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FICHA TECNICA DE NEGOCIACION MODELOSERVICIOS DE TRANSPORTE 1. OBJETO Objeto de la Negociación: La presente negociación tiene como objeto la adquisición a través del Mercado de Compras Públicas - MCP - de la Bolsa Mercantil de Colombia - BMC, la PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE AUTOMOTOR ESPECIAL DE PASAJEROS PARA EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR EN EL TERRITORIO NACIONAL, EN LA MACROREGION NO. 3 y 4 cuyas características técnicas se encuentran detalladas en el documento de condiciones especiales y sus anexos, adjuntos al presente documento de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y operación de la Bolsa para el Mercado de Compras Públicas Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de puja por precio en dos operaciones, una por cada macrorregión, como se detalla a continuación. OPERACIÓN 1 MACROREGIÓN No. 3: El servicio de transporte de pasajeros terrestre automotor especial en la modalidad de vehículos, debe prestarse con ciento veintinueve (129) vehículos modelo 2014 o superior (se pagará el mismo valor independientemente el modelo del vehículo); distribuidos así: cincuenta y tres (53) vehículos para la Regional Antioquia, veintidós (22) vehículos para la Regional Caldas, veinticuatro (24) vehículos para la Regional Córdoba, trece (13) vehículos para la regional Quindío y diecisiete (17) Vehículos para la regional Risaralda, de acuerdo con el siguiente detalle: MACRO 3 Regional Quindío Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA Administrativos y Primera Infancia Protección Canti dad Disponibilid ad Ca nti dad Disponibilidad Dirección Regional Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor Departamental 3 14 horas diarias lunes a viernes 1 10 horas diarias lunes a viernes 1 24 horas diarias de domingo a domingo* C. Z. Armenia Norte Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor 1 14 horas diarias lunes a viernes Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor 1 24 horas diarias de domingo a domingo* 1 10 horas diarias lunes a viernes C. Z. Armenia Sur Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor 1 14 horas diarias lunes a viernes 1 24 horas diarias de domingo a domingo* Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor 1 10 horas diarias lunes a viernes C. Z. Calarcá Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor 1 14 horas diarias lunes a viernes 1 10 horas diarias lunes a viernes Total Vehículos Quindío 6 7 Regional Risaralda Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA Administrativos y Protección

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Page 1: 1. OBJETO...2004/07/19  · Campamento, Carolina del Príncipe, Gomez Plata, Guadalupe, Ituango, 10 horas San Andres de Cuerquia, San Jose de la Montaña, Santa Rosa de Osos, Toledo,

FICHA TECNICA DE NEGOCIACION MODELOSERVICIOS DE TRANSPORTE

1. OBJETO

Objeto de la Negociación: La presente negociación tiene como objeto la adquisición a través del Mercado de Compras Públicas - MCP - de la Bolsa Mercantil de Colombia - BMC, la PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE AUTOMOTOR ESPECIAL DE PASAJEROS PARA EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR EN EL TERRITORIO NACIONAL, EN LA MACROREGION NO. 3 y 4 cuyas características técnicas se encuentran detalladas en el documento de condiciones especiales y sus anexos, adjuntos al presente documento de conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Funcionamiento y operación de la Bolsa para el Mercado de Compras Públicas Modalidad de Adquisición: La negociación se realizará bajo la modalidad de puja por precio en dos operaciones, una por cada macrorregión, como se detalla a continuación. OPERACIÓN 1 MACROREGIÓN No. 3: El servicio de transporte de pasajeros terrestre automotor especial en la modalidad de vehículos, debe prestarse con ciento veintinueve (129) vehículos modelo 2014 o superior (se pagará el mismo valor independientemente el modelo del vehículo); distribuidos así: cincuenta y tres (53) vehículos para la Regional Antioquia, veintidós (22) vehículos para la Regional Caldas, veinticuatro (24) vehículos para la Regional Córdoba, trece (13) vehículos para la regional Quindío y diecisiete (17) Vehículos para la regional Risaralda, de acuerdo con el siguiente detalle:

MACRO 3

Regional Quindío

Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA

Administrativos y Primera Infancia

Protección

Cantidad

Disponibilidad

Canti

dad Disponibilidad

Dirección Regional

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Departamental

3

14 horas diarias lunes

a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

C. Z. Armenia Norte

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

1 10 horas diarias lunes a viernes

C. Z. Armenia Sur

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 10 horas diarias lunes a viernes

C. Z. Calarcá Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

Total Vehículos Quindío 6 7

Regional Risaralda

Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA Administrativos y Protección

Page 2: 1. OBJETO...2004/07/19  · Campamento, Carolina del Príncipe, Gomez Plata, Guadalupe, Ituango, 10 horas San Andres de Cuerquia, San Jose de la Montaña, Santa Rosa de Osos, Toledo,

Primera Infancia

Cantidad

Disponibilidad

Canti

dad Disponibilidad

DIRECCION REGIONAL

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Departamental

3 14 horas diarias lunes a viernes

2 24 horas diarias de domingo a domingo*

C. Z PEREIRA

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 10 horas diarias lunes a viernes

2 24 horas diarias de domingo a domingo*

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

C. Z BELEN DE UMBRIA

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Belén de Umbría, Guatica, Mistrató, Quinchía y Dirección Regional.

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

C.Z LA VIRGINIA

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Departamental 1 14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

C.Z DOSQUEBRA

DAS

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Municipio de Dosquebradas y Dirección

Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 10 horas diarias lunes a viernes

C.Z SANTA ROSA DE

CABAL

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Santa Rosa de Cabal, Marsella y Dirección

Regional 1

14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

Total vehículos Risaralda 8 9

Regional Caldas

Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA

Administrativos y Primera Infancia

Protección

Cantidad

Disponibilidad

Canti

dad Disponibilidad

DIRECCION REGIONAL

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Departamental

4 14 horas diarias lunes a viernes

2 24 horas diarias de domingo a domingo*

C.Z MANIZALES

DOS

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 10 horas diarias lunes a viernes

2 24 horas diarias de lunes a viernes*

C.Z MANIZALES

UNO

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de lunes a viernes*

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 14 horas diarias lunes a viernes

CZ DEL CAFÉ

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

24 horas diarias de lunes a viernes*

C.Z NORTE (SALAMINA)

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

10 horas diarias lunes a viernes

C.Z OCCIDENTE (RIO SUCIO)

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1 24 horas diarias

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1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

de lunes a viernes*

C.Z ORIENTE (MANZANAR

ES)

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 24 horas diarias de lunes a viernes*

C.Z SURORIENTE

(DORADA)

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 24 horas diarias de lunes a viernes*

Total vehículos Caldas 10 12

Regional Antioquía

Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA

Administrativos y Primera Infancia

Protección

Cantidad

Disponibilidad

Canti

dad Disponibilidad

DIRECCION REGIONAL

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Departamental 3 14 horas diarias lunes a viernes

4 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ 1 NORORIENT

AL

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Barios de las comunas 1, 2, 3,4, 10 y Dirección

Regional.

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

3 10 horas diarias lunes a viernes

CZ 2 NOROCCIDE

NTAL

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Barrios de las comunas 5, 6, 7, 11, 12,

Corregimientos San Cristóbal y Palmitas y

Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

3 10 horas diarias lunes a viernes

CZ 4 SURORIENTA

L

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Barrios de las comunas 8, 9, 10, 13, 14, 15 y 16,

corregimientos de AltaVista, Santa Elena, San

Antonio del Prado y Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

4 10 horas diarias lunes a viernes

C.Z ABURRA NORTE

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Bello, Copacabana, Girardota, Barbosa, Don

Matías, Belmira, San Pedro de los Milagros, Entrerríos

y Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 10 horas diarias lunes a viernes

C.Z ABURRA SUR

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Amaga, Angelópolis, Armenia, Caldas,

Envigado, Fredonia, Heliconia, Itagüí, La Estrella, Montebello,

Sabaneta, Santa Barbara, Titiribí, Venecia, La Pintada

y Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

10 horas diarias lunes a viernes

CZ BAJO CAUCA

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Caucasia, Cáceres, Nechi, Tarazá, el Bagre, Zaragoza

y Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 10 horas diarias lunes a viernes

C.Z MESETA

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Angostura, Briceño, Campamento, Carolina del

Príncipe, Gomez Plata, Guadalupe, Ituango, San Andres de Cuerquia, San

Jose de la Montaña, Santa Rosa de Osos, Toledo,

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

10 horas diarias lunes a viernes

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Valdivia, Yarumal y Dirección Regional

CZ MAGDALENA

MEDIO

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Caracolí, Maceo, Puerto Berrio, Puerto Triunfo, Puerto Nare, Yondó y

Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

10 horas diarias lunes a viernes

C.Z OCCIDENTE

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Anzá, Buriticá, Ebéjico, Giraldo, Liborina, Olaya,

San Jerónimo, Santafé de Antioquia, Sopetran,

Sabanalarga. y Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

10 horas diarias lunes a viernes

C.Z OCCIDENTE

MEDIO

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Dabeiba, Uramita, Peque, Cañas Gordas, Frontino,

Abriaquí y Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

10 horas diarias lunes a viernes

C.Z ORIENTE

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Abejorral, Alejandría, Argelia, Carmen de Viboral,

Concepción, Guatapé, Guarne, La Ceja, La Unión,

El Peñol, El Retiro, Marinilla, Nariño, Rionegro,

San Vicente, Sonsón y Dirección Regional.

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

2

10 horas diarias lunes a viernes

CZ PORCE NUS

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Amalfi, Anorí, Cisneros, Remedios, San Roque,

Santo Domingo, Segovia, Yalí, Yolombó, Vegachi y

Dirección Regional.

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 10 horas diarias lunes a viernes

C.Z SUROESTE

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Andes, Betania, Ciudad Bolívar, Caramanta,

Hispania, Jardín, Jericó, Pueblo Rico, Salgar,

Támesis, Tarzo, Valparaíso y Dirección Regional

1

14 horas diarias lunes a viernes

1

10 horas diarias lunes a viernes

CZ PENDERISCO

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Betulia, Caicedo, Concordia y Urrao y Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

10 horas diarias lunes a viernes

CZ URABA

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Apartado, Arboletes, Carepa, Chigorodó,

Mutatá, Murindó, Necoclí, San Pedro de Urabá, San

Juan de Urabá, Turbo, Vigía del Fuerte y Dirección

regional.

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

10 horas diarias lunes a viernes

CZ ORIENTE MEDIO

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Cocorná, Granada, El Santuario, San Carlos, San Francisco, San Luis, San

Rafael y Dirección regional.

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1

10 horas diarias lunes a viernes

C.Z LA FLORESTA

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Departamental 1 10 horas diarias lunes a viernes

Total Vehículos Antioquia 19 34

Regional Córdoba

Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA

Administrativos y Primera Infancia

Protección

Cantidad

Disponibilidad

Canti

dad Disponibilidad

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CZ MONTERIA 1

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Montería, Canalete, Pto Escondido, los Córdoba y

Dirección regional 1

14 horas diarias lunes

a viernes 1

24 horas diarias de lunes a viernes*

2 10 horas diarias lunes a viernes

DIRECCION REGIONAL

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Departamental 3 14 horas diarias lunes a viernes

2 24 horas diarias de domingo a domingo*

C.Z CERETE Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Municipios de Cerete, San Carlos, Ciénaga de Oro, San Pelayo, Cotorra y

Dirección Regional

1

14 horas diarias lunes

a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

C.Z PLANETA RICA

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Municipios de Planeta Rica, Pueblo Nuevo, Buena Vista y Dirección regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

C.Z TIERRA ALTA

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Tierralta, Valencia y Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

C.Z MONTELIEBA

NO

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Montelíbano, Puerto Libertador, La Apartada,

Ayapel, San José de Uré y Dirección Regional

1

14 horas diarias lunes a viernes

1

24 horas diarias de domingo a domingo*

C.Z LORICA Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Lorica, San Bernardo del Viento, Purísima, Chima,

San Antero, Momil, moñitos y Dirección Regional

1

14 horas diarias lunes a viernes

1

24 horas diarias de domingo a domingo*

C.Z SAHAGUN

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Sahagún, Chinú y Dirección regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

C.Z SAN ANDRES DE SOTAVENTO

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

San Andres de Sotavento, Tuchin, Chima, San Andres

y Dirección regional. 1

14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

Total Vehículos Córdoba 11 13

TOTAL MACRO 3 54 75

OPERACIÓN 2 MACROREGIÓN No. 4: El servicio de transporte terrestre automotor especial en la modalidad de vehículos, debe prestarse con ciento quince (115) vehículos modelo 2014 o superior (se pagará el mismo valor independientemente el modelo del vehículo); distribuidos así: veinticuatro (24) vehículos para la Regional Atlántico, veintisiete (27) para la Regional Bolívar, veinte (20) para la Regional Guajira, veintisiete (27) para la Regional Magdalena y diecisiete (17) para la Regional Sucre, de acuerdo con el siguiente detalle:

REGIONAL ATLÁNTICO

Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA

Administrativos y Primera Infancia

Protección

Cantidad

Disponibilidad

Canti

dad Disponibilidad

CZ SUROCCIDE

NTE

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Localidades Sur Occidente y Metropolitana del Distrito de Barranquilla, Dirección

Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

2 10 horas diarias lunes a viernes

Vehículo tipo microbús con cilindraje de mínimo 2000 C.C. once pasajeros y un conductor.

1 10 horas diarias lunes a viernes

CZ SURORIENTE

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Localidades Sur Oriente y Metropolitana del Distrito de Barranquilla, Dirección

Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 10 horas diarias lunes a viernes

CZ HIPODROMO

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station

Soledad y Malambo, Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes

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wagon 4 pasajeros y conductor a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

1 10 horas diarias lunes a viernes

CZ SABANALAR

GA

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Sabanalarga, Manatí, Luruaco Repelón y

Candelaria, Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

Vehículo tipo van con cilindraje de mínimo 1100 C.C. (mínimo 6 pasajeros y conductor)

1 10 horas diarias lunes a viernes

CZ SABANAGRA

NDE

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Santa Lucía, Suan, Campo de la Cruz, Ponedera,

Palmar de Varela, Santo Tomás y Sabanagrande,

Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ BARANOA

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Baranoa, Polonuevo, Galapa Usiacurí, Tubará, Juan de Acosta y Piojó,

Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 10 horas diarias lunes a viernes

CZ NORTE CENTRO

HISTORICO

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Localidad Norte Centro Histórico y Riomar del

Distrito de Barranquilla y Municipio de Puerto Colombia, Dirección

Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

1 10 horas diarias lunes a viernes

REGIONAL Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

Departamental 3 14 horas diarias lunes a viernes

2 24 horas diarias de domingo a domingo*

Total Regional Atlántico 10 14

REGIONAL BOLÍVAR

Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA

Administrativos y Primera Infancia

Protección

Cantidad

Disponibilidad

Canti

dad Disponibilidad

CZ DE LA VIRGEN Y

TURISTICO

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Localidad 2 del Distrito de Cartagena, Dirección

Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

2 10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ MAGANGUE

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

Achí, Magangué, Montecristo, Pinillos, Puerto Rico-Tiquisio, San Jacinto

del Cauca, Dirección Regional

1

14 horas diarias lunes a viernes 1

10 horas diarias lunes a viernes

CZ INDUSTRIAL DE LA BAHIA

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Localidad 3 del Distrito de Cartagena, municipios de Soplaviento, Villanueva, San Estanislao, Santa Rosa, San Cristóbal, Turbaco, Dirección

Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 10 horas diarias lunes a viernes

1

24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ HISTORICO Y DEL CARIBE

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Localidad 1 del Distrito de Cartagena, municipio de

Turbaco, Dirección 1

14 horas diarias lunes a viernes

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NORTE Regional

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

2 10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ TURBACO

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

Arjona, Arroyo Hondo, Calamar, Cartagena,

Mahates, María la Baja, Turbaco, Turbana, Dirección Regional.

