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REGLAMENTOS: TITULACIÓN DE LICENCIATURA. GRADO DE ESPECIALIDAD Y MAESTRÍA. Villahermosa, Tabasco; julio de 2016.

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REGLAMENTOS:

• TITULACIÓN DE LICENCIATURA. • GRADO DE ESPECIALIDAD Y

MAESTRÍA.

Villahermosa, Tabasco; julio de 2016.

REGLAMENTOS

Págs.

I. TITULACIÓN DE LICENCIATURA…………………………….. 3-35

II. GRADO DE ESPECIALIDAD Y MAESTRÍA…………………. 36-57

I. TITULACIÓN DE LICENCIATURA

CONTENIDO

Pág.

TÍTULO PRIMERO. DE LAS INDICACIONES Y OPCIONES DE TITULACIÓN. 6 CAPÍTULO I. DE LAS INDICACIONES……………………………………….. 6 CAPÍTULO II. DE LAS OPCIONES….…………………………………………… 7 TÍTULO SEGUNDO. DEL INFORME DE TESIS……………..…………………….. 7 CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS………………...…………………. 7 CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO………………………………………… 9 TÍTULO TERCERO. DEL INFORME DE SERVICIO SOCIAL…………..………... 12 CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS…………………………………… 12 CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO………………………………………….. 13 TÍTULO CUARTO. DEL INFORME DE EXPERIENCIA PROFESIONAL……….. 15 CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS…………………………………… 15 CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO………………………………………….. 17 TÍTULO QUINTO. DE LOS CURSOS DE TITULACIÓN……..…………………… 19 CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS…………………………………… 19 CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO………………………………………….. 20 CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN…………………………. 20 CAPÍTULO IV. DE LA EVALUACIÓN..…………………………………………… 21 CAPÍTULO V. DEL PROTOCOLO DE TITULACIÓN………………..…………. 22

Pág. TÍTULO SEXTO. DE LOS ESTUDIOS DE POSGRADO………………………….. 23 CAPÍTULO I. DE LAS INDICACIONES…….…………………………………… 23 CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO………………………………………….. 24 CAPÍTULO III. DE LA PERTINENCIA DE ESTUDIOS DE POSGRADO..…… 24 CAPÍTULO IV. DEL PROTOCOLO DE TITULACIÓN…………….……………. 25 TÍTULO SÉPTIMO. DEL EXAMEN GENERAL DE CONOCIMIENTOS………… 26 CAPÍTULO I. DE LA CONCEPTUALIZACIÓN……..…………...……………… 26 CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO………………………………………….. 27 CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD……………………………………..…………. 27 CAPÍTULO IV. DEL JURADO……………………………………...................... 28 CAPÍTULO V. DE LA APLICACIÓN Y EVALUACIÓN…………………....…… 28 CAPÍTULO VI. DEL EXAMEN CENEVAL………………………………………… 29 CAPÍTULO VII. DEL PROTOCOLO DE TITULACIÓN…………………………. 29 TÍTULO OCTAVO. DEL EXAMEN PROFESIONAL………………………………. 30 CAPÍTULO I. DE LAS INDICACIONES………...……………………………… 30 CAPÍTULO II. DE LA SOLICITUD Y AUTORIZACIÓN ………………………. 31 CAPÍTULO III. DEL JURADO…………………………………………………….. 32 CAPÍTULO IV. DE LAS ETAPAS………………………………………………… 32 CAPÍTULO V. DEL PROCEDIMIENTO DEL EXAMEN……………………….. 33 CAPÍTULO VI. DE LA DELIBERACIÓN Y DICTAMEN………………………… 33 CAPÍTULO VII. DEL ACTA, TOMA DE PROTESTA Y CLAUSURA………..….. 35

Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

TÍTULO PRIMERO. DE LAS INDICACIONES Y OPCIONES DE TITULACIÓN

CAPÍTULO I. DE LAS INDICACIONES

Art. 1°. El procedimiento para obtener el título de licenciatura, sitúa al estudiante

en experiencia de aprendizaje determinante en su formación, permitiendo a la

institución educativa valorar la integración de los aprendizajes logrados en los

diferentes fragmentos del plan de estudios y constatar la capacidad del

sustentante para aplicar los conocimientos adquiridos y valorar su criterio

profesional.

Art. 2°. La obtención del título de licenciatura sirve de base para que la institución

educativa apruebe el inicio del ejercicio profesional; constituyendo para el

estudiante la culminación de sus actividades escolares para este nivel.

Art. 3°. Para iniciar el procedimiento para obtener el título de licenciatura, el

sustentante debe cumplir los siguientes requisitos:

1. Haber acreditado todas las asignaturas del plan de estudios vigente.

2. Haber cumplido con el servicio social y las prácticas profesionales en los

términos que indiquen los reglamentos.

3. Haber acreditado el dominio del idioma inglés.

4. Haber acreditado las actividades extraescolares, académicas y culturales.

5. Cumplir con las indicaciones y procedimientos establecidos en la institución.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

CAPÍTULO II. DE LAS OPCIONES

Art. 4°. Las opciones para obtener el título profesional de licenciatura son:

1. Informe de tesis.

2. Informe de servicio social.

3. Informe de experiencia profesional.

4. Cursos de titulación.

5. Estudios de posgrado.

6. Examen general de conocimientos.

TÍTULO SEGUNDO. DEL INFORME DE TESIS

CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS

Art. 5°. El informe de tesis es una disertación escrita derivada de una

investigación que deberá versar sobre temas y propuestas originales del

conocimiento o sobre su ampliación, perfeccionamiento, cuestionamiento o

aplicación en el área científica o técnica de la profesión de los egresados.

Art. 6°. El informe de tesis de licenciatura podrá realizarse en forma individual y

cuando lo justifique la naturaleza del tema colectiva, con un enfoque disciplinario o

multidisciplinario, el número máximo de participantes es de tres estudiantes.

Art. 7°. El informe de tesis se elabora aplicando la metodología científica y las

indicaciones del manual de publicaciones de esta universidad.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

Art. 8º. El informe de tesis se estructura con los siguientes elementos:

1. De Identificación:

a) Nombre y escudo de la Universidad Mundo Maya.

b) Título del informe de tesis.

c) Mención de ser un informe de tesis.

d) Mención del título, ejemplo: Para obtener el título de _________

e) Identificación del Acuerdo de Reconocimiento de Validez Oficial de

Estudios.

f) Nombre del sustentante.

g) Lugar, mes y año de presentación de la tesis.

2. De contenido:

a) Autorización de impresión, expedido por la dirección académica.

b) Índice.

c) Resumen y abstract.

d) Palabras claves.

e) Introducción (problema, justificación y objetivos).

f) Marco teórico-conceptual.

g) Metodología.

h) Resultados.

i) Conclusiones.

j) Apéndices (en su caso).

k) Referencias.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

CAPITULO II. DEL PROCEDIMIENTO

Art. 9°. El procedimiento para elaborar y revisar el informe de tesis comprende las

siguientes etapas:

1. Solicitar inicio de procedimiento y nombramiento de asesor.

2. Elaborar, revisar y autorizar protocolo de investigación.

3. Desarrollar investigación y elaborar informe de tesis.

4. Revisar y corregir informe de tesis.

5. Imprimir y difundir informe de tesis.

Art. 10º. Solicitar a la dirección de servicios escolares con copia a la dirección

académica inicio del procedimiento para obtener el título de licenciatura por la

opción informe de tesis, anexando la siguiente documentación:

1. Certificado de estudios profesionales.

2. Constancia de prácticas profesionales.

3. Constancia de prestación del servicio social.

4. Constancia de acreditación del idioma inglés.

5. Constancia de actividades académicas.

6. Constancia de actividades culturales.

7. Constancia de actividades extraescolares.

8. Recibo de pago de derechos y carta compromiso de pagos.

Art. 11°. Durante la elaboración del informe de tesis, el egresado estará sujeto a la

dirección y supervisión de un asesor nombrado por la dirección académica,

considerando los siguientes requisitos:

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

1. Ser miembro activo del personal docente de esta Universidad.

2. Tener tres años de experiencia docente en el nivel superior.

3. Tener el título o grado académico afín al del egresado.

4. Tener interés y experiencia en el trabajo a desarrollar.

Art. 12°. El asesor orientará, dirigirá y supervisará el trabajo durante todo el

proceso de elaboración y revisión del informe de tesis y formará parte del jurado.

