acta pleno de noviembre 2013

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AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA (MADRID) BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE MAJADAHONDA EL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DE 2013. En Majadahonda, siendo las diez horas del día veintisiete de noviembre de dos mil trece, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados. ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO CONCEJALES: Por el Grupo Municipal Popular: D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE Dª LAURA NISTAL MARCOS Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ Por el Grupo Municipal Socialista: D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ Por el Grupo Municipal UPYD: Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN D. JAVIER GIL CACHO Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO Por el Grupo Municipal Izquierda Unida: D. JUAN SANTANA URIARTE Dª MARÍA SOL PIÑUELA PAREDES Por el Grupo Municipal Centrista: Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como Secretario General D. Eulalio Ávila Cano. Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes asuntos:

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Acta del pleno de noviembre de 2013.

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Page 1: Acta pleno de Noviembre 2013

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

BORRADOR DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESION

ORDINARIA CELEBRADA POR EL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA EL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DE 2013.

En Majadahonda, siendo las diez horas del día veintisiete de noviembre de

dos mil trece, se reunió el Pleno del Ayuntamiento en el Salón de Actos de la Casa

Consistorial, habiendo asistido los señores que seguidamente se detallan, con el fin

de celebrar sesión para la que habían sido previamente convocados.

ALCALDE: D. NARCISO DE FOXÁ ALFARO

CONCEJALES:

Por el Grupo Municipal Popular:

D. JOSÉ ANTONIO CARNEVALI RAMÍREZ

Dª M. CARMEN MENÉNDEZ RODRÍGUEZ

D. JUAN CARLOS PÉREZ GONZÁLEZ

Dª M. VICTORIA CRISTÓBAL ARAUJO

D. JAVIER CABALLERO LÓPEZ

D. PABLO GARCÍA GONZÁLEZ

D. JOSÉ ALBERTO SAN JUAN LLORENTE

Dª LAURA NISTAL MARCOS

Dª M. CRISTINA DURÁN URIBARRI

Dª VERÓNICA MARÍA LIPPERHEIDE GUZMÁN

Dª M. JOSÉ MONTÓN ROSAENZ

Dª MARÍA FERNÁNDEZ DOBAO

D. JUAN CARLOS DÍAZ RODRÍGUEZ

Por el Grupo Municipal Socialista:

D. BORJA LUIS CABEZÓN ROYO

D. ZACARÍAS MARTÍNEZ MAILLO

Dª MARÍA DEL SOCORRO MONTES DE OCA VERNAZA

D. LUIS GREGORIO VENTURA SÁNCHEZ

Por el Grupo Municipal UPYD:

Dª CARMEN MADRIGAL TORREJÓN

D. JAVIER GIL CACHO

Dª M. LOURDES FERNÁNDEZ ALONSO

Por el Grupo Municipal Izquierda Unida:

D. JUAN SANTANA URIARTE

Dª MARÍA SOL PIÑUELA PAREDES

Por el Grupo Municipal Centrista:

Dª MERCEDES PEDREIRA DE VIVERO

D. IGNACIO JOSÉ DEL RÍO MARRERO

SECRETARIO GENERAL: D. Eulalio Ávila Cano

INTERVENTOR: D. Julio Prinetti Márquez

Presidió el acto el Sr. Alcalde D. Narciso de Foxá Alfaro y actuó como

Secretario General D. Eulalio Ávila Cano.

Declarado abierto el acto por la Presidencia, fueron tratados los siguientes

asuntos:

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

1.(196/13) APROBACIÓN, si procede, de los borradores de

actas de sesiones anteriores (extraordinaria y

ordinaria 30-10-2013)

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que en el último párrafo de la página 190 se ha cometido un error

material y, donde dice “…el gimnasio no puede tener una temperatura

de 20º sino de 26º, …” debe decir “… el gimnasio no puede tener una

temperatura de 26º sino de 20º, ….”

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

unanimidad ACUERDA aprobar los borradores de las sesiones

extraordinaria y ordinaria celebradas el 30 de octubre, ésta última con

la corrección antes indicada.

2.(197/13) MANIFIESTO sobre el Día Internacional contra la

Violencia de Género.

El Sr. Alcalde da lectura al Manifiesto sobre el Día Internacional

contra la Violencia de Género consensuado por todos los grupos

políticos y cuyo texto es el siguiente:

“Conmemoramos el 25 de noviembre, Día Internacional contra la

Violencia de género recordando la persistencia de la violencia contra

las mujeres en todas sus formas, y apostando por el Buen Trato como

manera de combatirlo y prevenirlo. Días como éste, deben servir,

cuanto menos, para remover conciencias y preguntarse por qué, a

pesar de que teóricamente la violencia de género es ampliamente

rechazada, no desaparece de nuestra sociedad.

La violencia de género abarca todos los actos mediante los

cuales se discrimina, ignora, somete y subordina a las mujeres en los

diferentes aspectos de su existencia. Desde la violencia física a las

coacciones sociales asociadas a las costumbres sexistas, pasando por

las discriminaciones indirectas o usos sociales discriminatorios, se ha

reconocido que la violencia se presenta como el principal obstáculo

para el ejercicio de los derechos reconocidos legalmente a las

mujeres. Para comprender esta situación hay que recordar que la

violencia contra las mujeres es un fenómeno social y estructural, con

Page 3: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

3

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

profundas raíces en el inconsciente colectivo que hace que se

consideren aceptables y permisibles ciertas conductas machistas.

Queremos recordar a todas las mujeres que han sido

asesinadas, y mostrar nuestro apoyo y ofrecimiento de ayuda y

escucha a aquellas que están sufriendo violencia y permanecen

silenciadas y ocultas.

Visibilizarlas, darles voz e intervenir con ellas de manera

temprana, especializada e integral, asegura una mejor recuperación

y sobre todo minimiza su sufrimiento.

El Ayuntamiento de Majadahonda se compromete a que la lucha

para la erradicación de la violencia hacia las mujeres sea una

prioridad en su agenda y para ello centra sus esfuerzos en consolidar

la igualdad y la no violencia de género a través de Planes de trabajo

anuales, a poner a disposición de la ciudadanía todos los mecanismos

públicos necesarios para la prevención de la violencia sexista y

atención integral de las víctimas de la misma y a potenciar el Punto

Municipal del Observatorio Regional contra la Violencia de Género,

como dispositivo de atención a las mujeres que sufren violencia y, de

forma muy especial, a los menores y personas dependientes a su

cargo, testigos e igualmente víctimas de la situación.

Nos sigue preocupando especialmente la precocidad en la

aparición de los primeros signos de violencia en relaciones entre

adolescentes, y a edad cada vez más tempranas. Trabajar desde la

prevención durante estas etapas es fundamental en la lucha contra la

erradicación de la violencia y sus resultados, según las OMS, son los

más eficaces. Como Administración continuamos con nuestro reto de

trabajar fomentando programas de prevención de las relaciones

violentas entre los jóvenes y en la difusión de una cultura del Buen

Trato y ofreciendo nuevos modelos de masculinidad y femineidad que

potencien a las personas y se basen en la igualdad, como herramienta

para crear relaciones igualitarias y libres de violencia, en las que la

base sea el respeto, la libertad y la resolución pacífica de conflictos.

Tal y como considera Naciones Unidas la violencia contra las

mujeres es un atentado contra los derechos humanos de mujeres y

niñas y es necesario promoverlos y protegerlos. Por ello el

Ayuntamiento se posiciona con un rotundo rechazo ante la violencia y

sin excusa alguna para la tolerancia ante ella.

Page 4: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

4

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Exigimos que la violencia contra las mujeres sea eliminada

definitivamente de nuestras vidas y, para ello, es necesario que sea

invisibilizada ni minimizada. Debemos trabajar para que la sociedad

sea paritaria en los mejores aspectos que la fundamental y centrar los

esfuerzos en consolidar la igualdad y la no violencia de género.

Todos y todas debemos plantarle cara a la violencia machista

que empobrece nuestra sociedad. Los malos tratos no son un asunto

privado, es un problema social que se combate con la TOLERANCIA

CERO ante cualquier comportamiento machista.

Por ello, a través de este Manifiesto, el Ayuntamiento de

Majadahonda y su Consejo de la Mujer expresan su rotundo rechazo

ante cualquier manifestación de la violencia contra las mujeres y se

dirige a toda la ciudadanía majariega para pedirle su implicación en

esta andadura, porque solo mediante la unidad podemos conseguir

los cambios que favorezcan el camino hacia una sociedad más justa e

igualitaria.”

El Sr. Alcalde indica que este Manifiesto ha sido elaborado por

todos los grupos políticos y el Consejo de la Mujer.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

unanimidad, por asentimiento de todos los concejales, ACUERDA

aprobar el Manifiesto sobre el Día Internacional contra la Violencia de

Género, anteriormente transcrito.

3.(198/13) DAR CUENTA de la Resolución de la Alcaldía nº

2485/13, sobre modificación de las delegaciones

efectuadas en Concejales respecto a los ámbitos de

Medio Ambiente, Jardines y Limpieza y Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda (4.2.2)

Se da cuenta del Decreto de la Alcaldía nº 2485/13, de 15 de

noviembre, cuyo texto es el siguiente:

Page 5: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

5

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

“Por el presente

HE RESUELTO

Modificar las delegaciones genéricas efectuadas mediante Decreto de

Alcaldía 1253/11, 11 de junio, 2456/11 de 10 de noviembre y 2688/11

de 30 de noviembre, que quedan sin efecto en lo referente a estas

áreas Para su adecuado ejercicio se detallan aquéllas delegaciones

que incluyen la facultad de resolver mediante actos administrativos

que afecten a terceros y la delegación de firma de los documentos

necesarios para el desarrollo y gestión de la delegación, sin perjuicio

de la superior dirección que ostenta esta Alcaldía sobre la

Administración Municipal y de las facultades de coordinación que

mediante este Decreto se asignan, de acuerdo todo ello con lo

dispuesto en los artículos 43 a 45 y 114 a 118 del Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades

Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.

A D Juan Carlos Pérez González se le delega el ámbito de los

asuntos referentes a Medio Ambiente, Jardines y Limpieza, y en

concreto las siguientes:

Facultades:

Dirección y gestión de los servicios y actividades municipales

relativas al Medio Ambiente, Jardines y Limpieza.

Dirección e impulso de la política sobre sostenibilidad del

municipio.

Dirección ordinaria de los servicios de residuos sólidos

urbanos, prevención de la contaminación, y en general, todos

aquellos recogidos en el ámbito de las funciones de la Alcaldía

sobre medio ambiente.

Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a

terceros en materias de su competencia.

Concesión de licencias previstas en la Ordenanza Reguladora

del Medio Ambiente para la conservación y mantenimiento de

las zonas verdes, así como las enmarcadas en la Ley de

Protección y Fomento del Arbolado Urbano de la Comunidad

Page 6: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de Madrid no relacionadas con obras de construcción

sometidas a licencia urbanística, en cuyo caso corresponderá

al Concejal de Urbanismo.

Incoación y resolución de expedientes sancionadores relativos

a su Área, a excepción de los relativos al personal, en materia

tributaria y en materia de contratos cuya competencia

material no se le haya delegado por razón del gasto.

Concesión de subvenciones y ayudas, correspondientes a su

Área, como resultado del procedimiento correspondiente en

régimen de concurrencia competitiva regulado por bases

específicas aprobadas por el Pleno, cuando su importe no

exceda del límite del contrato menor (actualmente, 18.000 €)

Vicepresidencia del Organismo Autónomo “Patronato Monte

del Pilar”, coordinando sus relaciones con el Ayuntamiento.

Autorización y celebración de matrimonios civiles

Firma de la remisión de publicación de anuncios a los

distintos Boletines Oficiales en materias de su competencia.

Firma de los convenios administrativos de su competencia una

vez aprobados por el órgano correspondiente según el gasto,

salvo que por su normativa específica o por otras razones se

firmen por el Alcalde.

Elevar al Pleno y a la Junta de Gobierno Local las propuestas

de resolución de los asuntos que les correspondan en el

ámbito de las competencias de su/sus Concejalía/as.

A. D. Pablo García González se le delega el ámbito de los

asuntos referentes a Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y

Vivienda y en concreto las facultades que se conferían al anterior

titular de esta Concejalía en los Decretos de Alcaldía 1253/11 de 11

de junio, 2456/11 de 10 de noviembre y 2688/11 de 30 de noviembre

Facultades:

Dirección y gestión en general de los servicios y actividades

municipales relativas a Planeamiento, gestión y disciplina

Urbanística, Obras y Mantenimiento de la ciudad.

Page 7: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Elaboración de instrumentos de planificación y gestión

urbanística de todo tipo, antes de su paso a los órganos

competentes para su aprobación, sin perjuicio de las

competencias que correspondan a otros órganos en materia de

contratación o aprobación de gastos.

Firma de las actas de ocupación en expedientes

expropiatorios.

Capacidad de dictar actos administrativos que afecten a

terceros en las materias y asuntos siguientes:

- Concesión de todo tipo de licencias urbanísticas y en

general las que fueran tramitadas por los Servicios que

dirige, incluida la concesión de licencias o autorizaciones

para la ejecución de obras o instalaciones en la vía pública,

salvo que su concesión correspondiese al Pleno.

- Concesión de licencias de apertura, funcionamiento e

instalación de actividades, incluyendo las calificadas.

- Aprobación de las transmisiones de licencias y cambios de

titularidad de las licencias de su competencia.

- Aprobación de consultas urbanísticas en general.

- Aprobación de las declaraciones de ruina.

- Devolución de fianzas por ocupación de la vía pública.

- Dictar medidas para la restauración del orden urbanístico y

ambiental alterado, así como lo relativo a la apertura de

establecimientos sin la correspondiente licencia municipal.

- Dictar las medidas establecidas en la legislación urbanística

y ambiental vigente con motivo de infracciones urbanísticas,

así como la exigencia de la responsabilidad sancionadora.

- Dictar órdenes de ejecución en aquellos supuestos que sean

de su competencia.

- Aprobación de resoluciones sobre declaraciones de ruina.

Page 8: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

- La autorización y el control sanitario de empresas,

instalaciones y servicios funerarios regulados en el Decreto

124/1997, de 9 de octubre, por el que se aprueba el

Reglamento de Sanidad Mortuoria de la Comunidad de

Madrid.

- Firma de las actas de recepción de obras de urbanización,

de conformidad con lo establecido en el artículo 135 de la

Ley 9/2001 del Suelo de la Comunidad de Madrid.

La Dirección y gestión en general de los servicios y

actividades municipales relativos a Vivienda y las relaciones

con la empresa municipal “Patrimonio Municipal de

Majadahonda, S.A” (PAMMASA) y otras entidades en dicha

materia dentro o fuera del municipio.

Firma de la remisión de publicación de anuncios a los

distintos Boletines Oficiales en materias de su competencia.

Firma de los convenios administrativos de su competencia una

vez aprobados por el órgano correspondiente según el gasto,

salvo que por su normativa específica o por otras razones se

firmen por el Alcalde.

Ejercicio de la suplencia segunda de la Presidencia de la

Mesa de Contratación en los casos en los que no se cuente con

la presencia del Presidente, o del suplente primero, respecto

de contratos en los que el órgano de contratación sea el

Alcalde o la Junta de Gobierno por delegación del Alcalde.

Dirección, impulso e inspección de las obras municipales en

general.

Aprobación de los proyectos de obra incluidos dentro de los

importes para los contratos menores que fije la Ley de

Contratos de las Administraciones Públicas, el Plan de

seguridad y salud, la adjudicación o el nombramiento de la

dirección facultativa y del coordinador de seguridad y salud

de las obras en el caso de que sean precisos.

Incoación y resolución de expedientes sancionadores relativos

a su Área en materia de licencias de su competencia a

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

excepción de los relativos al personal, en materia tributaria y

en materia de contratos cuya competencia material no se le

haya delegado por razón del gasto.

Concesión de subvenciones y ayudas, correspondientes a su

Área, como resultado del procedimiento correspondiente en

régimen de concurrencia competitiva regulado por bases

específicas aprobadas por el Pleno, cuando su importe no

exceda del límite del contrato menor (actualmente, 18.000 €)

Ejercicio de la suplencia segunda de la Presidencia de la

Mesa de Contratación en los casos en los que no se cuente con

la presencia del Presidente, respecto de contratos en los que el

órgano de contratación sea el Alcalde o la Junta de Gobierno

por delegación del Alcalde.

Elevar al Pleno y a la Junta de Gobierno Local las propuestas

de resolución de los asuntos que les correspondan en el

ámbito de las competencias de su/sus Concejalía/as.

Autorización y celebración de matrimonios civiles.

Como consecuencia de este cambio en el ámbito de su

responsabilidad, ostentará la Presidencia delegada de la

Comisión Informativa de Urbanismo y Medio Ambiente,

dejando sin efecto el decreto 1339/11, de 20 de junio en cuanto

a la delegación del anterior titular de la Concejalía y todas

aquéllas atribuciones conferidas al anterior titular de la

Concejalía en cuanto a representación de este Ayuntamiento

en Entidades y Organismos en los que deba participar.

La presente delegación se entenderá aceptada tácitamente si

en el término de tres días hábiles contados desde la notificación de la

resolución a su destinatario no hace manifestación expresa de no

aceptación.

Del presente decreto se dará cuenta de manera

individualizada al Pleno, a los efectos de que quede enterado del

mismo, de conformidad con lo establecido en el art. 23 de la ley

7/1985 de 2 de abril y arts. 38 y 44 del Reglamento de Organización,

Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.”

Page 10: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Recursos

Humanos, Asuntos Jurídicos y Seguridad, de 19 de noviembre

de 2013, dándose por enterada del Decreto de la Alcaldía

2485/13.

El Pleno de la Corporación SE DA POR ENTERADO del

Decreto de la Alcaldía nº 2485/13, de 15 de noviembre de 2013,

anteriormente transcrito.

4.(199/13) RESOLUCIÓN de alegaciones y APROBACIÓN

DEFINITIVA de la Modificación de Ordenanzas

Fiscales de impuestos para 2014 (8.2)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) ACUERDO PLENARIO de 25 de septiembre de 2013, por el

que se acuerda:

PRIMERO.- APROBAR de forma provisional las siguientes modificaciones a

la Ordenanza Fiscal nº 2, Impuesto sobre Bienes Inmuebles:

A) El artículo 6, tipos de gravamen cuya nueva redacción será la

siguiente:

1. Si no se dan las circunstancias expuestas en la disposición adicional

segunda de la Ordenanza Fiscal nº 2, el tipo de gravamen para los bienes

inmuebles urbanos será: 0,44 por ciento.

4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional segunda, se

establece, para los bienes urbanos cuyos usos conforme a la normativa

catastral a continuación se señala, tipos de gravamen diferenciados y

aplicados a partir del umbral de valor catastral que se indica:

a. Bienes uso “Comercial”, para un valor de 915.000 euros: 0,75 por ciento

b. Bienes uso “Industrial”, para un valor de 915.000 euros: 0,75 por ciento

c. Bienes uso “Oficinas”, para un valor de 915.000 euros: 0,75 por ciento

d. Bienes uso “Deportivo”, para un valor de 3.850.000 euros: 0,75 por ciento

e. Bienes usos no recogidos anteriormente, excepto “residencial” para un

valor de: 9.450.000 de euros: 0,75 por ciento”.

Page 11: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

B) El párrafo primero del artículo 7. 1, cuya nueva redacción será la

siguiente:

“1. Si no se dan las circunstancias expuestas en la disposición adicional

segunda de la Ordenanza Fiscal nº 2,

Tendrán derecho a una bonificación del 90% en la cuota íntegra del

impuesto, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las

empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, tanto de

obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los

bienes de su inmovilizado, siempre que así se solicite por los interesados

dentro del mes siguiente a la notificación de la concesión de la licencia de

obras”.

C) La tabla del apartado b) del artículo 7.4, cuya nueva redacción será la

siguiente

“Si no se dan las circunstancias expuestas en la disposición adicional

segunda de esta Ordenanza,

Hasta 300.000 €

de valor catastral

A partir de 300.000

€ hasta 600.000 €

de valor catastral

A partir de 600.000

€ de valor catastral

Hasta 6 hijos 45 por ciento 35 por ciento 15 por ciento

De 7 a 8 hijos 55 por ciento 40 por ciento 20 por ciento

Más de 8 hijos 85 por ciento 55 por ciento 25 por ciento

D) Añadir a la Ordenanza la siguiente Disposición adicional segunda, cuyo

contenido será:

“En el caso de que no se aprobase la solicitud formulada por el

Ayuntamiento de Majadahonda de aplicación a los valores catastrales de los

coeficientes previstos en el art.32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro

Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo,

antes de la entrada en vigor de esta ordenanza la redacción de los apartados

siguientes de los artículos 6 y 7 de la ordenanza será, con el objetivo de

garantizar una aplicación racional de la normativa, la siguiente:

Artículo 6.- Tipos de gravamen

1. Tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbano: 0,40 por ciento.

2. Tipo de gravamen para los bienes inmuebles rústico: 0,60 por ciento.

Page 12: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

3. Tipo de gravamen para los bienes Inmuebles de características

especiales: 0,64 por ciento.

4. Se establece, para los bienes urbanos cuyos usos conforme a la

normativa catastral a continuación se señala, tipos de gravamen

diferenciados y aplicados a partir del umbral de valor catastral que se indica:

a. Bienes uso “Comercial”, para un valor de 1.250.000 euros: 0,75 por

ciento.

b. Bienes uso “Industrial”, para un valor de 1.250.000 euros: 0,75 por ciento.

d. Bienes uso “Oficinas”, para un valor de 1.250.000 euros: 0,75 por ciento.

e. Bienes uso “Deportes”, para un valor de 5.250.000 euros: 0,75 por ciento.

f. Bienes usos no recogidos anteriormente excepto “residencial”, para un

valor de 13.000.000 euros: 0,75 por ciento.

5. En el caso de que los umbrales determinados en el apartado anterior

sobrepasaran el límite del 10 por ciento, este quedará automáticamente

fijado en aquel valor catastral que posea el inmueble que marque el citado

límite. Si compartieran este valor catastral varios inmuebles de forma que el

umbral quedara por encima de este porcentaje, el valor catastral quedará

fijado en el valor inmediato superior”.

Artículo 7.- Bonificaciones

1. Tendrán derecho a una bonificación del 90% en la cuota íntegra del

impuesto, los inmuebles que constituyan el objeto de la actividad de las

empresas de urbanización, construcción y promoción inmobiliaria, tanto de

obra nueva como de rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los

bienes de su inmovilizado, siempre que así se solicite por los interesados

dentro del mes siguiente a la notificación de la concesión de la licencia de

obras”.

El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde el período

impositivo siguiente a aquel en que se inicien las obras hasta el posterior a la

terminación de las mismas, siempre que durante ese tiempo se realicen

obras de urbanización o construcción efectiva, y sin que, en ningún caso,

pueda exceder de tres períodos impositivos.

4. a. Tendrán derecho a una bonificación en la cuota íntegra del impuesto

por familia numerosa, los sujetos pasivos que cumplan todos y cada uno de

los siguientes requisitos:

i.- Ser titular catastral de una vivienda y formar parte de la unidad

familiar en la fecha de devengo del impuesto.

Page 13: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

13

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

ii.- Que todos los miembros de dicha unidad familiar figuren

empadronados en la vivienda objeto de bonificación en momento del

devengo.

iii.- Que la bonificación sea solicitada, aportando el Título de Familia

Numerosa expedido por la Comunidad Autónoma, antes del 31 de marzo del

ejercicio en el que se va a aplicar. De presentarse en fecha posterior, no

tendrá efectos hasta el ejercicio siguiente.

b. La bonificación sobre la cuota íntegra se aplicará en función del

número de hijos y del valor catastral, según la siguiente tabla:

c. Concedida la bonificación, se aplicará en años sucesivos sin

necesidad de nueva solicitud hasta el ejercicio en el cual caduca el título de

familia numerosa aportado. No obstante, el beneficiario deberá poner en

conocimiento del Ayuntamiento el incumplimiento de los requisitos citados en

el apartado 4.a de este artículo y conllevará la pérdida del derecho a la

bonificación. En todo caso, llegada la fecha de caducidad del título, la

bonificación finaliza.

d. Cuando se renueve el título de familia numerosa, se deberá volver

a solicitar la bonificación, aportando el mismo con sus nuevas fechas de

expedición y caducidad, en las mismas condiciones, requisitos y plazos

citadas en este artículo.”

SEGUNDO.- APROBAR de forma provisional la siguiente modificación de la

Ordenanza fiscal nº 4, del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los

Terrenos de Naturaleza Urbana,:

A) Sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional segunda, se

establece la siguiente redacción del artículo 7 (Tipo de gravamen y cuota):

“La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible o

en su caso, bases imponibles, el tipo de gravamen del 24,65 por ciento”.

Hasta 420.000 euros de

valor catastral

Desde 420.001 hasta

840.000 euros de

valor catastral

A partir de 840.001

euros de valor

catastral

Hasta 6 hijos 45 por ciento 35 por ciento 15 por ciento

De 7 a 8 hijos 55 por ciento 40 por ciento 20 por ciento

9 y más hijos 85 por ciento 55 por ciento 25 por ciento

Page 14: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

14

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

B) Añadir a la Ordenanza la siguiente Disposición adicional segunda cuya

redacción será el siguiente:

En el caso de que no se aprobase la solicitud formulada por el Ayuntamiento

de Majadahonda de aplicación a los valores catastrales de los coeficientes

previstos en el art. 32.2 del texto refundido de la Ley del Catastro

Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo,

antes de la entrada en vigor de esta ordenanza la redacción del apartados

siguientes del artículo 7 de la ordenanza será, con el objetivo de garantizar

una aplicación racional de la normativa, la siguiente:

“La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la base imponible o

en su caso, bases imponibles, el tipo de gravamen del 18.00 por ciento”.

TERCERO- EXPONER el presente acuerdo de modificación en el BOCM,

tablón de anuncios y diario de los de mayor difusión de la provincia durante

un plazo de treinta días dentro de los cuales los interesados podrán

examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen

oportunas. Si transcurrido el plazo no se han presentado reclamaciones, el

expediente se entenderá definitivamente aprobado. La entrada en vigor se

producirá el día 1 de enero de 2014.

CUARTO- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos sean

necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

B) ANUNCIO DEL BOCM, de 7 de octubre de 2013.

C) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por el Presidente

de la Asociación de Vecinos del Municipio de Majadahonda,

que ha tenido entrada en el Registro General el 6 de noviembre

de 2013, nº19241.

D) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por la Portavoz

del Grupo Municipal Centrista, que ha tenido entrada en el

Registro General el 8 de noviembre de 2013, nº 19450.

E) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por el Portavoz

Adjunto del Grupo Municipal Socialista, que ha tenido entrada

en el Registro General el 12 de noviembre de 2013, nº 19668.

Page 15: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

15

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

F) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por el Portavoz

del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, que ha tenido

entrada en el Registro General el 13 de noviembre de 2013, nº

19727.

G) ESCRITO DE ALEGACIONES presentado por la Portavoz

del Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, que ha

tenido entrada en el Registro General el 13 de noviembre de

2013, nº 19808.

H) ESCRITO DE ALEGACIONES presentados, a título

particular, por 36 vecinos que figuran relacionados en las

páginas 161 a 164 del expediente.

I) ESCRITO presentado por la Portavoz del Grupo Municipal

Unión Progreso y Democracia, que ha tenido entrada en el

Registro General el 14 de noviembre de 2013, nº 19884,

solicitando la retirada de las alegaciones a la Ordenanza Fiscal

del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y sobre el Incremento del

Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana presentadas el 13 de

noviembre de 2013.

J) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN del Técnico

de Gestión Tributaria y del Tesorero Municipal, de 15 de

noviembre de 2013, cuyo texto es el siguiente:

“El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el pasado

26 de Septiembre, adoptó el acuerdo de aprobación provisional

de la modificación de Ordenanzas fiscales de impuestos para

2014, expediente 15/13.

El 7 de Octubre se publico el anuncio de exposición al

público en el BOCM poniendo a disposición de los interesados

el expediente y abriendo un periodo de treinta días durante los

cuales podían presentar las alegaciones o reclamaciones que

los interesados consideren pertinentes.

Page 16: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

16

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Se ha de resaltar que en la propuesta que formuló la

tesorería el 24 de septiembre se indicaba: “la citada dirección

provincial ha puesto en nuestro conocimiento que se está

tramitando dentro del proyecto de ley por la que se establecen

determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental

y se adoptan otras medidas tributarias y financieras, la

modificación de los artículos 68 y 69 del texto refundido de la

Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real

Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, en lo referente al

cálculo de la base liquidable cuando la aplicación de los

coeficientes suponga un decremento de la base imponible de los

inmuebles. Con esta modificación, la base liquidable se

calculará tomando como valor base la base liquidable del

ejercicio anterior a la aplicación del coeficiente de

actualización. Este nuevo cálculo de la base liquidable,

amortigua la pérdida de recaudación que puede suponer la

actualización de los valores catastrales a la baja.”

En el BOE de 30 de octubre, dentro del periodo de

alegaciones, se ha publicado la Ley 16/2013, de 29 de octubre,

por la que se establecen determinadas medidas en materia de

fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas

tributarias y financieras. El artículo 7 introduce una

modificación del texto refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo

2/2004, de 5 de marzo en los siguientes términos:

“Segundo. Con efectos desde el 1 de enero de 2014 se introducen las

siguientes modificaciones en el texto refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de

marzo:

Uno. Se modifica el apartado 4 del artículo 68, que queda redactado

de la siguiente forma:

«4. El componente individual de la reducción será, en cada año, la

diferencia positiva entre el nuevo valor catastral que corresponda al

inmueble en el primer ejercicio de su vigencia y su valor base. Dicha

diferencia se dividirá por el último coeficiente reductor aplicado

cuando concurran los supuestos del artículo 67, apartado 1.b).2.º, y

b).3.º de esta ley.

En caso de que la actualización de valores catastrales por

aplicación de los coeficientes establecidos en las leyes de

Page 17: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

17

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Presupuestos Generales del Estado determine un decremento de la

base imponible de los inmuebles, el componente individual de la

reducción será, en cada año, la diferencia positiva entre el valor

catastral resultante de dicha actualización y su valor base. Dicha

diferencia se dividirá por el último coeficiente reductor aplicado.

No obstante, tratándose de bienes inmuebles de características

especiales el componente individual de la reducción será, en cada

año, la diferencia positiva entre el nuevo valor catastral que

corresponda al inmueble en el primer ejercicio de su vigencia y el

doble del valor a que se refiere el artículo 67.2 que, a estos efectos,

se tomará como valor base.»

Dos. Se modifica el artículo 69, que queda

redactado de la siguiente forma:

«Artículo 69 Valor base de la reducción

El valor base será la base liquidable del ejercicio inmediato anterior

a la entrada en vigor del nuevo valor catastral, salvo cuando

concurran las siguientes circunstancias:

a) Para aquellos inmuebles en los que, habiéndose producido

alteraciones susceptibles de inscripción catastral previamente

a la modificación del planeamiento o al 1 de enero del año

anterior a la entrada en vigor de los valores catastrales

resultantes de las ponencias de valores a las que se refiere el

artículo 67, aún no se haya modificado su valor catastral en el

momento de la aprobación de estas, el valor base será el

importe de la base liquidable que de acuerdo a dichas

alteraciones corresponda al ejercicio inmediato anterior a la

entrada en vigor de los nuevos valores catastrales por la

aplicación a los mencionados bienes de la ponencia de valores

anterior a la última aprobada.

b) Para los inmuebles a los que se refiere el artículo 67, en su

apartado 1.b).4.º, el valor base será el resultado de multiplicar

el nuevo valor catastral por un cociente, determinado por la

Dirección General del Catastro que, calculado con sus dos

primeros decimales, se obtiene de dividir el valor catastral

medio de todos los inmuebles de la misma clase del municipio

incluidos en el último padrón entre la media de los valores

catastrales resultantes de la aplicación de la nueva ponencia

de valores.

Page 18: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

18

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En los procedimientos de valoración colectiva de carácter

general, una vez aprobada la correspondiente ponencia de

valores, la Dirección General del Catastro hará públicos el

valor catastral medio de todos los inmuebles de la clase de

que se trate incluidos en el último padrón del municipio y el

valor catastral medio resultante de la aplicación de la nueva

ponencia, antes del inicio de las notificaciones de los valores

catastrales. Los anuncios de exposición pública de estos

valores medios se publicarán por edictos en el boletín oficial de

la provincia, indicándose el lugar y plazo, que no será inferior a

15 días.

Asimismo, este valor base se utilizará para aquellos inmuebles

que deban ser nuevamente valorados como bienes de clase

diferente de la que tenían.

c) Cuando la actualización de valores catastrales por

aplicación de los coeficientes establecidos en las leyes de

presupuestos generales del Estado determine un decremento

de la base imponible de los inmuebles, el valor base será la

base liquidable del ejercicio inmediatamente anterior a dicha

actualización.»”

Finalizado el plazo de alegaciones constan presentadas

las siguientes:

PRIMERA.- Dña. Mercedes Pedreira de Vivero en su condición

de Portavoz del Grupo Municipal Centristas de fecha 8 de

Noviembre de 2013 con registro de entrada nº 19727, en el que

se solicita:

A la Ordenanza Fiscal nº 4 Reguladora del Impuesto sobre el

incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana:

1º.- Se mantenga el tipo del Impuesto sobre el Incremento del

Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana en el 18% si se

lleva a cabo la bajada del valor catastral y si finalmente esta

devaluación no se produce, se baje el tipo para que este

impuesto tenga la misma reducción que el IBI. Corresponde al

Pleno analizar la oportunidad de adoptar esta alegación.

Page 19: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

19

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

SEGUNDA.- D. Juan Santana Uriarte en su condición de

Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida – Los Verdes de

fecha 13 de Noviembre de 2013 con registro de entrada

nº19727, en el que se solicita:

A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre

Bienes Inmuebles, Tipos de Gravamen:

1º.- Tipos de gravamen. Punto 3

Se propone aumentar el tipo de gravamen para los bienes

inmuebles de características especiales al 0,71.

2º.- Tipos de gravamen. Punto 4

Se propone aplicar los siguientes tipos de gravamen al 10% de

los bienes urbanos con mayores valores catastrales, según los

siguientes usos:

A los bienes inmuebles de uso Comercial cuyo valor catastral

exceda de 900.000 € se aplicará un tipo de gravamen del 1 por

ciento.

A los bienes inmuebles de uso Industrial cuyo valor catastral

exceda de 900.000 € se aplicará un tipo de gravamen del 1 por

ciento.

A los bienes inmuebles de uso Oficinas cuyo valor catastral

exceda de 900.000 € se le aplicará un tipo de gravamen del 1

por ciento.

A los bienes inmuebles de uso Deportivo cuyo valor catastral

exceda de 900.000 € se aplicará un tipo de gravamen del 1 por

ciento.

A los bienes inmuebles de Otros usos cuyo valor catastral

exceda de 1.000.000 € se aplicará un tipo de gravamen del 1

por ciento.

3º.- Tipos de gravamen. Punto nuevo

Se propone añadir un nuevo punto que establezca un recargo

del 50% sobre la cuota líquida del IBI a los inmuebles de uso

Page 20: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

20

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

residencial desocupados con carácter permanente. A estos

efectos, salvo motivos especiales que lo justifiquen, se entenderá

por desocupados los inmuebles en que concurra alguna de las

siguientes circunstancias:

a) Permanecer sin habitantes empadronados en la fecha del

devengo del impuesto en el padrón de habitantes del

municipio de Majadahonda.

b) Que no tengan consumo por contratos de suministro de

energía eléctrica y agua

El recargo se exigirá a los sujetos pasivos de este tributo y se

devengará el 31 de diciembre, liquidándose anualmente una vez

constatada la desocupación del inmueble, juntamente con el

acto administrativo por el que ésta se declare.

Motivación: Movilizar el mercado de la vivienda en alquiler con

la finalidad de incrementar su oferta y abaratar su precio,

contribuyendo así desde el Ayuntamiento a facilitar el acceso a

una vivienda digna, según el mandato constitucional. El último

censo oficial de viviendas vacías elaborado por el Instituto

Nacional de Estadística cuantificaba en cerca de 1000 el

número de viviendas desocupadas de forma permanente en

nuestro municipio, dato que pone de relieve la pertinencia de

esta medida, recogida en la Ley de Haciendas Locales en su

artículo 73 punto 4, junto a otro tipo de medidas para

incentivar el alquiler a precios más asequibles.

A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre

Bienes Inmuebles Artículo 7.- Bonificaciones

1º.- Artículo 7. Bonificaciones. Punto 1.

Se propone sustituir el párrafo 1º del punto 1 por el siguiente

texto:

Tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 en la cuota

íntegra del impuesto los inmuebles que constituyan el objeto de

la actividad de las empresas de urbanización, construcción y

promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de

rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes

Page 21: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

21

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de su inmovilizado, siempre que así se solicite por los

interesados dentro del mes siguiente a la notificación de la

concesión de la licencia de obras. Esta bonificación será del

90% cuando se trate de promociones de viviendas de protección

oficial y las que resulten equiparables a éstas conforme a la

normativa autonómica.

3º.- Artículo 7. Bonificaciones. Punto 4

Se propone la siguiente formulación alternativa a la propuesta

inicialmente aprobada:

a) Tendrán derecho a una bonificación de la cuota íntegra

del impuesto sobre la vivienda de aquellos sujetos pasivos

cuyos titulares ostenten la condición de familia numerosa,

siempre que la base imponible de los ingresos familiares

sea inferior a 5,5 veces el IPREM.

b) La bonificación sobre la cuota íntegra se aplicará en

función de la categoría de familia numerosa y del

valor catastral, según el siguiente cuadro:

Valores catastrales hasta 150.000,00 euros:

- Categoría general 60%

- Categoría especial 90%

Valores catastrales hasta 300.000 euros:

- Categoría general 40%

- Categoría especial 60%

Valores catastrales hasta 600.000,00 euros:

- Categoría general 30%

- Categoría especial 40%

5º.- Artículo 7. Bonificaciones. Nuevo apartado 7.

Se propone añadir un nuevo apartado sobre Bonificaciones

sociales en los términos siguientes:

“1. Atendiendo al principio de capacidad económica previsto en

el artículo 3.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General

Tributaria, los sujetos pasivos de este impuesto que sean

propietarios de viviendas que constituyan su residencia habitual

Page 22: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

22

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

y cuyo valor catastral sea inferior a 250.000 euros, gozarán de

bonificación en la cuota íntegra del impuesto de acuerdo con los

ingresos de la unidad familiar, según la tabla siguiente:

Renta bruta de la unidad familiar Bonificación

Hasta 1 vez el IPREM (532 euros/mes) 90 %

Hasta 1,5 veces el IPREM (798 euros/mes) 80 %

Hasta 2,5 veces el IPREM (1331euros/mes) 60 %

2. Los tramos de renta y porcentajes a que se refiere esta tabla

se aplicarán integrando las rentas de todos los miembros de la

unidad familiar. A efectos de determinar la citada renta se

tendrá en cuenta la declaración del Impuesto sobre la Renta de

las Personas Físicas y, en el supuesto de que no se tenga

obligación de presentar la citada declaración, certificación

relativa a la falta de obligación de formular declaración,

expedida por la Agencia Estatal Tributaria. A estos efectos se

autorizará al Ayuntamiento, por los miembros de la unidad

familiar, para recabar los datos fiscales de la Agencia

tributaria.

3. Las bonificaciones sólo se aplicarán a las unidades

familiares que resulten propietarias de una única vivienda y que

además constituya su residencia habitual en los términos

definidos por la legislación fiscal. Si la administración

comprobase que los titulares de los bienes bonificados lo son

también de otras viviendas, dará lugar a la anulación de la

bonificación disfrutada, sin perjuicio de las sanciones

tributarias a que haya lugar por la inclusión de datos falsos en

la comunicación de datos, de conformidad con la ley general

tributaria.

4. Los sujetos pasivos del impuesto deberán solicitar la

concesión de la citada bonificación, acompañando la

documentación justificativa del nivel de renta de la unidad

familiar, así como declaración jurada de no disponer los

miembros de la unidad familiar de otros bienes inmuebles. Esta

bonificación será incompatible con el resto de bonificaciones

reguladas en este artículo.

Page 23: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

23

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

A la Ordenanza Fiscal nº 3 Reguladora del Impuesto sobre

vehículos de Tracción Mecánica

Artículo 5.- Cuotas del impuesto.

Se propone actualizar el valor de la cuota de acuerdo con el

IPC acumulado a los de mayor potencia.

A la Ordenanza Fiscal nº 4 Reguladora del Impuesto sobre el

incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana:

Incluir:

“Se articulará un sistema de subvenciones directas a los

perjudicados con el objetivo de eximir del pago del impuesto al

contribuyente en las transmisiones realizadas en subasta

pública, notarial, judicial o administrativa y en las

adjudicaciones del bien inmueble a la entidad financiera en

pago de la deuda contraída para su adquisición”.

A la Ordenanza Fiscal Nº 5. Impuesto Sobre Construcciones

Instalaciones u Obras.

Artículo 4 - Bonificaciones. Punto 1

1º.- Suprimir el apartado B), que dice:

B) Una bonificación del 75 por ciento de las obras de

construcción de centros destinados al culto

A la Ordenanza Fiscal Nº 6 Reguladora del Impuesto de

Actividades Económicas.

Artículo 5. Bonificaciones y reducciones

Se propone:

1.-“Una bonificación por creación de empleo de hasta el 50 por

100 de la cuota correspondiente, para los sujetos pasivos que

tributen por cuota municipal y que hayan incrementado el

promedio de su plantilla de trabajadores con contrato

indefinido durante el período impositivo inmediato anterior al

Page 24: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

24

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de la aplicación de la bonificación, en relación con el período

anterior a aquél.

El porcentaje de bonificación, sin exceder el límite máximo

previsto en el párrafo anterior, se fija en el equivalente al

incremento medio de la plantilla de trabajadores con contrato

indefinido en el año anterior al devengo.

% Incremento Plantilla %Bonificación

Incremento igual o superior al 10% 10%

Incremento igual o superior al 20% 20%

Incremento igual o superior al 30% 30%

Incremento igual o superior al 40% 40%

Incremento igual o superior al 50% 50%

2.- Exención del 100 % del Impuesto sobre Actividades

Económicas durante el primer año y del 50% durante los dos

años siguientes a:

a) Las cooperativas o sociedades laborales durante los dos

primeros años de su creación.

b) Las actividades relacionadas con el cultivo ecológico y el

comercio responsable encaminadas al autoempleo y que

tengan impacto social y medioambiental positivo.

c) Las actividades artesanales como forma de recuperar

aquellos sectores económicos en riesgo de desaparecer o

que se extinguieron como actividad productiva y que estén

encaminadas al autoempleo.

La mayor parte de las alegaciones presentadas afectan a

cuestiones no incluidas dentro del acuerdo de Pleno, e incluso,

se refieren a Ordenanzas cuya modificación no se contempla y

por ello no deben de ser admitidas, sin perjuicio de su

consideración para futuras modificaciones.

No obstante, corresponde a criterios de oportunidad que

debe estimar el Pleno, la determinación de los tipos, así como

de las bonificaciones de familia numerosa y de las empresas

Page 25: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

25

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

urbanización, construcción y promoción, si bien, en este último

caso, la Norma no contempla diferenciación alguna de

porcentaje entre distintos sujetos pasivos – art. 73.1 del RDL

2/2004-. De tomarse en consideración estas alegaciones

deberíamos proceder a una nueva aprobación inicial, ya que

contempla diferencias significativas tanto con el texto actual de

la Ordenanza, como con el aprobado inicialmente.

TERCERA.- Dña. Carmen Madrigal Torrejón, Concejal del

Ayuntamiento de Majadahonda portavoz del grupo Unión,

Progreso y Democracia de fecha 13 de Noviembre de 2013, con

registro de entrada 19.807 ampliado con en nº19.808, presenta

alegaciones a la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del

Impuesto sobre Bienes Inmuebles y a la Ordenanza Fiscal nº 4

Reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de los

terrenos de naturaleza urbana.

No obstante, con fecha 14 y número de registro 19884,

transcurrido el plazo de alegaciones, presenta escrito

solicitando la retirada de las alegaciones presentadas el día 13.

CUARTA.- D. Zacarías Martínez Maíllo, en su condición de

Portavoz adjunto del Grupo Municipal Socialista de fecha 12 de

Noviembre de 2.013, registro de entrada nº 19.668, en el que

solicita:

Incluir en la Ordenanza Fiscal General una convocatoria

anual para la concesión de subvenciones públicas para ayuda al

pago de impuestos vinculados a la vivienda habitual de aquellas

familias en las que alguno o todos sus miembros se encuentren

en situación de desempleo, de acuerdo con la siguiente tabla:

Percibe

prestación o

subsidio por

desempleo u otra

ayuda pública

No percibe

ayuda alguna

Uno o más

miembros de la

unidad familiar

en desempleo

300 euros/año

500 euros/año

Page 26: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

26

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Todos los

miembros de la

unidad familiar

en desempleo

500 euros/año

750 euros/año

Sin perjuicio de lo que la convocatoria de las

subvenciones establezca, las mismas serán sólo de aplicación

siempre y cuando la situación que provoca la ayuda de la tabla

anterior tenga un antigüedad de al menos seis meses anteriores

a la fecha de la convocatoria, con el fin de evitar el disfrute de

las mismas a quienes hayan trabajado a lo largo de la mayor

parte del ejercicio. Además, dejarán de otorgarse en el ejercicio

fiscal en el que la situación que las provoca cese, ya sea porque

alguno de los miembros de la unidad familiar comienza a

obtener rentas del trabajo o porque pase a percibir cualquiera

de las pensiones públicas o privadas que en derecho le

corresponda.

Para la obtención de estas subvenciones, la convocatoria

incluirá asimismo la imposibilidad de acceder a las mismas a

aquellas unidades familiares que, a pesar de contar con uno o

varios de sus miembros en situación de desempleo, obtengan

rentas del trabajo u otros ingresos anuales por encima de los

10.000 euros/año por miembro de la unidad familiar.

Como señala el interesado en su escrito, no tiene un

carácter de alegación contra la ordenanza y deberá, en su caso,

ser estudiada dentro de otro procedimiento.

QUINTA.- Don Miguel Moreta Jiménez en su condición de

Presidente de la Asociación de Vecinos de Majadahonda, de

fecha 6 de Noviembre de 2013 con registro de entrada nº19241,

en el que se alega lo siguiente:

1º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre

Bienes Inmuebles, Articulo 6, Tipos de Gravamen, Apartado

1:

A la modificación propuesta se plantea:

Aplicación a los Valores Catastrales de los Bienes Inmuebles de

Page 27: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

27

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Majadahonda, del coeficiente previsto de 0,73 que establezca la

Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014. No

aplicándose lo referente al cálculo de la Base Liquidable,

modificación de los artículos 68 y 69 del texto refundido de la

Ley Reguladora de Haciendas Locales que está en tramitación.

2º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre

Bienes Inmuebles, Artículo 6, Tipos de Gravamen, Apartado

1:

A la modificación propuesta se plantea:

Aplicación a los Valores Catastrales de los Bienes Inmuebles de

Majadahonda, del coeficiente previsto de 0,73 que establezca la

Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014.

Aún en el caso que la aprobación de la Ley General de

Presupuestos y publicación de la Orden Ministerial no incluya a

Majadahonda. No aplicándose lo referente al cálculo de la Base

Liquidable, la Modificación, en trámite, de los artículos 68 y 69

del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

3º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles, Artículo 6, Tipos de Gravamen,

Apartado 3:

Se propone la modificación:

El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de

características especiales será del 0,704%.

Compensando así la reducción del 10% en la Cuota Íntegra que

se produce al mantener su Base Liquidable del 2014 igual a la

del 2013 debido a que NO se dan las circunstancias expuestas

en la Disposición adicional segunda.(Modificación, en trámite,

de los artículos 68 y 69 del texto refundido de la Ley

Reguladora de Haciendas Locales)

Igualmente considerar el agravio comparativo al mantener el

Tipo de Gravamen en el 0,64% y por tanto la Cuota Íntegra SI

se dan las condiciones de la disposición adicional segunda

Page 28: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

28

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

4º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre

Bienes Inmuebles, Artículo 6, Tipos de Gravamen, Apartado

3:

Se propone la modificación:

El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de

características especiales será del 0,706%. Según definición de

bienes inmuebles de características especiales del Título I,

Capítulo I Art.8 Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de

Marzo, Texto Refundido de la Ley Del Catastro Inmobiliario

5º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre

Bienes Inmuebles, Artículo 6, Tipos de Gravamen, Apartados

4y5:

A) 4.

Aplicar Tipos de Gravamen diferenciados para los Usos que se

especifican considerando la magnitud del Valor Catastral del

Uso y teniendo en cuenta que se aplicarán a aquellos bienes

inmuebles de naturaleza urbana cuyo valor catastral exceda del

límite que se fija para cada uno de dichos Usos:

- Añadir los párrafos:

Los Tipos De Gravamen Diferenciados a que se refiere

Usos Valor catastral a partir del cual se aplicará un

tipo de gravamen diferenciado Tipos de gravamen

diferenciados

s

915.000 € 0,805%

1.500.000 € 0,805%

0,805%

1.500.000 € 0,805%

915.000 € 0,805%

915.000 € 0,805%

Bienes inmuebles,suelos, cuyo uso sea Obras de urbanización y de mejora, tales como las explanaciones.

Sanidad

850.000 € 0,805%

915.000 € 0,805%

915.000 €

Comercial

Ocio y Hostelería

Industrial

Deportivo

Oficinas

Almacén-Estacionamiento

Page 29: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

29

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

este apartado sólo podrán aplicarse, como máximo, al 10 por

ciento de los bienes inmuebles del término municipal que para

cada uno de los usos tengan mayor valor catastral, de

conformidad con lo previsto en el art. 72.4 de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales y Real Decreto

Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, que aprueba el Texto

Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,

Cuando los inmuebles tengan atribuidos varios usos se aplicará

el tipo correspondiente al uso de la edificación o dependencia

principal.

6º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre

Bienes Inmuebles, Artículo 6, Tipos de Gravamen, Apartados

4y5:

D) 4.:

Aplicar Tipos de Gravamen diferenciados para los Usos que se

especifican considerando la magnitud del Valor Catastral del

Uso y teniendo en cuenta que se aplicarán a aquellos bienes

inmuebles de naturaleza urbana cuyo valor catastral exceda del

límite que se fija para cada uno de dichos Usos:

UsosValor catastral a partir del cual se aplicará un

tipo de gravamen diferenciado

Tipos de gravamen

diferenciados

1.100.000 € 0,805%

1.500.000 € 0,805%

0,805%

1.500.000 € 0,805%

1.250.000 € 0,805%

1.100.000 € 0,805%

Bienes inmuebles,suelos, cuyo uso sea Obras de urbanización y

de mejora, tales como las explanaciones.

Sanidad

850.000 € 0,805%

1.100.000 € 0,805%

1.300.000 €

Comercial

Ocio y Hostelería

Industrial

Deportivo

Oficinas

Almacén-Estacionamiento

D) 4.:

Añadir los párrafos:

Los Tipos De Gravamen Diferenciados a que se refiere este

apartado sólo podrán aplicarse, como máximo, al 10 por ciento

de los bienes inmuebles del término municipal que para cada

Page 30: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

30

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

uno de los usos tengan mayor valor catastral, de conformidad

con lo previsto en el art. 72.4 de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales y Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de

marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de

las Haciendas Locales,

Cuando los inmuebles tengan atribuidos varios usos se aplicará

el tipo correspondiente al uso de la edificación o dependencia

principal.

7º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre

Bienes Inmuebles, Artículo 6, Tipos de Gravamen:

Se propone el Apartado nuevo siguiente:

6) De conformidad con el artículo 72.4 del R.D. Legislativo

2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido

de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se establece un

recargo del 50% de la cuota líquida del IBI, para los inmuebles

de uso residencial que se encuentren desocupados

permanentemente.

A estos efectos se entenderá por desocupados los inmuebles en

que se den alguna de las siguientes circunstancias:

a) Permanecer sin habitantes empadronados en la fecha del

devengo del impuesto en el padrón de habitantes del

municipio de Majadahonda.

b) Que no tengan consumo por contratos de suministro de

energía eléctrica, gas y agua

El recargo se exigirá a los sujetos pasivos de este tributo y

se devengará el 31 de diciembre, liquidándose anualmente una

vez constatada la desocupación del inmueble, juntamente con el

acto administrativo por el que ésta se declare.

8º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto sobre

Bienes Inmuebles, Artículo 2, Exenciones, Apartado 2:

Se propone el Apartado Nuevo siguiente:

d) Estarán exentos los bienes de que sean titulares las

Page 31: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

31

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

entidades sin fines lucrativos y aquellas otras entidades

recogidas en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen

Fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos

fiscales al mecenazgo, en los supuestos y con los requisitos que

la citada Ley y el Reglamento para la aplicación del régimen

fiscal de las mencionadas entidades, aprobado por Real Decreto

1270/2003, de 10 de octubre por el que se aprueba el

Reglamento para la aplicación del precitado régimen fiscal;

excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del

Impuesto sobre Sociedades.

La aplicación de dicha exención estará condicionada a que las

entidades sin fines lucrativos comuniquen al Ayuntamiento el

ejercicio de la opción por el régimen fiscal especial y al

cumplimiento de los requisitos y supuestos de hecho relativos al

mismo, que deberán ser probados por cada entidad solicitante.

Con respecto a aquellas entidades, a que se refiere el presente

apartado, que tengan la obligación de efectuar la comunicación

del ejercicio de la opción del régimen fiscal especial previsto en

el título II de la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre, la

exención se disfrutará a partir del período impositivo que

coincida con el año natural en que se dirija la mencionada

comunicación a este Ayuntamiento.

La comunicación al Ayuntamiento deberá indicar,

expresamente, el ejercicio de la opción por la aplicación del

régimen fiscal especial previsto en el título II de la Ley 49/2002,

de 23 de diciembre, y deberá ir acompañada de la acreditación

de haber presentado la declaración censal en la

correspondiente Administración.

9º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles, Artículo 7, Bonificaciones, Apartado

1:

Se plantea sustituir el párrafo 1º del apartado 1 por el

siguiente texto:

Tendrán derecho a una bonificación del 50 por 100 en la cuota

íntegra del impuesto los inmuebles que constituyan el objeto de

la actividad de las empresas de urbanización, construcción y

promoción inmobiliaria tanto de obra nueva como de

Page 32: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

32

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes

de su inmovilizado, siempre que así se solicite por los

interesados antes del inicio de las obras.

Esta bonificación será del 90% cuando se trate de promociones

de Viviendas de Protección y las que resulten equiparables a

éstas conforme a la normativa autonómica.

10º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles, Artículo 7, Bonificaciones, Apartado

2:

Se plantea sustituir el apartado a) por el siguiente texto:

Las viviendas de protección pública y las que resulten

equiparables a éstas conforme a la normativa autonómica,

gozarán de una bonificación del 50% en la cuota del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles durante los tres periodos impositivos

siguientes al de otorgamiento de la calificación definitiva.

Dicha bonificación se concederá a petición del interesado, la

cual, podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la

terminación de los tres periodos impositivos de duración de la

misma y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo

siguiente a aquél en que se solicite.

Finalizado el período de disfrute de las bonificaciones

señaladas en el párrafo anterior, este tipo de viviendas

protegidas, gozarán de una bonificación del 50 % de la cuota

del Impuesto durante un plazo de tres años, y las viviendas

sociales del 75 % durante el plazo de seis años, siempre y

cuando unas y otras sigan manteniendo la calificación original

durante dicho período y sus propietarios o adjudicatarios no

superen los niveles de renta máxima familiar, entendida como la

diferencia entre la base imponible familiar (base imponible

general más base imponible del ahorro) y la cuota líquida

familiar, que se detallan a continuación:

Page 33: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

33

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Nº Miembros de

la unidad familiar

Renta Máxima

Familiar

1 y 2 24.075 €

3 26.167 €

4 27.931 €

5 29.356 €

6 30.498 €

7 31.640 €

8 32.771 €

9 36.048 €

10 39.653 €

11 43.618 €

12 47.980 €

En el número de miembros de la unidad familiar se incluye a los

padres o tutores y a los hijos menores no emancipados. En el

supuesto de que los miembros de la familia opten por la

declaración individual del IRPF, la base imponible y la cuota

líquida vendrán constituidas por la suma de las bases y cuotas

individuales de los distintos miembros de la familia.

Esta bonificación se aplicará sobre aquellas viviendas que, en

los términos definidos por la legislación fiscal, tengan la

condición de residencia habitual de su propietario o

adjudicatario

Si se comprobase que los titulares de los bienes bonificados son

titulares de otras viviendas o no cumplen el requisito de renta

máxima familiar daría lugar a la anulación de la bonificación

disfrutada

11º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles, Artículo 7, Bonificaciones, Apartado

2:

Se plantea añadir el siguiente texto:

Las viviendas de protección pública y las que resulten

equiparables a éstas conforme a la normativa autonómica en

régimen de alquiler gozarán de una bonificación del 50% en la

cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles durante los tres

periodos impositivos siguientes al de otorgamiento de la

Page 34: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

34

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

calificación definitiva

Finalizado el período de disfrute de las bonificaciones

señaladas en el párrafo anterior, este tipo de viviendas

protegidas, gozarán de una bonificación del 50 % de la cuota

del Impuesto durante un plazo de tres años más, y las viviendas

sociales del 75 % durante el plazo de seis años más, siempre y

cuando unas y otras sigan manteniendo la calificación original

durante dicho período y sus inquilinos adjudicatarios no

superen los niveles de renta máxima familiar, entendida como la

diferencia entre la base imponible familiar (base imponible

general más base imponible del ahorro) y la cuota líquida

familiar, que se detallan a continuación:

Nº Miembros de

la unidad familiar

Renta Máxima

Familiar

1 y 2 24.075 €

3 26.167 €

4 27.931 €

5 29.356 €

6 30.498 €

7 31.640 €

8 32.771 €

9 36.048 €

10 39.653 €

11 43.618 €

12 47.980 €

En el número de miembros de la unidad familiar se incluye a los

padres o tutores y a los hijos menores no emancipados. En el

supuesto de que los miembros de la familia opten por la

declaración individual del IRPF, la base imponible y la cuota

líquida vendrán constituidas por la suma de las bases y cuotas

individuales de los distintos miembros de la familia.

Esta bonificación se aplicará sobre aquellas viviendas que, en

los términos definidos por la legislación fiscal, tengan la

condición de residencia habitual del inquilino adjudicatario.

Si se comprobase que los inquilinos son titulares de otras

viviendas o no cumplen el requisito de renta máxima familiar

que dará lugar a la anulación de la bonificación disfrutada

Page 35: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

35

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

12º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles, Artículo 7, Bonificaciones, Apartado

4.a):

Se plantea sustituir apartados a) y b) por el siguiente

texto:

a) De acuerdo con el Art- 74.4 del R.D. 2/2004, de 5 de marzo

por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora

de las Haciendas Locales, tendrán derecho a una bonificación

de la cuota íntegra del impuesto sobre la vivienda que

constituya su residencia habitual, aquellos sujetos pasivos que

ostenten la condición de familia numerosa clasificada como :

. Categoría especial:

- Cinco o más hijo.

- Cuatro hijos, de los cuales tres procedan de parto,

adopción o acogimiento permanente o pre adoptivo

múltiples.

- Categoría general:

. Restantes unidades familiares.

Siempre que mantengan las condiciones que motivaron su

concesión y para Valores Catastrales (VC) determinados que no

superen los niveles de Renta Bruta por miembro de la Unidad

Familiar (RBUF) que se detallan en el siguiente cuadro:

Renta bruta por miembro de la unidad familiar (RBUF) 0€ > VC < 110.000€ 110.000€ > VC < 250.000€ 250.000€ > VC < 600.000€

0 > RBUF < 1 veces IPREM 90% 80% 70%

1 veces IPREM > RBUF < 2 veces IPREM 80% 70% 60%

2 veces IPREM > RBUF < 3 veces IPREM 40% 30% 20%

Renta bruta por miembro de la unidad familiar (RBUF) 0€ > VC < 110.000€ 110.000€ > VC < 250.000€ 250.000€ > VC < 600.000€

0 > RBUF < 1 veces IPREM 90% 85% 75%

1 veces IPREM > RBUF < 2 veces IPREM 85% 75% 65%

2 veces IPREM > RBUF < 3 veces IPREM 50% 40% 30%

Unidad Familiar Categoría General

Unidad Familiar Categoría Especial

13º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles, Artículo 7, Bonificaciones, Apartado

4.a)b)c) y d):

Page 36: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

36

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Se plantea sustituir apartados a) y b) por el siguiente

texto:

a) De acuerdo con el Art- 74.4 del R.D. 2/2004, de 5 de marzo

por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora

de las Haciendas Locales, tendrán derecho a una bonificación

de la cuota íntegra del impuesto sobre la vivienda que

constituya su residencia habitual, aquellos sujetos pasivos que

ostenten la condición de familia numerosa clasificada como :

. Categoría especial:

- Cinco o más hijo.

- Cuatro hijos, de los cuales tres procedan de parto,

adopción o acogimiento permanente o pre adoptivo

múltiples.

- Categoría general:

. Restantes unidades familiares.

Siempre que mantengan las condiciones que motivaron su

concesión y para Valores Catastrales (VC) determinados que no

superen los niveles de Renta Bruta por miembro de la Unidad

Familiar (RBUF) que se detallan en el siguiente cuadro:

Renta bruta por miembro de la unidad familiar (RBUF) 0€ > VC < 110.000€ 110.000€ > VC < 250.000€ 250.000€ > VC < 600.000€

0 > RBUF < 1 veces IPREM 90% 80% 70%

1 veces IPREM > RBUF < 2 veces IPREM 80% 70% 60%

2 veces IPREM > RBUF < 3 veces IPREM 40% 30% 20%

Renta bruta por miembro de la unidad familiar (RBUF) 0€ > VC < 110.000€ 110.000€ > VC < 250.000€ 250.000€ > VC < 600.000€

0 > RBUF < 1 veces IPREM 90% 85% 75%

1 veces IPREM > RBUF < 2 veces IPREM 85% 75% 65%

2 veces IPREM > RBUF < 3 veces IPREM 50% 40% 30%

Unidad Familiar Categoría General

Unidad Familiar Categoría Especial

b) En caso de que el domicilio radique en dos viviendas

unidas, se aplicará el beneficio sobre las dos, considerándose

como valor catastral la suma de ambas.

En el número de miembros de la unidad familiar se incluye a los

padres o tutores y a los hijos que computan a los efectos de

obtener la condición de familia numerosa. En el supuesto de que

los miembros de la familia numerosa opten por la declaración

individual del IRPF, la base imponible y la cuota líquida

Page 37: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

37

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

vendrán constituidas por la suma de las bases y cuotas

individuales de los distintos miembros de la familia.

El disfrute de esta bonificación será compatible con las

establecidas para las viviendas de protección pública,

bonificaciones sociales y domiciliación bancaria siempre y

cuando la suma de beneficios fiscales no supere el 100 % de la

cuota.

A efectos de determinar la renta a que se refiere el párrafo

anterior, se tendrá en cuenta:

- la declaración del IRPF y, en el supuesto de que no se tenga

obligación de presentar la citada declaración, certificación

relativa a la falta de obligación de formular declaración

expedida por la agencia tributaria.

A estos efectos se autorizará, por todos los miembros de la

unidad familiar, al ayuntamiento para recabar los datos fiscales

de la agencia tributaria.

- Certificado de empadronamiento en la vivienda para la que se

solicita la bonificación.

- Las bonificaciones sólo se aplicarán a las unidades familiares

que resulten propietarias de una única vivienda y que además

constituya su residencia habitual en los términos definidos por

la legislación fiscal.

14º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles, Artículo 7, Bonificaciones, Apartado

5:

Se plantea sustituir el apartado a) por el siguiente texto:

a) Tendrán derecho a una bonificación del 50 % en la cuota

íntegra del impuesto, los bienes inmuebles cuyo uso catastral

sea predominantemente residencial, en los que se incorporen

sistemas para el aprovechamiento térmico de la energía solar

para autoconsumo, siempre y cuando dichos sistemas

representen un suministro de energía mínimo del 50% del total

de A.C.S. y que las instalaciones para producción de calor

incluyan colectores que dispongan de la correspondiente

homologación por la Administración competente.

b)Asimismo, tendrán derecho a una bonificación del 25% en la

Page 38: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

38

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

cuota íntegra del impuesto, los bienes inmuebles cuyo uso

catastral sea predominantemente residencial en los que se

incorporen sistemas para el aprovechamiento eléctrico de la

energía solar, siempre que tales sistemas de aprovechamiento

eléctrico de la energía dispongan de una potencia instalada

mínima de 2,5 KW. por cada 200 metros cuadrados construidos

o fracción superior a 100.

La bonificación será del 50% si simultáneamente a la

instalación de los sistemas de aprovechamiento eléctrico se

instalan también sistemas para el aprovechamiento térmico de

la energía proveniente del sol.

c) Esta bonificación tendrá una duración de cinco períodos

impositivos, a contar desde el siguiente a la finalización de las

obras e instalaciones necesarias para incorporar los

mencionados sistemas de aprovechamiento.

No se concederá esta bonificación cuando la instalación de

estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea o

haya sido obligatoria a tenor de la normativa tanto urbanística,

como de cualquier naturaleza, vigente en el momento de la

concesión de la licencia de obras.

d) En ningún caso la cantidad total bonificada durante los

citados años pueda superar el 20% del coste total de la citada

instalación para el sujeto solicitante

e) Junto con la solicitud, los interesados deberán aportar al

expediente la siguiente documentación:

- Fotocopia del Certificado Final de Obras, en el que conste la

fecha de finalización de las instalaciones que incorporen los

sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico, objeto de esta

bonificación.

- Certificado del órgano de la Administración competente, en el

que conste que los sistemas de aprovechamiento incorporados

representan un suministro de energía mínimo del 50% del total

de A.C.S, en el caso de la energía de aprovechamiento térmico

de la energía solar, y de 2,5 KW. por cada 200 metros

cuadrados construidos, en el caso de energías de

aprovechamiento eléctrico de la energía solar.

- Certificado en el que conste que las instalaciones para

producción de calor incluyen colectores homologados por el

órgano de la Administración competente.

Page 39: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

39

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

15º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles, Articulo 7, Bonificaciones

Se propone el Apartado Nuevo N º 7 Bonificación Social

potestativa.

