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Vinculación del OET con instrumentos normativos
Objetivos de Desarrollo del Milenio Objetivo 7.- Sostenibilidad del Medio Ambiente Meta 7A: Incorporar los principios del desarrollo sostenible en las políticas y los programas nacionales e invertir la pérdida de recursos del medio ambiente Plan Estatal de Desarrollo Chiapas Solidario 2007 – 2012 Eje 4.- Gestión ambiental y Desarrollo Sustentable 4.2.3.- Ordenamiento Ecológico Territorial Objetivo 2.- Promover y regular el uso de suelo en el Estado. Ley Ambiental para el estado de Chiapas Artículo 31.- La Secretaría tiene la facultad para formular, ejecutar, evaluar y vigilar los programas referidos en las Fracciones I y II del artículo 29 en concordancia con los programas de ordenamiento expedidos por la Federación. Fracción IX.- El ordenamiento ecológico tendrá prioridad sobre otros instrumentos que no sean compatibles con los principios del desarrollo sustentable, integrándose a los programas de desarrollo urbano.
Ordenamiento Ecológico Territorial
Instrumento de política ambiental para regular o inducir el uso del suelo y las
actividades productivas para lograr la protección del medio ambiente, la preservación
y el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales.
Representa uno de los retos fundamentales en materia de desarrollo sustentable,
maximiza el consenso social y minimiza los conflictos ambientales.
Problemáticas identificadas
Crecimiento desordenado de la mancha urbana
Asentamientos humanos irregulares en zonas de riesgo
Los tiraderos a cielo abierto no cumplen con la normatividad
Deforestación Contaminación del Río Desbordamientos por el
Incremento en el Coeficiente de Escurrimiento de la Subcuenca
Proceso de Ordenamiento Ecológico
Convenio de coordinación
Comité
Programa
Consulta Pública
Decreto
Formulación Expedición Ejecución Modificación
Revisión del Programa
Evaluación
Indicadores
Políticas Lineamientos Estrategias Criterio Ecológicos
Vinculación (MIAS) Programación ….
Reporte con Resultados
Comité y Bitácora Ambiental
Formulación y expedición de los Programas de Ordenamiento
Formulación
•Integración del Comité de Ordenamiento (Comités de Cuenca de los Ríos Sabinal y
Lagartero)
•Elaboración de las etapas de Caracterización, Diagnóstico, Pronóstico y
propuesta
•Talleres de participación social y sectorial
•Diseño de la Bitácora Ambiental
Expedición
Consulta pública.- Talleres de validación sectorial
Decretos en el Periódico Oficial
Modelos de Ordenamiento Ecológico y Territorial
Modelo de Ordenamiento Ecológico De la Subcuenca del Río Sabinal
Modelo de Ordenamiento Ecológico De la Subcuenca del Río Lagartero
Ejecución
El Artículo 40 de la ley Ambiental para el Estado de Chiapas menciona que el programa de ordenamiento ecológico del territorio será considerado en la regulación del aprovechamiento de los recursos naturales, en la localización de las actividades productivas y en los asentamientos humanas, conforme a las siguientes bases:
I. En lo que se refiere a los asentamientos humanos, será considerado en:
a) Los programas estatal y municipales de desarrollo urbano; b) La fundación de nuevos centros de población; c) La creación de reservas territoriales para el desarrollo urbano y la vivienda,
y la determinación del uso y destino del suelo; d) La ordenación urbana del territorio de la entidad y los programas estatales
y municipales para infraestructura, equipamiento urbano y vivienda; e) Los financiamientos para infraestructura, equipamiento urbano y vivienda
otorgados por las instituciones de crédito público y privado y otras entidades;
f) En los apoyos que otorguen el Gobierno del Estado y los gobiernos municipales para orientar los usos del suelo;
Ejecución
a) La realización de obras públicas, privadas sociales o en actividades que puedan ocasionar impactos ambientales;
b) El otorgamiento de concesiones, autorizaciones o permisos para el uso, explotación y aprovechamiento de aguas de competencia del Estado;
c) El otorgamiento de autorizaciones o permisos para el aprovechamiento de los minerales no reservadas a la Federación, que constituyan depósitos de naturaleza semejante a los componentes de los terrenos, tales como rocas o productos de su fragmentación que sólo pueden utilizarse para Ia fabricación de materiales para la construcción u ornamento de obras;
d) El financiamiento a las actividades agrícolas, pecuarias, forestales y primarias en general, para inducir su adecuada localización;
e) El otorgamiento de autorizaciones o permisos para actividades, proyectos y desarrollos turísticos de cualquier índole;
II. En cuanto al aprovechamiento de los recursos naturales, será considerado en:
Ejecución
III. En cuanto a la localización de la actividad industrial y de los servicios, será considerado en:
a) La realización de obras y actividades federales, estatales y municipales, públicas y privadas;
b) Las autorizaciones para la construcción y operación de establecimientos industriales, comerciales o de servicios;
c) El otorgamiento de estímulos fiscales orientados a promover la adecuada localización de las actividades productivas; y,
d) Financiamiento a las actividades económicas para inducir su adecuada localización y en su caso su reubicación.
Integración funcional del Ordenamiento Ecológico Territorial (OET)
• Sustentabilidad
• Prevención ante riesgos
• Manejo adaptativo
• Adaptación al cambio climático
Gobernanza
Calidad de vida
Desarrollo Económico
Conservación De la Naturaleza
Vinculación de programas Federales y Estatales
SEMARNAT
SEDESOL
SECTUR
SAGARPA
CONAGUA
CONAFOR
SECAM
COFOSECH
SEDESO
SECTURI
SINFRA
CODECOA
INESA
SE
UGA 70
UGA 2
Beneficios sectoriales
Certidumbre para la gestión ambiental y referencia para el cumplimiento del marco normativo ambiental por los sectores
Legitimidad y reconocimiento social
Generación, integración y compartición de información diagnóstica territorial
Disminuir conflictos ambientales y sociales
Aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, garantizando la disponibilidad y calidad para las futuras generaciones
Integración de perspectivas y visión común
Fortalecimiento de la transversalidad intersectorial
Certidumbre operativa de inversión y desarrollo futuro del sector
Construcción Conjunta del marco de planeación y gestión ambiental territorial
Reducción de la vulnerabilidad ante eventos hidrometeorológicos
Bitácora Ambiental del Estado de Chiapas
www.bitacora.semahn.chiapas.gob.mx
Información adicional:
Dirección de Planeación Ambiental y
Ordenamiento Ecológico Territorial Av. Río Usumacinta No. 851 Col. Los Laguitos
Teléfono y Fax: 961-12-5-02-59 Ext. 58217