tema 8. seguridad social
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Teoría general de la Seguridad SocialTRANSCRIPT
Seguridad SocialSeguridad Social
Sistema de protección social Sistema de protección social obligatoriaobligatoria
¿A quién comprende la ¿A quién comprende la Seguridad Social?Seguridad Social?
1.- La modalidad contributiva1.- La modalidad contributiva
a- Españoles que residan y ejerzan su actividad en a- Españoles que residan y ejerzan su actividad en territorio nacionalterritorio nacional
b.- Los extranjeros que residan o se encuentren b.- Los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España y ejerzan su activada en territorio legalmente en España y ejerzan su activada en territorio nacional nacional
2.- La modalidad 2.- La modalidad no contributivasno contributivas
a.- Se incluyen todas aquellas personas que, por a.- Se incluyen todas aquellas personas que, por cualquier causa, no hubieran cotizado nunca o lo cualquier causa, no hubieran cotizado nunca o lo suficiente para suficiente para
Prestaciones no Prestaciones no contributivascontributivas
Asistencia sanitaria y farmacéuticaAsistencia sanitaria y farmacéutica Pensiones no contributivas jubilación e invalidezPensiones no contributivas jubilación e invalidez Prestaciones familiares económicasPrestaciones familiares económicas Subsidio desempleoSubsidio desempleo Subsidio no contributivo por maternidadSubsidio no contributivo por maternidad
Asistencia sanitaria no Asistencia sanitaria no contributivacontributiva
Los españoles que tengan establecida su residencia en Los españoles que tengan establecida su residencia en territorio nacionalterritorio nacional y carezcan de recursos económicos y carezcan de recursos económicos suficientessuficientes
Los extranjeros que se encuentren en EspañaLos extranjeros que se encuentren en España
Inscritos en el padrón del municipioInscritos en el padrón del municipio en el que residan en el que residan habitualmente.habitualmente.
No residentesNo residentes tienen derecho a la asistencia sanitaria pública de tienen derecho a la asistencia sanitaria pública de urgencia ante enfermedades graves o accidentes, cualquiera que sea su urgencia ante enfermedades graves o accidentes, cualquiera que sea su causa y a la continuidad de dicha atención hasta la situación de alta causa y a la continuidad de dicha atención hasta la situación de alta médica; si se trata de un menor de 18 años la asistencia sanitaria se médica; si se trata de un menor de 18 años la asistencia sanitaria se reconoce en las mismas condiciones que a los españoles y, por último, reconoce en las mismas condiciones que a los españoles y, por último, las extranjeras embarazadas que se encuentren en España tienen las extranjeras embarazadas que se encuentren en España tienen derecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y pospartoderecho a la asistencia sanitaria durante el embarazo, parto y posparto..
REGIMENES DE LA SEGURIDAD REGIMENES DE LA SEGURIDAD SOCIALSOCIAL
REGIMEN GENERALREGIMEN GENERAL – – cuenta ajenacuenta ajena
REGÍMENES ESPECIALESREGÍMENES ESPECIALES TRABAJADORES AUTÓNOMOS – cuenta propiaTRABAJADORES AUTÓNOMOS – cuenta propia
FINANCIACIÓN DE LA FINANCIACIÓN DE LA SEGURIDAD SOCIALSEGURIDAD SOCIAL
COTIZACIONESCOTIZACIONES– TRABAJADORESTRABAJADORES– EMPRESARIOSEMPRESARIOS
PRESUPUESTO DEL ESTADOPRESUPUESTO DEL ESTADO
ORGANISMOS GESTORES DE ORGANISMOS GESTORES DE LA SEGURIDAD SOCIALLA SEGURIDAD SOCIAL
Instituto Nacional de la Seguridad SocialInstituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) (INSS) – Prestaciones económicas excepto ISM, IMSERSOPrestaciones económicas excepto ISM, IMSERSO
Instituto Nacional de Gestión SanitariaInstituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) (INGESA) – Prestaciones sanitarias excepto Comunidades Autónomas con competencias transferidasPrestaciones sanitarias excepto Comunidades Autónomas con competencias transferidas
Instituto de Migraciones y Servicios SocialesInstituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO)(IMSERSO)– Prestaciones no contributivas jubilación e invalidezPrestaciones no contributivas jubilación e invalidez
Tesorería General de la Seguridad SocialTesorería General de la Seguridad Social (TGSS) (TGSS) – Gestión de los recursos económicos y la administración financiera del sistemaGestión de los recursos económicos y la administración financiera del sistema
Servicio Público de EmpleoServicio Público de Empleo – Prestaciones por desempleoPrestaciones por desempleo
Entidades colaboradorasEntidades colaboradoras – Las mutuas de Accidentes – Las mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionalesde Trabajo y Enfermedades Profesionales
INCAPACIDAD TEMPORALINCAPACIDAD TEMPORAL
Asistencia médicaAsistencia médica Prestaciones económicasPrestaciones económicas
Cuantía sobre Cuantía sobre la base la base reguladorareguladora
Periodo de Periodo de observaciónobservación
Duración de la Duración de la situaciónsituación
Enfermedad Enfermedad común y común y accidente no accidente no laborallaboral
60% (4º al 20º 60% (4º al 20º día) *día) *
75% (desde el 75% (desde el 21º) 21º)
4º4º día12 meses ** día12 meses ** + 6 meses de + 6 meses de prórroga prórroga
AT y EPAT y EP 75%75% Día siguiente al Día siguiente al accidente o accidente o baja (Día de la baja (Día de la baja, a cargo baja, a cargo de la empresa)de la empresa)
12 meses ** + 12 meses ** + 6 meses de 6 meses de prórrogaprórroga
Periodo de Periodo de observaciónobservación
6 meses + 66 meses + 6
RIESGO DURANTE EL RIESGO DURANTE EL EMBARAZOEMBARAZO
Cuando la mujer trabajadora Cuando la mujer trabajadora debiendo cambiar de puesto de debiendo cambiar de puesto de trabajotrabajo por otro compatible con su por otro compatible con su estado, porque las condiciones en las estado, porque las condiciones en las que se desarrolla su que se desarrolla su actividad laboral actividad laboral pueden influir negativamente en su pueden influir negativamente en su salud o en la del fetosalud o en la del feto, dicho , dicho cambio cambio no resulta técnica u objetivamente no resulta técnica u objetivamente posibleposible, o no pueda razonablemente , o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.exigirse por motivos justificados.