Art. 13°. El protocolo de investigación integra los siguientes apartados:

Planteamiento de la investigación, evaluación de la investigación y del estudiante

investigador, diseño de la investigación, plan de trabajo y presupuesto de la

investigación.

Art. 14º. Durante la formulación del protocolo de investigación y la revisión del

asesor se consideran los siguientes elementos:

1. Validez del planteamiento de la investigación y su importancia, justificación

y beneficios.

2. Precisión del diseño, del plan de trabajo y del presupuesto de la

investigación.

Art. 15°. El periodo de elaboración del informe de tesis es de seis meses; sí

transcurrido este lapso, el egresado no ha concluido con el informe, la dirección

académica analizará su avance y podrá autorizar una prórroga de un mes más; si

terminado este último plazo no se presenta el informe para su revisión, el

egresado deberá iniciar por segunda vez el procedimiento.

Art. 16º. El jurado se integrará por un presidente, un vocal y un secretario

nombrados por la dirección académica, de acuerdo con los siguientes requisitos:

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

1. Ser miembros activos del personal docente de esta institución.

2. Tener tres años de experiencia docente en el nivel superior.

3. Poseer el grado académico afín al del sustentante.

Art. 17°. Las funciones del jurado son:

1. Fungir como jurado revisor del informe de tesis.

2. Fungir como sinodal del examen.

3. Presidir el examen profesional y elaborar, autentificar y autorizar el acta

de examen.

Art. 18°. Entregar a la dirección académica con la aprobación del asesor tres

tantos impresos y uno electrónico del informe de tesis, quien los turnará para

revisión a cada miembro del jurado.

Art. 19°. El jurado tendrá un plazo de quince días a partir de la fecha de recepción

del informe de tesis; si existen modificaciones y/o correcciones, estas se realizarán

por única vez en un plazo de treinta días; su dictamen puede ser favorable o no

favorable.

Art. 20º. Para revisar estructura y aplicación de normas de estilo de publicación;

entregar a la dirección académica con el dictamen favorable del jurado un tanto

impreso y uno electrónico del informe de tesis; si existen correcciones, estas se

realizarán en un periodo de ocho días.

Art. 21º. Con los dictámenes favorables, la dirección académica expide oficio de

autorización para impresión, publicación y presentación en examen profesional.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

TÍTULO TERCERO. DEL INFORME DE SERVICIO SOCIAL

CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS

Art. 22°. El informe del servicio social describe y evalúa las actividades, resultados

y aprendizajes obtenidos en la realización del servicio social.

Art. 23°. El egresado que opte por la opción informe de servicio social debe

cumplir con los siguientes requisitos:

1. Que el servicio social se haya realizado de conformidad a la

reglamentación vigente.

2. Que el servicio social sea congruente con los conocimientos adquiridos

durante la formación escolar y que contribuya al desarrollo profesional

del sustentante.

3. Que el servicio social haya contribuido al análisis y solución de

problemas específicos, así como la obtención de un beneficio social.

Art. 24°. El informe de servicio social se elabora en forma individual, considerando

los siguientes elementos:

1. De Identificación:

a) Nombre y escudo de la Universidad Mundo Maya.

b) Título del informe de servicio social.

c) Mención de ser un informe de servicio social.

d) Mención del título, ejemplo: Para obtener el título de _________.

e) Identificación del Acuerdo de Reconocimiento de Validez Oficial de

Estudios.

f) Nombre del sustentante.

g) Lugar, mes y año de presentación del informe.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

2. De contenido:

a) Autorización de impresión, expedido por la dirección académica.

b) Índice.

c) Introducción (problemas o situaciones abordadas, objetivos alcanzados

y descripción de las acciones realizadas).

d) Métodos y recursos empleados.

e) Resultados alcanzados.

f) Conclusiones.

g) Apéndices (en su caso).

h) Referencias.

CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO

Art. 25°. El procedimiento para elaborar y revisar el informe de servicio social

comprende las siguientes etapas:

1. Solicitar inicio de procedimiento y nombramiento de asesor.

2. Elaborar, revisar y autorizar protocolo.

3. Elaborar informe de servicio social.

4. Revisar y corregir informe.

5. Imprimir y difundir informe.

Art. 26º. Solicitar a la dirección de servicios escolares con copia a la dirección

académica el inicio de procedimiento para obtener el título profesional por la

opción informe de servicio social, anexando la siguiente documentación:

1. Certificado de estudios profesionales.

2. Constancia de prácticas profesionales.

3. Constancia de prestación del servicio social.

4. Constancia de acreditación del idioma inglés.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

5. Constancia de actividades académicas.

6. Constancia de actividades culturales.

7. Constancia de actividades extraescolares.

8. Recibo de pago de derechos y carta compromiso de pagos.

Art. 27. Durante la elaboración del informe de servicio social, el egresado estará

sujeto a la dirección y supervisión de un asesor nombrado por la dirección

académica, considerando los siguientes requisitos:

1. Ser miembro activo del personal docente de esta Universidad.

2. Tener tres años de experiencia docente en el nivel superior.

3. Tener el título o grado académico afín al del egresado.

4. Tener interés y experiencia en el trabajo a desarrollar.

Art. 28°. El asesor orientará, dirigirá y supervisará el trabajo durante todo el

proceso de elaboración y revisión del informe de servicio social y formará parte del

jurado.

Art. 29°. El periodo para elaborar el informe del servicio social es de tres meses

contados a partir de la fecha de la solicitud; si una vez transcurrido este plazo, el

egresado no ha concluido con el informe, la dirección académica analizará su

avance y podrá autorizar solamente una prórroga de un mes. Si una vez terminado

este último plazo no se presenta el informe para su revisión, el egresado deberá

iniciar nuevamente el procedimiento.

Art. 30º. El jurado se integrará por un presidente, un vocal y un secretario, es

nombrado por la dirección académica, considerando los siguientes requisitos:

1. Ser miembro activo del personal docente de esta institución.

2. Tener tres años de experiencia docente en el nivel superior.

3. Poseer el título o grado académico afín al del sustentante

Art. 31°. Funciones del jurado:

1. Fungir como jurado revisor del informe de tesis.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

2. Fungir como sinodal del examen.

3. Elaborar, autentificar y autorizar el acta de examen profesional.

Art. 32°. Con la aprobación del asesor se entregará tres tantos impresos y uno

electrónico a la dirección académica quien los turnará para revisión a cada

miembro del jurado.

Art. 33°. El jurado tendrá un plazo de quince días a partir de la fecha de recepción

del informe de servicio social; si existen modificaciones y/o correcciones, estas se

realizarán en un plazo de quince días; el dictamen puede ser favorable o no

favorable.

Art. 34º. Para revisar estructura y aplicación de normas de estilo de publicación;

entregar a la dirección académica con el dictamen favorable del jurado un tanto

impreso y uno electrónico del informe de servicio social; si existen correcciones,

estas se realizarán en un periodo de ocho días.

Art. 35º. Con el dictamen favorable, la dirección académica expide oficio de

autorización para impresión, publicación y presentación en examen profesional.

TÍTULO CUARTO. DEL INFORME DE EXPERIENCIA PROFESIONAL

CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS

Art. 36°. El informe de experiencia profesional describe y evalúa las experiencias

laborales del sustentante en actividades propias de su formación académica,

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

demostrando la integración de los aprendizajes del programa académico y las

actividades profesionales.

Art. 37°. Para optar por la opción de informe de experiencia profesional, el

egresado debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. Haberse desempeñado laboralmente en alguna área donde aplique

conocimientos adquiridos en su formación profesional cuando menos

durante dos años.

2. El informe de experiencia profesional deberá ser avalado por la empresa

u organismo donde se realiza o realizaron las actividades profesionales;

si éstas se realizaron de manera independiente, habrá de acompañarse

con la documentación necesaria para su constatación.

