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UNIVERSIDAD SANTO TOMÁS EN CONVENIO CON LA UNIVERSIDAD DE
SALAMANCA
MAESTRÍA EN DERECHO PENAL
MONOGRAFÍA PARA OPTAR AL TÍTULO DE MAGÍSTER EN DERECHO PENAL
“SÍNDROME DE MUJER MALTRATADA Y MIEDO INSUPERABLE”
DIRECTOR: DR. CARLOS ROBERTO SOLÓRZANO
PRESENTADO POR: MARCELA ROA AVELLA
BOGOTÁ, D.C. OCTUBRE DE 2008
2
A mi hijo, constante fuente de mi inspiración
y destinatario de mi más profundo amor.
A mis padres por su paciencia y apoyo incondicional.
A Dios por darme la tenacidad y constancia, necesarias y por ser el motor de mi
vida.
3
Mis sinceros agradecimientos al Director, Doctor Carlos Roberto Solórzano, por
su apoyo, dedicación y valiosas orientaciones.
A la Universidad de Salamanca y la Universidad Santo Tomás por su gestión y
acompañamiento.
4
TABLA DE CONTENIDO
INTRODUCCIÓN
1. CAPITULO 1. CONCEPTO PSICOLÓGICO Y JURÍDICO DEL MIEDO
1.1. CONCEPTO PSICOLÓGICO DEL MIEDO
1.1.1. EMOCIONES, SENSACIONES Y PASIONES
1.1.2. DEFINICION Y EFECTOS
1.1.3. FORMAS DEL MIEDO
1.2. CONCEPTO JURÍDICO DEL MIEDO
1.2.1. CONCEPTOS DOCTRINARIOS Y UBICACIÓN DOGMÁTICA
1.2.2. CÓDIGO PENAL COLOMBIANO DEL 80 (Decreto LEY 100 DE 1.980)
1.2.3. CÓDIGO PENAL COLOMBIANO (Ley 599 de 2000):
2. CAPITULO 2. PERFIL DE LA VÌCTIMA
2.1. ¿PORQUÈ PERMANECEN AL LADO DEL MALTRATADOR?
3. CAPÍTULO 3 PERFIL DEL MALTRATADOR
4. CAPÍTULO 4. TIPOS DE VIOLENCIA
4.1. VIOLENCIA PSICOLÓGICA
4.2. MANIFESTACIONES O FORMAS DE MALTRATO PSICOLÓGICO
4.3. CONSECUENCIAS DEL MALTRATO PSICOLÓGICO
4.4. VIOLENCIA FÍSICA
4.5. CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA FÍSICA
5
4.6. VIOLENCIA SEXUAL
5. CAPÍTULO 5. CICLO DE LA VIOLENCIA, TEORÍA DE LA IMPOTENCIA APRENDIDA
y SINDROME DE MALTRATO A LA MUJER
5.1. El CICLO DE LA VIOLENCIA
5.2. LA IMPOTENCIA APRENDIDA
5.3. SÍNDROME DE MALTRATO A LA MUJER (SIMAM)
6. CAPÍTULO 6. COMPARACIÓN LEGÍTIMA DEFENSA Y MIEDO INSUPERABLE
6.1. CAUSALES DE JUSTIFICACIÓN
6.2. LEGÍTIMA DEFENSA
6.3. CAUSALES DE INCULPABILIDAD
7. CAPÍTULO 7. ¿EXISTE LÍNEA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA EN MATERIA DE LA CAUSAL DE EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD
“MIEDO INSUPERABLE”?
REFLEXIÓN Y CONCLUSIONES
BIBLIOGRAFÍA
6
INTRODUCCIÓN La principal motivación para abordar el tema objeto de estudio de este trabajo,
es básicamente el impacto que en la realidad social y en especial en la
sociedad colombiana, ha adquirido el tema de la violencia de género al
interior del núcleo familiar. Cada vez con mayor frecuencia e intensidad,
tenemos noticias, de las graves situaciones de maltrato, producidas al interior
de las parejas, que se materializan en conductas violentas, en el ámbito
psicológico y físico principalmente.
Una de las principales dificultades para cuantificar, o dimensionar esta grave
realidad es la ausencia de denuncia en la mayoría de los casos, a pesar de lo
cual, como se anotó, los episodios de violencia de género, son cada día mas
comunes y recurrentes en la sociedad colombiana, lo que, sin lugar a dudas, ha
encendido una alarma social en torno del tema.
En desarrollo de este trabajo, se busca analizar en qué medida la violencia
sufrida por la mujer maltratada, y sus devastadores efectos psicológicos pueden
llevarla a cometer delitos en contra de la vida o integridad de su maltratador,
motivada por una circunstancia de miedo insuperable.
Se analizarán en primera instancia el concepto psicológico y jurídico del miedo,
con el fin de determinar el verdadero alcance que puede tener en relación
con las mujeres que sufren situaciones de maltrato a manos de sus parejas.
Seguidamente se analizará el denominado ciclo de la violencia y el síndrome
de la mujer maltratada, conceptos que permitirán analizar las graves
consecuencias que el maltrato produce en la víctima, a nivel físico, pero sobre
todo a nivel emocional y psicológico.
Una vez analizados los anteriores aspectos, se revisarán las posiciones
doctrinales, en relación con la ubicación dogmática que debe darse al miedo
insuperable.
7
Todo lo anterior, con el fin de legitimar la posibilidad de la aplicación de la
causal de inculpabilidad del miedo insuperable, a situaciones de mujeres
maltratadas que lesionan o causan la muerte a sus parejas maltratadoras.
Se busca, en consecuencia, legitimar una hipótesis divergente a la
tradicionalmente aplicada a este tipo de situaciones.
8
CAPITULO 1. CONCEPTO PSICOLÓGICO Y JURÍDICO DEL MIEDO
1.1. CONCEPTO PSICOLÓGICO DEL MIEDO
1.1.1. Emociones, Sensaciones Y Pasiones:
A efectos de entender mas claramente el numeral segundo de este capitulo, es
necesario hacer claridad acerca de algunos conceptos que se utilizaran mas
adelante.
Jesús Orlando Gómez López, aporta una clara definición de sensación, por la
que podemos empezar este aparte:
“Sensación es el registro en la conciencia de una estimulación producida, que
llega a cualquiera de los aparatos sensoriales y después se lleva al cerebro. Así,
pues, llegada la sensación al cerebro, es sometida a rapidísimas elaboraciones
mentales con los datos del cerebro, convirtiéndose así en una “percepción”
que es ya una impresión sensorial que, recibida por los sentidos, es
comprendida y entendida por el cerebro”.1
De acuerdo con lo anterior, las sensaciones ingresan en el ser humano a través
de sus diferentes sentidos, y utilizan el sistema nervioso para llegar hasta el
cerebro para poder ser asimiladas y comprendidas y convertirse en
percepciones.
“Llegado el estimulo (ofensa, agravio), etc.) a la conciencia del individuo, este
lo comprende, se forma una imagen del mismo y le produce una sensación de
agrado o desagrado, de placer o desplacer…llega a la conciencia del
1 Gómez López, Jesús Orlando. “El Delito Emocional”. Ediciones Doctrina y Ley. Pág.138
9
individuo mediante sus sentidos internos externos, produce una percepción,
una idea o una imagen, se graba, evoca, comprende y produce un cambio
en el estado anímico de la persona, una reacción de placer o desplacer, de
agrado o desagrado lo que se conoce con el nombre de afectividad”.
Respecto del término afectividad, Nodier Agudelo Betancur, hace algunas
precisiones importantes, al definirla como “…la facultad por la que el organismo
logra impresionarse ante los estímulos del mundo exterior o reaccionar frente a
ellos, según el sentido positivo o negativo que tengan para el sujeto”. 2
Así entonces, podemos entender que los diferentes estímulos provenientes del
medio ambiente, afectan el estado anímico del ser humano, una vez que se
incorporan a su conciencia, y generan una determinada sensación, agradable
o no, de acuerdo con el cual el individuo rechazará o aceptará con agrado el
estimulo o la situación que lo ha generado: esto es lo que Gómez López
denomina “estados anímicos”.
“…La ira, el dolor, el amor, los celos, el miedo, el temor, etc.”, son estados
afectivos, son cambios del tono afectivo de la persona ante estímulos”.3
También el autor Joseph Ledoux, en su artículo “El aprendizaje del Miedo: de los
sistemas a las sinapsis”, entrega algunas luces respecto del concepto de
emociones: “Las emociones involucran un conjunto complejo de procesos
neuronales…Así, el procesamiento de las percepciones la visión de una
serpiente, por ejemplo) o los recuerdos (la evocación de la muerte de la
persona amada, por ejemplo) pueden activar estados emocionales”,
encontramos entonces nuevamente la referencia a un primer estadio anterior a
la emoción, que es precisamente la percepción a través de los sentidos, la cual
al ser “procesada” por el cerebro, genera una sensación, o lo que estos autores
han denominado “estados emocionales”.
Respecto del funcionamiento de las emociones, y su relación con los estados
orgánicos del individuo “…hay que subrayar que el procesamiento de las
emociones es representacional…Hoy tenemos pruebas, a partir de estudios
neuroanatómicos, comparativos, neurofisiológicos y neuropsicológicos, de que
las emociones implican representaciones del estado orgánico del individuo. En
particular, implican la relación entre ciertos estados orgánicos presentes o
futuros y estados previos de referencia, que sirven para relacionar los cambios
en el estado orgánico con la supervivencia y el bienestar del organismo. Es
2 Agudelo Betancur, Nodier. “Emoción Violenta e inimputabilidad penal. Editorial Linotipia Bolívar. Pág. 2.
3 Ibidem. Pág. 139
10
decir, las emociones, se refieren en última instancia y a grandes rasgos, a
representaciones de las homeostasis”. 4
Algunos autores refieren el concepto de las denominadas emociones primarias,
dentro de las que se encuentran, “el miedo, la ira, la alegría, la tristeza, el
disgusto, la sorpresa, emociones que van acompañadas de patrones de
conducta tales como respuestas faciales, motoras, vocales, endocrinas y
autonómicas hasta cierto punto estereotipadas, y que son reconocibles por
encima de diferencias culturales y raciales en los seres humanos”.5
En el mismo sentido, Ralph Adolphs, refiere la misma clasificación, citando a
Damasio: “una tipología muy general de las emociones, como la que distingue
entre emociones primarias o básicas y secundarias o sociales (Damasio 1994).
La primera categoría incluye las emociones independientes de la cultura que
pueden reconocerse a partir de expresiones faciales, como la felicidad, la
sorpresa, el miedo, la ira, la repugnancia y la tristeza.”6
Vale la pena hacer una corta pero precisa referencia a la utilización de los
términos emoción y pasión indistintamente, y quizás la mejor forma de
diferenciarlas, es decir que “la distinción se ha encontrado, mejor en la
duración y así puede decirse que la pasión es la emoción estabilizada en el
tiempo”. 7 Cuando se presenta un estímulo que desequilibra al organismo, ya
sea positiva o negativamente, surgen las emociones; las cuales, normalmente
tienen un carácter transitorio, pasajero; pero si por el contrario la emoción no
desaparece sino que permanece, repitiéndose una y otra vez, debemos decir
que la emoción se ha transformado en pasión. Citando a Kant, Nodier Agudelo
compara magistralmente los dos conceptos: “…la emoción puede compararse
con el turbión de agua que hace explotar el dique, mientras que la pasión es la
misma agua que socava de manera lenta pero inexorable hasta que al final
también destruye igual”. 8
1.1.2. Definición Y Efectos:
Para hablar del miedo, como emoción que es, tal y como veremos mas
adelante, es pertinente realizar unas pocas consideraciones en torno al término
genérico emociones, las cuales después de muchas investigaciones,
4 Morgado, Ignacio. “Emoción y conocimiento la evolución del cerebro y la inteligencia” Ed. Tusquets Editores
5 Belmonte, Carlos. http://www.larebotica.es/larebotica/secciones/expertos/emocionescerebro/index.html
6 Adolphs, Ralph. ¨Emoción y conocimiento en el cerebro humano” en: Emoción y Conocimiento. LA evolución del
cerebro y la inteligencia. Pág. 159. Edición de Ignacio Morgado. Ed. Metatemas. 7 Agudelo Betancur, Nodier. “Emoción Violenta e inimputabilidad penal. Editorial Linotipia Bolívar. Pág.6
8 Citado por Agudelo Betancur, Nodier. “Emoción Violenta e inimputabilidad penal. Editorial Linotipia Bolívar.
Pág.6
11
(básicamente las realizadas por Joseph Le Doux y Antonio Damasio) se ha
aceptado, comparten espacio con la parte cognitiva (pensamiento) en el
cerebro.
Es necesario decir que las emociones no son el resultado de un proceso único
en el cerebro, sino que en su desarrollo se involucran diferentes y complejos
procesos cerebrales.
Como se enunció anteriormente, las emociones se clasifican en primarias y
secundarias, Jesús Orlando Gómez López, lo explica de la siguiente forma: “Se
tiene que el miedo, la ira, el dolor son las emociones primarias que se derivan
directamente de los instintos de conservación y reproducción… las emociones
primarias…constituyen la forma mas simple y primitiva de reacción del individuo
en el campo de la afectividad. El instinto de conservación –en el miedo y la ira-
señorea; por ello, en las emociones primarias se halla la respuesta directa del
instinto…esta es la razón de la brusquedad en su aparición y de las
repercusiones síquicas y físicas de que se acompaña”. 9
En diferentes apartes de su texto, Gómez López, insiste en el carácter digamos
connatural al hombre del mismo, como algo que le viene impreso
genéticamente, sin perjuicio claro de que surja con posterioridad, en razón a
conocimientos previos o experiencias anteriores, que el sujeto pueda relacionar
con la sensación de miedo; “El miedo es una reacción emocional congénita
del hombre, como expresión propia del ser vivo, pues “desde que nacemos y
sin previa experiencia damos manifestaciones de ese primitivo miedo”… el
miedo viene a constituirse, para las especies vivas y conscientes, en un reflejo
condicionado por la previa experiencia, de suerte que, ante análogas
situaciones a una anterior desagradable y que implica peligro de mal,
reaccionamos en forma similar. En el hombre, el miedo surge de la capacidad
de anticiparse mentalmente a los posibles efectos que para el pueda implicar
la situación que se afronta”. 10
Es entonces importante señalar que las denominadas emociones primarias, y
dentro de ellas, el miedo, parecen venir insertas en el ser humano
genéticamente, y su desarrollo se produce como consecuencia de estímulos,
que permiten que éste emerja de manera casi instintiva.
Muchos autores, tanto en escritos literarios, como en algunos científicos, han
analizado el tema del miedo, su concepto, sus efectos e inclusive su origen
9 Gómez López, Jesús Orlando. “El Delito Emocional”. Ediciones Doctrina y Ley. Pág.145
10 Gómez López, Jesús Orlando. “El Delito Emocional”. Ediciones Doctrina y Ley. Pág.267
12
como emoción a nivel cerebral. A continuación se revisaran algunos de los
conceptos que se encuentran en la literatura.
En materia psicológica, el miedo es definido como una emoción, una reacción
que surge cuando quiera que el individuo se siente enfrentado a una situación
de peligro, sea real o ficticia, y que produce cambios fisiológicos.
Gómez López señala que “El miedo se define como una reacción emocional
primaria ante una experiencia u objeto amenazante que se presenta en forma
mediata o inmediata. Es…una manifestación vital y atañe al instinto de
conservación que previene contra situaciones de las cuales puede
desencadenarse un mal para el individuo…El miedo nace de un proceso de
estimulación que por nuestra experiencia, sabemos representa un peligro para
nosotros; de allí que sea una reacción emocional condicionada sensiblemente
por la experiencia … aunque el miedo parece instintivo, se acrisola
continuamente y se acrecienta en la medida en que se tengan estímulos del
mundo de relación”. El miedo es la respuesta del instinto de conservación del
individuo ante un peligro que amenaza la integridad. El miedo corresponde al
sentimiento del desplacer que nos impulsa a huir o a evitar el estimulo…”. 11
Por su parte, el Doctor Michel Echenique, en su articulo “Como trabajar con el
miedo” 12, define el miedo como la “interrupción súbita del proceso de
racionalización”, ya que produce una inactivación de los procesos
reaccionales, por lo que normalmente el individuo que tiene miedo, ante una
situación de peligro, queda en cierto bloqueo que le impide realizar procesos
mentales de racionalización, por lo que, como señala el mismo autor,
normalmente el sujeto hará lo contrario a aquello que debería haber hecho.
Adicionalmente aclara Echenique, que esa situación de bloqueo genera la
suspensión de los procesos fisiológicos y de racionalización por lo que el sujeto
se queda sin condiciones para hacer nada por un instante, ni pensar, ni sentir, ni
actuar”. El miedo entonces, se produce como consecuencia de una reacción
cerebral y psicológica frente a un estímulo que resulta desagradable para el
individuo, en la medida en que le representa alguna amenaza para su
bienestar o integridad, y que en consecuencia le hace activar su denominada
instinto de conservación.
Puede entonces definirse el miedo como la “reacción ante cualquier amenaza
o peligro que nosotros podamos percibir y que puede ser real o imaginario,
11
Gómez López, Jesús Orlando. “El Delito Emocional”. Ediciones Doctrina y Ley. Pág.145 12
Echenique, Michel. “Como Trabajar con el Miedo”. http://www.bodhidharma.com.ar/Como-Trabajar-con-el-
Miedo.36.0.html
13
presente o futuro”. Esa situación nos genera cierta parálisis que nos impide
tener seguridad para enfrentar el peligro, pero también en ocasiones esa
sensación de miedo actúa como un mecanismo de defensa que nos permite
determinar mas o menos acertadamente las consecuencias que se pueden
derivar del peligro que nos genero el miedo. 13
Por supuesto, no puede dejarse de lejos la definición de Emilio Mira y López, en
su magnánima obra “Cuatro Gigantes del Alma”: “…el miedo-heraldo de la
muerte- no es, ni mas ni menos, que la emoción con que se acusan, en los
niveles superiores del reino animal, los fenómenos de parálisis o detención del
curso vital que se observan hasta en los mas sencillos seres vivos unicelulares,
cuando se ven sometidos a bruscos o desproporcionados cambios en sus
condiciones ambientales de existencia”. 14
En el amplio análisis que Mira y López hace del miedo, se encuentra que
subraya que al estar expuesto al estimulo causante del miedo, el individuo
disminuye o anula sus procesos vitales:
“Tan pronto como un organismo anticipa un efecto, o sea , tan pronto como
establece el reflejo condicionado correspondiente, bastara la presencia- mas o
menos lejana – de un estimulo asociativamente ligado a la acción dañina,
para que se observe en el ser el mismo cuadro de disminución o detención de
sus mas aparentes funciones vitales”. 15 Adicionalmente, también refiere la
disminución o anulación de los procesos racionales, al igual que muchos otros
autores, reconocen que una primera reacción del individuo ante estímulos que
le produzcan miedo, es una ausencia, suspensión de los procesos racionales,
Mira y López lo señala de la siguiente forma, refiriéndose a la fisonomía miedosa,
como inhibitoria:
“Entonces surge un verdadero “bloqueo” y paralización de las corrientes
nerviosas…desintegrándose el trafico vital de los impulsos reacciónales y
desapareciendo toda manifestación de conducta individual planificada.
Desde el punto de vista bioquímico se afirma que en tales momentos las células
nerviosas están en “fase refractaria”, y no tienen lugar en su interior
desprendimientos energéticos, sino simples microcambios anabólicos. Es claro,
que el miedo, produce efectos a nivel psicológico y físico, que denotan una
suspensión de los procesos racionales normales, y que impiden que el individuo
pueda planificar su actuar, de manera racional, y controlada.
13
Aparicio Perez, Trinidad. http://www.pulevasalud.com/subcategoria.jhtml 14
Mira y López, Emilio. “Cuatro Gigantes del Alma”. Editorial El Ateneo. Pág.13 15
Ibidem. Pag. 14
14
“Los mecanismos cerebrales que se activan con la aparición del miedo, se
encontraban presentes en momentos primitivos de la evolución animal y ellos
permanecen aun en muchos vertebrados, y en el hombre…gran parte de las
respuestas emocionales no se producen de manera conciente, sino que la
respuesta conciente surge al final de una cadena de procesos cerebrales
anteriores.” “William James, un psicólogo americano propuso en 1884 que las
emociones no ocurrían primero a nivel cognitivo, para ir seguidas luego por su
respuesta vegetativa … sino que el proceso ocurría exactamente al revés: la
experiencia cognitiva de la emoción seria secundaria a su expresión fisiológica.
En términos simples, cuando nuestro cerebro detecta, por ejemplo una situación
de peligro… ponemos en marcha las reacciones de huida o de lucha
(actividad motora, taquicardia, et.) a nivel inconsciente y son estas las que dan
lugar a la sensación consciente de miedo en otras zonas del cerebro”.16
Los diferentes efectos fisiológicos que se producen, tiene que ver con las
reacciones del sistema nervioso autónomo y el sistema endocrino. Dentro de los
efectos fisiológicos que pueden surgir como consecuencia del miedo,
encontramos los siguientes:
Como consecuencia de la activación del sistema nervioso simpático y de
la glándula suprarrenal, se produce la segregación de las hormonas
adrenalina y nor adrenalina
Si la situación generadora del miedo continua, se producen reacciones
en la corteza suprarrenal y en la adenohipofisis, consistentes en la
segregación de hormonas antiflogísticas
En casos de miedo permanente o prolongado, se produce una
disminución en la actividad de la glándula tiroides consistente en la
disminución en la producción de la hormona estimulante tiroidea.
Dentro de muchos efectos fisiológicos señalados por diferentes autores, puede
afirmarse, que en su mayoría refieren la presencia de sudoración, vaso
dilatación o vaso constricción (con el consecuente enrojecimiento o palidez),
etc. 17
“Subjetivamente el miedo produce la sensación de achicamiento, perdida de
confianza en la capacidad, reducción de la personalidad… somáticamente
16
Belmonte, Carlos. http://www.larebotica.es/larebotica/secciones/expertos/emocionescerebro/index.html 17
Gomez Rey, Elena. “Sobre el Miedo”. http://www.monografias.com/trabajos12/sobmied/sobmied.shtml
15
presenta se presenta aceleración cardiaca, palpitaciones, detención o
aceleración del ritmo respiratorio, temblor…”. 18
Los efectos fisiológicos producidos por el miedo, implican en el individuo la
sensación de peligro, de incapacidad de responder al mismo, los cuales se
compaginan con modificaciones en la frecuencia cardiaca y respiratoria,
sudoración, enrojecimiento o palidez, es decir, hay un cuadro de efectos físicos
y psicológicos que coinciden en el individuo durante el episodio de miedo.
Vemos como la intervención de los sistemas simpático y parasimpático,
producen diferentes efectos a nivel físico y psíquico, “Los sistemas simpático y
parasimpático actúan en forma antagónica: el simpático moviliza al organismo
para la acción, dilata los vasos sanguíneos para aumentar el flujo de sangre en
los músculos, dilatación pupilar, aumento del ritmo cardiaco, aumento de la
intensidad respiratoria, se movilizan por acción de la adrenalina de las reservas
de glucosa del hígado, el nivel de producción de glóbulos rojos asciende, el
tiempo de coagulación de la sangre, se interrumpe el proceso digestivo,
aumenta el sudor. Todos estos cambios sirven para preparar al hombre que ha
de luchar: la sangre es más vigorosamente impulsada a los sitios del cuerpo
(músculos y cerebro) que más la necesitan; el incremento de azúcar aumenta
la eficacia muscular.
Por su parte el sistema parasimpático, que funciona al unísono, es opuesto,
inhibe el cuerpo para la acción, hay contracción pupilar, disminuye el ritmo del
corazón, cierra los esfínteres, procura reposar el cuerpo, de modo que el cuerpo
antes de una acción “lucha” entre los dos impulsos, y, produciéndose un fuerte
impulso agresivo, predomina el sistema simpático. El impulso agresivo (ira),
empuja la acción: el impuso depresivo (miedo, dolor), generalmente retiene,
salvo que sea extremo”.
Algunos autores inclusive señalan algunas reacciones que pueden percibirse en
algunos animales, en situaciones de peligro, las cuales parecen innatas, así por
ejemplo LeDoux, anteriormente citado, señala lo siguiente: ¨La paralización es
una buena estrategia ante un peligro…si el animal se queda completamente
quieto, tiene mas posibilidades de salir con vida, que si empieza a saltar de un
lado a otro. Otras respuestas saciadas son cambios en la tensión arterial, el ritmo
cardiaco y diversas reacciones del sistema nervioso autónomo, como la
disminución de la sensibilidad al dolor”. 19
18
Gómez López, Jesús Orlando. “El Delito Emocional”. Ediciones Doctrina y Ley. Pág.145 19
LeDoux, Joseph. ¨El aprendizaje del miedo: de los sistemas a las sinapsis. Pág. 112
16
Dentro del análisis de los efectos del miedo, es pertinente señalar las fases
señaladas por el autor Mira y López, ya mencionado anteriormente, ya que su
especial análisis puede dar claridad en lo relacionado con los efectos físicos
que se pueden advertir en el individuo que se ve expuesto a la sensación de
miedo. Veamos:
El autor indica que el miedo puede alcanzar diferentes grados de intensidad,
para lo cual señala seis niveles: prudencia, cautela, alarma, angustia, pánico y
terror, respecto de los cuales aclara que si bien normalmente se presentan el
uno seguido del otro en el orden ya señalado, pueden darse simultáneamente,
y los síntomas de cada uno pueden mezclarse o presentarse conjuntamente.
Prudencia:
Plano Objetivo: “El sujeto adopta un actitud modesta, de autolimitación
voluntaria…de sus posibilidades de creación, destrucción o mantenimiento de
dominio. De esta suerte afirma su inmediato deseo de pasar inadvertido y no
entrar en conflicto con el ambiente”. 20
En este estadio es posible que el sujeto empiece a percibir conscientemente el
miedo, en un nivel de conciencia aun muy bajo.
Plano Subjetivo: “Se producen abundantes racionalizaciones… para
convencerse de que el comportamiento es justo. El sujeto llega a sentirse
autosatisfecho y seguro, por considerarse más previsor que el resto de sus
semejantes”. 21
En esta etapa, a penas hay una precaria percepción de una posible situación
de peligro, para la cual el individuo trata de no interactuar con el medio, para
evitar que el peligro que parece existir no se materialice.
Cautela (Fase desconfiada):
Plano Objetivo: “El sujeto…se halla… en situación atemorizante, pero cuenta
con el dominio de sus respuestas ante ella. Los movimientos muestran la actitud
cautelosa y concentrada de su autor, ya no son espontáneos sino severamente
controlados, “
20
Mira y López, Emilio. “Cuatro Gigantes del Alma”. Editorial El Ateneo. Capitulo III. Pág. 44. 21
Ibidem.
17
Plano Subjetivo: “…un estado de creciente preocupación, aumenta el interés,
la atención expectante y el anhelo de asegurar el dominio de la
situación…Surge la duda de poder controlar la situación, por ello hay cierta
incertidumbre, temor a fracasar, el sujeto se siente pesimista, pero busca
disimular su temor, mostrándose tranquilo, aunque en realidad ya perdió la
calma”. 22
El sujeto en esta etapa, es mas conciente de la existencia del peligro, ya no
logra estar calmado, esta en una actitud defensiva, de marcada cautela,
preparándose para una eventual defensa.
Alarma:
Plano Objetivo: “El sujeto sigue penetrando la situación intimidante y el miedo
ya se muestra ante el intimidante. La actitud es de alarma y desconfianza
intensa. Aparecen movimientos superfluos… alteraciones del ritmo y seguridad
de la conducta motriz.”
Plano Subjetivo: “El sujeto se da perfecta cuenta de que no puede controlar el
curso de sus pensamientos y se empieza a obsesionar ante…su inminente daño.
El juicio pierde su claridad” 23
En esta etapa es claro que el sujeto siente el miedo en gran intensidad, y
empiezan a darse claras manifestaciones físicas de su sensación de
imposibilidad de controlar adecuadamente la situación.
Angustia (Fase ansiosa):
Plano Objetivo: “… la desorganización funcional provocada por el miedo ha
destruido ya la unidad intencional y ha inhabilitado sus mejores posibilidades de
reacción. Ya no hay autorregulación de la motricidad”.
Plano Subjetivo; “Íntimamente el sujeto vive esta fase con un animo ansioso y
angustiado…En efecto la conciencia siente una extraña mezcla de temor y
furor incontenibles… El sujeto “se siente enloquecer”: se cree al borde de
“perder la cabeza”.24
Pánico:
22
Ibidem. Pág. 45 23
Ibidem. Pág. 46 24
Ibidem. Pág. 47
18
Plano Objetivo: “Caracteriza esta fase…la dirección anatómica de la
conducta. La corteza cerebral sufre ya los efectos de su total inactivación
(muerte temporal) producida por la absoluta invasión del miedo… “la
tempestad” se hace ahora kinetica, o sea, tiene lugar en la esfera motriz…
pueden observarse ahora crisis convulsivas… la fuerza muscular parece
centuplicada pero es ciegamente liberada en actos que solo por casualidad
resultan adecuados”.
Plano Subjetivo: “…en esta fase el sujeto a penas si se da cuenta de cuanto le
ocurre o realiza, algunas vivencias de pesadilla (…deliriosas, incoherentes)
seguidas de rápida amnesia (olvido) es todo cuanto llega a producirse en su
plano consciente”. 25
En esta fase o momento del miedo, el individuo no tiene capacidad alguna de
razonar, o realizar procesos concientes, sino que sus reacciones son
absolutamente automáticas, y podría decirse que su cuerpo y sus reacciones
no le pertenecen, sino que están en manos del miedo.
Terror:
Plano Objetivo: “En este maximo grado de intensidad de la acción del miedo –
que constituye la fase final de su proceso de anulación individual- los
fenómenos de inhibición han alcanzado ya, también, a los centros
subcorticales y mesencefálicos …el sujeto ha perdido no solamente su
intelección …sino toda su potencia reaccional motriz. Yace cual una estatua de
piedra, esto es, “petrificado”, confundido con la tierra (a-terrorizado); inmóvil,
inerte, “muerto de miedo”. Su palidez y su inexpresión, la falta de reacción
local, incluso ante estímulos violentos y dolorosos, nos revelan objetivamente la
ausencia de vida personal, psíquica. Su ser esta temporalmente agotado e
inactivo, y puede incluso estarlo de un modo definitivo (muerte verdadera) si el
proceso de inactivación alcanza los centros simpáticos”.
Plano Subjetivo: “En rigor en esta fase no existe ya vida personal o subjetiva
propiamente dicha, pues solamente se conservan las actividades
neurovegetativas mínimas para asegurar la persistencia del ser…El individuo
semeja un muñeco de cuerdas rotas, que permanece como un mueble u
objeto en el campo situacional, absolutamente ajeno a cuanto en el se
desarrolla”. 26
25
Ibidem. Pág. 48 26
Ibidem. Pág. 49
19
1.1.3. Formas Del Miedo:
De acuerdo con el autor Emilio Mira y López, considera importante relacionar la
clasificación que hace de diferentes tipos de miedo, y sus efectos. 27
Este autor considera que existen tres tipos de manifestación del miedo: instintivo
(orgánico, corporal y ascendente), racional (condicionado, psíquico y
descendente). Veamos las características que Mira y López atribuye a cada
uno de ellos.
Miedo Instintivo Orgánico:
“Corresponde a la forma primitiva de manifestarse la retracción o debilitación
del metabolismo, bajo la acción directa e inmediata (sobre las células
corporales) de un influjo dañino. Sus manifestaciones son idénticas en todos los
seres humanos y se producen con la celeridad máxima y un absoluto
automatismo, dando lugar a la cesación o suspensión de las actividades en
curso y la adopción de la postura que ofrece la mínima superficie vulnerable
posible.
Respecto de este tipo de miedo, podemos identificarlo con el primer momento
de miedo señalado por otros autores ya citados, ya que se encuentra
coincidencia en la “paralización” que este produce en el individuo, y que es
algo automático casi no percibido por el individuo, esto es, el sujeto no alcanza
a racionalizar que tiene miedo, simplemente lo tiene, llega de repente y
produce esa suspensión de funciones racionales de la que ya se había hablado
anteriormente.
