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SUPUESTO A-1
El Ayun t am ient o de P a mplona convocó el 20 de febrero del a ño (x) oposición libre
par a la provisión en propiedad de una plaza de la E scala d e Administ ra ción Especial,
Subescala Técnica, d enomina ción Arquit ecto S uperior, aproband o simultá nea mente
la s ba ses de la convoca t oria , según lo previst o en el ar t. 135 del Texto Refundid o de
las Disposiciones Lega les Vigentes en Ma teria de Régimen L ocal, concediendo el plazode veinte días na tura les para que los interesados presenta ran sus pertinentes instan-
cias.
Fueron a dmitidos a las pruebas v arios aspiran tes, de los q ue ta n sólo uno las superó,
siendo por lo ta nt o propuest o el 12 de ma rzo del a ño (x+ 1) por el Tribun a l calificad or
de la oposición pa ra su nombra miento como funciona rio de ca rrera .
Al a port ar la documenta ción acredita tiva de reunir la s condiciones exigida s en la
convocat oria, el interesa do, don Fra ncisco Egúzqu iza, presenta una cert ifica ción de la
Escuela Superior de Arquitectura de la Universidad de Navarra que justif ica que
ter minó su ca rr era el 30 de junio del a ño (x).
Ant e esta situa ción, el Alcalde-P residente del Ayunt a miento dicta un D ecreto dene-
ga ndo el nombra miento de don Fra ncisco Egúzquiza como funcionario de carr era por
carecer del tít ulo exigido en el momento de la finaliza ción del plazo de present ación
de instancias, Decreto que es recurrido en reposición por el interesado, que alega
cumplir los requisit os de la convocat oria cua ndo dieron comienzo los exá menes, esto
es, el 2 de septiemb re d el añ o (x).
CUESTION PLANTEADA
¿Pu ede ser nombra do don Fr a ncisco Egúzquiza funciona rio de ca rrera o, por el con-
tra rio, deberá ser d eclara da desierta la plaza al no haber obtenido ningún otro de los
aspira ntes la calificación mínima exigida en las ba ses de la convocat oria?
P r o h i b i d
a s u r e p r o d u c c i ó n t o t a l o p a r c i a l . H e c h o e l d e p ó s i t o q u e m a r c a l a l e y .
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SUPUESTO A-2
Don E milio Mansilla, Técnico de Administ ra ción G eneral del Ayunt am iento de Ori-
huela que ocupa el cargo de J efe del Servicio de U rba nismo, se ha lla sometido a expe-
diente disciplinario por presunt a falt a g ra ve cometida en el desempeño de las funciones
de su cargo, habiéndosele notificado el Decreto de la Alcaldía de incoación del expe-
diente, en el que n o se prevé la suspensión provisiona l del expedienta do.Día s má s t ar de se le notifica un nuevo Decreto de la Alca ldía por el que se nombra
In str uctor del expediente, nombra miento que recae en el Conceja l Delegado de U rba -
nismo, don Fra ncisco Ta ma rit, con el que el funcionario en cuestión m an tiene una
tot al discrepan cia de criterio que incluso se tra dujo en discusiones de gra n violencia ,
de las qu e fueron testigos numerosas personas , y que culmina ron con la n egat iva del
funciona rio a cumplir una orden del Concejal de reda cta r un informe en un determi-
na do sentido, por considerar que era una imposición in ad misible, siendo este hecho el
determina nte d e la incoación del expediente.
Inm ediat am ente después de recibida dicha n otificación, don Emilio Mansilla reda c-
t a un escrito dirigido al Alca lde-P residente del Ayunt am iento promoviendo la recusa-
ción del Inst ructor designado, a legando enemistad m a nifiest a y notoria ent re el Con-ceja l y el funciona rio.
CUESTION PLANTEADA
¿Es procedente la recusación del In str uctor designad o?
P r oh i b i d a s ur e p
r o d u c c i ó n t o t a l o p a r c i a l .H e c h o e l d e p ó s i t o q u e m a r c a l a l e y . C o p y r i g h t b y : Mi g u e
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SUPUESTO A-3
El Ayunt a miento de Ta rra gona publica la oferta de empleo público correspondient e
al a ño en curso, en la que incluye diversas plaza s que se encuentran vacan tes, perte-
necientes todas ellas a los grupos C y D, excluyéndose de dicha oferta una plaza de
Arquit ecto Técnico, perteneciente a l grupo B , que igua lmente se encuentra vaca nt e.