1. Al amparo de lo previsto en el artículo 74.1 del R.D. 2/2004,

de 5 de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales,, se aplicará una

bonificación del 50 por 100 de la cuota íntegra del impuesto a

favor de los bienes inmuebles urbanos situados en áreas o zonas

del núcleo urbano del municipio que conforme al planeamiento

urbanístico tengan la consideración de Zonas de Depreciación

Funcional de acuerdo con el informe de los Servicios Técnicos

Municipales, aprobado en Pleno Municipal, realizado en 2009 y

presentado en la Dirección Regional del Catastro para su

consideración.

2.Esta bonificación, que se aplicará de oficio con efectos de 1

de enero de 2013, será compatible con cualquier otra que

beneficie al mismo inmueble, siempre que de la aplicación

conjunta de todas las bonificaciones que le pudiesen

corresponder, no resulte una cuota líquida para el ejercicio en

curso inferior al 90% de la cuota.

16º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles, Articulo 7, Bonificaciones

Se propone el Apartado Nuevo Nº 8 Bonificación Social

potestativa.

1.- Atendiendo al principio de capacidad económica previsto en

el artículo 3.1 de la Ley 58/2003, los sujetos pasivos de este

impuesto cuya unidad familiar sea propietaria de una única

vivienda que constituya a su vez su residencia habitual, gozarán

de bonificación en la cuota íntegra del impuesto de acuerdo con

la renta de la unidad familiar según la tabla siguiente:

Page 40: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Renta bruta de la unidad familiar (RBUF) Bonificación

RBUF < 6.000€ 95%

6.000€ > RBUF < 1 vez IPREM 90%

6.000€ > RBUF < 1 vez IPREM 80%

1vez IPREM > RBUF < 1,5 veces IPREM 60%

2.- A efectos de determinar la renta a que se refiere el apartado

anterior se tendrá en cuenta:

a) Los tramos de renta y porcentajes a que se refiere esta tabla

se aplicarán integrando las rentas de todos los miembros de la

unidad familiar, a tal efecto:

Por renta bruta: la base imponible minorada en la reducción

por pensiones compensatorias y anualidades por alimentos a

que se refiere el artículo correspondiente del Impuesto sobre la

Renta de las Personas Físicas.

b) La declaración del IRPF y, en el supuesto de que no se tenga

obligación de presentar la citada declaración, certificación

relativa a la falta de obligación de formular declaración

expedida por la agencia estatal de la administración tributaria.

A estos efectos se autorizará por todos los miembros de la

unidad familiar al ayuntamiento para recabar los datos fiscales

de la agencia tributaria estatal

c) Certificado de empadronamiento en la vivienda para la que

se solicita la bonificación.

d) Declaración jurada de no disponer, por los miembros de la

unidad familiar, de más bienes inmuebles que la vivienda

habitual para el que se solicita dicha bonificación.

Si la administración comprobase que los titulares de los bienes

bonificados son titulares de otras viviendas dará lugar a la

anulación de la bonificación disfrutada, sin perjuicio, en su

caso de las sanciones tributarias a que haya lugar por la

inclusión de datos falsos en la comunicación de datos de

conformidad con la ley general tributaria.

e) Tener domiciliado el recibo del impuesto sobre bienes

inmuebles del bien sobre el que se pretende la bonificación,

siendo esta bonificación compatible con la prevista por la

domiciliación bancaria.

Page 41: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

41

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

17º.- A la Ordenanza Fiscal nº 2 Reguladora del Impuesto

sobre Bienes Inmuebles, Articulo 7, Bonificaciones

Se propone el Apartado Nuevo N º 9 Grado de Compatibilidad

entre las Bonificaciones:

Las bonificaciones sociales potestativas serán incompatibles

entre sí, prevaleciendo las que de acuerdo con el Texto

Refundido de la Ley de Haciendas Locales tengan carácter

obligatorio y subsidiariamente la más beneficiosa para el

contribuyente.

Estas bonificaciones sociales serán compatibles con:

- Bonificación por domiciliación bancaria.

- Bonificación por viviendas de protección pública.

- Bonificación por familia numerosa

En ningún caso el importe de la bonificación resultante podrá

superar el 100% de la cuota íntegra.

18º.- Ordenanza Fiscal nº 1 .Gestión, Recaudación e

Inspección. Articulo 20

Se plantea la siguiente modificación del Artículo 20, párrafo

segundo:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 del R.D. 2/2004, de 5

de marzo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales, establecer una

bonificación del 5% de la cuota íntegra del impuesto, a favor de

una única vivienda, que constituya la residencia habitual, a

aquellos sujetos pasivos que se acojan al Sistema Especial de

Pago o el pago domiciliado bancariamente regulado en el

artículo 20 de la O. F. nº 1. Gestión, Recaudación e Inspección,

que será aplicada en los términos y condiciones previstos en el

mismo.

En ningún caso el importe de la bonificación establecida en el

párrafo anterior puede superar los 55 euros.

Para acogerse a este Sistema Especial de Pago se requerirá que

los obligados tributarios se adhieran al sistema de

Page 42: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

42

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

domiciliación bancaria conforme a los requisitos establecidos.

19º.- Ordenanza Fiscal nº 3. Impuesto sobre Vehículos de

Tracción Mecánica. Artículo 4.

Se propone añadir el siguiente texto:

Se establece una bonificación del 25% de la cuota, durante tres

años desde su primera matriculación, para los vehículos

híbridos con motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel, o

eléctrico-gas que estén homologados de fábrica, incorporando

dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que

minimicen las emisiones contaminantes. Para poder disfrutar de

esta exención, los interesados deberán instar su concesión

indicando las características del vehículo, su matrícula, y

acompañar la documentación técnica y administrativa

justificativa de que se trata de un vehículo híbrido con motor

eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel o eléctrico-gas homologado.

20º.- Ordenanza Fiscal nº 3. Impuesto sobre Vehículos de

Tracción Mecánica. Artículo 5.

Se propone añadir el siguiente texto:

La congelación de cuotas prevista para el 2014 se aplicará a

un único vehículo por sujeto pasivo.

En el caso de que el sujeto pasivo posea más de un vehículo se

aplicará el incremento del IPC sobre las cuotas

correspondientes a estos vehículos.

21º.-Ordenanza fiscal nº 5. Impuesto sobre Construcciones

Instalaciones-Obras. Artículo 4 Bonificaciones. Pt. 1

Se propone suprimir el apartado b), que dice:

b) Una bonificación del 75 por ciento de las obras de

construcción de centros destinados al culto.

Se propone sustituir el apartado c) el primer párrafo por el

texto siguiente:

Page 43: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

43

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Una bonificación del 90% las obras de construcción de

viviendas protegidas de régimen especial que han sido definidas

en Real decreto 801/2005.Una bonificación del 60% las obras

de construcción de viviendas protegidas de precio general que

han sido definidas en Real decreto 801/2005. Una bonificación

del 50%, las obras de construcción de viviendas protegidas de

precio concertado que han sido definidas en Real decreto

801/2005.

22º.- Ordenanza Fiscal nº 4. Impuesto sobre el incremento de

valor de los terrenos de naturaleza urbana. Artículo 3.

Sujetos pasivos.

Se plantea añadir el siguiente texto como apartado c) sobre no

repercutir la Plusvalía en caso de dación de pago por ejecución

hipotecaria:

En las transmisiones realizadas en subasta pública, notarial,

judicial o administrativa y en las adjudicaciones del bien

inmueble a la entidad financiera en pago de la deuda prestada

para su adquisición tendrá consideración de sujeto pasivo

sustituto, la persona física o jurídica o las entidades a que se

refiere el artículo 35.4 de la Ley 58/2.03 de 17 de diciembre,

General Tributaria, que adquiera el inmueble.

En ningún caso se podrá repercutir la cuota del impuesto al

contribuyente.

Se entiende por entidades financieras aquellas matriculadas en

cualquiera de las rúbricas que integran la Agrupación 81 de la

sección 1ª de las tarifas del Impuesto de Actividades

Económicas aprobadas por Real Decreto Legislativo 1175/1990

de 28 de septiembre.

El interesado presente alegaciones que afectan a cuestiones no

incluidas dentro del acuerdo de Pleno, e incluso, se refieren a

Ordenanzas cuya modificación no se contempla. Como se ha

señalado, no deben de ser admitidas, sin perjuicio de su

consideración para futuras modificaciones.

Centrándonos en las alegaciones que afectan al acuerdo del

Pleno, se ha de indicar que el escrito se ha presentado después

a la publicación de la Ley 16/2013 -a la que se ha hecho

Page 44: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

44

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

referencia- y que determina el cálculo de la Base liquidable

cuando los valores catastrales hayan sufrido una minoración

tras aplicar coeficientes. La aplicación de esta forma de cálculo

no es potestativa para la Administración. Por otro lado,

corresponde a la Administración del Estado la fijación de los

valores catastrales y por ello, no es competencia de este

Ayuntamiento fijar los coeficientes de actualización ni tampoco

su aplicación –art. 4 RDL 1/2004, de 5 de marzo, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario-.

Recordamos que corresponde a criterios de oportunidad que

debe estimar el Pleno, la determinación de los tipos, así como

de las bonificaciones de familia numerosa y de las empresas

urbanización, construcción y promoción. En este último caso, y

con referencia a la alegación presentada, la Norma no

contempla diferenciación alguna de porcentaje entre distintos

sujetos pasivos. Asimismo, el desglose plasmado par usos de los

inmuebles no se ajusta al determinado en la norma, sujetando al

mismo a los solares –DT decimoquinta RDL 2/2004-. De

tomarse en consideración estas alegaciones deberíamos

proceder a una nueva aprobación inicial, ya que contempla

diferencias significativas tanto con el texto actual de la

Ordenanza, como con el aprobado inicialmente.

SEXTA.- Alegaciones relacionadas en el Anexo. También se

ha recibido las alegaciones por los interesados y números de

registro que se indican en el Anexo. Se ha reunido las mismas

en una sola alegación al compartir todas ellas el mismo texto y

argumentación, en este caso contra la modificación del tipo

impositivo en la Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre

Construcciones, Instalaciones y Obras.

Argumentan que la corrección del valor catastral al aplicar el

índice intenta adecuar este al precio de mercado y, en

consecuencia, si los terrenos valen menos, el impuesto a pagar

por este concepto debe de ser menor, “si no hay incremento en

la valoración no debe de haberlo en la recaudación”

solicitando:“Se mantenga el tipo de este tributo en el 18%, si se

lleva a cabo la bajada del valor catastral y si finalmente esta

devaluación no se produce se baje el tipo para que el impuesto

tenga la misma reducción del IBI”.

Page 45: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

45

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Como se ha señalado ante, corresponde al Pleno considerar la

oportunidad de atender a la misma.

Visto el expediente administrativo y la legislación vigente y

conforme con las instrucciones recibidas de la Concejal

Delegada de Hacienda se propone la adopción del siguiente

acuerdo:

1. DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra las

modificaciones a la Ordenanza Fiscal nº 2 correspondiente al

Impuesto de Bienes Inmuebles al considerar que no existen las

rezones de oportunidad recogidas en la misma.

2.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra el tipo

de gravamen señalado en la modificación el artículo 7 de la

Ordenanza Reguladora del Impuesto sobre Incremento de Valor

de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

3.- INADMITIR el resto de las alegaciones y reclamaciones

presentadas por los motivos indicados en la parte expositiva.

4.- APROBAR definitivamente las siguientes modificaciones a

las Ordenanzas Fiscales:

1º.-A la Ordenanza Fiscal nº 2, Impuesto sobre Bienes

Inmuebles:

A) El artículo 6, tipos de gravamen cuya nueva redacción

será la siguiente:

1. Si no se dan las circunstancias expuestas en la disposición

adicional segunda de la Ordenanza Fiscal nº 2, el tipo de

gravamen para los bienes inmuebles urbanos será: 0,44 por

ciento.

4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional

segunda, se establece, para los bienes urbanos cuyos usos

conforme a la normativa catastral a continuación se señala,

tipos de gravamen diferenciados y aplicados a partir del umbral

de valor catastral que se indica:

Page 46: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

46

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

a. Bienes uso “Comercial”, para un valor de 915.000 euros:

0,75 por ciento

b. Bienes uso “Industrial”, para un valor de 915.000 euros:

0,75 por ciento

c. Bienes uso “Oficinas”, para un valor de 915.000 euros: 0,75

por ciento

d. Bienes uso “Deportivo”, para un valor de 3.850.000 euros:

0,75 por ciento

e. Bienes usos no recogidos anteriormente, excepto

“residencial” para un valor de: 9.450.000 de euros: 0,75 por

ciento”.

B) El párrafo primero del artículo 7. 1, cuya nueva

redacción será la siguiente:

“1. Si no se dan las circunstancias expuestas en la disposición

adicional segunda de la Ordenanza Fiscal nº 2,

Tendrán derecho a una bonificación del 90% en la cuota íntegra

del impuesto, los inmuebles que constituyan el objeto de la

actividad de las empresas de urbanización, construcción y

promoción inmobiliaria, tanto de obra nueva como de

rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes

de su inmovilizado, siempre que así se solicite por los

interesados dentro del mes siguiente a la notificación de la

concesión de la licencia de obras”.

C) La tabla del apartado b) del artículo 7.4, cuya nueva

redacción será la siguiente

“Si no se dan las circunstancias expuestas en la disposición

adicional segunda de esta Ordenanza,

Hasta 300.000

€ de valor

catastral

A partir de

300.000 € hasta

600.000 € de

valor catastral

A partir de

600.000 € de

valor catastral

Hasta 6 hijos 45 por ciento 35 por ciento 15 por ciento

De 7 a 8 hijos 55 por ciento 40 por ciento 20 por ciento

Más de 8 hijos 85 por ciento 55 por ciento 25 por ciento

Page 47: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

47

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

D) Añadir a la Ordenanza la siguiente Disposición adicional

segunda, cuyo contenido será:

“En el caso de que no se aprobase la solicitud formulada por el

Ayuntamiento de Majadahonda de aplicación a los valores

catastrales de los coeficientes previstos en el art.32.2 del texto

refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por

Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, antes de la

entrada en vigor de esta ordenanza la redacción de los

apartados siguientes de los artículos 6 y 7 de la ordenanza será,

con el objetivo de garantizar una aplicación racional de la

normativa, la siguiente:

Artículo 6.- Tipos de gravamen

1. Tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbano: 0,40

por ciento.

2. Tipo de gravamen para los bienes inmuebles rústico: 0,60 por

ciento.

3. Tipo de gravamen para los bienes Inmuebles de

características especiales: 0,64 por ciento.

4. Se establece, para los bienes urbanos cuyos usos conforme a

la normativa catastral a continuación se señala, tipos de

gravamen diferenciados y aplicados a partir del umbral de

valor catastral que se indica:

a. Bienes uso “Comercial”, para un valor de 1.250.000 euros:

0,75 por ciento.

b. Bienes uso “Industrial”, para un valor de 1.250.000 euros:

0,75 por ciento.

d. Bienes uso “Oficinas”, para un valor de 1.250.000 euros:

0,75 por ciento.

e. Bienes uso “Deportes”, para un valor de 5.250.000 euros:

0,75 por ciento.

f. Bienes usos no recogidos anteriormente excepto

“residencial”, para un valor de 13.000.000 euros: 0,75 por

ciento.

Page 48: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

48

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

5. En el caso de que los umbrales determinados en el apartado

anterior sobrepasaran el límite del 10 por ciento, este quedará

automáticamente fijado en aquel valor catastral que posea el

inmueble que marque el citado límite. Si compartieran este

valor catastral varios inmuebles de forma que el umbral

quedara por encima de este porcentaje, el valor catastral

quedará fijado en el valor inmediato superior”.

Artículo 7.- Bonificaciones

1. Tendrán derecho a una bonificación del 90% en la cuota

íntegra del impuesto, los inmuebles que constituyan el objeto de

la actividad de las empresas de urbanización, construcción y

promoción inmobiliaria, tanto de obra nueva como de

rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes

de su inmovilizado, siempre que así se solicite por los

interesados dentro del mes siguiente a la notificación de la

concesión de la licencia de obras”.

El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde

el período impositivo siguiente a aquel en que se inicien las

obras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre

que durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o

construcción efectiva, y sin que, en ningún caso, pueda exceder

de tres períodos impositivos.

4. a. Tendrán derecho a una bonificación en la cuota íntegra del

impuesto por familia numerosa, los sujetos pasivos que cumplan

todos y cada uno de los siguientes requisitos:

i.- Ser titular catastral de una vivienda y formar parte de

la unidad familiar en la fecha de devengo del impuesto.

ii.- Que todos los miembros de dicha unidad familiar

figuren empadronados en la vivienda objeto de bonificación en

momento del devengo.

iii.- Que la bonificación sea solicitada, aportando el

Título de Familia Numerosa expedido por la Comunidad

Autónoma, antes del 31 de marzo del ejercicio en el que se va a

aplicar. De presentarse en fecha posterior, no tendrá efectos

hasta el ejercicio siguiente.

Page 49: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

49

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

b. La bonificación sobre la cuota íntegra se aplicará en

función del número de hijos y del valor catastral, según la

siguiente tabla:

c. Concedida la bonificación, se aplicará en años

sucesivos sin necesidad de nueva solicitud hasta el ejercicio en

el cual caduca el título de familia numerosa aportado. No

obstante, el beneficiario deberá poner en conocimiento del

Ayuntamiento el incumplimiento de los requisitos citados en el

apartado 4.a de este artículo y conllevará la pérdida del

derecho a la bonificación. En todo caso, llegada la fecha de

caducidad del título, la bonificación finaliza.

d. Cuando se renueve el título de familia numerosa, se

deberá volver a solicitar la bonificación, aportando el mismo

con sus nuevas fechas de expedición y caducidad, en las mismas

condiciones, requisitos y plazos citadas en este artículo.”

2º.- A la Ordenanza fiscal nº 4, del Impuesto sobre el

Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana,:

A) Sin perjuicio de lo establecido en la disposición

adicional segunda, se establece la siguiente redacción del

artículo 7 (Tipo de gravamen y cuota):

“La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la

base imponible o en su caso, bases imponibles, el tipo de

gravamen del 24,65 por ciento”.

B) Añadir a la Ordenanza la siguiente Disposición

adicional segunda cuya redacción será el siguiente:

Hasta 420.000

euros de valor

catastral

Desde 420.001

hasta 840.000

euros de valor

catastral

A partir de

840.001 euros

de valor

catastral

Hasta 6 hijos 45 por ciento 35 por ciento 15 por ciento

De 7 a 8 hijos 55 por ciento 40 por ciento 20 por ciento

9 y más hijos 85 por ciento 55 por ciento 25 por ciento

Page 50: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

50

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En el caso de que no se aprobase la solicitud formulada por el

Ayuntamiento de Majadahonda de aplicación a los valores

catastrales de los coeficientes previstos en el art. 32.2 del texto

refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por

Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, antes de la

entrada en vigor de esta ordenanza la redacción del apartados

siguientes del artículo 7 de la ordenanza será, con el objetivo de

garantizar una aplicación racional de la normativa, la

siguiente:

“La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la

base imponible o en su caso, bases imponibles, el tipo de

gravamen del 18,00 por ciento”.

5º.-PUBLICAR este acuerdo en el Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid con indicación de que su entrada en

vigor se producirá en día 1 de enero de 2014.

6º.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos

documentos sean necesarios para la ejecución del presente

acuerdo.”

K) INFORME del Sr. Interventor, de 18 de noviembre de 2013,

cuyo texto es el siguiente:

“I.- NORMATIVA APLICABLE

Constitución Española de 1978 (CE).

Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del

Régimen Local (LBRL).

Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el

que se aprueba el texto refundido de la Ley 39/88, de

28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales

(TRLHL).

Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria

(LGT).

Real Decreto 1684/90, de 20 de diciembre, Reglamento

General de Recaudación (RGR).

Reglamento de procedimientos administrativos

municipales, modificado por el Ayuntamiento Pleno en

Page 51: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

51

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

su sesión de 27 de junio de 2000 (RPAM; ficha H-11).

II.- PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO PARA LA

MODIFICACIÓN DE LAS ORDENANZAS FISCALES

El TRLHL, en su artículo 17 fija el procedimiento para el

establecimiento, supresión y ordenación de tributos y para la

fijación de los elementos necesarios en orden a la

determinación de las respectivas cuotas tributarias, así como

las aprobaciones y modificaciones de las correspondientes

Ordenanzas Fiscales. Este procedimiento se estructura en dos

fases:

Aprobación, publicación y exposición de los acuerdos

provisionales:

La modificación de las ordenanzas fiscales de

Impuestos para 2012 fue objeto de aprobación inicial

por el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el

26/09/2013.

El acuerdo provisional fue publicado en el BOCM el

07/10/2013 y se expuso en el tablón de anuncios de esta

entidad durante treinta días. Dentro de ese plazo se

presentaron las reclamaciones que se citan en el

informe propuesta de Resolución de 15/11/2014

suscrito por el Tesorero Municipal y el Técnico de

Gestión Tributaria, que consta en el expediente.

Aprobación y publicación de los acuerdos definitivos:

Finalizado el período de exposición pública,

procede la aprobación resolviendo las reclamaciones

que se hubieran presentado y aprobando la redacción

definitiva de las Ordenanzas.

En este sentido el mencionado informe propuesta de

Resolución de 15/11/2013 informa sobre los motivos

expuestos por los reclamantes y, como conclusión, se

propone al Pleno lo siguiente:

Page 52: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

52

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La desestimación de las alegaciones presentadas

contra la modificación de la Ordenanza fiscal nº 2

reguladora del Impuesto sobre bienes inmuebles.

La desestimación de las alegaciones presentadas

contra la modificación del tipo de gravamen de la

Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el

incremento de valora de los terrenos de naturaleza

urbana

La inadmisión del resto de las reclamaciones

presentadas

La aprobación definitiva de las Ordenanzas

impugnadas.

Por este motivo no procede un nuevo informe por

parte de esta Intervención, toda vez que el texto de las

modificaciones que se presentan para su aprobación

definitiva no difiere del aprobado inicialmente, que ya

fue objeto del respectivo informe que consta en el

expediente.

Una vez adoptado por el Pleno el acuerdo definitivo,

éste, junto con los textos definitivos de las Ordenanzas

Fiscales, han de ser publicados íntegramente en el

BOCM.

Como garantía adicional de la efectividad del

principio de la publicidad, el apartado 5º del artículo

17 del TRLHL ordena a las entidades locales con

población superior a 20.000 habitantes que las

Ordenanzas Fiscales sean editadas por las mismas y,

en todo caso, que se faciliten copias a quienes lo

soliciten.

Entrada en vigor:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo

107.1 de la LBRL, y en el artículo 17.4 del TRLHL:

“Las Ordenanzas Fiscales entran en vigor con su

publicación en los términos previstos en la Ley,

comienzan a aplicarse en la fecha indicada en las

mismas o, en su defecto, en el momento de su entrada

Page 53: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

53

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

en vigor y permanecen vigentes durante el tiempo

expresamente previsto en las mismas o, en su defecto,

hasta su derogación expresa”.

Impugnación de los acuerdos:

A tenor de lo dispuesto en el artículo 19.1 del

TRLHL, contra los acuerdos definitivos de aprobación

de Ordenanzas fiscales y sus respectivos textos no

puede interponerse otro recurso que el contencioso-

administrativo, en los plazos y forma previstos en la

Ley de dicha Jurisdicción.

Ámbito de aplicación de las Ordenanzas Fiscales:

Viene delimitado en el artículo 107.2 de la LBRL,

en virtud del cual, las Ordenanzas obligan en el

territorio de la respectiva Entidad Local.”

L) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, favorable.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra.

Menéndez, indica que se han presentado alegaciones a preceptos

inexistentes en las ordenanzas fiscales o existentes en aquellas

ordenanzas que no se modifican pero está claro que las alegaciones

deben presentarse a las modificaciones que se realizan y no a la

generalidad de las ordenanzas fiscales porque, de no ser así, se

desvirtúan esas modificaciones produciéndose debates estériles.

Sigue diciendo que algunas alegaciones, además de no

corresponder al momento procesal, son de imposible alegación por no

estar amparadas ni recogidas por leyes superiores por lo que parece

que se pretende crear una nueva legislación fiscal única para

Majadahonda que solo estaría amparada por una modificación de

ordenanzas fiscales y añade que, desde su punto de vista, éste no es el

foro para presentar esas propuestas que no son alegaciones y más se

trata de temas a resolver por partidos políticos con implantación

nacional.

Page 54: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

54

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

A continuación indica que pretensiones tales como gravar

inmuebles desocupados atendiendo a características como facturación

de agua, luz y gas, supone una intromisión en la privacidad y se

ignora si esto está amparado o no por la Ley de Protección de Datos o

por otras leyes.

Manifiesta también que se proponen exenciones y

bonificaciones que es obligatorio que estén respaldadas por una ley

superior que no existe en estos momentos y por ello bonificar y

eximir, por motivos loables y que el equipo de gobierno puede

compartir en algunos casos (capacidad económica, estar en desempleo,

etc.), están bien como deseos pero son de imposible cumplimiento sin

contar con una legislación superior que ampare esas propuestas que,

reitera, no son alegaciones.

Sigue diciendo que solamente se modifican las ordenanzas

fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles y de plusvalías y añade ,

respecto al impuesto sobre bienes inmuebles, que se modifica la

ordenanza relativa al impuesto sobre bienes inmuebles porque se han

modificado los valores catastrales y con esa modificación se consigue

que el importe del recibo que paga el contribuyente baje

aproximadamente el 10%.

Indica a continuación, respecto al impuesto sobre el incremento

del valor de los terrenos (Plusvalías) que, al subir el tipo de gravamen

para mantener el nivel de ingresos, se mantiene el esfuerzo fiscal pero

nunca se aumenta porque el equipo de gobierno, pensando de forma

responsable, considera necesario mantener unos ingresos para lograr

un equilibrio presupuestario.

Aclara que se han tenido en cuenta las leyes superiores a la

hora de modificar esos dos impuestos porque, como ha dicho

anteriormente, son de obligado cumplimiento como ocurre con la Ley

de Presupuestos que obliga a adaptar los ingresos a los gastos y, por

ello, las modificaciones de esos impuestos se han calculado teniendo

en cuenta también esas leyes para dar el mejor servicio a los

contribuyentes y para no tener que realizar, a lo largo de la vida del

Presupuesto, ajustes a la baja por esas prestaciones.

A continuación indica que la alegación presentada por el

Portavoz del Grupo Centrista y por algunos vecinos que han

presentado la misma alegación, pretende que se mantenga el tipo

Page 55: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

impositivo del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos

de naturaleza urbana en el 18% pero, si este Ayuntamiento mantiene

ese mismo tipo y bajan los valores catastrales, se produce un notable

detrimento de los ingresos que, sumada a la falta de ingresos por la

bajada del impuesto sobre bienes inmuebles, harían resentirse al

Presupuesto Municipal y entonces sería necesario suprimir una serie

de partidas presupuestarias. Añade que, extrapolando los datos de los

ingresos reconocidos por Plusvalías en el año 2013, para hacer lo

mismo en el año 2014, los ingresos por ese impuesto disminuirían en

2.432.716 euros y recuerda que el Grupo Centrista no plantea en su

alegación los gastos que desea que bajen en esa cantidad.

Sigue diciendo al Portavoz del Grupo Municipal Izquierda

Unida-Los Verdes que ha presentado bastantes alegaciones y, por

ejemplo, propone aumentar el tipo de gravamen para los inmuebles de

características especiales al 0,75% pero en este municipio no existen

inmuebles de características especiales a los que gravar con este

impuesto por lo que esa alegación no es admitida.

Añade que dicho grupo también propone aplicar los tipos de

gravamen del 10% a los bienes urbanos con mayores valores

catastrales y los diferencia en comercial, industrial, oficinas y

deportivos y aclara que esa diferencia está establecida en el artículo

72.4 de la Ley de Haciendas Locales por lo que este Ayuntamiento no

puede hacer las diferencias que quiera y por ello no se admite esta

alegación.

Indica que también se solicita el establecimiento de un recargo

del 50% a los inmuebles de uso residencial desocupados con carácter

permanente, propuesta que, como ha dicho anteriormente, no está

amparada por la ley y el equipo de gobierno considera que, si se

hiciera, sería una intromisión total hacia los bienes privativos.

Recuerda a continuación que se produce una bonificación del

50% en la cuota íntegra de aquellos bienes que constituyan el objeto

social de una empresa de urbanización, construcción y promoción

inmobiliaria y el Grupo Izquierda Unida-Los Verdes propone que esa

bonificación del 50% se suba al 90% en el caso de empresas que se

dediquen a la construcción de viviendas de protección oficial. Aclara

que la ley bonifica a la empresa de construcción en general sin

contemplar diferencias por tipo de suelo o cualquier otra circunstancia

por lo que esta alegación tampoco es admitida.

Page 56: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que Izquierda Unida-Los Verdes plantea una

serie de niveles catastrales máximos y de ingresos para que la

bonificación a las familias numerosas se realice en base a los niveles

ingresos que esas familias perciben pero recuerda que la ley establece

que la distinción, en función de ingresos, no cuantifica la bonificación

sino que la hace a través del número de hijos de esas familias.

Manifiesta que dicho grupo ha presentado otra alegación

relativa al impuesto sobre circulación de vehículos de tracción

mecánica pero, como ese impuesto no es objeto de modificación, no se

admite esta alegación y por ese motivo tampoco se admite la alegación

presentada al impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.

Aclara que ese grupo también plantea una serie de

bonificaciones y recuerda que las modificaciones a las ordenanzas

están reguladas por una ley superior y este Ayuntamiento no puede

realizar ninguna bonificación más de las previstas en la Ley General

Tributaria y en la Ley de Haciendas Locales.

Indica a continuación que la Portavoz del Grupo Municipal

Unión Progreso y Democracia presentó una alegación el 13 de

noviembre pero la retiró el 14 de noviembre por lo que se considera

que no ha presentado ninguna alegación que deba ser contestada.

Manifiesta que el Portavoz Adjunto del Grupo Municipal

Socialista presentó una alegación proponiendo incluir en la ordenanza

fiscal una convocatoria anual de concesión de subvenciones públicas

para ayudar al pago de impuestos de la vivienda habitual a aquellas

familias que tengan algunos de sus miembros en situación de

desempleo.

Termina su intervención recordando que el equipo de gobierno,

cuando se presentó al Pleno la aprobación inicial del Presupuesto

(hace dos meses), ya dijo que estaba estudiando la forma de conceder

una ayuda, que no subvención, para aquellas personas que, por una

dación en pago o por el embargo de su vivienda, tienen que abonar el

impuesto de plusvalías y añade que esa ayuda se concedería dentro de

las ayudas de emergencia de la Concejalía de Servicios Sociales pero

no en las ordenanzas fiscales porque hacerlo supondría un fraude de

ley ya que la Ley General Tributaria determina que no se puede

conceder subvención.

Page 57: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que se ha incluido en el orden del día de esta sesión, la

resolución de alegaciones y aprobación definitiva de la modificación

de ordenanzas fiscales de impuestos para 2014 y añade que la

Concejal Delegada de Economía y Hacienda ha realizado una prolija

explicación de todas las alegaciones que se han presentado durante la

exposición pública de esta modificación y también los motivos por los

que se desestiman aunque a su grupo le habría parecido extraño que el

equipo de gobierno hubiera estimado alguna.

Sigue diciendo que lo más relevante de este expediente es la

bajada, con carácter general, del 10% en el impuesto sobre bienes

inmuebles y, aunque este asunto ya se trató en la sesión plenaria en la

que se aprobó inicialmente esta modificación, su grupo quiere dejar

claro que, desde su punto de vista, el equipo de gobierno ha decidido

bajar en estos momentos el tipo impositivo de ese impuesto porque

este Ayuntamiento tiene un remanente positivo de tesorería, un

Presupuesto equilibrado y no tiene una deuda relevante o porque se va

a pasar el recibo, con esa reducción, a finales del año que viene

(octubre, noviembre y diciembre) periodo anterior a la celebración de

las Elecciones Europeas, Municipales y Regionales.

A continuación descarta que el motivo de la bajada de dicho

impuesto sea el pretendido equilibrio presupuestario porque el

remanente positivo de tesorería se viene produciendo desde hace años

y, si ese fuera el motivo, el equipo de gobierno debería haber aplicado

la reducción del impuesto sobre bienes inmuebles dos años atrás pero,

como la va a aplicar para 2014, su grupo entiende que el equipo de

gobierno ha adoptado esa decisión por puro electoralismo.

Aclara que lo más relevante para su grupo es que, en

Majadahonda, el impuesto sobre bienes inmuebles sigue siendo un

impuesto injusto y por ello ha presentado esa alegación aún sabiendo

que el equipo de gobierno la iba a desestimar. Añade que considera

injusto este impuesto porque, desde su punto de vista, grava de forma

desigual a las familias y, como todos saben, su grupo viene incidiendo

en esta legislatura, de forma recurrente, en la necesidad, siempre que

la ley lo permita, de ajustar dicho impuesto a las verdaderas

necesidades de las familias majariegas y por ello ha venido

presentando mociones en ese sentido y también ha presentado esta

alegación pretendiendo introducir algunos instrumentos de ayuda para

Page 58: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

58

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

los vecinos en dificultades, especialmente ahora cuando este

Ayuntamiento tiene un remanente positivo de tesorería y el remanente

de muchas de las familias de Majadahonda es muy negativo y también,

fundamentalmente, a las familias con miembros en paro pero, a pesar

de ello, esa alegación es desestimada.

Manifiesta que su grupo ya conoce que no se pueden conceder

bonificaciones o exenciones para estos supuestos porque la ley no las

permite pero su grupo entiende que sí permite la concesión de

subvenciones y ayudas, ayudas que son viables políticamente y

también lo son desde un punto de vista legal y los miembros del

equipo de gobierno lo saben.

Aclara que, aunque esas ayudas sean poca cosa, son muy

importantes y de hecho ya se conceden en muchos ayuntamientos

como ocurre, por ejemplo, con el de Málaga, municipio más sensible

que el nuestro a pesar de estar gobernado también por el Partido

Popular. Añade que su grupo entiende que solo se trata de una

cuestión de voluntad política y de sensibilidad social y dice esto

porque el reglamento de ayudas al impuesto sobre bienes inmuebles

para personas del municipio de Málaga contempla hasta el 50% de

ayudas al pago del impuesto sobre bienes inmuebles a pensionistas, a

desempleados, a menores de 30 años, a familias monoparentales, a

familias con hijos menores de 1 año, a discapacitados, a víctimas de

violencia de género y su grupo, sabiendo que el equipo de gobierno de

Majadahonda es insensible, solo ha solicitado esa ayuda para los

desempleados (Málaga las concede a 7 colectivos) y además Madrid,

capital dirigida por “nuestra querida Alcaldesa digital”, contempla

unas ayudas diciendo que se quiere respaldar a las familias con menos

recursos económicos y mantiene un compromiso convocando, por

segundo año consecutivo, ayudas dirigidas a los ciudadanos que tienen

situación de precariedad económica y las sitúan hasta 700.000 euros

para 7.000 familias y esto mismo ocurre con otros muchos

ayuntamientos españoles que tienen una sensibilidad social

infinitamente mayor a la de nuestro equipo de gobierno.

Termina su intervención diciendo que el equipo de gobierno

puede votar en contra de mociones que procuren la igualdad o

desestimar alegaciones en ese mismo sentido pero, desde el punto de

vista de su grupo, lo que están haciendo con ello es despreciar a los

vecinos más desfavorecidos, a los que peor lo están pasando en este

municipio y lo más importante es que obvia el artículo 31.1 de la

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Constitución que dice que todos contribuirán al sostenimiento de los

gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un

sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y

progresividad que no tendrá, en ningún caso, carácter confiscatorio y

su grupo considera que el impuesto sobre bienes inmuebles del equipo

de gobierno no es justo, no es equitativo y tampoco es progresivo.

La Portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,

indica que es cierto que su grupo presentó unas alegaciones que se

basaban en puntos que posteriormente fueron recogidos por la Ley

16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas

medidas en materia de fiscalidad medioambiental y también se

adoptan otras medidas tributarias y financieras.

Termina su intervención diciendo que esa ley entró en vigor el

día 30 de octubre por lo que, después de presentadas esas alegaciones,

su grupo consideró conveniente retirarlas.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su grupo tiene el pequeño vicio de intentar

entrar en la generalidad y considera que cuando se debaten ordenanzas

fiscales, es el momento de debatir la fiscalidad municipal y entiende

que si el equipo de gobierno no modifica el resto de ordenanzas

fiscales, éste es el momento oportuno de debatir sobre este asunto.

Sigue diciendo que casi todos los grupos de la oposición, en la

anterior sesión plenaria, felicitaban al equipo de gobierno por haber

escuchado las sugerencias que todos hacían, vía alegaciones sobre el

Mercado Municipal, se teme que ahora el equipo de gobierno vuelve

“al rodillo” porque, por ejemplo, no todas las alegaciones que su grupo

ha presentado no entraban dentro de la modificación y de hecho

varias de ellas sí tenían cabida y la respuesta que el equipo de

gobierno ha dado sobre ellas, por escrito, es que se desestimaban todas

porque no existían razones de oportunidad o porque no era el

momento oportuno para debatir las propuestas que se hacían.

Aclara que por desgracia, y una vez más, se presentan unas

ordenanzas fiscales del equipo de gobierno y dice esto porque no se

ha buscado el acuerdo del resto de grupos municipales y además nunca

se recoge ninguna propuesta que realice un grupo de la oposición y de

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MAJADAHONDA

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hecho algunas que su grupo realizó y que fueron aprobadas como, por

ejemplo, la tasa para los cajeros automáticos, un año después no se

sabe qué se va a hacer con esa propuesta a pesar de que el año pasado

se modificaron ordenanzas para imponer nuevas tasas por lo que está

claro que la política fiscal del equipo de gobierno es muy distinta a la

de su grupo.

Manifiesta que su grupo se va a referir a continuación a

algunas de las propuestas que no han resultado aprobadas por entender

que no había oportunidad política de ponerlas en marcha o se

consideraba que no eran aplicables y así, por ejemplo, proponía

favorecer, vía bonificaciones, la promoción de vivienda protegida y

ahora el equipo de gobierno ha dicho que no se podía aprobar porque

las bonificaciones tienen que ser lineales para todas las construcciones

pero su grupo entiende que sí se podría aprobar.

Aclara que su grupo entiende que no se ha contestado la

alegación referida a aumentar el periodo de duración de las

bonificaciones en el impuesto sobre bienes inmuebles para las

viviendas protegidas de alquiler, propuesta que hacía porque, aunque

el propietario de esas viviendas sea PAMMASA o el IVIMA, éstos

repercuten este impuesto a los inquilinos y considera que una forma de

poder amortiguar los altos precios de la vivienda protegida de alquiler

es aumentar esas bonificaciones en dicho impuesto. Añade que la Ley

de Haciendas Locales obliga a conceder una bonificación durante tres

años pero es potestativo de los ayuntamientos ampliarla a todos los

años que se deseen. Aclara que este Ayuntamiento aplica esas

bonificaciones durante tres años más pero ahora se han acabado esas

bonificaciones y por ello su grupo entendía que esa medida, que sí es

legal, podría servir para amortiguar sus altos precios.

Continúa diciendo que su grupo planteó gravar las 1.000

viviendas vacías que hay en Majadahonda y el equipo de gobierno ha

dicho que se estaría haciendo, en ese caso, una intromisión en la

privacidad pero recuerda que la Ley de Haciendas Locales recoge y

permite poder gravar a las viviendas desocupadas hasta el 50% y por

ello ha planteado lo que la ley prevé y cree que quizá se haya

explicitado mal la forma de catalogar una vivienda vacía pero entiende

que si el equipo de gobierno hubiera tenido voluntad política, podría

haber admitido la parte de la alegación que se refiere a gravar las

viviendas vacías obviando la parte de la alegación en la que se definía

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lo que era una vivienda vacía y cree que el equipo de gobierno no lo

ha hecho por voluntad política.

Manifiesta que sabe que no existen bienes de características

especiales en este municipio pero, como en la ordenanza está previsto

un gravamen del 0,64% para ese caso y teniendo en cuenta que se iba a

producir una bajada del valor catastral, su grupo consideró que debía

subirse el tipo impositivo a esos bienes de características especiales

para que no se beneficiaran de esa bajada y no se produjera una merma

en los ingresos por ese concepto. Añade que si realmente esos bienes

no existen en Majadahonda, deberían desaparecer de las ordenanzas y

de esa forma su grupo no presentaría alegaciones sobre ellos.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno no ha contestado,

aunque está recogido por ley, la alegación referida al aumento de los

tipos diferenciados a las grandes empresas y grandes superficies de

este municipio y, como el equipo de gobierno modifica ese apartado,

habría podido aumentar esos tipos diferenciados y aclara que su grupo

pedía el aumento hasta el 1% y, por ejemplo, Madrid lo tiene al 1,3%.

Explica que aumentar del 0,75% al 1% permitiría ingresar a este

Ayuntamiento 1,5 millones de euros aproximadamente y añade que

ese tipo diferenciado solo afecta a las grandes superficies catastrales lo

que podría haber favorecido una cierta progresividad en este

municipio porque en este caso se estaría gravando a los que más tienen

y además, si el equipo de gobierno tuviera voluntad política de

hacerlo, se conseguiría un nivel más elevado de ingresos para

aumentar servicios pero parece que el Grupo Popular prefiere tener

unos impuestos sobre bienes inmuebles lineales en los que todos

paguen los mismos tipos.

Continúa diciendo que su grupo ya sabe que solo se pueden

presentar alegaciones a las partes de las ordenanzas que se modifican

pero como nunca se plantea una modificación general, su grupo sigue

insistiendo porque no entiende, por ejemplo, que se siga congelando el

impuesto de circulación de vehículos lo que se viene haciendo desde

hace muchos años mientras que se aumentó el impuesto sobre bienes

inmuebles. Aclara que lo se pedía en esa alegación era actualizar ese

impuesto de acuerdo con el IPC y lo pedía, no para todos los

vehículos, sino solo para los más contaminantes. Añade que, desde el

punto de vista de su grupo, la Ley de Haciendas Local prevé unas

herramientas que permiten buscar una fiscalidad más sostenible y más

verde al igual que se hace en el resto de Europa en la que se pretende

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MAJADAHONDA

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gravar a los vehículos más contaminantes. Reitera que este

Ayuntamiento podría aprobar esa propuesta pero entiende que el

equipo de gobierno no tiene voluntad de hacerlo.

Manifiesta que su grupo también planteado suprimir algunas

bonificaciones que figuran en las ordenanzas fiscales como es la que,

potestativamente, el Ayuntamiento puede realizar a la construcción de

centros de culto, propuesta que ha hecho por considerar que los

centros de culto, vía Concordato, disfrutan ya de una exención en el

impuesto sobre bienes inmuebles y no entiende que este

Ayuntamiento, además, les bonifique el 75% en el impuesto sobre

construcciones y solo lo entiende considerando que es también una

prioridad política del equipo de gobierno.

Indica que hay otras cuestiones que su grupo plantea de forma

habitual, aunque el equipo de gobierno las considere una locura, y es

que se intente favorecer, vía impuestos, a las empresas que crean

empleo estable y de calidad en este municipio y además pedía que se

recogiera en la ordenanza lo que se anunció en el Pleno y que su grupo

aplaudió, y es el estudio que se iba a realizar en Servicios Sociales

para establecer una línea de ayudas para que las familias que han

sufrido un desahucio o un embargo de su vivienda no tengan que

pagar el impuesto de plusvalías en este Ayuntamiento. Aclara que su

grupo piensa que está bien hacer ese anuncio pero si ese tipo de

ayudas no se recogen en algún documento, al final se van a quedar en

nada y quedarían abiertas a la libre disposición y a la arbitrariedad y

por ello su grupo sigue insistiendo en lo que ha dicho en muchas

ocasiones y es que hay aplicar distintas ayudas y bonificaciones para

todo lo que se refiera a un impuesto sobre bienes inmuebles

socialmente justo.

Indica a continuación que el Viceportavoz del Grupo

Municipal Socialista se ha referido, en su intervención anterior, a

algún tipo de ayudas que se conceden en los Ayuntamientos de Málaga

o Madrid pero también se podría acudir al IBI social del Ayuntamiento

de Granada que está recogido en sus ordenanzas fiscales y sugiere,

como el equipo de gobierno dice que no se puede realizar vía

subvenciones, que todas esas medidas se podrían recoger en una

ordenanza reguladora de las ayudas a las familias en la que podrían

contemplarse todas las ayudas a las familias que hayan sufrido

desahucios o embargos para que no tengan que pagar el impuesto

sobre plusvalías y también las distintas ayudas para hacer el impuesto

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AYUNTAMIENTO DE

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sobre bienes inmuebles socialmente más justo e introducir

progresividad fiscal para atender no solo al valor catastral de las

viviendas sino también a la capacidad de renta de las familias,

propuesta que hace porque algunos pensionistas van a recibir el

impuesto sobre bienes inmuebles por una cantidad de dinero más

elevada que la que reciben de pensión por lo que considera totalmente

necesario articular algún tipo de ayudas para esas personas.

Considera que todo lo que está planteando responde a

voluntades y prioridades políticas y, desde el punto de vista de su

grupo, la gran foto de la modificación de ordenanzas que se va a

aprobar es la rebaja del 10% del impuesto sobre bienes inmuebles,

asunto sobre el que su grupo no ha presentado alegación por entender

que era una petición que realizaron los vecinos y considera que

precisamente ha sido la presión de los vecinos la que ha provocado esa

bajada aunque su grupo, como dijo en una sesión plenaria anterior,

cree que esa bajada es un dardo envenenado porque, por ejemplo, una

familia que vivía en Majadahonda, en una vivienda de valor medio,

pagaba, en el año 2008, unos 250 euros por dicho impuesto y en 2013,

esa misma familia, va a pagar unos 525 euros y además esa familia no

solo ha visto el esfuerzo que tenía que hacer para pagar el doble por

ese impuesto sino que también ha visto cómo se reducían los servicios

que recibía del Ayuntamiento y así, aunque en 2014 pagará 50 euros

menos por el impuesto pero, si tiene hijos en edad escolar de entre 3 y

6 años escolarizado en algún centro educativo, va a tener que pagar 40

euros más por la auxiliar de infantil y, si además tuviera niños en una

guardería municipal, debería pagar un aumento en las tasas de 60

euros y, si quiere que sus hijos acudan a alguna actividad cultural,

podrá comprobar que los precios han subido un 20%

aproximadamente y, si algún día se abre el Polideportivo Huerta Vieja

con ese nuevo modelo de gestión privatizada, comprobará también que

las actividades van a subir el 21% de IVA por lo que no sabe si esa

familia entenderá esas cuentas porque, aunque el equipo de gobierno

vaya a bajar esos 50 euros en el IBI, va a tener que soportar, por los

recortes que ha efectuado el equipo de gobierno, unos mayores pagos

que no le van a compensar.

Termina su intervención diciendo que, desde el punto de vista

de su grupo, el equipo de gobierno podría obtener ingresos por otras

vías porque, aunque limitadas por la Ley de Haciendas Locales, tiene

herramientas para ello y su grupo entiende que no quiere utilizarlas.

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La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica que algún año en que su grupo presentó alegaciones sobre

alguna modificación que no figuraba entre las que proponía el equipo

de gobierno, recibió la contestación de que no había lugar a esas

alegaciones y por ello este año se ha centrado en las ordenanzas que

se modificaban.

Sigue diciendo que su grupo no ha presentado ninguna

alegación respecto al impuesto sobre bienes inmuebles aunque cree

que se podría haber realizado una rebaja mayor porque este impuesto

ha subido mucho desde que se realizó la revisión catastral y, como se

ha comprobado que las viviendas de Majadahonda tienen unos valores

demasiado altos, ahora van a ser revisados nuevamente y rebajados

por el Catastro hasta el 27% lo que demuestra que las viviendas de

Majadahonda han estado sobrevaloradas durante años.

Aclara que su grupo ha presentado alegaciones respecto al

impuesto sobre plusvalías porque la ley dice que es un tributo directo

que grava el incremento del valor que experimentan los terrenos lo que

se pone de manifiesto como consecuencia de la transmisión de su

propiedad y por ello su grupo cree que no tiene sentido que, cuando la

Dirección General del Catastro está reconociendo que el valor de los

terrenos se ha depreciado el 27%, este Ayuntamiento pretenda cobrar

lo mismo por ese impuesto y, aunque la Concejal Delegada de

Economía y Hacienda ha dicho que es para cuadrar el Presupuesto, su

grupo entiende que el Presupuesto del Ayuntamiento no se debe

cuadrar a través de este impuesto porque el informe del Economista

Municipal que figura en el expediente indica que este impuesto

aportaba el 6% de los ingresos y ahora va a aportar el 10%.

Sigue diciendo que su grupo no considera adecuado exprimir a

los vecinos que venden sus viviendas, en muchos casos porque llevan

viviendo en Majadahonda 30 años y tienen que venderlas porque son

su plan de pensiones, y es en ese momento cuando se les “pega un

sablazo” porque tienen que pagar, por el impuesto de plusvalías, unos

30.000 € ó 40.000 € cuando el valor de esas viviendas ha bajado y por

ello ha presentado una alegación.

Indica que es cierto que bajan los ingresos del Ayuntamiento

en 2 millones de euros y la Concejal Delegada de Economía y

Hacienda ha preguntado de dónde puede sacarlos y aclara que su

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AYUNTAMIENTO DE

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grupo cree que puede obtenerlos del dinero que la empresa encargada

del mantenimiento de la ciudad debe a este Ayuntamiento (unos 2

millones de euros aproximadamente) y del contrato de alquiler de

bicicletas y de esa forma se podrían obtener unos 2,5 millones de

euros aproximadamente y cree que nunca se deben obtener del bolsillo

de los ciudadanos.

Manifiesta además que en la sesión plenaria en la que se

aprobó inicialmente la modificación del impuesto de plusvalías, la

Concejal Delegada de Hacienda habla de congelar la liquidación para

que el ciudadano que venda una vivienda en el año 2014, pague lo

mismo por ese impuesto que si la hubiera vendido en 2013 pero

recuerda que la Dirección General del Catastro va a bajar el precio del

terreno y, al igual que el Portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes ha

puesto un ejemplo, su grupo también lo va a poner porque, en el año

2007, una vivienda de 85 m2. tenía un valor catastral de unos 30.000

euros y en el año 2013 lo tiene de 144.000 euros. Añade que la

Dirección General del Catastro dice que el precio de los terrenos y de

las viviendas han bajado por lo que va a bajar los valores catastrales el

27% aproximadamente (unos 40.000 euros) y si ese ciudadano hubiera

querido vender esa vivienda en el año 2010, es posible que lo hubiera

hecho por unos 300.000 euros y ahora la puede vender en unos

200.000 euros pero el Ayuntamiento va a cobrar por el impuesto de

plusvalías la misma cantidad lo que, desde el punto de vista de su

grupo, no tiene ningún sentido y lo considera injusto y precisamente

por esos motivos presentó alegaciones.

Continúa su intervención pidiendo al equipo de gobierno que

cuadre los Presupuestos del Ayuntamiento de otra forma pero no a

base de subir el impuesto de plusvalías a los vecinos porque considera

que el sentido de ese impuesto no tiene nada que ver con lo que está

haciendo el equipo de gobierno.

Manifiesta que cuando se contestan las alegaciones que se han

presentado, el Sr. Tesorero informa que se trata de una alegación

política por lo que debe ser contestada políticamente y en la

contestación que su grupo ha recibido se dice que, visto el expediente

administrativo y conforme a las instrucciones recibidas de la Concejal

Delegada de Hacienda, se desestiman las alegaciones presentadas

contra el tipo de gravamen señalado en la Ordenanza 7 Reguladora del

Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos y por ello su

grupo considera que el equipo de gobierno ni siquiera se ha molestado

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AYUNTAMIENTO DE

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en dar una explicación para desestimar esas alegaciones. A

continuación desea dejar claro que el equipo de gobierno, en muchas

ocasiones, dice a los grupos de la oposición que realicen todas las

preguntas en las comisiones informativas pero lo cierto es que cuando

preguntan y presentan alegaciones, reciben contestaciones de este tipo.

Sigue diciendo que le parece penoso que el equipo de gobierno

haya desestimado la alegación que su grupo presentó y que no haya

dado explicaciones para desestimarla porque los vecinos deberían

conocer los motivos por los que tienen que pagar lo mismo por el

impuesto de plusvalías cuando su vivienda vale un 30% menos y

añade que el único argumento que se ha dado es que es necesario que

el Ayuntamiento reciba los mismos ingresos.

Termina su intervención aclarando que quizá sea necesario

estudiar el Presupuesto para conocer los gastos que se pueden recortar

y los ingresos que se pueden obtener como, por ejemplo, controlando

más las concesiones administrativas y los cánones que se fijan, etc. y

considera que eso se debería hacer para no decir al vecino que su

vivienda vale un 30% pero este Ayuntamiento va a cobrarle lo mismo

por el impuesto sobre plusvalías porque necesita esos ingresos para su

funcionamiento y cree, si se le preguntara ese vecino, que quizá

preferiría que se reconsideraran otros gastos que se están realizando y

que salen de su bolsillo para que, cuando venda su vivienda, no pague

el mismo dinero cuando su vivienda ahora vale un 30% menos.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra.

Menéndez, indica al Grupo Municipal Socialista que el equipo de

gobierno no tiene la culpa de que en las alegaciones que ha presentado

se solicite incluir en la ordenanza fiscal una convocatoria anual para la

concesión de subvenciones públicas para la ayuda al pago de

impuestos porque, como todos saben, es inviable conceder

subvenciones para eso.

Sigue diciendo que no se puede conceder una subvención pero

sí una ayuda y recuerda que, hace dos meses y medio, el equipo de

gobierno del Partido Popular anunció que estaba trabajando para que

los Servicios Sociales puedan conceder ayudas para el pago del

impuesto de plusvalías a los majariegos que sufran una dación en pago

o un embargo, anuncio que se realizó mucho antes de que se

presentaran alegaciones por lo que los grupos de la oposición no

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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pueden ponerse esa bandera porque, reitera, ha sido el equipo de

gobierno el que lo ha dicho en primer lugar.

Aclara que no se baja el tipo del impuesto sobre bienes

inmuebles porque 2014 sea año preelectoral sino por responsabilidad

porque, como todos saben, este Ayuntamiento cuenta, desde hace dos

años, con un remanente positivo y el equipo de gobierno, en esos dos

años, ha congelado el importe del recibo para poder obtener un

resultado presupuestario que permitiera, holgadamente y sin ir en

contra de la Regla de Gasto, bajar el importe del recibo de dicho

impuesto a los vecinos.

Manifiesta a continuación al Grupo Municipal Izquierda

Unida-Los Verdes, que son los técnicos los que han informado que

ninguna de las alegaciones que dicho grupo ha presentado están dentro

de la ley que no permite la concesión de bonificaciones y tampoco de

subvenciones.

Sigue diciendo que la única propuesta que ha realizado dicho

grupo, y que podría estar dentro de la ley, es la referida al aumento de

los tipos diferenciados pero, como ha dicho en muchas ocasiones, esa

subida aumenta negativamente a las principales fuentes de empleo en

Majadahonda como es el comercio.

Sigue diciendo al Grupo Municipal Centrista que, desde el

punto de vista del equipo de gobierno, la propuesta que ha realizado

para obtener los 2 millones de euros de la empresa concesionaria del

mantenimiento de la ciudad o del servicio de alquiler de bicicletas es

“un canto al sol”.

Añade que es cierto que hay que cuadrar el Presupuesto del

Ayuntamiento y, si los ingresos bajan 3,5 millones de euros por la

bajada del impuesto sobre bienes inmuebles, es necesario rebajar esa

cantidad de dinero en los gastos y, aunque este Ayuntamiento tenga

dinero suficiente, no puede gastar lo que quiera sino solo lo que

permite la Regla de Gasto.

Aclara que la revisión catastral que provocó la importante

subida de los valores catastrales no fue realizada, a nivel nacional, por

el Gobierno del Partido Popular sino del Partido Socialista Obrero

Español.

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Termina su intervención diciendo que el único impuesto que

afecta a todos los majariegos es el impuesto sobre bienes inmuebles y

se ha bajado el 10% y además se absorbe el otro 10% que, por ley,

tocaba por la revisión catastral y añade que, en los informes sobre las

haciendas locales que elabora la Secretaría de Estado de

Administraciones Públicas, figura que Majadahonda, en este momento

y para 2014, tiene un esfuerzo fiscal del 1,72% cuando la media de la

Comunidad de Madrid es del 3,59% y además recuerda que la media

de la Comunidad de Madrid en esfuerzo fiscal es la más baja de toda

España.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular, ocho

(8) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales

Socialista, Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista y tres (3)

abstenciones correspondientes al Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, ACUERDA:

Primero.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra las

modificaciones a la Ordenanza Fiscal nº 2 correspondiente al Impuesto

de Bienes Inmuebles al considerar que no existen las rezones de

oportunidad recogidas en la misma.

Segundo.- DESESTIMAR las alegaciones presentadas contra el tipo

de gravamen señalado en la modificación el artículo 7 de la Ordenanza

Reguladora del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos

de Naturaleza Urbana.

Tercero.- INADMITIR el resto de las alegaciones y reclamaciones

presentadas por los motivos indicados en el informe-propouesta de

resolución del Técnico de Gestión Tributaria y del Tesorero

Municipal, de 15 de noviembre de 2013, anteriormente transcrito.

Cuarto.- APROBAR definitivamente las siguientes modificaciones a

las Ordenanzas Fiscales:

1º.-A la Ordenanza Fiscal nº 2, Impuesto sobre Bienes

Inmuebles:

D) El artículo 6, tipos de gravamen cuya nueva redacción será

la siguiente:

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AYUNTAMIENTO DE

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1. Si no se dan las circunstancias expuestas en la disposición

adicional segunda de la Ordenanza Fiscal nº 2, el tipo de

gravamen para los bienes inmuebles urbanos será: 0,44 por

ciento.

4. Sin perjuicio de lo dispuesto en la disposición adicional

segunda, se establece, para los bienes urbanos cuyos usos

conforme a la normativa catastral a continuación se señala, tipos

de gravamen diferenciados y aplicados a partir del umbral de

valor catastral que se indica:

a. Bienes uso “Comercial”, para un valor de 915.000 euros: 0,75

por ciento

b. Bienes uso “Industrial”, para un valor de 915.000 euros: 0,75

por ciento

c. Bienes uso “Oficinas”, para un valor de 915.000 euros: 0,75

por ciento

d. Bienes uso “Deportivo”, para un valor de 3.850.000 euros:

0,75 por ciento

e. Bienes usos no recogidos anteriormente, excepto “residencial”

para un valor de: 9.450.000 de euros: 0,75 por ciento”.

E) El párrafo primero del artículo 7. 1, cuya nueva redacción

será la siguiente:

“1. Si no se dan las circunstancias expuestas en la disposición

adicional segunda de la Ordenanza Fiscal nº 2,

Tendrán derecho a una bonificación del 90% en la cuota íntegra

del impuesto, los inmuebles que constituyan el objeto de la

actividad de las empresas de urbanización, construcción y

promoción inmobiliaria, tanto de obra nueva como de

rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de

su inmovilizado, siempre que así se solicite por los interesados

dentro del mes siguiente a la notificación de la concesión de la

licencia de obras”.

F) La tabla del apartado b) del artículo 7.4, cuya nueva

redacción será la siguiente

“Si no se dan las circunstancias expuestas en la disposición

adicional segunda de esta Ordenanza,

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AYUNTAMIENTO DE

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Hasta 300.000 €

de valor

catastral

A partir de

300.000 € hasta

600.000 € de

valor catastral

A partir de

600.000 € de

valor catastral

Hasta 6 hijos 45 por ciento 35 por ciento 15 por ciento

De 7 a 8 hijos 55 por ciento 40 por ciento 20 por ciento

Más de 8 hijos 85 por ciento 55 por ciento 25 por ciento

D) Añadir a la Ordenanza la siguiente Disposición adicional

segunda, cuyo contenido será:

“En el caso de que no se aprobase la solicitud formulada por el

Ayuntamiento de Majadahonda de aplicación a los valores

catastrales de los coeficientes previstos en el art.32.2 del texto

refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real

Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, antes de la entrada

en vigor de esta ordenanza la redacción de los apartados

siguientes de los artículos 6 y 7 de la ordenanza será, con el

objetivo de garantizar una aplicación racional de la normativa, la

siguiente:

Artículo 6.- Tipos de gravamen

1. Tipo de gravamen para los bienes inmuebles urbano: 0,40 por

ciento.

2. Tipo de gravamen para los bienes inmuebles rústico: 0,60 por

ciento.

3. Tipo de gravamen para los bienes Inmuebles de características

especiales: 0,64 por ciento.

4. Se establece, para los bienes urbanos cuyos usos conforme a

la normativa catastral a continuación se señala, tipos de

gravamen diferenciados y aplicados a partir del umbral de valor

catastral que se indica:

a. Bienes uso “Comercial”, para un valor de 1.250.000 euros:

0,75 por ciento.

b. Bienes uso “Industrial”, para un valor de 1.250.000 euros:

0,75 por ciento.

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d. Bienes uso “Oficinas”, para un valor de 1.250.000 euros: 0,75

por ciento.

e. Bienes uso “Deportes”, para un valor de 5.250.000 euros: 0,75

por ciento.

f. Bienes usos no recogidos anteriormente excepto

“residencial”, para un valor de 13.000.000 euros: 0,75 por

ciento.

5. En el caso de que los umbrales determinados en el apartado

anterior sobrepasaran el límite del 10 por ciento, este quedará

automáticamente fijado en aquel valor catastral que posea el

inmueble que marque el citado límite. Si compartieran este valor

catastral varios inmuebles de forma que el umbral quedara por

encima de este porcentaje, el valor catastral quedará fijado en el

valor inmediato superior”.

Artículo 7.- Bonificaciones

1. Tendrán derecho a una bonificación del 90% en la cuota

íntegra del impuesto, los inmuebles que constituyan el objeto de

la actividad de las empresas de urbanización, construcción y

promoción inmobiliaria, tanto de obra nueva como de

rehabilitación equiparable a ésta, y no figuren entre los bienes de

su inmovilizado, siempre que así se solicite por los interesados

dentro del mes siguiente a la notificación de la concesión de la

licencia de obras”.

El plazo de aplicación de esta bonificación comprenderá desde

el período impositivo siguiente a aquel en que se inicien las

obras hasta el posterior a la terminación de las mismas, siempre

que durante ese tiempo se realicen obras de urbanización o

construcción efectiva, y sin que, en ningún caso, pueda exceder

de tres períodos impositivos.

4. a. Tendrán derecho a una bonificación en la cuota íntegra del

impuesto por familia numerosa, los sujetos pasivos que cumplan

todos y cada uno de los siguientes requisitos:

i.- Ser titular catastral de una vivienda y formar parte de la

unidad familiar en la fecha de devengo del impuesto.

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MAJADAHONDA

(MADRID)

ii.- Que todos los miembros de dicha unidad familiar

figuren empadronados en la vivienda objeto de bonificación en

momento del devengo.

iii.- Que la bonificación sea solicitada, aportando el Título

de Familia Numerosa expedido por la Comunidad Autónoma,

antes del 31 de marzo del ejercicio en el que se va a aplicar. De

presentarse en fecha posterior, no tendrá efectos hasta el

ejercicio siguiente.

b. La bonificación sobre la cuota íntegra se aplicará en

función del número de hijos y del valor catastral, según la

siguiente tabla:

c. Concedida la bonificación, se aplicará en años sucesivos

sin necesidad de nueva solicitud hasta el ejercicio en el cual

caduca el título de familia numerosa aportado. No obstante, el

beneficiario deberá poner en conocimiento del Ayuntamiento el

incumplimiento de los requisitos citados en el apartado 4.a de

este artículo y conllevará la pérdida del derecho a la

bonificación. En todo caso, llegada la fecha de caducidad del

título, la bonificación finaliza.

d. Cuando se renueve el título de familia numerosa, se

deberá volver a solicitar la bonificación, aportando el mismo con

sus nuevas fechas de expedición y caducidad, en las mismas

condiciones, requisitos y plazos citadas en este artículo.”

2º.- A la Ordenanza fiscal nº 4, del Impuesto sobre el

Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana,:

Hasta 420.000

euros de valor

catastral

Desde 420.001

hasta 840.000

euros de valor

catastral

A partir de

840.001 euros

de valor

catastral

Hasta 6 hijos 45 por ciento 35 por ciento 15 por ciento

De 7 a 8 hijos 55 por ciento 40 por ciento 20 por ciento

9 y más hijos 85 por ciento 55 por ciento 25 por ciento

Page 73: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

73

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

B) Sin perjuicio de lo establecido en la disposición

adicional segunda, se establece la siguiente redacción del

artículo 7 (Tipo de gravamen y cuota):

“La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la base

imponible o en su caso, bases imponibles, el tipo de gravamen

del 24,65 por ciento”.

B) Añadir a la Ordenanza la siguiente Disposición

adicional segunda cuya redacción será el siguiente:

En el caso de que no se aprobase la solicitud formulada por el

Ayuntamiento de Majadahonda de aplicación a los valores

catastrales de los coeficientes previstos en el art. 32.2 del texto

refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real

Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, antes de la entrada

en vigor de esta ordenanza la redacción del apartados siguientes

del artículo 7 de la ordenanza será, con el objetivo de garantizar

una aplicación racional de la normativa, la siguiente:

“La cuota de este impuesto será el resultado de aplicar a la base

imponible o en su caso, bases imponibles, el tipo de gravamen

del 18,00 por ciento”.

Quinto.- PUBLICAR este acuerdo en el Boletín Oficial de la

Comunidad de Madrid con indicación de que su entrada en vigor se

producirá en día 1 de enero de 2014.

Sexto.- FACULTAR al Alcalde para la firma de cuantos documentos

sean necesarios para la ejecución del presente acuerdo.

5.(200/13) APROBACIÓN INICIAL del expediente de

Modificación de Créditos 032/13/ES/05 de 2013, por

suplemento de crédito en el programa

presupuestario Parques y Jardines (3.1.3)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

Page 74: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

74

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

A) ESCRITO del Concejal Delegado de Medio Ambiente,

Jardines y Limpieza, de 11 de noviembre de 2013, cuyo texto

es el siguiente:

“Los parques, en el momento en que son creados, dan respuesta

a las exigencias de un determinado número de población

existente en aquel entonces, siendo evidente que en el momento

actual ni las exigencias ni la población son las mismas y por

tanto se debe proceder a una actualización.