Este tipo de miedo, parece coincidir con lo que Gómez López denomina
reacción emocional congénita, al referirse a ese miedo común a todos los seres
humanos, e inclusive a algunas especies animales, cuando quiera que no tenga
un referente experiencial anterior.
Miedo Racional Sensato:
Es el miedo que este autor denomina “profiláctico”, el que se siente a priori
(reacción ante el peligro, señal anticipadora del daño), no a posteriori
(reacción ante el daño) como el anterior.
27
Mira y López, Emilio. “Cuatro Gigantes del Alma”. Editorial El Ateneo. Capitulo III. Pág. 39 y s.s
20
“Es pues, un miedo condicionado por la experiencia y va del brazo de la razón,
por eso también puede designarse como un miedo “lógico”. “28
Adicionalmente el autor refiere como por ser un miedo que se piensa antes de
sentirse, permite al individuo predisponer lo necesario para evitar el daño,
señalando que es un miedo previsor, previsto de prudencia.
Este tipo de miedo se relaciona con algunas apreciaciones consagradas por
Gómez López en su texto: “El factor cognoscitivo es papel preponderante en la
producción de la emoción miedosa, pero el mundo del conocimiento
depende en otra medida del mundo social y de los valores comunitarios e
individuales; de allí que los factores culturales condicionen a sentir miedo o
no”.29
Esta tipología de miedo es aquella, que resulta de los diferentes procesos
cognoscitivos del hombre, de sus experiencias, de sus vivencias, es decir, todos
aquellos miedos que el hombre puede tener “fundadamente”, en atención a
un conocimiento previo, de la misma situación que actualmente vive, o una
muy similar; conocimiento que puede hacerle prever motivadamente, que se
encuentra en una situación en la que puede correr peligro.
Claramente puede ocurrir que una situación para un individuo resulte
naturalmente causante de miedo, ya sea por circunstancias atinentes a su
educación, cultura, formación familiar etc., de acuerdo con las cuales sea
justificable su sensación de miedo, pero la misma situación puede resultar
absolutamente inocua para otro sujeto que se haya desarrollado en un
ambiente, social, educativo, religioso, en el cual esa situación no sea
normalmente causante de miedo.
Miedo Imaginativo Insensato:
“También se le conoce con los calificativos de miedo absurdo, “fobia”, de
presunción o mágicointuitivo. Su característica esencial es que el objeto que lo
condiciona nunca ha sido causa de miedo orgánico en el sujeto y solamente
se encuentra ligado a un verdadero estimulo fobigeno…por ello tal miedo
resulta injustificado e incomprensible…” 30
28
Mira y López, Emilio. “Cuatro Gigantes del Alma”. Editorial El Ateneo. Capitulo III. Pág. 41. 29
Mira y López, Emilio. “Cuatro Gigantes del Alma”. Editorial El Ateneo. Capitulo III. Pág. 267 30
Ibidem. Pág. 42
21
Son miedos, que no tienen una explicación vivencial conciente para el sujeto,
no están derivados de circunstancias que a cualquier “hombre medio” le
producirían miedo, sino por el contrario, son situaciones especiales que solo
producen ese efecto respecto del individuo en particular. Por lo anterior, para el
común de las personas, las reacciones en virtud de esta modalidad de miedo,
pueden resultar exageradas o incomprensibles.
1.2. CONCEPTO JURÍDICO DEL MIEDO
1.2.1. Conceptos Doctrinarios y Ubicación Dogmática
Al abordar la investigación en torno a este tema, es necesario aclarar que al ser
una creación dogmática y jurídica tan reciente, la producción doctrinaria,
legislativa y jurisprudencial en torno al tema, es precaria, más aún si se tiene en
cuenta que la figura del miedo insuperable tan solo a logrado una muy reciente
independencia, al subsumirse tradicionalmente en la categoría de la
inexigibilidad de otra conducta, como causal de inculpabilidad.
Por lo anterior, veremos un breve recorrido en los pocos autores nacionales e
internacionales que contemplan esta figura, los cuales debe anticiparse, tratan
el tema superficialmente.
Una de las primeras referencias que se encuentra señala que la figura del
miedo insuperable es una hipótesis que se ha considerado tradicionalmente
como una circunstancia de exclusión de culpabilidad, enmarcada
específicamente dentro de la denominada inexigibilidad de otra conducta,
dada básicamente por una situación en la que el sujeto no se puede motivar
normalmente porque padece miedo, lo que se traduce, en una imposibilidad
de adecuar su comportamiento a las prescripciones de la norma.
“El sujeto en cuestión sufre una incidencia de un factor externo que le provoca
temor. Y el ordenamiento jurídico entiende que en esas circunstancias no
corresponde sancionarle penalmente por haber actuado presionado por las
circunstancias. El punto de partida del miedo insuperable es una situación
subjetiva de miedo, basada en un mal real o imaginario que afecta al
individuo. En virtud del mal que puede llegar a padecer, el sujeto lleva a cabo
el delito no motivándose, en definitiva frente a la norma jurídica.”31
31
Lecciones de Derecho Penal. Parte General. Págs. 222 y 223. Editorial Praxis Universidad.
22
Es importante señalar que se acepta claramente que el sujeto que actúa en
una situación de miedo insuperable, no merece ser castigado por la normativa
penal, por cuanto ésta debe reconocer que el sujeto no logró la motivación
relacionada con la norma jurídica, por que una situación subjetiva generadora
del miedo le ha impedido hacerlo; es decir, se reconoce que la afectación
psicológica y física que produce el miedo, le impide al sujeto, motivarse
adecuadamente con la norma jurídica, y en consecuencia ajustar su
comportamiento a ella, es decir, no existe una resistencia del sujeto a motivarse,
sino una imposibilidad de que tal motivación se produzca, por una
circunstancia psicológica que afecta al sujeto.
Es claro, que si se acepta la imposibilidad de motivación, ello no puede
aceptarse en relación con cualquier tipo de temor, pues no cualquier estado
de miedo constituye fatalmente una causal de exclusión de culpabilidad, sino
que se exige la presencia de un miedo especialmente calificado como
“insuperable”.
“No cualquier situación de temor o miedo hablita la apreciación de esta
eximente. El miedo debe ser insuperable, es decir que no deje ninguna otra
posibilidad de actuar. El criterio que prevalece para decidir si un supuesto de
miedo es insuperable se basa en lo que pueda resistir un hombre medio en esas
circunstancias. No se apreciará miedo insuperable si se trata de una situación
perfectamente asumible por un ciudadano medio, pero en la que el sujeto, por
su carácter especialmente pusilánime o cobarde, prefiere cometer el delito a
tolerar las circunstancias que padece”.32
Del extracto anterior, es muy importante resaltar que no basta el afirmar que la
conducta delictiva de realizó por tener “miedo”, sino que es necesario que
para ese sujeto particular (se deben tener en cuenta y analizar el carácter y
circunstancias particulares del sujeto), en la situación subjetiva que causó la
sensación de miedo, en atención a ese miedo, no exista para el, posibilidad de
actuar de manera diferente. No se trata de un concepto absolutamente
objetivo, ya que si bien parte del baremo del hombre medio, analiza tanto las
circunstancias de hecho en las que se cometió el hecho punible (y
generadoras de la situación de miedo), como aquellas circunstancias de
personalidad y características propias de ese sujeto individualizado, que
hicieron que sintiera un miedo tal, que pueda catalogarse como insuperable, a
tal punto que le impidió actuar de conformidad con la ley.
Lo anterior, no puede entenderse como una licencia para que aquellos sujetos
en extremo miedosos puedan beneficiarse con mayor facilidad de esta figura,
32
Ibìdem.
23
sino, que debe siempre partirse del hombre medio, pero materializando ese
concepto, en el escenario real, en el que, como se dijo, deben ponderarse las
características del sujeto, de la situación generadora del miedo, y en general
las circunstancias que lo rodearon y la medida en que influyeron.
Del mismo tema se ocupan también los Doctores Muñoz Conde y García Arán,
al relacionar el análisis del concepto de miedo insuperable directamente con la
excluyente de culpabilidad de inexigibilidad de otra conducta, aunque
tímidamente estos autores van un poco más allá, al plantear incluso la
posibilidad de una “inacción”.
“En principio, esta eximente recuerda a una causa de inimputabilidad o incluso
de ausencia de acción, por cuanto el miedo es un estado psíquico que puede
llevar, incluso, a la paralización total del que lo sufre. Sin embargo, el miedo al
que aquí se alude es aquél que, aún afectando psíquicamente al que lo sufre,
le deja una opción o una posibilidad de actuación…”insuperable” quiere decir
aquí superior a la exigencia media de soportar males y peligros”. 33
Vemos como, se alude inclusive la hipótesis de inacción, la cual sin embargo no
estaría relacionada con el miedo insuperable, sino con lo que algunos autores
han catalogado como terror, siendo este el que imposibilita totalmente al sujeto
para moverse, por quedar “aterrado” (pegado a la tierra).
Nuevamente se encuentra la referencia (indirecta) en este caso, a un hombre
medio, es decir que al individuo se le exige que soporte la exposición a algún
mal o peligro, en la medida que lo soportaría un individuo cualquiera. Frente a
esto último debo anotar que si bien, es acertado acudir al baremo del hombre
medio, no puede olvidarse que al tratarse de una sensación miedo), debe
analizarse la situación particular de ese individuo y en que medida las
circunstancias a la que estuvo sometido, le impidieron tener una actuación
conforme a derecho; lo que no puede malinterpretarse, pensando que si el
sujeto en cuestión es especialmente miedoso, ello influya en la valoración
objetiva que de las circunstancias deba hacerse: “La insuperabilidad del miedo
es un requisito objetivo y, por lo tanto, en la medida en que el sujeto sea un
timorato o muestre una gran cobardía, no podrá apreciarse esta eximente..”34
En el plano de la ubicación dogmática de esta figura, es claro que los autores y
las legislaciones reconocen, en general, que debe ubicarse en el campo de la
exclusión de la culpabilidad, aunque como se verá, algunos autores han
planteado algunas hipótesis diferentes, como la exclusión de la antijuridicidad,
33
Muñoz Conde, García Arán, Mercedes. Derecho Penal. Parte General. Pág. 395. Ed. Tirant lo blanch. 34
Ibídem.
24
pero al final, se concluye que la ubicación más adecuada debe ser en el
ámbito de la culpabilidad.
“Por lo demás, igual que en el estado de necesidad, el mal que produce el
miedo ha de ser serio, real e inminente. De ahí que el miedo insuperable haya
sido considerado por algún autor también como una causa de justificación, lo
que no deja de tener su fundamento, pero el componente subjetivo (miedo)
de esta eximente hace preferible tratarla en el ámbito de la culpabilidad”. 35
Con la finalidad de motivar aun en mayor medida, la ubicación dogmática de
la figura del miedo insuperable, el doctrinante colombiano Juan Camell Cure,
citando a Bustos y Hormazábal, señala como el Estado, se autolimita en la
exigencia de la responsabilidad, en los casos de miedo insuperable: “qué es lo
que justifica racionalmente que una persona en situación de miedo insuperable
pueda quedar exenta de responsabilidad criminal si resuelve su conflicto
lesionando un bien jurídico. Esta respuesta solo puede encontrarse, de acuerdo
con nuestra concepción el sujeto responsable, como exigibilidad…un problema
de límites: hasta donde puede el Estado legítimamente exigir responsabilidad a
una persona afectada por un miedo insuperable en una situación concreta por
un comportamiento contrario a sus propios intereses…”36
La particularidad subjetiva que envuelve el miedo insuperable, hace que su
ubicación más adecuada sea en el ámbito de la cupabilidad, que es
precisamente el estadio donde a nivel dogmático se analiza primordialmente el
aspecto subjetivo del delito.
Finalmente, es necesario dentro de los autores nacionales, hacer referencia, a
uno de los poquísimos escritos en los que se hace un análisis diferente de la
incidencia del miedo insuperable en la estructura del delito, planteando un
interesante análisis de los casos en los que los diferentes estadios del miedo
pueden influir en las diferentes esferas del delito, veamos resumidamente los
principales aspectos que plantea Nodier Agudelo Betancur.
El mencionado autor relaciona la repercusión que el miedo, según su intensidad
puede tener en materia de conducta, antijuridicidad, inimputabilidad y
culpabilidad. De acuerdo con ello indica que el miedo puede afectar la
conducta (acción), en aquellos estados en los que el individuo se halla
“aterrado” o “petrificado”, esto es como una piedra, produciéndose una
35
Ibídem. 36
Cure Márquez, Juan Camell. El miedo insuperable como ausencia de responsabilidad penal, pág.84. Ediciones
Jurídicas Andrés Morales
25
afectación de los mínimos físicos y/o psicológicos que se requieren para que
pueda hablarse de acción.
“El miedo repercute en la conducta…la conducta exige un mínimo de
coeficiente psíquico o estar en posibilidad física de obrar…Ernst kretschmer
señala “como efectos agudos de shocks de terror encontramos en el hombre
rigideces motoras y estupores que, con muchas gradaciones, acaban por
desembocar en terreno propiamente histérico, o que tienen desde el primer
momento tal carácter…”37
Concluye el autor, que en tratándose de esos estados de pánico o terror,
puede darse una paralización que afecte los centros del movimiento, aclara
que con independencia de que se mantenga la conciencia o no, es claro que
no hay un mínimo para que jurídicamente se pueda hablar de acción.
Al analizar el efecto que pueda tener el miedo en el ámbito de la
antijuridicidad, el autor plantea que normalmente éste si se haya relacionado
con algunas causales de justificación, básicamente en el sentido de explicarlas,
esto es, cuando concurren una causal de justificación y el miedo, la primera es
prevalente, y el segundo, sirve para dar un explicación psicológica de la causal
de justificación, es decir que no se trata de que el miedo, por si solo constituya
la causal de justificación, sino que es un elemento de la misma, al darle
contenido psicológico, subjetivo a la misma, es decir, que en esos casos el
miedo no tiene un efecto autónomo para excluir la categoría de la
antijuridicidad, sino que acompaña otra causal, a la cual dota de un
componente psicológico adicional.
Es claro, que la naturaleza que rodea las causales de justificación, no es la
aplicable al caso del miedo insuperable, y es que, en tratándose de las
primeras, estamos en presencia de una conducta que a pesar de haber sido
consagrada como prohibida por el ordenamiento, en ciertas circunstancias, el
mismo legislador se encarga de elevarla a la categoría de licita, en tanto que
en el caso del miedo insuperable, la conducta permanece como prohibida,
pero el estado reconoce que en esas circunstancias, al sujeto no se le puede
exigir que actúe de manera diferente, porque están limitadas sus posibilidades
de actuar.
Es claro entonces, que en tanto en las causales de justificación, el propio Estado
reconoce que está en presencia de una conducta que él ha consagrado
37
Agudelo betancur, Nodier. Lecciones de Derecho Penal. Parte General Editorial Universidad Externado de
Colombia. Pág. 387.
26
como ilícita, pero que en determinados eventos que también él regula,
adquiere un ropaje de legalidad. Lo anterior no ocurre frente al miedo
insuperable, pues allí la ilicitud de la conducta se mantiene intacta, pero esa
especial circunstancia, hace que se reconozca una cierta imposibilidad del
sujeto para motivarse de manera adecuada y oportuna según los mandatos de
la norma penal.
Siguiendo su análisis el Doctor Agudelo Betancur aborda el tema de la
inimputabilidad, en materia del cual cita a Mira y López, para señalar que
cuando el miedo alcanza la cuarta fase (angustia, tempestad visceral) y la
quinta fase (pánico) no hay duda que en esos casos se presentará, al igual que
en los casos de fobias (miedos patológicos) una situación de inimputabilidad.
Finalmente el autor avanza hacia el análisis de los efectos que el miedo puede
causar frente a la categoría dogmática de la culpabilidad, y en la cual estaría
ubicado el miedo insuperable analizado en este trabajo.
“…en primer lugar, respecto del tema de la ubicación de sus consecuencias en
la culpabilidad: parece ir habiendo acuerdo mayoritario en que en este caso la
inculpabilidad se funda en la no exigibilidad de otra conducta; además se
discuten sus requisitos; aquí la doctrina generalmente exige la exaltación
emocional, aunque la serenidad y el cálculo pueden darse cuando el miedo
no ha alcanzado niveles muy altos ; tampoco se puede descartar el miedo
cuando hay un transcurso de tiempo entre la amenaza y la acción
salvadora…” 38
Como se ve, al tratar el tema de las consecuencias del miedo en materia de
culpabilidad, el Dr. Agudelo también señala que el fundamento se encuentra
sustentado en la inexigibilidad de otra conducta.
“…también se discute si al graduar la exigibilidad se debe atender a un criterio
objetivo o subjetivo: en este punto se ha llegado a la fórmula del “hombre
medio en la posición del autor”, lo del “hombre medio”, porque es ineludible un
criterio objetivo o parámetro de valoración objetiva…lo segundo, para tener en
cuenta al individuo en su concreta situación: edad, lugar, relación con el
agresor, etc”.39
Otro punto muy importante que ya había tratado en párrafos anteriores, es
analizado por el autor Agudelo Betancur, y es si el análisis del miedo obedece a
38
Ibìdem. Pàg. 399 39
Ibídem. Pág. 399
27
parámetros objetivos y subjetivos, ya que el hecho de que el miedo en sí mismo
sea subjetivo, genera confusiones en cuanto a su análisis, aunque el criterio del
hombre medio que anunciábamos anteriormente facilita el entendimiento del
tema.
Finalmente en este aspecto no puede dejar de mencionarse la referencia que
en punto de la ubicación dogmática del miedo insuperable hizo la Honorable
Corte Suprema de Justicia, en la sentencia del magistrado JORGE ANÍBAL
GÓMEZ GALLEGO, del 12 de Diciembre de 2002 así:
“En este punto, la doctrina no ha sido uniforme, pues mientras unos se inclinan
por considerar que el miedo insuperable excluye la antijuridicidad, otros opinan
que es una causa de inimputabilidad análoga al trastorno mental transitorio, y
los demás, que se inscriben en la posición dominante, propugnan por una
causa de inculpabilidad por "constituir un supuesto de inexegibilidad de otra
conducta a un sujeto concreto en una situación concreta al ser legítima la
resolución parcial del conflicto conforme a sus propios intereses bajo ciertos y
determinados respectos"40
Se concluye entonces, como ya se había adelantado que es necesario recurrir
a un parámetro objetivo, cual es el del hombre medio, pero no debe olvidarse
que no es un criterio frío, sino que es necesario relacionarlo con la situación
particular de ese individuo en esas condiciones, a fin de poder determinar con
claridad si el sujeto actuó en presencia de miedo insuperable, el cual le impidió
actuar conforme a derecho.
En el caso del miedo insuperable, se está ante una situación en la que al sujeto
no le es posible motivarse en condiciones de normalidad frente a la norma
jurídica, porque, como lo expresa Mir Puig, no se da una motivación racional
normal: “Ninguna causal de exclusión de responsabilidad penal supone la
absoluta imposibilidad de motivar, sino solo la anormalidad de la
motivación…Una eximente excluirá la responsabilidad penal cuando se prevé
porque se entiende que bajo sus presupuestos el sujeto no podrá adoptar una
decisión que responda a las leyes de una motivación racional normal”41
Es claro, que parece existir una inclinación mayoritaria a ubicar el fundamento
de la exclusión de la responsabilidad por cuenta del miedo insuperable, en la
figura de la inexigibilidad de otra conducta, y es que esa sustentación aparece
40
Gómez Gallego, Jorge Anibal. Corte Suprema de Justicia, Sala de Casación Penal. 12/12/2002. 41
Citado por Cure Márquez, Juan Camell. El miedo insuperable como ausencia de responsabilidad penal, pág.116.
Ediciones Jurídicas Andrés Morales
28
casi de manera natural al examinar la situación a la que se ve enfrentado un
hombre, cuyo cerebro, reacciones, pensamientos y en general su cuerpo
entero están permeados por una situación de miedo insuperable, y es que el
énfasis debe hacerse en esa especial cualificación del miedo, ya que ella, es la
que denota, que el miedo es de tal entidad, que el sujeto no está en
capacidad o posibilidad de salir de él, y, en consecuencia, no parece
razonable, natural, y me atrevería a decir, no parece legítimo, que en esas
condiciones el Estado pueda exigirle de manera fría, a ese sujeto, que adecue
su conducta a la normatividad, permitiendo que aún en esas circunstancias
que le son inmanejables, se motive según el mandato legal.
1.2.2. Código Penal Colombiano Del 80 (Decreto Ley 100 De 1.980):
En la ya citada sentencia de la Honorable Corte Suprema de Justicia, la Corte
hace una muy breve referencia a los antecedentes de la figura del Miedo en la
legislación penal colombiana:
“Tal como lo recuerda el Procurador Delegado, la legislación colombiana no
tiene tradición en la previsión del miedo como causal excluyente de
responsabilidad, pero sí como circunstancia atenuante de la punibilidad, así,
por ejemplo, el Código Penal de 1936 incluía en el artículo 38-3 como
circunstancia de menor peligrosidad "el obrar en estado de pasión excusable,
de emoción determinada por intenso dolor o temor, o en ímpetu de ira
provocada injustamente"; por su parte, el artículo 64-3 del decreto 100 de 1980,
incluía como circunstancia de atenuación punitiva "el obrar en estado de
emoción o pasión excusables, o de temor intenso", y en el Nuevo Código Penal,
artículo 55-3, se reitera como circunstancia de menor punibilidad "el obrar en
estado de emoción, pasión excusables, o de temor intenso". 42
En la legislación penal del 80 no se consagraba el miedo insuperable como una
causal de inculpabilidad, y la única referencia que se encuentra el tema, es la
tímida mención del temor intenso reseñado en ese código, dentro de las
causales de atenuación punitiva.
“ART.64-Atenuación Punitiva. Son circunstancias que atenúan la pena, en
cuanto no hayan sido previstas de otra manera:
3. Obrar en estado de emoción o pasión excusables, o de temor intenso”.
42
C.S. de J. Sala de Casación Penal. Diciembre 12 de 2002. RAD. 18983. M.P. Jorge Aníbal Gómez Gallego.
29
Es interesante resaltar como en esta legislación penal, el allí llamado “temor
intenso”, es una figura que no tiene ninguna relevancia en la configuración
dogmática del delito, esto es, no se reconoce que la situación de temor sufrida
por el sujeto pueda afectar de manera esencial la categoría de la culpabilidad,
sino que se aprecia simplemente un elemento de valoración al momento de
establecer la sanción penal.
Es decir que de acuerdo con la consagración legislativa del 80, el temor
intenso, hasta ahora empezaba a encontrar un primer espacio dentro de la
legislación penal, pero hasta ahora, como se dijo, con repercusión en materia
de atenuación de la pena, pero dejando intactos los diferentes estadios del
delito, y en particular, el tema de la culpabilidad.
1.2.3. Código Penal Colombiano (Ley 599 De 2000):
El actual código penal colombiano, consagra el medo insuperable en el
artículo 32, dentro de la categoría de ausencia de responsabilidad:
“ART. 32-Ausencia de responsabilidad. No habrá lugar a responsabilidad penal
cuando:
9. Se obre impulsado por miedo insuperable…”
En la actual legislación penal el miedo insuperable se considera una de
aquellas hipótesis en las que no hay lugar a responsabilidad penal, frente a lo
que debe aclararse, el legislador no indicó expresamente, cual de los estadios
dogmáticos del delito sería el afectado, esto es, reunió en un solo artículo las
situaciones de causales de justificación y causales de inculpabilidad entre otras.
Es claro que la consagración legislativa del actual Código Penal Colombiano,
es un avance representativo en relación con la legislación anterior, en tanto
que permite que el ahora llamado “miedo insuperable” tenga un espacio
dentro de la estructura del delito propiamente dicha, y no como en el pasado,
una simple referencia en materia de atenuación punitiva.
Adicionalmente, debe decirse que a pesar de que el catálogo de causales de
justificación y de inculpabilidad se haya fundido en una sola categoría
genéricamente denominada causales de exclusión de responsabilidad, la
diferenciación entre causales de justificación y causales de inculpabilidad, aún
es válida, a efectos de identificar cuál de las categorías del delito es la
afectada.
30
De lo anterior, se desprende la necesidad de aclarar que el miedo insuperable
se mantiene como una causal de exclusión de la culpabilidad, que se sustenta
como se explicó anteriormente, en la inexigibilidad de otra conducta, y en
consecuencia se trata de una conducta, que si bien ilícita, si bien recogida por
el ordenamiento jurídico como delito, no producirá para el sujeto
responsabilidad penal, en la medida, en que se entiende excluida la categoría
de la culpabilidad, por entenderse que derivado de la situación de miedo
insuperable, al sujeto no le era posible motivarse de acuerdo con las
prescripciones de la norma.
31
CAPITULO 2. PERFIL DE LA VÌCTIMA
Antes de analizar si existen características especiales que hagan a una mujer
más vulnerable para los malos tratos, y con el fin de desechar de plano la tesis
de que la mujer pueda ser “culpable” de su propia tragedia, se analizará
brevemente en qué medida los patrones culturales han desarrollado un
esquema de desigualdad entre hombres y mujeres, donde el hombre “debe”
mantener la superioridad y el poder sobre la mujer. Todo esto como
antecedente inmediato de las relaciones de maltrato de género.
Debe resaltarse que los parámetros de la sociedad actual, permiten que las
situaciones de desigualdad se perpetúen, ya que históricamente se ha
propiciado un sistema patriarcal, en el que la asimetría de poderes se
intensifica.
“La violencia contra la mujer, sustentada en el mito de la inferioridad del sexo
femenino, ha formado parte de la vida social y doméstica y de las relaciones
entre hombres y mujeres desde tiempo inmemorial, llegando a hacernos creer
que este modo de comportamiento es natural”. 43
Debemos entender que tradicionalmente desde los inicios de las diferentes
comunidades, ha sido connatural a la mujer, el asumir un papel que se ha
considerado como secundario, al estar encargada del hogar, de los hijos, de la
alimentación; mientras que al hombre se le ha entregado un papel
protagónico, de protección de la mujer y de los hijos, de consecución del
alimento y del sustento para la familia; con lo cual desde ese seno de la familia
se percibe una desigualdad, dada por el empoderamiento del hombre, quien
43
Ortiz, Maria Cristina. Vigilancia de maltrato a la mujer: diseño y aplicación de un procedimiento. Pág. 3.
Disponible en www.colombiamedica.univalle.edu.co/Vol133No2/cm33n2aed.htm
32
llega a sentirse “dueño” de la mujer y consecuentemente de los hijos; lo que le
permite disponer de sus destinos, y fijar reglas, de las cuales no pueden salirse.
En ese sentido, el autor Miguel Lorente Acosta en su libro “El Rompecabezas:
anatomía a del maltratador” señala como “ha habido y existe todavía una
actitud preconcebida para mantener de forma activa esa desigualdad
discriminando a las mujeres y situándolas en una posición de inferioridad. La
posición superior que ocupa el hombre no la tiene por poseer unas cualidades
tan diferentes respecto a las de la mujer, sino que la ha conseguido porque las
mujeres han llevado a cabo una serie de tareas domésticas y sociales que les
proporcionaban la seguridad y la estabilidad suficientes para poder afrontar la
escalada hacia posiciones sociales más altas. 44
En el artículo “El maltrato psicológico. Un problema para las mujeres, no de las
mujeres” se presenta la siguiente reflexión en ese sentido: “En la raíz de la
violencia contra las mujeres se evidencia la asimetría de poder que ha
propiciado el sistema patriarcal y machista imperante, y que ha llevado a un
abuso con la persona más desfavorecida en este esquema, la mujer”. 45
Es claro, que la tradiciones y mitos transmitidas generacionalmente han
perpetuado las relaciones de desigualdad entre los géneros, con lo cual la
asimetría del poder se ha intensificado, y lo que es peor, se ha hecho normal a
tal punto que nos parece invisible, a pesar de estar muy presente en todos los
ámbitos de las relaciones entre hombres y mujeres.
Como lo dice con mucho acierto Lorente Acosta, tradicionalmente se ha
tratado de explicar el fenómeno del maltrato femenino en “anormalidades” de
la mujer: hasta hace relativamente poco, y todavía hoy de forma indirecta, por
ejemplo, se hablaba de determinadas características de personalidad o de
ciertas alteraciones psicológicas en la mujer víctima de malos tratos, que la
hacían susceptible de ser agredida, sin tener en cuenta que las alteraciones
eran consecuencia del maltrato, no causa del mismo ni anterior a él” 46
“La violencia está estrechamente relacionada con la desigualdad de género.
La investigación feminista ha puesto de manifiesto la relación que hay entre la
violencia y las formas culturales de considerar a las mujeres inferiores a los
hombres (Millett, 1970, Salztman 1992). La violencia contra las mujeres es
resultado de la idea de superioridad masculina y de los valores que se reflejan
44
Lorente Acosta, Miguel. “El Rompecabezas: anatomía del maltratador” Editorial Ares y Mares. Pág.26 45
“El maltrato Psicológico. Un problema para las mujeres, no de las mujeres”. Pág. 1. Disponible en:
www.revista.onsumer.es/web/es/20050201/interiormente/. 46
Lorente Acosta, Miguel. “El Rompecabezas: anatomía del maltratador” Editorial Ares y Mares. Pág.40
33
en el código patriarcal. La esencia del código patriarcal es una representación
de la masculinidad a través del dominio sobre la mujer”. 47
La atribución de poder al hombre, se refleja a través de la necesidad de
dominación sobre la mujer, el cual, se le permite mantenga a toda costa, aun
cuando ello implique maltrato físico o psicológico. “la idea de jerarquía sexual y
la identificación de la virilidad con la superioridad masculina sobre la mujer, lo
que en el ámbito popular se ha llamado machismo, están intrínsecamente
unidas a la idea de que es legítimo imponer la autoridad sobre la mujer, incluso
mediante la violencia. A las mujeres se las considera como seres inferiores a los
que se puede usar, despreciar e incluso maltratar”.48
Tradicionalmente el estudio de la violencia contra la mujer, ha estado viciado
por algunos mitos que han logrado que las investigaciones en ese sentido
presenten en ocasiones ciertas características de las mujeres maltratadas que
las hace aparecer como “culpables” del maltrato sufrido. Sin embargo esas
posiciones comunes en los años 60 y 70, han sido revaluadas, para darle paso a
la aceptación de que cualquier mujer, puede ser objeto del maltrato por parte
de su pareja, y que no existe tampoco una cierta predisposición de algunas
mujeres por pertenecer a determinados sectores, clases sociales, niveles
educativos etc.
Esta modificación en el análisis del maltrato femenino fue apoyada en estudios
realizados en diferentes países, por ejemplo los realizados por SCHULTZ 1960,
SYMONDS 1979 Y WALKER 1979, así:
“En este tipo de hechos, la víctima presenta una serie de características que
hacen pensar a priori que gran parte de la situación viene condicionada por
ella.
Los primeros estudios centrados sobre la víctima, partiendo de la base de que
la conducta es el reflejo de la interacción de la persona con una situación,
llevaron a dicha conclusión, pensando que determinadas características de
algunas mujeres hacían que tuvieran una mayor probabilidad de ser
maltratadas. Estos trabajos se basaron en el estudio de mujeres que habían sido
agredidas, las cuales presentaban una serie de síntomas que fueron
considerados como causa de la violencia frente a ellas”.49
47
La violencia contra las mujeres. Pág. 1. Disponible en www.tnrelaciones.com/mujer/ 48
Ibídem. 49
Revista electrónica de ciencia penal y criminología. RECPC 02-07 (2000), Lorente Acosta, Miguel. Lorente
Acosta, José Antonio. Lorente Acosta, Manuel Javier. Martínez Vilda, Maria Elena. Villanueva Cañadas, Enrique.
34
Otra de las grandes tendencias, especialmente a nivel latinoamericano, es la
de asociar el maltrato femenino con bajos niveles educativos, dependencia
económica de la mujer respecto de su pareja, ser una mujer que permanece
en el hogar etc., características, sin embargo que no pueden tomarse como
absolutas, y las cuales han venido siendo revaluadas, en atención a las
muestras de la realidad del día a día, donde cada vez es mas común ver estas
situaciones de maltrato en estratos económicos altos, e inclusive en mujeres
trabajadoras, situaciones que normalmente no eran contempladas en los
estudios, por quedarse dentro de la llamada “cifra negra de la criminalidad”, lo
cual si bien es una constante en la mayoría de los casos de maltrato, lo es con
mayor medida, en círculos sociales económicos elevados, donde estas
situaciones se mantienen en total secreto.
