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    SEGURIDAD INDUSTRIAL

    [Escribir texto] Pgina 0

    SEGURIDADINDUSTRIAL[Escribir el subttulo del documento]

    [Escriba aqu una descripcin breve del documento. Una descripcin breve es un

    resumen corto del contenido del documento. Escriba aqu una descripcin breve

    del documento. Una descripcin breve es un resumen corto del contenido del

    documento.]

    2013

    CST

    [Escribir el nombre de la compaa]

    11/09/2013

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    Seguridad Industrial Pgina 1

    INTRODUCCION

    La seguridad en las industrias se ocupa de dar lineamientos generales para el manejo de

    riesgos en la industria.

    Las instalaciones industriales incluyen una gran variedad de operaciones de minera,

    transporte, generacin de energa, fabricacin y eliminacin de desperdicios, que tienen

    peligros inherentes que requieren un manejo cuidadoso.

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    Seguridad Industrial Pgina 2

    ndice

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    Seguridad industrial

    Tal como lo establecen las pautas generalmente aceptadas, existira un riesgo importante bajo las

    siguientes circunstancias: un escape de sustancias txicas, muy reactivas, explosivas, o inflamables. Siexiste un peligro importante en un proyecto propuesto es muy aconsejable requerir una evaluacin de los

    riesgos mayores.

    La evaluacin de los riesgos mayores debe ser parte integrante de la preparacin del proyecto. Es

    independiente de la evaluacin del impacto ambiental y sta la debe mencionar. Definicin de Seguridad

    Industrial:

    Conjunto de normas que se desarrollan una serie de prescripciones tcnicas a las instalaciones

    industriales y energticas que tienen como principal objetivo la seguridad de los usuarios, por lo tanto se

    rigen por normas de seguridad industrial reglamentos de baja tensin, alta tensin, calefaccin, gas,

    proteccin contra incendios, aparatos a presin, instalaciones petrolferas, etc., que se instalen tanto en

    edificios de uso industrial como de uso no industrial.

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    Seguridad Industrial Pgina 4

    El hombre ha hecho de su instinto de conversacin, una plataforma de defensa contra cualquiertipo de lesin corporal; que tal esfuerzo fue probable en un principio de carcter personal (instinto-

    defensivo). Que as naci la Seguridad Industrial donde se reflej en un simple esfuerzo individual ms

    que un sistema organizado.

    Ya en el ao 400 A.C, Hipcrates recomendaba a los mineros el uso de baos higinicos a fin de

    evitar la saturacin del plomo. Donde tambin Platn y Aristteles estudiaron ciertas actividades

    ocupacionales donde se plante la necesidad de su prevencin.

    La revolucin industrial marca el inicio de la seguridad industrial como consecuencia de la aparicin

    de la fuerza del vapor y la mecanizacin de la industria, lo que produjo el incremento de accidentes y

    enfermedades laborales. No obstante, el nacimiento de la fuerza industrial y el de la seguridad industrial

    no fueron simultneos, debido a la degradacin y a las condiciones de trabajo y de vida detestables. En

    1871 el cincuenta por ciento de los trabajadores mora antes de los veinte aos, debido a los accidentes y

    las psimas condiciones de trabajo. En 1833 se realizaron las primeras inspecciones gubernamentales; pero

    hasta 1850 se verificaron ciertas mejoras como resultado de las recomendaciones hechas entonces. La

    legislacin acort la jornada, estableci un mnimo de edad para los nios trabajadores e hizo algunas

    mejoras en las condiciones de seguridad. Aunque se tard en legislar stas mejoras ya que los legisladores

    no le daban el valor que se mereca a las vidas humanas.

    No obstante, los legisladores tardaron demasiado en legislar sobre el bien comn del trabajador,

    pues los conceptos sobre el valor humano y la capitalizacin del esfuerzo laboral no tenan sentido frente al

    lucro indiscriminado de los empresarios. Sin embargo, suma a su haber el desconocimiento de las

    desconocimiento de ciertas tcnicas y adelantos que estaban en desarrollo, con las cuales se habra evitado

    muchos accidentes y enfermedades laborales, prdidas econmicas que esto les supona; y por otro lado el

    desconocimiento de ciertas tcnicas y adelantos que estaban en desarrollo, con las cuales se habran

    evitado muchos accidentes y enfermedades laborales.

