tratamiento contable del badwill y goodwill
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2014
PÉREZ FLORES, Cristina
DIPLOMADO DE ESPECIALIZACIÓN EN
TRIBUTACIÓN
24/05/2014
TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO DEL BADWILL Y GOODWIL
TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO DEL BADWILL
De acuerdo a la aplicación de normas contables el tratamiento contable se establecía en la NIC 22 “FUSIÓN”
vigente hasta el año 2005, y desde el 2006 este tratamiento se regula según la NIFF 3 “COMBINACIÓN DE
NEGOCIOS”. Ambas normas tienen una concepción distinta. En las adquisiciones de acciones en las que se ejerza el
control, el badwill se entiende como la compra en términos ventajosos y afectos directamente a resultados. el
tratameinto contable según NIFF 3 es de la siguiente manera:
EJEMPLO: Al 01/05/2014 la empresa A compra a la empresa B por una inversión de S/. 50,000.00. El estado de
situación financiera es como sigue:
ACTIVO S/. PASIVO S/.
ASIENTOS CONTABLES DE LA EMPRESA A
Caja 80000 Cuentas por pagar 10000
Inventarios ( nota1) 30000 Bonos (nota 3) 50000
1) Por la compra de empresa B
IME (nota 2) 20000 TOTAL PASIVO 60000
INVERSIÓN 50000
PATRIMONIO
CAJA
5000
Capital 70000
2) Por la plusvalía mercantil
TOTAL ACTIVO 130000 TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO 130000
Valor en libros de activos netos 70000
Nota 1
Nota 2
Costo de adquisición -50000
Costo 30000 Costo 20000
badwill
20000
Valor Razonable 28000 Valor Razonable 40000
Ajuste -2000 Ajuste +20000
INVERSIÓN 20000
Nota 3
(*) BADWILL
20000
Costo 50000
Valor Razonable 45000
(*) Afecta a resultados del ejercicio,
Ingresos
Ajuste -5,000
3) Cuando la empresa a tome el control, tendrá que medir los activos y pasivos a su valor razonable y luego
realizar los asientos de reajustes.
IME 20000
4) luego debe realizarse el calculo final de la plusvalía
INVENTARIOS
2000
BONOS 5000
PM = 30, 000 - 23,000
PLUSVALÍA MERCANTIL 23000
PM = 7
Después puede ser identificado como intangible
OJO: TRATAMIENTO TRIBUTARIO
El Badwill no es considerado como un ingreso gravable para efectos del Impuesto a la renta, aún con la
modificación del literal g del artículo 1 del reglamento. Ya que vendría a ser una ganancia no realizada. ya que dicho
ingresos no podría ser considerado como una actividad accidental, ni operaciones con terceros. Estos ingresos solo
extraía gravados si es que se realiza la revaluacion de activos con efectos tributarios, (en la venta).
TRATAMIENTO CONTABLE Y TRIBUTARIO DEL GOODWIL
El goodwil es producto de una fusión de negocios, en las cuales el adquiriente efectúa un pago mayor al
patrimonio de la entidad adquirida como anticipo de beneficios económicos futuros de los activos que no hayan
podido ser identificados individualmente y reconocidos por separado. Y con la aplicación de la NORMA 22
“Fusion” su tratamiento contable se amortizaba a lo largo de la vida útil de los principales activos del negocio
adquirido y actualmente con la aplicación de la NIIF 3 ya no se amortiza, sino que esta sujeta a análisis de provisión
por deterioro, porque al ser activos intangibles plenamente identificables, no resultaría razonable una vida útil para
proceder a amortizarlo y al no saberse el tiempo de vida útil que le restan a estos activos, cualquier imputación de
su costo a resultados resultaría arbitraria. Siguiendo con el ejemplo anterior el tratamiento contable seria:
EJEMPLO: Al 01/05/2014 la empresa A compra a la empresa B, por tener una marca reconocida en el mercado, por
una inversión de S/. 90,000.00.
ASIENTOS CONTABLES DE LA EMPRESA A
1) Por la compra de empresa B
3) Por la provisión de deterioro año a año
INVERSIÓN 10000
Primer año
CAJA
10000
GASTO POR DESVALORIZACIÓN 5000
2) Por la plusvalía
DESVALORIZACIÓN ACTIVOS 5000
Valor en libros de activos netos 70000
Costo de adquisición 90000
Goodwill
-20000
INTANGIBLES 20000
INVERSIÓN
20000
La empresa A tendrá que hacer una provisión anual por deterioro de los activos, según NIC 38.
OJO: TRATAMIENTO TRIBUTARIO
Las norma tributarias lo asemejan con el concepto de fondo de comercio y este hace referencia a una activo
intangible de la empresa que comprende elementos que le otorgan un valor superior al que los bienes y derechos
materiales representan. Por otra parte la doctrina tributaria incluye en sus conceptos le derecho de llave, la cual es
parte del fondo de comercio, y que para efectos del IR la amortización que resulte del derecho de llave es
deducible, mientras que el Goodwill o fondo de comercio no lo es, en virtud al numeral 2 de literal a del articulo 25
del reglamento y contablemente se regiría con la NIC 38 y no con la NIIF 3.