tarea 4. tema 2 teoria del derecho puro

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UNIANDES TEMA: LA TEORIA PURA DEL DERECHO. EL DERECHO SOCIALISTA TEORIA DEL REALISMO JURIDICO PROFESOR: DR. SEBASTIAN VALDIVIESO GONZALEZ ALUMNO: JOSE MONCADA ESCUELA DE DERECHO FILOSOFIA DEL DERECHO 29-09-2014 SEPTIMO SEMESTRE

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Page 1: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

UNIANDES

TEMA: LA TEORIA PURA DEL DERECHO.

EL DERECHO SOCIALISTA

TEORIA DEL REALISMO JURIDICO

PROFESOR: DR. SEBASTIAN VALDIVIESO GONZALEZ

ALUMNO: JOSE MONCADA

ESCUELA DE DERECHO FILOSOFIA DEL DERECHO

29-09-2014

SEPTIMO SEMESTRE

Page 2: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

INDICE

1. Introducción.

2. Teoría Pura del Derecho Hans Kelsen Definición.

3. ¿Qué es?

4. Ciencias Naturales y Ciencias Causales.

5. La imputación.

6. Ciencias Causales, Ciencias Normativas.

7. Leyes causales, Leyes Normativas.

LA TEORIA PURA DEL DERECHO

Page 3: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

INDICE

1. Introducción.

2. Definición.

3. Iusmarxismo.

4. ¿En qué consiste el iusmarxismo?.

5. Marxismo o Comunismo científico.

6. Teoría del Derecho y del Estado Marx y Engels.

7. Derecho socialista en sentido amplio.

EL DERECHO SOCIALISTA

Page 4: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

INDICE

1. Introducción.

2. Realismo Jurídico Definición.

3. Realismo Jurídico.

4. Corrientes de este realismo jurídico.

5. El Realismo Jurídico Estadounidense.

6. El Realismo Jurídico Escandinavo.

7. Principios Fundamentales de la Teoría del Realismo Jurídico.

8. Bibliografía.

TEORIA DEL REALISMO JURIDICO

Page 5: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

LA TEORIA PURA DEL DERECHO

Page 6: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

TEORIA PURA DEL DERECHO

INTRODUCCION

La teoría pura del derecho surge como una contrapuesta del derecho natural, sin

renunciarlo en algunos aspectos, pero básicamente se considera como parte del

positivismo, de ahí que debería incluirse esta corriente jurídica dentro del

iuspositivismo.El padre de esta teoría es Hans Kelsen (1881-1973), expuesta en su ensayo filosófico jurídico que lleva el nombre de la Idea del Derecho Natural.

Page 7: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

La Teoría Pura del Derecho de Hans Kelsen es como su nombre lo indica una teoría

o ciencia tal como lo señala el autor, que estudia el Derecho dentro de un ámbito

independiente o sea, toma el Derecho como un objeto de estudio único en el cual no

interviene ninguna otra ciencia, área o materia. La Teoría Pura del Derecho es una

teoría del Derecho positivo y se considera “pura” porque se propuso construir una

ciencia del Derecho depurando de su objeto de estudio todos los elementos que le

son extraños. Su estudio lo centra en la norma tomando a esta como la base

principal del Derecho y casi reduciendo el Derecho en si al estudio de la norma. 

TEORÍA PURA DEL DERECHO HANS KELSEN

DEFINICION

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Una teoría del derecho positivo en general y no de uno específico.

No es una teoría interpretativa del mundo del derecho. Su función se

limita a conocer únicamente el objeto de esté. Trata de definir el

Derecho y como se forma, dejando de lado la pregunta del deber ser

y del cómo debería ser su formación. “Ciencia del derecho, no una

política jurídica.”

¿Qué es?

Page 9: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

CIENCIAS NATURALES Y CIENCIAS SOCIALES

Causalidad e Imputación

La naturaleza y la sociedad.

El derecho al ser un fenómeno social hace parte de las ciencias que analizan la sociedad

desde distintos ángulos. Estas ciencias difieren de las naturales pues la sociedad es

totalmente diferente a la naturaleza.