Art. 38°. Los elementos estructurales del informe de experiencia profesional son:

1. De Identificación:

a) Nombre y escudo de la Universidad Mundo Maya.

b) Título del informe de experiencia profesional.

c) Mención de ser un informe de experiencia profesional.

d) Mención del título, ejemplo: Para obtener el título de _________.

e) Identificación del Acuerdo de Reconocimiento de Validez Oficial de

Estudios.

f) Nombre del sustentante.

g) Lugar, mes y año de presentación del informe.

2. De Contenido.

a) Autorización de impresión expedida por la dirección académica.

b) Índice.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

c) Introducción (problema o situación abordada, justificación y descripción

de las acciones realizadas).

d) Métodos y recursos empleados.

e) Resultados alcanzados.

f) Conclusiones.

g) Apéndices (en su caso).

h) Referencias.

CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO

Art. 39°. El procedimiento para elaborar y revisar el informe de experiencia

profesional comprende las siguientes etapas:

1. Solicitar inicio de procedimiento y nombramiento de asesor.

2. Elaborar, revisar y autorizar protocolo.

3. Elaborar informe de experiencia profesional.

4. Revisar y corregir informe.

5. Imprimir y difundir informe.

Art. 40º. Solicitar a la dirección de servicios escolares con copia a la dirección

académica el inicio de procedimiento para obtener el título profesional por la

opción informe de experiencia profesional, anexando la siguiente documentación:

1. Certificado de estudios profesionales.

2. Constancia de prácticas profesionales.

3. Constancia de prestación del servicio social.

4. Constancia de acreditación del idioma inglés.

5. Constancia de actividades académicas.

6. Constancia de actividades culturales.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

7. Constancia de actividades extraescolares

8. Recibo de pago de derechos y carta compromiso de pagos.

Art. 41°. Durante la elaboración del informe de experiencia profesional, el

egresado estará sujeto a la dirección y supervisión de un asesor nombrado por la

dirección académica, considerando los siguientes requisitos:

1. Ser miembro activo del personal docente de esta Universidad.

2. Tener tres años de experiencia docente en el nivel superior.

3. Tener el título profesional afín al del egresado.

4. Tener interés y experiencia en el trabajo a desarrollar.

Art. 42°. El asesor orientará, dirigirá y supervisará el trabajo durante todo el

proceso de elaboración y revisión del informe de experiencia profesional y formará

parte del jurado.

Art. 43°. El periodo para elaborar el informe de experiencia profesional es de tres

meses contados a partir de la fecha de la solicitud; si una vez transcurrido este

plazo, el egresado no ha concluido con el informe, la dirección académica

analizará su avance y podrá autorizar solamente una prórroga de un mes; si una

vez terminado este último plazo no se presenta el informe para su revisión, el

egresado deberá iniciar nuevamente el procedimiento.

Art. 44º. El jurado se integrará por un presidente, un vocal y un secretario

nombrados por la dirección académica, considerando los siguientes requisitos:

1. Ser miembro activo del personal docente de esta institución.

2. Tener tres años de experiencia docente en el nivel superior.

3. Poseer el título o grado académico afín al del sustentante.

Art. 45°. Funciones del jurado:

1. Fungir como jurado revisor del informe de tesis.

2. Fungir como sinodal del examen.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

3. Elaborar, autentificar y autorizar el acta de examen profesional.

Art. 46°. Con la aprobación del asesor se entregará tres tantos impresos y uno

electrónico a la dirección académica quien los turnará para revisión a cada

miembro del jurado.

Art. 47°. El jurado tendrá un plazo de quince días a partir de la fecha de recepción

del informe de experiencia profesional; si existen modificaciones y/o correcciones,

estas se realizarán en un plazo de quince días; el dictamen puede ser favorable o

no favorable

Art. 48º. Para revisar estructura y aplicación de normas de estilo de publicación;

entregar a la dirección académica con el dictamen favorable del jurado un tanto

impreso y uno electrónico del informe de experiencia profesional; si existen

correcciones, estas se realizarán en un periodo de ocho días.

Art. 49º. Con el dictamen favorable, la dirección académica expide oficio de

autorización para impresión, publicación y presentación en examen profesional.

TÍTULO QUINTO. DE LOS CURSOS DE TITULACIÓN

CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS

Art. 50°. El egresado de licenciatura podrá obtener el título profesional al acreditar

tres cursos de titulación, estos pueden ser disciplinarios o multidisciplinarios.

Art. 51º. La dirección académica determinará, coordinará y supervisará el

desarrollo de los cursos de titulación.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

Art. 52º. Los cursos de titulación cubrirán tres áreas del conocimiento (módulos),

considerando las siguientes indicaciones:

Módulos Horas

Créditos Docentes Independientes

Módulo 1 32 64 6

Módulo 2 32 64 6

Módulo 3 32 64 6

Total 96 192 18

CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO

Art. 53°. El procedimiento para obtener el título de licenciatura por la opción

cursos de titulación, comprende las siguientes etapas:

1. Solicitar inscripción a cursos.

2. Desarrollo de cursos.

3. Evaluación de cursos.

4. Protocolo de titulación.

CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

Art. 54. Solicitar inscripción a cursos para obtener el título de licenciatura a la

dirección de servicios escolares con copia a la dirección académica, anexando la

siguiente documentación:

1. Certificado de estudios profesionales.

2. Constancia de prácticas profesionales.

3. Constancia de prestación del servicio social.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

4. Constancia de acreditación del idioma inglés.

5. Constancia de actividades académicas.

6. Constancia de actividades culturales.

7. Constancia de actividades extraescolares.

8. Recibo de pago de derechos y carta compromiso de pagos.

Art. 55º. Los cursos para obtener el título de licenciatura se impartirán por

docentes especialistas en las áreas de conocimientos, nombrados por la dirección

académica, considerando los siguientes requisitos:

1. Tener el grado académico afín al de los sustentantes.

2. Tener tres años de experiencia en labores docentes en el nivel superior.

3. Tener cinco años de experiencia profesional.

CAPÍTULO IV. DE LA EVALUACIÓN

Art. 56º. La evaluación de cada módulo se realiza mediante examen escrito y

elaboración y entrega de trabajos de investigación, de acuerdo a los siguientes

porcentajes:

- Examen escrito 25%

- Trabajos de investigación 75%

Art. 57º. Para tener derecho a presentar examen y evaluación del trabajo de

investigación, el estudiante debe cubrir 90% de asistencias en cada módulo.

Art. 58º. La calificación mínima aprobatoria de cada módulo es de ocho (8.0);

equivalente a 80%.

Art. 59º. Los resultados de evaluación se autentifican en acta de examen,

registrando asistencias y calificaciones obtenidas.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

Art. 60º. Los trabajos de investigación son documentos inéditos, elaborados por

cada estudiante con la aplicación de la metodología científica y las indicaciones

del manual de publicaciones de esta institución; pueden ser: Manuales

monográficos, ensayos o antologías de todos los temas del programa de estudios

o investigaciones aplicadas.

Art. 61º. Por la naturaleza de los trabajos de investigación, podrán elaborarse en

forma individual o por equipos de hasta tres estudiantes.

CAPÍTULO V. DEL PROTOCOLO DE TITULACIÓN

Art. 62°. Acreditados los cursos de titulación con promedio mínimo de ocho, se

solicita a la dirección de servicios escolares con copia a la dirección académica,

protocolo de titulación, anexando los siguientes documentos:

1. Constancia de evaluación de cursos de titulación expedida por la

dirección de servicios escolares.

2. Recibo de pago de derechos.

3. Y, los documentos complementarios que indique esta institución.

Art. 63º. La titulación por cursos de titulación se formalizará en ceremonia de

protocolización ante un jurado integrado por un presidente, un vocal y un

secretario nombrados por la dirección académica, considerando los siguientes

requisitos:

1. Ser miembro activo del personal docente de esta institución.

2. Tener tres años de experiencia en labores docentes de nivel superior.

3. Poseer título o grado afín al del sustentante.

Art. 64°. El secretario del jurado elabora el acta, verifica su autenticidad y da

lectura para darla a conocer al sustentante.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

Art. 65°. El presidente del jurado solicita al sustentante de lectura en voz alta con

el brazo derecho extendido la protesta y juramento profesional, que a la letra dice:

“Protesto:

Cumplir con eficiencia y honestidad las encomiendas que el título de

licenciado en ____me confiere; contribuyendo y participando con

aportaciones y acciones que sean de bienestar para la sociedad. --- Si así

no lo hiciere --- que la sociedad y la Universidad Mundo Maya me lo

demanden”.