Las actuaciones que se van a llevar a cabo con la

contratación de las obras del nuevo Parque de Colón, siguen las

pautas de concepción de parques y zonas de ocio que se aplican

hoy en día en Europa, en las que se indica como argumento

principal la implantación de nuevos diseños de dichas áreas en

periodos de tiempo no superiores a 10 años, para adaptarse a la

evolución de los cambios sufridos en los potenciales usuarios.

Con las obras del nuevo Parque de Colón ya fue

declarada de interés social en el pasado mes de enero de 2013,

en cuyo momento la cuantía estimada para el desarrollo de las

necesidades y demandas detectadas ascendía a la cantidad de

552.365 €, si bien hasta la decisión definitiva de la redacción

del proyecto finalmente aprobado, fueron surgiendo nuevas

necesidades y soluciones técnicas a resolver, que se resumen en

los siguientes párrafos, fruto de lo cual el presupuesto final de

la actuación se ha incrementado hasta la cantidad señalada más

adelante.

A tenor de lo anterior, y de acuerdo con las directrices

marcadas, se ha procedido por el Servicio de Medio Ambiente,

Jardines y Limpieza, a la contratación del correspondiente

proyecto técnico de ejecución de las obras. Dicho proyecto,

cumple en todo con lo establecido en el Plan General de

Ordenación Urbana de Majadahonda, así como con la

normativa técnica aplicable al respecto.

Las obras se ajustarán a lo indicado en el proyecto

“NUEVO PARQUE DE COLÓN” redactado por el técnico

Dña. Elena Escudero López, Arquitecta, colegiada nº 14.045

COAM.

Page 75: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

75

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Las obras comprenden la zona situada entre la calle Gran

Vía, calle Francisco Umbral, Avenida de España y calle Santa

Bárbara.

La solución propuesta contempla:

- Nuevas plazas de estancia conectadas con el viario

peatonal de la Gran Vía.

- Nueva ubicación de la zona canina que favorezca la

vigilancia natural que puedan realizar los dueños.

- Nueva zona infantil desde 0 a 12 años.

- Nueva zona deportiva conectada con la zona de juegos.

- Nueva zona de ejercicio físico que permita la conexión

con el carril bici y la realización de circuitos por los

caminos interiores del parque.

- Nueva zona de ejercicios biosaludables para mayores.

- Nueva conexión de las plazas peatonales y zona infantil

con el local de restauración.

- Nuevo diseño general que mejore la accesibilidad a

personas con discapacidad.

- Nueva apertura de ejes visuales que permitan mejorar la

vigilancia natural entre distintas áreas y a la vez

favorecer el contacto entre las viviendas situadas en el

perímetro y las áreas inferiores del parque.

La duración prevista en proyecto para las obras es de

cinco meses.

El presupuesto detallado para las obras, y según figura en

el capítulo de mediciones y presupuesto correspondiente al

proyecto, queda detallado de la siguiente forma:

Presupuesto de Ejecución Material: 589.991,87 €

Gastos Generales (13%) 76.698,94 €

Beneficio Industrial (6%): 35.399,51 €

Presupuesto Ejecución contrata sin IVA 702.090,32 €

IVA (21%): 147.438,97 €

Presupuest de Ejec. Contr. (IVA incluido): 849.529,29 €

Page 76: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

76

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En el ejercicio 2013 no hay crédito para esta actuación y

se debe considerar la habilitación de créditos como

indemorable ya que en caso de que hubiese que esperar a

habilitar créditos en el ejercicio 2014, lo cual no se produciría

nunca antes del mes de marzo, el desarrollo de las obras,

debido a su plazo de ejecución, interferiría con el normal

desarrollo de las fiestas municipales y además se podría ver

comprometida la implantación de elementos vegetales previstas

en el proyecto. Por todo lo anterior se hace necesario poder

realizar la contratación en los primeros meses del año que viene

y es por lo que se SOLICITA:

Realizar una modificación de créditos por suplementos por

importe de 849.529,29 €.”

B) PROVIDENCIA del Alcalde-Presidente, de 14 de noviembre

de 2013, cuyo texto es el siguiente:

“Vista la solicitud del Concejal Delegado de Medio Ambiente,

Jardines y Limpieza y considerando que los créditos

presupuestarios para recoger dicha actuación no son suficientes

en 2013, esta Alcaldía insta a que se impulse el expediente de

modificación de créditos preceptivo, al considerar indemorable

la tramitación de los expedientes administrativos que han de

conducir a la contratación de las obras de ejecución del Nuevo

Parque de Colón.”

C) INFORME del Jefe de Fiscalización Previa y del Sr.

Interventor, de 18 de noviembre de 2013, cuyo texto es el

siguiente:

“Se ha recibido en esta Intervención la solicitud de

modificación de créditos por suplemento, para habilitar el

necesario al objeto de proceder a la licitación de las obras del

Nuevo Parque de Colón.

En la misma consta que dicha actuación fue declarada de

interés social en el pasado mes de enero de 2013, en cuyo

momento la cuantía estimada para el desarrollo de las

Page 77: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

77

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

necesidades y demandas detectadas ascendía a la cantidad de

552.365 €, si bien hasta la decisión definitiva de la redacción

del proyecto finalmente aprobado, han surgido nuevas

necesidades incrementado hasta la cantidad solicitada.

El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y

Limpieza informa que en el ejercicio 2013 no hay crédito para

esta actuación y que se considera la habilitación de créditos

como indemorable, pues de acometer la modificación

presupuestaria en el ejercicio 2014, con motivo de los plazos

administrativos, la ejecución de las obras interferiría el normal

desarrollo de las fiestas municipales y se podría ver

comprometida la implantación de elementos vegetales previstas

en el proyecto. Por tanto, se habilitarían los créditos en 2013 y

se incorporarían los remanentes conforme a la normativa de

aplicación.

La financiación de la modificación de créditos provendrá

de recursos pendientes de afectar de enajenaciones de solares,

que conforman desviaciones de financiación positivas de

ingresos afectados, y que se encuentran en los Remanentes de

tesorería de años anteriores.

Estos recursos se encuentran pendientes de afectar al

haber desistido en todo o en parte de algunos proyectos, bien

por ser actuaciones que ya no se van a ejecutar, o por el exceso

de dotación una vez adjudicados los contratos, con el

consiguiente ahorro de las bajas de licitación.

La modificación de créditos a realizar sería la siguiente:

Tipo

modificació

n

Título Financiación Anualidad

2014

Aplicación

presupuestaria

Proyecto

de gasto

Suplemento Nuevo Parque de Colón Parcela 849.529,29 007-1710-

60900

2013-2-

INVPJ-001

1.- Normativa aplicable

Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas

Locales (TRLHL), aprobado por RD 2/2004 de 5 de

marzo, art. 182.

Page 78: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

78

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se

desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la

LHL en materia de presupuestos (RDP).

Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad

de Madrid.

Bases de Ejecución del Presupuesto General 2013.

Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General

Presupuestaria (LGP).

Las Bases de ejecución del Presupuesto para 2013 dicen

sobre las modificaciones de crédito:

BASE 7. Créditos extraordinarios y suplementos de

crédito.

1.- De acuerdo con el artículo 35 del Real Decreto

500/1990, son aquellas modificaciones del Estado de Gastos

del Presupuesto que tienen como finalidad la asignación de

crédito para la realización de gastos específicos y

determinados, no previstos inicialmente en el Presupuesto y

que, por razones de urgencia, emergencia o cualquier otra de

interés general apreciada por el Sr. Alcalde, o autoridad en

quien delegue, no puedan demorarse a otro ejercicio

económico.

Se denominará “crédito extraordinario” la

modificación que requiera la creación de una nueva partida

presupuestaria, o “suplemento de crédito”, cuando aún

existiendo aplicación presupuestaria para la imputación de

dichos gastos, el crédito consignado resulte insuficiente y no

susceptible de ampliación.

2.- Los créditos extraordinarios y los suplementos de

crédito podrán ser financiados, indistintamente, por los

siguientes recursos:

• Remanente líquido de tesorería positivo del ejercicio

anterior.

• Nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados

en el ejercicio.

• Anulaciones o Bajas de los créditos de otras

aplicaciones presupuestarias.

• Los recursos procedentes de operaciones de crédito,

siempre que financien gastos de inversión.

• Excepcionalmente se podrán financiar gastos corrientes

con operaciones de crédito, siempre que el expediente

se ajuste a los requisitos y limitaciones establecidas en

el apartado 5º del artículo 177 del Texto Refundido de

la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Page 79: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

79

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

3.- La aprobación le corresponderá al Pleno Municipal

y se tramitará mediante el oportuno expediente, incoado por

orden del Sr. Alcalde o autoridad en quien delegue que, en

todo caso, contendrá una memoria suscrita por dicho órgano

justificativa de la necesidad de la referida modificación, del

carácter específico y determinado de los gastos a realizar y la

imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores; el

referido expediente se sustanciará con la acreditación de lo

siguiente:

• Estadillo presupuestario en el que constarán las

aplicaciones presupuestarias de gastos que sufrirán

modificación y en su caso las aplicaciones

presupuestarias de gastos que se anulan o dan de baja

y los ingresos y su justificación.

• Informe del Interventor.

• Dictamen de la Comisión informativa de Economía y

Hacienda.

• Acuerdo de aprobación inicial por el Pleno Municipal

que, de no mediar reclamaciones, se convertirá en

aprobación definitiva.

• Publicación inicial en el BOCM.

• Acuerdo de aprobación definitiva del Pleno Municipal,

si fuese necesario.

Publicación definitiva en el BOCM.

2.- Financiación de la modificación de crédito.

La financiación necesaria se obtiene de las desviaciones

de financiación positivas de ejercicios anteriores, que se

encuentran en el SICAL en el siguiente proyecto de gasto por el

total de recursos disponibles siguientes:

Proyecto Denominación Gastos

Previstos

Ingresos

Previstos

2006-8-60001-1 Enajenación solares 0,00 34.987.522,14

2008-8-61002-1 ENAJENACIÓN VIVIENDAS VPO LA SACEDILLA 0,00 12.486,15

El artículo 176 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo

de la Comunidad de Madrid (en adelante LSCM), dispone

sobre el destino de los bienes integrantes de los patrimonios

públicos de suelo lo siguiente:

“Los bienes integrantes de los patrimonios públicos de suelo, una

vez incorporados al proceso urbanizador o edificatorio, se

destinarán, de conformidad con las técnicas y los procedimientos

establecidos en la presente Ley, a cualquiera de los siguientes fines:

Page 80: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

a) Construcción, rehabilitación o mejora de viviendas sujetas a

algún régimen de protección pública o de integración social, en el

marco de las políticas o programas establecidos por las

Administraciones públicas.

b) Conservación o mejora del medio ambiente, o la protección del

patrimonio histórico-artístico.

c) Actuaciones públicas para la obtención de terrenos y

ejecución, en su caso, de las redes de infraestructuras, equipamientos

y servicios públicos.

d) Actuaciones declaradas de interés social.

e) Conservación y ampliación de los patrimonios públicos de

suelo.

f) A la propia gestión urbanística, con cualquiera de las

siguientes finalidades:

1º Incidir en el mercado inmobiliario, preparando y enajenando

suelo edificable.

2º Pagar en especie, mediante permuta, suelo destinado a redes

públicas.”

3º Compensar, cuando proceda, a quienes resulten con defecto de

aprovechamiento, como consecuencia de operaciones de

equidistribución, o de la imposición de limitaciones singulares.”

A la vista de la actuación propuesta, esta Intervención

considera ajustada su financiación con recursos del

Patrimonio municipal del suelo, al considerar integrada la

misma en el supuesto 176.c) de la LSCM.

3.- Órgano competente:

El órgano competente para la aprobación de los

suplementos de crédito es el Pleno de la Corporación,

necesitando dictamen de la Comisión informativa.

4.- Conclusión

A la vista de lo anteriormente expuesto, la propuesta de

resolución que podría realizarse al Pleno de la Corporación,

sería la siguiente:

1) Aprobar el suplemento de crédito siguiente en el

Presupuesto de 2013:

Aplicación

presupuestaria Programa Económica Importe

Proyecto de

gasto

007-1710-

60900 PARQUES Y JARDINES

INVERSIÓN NUEVA

INFRAESTRUCTURAS Y BIENES

USO GENERAL

849.529,29 2013-2-

INVPJ-001

Page 81: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

81

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

2) Financiar la modificación de créditos anterior con las

desviaciones positivas de los siguientes proyectos y en las

siguientes cuantías, incrementando en dicha cuantía las

previsiones de la partida 87010 Remanente de tesorería

para gastos con financiación afectada.

Proyecto Denominación Ingresos Previstos

2006-8-60001-1 ENAJENACIÓN SOLARES 837.043,14

2008-8-61002-1 ENAJENACIÓN VIVIENDAS VPO LA SACEDILLA 12.486,15

TOTAL FINANCIACIÓN 849.529,29

3) Una vez aprobado inicialmente el expediente por el Pleno

de la Corporación, exponer al público el acuerdo, de tal

manera que se considerará definitivamente aprobado si,

durante el período de exposición, no se reciben

reclamaciones al mismo.”

D) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Concejal Delegada

de Economía y Hacienda, de 18 de noviembre de 2013,

constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos

Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad

y Movilidad Urbana para que pase el expediente a resolución por

el órgano competente, cuyo texto es el siguiente:

“Vista la providencia del Alcalde Presidente de 14 de

noviembre de 2013 que consta en el expediente, la moción del

Concejal delegado de Urbanismo de 11 de noviembre de 2013 y

el informe de la Intervención municipal de 18 de noviembre de

2013, se propone al Pleno de la Corporación:

1) Aprobar el suplemento de crédito siguiente en el

Presupuesto de 2013:

Aplicación presupuestaria

Programa Económica Importe Proyecto de gasto

007-1710-60900 PARQUES Y JARDINES

INVERSIÓN NUEVA

INFRAESTRUCTURAS Y

BIENES USO GENERAL

849.529,2

9

2013-2-

INVPJ-001

2) Financiar la modificación de créditos anterior con las

desviaciones positivas de los siguientes proyectos y en las

Page 82: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

82

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

siguientes cuantías, incrementando en dicha cuantía las

previsiones de la partida 87010 Remanente de tesorería

para gastos con financiación afectada.

Proyecto Denominación Ingresos Previstos

2006-8-60001-1 ENAJENACIÓN SOLARES 837.043,14

2008-8-61002-1 ENAJENACIÓN VIVIENDAS VPO LA SACEDILLA 12.486,15

TOTAL FINANCIACIÓN 849.529,29

3) Que el acuerdo inicial sea expuesto al público, previo

anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los cuales los

interesados podrán examinarlos y presentar

reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará

definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se

hubiesen presentado reclamaciones.”

C) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, favorable.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra.

Menéndez, indica que en esta sesión plenaria se han incluido varios

expedientes de modificaciones de crédito para reservar crédito y

realizar, en un momento determinado, unos pagos, en el caso de este

punto del orden del día, para la obra del Parque de Colón.

Termina su intervención aclarando que esa retención de

créditos se iba a realizar al año que viene pero se tiene que realizar en

2013 porque las obras van a comenzar a realizarse en el mes de

diciembre para que puedan estar acabadas antes de las fiestas.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que, como ha dicho la Concejal Delegada de Hacienda,

se propone la aprobación de una modificación de créditos para

incrementar la partida presupuestaria destinada a las obras de reforma

del Parque de Colón en unos 300.000 euros (el precio total de la obra

es de 800.000 euros aproximadamente).

Page 83: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que su grupo considera necesario explicar a los

vecinos que este Ayuntamiento, hace unos meses, aprobó remodelar el

Parque de Colón e incluso todos los grupos convinieron que era

importante realizar esas obras porque tenían un carácter social y para

ello se aprobó un presupuesto de 500.000 euros aproximadamente.

Aclara que ya se ha realizado la correspondiente adjudicación y, unos

meses más tarde, esa cantidad se ha incrementado hasta 800.000 euros

(300.000 euros aproximadamente de diferencia) por lo que ese

proyecto ha dejado de costar 500.000 euros y va a costar 800.000

euros y el equipo de gobierno, para acreditar ese incremento, adjunta

solamente un documento justificativo firmado por el Concejal de

Medio Ambiente en el que se dice que lo que hay que hacer son

nuevas necesidades con son las nuevas plazas de estancia conectadas

con el viario peatonal de la Gran Vía, la nueva apertura de ejes

visuales (su grupo no sabe lo que es), etc.

Manifiesta que este expediente refleja el verdadero talante del

Partido Popular y es la falta de transparencia y la ocultación de la

verdad y añade que su grupo no entiende por qué es necesario

incrementar el presupuesto de las obras del Parque de Colón pero, si

fuera realmente necesario por la existencia de nuevas necesidades, el

equipo de gobierno debería presentar el expediente incluyendo un

informe en el que se expliquen, técnicamente y con claridad, esas

necesidades y, si no se hace así, a su grupo le quedan dudas y

considera que la opacidad induce a la desconfianza.

A continuación reitera su petición de que se justifique,

técnicamente, por qué es necesario realizar cosas nuevas después de

haber presupuestado 500.000 euros y entiende que el equipo de

gobierno debe informar a los vecinos de por qué las obras de

reparación del Parque van a costar más de 800.000 euros y no los

500.000 euros previstos inicialmente. Añade que su grupo espera esa

información y el informe técnico al que ha aludido anteriormente y,

mientras tanto, va a oponerse a ese incremento porque no ve razones

objetivas para ello.

Termina su intervención indicando que su grupo va a seguir

este asunto muy de cerca porque no le gusta.

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Pleno ordinario 27-11-2013

84

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que su grupo no estuvo de acuerdo

con la declaración de interés social de la inversión a realizar en el

Parque de Colón por creer que no es necesario destruirlo para volverlo

a construir y considera que si, durante 20 años, se hubiera realizado

un buen mantenimiento, no necesario necesario gastar ahora lo que en

principio eran 552.000 euros y que han pasado a ser 849.000 euros.

Sigue diciendo que el antiguo Concejal de Medio Ambiente

indicó a su grupo que se van a seguir las pautas de concepción de

parques y zonas de ocio que se aplican, en estos momentos, en Europa

en las que se indica, como argumento principal, la implantación de

nuevos diseños en dichas áreas en periodos de tiempo no superiores a

10 años lo que parece significar que los parques hay que hacerlos

nuevos cada 10 años por lo que considera que, de esa forma,

Majadahonda no va a tener nunca nada emblemático.

Aclara que en el expediente se dice que con las obras que se

van a realizar en el Parque de Colón se va a hacer frente a la demanda

vecinal de la zona pero desea dejar claro que ella acude todos los días,

dos veces, a ese parque y habla con muchos vecinos que también están

allí y no conoce a nadie al que se le haya preguntado sobre este asunto

y tampoco a nadie que haya demandado esas obras por lo que

considera que esa demanda vecinal no existe y quizá, si este

Ayuntamiento hubiera contado con un Reglamento de Participación

Ciudadana, estas obras hubieran sido una buena oportunidad para que

los vecinos hubieran intervenido en el rediseñado del parque y

hubieran planteado sus necesidades.

Continúa diciendo que su grupo cree que todo lo que se dice

que se va a hacer nuevo es todo lo que conlleva la remodelación de

este Parque por lo que considera que no hay nada nuevo y además, si

lo hubiera, a su grupo no se les ha explicado.

Termina su intervención aclarando que su grupo no conoce el

proyecto inicial y solo conoce el final y adelanta que está totalmente

en contra de ampliar el crédito para estas obras.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, da lectura a la Moción del Concejal Delegado de Medio

Ambiente incluida en este expediente en la que se dice que los

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Pleno ordinario 27-11-2013

85

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

parques, en el momento en que son creados, dan respuesta a las

exigencias de un determinado número de población existente en aquel

entonces, siendo evidente que, en el momento actual, ni las exigencias

de la población ni la población son las mismas y por tanto se debe

proceder a una actualización. Aclara que esa justificación sirve para

todo porque, por ejemplo, este municipio cuenta con una Casa de la

Cultura que fue construida hace 30 años y pregunta si en este caso no

se ha producido también un aumento de población y nuevas demandas

porque parece que el equipo de gobierno considera que no es necesario

remodelarla.

Sigue diciendo que contamos con un solo Centro Juvenil que

también fue construido hace muchos años y además tiene grietas y

humedades pero parece que el equipo de gobierno tampoco considera

necesario actualizarlo quizá porque considera que no ha aumentado la

demanda en este caso.

Añade que para su grupo son curiosas las prioridades del

equipo de gobierno porque no ha podido ver que una de las muchas

modificaciones de créditos que se han presentado se dediquen a gasto

social, educativo o cultural por lo que está claro que las prioridades

del equipo de gobierno son los parques, la ornamentación, las flores de

temporada, etc., aspectos visuales y exteriores de esta ciudad que el

equipo de gobierno pretende vender con el modelo de ciudad

“Majadahonda Excelente” y al equipo de gobierno, para conseguirlo,

no le importa gastar 850.000 euros aproximadamente en remodelar un

parque.

A continuación aclara que ese gasto, desde el punto de vista de

su grupo, es indecente y lo es más en el momento en que vivimos por

los índices de desempleo que tenemos y la precariedad en que se

encuentran las familias y, a pesar de ello, el equipo de gobierno va a

gastar 850.000 euros en esa remodelación aunque los ciudadanos

vayan perdiendo sus viviendas y no tengan para comer pero sí van a

tener unos estupendos parques en los que poder sentarse y “comerse el

césped inglés”.

Termina su intervención diciendo que su grupo no entiende

este tipo de gastos que, desde su punto de vista, están fuera de

cualquier lógica y no sabe si lo que el equipo de gobierno pretende es

seguir generando inversiones para que los de siempre, los que en la

dictadura argentina llamaban “nuestra patria contratista” (grandes

Page 86: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

86

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

empresas que siempre hacen negocio de lo público), sigan teniendo

negocio y apuesta, porque está convencido, de que el adjudicatario de

la remodelación de este parque será alguna de las grandes empresas

que salen en todas las donaciones.

El Sr. Presidente pregunta si el Portavoz de Izquierda Unida-

Los Verdes se está refiriendo a las donaciones al sindicato UGT o a las

de Izquierda Unida. Añade que es necesario medir las palabras y pide

a dicho Portavoz que si tiene una acusación concreta sobre donaciones

relacionadas con adjudicaciones que hayan sido realizadas por este

Ayuntamiento, debe denunciarlo en el Juzgado y pide que no vierta, de

forma injustificada, un manto de sospecha porque cree que esa forma

de actuar no es democrática y realmente es una calumnia.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica, al Grupo Unión Progreso y Democracia, que Majadahonda sí

tiene una obra emblemática y es el parking de la Plaza de la

Constitución y es tan emblemático que fue construido hace tres años y

todavía no ha empezado a funcionar.

A continuación da lectura a un párrafo de un documento

contenido en este expediente en el que se dice que la obra del nuevo

Parque de Colón ya fue declarada de interés social en el pasado mes de

enero de 2013 en cuyo momento la cuantía estimada para el desarrollo

de las necesidades y demandas detectadas ascendía a la cantidad de

552.365 euros si bien, hasta la decisión definitiva de la redacción del

proyecto finalmente aprobado, fueron surgiendo nuevas necesidades y

soluciones técnicas a resolver que se resumen en los siguientes

párrafos fruto de lo cual, el Presupuesto final de la actuación se ha

incrementado hasta la cantidad señalada más adelante y por ello

pregunta, si en el año 2013 se consignaron 552.365 euros para la

actuación del Parque de Colón, por qué ahora se hace una

modificación de 800.000 euros aproximadamente cuando solo

faltarían 300.000 euros y la modificación de créditos debería

tramitarse únicamente por esos 300.000 euros.

Sigue diciendo que el problema de los expedientes de este tipo

de modificaciones de crédito es que nunca se incorporan los

antecedentes y tampoco el expediente que da lugar a esa modificación.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que su grupo está de acuerdo con las manifestaciones

que ha realizado el Portavoz del Grupo Izquierda Unida-Los Verdes en

el sentido de que se habla de 800.000 euros como si fueran 1 millón de

las antiguas pesetas pero realmente son casi 150 millones de pesetas y

cree que los vecinos dudarán de si es necesario destinar todo ese

dinero al arreglo del Parque de Colón cuando se les está pidiendo que,

para cuadrar el Presupuesto, paguen, por el impuesto de plusvalías la

misma cantidad a pesar de que la vivienda que venden vale mucho

menos dinero. Añade que su grupo está convencido de que, si se

preguntara por este asunto, los vecinos dirían que se arreglara el

parque un poco menos porque no está tan mal y no verían conveniente

destinar para ello 150 millones de pesetas y menos en la situación

actual de crisis económica en la que nos encontramos.

Termina su intervención indicando que su grupo se va a

abstener en esta votación y en las demás aprobaciones iniciales de

modificaciones de crédito que se proponen en esta sesión a excepción

de una en la que va a votar en contra y se va a abstener porque se va a

abrir un periodo de exposición pública en el que se podrán presentar

alegaciones y espera conocer las que presenten los vecinos aunque

desea dejar claro que su grupo no está de acuerdo con el incremento de

créditos que se propone para la remodelación de un parque y

presentará las alegaciones que estime convenientes.

A continuación el Sr. Presidente aclara que va a conceder el

uso de la palabra al Concejal Delegado de Medio Ambiente para que

aclare las cuestiones técnicas que se han planteado durante este debate

y a continuación cerrará este debate la Concejal Delegada de

Economía y Hacienda.

El Concejal que en el momento en que comenzó la tramitación

de este expediente tenía delegada el área de Medio Ambiente, Sr.

García González, indica que se presentó en la Comisión Informativa

de Urbanismo, hace dos meses, la contratación de un proyecto para el

Parque de Colón en el que se detalla perfectamente todo lo que se va a

hacer y el presupuesto de ejecución material que se propone con

arreglo a lo que se define en ese proyecto y solo entiende que los

grupos de la oposición se sorprendan ahora porque no hayan visto ese

proyecto y hayan votado en contra de su aprobación o se hayan

abstenido sin verlo lo que, desde su punto de vista, es poco

Page 88: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

responsable y dice esto porque en ese proyecto está totalmente

detallado el coste de esas obras.

Sigue diciendo que, a principio de año, se hizo una dotación

presupuestaria para la realización de las obras en los diferentes

parques de la ciudad pero se hace una previsión de lo que se cree que

pueden costar y es evidente que no se puede conocer exactamente su

coste real hasta que no se realiza la contratación del proyecto.

Aclara que, en el proyecto de remodelación del Parque de

Colón, se han producido una serie de modificaciones como la

redefinición completa del vallado de la Casa de la Cultura que se va a

hacer para incorporar a ese parque una gran parte de la zona verde de

la Casa de la Cultura, Añade que el cambio de ese vallado tiene un

importante coste y además se va a hacer una importante inversión en la

dotación de juegos infantiles para un área infantil bastante grande lo

que se hace precisamente porque el Parque de Colón es un parque

emblemático de este municipio.

El Sr. Presidente pide al Sr. García que acabe su intervención

porque lo más relevante en estos momentos no es que las obras

costaran inicialmente 500.000 euros y ahora van a costar 300.000

euros más sino que el proyecto, desde el principio, preveía un coste de

800.000 euros aproximadamente y eso puede ser fácilmente

comprobado.

Sigue diciendo que el Viceportavoz del Grupo Municipal

Socialista dijo anteriormente que las obras ya habían sido adjudicadas

cuando no es cierto y no ha rectificado esas manifestaciones.

Termina su intervención aclarando que lo que ha ocurrido es

que, a principios de año, se realizó una previsión de gastos de 500.000

euros y, cuando se ha elaborado el proyecto se ha visto que era

necesario dotar esa partida con más dinero pero la realidad es que el

proyecto de obras no ha cambiado y reitera que se pueden realizar

todas esas comprobaciones.

El Concejal que en el momento en que comenzó la tramitación

de este expediente tenía delegada el área de Medio Ambiente, Sr.

García González, indica que en la previsión bianual que se realizó en

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

dicha área, se consignaron 800.000 euros en el Presupuesto para 2014

y, por una recomendación del Servicio de Intervención para contratar

esas obras antes del mes de abril de 2014 (mes en el que se podría

disponer de ese dinero por la incorporación de remanentes), es por lo

que se tramita esta modificación de créditos para poder disponer de

ese dinero este año 2013.

El Sr. Presidente indica que se ha consumido el tiempo

dedicado al debate de este punto del orden del día y lamenta que la

Concejal Delegada de Hacienda no pueda cerrar este debate y a

continuación manifiesta su deseo de dejar claro que los impuestos

corrientes que pagan los vecinos (plusvalías, bienes inmuebles, etc.)

no financian las inversiones y que éstas deben ser financiadas con su

patrimonio o con los impuestos que, por ejemplo, pagan los

constructores por las obras que realizan.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular,

nueve (9) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales

Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los

Verdes y dos (2) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal

Centrista, ACUERDA:

PRIMERO.- Aprobar el suplemento de crédito siguiente en el

Presupuesto de 2013:

Aplicación presupuestaria

Programa Económica Importe Proyecto de gasto

007-1710-60900 PARQUES Y JARDINES

INVERSIÓN NUEVA

INFRAESTRUCTURAS Y

BIENES USO GENERAL

849.529,29 2013-2-

INVPJ-001

SEGUNDO.- Financiar la modificación de créditos anterior con las

desviaciones positivas de los siguientes proyectos y en las siguientes

cuantías, incrementando en dicha cuantía las previsiones de la partida

87010 Remanente de tesorería para gastos con financiación afectada.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Proyecto Denominación Ingresos Previstos

2006-8-60001-1 ENAJENACIÓN SOLARES 837.043,14

2008-8-61002-1 ENAJENACIÓN VIVIENDAS VPO LA SACEDILLA 12.486,15

TOTAL FINANCIACIÓN 849.529,29

TERCERO.- Que el acuerdo inicial sea expuesto al público, previo

anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los cuales los interesados

podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El

expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el

citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

6.(201/13) APROBACIÓN INICIAL del expediente de

Modificación de Créditos 33/13/ES/06 de 2013, por

crédito extraordinario en el programa

Administración General de Vivienda y Urbanismo

destinado a la suscripción de acciones por

ampliación de capital de PAMMASA (3.1.3)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) ESCRITO del Presidente del Consejo de Administración de

PAMMASA, de 14 de noviembre de 2013, cuyo texto es el

siguiente:

“La parcela RO-6 titularidad del IVIMA tiene un precio

estimado de 4.037.859,45 € y a este precio hay que sumarle los

impuestos y gastos necesarios para llevar a cabo la operación

que se estiman en 848.750,49 €con lo que la operación

ascendería a una cuantía total de 4.886.609,93 €.

Por razones de ajuste y redondeo al nominal de las

acciones de PAMMASA, la aportación dineraria proyectada

quedaría fijada en Cuatro millones ochocientas ochenta y seis

mil seiscientos cuarenta y dos euros con cuarenta y cinco

céntimos (4.886.642,45 €).

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La aportación va a ser realizada por el Ayuntamiento de

Majadahonda, conforme a los artículos 5º y 7º de los Estatutos,

y se pretende:

Emitir 81.295 nuevas acciones de 60,11 euros de valor

nominal cada una, numeradas correlativamente del 126.791 al

208.086, ambos inclusive, y nominativas, constituyendo una sola

clase y serie.

La operación por tanto consistiría en:

1º.- Aprobar la ampliación de capital de la Sociedad

Municipal Patrimonio Municipal de Majadahonda, S.A. por un

importe de cuatro millones ochocientas ochenta y seis mil

seiscientos cuarenta y dos euros con cuarenta y cinco céntimos

(4.886.642,45 €) emitiendo 81.295 nuevas acciones de 60,11

euros de valor nominal cada una, numeradas correlativamente

del 126.791al 208.086, ambos inclusive, y nominativas,

constituyendo una sola clase y serie. El órgano competente para

aprobar definitivamente dicha ampliación es la Junta General

de Accionistas de PAMMASA.

2º.- En consecuencia, y una vez aprobada esta ampliación se

deberán modificar los Estatutos de PAMMASA. En

consecuencia, quedaría redactado el artº 5º de los Estatutos de

Patrimonio Municipal de Majadahonda, S.A. de la siguiente

manera:

“Artículo 5º.- CAPITAL SOCIAL.

El capital social se fija en la cantidad de doce millones quinientos

ocho mil cuarenta y nueve euros con cuarenta y seis céntimos de euro

(12.508.049,46 €), estando representado por doscientas ocho mil ochenta y

seis acciones de sesenta euros con once céntimos de euros (60,11 €) de

valor nominal cada una, numeradas correlativamente del 1 al 208.086 ambos

inclusive, y nominativas, constituyendo una sola clase y serie.

El referido capital social está íntegramente suscrito, y desembolsado

por el Excmo. Ayuntamiento de Majadahonda, titular exclusivo de la totalidad

de las acciones que lo componen, no pudiendo éste ser transferido ni

destinado a finalidad distinta del objeto de esta empresa, pero sí ampliado o

disminuido de acuerdo con las disposiciones legales. Las nuevas acciones

pertenecerán íntegramente al Excmo. Ayuntamiento de Majadahonda.”

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

B) VALORACIÓN realizada por el Presidente del Consejo de

Administración de PAMMASA, cuyo texto es el siguiente:

“Parcela RO-6

Proyecto Ayuntamiento de Majadahonda

Número de viviendas 104 VPPB de 110 metros cuadrados

construidos (103,74 viviendas de 110 metros cuadrados

construidos)

Metros cuadrados de edificabilidad: 11.411

Metros cuadrados útiles: 8.038,28

Cálculo del valor del solar:

8.038,28 X 1.940,48= 15.598.121,57

25 X 156 = 3.900 X 970,24 = 3.783.936,00

8 X 104 = 832 X 970,24 = 807.239,68

TOTAL 20.189.297,25

Repercusión del valor del solar 20%: 4.037.859,45 €.”

C) PROVIDENCIA del Alcalde-Presidente, de 14 de noviembre

de 2013, que dice:

“Vista la documentación remitida por PAMMASA el 14 de

noviembre de 2013 de la que se deduce que la ampliación de

capital necesaria para la adquisición de la parcela RO-6

propiedad del IVIMA asciende a 4.886.642,45 € y considerando

que los créditos presupuestarios para recoger dicha actuación

no son suficientes en 2013, esta Alcaldía insta a que se impulse

el expediente de modificación de créditos preceptivo, al

considerar indemorable la tramitación del expediente

administrativo que ha de conducir a la ampliación de capital

descrita.”

D) INFORME del Jefe de Fiscalización Previa y del Sr.

Interventor, de 18 de noviembre de 2013, cuyo texto es el

siguiente:

Page 93: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En la sesión plenaria de 25 de septiembre de 2013 se

aprobó el siguiente acuerdo:

4) “Aprobar inicialmente la Modificación de Créditos

024/13/ES/04 de 2013 por Crédito extraordinario, en la

aplicación presupuestaria 2013-004-1500-“850.90 Resto de

adquisiciones de acciones dentro del sector público,

proyecto de gasto 2013-2-PAMMA-001 por 2.664.976,85€:

5) Financiar la modificación de créditos anterior con las

desviaciones positivas del proyecto de gasto con

financiación afectada 2006-8-60001-1 Enajenación solares

por la misma cuantía, incrementando en dicha cuantía las

previsiones de la partida 87010 Remanente de tesorería

para gastos con financiación afectada.”

Con fecha 12 de septiembre de 2013, el Alcalde

Presidente ha dictado la siguiente providencia:

“Vista la documentación remitida por PAMMASA el 14 de

noviembre de 2013 de la que se deduce que la

ampliación de capital necesaria para la adquisición de la

Parcela RO-6 propiedad del IVIMA asciende a

4.886.609,23€ y considerando que los créditos

presupuestarios para recoger dicha actuación no son

suficientes en 2013, esta Alcaldía insta a que se impulse

el expediente de modificación de créditos preceptivo, al

considerar indemorable la tramitación del expediente

administrativo que ha de conducir a la ampliación de

capital descrita.”.

El expediente de modificación de créditos 024/13/ES/04

se encuentra aprobado inicialmente por importe de

2.664.976,85€, y al mismo se han presentado tres alegaciones

que a día de hoy se encuentran pendientes de resolver.

No obstante lo anterior, si dicho expediente fuera objeto

de aprobación definitiva por la cantidad inicialmente propuesta,

a la vista de la documentación recibida de PAMMASA, que se

adjunta al expediente, será necesario habilitar nuevos créditos

por importe de 2.221.665,60€ para completar la cantidad

necesaria para suscribir el 100% de las acciones a emitir.

Las cantidades expuestas por PAMMASA se basan en el

documento anexo a la propuesta, que determina que el 20% de

Page 94: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

repercusión del solar asciende a 4.037.859,45€, calculado en

base a 11.411 m2 de edificabilidad y 8.038,28 m2 útiles. Sobre

dicha valoración tendrán que pronunciarse los servicios

técnicos municipales, con anterioridad a la adopción del

acuerdo de ampliación de capital de PAMMASA.

2.- Normativa aplicable

Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas

Locales (TRLHL), aprobado por RD 2/2004 de 5 de

marzo, art. 182.

Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se

desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la LHL

en materia de presupuestos (RDP).

Bases de Ejecución del Presupuesto General 2013.

Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria

(LGP).

Las Bases de ejecución del Presupuesto para 2013 dicen

sobre las modificaciones de crédito:

BASE 7. Créditos extraordinarios y suplementos de crédito.

1.- De acuerdo con el artículo 35 del Real Decreto

500/1990, son aquellas modificaciones del Estado de Gastos

del Presupuesto que tienen como finalidad la asignación de

crédito para la realización de gastos específicos y

determinados, no previstos inicialmente en el Presupuesto y

que, por razones de urgencia, emergencia o cualquier otra de

interés general apreciada por el Sr. Alcalde, o autoridad en

quien delegue, no puedan demorarse a otro ejercicio

económico.

Se denominará “crédito extraordinario” la modificación

que requiera la creación de una nueva partida presupuestaria,

o “suplemento de crédito”, cuando aún existiendo aplicación

presupuestaria para la imputación de dichos gastos, el crédito

consignado resulte insuficiente y no susceptible de ampliación.

2.- Los créditos extraordinarios y los suplementos de

crédito podrán ser financiados, indistintamente, por los

siguientes recursos:

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

• Remanente líquido de tesorería positivo del ejercicio

anterior.

• Nuevos o mayores ingresos efectivamente recaudados

en el ejercicio.

• Anulaciones o Bajas de los créditos de otras

aplicaciones presupuestarias.

• Los recursos procedentes de operaciones de crédito,

siempre que financien gastos de inversión.

• Excepcionalmente se podrán financiar gastos corrientes

con operaciones de crédito, siempre que el expediente

se ajuste a los requisitos y limitaciones establecidas en

el apartado 5º del artículo 177 del Texto Refundido de

la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

3.- La aprobación le corresponderá al Pleno

Municipal y se tramitará mediante el oportuno expediente,

incoado por orden del Sr. Alcalde o autoridad en quien delegue

que, en todo caso, contendrá una memoria suscrita por dicho

órgano justificativa de la necesidad de la referida modificación,

del carácter específico y determinado de los gastos a realizar y

la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores; el

referido expediente se sustanciará con la acreditación de lo

siguiente:

• Estadillo presupuestario en el que constarán las

aplicaciones presupuestarias de gastos que sufrirán

modificación y en su caso las aplicaciones presupuestarias de

gastos que se anulan o dan de baja y los ingresos y su

justificación.

• Informe del Interventor.

• Dictamen de la Comisión informativa de Economía y

Hacienda.

• Acuerdo de aprobación inicial por el Pleno Municipal

que, de no mediar reclamaciones, se convertirá en aprobación

definitiva.

• Publicación inicial en el BOCM.

• Acuerdo de aprobación definitiva del Pleno Municipal, si

fuese necesario.

• Publicación definitiva en el BOCM.

2.- Cuantía del Crédito extraordinario.

En los registros contables, no existe la aplicación

presupuestaria 2013-004-1500-“850.90 Resto de adquisiciones

Page 96: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de acciones dentro del sector público” por lo que se requiere la

creación de una nueva aplicación presupuestaria, determinando

que la modificación de créditos adecuada sea por crédito

extraordinario.

3.- Financiación de la modificación de crédito.

La financiación necesaria de la modificación

presupuestaria se obtiene de las desviaciones de financiación

positivas de ejercicios anteriores que se encuentra en el SICAL

en el siguiente proyecto de gasto, que refleja los recursos

disponibles pendientes de afectar a actuaciones:

Proyecto Denominación Gastos Previstos Ingresos

Previstos

2006-8-

60001-1 Enajenación solares 0,00 34.987.522,14

Se encuentran en tramitación, además del presente, dos

expedientes de modificación de créditos: el 24/2013 y el

32/2013. En todo caso el proyecto presenta una disponibilidad

de financiación suficiente para la aprobación del presente

expediente.

El artículo 176 de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo

de la Comunidad de Madrid (en adelante LSCM), dispone sobre

el destino de los bienes integrantes de los patrimonios públicos

de suelo lo siguiente:

“Los bienes integrantes de los patrimonios públicos de suelo, una

vez incorporados al proceso urbanizador o edificatorio, se destinarán,

de conformidad con las técnicas y los procedimientos establecidos en

la presente Ley, a cualquiera de los siguientes fines:

a) Construcción, rehabilitación o mejora de viviendas sujetas a

algún régimen de protección pública o de integración social, en el

marco de las políticas o programas establecidos por las

Administraciones públicas.

b) Conservación o mejora del medio ambiente, o la protección del

patrimonio histórico-artístico.

Page 97: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

c) Actuaciones públicas para la obtención de terrenos y ejecución,

en su caso, de las redes de infraestructuras, equipamientos y

servicios públicos.

d) Actuaciones declaradas de interés social.

e) Conservación y ampliación de los patrimonios públicos de

suelo.

f) A la propia gestión urbanística, con cualquiera de las siguientes

finalidades:

1º Incidir en el mercado inmobiliario, preparando y enajenando

suelo edificable.

2º Pagar en especie, mediante permuta, suelo destinado a redes

públicas.”

3º Compensar, cuando proceda, a quienes resulten con defecto

de aprovechamiento, como consecuencia de operaciones de

equidistribución, o de la imposición de limitaciones singulares.”

A la vista de las actuaciones propuestas, esta

Intervención considera ajustada su financiación con recursos

del Patrimonio municipal del suelo, al considerar que el fin

último de esta modificación presupuestaría se integra en el

supuesto 176.a)

4.- Órgano competente:

Por todo lo anteriormente expuesto, es de aplicación lo

dispuesto en la Base 7 apartado 3, por lo que el órgano

competente para la aprobación de los créditos extraordinarios

es el Pleno de la Corporación, necesitando dictamen de la

Comisión informativa.

5.- Conclusión

De todo lo anterior, esta Intervención considera que la

propuesta de resolución que podría realizarse al Pleno de la

Corporación, sería la siguiente:

1) Aprobar inicialmente la Modificación de Créditos

033/13/ES/06 de 2013 por Crédito extraordinario, en la

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

aplicación presupuestaria 2013-004-1500-“850.90 Resto

de adquisiciones de acciones dentro del sector público,

proyecto de gasto 2013-2-PAMMA-001 por

2.221.665,60€:

2) Financiar la modificación de créditos anterior con las

desviaciones positivas del proyecto de gasto con

financiación afectada 2006-8-60001-1 Enajenación

solares por la misma cuantía, incrementando en dicha

cuantía las previsiones de la partida 87010 Remanente de

tesorería para gastos con financiación afectada.

3) Que el acuerdo inicial sea expuesto al público, previo

anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los

cuales los interesados podrán examinarlos y

presentar reclamaciones ante el Pleno. El

expediente se considerará definitivamente aprobado

si durante el citado plazo no se hubiesen presentado

reclamaciones.”

E) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Concejal Delegada

de Economía y Hacienda, de 18 de noviembre de 2013,

constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos

Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad

y Movilidad Urbana, cuyo texto es el siguiente:

“Vista la providencia del Alcalde-Presidente de 14 de

noviembre de 2013 que consta en el expediente, el informe del

Presidente de PAMMASA de 14 de noviembre y el informe de la

Intervención Municipal de 18 de noviembre de 2013, se propone

al Pleno de la Corporación:

1) Aprobar inicialmente la Modificación de Créditos

033/13/ES/06 de 2013 por Crédito extraordinario, en la

aplicación presupuestaria 2013-004-1500-850.90 Resto de

adquisiciones de acciones dentro del sector público,

proyecto de gasto 2013-2-PAMMA-001 por 2.221.665,60

€.

2) Financiar la modificación de créditos anterior con las

desviaciones positivas del proyecto de gasto con

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Pleno ordinario 27-11-2013

99

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

financiación afectada 2006-8-60001-1 Enajenación

solares por la misma cuantía, incrementando en dicha

cuantía las previsiones de la partida 87010 Remanente de

tesorería para gastos con financiación afectada.

3) Que el acuerdo inicial sea expuesto al público, previo

anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los cuales los

interesados podrán examinarlos y presentar

reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará

definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se

hubiesen presentado reclamaciones.

F) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, favorable.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez,

indica que la modificación de créditos que se plantea tiene como fin

incorporar crédito para que PAMMASA suscriba una ampliación de

capital por 2.221.000 euros y, en su momento, cuando esta empresa

municipal haya realizado esa ampliación de capital, se presentará al

Pleno, para su debate, el expediente para compra o no de una parcela.

El Sr. Presidente indica que se propone esta modificación de

créditos porque, en principio, se había decidió comprar este año media

parcela al IVIMA y la otra mitad en otro ejercicio pero, por problemas

administrativos, es necesario comprarla entera este año 2013.

El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, aclara

que su grupo apuesta por la vivienda protegida y más si se trata de

viviendas de alquiler con derecho a compra pero no puede estar de

acuerdo con este expediente que se propone porque es previo a la

actuación que se va a realizar en un futuro cercano y por ello desea

realizar una serie de preguntas para que el equipo de gobierno las

conteste durante este debate y así su grupo podrá evaluar lo que va a

hacer en el futuro cuando se presente al Pleno esa actuación.

Sigue diciendo que, en principio, no le gusta que este

Ayuntamiento haya cedido gratuitamente una parcela al IVIMA

Page 100: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

aunque este organismo participara en el pago de las obras de

urbanización, y tampoco que este Ayuntamiento vaya a comprar ahora

esas parcelas para construir viviendas protegidas.

Aclara que su grupo entiende que el precio que aparece en el

expediente no es precio de mercado aunque cree que sí puede ser un

precio pactado.

A continuación pregunta si se ha realizado algún estudio que

avale el precio de la ampliación de capital que figura en este

expediente y si ese precio se ajusta al valor por metro cuadrado de

vivienda protegida.

Termina su intervención preguntando si este asunto no responde

a la operación que se está realizando, a nivel regional, de venta de

viviendas al grupo Goldman Sachs y si el equipo de gobierno está de

acuerdo o no con esa operación de venta, etc.

La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Fernández Alonso, indica que lo que se presenta a

aprobación es una modificación de créditos y añade que el equipo de

gobierno ya sabe que su grupo no está de acuerdo con ella.

Sigue diciendo que ahora se dispone de un informe en el que

consta que el precio se calcula en base al valor del módulo de vivienda

VPPB y considerando que van a ser 104 viviendas. Añade que su

grupo, aunque entiende ese cálculo que figura en la ley, ha

comprobado que en esa parcela se pueden construir 163 viviendas de

alquiler con opción a compra y no sabe por qué se han realizado esos

cambios a la hora de realizar la oportuna valoración. Aclara, por si

alguien quiere comprobar lo que acaba de exponer, que en la página

web de PAMMASA figura que en la parcela RO-6 se pueden construir

163 viviendas cuyo proyecto y empresa constructora ya han sido

adjudicados.

Indica además que su grupo cree que este asunto es una

operación financiera para hacer un favor al IVIMA inyectándole

liquidez y añade que esa empresa se ha desprendido de 4.500

viviendas (casi el 20% de las que es titular) y ha vendido, a precio de

saldo, el patrimonio de los madrileños e incluso las viviendas que

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

tenía en este municipio y ha intentado vender otras 1.500 viviendas

pero el concurso ha quedado desierto este último lunes.

Aclara que, por los motivos que ha expuesto, su grupo cree que

no es el momento oportuno para que este Ayuntamiento adquiera esa

parcela y que lo lógico sería esperar a que se modificaran los precios

de los módulos de viviendas con alguna protección (lo que su grupo

solicitó en la Asamblea de Madrid) y se adecúen a los precios reales

de mercado porque, como todos saben, tanto los precios del suelo

como de las viviendas han bajado y en estos momentos se están

vendiendo viviendas libres a precios por debajo de los previstos en los

módulos de viviendas con algún tipo de protección.

Continúa diciendo que, a pesar de que las 48 viviendas

protegidas puestas a disposición de los majariegos en Roza Martín, y

pese a que la demanda fue de alrededor de 1.500 solicitudes, a la hora

de cerrar la compra no se ha cerrado la firma de la totalidad de las

viviendas, según la información que ha recibido su grupo y cree que

ello se debe a una falta de los requisitos que marca la ley, a la falta de

financiación o al precio de las viviendas, según la información que ha

recibido su grupo.

Termina su intervención indicando que el IVIMA puso en

marcha, el año pasado, otra promoción y en ese caso tampoco se han

cerrado todas las adjudicaciones y se está tirando de la lista de espera

por lo que parece que no hay tanta demanda en estos momentos y por

ello su grupo considera necesario esperar y por ello votará en contra de

este expediente.

El Sr. Presidente aclara que los datos que ha facilitado la

Concejal de Unión Progreso y Democracia no son correctos porque se

van a cubrir las 48 viviendas de Roza Martín y van a quedar muchos

solicitantes en la lista de reserva sin que se les pueda adjudicar una

vivienda.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que todos conocen la desgraciada política que está

haciendo el IVIMA y dice esto porque, desde el punto de vista de su

grupo, este organismo está malvendiendo el patrimonio público de

todos los madrileños. Aclara que el patrimonio de los madrileños, con

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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inquilinos dentro, y en las que incluye las 332 viviendas de

Majadahonda, está vendiéndolas, desde el punto de vista de su grupo,

a los “buitres” de Goldman Sachs a muy bajo precio.

Sigue diciendo que en ese contexto, la propuesta que hace el

equipo de gobierno podría sonar bien puesto que se pretende que este

Ayuntamiento compre una parcela porque el IVIMA no va a construir

nada en ella pero el problema está en que se va a comprar esta parcela

valorándola con el precio máximo del módulo aunque parece que se

va a rectificar la terrible decisión que, hace unos años, adoptó la

Ministra Sra. Chacón para subir el módulo de la vivienda protegida y

que la Comunidad de Madrid aprovechó para que las viviendas de

Majadahonda, al ser de clase A, subieran más del 30% y por ello su

grupo no entiende por qué ahora es tan urgente la compra de esta

parcela al precio máximo y es posible, si se esperara un poco para

comprar esa parcela, que este Ayuntamiento la pudiera adquirir a un

menor precio.

Aclara que el adquirir la parcela al precio máximo del módulo

puede significar que en este municipio se va a seguir promoviendo

vivienda protegida al precio máximo que es precisamente lo que ha

hecho este Ayuntamiento y también el IVIMA y, por ello, este tipo de

vivienda se hace inaccesible en muchas ocasiones.

Indica que su grupo se pregunta para qué sirven los instrumentos

de que se dotan las administraciones públicas, como PAMMASA,

para promover vivienda protegida si acaba aplicando unos precios que

están prácticamente a los mismos niveles del precio de mercado y su

grupo cree que, para hacerlo así, sería preferible que lo hicieran otros

porque está claro que los instrumentos de las administraciones

públicas no sirven.

Manifiesta que, con motivo de esta modificación de créditos, su

grupo se entera de lo que se pretende hacer y es la construcción de 104

viviendas para venta, de precio básico y 110 m2., viviendas que van a

tener un coste para los adjudicatarios, de 245.469 euros y, aunque el

equipo de gobierno puede entender que es un precio asequible (se

gasta más de 850.000 euros en remodelar un parque), su grupo cree

que esa no es una buena forma de construir vivienda protegida porque

pocas personas van a poder acceder a ellas. Añade que si se pide

información, en un portal inmobiliario del mercado libre, de un piso

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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de esas características, está convencido de que podrían salir unas 50 ó

60 entradas de viviendas en Majadahonda por ese precio.

Indica a continuación que en este municipio se está teniendo el

precedente de las 48 viviendas protegidas y se comprobará si pueden

ser adjudicadas entre los 1.500 solicitantes y añade que su grupo sabe

que han existido muchos solicitantes que han tenido que rechazarlas

porque no pueden pagar su precio que era de 160.000 euros por lo que

ve difícil que se adjudiquen las que van a valer 250.000 euros porque

los bancos no conceden créditos, los ciudadanos no perciben salarios

suficientes para pagar esas viviendas por lo que pregunta qué tipo de

vivienda se va a promover y dice esto porque, aunque esta

modificación de créditos se haga para una ampliación de capital de

PAMMASA, en el expediente se da información sobre el tipo de

viviendas que se van a construir en la parcela RO-6.

Avisa además de que, si se van a construir viviendas de 110 m2.,

sería necesario tener muchísimo cuidado para no excederse, ni siquiera

un metro, en esa superficie porque si se produce ese exceso en el

proyecto, esa vivienda deja de ser VPPB y pasa a ser VPPL, tipo de

vivienda con un precio del metro cuadrado de 2.400 €/m2. en lugar de

1.940 euros/m2.

Termina su intervención diciendo que, más allá de que sea mejor

o peor la iniciativa del equipo de gobierno, el problema está, desde el

punto de vista de su grupo, en que detrás de esto está la ausencia de

una política de vivienda lo que provoca que la gente que realmente

necesita acceder a una vivienda protegida, no pueda acceder a ella y

dice esto porque quien tenga 250.000 euros para pagar una vivienda

protegida, puede adquirirla por ese precio en el mercado libre y por

ello considera importante intentar que puedan acceder a una vivienda

los que no puedan hacerlo en el mercado libre y que no se pervierta

todo un sistema de vivienda protegida porque, de seguir así, se va a

conseguir que las familias que tienen dinero puedan acabar pagando

las viviendas de sus hijos que sí cumplen los requisitos mínimos pero

no tienen suficiente dinero para pagar esos precios.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que la Concejal de Hacienda ha indicado anteriormente que este punto

del orden del día trata solamente de una modificación de créditos y

que se presentará al Pleno, con posterioridad, el resto de expedientes

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pero su grupo no sabe cuándo ocurrirá porque este expediente

comienza diciendo que la parcela RO-6, de titularidad del IVIMA,

tiene un precio estimado de 4.037.000 euros y a ese precio hay que

sumarle los impuestos y gastos necesarios para llevar a cabo la

operación lo que se estima en 848.000 euros más por lo que su cuantía

total ascendería a 4.886.000 euros y también que, por cuestiones de

ajuste y redondeo al nominal de las acciones de PAMMASA, la

aportación dineraria proyectada quedaría fijada en 4.886.000 euros.

Sigue diciendo que en este expediente también figura que hay

que emitir 81.295 nuevas acciones a 60,11 euros y así se propone

aprobar la ampliación del capital de la sociedad por un importe de

4.886.000 euros por lo que considera que se van a emitir acciones por

el importe exacto que se ha calculado como valor de esta parcela,

cálculo que aparece en este expediente en un folio que no tiene

membrete, con una firma que no se sabe de quién es y en la que se

dice Proyecto del Ayuntamiento de Majadahonda, nº de viviendas 104,

metros cuadrados de edificabilidad, metros útiles, cálculo del valor del

solar y finalmente se llega a la cantidad de 4.037.000 euros.

Aclara que el Sr. Alcalde dice, el 14 de noviembre, que vista la

documentación remitida por PAMMASA de la que se deduce que la

ampliación del capital necesaria para la adquisición de la parcela RO-6

propiedad del IVIMA asciende a 4.886.000 euros y considerando que

los créditos presupuestarios para recoger dicha actuación no son

suficientes en 2013, esta Alcaldía insta que se impulse el expediente

de modificación de créditos preceptivo al considerar indemorable la

tramitación del expediente administrativo que ha de conducir a la

ampliación del capital descrito por lo que su grupo ignora qué

expedientes se van a presentar para aprobación después de esta

modificación de créditos.

Manifiesta que en el informe de Intervención que obra en este

expediente relativo a una modificación de créditos que se presentó

para aprobación hace unos meses, se dice que se encuentra aprobado

inicialmente por importe de 2.664.000 euros y al mismo se han

presentado tres alegaciones que, a día de hoy, se encuentran

pendientes de resolver por lo que está claro que se presenta esta nueva

modificación de créditos sin resolver las alegaciones que se

presentaron a la anterior sobre este mismo asunto.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Aclara que el informe del Sr. Interventor también dice que

tendrán que pronunciarse los servicios técnicos municipales sobre las

valoraciones que se han realizado con anterioridad al acuerdo de

ampliación de capital de PAMMASA por lo que su grupo entiende

que este expediente no es solo, como dice el equipo de gobierno, una

modificación de créditos sino un expediente en el que figuran el

nombre y apellidos y hasta la cantidad exacta de lo que el equipo de

gobierno quiere hacer que es comprar una parcela por un determinado

precio cuya valoración no ha sido realizada por ningún servicio oficial

de este Ayuntamiento.

Añade que en la valoración que figura en este expediente no se

da ninguna explicación y recuerda que todos los informes y

valoraciones deben ser realizados por funcionarios de este

Ayuntamiento y deben incluirse en los expedientes debidamente

firmados y recuerda que la valoración que se ha incorporado a éste

podría haber sido realizada por cualquiera.

Termina su intervención recordando que todo el dinero que entra

en las arcas municipales, por cualquier vía, es de los ciudadanos de

Majadahonda y considera que este expediente que se presenta a

aprobación es poco serio y por ello su grupo va a presentar alegaciones

y va a votar en contra del mismo.

El Sr. Presidente indica que esa parcela se valorará cuando se

inicie el expediente para comprarla y no ahora y añade que lo que se

ha incluido en este expediente es una estimación para realizar una

ampliación de capital, estimación que corresponde a un módulo, que

como todos saben, está tasado por lo que para obtener el valor de la

parcela no hay que hacer grandes cálculos sino solamente coger unas

tablas que publica el Estado y aplicarlas.

Sigue diciendo que en el expediente que se tramite para la

adquisición en firme de esta parcela, se incorporarán todos los

documentos que sean necesarios para ello.

Aclara que, aunque se haga la ampliación de capital, puede

ocurrir que al final este Ayuntamiento no adquiera esta parcela.

Indica a continuación que los grupos de la oposición, durante

toda esta legislatura, han estado diciendo que PAMMASA no

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

promovía viviendas y el equipo de gobierno siempre contestaba que

era porque no se contaba con suelo público o privado para comprar en

este municipio para construirlas y las únicas públicas son propiedad

del IVIMA y, cuando este Ayuntamiento quiere comprar ese suelo

para ponerlo a disposición de los vecinos, los grupos de la oposición

ponen pegas a pesar de que su precio está tasado y la realidad es que

aún no se ha fijado el precio de la parcela RO-6 y solamente se ha

consignado un precio máximo de compra.

Manifiesta además que si este Ayuntamiento no compra esa

parcela, el IVIMA la venderá a empresarios privados y en ese caso

todos los ciudadanos de la Comunidad de Madrid tendrían derecho a

ocupar las viviendas que se construyan pero el equipo de gobierno

prefiere que esas viviendas se destinen a los vecinos de Majadahonda.

Continúa diciendo que este Ayuntamiento vigila que los

solicitantes cumplan los requisitos para resultar adjudicatarios de las

viviendas que se construyan pero un empresario privado no los vigila

de la misma forma y tampoco realiza ningún sorteo y puede adjudicar

las viviendas a quien quiera.

Termina su intervención aclarando que la forma de actuar de los

grupos de la oposición es desesperante y considera necesario que, cada

grupo político que forma parte de esta Corporación , informe a los

vecinos de la postura que adoptan.

Sometido este asunto a votación, la Corporación por catorce (14)

votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y once

(11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales

Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes

y Centrista, ACUERDA:

Primero.- Aprobar inicialmente la Modificación de Créditos

033/13/ES/06 de 2013 por Crédito extraordinario, en la aplicación

presupuestaria 2013-004-1500-850.90 Resto de adquisiciones de

acciones dentro del sector público, proyecto de gasto 2013-2-

PAMMA-001 por 2.221.665,60 €.

Segundo.- Financiar la modificación de créditos anterior con las

desviaciones positivas del proyecto de gasto con financiación afectada

2006-8-60001-1 Enajenación solares por la misma cuantía,

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

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(MADRID)

incrementando en dicha cuantía las previsiones de la partida 87010

Remanente de tesorería para gastos con financiación afectada.

Tercero.- Exponer este acuerdo al público, previo anuncio en el

BOCM, por 15 días, durante los cuales los interesados podrán

examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se

considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se

hubiesen presentado reclamaciones.

7.(202/13) APROBACIÓN INICIAL del expediente de

Modificación de Créditos 034/13/TP/03 de 2013, por

transferencias en programas presupuestarios con

distinta área de gasto, destinado a la habilitación de

crédito para el pago de intereses de demora (3.1.3)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) PROVIDENCIA del Alcalde-Presidente, de 18 de noviembre

de 2013, cuyo texto es el siguiente:

“A la vista de distintas sentencias recibidas en este

Ayuntamiento, y para dar debido cumplimiento al Decreto 2459

de esta Alcaldía, insto a que se tramite el expediente de

modificación de créditos preceptivo, que permita habilitar los

créditos necesarios para los intereses legales que se deriven y

dar cumplimiento inmediato a las sentencias.”

B) INFORME del Jefe de Fiscalización Previa y del Sr.

Interventor, de 18 de noviembre de 2013, cuyo texto es el

siguiente:

“1.- Antecedentes

Con fecha 18 de noviembre de 2013, el Alcalde

Presidente ha dictado la siguiente providencia:

“A la vista de distintas sentencias recibidas en este

Ayuntamiento, y para dar debido cumplimiento al Decreto

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

2459 de esta Alcaldía, insto a que se tramite el expediente

de modificación de créditos preceptivo, que permita

habilitar los créditos necesarios para los intereses legales

que se deriven y dar cumplimiento inmediato a las

sentencias”.

2.- Normativa aplicable

Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas

Locales (TRLHL), aprobado por RD 2/2004 de 5 de

marzo, art. 182.

Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se

desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la LHL

en materia de presupuestos (RDP).

Bases de Ejecución del Presupuesto General 2013.

Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria

(LGP).

Las Bases de ejecución del Presupuesto para 2013 dicen

sobre las modificaciones de crédito por transferencia entre

partidas con distinta área de gasto lo siguiente:

BASE 9. Transferencias de crédito.

Es la modificación de gastos que, sin alterar

la cuantía total del Presupuesto, traslada el importe

total o parcial del crédito disponible de unas

aplicaciones presupuestarias a otras con diferente

vinculación jurídica, con independencia del crédito

inicial de éstas.

1. La suma de altas producidas se financiarán

con la suma de bajas en otras aplicaciones

presupuestarias, con las siguientes limitaciones:

A) No podrán reducir su límite las

aplicaciones presupuestarias de los "créditos

ampliables", ni los "créditos extraordinarios"

concedidos en modificaciones anteriores.

B) No podrán minorarse los créditos de las

aplicaciones presupuestarias que hayan sido

incrementadas en modificaciones anteriores con

"suplementos de crédito" o "transferencias de

crédito", salvo cuando afecten a créditos de

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

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(MADRID)

personal; tampoco podrán minorarse los que

provengan de "remanentes de crédito no

comprometidos" del ejercicio anterior.

C) Los créditos que hayan sido modificados a

la baja mediante "transferencias de crédito" no

podrán ser incrementados, salvo cuando afecten a

créditos de personal.

D) Las limitaciones anteriores no afectarán a

las aplicaciones presupuestarias de

"transferencias internas" entre el Ayuntamiento y

sus Organismos Autónomos o Sociedades, ni a los

Programas de Imprevistos. Tampoco serán de

aplicación cuando se trate de créditos modificados

como consecuencia de reorganizaciones

administrativas aprobadas por el Pleno Municipal.

2. La tramitación se ajustará a lo siguiente:

A) Entre aplicaciones presupuestarias del

mismo Área de gasto o de Gastos de Personal: La

Alcaldía, por Decreto, es la encargada de su

aprobación. El expediente constará de los

siguientes documentos: 1) Propuesta o solicitud

razonada y Estadillo de modificaciones de

ingresos y gastos. 2) Conformidad del Concejal de

Economía y Hacienda. 3) Informe del Interventor.

4) Decreto de Alcaldía. 5) Información a la

Comisión informativa de Economía y Hacienda.

B) Entre aplicaciones presupuestarias de

distinto Área de gasto y que no sean de Gastos de

personal: La aprobación le corresponderá al

Pleno Municipal y se tramitará mediante

expediente que a su conclusión constará de: 1)

Propuesta razonada junto con un Estadillo

presupuestario en el que constarán las

aplicaciones presupuestarias de gastos que

aumentan su crédito y las que lo disminuyen y su

justificación. 2) Informe del Interventor. 3)

Dictamen de la Comisión informativa de

Economía y Hacienda. 4) Acuerdo de aprobación

inicial por el Pleno Municipal que de no mediar

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AYUNTAMIENTO DE

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(MADRID)

reclamaciones, se convertirá en aprobación

definitiva. 5) Publicación inicial en el BOCM. 6) Si

fuese necesario, acuerdo de aprobación definitiva

del Pleno Municipal. 7) Publicación definitiva en

el BOCM.

3.- Transferencia de crédito

Esta Intervención ha comprobado la disponibilidad de

crédito en las distintas aplicaciones el capítulo IX del

Presupuesto del Ayuntamiento de 2013, concluyendo que se

puede realizar la siguiente transferencia de créditos:

Aplicación Descripción Créditos

actuales

Créditos

disponibles

Transferencia

negativa

Transferencia

positiva

Créditos

definitivos

003.0110. 91301

AMORTIZACIÓN ANTICIPADA PRÉSTAMOS A LARZO PLAZO

1.619.000,00 1.619.000,00 150.000,00

1.469.000,00

003.9340. 35200

INTERESES DE DEMORA 111.271,00 78.869,17

150.000,00 261.271,00

TOTAL

150.000,00 150.000,00

Con relación al crédito disponible en la aplicación origen

de los fondos, las condiciones de mercado no aconsejan

amortizar anticipadamente operaciones vigentes, motivo por el

que la reducción de los créditos no supone un perjuicio para el

Ayuntamiento.

4.- Órgano competente:

A la vista de lo anteriormente expuesto, es de aplicación

lo dispuesto en la Base 9, apartado 2.B por lo que el órgano

competente para la aprobación de las transferencias de créditos

entre programas con distintas área de gasto que no sean de

gastos de personal, es el Pleno de la Corporación, necesitando

dictamen de la Comisión informativa.”

C) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Concejal Delegada

de Economía y Hacienda, de 20 de noviembre de 2013,

constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos

Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana para que pase el expediente a

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

resolución por el órgano competente, cuyo texto es el

siguiente:

“Según la providencia dictada el 18 de noviembre de 2013 que

consta en el expediente y a la vista del informe de la

Intervención municipal de 20 de noviembre, propongo al Pleno

de la Corporación:

1) Aprobar inicialmente la Modificación de Créditos

034/13/TP/03 de 2013 por Transferencias en

programas presupuestarios con distinta Área de gasto,

destinado a la habilitación de crédito para intereses de

demora, según el siguiente detalle:

Aplicación Descripción Créditos

actuales

Créditos

disponibles

Transferencia

negativa

Transferencia

positiva

Créditos

definitivos

003.0110. 91301

AMORTIZACIÓN ANTICIPADA PRÉSTAMOS A LARZO PLAZO

1.619.000,00 1.619.000,00 150.000,00

1.469.000,00

003.9340. 35200

INTERESES DE DEMORA 111.271,00 78.869,17

150.000,00 261.271,00

TOTAL

150.000,00 150.000,00

2) Que el acuerdo inicial sea expuesto al público, previo

anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los cuales

los interesados podrán examinarlos y presentar

reclamaciones ante el Pleno. El presupuesto se

considerará definitivamente aprobado si durante el

citado plazo no se hubiesen presentado

reclamaciones.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, favorable.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra.

Menéndez, indica que en este punto se presenta a aprobación inicial

una modificación de créditos que corresponde, como informó en la

Comisión Informativa de Hacienda, a unos intereses de demora a favor

de Infraestructuras Terrestres por unas modificaciones de obra que se

abonaron tarde ya que los servicios técnicos municipales no estaban de

acuerdo con determinadas cuestiones que figuraban en las

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

certificaciones de obra y añade que esos intereses de demora deben ser

abonados en virtud de la sentencia que se ha dictado en ese sentido.

Sigue diciendo que también se ha incluido en este expediente,

el pago que hay que hacer a CLECE (empresa encargada de la

limpieza de interiores de edificios públicos) porque, al cabo de dos

años, presentó la solicitud del pago de intereses de demora ya que,

mientras se adjudicaba un nuevo contrato, estuvo prestando

determinados servicios.

Aclara que la parte que se ha comprobado es la

correspondiente a la empresa CLECE y, como ya explicó, se pretende

incluir crédito en este ejercicio para abonar la otra deuda siempre que

los distintos servicios municipales la consideren correcta.

Termina su intervención reiterando que se ha tramitado este

expediente de modificación de créditos para reservar crédito por si es

necesario abonar esas cantidades.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que en esta sesión se han incluido varios expedientes de

modificaciones de crédito que no son solo para modificar créditos sino

para hacer algo y añade que la que presenta en estos momentos

asciende a 150.000 euros y su grupo va a intentar explicar, durante

esta intervención, para qué se hace aunque es difícil ya que este

expediente se presentó, por vía de urgencia, a la Comisión Informativa

de Hacienda y, cuando eso ocurre, los grupos de la oposición se

enteran con un plazo inferior a 24 horas por lo que ni siquiera cuentan

con tiempo suficiente para preparar esos asuntos.

Sigue diciendo que, desde el punto de vista de su grupo, este

expediente es, una vez más, un acto de falta de transparencia y que

demuestra el verdadero talante del equipo de gobierno del Partido

Popular porque suponen 150.000 euros y solo se dice que van

destinados al pago de intereses de demora para ejecutar unas

sentencias y pregunta por qué es necesario que los vecinos tengan que

habilitar esos 150.000 euros y está claro, si hay que abonar esos

intereses de demora, que el equipo de gobierno ha hecho algo mal y

también pregunta qué se esconde detrás de este expediente y quién es

el responsable de que se hayan ocasionado esos intereses de demora

que ahora van a tener que pagar los vecinos.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

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Insiste en que lo único que su grupo sabe es que hay que

abonar 150.000 euros de intereses de demora a una serie de empresas

pero, fundamentalmente, a CLECE.

Considera que este expediente supone, una vez más, ocultación

y su grupo necesita conocer todos los antecedentes de esos pleitos

porque son concejales de la oposición y representan a los vecinos y

cree que el equipo de gobierno no dice toda la verdad. A continuación

pide que el Sr. Alcalde se aplique su famosa frase de que “donde

mejor está dinero es en el bolsillo de los vecinos”.

Termina su intervención aclarando que, desde el punto de vista

de su grupo, es el Partido Popular quien debería pagar esos 150.000

euros de intereses de demora por la incompetencia política del equipo

de gobierno y porque lo ha hecho mal y para ello no debería tocarse el

bolsillo de los vecinos.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que, una vez más, se presenta una

modificación de créditos para hacer los últimos cuadres del ejercicio y

añade que su grupo se ha extrañado cuando ha visto que ésta es para

pagar intereses de demora.

Sigue diciendo que su grupo, como ha dicho en muchas

ocasiones, no está de acuerdo con la forma de hacer los Presupuestos

cuadrándolos a principio de año y después ir solucionando, a salto de

mata, los problemas que van surgiendo. Añade que su grupo cree que

los Presupuestos deben recoger una previsión del gasto por los

posibles intereses de demora que puedan recibirse en ese ejercicio y

para ello se puede hacer una previsión de los recibidos en los últimos

5 ó 10 años para evitar que, en el mes de noviembre, nos demos cuenta

de que se va a recibir una sentencia que supone el pago de 150.000

euros de intereses de demora, sentencia que su grupo ignora a qué se

refiere porque en la comisión informativa se dijo que se les iba a

facilitar la documentación pero no le ha sido entregada a pesar de que

ya indicó que si el equipo de gobierno quería contar con su apoyo, su

grupo debería conocer todo el expediente para comprobar por qué se

condena a este Ayuntamiento, quién es el responsable, etc. porque ese

dinero hay que pagarlo por algún motivo.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Continúa su intervención aclarando que su grupo no está de

acuerdo con aprobar un Presupuesto que no refleja la realidad y

tampoco está de acuerdo cuando se encuentra, a final de año, con

modificaciones de crédito para solucionar los problemas que no fueron

afrontados a principios de año.

Manifiesta que las alegaciones que su grupo presentó al

Presupuesto del año que viene, recogían cuestiones como la que ha

planteado pero está convencido del equipo de gobierno no las aceptará

y aprobará definitivamente el Presupuesto para 2014 y, al final del

ejercicio, se volverán a encontrar con el mismo problema.

Termina su intervención indicando que, cuando se plantee al

Pleno la resolución de las alegaciones presentadas al Presupuesto, su

grupo recordará que, en el año 2013, el equipo de gobierno necesitó

cambiar el Presupuesto y dirá también que el del año 2014 no realiza

ninguna previsión para el pago de intereses de demora y está

convencido que, a finales del año 2014, volverá a presentarse el

mismo problema que se ha planteado hoy.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que apenas conoce este expediente aunque hoy se

les ha contado algo aunque recuerda, como ha indicado anteriormente

el Viceportavoz de Unión Progreso y Democracia, que en una

comisión informativa se dijo a los grupos de la oposición que se les

iba a entregar, antes del Pleno, documentación sobre este asunto,

información que no han recibido por lo que todo lo que suscita este

expediente son dudas y preguntas como, por ejemplo, por qué reclama

intereses de demora la empresa CLECE aunque se ha indicado,

durante este debate, que era porque había venido prestando servicios

de limpieza de edificios un determinado periodo de tiempo con

contrato y otro sin contrato pero sigue teniendo dudas sobre desde qué

año se mantiene esa deuda con dicha empresa y por qué este

Ayuntamiento no realizó esos pagos en el momento en que debía

haberlo hecho.

Aclara que su grupo no sabe si el no realizar esos pagos en el

momento correspondiente tiene algo que ver o no con la obtención del

superávit porque es posible que se aplazaran algunos pagos para

obtenerlo y por ello no se pudo pagar a CLECE y por ello ahora hay

que pagar una determinada cantidad por intereses de demora.

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Pleno ordinario 27-11-2013

115

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención diciendo que su grupo no puede decir

nada más sobre este asunto porque no conoce la sentencia que

determina esos pagos.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica que este expediente fue incluido en la correspondiente comisión

informativa por vía de urgencia pero recuerda que su grupo, al menos,

fue avisado de esa inclusión y añade que en dicha comisión se pidió

que se facilitaran a los grupos de la oposición los antecedentes de esos

pagos pero no les han sido entregados.

Sigue diciendo que a su grupo le gustaría conocer qué empresa

es Infraestructuras Terrestres S.A. y por qué hay que pagarla intereses

de demora y añade que otro de los pagos hay que hacerlo a la empresa

CLECE que todos saben que es una empresa que se ha encargado de la

limpieza de edificios.

Manifiesta que su grupo no puede votar a favor de algo cuando

ni siquiera conoce de qué se trata y considera que esa forma de actuar

no es correcta porque los expedientes deben presentarse al Pleno

completos y, cuando se presente una modificación de créditos por

algún asunto, deben incluirse también los antecedentes de ese asunto.

Continúa diciendo que su grupo tiene la sensación de que estas

modificaciones de crédito han estado guardadas en los cajones

mientras que este Ayuntamiento tenía déficit y ahora, cuando tiene

superávit, está limpiando el armario y añade que, en el siguiente punto

del orden del día referido también a una modificación de créditos, se

incluyen pagos correspondientes a los años 2003, 2004, 2005, etc.

Reitera que su grupo no está de acuerdo con estas

modificaciones de crédito y considera que no se puede justificar el

pago de intereses de demora a la empresa CLECE diciendo que esta

empresa no tenía contrato pero siguió prestando los trabajos de

limpieza de edificios, forma de actuar irregular y tampoco que este

Ayuntamiento no le pagó esos trabajos y por ello ahora hay que pagar

además intereses de demora.

Termina su intervención diciendo que su grupo va a estudiar a

fondo este expediente para conocer hasta dónde llega el problema que

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Pleno ordinario 27-11-2013

116

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

hay con esos dos pagos que tienen que hacer los vecinos de

Majadahonda, quién es el responsable y por qué se ha llegado a esta

situación.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra.

Menéndez, indica al Grupo Municipal Socialista, que este expediente

se puso a disposición de los grupos de la oposición junto con la

convocatoria de la Comisión Informativa de Economía y Hacienda,

dos días hábiles antes de su celebración y también cinco días antes de

la celebración de esta sesión plenaria, periodo en que el Grupo

Socialista podría haber preguntado y los servicios económicos podrían

haberle resuelto todas las dudas que tenía.

Sigue diciendo que la documentación que pedía el Grupo

Socialista pertenecía a otro expediente que se iba a solicitar al órgano

gestor correspondiente.

Aclara que este expediente de modificación de créditos

contiene toda la documentación que exige el Reglamento de

Procedimientos de este Ayuntamiento y no se puede incorporar más

documentación aunque el Grupo Socialista puede pedir que se cambie

ese Reglamento.

Manifiesta que es necesario abonar intereses de demora porque

se presentan unas facturas que deben ser revisadas por los servicios

municipales correspondientes, revisión en la que se tarda bastante

tiempo, y esos intereses de demora corresponden precisamente a ese

periodo de revisión y pregunta si es que el Grupo Socialista quiere que

se paguen las facturas sin revisar.

Indica a continuación a Unión Progreso y Democracia que no

se puede decir que el equipo de gobierno, a final de año, cuadre el

Presupuesto con los expedientes de modificación de créditos para

realizar pagos porque en ese caso lo que se estaría haciendo sería

descuadrarlo pero lo cierto es que ese descuadre no se produce porque

hay suficientes conceptos que permiten transferir créditos de unas

partidas a otras.

Recuerda además que se pudo comprobar, en la última

Liquidación del Presupuesto, que las modificaciones de crédito

ascendían aproximadamente al 5,78% del Presupuesto y añade que la

Page 117: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

117

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

media de modificaciones de crédito en cualquier administración

asciende hasta el 20%.

Aclara que el Presupuesto de este Ayuntamiento es un

“presupuesto” y habría que sospechar de cualquier organización en la

que cuadre el presupuesto que ha aprobado a principios de año con el

del 31 de diciembre.

Termina su intervención diciendo al Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes que este Ayuntamiento no ha seguido,

para los pagos de CLECE, ninguna estrategia respecto al déficit y la

realidad es que dicha empresa presentó la factura por esos intereses de

demora, en el mes de noviembre.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular y

once (11) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales

Socialista, Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-Los Verdes

y Centrista, ACUERDA:

Primero.- Aprobar inicialmente la Modificación de Créditos

034/13/TP/03 de 2013 por Transferencias en programas

presupuestarios con distinta Área de gasto, destinado a la habilitación

de crédito para intereses de demora, según el siguiente detalle:

Aplicación Descripción Créditos actuales

Créditos disponibles

Transferencia negativa

Transferencia positiva

Créditos definitivos

003.0110.

91301

AMORTIZACIÓN

ANTICIPADA PRÉSTAMOS

A LARZO PLAZO

1.619.000,00 1.619.000,00 150.000,00

1.469.000,00

003.9340.

35200 INTERESES DE DEMORA 111.271,00 78.869,17

150.000,00 261.271,00

TOTAL

150.000,00 150.000,00

Segundo.- Que el acuerdo inicial sea expuesto al público, previo

anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los cuales los interesados

podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El

presupuesto se considerará definitivamente aprobado si durante el

citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

8.(203/13) APROBACIÓN INICIAL del expediente de

Modificación de Créditos 035/13/ES/07 de 2013, por

créditos extraordinarios y suplementos de crédito en

el programa presupuestario Política Económica y

Fiscal, para obligaciones derivadas de la inspección

tributaria correspondiente el IVA de los ejercicios

2002 y 2003 (3.1.3)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) PROVIDENCIA del Alcalde-Presidente, de 21 de noviembre

de 2013, cuyo texto es el siguiente:

“Habiendo tenido conocimiento de la situación procesal de las

reclamaciones judiciales efectuadas contra los acuerdos de

liquidación e imposición de sanciones derivadas de la

inspección tributaria del IVA de los ejercicios 2002 y 2003, y

ante la posibilidad de que la resolución de la reclamación

económico-administrativa no sea favorable al Ayuntamiento,

esta Alcaldía considera imprescindible e indemorable que el

presupuesto disponga de los créditos necesarios y suficientes

para recoger el posible gasto.

Por tanto insto a que se realicen los trámites necesarios

para tramitar el expediente de modificación de créditos

preceptivos.”

B) INFORME del Jefe de Fiscalización Previa y del Sr.

Interventor, de 21 de noviembre de 2013, cuyo texto es el

siguiente:

“El Alcalde Presidente ha dictado la siguiente providencia con

fecha de hoy:

“Habiendo tenido conocimiento del la

situación procesal de las reclamaciones

judiciales efectuadas contra los acuerdos de

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Pleno ordinario 27-11-2013

119

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

liquidación e imposición de sanciones

derivadas de la inspección tributaria del IVA

de los ejercicios 2002 y 2003, y ante la

posibilidad de que la resolución de la

reclamación económico administrativa no

sea favorable al Ayuntamiento, esta Alcaldía

considera imprescindible e indemorable que

el presupuesto disponga de los créditos

necesarios y suficientes para recoger el

posible gasto.

Por tanto insto a que se realicen los trámites

necesarios para tramitar el expediente de

modificación de créditos preceptivo.”

Examinado el procedimiento instado por el Ayuntamiento, se

deduce que a día de hoy, de resultar desfavorable, deberían

atenderse obligaciones por las siguientes cuantías y conceptos:

Fecha Importe Texto Expl.

02/06/2009 171.896,81 JGL 20/07/09. Liquidacion provisional IVA periodo 02/2004.

02/06/2009 388.511,23 JGL 20/07/09. Liquidacion provisional IVA periodo 10/2004.

02/06/2009 153.076,92 JGL 20/07/09. Liquidacion provisional IVA periodo 11/2005.

02/06/2009 1.950,16 2010 LIQ. INTERESES DEMORA (ART. 26,28 L.G.T.)

02/06/2009 4.949,53 2010 LIQ. INTERESES DEMORA (ART. 26,28 L.G.T.)

02/06/2009 2.189,92 2010 LIQ. INTERESES DEMORA (ART. 26,28 L.G.T.)

16/04/2012 556.459,94 LIQUIDACIÓN MARZO 2003 NOTIFICADA ABRIL 2012

16/04/2012 1.382,13 LIQUIDACIÓN SEPTIEMBRE 2003 NOTIFICADA ABRIL 2012

16/04/2012 2.714,92 LIQUIDACIÓN OCTUBRE 2003 NOTIFICADA ABRIL 2012

16/04/2012 220.678,79 INTERESE DEMORA MARZO 2003 NOTIFICADA ABRIL 2012

16/04/2012 510,21 INTERESE DEMORA SEPTIEMBRE 2003 NOTIFICADA ABRIL 2012

16/04/2012 989,53 INTERESE DEMORA OCTUBRE 2003 NOTIFICADA ABRIL 2012

16/04/2012 193,86 SANCIÓN FEBRERO 2002

16/04/2012 84.023,84 SANCIÓN DICIEMBRE 2002

16/04/2012 14.115,42 SANCIÓN SEPTIEMBRE 2003

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

16/04/2012 35.564,42 SANCIÓN OCTUBRE 2003

16/04/2012 10.194,50 SANCIÓN NOVIEMBRE 2003

16/04/2012 26.222,85 SANCIÓN DICIEMBRE 2003

16/04/2012 194.206,13 SANCIÓN MARZO 2003

16/04/2012 691,07 SANCIÓN SEPTIEMBRE 2003

16/04/2012 1.357,46 SANCIÓN OCTUBRE 2003

TOTAL 1.871.879,64

De lo anterior se deduce que la modificación de créditos a

realizar, sería la siguiente, toda ella en el programa Política

económica y fiscal, ya que la única aplicación existente en el

presupuesto del programa, la correspondiente a Multas y

sanciones, no tiene ningún crédito disponible:

Desc. Económica Importe Total Tipo de modificación

003-9310-22500 Tributos estatales 1.274.041,95 Crédito extraordinario

003-9310-27102 Multas y sanciones 366.569,55 Suplemento de crédito

003-9310-35200 Intereses de demora 231.268,14 Crédito extraordinario

TOTAL 1.871.879,64 1.871.879,64

1.- Normativa aplicable

Texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas

Locales (TRLHL), aprobado por RD 2/2004 de 5 de

marzo, art. 182.

Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se

desarrolla el Capítulo primero del Título sexto de la LHL

en materia de presupuestos (RDP).

Bases de Ejecución del Presupuesto General 2013.

Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria

(LGP).

Las Bases de ejecución del Presupuesto para 2013 dicen sobre

las modificaciones de crédito:

Page 121: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

BASE 7. Créditos extraordinarios y suplementos

de crédito.

1.- De acuerdo con el artículo 35 del Real Decreto

500/1990, son aquellas modificaciones del Estado

de Gastos del Presupuesto que tienen como

finalidad la asignación de crédito para la

realización de gastos específicos y determinados,

no previstos inicialmente en el Presupuesto y que,

por razones de urgencia, emergencia o cualquier

otra de interés general apreciada por el Sr.

Alcalde, o autoridad en quien delegue, no puedan

demorarse a otro ejercicio económico.

Se denominará “crédito extraordinario” la

modificación que requiera la creación de una

nueva partida presupuestaria, o “suplemento de

crédito”, cuando aún existiendo aplicación

presupuestaria para la imputación de dichos

gastos, el crédito consignado resulte insuficiente y

no susceptible de ampliación.

2.- Los créditos extraordinarios y los suplementos

de crédito podrán ser financiados, indistintamente,

por los siguientes recursos:

• Remanente líquido de tesorería positivo del

ejercicio anterior.

• Nuevos o mayores ingresos efectivamente

recaudados en el ejercicio.

• Anulaciones o Bajas de los créditos de otras

aplicaciones presupuestarias.

• Los recursos procedentes de operaciones de

crédito, siempre que financien gastos de inversión.

• Excepcionalmente se podrán financiar gastos

corrientes con operaciones de crédito, siempre que

el expediente se ajuste a los requisitos y limitaciones

establecidas en el apartado 5º del artículo 177 del

Texto Refundido de la Ley Reguladora de las

Haciendas Locales.

3.- La aprobación le corresponderá al Pleno

Municipal y se tramitará mediante el oportuno

expediente, incoado por orden del Sr. Alcalde o

autoridad en quien delegue que, en todo caso,

contendrá una memoria suscrita por dicho órgano

justificativa de la necesidad de la referida

Page 122: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

122

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

modificación, del carácter específico y

determinado de los gastos a realizar y la

imposibilidad de demorarlo a ejercicios

posteriores; el referido expediente se sustanciará

con la acreditación de lo siguiente:

• Estadillo presupuestario en el que constarán

las aplicaciones presupuestarias de gastos que

sufrirán modificación y en su caso las aplicaciones

presupuestarias de gastos que se anulan o dan de

baja y los ingresos y su justificación.

• Informe del Interventor.

• Dictamen de la Comisión informativa de

Economía y Hacienda.

• Acuerdo de aprobación inicial por el Pleno

Municipal que, de no mediar reclamaciones, se

convertirá en aprobación definitiva.

• Publicación inicial en el BOCM.

• Acuerdo de aprobación definitiva del Pleno

Municipal, si fuese necesario.

Publicación definitiva en el BOCM.

2.- Financiación de la modificación de crédito.

El estado del Remanente de tesorería que se deduce de la

Liquidación presupuestaria de 2013 fue positivo en

10.308.691,02. El Remanente líquido asciende a día de hoy a

6.560.615,48€, al haber financiado el expediente de

Modificación de Créditos 006/13/ES/02 por Suplemento de

créditos en varios programas presupuestarios, para recoger las

operaciones que quedaron pendientes de aplicación al cierre de

2012, las cuales has sido debidamente reconocidas y pagadas.

En aplicación del artículo 177.4 del TRLRHL y de la Base de

ejecución 7.2, al hablar esta clase de modificación de créditos,

dice que el expediente deberá especificar la concreta partida

presupuestaria a incrementar y el medio o recurso que ha de

financiar el aumento que se propone. Dicho aumento se

financiará con cargo al remanente líquido de tesorería, con

nuevos o mayores ingresos recaudados sobre los totales

previstos en el presupuesto corriente, y mediante anulaciones o

bajas de créditos de gastos de otras partidas del presupuesto

vigente no comprometidos.

Por tanto, la financiación de esta modificación presupuestaria

Page 123: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

123

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

se obtiene del Remanente de tesorería para gastos generales de

2012, toda vez que los gastos a financiar tienen su origen en

ejercicios anteriores.

3.- Órgano competente:

El órgano competente para la aprobación de los créditos

extraordinarios, los suplementos de crédito y las Bajas por

anulación, es el Pleno de la Corporación, necesitando dictamen

de la Comisión informativa.

4.- Conclusión

A la vista de lo expuesto, la propuesta que se podría realizar al

Pleno de la Corporación sería la siguiente

1) Aprobar inicialmente el siguiente suplemento de créditos

en el Presupuesto de 2013 siguiente:

Desc. Económica Importe Total

003-9310-27102 Multas y sanciones 366.569,55

2) Aprobar inicialmente el crédito extraordinario en el

Presupuesto de 2013 siguiente:

Desc. Económica Importe Total

003-9310-22500 Tributos estatales 1.274.041,95

003-9310-35200 Intereses de demora 231.268,14

TOTAL 1.505.310,09

3) Financiar la modificación de créditos incrementando las

previsiones de la partida 870.00. Remanente de tesorería

para gastos generales en 1.871.879,64€

4) Una vez aprobado inicialmente el expediente por el Pleno

de la Corporación, exponer al público el acuerdo, de tal

manera que se considerará definitivamente aprobado si,

durante el período de exposición, no se reciben

reclamaciones al mismo.”

Page 124: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

C) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Concejal Delegada

de Economía y Hacienda, de 21 de noviembre de 2013,

constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos

Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad

y Movilidad Urbana, para que pase el expediente a resolución

por el órgano competente, cuyo texto es el siguiente:

“Vista la providencia del Alcalde Presidente de 21 de

noviembre de 2013 que consta en el expediente y el informe de

la Intervención Municipal de la misma fecha, se propone al

Pleno de la Corporación:

1) Aprobar inicialmente el siguiente suplemento de créditos

en el Presupuesto de 2013 siguiente:

Desc. Económica Importe Total

003-9310-27102 Multas y sanciones 366.569,55

2) Aprobar inicialmente el crédito extraordinario en el

Presupuesto de 2013 siguiente:

Desc. Económica Importe Total

003-9310-22500 Tributos estatales 1.274.041,95

003-9310-35200 Intereses de demora 231.268,14

TOTAL 1.505.310,09

3) Financiar la modificación de créditos incrementando las

previsiones de la partida 870.00. Remanente de tesorería

para gastos generales en 1.871.879,64€

4) Que el acuerdo inicial sea expuesto al público, previo

anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los cuales los

interesados podrán examinarlos y presentar

reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará

definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se

hubiesen presentado reclamaciones.”

Page 125: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

125

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

C) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, favorable.

La Concejal Delegada de Economía y Hacienda, Sra. Menéndez,

indica que, en el año 2004, se hace una inspección a este

Ayuntamiento sobre el IVA de los ejercicios 2001 y 2002 por la venta

de una parcela relacionada con un IVA soportado por una serie de

obras en este municipio.

Sigue diciendo que los ayuntamientos, en aquellos momentos,

deducían el IVA soportado del IVA repercutido. Aclara que este

Ayuntamiento, en el año 2006, recibió un acta por la inspección de la

Agencia Tributaria sobre los pagos de dicho impuesto, acta que

recibieron más del 70% de ayuntamientos de España.

Añade que, en esa inspección, el Tribunal Económico-

Administrativo Central falla en contra de este Ayuntamiento en una

parte y le da la razón en las otras dos.

Manifiesta que, en el año 2010, la Audiencia Nacional ratifica y

estima esa parte que dictamina a favor de este ayuntamiento y pide que

la Agencia Tributaria realice una nueva liquidación que es hecha el 9

de abril de 2011 y se recibe en este Ayuntamiento en febrero de 2012.

Añade que este Ayuntamiento presenta, en la Audiencia Nacional, un

recurso contra esa liquidación y ese órgano vuelve a estimar ese

recurso en la parte correspondiente a más de 800.000 euros y el resto

se recurre ante el Tribunal Económico-Administrativo Central el 6 de

marzo de 2013.

A continuación desea dejar claro que la Agencia Tributaria no ha

reclamado a este Ayuntamiento ninguna cantidad en este momento y

todo lo que se diga respecto a ello no es cierto porque todavía el

Tribunal Económico-Administrativo Central no ha dictado su fallo y

por ello la Agencia Tributaria no ha reclamado aún a este

Ayuntamiento el pago de ninguna cantidad.

Aclara que el equipo de gobierno, en un acto de prudencia

presupuestaria, va a realizar una modificación de créditos para que, en

el caso de que Hacienda reclame esa cantidad, este Ayuntamiento

tenga preparado el dinero para pagarlo.

Page 126: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

126

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención reiterando que, hasta este momento, la

Agencia Tributaria no ha reclamado nada a este Ayuntamiento porque

todavía no ha resuelto el Tribunal Económico-Administrativo Central

y, por prudencia presupuestaria, se va a reservar ese crédito.

El Sr. Presidente aclara que siempre dice que prefiere que a este

Ayuntamiento “se le saquen los colores por pagar de menos que de

más” y en este caso no se ha tratado de engañar o defraudar y lo cierto

es que quien actuó de esa forma, en esos momentos, lo hizo porque

había una interpretación muy clara que contaba con el informe

favorable de la Intervención Municipal y de la Secretaría General y, si

no se hubiera actuado de esa forma, se hubiera pagado algo que no

correspondía pagar como lo demuestra el que se haya dado la razón a

este Ayuntamiento en dos cuestiones de las tres que se discutían.

Termina su intervención insistiendo en que no se trató de

esconder nada ni se intentó no declararlo sino que se realizó una

interpretación que podía ser favorable a los intereses de los ciudadanos

de Majadahonda.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que no sabe si al equipo de gobierno “le saldrán los

colores o no” pero sí sabe que a los vecinos, en los meses de

noviembre y diciembre, se les “ponen los colores” cuando tienen que

pagar el impuesto de bienes inmuebles.

Sigue diciendo que su grupo reconoce el esfuerzo que hace el

equipo de gobierno por tratar de explicar, y poner en bonito, el

verdadero sentido de esta modificación de créditos que se propone

pero aclara que su grupo no se cree esas explicaciones.

Manifiesta que en este expediente se dice que son acuerdos de

liquidación e imposición de sanciones derivadas de la inspección

tributaria del IVA de los ejercicios 2002 y 2003 y, como este

Ayuntamiento pleitea, este asunto está en estos momentos en los

juzgados y tribunales y habrá que esperar a conocer lo que resuelven

pero, como se nos ha impuesto una sanción previa, el equipo de

gobierno ya sabe lo que tiene que pagar y es precisamente por ese

motivo por el que se tramita esta modificación de créditos y no por

Page 127: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

127

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

prudencia sino, a menos que se ganen esos pleitos, por obligación.

Aclara que en este expediente se dice que se debe, por

impuestos, la cantidad de 1,9 millones de euros (casi el 3% del

Presupuesto actual y posiblemente el 6% o el 7% del Presupuesto del

año 2002). Añade que esos casi 2 millones de euros se desglosan en

este expediente de la siguiente forma: 1,2 millones de euros de

liquidación del IVA, 367.000 euros por sanciones (incumplimientos)

que se tienen que abonar por los vecinos, no por el equipo de

gobierno, y además 230.000 euros por intereses de demora.

Manifiesta que las razones técnicas ya han sido explicadas por la

Concejal Delegada de Economía y Hacienda y era compensar el IVA

que se repercutía con el que se soportaba y por ello, en esos

momentos, la Agencia Tributaria realizó una inspección y, después de

pleitear con dicho organismo, este Ayuntamiento se sitúa en el punto

en que nos encontramos en estos momentos.

Continúa diciendo que el equipo de gobierno utiliza como

excusa que esto mismo le pasó a muchos ayuntamientos pero lo cierto

es que a otros muchos no les ocurrió por lo que, desde el punto de

vista, eso no es excusa sino que significa que el equipo de gobierno

(los mismos que forman parte actualmente del equipo de gobierno) lo

hizo muy mal en aquella época, realizó una mala gestión y, desde el

punto de vista de su grupo, demuestra incompetencia política porque

el equipo de gobierno juega con el dinero de los vecinos.

Añade que también significa que el equipo de gobierno no paga

los impuestos cuando corresponde y, mientras que pide a los vecinos

que paguen religiosamente los impuestos sobre bienes inmuebles o

plusvalías, no cumple con su responsabilidad de pagar los impuestos

que corresponden a este Ayuntamiento y parece que “ser liberal”

significa que los demás paguen pero el equipo de gobierno paga 10

años después y aclara que así todos pueden ser liberales.

Manifiesta que ello también significa que el equipo de gobierno

mantiene un déficit oculto (facturas que se guardan, reconocimientos

de deuda y pago de intereses de demora como el que anteriormente se

vio de 150.000 euros) y cree que utilizando esas trampas es como se

consigue tener superávit.

Page 128: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

128

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica además que su grupo desea conocer quién es el

responsable de que los vecinos de Majadahonda tengan que pagar

ahora la cantidad de 2 millones de euros por la incompetencia política

del equipo de gobierno en los años 2002 y 2003 y, si su grupo no logra

saberlo, va a pedir responsabilidades políticas y, si las hubiera,

responsabilidades técnicas.

Continúa diciendo que siempre se habla de que en Majadahonda

se “fríe” muchísimo a los vecinos con los impuestos sobre bienes

inmuebles y plusvalías y que se recortan los servicios públicos

dejándolos anoréxicos y ahora además se descubre que el equipo de

gobierno incumple con su obligación de pagar. Aclara que se ha

dictado, recientemente, una sentencia por la que se condena a un cargo

público y a un ayuntamiento concreto por incumplir el deber de pagar

impuestos a aquél que precisamente debe exigirlos que es

precisamente lo que ha ocurrido en este caso y por ello considera que

el equipo de gobierno es triplemente gravoso para los vecinos porque,

reitera, se les “fríe” con el impuesto sobre bienes inmuebles, se

recortan los servicios que reciben y además, por error o por omisión, el

equipo de gobierno no cumple con la obligación del Ayuntamiento de

pagar los impuestos.

Termina su intervención pidiendo al Sr. Alcalde que se aplique

su famosa frase de que donde mejor está el dinero es en el bolsillo de

los vecinos y su grupo considera que los vecinos no deben pagar ahora

la cantidad de 2 millones de euros por culpa de los errores o

incompetencia del equipo de gobierno.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que no sabe si los vecinos se están dando

cuenta de que, durante las apenas dos horas que lleva celebrándose

esta sesión, el equipo de gobierno va a modificar, por distintos

motivos, casi 4,5 millones de euros (7% del Presupuesto) por lo que

entiende que el equipo de gobierno debería reconocer, al menos, que

los Presupuestos iniciales que aprueba no son los mismos que ahora.

Sigue diciendo que esta modificación que se propone pretende

incorporar al Presupuesto de 2013 la cantidad de 1.871.000 euros y

su grupo entiende que se hace porque el equipo de gobierno sabe, con

certeza y así lo dice el Sr. Alcalde en la primera página de este

expediente, que este Ayuntamiento va a tener que pagar esa cantidad

Page 129: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

129

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

al Ministerio de Hacienda.

Aclara que es necesario realizar ese pago porque Hacienda

realizó una inspección a este Ayuntamiento porque detectó

irregularidades en el pago del IVA, irregularidades que se produjeron

en los años 2002 y 2003, etapa oscura y siniestra de la trama Gürtel en

la que parece que todo valía y también valía no pagar a Hacienda.

Manifiesta que este Ayuntamiento, en esos años, no pagó los

impuestos que le correspondían y por ello va a ser condenado y dice

esto porque el equipo de gobierno se está anticipando con este

expediente.

Aclara que su grupo todavía no conoce las resoluciones

judiciales porque no se han incorporado al expediente pero parece que

el entonces equipo de gobierno utilizó trucos para no pagar impuestos

de IVA por valor de 1.274.000 euros y, aunque se ha dicho que

muchos ayuntamientos actuaban de esa forma, su grupo considera que

no es justificación decir que muchos no pagaban a Hacienda y mucho

menos lo es cuando lo dice una persona que administra las cuentas de

un ayuntamiento. Reitera que para su grupo no sirve como

justificación decir que este Ayuntamiento no pagó a Hacienda porque

otro ayuntamiento no la pagaba.

Continúa diciendo que este Ayuntamiento no pagó la cantidad

de 1.274.000 euros de IVA y por ello Hacienda nos ha impuesto una

sanción de 366.000 euros y además hay que pagar la cantidad de

231.000 euros de intereses de demora.

Manifiesta que la gestión económica del Partido Popular, en

esos años, sigue costando dinero a los vecinos de Majadahonda y

ahora, en 2013, les va a costar casi 600.000 euros en sanciones de

Hacienda y en intereses y, ante la situación de que en las próximas

semanas o meses se reciba esta sentencia, el equipo de gobierno del

Partido Popular corre a modificar el Presupuesto sin pensar nada más

pero su grupo se plantea una serie de preguntas como si es normal que

Hacienda tenga que investigar a un ayuntamiento porque parece que

no ha pagado los impuestos que le correspondían; si el equipo de

gobierno, cuando se reciba esa sentencia judicial, va a buscar

responsabilidades y va a investigar quién tomó la decisión de no pagar

esos impuestos y también si deben ser los vecinos los que tengan que

pagar multas e intereses por una decisión que no tomaron sino que fue

Page 130: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

130

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

tomada por el equipo de gobierno. Aclara que, desde el punto de vista

de su grupo, esas preguntas tienen que ser respondidas antes de poner

a disposición ese dinero.

Indica a continuación que el equipo de gobierno ha dicho que los

tribunales todavía no han fallado pero lo cierto es que ya se está

poniendo el dinero por lo que parece que el equipo de gobierno tiene

confianza cero en la gestión que realizó en los años 2002 y 2003 y

parece que sabe que necesariamente hay que pagar ese dinero y por

ello ha corrido para modificar el Presupuesto.

Aclara que su grupo no sabe lo que ocurría en otros

ayuntamientos y no sabe el porcentaje de ayuntamientos que actuaron

de la misma forma que el de Majadahonda pero su grupo, ahora que

forma parte de este Ayuntamiento, quiere que Majadahonda se parezca

a los ayuntamientos que hacen las cosas bien y cumplen con Hacienda

y no a los que Hacienda reclama la cantidad de 1.200.000 euros y les

impone el pago de 600.000 euros en multas e intereses de demora.

Manifiesta que se ha dicho, durante este debate, que el equipo de

gobierno intentaba proteger los intereses de nuestros vecinos pero la

realidad es que los impuestos hay que pagarlos y pide que se imagine

lo que ocurriría si los ciudadanos de Majadahonda, para proteger a sus

familias, deciden no pagar el impuesto sobre bienes inmuebles.

Indica que su grupo no ha entendido qué ha querido decir el

equipo de gobierno cuando ha manifestado que prefiere pagar de

menos que de más y añade que, desde el punto de vista de su grupo,

las justificaciones que se intentan dar para justificar la imposición de

una sanción de 2 millones de euros que Hacienda ha puesto a este

Ayuntamiento por no pagar, son alucinantes.

Termina su intervención diciendo que hasta que su grupo no

tenga respuesta para todas las preguntas que ha planteado, el equipo de

gobierno no va a contar con el voto favorable de su grupo.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que en este caso se está reclamando que los grupos

de la oposición hagan otro acto de fe y dice esto porque este

expediente se incluyó en la Comisión Informativa de Hacienda por vía

de urgencia y se les dio muy poca información de lo que suponía y, a

Page 131: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

131

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pesar de ello, el equipo de gobierno dice que los grupos de la

oposición siempre están equivocados pero lo cierto es que no lo

estarían si este asunto estuviera documentado suficientemente en el

expediente porque de esa forma habrían podido conocer el por qué de

este pago. Añade que lo único que aparece en el expediente es que hay

que pagar la cantidad de 1,2 millones de euros por el pago de tributos

derivados de la inspección que realizó la Agencia Tributaria, una

sanción de 336.000 euros y 231.000 euros por intereses de demora.

Aclara que su grupo podría interpretar todo esto como quisiera y

y decir, por ejemplo, que el equipo de gobierno no paga a Hacienda,

que ha querido defraudar deliberadamente o que ha evitado, durante

10 años, realizar ese pago y reitera que podría hacer la interpretación

que quisiera porque el equipo de gobierno no facilita información a los

grupos de la oposición que, con el expediente que se les ha facilitado,

solo pueden tener claro que este Ayuntamiento va a realizar una

modificación de créditos por 1.871.879 euros y que ese dinero va a

salir del remanente positivo de tesorería.

Manifiesta que es curioso comprobar para qué sirve en este

Ayuntamiento el haber abandonado la situación de déficit y obtener

superávit lo que, desde el punto de vista de su grupo, se ha logrado

gracias al esfuerzo de los vecinos porque fueron los que tuvieron que

soportar el aumento del impuesto sobre bienes inmuebles y el recorte

de servicios y añade que su grupo nunca ve que el remanente positivo

de tesorería que existe actualmente sirva para aumentar los servicios

que reciben los ciudadanos y lo cierto es que ha comprobado que solo

ha servido, en los últimos años, para pagar atrasos y, en este caso, para

pagar obligaciones derivadas de los años 2002 y 2003 y, hace unos

meses, sirvió para pagar atrasos por no haber realizado a tiempo las

revisiones de precios del contrato de limpieza viaria y recogida

neumática de basuras por lo que su grupo cree que el remanente de

tesorería está siendo comido por el pago de atrasos y pregunta si ese

remanente era real o ficticio.

Sigue diciendo que su grupo, durante años, estuvo diciendo, de

todas las formas posibles, que la anterior modificación de créditos se

iba a tener que producir y también las revisiones de precios que eran

consecuencia de los contratos firmados pero, a pesar de ello, esa

prudencia no existía porque realmente esas cantidades no se incluían

en los Presupuestos y ahora parece que el equipo de gobierno se ha

vuelto prudente y da por hecho que ha perdido esa sentencia y por ello

Page 132: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

132

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

hay que pagar la cantidad de 1,8 millones de euros más.

Termina su intervención aclarando que su grupo espera que este

Ayuntamiento gane esa sentencia para que nuestros vecinos no tengan

que pagar esos 1,8 millones de euros pero teme lo peor.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que no va a insistir más en la falta de documentación que se incorpora

a este expediente y va a intentar hablar de este asunto en concreto.

Sigue diciendo que, si no recuerda mal, la Concejal Delegada de

Economía y Hacienda dijo, en la correspondiente comisión

informativa, que este Ayuntamiento había contratado un buen

despacho de abogados y que parecía que la sentencia iba a ser

desfavorable por lo que entiende que esta modificación de créditos no

se tramita por prudencia sino por obligación. Aclara que su grupo

preguntó cuánto habían costado esos abogados pero el equipo de

gobierno todavía no le ha facilitado esa información.

Reitera que, desde el punto de vista de su grupo, esta

modificación de créditos se tramita porque el despacho de abogados

contratado ha dicho al equipo de gobierno que este Ayuntamiento va a

tener que pagar esa liquidación.

Sigue diciendo que anteriormente ha indicado la Concejal de

Hacienda que, en el año 2003, se realizó a este Ayuntamiento una

inspección por la venta de una parcela, que en el año 2006 se hizo una

inspección por el pago del IVA, que en el año 2011 se realizó una

liquidación y que en el año 2012 se comunicó a este Ayuntamiento

pero su grupo, viendo este expediente, comprueba que en el año 2012

figuran unos 700.000 euros pero el resto corresponden a una

liquidación provisional del IVA, del año 2004, de 171.000 euros que

fue aprobada por la Junta de Gobierno en el año 2009, que hay otra

liquidación provisional de 388.000 euros del año 2004 aprobada

también por la Junta de Gobierno en el año 2009, que otra liquidación

del IVA del año 2005, también aprobada por la Junta de Gobierno en

el año 2009, liquidaciones aprobadas que suman, en total, unos

700.000 euros aproximadamente lo que fue notificado en abril de 2012

y además hay que pagar 556.000 euros y unos intereses de demora por

220.000 euros y también aparecen sanciones del ejercicio 2002 y de

muchos meses del ejercicio 2003.

Page 133: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

133

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que lo que se ha notificado en abril de 2012 asciende a

unos 700.000 euros aproximadamente pero la diferencia, hasta

1.871.000 euros, corresponden a pagos que deberían haberse realizado

en el año 2002 y que ahora hay que pagar.

Manifiesta que su grupo cree que todo este asunto se conocía

cuando este Ayuntamiento estaba padeciendo su crisis particular del

año 2004. Aclara que habla de crisis particular, e incluso podría decir

que era de valores, porque se debía a lo que alguien hacía con el

dinero sin que fuera suyo, crisis que no tiene nada que ver con la crisis

económica actual. Añade que esas personas llevaron a este

Ayuntamiento a una situación económica que era siempre de números

rojos y, viendo este expediente, su grupo tiene la sensación de que

ahora, como parece que tenemos dinero, se quiere saldar esa deuda

que en aquellos momentos este Ayuntamiento no pudo afrontar.

Indica que su grupo tiene mucho interés en conocer la totalidad

de este expediente para saber de qué se trata porque le parece

preocupante que ahora haya que pagar una sanción impuesta en marzo

de 2003 por 134.000 euros y que haya que pagar unos acuerdos

adoptados por la Junta de Gobierno Local en el año 2009 y que suman

unos 700.000 euros y pregunta por qué no se pagó esa liquidación

provisional del IVA del periodo 2004-2004, si la Junta de Gobierno

Local la había aprobado y se han dejado pasar 4 años sin haber

abonado esa liquidación.

Termina su intervención indicando que su grupo no va a votar a

favor de este expediente pero tiene mucho interés en conocer lo que ha

ocurrido.

El Sr. Presidente indica que este punto del orden del día es un

ejemplo que podría pasar a la historia como demostración de cómo se

puede tergiversar un tema en una sesión plenaria.

Sigue diciendo que los grupos de la oposición, con sus

manifestaciones, han dado la sensación de que se ha defraudado a

Hacienda para no pagar y también que eran los concejales del equipo

de gobierno los que no querían pagar pero lo cierto es que ese dinero

lo van a dar los vecinos de Majadahonda, en caso de que haya hacerlo,

al resto de España.

Page 134: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

134

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Manifiesta a continuación al Grupo Socialista que a él sí se le

pondría la cara colorada si este Ayuntamiento pagara un dinero que

no tuviera que pagar y pregunta qué hubiera pasado si se hubieran

pagado impuestos que no deberían haberse abonado, pregunta que

hace porque de las tres actas que están en discusión, el Tribunal nos ha

dado la razón en dos por valor de 800.000 euros y solo queda una que

todavía no ha sido resuelta aunque los grupos de la oposición dan por

hecho que este Ayuntamiento ya ha sido condenado.

Pregunta a quién cree el Grupo Socialista que habría que pedir

responsabilidades si este Ayuntamiento hubiera pagado esas tres actas

indebidamente, pregunta que hace porque según el Viceportavoz de

dicho grupo, si el Partido Socialista hubiera gobernado en esos

momentos, hubiera pagado las tres.

A continuación recuerda que, en el caso de esas tres

liquidaciones, los servicios de Intervención y los servicios jurídicos

decían que lo que se hizo era una interpretación totalmente posible y

pregunta si el Grupo Socialista, a pesar de esos informes favorables,

hubiera pagado esas liquidaciones porque el dinero es de los vecinos

de Majadahonda y también pregunta si las responsabilidades por esos

pagos habría que pedirlas, en caso de que gobernara en esos momentos

en este municipio, al Partido Socialista.

Manifiesta que durante este debate se ha hablado también de

déficit oculto y de trampas pero recuerda que, por la ley de pago a

proveedores, todos los interventores de España, hace unos meses,

tuvieron que sacar, bajo su responsabilidad, todas las facturas que

tenían pendientes de pago y este Ayuntamiento, a pesar de que los

grupos de la oposición siempre han dicho que debía muchísimos

millones de euros por facturas que estaban guardadas en los cajones,

no acudió a ese plan para pago a proveedores porque había muy pocas

facturas pendientes.

Pregunta seguidamente a quién acusan los grupos de la

oposición de hacer trampas, si es al Sr. Interventor por ese supuesto

déficit oculto o a los funcionarios que han firmado la situación

económica y balance de este Ayuntamiento y aclara que hace esta

pregunta porque él no ha firmado nada ya que no hace la contabilidad

del Ayuntamiento ni los apuntes contables.

Page 135: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

135

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica que también se ha dicho, durante este debate, que se van a

pagar obligaciones derivadas del año 2003 pero lo cierto es que este

Ayuntamiento todavía no ha pagado nada y por ello considera que

hemos ahorrado, hasta este momento, unos 800.000 euros y habrá que

esperar a conocer lo que dicen los tribunales al respecto.

Continúa diciendo que a los grupos de la oposición les parece

ahora mal hacer modificaciones contables por si se recibe una

sentencia desfavorable pero antes acusaban al equipo de gobierno de

no ser previsores si no lo hacían.

Manifiesta al Grupo Unión Progreso y Democracia que el equipo

de gobierno no quiere que este Ayuntamiento tenga déficit pero

entiende que se produciría en caso de que el equipo de gobierno no sea

previsor y gaste ese dinero en otras cuestiones.

Reitera que el equipo de gobierno es previsor porque todavía no

se ha producido una resolución que condene al Ayuntamiento a

realizar esos pagos y, aunque esa resolución sea desfavorable, prefiere

tener que pagar ahora ese dinero a haberlo pagado, en su momento, de

forma indebida. Aclara que no lo hizo en esos momentos porque el

entonces equipo de gobierno contaba con informes en los que se decía

que era probable que este Ayuntamiento ganara esos pleitos y no

tuviera que pagar ese dinero, forma de actuar que volvería a repetir

porque recuerda que las dos otras actas de liquidación fueron ganadas

y este Ayuntamiento no tuvo que pagar los 800.000 euros que

suponían. Añade que seguramente los grupos de la oposición hubieran

pagado esas otras dos actas para no salir en los periódicos.

Ante las protestas de los grupos de la oposición, el Sr. Alcalde

manifiesta que les entregará la documentación que acredita todo lo que

está diciendo aunque está convencido de que conocen todo este asunto

pero parece que no les interesa decir que el equipo de gobierno ha

hecho algo bien y por ello no hablan de los 800.000 euros que se han

ahorrado los vecinos de Majadahonda.

Termina su intervención diciendo al Grupo Centrista que todavía

no se ha producido la resolución e insiste en que repetiría esa forma de

actuar siempre que se tengan dudas y recuerda que, en este caso, un

asesor fiscal le dijo que la mayoría de los ayuntamientos estaban

actuando de una determinada forma y lo normal es hacerlo de la

misma forma que el resto porque era algo bastante razonable y añade

Page 136: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

136

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

que, desde su punto de vista, éste es un ejemplo histórico de cómo se

puede tergiversar un punto del orden del día porque les conviene

hacerlo así a los grupos de la oposición.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular,

nueve (9) votos en contra correspondientes a los Grupos Municipales

Socialista, Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-Los

Verdes y dos (2) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal

Centrista, ACUERDA:

Primero.- Aprobar inicialmente el siguiente suplemento de créditos en

el Presupuesto de 2013 siguiente:

Desc. Económica Importe Total

003-9310-27102 Multas y sanciones 366.569,55

Segundo.- Aprobar inicialmente el crédito extraordinario en el

Presupuesto de 2013 siguiente:

Desc. Económica Importe Total

003-9310-22500 Tributos estatales 1.274.041,95

003-9310-35200 Intereses de demora 231.268,14

TOTAL 1.505.310,09

Tercero.- Financiar la modificación de créditos incrementando las

previsiones de la partida 870.00. Remanente de tesorería para gastos

generales en 1.871.879,64€

Cuarto.- Que el acuerdo inicial sea expuesto al público, previo

anuncio en el BOCM, por 15 días, durante los cuales los interesados

podrán examinarlos y presentar reclamaciones ante el Pleno. El

expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el

citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

Page 137: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

137

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

9.(204/13) DAR CUENTA del informe de la Intervención

Municipal sobre cumplimiento del Objetivo de

Estabilidad Presupuestaria y Regla de Gasto

derivado de la ejecución del tercer trimestre de 2013

(3.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME de la Técnico de Control Interno y del Sr.

Interventor, de 18 de noviembre de 2013, cuyo texto es el

siguiente:

1. “Normativa aplicable.

CE Constitución Española de 1978 artículo 135.

LRBRL: Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases

del Régimen Local.

TRLHL: Texto Refundido de Ley 39/1988, de 28 de

diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado

por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de mayo.

RDP: Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se

desarrolla el Capítulo Primero del Título Sexto de la Ley

39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas

Locales.

ICAL(n): Instrucción del Modelo Normal de Contabilidad

Local, aprobada por Orden EHA/4041/2004, de 23 de

noviembre.

LGP: Ley 47/2003, de 26 de noviembre General

Presupuestaria.

LOEPSF: Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril Ley Orgánica

de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.

RLGEP: RD 1463/20007, de 2 de noviembre, por el que se

aprueba el desarrollo de la LGEP, en su aplicación a las

entidades locales de aplicación en todo aquello que no sea

contrario a la LOEPSF.

Orden HAP/2105/2012 de 1 de octubre por la que se

desarrollan las obligaciones de suministro de información

previstas en la Ley Orgánica de Estabilidad Presupuestaria y

Sostenibilidad Fiscal.

Page 138: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

138

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

EPEELL: Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la

que se aprueba la estructura de los Presupuestos de las

Entidades Locales

2.- Otras disposiciones y documentos de referencia o de

aplicación.

SEC: Sistema Europeo de Cuentas Nacionales, constituido

como norma jurídica obligatoria en todos sus elementos y

directamente aplicable a todos los estados miembros de la

Unión Europea por el Reglamento (CE) 2223/96, de 25 de julio

de 1996.

MANUAL SEC-95: Manual de cálculo del déficit en

Contabilidad Nacional adaptado a las Corporaciones Locales

confeccionado por la Intervención General del Estado en el

marco de las actuaciones previstas en el “Acuerdo de la

Comisión Delegada del Gobierno para asuntos económicos

sobre mejora en la transparencia en el ámbito de la información

económica y estadística proporcionada por el Gobierno”.

3.- El objetivo de estabilidad presupuestaria en la ejecución

del tercer trimestre del Presupuesto General para el ejercicio

2013.

Dispone el artículo 3 de la LOEPSF que la elaboración,

aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás

actuaciones que afecten a los gastos o ingresos de los distintos

sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Ley se

realizará en un marco de estabilidad presupuestaria, coherente

con la normativa europea, entendiendo como estabilidad

presupuestaria de las Administraciones Públicas la situación de

equilibrio o superávit estructural.

Por otro lado el artículo 4 de la misma Ley define la

sostenibilidad financiera como la capacidad para financiar

compromisos de gastos presentes y futuros dentro de los límites

de déficit y deuda pública.

Como mecanismo de control de cumplimiento de las

obligaciones expuestas, el artículo 16 de la Orden

HAP/2105/2012 de 1 de octubre establece que las

Corporaciones Locales están obligadas a suministrar, antes del

Page 139: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

139

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

último día del mes siguiente a la finalización de cada trimestre

del año la actualización del informe de la intervención del

cumplimiento del objetivo de estabilidad, de la regla de gasto y

del límite de la deuda.

4.- Entidades que componen el Presupuesto General y

delimitación sectorial de acuerdo con el Sistema Europeo de

Cuentas Nacionales y Regionales.

De acuerdo con la clasificación de entidades contenida

en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales

(SEC), que queda recogida en el artículo 2 de la LOEPSF, el

sector público se considera integrado por las siguientes

unidades:

a) Administración central, que comprende el Estado y los

organismos de la administración central.

b) Comunidades Autónomas.

c) Corporaciones Locales.

d) Administraciones de Seguridad Social.

Por otro lado, El resto de las entidades públicas

empresariales, sociedades mercantiles y demás entes de derecho

público dependientes de las administraciones públicas, no

incluidas en el apartado 1 del citado artículo 2 de la LOEPSF,

tendrán consideración de sector público y quedarán sujetos a lo

dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se

refieran a las mismas.

Por tanto, las entidades dependientes del Ayuntamiento de

Majadahonda se agruparán, a efectos del cumplimiento del

objetivo de estabilidad presupuestaria, de la siguiente forma

Grupo de consolidación según el artículo 2.1 de la

LOEPSF:

El Ayuntamiento como entidad matriz

El Organismo Autónomo “Patronato Monte del Pilar”

Page 140: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

140

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Entidad objeto de evaluación individual según el artículo

2.2 de la LOEPSF:

Sociedad Anónima de capital íntegramente municipal

“PATRIMONIO MUNICIPAL DE MAJADAHONDA, S.A.”

(PAMMASA)

5.- Evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad

presupuestaria en las entidades comprendidas en el artículo

2.1 de la LOEPSF.

Para evaluar el cumplimiento del objetivo de estabilidad

presupuestaria hay que tener en cuenta las modificaciones que

se han realizado sobre los estados de ingresos y gastos del

Presupuesto, así como la ejecución del mismo en el tercer

trimestre del ejercicio:

INGRESOS AYUNTAMIENTO

CAP. DENOMINACIÓN DE LOS CAPÍTULOS

Previsiones Iniciales

Modificaciones Previsiones Definitivas

Derechos Netos

Estimacion derechos reconocidos netos a

31-12-13

1 IMPUESTOS DIRECTOS. 39.690.293,00

39.690.293,00 9.948.297,31 40.890.593,00

2 IMPUESTOS

INDIRECTOS. 840.000,00

840.000,00 1.030.776,51 840.000,00

3 TASAS Y OTROS

INGRESOS. 6.005.247,00

14.855,74 6.020.102,74 3.741.447,89 6.134.685,93

4 TRANSFERENCIA

CORRIENTES. 17.267.387,00

81.874,70 17.349.261,70 11.546.389,56 18.248.786,03

5 INGRESOS

PATRIMONIALES. 2.694.275,00

2.694.275,00 1.585.330,04 2.839.726,14

Total operaciones

corrientes 66.497.202,00 96.730,44 66.593.932,44 27.852.241,31 68.953.791,10

6 ENAJENACIÓN DE

INVERSIONES REALES. 133.000,00

133.000,00 141.464,13 133.000,00

7 TRANSFERENCIAS DE

CAPITAL. 60,00

60,00

60,00

Total operaciones de

capital 133.060,00 0,00 133.060,00 141.464,13 133.060,00

OPERACIONES NO

FINANCIERAS 66.630.262,00 96.730,44 66.726.992,44 27.993.705,44 69.086.851,10

8 ACTIVOS FINANCIEROS. 30,00 29.834.944,32 29.834.974,32 158.300,00 158.330,00

9 PASIVOS FINANCIEROS.

OPERACIONES FINANCIERAS 30,00 29.834.944,32 29.834.974,32 158.300,00 158.330,00

Suma Total Ingresos. 66.630.292,00 29.931.674,76 96.561.966,76 28.152.005,44 69.245.181,10

Page 141: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

141

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

GASTOS AYUNTAMIENTO

DENOMINACIÓN DE LOS CAPÍTULOS

Créditos Iniciales

Modificaciones Créditos Totales Obligaciones Reconocidas

Estimacion obligaciones

reconocidas a 31-12-13

GASTOS DE PERSONAL. 29.599.495,00 -160.740,25 29.438.754,75 19.981.181,82 29.409.121,68

GASTOS CORRIENTES EN BIENES

Y SERVICIOS. 29.747.976,00 3.703.988,77 33.451.744,77 17.468.002,93 33.747.892,91

GASTOS FINANCIEROS. 507.425,00 1,20 507.426,20 94.218,14 579.655,00

TRANSFERENCIAS CORRIENTES. 2.163.165,00 301.373,02 2.464.538,02 1.339.089,75 2.380.437,27

Gastos corrientes 62.018.061,00 3.844.622,74 65.862.463,74 38.882.492,64 66.117.106,86

INVERSIONES REALES. 551.000,00 26.175.752,02 26.726.752,02 4.536.221,29 14.658.446,90

TRANSFERENCIAS DE CAPITAL. 0,00 0,00 0,00 0,00

Gastos de capital 551.000,00 26.175.752,02 26.726.752,02 4.536.221,29 14.658.446,90

GASTOS NO FINANCIEROS 62.569.061,00 30.020.374,76 92.589.215,76 43.418.713,93 80.775.553,76

ACTIVOS FINANCIEROS. 30,00 161.300,00 161.330,00 161.300,00 155.300,00

PASIVOS FINANCIEROS. 3.719.000,00 -250.000,00 3.469.000,00 157.914,07 1.850.000,00

GASTOS FINANCIEROS 3.719.030,00 -88.700,00 3.630.330,00 319.214,07 2.005.300,00

Suma Total Gastos. 66.288.091,00 29.931.674,76 96.219.545,76 43.737.928,00 82.780.853,76

INGRESOS PATRONATO MONTE DEL PILAR

DENOMINACIÓN DE LOS CAPÍTULOS Previsiones

Iniciales Modificaciones

Previsiones Definitivas

Derechos Netos

Estimacion derechos

reconocidos a 31-12-13

TRANSFERENCIA CORRIENTES. 919.448,00

919.448,00 919.448,00 919.448,00

Total de operaciones corrientes: 919.448,00 919.448,00 919.448,00 919.448,01

GASTOS PATRONATO MONTE DEL PILAR.

DENOMINACIÓN DE LOS CAPÍTULOS

Créditos Iniciales

Modificaciones Créditos Totales

Obligaciones Reconocidas

Estimacion obligaciones

reconocidas a 31-12-13

GASTOS DE PERSONAL. 197.576,00 -12.000,00 185.576,00 102.560,94 162.089,00

GASTOS CORRIENTES EN

BIENES Y SERVICIOS. 721.872,00 12.000,00 733.872,00 368.862,94 735.149,29

Total operaciones corrientes

919.448,00 919.448,00 471.423,88 897.238,29

TRANSFERENCIAS DE

CAPITAL 896.315,29

TOTAL GASTOS 1.793.553,58

Page 142: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

142

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Ajustes en el presupuesto de las entidades comprendidas

en el grupo del artículo 2.1 de la LOEPSF.

Dichos ajustes son los siguientes:

Impuestos, tasas y otros ingresos:

En la contabilidad presupuestaria, los ingresos se

registran en el momento en que se reconoce el respectivo

derecho, que puede ser previo o simultáneo al cobro, según

provenga, respectivamente, de liquidaciones de contraído previo

o no. Actualmente el SEC establece que el criterio para la

imputación de los ingresos fiscales es el de caja. Por tanto, a

efectos de la elaboración de las cuentas en contabilidad

nacional, las rúbricas de impuestos se registran por el importe

total realizado en caja en cada ejercicio, ya sea de presupuesto

corriente o de cerrados.

De acuerdo con este criterio, si el importe de tales

derechos reconocidos supera el valor de los cobros, tanto del

ejercicio corriente como de los cerrados, se efectuará un ajuste

negativo que reducirá el saldo presupuestario, incrementando el

déficit público a efectos del SEC. Si, por el contrario, la cuantía

de los derechos reconocidos es inferior al importe de los cobros

del presupuesto corriente y de presupuestos cerrados, el ajuste

positivo, resultante de la diferencia de valores, disminuirá el

déficit en Contabilidad Nacional.

Aplicando el porcentaje de recaudación del ejercicio 2012

y de ejercicios cerrados a la previsión de derechos para el

ejercicio 2013, una previsión de recaudación para dicho

ejercicio que da lugar a los siguientes ajustes:

PRESUPUESTO 2013 Previsión de

Derechos 2013

% Recaudacion

2012

Previsión recaudación 2013

Ajustes Mayor deficit

Ajustes Menor deficit

I.Impuestos directos 39.690.293,00 95,52% 37.912.424,64 1.777.868,36 0,00

II.Impuestos indirectos 840.000,00 93,92% 788.886,25 51.113,75 0,00

III.Tasas y otros

ingresos 6.005.247,00 105,08% 6.310.541,26 0,00 -305.294,26

Page 143: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

143

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Intereses:

Presupuestariamente se imputan los intereses explícitos e

implícitos de deudas en el momento del reconocimiento de la

obligación, esto es, según su vencimiento, recogiéndose en el

Capítulo III “Gastos financieros” del estado de gastos del

Presupuesto.

En la Contabilidad Nacional, por el contrario, rige el

principio de devengo; así, a fin de ejercicio deberán

incorporarse los intereses explícitos devengados, tanto vencidos

como no vencidos.

De este modo, por la diferencia entre los intereses

devengados y las obligaciones reconocidas en el Presupuesto

puede surgir:

a) Un mayor gasto no financiero a efectos de la Contabilidad

Nacional, cuando la cuantía devengada supere el importe de las

obligaciones reconocidas en el período; en este caso, el ajuste

supondrá un mayor déficit

b) Un menor gasto no financiero en la Contabilidad

Nacional que el reconocido en el Presupuesto, cuando la

cuantía devengada sea inferior a las obligaciones reconocidas;

aquí, el ajuste determinará una mayor capacidad de

financiación o menor déficit.

Obligaciones pendientes de aplicar al Presupuesto:

En la Contabilidad Presupuestaria se recogen aquellas

obligaciones vencidas y exigibles para las que se ha dictado el

correspondiente acto formal de reconocimiento y liquidación.

Sin embargo, puede suceder que a final del ejercicio existan

obligaciones vencidas y exigibles que, por diversos motivos, no

hayan sido objeto de reconocimiento formal en dicha

Contabilidad; el importe de dichas obligaciones, en virtud de lo

PRESUPUESTO 2013

Intereses previstos 2013 Mayor déficit Menor déficit

450.000,00 38.197,84 6.644,24

Page 144: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

144

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

establecido en la vigente ICAL(n), debe recogerse en el Balance

de Situación de la entidad a 31 de diciembre, a través del saldo

acreedor de la cuenta “413 Acreedores por obligaciones

pendientes de aplicar a presupuesto”.

En la Contabilidad Nacional el principio del devengo se

enuncia con carácter general para el registro de cualquier flujo

económico y, en particular, para las obligaciones. La aplicación

de este principio implica el cómputo de cualquier gasto

efectivamente realizado en el déficit de una unidad pública, con

independencia del momento en que tiene lugar su imputación

presupuestaria.

Por tanto, si el saldo final de la cuenta es mayor (menor)

que el inicial, la diferencia dará lugar a un ajuste por mayor

(menor) gasto no financiero en contabilidad nacional,

aumentando (disminuyendo) el déficit inicial de la corporación

local.

Para el ejercicio 2013, procede efectuar el siguiente ajuste:

PRESUPUESTO 2013 Oper. cierre 2012 Previsión OPA

cierre 2013 Mayor déficit Menor déficit

3.748.075,54 200.000,00 200.000,00 3.748.075,54

Los ajustes referidos anteriormente no proceden sobre el

presupuesto del Patronato Monte del Pilar ya que no tiene

ingresos de carácter tributario, no tiene pendientes operaciones

de préstamo y no tiene operaciones pendientes de aplicar al

presupuesto.

CAPACIDAD DE FINANCIACION CONSOLIDADA 3ER

TRIMESTRE 2013

La capacidad de financiación consolidada, considerando

los ajustes recomendados por el MANUAL SEC, es negativa

por valor de -10.569.974,14 €

Page 145: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

145

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

INGRESOS NO FINANCIEROS GASTOS NO FINANCIEROS AJUSTES CAPACIDAD/NECESIDA

D DE FINANCIACION

AYTO . MAJADAHONDA 69.086.851,10 80.775.553,76

1.992.834,0

9 -9.695.868,57 PATRONATO MTE. DEL

PILAR 919.448,01 1.793.553,58 0,00 -874.105,57

TOTAL

-10.569.974,14

6.- Evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad

presupuestaria en las entidades comprendidas en el artículo

2.2 de la LOEPS

La evaluación del cumplimiento de estas entidades se

realizará, como se ha dicho, individualmente, debiendo aprobar

sus respectivas previsiones de cuentas de pérdidas y ganancias

en situación de equilibrio financiero.

