4.congreso derecho zaragoza
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Tratamientos ambulatorios e internamientos involuntarios
José Carlos Fuertes Rocañin
www.josecarlosfuertes.com
@jcfuertes
Agradece a la llama su luz…
Algunas cuestiones previas
La psiquiatría es una especialidad médica que tiene por
objeto la prevención, el diagnostico y el tratamiento de las
enfermedades mentales.
Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante quién se
encarga de ejercerla.
Psiquiatría y Derecho: ciencias obligadas a entenderse.
Tratamiento involuntario
Hay enfermedades en las que el paciente no tiene conciencia de enfermedad.
En estos casos es necesario la administración de un tratamiento INVOLUNTARIO al enfermo.
Problema: libertad versus salud.
No esta regulado expresamente.
Decisión sometida a la libre valoración de los Tribunales.
Problemas de salud para el enfermo (recaídas, ingresos).
Sufrimiento familiar y social (Conductas antisociales).
Aumento de los costes sanitarios (No tratar=agravamiento).
Tratamiento involuntario
o PSICOSIS
o TRASTORNO CONTROL IMPULSOS
o TRASTORNOS ALIMENTARIOS
o RETRASO INTELECTUAL
o ADICCIONES A SUSTANCIAS
Tratamiento involuntario
Entidades clínicas en las que puede ser necesario
Psicosis El paradigma de la enfermedad mental mas grave
Perdida del contacto con la realidad
Ideas delirantes
Trastornos de conducta
Alucinaciones
Alteración afectividad
Variedades: Esquizofrenia Paranoia, Psicosis por drogas, psicosis por estrés.
Anorexia Nerviosa
Distorsión de la imagen corporal
Perdida importante de peso
Amenorrea
Conductas purgativas o restrictivas
Retraso Intelectual
Cociente intelectual inferior a 70.
Alteraciones en el comportamiento diversas.
Sugestionabilidad fácil.
Adicción a sustancias
Uso, abuso o dependencia.
Perdida de la libertad del sujeto.
Síndrome de abstinencia.
Dependencia.
Trastornos de la impulsividad
Alteración del sistema de autocontrol (frenado).
Actos en cortocircuito.
Trastornos del comportamiento
Ludopatía, cleptomanía, piromanía…
Internamiento involuntario
Internamiento involuntario
Regulado por la LEC art. 763
Tutela judicial efectiva
Problemas en su aplicación (STC 132/2010)
Es un actuación sanitaria, no social.
Autorizado por el juez y decidido por el médico.
Confusión entre orden y autorización.
Objetivo terapéutico, no represivo.
Internamiento involuntario
Gracias por su atención
www.josecarlosfuertes.com