trabajo papagayo terminado
TRANSCRIPT
UNIVERSIDAD NACIONAL DE COSTA RICA
SEDE REGIONAL CHOROTEGA
CAMPUS NICOYA
CURSO:
LEGISLACION TURISTICA
GRUPO 73
PENINSULA PAPAGAYO
ACADEMICA:
JENNIFER FLORES
RESPONSABLES:
DANELIA SOLANO RUIZ
JACKELINE LOPEZ
KAROL MICHELLE SUAREZ MORENO
YENSEY LOBO CASTAÑEDA
YULIETH BARAHONA VILLEGAS
YULIANA ZUÑIGA GUTIERREZ
II CICLO, 2011
Contenido
INTRODUCCIÓN.............................................................................................................................3
Capítulo I INFORMACIÓN GENERAL........................................................................................4
1.1 Polo Turístico Golfo Papagayo y su perfil organizacional........................................................4
1.2 ¿Cómo surge el Polo Turístico Golfo de Papagayo?................................................................5
1.3 Objetivo general del proyecto...................................................................................................6
1.4 Conceptualización y Aplicación de la Responsabilidad Social de Península Papagayo..........6
Capítulo II Aspectos generales del Polo Turístico Golfo de Papagayo...............................................8
2.1 Disposiciones generales...........................................................................................................8
Capítulo III Procedimientos para la Obtención de las Concesiones por artículo................................9
3.1 Obligaciones...........................................................................................................................11
3.2 Proceso de compra de los terrenos del PTGP........................................................................12
3.3 Plano de tenencia de la tierra antes de la compra de los terrenos............................................13
3.4 Requerimientos para obtener concesiones..............................................................................13
3.5 Normas y Directrices Generales.............................................................................................13
3.6 Cambios en concesiones.........................................................................................................14
Capítulo IV Que es Eco desarrollo y proyectos a desarrollar...........................................................16
CONCLUSIÓN................................................................................................................................18
BIBLIOGRAFIA.............................................................................................................................19
INTRODUCCIÓN
En el presente trabajo se definen los aspectos jurídicos del proyecto turístico Papagayo.
Este trabajo se hará con el objetivo de conocer las razones especiales del porque se dan
concesiones en lugares donde no se debe concesionar.
La recolección de los datos que se mostraran a continuación son acerca de temas o
documentos importantes acerca de este Polo Turístico y la importancia del mismo en la
ZMT, con el propósito de conseguir una idea general de lo que realmente se trata el
Proyecto Turístico Golfo Papagayo.
El siguiente trabajo estará compuesto por cuatro capítulos, que se detallen a continuación;
El primero va relacionado a los aspectos teóricos y de la importancia del Proyecto para
nuestro país, así como el principal objetivo que posee.
El segundo Aspectos generales del Polo Turístico Golfo de Papagayo, en donde se
mencionan las disposiciones del mismo.
El tercero explicara algunas disposiciones generales y las características más importantes
acerca de las concesiones que se entregan en el Polo Turístico y las irregularidades que
posee.
En el cuarto se expondrá lo referente al Eco desarrollo y proyectos a desarrollar dentro
del proyecto.
Todo esto para comprender de una mejor manera la situación real que se da en el sector de
la concesión (Península Papagayo), las irregularidades, críticas y demás aspectos que ha
traído este proyecto al país. Además servirá como un medio de información general para
todos aquellos que lleguen a leer este documento..
Capítulo I INFORMACIÓN GENERAL
1.1 Polo Turístico Golfo Papagayo y su perfil organizacional
El desarrollo turístico e inmobiliario Península papagayo es un proyecto ejecutado por eco
desarrollo papagayo S.A. esta empresa es una de las 23 concesionarios de Polo Turístico
Golfo Papagayo.
El proyecto turístico del golfo de papagayo es desarrollado por el Estado costarricense bajo
(ICT).
El Proyecto de Península Papagayo, comenzó sus operaciones en 1999, como una empresa
de tipo confesonario del Estado Costarricense, que brinda servicios de desarrollo turístico e
inmobiliario, que cuenta con 425 colaboradores.
