teoría pura del derecho (kelsen) - resumen

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  • 8/9/2019 Teora pura del derecho (Kelsen) - resumen

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    Filosofa del Derecho

    O L I L L A I V

    LA CIENCIA DEL DERECHO SEGN HANS KELSEN

    PROLOGO (1934):

    1. Objetivo: Lograr una Teora Pura del Derecho (TPD) libre de ideologa poltica y elementos cientficonaturales

    2. La oposici!n a una TPD es mas bien emotiva e ideol!gica: sucede "ue la TPD separa a la #iencia delDerecho (#D) de la Poltica

    3. Las #iencias $ociales (#$) est%n poco desarrolladas e influenciadas por intereses polticos "ue buscan

    en ellas una ideologa social "ue legitime su poder& situaci!n diferente de las #iencias de la 'aturale a (#') donde el inter s por el progreso de la t cnica social prima por sobre cual"uier otro*lo cual las torna m%s independientes

    3.1. +s m%s difcil lograr una ciencia objetiva del derecho y el estado en un perodo de dese"uilibriosocial y guerras* donde la politi aci!n es muy influyente

    PROLOGO (1960):

    4. ,elsen reelabora la TPD5. -antiene "ue la #D objetiva debe limitarse a la descripci!n de su objeto (el derecho positivo)

    5.1. La frontera #iencia.Poltica no debe ser cru ada: no debe buscarse un /derecho justo0atribuyendo un patr!n a1iol!gico al Derecho Positivo (DP) desde un Derecho 'atural (D')

    DERECHO Y NATURALEZA

    La pureza .

    6. La TPD es una teora general sobre el DP

    6.1. La TPD no es interpretaci!n de un orden jurdico especfico* si bien incluye una teora de lainterpretaci!n

    6.2. La TPD procura distinguir su objeto y describirlo La finalidad es describir el derecho como es* yno como debiera ser

    7. La TPD* en cuanto /pure a0* pretende liberar a la #iencia 2urdica (#2) de elementos e1tra3os

    4

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    Filosofa del Derecho

    L !ue a" #$e"e % &u &' #' '"a* +ur,*'" .

    8. La #2* 5es una #' o una #$6 +ste interrogante parte de preguntarse si el Derecho es un objeto naturalo social

    8.1. La sociedad es* por un lado* convivencia f%ctica de seres humanos y por ello* parte integrante dela naturale a

    8.2. $in embargo* podemos observar un acontecimiento f%ctico en el tiempo y el espacio* y a la ve *atribuirle significado jurdico (ejemplo: un grupo de hombres en un recinto* pronuncia discursosy algunos levantan la mano +l significado jurdico es: se acaba de promulgar una ley)

    E- &e#$'* &u.+e$'/ % e- &e#$'* .+e$'/ *e - & a"$ & La au$ a$r'.u"' # *e &' #' '"a* .

    9. +l hombre "ue act7a racionalmente* adscribe a su acto un sentido subjeti o * "ue puede coincidir (ono) con la significaci!n objeti a "ue el Derecho atribuye a ese acto

    9.1. +jemplo: una persona dispone por escrito respecto de su patrimonio en caso de muerte $entidosubjetivo /+stoy haciendo un testamento0 +sto puede coincidir con el significado objetivo "ue elDerecho atribuye a ese acto Pero si hubiese alg7n defecto de forma* entonces esos significadosno van a coincidir

    9.2. 8 diferencia de los objetos de las #'* los actos de conducta humana pueden autoatribuirse unsignificado jurdico

    9.2.1. 9na planta no se e1plica a si misma* pero los hombres pueden atribuir una significaci!n alacto "ue reali an (/estamos haciendo un testamento* un contrato* una ley*0 etc )

    La # r2a .

    1". #a nor$a co$o es%ue$a de e&'licitaci!n conce'tual( +l acontecimiento e1terno "ue por susignificaci!n objetiva constituye un acto acorde (o contrario) a derecho* es en si mismo un suceso "uese desarrolla en el tiempo y el espacio* sensiblemente perceptible* un tro o de naturale a determinado

    por leyes causales

    1".1. Lo "ue torna ese acontecer en un acto jurdico no es su facticidad* sino su significaci!n+sa significaci!n se logra a trav s de una norma "ue se refiere a l con su contenido La normafunciona como un es"uema de e1plicitaci!n

    1".2. La norma* "ue otorga al acto el significado de un acto conforme a derecho (o contrario aderecho)* es ella misma producida mediante un acto de derecho "ue* a su ve * recibe significaci!n

    jurdica de otra norma

    1".3. ue un determinado acto (v g: muerte de un hombre) sea un acto conforme a derecho(/sentencia de muerte0) o no (/homicidio0) es una cualidad "ue re"uiere un proceso intelectual y"ue por ende* no es sensiblemente perceptible #a significaci!n objeti a tiene lugar cuando el contenido f)ctico coincide con el contenido de una nor$a tenida 'or )lida.

    ;

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    11. *or$a + 'roducci!n de nor$as(

    11.1. +l conocimiento jurdico esta dirigido a normas jurdicas (o sea* Derecho)* "ue otorgan aciertos actos el significado de ser conformes (o contrarios) a derecho

    11.2. Por lo tanto: el Derecho es la ordenaci!n normativa del comportamiento humano11.3. /'orma0 implica "ue algo debe ser * o producirse +n especial* "ue un hombre deba

    comportarse de determinada manera

    11.4. La palabra /deber0 se emplea en un sentido amplio: abarca /ordenar0* /autori ar0 y/permitir0 9na norma puede mandar algo* permitirlo o autori arlo

    11.4.1. De.er < sentido normativo de un acto orientado intencionalmente al comportamiento deotro (propone ese comportamiento)

    11.4.2. N r2a < +s un deber +s el sentido de un acto por el cual se ordena* permite o autori a uncomportamiento

    11.4.3. A"$ *e / -u#$a* < +s un ser (no un deber) +s un hecho real $u sentido se constituye por la norma

    11.5. =ay "ue distinguir claramente entre $er y Deber $er

    11.5.1. =ay diferencia entre un enunciado "ue describe algo "ue es* de un enunciado "ue prescribe"ue algo debe producirse

    44 > 4 4 Decir /alguien "uiere "ue otro se deba comportar de una determinada manera0abarca dos enunciados +l primero se refiere a un ente e1istente* al hecho real del actode voluntad +l segundo se refiere a un deber* a la norma como sentido del acto

    11.5.2. De "ue algo e1ista no puede seguirse necesariamente "ue algo deba ser* y viceversa

    11.5.3. Debemos distinguir el comportamiento debido del comportamiento f%ctico

    11.5.4. #orresponde diferenciar el sentido subjetivo del objetivo

    44 > ? 4 /Debido0 es el sentido subjetivo de todo acto de voluntad de un hombre orientadointencionalmente hacia el comportamiento de otro $olo cuando objeti a$ente el acto

    cuenta con el sentido de un deber* se caracteri a a lo debido como /norma0

    44 > ? ; 8l ser lo /debido0 el sentido objetivo del acto* la conducta orientadaintencionalmente es considerada como debida no solo desde el punto de vista delindividuo "ue cumple el acto* sino tambi n desde el punto de vista de un tercero no

    participante* incluso aun"ue la voluntad haya cesado f%cticamente de e1istir +l deber /vale0 aun"ue haya cesado el "uerer* incluso aun cuando el individuo nada sepa de talacto y de su sentido +ntonces* ese deber /objetivo0 es una norma v%lida "ue obliga a"uien est% dirigida