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    Lowell, Mass., una de las primeras ciudades industriales de los Estados Unidos de Norteamrica,

    elabor tela de algodn desde 1822. Los trabajadores principalmente mujeres y nios menores de diez aos

    procedentes de las granjas cercanas, trabajaban hasta catorce horas. Nadie sabr jams cuntos dedos y

    manos perdieron a causa de maquinaria sin proteccin. Los telares de algodn de Massachusetts, en

    aumento, usaron la fuerza de trabajo irlandesa asentada en Boston y alrededor, proveniente de las

    migraciones cruzadas por el hambre.

    El material humano volvi a abundar en los talleres, as como los accidentes. En respuesta, la

    legislatura de Massachusetts promulg en 1867 una ley prescribiendo el nombramiento de inspectores de

    fbrica. Dos aos despus se estableci la primera oficina de estadstica de trabajo en los Estados Unidos.

    Mientras, en Alemania se busc que los patrones suministrasen los medios necesarios que protegieran la

    vida y salud de los trabajadores.

    Industriales tomaban conciencia de la necesidad de conservar al elemento humano. Aos ms tarde,

    en Massachusetts, habindose descubierto que las jornadas largas son fatigosas, y que la fatiga causa

    accidentes, se promulg la primera ley obligatoria de 10 horas de trabajo al disparar la mujer. En 1874

    Francia aprob una ley estableciendo un servicio especial para inspeccin de talleres y, en 1877.

    Massachusetts orden el uso de resguardos en maquinaria peligrosa. En 1833, se pone la primera piedra de

    la seguridad industrial moderna cuando en Pars se establece una empresa que asesora a los industriales.

    Pero es hasta este siglo el tema de la seguridad en el trabajo alcanza su mxima expresin al crearse la

    Asociacin Internacional de Proteccin de los Trabajadores. En la actualidad la OIT. Oficina Internacional

    del Trabajo, constituyen el organismo rector y guardin de pos principios e inquietudes referentes a la

    seguridad del trabajador en todos los aspectos y niveles.

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    Antecedentes importantes: 400 A.C. Hipcrates, conocido como le padre de la medicina, realizo las

    primeras observaciones sobre enfermedades laborales Aproximadamente 500 aos mas tarde Plinio El

    Viejo, un mdico romano. Hizo referencia a los peligros inherentes en el manejo del zinc y del azufre y

    propuso lo que pueden haber sido el primer equipo de proteccin respiratoria, fabricado con vejigas de

    animales, que se colocaban sobre la boca y nariz para impedir la inhalacin de polvos.

    Fue en 1473 cuando Ulrich Ellembog escribi su libro sobre las enfermedades relacionadas con el

    ambiente de trabajo y como prevenirlos, he hizo renacer el inters de esta rea En 1556 fue publicado el

    libro ms completo en la descripcin de los riesgos asociados con las actividades de minera, su autor

    Georgious Agrcola, en el que se hacen sugerencias para mejorar la ventilacin en las minas y fabricar

    mscaras, que protejan efectivamente a los mineros; se discuten ampliamente los accidentes en las minas y

    sus causas; describe los defectos del pie de trinchera ; el cual es una enfermedad debida a la exposicin

    de los pies por largo tiempo a la humedad a las minas; tambin trata de silicosis; enfermedad producida en

    los pulmones y causada por la inhalacin de polvos de silicio o cuarzo. Durante ese siglo el doctor Paracelso,

    observo durante cinco aos a los trabajadores de una planta de fundicin y public sus observaciones, este

    libro reforz el inters en el estudio sobre la toxicidad del mercurio y otros metales. Fue hasta el siglo