El proyecto turístico del Golfo Papagayo está ubicado geográficamente en la Provincia de
Guanacaste, Bahía culebra, en una extensión aproximada de 2000 hectáreas, propiedad del
ICT.
El polo fue declarado de utilidad pública mediante la Ley N 6370, y sus límites van desde,
playa Cabuyal hasta playa Hermosa, que se establecen en la ley de ZMT. El PTGP se
encuentra planificado de acuerdo a un plan maestro que regula su desarrollo, a fin de
preservar el medio ambiente potenciarlo como el destino de mayor destino turístico a nivel
centroamericano. La última modificación de este plan fue aprobada por el ICT, en sesión
5302 del 4 de mayo de 2004 y publicado en la gaceta del mismo año.
Ubicado en una zona de gran belleza natural, el proyecto Papagayo ofrece al turista, en un
espacio de 2 mil hectáreas, 17 playas variadas con un mar tranquilo, ideal para disfrutarlo
en familia, para practicar el buceo y deportes acuáticos, pues el agua clara permite observar
la belleza marina que encierra Bahía de Culebra, o simplemente, descansar bajo la sombra
de los árboles de la zona y pasear por un bosque primario observando la fauna y las
especies endémicas.
Posee un bello paisaje matizado por una serie de sorpresas como cavernas, islotes o bien, la
vista inesperada de delfines u otras especies marinas como tiburones gato, peces de
variados colores y tortugas gigantes.
Esta bahía es rica en especies marinas de gran valor científico y por toda esta impresionante
gama de recursos y su bello marco geográfico es que se ha planificado este proyecto para
que sea un modelo de desarrollo turístico sostenible para el mundo.
1.2 ¿Cómo surge el Polo Turístico Golfo de Papagayo?
Inicio en 1965, como una publicación por parte del BCIE como un estudio
para un plan de turismo en Centroamérica.
En 1970, se inicia un proceso para identificar zonas de mayor potencial
turístico en el istmo. Se destaca el Golfo de papagayo como una zona de gran
riqueza escénica y cultural.
En setiembre de 1979, el PTGP es declarado de utilidad pública mediante la
Ley 6370.
Para 1982, se emite la ley reguladora desarrollo y ejecución para el PTGP, la
cual establece: que únicamente pueden ejecutarse las obras previas en el Plan
Maestro ejecutado por el ICT. Las tierras se inscriben a nombre del Estado
Costarricense y de su administración se encarga al ICT y se crea una oficina para la
implementación del proyecto.
Según lo anterior Península Papagayo, como empresa concesionaria de un proyecto estatal,
tiene que cumplir con la obligación del Plan Maestro, que establece el instituto
Costarricense de Turismo.
El Estado Costarricense ha asignado a Península Papagayo un total de 863 hectáreas, que
representan un aproximado del 42% del área concesionada.
Península Papagayo inicio sus operaciones, en el año 1999, con la construcción de la
carretera de acceso y el campo de golf, como así mismo el primer hotel. A partir de esa
fecha se contempla 28 años para finalizar el desarrollo de las obras de la empresa se
comprometió, de acuerdo al Plan Maestro.
1.3 Objetivo general del proyecto
A continuación se mostrara el objetivo general de lo que es este proyecto.
”Desarrollar un polo turístico, cuyo fin primordial será la atracción del turismo nacional e
internacional, aprovechando al máximo los recursos de la región, mediante la exploración
de diferentes puntos del circuito y de la imagen para competir en el mercado internacional
con el producto sol-playa-mar, en combinación con lo atractivos ecológicos, que conforman
los volcanes, parques, reservas y tomando en cuenta otros proyectos turísticos de la zona.
La actividad será plasmada en un Plan Maestro de desarrollo como guía del ordenamiento
físico y un plan a largo plazo para determinar las facilidades de realización y fases de
posibles intervenciones públicas y privadas, tratando de lograr el óptimo aprovechamiento
de los terrenos destinados al Proyecto a fin de que sea un modelo de desarrollo turístico
sostenible para el mundo”.
