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  • 8/17/2019 Siegrist Nora, Olivero Guidobono Sandra y Barreto Messano Isabel (Coords). Atravesando Barreras. Movilidad socio…

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    ATRAVESANDO BARRERAS.

    MOVILIDAD SOCIO-ÉTNICA Y CULTURAL

    EN HISPANO AMÉRICA

    SIGLOS XVII-XIX

    Coordinadoras:

    Nora SiegristSandra Olivero Guidobono

    Isabel Barreto Messano

    SEVILLA 

    2016 

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    Coordinadoras:-  Nora Siegrist,-  Sandra Olivero Guidobono-  Isabel Barreto Messano

    Colaboran con la publicación:-  Seminario Permanente Familias y Redes Sociales: etnicidad y movilidad en

    el Mundo Atlántico (Universidad de Sevilla)

    -  Centro Universitario de Tacuarembó-  Universidad de la República, Uruguay

    Producción: Ediciones Egregius - www.egregius.esMaquetación y diseño: Francisco Anaya Benítez

    COMITÉ EDITORIAL:-  Dra. Sonia Colantonio (UNC-CONICET, Argentina) -  Dra. María Dolores Fuentes Bajo (Universidad de Cádiz, España) 

    -  Dra. Frédérique Langue (CNRS, IHTP, París) -  Dra. María de Deus Manso (Universidade de Évora, Portugal) -  Dra. América Molina del Vilar (CIESAS, México) -  Dra. Ana María Rivera Medina (Universidad Nacional de Educación a

    Distancia (UNED), España) -  Dr. Julián B. Ruiz Rivera (Universidad de Sevilla) -  Dra. Edda O. Samudio A. (Universidad de los Andes, Mérida, Venezuela) -  Dra. Mariana Zapatero (Pontificia Universidad Católica Argentina) 

    ISBN: 978-84-945243-0-1

    ISBN: 978-9974-91-187-1 

    NOTA EDITORIAL:Los trabajos han tenido el referato de dos consultores externos cada uno.Las opiniones y contenidos de los resúmenes publicados, son de responsabilidadexclusiva de los autores; asimismo, éstos se responsabilizarán de obtener el permisocorrespondiente para incluir material publicado en otro lugar. 

    UNIVERSIDAD DE SEVILLA

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    ÍNDICE 

    Introducción ....................................................................................... 6

    Bigamia: Conducta familiar transgresora en la Audienciade Charcas del S. XVIII.Clara López Beltrán .......................................................................... 15

     Tiempos de revolución: amor prohibido e intrigas políticas Ana T. Fanchin ................................................................................... 32

    Situaciones étnicas, gracias al sacar y casamientos secretoscon disparidad de linaje. Virreinato del Río de la PlataNora Siegrist ..................................................................................... 51

    Pardos y esclavos, matrimonios.El pardo en la Caracas del siglo XVIII

     María Eugenia Perfetti Holzhäuser .................................................. 79

    La ciudad de Mendoza: mixtura e ilegitimidad.Segunda mitad del Siglo XVIIIGloria E. López ................................................................................. 98

    Diferenciación social y mestizaje en Tulumba (Córdoba)a partir de Bautismos de fines del siglo XVIII y comienzos del XIXClaudio Küffer ................................................................................... 118

    “Hasta que la muerte nos separe”, calidad, género y esclavituden el Buenos Aires Virreinal. Los matrimonios de “castas”en la primera mitad del siglo XVIII 

    Sandra Olivero Guidobono y Julio Dean del Junco .......................... 136

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     Algunas notas sobre los expedientes de limpieza de sangreen la Universidad de Córdoba (s. XVIII-XIX).

     Jaqueline Vassallo .............................................................................. 168

     Mujer de “calidad oscura”, perjuicios y poder enSan Juan tardo colonialPatricia N. Sánchez ............................................................................ 185

     Aguardiente, viñas, moras, indígenas, griegos, italianos y españoles. Chile, siglo XVII Juan Guillermo Muñoz Correa ......................................................... 201

    Familias y violencia entre los sexos.Buenos Aires, 1780-1829Guillermo O. Quinteros ................................................................... 213

    Frontera, heterogeneidad étnica y mestizaje en la BandaOriental. Los procesos vividos desde el siglo XVI al XVIIIIsabel Barreto Messano ..................................................................... 236 

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    Introducción

    Este libro es el resultado de la colaboración y aportes de

    numerosos historiadores y antropólogos que trataron a través desus páginas, la riqueza de la movilidad socio-étnica y cultural enHispanoamérica, más precisamente en lo que hoy conforman terri-torios de Argentina, Bolivia, Chile, Uruguay, Venezuela.

    Se trata de un complemento de conocimientos que esbozanlas diferentes normativas que existieron en los territorios ultrama-rinos de España entre los siglos XVII-XIX, tratados con rigurosi-dad académica y con un empleo y análisis exhaustivo de fuentesdocumentales.

    Los trabajos que aquí se presentan poseen los sellos acadé-micos del Seminario Permanente Familia y Redes Sociales de laUniversidad de Sevilla, España y el del Centro Universitario Ta-cuarembó de la Universidad de la República, Uruguay.

    El estudio de los comportamientos sociales y familiares apartir de las redes relacionales pone de manifiesto características

    distintivas de las sociedades hispanoamericanas. Aproximarse alcomplejo entretejido social ha constituido el objetivo central deeste libro donde destacados investigadores han contribuido con sustrabajos a dibujar la compleja vida cotidiana de la Colonia ameri-cana. Conocer y comprender el mestizaje desde un enfoque multi-disciplinar creemos que posibilitará arrojar nuevas respuestas acontinuos interrogantes en torno a la sociedad, la familia y loscomportamientos y conductas humanos.

    Pretendemos con este libro aportar nuevas ideas que permi-tan componer una realidad social heterogénea, rica culturalmente,compleja y dinámica, reflejo de la diversidad que conforma losdominios españoles en América.

    Clara López Beltrán, en “Bigamia: conducta familiar trans-gresora en la Audiencia de Charcas del Siglo XVII”, nos presenta,a través de un estudio de caso -el del mestizo Juan Pineda- el pro-ceso judicial y social que un comportamiento tan transgresor comola bigamia implicaba en las sociedades hispanoamericanas. La im-plicancia del Tribunal de la Inquisición en el asunto confiere alcaso unas características dignas de ser analizadas que la Dra. LópezBeltrán trata con rigurosidad académica. El hecho de ser mestizo y

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    de carecer de un sistema de redes relacionales que puedan ayudarloen el conflicto que sostiene con la justicia colonial y religiosa, de-terminan el fallo de la causa. Como señala la autora, el hecho de

    ser denunciado, encausado y penitenciado constituye motivos másque suficientes para valerle la proscripción social y arrastrar con ladura carga de la deshonra familiar. Este trabajo pone de manifiestouna conducta transgresora en términos jurídicos, religiosos y fami-liares que se evidencia a partir de la condición y calidad étnica deun individuo, cuya alteridad identitaria imprime una mácula en sutrayectoria de vida.

    Por su parte, Ana Teresa Fanchin, en “Tiempos de revolu-ción: amor prohibido e intrigas políticas”, analiza la injerencia delas luchas por el poder en la esfera privada en momentos de la Re- volución de Mayo. Bien notorio fueron las controversias entre lasfacciones políticas en pugna. Al conocerse que Fernando VII habíasido hecho prisionero, tanto en Buenos Aires como en el interiorcomenzaron las confrontaciones entre los sectores más importantesde la sociedad colonial. En la región de Cuyo, los representantes

    de las elites locales se dividieron entre los que se aferraban a losprincipios de fidelidad al Rey -manteniéndose alineados a Córdo-ba- y por la otra parte, los que buscando adueñarse del poder seligaron y estrecharon lazos con Buenos Aires. La autora investigóun escándalo pasional en San Juan entre EL Dr. Estanislao Telloreconocido abogado y procurador de la ciudad, el que fue denun-ciado por amancebamiento con Gregoria Paredes. En estas cir-cunstancias, se comentan las actuaciones del caso y se ponen al

    descubierto los mecanismos y las estrategias adoptadas por las dosfracciones ávidas de poder. En síntesis, si bien la trama se desarro-lló aparentemente por una cuestión de amores, por detrás, existie-ron las intrigas que otros actores efectuaron para atacar la facciónde poder que Tello representaba en las instancias de revolución ycrisis. Fanchin utilizó para su estudio el Archivo del Poder Judicialde la Provincia de San Juan, Causas Civiles y Criminales; las digi-talizaciones de los Mormones (www.familysearch.org.) y una bi-bliografía concreta en torno al tema. 