Cum plidos los trá mites esta blecidos y realiza da s las pertinentes pruebas selectiva s,quedan cubiertas todas las plazas convocadas, tomando posesión como funcionarios
de car rera los aspiran tes a probados en ca da una de las convocatorias.
Dos meses d espués, por necesida des del servicio, el Ayunt a miento P leno acuerda
cont ra ta r como Arq uit ecto Técnico int erino a d on Enr iqu e Cornellá . Al t ener conoci-
mient o de ello, don J ua n D oménech, Arq uit ecto Técnico resident e en dicha loca lida d,
impugna en reposición el acuerdo de nombram iento.
CUESTION PLANTEADA
¿Puede ser contra ta do un funcionario interino par a una plaza vacant e no incluida
en la ofert a pública de empleo, una vez resuelta la convocat oria?
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SUPUESTO A-4
Don J uan Huert as, funcionar io de carrera del Ayunta miento de Almuñécar, ha sido
expedienta do por presunta fa lta gra ve por var ios a ltercados con sus compa ñeros, ha -
biéndole sido noti ficado el Decreto de la Alcald ía por el qu e se le incoa el expediente
disciplinario, así como el nombramiento de Instructor y Secretario del mismo y la
suspensión provisiona l del expedienta do.El interesado, sabiendo que cae mal a sus compañeros de trabajo y que, según él,
le tienen envidia por sus dotes a rt ísticas y por sus a mplios conocimientos en el área
informát ica, presenta un escrito en el que, alegan do que cuenta con má s de siete años
de servicios efectivos, solicita la excedencia volunt ar ia por int erés part icula r por es-
pacio de dos a ños con el fin de que en este tiempo se va ya n a paciguan do los á nimos.
CUESTION PLANTEADA
¿Puede serle concedida la excedencia volunta ria por int erés pa rt icula r a l funcionario
en cuestión?
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SUPUESTO A-5
El Ayunt a miento de S evilla convoca oposición libre pa ra la provisión en propiedad
de tres plaza s de Técnicos de Administ ra ción G eneral. Rea lizada s la s pruebas perti-
nentes, los tres aspirantes aprobados presentan la documentación acreditativa de
reunir la s condiciones exigidas en la convoca toria , siendo nombra dos funciona rios de
carr era media nte D ecreto del Alcalde-P residente del Ayunt a miento, y se les concedeun plazo de treinta días pa ra presta r juramento o promesa y toma r posesión de sus
plazas.
Tra nscurr ido el plaz o seña la do, uno de los nombra dos, don Ant onio Ruiz , no com-
par ece par a cumplir dichos r equisitos, por lo que el Ayunt am iento, que precisa cubrir
dicha plaza , convoca nueva oposición, convoca toria que es impugn ad a en reposición
por el señor Ruiz a legand o que la pla za convoca da le corresponde a él por h aber supe-
ra do la oposición ant es convocad a y ha ber sido nombra do para la m isma por el Alca l-
de-Presidente.
CUESTION PLANTEADA
¿Se llega a a dquirir la condición de funciona rio de carr era sin ha ber presta do jura-mento o promesa y t oma do posesión de la pla za?
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SUPUESTO A-6
El Ayunt am iento de Cordovilla, mu nicipio de menos de mil ha bita nt es, cuenta por
todo persona l con el S ecreta rio-Int erventor y un Alguacil cont ra ta do. En sesión ple-
na ria se acuerda nombrar Tesorero a u n vecino de la loca lidad , don Miguel Bonilla ,
que ha desempeñado el cargo en otras ocasiones y que se presta a hacerlo por una
retribución simbólica.Otr o vecino, don J ua n C an del, impugna en r eposición el a cuerdo alega ndo infracción
del ordenamiento jurídico.
CUESTION PLANTEADA
¿P uede un vecino de un pequeño mu nicipio ser nom bra do Tesorero del Ayun t am ien-
t o?