Art. 66°. El presidente levanta la sesión y clausura el acto.

TÍTULO SEXTO. DE LOS ESTUDIOS DE POSGRADO

CAPÍTULO I. DE LAS INDICACIONES

Art. 67º. El egresado de licenciatura podrá obtener el título al cursar estudios de

posgrado que reúnan los siguientes requisitos:

1. Tener afinidad directa de contenido con los que realizó el egresado.

2. Contar con validez oficial en la República Mexicana, ya bien sea porque

se impartan en una institución cuyo estatuto jurídico le concede tal

característica a los estudios que en ella se realizan; o bien, porque se

haya obtenido para el programa, el reconocimiento de validez de un

organismo del estado facultado para otorgarlo.

Art. 68°. El egresado de licenciatura podrá obtener el título al cursar alguno de los

siguientes estudios de posgrado:

23

Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

1. Especialidad, estudios totales, equivalente a un mínimo de 45 créditos.

2. Maestría, haber acreditado un mínimo de 45 créditos.

CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO

Art. 69°. El procedimiento para obtener el título de licenciatura por la opción

estudios de posgrado, comprende las siguientes etapas:

1. Solicitar autorización de pertinencia.

2. Realizar estudios de posgrado.

3. Protocolo de titulación.

CAPÍTULO III. DE LA PERTINENCIA DE ESTUDIOS DE POSGRADO

Art. 70°. Previo a realizar estudios de posgrado con fines de obtener el título, el

egresado solicitará autorización de pertinencia a la dirección académica,

anexando de los estudios de posgrado que se pretende realizar, la siguiente

documentación:

1. Plan de estudios legalizado, que indiquen registro de validez oficial de

estudios, ciclos escolares, asignaturas y créditos.

2. Periodos escolares en que se cursarán los estudios.

3. Días y horarios de clases (autentificados).

4. Nombre y localización de la institución promotora de los estudios de

posgrado.

5. Recibo de pago de derechos.

24

Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

Art. 71°. Si el resultado emitido por la dirección académica es favorable; el

egresado podrá realizar los estudios con fines de obtener el título; si el resultado

es no favorable, el egresado debe optar por otra opción de estudios de posgrado.

CAPÍTULO IV. DEL PROTOCOLO DE TITULACIÓN

Art. 72°. Acreditados los estudios de posgrado con promedio mínimo de ocho,

solicitar a la dirección de servicios escolares con copia a la dirección académica,

protocolo de titulación, anexando los siguientes documentos:

1. Certificado legalizado de estudios profesionales.

2. Constancia de prácticas profesionales.

3. Constancia del servicio social.

4. Certificado legalizado de estudios de posgrado (acreditando las

asignaturas con calificaciones, mínimas de ocho).

5. Constancia de acreditación del idioma inglés.

6. Constancia de actividades académicas.

7. Constancia de actividades culturales.

8. Constancia de actividades extraescolares.

9. Constancia de autorización de pertinencia de estudios de posgrado,

expedida por la dirección académica.

10. Recibo de pagos de derechos.

11. Y, los documentos complementarios que indique esta institución.

Art. 73º. La titulación por estudios de posgrado se formalizará en ceremonia de

protocolización ante un jurado integrado por un presidente, un vocal y un

secretario nombrados por la dirección académica, considerando los siguientes

requisitos:

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

1. Ser miembro activo del personal docente de esta institución.

2. Tener tres años de experiencia en labores docentes de nivel superior.

3. Poseer título o grado afín al del sustentante.

Art. 74°. El secretario del jurado elabora el acta, verifica su autenticidad y da

lectura para darla a conocer al sustentante.

Art. 75°. El presidente del jurado solicita al sustentante de lectura en voz alta con

el brazo derecho extendido la protesta y juramento profesional, que a la letra dice:

“Protesto:

Cumplir con eficiencia y honestidad las encomiendas que el título de

licenciado en ____me confiere; contribuyendo y participando con

aportaciones y acciones que sean de bienestar para la sociedad. --- Si así

no lo hiciere --- que la sociedad y la Universidad Mundo Maya me lo

demanden”.

Art. 76°. El presidente levanta la sesión y clausura el acto.

TÍTULO SÉPTIMO. DEL EXAMEN GENERAL DE CONOCIMIENTOS

CAPÍTULO I. DE LA CONCEPTUALIZACIÓN

Art. 77°. El examen general de conocimientos es una prueba escrita diseñada

para evaluar conocimientos y habilidades cognitivas de los egresados de un

programa académico de licenciatura.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

Art. 78°. El examen general de conocimientos es una muestra representativa de

todas las áreas del programa académico; se integrará con quinientas preguntas,

60% sobre conocimientos y 40% sobre habilidades cognitivas:

1. Las preguntas de conocimientos miden y evalúan la capacidad para

recordar teorías, generalizaciones e información específica.

2. Las preguntas relacionadas con habilidades cognitivas, evalúan la

capacidad para organizar y reorganizar la información e interpretar,

relacionar y aplicar los conocimientos en la solución de problemas

concretos.

3. Y, los documentos complementarios que indique esta institución.

CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO

Art. 79°. El procedimiento para obtener el título por la opción de titulación examen

general de conocimientos, comprende las siguientes etapas:

1. Solicitud del examen.

2. Nombramiento de jurado y elaboración del examen.

3. Aplicación y evaluación del examen.

4. Protocolo de titulación.

CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD

Art. 80º. Solicitar a la dirección de servicios escolares con copia a la dirección

académica aplicación de examen de conocimientos generales como opción de

titulación profesional, anexando la siguiente documentación:

1. Certificado de estudios profesionales.

2. Constancia de prácticas profesionales.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

3. Constancia de prestación del servicio social.

4. Constancia de acreditación del idioma inglés.

5. Constancia de actividades académicas.

6. Constancia de actividades culturales.

7. Constancia de actividades extraescolares.

8. Recibo de pago de derechos.

CAPÍTULO IV. DEL JURADO

Art. 81°. El examen general de conocimientos será formulado, aplicado,

supervisado y evaluado por un jurado integrado por un presidente, un vocal y un

secretario nombrados por la dirección académica, de acuerdo con los siguientes

requisitos:

1. Ser miembro activo del personal docente de esta Universidad.

2. Tener tres años de experiencia en labores docentes del nivel superior.

3. Poseer título de licenciatura afín al del sustentante.

Art. 82°. El examen general de conocimientos se formulará por los miembros del

jurado y será validado por la dirección académica.

Art. 83°. Las preguntas del examen general de conocimientos se formulan

considerando diversas alternativas de respuestas.

CAPÍTULO V. DE LA APLICACIÓN Y EVALUACIÓN

Art. 84°. El examen se aplica en tres sesiones de cuatro horas de duración; en

cada sesión se evalúan distintas áreas del conocimiento.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

Art. 85°. Los resultados del examen general de conocimientos se asentarán y

autentificarán por los miembros del jurado en acta, registrando número de aciertos

y calificación obtenida.

Art. 86°. Para acreditar el examen general de conocimientos su resultado global

debe ser igual o superior a 80% de aciertos, equivalente a ocho (8.0) de

calificación.

Art. 87º. El examen general de conocimientos se aprueba con mención honorífica

si se cumple con los siguientes requisitos:

1. El resultado del examen general de conocimientos es de 90% de aciertos,

equivalente a (9.0) nueve o más de calificación.

2. Que todas sus materias hayan sido aprobadas en primera oportunidad.

3. El promedio general de sus estudios profesionales es de nueve o superior.

CAPÍTULO VI. DEL EXAMEN CENEVAL

Art. 88°. El estudiante que presente el examen general para el egreso, aplicado

por el Centro Nacional de Evaluación para la Educación Superior (CENEVAL) y

obtenga una puntuación superior a mil (1000) puntos en cada una de las áreas

evaluadas, acreditará su examen general de conocimientos con opción de

titulación; para tal efecto, deberá presentar a la dirección académica el testimonio

de desempeño autentificado y ratificado por el CENEVAL.

