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TEPIC, NAYARIT; A VEINTITRÉS DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
DIECISIETE.
V I S T O S para resolver en Sentencia Definitiva los autos
originales de la Causa Penal número 330/2007, la que se instruye
en contra de **********, por su responsabilidad penal en la comisión
de los delitos de SECUESTRO O PLAGIO y ASOCIACIÓN
DELICTUOSA, en agravio de **********, siendo la generales de
**********, las siguientes: ser de nacionalidad **********, estado civil
Casado, de ********** años de edad, que nació el día ********** de
********** del año **********, originario de y vecino de **********, con
domicilio en calle ********** número **********, de la Colonia **********,
de **********, de ocupación **********, refiere que tiene un sueldo
aproximado de **********de manera Semanal, que ********** cuenta
con dependientes económicos, siendo **********, que ********** sabe
leer y escribir, por haber cursado **********, asimismo refiere que es
hijo de **********), que profesa religión **********, que ********** cuenta
con apodo conocido como **********, que ********** es afecto a las
bebidas alcohólicas, que ********** es poco afecto al cigarro de uso
común, que ********** es afecto al consumo de la droga, o
Enervantes, que habla y entiende perfectamente el idioma castellano,
que ********** pertenece a ningún grupo étnico, que ********** cuenta
con tatuajes en su cuerpo, asimismo refiere que es la ********** que
se encuentra a disposición de una autoridad judicial; y
R E S U L T A N D O:
PRIMERO. Mediante oficio de consignación número 10/VII/07,
recibido en fecha seis de septiembre del año dos mil siete, el
Agente del Ministerio Público adscrito a la mesa número nueve
especializada en Homicidios y Secuestros de la actual Fiscalía
General del Estado, ejercitó acción penal de su competencia en
contra ********** y otros, por su probable responsabilidad en la
comisión del delito de SECUESTRO o PLAGIO y ASOCIACIÓN
DELICTUOSA, en agravio de **********, acompañando a su oficio
respectivo las constancias de averiguación previa número
TEP/II/AP/3714/07.
SEGUNDO. Por auto de fecha siete de septiembre del año dos mil
siete, esta Autoridad se avocó al conocimiento de los hechos
ordenándose la formación del expediente 330/2007 y su registro en
el libro de Gobierno de la causa penal que aquí se ventilan,
dándose aviso a la superioridad y la intervención que legalmente le
corresponde al Representante Social de la Adscripción, girándose a
petición suya la correspondiente Orden de Aprehensión misma que
fue ejecutada mediante oficio número PNDI/EMJ/041/2017, de
fecha quince de enero del año dos mil diecisiete, por el Subjefe de
grupo y Agentes Adscritos a la División de Ejecución de
Mandamientos Judiciales y Ministeriales de la Policía Nayarit
División de Investigación, poniendo a disposición de esta autoridad
internado en el Centro Penitenciario al ahora acusado **********, por
lo que el día diecisiete de enero del año dos mil diecisiete, fue
escuchado en preparatoria, a quien dentro del término
constitucional prorrogado se le resolvió su situación jurídica el
veinte de enero del año dos mil diecisiete, en donde se le decreto
AUTO DE FORMAL PRISIÓN por su probable responsabilidad en
la comisión del delito de SECUESTRO o PLAGIO y ASOCIACIÓN
DELICTUOSA, cometido en agravio de **********. Resolución contra
la cual no se inconformo.
TERCERO. Durante el periodo de instrucción el Representante
Social no recabó los informes de anteriores prisiones o condenas
del acusado **********, y mediante auto de fecha siete de febrero del
año dos mil diecisiete, se declaró Agotada la Averiguación y se
pusieron los autos a la vista de las partes para que dentro del
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término de tres días ofrecieran las pruebas que estimaren
pertinentes y se pudieran desahogar dentro de los quince días
siguientes al en que se notifique el auto que recaiga la solicitud de
la prueba; habiendo ofrecido las pruebas de parte del acusado,
defensor y agente del Ministerio Publico de la Adscripción, y una
vez desahogada la única prueba que fue ofrecida por la defensa del
procesado, mediante proveído de fecha veintiuno de marzo del año
dos mil diecisiete, se cerró el periodo de instrucción en lo que
respecta a **********, presentando el agente del ministerio público
su conclusiones respectivas con fecha veintisiete de marzo del año
dos mil diecisiete, respecto de la cuales se le dio vista al acusado y
a su defensor, presentándose las conclusiones de inculpabilidad el
día veintisiete de marzo del año dos mil diecisiete. Celebrándose la
audiencia final el cinco de abril del año dos mil diecisiete, estando
asistido por su defensor oficial, ordenándose reservar los presentes
autos para dictar la Sentencia Definitiva, misma que el día de hoy
se pronuncia, y;
C O N S I D E R A N D O
I. COMPETENCIA: Este órgano jurisdiccional es competente para
conocer y resolver la causa penal número 330/2007, de
conformidad con lo dispuesto por el artículo 5 y demás
concordantes del Código de Procedimientos Penales del Estado
de Nayarit, 1, 2.2, 7, 42, 46 y demás relativos de la Ley Orgánica
del Poder Judicial del Estado, toda vez que las ofendidas fueron
privadas de su libertad en esta ciudad de Tepic, Nayarit; lugar
donde este juzgado ejerce jurisdicción.
II. EXISTENCIA DEL DELITO. Para pronunciar la sentencia
según los requisitos que establece el artículo 85 del Código de
Procedimientos Penales en vigor, no establece como requisito la
comprobación del cuerpo del delito, sino que para dictar una
sentencia se requiere la existencia del delito, que consiste en que
se acrediten los elementos que integran la descripción típica del
delito, sirve de apoyo la Jurisprudencia con número de registro
184,167. Materia(s): Penal. Novena Época. Instancia: Tribunales
Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta. XVII, Junio de 2003. Tesis: I.7o.P. J/2.
Página: 69. Que bajo el rubro y texto dice: CUERPO DEL
DELITO. SU ANÁLISIS DEBE HACERSE EXCLUSIVAMENTE
EN LAS RESOLUCIONES RELATIVAS A LA ORDEN DE
APREHENSIÓN, COMPARECENCIA O DE PLAZO
CONSTITUCIONAL MAS NO EN SENTENCIAS DEFINITIVAS
(LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL). Conforme a los
artículos 16 y 19 constitucionales y 122 del Código de
Procedimientos Penales para el Distrito Federal, el análisis del
cuerpo del delito se debe hacer exclusivamente en las
resoluciones correspondientes a las órdenes de aprehensión y
comparecencia, así como en las de plazo constitucional, no así
cuando se emite la sentencia definitiva en la cual debe acreditarse
el delito en su integridad, en términos de lo dispuesto por los
artículos 1o., 71 y 72 del referido código”. Ahora bien, como se
desprende en el asunto en comento el agente del Ministerio
Público en su pliego de conclusiones acusatorias, imputó al
acusado el delito de SECUESTRO o PLAGIO previsto y
sancionado por el artículo 284 284 fracción I y V del Código Penal
para el Estado de Nayarit, vigente en la época en que fue
cometido el hecho delictivo, anterior a la LEY GENERAL PARA
PREVENIR Y SANCIONAR LOS DELITOS EN MATERIA DE
SECUESTRO, REGLAMENTARIA DE LA FRACCIÓN XXI DEL
ARTÍCULO 73 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, publicada en el Diario
Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2010, dos mil
diez, mismo que establece:
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Artículo 284. **********Se impondrá de veinte a cincuenta años de
prisión y multa de cincuenta a doscientos días de salario, si la
privación de la libertad se realiza en alguna de las formas
siguientes:
********** I. Cuando se trate de obtener rescate o de causar daño
o perjuicio al plagiado o a otra persona relacionada con éste;
II. Cuando se haga uso de amenazas graves, de maltrato o de
tormento;
III. Cuando la detención se haga en camino público, en paraje
solitario o en despoblado;
IV. Cuando el Agente se ostente como autoridad;
V. Cuando se obre en grupo;
VI. Cuando el secuestrado sea menor de doce años y se le prive
de la libertad por un extraño a su familia.
De la anterior trascripción se desprenden los siguientes elementos
consistentes en:
1. Una privación Ilegal de la libertad personal.
2. Que se trate de obtener rescate o de causar daño o perjuicio al
plagiado o a otra persona relacionada con este y;
Elementos del delito que del material existen en autos resulta
suficiente como eficaz para demostrarlos. En lo concerniente al
elemento consistente en la privación ilegal de la libertad, dado que
tenemos en primer lugar la denuncia formulada por el ofendido
**********, quien ante el agente del ministerio público manifestó:
“…Fue el día de hoy 05 cinco de Octubre del año en curso,
cuando el declarante me levante como de costumbre a las seis
horas de la mañana, y lo que primero que hice después de hacer
lo cotidiano fue salir de mi casa aproximadamente unos quince
minutos antes de los ocho de la mañana, saliendo a borde de una
camioneta de mi propiedad marca
**********modelo**********color**********, la cual uso para transporte
personal y para llevar alimento y ganado a una pequeña
propiedad que tengo en el ejido Rural de **********; ...una vez que
iba hacia mi ranchito siendo las 09:30 horas del día el declarante
llegué a la desviación que conduce hacia mi ranchito es decir el
Ejido ********** el cual se encuentra luego pasando la salida hacia
**********; una vez que me salí de la carretera principal, y tome el
camino o brecha principal habiendo caminado, aproximadamente
unos ciento cincuenta metros camino adentro, al llegar a una
curva que se ubica sobre la descendente del camino donde por
cierto esta un árbol de higuera grande, yendo yo despacio por lo
sinuoso del camino de pronto de diversos lados del camino y de
entre la maleza y hierba del camino brotaron tres sujetos los
cuales se encontraba cubiertos del rostro y portando armas de
fuego en sus manos con las cuales me apuntaban al mismo
tiempo que me hacían la seña para que me detuviera. Recuerdo
que de estos tres sujetos uno salió por el costado derecho, del
camino y traía un arma de fuego parecida a los que se les llama
cuerno de chivo y no me fije por el miedo que vestía pero traía el
rostro cubierto con pasamontañas negras, el segundo y tercero de
los sujetos salieron ambos del costado derecho, del camino y uno
de ellos traía un arma de fuego tipo escopeta y tampoco recuerdo
que vestía pero traía también el rostro cubierto con pasamontañas
igual que el otro, el tercero de ellos que como digo también salió
del lado izquierdo del camino traía un arma de fuego tipo pistola
tipo escuadra al parecer veintidós, y tampoco mire que vestía,
solo le mire los zapatos como tipo trabajo normal de los corrientes
color negro, al ver esto el declarante me asusté mucho, por lo cual
para que no me fueran hacer daño detuve inmediatamente la
marcha del arma tipo pistola se arrimó conmigo por el lado del
copiloto y me dijo APAGA EL MOTOR, BÁJATE Y SÚBETE A LA
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CAJA HIJO DE TU CHINGADA MADRE NO TE HAGAS
PENDEJO luego me dio un golpe recio en mi hombro izquierdo,
fue por esa razón que apague el motor y baje de la camioneta
dejando las llaves en el suicht del encendido, una vez que me
bajé el sujeto el cuál se estaba dirigiendo conmigo y que era el
único que hablaba me seguía atrás de mí y me fui para el lado de
la caja y quise voltear a con el sujeto y me dio un fuerte golpe en
la mejilla, luego yo solo me subí a la parte trasera de mi
camioneta es decir en la caja y me acostaron boca abajo
echándome una colchoneta usada sobre mí, la cual traía en la
caja de la camioneta, una vez que colocaron la colchoneta sobre
mi cuerpo, se sentó uno de los sujetos y creo que los otros dos se
subieron a la cabina de la camioneta luego se escuchó como que
quisieron echarla andar, mas como mi camioneta anda fallando de
la batería no quiso arrancar, fue entonces que uno me quitaron la
colchoneta de encima y me levantaron y me bajaron de la caja de
la camioneta diciéndome NO TE HAGAS PENDEJO ECHALA
ANDAR, así pues que al oír esto les dije que la camioneta andaba
fallando de la batería que no servía, fue entonces fue me dijeron
SÚBETE TU Y TU DALE, así pues que me subí a la camioneta
pero en vez de echar el shuict hacia delante lo eche hacia atrás,
para que no encendiera cuando me arrempujaran la camioneta la
cual efectivamente dos de ellos que eran el de la escopeta y el del
cuerno de chivo, estaban arrempujando mientras el otro que era el
que traía un arma veintidós me apuntaba con su arma
cuidándome a pocos metros de distancia una vez que ellos
empezaron a empujar la camioneta obviamente esta no prendía,
razón por lo cual se enojaron y me seguían maltratando mucho,
luego que vieron que la camioneta no prendió, me bajaron y me
dijeron que caminara sobre el monte, más o menos por el lado
derecho del camino yendo de la carretera hacia el rancho por una
brecha que se encuentra a un costado de donde está la higuera
grande a la cual hice referencia con antelación, por dicha brecha
me llevaron entre el monte y caminamos buen rato la verdad no
recuerdo cuanto pero es más o menos hasta llegar a medias
faldas de un cerro que cree que se ubica rumbo el camino a la
Peñita, una vez que llegamos a las faldas de dicho cerro mire que
hacia abajo estaba el cañaveral, propiedad de una pequeña
propiedad de nombre los cuatro asas mas no se me el nombre de
los dueños, por lo cual me ubique el lugar donde yo estaba,
inmediatamente después que llegamos el sujeto que traía la
pistola .22 y que era el único que se dirigía conmigo me saco mi
cartera de piel color café viejita en la cual traía una tarjeta del
banco **********, CREDENCIAL DE ELECTOR, LICENCIA DE
MANEJO, CREDENCIAL DE ********** y más documentos y
tarjetas varias que traigo de conocido además de dos billetes de
dos dólares, una vez que me sacaron mis cosas y revisaron la
cartera como vieron que no traía dinero el sujeto de la veintidós
dijo YA VALIO MADRE ESTE HIJO DE SU PUTA MADRE NO
TRAÍA NADA DE DINERO, refiriéndose a mi, luego se escuchó
que otro bajito en tono de voz dijo NO, NO REVISALE BIEN y el
de la veintidós contesto NO TRAÍA NADA IRA REVISA TU, luego
de eso me pidieron el número de teléfono de mi casa y una vez
que se los di; luego el de la veintidós dijo lo siguiente TIRATE AL
SUELO BOCA ABAJO, luego que me acosté oí que sacaban unas
cadenas luego me amarraron el pie derecho hacia un palo que
estaba ahí, y luego me amarraron las manos por atrás con un tipo
como hilillo, luego después de esto corto un pedazo de camiseta e
hizo bola un puño y me lo metió a la boca luego corto otro pedazo
de trapo y me apretó más la boca, luego que ya me amarraron el
de la veintidós me dijo IRA E VOY A DEJAR A UNO DE ESTOS
CUIDANDOTE, NO GRITES Y NO TE MUEVAS POR QUE SI NO
TE VAMOS A MATAR, COOPERA PORTATE BIEN Y NO TE
VAMOS A HACER NADA, luego escuche cuando ellos se fueron
para debajo de la falda del cerro rumbo a la peñita, pasado un
rato yo tanteo que pasaron como dos horas como pude me zafe el
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trapo de la boca moviendo la mandíbula y comencé a torcer y una
vez que ví que no había nadie de los sujetos que me amarraron
comencé a gritar pidiendo ayuda, por que como ya lo dije no
estaba muy lejos de la carretera ni de la brecha que da al rancho,
pasado esto yo creo que siendo como las cuatro horas del día
escuche que alguien respondía a mi auxilio se escuchaba retirado
de donde yo estaba y yo le gritaba a esa persona QUE ERA DON
MARCOS QUE SUBIERA POR EL CAMINO DE LA CERCA
PARA ARRIBA AYÚDAME A SOLTARME ESTOY AMARRADO,
O SI NO VE AL RANCHO Y VE Y DILES QUE VENGAN A
AYUDARME POR FAVOR, luego de un ratito llego un muchachito
que no conozco de nombre más tiene como ********** años y es
hijo de la señora de nombre ********** la cual es del rancho
**********, este niño quien por cierto venía a caballo se quedó lejos
de conmigo viendo a donde yo estaba, y se veía como que estaba
asustado, yo al ver esto le grite HIJO SOY YO DON **********, al
oír esto el niño me conoció y dijo DON ********** AY VOY, Lugo
llego y vio como estaba atado con cadena y candados con un
machete que el traía trozo el hilo de las manos y luego trozo el
candado que estaba sujetando las cadenas, una vez que me
solté, con la ayuda de el niño me fui caminando hacia el rancho
de **********;
Declaración a la que se otorga valo0r indiciario
preponderante en términos del artículo 271 del Código
Procesal Penal para el Estado, al provenir de la víctima del
delito, siendo única y singular trascendiendo que el pasivo se
sostuvo en los hechos materiales cuando emitió su declaración
ante la representación social investigadora; de dicha declaración
se advierte que dicha persona fue quien de manera directa y
personal resintió la privación de su libertad el día cinco de Octubre
del año dos mil cuatro aproximadamente a las nueve horas con
treinta minutos cuando se dirigía al Ejido ********** a bordo de su
camioneta, cuando de pronto de entre la maleza le salieron al
paso tres sujetos quienes portaban armas de fuego, los cuáles lo
privaron de su libertad por medio de la violencia física y moral ya
que con golpes y amenazas con matarlo obtuvieron su
inmovilización y no le fue posible pedir auxilio.
Lo cual se ve corroborado con el dicho del testigo **********, quien
en lo que aquí interesa señaló:
“…Que fue el día de ayer cinco de Octubre del año en curso,
siendo aproximadamente a las 15:30 quince horas treinta minutos,
el de la voz iba a trabajar a unas parcelas que son mías y de un
hermano, mismas que se ubican en las cercanías del poblado de
**********, a una distancia aproximada de 300 trescientos metros, y
ese punto se denomina como parcelas escolares, por lo que
cuando iba caminando escuche que alguien estaba chiflando en
varias ocasiones, pero no le tome importancia hasta que escuche
que una voz masculina gritaban el sobrenombre de “**********” en
repetidas ocasiones, y también gritaban que lo desamarraran, por
lo que el de la voz seguí la voz para ver de dónde provenía, y a
unos cuantos metros, sobre la maleza me encontré tirado boca
arriba a un señor que conozco con el nombre de ********** quien
es vecino del poblado, pero vive en esta ciudad, sigo
manifestando que el señor estaba amarrado de ambas muñecas
con hilillo o rafia, pero las tenía por detrás de su espalda, y
además sus pies estaban amarrados con unas cadenas sujetados
a dos palos, y tenían candado, por lo que el señor ********** me
pidió ayuda y se la proporcione, y me percaté de que traía
colgado a su cuello al parecer un pañuelo en color negro, ya que
le corte el hilillo con un machete, y quebré con el mismo machete
un candado para quitarle las cadenas, haciendo mención que
tenía dos candados, uno a la altura de sus pies, y otro en los
palos, posteriormente lo acompañe al poblado, en donde un
amigo del señor ********** lo traslado hasta esta ciudad…;
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Testimonio que adquiere valor probatorio de indicio en
términos del numeral 269 de la Ley Procesal Penal para el
Estado, ya que fue emitida por persona que tuvo conocimiento
directo en los hechos que son investigados y no por inducción ni
referencia de terceras personas, de la cual se advierte que el
emitente el día cinco de Octubre del dos mil cuatro al estar
transitando por las cercanías del poblado ********** escuchó a una
persona solicitando ayuda, por lo que al acercarse el declarante
se percató de que el sujeto pasivo se encontraba privado de su
libertad, mismo que se encontraba amarrado de manos y pies
tirado boca arriba sobre la maleza del lugar, por lo que procedió a
liberarlo cortando las ataduras de su cuerpo y trasladándolo a la
población mes cercana para que le proporcionaran ayuda.
Así como con la declaración de la C. **********rendida ante el
rendida ante el Agente del Ministerio Público en fecha seis de
octubre del año dos mil cuatro, en la cual manifestó lo siguiente:
“…Que antes de iniciar con mi declaración ministerial la de la voz
soy esposa del señor **********, es el caso que el día de ayer
cinco de octubre del año en curso, siendo aproximadamente las
veintitrés horas con cincuenta y nueve minutos, la de la voz me
encontraba en mi domicilio, cuando recibí llamada vía telefónica, y
al contestar una voz masculina madura no joven como de unos
cuarenta y cinco a cincuenta años de edad, con acento tipo
sureño como ********** y a la vez calmada o pacífica me dijo ….
“señora, ya recupero a su señor” … y yo le dije que donde
estaba hablando a la vez que esa voz me contestó titubeando ….