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SUPUESTO A-7
Don E milio Olmos, funcionar io de car rera del Ayunt am iento de Ribarr oja del Turia ,
con la cat egoría d e Administ ra tivo, cont ra e ma tr imonio con una extr an jera y a dquiere
la na ciona lidad de ésta , tra sla dan do su residencia al pa ís de su mujer, por lo que, de
acuerdo con la legisla ción vigente, deja de pertenecer a la plant illa d e funcionarios del
cita do Ayunt am iento.Al cabo de cuat ro años de mat rimonio se divorcia, regresa a Es paña y recupera la
na ciona lidad española, volviendo a r esidir en Riba rroja del Turia . Al sa ber que se
encuentr a va cant e una plaz a de Administ ra tivo en el Ayunt am iento, solicita el rein-
greso, just ifica ndo documenta lmente la r ecuperación de la na cionalida d española.
CUESTION PLANTEADA
La pérdida de la nacionalidad española, ¿es causa de pérdida irreversible de la
condición de funciona rio de carr era? D icho de otra forma , ¿puede obtener d on Em ilio
Olmos la reha bilita ción de su cua lida d de funciona rio del Ayunt a miento de Ribarr oja
del Turi a ?
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SUPUESTO A-8
Don Antonio Rupérez es funcionar io de carr era del Ayunt am iento de J aén, con la
categoría de Administrativo, prestando sus servicios en la Casa Consistorial, en Se-
cretar ía Genera l .
A tr avés del correspondiente a cuerdo plenario, el Ayunt a miento lleva a cabo una
reorganiza ción de sus Servicios y a signa a don Ant onio Rupérez un puesto de tr a ba jode Administra tivo en el S ervicio Municipal de E xtinción de I ncendios.
El interesa do recurre el citad o acuerdo en reposición, a legando el derecho ad quirido
a l desempeño de sus funciones como Administ ra tivo en S ecreta ría G eneral, a sí como
el tra storno que le supone presta r sus s ervicios en un cent ro de tra bajo muy alejado
de su domicilio, al q ue tendrá que acudir en aut omóvil , en ta nto que la C a sa C onsis-
torial se encuentra a escasa distancia de su domicilio, a la que diaria mente acude a
pie.
CUESTION PLANTEADA
¿Existe por part e del funcionario un derecho a un concreto y det ermina do puesto
de tr ab ajo, del que no puede ser desplaza do?
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SUPUESTO A-9
Don J ua n L ag o fue elegido Sena dor por la provincia de León en las elecciones ge-
nera les de 1982, momento en q ue desempeña ba el ca rgo de Secreta rio del Ayunt a mien-
to de Toreno del Sil, por cuyo motivo pa só a la sit ua ción a dmi nist ra tiva de «servicios
especiales», sit uación en la que ha perma necido ha sta la fecha .
U na vez reincorporad o a su puesto de tra ba jo municipal por ha ber deja do la política,dirige una escrito a la Corpora ción municipa l en el que interesa q ue, a demá s de sus
ha beres profesiona les, le sea r econocido el derecho percibir una gra tifica ción por ca sa -
ha bita ción, que cifra en 550 euros mensua les, import e del alquiler medio de una vi-
vienda en la localidad, y que como tal se consigne en el Presupuesto municipal del
próximo ejercicio, actua lmente en prepa ra ción, en ra zón a que la venía percibiendo en
1982, si bien por importe d e 280 euros mensua les, habida cuenta los a lquileres medios
por a quellas fechas.
Como funda mento de su petición a lega q ue es un derecho adq uirido, inherente a l
ejercicio del cargo.
CUESTION PLANTEADA
¿Tiene derecho don J ua n La go a qu e le sea reconocida y paga da dicha gr at ificación?
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SUPUESTO A-10
Don E varisto Munera, que desempeña un a plaza de Auxiliar Administra tivo en el
Ayunt a miento de S a gunto, mun icipio de 35.000 ha bita ntes, es sometido a expediente
disciplinario en virtud de Decreto de la Alcaldía como consecuencia de unos hechos
presunt amente constitut ivos de una falt a m uy gra ve.
Tra mita do el expediente con observa ncia de t odas la s formalida des, el Instr uctoreleva propuesta de resolución a l P leno Corporat ivo en la que, calificando como muy
gra ve la fa lta cometida por el expedienta do, considera como san ción aplicable la de
separa ción del servicio. No obsta nt e, el Alcalde-P residente del Ayunt a miento, a legand o
que le incumbe por imperativo legal la jefatura superior de todo el personal de la
Corporación, que entiende lleva implícita la faculta d de sa nciona r, resuelve el expe-
diente media nt e Decreto en el qu e impone la sa nción d e sepa ra ción d el servicio del
expedienta do como aut or de una falta muy gra ve.