    11.5.5. Los actos constituyentes de la #ostumbre* pueden establecer normas mediante las cuales

    un comportamiento "ueda determinado como debido Las normas jurdicas son producidas

    @

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    consuetudinariamente cuando la constituci!n de la comunidad establece la costumbre comoun hecho productor de derecho 4

    12. ,alide- + do$inio de la alide- de la nor$a( /Aalide 0 designa la e1istencia especfica de una normaPodemos e1presar la valide de una norma diciendo "ue algo deber ser o no* debe ser hecho o no

    12.1. La e1istencia de una norma positiva* su valide * es diferente de la e1istencia del acto devoluntad cuyo sentido objetivo ella es La norma puede valer aun cuando el acto de voluntadcuyo sentido constituye* haya dejado de e1istir

    12.2. +s inadecuado caracteri ar las normas en general (y a la jurdica en particular) como/voluntad0 o /imperativo0 en el sentido de un acto ps"uico de voluntad Por ejemplo* las leyes

    promulgadas son v%lidas aun cuando los legisladores "ue reali aron el acto de voluntad "ue lesdio origen hayan muerto y de ninguna manera puedan seguir /"ueri ndolas0

    13. #orresponde distinguir alide- de eficacia * esto es* el hecho real de "ue la norma sea aplicada y

    obedecida en los hechos* de "ue se produ ca f%cticamente una conducta humana correspondiente a lanorma

    13.1. 9na norma es objeti a$ente )lida cuando el comportamiento humano "ue ella regula sele adecua en los hechos hasta cierto grado 9na norma "ue no tiene cierto grado de eficacia (o sea"ue no se la obedece ni aplica) no es v%lida La eficacia es condici!n de la valide

    13.2. La eficacia no solo se refiere a la aplicaci!n de la norma por !rganos jurdicos* sinotambi n por el acatamiento de los sujetos sometidos al orden jurdico +n el caso de sancionesorientadas a prevenir (impedir) la reali aci!n de ciertas conductas delictivas* el m%1imo devalide se dara cuando la norma en ning7n caso recibe aplicaci!n* ya "ue los sujetos sometidos

    se representan la sanci!n del delito y se abstienen de cometerlo14. ue la norma alga significa siempre "ue la norma vale para un espacio y tiempo determinados +ste

    dominio de valide puede ser limitado* o no $i es limitado* lo es por"ue la misma norma (u otrasuperior a ella) determina el tiempo y lugar de valide $i no hubiere determinaciones* entonces lanorma vale en todo tiempo y lugar

    14.1. +n lo referido a la alide- te$'oral de una norma positiva* debemos distinguir el tiempoanterior y el tiempo posterior a su promulgaci!n

    14.2. Por lo general las normas se refieren a comportamientos futuros* pero tambi n puedenhacerlo con respecto a pasados La norma puede enla ar un acto coactivo como sanci!n a uncomportamiento futuro o pasado como condici!n Lo "ue ha acontecido no puede transformarseen algo nunca sucedido* pero si puede cambiarse su significaci!n normativa en base a normas

    promulgadas con posterioridad al acontecimiento

    14.3. Tambi n debemos distinguir una alide- 'ersonal y una alide- $aterial

    14.3.1. Toda conducta determinada por una norma debe ser escindida en un elemento personal yuno material: el hombre "ue debe actuar de determinada manera* y la forma y manera en "uedebe hacerlo

    14.3.2. Do$inio de alide- 'ersonal( 'o es el hombre en cuanto tal el "ue se encuentra sujeto a lanorma* sino siempre solo una conducta determinada de ese hombre +ste dominio puede

    4 Aer p ;@ TPD

    ?

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    Filosofa del Derecho

    estar limitado o no +n el primer caso* se puede limitar la conducta de los hombres "ue vivenen el territorio de un +stado a trav s de un orden jurdico estatal +n el segundo caso* se

    puede abarcar todo el comportamiento de todos los hombres a trav s de un ordenamientomoral

    14.3.3. Do$inio de alide- $aterial( $e tienen en cuenta las distintas orientaciones delcomportamiento humano "ue son normadas (conducta econ!mica* religiosa* poltica* etc )+ste concepto encuentra aplicaci!n cuando un orden jurdico total se articula en ordenes

    jurdicos parciales* cuyos dominios de valide se encuentran delimitados en relaci!n a losobjetos "ue ellos regulan

    15. egulaci!n /ositi a + *egati a( obligar0 facultar0 'er$itir. La conducta humana esta regulada por elorden normativo en manera positiva cuando se e1ige a un hombre una determinada acci!n u omisi!nDecir "ue la conducta de un hombre es e1igida por una norma objetivamente v%lida* significa lomismo "ue afirmar "ue el hombre esta obligado con respecto de esa conducta

    15.1. Tambi n la conducta esta normada positivamente cuando un hombre est% facultado por elordenamiento normativo a producir mediante una determinada acci!n determinadasconsecuencias normadas por el orden

    15.2. La conducta humana esta regulada negativamente por un orden normativo* cuando esaconducta no esta prohibida por el orden* sin estar positivamente permitida por una norma "uelimite el dominio de valide de una norma obligatoria& por ende* est% permitida en un sentido s!lonegativo

    16. *or$a + alor. #uando una norma estatuye una determinada conducta como debida (en el sentido de/e1igida0)* la conducta real puede corresponder o contradecir a la norma

    16.1. +l juicio de "ue una conducta f%ctica es tal como debe ser* conforme a una normaobjetivamente v%lida* es un juicio de alor 'ositi o

    16.2. +l juicio de "ue una conducta f%ctica no es tal como debe ser* conforme a una normaobjetivamente v%lida* es un juicio de alor negati o

    16.3. +l comportamiento f%ctico al "ue se refiere el juicio de valor* "ue constituye el objeto de lavaloraci!n* y "ue cuenta con un valor positivo o negativo* es un hecho real e1istente en el tiempoy el espacio* una parte de la realidad $olo un hecho real puede ser enjuiciado* cuando se lo cotejacon una norma* como valioso o desvalioso* puede tener un valor positivo o negativo

    16.4. #os alores "ue se constituyen en las normas (las cuales sirven de fundamento a los juiciosde valor) son establecidos por actos de voluntad humana y por ende son arbitrarios. Las normassolo constituyen valores relativos

    16.4.1. 8s* la norma "ue prohbe el suicidio o la mentira* como la norma "ue permite u obliga a lamentira y el suicidio* son v%lidas* siendo imposible demostrar racionalmente "ue solo la unao la otra debe ser tenida por v%lida Tan solo no se puede considerar a ambassimult%neamente v%lidas

    16.4.2. #uando la norma constitutiva del valor* "ue prescribe una determinada conducta* es vistacomo proveniente de una autoridad sobrehumana (Dios)* aparece con la pretensi!n de e1cluir la posibilidad de la valide de una norma "ue prescriba la conducta contraria +l valor constituido por una norma semejante es visto como absoluto

    >

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    16.4.3. #on respecto a una teora cientfica del valor* solo corresponde tomar en cuenta las normasestablecidas por actos de voluntad humanos y los valores relativos constituidos en ellas

    16.5. $i se denomina al enunciado "ue declara "ue un comportamiento humano corresponde* ono corresponde* a una norma objetivamente v%lida* ser% necesario entonces distinguir el juicio de

    valor de la norma constitutiva del valor

    16.5.1. +n cuanto juicio enunciativo puede* en cuanto se refiere a la norma de un orden "uemantiene valide * ser verdadero o falso