“de un lugar… yo nada más vengo a recuperar el dinero que
me quitaron sus hermanos en **********, no había venido
porque estaba en la cárcel” … ósea aclarando a la presente que
se refería a dos de mis hermanos los cuales en vida se llamaban
**********y **********; entonces le contesté que mis hermanos ya
había fallecido, y nosotros de ese asunto no sabemos nada,
manifestándole que porque no veía a la viuda de mi hermano
**********por lo que me contestó … “No, no, no, no, le voy a
levantar a su hijo, y no estoy jugando, usted como se llama”
…. y le dije que mi nombre, pero la voz me decía ********** que ?,
pero yo le dije mis apellidos, pero le dije fui hermana de **********y
**********diciéndome la voz …. “le voy a hablar mañana…” y le
pregunte me va hablar mañana ?, y la voz me contesto …. “Si…”
y fue toda la conversación que sostuve, porque me colgó de
inmediato, quiero decir que la de la voz cueto (SIC) con aparto
(SIC) de identificador de llamadas, y tengo registrada la llamada
que tuve del número **********, que al parecer es de algún tipo de
teléfono celular; agregando que hasta el día de hoy y horas
transcurridas no he vuelto a recibir ninguna llamada. Quiero seguir
manifestando que la voz no se me hizo conocida ya que nunca la
había escuchado y menos con el acento ya señalado, pero lo que
si es mi deseo asentar es de que, mi hermano **********fue
Comandante de la Policía Judicial Federal, y duró como elemento
de dicha corporación aproximadamente como diez años, claro que
primero fue agente, pero en el mes de Diciembre del año de 1999,
mil novecientos noventa y nueve, en la ciudad de **********,
mataron a mi hermano junto con mi otro hermano de nombre
**********, aclarando que éste último hermano siempre andaba con
**********pero no pertenecía a la corporación, creyendo que la
causa de muerte de mis hermanos por ajuste de cuentas por parte
del narcotrafico, pero en si no estoy segura, pero nunca supe si mi
hermano **********, tuvo problemas o enemigos, ya que no se la
pasaban en esta ciudad, y solamente venían en ocasiones
especiales. Cabe decir que la de la voz fui maestra de primaria en
el poblado de **********Municipio de esta Ciudad, en donde dure
como cuatro años trabajando, y la gente de ese pueblo me regalo
de un terreno endonde hice una casa, y casi a diario me la paso
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en el pueblo, como dice ya soy vecina del poblado, por lo que
aproximadamente año y medio acudí de visita a la casa de un
vecino de nombre **********quien también vive en **********, pero
que actualmente se encuentra en los Estados Unidos de Norte
America, y éste me empezó a comentar de un hecho delictuoso
que perjudicaba a mi esposo, agregando que **********lo que
acontinuación voy a manifestar me lo dijo delante de su esposa de
nombre **********, diciéndome que una vez se encontraba en un
pueblito cercano a **********a siete kilómetros de distancia, y que
le llaman **********o **********Municipio de esta Ciudad, y que en
ese lugar se encontraba tomando bebidas embriagantes en
compañía de **********(a) “**********ó **********”, **********(a)
“**********” y **********, y que escucho comentar a **********y a
**********, que iban a asaltar a mi esposo con un rifle, por el motivo
de que supuestamente traía mucho dinero en la cartera y que de
ahí se iban a ir a la casa de mis papas que al cabo nada más
estaban una muchacha y un viejito osea mi papá, y que a la vez
estaban invitando a **********para que participara en el asalto, y
que lo iban a asaltar en un lugar denominado como
**********donde están unas higueras, mismo lugar donde ayer
cinco de los cursantes se llevó a cabo la privación ilegal de la
libertad personal de mi esposo; fue entonces que mi reacción, fue
de ir por mis padres a platicarles lo sucedido y a dirigirme a la
casa de **********, al cual le reclamé lo que me había comentado,
pero este negó todos los hechos, pero se puso nervioso y pálido,
a los cuatro días aproximadamente llegó solo a la casa el
mentado **********, pero andaba drogado ya que es un vicioso, y
me empezó a decir con lujo de detalles lo que le pensaban a
hacer a mi esposo, diciéndome que si era cierto que entre él y
**********iban a asaltar a mi esposo, y que iba a utilizar un rifle que
le iba a llevar **********, un rifle de muchos tiros, y que le iba a dar
veinte mil pesos moneda nacional nomás que vendiera una
camioneta **********, pero que **********se molestó porque le llevó
un rifle de un tiró, diciéndome que si le tenía miedo a él y a
**********pero le dije que no, ya que si lago (sic) me pasaba a mi o
a mi familia los iba a ser responsables, manifestándome que si el
no se había animado tal vez otro lo iba a hacer, y que además la
causa de que iban a asaltar a mi esposo era porque
supuestamente tenía dienro, posteriormente hable con **********el
cual me dijo que si era cierto lo que se iba a planear, pero que el
no aceptó porque se trataba de mi, y que tuviera yo cuidado con
**********, porque no respetaba a su familia, y que si era capaz de
asaltar a mi esposo; en la actualidad **********y **********se
encuentran trabajando en los Estados Unidos de América, y
**********en la ciudad de Tijuana, Baja California Norte, trabajando
como chofer de un tráiler de una cervecería, y ********** se
encuentra viviendo en ésta ciudad, ya que se juntó con una viejita,
pero no se en que colonia vive, pero como dato supe que vive
cercas de la casa de una persona que se llama **********, quien es
Agente de la Policía Judicial del Estado, mismo que es vecino
también del poblado de **********y al parecer en ésta ciudad vive
en la colonia **********o **********pero quiero asentar que
**********ya que casi no se ha visto por el pueblo, haciendo
mención que **********conoce muy bien el monte, ya que el padre
de este tiene una huerta, por último deseo manifestar que una
persona de nombre **********se la ha pasado como buen amigo de
**********ya que se dedica a buscar tesoros con un detector, y
supe que hace como seis días lo vieron salir de una alcantarilla
que se encuentra en la carretera, junto con la otra persona que no
es del pueblo, pero que actuaban de forma sospechosa, y que la
persona que acompañaba al **********no le vieron la cara, ya que
usaba una cachucha que le tapaba la cara, agregando que ese tal
**********, compró una camioneta color **********, como tipo
**********, casi nueva, aclarando que cuando iba al poblado no
traía camioneta, pero lo que la de la voz sospecho plenamente
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**********(a) “**********ó **********”, que haya participado con el
**********, ya que son muy amigos, así como de otra persona…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales vigente en el Estado, dado que la
misma fue emitida por persona mayor de edad y con capacidad
para entender los hechos sobre los cuales declara, y de la que se
desprende que que el día cinco de octubre del año dos mil cuatro,
aproximadamente a las veintitrés horas con cincuenta y nueve
minutos, recibió una llamada vía telefónica, y que al contestar una
voz masculina madura no joven, con asentó tipo sureño como
**********, le dijo Señora, ya recupero a su señor, a lo que la
declarante le contesto que de donde le estaba hablando, y que a
la vez le contesto titubeando, de un lugar, yo nada más vengo a
recuperar el dinero que me quitaron sus hermanos en **********,
no había venido porque estaba en la cárcel, a lo que la declarante
le contesto que sus hermanos ya habían fallecido y que ellos de
ese asunto no sabían nada, diciéndole que le iba a levantar a su
hijo, y que no estaba jugando, diciéndole por último que le iba
hablar al día siguiente, así mismo, adujo que hacia año y medio
que había ido de visita con un vecino de la localidad de lo de
**********, de nombre **********, y que este le comento de un hecho
que perjudicaba a su esposo (hoy ofendido), señalándole que al
encontrarse en un pueblo cercano al de lo de ********** llamado la
********** o **********, y que en dicho lugar se encontraba tomando
bebidas embriagantes en compañía de **********, alias “**********”
o “**********”, ********** alias “**********” y **********, y que escucho
comentar a ********** y a ********** que iban a asaltar a su esposo
con un rifle, por que traía mucho dinero en la cartera, y que
estaban invitando a ********** para que participara en el asalto, y
que lo iban a asaltar en un lugar llamado el vadito, y que en ese
mismo lugar fue donde se llevó a cabo la privación de la libertad
de su esposo, y que posteriormente acudió a la casa de **********
a reclamarle y que este había negado todos los hechos.
Lo anterior se robustece con el dicho de **********, quien en su
calidad de co-indiciado refirió en lo que al caso interesa:
“…un día como a las 09:30 nueve horas treinta minutos, **********
del que no recuerdo sus apellidos, pero que actualmente también
está detenido en la penal, ********** del que desconozco sus
apellidos y donde viva, ya que nada más sabía que era de
**********, y el de la voz estábamos esperando por una brecha del
Rancho de **********, a ver si pasaba Don **********, ya que ahí
nos había dejado **********, y nos dijo que por ahí iba a pasar Don
**********, y nos llevó a bordo de su camioneta MARCA **********,
pero le pudo redilas, y después de dejarnos el se retiró, ya que
Don ********** lo conocía muy bien y estábamos escondidos en el
monte esperando a que pasara Don **********, y en esa ocasión
********** portaba un rifle de los llamados cuerno de chivo,
********** llevaba una pistola escuadra calibre 22 veintidós, y el de
la voz llevaba cargando dos costales con comida que íbamos a
necesitar para cuando tuviéramos secuestrado en el cerro a Don
**********, y también llevaba un teléfono nuevo celular marca
Nokia Digital, color azul, sin recordar el número y el teléfono y la
comida ********** me los dio, y recuerdo que serían como las
09:30 nueve horas treinta minutos de la mañana divisamos que
venía Don ********** solo en una camioneta MARCA **********,
MODELO ATRASADO, por lo que estando cubiertos del rostro
con trapos ********** y ********** le salieron por el camino y le
ordenaron que se parara apuntándole con sus armas, y cuando
Don ********** paró la camioneta, el de la voz también salí del
monte con los costales de comida, y entre ********** y ********** ya
lo habían bajado de la camioneta y lo subieron en la caja de la
misma, y lo taparon con un colchón que traía en la caja de la
17
camioneta, y el de la voz me subí atrás en la caja arriba del
colchón, y ********** se subió del lado del conductor y ********** del
lado del Copiloto, pero la camioneta no quiso encender del motor,
por lo que bajaron a Don ********** y le dijo ********** que la echara
andar, pero tampoco pudo ya que estaba fallando la batería, por
lo que el de la voz me subí para echarla andar mientras que
**********, ********** y DON ********** la empujaban, pero no
pudimos encenderla, por lo que nos fuimos caminando por una
brechita por el borde de un cañaveral, y como a unos setenta
metros nos paramos, y el de la voz de un costal en los que traía la
comida, saque una cadena con dos candados y sujete a Don
********** de un píe sin recordar de cual, y le puse un candando, y
el otro extremo de la cadena lo amarré de un árbol del que
desconozco de que tipo, pero era delgado y también lo asegure
con un candando, y no recuerdo quien fue el que le tapó la boca,
pero le quite la cartera como de piel color caoba pero nada más
traía tarjetas de bancos y varios papelitos, pero nada de dinero,
por lo que les dije a ********** y a ********** que esto no había
servido, que mejor nos fuéramos, y cada quien agarro una vereda,
por lo que el de la voz me fui a **********, por pura vereda ya que
conozco bien la zona debido a que me crié en **********, y
recuerdo que deje la comida en el mismo lugar donde dejamos a
Don **********…”.
Declaración que adquiere valor de indicio en términos del
artículo 271 del Código de Procedimientos Penales para el
Estado, ya que se relaciona adecuadamente con los demás
medios de prueba existentes en autos, de cuyo contenido se
advierten circunstancias que evidencian que dicho declarante
conoce al quejoso y a los otros sujetos que participaron en los
hechos referidos y por ende tuvo conocimiento directo y personal
de estos, ya que participó en la ejecución del ilícito de mérito, en
el que privaron de su libertad personal al pasivo del delito,
declarando con detalle ante la autoridad investigadora la manera
en la que cada uno colaboró en la acción privativa de libertad del
ofendido de referencia, pues señala que el declarante en
compañía del hoy quejoso y dos personas más planearon la
privación de la libertad del pasivo, siendo el declarante y dos
personas más las que lo llevaron a cabo de manera directa,
mientras que la persona de nombre ********** los llevó a bordo de
su camioneta hasta el lugar donde esperaron a la persona que
privaron de su libertad quedando en dicho acuerdo planeado,
mientras que dicho sujeto se retiró del lugar ya que el ofendido lo
conocía ampliamente, sin embargo de todos modos iban a estar al
pendiente de lo que aconteciera…”.
Luego entonces, de lo anterior se advierte que hasta el momento
se encuentra debidamente acreditado el primero de los elementos
sometido a estudio, ya que con dichos medios de prueba quedó
debidamente acreditado que una persona fue privada de su
libertad personal sin su voluntad.
Por lo concerniente al segundo elemento consistente en que se
trate de obtener rescate o de causar daño o perjuicio al plagiado o
a otra persona relacionada con este, debemos decir que al
analizar el cúmulo pruebas que obran dentro de la presente
causa, arribamos a la conclusión de que logra actualizarse la
privación de la libertad personal de una persona del sexo
masculino, con la pretensión de obtener un rescate, lo que se
acredita con lo manifestado por el ofendido el ofendido **********,
rendida ante el Agente del Ministerio Público el día cinco de
octubre del año dos mil cuatro, la cual no se transcribe en obvio
de repeticiones innecesarias, puesto que la misma ya obra
transcrita en el cuerpo de la presente resolución y a la cual se le
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otorga valor indiciario preponderante en términos del artículo
271 del Código Procesal Penal para el Estado, al provenir de la
víctima del delito, siendo única y singular trascendiendo que el
pasivo se sostuvo en los hechos materiales cuando emitió su
declaración ante la representación social, de dicha declaración se
advierte que fue el declarante quien de manera directa y personal
resintió la privación de su libertad, pues en ella refiere que el día
cinco de Octubre del año dos mil cuatro aproximadamente a las
nueve horas con treinta minutos cuando se dirigía al Ejido
********** a bordo de su camioneta, cuando de pronto de entre la
maleza le salieron al paso tres sujetos quienes portaban armas de
fuego, los cuáles lo privaron de su libertad por medio de la
violencia física y moral ya que con golpes y amenazas con
matarlo obtuvieron su inmovilización y no le fue posible pedir
auxilio, y que después de caminar un tiempo por una brecha y que
al llegar a las faldas de un cerro uno de los sujetos le quito su
cartera y al revisarla y ver que no traía dinero, dijo “ya valió
madre, este no trae nada de dinero”, y que posteriormente le
pidieron el número de teléfono de su casa, y que después que
les dio el número de teléfono lo encadenaron a un árbol y escucho
que se fueron.
Así mismo, acredita con lo expuesto por la C. **********rendida
ante el rendida ante el Agente del Ministerio Público en fecha seis
de octubre del año dos mil cuatro, misma que no se transcribe en
obvio de repeticiones innecesarias, puesto que la misma ya obra
transcrita en el cuerpo de la presente resolución y a la cual se le
concede valor de indicio de conformidad a lo dispuesto por el
artículo 271 del Código de Procedimientos Penales vigente en
el Estado, dado que la misma fue emitida por persona mayor de
edad y con capacidad para entender los hechos sobre los cuales
declara, la cual sirve para corroborar lo expuesto por el
querellante en el sentido, de que después de quitarle la cartera le
pidieron el número de teléfono de su casa, ya que la declarante
señalo que el día cinco de octubre del año dos mil cuatro,
aproximadamente a las veintitrés horas con cincuenta y nueve
minutos, recibió una llamada vía telefónica, y que al contestar una
voz masculina madura no joven, con asentó tipo sureño como
**********, le dijo Señora, ya recupero a su señor, a lo que la
declarante le contesto que de donde le estaba hablando, y que a
la vez le contesto titubeando, de un lugar, yo nada más vengo a
recuperar el dinero que me quitaron sus hermanos en **********,
no había venido porque estaba en la cárcel, a lo que la declarante
le contesto que sus hermanos ya habían fallecido y que ellos de
ese asunto no sabían nada, diciéndole que le iba a levantar a su
hijo, y que no estaba jugando, diciéndole por último que le iba
hablar al día siguiente, así mismo, adujo que hacia año y medio
que había ido de visita con un vecino de la localidad de lo de
**********, de nombre **********, y que este le comento de un hecho
que perjudicaba a su esposo (hoy ofendido), señalándole que al
encontrarse en un pueblo cercano al de ********** **********
llamado la ********** o **********, y que en dicho lugar se
encontraba tomando bebidas embriagantes en compañía de
**********, alias “**********” o “**********”, ********** alias “**********” y
**********, y que escucho comentar a ********** y a ********** que
iban a asaltar a su esposo con un rifle, por que traía mucho dinero
en la cartera, y que estaban invitando a ********** para que
participara en el asalto, y que lo iban a asaltar en un lugar llamado
el vadito, y que en ese mismo lugar fue donde se llevó a cabo la
privación de la libertad de su esposo, y que posteriormente acudió
a la casa de ********** a reclamarle y que este había negado todos
los hechos.
Corroborándose lo anterior con el dicho de **********, quien en su
calidad de participante en los hechos en comento refirió:
21
“….fue a finales del mes de Septiembre o principios del mes de
Octubre del año 2004, Dos Mil Cuatro, en que me contacto en mi
domicilio **********, alias **********, quien vivía en la colonia
********** de esta **********, pero actualmente esta detenido en la
Penal de Tepic, por delitos de secuestros, y ********** me dijo que
si levantábamos a don **********, refiriéndose con levantar
secuestrar, y el de la voz acepte, ya que ya lo habíamos hecho
antes, mas no supe cuanto se iba a pedir por el rescate de Don
**********, a quien ya conocía de vista, por que en ocasiones lo
veía en las fiestas de las rancherías de el **********, o en la
**********, ya que Don ********** tiene un Rancho para **********,
Municipio de Tepic, y en esa ocasión lo estuvimos buscándolo ya
que no lo hallábamos porque tiene varios carros; … sujete a Don
********** de un píe sin recordar de cual, y le puse un candando, y
el otro extremo de la cadena lo amarré de un árbol del que
desconozco de que tipo, pero era delgado y también lo asegure
con un candando, y no recuerdo quien fue el que le tapo la boca,
pero le quite la cartera como de piel color caoba pero nada mas
traía tarjetas de bancos y varios papelitos, pero nada de dinero,
por lo que les dije a ********** y a ********** que esto no había
servido, que mejor nos fuéramos, y cada quien agarro una vereda,
por lo que el de la voz me fui a **********, por pura vereda ya que
conozco bien la zona debido a que me crié en **********, y
recuerdo que deje la comida en el mismo lugar donde dejamos a
Don **********, y en esa ocasión una vez que tuviéramos bien
escondido en el cerro que esta a la entrada de **********, por el
teléfono celular le iba a avisar a ********** que ya teníamos a Don
**********, además de darle los números telefónicos a los que
debían llamar para pedir el rescate, ya que ********** y Don
**********, quien ahora se que se llama **********, se iban a
encargar de cobrar el rescate, y una vez que lo hubieran pagado,
********** me iba avisar para soltar a Don **********, y ya luego
recibir el pago, pero las cosas no salieron bien, y por ese
secuestro no recibí nada de dinero…; a continuación la
representación social le formuló al declarante las siguientes
preguntas: A LA PRIMERA.- Que diga el declarante con que
finalidad privaron de la libertad al señor **********. RESPUESTA.-
Para pedir dinero a cambio de su liberación. A LA SEGUNDA.-
Que diga el declarante cuanto iban a pedir por la liberación del
señor **********. RESPUESTA.- Que desconoce, ya que de eso se
encargarían ********** (A) **********, Y **********.
Declaración que adquiere valor de indicio en términos del
artículo 269 del Código adjetivo para el Estado, ya que se
relaciona adecuadamente con los demás medios de prueba
existentes en autos, de cuyo contenido se advierte que dicho
declarante señala la mecánica de ejecución en la que
secuestraron al ofendido de referencia, y el lugar donde lo dejaron
atado con cadenas y mecates amordazado de la boca, asimismo
que ello fue con el objeto de cobrar el rescate por la liberación del
secuestrado y señalando que habían acordado que una vez que
tuvieran bien escondido al ofendido, le iban a avisar al
coprocesado apodado “**********”, y le pasarían los números de
teléfono a los que deberían llamar, y que desconoce la cantidad
que se iba a cobrar por el rescate del ofendido, puesto que
quienes se encargarían de pedir y cobrar el rescate serian
********** y ********** (A) “**********”; por lo que en este sentido con
los anteriores medios de prueba queda debidamente acreditado el
último de los elementos materiales sometido a estudio, ya que
quedó debidamente justificado que para llevar a cabo la privación
de la libertad del pasivo del delito, se tenía la intención de cobrar
un rescate por su liberación.
De ahí que de manera circunstancial a que hace referencia el
artículo 272 del Código de Procedimientos Penales, se desprende
23
que lo manifestado por ********** en el sentido de que se iba pedir
rescate del doliente del delito, es creíble, pues de la cantidad que
se pidiera se le iba a dar parte a ********** como a los demás
participantes como pago en su intervención. Acreditándose con
ello, que el fin ideado por los sujetos activos era el de obtener un
rescate y que haya procurado alcanzarlo, siendo irrelevante que lo
hubiera obtenido, pues para ello se realizaron todos los actos
preparados y encaminados con ese fin, como es el haber privado
de la libertad a las pasivos como ha quedado demostrado en el
considerando que antecede.
Sirve de apoyo, la tesis con número de Registro: 187,151.
Materia(s): Penal. Novena Época. Instancia: Tribunales
Colegiados de Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta. XV, Abril de 2002. Tesis: VI.1o.P.187 P.