    Nora Siegrist, en su estudio “Situaciones étnicas, gracias alsacar y casamientos secretos con disparidad de linaje. Virreinato

    del Río de la Plata”, trata sobre contenidos históricos en vincula-

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    ción a diversidades étnicas, legitimaciones y solicitudes de matri-monios en donde existieron problemas por diferencias de linaje.Relata un caso de legitimación en Córdoba del Tucumán, durante

    el siglo XVIII sobre la base de las llamadas “gracias al sacar” de1795 cuyo material complementa otras publicaciones vigentes. Enel aporte, da cuenta de diferentes documentos en donde se alega-ron las disposiciones establecidas en la Real Pragmática de CarlosIII de 1776 y leyes complementarias. Hace comentarios sobre lasconcesiones que al mismo tiempo otorgó la Monarquía de diferen-te tenor, a cambio de importes en dinero. Igualmente hace alusióna un matrimonio secreto en el Arzobispado de Córdoba, Argenti-na, realizado con notoria “desigualdad social y étnica”, de acuerdoa la legislación de la Encíclica del Satis Vobis de 1741 , promulgadapor el Papa Gregorio XIV. Ambas contribuciones se sostienen enconocimientos históricos — genealógicos. Asimismo, en el segundocaso en el Derecho Canónico, sostén fundamental para corroborarla existencia de casamientos secretos, también denominados ocul-tos o de conciencia, temática prácticamente no tratada en el perío-

    do de las gobernaciones, en el Virreinato rioplatense y en los terri-torios de Antiguo Régimen. Las fuentes consultadas provienen delárea histórica genealógica; material proveniente del Archivo Gene-ral de la Nación de Buenos Aires, Argentina; las digitalizaciones delas bases de datos de los Mormones (Familysearch.org.) y la desta-cada bibliografía de teólogos y canonistas provenientes especial-mente del Derecho Canónico.

    La contribución sobre Venezuela de María Eugenia Perfetti

    titulada  “Pardos y esclavos, matrimonios. El pardo en la Caracasdel siglo XVIII”, nos presenta las categorías sociales de la Vene-zuela del tiempo hispánico: el color de piel (componente étnico) yel status socio-económico (componente socio-económica) de lapoblación. Dicho mestizaje se afianzó a lo largo de los siglos hispá-nicos como ocurrió en la generalidad de los territorios de la Mo-narquía. Para finales del siglo XVIII el término “pardos” aglutina-ba, afirmó la autora, a los que tuvieran herencia africana: los pardospropiamente dichos, y mulatos, morenos y zambos (y las mezclasentre éstos, tales como cuarterón, quinterón, “salto atrás”…). Cabeexpresar que los pardos tenían una situación especial en Caracas.Eran por lo general libres y contaban con medios económicos de

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    “cierta prosperidad”. A pesar de ello, la percepción social sobreellos era de que el pardo era gente “inferior”, anotados inclusive enlibros parroquiales que agrupaba a los pardos y a los esclavos como

    si fueran lo mismo. La indagación sobre las “gracias al sacar” en laépoca, permitió conocer que los blancos o criollos —llámense auto-ridades peninsulares y otros principales que manejaban los puestosde la administración- recelaron de la importancia que podían al-canzar los pardos en cuanto a riqueza y bienes personales. Por sulado estos entendían que aquellos ponían trabas a su normal desa-rrollo. Perfetti Holzhäuser indagó en el Archivo Arquidiocesanode Caracas en lo que hace al período 1751-1774, aportando desdela casuística una cantidad de datos destacables y desde el aportehistoriográfico una revisión y enriquecimiento conceptual a lo yaexistente.

    Gloria E. López, en “La ciudad de Mendoza: mixtura e ile-gitimidad. Segunda mitad del Siglo XVIII”, abarca antecedentessobre el ingreso de la conquista y el contacto entre los españoles eindígenas sumado a la posterior llegada del elemento africano.

    Expresa que en el transcurso de las centenas subsiguientes la inter-relación étnica aumentó destacándose durante el dieciocho. Dehecho, como consecuencia directa de esta miscegenación hubocasos diferentes de ilegitimidad. Con el tiempo, el aumento de estasituación dio lugar a gran cantidad de leyes que se expidieron porla Monarquía para evitar las mezclas de sangre; en estas circunstan-cias, la Iglesia Católica no quedó exenta de intervención a través deConcilios y encíclicas que tuvieron por objetivo regular la anota-

    ción y noción de sus feligreses en el nuevo mundo. La autora afir-ma que a pesar de registrarse buena cantidad de hijos ilegítimos enel XVIII, las cifras no llegaron a ser muy destacadas. Cabe destacarque si bien la sociedad albergó en Mendoza a legítimos e ilegíti-mos, no perdió la conciencia de las diferencias étnicas entre unos yotros. De manera general, el conjunto de la población compartió elmismo espacio geográfico, pero continuaron siendo conscientes delas diferencias y prerrogativas políticas, económicas y sociales quecada uno tuvo como grupo. Para Gloria López la sociedad localgobernante llegó a regular de alguna manera dicha realidad, lo quese exteriorizó a través de las prácticas políticas y judiciales. La basemetodológica que sustenta este trabajo fue, desde el punto de vista

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    de la recopilación de las fuentes, las que surgen del Archivo Histó-rico de la Provincia de Mendoza, Argentina: Protocolos Notaria-les, testamentarias del siglo XVIII y las digitalizaciones provenien-

    tes de la base de datos de los Mormones (Familysearch.org.): librosde Bautismos de españoles y mestizos de la Parroquia San Nicolásde Tolentino, y Vice Parroquia San Vicente Ferrer.

    Claudio Küffer,  en “Diferenciación social y mestizaje enTulumba Córdoba) a partir de Bautismos de fines del siglo XVIII

    y comienzos del XIX”, expresa una característica propia de Améri-ca Latina: la mezcla y variabilidad poblacional a través de las unio-nes mixtas no consensuadas. Como otras sociedades tardo colonia-les, Córdoba se encontraba organizada en estamentos con una cla-ra segregación de clase, donde el sector dominante era el español.Si bien la mayoría de las uniones matrimoniales eran endogámicasdentro de cada clase social, existía un alto grado de mestizaje debi-do a los nacimientos por fuera del matrimonio. El autor trabaja losdatos de los archivos de bautismos divididos en tres períodos (1771— 1777, 1794 — 1798, 1811 — 1815) con el objetivo de demostrar el

    acatamiento de las autoridades eclesiásticas a la Real Pragmática de Matrimonios. De haber sido así, es de esperar que hubiera unamenor incidencia del mestizaje y una marcada segregación socialhacia el período intermedio. Si bien los resultados no parecen ava-lar la hipótesis de una mayor prevención del mestizaje, ya que estesiguió en aumento, los registros no permiten establecer si existióun mecanismo de blanqueamiento por parte de las llamadas “cas-tas”.

    Sandra Olivero Guidobono  y   Julio Dean del Junco  nos in-troducen en la heterogeneidad cromática, social y cultural delBuenos Aires de la primera mitad del siglo XVIII. En “Hasta quela muerte nos separe”, calidad, género y esclavitud en el Buenos

    Aires virreinal. Los matrimonios de “castas” en la primera mitad

    del siglo XVIII” proporcionan un análisis socio-demográfico de lapoblación de color, en especial negros y mulatos. Este trabajo con-tribuye a dar entidad a la presencia de individuos afrodescendientesen la urbe porteña y por otro lado, nos acerca al conocimiento ycomprensión de estrategias de movilidad y procesos de blanquea-miento en una comunidad de la periferia de los dominios españolesen América. El análisis de la endogamia como camino viable para

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    el matrimonio de “castas” bajo conductas y comportamientos esta-blecidos por el Estado y la Iglesia, abre también la posibilidad deemprender el estudio de relaciones de concubinato donde las

    uniones interétnicas parecían aflorar con mayor naturalidad. Cali-dad étnica, género y condición de esclavitud o libertad condiciona-ban los comportamientos de individuos, familias y redes de perte-nencia confiriendo a las uniones matrimoniales unas característicaspropias que deben ser analizadas teniendo en cuenta dichas varia-bles para aproximarse a la complejidad del tejido social colonial.

    El aporte de Jaqueline Vassallo, en “Algunas notas sobre losexpedientes de limpieza de sangre en la Universidad de Córdoba

    s. XVIII-XIX)”, es fundamental para conocer los mecanismos deacceso a la vida universitaria. Los expedientes de limpieza de san-gre han sido generalmente trabajados en relación a los interesesgubernamentales de los solicitantes. Este trabajo nos aclara la im-portancia documental de esta valiosísima fuente y nos abre laspuertas del Archivo Histórico de la Universidad Nacional de Cór-doba. El estudio comprende un período de transición entre la vida

    colonial y los albores del estado nacional, y pone de manifiesto laimportancia que dichos expedientes conservaron aún en tiemposde independencia. Vassallo nos propone una línea de estudio jurí-dica-social a partir de fuentes y archivos muy poco explorados,rescata la vigencia de los antecedentes ancestrales como mecanis-mos de acceso a los diversos espacios de control social, económico,político, y en este caso educacional como es la Alta Casa de Estu-dios de Córdoba.