    16.5.2. 9na norma* en cambio* no es verdadera ni falsa* sino tan s!lo v%lida o no v%lida

    16.6. La sentencia judicial denominada /juicio0 no es una proposici!n enunciativa en el sentidol!gico del t rmino* as como tampoco lo es la ley "ue aplica* sino una norma limitada en suvalide a un caso concreto (a diferencia de la norma general denominada /ley0)

    17. #orresponde distinguir entre Aalor Objetivo y Aalor $ubjetivo

    17.1. ,alor ubjeti o( Aalor consistente en la relaci!n de un objeto al "ue se orientan el deseo ovoluntad de un hombre o muchos hombres (/alguien "uiere algo0)

    17.1.1. $eg7n "ue el objeto contrare o se corresponda con ese deseo o voluntad* tendr% un valor negativo o positivo

    17.1.2. 9n juicio de valor /positivo0 tendr% lugar cuando el deseo o la voluntad de uno o varioshombres se corresponde con el objeto

    17.1.3. 9n juicio de valor /negativo0 tendr% lugar cuando el deseo o la voluntad de uno o varioshombres no se corresponde con el objeto

    17.1.4. $i la declaraci!n de alguien* de "ue algo es bueno o malo* s!lo constituye la e1presi!ninmediata de "ue l desea esa cosa (o su contraria)* tal declaraci!n no constituye un /juiciode valor0 ya "ue no tiene ninguna funci!n de conocimiento* sino tan solo una funci!n decomponente emocional de la conciencia& y si la declaraci!n est% dirigida hacia la conducta deotro* se trata de la e1presi!n de una aprobaci!n o reprobaci!n emotiva* como lase1clamaciones /BCravo 0 o una interjecci!n "ue e1prese repulsi!n

    17.1.5. $i el enunciado de "ue una determinada conducta humana es buena* solo dice "ue lamisma es deseada o "uerida por otro hombre* o por muchos hombres& y si el juicio de "ueuna conducta humana es mala s!lo dice "ue la conducta contraria es deseada o "uerida por otro hombre* o por muchos otros hombres* entonces el valor /bueno0 y el desvalor /malo0s!lo se da para el hombre* o para los hombres* "ue desean o "uieren esa conducta* o sucontraria* pero no para el hombre cuya conducta es deseada o "uerida* o para los hombrescuyas conductas son deseadas o "ueridas

    17.1.6. +l valor en sentido subjetivo puede tener grados (ya "ue el deseo o voluntad del hombretiene grados de intensidad)

    17.1.7. +l juicio de valor subjetivo es un juicio especial de realidad (emprico) Describe un ser+nuncia la relaci!n entre dos hechos reales

    E

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    17.2. ,alor bjeti o( Aalor consistente en la relaci!n de una conducta con una normaobjetivamente valida (/alguien debe algo0)

    17.2.1. $i el juicio de "ue una determinada conducta humana es buena enuncia "ue esa conductacorresponde a una norma objetivamente v%lida* y el juicio "ue afirma "ue una determinada

    conducta humana es mala enuncia "ue contrara a una norma objetivamente v%lida* el valor /bueno0 y el disvalor /malo0valen para los hombres cuya conducta es as ju gada* y por ello* para todos los hombres cuya conducta est% determinada por la norma objetivamente v%lidacomo conducta debida* con independencia de "ue ellos mismos deseen o "uieran esaconducta o su opuesta $u comportamiento tiene valor positivo o negativo no por"ue seadeseado o "uerido Fesa conducta o su contrariaG* sino por"ue corresponde o contrara unanorma +l acto de voluntad cuyo sentido objetivo es la norma* es en esto irrelevante

    17.2.2. +l valor en sentido objetivo no es susceptible de gradaci!n: una conducta corresponde o nocorresponde con una norma objetivamente v%lida

    17.2.3. +l juicio de valor objetivo no es un enunciado emprico +stablece un deber Helaciona unhecho real y una norma

    4I ; @ 4 $e argumenta en contra de la afirmaci!n anterior* "ue la norma "ue constituye elfundamento del juicio de valor es puesta por un acto imperativo humano* o por lacostumbre +stos son hechos de la realidad emprica* y por ende* la relaci!n entrenorma y conducta f%ctica sera tambi n un juicio de realidad (relaciona hechosempricos) ,elsen se opone a este argumento +l hecho del acto imperativo* o el hechode la costumbre* y la norma "ue se produce son dos cosas distintas

    17.3. Podemos hablar de juicios de valor objetivos y subjetivos Pero el predicado /objetivo0 y

    /subjetivo0 se refieren al valor* y no al juicio +l juicio debe ser siempre objetivo* en cuantofunci!n de conocimiento& es decir* debe producirse sin consideraci!n del desear y "uerer de "uienenjuicie

    17.3.1. $e puede establecer la relaci!n de una determinada conducta humana con un ordennormativo& es decir* enunciar "ue esa conducta corresponde* o no* al orden* sin adoptar unomismo una actitud emotiva frente a ese orden normativo* sea aprob%ndolo o desaprob%ndolo

    17.3.2. #uando un juicio declara sobre la relaci!n de un objeto* en especial* una conducta humana*con respecto del deseo o voluntad hacia l dirigidos* de un hombre* o de muchos hombres& esdecir: cuando e1presa un valor subjetivo* ese juicio de valor es objetivo en la medida en "ue

    "uien lo formula no toma en consideraci!n si l mismo desea o "uiere el objeto* o suopuesto* si aprueba o desaprueba la conducta* sino s!lo establece el hecho de "ue un hombre*o tambi n muchos hombres* desean o "uieren un objeto* o su opuesto y* en especial*aprueban o desaprueban una determinada conducta

    18. Tambi n se designa como /valor0 la relaci!n "ue un objeto* en especial una conducta humana* tienecon un fin

    18.1. 8decuaci!n al fin sera /valor positivo0 y falta de conformidad con el fin* /valor negativo0

    18.1.1. +l /fin0 puede ser /objetivo0 o /subjetivo0

    I

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    18.1.2. Fin objeti o : es a"uel "ue debe reali arse* a"uel estatuido por una norma consideradav%lida

    18.1.3. Fin subjeti o : es a"uel "ue un hombre se ha puesto a s mismo* deseando reali arlo

    18.2. La relaci!n del medio al fin aparece como relaci!n de causa a efecto18.2.1. ue algo sea adecuado al fin* significa "ue es apropiado para lograr el fin& es decir* "ue

    como causa* puede producir como efecto* lo representado como fin

    18.3. +l enunciado de "ue algo es adecuado a un fin puede constituir* seg7n sea el car%cter subjetivo u objetivo del fin* juicio de valor objetivo o subjetivo

    18.3.1. Pero este juicio de valor 7nicamente ser% posible fund%ndose en el conocimiento de larelaci!n causal "ue aparece entre los hechos considerados medio y fin

    E- &'&$e2a & "'a- .

