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Temario
1.Obligados
2.Estructura y tipos de declaraciones
3.Puntos a considerar para la
presentación
4.Cierre de NEPE y complementarias
en DyP para PM´s
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OBLIGADOS
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Mayo 2009
Noviembre 2009
Febrero 2011
Mayo 2011
Febrero 2012
Sector financiero, sociedades controladoras y controladas y Grandes Contribuyentes
Los poderes Legislativo y Judicial, la CFE, IMSS, ISSSTE y la Administración Pública Centralizada
Sujetos del IEPS
Obligados a dictaminar sus Estados Financieros
Todas las personas morales
Obligados a utilizar el Servicio de DyP
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•Personas físicas con ingresos totales en el
ejercicio inmediato anterior superiores a:
$1,000,000
A partir del mes de septiembre de 2012
respecto de sus pagos provisionales ydefinitivos de agosto
Portal del SAT y Regla II.2.8.5.1. RMF 2012
Obligados a utilizar el Servicio de DyP
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ESTRUCTURA Y TIPO DE DECLARACIONES
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Formato Electrónico
• Declaración con todas las obligaciones de la
misma periodicidad y fecha de vencimiento
(mensual, bimestral, semestral, etc.)
• Línea de captura para las cantidades a cargo
de sus obligaciones
Se eliminan las declaraciones de corrección de
datos y de razones (en cero)
Formato Electrónico
Datos generales
Determinación del impuesto
Determinación del pago
Estructura de la declaración
• RFC y nombre
• Obligaciones fiscales, tipo de declaración, periodicidad, ejercicio y periodo
Datos generales
• Ingresos acumulables
• Deducciones autorizadas
• Pagos provisionales anteriores
• Resultado: a cargo, en cero o a favor
Determinación del impuesto
• Aplicaciones: compensaciones, subsidio para el empleo, IDE, estímulos, etc.
• Cargos adicionales: actualización y recargos
• Cantidad a pagar
Determinación de pago
Contenido del formato electrónico
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Características
Directamente en el portal del SAT (www.sat.gob.mx)
Pago a través de depósito referenciado (línea de captura)
Formato electrónico
Acceso
Captura
Envío
Acuse
Pago
Recibo
www.sat.gob.mx > “Mi Portal” > “Pago referenciado” con CIECF
Información de sus obligaciones fiscales
Una sola declaración, todas las obligaciones
Emitido por el SAT, de acuerdo al resultado:
• A Cargo , incluye línea de captura•Únicamente a favor y/o en cero, no incluye línea de captura
En el portal bancario o ventanilla bancaria con la línea decaptura contenida en el acuse emitido por el SAT
La institución de crédito emite recibo bancario
Procedimiento de presentación B
anco
Port
al d
el S
AT
Tipos de declaraciones complementarias
Reglas II.2.8.5.3., II.2.8.5.4., II.2.8.6.3., II.2.8.6.4. y II.2.8.6.5. RMF 2012
• Para corregir la determinación delimpuesto o del pago
• Cuando la línea de captura ya no estávigente
Modificación de obligaciones
• Cuando no se incluyeron todas susobligaciones
Obligación no presentada
• Para modificar el concepto del impuestodeclaradoDejar sin efecto
Tipos de declaraciones complementarias
Declaraciones complementarias
• Modificar datos de actualizacióny recargos
• Por errores relativos al periodode pago o al concepto deimpuesto declarado
• Por obligaciones omitidas,siempre que no se modifiquenlos datos declarados en las otrasobligaciones fiscales
No se contabilizanpara el límite del art. 32 del CFF, las que se presenten para:
Reglas I.2.12.1., I.2.12.2. y I.2.12.3. RMF 2012
Captura de información y el sistemarealiza el cálculo automático delimpuesto
Se envía la declaración en el portaldel SAT. Se genera el acuse de reciboy, en su caso, línea de captura concantidad a pagar
Si resulta impuesto a cargo ingresa alportal bancario o en ventanilla arealizar el pago
Cálculo manual de los impuestosen papeles de trabajo para:
Determinar resultado: a cargo, a favor o en cero
Si resulta a cargo osaldo a favor sepresenta en elbanco desglosandocada uno de losimpuestos a pagaro a favor
Si resulta en ceroingresa al Portaldel SAT parapresentar la"Declaración derazones (encero)”
NEPE DyP
Operación en el banco
INTERNET> Ingresa al portal bancario y captura:
RFC y nombre> Desglosa cada uno de los impuestos
a pagar o con saldo a favor por tipo, periodo y cantidad.