    Patricia Sánchez, colaboró con su aporte, “Mujer de “cali-dad oscura”, perjuicios y poder en San Juan tardo colonial”.  Allíplantea la historia de Don Ángel Miguel de Angulo, español natu-ral de la Península Ibérica, oriundo de la Provincia de Alcalá, quehabía arribado a la ciudad de San Juan en la segunda mitad delsiglo XVIII. Se desempeñaba como contador, tasador y particionis-ta y ejercía la función de abogado, (era uno de los tres que había enla ciudad de San Juan en los albores de 1800) con gran reputaciónpor la calidad de sus escritos en defensa de diferentes pleitos. Enaños previos a la revolución (1807), su familia se vio envuelta enproblemas judiciales debido a una demanda civil y criminal iniciadapor Don Ángel contra miembros capitulares de la ciudad de San

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     Juan. Esta demanda fue entablada porque le impidieron- a pesarque había sido elegido- ocupar el cargo de procurador de la ciudad.Este impedimento fue justificado por razones que hacían referencia

    al “carácter, espíritu revoltoso y por estar casado con una mujer decalidad oscura”. Justificación que escondía una problemática másprofunda y compleja de la sociedad relacionada a la puja de poder,raza y filiación de las personas. En este trabajo se develan las aristasde esta problemática, a través de fuentes de carácter civil y criminalque alberga el Archivo General de la Provincia.

    En cuanto a Chile,  el trabajo que presenta Juan GuillermoMuñoz Correa, “Aguardiente, viñas, moras, indígenas, griegos,italianos y españoles. Chile, siglo XVII”, muestra la interacción dedistintos grupos etnosociales no sólo a nivel comercial, sino tam-bién en la conformación de élites familiares vinculadas tanto porlazos de parentesco como por la fabricación de aguardiente de vinode uva. En esta actividad que el autor ubica ya desde el siglo XVI,incrementándose en los siglos siguientes, resaltan las uniones den-tro como fuera del marco legal religioso, en forma paralela a la

    actividad vínica, vinculando ascendencias indígenas, moras, grie-gas, italianas y españolas. Cabe expresar que las alquitaras y losalambiques fueron artefactos destinados a la fabricación del aguar-diente de vino de uva. En torno a esta actividad el autor reunióantecedentes biográficos que le permiten -en algunos casos- anali-zar los grupos de mestizaje que se formaron los que en el tiempoconformaron el pueblo chileno. Para la construcción del trabajoutilizó las Actas del Cabildo de Santiago de Chile como genealo-

    gías construidas a partir de propias investigaciones publicadas endiferentes revistas de Chile.

    Por su parte, Guillermo  O. Quinteros,  en “Familias y vio-lencia entre los sexos. Buenos Aires, 1780-1829”, expresa que separte de la base de que en la época en estudio no existía un solotipo de familia, “ni fundadas bajo el amparo de la legislación vigen-te”, y que los concubinatos y los nacimientos ilegítimos fueronfrecuentes. En torno de estas circunstancias, la obediencia de lamujer hacia la autoridad del marido estaba ya consensuada y expre-sada en los textos religiosos y en la jurisprudencia civil. En tal or-den, el autor citando a Bodin (1997, 23), dice que no había nada eneste mundo “… tan importante y necesario para la conservación de

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    las repúblicas como la obediencia de la mujer al marido [por loque], tampoco el marido debe, al abrigo del poder marital, conver-tir a su mujer en esclava”. Igualmente se interroga sobre algunos

    temas tales como, ¿cuándo podía hablarse de una obediencia legí-tima y cuál el límite para que la mujer no cayera en extrema indig-nidad? Quinteros centra la mirada en la violencia ejercida por loshombres para con sus mujeres o esposas, desde la casuística inves-tigada. Analiza una serie de causas judiciales en donde encontró losmaltratos en el seno de las familias que habitaban tanto en la ciu-dad como en la campaña de Buenos Aires, durante el período com-prendido entre 1780 -en momentos de la Real Audiencia comotribunal de segunda instancia- y y el inicio del primer gobierno de Juan M. de Rosas -estudiando sus gobiernos por separado-. Suobjetivo fue prestar atención a las prácticas y comportamientos dela justicia cuando ésta recibía denuncias muy serias sobre el com-portamiento de algunos pobladores con sus parejas. El discurso judicial le permite adentrarse en una temática sobre el funciona-miento de la ley ante casos extremos cuando la embriaguez mascu-

    lina produce crisis familiares. El escrito se efectuó con una seriedocumental del Archivo Histórico de la Provincia de Buenos, Ai-res, secciones Real Audiencia, Cámara de Apelaciones, y las del Juzgado del Crimen y Escribanía Mayor de Gobierno.

    Finalmente, Isabel Barreto Messano con su aporte “Fronte-ra, heterogeneidad étnica y mestizaje en la Banda Oriental. Los

    procesos vividos desde el siglo XVI al XVIII”, nos presenta en suartículo una reseña actualizada de los procesos poblacionales vivi-

    dos en la Banda Oriental, entre los siglos XVI al XVIII, en los cua-les la interacción indígenas - el conquistador -colonizador europeo,condicionaron la dinámica poblacional, pautando las relacionesentre los grupos. En el trabajo se analiza desde una perspectivaantropológica y crítica, los roles de cada uno; se consideran lasrelaciones interétnicas a lo largo de estos siglos, discutiéndose loséxitos y fracasos de las distintas modalidades de integración surgi-das en este espacio de frontera; asimismo se analiza el rol de lamujer como elemento de interacción y mestizaje. Su visión haceconfluir dos perspectivas que interaccionan: la histórica y la antro-pológica, esenciales para comprender los mecanismos de perviven-cia y cambio en una sociedad periférica como es la fronteriza.

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    En mérito a los doce trabajos que comprende este libro, soloresta agradecer los capítulos recibidos por investigadores desdeEspaña y de diferentes países sudamericanos, esperando en próxi-

    mas oportunidades volver a contar con sus valiosas colaboracionesque amplían los conocimientos y apuntan a comprender mejor -sise quiere- la hermenéutica histórica de lo efectivamente acaecidoen Hispanoamérica.

     Marzo de 2016

    Nora Siegrist

    Sandra Olivero Guidobono

    Isabel Barreto Messano

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    Bigamia: Conducta familiar transgresora

    en la Audiencia de Charcas del S. XVIII

    1

     

    Clara López Beltrán

    El mundo cristiano del Antiguo Régimen consideraba la bi-gamia no sólo una práctica errónea del sacramento del matrimoniosino una conducta disidente que alteraba la buena práctica de la fe,es por ello que su control y castigo fueron delegados a una jurisdic-ción canónica especial: El Tribunal del Santo Oficio de la Inquisi-

    ción. La bigamia también fue perseguida en las Indias siguiendo elmodelo español en los Tribunales del Santo Oficio —en Lima, Mé- xico y Cartagena--, donde la mayoría de los procesos inquisitoria-les eran iniciados por denuncias activadas por una extendida red dedelatores llamados “familiares”2  que actuaban en ciudades y pue-blos señalando aquellas prácticas contrarias al dogma de la Iglesia.

    La sociedad indiana integró la familia en el seno del cristia-

    nismo y moralizó a sus integrantes bajo tales pautas. El sacramen-to matrimonial establecía una unión indisoluble y monógama, porlo tanto, la bigamia —vincularse en matrimonio dos veces al mismotiempo— era un pecado, un ofensa sacramental y, pensado desde elcampo jurídico, un delito de la infamia iuris3  y la infamia facti4 según el Derecho Romano; sin embargo, pese a las sanciones, losedictos conciliares lo señalaban como un mal social endémico eincurable. Colocado en el espacio de la religión, los bígamos reci-

    bían castigos ejemplarizantes y fueron perseguidos por la Iglesia

    * Dra. en Historia. Instituto de Cultura Universidad Católica Boliviana “SanPablo”.1 Agradezco a la Dra. Nora Siegrist la documentación concerniente a este estudio.2 Familiares del Santo Oficio eran laicos que auxiliaban a los miembros de laInquisición. No tenían lazo alguno de parentesco con los miembros del tribunal

    pero constituían una red de espionaje por medio de la cual informaban de todoaquello que pudiera tener interés en el cumplimiento de la fe.3 Infamia Iuris : es aquella infamia provocada obrando dolosamenteo y maquinadoengaños de manera fraudulenta contra otro.4 Infamia Facti : es aquella infamia provocada por actos contrarios a la moral, elorden público y las buenas costumbres.

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    con el fin de custodiar el dogma y la buena práctica de la doctrinacristiana.

    Esta ponencia se concentra en el análisis de una causa venti-

    lada en el Tribunal del Santo Oficio de Lima 5 a través de la cual seexaminan las fronteras del tratamiento de la bigamia6 en el procesoa Juan de Pineda7  llevado a cabo entre 1642 y 1645 con secuelashasta 1949. La pena, penitencia o castigo tuvo un doble carácter: elcivil y el eclesiástico, siendo calificado a su vez como un atentado alas buenas prácticas sociales, pero también considerado un delitocontra la fe.