    XVII cuando Bernardino Ramazzini inici la prctica de lo que actualmente se conoce como medicina del

    trabajo, al escribir de manera sistemtica y ordenada las enfermedades relacionadas con los diferentes

    oficios que se desarrollaban en aquella poca. Ramazzini siempre pugn porque el ejercicio de la medicinadel trabajo se llevara a cabo en los lugares de trabajo y no en el consultorio mdico. Ms tarde con el inicio

    de la revolucin industrial en Europa, los procesos y ambientes de trabajo se transformaron radicalmente,

    la principal caracterstica de este periodo fue el inicio del uso de mquinas con el objetivo de aumentar la

    velocidad con que se desarrollaba el trabajo y mediante este mtodo, incrementar tambin la productividad

    y las ganancias. Desde luego estos cambios repercutieron en la salud y bienestar de los trabajadores, en la

    mayora de los casos de manera negativa; los accidentes de trabajo incrementaron su incidencia y

    aparecieron enfermedades profesionales hasta entonces desconocidas creadas por los nuevos agentesagresores utilizados durante los procesos de trabajos.

    A partir de esos aos y a causa de las causas mltiples propuestas y revueltas de los obreros contra

    semejantes condiciones de trabajo, se fue formando una conciencia internacional referente a la

    conveniencia de cuidar la salud de los trabajadores por dos motivos fundamentales, el primero consiste en

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    el derecho de todo ser humano tiene de trabajar y vivir en el mejor nivel posible; y en segundo lugar por

    factores econmicos ya que es aceptable que la productividad est estrechamente ligada a la salud de los

    trabajadores.

    En los ltimos treinta aos, la salud en los trabajadores y las medidas para la disminucin de los

    accidentes se ha desarrollado aceptablemente en la mayora de los pases industrializados, sin que esto

    quiera decir que han resuelto todos sus problemas al respecto, pero han avanzado de manera trascendente

    en aspectos como la implantacin del servicio de salud en el trabajo y en las empresas, la formacin de

    recursos humanos dedicados a esta rea del conocimiento, la promulgacin de leyes y normas para regir de

    modo ms justo el desempeo del trabajo. Ante este panorama, adquieren mayor valor las acciones

    individuales, colectivas, institucionales, nacionales o internacionales que se efectan con un afn real de

    colaborar en las mejoras de las condiciones de higiene y seguridad industrial. Charles Trackrak escribi un

    libro sobre riesgos en diversas industrias, pero la ms importante fue la que declar cada patrn es

    responsable de la salud y seguridad de sus trabajadores. A fin siglo XVII y principios del XIX en

    Inglaterra, el gobierno comenz a preocuparse por las condiciones laborales, esto a raz de un incendio en

    Londonderry, Irlanda, en un barrio de talleres de confeccin de ropa y el cual costo ms de 600 vidas, el

    parlamento ingles nombro una comisin investigadora, para evaluar la seguridad e higiene en los centros de

    trabajo. Las malas condiciones que fueron encontradas, dieron como resultado que en 1833 se promulgara

    la Ley sobre las fbricas esta era la primera vez que un gobierno mostraba un real i nters por la salud yseguridad de los trabajadores. La OIT fue creada en 1919, como parte del Tratado de Versalles que

    termin con la Primera Guerra Mundial, y reflej la conviccin de que la justicia social es esencial para

    alcanzar una paz universal y permanente. Su Constitucin fue elaborada entre enero y abril de 1919 por una

    Comisin del Trabajo establecida por la Conferencia de Paz, que se reuni por primera vez en Pars y luego

    en Versalles. La Comisin, presidida por Samuel Gompers, presidente de la Federacin Estadounidense del

    Trabajo (AFL), estaba compuesta por representantes de nueve pases: Blgica, Cuba, Checoslovaquia,

    Francia, Italia, Japn, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. El resultado fue una organizacin tripartita,la nica en su gnero con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en sus rganos

    ejecutivos. La Constitucin contena ideas ya experimentadas en la Asociacin Internacional para la

