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SISTEMA NACIONAL DE PAGOS Introducción El Sistema de Pagos es el conjunto de instituciones, instrumentos, sistemas, normas y procedimientos utilizados por los agentes económicos para transferir fondos y efectuar pagos de tal forma que se faciliten las transacciones de bienes y servicios en la economía. Su función principal es asegurar la circulación del dinero en la economía. En los Artículos No. 2, 16 y 54 de la Ley del Banco Central de Honduras (BCH), se establece el compromiso que tiene esta institución con respecto a los sistema de pagos, aspecto que se recoge en su Misión Institucional, la cual señala que: “En el Banco Central de Honduras somos responsables de velar por el mantenimiento del valor interno y externo de la moneda nacional y el buen funcionamiento y estabilidad de los sistemas financiero y de pagos del país.” La mención que se hace del sistema de pagos en la razón de ser de esta Institución, se debe a la importancia que los mismos tienen en cuanto a la seguridad y estabilidad del Sistema Financiero Nacional así como, al papel que juegan los sistemas de pago en la responsabilidad clave del Banco Central en el logro y mantenimiento de la estabilidad monetaria. El Sistema Nacional de Pagos en Honduras está compuesto por: Instrumentos: Diferentes del efectivo, cheques, tarjetas de débito, tarjetas de crédito, tarjetas pre pagadas, trasferencias de fondos, etc. Instituciones: Instituciones financieras, operadores de redes de comunicación y cajeros automáticos (ATM). Base Legal: Leyes, reglamentos, normas y procedimientos. El Sistema Financiero Nacional que forma parte del sistema de pagos, a enero de 2011 está constituido así: 17 Bancos Comerciales, 1 Banco Estatal, BCH, 7 Casas de Bolsa, 11 Sociedades

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SISTEMA NACIONAL DE PAGOS

Introducción

El Sistema de Pagos es el conjunto de instituciones, instrumentos, sistemas, normas y procedimientos utilizados por los agentes económicos para transferir fondos y efectuar pagos de tal forma que se faciliten las transacciones de bienes y servicios en la economía. Su función principal es asegurar la circulación del dinero en la economía.

En los Artículos No. 2, 16 y 54 de la Ley del Banco Central de Honduras (BCH), se establece el compromiso que tiene esta institución con respecto a los sistema de pagos, aspecto que se recoge en su Misión Institucional, la cual señala que: “En el Banco Central de Honduras somos responsables de velar por el mantenimiento del valor interno y externo de la moneda nacional y el buen funcionamiento y estabilidad de los sistemas financiero y de pagos del país.”

La mención que se hace del sistema de pagos en la razón de ser de esta Institución, se debe a la importancia que los mismos tienen en cuanto a la seguridad y estabilidad del Sistema Financiero Nacional así como, al papel que juegan los sistemas de pago en la responsabilidad clave del Banco Central en el logro y mantenimiento de la estabilidad monetaria.

El Sistema Nacional de Pagos en Honduras está compuesto por:

Instrumentos: Diferentes del efectivo, cheques, tarjetas de débito, tarjetas de crédito, tarjetas pre pagadas, trasferencias de fondos, etc.

Instituciones: Instituciones financieras, operadores de redes de comunicación y cajeros automáticos (ATM).

Base Legal: Leyes, reglamentos, normas y procedimientos.

El Sistema Financiero Nacional que forma parte del sistema de pagos, a enero de 2011 está constituido así: 17 Bancos Comerciales, 1 Banco Estatal, BCH, 7 Casas de Bolsa, 11 Sociedades Financieras, 6 Casas de Cambio, 12 Instituciones de Seguros, y otras Instituciones Financieras de menor importancia.

Antecedentes

En los últimos años, los avances observados en los medios de comunicación han incidido en una mayor integración de las transacciones financieras, trayendo consigo nuevas formas y modalidades de pago en el Sistema Financiero Nacional, incremento de los volúmenes y la rapidez en su manejo. Para el corto y mediano plazo, se prevé una mayor integración de los sistemas financieros, tanto con los países Centroamericanos y República Dominicana, así como con aquellos con los cuales se están incrementando las relaciones comerciales a través de los tratados de libre comercio.

Si bien se han alcanzado importantes logros en la automatización de la compensación de cheques y de pagos electrónicos, el BCH y los Bancos del Sistema Financiero Nacional, reconocen que los actuales sistemas de pago domésticos están limitados en relación a la disponibilidad de instrumentos y medios de pago y no satisfacen en su totalidad las necesidades de los usuarios, en relación a la evolución de una economía de mercado creciente, razón por la cual desde hace algunos años el Banco Central emprendió la tarea de modernizar los sistemas de pago en Honduras.

La reforma emprendida se remonta al año 2002, cuando el BCH solicitó al Banco Mundial y al Fondo Monetario Internacional, elaborar un diagnóstico del Sistema Financiero Nacional, para conocer el punto de vista de los expertos, sobre las condiciones de dicho sistema. Derivado de ello, nace la iniciativa de mejorar los sistemas de pago en nuestro país, lo cual propició gestionar recursos para este propósito, diligencias que se concretaron a través de la firma del convenio de préstamo para el “Programa Asistencia Técnica al Fortalecimiento del Sistema Financiero” (PATSF), suscrito el 16 de octubre de 2003, entre el Gobierno de Honduras y la Asociación Internacional de Fomento (AIF) que es una entidad del Banco Mundial.

En el diagnóstico, se evaluaron los sistemas de pago existentes en nuestro país, los cuales tenían una gran relevancia como ser: La Cámara de Compensación Electrónica de Cheques (CCECh), administrada por el Centro de Procesamiento Interbancario S.A. de C.V. (Ceproban), la que inició operaciones el 26 de marzo de 2001 y el Sistema de Transferencia de Fondos (STF), relacionado con las cuentas de las Instituciones Financieras y del Gobierno, que maneja el BCH.

En agosto de 2004, se reforma el Artículo 54 de la Ley del BCH, el cual señala que el BCH en coordinación con la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) organizará y reglamentará el funcionamiento del Sistema de Pagos, como consecuencia de ello, en el 2005, el BCH, la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA) y la Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas (SEFIN), elaboraron un Diagnóstico Tecnológico, que identificó los recursos de hardware y software con que contaban los participantes.

Posteriormente, el Directorio del BCH mediante Resolución No. 398-11/2006 del 1 de noviembre de 2006, aprobó los Términos de Referencia para la contratación de una firma nacional o internacional que implemente los sistemas Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR), Central Depositaria de Valores (CDV), Sistema de Administración de Valores Gubernamentales (SAVAG), los enlaces y servicios asociados, lo que origina la firma de un contrato el 12 de marzo de 2009, el cual no se concreto. En la actualidad se está trabajando en una nueva licitación para la adquisición de estos sistemas.