En estudios del tema se indica que “Tampoco se encontraron en las víctimas
relaciones consistentes con los ingresos económicos, nivel de educación, ser o
no ama de casa, pasividad, hostilidad, integración de la personalidad, auto-
estima, ingesta de alcohol o emplear violencia con los niños. Del mismo modo,
no se hallaron evidencias en relación al estatus que la mujer ocupa, al trabajo
que desempeña, a las conductas que realiza, a su perfil demográfico o a las
características de su personalidad. Ninguno de estos factores influyen en forma
significativa en las posibilidades de que sufran una agresión en su vida
familiar”.50 (Subrayado fuera de texto).
Así, si bien es claro que pueden identificarse ciertas características en las
mujeres maltratadas, ello obedece precisamente a los efectos que la situación
de maltrato físico, psicológico o sexual genera en ellas.
De acuerdo con lo anterior, puede mencionarse que las mujeres que han sido
objeto de maltrato por parte de su pareja, generan una merma en su
autoestima, sienten miedo constante, pierden su esperanza de salir de la
situación de maltrato, y lo que es peor, cuando el maltrato no es físico, sino que
se encuentra en el ámbito psicológico, en ocasiones los sentimientos y
emociones generados por el mismo, impiden que la mujer sea consciente de la
situación de violencia en la que se encuentra.
Cecilia Díaz, en su artículo “Violencia de Género. Un paso atrás” señala como
se siente una mujer víctima de malos tratos por parte de su pareja o ex-pareja
de la siguiente forma: “¿Cómo se siente una mujer maltratada?
Metafóricamente podríamos decir que como la nada. Una mujer maltratada
tiene lesionado no solo su cuerpo, sino también inevitablemente su alma. Con
50
Ibídem.
35
una autoestima mermada y un sentimiento profundo de culpabilidad y
desesperanza se enfrenta día a día a su infierno particular (muchas veces sin
ser consiente del delito al que está siendo sometida)”. 51
Es tan fuerte el efecto psicológico que produce el maltrato en la mujer, y es
tanto el peso que los mitos culturales y sociales tienen en su forma de
reaccionar frente a esta situación, en tanto ha sido criada y educada bajo
parámetros de superioridad masculina, que en ocasiones, utiliza esos mitos y
tabúes, para justificar la conducta de su victimario, llegando a sentir que la
situación se ha generado por un comportamiento negativo de ella que ha
generado la furia de su pareja. En se mismo sentido, en el artículo ya
mencionado, Cecilia Díaz, señala como la mujer maltratada “Justifica las
agresiones a las que se ve arrastrada en base a su “mal comportamiento” o a
condiciones inherentes a su pareja: alcoholismo, estrés, enfermedad mental…
Se siente merecedora del trato recibido. En definitiva, está atrapada en una
espiral de violencia de la que le resulta casi imposible escapar”.52
Dentro de las manifestaciones perceptibles en la mujer maltratada, que como
ya hemos aclarado, no se trata de características que permitan diseñar un
perfil, sino por el contrario, de efectos, síntomas y manifestaciones generadas
como consecuencia de la propia situación de agresión en la que se encuentra
sumida. En el artículo “El maltrato Psicológico. Un problema para las mujeres, no
de las mujeres”, se señalan los siguientes síntomas, manifestaciones y actitudes,
como parte del retrato de una mujer maltratada:
Dolores de espalda y articulaciones.
Cefaleas.
Irritabilidad.
Fatiga permanente.
Tristeza, ánimo deprimido, ganas de llorar sin motivo aparente.
Ansiedad y angustia
Inapetencia sexual.
Sensación de vergüenza.
Sentimiento de culpa.
Temor generalizado.
Mantenimiento de una mirada huidiza.
Dejadez social. Escasez comunicativa: explicaciones vagas y confusas.
51
Díaz, Cecilia. Violencia de Género. Un Paso atrás. Pág. 1 Disponible en http:
http://www.comentariosdelibros.com/articulo-violencia-de-genero-un-paso-atras-1a34u1s.htm 52
Ibídem. Pág. 2
36
Entre otros efectos podemos señalar la consecuente aceptación de las
conductas violentas de la pareja o expareja, trastornos del sueño, trastornos
alimenticios (estos dos últimos pueden presentarse por otras condiciones
diferentes, pero también pueden estar ligados a estas situaciones de maltrato).
Veamos una relación de los efectos que pueden generarse en la mujer
maltratada, o cómo alguna autora los denomina de manera más precisa como
“sintomatología compleja”, parafraseándola anotaré lo siguiente: 53
Cuando quiera que una mujer se ve enfrentada a periodos de maltrato
continuos y prolongados, es normal que como consecuencia de las diferentes
agresiones sufridas desarrolle una serie de síntomas, así, el maltrato físico
materializado a través de golpes, ya sea con el propio cuerpo del agresor, o
con armas, genera contusiones, hematomas, hemorragias, fracturas,
destrucción o pérdida de algún sentido (audición, visión etc.), en ocasiones
también puede haber pérdida de cabello y cuero cabelludo, de algunas piezas
dentales etc.
Cuando hay golpes en la cabeza, se puede presentar conmoción cerebral,
coágulos, mareos, náuseas, amnesia, problemas en la visión etc. En muchos
casos cuando la mujer se encuentra en estado de embarazo puede ser
obligada por su victimario, a ingerir sustancias abortivas, o en ocasiones el
aborto puede sobrevenir como consecuencia de los golpes en el abdomen.
Como consecuencia de los malos tratos reiterados, la mujer genera una
“sintomatología orgánica”, que normalmente puede estar acompañada de
una serie de efectos Psicológicos, que se resumen de la siguiente forma:
Agotamiento psicofísico.
Dificultades respiratorias, ahogos, los cuales pueden relacionarse con la
recordación de las situaciones de pánico vividas, como por ejemplo los
intentos de estrangulamiento de que haya sido objeto.
Palpitaciones, pulso alterado, ansiedad y terror, incrementados al
acercarse la hora de llegada al hogar del esposo violento.
Igualmente cuando el maltrato es psicológico, (insultos, humillaciones, gritos,
crítica a todas las actividades realizadas por la mujer, magnificación de
pequeños errores convirtiéndolos en episodios de críticas e insultos
interminables) se presentan daños en la personalidad de la mujer maltratada;
53
Amato, Marìa Inès. “La Pericia Psicològica en Violencia Intrafamiliar. Ediciones La Rocca. Pàg. 115 y ss.
37
puede haber temblores incontrolables, pánico, parálisis, y una constante
sensación de no tener posibilidad de escapar a ese estado, esta situación es
denominada por María Inés Amato como “síndrome de indefensión
aprendida”, dado por un estado de desvalimiento y desamparo, fracaso e
impotencia.
La sensación de terror constante puede generar incontinencia o diarreas
espontáneas, que denotan la falta de control que la mujer tiene sobre su
vida.
Después de producidos los ataques puede generarse una sensación de
desorientación que pueden afectar sus nociones de tiempo y espacio.
Letargia, sueño permanente en atención al profundo desgaste
psicológico y físico.
Cuando quiera que se presentan episodios de ataque sexual)
normalmente después del ataque de violencia física) en el periodo de
arrepentimiento. Esta violación le genera a la mujer confusión, depresión,
pánico, acompañados normalmente de llanto e insomnio.
Los sentimientos y síntomas antes referenciados, causan que la mujer sienta un
miedo inmanejable, un temor paralizante, frente al agresor, que la domina
totalmente, que mina al extremo su confianza en sí misma, y que hace que
sienta que no existe ninguna posibilidad de respuesta o defensa de su parte
frente a los continuos ataques; la mujer, desesperanzada, pierde todo anhelo
de superar la situación de malos tratos.
El desgaste psicológico que sufre la mujer, tratando de negar la situación en la
que se encuentra, o minimizando el peligro real en que se ve sumida, hacen
que pierda sus energías, lo que la pone en una situación aún más vulnerable
frente a su agresor.
Siguiendo a la Doctora María Inés Amato, podemos continuar clarificando el
retrato de la mujer maltratada, quien, con facilidad pasa de un estado
emocional a otro, siguiéndose episodios de llanto y súplicas para que la
situación cese, y episodios de auto-inflingirse la culpa de toda la violencia que
está viviendo.
A pesar de lo anterior, la mujer intenta mantener en su cabeza la esperanza de
que la situación cambie, especialmente en los periodos denominados de “luna
de miel”, en los que el agresor pide perdón y jura que las agresiones nunca se
van a volver a presentar.
38
Ahora bien, después de revisar el terrible escenario en el que se encuentra la
víctima, queda la sensación de no lograr comprender ¿porqué razón la mujer
permanece al lado del maltratador? Analicemos este aspecto:
2.1. ¿PORQUÈ PERMANECEN AL LADO DEL MALTRATADOR?
“Dentro de las razones más comúnmente identificadas en los diferentes
estudios, para explicar el porqué las mujeres que sufren maltrato por parte de su
pareja permanecen al lado del maltratador, se encuentran la dependencia
económica, la falta de preparación de la mujer, el peligro de perder a los hijos,
el temor por nuevos episodios del maltrato etc.
En ningún caso podríamos obviar la dependencia económica del marido, la
falta de alternativas o recursos propios, el temor al reproche social y familiar y
otro tipo de circunstancias como los efectos victimizadores del sistema judicial,
el temor a la toma de represalias de la pareja agresora, o la preocupación por
los hijos, aunque , a mi modo de ver, tales circunstancias no hacen sino actuar
como racionalizaciones válidas a los ojos de la propia mujer, y de otros, para
explicar una conducta de otro modo ininteligible”. 54
Veamos algunas causas que comúnmente se han atribuido como obstáculos
que explican en parte porque las mujeres no logran romper con el ciclo de la
violencia:
Dependen económicamente y afectivamente del hombre.
Miedo a que se cumplan las amenazas.
Miedo a que las agresiones sean más fuertes.
Miedo a que las agresiones se extiendan a sus hijos/as.
Creen que es su destino porque sus madres quizás fueron también
maltratadas.
Miedo a que le quite sus hijos.
54
Cantón Román, Blanca. “La importancia del factor género en la violencia contra la mujer: un enfoque psicológico
y social. Disponible en: http://www.ciudadanas.org/documentos/vg_enfoquespicologico_blancacanton.pdf
39
No aceptan el fracaso matrimonial y familiar.
No saben que están siendo maltratadas.
Sentimiento de culpa.
Desconocen sus derechos.
No tienen recursos económicos.
Falta de apoyo familiar.
Ocultan los malos tratos por vergüenza.
Pérdida de la autoestima.
No tienen apoyos legales o jurídicos.
Desconocen los recursos existentes (asesorías jurídicas y psicológicas,
Comisaría de la Mujer y la Familia) 55
En el mismo tema, es importante tener en cuenta que el maltrato continuado
va minando la seguridad de la mujer, y le va generando una falsa percepción
de la realidad; “…la mujer va sufriendo las consecuencias psicológicas de estar
sometida a una situación de violencia y agresión mantenidas, salpicada de
agresiones físicas y psicológicas. La frustración…favorece que la mujer vaya
reinterpretando su situación a través de los ojos del agresor…y así va apartando
de su realidad todos aquellos sucesos especialmente traumáticos, y se queda
con los momentos de afectividad, aunque sea tenue e intermitente…”56
Como lo adelantábamos en párrafos anteriores, la mujer maltratada en algunas
ocasiones no logra entender que está siendo víctima de un delito, y no
entiende porqué ella se encuentra en esa situación, sin mayores esperanzas
para salir de la misma, por lo que conciente o inconscientemente genera
justificaciones para esa situación, como lo explica la Doctora Cantón, ya
citada, si bien las razones normalmente esgrimidas por la mujer pueden
aparentemente explicar la situación de maltrato, son mas bien
55
“Las mujeres NO denuncian los malos tratos ¿POR QUÉ?, disponible en
http://www.sordos.com.uy/violencia/las_mujeres_no_denuncian.htm 56
Lorente Acosta, Miguel. “El Rompecabezas: anatomía del maltratador” Editorial Ares y Mares. Pág.37
40
racionalizaciones que la mujer maltratada utiliza para tratar de explicar un
fenómeno que ni siquiera ella misma comprende; porque existen ciertos “lazos
invisibles” que la atan a esa relación de maltrato.
Así, como quiera que existe una cierta tolerancia social a este maltrato
producido en la pareja, en ocasiones la mujer considera que se encuentra
dentro de una situación que debe tolerar: “…las mujeres involucradas en esta
ultima forma de violencia no suelen reconocerla con facilidad, debido a que,
por la misma tolerancia sociocultural, la “normalizan” por medio de diversos
mecanismos de distorsión cognoscitiva”. 57
Debe aceptarse que en algunos casos existe un amor enfermizo respecto del
maltratador, que la autora Luciana Ramos denomina “amor al hombre a pesar
de todo”, que denota una relación en la que “el miedo a perder el hombre es
más aterrorizante que el miedo al abuso al cual la mujer se ha condicionado.
Este amor puede prevalecer hasta que el abuso sea tan severo o amenazante
a la vida que la mujer se dé cuenta de que tiene que pararlo de alguna forma”.
Si bien no es un común denominador en todas las relaciones, si ocurre con
cierta frecuencia.
Debe reconocerse que la compleja dinámica de la violencia al interior de la
pareja, hace que múltiples factores influyan en su origen, y también en la
imposibilidad de la mujer de terminar con ese ciclo de violencia con facilidad;
entre los diferentes factores que influyen para que la mujer permanezca al lado
del maltratador, resulta muy ilustrador, señalar que “a pesar de los altos índices
registrados en relación con la violencia conyugal, el subregistro sigue siendo
muy alto, situación que se presenta por varios motivos. Primero, la problemática
de la violencia conyugal todavía sigue siendo considerada como algo
“normal” o “natural” en las relaciones de pareja; segundo, todavía no existe
una cultura de la denuncia por la insuficiente divulgación de la legislación que
previene y sanciona la violencia intrafamiliar; tercero, las mujeres sienten temor
por las posibles (y muy reales) represalias de sus compañeros; cuarto, por la
dificultad de éstas para salir del ciclo de la violencia marital…quinto, por la alta
tasa de impunidad para cualquier delito y en especial para aquellos que
suceden en el ámbito privado; y sexto, por la escasa credibilidad y respuestas
de las instituciones del Estado en nuestro país”. 58
57
Ramos Lira, Luciana. “Reflexiones para la comprensión de la salud mental de la mujer maltratada por su pareja
íntima. Disponible en www.publicaciones.cucsh.udg.mx/pperiod/laventan/Ventana16/16/16-6.pdf Pág. 6 58
Violencia de pareja: tipología, características e impacto en la sociedad. Reflexiones sobre violencia de pareja y
relaciones de género. Haz paz: política nacional de construcción de paz y convivencia familiar. 2000.
Pág,66
41
Tampoco puede perderse de vista, que algunos de los elementos que facilitan
la aparición de la violencia de pareja, en contra de la mujer, y que en cierto
sentido la “legitiman” socialmente también permiten que tal violencia se
perpetúe; así, por ejemplo, los patrones culturales tradicionales, de acuerdo
con los cuales, se ha legitimado la dominación del hombre sobre la mujer,
hacen que el control total del “hombre de la casa”, sobre la mujer sea visto
como normal, así invada todos los aspectos de la vida de ésta. Igualmente, así
como el hombre desde su niñez es enseñado a comportarse como “un
hombre”, a las niñas también se les inculca a ser dependientes y pasivas, se les
proyecta como mujeres casadas, que deben cumplir con ciertas tareas al
interior del hogar (la reina del hogar), dentro de las que se encuentran todas
aquellas tareas relacionadas con el hogar, y adicionalmente con el cuidado y
atención de los hijos y del marido, en pocas palabras, desde la niñez, a las
mujeres se les implanta un sello indeleble de sumisión, abnegación e inclusive
dependencia del hombre (marido).
“La socialización de género tradicional, limita los recursos y habilidades
psicológicas emocionales y hasta físicas de las mujeres para poder hacerse
valer como personas con dignidad y respeto por sí mismas. Las mujeres
aprenden desde muy temprano el comportamiento de la abnegación y de la
sumisión en las relaciones con los hombres y por ello se las elogia y se las
premia. Las conductas que hacen de una mujer un ser vulnerable a los malos
tratos son casi las mismas que se le ha enseñado como femeninas y dignas de
amor”. 59
Siguiendo la misma línea, la doctora Consuelo Barea Payueta, resume las
razones por las que una mujer no deja al agresor, de la siguiente forma:
En primer lugar la autora señala el miedo de la mujer, a que el dejar al
maltratador, o denunciarlo motive un nuevo ataque, igual o más violento que
los anteriores, por cuanto es común que el agresor, en desarrollo del maltrato
psicológico o físico, amenace a la mujer, con asesinarla si lo deja, o con llevarse
a los hijos o con causarle a ella, o a los miembros de su familia, lesiones o la
muerte.
En segundo lugar la autora señala como posible razón para que la mujer no
cuente con la fuerza necesaria para romper el ciclo de violencia algunos mitos
culturales y/o religiosos que han sido tangencialmente tratados en párrafos
anteriores; tales como que la mujer debe obedecer al hombre, que causa más
daño a los hijos una separación que la situación de violencia doméstica, que
59
Ibídem. Pág. 67
42
ésa violencia es un asunto privado que debe resolverse igualmente en privado,
que está primero la familia que la mujer, que con amor logrará cambiar al
marido, y perdonarlo. Mitos, todos éstos, que podemos encontrar en diferentes
países y culturas, con pequeñas variaciones, pero todos ellos causantes de
generar en la mujer la sensación de no poder salir de esa situación de maltrato,
o de perder la conciencia de estar verdaderamente sometida a una situación
de violencia en su contra, o lo que es peor, de generar en su psiquis, la
sensación de ser culpable de cada episodio de violencia que ocurre.
En tercer lugar, la autora resalta la llamada “minusvalía aprendida”, de
acuerdo con el cual la mujer, como consecuencia de los malos tratos físicos y
psicológicos, queda “inmovilizada”, sin capacidad para salir de ese ambiente
de violencia, por cuanto la violencia continuada ha minado sus recursos y ha
acabado por convencerla que en verdad no es posible salir de ese escenario
violento. “El síndrome de Estrés Post Traumático la mantiene en el terror de día y
de noche, el Síndrome de cenicienta y Supermán destruye la autoestima de la
mujer. Ésta cree que sin el no va a salir adelante y que no va a poder dar a sus
hijos un hogar decente, ropa y escolarización… Hay una ausencia de
alternativas reales en cuanto a alojamiento, empleo y economía a causa del
control y aislamiento a que ha sido sometida”. 60
Es importante para concluir, resaltar, como el maltratador logra hacer sentir a la
mujer, que no hay posibilidades de escapar a esta situación: “La percepción
del hombre y la mujer es totalmente distinta, mientras que él pierde
definitivamente cualquier tipo de respeto hacia ella, la mujer percibe la
desconsideración, se sienta fracasada y sin escapatoria ni salida de la situación,
pues al sentirse en parte responsable cree que allí donde vaya volverá a ocurrir
lo mismo, y que todo lo que pase mientras perdure la situación actual se lo tiene
merecido”.61
Ahora bien a manera de conclusión de este pequeño tema, vale la pena tener
en cuenta la importante afirmación que hace Lorente Acosta: “al hablar de
violencia contra las mujeres son muchas las preguntas que se hacen sobre la
conducta de la mujer que sufre la agresión, sobre lo que hace o deja de hacer,
que porqué no denuncia, que porqué retira después la denuncia, que porqué
aguanta tanto tiempo, porqué vuelve con el agresor, o incluso, que porqué lo
denuncia o lo deja. Todo son interrogantes que acosan a la mujer. Sin embargo
muy pocos se hacen la pregunta clave: porqué el hombre agrede a la mujer
60
Ibídem. Pág. 5 61
Lorente Acosta, Miguel. “El Rompecabezas: anatomía del maltratador” Editorial Ares y Mares. Pág.55
43
con la que mantiene una relación de pareja, y porqué lo hace de manera
sistemática siguiendo un ciclo de intensidad creciente.”62
CAPÍTULO 3 PERFIL DEL MALTRATADOR
En este capítulo, también debe aclararse que después de muchos estudios en
los cuales se han tratado de identificar características de hombres
maltratadores, debe aceptarse, que no existen características especiales que
predispongan a un hombre a ser maltratador, sino que debe concluirse que
cualquier hombre puede ser maltratador, y no existen especiales factores que
sean esencialmente determinantes para que lo sea.
“Si tuviéramos que definir un perfil que pudiera recoger al agresor en todas sus
manifestaciones, éste vendría dado por tres características fundamentales:
hombre, varón, de sexo masculino. No hay perfil, se trata de un perfil elástico,
maleable que puede adoptar cualquier forma sin que se modifique su
esencia”.63
Es claro, que no existen rasgos especiales que permitan determinar que existe
un perfil de hombre maltratador, por cuanto el hombre maltratador puede
tener cualquier edad, pertenecer a cualquier clase social, tener bajo o alto
nivel educativo, económico o laboral, y si bien algunos factores relacionados
con el consumo de alcohol o drogas, pueden estar ligados a los maltratadotes,
no son de necesaria presencia en el maltratador.
Debe también tenerse en cuenta que el maltratador no es un enfermo mental,
no es un trastorno psicológico lo que hace que se comporte de esa manera,
aunque puede que las calidades de maltratador y enfermo mental coincidan,
se repite, ello no quiere decir que sea un trastorno psicológico el que determine
el carácter de maltratador en el hombre.
62
Ibídem. Pág.27 y 28 63
Ibidem. Pág.45
44
“…el maltratador no es una persona agresiva en forma habitual, sino que ejerce
la violencia solo contra su mujer, de una manera selectiva, es decir, tiene una
doble cara; una feroz, dedicada a su mujer, y otra, distinta, impecable, fuera
del entorno familiar. Su capacidad de simulación es tal que, al menos en un
principio, suele engañar a familiares, vecinos, policías, médicos, haciéndoles
creer que su mujer es una histérica… Es decir, el maltratador sabe muy bien lo
que hace. Se cree en el derecho “natural” de someter y degradar a su pareja.
Es celoso, posesivo y controlador”. 64
En el mismo sentido, encontramos el siguiente comentario, del Doctor Andrés
Montero Gómez: “En primera instancia, la relación entre desorden psicológico y
conducta agresiva no es tan lineal ni dicotómica como pudieran pretender
algunos planteamientos. Son más del 95 por ciento los agresores de mujeres no
diagnosticados de enfermedad mental. El maltratador no es un enfermo, pero
semejante perspectiva no excluye que haya algo en su estructura de
personalidad que desvíe su conducta de aquello que se considera
comportamiento normal pues, caso contrario, no tendría sentido un eventual
tratamiento”. 65
Al igual que en los párrafos anteriores, cuando se trató el tema del perfil de la
víctima, en este momento debemos recordar nuevamente que el esquema
patriarcal imperante en la sociedad durante años, y el cual subsiste aún, es el
escenario propicio para que la violencia de pareja se genere y perpetúe.
Considero importante también, el comentario de cinco especialistas europeos
reunidos en España, quienes lo primero que dijeron a la BBC Mundo, al tratar el
tema del maltrato femenino fue lo siguiente:
“En la "cultura de la violencia" el papel del hombre duro, fuerte, agresivo,
dominador, que no demuestra sus sentimientos y hace pocos gestos de cariño,
"está reforzado por los medios de comunicación, por la películas de Hollywood.
Si ves los filmes de vaqueros, de ex combatientes de guerra, de acción, verás
una foto del hombre violento”66
Podría señalarse que existen ciertos rasgos inculcados cultural y socialmente a
los hombres que pueden influir en la actitud agresiva, “…sí a los hombres se les
inculca desde chicos, ser arriesgados, rudos, agresivos, a no tener en cuenta sus
sentimientos ni los de los demás y a utilizar la fuerza física como manifestación
64
Retos en la salud mental del siglo XXI en atención primaria. Disponible en
www.semergen.es/semergen2/mocrosities/manuales/maltraro/maltratador.odf 65 Montero Gómez, Andrés. Artículo publicado en el diario “La Razón”. Mayo de 2001. Disponible en
http://www.nodo50.org/mujeresred/andres_montero-maltratadores.html 66
Torres, Graciela. “No lloro, pero sí que pego”. Disponible en:
http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/international/newsid_6181000/6181328.stm
45
de su hombría, ¿cómo se les pide que sean unos maridos y padres
comprensivos, cariñosos y afectivos?
La socialización diferencial por sexo facilita una masculinidad que tiende a
expresar los conflictos a través de la violencia…” 67
No puede perderse de vista lo señalado al comienzo de éste texto, estamos
sumergidos en una cultura que promueve y perpetúa estereotipos de relaciones
de pareja y de familias, donde el maltrato pasa a ser algo válido, común y que
debe mantenerse en la intimidad de la pareja, validando la violencia, como
mecanismo de dominación, y control del hombre sobre la mujer; mitos, y
estereotipos que se ven reflejados además en los medios de comunicación.
En la misma reunión en Barcelona señalada anteriormente, el alemán Stefan
Beckmann, del centro Dissens de Berlín señaló que lo que busca el maltratador
es "dominar y explotar a la mujer. Lo que quiere es crear una relación de
dominio donde los demás (porque incluye a los hijos) vivan con miedo". 68
Debe tenerse presente que los objetivos de la conducta violenta son
básicamente “…la obtención del control de la mujer y en utilizar la violencia no
solo como un daño físico, psíquico y moral…sino como una forma de aleccionar
a la mujer para que se deje controlar y someter, y para que se mantenga en
esa posición secundaria e inferior a la del hombre” 69
Igualmente, debe tenerse en cuenta que al hombre se le vende la idea de ser
el “jefe del hogar”, con lo cual se acentúa la desigualdad de poder al interior
de la familia, siendo el hombre el responsable de tomar todas las decisiones
que atañen a la familia y a todos sus miembros, en aspectos educativos,
laborales, económicos etc.
Por lo anterior, y en atención al amplio poder que social y culturalmente se ha
entregado al hombre, éste necesita mantener su poder y dominación respecto
de la esposa y los hijos, a cualquier precio.
“Socialmente no hay un prototipo de maltratador; puede ser de clase alta o
baja, con estudios o sin ellos, joven o viejo. «Es un perfil plano», dice Bonino, que
trata a unos 50 de estos hombres al año. Su conducta no tiene por qué estar
ligada al consumo de alcohol o drogas -en el 80% de los caso no lo está- y
67
Violencia de pareja: tipología, características e impacto en la sociedad. Reflexiones sobre violencia de pareja y
relaciones de género. Haz paz: política nacional de construcción de paz y convivencia familiar. 2000. Pág,67 68
Torres, Graciela. “No lloro, pero sí que pego”. Disponible en :
http://news.bbc.co.uk/hi/spanish/international/newsid_6181000/6181328.stm 69
Lorente Acosta, Miguel. “El Rompecabezas: anatomía del maltratador” Editorial Ares y Mares. Pág. 50
46
tampoco a desviaciones psíquicas. En contra de lo que pueda parecer, la
mayor parte de los agresores no son enfermos mentales. Según Enrique
Echeburúa, catedrático de Psicología Clínica de la Universidad del País Vasco y
pionero en España en la aplicación de terapias a hombres maltratadores, «el
20% de ellos sí presenta un trastorno mental –alcoholismo, esquizofrenia
paranoide, trastorno delirante…-. Pero el 80% son „normales‟; no existe un
trastorno grave, aunque sí presentan alteraciones de la personalidad y
cognitivas, como un machismo extremo o la justificación del uso de la violencia
para resolver problemas” 70
A continuación, partiremos de la clasificación que hace el autor Miguel Lorente
Acosta, en su Libro: “El rompecabezas; autonomía del maltratador”, en el cual si
bien se mantiene la tesis de la inexistencia de un perfil de hombre, cuyas
características puedan clasificarlo como maltratador, si se manifiestan ciertos
tipos de hombres maltratadores de acuerdo con “la forma de maltratar”.
En ese sentido afirma Lorente: “Todos los hombres tienen un precio y todos los
hombres pueden tener un motivo para agredir a sus mujeres, solo dependerá
de que ellos consideren que esa situación es merecedora de una corrección
por medio de la violencia… No se trata de hombres violentos, de perfiles
psicopáticos ni de problemas enraizados en su personalidad; la violencia es un
recurso que la sociedad y la cultura ponen a disposición de los hombres para
utilizar “en caso de necesidad”, dejando a su criterio determinar cuando surge
la necesidad” 71
Comparto plenamente la posición del autor, en señalar que no se puede hablar
de “un” hombre maltratador, cuando cualquiera puede serlo, por lo que debe
rechazarse que se trate de un enfermo mental, o de una especie de hombres
con determinadas características de personalidad. Es muy importante hacer
conciencia, de que el maltratador no es un hombre enfermo, cuya patología
psicológica o psiquiátrica lo hace cometer el delito, sin que pueda evitarlo;
para por el contrario aceptar que se trata de hombres de carne y hueso, de
cualquier estrato social, con diversos niveles educativos, con o sin antecedentes
de maltrato; esto es, un hombre…maltratador.
Continúa el precitado autor: …rápidamente aflora todo el arsenal de
justificaciones y explicaciones que la cultura originaria de las agresiones esgrime
ante su manifestación: el que no está loco o trastornado antes de llevar a cabo
70
“Romper el Ciclo de la Violencia” Disponible en:
htpp://www.elmundo.es/documentos/2004/06/sociedad/malostratos/hacer_agresores.html 71
Lorente Acosta, Miguel. “El Rompecabezas: anatomía del maltratador” Editorial Ares y Mares. Pág. 18.
47
la agresión, lo está en el momento de hacerlo, bien por la explosión de
emociones encontradas (celos, abandono, custodia de los hijos, quedarse con
la casa…) o bien por acción de algún elemento exógeno (alcohol drogas,
estrés social …) Ahí es donde cobra especial importancia romper con la idea
predeterminada del perfil del agresor, de buscar esa especie de “hombre
malo” o “masculinidad desviada” que permite al mismo tiempo justificar la
realidad de la violencia contra las mujeres y la existencia de una sociedad
pacífica y respetuosa con la mujer” 72
Debe entonces aceptarse que no es posible determinar la existencia de un
perfil o varios perfiles de hombres maltratadores, ya que son diferentes tipos de
hombres, en diversas circunstancias, acompañados de diversos factores
externos, pero todos con el objetivo común, mantener el poder, la dominación,
la sujeción respecto de la mujer.
Es muy importante aceptar que las antiguas teorías basadas en la existencia de
ciertos tipos, perfiles o características que determinaban la existencia de un
maltratador, solamente han constituido una involuntaria pero efectiva cortina
de humo, que ha ocultado y justificado durante años el tema del maltrato
femenino, por hacerlo parecer una situación normal, que se debe mantener
puertas adentro del hogar y que en la mayoría de los casos, es el resultado, o
bien de carencias psicológicas de la mujer, o de trastornos mentales del
hombre que le hacen inevitable comportarse de esa forma, o lo que es peor,
son el resultado de factores externos que hacen que el hombre actúe
determinado por aquellos factores licor, drogas, maltrato en la infancia etc).
