que estos atentan contra los derechos territoriales indígenas, la propiedad intelectual de nuestros conocimientos colectivos y poniendo en peligro nuestra biodiversidad amazónica. 8. Implementar una reforma del Estado que incorpore al INDEPA como OPD con rango ministerial; y que incluya la creación del Vice ministerio de Salud Intercultural y el Ministerio de Educación Intercultural; creándose de esta forma verdaderas universidades interculturales. 9. Establecimiento de una MESA DE DIÁLOGO NACIONAL para tratar los problemas de los pueblos indígenas, con representación paritaria entre el Estado y las organizaciones indígenas del Perú. http://www.aidesep.org.pe/index.php?codnota=618

28