La sociedad es el orden que controla la conducta de los seres humanos y esta conducta

aparece como un fenómeno natural.

La naturaleza es el sistema de elementos vinculados unos con otros por un principio en

particular: Causalidad. Entendido en la ciencia primitiva como una fuerza al interior de

las cosas.

Page 10: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

LA IMPUTACIÓN

Pensamiento Jurídico.

La ciencia jurídica proclama lo que se conoce como regla de derecho. Esta es la

que decide una relación entre dos hechos. Esta relación es el resultado de una

norma que restringe o habilita cierta conducta, conocida como imputación.

Pensamiento Primitivo. En el pensamiento del hombre primitivo no se da una

causalidad como interpretación de la naturaleza sino una normativa, pues se basa

en la norma social de la retribución.

Las relaciones por las cuales se juzgan las acciones surgen por la costumbre.

Imperaban las reglas de la retribución en cuanto al bien y el mal. Se tenía la

convicción del alma existente en las cosas y estas se comportaban con los

humanos como ellos se comportaban entre sí. Conocido como animismo. Es la

interpretación de la naturaleza de forma personal, social y normativa construida

sobre el principio de imputación.

Page 11: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

Las ciencias causales aplican el principio de causalidad, causa y efecto. Son tales como la etnología, la psicología.Las ciencias normativas estudian la conducta humana en relación con las normas prescritas para desarrollarse. Para estas ciencias la sociedad es un orden normativo y el individuo está sometido a esté. La ética y el derecho son ejemplos de estas ciencias.

CIENCIAS CAUSALES, CIENCIAS NORMATIVAS.

Page 12: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

 

  

LEYES CAUSALES LEYES NORMATIVAS.

Los dos principios, causalidad e imputación, se dan bajo la forma de juicios

hipotéticos estableciendo relación entre cierta condición y cierta consecuencia.

Pero la naturaleza difiere cuando se exponen:

Causalidad: Condición A se produce, consecuencia B se dará. La condición es una

causa y la consecuencia su efecto. Esta no conoce finalidad.

Imputación: Condición A se realiza, consecuencia B DEBE darse. La condición y

consecuencia establecen relación por acciones humanas y sobrehumanas. La

condición imputada con la consecuencia no es obligatoriamente imputable a otra

condición. Su deber es saber a quién es el responsable de la acción a la cual se le

imputara una consecuencia específica.

Page 13: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

  

EL DERECHO SOCIALISTA

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EL DERECHO SOCIALISTA

Para que se pueda hablar de socialismo es necesario que se produzca

gran número de transformaciones económicas y sociales. En efecto

aunque se trate de buscar antecedentes en la antigüedad clásica e

incluso en los tiempos de la Revolución Francesa, lo cierto es que el

pensamiento socialista va unido irremediablemente al desarrollo

industrial que tiene lugar en el siglo XIX. Tal desarrollo provoca el

nacimiento de una nueva clase (el proletariado) cuyas condiciones de

vida hacen nacer un vasto movimiento intelectual (economistas,

políticos, juristas) que inician la defensa de sus derechos.

INTRODUCCION

Page 15: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

  

EL DERECHO SOCIALISTA

Se le considera “Derecho Socialista” a los ordenamientos jurídicos o leyes

características que acompañan la doctrina política del socialismo, en sus diferentes

vertientes.

Dentro del Derecho Socialista se incluyen los principios y sistemas jurídicos

establecidos en los estados socialistas ó comunistas. En general, todos los sistemas

jurídicos conocidos sancionados por estados socialistas, adoptaron el sistema

de derecho continental, el de mayor aceptación mundial, caracterizado por basarse

en la ley, antes que en las decisiones de los jueces. Con variadas modificaciones,

todos los sistemas jurídicos adoptados por los países socialistas, se inspiran en una

ideología marxista.

DEFINICION

Page 16: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

  Siguiendo una definición de Bobbio, denominamos "Marxismo" a la teoría que

surge de las ideas de Karl Marx y de Friederich Engels. Su definición es mucho

más completa, "...el conjunto de las ideas, de los conceptos, de las tesis, de las

teorías, de las supuestas metodologías científicas y de estrategia política, en

general la concepción del mundo, de la vida asociada y de la política considerada

como un cuerpo homogéneo  de proposiciones hasta llegar a constituir una

verdadera "doctrina", que se puede extraer de las obras de Karl Marx y de

friederich Engels".