Página: 1309. PLAGIO O SECUESTRO, DELITO DE. PARA SU
CONFIGURACIÓN NO ES NECESARIO ACREDITAR QUE SE
OBTUVO UN RESCATE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE
PUEBLA). El delito de secuestro previsto en la fracción I del
artículo 302 del Código de Defensa Social del Estado, no exige
para su configuración que el sujeto activo obtenga el rescate por
el plagiado, al tratarse de un tipo de resultado cortado o
anticipado, en el que se colman las exigencias del cuerpo del
delito, sin que verdaderamente se obtenga la finalidad propuesta,
en razón de que el legislador estableció la consumación de este
delito con la sola privación de la libertad de una persona en forma
ilícita y la punibilidad que le corresponda a cada conducta
dependerá de la o las diversas acciones que realicen los activos
después de tener privado de la libertad al pasivo, incluyendo,
desde luego, la idea criminal; así tenemos que la disposición
penal, en lo que interesa, señala: "... cuando la detención
arbitraria tenga el carácter de plagio o secuestro, en alguna de las
formas siguientes: I. Cuando se trate de obtener rescate ..."; por lo
que para actualizarse este supuesto es suficiente que se
demuestre que el fin ideado por el sujeto activo haya sido el de
obtener un rescate y que haya procurado alcanzarlo, siendo
irrelevante que lo hubiera obtenido. Quedando acreditado
circunstancialmente del segundo de los elementos consistente en
que la privación de la libertad de las sujetos activos era pedir un
rescate.- En la misma tesitura se encuentra con número de
registro la tesis número 215,579. Materia(s): Penal. Octava
Época. Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito. Fuente:
Semanario Judicial de la Federación. XII, Agosto de 1993. Página:
514, cuyo texto dispone: **********
En consecuencia de lo anterior se tiene que a criterio de este
juzgador, y de acuerdo a la naturaleza de los hechos investigados
e inclusive atendiendo al enlace lógico y natural, más o menos
necesario que existe entre la verdad conocida y la que se busca,
se llega al conocimiento de que efectivamente en la especie, el
día 05 cinco de Octubre del año 2004; Dos mil cuatro,
aproximadamente a las 09:30 nueve horas con treinta minutos,
cuando el pasivo del delito ********** se dirigía al Ejido ********** a
bordo de su camioneta Marca **********, para efectos de dar de
comer a su ganado, por lo que al transitar por una brecha y
dirigirse por una curva para ingresar al Ejido referido de pronto
surgieron de entre la maleza tres sujetos cubiertos de sus rostros,
quienes portaban armas de fuego y le entorpecieron el paso, los
que lo privaron de su libertad por medio de la violencia física y
moral ya que con golpes y amenazas con matarlo obtuvieron su
inmovilización y no le fue posible pedir auxilio, llevándolo
caminando rumbo al cerro donde le revisaron sus pertenencias y
lo amarraron cerca de un árbol manifestándole que no se moviera
ni hablara ya que lo privarían de la vida, siendo que en el
transcurso de dos horas aproximadamente el pasivo del delito al
no ver la presencia de quienes lo secuestraron solicitó apoyo
25
gritando que lo ayudaran, siendo escuchado en esos momentos
por una persona quien acudió hasta el lugar donde se encontraba
quien con un machete que llevaba consigo logró trozar los
mecates y los candados de las cadenas con las que se
encontraba inmovilizado, auxiliándolo y trasladándolo hasta el
poblado mas cercano para que ser trasladado a esta Ciudad
Capital en donde hizo del conocimiento de la autoridad
investigadora el ilícito perpetrado en su perjuicio; por lo que de
acuerdo a la conducta antijurídica desplegada en la especie, el
activo del delito se hizo acreedor a una sanción al violar una
disposición penal que en la especie es sancionada con pena
privativa de libertad personal de acuerdo a lo establecido por el
artículo 284 del Código Penal en el Estado, vigente en la época
en que sucedieron los hechos, ya que se lesionó un bien
jurídicamente protegido como lo es la paz, libertad y seguridad de
la persona ofendida, sobre la cuál se desplegó la conducta
antisocial de referencia; por lo que de acuerdo a su actuar
indebido, quedó debidamente acreditada la figura delictiva del
ilícito de SECUESTRO O PLAGIO, previsto y sancionado por el
artículo 284 fracción I y V de la ley sustantiva penal anterior a
la nueva ley para sancionar el secuestro por el cuál ejercitó
acción penal el representante social investigador.
Ahora bien, por lo que ve a la existencia del delito de
ASOCIACIÓN DELICTUOSA.- mismo que es previsto y
sancionado por artículo 158 en relación con el 6º Fracción I del
Código Penal para el Estado de Nayarit, mismo que establece lo
siguiente: Artículo 158.- “…Se impondrá de seis meses a seis
años de prisión y multa hasta el equivalente de diez días de
salario, al miembro de una asociación o banda de tres o más
personas, organizada, en la que se reconozca jerarquía entre sus
miembros y con el propósito permanente de delinquir,
independientemente de la sanción que le corresponda por el delito
que cometa; Artículo 6º.- “…los delitos pueden ser: fracción I.-
Intencionales o dolosos…”;
En consecuencia de la anterior transcripción se advierten como
elemento materiales a demostrar los siguientes:
A).- Ser miembro o participante en una asociación o banda de
tres o más personas, en la cual medie el propósito
permanente de delinquir;
B).- La existencia de la jerarquización entre los miembros del
grupo;
Elementos del delito que a juicio de esta autoridad, se encuentra
acreditado, con las declaraciones ministeriales referidas con
antelación, pues en ellas se detalla cuáles eran sus actividades
delictivas que llevaban a cabo y que eran más de tres personas,
reconociendo jerarquía de una persona y el propósito permanente
de delinquir, como a continuación se demuestra:
En razón de lo anterior, se tiene que el primero de los elementos
materiales del ilícito referido consistente en SER MIEMBRO O
PARTICIPANTE EN UNA ASOCIACIÓN O BANDA DE TRES O
MÁS PERSONAS, EN LA CUAL MEDIE EL PROPOSITO
PERMANENTE DE DELINQUIR; el cual se acredita con lo
manifestado por el sentenciado **********, en su declaración
ministerial de fecha trece de marzo del año dos mil siete, en la
cual señaló lo siguiente:
“…en relación a mi participación en la privación de la libertad de la
persona que ahora sé que se llama **********, quiero manifestar
que sin recordar la fecha exacta, pero fue a finales del mes de
septiembre o principios del mes de octubre del año 2004; Dos mil
27
cuatro, en que me contactó en mi domicilio ********** alias
**********, quien vivía en la Colonia ********** de esta Ciudad, pero
actualmente está detenido en la penal de Tepic por delitos de
secuestros, y ********** me dijo que si levantábamos a Don
**********, refiriéndose con levantar o secuestrar, y el de la voz
acepté ya que ya lo habíamos hecho antes; … por ese secuestro
no recibí nada de dinero, y en todos los secuestros
participábamos de tres a cuatro personas, máximo cinco, pero
siempre andaba ********** y **********, y en relación al rifle MARCA
********** DE LAS DENOMINADOS CUERNO DE CHIVO, con un
cargador que en estos momentos se me ponen a la vista sobre un
escritorio en estas oficinas, lo identifico como el mismo que
portaba ********** el día en que levantamos a Don **********, y que
dicho rifle es propiedad de Don **********, a quien ahora sé que se
llama **********, y esta es la verdad de cómo sucedieron los
hechos, declaración la cual la ejerzo libre y espontáneamente sin
violencia física ni moral, y en presencia de mi defensor de
oficio…”.
Declaración a la que se otorga valor de indicio en términos
del artículo 271 del Código de Procedimientos Penales para el
Estado, ya que se relaciona adecuadamente con los demás
medios de prueba existentes en autos, de cuyo contenido se
advierte que el declarante y el aquí acusado y otras personas, son
miembro de una asociación delictuosa integrada por más de tres
personas, quienes participaron en varios secuestros en diferentes
partes del Estado, ya que dicho declarante refirió que previo a los
ilícitos perpetrados se ponían de acuerdo y planeaban la forma de
hacerlo, obteniendo diversas cantidades de dinero, asimismo
señala al aquí acusado como el propietario del rifle denominado
“Cuerno de chivo”, el cuál el día del secuestro del hoy ofendido
portaba en sus manos otro de los secuestradores a quien
identifica como “**********”.
Corroborándose lo anterior con el informe de investigación
suscrito por los Agentes de la Policía Estatal, quienes hacen del
concomiendo que una vez que lograron entrevistarse con el
ofendido **********, ********** Y **********, se obtuvieron datos
fehacientes en el sentido de que efectivamente el día 05 cinco de
octubre del año 2004; Dos mil cuatro, al dirigirse dicho ofendido a
sus labores a unas tierras de su propiedad ubicadas en el Ejido de
**********, de pronto fue interceptado por tres sujetos armados y
cubiertos del rostro con paños y pasamontañas, quienes lo
bajaron de su vehículo y lo privaron de su libertad y se lo llevaron
caminando hacia una parte boscosa con maleza y arboles en
donde lo ataron de un árbol con cadenas, logrando escapar
posteriormente aprovechando que sus secuestradores no estaban
en el lugar en esos momentos, asimismo con posterioridad la
segunda de las referidas entrevistadas recibió una llamada
telefónica de parte de un desconocido quien le manifestó lo
relacionado a dicho secuestro a la vez que le exigía una cantidad
de dinero bajo el argumento que lo iba a recuperar; mientras que
el tercer entrevistado señaló que al pasar por el lugar de donde
escapó el pasivo del delito, observó que se encontraban estibados
diversos enseres personales y equipaje al parecer de varias
personas, por lo que supuso que tenían relación con los hechos
en donde privaron de su libertad al ahora ofendido, y de inmediato
lo hizo del conocimiento de la autoridad investigadora
correspondiente.
Informe que adquiere valor de indicio de acuerdo a lo
establecido por los artículos 271 de la ley adjetiva para el
Estado de Nayarit, en relación con el 21 Constitucional al tener
relación con los demás medios de prueba existentes en autos y
además por haber sido emitido por agentes investigadores en
29
cumplimiento de sus funciones específicas encomendadas, de
cuyo contenido se advierte como dato relevante y en lo que al
caso interesa que el día en que fue privado de su libertad
personal el ofendido **********, participaron diversas personas,
pues de acuerdo al informe emitido por dichos agentes de policía
se deduce que en dicho secuestro tuvieron participación tres
personas, asimismo del análisis del diverso caudal probatorio
existente en autos, mismo al cuál se ha hecho mención con
anterioridad, se advierte además la participación de dos personas
más, siendo uno de ellos quien el día de los hechos a bordo de un
vehículo de su propiedad cuyas características se encuentran
descritas en autos llevó a los tres sujetos hasta el lugar donde
esperarían a la persona que momentos después secuestraron,
mientras que el aquí acusado una vez que se le informara con
seguridad la privación de la libertad del pasivo del delito, se
encargaría de fijar la cantidad por su liberación y por ende
negociar la misma con sus familiares.
Asimismo, destaca por su importancia al caso el informe que obra
a (foja 246) emitido por el Director del Centro de Rehabilitación
“Venustiano Carranza” de esta Ciudad, en el cuál hace del
conocimiento que las personas referidas cuentan con diversos
procesos delictivos en los cuáles tienen presunta participación;
medio de prueba que adquiere valor de indicio de acuerdo a
lo establecido por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit, ya que
constituye un indicio respecto a ser participantes en asociaciones
en los cuáles participan más de tres personas cuyo fin es el
cometer ilícitos. Ilustrando lo anterior la siguiente tesis de
jurisprudencia: No. Registro: 211,163. Tesis aislada. Materia(s):
Penal. Octava Época. Instancia: Tribunales Colegiados de
Circuito. Fuente: Semanario Judicial de la Federación. XIV, Julio
de 1994. Tesis: Página: 461. ASOCIACIÓN DELICTUOSA.- “…Si
en los hechos participaron tres personas, organizadas para
delinquir, pues de sus declaraciones se desprende que en los
diversos ilícitos que cometieron se reunían previamente con el
único fin de planear la consumación del delito, es decir, en cuanto
a concepción, preparación y ejecución, y que cometieron varios
ilícitos de la misma naturaleza, debe concluirse que se
encontraban organizados de manera estable y permanente, con lo
cual se demuestra la conducta prevista en el artículo 164 del
Código Penal Federal ”. SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO
DEL SEXTO CIRCUITO. Amparo en revisión 211/89. Adolfo
García González y otro. 8 de agosto de 1989. Unanimidad de
votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Mario
Machorro Castillo. Luego entonces, de lo anterior se acredita que
el hoy quejoso efectivamente es miembro de una asociación
delictuosa conformada por tres o más personas, con el propósito
permanente de delinquir, quedando justificado de esta manera el
primero de los elementos materiales del ilícito en estudio.
Ahora bien en lo que respecta al segundo elemento material del
ilícito de mérito consistente en: LA EXISTENCIA DE LA
JERARQUIZACION ENTRE LOS MIEMBROS DEL GRUPO; se
acredita con lo declarado por **********, ante el Agente del
Ministerio Público el día trece de marzo del año dos mil siete,
misma que no se transcribe en obvio de repeticiones
innecesarias, puesto que la misma ya obra transcrita en el cuerpo
de la presente resolución, y la cual se le otorga valor de indicio
en términos del artículo 271 del Código de Procedimientos
Penales vigente en el Estado, ya que se relaciona
adecuadamente con los demás medios de prueba existentes en
autos, de cuyo contenido se advierte que dicho emitente conoce
al aquí acusado **********, y a los diversos sujetos que el día que
secuestraron al ofendido **********, lo acompañaban, y agrega que
31
el de nombre ********** (A) “**********”, era quien daba las órdenes
y les encomendaba los trabajos a realizar actuando en grupo de
más de cuatro o cinco personas.
Asimismo, al adminicular su dicho con el cúmulo de probanzas
que integran la presente indagatoria, nos damos cuenta de que no
existe medio de prueba alguno que lo desvirtúe, siendo emitida
por el una mayor de edad como se advierte de sus propias
generales que obran agregadas en autos, y la cual no se
evidencia que fue hecha bajo violencia física o moral al emitir su
dicho, y en donde da a conocer que él al igual que sus
coprocesados, son participantes de una asociación que tiene
como fin el realizar la privación de la libertad de diversas
perdonas y a cambio de su liberación piden cantidades de dinero,
siendo los integrantes cuando menos tres y máximo cinco
personas, existiendo entre ello una persona la cual organizaba y
controlaba toda la situación de nombre ********** (A) “**********”;
actualizándose de esta manera la figura delictiva del ilícito de
ASOCIACIÓN DELICTUOSA previsto por el artículo 158 del
Código Penal para el Estado de Nayarit.
V.- RESPONSABILIDAD PENAL. Ahora bien en lo que respecta
a la responsabilidad penal de **********, en la comisión de los
delitos de SECUESTRO o PLAGIO y ASOCIACIÓN
DELICTUOSA, el primero cometido en agravio de **********, y el
segundo en agravio de LA SOCIEDAD, a criterio de esta
autoridad NO se encuentra debidamente acreditada, en los
términos del artículo 13 del Código Penal vigente en la entidad, el
cual establece lo siguiente:
**********Son responsables todos los que toman parte en la
concepción, preparación o ejecución de un delito, o prestan
auxilio o cooperación de cualquier especie, por concierto
previo o por medio de actos u omisiones que no sean de los
expresamente previstos como encubrimiento; o induzcan o
compelan directamente a alguien para cometerlo**********
Lo anterior es así toda vez que del material probatorio no logra
demostrarse fehacientemente que el justiciable haya participado
en la comisión del delito que se le imputa, en virtud a que del
material probatorio existente en autos, no está plenamente
acreditado que el acusado hubiera ejecutado la conducta delictiva
que se le reprocha. Al no existir en la causa pruebas suficientes
como eficaces que así lo demuestren.
A ello se arriba en razón a que el único medio de prueba que
obra en la causa para demostrarlo es la declaración ministerial del
sentenciado **********, quien ante el agente del ministerio público
el día trece de marzo del año dos mil siete, en la que expuso lo
siguiente:
“…Que en relación a mi participación en la privación de la libertad
de la persona que ahora se que se llama **********, quiero
manifestar que sin recordar la fecha exacta, pero fue a finales del
mes de Septiembre o principios del mes de Octubre del año 2004,
Dos Mil Cuatro, en que me contacto en mi domicilio **********,
alias **********, quien vivía en la colonia ********** de esta ciudad,
pero actualmente esta detenido en la Penal de Tepic, por delitos
de secuestros, y ********** me dijo que si levantábamos a don
**********, refiriéndose con levantar secuestrar, y el de la voz
acepte, ya que ya lo habíamos hecho antes, mas no supe cuanto
se iba a pedir por el rescate de Don **********, a quien ya conocía
de vista, porque en ocasiones lo veía en las fiestas de las
rancherías de el ********** o en **********, ya que Don **********
tiene un Rancho para **********, Municipio de Tepic, y en esa
ocasión lo estuvimos buscándolo ya que no lo hallábamos porque
tiene varios carros, hasta que un día como a las 09:30 nueve
33
horas treinta minutos, ********** del que recuerdo sus apellidos,
pero que actualmente también esta detenido en la Penal, **********
del que desconozco sus apellidos y donde viva, ya que nada mas
sabía que era de **********, y el de la voz estábamos esperando
por una brecha del Rancho de **********, haber si pasaba Don
**********, ya que ahí nos había dejado **********, y nos dijo que
por ahí iba a pasar Don **********, y nos llevó a bordo de su
camioneta MARCA **********, y después de dejarnos el se retiro,
ya que Don ********** lo conocía muy bien, y estábamos
escondidos en el monte, esperando a que pasara Don **********, y
en esa ocasión ********** portaba un rifle de los llamados cuerno
de chivo, ********** llevaba una pistola escuadra calibre .22
veintidós, y el de la voz llevaba cargando dos costales con comida
que íbamos a necesitar para cuando tuviéramos secuestrado en
el cerro a Don **********, y también llevaba un teléfono nuevo
celular marca ********** Digital, color **********, sin recordar el
numero, y el teléfono y la comida ********** me los dio, y recuerdo
que serían como las 09:30 nueve horas treinta minutos de la
mañana divisamos que venía Don ********** solo en una
camioneta MARCA **********, TIPO **********, COLOR **********,
MODELO **********, por lo que estando cubiertos del rostro con
trapos ********** y ********** le salieron por el camino y le
ordenaron que se parara apuntándole con sus armas, y cuando
Don ********** paro la camioneta el de la voz también salí del
monte con los costales de comida, y entre ********** y ********** ya
lo habían bajado de la camioneta y lo subieron en la caja de la
misma, y lo taparon un colchón que traía en la caja de la
camioneta, y el de la voz me subí atrás en la caja arriba del
colcho, y ********** se subió del lado del conductor y ********** del
lado del Copiloto, pero la camioneta no quiso encender del motor,
por lo que bajaron a Don ********** y le dijo ********** que la echara
andar, pero tampoco pudo ya que estaba fallando la batería, por
lo que el de la voz me subí para echarla andar mientras que
**********, ********** y DON ********** la empujaban, pero no
pudimos encenderla, por lo que nos fuimos caminando por una
brechita por el borde de un cañaveral, y como a unos setenta
metros nos paramos, y el de la voz de un costal en los que traía
la comida, saque una cadena con dos candados y sujete a Don
********** de un píe sin recordar de cual, y le pues un candando, y
el otro extremo de la cadena lo amarre de un árbol del que
desconozco de que tipo, pero era delgado y también lo asegure
con un candando, y no recuerdo quien fue el que le tapo la boca,
pero le quite la cartera como de piel color caoba pero nada mas
traía tarjetas de bancos y varios papelitos, pero nada de dinero,
por lo que les dije a ********** y a ********** que esto no había
servido, que mejor nos fuéramos, y cada quien agarro una vereda,
por lo que el de la voz me fui a **********, por pura vereda ya que
conozco bien la zona debido a que me crié en **********, y
recuerdo que deje la comida en el mismo lugar donde dejamos a
Don **********, y en esa ocasión una vez que tuviéramos bien
escondido en el cerro que esta a la entrada de **********, por el
teléfono celular le iba a avisar a ********** que ya teníamos a Don
**********, además de darle los números telefónicos a los que
debían llamar para pedir el rescate, ya que ********** y **********,
quien ahora se que se llama **********, se iban a encargar de
cobrar el rescate, y una vez que lo hubieran pagado, ********** me
iba avisar para soltar a Don **********, y ya luego recibir el pago,
pero las cosas no salieron bien, y por ese secuestro no recibí
nada de dinero, y en todos los secuestros participábamos de tres
a cuatro personas, máximo cinco, pero siempre andaba **********
y **********, y en relación al rifle MARCA **********, CALIBRE
**********, CON NÚMERO DE MATRICULA **********, DE LOS
DENOMINADOS CUERNO DE CHIVO, con un cargador, que en
estos momentos se me ponen a la vista sobre un escritorio en
estas oficinas, lo identifico como el mismo que portaba ********** el
día en que levantamos a Don **********, y que dicho rifle es
35
propiedad de Don **********, a quien ahora se que se llama
**********, y esta es la verdad de cómo sucedieron los hechos,
declaración la cual la ejerzo libre y espontáneamente sin violencia
física ni moral, y en presencia de mi defensor de oficio…”; acto
continuo el representante social investigador formulo a dicho
declarante las siguientes preguntas: A LA PRIMERA.- Que diga el
declarante con que finalidad privaron de la libertad a señor
**********, RESPUESTA: Para pedir dinero a cambio de su
liberación, A LA SEGUNDA.- Que diga el declarante cuanto iban a
pedir por la liberación de el señor **********, RESPUESTA.- Que
desconoce, ya que de eso se encargarían **********, (A) **********,
Y **********, A LA TERCERA.- Que diga el declarante si de las
personas con las que se juntaba para llevar a cabo los
secuestros, había una persona especifica de la cual recibía
ordenes para cometer tales ilícitos, RESPUESTA.- Que si, que
quien daba las ordenes y ponía los jales era ********** (A)
**********, y desde que esta en la cárcel es **********. A LA
CUARTA.- Que diga el declarante si a estado involucrado en otros
ilícitos, RESPUESTA.- Que si en varios secuestros, como en unos
siete u ocho, y estos los ha cometido en distintas partes del
Estado de Nayarit. A LA QUINTA.- Que diga el declarante cuantas
personas participaban en los secuestros. RESPUESTA.- Que
siempre eran minino tres personas. A LA SEXTA.- Que diga el
declarante cuanto dinero a percibido como pago de rescates de
las personas a las que ha secuestrado. RESPUESTA.- Que como
unos $ 40.000.00 pesos (Cuarenta Mil Pesos Moneda Nacional).