1.4 Conceptualización y Aplicación de la Responsabilidad Social de Península
Papagayo
Península Papagaya es una empresa concesionaria estatal y por ende esta debe de cumplir
con un plan maestro, el cual establezca normas ambientales, arquitectónicas, jurídicas y
financieras. Además de cumplir con estas normas es de gran importancia el desarrollo de su
Política Responsabilidad Social (RS) para aplicarlo, este, diseño una estrategia de
Comunicación y Relaciones Comunitarias ya que para esta empresa el RS es un eje
transversal e integral en todas sus funciones. Dentro de los pilares que contempla este
proyecto están los siguientes.
1. Calidad
2. Respeto por la legislación Nacional
3. Respeto por el Medio Ambiente
4. Fortalecimiento de las relaciones Comunitarias
Pero que es el RS? Es el compromiso corporativo para apoyar o contribuir al desarrollo
económico, sostenible trabajando en conjunto con los colaboradores, sus familias, las
comunidades y la sociedad esto con la finalidad de mejorar la calidad de vida. Por ejemplo
el programa más visible hoy día de la RS de Península Papagayo es el llamado, “Creciendo
Juntos” el cual inicia en el año 2000 acompañado de un primer diagnostico de
comunicación y relaciones comunitarias de la zona. La ejecución en se llevo a cabo en el
2001. Este programa permitió unir esfuerzos de la empresa con cada una de las necesidades
de las comunidades aledañas así como también las finalidades de las instituciones
nacionales. Así como también se da a la tarea de invitar y motivar a diversas instituciones
gubernamentales para participar en alianzas estratégicas para así implementar el programa
de relaciones comunitarias.
Los tres ejes básicos de acción de Península Papagayo son:
Área Social: su finalidad es desarrollar acciones en gestión empresarial,
identidad cultural proyectos especiales, comunicación del programa y deportes para
desarrollar el liderazgo de las nuevas generaciones, así mismo mejorar la calidad de
vida.
Área Ambiental: El objetivo es mejorar las acciones en cuanto a educación
biológica, implementación de medidas especificas aspirando a minimizar al
máximo el impacto ambiental.
Área Educativa: Busca impulsar acciones tanto en educación formal como
en la no formal, y el liderazgo que permitiría a los vecinos beneficiar las
oportunidades que han surgido a raíz de la industria turística.
Capítulo II Aspectos generales del Polo Turístico Golfo de Papagayo
2.1 Disposiciones generales
Artículo 1°—Este Reglamento se emite para regular las concesiones que se otorguen
conforme a la ley 6758 del 6 de mayo de 1982.
Artículo 2°—Para todos los efectos, cuando la ley o este Reglamento utilicen los términos
siguientes, debe dárseles las acepciones que a continuación se indican:
a) Instituto: Instituto Costarricense de Turismo.
b) Junta Directiva: Juma Directiva del Instituto Costarricense de Turismo.
c) Consejo Director: Consejo Director del Proyecto Turístico Golfo de Papagayo.
d) Oficina Ejecutora: Oficina Ejecutora del Proyecto Turístico Golfo de Papagayo.
e) Proyecto: Proyecto Turístico Golfo de Papagayo.
f) Concesionario: Persona física o jurídica titular del derecho real sobre el terreno
concedido.
g) Plan Maestro: Plan de desarrollo del Proyecto Turístico Golfo de Papagayo.
Artículo 3°—Del Consejo Director:
El Proyecto será dirigido y administrado por la Oficina Ejecutora, como órgano con
desconcentración máxima, dependiente directo de la Junta Directiva del Instituto.
La Oficina Ejecutora estará integrada por un Consejo Director, una Dirección Ejecutiva y el
personal estrictamente necesario.
Capítulo III Procedimientos para la Obtención de las Concesiones por artículo.
Artículo 4°—Sólo se otorgarán concesiones en las áreas del proyecto a entidades
constituidas y domiciliadas en el país.
Los concesionarios personas físicas > los directores y representantes de las entidades
deberán acreditar su solvencia moral v económica ante el Consejo Director.
Quien pretenda una concesión deberá además cumplir con los requisitos establecidos en el
cartel del respectivo concurso.
Artículo 5°—Las concesiones se otorgarán previo concurso, cuyo cartel deberá publicarse
en "La Gaceta" y en un diario de circulación nacional.
Artículo 6°—Las solicitudes de concesión serán estudiadas por el personal técnico de la
Oficina Ejecutora, cuyo informe será conocido por el Consejo Director.