CAPÍTULO VII. DEL PROTOCOLO DE TITULACIÓN

Art. 89°. Aprobado el examen general de conocimientos con promedio de ocho, se

solicita a la dirección de servicios escolares con copia a la dirección académica,

protocolo de titulación, anexando los siguientes documentos:

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

1. Constancia de aprobación del examen general de conocimientos o

constancia expedida por CENEVAL.

2. Recibo de pago de derechos.

Art. 90º. La titulación se formalizará en ceremonia de protocolización ante el

jurado que aplicó el examen general de conocimientos.

Art. 91°. El secretario del jurado elabora el acta, verifica su autenticidad y da

lectura para darla a conocer al sustentante.

Art. 92°. El presidente del jurado solicita al sustentante de lectura en voz alta con

el brazo derecho extendido la protesta y juramento profesional, que a la letra dice:

“Protesto:

Cumplir con eficiencia y honestidad las encomiendas que el título de licenciado

en ____me confiere; contribuyendo y participando con aportaciones y acciones

que sean de bienestar para la sociedad. --- Si así no lo hiciere --- que la

sociedad y la Universidad Mundo Maya me lo demanden”.

Art. 93°. El presidente levanta la sesión y clausura el acto.

TÍTULO OCTAVO. DEL EXAMEN PROFESIONAL

CAPÍTULO I. DE LAS CONSIDERACIONES

Art. 94°. El examen profesional es la última prueba que el egresado debe

sustentar para obtener el título de licenciatura; es público y se aplica para las

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

opciones informe de tesis, informe de servicio social e informe de experiencia

profesional.

Art. 95°. El procedimiento del examen profesional, comprende las siguientes

etapas:

1. Solicitud y autorización.

2. Nombramiento del jurado.

3. Examen profesional.

CAPÍTULO II. DE LA SOLICITUD Y AUTORIZACIÓN

Art. 96°. Solicitar a la dirección de servicios escolares con copia a la dirección

académica, celebración de examen profesional, anexando los siguientes

documentos:

1. Oficio de autorización de impresión, publicación y presentación de

examen profesional expedido por la dirección académica.

2. El número de tantos impresos del trabajo de investigación que indique la

dirección académica.

3. Recibo de pago de derechos.

4. Y, demás documentos que le indique la dirección de servicios escolares.

Art. 97º. La dirección académica autorizará la celebración del examen e indicará

por escrito al jurado y al sustentante la fecha, hora y lugar de presentación del

examen profesional.

31

Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

CAPÍTULO III. DEL JURADO

Art. 98º. El jurado se integra por un presidente, un vocal y un secretario y será el

mismo que fungió como revisor del informe de tesis, informe de servicio social o

informe de experiencia profesional.

Art. 99°. El examen profesional iniciará a la hora señalada para tal efecto, los

integrantes del jurado se reunirán quince minutos antes de la hora en las oficinas

que ocupa la dirección académica para que su titular instale formalmente el sínodo

y estos reciban la documentación correspondiente.

Art. 100°. Si por la ausencia de uno o más miembros no se integra el jurado del

examen profesional a la hora señalada, se prorrogará la espera hasta por treinta

minutos; si una vez transcurrido se presenta la misma situación, el examen es

suspendido y se celebrará hasta la fecha que autorice la dirección académica.

CAPÍTULO IV. DE LAS ETAPAS

Art. 101°. El examen profesional se realiza de acuerdo a las siguientes etapas:

1. Instalación solemne de la sesión.

2. Indicación del procedimiento.

3. Desarrollo del examen.

4. Deliberación.

5. Formulación del dictamen.

6. Elaboración y autentificación del acta del examen.

7. Lectura del acta del examen.

8. Toma de protesta y juramento profesional.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

9. Clausura del acto.

Art. 102°. El presidente del jurado indicará los motivos de la reunión, instalará

solemnemente la sesión y señalará el procedimiento del examen.

CAPÍTULO V. DEL PROCEDIMIENTO DEL EXAMEN

Art. 103°. El examen profesional se desarrolla de acuerdo al siguiente

procedimiento:

1. En un lapso no mayor de treinta minutos el sustentante expondrá en

forma sintetizada los elementos fundamentales de su trabajo.

2. Cada miembro del jurado dispondrá de un lapso no mayor de treinta

minutos para efectuar el cuestionamiento, considerando el siguiente

orden: secretario, vocal y presidente.

3. El cuestionamiento versará principalmente sobre el contenido del trabajo

y conocimientos relacionados con el mismo.

4. Terminado el cuestionamiento el presidente solicitará al sustentante salir

de la sala para que el jurado delibere y emita su dictamen.

CAPÍTULO VI. DE LA DELIBERACIÓN Y DICTAMEN

Art. 104°. La deliberación del jurado será en secreto y su dictamen será

inapelable.

Art. 105°. Para emitir el dictamen, el jurado considerará los siguientes elementos:

1. Historial académico del sustentante.

2. Amplitud y profundidad de los conocimientos presentados.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

3. Dominio de los conocimientos y aplicación racional en las respuestas.

4. Calidad de la exposición.

5. Calidad en metodología, estructura, y presentación del trabajo

profesional.

Art. 106°. El dictamen puede manifestar cualquiera de los siguientes resultados:

1. Aprobado con mención honorífica.

2. Aprobado.

3. Suspendido.

Art. 107°. Se aprueba con mención honorífica cuando todos los miembros del

jurado acepten que el sustentante reúne los siguientes requisitos.

1. Durante la carrera no presentó ningún examen extraordinario.

2. El promedio general de sus estudios profesionales es superior a nueve.

3. El trabajo profesional es excepcional por su contenido, estructura y

presentación.

4. La exposición resultó satisfactoria.

5. Las respuestas al cuestionamiento son válidas, realistas y objetivas.

Art. 108º. La mención honorífica se otorgará en un diploma por separado.

Art. 109°. El dictamen es de aprobado cuando dos o más miembros del jurado

aceptan que el sustentante reúne los siguientes requisitos:

1. El trabajo presentado es de alta calidad por su contenido, estructura y

presentación.

2. La exposición es generalmente aceptable.

3. Las respuestas al cuestionamiento son válidas, realistas y objetivas.

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Universidad Mundo Maya Titulación de Licenciatura

Art. 110°. El examen profesional es suspendido cuando dos o más miembros del

jurado no dan su voto aprobatorio.

Art. 111°. El sustentante que no apruebe el examen profesional en la primera

oportunidad, tendrá solamente una segunda oportunidad en la fecha y hora que

autorice la dirección académica; cumpliendo para tal efecto con los requerimientos

y trámites correspondientes.

Art. 112°. El sustentante que no apruebe el examen profesional en dos

oportunidades, solicitará otra opción, cumpliendo para tal efecto con los

reglamentos y disposiciones vigentes de esta institución y de la dirección

académica.

CAPÍTULO VII. DEL ACTA, TOMA DE PROTESTA Y CLAUSURA

Art. 113°. El secretario del jurado elabora el acta, verifica su autenticidad y le da

lectura para darla a conocer al sustentante.

Art. 114°. El presidente del jurado solicita al sustentante de lectura en voz alta con

el brazo derecho extendido la protesta y juramento profesional, que a la letra dice:

“Protesto:

Cumplir con eficiencia y honestidad las encomiendas que el título de

licenciado en ____me confiere; contribuyendo y participando con

aportaciones y acciones que sean de bienestar para la sociedad. --- Si así

no lo hiciere --- que la sociedad y la Universidad Mundo Maya me lo

demanden”.

Art. 115°. El presidente levanta la sesión y clausura el acto.