1 10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

CZ EL CARMEN DE

BOLIVAR

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

Córdoba, El Carmen de Bolívar, El Guamo, San

Jacinto, San Juan Nepomuceno, Zambrano,

Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ SIMITI

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

Arenal, Cantagallo, Morales, Norosi, Regidor,

Rio Viejo, San Pablo, Santa Rosa del Sur, Simiti, Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ MOMPOX Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

Altos del rosario, Barranco de Loba, Cicuco, El Peñón, Hatillo de Loba, Margarita, Mompox, San Fernando,

San Martin de Loba, Talaigua Nuevo, La

Bodega, El Banco, San Martín de Loba, Dirección

Regional

1

10 horas diarias lunes a viernes

REGIONAL

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

Departamento de Bolívar

2 24 horas diarias de domingo a domingo*

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

3 14 horas diarias lunes a viernes

Total Regional Bolívar 10 17

REGIONAL GUAJIRA

Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA

Administrativos y Primera Infancia

Protección

Cantidad

Disponibilidad

Canti

dad Disponibilidad

CZ RIOHACHA 1

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

Departamental

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

CZ RIOHACHA 2

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ MAICAO Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 14 horas

diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ FONSECA Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 14 horas

diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ MANAURE Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 10 horas diarias lunes a viernes

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1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ NAZARETH

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

REGIONAL Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

3 14 horas diarias lunes a viernes

3 24 horas diarias de domingo a domingo*

Total Regional Guajira 7 13

REGIONAL MAGDALENA

Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA

Administrativos y Primera Infancia

Protección

Cantidad

Disponibilidad

Canti

dad Disponibilidad

CZ PLATO Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

Departamento de Magdalena

1

14 horas diarias lunes

a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ FUNDACIÓN

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ EL BANCO

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ SANTA MARTA NORTE

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ DEL RIO

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ SANTA MARTA SUR

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ SANTA ANA

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 10 horas diarias lunes a viernes

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ CIÉNAGA

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1 10 horas diarias lunes a viernes

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

REGIONAL Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

3 14 horas diarias lunes a viernes

2 24 horas diarias de domingo a domingo*

Total Regional Magdalena 10 17

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REGIONAL SUCRE

Municipio Descripción tipo de vehículo COBERTURA

Administrativos y Primera Infancia

Protección

Cantidad

Disponibilidad

Canti

dad Disponibilidad

CZ BOSTON

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

Municipios de Sampués, Morroa, Corozal, Los Palmitos, Ovejas, San

Pedro, Buenavista, San Juan de Betulia, Sincé, Galeras, El Roble, otros

municipios del Departamento, Dirección

Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

3

10 horas diarias lunes a viernes

CZ SINCELEJO

Vehículos 4x2 cilindraje mínimo de 1600 C.C. Tipo campero o station wagon 4 pasajeros y conductor Municipio de Sincelejo

otros municipios del Departamento de Dirección

Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

1

10 horas diarias lunes a viernes

1 24 horas diarias de domingo a domingo*

CZ NORTE

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

San Marcos, La unión, Caimito, San Benito Abad, San Onofre, Santiago de Tolú, Coveñas, Toluviejo, San Antonio de Palmito, Chalan, Coloso, otros

municipios del Departamento de Sucre y

Dirección Regional

1

14 horas diarias lunes a viernes

1

10 horas diarias lunes a viernes

CZ LA MOJANA

Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

Municipios de Sucre, Majagual y Guaranda

(Sucre), con sus corregimientos y veredas,

Dirección Regional

1 14 horas diarias lunes a viernes

Vehículo 4X4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. 4 puertas con platón

1 10 horas diarias lunes a viernes

REGIONAL Vehículos 4x4 cilindraje mínimo de 1800 C.C. mínimo 4 pasajeros Tipo campero o station wagon

Todo el Departamento de Sucre

3 14 horas diarias lunes a viernes

2 24 horas diarias de domingo a domingo*

Total Regional Sucre 7 10

TOTAL MACRO 4 44 71

NOTA 1: Se deben asignar los turnos de los conductores de acuerdo con la Ley, de tal forma que no se interrumpa el servicio a ninguna hora del día ni de la noche. NOTA 2: De conformidad con el Artículo 2.2.1.2.1.1. decreto 1072 de 2015 Autorización para desarrollar trabajo suplementario, la cobertura a los municipios incluye a los corregimientos, inspecciones, veredas y resguardos de este. NOTA 3: De acuerdo con las necesidades del servicio del ICBF, la cantidad de vehículos puede aumentar o disminuir según se requiera, teniendo en cuenta el tipo de vehículos que sea asignado a cada regional y sin exceder el valor total de la negociación, estas modificaciones se realizarán mediante solicitud escrita del Supervisor. NOTA 4: MACRORREGION 3. El servicio se prestará dentro del perímetro urbano de las ciudades de Medellín, Manizales, Montería, Armenia y Pereira y en los municipios de los Departamentos de Antioquia, Caldas, Córdoba, Quindío y Risaralda, en los casos que se requiere servicios fuera del perímetro urbano el comitente vendedor debe asumir los costos de peajes y combustibles. NOTA 5: MACRORREGION 4. El servicio se prestará dentro del perímetro urbano de las ciudades Sincelejo, Cartagena, Barranquilla, Santa Marta y Riohacha, y ante requerimientos de la operación

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misional del instituto Colombiano de Bienestar Familiar en los municipios de los departamentos de Sucre, Bolívar, Atlántico, Magdalena, y Guajira, en los casos que se requiere servicios fuera del perímetro urbano el comitente vendedor debe asumir los costos de peajes y combustibles. NOTA 6: El comitente vendedor debe contar con una sede administrativa propia o arrendada, ubicada en la ciudad de Bogotá. Sin embargo, en la ejecución de la negociación, el comitente vendedor debe designar un coordinador logístico en cada regional que conforma la macro región No. 3 y 4. Las características técnicas propias del servicio se encuentran detalladas en el documento de condiciones especiales que hacen parte integral a este documento, así como las obligaciones descritas en este documento. para la debida ejecución del servicio de transporte de personal. Una vez cerrada la negociación, el comisionista vendedor y su comitente vendedor informarán a la comisionista compradora y a la Dirección de Información, los precios unitarios del servicio, bajo los siguientes términos: LISTADO TOTAL DE SERVICIOS POR VEHÍCULO CON EL PRECIO MÁXIMO A PAGAR POR DÍA

DE ACUERDO CON EL SONDEO DE MERCADO REALIZADO POR EL COMITENTE COMPRADOR.

MACRORREGIÓN N° 3:

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MACRORREGIÓN N° 4:

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SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAS ADICIONALES (Trayectos hacia destinos no contemplados en las coberturas detalladas en la DCE) El comitente comprador con ejecución de las necesidades propias del servicio, podrá solicitar al comitente vendedor, la prestación de servicios en en recorridos no contemplados en los documentos del proceso de contratación, para lo cual, el comitente vendedor deberá estar en la capacidad de prestarlos para lo cual el precio unitario por kilómetro (km) recorrido se fijará de acuerdo con la dificultad de acceso (fácil, intermedio y difícil) aspecto que adicionalmente determinará los vehículos requeridos indicando el tipo de vehículo. Para lo anterior, se presentan a continuación los precios techo que el comitente comprador pagará al comitente vendedor, con ocasión de estos recorridos no previstos, establecidos por kilómetro (km)

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recorrido de acuerdo con el tipo de vehículo y la dificultad de acceso del origen y el destino (fácil, intermedio y difícil) para cada las macrorregiones 3 y 4 así:

El presupuesto para los servicios adicionales está determinado por la asignación realizada con base en la necesidad estimada por el área solicitante, dado que no es posible determinar con exactitud la cantidad de servicios que se necesitarían ni los recorridos que se requerirán. A continuación, se presenta el presupuesto establecido para la bolsa de recursos designada por la Entidad Estatal, los cuales, se encuentran presupuestados dentro del valor máximo de la negociación, establecido en la presenta ficha técnica de negociación, para lo cual, se establece:

Macrorregiones Bolsa de recursos servicios adicionales

Macro 3 $ 45.000.000

Macro 4 $ 54.000.000

Total $ 99.000.000

NOTA 7: Estos precios deberán mantenerse fijos durante toda la ejecución de la negociación y se precisa que en ningún caso podrán superar los valores unitarios máximos fijados en el presente documento. NOTA 8: El porcentaje de ahorro obtenido luego de la puja por precio deberá ser distribuido en igual

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proporción sobre cada uno de los precios base de los servicios publicados por la Entidad en la presente Ficha Técnica de Negociación. Así mismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al cierre de la negociación el comitente vendedor deberá remitir al comitente comprador los documentos necesarios para la creación de terceros en el Sistema de Información Financiera SIIF, los cuales se relacionan a continuación: Registro Único de Proponentes - RUP Certificado de Cámara de Comercio con fecha de expedición no superior a 30 días Documento de identidad del representante legal Certificación bancaria Registro de terceros en la página del ICBF Registro de proveedores en la página del ICBF En caso de figura asociativa, se debe realizar un registro individual por cada miembro y una vez creados, se debe crear el registro de la figura asociativa. El comitente comprador podrá solicitar en la ejecución de la negociación la prestación del servicio al comitente vendedor la solicitud de vehículos por encima o por debajo del tiempo pactado en la presente ficha técnica de negociación, hasta en un cincuenta por ciento (50%), previa aceptación del comitente vendedor. la adición o la terminación anticipada en en cantidad de servicios antes señalado de más o menos, es posible siempre y cuando el comitente comprador la solicite con 15 días hábiles de anticipación a la fecha establecida de la prestación del servicio. Para la aplicación de las figuras de adición, o terminación anticipada descritas en precedencia, la solicitud debe ser tramitada por el comitente comprador por conducto de la sociedad comisionista compradora a la sociedad comisionista vendedora y comitente vendedor, En tal sentido la solicitud debe hacerse con cinco (5) días calendario de anticipación a la fecha establecida del cumplimiento del plazo de ejecución, estos últimos deberán pronunciarse por escrito sobre la viabilidad de aceptar o no, en todo caso, se dará aplicación a lo señalado en el Reglamento de Funcionamiento y Operación de la Bolsa.

2. VALOR MÁXIMO DE LA OPERACIÓN

El valor máximo del servicio a adquirir será de OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE ($8.835.997.500), el valor No incluye: impuestos, IVA, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa y servicio de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías. Para la Macroregion 3, el valor máximo del servicio a adquirir será de CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MILLONES DOS MIL QUINIENTOS PESOS M/CTE. ($4.538.002.500) el valor No incluye: impuestos, IVA, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa y servicio de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías. Para la Macroregion 4, el valor máximo del servicio a adquirir será de CUATRO MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO MILPESOS M/CTE.

($4.297.995.000) el valor No incluye: impuestos, IVA, comisiones, impuestos, tasas, gravámenes, costos de Bolsa y servicio de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías. En lo que respecta al presupuesto asignado, incluye la totalidad de costos y aspectos requeridos para

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la prestación del servicio por parte del comitente vendedor que resulte adjudicatario y en todos los casos, para efectos de la debida ejecución de la negociación.

3. PLAZOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El COMITENTE VENDEDOR debe estar en disposición de prestar el servicio a partir del 19 de julio de 2019 y hasta el 30 de noviembre de 2019, o hasta el agotamiento de los recursos lo que primero ocurra, previo cumplimiento de la expedición del registro presupuestal y aprobación de las garantías única y adicionales señaladas en la presente ficha por parte del comitente comprador, una vez sea constituida y presentada en debida forma por el comitente vendedor, así como la constitución de la garantía establecida por el sistema de compensación y liquidación de la Bolsa. El comitente comprador, a través del supervisor de la negociación, deberá coordinar con el Comitente Vendedor, el proceso de prestación de servicios en los sitios donde se requiera hasta su destino final, a partir del 19 de Julio de 2019 y hasta el 30 de noviembre de 2019. La solicitud de los servicios de transporte terrestre para las camionetas por demanda se hará en los primeros cinco (5) días de cada mes y en casos especiales la programación será entregada al comitente vendedor a más tardar el día inmediatamente anterior, para lo cual, el comitente vendedor deberá estar en la capacidad de prestar los servicios requeridos. NOTA 1: El comitente vendedor deberá contar con la logística necesaria para atender las obligaciones propias de la negociación y prestación del servicio de transporte público de pasajeros terrestre automotor especial para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en la macrorregión No. 3 y 4 que resulte adjudicatario por lo menos con seis (6) días hábiles de anticipación a la fecha de inicio de la prestación del servicio. Plazo dentro del cual debe destinar por lo menos, dos (2) días hábiles para realizar el empalme necesario con el operador saliente. El día hábil siguiente al cierre de la operación, se realizará una reunión de coordinación y socialización (en las instalaciones del Comitente Comprador), donde se aclararán temas relacionados con su ejecución, la fecha establecida de inicio de la prestación del servicio y en general, la totalidad de los aspectos que puedan ser objeto de aclaración. En la reunión deberán participar: a) El Representante Legal del Comitente Vendedor, b) La Sociedad Comisionista Vendedora, c) La Sociedad Comisionista Compradora, d) El Supervisor y/o Interventor o la persona designada por el Comitente Comprador, e) Un delegado del equipo técnico del Comitente Comprador Del resultado de la reunión de coordinación, se emitirá y suscribirá el acta de inicio por parte de los asistentes.

4. SITIOS DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO

El servicio de transporte se debe ejecutar en todo el territorio nacional, EN LA MACROREGION No. 3 y 4 teniendo en cuenta la cobertura que se presenta a continuación:

MACRO 3

Municipio COBERTURA

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Regional Quindío

Dirección Regional

Departamental

C. Z. Armenia

Norte

C. Z. Armenia

Sur

C. Z. Calarcá

Regional Risaralda

DIRECCION REGIONAL

Departamental C. Z

PEREIRA

C. Z BELEN DE UMBRIA Belén de Umbría, Guatica, Mistrató, Quinchía y Dirección Regional.

C.Z LA VIRGINIA Departamental

C.Z DOSQUEBRADAS Municipio de Dosquebradas y Dirección Regional

C.Z SANTA ROSA DE CABAL Santa Rosa de Cabal, Marsella y Dirección Regional

Regional Caldas

DIRECCION REGIONAL

Departamental

C.Z MANIZALES DOS

C.Z MANIZALES UNO

CZ DEL CAFÉ

C.Z NORTE (SALAMINA)

C.Z OCCIDENTE (RIO SUCIO)

C.Z ORIENTE (MANZANARES)

C.Z SURORIENTE (DORADA)

Regional Antioquía

DIRECCION REGIONAL Departamental

CZ 1 NORORIENTAL Barios de las comunas 1, 2, 3,4, 10 y Dirección Regional.