Adicionalmente, en el 2006 se aprobó el “Reglamento de Sistemas de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago”, con el propósito de sentar las bases legales para el inicio de las transferencias electrónicas, lo que dio como resultado el nacimiento de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago (ACH PRONTO) en abril de 2007.

El 5 de marzo de 2007, el BCH, la CNBS y la SEFIN elaboraron el Anteproyecto de Ley del Sistema de Pagos y Liquidación de Valores, el cual fue presentado al Congreso Nacional de la República, a través de la Comisión de Finanzas de ese poder del Estado.

El 11 de agosto de 2008 se firma el contrato entre la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) de la CNBS y la empresa Softmanagement, para el desarrollo del Sistema Electrónico de Negociación de Divisas (SENDI), el cual sale a producción oficialmente en septiembre de 2009.

Posteriormente, el Congreso Nacional de la República aprueba el Tratado sobre Sistemas de Pagos y de Liquidación de Valores el 31 de octubre de 2008, el cual fue publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 27 de noviembre de 2008 y ratificado por el Sistema de Integración Centroamericana (SICA) el 6 de febrero de 2009.

El 8 de octubre de 2009, el Directorio del Banco Central de Honduras, mediante Resolución No. 454-10/2009, crea el Departamento de Sistema de Pagos, a través del cual está asumiendo el papel de líder en la formulación e implementación de la estrategia para la modernización del Sistema Nacional de Pagos.

Reformas al Sistema de Pagos en Honduras

El objetivo general de la reforma al Sistema Nacional de Pagos es mejorar y modernizar los instrumentos y medios de comunicación utilizados, así como fortalecer la base legal, de manera que en conjunto se reduzca cualquier riesgo asociado, convergiendo en una liquidación de pagos segura y transparente.

En forma específica, los principales objetivos de la reforma se encaminan a lo siguiente:

Normar la validez y eficacia de los diferentes sistemas de pago y liquidación de valores, conforme a los principios y estándares emitidos por el Banco de Pagos Internacionales (Bank of International Settlements, BIS).

Normar las garantías que se constituyan por los participantes, en los sistemas de pagos y de liquidación de valores, así como los efectos de los procedimientos de insolvencia sobre las operaciones de garantía.

Establecer un marco legal robusto, dentro del cual el BCH ejercerá su función de velar por el buen funcionamiento de los sistemas de pago y liquidación de valores.

Lograr que los cambios concebidos estén en armonía con la dinámica que ha alcanzado la actividad económica de nuestro país, lo que ha traído consigo un aumento en el volumen de transacciones, que implica la necesidad de reformas orientadas a la separación de las transacciones de alto y de bajo valor, que coadyuven a minimizar los riesgos que afectan la seguridad y eficacia de los sistemas de pago. Esta separación se logrará a través de la

implementación de un Sistema LBTR y consecuentemente, lograr la automatización y mejora de los demás sistemas asociados.

Operar por parte del BCH un Sistema LBTR moderno, para pagos de alto valor, el cual se constituirá en la columna vertebral del sistema de pagos en Honduras.

Fortalecer la red de comunicaciones entre el BCH y los participantes de los sistemas, en términos de robustez y eficiencia, así como la aplicación de medidas estrictas para el acceso físico y electrónico a los sistemas.

Implementar planes de contingencia y sitios alternos de recuperación en casos de desastres, así como la implementación de medidas para garantizar la continuidad de las operaciones y la capacidad de respuesta de los sistemas.

Visión del Sistema de Pagos en Honduras

Los principales pilares y elementos que caracterizarán a los Sistemas de Pago en Honduras, serán los siguientes:

Pilar I. Los Sistemas de Pago en Honduras operan en un ambiente legal sólido y robusto que garantice la firmeza de la liquidación.

El BCH apoyará el contar con un marco legal robusto para la liquidación de pagos y valores, procurando de una manera proactiva, fortalecer el marco legal y reglamentario, elaborar los borradores de leyes primarias y secundarias, incluyendo las normas y reglamentos de todos los sistemas que lo conformarán.

Pilar II: Los Sistemas de Pago de Importancia Sistémica (SIPIS) en Honduras son seguros y eficientes y cumplen plenamente con los Principios Básicos para SIPIS del Comité de Sistemas de Liquidación y Pagos CPSS (conocida por sus siglas en inglés)

El BCH operará un Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (LBTR), el que se constituirá en la columna vertebral de los Sistemas de Pago en Honduras, contará con reglas y procedimientos claros, los cuales especificarán todas las herramientas para gestionar los riesgos legales, financieros y operativos.

El diseño del sistema incluirá una red de comunicaciones robusta y segura, se aplicarán medidas estrictas de seguridad para el acceso al sistema, se implementarán planes de contingencia y mecanismos de recuperación de desastres, para garantizar la continuidad de las operaciones y su capacidad de respuesta.

El sistema LBTR quedará integrado de manera segura y eficiente con otros sistemas y permitirá el procesamiento ininterrumpido de principio a fin (straight through processing, STP). Será utilizado para la liquidación de los sistemas minoristas o sub sistemas de pagos y también para la liquidación de los valores gubernamentales para lograr la entrega contra pago (delivery vs payment).

El BCH emitirá una declaración de política de control de riesgos, a la cual deberán adherirse todos los sistemas y sus participantes.

Pilar III: Los Sistemas de Pago Minoristas son eficientes, sólidos e interoperables y dan soporte a una amplia variedad de instrumentos y servicios de pago.

El BCH jugará un papel fundamental a favor de la seguridad y eficiencia de los sistemas de pago minoristas, proveyendo a la economía de Honduras de una amplia variedad de servicios seguros y eficientes.

El BCH trabajará junto con el administrador de los Sistemas de Pagos de Bajo Valor (CEPROBAN) para asegurar que los riesgos financieros sean minimizados, además aprobará todas las normas y reglamentos que se emitan para el funcionamiento de la Cámara de Compensación Electrónica de Pago (ACH PRONTO) y de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques (CCECh).

Pilar IV: Los Mercados Interbancarios de Dinero están plenamente desarrollados y estrechamente integrados con los sistemas de liquidación.

El marco legal, reglamentario y de vigilancia del mercado interbancario de dinero, como elemento importante para la administración de la liquidez, se mejorará al mismo tiempo que las mejoras a los sistemas de liquidación con quien estarán estrechamente ligados.

Pilar V: Los cobros y pagos del Gobierno están plena y eficientemente integrados con el Sistema Nacional de Pagos.

El actual sistema de pagos del gobierno será fortalecido, la gran mayoría de estos pagos serán procesados en forma electrónica, utilizando los sistemas actuales y previstos, para asegurar que todos los beneficios de la reforma al sistema de pagos, sean recibidos por todos los sectores y segmentos del país.

Pilar VI: Los Sistemas de Depósito, Compensación y Liquidación de Valores son seguros y eficientes y cumplen plenamente con los estándares internacionales. Además, contribuyen al desarrollo de los mercados de capitales.