    La causa procede porque el imputado Juan de Pineda, unmestizo nacido en Chuquiago [ciudad de La Paz] que antes de lle-gar a la mayoría de edad se casó con María de Aguilera, residenteen Pucarani, un pueblo rural a unos 50 km. A los pocos años delmatrimonio le fue encargado un trabajo en Mocomoco, otro pue-blo rural a unos 200 km de Chuquiago al que tuvo que trasladarse y donde por una travesura romántica se vio obligado a casarse porsegunda vez. Este hecho le arruinó la vida a los 22 años habiendo

    sido denunciado y luego juzgado por el Tribunal del Santo Oficioen Lima. Una historia para nosotros tan inocente revela algunosaspectos disimulados entre los dobleces de la sociedad indiana.

    El testimonio de esta bigamia se inició dos días después de lasegunda boda al saber que el novio estaba ya casado “por aberlodicho un soldado ” (fs.41 recto] al párroco Pedro de Resasaldaña.Este sacerdote y el español Lorenzo de Herrera, quien había sidoel padrino del novio en estas segundas nupcias, fueron a la casa del

    desposado “y le prendió [arrestó] y puso en la sacristía desta iglesia

    5 El tribunal del Santo Oficio se estableció en Lima por el Virrey Francisco de Toledo con Real Cedula de 1569, y funcionó hasta su definitiva supresion en18201820.6 Bigamia, que no amancebamiento, es un delito contra la moral cristiana decompetencia inquisitorial pues iba contra el dogma cristiano, competencia delSanto Oficio. Se les imponia como penas: salir a un auto de fe con una vela en la

    mano, soga al cuerro y coroza; asimismo en ese acto, debian abjurar de Levi,recibir cien o más azotes; luego de lo cual eran desterrados o enviados a galeras.7  Véase: Proceso de fe de Juan de Pineda 1642-1648. Archivo HistóricoNacional, Inquisición 1647, Exp. 15.

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     y que luego pidió misericordia de su culpa y que luego el dicho vicario lo despacho a su costa a la ciudad de La Paz por estar muypobre el desposado y gastado en las bodas y que pago el dicho vica-

    rio dos soldados para que lo llevasen…” (fs.41verso].¿Cómo es que llegó al altar por segunda vez el desdichado Juan de Pineda? El imputado tuvo que presentarse en Mocomocoen octubre de 1642 por orden de don Francisco de Maldonado,corregidor de Omasuyos, “a cobrar un poco plata que le devia uncacique…” [fs 48 verso], deuda que muy probablemente fuera delas tasas de los tributarios de sus ayllus, aunque no se especifica enlas escrituras del legajo. En estas circunstancias, este enviado delcorregidor fue hospedado en la casa cacical donde encontró a Do-ña María de Chavarría, y se aficionó de la muchacha de 18 añosque era nieta del anfitrión Lorenzo Arias, el cacique principal delpueblo. “La persuadió… y ella concedió a sus ruegos y se entregósecretamente a su voluntad, y la echo a perder.” [fs. 36 recto]. Se-gún los parientes interrogados por el párroco local, los padres yabuelos de la doncella quisieron que se casase pareciéndoles un

    hombre de bien y de hecho la boda se realizó a mediodía en lapuerta de la iglesia, apadrinando a la novia el cacique Lorenzo Arias y su mujer, sus abuelos, y por el novio el español Lorenzo deHerrera y su mujer Leonor García, hacendada; todo “con muchoaplauso de los allegados… habiéndose amonestado tres veces…” [fs.49 verso ] y con el testimonio de cuatro indios quienes juraron queera soltero a instancias de la familia de la india. [fs. 50 recto]. A laceremonia nupcial siguió un banquete generoso hasta que el novio

    se emborracho y en esa ocasión no hubo acercamiento carnal porla mala voluntad con que se había casado con ella por temor queno le matasen

    Sin embargo, el camino al altar que no fue tan pacífico comodijeron públicamente. Se supo que Juan de Pineda, el imputado,fue sorprendido in fraganti   con la muchacha en la casa familiar ysalió corriendo perseguido por los parientes, quienes le dieron unabuena tunda hasta que pudo refugiare en la iglesia del pueblo gra-cias al mayordomo del vicario. También lo amenazaron de muertemientras estuvo allí refugiado, al extremo que en aquel momento vieron al muchacho tan desvalido que dos españoles residentes enel pueblo: Martin de Endara y Sebastián Ponce de León, lo visita-

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    ron en la iglesia aconsejándole que declarara su estado marital. Elmismo Pineda abunda declarando ante el Tribunal del Santo Ofi-cio:

    “Queriéndole matar los deudos de la yndia si no se casaba con ellase fue este a Juan de Santander mayordomo del vicario, el cura deResa [Resasaldaña] y le dixo que dixese a su dueño que no le casasepor que este estaba casado y no quería casarse segunda vez y que elnombrado mayordomo dixo a este que ya abia dicho al cura y quemandaba que este fuese a verle y que este entro en casa de dichocura las ocho de la noche y le hallo en la cama y aviendose puesto

    de rodillas le pidió que no se casase por amor de dios porque esta-ba casado y que el dicho cura le dixo que fueredes del pueblo por-que os an de matar sino os vais y deciendole este que no sabe elcamino el dicho cura le dio un indio que le guiase y aquella mismanoche se fue con el dicho yndio al pueblo de Italaque…”[fs. 49 rec-to]

    Cubierto por la oscuridad de la noche huyó por los campos

    acompañado de un indio aliado. Para mayor desgracia, el fugitivohabía descubierto que la silla de montar que dejó guardada en lacasa del Alcalde de indios había sido robada por lo que no disponíade su mula para la huida. [fs. 49 recto]. Pocas horas después de supartida fue encontrado en el pueblo de Italaque pues que los resi-dentes de la comarca, conocedores del terreno y sus habitantes,pudieron seguir las huellas del forastero y remitirlo a los hombresdel cacique con quien colaborarían y apoyarían por respeto a la

    autoridad tradicional de su comunidad. El poder local del caciquequedó demostrado y es necesario detenerse en este análisis en losespacios de poder de la sociedad indígena cuando el cacique, aun-que rodeado de mestizos pero de cultura tradicional andina, recu-rrió a mecanismos de los españoles para consolidar su venganza.Desdoblando aún más su desagravio, este recae en un hombre quefue enviado por la autoridad española —el corregidor-- a cobrardeudas que podrían ser por tributos o por transacciones comercia-les entre ellos.

    El ahora marido de Doña María de Chavarría volvía a Mo-comoco amenazado de muerte y denunciado por bígamo ya quecasi sin terminar el convite se presentó el párroco Resasaldaña para

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    prenderlo. La posición del sacerdote cambió en pocas horas deprotector de Pineda a denunciante ante el Santo Oficio. La con-ducta tornadiza del párroco revela ciertamente el conflicto entre su

    conciencia humanitaria y la presión social, aumentada ésta porpoder y el status social de los actores de este enredo matrimonial.Sin embargo, este supuestamente privado “lío de faldas”, que po-dría haberse quedado entre los muros del hogar como un secretode familia, empezó a cobrar espesor y causar malestar sólo en elmomento que se lo conoce públicamente y recibe el rechazo colec-tivo. El hecho de la bigamia, ligado al valor de la virginidad, sonactos que van contra las normas morales imperantes pero sólo al-canzan la categoría de “pecado público” cuando la acción es dedominio generalizado y pasa de susurrada a repiqueteada hastaconvertirse en escándalo por atacar los valores cristianos y las nor-mas morales de la imperante y poderosa Iglesia. Además, lasdeclaraciones del imputado involucraron al clero pues aseguró quehabía comunicado al sacerdote su condición de casado, y pese aello procedió a celebrar el sacramento del matrimonio. Esta acusa-

    ción de encubrimiento y colaboración fue una osadía que empeoróconsiderablemente el objeto de las acusaciones.8  La ingenuidaddemostrada por el joven acusado y la trasparencia de sus declara-ciones fue una actitud ayudó más tarde cuando tuvo que enfrentar-se a los jueces del tribunal en Lima. No obstante, no hubo ningúncomentario dentro de la Iglesia sobre la acción del sacerdote, dealgún modo traicionera, frente a las explicaciones y revelaciones dela condición de casado del presunto culpable. Por falta de docu-

    mentación, no se sabe si hubo alguna llamada de atención al párro-co protector aunque la entrega del pecador al Santo Oficio le valióel perdón; pero además fue premiado asignándole la función deComisario del Santo Oficio encargado de los interrogatorios de laInquisición en el pueblo de Mocomoco en la provincia de Omasu- yos en Charcas.