De la cuenta de pérdidas y ganancias de la sociedad

mercantil PAMMASA, estimada para 2013 se obtienen los

siguientes datos:

Previsión del Ejercicio: 2013

700, 701, 702, 703, 704,705, (706),

(708), (709)

1.Importe neto de la cifra de negocio 3.910.475,00

71*, 7930, (6980) 2. Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación

250.000,00

73 3. Trabajos realizados por la empresa para su activo 400.000,00

(600), (601), (602), 606, (607), 608,

609, 61*, (6931), (6932), (6933),

7931, 7932, 7933

4. Aprovisionamientos -2.352.115,00

740, 747, 75 5. Otros ingresos de explotación. 479.095,00

-64 6. Gastos de personal. -483.330,00

(62), (631), (634), 636, 639, (65),

(694), (695), 794, 7954

7. Otros gastos de explotación. -1.234.320,00

-68 8. Amortización de inmovilizado. -455.480,00

746** 9. Imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras.

68.185,00

7951, 7952, 7955 10. Excesos de provisiones.

(670), (671), (672), (690), (691),

(692), 770, 771, 772, 790, 791, 792

11. Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado.

11a. Subvenciones concedidas y transferencias realizadas por la entidad

0,00

Page 146: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

146

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Previsión del Ejercicio: 2013

- al sector público local de carácter administrativo

- al sector público local de carácter empresarial o fundacional

- a otros

12. Otros resultados.

A) RESULTADO DE EXPLOTACIÓN (1+2+3+4+5+6+7+8+9+10+11+11a+12)

582.510,00

760, 761, 762, 769, 746 13. Ingresos financieros. 185.000,00

(660), (661), (662), (664), (665),

(669)

14. Gastos financieros. -244.895,00

(663), 763 15. Variación de valor razonable en instrumentos financieros.

(668), 768 16. Diferencias de cambio.

(666), (667), (673), (675), (696),

(697), (698), (699), 766, 773, 775,

796, 797, 798, 799

17. Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros.

18. Otros ingresos y gastos de carácter financiero -59.895,00

B) RESULTADO FINANCIERO (13+14+15+16+17+18). 522.615,00

C) RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS (A+B)

(6300)*, 6301*, (633), 638 19. Impuestos sobre beneficios.

D) RESULTADO DEL EJERCICIO (C+19)

522.615,00

Según comunicación de la Secretaria General de Analisis

y Cuentas del Sector Publico de la IGAE, recibido con fecha 15

de octubre de 2013, que se adjunta a este Informe, la empresa

PAMMASA se considera en contabilidad nacional como una

unidad institucional pública dependiente del Ayuntamiento de

Majadahonda.

Dada la naturaleza de las operaciones de la empresa

PAMMASA y su consideración como entidad dependiente que

mayoritariamente se financia con ingresos de mercado, resulta

difícil, en este momento, estimar ajustes con la consistencia

suficiente para calcular su capacidad de financiación.

Los datos que se obtienen de la previsión de la Cuenta de

Pérdidas y Ganancias para el ejercicio 2013, en los que no se

han producido durante el primer semestre del año

circunstancias significativas que hagan necesario modificarlas,

Page 147: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

147

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

ponen de manifiesto que la sociedad mercantil PAMMASA,

única entidad comprendida en el ámbito del artículo 2.2 de la

LOEPSF, presenta una previsión de resultado positivo para el

ejercicio 2013 de 522.615,00€.

3.- Regla de Gasto

Dispone el artículo 12 de la LOEPSF:

“1. La variación del gasto computable de la Administración

Central, de las Comunidades Autónomas y de las Corporaciones

Locales, no podrá superar la tasa de referencia de crecimiento

del Producto Interior Bruto de medio plazo de la economía

española.

No obstante, cuando exista un desequilibrio estructural en las

cuentas públicas o una deuda pública superior al objetivo

establecido, el crecimiento del gasto público computable se

ajustará a la senda establecida en los respectivos planes

económico-financieros y de reequilibrio previstos en los

artículos 21 y 22 de esta ley.

2. Se entenderá por gasto computable a los efectos previstos en

el apartado anterior, los empleos no financieros definidos en

términos del Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y

Regionales, excluidos los intereses de la deuda, el gasto no

discrecional en prestaciones por desempleo, la parte del gasto

financiado con fondos finalistas procedentes de la Unión

Europea o de otras Administraciones Públicas y las

transferencias a las Comunidades Autónomas y a las

Corporaciones Locales vinculadas a los sistemas de

financiación.

3. Corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad

calcular la tasa de referencia de crecimiento del Producto

Interior Bruto de medio plazo de la economía española, de

acuerdo con la metodología utilizada por la Comisión Europea

en aplicación de su normativa. Esta tasa se publicará en el

informe de situación de la economía española al que se refiere

el artículo 15.5 de esta Ley. Será la referencia a tener en cuenta

por la Administración Central y cada una de las Comunidades

Page 148: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

148

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Autónomas y Corporaciones Locales en la elaboración de sus

respectivos Presupuestos.

4. Cuando se aprueben cambios normativos que supongan

aumentos permanentes de la recaudación, el nivel de gasto

computable resultante de la aplicación de la regla en los años

en que se obtengan los aumentos de recaudación podrá

aumentar en la cuantía equivalente”.

Para las Corporaciones Locales se cumple la Regla de

Gasto, si la variación, en términos SEC, del gasto computable

de cada Corporación Local, entre dos ejercicios económicos, no

supera la tasa de referencia de crecimiento del Producto

Interior Bruto de medio plazo de la economía española (1,7%),

modificado, en su caso, en el importe de los incrementos

permanentes y disminuciones de recaudación derivados de

cambios normativos.

El legislador ha optado por limitar sólo el crecimiento

nominal de los gastos no financieros (capítulos 1 al 7 del

presupuesto), excluyendo además los gastos por intereses

(capítulo 3) y las prestaciones por desempleo no discrecionales

(parte del capítulo 4).

4.- Cálculo de la Regla de Gasto

Para las unidades sometidas a un Plan General de

Contabilidad Pública y que presentan liquidación del

Presupuesto, una aproximación inicial al concepto de “empleos

no financieros excluidos los intereses de la deuda” es la suma

de los gastos de los capítulos 1 a 7 del Presupuesto de gastos,

teniendo en cuenta que, en el caso del capítulo 3, “Gastos

Financieros”, únicamente se incluirán los gastos de emisión,

formalización, modificación y cancelación de préstamos, deudas

y otras operaciones financieras, así como los gastos por

ejecución de avales, debido a que estos gastos no se consideran

intereses según el Sistema Europeo de Cuentas.

Sobre este importe habrá que realizar una serie de ajustes

que permitan aproximar los gastos presupuestarios a los

empleos no financieros según los criterios del Sistema Europeo

de Cuentas (SEC-95).

Page 149: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

149

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Los ajustes realizados son los siguientes:

a) Enajenación de terrenos e inversiones reales:

El Sistema Europeo de Cuentas considera la inversión de

una unidad pública como un gasto no financiero que debe

valorarse por la diferencia entre las adquisiciones y las

enajenaciones de los activos fijos, materiales e inmateriales

realizadas en el ejercicio.

Por tanto, deberán considerarse como menores empleos

no financieros y, en consecuencia, realizar ajustes de menor

gasto, los derechos reconocidos en el capítulo 6 de presupuesto

de ingresos.

Enajenación de viviendas Avance liquid.2013

LA SACEDILLA 61902 133.000,00

TOTAL 133.000,00

b) Gastos pendientes de aplicar al presupuesto:

La aplicación del principio de devengo del Sistema

Europeo de Cuentas implica la imputación de cualquier gasto

efectivamente realizado con independencia del momento en que

se decida su imputación presupuestaria. Por tanto, las

cantidades pendientes de aplicar al presupuesto darán lugar a

ajustes de mayores empleos no financieros (+), mientras que las

cantidades aplicadas al presupuesto implicarán ajustes de

menores empleos no financieros(-).

2013 OPA CIERRE

2012 ESTIMACION OPA

CIERRE 2013

MAYOR GASTO MENOR GASTO SALDO 413

TOTAL 3.748.075,54 200.000,00 200.000,00 3.748.075,54 3.548.075,54

Una vez obtenidos los empleos no financieros mediante la

aplicación de los ajustes SEC, es necesario excluir los gastos

financiados con fondos finalistas procedentes de la Unión

Europea u otras Administraciones Públicas para hallar el gasto

computable del ejercicio.

Page 150: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

150

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

CONCEPTOS 3er TRIMESTRE 2013

SUMA CAPITULOS 1 A 7 DE GASTOS 82.554.922,97

INTERESES DE LA DEUDA (-) 579.655,00

total 81.975.267,97

AJUSTES SEC-95

ENAJENACION DE TERRENOS E INVERSIONES REALES (-) 133.000,00

GASTOS PENDIENTES DE APLICAR AL PRESUPUESTO 413 (-

) 3.548.075,54

AJUSTE POR GRADO DE EJECUCION (+)

TOTAL AJUSTES SEC-95 3.681.075,54

EMPLEOS NO FINANCIEROS EN TERMINOS SEC 78.294.192,43

TRANSFERENCIAS INTERNAS(-) 919.448,00

UE 41.317,08

ESTADO (-) 12.299,25

COMUNIDAD AUTONOMA (-) 3.956.143,78

TOTAL GASTOS FINANCIADOS FONDOS FINALISTAS 4.929.208,11

GASTO COMPUTABLE DEL EJERCICIO 73.364.984,32

El resultado del gasto computable debe ser modificado, en

su caso, en el importe de los incrementos permanentes o

disminuciones de recaudación derivados de cambios normativos

según dispone el artículo 12 de la LOEPSF 2/2012.

En este caso se han introducido modificaciones por

incrementos de recaudación como consecuencia de la

modificación aprobada por el Pleno de 27-12-2012 y publicada

en el BOCAM Nº 311 de 31 de diciembre de 2012 de las

Ordenanzas Fiscales nº 2 y nº 4 reguladoras del Impuesto de

bienes inmuebles y de Incremento de Valor de los terrenos de

naturaleza urbana.

Como resultado, el gasto computable aumentará en la

cuantía efectivamente recaudada como consecuencia de estos

cambios normativos.

INCREMENTOS / DISMINUCIONES DE RECAUDACION POR CAMBIOS NORMATIVOS

INCREMENTOS DE RECAUDACION IVTNU (+) 800.000,00

INCREMENTOS DE RECAUDACION IBI (+) 508.930,65

INCREMENTOS RECAUDACION PIE (+) 2.619.385,51

TOTAL INCREMENTOS RECAUDACION POR CAMBIOS NORMATIVOS 3.928.316,16

Page 151: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

151

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

3.- Conclusión

ENTIDAD

GASTO COMPUTABLE LIQ.2012 (1)

TASA DE REFERENCIA (2)

AUMENTOS/DISMINUCIONES (3)

LIMITE REGLA DE GASTO (4)

GASTO COMPUTABLE 2013 (5)

AYTO. MAJADAHONDA 61.050.405,54 62.088.262,43 3.928.316,16 66.016.578,59 73.364.984,32

O.A. PATRONATO MONTE DEL PILAR 961.168,52 977.508,38 0 977.508,38 919.448,00

TOTAL DE GASTO COMPUTABLE 62.011.574,06 63.065.770,81 3.928.316,16 66.994.086,97 74.284.432,32

Diferencia entre el limite de la Regla de gasto y el gasto computable Pto.

2013 -7.290.345,35

% incremento gasto computable 2013 s/2012 0,33

De los datos anteriores se deduce:

Tras la ejecución del tercer trimestre del Presupuesto de

2013, el Ayuntamiento de Majadahonda se encontraría en

una situación de déficit, en términos del SEC-95, por valor

de -10.569.974,14 €

Para ese mismo periodo, se incumple la limitación de regla

de gasto, siendo el límite del gasto no financiero de -

7.290.345,35€.

El motivo de que el objetivo de estabilidad y la limitación

de la regla de gasto no se cumplan en este tercer trimestre del

ejercicio se encuentra en las modificaciones de crédito del

capítulo VI del estado de Gastos, financiadas por recursos

liquidados en ejercicios anteriores, incluidos en el Remanente

de Tesorería para Gastos con financiación afectada, calculado

a 31/12/2012.

La utilización del remanente de Tesorería, tanto el

afectado como el general, tal y como se configura en la

normativa de estabilidad, genera inestabilidad en el momento

de ejecutar la modificación presupuestaria, aunque nunca con

motivo de la aprobación del presupuesto.

El Ayuntamiento de Majadahonda remitió consulta a la

Secretaria General de Coordinación Autonómica y Local

(Subdirección General de Estudios y Financiación de Entidades

Page 152: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

152

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Locales) cuya contestación, respecto de este tema dice

literalmente lo siguiente:

“(…) El principio de estabilidad presupuestaria regulado

en la actual Ley Orgánica 2/2012 de 27 de abril , persigue que

las Administraciones Públicas sean capaces de financiar sus

gastos no financieros con la generación de suficientes ingresos

no financieros de forma que no tengan que acudir a la

obtención de recursos financieros aportados por terceros, como

son , fundamentalmente, la enajenación de activos financieros,

la emisión de deuda pública y la formalización de préstamos y

en caso de recurrir a tales recursos, plantea que se recupere la

senda de la estabilidad en el plazo de un año.

Partiendo de lo anterior, el remanente de tesorería, aun

cuando se configura contablemente como un activo financiero ,

su naturaleza difiere de los recursos citados anteriormente

puesto que, su esencia se identificaría con el ahorro que genera

una entidad local en un ejercicio como consecuencia de haber

obtenido mayores ingresos presupuestarios sobre las

obligaciones reconocidas, de forma que, tal ahorro, podrá ser

utilizado como fuente de financiación de obligaciones en

ejercicios posteriores a aquel en el que se obtuvo.

Considerando lo expuesto, no cabe admitir que la

utilización del remanente de tesorería por una entidad local sea

determinante de una situación de déficit estructural. Es más, ha

de identificarse con una situación de superávit presupuestario

en el momento de la liquidación del presupuesto, en tanto en

cuanto, el remanente de tesorería es fruto de un ahorro

presupuestario que permitirá a la entidad local la financiación

de parte de los gastos de otros ejercicios sin necesidad de

acudir a los ingresos no financieros del ejercicio ni a la

obtención de recursos financieros aportados por terceros.

Sentada la naturaleza del remanente de tesorería cabe

entender que sus efectos sobre la situación económico

financiera de una entidad local en nada coinciden con los

derivados de otros recursos financieros que exigen un

reembolso de las cantidades recibidas, y es por ello que parece

lógico que el tipo de medidas a implementar en el plan

Page 153: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

153

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

económico financiero deban acomodarse a la situación

descrita(…)”.

Esto sucede porque el remanente de Tesorería se

configura como un ingreso financiero, según se desprende de la

ORDEN EHA 3665/2008 de 3 de diciembre por la que se

aprueba la estructura de los presupuestos de las Entidades

Locales, y para su utilización se exige la tramitación de un

expediente de modificación presupuestaria de modo que, si

dicha modificación financia gastos de carácter no financiero

(capítulos 1 a 7), dará lugar necesariamente a un

incumplimiento del principio de estabilidad.

Siguiendo con las indicaciones de la contestación a

nuestra consulta: “ (…)La recuperación del objetivo de

estabilidad presupuestaria incumplido por la utilización del

remanente de tesorería se lograría con la simple aprobación del

presupuesto del ejercicio siguiente en situación de equilibrio

presupuestario, sin necesidad de medida estructural alguna

dada la naturaleza del remanente de tesorería en el ámbito de la

Administración Local. En este contexto, la entidad local deberá

aprobar un plan económico financiero que se podrá limitar a

exponer el origen del desequilibrio en términos de contabilidad

nacional y a recoger aquella medida, sin que, por otra parte,

pueda utilizarse un ajuste que consista en minorar los gastos no

financieros , en términos presupuestarios, por el importe

correspondiente a los gastos afectados a los excesos de

financiación procedentes de la //enajenación de terrenos (…)”,

el Pleno de este Ayuntamiento aprobó con fecha 17/05/2013 un

Plan Económico Financiero, que, por las razones expuestas, no

es necesario modificar como consecuencia las evaluaciones

realizadas en el presente Informe.”

B) Consta Estudio de clasificación de Entidades a efectos de

Contabilidad Nacional del Ayuntamiento de Majadahonda,

cuyo texto es el siguiente:

“La Sociedad se creó en el año 1992, teniendo por objeto social

la promoción, gestión y/o ejecución de actividades urbanísticas

dentro del término municipal de Majadahonda, teniendo

especial relevancia la de facilitar el acceso a la vivienda.

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Pleno ordinario 27-11-2013

154

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Según se desprende de la Memoria de las cuentas anuales de la

sociedad, el capital social está íntegramente suscrito y

desembolsado por el Ayuntamiento de Majadahonda, por lo que

la entidad se considera en contabilidad nacional una unidad

institucional pública dependiente de dicho Ayuntamiento.

Del estudio de las cuentas anuales de los ejercicios 2009 a

2012, y de la información contenida en el informe remitido, se

pueden destacar los siguientes aspectos:

1. La entidad ha obtenido sus recursos principalmente de la

venta de plazas de garaje, la prestación de servicios

inmobiliarios y los arrendamientos. Estos ingresos tienen la

consideración de ventas en contabilidad nacional. No obstante,

los recursos facturados al propio Ayuntamiento tienen la

consideración de transferencias en contabilidad nacional.

2. Los ingresos accesorios de PAMMASA tienen la

consideración de ventas en contabilidad nacional.

3. El margen comercial obtenido de la actividad promotora

es negativo en la serie temporal estudiada, salvo en el ejercicio

2012, en que es nulo, pero junto con las prestaciones de

servicios inmobiliarios, los ingresos por arrendamientos y los

ingresos accesorios, alcanza a cubrir al menos el 50% de los

costes de producción en los últimos tres ejercicios.

En base a lo expuesto con anterioridad, la sociedad se clasifica

dentro del sector de las Sociedades no financieras de la

contabilidad nacional.”

C) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, tomando conocimiento

del expediente.

El Pleno de la Corporación SE DA POR ENTERADO del

informe de Intervención sobre cumplimiento del Objetivo de

Estabilidad Presupuestaria y Regla de Gasto derivado de la ejecución

del tercer trimestre de 2013.

Page 155: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

155

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

10.(205/13) INADMISIÓN a trámite de la petición de revisión

de oficio de las solicitudes presentadas con fecha 12

de septiembre y 8 de noviembre de 2012 por la

empresa Suministros Tecnológicos Varios S.A. sobre

el expediente sancionador, en materia de urbanismo,

por ejecución de obra de edificación en c/ Neptuno,

nºs 6 y 8 contraviniendo el proyecto objeto de

licencia. (9.5)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN nº 512/13, de

la Técnico de Administración General de Secretaría General, de

15 de noviembre de 2013, constando el Vº Bº del Concejal

Delegado de Recursos Humanos, Calidad, Organización,

Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana para que

pase a resolución por el órgano competente, cuyo texto es el

siguiente:

“Vistas las solicitudes formuladas por DON EDUARDO

MALDONADO TRINCHANT en nombre y representación de

Suministros Tecnológicos Varios S.A. (SUTEVASA), de fecha 12

de septiembre de 2012 (RE: 16385), y por DON JORGE

GONZÁLEZ LAGE, en nombre y representación de Suministros

Tecnológicos Varios S.A., de fecha 8 de noviembre de 2012 (RE:

19680) conforme a lo dispuesto en el artículo 175 del Real

Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre, por el que se aprueba

el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen

Jurídico de las entidades locales, cabe señalar los siguientes

H E C H O S

PRIMERO Que con fecha 24 de febrero de 2010, la

Concejal Delegada de Urbanismo, Infraestructuras Públicas y

Vivienda dicta resolución nº 568/2010 que literalmente

resuelve:

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Pleno ordinario 27-11-2013

156

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

“PRIMERO: Desestimar todas y cada una de la alegaciones

formuladas por D. José María Maldonado Nausía, en nombre y

representación de SUMINISTROS TECNOLÓGICOS VARIOS, S.A.,

mediante envío certificado de 5 de febrero de 2010 (R.E. Nº 2554 de 8

de febrero de 2010), así como la petición de sobreseimiento del

procedimiento y la subsidiaria de reducción de la sanción propuesta a

la mínima de las previstas en el artículo 204.3 a) de la Ley del Suelo

de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el Informe del

Servicio Jurídico de Urbanismo de 23 de febrero de 2010 trascrito en

su integridad en el HECHO OCTAVO de la presente resolución.

SEGUNDO: Considerar probados los hechos consistentes en la

ejecución de obras de edificación en la parcela número 7 del SUNP-E

“Cerro de la Mina” (hoy calle Neptuno números 6 y 8) contraviniendo

el Proyecto que mereció Licencia de Obra Mayor así como las normas

urbanísticas contenidas en el Plan General de Ordenación Urbana de

Majadahonda, aprobado por Acuerdo Pleno de 16/12/1997, de

conformidad con los informes de los Servicios Técnicos de fechas 27

de abril de 2006 y 10 de septiembre de 2009.

TERCERO: Que los hechos declarados probados son constitutivos de

una infracción urbanística tipificada como grave por el artículo 204.3

a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de

Madrid, dentro de su régimen general.

CUARTO: Considerar probada la responsabilidad de SUMINISTROS

TECNOLÓGICOS VARIOS, S.A., en su condición de titular, por

transmisión, de la Licencia de Obras Mayor concedida mediante

Acuerdo de Comisión de Gobierno de 20 de octubre de 1998,

empresa constructora así como propietaria del edificio de 20

viviendas, garaje y piscina en la parcela número 7 de SUNP-E “Cerro

de la Mina” (hoy calle Neptuno números 6 y 8) de Majadahonda.

Responsabilidad atribuible en base al artículo 205 apartado 1 a) 2º de

la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

QUINTO: Imponer a SUMINISTROS TECNOLÓGICOS VARIOS, S.A.,

la sanción consistente en multa de 600.000 € (SEISCIENTOS MIL

EUROS), en aplicación de los artículos 204.3 a) y 207 b) de la Ley

9/2001, de 17 de julio del Suelo de Comunidad de Madrid, en relación

con el artículo 206 apartados 1 e) y 3 a) así como el 208.1 del mismo

texto legal. Cantidad correspondiente a la multa por la comisión de

una infracción tipificada como grave impuesta en su grado máximo,

habida cuenta de las circunstancias agravante y mixta que opera

como agravante, concurrentes, de conformidad con el Fundamento de

Page 157: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

157

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Derecho CUARTO de la presente resolución e informe del Servicio

Jurídico de Urbanismo de 23 de febrero de 2010”.

SEGUNDO Con fecha 24 de marzo de 2010 dicho

acuerdo, junto con la carta de pago correspondiente, fue

notificado a D. Jose María Maldonado Nausía, con indicación

expresa de los recursos procedentes contra la misma y el plazo

de interposición de los mismos de conformidad con el art. 58 de

la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Transcurridos dichos plazos no consta presentación de recurso

de reposición, así como tampoco la formulación de demanda

ante el correspondiente órgano jurisdiccional.

TERCERO Con fecha 14 de junio de 2012 se presenta

escrito por DON EDUARDO MALDONADO TRINCHANT en

nombre y representación de HERENCIA YACENTE DE D.

JOSE Mª MALDONADO NAUSÍA (RE: 11576), mediante el

cual se informa del fallecimiento de D. JOSE Mª MALDONADO

NAUSÍA y se comunica la titularidad dominical en ese momento

del inmueble sito en C/ Nicaragua 9 y C/ Neptuno 6-8.

CUARTO Con fecha 12 de septiembre de 2012 se presenta

escrito por DON EDUARDO MALDONADO TRINCHANT en

nombre y representación de SUMINISTROS TECNOLOGICOS

VARIOA S.A. (RE: 16385), mediante el cual se solicita la

revocación de la Resolución nº 568/2010 ante el compromiso

asumido de ejecutar las obras, de forma que se anule la sanción

de 600.000 €, o en su defecto se reduzca la misma.

QUINTO Con fecha 8 de noviembre de 2012 se presenta

escrito por DON JORGE GONZÁLEZ LAGE en nombre y

representación de SUMINISTROS TECNOLOGICOS VARIOA

S.A. (RE: 19680), mediante el cual se solicita la revisión de

oficio de la Resolución nº 568/2010 en base a la concurrencia

de nulidad de pleno derecho de conformidad con los apartados

a) y e) del art. 62.1 de la Ley 30/1992.

A los anteriores HECHOS le son de aplicación los

siguientes

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Pleno ordinario 27-11-2013

158

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Se entiende por REVOCACIÓN la retirada definitiva

por la Administración de un acto suyo anterior mediante otro de

signo contrario. La revocación es, así, dictar un acto que,

previa declaración de nulidad, no contenga el vicio y sustituya

al acto declarado nulo por nulidad absoluta o relativa (arts.

62.1 y 63 Ley 30/92). Los motivos de la declaración de nulidad

pueden ser de dos tipos: motivos de legalidad, cuando se trate

de actos que tengan algún vicio que infrinja la legalidad, o bien,

motivos de oportunidad, cuando tratándose de actos

perfectamente legales, en un momento dado, son contrarios al

interés general.

Segundo.- El art. 102.1 del la Ley 30/1992 habla de la

REVISIÓN DE ACTOS NULOS y establece que: “Las

Administraciones Públicas, en cualquier momento, por

iniciativa propia o a solicitud del interesado, y previo dictamen

favorable del Consejo de Estado u órgano consultivo

equivalente de la Comunidad Autónoma, si lo hubiere,

declararán de oficio la nulidad de los actos administrativos que

hayan puesto fin a la vía administrativa o que no hayan sido

recurridos en plazo, en los supuestos previstos en el artículo

62.1”.

Así pues, la revocación no es sino la consecuencia última

del procedimiento de revisión de oficio para el caso de los actos

viciados con nulidad de pleno derecho, mediante la declaración

de oficio de dicha nulidad en primer término y su ulterior

revocación.

De conformidad con lo anterior, y teniendo presente el error en

la calificación no será obstáculo para su tramitación, procede

acumular ambas peticiones en una de conformidad con el art.

73 de la Ley 30/1992, al guardar ambas identidad sustancial.

Tercero.- El apartado tercero del art. 102 de la Ley 30/1992

indica literalmente que “El órgano competente para la revisión

de oficio podrá acordar motivadamente la inadmisión a trámite

de las solicitudes formuladas por los interesados, sin necesidad

de recabar dictamen del Consejo de Estado u órgano consultivo

de la Comunidad Autónoma, cuando las mismas no se basen en

Page 159: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

159

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

alguna de las causas de nulidad del artículo 62 o carezcan

manifiestamente de fundamento, así como en el supuesto de que

se hubieran desestimado en cuanto al fondo otras solicitudes

sustancialmente iguales.”

En este sentido, entre la documentación obrante en el

expediente figura escrito de alegaciones presentado por DON

JOSE Mª MALDONADO NAUSÍA en nombre de la mercantil

SUTEVASA, de fecha 8 de febrero de 2010 (RE: 2554) frente a

la propuesta de resolución del procedimiento notificada el 19 de

enero de ese año, el cual fue contestado en la resolución de la

cual se solicita revisión de oficio transcribiéndose en la misma,

en su hecho OCTAVO, informe del Jefe de Servicio Jurídico de

Urbanismo de fecha 23 de febrero de 2010.

No tiene mucho sentido, por tanto, el planteamiento de nuevo de

la cuestión por la vía de la revisión de oficio, pues, ya conoce la

parte recurrente la opinión del Ayuntamiento sobre los motivos

alegados en su escrito y, que ya en su día fueron desestimados

por la resolución nº 568/2010. Existen, por tanto, motivos

suficientes para declarar la inadmisión a trámite de la solicitud

formulada, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3, in fine,

del tantas veces citado artículo 102 de la LRJPAC, sin entrar a

analizar de nuevo el fundamento jurídico de cada uno de los

motivos alegados por el interesado.

Se trata, pues, la revisión de oficio de un medio extraordinario

de revisión que como tal debe ser interpretado de forma

restrictiva. Así se indica en la STS de 30 Junio 2004 que alude a

lo razonable de dicha interpretación "ya que, de lo contrario,

estaríamos ante una vía indirecta de impugnación para reabrir

plazos frente a actos que han ganado firmeza. La restrictividad

en su uso resulta, pues, incontestable al hilo de la reiterada

doctrina jurisprudencial (Sentencia de 19 de diciembre de 2001)

que venía insistiendo en la posibilidad de inadmitir sin más

trámite una acción de nulidad cuando sea de todo punto

evidente la absoluta inconsistencia de la impugnación. En tal

sentido constituye una importante ayuda hermenéutica, tal cual

razona la sentencia de instancia acogiendo los argumentos de la

administración, los límites a las facultades de revisión fijados

por el art. 106 de la LRJPAC ". Carácter excepcional con el que

aparece configurada la revisión de oficio en el artículo 102.1

Page 160: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

160

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

LRJPAC al que también alude la STS de 5 mayo 2005.

Cuarto.- En cuanto al motivo alegado en el escrito de 12 de

septiembre de 2012 en cuanto a que el compromiso asumido por

SUTEVASA de ejecutar las obras constituye circunstancia

modificativa de la responsabilidad que provocaría la

revocación del acto se hace preciso recordar que el art. 105 de

la Ley 30/92 condiciona la revocación de los actos de gravamen

mediante la afirmación “siempre que tal revocación no

constituya dispensa o exención no permitida en las Leyes, o sea

contraria al principio de igualdad, al interés público, o al

ordenamiento jurídico”.

En efecto, la separación de los procedimientos sancionadores y

restauradores en el ámbito de la disciplina urbanística implican

que el cumplimiento de la orden de la administración, mucho

menos el “compromiso verbal de cumplimiento” no constituye

modificación de responsabilidad alguna de la infracción

cometida.

Quinto.- Finalmente añadir, que la existencia de cosa juzgada

en el presente caso obliga a calificar sin reservas, de abuso de

derecho la actuación de los interesados, ya que al amparo de la

revisión de los actos nulos de pleno derecho, lo que intentan es

resucitar artificialmente las vías impugnatorias de un acto

firme, abuso de derecho que se hace más acusado, si se tiene en

cuenta el plazo transcurrido y que las alegaciones efectuadas

son las mismas que en su día de forma oportuna se presentaron

ante este Ayuntamiento y que tuvieron respuesta motivada

desfavorable.

Sexto.- Corresponde al Pleno la competencia para la resolución

de la revisión de oficio planteada, teniendo en cuenta lo

dispuesto en el art. 110.1 de la Ley 7 /1985, sobre el órgano

competente para la revisión de los actos dictados en vía de

gestión tributaria, así como lo establecido en los art. 103.5 de

la Ley 30/1992 y 22.2 k) de la Ley 7/1985, sobre la declaración

de lesividad, pues si ésta es sometida al Pleno, con mayor razón

la revisión de oficio de los actos nulos de pleno derecho, por la

mayor gravedad de éstos y sus consecuencias jurídicas,

corresponderá también a dicho órgano municipal.

Page 161: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

161

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Vistos los Hechos y Fundamentos de Derecho referidos,

conforme al Artículo 169 del Texto Refundido de Régimen

Local, procede elevar al Pleno, previo dictamen de la comisión

informativa, la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO.- ACUMULAR las peticiones de fecha 12 de

septiembre y 8 de noviembre de 2012 en una de conformidad

con el art. 73 de la Ley 30/1992, al guardar ambas identidad

sustancial.

SEGUNDO.- INADMITIR A TRÁMITE ambas solicitudes de

revisión de oficio de conformidad con el art. 102.3 de la Ley

30/1992.

TERCERO.- Notificar el acuerdo que se adopte en base a la

presente propuesta al interesado.

No obstante, el órgano municipal competente adoptará el

acuerdo que estime más oportuno.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 21 de noviembre de 2013,

favorable.

El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda, Sr. García, indica que ento se presenta al Pleno la

inadmisión a trámite de la petición de revisión de oficio realizada por

la propiedad del edificio de la c/ Neptuno nºs. 6 y 8, edificio

tristemente conocido.

Termina su intervención aclarando que se inadmite a trámite

esa petición de revisión de oficio porque los servicios jurídicos

municipales entienden que no procede el recurso interpuesto.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, indica que en este asunto queda reflejada la dejadez e ineficacia

de este Ayuntamiento.

Page 162: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que, en la sesión plenaria de 20 de octubre de

1998, se adoptó el acuerdo de conceder licencia de obra mayor para la

construcción de 20 viviendas en la c/ Neptuno nºs. 6 y 8 a la empresa

Suministros Tecnológicos Varios S.A.

Aclara que, desde el principio, se produjeron en esa obra

muchas irregularidades y fue objeto de inspecciones de trabajo y

además tuvo problemas con materiales por lo que se dilató el plazo de

ejecución de las mismas y su grupo no entiende cómo el

Ayuntamiento no realizó una inspección en ese plazo porque, cuando

se concede la licencia de obra mayor, se concede también un plazo

máximo de ejecución de las obras y, si no se cumple, se debe

sancionar.

Manifiesta que el 23 de febrero de 2006 (más de 6 años

después) la propiedad del edificio solicita la licencia de primera

ocupación y en ese momento los servicios técnicos realizan una

inspección y detectan que la obra no se ajustaba al proyecto que sirvió

de base para la concesión de la licencia y tampoco se cumplían los

parámetros urbanísticos establecidos por el Plan General.

Continúa diciendo que los servicios técnicos municipales

emitieron un informe describiendo todas las irregularidades que se

encontraron en ese edificio (se construyeron 6 viviendas bajo cubierta

más de las permitidas, el sótano estaba en malas condiciones y tenía

más altura de la permitida, etc.) y por ello proponen la denegación de

la licencia de primera ocupación solicitada por la propiedad.

Indica además que, en diciembre de 2006, el equipo de

gobierno comunica a la propiedad la concesión de un plazo de dos

meses para solicitar la legalización de la obra y, en febrero de 2008,

los propietarios presentan esa solicitud.

Añade que, en enero de 2009, los servicios técnicos

municipales informan desfavorablemente la solicitud de legalización

de obras porque la propiedad no había presentado un nuevo proyecto

en el que quedaran reflejados los cambios que se realizaban para

solucionar las irregularidades del edificio.

Termina su intervención diciendo que ahora, en el año 2013, la

situación de este edificio es grave porque esas viviendas están

Page 163: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

163

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

ocupadas desde el año 2009 lo que es un gran problema social y

además la propiedad no quiere pagar los 600.000 euros que este

Ayuntamiento le ha impuesto por la grave sanción que ha cometido.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que esa edificación lleva muchos

años dando problemas y su grupo cree que este Ayuntamiento ha

tenido mucha paciencia con el propietario del mismo.

Sigue diciendo que está convencida de que este edificio va a

seguir dando problemas porque tiene “okupas” y entre ellos hay

familias y niños que deberán ser realojados en algún momento o

buscar alguna otra solución.

Termina su intervención aclarando que su grupo está de

acuerdo en que no se admita a trámite la petición de revisión de oficio

que solicita la propiedad y por ello va a votar a favor y considera que

quizá con el importe que se reciba por la sanción que se ha impuesto

en este caso, se podría hacer algo por los realojos de las familias que

actualmente ocupan esas viviendas.

El Sr. Presidente pregunta si Unión Progreso y Democracia

está de acuerdo en realojar a esas personas aunque hayan cometido un

delito al ocupar las viviendas y pregunta qué haría dicho grupo con el

resto de ciudadanos de Majadahonda que necesitan una vivienda

porque no la tienen y no han cometido ningún delito.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, aclara que su grupo, durante esta intervención, va a

referirse solamente a la inadmisión de la petición de la revisión de

oficio que se propone.

Sigue diciendo que, desde el punto de vista de su grupo, el

propietario y sus herederos han incumplido, deliberadamente, muchas

cuestiones y no cabe el recurso que han interpuesto y considera

necesario seguir adelante con la sanción impuesta que se ha valorado

en el pago de 600.000 euros.

Page 164: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

164

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Indica que quizá sea necesario debatir en otro foro el problema

social que se tiene con las personas que han entrado a vivir en esas

viviendas porque no tienen otro lugar donde vivir (familias, niños,

etc.) y cree que seguramente este Ayuntamiento tendrá que realojarles

y considera posible que nuestra inacción, durante todos estos años,

haya acabado generando una circunstancia que va a obligar a los

servicios sociales municipales a actuar lo que posiblemente no hubiera

sido necesario hacer si este Ayuntamiento hubiera actuado de otra

forma.

Termina su intervención aclarando que, sin que sirva de

precedente, su grupo está de acuerdo con la propuesta del equipo de

gobierno para que no se admita la petición de revisión de oficio.

El Sr. Presidente manifiesta estar de acuerdo con realojar a los

niños si realmente se llegan a desalojar esas viviendas pero no está de

acuerdo con hacerlo con el resto de ocupantes porque, como ha dicho

anteriormente, han cometido un delito y recuerda que hay muchas

familias en Majadahonda que también tienen necesidad de vivienda y

no han cometido delitos.

Termina su intervención diciendo que no sabe si los grupos de

la oposición saben que las familias que están ocupando ese edificio

están pagando importantes cantidades de dinero a las mafias por vivir

allí.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

indica que este edificio lleva muchísimo tiempo dando problemas a

este Ayuntamiento e incluso ha llegado a los juzgados que, desde el

punto de vista de su grupo, no se han atrevido a desalojar a las

familias que viven en él a pesar de que lo han ocupado ilegalmente y

no tienen luz, agua, etc., por lo que viven en una situación precaria.

Sigue diciendo que su grupo no entiende por qué una sanción

impuesta por este Ayuntamiento, en el año 2010, por las

irregularidades que se habían cometido en la construcción de este

edificio, no ha sido cobrada casi cuatro años después.

Manifiesta que este expediente es complicado y a su grupo le

hubiera gustado que el informe que se ha incorporado al mismo

Page 165: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

165

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

estuviera firmado por el Secretario de la Corporación en lugar de por

un Técnico de Administración General y dice esto porque está

convencida de que este asunto va a traer cola porque la familia

propietaria va a seguir adelante con los recursos que haya planteado

para su defensa.

Termina su intervención aclarando que a su grupo le gustaría

que se explicara por qué, tres años después, no se ha ejecutado

el cobro de la sanción impuesta a la propiedad a pesar de que

están totalmente demostradas las irregularidades que ha

cometido.

El Sr. Presidente aclara que estamos en un estado muy

garantista y los ciudadanos tienen derecho a recurrir las sanciones que

les imponen las administraciones que no pueden ser ejecutadas hasta

que no se ha dictado una sentencia firme y recuerda que este

Ayuntamiento es ejemplar en el cumplimiento de las leyes y considera

que este expediente ha seguido el procedimiento habitual para este

tipo de casos.

El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda, Sr. García González, indica al Grupo Socialista

que el equipo de gobierno no tiene siempre la culpa de todo y sobre

todo no hay que hacer las acusaciones que ha realizado cuando se

desconocen los motivos de algo y considera que no se puede decir, en

este caso, que ha habido ineficiencia por parte del equipo de gobierno

porque no es cierto ya que está siendo contundente en decir a los

propietarios que no puede seguir recurriendo por la vía que ha seguido

y además desea dejar claro que todo el procedimiento de embargo por

la sanción impuesta por los incumplimientos en el edificio objeto de

licencia de obra, está siguiendo el procedimiento oportuno aunque

recuerda que los propietarios tienen derecho a defenderse.

Sigue diciendo al Grupo Centrista que este Ayuntamiento está

siguiendo el procedimiento de embargo para el pago de la sanción

impuesta y añade que, hasta ayer, sigue está abierto el expediente en

fase de consulta para la legalización o no del edificio por lo que

todavía no hay nada totalmente demostrado y sí lo estará cuando se

emitan los informes correspondientes.

Page 166: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

166

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención indicando al Grupo Socialista que no

va a entrar en este momento a debatir sobre la emergencia social o no

que tienen las personas que habitan en este edificio porque ese debate

no es objeto de este punto del orden del día aunque recuerda que en

este Ayuntamiento, y en todos los ayuntamientos de España, la

inspección de las obras se realiza al final de las mismas porque las

obras están vivas hasta que se terminan y por ello se pueden modificar

durante su proceso de construcción y reitera que las inspecciones

siempre se realizan al final de la obra y es en ese momento cuando se

detectan los problemas que tienen los edificios lo que considera que

no es ineficiencia.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por

diecinueve (19) votos a favor correspondientes a los Grupos

Municipales Popular, Unión Progreso y Democracia e Izquierda

Unida-Los Verdes, ningún (0) voto en contra y seis (6) abstenciones

correspondientes a los Grupos Municipales Socialista y Centrista,

ACUERDA:

PRIMERO.- ACUMULAR las peticiones de fecha 12 de septiembre

y 8 de noviembre de 2012 en una de conformidad con el art. 73 de la

Ley 30/1992, al guardar ambas identidad sustancial.

SEGUNDO.- INADMITIR A TRÁMITE ambas solicitudes de

revisión de oficio de conformidad con el art. 102.3 de la Ley 30/1992.

TERCERO.- Notificar el acuerdo que se adopte en base a la presente

propuesta al interesado.

11.(206/13) DAR CUENTA de la Resolución del Concejal

Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda nº 2492/13 por la que se acuerda

la caducidad de la licencia de obra mayor concedida

a Terrenos de la Sierra, S.L. para la construcción de

un edificio de oficinas, locales comerciales y garajes

en Ctra. de Pozuelo c/v. a c/ Vázquez Díaz (12.2.1)

Se da cuenta de la Resolución del Concejal Delegado de

Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda nº 24902/13, de 8

de noviembre, cuyo texto es el siguiente:

Page 167: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

167

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

A) INFORME-PROPUESTA DE RESOLUCIÓN nº 511/13, de

la TAG del Servicio Jurídico de Urbanismo Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda, de 8 de noviembre de 2013, cuyo texto es el

siguiente:

“Vistos cuantos antecedentes obran en el expediente, y vista la solicitud formulada por don César del Río Miguélez en representación de TERRENOS DE LA SIERRA, S.L., conforme a lo dispuesto en el articulo 157.2.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y artículo 175 del Real Decreto 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales, cabe señalar los siguientes conforme a lo especificado por los artículos 54 y 89 de la LRJAPC, los siguientes,

HECHOS

PRIMERO: Mediante Resolución del Concejal Delegado de

Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda número

1.682/2012, de 28 de junio, se concedió licencia de Obra Mayor

para la construcción de un edificio de oficinas, locales

comerciales y garaje en la carretera de Pozuelo c/v a calle

Vázquez Díaz. De dicha resolución se da cuenta al Pleno en

sesión ordinaria celebrada el 28 de noviembre de 2012.

SEGUNDO: Con fecha 14 de enero de 2013 se concede una

prórroga de 6 meses para el inicio de las obras amparadas por

la licencia de obra mayor concedida, mediante Resolución nº

0086/2013 del Concejal Delegado de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.

TERCERO: Con fecha 7 de agosto de 2013, transcurrido el

plazo de la prórroga anterior, el interesado presenta escrito

(RE: 14844), en el que expone que presenta nuevo proyecto

básico adjunto solicitando le sea concedida licencia Obra

Mayor.

CUARTO: Con fecha 01 de octubre de 2013, el Servicio de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza emite el siguiente informe en relación con el arbolado afectado:

Page 168: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

168

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

“En respuesta a su escrito de fecha 27 de septiembre de 2013 se informa favorablemente en relación a los cambios al arbolado ya que: - Los pies identificados como A41, A42, A56 y A57 permanecerán en su ubicación actual, cumpliendo con las conclusiones del informe emitido por estos servicios técnicos de fecha 14 de mayo de 2012 y recogido en la Licencia de Obra. - Los pies identificados como A05, A13, A14, A15, A16, A17, A18, A19 y A20 cuentan con la autorización para su trasplante en virtud de la Licencia de Obra que recoge el informe de estos servicios técnicos de fecha 14 de mayo de 2012 y la modificación propuesta lo único que contempla es una ubicación diferente dentro de la misma parcela, sin que esta circunstancia sea relevante.

No obstante lo anterior y dado el número de pies a trasplantar se reitera la necesidad de realizar dicha operación atendiendo a los condicionantes técnicos expuestos en el informe mencionado en los párrafos precedentes y que se reproducen a continuación:

"La autorización de trasplante está condicionada a los siguientes aspectos: Que éste se realice dentro de la época de mayor idoneidad, coincidiendo esta con el período de reposo vegetativo. El descuaje, es decir, la extracción de los pies realizada desde el tronco no se admitirá, en ningún caso, como técnica de trasplante. Se deberán tratar, si las hubiese, las enfermedades y plagas que pudieran afectar a los árboles, así como se deberá restaurar la madera muerta y realizar la sustentación interna del ejemplar, debiendo realizar un tableado si fuese necesario. Se deberá actuar para mantener el equilibrio hídrico entre la parte aérea y el sistema radical, mediante la poda y la aplicación, según los casos, de antitranspirantes o de hormonas de enraizamiento. Se debe prestar especial cuidado en que la copa afectada por la poda sea proporcional al volumen afectado por el corte del sistema

Page 169: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

169

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

radical, procurando mantener el máximo de ramaje estructural y reduciendo el volumen de la copa un 30% como máximo, dejando tirasavias.

E! diámetro del cepellón será el adecuado al árbol a trasplantar: 2-3 veces el perímetro del tronco (medido a 1 m de altura del terreno) y 1-2 veces en altura. El árbol se debe extraer alzado básicamente por el cepellón, no pudiéndose extraer estirando únicamente de los puntos anclados al tronco. El hoyo de plantación definitivo deberá ser 50-80 cm más grande que el cepellón. Si el suelo de la ubicación final fuese poco drenante se deberá proveer de un sistema de drenaje para eliminar el exceso de agua. Se evitarán movimientos innecesarios para prevenir roturas de raíces. Se dará forma a la base del hoyo de plantación para facilitar la colocación y orientación del pie, que deberá coincidir con la que tenía originalmente. Se deberán rascar las paredes del cepellón para favorecer el desarrollo radicular. Se conformará una poza de riego con un caballón de 20-40 cm de altura y 20-30 cm más ancha que el hoyo de plantación. Posterior al trasplante se regará abundantemente para que empape el cepellón entero y salgan las bolsas de aire que pudieran existir. El ejemplar trasplantado se fijará en el hoyo de plantación para evitar movimientos y rotaciones. La estabilización se realizará mediante anclado del cepellón bajo tierra o bien con tutores o vientos que sujeten la parte aérea. Se deberá proteger el arbolado que permanecerá durante el desarrollo de las obras siguiendo lo dispuesto en las Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo NTJ 03E "Protección de los elementos vegetales en los trabajos de construcción", publicadas por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de Cataluña. Al ser el riego clave para la supervivencia de los pies recién trasplantados se pondrá especial atención a esta y máxime en

Page 170: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

170

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

los meses de verano, sobredimensionándose las dosis entre 2 y 3 veces."

QUINTO: Con fecha 01 de octubre de 2013, el Servicio de Urbanismo y Vivienda emite informe en el que se indica literalmente:

“Antecedentes:

Existe Licencia de Obra Mayor concedida por

Resolución número 1.698/2012 dictada por el Concejal

Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad,

Movilidad y Vivienda con fecha 28 de junio de 2012

para la construcción de edificio de oficinas, locales

comerciales y garaje.

INFORME DEL SERVICIO DE URBANISMO

Con fecha 07 de agosto de 2013 se presenta un

nuevo proyecto básico para la construcción del edificio

de oficinas, locales comerciales y garaje en la

carretera de Pozuelo c/v a calle Vázquez Díaz,

redactado por el arquitecto don Manuel Guadán

Leturiaga.

El proyecto básico recoge modificaciones sobre

el proyecto amparado por la licencia que consisten

básicamente en duplicar el núcleo de comunicación

vertical del edificio mejorando su accesibilidad.

Tras revisar el proyecto presentado, hemos de

informar que no se alteran los parámetros urbanísticos

amparados por la Licencia de Obra Mayor concedida por lo

que no existe inconveniente técnico en conceder una

modificación de licencia.

CONCLUSION:

1. Técnicamente es posible conceder la modificación de

Licencia de Obra Mayor.

Page 171: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

171

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

2. Plazo estimado de ejecución de las obras es de 24

meses.

3. Presupuesto Ejecución Material de la obra

3.872.000,00 euros.

Para que conste, emite el presente informe,

significando su carácter no vinculante.”

A los anteriores hechos son de aplicación los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO: Establece el artículo 158.1 de la Ley 9/2001, de 17

de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, al referirse a la

eficacia temporal y caducidad de las licencias urbanísticas que,

“todas las licencias se otorgarán por un plazo determinado

tanto para iniciar, como para terminar las obras…”. Por su

parte, el artículo 46.1 de las N.U.P.G.O.U. de Majadahonda de

1997 establece, al referirse a la caducidad de las licencias, que

“las licencias caducan a los seis meses de su otorgamiento, si

en el referido plazo no se han iniciado las obras o actividades

autorizadas. Caducan igualmente, como consecuencia de la

interrupción de la realización de las obras y actividades por un

período superior a tres meses, así como por la no finalización

de estas en el plazo establecido en el acto de otorgamiento de la

licencia”.

SEGUNDO: El artículo 158.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio

del Suelo de la Comunidad, establece que “el órgano

competente para conceder la licencia declarará, de oficio o a

instancia de cualquier persona, la caducidad de las licencias…”

TERCERO: Establece el artículo 158.2 de la Ley 9/2001, de 17

de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, al referirse a la

eficacia temporal y caducidad de las licencias urbanísticas que,

“Los Ayuntamientos podrán conceder prórrogas de los plazos

de las licencias por una sola vez y por un nuevo plazo no

superior al inicialmente acordado.” Así pues, la licencia

otorgada y en su día prorrogada caducó el mes de junio de

Page 172: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

172

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

2013, con anterioridad a la solicitud de la nueva licencia por el

interesado.

CUARTO: Sin perjuicio de lo anterior, mediante la solicitud que

ahora se informa el interesado presenta nuevo proyecto básico,

por lo que desiste de su licencia anterior y solicita la solicitud

de una nueva en base a ese nuevo proyecto que contiene

modificaciones respecto al anterior.

QUINTO: En relación con los informes obrantes en el

expediente, tanto el de Medio Ambiente como el del Servicio de

Urbanismo y Vivienda ponen de manifiesto que apoyándose en

los informes favorables de la anterior licencia, informan las

modificaciones respecto al mismo de forma también favorable

ya que “no se alteran los parámetros urbanísticos amparados

por la licencia de obra mayor concedida”, todo ello con las

condiciones respecto al arbolado que se indican.

SEXTO: Artículo 151 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo

de la Comunidad de Madrid; Artículo 1 del Reglamento de

Disciplina Urbanística de fecha 23 de junio de 1978 y artículo

39 de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación

Urbana de Majadahonda (N.U.P.G.O.U.M.), en cuarto a la

exigencia de la Licencia.

SÉPTIMO: Artículo 154 b) y d) de la Ley 9/2001, de 17 de julio,

del Suelo de la Comunidad de Madrid; artículo 21.2.c) del

Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales,

aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955 (R.S.) y artículo

41 de las N.U.P.G.O.U.M., en cuanto a los requisitos para el

otorgamiento de licencia de Obra Mayor.

OCTAVO: Artículos 154 y 157 de la Ley 9/2001, de 17 de julio,

del Suelo de la Comunidad de Madrid en cuanto al

procedimiento aplicable.

NOVENO: Artículo 152 d) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del

Suelo de la Comunidad de Madrid y Artículos 10 y 12 del

Reglamento de Servicios, en cuanto a que las licencias se

otorgan sin perjuicio del derecho de propiedad sobre el bien

inmueble afectado y de los derechos de terceros.

Page 173: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

173

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

DÉCIMO: Artículo 45 de las N.U.P.G.O.U.M. en cuanto a la

determinación de los plazos de inicio, interrupción máxima y

finalización de las obras y artículo 46.1 de las mismas Normas

en el que se determina que las licencias caducan a los 6 meses

de su otorgamiento si, en el referido plazo, no se han iniciado

las obras o actividades autorizadas. Previendo, además, que las

licencias de obras caducarán por la interrupción en la

realización de las obras por un periodo superior a los 3 meses.

UNDÉCIMO: Es de aplicación la Ordenanza Fiscal número 5

del Ayuntamiento de Majadahonda en lo que se refiere al abono

del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras. Por otra

parte, de conformidad con Ordenanza Fiscal nº 11 del

Ayuntamiento de Majadahonda, constituye hecho imponible de

la tasa por prestación de servicios urbanísticos la realización de

la tarea municipal necesaria para la tramitación de los

servicios urbanísticos recogidos en su art. 2. Se deberá requerir

al interesado el abono de la tasa correspondiente a la

tramitación de la nueva licencia solicitada.

DUODÉCIMO: Los artículos 42.1 y 92 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por lo que

se refiere, respectivamente, a la obligación de la Administración

de dictar resolución expresa en todos los procedimientos, así

como a la caducidad y sus efectos en los procedimientos

iniciados a solicitud del interesado.

DÉCIMOTERCERO Conforme a lo dispuesto en el artículo

21.1.q) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases

del Régimen Local, el Alcalde ostenta, entre otras atribuciones,

"el otorgamiento de las licencias, salvo que las leyes sectoriales

lo atribuyan expresamente al Pleno o a la Junta de Gobierno

Local". No obstante, estas competencias están delegadas en el

Concejal de Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad,

Movilidad y Vivienda por Decreto de la Alcaldía número

1.253/2011, de 11 de junio, ampliadas por los Decretos de la

Alcaldía números 2.456/2011 y 2.688, de 10 y 30 de noviembre,

respectivamente.

Vistos los hechos y fundamentos de derecho anteriormente

expuestos, SE PROPONE al CONCEJAL DELEGADO DE

Page 174: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

174

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

URBANISMO, MANTENIMIENTO DE LA CIUDAD,

MOVILIDAD Y VIVIENDA, la adopción de la siguiente,

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

PRIMERO: ACORDAR la caducidad de la licencia de obra

concedida mediante Resolución del Concejal Delegado de

Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda número

1.682/2012, de 28 de junio.

SEGUNDO: CONCEDER la licencia de Obra Mayor

solicitada por César del Río Miguélez en representación de

TERRENOS DE LA SIERRA, S.L. para la construcción de un

edificio de oficinas, locales comerciales y garaje situado en la

carretera de Pozuelo c/v a calle Vázquez Díaz. A tal efecto se

mantiene el Aval bancario depositado en este Ayuntamiento por

importe de 60.000 euros para garantizar la reposición de los

posibles deterioros de la obra de urbanización provocados por

la ejecución de la obra de edificación que nos ocupa.

En lo que se refiere al arbolado, se deberá cumplir con todos

los requisitos reflejados en los informes del Servicio de Medio

Ambiente de fechas 14 de mayo de 2012 y 1 de octubre de 2013,

así como expresamente se ha de indicar que la autorización de

trasplante está condicionada a los siguientes aspectos:

Que éste se realice dentro de la época de mayor

idoneidad, coincidiendo esta con el período de reposo

vegetativo.

El descuaje, es decir, la extracción de los pies realizada

desde el tronco no se admitirá, en ningún caso, como

técnica de trasplante.

Se deberán tratar, si las hubiese, las enfermedades y

plagas que pudieran afectar a los árboles, así como se

deberá restaurar la madera muerta y realizar la

sustentación interna del ejemplar, debiendo realizar un

tableado si fuese necesario.

Se deberá actuar para mantener el equilibrio hídrico entre

la parte aérea y el sistema radical, mediante la poda y la

Page 175: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

175

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

aplicación, según los casos, de antitranspirantes o de

hormonas de enraizamiento. Se debe prestar especial

cuidado en que la copa afectada por la poda sea

proporcional al volumen afectado por el corte del sistema

radical, procurando mantener el máximo de ramaje

estructural y reduciendo el volumen de la copa un 30%

como máximo, dejando tirasavias.

E! diámetro del cepellón será el adecuado al árbol a

trasplantar: 2-3 veces el perímetro del tronco (medido a 1

m de altura del terreno) y 1-2 veces en altura.

El árbol se debe extraer alzado básicamente por el

cepellón, no pudiéndose extraer estirando únicamente de

los puntos anclados al tronco.

El hoyo de plantación definitivo deberá ser 50-80 cm más

grande que el cepellón. Si el suelo de la ubicación final

fuese poco drenante se deberá proveer de un sistema de

drenaje para eliminar el exceso de agua.

Se evitarán movimientos innecesarios para prevenir

roturas de raíces. Se dará forma a la base del hoyo de

plantación para facilitar la colocación y orientación del

pie, que deberá coincidir con la que tenía originalmente.

Se deberán rascar las paredes del cepellón para favorecer

el desarrollo radicular.

Se conformará una poza de riego con un caballón de 20-

40 cm de altura y 20-30 cm más ancha que el hoyo de

plantación. Posterior al trasplante se regará

abundantemente para que empape el cepellón entero y

salgan las bolsas de aire que pudieran existir.

El ejemplar trasplantado se fijará en el hoyo de

plantación para evitar movimientos y rotaciones. La

estabilización se realizará mediante anclado del cepellón

bajo tierra o bien con tutores o vientos que sujeten la

parte aérea.

Se deberá proteger el arbolado que permanecerá durante

el desarrollo de las obras siguiendo lo dispuesto en las

Page 176: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

176

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Normas Tecnológicas de Jardinería y Paisajismo NTJ 03E

"Protección de los elementos vegetales en los trabajos de

construcción", publicadas por el Colegio Oficial de

Ingenieros Técnicos Agrícolas y Peritos Agrícolas de

Cataluña.

Al ser el riego clave para la supervivencia de los pies

recién trasplantados se pondrá especial atención a esta y

máxime en los meses de verano, sobredimensionándose

las dosis entre 2 y 3 veces."

TERCERO: Las obras deberán iniciarse en el plazo de seis

meses, siendo el plazo máximo de ejecución de 24 meses a

partir del inicio de las mismas. El plazo de interrupción máxima

de las obras se fija en 3 meses.

CUARTO: REQUERIR al interesado el abono de la tasa por

prestación de servicios urbanísticos respecto de la nueva

licencia solicitada de conformidad con la Ordenanza Fiscal nº

11 del Ayuntamiento de Majadahonda, así como la

regularización del Impuesto de Construcciones, Instalaciones y

Obras, para lo que se deberá DAR TRASLADO al

Departamentos de Ingresos del Ayuntamiento a efectos de su

regularización.

QUINTO: NOTIFICAR la resolución que se adopte al

interesado.

SEXTO: DAR CUENTA de la resolución que se adopte al

Pleno.

Esta licencia se otorga sin perjuicio del derecho de propiedad sobre el bien inmueble afectado y de los derechos de terceros.

No obstante, el órgano municipal competente adoptará el

acuerdo que estime más oportuno.”

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 21 de noviembre de 2013,

favorable.

Page 177: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

177

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda, Sr. García, indica que el Pleno, por unanimidad,

acordó que se le diera cuenta de cualquier cuestión relacionada con

esta parcela y por ello el equipo de gobierno da cuenta nuevamente de

este expediente que pasó por el Pleno hace un año para dar cuenta de

la licencia que solicitaron los propietarios para construir un edificio de

oficinas en esa parcela, obra que no ha sido ejecutada.

Sigue diciendo que los propietarios han solicitado una nueva

licencia y lo que se hace en esta sesión es dar cuenta de la caducidad

de la anterior licencia y de la concesión de la nueva para que la

propiedad pueda construir un edificio en cuyo proyecto se han incluido

algunos cambios como la colocación de un ascensor y algunas otras

cuestiones que no afectan al objeto del edificio.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, indica que este edificio también tiene muchas irregularidades

porque se concedió la licencia de obra en junio de 2012 y se concedió

un plazo de 6 meses para iniciar las obras pero como la propiedad no

pudo iniciarlas en ese plazo, solicitó una prórroga.

Sigue diciendo que esa prórroga se concedió en el año 2012

pero ahora los propietarios piden la licencia con un proyecto

modificado que recoge unas sencillas modificaciones.

Termina su intervención preguntando si la construcción de la

estructura que ya se ha realizado (una planta) ha sido amparada por

una licencia o no.

La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Fernández Alonso, aclara que su grupo se va a dar

por enterado de la caducidad de la licencia de obra mayor concedida y

se alegra de que se haya cumplido la Moción que presentó, en su día,

el Grupo Centrista.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, aclara que su grupo también se va a dar por enterado de

este asunto.

Page 178: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

178

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, indica que su

grupo se alegra de que se cumpla la Moción que presentó y se dé

cuenta al Pleno de este asunto.

Sigue diciendo que ha comprobado, como ha indicado la

Concejal del Grupo Socialista, que las obras de ese edificio ya han

comenzado y supone que se habrán realizado amparadas por la

primera licencia de obras que se concedió.

Aclara que su grupo no sabe si las obras han estado paradas

más de tres meses y recuerda que el plazo para que una licencia

caduque es de 24 meses y está claro que, desde marzo de 2012 hasta

ahora, no ha transcurrido ese plazo por lo que le gustaría que esos

plazos se comprobaran para evitar que surjan problemas.

Reitera a continuación la necesidad de que se revisen los

plazos que ha indicado e insiste en que las obras de ese edificio ya han

comenzado.

Termina su intervención recordando que los plazos son

distintos cuando se han comenzado las obras que cuando no han

comenzado por lo que reitera su petición de que se comprueban los

plazos para conocer si se han respetado o no.

El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda, Sr. García González, indica que las obras

comenzaron, en su momento, amparadas por la primera licencia que se

concedió y que ahora se está declarando su caducidad.

Termina su intervención diciendo que es importante tener en

cuenta que la propiedad no ha solicitado ninguna prórroga sino una

nueva licencia y por ello, para evitar que convivan dos licencias, se

declara caducada la primera con la que se han estado realizando las

obras y se otorga una nueva.

El Pleno de la Corporación SE DA POR ENTERADO de la

Resolución del Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de

la Ciudad y Vivienda nº 2492/13 por la que se acuerda la caducidad

de la licencia de obra mayor concedida a Terrenos de la Sierra, S.L.

Page 179: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

179

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

para la construcción de un edificio de oficinas, locales comerciales y

garajes en Ctra. de Pozuelo c/v. a c/ Vázquez Díaz

12.(207/13) APROBACIÓN del Convenio de Colaboración con

la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad

de Madrid para el desarrollo de los Servicios

Sociales de Atención Primaria, de promoción de la

autonomía personal y la atención a las personas en

situación de dependencia para el año 2014 (11.5.1)

Se da cuenta del expediente incoado en el que, entre otros

documentos, constan los siguientes:

A) PROPUESTA DE RESOLUCIÓN de la Jefe de Servicio de

Contratación de Servicios y Suministros, de 15 de noviembre

de 2013, constando el Vº Bº del Concejal Delegado de Recursos

Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad

y Movilidad Urbana, para que pase al expediente a resolución

por el órgano competente, cuyo texto es el siguiente:

“De conformidad con lo establecido en el art. 175 del

Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas, aprobado por Real

Decreto 2568/1986, cabe señalar los siguientes:

HECHOS

1º) En fecha 28 de octubre de 2013, mediante moción del

Concejal, se insta la tramitación del expediente reglamentario

para la firma del Convenio de colaboración entre la

Comunidad de Madrid (Consejería de Asuntos Sociales) y el

Ayuntamiento de Majadahonda, para el Desarrollo de los

Servicios Sociales de Atención Social Primaria, Promoción de

la Autonomía Personal y la Atención a las Personas en

Situación de Dependencia para el año 2014.

2º) Figura en el expediente el Convenio de Colaboración para el

año 2014, donde se manifiesta que:

Page 180: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

180

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

1. El sistema público de servicios sociales de la Comunidad de

Madrid está constituido por el conjunto de actuaciones

destinadas a la atención social de la población y gestionadas

por las Administraciones autonómica y local.

2. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la

Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de

Dependencia refleja, a lo largo de su articulado, la necesaria

colaboración que han de tener las Comunidades Autónomas, la

Administración Local y la Administración General del Estado

para la puesta en marcha y el afianzamiento del Sistema para la

Autonomía y Atención a la Dependencia.

3. La vigente Ley de servicios sociales de la Comunidad de

Madrid determina como una de las funciones de la atención

social primaria el diagnóstico y valoración técnica de

situaciones, necesidades o problemas individuales o colectivos.

4. La necesidad de optimizar la gestión de los recursos

disponibles por parte de todas las Administraciones Públicas

implicadas en la atención social de la población de la

Comunidad de Madrid, determina la conveniencia y utilidad de

la cooperación interadministrativa, permitiendo que las

Entidades Locales que lo estimen beneficioso para el interés

público de sus ciudadanos, puedan incorporarse a las labores

de tramitación de las solicitudes de reconocimiento de la

situación de dependencia efectuadas por los vecinos de sus

respectivos municipios.

5. Se consideran prioritarias las actuaciones de prevención,

inserción y promoción social dirigidas a impedir, en la medida

de lo posible, las situaciones de exclusión social, en sus diversas

manifestaciones, así como a facilitar los procesos de inclusión.

En este sentido, conviene reseñar que la Ley 15/2001, de 27 de

diciembre, de Renta Mínima de Inserción de la Comunidad de

Madrid, tiene por objeto regular, dentro del ámbito territorial

de la Comunidad de Madrid, el derecho a la prestación

económica de renta mínima de inserción, así como el derecho a

los apoyos personalizados para la inserción social y laboral,

estableciendo en su Título IV las competencias del Gobierno

Regional y de los Ayuntamientos.

Page 181: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

181

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

6. El desarrollo de la Red Básica de Servicios Sociales

representa una exigencia del Estado social y democrático de

derecho y necesita de un pacto, entre las administraciones

autonómica y local, que garantice la consolidación a través de

la colaboración técnica y de la participación de ambas partes

en su financiación. De igual forma, es una exigencia la efectiva

atención a las personas en situación de dependencia, así como

la promoción de la autonomía personal.

En este sentido, ambas partes expresan su acuerdo en reforzar

las actuaciones conjuntas para la planificación del sistema

público, que supongan una mejora de la calidad en la atención

de los ciudadanos.

En la Cláusula tercera hay una Encomienda de Gestión para

la realización de actividades de carácter material y técnico en

relación con el procedimiento de reconocimiento de la situación

de dependencia:

“De acuerdo con lo establecido en el artículo 11.1 b) de la citada Ley

39/2006, de 14 de diciembre, corresponde a las Comunidades Autónomas,

entre otras funciones, gestionar, en su ámbito territorial, los servicios y

recursos necesarios para la valoración y atención a la dependencia.

El reconocimiento de la situación de dependencia se efectuará mediante

resolución expedida por la Administración Autonómica correspondiente a la

residencia del solicitante y tendrá validez en todo el territorio español, según

previene el artículo 28 de la Ley 39/2006, precepto éste que, por su parte y

de manera taxativa, impone que la valoración de la situación de

dependencia, la prescripción de servicios y prestaciones y la gestión de las

prestaciones económicas previstas en la Ley hayan de ser realizadas,

necesariamente, de forma directa por las Administraciones Públicas, no

pudiendo ser objeto de delegación, contratación o concierto con entidades

privadas.