El sa nciona do interpone recurso de reposición, alegan do que la sa nción propuesta
debe ser, en su ca so, impuesta por el Ayunt a miento P leno.
CUESTION PLANTEADA
¿P ueden los Alca ldes de los Municipios de régimen común , como jefes superiores de
todo el persona l, imponer la sa nción de s epara ción del servicio?
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11/26
SUPUESTO A-11
El Ayunta miento de Cara vaca a cuerda l levar a cabo una reestructura ción del per-
sona l, a cuyo efecto, entre otra s medidas, implant a el régimen continuad o de maña na
y t a rde, con hora rio flexible, fija ndo un t iempo fijo de obligada concurrencia pa ra todo
el personal, de 9 a 14,30 horas , de lunes a viernes, y el resto, ha sta completar las 37
hora s 30 minutos de jorna da semana l, bien por la mañ an a, a ntes del hora rio de obli-ga da concurrencia, bien por la t ar de, de lunes a jueves, de 14,30 a 18 hora s.
La medida es impugna da en reposición por un grupo de funciona rios que poseen
una s egunda ocupación en jornad a d e ta rde, alegan do que en la Comunida d Autónoma
no se ha legislado nada sobre el part icular y que, por t ant o, se tra ta de una medida
de exclusiva a plica ción a los funciona rios de la Administr ación Civil del Est ad o, ad emá s
del tra storno que tal medida les ocasiona en su actividad laboral .
CUESTION PLANTEADA
¿Pu ede una En tida d Loca l aplicar el régimen de hora rio flexible a sus funciona rios?
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12/26
SUPUESTO A-12
Los funcionarios del Ayunt a miento de Caca belos, que cuenta con una plant illa de
60 persona s, eligen a la J unt a d e Personal, integra da por cinco representa ntes. Tra s
const ituirse la J unt a , se presenta n a l Alca lde-P residente del Ayunt am iento, a l que
exponen a gra ndes ra sgos los fines que se proponen y en el cam bio de impresiones que
tiene luga r los representa nt es de los funciona rios hacen referencia a l crédito de quincehora s mensuales a que tienen derecho dentro de la jorna da la bora l y retribuida s como
de t ra ba jo efectivo.
Día s después, el Pr esidente de la J unt a recibe un escrito del Alcalde en el que se
indica que la gra n a ctividad q ue desarrolla el Ayunt a miento impide cumplir el crédito
de quince hora s mensuales, por lo que las reuniones de la J unta que ha yan de celebrarse
ha brán de ser por la ta rde, fuera del hora rio de tra bajo, o, de ser por las m aña na s, les
serán desconta das de sus haberes.
La J unt a presenta un escrito de protesta , exigiendo de la Alcaldía el reconocimiento
del derecho que les asist e a disponer cada mes de quince horas, dur a nte la jornad a d e
tr aba jo, para dedica rlas a a ctividades propias de la J unta de Personal.
CUESTION PLANTEADA
¿Tienen derecho los miembros de la J unt a d e Persona l a un crédito de determina da s
hora s mensua les para el ejercicio de sus a ctividad es como t ales?
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13/26
SUPUESTO A-13
El Ayunt a miento de Lugo convoca oposición par a la provisión en propiedad de var ias
plaza s del S ervicio municipa l de E xtinción d e Incendios, exigiendo par a ello en la s
bases de la convocatoria una aptitud física específica, traducida, de un lado, en la
superación de diversas pruebas atléticas y, de otro, en la ausencia de determinados
defectos o enfermeda des, entr e los que se encuent ra cualquier dolencia o d eficienciade tipo card íaco, a cuyo efecto y con a nteriorida d a su nombram iento, los as piran tes
apr oba dos sería n sometidos a reconocimiento médico.
Termin ad a s la s pru ebas , en el curs o del reconocimient o médico le es detecta do a
uno de los aspira nt es a probados, don J osé Fra gua s, una dolencia card ía ca desconocida
por el propio interesado q ue si bien le permit e ha cer vida norma l, le impide el desem-
peño de las funciones de bombero, por el riesgo que entr a ña .