    8 El testimonio de Juan de Pineda dice “…y le amenazaron que sino se casaba conla yndia le matarían y que aunque volbió a decir al cura que estaba casado que nole casase el dicho cura le caso con la dicha india en la puerta de la iglesia y que nosabe quienes fueron padrinos.” [fs. 49 recto]

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    El traslado, un periplo excesivo

    El vicario Resasaldaña arrestó a Juan de Pineda en Mocomo-

    co, y después de retenerlo por algunos días en la iglesia del pueblolo envió preso a la cárcel de la ciudad de La Paz. Los 200 km quehabía de recorrer hasta su destino carcelario los hizo acompañadode dos guardianes y fue entregado a las autoridades como penitentedel Santo Oficio. Lo recibió el Deán de la Catedral, Don Pedro deQuentas Valverde, al mismo tiempo comisario del Santo Oficio.Una vez precisadas las acusaciones, el reo quedó detenido y dejadoen la cárcel de La Paz durante cinco meses. Allí lo interrogó elComisario y otros Familiares del Santo Oficio sobre su cristiandad y sus costumbres morales y sociales. Pasó con suficiencia el examendespués de superar la prueba definitiva: “Se santiguó y dijo el pa-drenuestro, el avemaría, el credo y la salve Regina, la confesióngeneral y los mandamientos de la ley de dios -- bien dichos.” (fs.51 verso). Quedaba pendiente resolver las primeras acciones delpárroco y fue entonces que los Comisarios, en La Paz, le pidieron

    en dos circunstancias “que se desdijese de lo dicho al cura” (fs. 50recto), es decir, de lo revelado sobre la conducta protectora delpárroco en su favor al ocultarlo inicialmente en la iglesia del pue-blo, cosa que Juan de Pineda se negó a retirar su palabra.

    Solo en marzo de1643 llegó el auto pidiendo su trasferenciaa Lima; periplo que, según las instrucciones del Santo Oficio deLima debía realizarse pasando por el puerto de Arica. Ese primertramo del viaje convenía, siempre según las instrucciones, hacerlo

    en una caravana de transporte y cuyo “traslado estará en manos detrajinero… [y para] que no se le huya y se le pagará en destino.” (fs.13 verso). Sin embargo no fue tarea fácil para el Deán encontraruna compañía de trajín que quisiera hacerse cargo este tranquilo,sosegado y hasta ingenuo inculpado. El arriero que tenia apalabra-do el viaje de Pineda, se puso en camino antes de recibir al presoen cuestión y se dijo que se:

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    “…ha dado noticia que Bartolomé Niño, harriero que lleva la platade esta presente armada a quien le estaba mandado llevar asimismoa Juan de Pineda preso por el Santo Oficio, el cual se ha ydo que-

    brantando el dicho mandato y orden se su señoria y para que cons-te mandose despacho mandamiento de prisión …” (fs. 15 recto y verso)

    No pudo escapar el arriero a las redes de la Inquisición y fueencontrado en San Sebastián de Viacha cuando su caravana estaba ya en camino hacia el puerto de Arica. Por tal desobediencia elarriero Bartolomé Niño quedó inmediatamente excomulgado [fs.

    16 recto], lo que significaba un estigma notable para su persona.Sin embargo, explicadas las partes tardaron pocos días en quitarleel castigo por orden el mismo deán quien “le hizo sacar de la tabli- lla 9   porque Bartolomé Niño traía la plata del rey de las CajasReales de Chuquiago y seis mil pesos del Santo Oficio y no quisotraer al preso para evitar a los delincuentes” [fs. 21 recto]. Eviden-temente la importancia de los caudales del estado y de la iglesiamerecía tratamiento prioritario. No obstante, fue contratado otro

    arriero, Antonio de Lima, quien en mayo de1643 llevó al prisione-ro del Santo Oficio hasta el puerto de Arica. “Lo llevé con todaseguridad y en buena guarda y custodia, con un par de grillos quepara este efecto se ha comprado” pagando el reo mismo sesentapesos. (fs. 17 verso). Quedó Juan de Pineda un tiempo en Aricaesperando la nave que lo llevaría hasta El Callao y de ahí a Limadonde fue conducido por el alguacil del Tribunal a la “cárcel secre-ta”. Por primera vez en este su malhadado viaje se enfrentaría al verdadero rigor del Tribunal del Santo Oficio y sus rudos métodos.

    El preso perdió la noción del tiempo —unos dos años-- hastaque fue interrogado y puesto en manos del procurador fiscal paraelaborar una acusación formal y verdadera, según el Santo Oficio.Los interrogatorios iniciales fueron conocidos ocho meses después(en julio) y el preso quedó incomunicado hasta diciembre -- otroscinco meses. Entonces, sólo después de trece meses de detención

    carcelaria sin imputación formal, lo llevaron desde la casa del Alca- 

    9 Sacar de la tablilla significaba levantar el castigo, es decir, quitar la pena de laexcomunión. Los nombres de los penados con la excomunión debían serexpuestos en una tablilla en un lugar público, allí donde recibió el castigo y serleidos en voz alta en la misa mayor.

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     yde donde había permanecido recluido, a la cárcel secreta del Tri-bunal, pero antes le fueron “revisadas las faltriqueras y calzones enel patio, se le hallaron 3 pesos, [que] fueron entregados al tribunal

     y [finalmente] fue trasladado a la cárcel.” [fs. 47 recto]. Alrededorde dos años quedó varado en manos del Tribunal del Santo Oficioen Lima entre una cárcel y otra, mientras había perdido todo sucaudal. Parecería que la ingenuidad del sujeto y la sinceridad de susdeclaraciones requeridas en tres sesiones —siempre las mismas-colaboraron a su favor para su descargo con los comisarios. El le-gajo judicial que se analiza en este estudio, no menciona si el reofue sometido a torturas para obtener declaraciones ya que la biga-mia es un incumplimiento de la norma y no exactamente una here- jía, pero no es difícil imaginar las perniciosas condiciones materia-les y ansiedades que vivió el acusado durante los dos años en esperade juicio.

    Biografía de Pineda

    ¿Pero porqué Pineda fue una presa tan fácil de este Tribunalde tan mala fama? La respuesta mas directa e inmediata sería: porser una persona desprotegida familiarmente, pobre y sin influenciasocial. El imputado Juan de Pineda dijo ser oriundo de Chuquiagoo ciudad de La Paz, hijo de Gerónimo de Pineda y de Ana de Due-ñas, difuntos [fs. 7 verso]. Era mestizo hijo de india y único vástago de ese matrimonio; criado en casa del vecino paceño Bar-tolomé de Balboa [fs. 29 verso] donde quizás sus padres trabajaron

    en el servicio doméstico. Creció en la religión cristiana y cumpliócon los sacramentos del bautizo y confirmación. Aunque fue califi-cado “sin oficio alguno” había servido de mayordomo de chacrasen Mecapaca (valle contiguo al de Chuquiago). De “muy mucha-cho” estuvo en el pueblo de Sorata trabajando para Alonso Ruiz deContreras, corregidor de Larecaja y después para el don Franciscode Maldonado, corregidor de Omasuyos, quien lo envió a Moco-moco. A partir de ese momento su historia engancha con los acon-tecimientos arriba relatados. No sabe quiénes fueron sus abuelospaternos ni maternos ni conocía a ninguna otra persona con víncu-los de sangre. Era socialmente un desamparado y a pesar de sermestizo estaba muy cerca de la cultura indígena; entre los indios

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    podría ser considerado un wajcha,10 o un huérfano. Dentro de lasociedad andina el sentido de pertenencia al ayllu o comunidadétnica era un sentimiento muy arraigado. El hecho de carecer de la

    protección de un entorno familiar fue un aspecto que pesó negati- vamente al momento de enfrentarse al poder de la Inquisición y ala sociedad indiana en general. Dijo no tener bienes excepto unafrazada y lo poco que quedaba en Pucarani pertenecía a su primeramujer. Mas, si bien heredó de su madre Ana de Dueñas en La Paz“las casas detrás del seminario” , vive ahora Francisco Ortiz de Vargas a censo [fs 12 recto]. En las manos del Santo Oficio, elmuchacho acusado de bigamia era un pobre de solemnidad pues elpoco caudal que tenia al ser apresado lo gastó en sus viajes y man-tenimiento hasta llegar a Lima con tres pesos.

    Las desposadas

    Las esposas fueron interrogadas en el 1642 y el 1647; está úl-tima fecha pudo ser para parece proceder a disolver ambos matri-

    monios aunque no se tiene constancia documental del hecho. Ellasquedaron fuera de toda sospecha y nada se les pidió; se las dejócontinuar con su vida cotidiana dentro del sólido entorno familiardel que gozaban y que amuralló sus intereses, por lo menos aque-llos económicos porque los sociales fueron más difíciles de superar,en particular para Doña María Chabarría, la segunda esposa, pues-to que toda su comunidad estuvo al tanto de lo sucedido antes desu casi forzada boda.