    Proteccin Internacional de los Trabajadores, fundada en Basilea en 1901. Las acciones en favor de una

    organizacin internacional que enfrentara temas laborales se iniciaron en el siglo XIX, y fueron lideradas

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    por dos empresarios, Robert Owen (1771-1853) de Gales y Daniel Legrand (1783-1859) de Francia. La

    fuerza que impuls la creacin de la OIT fue provocada por consideraciones sobre seguridad, humanitarias,

    polticas y econmicas. Al sintetizarlas, el Prembulo de la Constitucin de la OIT dice que las Altas Partes

    Contratantes estaban movidas por sentimientos de justicia y humanidad as como por el deseo de asegurar

    la paz permanente en el mundo...

    Haba un verdadero reconocimiento a la importancia de la justicia social para el logro de la paz, en

    contraste con un pasado de explotacin de los trabajadores en los pases industrializados de ese momento.

    Haba tambin una comprensin cada vez mayor de la interdependencia econmica del mundo y de la

    necesidad de cooperacin para obtener igualdad en las condiciones de trabajo en los pases que competan

    por mercados. El Prembulo, al reflejar estas ideas estableca: Considerando que la paz universal y

    permanente slo puede basarse en la justicia social; Considerando que existen condiciones de trabajo que

    entraan tal grado de injusticia, miseria y privaciones para gran nmero de seres humanos, que el

    descontento causado constituye una amenaza para la paz y armona universales; y considerando que es

    urgente mejorar dichas condiciones; Considerando que si cualquier nacin no adoptare un rgimen de

    trabajo realmente humano, esta omisin constituira un obstculo a los esfuerzos de otras naciones que

    deseen mejorar la suerte de los trabajadores en sus propios pases; Las reas que podran ser mejoradas

    enumeradas en el Prembulo continan vigentes, por ejemplo: Reglamentacin de las horas de trabajo,

    incluyendo la duracin mxima de la jornada de trabajo y la semana; Reglamentacin de la contratacin demano de obra, la prevencin del desempleo y el suministro de un salario digno; Proteccin del trabajador

    contra enfermedades o accidentes como consecuencia de su trabajo; Proteccin de nios, jvenes y

    mujeres. Pensin de vejez e invalidez, proteccin de los intereses de los trabajadores ocupados en el

    extranjero; Reconocimiento del principio de igualdad de retribucin en igualdad de condiciones;

    Reconocimiento del principio de libertad sindical; Organizacin de la enseanza profesional y tcnica, y

    otras medidas similares. En 1970 se publica en E.U.A. La ley de seguridad e Higiene Ocupacional cuyo

    objetivo es asegurar en lo mximo posible que todo hombre y mujer que en esta nacin trabaje en lugaresseguros y saludables, lo cual permitir preservar nuestros cuerpos. Esta ley es posiblemente el documento

    ms importante que se ha emitido a favor de la seguridad y la higiene, ya que cubre con sus reglamentos,

    requerimientos con casi todas las ramas industriales, los cuales han sido tomados por muchos otros pases.

    Como vemos, la seguridad e higiene aunque lentamente, a travs de los aos ha logrado cimentarse como

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    una parte muy importante de cualquier empresa y es que principalmente se ha reconocido y entendido su

    importancia y utilidad para el buen desempeo de las operaciones, por las tres partes directamente

    involucradas: Trabajadores, Empresarios y Gobierno Estado Actual De La Legislacin En El Mundo: A nivel

    internacional la OIT hace una nueva campaa llamada: Seguridad Social para Todos.

    La OIT anunci recientemente (18/06/2003) el lanzamiento de una campaa para promover una

    mayor cobertura de seguridad social que hoy protege slo al 20% de la poblacin mundial: "Slo una de cada

    cinco personas en el mundo tiene una adecuada cobertura de seguridad social, y lo que es peor an la mitad

    de la poblacin mundial no tiene ningn tipo de seguridad social"(Juan Somavia, Director General de la

    OIT).