Esta circunstancia implica la necesidad de optimizar la gestión de los

recursos disponibles por parte de todas las Administraciones Públicas

implicadas en la atención social de la población de la Comunidad de Madrid,

a la vez que permite concluir en la conveniencia y utilidad de la cooperación

interadministrativa, que se desarrollará mediante la encomienda de gestión.

De este modo, el Ayuntamiento, por medio de sus servicios de Atención

Social Primaria, atenderá a los vecinos de su ámbito territorial que pudieran

estar afectados por algún grado de dependencia. Dicha atención

comprenderá dos aspectos básicos:

Page 182: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

182

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

- Informar a los interesados sobre los requisitos para el acceso a los

servicios y prestaciones que integran el Sistema para la Autonomía

y Atención a la Dependencia en la Comunidad de Madrid.

- Facilitar a los interesados, cuando proceda, la formulación de la

solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia

conforme a lo previsto en el artículo 12 de la Orden 625/2010, de 21

de abril, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que

se regulan los procedimientos para el reconocimiento de la situación

de dependencia y para la elaboración del Programa Individual de

Atención o, en su caso, la normativa que sea de aplicación.

La solicitud para el reconocimiento de la situación de dependencia se

efectuará en el modelo aprobado por el órgano competente en materia de

dependencia de la Comunidad de Madrid (…).

También se reflejan en el Convenio: el objeto, la vigencia y

extinción del Convenio, las características de las acciones a

desarrollar, junto con los derechos y obligaciones de cada una

de las partes intervinientes, así como la financiación y forma de

pago y la jurisdicción competente.

Además se adjunta:

Anexo I: GESTIÓN (personal y mantenimiento), cuyo coste total

es de 503.621,49€.

Aportación de la Comunidad de Madrid:

Anexo I: La cantidad de 377.716,12 euros (75%)

Aportación del Ayuntamiento de Majadahonda:

Anexo I: La cantidad de 125.905,37 euros (25 %).

Anexo II: PROGRAMAS, cuyo coste total es de 327.068,80 €

Aportación de la Comunidad de Madrid:

Anexo II: La cantidad de 163.534,40 euros (50%)

Page 183: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

183

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aportación del Ayuntamiento de Majadahonda:

Anexo II: La cantidad de 163.534,40 euros (50%)

Anexo III: GESTIÓN PROGRAMA TELEASISTENCIA, cuyo

coste total es de 147.655,92 €.

Aportación de la Comunidad de Madrid:

Anexo III: La cantidad de 95.976,35 euros (65%)

Aportación del Ayuntamiento de Majadahonda:

Anexo III: La cantidad de 51.679,57 euros (35 %).

3º) En fecha 29 de octubre de 2013 se emite informe técnico,

que textualmente dice:

“La necesidad de optimizar la gestión de los recursos disponibles por parte

de todas las Administraciones Públicas implicadas en la atención social de la

población de la Comunidad de Madrid, determina la conveniencia y utilidad

de la cooperación interadministrativa. Se consideran prioritarias las

actuaciones de prevención, inserción y promoción social dirigidas a impedir,

en la medida de lo posible, las situaciones de exclusión social, en sus

diversas manifestaciones, así como a facilitar los procesos de inclusión.

El desarrollo de la Red Básica de Servicios Sociales representa una

exigencia del Estado social y democrático de derecho y necesita de un

pacto, entre las administraciones autonómica y local, que garantice la

consolidación a través de la colaboración técnica y de la participación de

ambas partes en su financiación. De igual forma, es una exigencia la efectiva

atención a las personas en situación de dependencia, así como la promoción

de la autonomía personal.

El objeto de este Convenio de es el de regular la cooperación entre la

Consejería de Asuntos Sociales y el Ayuntamiento de Majadahonda para la

gestión de los Servicios Sociales de Atención Primaria que, con carácter

polivalente, se dirigen a toda la población del Municipio.

Asimismo, el Convenio incluye la encomienda de gestión a las Entidades

Locales, para la valoración de las situaciones de dependencia iniciada el

pasado año, con la Adenda de modificación aprobada para el año 2013

Page 184: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

184

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

En el texto del Convenio, para el año 2014, hemos observado:

No hay una reducción económica sustancial.

Una redefinición de algunas cláusulas que se refunden en una sola, sin

que se produzca una variación sustancial de contenido.

Se modifica la cláusula décima referente a la justificación de gastos; se

facilita esta en lo que se refiere a documentación acreditativa.

En lo que se refiere a los Anexos. El Anexo 1 (GESTIÓN) no sufre

variación. En el Anexo 2(PROGRAMAS) el punto 1.2 REFUERZO

COYUNTURAL PROGRAMA ATENCIÓN DOMICILIARIA (AYUDA A

DOMICILIO Y TELEASISTENCIA), pasa al Anexo 3 (TELEASISTENCIA).

En los siguientes cuadros se presenta una comparativa de los

convenios 2013 y 2014 en lo referido a financiación (Anexos):

AÑO 2013

Anexo I.GESTIÓN (personal y mantenimiento) Anexo II.PROGRAMAS Anexo III (Teleasistencia) Total

75%

Aportación

Comunidad

de Madrid

377.716,49 € 50%

Aportación

Comunidad de

Madrid

186.909,40 € 65%

Aportación

Comunidad

de Madrid

70.003,13 €

634.629,02 €

25%

Aportación

Ayuntamie

nto

125.905,37 € 50%

Aportación

Ayuntamiento

186.909,40 € 35%

Aportación

Ayuntamient

o

37.693,99 €

350.508,76 €

Total 503.621,86 € 373.818,80 €

107.697,12 €

985.137,78 €

AÑO 2014

Anexo I.GESTIÓN (personal y mantenimiento) Anexo II.PROGRAMAS Anexo III (Teleasistencia) Total

75%

Aportación

Comunidad

de Madrid 377.716,12 € 50%

Aportación

Comunidad de

Madrid 163.534,40 €

65

%

Aportación

Comunidad

de Madrid

95.976,35 € 637.226,87 €

25%

Aportación

Ayuntamie

nto 125.905,37 € 50%

Aportación

Ayuntamiento 163.534,40 €

35

%

Aportación

Ayuntamient

o

51.679,57 € 341.119,34 €

Total 503.621,49 € 327.068,80 € 147.655,92 € 978.346,21 €

Page 185: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

185

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Existe crédito retenido en las siguientes operaciones

contables:

Nº Operación Fase Fecha Aplicación Importe Texto Libre

220139000028 RC

21/03/2013 2013 008 2330 22717 125.000,00 Contrato Teleasistencia domiciliaria

220139000050 RC 21/05/2013 2013 008 2330 22602 6.368,23

CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

DISEÑO, MAQUETACIÓN,

COMPOSICIÓN DE TEXTOS,

FOTOMECÁNICA, IMPRESIÓN Y

ENCUADERNACIÓN

220139000056 AD 21/05/2013 2013 008 2320 22717 2.000,00

Contrato para la realización y promoción

de actividades de carácter educativo,

social y cultural en el ámbito educativo

220139000057 AD 21/05/2013 2013 008 2330 22717 20.020,00

Contrato actividades de ocio para

personas con discapacidad intelectual y

dependientes

220139000070 RC 21/06/2013 2013 008 2330 22717 300.000,00

Contrato del Servicio de Ayuda a

Domicilio

220139000109 RC 11/09/2013 2013 008 2320 22709 7.232,50

Contrato Aseroría Jurídica del Centro de

Servicios Sociales

220139000110 RC 11/09/2013 2013 008 2330 22717 8.000,00 Contrato Servicio de Ayuda a Domicilio

220139000111 AD 11/09/2013 2013 008 2320 22717 64.195,79

1ª Prórroga Contrato Inmigración y

convivencia (hasta 23 /08/2014)

220139000121 AD 26/09/2013 2013 008 2330 22001 3.500,00 Contrato suminsitro prensa diaria.

220139000141 AD 16/10/2013 2013 008 2330 22717 4.000,00

Contrato Sonorización Actos Casa de la

Cultura

920139000196 RC 28/10/2013 2013 008 2330 22725 350.000,00 Plazas Residencia Tercera Edad

920139000197 RC 28/10/2013 2013 008 2310 48000 100.000,00 Ayudas Sociales

920139000200 RC 28/10/2013 2013 008 2330 48004 30.000,00

Convenio Asociación Club Reina Sofia ,

actividades culturales

Total 1.020.316,52

Se propone al órgano competente la aprobación del Convenio

de colaboración entre la Comunidad de Madrid (Consejería de

Asuntos Sociales) y el Ayuntamiento de Majadahonda para el

desarrollo de los servicios sociales de atención primaria,

promoción de la autonomía personal y la atención a las

personas en situación de dependencia, que incluye la

Page 186: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

186

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

encomienda de gestión a las Entidades Locales, para la

valoración de las situaciones de dependencia para el año

2014”.

4º) Figura en el expediente Informe del Interventor del

Ayuntamiento, de fecha 28 de octubre de 2013, en el que

informa que en los Presupuestos de este Ayuntamiento existe

normalmente crédito adecuado y suficiente para tramitar el

Convenio, haciendo frente a la parte correspondiente que este

Ayuntamiento debe aportar y será incluido en las previsiones

iniciales del Presupuesto General del ejercicio 2014, pendiente

de aprobación al día de la fecha.

5º) En fecha 8 de noviembre de 2013, se emite Informe de

Secretaría General.

6º) En fecha 15 de noviembre de 2013, se emite Informe de

Intervención.

A los anteriores HECHOS le son de aplicación los

siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO

PRIMERO.- Lo dispuesto en la Ley 7/85 de 2 de Abril

Reguladora de las Bases de Régimen Local y Texto Refundido

de las Disposiciones vigentes en materia de régimen local, Real

Decreto legislativo 781/86, de 18 de Abril, Reglamento de

Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las

Corporaciones Locales, RD 2568/86 de 28 de Noviembre.

SEGUNDO.- De aplicación lo dispuesto en la Ley 30/92 de 26

de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y Procedimiento Administrativo Común, el artículo 25

del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el

que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del

Sector Público.

Conforme los hechos y fundamentos de derecho

anteriormente relatados y de conformidad con lo dispuesto en el

art 169 del Texto Refundido 781/1.986 de 18 de Abril, y a la vista

Page 187: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

187

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

de la propuesta de la Responsable del Area Gerontológica, sin

perjuicio de las observaciones de la Secretaría General e

Intervención Municipal, procede elevar al Pleno, previo dictamen

de la Comisión Informativa correspondiente, la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

1º.- Aprobar aprobación del Convenio de colaboración entre la

Comunidad de Madrid (Consejería de Asuntos Sociales) y el

Ayuntamiento de Majadahonda para el desarrollo de los

servicios sociales de atención primaria, promoción de la

autonomía personal y la atención a las personas en situación de

dependencia, que incluye la encomienda de gestión a las

Entidades Locales, para la valoración de las situaciones de

dependencia para el año 2014, con vigencia desde el 1 de enero

de 2014 hasta el 31 de diciembre del año 2014, cuyo coste total

asciende a la cantidad de 978.346,21€, distribuidos de la

siguiente forma: 503.621,49€ correspondientes al Anexo I

(Gestión), 327.068,80€ correspondientes al Anexo II

(Programas) y la cantidad de 147.655,92 € correspondiente al

Anexo III (Teleasistencia), siendo financiadas dichas cantidades

de la siguiente forma: con cargo a la Consejería de Asuntos

Sociales de la Comunidad de Madrid, la cantidad de

637.226,87€ , y con cargo al Ayuntamiento de Majadahonda la

cantidad de 341.119,34€.

2º.- Aceptar la Encomienda de Gestión, contenida en dicho

Convenio para la realización de actividades de carácter

material y técnico en relación con el procedimiento de

reconocimiento de la situación de dependencia.

3º.- Determinar que será el Concejal Delegado de Bienestar

Social, Salud y Familia el órgano competente para la firma y

realización de todas aquellas actuaciones necesarias tendentes

a dar cumplimiento al objeto del mismo, así como para su

aplicación y ejecución, salvo que por su normativa específica o

por otras razones se firmen por el Alcalde.

No obstante la Corporación, con superior criterio

acordará lo que estime más conveniente.”

Page 188: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

188

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

B) DICTAMEN de la Comisión Informativa de Áreas y

Servicios, de 20 de noviembre de 2013, favorable.

El Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, Sr.

San Juan, aclara que, en este caso, se presenta para aprobación el

convenio que regula la coordinación y colaboración con la Consejería

de Asuntos Sociales para la gestión de la atención primaria de los

servicios sociales para los ciudadanos de Majadahonda durante el año

2014.

Sigue diciendo que en este convenio no se prevé una reducción

sustancial respecto al de 2013 que ascendía a 985.000 euros y el del

año 2014 va a ascender a 978.000 euros, reducción que corresponde a

un ajuste técnico y no a una reducción de programas.

Manifiesta además que este convenio incluye una encomienda

de gestión relacionada con la valoración de las situaciones de

dependencia que será realizada, a partir de ese momento, con técnicos

de este Ayuntamiento.

Indica además que este convenio incluye la financiación de

personal y mantenimiento en una proporción del 25% para este

Ayuntamiento y el 75% para la Comunidad de Madrid y recuerda que

el Ayuntamiento, en años anteriores, se hacía cargo del 74% y el 36%

la Comunidad de Madrid.

Continúa diciendo que los programas que se financian se

refieren a servicios de atención domiciliaria para personas

dependientes, la promoción de la autonomía personal, la emergencia

social, el alojamiento alternativo, la prevención, inserción y

promoción social y programas de atención al menor.

Señala también que se financian servicios de teleasistencia que

provienen del acuerdo adoptado con la Federación Española de

Municipios y que están financiados al 65% por la Comunidad de

Madrid y el 35% por este Ayuntamiento.

Explica que también se refiere a la renta mínima de inserción

que, como todos saben, es una prestación de naturaleza económica que

se concede a todas las personas que no reciben ningún otro ingreso y

Page 189: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

189

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

destaca que esta prestación la recibe el usuario durante todo el tiempo

en que mantenga esa situación de no recibir ninguna otra prestación.

Termina su intervención aclarando que este convenio tiene una

duración de un año y por ello no terminará su vigencia hasta diciembre

del año 2014.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, indica

que éste es un convenio similar al que se firma todos los años entre

entidades públicas y es el desarrollo de la ley que exige la necesaria

colaboración entre administraciones para el funcionamiento de la Ley

de Servicios Sociales.

Sigue diciendo que este convenio tiene una cuantía menor a la

del año pasado, aunque sea poca la diferencia, y a su grupo le gustaría

conocer cuáles son los asuntos técnicos que motivan que se dediquen

7.000 euros a este convenio.

Aclara que en la situación en que nos encontramos, con una

crisis galopante, un número de parados que aumenta cada día lo que

ocurre también en Majadahonda, una cantidad de familias, cada vez

mayor, con necesidades y por ello considera que este convenio debería

haber aumentado en cuantía para resolver toda esa situación pero

disminuye, poco para el equipo de gobierno, pero está convencido de

que disminuye mucho para todos los que necesitan el apoyo de las

instituciones.

Manifiesta que, estudiando de forma más profunda este

convenio, se pone también de manifiesto que, mientras que el capítulo

de gestión de este convenio (personal y mantenimiento) se mantiene

en la misma cuantía que el de 2013, es decir, en 503.905 euros, el

capítulo de programas disminuye casi en 50.000 euros.

A continuación recuerda que los programas son casi todas las

actuaciones que realizan los Servicios Sociales de atención primaria y

van dirigidas a quien más lo necesita y pide información, para que su

grupo pueda apoyar este convenio, sobre los programas que se van a

quitar y qué ciudadanos se van a dejar sin servicios y qué nuevos

requisitos se van a pedir para no atender a todos, preguntas que hace

porque no solo basta la buena voluntad sino también dinero y, reitera

que, aunque poco, baja la cuantía del convenio para 2014 cuando

Page 190: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

190

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

entiende que debería haber aumentado en función de la nueva

situación que se ha creado y las mayores necesidades que existen.

Añade que su grupo no cree que se vayan a atender más ciudadanos o

se den los mismos servicios con menos dinero.

Aclara que la partida destinada a teleasistencia ve aumentada su

consignación y pregunta si realmente es necesario aumentar la

correspondiente partida presupuestaria en tanta cuantía (más de 40.000

euros) y también si se va a sacar a concurso la concesión del servicio

de teleasistencia y por ello es necesario, para que sea más atractivo,

dotar esa partida con más dinero.

Reitera que el convenio para 2013 se firmó por 987.610 euros y

solo ha encontrado por ese concepto, en la liquidación del Presupuesto

de ese año, un apunte contable de 614.772 euros y piensa que es

posible que no se haya gastado todo el dinero destinado a ese servicio

y añade que habrá que esperar a finales de 2014 para ver cuánto dinero

se gasta de los 978.000 euros a que asciende la cuantía del convenio

que se propone aprobar.

Termina su intervención aclarando que el convenio que se

presenta es insuficiente para proporcionar a los ciudadanos de

Majadahonda unos servicios sociales de nivel y que cubran todas las

posibles contingencias y además se recibe una encomienda de gestión,

para 2014, sin aparente contraprestación lo que significa que este

Ayuntamiento se encargará, con personal propio, de la evaluación de

la dependencia en Majadahonda y se va a hacer con la misma dotación

para personal que el convenio de 2013 y pregunta si es que esos

trabajadores van a doblar turnos o es por eso por lo que se reducen los

programas de atención al ciudadano para acometer también esta

encomienda de gestión.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que lo que se va a votar es el convenio que

todos los años firma este Ayuntamiento con la Comunidad de Madrid

para definir las actuaciones de servicios sociales en atención primaria

y, sobre todo, recoge la cantidad de dinero que este Ayuntamiento va a

destinar y cuánto va a transferir la Comunidad de Madrid para

llevarlas a cabo.

Page 191: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

191

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que su grupo no puede votar a favor de este

convenio porque ello significaría estar de acuerdo con la política que

viene desarrollando el Partido Popular, de recortar en servicios

sociales en este Ayuntamiento y también en la Comunidad de Madrid,

recortes que se hacen justo en los momentos en que más falta hacen

porque la situación de crisis económica hace que más familias, más

mayores y más ciudadanos en situación de dependencia, acudan a los

servicios sociales y considera que, justo en el momento en que las

necesidades son mayores, la respuesta y ayudas que reciben son

menores cada año y su cree que no hay que seguir realizando recortes

en los servicios sociales.

Manifiesta que su grupo cree que, para valorar esos convenios

que se firman todos los años, no se pueden comparar solamente con el

firmado en el año anterior sino que es necesario conocer cómo

evolucionan en el tiempo porque servicios sociales es un área en el

que las actuaciones son constantes en el tiempo.

Aclara que es cierto que el convenio para 2014 no tiene apenas

cambios respecto al de 2013 y considera necesario ir un poco más

atrás, es decir, a 2012, ejercicio en que este convenio suponía la

cantidad de 1.308.000 euros cuando para 2014 solamente será de

978.000 euros (330.000 euros menos lo que supone un recorte del

25%).

Sigue diciendo que el convenio, durante estos años, ha

evolucionado aumentando muy poco el apartado destinado a personal

pero el dinero destinado a programas, algunos muy importantes como

el de atención domiciliaria, el de emergencia social o el de atención al

menor, han sido reducidos el 16% y la teleasistencia ha pasado de

430.000 euros a 147.000 euros lo que supone 283.000 euros menos

(recorte del 65% en dos años).

Indica que la Comunidad de Madrid ha recortado este convenio

el 26% y el equipo de gobierno, aunque presume de que este

Ayuntamiento tiene un superávit de 14 millones de euros, lo ha

recortado el 30% en dos años y por ello su grupo pregunta, una vez

más, si se puede presumir de tener ese superávit cuando se están

recortando los servicios sociales y contesta que su grupo cree que el

equipo de gobierno no tiene nada de lo que presumir.

Page 192: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

192

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Manifiesta que durante su intervención ha aludido a convenios

de años anteriores porque el que hoy se vota es una prórroga del

recortado en 2012 y es seguir, una y otra vez, el convenio recortado y

su grupo entiende que esa no es la política que hay que realizar en

servicios sociales justo en el momento en el que más falta hacen.

Aclara que el voto de su grupo no va a servir para confirmar el

recorte que se efectuó en 2012 y sí votaría a favor de un convenio para

2014 que fuera, al menos, igual al de 2012 y reitera que no va a apoyar

la situación de dejadez en servicios sociales que viene ejerciéndose

desde 2012.

Termina su intervención diciendo que su grupo no va a votar a

favor de este convenio porque supondría apoyar la estrategia que está

siguiendo el Partido Popoular durante todos estos años y sería votar el

mismo convenio que el año anterior recortado.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que el Viceportavoz del Grupo Municipal Unión

Progreso y Democracia ha explicado claramente la evolución de los

convenios que se suscriben con la Comunidad de Madrid y los recortes

que se vienen sufriendo en servicios sociales aunque parece que para

2014 se va a mantener el presupuesto del convenio en prácticamente

los mismos términos de 2013 aunque se dice que se prevé una

reducción de 7.000 euros que corresponden a un ajuste técnico,

término que a su grupo le da mucho miedo porque “La Troika”

también hablaba solo de ajustes técnicos y de repente recortó las

pensiones.

Sigue diciendo que, para su grupo, ese ajuste técnico es una

triquiñuela por la que la Comunidad de Madrid aumenta 2.000 euros la

cuantía que aporta a este convenio y este Ayuntamiento se ahorra

9.000 euros.

Añade que su grupo no entiende que siempre se diga que no se

hacen recortes en los Presupuestos de Servicios Sociales pero, cuando

se estudian con detenimiento algunos de los programas, se ven

pequeños recortes en gastos y resulta significativo que siempre sean en

servicios sociales en los que se pretende justificar siempre, por

ejemplo, un pequeño ahorro de 9.000 euros.

Page 193: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

193

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que se hablado, durante esta sesión, de un gasto de

850.000 euros que se va a realizar en un parque y, aunque los gastos

de servicios sociales son gasto corriente y el del parque es de

inversión, su grupo los compara en término de cantidad y dice esto

porque considera que un ayuntamiento que presume de tener superávit

debería no solamente mantener los servicios sociales sino que debería

incidir más y mejorar sus dotaciones.

Continúa diciendo que su grupo entiende que los 9.000 euros

que se van a detraer del convenio para 2014, se podrían destinar a

otras áreas dentro de la Concejalía de Servicios Sociales y dice esto

porque, viendo algunos convenios, se comprueba cómo figuran los

ratios de atención primaria y se dice que el número de habitantes por

unidades de trabajo social es de 7.092 cuando el Consejo General del

Trabajo Social recomienda un ratio de 1 por cada 3.000 habitantes por

lo que está claro que, en Majadahonda, se está más que duplicando ese

ratio recomendado y además se continúa detrayendo dinero de los

convenios que podría destinarse a aumentar la plantilla de trabajadores

de Servicios Sociales.

Manifiesta que, hace unos meses, se habló de la encomienda de

servicios y se vio cómo otros ayuntamientos destinaban el aumento del

dinero que les transfería la Comunidad de Madrid, a contratar nuevos

trabajadores sociales y recuerda que en este Ayuntamiento se llegó a

presupuestar una plaza de trabajador social porque era necesaria pero

nunca se cubrió y de hecho esa plaza ha sido amortizada.

Termina su intervención insistiendo en que, desde el punto de

vista de su grupo, este Ayuntamiento no debería escamotear ni un solo

euro en servicios sociales.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que su grupo también ha realizado el mismo estudio de este

convenio que los representantes de los Grupos Unión Progreso y

Democracia e Izquierda Unida-Los Verdes para conocer el histórico de

los convenios firmados con la Comunidad de Madrid en esta materia y

es curioso ver cómo un año se firma un convenio que es modificado

al año siguiente y vuelve a modificarse también al siguiente y añade

que la tendencia es que siempre las dotaciones disminuyan salvo un

año y es curioso que en todas las modificaciones, ya sean para subir o

bajar las dotaciones, este Ayuntamiento siempre destina menos dinero

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

y su participación, en el monto total, siempre es menor y de hecho ha

pasado de destinar, en el año 2012, la cantidad de 447.000 euros a

destinar, en 2014, 341.000 euros (reducción del 25%

aproximadamente).

Sigue diciendo que este convenio está marcado por lo que diga

la Comunidad de Madrid porque es el organismo que pone la mayor

parte del dinero y entiende que este Ayuntamiento tiene que adaptarse

a las modificaciones que propone pero a su grupo le preocupa que éste

sea el paraguas de los programas sociales de este Ayuntamiento y se

aproveche la circunstancia de que la Comunidad de Madrid vaya

reduciendo el dinero destinado a los convenios para reducir también la

aportación de este Ayuntamiento a los mismos.

Aclara que esas reducciones preocupan especialmente a su grupo

porque este convenio ascendía, en el año 2012, a 1.312.000 euros y el

de 2014 va a ser de 978.000 euros y, aunque este Ayuntamiento

mantenga su aportación, la aportación en el global de servicios

sociales se ha reducido en 400.000 euros (casi el 40%) y está claro que

las prestaciones a los vecinos se reducen porque este Ayuntamiento

destina el mismo dinero y la Comunidad de Madrid lo reduce el 30%

lo que se está haciendo en una situación económica que cada vez es

más problemática y posiblemente los ciudadanos demanden cada vez

más los servicios sociales.

Considera a continuación que no es totalmente correcto decir

que no se reducen las dotaciones en servicios sociales cuando la

Comunidad de Madrid las está reduciendo.

Indica que su grupo quiere entender que no se puede discutir la

aportación que hace la Comunidad de Madrid a este convenio pero

cree también, si se mantiene su cantidad global, que hay que tener en

cuenta la aportación que realiza este Ayuntamiento que espera que no

solo se limite a la que figura en este convenio porque, si fuera así, está

claro que las prestaciones van a ir disminuyendo puesto que la

Comunidad de Madrid va reduciendo su aportación y este

Ayuntamiento también la va a disminuir en lugar de aumentarla para

cubrir la reducción que hace la Comunidad.

Termina su intervención aclarando que su grupo no quiere hacer

la misma interpretación de este convenio que la que han realizado

otros grupos políticos y quiere interpretar que este Ayuntamiento va a

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

mantener las mismas prestaciones a pesar de las reducciones que

impone la Comunidad de Madrid, interpretación que le gustaría que

fuera confirmada por el equipo de gobierno.

El Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, Sr.

San Juan, aclara que no se ha producido ningún recorte en servicios

sociales a excepción de uno en la cooperación al desarrollo, reducción

que ha sido muy dolorosa de hacer para el equipo de gobierno.

Sigue diciendo que la Comunidad de Madrid realizó, en el año

2012, el mayor recorte (400.000 euros), recorte que coincidió con la

desaparición de la ayuda a proyectos de cooperación al desarrollo y

este Ayuntamiento, aún recibiendo menos dinero de la Comunidad de

Madrid, ha venido manteniendo todos los servicios que se vienen

prestando en la Concejalía de Servicios Sociales. Asegura nuevamente

que no se ha producido ningún recorte y pregunta a los grupos de la

oposición qué recortes, según ellos, se han realizado.

Insiste a continuación en que solo se han producido recortes en

cooperación al desarrollo, ayuda que se irá recuperando en la medida

en que este Ayuntamiento vaya teniendo posibilidades de concederla

porque considera que este municipio es muy solidario.

Aclara que no es cierto que se haya recortado la teleasistencia el

66% porque lo que se hace es un contrato a máximos y se contrataban

600.000 euros como posibilidad de llegar a esa cantidad pero lo cierto

es que nunca, en el transcurso de los años, se ha llegado a consumir

esa cantidad y por ello el equipo de gobierno decidió hacer un contrato

real a 400.000 euros, reducción que se ha efectuado para ajustarlo a la

realidad de lo que se está consumiendo por lo que, reitera, no es cierta

esa reducción del 66%.

Indica que para el equipo de gobierno no hay nada más básico

que el que un mayor de Majadahonda tenga teleasistencia y cuente con

un aparato para ponerse en contacto, de forma inmediata, con la

Concejalía de Servicios Sociales o con Cruz Roja y de hecho se pasó

de tener unos 80 aparatos a tener más de 500 porque, reitera, el equipo

de gobierno no quiere que ningún mayor deje de tenerlo.

Continúa diciendo que la encomienda de gestión que nos hace la

Comunidad de Madrid, da la posibilidad de contratar a una persona

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

externa por la dotación de 40.000 euros aproximadamente que va a

transferirnos y espera que se pueda asumir, de esa forma, dicha

encomienda. Indica que es cierto que los servicios sociales están

teniendo un incremento de visitas pero asegura que en estos momentos

se puede absorber esa demanda de forma razonable aunque es posible

que pueda existir una espera de una semana aproximadamente y

además quiere tranquilizar a todos los grupos porque, si se produce

una urgencia, se atiende lo mejor que se puede. Reitera que no hay

lista de espera ni una necesidad acuciante de trabajadores sociales

aunque está de acuerdo con los ratios que ha expuesto el Portavoz del

Grupo Izquierda Unida-Los Verdes.

Termina su intervención reiterando que no se han producido

recortes en servicios sociales a excepción del realizado en cooperación

al desarrollo y eso es así aunque se comparen los datos de 2014 con

los de 2012 o con los de cualquier otro año.

Sometido este asunto a votación, la Corporación, por catorce

(14) votos a favor correspondientes al Grupo Municipal Popular, tres

(3) votos en contra correspondientes al Grupo Municipal Unión

Progreso y Democracia y ocho (8) abstenciones correspondientes a los

Grupos Municipales Socialista, Izquierda Unida-Los Verdes y

Centrista, ACUERDA:

Primero.- Aprobar el Convenio de colaboración entre la Comunidad

de Madrid (Consejería de Asuntos Sociales) y el Ayuntamiento de

Majadahonda para el desarrollo de los servicios sociales de atención

primaria, promoción de la autonomía personal y la atención a las

personas en situación de dependencia, que incluye la encomienda de

gestión a las Entidades Locales, para la valoración de las situaciones

de dependencia para el año 2014, con vigencia desde el 1 de enero de

2014 hasta el 31 de diciembre del año 2014, cuyo coste total asciende

a la cantidad de 978.346,21€, distribudios de la siguiente forma:

503.621,49€ correspondientes al Anexo I (Gestión), 327.068,80€

correspondientes al Anexo II (Programas) y la cantidad de 147.655,92

€ correspondiente al Anexo III (Teleasistencia), siendo financiadas

dichas cantidades de la siguiente forma: con cargo a la Consejería de

Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid, la cantidad de

637.226,87€ , y con cargo al Ayuntamiento de Majadahonda la

cantidad de 341.119,34€.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Segundo.- Aceptar la Encomienda de Gestión, contenida en dicho

Convenio para la realización de actividades de carácter material y

técnico en relación con el procedimiento de reconocimiento de la

situación de dependencia.

Tercero.- Determinar que será el Concejal Delegado de Bienestar

Social, Salud y Familia el órgano competente para la firma y

realización de todas aquellas actuaciones necesarias tendentes a dar

cumplimiento al objeto del mismo, así como para su aplicación y

ejecución, salvo que por su normativa específica o por otras razones se

firmen por el Alcalde.

CONTROL DE LOS DEMÁS ÓRGANOS DE LA CORPORACIÓN

CONFORME A LO PREVISTO EN EL ART. 46.2.E) DE LA LEY

7/85, DE 2 DE ABRIL

13.(208/13) DAR CUENTA de los Decretos y Resoluciones

dictados por la Alcaldía y Concejales Delegados del

núm. 2090/13 al 2310/13, ambos inclusive.

El Sr. Secretario da cuenta del expediente integrado por

fotocopia del Libro de Decretos y Resoluciones dictados por la

Alcaldía y Concejales Delegados núms. 2090/13 al 2310/13, ambos

inclusive. Todo ello al efecto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el

art. 42 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen

Jurídico de las Entidades Locales y consiguientemente ser conocidos

por todos los miembros de la Corporación.

SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los

Decretos y Resoluciones dictados por la Alcaldía y Concejales

Delegados del núm. 2090/13 al 2310/13, ambos inclusive.

14.(209/13) DAR CUENTA de los acuerdos adoptados por la

Junta de Gobierno Local en las sesiones de 7, 14, 21

y ordinaria y extraordinaria de 28 de octubre de

2013.

SE DA POR CUMPLIDO el trámite de dar cuenta de los

acuerdos adoptados por la Junta de Gobierno Local en las sesiones de

7, 14, 21 y ordinaria y extraordinaria de 28 de octubre de 2013.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

15. PROPOSICIONES NO URGENTES O MOCIONES

ORDINARIAS:

15.1 (210/13) Moción presentada por el Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes por un

transporte público accesible y de calidad

(4.1.7)

Se da cuenta de la Moción por el Portavoz del Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, que ha tenido entrada en el

Registro General el 20 de noviembre de 2013, nº 20263, cuyo texto es

el siguiente:

“El transporte público interurbano de Majadahonda y de la

Comunidad de Madrid se encuentra gravemente amenazado. Al igual

que otros servicios públicos, está siendo sometido a duros recortes

que lo deterioran y que afectan a los usuarios del mismo, que pierden

horas a consecuencia del incremento del tiempo de espera y

recorrido.

Para una movilidad sostenible y social es fundamental mantener el

carácter público y colectivo de los principales medios de transporte

urbano e interurbano (autobuses, metro y trenes de cercanías), ya que

garantizan la universalidad del servicio independientemente de donde

se resida, son más eficientes en términos energéticos y económicos,

reducen el impacto ambiental y también la siniestralidad. Por estas

razones toda la política de transporte municipal, regional y estatal,

debería fomentar un transporte público de calidad.

La Comunidad de Madrid está aprovechando la crisis como excusa

para imponer el recorte de los servicios, el aumento de las tarifas, la

reducción de frecuencias de paso o el cierre de accesos. Esto afecta

directamente a trabajadores y usuarios y, además, provoca una

espiral de deterioro. A peor servicio menor recaudación, y así

sucesivamente hasta que su propia inviabilidad en términos

económicos lleve a justificar la privatización del mismo.

Estos recortes son totalmente arbitrarios y no responden más que a

una política de transportes basada en la privatización, tal y como se

está haciendo con la sanidad, la educación y los servicios públicos en

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

general. Prueba de ello, es el anuncio del Consejero de Transportes

acerca de la elaboración de una Ley de Competitividad de Transporte

en la región de Madrid, que da entrada al sector privado en la gestión

y prestación de servicios “abriendo perspectivas de negocio”.

Los majariegos nunca hemos pagado más por el transporte y, sin

embargo, tenemos más dificultades para acceder a un servicio que es

un derecho y no un privilegio; a lo que hay que añadir que se están

poniendo en peligro los puestos de muchos trabajadores.

En concreto las líneas de autobuses 651-A, 626 y 567 que dan servicio

en Majadahonda, han sufrido desde este mes los siguientes recortes:

651-A Se elimina y deja a Majadahonda sin conexión con el

Plantío mientras el bus-vao está abierto.

626 Reducción de la frecuencia de autobuses: eliminación de

los servicios nocturnos “búhos”. Supresión de servicios que

nos unían a la urbanización La Raya del Palancar de

Villanueva de la Cañada. Esta línea además sirve para

conectar Las Rozas, Majadahonda, Villanueva del Pardillo y

Villanueva de la Cañada con el Hospital Puerta de Hierro.

567 Supresión de dos autobuses por la mañana y tres por la

tarde, reduciendo considerablemente la frecuencia.

Además, habría que añadir las reducciones que han sufrido

numerosos municipios en las líneas que conectan sus pueblos con el

Hospital Puerta de Hierro de Majadahonda.

Todo esto ha provocado, desde el mismo día de su implantación,

importantes trastornos y molestias para todos los usuarios en sus

desplazamientos al trabajo, centros de estudios, sanitarios, etc.

Por todo ello, el Grupo Municipal de Izquierda Unida-Los Verdes

presenta, para su aprobación por el Pleno, la siguiente

MOCIÓN

Que el Ayuntamiento exija al Consorcio de Transportes y al

Gobierno de la Comunidad de Madrid que restituya en su

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

totalidad los servicios y frecuencias del transporte de viajeros

que afectan a nuestro municipio.

Asimismo, que se inste al Gobierno de la Comunidad de Madrid

y al Consorcio Regional de Transportes a:

1. Proceder a una revisión a la baja de los precios del

transporte público, tras las abusivas subidas realizadas

desde 2011.

2. Crear un abono de transporte especial, de uso en toda la

Comunidad de Madrid, con coste cero para las personas

en situación de desempleo sin ningún tipo de prestación o

cuyo subsidio sea inferior al Salario Mínimo

Interprofesional.

3. Ampliación del abono joven hasta los 26 años.

4. Realizar un estudio para la mejora de la conexión entre

localidades, así como con los centros de salud y demás

servicios públicos.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 21 de noviembre de 2013,

favorable.

La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sra. Piñuela, da lectura a la Moción que su grupo ha

presentado.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

plantea a Izquierda Unida-Los Verdes una propuesta transaccional

para añadir en la parte propositiva de esta Moción el pedir, si se han

suprimido frecuencias en los autobuses, que se baje la aportación que

este Ayuntamiento hace al Consorcio de Transportes.

El Sr. Presidente aclara que, desde su punto de vista, lo que

solicita el Grupo Centrista se podría realizar si este Ayuntamiento

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

hubiera pagado más dinero cuando el Consorcio de Transportes ha

aumentado las líneas de autobús.

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, manifiesta que

esa propuesta debería estudiarse si el Consorcio quita muchas

frecuencias de autobuses porque su grupo entiende que no tiene

mucho sentido pagar la misma cantidad cuando se reciben menos

servicios.

Sigue diciendo que la propuesta que se realiza se refiere a que su

grupo no está de acuerdo en que algo tenga un coste cero porque

considera que no se respeta lo que es gratis y por ello, si hay personas

que necesitan ayudas, los Servicios Sociales Municipales deben

estudiar su situación para comprobar si necesitan ayudas o no.

Aclara que es posible, si se diera un abono con coste cero para

las personas en situación de desempleo y que no reciban ningún tipo

de prestación, que esas personas no lo utilizaran solo para el destino

para el que se le entrega sino también para otras cuestiones que no

tengan nada que ver y cree que en ese caso se estaría creando un

problema al que necesita utilizar ese medio de transporte.

Reitera que su grupo considera necesario que los Servicios

Sociales Municipales estudien las situaciones que se proponen en esta

Moción pero no está de acuerdo en entregar abonos de transporte a

coste cero.

Aclara que está de acuerdo con que se realice un estudio para la

mejora de las conexiones entre localidades cercanas y considera

necesario plantear este asunto al Consorcio o las localidades de

alrededor porque es cierto que cuesta muchísimo llegar en autobús a

algunas.

Termina su intervención diciendo que si Izquierda Unida-Los

Verdes acepta las dos propuestas transaccionales que su grupo ha

realizado, votará a favor y, si no las acepta, no votará a favor.

La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Fernández Alonso, indica que ella es usuaria del

transporte público y por ello puede decir que es cierto que se están

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

recortando esas líneas de autobuses, incluso en fines de semana, lo que

provoca serias dificultades a la hora de que nuestros vecinos se puedan

desplazar.

Sigue diciendo que su grupo ha recibido varias quejas por la

falta de información que han recibido los vecinos sobre las

modificaciones de horarios y además considera difícil encontrar, de

forma directa y sencilla, por ejemplo en la página web de la Empresa

Llorente o en la página web del Ayuntamiento, información sobre el

servicio de autobuses de Majadahonda.

Manifiesta que, además de todos esos recortes que se están

realizando que repercuten en un peor servicio, hay que tener en cuenta

que el transporte se ha encarecido de forma bestial ya que, por

ejemplo, el Abono B2 que es el que cubre la zona de Majadahonda, ha

pasado, en 5 años, de costar 55,10 euros a 72 euros y el precio de un

viaje de Moncloa a Majadahonda o viceversa, cuesta 2,60 euros (432

de las antiguas pesetas).

Indica que a su grupo no le parece lógico que este Ayuntamiento

siga pagando al Consorcio de Transporte la misma cantidad por unos

menores servicios y lo cierto es que los ciudadanos están pagando más

por unos servicios que, de forma notable, son peores y además se están

reduciendo.

Termina su intervención diciendo que, desde el punto de vista de

su grupo, el transporte público es bastante mejorable y por ello va a

votar a favor de esta Moción.

El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica

que su grupo está de acuerdo con esta Moción y espera que el equipo

de gobierno no diga que no es una competencia local sino regional y

dice esto porque es obvio que los vecinos de Majadahonda están

sufriendo las consecuencias de los recortes en el servicio de transporte

de viajeros y cree que este Ayuntamiento debe intervenir en ello.

El Concejal Delegado de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana, Sr.

Carnevali, indica que el sistema de transportes de la Comunidad de

Madrid es uno de los mejores de Europa.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Sigue diciendo que la Comunidad de Madrid se constituyó en el

año 1983 y los gobiernos que ha tenido, del Partido Socialista Obrero

Español (Sr. Leguina) apoyado por el entonces Partido Comunista y

también los del Partido Popular (Sr. Gallardón y Sra. Aguirre), han

hecho siempre una importante apuesta por el transporte público pero

las circunstancias actuales han cambiado y pide que los corporativos

sean conscientes, como lo son en el Consorcio (órgano poco político

formado básicamente por ingenieros de caminos), de que la situación

actual no permite seguir prestando este servicio de la forma en que fue

concebido inicialmente.

Añade que, desde su punto de vista, era el mejor sistema de

transporte de viajeros de Europa y recuerda que también lo es por las

infraestructuras viales porque no hay que olvidar las infraestructuras

que se han realizado en carreteras los últimos años en Madrid y para

ello solo que hay preguntar a los catalanes que “braman” cuando se les

saca este asunto.

Aclara que el sistema de transportes de la Comunidad de

Madrid estaba excesivamente subvencionado (la subvención ascendía

casi al 70%) y pregunta si alguien cree que alguna economía puede

soportar ese porcentaje de subvención.

Indica a continuación que, como actualmente no se puede

subvencionar ese porcentaje, ha sido necesario adoptar una serie de

decisiones pero ello no ha incidido excesivamente en la calidad del

transporte y dice esto porque, en el año 1989, se produjo el mismo

problema que tenemos ahora en la Carretera del Plantío y lo sabe

porque él lo sufrió personalmente y se vio obligado a cambiar de ruta

para acceder a Majadahonda, en lugar de por la Carretera del Plantío,

por Las Rozas de Madrid. Aclara que en esos momentos este problema

surgió por las obras para el bus-vao que supuso la supresión de la línea

de autobuses de El Plantío, problema que, sobre todo, afectaba a los

universitarios de la Complutense que tenían que ir hasta Moncloa para

coger el autobús hasta Majadahonda o tenían que coger el de Las

Rozas.

Insiste en que los problemas que han surgido ahora ya habían

ocurrido antes y añade que lo que el equipo de gobierno quiere

plantear al Consorcio de Transportes es que la situación actual no

gusta y se desea que se retome alguna línea que recorra la Carretera

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

del Plantío en las horas en las que el bus-vao esté abierto y el equipo

de gobierno, en estos momentos, está negociando esa situación con el

Consorcio de Transportes.

Continúa diciendo que, desde su punto de vista, la política de

transportes de la Comunidad de Madrid en estos años ha tenido un

fallo y es que se han abierto demasiadas líneas de autobús, algunas

totalmente inoperativas y eso es lo que ahora se está recortando.

A continuación recuerda que esta Moción fue debatida en una

comisión informativa de la que él no es miembro y por ello se ofrece

para hablar de este asunto en otro momento porque es un tema largo y

además podría facilitar datos sobre la ocupación de las líneas y cree

que entonces los grupos de la oposición se darían cuenta de que las

medidas que está adoptando el Consorcio son muy racionales y

considera necesario agrupar frecuencias y autobuses.

Sigue diciendo a la Viceportavoz de Izquierda Unida-Los

Verdes que no se va a realizar ninguna privatización de estos servicios

y recuerda que las empresas consorciadas ya son privadas y, por

ejemplo, la Empresa Llorente siempre ha sido privada. Añade que el

Metro de Madrid y la EMT, según la información que ha recibido,

tampoco se van a privatizar por lo que no sabe a qué privatización se

refiere esta Moción.

Aclara que, desde su punto de vista, puede ser interesante una

ley de competencias del transporte sobre todo a efectos de que el

Consorcio de Transportes pueda contratar más barato y pueda

repercutir ese menor precio en las tarifas.

Indica que la aportación de este Ayuntamiento al Consorcio de

Transportes corresponde, sobre todo, a las líneas urbanas que circulan

por Majadahonda y añade que hay redundancia entre las paradas de las

líneas urbanas y las interurbanas y de hecho él ha planteado al

Consorcio la posibilidad de anular alguna urbana y por ello rebajar la

aportación de este Ayuntamiento pero considera que esa decisión es

muy delicada y necesitaría ser estudiada con mucho cuidado porque,

aunque el número de pasajeros de esas líneas no es muy alto, es

posible que se cometa una equivocación sin querer.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Continúa diciendo que estará encantado de discutir este asunto

con los grupos de la oposición pero no en este momento porque,

reitera, no es el lugar apropiado para hacerlo.

Termina su intervención aclarando, para que todos estén

tranquilos, que el equipo de gobierno quiere garantizar todas las

paradas de autobuses y estará encantado de escuchar las quejas de los

vecinos y las trasladará al Consorcio de Transportes y añade que la

relación de este Ayuntamiento con el Consorcio es la mejor posible y

el equipo de gobierno, como interlocutor ante ese organismo, se pone

a disposición de quien lo desee.

La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sra. Piñuela, indica que se producen bastantes quejas de

vecinos y, aunque entiende que determinadas rutas, en determinados

horarios, no son muy utilizadas sí lo son en hora punta y eso es

precisamente lo que debería estudiarse.

Sigue diciendo que su grupo no entiende por qué se ha

producido la reducción de las líneas de autobuses, necesarias según las

quejas de los vecinos, cuando se está gastando muchísimo dinero en la

instalación de unas marquesinas inteligentes que informan de la hora

de llegada del autobús, de su trayecto, etc.

Termina su intervención aclarando que su grupo ha llegado

incluso a pensar que podrían venir bien a este Ayuntamiento las

reducciones que se están haciendo en el servicio de transporte para

fomentar el uso por los vecinos del servicio de alquiler de bicicletas

porque, como este servicio no está obteniendo ninguna rentabilidad, es

posible que la supresión de autobuses podría permitir obtener alguna.

El Sr. Presidente aclara que la instalación de marquesinas es un

asunto relacionado con la Unión Europea.

Sometida a votación esta Moción, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular, nueve (9) votos a favor correspondientes a los

Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia e

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Izquierda Unida-Los Verdes y dos (2) abstenciones correspondientes

al Grupo Municipal Centrista.

15.2 (211/13) Moción presentada por el Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes para la

creación de huertos urbanos comunitarios

(4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Portavoz del Grupo

Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, Sr. Santana, que ha tenido

entrada en el Registro General el 20 de noviembre de 2013, nº 20269,

cuyo texto es el siguiente:

“En el momento actual de crisis son necesarios nuevos procesos de

recuperación del espacio urbano que mejoren la sostenibilidad

integral de las ciudades, tanto a nivel ecológico como social.

Urge más que nunca la necesidad de transformar los entornos

urbanos desplegando una estrategia que reoriente la ordenación

territorial, la política, la economía y la cultura, hacia la autonomía;

tender hacia la autosuficiencia, fomentar la autoorganización, poner

en valor la diversidad (cultural, productiva, social…).

Una de estas iniciativas son los denominados Huertos Urbanos

Comunitarios. Estos huertos tienen una larga tradición en países del

norte de Europa, o en ciudades como Londres o Berlín. En los últimos

años estamos viendo como en numerosos municipios de nuestro país

se están llevando a cabo proyectos de esta naturaleza con notable

éxito. En ciudades como en Barcelona, Sevilla y diversas localidades

de la Comunidad de Madrid se está apostando por este tipo de

iniciativas y están recibiendo un importante apoyo institucional.

En Majadahonda, la agricultura ha sido un sector estratégico

tradicionalmente. Para muchas generaciones ha sido la principal

fuente de abastecimiento alimenticio y sustento económico familiar,

aunque haya ido desapareciendo con el proceso de crecimiento de la

ciudad.

Nuestro municipio cumple con los parámetros sociales y ambientales

para fomentar este tipo de experiencias de huertos urbanos y

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Pleno ordinario 27-11-2013

207

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

consideramos una prioridad absoluta poner en marcha iniciativas

comunitarias como forma de generar las condiciones necesarias para

un cambio de valores, hábitos y estilos de vida que repercutan en una

mejor calidad de vida para los vecinos y vecinas.

Con este proyecto de Huertos Urbanos Comunitarios se alcanzan

importantes objetivos, como pueden ser:

La inclusión social de diferentes colectivos que podrían

participar en estas iniciativas con algún tipo de

dinamización o asesoramiento.

Regenerar espacios urbanos degradados, potenciando las

relaciones sociales e impulsando la participación ciudadana.

Promover estilos de vida más concienciados con las

necesidades del espacio y el respeto al medioambiente.

La obtención de productos de alta calidad alimenticia,

debido a un cultivo respetuoso con la naturaleza e incluso

para utilizar parte de la producción agrícola para proyectos

de solidaridad.

La creación de proyectos de economía social y de nuevos

puestos de trabajo, relacionados con la agricultura

ecológica, alimentación, formación, etc.

Estos dos últimos puntos tienen mayor importancia si tenemos en

cuenta la grave crisis económica que vivimos y que también afecta a

nuestro municipio. El pasado mes de octubre en Majadahonda había

3.759 personas en situación de desempleo registradas, según dados de

SEPE, a las que habría que sumar las que hubieran agotado su

prestación o no tuvieran derecho a ella y o estén registradas.

Por todo ello, el grupo Municipal de Izquierda Unida – LV presenta

la siguiente

MOCIÓN

Primero. Que los Servicios Técnicos del Ayuntamiento realicen un

informe sobre las parcelas de titularidad pública que cumplan los

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

requisitos técnicos y legales compatibles con un proyecto de huertos

urbanos.

Segundo. Que el Ayuntamiento de Majadahonda acondicione y ponga

a disposición las parcelas necesarias para el desarrollo de huertos

urbanos comunitarios.

Tercero. Que se abra un proceso abierto de regulación y adjudicación

de las parcelas a todos los vecinos y vecinas del municipio que estén

interesados en participar, reservando una parte a personas que se

encuentren en situaciones de riesgo y exclusión social.

Cuarto. Que el Ayuntamiento de Majadahonda impulse la formación

necesaria para los usuarios de los huertos y desarrolle proyectos de

educación ambiental dirigidos a la población escolar.

Quinto. Que el Ayuntamiento de Majadahonda fomente nuevas

actividades de economía social y proyectos de solidaridad

alimentaria.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Urbanismo,

Medio Ambiente y Movilidad, de 21 de noviembre de 2013,

favorable.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que esta propuesta ya fue presentada hace dos años

y el equipo de gobierno, en su día, dijo que esos huertos urbanos iban

a florecer en el Hospital Puerta de Hierro y ha podido comprobar, dos

años después, que no existen por lo que incide nuevamente en ellos

con esta Moción que ha presentado y a la que da lectura.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que su grupo está de acuerdo con esta Moción y por ello va a votarla a

favor.

Sigue diciendo que su grupo conoce que algunos municipios,

como el de Alcorcón, cuenta con esos huertos urbanos y funcionan

muy bien. Añade que los ayuntamientos cobran a los arrendatarios una

cantidad simbólica y éstos adquieren algunos compromisos como es

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

que no puedan realizar ninguna construcción en la parcela que les fue

adjudicada.

Termina su intervención diciendo que, desde su punto de vista,

muchos jóvenes estarían interesados en esos huertos urbanos en lugar

de estar ociosos y así también podrían conseguir alimentos y reitera el

apoyo de su grupo a esta Moción.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que le gusta mucho esta Moción y

le ha dado pena que su grupo no la haya presentado. Recuerda que la

primera vez que se presentó fue defendida por la entonces Concejal

del Grupo Izquierda Unida-Los Verdes Sra. García Gayo.

Sigue diciendo que los huertos urbanos van a tener que

estudiarlos en algún momento. Aclara que este tema comenzó en

Nueva York, en los años 70 y recuerda que la Comunidad de Madrid

tiene el centro de educación ambiental El Caserío de Henares en el que

alquila parcelas a los vecinos desde 1988 y esos huertos están teniendo

mucho éxito.

Aclara que su grupo cree que esos huertos urbanos son una

oportunidad para fomentar la vida social (los vecinos charlan mientras

cultivan las parcelas que le han sido adjudicadas), también fomentan

la relación intergeneracional (los abuelos enseñan a los nietos cómo se

plantan los huertos), la participación ciudadana en la gestión

municipal, se recuperan elementos de la vida tradicional de

Majadahonda (en este municipio siempre ha habido vecinos que han

tenido huertos y estos vecinos podrían ser profesores de los novatos),

se puede dar uso a espacios municipales infrautilizados y cree que se

ofrecerían nuevas oportunidades a los vecinos.

Manifiesta que en esta Moción se propone que sean los servicios

técnicos los que relacionen las parcelas que se pueden utilizar para

crear esos huertos urbanos.

Añade a continuación que lo que hacen otros ayuntamientos en

los que ya existen estos huertos, como el de Alcorcón o Torrelodones,

realizan cesiones en precario (cesión temporal del suelo hasta que se le

quiera dar otro uso y se les da un plazo mínimo a los arrendatarios

para que puedan desalojar esas instalaciones) por lo que entiende que

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

el equipo de gobierno no debe tener miedo de que esos arrendatarios

ocupen esas parcelas de forma indefinida.

Termina su intervención indicando que, por los motivos que ha

expuesto, su grupo está totalmente a favor de esta Moción.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, indica que su grupo también va a votar a favor al igual que lo

hizo en la anterior sesión en la que se presentó este asunto.

Sigue diciendo que está convencida de que, en los momentos

actuales de crisis económica, es necesario recuperar el contacto con la

naturaleza cediendo terrenos los ayuntamientos para crear los huertos

urbanos lo que ya se hace en varios municipios de la Comunidad de

Madrid y obtienen mucho éxito.

Termina su intervención indicando que estos huertos urbanos

además generan ciudadanía.

El Concejal Delegado de Medio Ambiente, Jardines y Limpieza,

Sr. Pérez González, indica que el equipo de gobierno, al igual que

Izquierda Unida-Los Verdes, también insiste en la posición que, en su

momento, explicó el entonces Concejal de Medio Ambiente, y es que

el Hospital Puerta de Hierro tenía un proyecto en el que colaboraba

este Ayuntamiento aunque es cierto que en estos momentos está en

stand by porque se han producido cambios en la gerencia de dicho

hospital pero ahora se está retomando este asunto y se estudiando si es

factible seguir con la creación de los huertos urbanos dentro del

Hospital.

Sigue diciendo que es cierto que algunos municipios de la

Comunidad de Madrid han puesto en marcha este proyecto que está

funcionando medianamente bien pero también es cierto que otros han

desistido de hacerlo lo que se han olvidado de decir los grupos de la

oposición y cree que también han olvidado hacer referencia al auto-

consumo y dice esto porque en todos los municipios en los que esta

iniciativa se ha puesto en marcha, se ha realizado un control para que

sea realmente auto-consumo y no para hacer negocio porque se

realizaría una cesión temporal de un espacio y, si los ayuntamientos

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

necesitan, en algún momento, esos espacios, los arrendatarios deben

desalojarlos con un preaviso.

Aclara que en esta Moción tampoco se dice nada de las

inversiones que hay que realizar para llevar ese proyecto adelante y los

actos de vandalismo que se han producido en muchos municipios por

la cesión de espacios sin reunir unas mínimas condiciones

Continúa diciendo que el equipo de gobierno está convencido de

que es mucho mejor que esta iniciativa sea realizada por entidades que

cuenten con espacios acondicionados y cerrados, al menos en parte,

para que la inversión a realizar sea menor que si se hace en parcelas

municipales en las que sería necesario realizar una importante

inversión como es la realización de almacenes, instalaciones de riego,

vallados, etc.

Termina su intervención reiterando que el equipo de gobierno

mantiene su empeño de sacar este proyecto adelante con el Hospital

Puerta de Hierro y estudiará si se puede hacer con otras entidades o

asociaciones privadas que cuenten con lugares acondicionados para

este fin y por ello va a seguir votando en contra de esta Moción.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que a su grupo no le ha sorprendido la respuesta

del equipo de gobierno porque ha temido que detrás de todas esas

excusas (realización de grandes inversiones, gamberrismo, etc.) está la

cierta alergia a gestionar que tiene el equipo de gobierno y por ello,

desde el punto de vista de su grupo, se asusta ante cualquier iniciativa

que implique gestión o participación vecinal en la gestión y por ello

siempre dice que lo haga una empresa privada o una asociación

privada que cuente ya con espacios cerrados y entonces este

Ayuntamiento firmará un convenio con ellas.

Sigue diciendo que considera un poco “pitorreo” el que el

equipo de gobierno conteste ahora lo mismo que dijo hace dos años y

medio y es que se haría en colaboración del Hospital Puerta de Hierro

y pregunta, como preguntó en la otra sesión plenaria en la que se trató

esta Moción, si iba a ser en la planta de cirugía.

Manifiesta que el equipo de gobierno siempre dice que tiene un

plan pero lo cierto es que, dos años y medio después, este municipio

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

no tiene huertos urbanos y su grupo se teme que solo los tendremos

cuando el equipo de gobierno deje de gobernar o porque encuentre una

empresa con la que firme una concesión administrativa para generar

los huertos urbanos y dice esto porque, desde el punto de vista de su

grupo, el equipo de gobierno no quiere gestionar nada.

Aclara que, en estos momentos, el Recinto Ferial está vallado e

inutilizado hasta que se ponga en marcha el proyecto que

aparentemente tiene el equipo de gobierno y que no sabe si se realizará

algún día y cree que ese terreno se podría utilizar para los huertos

urbanos y también podría utilizarse la parcela donde está ubicado el

Vivero Municipal que también está vallada y cerrada.

Recuerda que en esta Moción se pide que los servicios técnicos

busquen las parcelas que sean oportunas y que este Ayuntamiento sea

el que haga el proyecto de gestión de huertos urbanos y no una

concesión.

Termina su intervención diciendo que su grupo sigue empeñado

en conseguir que Majadahonda tenga, algún día, huertos urbanos.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular y once (11) votos a favor correspondientes a los

Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia,

Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.

15.3 (212/13) Moción presentada por el Grupo Municipal

Socialista para instar a la Comunidad de

Madrid a que mantenga el Centro de

Participación e Integración de Inmigrantes

Hispano Peruano de Majadahonda (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por el Concejal del Grupo

Municipal Socialista, Sr. Ventura, que ha tenido entrada en el Registro

General el 21 de noviembre de 2013, nº 20302, cuyo texto es el

siguiente:

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

“El Centro de participación e Integración de Inmigrantes

(CEPI) Hispano Peruano de Majadahonda ha sido el instrumento que

desde su creación en el año 2007, ha servicio como vía de integración

de la población inmigrante en nuestra comunidad, a través de todas

las actividades que se han desempeñado, como la asesoría laboral y

bolsa de empleo, o el servicio de asesoría jurídica, atención social y

psicológica, el apoyo escolar, deportes con jóvenes, o la formación

orientada al autoempleo (talleres de cocina, cursos de cuidado de

personas mayores, cursos de informática). Estas iniciativas han

contado con una gran participación entre la población de nuestro

municipio, recibiendo el citado Centro más de 6.000 inscripciones

durante este último año.

Sin embargo, el Centro cerrará sus puertas a finales del año en curso

debido a que la Consejería de Asuntos Sociales de la Comunidad de

Madrid ha decidido no continuar con el servicio una vez finalizada la

presente concesión. Dejando sin atención a todos los colectivos a los

que se presta el servicio, ya que la el servicio que se presta no se ciñe

únicamente a los inmigrantes de origen peruano, que por sí solos

constituyen más del 10% de la población inmigrante de

Majadahonda, siendo más de 9.000 personas y desde el CEPI se ha

prestado servicios a más de 22.000 personas de todas las

nacionalidades en nuestra ciudad.

Desde el Grupo Municipal Socialista vemos con preocupación como

hasta ahora desde los distintos gobiernos del Partido Popular se

dejaba la gestión de los servicios sociales, destinados a los

inmigrantes, en manos de fundaciones privadas, pero además hoy en

día, y utilizando el pretexto de la crisis, se elimina esta forma de

actuación cuestionable, pero se deja a la población inmigrante sin

este recurso pagado con dinero público.

Tenemos conocimiento de que los ciudadanos que hacían uso del

CEPI a través de los múltiples servicios que prestaba, están siendo

derivados al resto de los colectivos que trabajan en las mismas áreas,

pero con toda seguridad, un amplio número de ellos quedará sin

posibilidad de atención, o se verán obligados a desplazarse fuera de

Majadahonda hasta el CEPI más cercano en el municipio de Villalba.

Por todo ello y debido a la perdida de este servicio que consideramos

muy importante y necesario, presentamos la siguiente:

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

MOCIÓN

1- Que el Ayuntamiento de Majadahonda inste a la Comunidad de

Madrid a que mantenga el servicio que presta el CEPI Hispano

Peruano de Majadahonda, y de esta manera pueda seguir

desarrollando su importante labor.

2- En caso de que la Comunidad de Madrid no acepte rectificar y

mantener el servicio que hace posible el funcionamiento del

Centro, que el Ayuntamiento de Majadahonda se haga cargo del

mismo, utilizando para ello la fórmula que considere más

oportuna, a través de la Concejalía de Asuntos Sociales de la

Corporación.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, favorable.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, da

lectura a esta Moción.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que este centro fue inaugurado por Dª Esperanza Aguirre cuando era

Presidenta de la Comunidad de Madrid y asistió D. Mario Vargas

Llosa, etc. y entiende que ahora la Comunidad de Madrid, a base de

hacer recortes en convenios, en transportes, en centros de inmigrantes,

etc., obtendrá unos estupendos resultados económicos porque

realmente no va a hacer nada.

Sigue diciendo que el de Majadahonda no es el único centro de

inmigrantes que va a desaparecer porque no hay dinero para

mantenerlo y, si es cierto lo que se dice en esta Moción sobre que en

este centro de Majadahonda se han prestado servicios a más de 22.000

personas de todas las nacionalidades, su grupo considera que no es

lógico cerrarlo y lo lógico sería que siguiera funcionando por lo que

considera oportuno instar a la Comunidad de Madrid en ese sentido y,

si la Comunidad de Madrid se niega a ello, se podría buscar una

solución, a través de los Servicios Sociales Municipales, para atender

a todo ese colectivo de personas de todas las nacionalidades, no solo

peruanos, que vivan en este municipio.

Page 215: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención reiterando que su grupo considera

oportuno solicitar a la Comunidad de Madrid que no cierre este centro

pero entiende que debe hacerse argumentando su utilización y el

número de personas a las que ha prestado servicios y, si la Comunidad

de Madrid lo cierra, cree que deben ser los Servicios Sociales

Municipales los que busquen alguna solución para ese problema.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que siempre es una mala noticia el cierre de un

recurso social y a este cierre hay que sumar también el cierre, en abril

de 2008, del Centro de Atención Social a Inmigrantes.

A continuación considera que la noticia del cierre del CEPI

Hispano-Peruano supone que la política de recortes está afectando,

incluso, a las fundaciones amigas del Partido Popular y dice esto

porque es necesario conocer lo que son los CEPI y la evolución de la

política de inmigración de la Comunidad de Madrid desde el I Plan

Regional 2006-2008 y el II Plan 2008-2011 aunque su grupo podría

compartir algunas de las experiencias que se cambiaron.

Sigue diciendo que el ideólogo de estos centros fue un

Consejero de Inmigración, exSecretario General de las FAES y que

hoy es Consejero de Sanidad y responsable de la privatización

sanitaria, Sr. Lasquetty. Aclara que ese político decidió cambiar un

modelo de los CASIS (Centros Integrales de Atención a los

Inmigrantes que complementaban la atención básica de los Servicios

Sociales para facilitar la integración de los inmigrantes con programas

de acogida, mediación y trabajo comunitario) por algo que

inicialmente se pensó denominar Casas Regionales pero como

recordaba un poco a lo ocurrido en el franquismo, se buscó otro

nombre, CEPIS que buscaban, más que una atención integral de la

inmigración, ser un referente cultural ofreciendo servicios y talleres y

lo hacían sin tener la relación directa que tenían los CASIS con los

Servicios Sociales. Insiste en que se cambia de un modelo de atención

social básica para actuaciones de corte más cultural y de ahí surge la

división que se hace de los distintos CEPIS en función de las

nacionalidades.

Indica también que se cambia la forma de gestión de estos

centros que antiguamente eran gestionados por organizaciones no

Page 216: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

216

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

gubernamentales para el desarrollo, de reconocido prestigio en temas

de intervención social como es Cruz Roja, por otro tipo de

fundaciones.

Aclara que se ha podido comprobar que estos centros, que

reciben una subvención anual de 400.000 euros por centro, acabaron

recayendo en organizaciones y fundaciones de carácter

ultraconservador como puede ser CESAL o ALTIUS (que pertenece a

los Legionarios de Cristo) e incluso llegaron a impartirse cursos y

programas como el Programa No Estás Sola que era una asesoría para

mujeres embarazadas y madres que consideraba, entre otras cosas, que

el aborto nunca podía ser una opción posible para las madres.

Indica además que otros CEPIS recayeron en fundaciones muy

ligadas al propio Partido Popular como es Humanismo y Democracia

cuya Presidenta, hasta el año 2007, fue Dª Concepción Dancausa, hoy

Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Madrid y, durante el

periodo 2003-2007, Presidenta de la Asamblea de Madrid. Añade que

otros centros recayeron sobre Alianza Hispano Ecuatoriana que tiene,

como persona más conocida, a D. Washington Tobar que se hizo

famoso por ser uno de los primeros inmigrantes que entraron a formar

parte de la Ejecutiva Regional del Partido Popular.

Sigue diciendo que la Fundación Iberoamericana en Europa está

presidida por exdiputado del Partido Popular, D. Pablo Izquierdo que

fue exjefe de prensa de D. José M. Aznar y la Vicepresidenta de esa

fundación, durante algún tiempo, fue Dª Ana Botella y además

actualmente está siendo investigada por la Fiscalía Boliviana que la

acusa de haber financiado el intento de magnicidio contra D. Evo

Morales.