Artículo 7°—La Junta Directiva del Instituto otorgará las concesiones conforme a los
proyectos presentados y serán escogidos los que sean más convenientes para los intereses
del país y cumplan con los requisitos legales y reglamentarios establecidos mediante
resolución razonada.
Artículo 8°—Una vez adjudicada la concesión o concesiones se publicará la resolución que
así lo disponga en el Diario Oficial "La Gaceta".
Artículo 9°—El plazo de las concesiones será mínimo de 10 años y máximo de 40 años.
Artículo 10.—Por cada prórroga deberá el concesionario pagar al Instituto el mismo monto
del pago inicial de la concesión ajustado conforme a la tasa LIBOR, a seis meses
anualizado, usando la promedio de los últimos doce meses en forma compuesta.
Artículo 11. —El rescate de concesiones por razones de evidente interés público procederá
previo pago de las indemnizaciones que correspondan, conforme al avalúo que la Dirección
General de la Tributación Directa emita al efecto.
Artículo 12. —Corresponde a la Junta Directiva, autorizar los traspasos totales o parciales,
la hipoteca y fideicomiso de concesiones previo informe del Consejo Director.
(Así reformado por el artículo 6 del Decreto Ejecutivo 29794 de fecha 30 de agosto del
2001).
Artículo 13. —El otorgamiento de las concesiones, así como toda cesión, hipoteca, arriendo
o fideicomiso, referente a las concesiones, deberá inscribirse en el Registro de Concesiones
del Proyecto, del Registro Nacional.
En los casos de traspaso de concesiones, el adquirente se tendrá para todo efecto como
concesionario. En el caso de arrendamiento, el arriendo seguirá la suerte de la concesión.
Artículo 14.—Serán obligaciones del concesionario las establecidas en la Ley 6758, en este
Reglamento, en el Plan Maestro, en el contrato de concesión, en el respectivo Estudio de
Impacto Ambiental, demás disposiciones de la Junta Directiva del Instituto Costarricense
de Turismo y en las demás normas aplicables.
En particular no podrá ningún concesionario variar su proyecto, aprobado por el Instituto,
salvo previa autorización expresa del mismo.
La concesionaria pagara al Instituto el 1% anual sobre el valor de mercado de la
construcción de cada condominio, local, comercial o residencial que se construya en el área
dada en concesión aprovechada total o parcialmente en la Zona Marítimo Terrestre.. Las
instalaciones hoteleras que se construyan en la Zona Marítimo Terrestre no estarán sujetas
al pago de este canon. El Instituto calificará el uso y destino de cada obra para estos
efectos.
Todo concesionario deberá pagar el canon previsto en el artículo 48 de la Ley de Zona
Marítimo Terrestre y 49 del Reglamento a esta Ley. Este canon será fijado de acuerdo al
avalúo de la Dirección General de la Tributación Directa tomando como base el valor de
concesión del terreno ubicado en la zona restringida de la Zona Marítimo Terrestre.
Artículo 15.—Todos los ingresos obtenidos por la administración del Proyecto serán
transferidos al Fondo creado por el artículo 7 de la Ley 6758, cuyo presupuesto cubrirá
todos los gastos e inversiones del Proyecto a cargo del Instituto.
Artículo 16. —Los adjudicatarios de concesiones deberán rendir una garantía de
cumplimiento de hasta el cinco por ciento (5%) del valor estimado de cada etapa del
Proyecto a realizar. La fijación respectiva la hará el Instituto, previo dictamen del Consejo
Director. Esta garantía será devuelta 60 días después de concluidas las obras de la etapa
respectiva, a satisfacción del Consejo Director Como garantías sólo se aceptarán las
indicadas en la Ley y Reglamento de contratación administrativa.
Artículo 17. —Adjudicada una concesión y aprobado un proyecto, deberá iniciarse la obra
en un plazo no mayor de seis meses, contados desde el día de la notificación de la
adjudicación. El plazo de conclusión de la obra se definirá en el contrato de concesión.
Conforme a la reglamentación vigente, para obtener una concesión en el Proyecto Turístico
Golfo de Papagayo, es necesario participar en un concurso público. Para ello, la Oficina
Ejecutora de este proyecto, publica un cartel4 y, ofrece la adjudicación de las zonas no
explotadas.