El Banco Central de Honduras requiere de una solución tecnológica que mediante sistemas de información automatizados, permita en primer lugar, modernizar y consolidar la Administración de Valores Gubernamentales en el mercado primario en forma armónica y bajo estándares internacionales, que manejen todos los aspectos asociados a la emisión, negociación, custodia y servicio de la deuda; en segundo lugar, realizar subastas electrónicas en forma interactiva y efectuar negociaciones en forma directa (ventanilla).

Con el objeto de desarrollar los mercados monetarios, de valores y de capitales, se prevé en el corto y mediano plazo, la implantación de una Depositaria Central de Valores que facilitará la custodia de Valores Gubernamentales de los participantes directos e indirectos y permitirá la transferencia de valores en el mercado secundario, coadyuvará al desarrollo

del mercado interbancario y a la provisión intradiaria de liquidez por parte del Banco Central y al préstamo de valores.

El BCH considera viable que se utilicen las cuentas de encaje que mantienen los bancos en la institución, para la liquidación de las operaciones con valores como el medio más efectivo para eliminar el riesgo.

Pilar VII: El marco de vigilancia y de supervisión para los sistemas de pago y de liquidación de valores, están claramente definidos y el BCH ejecuta en forma efectiva su autoridad como vigilante en cooperación con otros reguladores

El BCH pretende ejercer en forma efectiva la función de vigilante del sistema de pagos del país. El artículo 2 de la Ley del BCH le otorga a éste el soporte legal necesario para establecer la función de vigilancia.

El BCH promoverá la protección de los intereses de los consumidores, en coordinación con otros reguladores.

En relación con el alcance de su papel de vigilancia, el BCH prestará atención tanto a los sistemas de pago de importancia sistémica, como a los sistemas minoristas o sub sistemas de pago, debido a que estos últimos son particularmente importantes para apoyar la actividad económica del país.

En la ejecución de su papel de vigilancia, el BCH deberá realizar esta función en forma efectiva. Para estos fines, creará la estructura encargada de la supervisión. Asimismo, velará por el cumplimiento de las normas, reglamentos y acuerdos debiendo a la vez, retroalimentar a los participantes con la información proveniente de las operaciones que realice.

El BCH continuará siendo un proveedor directo, propietario y operador de servicios de compensación y liquidación. En relación con estos servicios, se tendrá cuidado para asegurar que los mismos cumplan en forma rutinaria con niveles apropiados de servicio y desempeño.

El BCH y otros entes reguladores, evaluarán, identificarán e introducirán cambios en los procedimientos y procesos para corregir inconsistencias presentes en la reglamentación y asegurarán un alto nivel de cooperación en cuanto a la forma en que implementan las políticas respectivas.

Pilar VIII: El Sistema Nacional de Pagos cuenta con un esquema de cooperación efectivo, estructurado, beneficioso y productivo

El Banco Central de Honduras como ente regulador, propiciará una discusión profunda con las instituciones públicas y privadas, en este contexto, es de vital importancia definir la participación y responsabilidad de los entes involucrados como: El Banco Central de Honduras, la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, la Secretaría de Finanzas, Ceproban, AHIBA e instituciones financieras entre otros, cuya participación será determinante para garantizar el éxito del proyecto.

Modernización de los   Sistemas de Pagos

Comites

Comités del Sistema de Pagos en Honduras

En concordancia con las reformas, mediante Decreto Ejecutivo No. 001-2004, publicado en el Diario Oficial la Gaceta el 11 de febrero de 2004, se creó un Comité de Política del Sector Financiero, con la finalidad de que actúe como una instancia de coordinación entre las instituciones del sector público y privado involucradas en la ejecución del proyecto “Asistencia Técnica del Sector Financiero” el cual es un soporte para lograr un sistema de pagos y liquidación de valores seguro y eficiente.

Este comité está conformado por los titulares de:

La Secretaría de Estado en los Despachos Finanzas, quien lo presidirá; Banco Central de Honduras y La Comisión Nacional de Bancos y Seguros.

A lo interno del Banco Central de Honduras, se creó el Comité Coordinador del Sistema Nacional de Pagos (CCSNP), cuya finalidad es dar seguimiento al proceso de reforma y a la estrategia de modernización del sistema de pagos, de manera que se alcancen sus objetivos, también se han integrado diferentes equipos multidisciplinarios conformados con personal experimentado de las dependencias involucradas.

Asimismo, se designó un Equipo Coordinador del Proyecto LBTR y Sistemas Relacionados para el control y seguimiento de los mismos.

Los comités, los equipos multidisciplinarios y el equipo coordinador conocen la importancia de observar los principios básicos establecidos por el Banco de Pagos Internacionales (BIS) y los estándares internacionales relacionados con los sistemas de pagos.

Proyectos de Modernización

INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA

Estos proyectos incluyen la adquisición de Hardware y Software, el fortalecimiento de la red de comunicaciones entre el BCH y los participantes del sistema, en términos de robustez y eficiencia, la aplicación de medidas estrictas de seguridad para el acceso físico y electrónico a los sistemas, ejecución de planes de contingencia y mecanismos de recuperación de desastres y la implementación de medidas a todo lo largo del sistema de pagos, para garantizar la continuidad de las operaciones y la capacidad de respuesta de éste.

SISTEMA DE LIQUIDACIÓN BRUTA EN TIEMPO REAL (LBTR)

Constituye una herramienta fundamental para facilitar al BCH el ejercicio de las funciones de administración de liquidez, supervisión del sistema de pagos y la ejecución de política monetaria. Las principales actividades que se ejecutarán con este sistema serán:

Liquidación bruta en tiempo real de pagos interbancarios de alto valor. Liquidación de posiciones netas desde la Cámara de Compensación Electrónica de

Cheques (CCECh) y la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónica de Pago (ACH PRONTO por sus siglas en ingles) y de otros instrumentos financieros.

Liquidación de transacciones derivadas de las operaciones en el mercado de valores, tanto primario como secundario a través de un enlace efectivo con la CDV.

Liquidación de pago a proveedores generados a través del Sistema Integrado de Administración de Financiera (SIAFI).

Brindar facilidades de crédito a los participantes y mecanismos de optimización de liquidez.

CENTRAL DEPOSITARIA DE VALORES (CDV)

Este sistema tendrá el detalle de todos los tenedores de valores emitidos por el gobierno y BCH. Asimismo, estará enlazado en tiempo real con el sistema LBTR para la liquidación automática de operaciones en el mercado de valores, operaciones de liquidez intradia y overnight. Además, la CDV contará con un módulo de negociación que permitirá al BCH llevar a cabo la negociación de los valores gubernamentales que se emitan por parte del BCH y del Gobierno.

MÓDULO DE ADMINISTRACIÓN DE CUENTAHABIENTES GUBERNAMENTALES (MACG)

El objetivo principal de este módulo, es administrar las cuentas de depósitos de los participantes indirectos, es decir de todas las Instituciones Gubernamentales que actualmente mantienen cuentas en el BCH.