Termina su intervención manifestando que las que acaba de citar

son las organizaciones que gestionan los CEPIS y cree que esta

Moción es un poco un error y dice esto porque, aunque su grupo

comparte la preocupación que tiene el Grupo Socialista y los usuarios

por el cierre del centro de Majadahonda, cree que debe exigirse que

los Servicios Sociales Municipales estén bien dotados, tengan

programas integrales de apoyo a los inmigrantes, tengan mayores

recursos para atenderles y haya políticas reales de integración y que no

se continúe con ese modelo clientelar que se ha instaurado con los

CEPIS y que ha sido ideado en las sedes de las FAES.

Page 217: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

217

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Fernández Alonso, indica que su grupo también

comparte la preocupación del Grupo Socialista pero se ha informado

sobre este tema y ha conocido que la semana pasada, en la Comisión

de Presupuestos de la Asamblea de Madrid, se ha tratado el tema de

cierre de los CEPIS. Añade que en esa Comisión, el Director de

Inmigración, Sr. Gómez Tavira dijo que el esfuerzo que se hará el

próximo año será coordinarse un poco mejor con los ayuntamientos lo

que a su grupo no le parece mal ya que considera que el trabajo que

hacen estos centros podría ser realizado desde los propios

ayuntamientos como una función más de los servicios sociales

municipales.

Sigue diciendo además que la Sra. Matilde Fernández, del Grupo

Socialista en la Asamblea de Madrid, dijo textualmente “Saben Vds.,

y lo siento por el Director al que tengo mucho afecto, que yo nunca he

entendido los CEPIS y siempre he creído que ese dinero debía estar

gestionado por los servicios sociales municipales”, opinión que su

grupo comparte con la Sra. Fernández.

Termina su intervención diciendo que muestra su afecto por el

Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura, pero en este

caso su grupo se va a abstener.

El Concejal Delegado de Bienestar Social, Salud y Familia, Sr.

San Juan, indica que el CEPI de Majadahonda fue inaugurado en el

año 2007 y, en esos momentos, Majadahonda recibía muchísimos

inmigrantes y algunos venían en condiciones muy desfavorables y

necesitaban ayuda (inmigrantes sin sanidad, sin colegio para sus hijos

y que se encontraban en situaciones muy precarias) y por eso surgió la

imperante necesidad, no solo de atenderles sino también de integrarles

porque son personas que tienen los mismos derechos y obligaciones

que los españoles.

Sigue diciendo que, para esa integración, este Ayuntamiento fue

pionero en el I Programa de Integración 2006-2008 que cumplió

ampliamente sus objetivos y una prueba de ello es la inauguración del

CEPI de Majadahonda del que se está diciendo que se cierra cuando

no es así.

Page 218: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Manifiesta que los inmigrantes se fueron asentando en

Majadahonda y se creó el Plan de Integración 2009-2012 en el que se

hizo un cambio porque, al estar ya asentados, no era necesario

ayudarles a que se integraran en la sociedad sino que era necesario

estabilizarles y asentarles dentro de la sociedad de Majadahonda y eso

fue lo que se hizo.

Añade que, en estos momentos, los inmigrantes que hay en

Majadahonda ya no necesitan esa integración porque realmente son

uno más de los vecinos de Majadahonda y los que necesitan ayuda

pasan por el CEPI o por alguna otra asociación pero lo cierto es que

sus necesidades están cubiertas desde nuestros Servicios Sociales de la

misma forma en que se cubre cualquier necesidad de los otros vecinos

de Majadahonda por lo que no necesitan ninguna atención

especializada ni para tramitar su permiso de residencia ni para

cualquier otra cosa y de hecho ahora solo acuden para que se les ayude

a tramitar su repatriación.

Continúa su intervención aclarando que el CEPI de

Majadahonda no va a cerrar sus oficinas sino que se va a transformar

en un centro colaborador de la Comunidad de Madrid para impartir

certificados de profesionalidad y además sigue manteniendo diferentes

actividades como los grupos de scout, de cocina, de costura, de

ganchillo, apoyo a matemáticas, etc.

Aclara que la Fundación ALTIUS deja de recibir los fondos

públicos que estaba recibiendo y ahora se va a convertir en una

empresa privada que va a realizar los trabajos que venía

desempeñando u otros en ayuda de los inmigrantes o personas que lo

necesiten convirtiéndose en un centro de estudios para que los

inmigrantes y todas las personas que lo necesiten puedan recibir

formación profesional.

Continúa diciendo que el equipo de gobierno aplaude la

iniciativa de la Comunidad de no dar, en estos momentos, ayudas a

empresas privadas para las funciones que desempeñaban los CEPI

porque, como ha dicho anteriormente, no es necesario dar ahora esa

ayuda a los inmigrantes porque están atendidos suficientemente por

los Servicios Sociales Municipales que cubren sus necesidades y por

ello el equipo de gobierno va a votar en contra de esta Moción.

Page 219: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención aclarando que la Fundación ALTIUS

no va a percibir fondos públicos de la Comunidad de Madrid sino que

va a pasar a ser una empresa privada para que los inmigrantes y

cualquier otra persona pueda obtener certificados de profesionalidad

(formación profesional) y realizará también, de forma privada,

diversas actividades y no lo hará nunca con fondos públicos

provenientes de la Comunidad de Madrid y tampoco de este

Ayuntamiento.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Ventura,

indica que su grupo considera que es una buena noticia que el CEPI de

Majadahonda no se vaya a cerrar aunque no está de acuerdo con que la

Comunidad de Madrid vaya a enajenar de nuevo unos servicios más y

tampoco que los privatice y se los dé preparados a empresas o

fundaciones privadas para que obtengan el beneficio correspondiente a

cada persona que vaya a pasar por sus instalaciones.

Aclara que es evidente que su grupo no está de acuerdo en que

la Comunidad de Madrid deje de prestar un servicio público y lo

convierta en un servicio privado para beneficio de una empresa

privada.

Continúa diciendo que ha acudido personalmente al CEPI, ha

hablado con trabajadores y usuarios del mismo y, aunque

personalmente opina como la Sra. Matilde Fernández porque cree que

ese Centro de Integración de Inmigrantes (CEPI) debía servir para

otras cosas y, a pesar de que el Concejal Delegado de Bienestar Social

ha dicho que los inmigrantes ya están asentados en Majadahonda,

todavía hay muchos, según sus datos unas 9.000 personas de toda la

zona, que se han inscrito en este centro en este año y no solo han

recibido cursos de cocina o ganchillo sino también atención

psicológica, han realizado talleres ocupacionales, elementos escolares

para niños, etc. por lo que cree que no se debe minimizar su actividad.

Manifiesta a continuación aclarando que está de acuerdo con la

ética del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes pero a su

grupo le preocupan, en este momento, todas aquellas personas que se

van a quedar sin la atención jurídica que reciben en dicho centro y

recuerda además que se están realizando recortes en los Servicios

Sociales Municipales e incluso en esta misma sesión se ha dicho que,

se ha recortado, desde el año 2012 hasta ahora, el 30% de su

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Presupuesto y por ello pregunta cómo van a poder atender a esas 9.000

personas más.

Termina su intervención indicando que en esta Moción no se

hace ninguna valoración política sobre lo que debería ser un CEPI, si

debían ser centros culturales o no sino que pide que no se abandonen

a los inmigrantes que atendían estos centros y que se arbitren medidas

para que se mantengan los servicios que prestaba un centro que el Sr.

Alcalde y el Consejero de Bienestar Social de la Comunidad de

Madrid tanto alabaron en el pasado mes de marzo y recuerda que

ambos se pusieron un delantal estando rodeados de personas que

creían en ellos aunque quizá esas personas no sabían que solo se

trataba de una foto pero lo cierto es que para su grupo es algo más.

Sometida a votación esta Moción, ES RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular, cuatro (4) votos a favor correspondientes al Grupo

Municipal Socialista y siete (7) abstenciones correspondientes a los

Grupos Municipales Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-

Los Verdes y Centrista.

15.4 (213/13) Moción presentada por el Grupo Municipal

Socialista para que el espacio que quede libre

en el Auditorio Alfredo Kraus se destine a la

ampliación y mejora de la oferta cultural

(4.7.1)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Concejal del Grupo

Municipal Socialista, Sra. Montes de Oca, que ha tenido entrada en el

Registro General el 21 de noviembre de 2013, nº 20303, cuyo texto es

el siguiente:

“Desde el equipo de gobierno se pretende llevar a cabo el traslado de

la Concejalía de Educación desde su actual ubicación, en el auditorio

Alfredo Kraus, a la nueva ubicación en el edificio donde se albergaba

la sede de la policía local hasta hace unos meses y que con

anterioridad había sido la escuela infantil pública “Rosa Agazzi”.

Page 221: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

221

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Este traslado liberaría un espacio en el edificio Alfredo Kraus sin

ningún uso previsto.

Respecto al edificio Alfredo Kraus, cabe destacar que un tremendo

error en el diseño de la arquitectura acústica así como en sus

materiales lo hace impracticable en la actualidad para determinadas

actividades para el que, entre otras cosas, estaba previsto

(conservatorio música). Si bien, por otro lado, su ubicación, muy

próximo al caso urbano, así como el espacio interno que se liberaría,

como consecuencia de dicho traslado, lo hace un lugar muy

interesante para que pueda ser utilizado por el propio Ayuntamiento

para ofrecer nuevos y mejores servicios municipales.

A todo ello hay que sumar el único espacio cultural del que se dispone

en Majadahonda es la Casa de la Cultura, “Carmen Conde”,

inaugurada en 1987. Desde entonces, este espacio absorbe la práctica

totalidad de las actividades culturales que ofrece el Ayuntamiento de

Majadahonda, sin que las infraestructuras ni la oferta cultural de

nuestro municipio haya crecido de manera acorde a como lo ha hecho

la población.

Por todo ello, desde el Grupo Municipal Socialista presentamos, para

que sea considerada y en su caso adoptada, la siguiente:

MOCIÓN

Para que el Pleno de Majadahonda evalúe la posibilidad para que el

espacio que libera la Concejalía de Educación en el Auditorio Alfredo

Kraus, como consecuencia de su traslado, se destine a la Concejalía

de Cultura para ampliar y mejorar la oferta cultural de nuestro

municipio, llevando a cabo al adecuación necesaria del edificio para

ello.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, favorable.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, da lectura a la Moción que su grupo ha presentado.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Sr. Presidente indica que todo lo que se propone en esta

Moción ya ha sido previsto por el equipo de gobierno desde hace

muchos meses como explicará la Concejal Delegada de Cultura y

Juventud, y además ha sido tratado en Junta de Portavoces

El Viceportavoz del Grupo Municipal Centrista, Sr. del Río,

indica que su grupo necesitaría conocer las explicaciones del equipo

de gobierno y también que el Grupo Socialista hubiera explicado las

razones por las que había presentado esta Moción porque es evidente

que su grupo está de acuerdo en que, lógicamente, las actividades

culturales deben realizarse en los centros culturales, las deportivas en

los polideportivos, etc. y ha pensado que quizá podría existir alguna

razón para que el Grupo Socialista proponga que se realice una

actividad cultural en un centro cultural.

Termina su intervención diciendo que su grupo desearía

conocer si el equipo de gobierno ha pensado hacer algo distinto a lo

que dice el sentido común porque considera que lo que se plantea en

esta Moción es algo obvio.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, aclara que su grupo, hace año y medio, presentó una

Moción proponiendo que la antigua sede de la Policía Local (antiguo

Colegio Rosa Agazzi) pasara a ser un equipamiento educativo, cultural

o social y ha reivindicado, junto con otros colectivos, que fuera la

escuela infantil pública que tanto necesita Majadahonda.

Sigue diciendo que el equipo de gobierno indicó, en esos

momentos, e incluso lo hizo en Junta de Portavoces, que los planes

que tenía eran otros y era que fuera ocupado por la Concejalía de

Educación y también que el espacio libre que dejara dicha Concejalía

fuera ocupado por la Escuela de Música y la parte que quedara libre de

la Casa de la Cultura se destinará también a actividades culturales.

Termina su intervención diciendo que lo que se va a hacer no es

lo que le hubiera gustado a su grupo que reclamaba que fuera un

equipamiento educativo pero se va a abstener porque el equipo de

gobierno lo va a utilizar para reubicar servicios municipales aunque

desea dejar claro que su grupo sigue esperando que, en algún

Page 223: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

223

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

momento, se consiga tener ese nuevo equipamiento educativo-cultural

que viene reclamando desde hace tiempo.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que a su grupo le ocurre lo mismo que al

Grupo Centrista porque también le hubiera gustado escuchar la

respuesta del Partido Popular porque conoce que se van a reubicar las

concejalías y van a quedar espacios libres que van a ser utilizados por

la Escuela de Música que, en definitiva, es cultura.

Insiste en que su grupo desea conocer la intención del Grupo

Socialista para conocer si ha realizado cálculos y ha detectado que

además del espacio que ocuparía la Escuela de Música quedaría más

espacio libre en el Auditorio Alfredo Kraus.

Termina su intervención diciendo que su grupo considera lógico

que la Escuela de Música esté ubicada en el Auditorio por lo que, si no

se dan otros argumentos que pueda valorar, no va a votar a favor de

esta Moción.

La Concejal Delegada de Cultura y Juventud, Sra. Dobao, aclara

que no entiende que los grupos de la oposición, de forma repetitiva,

propongan algo que el equipo de gobierno está haciendo desde hace

tiempo.

Sigue diciendo que no es cierto que no se haya previsto dar un

uso al espacio que deja libre la Concejalía de Educación en el

Auditorio Alfredo Kraus porque lo cierto es que, en el programa

electoral con el que el Partido Popular se presentó a las elecciones,

figuraba el aumento de las instalaciones de la Escuela de Música y

cree que la mejor forma de hacerlo es aumentándolas en el propio

edificio en el que ya está ubicada la Escuela de Música porque así se

conseguirá que los alumnos no tengan que ir de un edificio a otro y

también se podrán admitir a más alumnos porque recuerda que la lista

de espera es considerable. Aclara que también se consigue liberar

espacios en la Casa de la Cultura que, evidentemente, se destinarán a

fines culturales.

Page 224: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

224

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención agradeciendo al Grupo Socialista la

idea que se plantea en esta Moción pero considera curioso que parezca

que ha sido sacada del programa electoral del Partido Popular.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, indica que el equipo de gobierno ha dicho que esta propuesta la

tenía entre sus planes y que incluso se había tratado en Junta de

Portavoces pero considera que se trató con motivo de la presentación

de esta Moción lo que le lleva a pensar que es posible que el equipo de

gobierno no tenga entre sus planes lo que se propone en esta Moción

o, si los tiene, no los cuenta a los grupos de la oposición.

Sigue diciendo que la respuesta que ha dado la Concejal de

Cultura a esta Moción es la misma que el equipo de gobierno viene

dando en otras muchas otras mociones como es la referida al Punto

Limpio, a la presentada por Izquierda Unida sobre el colegio Rosa

Agazzi, etc.

Insiste en que el equipo de gobierno, cuando un grupo de la

oposición realiza alguna propuesta, la rechaza con el argumento de

que lleva tiempo trabajando en ello o, lo que es peor, aprueba esa

propuesta pero después no hace nada como ha ocurrido con la Moción

aprobada para la convocatoria de la Comisión Especial de Vivienda.

Aclara que esta Moción ha sido presentada porque el Auditorio

se construyó para albergar el Conservatorio pero después se comprobó

que no reunía los requisitos para poder ubicarlo en ese edificio y por

ello ha tenido que ubicarse en la Casa de la Cultura quitando espacio

de su sótano y adecuando cuatro aulas para impartir clases.

Añade que en la Casa de la Cultura solo existe una sala de

exposiciones de pintura y solo puede exponer el 50% de todos los que

desean realizar una exposición de sus obras por lo que está claro que

faltan salas de exposiciones y por ello su grupo ha propuesto con esta

Moción que, al liberar la Concejalía de Educación espacio en el

Auditorio Alfredo Kraus, se realizara una inversión para que todas las

clases de música, incluso las impartidas por el Conservatorio, fueran

impartidas en ese edificio ya que de esa forma quedaría más espacio

libre en la Casa de la Cultura para destinarlo, por ejemplo, a salas de

exposiciones de pintura.

Page 225: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

225

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Sr. Presidente aclara que hace 15 ó 20 años, en mitad de la

construcción del Auditorio, se cambió la normativa sobre las

condiciones que debían reunir los Conservatorios de Música y el

edificio del Auditorio Alfredo Kraus no pudo utilizarse para las clases

del Conservatorio.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, indica que no es cierto que se cambiara esa normativa sino que

solo se cambió el presupuesto de las obras y los materiales que se iban

a utilizar.

El Sr. Presidente indica que él formaba parte de este

Ayuntamiento cuando se cambió esa normativa y añade que le da igual

lo que ocurriera porque lo cierto es que es imposible que el Auditorio

Alfredo Kraus albergue ningún conservatorio de música.

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, indica que sería posible haciendo una inversión.

El Sr. Presidente aclara que la inversión que sería necesaria

realizar sería derribar todo el edifico y volver a hacerlo de nuevo y, si

el Grupo Socialista duda de lo que está diciendo, se pueden realizar las

oportunas comprobaciones fuera de esta sesión plenaria.

Recuerda que este asunto no se debatió en la última Junta de

Portavoces sino en otra anterior para responder a una pregunta del

Portavoz de Izquierda Unida-Los Verdes pero insiste en que lo que se

propone en esta Moción es una promesa electoral.

Aclara que existe una importante lista de espera de alumnos

que quieren ingresar en la Escuela de Música y el equipo de gobierno

quiere resolver esa lista de espera y considera que lo lógico es que

toda la Escuela funcione en el Auditorio para poder ampliar las plazas

que se ofertan y también que todo el espacio que queda libre en la

Casa de la Cultura se destine a actividades culturales y eso es lo que

figura en el programa electoral del Partido Popular.

Page 226: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

226

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, indica que en el programa electoral de su partido también

figuraba esa propuesta.

El Sr. Presidente aclara que él no ha visto este tema recogido

en el programa electoral del Partido Popular pero lo comprobará.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular, cuatro (4) votos a favor correspondientes al Grupo

Municipal Socialista y siete (7) abstenciones correspondientes a los

Grupos Municipales Unión Progreso y Democracia, Izquierda Unida-

Los Verdes y Centrista.

15.5 (214/13) Moción presentada por el Grupo Municipal

Unión Progreso y Democracia para modificar

la forma de elección del Presidente y del

Gerente de la Empresa Municipal de la

Vivienda de Majadahonda (PAMMASA)

(4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo

Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, que ha tenido

entrada en el Registro General el 21 de noviembre de 2013, nº registro

20338, cuyo texto es el siguiente:

“Después de 2 años y medio siendo testigos del funcionamiento

de PAMMASA, consideramos más que probada su ineficacia como

órgano encargado de gestionar el patrimonio y de facilitar el acceso a

una vivienda en Majadahonda.

Uno de los factores que explican esta situación, es la

politización de esta empresa pública, que como sucede como norma

general en nuestro país, existe la mala costumbre de encargar la

dirección y gestión de las mismas a personas elegidas por criterios de

confianza política y no por otros que cumplan los principios

constitucionales de publicidad, mérito y capacidad.

Page 227: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

227

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Desde UPyD entendemos que para ejercer un cargo directivo

en una empresa pública, el carné de partido no debe ser lo más

importante y sí la experiencia, los conocimientos u otros

requerimientos.

Por eso, queremos que la persona que dirija Pammasa y su

Gerente se elijan de un modo plural y transparente, de tal forma que

cualquier ciudadano que cumpla con unos requisitos objetivos, pueda

ser seleccionado para estos puestos.

Para asegurar este objetivo, es necesario modificar en los

estatutos la forma de elección del Presidente de Pammasa y del

Gerente cambiando la actual, en la que solo es necesaria una mayoría

simple, por otra más reforzada que exija el voto afirmativo de al

menos 2/3 de los consejeros.

Se este modo, será necesario llegar a acuerdos entre los

distintos grupos políticos que, teniendo en cuenta unos criterios

objetivos y consensuados, escogerán a las personas que los cumplan.

ACUERDOS:

1. Que se modifique la actual forma de elección del Presidente de

Pammasa y de su Gerente, por otra que se ajuste a unos

criterios consensuados de mérito y capacidad, cuya

aprobación requerirá una mayoría reforzada estatutaria en el

seno del Consejo de 2/3.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, favorable.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que, su grupo presentó, en la anterior

sesión plenaria, una iniciativa para exigir la dimisión del Presidente de

la empresa municipal PAMMASA por su nefasta gestión y en esta

sesión plenaria presenta una propuesta en la misma línea pero

pidiendo que se modifique la actual forma de elección del Presidente y

del Gerente de dicha empresa.

Sigue diciendo que presenta esta iniciativa por considerar que la

nefasta gestión que ha venido denunciando tiene mucho que ver, desde

Page 228: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

228

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

el punto de vista de su grupo, con los criterios políticos que influyen al

elegir a la persona que dirige nuestra empresa municipal de la

vivienda.

Aclara que Unión Progreso y Democracia entiende que para

ejercer un cargo directivo en una empresa pública, el carnet del partido

al que pertenece la persona que lo va a ocupar no tiene que tener

ninguna importancia y lo verdaderamente importante tiene que ser la

experiencia, los conocimientos y otros requerimientos en función de la

empresa de que se trate y por eso quiere que la persona que dirija

PAMMASA, y también su Gerente, se elijan de un modo plural y más

transparente de lo que se hace actualmente y de forma que cualquier

ciudadano, que no esté afiliado a ningún partido político y que cumpla

con unos requisitos objetivos de mérito y de capacidad, pueda ser

seleccionado para ocupar esos puestos.

Manifiesta que su grupo cree que la forma de hacer cumplir ese

objetivo es cambiar la actual forma de selección porque en la

actualidad se necesita una mayoría simple y lo que se propone es

modificar los estatutos de dicha empresa para que se necesite una

mayoría reforzada de dos tercios de los consejeros que integran su

Consejo de Administración.

Termina su intervención indicando que con esta propuesta no se

pretende que el Presidente y el Gerente elegidos respondan a un pacto

político o a intereses partidistas sino que se asegure la profesionalidad

de las personas encargadas de dirigir esta empresa pública encargada

de administrar el patrimonio de Majadahonda y por ello se pide en esta

Moción que se modifique la actual forma de elección del Presidente de

PAMMASA y de su Gerente por otra que se ajuste a unos criterios

consensuados de mérito y capacidad cuya aprobación requerirá una

mayoría reforzada estatutaria en el seno del Consejo de dos tercios.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que su grupo ve algún problema en esta Moción aunque cree que

PAMMASA no está funcionando adecuadamente lo que también ha

venido desde hace bastante tiempo y considera oportuno que la

elección del Presidente y del Gerente sea más consensuada.

Sigue diciendo que en esta Moción se habla de la politización de

esta empresa y plantea la necesidad de que los distintos grupos

Page 229: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

229

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

políticos alcancen acuerdos y su grupo está de acuerdo con ello porque

se trata de una empresa totalmente municipal cuyo Consejo de

Administración fue nombrado por el Pleno, su Junta de Accionistas es

el Pleno y su Consejo es reflejo de la Junta de Accionistas.

Aclara que a su grupo no le parece mal que se exija una mayoría

de dos tercios para nombrar a su Presidente y Gerente y también está

de acuerdo en que las personas que vayan a ocupar esos cargos tengan

capacidades y méritos pero cree que en este caso se estaría hablando

del Presidente del Consejo de Administración y no del Presidente de

esta empresa y dice esto porque el Presidente de la Junta de

Accionistas es el Alcalde.

Indica que su grupo también está de acuerdo en que se ajusten

los criterios, en que se consensuen los méritos y capacidad y que se

exija una mayoría reforzada en el seno del Consejo aunque recuerda,

como esta empresa totalmente municipal y su capital es íntegramente

municipal, que su Junta de Accionistas es el Pleno de la Corporación

que, como todos saben, tienen una composición concreta.

Termina su intervención diciendo que su grupo tiene alguna

duda y va a esperar a que intervengan los demás grupos políticos para

decidir el sentido de su voto pero considera que esta empresa, al ser

íntegramente municipal, tendrá que reflejar necesariamente la

composición de la Junta de Accionistas que, como ha dicho

anteriormente, está formada por el Pleno de la Corporación y cree que

eso se podría hacer si todos los grupos que integran esta Corporación

estuvieran de acuerdo y ve complicado hacerlo si no fuera así.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que la exposición de motivos de esta Moción es

mucho más pretenciosa que su parte propositiva y añade que su grupo

está de acuerdo con la propuesta que se realiza en la misma porque no

le parece mal cambiar la forma de elección del Presidente y del

Gerente de PAMMASA para que sean elegidos por dos tercios del

Consejo de Administración.

Sigue diciendo que, desde el punto de vista de su grupo, con esa

modificación que se propone no cambiaría mucho esta empresa, no

cree que esa forma de elección sea mucho más transparente y tampoco

cree que cualquier ciudadano que reúna unos requisitos objetivos

Page 230: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

230

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

pueda ser elegido y además considera que esta propuesta no va a

modificar los males que tiene PAMMASA ya que cree que un

Presidente de consenso no va a solucionar nada porque la política de

vivienda no la decide la empresa municipal sino el equipo de gobierno

y, evidentemente, a su grupo no le gusta nada esa política.

Reitera que, desde el punto de vista de su grupo, la falta de una

política de vivienda adecuada es responsabilidad Alcalde y del equipo

de gobierno del Partido Popular y añade que su grupo comparte el

sentido de esta Moción y por ello apoyó en el Pleno pasado la petición

de reprobación y de dimisión del Presidente de PAMMASA porque

entiende que ha gestionado mal esta empresa municipal y no sabe si ha

sido porque su Presidente es militante del Partido Popular o porque

realmente ha tenido desidia a la hora de gestionar aunque, reitera, no

sabe si el elegir un Presidente por consenso va a conllevar una mejora

en el modelo de gestión y tampoco sabe si se van a solucionar los

males de esta empresa.

Termina su intervención diciendo que su grupo considera que,

para cambiar la PAMMASA actual, es necesario redefinir sus

funciones, redefinir su filosofía de empresa pública y redefinirla en

muchas otras cuestiones para conseguir que sea la herramienta que

tiene este municipio para facilitar el acceso a nuestros vecinos a una

vivienda asequible.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que su grupo no se siente cómodo con esta Moción

porque en sus fundamentos se dice que es una empresa pública

politizada y que se quiere despolitizarla pero desea dejar claro que su

grupo no comparte esa idea porque cree en la política y cree que la

política es la que debe regir los principios de la empresa pública y no

sabe dónde se llegará si se despolitizan las empresas públicas.

Sigue diciendo que la política de suelo y de viviendas debe estar

regida desde la posición política de este Ayuntamiento o de cualquier

otra administración y no desde una posición que suponga elegir a su

Presidente y Gerente por dos tercios porque cree que eso no va a

garantizar que se haga mejor.

Aclara que PAMMASA es un instrumento para cambiar una

realidad que no gusta y añade que a su grupo, si gobernara, le gustaría

Page 231: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

231

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

elegir esos puestos directivos de la empresa municipal porque son un

instrumento de cohesión social del suelo y de la vivienda y por ello

considera que es un instrumento político para cambiar esa realidad y,

como instrumento político, su grupo cree que debe ser la mayoría

política la que rija los designios de esa empresa en función de quien

les ha votado, en este caso, los ciudadanos de Majadahonda.

Indica, respecto a la propuesta de elegir al Presidente y Gerente

de PAMMASA por mayoría de dos tercios en lugar de que sea por

mayoría simple para asegurarse consenso, que aparentemente la idea

de esa propuesta no es mala pero su grupo cree que ello no va a

solucionar los problemas de una empresa como la nuestra que está mal

gestionada.

Insiste en decir que su grupo considera necesario que, quien

tenga el gobierno municipal, debe tener la autonomía, siempre dentro

del juego de las mayorías, para situar a quien dirija las empresas

públicas para garantizar el principio constitucional y para que la

política de suelo en materia de vivienda que se deba poner en marcha

sea la que han votado los ciudadanos.

Añade que, si se pusiera en marcha la propuesta que se hace en

esta Moción de que sea por dos tercios, se podría dar el caso de que en

este Ayuntamiento gobernara un partido político y otro distinto en

PAMMASA y pregunta cuál sería el papel del Presidente y del

Gerente en ese caso, a quién deberían hacer caso, cómo acatarían las

instrucciones del gobierno municipal o se miraría para otro lado a la

hora de tomar decisiones.

Termina su intervención diciendo que si de lo que se trata es de

elegir a los mejores para ocupar esos puestos, quizá sea necesario

contratar a un “headhunter” pero su grupo considera que no debe ser

así porque cree en la política dirigida desde el gobierno municipal y

esa es la posición de su grupo y añade que, como el sentido de esta

Moción no les incomoda del todo porque parece que su vocación es

que PAMMASA funcione mejor, su grupo se va a abstener.

El Sr. Presidente aclara que podría suceder que los grupos

políticos no se pusieran de acuerdo y en ese caso esa empresa

municipal podría estar un año sin Presidente y pasaría un poco lo

Page 232: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

mismo que ha pasado en el Tribunal Constitucional o en otras

instituciones.

Sigue diciendo que le extraña cómo Unión Progreso y

Democracia no aplica lo que se solicita en esta Moción para su

personal de confianza porque también debería proponer que fuera

elegido por consenso y también deberían ser elegido por consenso

todo el personal que presta servicios en todos los grupos políticos

incluyendo a los Consejeros de esta empresa municipal y, aunque

ahora parece que Unión Progreso y Democracia estaría de acuerdo en

hacerlo, lo cierto es que esos otros consensos no figuran en esta

Moción.

Termina su intervención aclarando que está de acuerdo con el

Viceportavoz del Grupo Municipal Socialista en que, si se van a

despolitizar esos cargos de PAMMASA, su Gestor solo tendría que

atender criterios de beneficio porque eso es lo que hace una buena

empresa y un buen gestor y ello sin tener en cuenta los fines sociales

que esa empresa municipal tenga.

El Portavoz del Grupo Municipal Popular, Sr. Caballero, indica

que el Viceportavoz de Unión Progreso y Democracia ha comenzado

su intervención diciendo que esta Moción va en la misma línea que la

que presentó en la sesión plenaria anterior pero no es cierto porque

ésta no se refiere solo al Presidente de PAMMASA sino también a su

Gerente.

Sigue diciendo que en esta Moción se pide que la elección se

realice por dos tercios, mayoría superior a la que se necesita para

elegir al Alcalde de este Ayuntamiento.

Manifiesta a continuación que en esta Moción se habla de la

ineficacia de PAMMASA como órgano encargado de gestionar el

patrimonio y de facilitar el acceso a la vivienda en Majadahonda y el

equipo de gobierno cree que con eso se están despreciando las más de

1.000 viviendas de protección pública que ha construido esta empresa

para los vecinos de Majadahonda y también la gestión que continúa

realizando sobre las 250 viviendas en régimen de alquiler,

promociones que se han realizado, habitualmente, con el consenso de

todos los grupos políticos.

Page 233: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

233

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que también se dice en esta Moción que Unión Progreso

y Democracia quiere hacer ese cambio para evitar la politización de

esta empresa y al equipo de gobierno le gustaría que dicho grupo

revisara el concepto que tiene de la política (política que en la Grecia

clásica era considera el más noble de los oficios) porque considera

que no se le está haciendo ningún bien diciendo ese tipo de cosas

aunque personalmente supone que se está refiriendo a partidismo más

que a politización. Añade que al equipo de gobierno le gustaría que

Unión Progreso y Democracia dijera si conoce alguna actuación

partidista (realizada en beneficio de un partido político) que se haya

realizado en esta empresa a lo largo de los años porque personalmente

no conoce ninguna.

Continúa manifestando que también se dice en esta Moción que

se tiene la mala costumbre de encargar la dirección y gestión de las

empresas públicas a personas elegidas por criterios de confianza

política pero, como ha dicho anteriormente el Viceportavoz del Grupo

Socialista, el equipo de gobierno considera lógico que esos cargos

directivos sean de confianza política porque este Ayuntamiento es el

dueño de esta empresa y dicha empresa es un instrumento lógico para

llevar a cabo para llevar a cabo la política municipal y, si no fuera así,

ocurriría lo que ha dicho el Sr. Alcalde, es decir, esta empresa

municipal sería gestionada de la misma forma que cualquier otra

sociedad anónima cuyo único fin sea ganar dinero.

Manifiesta que también se plantea que sería mejor nombrar a

esos responsables bajo los principios constitucionales de publicidad,

mérito y capacidad y cree que eso ha sido sacado del artículo 103 de la

Constitución Española en el que se habla del acceso a la función

pública lo que no es aplicable en este caso.

Indica además que en esta Moción se exige el voto afirmativo

de, al menos, de dos tercios de los consejeros para que así sea

necesario llegar a acuerdos entre los distintos grupos políticos y añade

que, desde el punto de vista del equipo de gobierno, el que diversos

grupos políticos tengan que ponerse de acuerdo no va a evitar que se

pueda tachar de ocupar un cargo político a la persona que resulte

elegida.

Aclara que Unión Progreso y Democracia ha criticado mucho la

forma de elección de los miembros del Consejo General del Poder

Judicial pero lo cierto es que han obtenido el 93% de los votos del

Page 234: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

234

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Congreso de los Diputados pero, a pesar de ello, a Unión Progreso y

Democracia no les ha parecido bien.

Continúa diciendo que también se piden criterios consensuados

de mérito y capacidad y una mayoría reforzada y pregunta qué se

entiende habitualmente en esta sesión plenaria por consenso, pregunta

que hace porque el equipo de gobierno considera que el consenso para

Unión Progreso y Democracia consiste en que el equipo de gobierno

debe aceptar todas sus propuestas y, si no es así, no hay acuerdo lo que

claramente no es consenso.

Pide seguidamente, si el grupo proponente de esta Moción ha

tenido en cuenta los méritos del consejero que les representa en el

Consejo de Administración de esta empresa, que los explique en este

momento.

Termina su intervención recordando que ese Consejo de

Administración fue nombrado por el Pleno, su Junta General de

Accionistas es el Pleno de la Corporación, que los actuales Presidente

y Gerente de PAMMASA fueron votados por 8 de los 9 consejeros

(93% aproximadamente) y está convencido de que los requisitos que

Unión Progreso y Democracia pediría es que fueran titulados

superiores universitarios, que hubieran realizado un máster en las

materias relacionadas con los fines de esta empresa, que fueran o

hubieran sido profesores de universidad en las materias que gestionan,

que colaboren habitualmente en publicaciones y en libros

especializados en la materia, que fueran personas reconocidas por

representar a asociaciones del sector de la promoción pública de suelo

en ámbitos nacionales o regionales y está convencido de que todos

estarían de acuerdo en promocionar esos altos cargos de

responsabilidad entre el personal técnico de dicha empresa si entró, en

su día, superando un proceso público de selección en el que se

valoraran los méritos y capacidad y esto es precisamente lo que hay en

PAMMASA en la actualidad.

El Viceportavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sr. Gil, indica que todos los grupos municipales han

entendido el objetivo que se pretende con esta Moción y es que se

nombre un gestor que decida con criterios de gestión y no políticos y

parece que también hay consenso en que PAMMASA está mal

gestionada y su grupo cree que eso sucede porque no se ha elegido,

Page 235: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

para dirigir a esta empresa, a una persona con criterios de

profesionalidad sino a un responsable político.

Sigue diciendo que su grupo cree que una empresa pública de

Majadahonda debe estar dirigida por profesionales y no por políticos y

si lo que se quiere es que el patrimonio de nuestros vecinos sea

gestionado por políticos, no debería crearse una empresa pública sino

que esas competencias deberían ser desempeñadas directamente desde

este Ayuntamiento y pregunta si se pretendió crear esta empresa

pública para beneficiarse de lo bueno de las empresas públicas y que

sean dirigidas por los mismos gestores políticos pero teniendo menos

controles que la administración.

Reitera a continuación que lo que su grupo pretende es que

nuestra empresa municipal sea gestionada por profesionales y no por

políticos que compatibilizan varios cargos de responsabilidad política

como ocurre con los actuales cargos de esta empresa.

Manifiesta que es posible que esta Moción sea pretenciosa

porque realmente su grupo pretende cambiar las cosas y para ello

aporta todas las ideas que se les ocurren y ha considerado una buena

idea que si el Consejo de Administración de PAMMASA, órgano

político, tiene que llegar a un consenso solo puede alcanzarlo si se

tienen en cuenta los criterios de profesionalidad y experiencia previa y,

desde el punto de vista de su grupo, ese consenso sí solucionaría los

males de que esa empresa no cuente con un plan de viabilidad a corto

plazo que no tenga un plan de acción a largo plazo lo que cree que se

debe a una decisión política de tenerla paralizada.

Considera a continuación que, si esa empresa estuviera

gestionada por un profesional, ya se contaría con un plan de

actividades para los próximos cinco años.

Indica que lo que su grupo pretende es despolitizar la gestión

diaria de esta empresa y está claro que las decisiones seguirán siendo

políticas y precisamente por ello quiere que el Gerente y el Presidente

de esta empresa sean profesionales y no políticos.

Insiste en que, desde el punto de vista de su grupo, la

politización de las empresas públicas es partidismo y el único objetivo

de politizar una empresa pública es partidismo.

Page 236: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

236

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Continúa diciendo que hay consenso en considerar que esta

empresa está mal gestionada y cree que lo está porque al frente de la

misma no se encuentran profesionales sino políticos y esta Moción es

la solución que su grupo presenta y, si el Partido Popular, para votar a

favor, desea añadir que se estudie que los consejeros que representan a

los partidos políticos sean seleccionados también teniendo en cuenta

criterios de mérito y capacidad, su grupo acepta en incluir esa

propuesta.

Aclara seguidamente que el personal de confianza de los grupos

políticos no gestiona ninguna empresa y recuerda que esta Moción

solo se refiere al personal que este Ayuntamiento, como institución,

nombra para una empresa pública por lo que está claro que ambas

cosas son distintas.

Termina su intervención reiterando que todos los grupos

políticos han entendido la intención que su grupo ha tenido al

presentar esta Moción que es despolitizar la gestión diaria de

PAMMASA.

El Sr. Presidente indica que si Unión Progreso y Democracia

estuviera tan convencido de que lo que se propone es lo mejor, habría

incluido en esta Moción el que los consejeros sean seleccionados

también teniendo en cuenta sus méritos y capacidad y sin embargo

solo se ha dado cuenta cuando lo ha indicado el equipo de gobierno y

acepta la propuesta pero solo para que se estudie esa posibilidad.

Termina su intervención diciendo que parece que esta Moción

pretende que sea nombrado como Presidente de PAMMASA, al

gerente de una inmobiliaria.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular, cinco (5) votos a favor correspondientes a los

Grupos Municipales Unión Progreso y Democracia e Izquierda Unida-

Los Verdes y seis (6) abstenciones correspondientes a los Grupos

Municipales Socialista y Centrista.

Page 237: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

237

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

15.6 (215/13) Moción presentada por el Grupo Municipal

Unión Progreso y Democracia para cumplir

el acuerdo del Pleno de julio de 2011 por el

que se iniciaba la elaboración de un

Reglamento de Participación Ciudadana

(4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo

Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal, que ha tenido

entrada en el Registro General el 21 de noviembre de 2013, nº 20339,

cuyo texto es el siguiente:

“Van a cumplirse 2 años y medio desde que se aprobó la

moción que presentó nuestro grupo, para iniciar la elaboración de un

reglamento de Participación Ciudadana en Majadahonda.

A día de hoy, podemos afirmar que nuestro municipio no

dispone de este Reglamento que, sin duda, es un instrumento

indispensable para aumentar la participación política de los vecinos y

por tanto una medida eficaz y necesaria de regeneración democrática.

Hemos preguntado en reiteradas ocasiones por la tardanza en

la elaboración de este documento, pero después de más de 2 años,

creemos que no podemos seguir con esta falta de respeto al Pleno y a

los vecinos al no quererse cumplir con una propuesta que fue

aprobada por unanimidad.

Si queremos que los ciudadanos confíen en las instituciones,

comportamientos como éste deben desaparecer, ya que ayudan a

acrecentar el alojamiento de los ciudadanos con sus representantes.

Si un Equipo de Gobierno no es capaz de ejecutar un acuerdo de

Pleno en 2 años y medio, ¿qué credibilidad tenemos como institución

para con los vecinos?

No comprendemos cuáles son los motivos que llevan a este

Equipo de Gobierno a obviar las resoluciones del Pleno en este

asunto, y actuar como si tuviese serias reticencias a dar mayor

participación a los vecinos.

Consideramos que 2 años y medio es tiempo suficiente para

elaborar un reglamento de Participación Ciudadana y por eso

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

exigimos en esta moción que, de una vez por todas, se inicie la

creación de dicho reglamento.

ACUERDOS:

1. Que se inicie la elaboración de un Reglamento de

Participación Ciudadana que debería estar operativo antes del

mes de abril de 2014.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, favorable.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que durante esta sesión se ha

hablado de incumplimientos de acuerdos plenarios y al que se refiere

esta Moción es uno de ellos.

Sigue diciendo que, hace dos años y medio, su grupo presentó

una Moción para iniciar la elaboración de un Reglamento de

Participación Ciudadana para Majadahonda y cree que ha pasado

demasiado tiempo y todavía no se cuenta con él y por ello se pide que

esté operativo antes de abril de 2014.

Indica que el 27 de julio se aprobó la propuesta de su grupo para

elaborar un Reglamento de Participación Ciudadana e incluso se

produjo una nota de prensa, con foto, sobre la creación del grupo de

trabajo. Añade que los que formaban parte de ese grupo de trabajo

tuvieron mucha paciencia y esperaron un año hasta que el equipo de

gobierno elaboró un listado actualizado de las Asociaciones de este

municipio lo que era, para el equipo de gobierno, condición “sine qua

non” para elaborar ese Reglamento, condición que su grupo creyó y

por ello tuvo paciencia.

Aclara que ese grupo de trabajo fue convocado para que se

presentaran propuestas de consejos sectoriales y para elaborar un

cuadro comparativo para que cada grupo político se pronunciara sobre

los consejos sectoriales que deseaba que funcionaran. Añade que los

grupos presentaron sus propuestas y se elaboró ese cuadro y fue casual

que las propuestas de los grupos de la oposición eran más coincidentes

entre sí que con la propuesta que realizó el Grupo Popular. Continúa

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

diciendo que el Grupo Popular hizo valer su mayoría y, sin ceder nada,

impuso su propuesta de consejos sectoriales.

Indica que el siguiente paso y la siguiente reunión tuvieron como

finalidad presentar un borrador de estatuto del Consejo Económico y

Social (no un Reglamento de Participación Ciudadana), estatuto que

fue elaborado por el Partido Popular y que coincidía, prácticamenteen

su totalidad, con el del Ayuntamiento de Granada. Añade que el Grupo

Popular ha pretendido que se presenten propuestas a dicho borrador

como continuación del trabajo de elaborar el Reglamento de

Participación Ciudadana.

Indica a continuación que los grupos de la oposición no están

muy convencidos de enviar propuestas al borrador de estatuto del

Consejo Económico y Social porque su grupo sospecha que las

propuestas que vayan a hacer van a recibir el mismo tratamiento que

las que presentaron para los consejos sectoriales, es decir, que no van

a servir para nada y además está convencida de que el equipo de

gobierno no admitirá ninguna de las que presenten por lo que cree que

debe ser el Grupo Popular el que las presente.

Aclara que el grupo de trabajo que debía elaborar el Reglamento

de Participación Ciudadana se ha reunido en cinco ocasiones en esos

dos años y medio y lo ha hecho para debatir sobre cualquier cosa

menos para llevar a cabo el acuerdo que el Pleno adoptó.

Manifiesta que su grupo propuso a la Concejal Delegada de

Comunicación, a través de un correo electrónico, que se trabajara

sobre un Reglamento de Participación y que se activaran los consejos

sectoriales existentes hasta que todos los grupos municipales

alcanzaran un acuerdo para cambiarlos y también propuso que se

tomara, como base, un texto que fuera, políticamente, neutral como

puede ser el Reglamento Tipo de Participación Ciudadana de la

Federación Española de Municipios y Provincias y que se fuera

adaptando a la realidad de Majadahonda con las aportaciones que

fueran presentando todos los grupos políticos.

Indica que puede entender que la Concejal Delegada con la que

ha tratado este tema considere que ya existe suficiente participación

vecinal en Majadahonda con la administración electrónica, con los

encuentros que realiza el Sr. Alcalde con los vecinos y con el

programa Xperta pero lo cierto es que ese tipo de participación

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

ciudadana no es la que su grupo pretende y cree que esa Concejal

Delegada no entendió bien la Moción que aprobó el Pleno.

Termina su intervención diciendo que, desde el punto de vista de

su grupo, la participación ciudadana del equipo de gobierno tiene un

solo canal “te escucho, contesto lo que me parece y fuera” y por ello

con esta Moción plantea nuevamente este asunto.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que su grupo está totalmente de acuerdo en lo que se solicita en esta

Moción y es que se elabore un Reglamento de Participación

Ciudadana que deberá estar operativo antes del mes de abril de 2014.

Termina su intervención reiterando que su grupo está de acuerdo

y por ello va a votar a favor de esta Moción.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, aclara que su grupo estuvo de acuerdo en la sesión

plenaria celebrada hace dos años y medio con la elaboración de ese

Reglamento y también lo está con esta Moción.

El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica

que su grupo también estuvo de acuerdo en su momento y ahora

también lo está aunque quizá sería un poco más ambicioso y por ello

pediría que, además de contar con un Reglamento de Participación

Ciudadana, se contara con un proyecto sobre las subvenciones se

podrían conceder para animar a la participación ciudadana porque cree

que, más allá de lo que se disponga en un reglamento que son unas

cuantas líneas sobre un papel, lo que su grupo desearía es que existiera

un proyecto concreto que recogiera las partidas presupuestarias

destinadas a fomentar la participación ciudadana y conceder

subvenciones a clubs deportivos, asociaciones, etc.

La Concejal Delegada de Participación Ciudadana,

Comunicación y Urbanizaciones, Sra. Nistal, indica que si fuera por

Unión Progreso y Democracia, las cosas estarían hechas en muy poco

tiempo pero, en muchas ocasiones, las cosas necesitan mucho tiempo

y ese tiempo a veces se dilata por causas ajenas al equipo de gobierno

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

porque, por ejemplo, el tiempo que los grupos de la oposición han

esperado con mucha paciencia para tener un listado actualizado de las

Asociaciones Vecinales era, desde su punto de vista, un tiempo

absolutamente necesario. Aclara que la Técnico de su Concejalía ha

trabajado en ello durante un año y ha actualizado el Registro de

Asociaciones que se llevaba en este Ayuntamiento desde los años

ochenta y que estaba escrito a mano pero parece que para Unión

progreso y Democracia esa cuestión no es importante.

Sigue diciendo que, como ha dicho la Portavoz de Unión

Progreso y Democracia, era necesario recibir propuestas respecto a los

consejos sectoriales y a continuación desea dejar claro que muchos de

los consejos funcionan con normalidad en este Ayuntamiento como

ocurre con el Consejo de la Mujer que ha elaborado el texto que se ha

leído al comienzo de esta sesión.

Indica que el equipo de gobierno tiene voluntad de sacar

adelante el Reglamento de Participación Ciudadana y para ello ha

promovido cuatro reuniones durante el último año. Aclara que en esas

reuniones se han presentado las propuestas que cada grupo realizaba

sobre los consejos sectoriales y está siendo difícil alcanzar acuerdos

porque cuando las cosas en las administraciones tienden a

simplificarse y a agruparse por grandes áreas de trabajo, los grupos de

la oposición de este Ayuntamiento presentan propuestas de hasta 8 y

11 consejos sectoriales lo que, desde el punto de vista del equipo de

gobierno, es algo inviable y poco operativo.

Considera además que los vecinos de Majadahonda tienen

derecho a saber que el equipo de gobierno, en la última reunión que se

celebró el pasado 28 de junio, entregó el borrador de estatutos del

Consejo Económico y Social y todos los grupos quedaron en enviar,

antes del inicio de las vacaciones de verano, sus comentarios sobre

dicho documento pero lo cierto es que ha obtenido la callada por

respuesta y no ha sido hasta el 15 de octubre cuando Unión Progreso y

Democracia ha enviado el e-mail al que su Portavoz ha aludido

anteriormente en el que todo son quejas y lo único que pide es que se

trabaje con el reglamento tipo de la Federación Española de

Municipios y Provincias.

Continúa diciendo que el equipo de gobierno entiende la

petición de Unión Progreso y Democracia y, si se hace así, está claro

que el Reglamento de Participación Ciudadana estaría elaborado para

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

el mes de abril de 2014 pero cree que dicho grupo no es quién para

hablar de falta de credibilidad porque entiende que no se pueden hacer

preguntas constantemente en el Pleno sobre cómo va ese Reglamento

cuando ni siquiera ese grupo, a pesar del aparente interés que

demuestra, ha respondido a las solicitudes de propuestas que se

hicieron en las reuniones de trabajo (se realizó en junio y la respuesta

se recibió el 15 de octubre) y recuerda que ningún otro miembro de

esa comisión de trabajo ha contestado.

Termina su intervención asegurando que el equipo de gobierno

va a seguir adelante con sus propuestas y está esperando que los

grupos de la oposición presenten las suyas para intentar llegar a algún

acuerdo y asegura que los grupos de la oposición no van a marcar los

plazos al equipo de gobierno y tampoco el tipo de participación

ciudadana que ha de regir en Majadahonda y por ello el equipo de

gobierno va a votar en contra de esta Moción.

La Portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra. Madrigal,

indica que, desde su punto de vista, todo lo que ha dicho la Concejal

Delegada de Participación Ciudadana es incongruente y no entiende

que el equipo de gobierno votara a favor de la primera Moción que su

grupo presentó sobre este asunto y ahora vaya a votar en contra.

Pregunta a continuación a la Concejal Delegada de Participación

Ciudadana si realmente cree que para elaborar un Reglamento de

Participación Ciudadana hace falta tener actualizado el Registro de

Asociaciones Vecinales y contesta que su grupo entiende que no hacía

falta y además cree que asociaciones deberían haber estado actualizado

incluso antes de esta legislatura y por tanto muchísimo antes de que su

grupo presentara esa primera moción y considera que nadie puede

creer que dicha Concejal achaque el trabajo que tiene atrasado al

tiempo que ha dedicado a la elaboración del Reglamento de

Participación Ciudadana.

Sigue diciendo que no es cierto que haya muchos consejos

sectoriales que funcionen muy bien porque lo cierto es que solo

funcionan el de la Mujer, el de Cooperación y el de Festejos.

Manifiesta también que no es cierto que los grupos políticos

hayan alcanzado un acuerdo respecto a los consejos sectoriales sino

que la realidad es que fueron impuestos por la Concejal Delegada de

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Participación Ciudadana aunque los grupos de la oposición no estaban

de acuerdo con los que proponía y además cree que dicha Concejal no

estuvo dispuesta a alcanzar algún tipo de acuerdo.

A continuación pregunta para qué sirve elaborar ahora un

borrador de estatutos del Consejo Económico y Social cuando lo que

hay que hacer es un Reglamento de Participación Ciudadana y

considera que es “comenzar la casa por el tejado”. Añade que su grupo

no ha entendido que sea necesario elaborar ese borrador de estatutos y

cree que tampoco lo han entendido así los demás miembros del grupo

de trabajo de la oposición y por ello entendieron que no era necesitar

contestar a algo absurdo.

Añade que, como ella creía que la Concejal Delegada de

Participación Ciudadana iba a decir en el Pleno que los grupos de la

oposición no habían contestado, contestó mediante un correo

electrónico que dicha Concejal no ha tenido a bien recontestar. Insiste

en que la Concejal Delegada de Participación Ciudadana “envía

tonterías” que su grupo piensa que no hay que contestar y su grupo

envía otras que a dicha Concejal también le parecen tonterías y

tampoco considera necesario contestarlas, situación en la que se

encuentran actualmente.

Termina su intervención diciendo que la voluntad de la Concejal

Delegada de Participación Ciudadana, para hacer un Reglamento de

Participación Ciudadana y para que la participación ciudadana pase a

ser algo importante en este Ayuntamiento, es nula desde el punto de

vista de su grupo y cree que para actuar de la forma en que lo está

haciendo, el equipo de gobierno podría haberse ahorrado su voto a

favor y debería haber votado en contra diciendo claramente que el

equipo de gobierno opina que ya hay bastante participación de los

vecinos cuando votan una vez cada cuatro años.

Sometida a votación esta Moción, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular y once (11) votos a favor correspondientes a los

Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia,

Izquierda Unida-Los Verdes y Centrista.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

15.7 (216/13) Moción presentada por el Grupo Municipal

Centrista sobre compra al IVIMA de una

parcela cedida gratuitamente (4.1.7)

Se da cuenta de la Moción presentada por la Portavoz del Grupo

Municipal Centrista, Sra. Pedreira, que ha tenido entrada en el

Registro General el 21 de noviembre de 2013, nº 20347, cuyo texto es

el siguiente:

“En el Pleno de 25 de septiembre de 2013 se ha aprobado, de forma

inicial, la Modificación de Crédito 24/2013 por crédito extraordinario

en el programa de vivienda para la suscripción de acciones de la

Empresa Municipal Patrimonio del Suelo de nuestro municipio. Esto

supone, en la práctica, que mediante esta ampliación de crédito y

posterior suscripción de acciones, se va a financiar la compra al

IVIMA de unos terrenos que en su momento le fueron cedidos de

forma gratuita por este Ayuntamiento, con la finalidad de que esta

Empresa construyera vivienda protegida.

En estos momentos al parecer el IVIMA se encuentra en una

situación económica que dificulta en gran medida la posibilidad de

que cumpla este objetivo.

Esa situación, supuestamente, justifica la intención de que

PAMMASA, recupere esos terrenos y sea la que promueva la

construcción de vivienda protegida.

Pero en opinión de este Grupo Municipal, esa operación solo

sirve para financiar al IVIMA, aumentando aún más el pasivo que

PAMMASA, mantiene con el Ayuntamiento. Es cierto que puede

resultar beneficioso para los vecinos que se dé salida a esta parcela y

pueda por fin construirse en ella las viviendas que estaban

inicialmente previstas. Sin embargo estimamos que existen

mecanismos menos onerosos para las arcas municipales, que la

recompra de este solar por parte de PAMMASA, ya que en las

actuales condiciones del mercado, absolutamente desplomado, sería

una irresponsabilidad hacer un desembolso de las arcas municipales

que podría estar muy por encima del valor real del bien. Se debe tener

en cuenta además que el precio propuesto no aparece justificado en

ningún estudio validado por nuestros servicios técnicos y que este

Ayuntamiento cedió varias parcelas (entre las que se encuentra

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

incluida la referida en este escrito), gratuitamente al Instituto y el

mismo solo hizo frente a las obras de urbanización.

Por todo ello se presenta la siguiente

MOCIÓN:

Se firme un Convenio con el IVIMA para que se encomiende a

PAMMASA, la subasta de las parcelas de su propiedad para su

destino a vivienda protegida, acordándose a su vez que el precio

obtenido de la venta sea reembolsado al Instituto dependiente de la

Comunidad de Madrid. De esta forma se asegura que el precio

reembolsado a este Instituto es el real de mercado, evitándose

cualquier riesgo de merma justificada en las arcas municipales.”

Consta dictamen de la Comisión Informativa de Economía y

Hacienda, de 21 de noviembre de 2013, favorable.

La Concejal del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira, indica

que en otro punto de esta sesión plenaria se ha hablado de hacer una

modificación de créditos en la que se veía claramente la intención del

equipo de gobierno de comprar una parcela al IVIMA por la cantidad

de 4.800.000 euros aproximadamente y su grupo cree que, con esta

Moción que ha presentado deja claro que, desde su punto de vista, no

se deben hacer las cosas como se están haciendo porque esta parcela, y

otras cuatro más, fueron cedidas gratuitamente a la Comunidad de

Madrid, a través de un convenio y, a cambio de esa cesión gratuita, la

Comunidad de Madrid debía pagar una determinada cantidad por la

urbanización de la zona, obras de urbanización que fueron

encomendadas a PAMMASA.

Sigue diciendo que este Ayuntamiento ahora tiene la intención

de comprar una de esas cinco parcelas que se cedieron al IVIMA para

construir viviendas protegidas en Majadahonda.

Manifiesta que el IVIMA tiene un problema serio de liquidez y

posiblemente prefiera deshacerse de su patrimonio y que sean los

ayuntamientos en los que está ubicado patrimonio los que hagan frente

a la construcción de las viviendas y a la venta de las mismas lo que a

su grupo no le parece mal pero sí le parece mal que este Ayuntamiento

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

compra una de las parcelas que se cedieron al IVIMA por un valor que

todavía no ha sido determinado y solo figura un determinado valor en

el expediente de modificación de créditos que se ha tratado con

anterioridad en esta sesión plenaria pero no se sabe quién ha emitido

ese informe de valoración.

Continúa diciendo que, por los motivos que ha expuesto, en esta

Moción se solicita que se firme un convenio con el IVIMA para que se

encomiende a PAMMASA la subasta de la parcela de su propiedad

para su destino a vivienda protegida acordándose a su vez que el

precio obtenido de la venta sea reembolsado al Instituto dependiente

de la Comunidad de Madrid porque se asegura, de esta forma, que el

precio reembolsado a ese Instituto sea el real del mercado y así se evita

cualquier riesgo de merma justificada en las arcas municipales.

Termina su intervención aclarando que lo que su grupo propone

es que se subaste la parcela y que la cantidad que se obtenga por esa

venta se le entregue al IVIMA porque de esa forma se conseguiría que

el precio sea fijado por el mercado y que este Ayuntamiento no pague

los 4.800.000 euros aproximadamente porque no se sabe si el mercado

la valorará en ese precio o la pondrá un precio menor.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes,

Sr. Santana, indica que su grupo está de acuerdo con la exposición de

motivos de esta Moción porque entiende que su objetivo es que no se

pague más dinero por el suelo pero no entiende si en esta propuesta se

está planteando que PAMMASA subaste la parcela (propuesta que no

sabe si será la más oportuna puesto que a nuestra empresa municipal

no se le da muy bien subastar suelos). A continuación pregunta, si

fuera así, quién promovería la construcción de las viviendas

protegidas, si sería PAMMASA o el IVIMA.

Aclara que otra opción sería que nuestra empresa municipal

construya esas viviendas y, con el dinero que obtenga por la venta de

las mismas, pague la parte correspondiente al precio del suelo.

Termina su intervención diciendo que su grupo, como ha dicho

en el debate de otro punto del orden del día de esta sesión, no está de

acuerdo con la compra de esa parcela porque ello implicaría un

determinado modelo de venta de viviendas protegida y su grupo

entiende que en estos momentos no debería promoverse vivienda

Page 247: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

protegida en venta sino en alquiler porque son las que aseguran que las

personas que reúnan los requisitos de necesidad puedan seguir

manteniendo esa vivienda.

La Concejal del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Fernández Alonso, indica que su grupo no considera

oportuna, en estos momentos, la compra de esa parcela pero está de

acuerdo con el espíritu de esta Moción que coincide con muchos de

los argumentos utilizados en la exposición que ha realizado en el

punto 6 de esta misma sesión pero su grupo no está convencido de lo

que se solicita porque no entiende cómo se puede llevar a cabo y

tampoco sabe si lo que se plantea por el Grupo Centrista es,

jurídicamente, viable.

Termina su intervención diciendo que, si el Grupo Centrista está

de acuerdo, se podría dejar esta Moción sobre la mesa para que el

Secretario General emita un informe sobre la viabilidad de lo que se

plantea en esta Moción.

El Portavoz del Grupo Municipal Socialista, Sr. Cabezón, indica

que su grupo está totalmente de acuerdo en el sentido político de esta

Moción y felicita al Grupo Centrista por considerar que es una clara

defensa de los derechos de los ciudadanos pero no sabe la viabilidad

jurídica de la misma y por ello pide al Grupo Centrista que dé

explicaciones sobre ello y, si fuera posible hacerlo, su grupo apoyará

esta Moción.

El Sr. Presidente manifiesta que el propietario de la parcela es el

IVIMA y si este Ayuntamiento no quiere comprar, el IVIMA subastará

directamente la parcela porque para ello no necesita a este

Ayuntamiento y además la puede subastar para que sea adquirida por

un propietario privado que las destinaría a a vecinos de la Comunidad

de Madrid y no solo a los de Majadahonda.

Sigue diciendo que otra alternativa es que este Ayuntamiento,

por un precio más o menos tasado (Majadahonda es una de las zonas

más caras de la Comunidad de Madrid), compre esa parcela al IVIMA,

coste que después será repercutido a los adjudicatarios que serán solo

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

ciudadanos de Majadahonda pero parece que los grupos de la

oposición quieren complicar esta operación.

Añade que el IVIMA va a hacer, con la otra parcela que tiene en

Majadahonda, lo mismo que está haciendo al vender otras parcelas

situadas en otros municipios de la Comunidad de Madrid, y es

venderla a un privado y para ello no necesita a este Ayuntamiento

porque, como todos saben, el propietario de esas parcelas no es este

Ayuntamiento sino el IVIMA.

Termina su intervención diciendo que lo que acaba de exponer

es la realidad.

El Concejal Delegado de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda, Sr. García González, indica que la argumentación

que acaba de dar el Sr. Alcalde es la que él pensaba dar también y

añade que no se trata de votar a favor del espíritu de esta Moción sino

de lo que se propone en la misma aunque desea dejar claro que todos

están interesados en pagar un precio justo por la parcela que se va a

adquirir.

Sigue diciendo que lo que se propone en esta Moción tiene,

como ha indicado el Servicio de Patrimonio, difícil encaje por lo que

se aprobaría sin saber si se puede llevar a cabo en los términos en que

se plantea.

Aclara que el equipo de gobierno no ha decidido el precio de

compra y simplemente se ha realizado una provisión de fondos de

acuerdo al precio máximo que este Ayuntamiento podría pagar y,

cuando se decida la compra, será necesario instrumentar un expediente

en el que se valore y justifique el precio de la parcela lo que no se está

haciendo en estos momentos.

Termina su intervención indicando que, procedimentalmente, el

equipo de gobierno no tiene garantía de que todo lo que se plantea en

esta Moción sea viable y añade que desea dejar claro que el equipo de

gobierno tiene voluntad de comprar esa parcela para cumplir el

objetivo de ejecutar viviendas protegidas.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Sr. Presidente aclara que si el Ayuntamiento no adquiere esa

parcela, no va a disponer de suelo para construir vivienda protegida y

esa es la razón por la que PAMMASA no las construye y por ello

piensa que los grupos de la oposición no deberían oponerse a esa

compra porque la realidad es que no hay ninguna otra posibilidad.

Sigue diciendo que realmente la adquisición de suelo no

supondrá un coste para este Ayuntamiento puesto que se repercutirá a

los que adquieran las viviendas y añade que, si los grupos de la

oposición no quieren que no haya vivienda protegida en Majadahonda

hasta que se apruebe el nuevo Plan General, deben decirlo.

Termina su intervención reiterando que el IVIMA ha dejado

clara su postura y, si este Ayuntamiento no quiere comprar, el IVIMA

venderá la parcela a un privado y añade que le ha costado mucho

negociar este asunto y dicha institución ha dicho claramente que si

este Ayuntamiento no compra la parcela, la venderá directamente.

La Portavoz del Grupo Centrista, Sra. Pedreira, indica que su

grupo ha preguntado si lo que se propone en esta Moción es viable y la

respuesta que ha obtenido es que ese convenio que se propone podría

hacerse pero, si no lo fuera, su grupo reconsideraría su propuesta.

A continuación recuerda que el equipo de gobierno ha fijado ya

el precio de compra de la parcela porque se ha realizado una

modificación de créditos en la que consta una determinada valoración

e incluso cree posible que el IVIMA conozca ya el precio que el

Ayuntamiento pagaría por dicha parcela.

Manifiesta que su grupo propone en esta Moción que se firme un

convenio con el IVIMA para que se encomiende a PAMMASA la

subasta de las parcelas de su propiedad para su destino a vivienda

protegida. Aclara que las administraciones firman convenios y no sabe

por qué motivo el IVIMA no querría firmarlo porque recuerda que

dicho organismo no quiere gestionar la construcción de las viviendas y

entiende que el equipo de gobierno es el que tiene que conseguir que

lo firme acordando a su vez que el precio de la venta sea reembolsado

a dicho organismo porque está claro, aunque el Ayuntamiento ponga

el precio de 4.800.000 euros aproximadamente, que el precio es fijado

por el mercado porque realmente va a valer el precio que el mercado

dé.

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención aclarando que su grupo, con esta

Moción, trata de evitar que este Ayuntamiento pague, por un bien, un

precio que quizá, cuando se vaya a vender, no tenga lo que supondría

una pérdida para los vecinos de Majadahonda y por ello se pide que se

firme un convenio, que se venda la parcela y que el dinero que se

obtenga se entregue al IVIMA pero no está de acuerdo en que el precio

sea 4.800.000 euros porque quizá cuando se vuelva a vender se

obtenga menos dinero del que se ha pagado y añade que, aunque el

equipo de gobierno no quiera votar a favor de esta Moción, su grupo la

tiene clara y además, a la vista de los expedientes que se han

presentado al Pleno y las modificaciones de crédito y valoraciones que

se han realizado, cree que lo que se propone en esta Moción es urgente

y por ello desea que se someta a votación en los términos en que ha

sido presentada.

El Sr. Presidente indica, a título informativo, que esta parcela no

tiene un precio de mercado sino que es un bien subvencionado y ese

suelo tiene unos límites de compra y de venta que debe ser entre el

10% y el 20% de la suma del precio de todas las viviendas.

Reitera a continuación que este asunto no depende de la

voluntad de este Ayuntamiento y, si no queremos adquirir esa parcela,

nos quedaríamos sin ese suelo y añade que, durante un año, ha

acudido personalmente al IVIMA, en muchas ocasiones, a pedir una

solución y la compra es lo único que ha conseguido e insiste en que si

este Ayuntamiento no sigue el camino de la compra, Majadahonda se

queda sin suelo.

Insiste en que el precio de esa parcela está entre el 10% y el 20%

de la suma del precio de todas las viviendas por lo que la diferencia no

es tan grande y recuerda que Majadahonda está en el nivel más alto del

precio del suelo.

Recuerda a continuación que lo único que se está haciendo, en

estos momentos, es una ampliación de capital a PAMMASA y añade

que no sabe si el precio que ha estado negociando va a ser admitido

por el IVIMA porque quiere obtener más dinero del que este

Ayuntamiento desea pagar.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Termina su intervención aclarando que el equipo de gobierno

está de acuerdo con lo que ha indicado la Portavoz del Grupo Centrista

pero no es posible porque el IVIMA no lo admite.