MATERNIDADMATERNIDAD
Prestación EconómicaPrestación Económica: 100 % Base : 100 % Base ReguladoraReguladora
Periodo de descansoPeriodo de descanso: 16 semanas : 16 semanas
RequisitosRequisitos: 180 días cotizados : 180 días cotizados dentro de un periodo de 7 años.dentro de un periodo de 7 años.
INCAPACIDAD PERMANENTEINCAPACIDAD PERMANENTE
Incapacidad Incapacidad permanente parcialpermanente parcial
El trabajador presenta limitaciones o El trabajador presenta limitaciones o defectos físicos graves y definitivos que defectos físicos graves y definitivos que disminuyan en un 33%, al menos, su disminuyan en un 33%, al menos, su capacidad para trabajar, pero no le impidan capacidad para trabajar, pero no le impidan realizar los trabajos básicos de su profesión realizar los trabajos básicos de su profesión habitualhabitual
Incapacidad Incapacidad permanente totalpermanente total
El trabajador presenta limitaciones o El trabajador presenta limitaciones o defectos físicos graves y definitivas que le defectos físicos graves y definitivas que le impidan realizar sus tareas habituales, pero impidan realizar sus tareas habituales, pero no desarrollar otros trabajos o profesionesno desarrollar otros trabajos o profesiones
Incapacidad Incapacidad permanente absolutapermanente absoluta
El trabajador presenta limitaciones o El trabajador presenta limitaciones o defectos físicos graves y definitivas que le defectos físicos graves y definitivas que le impidan trabajar en toda profesión u oficio.impidan trabajar en toda profesión u oficio.
Gran InvalidezGran Invalidez El trabajador presenta limitaciones o El trabajador presenta limitaciones o defectos físicos graves y definitivas que defectos físicos graves y definitivas que además de encontrarse en el supuesto de la además de encontrarse en el supuesto de la IPA, necesita la asistencia de otra persona IPA, necesita la asistencia de otra persona para los actos esenciales de la vida para los actos esenciales de la vida cotidianacotidiana
INCAPACIDAD PERMANENTEINCAPACIDAD PERMANENTE
Incapacidad permanente Incapacidad permanente parcialparcial
Percepción de un subsidio, Percepción de un subsidio, correspondiente a 24 mensualidades correspondiente a 24 mensualidades de la BR. Se abona de una vezde la BR. Se abona de una vez
Incapacidad permanente Incapacidad permanente totaltotal
Percibir una pensión vitalicia Percibir una pensión vitalicia mensual del 55% de la BRmensual del 55% de la BR
Incapacidad permanente Incapacidad permanente absolutaabsoluta
Percibir una pensión vitalicia Percibir una pensión vitalicia mensual del 100% BRmensual del 100% BR
Gran InvalidezGran Invalidez Percibir una pensión vitalicia Percibir una pensión vitalicia mensual del 150% BRmensual del 150% BR
JUBILACIÓN CONTRIBUTIVAJUBILACIÓN CONTRIBUTIVA
FinalidadFinalidad CubreCubre RequisitosRequisitos Consiste enConsiste en
Prestación económica que percibe el trabajador al cumplir 65 años
Jubilación
Haber cotizado 15 años, de los cuales al menos dos deben estar incluidos en los 15 años anteriores a jubilarse
Percibir una pensión vitalicia que el garantice una vida digna. Pensión: porcentaje según los años cotizados sobre la base reguladora
DESEMPLEODESEMPLEOFinalidad cubre Requisitos Consiste
En la modalidad En la modalidad contributiva, contributiva, prestación económica prestación económica para la persona que se para la persona que se encuentra en situación encuentra en situación de parao o de de parao o de reducción de la reducción de la jornada.jornada.
DesempleoDesempleo Haber trabajado por Haber trabajado por cuenta ajena. cuenta ajena.
Haber cotizado un Haber cotizado un mínimo de 12 meses en mínimo de 12 meses en los 6 años anteriores.los 6 años anteriores.
Percibir una Percibir una remuneración remuneración mensual del 70% BR mensual del 70% BR los primeros 180 los primeros 180 días y del 60% a días y del 60% a partir del día181. La partir del día181. La duración depende duración depende del tiempo cotizadodel tiempo cotizado
Nivel asistencial. Nivel asistencial. Prolongación de la Prolongación de la prestación por prestación por desempleo. Se desempleo. Se concede a quienes en concede a quienes en situaciones de paro, situaciones de paro, carecen de rentas carecen de rentas superiores al SMIsuperiores al SMI
DesempleoDesempleo Estar inscrito como Estar inscrito como demandante de empleo demandante de empleo durante un mes.durante un mes.
No tener derecho a No tener derecho a prestación por prestación por desempleo o haberla desempleo o haberla agotadoagotado
Rentas no superiores al Rentas no superiores al 75% SMI75% SMI
A percibir un A percibir un subsidio del 75% del subsidio del 75% del SMI, no se incluye la SMI, no se incluye la parte proporcional parte proporcional de las pagas extrasde las pagas extras