    La primera esposa fue María de Aguilar, natural del pueblode Pucarani, hija de Sebastián de Aguilar y de Mencia Copconi,residentes del mismo pueblo en calidad de vecinos. Juan de Pineda,como esposo, “a [h] abitado con la susodicha haciendo vida mari-dable con ella [un] tiempo de cinco o seis años [y] pico más o me-nos comiendo y durmiendo juntos en una casa mesa y cama comotales marido y mujer, estando vivo y sano como lo está. La dexo yaparto della…” [fs. 35 recto] por motivos de trabajo y aparente-mente sin intención de romper su matrimonio

    10 Wajcha: puede ser traducido como huérfano, sin embargo,  en la sociedadandina tradicional denotaba también una condición de desamparo y pobreza porfalta de un núcleo familiar de referencia.

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    En octubre de 1642 volvió a contraer nupcias con amenazasde muerte de parte de la familia de la novia. La boda se celebró enel pueblo de Mocomoco con doña Maria Chabarría de 18 años,

    natural del dicho pueblo e hija legitima del Alférez Juan de Chaba-rría y de doña Maria Arias, a su vez hija de Lorenzo Arias, caciquedel lugar. Doña María llevaba “abito de india”, hablaba solamenteaymara y al momento del interrogatorio al que fue sometida den-tro de este proceso, el Santo Oficio mandó nombrar intérpretesque hablasen aymara y castellano.11 

    El desenlace 

    En Los Reyes [Lima] en 30 de enero de 1644, una vezpresentados los resúmenes y la concordancia de las confesones delbigamo, y la súplica de misericordia de parte del reo pidiendoclemencia debido a que “por su incapacidad que es tan grande” [fs.92 recto] no pudo haber cometido semejante agravio a DiosNuestro Señor. Fueron cinco los miembros del Tribunal,

    compuesto por un comisario, un fiscal y tres inquisidores12

     con lapresencia de dos oydores en calidad de consultores.13 Ciertamenteun gran jurado para una causa con poca relevancia económica y depoco interés social, a nos ser que el castigo hubiera querido serejemplarizante para las provincias de origen del bígamo.

    El delito era de fe y por ello de relativa dificultad a la hora dedictar la sentencia . Cárcel, multa y destierro para los bígamos erala pena acostumbrada en los virreinatos americanos porque en

    Europa el castigo más utilizado eran las galeras.14 11 Dice el legajo judicial: “que para su examen [interrogatorio] por no ser ladinaen la lengua española sean nombrados dos ynterpretes instruidos en ambas len-guas.” [fs. 35 vuelta]12 Los inquisidores fueron los sacerdotes: el Licenciado Andrés Joan Gaytan y elLicenciado Don Antonio de Castro y del Castillo y Don Luis de Betancourt yFigueroa y por ordinario el señor Licenciado Don Juan de Cabrera, Tesorero dela Santa Iglesia Catedral en Los Reyes y con poder en el Obispado de La Paz. [fs.

    93 recto]13 Los Oidores de la Real Audiencia de los Reyes fueron: Doctor Don. Martín de

     Arriola, de la orden de Alcántara y Don Andrés de Villela del de Santo. [fs. 93recto]14 Galeras : Era el castigo impuesto a cancelarios que consistía en remar en lasgaleras del rey.

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    Dentro del Tribunal, sin embargo, se presentaba unaargumentación nueva y original dentro del marco del DerechoCanónigo y que es el punto más brillante de este caso judicial. El

    inquisidor Luis de Betacourt15, tocado por la piedad ante la injustacausa de Juan de Pineda, elaboró una explicación encontrando unasalida a este embrollo. Recurrió Betancourt y Figueroa a unestratagema doctrinal filosófico, tema que desarrollacuidadosamente con argumentos intelectuales de alto vuelo en unextenso texto manuscrito en ocho fojas. Este largo escrito en latinse apoya en los principios cristianos, en tratados de derecho y enconocidas obras que explican los principios de la instruccióncontenidos en la obra del Señor Don Diego de Espinosa y en lostratados del Dr. Juan de Solórzano y Pereyra.

    Su argumento estaba basado en el hecho que los indios noeran sujetos de la Inquisición y que el imputado Juan de Pineda,por su recorrido genealógico, había extinguido la poca sangre deespañol que le hubiera llegado de algún lejano antepasadopeninsular y que por los continuos mestizajes durante varias

    generaciones terminaba siendo un indio puro. El argumentoescrito es bastante embrollado por lo que al documento me remito:

    “En la genealogia que dice su naturaleza e como parece por la rela-cion fue toda de indio, menos la mitad de un quarto por decir, serhijo de mestizo y de india, y es padre hijo de india y de mestizo conque los quatro quartos, de que constan los abuelos medio quarto esde español y en el hijo viene a salir este medio quarto, y extinguirse

    la poca sangre de español e por razón de mestizo tuvo el padre; conque viene a quedar en puro indio, y lo parece en la mendacidad[habito o costumbre de mentir} y trato de que fuera buena prueba apoderse coger…” [fs. 66 recto].

    15 El Lic. Luis de Betancourt y Figueroa (1642-1659) fue el primer inquisidorcriollo. Nació en Cáceres, en la provincia de Antioquia de Nueva Granada. Tomó

    los habitos y se licenció en derecho en la Universidad de San Marcos. FueChantre de Quito y estuvo en la Catedral de Lima. Fue visitador de losarzobispados de Santa Fe y Lima, consultor de la Inquisición en Cartagena y fiscalen Canarias; volvio a Lima como inquisidor general. Al final de sus días fue electoObispo de Popayan pero falleció sin haber tomado posesión de su cargo. Estaenterrado en la capilla del Tribunal en Lima.

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    El alegato del licenciado Betancourt y Figueroa esciertamente de muy alto nivel intelectual y filosófico y que a su vezdemuestra un amplio manejo de la retórica como en el caso de la

    genealogía. Con todo, el complejo aparato intelectual va aresolverse apuntando al color de la piel del acusado y a los defectosde su carácter (inclinación a la mentira), aspectos ambos necesarioselaborar su defensa. Quizás su condición de criollo americano fueun motivo más para demostrar sensibilidad por el mestizaje. Decíael inquisidor que por el color de la piel del inculpado, éste eraindio y también sus padres, con alguna huella de español…sosteniendo además que “el argumento es claro pues vemos que eneste mesmo lugar y clima el mestizo que se casa con española en-gendra hijos ya blancos, y el que se casa con india vuelve a la oscu-ridad del color,…” [fs. 67 verso]. Tal defensa merece ser analizadalinea por línea bajo la perspectiva doctrinal ya que las numerosascitas en castellano y en latin le dan un espesor y una complejidaddigna de especialistas.

    Votación

    Se procedió a la votación en la ciudad de Lima el 24 deoctubre de 1645, tres años después de iniciada la causa. Aun con lasolicitud de nulidad de la causa de parte del Inquisidor General Lic.Luis de Betancourt, el tribunal no cedió a esos considerandosconvencidos que la bigamia era una acción inexcusable y cercana alsacrilegio por atentar contra el sacramento del matrimonio. Hubo

    diversidad de criterio con solicitudes heterogéneas en la calidad dela pena,16  pero los jueces votaron en sesión solemne y conclusiva

    16 La solicitud de penas fueron:--Los señores inquisidores Andrés Joan Gaytan, ordinario, y Don Andrés de

     Villela le condenaron a cinco años de destierro de eta ciudad de Los Reyes y delobispado de La Paz y los salga a cumplir cuando se le mandare---Los señores inquisidores don Antonio de Castro y don Martin de Arriola, con-

    sultor, en cien azotes y cinco años de galeras y que salga a la capilla con insigniasde penitente en forma ordinaria--El Sr. Inquisidor don Luis de Betancourt dijo que se suspenda esta causa y encuanto al vinculo del matrimonio se remita al ordinario a quien toca =“y assi lo proveyeron mandaron y señalaron…” [fs. 93 recto]

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    aplicando una sentencia de obligatorio cumplimiento en elsiguiente auto:

    Christi Nomine Invocato

    “Fallamos atento los autos y méritos del dicho proceso quepor culpa que del resulta contra el dicho Juan de Pineda.Si el rigor del derecho, ubieramos de seguir repudiariamoscondenar a grandes y graves penas; mas queriendolasmoderar con equidad y misericordia por algunas cau-sas y justos respetos que a ello nos mueven, en pena y peni-

    tencia de lo por el hecho dicho y cometido le debemos man-dar y mandamos que le sea leyda esta nuestra sentencia enesta sala = y en cinco años de destierro de esta cuidad de Los Reyes

     y del Obispado de La Paz y los salga a cumplir quando se le man-dare; y en quanto al vinculo del matrimonio le remitimosal Juez ordinario que de la causa pueda y deba conocer: ypor esta nuestra sentencia juzgando assi lo pronunçiamos ymandamos en estos escritos y por ellos,

    El licenciado Andres Joan Gaytan;Don Antonio Castro y del Castillo;Luis de Betancourt y Figueroa;Don Juan de Cabrera[fs. 94 recto]

    El joven Juan de Pineda fue condenado a una pena de cincoaños de destierro de Los Reyes [Lima] y del Obispado de La Pazquedando pendiente la nulidad de sus matrimonios para lo quedebia enfrentar más causas en otras instancias y en otros momentos.