VENTANILLA BANCARIA > Acude con hoja de ayuda por cada
tipo de impuesto
El banco emite Recibo del pago decontribuciones
NEPE DyPOperación en el banco
INTERNET > Ingresa al portal bancario y captura: RFC> Ingresa línea de captura y cantidad a pagar
VENTANILLA BANCARIA > Acude a la ventanilla bancaria solo con la línea de captura e importe a pagar
El banco emite Recibo del pago de contribuciones
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• Los que no se encuentren en lossiguientes supuestos:
Ventanilla bancaria
• Personas físicas que realicenactividades empresariales y en elejercicio inmediato anterior obtuvieroningresos superiores a $2’421,720
• Quienes NO realicen actividadesempresariales y en el ejercicioinmediato anterior obtuvieron ingresossuperiores a $415,150
Internet
Artículo 20 CFF, Reglas I.2.11.1. y II.2.8.5.1. RMF 2012
Medios de Pago
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PUNTOS A CONSIDERAR PARA LA PRESENTACIÓN
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Recomendaciones para la presentación
•Verificar y, en su caso, actualizar las
obligaciones fiscales (ISR, IETU, IVA,
etc.)
•Contar con CIECF
•Bitácora de información que contenga:
• Ingresos y deducciones del ejercicio
• Pagos provisionales anteriores
• Acreditamientos que procedan
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Se puede generar el formato electrónico sin
seleccionar todas las obligaciones
Posteriormente podrá enviarse la declaración
complementaria por “Obligación no presentada”
Selección de Obligaciones
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Podrán seleccionarse obligaciones
adicionales a las registradas en el RFC
Pero debe presentarse el aviso de
“Actualización de Obligaciones” en “Mi Portal”
Selección de Obligaciones
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Los campos marcados en rojo son de
captura obligatoria, aún en cero
Campos obligatorios a requisitar
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En la “Determinación del impuesto” para el
ISR propio, se selecciona si opta por el
“Cálculo automático del impuesto”
Opción de cálculo automático
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Cuando la declaración se capturó fuera de
línea, previo a su envío, se deben validar las
compensaciones y acreditamientos capturados
Validación cuando es fuera de línea
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Para IETU e ISR, los contribuyentes con
ingresos por:
• Actividad empresarial (Régimen General
e Intermedio) y
• Servicios Profesionales (Honorarios)
En los campos de “periodos anteriores”
deberán capturar cero (0)
Campos que se capturan con cero “0”
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El total de ingresos y/o deducciones de
periodos anteriores más los del mes de
cálculo, deberán capturarse en los campos
“del periodo” que declara
Campos que se capturan con cero “0”
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Ingresos del ejercicio
Meses Ingresos
Enero $ 100,000
Febrero $ 100,000
Marzo $ 100,000
Abril $ 100,000
Mayo $ 100,000
Junio $ 100,000
Julio $ 100,000
Agosto $ 100,000
Total $ 800,000
Para ISR, en el campo“Suma de ingresos demeses anteriores delejercicio” capture “0”
En el campo “Ingresosdel periodo” capturar$800,000
Campos que se capturan con cero “0”
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Campos que se capturan con cero “0”
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Para IETU aplica lo mismo:
Aún cuando los ingresos de meses
anteriores suman $700,000, en el campo
“Suma de ingresos percibidos de meses
anteriores del ejercicio” capture “0”
En el campo “Ingresos percibidos del
periodo” capturar $800,000
Campos que se capturan con cero “0”
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Campos que se capturan con cero “0”
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Se podrá seleccionar si aplica la deducción
opcional (35% de los ingresos) y el formulario
determina automáticamente el monto
Deducción opcional (arrendamiento)
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En caso contrario, el monto de deducciones
autorizadas se captura en forma manual
Deducciones autorizadas (arrendamiento)
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En ambos casos el campo de “Impuesto
predial” queda habilitado para captura manual
Deducciones (arrendamiento)
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El formulario determina el monto
correspondiente a la Entidad Federativa
Régimen Intermedio
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Seleccionar si el impuesto se enterará
directamente a la Entidad Federativa
Régimen Intermedio
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El monto a pagar a la Federación considera
el acreditamiento del total de pagos
realizados a la Entidad Federativa
Régimen Intermedio
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Para contribuyentes