A LA DÉCIMA.- Que diga el declarante porque en esa ocasión
eligieron para privar de la libertad al señor **********,
RESPUESTA.- Por que un hijo de Don **********, que solo se que
le dicen **********, es narcotraficante. A LA UNDÉCIMA.- Que diga
el declarante si identifica a la persona que aparece en las
fotografías que obran en actuaciones, y que trae una cadena en
su cuerpo, así como un hilillo tipo nylon de color blanco alrededor
de la muñeca del brazo derecho, RESPUESTA.- Que si la
identifica y es a la que se ha estado refiriendo como Don
**********, y del que ahora sabe se llama **********. A LA
DUODÉCIMA.- Que diga el declarante si reconoce el lugar que se
le muestran en las fotografías que obran en la presente
indagatoria, y en donde se observan entre otras cosas un
candado, RESPUESTA.- Que si identifica el lugar, ya que es el
mismo en donde amarro con una cadena del pie a un árbol a Don
**********, y el candado es el que utilizó para amarrarlo. A LA
DÉCIMO TERCERA Que diga el declarante porque se dedicaba
a secuestrar. RESPUESTA.- Para salir de pobre y tener algo en la
vida. A LA DECIMACUARTA.- Que diga el declarante cuanto
tiempo tiene dedicándose a la actividad del secuestro.
RESPUESTA.- Que aproximadamente tres años. A LA DÉCIMO
QUINTA.- Que diga el declarante si identifica a la persona que
aparece en la fotografía en primera plana del diario Matutino
Grafico, de fecha 5 cinco de agosto del año 2006; Dos mil seis,
así como también la fotografía de la persona que aparece en la
pagina número 40 cuarenta en el diario REALIDADES de la
misma fecha, mismos que obran en actuaciones. RESPUESTA.-
Que si la identifica plenamente y sin temor a equivocarse, y que
es la misma persona a la que se ha estado refiriendo como
********** en la presente declaración, y que su nombre completo
es **********, con el cual participo como en dos secuestros…”.
Declaración a la que se le otorga valor probatorio indiciario
conforme a lo dispuesto en el artículo 271 del código procesal
penal para el Estado, pues dada su edad, capacidad e
instrucción, con criterio necesario para juzgar del hecho declarado;
de la cual se desprende que el declarante acepta los hechos que
se le imputan, así mismo, hace un señalamiento directo en contra
del aquí acusado como la persona que junto con una diversa
37
persona se encargarían de cobrar el rescate, pues en ella señala
que a finales del mes de septiembre o principios del mes de
octubre del año dos mil cuatro, lo contacto su coprocesado de
nombre ********** y le dijo que si secuestraban a Don **********, a lo
cual el declarante aceptó, porque ya lo habían hecho antes y que
desconoce cuánto se iba a pedir de rescate, y que ya conocía de
vista al ofendido, y que un día aproximadamente como a las nueve
horas con treinta minutos el declarante y dos personas más
estaban esperando en una brecha del Rancho de **********, para
ver si pasaba el ofendido, ya que su coprocesado de nombre
********** les había dicho que por ahí pasaba el ofendido, y que
momentos después vieron que venía el ofendido, por lo cual las
dos personas que se encontraban junto con el declarante le
salieron por el camino y le ordenaron que se parara apuntándoles
con sus armas, y que cuando el ofendido se paró el declarante
también salió del monte con los costales de comida y como no
pudieron encender el vehículo propiedad del ofendido, se lo
llevaron caminando por una brecha por el borde de un cañaveral y
que caminaron aproximadamente setenta metros y se pararon, y el
declarante de los costales que traía con comida saco una cadena
y dos candados y sujeto al ofendido de un pie y le puso un
candado y el otro extremo de la cadena lo amarro de un árbol y
también lo aseguro con un candado, sin recordar quien le tapó la
boca al ofendido, y que el declarante le quito la cartera pero no
traía nada de dinero y le dijo a las otras dos personas que lo
acompañaban que ya había valido que no traía nada de dinero
que mejor se fueran y cada quien agarro una vereda y que ya que
tuvieran escondido al ofendido en el cerro, le hablarían a su
coprocesado ********** y le darían los números de teléfono a los
que tendría que llamar para pedir el rescate, puesto que el
coprocesado ********** y el aquí acusado a quien conocía como
**********, y que en ese momento sabía que se llamaba **********,
se iban a encargar de cobrar el rescate y que ya que lo hubieran
pagado el coprocesado ********** le iba avisar para soltar al
ofendido, pero que las cosas no salieron bien y por ese secuestro
no recibieron nada de dinero.
**********Sin embargo, lo expuesto por el sentenciado **********, no
se encuentra corroborado con diverso medio de prueba en el
sentido que el aquí acusado participó en el secuestro del ahora
ofendido, en los términos que lo indica. Lo anterior es así, puesto
que si bien en la causa obra la denuncia interpuesta por el
ofendido **********, de la misma no se despende imputación
alguna en contra del acusado, como una de las personas que
hubiera participado en el secuestro, a más que en dicha declaración
manifestó que no sospechaba de nadie en especial, sin embargo,
que hacía aproximadamente mes y medio antes de rendir su
declaración una persona del rancho de ********** ********** de
nombre **********, le dijo que dos personas del rancho de nombres
********** alias “**********” o “**********” y la otra **********, en una
borrachera habían comentado en el rancho de ********** que le iban
a dar un levantón porque se veía que el declarante tenía mucho
dinero, y que dicha persona le dijo que tuviera mucho cuidado, y
que precisamente en el lugar en el cual fue privado de su libertad,
las personas de nombre ********** y ********** habían quedado que
en ese lugar lo iban a levantar, y que en una ocasión platico con
esas personas sobre los hechos y que le habían negado todo, y
que a la esposa del declarante **********, quien es hermano de
********** le dijo que si era cierto, que si tenían planeado hacerle
daño. De ahí que la denuncia presentada por el ofendido ni
siquiera sea un elemento de prueba que demuestre que el
acusado fue participe del evento delictivo que se le reprocha,
pues si bien es cierto que al momento de contestar la pregunta
número segunda que le realizó el ministerio público el ofendido
señalo algunas de las características de los sujetos que lo
privaron de su libertad, también lo es que dentro del presente
expediente no obra fe de las características físicas del acusado,
39
con las cuales se puedan cotejar las proporcionadas por el
ofendido y las del acusado. tal y como se puede advertir de lo
declarado por el denunciante **********, el día cinco de octubre del
año dos mil cuatro, en donde textualmente aludió:
**********Fue el día de hoy 05 cinco de Octubre del año en curso, cuando el declarante me levante como de costumbre a las seis horas de la mañana, y lo que primero que hice después de hacer lo cotidiano fue salir de mi casa aproximadamente unos quince minutos antes de los ocho de la mañana, saliendo a borde de una camioneta de mi propiedad marca ********** modelo ********** color azul, la cual uso para transporte personal y para llevar alimento y ganado a una pequeña propiedad que tengo en el ejido Rural de **********; ...una vez que iba hacia mi ranchito siendo las 09:30 horas del día el declarante llegué a la desviación que conduce hacia mi ranchito es decir el Ejido ********** el cual se encuentra luego luego pasando la salida hacia la libertad; una vez que me salí de la carretera principal, y tome el camino o brecha principal habiendo caminado, aproximadamente unos ciento cincuenta metros camino adentro, al llegar a una curva que se ubica sobre la descendente del camino donde por cierto esta un árbol de higuera grande, yendo yo despacio por lo sinuoso del camino de pronto de diversos lados del camino y de entre la maleza y hierba del camino brotaron tres sujetos los cuales se encontraba cubiertos del rostro y portando armas de fuego en sus manos con las cuales me apuntaban al mismo tiempo que me hacían la seña para que me detuviera. Recuerdo que de estos tres sujetos uno salió por el costado derecho, del camino y traía un arma de fuego parecida a los que se les llama cuerno de chivo y no me fije por el miedo que vestía pero traía el rostro cubierto con pasamontañas negras, el segundo y tercero de los sujetos salieron ambos del costado derecho, del camino y uno de ellos traía un arma de fuego tipo escopeta y tampoco recuerdo que vestía pero traía también el rostro cubierto con pasamontañas igual que el otro, el tercero de ellos que como digo también salió del lado izquierdo del camino traía un arma de fuego tipo pistola tipo escuadra al parecer veintidós, y tampoco mire que vestía, solo le mire los zapatos como tipo trabajo normal de los corrientes color negro, al ver esto el declarante me asuste mucho, por lo cual para que no me fueran hacer daño detuve inmediatamente la marcha de el arma tipo pistola se arrimo conmigo por el lado del copiloto y me dijo APAGA EL MOTOR, BÁJATE Y SÚBETE A LA CAJA HIJO DE TU CHINGADA MADRE NO TE HAGAS PENDEJO luego me dio un golpe recio en mi hombro izquierdo, fue por esa razón que apague el motor y baje de la camioneta dejando las llaves en el suicht del encendido, una vez que me bajé el sujeto el cuál se estaba dirigiendo conmigo y que era el único que hablaba me seguía atrás de mi y me fui para el lado de la caja y quise voltear
a con el sujeto y me dio un fuerte golpe en la mejilla, luego yo solo me subí a la parte trasera de mi camioneta es decir en la caja y me acostaron boca abajo echándome una colchoneta usada sobre mi, la cuál traía en la caja de la camioneta, una vez que colocaron la colchoneta sobre mi cuerpo, se sentó uno de los sujetos y creo que los otros dos se subieron a la cabina de la camioneta luego se escucho como que quisieron echarla andar, mas como mi camioneta anda fallando de la batería no quiso arrancar, fue entonces que uno me quitaron la colchoneta de encima y me levantaron y me bajaron de la caja de la camioneta diciéndome NO TE HAGAS PENDEJO ECHALA ANDAR, así pues que al oír esto les dije que la camioneta andaba fallando de la batería que no servía, fue entonces fue me dijeron SÚBETE TU Y TU DALE, así pues que me subí a la camioneta pero en vez de echar el shuisct hacia delante lo eche hacia atrás, para que no encendiera cuando me arrempujaran la camioneta la cual efectivamente dos de ellos que eran el de la escopeta y el del cuerno de chivo, estaban arrempujando mientras el otro que era el que traía un arma veintidós me apuntaba con su arma cuidándome a pocos metros de distancia una vez que ellos empezaron a empujar la camioneta obviamente esta no prendía, razón por lo cual se enojaron y me seguían maltratando mucho, luego que vieron que la camioneta no prendió, me bajaron y me dijeron que caminara sobre el monte, mas o menos por el lado derecho del camino yendo de la carretera hacia el rancho por una brecha que se encuentra a un costado de donde esta la higuera grande a la cual hice referencia con antelación, por dicha brecha me llevaron entre el monte y caminamos buen rato la verdad no recuerdo cuanto pero es mas o menos hasta llegar a medias faldas de un cerro que cree que se ubica rumbo el camino a la Peñita, una vez que llegamos a las faldas de dicho cerro mire que hacia abajo estaba el cañaveral, propiedad de una pequeña propiedad de nombre los cuatro asas mas no se me el nombre de los dueños, por lo cual me ubique el lugar donde yo estaba, inmediatamente después que llegamos el sujeto que traía la pistola .22 y que era el único que se dirigía conmigo me saco mi cartera de piel color café viejita en la cual traía una tarjeta del banco **********, CREDENCIAL DE ELECTOR, LICENCIA DE MANEJO, CREDENCIAL DE LA GANADERA y mas documentos y tarjetas varias que traigo de conocido además de dos billetes de dos dólares, una vez que me sacaron mis cosas y revisaron la cartera como vieron que no traía dinero el sujeto de la veintidós dijo YA VALIO MADRE ESTE HIJO DE SU PUTA MADRE NO TRAÍA NADA DE DINERO, refiriéndose a mi, luego se escucho que otro bajito en tono de voz dijo NO, NO REVISALE BIEN y el de la veintidós contesto NO TRAÍA NADA IRA REVISA TU, luego de eso me pidieron el numero de teléfono de mi casa y una vez que se los di; luego el de la veintidós dijo lo siguiente TIRATE AL SUELO BOCA ABAJO, luego que me acosté oí que sacaban unas
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cadenas luego me amarraron el pie derecho hacia un palo que estaba ahí, y luego me amarraron las manos por atrás con un tipo como hilillo, luego después de esto corto un pedazo de camiseta e hizo bola un puño y me lo metió a la boca luego corto otro pedazo de trapo y me apretó mas la boca, luego que ya me amarraron el de la veintidós me dijo IRA E VOY A DEJAR A UNO DE ESTOS CUIDANDOTE, NO GRITES Y NO TE MUEVAS POR QUE SI NO TE VAMOS A MATAR, COOPERA PORTATE BIEN Y NO TE VAMOS A HACER NADA, luego escuche cuando ellos se fueron para debajo de la falda del cerro rumbo a la peñita, pasado un rato yo tanteo que pasaron como dos horas como pude me safe el trapo de la boca moviendo la mandíbula y comencé a torcer y una vez que ví que no había nadie de los sujetos que me amarraron comencé a gritar pidiendo ayuda, por que como ya lo dije no estaba muy lejos de la carretera ni de la brecha que da al rancho, pasado esto yo creo que siendo como las cuatro horas del día escuche que alguien respondía a mi auxilio se escuchaba retirado de donde yo estaba y yo le gritaba a esa persona QUE ERA ********** QUE SUBIERA POR EL CAMINO DE LA CERCA PARA ARRIBA AYÚDAME A SOLTARME ESTOY AMARRADO, O SI NO VE AL RANCHO Y VE Y DILES QUE VENGAN A AYUDARME POR FAVOR, luego de un ratito llego un muchachito que no conozco de nombre mas tiene como 16 años y es hijo de la señora de nombre ********** la cual es del rancho **********, este niño quien por cierto venía a caballo se quedo lejos de conmigo viendo a donde yo estaba, y se veía como que estaba asustado, yo al ver esto le grite HIJO SOY YO **********, al oír esto el niño me conoció y dijo DON M********** AY VOY, Lugo llego y vio como estaba atado con cadena y candados con un machete que el traía trozo el hilo de las manos y luego trozo el candado que estaba sujetando las cadenas, una vez que me solté, con la ayuda de el niño me fui caminando hacia el rancho de **********; pero para esto pase y recogí mi camioneta la cual había quedado en el lugar donde me interceptaron los sujetos que me privaron de mi libertad, la cual eche andar con la ayuda del niño, una vez que llegue al rancho platique lo que me había pasado y deje la camioneta encargada con unas personas del pueblo, y un vecino del rancho del cual no recuerdo el nombre se ofreción a traerme a este ciudad, dejándome en mi casa más o menos como a las seis de la tarde, al llegar a mi casa estaba mi esposa y mis hijos a los cuales les dije lo que me había sucedido mi esposa me dijo que pusiera la denuncia para que detuvieran a los responsables por lo cual ella marco al 066 y pidió ayuda y una vez que a ella le tomaron los datos dijeron que iban a mandar personal de auxilio y que tomara nota de los hechos, llegando poco después elemento de la Policía Judicial los cuales me trajeron a estas instalaciones a que denunciara los hechos correspondientes, y asi mismo a que me checaran los peritos, y fue ahí en ese lugar donde me quitaron unas cadena que todavía traía puesta con candado en el pie
derecho dando fe de eso un Ministerio Público; Quiero manifestar que de estos no sospecho de nadie en especial, mas hace aproximadamente un y medio una persona del rancho de **********de nombre **********me dijo que dos personas del rancho una de ellas **********alias **********o **********y la otra **********la primera que es del rancho, y la segunda que ahorita trabaja creo en **********, había comentado en una ocasión en una borrachera en el Ejido de **********, que me iban a dar un levantón porque se veía que yo tenía mucho dinero, que tuviera mucho cuidado por eso e incluso el lugar donde el día de hoy a mí me levantaron los tres sujetos que a mi me privaron de mi libertad, en ese mismo lugar **********y **********, habían quedado de levantarme; más estos hechos nunca los denuncie, porque nunca me amenazaron a mi directamente, más incluso yo con estas personas platique en una ocasión y ellos me negaron eso, más a mi esposa **********el hermano de **********le dijo que si era cierto que ellos en un tiempo pensaban hacerme daño a mi persona y por el momento considero que es todo lo que recuerdo y puedo manifestar al respecto por lo que en este momento solicito se investiguen los presentes hechos y se proceda conforme a derecho corresponda en contra de quien o quienes resulten responsables por los presentes hechos********** Denuncia a la cual se le otorga valor probatorio indiciario en
términos de los artículos 271 y 273 del Código de
Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit, dado que
se trata de la narrativa de hechos que hace el pasivo de delito, los
cuales considera son constitutivos de delito cometido en su
agravio.
Y si bien es cierto que obra agregado en autos la declaración de
la C. **********, rendida ante el Agente del Ministerio Público en
fecha seis de octubre del año dos mil cuatro, de la misma no se
advierte ninguna imputación en contra del aquí acusado, pues si
bien señala que el día cinco de octubre del año dos mil cuatro,
aproximadamente a las veintitrés horas con cincuenta y nueve
minutos, recibió una llamada vía telefónica, y que al contestar una
voz masculina madura no joven, con asentó tipo sureño como
chiapaneco, le dijo Señora, ya recupero a su señor, a lo que la
declarante le contesto que de donde le estaba hablando, y que a
la vez le contesto titubeando, de un lugar, yo nada más vengo a
43
recuperar el dinero que me quitaron sus hermanos en **********,
no había venido porque estaba en la cárcel, a lo que la declarante
le contesto que sus hermanos ya habían fallecido y que ellos de
ese asunto no sabían nada, diciéndole que le iba a levantar a su
hijo, y que no estaba jugando, diciéndole por último que le iba
hablar al día siguiente, sin que en autos, obre alguna diligencia en
la cual haya reconocido la voz del aquí acusado, como la misma
de la persona que le llamo; sino por el contrario, en fecha cinco de
enero del año dos mil seis, la declarante **********, al comparecer
de forma voluntaria ante el Representante Social y una vez que le
fueron puestas a la vista a cinco personas del sexo masculino,
esta manifestó haber reconocido sin temor a equivocarse a la
persona que presenta el número tres y que responde al nombre
de **********, como la persona que meses antes al mes de octubre
del año dos mil cuatro, lo veía en el ejido de ********** **********,
Municipio de Tepic, y que dicha persona se juntaba con **********,
agregando que al escuchar la voz de ********** persona que se le
puso a la vista, la reconoce plenamente y sin temor a equivocarse
como la misma voz que escuchó en su teléfono particular el día
seis de octubre del año dos mil cuatro, proliferándole las
amenazas que señalo en su declaración inicial.
Aunado a lo anterior se encuentra el hecho de que, en la
declaración de fecha seis de octubre del año dos mil cuatro, la
declarante adujo que hacia año y medio que había ido de visita
con un vecino de la localidad de lo de **********, de nombre
**********, y que este le comento de un hecho que perjudicaba a
su esposo (hoy ofendido), señalándole que al encontrarse en un
pueblo cercano al de ********** ********** llamado la ********** o
**********, y que en dicho lugar se encontraba tomando bebidas
embriagantes en compañía de **********, alias “**********” o
“**********”, ********** alias “**********” y **********, y que escucho
comentar a ********** y a ********** que iban a asaltar a su esposo
con un rifle, por que traía mucho dinero en la cartera, y que
estaban invitando a ********** para que participara en el asalto, y
que lo iban a asaltar en un lugar llamado el vadito, y que en ese
mismo lugar fue donde se llevó a cabo la privación de la libertad
de su esposo, y que posteriormente acudió a la casa de **********
a reclamarle y que este había negado todos los hechos.
Tal y como se desprende de las declaraciones antes referidas, en
donde la C. **********, manifestó lo siguiente:
“…Que antes de iniciar con mi declaración ministerial la de la voz
soy esposa del señor **********, es el caso que el día de ayer
cinco de octubre del año en curso, siendo aproximadamente las
veintitrés horas con cincuenta y nueve minutos, la de la voz me
encontraba en mi domicilio, cuando recibí llamada vía telefónica, y
al contestar una voz masculina madura no joven como de unos
cuarenta y cinco a cincuenta años de edad, con acento tipo
sureño como ********** y a la vez calmada o pacífica me dijo ….
“señora, ya recupero a su señor” … y yo le dije que donde
estaba hablando a la vez que esa voz me contestó titubeando ….
