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residuos sólidos

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Residuos SlidosObjetivoAnalizar la legislacin ambiental que regula la emisin y descarga de los Residuos Slidos.

Residuo o desechocualquier substancia u objeto del cual se desprenda su poseedor o tenga la obligacin de desprenderse en virtud de las disposiciones nacionales en vigor ; Unin Europea: Directiva Relativa a los residuos 75/442/CEE

Residuo o desechoSustancia, elemento u objeto que el generador elimina, se propone eliminar o est obligado a eliminar (Reglamento Residuos Peligrosos D.S. 148 2003 Min. Salud).

Tipos de residuos slidosSegn su origen:Domiciliarios: basuras o desperdicios slidos generados en viviendas y en establecimientos tales como edificios habitacionales, locales comerciales, locales de expendio de alimentos, hoteles, establecimientos educacionales y crceles (borrador reglamento rellenos sanitarios).Industriales: ( tienen su origen en actividades industriales).HospitalariosConstruccinTipos de residuos slidosSegn sus caractersticas de peligrosidad:Peligrosos; residuo o mezcla de residuos que puede presentar riesgo para la salud pblica o el medio ambiente, ya sea directamente o debido a su manejo actual o previsto, como consecuencia de presentar alguna de las siguientes caractersticas: Toxicidad aguda; toxicidad crnica, toxicidad extrnseca, inflamabilidad, reactividad y corrosividad. ( Reglamento sanitario de residuos peligrosos).No Peligrosos: no presentan las sealadas caractersticas.Inertes: no presentan transformaciones fsicas o qumicas o biolgicas significativas. ( U.E.1999/31/CE, relativa al vertimiento de residuos).Residuos domiciliariosMunicipios: Responsabilidad Retiro, transporte (transferencia) y disposicin; limpieza y condiciones de seguridad de sitios pblicos, de trnsito y recreo; velar cumplimiento de disposiciones sobre higiene. Limpieza de canales y asequas, etc. (art. 7 Cdigo Sanitario) y Ley Org. De Municipalidades (aseo y ornato de la comuna). Ministerio de Interior y Salud pueden reglamentar estableciendo obligaciones y servicios mnimos. Residuos domiciliariosFacultades extraordinarias (art. 13 Cdigo Sanitario): En caso de negligencia grave de una municipalidad en el cumplimiento de sus obligaciones sanitarias especficas, sin perjuicio de los establecido en el artculo 165, el Presidente de la Repblica podr transferir por perodos que no excedan de dos aos, el cumplimiento de tales obligaciones al Servicio Nacional de Salud, a costa de la municipalidad respectiva, con acuerdo previo del Ministerio del Interior.Residuos domiciliarios: Tarifas ( arts. 6,7,8 y 9 Ley de Rentas Municip.)Pueden diferenciar el cobro en funcin de programas de reciclajeDebe cobrar por el servicio por cada vivienda o unidad de vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosko y sitio eriazo, salvo excepciones: Avaluo fiscal inferior a 25 UTM, exentos.Municipios a su cargo pueden rebajar una proporcin o la totalidad del pago en atencin a condiciones socioecmicas.Considera los costos fijos y variables del municipio.Corresponde pagar al dueo o ocupante de la propiedad, propiedad sin perjuicio de la responsabilidad que afecte al dueo.Municipios pueden cobrar por s solos, contratar a terceros o convenios con SII.Residuos domiciliarios: Tarifas ( arts. 6,7,8 y 9 Ley de Rentas Municip.)Corresponde a la extraccin usual y ordinaria: las que no sobrepasan un volumen de 60 litros de residuos domiciliarios de promedio diario. Los que generan ms de cantidad, no son responsabilidad de los municipios (particulares). El municipio puede fijar para ellos un monto especial por cobrar si provee el servicio. Estos particulares pueden optar por ejecutar la extraccin por s mismos o contratar los servicios a un tercero.Residuos domiciliarios: autorizacionesTodo lugar de disposicin, almacenamiento o comercializacin debe contar con autorizacin sanitaria ( C. Sanitario). Plantas de tratamiento y/o disposicin de residuos slidos de origen domiciliario, rellenos sanitarios y estaciones de transferencia que atiendan a una poblacin igual o mayor a cinco mil (5.000) habitantes; ( art. 3 letra o.5 Reg. SEIA).Residuos domiciliarios: temas complejosSistema tarifario: conceptualmente deficitario.Marco regulatorio: No genera suficientes incentivos respecto de conductas apropiadas.No existe regulacin de la actividad como Servicio Pblico (quienes pueden desarrollar la actividad, derechos y deberes de los prestadores, regimen tributario, definicin de tarifas que se pueden cobrar, criterios de rentabilidad para fijar tarifas).Lmite de responsabilidad del municipio en caso de externalizar el servicio (hasta donde llega).Residuos IndustrialesAlmacenamiento y disposicin en predio del generador requiere autorizacin sanitario (D.S. N594 Min. Salud).Disposicin fuera del sitio de la industria requiere autorizacin sanitaria (D.S. N594 Min. Salud).Responsabilidad es del generadorResiduos Industriales: tratamiento y disposicin finalAutoridad sanitaria fiscaliza y sanciona a quienes disponen o tratan sin autorizacin (Cdigo Sanitario). R.M. Resolucin SESMA sobre seguimiento de residuos ( resolucin 5081).