    19. iste$as sociales %ue estatu+en sanciones( +l comportamiento de un hombre puede encontrarse enrelaci!n con otro hombre* o con varios

    2". Tambi n puede un hombre comportarse de determinada manera frente a otros objetos "ue no sonhombres

    21. La relaci!n puede ser mediata o inmediata

    21.1. $e trata de una relaci!n inmediata de hombre a hombre (ejemplo: homicidio)

    21.2. $e trata de una relaci!n inmediata* la destrucci!n de un objeto* y mediatamente con el propietario del objeto

    22. 9n siste$a social ($$) est% constituido por un orden normativo "ue regula el comportamientohumano en cuanto est% en relaci!n inmediata o mediata con otros hombres

    22.1. La moral y el derecho son uno de esos $$

    23. Desde el punto de vista psicol!gicoGsociol!gico* la funci!n de todo $$ es obtener un determinado

    comportamiento del hombre sujeto a ese orden +sto es: provocar "ue el hombre se abstenga de ciertasconductas consideradas perjudiciales socialmente y en cambio realice conductas consideradassocialmente 7tiles

    24. =ay diversos tipos de $$* seg7n el tipo y manera en "ue las conductas sean e1igidas o prohibidas

    24.1. +l $$ puede re"uerir determinado comportamiento sin enla ar al cumplimiento oincumplimiento de la orden consecuencia alguna

    24.2. +l $$ puede e1igir determinado comportamiento y simult%neamente ligar a esa conductaun premio o una pena /rinci'io de etribuci!n .

    24.2.1. La conducta "ue es condici!n de la sanci!n "ueda prohibida y su contraria es obligatoria

    J

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    24.2.2. 8l decir "ue sea /obligatoria0 o /prohibida0 determinada conducta* no se alude a esaconducta como de!nticamente debida* sino al car%cter debido de la consecuencia de esaconducta* es decir* de la sanci!n (sea una pena o una ventaja)

    ;? ; ; 4 +n suma: la conducta obligatoria no es la conducta debida& debida es la sanci!n

    ue una conducta sea obligatoria significa "ue lo opuesto de esa conducta es condici!nde "ue la sanci!n sea debida

    ;? ; ; ; $i el cumplimiento de la sanci!n no es obligatorio* entonces la conducta no esobligatoria sino facultativa

    24.3. 9na sanci!n tiene el car%cter de acto coacti o cuando se aplica contra la voluntad delafectado* y en caso de oposici!n* recurriendo a la fuer a fsica

    24.4. Desde un punto de vista sociol!gicoGpsicol!gico se dispone de premios o de penas parahacer del deseo de gratificaci!n o del miedo al castigo* el motivo de la conducta socialmente

    deseada24.4.1. $in embargo* puede suceder "ue la motivaci!n de la conducta sea distinta del deseo por el

    premio o el miedo a la pena estatuida por el orden

    24.4.2. 9n orden "ue estatuye penas o premios es /efica 0 cuando la conducta condicionante de lasanci!n es producida causalmente por el deseo del premio* y su contraria* por el temor a la

    pena =ablamos a"u de una eficacia causal

    24.4.3. Pero tambi n se dice "ue el orden es /efica 0 cuando el comportamiento humano secorresponde a ese orden* sin atender cu%les hayan sido los motivos "ue fueron su causa=ablamos de una eficacia nor$ati a

    25. &isten sin sanciones +s dudoso establecer una distinci!n entre $$ con sanciones y sinsanciones La distinci!n entre $$ estara en el tipo de sanci!n

    26. anciones trascendentes + sanciones social$ente in$anentes.

    26.1. anciones rascendentes( 8"uellas "ue* seg7n las creencias de los hombres sujetos a eseorden* provienen de una instancia sobrehumana y se producen en una esfera trascendente (fuerade la sociedad)

    26.2. anciones ocial$ente :n$anentes( 8"uellas "ue no solo se producen en la tierra* sino "uetambi n son ejecutadas por hombres* por miembros de la sociedad

    26.2.1. Pueden consistir en la aprobaci!n o desaprobaci!n* e1teriori adas de cual"uier manera* delos restantes miembros de la comunidad* o en acciones especficas "ue el orden determina*cumplidas por ciertos individuos* determinados por el $$ a trav s de una situaci!n regulada

    por ese orden (estas son /sanciones socialmente organi adas0)

    26.3. De las dos sanciones correspondientes al principio de retribuci!n* el premio y el castigo*este 7ltimo es m%s relevante "ue el primero

    K

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    E- r*e# +ur,*'" .

    27. l derecho( orden de la conducta hu$ana. Partiendo de un uso ling stico* la palabra /derecho0 se haempleado para designar ordenamientos de la conducta humana

    27.1. 9n /orden0 es un sistema de normas cuya unidad ha sido constituida en cuanto todastienen el mismo fundamento de valide & y el fundamento de valide de un orden normativo es unanorma fundante de la cual deriva la valide de todas las normas pertenecientes al orden

    27.2. Las normas de un Orden 2urdico (O2) regulan conducta humana

    27.3. +n la medida "ue el O2 es un $$* solo regula positivamente la conducta de un hombre entanto y en cuanto se refiere* inmediata o mediatamente* a otro hombre

    27.3.1. La relaci!n de conducta de un hombre puede ser individual (conducta de un individuofrente a otro individuo) o colectiva (conducta de un individuo frente a la comunidad

    jurdica)

    28. l derecho( un orden coacti o. Los $$ designados como /derecho0 son !rdenes coactivos "uereaccionan con un acto coactivo (o sea* un mal) como la privaci!n de la vida* la libertad* etc anteciertas circunstancias consideradas indeseables

    28.1. +l $$ Derecho es un orden coactivo de la conducta humana* "ue enla a a la conductacontrapuesta al orden* una sanci!n (acto coactivo)& esto es* faculta a determinado individuo paradirigir contra otro individuo un acto coactivo como sanci!n

    28.2. 9n orden jurdico puede reaccionar con actos coactivos no solo ante conductas humanas*sino tambi n ante hechos considerados socialmente da3osos

    28.3. Las sanciones son in$anentes y social$ente organi-adas

    28.4. ue el derecho sea un orden coactivo "uiere decir "ue sus normas estatuyen actos decoacci!n atribuibles a la comunidad jurdica 'o significa "ue en todos los casos* su ejecuci!ninvolucre el empleo de la fuer a fsica +llo sucede solamente cuando se opone resistencia a laejecuci!n* lo "ue normalmente no acaece

    28.5. #os actos coacti os estatuidos 'or el orden jurdico co$o sanciones. Tan pronto aparece elacto coactivo estatuido por el orden jurdico como reacci!n ante una conducta humanadeterminada por ese orden* el acto coactivo ad"uiere el car%cter de una sanci!n* y la conductahumana contra la cual se dirige el acto coactivo* el car%cter de un comportamiento prohibido*antijurdico* de una transgresi!n o delito

    28.5.1. $e afirma "ue al estatuir sanciones* el Derecho $oti a a los hombres en el sentido de laconducta re"uerida (en el sentido de desear la evitaci!n de la sanci!n) $in embargo* laconducta conforme a derecho (obligatoria) puede ser producida por otros motivos* comorepresentaciones religiosas o morales

    28.5.2. Por tanto* el Derecho es un orden coactivo no en el sentido de "ue ejerce coacci!n 's%uica (esta es una nota "ue comparten muchos $$)* sino en el de "ue los actos coactivosson estatuidos por l como consecuencias de condiciones "ue l determina

    4M

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    ilcitos (como por ejemplo* cuando se interna a enfermos mentales socialmente peligrosos* o se priva de libertad a un sospechoso hasta tanto se realice el proceso judicial)