“Los perfiles del agresor han actuado como amortiguador de todos los intentos
de afrontar la situación en su realidad y como pantallas que han ocultado las
manifestaciones de este tipo de conductas, y cuanto, menos se
destacan…unos perfiles, menos contribuyen a la identificación del
problema…porque ocultan el resto de características del agresor y del
problema y contribuyen a esa imagen tópica que se presenta y representa del
agresor.”73
Por otra parte, debe tenerse en cuenta que los perfiles que la doctrina ha
proporcionado, se han construido con la poca información real que se cuenta
del problema, ya que debido a las concepciones tradicionales y al tratarse de
una situación que se ha ventilado solamente “puertas adentro” del hogar, y
cuya solución se considera debe dejarse en manos únicamente de los
72
Ibidem. Pág.27 y 28 73
Lorente Acosta, Miguel. “El Rompecabezas: anatomía del maltratador” Editorial Ares y Mares. Pág.42
48
involucrados; todo ello hace que los datos oficiales, y conocidos, y los casos
analizados, sean un porcentaje mínimo de la verdadera cifra de casos de
maltrato femenino, esto en palabras de Lorente: …los perfiles el asesor y de la
víctima se han establecido, fundamentalmente, a partir de los casos
denunciados, los cuales solo suponen el 10 por 100 de los que realmente se
producen. Establecer las características del agresor y de la victima a partir de
esa muestra y…considerarlas ciertas, no solo es incorrecto sino que además
actúa como mecanismo para mantener la imagen tradicional de la
agresión…74
Otro de los grandes errores en el que se ha incurrido en el estudio del maltrato
femenino…es considerar que este es un problema marginal en la sociedad, que
se produce en un ámbito privado, en ciertos estratos sociales generalmente,
en niveles económicos bajos, y por tanto se considera que hasta allí no debe o
puede llegar el control social, o penal, y que por ello, debe olvidarse por estar
fuera de los límites de la sociedad “normal”; más claramente lo expresa el
Doctor Lorente: …se trata de minimizar la agresión, pero, sobre todo, lo que se
ha conseguido es levantar la muralla que mantiene el problema fuera de los
límites de la sociedad.75
Por lo anterior, es muy importante tener en cuenta que recientemente se ha
identificado y reconocido que el maltrato femenino se produce en todos los
estratos sociales, niveles económicos y sin que necesariamente se puedan
presentar factores externos como alcohol, drogas, que sean determinantes
para que el individuo cometa la conducta. “La agresión a la mujer se da por
igual en todas las clases sociales, con independencia del nivel educativo o de
los ingresos económicos, y sin que exista una relación directa entre la agresión
y el consumo de alcohol u otras sustancias tóxicas (estas solo actúan de forma
general como desinhibidotes de la conducta)”.76
Es muy importante para tratar adecuadamente el problema del maltrato de
género, partir de la realidad, y no del falso escenario que se ha creado, y que
nos ha hecho ver el problema como algo aislado, producto, como se dijo
anteriormente de falencias en la personalidad o psiquis de la mujer, que la
hacen objeto vulnerable frente al maltrato, o como resultado de carencias
afectivas del maltratador, a quien en ocasiones inclusive se cataloga como
“enfermo”; cuando no podemos desconocer como se anotó anteriormente,
74
Lorente Acosta, Miguel. “El Rompecabezas: anatomía del maltratador” Editorial Ares y Mares. Pág.42 y 43. 75
Ibidem. Pág. 44 76
Ibidem. Pág. 44
49
que la realidad es bien diferente, y que las razones por las que tradicionalmente
no se ha visto la magnitud del problema, son básicamente la construcción de
perfiles que son inexistentes, y de mitos que han rodeado el maltrato femenino.
“La realidad es bien distinta, la agresión a la mujer no es producto de la
marginalidad ni se trata de casos aislados, es una estrategia para perpetuar la
desigualdad…”77, no podemos desconocer que en la sociedad actual, el
maltrato es una realidad que afecta y destruye a un porcentaje importante de
mujeres.
Ahora bien, el profesor Lorente Acosta, reconoce que si bien no puede definirse
un perfil único de maltratador o ciertos rasgos de personalidad que puedan
identificarlos; si se pueden clasificar los agresores, de acuerdo con el tipo de
lesiones que infieren a sus víctimas.
Algunos autores señalan la posibilidad de clasificar a los maltratadores, según la
forma como materializan la violencia, frente a las mujeres, según las formas que
utilizan y las lesiones que prefieren inferir a su víctima: “Lo único que tienen en
común es que son hombres y que tienen muy interiorizada la idea de que la
mujer está a su disponibilidad», afirma Bonino. Según asimilen más o menos esta
idea se convertirán en un tipo diferente de agresor: asesinos, violentos físicos o
psicológicos, controladores… En ocasiones los hombres con mayor status social
y cultural recurren a formas más sutiles de violencia, como la psicológica,
mientras que los que tienen un nivel cultural menor optan directamente por los
golpes”.78
En el documento “Agresión a la mujer: Maltrato, Violación y Acoso, se sugiere
una clasificación que puede resultar ilustrativa por lo que se resume a
continuación; en la misma se señala que si bien debe partirse de la base de
que los agresores en la mayoría de los casos son personas normales, se pueden
incluir dentro de algunas categorías, que en el texto se señalan así:
Agresores Normales: En el texto se hace relación al criterio puramente
clínico, para referirse a aquellos agresores que no padecen de ningún
tipo de alteraciones mentales ni de personalidad.
77
Ibidem. Pág. 45 78
“Romper el Ciclo de la Violencia” Disponible en:
htpp://www.elmundo.es/documentos/2004/06/sociedad/malostratos/hacer_agresores.html
50
Agresores Psicópatas (o con trastorno de la personalidad): se
caracterizan por una frialdad afectiva con ausencia de angustia;
encontrándose dentro de estos tipos, la personalidad paranoide,
antisocial, límite y pasivo-agresivo.
Agresores Patológicos: son aquellos en los que convergen por ejemplo
enfermedades orgánicas, psicosis funcionales, las neurosis o el consumo
de sustancias tóxicas. En cuanto a las enfermedades orgánicas, se
señalan principalmente los casos de traumas cráneo-encefálicos, tumores
cerebrales. En cuanto las psicosis funcionales se señala que las que
principalmente pueden tener relación con la agresividad son la
esquizofrenia, el trastorno delirante-paranoide, y la psicosis maniaco-
depresiva. En el caso del trastorno delirante-paranoide, se hace especial
énfasis en el celotípico, que es el sujeto que esta convencido sin motivo
real de que su pareja le esta siendo infiel, inclusive llegando a mal
interpretar signos sin ninguna relevancia, como concluyente de la
infidelidad. 79
Es claro entonces, que no es posible enumerar ciertas características que
permitan que identifiquemos el perfil del hombre maltratador, a pesar de que
como se verá más adelante, podríamos como lo hace el Doctor Lorente
Acosta, clasificarlos de acuerdo con las formas de violencia que utilizan para
inflingir maltrato a su pareja, aunque debe tenerse en cuenta que normalmente
estas formas son utilizadas de forma creciente y diversa, pero hay ciertas
lesiones o herramientas que el maltratador “prefiere” utilizar.
Por ejemplo, hay ciertas actitudes, que hacen parte del maltrato que
normalmente concurren en los diferentes maltratadotes, se repite, no se trata
de características, sino de mecanismos o formas de ejercer la violencia, y
mantener la posición de dominación sobre la mujer:
Utiliza la violencia para dominar a la mujer y a los hijos.
No es enfermo mental ni producto del alcohol o drogas.
Fuera de casa puede ser educado, alegre, amable, seductor,
solidario, atento, respetuoso.
Tiene actitudes sexistas, de discriminación hacia la mujer.
Dificulta o no permite a la mujer que se relaciones con otras personas.
Critica constantemente a su pareja.
Utiliza diversas estrategias y/o trucos para que la mujer no se marche o
vuelva a su lado.
79
Lorente Acosta, Miguel. “Agresión a la mujer; maltrato, violación y acoso. Entre la realidad y el mito cultural”.
51
Es muy celoso.
Repite su conducta violenta en sucesivas relaciones con otras mujeres.
Explica su conducta violenta para que parezca que lo que ha hecho
es correcto.
Echa la culpa al trabajo, al dinero, al alcohol, etc.
Responsabiliza de su comportamiento violento a la mujer.
No asume la responsabilidad de su conducta violenta, ni considera el
problema como propio.
No piensa que exista ningún problema.80
Si bien entonces, no es posible afirmar la existencia de un perfil de hombre
maltratador típico, algunos autores, como los ya citados, señalan ciertas
características que pueden encontrarse presentes en los hombres
maltratadores, así, por ejemplo la doctora Maria Inés Anato, en su libro “La
pericia psicológica en violencia familiar” señala algunos aspectos que pueden
ser muy ilustrativos en este tema, así, señala que entre las características de la
personalidad de los hombres golpeadores se encuentra, una quizás la más
importante de todas, cual es “un sistema de creencias basado en mitos
culturales acerca de la masculinidad y de la inferioridad de la mujer” 81 ;
creencias, que como habíamos señalado anteriormente, constituyen en gran
parte, la forma como el maltratador justifica su conducta; al creer que ocupa
un lugar privilegiado en la sociedad, y en su familia, que lo convierte en un ser
superior a la mujer, quien debe en consecuencia, obedecerle y actuar
conforme a las reglas que el impone.
Todas las creencias de las que hablamos, surgen del modelo patriarcal aun
reinante en nuestra sociedad, y el cual perpetuamos a través de la educación
de los niños, la cual busca resaltar en ellos, todas las características que afirmen
su “masculinidad” y dejando de lado la expresión de sentimientos, emociones
etc., por considerarlas muestras de debilidad, feminidad o inferioridad. La
autora antes mencionada en este aspecto anota: “Un varón aprende de niño
que un verdadero hombre se tiene que mostrar fuerte, seguro de si mismo,
ganador. Este modelo de masculinidad incluye prohibiciones tales como llorar,
mostrarse débil, inseguro, fracasar…”82
80
http://www.sordos.com.uy/violencia/el_maltratador.htm 81
Amato, Maria Inés. La Pericia en la Violencia familiar. Pág. 61. Ediciones La Rocca. 82
Ibídem. Página 61.
52
La masculinidad es mal entendida como un proceso de represión de los
aspectos pasivos afeminados y la exaltación de los aspectos activos: ganar,
luchar, competir, vencer.83
Maria Inés Amato, hace un importante análisis, es relación con el denominado
“aprendizaje social”, para tratar de determinar en que medida las experiencias
de la infancia, tienen incidencia en que un ser adulto llegue a convertirse en un
maltratador.
Parafraseando a la autora antes mencionada, podemos decir que el
denominado aprendizaje social implica que el funcionamiento psicológico está
directamente relacionado con la interacción entre la persona y el ambiente,
de acuerdo con lo cual el niño aprende pautas de conducta a través de la
observación de otras personas. Así, los ejemplos, o conductas observadas por el
hombre violento, llamados por la autora “modelado”, implican normalmente
una crianza basada en un modelo autoritario, donde el maltrato es un
instrumento legítimo de castigo, lo que inconcientemente denota el mensaje
de que los inconvenientes diarios, se resulten a través de la vía violenta,
presentándose ésta como la única opción para darles solución.
Adicionalmente, continúa la Dra. Amato, al niño se le involucra en juegos y
deportes violentos, y se le enseña que la tensión o ansiedad, puede ser
canalizada a través de reacciones violentas, cargadas de ira, en contra de
otras cosas u otras personas. Al referirse a la razón o las causas por las que un
niño puede convertirse en un hombre maltratador señala: “Un padre
indiferente, ausente, que maltrata y avergüenza en forma intermitente, produce
un hijo con un débil sentido de identidad…cualquier cosa que haga un padre
a fin de avergonzar a su hijo, tiene para éste consecuencias importantes que
perduran durante toda su vida…”.84
“La mayoría de maltratadores presentan una ideología patriarcal y fuertes
valores tradicionales. La herencia cultural, que sitúa a la mujer en un papel
sumiso con respecto al hombre le servirá para legitimar el maltrato“85. Es
importante entonces tener en cuenta que uno de los rasgos que normalmente
se encuentra presente en los hombres violentos maltratadores, es precisamente
ese bagaje de cultura patriarcal, con marcados acentos machistas, donde la
superioridad del hombre aparece como natural a su género.
83
Ibídem. Página 39. 84
Ibídem. Página 40. 85
Los agresores. Disponible en www..heraldo.es/especiales/violenciadomestica/4html
53
Seguidamente la autora Amato señala, como existen ciertas “regularidades de
personalidad y de conducta” que caracterizan al hombre violento, las cuales
por ser pertinentes, resumiremos a continuación:
Deseo de Control: En su necesidad de mantener el poder, el hombre
maltratador se obsesiona por controlar a su pareja; este control debe
ser total, el hombre desea no solo controlar las actividades de su
esposa, sino también lograr un control absoluto de sus pensamientos y
sentimientos.
Doble Fachada: Se refiere a la actitud del hombre violento frente a
terceras personas; frente a quienes se comporta de manera sonriente,
amable, se muestra como una persona equilibrada y decente; por lo
que es posible que en ocasiones logre engañar a miembros de la
policía, jueces etc.
En este punto, se entiende porqué en ocasiones la mujer maltratada no
encuentra apoyo en familiares o amigos; por cuanto el hombre maltratador, se
comporta de manera “normal” frente a terceros, mostrando una imagen
totalmente diferente, amable, seductor, educado; el extremo opuesto a su
conducta habitualmente violenta frente a su pareja.
“El hombre violento suele adoptar modalidades conductuales disociadas. En el
ámbito público se muestra como una apersona equilibrada, y en la mayor parte
de los casos no trasunta en su conducta nada que haga pensar en actitudes
violentas. En el ámbito privado en cambio, se comporta de modo amenazante,
utiliza agresiones verbales, actitudinales y físicas, como si se transformase en otra
persona”. 86
Baja Autoestima: Tiene un muy bajo concepto de sí mismo, es inseguro,
no confía en sus propios logros, y aunque sea exitoso profesionalmente se
percibe a sí mismo como un mediocre, lo que le genera profundos
sentimientos de frustración, esto genera que cualquier espacio o situación
lo perciba como un desafío en su contra, lo que lo lleva a perpetuar
actitudes violentas, amenazantes que le permitan generar en sus
congéneres temor, por cuanto se considera tan poca cosa, que no es
posible que otras personas sientan amor o cariño por él.
Asilamiento Emocional: A pesar de que en el aparte anterior, se señaló
que el hombre maltratador se presenta como agradable y sociable frente
a terceros, no logra un acercamiento real, ya que en sus relaciones con
86
Amato, Maria Inés. La Pericia en la Violencia familiar. Pág. 53. Ediciones La Rocca.
54
otras personas, no logra realizar acercamientos afectivos verdaderos. En
razón de este aislamiento, no gusta hablar de si mismo, prefiere referirse a
sus situaciones personales hablando en tercera persona, y en la mayoría
de las ocasiones, no brinda información de si mismo. Este aislamiento le
permite proteger su intimidad. Así mismo gasta mucho tiempo en ese
ensimismamiento, en el denominado proceso de “rumia mental” en el
que va auto-alimentando su rabia, su odio, y prepara sus ataques o
venganzas hacia su pareja. Esta reflexión de su odio, es lo que explica
sus inesperados ataques y reacciones violentas.
Posesión y celos: El maltratador necesita tener totalmente controlada a su
pareja, la cela con hombres y mujeres, porque desconfía todo el tiempo
de ella; quiere aislarla, generando un espacio en el que solamente el
tenga cabida. Desafortunadamente los esfuerzos de la mujer por
complacerlo, portándose sumisamente, generan en él mayor
desconfianza y certeza de que ella lo engaña, de que le oculta cosas.
Dependencia Emocional: El maltratador no ha logrado la individualidad
psicológica que un adulto alcanza, no logra diferenciarse
adecuadamente de su pareja, siente profundo miedo de la soledad, y
por ello no acepta la idea de ser abandonado. Se aferra a la mujer, en
una relación de dependencia, donde borra los límites de cada
individualidad.
Intuición Negativa: Desarrolla un conocimiento profundo de la mujer,
reparando en los detalles que la hacen débil y vulnerable; se esfuerza en
conocer sus miedos, temores, culpas y debilidades, y las manipula a su
antojo para tergiversar situaciones.
Agresión Silenciosa: es la facultad que tiene el maltratador de realizar
actos de violencia, sin utilizar los gritos ni golpes, sino con un arma mucho
más disimulada, pero mucho más nociva, la desarrolla a través de
miradas, gestos, actitudes, en ocasiones, debido al cuidado con el que el
maltratador la utiliza, solo lo percibe la mujer. Puede consistir en
amenazas de muerte, insultos, acusaciones realizadas en tono de voz
muy bajo y hasta miradas tan perturbadoras que lograr infundir a la mujer
un miedo inimaginable.87
En el intento entonces, de dibujar algo cercano a un perfil psicológico del
maltratador, sin bien se arriba la imposibilidad de definir un perfil único, si es
posible señalar ciertas características como algunas de las que acabamos de
resumir; en el mismo punto, debe hacerse énfasis en que se trata de un sujeto
que “se siente un fracasado como persona y la violencia le servirá para
autoafirmarse. Ante un interior descontrolado, la fuerza física le ayuda a
87
Ibídem. Páginas 64 a 67
55
manejar su entorno o compensar el poder que no tiene fuera del hogar. En su
afán de controlar, el agresor es profundamente celoso y, por ello, gran parte de
sus actos violentos se iniciarán ante la sospecha de de una infidelidad o la
amenaza de perder el afecto de su pareja.”88
Podemos concluir que el hombre maltratador, tiene por lo generar dificultades
para relacionarse a nivel emocional, su autoestima es baja, y tiene marcadas
deficiencias en la comunicación de sus sentimientos.
88
Los agresores. Disponible en www.heraldo.es/especiales/violenciadomestica/4.html
56
CAPÍTULO 4. TIPOS DE VIOLENCIA
4.1. VIOLENCIA PSICOLÓGICA
Este tipo de violencia, en la mayoría de los casos logra hacerse invisible, la
facilidad de ocultar sus efectos, radica claramente en la ausencia de huellas
físicas, a pesar de que las huellas psicológicas y emocionales que deja en las
víctimas, son casi imborrables y dejan en ellas normalmente, profundas secuelas
de por vida.
Este tipo de violencia incluye diversidad de comportamientos, que van desde
los gritos, humillaciones, amenazas, coacciones hasta el trato silencioso de
ignorar a la mujer. Con estos comportamientos, el maltratador busca disminuir la
autoestima de la mujer, minimizarla, hacerla sentir merecedora del maltrato.
La doctora Ana Martos psicóloga, autora del libro “No puedo más. Las mil
caras del maltrato psicológico, en su artículo “Cómo detectar la violencia
psicológica” al referirse a este tipo de violencia indica: “La violencia psicológica
no es una forma de conducta, sino un conjunto heterogéneo de
comportamientos, en todos los cuales se produce una forma de agresión
psicológica” 89
Es preocupante, que a pesar de la amplia difusión que de los conceptos en
materia de violencia se hace a nivel mundial, aún exista la creencia infundada,
89 Martos, Ana. Cómo detectar la violencia psicológica. Disponible en:
http://mobbingopinion.bpweb.net/artman/publish/printer_682.shtml
57
de que el maltrato físico es el más grave y compón en las sociedades actuales.
Infortunadamente en algunos casos, inclusive la violencia psicológica es
desestimada en su verdadera dimensión, ya que existe una terrible aceptación
de este tipo de maltrato, consistente en la tolerancia frente a las expresiones
burlonas, humillantes de la pareja, por considerarse, relativamente normal al
interior de una relación de pareja. Así por ejemplo, se tolera que el maltratador
grite continuamente, y utilice palabras soeces para dirigirse a su pareja, por
considerarse, que ese es un asunto que no debe trascender el ámbito privado
de la pareja. En ocasiones, inclusive se acepta como normal, que se utilicen
apodos que en el fondo, constituyen un irrespeto a la pareja.
La violencia psicológica es un anuncio de la violencia física. Peor, muchas
veces, que la violencia física. Porque el anuncio es la amenaza suspendida
sobre la cabeza de la víctima, que no sabe qué clase de violencia va a recibir.
La violencia psicológica no actúa como la violencia física.90
Lo terrible de este tipo de violencia, es que constituye un estado permanente
de zozobra, que rompe la tranquilidad de la mujer, la hace estar esperando un
nuevo y más grave episodio de maltrato físico, le recuerda de manera
constante, que cualquier supuesto “error” en su comportamiento, va a ser
“reprendido” de la manera más violenta posible. Es una constante amenaza de
lo que puede venir a continuación.
La violencia física produce un traumatismo, una lesión u otro daño y lo produce
inmediatamente. La violencia psicológica, vaya o no acompañada de
violencia física, actúa en el tiempo. Es un daño que se va acentuando y
consolidando en el tiempo. Cuanto más tiempo persista, mayor y más sólido
será el daño. 91
Es evidente, que los daños causados con el maltrato psicológico, se presentan
desde los primeros episodios, y con su permanencia, van causando profundas
secuelas psicológicas en la mujer, las cuales se perpetúan durante mucho
tiempo, y en ocasiones, son imposibles de superar, a pesar de que la mujer inicie
terapias psicológicas para lograrlo. Cada Humillación, grito, insulto o burla van
minando paulatinamente la “normalidad” psicológica de la mujer maltratada,
la sumen en un oscuro abismo de tristeza, impotencia, y de una cada vez más
pequeña autoestima.
90
Martos, Ana. “Cómo detectar la violencia psicológica”. Disponible en:
http://mobbingopinion.bpweb.net/artman/publish/printer_682.shtml 91
Martos, Ana. Cómo detectar la violencia psicológica. Disponible en:
http://mobbingopinion.bpweb.net/artman/publish/printer_682.shtml
58
Además, no se puede hablar de maltrato psicológico mientras no se mantenga
durante un plazo de tiempo. Un insulto puntual, un desdén, una palabra o una
mirada ofensivas, comprometedoras o culpabilizadoras son un ataque
psicológico”92
De lo expuesto se pueden extraer entonces algunas características de la
violencia psicológica; una de ellas, su vocación de permanencia en el tiempo,
esto es, que se encuentre constituida por una serie de actos, que se prolonguen
en el tiempo. Adicionalmente, debe tenerse en cuenta que como se anotó
anteriormente, el daño producido por este tipo de violencia, no es perceptible
a simple vista, porque no produce señales físicas, pero a medida que se va
produciendo va generando efectos más profundos en la psiquis, de la víctima.
En muchas ocasiones, este tipo de violencia es el preludio o la amenaza
constante de la llegada de la violencia física, la cual puede producirse o no,
pero es una amenaza de tal entidad, que mantiene a la víctima en un estado
permanente de miedo, ansiedad, inseguridad de la forma e intensidad con que
los posibles episodios de violencia física pueden llegar a tener.
Lo más grave es que en la mayoría de las ocasiones, la víctima no logra percibir
que está siendo maltratada, y llega a sentir que la forma como la trata el
agresor es normal, y que se la merece por su comportamiento. “El maltrato
psicológico se suele manifestar como un largo proceso en donde la víctima no
aprecia cómo el agresor vulnera sus derechos, cómo le falta al respeto, la
humilla y la víctima va progresivamente perdiendo autoestima y seguridad en sí
misma” 93 , y es que ese largo proceso, suele iniciar con actitudes, gestos o
palabras que pueden parecer insignificantes, y que la víctima puede pasar por
alto, a pesar de que ellos le generan un malestar interno, pero considera que
son normales y que no van a trascender en comportamientos más graves.
Se ha identificado que en ocasiones el maltrato psicológico puede iniciar
inclusive, desde la etapa del noviazgo, donde la mujer percibe algunas
actitudes, pero su enamoramiento le impide aceptar que esta siendo
maltratada; adicionalmente en esta primera etapa, los ataques son
normalmente muy sutiles, sin que por ello dejen de tener efecto en la víctima.
92
Disponible el 24 de junio de 2008 en las páginas web:
http://forosdelmobbing.info/phpBB2/viewtopic.php?t=4965&sid=d4094a16b1ff2abc7fd4e0e2a07b6e3b y en
www.123.cl/adm_cont/mujeryfamilia/orientacion/articulo_5345_a.html - 36k - 93
Disponible en:
http://www.sappiens.com/castellano/articulos.nsf/0/641d05556170204cc12571170059620c!OpenDocument&Click=
59
Por ejemplo el maltratador ignora a la mujer en las reuniones sociales, le pide
que se calle, le lanza miradas continuas de desaprobación frente a sus
comentarios, y le recuerda constantemente lo tonta que es, lo fea que es su
voz, y le pide que no le avergüence delante de sus amigos.
En relaciones de matrimonio o convivencia, estas manifestaciones se
acrecientan en frecuencia e intensidad, y como se ha explicado anteriormente,
se concierten en un escenario continuo de desaprobación, humillación,
reprobación, insulto, grosería.
4.2. MANIFESTACIONES O FORMAS DE MALTRATO PSICOLÓGICO
El maltrato psicológico, en un número importante de oportunidades, se
manifiesta a través del lenguaje no verbal, el cual puede parecer casi
imperceptible. Veamos algunos ejemplos de comunicación que poco a poco
van vulnerando y disminuyendo la autoestima:
“· Moralización: Es una forma muy sutil de control. La persona se cree dueña de
la verdad absoluta y juzga a los demás con su baremo. Lo hace con palabras
paternalistas, desde el prisma es que es una persona respetable. "Una buena
esposa es la que da placer a su marido aunque no le apetezca, así que vete
preparándote"."Un buen padre debe velar por sus hijos, y si pienso que debes
estudiar medicina en vez de dedicarte a la pintura lo hago por tu bien" 94
El maltratador siente que su opinión y forma de conducta es la única válida,
mide a su esposa o compañera, con parámetros que no tienen discusión,
normalmente la compara con su madre, o con otras mujeres, que a su juicio
constituyen para él, modelos a seguir, y los cuales, por más que la mujer se
esfuerce nunca va a alcanzar, cualquier actividad desarrollada por la mujer,
será menospreciada y juzgada por el maltratador, para indicarle y hacerle
sentir que él es quien le está ayudando a “mejorar”, y a lograr que ella se mejor
esposa, mejor madre, mejor amante.
En este tipo de maltrato, el maltratador hace sentir a la mujer que la esta
“educando”, que lo hace por su bien, por ayudarla a convertirse en una mejor
esposa, madre, mujer etc, con lo que logra que poco a poco la mujer se sienta
merecedora de todas esas “recomendaciones”. Lo grave es que no hay ningún
esfuerzo de la mujer que satisfaga a su pareja, siempre su conducta va a ser
94
Funez Martínez Maria Vega Signos de violencia psicológica. ¿Cómo detectar el maltrato psicológico?. Disponible
en
http://www.sappiens.com/castellano/articulos.nsf/0/641d05556170204cc12571170059620c!OpenDocument&Click=
60
severamente juzgada por aquel que considera, posee los más altos estándares
en todos los ámbitos, y, que en consecuencia, debe lograr que su mujer se
encuentre a su altura.
· Interpretar: Este tipo de comunicación supone que la persona que habla hace
una lectura de pensamiento del otro. "No vas a dormir conmigo porque estás
vengándote de lo de ayer". 95
El maltratador pone en la mente o en la boca de la mujer, palabras,
sentimientos y fines que ella nunca a ni siquiera contemplado, busca hacerla
sentir que su actuación es ridícula, o que sus reacciones son exageradas.
Nuevamente se encuentra el juego de manipulación del maltratador, necesita
que su mujer se sienta responsable de sus actitudes, él la está maltratando,
porque ella lo lleva a ello, y lo hace, a través de la tergiversación de las
palabras y actuaciones de la mujer, a las cuales, les da un tono altamente
negativo.
· Tergiversación: El receptor sospecha de la intención del emisor y reacciona
como si éste fuera a criticarlo. Ante la frase: "Hoy la comida está buena" la
respuesta agresiva sería: "Quieres decir que suelo cocinar mal, ¿no es eso?".96
El maltratador siempre está a la defensiva, busca excusas para agredir a la
esposa, y da lecturas equivocadas, a cualquier mensaje que la esposa envíe; si
bien el ejemplo que trae para este tipo de comunicación, no es aplicable al
maltratador hombre, podríamos moderarlo de la siguiente forma: si la esposa
dice a su marido maltratador “te queda muy bien el nuevo traje que
compraste”, el podría contestar: “ya sabía que me ibas a sacar en cara el
dinero que gasté en este traje, ya empezaste a imaginar que me lo pongo para
buscar otras mujeres, es increíble tu egoísmo”. Se busca deslegitimar cualquier
comentario de la mujer, para hacerla sentir, que es ella, quien de manera
permanente persigue y hace sentir mal a su esposo.
· Interrogar: La persona agresiva se dedica a preguntar en plan policiaco.
Muchas veces está el asunto de los celos como tema de este tipo de
preguntas. 97
El maltratador al ser un hombre inseguro, siempre sospecha de su esposa, y por
ello, cualquier actividad normal puede convertirse en sospecha o motivo de
95
Ibídem 96
Ibídem. 97
Ibídem.
61
desconfianza, por ello, interroga frecuentemente a su esposa, buscando
“hacerla caer” en alguna mentira. Adicionalmente es la excusa perfecta para
limitar el ámbito social y familiar de la esposa, e inclusive para restringir sus
recursos económicos, porque el maltratador utiliza esta persecución, para
prohibirle a la mujer, que mantenga contacto con sus familiares o amigos, logra
aislarla, asegurando que debe hacerlo, por que ella no se merece su confianza,
ya que a su juicio utilizará las licencias que el le conceda para serle infiel.
· Mandar u ordenar: Imaginemos por un instante que nuestra pareja tiene la
costumbre de mandar hacer o lo que es lo mismo, de ordenar. Una persona
normal se dará cuenta de qué el otro podría hacer muchas cosas que delega y
lo que es más molesto, es la forma de expresión tan negativa añadiendo a ello
una creencia de superioridad implícita. Frases cómo: "Quiero que me planches
los pantalones con raya, cómo a mí me gustan, ¿es qué tu no sabes nada?". El
maltratador piensa que el respeto de los demás se obtiene de esta forma,
sometiendo a la gente a su voluntad y la mayoría de las veces no practica con
el ejemplo, es decir le gusta que le hagan pero no le gusta hacer. 98
Tal como se indica en otros apartes de éste escrito, el maltratador busca
mantener el poder sobre su compañera, disminuirla y dominarla, y este tipo de
lenguaje se lo permite a la perfección, siempre está ordenando como hacer las
cosas, y cualquier error en el cumplimiento de sus instrucciones será motivo para
un nuevo episodio de maltrato. La compañera debe cumplir todas las labores
del hogar, tal como el lo manda, pero siempre el resultado será imperfecto,
cualquier desviación de plan, es tomado como una afrenta de la mujer, que a
sus ojos no es capaz de cumplir sus órdenes.
Es la manifestación clara de la necesidad del maltratador de imponerse, de
mandar, de detentar el poder en todos los asuntos, y ello lo logra, a través de
las órdenes permanentes, él es quien manda en el hogar, la mujer obedece,
porque es una incompetente que no puede pensar sola, el debe orientarla y
ordenar todo lo que se haga en su casa.
· Imponer soluciones: El individuo toma la decisión sin consultar a los demás
miembros de la familia o a la pareja. "A mí me apetece ir a Madrid en
vacaciones, así qué para qué hablar más. Lo he dicho yo y basta"."Donde
manda patrón no manda marinero". 99
98
Ibídem. 99
Ibídem.
62
Nuevamente el maltratador deja ver sus deseos de dominarlo todo, los hijos
estudian en el colegio que el escoge, la mujer solo va a los sitios que el indica, e
inclusive si le permite estudiar o trabajar, sólo podrá hacerlo en la carrera que el
determine, o en el lugar que él escoja. Esto le permite reafirmar su poder sobre
la mujer y sobre los hijos. No puede permitirle a su mujer tomar decisiones,
necesita someterla y permitirle siquiera opinar o aconsejar, es una muestra de
independencia y autonomía que el no puede permitirle. EL maltratador decide
absolutamente todo, a que colegio van sus hijos, que ropa puede ponerse su
mujer, que amistades puede frecuentar su esposa (normalmente ninguna), con
que frecuencia deben realizarse las actividades del hogar, cuanto dinero debe
gastarse en el mercado; debe controlar absolutamente todo. Su mujer es
invisible, no tiene ninguna posibilidad de opinar sobre nada.
· Criticar: Existen dos tipos de crítica, la constructiva o sugerencia y la crítica
destructiva. Nos centraremos en esta última, que provoca un malestar en la
persona que la recibe. La primera sirve para buscar una solución, la segunda se
basa en la confrontación. "Si no fueras un calzonazos, ya tendríamos la casa en
la Sierra y yo no tendría que trabajar"."Eres una pesada, todo el día hablando
de tu madre. ¿Te he hablado alguna vez de mi familia sin qué me lo
preguntaras?".100
Esta crítica es uno de los mecanismos mas comunes para maltratar y disminuir a
la mujer, el maltratador está continuamente criticando todos los aspectos de la
mujer, su apariencia física, sus pensamientos, su lenguaje, su forma de cocinar,
la forma de tratar a los hijos, y hasta su desempeño sexual, son descalificados
siempre como deficientes: “otra vez con ese vestido horrible” “cada día estás
mas gorda” “pretendes que te saque con esa ropa, pareces la empleada del
servicio” “es increíble como educas a nuestros hijos, va a ser unos estúpidos
como tú”. Estas frases se convierten en el día a día de la mujer, quien después
de tanto oír maltratos, empieza a creer que son ciertos, y que si no mejora en
todos esos aspectos, su paraje la va a abandonar.