    El documento

    El documento es un legajo de 100 folios manuscritos,conservado en el Archivo Historico Nacional en la Unidad

    Consejo de Inquisición y catalogado como proceso de fe. Lalectura es de mediana dificultad aunque, como en casi todos los juicios de la época, la información se repite varias vecesespecialmente en los testimonios de los testigos como también enlos autos y resumenes. Este y otros procesos de fe permiten el

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    sólo cuando éste se convierte en “público y notorio” y fue causa de“dar escándalo” en el grupo social inmediato. Se tendía a ocultarlopara evitar castigo y proteger a los familiares, en particular a los

    hijos, así como el patrimonio. En el caso estudiado sorprende lareacción excesiva de una comunidad rural de cultura tradicionalandina frente a valores cristianos como la virginidad y el sacramen-to del matrimonio; aunque también ocurre que siendo un conjuntosocial pequeño la repercusión del hecho tenga un alcance más am-plio. Es evidente en este caso constatar que los valores cristianoshabían penetrado en la práctica cotidiana, pero también se sabeque hay un margen para no cumplirlos siendo sus orígenes cultu-ralmente diferentes. Este último hecho es el que libró al reo de uncastigo físico más severo —azotes o galera- pero la penitencia nofue menor ya que su vida quedó truncada, convertido en un paria ydejado en la extrema pobreza.

    El sólo hecho de ser acusado o solamente denunciado demala conducta ante la Inquisición, y que esa instancia se ocuparade la denuncia era ya motivo de descredito social. Ser denunciado,

    encausado y más aún penitenciado era motivo de proscripción so-cial y tal condición se arrastraba como una mancha vitalicia querecaía en los descendientes del acusado. Las consecuencias eranirreparables en la opinión pública lo que significaba una deshonraen la genealogía del sentenciado.

    Fuente documental

    -  Proceso de fe de Juan de Pineda Archivo 1642-1648Histórico Nacional INQUISICIÓN 1647, EXP. 15

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    documentos sobre la Inquisición en el Perú , Lima: Ediciones delCongreso del Perú.

    -   Millar Carvacho, René (1998) Inquisición y sociedad en el virrei- nato peruano , Santiago: U. Católica de Chile.

    -  Ponce González, Rosa María (1950) Ensayo sobre el delito de labigamia  México: Andrés Botas

    -  Potts, Malcolm y Short, Roger (2001) Roger Historia de la Se-  xualidad. Desde Adán y Eva.  Traducción de Carmen MartínezGimeno, Madrid: Cambridge U. Press.

    -  Rípodas Ardanaz, Daisy (1977) El matrimonio en Indias: realidadsocial y regulación jurídica , Buenos Aires: Fundación para la edu-cación, la ciencia y la cultura.

    -  Schwartz, Stuart (1997) “Pecar en la colonias. Mentalidades po-pulares, inquisición y actitudes hacia la fornicación simple en Es-paña, Portugal y las colonias americanas”. Cuadernos de Historia

     Moderna, n. 18 (Madrid) pp. 51-67.

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    -   Torres Aguilar, M. (1997) “El delito de bigamia. Estudio general y especial perspectiva en el tribunal de la Inquisición de Sevillaen el siglo XVIII” en Enrique Gacto Fernández (editor) El Cen- 

    tinela de la Fe , Sevilla: U. de Sevilla, pp. 173-232.-   Torres Arce, Marina (2006) Inquisición, regalismo y reformismo

    borbónico. El tribunal de la Inquisición de Logroño a finales del Antiguo Régimen, Santander: U. de Cantabria/Fundación M.Botín.

    -   Vigil, Mariló (1994) La vida de las mujeres en los siglos XVI y XVII Madrid: Siglo XXI.

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    Tiempos de revolución:

    amor prohibido e intrigas políticas

    Ana T. Fanchin

    Escándalo y pasión

    En 1809, cuando la ruptura del orden colonial se avizoraba,los rumores sobre una “amistad ilícita” se proclamaron a voces enlos estrados judiciales de la ciudad de San Juan de la Frontera, en

     jurisdicción de la gobernación de Córdoba del Tucumán, desenca-denando un verdadero escándalo que habría de distraer la atenciónde sus habitantes.

    El alcalde de primer voto, don José Tadeo Cano de Carbajal,en junio de ese año tomaba las riendas de un proceso judicial sobreuna “amistad ilícita” entre el Dr. Don Estanislao Tello, “abogado,casado y vecino de esta ciudad” con Gregoria Paredes, “moza sol-tera y criolla”.

    Un extenso expediente de cerca de doscientos folios1 pruebasuficientemente que el caso fue preocupación de las autoridades,tanto de la ciudad de San Juan como de la de Mendoza2; con inter- vención de los tribunales de la Real Audiencia de Chile y la deBuenos Aires3. Aunque en realidad hacía mucho había tomadoestado público y formaba parte de las conversaciones cotidianas.

    *IGA-Fac. de Filosofía, Humanidades y Artes-UNSJ. [email protected] Archivo del Poder Judicial de la Provincia de San Juan, en adelante A.P.J, CausasCiviles y Criminales , sin clasificar. Año: 1809.2 Esta ciudad, situada a 150 km., había sido cabecera del Corregimiento de Cuyodel Reino de Chile—que comprendía también a San Juan y San Luis-. Luego de lacreación del Virreinato del Río de la Plata e implementación de régimen de In-tendencias, la región pasó a depender de la gobernación de Córdoba del Tucu-mán hasta 1813 en que se conformó la gobernación de Cuyo, retomando Mendo-

    za el carácter de capital.3 Al crearse el Virreinato del Río de la Plata en 1776 y consolidarse el Régimen deIntendencias en 1782, el antiguo Corregimiento de Cuyo —que comprendía a laciudad de San Juan, la de San Luis y la de Mendoza como capital del mismo- dejóde depender administrativamente de la Capitanía de Chile. Sin embargo, en lapráctica varias tramitaciones judiciales continuaron resolviéndose en Santiago.

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    Los testigos convocados en la causa, vecinos de Gregoria yfamiliares de ella, concuerdan en alegar que esta escandalosa amis-tad llevaba bastante tiempo. Mientras unos afirmaron que la rela-

    ción databa desde hacía unos seis o siete años, su hermana Hilariadeclaró que la misma se había prolongado por doce años, durantelos cuales la pareja había procreado cinco hijos —uno de ellos falle-cido- y sospechaba de un nuevo embarazo.

     Algunos de estos testigos declararon haber presenciado esce-nas en extremo desvergonzadas, pruebas de un amor desenfrenadoque no se ocultaba a la mirada de los demás4.

    En realidad, las primeras denuncias habían sido presentadasen 1805 ante el alcalde Antonio Aberastain, quien pretendió sepa-rarlos mediante recomendaciones verbales. Luego, su sucesor en elcargo al año siguiente no prosiguió las actuaciones5, pero —don José Antonio Oro- en 1807, al recibir las acusaciones de la “escan-dalosa ilícita amistad” intentó terminar el amancebamiento amo-nestando al Dr. Don Estanislao Tello privadamente y hasta “setrajo a la Paredes a su casa con el objeto de ponerla a depósito en

    una casa de “honor y respeto”6

    .En tales circunstancias ella solicitó ir a Mendoza, a lo que seaccedió con el consentimiento de sus familiares que hasta le habíanconcertado un enlace. Pero tras sus pasos se fue también Estanislaofrustrando el casamiento acordado, diciéndole al novio que “… élera dueño de ella” y continuaron juntos con la misma libertad queantes.

    En esa instancia se suspendieron las actuaciones, que debían

    proseguirse en la ciudad de Mendoza, por un repentino deteriorode la salud del alcalde. Aunque, como otros funcionarios y letradosconvocados en la causa recurrieron a excusas similares para evadir

    4  Hilaria, José Bernardo y María Ignacia -hermanos de Gregoria- declararonsaber de sus amoríos por haberlos visto en “acto carnal”, o en “actos de sus amo-res”, reiteradas veces (APJ, Causas criminales, Documentos sin clasificar, Año:1809.5  Recordemos que las designaciones capitulares eran realizadas anualmente; los

     Alcaldes de Primero y Segundo Voto cumplían funciones judiciales en primerainstancia, contando con los Alcaldes de la Santa Hermandad y jueces pedáneosquienes impartían justicia en el ámbito rural.6 Archivo General de la Provincia (en adelante AGP), Fondo Tribunales, Caja 21,Carpeta 87, Doc.13.

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    esta responsabilidad, lo más probable es que esto no fuera más queun ardid pergeñado entre amigos y conocidos.

    Los amantes y su entorno

    La historia de esta pasión había comenzado tiempo atrás,cuando ella tendría unos 17 años y él veinte años más. Al momentode llevarse a cabo el proceso judicial, Estanislao ya tenía 44 años7 yGregoria no superaba los 258.