    28.9. +stos actos de coacci!n se caracteri an en "ue no est%n ligados a una acci!n u omisi!n jurdicamente establecida y socialmente indeseable 'o tienen como condici!n un acto ilcito o

    delito cometido por un hombre determinado y jurdicamente probado

    28.9.1. La sanci!n en este sentido amplio* no es consecuencia de una ilicitud* sino "ue incluso puede precederla 8"u la reacci!n sancionatoria se presenta ante circunstancias objetivassocialmente indeseadas

    28.1". l $ni$o de libertad. 9na determinada conducta est% prohibida* o bien* no est% prohibida#uando no est% prohibida debe v rsela permitida por el orden jurdico

    28.1".1. Puede considerarse "ue toda conducta de los hombres sujetos a un orden jurdicoestara regulada en un sentido positivo o negativo +n la medida en "ue la conducta de un

    hombre est% permitida* en el sentido negativo* por el orden jurdico* en cuanto la misma noest% prohibida por el orden jurdico* el hombre jurdicamente libre

    28.1".2. La libertad "ue el orden jurdico deja al hombre en forma negativa* debedistinguirse de la libertad "ue le garanti a positivamente (o sea* en la medida en "ue obliga alos otros hombres a respetar esa libertad* prohibi ndoles intervenir en esa esfera de libertad)

    28.1".3. Pero no toda conducta permitida en el sentido negativo de no estar prohibida* est%garanti ada mediante la prohibici!n de la conducta de otro "ue la impida #ierta conducta deun hombre puede estar no prohibida por el orden jurdico (y en este sentido* estar permitida)sin "ue la conducta contrapuesta a esa conducta de otro hombre est prohibida por el orden

    jurdico* de suerte "ue esa segunda conducta tambi n esta permitida;J 4M @ 4 Por ejemplo: /'o esta prohibido poner una ventilaci!n en la pared Luego* est%

    permitido poner ventilaci!n en la pared 'o est% prohibido levantar una casa junto a esa pared Luego* esta permitido construir una casa junto a esa pared0 Pero si esto sucede*la ventilaci!n se torna in7til 8"u tenemos un conflicto "ue el orden jurdico no previ!

    28.1".4. #onsiderando "ue el orden jurdico* como todo sistema social normativo* s!lo puede obligar a especficas acciones y omisiones* jam%s podra el hombre* en la totalidad desu e1istencia* verse limitado en su libertad por un orden jurdico +l orden jurdico puedelimitar en m%s o en menos* pero "ueda siempre un mnimo de libertad 'o es esto un derecho

    innato* sino "ue surge de la posibilidad t cnicamente limitada de regulaci!n positiva de laconducta humana

    29. l derecho co$o orden coacti o nor$ati o. . +ntre ladescripci!n de la orden de un ladr!n de caminos y la descripci!n de la orden de un !rgano de derecho*solo aparecera una diferencia cuando se describe no en el sentido subjetivo* sino en el sentidoobjetivo de la orden "ue un individuo dirige a otro

    29.1. Damos a la orden del !rgano jurdico el sentido objetivo de una norma obligatoria para elreceptor 8"u interpretamos la norma como objetivamente v%lida* y vemos un enlace entre elincumplimiento de la orden con el acto coactivo: deber) infligirse un mal

    29.2. 5#u%l es el fundamento de valide de la norma "ue consideramos sentido objetivo de eseacto6

    4;

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    Filosofa del Derecho

    29.2.1. $i el sentido subjetivo no es interpretado como su sentido objetivo* ello proviene de "ue nose da por presupuesta norma fundante alguna& y esto es por"ue ese orden no tiene laefectividad duradera sin la cual no se presupondra una norma fundante a l referida* "ue seafundamento de su valide objetiva

    3". bligaciones jurdicas sin sanci!n $i el derecho es concebido como un orden coactivo* la normafundante de un orden jurdico estatal re a en su formaci!n: la coacci!n entre los hombres debe ser ejercida en la manera y bajo las condiciones "ue se determinan en la primera constituci!n hist!ricaLa norma fundante delega en la constituci!n hist!rica el determinar el procedimiento mediante el cualse dictar%n las normas "ue estatuyen actos de coacci!n

    3".1. $!lo puede considerarse una conducta como jurdicamente obligatoria (esto es* comocontenido de una obligaci!n jurdica) cuando el comportamiento contrario est% normado comocondici!n de un acto coactivo dirigido contra el hombre "ue as act7a (o contra allegados delmismo)

    3".2. $e ha argumentado contra la concepci!n del derecho como orden coactivo* la e1istencia de!rdenes jurdicos hist!ricamente dados "ue contienen normas "ue no estatuyen ning7n actocoactivo* normas "ue permiten cierta conducta* o facultan& y tambi n ordenan cierta conducta* sinenla ar a la conducta contraria* como condici!n* un acto coactivo como consecuencia

    3".2.1. +sa objeci!n no es sostenible Tales normas carentes del car%cter de acto coactivo* no sonnormas independientes* sino "ue se encuentran en uni!n esencial con normas "ue estatuyenactos coactivos

    3".2.2. $e argumenta "ue las normas constitucionales* "ue regulan procedimientos legislativos no prev n sanciones para el caso de no ser observadas $in embargo* de no seguirse estas

    disposiciones* las normas no seran v%lidas y se tornaran nulas o anulables3".3. Debe recha arse una definici!n del derecho "ue no lo determine como un orden coactivo*

    ya "ue este /momento coactivo0 es "ue permite diferenciar al Derecho de otros $$ (como lamoral)

    3".3.1. +l +stado es esencialmente un orden coactivo limitado en su dominio territorial de valide

    31. *or$as jurdicas no inde'endientes. #uando una norma obliga a una determinada conducta* y unsegunda norma estatuye una sanci!n para el caso de no observancia de la primera* ambas seencuentran entrela adas entre s esencialmente

    31.1. $i un orden jurdico contiene una norma "ue prescribe una determinada conducta* y otra"ue enla a al incumplimiento de la primera una sanci!n* entonces la primera no es independientey tan solo determina negativamente la condici!n de aplicaci!n de la segunda N si la segundadetermina positivamente la condici!n a la cual ella enla a la sanci!n* entonces la primera devienesuperflua desde el punto de vista de la t cnica legislativa

    31.2. 9na norma puede limitar el dominio de valide de otra* e incluso eliminarlocompletamente (derogaci!n) +stas normas no son independientes* ya "ue ambas constituyen unaunidad (solo pueden ser entendidas conjuntamente)

    31.3. 9n orden jurdico* aun"ue no todas sus normas estatuyan actos coactivos* puede ser caracteri ado como un orden coactivo* en cuanto todas las normas "ue de por s no estatuyenactos coactivos* y "ue* por tanto* no imponen obligaciones* sino "ue s!lo facultan o permiten

    4@

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    Filosofa del Derecho

    positivamente la producci!n de normas* son normas no independientes "ue s!lo valen en relaci!ncon una norma "ue estatuye un acto coactivo

    4?

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    Filosofa del Derecho

    DERECHO Y ORAL

    La& # r2a& 2 ra-e& " 2 # r2a& & "'a-e& .

    32. +l derecho es delimitado como norma* y objeto de la #D

    32.1. +1isten otras normas* adem%s de las jurdicas* "ue designamos como /normas sociales0*las cuales constituyen la $oral y son objeto de estudio de la tica.

    32.2. La pure a met!dica de la #2 se pone en peligro cuando no se diferencia la moral y elderecho

    La 2 ra- " 2 re u-a"' # *e- " 2p r$a2'e#$ '#$er# .