que tributen en dos o
más regímenes para
efectos de ISR, se
generan apartados
diferentes para
capturar los datos
correspondientes a
cada uno
Regímenes combinados (ISR)
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El Listado de
Conceptos IETU
se presenta con
la declaración
anual, no se
realiza de forma
mensual
Artículo 21, fr. II, numeral 1 LIF 2012, Regla II.2.8.5.5. RMF 2012
Determinación del IETU
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El IDE acreditable es exclusivamente el
recaudado en el mismo mes de cálculo;
no incluir las cantidades recaudadas en
otros meses del ejercicio
Artículo 8 LIDE
IDE Acreditable
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IDE recaudado
durante el ejercicio
IDE acreditado en
meses anteriores
IDE por
recuperar
Enero $ 1,000 $ 1,000 -
Febrero $ 1,000 $ 500 $ 500
Marzo $ 1,000 $ 1,000 -
Abril $ 1,000 $ 700 $ 300
Mayo $ 1,000 $ 1,000 -
Junio $ 1,000 - $ 1,000
Julio $ 1,000 $ 1,000 -
Agosto $ 1,000
Total $ 8,000 $ 5,200 $ 1,800
IDE Acreditable
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El IDE por recuperar de meses anteriores es
de $1,800, el cual podrá compensarse o
solicitarse en devolución
La cantidad que se podrá “acreditar”, es el
monto efectivamente recaudado en el mes:
$1,000
Artículo 8 LIDE
IDE Acreditable
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IDE Acreditable
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Si determina proporción de acreditamiento,
se debe capturar en la sección
“Determinación del Impuesto” en los
campos correspondientes a su
determinación (artículo 5 ó 5-B de la LIVA)
En caso contrario dejarlos en blanco, no es
posible capturar “1” (100% acreditable)Artículos 5 y 5-B LIVA
Proporción de Acreditamiento (IVA)
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Proporción de Acreditamiento (IVA)
ENVÍO
RECOMENDABLE presentarla apartir del primer día del messiguiente al que corresponda yantes de la fecha límite
PAGO
Deberá realizarse a más tardar enla fecha límite que corresponda(establecida en el acuse de envío)
y
Presentación de la declaración y del pago
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•La Línea de Captura y el importe total a
pagar se obtienen del Acuse de recibo de
la declaración emitido por el SAT
•Verificar en este Acuse el medio de pago
para los “Obligados a pagar por internet”
Acuse de recibo emitido por el SAT
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•Verificar la vigencia de la línea de captura,
la cual considera los días adicionales de
acuerdo al 6º dígito numérico del RFC
Artículo 7.2. Decreto del 30/03/2012
Acuse de recibo emitido por el SAT
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•Verificar que la línea de captura sea correcta,
evitando los siguientes errores:
• Número 0 por la letra O
• Número 1 por la letra I
• Número 5 por la letra S
• Número 6 por la letra G
• Número 8 por la letra B
Al realizar el pago
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•Conservar el recibo bancario, la
declaración y el acuse del SAT (se sugiere
se guarden en formato electrónico) para
evitar duplicar el pago
•El monto indicado en la línea de captura
se puede pagar una sola vez en el mismo
banco, pero no hay impedimento para
hacerlo en otras instituciones de crédito
Acuse de recibo bancario
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•NO utilizar: Tarjeta Tributaria, Orden de
Solicitud de Tarjeta Tributaria ni Hojas de
Ayuda
Al presentar la declaración en banco
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Podrá Consultar las declaraciones presentadas
Después de presentar la declaración
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Reimprimir los Acuses de las declaraciones
Después de presentar la declaración
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•REPECOS, seguirán presentando sus
declaraciones en las Entidades Federativas
•Los que enteran el IEPS a las Entidades
Federativas por la aplicación de las cuotas
por venta de gasolina y diesel, respecto de
esta obligación
No utilizarán DyP
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Para las declaraciones normales y
complementarias extemporáneas de
personas físicas, de julio 2012 y periodos
anteriores debe utilizarse el NEPE
2011 2012 2013
2010 … Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre… 2014
2009 … NEPE DyP 2015 …
No utilizarán DyP
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Los contribuyentes que compensen saldos a
favor manifestados en DyP contra
cantidades a cargo determinadas en el
mismo sistema quedarán relevados de
presentar el aviso de compensación
correspondiente
Regla I.2.3.4. RMF 2012
Avisos de Compensación
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Autotransporte terrestre de carga federal
y foráneo de pasaje y turismo
Si optan por deducir hasta el 9% de sus
ingresos, siempre que en los pagos
provisionales apliquen la tasa del 16% a la
deducción efectuada.