SISTEMA DE INFORMACIÓN PARA LA GESTIÓN ECONÓMICA Y FINANCIERA (SIGEF)

Su objetivo es implementar un nuevo sistema de información financiera que le permita al BCH estar acorde con los requerimientos de integración de la contabilidad al nuevo Sistema de Pagos. Este sistema estará basado en la gestión de procesos e implementación de las mejores prácticas de la industria, a través de un sistema de tipo ERP (Enterprise Resource Planning), el cual incluye entre otros módulos, el Mayor General de la Contabilidad.

SISTEMA INTERCONEXIÓN DE PAGOS (SIP)

Es un esquema de pagos que tiene como propósito brindar los mecanismos automatizados que permitan a los participantes directos, liquidar electrónicamente, en forma bruta y en tiempo real, sus operaciones derivadas de pagos intraregionales en dólares de los Estados Unidos de América.

Dicha iniciativa está siendo patrocinada por La Secretaría del Consejo Monetario Centroamericano (CMCA) entre sus países miembros; siendo los participantes directos los bancos centrales de Centroamérica y República Dominicana. El BCH como miembro del grupo está participando activamente en la iniciativa y en estos momentos se encuentra en la elaboración de un esquema manual de operaciones, mientras se concluye con la implementación de la LBTR.

Los sistemas de pagos en operación, actualmente están interconectados con el Sistema Integrado de Contabilidad (SIC) a futuro todos se enlazaran con la LBTR. En el siguiente diagrama se muestran la interacción que tendrán los sistemas de pagos en proceso de desarrollo con la LBTR.

ACH PRONTO:

Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago

CCECh: Cámara de Compensación Electrónica de ChequesCDV: Depositaria Central de ValoresLBTR: Liquidación Bruta en Tiempo Real

MACG: Módulo de Administración de Cuentahabientes Gubernamentales

SIGEF 1/: Sistema de la información para la Gestión Económica y Financiera

Sistemas de pagos actuales

Cámara de Compensación Electrónica de Cheques (CCECh)

INTRODUCCIÓN

Con el propósito de agilizar el proceso de pago de los cheques emitidos por el sistema bancario hondureño en moneda nacional y extranjera (dólares estadounidenses), el Banco Central de Honduras (BCH) y la Asociación Hondureña de Instituciones Bancarias (AHIBA), consideraron conveniente establecer una Cámara de Compensación Electrónica, para procesar en forma automática los cheques emitidos, utilizando tecnología de reconocimiento de imágenes y caracteres, proceso que, agiliza y hace más eficiente el sistema de compensación de cheques, eliminando los saldos no confirmados en las cuentas de cheques, ayudando al manejo de la tesorería de los bancos.

Actualmente, este sistema es administrado por el Centro de Procesamiento Interbancario S.A. de C.V. (Ceproban), empresa que fue constituida por los bancos del Sistema Financiero Nacional con el objetivo de procesar y liquidar los cheques emitidos por el sistema bancario hondureño.

ANTECEDENTES

Mediante Resolución de Directorio No. 283-8/99 del 19 de agosto de 1999, el BCH designa a la AHIBA como responsable de la administración del nuevo proceso operativo electrónico de la Cámara de Compensación Nacional, dejando plenamente establecido que la función final de debitar o acreditar las cuentas de encaje de los bancos participantes siempre es una atribución exclusiva del BCH, tal como se establece en el artículo No. 54 de su ley orgánica, donde menciona que las cuentas de depósito de los bancos del sistema en el BCH, servirán de base para el buen funcionamiento de los sistemas de pago.

La AHIBA propuso un esquema muy similar al que rige en otros países donde el proceso de cámara es administrado por una empresa constituida por todos los bancos del sistema con aportes iguales de capital, la propuesta de la AHIBA fue congruente con un eficiente manejo del proceso operativo, debido a que todos los bancos serian parte interesada del referido proceso y por tanto responsables en forma directa de las transacciones a liquidarse en el seno de la cámara y, a su vez, vigilantes de la transparencia operativa.

Por lo anterior, el 6 de julio de 2000, mediante Resolución de Directorio No. 212-7/2000, el BCH autorizó a la AHIBA para que pueda pactar dentro de los parámetros establecidos en el convenio suscrito, el proceso de Cámara de Compensación Electrónica con el Centro de Procesamiento Interbancario S.A. de C.V. (Ceproban), empresa que para tal efecto constituyeron posteriormente todos los bancos del sistema.

Asimismo, para ejecutar el proceso de la Cámara de Compensación Nacional en forma electrónica, fue necesaria la estandarización del formato de los cheques, emitidos por el Sistema Bancario Hondureño, en cuanto a tamaño, tintas magnéticas, papel, símbolos y localización de los campos de información, es por eso que, mediante Resolución de Directorio No. 205-6/2000 el 29 de junio de 2000 el BCH , aprueba la Normativa para Estandarizar el Proceso Automatizado de los Cheques Emitidos por el Sistema Bancario Hondureño. Estas disposiciones entraron en vigencia el 1 de noviembre de 2000 para otorgar al Sistema Financiero el tiempo necesario para hacer la divulgación del nuevo formato de cheque que utilizarían sus cuentahabientes, período que posteriormente fue extendido al 1 de enero de 2001, mediante Resolución de Directorio No. 357-11/2000, del 2 de noviembre de 2000.

El 13 de julio de 2000, mediante Resolución de Directorio No. 237-7/00, el BCH autorizó el convenio especial para la administración del Proceso Electrónico de la Cámara de Compensación Nacional consignando en el mismo las normas y procedimientos que debe aplicar la AHIBA y la empresa a constituirse por todos los bancos del sistema (Ceproban).

En la Resolución de Directorio No. 423-12/2000 del 21 de diciembre de 2000, el BCH aprobó Las Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques que constituyen el procedimiento base para participar en el nuevo proceso de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques.

El 26 de marzo de 2001 iniciaron operaciones la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques y el Ceproban, empresa que administra dicho sistema.

Las Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques fueron reformadas posteriormente según Resoluciones números 124-5/2001 del 3 de mayo de 2001; 432-12/2002 del 19 de diciembre de 2002; 27-1/2005 del 27 de enero 2005; 344-8/2007 del 31 de agosto de 2007 y 167-5/2008 del 8 de mayo de 2008.

MECANISMO DE FUNCIONAMIENTO

Participantes

Participan directamente en la CCECh: El BCH, los bancos del sistema financiero hondureño y demás instituciones autorizadas por el BCH.

Documentos Compensables

Podrán ser pagados a través de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques los documentos en moneda nacional y extranjera (dólares estadounidenses) emitidos por el sistema bancario hondureño de conformidad con la Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques, emitida por el Directorio del BCH.

Horario

La compensación de cheques en la CCECh se efectúa de lunes a viernes en dos horarios diarios, distribuidos así:

La primera compensación tiene un horario para transmisión de datos e imágenes de documentos que inicia a las 9:00 a.m. y concluye a las 6:00 p.m.