“de un lugar… yo nada más vengo a recuperar el dinero que
me quitaron sus hermanos en Chiapas, no había venido
porque estaba en la cárcel” … ósea aclarando a la presente que
se refería a dos de mis hermanos los cuales en vida se llamaban
**********y **********; entonces le contesté que mis hermanos ya
había fallecido, y nosotros de ese asunto no sabemos nada,
manifestándole que porque no veía a la viuda de mi hermano
**********por lo que me contestó … “No, no, no, no, le voy a
levantar a su hijo, y no estoy jugando, usted como se llama”
…. y le dije que mi nombre, pero la voz me decía ********** que ?,
pero yo le dije mis apellidos, pero le dije fui hermana de **********y
**********diciéndome la voz …. “le voy a hablar mañana…” y le
pregunte me va hablar mañana ?, y la voz me contesto …. “Si…”
y fue toda la conversación que sostuve, porque me colgó de
45
inmediato, quiero decir que la de la voz cueto (SIC) con aparto
(SIC) de identificador de llamadas, y tengo registrada la llamada
que tuve del número **********, que al parecer es de algún tipo de
teléfono celular; agregando que hasta el día de hoy y horas
transcurridas no he vuelto a recibir ninguna llamada. Quiero seguir
manifestando que la voz no se me hizo conocida ya que nunca la
había escuchado y menos con el acento ya señalado, pero lo que
si es mi deseo asentar es de que, mi hermano **********fue
Comandante de la Policía Judicial Federal, y duró como elemento
de dicha corporación aproximadamente como diez años, claro que
primero fue agente, pero en el mes de Diciembre del año de 1999,
mil novecientos noventa y nueve, en la ciudad de **********,
mataron a mi hermano junto con mi otro hermano de nombre
**********, aclarando que éste último hermano siempre andaba con
**********pero no pertenecía a la corporación, creyendo que la
causa de muerte de mis hermanos por ajuste de cuentas por parte
del narcotrafico, pero en si no estoy segura, pero nunca supe si mi
hermano **********, tuvo problemas o enemigos, ya que no se la
pasaban en esta ciudad, y solamente venían en ocasiones
especiales. Cabe decir que la de la voz fui maestra de primaria en
el poblado de **********Municipio de esta Ciudad, en donde dure
como cuatro años trabajando, y la gente de ese pueblo me regalo
de un terreno endonde hice una casa, y casi a diario me la paso
en el pueblo, como dice ya soy vecina del poblado, por lo que
aproximadamente año y medio acudí de visita a la casa de un
vecino de nombre **********quien también vive en **********, pero
que actualmente se encuentra en los Estados Unidos de Norte
America, y éste me empezó a comentar de un hecho delictuoso
que perjudicaba a mi esposo, agregando que **********lo que
acontinuación voy a manifestar me lo dijo delante de su esposa de
nombre **********, diciéndome que una vez se encontraba en un
pueblito cercano a **********a siete kilómetros de distancia, y que
le llaman **********o **********Municipio de esta Ciudad, y que en
ese lugar se encontraba tomando bebidas embriagantes en
compañía de **********(a) “**********ó **********”, **********(a)
“**********” y **********, y que escucho comentar a **********y a
**********, que iban a asaltar a mi esposo con un rifle, por el motivo
de que supuestamente traía mucho dinero en la cartera y que de
ahí se iban a ir a la casa de mis papas que al cabo nada más
estaban una muchacha y un viejito osea mi papá, y que a la vez
estaban invitando a **********para que participara en el asalto, y
que lo iban a asaltar en un lugar denominado como
**********donde están unas higueras, mismo lugar donde ayer
cinco de los cursantes se llevó a cabo la privación ilegal de la
libertad personal de mi esposo; fue entonces que mi reacción, fue
de ir por mis padres a platicarles lo sucedido y a dirigirme a la
casa de **********, al cual le reclamé lo que me había comentado,
pero este negó todos los hechos, pero se puso nervioso y pálido,
a los cuatro días aproximadamente llegó solo a la casa el
mentado **********, pero andaba drogado ya que es un vicioso, y
me empezó a decir con lujo de detalles lo que le pensaban a
hacer a mi esposo, diciéndome que si era cierto que entre él y
**********iban a asaltar a mi esposo, y que iba a utilizar un rifle que
le iba a llevar **********, un rifle de muchos tiros, y que le iba a dar
veinte mil pesos moneda nacional nomás que vendiera una
camioneta **********, pero que **********se molestó porque le llevó
un rifle de un tiró, diciéndome que si le tenía miedo a él y a
**********pero le dije que no, ya que si lago (sic) me pasaba a mi o
a mi familia los iba a ser responsables, manifestándome que si el
no se había animado tal vez otro lo iba a hacer, y que además la
causa de que iban a asaltar a mi esposo era porque
supuestamente tenía dienro, posteriormente hable con **********el
cual me dijo que si era cierto lo que se iba a planear, pero que el
no aceptó porque se trataba de mi, y que tuviera yo cuidado con
**********, porque no respetaba a su familia, y que si era capaz de
asaltar a mi esposo; en la actualidad **********y **********se
47
encuentran trabajando en los Estados Unidos de América, y
**********en la ciudad de Tijuana, Baja California Norte, trabajando
como chofer de un tráiler de una cervecería, y ********** se
encuentra viviendo en ésta ciudad, ya que se juntó con una viejita,
pero no se en que colonia vive, pero como dato supe que vive
cercas de la casa de una persona que se llama **********, quien es
Agente de la Policía Judicial del Estado, mismo que es vecino
también del poblado de **********y al parecer en ésta ciudad vive
en la colonia **********o **********pero quiero asentar que
**********ya que casi no se ha visto por el pueblo, haciendo
mención que **********conoce muy bien el monte, ya que el padre
de este tiene una huerta, por último deseo manifestar que una
persona de nombre **********se la ha pasado como buen amigo de
**********ya que se dedica a buscar tesoros con un detector, y
supe que hace como seis días lo vieron salir de una alcantarilla
que se encuentra en la carretera, junto con la otra persona que no
es del pueblo, pero que actuaban de forma sospechosa, y que la
persona que acompañaba al **********no le vieron la cara, ya que
usaba una cachucha que le tapaba la cara, agregando que ese tal
**********, compró una camioneta color **********, como tipo Ram,
casi nueva, aclarando que cuando iba al poblado no traía
camioneta, pero lo que la de la voz sospecho plenamente
**********(a) “**********ó **********”, que haya participado con el
**********, ya que son muy amigos, así como de otra persona…”.
y en la segunda señalo que:
“…Que soy presente en forma voluntaria ante ésta
Representación Social, con la finalidad de manifestar lo siguiente:
“(en estos momentos se traslada a la compareciente a la cámara
de identificación que se encuentra en las oficinas de la Agencia
Especializada en Detenidos, ello, con la finalidad de ponerle a la
vista a cinco personas del sexo masculino debidamente
enumeradas); siguiendo con la diligencia la compareciente
manifiesta que: en éste acto la Representación Social me pone a
la vista en la cámara de identificación a cinco personas del sexo
masculino debidamente enumeradas de las cuales reconozco sin
temor a equivocarme a la que presenta el número tres y que
responde al nombre de **********person a la cual reconozco plena
y eficientemente sin temor a equivocarme, ya que ésta persona en
los meses antes al mes de Octubre aproximadamente del año dos
mil cuatro, lo veía en el ejido de **********, Municipio de ésta
Ciudad de Tepic, Nayarit, y dicha persona se juntaba con una
persona de nombre **********alias “**********” o “**********” o
“**********” o “**********” y con éste por comentarios de los
vecinos de dicho poblado se iban supuestamente a buscar
tesoros en el cerro, además la persona que se me puso a la vista
se la pasaba con el señor de nombre **********, papá de **********,
así como también dormía y comía en la casa de éste señor de
nombre **********, aclarando que **********si se la pasaba antes en
el poblado de **********, además se juntaba con otro hijo del señor
**********al parecer de nombre **********alias “**********” quiero
decir que esa persona de nombre **********como lo dije en mis
declaraciones traía una camioneta color ********** tipo **********,
y en un carro tipo **********, de color **********, también este tal
**********se quedaba a dormir en la casa de otra hija del señor
********** de nombre **********alías “**********”, agrego también
que en mi declaración de fecha seis de octubre del año dos mil
cuatro, manifesté que había recibido una llamada vía telefónica de
una persona del sexo masculino en donde me proliferaba una
serie de amenazas, por lo tanto en este acto manifiesto que al
escuchar la voz de **********persona que se me puso a la vista, la
reconozco plenamente y sin temor a equivocarme como la
misma voz que escuche en mi teléfono particular el día seis de
octubre del año dos mil cuatro, proliferándome las amenazas que
referí en mi declaración inicial, y no tengo duda ya que como dije
y aclaro que es la misma voz, por lo tanto solicito se investigue a
49
fondo a ésta persona, y en caso de resultarle responsabilidad en
los hechos se procede conforme a derecho corresponda…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales vigente en el Estado, dado que la
misma fue emitida por una persona mayor de edad, y con
capacidad para entender lo hechos sobre los cuales declara, los
cuales los conoció a través de sus sentidos y no por inducciones
de terceras personas.
De igual forma obra en autos, la declaración de la C. ********** y
**********, rendidas ante el Agente del Ministerio Público en fechas
seis y veinte de octubre del año dos mil cuatro, respectivamente,
en las cuales expusieron lo siguiente:
“…Que fue el día de ayer cinco de Octubre del año en curso,
siendo aproximadamente a las 15:30 quince horas treinta minutos,
el de la voz iba a trabajar a unas parcelas que son mías y de un
hermano, mismas que se ubican en las cercanías del poblado de
**********, a una distancia aproximada de 300 trescientos metros, y
ese punto se denomina como parcelas escolares, por lo que
cuando iba caminando escuche que alguien estaba chiflando en
varias ocasiones, pero no le tome importancia hasta que escuche
que una voz masculina gritaban el sobrenombre de “Panzón” en
repetidas ocasiones, y también gritaban que lo desamarraran, por
lo que el de la voz seguí la voz para ver de dónde provenía, y a
unos cuantos metros, sobre la maleza me encontré tirado boca
arriba a un señor que conozco con el nombre de ********** quien
es vecino del poblado, pero vive en esta ciudad, sigo
manifestando que el señor estaba amarrado de ambas muñecas
con hilillo o rafia, pero las tenía por detrás de su espalda, y
además sus pies estaban amarrados con unas cadenas sujetados
a dos palos, y tenían candado, por lo que el señor ********** me
pidió ayuda y se la proporcione, y me percaté de que traía
colgado a su cuello al parecer un pañuelo en color negro, ya que
le corte el hilillo con un machete, y quebré con el mismo machete
un candado para quitarle las cadenas, haciendo mención que
tenía dos candados, uno a la altura de sus pies, y otro en los
palos, posteriormente lo acompañe al poblado, en donde un
amigo del señor ********** lo traslado hasta esta ciudad…”.
En tanto que el segundo señalo:
“…Que es verdad lo que menciona mi primo **********, en su
declaración que aparece con fecha seis de octubre del año en
curso, en cuanto a lo que a mi persona se refiere, ya que
efectivamente yo a este le comente hace muchos días, la verdad
no recuerdo fecha especifica pero fue hace como mes y medio
que yo había escuchado fechas atrás más o menos como el mes
de agosto del presente año sin recordar igual fechas exactas, en
una ocasión de una fecha de la que como dije no recuerdo el día
exacto, cuando yo iba pasando por la mañana aproximadamente
como a las **** horas por un lugar conocido como **********la cual
se encuentra cercas del crucero al poblado de **********, y que se
ubica más o menos por el kilometro tres adjunto o contigua a la
carretera **********, y en este lugar estaba una persona a la cual
únicamente conozco como **********“N” “N”, que es del poblado de
**********Municipio de San Blas y este estaba con otro sujeto
desconocido que yo nunca lo había visto, y este **********cuando
yo iba pasando por junto con ellos la persona señalado como
**********le estaba diciendo a este tipo desconocido A VER
CUANDO ME HACES EL PARO LEVANTAR A **********, más ya
no escuche que dijeran más datos como fechas, horarios, o
lugares, así tampoco que mencionaran a más gentes, y en si eso
fue todo lo que escuche, después de eso ya no he vuelto yo a ver
a **********, por mi pueblo, ni tampoco he vuelto a ver al sujeto
que lo acompañaba. Quiero mencionar que el tal **********antes
de que yo escuchara eso estuvo viviendo en la casa como unos
51
tres meses pero eso fue hace en el año pasado, y fue porque ese
**********es amigo de mi hermano **********, y como al parecer
**********tuvo problemas en su casa **********se lo llevo a vivir en
la casa, más a la fecha que yo sepa estos dos, ósea **********y
**********tienen mucho que no se frecuentan, y por el momento
considero que es todo lo que recuerdo y puedo manifestar al
respecto…”.
Declaraciones a las cuales se les concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales vigente en el Estado, por haberlas
emitido por personas que tuvieron conocimiento de los hechos de
manera directa y no por inducciones ni referencias de terceras
personas, de las no se advierte que hagan ninguna imputación en
contra del aquí acusado, si no por el contrario el testigo de
nombre **********, señalo que un mes anterior a que rindiera su
declaración, un primo del declarante de nombre **********, le
platico que había escuchado en la carretera en la parada del
camión, a dos personas del sexo masculino, uno de ellos de
nombre ********** y que comentaron que iban a agarrar o a
levantar al señor ********** (hoy ofendido). En tanto, que el
segundo de ellos expuso que era verdad lo que había declarado
su primo de nombre **********, ya que aproximadamente en el mes
de agosto del año dos mil cuatro, al ir pasando por un lugar
denominado **********, la que se ubica cercas del crucero del
poblado de **********, y que en dicho lugar se encontraba con una
persona de nombre ********** y que se encontraba con otro sujeto
desconocido, ya que nunca lo había visto el declarante y que el de
nombre ********** le estaba diciendo a la persona desconocida a
ver cuándo me haces el paro de levantar a **********, y que ya no
escucho que dijeran más datos, agregando que ********** antes de
que escuchara eso, estuvo viviendo en su casa como unos tres
meses, ya que ********** es amigo de su hermano de nombre
********** **********, sin que haya dado alguna seña o
características de la persona a la cual denomino como
desconocida, por lo cual de dichas declaraciones no se tiene una
imputación o algún indicio en contra del aquí acusado.
Así mismo, obra en autos la declaración de la C. **********,
rendida ante el Representante Social en fecha veinte de octubre
del año dos mil cuatro, en la cual expuso lo siguiente:
“…Que una vez que se me dio lectura a la declaración vertida
ante esta autoridad por parte de la señora **********, quiero decir
que si son ciertos tales hechos en donde me relaciona, por lo
tanto, manifiesto que sin recordar la fecha exacta pero fue hace
aproximadamente año y medio cuando llegaron de visita a mi
domicilio la Sra. **********, y su esposo **********, por lo que en
una de las pláticas que sostuvimos la de la voz, mi esposo de
nombre **********, y los señores ya mencionados, mi esposo les
empezó comentar que el al encontrarse en el ejido **********mejor
conocido como **********escucho que unas personas de nombres
**********y **********estaban planeando querer asaltar al Sr.
**********, y que ya habían conseguido unas armas, y que además
lo querían secuestrar para quitarle su dinero, y que le iban a salir
por el crucero que dirige al ejido de **********y **********, ese tipo
de comentario que le hizo mi esposo a los señores a mi me
consta por ser la verdad de los hechos ya que de viva voz mi
esposo me lo comento a mi primero, y ese día andaba
desesperado diciéndome porque no hallaba el modo de como
decirles a los señores **********y **********de los hechos ya
señalados por lo que mi esposo opto por decirles, ya que nosotros
estimamos a esos señores, quiero agregar por último que la
persona de nombre **********se apellida **********, alias “**********”
y el de nombre **********se apellida **********el primero de los
mencionados al parecer vive en **********, Nayarit, y casi seguido
va al ejido de **********, y el segundo supe que se fue a vivir a la
53
Ciudad de **********quiero hacer del conocimiento a esta autoridad
que mi esposo no puede asistir ante esta autoridad por motivo
que se encuentra trabajando en los Estados Unidos de Norte
América, desde hace siete meses….”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales vigente en el Estado, dado que la
misma fue emitida por persona mayor de edad y con capacidad
para entender los hechos sobre los cuales declara, sin que de la
misma se advierta que haga una imputación en contra del aquí
acusado, si no por el contrario realiza imputaciones en contra de
diversas personas, ya que en ella refiere que hace
aproximadamente año y medio antes de rendir su declaración, su
esposo de nombre **********le comento al hoy ofendido y a su
esposa, que al encontrarse en el ejido de ********** escucho que
unas personas de nombres **********y **********estaban planeando
asaltar al hoy ofendido **********y que ya habían conseguido
algunas armas y que además lo querían secuestrar para quitarle
su dinero, y que le iban a salir por un crucero que dirige a la
localidad de **********, agregando que su esposo se encontraba
en estados unidos motivo por el cual no podía acudir a declarar,
pero que la declarante estuvo presente en el momento que su
esposo le comento tales hechos al ofendido y a su esposa.
Así mismo, obra en autos la declaración de **********rendida ante
el Agente del Ministerio Público el día veinte de octubre del año
dos mil cuatro, en la cual expuso lo siguiente:
“…Que una vez que se medio lectura al parte informativo con
número de oficio 456/04, emitidos por Agentes de la Policía
Judicial del Estado, quiero decir que si son ciertos los hechos que
se asientan, ya que el de la voz sin recordar la fecha exacta
andaba en el monte cerca del crucero al poblado de **********,
cortando sacate para darle de comer a las vacas, cuando de
pronto vi un espacio limpio ósea como que algunas personas
había limpiado, percatándome que había un bulto ósea un naylon
color amarillo, que envolvía dos mochilas, las cuales las empecé a
revisar y traían ropa en su interior y botellas de agua, por lo que
agarre tale mochilas y me las lleve para una huerta de jitomates
que tengo, a los días le comente esto al señor **********, pero fue
una platica que no tomamos en cuenta, pero posteriormente como
a los ocho días, supe que habían agarrado al señor **********, y
como coincidencia, el de la voz me encontré las mochilas como a
doscientos metros de distancia, de donde habían tenido
escondido al señor **********, suponiendo después que esas
mochilas pudieron haber tenido relación con lo que le paso al
señor **********, quiero decir que el domingo diecisiete, de los
cursantes el de la voz de lejos vi que una persona del sexo
masculino conducía una motocicleta, color roja parecida a la que
usan los repartidores de tortillas, y se metió al mismo lugar en
donde encontré las mochilas, y el de la voz por curiosidad me
espere para ver a que horas salía el conductor con la moto, pero
me tuve que ir, ya que no salía, haciendo mención que me espere
una hora aproximadamente, y nunca salió el conductor del lugar,
agregando que la ropa se la entregue al elementos de la policía
judicial del estado, por ultimo quiero decir que de los hechos
cometidos en agravio al señor **********no sé nada, ni he
escuchado nada, ni sospecho de nadie, pero si veo a alguna
persona sospechosa como el que vi el día Domingo lo informaré a
la autoridades…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales vigente en el Estado, dado que la
misma fue emitida por persona mayor de edad y con capacidad
55
para entender los hechos sobre los cuales declaran, de la cual no
se desprende que haga alguna imputación en contra del acusado,
ni de ninguna otra persona, ya que su declaración radica
únicamente en hacer del conocimiento que al andar en el monte
cercas del crucero del poblado de **********, cortando sácate para
darle de comer a las vacas, cuando vio un espacio limpio, como si
alguien hubiera limpiado, y que en dicho lugar había un bulto, ya
que se encontraba un naylon color amarillo, que envolvía dos
mochilas, las cuales revisó, y traían ropa y botellas de agua, y las
agarro y se las llevo, y que a los días le comento lo sucedido al
hoy ofendido, a lo que no tomaron importancia, y que a los ocho
días se enteró que habían agarrado al hoy ofendido, y que
coincidió que del lugar donde se encontró las mochilas como a
doscientos metros, habían escondido al ofendido, agregando que
el diecisiete de octubre del año dos mil cuatro, vio a una persona
del sexo masculino (sin señalar características físicas), en una
motocicleta y se metió al mismo lugar en donde se encontró las
mochilas, y que espero un rato y esa persona ya no volvió a salir.