A la vist a del informe emit ido por el tr ibuna l médico que efectuó el reconocimiento,
la Alca ldía dicta un D ecreto por el que, a cepta ndo la propuesta del Tribuna l calificad or
de la oposición, nombra funciona rios de car rera a todos los a spira nt es aprobados ex-
cepto a don J osé Fra gua s, por incapa cida d física específica .
El interesa do interpone recurso de reposición contr a dicho Decreto a legand o haber
supera do la t otalidad de las pruebas prescrita s, incluso las at léticas.
CUESTION PLANTEADA
¿Existe falta de aptitud por part e de don J osé Frag uas, y por lo ta nto es improcedente
su nombra miento como funciona rio de carrera ?
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14/26
SUPUESTO A-14
Don Ra món P uma res es funciona rio de ca rrera del Ayunt a miento de Toro, desem-
peñand o una plaza de Arquitecto Superior. Tra s nu eve años de servicios efectivos,
solicitó la excedencia volunta ria , si tuación a dministra tiva en la que ha perma necido
dura nte casi nueve años.
Fa ltá ndole dos meses par a cumplir los nueve años en dicha sit ua ción, el Sr. P uma ressolicit ó el reingr eso en el servicio a ctivo, a cuy a solicitu d no pudo acceder el Ayun t a -
miento por no existir va cant e presupuesta ria , toda vez que las dos pla za s de Arq uitecto
Su perior está n ocupad a s por funciona rios de carr era .
Tra nscurridos dos a ños desde su solicitud de reingreso, el interesa do dirige nuevo
escrit o al Ayunt a miento solicitan do ser decla ra do en la sit ua ción de excedencia forzosa
con el r econocimiento del derecho a la percepción de sueldo, tr ienios, etc., a sí como a l
cómputo del tiempo transcurrido en esta situación a efecto de trienios y derechos
pasivos.
CUESTION PLANTEADA
La falta de vacante presupuestaria, ¿otorga derecho al funcionario en excedenciavoluntaria que solicita el reingreso en el servicio activo a ser declarado excedente
forzoso, con el reconocimiento de derechos económicos?
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15/26
SUPUESTO A-15
Don Alfonso B erna l, funciona rio de ca rrera del Ayunt am iento de Córdoba, solicitó
la excedencia volunt ar ia por int erés part icular, que le fue concedida por ha ber com-
pleta do veinte a ños de servicios efecti vos.
Al cabo de otr os veinte años de perma necer en dicha situa ción a dminist ra tiva y al
ha berse producido va cant e en una pla za d e su cat egoría profesional, solicita el rein-greso al servicio activo.
CUESTION PLANTEADA
¿Tiene derecho el funcionar io ant erior a l reingr eso en el servicio activo?
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16/26
SUPUESTO A-16
El Ayuntamiento de Pozoblanco convoca concurso-oposición para la provisión en
propiedad de una plaza de Arq uitecto Técnico. C umplidos los diferentes t rá mites, se
nombra el Tribuna l que ha de califica r la s pruebas y q ue está constit uido por siete
miembr os, de los qu e dos son Arquit ectos Su periores, dos Arq uit ectos Técnicos, dos
Licenciados en D erecho y un o es B achiller superior, con la cat egoría profesional d eAdministra tivo, que representa en el Tribunal a la J unta de P ersona l.
U no de los aspira ntes a la pla za, don E lías C ifuentes, int erpone recurso de reposición
impugna ndo la const itución d el Tribuna l por la presencia en el mismo del Adminis-
tr a tivo, que ca rece del nivel aca démico exigido para la pla za convocada .
CUESTION PLANTEADA
¿Es exigible un determina do nivel aca démico par a forma r par te de un Tribuna l de
selección de persona l?
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17/26
SUPUESTO A-17
Don J osé La bernia, Arquitecto al servicio del Ayunt a miento de Alma zán , fue sa n-
cionado en virt ud de expediente disciplina rio incoad o cont ra el mismo por fa lta muy
gra ve con sus pensión d e funciones por espacio de cua tro a ños, san ción q ue se convirt ió
en firme al n o ser impugna da por el expedient ad o.