IUSMARXISMO

Page 17: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

 

¿EN QUÉ CONSISTE EL IUSMARXISMO?

El Marxismo es el conjunto de doctrinas políticas y filosóficas derivadas de la

obra de Karl Marx, filósofo, economista, periodista y revolucionario del siglo XIX

y de su amigo Friedrich Engels. Para Marx, el comunismo sería una forma social

en la que la división en clases habría terminado y la estructura económica sería

producto de la asociación de los productores libres, y el producto social se

distribuiría según el criterio de cada cual según su capacidad; para cada cual según

sus necesidades.

Page 18: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

  

MARXISMO O COMUNISMO CIENTÍFICO

Karl Marx funda la Liga de los Comunistas (también conocida como Liga de los

Justos) en 1847 en Bruselas, después de dos años de estancia en la capital belga.

La Liga encarga a Karl Marx ya Friedrich Engels una proclama del movimiento

comunista. En 1848 publican el Manifiesto Comunista (Manifest der

Kommunistischen Partei)

Page 19: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

  

TEORÍA DEL DERECHO Y DEL ESTADO MARX Y ENGELS

Las formas del estado y del derecho están determinadas por las fuerzas

productivas de la sociedad y por las relaciones económicas. MÉTODO: El

dialéctico. La historia es: La historia de la lucha de clases.

MÉTODO: El dialéctico: La historia de la lucha de clases. Según la concepción

materialista de la historia. Sólo puede explicarse y comprenderse a través del

análisis de la realidad económica.

Page 20: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

  

DERECHO SOCIALISTA EN SENTIDO AMPLIO

Dentro del derecho socialista en sentido amplio se incluyen ramas, instituciones y

principios jurídicos que, en muchos casos se han integrado a los sistemas jurídicos

de los países capitalistas, como el llamado "derecho obrero" y los derechos de los

trabajadores, el principio pro operario, el derecho sindical, la contratación

colectiva, la responsabilidad objetiva patronal en los accidentes de trabajo, la

noción de justicia social, el constitucionalismo social y los derechos humanos de

segunda generación, el derecho económico social de mercado, la cogestión obrero-

empresarial y la autogestión obrera de las empresas, las normas sobre

nacionalización, estatización y expropiación de empresas, etc. También el derecho

cooperativo está fuertemente ligado al derecho socialista en sentido amplio.

Page 21: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

 

TEORIA DEL REALISMO JURIDICO

Page 22: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

 

EL REALISMO JURÍDICO AMERICANO.

El realismo jurídico americano está integrado por una serie de juristas que durante

los años treinta y la primera mitad de los cuarenta mantuvieron una actitud

agresiva y crítica contra muchos de los valores entendidos del sistema jurídico

common law. Hay que tener en cuenta la peculiar situación de los Estados Unidos

a principios de siglo, con un sistema que resultaba muy diferente al que regía en

Europa. Se trataba de un régimen judicialista. La juducial review (posibilidad

del juez de invalidar las leyes que consideraba inconstitucionales) constituyó un

instrumento muy eficaz. El juez era visto como un auténtico órgano de producción

del derecho, y sin embargo se encontraba vinculado por las decisiones que con

anterioridad hubiesen dictado otros jueces.

INTRODUCCION

Page 23: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

 

EL REALISMO JURIDICODEFINICION

EL realismo jurídico es una doctrina filosófica que identifica al derecho con la eficacia normativa, con la fuerza estatal o con la probabilidad asociada a las decisiones judiciales. Para los realistas jurídicos el derecho no está formado por enunciados con contenido ideal acerca de lo que es obligatorio, sino por las reglas realmente observadas por la sociedad o impuestas por la autoridad estatal.EL realismo jurídico deja de lado toda la celestialidad dogmático-esencialista. Encara a las normas jurídicas tal como son, es decir reconociendo sus interminaciones lingüísticas y tomo decisivamente los resultados efectivos que cada norma tiene o no en la realidad social.