CZ 2 NOROCCIDENTAL Barrios de las comunas 5, 6, 7, 11, 12, Corregimientos San Cristóbal y

Palmitas y Dirección Regional

CZ 4 SURORIENTAL Barrios de las comunas 8, 9, 10, 13, 14, 15 y 16, corregimientos de AltaVista,

Santa Elena, San Antonio del Prado y Dirección Regional

C.Z ABURRA NORTE Bello, Copacabana, Girardota, Barbosa, Don Matías, Belmira, San Pedro de

los Milagros, Entrerríos y Dirección Regional

C.Z ABURRA SUR Amaga, Angelópolis, Armenia, Caldas, Envigado, Fredonia, Heliconia, Itagüí,

La Estrella, Montebello, Sabaneta, Santa Barbara, Titiribí, Venecia, La Pintada y Dirección Regional

CZ BAJO CAUCA Caucasia, Cáceres, Nechi, Tarazá, el Bagre, Zaragoza y Dirección Regional

C.Z MESETA Angostura, Briceño, Campamento, Carolina del Príncipe, Gomez Plata, Guadalupe, Ituango, San Andres de Cuerquia, San Jose de la Montaña,

Santa Rosa de Osos, Toledo, Valdivia, Yarumal y Dirección Regional

CZ MAGDALENA MEDIO Caracolí, Maceo, Puerto Berrio, Puerto Triunfo, Puerto Nare, Yondó y

Dirección Regional

C.Z OCCIDENTE Anzá, Buriticá, Ebéjico, Giraldo, Liborina, Olaya, San Jerónimo, Santafé de

Antioquia, Sopetran, Sabanalarga. y Dirección Regional

C.Z OCCIDENTE MEDIO Dabeiba, Uramita, Peque, Cañas Gordas, Frontino, Abriaquí y Dirección

Regional

C.Z ORIENTE Abejorral, Alejandría, Argelia, Carmen de Viboral, Concepción, Guatapé,

Guarne, La Ceja, La Unión, El Peñol, El Retiro, Marinilla, Nariño, Rionegro, San Vicente, Sonsón y Dirección Regional.

CZ PORCE NUS Amalfi, Anorí, Cisneros, Remedios, San Roque, Santo Domingo, Segovia,

Yalí, Yolombó, Vegachi y Dirección Regional.

C.Z SUROESTE Andes, Betania, Ciudad Bolívar, Caramanta, Hispania, Jardín, Jericó, Pueblo

Rico, Salgar, Támesis, Tarzo, Valparaíso y Dirección Regional

CZ PENDERISCO Betulia, Caicedo, Concordia y Urrao y Dirección Regional

CZ URABA Apartado, Arboletes, Carepa, Chigorodó, Mutatá, Murindó, Necoclí, San Pedro de Urabá, San Juan de Urabá, Turbo, Vigía del Fuerte y Dirección

regional.

CZ ORIENTE MEDIO Cocorná, Granada, El Santuario, San Carlos, San Francisco, San Luis, San

Rafael y Dirección regional.

C.Z LA FLORESTA Departamental

Regional Córdoba

CZ MONTERIA 1 Montería, Canalete, Pto Escondido, los Córdoba y Dirección regional

DIRECCION REGIONAL Departamental

C.Z CERETE Municipios de Cerete, San Carlos, Ciénaga de Oro, San Pelayo, Cotorra y

Dirección Regional

C.Z PLANETA RICA Municipios de Planeta Rica, Pueblo Nuevo, Buena Vista y Dirección regional

C.Z TIERRA ALTA Tierralta, Valencia y Dirección Regional

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C.Z MONTELIEBANO Montelíbano, Puerto Libertador, La Apartada, Ayapel, San José de Uré y

Dirección Regional

C.Z LORICA Lorica, San Bernardo del Viento, Purísima, Chima, San Antero, Momil,

moñitos y Dirección Regional

C.Z SAHAGUN Sahagún, Chinú y Dirección regional

C.Z SAN ANDRES DE SOTAVENTO San Andres de Sotavento, Tuchin, Chima, San Andres y Dirección regional.

MACRO 4

Municipio COBERTURA

REGIONAL ATLÁNTICO

CZ SUROCCIDENTE Localidades Sur Occidente y Metropolitana del Distrito de Barranquilla, Dirección

Regional

CZ SURORIENTE Localidades Sur Oriente y Metropolitana del Distrito de Barranquilla, Dirección

Regional

CZ HIPODROMO Soledad y Malambo, Dirección Regional

CZ SABANALARGA Sabanalarga, Manatí, Luruaco Repelón y Candelaria, Dirección Regional

CZ SABANAGRANDE Santa Lucía, Suan, Campo de la Cruz, Ponedera, Palmar de Varela, Santo Tomás

y Sabanagrande, Dirección Regional

CZ BARANOA Baranoa, Polonuevo, Galapa Usiacurí, Tubará, Juan de Acosta y Piojó, Dirección

Regional

CZ NORTE CENTRO HISTORICO Localidad Norte Centro Histórico y Riomar del Distrito de Barranquilla y Municipio

de Puerto Colombia, Dirección Regional

REGIONAL Departamental

REGIONAL BOLÍVAR

CZ DE LA VIRGEN Y TURISTICO Localidad 2 del Distrito de Cartagena, Dirección Regional

CZ MAGANGUE Achí, Magangué, Montecristo, Pinillos, Puerto Rico-Tiquisio, San Jacinto del Cauca,

Dirección Regional

CZ INDUSTRIAL DE LA BAHIA Localidad 3 del Distrito de Cartagena, municipios de Soplaviento, Villanueva, San

Estanislao, Santa Rosa, San Cristóbal, Turbaco, Dirección Regional

CZ HISTORICO Y DEL CARIBE NORTE Localidad 1 del Distrito de Cartagena, municipio de Turbaco, Dirección Regional

CZ TURBACO Arjona, Arroyo Hondo, Calamar, Cartagena, Mahates, María la Baja, Turbaco,

Turbana, Dirección Regional.

CZ EL CARMEN DE BOLIVAR Córdoba, El Carmen de Bolívar, El Guamo, San Jacinto, San Juan Nepomuceno,

Zambrano, Dirección Regional

CZ SIMITI Arenal, Cantagallo, Morales, Norosi, Regidor, Rio Viejo, San Pablo, Santa Rosa del

Sur, Simiti, Dirección Regional

CZ MOMPOX Altos del rosario, Barranco de Loba, Cicuco, El Peñón, Hatillo de Loba, Margarita,

Mompox, San Fernando, San Martin de Loba, Talaigua Nuevo, La Bodega, El Banco, San Martín de Loba, Dirección Regional

REGIONAL Departamento de Bolívar

REGIONAL GUAJIRA

CZ RIOHACHA 1

Departamental

CZ RIOHACHA 2

CZ MAICAO

CZ FONSECA

CZ MANAURE

CZ NAZARETH

REGIONAL

REGIONAL MAGDALENA

CZ PLATO

Departamento de Magdalena CZ FUNDACIÓN

CZ EL BANCO

CZ SANTA MARTA NORTE

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CZ DEL RIO

CZ SANTA MARTA SUR

CZ SANTA ANA

CZ CIÉNAGA

REGIONAL

REGIONAL SUCRE

CZ BOSTON Municipios de Sampués, Morroa, Corozal, Los Palmitos, Ovejas, San Pedro,

Buenavista, San Juan de Betulia, Sincé, Galeras, El Roble, otros municipios del Departamento, Dirección Regional

CZ SINCELEJO Municipio de Sincelejo otros municipios del Departamento de Dirección Regional

CZ NORTE San Marcos, La unión, Caimito, San Benito Abad, San Onofre, Santiago de Tolú, Coveñas, Toluviejo, San Antonio de Palmito, Chalan, Coloso, otros municipios del

Departamento de Sucre y Dirección Regional

CZ LA MOJANA Municipios de Sucre, Majagual y Guaranda (Sucre), con sus corregimientos y

veredas, Dirección Regional

REGIONAL Todo el Departamento de Sucre

5. FORMA DE PAGO

El comitente comprador pagará a través del Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., así:

• Los pagos en la ejecución se realizarán de conformidad con los servicios de transporte público terrestre automotor especial efectivamente prestados en la macrorregión No. 3 y 4 al Comitente Comprador, de acuerdo con los precios de cierre, en mensualidades vencidas dentro de los treinta (30) días hábiles siguientes a la radicación de la factura y la correspondiente aprobación de la misma con sus soportes (documentos requeridos para el pago) por parte de la Supervisión y/o Interventoría. El pago se hará de acuerdo los servicios efectivamente prestados que hayan correspondido a la prestación del servicio de transporte del mes que se factura, liquidado al valor unitario conforme a la información suministrada a la Sociedad Comisionista Compradora por parte de la Sociedad Comisionista Vendedora y el Comitente Vendedor.

• Se aclara en todo caso, que si la(s) factura(s) no ha(n) sido correctamente elaborada(s), o no se acompañan los documentos requeridos para el pago, el término para pago solo empezará a contarse desde la fecha en que se presenten debidamente corregidas, o desde que se haya aportado el último de los documentos solicitados. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán de responsabilidad del Comitente Vendedor y no tendrá por ello, derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.

PROCESO DE FACTURACIÓN Y PAGO

1. ENTREGA DE DOCUMENTACIÓN

A más tardar dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes siguientes al cierre del corte mensual el Comitente Vendedor deberá, para efectos de la aprobación de la documentación y factura para pago, radicar ante la supervisión los siguientes documentos, con copia de lo radicado al Comisionista Comprador, de acuerdo con lo siguiente:

• Factura Original y copia

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• Certificación de pago de Aportes a la seguridad social integral y Parafiscales de todo su personal y documentos del Revisor Fiscal cuando aplique.

• Copia de las planillas de pago de aportes a seguridad social y salud correspondientes al mes en el que se prestó el servicio.

• Certificación de encontrarse al día en los pagos a los conductores, de conformidad con su tipo de vinculación al Comitente Vendedor. Para el último pago, el comitente vendedor deberá allegar certificación expedida por los conductores en la cual conste que se encuentra a paz y salvo por todo concepto (nómina, liquidaciones, honorarios, entre otros).

NOTA 1: El pago al Comitente Vendedor depende de la oportunidad y calidad en la presentación de los documentos e información, señalados en el término establecido en el presente documento, que en todos los casos deben ser allegados dentro del término concedido por la Bolsa para la acreditación de la entrega en el sistema dispuesto para estos efectos, en caso contrario el comitente comprador informara a través del Comisionista Compradora a la Bolsa, dicha situación para que proceda a la declaratoria de incumplimiento por no acreditación de la entrega.

2. REVISIÓN DE DOCUMENTOS SOPORTE, SUBSANACIÓN Y AVAL DE LA FACTURA

A partir de la radicación de la totalidad de documentos requeridos para el pago, en los plazos anteriormente informados, la supervisión contará con máximo ocho (8) días hábiles para su revisión, en caso de requerir ajustes a que haya lugar, estos deben ser solicitados por escrito. Para efectos de la subsanación el comitente vendedor cuenta con tres (3) días hábiles como máximo para tal fin. Una vez recibidos las subsanaciones el Supervisión contará con máximo de tres (3) hábiles para efectuar su revisión y en caso de ser necesario requerir nuevamente subsanar se realizarán bajo los plazos antes señalados, hasta que los documentos y la factura se encuentren avalados y aprobados en su totalidad. Así, una vez aprobada la factura y documentos soporte por parte de la supervisión, este deberá informar dicha aprobación mediante una comunicación escrita al Comisionista Comprador, para que este a su vez le informe al Comitente Vendedor y a la Sociedad Comisionista Vendedora para que puedan acreditar la entrega en el SIB. En caso de que la Comisionista Vendedora acredite la entrega de la factura previo a la comunicación de la supervisión, la Sociedad Comisionista Compradora, informará a la Bolsa la necesidad de ajustar la información en el Sistema de Bolsa SIB hasta tanto, no se emita la comunicación incluida en precedencia. Se informa que la acreditación de la entrega en el SIB por parte del comisionista comprador se realizará contra la legalización de documentos totalmente aprobada. En este sentido, se debe dar claridad que la entrega a satisfacción no se da con el simple hecho de la prestación del servicio sino con la entrega de la documentación completa, es claro que el Comisionista Vendedor debe acreditar la entrega a satisfacción una vez cumplidos los dos requisitos antes definidos y por tanto el Comisionista Vendedor solo podrá acreditar la factura en el SIB cuando cuente con la aceptación de la supervisión respecto a la documentación allegada y factura radicada. Los pagos a los que se obliga el Comitente Comprador, en virtud de la negociación que se celebre, se sujetarán a las apropiaciones y disponibilidades presupuestales correspondientes y a la situación de recursos del Programa Anual Mensualizado de Caja – PAC, por parte de la Dirección del Tesoro Nacional.

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6. CONDICIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA CORRESPONDIENTES AL COMITENTE VENDEDOR PREVIAS A LA

CELEBRACIÓN DE LA NEGOCIACIÓN A efectos de participar en la Rueda de Negociación por cuenta del Comitente Vendedor, la Sociedad Comisionista Vendedora deberá entregar a la Bolsa, debidamente diligenciados, los Anexos No. 40 (Manifestación de Interés para participar en Rueda de Negociación) y No. 41 (Certificación del cliente sobre la no conformación de Beneficiario Real - Autorización para el levantamiento de la reserva para la validación de la conformación de Beneficiario Real) de la Circular Única de Bolsa, los cuales se adjuntan a la presente Ficha Técnica de Negociación. La certificación y todos los demás documentos señalados en adelante, deben ser entregados a más tardar al quinto (5) día hábil anterior a la fecha prevista para la rueda de negociación, antes de las 12:00 m., adjuntando cada uno de los documentos soportes de las condiciones exigidas en la presente ficha técnica de negociación, los cuales tienen que ser radicados debidamente foliados y con su respectivo índice en una copia, que contendrá los documentos de carácter jurídico, técnico, financiero y de experiencia. El tercer (3) día hábil anterior a la fecha prevista para la rueda de negociación, la Unidad Gestión Estructuración remitirá antes de las 12:00 m a las sociedades comisionistas que hayan radicado documentos, el resultado de la verificación documental, para lo cual, las sociedades comisionistas vendedoras deberán, al segundo día hábil anterior a la fecha prevista para la celebración de la rueda de negociación, a más tardar a las 02:00 p.m. entregar los documentos objeto de revisión sujetos a subsanación (si las hubiere). La documentación que se allegue en este término deberá contener la carta remisoria de la comisionista vendedora indicando el número del Boletín de Negociación e identificación del Comitente Vendedor. La documentación que se allegue en este término deberá contener la carta remisoria de la comisionista vendedora indicando el número del Boletín de Negociación e identificación del comitente vendedor. Nota: En cumplimiento del Artículo 3.1.2.5.6.1 de la Circular Única de Bolsa, el término pactado anteriormente para la subsanación será único, por lo que, los documentos allegados con posterioridad no serán admitidos ni objeto de verificación documental.