De igual forma obra la declaración de **********rendida en
fecha**********diez de diciembre del año dos mil cuatro, en la cual
expuso lo siguiente:
“…Que el de la voz desde mi infancia viví en el poblado de
**********, Municipio de esta ciudad, pero actualmente desde hace
tres años y tres meses tengo viviendo en esta ciudad, en el
domicilio citado, en mis generales, ya que me dedico como dije a
la albañilería, o a veces me voy a trabajar al Mercado
**********ubicado en la colonia **********, en donde me dedico a
descargar camiones o ayudar a la gente que va de compras a ese
mercado, ósea no tengo ningún sueldo fijo, haciendo mención que
en el poblado de **********, me dedicaba al corte de caña, levantar
lienzos, machetear las huertas, cuidar ganado, y fumigar arboles
frutales, ósea me la pasaba en todas la áreas de las tierras que
pertenecen al poblado de **********, ya que en si conozco todas la
brechas y caminos, colindando con el poblado de **********, los
pueblos de **********o **********, **********, antes el **********, y la
**********, agregando que de vez en cuando voy al poblado de
**********, pero nada más duro un día cuando mucho o un rato, por
cuestiones de trabajo; por lo que en relación a lo que declara la
señora **********, quiero decir que en parte son ciertos, ya que las
cosas sucedieron de la siguiente manera: hace año y medio me
encontraba en el poblado de **********, tomando bebidas
embriagantes de las denominadas Caguamas marca **********, y
si es cierto que nos encontrábamos el de voz, **********(a)
“**********”, **********,**********y **********de apellidos **********,
pero non estaba mi hermano **********, y eran aproximadamente
como las nueve de la noche, fue en esos momentos cuando
**********como ya andaba borracho me empezó a comentar
delante de todos los que estábamos presente que quería
secuestrar al señor **********, en el lugar llamado **********,
frente al crucero de **********, y que nos pusiéramos frente a
un cerrito que se encuentra frente a la entrada de **********, y
después matarlo, pero que se iba ir primero a trabajar a
**********a juntar una feria, y comprar un rifle y tiros, para así tener
con que secuestrar al señor **********, pero el motivo no me lo
explico solamente me dijo que ya se la debía, más nunca supe
que tipo de conflictos tenían, él y el señor **********, así mismo,
nunca me ofreció dinero para hacer este tipo de jale, haciendo
mencionar que cada vez que me lo encontraba siempre me decía
lo mismo, insistiendo que quería secuestrar al señor **********,
pero el de la voz le decía que si pero yo se lo decía nada más
para desafanarlo, y me creyera que si lo iba a hacer, pero no era
cierto, ya que el señor **********, no me ha hecho nada, ni
tampoco yo a él, nunca he tenido diferencia con él, ya que cuando
lo veo lo saludo, por lo que aclaró y se cite a las personas que
57
mencione para que manifiesten que el de la voz no comente ni me
estaba poniendo de acuerdo para querer secusetrar al señor
**********ya que todo salió de la voca de **********y desde esa
fecha a la actualidad no he sabido nada de el; por lo que el de la
voz teniendo conocimiento de esto, fui con una cuñada de la
señora **********, de nombre **********que vive a un costado de la
iglesia de Cristo Rey, ósea en una calle que se encuentra entre la
Avenida **********y **********por lo que en compañía de esta
señora, fui a la casa del señor **********y de la señora
**********para informarles lo sucedido, aclarando que cuando fui a
su casa, no andaba drogado ni solo, y le dije a la señora
**********lo que me había comentado **********, ósea mi intención
fue alertar al señor **********, y de esto puede declarar la señora
**********ya que ella me acompaño, aclarando que el de la voz
nunca he tenido la intención de secuestrar al señor **********,
además nunca he tenido diferencias o broncas con la gente del
poblado de **********, pero lo que si quiero decir es que hace
mucho tiempo si me drogaba y tal vez por esto, la gente me tenía
algo de miedo; en relación a que si conozco a una persona de
nombre **********, si es cierto, pero su apellido es **********, quien
puede ser localizado en el poblado de **********, Municipio del
Puerto de San Blas, Nayarit, y a esta persona lo conocí hace
cinco años aproximadamente, ya que yo iba al poblado de
**********, al jaripeo, y ahí lo conocí, pero hace aproximadamente
dos años aproximadamente cayó al pueblo de **********, el cual
me propuso buscar un tesoro que se encontraba hacia el poblado
de **********, ya que traía un mapa sin papel, ósea lo tenía
mentalmente, durando en buscar el tesoro entre tres o cuatro
meses, pero no traía ningún aparato, y en este tiempo le di
hospedaje y comida, o a veces trabajábamos en el campo, quiero
agregar que me invito para el poblado de **********con el señor
que supuestamente le había dado el mapa, y estando con la casa
del señor, a solas me propuso que robáramos en **********, una
licorería, pero el de la voz rechace la propuesta, y volvimos al
poblado de **********, pero como no encontrábamos nada de
tesosoro, **********se regreso a **********, y ya no lo volví a ver,
ósea tengo que no lo veo desde hace un año y medio, y no he
sabido nada de él, pero a veces que voy al poblado de **********,
los vecinos me dicen que lo ven seguido en el poblado pero yo
como ya dije no lo he visto, por lo que es imposible que me
relacionen con tal persona, solicitando se investiguen mas a fondo
los hechos, solicitando se cite a **********y a **********de apellidos
**********, quien puden ser localizados en el poblado de **********,
actualmente **********, y declaren en relación a que yo no dije
que quería secuestrar al señor **********; en relación al oficio
número 526/2004, suscrito por elementos de la Comandancia de
Investigación de Secuestros, quiero decir que hace cinco días fui
al poblado de **********, y me dijo mi hermana **********, quien vive
en el mismo poblado, a manera de comentario me dijo que el tal
**********visitaba a mi hermano **********, y que el tal **********iba
acompañado de uno o dos hombres a bordo de una camioneta
tipo pick up, pero no se que tipo de camioneta sea, pero no se
porque ********** frecuentaba a mi hermano ********** ya que tal
vez para que le diera asilo, es el caso que no se quien haya
querido secuestrar al señor **********, por lo que estoy dispuesto a
que se tomen diversas fotografías de cuerpo completo, ya que no
tengo nada que ver en los hechos, así como también a que se me
ponga en la cámara de identificación de estas oficinas, lo anterior
para algún tipo de identificación; así mismo, manifiesto que me
encuentro de acuerdo en la forma que se ha llevado la presente
diligencia ya que declaro en forma libre y espontánea, sin presión
alguna o coacción…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos penales vigentes en el Estado, dado que la
59
misma fue emitida por persona mayor de edad y con capacidad
para entender los hechos sobre los cuales declara, de la cual no
se evidencia ninguna imputación en contra del aquí acusado,
pues señala que son en parte ciertos los hechos que señala la
señora **********ya que año y medio antes de que rindiera su
declaración se encontraba ingiriendo bebidas embriagante en la
localidad de La Peñita, y que en dicho lugar se encontraban
**********y **********pero que en dicho lugar no se encontraba su
hermano **********y que la persona llamada **********como andaba
borracho comenzó a decir que quería secuestrar al hoy ofendido,
en el lugar llamado el vadito, frente al crucero de **********, y que
se pusiera en un cerrito que se encuentra frente a la entrada de
**********, y después matarlo, pero que primero se iría a trabajar a
********** para juntar dinero y comprar armas, para así tener con
que secuestrar al ofendido, y que no le comento el motivo, solo
dijo que se la debía, y que cada que el declarante veía a dicho
persona le insistía en que quería secuestrar a esa persona, pero
que el declarante en realidad no quería participar en dicho
secuestro, y que desde esa fecha hasta el día en que declara no
ha sabido nada de él.
De la misma manera el ofendido **********en fecha diecisiete de
enero del año dos mil cinco, compareció nuevamente y de manera
voluntaria ante el Representante Social, a hacer del conocimiento
que una persona la cual no le proporciono su nombre, pero que
sin embargo le dijo que vivía en el poblado de **********, Municipio
de esta Ciudad, y del cual proporciono sus características físicas,
que cuando fue privado de su libertad había escuchado rumores
de la gente que **********el cual vive en ese mismo poblado, le
había pedido prestado a su hermano ********** un arma de las
llamadas cuerno de chivo, y que dicha persona se había enojado
al darse cuenta en lo que había participado su hermano **********,
por lo cual solicitó se girara orden de presentación a **********
ambos de apellidos**********sin que de dicha declaración se
advierta una imputación en contra del aquí acusado, puesto que si
bien es cierto que el acusado al momento de señalar sus
generales manifestó tener como apodo “**********” también lo es
que, en la presente declaración queda evidenciado que se trata
de dos personas distintas, puesto que de la presente declaración
se advierte que el ofendido se refiere a una persona llamada
********** pero de apellidos **********, el cual es diferente al del
aquí acusado, aunado a que en autos obra declaración de
**********por lo cual no hay lugar a dudas que se trata de personas
diferente, aunado a que el ofendido no realiza imputación a la
persona de nombre ********** y/o **********, si no solo al de nombre
**********, tal y como se puede advertir de dicha declaración, en la
que expuso lo siguiente:
“…Que comparezco ante esta Representación Social, de manera
voluntaria, con la finalidad de ratificar y ratifico en todas y cada
una de sus partes, el escrito signado por el emitente en fecha de
los cursantes, manifestando hechos que pudieren relacionarse en
la presente indagatoria, mismos que fueron informados por una
persona a la cual no conozco, pero me dijo que vivía en el
poblado de **********, municipio de esta ciudad, y de ésta su
media filiación es de complexión **********de tez **********, de una
edad aproximada de **********, estatura **********, pelo **********,
**********frente **********, cejas **********, nariz **********, boca
**********, labios **********, mismo que no me proporciono su
nombre, ni yo se lo pregunte, hago mención que esa persona me
explico que el motivo de su visita a mi domicilio es de que había
escuchado sobre los rumores cuando me habían privado de mil
libertad, y que además posterior a estos días, había escuchado de
la gente que un tal **********, mismo que vive en el mismo poblado
de **********, y que **********le había pedido prestado a su
hermano de nombre **********, un arma de las llamadas cuerno de
chivo, y que esta persona de nombre **********se había enojado al
61
darse cuenta en lo que había participado su hermano **********por
lo que solicito se gire orden de presentación a las personas de
nombre **********y/o **********,**********quienes pueden ser
ubicados con domicilio conocido en el poblado de **********,
municipio de esta Ciudad, o en calle **********número **********,
esquina con **********, en la colonia **********, lo anterior a efecto
de que declaren en relación a los hechos que se investigan;
haciendo mención que **********, le he visto circulando en una
camioneta, marca **********, color **********, **********, modelo
**********, con placas de circulación **********, particulares del
Estado de Nayarit, asimismo, en una camioneta de **********color
**********, **********, marca **********, modelo **********, con
número de placas de circulación **********, particulares del Estado
de Nayarit, y esta también la conduce el mentado **********, o en
una camioneta marca **********, tipo **********, modelo al parecer
**********, color **********, con número de placas de circulación
**********, particulares del Estado de Nayarit (de las verdes),
solicitando de nueva cuenta se investiguen los presentes hechos,
no sin antes manifestar que el día primero de los cursantes me
encontré a **********por la Avenida **********y calle ********** en la
colonia **********, frente al Comisariado Ejidal, y cuando me vio
como note que se puso muy nervioso, por lo tanto, sospecho
tambien de esta persona…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales vigente en el Estado, dado que la
misma fue emitida por persona mayor de edad y con capacidad
para entender los hechos sobres los cuales declara.
Así mismo, obra en autos la declaración del C. **********, rendida
el día veintiuno de enero del año dos mil cinco, de la cual no se
advierte imputación en contra del aquí acusado, si no por el
contrario, de dicha declaración se evidencia que el declarante
refiere desconocer el motivo por el cual el ofendido lo involucra en
el hecho ilícito que se cometió en perjuicio de este último,
agregando que él no tiene nada ver en esos hechos, tal y como su
lo señalo en su declaración en la cual expuso lo siguiente:
“…Quiero decir que no se el motivo por el cual, el señor **********,
me involucra en estos hechos, y que el de la voz no tengo nada
que ver, ya que el día en que lo quisieron asaltar, del cual no
recuerdo con exactitud, el señor **********dejo su camioneta la
cual es marca **********, color **********, sin recordar otro tipo de
características, frente a la casa de mi señora madre de nombre
**********, a un costado de una escuela primaria, estos hechos
fueron aproximadamente a las catorce horas, ya que el de la voz
iba llegando a la casa de mi mamá, y me percate que el señor
**********se bajaba de su camioneta dejándola estacionada en el
lugar antes mencionado, viendo también que lo acompañaba un
muchacho de nombre **********, fijándome que el señor
**********traía cadenas en su pierna derecha, aclarando que yo
venía acompañado de un amigo de nombre **********, el cual es
del poblado de **********, Municipio de esta Ciudad, ya que el de
la voz venía de ver mis vacas, y **********me encontró ya que el
estaba en la cancha, (sic) por lo que yo le pregunte a **********en
forma de broma … “creo te traían amarrado…” pero el
**********me dijo que una personas lo habían tenido amarrado a
un lado del cañaveral, y que el lo había desatado, y fue todo,
cuando momentos después llego una persona que es de
**********, de nombre **********, a bordo de su camioneta creo que
es una **********, color **********, y **********le pidió de favor a
**********que lo trasladara a Tepic, diciéndome **********que
moviéramos la camioneta de donde estaba ya que estaba, por lo
63
que el de la voz la movi y la puse a un costado de la casa de mi
mamá, para después retirarse **********y yo me quede en casa de
mi mamá, pero **********no se llevo las llaves, y la verdad no se
porque no se las llevo, aclarando que la camioneta ya no se
movio para nada; es el caso, que al día siguiente me tome la
facultad por la amistad que tenemos yo y **********para agarrar la
camioneta y trasladarme a darle de comer a las vacas de
**********cuando en eso llego un compadre de **********de nombre
**********, y este me aviso que **********le había dicho que yo le
llevara la camioneta a Tepic, y así lo hice, acompañándome el
mismo compadre, a la casa de **********y una vez que llegamos a
la casa, le deje su camioneta, pidiéndome de favor **********que
me devolviera al pueblo por **********, que porque lo iban a
declarar en estas oficinas, a lo que **********y yo, nos devolvimos
en un camión, y cuando llegue al pueblo en mi camioneta doble
rodado me traje a **********, pero **********, ya no le hable porque
andaba en estado de ebriedad, aclarando que la primera que
fuimos a Tepic, **********ya andaba entradon, ya que todo el día
estuvo tomando botes de cerveza de la marca **********; agrego
que yo no tengo antecedentes penales, estuve en la cárcel pero
nada más por consumir drogas para uso personal, y nada más
tengo una ficha en la policía judicial del estado, y de esto hace
aproximadamente tres años, pero de que yo me dedique a robar,
asaltar u otro tipo de actividad relacionado con algo ilícito, la
verdad nunca he hecho nada, mis padres tienen un rifle calibre 22
de un tiro, el cual me prestan para la casa de ardilla, y no se
manejar otro tipo de armas, en si, el de la voz soy gente de campo
y no tengo necesidad de andar asaltando gente, no tengo
tampoco nexos con gente que tenga malas mañas, conozco de
vista al tal **********, el cual hace amistad con **********, (a)
“**********” o “**********”, y ese tal **********acude con frecuencia a
la casa del señor **********, señor padre de **********ya que
después de los hechos que le ocurrieron a **********, se ha visto
que el tal **********a frecuentado la casa del señor **********, pero
la verdad no se donde vive **********ni me interesa, ya que nada
más supe que se dedicaba a buscar tesoros, por lo que solicito a
manera particular se investiguen a fondo los presentes hechos, ya
que de resultarme responsabilidad estoy en la mejor disposición,
para que se me proceda conforme a derecho corresponda, ya que
si tuviera algo que ver en los hechos, ya que me hubiera ido del
estado, pero como no tengo nada que ver me quedo en paz en mi
pueblo y en mi casa, además creo que el señor **********y su
esposa, ya desconfían de toda la gente del pueblo y es normal
porque de haberme pasado a mi hasta yo desconfiaría…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales vigente en el Estado, dado que la
misma fue emitida por persona mayor de edad y con capacidad
para entender los hechos sobre los cuales declara.
De igual forma obra en autos la declaración del C. **********,
emitida ante el Representante Social el día uno de febrero del año
dos mil cinco, de la que no se evidencia imputación en contra del
aquí acusado, pues este aduce que no es verdad lo que declaro
**********puesto que el declarante refiere que en ningún momento
escucho una plática entre ********** y **********ni tampoco estuvo
tomando bebidas embriagantes con ellos, ya que no se junta con
ellos, y que el día que secuestraron al ofendido, el declarante
acompaño al pasivo ********** a esta Ciudad, y que de los hechos
el no tuvo nada que ver, tal y como se advierte de su declaración
en la cual expuso lo siguiente:
“…Que el de la voz tengo conociendo desde hace años al señor
**********, mi relación es de pura amistad, y en relación a lo que
declaro **********, alias “**********” o “**********” a que yo estaba
65
hace año y medio en compañía de **********, **********, y mi
hermano **********en donde supuestamente yo escuche que
**********, quería secuestrar al señor **********no es cierto ya que
en ningún momento escuche entre **********y **********, ni
tampoco estuve tomando bebidas embriagantes con ellos, ya que
no hago junta con ellos, y no se porque “**********” esta
declarando ese tipo de cosas, además hago mención que yo
acompañe a esta ciudad al señor ********** después de que lo
secuestraron, pero en si, yo no tengo nada que ver en estos
hechos, aclaro que mi hermano **********no se encuentra en el
Estado, ya que desde el mes de diciembre del año pasado que se
fue al Estado de ********** a trabajar, y no creo que mi hermano
haya tenido conocimiento de los hechos a los que hace mención
“**********”…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales vigente en el Estado, dado que la
misma fue emitida por persona mayor de edad y con capacidad
para entender los hechos sobre los cuales declara.
Así mismo, obra la declaración del C. **********, rendida ante el
Representante Social el día uno de febrero del año dos mil cinco,
sin embargo, de dicha declaración tampoco se advierte
imputación en contra del aquí acusado **********, puesto que el
declarante refiere que si conoce al ofendido, pero que no es
verdad lo que la señora ********** refiere, en el sentido de que el
declarante estaba tomando bebidas embriagantes con su
hermano de nombre **********y **********alias **********ya que si es
verdad que los vio juntos en el pueblo pero que el declarante no
estuvo con ellos, ya que él estaba con su novia, y que eso ocurrió
hace como cuatro años, y no el año y medio que refiere la C.
**********sin que el declarante realice alguna manifestación en
torno al aquí acusado, por lo tanto, con dicha declaración tampoco
se evidencia ni de manera indiciara la responsabilidad del aquí
acusado.
El testigo en cita expuso lo siguiente:
“…Que el de la voz aproximadamente en el mes de julio del año
dos mil uno, me fui a trabajar al país vecino en los Estados Unidos
de America, siendo mi lugar de trabajo en la Ciudad de **********,
**********, en donde mis funciones era de pegar azulejos, es el
caso que llegue a esta Ciudad el día cinco del mes de diciembre
del año dos mil cuatro, y la verdad de momento no pienso irme de
nuevo, es decir, dure aproximadamente tres años en el extranjero
y nunca podía venir al pueblo ni de vacaciones; en relación a los
hechos, el de la voz si conozco al señor **********, ya que su
esposa de nombre **********, fue mi maestra recuerdo en el quinto
y sexto año de primaria, señores que les otorgaron un solar en el
pueblo de **********, y en lo que respecta a las declaraciones la
señora **********, en donde dice que el señor **********, le dijo que
yo estaba ingiriendo bebidas embriagantes con mi hermano
**********y **********(a) “**********no es cierto, ya que la verdad, es
de que si vi a **********al tal **********, y a mi hermano, en el
poblado de **********pero yo no estaba con ellos, pero si llegue a
verlos juntos, más no recuerdo si estaban tomando bebidas
embriagantes, a decir verdad el de la voz estaba con mi novia de
nombre **********, aclarando que cuando vi a las tres personas
que menciono fue hace aproximadamente como cuatro años y no
hace año y medio como dice la señora **********, y nunca supe si
querían secuestrar al señor **********hasta ahora cuando llegue de
los Estados Unidos de America, escuche por rumores de los
vecinos del pueblo que habían querido secuestrar al señor
**********pero en si, yo no tengo conocimiento de nada, además,
yo no tengo nada en contra del señor **********, se me pregunta si
67
conozco a un tal **********, persona la cual se dice que anda
buscando tesoros en los cerros del pueblo, y manifiesto que si lo
he llegado a ver pero yo no tengo ningún contacto con esa
persona, y hasta ahorita me entere como se llama, además no se
si tenga amistad u otro tipo de relación con mi señor padre
**********, o con mi hermano **********, y desde que llegue de los
Estados Unidos de América nunca lo he visto que se pare en mi
casa, ni tampoco mi padre me ha comentado nada, y a mi
hermano **********casi no lo veo, y en lo particular hasta la fecha
no he visto a ese tal **********, quiero agregar que el señor
**********no tiene problemas con los vecinos del pueblo, ya que es
una persona tranquila…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales vigente en el Estado, dado que la
misma fue emitida por persona mayor de edad y con capacidad
para entender los hechos sobre los cuales declara.
Ahora bien, por lo que ve a lo declarado por **********dos de
febrero del año dos mil cinco,**********ante el Representante
Social, tampoco se evidencia ni de manera indiciaria una
imputación en contra del acusado, puesto que solo se limita a
señalar que no es verdad lo señalado por **********puesto que si
conoce a **********porque es amigo de su hijo de nombre
**********puesto que ambos se dedicaban a buscar tesoros, y que
después de que paso el incidente del ofendido, **********si ha ido
a su casa pero a buscar a su hijo de nombre **********pero al
declarante no, agregando que desconoce quienes hayan sido las
personas que privaron de la libertad al ofendido, sin que este
realice algún señalamiento en contra del acusado, tal y como se
desprende de su declaración, en la cual expuso lo siguiente:
“…Que el de la voz conozco al señor **********,**********ya que su
esposa de nombre **********, era maestra de la escuela primaria
del pueblo de **********, y en lo que respecta a la declaración del
señor **********, manifiesto que no es cierto, ya que la verdad es
de que si conozco al tal **********, porque es amigo de mi hijo
**********, ya que tiempos atrás los dos se dedicaban a la
búsqueda de tesoros, pero en la actualidad creo que
**********anda solo trabajando, ya que a veces lo veo que pasa
por el pueblo a pie, y se dirige hacia el cerro, asi mismo quiero
decir que después de los hechos que le pasaron a **********,
**********si ha ido a mi casa a buscar a mi hijo **********, pero no a
buscarme a mi, y fueron aproximadamente como en tres
ocasiones que ha ido pero solo, y en esa ocasiones (sic) pues se
le ha invitado un café, aclarando que el tal **********nomas
comenta sobre su busqueda de tesoros, y no comenta otro tipo de
tema, agregando que por el pueblo no se han escuchado rumores
de quien haya sido la persona que haya secuestrado a **********,
ni en lo particular, no se quien haya sido, ya que en el pueblo
nunca había pasado ese tipo de cosas, quiero decir que lo
declarado por mi hijo **********, que en paz descanse yo no tuve
conocimiento en virtud de que nunca me comento nada, por
último quiero agregar que solicito no se me relacione con esa
persona de nombre **********, toda vez que no tengo nada que ver
en su actividades ilícitas si es que las tiene, pero lo que si supe es
de que esa persona vive en el poblado de **********, Municipio de
San Blas, Nayarit, haciendo mención que tampoco es cierto lo
declarado por mi hijo **********, en lo referente a que ese tal
**********, se la pasaba en mi casa por lo que no se porque
declaro eso…”.
69
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit, dado que
la misma fue emitida por una persona mayor de edad y con
capacidad para entender los hechos sobre los cuales declara.