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II. GRADO DE

ESPECIALIDAD Y MAESTRÍA

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CONTENIDO

Pág. TÍTULO PRIMERO. DE LOS PROPÓSITOS Y REQUISITOS……………………. 39 CAPÍTULO I. DE LOS PROPÓSITOS………………………………………….. 39 CAPÍTULO II. DE LOS REQUISITOS…………………………………………… 39 CAPÍTULO III DE LAS OPCIONES PARA OBTENER EL GRADO DE

ESPECIALIDAD O MAESTRÍA…………………………………. 40 TÍTULO SEGUNDO. DEL INFORME DE TESIS………………………………….. 40 CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS………………...…………………. 40 CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR Y REVISAR

INFORME DE TESIS……………………………………………… 42 CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD DE INICIO DE PROCEDIMIENTO………. 42 CAPÍTULO IV. DEL ASESOR.…………………………………………………….. 43 CAPÍTULO V. DE LA ELABORACIÓN Y REVISIÓN DEL PROTOCOLO…... 43 CAPÍTULO VI. DE LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE TESIS….……….. 44 CAPÍTULO VII. DEL JURADO…………………………………………………….. 44 CAPÍTULO VIII. DE LA REVISIÓN Y CORRECIÓN……….……………………. 44 CAPÍTULO IX. DE LA IMPRESIÓN Y DIFUSIÓN………………………………. 45 TÍTULO TERCERO. DE LOS CURSOS DE POSGRADO……….………………… 45 CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS…………………………………… 45 CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO………………………………………….. 46 CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN…………………………. 46 CAPÍTULO IV. DE LOS DOCENTES……………………………………………... 47 CAPÍTULO V. DE LA EVALUACIÓN..…………………………………………… 47 CAPÍTULO VI. DE LOS TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN….………………… 48 CAPÍTULO VII. DEL PROTOCOLO PARA OBTENER EL GRADO……………. 48

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Pág. TÍTULO CUARTO. DE LOS ESTUDIOS DE POSGRADO………………………… 49 CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS…………………………………… 49 CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO………………………………………….. 50 CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD DE PERTINENCIA……………………… 50 CAPÍTULO IV. DEL PROTOCOLO PARA OBTENER EL GRADO……………. 51 TÍTULO QUINTO. DEL EXAMEN DE GRADO…...………………………………. 52 CAPÍTULO I. DE LAS CARÁCTERÍSTICAS…….…………...………………… 52 CAPÍTULO II. DEL JURADO…………………………………………………….. 53 CAPÍTULO III. DEL PROCEDIMIENTO………………………………………….. 54 CAPÍTULO IV. DEL DESARROLLO DEL EXAMEN….…………………………. 54 CAPÍTULO V. DE LA DELIBERACIÓN Y DICTAMEN………………………… 55 CAPÍTULO VI. DE LA SUSPENSIÓN DEL EXAMEN…………………………… 56 CAPÍTULO VII. DEL ACTA DE EXAMEN Y TOMA DE PROTESTA………….. 57

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TÍTULO PRIMERO. DE LOS PROPÓSITOS Y REQUISITOS

CAPÍTULO I. DE LOS PROPÓSITOS

Art. 1°. El procedimiento para obtener el grado académico de especialidad o

maestría, sitúa al estudiante en experiencia de aprendizaje determinante en su

formación, permitiendo a la institución educativa valorar la integración de los

aprendizajes logrados en los diferentes fragmentos del plan de estudios y

constatar la capacidad del sustentante para aplicar los conocimientos adquiridos y

valorar su criterio profesional.

Art. 2°. La obtención del grado de especialidad o maestría sirve de base para que

la institución educativa apruebe el inicio del ejercicio profesional; constituyendo

para el estudiante la culminación de sus actividades escolares para este nivel.

CAPÍTULO II. DE LOS REQUISITOS

Art. 3°. Para iniciar el proceso de obtención del grado académico de especialidad

o maestría, el sustentante debe cumplir los siguientes requisitos:

1. Haber acreditado todas las asignaturas del plan de estudios vigente.

2. Haber acreditado el dominio del idioma inglés.

3. Haber acreditado las actividades académicas.

4. Cumplir con las indicaciones y procedimientos establecidos en la institución.

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CAPÍTULO III. DE LAS OPCIONES PARA OBTENER EL GRADO DE ESPECIALIDAD O MAESTRÍA.

Art. 4°. Las opciones para obtener el grado académico de especialidad son: 1. Informe de tesis.

2. Cursos de posgrado.

3. Estudios de posgrado: Estudios de maestría, equivalentes a un mínimo de

45 créditos del plan de estudios.

Art. 5°. Las opciones para obtener el grado académico de maestría son:

1. Informe de tesis.

2. Cursos de posgrado.

3. Estudios de posgrado: Estudios de doctorado, equivalentes a un mínimo de

45 créditos del plan de estudios.

TÍTULO SEGUNDO. DEL INFORME DE TESIS

CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS

Art. 6°. El informe de tesis es una disertación escrita derivada de una

investigación que deberá versar sobre temas y propuestas originales del

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conocimiento o sobre su ampliación, perfeccionamiento, cuestionamiento o

aplicación en el área científica o técnica de la profesión de los egresados.

Art. 7°. El informe de tesis de especialidad o maestría se elabora en forma

individual aplicando la metodología científica y las indicaciones del manual de

publicaciones de esta universidad.

Art. 8º. El informe de tesis se estructura con los siguientes elementos:

1. De Identificación:

a) Nombre y escudo de la Universidad Mundo Maya.

b) Título del informe de tesis.

c) Mención de ser un informe de tesis.

d) Mención del grado, ejemplo: Para obtener el grado de _________

e) Identificación del Acuerdo de Reconocimiento de Validez Oficial de

Estudios.

f) Nombre del sustentante.

g) Lugar, mes y año de presentación de la tesis.

2. De contenido:

a) Autorización de impresión, expedido por la dirección académica.

b) Índice.

c) Resumen y abstract.

d) Palabras claves.

e) Introducción (problema, justificación y objetivos).

f) Marco teórico-conceptual.

g) Metodología.

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h) Resultados.

i) Conclusiones.

j) Apéndices (en su caso).

k) Referencias.

CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO PARA ELABORAR Y REVISAR EL INFORME DE TESIS

Art. 9°. El procedimiento para elaborar y revisar el informe de tesis comprende las

siguientes etapas:

1. Solicitar inicio de procedimiento y nombramiento de asesor.

2. Elaborar, revisar y autorizar protocolo de investigación.

3. Desarrollar investigación y elaborar informe de tesis.

4. Revisar y corregir informe de tesis.

5. Imprimir y difundir informe de tesis

CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD DE INICIO DE PROCEDIMIENTO

Art. 10º. Solicitar a la dirección de servicios escolares con copia a la dirección

académica inicio del procedimiento para obtener el grado académico de

especialidad o maestría por la opción informe de tesis, anexando la siguiente

documentación:

1. Certificado de estudios profesionales.

2. Constancia de acreditación del idioma inglés.

3. Constancia de asistencia a actividades académicas.

4. Recibo de pago de derechos y carta compromiso de pagos.

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CAPÍTULO IV. DEL ASESOR

Art. 11°. Durante la elaboración del informe de tesis, el estudiante estará sujeto a

la dirección y supervisión de un asesor nombrado por la dirección académica,

considerando los siguientes requisitos:

1. Ser miembro activo del personal docente de esta Universidad.

2. Tener tres años de experiencia docente en el nivel superior.

3. Tener el grado académico afín al del egresado.

4. Tener interés y experiencia en el trabajo a desarrollar.

Art. 12°. El asesor orientará, dirigirá y supervisará el trabajo durante todo el

proceso de elaboración y revisión del informe de tesis y formará parte del jurado.

CAPÍTULO V. DE LA ELABORACIÓN Y REVISIÓN DEL PROTOCOLO

Art. 13°. El protocolo de investigación integra los siguientes apartados:

Planteamiento de la investigación, evaluación de la investigación y del estudiante

investigador, diseño de la investigación, plan de trabajo y presupuesto de la

investigación.

Art. 14º. Durante la formulación del protocolo de investigación y la revisión del

asesor se consideran los siguientes elementos:

1. Validez del planteamiento de la investigación y su importancia,

justificación y beneficios.

2. Precisión del diseño, del plan de trabajo y del presupuesto de la

investigación.

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CAPÍTULO VI. DE LA ELABORACIÓN DEL INFORME DE TESIS

Art. 15°. El periodo de elaboración del informe de tesis es de seis meses; sí

transcurrido este lapso, el egresado no ha concluido con el informe, la dirección

académica analizará su avance y podrá autorizar una prórroga de un mes más; si

terminado este último plazo no se presenta el informe para su revisión, el

egresado deberá iniciar por segunda vez el procedimiento.