Sometida esta Moción a votación, QUEDA RECHAZADA al

resultar catorce (14) votos en contra correspondientes al Grupo

Municipal Popular, nueve (9) votos a favor correspondientes a los

Grupos Municipales Socialista, Unión Progreso y Democracia y

Centrista y dos (2) abstenciones correspondientes al Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes.

16. MOCIONES DE URGENCIA conforme a lo previsto

en el art. 91.4 del R.O.F.

No se presentaron mociones de urgencia.

17. RUEGOS Y PREGUNTAS

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que va a entregar al Sr. Secretario un escrito en el que

constan todos los ruegos y preguntas que su grupo desea que sean

contestados aunque, en relación con el anterior punto del Orden del

día de esta sesión referido a la modificación de créditos para el pago

del IVA, su grupo realiza “in voce” un ruego y una pregunta:

1. Ruega que se le entregue el dictamen o informe del despacho

que contrató este Ayuntamiento para representar sus intereses en

el pleito al que se refiere la modificación de créditos sobre

liquidaciones del IVA.

2. Recuerda que en el debate de ese punto del orden del día, el Sr.

Alcalde dijo que la dificultad era conciliar la protección de los

derechos de los ciudadanos y la obligación tributaria del

Ayuntamiento y por ello pregunta por qué no se presentó aval

cuando se hicieron desde el Ministerio de Hacienda las

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

liquidaciones del IVA y el Ayuntamiento decidió recurrirlas

pregunta que hace porque, como todos saben, si se hubiera

presentado ese aval, este Ayuntamiento podría haber ahorrado el

dinero correspondiente a las sanciones que se le han impuesto.

El Sr. Presidente pregunta al Sr. Interventor si es cierto lo

que ha manifestó el Concejal del Grupo Socialista y el Sr.

Interventor contesta que este Ayuntamiento, por ser

administración pública, estaba exento de presentar ese aval y las

sanciones que nos hubieran impuesto serían las mismas.

El Sr. Presidente pide al Sr. Martínez Maillo que sea más

riguroso en sus manifestaciones.

El Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sr. Martínez

Maillo, indica que el Sr. Alcalde no puede acusarle de actuar con

poco rigor porque simplemente ha preguntado por qué no se

presentó ese aval y el Sr. Interventor le ha indicado los motivos

de ello y no hay nada más.

Aclara que tiene la impresión de que los miembros del

equipo de gobierno se molestan cuando los representantes de la

oposición les hacen preguntas y también cuando no se las hacen.

El Sr. Alcalde indica que, desde su punto de vista, el Sr.

Martínez Maillo no ha realizado ninguna pregunta sino que ha

dado por hecho que el equipo de gobierno ha obrado mal y

además ha señalado con el dedo al Sr. Alcalde por lo que

entiende que la pregunta que ha realizado no ha sido neutral.

Termina su intervención diciendo que, al igual que el

Concejal Sr. Martínez Maillo tiene derecho a preguntar lo que

quiere, él también tiene el derecho a contestar lo que quiera y

pedirle que sea más riguroso porque, en su opinión, no lo ha

sido.

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Concejal del Grupo Municipal Socialista, Sra. Montes de

Oca, realiza “in voce” las siguientes preguntas:

3. Pregunta si el equipo de gobierno tiene pensado adoptar alguna

medida en la rotonda de los Juzgados por los accidentes que se

ocasionan en la misma y recuerda que hace poco tiempo se

produjo un accidente muy grave que ha acabado con un niño

ingresado en un hospital.

El Sr. Presidente aclara que el equipo de gobierno

contestará por escrito porque se está esperando el resultado de la

investigación que se está realizando para conocer lo que ha

ocurrido. Añade que se están barajando algunas propuestas para

mejorar la seguridad en la zona porque, como todos saben, se

trata de una rotonda complicada.

4. Pregunta cuándo se ha previsto que el servicio de grúa abandone

el sótano de la Casa de la Cultura porque recuerda que se había

previsto que lo hiciera en el mes de agosto.

El Sr. Presidente indica que el equipo de gobierno

contestará por escrito aunque el Concejal Delegado de

Movilidad le ha indicado que la oficina de ese servicio de grúa

ya está funcionando en el edificio de la Policía Local.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que su grupo va a entregar al Sr.

Secretario un escrito en el que constan todos los ruegos y preguntas

que desea que sean contestados aunque “in voce” realiza siguientes:

1. Recuerda que el Sr. Alcalde, en el último Pleno, quedó

encargado de entregar documentación que acreditara algunas

afirmaciones que realizó en esa sesión y, como él no las ha

traído, las ha traído ella.

Aclara que se trata del acuerdo adoptado por este

Ayuntamiento en la sesión extraordinaria celebrada el 15 de

junio de 2011. Añade que, en la página 69 del acta de dicha

sesión, aparece la dedicación parcial, al 50%, de la Portavoz del

Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia y la dedicación

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

parcial, también del 50%, a otro miembro del Grupo Municipal

Unión Progreso y Democracia designado por éste y reitera que

se trata de un acuerdo del Pleno.

El Sr. Presidente aclara que lo que él dijo fue que esas dos

dedicaciones suponían al Ayuntamiento un coste mucho mayor

que una dedicación exclusiva.

La Portavoz del Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia, Sra. Madrigal, indica que su grupo nunca habría

aceptado esa solución si el coste hubiera sido mayor para este

Ayuntamiento.

Sigue diciendo que ha pedido información al

Departamento de Recursos Humanos sobre el coste de las

retribuciones más seguridad social de empresa de los concejales

que integran su grupo y se le ha entregado un documento en

cuya conclusión figura que un concejal con dedicación exclusiva

tiene un coste de seguridad social de empresa de 12.488,88

euros, dos concejales con una dedicación al 50% suponen un

coste de 19.935,36 euros por lo que el sobrecoste de seguridad

social por no estar topadas las retribuciones al 50% de jornada

ascienden a 7.446,48 euros.

Añade que si la concejal de su grupo, Sra. Fernández, no

tuviera algún tipo de dedicación, en este caso, al 50%, tendría

derecho a percibir ….

El Sr. Alcalde aclara que tendría derecho a percibir las

dietas pero solo cuando asistiera a comisiones informativas y

sesiones plenarias.

La Sra. Madrigal aclara que normalmente los tres

miembros que integran su grupo asisten a casi todas las

comisiones informativas aunque no sean miembros de las

mismas porque así lo han decidido lo que pueden acreditar los

miembros del equipo de gobierno que asisten a comisiones

informativas.

Aclara que a la Sra. Fernández le correspondería cobrar la

dieta por asistencia a cuatro comisiones informativas al mes

(193,80 € por cada comisión), cantidad que multiplicada por

Page 255: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

once meses (no cuenta el mes de agosto) supondrían un total de

8.527 € por lo que está claro que ese sobrecoste de seguridad

social ya estaría cubierto con las dietas que no cobra por su

asistencia a comisiones informativas y además habría que sumar

a esa cantidad las dietas que le corresponderían por asistir a 11

sesiones plenarias a 387,69 € cada una lo que da un total de

4.236 €. Añade que a esa cantidad hay que sumarle las dietas por

asistencia a las Juntas de Pammasa (1.500 euros más) por lo que,

si las dedicaciones parciales de los miembros de su grupo

suponían al Ayuntamiento un sobrecoste de 7.400 €, está claro

que su grupo deja de percibir la cantidad de 14.340 € por lo que

su grupo ahorra a este Ayuntamiento la cantidad de 6.893 €.

El Sr. Presidente recuerda a la Portavoz del Grupo Unión

Progreso y Democracia que anteriormente le había dicho que iba

mal por ese camino pero parece que desea insistir en este asunto

y por ello recuerda que dos dedicaciones de dos concejales, al

50%, suponen un sobrecoste de seguridad social a este

Ayuntamiento y pide que se imagine, aunque nadie lo desea, que

la concejal de Unión Progreso y Democracia con dedicación al

50% tuviera una enfermedad de larga duración y no pudiera

asistir a las comisiones informativas por lo que no cobraría las

dietas que le corresponderían por su asistencia pero, al tener

dedicación al 50%, este Ayuntamiento tiene obligación de

retribuirle las cantidades que le corresponden y además recuerda

que la retribución de esa dedicación al 50% le da derecho a tener

paro y si solamente cobrara dietas no tendría derecho.

Indica que en esa sesión plenaria anterior ya facilitó todas

las explicaciones que consideró convenientes y avisó a Unión

Progreso y Democracia que no fuera por ese camino y entiende

que no encaja bien que dicho grupo sea tan purista para unas

cosas y tan poco para otras.

Termina su intervención aclarando que en este punto de

ruegos y preguntas no se debe producir ningún debate por lo que

ruega a la Sra. Madrigal que haga un ruego o una pregunta.

La Sra. Madrigal pregunta al Sr. Presidente si recuerda lo

que dijo en la anterior sesión plenaria para que surgiera la

cuestión a la que ha aludido anteriormente.

Page 256: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

El Sr. Presidente manifiesta que no recuerda por qué

surgió este asunto y por ello contestará por escrito.

La Sra. Madrigal ruega al Sr. Alcalde que recuerde que fue

él quien dijo que Unión Progreso y Democracia no era tan

purista como parecía y que tenía un asunto de dinero que le

contaría a la salida de esa sesión plenaria y por ello su grupo ha

seguido en ese camino y ha demostrado, con cifras y con actas

de sesiones plenarias, que su grupo tenía razón en lo que había

indicado.

El Sr. Presidente indica que esas manifestaciones las

realizó durante esa sesión plenaria y no a la salida de la misma.

La Sra. Madrigal aclara que lo dijo el Alcalde durante el

desarrollo de esa sesión plenaria porque ella lo pidió así.

El Sr. Presidente insiste en que esas manifestaciones las

realizó durante la sesión plenaria y hoy también vuelve a decir

que el coste de la dedicación de dos concejales, al 50%, es

superior al de una dedicación exclusiva.

La Portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra.

Madrigal, recuerda que los concejales de su grupo ahorran a este

Ayuntamiento la cantidad de 7.000 euros.

El Sr. Presidente aclara que ese ahorro se puede producir

suponiendo que se den una serie de requisitos que no siempre se

dan.

A continuación manifiesta a la Sra. Madrigal que Unión

Progreso y Democracia no debe seguir insistiendo en ese camino

pero, como lo hace, reitera que dos concejales con dedicación al

50% cuestan más dinero al Ayuntamiento que una dedicación

exclusiva lo que, desde su punto de vista, no tiene importancia y

considera digna la forma de actuar de dicho grupo.

La Portavoz de Unión Progreso y Democracia, Sra.

Madrigal, aclara que no le da ninguna vergüenza la retribución

que percibe por considerar que se gana hasta el último céntimo

que cobra de este Ayuntamiento y por ello no le importa sacar a

Page 257: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

la luz los sueldos y dietas que los miembros de su grupo

perciben.

El Sr. Presidente indica a dicha Portavoz que no aplica el

mismo rasero a otros miembros de esta Corporación.

La Sra. Madrigal indica que tiene su vida totalmente

limpia.

El Sr. Presidente aclara que nunca ha puesto en duda que

sea así.

La Sra. Madrigal manifiesta que en la anterior sesión

plenaria lo insinuó.

La Viceportavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sra. Piñuela, indica que su grupo va a entregar al Sr.

Secretario un escrito en el que constan todos los ruegos y preguntas

que desea sean contestados aunque “in voce” realiza las siguientes.

1. Indica que la Asociación de Vecinos presentó, hace unos meses,

una solicitud a la que su grupo desea sumarse y es que

Majadahonda se declare Ciudad Solidaria con el Alzheimer,

ruego que realiza para que se inicien los trámites oportunos para

ello.

El Portavoz del Grupo Municipal Izquierda Unida-Los

Verdes, Sr. Santana, realiza “in voce” las siguientes preguntas:

2. Pregunta en qué estado se encuentra la lista de adjudicatarios y

reservistas de las 48 viviendas de protección.

3. Pregunta por qué se ha trasladado el centro de día del Servicio

de Salud Mental al Hospital Puerta de Hierro.

El Sr. Presidente indica que ambas preguntas serán

contestadas por escrito aunque recuerda, respecto a las 48

viviendas protegidas, que este Ayuntamiento cuenta con un

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Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

sistema muy garantista y por ello no se puede hacer nada hasta

que no se cuenta con la renuncia por escrito del posible

adjudicatario.

Termina aclarando que las previsiones son que la lista para

cubrir esas viviendas podría llegar hasta los 400 o 500

solicitantes y, como se adjudica una vivienda cada 10

solicitantes aproximadamente y la lista es de 1.500, se prevé,

extrapolando esas cifras, que se quedarían fuera de ese proceso

de adjudicación unas 100 personas de la lista de solicitantes y

recuerda que los requisitos que se exigen para adjudicar estas

viviendas son muy duros.

La Portavoz del Grupo Municipal Centrista, Sra. Pedreira,

realiza “in voce” los siguientes ruegos y preguntas:

1. Pregunta si se ha notificado a la empresa ASSIGNIA la

retención de dinero que debía efectuársele de acuerdo con lo

aprobado por el Pleno.

2. Ruega que los expedientes que se incluyen en los órdenes del día

de las comisiones informativas, y sobre todos, los de las sesiones

plenarias, contengan todos sus antecedentes para que los grupos

de la oposición cuenten con toda la información que necesitan

para conocer, por ejemplo, por qué hay que pagar determinados

intereses de demora en un expediente de modificación de

créditos.

Termina su intervención diciendo que el Sr. Alcalde ha

comentado anteriormente que los expedientes se resuelven

cuando los funcionarios lo determinan pero su grupo cree que

eso no es cierto porque los funcionarios acaban algunos

expedientes y los políticos pueden decir que sigan adelante o

pueden pararlos por lo que pide que el equipo de gobierno no

eche la culpa de todo lo que ocurre a los funcionarios.

En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Grupo

Municipal Socialista, constan, además de los ruegos y preguntas

anteriormente indicados, los siguientes:

Page 259: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

5. Preguntamos sobre la situación en que se encuentran las

Asociaciones ASTI y Entreculturas que ya no tienen local propio

¿tiene el equipo de gobierno prevista alguna actuación en este

sentido?

6. Volvemos a rogar que se lleve a cabo la comisión de vivienda

(moción solicitada por este grupo en febrero de 2012 y aprobada

por unanimidad). Ya lo recordamos por escrito en el mes de

septiembre pasado, a lo que el Sr. Pérez, Concejal de Urbanismo

contestó: “Damos cuenta del ruego”.

7. Volvemos a preguntar (ya lo hicimos en enero 2013, a lo que se

nos contestó “Se pasa a queja al servicio correspondiente para su

estudio y posible solución”) sobre unas quejas vecinales

referentes a un muladar ubicado en la intersección de las calles

Charaima y Dr. Fleming. ¿En qué punto se encuentra este

asunto?

8. Rogamos, a petición de un vecino, que se retire una piedra de

grandes dimensiones que podría resultar peligrosa y que se

encuentra ubicada junto a la acera en el vértice que forman las

calles Dr. Marañón y Charaima.

En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Grupo

Municipal Unión Progreso y Democracia, constan, además de los

ruegos y preguntas anteriormente reflejados, los siguientes:

2. Dado el pésimo estado en que se encuentra el camino de la

dehesa en la actualidad y teniendo en cuenta las dificultades que

esto genera en el acceso al CICAM, a las fincas colindantes y a

la zona de recreo de la dehesa, quisiéramos saber si el equipo de

gobierno tiene algún plan que permita una adecuación y mejora

del citado camino.

3. Tras la sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de

septiembre de 2013, han comenzado a celebrarse Juntas de

Gobierno extraordinarias en este Ayuntamiento. Queremos saber

si se está recibiendo algún tipo de remuneración por la asistencia

a las mismas, independientemente de la recibida por la Junta de

Gobierno ordinaria y en caso de ser así, conocer su importe

exacto.

Page 260: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

4. Solicitamos se nos remita una relación de las funciones

concretas que son desempeñadas en nuestro municipio por las

Brigadas de Medio Ambiente y Policía Local.

5. En el Pleno de julio nuestro grupo planteó una pregunta acerca

de los gastos de mantenimiento del edificio de la Policía Local

para el ejercicio 2014. Su respuesta entonces, se limitó a los

gastos en materia de reparaciones. Lo que nosotros queremos

conocer y solicitamos a través de esta pregunta, es el detalle de

todos los gastos que son necesarios para el correcto

funcionamiento del edificio de la Policía Local durante el año

2014.

6. Hemos recibido numerosas quejas acerca de la parcela sin

urbanizar situada en la confluencia de las calles Charaima y Dr.

Fleming. Los vecinos de la zona se quejan de que dicha parcela

se encuentra totalmente descuidada y que el estado actual del

vallado “provisional” que se fijó, hace ya varios años, es

peligroso especialmente en días de viento. ¿Tiene el equipo de

gobierno constancia de esta situación? En caso de ser así, ¿tiene

prevista alguna actuación al respecto?.

7. A la vista de que la acumulación de basuras en torno a los

buzones de recogida neumática, sigue siendo una realidad de

este municipio, nos interesa nos remitan un listado con la

totalidad de las sanciones impuestas hasta la actualidad por el

depósito de las basuras en la calle en vez de en su buzón

correspondiente.

8. Nos interesa conocer cuáles son las razones por las que la

empresa concesionaria de la recogida de residuos haya puesto en

algunos puntos de la ciudad, al lado de los buzones de recogida

neumática, contenedores para la recogida de envases, que ya son

recogidos por los buzones de recogida neumática.

En el escrito entregado al Sr. Secretario por el Grupo

Municipal Izquierda Unida-Los Verdes, constan, además de los

ruegos y preguntas anteriormente reflejados, los siguientes:

Page 261: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

4. Nos ha llegado la información de que el Club de Baloncesto de

Majadahonda CBM está cobrando unas cuotas a los

participantes por sus actividades que no corresponden a los

precios públicos de la Concejalía de Deportes y que exceden en

27,85 € al mes, por unos servicios que deberían estar cubiertos

con la cuota municipal. Nos consta que el Concejal de Deportes

conoce esta situación. ¿Por qué se permite a este Club cobrar

unas cuantías que no son las fijadas por el Ayuntamiento para

esta actividad municipal? ¿Otros clubs deportivos están

cobrando cuotas por conceptos que no son los publicados por la

Concejalía?

5. ¿En qué situación se encuentra la aplicación de la moción que

nuestro grupo presentó en 2012 sobre la devolución de los

cobros irregulares de determinados concejales por asistencia a

Consejos de Participación no remunerables?

6. Ha llegado a nuestro grupo la información de que una de las

psicólogas del CAID podría pasar a prestar servicio en la

Concejalía de Servicios Sociales. Dado que no sería la primera

trabajadora que deja de prestar servicio en el CAID. ¿Cómo se

pretende atender la carga asistencial de este servicio? ¿Cómo se

atendería a los pacientes de esta profesional? ¿Qué planes de

futuro tiene la Concejalía de Sanidad para el CAID?

7. En los Presupuestos municipales del año 2014 aparece una

inversión de 100.000 € denominada “Instalación de bolardos en

casco urbano”. Hace años que los bolardos están instalados en

el centro urbano sin funcionamiento. ¿Cuánto costó la inversión

inicial que nunca se ha llegado a poner en marcha? ¿Para qué es

esta nueva inversión? ¿Cuándo va a funcionar?

8. Solicitamos que se nos facilite información sobre los cambios de

marquesinas de autobuses que se están realizando y sobre

cuándo está previsto finalizar estas labores.

9. La Memoria de Actividades de Servicios Sociales del año 2012

no está publicada en la web del Ayuntamiento. Solicitamos que

a la mayor brevedad se haga.

10. Ante las quejas de los usuarios, nuestro grupo solicitó en el mes

de julio informes en relación al estado de conservación de las

Page 262: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

instalaciones donde imparte su actividad la Escuela Municipal

de Gimnasia ubicadas en el colegio San Pío X. Se nos respondió

de forma escueta desde las concejalías de Seguridad y de

Educación, cuando entendemos que dependería de Deportes. No

nos consta que se haya realizado ninguna inversión en estas

instalaciones en los últimos meses por lo que solicitamos que la

Concejalía de Deportes nos haga llegar la documentación

obrante a este respecto (informes de los técnicos y profesionales

sobre el estado y necesidades del edificio para albergar esta

actividad deportiva, solicitudes y quejas de los usuarios, etc.).

11. Nos llega la información de que la empresa CICLO

MEDIOAMBIENTE S.L., con la que el Ayuntamiento tiene

varios contratos, está en concurso de acreedores. ¿Cómo puede

afectar esta situación a la prestación de los servicios? ¿Y a las

condiciones laborales de los trabajadores que los prestan?

12. ¿Tiene el Ayuntamiento noticias sobre el aumento del número

de robos en nuestro municipio? ¿Se está tomando algún tipo de

medidas especiales?

13. Nos llega la sugerencia de una vecina para que en el entorno de

las paradas de autobuses se pongan más bancos, dado que los

asientos que existen en las marquesinas son de pequeñas

dimensiones y muchas veces resultan insuficientes.

A continuación el Sr. Presidente hace entrega al Secretario de

la Corporación, para que las adjunte al Acta de esta sesión, todas las

contestaciones que han realizado por escrito los miembros del Equipo

de Gobierno a las preguntas realizadas por los Grupos de la Oposición.

Se adjuntan a la presente acta como Anexo las respuestas a

preguntas formuladas, entregadas al Secretario que suscribe por el Sr.

Alcalde.

Las respuestas anexadas corresponden a las siguientes

Concejalías:

- De la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad, Organización,

Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

Page 263: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

- De Urbanismo, Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda

- De Deportes

- De Bienestar Social, Salud y Familia

- De Participación Ciudadana, Comunicación y Urbanizaciones

- De Educación

- De Formación, Empleo, Comercio, Consumo y Vigilancia y

Control de Animales Domésticos

- De Cultura y Juventud

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana. Pleno 30-10-2013

“1. Pregunta cuál ha sido el coste que ha supuesto el traslado del

cartel electrónico indicativo del estado del carril bus-vao desde

la ubicación anterior en la Ctra. del Plantío, a la altura de la

parada de autobús hasta la actual en la propia rotonda de

Renfe.

El Ayuntamiento puso a disposición de la empresa y habilitó la

canalización necesaria para el tendido de cable eléctrico y fibra

óptica; y la Empresa Adjudicataria para la Conservación y

Explotación de los Equipos ITS de la zona (UTE INDRA, SISTEMAS,

SA /TELVENT TRAFICO Y TRANSPORTES), realizó el desmontaje

de la banderola y su montaje en la nueva ubicación, así como la

cimentación, cableado, toma de tierra, instalación módulo conversor,

etc. por un importe de 37.619,32€ IVA incluido, conforme a la factura

adjunta.

Majadahonda, a 26 de Noviembre de 2013.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana. Pleno 30-10-2013

“2. Traslada al equipo de gobierno la queja de un vecino en

relación al punto peligroso para el tráfico situado en el centro

Page 264: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

264

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

comercial Cerro del Espino (donde está el Restaurante de

María) por su mala visibilidad. Aclara que el vehículo que está

en el centro comercial y sale para incorporarse a la rotonda

de la c/ Moreras no tiene visibilidad en un determinado punto

por lo que ruega que se adopte alguna solución.

Consultada la Unidad de Tráfico, informan que no tienen

constancia de accidente alguno, a lo largo del año 2013, en el

punto indicado. Que realizada inspección en el lugar no se

aprecian defectos de señalización o posibles puntos peligrosos.

Todo ello sin perjuicio de que los titulares de la vía realicen

mejoras o que de forma puntual se haya podido producir

alguna situación anómala.

3. Pregunta si se tiene algún dato sobre el tiroteo que se produjo

el 25 de octubre a las 17 horas.

Como ya se trató en la Junta Local de Seguridad celebrada

este mes de noviembre, efectivamente el 25 de octubre se

produjeron disparos en una intervención de Policía Local de

Las Rozas que venía en persecución de un vehículo. De las

diligencias o averiguaciones se encarga Guardia Civil y se

trasladan al Juzgado correspondiente. No se encontró

implicado ningún componente de Policía Local de

Majadahonda.

Majadahonda, a 26 de noviembre de 2013.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno 30-10-

2013.

“Nos interesa conocer; con detalle, el estado de las actuaciones

judiciales y administrativas que se están desarrollando en relación

con las viviendas ocupadas de la calle Neptuno”

Page 265: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

265

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Los Servicios Jurídicos informan que alrededor de las viviendas

situadas en la Calle Neptuno 6 y 8 ha habido varias actuaciones de

naturaleza administrativa y judicial, que se exponen a continuación

de manera resumida:

ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS

1. Expediente restaurador de la legalidad urbanística en el que

se han dictado varias resoluciones que han sido objeto de

recurso contencioso- administrativo:

a. Resolución por la que se deniega la solicitud de legalización

de las obras realizadas contrarias a la Licencia de Obra

Mayor y se acuerda el precinto del edificio. Por medio de

Decreto 3531/06 de 15 de diciembre de Alcaldía, se requirió

al propietario para que en dos meses solicitara la

legalización de las obras ejecutada sin ajustarse a la licencia

o ajustara las obras a las condiciones de la licencia. Ante la

imposibilidad de notificación del mencionado Decreto, el

mismo se publicó en el BOCM nº 300 de 17 de diciembre de

2007. El 7 de febrero de 2008, la recurrente solicita

legalización de las obras, sin acompañar proyecto de

legalización y planos visados por el Colegio de Arquitectos.

Ante la falta de respuesta del Ayuntamiento, el 3 de diciembre

de 2008, Suministros Tecnológicos Varios solicita expedición

de certificado de acto presunto en el que se reconozca la

legalización de las obras, a pesar de no haber realizado

ninguna actuación efectiva encaminada a la legalización de

las mismas. Por medio de Decreto de Alcaldía 140/09 de 4 de

febrero se desestima la solicitud de legalización por silencio

de las obras, ordenando cautelarmente el precinto de las

mismas y sometiendo a la Junta de Gobierno el acuerdo de

demolición de las obras contrarias al Plan General de

Ordenación Urbana de Majadahonda. Como consecuencia del

mismo, el 20 de febrero de 2009 se dictó el Decreto 216/2009

en el que se concreta el momento para la ejecución de la

medida cautelar de precinto.

b. Acuerdo de demolición dictado en el expediente restaurador y

por la Junta de Gobierno Local con fecha 8 de febrero de

2010 la ejecución subsidiaria de la misma.

Page 266: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

266

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Este acuerdo se ha recurrido en vía contencioso-

administrativa ante el Juzgado nº 27, junto con el expediente

sancionador que se referirá inmediatamente y la resolución de

fecha 23 de diciembre de 2009 en la cual se solicitó entrada al

domicilio para adoptar las medidas encaminadas a la

paralización de las máquinas instaladas en el inmueble

situado en la calle Neptuno 6 y 8 y, en su caso, retirada de las

mismas.

No se admitió la acumulación, continuando el procedimiento

ante el Juzgado nº 27 simplemente frente a la resolución de

fecha 23 de diciembre de 2009, por inactividad de la parte

recurrente respecto a sus otras dos pretensiones.

Finalmente, el 30 de octubre de 2012 se dictó sentencia

desestimatoria de las pretensiones de Suministros

Tecnológicos Varios.

2. Expediente sancionador en el que se impuso por Resolución

nº 568/2010, de 24 de febrero de 2010, una sanción de

600.000 euros por la ejecución de obras contraviniendo la

licencia de Obra Mayor concedida.

Inicialmente, esta resolución se recurrió en vía contencioso-

administrativa ante el Juzgado nº 27 y, como se ha indicado,

también se pidió su acumulación al Juzgado nº 15.

Finalmente la sanción no se recurrió judicialmente por

Suministros Tecnológicos, por lo que la misma quedó firme.

Los propietarios presentaron escrito solicitando la revisión de

oficio de la resolución sancionadora, la cual se va a inadmitir

en el Pleno de noviembre de 2013.

3. Expediente 000591 de 2008, de Apremio sobre los bienes de

Suministros Tecnológicos Varios.

Dicho expediente se tramita en Gestión Tributaria, como

consecuencia de deudas procedentes del impago del IBI y de

las sanciones impuestas.

Page 267: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

267

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

ACTUACIONES JUDICIALES

1. Diligencias Previas de Procedimiento Abreviado 170/2010,

seguido en el Juzgado de Instrucción nº 4 de Majadahonda

como consecuencia de la ocupación ilegal del inmueble. Se

dirigió contra los ocupas por ruptura del precinto. El Fiscal

va a intervenir, si bien, lo más probable es que se sobresea.

Comenzó por denuncia presentada por el Ayuntamiento el 9 de

diciembre de 2009, en la cual se comunicaba la rotura del

precinto puesto por el Ayuntamiento.

Tras varias actuaciones y una vez que los propietarios se

personaron en el procedimiento y solicitaron el desalojo, se

dictó Auto acordando dicho desalojo como medida cautelar.

Sin embargo, el Ministerio Fiscal recurrió dictándose Auto

por la Audiencia Provincial en el que se señala que no

procede la adopción de la medida cautelar en el seno del

procedimiento penal porque en definitiva no concurren los

requisitos que justificarían esta medida .No existe una

situación de “periculum in mora”, teniendo en cuenta que la

situación se inició en el año 2009, sin que la propiedad hiciera

nada y el tiempo que ha transcurrido desde que comenzó la

instrucción del pleito sin que la propiedad haya hecho nada;

es más, precisamente porque la propiedad en un primer

momento no ha estado conforme con el desalojo.

A la vista de la decisión del Tribunal, el Juzgado no sólo

contempla la medida cautelar, sino que analiza si nos

encontramos ante el delito denunciado de usurpación

contemplado en el artículo 245.2 del Código Penal. Acude a la

jurisprudencia, que entiende que no toda ocupación, toma de

posesión o invasión del inmueble ajeno sin contar con la

autorización de quien ostenta la titularidad posesoria ha de

entenderse incriminable, sino solamente aquella que se dirige

a impedir los derechos del titular de la posesión, ya que la

posesión es precisamente el bien jurídico protegido con el tipo

penal en cuestión. Es preciso un efectivo goce y disfrute por

parte del sujeto pasivo. Si no hay disfrute efectivo, el

ordenamiento civil tiene suficientes medios de protección de la

posesión, sin necesidad de criminalizar las conductas. El

Page 268: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

268

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

propietario nunca ha gozado o disfrutado del inmueble ni ha

tomado posesión del mismo al carecer de licencia de primera

ocupación.

El Juzgado realiza una clara remisión del asunto a la

jurisdicción civil para la protección de la posesión por parte

de los propietarios, tanto más cuando expresamente remarca

el criterio del Ministerio Fiscal al indicar que “esto orienta el

recurso al aspecto civil en cuanto a un posible disfrute en

precario de las viviendas y por tanto a la no necesariedad y

proporcionalidad de la adopción de la medida cautelar en vía

penal”.

Finalmente, el Juez de Instrucción, a la vista de los

razonamientos de la Sala, ha archivado el asunto, lo que se

considera lógico si atendió a la conclusión de la Sala, que

señala: “La decisión del Juzgado de Instrucción, teniendo en

cuenta lo dicho hasta ahora, no se considera ajustada a

Derecho. Efectivamente el desinterés de la propiedad por

legalizar la situación del edificio, el tiempo transcurrido desde

que se produjo la ocupación, la dificultad para identificar a

los verdaderos culpables y el hecho de que nunca se haya

estado en el goce, disfrute y posesión de las viviendas deviene

en innecesaria, por extemporánea, la medida.”

En cuanto al papel del Ayuntamiento en este procedimiento

penal, recogiendo lo expuesto por el Ministerio Fiscal, se

entiende por el Juzgado que:

- La intervención del Ayuntamiento es casual, pues no es el

perjudicado por la invasión.

- Al Ayuntamiento le mueven otros criterios diferentes (situación

de peligro por los generadores, malestar por el quebranto de

los precintos…)

En definitiva, el Ayuntamiento puso en marcha un

procedimiento para poder garantizar el desalojo del inmueble

por el evidente interés público que tal desalojo supone para

los majariegos. Sin embargo, al pertenecer el edificio a un

propietario particular que no parece estar defendiendo con

celo su derecho, esta vía penal ha quedado cerrada, restando

simplemente a la propiedad acudir a la vía civil.

Page 269: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

269

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

2. Procedimiento Ordinario 53/2009, seguido ante el Juzgado

de lo Contencioso-Administrativo nº 15 de Madrid. Se ha

recurrido frente a la desestimación por silencio del recurso

de reposición interpuesto frente al Decreto 140/2009, de 4 de

febrero, desestimatorio de la solicitud de legalización de las

obras y el Decreto 216/2009, de 20 de febrero, de

señalamiento de fecha para la ejecución cautelar de precinto.

Se dictó Sentencia el 8 de noviembre de 2012, por la cual se

estima parcialmente el recurso interpuesto anulando la

decisión de inadmitir expresamente la solicitud para la

legalización de las obras presentada en 7 de febrero de 2009,

acordada en el Decreto nº 140/09 y anulando el Decreto nº

216/09.

La ejecución de la sentencia, se ha centrado en el Decreto

140/09, puesto que el Decreto 216/09 por su propio contenido

ya sería de imposible ejecución incluso en el momento en el

que se formalizó la demanda. Dicha ejecución, según el tenor

literal de la sentencia, depende de una actuación de la

recurrente Suministros Tecnológicos Varios, puesto que

corresponde a la misma solicitar o no la legalización de las

obras, tal y como hizo en fecha 7 de febrero de 2009. Según se

indica en el Fundamento de derecho Sexto: “… como en el

Decreto 149/2009 se acordaba también inadmitir

expresamente la solicitud de la legalización presentada con

fecha 7 de febrero de 2009, y el art. 71 de la Ley 30/92

previene que cuando la solicitud de iniciación no reúna los

requisitos del artículo anterior, o los exigidos por la

legislación específica, se requerirá al interesado para que

subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos bajo

apercibimiento de tenerlo por desistido, y por el Ayuntamiento

no se cumplió ese trámite, la decisión de inadmitirla por

considerarla inexistente (adoptada además tan tardíamente y

como respuesta a la solicitud de certificación acreditativa del

silencio), resulta de todo punto desproporcionada, y en tal

sentido, este recurso judicial, en ese particular concreto, ha de

ser estimado, pues aquella solicitud de legalización, en cuanto

acto favorable para la interesada, y en tanto no se la haya

tenido aún por desistida, no puede ser revocado por la

Page 270: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

270

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Administración; y en consecuencia estaría aún a tiempo para

subsanar los defectos de que pudiera adolecer, siempre que le

interese hacerlo valer…”

En la actualidad, en el expediente administrativo se encuentra

pendiente de ejecución la sentencia, constando en el mismo

que con fecha 21 de febrero de 2013, se dio respuesta a una

consulta formulada por SUMINISTROS TECNOLÓGICOS

VARIOS, S.A. el 29 de noviembre de 2012 acerca de la

viabilidad de la propuesta de actuación sobre el bloque de

viviendas situado en la calle Neptuno, parcela 7

3. Procedimiento Ordinario 32/2010 ante el Juzgado de lo

Contencioso-Administrativo nº 27 en el que se discute la

validez de la resolución dictada por la Concejal Delegada de

Urbanismo, Infraestructuras Públicas y Vivienda de 23 de

diciembre de 2009 sobre requerimiento de adopción de

medidas pertinentes encaminadas a la paralización de las

máquinas instaladas en el inmueble situado en la calle

Neptuno y, en su caso, la retirada de las mismas, al cual se

solicita la acumulación de interposición frente al Acuerdo de

la Junta de Gobierno Local de 8 de marzo de 2010 sobre

ejecución subsidiaria de la orden de demolición y frente a la

Resolución 0568/2010 de la Concejal Delegada de

Urbanismo, Infraestructuras Públicas y Vivienda de 24 de

febrero de 2010 sobre resolución sancionadora por la

ejecución de obras no ajustada a licencia.

El 7 de noviembre de 2012 se notificó sentencia desestimatoria

en la que se confirma la Resolución de la Concejal Delegada

de Urbanismo, de 23 de diciembre de 2009 sobre

requerimiento de adopción de medidas pertinentes

encaminadas a la paralización de las máquinas instaladas en

el inmueble situado en la calle Neptuno, procediendo a la

evacuación del edificio y permitiendo a los técnicos del

Ayuntamiento de Majadahonda que procedan a la oportuna

inspección de las condiciones de seguridad y salubridad del

mismo.

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Pleno ordinario 27-11-2013

271

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

4. Procedimiento de autorización de entrada 2/2010 ante el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 27 de Madrid,

al objeto de proceder a la inspección de las condiciones de

seguridad y salubridad del mismo y a la adopción de las

medidas encaminadas a la inutilización de los aparatos

generadores de electricidad creadores de un riesgo para la

salud de los ocupantes y colindantes.

Se concedió autorización de entrada por medio de auto de 24

de marzo de 2010, con una vigencia de un mes. Se efectuó la

entrada y se retiraron los aparatos que se encontraron.

5. Procedimiento de autorización de entrada 3/2013 ante el

Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 31 de Madrid,

al objeto de proceder a la inspección de las condiciones de

seguridad y salubridad del mismo y a la adopción de las

medidas encaminadas a la inutilización de los aparatos

generadores de electricidad creadores de un riesgo para la

salud de los ocupantes y colindantes.

Se concedió autorización de entrada y la misma se efectuó el

21 de marzo de 2013, y se procedió a desconectar la

instalación eléctrica provisional efectuada por la precariedad

e inseguridad de la misma, así como a la retirada de los

generadores eléctricos encontrados.

Majadahonda, a 26 de Noviembre de 2013.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno 30-10-

2013.

“5. El 9 de febrero de 2010, a través del Decreto de Alcaldía

245/2010 se inició procedimiento de imposición de finalidades

cuyo fin era sancionar a la empresa ASSIGNIA por

incumplimiento tanto de carácter grave, como muy grave.

Dichas infracciones caducaban a los 24 y 36 meses

Page 272: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

272

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

respectivamente. Atendiendo a estos plazos, nos interesa

conocer, porque una vez iniciado el procedimiento, no se

llevaron a cabo las actuaciones necesarias para su

implementación, situación ésta, que provocó que la sanción

grave a imponer a ASSIGNIA prescribiese.

En respuesta a la pregunta formulada, acerca de las circunstancias

que llevaron a la prescripción de una posible infracción tipificada

como grave cometida por parte de ASSIGNIA INFRAESTRUCTURAS,

S.A. como adjudicataria del Contrato de Obras de Ampliación del

Cementerio Municipal de Majadahonda, financiadas por el Fondo

Estatal de Inversión Local (Expte. Contratación 05/09), le indico lo

siguiente:

- El Informe sobre justificación de la inversión del F.E.I.L. en el

que se apuntaba la posible comisión de infracciones por parte

del contratista es de fecha 21/12/2009. En dicho informe se

apuntaba la posible comisión de dos infracciones:

1.-Incumplimiento de las normas de subcontratación

2.-Incumplimiento de adscripción de trabajadores según

compromiso de la oferta:

- El Decreto de Alcaldía de inicio del expediente de imposición de

penalidades es de fecha 09/02/2010.

- Este Decreto se notificó a la contratista en fecha 17/02/2010.

- Las alegaciones en trámite de Audiencia de ASSIGNIA

INFRAESTRUCTURAS, S.A. son de fecha 25/02/2010.

- El Informe Técnico de valoración y contestación de alegaciones

se emitió en fecha 14/10/2011.

Teniendo en cuenta que las obras y la subcontratación se

llevaron a cabo en julio de 2009, en julio de 2011 ya habían

transcurrido los 24 meses para la prescripción de esta

infracción.

- El 13/03/2012 se dicta Decreto de Alcaldía que declara la

caducidad del expediente de imposición de penalidades que se

inició mediante Decreto de Alcaldía 245/2010 al haber

transcurrido el plazo máximo de tres meses para resolver y

notificar. Se encontraba caducado desde 9/05/2010.

Page 273: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

273

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

- Se inicia un nuevo expediente de Imposición de Penalidades

mediante Decreto de Alcaldía de 13/03/2012.

- Se resuelve la Imposición de penalidades mediante Decreto de

Alcaldía 12/06/2012.

El resultado del expediente de imposición de penalidades a esta

empresa fue el siguiente:

1.- Por Incumplimiento de las normas de subcontratación:

Prescripción.

2.- Por incumplimiento de adscripción de trabajadores según

compromiso de la oferta:

Se le impuso una sanción de 3.768,29€.

Este expediente de Imposición de Penalidades se enmarca en una

actuación global de revisión e imposición de Penalidades a las

empresas adjudicatarias de seis contratos de obras que se

financiaban con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local. Estos

seis expedientes fueron tramitados de igual forma que el

Expediente al que se refiere la pregunta formulada por el Pleno.

Por ello, se adjunta un resumen de las actuaciones llevadas a cabo

en relación con los otros cinco expedientes de imposición de

penalidades.

Majadahonda, a 26 de noviembre de 2013.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad

Urbana. Pleno 30-10-2013.

“10. Varios vecinos nos han alertado acerca de una serie de robos

sufridos en la Urbanización Baymar situada entre las calles

Granadilla, San Pedro y La Viña. Queremos conocer si el

equipo de gobierno está al corriente de las denuncias emitidas

a tal efecto y saber si se han tomado medidas adecuadas y, en

su caso, saber cuáles han sido éstas.

Page 274: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

274

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

La Policía Local informa que a pesar de revisar los

documentos internos de Jefatura y realizar diversas gestiones

para comprobar lo expuesto, no se tiene constancia en

Jefatura de un incremento o número significativo de hechos

delictivos en la zona mencionada. Estamos a disposición de los

perjudicados para atender sus informaciones y de esta forma

poder adoptar las medidas oportunas.

Es posible que se haya formulado denuncia en Guardia Civil y

todavía no se tenga constancia de ello (a pesar de la

colaboración y buena coordinación existente).

Majadahonda, a 26 de noviembre de 2013.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Recursos Humanos, Calidad,

Organización, Servicios Jurídicos, Seguridad y Movilidad Urbana

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 30-10-

2013.

“2. Indica que todos conocen que la Comunidad de Madrid,

dentro de sus Presupuestos, ha realizado un importante

recorte al destinado al transporte público que se sabe, por lo

que ha aparecido en los medios de comunicación, que va a

afectar a los servicios que se prestan en Majadahonda.

Pregunta si el equipo de gobierno sabe cómo van a afectar

esos recortes a este municipio.

Aclara que su grupo ha recibido información en el

sentido de que afectaría a las líneas 651A en la que

desaparecían dos autobuses por la mañana y dos por la tarde

por lo que El Plantío y la vía de servicio de El Plantío se

quedarían sin servicio hasta las 11:20 horas de la mañana y

desde las 14:00 hasta las 21:00 horas por la tarde y también

parece que van a desaparecer dos autobuses por la mañana y

tres por la tarde de la línea 567.

Page 275: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

275

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Añade que a su grupo le gustaría conocer si este

Ayuntamiento va a decir algo a la Comunidad de Madrid y a

continuación pregunta sobre los datos reales con que se

cuenta para conocer cómo están afectando esos recortes en el

transporte público y estudiar posibles iniciativas ante la

Comunidad de Madrid para que no deje a Majadahonda sin

esos servicios.

El Servicio de Movilidad informa que el Ayuntamiento

de Majadahonda ha mantenido reuniones con el Consorcio

Regional de Transportes de Madrid en las que éste ha

justificado los cambios para ajustar la oferta a la demanda.

De los recortes planteados en las líneas de la zona

Noroeste nosotros somos el municipio que menos afectado se

ha visto.

El Consorcio Regional ha suprimido la línea 651 A,

que conectaba Pinar del Plantío con Moncloa; la media de

usuarios por expedición en toda la línea era de 17,2 usuarios.

El resto de las líneas con Madrid no han sufrido

cambios en lunes a viernes, únicamente se reducen una media

del 20% las líneas 654 (Negrillos) y 655 (Hospital) los

sábados, domingos y festivos.

Las nocturnas N901 y N906, se reducen un 25 y 20%

respectivamente (los laborables y domingos). La media de

usuarios de estas líneas nocturnas son 18,6 y 21,3 usuarios en

su conjunto (hay que tener en cuenta que pasan por Pozuelo).

En cuando a las líneas con otros pueblos:

Eliminan la línea express con Villaviciosa de Odón

(567)

Reducción de la línea 626 con Villanueva de la Cañada

el 9%; y las 626A (de lunes a viernes (21%) Media de usuario

en línea 16,73€.

Desde el Ayuntamiento hemos realizado gestiones con

el Consorcio para que estudie y dé solución a la conexión con

el Plantío mientras el bus-vao está abierto (Actualmente están

Page 276: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

276

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

analizando las diversas opciones así como los usuarios

afectados).

En las conversaciones mantenidas, les hemos

planteado una adecuación de los trazados de las líneas

urbanas, para tratar de diseñar una solución satisfactoria

para ambas partes.

También les hemos trasladado la importancia de los

servicios exprés para dar respuesta a la demanda de usuarios,

especialmente en las horas punta, que es donde existe una

mayor demanda e insatisfacción por los usuarios.

13. Nos llegan quejas por el peligro para los peatones que supone

la excesiva velocidad a la que circulan las bicicletas por la

Gran Vía y otras zonas.

¿Tiene previsto el equipo de gobierno tomar algún tipo de

medidas para resolver esta situación?

El Ayuntamiento está trabajando en la difusión de normas

básicas que faciliten la convivencia de los peatones, bicicletas y

vehículos a motor, porque entendemos que es fundamental y

básico el conocimiento de las normas.

Majadahonda, a 26 de Noviembre de 2013.- El Concejal Delegado de

Recursos Humanos, Calidad, Organización, Servicios Jurídicos,

Seguridad y Movilidad Urbana.- Fdo.: José Antonio Carnevali

Ramírez.”

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Unión Progreso y

Democracia. Pleno 30-10-2013.

“15. Nos siguen llegando quejas por los badenes: falta de

señalización, tamaños aleatorios e inapropiados, etc. Solicitamos que

se fijen unos criterios con estos elementos que permitan su función

pero que no sean un peligro para la seguridad y pedimos que se

revisen los recientemente instalados en la zona del Cerro del Aire y se

nos dé cuenta de ello.

Page 277: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

277

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

RESPUESTA:

Actualmente la normativa existente no es de obligado cumplimiento,

pero aun así, la estamos aplicando. Concretamente los badenes

instalados en el Cerro del Aire que han sido construidos en

aglomerado, material que les compete una mayor resistencia, ya han

sido rebajados.

Majadahonda, 26 de noviembre de 2013.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García

González.”

Respuestas de la Concejalía de Urbanismo, Mantenimiento de la

Ciudad y Vivienda al Grupo Municipal Centrista. Pleno 30-1-2013

“2. Recuerda que el Sr. Alcalde dijo en el Pleno celebrado en el

mes de mayo, que se elaboraría un expediente sobre

ASSIGNIA y se presentaría al Pleno. Aclara que su grupo

planteó el mes de septiembre para que fuera presentado y el

equipo de gobierno dijo que era muy pronto y además se

aprobó la realización de un estudio externo sobre los precios

contradictorios pero su grupo no sabe nada a pesar de que

estamos a finales de octubre y además pregunta en qué fase se

encuentra la reclamación de cantidad que se ha realizado a

dicha empresa.

RESPUESTA:

Tanto los Servicios Jurídicos como los Técnicos de la

Concejalía de Urbanismo están elaborando los distintos

informes. Habiendo realizado la consulta a los Servicios

Jurídicos se nos comunica que estos informes estarán

disponibles a partir de principios del mes de Diciembre. En

cuanto estén terminados se les presentarán.

(….)

1. Pregunta en qué fase se encuentra el acuerdo adoptado por el

Pleno sobre la resolución del recurso interpuesto por ASSIGNIA

por el que se debería proceder a realizar un estudio por lo

ocurrido con la limpieza de fuentes y algunas otras cuestiones.

Page 278: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

278

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Aclara que se decidió solicitar un estudio externo y, como ya

estamos en el mes de septiembre, su grupo pregunta en qué fase

de ejecución se encuentra ese acuerdo porque tiene la sensación

de que se ha quedado durmiendo.

RESPUESTA:

Tanto los Servicios Jurídicos como los Técnicos de la

Concejalía de Urbanismo están elaborando los distintos

informes. Habiendo realizado la consulta a los Servicios

Jurídicos se nos comunica que estos informes estarán

disponibles a partir de principios del mes de Diciembre. En

cuanto estén terminados se les presentarán.

(….)

3. Pregunta si se ha solucionado el problema que existía en el

centro deportivo P-7 respecto a las obras que estaban

realizando porque, si todos recuerdan, unas sesiones plenarias

atrás acudieron unos vecinos para decir que las obras que se

están realizando eran mayores y no menores por lo que no

contaban con la correspondiente licencia y además que la

empresa concesionaria de ese centro deportivo no les había

pagado dichas obras.

RESPUESTA;

Se llevaron a cabo obras en la instalación para lo que se

concedió licencia de Obra Menor. Tras la inspección, se

comprobó que, a su vez, se habían realizado obras para las que

se precisaba licencia de Obra Mayor.

Se inicio el correspondiente expediente de legalización

de dichas obras que, en estos momentos, aun no se ha resuelto.

Majadahonda, 26 de noviembre de 2013.- El Concejal de Urbanismo,

Mantenimiento de la Ciudad y Vivienda.- Fdo.: Pablo García

González.”

Page 279: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

279

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuestas de la Concejalía de Deportes al Grupo Municipal

Socialista. Pleno octubre 2013

“7. Rogamos se nos proporcione la información relativa a las

listas de espera de alumnos que existan en las diferentes

escuelas deportivas de Majadahonda.

Según la información requerida a los Clubs que gestionan las

distintas Escuelas Municipales, las listas de espera existentes vienen

provocadas por la concentración en la demanda de las mismas

durante ciertas horas de la tarde (después del horario escolar y antes

de la cena, esto de 17 a 22 horas) mientras durante el resto de la

jornada hay espacio libre.

Se añade a la concentración horario la dispersión en la edad y

en el nivel deportivo en el que se encuentran los solicitantes. Esto es,

para atender a esta lista de espera es necesario combinar la edad, el

nivel deportivo, su horario preferido con la disponibilidad de

instalación y la ratio profesor/alumno que exige cada deporte.

La información remitida por las Escuelas es que las listas de

espera son:

- PADEL 186

- TENIS 196

- FÚTBOL 87

- GIMNASIA 31

- PALACIO HIELO 42

Estas cifras se refieren a las Escuelas Municipales, no obstante

en todas estas especialidades deportivas es posible acudir a otras

instalaciones municipales en los que aprender y practicar estos

deportes, excepto la especialidad de Hielo.

Majadahonda, 26 de noviembre de 2013.- El Concejal de

Deportes.- Fdo.: Javier Caballero López.”

Page 280: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

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AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuestas de la Concejalía de Deportes al Grupo Municipal

Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno octubre 2013

“17. Nuevamente nos llegan informaciones de que en la Piscina

Cubierta del “Valle de la Oliva” se están cancelando

constantemente las diferentes actividades. Rogamos que la

Concejalía de Deportes controle este asunto y nos informe de

qué está ocurriendo.

En primer lugar, indicar que esta Concejalía no tiene noticia de

ninguna queja como la referida en el Ruego anterior.

Por otra parte, la Concesionaria nos contesta que “respecto a

las clases, actualmente contamos con más de 80 clases dirigidas a la

semana y aumentamos en función de la demanda y las sugerencias

(disponibles en recepción) de los usuarios. No hay ninguna petición

de clase que no se ponga si contamos con 10 o más usuarios

interesados en la misma”.

Si por el grupo de IU se conocen datos más concretos, sería de

agradecer que nos lo hicieran llegar.

Majadahonda, 26 de noviembre de 2013.- El Concejal de Deportes.-

Fdo.: Javier Caballero López.”

Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia

al Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia

“6. En la comisión de Áreas y Servicios de 21 de noviembre de

2012, el concejal del Partido Popular, Alberto San Juan señaló

que se estaba estudiando la posibilidad de ampliar la ayuda del

abono transporte a otros colectivos diferentes de los mayores.

¿Se ha realizado a día de hoy ese estudio? En caso de ser así,

¿qué resultados ha arrojado?

"En virtud de la “Ordenanza reguladora de las bases para la

adjudicación de ayudas económicas para la financiación del abono de

transporte del consorcio de transportes de la comunidad de Madrid

para personas mayores en el municipio de Majadahonda” se

Page 281: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

281

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

contemplan las ayudas económicas de transporte para mayores de 65

años.

Así mismo, las bases reguladoras para la concesión de

subvenciones de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia

contempla la “ayuda de transporte escolar dirigida a personas con

discapacidad menores de 18 años que asistan a Centros de Educación

Especial ubicados fuera del municipio y que, por tanto, no tengan

transporte escolar facilitado por la Consejería de Educación”, y

como “Prestación económica complementaria por necesidades

específicas”, la “ayuda destinada a cubrir gastos de transporte de

aquellas personas que por necesidades concretas deban salir fuera

del municipio de forma habitual suponiendo el transporte una carga

para la economía familiar”. Las concesión de dichas subvenciones

quedarán sujetas a prescripción técnica y serán concedidas según

baremo establecido en las bases. Para su tramitación hay que pedir

cita previa con los trabajadores sociales, en el número 916349129.

De lunes a jueves de 9 a 18 horas y los viernes de 9 a 15 horas."

No obstante en la Concejalía de Bienestar Social Salud y

Familia estamos trabajando en la redacción de unas nuevas bases con

el objetivo de actualizar las existentes respondiendo a las nuevas

necesidades de los de los vecinos de nuestro municipio.

Majadahonda, a 19 de noviembre de 2013.- El Concejal de

Bienestar Social, Salud y Familia.- Fdo.: Alberto San Juan Llorente.”

Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes

“14. Vecinos de las VPP de Granja del Conde han contactado con

nuestro grupo para hacernos llegar su preocupación por la

calidad del agua que llega a sus hogares. Desde el

Ayuntamiento ¿se hace algún tipo de control del agua?

Rogamos que se estudie este asunto y se tomen las medidas

pertinentes.

Desde el Ayuntamiento se desarrolla el Programa de

“CONTROL DEL AGUA EN EL GRIFO DEL CONSUMIDOR EN

MAJADAHONDA”, de conformidad con las disposiciones del R.D.

140/2003, de 7 de febrero (BOE de 21 de febrero de 2003), por el que

Page 282: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

282

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de

consumo humano.

El Ayuntamiento toma muestras de agua en el grifo del

consumidor para la realización del análisis que nos indica la calidad

del agua y ofrece asesoramiento técnico referente a la calidad de la

misma.

La responsabilidad de la calidad del agua hasta la acometida es

del Canal de Isabel II. Se entiende por acometida: la tubería que

enlaza la instalación interior del inmueble y la llave de paso de la red

de distribución.

El mantenimiento y calidad del agua de la instalación interior,

desde la acometida, corre a cargo del consumidor. Se entiende por

Instalación Interior: el conjunto de tuberías, depósitos, conexiones y

aparatos instalados tras la acometida.

Todo ciudadano puede ponerse en contacto con el Servicio de

Prevención y Promoción de la Salud de la Concejalía de Bienestar

social, Salud y Familia, a través del teléfono 91 634 94 70 o en la

dirección [email protected], para ser asesorado y orientado

sobre el tema.

Majadahonda, 19 de noviembre de 2013.- Fdo.: Alberto San Juan

Llorente. Concejal de Bienestar Social, Salud y Familia.”

Respuestas de la Concejalía de Bienestar Social, Salud y Familia

al Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes

“16. Desde el mes de abril estamos pendientes de recibir la

información solicitada, con número 6701 de registro de entrada,

respecto a la situación en la que se encuentra la atención a la

drogodependencia en Majadahonda. ¿Por qué no se nos facilita

dicha información? Rogamos que se nos responda de forma

urgente.

El día 30 de mayo de 2013, se envió toda la información

requerida en relación a las preguntas del Grupo Municipal Izquierda

Unida-Los Verdes, respecto a la situación en la que e encuentra la

atención a drogodependencia de Majadahonda.

Page 283: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

283

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Se adjunta copia escaneada del oficio presentado en el

Ayuntamiento, donde consta la fecha de registro de salida 6585 de

fecha 30 de mayo de 2013.

Majadahonda, a 19 de noviembre de 2013.- El concejal de Bienestar

Social, Salud y Familia.- Fdo.: Alberto San Juan Llorente.”

Respuestas de la Concejalía de Participación Ciudadana,

Comunicación y Urbanizaciones al Grupo Municipal Unión

Progreso y Democracia.

“15. En la web municipal hay un archivo del boletín informativo, y

en algunos de los publicados han retirado la página donde

aparecía la opinión de los grupos políticos de la oposición. Nos

interesa conocer qué es lo que ha pasado para que esto suceda.

RESPUESTA

En esta Concejalía colgamos todos los números íntegros de la

revista en el momento en que la empresa editora nos los envía. Jamás

se han recortado páginas. Les rogamos nos indiquen dónde han

detectado ese error para comprobarlo y, de ser así, solicitar a la

empresa el número correcto.

Fdo.: Laura Nistal Marcos. Concejal de Participación Ciudadana,

Comunicación y Urbanizaciones.”

Respuestas de la Concejalía de Educación al Grupo Municipal

Socialista. Pleno 30 de octubre de 2013.

“Pregunta 4: El Grupo Municipal Socialista pregunta al equipo de

gobierno sobre los planes y plazos que maneja para

ejecutar la Moción presentada por nuestro grupo

municipal, y aprobada por unanimidad, en el mes de

marzo de 2013, relativa a “dotar espacios cubiertos para

la realización de actividades a los colegios públicos que

carecen de ellos”.,

Page 284: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

284

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Respuesta:

En relación con este asunto, le informo que la Concejalía de

Urbanismo está trabajando conjuntamente con la de Educación en un

estudio que permita valorar las posibles soluciones para poder así

decidir cuál de ellas resulta más adecuada tanto en el plano técnico

como en el pedagógico.

Majadahonda, 26 de noviembre de 2013.- Fdo.: María José Montón

Rosáenz. Concejal de Educación.”

Respuestas de la Concejalía de Educación al Grupo Municipal

Unión Progreso y Democracia. Pleno 30-10-2013.

“Pregunta 1: El Grupo Municipal Unión Progreso y Democracia, Sra

Fernández, indica que unas madres de la urbanización

Los Negrillos se han dirigido a su grupo para

preguntarles sobre los motivos por los que se ha

suspendido la ruta escolar desde Los Negrillos al colegio

público El Tejar.

Respuesta:

La ruta a la que se refiere no es del Ayuntamiento sino de la

Comunidad de Madrid, no obstante, tras recabar información sobre el

asunto le informo que dicha ruta funcionó hasta el curso 2010-2011,

en la que sólo dos familias hacían uso de la misma, ofreciéndoles a

partir del curso 2011-2012 una parada próxima en la confluencia de

la Avda. Juan Carlos I con Avda. España, donde había más niños y de

menor edad, lo que hacía más adecuada esta parada.

Majadahonda, 15 de noviembre de 2013.- Fdo.: María José Montón

Rosáenz. Concejal de Educación.”

Respuestas de la Concejalía de Formación, Empleo, Comercio,

Consumo y Vigilancia y Control de Animales Domésticos al

Grupo Municipal Izquierda Unida-Los Verdes. Pleno 30-10-2013.

“18. Según la prensa, el nuevo establecimiento de Brico Depot en

Majadahonda va a contar con vecinos de la localidad para

Page 285: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

285

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

cubrir la mitad de su plantilla. ¿Es cierta esta noticia?

¿Cuántos de estos contratos han sido gestionados a través de

la Bolsa de empleo del Ayuntamiento?

Efectivamente, Brico Depot ha contado para cubrir el 50% de

la plantilla, con vecinos y vecinas de Majadahonda. Por lo que se

refiere a su segunda pregunta les informamos que todos los contratos

han sido impulsados con candidatos inscritos en la Bolsa de Empleo,

realizándose incluso el proceso de selección, de preparación y

formación en las propias instalaciones de la Concejalía de

Formación, Empleo y Comercio.

Majadahonda, 21 de noviembre de 2013.- El Concejal Delegado de

Formación, Empleo, Comercio, Consumo y Vigilancia y Control de

Animales Domésticos.- Fdo.: Juan Carlos Díaz Rodríguez.”

Respuestas de la Concejalía de Cultura y Juventud al Grupo

Municipal Unión Progreso y Democracia. Pleno octubre 2013.

“7. Nos gustaría conocer con detalle una serie de aspectos

relacionados con la Escuela de Música. Concretamente

solicitamos se nos faciliten los siguientes datos:

- Procesos de selección de profesorado y alumnado.

- Personal existente en la escuela.

- Listas de espera y su gestión.

- Número de matriculados.

- Coste de las clases.

- Estadísticas de funcionamiento de las diferentes áreas

de la escuela.

Contestamos que:

- Selección del profesorado:

La selección de los profesores con contrato fijo se ha realizado

mediante el proceso de concurso oposición según la legalidad vigente

desde 1980. Actualmente, ocho profesores de los veinticinco de la

plantilla han pasado este proceso. El resto ha sido seleccionado

Page 286: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

286

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

mediante procesos selectivos publicados por el Ayuntamiento y las

correspondientes bolsas de empleo que éstos han generado desde

2003.

- Selección de alumnado:

No existe una selección de alumnado que pueda denominarse

como tal. Los interesados en ingresar en la Escuela Municipal se

inscriben en una lista dentro de un plazo. Al finalizar éste se realiza

un sorteo para determinar el primer número a partir del cual se

establece la lista de prelación. Las plazas libres se adjudican con

arreglo a este orden.

- Personal existente en la escuela.

Personal docente:

25 Profesores

Personal no docente:

1 Conserje

1 Administrativo

- Listas de espera y su gestión.

Mediante el proceso anteriormente descrito en la selección del

alumnado, los interesados se inscriben en una única lista de

preinscripción y se adjudica un único número por solicitud.

Al término del período de preinscripción (desde el 15 de mayo

al 15 de junio), se realiza un primer sorteo para determinar el orden

de prelación de las solicitudes para ingresar en música y movimiento

conforme a la edad (niños de cuatro a siete años) registrada en la

solicitud.

Después se realiza otro sorteo para determinar el orden de

prelación de las solicitudes para ingresar en las especialidades

instrumentales conforme a la elección del interesado registrada en la

solicitud.

- Número de matriculados: 621 alumnos

Page 287: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

287

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

- Estadísticas de funcionamiento de las diferentes áreas

MATERIAS ALUMNOS

Música y movimiento 195

Materias transversales y agrupaciones principales

Lenguaje musical 231

Orquesta 41

Banda 16

Música de cámara 28

Especialidades instrumentales

- Arpa 8 Piano 136

- Canto 17 Saxofón 8

- Clarinete 18 Trompeta 12

- Flauta Travesera 31 Violín 37

- Guitarra 75 Viola 6

- Percusión 15 Violonchelo 6

- Técnica vocal Coral E. G.

Coste de las clases.

PRECIOS PÚBLICOS MENSUALES CONCEJALIA DE

CULTURA

CURSO 2013/14

ESCUELA MUNICIPAL DE MÚSICA

NO EMPADRONADOS EMPADRONADOS

BASE 25% 50% BASE 25% 50% 40%

ARMONÍA Y COMPOSICIÓN

45,96 34,47 22,98 22,98 17,23 11,49 13,79

MÚSICA Y MOVIMIENTO

91,94 68,95 45,97 45,97 34,48 22,98 27,58

GREGORIANO 45,96 34,47 22,98 22,98 17,23 11,49 13,79

INSTRUMENTO INDIVIDUAL

91,94 68,95 45,97 45,97 34,48 22,98 27,58

INSTRUMENTO AMPLIACIÓN

132,67 99,50 66,34 66,34 49,75 33,17 39,80

LENGUAJE MUSICAL 1º -2º-3º (BÁSICO)

91.94 68,95 45,97 45,97 34,48 22,98

27,58

LENGUAJE 45,96 34,47 22,98 22,98 17,23 11,49 13,79

Page 288: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

288

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

MUSICAL 4º-5º (AVANZADO)

LENGUAJE MUSICAL ADULTOS

45,96 34,47 22,98 22,98

17,23 11,49 13,79

TÉCNICA VOCAL CORAL “ENRIQUE GRANADOS”

45,96 34,47 22,98 22,98 17,23 11,49 13,97

CANTO 91,94 68,95 45,97 45,97 34,48 22,98 27,58

REPERTORIO DE CANTO

9,42 7,06 4,71 4,71 3,53 2,35 2,82

CLASE COLECTIVA INSTRUMENTO

9,42 7,06 4,71 4,71 3,53 2,35 2,82

CLASE COLECTIVA AVANZADA

91,94 68,95 45,97 45,97 34,48 22,98 27,58

ORQUESTA 9,42 7,06 4,71 4,71 3,53 2,35 2,79

MÚSICA DE CÁMARA

9,42 7,06 4,71 4,71 3,53 2,35 2,79

AGRUPACIÓN DE GUITARRA

9,42 7,06 4,71 4,71 3,53 2,35 2,79

AGRUPACIÓN VOCAL INFANTIL

9,42 7,06 4,71 4,71 3,53 2,35 2,79

BANDA MUNICIPAL DE MUSICA

GRATUITO

GRATUITO

FIANZA INSTRUMENTOS DE CUERDA

60,00 60,00 60,00 60,00 60,00 60,00 60,00

FIANZA INSTRUMENTOS DE VIENTO

60,00 60,00 60,00 60,00 60,00 60,00 60,00

MANTENIMIENTO INSTRUMENTOS DE CUERDA

33,00 33,00 33,00 33,00 33,00 33,00 33,00

MANTENIMIENTO INSTRUMENTOS DE VIENTO

66,00 66,00 66,00 66,00 66,00 66,00 66,00

MATRÍCULA 51,65 51,64 51,64 25,83 25,83 25,83 25,83

Fdo: María Fernández Dobao.- Concejal de Cultura y Juventud.-

Majadahonda, 21 de Noviembre de 2013.”

Varias de las respuestas contienen fotocopias de

documentación municipal. Dichas copias entregadas, se incorporan al

expediente de la sesión, en el cual constan rubricadas y selladas por

Secretaría.

Page 289: Acta pleno de Noviembre 2013

Pleno ordinario 27-11-2013

289

AYUNTAMIENTO DE

MAJADAHONDA

(MADRID)

Y no habiendo más asuntos que tratar el Sr. Presidente levantó

la sesión siendo las quince horas del día veintisiete de noviembre de

dos mil trece, en prueba de lo cual se levanta el presente acta que

firma el Sr. Presidente en unión de mí, el Secretario, que doy fe.

EL PRESIDENTE EL SECRETARIO