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Taller Reforma Tributaria PYMES Diario FinancieroTRANSCRIPT
¿Qué necesitan las PYMES en una reforma tributaria?
oportunidades y consecuencias
27 de junio de 2012
¿Qué es una PYME?
+ de 60% del empleo
Un 2% paga un 98%
Introducción
Introducción
Introducción
Bases para una reforma tributaria:
Simplificación
Revisión de franquicias diferenciadas
Consideración de circunstancias personales del contribuyente
Eliminación de impuestos patrimoniales
Equiparar carga tributaria de rentas del capital vs. rentas del trabajo
Educación para el cumplimiento tributario
Corrección de distorsiones
Introducción
Simplificación
Introducción
Cerca de 200 tipos de declaraciones mensuales / anuales de información o
declaración al SII
18 bis, 18 ter, 18 quater, 41 bis, 41 A,B,C,D; 64 bis, 55 bis 57 bis..
etc.
Más de 5 regímenes
distintos en impto. 1era Cat
Alrededor de 25 franquicias tributarias
diferenciadas
Introducción
Introducción
Ingresos
Ingresos
Gastos
Gastos
Salud
Educación
Vivienda
Vestuario
Alimentos
¿Igual carga
tributaria?
Introducción
¿Es equiparable el tratamiento tributario de una sociedad de personas con el de una sociedad
anónima?
Tributación del mayor valor obtenido en la enajenación de derechos sociales y acciones
Tributación del mayor valor obtenido en la enajenación de derechos sociales y acciones
Transformación de S.A. en SRL
Habitualidad en venta de derechos sociales
Deducción de intereses como gasto en créditos para adquisición de empresas
Consecuencias prácticas
Se iguala el tratamiento de los gastos rechazados, aplicando tanto a las sociedades anónimas como a las sociedades de personas un impuesto único del 35 por ciento.
Se someten a este impuesto excesos determinados por tasaciones del Servicio de Impuestos Internos y préstamos que una sociedad efectúe a sus socios o accionistas cuando determine que se trata de retiros encubiertos de utilidades.
Diferencias deben agregarse para la determinación de la renta líquida y además quedan afectos al impuesto de 35 por ciento, con lo cual la carga tributaria sube a 55 por ciento.
Gastos rechazados
Sociedades dueñas de casas, departamentos u otros bienes de los que se presume uso o goce
Diferencias de criterio con el SII en la necesidad de producir el gasto
Deducción de multas, intereses y casos de delitos
Consecuencias prácticas
Hoy retiros en una sociedad de personas en exceso del Fondo de Utilidades Tributarias (FUT), no se gravan con impuesto personal, sino hasta cuando se obtengan utilidades tributarias.
El proyecto iguala los retiros en exceso a situación actual de las sociedades anónimas, lo cual significa que se gravarán al momento del retiro, con el agravante que dicho retiro no va a tener crédito por el impuesto de Primera Categoría.
En caso de un término de giro efectuado después del 30 de junio de 2013, los citados retiros en exceso van a quedar gravados con el impuesto de 35 por ciento.
FUT
FUT
Registro FUT
•Sólo se deducen del FUT los gastos rechazados que hayan sido registrados como utilidades en el mismo
•Los retiros o distribuciones que reciban los que hayan reinvertido, se imputarán según orden de prelación en registro de reinversiones
Retiros en exceso
•Retiros en soc. personas se gravan con GC o Ad. sobre las cantidades que “a cualquier título se les distribuya”
•Se eliminan retiros con tope de FUT y FUT devengada; y
•Se eliminan retiros en exceso
•Rentas remesadas al exterior se consideran siempre retiradas
Reinversión
•Se establece plazo de 90 días para cumplir todas las formalidades legales de aumento de capital
•Se puede reinvertir adquiriendo derechos sociales en SRL
•Establece orden de prelación en caso de venta de acciones o derechos hecho en parte mediante reinversión, debiendo primero imputar esto último
Planificación para impuesto de herencia
Sociedades con retiros en exceso, posibilidad de hacer término de giro
Derechos adquiridos
Consecuencias prácticas
Reinversiones se deben materializar formalmente mediante modificación de estatutos que contenga un aumento del capital social dentro de los 90 días contados desde el retiro.
Se crea un Registro especial de Reinversiones. La idea es que las reinversiones sean retiradas por el socio que las efectuó.