· Ridiculizar: Burlarse del otro en algún aspecto.
¿Crees que voy a bailar contigo? ¡Si pareciera que tienes dos pies izquierdos!
Después de tantos años, y nunca aprendiste a bailar, no existe peor bailarina
que tu!. Este tipo de comentarios, normalmente va unido a los mencionados en
la viñeta anterior, buscan disminuir la autoestima de la pareja, son comentarios
terriblemente agresivos, en los que se compara a la mujer con otras más bellas,
más jóvenes: “¿crees que te voy a llevar a la fiesta de la empresa? Te ves tan
100
Ibídem.
63
vieja que van a pensar que eres mi madre” “Mientras mis amigos están en la
sala ni se te ocurra aparecerte, pensarán que me casé con la empleada del
servicio”. El maltratador a través de este tipo de comentarios mantiene a la
mujer en una permanente desaprobación, le muestra a la mujer que ella es
inferior a él, que le está haciendo un favor al permanecer con ella, pues si no es
con él, ella no podría estar con ningún hombre, la hace sentir que es
imperfecta, inferior a todas las demás mujeres que el conoce, en especial a su
madre.
· Despreciar: Menospreciar al otro individuo. "¡Eres una inútil, no haces nada a
derechas!". 101
Tal como se ha indicado en los apartes anteriores, el maltratador busca
menospreciar todo el tiempo a la mujer, para disminuir su autoestima, su
confianza en sí misma y su valor como mujer, para ello, denigra de todas las
actividades que ella realiza, las cuales nunca están bien hechas a los ojos de
éste último, por ello permanentemente descalifica su forma de realizar las
actividades del hogar: “no sabes hacer nada bien, cuándo vas a aprender a
cocinar, un niño de cinco años lo haría mejor que tu”.
· Reprender: La persona en vez de sugerir cambios, directamente critica de
forma destructiva: "La tortilla es una bazofia, está intragable, eres malísima
cocinando y me tienes harto, parece que lo haces aposta. Mi madre, esa sí qué
sabe". 102
El maltratador no es capaz de manifestar su inconformidad con algo de
manera serena y constructiva, sino por el contrario, lo hace todo el tiempo con
insultos, comparaciones odiosas y ofensivas y en las que exagera y magnifica
los errores que la mujer haya cometido: “Esta casa es un basurero, es un asco,
cualquier mujer podría tener una casa limpia, menos usted, es una
incompetente, desaseada”
· Amenaza o coacción: En el maltrato psicológico que lleva años es muy típico
encontrar que el agresor o agresora amenaza o coacciona si no se cumple
algo con hacer o dejar de hacer algo. Es bueno recordar que el Código recoge
la figura de las amenazas y coacciones cómo delito, esto muchas veces se
pasa por el calor de la discusión. "Si me abandonas, te mato". "Cómo no calles
a ese asqueroso mocoso, le parto la cara". 103
101
Ibídem 102
Ibídem. 103
Ibídem.
64
Esta es quizás una de las manifestaciones de la violencia psicológica más
importante a efectos de éste escrito, por cuanto, es la generadora del miedo
en la mujer maltratada, y es que la permanente amenaza de muerte, lesiones,
abandono, no solo frente a la mujer, sino también frente a los hijos, a la familia
de ésta, hacen que la mujer permanezca en un estado de permanente zozobra
que le impide reaccionar para detener el maltrato. Estas amenazas pueden ser
solamente verbales, o ir acompañadas de armas, con las que se intimida a la
mujer, haciéndole ver lo real que tales amenazas pueden llegar a ser, y que
pueden materializarse en daños reales a su integridad o la de sus hijos; e
inclusive concluir con su muerte, la de sus seres queridos, o nuevamente, la de
sus hijos.
Estas amenazas, son las que en mayor medida convencen a la mujer, de que
no debe buscar ayuda, pues teme que cualquiera de las amenazas en contra
de ella, de su familia o de sus hijos se haga realidad. Se convence de que está
destinada a sufrir esta situación, y que no hay nada que ella pueda hacer para
salir de esa terrible situación.
· Culpabilizar y hacerse la víctima: Este fenómeno es muy corriente. El agresor
proyecta su agresividad en la víctima y se percibe como inocente. "Ella me
provoca, soy un hombre y debo responder así, si le pego o me enfado es
porque me saca de mis casillas, ella se lo ha buscado. Es la verdadera culpable,
además una paliza o qué la pongan en su sitio le viene bien". 104
Es la típica justificación del maltratador, realizar un juego psicológico con la
víctima de sus malos tratos para generarle un sentimiento de responsabilidad, es
trasladarle a ella las razones o justificaciones para el maltrato; le hace sentir que
sus errores e imperfecciones son las causantes de sus “reprimendas”. Le hace
sentir lo desgraciado que ella lo hace, por tener que “soportar” una mujer que
no cumple con sus expectativas.
· Pseudo aprobación: La persona aparenta comprensión pero deja un poco de
culpabilidad en la persona que la escucha ¿Sí es cierto qué tu madre está en el
hospital, lo entiendo, sé qué la quieres, bueno? y está su marido, "aquí te
espero, estaré solo, esperándote, echándote de menos para que me hagas la
cena, pero lo entiendo, ella es lo primero para ti. Vete cariño". 105
Con este comportamiento, nuevamente se busca generar un sentimiento de
culpa en la víctima, el maltratador se pone en la situación de víctima, y a la vez
104
Ibidem. 105
Ibídem.
65
busca alejar a la mujer de su familia, amigos, trabajo etc. Cualquier actividad
adicional a los oficios de la casa, que la mujer desee realizar, le son
recriminadas por el hombre, como un abandono a sus obligaciones como
esposa.
· Tranquilizar: La persona tras haber hecho algo malo, tiende a indicar qué la
otra está nerviosa, qué no controla sus emociones y ella le pide qué se
tranquilice, demostrando lo buena persona qué es. "Sí, estaba con Ana en la
cama, tranquilízate, estás histérica...si no es para tanto. Te sentirás mejor cuando
me vista y nos vayamos a casa, tranquilízate. Te pones nerviosa por tonterías."106
El maltratador intenta convencer a la mujer, de su inestabilidad emocional o
psicológica, restándole importancia a sus nocivos comportamientos, le hace
generar sentimientos de ser una persona “anormal”, excesivamente celosa,
enferma mental etc. “Eres una loca, deberías ir a un psiquiatra, pero no te
preocupes, estoy para ayudarte, tienes que aprender a moderar tus
emociones, tan solo te dije que prefiero tener relaciones con otras mujeres, pero
ya aprenderás a entenderlo, simplemente ellas me dan lo que tu no puedes. No
es para tanto”. Constantemente el maltratador le hace pensar que sus
reacciones y emociones son exageradas, y que denotan un desequilibrio
psicológico, que es el culpable de todo lo nocivo que ocurre en la relación. Es
tan incisivo con la supuesta anormalidad psicológica de la mujer, que ella
empieza a pensar que en realidad ella es el problema, y que en realidad sus
exageraciones han terminado por aburrir a su pareja. Nuevamente se genera y
refuerza en la mujer el sentimiento de culpabilidad.
· Retirarse: Hay un tipo de agresividad que se caracteriza por la pasividad, por
la falta de compromiso para arreglar la situación. "Me molesta verte así, me voy
no sé cuándo volveré. No te molestes en esperarme, a lo mejor ni vengo en
varios días". Se trata de una respuesta pasivo-agresiva muy difícil de rectificar en
la persona que elude el conflicto. 107”
Es ignorar la importancia del conflicto, dejar a la mujer sola, con el problema,
eludir la responsabilidad en la generación del mismo. “Cuando te calmes
hablaremos, no soporte verte histérica, me voy a donde mis padres, y ni me
esperes porque no se cuanto tiempo me tome olvidarme de este asunto tan
molesto, y cuando regrese ni se te ocurra esperarme con la misma actitud”.
106
Ibídem. 107
Funez Martínez Maria Vega Signos de violencia psicológica. ¿Cómo detectar el maltrato psicológico?.
Disponible en
http://www.sappiens.com/castellano/articulos.nsf/0/641d05556170204cc12571170059620c!OpenDocument&Click=
66
Hay una continua amenaza de abandono, la cual en últimas, nunca termina de
concretarse, pero si le genera a la mujer la sensación, de que el eventual
fracaso en su relación, le es totalmente imputable directa y exclusivamente a
ella.
“En la estrategia del abuso emocional el agresor dirige su ataque hacia el
apoyo social actual tratando de romper con la familia, amistades,
trabajo...posteriormente el ataque se lleva contra las conexiones de identidad
del pasado, cortando con todo lo que la une a sus recuerdos y con el tiempo
anterior a la relación y, finalmente, se produce un ataque hacia la identidad
actual, criticando y recriminando, tanto en público como en privado, su
conducta, aficiones, defectos, iniciativas, modos de hacer las cosas, forma de
pensar…”108
Ahora bien, las diversas modalidades de maltrato psicológico han tratado de
denominarse o agruparse según sus características, a continuación
analizaremos otra clasificación que trae la Doctora Ana Martos, y la cual aclara
aun más las diversas caras que este tipo de maltrato asume, y las dificultades en
su identificación, aunque la mencionada clasificación no se refiere
exclusivamente a la violencia contra la mujer, sus explicaciones resultan muy
ilustrativas:
“La violencia psicológica tiene mil caras. Algunas son obvias, otras,
prácticamente imposibles de determinar como tales. Pero todas las formas de
maltrato y acoso psicológico dejan su secuela. Por sus características, pueden
agruparse en tres grandes categorías:
El maltrato psicológico. Tiene dos facetas que pueden llamarse maltrato pasivo
y maltrato activo.
El maltrato pasivo es la falta de atención hacia la víctima, cuando ésta
depende del agresor, como sucede con los niños, los ancianos y los
discapacitados o cualquier situación de dependencia de la víctima respecto al
agresor.
Hay una forma importante de maltrato pasivo, que es el abandono emocional.
Ancianos, menores o discapacitados abandonados por sus familias en
108
Lorente Acosta, Miguel. “Anatomía del Maltratador” Páginas 118. Editorial Ares y Mares.
67
instituciones que cuidan de ellos, pero que jamás reciben una visita, una
llamada o una caricia”.109
Esta manifestación del maltrato psicológico fue abordada anteriormente, pero
en este punto debe decirse que al aplicarlo a la violencia contra la mujer, se
materializa en una actitud del maltratador, de ignorarla totalmente, y tratarla
como un mueble adicional en la casa, no saludarla cuando llega del trabajo,
no contestarle nada a sus preguntas, pasar por su lado sin mirarla, hablarle
únicamente a los hijos, sin hacer ninguna referencia a la madre, apagar la luz
en un lugar en el que ella se encuentra, evitar cualquier tipo de contacto visual,
o físico.
”El maltrato activo es un trato degradante continuado que ataca a la dignidad
de la persona. Los malos tratos emocionales son los más difíciles de detectar,
porque la víctima muchas veces no llega a tomar conciencia de que lo es.
Otras veces toma conciencia, pero no se atreve o no puede defenderse y no
llega a comunicar su situación o a pedir ayuda”. 110
Este tipo de maltrato se materializa en los gritos, insultos, amenazas,
coacciones, burlas etc. que recibe la mujer de parte de su compañero
maltratador.
“El acoso psicológico. Es una forma de violencia que se ejerce sobre una
persona, con una estrategia, una metodología y un objetivo, para conseguir el
derrumbamiento y la destrucción moral de la víctima. Acosar psicológicamente
a una persona es perseguirla con críticas, amenazas, injurias, calumnias y
acciones que pongan cerco a la actividad de esa persona, de forma que
socaven su seguridad, su autoafirmación y su autoestima e introduzcan en su
mente malestar, preocupación, angustia, inseguridad, duda y culpabilidad.
Para poder hablar de acoso tiene que haber un continuo y una estrategia de
violencia psicológica encaminados a lograr que la víctima caiga en un estado
de desesperación, malestar, desorientación y depresión, para que abandone el
ejercicio de un derecho. Hay que poner de relieve que una de las estrategias
del acosador es hacer que la víctima se crea culpable de la situación y, por
supuesto, que así lo crean todos los posibles testigos”.111
109
Martos, Ana. Cómo detectar la violencia psicológica. Disponible en
http://forosdelmobbing.info/phpBB2/viewtopic.php?t=4965&sid=d4094a16b1ff2abc7fd4e0e2a07b6e3b
110
Ibídem. 111
Ibídem,
68
Como se había adelantado en la clasificación anterior, este tipo de maltrato
implica una serie de actos continuados, que el maltratador realiza de manera
continua y por largos periodos de tiempo, con la finalidad de minar la auto
confianza y autoestima de la víctima, generándole permanentes y profundos
sentimientos de angustia, persecución, tristeza, desaliento, culpabilidad etc., y
estos sentimientos se afianzan tanto con cada nuevo episodio de violencia
psicológica, que generan en la víctima un gran sentimiento de culpabilidad,
que le impide percibir que está siendo víctima de malos tratos, ya que la
situación le resulta una consecuencia natural de su “mal” comportamiento; y
como lo señala esta autora, la actividad del maltratador es tan oculta de cara
a la sociedad, que aquellos observadores ajenos a la relación, pueden llegar a
percibir, que en efecto el maltratador no lo es, y que por el contrario, sufre al
lado de una pareja que no le brinda afecto.
“En muchas ocasiones, la víctima apenas tiene conciencia de que lo es y ni
siquiera es capaz de verbalizar lo que está sucediendo. Solamente percibe una
sensación desagradable, insuficiente para ella como para calificar el caso de
acoso”. 112
Se recalca entonces, que este maltrato genera tan nocivos efectos en la
víctima, que ella es incapaz de reconocerse a sí misma como víctima de malos
tratos psicológicos, simplemente inicialmente puede percatarse de algo que le
genera malestar, pero con el tiempo el maltratador termina convenciéndola
que ella es la generado de esa situación de malestar, y que se merece estar en
esa situación, que debe “sufrirla” por su incapacidad para cumplir con las
expectativas de su pareja.
“El acoso psicológico tiene dos formas según la relación víctima-verdugo:
Acoso vertical. El acosador se halla en una posición de poder superior a la de
su víctima, ya se trate de poder social, económico, laboral, jerárquico, etc. Se
trata de una situación en la que el acosador es superior al acosado, como un
jefe, un patrono, un profesor, un mando del ejército, etc.” 113
Aunque no se acepte de manera generalizada que al interior de la pareja
(novios, esposos, compañeros permanentes) existe en efecto una relación de
superioridad, cuando hay un maltratador al interior de ella, es claro, que ello, en
efecto ocurre. El hombre maltratador, tiene sobre su compañera un poder
especial, dado en la mayoría de las ocasiones, por el poder económico, (no
deja que la mujer trabaje) al controlar los ingresos y gastos que se producen al
112
Ibídem. 113
Ibídem.
69
interior de la familia, poder afectivo, porque la ha alejado de todas las personas
cercanas y la ha limitado al supuesto afecto que de él recibe, y finalmente
poder social, pues la aleja de amigos y vecinos, y la amenaza con dejarla sola,
y quitarle a los hijos, si se atreve a irse, denunciar a las autoridades o contarle a
alguien de su familia la situación que ocurre en su hogar.
En contraposición a éste acoso vertical, existe el acoso horizontal, que es aquel
que se produce entre iguales, entendida esta igualdad como equivalencia de
poder, ya sea a nivel laboral, jerárquico, social. No ahondare en este aspecto,
por no ser de frecuente ocurrencia al interior de la pareja.
Otra categoría es la del acoso afectivo, figura en la cual se desarrolla una
dependencia de parte del acosador frente a la víctima, de quien depende
emocionalmente en tal medida que se siente dueño de todo su tiempo, y
requiere constantemente su afecto, atención y total entrega.
“El acoso afectivo. Dentro del acoso psicológico, hay que hablar del acoso
afectivo, que es una conducta de dependencia en la que el acosador
depende emocionalmente de su víctima hasta el punto de hacerle la vida
imposible. El acosador devora el tiempo de su víctima o bien la devora con sus
manifestaciones continuas y exageradas de afecto y sus demandas de afecto.
En cualquiera de los casos, el acosar le roba a su víctima la intimidad, la
tranquilidad y el tiempo para realizar sus tareas o para llevar a cabo sus
actividades, porque el acosador la interrumpe constantemente con sus
demandas y, apenas la deja respirar entre petición y petición, pero siempre con
mimos, con arrumacos y con caricias inoportunas y agobiantes.
Si la víctima rechaza someterse a esta forma de acoso, el verdugo se queja,
llora, se desespera, implora, amenaza con retirarle su afecto o con "cometer
una tontería", llegando incluso a intentos de suicidio y a explosiones realmente
espectaculares que justifica diciendo que todo lo hace por cariño. Esto supone
añadir el chantaje afectivo a la estrategia de acoso”. 114
Otra tipología de maltrato psicológico señalada por la autora antes citada, y
que resulta muy interesante a los efectos de éste escrito, es la denominada
manipulación mental por cuanto ella encierra todas las amenazas, chantajes,
presiones, realizadas por el hombre maltratador, encaminadas a obtener el
objetivo de generar en su víctima temor, culpa y demás sentimientos nocivos
que le permitan asegurarse de que ella cumplirá con sus demandas y deseos.
114
Ibídem.
70
“La manipulación mental. Esta forma de violencia supone el desconocimiento
del valor de la víctima como ser humano, en lo que concierne a su libertad, a su
autonomía, a su derecho a tomar decisiones propias acerca de su propia vida
y de sus propios valores. La manipulación mental puede comprender el
chantaje afectivo.
En la manipulación se da una relación asimétrica entre dos o más personas. Es
asimétrica porque una da y la otra recibe, una gana y la otra pierde. Las
tácticas de manipulación incluyen amenazas y críticas, que generan miedo, la
culpa o vergüenza encaminados a movilizar a la víctima en la dirección que
desea el manipulador.115
Es muy importante que se tenga en cuenta, que si bien, el maltrato físico es el
más notorio, y el que en principio causa mayor repulsión y rechazo social, el
maltratador en muchas ocasiones utiliza otros tipos de maltrato, dirigidos a
disminuir la estabilidad emocional y psicológica de la mujer, atacando su
autoestima, su seguridad, su confianza en sí misma, y en general, a producir en
ella profundos sentimientos de minusvalía, desilusión, tristeza y desencanto.
“…junto a la violencia física tiene que aplicar la violencia psíquica por medio de
las amenazas, de la coacción, de la intimidación y del chantaje, pero también
por el insulto, la ridiculización y el menosprecio. Y para que todo ello sea más
efectivo sin necesidad de agresiones repetidas, introduce el miedo y el terror en
su cabeza ya rota con palabras cargadas de verosimilitud, frases rodeadas de
espinas para que conforme vayan entrando ocasionen daños en su interior,
recordándole siempre el dolor externo que producen los golpes” 116
Lo anterior, confirma que en ocasiones la violencia psíquica refuerza la
violencia física, de la cual el maltratador en ocasiones se cuida, para evitar las
huellas que deja y las cuales son apreciables a simple vista; así, a través de los
profundos efectos que el maltrato psicológico produce en la mente de la
víctima, refuerza la sensación de miedo intenso sufrido por ella, de que un
nuevo episodio de maltrato físico se produzca en cualquier momento,
También debe tenerse en cuenta que la violencia psicológica es una
herramienta ideal para el propósito del maltratador, cual es, la sumisión total de
su víctima, la forma de imposibilitarla para que se defienda, para que
115
Martos, Ana. Cómo detectar la violencia psicológica. Disponible en
http://forosdelmobbing.info/phpBB2/viewtopic.php?t=4965&sid=d4094a16b1ff2abc7fd4e0e2a07b6e3b 116
Lorente Acosta, Miguel. “Anatomía del Maltratador” Páginas 57 y 58. Editorial Ares y Mares.
71
reaccione; a través de la generación en ella de sentimientos de miedo,
inseguridad, debilidad, lo cual en últimas se traduce en un sentimiento profundo
de culpabilidad, con el cual logra que la víctima considere que merece ese
maltrato, y cualquier error mínimo que ella cometa, el cual muchas veces es
inexistente, es la causa por la que se produce el maltrato.
“La violencia psíquica es algo consustancial a la agresión; todo maltratador
utiliza la violencia psíquica en algún momento para hundir más a la mujer y,
sobre todo, para debilitarla, para que sea incapaz de reaccionar
adecuadamente a la violencia sistemática y para que llegue a pensar que ella
es la propia responsable y la que provoca la agresión”117
Se concluye que la violencia psicológica, llamada por otros “emocional”, es
una herramienta utilizada por el victimario maltratador, con el objeto de anular
a la mujer, minimizarla, atacar su estabilidad emocional, y en general aislarla de
las pocas oportunidades que tiene de romper este ciclo de violencia y alejarse
definitivamente de su “verdugo”, al llegar al absurdo de convencerla, como se
ha dicho anteriormente, que ella es la culpable de tal maltrato, e inclusive que
se lo merece.
“La violencia emocional tiene como objetivo destruir los sentimientos y la
autoestima de la mujer, haciéndola dudar de su propia realidad y limitando sus
recursos para sobrevivir. Este tipo de violencia es tremendamente dañina,
porque causa que la mujer maltratada se sienta constantemente presionada sin
poder definir de dónde viene esa presión; de esta forma, constituye una forma
de tortura que mantiene a la víctima desequilibrada, pues cree ser la causa de
la presión que se le impone.”118
4.3. CONSECUENCIAS DEL MALTRATO PSICOLÓGICO:
Es evidente que las consecuencias de este tipo de maltrato, son imperceptibles
casi en su totalidad a simple vista, este maltrato no deja marcas en el cuerpo,
pero sus cicatrices en la psiquis de la mujer maltratada, son imborrables; la mujer
víctima de este tipo de maltrato, verá seriamente afectada su autoestima, su
auto confianza, y en general su forma de ser; se convertirá en una mujer
retraída, triste, insegura; que fácilmente puede caer en depresiones profundas,
pierden el aprecio por sí mismas y su dignidad se ve seriamente afectada.
También verá limitada su capacidad de concentración, dormirá poco y tendrá
117
Ibídem. Página 78 118
www.tuotromedico.com/temas/violencia_en_pareja.htm#0
72
una sensación de cansancio y miedo permanente; condiciones todas éstas que
pueden generar otros desórdenes a nivel digestivo, dermatológico etc. Cuando
el maltrato ha sido muy intenso o prolongado, puede surgir una tendencia al
suicidio.
En el tema del maltrato psicológico, es muy importante abordar las terribles
consecuencias emocionales que produce en la mujer maltratada, lo más
grave, es precisamente la dificultad de su identificación por parte de terceras
personas, ya que al ser internas, pueden pasar desapercibidas, inclusive para el
personal médico que eventualmente atienda a la paciente maltratada. Estas
consecuencias producidas por el maltrato psicológico, generan alteraciones
graves en el estado de ánimo y estabilidad emocional de la mujer, que llegan a
generar profundos estados de depresión.
El maltrato doméstico en general, produce por si solo una situación de estrés
permanente, que trae consecuencias psicológicas para las víctimas, pero tales
consecuencias, como es lógico, pueden variar en su intensidad, de acuerdo
con la personalidad de la víctima, las habilidades que tenga para afrontar esta
problemática, el apoyo que pueda encontrar, y también según la forma en que
se presente el maltrato, es decir, su duración, permanencia, grado de
intensidad etc.
A pesar de aceptar que las consecuencias, y efectos del maltrato pueden
variar de acuerdo a algunos de los criterios recién mencionados, algunos
autores agrupan las principales “alteraciones clínicas” producidas por el
maltrato:
“Ansiedad. La violencia repetida e intermitente, entremezclada con periodos
de arrepentimiento119 y de ternura, suscita una ansiedad extrema y unas
respuestas de alerta y de sobresalto permanentes. La percepción de amenaza
incontrolable a la vida y la seguridad personal provoca una sensación de temor
continua, dificultades de concentración, irritabilidad y un estado de
hipervigilancia. Así mismo la víctima experimenta trastornos del sueño, pesadillas
y pensamientos obsesivos en relación con el maltrato y el maltratador” 120
Es natural, que para aquella víctima constante del maltrato, se genera una
sensación de estar permanentemente esperando un nuevo ataque, lo que
atenta contra su tranquilidad generándole una constante sensación de
119
Para este tema ver capítulo referido al Ciclo de la violencia. 120
Zubizarreta Anguera, Irene. Consecuencias psicológicas del maltrato doméstico en las mujeres y en sus hijos e
hijas. Disponible en www.emakunde.es/images/upload/Irene_Zubizarraeta.pdf
73
inseguridad y miedo; la víctima no sabe en que momento, cualquiera de sus
actuaciones, será el detonante para que el nuevo estallido de violencia
aparezca. Esta sensación afecta el normal desarrollo de la mujer, quien por su
permanente temor a ser agredida nuevamente, y quizás con mayor intensidad,
no logra recuperar la tranquilidad, lo que afecta su vida diaria, y como se dijo
anteriormente, su capacidad de concentrarse, de conciliar el sueño.
“Depresión, pérdida de autoestima y sentimientos de culpa. Cuando la mujer
está inmersa en el ciclo de la violencia cree que la conducta de su pareja
depende de su propio comportamiento, se siente responsable e intenta una y
otra vez cambiar las conductas del maltratador…cuando observa que sus
expectativas fracasan…desarrolla sentimientos de culpabilidad y de
fracaso…se siente culpable por no ser capaz de romper con la relación…”121
Tal como se anotaba en la primera parte de este capítulo, las diferentes formas
de manipulación y coacción utilizadas por el maltratador, generan en la
víctima sentimientos de culpabilidad, más aún, cuando el mismo maltratador se
encarga de reforzar tales ideas, a través de la insistencia en los errores (muchas
veces inexistentes), deficiencias, debilidad, o características de su pareja, que
le “obligan” a maltratarla. Las actitudes, gritos e insultos del maltratador, se
repiten en tal forma y con tal intensidad, que la mujer ve mermada su
autoestima al punto de ser incapaz de creer que ello no es así; la verdad que
crea el maltratador cobra cada día más fuerza, y profundiza mas sus
sentimientos de tristeza, incapacidad de salir de esa situación de maltrato, de
estar encerrada en una situación que se merece y de la cual por tanto, no
puede escapar.
“Trastornos psicosomáticos. Los malos tratos crónicos provocan en la víctima
diferentes tipos de trastornos psicosomáticos como dolores de cabeza, caída
del cabello, pérdida del apetito, ansiedad crónica, fatiga, problemas
intestinales, alteraciones menstruales etc.”122
Es natural también, que la situación de estrés generada por las presiones
psicológicas derivadas del maltrato psicológico se vean reflejadas en la salud
física de la mujer maltratada, y que generen problemas físicos que pueden
variar de intensidad, y presentarse de manera aislada o conjunta en periodos
prolongados de tiempo.
121
Ibídem. 122
Ibídem.
74
“Trastornos sexuales. En una situación de violencia doméstica es habitual que
una mujer pierda todo el interés por el sexo y sienta rechazo hacia las relaciones
sexuales”.123
En los textos de autores que abordan el tema del maltrato psicológico, se
encuentra un concepto interesante, de acuerdo con el cual los síntomas
que se acaben de resumir, en más de la mitad de los casos, constituyen un
“trastorno de estrés postraumático crónico; el cual define como “un cuadro
clínico que surge cuando una persona sufre o está expuesta a sucesos
aversivos que están fuera del marco habitual de las experiencias
humanas.124 En las víctimas del maltrato, este trastorno se manifiesta de la
siguiente forma:
“síntomas de reexperimentación. Las víctimas reviven intensamente
las agresiones sufridas en forma de imágenes y recuerdos
constantes e involuntarios con una hiperactividad fisiológica… (por
ejemplo sensación de ahogo, malestar o dolor en el pecho…miedo
a perder el control, etc.)
Síntomas de evitación. Las víctimas evitan hablar de ello con sus
seres queridos, experimentan una sensación de distanciamiento
respecto a los demás y se muestran muy poco esperanzadas
respeto al futuro
Respuesta de alarma exagerada. Debido a la situación de
amenaza incontrolable a la vida y a la seguridad personal… que se
refleja en dificultades de concentración, irritabilidad y problemas
para conciliar y mantener el sueño.125
Consideramos muy importante la anterior explicación, ya que ella denota la
gravedad de los efectos que producen los malos tratos psicológicos en las
víctimas, al punto de generar el mismo síndrome que puede producirse, en
eventos de magnitud como el presenciar un homicidio, o estar a punto de morir
en un accidente aéreo. Por ello no debe restarse importancia este tipo de
maltrato, que como se explicó, genera consecuencias, en algunos eventos
irreparables, en la psiquis de la mujer maltratada, que adicionalmente ayudan
a perpetuar el ciclo de la violencia, por cuanto esos efectos de merma de la
autoestima, tristeza, temor, angustia, generan y aumentan en la mujer
maltratada la sensación de impotencia, y la convencen de la imposibilidad de
escapar de esa situación de maltrato, o en los casos más graves, la convence
123
Zubizarreta Anguera, Irene. Consecuencias psicológicas del maltrato doméstico en las mujeres y en sus hijos e
hijas. Disponible en www.emakunde.es/images/upload/Irene_Zubizarraeta.pdf Pág. 9 124
Ididem. 125
Ibidem.Pá.g 10
75
de tener que soportar esta situación, al creer equivocadamente que la misma
ha sido producida por su culpa.
En un reciente estudio realizado por la Organización Mundial de la Salud, se
anota, como en muchas oportunidades, las propias mujeres maltratadas
consideran que el maltrato psicológico les afecta más profundamente, que el
propio maltrato físico. En el mismo estudio, se señalan algunas conductas que
tradicionalmente son entendidas como constitutivas de maltrato psicológico,
veamos algunas consideraciones del mencionado estudio:
“En las investigaciones cualitativas se muestra de forma sistemática que las
mujeres a menudo consideran el maltrato psíquico más devastador que la
violencia física. Los actos específicos de maltrato psíquico infligido por la pareja
que se incluyen en el Estudio de la OMS son los siguientes:
Ser insultada o hacerla sentirse mal sobre ella misma;
Ser humillada delante de los demás;
Ser intimidada o asustada a propósito (por ejemplo, por una pareja que grita y
tira cosas);
Ser amenazada con daños físicos (de forma directa o indirecta, mediante la
amenaza de herir a alguien importante para la entrevistada)”
“En todos los países objeto del Estudio, entre el 20% y el 75% de las mujeres
había experimentado, como mínimo, uno de estos actos, en su mayoría en los
últimos 12 meses previos a la entrevista. Los que más se mencionaron fueron los
insultos, la humillación y la intimidación. Las amenazas con daños físicos fueron
menos frecuentes, aunque casi una de cada cuatro mujeres en los entornos
provinciales de Brasil y Perú declaró que había sido amenazada. Entre las
mujeres que informaron haber sido objeto de este tipo de violencia, al menos
dos tercios había sufrido la experiencia en más de una ocasión”126
Es evidente que en muchas ocasiones, las acciones constitutivas de maltrato
psicológico pueden esconderse detrás de un manto de “normalidad”, lo que
permite que en algunas ocasiones, la mujer no logre reconocerse a sí misma
como una víctima, ya que el maltratador realiza un trabajo psicológico que le
asegure que la mujer se sienta inmersa en un ciclo del que no puede salir, y
como ya se ha mencionado, en ocasiones, el efecto psicológico logra que ella
se sienta causante y hasta merecedora del maltrato.
126 Maltrato Psíquico inflingido por la pareja, Disponible en:
www.who.int/gender/violence/who_multicountry_study/summary_report/chapter2/es/index4.html.Organización
Mundial de la salud.