Dicho Ayunta miento, al encontra rse vacant e la plaza en cuestión y da da la necesidadde conta r con los ser vicios d e un Arq uit ecto Su perior, convocó concurso-oposición pa ra
la provisión en propieda d de la misma , nombra ndo nuevo Arq uitecto Superior muni-
cipal, q ue tomó posesión de su plaza seguidam ente.
Cum plido el plazo de cuat ro añ os de suspensión, don J osé La bernia solicitó el rein-
greso en el servicio a ctivo, acorda ndo siete meses má s ta rde la J unt a de G obierno Local
decla ra r al int eresado en situ ación de excedencia volunt aria por falt a de vaca nte pre-
supuestaria .
Cont ra ta l acuerdo, el Sr. Labernia interpuso recurso de reposición interesa ndo ser
declarado excedente forzoso, con los derechos económicos inherentes a tal situación.
CUESTION PLANTEADA
¿Tiene derecho don J osé La bernia a ser d eclara do excedente forzoso?
P r o h i b i d
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18/26
SUPUESTO A-18
Don J ua n S an tiso es funciona rio de carr era del Ayunt a miento de Oviedo, con la
cat egoría de Auxiliar. Al cabo de diez a ños en esta s ubesca la d e Administr a ción G eneral,
obtiene por oposición un a plaz a de Técnico de dicha E sca la y a los doce añ os de servicios
-diez como Auxilia r y dos como Técnico- le es reconocido el cuar to tri enio, en cuy o
importe una par te corresponde a los a ños presta dos como Auxilia r y el resto a l tiempode ser vicio como Técni co.
Don J uan Sa ntiso presenta reclama ción contra esta d iferenciación, interesa ndo que
los cuat ro tr ienios le sea n a bona dos como Técnico de Administ ra ción G eneral.
CUESTION PLANTEADA
El cambio de cuerpo, subescala, clase o cat egoría ¿concede derecho a un funcionario
a percibir los tr ienios completados en su a nterior puesto de tra ba jo con a rreglo a la s
retribuciones correspondient es a la nueva plaza ?
P r oh i b i d a s ur e p
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19/26
SUPUESTO A-19
Don Man uel Lama es funcionario de car rera del Ayunt a miento de H uelva, pert ene-
ciente a la E scala de Administ ra ción E special, Subescala de Servicios Es peciales, clase
P ersonal de Oficios, con la cat egoría de Oficial, desempeñand o las fun ciones de Oficia l
de albañilería .
Como consecuencia de un gr a ve accidente la bora l, sufrido cuando conta ba con másde 50 añ os, el Sr. Lam a ve disminuida su capa cidad física, lo que le impide desempeña r
a ent era sa tisfa cción las funciones correspondientes a su puesto de tr a bajo, sin que,
por otra par te, concurra n las circunsta ncias exigida s para su jubilación por incapa ci-
da d perma nente pa ra el ejercicio de sus funciones.
Al tener conocimiento de la próxima jubilación por edad del portero del complejo
polideportivo municipal, don Manuel solicita le sea a djudica da dicha pla za en virtud
de un a cuerdo a dopta do tiempo a tr ás por el P leno corporat ivo, por el que podía n a ds-
cribirse a los puestos de tra ba jo de Subalt ernos a otros funciona rios de Servicios E s-
peciales por r a zón de eda d o quebra nto físico, a cuyo efecto a lega en su favor t an to la
edad como el accident e de tr a ba jo sufrido.
La J unt a de G obierno Local desestima su solicitud, indicándole que par a a cceder a
ese puesto de trabajo deberá tomar parte en el concurso-oposición que se convoque
cuando la plaza quede va cante.
Cont ra dicho a cuerdo, el interesa do recurre en r eposición, insist iendo en su a rgu-
ment ación -desconocida por la J unt a de G obierno Loca l en el a cuerdo recurrido- y
aporta cert ifica ción médica a credita tiva de que el quebran to físico que pa dece le per-
mite d esarr olla r con entera norma lidad las funciones de portero del complejo polide-
port ivo, a demá s de r eunir la s condiciones exigidas por el a cuerdo plenario.
CUESTION PLANTEADA
¿Pu ede un funciona rio de la E scala de Administ ra ción Especia l, Subescala d e Ser-
vicios Especiales, acceder directam ente a un puesto de tra ba jo de Sub alt erno, perte-neciente a la E sca la de Administra ción G enera l , Subescala de Subalt ernos?