    33. 'o es correcta la tesis "ue sostiene "ue el derecho prescribe una conducta e1terna y la moral unaconducta interna

    33.1. $iguiendo a ,ant:

    33.1.1. la conducta /interna0 "ue prescribiran las normas morales* consistira en una conductacontraria a las inclinaciones internas& esto es* contra intereses egostas

    33.1.2. Debe actuarse en m rito a motivaciones distintas de las egostas

    33.1.3. La moral se refiere a los motivos de la conducta

    33.2. Las crticas de ,elsen a esta concepci!n son:

    33.2.1. +s psicol!gicamente imposible la e1igencia de actuar solo en m rito a motivacionesdistintas de las egostas

    33.2.2. 'o cual"uier comportamiento contrario a los intereses egostas ser% moral por ello (laorden acatada de matar a otro no tiene valor moral* aun cumplida contra los interesesegostas* si el orden social Fpresupuesto como v%lidoG prohbe el homicidio comoconsiderado desvalioso)

    33.2.3. 9na conducta solo tendr% valor moral* cuando no solo el $oti o sino tambi n la conducta$is$a * se corresponda con una norma moral

    La 2 ra- " 2 r*e# pr'2'$'/ &'# "ar "$er " a"$'/ .

    34. 'o es correcto distinguir la moral y el derecho en relaci!n a la forma de producci!n de sus normas osu uso

    34.1. 8l igual "ue las normas jurdicas* las normas jurdicas nacen de la costumbre y por su

    instauraci!n consciente (por un profeta* etc )

    4>

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    Filosofa del Derecho

    34.2. Tanto la moral como el derecho son 'ositi os

    34.3. $i bien el orden jurdico moderno presenta !rganos de ejecuci!n centrali ados (y la moralno)* esta diferenciaci!n se torna relativa si consideramos ordenes jurdicos primitivos donde noe1iste tal centrali aci!n

    35. 'o cabe distinguir Derecho y -oral respecto de %u es lo "ue ambos !rdenes sociales prescriben* sinoen c!$o ellos obligan o prohben determinada conducta

    35.1. +l derecho es un orden coactivo& esto es* un orden normativo "ue trata de producir determinada conducta* en cuanto enla a a la conducta opuesta un acto coactivo socialmenteorgani ado

    35.2. La moral es un orden social "ue no estatuye sanciones como las del derecho* sino "ue sussanciones se limitan a la aprobaci!n o reprobaci!n de la conducta contraria a la norma* sin "ueemplee en ello la fuer a fsica

    E- *ere"5 " 2 par$e *e -a 2 ra-

    36. $uele haber confusiones en este aspecto* por"ue podemos preguntarnos cual es la relaci!n entreDerecho y -oral* lo cual es muy distinto de preguntarnos cual debe ser la relaci!n entre ambos

    36.1. Hespondiendo la primera cuesti!n* se han dicho dos cosas:

    36.1.1. +l Derecho es tambi n -oral #uando se da "ue un orden social e1ige una conducta "ue lamoral prohbe (o prohbe una conducta "ue la moral e1ige)* entonces ese orden no es derecho

    por no ser justo

    36.1.2. Tambi n se ha dicho "ue el derecho 'uede ser moral* pero no es necesario "ue lo sea +lorden social "ue no es moral (y "ue por ende no es justo) puede* a7n as* ser derecho (sin

    perjuicio de aceptar la e1igencia de "ue el derecho deba ser moral* esto es* justo)

    36.2. Otros sostienen "ue el derecho forma parte de la moral (o sea* el derecho posee uncontenido moral* o constituye un valor moral)& es decir* se identifica el derecho con la justicia La

    base de esta concepci!n parte de presuponer "ue solo hay una moral absoluta

    Re-a$'/'*a* *e- /a- r 2 ra- .

    37. Desde el punto de vista del conocimiento cientfico se recha an los valores absolutos 'o cabeencontrar una moral absoluta

    37.1. +1isten sistemas morales v%lidos y muy distintos entre s (incluso contradictorios)* endistintos pueblos y pocas* o incluso dentro de un mismo pueblo entre diferentes estamentos*clases y profesiones

    37.2. 8firmar "ue las normas sociales tienen "ue contar con un contenido moral* "ue tienen "ue

    ser justas para ser consideradas derecho& solo significa "ue esas normas tienen "ue contener algo"ue sea com7n a todos los sistemas morales en cuanto sistemas justos $in embargo* dada la gran

    4E

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    Filosofa del Derecho

    diferenciaci!n hecha por los hombres de lo "ue es justo* injusto* bueno o malo en distintoslugares y tiempos* no hace posible establecer ning7n elemento com7n en los diferentes !rdenesmorales

    37.3. Lo 7nico "ue tienen en com7n los sistemas morales es la forma* esto es* el car%cter

    normativo (lo debido): todos imponen normas sociales "ue estatuyen en forma mediata oinmediata una determinada conducta entre los hombres* conductas estatuidas como debidas +smoralmente bueno lo "ue se corresponde a una norma social "ue estatuye determinada conductahumana& moralmente malo* lo "ue contradice una norma tal

    37.4. +l derecho constituye un = alor jurdico> * pero solo en cuanto alor $oral relati o #onesto* solo se dice "ue el derecho es una norma

    37.4.1. De ninguna manera se acepta la teora de "ue el derecho* por su naturale a* configure unmnimo de moralidad& "ue un orden coactivo* para poder ser considerado derecho* tenga "uesatisfacer una e1igencia mnima de moral Puesto "ue con esa e1igencia se establece de

    antemano una determinada $oral absoluta con contenido com7n a todos los sistemasmorales positivos +l valor /pa 0 no configura un elemento esencial del concepto de derecho

    epara"' # *e- *ere"5 % -a 2 ra- .

    38. $i se sostiene "ue el derecho es moral* entonces carece de sentido e1igir "ue el derecho deba ser moral +sta e1igencia solo tiene sentido si se acepta la posibilidad de un derecho inmoral

    38.1. La e1igencia de distinguir el derecho de la moral* el derecho de la justicia* significa "ue la

    valide de un orden jurdico positivo es independiente de la valide de una moral absolutae1clusivamente v%lida

    38.1.1. $i se presupone un valor moral relativo* la e1igencia de "ue el derecho deba ser moral*solo significa "ue el derecho positivo debe corresponder a un deter$inado sistema moralentre los muchos posibles

    38.1.2. La e1igencia de separa derecho y moral (partiendo de una doctrina relativista de losvalores) implica:

    @J 4 ; 4 ue cuando se eval7a un orden jurdico como moral o inmoral* justo o injusto& solose esta relacionando un orden jurdico con uno de los tantos sistemas morales posibles yno con una moral absoluta

    @J 4 ; ; ue el juicio de valor (al "ue se refiere @J 4 ; 4 ) ser% relativo y no absoluto

    @J 4 ; @ ue la valide de un orden jurdico positivo es independiente de su correspondencia(o falta de correspondencia) con cierto sistema moral

    38.1.3. 9na doctrina relativista de los valores no significa "ue no haya valores* sino "ue losvalores son relativos y no absolutos* "ue la justicia es relativa y no absoluta

    38.1.4. 9na moral relativa no puede proveer un patr!n absoluto para ju gar un orden jurdico positivo Pero esto no significa "ue no e1ista ning7n patr!n #ada sistema moral brinda el

    4I

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    Filosofa del Derecho

    suyo Por ende* un sistema jurdico puede ser calificado de justo o injusto de acuerdo con el patr!n de un sistema moral determinado

    7u&$' '"a"' # *e- *ere"5 p r -a 2 ra- .

