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Tema1. Acondicionamiento Territorial Local Expositor: Magister Geógrafa, María Luisa Varillas Arquíñigo Docente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

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Tema1. Acondicionamiento Territorial Local

Expositor: Magister Geógrafa, María Luisa Varillas Arquíñigo

Docente de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos

¿Que es el acondicionamiento territorial?

• El acondicionamiento del territorio es un instrumento de política del espacio físico- geográfico, porque involucra acciones y decisiones económicas, sociales y políticas.

¿Para qué sirve?

• Para optimizar procesos de ocupación, usos, producción - transformación, distribución y acumulación que se da en el territorio.

1931

1924

1956

1980

1993

1988

1970

1940 1961 1972 1981 1993 2004

Pero ¿Cómo hemos venido ocupando las

áreas urbanas?

¿Y que decir de la ocupación de las áreas rurales?

La Provincia como unidad espacial para la aplicación del PAT.

Porque la provincia supone debe ser

una unidad geoeconómica de tamaño

adecuado, fortalecida por su nivel de

gobierno, definida sobre la base de los

recursos naturales, económicos,

sociales y culturales que posee, pero

también creada con fines estratégicos y

políticos, que permitan sentar las

bases para construir el desarrollo

territorial del país.

Hay toda una responsabilidad del

Estado y gobierno al momento de crear

provincias.

Normativa actual. Reglamento de Acondicionamiento Territorial. Aprobado por el DS. Nº022-2016-VIVIENDA

• Es un instrumento técnico-normativo de planificación física integral en el ámbito provincial que orienta y regula:

• La organización físico-espacial de las actividades humanas en cuanto a la distribución, categoría, rango jerárquico y rol de los centros poblados en los ámbitos urbano y rural del territorio provincial;

• La conservación y protección del recurso y patrimonio natural y cultural;

• El desarrollo de la inversión pública y privada en los ámbitos urbano y rural del territorio provincial;

• La ocupación y uso planificado del territorio, para lograr el mejoramiento de los niveles y calidad de vida de la población urbana y rural, bajo el enfoque territorial prospectivo (estratégico), competitivo y de sostenibilidad, en concordancia con el POT Regional, las Políticas, las Regulaciones Regionales y Nacionales, el SINCEP.

• Forma parte del Plan de Desarrollo Municipal Provincial Concertado. Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº27972

El Art. 15, define al Plan de Acondicionamiento Territorial.-

Fuente: Ministerio de Vivienda 2017

ARTICULACIÓN DEL PAT CON OTROS INSTRUMENTOS DE PLANIFICACIÓN

D.S. Nº022-2016-VIVIENDA

Desde la mirada del OT, la responsabilidad estratégicas del PAT en el desarrollo

territorial

Reflexiones respecto al Art. 15. Definición del Plan de Acondicionamiento Territorial:

• Debe poner énfasis cuando dice de planificación física integral e integrada, porque el estado situacional de cada espacio obedece a procesos particulares.

• También debe orientar y regular la ocupación de espacios seguros, centros poblados o capitales distritales y provinciales alejados de peligros diversos. La parte más estructural y de detalle se debe ver en los otros niveles de planificación, pero de inicio debe advertir. Cabe precisar que, el contenido del PAT, establece que debe identificar zonas con condiciones de protección y áreas de riesgo para seguridad física afectadas por fenómenos de origen natural o generado por el hombre…., pero es necesario que al PAT se lo identifique como instrumento de partida la planificación.

• Debe permitir la identificación áreas que cumplan condiciones para planificar nuevas áreas urbanas en donde se desarrollen actividades económicas sostenibles (primarias, secundarias y terciarias) que permitan desconcentrar y descongestionar otras ciudades.

• Debe ser un instrumento dinámico y no estático, en respuesta a las dinámicas propias del territorio, influenciadas por las políticas internacionales, nacionales, regionales e inclusive locales (comunidades, centros poblados itinerantes, colonos).

Art. 16. Ámbito de aplicación del Plan de Acondicionamiento Territorial- PAT

El Art. 16. del DS. Nº022-2016-VIVIENDA, define el ámbito de aplicación en el territorio provincial. Sin embargo, en casos que ésta circunscripción territorial contenga o esté contenida en espacios geográficos de cuencas, litorales u otra condición natural que se identifique, los Gobiernos Locales involucrados pueden adoptar el mecanismo asociativo de la Mancomunidad Municipal para la formulación, aprobación, gestión, seguimiento y evaluación del citado Plan.

Mancomunidad Municipal Río Yanamayo - Ancash

Normativa actual. Reglamento de Acondicionamiento Territorial. Aprobado por el DS. Nº022-2016-VIVIENDA

Reflexiones respecto al Art. 16. Ámbito de aplicación del Plan de Acondicionamiento Territorial:

• El Estado tiene que ir cambiando , los límites políticos- administrativos no deben ser una

limitante a la hora de invertir para el Estado, sólo deben de ser un mecanismo de control para medir la distribución del gasto social público en dotación de bienes y servicios en donde se encuentre concentrada la población.

• Los límites político-administrativos no deben de ser un obstáculo menos para planificar el desarrollo del territorio.

• Los planes territoriales se deben de proponer considerando siempre el entorno de las escalas mayores y menores de planificación, y la particularidad del territorio provincial en el desarrollo económico del país y del territorio mismo.