76
Como se ha dicho anteriormente los efectos del maltrato psicológico dejan
profundas huellas en la mente de la mujer maltratada, que en la mayor parte
de las ocasiones le generan depresión, la cual puede inclusive traer consigo
ideas suicidas. En ese sentido el estudio ya mencionado contempla lo siguiente:
“Es común que las mujeres de todo el mundo que han sido víctimas de violencia
infligida por su pareja tengan problemas de salud mental, angustia emocional y
comportamientos suicidas… En el Estudio de la OMS se identificó la angustia
emocional mediante síntomas como el llanto fácil, la incapacidad para disfrutar
de la vida, la fatiga y los pensamientos suicidas durante las cuatro semanas
anteriores a la entrevista. En todos los entornos estudiados, las mujeres que
habían tenido pareja alguna vez y que habían sufrido violencia física o sexual, o
ambas, por parte de su pareja registraban unos niveles considerablemente más
altos de angustia emocional en comparación con aquellas que no habían sido
víctimas de violencia.
Asimismo, en todos los entornos examinados, era mucho más probable que las
mujeres que habían sido víctimas de violencia infligida por su pareja hubieran
pensado en suicidarse alguna vez…y que lo hubieran intentado, en
comparación con las mujeres que no habían sido víctimas de violencia…”127
Es evidente que el recibir continuamente los diferentes tipos de violencia
psicológica, termina por minar la autoestima, seguridad y hasta los deseos de
vivir de la mujer maltratada, situación que a pesar de no ser tan notoria, termina
por producir consecuencias graves en la salud mental de la mujer, que
inclusive, como se ha anotado en este aparte, pueden traer consigo también
manifestaciones físicas derivadas del desequilibrio emocional, al que se ve
enfrentada la víctima. Queda clarísimo que los efectos del maltrato psicológico
pueden ser tan devastadores, o aún más profundos que aquellas huellas físicas
que son consecuencia de la violencia física.
4.4. VIOLENCIA FÍSICA
Este es quizás uno de los tipos de violencia más utilizada por los maltratadores, y
la cual, incluye toda clase de agresiones físicas inflingidas a la mujer,
empujones, bofetadas, rasguños, patadas, empujones, y obviamente todos
aquellos golpes que involucran armas (cuchillos, martillos, látigos, correas, etc.)
127
http://www.who.int/gender/violence/who_multicountry_study/summary_report/chapter4/es/index3.html
Organización mundial de la salud. La violencia infligida por la pareja y la salud mental
77
El profesor Lorente Acosta, al hablar del maltratador que el denomina
“Quebrantahuesos”, resume como de una discusión, el maltratador puede
llegar a los ataques físicos:
“…según va trascurriendo la discusión…se pase de forma repentina, casi
explosiva, a una agresión de extraordinaria violencia y dirigida a cualquier
parte del cuerpo, especialmente al tronco (tórax y abdomen), siendo frecuente
que la mujer sea arrojada al suelo y que utilice los miembros inferiores para
agredirla por medio de patadas y pisotones” 128
Este tipo de maltrato es en especial violento, el maltratador tiene intensas
descargas de ira frente a la mujer, y la ataca con toda su fuerza, ello,
obviamente produce grandes secuelas físicas, por lo que el maltratador dirige
sus ataques, hacia aquellas zonas donde las huellas sean fáciles de ocultar,
como el abdomen, las piernas, la espalda, la cabeza, etc.
En múltiples escritos se describen las actuaciones constitutivas de los maltratos
físicos, y en general se encuentran similitudes, veamos algunas de las
definiciones:
“Cualquier acción no accidental que provoque o pueda provocar daño físico
o enfermedad (hematomas, heridas, fracturas, quemaduras…)”129
“Se originan por hechos que se exteriorizan a través del ensañamiento y
especialización en los golpes como son: dar puñetazos, patadas, pellizcos,
mordiscos, tirones de pelo, golpes, quemar, encerrar, atar, encadenar, tirar de
los brazos o manos para impedir el movimiento o forzarlo, cortar, pinchar,
obligar a comer elementos incomibles, privar de comida, expulsar
violentamente del domicilio, obligar a consumir alcohol, drogas…”130
Se advierte que el maltratador puede utilizar múltiples formas de maltrato, para
causar daño físico, por ello, el maltrato físico se manifiesta de diversas formas,
todas ellas igualmente nocivas, fuertes y dañinas para la salud e integridad
física de la mujer. Estas formas de maltrato, pueden ir desde ataques leves
como pellizcos, bofetadas, empujones, hasta patadas. Golpes con objetos
contundentes o cortantes etc.
128
Lorente Acosta, Miguel. “Anatomía del Maltratador” Página 67. Editorial Ares y Mares 129
Lorente Acosta, Miguel. “Agresión a la mujer; maltrato, violación y acoso. Entre la realidad y el mito cultural”.
Página 5 130
Cuaderno informativo de la violencia sobre la mujer. Disponible en:
www.juntadeandaluia.es/institutodelamujer/IMG/pdf/Cuaderno_informativo_de_la_violencia_sobre_la_mujer_2.pdf
78
“La violencia física es una invasión del espacio físico de la otra persona y puede
hacerse de dos maneras: una es el contacto directo con el cuerpo de la otra
persona mediante golpes, empujones y jalones; la otra manera es limitar sus
movimientos encerrándola, provocándole lesiones con armas de fuego,
forzándola a tener relaciones sexuales y produciéndole la muerte. De esta
manera, la violencia física tiene un impacto directo en el cuerpo de la víctima,
aunque el espacio emocional es el que más sufre, a excepción lógicamente de
que la agresión que produzca la muerte.”131
Es muy importante entender que si bien los daños físicos producidos por la
violencia física son devastadores, siempre tienen también consecuencias a nivel
emocional muy graves, que producen daños irreparables en muchos casos, a la
salud física y psicológica de la víctima. Evidentemente las secuelas más
evidentes son las físicas, que van desde hematomas, raspaduras cortadas,
hasta fracturas o lesiones musculares.
“El maltrato físico está muy bien definido: es todo aquello que implique una
intrusión sobre mi espacio vital y que conlleve un contacto físico doloroso y mal
intencionado de otra persona. De un modo más coloquial, el maltrato físico son
bofetones, palizas, golpes, patadas, empujones, tirones de pelo, pellizcos y todo
lo que dañe el cuerpo humano” 132
Es claro, que aún sin tener ningún conocimiento sobre el tema, comúnmente
identificamos que el maltrato físico es el que “se ejecuta basado siempre en la
fortaleza física. Son esos golpes, empujones, patadas y lesiones provocadas con
diversos objetos o armas.” 133, pero lo que no debe perderse de vista, es que tal
maltrato no tiene que ser brutal, o excesivamente fuerte desde el primer
episodio, ya que en la mayoría de las ocasiones, este tipo de violencia empieza
con un empujón, una bofetada, en rasguño, y en general, con pequeñas
agresiones, que la víctima inclusive puede pasar por alto, por no identificarlos
como situaciones normales, que poco a poco se van convirtiendo en ataques
más violentos, agresivos y cada vez con consecuencias más graves para la
integridad y salud física y mental de la víctima.
Basta revisar las definiciones anteriores, para darse cuenta que cualquier
intromisión que conlleve un contacto físico doloroso, no accidental, y que
131
www.tuotromedico.com/temas/violencia_en_pareja.htm#0 132
Maltrato físico y psicológico: cómo identificar sus indicadores y prevenirlos. Disponible en;
www.emprendeoras.com 133
Disponible en : http://www.gentiuno.com/articulo.asp?articulo=2292
79
afecte o pueda afectar la salud o integridad física de la víctima puede
considerarse como violencia física. También es notoria la diversidad de
manifestaciones que esta violencia puede tener, todas ellas igualmente
perjudiciales para la víctima. Igualmente debe tenerse en cuenta que las
secuelas que este maltrato deja, son más fácilmente apreciables que aquellas
analizadas en el aparte del maltrato psicológico.
4.5. CONSECUENCIAS DE LA VIOLENCIA FÍSICA:
A diferencia de las consecuencias del maltrato psicológico anotadas
anteriormente, y de las cuales quedó clara su gravedad, y dificultad de
identificación; si tenemos que hablar de las consecuencias del maltrato físico,
es evidente que las secuelas de éste tipo de violencia, son más evidentes en el
cuerpo de la víctima, aunque la dificultad radica, en que comúnmente la mujer
maltratada intenta ocultar la verdadera razón de estos signos, señalando que
han sido consecuencia de caídas y/o accidentes domésticos que normalmente
atribuye a su propia torpeza.
El maltrato físico puede dejar hematomas, equimosis, fracturas, cortaduras,
hemorragias, lesiones musculares, torceduras musculares y muchos más,
variando su intensidad y gravedad. Igualmente cuando se produce violencia
sexual, puede darse transmisión de enfermedades venéreas, embarazo no
deseado, problemas ginecológicos, lesiones para el feto, o abortos.
En el informe de la OMS antes mencionado, se relacionan algunas importantes
conclusiones en relación con las lesiones derivadas de la violencia física:
“Lesiones derivadas de la violencia física…La prevalencia de lesiones entre las
mujeres que alguna vez habían sido víctimas de violencia oscilaba entre el 19%
en Etiopía y el 55% en el entorno provincial de Perú, y estaba asociada con los
casos de violencia grave. En Brasil, en el entorno provincial de Perú, Samoa,
Serbia y Montenegro y Tailandia, más del 20% de las mujeres que habían sido
heridas alguna vez declaró haber sufrido lesiones en más de cinco ocasiones.
Aunque la mayoría de las lesiones eran leves (moretones, rasguños, cortes,
pinchazos y mordiscos), en algunos entornos era común encontrar lesiones más
graves (huesos rotos, daños en oídos y ojos). Al menos el 20% de las mujeres que
habían sufrido lesiones alguna vez en Namibia, el entorno provincial de Perú,
Samoa, el entorno urbano de Tailandia y la República Unida de Tanzanía
declaró haber sufrido daños en los ojos y los oídos. En Bangladesh, Etiopía, el
80
entorno provincial de Perú y en Samoa, más de una cuarta parte de las mujeres
que habían sufrido lesiones alguna vez informó haber perdido el conocimiento
a raíz de algún acto violento infligido por su pareja.”134
De lo anterior, se desprende que si bien en muchas ocasiones las lesiones no
son tan graves y no pasan de ser moretones o rasguños, en otras ocasiones
pueden causar graves lesiones, inclusive internas, y las cuales pueden afectar a
largo plazo, de manera grave la salud física e integridad de la mujer.
También se destaca un aspecto muy importante, cual es la permanencia de los
efectos en la salud, de las mujeres maltratadas, por largos periodos de tiempo, y
las pruebas que se obtuvieron con la realización del estudio, de acuerdo con el
cual se concluye entre otros, que las mujeres maltratadas, sufren en general de
mala salud, al punto de llegar a afectarlas en la realización de las más simples y
cotidianas labores domesticas.
“En la mayoría de los entornos (excepto en Japón, Samoa y el entorno urbano
de la República Unida de Tanzania), era mucho más probable que las mujeres
que habían sido víctimas de violencia infligida por su pareja afirmaran tener
mala o muy mala salud en comparación con las mujeres que nunca habían
sufrido maltrato por parte de su pareja. También era más probable que las
mujeres que alguna vez habían sido víctimas de violencia hubieran tenido
problemas al caminar y realizar sus tareas cotidianas o hubieran sentido dolores,
pérdida de memoria, mareos y pérdidas vaginales en las cuatro semanas
anteriores a la entrevista. Cabe señalar, en particular, que los problemas de
salud recientes estaban relacionados con experiencias de violencia a lo largo
de la vida. Ello sugiere que los efectos físicos de la violencia pueden persistir
mucho después de que la experiencia violenta haya finalizado, o que el
maltrato acumulado afecta a la salud en mayor medida.”135
Es evidente, que las secuelas físicas del maltrato físico, son más fácilmente
perceptibles, por que normalmente dejan marcas en el cuerpo, que pueden
apreciarse a simple vista, sin embargo, también debe tenerse en cuenta que la
víctima por vergüenza, miedo, y hasta por la convicción que el maltratador a
generado en ella de que se lo merece, oculta estos signos del maltrato. “Esta es
la violencia que en un altísimo porcentaje termina en suicidio o también en
134
Maltrato Psíquico inflingido por la pareja, Disponible en:
www.who.int/gender/violence/who_multicountry_study/summary_report/chapter2/es/index4.html.Organización
Mundial de la salud.
135
Ibídem.
81
homicidio. Aunque este maltrato físico es de fácil detección ya que deja huellas
como magulladuras, heridas, quemaduras, moratones, fracturas, dislocaciones,
cortes, pinchazos, lesiones internas, asfixia o ahogamientos, son cientos las
mujeres que inventan caídas o accidentes domésticos para ocultar la verdad:
Son víctimas de una bestia con la que conviven”.136
4.6. VIOLENCIA SEXUAL
Aunque sumariamente nos hemos referido en párrafos anteriores a éste tipo de
violencia, por considerar que se encuentra dentro de la violencia física,
haremos unas breves reflexiones adicionales en torno a ella, por ser también
una de las formas de maltrato que produce graves consecuencias no solo
físicas sino también psicológicas a la víctima.
Es muy importante tener en cuenta que la violencia sexual no solamente está el
forzar a la mujer a sostener relaciones sexuales en contra de su voluntad, sino
también, el obligarla a realizar prácticas sexuales en contra de su dignidad,
tales como tocamientos no consentidos por la víctima, penetración por
diferentes cavidades corporales, con objetos contundentes, punzantes o corto
punzantes, o inclusive el obligar a la mujer a ver pornografía etc. Es la
degradación total de la mujer, al obligarla a tolerar todas esas conductas
sexuales, con aquel que es el penetrador de la violencia en su contra. Veamos
algunas definiciones y acercamientos a este tipo de violencia.
“Esta forma de violencia está muy generalizada y se encuentra dentro del
ámbito de la violencia física, aunque invade todos los espacios de la mujer. Por
la severidad de esta violencia, la ponemos en una categoría diferente. En
primer lugar, la violencia sexual se ejerce al imponer a la mujer ideas y actos
sexuales… Otra forma de violencia sexual se realiza mediante la fuerza física,
violando a la mujer. El hombre piensa que por tener una relación tiene derecho
a hacer sexualmente lo que quiera y cuando quiera con ella, y para efectuar
esta violación el hombre usa diferentes métodos, desde "convencer" con dinero
hasta valerse de amenazas y golpes para llevar a cabo su propósito.
Generalmente intensifica sus avances sexuales hasta que la víctima acaba
aceptando sus exigencias, aun no estando de acuerdo. Por otro lado, la
136 Desnudemos la violencia familiar y de pareja. Violencia un lenguaje, Equipo Investigativo de gente del siglo
XXI, Disponible en : http://www.gentiuno.com/articulo.asp?articulo=2292
82
violencia sexual conlleva también tocamientos no consentidos, penetrar con
objetos a la víctima, etc.”137
Hasta aquí se ha resumido las principales formas de maltrato, todas ellas
nocivas, y productoras de graves consecuencias que atentan y lesionan la
salud física y mental de la mujer maltratadota, con secuelas que pueden
perdurar por periodos largos de tiempo, y las cuales, ayudan a que el
maltratador perpetúe su poder, dominación, y escenario de anulación y
sometimiento de la mujer.
Es de vital importancia apreciar que en muchos casos las consecuencias son
imperceptibles por la sociedad, ya que a veces son ocultadas por la mujer,
debido a la profunda vergüenza que su situación le produce, o también porque
en muchos casos el maltratador ataca prevalentemente la parte emocional o
psicológica de la mujer, logrando con ello ocultar los catastróficos efectos que
este tipo de violencia produce. Sin embargo la triste conclusión de este
capítulo, es el desgarrador escenario de fatídicas consecuencias que la mujer
debe afrontar cuando es víctima de la violencia física y/o psicológica por parte
de su pareja o ex pareja, las cuales, en un gran número de casos llegan
inclusive a producir la muerte de la mujer, a manos del maltratador.
137
www.tuotromedico.com/temas/violencia_en_pareja.htm#0
83
CAPÍTULO 5. CICLO DE LA VIOLENCIA, TEORÍA DE LA IMPOTENCIA APRENDIDA y
SINDROME DE MALTRATO A LA MUJER
5.1. El CICLO DE LA VIOLENCIA:
Uno de los conceptos importantes que surge cuando se analiza el tema de la
violencia contra las mujeres, es el del ciclo de la violencia, concepto que es
vital en la comprensión de la dinámica triste que envuelve a la mujer víctima
de los malos tratos por parte de su pareja o ex pareja, y el ciclo nocivo en el
que se ve envuelta y que le impide en muchas ocasiones encontrar las vías
para escapar de esa situación de dolor, humillación, degradación.
Adicionalmente este concepto permite en parte también entender la forma
como actúa el maltratador.
La teoría del Ciclo de la violencia fue elaborada por Lenore Walter, en su libro
“La Mujer Golpeada”, donde plantea que el maltrato a la mujer se produce de
forma cíclica, pudiendo identificarse ciertas etapas que se producen, en
diversos lapsos de tiempo.
Básicamente el ciclo de la violencia se compone de tres etapas, una de
acumulación de tensión, seguida de un episodio muy explosivo de violencia,
luego del cual viene la denomina etapa de luna de miel, etapa ésta última en
la que el maltratador pide perdón, manifiesta arrepentimiento, y promete a la
mujer que estos episodios nunca van a repetirse, inclusive compra regalos a la
mujer, y la trata de manera excesivamente cariñosa.
“Uno de los aspectos más importantes que debemos conocer es que la
violencia desaparece y reaparece en diferentes momentos. Primero se
acumula “mucho malestar” y se producen roces permanentes entre los
miembros de la pareja; después ocurre el “acto más violento”, en el que
explota todo ese malestar y se produce la mayor agresión, que puede ser física
o verbal. Finalmente, se genera una situación llamada “luna de miel”, en la que
84
el agresor se arrepiente, pide disculpas y le promete que nunca más volverá a
violentarla. Pasado cierto tiempo, este ciclo vuelve a repetirse.”138
Veamos que ocurre en cada una de las etapas:
1. Etapa de Acumulación de tensión: En esta etapa, surgen muchos roces
entre la pareja, por los más simples aspectos de la convivencia
cotidiana. Algunos autores afirman que en esta fase es preponderante el
maltrato psicológico, el maltratador humilla, disminuye y ridiculiza a la
mujer.
Se define como “un proceso de interacción permanente que perpetúa y
reproduce la violencia conyugal…puede comenzar en el noviazgo con algunas
conductas o actitudes violentas como celos, posesividad, mal genio
exagerado…”139
“…se caracteriza por su cronicidad y está dominada por lo que se conoce
como “maltrato psicológico”…el hombre ridiculiza a la mujer, ignora su
presencia, no presta atención a lo que ella dice, se ríe de sus opiniones, la
corrige en público, la ofende criticándole el cuerpo, le pone sobrenombres etc.
Estas conductas producen un efecto en la víctima, provocando un progresivo
debilitamiento de sus defensas psicológicas”.140
“…la pareja empieza a acumular tensiones y se hacen evidentes las diferencias
y desencuentros en la vida cotidiana frente a acontecimientos reales como
problemas laborales, económicos, hechos intrascendentes…es común que el
hombre empiece con agresiones de tipo psicológico…” 141
“la relación de pareja empieza a estar marcada por la "tensión" que generan
las cuestiones cotidianas sin importancia (la comida de ese día, la camisa sin
planchar, etc.). La mujer no tiene el control ni de la frecuencia ni de la
intensidad de los sucesos violentos. Pero en este primer periodo, la mujer-
víctima, aún tiene capacidad para retrasar o acelerar las agresiones, siempre
que acepte o no las exigencias del maltratador.”142
138
Goldman, Adriana. Maltrato de la mujer. Disponible en www.foroaps.org/files/viole.pdf 139
Ferreira, Graciela, La mujer maltratada, un estudio sobre las mujeres víctimas de a violencia doméstica. Citada en
Violencia de pareja: tipología, características e impacto en la sociedad. Reflexiones sobre violencia de pareja y
relaciones de género. Haz Paz: política nacional de construcción de paz y convivencia familiar. 2000 140
Ibidem. 141
Violencia de pareja: tipología, características e impacto en la sociedad. Reflexiones sobre violencia de pareja y
relaciones de género. Haz paz es compromiso de todos. política nacional de construcción de paz y convivencia
familiar. 2000 142
Disponible en http://www.cfnavarra.es/asistenciavictimas/IPSICOLOGICA/VDcomprender.HTM
85
Los problemas y conflictos surgen en esta etapa por asuntos sin ninguna
trascendencia, el maltratador de molesta por una camisa supuestamente mal
planchada, por que la temperatura de la comida no es la ideal, por una
pequeña arruga en la sábana etc., todo será excusa para una pelea, una
discusión, y algunas pequeñas agresiones verbales.
En esta etapa, la mujer intenta disminuir los posibles causantes de los roces y
conflictos, pero cada vez el hombre estará más irritado, y los intentos de la
mujer por evitar discusiones y disgustos le molestarán aún más.
“El hombre maltratador empieza a mostrarse tenso e irritable, cualquier
comportamiento de la mujer despierta en él una reacción de enfado. La mujer
sorprendida intenta hablar con él para solucionar el problema, ver la causa,
pero esto solo provoca más enfados en el hombre que la ve como
excesivamente dependiente y empalagosa.”143
En esta etapa predomina un cierto maltrato psicológico, el maltratador ignora a
la mujer, la ridiculiza, le hace comentarios humillantes, “se caracteriza por su
cronicidad y está dominada por lo que se conoce como “maltrato
psicológico”… el hombre ridiculiza a la mujer, ignora su presencia, no presta
atención a lo que ella dice, se ríe de sus opiniones, la corrige en público, la
ofende criticándole el cuerpo, le pone sobrenombres etc” 144
Ante lo anterior, la mujer optará por callarse, permanecerá prácticamente
invisible, tratando de evitar cualquier provocación, pero ello tampoco será
suficiente para evitar la ira del maltratador, quien juzgará también esta actitud
de la mujer, acusándola de despreocupada e indolente, señalará que nunca
hace nada, que es aburrida, y que no reacciona ante nada.
“La víctima intenta calmar a su agresor, se muestra comprensiva, trata de
ayudarle haciéndole razonar o se mantiene silente para que se calme. Se va
apartando sin darse cuenta de su grupo de apoyo, amistades y familiares. Trata
de ser agradable, pasiva, retirada y se esfuerza por hacer las cosas como al
agresor le agradan o le complacen. La acumulación de tensión comienza a
intensificarse con ciertos episodios de abuso verbal y subidas de voz, que se
hacen más frecuentes, cuando se da paso al siguiente período.” 145
143
Disponible en http://www.fmujeresprogresistas.org/violencia6.htm 144
Goldman, Adriana, Maltrato a la mujer. Disponible en www.foroaps.org/files/viole.pdf 145
http://victimasportal.org/2008/04/23/sindromemujermaltratada/
86
Es importante tener en cuenta que en esta etapa la mujer se esfuerza en
extremo por agradar a su agresor, no molestarlo con nada, pero sus esfuerzos
son inútiles, aún el permanecer callada será ofensivo e irritante para su pareja, y
empezarán a presentarse ciertos episodios de peleas y agresiones, que
generalmente no sobrepasarán lo verbal.
“La mujer, para no molestarle, comienza entonces a no hacer nada, intenta no
expresar su opinión porque sabe que él expresará la contraria y entonces habrá
“bronca”, también intenta hacer las menores cosas posibles, entra en una fase
de inmovilidad, pero esto tampoco salva a la mujer, ya que el hombre la
acusará de ser casi un “mueble” que no hace nada, que es una persona
anodina y aburrida.”146
En esta etapa cualquier esfuerzo de la mujer será rechazado por el maltratado,
quien le demostrará un profundo alejamiento y desapego afectivo, la mujer
asustada empieza a dudar de sus propios pensamientos, llegando a pensar que
está imaginando todo, y que ella es la verdadera culpable de la situación,
llegando a considerar que es culpable del maltrato, por no lograr conservar su
afecto.
2. Explosión de ira. Acto más violento: Es el resultado de la acumulación de
la tensión referida en la etapa anterior, y normalmente consiste en un
episodio muy violento, de carácter físico, donde toda la tensión
acumulada explota en un acto de profunda ira del maltratador en contra
de la víctima.
“Suele ser físico…el tipo de violencia física es muy variable…Por lo general,
antes de estos episodios el agresor aumenta la intensidad de la agresión,
acusación, denigración, insultos y amenazas, y va creando un clima de miedo
constante en la víctima. Los tiempos entre cada episodio son variables e
impredecibles”147
Finalmente entonces el hombre estalla en violencia, castigando severamente a
su pareja, grita, golpea, rompe cosas, insulta a la mujer, amenaza de muerte a
la esposa y/o los hijos, le da puñetazos, patadas, la arrastra del cabello, la
lesiona con objetos contundentes, cortantes, punzantes etc, lo anterior, puede
acompañarse de agresiones verbales o sexuales, pero en general suele ser un
episodio que combina los diferentes tipos de maltrato, con énfasis en la parte
física, en la cual es en extremo violento.
146
Ibidem. 147
Goldman, Adriana. Maltrato de la mujer. Disponible en www.foroaps.org/files/viole.pdf
87
El episodio es tan violento, que la debilidad de la mujer se acentúa, se siente
profundamente indefensa, pues él acaba de recordarle quien tiene el control,
y qué puede ocurrir si ella “vuelve a fallar”, su temor se acrecienta y
nuevamente el agresor ha grabado en su mente y en su cuerpo, las huellas que
le recuerdan a la mujer, que no podrá salir de esa situación.
El hombre justifica sus ataques, diciendo que debe “disciplinar” a la mujer para
que entienda sus instrucciones, y deje de cometer tantos errores y provocarlo,
esa es la forma en que ella debe aprender a comportarse de acuerdo con las
reglas que él ha fijado.
Así, la mujer no puede saber cuando va a ocurrir el nuevo episodio de violencia,
ni la duración o intensidad que el mismo va a tener; pero la seguridad que si
puede tener es que cuando se han producido ya episodios de violencia éstos
se van a repetir.
3. Luna de Miel. Arrepentimiento. En esta etapa, el maltratador manifiesta
un “supuesto” arrepentimiento, pide perdón, aun de rodillas a la mujer
maltratada, en ocasiones le da regalos, y jura que estos episodios nunca
se van a repetir.
“El agresor se siente muy arrepentido de su conducta (por lo menos las primeras
veces), pide perdón, promete cambiar. Y realmente cambia, durante esta fase
se convierte en el hombre más “encantador” del mundo, la lleva el desayuno a
la cama, la cura las heridas, incluso se hace cargo de las tareas domésticas, le
cede todo el poder a ella.” 148
El maltratador busca manipular nuevamente a su víctima, quiere convencerla
de que este episodio no volverá a repetirse, acepta que se excedió y pide
perdón de rodillas, llena a la mujer de atenciones y regalos. Inclusive puede que
levante a su mujer algunas de las restricciones que normalmente le impone, le
permite visitar a su familia, le da dinero, se compromete a asistir a algún tipo de
terapia, jura que buscará ayuda profesional.
Puede que el maltratador le eche la culpa a la mujer, señalándole que ella lo
provoca, que lo hace reaccionar de esa forma, o fingir que el estallido de
violencia fue consecuencia de estrés del trabajo, la falta de dinero, la mala
educación de los hijos etc. En ocasiones se excusa en el consumo de alcohol o
148
Disponible en http://www.fmujeresprogresistas.org/violencia6.htm
88
drogas, y promete que nunca volverá a consumir esas sustancias, por ser ellas
las causantes de tan brutal ataque.
“…el hombre piensa en las consecuencias de lo que hizo, se muestra
arrepentido, pero le reserva la mayor parte de la culpa a ella…le pide que no lo
ponga nervioso, lo hace de manera tierna; de este modo se asegura de que
ella interiorice el mensaje de la responsabilidad que tuvo en lo sucedido”. El
maltratador realiza toda una estrategia para convencer a la mujer, de que el
episodio de maltrato ha sido causado por ella, que ha sido su culpa, por no
cumplir con sus expectativas. “Puede llorar, suplicar, y hacer toda clase de
promesas y garantías de que no ocurrirá más…esta situación deja a la mujer en
una situación de extrema vulnerabilidad, el ciclo de la violencia ya se instaló, no
se detiene y puede funcionar a intervalos de días, semanas, meses o años.149
La duración de esta etapa al igual que la de las anteriores es muy difícil de
determinar, pues en ésta última, durará el tiempo que el maltratador requiera
para convencer a la mujer maltratada, para conseguir su perdón, momento en
el cual el ciclo inicia nuevamente con irritabilidad y acumulación de tensión. Es
tanta la necesidad de control y poder del maltratador, que él decide cuanto
dura esta etapa, y cuando volverá el siguiente episodio de estallido de ira.
El ciclo de violencia sigue repitiéndose, cada vez más frecuentemente, hasta
que en algún momento la etapa de la luna de miel desaparece por completo.
Al tiempo que los episodios de luna de miel disminuyen, las explosiones de
violencia se vuelven más y más violentas, frecuentes y peligrosas para la salud,
integridad y la vida de la mujer.
“El momento más duro para la mujer es reconocer que convive con un agresor.
Hasta ese momento se ve sumergida en una espiral de violencia que hará sentir
como que enloquece. La tensión le producirá agotamiento y depresión. Puede
sentir vergüenza por lo que vive, como si nadie más hubiera pasado por algo
así. Cuanto más mantenga la situación, mayor será su inseguridad, su
sentimiento de culpabilidad y más difícil le será tomar una decisión. Una vez
asumido el maltrato y la necesidad de escapar de esa situación, se puede sufrir
la persecución por parte de la pareja que se niega a asumir el abandono.
Muchas veces le lleva a cometer un homicidio”150
149
Amato, Maria Inés. La pericia psicológica en violencia familiar. Ediciones La Rocca. Pág. 71 150 Disponible en http://www.webdelamujer.com/03asesorias/malostratos/01info/04.asp
89
“Esta es la fase que perpetúa el "aguante" de las víctimas de la violencia
doméstica porque el castigo que recibe la mujer (las agresiones físicas y
psicológicas) se asocia a un refuerzo positivo inmediato para la víctima (el
perdón solicitado con muestras de cariño y arrepentimiento) y también se
asocia a un refuerzo positivo a largo plazo (el supuesto cambio que se
producirá en el agresor con apoyo especializado).”151
En esta fase el maltratador entra nuevamente a manipular a la mujer, y lograr
borrar cualquier intento que la mujer haya considerado, de buscar ayuda o
dejarlo, haciendo inclusive aquellas cosas a alas que siempre se niega, como
asistir a terapia, busca ayuda especializada, dejar de consumir alcohol etc.
El maltratador percibe a su víctima vencida, y ante la posibilidad de perder su
“posesión”, el “objeto” que le hace sentir poderoso, necesita retenerla, la culpa
del episodio ocurrido y la llena de promesas de cambio, que hagan surgir en
ella esperanzas de cambio.
El efecto sobre la víctima es tan arrollador, que evita que ella logre hacer
conciencia del espiral de violencia en el que se haya sumergida, “La víctima no
es consciente de la presencia de este Ciclo de Violencia y adopta la
responsabilidad de apoyar al agresor en los momentos de arrepentimiento y de
aparente cambio de actitudes. Esta situación lleva a que la víctima se culpe
por no tener la capacidad para conseguir el cambio deseado y por tanto, su
autoestima también se ve afectada”152
Lo más grave de esta manipulación, es que cuando ocurre el nuevo episodio
de violencia, la mujer se siente aún mas culpable, por no haber podido lograr
que su marido cambiara, a pesar del “esfuerzo” que este hizo, en la etapa de
luna de miel (la cual ella no identifica), se siente aún más culpable, y ello la
sume en nuevos episodios de depresión, que siguen minando su autoestima.
5.2. LA IMPOTENCIA APRENDIDA:
Esta teoría también fue formulada por la Lenore Walter, y ha sido llamada
también Teoría de la indefensión de la mujer maltratada.
En desarrollo de esta teoría, “La Dra. Walker explica como la mujer que ha
experimentado la violencia queda incapacitada para controlar su voluntad, a
151
Disponible en http://www.cfnavarra.es/asistenciavictimas/IPSICOLOGICA/VDcomprender.HTM 152
Ibidem.
90
través del tiempo, desarrollando así la „condición de impotencia aprendida‟.
Esta condición previene el que una mujer maltratada pueda percibir o actuar
cuando se les presenta una oportunidad para poder escapar de la violencia.