    La campaa mundial en materia de seguridad social y cobertura para todos fue lanzada en el marcode la 91 Conferencia Internacional del Trabajo en Ginebra. De acuerdo con este estudio de la OIT,

    titulado "Extendiendo la seguridad social: polticas para los pases en desarrollo", la cobertura en seguridad

    social comprende el acceso a servicios de salud y la seguridad de un ingreso bsico en casos de vejez,

    desempleo, invalidez, accidente laboral, maternidad o prdida de sostn familiar. En los pases menos

    avanzados, menos del 10% de la poblacin que trabaja est cubierta por la seguridad social; en los de

    ingreso medio, la cobertura alcanza entre el 20 y 60% de la poblacin; mientras que en las naciones

    industrializadas se acerca al 100%. En los pases en desarrollo las personas sin seguridad social tienden a

    trabajar en la economa informal, en vez de tener un empleo en el sector formal. No existe una receta

    universal para aumentar la cobertura en seguridad social, cada pas tiene sus propias caractersticas, dijo

    Somavia. Tambin hizo notar cmo la Repblica de Corea ampli la cobertura en salud del 20 al 100% y

    Tnez de 60 a 84%. Seguridad industrial en la Repblica Argentina: La Argentina fue uno de los primeros

    pases en legislar sobre salud laboral. Sin embargo en la actualidad las normas no son respetadas por

    empleadores pblicos ni privados. En 1914 la ley 9688 defina algunas de las enfermedades que deban ser

    indemnizadas por el empleador, sentaba bases que definieron al empleador como responsable de la salud de

    aquellos que empleaba en lo referido al trabajo encomendado. Sesenta aos ms tarde se promulg la ley

    19587 de Higiene y Seguridad para todos los lugares de trabajo. Esta ley se destaca en la proteccin de la

    vida, preservar y mantener la integridad psicofsica de los trabajadores; prevenir, reducir, eliminar o aislar

    los riesgos, estimular y desarrollar la prevencin de accidentes o enfermedades derivados de la actividad

    laboral. Los principios que orientan esta ley incluyen la creacin de Servicios de Higiene y Seguridad,

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    Medicina del Trabajo (preventiva y asistencial), determinacin de medidas mnimas de seguridad,

    Estadstica, etc., y la reglamentacin de los siguientes capitales: caractersticas constructivas de los

    establecimientos, condiciones de higiene en los ambientes laborales (mquinas, herramientas, etc.),

    proteccin personal del trabajador. El cumplimiento es obligatorio para todos los empleadores y para todos

    los trabajadores del rea de la salud, es un derecho a exigir su cumplimiento. Estado Actual De La

    Legislacin En La Argentina:

    En 1996 entr en vigencia la Ley de Riesgo de Trabajo 24557 que plantea entre sus objetivos:

    a) reducir los siniestros laborales a travs de la prevencin de riesgos derivados del trabajo.

    b) reparar daos derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales incluyendo la

    rehabilitacin del damnificado.

    c) promover la recalificacin y recolocacin de los trabajadores damnificados.

    Crea la obligacin del empleador de asegurarse a una A.R.T. Fija la obligacin del empleador de

    cumplir con la ley 19587. Define como contingencias cubiertas por la ley a los accidentes de trabajo,

    accidentes in itinere y enfermedades profesionales (creando un listado). Si el empleado sufriese alguna

    contingencia debe recibir prestaciones de:

    a) En especies: mdico-farmacuticas, prtesis y ortopedia, rehabilitacin y recalificacin laboral.

    b) Dinerarias: salarios, indemnizacin por incapacidad. En la ciudad de Buenos Aires los

    trabajadores de la salud carecen de cobertura especfica frente a los riesgos del trabajo. No se conoce la

    existencia de servicios de Salud laboral en los trminos de la ley 19587 o convenio 161 de la OIT. Tampoco

    se tiene noticias de medidas tendientes a promover y proteger la salud de los trabajadores (vigilancia de la

    salud, vigilancia del medio ambiente de trabajo, educacin para la salud, etc.) en el mbito de la ciudad de