CAPÍTULO VII. DEL JURADO

Art. 16º. El jurado se integrará por un presidente, un vocal y un secretario

nombrados por la dirección académica, de acuerdo con los siguientes requisitos:

1. Ser miembros activos del personal docente de esta institución.

2. Tener tres años de experiencia docente en el nivel superior.

3. Poseer el grado académico afín al del sustentante.

Art. 17°. Las funciones del jurado son:

1. Fungir como jurado revisor del informe de tesis.

2. Fungir como sinodal del examen.

3. Presidir el examen profesional y elaborar, autentificar y autorizar el acta

de examen.

CAPÍTULO VIII. DE LA REVISIÓN Y CORRECCIÓN

Art. 18°. Entregar a la dirección académica con la aprobación del asesor tres

tantos impresos y uno electrónico del informe de tesis, quien los turnará para

revisión a cada miembro del jurado.

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Art. 19°. El jurado tendrá un plazo de quince días a partir de la fecha de recepción

del informe de tesis; si existen modificaciones y/o correcciones, estas se realizarán

por única vez en un plazo de treinta días; su dictamen puede ser favorable o no

favorable.

Art. 20º. Para revisar estructura y aplicación de normas de estilo de publicación;

entregar a la dirección académica con el dictamen favorable del jurado un tanto

impreso y uno electrónico del informe de tesis; si existen correcciones, estas se

realizarán en un periodo de ocho días.

CAPÍTULO IX. DE LA IMPRESIÓN Y DIFUSIÓN

Art. 21º. Con los dictámenes favorables, la dirección académica expide oficio de

autorización para impresión, publicación y presentación en examen de grado.

TÍTULO TERCERO. DE LOS CURSOS DE POSGRADO

CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS

Art. 22°. El egresado de especialidad o maestría podrá obtener el grado

profesional al acreditar cursos de posgrado, estos pueden ser disciplinarios o

multidisciplinarios.

Art. 23º. La dirección académica determinará, coordinará y supervisará el

desarrollo de los cursos de posgrado.

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Art. 24º. Los cursos de posgrado cubrirán tres áreas del conocimiento (módulos),

considerando las siguientes indicaciones:

Módulos Horas

Créditos Docentes Independientes

Módulo 1 32 64 6

Módulo 2 32 64 6

Módulo 3 32 64 6

Total 96 192 18

CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO

Art. 25°. El procedimiento para obtener el grado de especialidad o maestría por la

opción cursos de posgrado, comprende las siguientes etapas:

1. Solicitar inscripción a cursos.

2. Desarrollo de cursos.

3. Evaluación de cursos.

4. Protocolo para obtener el grado.

CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN

Art. 26º. Solicitar inscripción a cursos para obtener el grado académico de

especialidad o maestría a la dirección de servicios escolares con copia a la

dirección académica, anexando la siguiente documentación:

1. Certificado de estudios profesionales de especialidad o maestría.

2. Constancia de acreditación del idioma inglés.

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3. Constancias de asistencia a actividades académicas.

4. Recibo de pago de derechos y carta compromiso de pagos.

CAPÍTULO IV. DE LOS DOCENTES

Art. 27º. Los cursos para obtener el grado de especialidad o maestría se

impartirán por docentes especialistas en las áreas de conocimientos, nombrados

por la dirección académica, considerando los siguientes requisitos:

1. Tener el grado académico afín al de los sustentantes.

2. Tener tres años de experiencia en labores docentes en el nivel superior.

3. Tener cinco años de experiencia profesional.

CAPÍTULO V. DE LA EVALUACIÓN

Art. 28º. La evaluación de cada módulo se realiza mediante examen escrito y

elaboración y entrega de trabajos de investigación, de acuerdo a los siguientes

porcentajes:

- Examen escrito 25%

- Trabajos de investigación 75%

Art. 29º. Para tener derecho a presentar examen y evaluación del trabajo de

investigación, el estudiante debe cubrir 90% de asistencias en cada módulo.

Art. 30º. La calificación mínima aprobatoria de cada módulo es de ocho (8.0);

equivalente a 80%.

Art. 31º. Los resultados de evaluación se autentifican en acta de examen,

registrando asistencias y calificaciones obtenidas.

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CAPÍTULO VI. DE LOS TRABAJOS DE INVESTIGACIÓN

Art. 32º. Los trabajos de investigación son documentos inéditos, elaborados por

cada estudiante con la aplicación de la metodología científica y las indicaciones

del manual de publicaciones de esta institución; pueden ser: Manuales

monográficos o ensayos de todos los temas del programa de estudios o

investigaciones aplicadas.

Art. 33º. Al finalizar cada módulo, el estudiante entregará para revisión y

evaluación al docente titular un tanto impreso y uno electrónico del trabajo de

investigación; si requiere correcciones, mejoras o ampliaciones, se otorgará un

plazo máximo de ocho días para realizarlas.

CAPÍTULO VII. DEL PROTOCOLO PARA OBTENER EL GRADO

Art. 34°. Acreditados los cursos con promedio mínimo de ocho, solicitar a la

dirección de servicios escolares con copia a la dirección académica, protocolo

para obtener el grado, anexando los siguientes documentos:

1. Constancia de evaluación de cursos de posgrado expedida por la dirección

de servicios escolares.

2. Recibo de pago de derechos.

3. Y, los documentos complementarios que indique esta institución.

Art. 35º. La obtención del grado se formalizará en ceremonia de protocolización

ante un jurado integrado por un presidente, un vocal y un secretario nombrados

por la dirección académica, considerando los siguientes requisitos:

1. Ser miembro activo del personal docente de esta institución.

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Universidad Mundo Maya G r a d o d e e s p e c i a l i d a d y m a e s t r í a

2. Tener tres años de experiencia en labores docentes de nivel superior.

3. Poseer título o grado afín al del sustentante.

Art. 36°. El secretario del jurado elabora el acta, verifica su autenticidad y le da

lectura para darla a conocer al sustentante.

Art. 37°. El presidente del jurado solicita al sustentante de lectura en voz alta con

el brazo derecho extendido la protesta y juramento profesional, que a la letra dice:

“Protesto:

Cumplir con eficiencia y honestidad las encomiendas que el grado

de________ en ____me confiere; contribuyendo y participando con

aportaciones y acciones que sean de bienestar para la sociedad. --- Si así

no lo hiciere --- que la sociedad y la Universidad Mundo Maya me lo

demanden”.

Art. 38°. El presidente levanta la sesión y clausura el acto.

TÍTULO CUARTO. DE LOS ESTUDIOS DE POSGRADO

CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS

Art. 39º. Los egresados de especialidad o maestría podrán obtener el grado al

cursar estudios de posgrado que reúnan los siguientes requisitos:

1. Tener afinidad directa de contenido con los que realizó el egresado.

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2. Contar con validez oficial en la República Mexicana, ya bien sea porque se

impartan en una institución cuyo estatuto jurídico le concede tal

característica a los estudios que en ella se realizan; o bien, porque se haya

obtenido para el programa, el reconocimiento de validez de un organismo

del estado facultado para otorgarlo.

Art. 40°. El egresado de especialidad podrá obtener el grado al cursar estudios de

maestría equivalentes a un mínimo de 45 créditos del plan de estudios.

Art. 41°. El egresado de maestría podrá obtener el grado al cursar estudios de

doctorado equivalentes a un mínimo de 45 créditos del programa doctoral.

CAPÍTULO II. DEL PROCEDIMIENTO

Art. 42°. El procedimiento para obtener el grado de especialidad o maestría por la

opción estudios de posgrado, comprende las siguientes etapas:

1. Solicitar autorización de pertinencia.

2. Realizar estudios de posgrado.

3. Solicitar protocolo de titulación.

4. Protocolo de titulación.

CAPÍTULO III. DE LA SOLICITUD DE PERTINENCIA

Art. 43°. Previo a realizar estudios de posgrado con fines de obtener el grado, el

egresado solicitará autorización de pertinencia a la dirección académica,

anexando de los estudios de posgrado que se pretende realizar, la siguiente

documentación:

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1. Plan de estudios legalizado, que indiquen registro de validez oficial de

estudios, ciclos escolares, asignaturas y créditos.

2. Periodos escolares en que se cursarán los estudios.

3. Días y horarios de clases (autentificados).

4. Nombre y localización de la institución promotora de los estudios de

posgrado.