6.1 CONDICIONES JURÍDICAS PREVIAS

6.1.1 ANEXO 01 CARTA DE PRESENTACIÓN. El Comitente Vendedor deberá diligenciar y suscribir el Anexo No. 1 Carta de Presentación, a través del cual se manifestará de manera inequívoca que conoce los términos de la negociación, que acepta sus condiciones y que cumple con los requisitos y exigencias del orden jurídico, técnico, financiero y experiencia, establecidos en la presente ficha. Si el Comitente Vendedor es persona jurídica, deberá suscribirla el representante legal o quien se encuentre facultado conforme a la ley y los estatutos sociales; en caso de Estructuras Plurales, por el representante designado en el documento de constitución. En caso de presentarlo a través de apoderado, deberá anexar el poder correspondiente con la manifestación expresa de las facultades otorgadas y limitaciones.

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6.1.2 CERTIFICADO DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Las personas jurídicas deberán acreditar su existencia y representación legal mediante Certificado original expedido por la Cámara de Comercio correspondiente, con una fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de presentación de los documentos, donde conste que, de acuerdo con su objeto social, cuenta con la capacidad jurídica para celebrar y ejecutar el objeto de este proceso y acreditar que su duración no es inferior al término de ejecución de la negociación y un (1) año más. El objeto social de la persona jurídica o de las personas jurídicas miembros del consorcio o unión temporal, debe guardar relación con el objeto de la operación a celebrar. Si llegare a prorrogarse el plazo del presente proceso, el certificado de existencia y representación legal conservará su validez. Las personas jurídicas extranjeras con domicilio en el país deberán acreditar la existencia y representación legal de la sucursal que para el efecto ha debido constituir con el lleno de formalidades exigidas en la Legislación colombiana y en especial la Ley 80 de 1993. En todo caso, estas personas deberán cumplir con las condiciones exigidas a los comitentes vendedores nacionales y deberán entregar la información legal respectiva con los documentos expedidos por autoridad competente de su país y dentro del término exigido en el presente documento. Así mismo, deberán acreditar un apoderado domiciliado en Colombia debidamente facultado para presentar los documentos, participar en la negociación, su ejecución en caso de adjudicación de la operación y para representarlo judicial y extrajudicialmente. Cuando el representante legal de una persona jurídica tenga restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntar el documento de autorización expresa del órgano social competente, expedido con anterioridad a la fecha de presentación de documentos, en el cual conste que está facultado para presentar documentos, participar en la negociación, atender las obligaciones propias de la negociación y su ejecución en caso de adjudicación de la operación por el valor del presupuesto total del grupo o grupos a los que se presente. Cuando la participación se dé por personas jurídicamente incapaces para obligarse o que no cumplan con todas las calidades exigidas, no podrán participar en la negociación. En el caso de los Consorcios y Uniones Temporales, el representante legal de cada una de las personas jurídicas que los integren y lo requiera, deberá contar con dicha autorización, también hasta el valor del presupuesto total de cada grupo o grupos a los que se presente teniendo en cuenta que la responsabilidad de todos sus integrantes es solidaria, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo7o. de la Ley 80 de 1993 y en los Artículos 1568, 1569 y 1571 del Código Civil. El comitente vendedor deberá presentar mínimo dos (2) oficinas principales, sucursales o agencias inscritas en la cámara de comercio de ciudades que pertenezcan a las macroregiones a la que se presenten. Cuando se presente en unión temporal o consorcio, por lo menos uno, o entre los integrantes de la figura asociativa deberán cumplir con este requisito. 6.1.3 CERTIFICADO DE MATRÍCULA DE PERSONA NATURAL Y DEL ESTABLECIMIENTO DE COMERCIO (SIAPLICA)

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Tratándose de personas naturales, deberá acreditar su inscripción vigente en el Registro Mercantil, para lo cual, deberá allegar el certificado de Registro Mercantil expedido por la Cámara de Comercio con fecha no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la entrega de la documentación, en el que conste que la actividad económica que ejerce, la cual le permita celebrar y ejecutar la negociación. 6.1.4. Fotocopia del Documento de Identidad del Representante Legal del Comitente Vendedor. Se debe anexar fotocopia de la cédula de ciudadanía o de extranjería del Comitente Vendedor que sea persona natural o la del representante legal cuando se trate de persona jurídica. Si se trata de consorcio o unión temporal, se debe anexar igual documento de cada uno de sus integrantes y del representante el mismo. De conformidad con el Decreto 4969 de 2009, a partir del primero de agosto de 2010 sólo será válida la copia de la cédula amarilla de hologramas 6.1.5. Compromiso Anticorrupción. El compromiso anticorrupción tiene como fin apoyar la acción del Estado Colombiano y del Instituto, para fortalecer la transparencia de los procesos de contratación y la responsabilidad de rendición de cuentas, el cual deberá ser suscrito por el Comitente Vendedor bajo la gravedad de juramento el que se entiende prestado con la suscripción del Anexo 2 - Carta de compromiso anticorrupción. En caso de Consorcio o Unión Temporal, el Anexo 2 deberá ser suscrito por cada uno de sus integrantes y de sus representantes legales 6.1.6 ANEXO 7 – DOCUMENTO DE CONSTITUCIÓN DE UNIONES TEMPORALES O CONSORCIOS El Comitente Vendedor deberá allegar debidamente firmado y diligenciado el anexo 7 para el caso de Comitentes Vendedores que se presenten bajo la figura de estructura plural, dicho comitente deberá cumplir con los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993 y demás normas que lo modifiquen, aclaren, adicionen o sustituyan. Los integrantes de la figura asociativa (consorcio o unión temporal) deberán allegar de forma individual los requisitos jurídicos solicitados. 6.1.7. CERTIFICADO DE PAGOS A LA SEGURIDAD SOCIAL, APORTES PARAFISCALES El comitente vendedor deberá haber pagado los aportes a Seguridad Social (salud, pensión, ARL), aportes Parafiscales (SENA,ICBF y cajas de compensación), cuando aplique, para lo cual allegará certificación expedida por el revisor fiscal cuando cuente con esta figura según el tipo societario, o por el representante legal, en el cual se señale que la sociedad ha cumplido en los últimos seis (6) meses con las obligaciones sobre el pago de aportes, de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 de 2002. En caso de que sea el revisor fiscal quien firme esta certificación, deberá aportar una fotocopia de la tarjeta profesional y el Certificado de Antecedentes Disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores con una vigencia no superior a noventa (90) días anteriores a la fecha de entrega de la documentación. 6.1.8. Registro Único Tributario de da Dian (Rut).

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El Comitente Vendedor debe presentar fotocopia legible del Registro Único Tributario – RUT expedido por la DIAN (vigente). Lo anterior de conformidad con lo preceptuado en artículo 19 de la Ley 863 de 2003, Resolución 8502 de 2004, Resolución 8346 de 2004, Decreto 3426 de 2004, Decreto 2460 de noviembre 7 de 2013 y Resolución 000044 de 8 de mayo de 2015 y, demás normas que lo modifiquen o complementen. Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, se debe allegar el de cada uno de sus integrantes. La información contentiva en el RUT deberá encontrarse actualizada conforme a los datos reales del Comitente Vendedor, incluyendo las actividades económicas registradas en la cámara de comercio. 6.1.9. Origen Lícito de Recursos. El Comitente Vendedor deberá manifestar por escrito, que se entenderá bajo gravedad de juramento, que los recursos que conforman su patrimonio y que se emplearán para el desarrollo de la negociación, provienen de actividades lícitas. Cuando el Comitente Vendedor sea un Consorcio o una Unión Temporal, esta manifestación la deberá hacer cada uno de sus integrantes. 6.1.10. Certificación de Antecedentes Fiscales El Comitente Vendedor y su representante legal no podrán aparecer reportados en el Boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo exigido por el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, para lo cual, deberá allegar el certificado que en tal sentido expida la Contraloría General de la República, correspondiente al Comitente Vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas) con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de entrega de la documentación. 6.1.11. Certificado o Consulta de Antecedentes Disciplinarios El Comitente Vendedor y su representante legal no podrán registrar antecedentes disciplinarios o inhabilidades vigentes, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Procuraduría General de la Nación, correspondiente al Comitente vendedor (persona natural) o el representante legal y la persona jurídica (personas jurídicas). En caso de Consorcio o Unión Temporal, este requisito deberá ser acreditado respecto de cada uno de sus integrantes y de su representante legal con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de entrega de la documentación. 6.1.12. Antecedentes Judiciales No podrán registrar antecedentes judiciales, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Policía Nacional, correspondiente al Comitente vendedor (persona natural y/o representante legal con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de entrega de la documentación. En caso de Consorcio o Unión Temporal, este requisito deberá ser acreditado respecto de cada uno de sus integrantes y de su representante legal. 6.1.13. Registro Nacional de Medidas Correctivas El Comitente Vendedor no podrá encontrarse en el Registro Nacional de Medidas Correctivas conforme lo disponen los artículos 183 y 184 de la Ley 1801 de 2016, para lo cual, deberá allegar certificado que en tal sentido expida la Policía Nacional con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de entrega de la documentación. En caso de Consorcio o Unión Temporal, este requisito deberá ser acreditado respecto de cada uno de sus integrantes.

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6.1.14. Ausencia de Inhabilidades e Incompatibilidades. El Comitente Vendedor y su representante legal no se pueden encontrar incursos en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad señaladas en la Constitución Política y en la Ley. El Comitente Vendedor deberá manifestar bajo la gravedad de juramento esta circunstancia mediante certificación con fecha de expedición no superior a treinta (30) días calendarios anteriores a la fecha de entrega de la documentación, suscrita por el representante legal del Comitente Vendedor. Cuando el COMITENTE VENDEDOR sea un Consorcio o una Unión Temporal, esta manifestación la deberá hacer cada uno de sus integrantes. 6.1.15. Relación de Multas Contractuales. El Comitente Vendedor debe relacionar los actos administrativos de imposición de multas, sanciones o cualquier acto administrativo de carácter resarcitorio, sancionatorio o compulsivo que se encuentre debidamente ejecutoriado, y que se le haya impuesto en virtud a la ejecución de contratos estatales y por incumplimiento de obligaciones contractuales, ejecutoriado en los últimos cinco años. 6.1.16. Registro Único de Proponentes (RUP). El Comitente Vendedor debe allegar el Registro Único de Proponentes. El RUP debe presentarse, con vigencia no mayor a 30 días contados a partir de la radicación de documentos en el que se pueda evidenciar el trámite de inscripción y renovación en los términos del Decreto 1082 de 2015. 6.1.17 CERTIFICACIÓN DE VINCULACIÓN DE CLIENTES La sociedad Comisionista vendedora deberá allegar certificación suscrita por el representante legal donde acredite bajo gravedad de juramento que realizó los respectivos controles en el Sistema de Administración de Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo (SARLAFT) para el comitente vendedor que presentará para esta negociación. Dicha certificación deberá acreditar que las revisiones pertinentes se realizaron durante los 30 días calendario anteriores a la fecha de presentación de estos documentos como máximo. 6.1.18. CERTIFICACIÓN DE NO HABER PARTICIPADO EN OPERACIONES DECLARADAS INCUMPLIDAS EN EL ESCENARIO DE LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA S.A. Certificación con fecha de expedición no superior a cinco (5) días calendario anteriores a la fecha de entrega de los documentos, suscrita por el representante legal del comitente vendedor, en el cual bajo la gravedad de juramento manifieste que ni él, ni la persona jurídica que representa, de forma individual ni como integrante de consorcio o unión temporal, han participado en operaciones declaradas incumplidas en el escenario de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A. en los últimos dos (2) años contados a partir de la fecha de entrega de la documentación. En caso de consorcio o unión temporal, cada uno de los integrantes deberá dar cumplimiento al documento anterior y presentar este certificado.

6.2. CONDICIONES FINANCIERAS PREVIAS

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 6° de la Ley 1150 de 2007, se verificará la capacidad financiera de los comitentes vendedores, a partir de los indicadores definidos en el Decreto 1082 de 2015, información que se verificará en el Certificado de Inscripción, Clasificación y Calificación – RUP, correspondiente a los estados financieros con corte al 31 de diciembre de 2018.

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6.2.1 CAPACIDAD FINANCIERA

6.2.1.1 INDICADORES FINANCIEROS

El comitente vendedor debe cumplir los requerimientos del Comitente Comprador para todos y cada uno de los indicadores financieros. El Comitente Comprador ha establecido estos de tal forma que resultan proporcionales al objeto a realizar y a las características de la negociación. Si el comitente vendedor se presenta en Consorcio o Unión Temporal, se sumarán los resultados financieros obtenidos para cada criterio por cada uno de los integrantes de acuerdo a su porcentaje de participación, con el fin de obtener el nuevo resultado que será el indicador financiero. El Comitente vendedor debe cumplir los requerimientos del Comitente Comprador para todos y cada uno de los indicadores financieros que se establecen a continuación:

Indicadores Capacidad Financiera

INDICADOR FÓRMULA MARGEN SOLICITADO

Liquidez Activo corriente sobre pasivo corriente

Mayor o igual a 1,2 veces

Nivel de endeudamiento

Pasivo total sobre activo total

Menor o igual a 0,60

Razón de cobertura de intereses

Unidad operacional dividida por los gastos de intereses

Mayor o igual a 2 vez

Capital de trabajo Activo corriente – Pasivo corriente

Mayor o igual al 15% del valor del presupuesto oficial o de la sumatoria de los presupuestos oficiales de la macro o macros para las cuales se presenta oferta

Cuando la cuenta de gastos de intereses sea igual a cero ($0), ocasionando que la razón de cobertura de intereses resulte en indefinido o indeterminado, se considera que el comitente vendedor cumple con el indicador de Razón de Cobertura de Intereses. Cuando el comitente vendedor cuente con un pasivo corriente igual a cero ($0) por lo que el índice de liquidez resulta indefinido o indeterminado, se considera que el comitente vendedor cumple con el Índice de Liquidez.

INTERPRETACIÓN

✓ Indicador de liquidez: Es la capacidad financiera que tiene el comitente vendedor para

cubrir las obligaciones a corto plazo con terceros, mediante la conversión en efectivo de sus bienes o derechos que son a corto plazo (Activo Corriente).

✓ Nivel de endeudamiento: Es el Porcentaje de obligaciones con terceros que tiene el comitente vendedor.

✓ Razón de Cobertura de Intereses: Es el número de veces que el comitente vendedor cuenta para cumplir con los gastos intereses.

✓ Capital de Trabajo: Representa la liquidez operativa del comitente vendedor, es decir, el remanente con el que cuenta el comitente vendedor luego de liquidar sus activos corrientes (convertirlos en efectivo) y pagar el pasivo de corto plazo.