En resumen se puede decir que:
3.1 Obligaciones.
El adjudicatario de la concesión asume las siguientes obligaciones:
a) Cumplir con los deberes establecidos en la Ley No 6758 y su Reglamento,
en el Plan Maestro, en el contrato de concesión, en el respectivo Estudio de Impacto
Ambiental, en las disposiciones de la Junta Directiva del ICT y en cualquier otra
norma aplicable.
b) No variar el proyecto aprobado por el ICT, salvo previa autorización expresa
de éste.
c) Rendir una garantía de cumplimiento, de hasta el cinco por ciento (5%) del
valor estimado de cada etapa del proyecto a realizar.
d) Pago de canon.
e) El concesionario pagará al ICT el 1% anual sobre el valor de mercado de la
construcción de cada condominio, local, comercial o residencia, que se construya en
el área dada en concesión en la Zona Marítimo Terrestre (ya sea que se aproveche
total o parcialmente).
f) Todo concesionario deberá pagar el canon previsto en el Artículo 48 de la
Ley de Zona Marítimo Terrestre y el Artículo 49 del Reglamento a dicha Ley.
g) Iniciar las obras en un plazo no mayor de seis meses, contados a partir del
día de la firma de la concesión. El plazo de conclusión de la obra, se definirá en el
cronograma de las obras; el cual el concesionario deberá presentar dos meses
después de la firma de la concesión.
En la primera licitación o concurso internacional para el otorgamiento de concesiones, se
otorgaron estas a 12 empresas, destacando una por 890 has.
3.2 Proceso de compra de los terrenos del PTGP
Desde 1977 se dio el primer paso para congelar el área para desarrollar el PTGP, muchos
de estos terrenos se dedicaban en su mayoría a la ganadería como principal medio de
subsistencia. Posteriormente se inicia en 1977 una negociación para empezar a comprar las
tierras de estas personas y no llegar al extremos de expropiarlos pero igualmente se les
brindo un tiempo prudencial para salir no obstante se tomo la medida de desaloja ya que en
algunos casos los terrenos eran ocupados precaristas. No fue si no pasada la época de los
noventas que las concesiones en el PTGP empezaron a tomar gran relevancia legal y se
tomaron más controles respecto al tema.
3.3 Plano de tenencia de la tierra antes de la compra de los terrenos
Aun autor dice “En el mapa anterior aparecen unas 146 propiedades enumeradas y con sus
respectivos dueños(as), la mayoría personas físicas costarricenses que poseían lotes
pequeños frente o muy cercanos al mar”. (Salas pag.36)
3.4 Requerimientos para obtener concesiones
Para el otorgamiento de concesiones en el PTGP, en términos generales, se deben cumplir
los siguientes requisitos:
Nombre Jurídico de la empresa o personas físicas y apoderado generalísimo.
Nombre de los directores asociados y empresas conexas.
Dirección completa.
Referencias y recomendaciones.
Experiencia de la empresa en turismo y en proyectos similares.
Localización exacta y demarcación del área solicitada.
Descripción o perfil del proyecto pretendido, indicando el manejo ecológico
del área.
Plan y fuentes de financiamiento (por etapas)
Posibilidad de construir su propia infraestructura y otras ventajas a ofrecer.
Fecha posible de inicio y terminación de obras
3.5 Normas y Directrices Generales
También deben acatarse obligatoriamente las normas y directrices generales siguientes:
Baja densidad: máximo 20 cuartos/ha., cobertura máxima 30 %.
Altura máxima de construcciones: 14 metros.
Techos de tejas, paja o similar.
Paredes con colores blancos y texturas naturales (otra previa aprobación).
Exigencia de plantas de tratamiento de aguas residuales y prohibición de
tirar emisiones al mar o humedales.
Exigencia de estudios de impacto ambiental aprobados por entes públicos.
Infraestructura secundaria a cargo de concesionarias y coordinar
mantenimiento con entes públicos.
Plazos de concesiones (entre 10 y 40 años) pueden renovarse; cada caso será
diferente y estudiado detalladamente por el Consejo Director.