La segunda compensación se inicia a las 6:01 p.m. y termina a las 7:30 p.m., en la que son transmitidos, electrónicamente, los datos de aquellos documentos rechazados por las instituciones bancarias derivados de la primera compensación y los motivos respectivos.

Al concluir el horario de la segunda compensación, Ceproban es el responsable de proporcionar exclusivamente al BCH, la información de saldos netos deudores y acreedores que resultan de la compensación de documentos para efectuar la liquidación en las cuentas corrientes de los bancos del sistema en el BCH (sistema de liquidación neta diferida).

El horario diario para el intercambio físico de cheques inicia a las 8:00 a.m. y termina a las 9:00 a.m.

En los casos en que al concluir la primera compensación existan indicios racionales de cheques con adulteraciones o falsificaciones, los bancos receptores deberán devolverlos a más tardar a las 12:00 m. del día hábil siguiente al que fueron presentados.

Centros de Intercambio Físico de Documentos

El intercambio físico se realiza el siguiente día hábil de su presentación y este se efectúa en los siguientes lugares: En Tegucigalpa los documentos son intercambiados en las oficinas de la AHIBA, en San Pedro Sula, La Ceiba y Choluteca el intercambio se realiza en las oficinas del BCH, también se han establecido otros lugares para el intercambio físico de documentos como ser: Puerto Cortes, Santa Rosa de Copán, Juticalpa, Danlí, Comayagua, El Progreso y Tocoa.

Plazos para la Compensación de Documentos

Los fondos de los cheques presentados a compensación estarán disponibles a partir de las 12:00 m. del día hábil siguiente (T+1) al que los cheques fueron presentados y liquidados. Los fondos de los documentos que son depositados en otras ciudades del país y que sean compensados en cualquiera de las oficinas donde operan centros regionales de intercambio serán liberados en un plazo máximo de 2 días hábiles (T+2). Este plazo también será aplicable para la devolución de cheques que no tengan fondos y que presenten indicios racionales de alteraciones o falsificaciones.

Devolución o Rechazo de Documentos Presentados a Compensación

Las razones de devolución o rechazo de documentos presentados a la compensación en la CCECh son los siguientes:

1. Fondos insuficientes.

2. Firmas incorrectas o incompletas.

3. Documento expedido incorrectamente.

4. Documento endosado incorrectamente.

5. Documento adulterado o falsificado.

6. Cuenta cancelada.

7. Suspensión de pago.

8. Falta de sellos.

9. Errores en la transmisión.

Para las cuentas de cheques en moneda nacional, de cuentahabientes que emitan cheques sin fondos tres (3) veces, en un período de noventa (90) días, deben ser canceladas temporalmente por el banco librado por un período de tres (3) meses. La cuenta del cuentahabiente que, habiendo sido cancelada temporalmente, emita nuevamente cheques sin fondos dos (2) veces más, deberán ser cancelada definitivamente por el banco librado.

ESQUEMA CONCEPTUAL

PROCESO

1. Cliente Banco A: Libera un cheque a favor del Cliente del Banco B.2. Cliente Banco B: Deposita el cheque en una cuenta de su banco.3. Banco B: Recibe el depósito de su cliente. Procesa el cheque. Transmite archivos

electrónicos con información del cheque depositado por su cliente.4. Ceproban: Envía al Banco A los datos transmitidos por el Banco B.5. Banco A: Afecta la cuenta corriente de su cliente (librador del cheque).6. Ceproban: Calcula los saldos deudores y acreedores de cada banco y envía la

información al BCH para la liquidación.7. BCH: Carga la cuenta corriente del Banco A.8. BCH: Abona la cuenta corriente del Banco B.9. BCH: Informa posiciones liquidadas al sistema bancario.10. Banco B: Abona el importe del cheque en la cuenta de su cliente.11. Banco B: Si no hay truncamiento, el banco envía el cheque al centro de intercambio

físico de cheques (T+1).

Cámara de Compensación Transacciones Electrónicas de Pago ACH

INTRODUCCIÓN

El Banco Central de Honduras (BCH) consciente de la necesidad de crear mecanismos que agilicen y contribuyan directamente con la modernización del Sistema Financiero Nacional y acorde a las exigencias de una economía cada día más globalizada, en el que los factores: tiempo, eficiencia y seguridad, toman una gran relevancia, ya que diariamente miles de transacciones son ejecutadas

en el sistema financiero formal; y cumpliendo con uno de sus objetivos como ser el de propiciar el normal funcionamiento de los sistemas de pagos del país; aprobó la creación de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago (ACH PRONTO).

En el marco de la visión estratégica de los sistemas de pago en Honduras, se considera a la ACH PRONTO como uno de los pilares en que se sustenta la modernización del sistema de pagos, señalando que: “los sistemas de pago minoristas son eficientes, sólidos e interoperables y dan soporte a una amplia variedad de instrumentos y servicios de pago”.

ANTECEDENTES

El Directorio del BCH mediante Resolución No. 374-10/2006 del 19 de octubre de 2006 aprobó el “Reglamento de Sistemas de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago”, el que tiene por objeto regular las operaciones de un sistema de compensación de transacciones electrónicas de pagos, la actuación del administrador del sistema y las instituciones financieras participantes en el mismo.

Posteriormente, mediante la Resolución No. 461-12/2006 del 7 de diciembre de 2006, otorga autorización al Centro de Procesamiento Interbancario S.A. de C.V. (Ceproban) para que administre y opere una Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago, denominada “ACH PRONTO”. Asimismo aprueba las “Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago” la que tiene por objeto regular las operaciones electrónicas de pagos de la ACH PRONTO, en cuanto a iniciación de transacciones, garantías, responsabilidades de los participantes, autorización, rechazo y notificaciones de cambio.

Dicha normativa fue reformada mediante las Resoluciones: 240-6/2008 del 20 de junio de 2008, 194-5/2009 del 14 de mayo de 2009 y 435-10/2009 del 1 de octubre de 2009.

La ACH PRONTO (Automated Clearing House, por sus siglas en inglés) es un sistema de transferencias electrónicas de fondos que permite a las empresas y personas particulares, enviar electrónicamente a sus bancos desde sus propias oficinas diferentes tipos de instrucciones de movimientos de fondos; esto bajo los más estrictos estándares bancarios y de seguridad informática.

Respecto a la seguridad, es relevante indicar que la entidad aprobada fue certificada en materia informática por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS), por lo tanto, cuenta con las características de seguridad mínima requeridas para dar inicio a este tipo de transacciones.

MECANISMOS DE FUNCIONAMIENTO ACH PRONTO

Participantes

Podrán participar en la ACH PRONTO, los bancos públicos o privados, Asociaciones de Ahorro y Préstamo, así como otras instituciones financieras calificadas y supervisadas por la CNBS, que cumplan los siguientes requerimientos:

Haber firmado un convenio de participación con la sociedad administradora de la ACH PRONTO para tener acceso a sus servicios.