5. Recibo de pago de derechos.

Art. 44°. Si el resultado emitido por la dirección académica es favorable; el

egresado podrá realizar los estudios con fines de obtener el grado; si el resultado

es no favorable, el egresado debe optar por otra opción de estudios de posgrado.

CAPÍTULO IV. DEL PROTOCOLO PARA OBTENER EL GRADO

Art. 45°. Acreditados los estudios de posgrado con promedio mínimo de ocho,

solicitar a la dirección de servicios escolares con copia a la dirección académica,

protocolización para obtener el grado, anexando los siguientes documentos:

1. Certificado legalizado de estudios de especialidad o maestría.

2. Certificado legalizado de estudios de posgrado (Acreditando las asignaturas

con calificaciones, mínimas de ocho).

3. Constancia de acreditación del Idioma inglés.

4. Constancias de participación en actividades académicas.

5. Constancia de autorización de pertinencia de estudios de posgrado,

expedida por la dirección académica.

6. Recibo de pagos de derechos.

7. Y, los documentos complementarios que indique esta institución.

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Universidad Mundo Maya G r a d o d e e s p e c i a l i d a d y m a e s t r í a

Art. 46º. La obtención del grado se formaliza en ceremonia de protocolización

presidida por un jurado integrado por un presidente, un vocal y un secretario

nombrados por la dirección académica, considerando los siguientes requisitos:

1. Ser miembro activo del personal docente de esta institución.

2. Tener tres años de experiencia en labores docentes de nivel superior.

3. Poseer grado afín al del sustentante.

Art. 47°. El secretario del jurado elabora el acta, verifica su autenticidad y le da

lectura para darla a conocer al sustentante.

Art. 48°. El presidente del jurado solicita al sustentante de lectura en voz alta con

el brazo derecho extendido la protesta y juramento profesional, que a la letra dice:

“Protesto:

Cumplir con eficiencia y honestidad las encomiendas que el grado

de________ en ____me confiere; contribuyendo y participando con

aportaciones y acciones que sean de bienestar para la sociedad. --- Si así

no lo hiciere --- que la sociedad y la Universidad Mundo Maya me lo

demanden”.

Art. 49°. El presidente levanta la sesión y clausura el acto.

TÍTULO QUINTO. DEL EXAMEN DE GRADO

CAPÍTULO I. DE LAS CARACTERÍSTICAS

Art. 57°. El examen de grado es la última prueba que el egresado debe sustentar

para obtener el grado académico de especialidad o maestría; es público y se

aplica para la opción informe de tesis.

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Art. 58°. La dirección académica indica la fecha, hora y lugar de presentación del

examen de grado.

Art. 59º. El sustentante a un examen de grado debe cumplir con los siguientes

requisitos:

1. Haber cumplido satisfactoriamente con los procedimientos indicados para la

opción informe de tesis.

2. Haber cubierto los pagos de derecho respectivos.

3. Presentarse en la dirección académica treinta minutos antes de la hora

indicada.

4. Cumplir con las indicaciones de la dirección académica.

CAPÍTULO II. DEL JURADO

Art. 60º. El jurado se integra por un presidente, un vocal y un secretario y será el

mismo que fungió como revisor del informe de tesis.

Art. 61°. El examen de grado iniciará a la hora señalada para tal efecto, los

integrantes del jurado se reunirán quince minutos antes de la hora en las oficinas

que ocupa la dirección académica para que su titular instale formalmente el sínodo

y estos reciban la documentación correspondiente.

Art. 62°. Si por la ausencia de uno o más miembros no se integra el jurado del

examen profesional a la hora señalada, se prorrogará la espera hasta por treinta

minutos; si una vez transcurrido se presenta la misma situación, el examen es

suspendido y se celebrará hasta la fecha que autorice la dirección académica.

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CAPÍTULO III. DEL PROCEDIMIENTO

Art. 63°. El procedimiento del examen de grado se realiza de acuerdo a las

siguientes etapas:

1. Instalación solemne de la sesión.

2. Indicación del procedimiento.

3. Desarrollo del examen.

4. Deliberación.

5. Formulación del dictamen.

6. Elaboración y autentificación del acta del examen.

7. Lectura del acta del examen.

8. Toma de protesta y juramento profesional.

9. Clausura del acto.

CAPÍTULO IV. DEL DESARROLLO DEL EXAMEN

Art. 64°. El presidente del jurado indicará los motivos de la reunión, instalará

solemnemente la sesión y señalará el procedimiento del examen.

Art. 65°. El examen de grado se desarrolla de acuerdo al siguiente procedimiento:

1. En un lapso no mayor de treinta minutos el sustentante expondrá en forma

sintetizada los elementos fundamentales de su trabajo.

2. Cada miembro del jurado dispondrá de un lapso no mayor de treinta

minutos para efectuar el cuestionamiento, considerando el siguiente orden:

secretario, vocal y presidente.

3. El cuestionamiento versará principalmente sobre el contenido del trabajo y

conocimientos relacionados con el mismo.

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4. Terminado el cuestionamiento el presidente solicitará al sustentante salir de

la sala para que el jurado delibere y emita su dictamen.

CAPÍTULO V. DE LA DELIBERACIÓN Y DICTAMEN

Art. 66°. La deliberación del jurado será en secreto y su dictamen será inapelable.

Art. 67°. Para emitir el dictamen, el jurado considerará los siguientes elementos:

1. Historial académico del sustentante.

2. Amplitud y profundidad de los conocimientos presentados.

3. Dominio de los conocimientos y aplicación racional en las respuestas.

4. Calidad de la exposición.

5. Calidad en metodología, estructura, y presentación del trabajo profesional.

Art. 68°. El dictamen puede manifestar cualquiera de los siguientes resultados:

1. Aprobado con mención honorífica.

2. Aprobado.

3. Suspendido.

Art. 69°. Se aprueba con mención honorífica cuando todos los miembros del

jurado acepten que el sustentante reúne los siguientes requisitos.

1. Durante la carrera no presentó ningún examen extraordinario.

2. El promedio general de sus estudios profesionales es superior a nueve.

3. El trabajo profesional es excepcional por su contenido, estructura y

presentación.

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4. La exposición resultó satisfactoria.

5. Las respuestas al cuestionamiento son válidas, realistas y objetivas.

Art. 70º. La mención honorífica se otorgará en un diploma por separado.

Art. 71°. El dictamen es de aprobado cuando dos o más miembros del jurado

aceptan que el sustentante reúne los siguientes requisitos:

1. El trabajo presentado es de alta calidad por su contenido, estructura y

presentación.

2. La exposición es generalmente aceptable.

3. Las respuestas al cuestionamiento son válidas, realistas y objetivas.

CAPÍTULO VI. DE LA SUSPENSIÓN DEL EXAMEN

Art. 72°. El examen de grado es suspendido cuando dos o más miembros del

jurado no dan su voto aprobatorio.

Art. 73°. El sustentante que no apruebe el examen de grado en la primera

oportunidad, tendrá solamente una segunda oportunidad en la fecha y hora que

autorice la dirección académica; cumpliendo para tal efecto con los requerimientos

y trámites correspondientes.

Art. 74°. El sustentante que no apruebe el examen de grado en dos

oportunidades, solicitará otra opción, cumpliendo para tal efecto con los

reglamentos y disposiciones vigentes de esta institución y de la dirección

académica.

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CAPÍTULO VII. DEL ACTA DE EXAMEN Y TOMA DE PROTESTA

Art. 75°. El desarrollo del examen de grado será registrado en el libro de actas de

exámenes profesionales en las fojas separadas para tal caso.

Art. 76°. El secretario del jurado elabora el acta, verifica su autenticidad y da

lectura para darla a conocer al sustentante.

Art. 77°. El presidente del jurado solicita al sustentante de lectura en voz alta con

el brazo derecho extendido la protesta y juramento profesional, que a la letra dice:

“Protesto:

Cumplir con eficiencia y honestidad las encomiendas que el grado

de_______ en _______ me confiere; contribuyendo y participando con

aportaciones y acciones que sean de bienestar para la sociedad. --- Si así

no lo hiciere --- que la sociedad y la Universidad Mundo Maya me lo

demanden”.

Art. 78º. El presidente levanta la sesión y clausura el acto.

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