Se basa en la hipótesis de que tempranas influencias sociales en una mujer
facilitan la condición psicológica de impotencia, lo que hace que las mujeres
se sientan incapaces de poder controlar positivamente sus vidas. La Dra. Walker
expone que la “impotencia aprendida” es la responsable de la deficiencia
cognoscitiva emocional y conductual que se observa en la mujer maltratada,
es lo que le afecta negativamente y le retiene en la relación abusiva.”153
Es entonces esta afectación psicológica la que impide que la mujer rompa el
ciclo de la violencia y abandone al maltratador, o lo denuncie y busque ayuda;
por cuanto los episodios frecuentes de maltrato la “imposibilitan” para ello, ya
que no lograr ver una posibilidad clara de escapar a esta situación de
violencia. No lograr ver con esperanza su futuro, le parece imposible escapar a
su situación actual, y termina por considerarse condenada a padecerla.
De acuerdo con esta teoría, las características que se generan en la víctima son
entre otras: “El maltrato repetitivo disminuye en la mujer su capacidad para
responder, se convierte en sumisa. Su personalidad pasa a ser pasiva. La
habilidad cognoscitiva para percibir el éxito cambia en la mujer. Ella no cree
que su respuesta le traerá resultados favorables, así lo sean o no. La mujer
maltratada no creerá que nada de lo que ella haga alterará el futuro o su
destino. El sentido de bienestar emocional pasa a ser precario y se vuelve más
propensa a la depresión y a la ansiedad.”154
Maria Inés Amato se refiere también a esta teoría, definiendo este fenómeno
como la autoinculpación unida a la imposibilidad de reaccionar frente a la
violencia del hombre, que la conduce a una trampa que la consume cada vez
más y desgasta su vida y su alma. Este fenómeno de desamparo que se da en
la mujer goleada proviene de una historia familiar de maltrato y de violaciones
que posteriormente favorecen estas situaciones, en las que la mujer está
predispuesta a recibir violencia sin poder defenderse. 155
Debe sin embargo, tenerse en cuenta, que si bien las situaciones anteriores de
maltrato pueden favorecer la situación de maltrato en pareja, ello no ocurre
necesariamente, y no siempre las mujeres maltratadas por su pareja han tenido
antecedentes de maltrato en sus familias; pero lo que si ocurre con mucha
153
Disponible en http://victimasportal.org/2008/04/23/sindromemujermaltratada/ 154
Ibidem. 155
Amato, Maria Inés. La pericia psicológica en violencia familiar. Pág. 71 Ediciones la Rocca.
91
frecuencia es que la mujer inmersa en el ciclo de la violencia, sufre esa
“impotencia aprendida”, esa incapacidad de salir de esta situación, de sentirse
cada vez mas desesperanzada, y carente de cualquier posibilidad de romper
con la violencia porque se considera incapaz de ello, todo como consecuencia
de los profundos efectos psicológicos del maltrato al que se ve sometida.
5.3. SÍNDROME DE MALTRATO A LA MUJER (SIMAM):
Algunos autores, han señalado que los continuos episodios de maltrato físico y
psicológico sufrido por la mujeres víctimas de la violencia a manos de su pareja,
puede producir un estado patológico que se ha denominado Síndrome de
maltrato a la mujer, el cual se traduce en un conjunto de síntomas físicos y/o
psicológicos que pueden resumirse de la siguiente manera:
“a. Angustia, malhumor, depresión, sensación de impotencia, intentos de
suicidio e insomnio;
b. Abuso de drogas y trastornos de la alimentación;
c. Molestias en el cuerpo como dolor abdominal crónico, dolor de cabeza,
cansancio, etc. que no mejoran con el tratamiento
d. Problemas ginecológicos”156
La mujer en ocasiones consulta algún médico por estos síntomas, pero trata de
ocultar la verdadera causa, y si tiene lesiones físicas visibles, las oculta, o espera
a que ellas se desvanezcan o desaparezcan antes de consultar. Es muy común
que cuando pida alguna cita, falte a ella; a su vez, el maltratador trata de
evitar que la mujer visite al mismo médico, con la finalidad de evitar que éste
pueda identificar la situación del maltrato, por ello este maltrato muchas veces
no es identificado por el médico.
Veamos ahora, las características por las que se puede identificar la presencia
de este síndrome:
La víctima asume las agresiones, esto es, la mujer siente que no tiene
capacidad de repeler las constantes agresiones, siente que no tiene
ninguna posibilidad de salir de esta situación, lo que en últimas la hace
sentir merecedora del maltrato.
Actitud pasiva de la víctima, la cual va de la mano de la característica
recién señalada, ya que denota que la sensación de “incapacidad” de
156
Goldman, Adriana. Maltrato de la mujer. Disponible en www.foroaps.org/files/viole.pdf
92
defenderse que sufre la víctima y que conlleva a que deje de intentar
hacerlo, y que se resigne de manera totalmente indiferente a soportar las
agresiones.
Justificación de la conducta del agresor, que algunos autores llegan a
definir como una “identificación con el autor”, ya que la victima en
ciertos eventos llega a justificar la conducta del agresor, y en ocasiones,
debido a la etapa de luna de miel (analizada en el aparte de ciclo de la
violencia) puede llegar a producir confusión en la mujer maltratada, y la
falsa creencia de que su pareja aún la ama.
Pérdida de control sobre la situación, también relacionada con las dos
primeras causales anteriormente señaladas, ya que la sensación de
imposibilidad de defenderse, hace que la víctima se resigne a no buscar
solución a su situación, y espere que terceras personas puedan hacerlo. 157
Este síndrome es tan intenso, que algunos autores lo han comparado con el
síndrome de Estocolmo, indicando que en el SIMAM, la mujer termina por
justificar a su agresor, a quien considera ella misma obliga a que le maltrate, por
incumplir sus reglas, defraudar sus expectativas, todo ello, claramente
producido por la permanente manipulación psicológica ejercida por el agresor
sobre la mujer maltratada, a través de frases como: “eres la peor esposa del
mundo”, “no puedo creer que te vistas así solo para avergonzarme con mis
amigos” “es imposible educarte, nunca vas a aprender” “es increíble como
malcrías a nuestros hijos, ni siquiera puedes ser una buena madre” .
La mujer se sume en una pesadilla aun peor, y debido a su sentimiento de
culpabilidad, convertido a estas alturas en este terrible síndrome, oculta a su
familia, amigos, médicos, y en general a la sociedad, la horrible situación de
maltrato a la que está sometida, porque, lo que es más grave, a esta alturas, es
posible que piense que se merece esta situación, y, que en el fondo la
verdadera responsable, es ella misma, por no lograr complacer a su esposo.
Cuando este síndrome hace presencia, la mujer se abandona en su situación,
renuncia a luchar, y simplemente siente que está condenada a sufrir esta
situación, está tan débil física y psicológicamente, que pierde cualquier
esperanza de salir de esa situación, tristemente, se resigna, no tiene
posibilidades de luchar.
157
Disponible en www.heraldo.es/especiales/violenciadomestica/8.html
93
CAPÍTULO 6. COMPARACIÓN LEGÍTIMA DEFENSA Y MIEDO INSUPERABLE
La razón por la cual se aborda en este capítulo una comparación entre estas
dos figuras, es básicamente porque en algunos momentos han estado fundidas
en la misma categoría dogmática, e incluso, en ocasiones, “la naturaleza de la
legítima defensa…durante mucho tiempo estuvo confundida con las causas de
exculpación, planteándose como un problema de miedo o de perturbación
del ánimo en el que se defiende al ser objeto de un ataque” 158
Adicionalmente, porque en la temática objeto de esta trabajo, se encuentra
que la principal estrategia de defensa de aquellas mujeres que, en situación de
violencia contra ellas por parte de su pareja causan lesiones graves o la muerte
a su maltratador, es la legítima defensa, la cual, sea dicho de paso, en muchas
ocasiones encuentra profundas dificultades probatorias debido a los exigentes
y meticulosos requisitos exigidos por la legislación colombiana para admitir su
configuración, y los cuales, en muchas ocasiones, no se encuentran presentes
en su exacto contenido, en los casos de mujeres maltratadas, homicidas de su
pareja o ex pareja maltratadora.
Debemos decir que en las causales de justificación, nos encontramos frente a
“una licencia” o “permiso” que el propio legislador nos da para cometer una
conducta que el mismo ordenamiento ha elevado a la categoría de delito,
pero que, en las especiales circunstancias contempladas en las diferentes
causales de justificación, se entiende como un hecho lícito, aprobado por el
ordenamiento.
En ese sentido afirma Muñoz Conde, “En estos casos, el indicio de la
antijuridicidad que supone la tipicidad queda desvirtuado por la presencia de
una causa de justificación, es decir por una causa de exclusión de la
antijuridicidad que convierte el hecho, en sí típico, en un hecho perfectamente
lícito y aprobado por el ordenamiento jurídico”159
158
Muñoz Conde, Franciso y García, Arán Meredes. Derecho Penal. Parte General. Págs. 365 y 366. Ed Tirant lo
blanch. 159
Ibídem. Pág. 351
94
Debemos entonces, a efectos de abordar la comparación entre la legítima
defensa y el miedo insuperable, hacer algunas consideraciones preliminares,
entre las generalidades de las causales de justificación y las causales de
exclusión de culpabilidad.
Lo primero, sea decir que la gran diferencia, entre las causales de justificación, y
las causales de exclusión de la culpabilidad, es que las primeras de ellas, al
excluir la antijuridicidad, nos dejan frente a una conducta que a pesar de ser
típica, y estar descrita en la ley como delito, no alanza a superar ese primer
estadio de tipicidad, por cuando el legislador, al reconocer la causal de
justificación, excluye la antijuridicidad, y la convierte por tanto, en una
conducta lícita, permitida.
Por su parte, al encontrarnos frente a las causales de exclusión de la
culpabilidad, el legislador deja intactas las categorías de tipicidad y
antijuridicidad, y solamente al llegar al estadio de la culpabilidad manifiesta
que ese individuo particular, cometió una conducta ilícita, es decir, típica y
antijurídica, prohibida por el ordenamiento, pero respecto de la cual, se excluye
la responsabilidad, por cuanto el sujeto no se encontraba en las condiciones
psíquicas y físicas exigidas por el propio ordenamiento, para motivarse por las
prescripciones de la norma, y actuar, en consecuencia, adecuando su
conducta a los mandatos normativos.
En el ámbito de las causales de exclusión de la antijuridicidad, nos encontramos
con que el sujeto incurre en una conducta que en cualquier situación se
encuentra justificada, sin atender su situación individual específica por lo que el
Estado considera como permitida; en tanto que en las causales de exclusión de
culpabilidad, estamos frente a una conducta que el ordenamiento jurídico
considera típica y antijurídica, pero frente a la cual entiende que no se dieron
en el sujeto destinatario de la norma las condiciones físicas y psiquiátricas
necesarias para hacerlo responsable. A diferencia de lo que sucede con las
causales de justificación, se trata de conductas que no se encuentran
permitidas en abstracto de manera general e impersonal, sino que se trata de
hechos que en concreto se exculpan atendiendo las situaciones puntuales en
las que el autor se encontraba. De lo anterior, se desprende claramente que las
consecuencias de encontrarse en uno u otro escenario serán totalmente
diferentes.
Estas consecuencias se relacionan con dos aspectos, la responsabilidad civil
derivada del delito y lo relativo a la punición de los partícipes derivada del
principio de accesoriedad.
95
6.1. CAUSALES DE JUSTIFICACIÓN:
Dijimos entonces, que las causales de justificación, son aquellas circunstancias,
en las que el Estado, a través de las consagraciones que hace el legislador,
permite que los ciudadanos incurran en una conducta típica (que él mismo
desea evitar que se produzca), toma la decisión de convertirla en una
conducta permitida, lícita, por razones de carácter político, social, jurídico.
Puede decirse que el propio legislador, da una autorización al destinatario de la
norma, para que si se verifican ciertas condiciones especiales, puede incurrir en
una conducta que se ha recogido en una norma como prohibida, pero que en
ese escenario, se entendería como permitida, con la consecuencia entonces,
de que frente al sujeto, no se podría decir que incurrió en un delito, en una
conducta prohibida, por cuanto la permisión del legislador, lo coloca en una
situación lícita, tolerada y permitida.
En palabras de Jakobs, las causales de justificación son “los motivos jurídicos
bien fundados para ejecutar un comportamiento en sí prohibido…se trata de
un comportamiento socialmente no anómalo, sino aceptado como
socialmente soportable sólo en consideración a su contexto, o sea, a la
situación de justificación.”160
Las principales consecuencias de la presencia de una causal de justificación
son las siguientes:
1. “Frente a un acto justificado no cabe la legítima defensa, ya que ésta
presupone una agresión antijurídica. 161
Esta es una consecuencia a penas natural del mismo contenido de la conducta
justificada, ya que si el propio Estado me está reconociendo que mi conducta
es permitida, legítima, lícita, no puede por otro lado, permitir a los demás
ciudadanos que se “defiendan” de una conducta que el propio ordenamiento
no considera como ilícita, sino permitida.
2. La participación en un acto justificado del autor está también
justificada.162
160
Gunther, Jakobs. Derecho penal. Parte General. Fundamentos y teoría de la imputación. Pág. 419. Ed. Marcial
Pons 161
Ibídem. Pág. 352 162
Ibídem. Pág. 352
96
Es claro, que si la conducta principal es considerada como legítima por el
ordenamiento jurídico, es decir, para el autor se considera una conducta lícita,
también deberá serlo aquella conducta accesoria de participación ligada a la
principal.
3. Las causas de justificación impiden que al autor del hecho justificado
pueda imponérsele una medida de seguridad o cualquier tipo de
sanción, ya que su hecho es lícito en cualquier ámbito del Ordenamiento
jurídico.163
Al igual que en los anteriores numerales, la consecuencia parece desprenderse
de manera natural del contenido de las causales de justificación, y es que el
legislador no podría por un lado anunciar que la conducta justificada es
permitida, y por otro lado imponer a aquel que incurre en ella, algún tipo de
sanción, no tendría legitimidad para hacerlo.
4. La existencia de una causa de justificación exime de la comprobación de
culpabilidad de autor, ya que la culpabilidad sólo puede darse una vez
comprobada la existencia de la antijuridicidad.164
Al analizar las diferentes etapas que deben superarse para que se llegue a la
conclusión de que una conducta constituye un delito, es necesario ir superando
cada una de ellas, y no es posible analizar las últimas etapas, sin haber
constatado la existencia de las anteriores, as{i, e estadio de la culpabilidad, sólo
puede ser analizada y comprobada, una vez que ya está superado el estadio
de la antijuridicidad.
Las causales de justificación consagradas normalmente por las legislaciones,
son la legítima defensa, el estado de necesidad, cumplimiento de un deber,
ejercicio legítimo de un derecho, oficio o cargo, y también se habla del
consentimiento, cuando quiera que se está frente a bienes en los que la
disponibilidad de los mismos está sujeta a la voluntad de su titular.
Luego de esta introducción en materia de causales de justificación, me referiré
a la legítima defensa, figura que interesa a efectos de este escrito, comparar
con la figura del miedo insuperable.
6.2. LEGÍTIMA DEFENSA:
163
Ibídem. Pág. 352 164
Ibídem. Pág. 352
97
Para hablar de la legítima defensa, debemos tener en cuenta que nos
encontramos en una situación que dogmáticamente hablando, afecta el
estadio de la antijuridicidad, ya que estaremos en presencia de una conducta
que es recogida por el ordenamiento jurídico, como típica, pero en la que el
Estado consultando razones sociales, políticas y otras, toma la decisión de
tolerar el hecho inicialmente prohibido, y elevarlo como conducta “permitida”.
Roxin, la define en virtud de la presencia de dos principios: “la protección
individual y el prevalecimiento del derecho. Es decir en primer lugar la
justificación por legitima defensa presupone siempre que la acción típica sea
necesaria para impedir o repeler una agresión antijurídica a un bien jurídico
individual” 165
Así bien, la legítima defensa es una de las causales que en los ordenamientos
jurídicos se establece como excluyente de la antijuridicidad, y podría decirse
que su contenido y requisitos no varían sustancialmente en las diferentes
legislaciones.
A su vez, Jakobs la define como “…la defensa que resulta necesaria para
apartar de uno mismo o de otro una agresión actual y antijurídica”166
La razón de ser de esta causal de justificación es precisamente la imposibilidad
de obligar a un sujeto, a tolerar ataques ilícitos en contra de sus bienes jurídicos,
así, el propio ordenamiento jurídico le autoriza para que actúe en defensa de
sus bienes jurídicos, en contra de las agresiones injustas e inminentes.
“Esta causal se ha conocido y justificado por las legislaciones del mundo, pues
no se puede exigir a una persona que no reaccione ante una agresión injusta e
inminente, y no evitable de otra manera”167
Podemos decir entonces, que en el caso de la legítima defensa estamos frente
a una conducta que normalmente sería ilegítima, pero que se convierte en
legal, como quiera que está motivada por un ataque injusto contra los bienes
de un sujeto, al que en consecuencia, la propia ley le da la alternativa de
defenderse.
165
Roxin, Claus. Derecho penal. Parte General. Fundamentos, la estructura de la teoría del delito. Pág. 608. Ed.
Civitas. 166
Gunther, Jakobs. Derecho penal. Parte General. Fundamentos y teoría de la imputación. Pág. 458. Ed. Marcial
Pons 167
Monroy Victoria, William. Causales de exclusión de la antijuridicidad. Lecciones de derecho penal. Pág. 329.
Ed. Universidad Externado de Colombia.
98
Uno de los conceptos mas particulares que se encuentran entre los
doctrinantes, en materia de legitima defensa, es el planteado por Roxin, de
acuerdo con el cual, el Estado a través de esta causal de justificación, busca
que aún en ausencia de los órganos del Estado, se mantenga el orden jurídico,
así sea gracias a la acción de los particulares. “…persigue simultáneamente un
fin de prevención general pues considera deseable que el orden legal se afirme
frente a las agresiones a bienes jurídicos individuales aunque no estén presentes
los órganos estatales que estarían en condiciones de realizar la defensa”.168
Aunque muy respetable e interesante, esta posición no deja de sentirse
extraña, por cuanto la verdadera razón de la existencia de las causales de
justificación, y de esta en especial, no puede ser que el estado ceda al
particular su función de mantener o restablecer el orden social cuando quiera
que este se rompa; sino simplemente que permita que el particular defienda sus
bienes jurídicos, frente a los ataques ilícitos de terceros.
En este sentido, Luzón Peña, reitera lo equivocado a su juicio, de esta
aplicación de la legítima defensa, y afirma que “Considerar la falta de
protección estatal, bien como fundamento, bien como mero presupuesto de la
eximente, es inexacto. Como fundamento no convence, pues no explica las
razones por las que en ese caso se renuncia al monopolio estatal de la fuerza y
se admite la defensa privada. Y como presupuesto de la eximente tampoco
puede admitirse con carácter general: si se afirma que la legítima defensa no
es subsidiaria es porque, para que el particular pueda actuar, no es preciso
forzosamente y en todo caso que sea previamente imposible o insegura la
protección de la autoridad o de sus agentes” 169
En el punto de los bienes jurídicos, Jakobs hace una precisión muy importante,
y es precisamente que no se está hablando solamente de bienes jurídicos
protegidos por la legislación penal, sino que el concepto va más allá,
englobando todos los bienes jurídicamente protegidos, “La agresión presupone
la lesión, que amenaza producirse, de bienes jurídicamente protegidos. El
alcance de los bienes susceptibles de legítima defensa no se orienta
exclusivamente por su protección jurídico-penal; está comprendido, más allá
de los bienes jurídico penalmente protegidos, todo bien jurídicamente
protegido, configurado absolutamente.” 170
168
Roxin, Claus. Derecho penal. Parte General. Fundamentos, la estructura de la teoría del delito. Pág. 608. Ed.
Civitas 169
Luzón Peña, Diego M, Aspectos esenciales de la legítima defensa. Pág. 524. Ed. B de F. 170
Gunther, Jakobs. Derecho penal. Parte General. Fundamentos y teoría de la imputación. Pág. 458. Ed. Marcial
Pons
99
Los criterios o requisitos fijados por el legislador para que esta “justificación” se
dé se refieren a que el sujeto esté en presencia de una agresión actual o
inminente, que tal agresión sea injusta, y que no exista forma de repelerla por
algún otro medio. Veamos:
1. Que exista una agresión actual o inminente:…la doctrina ha sostenido
que la agresión debe ser realizada por una persona contra los bienes
jurídicos personales o de terceros y que debe tener un contenido de
actualidad o inminencia que haga colegir que el ataque es o va a ser
de tal naturaleza que causará indefectiblemente un daño o lesión al bien
jurídico si no se reacciona ante el. 171
Como se ve, este primer requisito es exigente por cuanto significa la necesidad
de una agresión que esté en curso, o de cuya inminencia se pueda colegir, sin
lugar a error, que de manera inevitable va a producirse, y, adicionalmente,
que el ataque será de tal entidad, que la única posibilidad de proteger el bien,
sea reaccionando en ese preciso instante, para protegerlo.
En relación con la agresión Roxin la define de manera sencilla como: “…la
amenaza de un bien jurídico por una conducta humana”.172
Roxin encierra en la siguiente frase las posibilidades de la actualidad de la
agresión, “Una agresión es actual cuando es inmediatamente inminente, o
precisamente está teniendo lugar o todavía prosigue” y la complementa
citando a Schmidhauser: “una agresión ya es actual siempre que el agresor la
prepare de tal modo que ya no sea posible una defensa posterior”173
El tema de la actualidad del ataque, parece complicarse cuando se habla de
su inminencia, y por la dificultad de determinar desde cuando puede decirse se
está en presencia de un ataque que en efecto se producirá indefectiblemente,
señala Jakobs: “…es necesario que exista algo tan drástico como un ataque
actual para hacer tolerable le pasar por alto la proporcionalidad entre el bien
atacado y el daño causado en la defensa”. 174
171
Gunther, Jakobs. Derecho penal. Parte General. Fundamentos y teoría de la imputación. Pág. 458. Ed. Marcial
Pons 172
Roxin, Claus. Derecho penal. Parte General. Fundamentos, la estructura de la teoría del delito. Pág. 611. Ed.
Civitas. 173
Ibídem. Pág. 619 174
Gunther, Jakobs. Derecho penal. Parte General. Fundamentos y teoría de la imputación. Pág. 468. Ed.
100
2. Que sea injusta: …deriva la necesidad de que el comportamiento del
agresor sea antijurídico. 175
Este segundo requisito es el que permite que el sujeto pueda reaccionar, por
cuanto se encuentra frente a una agresión que no debe soportar, por ser
injusta, ya que si lo fuera, es decir, si se estuviera en presencia de una agresión
lícita, no habría ninguna posibilidad de que el sujeto reaccionara.
Es precisamente esa característica de agresión “injusta”, la que faculta al titular
del bien agredido o en peligro inminente de serlo, para reaccionar en defensa
de tal bien jurídico, sin que ello pueda considerarse como ilícito. Es la
justificación, la razón de ser por la que el ordenamiento jurídico eleva una
conducta que en principio sería ilícita, a la categoría de conducta lícita,
permitida, pues entiende y reconoce que ese sujeto en particular, en esas
circunstancias no debe ni puede ser obligado a tolerar tal agresión.
Roxin concuerda con esta exigencia, al manifestar que “faltará la
antijuridicidad de la agresión cuando el agresor esté amparado por una causa
de justificación; pues entonces la agresión no supone ni desvalor de acción ni
de resultado. Por tanto nunca es posible legítima defensa contra legítima
defensa…”176
Jakobs también se ocupa de definir la agresión antijurídica, respecto de la cual
afirma que, “sólo una agresión antijurídica a los bienes indicados posibilita la
legítima defensa, la cual está pues excluida cuando la agresión se mantiene
dentro del riesgo permitido. La legítima defensa decae también cuando el
ataque a su vez está justificado”. 177
En el aspecto de la actualidad, retoma el profesor Jakobs, para señalar los
momentos en los que sería viable la defensa, atendiendo a la actualidad o
inminencia de la agresión, “El ataque es actual cuando se materializa ésta
pérdida, cuando ésta es inminente, o bien es posible interrumpirla, o acaba de
tener lugar de un modo reversible”178
3. Que no sea evitable de otra manera o que se evidencie la necesidad de
defensa: este requisito…lleva a comprobar que no existía posibilidad
175
Ibídem. 176
Ibídem. Pág. 615 177
Gunther, Jakobs. Derecho penal. Parte General. Fundamentos y teoría de la imputación. Pág. 463. Ed. Marcial
Pons 178
Gunther, Jakobs. Derecho penal. Parte General. Fundamentos y teoría de la imputación. Pág. 470. Ed. Marcial
Pons
101
diversa para enfrentar la agresión de ese sujeto que causa el peligro
antijurídico para los bienes de quien se defiende o de terceros. 179
Es claro que la principal razón por la que el ordenamiento autoriza para que de
manera legítima se defienda un bien jurídico, lesionando o poniendo en peligro
el bien jurídico del agresor, es precisamente que no exista ninguna otra vía a
través de la cual el sujeto agredido pueda conjurar el ataque y prevenir o evitar
la lesión a su bien jurídico, así, si existen otras alternativas de defensa, menos
invasivas de los bines jurídicos del agresor, la persona agredida no estaría
autorizada por el ordenamiento jurídico para actuar en contra del agresor.
En relación con este requisito, el profesor Roxin introduce el concepto de
“defensa idónea”, para decir que “necesaria es toda defensa idónea, que se
ala más benigna de varias clases de defensa elegibles y que no esté unida al
riesgo inmediato de sufrir un daño”180
4. En algunas legislaciones, como la nuestra, se exige el requisito de la
proporcionalidad, refiriéndose a la necesidad de que, si bien es cierto no
se le puede exigir al agredido un análisis ponderado de los medios o
comportamiento a desarrollar, si por lo menos que se guarde una relación
entre los bienes atacados por el agresor y los dañados con la reacción.181
Este es quizás el requisito más exigente de los consagrados en las legislaciones,
para que pueda configurarse la legítima defensa, por cuanto, si bien como
anota el profesor Muñoz Conde, no se está exigiendo un minucioso y cauteloso
análisis de la intensidad del ataque y elementos o medios utilizado por el
agresor, para definir la respuesta, si se exige al sujeto que se defiende, una
cierta ponderación del bien jurídico propio en peligro o agredido, para ajustar
a ello su respuesta. Lo anterior, si bien parece adecuado, no es tan fácil de
encontrar, cuando quiera que el sujeto está en el momento preciso del ataque,
y en el cual no tiene normalmente mucho tiempo para evaluar los medios o tipo
de ataque que utilizará, por cuanto, el proceso de defensa no es
absolutamente racional, sino por el contrario, es principalmente instintivo.
Como se dijo, en muchas legislaciones no se contempla el requisito de la
proporcionalidad, y ello encuentra justificación en un argumento que Roxin
expone claramente de la siguiente forma: “La necesidad de la defensa no está
vinculada a la proporcionalidad entre el daño causado y el impedido…es el
179
Ibìdem. Págs. 327 y ss 180
Ibídem. Pág. 628 181
Ibìdem. Págs. 327 y ss.
102
principio de prevalecimiento del Derecho lo que legitima la renuncia a la
proporcionalidad. 182 , y es que parece una exigencia extrema, el pedirle al
sujeto que se defiende, en ese momento de profunda tensión que lo mueve a
actuar en defensa de sus bienes jurídicos que en ese momento están siendo
atacados, que con la frialdad de un tercero observador imparcial, escoja de los
diversos medios de defensa, aquel que represente menor peligro para los
bienes de agresor, y se adecue de mejor manera a la protección de sus propios
bienes; ya que debe tenerse en cuenta el momento psicológico que el
individuo está atravesando, y si no es una exigencia muy alta, el pedirle que en
ese momento pondere si el medio que va a utilizar para defenderse es
proporcional, con aquel utilizado por el agresor, o si el bien jurídico que va a
atacar para defenderse, es más o menos igual de importante que aquel suyo,
propio que está sufriendo o sufrirá con inminencia el ataque.
Al respecto señala Jakobs, “El defensor sólo está justificado cuando elige, de
entre los medios apropiados para la defensa, el que comporta la pérdida
mínima para el agresor. La defensa permitida no se corresponde fijamente con
una agresión determinada, sino que depende de la fortaleza de autor y
víctima, de las perspectivas de resultado y de los medios defensivos
disponibles…”. 183
Por lo anterior, en la práctica, al interior de los procesos penales, no es fácil que
se logre demostrar la presencia de ésta causal de justificación, ya que como se
vio, sus requisitos, son exigentes, lo cual, es entendible, ya que se está en
presencia de una autorización del propio legislador, para que de manera
legítima se lesionen bienes de terceros.
6.3. CAUSALES DE INCULPABILIDAD
El elemento de la culpabilidad, de acuerdo con lo contemplado en la
legislación penal colombiana, y en especial el artículo 33 inciso 1 de nuestro
actual Código Penal, contempla los elementos que deben darse para que
pueda configurarse la culpabilidad, refiriéndose a la capacidad del sujeto para
comprender la ilicitud del acto y la capacidad de autodeterminarse de
acuerdo con esa comprensión. Así, es preciso para que pueda hablarse de
culpabilidad, y en consecuencia de responsabilidad penal, que el sujeto activo
de la conducta comprenda el contenido normativo de la prohibición penal, y
182
Ibídem. Pág. 632 183
Gunther, Jakobs. Derecho penal. Parte General. Fundamentos y teoría de la imputación. Pág. 472. Ed. Marcial
Pons
103
adicionalmente que en consecuencia de esa comprensión, se motive de
acuerdo con la misma y adecue su conducta a esa previsión normativa.
De acuerdo con lo anterior, es claro que si alguno de esos dos elementos no
está presente o faltan los dos, no puede realizarse el juicio de culpabilidad. El
contenido de las causales de inculpabilidad, esta dado por ciertas
circunstancias que rodean al sujeto que comete un injusto penal (conducta
típica y antijurídica) que hacen que a ese sujeto, en esas especiales
circunstancias le sea imposible motivarse de acuerdo con la prohibición penal y
no pueda en consecuencia actuar de conformidad con la exigencia que la
norma le hace.
Frente a las causales de inculpabilidad, Muñoz Conde, las relaciona en un
primer momento con el ámbito de la imputabilidad o capacidad de
culpabilidad, anota: “Al conjunto de estas facultades mínimas, requeridas para
considerar a un sujeto culpable por haber hecho algo típico y antijurídico, se le
llama imputabilidad, o más modernamente, capacidad de culpabilidad. Quien
carece de esta capacidad, bien por no tener la madurez suficiente, bien por
sufrir graves alteraciones psíquicas, no puede ser declarado culpable y, por
consiguiente, no puede ser responsable penalmente de sus actos, por más que
sean típicos y antijurídicos.”184
Si bien la imputabilidad o capacidad de culpabilidad es el primer elemento
para que se configure este elemento de la estructura del delito, deben
adicionalmente concurrir otros dos elementos, llamados por la doctrina,
conocimiento de la antijuridicidad y exigibilidad de otra conducta.
Básicamente el Estado reconoce que sus normas están diseñadas para sus
destinatarios, hombres de carne y hueso, a quienes no se les puede pedir que
actúe en determinado sentido, cuando quiera que las circunstancias les
impiden de manera racional que lo hagan. “…cuando la persona actúa en
circunstancias tales que humanamente le impiden ajustarse a los requerimientos
del ordenamiento jurídico, este no puede mandarle que lo haga, pues el
derecho se dirige a hombres normales y no a seres legendarios o mitológicos, o
a héroes o a santos.”185
A efectos de este escrito, nos interesa detenernos en la causal de inculpabilidad
denominada Miedo Insuperable, la cual, como se desarrolla en otro capítulo, es
184
Ibídem. Pág. 411 185
Velásquez, Fernando. Manual de Derecho Penal. Parte General Pág.404. Ed. Temis.
104
considerada mayoritariamente por la doctrina como un caso de inexigibilidad
de otra conducta.
Nos interesa diferenciar el miedo insuperable de la legitima defensa, por cuanto
ésta última, se ha tornado en la práctica, como una de las pocas
oportunidades de defensa, para aquellas mujeres que como consecuencia de
prolongadas y graves situaciones de maltrato, lesionan o causan la muerte a su
pareja-agresora; y en muchas ocasiones, la dificultad probatoria de esta causal
de justificación hace que las mujeres sean sancionadas penalmente, a pesar
de que en la situación pueda encontrarse una clara presencia del miedo
insuperable.