De igual manera en fecha siete de febrero del año dos mil cinco,
el ofendido **********compareció de manera voluntaria ante el
Agente del Ministerio Público, a efecto de identificar a una
persona que se le puso a la vista en la cámara de identificación,
misma que responde al nombre de **********el cual lo identifico sin
temor a equivocarse como la misma persona que lo privo de su
libertad, agregando que lo identifica por su somatometría, pero no
en su rostro, puesto que las personas que lo privaron de su
libertad andaban encapuchados, pero que es el mismo que
cargaba el cuerno de chivo, sin que en dicha declaración se
desprenda alguna imputación en contra del aquí acusado, tal y
como se advierte, de dicha declaración en la que expuso lo
siguiente:
“…Que comparezco ante esta Representación Social de manera
voluntaria, con la finalidad de ampliar mi declaración ministerial,
en lo referente a identificar a una persona que se encuentra a
disposición de esta autoridad en calidad de persona presentada
en la cámara de identificación que se encuentra en las oficinas de
la Guardia del Ministerio Publico especializada en Detenidos, por
lo que al encontrarme en la cámara de identificación en mención
se me pone a la vista una persona del sexo masculino que
responde al nombre de **********, manifestando que lo identifico
sin temor a equivocarme como ser la misma persona que me
privo de mi libertad el día cinco del mes de octubre del año dos
mil cuatro, ya que no tengo ninguna duda identificándolo en base
a su somatometría pero no en su rostro, ya que las personas que
me privaron de mi libertad andaban encapuchados, y es el mismo
que cargaba el arma cuerno de chivo, haciendo mención que las
personas nunca las escuche platicar…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit, dado que
la misma fue emitida por una persona mayor de edad y con
capacidad para entender los hechos sobre los cuales declara.
Así mismo, obra en autos la declaración ministerial del procesado
**********rendida el día siete de febrero del año dos mil cinco, en la
cual expuso lo siguiente:
“…Que el de la voz conozco al señor **********desde que éramos
unos niños, ya que nos criamos en el mismo barrio de la colonia
**********, en lo referente a lo que hace mención en su escrito de
fecha 17 de Enero del año en curso no sé qué tipo de persona le
haya informado que yo lo había secuestrado y a la vez
participado en los hechos de los cuales es agraviado, ni tampoco
es cierto que mi hermano **********tenga un arma de las
denominadas cuerno de chivo, ya que no tenemos armas de
fuego ni de ningún tipo, si acaso una vez llegamos a tener un rifle
22 pero nos lo robaron, y en lo que se refiere que un día que me
vio por la Colonia **********y que me puse nervioso al verlo,
eso no es cierto ya que yo no lo vi ni recuerdo haberlo visto, y lo
veo muy de vez en cuando, por lo que solicito que se investigue a
la persona que supuestamente le paso la información a **********y
se logre esclarecer los hechos de los cuales el señor ********** me
está imputando, o de lo contrario me tendré en la necesidad de
interponer una denuncia en su contra por alguna calumnia y
difamación, ya que el de la voz no me dedico a ese tipo de cosas,
71
de andar secuestrando gente o de otro tipo de conducta delictiva,
toda vez que me dedico a mi trabajo que es al campo;
procediendo esta autoridad en estos momentos a formularle las
siguientes preguntas: a la primera.- Que diga el declarante si se
enteró de los hechos cometidos en agravio del señor **********a lo
que responde.- No recuerdo la fecha pero fue el año pasado
cuando por parte de unos vecinos del poblado de la
**********anduvieron diciendo que habían secuestrado al señor
**********y esas personas se llaman **********y **********; a la
segunda.- Que diga el declarante si conoce a **********alias
**********o el**********Respuesta.- si lo conozco ya que es vecino
del poblado de **********lo conozco desde que éramos niños pero
he sabido que últimamente ha tenido mala fama, de lo cual no me
consta nada, y con el no tengo otro tipo de relación, o sea no
somos allegados nada más el saludo y nada más, a la cuarta.-
Que diga el declarante si conoce a **********a lo que responde.-
No lo conozco, ya que nada más supe que quien andaba
buscando tesoros era el **********pero si supe que andaba otra
persona con él pero no lo he visto; asimismo manifiesto que
cualquier día pueden realizar algún tipo de cateo en mi domicilio y
en casa de mi hermano. Solicitando de nueva cuenta se
investigue muy bien a fondo los presentes hechos, ya que yo no
tengo nada que ver en esto, además no entiendo por qué
**********desconfía de mí en virtud de que nunca hemos tenido
ningún problema y no está bien que me ande inventado hechos
de los cuales yo nunca he cometido, y yo mismo traeré a mi
hermano ante estas oficinas para que declare en relación a los
presentes hechos, ya que estas imputaciones son muy graves, y
vamos a tener que limpiar nuestra imagen; estando dispuesto a
que se me practiquen todas las diligencias que sean necesarias
para la integración de este expediente que se lleva a cabo ante
estas oficinas, y estoy disponible para cualquier otro tipo de
diligencia…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit, dado que
la misma fue emitida por una persona mayor de edad, ante una
autoridad competente, asistido de su defensor, sin coacción ni
violencia, de la cual no se desprende ni siquiera de manera
indiciaria la responsabilidad penal del aquí acusado, puesto que
en dicha declaración solo refiere que si conoce al ofendido, pero
que en relación a lo que manifestó el diecisiete de enero del año
dos mil cinco, desconoce qué persona le haya manifestado que el
declarante haya participado en los hechos cometidos en su
agravio, y que no es verdad que su hermano de nombre
**********tenga un arma de las denominadas cuerno de Chivo, ya
que no tiene armas de ningún tipo, así mismo, solicito que
investigaran a la persona que le dio esa información al ofendido,
sin que haga algún comentario o señalamiento sobre el aquí
acusado.
De igual manera obra en autos la declaración del C.
**********rendida ante el Agente del Ministerio Público en fecha
nueve de febrero del año dos mil quince; de la cual no se advierte
que haga una imputación en contra del aquí acusado, puesto que
este señalo ante el Representante Social que no es verdad lo que
señala el ofendido **********en su escrito de fecha diecisiete de
enero del año dos mil cinco, puesto que el declarante no tiene el
arma que aduce el ofendido, y que es falso que él se haya
enterado que su hermano participo en querer secuestrar al
ofendido, y mucho menos que se haya enojado, y que no tienen
ningún tipo de arma, y que no entiende porque el ofendido
sospecha de su hermano, pero que tiene entendido que el
ofendido estaba acusando de los hechos que le sucedieron a
73
todas las personas del pueblo de **********, sin que el declarante
haga alguna manifestación en torno al aquí acusado. Tal y como
se desprende de su declaración en la cual expuso lo siguiente:
“…Que el de la voz conocí al señor **********por parte de un
cuñado del mismo **********quien en vida se llamaba **********esto
hace aproximadamente tres años, además el señor se la lleva en
el poblado de **********Municipio de ésta ciudad, por lo que en
relación a lo que manifiesta el señor **********en su escrito de
fecha 17 diecisiete del mes de Enero del año en curso dos mil
cinco, quiero decir que no es cierto, ya que el de la voz no tengo
el arma a la que refiere el señor **********ósea la mentada cuerno
de chivo, y que supuestamente yo supe que mi hermano había
participado en querer secuestrar al señor **********y que además
me había enojado, estos hechos son totalmente falsos, haciendo
mención, que mi hermano ni yo nunca hemos tenido ese tipo de
armas de fuego ,ya que cuando vivía mi padre teníamos un rifle
calibre 22, y a la fecha no tenemos dicha arma, solicitando que se
investigue a fondo el nombre de la persona que le informo estas
mentiras al señor **********quiero decir que mi hermano puede ser
localizado además de los domicilios que yo he proporcionado, en
una casa que se encuentra a espaldas de **********pero no
recuerdo el número de la finca ni el nombre de la calle haciendo la
aclaración que él renta esa casa, asimismo quiero decir que si me
enteré por parte de unos vecinos de la **********y **********así
como en ésta ciudad, ya sea en el Mercado de **********y supe
por personas que andaba buscando tesoros cercas del rancho de
**********, en compañía de otras persona pero nunca los he visto,
pero a quien si no conozco esa a la persona de nombre
**********por ultimo agrego que no entiendo porque el señor
**********sospecha de mi hermano, pero me enteré por vecinos del
poblado de**********ya que supuestamente desconocía de todos,
pero en lo particular no me molesta que me investiguen, ya que
no tengo nada que ver…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit, dado que
la misma fue emitida por una persona mayor de edad y con
capacidad para entender los hechos sobre los cuales declara.
De igual forma obra en autos la declaración del C.
**********emitida el día cinco de enero del año dos mil seis, ante el
Agente del Ministerio Público, sin embargo, en dicha declaración
tampoco se hace señalamiento en contra del aquí acusado, si no
por el contrario, el declarante compareció a efecto de identificar a
una persona de nombre **********el cual refirió que dicha persona
en el mes de octubre del año dos mil cuatro, lo miraba en el
poblado de **********García, el cual se juntaba con las personas
de nombres **********,**********y que se iban para el lado del
**********, mas nunca hace referencia al acusado **********tal y
como se desprende de su declaración en la cual expuso lo
siguiente:
“…(en estos momentos se traslada al compareciente a la cámara
de identificación que se encuentra en las oficinas de la Agencia
Especializada en Detenidos, ello con la finalidad de que
identifique a la persona de nombre **********quien se encuentra a
disposición de esta autoridad ministerial en calidad de persona
presentada); en este acto la Representación Social, me pone a la
vista en la cámara de identificación a una persona del sexo
masculino que responde al nombre de **********persona la cual
reconozco plena y fehacientemente sin temor a equivocarme, ya
que esta persona en el mes de ********** aproximadamente del
año dos mil cuatro, lo miraba en el ejido de **********Municipio de
ésta ciudad de Tepic, Nayarit, y veía que se iba para el lado del
predio denominado “**********que se encuentra aproximadamente
75
a tres kilómetros de distancia de **********dicha persona se
justaba con una persona de nombre **********alias “**********y con
este se iban para el lado de **********donde escarbaban para
hacer pozos y supuestamente los hacían para localizar tesoros,
pero que yo sepa nunca encontraron nada, además la persona
que se me puso a la vista se la pasaba con el señor de nombre
**********papá de **********así como también este tal **********se
quedaba a dormir en casa de este señor de nombre **********y
esto me consta porque yo veía que salía de su casa, además de
que también comía en esa casa, aclarando que **********si se la
pasaba antes en el poblado de **********pero nunca le conocí
alguna otra persona con la que se juntara…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit, dado que
la misma fue emitida por una persona mayor de edad y con
capacidad para entender los hechos sobre los cuales declara.
De igual forma obra en autos la declaración ministerial del C.
**********rendida ante el Agente del Ministerio Público el día cinco
de enero del año dos mil seis, de la cual no se advierte que
realice alguna imputación en contra del acusado **********puesto
que este solo señala que no son ciertos los hechos que le imputa
el ofendido **********ni de las declaraciones que emite la señora
**********ya que no tiene conocimientos de esos hechos, y que lo
que si es verdad es que conoce a **********y que el declarante
busco a esta persona para que le ayudara a buscar un tesoro, que
se según se encuentra cercas del poblado de ********** **********y
que después **********ya no le ayudo a buscarlo, y que desconoce
quien haya querido secuestrar al ofendido, y que desconoce el
motivo por el cual el C. **********haya declarado que quería
levantar al ofendido, ya que no es cierto lo que declaro, sin que en
algún momento haya manifestado ni siquiera conocer al aquí
acusado, tal y como se desprende de su declaración en la expuso
lo siguiente:
“…Que no son ciertos los hechos que me imputa el ofendido
**********, ni de las declaraciones que emite la señora
**********toda vez que no tengo conocimiento de estos hechos,
además no conozco a estas personas, además mi nombre
verdadero es el que acabo de proporcionar; lo que sí quiero decir
es de que conocí al **********alias **********o
**********aproximadamente en el año de mil novecientos noventa y
ocho, en un jaripeo que se celebraba en aquel tiempo en el
poblado de **********municipio de **********ya que en ese poblado
tengo una casa y unas tierras, pero son propiedad de mi señora
madre, pero hace aproximadamente como dos años llegue a
buscar a **********, al poblado de **********, para que me ayudara
a buscar un tesoro que según eso se encuentra en **********predio
que se ubica **********, en las tierras de **********, pero no
recuerdo en que fechas y no utilizaba ningún aparato para buscar
el tesoro, ni tampoco un mapa, por lo que **********se desesperó y
ya no me ayudo a buscar, pero lo que si recuerdo es de que en el
mes de Noviembre del año dos mil cuatro me detuvieron por un
supuesto **********de una **********, en donde **********agregando
que no tengo conocimiento de quien haya querido ********** a la
persona ofendida, ni tampoco escuche nada al respecto, quiero
decir que no se el motivo por el cual el muchacho de nombre
**********que en paz descanse, haya declarado que yo quería
levantar al señor **********ya que no es cierto lo declarado, y que
lastima que haya muerto para haberme careado con él, y en sí, es
todo lo que tengo que declarar; acto continuo esta Representación
Social procede a formularle las siguientes preguntas: Que diga a
la primera.- Si conoce a la persona de nombre **********a lo que
responde.- Si, si lo conozco, ya que aproximadamente dos años
77
tenía un vivero de arbolitos, y mi relación con él fue buena, pero
nada más lo saludaba, ya que no me ponía a platicar con él; a la
Segunda.- Que diga el declarante si conoce el poblado conocido
como **********o **********a lo que responde.- No, no lo conozco,
pero conocí a una persona de ese poblado que le apodan
**********pero ya se fue a Estados Unidos, y ya no lo he visto, a la
tercera.- Que diga el declarante si conoce a la persona de nombre
**********alias **********a lo que responde.- No, no lo conozco; a la
cuarta.- Que diga el declarante si conoce a la persona de nombre
**********a lo que responde.- Si, si lo conozco, ya que es hermano
de **********haciendo mención que éramos amigos, y vive con sus
padres, y a la fecha no lo he visto; a la quinta.- Que diga el
declarante si conoce el lugar denominado **********, a lo que
responde.- No, no lo conozco, que yo sepa no hay ningún lugar
llamado **********en el poblado de **********a la séptima.- Que
diga el declarante si conoce el lugar conocido como **********, a
lo que responde.- Que sí, ya que se ubica sobre la carretera
**********, y es donde se encuentra una casona donde es la
parada del camión, y dicha casona la cuida un vale de **********; a
la octava.- Que diga el declarante si conoce a la persona de
nombre **********, a lo que responde.- Si, si la conozco, ya que es
mamá de **********, ya que esta persona cuando vivía en su casa
me daba asilo, de comer y me lavaba la ropa; a la novena.- Que
diga el declarante si conoce a la persona de nombre **********, a
lo que responde.- Si, si lo conozco, y le apodan **********, y es
hermano de **********, a quien invitaba también a buscar tesoros;
a la undécima.- Que diga el declarante si conoce a **********y
**********de apellidos **********, a lo que responde.- No, no los
conozco; a la duodécima.- Que diga el declarante si conoce a
**********, a lo que responde.- Si, si lo conozco, porque se mamá
tiene **********, pero no tengo ninguna amistad**********con él; a
la decimotercera.- Que diga el declarante si conoce a **********, a
lo que responde.- Que no, no lo conozco; a la decimocuarta.- Que
diga el declarante si conoce a **********, a lo que responde.- Que
si, si lo conozco ya que es papá de **********y **********haciendo
mención el en compañía de su esposa **********, me dieron asilo
en su casa, durando como tres meses y medio o cuatro, o sea
estuve viviendo en su casa, en donde me daban de comer,
mientras yo buscaba los tesoros, y no sé porque el señor
**********dijo que no me daba asilo, y a él le comentaba sobre mi
búsqueda de tesoros; a la decimoquinta.- Que diga el declarante
si conoce a **********, a lo que responde.- Que sí, so la conozco, y
le dicen **********, ya que es hermana de **********, ********** y
**********; a la decimosexta.- Que diga el declarante si es
propietario de una camioneta color roja, tipo ram, o de un vehículo
tipo Jetta; a lo que responde.- No, esa camioneta es de un amigo
de nombre **********, quien vive por la calle **********sin recordar
el número pero es en la colonia **********, **********, y nunca he
manejado un Jetta, haciendo mención que la camioneta la llevaba
al poblado de **********nada más para dar la vuelta, y visitar a los
señores con los que vivía; a la decimoséptima.- Que diga el
declarante si ha llevado al poblado **********motocicletas, a lo que
responde.- Que ya que no se manejar motocicletas; a la
decimoctava.- Que diga el declarante el lugar denominado
**********, a lo que responde.- Que sí, ya que es un ********** que
se ubica **********, a la decimonovena.- Que diga el declarante si
conoce de armas de fuego o ha utilizado o portado alguna, a lo
que responde.- No, no conozco, ni tampoco las he utilizado; al
efecto se le ponen a la vista una serie de fotografías emitidas
mediante oficio **********, signado por el ciudadano**********Perito
Fotógrafo adscrito a la Dirección de Servicios Periciales
Criminalísticos de la Procuraduría General de Justicia del Estado
de Nayarit, en las cuales aparecen diversas ropas tales como
chamarras, una camisa, un suéter, un gorro, una cobija, una
cachucha y dos mochilas, de las cuales manifiesta el presentado
que no las reconoce, ya que nunca las ha visto, y no es el tipo de
79
ropa que el usa, ni tampoco se las ha visto a otra persona; a la
vigésima.- Que diga el declarante si identifica el número telefónico
**********a lo que responde.- Que no, no lo identifico; a la vigésima
primera.- Que diga el declarante si tiene teléfono celular o si ha
tenido alguno, a lo que responde.- Que no, nunca he tenido
celular; a la vigésimo segunda.- Que diga el declarante si conoce
a las personas de nombre **********y **********a lo que responde.-
Que no, no los conozco, y nunca los he escuchado mentar. Por
último, deseo manifestar que no tuve ninguna objeción en que se
me realizaran previa mi declaración diversas pruebas periciales
para que se descarte algún tipo de responsabilidad en caso de
que me resulte, ya que como dije no tengo nada que ver con los
hechos…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit, dado que
la misma fue emitida por una persona mayor de edad y con
capacidad para entender los hechos sobre los cuales declara.
Por otra parte, obra en autos la declaración del ofendido
**********rendida el día veinte de septiembre del año dos mil seis,
en la cual acudió ante el Representante Social, a efecto de
realizar un señalamiento en contra del procesado **********puesto
que señalo que el día cinco de agosto del año en curso, al estar
leyendo el periódico, se dio cuenta de que habían detenido a el C.
**********por diversos secuestros y asaltos, y que al ver a esta
persona en el periódico considera que es una de las personas que
lo privaron de su libertad, puesto que un mes antes de que lo
privaran de su libertad, el declarante lo observo que pasaba a
bordo de un vehículo por un camino saca cosechas que se
encuentra a un costado de una casa de su propiedad, que se
ubica en el poblado de **********así mismo, que su fisonomía
coincide con una de las tres personas que encapuchadas, por las
cuales fue interceptado el día del evento delito, sin embargo, en
dicha declaración no hace ningún señalamiento en contra del aquí
acusado, tal y como se desprende en su declaración, en la cual
expuso lo siguiente:
“…Tal y como lo manifesté en mi declaración el día **********, el
de la voz fui privado de mi libertad y amenazado, por lo que puse
la denuncia correspondiente, y el caso es que con fecha **********,
el de la voz al estar leyendo el periódico denominado MATUTINO
GRAFICO, y posteriormente el REALIDADES, ambos con fecha
de emisión el día **********, me di cuenta de que había sido
detenido el C. **********por diversos secuestros y que también se
encontraba relacionado en asaltos, y al ver la fotografía de esta
persona, y que es por medio de dicho periódico que se llama
**********creo que es una de las tres persona que me privaron de
la libertad, ya que un mes antes aproximadamente de que
privaron de la libertad, el de la voz llegue a observarlo que pasaba
a bordo de un vehículo MARCA **********, TIPO **********´, EXTRA
**********, MODELO **********, (**********), color **********, sin
saber precisar más características y pasaba por el camino saca
cosechas que se encuentra a un costado de una casa de mi
propiedad que se encuentra en el ejido de **********, Municipio de
Tepic, Nayarit, pero quien manejaba la camioneta y siempre lo
acompañaba era su hijo del que desconozco su nombre pero
tiene en la actualidad como ********** años, y mide como
**********complexión **********tez **********siempre usa **********sin
saber precisar más su media filiación, pero si lo veo lo reconozco,
como también a **********ya que radican en el poblado de
**********Municipio de Tepic, además de que el periódico
REALIDADES, en la página ********** (**********), narra
textualmente entre otras cosas “Y POR EL ANTERIOR NADA, YA
QUE EL SECUESTRADO LOGRO DARSE A LA FUGA
81
LLEVANDOSE INCLUSO LAS CADENAS CON LAS QUE
CREIAN HABERLO INMOVILIZADO”. Tal y como sucedió con el
de la voz, asimismo presento los siguientes periódicos
denominados GRAFICO, MERIDIANO Y REALIDADES, con fecha
de emisión del **********, para que se anexen a la presente
indagatoria; y en estos momentos se le muestra al compareciente
la fotografía con el nombre impreso de **********que aparece en el
periódico MATUTINO GRAFICO, persona que identifica cual
reconozco plena y fehacientemente sin temor a equivocarme,
como la misma que durante un mes aproximadamente antes de
mi privación, circulaba muy seguido por un costado mi propiedad,
como ya lo manifesté. Del cual coincide con la fisonomía de una
de las tres personas encapuchadas, por las cuales fue
interceptado el día **********, solicitando se investigue y en caso
de resultar responsable se proceda legalmente en contra de estas
persona…”.
Declaración a la cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales para el Estado de Nayarit, dado que
la misma fue emitida por una persona mayor de edad y con
capacidad para entender los hechos sobre los cuales declara.
Por otra parte obra en autos el oficio de investigación número
PE/CIS/115/07, de fecha catorce de marzo del año dos mil siete,
signado por los Agentes HÉCTOR LÓPEZ PEREIDA,
FRANCISCO PARRA PÉREZ, y el comandante ADRIANA
ARCINIEGA ORONIA, en el cual si bien es cierto que refieren que
al entrevistar al aquí acusado **********este aceptó los hechos que
se le imputan, y que el acusado había realizado la llamada al
domicilio del ofendido, sin embargo, no debe perderse de vista
que los Agentes de la Policía solo pueden rendir informes pero no
obtener confesiones, de acuerdo a lo dispuesto por el último
párrafo del artículo 264 del Código de Procedimientos Penales
vigente en el Estado, por lo tanto, a criterio de este Juzgador
dicho oficio carece de eficacia probatoria.