• Tenemos que buscar una estratégica para que las mancomunidades municipales vayan teniendo el rol protagónico en una planificación integrada para el desarrollo territorial

INTRUMENTOS PLANIFICACION

LOCAL

(D.S. Nº 0022-2016-

VIVIENDA)

PLANES URBANOS

PLAN DE DESARROLLO METROPOLITANO (PDM)

PLAN DE DESARROLLO URBANO (PDU)

(Ciudades c/población mayores a 5,000 hab.)

ESQUEMA DE ORDENAMIENTO URBANO (EOU)

(Ciudades c/población hasta 5,000 hab.)

PLANES ESPECIFICOS

(Áreas de Tratamiento Especial)

PLANEAMIENTO INTEGRAL

(Procesos de Habilitación Urbana y procesos de parcelación e

independización de terrenos rústicos para incorporación a la trama

urbana mas cercana)

PLAN DE ACONDICIONAMIENTO

TERRITORIAL

Por lo tanto debe reconocido como un instrumento dinámico, ágil que permita orientar la planificación urbana y rural de acuerdo a las dinámicas territoriales.

A falta de una planificación coherente, ordenada , considerando los factores internos y externos que promueven las dinámicas territoriales, así como las aspiraciones y necesidades de la población, la sociedad ha ido ocupando los espacios a su libre albedrio por años, y hoy toca acondicionar el territorio en su integridad urbana y rural.

Elaboración y consulta del Plan de Acondicionamiento Territorial- PAT

El art. 19.1, establece que la elaboración del PAT está

a cargo del área responsable del Planeamiento

Territorial o la unidad orgánica equivalente de la

Municipalidad Provincial respectiva, en coordinación

con las Municipalidades Distritales, el Gobierno

Regional correspondiente, los sectores de Gobierno

Nacional y la participación de la sociedad civil.

El Art. 19.3, establece que cuando el PAT comprende

espacios geográficos de cuencas o litorales, se

requiere la elaboración conjunta y aprobación de las

Municipalidades Provinciales involucradas, según

jurisdicción territorial que le corresponda, de acuerdo

al procedimiento establecido en el DS. Nº022-2016-

VIVIENDA.

Normativa actual. Reglamento de Acondicionamiento Territorial. Aprobado por el DS. Nº022-2016-VIVIENDA

Reflexiones Respecto al artículo 19 para la elaboración del PAT:

• El Estado debe fortalecer con recursos económicos para garantizar que las municipalidades provinciales puedan contar con técnicos calificados que elaboren los planes de acondicionamiento territorial en el tiempo estimado.

• Un equipo mínimo deben estar formado por equipos interdisciplinarios de planificadores y no netamente urbanistas.

• Cuando se trate de espacios geográficos de cuencas y marino costeros se debe poner más claridad en las formas de intervención de los actores sociales y su equipo técnico, porque al ser espacios que cuenten quizás con más de una autoridad de gobierno, dificulta principalmente su conclusión en el tiempo esperado.

Vigencia del Plan de Acondicionamiento Territorial- PAT

El art. 20 establece que el horizonte del

PAT es de largo plazo hasta veinte (20)

años, con previsiones para el mediano

plazo hasta diez (10) años y de corto

plazo hasta dos (2) años; sin embargo ,

su vigencia concluye cuando se aprueba

el PAT que lo actualiza.

Normativa actual. Reglamento de Acondicionamiento Territorial. Aprobado por el DS. Nº022-2016-VIVIENDA

Reflexiones al respecto a la vigencia del PAT que establece el Art. 20:

• Los plazos de vigencia no deben de amarrar las contingencias del territorio, por

ejemplo antes desastres de índole físico inducidos por la mano del hombre .

• Nuevas dinámicas territoriales inducidos por factores económicos: nuevas industrias

debido a la apertura del mercado para diversificación productiva, etc.

• La ZEE debería ser un instrumento requisito de referencia para el PAT, siempre y

cuando sea actual, porque éste nos da una radiografía de los componentes del

territorio.

Importancia de las redes de la

articulación en el desarrollo del

SISTEMA NACIONAL DE

CENTROS POBLADOS - SINCEP

Avance de los Planes de Acondicionamiento Territorial

El PAT debe de contribuir a desarrollar territorios integrados que cuenten con áreas urbanas y rurales sostenible y saludables

Conclusiones sobre a lo que debería contribuir un Plan de Acondicionamiento Territorial:

• A la superación del sistema económico dependiente, mirando siempre afuera sin perder el objetivo del desarrollo de una economía nacional independiente.

• Prever las fluctuaciones de la coyuntura internacional a mediano y largo plazo para poder actuar a tiempo y no soportar los vaivenes. Prospectiva territorial.

• Disponibilidad y mejora de las redes de articulación a través de trabajos intersectoriales para mejorar los niveles de flujos de intercambio de recursos, bienes y servicios .

• Fortalecer la integridad del territorio para reforzar la Soberanía Nacional. Sistema urbano de frontera, cuencas fronterizas, etc.

• Descongestionar y desconcentrar las metrópolis mediante el fortalecimiento del sistema urbano con servicios de calidad: ciudades intermedias y menores para el cumplimiento de su rol y función.

• Modelo territorial dinámico de largo plazo en permanente actualización.

¡Muy agradecida por su atención!

Mg. Geógrafa, María Luisa Varillas Arquíñigo

[email protected]