¿Cómo se captura esta información en DyP?Reglas 2.3. y 3.3. RFA 2012
Casos especiales
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Concepto
Deducción del 9%
Impuesto (16%)
Campo en Determinación del impuesto
“Deducciones autorizadas”
“Otras cantidades a cargo del contribuyente”
Concepto Cantidad
Ingresos del periodo $ 1,000,000
Deducción adicional del 9% de los ingresos 90,000
Impuesto del 16% sobre la deducción adicional 14,400
Ejemplo:
Reglas 2.3. y 3.3. RFA 2012
Casos especiales
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Casos especiales
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Estímulos fiscales
Se capturan en Determinación de pago:
•Crédito IEPS Diesel sector primario y minero
•Diesel automotriz para transporte
•Uso de infraestructura carretera de cuota
•Otros (adquisición de tractocamiones, sector
de autotransporte federal, gas natural, etc.)
Casos especiales
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Casos especiales
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Régimen simplificado sector primario
Durante 2012 podrán reducir su ISR causado
en un 30%, capturando esta disminución en
la sección “Determinación del impuesto”,
campo:
“Otras cantidades a favor del contribuyente”
Artículos 81, 8º párrafo LISR y 83 RLISR
Casos especiales
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Reducción de ISR para el sector primario
Casos especiales
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CIERRE DE NEPE Y COMPLEMENTARIAS EN DYP PARA PM´s
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Inhabilitación de NEPE para Personas Morales
Complementarias Esquema Anterior
Consulta por Obligación
• Cierre de NEPE para Personas Morales a
partir del 1º de julio de 2012
Declaraciones y Pagos:
• Complementarias Esquema Anterior.
• Complementarias SUBTIPO Esquema
Anterior
Inhabilitación de NEPE para personas morales
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Sólo aplican cuando:
• La declaración normal o complementaria
se haya presentado en el esquema anterior
(NEPE)
• No se haya presentado en el Servicio de
Declaraciones y Pagos el periodo a declarar
Complementarias esquema anterior
En Datos Generales, campo “Tipo de Declaración”,seleccionar la opción “Complementaria EsquemaAnterior”
Complementarias esquema anterior
• Seleccionar las obligaciones a declarar
• Llenar el formulario:
Ejemplo: ISR a cargo de noviembre 2011;
en Determinación del Impuesto capturar
cero (0) en los campos obligatorios y
anotar el impuesto en el campo “Otras
Cantidades a Cargo del Contribuyente”
Complementarias esquema anterior
Ejemplo: Determinación del Impuesto
Complementarias esquema anterior
En Determinación de Pago se refleja
automáticamente el impuesto a cargo,
habilitándose, entre otros, los siguientes
campos:
• Multa por corrección
• Fecha del pago realizado con anterioridad
• Monto pagado con anterioridad
Complementarias esquema anterior
Ejemplo: Determinación del Pago
Complementarias esquema anterior
Aplican cuando:
• La declaración normal o complementaria
se haya presentado en el esquema anterior
(NEPE)
• Se presentó en D y P el periodo a
declarar
Complementarias SUBTIPO esquema anterior
En Datos Generales campo “Tipo de
Declaración” seleccionar la opción:
Complementaria
Complementarias SUBTIPO esquema anterior
En el campo “Tipo de Complementaria”,
seleccionar la opción: Esquema anterior
Complementarias SUBTIPO esquema anterior
Ejemplo: Determinación del Impuesto
Complementarias SUBTIPO esquema anterior
Ejemplo: Determinación de Pago
Complementarias SUBTIPO esquema anterior
Nueva Herramienta en D y P
Consulta por obligación
Consulta por obligación