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6.2.2 CAPACIDAD ORGANIZACIONAL

6.2.2.1 INDICADORES ORGANIZACIONALES:

El comitente vendedor debe cumplir los requerimientos del Comitente Comprador para todos y cada uno de los indicadores Organizacionales. El Comitente Comprador ha establecido estos de tal forma que resultan proporcionales al objeto a realizar y a las características de la negociación. Si el comitente vendedor es Consorcio o Unión Temporal, se sumarán los resultados financieros obtenidos para cada criterio por cada uno de los integrantes de acuerdo a su porcentaje de participación, con el fin de obtener el nuevo resultado que será el indicador organizacional. Indicadores Capacidad Organizacional

EL comitente vendedor deberá acreditar una capacidad organizacional con el cumplimiento de los siguientes indicadores, los cuales miden el rendimiento de las inversiones y la eficiencia en el uso de activos del interesado, acorde con el numeral 4 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto de 1082 de 2015: El Comitente vendedor debe demostrar capacidad organizacional con los siguientes resultados financieros:

INDICADOR FÓRMULA MARGEN SOLICITADO

Rentabilidad del Patrimonio (RP) Utilidad Operacional / Patrimonio Mayor o igual a 0.04

Rentabilidad del Activo (RA) Utilidad Operacional / Activo Total

Mayor o igual a 0.02

INTERPRETACIÓN

✓ Rentabilidad del patrimonio: Es la capacidad de generación de utilidad por cada peso

invertido en el patrimonio. ✓ Rentabilidad del activo: Es la capacidad de generación de utilidad por cada peso invertido

en el activo. Nota: En caso de que el comitente vendedor que se esté presentando para este proceso, también haya resultado adjudicatario, bien sea de forma individual o como integrante de oferentes plurales, de las macrorregiones 1, 2 o 5 en el Proceso de Selección No. ICBF-SI-04-2019-SEN cuyo objeto consistía en “PRESTAR EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO TERRESTRE AUTOMOTOR ESPECIAL PARA EL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR A NIVEL NACIONAL”: deberá allegar certificación suscrita por el representante legal donde indique la Macrorregion adjudicada, si es un proponente de forma individual o como integrante de oferentes plurales y su porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal en caso de que aplique. Esta información será verificada por la Bolsa Mercantil de Colombia, contra la información de los contratos adjudicados suministrada por el comitente comprador. Cuando se trate de comitentes vendedores del presente proceso de selección que hayan resultado adjudicatarios como integrantes de oferentes plurales en el proceso de selección No. ICBF-SI-04-2019-SEN, se analizarán teniendo en cuenta su porcentaje de participación en el consorcio o unión temporal respecto al valor de la adjudicación de la macro 1, 2 y/o 5, sumándole el valor del presupuesto de la macroreregion a la cual se desea presentar en el presente proceso, de

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conformidad con la Resolución No.4306 de 28 de mayo de 2019, publicada en SECOP II: https://community.secop.gov.co/Public/Tendering/ContractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE. Teniendo en cuenta que los comitentes vendedores adjudicatarios del mencionado proceso tienen su capacidad financiera y organizacional comprometida en la ejecución de los contratos de los cuales resultaron adjudicatarios previamente, deberán acreditar los siguientes indicadores financieros:

Para efectos informativos, a continuación, se presentan los valores de los contratos adjudicados en el Proceso de Selección No. ICBF-SI-04-2019-SEN: Valor del contrato de la Macrorregion 1: Ocho mil Trescientos Cuarenta y Nueve millones Novecientos Sesenta Mil Pesos M/cte $8.349.960.000 Valor del contrato de la Macrorregion 2: Seis mil Ochocientos Sesenta y Tres millones Ciento Noventa mil Pesos M/cte $6.863.190.000 Valor del contrato de la Macrorregion 5: Cuatro mil Novecientos Nueve Millones Trescientos Veinte mil Pesos M7cte $4.999.320.000

6.2.3 DOCUMENTOS FINANCIEROS

Para acreditar el cumplimiento de los valores mínimos establecidos en el numeral anterior, el COMITENTE VENDEDOR deberá adjuntar el Registro Único de Proponentes vigente y en firme PARA LA FECHA DE TRASLADO DEL INFORME DE EVALUACION, con información financiera a 31 de diciembre de 2018.

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a. La verificación de la Capacidad Organizacional y Financiera del Comitente vendedor se efectuará con los indicadores Rentabilidad del Patrimonio y Rentabilidad del Activo, los cuales se tomarán del RUP de acuerdo al Decreto 1082 de 2015. b. Los Consorcios y Uniones Temporales, deberán aportar la anterior documentación en forma individual, por cada uno de los integrantes.

6.2.4 PERSONAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO NI SUCURSAL EN COLOMBIA (no inscritas en el RUP):

Cuando se trate de Comitentes vendedores Extranjeros sin domicilio ni sucursal en Colombia, para verificar su Capacidad Organizacional y Financiera, su participación deberá contener los siguientes documentos: - BALANCE GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS: El Comitente vendedor extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, deberá anexar copia simple y legible del balance general y del estado de resultados a 31 de diciembre de 2018 ó en el corte correspondiente en su país de origen, con sus notas a los estados financieros, debidamente certificados y dictaminados (cuando aplique de acuerdo con las normas contables del país de origen del Comitente Vendedor) Así mismo, deberá presentar ese balance general y el estado de resultados en moneda legal colombiana, utilizando la tasa representativa de mercado correspondiente al 31 de diciembre de 2018 ó en el corte correspondiente en su país de origen.

6.2.5 Comitentes vendedores no Obligados a Inscribirse en el RUP de Acuerdo con el Artículo 6 de la Ley 1150 De 2007 (Modificado por el art. 221, Decreto Nacional 019 de 2012)

Para la verificación de la Capacidad Financiera y Organizacional de los Comitentes Vendedores que no están obligadas a inscribirse en el Registro Único de Proponentes, Articulo 6 de la Ley 1150 de 2007, modificado por el art. 221, Decreto Nacional 019 de 2012 deberá presentar el Balance general, el Estado de Resultado a seis dígitos y la Notas a los Estados Financieros con corte a 31 de diciembre de 2018 y deben estar refrendados por el representante legal, contador Público y Revisor Fiscal cuando el comitente vendedor se encuentre obligado a tenerlo o por el Auditor Independiente. El Contador Público y Revisor Fiscal o Auditor Independiente deben anexar copia de la tarjeta profesional y certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, este certificado debe estar vigente (no mayor a 3 meses de expedición) para la fecha de presentación de la propuesta. Se considera que el comitente vendedor cumple con la capacidad financiera solicitada y que está en condiciones de participar en la negociación, si obtiene en cada indicador los valores anteriormente establecidos.

6.3 CONDICIONES TÉCNICAS PREVIAS

6.3.1. ACEPTACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS Para efectos de realizar la verificación técnica, el comitente vendedor debe diligenciar y presentar los respectivos documentos de soporte técnico así:

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• El comitente vendedor a través del representante legal de la persona jurídica o representante del Consorcio o Unión Temporal deberá manifestar el conocimiento, la aceptación y el cumplimiento de los requerimientos técnicos mínimos relacionados y contenidos en La Ficha Técnica de Negociación, Documento de Condiciones Especiales y de manera especial los lineamientos contenidos en: En la normatividad relacionada con el servicio público de transporte terrestre automotor especial, en vehículos tipo bus, vehículos tipo automóvil y camioneta debidamente avalados e identificados en la modalidad respectiva de conformidad con lo establecido el Decreto 348 de 2015, Decreto 1079 de 2015, Decreto 431 de 2017 y las demás que la compilen, actualicen o modifiquen, por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor especial, en relación con la prestación del Servicio requerido, y teniendo en cuenta otras disposiciones como la Resolución 004000 DE 2005 (diciembre 15) Derogada por el art. 46, Decreto Nacional 431 de 2017, por la cual se adoptan unas medidas en materia de servicio público de transporte terrestre automotor especial y mixto, el Decreto 3366 de 2003 del Ministerio de transporte, por el cual se establece el régimen de sanciones por infracciones a las normas de Transporte Público Terrestre Automotor y se determinan unos procedimientos, Ley 769 de 2002, Nuevo Código Nacional de Tránsito y la Resolución No. 1122 de 2005 del Ministerio de transporte, por la cual se establecen medidas especiales para la prevención de la accidentalidad de los vehículos de transporte público de pasajeros.

El comitente vendedor deberá demostrar que cuenta con capacidad técnica para la prestación del servicio, por lo cual deberá aportar como mínimo la siguiente documentación: 6.3.1.2 El comitente vendedor deberá aportar la Resolución Habilitación del Ministerio de Transporte por la cual se mantiene la habilitación para la Prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2.1.6.3.6 del Decreto 1079 de 2015, y el artículo 42 del Decreto 431 de 2017, Las empresas habilitadas antes del 25 de febrero de 2015 tendrán plazo hasta el 25 de febrero de 2018, para acreditar los nuevos requisitos de acreditación. Para lo cual, deberá presentar la resolución expedida por el Ministerio de Transporte y cuyo radio de acción sea nivel nacional, dicha resolución debe estar vigente a la fecha de presentación de los documentos (Para el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes deberá presentar este documento) 6.3.1.3 El comitente vendedor deberá aportar la Resolución de CAPACIDAD TRANSPORTADORA. El comitente vendedor deberá allegar copia de la última resolución de fijación de la capacidad transportadora, expedida por el Ministerio de Transporte donde deberá acreditar una capacidad transportadora igual o superior a la solicitada por el comitente comprador en el documento de condiciones especiales (Para el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes deberá presentar este documento y para efectos de la verificación del requisito mínimo exigido frente a la capacidad transportadora aplicara la sumatoria de cada uno de los integrantes).

Nota: Cuando se trate de comitentes vendedores del presente proceso de selección que hayan resultado adjudicatarios como integrantes de oferentes plurales en el proceso de selección No. ICBF-SI-04-2019-SEN, se analizará el porcentaje de capacidad transportadora comprometida en el consorcio o unión temporal respecto de la macro 1, 2 y/o 5 y será descontado de su capacidad total autorizada por el Ministerio de Transporte.

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6.3.1.4 Certificado de vigencia de la Habilitación dada por el Ministerio de Transporte. El comitente vendedor deberá aportar el certificado de vigencia de la habilitación dada por el Ministerio de Transporte por la cual se mantiene la habilitación para la Prestación del Servicio Público de Transporte Terrestre Automotor Especial donde figure la capacidad transportadora de la empresa la cual no debe ser superior a 60 días calendario a la fecha de presentación de los documentos.(Para el caso de consorcios o uniones temporales cada uno de los integrantes deberá presentar este documento). 6.3.1.5 Autorización para desarrollar trabajo suplementario. De conformidad con el Artículo 2.2.1.2.1.1. decreto 1072 de 2015. Se acreditará mediante certificación de autorización

expedida por el Ministerio de Trabajo. Dicha autorización debe ser para conductores y/o operativos,

expedida para operación a nivel nacional y/o territorial dependiendo de la macro a la que se presente (macroregion 3 y 4). En caso de consorcios o uniones temporales ambos cuenten con esta certificación, para cada uno de sus integrantes.

6.3.1.6 Certificados de Gestión de Calidad NTC-ISO-9001 y Sistema de Gestión de Seguridad y Salud Ocupacional, NTC OHSAS 18001, expedido por un organismo de certificación debidamente acreditado, de conformidad con las disposiciones nacionales vigentes, haciendo énfasis en el cumplimiento de los requisitos establecidos en el presente capítulo. Para el caso de consorcios y/o uniones temporales, al menos uno de los integrantes deberá cumplir con dichas certificaciones.

• 6.3.1.7 Proveedor de capacidad satelital: : El comitente vendedor deberá aportar el contrato suscrito con una empresa de Proveedor de capacidad satelital y la resolución de habilitación vigente para la prestación del servicio de Proveedor de capacidad satelital (gps), la cual deberá estar registrada ante el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de conformidad con lo dispuesto en la Ley 1341 de 2009, artículo 10 y 15, además de lo señalado en los decretos 2618 de 2012, 2433 de 2015 y 1078 de 2015.

6.3.1.8 Plataforma WEB, el comitente vendedor deberá presentar una certificación o un contrato por medio del cual se demuestre que se cuenta con un programa que genere el Formato Único de Extracto del Contrato (FUEC), que evidencie el control de documentación de los vehículos, en la cual se pueda verificar en línea el alistamiento diario de los vehículos que presten el servicio al ICBF, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto número 348 de 2015 Reglamenta y adopta el Formato Único de Extracto del Contrato (FUEC), y que genere los mecanismos de control para el supervisor designado (Documentación vigentes, SOAT, pólizas RCC,RCE, Revisión técnico mecánica ) y verificación de lo establecido en la Resolución No. 1122 de 2005 del Ministerio de transporte, Documentos de transporte que deben portar los conductores de vehículos que estén prestando servicios de transporte de pasajeros en la modalidad de especial al ICBF. Para el caso de consorcios y/o uniones temporales, cada uno de los integrantes debe contar con dicha certificación. 6.3.1.9 Formato de listado de vehículos: Anexo 8. El comitente vendedor deberá remitir diligenciado el Anexo de listado de vehículos que asignará a cada regional que conforme la(s) macro(s) durante la ejecución de la negociación y así mismo deberá adjuntar copia de la documentación legal vigente a la presentación de los documentos de cada vehículo, así:

• LICENCIA DE TRÁNSITO,

• SOAT,

• TARJETA DE OPERACIÓN,

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• REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA

El comitente vendedor deberá adjuntar una copia en medio magnético de estos documentos por vehículo. Los vehículos no podrán aparecer registrados en otra(s) macro región(es). Para acreditar el cumplimiento de este requisito, el comitente vendedor deberá diligenciar sin modificar el contenido de las celdas, es decir, no podrá ingresar caracteres diferentes a los establecidos en la matriz y presentar el Anexo correspondiente en señal inequívoca de su aceptación y compromiso. NOTA 1: El modelo de los vehículos solicitados por la Entidad debe ser 2014 o superior y se verificará frente a la Licencia de Tránsito. NOTA 2: frente a la tarjeta de operación vigente de los vehículos requeridos para la prestación del servicio se verificará la vinculación de los mismos al comitente vendedor o a alguno de los miembros del consorcio o de la unión temporal, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Decreto 174 de 2001 y en el artículo 6 de la Resolución 4000 de 2005. Cuando se trate de comitentes vendedores del presente proceso de selección que hayan resultado adjudicatarios como integrantes de oferentes plurales en el proceso de selección No. ICBF-SI-04-2019-SEN, los vehículos reportados para el presente proceso no podrán coincidir con los ofertados y en operación de las macro regiones 1 2 y/o 5, se analizarán su capacidad operativa teniendo en cuenta su porcentaje de participación aportado en el consorcio o unión temporal respecto de la macro 1, 2 y/o 5, del proceso publicado en SECOP II: https://community.secop.gov.co/Public/Tendering/ContractNoticeManagement/Index?currentLanguage=es-CO&Page=login&Country=CO&SkinName=CCE. 6.3.1.10 CERTIFICACIÓN DE SEDE ADMINISTRATIVA El comitente vendedor deberá adjuntar certificación suscrita por el representante legal bajo la gravedad de juramento en la que indique que contará con una sede en la ciudad de Bogotá propia o arrendada para los aspectos administrativos que conlleva la ejecución de la negociación. Una vez realizada la negociación el comitente vendedor deberá realizar las gestiones pertinentes para contar con la sede administrativa en mención antes del inicio de la ejecución del servicio. 6.3.1.13. Con el fin de mantener la política ambiental del comitente comprador y para el mantenimiento de las condiciones del eje ambiental, se requiere que al menos el 10% del total de los vehículos ofertados por cada macroregión sean a GAS, híbridos y/o eléctricos. Para los vehículos que hayan realizado la transformación al sistema de GAS, el comitente vendedor deberá aportar el CERTIFICADO DE CONVERSIÓN A GAS y/o la CERTIFICACIÓN DE REVISIÓN A GAS de la Entidad autorizada, cuando no se evidencie el cambio en la licencia de tránsito. NOTA: para los vehículos que hayan realizado la conversión al sistema híbridos y/o eléctricos, deberán aportar la certificación del cambio de sistema de combustión por la Entidad autorizada y la verificación se realizará frente a este documento. NOTA 2: La cantidad de certificaciones aportadas para acreditar el cumplimiento de este requisito, deberá coincidir con la cantidad de vehículos relacionados en el Anexo 8 Listado Vehículos columna “TIPO DE COMBUSTIBLE”.