Suscribir un convenio con el BCH, en el cual, se consigna el compromiso de las Instituciones Financieras Participantes (IFP) de contar con los fondos suficientes para liquidar las transacciones.

Disponer de los medios tecnológicos que el administrador de la ACH PRONTO establezca para acceder a los servicios de transmisión de instrucciones electrónicas, compensación y liquidación.

Proporcionar al BCH y a la CNBS la información que soliciten, con el propósito de ejercer vigilancia o supervisión de la ACH PRONTO.

Las instituciones financieras deben tener suscrito con los ordenantes un contrato de servicio.

El destinatario deberá autorizar por escrito al ordenante para que envíe transacciones electrónicas que afecten su cuenta.

En la actualidad participan en la ACH PRONTO, 19 instituciones del sistema financiero, dentro de los cuales están dieciséis (16) 2/ bancos comerciales, un (1) bancos del estado, una (1) financiera y el BCH, los que han suscrito el convenio de participación para afiliarse.

Transferencias Electrónicas

Entre los servicios que ofrece la ACH PRONTO se encuentran:

Crédito Directo:

Son transacciones electrónicas, que representa un crédito a la cuenta de un cliente en el banco donde mantiene sus fondos, estos créditos pueden ser por diferentes conceptos, tales como: pago de préstamos; pago de planillas de sueldos; pago de bonos y comisiones por ventas; pago de dividendos y pago de intereses; pago de pensiones; envío de viáticos; pago a proveedores; pago de impuestos; pagos al IHSS, entre otras.

Débito Directo:

Son transacciones que se envían para debitar la cuenta de un cliente en el banco donde mantiene sus fondos, estos débitos pueden ser por diferentes conceptos, tales como: cobro de abonos a préstamos bancarios; cobro de seguros; planes de inversión; cobro de suscripción a periódicos y revistas; cobros por servicios públicos; cobro de servicios de cable TV; cobro de servicio de telefonía celular; cobros por tarjetas de crédito; donaciones y contribuciones; cobro entre empresas por servicios, cobro de colegiaturas, etc.

Horario:

La compensación de documentos en la ACH PRONTO se efectúa de lunes a viernes en el siguiente horario:

Envío de las transferencias de fondos: es de las 9.00 a.m. hasta las 4.00 p.m. con diferentes cortes a las 12.05 m.; 2.05 p.m. y 4.05 p.m.; dicho horario fue establecidos en coordinación entre el BCH y Ceproban.

Los bancos participantes tienen a disposición 30 minutos después de cada corte para realizar las validaciones de la información de las transferencias recibidas.

En el caso de que un banco participante rechace alguna transferencia estas debe ser transmitida de 4:20 a 4.40 p.m.

Cierre y liquidación: El BCH recibe de Ceproban la posición neta de cada banco (saldos netos deudores y acreedores) y procede a su liquidación antes de las 5:00 p.m.

Toda transacción electrónica recibida por una institución financiera participante que no fue rechazada antes de las 4:45 p.m., se considerará aceptada. El Administrador de la ACH PRONTO garantiza la integridad de todas las transacciones electrónicas transmitidas por su medio y para una Institución Financiera Participante (IFP). Asimismo, dichas transferencias serán entregadas a sus beneficiarios a más tardar al siguiente día hábil (t+1).

Devolución o Rechazo de Transferencias Electrónicas

Estas pueden rechazarse por el incumplimiento de alguno de los siguientes requisitos:

Autorización del ordenante: El cliente del banco ordenante debe suscribir un convenio con su banco.

Autorización del destinatario: El ordenante debe contar con la autorización del destinatario, que avale las transacciones electrónicas, para lo cual debe proporcionar una copia de la autorización.

Disponibilidad de fondos. Integridad de las transacciones electrónicas: Deben basarse en la autorización

suministrada por el destinatario y el ordenante, sin alteración alguna. Identificación del ordenante. Cumplimiento de las medidas de seguridad. Cumplimiento de almacenamiento de registros.

ESQUEMA CONCEPTUAL DE CREDITO DIRECTO Y DEBITO DIRECTO

PROCESO

1. Cliente Receptor Banco B: Autoriza al cliente originante para que se afecte su cuenta en el Banco B con un crédito directo.

2. Cliente Originante Banco A: Ordena a su banco la transferencia de fondos al Banco B para su entrega al cliente receptor.

3. Banco A: Carga la cuenta del cliente originante y envía los archivos electrónicos a CEPROBAN.

4. Ceproban: Envía al Banco B un archivo electrónico con los datos de la transferencia para el cliente receptor.

5. Ceproban: Calcula los saldos deudores y acreedores de cada banco y envía la información al BCH para la liquidación.

6. BCH: Debita la cuenta corriente del Banco A.

7. BCH: Acredita la cuenta corriente del Banco B.

8. BCH: Informa posiciones liquidadas al sistema bancario.

9. Banco B: Entrega los fondos al cliente receptor.

PROCESO

1. Cliente Receptor Banco B: Autoriza al cliente originante para que se le cargue en su cuenta en el Banco B un débito directo.

2. Cliente Originante Banco A: Ordena a su banco un débito directo a la cuenta del cliente receptor en el Banco B.

3. Banco A: Envía la orden de débito directo a CEPROBAN.

4. Ceproban: Comunica al Banco B la orden de débito directo a la cuenta del cliente receptor.

5. Banco B: Carga la cuenta de su cliente.

6. Banco B: Envía electrónicamente a CEPROBAN el archivo del débito directo cargado al cliente receptor.

7. Ceproban: Comunica al Banco A la confirmación del débito directo.

8. Ceproban: Calcula los saldos deudores y acreedores de cada banco y envía la información al BCH para la liquidación.

9. BCH: Debita la cuenta corriente del Banco B.

10. BCH: Acredita la cuenta corriente del Banco A.

11. BCH: Informa posiciones liquidadas al sistema bancario.

12. Banco A: Abona la cuenta de su cliente.

DEFINICIÓN DEL NÚMERO DE ORDENANTE

Para la definición del número de ordenante la Institución Financiera Participante (IFP) deberán utilizar la siguiente codificación:

TABLA RUTA DE TRÁNSITO

Lempiras Dólares Bancos

01001010 02001010 BANCO CENTRAL DE HONDURAS

01001020 02001020 BANCO ATLÁNTIDA

01001030 01001030 BANCO CONTINENTAL

01001050 02001050 BANCO CITIBANK DE HONDURAS

01001060 02001060 BANCO DE LOS TRABAJADORES

01001070 02001070 BANCO DE OCCIDENTE

01001130 02001130 BANCO DE HONDURAS

01001140 02001140 BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ

01001150 02001150 BANCO DEL PAÍS

01001160 02001160 BANCO CITIBANK DE HONDURAS

01001170 02001170 BANCO LAFISE

01001180 02001180 BANCO FICENSA

01001240 02001240 BAC- HONDURAS

01001250 02001250 BANCO PROMÉRICA

01001280 02001280 BANCO FICOHSA

01001300 02001300 BANCO HSBC

01001310 02001310 BANCO PROCREDIT

01001320 02001320 BANCO AZTECA

01001330 02001330 BANCO POPULAR COVELO

01001510 02001510 BANCO BANADESA

01001610 02001610 Ceproban

En Donde:

1. Los dos (2) primeros dígitos indican el tipo de transacción.

2. Los tres (3) siguientes dígitos identifican la agencia de la IFP en la institución financiera.

3. Los Siguientes dos (2) dígitos indican el número de cada IFP

4. El último digito es el código verificador.

Ejemplo:Tipo de Transacción Agencia No. de IFP Digito Verificador01 001 61 0

Sistema de Transferencias de Fondos

INTRODUCCIÓN

Producto de la necesidad de un manejo eficiente de sus tesorerías, las instituciones que manejan cuentas en el Banco Central de Honduras (BCH) con frecuencia realizan transferencias entre cuentas de una institución a otra y entre una o más cuentas de una misma institución. La operatividad de estas transferencias se realiza de dos maneras:

A través del uso de notas debidamente autorizadas (oficios)

De manera electrónica a través del Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAFI) con la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN).

MECANISMOS ACTUALES DE FUNCIONAMIENTO

Participantes

Realizan transferencias de fondos todas aquellas instituciones que mantienen cuenta en el BCH como ser:

Las Instituciones del Sistema Financiero, excluyendo las Compañías de Seguro y los Almacenes Generales de Depósito.

Instituciones Gubernamentales.

Horario

El horario diario de atención es de 9:00 a.m. a 3:00 p.m.

TIPOS DE TRANSFERENCIAS

Transferencias Mediante Notas Autorizadas (oficios)

Solicitud de Transferencia de Fondos

La solicitud para la transferencia de fondos debe cumplir los siguientes requisitos:

1. Ser emitida en papel membretado del cuentahabiente.

2. Firmas autorizadas a girar sobre la cuenta y sello.

3. Fecha de emisión.

4. Número de cuenta y nombre del beneficiario.

5. Número de cuenta y nombre del ordenante.

6. Monto en números y letras.

7. Nombre de la sucursal destinataria.

Devolución o Rechazo de Transferencias

Una transferencia de fondos puede rechazarse por las siguientes razones:

1. La solicitud no fue presentada en papel membretado del cuentahabiente.

2. Las firmas y sello de autorización de la solicitud no están registrados.

3. Las firmas autorizadas no corresponde a los límites establecidos para la cuenta.

4. La fecha de emisión de la solicitud no corresponde al día en que se está efectuando la operación.

5. El número de cuenta y nombre del beneficiario no coinciden.

6. El número de cuenta y nombre del ordenante no coinciden.

7. El monto en números y letras no coincide.

8. La cuenta no tiene fondos suficientes para cubrir la operación.

9. Falta de sello del cuentahabiente (si éste fue registrado)

Transferencias Mediante El Sistema Integrado de Administración Financiera (SIAFI)

El BCH y la SEFIN acordaron crear las condiciones necesarias para que a través de su plataforma tecnológica, la SEFIN pueda realizar pagos por medio de transferencias electrónicas, utilizando el concepto de Cuenta Única; misma que tiene como finalidad optimizar la administración de todos los recursos del Sector Público.

La SEFIN gestiona a través de SIAFI las órdenes de transferencias por diversos conceptos: Pago de planillas, pagos a proveedores y transferencias entre las cuentas de la misma Secretaría de Estado y los desembolsos por partidas presupuestarias a otros entes gubernamentales.

El programa SIAFI se comunica a través de fibra óptica al BCH, lo que le permite manejar su cuenta de forma eficiente y gestionar la priorización de pagos por diferentes conceptos; tanto de SEFIN como de otras instituciones; reemplazando los flujos de información en papel (oficios) por el electrónico.

Tipos de Operaciones

Transferencias Entre Cuentas Bancarias (TEC):

Permite a la Tesorería General de la República y las Instituciones del Sector Público, realizar movimientos de fondos entre las cuentas que mantienen a su nombre en el BCH, mediante el envío de instrucciones en archivo electrónico. Estos archivos deben tener los formatos de registro y cumplir con los procedimientos de seguridad informática que se acordaron entre ambas instituciones

Transferencias Bancarias (TRB):

Son transferencias electrónicas enviadas por la Tesorería General de la República (TGR) al BCH para acreditar cuentas bancarias de los beneficiarios en los bancos del sistema. La TGR gestiona los desembolsos y una vez priorizados los pagos se realizan a través del SIAFI.

La aprobación de la priorización genera como medio de pago transferencias bancarias por beneficiario y con instrucción de crédito en la cuentas bancarias en los bancos del sistema, la más común son las transferencias bancarias para el pago de sueldos y salarios (planillas).

Esquema Conceptual Transferencia de Fondos

Sistema Electrónico de Negociación de Divisas (SENDI)

INTRODUCCIÓN

Este sistema permite realizar electrónicamente el proceso de negociación de divisas entre el BCH y los agentes cambiarios. La liquidación de operaciones se realiza en las cuentas de depósito que mantienen las instituciones del sistema financiero en el BCH.

Sistema de Interconexión de Pagos (SIP)

Informacion General

Guía para el Envío de Operaciones

Principios Básicos de Importancia Sistémica

Normativa del SIP

MARCO LEGAL

Sistema Banco Central de Honduras en Tiempo Real (BCH-TR)Fecha Emisión Fecha

VigenciaDescripción Resolución

17/01/2013

22/02/2013

Aprueba el Reglamento del Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real, denominado “Banco Central de Honduras en Tiempo Real" (BCH-TR).

Acuerdo No.01/2013

21/02/2013

21/02/2013

Establece la fecha de salida en producción del Sistema “Banco Central de Honduras en Tiempo Real” (BCH-TR); la participación obligatoria de las instituciones del sistema bancario, asociaciones de ahorro y préstamo, sociedades financieras y casas de cambio; y fija los cargos a cobrar por los servicios prestados en dicho Sistema.

No.66-2/2013

Cámara de Compensación Electrónica de Cheques (CCECh)Fecha Emisión Fecha Vigencia Descripción Resolución

17/10/2013 17/10/2013

Reformar las Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques.

No. 441-10/2013

28/02/2013 04/05/2013

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques.

No. 77-2/2013

08/05/2008 08/05/2008

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques.

No. 167-5/2008

31/08/2007 31/08/2007

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques.

No. 344-8/2007

27/01/2005 27/01/2005

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques.

No. 27-1/2005

19/12/2002 19/12/2002

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques.

No. 432-12/2002

03/05/2001 03/05/2001

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques.