    39. La e1igencia de distinguir el derecho de la moral* y la #2 de la +tica* significa "ue desde el punto devista del conocimiento cientfico del derecho positivo* su legitimaci!n a trav s de un orden moral esalgo irrelevante

    39.1. La #2 no tiene "ue aprobar o desaprobar su objeto* sino conocerlo y describirlo La #2reali a una descripci!n a1iol!gicamente neutral de su objeto

    39.2. La valide de las normas jurdicas positivas no depende de su correspondencia con el ordenmoral Desde el punto de vista del conocimiento cientfico* dirigido al derecho positivo* puedetenerse por v%lida a una norma a7n cuando contradiga el orden moral

    39.3. 'o hay una 7nica moral* sino muchos sistemas morales39.3.1. La TPD recha a "ue el derecho tiene "ue ser moral& "ue un orden social inmoral no es

    derecho +sto implica presuponer una moral absoluta

    39.3.2. 'o corresponde a la #2 legitimar el Derecho (ya sea mediante una moral absoluta orelativa)* sino solo conocerlo y describirlo

    4J

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    Filosofa del Derecho

    DERECHO Y C8ENC8A

    La& # r2a& +ur,*'"a& " 2 .+e$ *e -a "'e#"'a *e- *ere"5 .

    4". +l objeto de la #D es el Derecho

    4".1. +sto implica "ue el objeto de la #D son:

    4".1.1. Las nor$as jurdicas

    4".1.2. La conducta hu$ana * pero solo en la medida en "ue est% determinada por las normas jurdicas como condici!n o efecto* o sea* en cuanto esta conducta sea el contenido de lanorma jurdica

    4".2. Las relaciones entre los hombre solo interesan a la #D en cuanto sean =relaciones jurdicas> * esto es* relaciones constituidas por las normas jurdicas

    Ter,a& e&$ $'"a % *'# 2'"a *e- Dere"5 .

    41. Teora +st%tica $u objeto es el derecho como un siste$a de nor$as con alide- (derecho en estado dee"uilibrio)

    42. Teora Din%mica: Tiene como objeto el 'roceso jurdico en el cual el derecho se 'roduce + a'lica(derecho en movimiento)

    42.1. =ay "ue tener en cuenta "ue el proceso jurdico mismo se encuentra regulado por elderecho l derecho regula su 'ro'ia 'roducci!n + uso La producci!n de normas jurdicasgenerales (ley material) se encuentra regulado por la constituci!n* mientras "ue las leyes deforma (procesales) regulan la aplicaci!n de las leyes materiales a trav s de tribunales yautoridades administrativas

    43. O sea "ue la distinci!n se encuentra seg7n se acent7e el conocimiento dirigido a nor$as %ue regulanla conducta hu$ana * o bien*conductas hu$anas reguladas 'or nor$as.

    43.1. Dicho de otro modo: la cuesti!n radica en "ue el conocimiento se oriente a nor$as jurdicas producidas* aplicadas o acatadas mediante actos de conducta humana& o bien* adeterminados actos de producci!n* aplicaci!n o acatamiento determinados por normas

    N r2a +ur,*'"a % e#u#"'a* +ur,*'" .

    44. +n tanto y en cuanto la #2 solo concibe la conducta humana como contenido de normas jurdicas (esdecir* en cuanto determinada por normas jurdicas)* entonces solo e1pondr% el significado normativode esos hechos

    44.1. La #2 describe las normas producidas* aplicadas y acatadas por actos de conducta humana&

    y al hacerlo describe las relaciones (constituidas mediante esas normas jurdicas) entre los hechos por ellas determinadas

    4K

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    Filosofa del Derecho

    44.2. Los enunciados jurdicos de la #2* deben ser distinguidos de las nor$as jurdicas producidas por lo !rganos del derecho* "ue deben ser aplicadas por ellos y obedecidas por lossujetos de derecho

    44.3. Los enunciados jurdicos son 'ro'osiciones condicionales "ue e1presan "ue conforme a un

    orden jurdico nacional o internacional* dado al conocimiento jurdico* deben producirse ciertasconsecuencias determinadas por ese orden* bajo determinadas condiciones "ue el orden jurdicodetermina

    44.4. Las nor$as jurdicas no son proposiciones (enunciados declarativos sobre un objeto dadoal conocimiento)* sino imperativos* !rdenes (en cuanto mandan* permiten o autori an) "ue enning7n caso /informan0

    44.5. La #2 tiene "ue conocer el derecho (descripci!n)

    44.6. Los !rganos jurdicos tienen "ue producir el derecho (son autoridad jurdica)

    44.7. La #D solo puede describir el derecho 'o puede 'rescribir algo

    44.7.1. Los enunciados de la #D pueden ser Aerdaderos o alsos* mientras "ue las normas producidas por la autoridad jurdica solo pueden se A%lidas o nv%lidas& del mismo modo "uelos hechos empricos +1isten o 'o +1isten

    44.8. 5#!mo pueden aplicarse los principios l!gicos a las normas jurdicas* si estas no son niAerdaderas ni alsas6

    44.8.1. Hespuesta: Los principios l!gicos se aplican indirecta$ente sobre las normas jurdicas* entanto y en cuanto esos principios sean aplicables a los enunciados jurdicos "ue describenesas normas jurdicas* ya "ue estos enunciados si pueden ser verdaderos o falsos

    ?? J 4 4 Dos normas jurdicas se contradicen (y no puede afirmarse "ue seansimult%neamente v%lidas) cuando los dos enunciados jurdicos "ue las describen secontradicen

    ?? J 4 ; 9na norma jurdica puede ser inferida de otra* cuando los enunciados jurdicos "uelas describen pueden articularse en un silogismo l!gico

    ?? J 4 @ /$i alguien comete hurto* deber% ser castigado0 +l verbo /deber0 en este enunciado jurdico no tiene la misma significaci!n "ue en una norma jurdica +n el primer casotiene significado descriptivo* y en la norma significado prescriptivo

    C'e#"'a Cau&a- % C'e#"'a N r2a$'/a

    45. La #D es una ciencia normativa

    45.1. +l derecho es un sistema de normas

    45.2. La #D se limita al conocimiento y descripci!n de nor$as jurdicas y de las relaciones "ue

    ellas constituyen entre los hechos por ellas determinados

    ;M

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    46. La naturale-a es un sistema de elementos enla ados de acuerdo al 'rinci'io de causalidad

    47. +n cuanto objeto de una #iencia $ocial* la sociedad es un orden normativo del comportamientohumano

    47.1. $i e1iste una #iencia $ocial "ue se diferencia de una #iencia 'atural* a"uella necesitar%describir su objeto con un principio distinto del de causalidad

    47.2. $olo cuando la sociedad es entendida como un orden normativo de la interacci!n humana*como un objeto concebido en forma distinta del orden causal de la naturale a* puedecontraponerse la ciencia de la sociedad a la ciencia de la naturale a

    Cau&a-'*a* e '2pu$a"' # -e% #a$ura- % -e% +ur,*'"a

    48. +l 'rinci'io de i$'utaci!n es un principio ordenador "ue permite describir el orden normativo de lainteracci!n humana

    49. +l enunciado jurdico dice "ue bajo determinadas condiciones F"ue est%n determinadas por el orden jurdicoG* debe producirse determinado acto de coacci!n Ftambi n determinado por el orden jurdico