Por último, si bien es cierto que obra en autos la declaración
ministerial del acusado **********misma que fue emitida el día
catorce de marzo del año dos mil siete, ante el Agente del
Ministerio Público, en la cual expuso lo siguiente:
“…Que en relación a la privación de la libertad de la persona que
ahora se que se llama **********, quiero manifestar que sin
recordar la fecha exacta, pero fue en el año 2004; Dos mil cuatro,
en que estando **********, **********, y el de la voz en una casa de
********** alias **********, en la colonia ********** por la calle
********** antes de llegar a la **********, ********** dijo que sabía de
una persona a la cuál le podíamos quitar dinero, es decir
secuestrarlo, y se referían a quien ahora se que se llama
**********, y ********** manifestó que el señor ********** tenía un
rancho para el lado de **********, Municipio de Tepic, y **********
también conocía a el señor **********, por lo que entre los tres
planeamos agarrar al señor **********, por la brecha que conduce
a su Rancho, y llevarlo al cerro, y supe por ********** ya que el se
encargo de llevar a la gente a la brecha para agarrar a el señor
**********, por lo que me dijo que llevo a **********, del que no se
sus apellidos, pero que actualmente esta detenido en la Penal,
**********, quien vive en ********** Nayarit, por el lado de la
autopista desconociendo el domicilio pero se llegar, y un tal
**********, al que no conozco nada mas se que es de aquí de
Tepic, y también que llevó a **********, pero ********** nadamas los
dejo ahí debido a que lo conocían, y el de la voz iba a estar en mi
casa esperando a ********** para hacer la llamada a los familiares
de el señor **********, y el de la voz me iba a encargar de negociar
el pago del rescate con la familia, a la cuál habíamos pensado
83
pedir la cantidad de $1,000,000.00 pesos (Un Millón de pesos
Moneda Nacional), a cambio de la liberación del señor **********, y
no recuerdo que hora sería cuando llegó ********** a la casa, y nos
fuimos a la placita del Infonavit **********, y de un teléfono celular
de mi propiedad hice la llamada a casa del señor **********, y me
contestó una señora al parecer su esposa, y le dije que teníamos
a su esposo secuestrado y que queríamos Un millón de pesos
para poder dejar que volviera a su casa, pero la señora contestó
que no daba nada de dinero porque su esposo ya lo tenía ahí, por
lo que le colgué a la señora, y ********** se fue para su casa y el
de la voz le hablé por teléfono a **********, y nos vimos en la
**********, y ya estando juntos le pregunté a ********** que había
pasado, y ********** me contestó que lo habían dejado amarrado
en el cerro, y que mejor iban a ir a casa de el señor ********** para
tomar el dinero que tenían en unos maletines, ya que **********
decía que en la casa de el señor ********** tenían dos maletines
con dinero, pero le dije que ya estaba el viejo en la casa, por lo
que ya nadie quisimos ir, y ********** marcó a casa de el señor
********** y habló con la esposa de este, y le dijo que si no le daba
una feria levantaba a su hijo, pero la señora le contestó que
hiciera lo que quisiera que no le iba a dar nada, por lo que ya no
intentamos nada en relación a esa gente, y la verdad desconozco
que armas utilizaron en esa ocasión, ya que yo no participé en el
levantón, pero debieron ser de **********, y esta es la verdad de
cómo sucedieron los hechos, declaración la cual la ejerzo libre y
espontáneamente sin violencia física ni moral, y en presencia de
mi defensor de oficio…; acto continuo la representación social
investigadora formuló al declarante las siguientes preguntas: A LA
PRIMERA.- Que diga el declarante con que finalidad privaron de
la libertad al señor ********** **********. RESPUESTA.- Para
quitarle dinero a cambio de soltarlo. A LA SEGUNDA.- Que diga el
declarante cuanto iban a pedir por la liberación de el señor
**********. RESPUESTA.- Que iban a pedir Un Millón de Pesos. A
LA TERCERA.- Que diga el declarante si de las personas con las
que se juntaba para llevar a cabo los secuestros, había una
persona especifica de la cuál recibía ordenes para cometer tales
ilícitos. RESPUESTA.- Que si, que quien daba las ordenes y
ponía los jales era ********** (A) **********. A LA CUARTA.- Que
diga el declarante si a estado involucrado en otros ilícitos.
RESPUESTA.- Que si ya que ha participado en varios secuestros,
como en unos ochos, y estos los ha cometido en distintas partes
del Estado de Nayarit. A LA QUINTA.- Que diga el declarante
cuantas personas participaban en los secuestros. RESPUESTA.-
Que siempre eran tres o cuatro personas. A LA SEXTA.- Que diga
el declarante cuánto dinero a percibido como pago de rescates de
las personas a las que ha secuestrado. RESPUESTA.- Unos
$400,000.00 (Cuatrocientos Mil Pesos Moneda Nacional). A LA
DÉCIMA.- Que diga el declarante porque en esa ocasión eligieron
para privar de la libertad al señor **********. RESPUESTA.- Porque
según ********** un hijo de Don **********, que solo se que le dicen
**********, es narcotraficante. A LA UNDÉCIMA.- Que diga el
declarante si identifica a la persona que aparece en las fotografías
que obran en actuaciones, y que trae una cadena en su cuerpo,
así como un hilillo tipo nylon de color blanco alrededor de la
muñeca del brazo derecho. RESPUESTA.- Que no la identifica, y
que nunca la ha visto. A LA DUODECIMA.- Que diga el declarante
si reconoce el lugar que se le muestran en las fotografías que
obran en la presente indagatoria, y en donde se observan entre
otras cosas un candado. RESPUESTA.- Que no lo identifica, pero
se imagina que es el lugar donde han de haber amarrado al señor
**********. A LA DÉCIMO TERCERA.- Que diga el declarante
porque se dedicaba a secuestrar. RESPUESTA.- Para ganar
dinero, y porque se me hacía fácil. A LA DECIMACUARTA.- Que
diga el declarante cuanto tiempo tiene dedicándose a la actividad
del secuestro. RESPUESTA.- Que aproximadamente tres años. A
LA DÉCIMO QUINTA.- Que diga el declarante si identifica a la
85
persona que aparece en la fotografía en primera plana del diario
Matutino Grafico, de fecha 5 cinco de agosto del año 2006; Dos
mil seis, así como también la fotografía de la persona que aparece
en la pagina número 40 cuarenta en el diario REALIDADES de la
misma fecha, mismos que obran en actuaciones. RESPUESTA.-
Que si la identifica plenamente y sin temor a equivocarse, y que
es la misma persona a la que se ha estado refiriendo como
********** en la presente declaración, y que su nombre completo
es **********, y quien actualmente esta en la penal de Tepic por
otros secuestros…”.
Ahora bien, a criterio de quien ahora resuelve considera que
dicha declaración carece de eficacia probatoria, toda vez que
si bien es cierto que en la misma, el aquí acusado acepta los
hechos que se imputan, al manifestar que al estar en la casa de
su coprocesado de nombre **********este le dijo que sabía de una
persona que a la cual podían quitarle dinero, secuestrándolo, y
que esa persona era el ofendido **********y que tenía un rancho
para el lado de **********y que entre los tres planearon secuestrar
al ofendido, y que su coprocesado de nombre **********también
conocía al ofendido, por lo cual entre los tres planearon agarrar al
ofendido, y que su coprocesado de apodado **********fue quien
llevo a la gente a la brecha para que agarraran al ofendido, y que
dichas personas eran una de nombre **********del cual desconoce
sus apellidos, **********y otro de **********y **********y que su
coprocesado **********solo los llevo ya que el ofendido lo conocía,
y que el declarante iba a estar en su casa esperando a
**********para hacer la llamada a los familiares del ofendido, y que
el declarante se iba a encargar de negociar el pago del rescate
con la familia, y de la cual habían pensado pedir la cantidad de un
millón de pesos 00/100 moneda nacional, a cambio de la
liberación del ofendido, y que desde un teléfono celular de su
propiedad realizo la llamada a casa del ofendido, y que al parecer
le contesto la esposa del ofendido, y que le dijo que tenías
secuestrado a su esposo, y que querían un millón de pesos
00/100 moneda nacional, para poder dejar que volviera a su casa,
pero que la señora le dijo que no daba nada de dinero porque su
esposo ya lo tenía ahí, motivo por el cual le colgó a la señora, y
después hablo por teléfono con **********para preguntarle que
había pasado.
Sin embargo, también es cierto, que el procesado ofreció como
medio de prueba la pericial grafoscopica, y a cargo del perito
**********, el cual emitió el día catorce de febrero del año dos mil
diecisiete, mismo que ratifico el quince del mismo mes y año, en
el cual concluyo de la siguiente manera:
“…ÚNICA.- La firma que se encuentra estampada en declaración
ministerial con el siguiente título: “DECLARA COMO PROBABLE
RESPONSABLE EL C. **********de fecha catorce de marzo del
dos mil siete y que obra en autos en las fojas 226, 227, 228 y 229
del TOMO I, del expediente que se promueve, la cual contiene
cinco firmas atribuidas a **********NO CORRESPONDE POR
EJECUCIÓN AL PUÑO Y LETRA DE **********lo anterior con
base en las firmas indubitables base de confronta señaladas en el
cuerpo del presente dictamen…”.
Dictamen al cual se le concede valor de indicio de
conformidad a lo dispuesto por el artículo 271 del Código de
Procedimientos Penales vigente en el Estado, puesto que el
mismo fue emitido por una persona con conocimientos especiales
en la materia, del cual se obtiene que la firma que contiene la
declaración ministerial de fecha catorce de marzo del año dos mil
diecisiete, a nombre del aquí acusado, no corresponde por
ejecución al puño y letra del acusado; lo cual a criterio de este
Juzgador es creíble dadas las diversas contradicciones que se
87
advierten del presente expediente; se dice lo anterior, en primer
lugar porque según se advierte de la declaración ministerial en
cuestión, el acusado al momento de realizar la llamada a los
familiares del ofendido le manifestó a la esposa de este lo
siguiente: “…le dije que teníamos a su esposo secuestrado, y
que queríamos un millón de pesos para poder dejar que
volviera a su casa, pero la señora contesto que no daba nada
de dinero porque su esposo ya lo tenía ahí, por lo que le
colgué a la señora…”, sin embargo, la declaración que rindió la
esposa del ofendido **********el día seis de octubre del año dos
mil cuatro, ante el representante social, es completamente
diferente lo que esta aduce que platicó con la persona que le
llamo, y en ningún momento refirió que le hayan pedido dinero
para liberar a su esposo, si no por el contrario, esta señalo que la
persona que le llamo le preguntó que si ya había recuperado a su
esposo, apartado que se transcribe a continuación:
E relación a la llamada la esposa del ofendido expuso lo siguiente:
“…señora, ya recuperó a su señor y yo le dije que donde me
estaba hablando a la vez que esa voz me contestó titubeando de
un lugar, yo nada más vengo a recuperar el dinero que me
quitaron sus hermanos en Chiapas, no había venido porque
estaba en la cárcel, entonces le conteste que mis hermanos ya
habían fallecido, y nosotros de ese asunto no sabemos nada,
manifestándole que porque no veía a la viuda de mi hermano
********** por lo que me contesto No, no, no, le voy a levantar a su
hijo, y no estoy jugando, usted como se llama, y le dije mi nombre,
pero la voz me decía ********** que? Pero yo le dije mis apellidos,
pero le dije que fui hermana de **********y **********diciéndome la
voz, le voy a hablar mañana, y le pregunte me va hablar mañana
y la voz me contesto si…”, declaraciones de las cuales se puede
advertir una notoria contradicción;
Ahora bien, en segundo lugar tenemos que, si bien es cierto, que
la esposa del ofendido, en fecha cinco de enero del año dos mil
seis, acudió nuevamente ante el Representante Social, también lo
es que nada dijo en relación a lo expuesto por el aquí acusado, ya
que solo refirió que había declarado el día seis de octubre del año
dos mil cuatro y le habían proliferado una serie de amenazas, sin
señalar nada de lo expuesto por el aquí acusado, y tampoco
menciona haber recibido una segunda llamada; así mismo, en la
citada diligencia la esposa del ofendido **********al ponerle a la
vista en la cámara de identificación a cinco personas reconoció a
una de ellas como la que meses antes al de octubre del año dos
mil cuatro, lo veía en el ejido de ********** **********el cual
respondió al nombre de **********y señalo que al escuchar la voz
de esta persona la reconoció plenamente y sin temor a
equivocarse como la misma voz que escucho en su teléfono
particular el día seis de octubre del año dos mil cuatro,
proliferándole las amenazas que señalo en su declaración inicial,
por lo tanto, es ilógico que el acusado haya realizado la llamada a
que hace alusión en su declaración ministerial de fecha catorce de
marzo del año dos mil siete, puesto que en autos obra
plenamente identificada la voz de la persona que realizó dicha
llamada, la cual no corresponde al nombre del aquí acusado, y
según lo expuesto por la esposa del ofendido quien fue la persona
que recibió la llamada el sentido de la conversación es muy
diferente a lo asentado en la declaración ministerial del acusado
que obra en autos.
Por otra parte, no pasa desapercibido para esta autoridad que en
fecha dieciocho de septiembre del año dos mil catorce, fueron
desahogados los careos entre el procesado **********y el aquí
acusado **********el cual fue ofrecido por el primero de los citados,
y en la cual el aquí acusado al momento de concederle el uso de
89
la voz manifestó que él no había declarado nada, y que no era su
firma, la que aparece en esa declaración, lo cual volvió a
manifestar al momento de rendir su declaración preparatoria
respecto del presente expediente; por lo tanto, existen varios
indicios que esta autoridad toma en cuenta para Inferir que la
conclusión que realizó el perito en grafoscopia, **********respecto
a la firma del acusado, se encuentra apegada a la realidad, y por
ello no puede concedérsele valor probatorio a la declaración
ministerial rendida por el acusado.
En otro orden de ideas, esta autoridad también toma en cuenta
que al inicio de la investigación de los hechos denunciados por el
ofendido, el Representante Social encamino dicha investigación a
las personas que presuntamente se habían puesto de acuerdo
para asaltar al ofendido, siendo estas **********y **********lo que
llevo a tomar declaración de diversas personas, las cuales
ninguna menciono al aquí acusado como una de las personas que
haya estado presente en el momento en que planeaban asaltar o
secuestrar al aquí ofendido o que esta haya tenido participación
en estos hechos, por lo cual el Agente del Ministerio Público, baso
el ejercicio de la acción penal en contra del aquí acusado, con la
sola acusación que realiza en su contra el C. **********omitiendo
indagar más sobre la verdadera participación del aquí acusado en
los hechos materia del presente expediente, pues no debe
perderse de vista que si bien es cierto que el ofendido manifiesta
reconocer por su somatometría al procesado **********como una
de las personas que lo privaron de su libertad personal, también lo
es que dicha persona **********, no realiza ninguna imputación en
contra del aquí acusado.
Por otra parte, no pasa desapercibido para esta autoridad que en
la declaración ministerial que emite **********este refiere que el
rifle que portaban el día en que secuestraron al ofendido, este era
propiedad del aquí acusado, a quien señala como **********y que
en ese momento sabía que se llamaba **********sin embargo, las
dos personas a las cuales se refieren los testigos que inicialmente
declararon como **********, estos son personas distintas a la del
aquí acusado, puesto que una de ellas lleva por nombre **********,
y la otra **********, los cuales se presentaron ante el
Representante Social y emitieron declaración, por lo tanto, no
queda duda que se trata de personas distintas a las del aquí
acusado.
Por lo tanto, se tiene como único indicio que el acusado participo
en el evento delictivo que se le reprocha, la declaración del
sentenciado **********, el cual no se encuentra corroborado con
diverso medio de convicción, por lo cual resulta ser eenn uunn iinnddiicciioo
iinnssuuffiicciieennttee ppaarraa iimmppoonneerrllee aall jjuussttiicciiaabbllee sseenntteenncciiaa ccoonnddeennaattoorriiaa..
Sirve de apoyo la jurisprudencia que continuación se cita: Octava
Época Registro: 214591 Instancia: Tribunales Colegiados de
Circuito Jurisprudencia Fuente: Gaceta del Semanario Judicial de
la Federación 70, Octubre de 1993 Materia(s): Penal Tesis: II.3o.
J/56 Página: 55 PRUEBA INSUFICIENTE. CONCEPTO DE. La
prueba insuficiente se presenta, cuando con el conjunto de los
datos que obran en la causa, no se llega a la certeza de las
imputaciones hechas; por lo tanto, la sentencia condenatoria
dictada con base en ella, es violatoria de garantías. TERCER
TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEGUNDO CIRCUITO. Amparo
directo 258/92. Leticia Nápoles Muñoz. 11 de junio de 1992.
Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez
Hidalgo. Secretaria: Edith Alarcón Meixueiro. Amparo directo
382/92. Mireya Olmos Velásquez de León. 29 de septiembre de
1992. Unanimidad de votos. Ponente: María del Carmen Sánchez
Hidalgo. Secretaria: María Concepción Alonso Flores. Amparo
directo 849/92. Juan Camargo Olvera. 24 de noviembre de 1992.
91
Unanimidad de votos. Ponente: José Ángel Mandujano Gordillo.
Secretaria: Julieta María Elena Anguas Carrasco. Amparo directo
767/92. Arturo Cocina Martínez. 19 de enero de 1993.
Unanimidad de votos. Ponente: Fernando Narváez Barker.
Secretario: Isaac Gerardo Mora Montero. Amparo directo 158/93.
Antonio Hernández Vega. 17 de marzo de 1993. Unanimidad de
votos. Ponente: José Ángel Mandujano Gordillo. Secretaria:
Julieta María Elena Anguas Carrasco.
Así como la tesis siguiente:
Sexta Época Registro: 259679 Instancia: Primera Sala Tesis
Aislada Fuente: Semanario Judicial de la Federación Segunda
Parte, LXXIX Materia(s): Penal Tesis: Página: 34 PRUEBA
INDICIARIA INSUFICIENTE. La sentencia condenatoria debe
tener como base la certeza del hecho y de la participación del
acusado, y si el cuadro procesal está formado en relación con la
responsabilidad por indicios equívocos, lo más que puede
afirmarse es que existe probabilidad, pero no certeza, de la
participación y, en consecuencia, no hay base legal para dictar un
fallo condenatorio. Amparo directo 2974/63. Agustín Nava
Ramírez. 14 de enero de 1964. Cinco votos. Ponente: Juan José
González Bustamante.
De ahí que se concluya que no se acredito la Responsabilidad
penal de **********, en la comisión de los delitos de SECUESTRO
o PLAGIO y ASOCIACIÓN DELICTUOSA, cometido el primero
en agravio de **********y el segundo en agravio de LA
SOCIEDAD.
Por tanto, ante la insuficiencia de pruebas para acreditar la
responsabilidad penal del acusado **********, es procedente
ABSOLVER a dicho acusado de la acusación formulada en su
contra por el agente del Ministerio Público en la comisión de los
delitos de SECUESTRO o PLAGIO y ASOCIACIÓN
DELICTUOSA**********
En virtud de lo anterior se ordena girar oficio al Director del Centro
Federal de Readaptación Social número 4, Noroeste, en el
Rincón, Municipio de Tepic, Nayarit, para los efectos de que deje
en inmediata y absoluta libertad a **********. Ya que por esta
causa se encuentra detenido en el centro a su cargo.
Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto
por los artículos 20 Fracción VIII y 21 Constitucionales, 84, 85, 88
y demás concordantes del Código de Procedimientos penales
vigente para el Estado de Nayarit, es de resolverse y se
R E S U E L V E
PRIMERO.- No se acreditó la responsabilidad penal de
********** en la comisión de los delitos de SECUESTRO o
PLAGIO y ASOCIACIÓN DELICTUOSA, cometido el primero en
agravio de **********y el segundo en agravio de LA SOCIEDAD,
en consecuencia:
SEGUNDO.- Se absuelve a **********, de la acusación formulada
en su contra por el ciudadano agente del Ministerio Público
adscrito a este juzgado.
TERCERO.- Gírese atento oficio al Director del Centro Federal de
Readaptación Social número 4, Noroeste, en el Rincón, Municipio
de Tepic, Nayarit, para que se sirva dejar en inmediata y absoluta
libertad a **********. Ya que por esta causa se encuentra detenido
en el centro a su cargo.
93
CUARTO.- Hágase saber a las partes que cuentan con el término
legal de cinco días hábiles, contados a partir de que surta sus
efectos la notificación que se les practique, para interponer el
recurso de apelación, y término que la Ley les concede para
apelar de la presente Resolución en caso de inconformidad.
QUINTO.- Remítase copias certificadas de la presente resolución
al Ciudadano Agente del Ministerio Público de la adscripción,
Director del Centro Federal de Readaptación Social número 4,
Noroeste, en el Rincón, Municipio de Tepic, Nayarit, Director del
Departamento de Prevención y Readaptación Social de Gobierno
del Estado, para su conocimiento y efectos legales
correspondientes.
SEXTO.- Notifíquese la presente resolución al ofendido
**********, haciéndole saber el término que la Ley les concede
para apelar de la presente resolución en caso de inconformidad.
**********NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
ASÍ LO RESOLVIÓ EL DÍA DE SU FECHA EL CIUDADANO
LICENCIADO EN DERECHO NICOLÁS BALLESTEROS
VILLAGRANA, JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
RAMO PENAL CON RESIDENCIA EN ESTA CIUDAD, ANTE LA
CIUDADANO LICENCIADA EN DERECHO ROSA MARÍA
ESPARZA GOMEZ, SECRETARIO DE ACUERDOS QUE
AUTORIZA Y DA FE.-