Residuos Industriales PeligrososPrincipio clsico: De la cuna a la tumbaCrticas: debe en algn minuto cortarse el vinculo entre generador y residuo.En nuestro sistema no est consagrado, sin perjuicio de la obtencin de la respectiva autorizacin sanitaria para disponer fuera del predio.Residuos Industriales PeligrososEl 16 junio de 2004 se public Reglamento Sanitario sobre Manejo de Residuos Peligrosos. D.S. N148 del ao 2003. Se encuentra en etapa de elaboracin norma de incineracin y co-incineracin (para residuos peligrosos y no peligrosos).Residuos Industriales PeligrososPrimera pregunta:Son residuos: Sustancia, elemento u objeto que el generador elemina, se propone eliminar o est obligado a eliminar Segunda pregunta: Son peligrosos (Reglamento).Residuos Industriales Peligrosos (temas centrales reglamento)Que residuos son peligrosos o no:Listado de residuos resultantes o generados de determinados procesos (art. 18, lista I). Listado de constituyentes que lo hacen peligrosos (art. 18 lista II).Categoras de residuos (lista III).Residuos sealados en Lista A del art. 90 se presume que son peligrosos.Residuos includos en la Lista B, art 90 no son peligrosos.

Residuos Industriales Peligrosos (temas centrales reglamento)MANDA LA CARACTERIZACION DEL RESIDUO(art.19):No obstante estar en los listados si mediante los test respectivo se prueba que no concurre ninguna de las caract, de peligrosidad: NO ES PELIGROSOViceversa: Si no est en ninguno de los listados pero en los test respectivo se prueba que es peligroso: ES PELIGROSO.

Residuos Industriales Peligrosos (temas centrales reglamento)Plan de manejo:instalaciones, establecimientos o actividades que anualmente den origen a ms de 12 kilogramos de residuos txicos agudos o a ms de 12 toneladas de residuos peligrosos que presenten cualquier otra caracterstica de peligrosidad debern presentarlo a aut. Sanitaria (no hay autorizacin).Sistema de seguimiento de residuos: generador, transportista y empresa que dispone (formulario).Residuos Industriales Peligrosos (temas centrales reglamento)Autorizacion sanitaria:Instalaciones de Almacenamiento.Instalaciones de eliminacin: Reciclaje; Relleno de seguridad; incineracin; eliminacin en minas subterrneas;eliminacin de residuos especiales. Informacin a Autoridad sanitaria: re-usoResiduos Industriales Peligrosos (temas centrales reglamento)Regla general: NO Dilucin.En caso de mezcla de residuos peligrosos con no peligrosos; todo se trata como peligroso.Residuos Industriales PeligrososNo existe normativa que genere conductas adecuadas de parte de los generadores. minimizacinRehusoReciclajeDisposicin controladaA modo de ejemplo, USA tiene un sistema de excluir residuos de la categora de peligrosos, si van a ciertos destinos, esencialmente reciclaje, y valorizacin, no relleno controlado.

Instalaciones de tratamiento y disposicin controlada de residuosIncineradores (en Chile, uno para residuos hospitalarios).Rellenos controlados (Hidronor, algunos en sector minero).Instalaciones de co-incineracin (hornos cementeros- celulosas).Instalaciones de tratamiento y disposicin controlada de residuosInstalaciones de acondicionamiento (Bravo Energy, otras en evaluacin). Empresas recicladoras ( fundiciones de fierro, SOREPA y Aluminio)Convencin de Basilea: Transporte transfronterizo de residuos peligrososAl establecerse regulaciones ambientales estrictas en ciertos pases, se genera un incentivo para depositar los residuos peligrosos en pases que no tienen esas regulaciones, y por lo tanto se disponen en forma inadecuada en esos estados.Chile, hubo varios intentos en desierto de atacama.Se discute si ciertos casos constituyeron ingreso de desechos peligrosos en forma velada.

Convencin de Basilea: Transporte transfronterizo de residuos peligrososDefinicin de desechos:Por "desechos" se entienden las sustancias u objetos a cuya eliminacin se procede, se propone proceder o se est obligado a proceder en virtud de lo dispuesto en la legislacin nacional. Desechos listatos en anexo A, salvo que no contengan carctersticas de anexo III.Desechos no includos en anexo A, pero que sean considerados residuos peligrosos por la legislacin del respectivo pas.Desechos inclidos en anexo B, y que sean objeto de transpote transfronterizo,Convencin de Basilea: Transporte transfronterizo de residuos peligrososCriterio bsico, que se traten donde se generan.Un pas puede prohibir el ingreso de residuos peligrosos.Notificacin previa a pais receptor y paises de trnsito.Aceptacin de pas receptor y pases en trnsito.Deben existir instalaciones autorizadas adecuadas para el tratamiento y disposicin de residuos.Slo se pueden exportar entre pases signatarios, salvo acuerdos bilaterales entre pases ( ej. Unin Europea, EUA y Canad).

Problemas residuosDonde se disponen los residuos comunes en Osorno.Genero residuos industriales, quiero disponerlos en mis instalaciones, Es posible?.Mi empresa genera un residuo industrial, como defino si es peligroso o no.