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20/26
SUPUESTO A-20
El N egocia do de Persona l del Ayunt a miento de Ha ro se dirige a todos los funciona rios
de la plantilla para que fijen su período de vacaciones entre los meses de junio y
septi embre, bien en un s olo período o bien en dos de qui nce día s, a fin de confecciona r
el plan a nua l de vaca ciones.
Al funciona rio don Pedr o E guizába l, que pretende disfrut ar las divididas por ra zonesde estudios, una quincena en ma yo y otra en octubr e, se le objeta que su petición va
contr a la n orma tiva en esta ma teria y que, por tr a ta rse de un supuesto excepcional
no cont emplado en la legisla ción de la Comunida d Autónoma de La Rioja , debe solici-
ta rlo de la Alcaldía .
CUESTION PLANTEADA
¿Es obliga torio pa ra los funciona rios de la Administr a ción disfrut ar las va caciones
a nua les entre los meses de junio y septiembre?
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21/26
SUPUESTO A-21
El Ayunt a miento de León t iene vacan tes dieciocho plaza s de la S ubescala Adminis-
tr a tiva de la Es cala de Administ ra ción G eneral, convoca ndo las correspondient es prue-
bas pa ra su provisión en propiedad y r eserva ndo todas ella s para promoción interna
de aquellos funcionarios que reúnan la titulación y demás requisitos exigidos en la
convocatoria.U na Asociación de Vecinos de la loca lidad presenta un escrito de protesta a l Ayun-
tamiento por haber convocado todas las plazas para promoción interna, cuando lo
obligat orio, como má ximo, es una reserva de nueve plaz a s -el 50 por 100 de la s convo-
cadas-.
En bas e a ello, la referida Asociación solicita la a nula ción de las prueba s celebrada s.
CUESTION PLANTEADA
¿Es obligat orio reservar par a la pr omoción int erna , como má ximo, el 50 por 100 de
las plaza s convocada s?
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22/26
SUPUESTO A-22
Don J osé Ort uño desempeña el cargo de Secretar io-Int erventor del Ayunt am iento
de Cuéllar. En cierta ocasión deja de cumpliment ar una orden de la Alca ldía, hecho
qu e ésta ca lifica de gra ve por su t ra scendencia y efectos, por lo que dicta un Decreto
en virtud del cual se incoa expediente disciplinario al Sr. Ortuño, al tiempo que se
solicita de la Dir ección Genera l de la Función Pública del Ministerio par a la s Admi-nistr aciones P ública s la instr ucción del expediente.
Ant e ello, el Sr. Ortuñ o dirige escrito a la Alcaldía a legando su incompetencia pa ra
ordenar la incoación del expediente disciplinario, por entender que dicha competencia
es de la D irección General de la Función P ública, ya que, ademá s, las fa ltas conside-
ra da s como gra ves en la legislación de la Comunidad Autónoma de Ca stil la y León son
las mismas que las de la legislación del Est ado.
CUESTION PLANTEADA
¿Puede un P residente de C orpora ción incoar expediente disciplina rio a un funcio-
na rio con habili tación de cará cter esta ta l?
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SUPUESTO A-23
El Ayunta miento de Málaga acuerda la insta lación de un reloj-mar cador a f in de
contr olar el cumplimiento del hora rio de tra ba jo por pa rt e de sus funciona rios y a t al
f in se da tr a slado a t odos los funcionar ios de un a cuerdo adopta do por la J unta de
G obierno Local en virt ud del cual el incumplimiento injustificado del horar io de tra ba jo
inferior a un t ota l acumulado de diez hora s a l mes será penalizado mediante D ecretode la Alcaldía con la deducción proporciona l de r etribuciones, efectuá ndose a ta l efecto
el cálculo del valor de la hora de trabajo de cada funcionario, y de sobrepasar este
límite tendrá la consideración de falta grave y como tal será objeto de expediente
disciplinario, acuerdo que es ad opta do previo informe favorable de la J unt a de P erso-
nal .
Dicho acuerdo no es recurrido, adq uiriendo firmeza , y a los seis meses de su puesta
en práctica don J ulián Suriá , Técnico de Administ ra ción Genera l, que a lo lar go del
mes a nterior ha incumplido su horario de tra ba jo en ocho hora s, ve reducida s u nómina
mensua l con la deducción de una ca ntid ad equiva lente a ocho horas de tr aba jo.