    Buenos Aires. La ley no est exenta de crticas o cuestionamientos, pero no obstante ellos, su

    incumplimiento por parte del empleador es fuente de inequidades. Si un trabajador de la salud de la ciudad

    de Buenos Aires sufre un accidente de trabajo o enfermedad profesional, deber procurar asistencia por

    los medios a su alcance ya que no obtendr las prestaciones definidas por esta ley brindadas por el

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    empleador, toda vez que ste a la fecha no haya regularizado su situacin, si bien estas cuestiones se

    encuentran definidas en la ley bsica de salud y en la recientemente promulgada "Ley de Empleo Pblico".

    LEY 19587: Higiene y seguridad del trabajo del 21 de Abril de 1972. Esta ley consta de 13 artculos,

    entre los cuales se destacan los siguientes puntos de algunos de ellos:

    Art.4: La higiene y seguridad en el

    trabajo comprender las normas tcnicas y

    medidas sanitarias, precautorias, de tutela o de

    cualquier otra ndole que tengan por objeto:

    a) proteger la vida, preservar y

    mantener la integridad psico-fsica de los

    trabajadores;

    b) prevenir, reducir, eliminar o aislar

    los riesgos de los distintos centros o puestos de

    trabajo;

    c) estimular y desarrollar una actitud

    positiva respecto de la prevencin de los

    accidentes o enfermedades que puedan derivarse

    de la actividad laboral.

    Art.5: Habla de principios bsicos y

    mtodos de ejecucin:

    a) creacin de servicios de higiene y

    seguridad en el trabajo, y de la medicina del

    trabajo de carcter preventivo y asistencial.

    b) institucionalizacin gradual de un

    sistema de reglamentaciones, generales o

    particulares, atendiendo a condiciones

    ambientales o factores ecolgicos y a la

    incidencia de las reas o factores de riesgo.

    c) distincin a todos los efectos de

    esta ley entre actividades normales, penosas,

    riesgosas o determinantes de vejez o

    agotamientos prematuros y/o a las desarrolladas

    en lugares o ambientes insalubres.

    d) normalizacin de los trminos

    utilizados en higiene y seguridad, establecindose

    definiciones concretas y uniformes para la

    clasificacin de los accidentes, lesiones y

    enfermedades del trabajo.

    e) investigacin de los factores

    determinantes de los accidentes de trabajo,

    especialmente de los fsicos, fisiolgicos y

    sociolgicos.

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    f) estudio y adopcin de medidas para

    proteger la salud y la vida del trabajador en el

    mbito de sus ocupaciones, especialmente en los

    que atae a los servicios prestados en tareas

    penosas, riesgosas, o agotamientos prematuros

    y/o desarrolladas en lugares o ambientes

    insalubres.

    g) aplicacin de tcnicas de correccin

    de los ambientes de trabajo en los casos en que

    los niveles de los elementos agresores, nocivos

    para la salud, sean permanentes durante la

    jornada de labor.

    h) participacin en todos los programas

    de higiene y seguridad de las instituciones

    especializadas, pblicas y privadas, y de las

    asociaciones profesionales de empleadores y de

    trabajadores con personera gremial.

    i) realizacin de exmenes mdicos

    pre-ocupacionales y peridicos, de acuerdo a las

    normas que se establezcan.

    Art.9: Sin perjuicio de lo que

    determinen especialmente los reglamentos, son

    tambin obligaciones del empleador:

    a) disponer el examen pre-ocupacional

    y revisin mdica peridica del personal,

    registrando sus resultados en el respectivo

    legajo de salud.

    b) mantener en buen estado de

    conservacin, utilizacin, funcionamiento,

    instalaciones y tiles de trabajo.

    c) promover la capacitacin del

    personal en materia de higiene y seguridad en el

    trabajo.

    d) denunciar accidentes y

    enfermedades del trabajo. Art.10: Sin perjuicio

    de lo que determinen los reglamentos, el

    trabajador estar obligado a:

    a) cumplir con las normas de higiene y

    seguridad y con las recomendaciones que se

    formulen referentes a las obligaciones de uso,

    conservacin y cuidado del equipo de proteccin

    personal, maquinarias y procesos de trabajo.