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6.3.2 REQUISITO DE EXPERIENCIA

MODALIDAD EXPERIENCIA EN RUP El comitente vendedor deberá acreditar la experiencia específica requerida a través del certificado de inscripción y clasificación en el Registro Único de Proponentes mediante la presentación de máximo cinco (5) certificaciones de contratos iniciados, ejecutados y terminados a satisfacción en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha de presentación de los documentos con entidades públicas o privadas, cuyo objeto y/o obligaciones se encuentre relacionadas con la prestación del servicio de transporte público terrestre de pasajeros automotor especial, y cuya sumatoria sea igual o superior al valor del presupuesto oficial de este proceso de selección expresado en SMMLV, para lo cual, el comitente vendedor deberá allegar comunicación suscrita por su representante legal Anexo No. 6 Relación de Experiencia, indicando los consecutivos del RUP con los que pretende acreditar la experiencia. Los contratos con los que pretende acreditar experiencia deberán encontrarse identificado(s) en el siguiente código del Clasificador de Bienes y Servicios, lo cual será verificado hasta el tercer nivel así:

CODIGO UNSPSC

DESCRIPCION

78111800 Transporte de pasajeros por carretera

Nota: La experiencia certificada por los Comitentes Vendedores en forma individual o como consorcios o uniones temporales, debe estar inscrita en el Registro Único de proponentes expedido por la Cámara de Comercio conforme las clasificaciones del Clasificador de Bienes y Servicios solicitadas, de conformidad con el numeral 1 del artículo 2.2.1.1.1.5.3 del Decreto 1082 de 2015. La sumatoria de los valores de los contratos ejecutados y terminados a satisfacción, deberá ser igual o mayor al 100% del presupuesto oficial expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes de la(s) macro región(es) a la(s) que se presente.

MACROREGIÓN

VALOR PRESUPUESTO OFICIAL POR

MACRO REGIÓN

Salario MMLV 2019 Número de salarios

por macro

MACRO 3 $4.538.002.500 828.116

5479,

MACRO 4 $4.297.995.000 5190,

TOTAL $8.835.997.500

Adicionalmente el comitente vendedor deberá aportar las certificaciones de los contratos registrados en el RUP con los que pretende acreditar experiencia, las cuales contendrán como mínimo la siguiente información:

1. N° del contrato. 2. Nombre o razón social del contratante.

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3. Nombre o razón social del contratista. 4. Objeto principal del contrato 5. Valor final del contrato en pesos. 6. Fecha de iniciación del contrato. (dd/mm/aaaa) 7. Fecha de terminación del contrato. (dd/mm/aaaa) 8. Porcentaje del valor del contrato que ejecutó, como miembro de un consorcio, unión temporal,

sociedad de objeto único, empresa unipersonal o sociedades en general. 9. Porcentaje que se le asignó en la respectiva fusión o escisión. 10. Nombre, Firma y Cargo de quien expide la certificación. 11. Calificación de la prestación del servicio y/o suministro del bien. ( En caso que la certificación

mencione tal requisito) NOTA: En caso de que la información contenida en las certificaciones no sea suficiente para validar el objeto y el valor solicitado para acreditar experiencia, se deberá allegar copias de facturas, certificaciones y/o contratos.

CONDICIONES GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE CERTIFICACIONES DE EXPERIENCIA Y SU VALIDACIÓN. ✓ La verificación de la experiencia se realizará con base en la información que reporten en el anexo

Relación Certificaciones de Experiencia dispuesto para tal fin y en los respectivos soportes de la información consignada en el mismo.

✓ En dicho formato el comitente vendedor deberá certificar, bajo la gravedad de juramento, que toda la información contenida en el mismo es veraz, al igual que la reportada en los documentos soporte. Este formato deberá entregarse firmado por el Representante Legal del comitente vendedor que sea persona jurídica; al igual para el caso de Consorcios o Uniones Temporales, deberá ser firmado por el Representante Legal del consorcio o unión temporal.

✓ Cuando exista diferencia entre la información relacionada y la consagrada en los soportes presentados, prevalecerá la información de los soportes.

✓ Cuando en la certificación no se indique el porcentaje de participación, deberá adjuntarse certificación del Comitente Vendedor individual o del integrante del Comitente Vendedor plural que desea hacer valer la experiencia, y/o documento de constitución del consorcio o Unión Temporal, en el cual conste dicho porcentaje de participación.

✓ Si el contrato que se pretende hacer valer como experiencia fue cedido o recibido en cesión, la certificación deberá especificar la fecha de la cesión y discriminar el valor del contrato ejecutado por el cedente y el cesionario.

✓ El valor que se contabilizará para los efectos de los valores requeridos en este numeral será aquel que se certifique como ejecutado, es decir no se tendrá en cuenta el valor no ejecutado.

✓ En caso de que las certificaciones aportadas que acreditan experiencia sean expedidas por una entidad privada con quien se haya prestado, junto con la respectiva certificación podrá anexarse copia del contrato correspondiente.

✓ No se aceptarán las certificaciones que no se encuentren ejecutadas en su totalidad. ✓ Si el comitente vendedor adjunta certificaciones adicionales a las máximas requeridas por la

entidad, se tendrán en cuenta las primeras relacionadas y/o allegadas en el Anexo de acuerdo con el número máximo de certificaciones a presentar las cuales deben estar inscritas y registradas en el RUP.

✓ Las certificaciones aportadas por el comitente vendedor en las cuales se relacionen varias operaciones se tendrán en cuenta siempre y cuando estas hayan sido cerradas en el marco de una misma negociación.

✓ En caso de que se relacione más de un contrato en una sola certificación, para efectos de verificación se tomará la experiencia específica del comitente vendedor directamente relacionado

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con los servicios y/o actividades solicitados por la entidad, de cada contrato individualmente considerado, en orden de mayor a menor valor ejecutado, siempre que cumplan con las especificaciones establecidas en la Ficha Técnica de Negociación.

✓ Cuando el valor de los contratos y/o certificaciones con el cual se pretende acreditar la experiencia se encuentre expresado en moneda extranjera: 1. Para el caso de contratos en dólares americanos, se hará la conversión a pesos colombianos

con la TRM publicada en las estadísticas del Banco de la Republica publicadas en su página oficial, para la fecha de terminación del contrato certificado.

2. Cuando la experiencia reportada se haya facturado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo a las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República en su página oficial teniendo en cuenta la fecha de terminación del contrato certificado, y seguidamente a pesos colombianos.

✓ Cuando en las certificaciones mediante las cuales se pretende acreditar experiencia se

encuentren también relacionados bienes y/o servicios y/o operaciones de características disímiles a las del objeto del presente proceso contractual, se tendrá en cuenta únicamente la experiencia correspondiente a la relacionada con el objeto del presente proceso. Para el efecto, debe discriminarse claramente el(los) valor(es) parcial(es) de los diferentes bienes o servicios u operaciones incluidos en dicha certificación.

✓ Se tomará el valor del contrato al momento de la finalización, incluidas las adiciones y/o modificaciones, se divide por el valor del SMMLV del año correspondiente a la terminación, incluidas sus modificaciones y/o adiciones:

AÑO SMMLV

2019 $828.116

2018 $781.242

2017 $737.717

2016 $689.454

2015 $644.350

2014 $616.000

EXPERIENCIA DE UNIONES TEMPORALES Y CONSORCIOS. Para el caso de consorcios y uniones temporales: la experiencia será la sumatoria de las experiencias de los integrantes que la tengan. para lo cual, todos los integrantes deberán aportar al menos una certificación.

• Uno de sus integrantes deberá acreditar mínimo el 60% de la experiencia requerida y el porcentaje restante deberá ser acreditado por los demás miembros de la Estructura Plural independiente del porcentaje de participación que señale en el documento de conformación como estructura plural.

• Todos los miembros de la Estructura Plural, indistintamente del porcentaje de participación de cada integrante, deberán acreditar experiencia en la prestación del servicio de transporte público terrestre de pasajeros.

• Para efectos de la acreditación de la experiencia, cada miembro de la Estructura Plural deberá diligenciar el Anexo No. 6 Relación de Experiencia DCE – Experiencia del Comitente Vendedor, el cual debe ser suscrito por el representante legal de cada integrante de la misma.

• Adicional a la experiencia acreditada por el Comitente Vendedor en el Anexo No. 6 Relación de Experiencia– Experiencia del Comitente Vendedor, cada miembro de la Estructura Plural

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deberá allegar las certificaciones de experiencia en los términos incluidos en la Ficha técnica de negociación

EXPERIENCIA COMITENTES VENDEDORES EXTRANJEROS El comitente vendedor deberá allegar Anexo No. 6 Relación de Experiencia – Experiencia del Comitente Vendedor debidamente diligenciado en el cual se relaciones los contratos con los cuales se pretender acreditar experiencia, adjuntando las certificaciones con las cuales se pretende acreditar las condiciones exigidas en el numeral 8 del presente documento. En el caso de certificaciones extranjeras, su valoración se realizará en pesos colombianos a la tasa representativa del mercado de la fecha de suscripción del contrato y en Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes - SMMLV a la fecha del año de suscripción del contrato. En caso de Comitentes Vendedores extranjeros o que hagan parte de consorcios o uniones temporales, la(s) certificación(es) deben estar firmadas por el contratante, y en caso de documentos emitidos en el exterior, se aceptará traducción simple. En el caso de empresas extranjeras, cuando se trate de contratos que hayan sido ejecutados como parte de una Estructura Plural, en la certificación debe incluirse el porcentaje de participación en dicho contrato, esta experiencia será válida siempre y cuando sea certificada por el Comitente Comprador

EXPERIENCIA ACREDITADA EN LA BOLSA MERCANTIL DE COLOMBIA Para el caso de experiencia en negociaciones en el escenario de Bolsa, se aportará certificación emitida por la sociedad Comisionista Compradora en dicha negociación, las certificaciones de deberán contener mínimo la siguiente información de la operación:

• Nombre o razón social del comitente vendedor. • Objeto. • Número. • Valor. • Calificación. (Si la certificación es expedida por el Departamento de Operaciones, deberá incluir si cumplió o no). • Fecha de Celebración.

NOTA 1: En caso de que la sociedad Comisionista Compradora en dicha negociación no se encuentre activa y no haya expedido la certificación la misma será expedida bajo los mismos términos por el Director del Departamento de Operaciones de la BMC Bolsa Mercantil de Colombia, previa solicitud de la sociedad comisionista que está actuando por el Comitente Vendedor que desea acreditar la experiencia, solicitud que deberá efectuarse con la anticipación debida. NOTA 2: En todo caso, la experiencia que se va a acreditar en Bolsa deberá sujetarse a las reglas de experiencia indicadas en esta sección del presente documento.

7. REVISIÓN Y ACEPTACIÓN DOCUMENTAL

No se tendrán en cuenta documentos que no se ciñan estrictamente a los requisitos solicitados. Una vez adjudicada la operación, los documentos soporte de los requisitos del comitente vendedor

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deberán ser solicitados por el comisionista comprador en la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios, al día siguiente que se celebre la rueda de negocios antes de las 5:00 p.m., a fin de que ésta última los entregue al comitente comprador para la revisión, aceptación o rechazo de los mismos, para lo cual contará con un máximo de dos (2) días hábiles contados a partir del día siguiente a la negociación. La sociedad comisionista compradora se obliga a informar a la Unidad de Gestión de Estructuración de Negocios mediante certificación suscrita por el representante legal, manifestando el cumplimiento, aceptación o rechazo por parte del comitente comprador de los documentos soporte de los requisitos de los comitentes vendedores como máximo el tercer (3) día hábil siguiente a la rueda de negociación, de no hacerlo se entenderá la aceptación de estos por parte del comitente comprador.

8. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA Y COMITENTE VENDEDOR

A continuación, se establecen las obligaciones a cargo de la sociedad comisionista vendedora y comitente vendedor para la ejecución de la negociación. OBLIGACIONES GENERALES COMITENTE VENDEDOR

1. Cumplir con el objeto de la negociación teniendo en cuenta lo señalado en: Ficha Técnica de Negociación, Documento de Condiciones Especiales y demás anexos que forman parte integral de la presente negociación, para realizarla ejecución del mismo con eficiencia y eficacia.

2. Prestar los Servicios objeto del proceso de contratación, de conformidad con las especificaciones técnicas descritas requeridas en los documentos del proceso y disposiciones normativas y reglamentarias que resulten aplicables.

3. Solucionar las controversias contractuales, que se presenten en la ejecución y desarrollo de la presente negociación, de conformidad con lo previsto en la Ley 80 de 1993, cuando aplique y en todos los casos en los términos del Reglamento de la Bolsa.

4. Cumplir con las condiciones jurídicas, técnicas, económicas y comerciales. 5. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la Ley con el fin de

obligarlos a hacer u omitir algún acto o hecho. Cuando se presenten tales peticiones o amenazas el Comitente Vendedor deberá informar inmediatamente de su ocurrencia al Comitente Comprador y a las demás autoridades competentes para que ellas adopten las medidas y correctivos que fueren necesarios. El incumplimiento de esta obligación y la celebración de pactos o acuerdos prohibidos dará lugar al incumplimiento de la operación en los términos del Reglamento de la Bolsa.

6. Hacer seguimiento permanente sobre la ejecución de la negociación. 7. Facturación. Presentar la factura de conformidad con la forma de pago estipulada en la

presente ficha técnica de negociación, junto con el informe de las actividades realizadas para cada pago. El Comitente Vendedor deberá entregar la factura Original al Comitente Comprador, de acuerdo los requisitos establecidos en Ley 223 de 1995.

8. Satisfacer las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza de la negociación que surja del proceso de contratación y de las exigencias legales, entre ellas aquellas de carácter tributario, en caso de que se generen.

9. Atender como condición de entrega las instrucciones y lineamientos que durante el desarrollo de la negociación se le impartan por parte del supervisor designado por el Comitente Comprador.

10. Cumplir con el objeto de la presente negociación con plena autonomía técnica y administrativa y bajo su propia responsabilidad, por lo tanto, no existe ni existirá ningún tipo de subordinación, ni vínculo laboral alguno entre el Comitente Vendedor y el Comitente Comprador.

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11. Participar y apoyar a Comitente Comprador en todas las reuniones a las que éste lo convoque relacionadas con la ejecución de la presente negociación.

12. Disponer de los medios necesarios para el mantenimiento, cuidado y custodia de la documentación objeto de la presente negociación.

13. Devolver al Comitente Comprador, una vez finalizado la ejecución de la negociación los documentos que en desarrollo de la negociación se hayan producido, e igualmente todos los archivos que se hayan generado en cumplimiento de sus obligaciones

14. Utilizar la imagen del Comitente Comprador de acuerdo con los lineamientos establecidos por éste. Salvo autorización expresa y escrita de las partes, no se podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial de la otra parte para fines publicitarios o de cualquier otra índole.