Debe tenerse en cuenta, que en la hipótesis de la legítima defensa, nos
encontramos, como se dijo anteriormente, ante un ataque actual e inminente,
en tanto que en la hipótesis del miedo insuperable, puede no existir un ataque
actual ni inminente, sino una circunstancia de tal entidad, que haya sumido al
sujeto, en ese especial estado de miedo insuperable, que le hace actuar, en
consecuencia, lesionando bienes jurídicos de terceros.
En principio entonces, a diferencia de la legítima defensa, en el evento del
miedo insuperable, si bien el sujeto supera los dos estadios de la tipicidad y
antijuridicidad, por cuanto en efecto desarrolla una conducta consagrada en
la legislación penal, y con ella produce lesiones a bienes jurídicos de terceros;
no está en condiciones de motivarse de acuerdo con la norma, y adecuar a
ella su comportamiento, por cuanto se encuentra afectado en tal medida por
una pasión intensa (miedo) que se obnubila su capacidad de tomar la decisión
de actuar en concordancia con las previsiones legales, es un estado que limita
sus posibilidades de decidir de manera racional, el escoger el camino que le
permita ordenar su conducta al mandato legal.
También se diferencian esta dos figuras, por cuanto en la primera de ellas –
legitima defensa- el sujeto está en condiciones psicológicas normales, aunque
se ve en la obligación de reaccionar para defender sus bienes jurídicos, de un
ataque injusto al que se ven sometidos, es conciente de que se está
defendiendo, en tanto que en el estado de miedo insuperable, la afectación
sensorial, y psicológica del sujeto es de tal magnitud, que, no es posible que el
estado le exija que actúe de manera diferente. La Corte Constitucional, ha
reconocido que es un proceso que se produce fatalmente en la mente del
individuo, que escapa por completo a su control, “es un fenómeno psicológico,
105
una emoción originada en un proceso fisiológico fatal y humanamente
inevitable, éticamente neutro…”186
Se encuentra que las principales diferencias entre estas dos figuras, están
relacionadas principalmente con la naturaleza de la “agresión”, pues, en tanto
que en el caso de la legítima defensa se requiere una agresión actual e
inminente, en el caso del miedo insuperable, puede aceptarse que no se
requiere que el mal sea de producción inmediata, ya que basta que sea
necesario actuar de manea inminente, pero puede actuarse frente a lo que se
ha llamado “peligros futuros duraderos”, adicionalmente, en la legítima defensa
se requiere que el ataque se esté produciendo o se vaya a producir de manera
inexorable, en tanto que en el miedo insuperable, lo que se exige es que
razonablemente se produzca en el sujeto una creencia seria del mal
amenazante.
Adicionalmente, mientras que en la legítima defensa, se requiere que la
agresión sea injusta, esto es, que el sujeto no esté obligado a soportarla, en el
caso del miedo insuperable, no puede entenderse que esa sea característica
indispensable de la situación generadora del estado de miedo. En ese sentido
para caracterizar el “mal amenazante del miedo insuperable y diferenciarlo de
la agresión requerida por la legítima defensa, puede decirse, que entre otros
debe reunir los siguientes requisitos: “…respecto a los requisitos concernientes al
mal amenazante…no es necesario que éste sea de producción
inmediata…sino que basta con que sea necesario actuar inminentemente para
poder defenderse eficazmente, lo cual ampara también la defensa frente a
peligros futuros duraderos…el mal tampoco ha de ser real o de segura
producción, sino que es suficiente con que sea razonable la creencia de la
persona en la seriedad y realidad del mal amenazante…aunque el mal que
amenace sea lícito, y con ello obligado a tolerarlo, pueden existir supuestos en
los que ello no impida la aplicación, de la eximente de miedo insuperable…”187
Se puede concluir entonces que las grandes diferencias entre estas dos figuras
estás dadas por los requisitos exigidos en una frente a la agresión, y en la otra
frente al mal amenazante, y en segundo lugar, lo cual es obvio, en la categoría
del delito, que cada una de las figuras afecta, en el caso de la legítima
defensa, la antijuridicidad, y en el caso del miedo insuperable, la culpabilidad.
186
Sentencia C-563 de 30 de noviembre de 1.995. Citada por Velásquez, Fernando. Manual de Derecho Penal. Parte
General Pág.414. Ed. Temis. 187
Varona Gómez, Daniel. Citado por Cure Márquez, Juan Camell. El Miedo insuperable como ausencia de
responsabilidad penal, Pág. 100. Ediciones Jurídicas Andrés Morales,
106
CAPÍTULO 7. ¿EXISTE LÍNEA JURISPRUDENCIA DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
EN MATERIA DE LA CAUSAL DE EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD “MIEDO
INSUPERABLE”?
Si bien, en este trabajo, al desarrollar el tema del concepto jurídico del miedo,
se hizo referencia a la sentencia 18983 de la Corte Suprema de Justicia (M.P.
Jorge Aníbal Gómez Gallego), es menester de este aparte, determinar si la
Corte Suprema de Justicia, ha definido una verdadera línea jurisprudencial, en
materia de miedo insuperable, o si por el contrario, solamente se ha ocupado
de manera profunda y analítica desde el punto de vista dogmático en la
sentencia ya mencionada, y los demás pronunciamientos solo han tratado el
tema de manera tangencial.
1. Proceso No 18983. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE CASACIÓN
PENAL. Magistrado Ponente: DR. JORGE ANÍBAL GÓMEZ GALLEGO.
Diciembre 12 de 2002:
Para empezar debe decirse que la sentencia 18982, es el primer
pronunciamiento de este organismo, que realiza un análisis tan detallado de la
figura, y desde ya debe adelantarse que también es la única sentencia que
aborda el tema a ese nivel de profundidad.
En esta providencia, la Corte aprovechando la falta de precisión terminológica,
y confusión consecuente en que se incurre en el fallo del Tribunal Superior de
Montería, atacado por vía de casación, señala que las figuras del miedo y de la
ira, no pueden confundirse, ya que si bien son asimilables como estados
emocionales que son, difieren tanto en su sustrato psicológico como en sus
implicaciones jurídicas.
Aprovechando entonces esa necesidad de diferenciación de estas figuras, la
Corte analiza la figura del miedo insuperable empezando con la definición, que
en términos corrientes se hace del miedo, y para ello cita al Diccionario de la
Académica, de la cual se desprende como ya se analizó en otros apartes de
este escrito, que el miedo tiene su espacio, en el ánimo, por tratarse de una
“perturbación angustiosa del ánimo por un riesgo o daño real o imaginario”188,
acto seguido, señala que el miedo puede afectar en diversas proporciones al
sujeto, según la intensidad o el grado en el que el estado emocional se
encuentre.
188
Sentencia 18983. C.S de J. sala de Casación Penal. M.P. Jairo Aníbal Gómez Gallego.
107
A efectos de determinar los diversos estados del miedo, la Corte acude a la
clasificación que en ese sentido realiza el doctrinante Emilo Mirá y López (La
cual ya ha sido explicada en detalle en el capítulo primero), valga simplemente
a título enunciativo, recordar las seis categorías que la Corte resume, citando al
ya mencionado Mirá y López:
“Primera fase que se denomina prudencia, en la que el sujeto todavía es
previsor, reflexivo, en el plano objetivo no quiere entrar en conflicto; una
segunda llamada cautela, en la que el sujeto está atemorizado pero domina
sus respuestas ante la situación, hay exaltación anímica pero controla sus
movimientos; la tercera fase denominada alarma en la cual el sujeto ya es
consciente de la situación intimidante, hay alarma y gran desconfianza, su
conciencia y prospección disminuyen; la cuarta corresponde a la angustia
donde definitivamente el individuo pierde el control, está ansioso y angustiado,
hay mezcla de temor y furor incontenibles, aparece la cólera; la quinta llamada
la fase del pánico, en la que la dirección de la conducta es automática, es
decir que el sujeto no obra con conciencia y dominio, pueden presentarse
impulsos motores de extraordinaria violencia en los cuales no se puede interferir,
el sujeto escasamente se da cuenta de lo que ocurre o realiza; y la sexta, grado
máximo de intensidad del miedo desencadena en terror, estado en el que hay
una anulación del individuo, quien apenas conserva las actividades
neurovegetativas mínimas para subsistir, pero no hay vida psíquica y puede
llegar hasta la muerte”189
Después de presentar este escueto resumen de la clasificación diseñada por
Mirá y López, entra la Corte a señalar que teniendo en cuenta que el miedo
puede presentarse con diversos grados de intensidad, y que de acuerdo a tales
grados, o estadios, produce diferentes efectos, consecuencias, signos o
señales, y que es necesario reconocer que de acuerdo a tales estadios, el
miedo producirá una afectación diferente de la conducta del sujeto, lo cual
generará también diferentes consecuencia en el ámbito jurídico.
En materia de las consecuencias, afirma que ellas variarán al tener en cuenta si
al sujeto podría o no exigírsele conducta o acción diferente a la realizada,
teniendo entonces consecuencias en el estadio dogmático de la culpabilidad;
o si se produce una alteración definitiva de la capacidad mental podrá
entonces verse afectada la imputabilidad.
189
MIRA Y LÓPEZ , Emilio. Cuatro Gigantes del alma. Librería el Ateneo Editorial, Florida 340-Buenos Aires,
1962, pág. 43 y ss . Citado en la Sentencia 18983. C.S de J. sala de Casación Penal. M.P. Jairo Aníbal Gómez
Gallego.
108
Es muy importante, que la Corte reconoce lo poco pacífica que la doctrina ha
sido, en torno al ámbito del delito que se ve afectado cuando se está en
presencia del miedo insuperable, para lo cual recuerda que algunos autores
han considerado que tal figura produce la exclusión de la antijuridicidad, en
tanto que otros consideran que genera una circunstancia de inimputabilidad
asimilable al denominado trastorno mental transitorio, para concluir que la
posición mayoritaria considera que se está en presencia de una causal de
inculpabilidad, encuadrada dentro de la hipótesis de no exigibilidad de otra
conducta.
Señala al respecto la Corte: “En este punto, la doctrina no ha sido uniforme,
pues mientras unos se inclinan por considerar que el miedo insuperable excluye
la antijuridicidad, otros opinan que es una causa de inimputabilidad análoga al
trastorno mental transitorio, y los demás, que se inscriben en la posición
dominante, propugnan por una causa de inculpabilidad por “constituir un
supuesto de inexegibilidad de otra conducta a un sujeto concreto en una
situación concreta al ser legítima la resolución parcial del conflicto conforme a
sus propios intereses bajo ciertos y determinados respectos”
Acto seguido, la Corte recuerda, como la tradición en la legislación penal
colombiana, no ha sido de consagración de el miedo como causal de
exclusión de responsabilidad, pero si como circunstancia atenuante de la
punibilidad, y trae a colación las norma pertinente del Código penal de 1.936
(38-3) y el decreto 100 de 1.980 (64-3):
“…la legislación colombiana no tiene tradición en la previsión del miedo como
causal excluyente de responsabilidad, pero sí como circunstancia atenuante
de la punibilidad, así, por ejemplo, el Código Penal de 1936 incluía en el artículo
38-3 como circunstancia de menor peligrosidad “el obrar en estado de pasión
excusable, de emoción determinada por intenso dolor o temor, o en ímpetu de
ira provocada injustamente”; por su parte, el artículo 64-3 del decreto 100 de
1980, incluía como circunstancia de atenuación punitiva “el obrar en estado de
emoción o pasión excusables, o de temor intenso”, y en el Nuevo Código Penal,
artículo 55-3, se reitera como circunstancia de menor punibilidad “el obrar en
estado de emoción, pasión excusables, o de temor intenso”.
La referencia que hace la Corte a estos antecedentes legislativos, es
importante porque permite concluir que en las disposiciones contenidas en los
códigos penales del 36 y del 80, no existía un trasfondo dogmático que
permitiera que tal figura tuviera diferentes estadios, que en atención a su
intensidad pudiera afectar categorías del delito, sino por el contrario, solamente
109
una vaga referencia al temor, o temor intenso, pero con consecuencias
restringidas a la atenuación punitiva, lo que por demás dejaba la valoración de
su impacto y consecuencias en manos del juez.
La Corte señala un aspecto que puede considerarse como el más importante
que puede extraerse de la sentencia, al diferenciar, las figuras del miedo o
temor intenso, frente a la figura introducida por la nueva legislación penal,
denominada miedo insuperable, para concluir que no son figuras asimilables,
por exigir requisitos diferentes, y en consecuencia, conllevar consecuencias muy
diferentes.
El “miedo intenso” de que habla el Tribunal, asimilable en el mejor de los casos
al temor intenso, estado de emoción o pasión excusable, contemplado en
nuestra codificación como circunstancia de menor punibilidad, y al cual se
refirió el Tribunal de manera expresa en la sentencia impugnada, no puede
confundirse con el miedo insuperable, que consagra el Nuevo Código Penal
como causal de ausencia de responsabilidad en el artículo 32-9, bajo la formula
de que no habrá lugar a responsabilidad cuando “se obre impulsado por miedo
insuperable”.
El miedo al que aquí se alude es aquél que aún afectando psíquicamente al
que lo sufre, no excluye la voluntariedad de la acción, pero si lo priva de la
normalidad necesaria para poder atribuirle responsabilidad penal. El término
“insuperable” ha de entenderse como “aquello superior a la exigencia media
de soportar males y peligros”. Por lo tanto, no puede admitirse un miedo
insuperable cuando se está ante una situación perfectamente controlable por
un ciudadano común, pero que otro sujeto por su carácter pusilánime no tolera,
prefiriendo cometer el delito. La insuperabilidad del miedo se constituye
entonces en una condición normativa necesaria para que el miedo tenga
eficacia como eximente de responsabilidad”.
Esta diferenciación que hace la Corte, resalta el contenido de la figura del
“miedo insuperable” por cuanto aclara que no se trata de aquel temor, miedo
que es aquel que normalmente se exigiría al hombre medio, por lo que no se
estará en su presencia cuando el sujeto (entendido como hombre medio,
como ciudadano del común) pueda controlar la situación; adicionalmente se
indica que este miedo insuperable no implica la afectación total de la voluntad
al punto de excluirla, pero si constituye una afectación de la normalidad que
permite que en condiciones normales, pueda atribuírsele a ese individuo,
responsabilidad penal.
110
Seguidamente la Corte de manera muy pedagógica, indica los que denomina
“presupuestos esenciales” para que pueda configurarse el miedo insuperable,
con la entidad suficiente para excluir la responsabilidad:
“La Sala, acogiendo en este punto algunos aspectos destacados por el
Procurador Delegado, encuentra que para la configuración del miedo como
eximente de responsabilidad es necesario que converjan los siguientes
presupuestos esenciales:
a) La existencia de profundo estado emocional en el sujeto por el temor al
advenimiento de un mal.
b) El miedo ha de ser insuperable, es decir sólo aquel que no deje al sujeto
ninguna posibilidad de actuar como lo haría el común de los hombres.
c) El miedo debe ser el resultado de una situación capaz de originar en el
ánimo del procesado una situación emocional de tal intensidad que aunque no
excluye totalmente la voluntariedad de la acción, sí enerva la fuerza
compulsiva necesaria para autodeterminarse.
d) El miedo debe ser producto de una serie de estímulos ciertos, graves,
inminentes y no justificados.”
Tal como ya se anunció en otros apartes del presente trabajo, es claro que la
presencia del miedo insuperable implica, en primer lugar, una afectación
emocional del sujeto, producida por la sensación de temor de que le ocurrirá
un mal, en segundo lugar, frente a la característica diferenciadora de este
miedo, se requiere que tenga el atributo de “insuperable”, el cual se da cuando
el sujeto no se en encuentra sin posibilidad alguna de reaccionar ante la
situación de peligro, como lo haría el hombre medio; en tercer lugar señala la
Corte que es necesario que la situación generadora del miedo sea de tal
entidad que permita afectar a tal punto el estado emocional del sujeto, que si
bien su voluntad no se excluye de manera total y absoluta, si implica una
afectación de la voluntad que impide que se autodetermine de manera
normal; finalmente, hace referencia a las características que deben reunir los
estímulos que producen la afectación emocional del sujeto, e indica que tales
estímulos deben ser ciertos, graves, inminentes y no justificados. Estos requisitos
se compadecen con el baremo tradicional utilizado por la legislación en
general, de acuerdo con el cual no se exigen conductas heroicas, sino aquello
que el hombre medio estaría en posibilidad y necesidad de afrontar.
Otro de los conceptos importantes que señala la Corte, es la diferenciación del
concepto de miedo insuperable, con el temor intenso, en el cual tal como ya la
Corte había anotado, si bien, el sujeto ha sido afectado con una perturbación
debido a un estímulo externo, que puede ser real o imaginario, aún está en
111
capacidad de enfrentar la situación con algún nivel de seguridad o serenidad
frente a la amenaza del daño.
Finalmente la Corte toca un punto muy importante, y es la presencia el miedo,
como causante del exceso en la legítima defensa, citando una jurisprudencia
del 21 de abril de 1998, pero sin realizar un análisis detallado de esta
circunstancia, sino que simplemente indica que este es uno de los aspectos que
debe tenerse en cuenta, al tratar de dilucidar las circunstancias en que se
manifestó la reacción objeto de la legítima defensa.
A continuación se hace referencia a otras sentencias de la Corte Suprema, en
las cuales se hace aborda la figura el miedo insuperable, a fin de determinar si
de la sentencia analizada en el punto 1, y de las que se citarán a continuación,
es posible concluir que existe una línea jurisprudencial en materia de miedo
insuperable, o si por el contrario, las oportunidades en las que la Corte se ha
referido al asunto, lo ha hecho de manera tangencial, sin hacer
consideraciones dogmáticas profundas en torno de esta figura.
2. Proceso No 23935. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE CASACIÓN
PENAL. Magistrado Ponente: DR. YESID RAMÍREZ BASTIDAS. Noviembre 2 de
2006
En este pronunciamiento, la Corte analiza la solicitud del libelista, de
reconocimiento simultáneo de la diminuente punitiva de ira en intenso dolor y a
la vez, la ausencia de responsabilidad por haber actuado el procesado por
miedo insuperable.
Al respecto, la Corte se limita a señalar que estas pretensiones son
incompatibles, por cuanto la figura de ira e intenso dolor solamente da lugar a
una reducción punitiva, en tanto que el miedo insuperable excluye la sanción.
Finalmente señala la Corte que en materia de la solicitud de reconocimiento de
la presencia del miedo insuperable, el recurrente no tiene interés jurídico por
cuanto el asunto no fue planteado en el momento de la impugnación del fallo
de primera instancia.
En este pronunciamiento, es claro que la Corte no realiza un análisis importante
de esta figura, sin embargo es de resaltar el señalamiento de acuerdo con el
cual las figuras del miedo insuperable y la ira e intenso dolor, serían
incompatibles, por afectar la primera, la responsabilidad, en tanto que la
segunda solo podría conllevar una disminución punitiva.
112
3. Proceso No 26262. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE CASACIÓN
PENAL. Magistrado Ponente: DR. JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS. Julio 2 de
2008
En este pronunciamiento, la Corte trae a colación el concepto del miedo
consagrado en el Diccionario de la Real Académica de la Lengua Española así:
“…define el miedo como la perturbación angustiosa de ánimo por un riesgo o
daño real o imaginario…”190
La Corte diferencia el miedo insuperable, de aquel producido por la coacción
ajena, al respecto señala la necesidad probatoria que debe subyacer a la
solicitud de alguna de estas figuras: “…la coacción ajena y el miedo para ser
reconocidas como causales de justificación del hecho, no basta con ser
anunciadas sino que es menester aducir prueba sobre la cual se apoye,
situación que no se presentó en este caso”.
Indica la Corte que el miedo que se presenta en la situación de insuperable
coacción ajena es “aquel que sufre el individuo por actos de otras personas
que lo logra afectar psíquicamente sin excluir la voluntariedad de la acción,
pero sí lo priva de la normalidad necesaria para poder atribuir responsabilidad
penal, por estar fuera del dominio de control de la situación, haciendo que esa
emoción supere la exigencia de soportar los males y peligros”. En este aspecto
concluye que el individuo resulta sometido ante la amenaza de otro sujeto, de
sufrir un mal, ya sea en sus propios bienes, o en bienes de terceros.
Para diferenciar las dos figuras, la Corte recuerda lo indicado por la Fiscalía
General de la Nación, en la exposición de motivos en el proyecto que
presentó, previamente a la expedición de la Ley 599 de 2000, así: “tal situación,
que desde el punto de vista psicológico está muy cerca a la insuperable
coacción ajena, no queda comprendida en ésta por la exigencia de una
conducta proveniente de un tercero”. 191
Diferencia las figuras indicando que en la insuperable coacción el miedo tiene
su origen en la actuación arbitraria e ilegal de otro individuo la cual genera una
fuerza irresistible que busca dominar la voluntad del individuo para que éste
realice una conducta determinada, en tanto que en la figura del miedo
190
Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, Citado por la Corte Suprema de Justicia, Sala de
Casación Penal. Proceso No 26262. M.P. Jorge Luis Quintero Milanés 191
Citado por la Corte Suprema de Justicia. Sala de Casación Penal. Proceso No 26262. M.P. Jorge Luis Quintero
Milanés
113
insuperable, el miedo surge en el individuo, sin que haya intervención de otro
sujeto, no hay intimidación ni coacción, ya que el miedo puede provenir de
situaciones de peligro reales o imaginarias.
4. Proceso No 30114. CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. SALA DE CASACIÓN
PENAL. Magistrados Ponentes: DRA. MARIA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE
LEMOS y DR. AUGUSTO JOSÉ IBAÑEZ GUZMÁN. Julio 29 de 2008.
En este providencia, la Corte no realiza prácticamente ningún análisis de la
figura de miedo insuperable, señala simplemente que el Tribunal al analizar los
elementos constitutivos el miedo insuperable, no los encontró demostrados por
cuanto en virtud de la versión del inculpado no fue posible confirmar los datos
del supuesto sujeto que lo había abordado, y las demás pruebas
(testimóniales) se limitaron a repetir las afirmaciones del inculpado. Señala que
en consecuencia el Tribunal no encontró que el libelista ofreciera supuestos
orientados a la demostración de los elementos del miedo insuperable.
Lo anterior, para concluir que si el censor buscaba que se comprobara la
existencia de la causal de exclusión de responsabilidad de miedo insuperable,
en virtud de ciertas amenazas que no hubiesen permitido al procesado actuar
conforme a derecho, entonces no era necesario negar la tipicidad o
antijuridicidad, sino por el contrario la culpabilidad.
De lo anterior se desprenderían dos conclusiones, la primera, que la solicitud de
reconocimiento del miedo insuperable, con miras a la exclusión de la
responsabilidad, debe ir más allá de su simple enunciación, siendo necesario
que se encuentre acompañada de las piezas probatorias que puedan darle un
respaldo real, que permita que la existencia de sus elementos se compruebe; y
en segundo lugar, cuando se esté en el escenario del miedo insuperable, según
la Corte se está en el estadio de la culpabilidad (puede imaginarse que en una
situación de inexigibilidad de otra conducta).
5. CONCLUSIONES
Después de revisar las providencias proferidas en los últimos años, en la sala de
Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, en las que de alguna forma se
aborda el tema del miedo insuperable, se advierte a primera vista, el reducido
número de pronunciamientos.
Adicionalmente al realizar la revisión de cada una de las sentencias, se
concluye que la Corte solo ha analizado de manera profunda, el miedo
insuperable, en la sentencia objeto del Proceso No 18983. Corte Suprema De
Justicia. Sala De Casación Penal. Magistrado Ponente: Dr. Jorge Aníbal Gómez
Gallego. Diciembre 12 De 2002; en las demás simplemente se advierten algunos
114
comentarios tangenciales al tema, sin que se realice en ninguna de ellas un
análisis detallado del contenido del concepto del miedo, sus elementos,
características o requisitos.
Lo anterior, se advierte, ocurre normalmente por errores de técnica en la
formulación de las demandas de casación, y en otras, por no haberse
propuesto el tema del miedo insuperable en los momentos procesales
pertinentes, o por plantearlo simultáneamente con otras categorías con las que
se entiende es absolutamente incompatible, situaciones que reimpiden a la
Corte analizar de fondo el asunto el miedo insuperable.
Debe por tanto concluirse que en materia de miedo insuperable no existe una
línea jurisprudencial de la Corte Suprema de Justicia, sin embargo no puede
desconocerse que del único pronunciamiento en el que ha desarrollado el
tema, y de las otras providencias anteriormente citadas, pueden extraerse
algunas consecuencias importantes:
El miedo, como sensación que afecta al ser humano, tiene diferentes
etapas relacionadas con su nivel de intensidad; según el individuo actúe
estando en cada una de ellas, ese miedo, tendrá implicaciones
diferentes en materia penal.
La ubicación dogmática de la figura el miedo insuperable no ha sido
tema pacífico en la doctrina, en tanto que se le ha ubicado en el estadio
de la antijuridicidad, de la imputabilidad, pero mayoritariamente en la
culpabilidad, aceptando que se trata de una situación de inexigibilidad
de otra conducta.
Debe diferenciarse el miedo intenso el miedo insuperable, entendiéndose
el primero, como aquel al que se hacía referencia en legislaciones
anteriores, y cuyo impacto se limita a la disminución de la punibilidad.
Para que pueda hablarse de miedo insuperable, deben cumplirse los
cuatro requisitos señalados por la Corte.
El miedo puede ser un factor determinante que debe analizarse cuando
se está en presencia de un posible exceso en la legítima defensa.
La ira e intenso olor y el miedo insuperable no son figuras que puedan
asimilarse por ser la primera una diminuente de punibilidad, en tanto que
la segunda, excluyente de responsabilidad.
Si bien la insuperable coacción ajena y el miedo insuperable son figuras
que tienen similitud, en materia de su componente psicológico, difieren
en que en la primera la afectación emocional es producida por la acción
arbitraria e ilegal de un tercero, requisito que no se da en la segunda.
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REFLEXIÓN Y CONCLUSIONES
La revisión de los aspectos psicológicos y jurídicos de la figura del miedo en
general, y del miedo insuperable en especial, hacen surgir una gran
preocupación, por la magnitud del fenómeno psicológico que sobre la mujer
maltratada producen los episodios de violencia.
Es absolutamente impactante, en primer lugar, lo generalizada que se ha vuelto
la violencia al interior de la pareja, y lo difícil que resulta percibir y contrarrestar
esa realidad, a través de los mecanismos jurídicos y sociales tradicionales.
Surge la conclusión, de que en muchos de los episodios en los que la mujer
maltratada causa lesiones o la muerte a su pareja maltratadora, lo hace en
unas muy especiales condiciones psicológicas, las cuales, sin constituir de plano
una hipótesis de inimputabilidad, si inciden de manera determinante, en la
decisión tomada por la mujer, de actuar para romper finalmente ese ciclo de la
violencia.
Es importante tener en cuenta que en la mayoría de los casos, la mujer
maltratada lo ha sido durante largos periodos de tiempo, al punto de llegar a
sufrir el denominado síndrome de la mujer maltratada, el cual, le impide
vislumbrar la posibilidad de salir de tan trágica situación; lo que normalmente
está acompañado de una imposibilidad de comprender la verdadera
gravedad de la situación que está soportando. Estas circunstancias hacen que,
en la psiquis de la mujer se vayan generando profundos sentimientos y
sensaciones de inseguridad, miedo profundo, tristeza, desilusión, etc.
Es de vital importancia entender y dimensionar la situación psicológica en la
que se encuentra la mujer que sufre el maltrato, situación, que genera en ella
una imposibilidad de reconocer la realidad en la que se encuentra, llegando en
algunas ocasiones a sentirse responsable del maltrato que sufre.
Es tan profunda la manipulación que el maltratador ejerce sobre su víctima, que
logra paulatinamente alejarla de las personas que eventualmente podrían
ayudarla a salir de la situación de maltrato, le restringe o prohíbe cualquier
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contacto con su familia y amigos, le impide trabajar, y con ello limita sus
recursos económicos. Busca con todas estas medidas, doblegarla, mostrarle
que su única esperanza es mantenerse junto a él. La convierte en una persona
triste, inestable emocionalmente, con una muy baja autoestima, que se siente
atrapada en una situación que encuentra desesperada, pero de la que se
siente merecedora o culpable.
La situación descrita anteriormente, es la que genera en la mujer, una sensación
permanente de miedo, un profundo miedo, de que nuevos episodios de
maltrato se produzcan, que sean más graves, mas frecuentes, mas dolorosos,
de que en alguno de ellos resulte muerta, o que los muertos sean sus hijos, que
pueda perder a sus hijos, que su pareja se los lleve lejos y le impida volver a
verlos. Miedo: permanente, intenso, inmanejable, insuperable.
Si bien es claro que en muchos de los casos, en los que la mujer lesione o cause
la muerte a su maltratador, actuará en legítima defensa, en muchos de ellos, no
se encontrarán satisfechos los requisitos de tal figura, y no se está hablando sólo
de una dificultad probatoria, sino, se reconoce que en muchos de los casos la
mujer realmente no se está defendiendo, ya bien porque no existe el elemento
subjetivo consistente en la intención de defenderse, bien porque no se haya
producido una agresión, o porque ella no sea inminente. Por lo anterior, debe
analizarse si en el caso en particular la mujer esta actuando motivada por la
sensación de miedo insuperable reseñada en el párrafo anterior.
Así, cuando quiera que se logre identificar que la mujer homicida (o que ha
lesionado) al maltratador, ha actuado motivada por el profundo miedo que los
episodios de lesiones le ha producido, debe analizarse si ese miedo fue el
determinante para que ella haya actuado de esa manera, en una situación de
imposibilidad de motivarse de acuerdo con la norma jurídica, y, en
consecuencia, se le deba aplicar esta causal de ausencia de culpabilidad,
reconociendo entonces que no puede ser penalmente responsable.
Lo que se propone en este trabajo, es que no se limiten las posibilidades de
reconocer que la mujer maltratada, puede actuar motivada por miedo
insuperable, al estar sumida, por ejemplo en el denominado síndrome de mujer
maltratada, en vigencia del cual se siente incapaz de salir de su situación de
maltrato.
En muchos episodios en los que la mujer ataca a su maltratador, no es
conciente de estarse defendiendo, simplemente reacciona de una manera
que ni siquiera ella en comprende del todo, simplemente reacciona en contra
de la fuente principal de su miedo, sin tener claridad de que está en últimas,
protegiendo su vida. Tan es así, que puede que el día en que la mujer
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reaccione contra su pareja, ni siquiera haya sufrido el más mínimo ataque,
como se dijo, es la reacción a años, meses o largos periodos de maltrato, que
han generado en la mujer, un sentimiento de miedo superior a su raciocinio, y
que la ha llevado a simplemente reaccionar en contra de aquel generador de
su sufrimiento, de su angustia, de su desesperanza, de sus ganas de morir, de su
sentimiento de culpabilidad, y en últimas, de ese intenso, insuperable miedo, de
pensar que quizás la próxima vez, no sobreviva a los brutales ataques de su
pareja.
No podemos negar que la mujer que causa la muerte, o lesiones a su
maltratador, está actuando de manera típica y antijurídica, porque está
desarrollando una conducta prohibida por la legislación penal, y con ella está
lesionando la integridad de bienes jurídicos ajenos, pero debemos aceptar que
en su especial condición, no le es posible actuar de acuerdo con las previsiones
de la prohibición penal, no le es posible adecuar su conducta a lo exigido por
la norma, no le es posible motivarse de acuerdo con el mensaje punitivo
contenido en la norma.
No se está diciendo entonces, que la mujer está actuando de manera lícita, o
legitima, o que el ordenamiento jurídico justifica su conducta para reconocerla
como lícita a pesar de ser típica; lo que se plantea es que se reconozca la
posibilidad de de exclusión de la culpabilidad, y en consecuencia de la
responsabilidad penal, por haber actuado la mujer, en desarrollo de una
circunstancia de miedo insuperable, que excluye la culpabilidad, por no existir
una normal posibilidad de motivación de acuerdo con la norma, y estar por el
contrario la mujer, en imposibilidad de motivarse, y de actuar según esa
motivación que se espera produzca la norma penal y oriente en consecuencia
su actuación.
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