Reinversiones
17% 20%
Aumento de Tasa
Se incrementa el porcentaje de los pagos provisionales mensuales en forma correlativa al aumento del impuesto de Primera Categoría
Se reducen los impuestos de Segunda Categoría y Global Complementario. La tasa de 5 por ciento baja a 4,25, la de 10 por ciento baja a 8,75, la de 15 por ciento baja a 13,5, la de 25 por ciento baja a 22,5, la de 32 por ciento baja a 28,8, la de 37 por ciento baja a 33,3 y la de 40 por ciento baja a 36 por ciento. La vigencia de la rebaja es a contar del 1° enero de 2013.
Impuestos personales
Se establece un crédito para las personas naturales por gastos en educación de hasta $ 200.000 por hijo por año, siempre que el ingreso familiar sea inferior a 66 Unidades de Fomento. La vigencia es a contar del 1° de septiembre de 2012.
Se permite la reliquidación del impuesto de Segunda Categoría en el caso de períodos no trabajados, es decir, se anualiza el impuesto.
Impuestos personales
Se reduce el impuesto de timbres del máximo del 0,6 por ciento al 0,2 por ciento.
El monto mensual se reduce del 0,05 por ciento al 0,0167 por ciento.
Vigencia es a contar del 1° de septiembre de 2012.
Impuesto de timbres
• Régimen especial que beneficia a pequeñas y medianas empresas
• Cambios de redacción Art. 14 bis
• Régimen tributación simplificado para empresarios
• Cambios de redacción Art. 14 ter
Regímenes especiales o simplificados de tributación
Nuevos criterios para determinar si ha habido precios de transferencia, adoptando los criterios de la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OECD).
Los principales criterios son: precios comparables no controlados,
precios de reventa,
costo más márgenes habituales,
transacciones con márgenes netos y otros.
Se establece una multa adicional de 5 por ciento sobre diferencias determinadas.
Se incluye la posibilidad de adoptar Acuerdos Anticipados de precios de transferencia con el Servicio de Impuestos Internos.
Precios de Transferencia
Se produce goodwill cuando el valor de libros de los activos de una sociedad es inferior al precio pagado por las acciones o derechos de esa sociedad y badwill en la situación inversa.
En el caso del goodwill, hasta la fecha este se distribuía entre los activos no monetarios del adquirente. La norma legal mantiene ese criterio pero sólo hasta el valor de mercado del bien respectivo y el exceso se lleva a gasto o bien se registra como un ingreso, en 10 ejercicios comerciales consecutivos.
Goodwill y Badwill
Se considera como renta de fuente chilena una compra efectuada por una persona o entidad domiciliada en Chile o en el exterior.
Si el vendedor no paga el impuesto, el Servicio de Impuestos Internos lo puede cobrar a la sociedad chilena cuyos derechos o acciones se enajenaron, aun cuando dicha sociedad haya sido totalmente ajena a la transacción.
La tributación no sólo afecta a acciones o derechos en sociedades sino a toda clase de activos situados en Chile.
Fuente de la renta
Se eximen del impuesto adicional los pagos por software estándar que era del 15 por ciento.
Vigencia a contar del 1° de enero de 2013.
Licencias de software
Se establecen nuevos impuestos que gravan la primera venta o importación de neumáticos, aceites y lubricantes, baterías, pilas, ampolletas, envases tetra, vidrio, metal, bolsas de plástico y otros plásticos.
El impuesto es por peso, salvo en el caso de los lubricantes, el que es por volumen.
Este impuesto no forma parte de la base imponible del Impuesto al Valor Agregado.
Quienes exporten estos productos o productos que incorporen estos bienes tienen derecho a recuperar el impuesto soportado en la primera venta o importación.
Impuestos “verdes”
Se modifica el Impuesto al Valor Agregado (IVA), gravando con IVA los servicios prestados afectos a Impuesto Adicional, si ellos han sido prestados en parte en Chile.
La calificación de los servicios como de exportación corresponde al Servicio de Impuestos Internos en lugar del Servicio de Aduanas.
IVA a servicios
Operaciones cerradas al 31 de diciembre de 2012
Contradicción en norma legal
Mayor valor en venta de derechos sociales
Operaciones en que se ha aprovechado goodwill
Problemas sobre vigencia