Precios de concesiones serán fijados por el Consejo Director del PTGP30.
Concesionarias deben pagar garantías de cumplimiento.
3.6 Cambios en concesiones
Un autor dice “La primera concesión que tuvo un cambio obligado por el Consejo Director
de Papagayo fue la otorgada a la sociedad Jardines del Mar S.A” (Salas 41,42).Debido a
que el empresario argentino-israelí no permitía que la gente pasara o acampara por la zona
publica ya que el reclamaba ese territorio como propio y deseaba que la personas que
acamparan en el lugar le pagaran un determinado monto, esto se dio durante el año de 1992.
Pero la gente se unió para erradicar este problema y al final cuando la concesión plazo a
otro dueño no se le prolongo por más tiempo debido a la especulación
Muchas de las concesiones otorgadas se han dado de forma errónea tal vez por
incompetencia o poco conocimiento acerca del temas, esto desde los años 70 hasta la
actualidad ha tenido una evolución muy significativa en cuanto a materia legal se refiere a
continuación se presenta una serie de empresa que se tramito como procedimientos
erróneos.
Capítulo IV Que es Eco desarrollo y proyectos a desarrollar
Eco desarrollo Papagayo S.A es el dueño de la concesión en donde se desarrolla el Proyecto
Turístico de Península Papagayo, la cual es una de las zonas concesionarias del polo
turístico Golfo de Papagayo, este es un proyecto del estado costarricense bajo la
supervisión del Instituto Costarricense de Turismo (ICT). Dicho proyecto fue declarado de
interés nacional bajo el decreto Ejecutivo# 28335, publicado en 1999.
El ICT mediante el plan maestro actual establece para el mismo la obligación de
desarrollar los siguientes aspectos:
Una Marina
Nuevos hoteles
Tres canchas de golf
Clubes de playa
Un Museo
Campos de tenis
Así como también centros de compras, estación de servicios para vehículos,
parada de autobuses tanto públicos como privados.
Península Papagayo posee una gran diversidad de dotes naturales, fauna y flora en
abundancia, que convierten a la misma en un paraíso sin igual en el territorio guanacasteco
con sus 1.000 hectáreas de terreno en el pacifico norte del país. Cabe recalcar que aquí se
desarrolla un megaproyecto turístico basada en concesiones que el Estado costarricense ha
brindado a empresarios privados.
El proyecto turístico Golfo Papagayo (PTGP) ha estado envuelto en muchas e inusuales
decisiones del gobierno costarricense como fueron las decisiones que tomaron Miguel
Ángel Rodríguez y Oscar Arias en sus respectivos gobiernos, que liberaban de cualquier
responsabilidad referente a la tala de árboles que se realizara para la construcción del
proyecto. Este solamente como un ejemplo de algunas alteraciones jurídicas que se han
realizado para la creación del PTGP dichas alteraciones ha provocado una gran cantidad de
críticas, debates y protestas de parte de ciudadanos y profesionales de diversos aéreos
interesados en la protección de la zona.
CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFIA
Reglamento a la Ley para el Desarrollo y Ejecución del Proyecto Turístico Golfo de
Papagayo, Decreto Ejecutivo DE-25439-MP-TUR.
Reglamento que regula el otorgamiento de las garantías reales que graven las concesiones
del Polo Turístico Golfo Papagayo. Decreto Ejecutivo DE- 29794-MP-TUR
Salas, A. (s.f). Análisis del Polo Turístico Golfo de Papagayo como un modelo
único gubernamental de concesión turística.
Instituto Costarricense de Turismo.(s.f). Polo de desarrollo turístico golfo
papagayo. Recuperado el 18 de setiembre de 2010, de
http://www.visitcostarica.com/ict/paginas/ictnotaict.asp?idnota=337.
http://www.jacobsfoundation.org/cms/fileadmin/jacobs/Documents_Intervention/
Additionals/Latin_America/Caso_de_Estudio.pdf
http://www.responsibletravel.org/resources/documents/Coastal-tourism-
documents/Polo_Tur%C3%ADstico_Golfo_de_Papagayo_Guanacaste_Costa
%20Rica.pdf
http://www.aliarse.org/documentos/Peninsula%20Papagayo.pdf