15. Colaborar con el Comitente Comprador en el suministro y respuesta de la información correspondiente, a los requerimientos efectuados por los organismos de control del Estado Colombiano en relación con la ejecución, desarrollo o implementación de la negociación objeto del presente documento.

16. El comitente vendedor deberá garantizar durante toda la ejecución de la negociación que el personal dispuesto para la prestación del servicio cuente con la afiliación al sistema de seguridad social integral (salud, pensión; ARL) y aportes parafiscales (SENA, ICBF, y caja de compensación familiar).

17. Suscribir oportunamente el acta de inicio y las modificaciones si las hubiere, conjuntamente con el supervisor del mismo.

18. Para el pago el Comitente Vendedor deberá anexar la constancia del pago de la Seguridad Social, con el fin de dar cumplimiento al Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007. En la presente también deberá allegar certificación firmada y escrita por parte del Representante Legal y Contador y/o Revisor Fiscal del pago de la Seguridad Social según corresponda acuerdo normatividad vigente y aportes Parafiscales según corresponda (Acuerdo a lo previsto en el Artículo 50 de la Ley 789 de 2002, la Ley 828 de 2003 y la Ley 1562 de 2012 - Sistemas de Salud, Riesgos Laborales, Pensiones y Aportes a las Cajas de Compensación Familiar,) y anexar copia de la planilla de dichos aportes.

19. El comitente vendedor deberá considerar, seguir y aplicar todos los códigos y normas de seguridad industrial que resulten aplicables al servicio objeto de prestación así como por las actividades y funciones de los conductores.

20. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión de la negociación

21. Obtener y presentar como condición de entrega para su aprobación las garantías en las condiciones, plazos y con el objeto y montos establecidos en el presente documento, así como mantener vigentes sus amparos y prorrogarlos en los términos señalados en la ficha técnica de negociación.

22. Suministrar al supervisor de la negociación toda la información que le sea solicitada para verificar el correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones propias de la ejecución de la negociación, de acuerdo con los artículos 4º y 5º de la Ley 80 de 1993.

23. Acatar y aplicar de manera diligente las observaciones y recomendaciones impartidas por el supervisor designado por el comitente comprador.

24. Mantener enterado al supervisor, sobre el estado financiero y la ejecución presupuestal de la negociación

25. Responder ante las autoridades competentes por los actos u omisiones que ejecute en desarrollo de la negociación, cuando en ellos se cause perjuicio a la administración o a terceros en los términos del artículo 52 de la ley 80 de 1993.

26. Mantener los vehículos en perfectas condiciones de aseo, tanto en su parte interior como exterior, así como en su estado mecánico y eléctrico, para garantizar que el servicio no se interrumpa durante el plazo de ejecución de la negociación. En el evento que la Supervisión de la negociación así lo requiera, deberá realizar el reemplazo de los vehículos de manera

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inmediata con el fin de que el servicio no sea interrumpido. 27. Reparar los daños e indemnizar los perjuicios que cause al COMITENTE COMPRADOR por el

incumplimiento de las obligaciones adquiridas con ocasión de la ejecución de la negociación. 28. Las demás inherentes al objeto y la naturaleza de la negociación y aquellas indicadas en el

Estudio Previo, Anexos y Documento de Condiciones Especiales. OBLIGACIONES ESPECIFICAS COMITENTE VENDEDOR

1. Prestar el servicio de transporte de personal de funcionarios, contratistas y personal en general designado por el comitente comprador (con el cumplimiento de las obligaciones fijadas en la ficha técnica de negociación, documento de condiciones especiales y en general las disposiciones reglamentarias que resulten procedentes al objeto del proceso de contratación.

2. Prestar el servicio, con designación de personal, capacitado y con los permisos y licencia al día, en todo caso, garantizando su buen comportamiento, cumplimiento de las normas y buena presentación personal.

3. El comitente vendedor, deberá dar cumplimiento como condición de entrega a las disposiciones relacionadas con los aportes a los sistemas de seguridad integral y aportes parafiscales, precisando que, en ningún caso, con el desarrollo de la negociación se genera relación laboral, ni de subordinación con el COMITENTE COMPRADOR, ni con las sociedades comisionistas miembros que actúan en la operación, ni con la Bolsa o sus empresas filiales.

4. Responder por la trazabilidad del servicio, personal, y elementos desde el inicio de la operación hasta su terminación, conforme al itinerario requerido.

5. El comitente vendedor deberá en ejecución de la negociación llevar control de Indicadores de gestión haciendo seguimiento y control de la operación.

6. El comitente vendedor deberá tener amparado el personal (conductores), y elementos necesarios para la ejecución de la negociación tal como vehículos, contra todo riesgo establecido en la ficha técnica

7. Deberá contar con software para manejo y seguimiento de operaciones, itinerarios de servicio permanentes 24 horas durante la ejecución de la negociación, de dicha información deberá tener acceso el supervisor designado por el comitente comprador, así como el personal adicional asignado.

8. Asumir los costos asociados al manejo de la operación. 9. Permitir que el COMITENTE COMPRADOR visite las instalaciones de transporte cuando

considere conveniente. 10. Garantizar que durante el transporte se conserve la calidad en las condiciones del servicio. 11. La Resolución de Habilitación de las empresas asociadas o subcontratadas por el comitente

vendedor, deberá aportarse como documento de la legalización y necesario para el inicio de la ejecución contractual y mantenerla vigente durante toda la ejecución, los cuales deben ser entregados dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles siguientes a la adjudicación de la operación.

12. Garantizar que, durante la ejecución de la negociación, solamente trasportará personal, del comitente comprador.

13. Garantizar la disponibilidad de los medios de transporte objeto de la presente negociación, de conformidad con el cronograma de los itinerarios establecidos por el Supervisor de la negociación.

14. Garantizar la permanencia tanto del vehículo como del conductor en el lugar acordado previamente con el Supervisor designado por el comitente comprador, durante el tiempo que dure la ejecución del itinerario fijado.

15. Cumplir a cabalidad cada uno de los itinerarios establecidos por el comitente comprador durante la ejecución de la negociación. En caso de modificaciones de los mismos por razones de índole técnica, caso fortuito o fuerza mayor, el comitente vendedor deberá garantizar que se

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cumpla con el servicio acatando las modificaciones a que haya lugar con relación a itinerario inicialmente establecido; para lo cual deberá mediar aprobación de la supervisión de la negociación.

16. El comitente vendedor deberá efectuar el relevo del vehículo que presente fallas durante la comisión en un término no mayor a (8) ocho horas.

17. Designar un coordinador operativo con experiencia específica mínimo de dos (2) años en la coordinación de servicio de transporte especial, quien realizará dicha labor en las oficinas del comitente comprador El coordinador deberá disponer de los medios tecnológicos y el conocimiento necesario para hacer seguimiento a la ejecución de la negociación.

18. Los conductores para realizar la labor de transporte de pasajeros deberán cumplir como mínimo con las siguientes condiciones.

19. Solo podrán ser conductores de transporte de pasajeros las personas mayores de edad, que carezcan de antecedentes penales, que acrediten capacitación en transporte y que cuenten con la autorización respectiva otorgada por la autoridad de tránsito correspondiente.

20. Mientras se encuentren en servicio, los conductores de transporte deberán ser sometidos a pruebas de alcoholemia ante la autoridad de tránsito correspondiente, sin previo aviso. El examen deberá ser debidamente certificado.

21. La certificación junto con la autorización de transporte de pasajeros, la licencia de conducción y el pasado judicial vigente, deberán ser portados en todo momento por el conductor.

22. Para el desarrollo de los servicios prestados el comitente vendedor deberá dotar de uniformes a los conductores.

a. Los vehículos destinados para el transporte de pasajeros deberán contar como mínimo: i. Los vehículos deben ser de modelo reciente desde modelo 2014 o superior ii. Los vehículos deben tener placas de servicio público (blanca). iii. Contar con equipos de radio comunicación en los vehículos o en su defecto,

deberá suministrar a cada uno de los conductores un teléfono móvil con sistema de manos libres para mantener comunicación permanente ya sea en zonas urbanas o rurales. En todo caso el prestador del servicio deberá contar con los permisos y licencias respectivos para la operación de estos servicios de comunicaciones, con vigencia durante la ejecución de la negociación, de igual forma debe dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo No.43 de 2001, el cual fue adoptado como norma en el Código Nacional de Tránsito.

iv. Los vehículos deberán estar dotados del equipo de carretera reglamentario (botiquín de primeros auxilios, extintor, linterna, taco, caja de herramientas, gato, cruceta señales reflectivas) y cualquier otro elemento que las autoridades o el código de transito requiera o que la Entidad se estime conveniente.

23. Dispositivo de control de Velocidad. El prestador del servicio deberá manifestar por escrito, la obligación de dotar a cada uno de los vehículos, con un dispositivo para el control de la velocidad (Display en el Espejo), de conformidad con lo estipulado por el Ministerio de Transporte que establece, mediante la Resolución 1122 del 26 de mayo de 2005, la obligación para los operadores de Transporte Intermunicipal y de Transporte Especial, la incorporación de dicho dispositivo en los vehículos de Transporte Público.

24. Sistema de Rastreo Satelital – GPS. El Prestador del servicio deberá dotar cada uno de los vehículos en los que brinda el servicio de transporte con un sistema de monitoreo satelital, el cual hace referencia a la localización remota en tiempo real basado en el uso del GPS (Global Positioning System) permitiendo recopilar información como: coordenadas geográficas, velocidad, latitud, longitud y rumbo de un vehículo.

25. La información que recopila el equipo debe ser trasmitida por la red datos GPS / GPRS y debe ser visualizada por una plataforma que permita a la Entidad realizar el seguimiento de los itinerarios a detalle durante la prestación del servicio en diferentes reportes.

26. Mantener los documentos actualizados y vigentes de los vehículos durante la ejecución de la

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negociación, conforme a las normas legales vigentes. 27. Prestar el servicio con los vehículos cuyos modelos correspondan a los establecidos en las

fichas técnicas de negociación y servicio. 28. Garantizar que el comportamiento del conductor del vehículo se ajuste a los buenos modales,

el decoro y respeto debido a los usuarios, usuarias y personal de la Entidad. Por lo tanto, todo el personal designado para la prestación del servicio debe disponer de excelentes relaciones humanas, que faciliten el desarrollo de la estrategia transversal de afecto, buen trato, comunicación y tolerancia.

29. Garantizar que la entidad pueda utilizar la totalidad de la capacidad de transporte suministrado, para transportar los usuarios y/o al personal de la entidad y los objetos que requieran ser transportados por los pasajeros.

30. Realizar los reemplazos y cambios de personal, cuando éstos sean requeridos por el supervisor designado por el comitente comprador designado por la entidad. En todo caso, las personas propuestas para los reemplazos deberán cumplir las exigencias contenidas en la negociación.

31. Diligenciar la lista de chequeo y la planilla de control de transporte con la información requerida por la entidad.

32. Asumir bajo su propia responsabilidad, los daños que sufran los diferentes tipos de transporte utilizados en la totalidad de las zonas en las cuales deba prestarse el servicio, incluyendo áreas catalogadas como zonas de alto riesgo.

33. Garantizar que se cumpla con la ruta y el horario estipulado en la prestación del servicio. En caso de presentarse algún inconveniente que le impida realizar la ruta asignada, debe enviar otro medio de transporte de iguales o mejores características.

34. En los casos en que el servicio contratado no se pueda prestar por situaciones de fuerza mayor, el comitente vendedor debe poner a disposición de la entidad otro medio de transporte de iguales o mejores características.

35. Obtener todos los permisos necesarios de operación de conformidad con el objeto de la negociación, para cada uno de los servicios.

36. Garantizar que sus conductores contarán con los recursos necesarios para el pago de peajes y contingencias de transporte.

37. En los casos en que la comisión de servicios se suspenda por causas atribuibles al comitente vendedor, este asumirá los gastos adicionales en que incurra el comitente comprador para la atención de sus funcionarios por dicho retraso.

38. Garantizar que los vehículos objeto de negociación permanezcan debidamente llenos los tanques de combustible.

39. El comitente vendedor deberá en caso de adjudicación acreditar las siguientes condiciones respecto a los vehículos y permisos para la prestación del servicio:

1. Resolución de habilitación vigente como empresa de Servicio Público de Transporte: (Automotor Especial), expedido por el Ministerio de Transporte según requiera el comprador.

2. Resolución de capacidad transportadora expedido por el Ministerio de Transporte. 3. No encontrarse sancionado o multado dentro del IUIT 4. Los vehículos o medios de transporte deberán estar libres de elementos o sustancias que

puedan afectar el bienestar de las personas. 5. El servicio de transporte debe ser realizado bajo la modalidad de servicio especial, debe

cumplir con los itinerarios programados y aprobados por la supervisión designado por el comitente comprador.

6. El operador debe asegurar el servicio Especial de transporte bajo amparo de póliza en las condiciones que estime pertinente el usuario del servicio.

7. Deberá estar en condiciones de realizar seguimiento a los vehículos 7x24 mediante una central de monitoreo (en las zonas que aplique).

8. Los vehículos o medios de transporte deberán estar libres de elementos o sustancias que

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puedan afectar el bienestar de las personas. 40. Cumplir con suministro de combustible y repuestos para el funcionamiento de los vehículos,

con los cuales se prestará el servicio de Transporte Terrestre, según corresponde, en horarios diferentes al de prestación del servicio.

41. El comitente vendedor podrá presentar convenios de colaboración empresarial durante la prestación del servicio previa autorización realizada al supervisor del comitente comprador y de conformidad con lo establecido en el 9 del Decreto 431 de 2017 que modificó el artículo 2.2.1.6.3.4. del capitulo 6 del titulo I de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1079 de 2015.

Para los Conductores y Acompañantes

1. Cumplir con el trayecto, en el tiempo acordado sin sobrepasar los límites de velocidad. 2. No tener más de una ruta. 3. Evitar situaciones de riesgo 4. Conocer las diferentes estrategias a seguir en situaciones conflictivas en función de las

características personales de sus pasajeros. 5. Respetar las normas de tránsito 6. Abrir y cerrar las puertas del vehículo y asegurarlas 7. No exceder la capacidad de ocupantes del vehículo. 8. Llevar las luces encendidas durante todo el recorrido. 9. Usar las ventanillas cerradas o abiertas levemente. 10. No estacionar en doble fila y hacer descender y subir a los por el lado de la acera. 11. Llevar los equipajes en espacios acordes. 12. Las puertas de los vehículos deben cerrar perfectamente. 13. Los vehículos no presentan golpes, roturas ni daños en la zona donde se transporta la

mercancía, que afecte su calidad e integridad. 14. Cada vehículo debe tener una carpeta con la documentación vigente. 15. Los vehículos deben encontrarse en estado adecuado de aseo para el personal y la carga que

van a transportar, por lo cual debe ser lavado periódicamente. 16. Cinturones de seguridad en todos los asientos. 17. Apoya cabezas. 18. Extintor mínimo de 10 libras 19. Porta escalera 20. Botiquín 21. Placa de servicio público (Servicio en el territorio nacional). 22. El estado de las llantas deberá ser de óptimas condiciones garantizando su buen

funcionamiento en toda clase de terreno. 23. El vehículo debe estar provisto de herramienta necesaria para el mantenimiento rutinario y

extraordinario. 24. La carrocería no debe permitir el paso de agua, polvo gases, humo o cualquier otro agente

nocivo que cauce molestias a los ocupantes. 25. Los vehículos deben contar con todos los permisos necesarios de conformidad con el objeto del

contrato, para cada uno de los vehículos contratados. 26. Cada uno de los vehículos deberán contar con el Seguro Obligatorio contra Accidentes de

Tránsito – SOAT, y con el seguro denominado Contra todo Riesgo. 27. y cumplir con las siguientes obligaciones en el desarrollo de su ejecución 28. Considerando que el Comitente Comprador podrá requerir, en cumplimiento de sus funciones

misionales, de la prestación del servicio de transporte de personas hacia destinos que no se encuentren dentro de las coberturas detalladas en el DCE, serán reconocidos como servicios adicionales y en los términos establecidos en la ficha técnica de negociación, el comitente vendedor deberá estar en capacidad y disposición de prestar los servicios requeridos.