No. 124-5/2001

21/12/2000 26/03/2000

Aprueba las Normas Operativas de la Cámara de Compensación Electrónica de Cheques.

No. 423-12/2000

02/11/2000 02/11/2000

Extiende el plazo del 1 de noviembre de 2000 al 1 de enero de 2001 para que entre en vigencia la Normativa para Estandarizar el Proceso Automatizado de Cheques emitidos por el sistema bancario.

No. 357-11/2000

13/07/200013/07/2000

Autoriza el convenio especial para La Administración del Proceso Electrónico de la Cámara de Compensación Nacional a suscribirse con la AHIBA.

No. 237-7/2000

06/076/2000

06/07/2000

Autoriza a la AHIBA para que pueda pactar en el convenio suscrito con el BCH, el proceso de La Cámara de Compensación Electrónica con la empresa que para tal efecto constituirán todos los bancos del sistema.

No. 212-7/2000

29/06/2000 01/11/2000

Normativa para Estandarizar el Proceso Automatizado de los Cheques Emitidos por el Sistema Bancario Hondureño.

No. 205-6/2000

19/08/1999 19/08/1999

Iniciativa de la AHIBA de operar La Cámara de Compensación Electrónica de Cheques.

No. 283-8/1999

Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago(ACH PRONTO)

Fecha Emisión Fecha Vigencia Descripción Resolución

30/12/2013

30/12/2013

Autorizar a los bancos del sistema financiero nacional el uso del sistema ACH PRONTO como medio alternativo para enviar y recibir transferencias electrónicas a terceros de alto valor hasta el 31 de enero de 2014

No. 576-12/2013

14/11/2013

14/11/2013

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago

No. 494-11/2013

28/08/2013

28/08/2013

Ampliar el Plazo hasta el 31 de diciembre de 2013 para garantizar el cumplimiento de la Resolución No. 31-1/2013

No. 354-8/2013

30/05/2013

30/05/2013

Ampliar el plazo otorgado en la Resolución No. 214-5/2013 hasta el 1 de septiembre de 2013 inclusive

No. 214-5/2013

21/03/2013

21/03/2013

Disponer que la Resolución No. 31-1/2013 entre en vigencia el 4 de junio de 2013

No. 120-3/2013

31/01/2013

01/02/2014

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago

No. 31-1/2013

19/08/2011

19/08/2011

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago

No. 323-8/2011

1/10/2009 1/10/2009 Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago

No. 435-10/2009

14/05/2009

14/05/2009

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago

No. 194-5/2009

20/06/2008

20/06/2008

Reforma las Normas Operativas de la Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago

No. 240-6/2008

07/12/200 07/12/200 I. Autoriza al Centro de Procesamiento Interbancario S.A. de C.V. No. 461-12/2006

6 6

(Ceproban) para que Administre y Opere una Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago denominada ACH PRONTO.II. Aprueba las Normas Operativas de La Cámara de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago.

19/10/2006

08/11/2006

Autoriza el Reglamento de Sistemas de Compensación de Transacciones Electrónicas de Pago.

No. 374-10/2006

Sistema Electrónico de Negociación de Divisas (SENDI)

Fecha EmisiónFecha Vigencia

DescripciónAcuerdo

21/05/2009

22/06/09 Aprueba el Reglamento para la Negociación en el Mercado Organizado de Divisas.

No. 05/2009

Sistema de Interconexión de Pagos Regional (SIP)Fecha Emisión Descripción

25/02/2011 Ratificar el proceso de creación del SIP, aprobar el   inicio de operaciones a partir del 28 de febrero de 2011 y la fijación de la tarifa en cinco dólares de los Estados Unidos de America.

CMCA-RE-17-260-11

Firmado el 25/02/2011

Convenio de Adhesión al  Sistema  de Interconexión de pagos de Centroamérica y República Dominicana(SIP)

Convenio

26/11/2010 Autorizar que el  Banco Central de Honduras participe en el Sistema de Interconexión de pagos (SIP) sin contar con un sistema de liquidación bruta en tiempo real (LBTR) durante un plazo de 24 meses, en tanto concluye sus procesos para disponer de dicha plataforma tecnológica.

CMCA-RE-16-259-10

26/11/2010 Aprobar los Criterios para establecer la tarifa del  Sistema de Interconexión de Pagos de Centroamérica y República Dominicana. CMCA-RE-14-259-10

26/11/2010 Adicionar él un Articulo 37 a las  “ Normas Generales  del Sistema de Interconexión de Pagos SIP”. CMCA-RE-13-259-10

25/06/2009 Aprobar el modelo de del Sistema de Interconexión de Pagos SIP, bajo el mecanismo de que el gestor institucional sea un banco miembro del Consejo Monetario Centroamericano.

CMCA-66-06-09

20/11/2009 Crear el Sistema de Interconexión de Pagos de Centroamérica y la República Dominicana (también denominado SIP) y Aprobar las Normas Generales del Sistema de Interconexión de Pagos.

CMCA/RE-12-256-09

OtrosFecha Emisión Descripción

08/10/2009

Crea el Departamento de Sistema de Pagos dentro de la estructura administrativa del Banco Central de Honduras, dependiente de la Subgerencia del área de operaciones, conforme con la propuesta efectuada por el Departamento de Organización y Planeamiento, la que

No. 454-10/2009

forma parte integral de esta Resolución.09/12/2008

Aprobar las “Recomendaciones para la determinación de los requisitos y procedimientos para el reconocimiento de los sistemas de pagos de Centroamérica y República Dominicana” CMCA/RE-11-253-08

26/06/2008

Aprobar las “Recomendaciones para la determinación de los momentos de irrevocabilidad y firmeza (aceptación) de las órdenes de transferencias del los sistemas de pagos de Centroamérica y República Dominicana”

CMCA/RE-10-252-08

22/02/2008

Aprobar la propuesta de Estándar de Cuenta Bancaria para la Región Centroamérica y República Dominicana

CMCA/RE-09-251-08

09/02/2007

Manifestar su beneplácito por la suscripción del “Tratado sobre Sistemas de Pagos y de Liquidación de Valores de Centroamérica y República Dominicana” CMCA/RE-08-248-07

17/11/2006

Tratado sobre Sistemas de Pagos y de Liquidación de Valores de Centroamérica y República Dominicana (Fue Ratificado con el  Decreto Legislativo No 134-2008 el 27/11/2008) Tratado

12/11/2004

Ley Modelo sobre Sistemas de Pagos y de Liquidación de Valores de Centroamérica y República Dominicana

CMCA/RE-04-240-04

Estadísticas

Operaciones de la Cámara de Compensación Electrónica de Pagos (ACH)

Cheques Operados y Compensados en Ceproban y Liquidados en el BCH

Glosario de TérminosEl Bank Internacional Settlemen ( BIS ) por sus siglas en ingles, ha desarrollado todo un glosario de términos técnicos, propios del campo de los sistemas de pago el que por su importancia se da a conocer.

    Glosario de Terminos