    b) someterse a exmenes mdicospreventivos o peridicos y cumplir con las

    prescripciones e indicaciones que a tal efecto se

    le formulen.

    c) colaborar con la organizacin de

    programas de formacin y educacin en materia

    de higiene y seguridad y asistir a los cursos que

    se dicten durante las horas de labor. LEY 24557:

    Riesgos del Trabajo, con modificaciones

    introducidas por el Decreto de Necesidad y

    Urgencia N 1278/00, sancionada en 1995 y

    promulgada el mismo ao.

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    [Escribir texto] Pgina 0

    Dentro de sus artculos se destacan los siguientes

    CAPTULOS: Objetivos Y mbito De Aplicacin De La Ley: reducir la siniestralidad laboral a

    travs de la prevencin de los riesgos derivados del trabajo; reparar los daos derivados de accidentes de

    trabajo y de enfermedades profesionales incluyendo la rehabilitacin del trabajador damnificado;

    promover la recalificacin y re-colocacin de los trabajadores damnificados; promover la negociacin

    colectiva laboral para la mejora de las medidas de prevencin y de las prestaciones reparadoras.

    Los empleadores podrn auto-asegurar los riesgos del trabajo definidos en esta ley o asegurarse en

    una A.R.T de su libre eleccin segn la reglamentacin de contrato con los trabajadores. Prevencin De Los

    Riesgos Del Trabajo: habla de obligaciones de las partes; los empleadores y trabajadores comprendidos en

    el mbito de esta ley as como las A.R.T estn obligados a adoptar las medidas legalmente previstas para

    prevenir eficazmente los riesgos del trabajo, dichas partes debern asumir compromisos completos de

    cumplir con las normas de higiene y seguridad en el trabajo. Contingencias y Situaciones Cubiertas: se

    refiere al accidente de trabajo en sus caractersticas de lugar, ocasin o el hecho. Tambin habla de

    incapacidad laboral temporaria, in-capacidad laboral permanente y de la evaluacin de las incapacidades

    dentro del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones y de la Ley de Riesgo de Trabajo.

    PRESTACIONES DINERARIAS

    PRESTACIONES EN ESPECIES

    Las A.R.T otorgaran a los trabajadores que sufran

    algunas de las contingencias previstas en esta ley,

    las siguientes prestaciones en especies:

    Estas gozan de las franquicias y privilegios de los

    crditos por alimento. Son adems irrenunciablesy no pueden ser cedidas ni enajenadas. Este se

    refiere tambin a las atribuciones por capacidad

    laboral temporaria y/o permanente, y estipula lo

    a.- asistencia mdica y farmacutica

    b) prtesis y ortopediac) rehabilitacin

    d) recalificacin profesional

    e) servicio funerario FONDO DE GARANTA DE

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    SEGURIDAD INDUSTRIAL

    Seguridad Industrial Pgina 1

    que recibir el damnificado por prestaciones de

    pago mensual de acuerdo a la reglamentacin.

    LA L.R.T: ser administrado por la S.R.T y contar

    con recursos de lo recaudado por el Estado por

    multas por incumplimiento de los empleadores;

    contribucin de los empleadores privados auto-

    asegurados; la cantidad recuperada por las S.R.T

    de los empleadores en situacin de insuficiencia

    patrimonial; donaciones y legados; creacin de un

    fondo de reserva de la L.R.T administrado por la

    Superintendencia de Seguros de la Nacin.

    SURGIMIENTO DE LA SEGURIDAD INDUSTRIAL

    Disposiciones Legales

    INVERSIONESTECNOLOGICAS

    NUEVOS PRODUCTOSY SERVICIOS

    INDUSTRIALES.FABRICACION EINSTALACIN

    ORGANISMOSDEINSPECCIN Y

    CONTROLElaboracin de Normas

    RIESGOS DE LASNUEVAS

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