29. El personal que utilice el COMITENTE VENDEDOR durante la ejecución de la negociación es

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de su libre escogencia. El personal requerido deberá cumplir con los requisitos exigidos en la presente ficha técnica de negociación. El personal contratado por el comitente vendedor non tendrá vínculo laboral alguno con el comitente comprador. En consecuencia, el comitente vendedor responderá de manera exclusiva por el pago de salarios, prestaciones, liquidaciones e indemnizaciones de carácter laboral.

30. Los pagos al personal administrativo y operativo (conductores directos o subcontratados), en ningún caso, dependerán del pago que el comitente comprador se encuentre gestionando para el comitente vendedor.

OBLIGACIONES ESPECÍFICAS MODALIDAD VEHÍCULOS (SERVICIO PÚBLICO ESPECIAL) 1. Asignar un conductor de manera permanente para cada uno de los vehículos, de tal manera que se pueda cumplir a cabalidad con el objeto de la presente negociación. 2. Reponer el vehículo en caso de ser necesario, dentro de las dos horas siguientes a su ausencia por otro de características similares, cuando el ICBF disponga que dicho vehículo no está en disposición de prestar el servicio. 3. Coordinar los desplazamientos con el funcionario designado para esta labor en cada Dirección y/o Grupo Administrativo de la Regional correspondiente. 4. Cumplir con las programaciones de servicio elaboradas por el ICBF con la debida oportunidad. 5. Coordinar los desplazamientos con el funcionario designado para esta labor en cada Direccion y/o Grupo Administrativo de la Regional correspondiente. 6. Cumplir con las programaciones de servicio elaboradas por el ICBF con la debida oportunidad. Poner en la parte delantera de cada vehiculo el logotipo de la imagen corporativa del ICBF, a fin de ser identificados como prestadores del servicio de transporte a esta Institucion, cumpliendo con las dimensiones y especificaciones dadas por la Oficina Asesora de Comunicaciones. OBLIGACIONES CONTRACTUALES ASOCIADAS A LOS EJES DEL SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO: 1. Socializar la Política de Salud y Seguridad en el Trabajo del ICBF, en virtud de la ejecución del objeto de la negociación.. 2. Designar por escrito un representante de seguridad y salud en el trabajo, que cumpla con el perfil establecido en la Resolución 1111 de 2017 del Ministerio de Trabajo y garantice el cumplimiento de obligaciones contractuales establecidas en el marco de la ejecución del contrato o convenio y la normatividad vigente. 3. Garantizar la identificación de peligros, valoración de riesgos y determinación de controles, documentados, en el marco de la Seguridad y Salud en el trabajo durante la ejecución de la negociación. 4. Garantizar que todos los colaboradores vinculados para la ejecución de la negociación se encuentren afiliados al Sistema de Seguridad Social, incluido los riesgos laborales. 5. Realizar la inducción al equipo de trabajo que se empleará durante la ejecución del contrato o convenio en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. 6. Garantizar que los colaboradores vinculados para la ejecución de la negociación cuentan con los Elementos de Protección Personal requerido para la realización de sus actividades. En caso de deterioro, daño o pérdida deberá contemplarse los protocolos correspondientes para la reposición, sin afectar la ejecución del contrato o convenio. 7. Realizar los exámenes médicos ocupacionales requeridos de acuerdo con las actividades propias del objeto contratado y la normatividad vigente. 8. Informar al ICBF los Accidentes de Trabajo y enfermedad Laboral – ATEL del personal a cargo del operador/contratista, reportados a la ARL y EPS, durante el plazo de ejecución de la negociación. 9. Para contratos cuyo objeto se encuentre realizando actividades en sedes del ICBF: Designar un

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brigadista para que haga parte activa del Plan de Emergencias y Contingencias del ICBF, así como garantizar la socialización de este Plan a los colaboradores vinculados por el contratista que prestan sus servicios en las sedes del ICBF 10. Formular e implementar el plan de prevención, preparación y respuesta ante emergencias. GESTIÓN AMBIENTAL: 1. Cumplir con la política ambiental del ICBF, implementando buenas prácticas ambientales relacionadas con el ahorro y uso eficiente de agua, energía y papel, y manejo de residuos 2. Presentar las certificaciones de revisiones tecnomecánicas y de emisión de gases de los vehículos al servicio del ICBF, siguiendo los procedimientos adecuados estipulados en la normatividad vigente. OBLIGACIONES DEL EJE DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN. 1. Suscribir un documento de compromiso de confidencialidad el cual deberá ser entregado al supervisor designado por el comitente comprador, en los tramites de legalización 2.Garantizar la inducción al equipo de trabajo que se empleará durante la ejecución de la negociación en materia de Seguridad de la información. OBLIGACIONES DEL EJE DE GESTIÓN DE CALIDAD 1. Asegurar que el personal requerido para la ejecución de la negociación cuente con el perfil de: Educación (formal: primaria, secundaria, pregrado, posgrado), formación (cursos específicos de la actividad a desarrollar como diplomados, seminarios, talleres entre otros) o experiencia para garantizar la óptima prestación del servicio. 2. Socializar con el equipo de trabajo que realiza las actividades definidas en la negociación, la información básica del ICBF (Misión, Visión, Principios, Objetivos Estratégicos y Políticas del Sistema Integrado de Gestión SIGE) así como dar a conocer los diferentes documentos (lineamientos técnicos, manuales, procedimientos, guías, formatos entre otros) necesarios para la operación de los servicios. 3. Demostrar que selecciona y evalúa sus proveedores de bienes y servicios, relacionados directamente con la prestación del servicio objeto de adquisición, haciendo cumplir las normas legales vigentes, así como las normas y especificaciones técnicas según corresponda 4. Contar con información documentada para la recepción, tratamiento y respuesta a las peticiones, quejas, reclamos, felicitaciones y sugerencias, en el marco de la ejecución del objeto contractual.

OBLIGACIONES A CARGO DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA COMPRADORA Y COMITENTE COMPRADOR

A continuación, se establecen las obligaciones a cargo de la sociedad comisionista compradora y comitente comprador de obligatorio cumplimiento durante la ejecución de la negociación: 1. Suministrar la información que previamente requiera EL COMITENTE VENDEDOR en relación

con el objeto de la presente negociación. 2. Exigir a EL COMITENTE VENDEDOR la ejecución idónea y oportuna de las obligaciones de la

presente negociación. 3. Efectuar la supervisión y seguimiento

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10. GARANTÍAS ADICIONALES A CARGO DEL COMITENTE VENDEDOR

El comitente vendedor deberá constituir, suscribir y otorgar a favor del COMITENTE COMPRADOR, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la adjudicación de la negociación tratándose de personas naturales o jurídicas o de figuras asociativas, las siguientes garantías: De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley 1150 de 2007, el Artículo 2.2.1.2.1.2.18 del Decreto 1082 de 2015, además de las garantías exigidas por el Sistema de Compensación, Liquidación y Administración de Garantías de la Bolsa Mercantil de Colombia S.A., y para asegurar el total y estricto cumplimiento de todas las obligaciones derivadas de la operación, el comitente vendedor deberá constituir garantías a favor del Comitente Comprador con NIT. 899.999.239-2. que cubran como mínimo los siguientes amparos: Beneficiario: ENTIDAD ESTATAL. Tomador: Comitente vendedor. Asegurado: ENTIDAD ESTATAL

SUFICIENCIA DE LA GARANTÍA

1. Garantía de Cumplimiento: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de la operación y con una vigencia igual al plazo de ejecución y síes (6) meses más, contados a partir de la fecha de celebración de la operación. 2. Garantía de la Calidad del servicio: Por una cuantía equivalente al veinte por ciento (20%) del valor de la operación con una vigencia igual al plazo de ejecución y síes (6) meses más, contados a partir de la fecha de celebración de la operación. 3. Garantía de pago de salarios y prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: en cuantía equivalente al quince por ciento (15%) del valor de la operación, con una vigencia igual al plazo de ejecución de la operación y tres (3) años más, contados a partir de la celebración de la operación. 4. Responsabilidad Civil Extracontractual: El comitente vendedor deberá otorgar póliza de responsabilidad civil extracontractual por por el cinco (5) % del valor del presupuesto cuando este sea superior a diez mil (10.000) SMMLV, caso en el cual el valor asegurado debe ser máximo setenta y cinco mil (75.000) SMMLV, por el plazo de ejecución de la negociación. que proteja al Comitente Comprador de eventuales reclamaciones de terceros derivadas de la responsabilidad extracontractual que surja de las actuaciones, hechos u omisiones de su Comitente Vendedor.

PARÁGRAFO: En los casos en que se prorrogue el plazo de ejecución de la negociación y/o se adicione en valor, el Comitente Vendedor se compromete, a presentar, dentro de los tres (3) días calendario siguientes al evento, el certificado de modificación de la garantía, de conformidad con el nuevo plazo y/o valor pactados. Estas garantías cubren los riesgos asociados a las obligaciones no compensables y descritas en la presente Ficha Técnica de Negociación. Estas garantías cubren los riesgos asociados con las obligaciones no compensables y descritas en la presente Ficha Técnica de Negociación. En todo caso, corresponderá al comitente comprador, realizar todos los actos de verificación, estudio, seguimiento, ejecución, aprobación y custodia, así como todos los demás actos que sean necesarios para la efectividad de las mismas.

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11. CONDICIONES Y CAUSAS RELACIONADAS CON LA CALIDAD Y OPORTUNIDAD QUE GENERAN EL INCUMPLIMIENTO DEL SERVICIO

CONDICIONES Y CAUSAS QUE AFECTAN LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO: Se entiende como condiciones y causas que afectan la ejecución del servicio, las siguientes:

1. En relación con las obligaciones referentes a la prestación del servicio con el personal requerido en las sedes establecidas:

• Se produce la afectación cuando no se presentan los vehículos en el horario establecido y con el personal mínimo requerido, a partir del requerimiento e itinerario informado por el supervisor designado por el comitente comprador.

• No se presenta el personal requerido en el sitio de trabajo en más de una (1) oportunidad.

• No se procede al remplazo inmediato del personal asignado de manera oportuna • Porte indebido de uniformes y equipos, así como comportamientos indebidos en la

prestación del servicio. • Incumplimiento de los tiempos dispuesto para el itinerario. • Imposiciones del multas o comparendos con ocasión de la documentación del personal

dispuesto para la prestación del servicio o los vehículos. • Incumplimiento en el pago a los conductores directos o subcontratados para la

ejecución de la negociación. PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN LA EJECUCIÓN DE LA NEGOCIACIÓN: Frente a las causas anteriores el procedimiento es el siguiente: • Se harán llamados de atención y/o requerimientos escritos por parte del supervisor de la

negociación designado por el comitente comprador, los cuales contendrán el detalle de la no conformidad del servicio prestado, así como también el compromiso de solución inmediata en caso que aplique, de parte del personal operativo del comitente vendedor y sobre los cuales se remitirá informe al representante que éste designe.

• El supervisor de la negociación designado por el comitente comprador y el representante que

designe el comitente vendedor, registrarán en un acta la evaluación del cumplimiento de la prestación de servicio, teniendo en cuenta los aspectos señalados previamente, los cuales serán consignados de forma detallada y se verificará que se cumplieron los compromisos adquiridos con relación a los llamados de atención escritos.

• En caso de incumplimiento parcial de alguna de las obligaciones del comitente Vendedor

consignadas en las fichas técnicas de negociación y documento de condiciones especiales, y/o las relacionados con la prestación del servicio con el personal requerido en las sedes establecidas, así como con las obligaciones de cumplimiento de las normas de seguridad industrial y de salud ocupacional, anteriormente enunciadas, las partes acuerdan que, el comitente vendedor, a través de su comisionista vendedor, reconocerá al comitente comprador un cero punto dos por ciento (0,2%) del valor de la negociación adjudicada por cada evento que implique una obligación incumplida hasta llegar a dos por ciento (2.0%).

• Si se evidencia el incumplimiento reiterativo en lo concerniente a las obligaciones de la FTN, DCE

y demás anexos, así como en las obligaciones consignadas en la sección 9 de la FTN

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“OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD COMISIONISTA VENDEDORA Y COMITENTE VENDEDOR”, plazos y compromisos pactados en más de cinco (5) eventos o cinco llamados de atención y/o requerimientos con el límite de los descuento incluidos en precedencia, puede derivar el incumplimiento total de la operación; evento en el cual, el supervisor de la negociación, designado por el comitente comprador, informará a la sociedad comisionista de Bolsa compradora para que ésta, a su vez, informe a la Bolsa, de manera inmediata, con el objetivo de que la Bolsa Mercantil de Colombia pueda proceder según su reglamento.

• En caso de declaratoria de incumplimiento, el servicio no se suspenderá de manera inmediata, dada la imposibilidad de que se interrumpa la prestación del servicio negociado, razón por la cual el comitente vendedor incumplido seguirá prestando los servicios, bajo las mismas condiciones pactadas, hasta tanto la Bolsa Mercantil de Colombia, de acuerdo a sus procedimientos, honre la operación, o hasta cuando la Entidad pueda iniciar un nuevo proceso hasta lograr el cierre de una nueva negociación y el inicio de la prestación del servicio, término que será cancelado por la entidad bajo los mismos términos.

• No obstante el anterior procedimiento, la Entidad adicionalmente aplicará los ACUERDOS DE NIVELES DE SERVICIOS (ANS) contemplados en el Documento de Condiciones Especiales de las macros 3 y 4

12. INTERVENTORÍA Y/O SUPERVISIÓN

La Supervisión de la negociación a cargo del Comitente Comprador será ejercida por la Dirección Administrativa a través de Coordinador(a) del Grupo de Apoyo Logístico del Comitente Comprador o por quien delegue el ordenador del gasto. En ambos casos, se actuará de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011 o normas que lo complementen, modifiquen o adicionen. El SUPERVISOR DE LA NEGOCIACIÓN deberá realizar el seguimiento técnico, administrativo, financiero, contable y jurídico de la negociación, verificando además la correcta ejecución del objeto contratado, en el periodo de la negociación en caso de no contar con interventoría.