    49.1. +l enunciado jurdico no dice* como en la ley natural* "ue si se produce el hecho 8entonces aparece el hecho C& sino "ue si se produce el hecho 8 es debido el hecho C (a7n cuandoC no se produ ca en la realidad)

    49.2. +l enlace "ue se produce en el enunciado jurdico ha sido establecido por la autoridad jurdica (o sea* una norma instaurada mediante un acto de voluntad)

    5". +n el enunciado jurdico y en la norma jurdica se emplea el termino copulativo /deber0 (abarcandoorden* facultad y permiso)* pero los sentidos l!gicos en uno y otra son diferentes

    51. Los enunciados de la #D no son enunciados declarativos empricos* sino enunciados de!nticos

    51.1. 8firmar "ue determinada norma jurdica se encuentra /vigente0* o "ue /es v%lida0 dentrode determinado orden jurdico y en determinado momento* no puede "uerer significar "ue laconducta ordenada* permitida o autori ada por la norma efecti a$ente se produce (enunciadodeclarativo emprico)* sino "ue debe producirse (enunciado de!ntico) ;

    51.2. Decir "ue una norma ha sido de hecho establecida* no sera una descripci!n de la norma jurdica* sino la descripci!n de un hecho (al cual la norma otorga un sentido) +sta afirmaci!n seestara refiriendo a algo distinto del derecho (y hemos dicho "ue el objeto de la #D es el Derecho*entendido como orden normativo)

    52. #uando la #D se refiere a la valide del orden jurdico* "uiere con ello significar "ue bajo ciertacondici!n Fdeterminada por el orden jurdicoG debe enla arse determinada consecuencia Ftambi ndeterminada por el orden jurdico

    ; +sto se diferenciara del concepto "ue 8lf Hoss tiene de la #D* a la cual atribuye la funci!n de reali ar enunciadosempricamente verificables del tipo /Q es derecho v%lido0 8plicando el principio de verificaci!n* esta se dara por laaplicaci!n "ue los tribunales hacen (o no) de Q

    ;4

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    52.1. +l verbo /deber0 (entendido como orden* facultad o permiso positivi ado) no adopta elsentido autoritativo "ue tiene en la norma jurdica* sino un car%cter descriptivo (pero atenci!n:este enunciado jurdico Bno es una descripci!n emprrica )

    E- pr'#"'p' *e '2pu$a"' # e# e- pe#&a2'e#$ *e - & pr'2'$'/ &

    53. +l primitivo no recurra al principio de causalidad para e1plicar la naturale a* sino "ue interpretabalos hechos de acuerdo al principio de imputaci!n

    53.1. #uando un acontecimiento es percibido como malo* es interpretado como un castigo por unmal comportamiento& cuando es percibido como beneficioso* es interpretado como recompensa

    por una buena conducta (principio de retribuci!n)

    53.2. +l primitivo no se preguntaba por la causa del hecho* sino %ui n es el responsable del

    hecho53.2.1. $e trata de una interpretaci!n normativa de la naturale a (/interpretaci!n socionormativa

    de la naturale a0)

    53.2.2. La esencia del animismo es una interpretaci!n socionormativa de la naturale a acorde al principio de retribuci!n

    53.3. La ciencia moderna de la naturale a reposa en la e1plicaci!n causal y no en lainterpretaci!n social de la naturale a

    E- r' e# *e- pr'#"'p' *e "au&a-'*a* e# e- *e '2pu$a"' #

    54. La transici!n del principio de imputaci!n al de causalidad* se da cuando el hombre toma concienciade "ue las relaciones entre las cosas son independientes de una voluntad humana o sobrehumana (osea: no est%n determinadas por normas)

    C'e#"'a & "'a- "au&a- % "'e#"'a & "'a- # r2a$'/a

    55. La diferencia entre la ciencia social /causal0 ("ue trata de e1plicar causalmente la conducta humana)y la ciencia natural es una diferencia de grado

    56. =ay* en cambio* una diferencia esencial entre ciencia social /normativa0 y ciencias naturales

    56.1. La ciencia social "ue interpreta la interacci!n humana* no causalmente* sino conforme al principio de imputaci!n* no describe como se va desarrollando el comportamiento humanodeterminado por leyes naturales en el dominio de la realidad natural& sino como debe producirseen un dominio de valores determinados por normas positivas (normas establecidas temporal yespacialmente por actos humanos)

    56.2. #iencias sociales normativas son la +tica (cuyo objeto es la moral) y la #D (cuyo objeto esel derecho)

    ;;

  • 8/9/2019 Teora pura del derecho (Kelsen) - resumen

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    56.3. +stas ciencias describen ciertas normas establecidas mediante actos humanos* as como lasrelaciones creadas entre los hombres por esas normas

    56.4. La sociedad* como objeto de una ciencia social normativa* es un orden normativo de lainteracci!n entre los hombres +stos pertenecen a una sociedad en cuanto su comportamiento est%

    regulado por ese orden (el cual prescribe* autori a o permite positivamente sus comportamientos)

    56.4.1. +n este sentido* ordena$iento y sociedad son sin!nimos

    57. $olo se considera v%lido a"uel orden normativo "ue* en lneas generales* es efica

    57.1. 9n orden jurdico es efica cuando la conducta humana regulada por ese orden secorresponde con el mismo

    57.2. #uando las condiciones "ue estatuyen las normas del orden social efectivamente se producen* es altamente probable "ue las consecuencias "ue esas normas enla an a esascondiciones* tambi n se producir%n

    57.3. La /jurisprudencia realista0 norteamericana afirma "ue el derecho es una ciencia de predicciones* en cuanto profeti a c!mo resolver%n casos los tribunales

    57.3.1. ,elsen critica esta concepci!n Las normas jurdicas no son enunciados relativos a hechos pasados ni futuros* sino "ue tan solo prescriben* autori an o permiten conductas Por otra parte* los enunciados de la #D son propiamente enunciados* pero no de tipo emprico sinode!ntico (enunciados sobre algo "ue* conforme al derecho descrito por la #2* debe suceder)

    57.3.2. La tarea de la #2 no es profeti ar c!mo decidir%n los tribunales* sino describir las normas jurdicas individuales producidas por los tribunales* y las normas jurdicas generales producidas por !rganos generales y la costumbre* una ve "ue han ad"uirido valide

    D' ere#"'a& e#$re e- pr'#"'p' *e "au&a-'*a* % e- *e '2pu$a"' #

    58. La forma ling stica del principio de causalidad y el de imputaci!n* es el de una proposici!ncondicional* en la cual una determinada condici!n es conectada con determinada consecuencia

    58.1. +l principio de causalidad sostiene "ue si el hecho 8 se produce* entonces tambi n ha de producirse el hecho C (/si se calienta un metal* este se dilatar%0)

    58.2. +l principio de causalidad sostiene "ue si el hecho 8 se produce* el hecho C debe darse (/sialguien te ha hecho un bien* debes demostrar agradecimiento0)

    59. #onsiderando "ue la relaci!n entre condici!n y consecuencia en una ley moral o jurdica* es dada por una norma* cabe hablar entonces de una relaci!n nor$ati a * para diferenciarla de una relaci!ncausal. +l termino "ue designa una relaci!n normativa es =:$'utaci!n>.

    6". La concatenaci!n de causas y efectos es infinita nversamente* el numero de miembros en una seriede imputaciones es limitado: e1iste un t rmino final de imputaci!n

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