El funciona rio en cuestión dirige escrito a la J unta de Gobierno Local int eresando
la a nula ción de la sa nción, por no esta r cont emplada a par tir d e 1992 ni en la legislaciónesta ta l ni en la a utonómica y n o ha ber existido previam ente expedient e disciplina rio,
así como el reintegro de la can tida d indebidam ente deducida .
CUESTION PLANTEADA
¿Pu eden ser deducidos los ha beres de don J ulián S uriá en la forma q ue lo ha n sido,
sin previa instr ucción de expediente sa nciona dor?
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24/26
SUPUESTO A-24
El Alca lde del Ayunt am iento de B urgos impuso al funciona rio don Luca s Montes la
sa nción de suspensión de funciones por un período de cuat ro añ os, a consecuencia d e
la comisión d e dos fa lta s gra ves, en concreto por la emisión de informes ma nifiesta-
mente ilega les y por no guar da r el debido sigilo por los as unt os que conocía por ra zón
del carg o, ha biendo ca usa do por ello perjuicio a la Corporación m unicipal.Ademá s, a l ha ber indicios de delito, el Alcald e puso los hechos en conocimiento de
los juzga dos del ord en pena l, resolviendo el expediente disciplina rio una vez que dichos
órgan os jurisdicciona les dictar on sentencia.
El Sr. Montes interpuso recurso de reposición contra la resolución disciplinaria,
alegando:
a ) Que el procedimiento disciplina rio es nulo, al no haberse ad mitido y pra cticado
la pru eba propuesta por el interesado.
b) Que la sa nción impuesta es nula , al ha berse impuesto con cla ra indefensión del
sa nciona do, al n o permit irse modificar los hechos probados de la s entencia pena l,
y porq ue conculca el principio jurí dico «non b is in id em».CUESTION PLANTEADA
¿Pu ede el Alcalde imponer la sa nción d isciplinaria en los términos descritos?
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SUPUESTO A-25
Don Luis Monfort , Técnico de Administra ción G eneral del Ayunt am iento de Ma ssa -
na sa (Va lencia ), estuvo de ba ja la bora l dura nte cua tr o meses, has ta el 28 de febrero,
momento en el que se le dio la a lta médica.
El 1 de ma rzo presentó un escrito en el Ayunt a miento, dirigido al C oncejal de R e-
cursos Hu ma nos, indican do que no se reincorporía a s u puesto de tra ba jo hast a el 20de marzo, pasada s las f iesta s de Fa llas, por desempeñar a ctividades particulares en
la Agrupación fallera a la q ue pert enece. Sin esperar r espuesta a lguna , así lo hizo.
Ante ello, el Ayuntamiento le incoó expediente disciplinario por comisión de una
falt a muy gr ave, lo que determin ó la sa nción de separa ción del servicio.
El Sr. Monfort presentó recurso de r eposición, a legando qu e su conducta no puede
calificarse de abandono de servicio y que, en consecuencia, no procede la sanción de
separación del servicio.
CUESTION PLANTEADA
¿Es procedente la separa ción del servicio por la conducta del funciona rio municipa l?
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SUPUESTO A-26
El Ayun t a mient o de Villa fra nca convocó concurs o-oposición pa ra cubrir siet e pla za s
va can t es de Técnicos de Administ ra ción G enera l, concediendo en la fa se de concurso
a los interinos 0,20 puntos por m es tra ba jado en la C orpora ción, con un má ximo de 10
punt os sobre un t ota l de 100 que pueden obtener se en los ejercicios de la oposición.
E nt re los vocales del Tribuna l califica dor figura n los conceja les don Angel Ca muña sy don Federico Arna l, representa ndo, respectivamente, al P P y a l P SOE, que conforma n
la Corporación Municipal.
Una de las aspirantes, doña María Isabel Ortuño, que no está af i l iada a ningún
sindicat o, impugna la composición del Tribuna l calificad or de las pr uebas, a legand o
qu e los referidos ma nda ta rios municipales no pueden forma r pa rt e del mismo.
CUESTION PLANTEADA
¿Pueden los concejales formar parte de los órganos de selección de personal del
propio Ayun ta mient o?
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