Page 24: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

  

REALISMO JURÍDICO

Entiende que la característica definitoria del Derecho es la eficacia. Se opone

radicalmente a la opinión manifestada por el positivismo jurídico. Para el realismo

jurídico el núcleo fundamental del Derecho no son las leyes, sino los hechos, los

comportamientos sociales efectivos, teniendo en cuenta principalmente los

intereses, fines y alores que se ponen de manifiesto por el jurista intérprete y por el

juez aplicar del derecho en relación con los casos y situaciones concretas que

presenta la vida real.

Page 25: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

  

CORRIENTES DE ESTE REALISMO JURÍDICO

• Realismo americano: el Derecho se contienen en las decisiones concretas de los

jueces y funcionarios que resuelven los litigios y los fallos que se planteen. Se

trata de un derecho judicial del caso concreto, donde el precedente judicial se

convierte en la norma orientadora para posteriores decisiones judiciales.

• Realismo escandinavo: no existe otro Derecho que el que realmente aplican los

jueces “de facto”, siempre que las reglas sean realmente vividas como

obligatorias por los jueces.

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EL REALISMO JURÍDICO ESTADOUNIDENSE

Todas las corrientes que se recogen bajo el nombre de «realismo jurídico» se

caracterizan por el intento de traducir el mundo del derecho a realidades espacio-

temporales que puedan ser mostradas como este árbol, esta casa o esta acción.

Todas estas corrientes se autodefinen como anti metafísicas desde el punto de vista

filosófico; es decir, no hay más realidad que la que se da en la experiencia y es en

este ámbito donde hay que situar el derecho y no en especulaciones metafísicas.

Desde el punto de vista moral, todas las corrientes «realistas» se declaran no

cognoscitivas; es decir, no existe una realidad moral cognoscible. No es posible

probar ningún tipo de enunciado moral, que bien es producto de creaciones

religiosas, de sentimientos emotivos...., pero sin que pueda ser demostrada su

objetividad.

Page 27: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

 

En este epígrafe, se hace referencia fundamentalmente a los dos autores principales del

realismo jurídico escandinavo, que son el sueco Karl Olivecrona y el danés Alf Ross,

porque son los que ofrecen una teoría jurídica más elaborada. También se hace referencia

a Mel Hägerström en cuanto formula un planteamiento común a ambos que es coincidente

con la teoría ética de la ciencia anglosajona predominante en esa época, a saber: los

planteamientos empiristas y el llamado «no cognoscitivismo ético».

Según el planteamiento neo empirista, no hay más realidad que la que se da en fenómenos

espacio temporales ni hay más proposiciones científicas que las que pueden ser objeto de

verificación por esa realidad.

Así, el realismo jurídico escandinavo se fundamenta en lo que gira bajo la denominación

de empirismo en las presentaciones clásicas de las doctrinas filosóficas, no en lo que la

filosofía académica ha denominado como “realismo”. Por ello está justificado llamarle

«empirismo jurídico».

 EL REALISMO JURÍDICO ESCANDINAVO

Page 28: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

 Los principios fundamentales de esta teoría son las siguientes:

El derecho no es un sistema constante, uniforme, igual, sino que por el contrario

es mutable que se adapta a nuevas situaciones y circunstancias.

Lo que interesa es averiguar el derecho efectivamente real. Este no es el que

aparece declarado en las leyes, ni tampoco aquel que los jueces declaran como

fundamento de sus fallos, sino que es lo que los jueces hacen independientemente

de lo que expongan en sus sentencias por ello el derecho efectivo es el modo real

como los jueces se comportan.

 

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES DE LA TEORIA DEL REALISMO JURIDICO

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BIBLIOGRAFIA:

• http://es.slideshare.net/DanielArturoV/exposici-13340233• http://josepablosistemas.blogspot.com/2012/05/el-derecho-

socialista-se-le-considera.html• http://tesis.uchile.cl/bitstream/handle/2250/115314/de-

campos_e.pdf?sequence=1• http://issuu.com/sebastianvaldiviesog/docs/

filosofia_del_derecho__1_/0

Page 30: Tarea 4. tema 2  teoria del derecho puro

GRACIAS