    Es poco lo que podemos saber de ella, quizás si no hubieraestado implicada en este episodio judicial ni siquiera tendríamosnoticias de su existencia. Entre los testigos figuran tres hermanos,un tío y se menciona a su madre que había fallecido hacia un par deaños, según el testimonio de las hermanas, a causa del disgusto quele provocaba la relación ilícita de su hija. En definitiva, en los autosdonde se labra su declaratoria, es presentada como huérfana y ape-llidada indistintamente como “Aciar o Paredes”. Ambos apellidoscorresponderían a los de sus progenitores -Justo Laciar y de Josep-

    ha Paredes-, con la sola omisión de la letra inicial del apellido pa-terno.Esta modificación en la grafía del patronímico se reitera en

    la identificación de sus hermanos -María Ignacia, Micaela, Hilaria y José Bernardo-, que atestiguaron en la causa. Se puede suponer,teniendo en cuenta los vericuetos legales interpuestos por el letra-do Tello, que la alteración no fuera fortuita sino a propósito; detodos modos, ninguno de ellos se percataría del error porque no

    sabían leer ni escribir. Lo cierto es que no pertenecían a una fami-

     

    7 Su fecha de bautismo data del 13 de noviembre de 1765 (Argentina bautismos,1645-1930, database, FamilySearch(https://familysearch.org/ark:/61903/1:1:XNKX-MJL: accessed 10 July 2015),Estanislao Tello; citing reference cn 17; FHL microfilm 1,110,805).8  Su partida de bautismo data del 25 de mayo de 1785 (Argentina bautismos,1645-1930," database, FamilySearch

    (https://familysearch.org/ark:/61903/1:1:XNB1-14D: accessed 10 July 2015), Justo Laciar in entry for Ma. Greg.A Laciar; citing reference cn 47; FHL micro-film 1,110,806). Pero en sus declaraciones declara no saber su edad, y aunqueaseguran los autos que es menor de edad es evidente que fue un argumento para

     justificar que no podía tomársele declaratoria sin presencia de un defensor. Esteardid serviría para dilatar el proceso y procurar minimizar la pena.

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    lia de renombre, su hermano declaró ser “peón gañán” [mozo delabranza] y su tío —Mariano Lucero- era propietario de una ha-cienda donde cultivaba trigo, ocupándose él mismo de las faenas

    por no disponer de la necesaria mano de obra9. Por otra parte, eldoctor le había comprado una vivienda a Gregoria en el Barrio delSur (Trinidad) hacía tres años, donde se mudó también la madre yuna hermana. Asimismo, José Bernardo Aciar refirió que le habíaprometido a su hermana la habilitación de una pulpería en Mendo-za, siendo esa razón por la cual él consintió que pernoctaran en lamisma habitación.

    Estas referencias son suficientes como para advertir el con-traste social entre un hombre adinerado y una familia de recursosmás limitados y dispuesta a obtener beneficios aún a costa de adop-tar comportamientos permisivos, opuestos a los predicados por elestado y la iglesia.

    En cambio, Estanislao pertenecía a una familia de la elite lu-gareña y era un destacado abogado. Todos los testigos convocadosen la causa, sin excepción lo refieren con el título de doctor y el

    honorífico de don. En su propia declaración —casi al final del vo-luminoso expediente- acredita ser doctor en Sagrados Cánones, Abogado de la Real Audiencia de Chile y Pretorial de la de Buenos Aires. Además, su trayectoria resulta evidente por varios indiciosque se revelan en las declaraciones testimoniales y por los cargosque desempeñó, en ese entonces y con posterioridad durante laépoca patria.

     Acerca de su esposa, Polonia María Juana López, es poco lo

    que sabemos, casi menos que sobre su amante. Los escasos datosque disponemos proceden de su partida bautismal10  y de las refe-rencias que ella misma nos trasmite al elevar solicitud al juez para

    9 Al menos eso es lo que manifiesta en circunstancias que solicita ser liberado bajofianza, después de estar cuatro meses en una celda con cepos en los pies que le hancausado llagas e hinchazón, además, de los muchos perjuicios por no poder ocu-parse de su plantación. De todos modos, aunque entre los testigos convocados en

    la causa hay un mulato de su servicio, quien menciona también a su madre esclavade don Mariano, en las fuentes de época no consta entre los sectores prominentesde la sociedad.10"España, bautismos, 1502-1940," database, FamilySearch(https://familysearch.org/ark:/61903/1: 1:F5ZL-9L2 : accessed 18 July 2015),Polonia Maria Juana , 25 Feb 1767; citing, reference; FHL microfilm 1,328,274.

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    que deje en libertad a su esposo. De tal modo, se tiene conoci-miento de que Polonia era casi de la misma edad que su marido,tan solo tenía un par de años menos, y que había nacido en Mur-

    cia-España. Cuando el alguacil fue a buscar a Estanislao para dete-nerlo, en su residencia de campo en Angaco —a tres leguas de laciudad-, ella lo atendió diciéndole que lo buscase en lo de la Gre-goria que aquella era su casa. Todo indica que su vida matrimonialfue en extremo desdichada, no tuvo hijos y lo más probable es quese recluyera lejos de la ciudad para no padecer las consiguienteshumillaciones causadas por la infidelidad de su marido. Tambiénes posible que nunca hubiese habido afecto entre ellos, ya que co-mo otros tantos enlaces de la época, su matrimonio pudo habersido concertado por sus familias.

    Los avatares del proceso judicial

    Las noticias sobre esta amistad ilícita se mantuvieron en se-creto durante los primeros cuatro o cinco años, adquiriendo una

    amplia difusión a partir de la realización de las denuncias judiciales.Los intentos de las autoridades en 1805 y 1807 para poner fin aeste amorío fueron infructuosos, quedando archivadas las actuacio-nes; por eso el Alcalde de primer voto en 1809, don José TadeoCano de Carbajal, se predispuso a adoptar todas las medidas nece-sarias para acabar definitivamente con esta relación que afectaba ala moral pública.

    Sin embargo, debió afrontar similares inconvenientes y hasta

    más graves a los enfrentados por sus antecesores.Durante la segunda quincena del mes de junio convocó a los

    testigos principales (ex alcaldes, vecinos y hermanos de la acusada) y a ella la dejó en resguardo en su propia casa. A los pocos días, el5 de julio, se presentó espontáneamente en el juzgado MarianoLucero, tío de Gregoria, solicitando su custodia por ser “hombrede familia y honor” y comprometiéndose a “darle marido en unmes”. Si bien admite que su “sobrina no es santa porque está eneste mundo”, la justifica por su minoría de edad y por ello es quepide la intervención del defenso de pobres y menores. El texto estámuy bien escrito, a pesar de que el presentante era analfabeto y porello la firmó a su ruego Juan José Hidalgo. Se advierte en esta fir-

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    ma el cambio de tinta y letra, cuestión que no pasaría desapercibidapor el alcalde Cano, pues, lo citó con premura para preguntarleconcretamente: quién lo persuadió para hacer esta presentación y

    quién la escribió. A lo que don Mariano respondió que deseandollevar a su casa a la sobrina -retenida en lo de juez-, y contando conel apoyo de su hermana Juana María y de su esposa (Juana Videla),había recurrido al Dr. Estanislao Tello para que redactara la peti-ción.

    Esta no sería la única presentación legal escrita por él a pedi-do de los damnificados, es patente su intervención en todo el pro-ceso.

    Después de transcurridos seis días sin tener respuesta, vuelvedon Mariano a presentar protesto. Esta vez firmado por don JoséNavarro, cuya mediación denota complicidad con los demandados, y no sería casualidad que siendo Alcalde de Primer Voto en 1806archivara las actuaciones iniciadas por su antecesor.

    La cuestión es que el Juez autoriza el traslado de Gregoria ala casa de su tío, fijando una multa de cien pesos aplicable en caso

    que no cumpla con su palabra.Sin embargo, a pesar de los recaudos adoptados, el mancebocontinuó visitándola y tramando el modo de salir airosos de la que-rella judicial. Se quedaba a dormir en la misma habitación con elconsentimiento del dueño de casa, quien hasta llegó a castigar auno de sus sirvientes porque no había atado bien el caballo deldoctor don Estanislao Tello, teniendo que facilitarle otro de suhacienda a la mañana siguiente.

    Durante el día no cesaba en su afán de solucionar el proble-ma, y ante la necesidad de cumplir con el compromiso asumido decasar a Gregoria, le buscó marido. Así fue que José Gabriel Orde-nes, oriundo de Coquimbo, de treinta y tres años de edad y de pro-fesión minero, encontrándose a la sazón en busca de vetas auríferasen la región, aceptó el trato de contraer matrimonio bajo la prome-sa de que el mismo sería disuelto inmediatamente y que recibiríauna recompensa monetaria.

    Sobre la base de lo acordado, luego de pasear por las callesde la ciudad montados a caballo —por separado11-, mostrándose a

    11  No está demás esta aclaración, que bien puntualiza el documento, porque enotras tantas ocasiones Gregoria iba en las ancas del caballo de Estanislao.

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    las miradas de todo el pueblo, partieron rumbo a Mendoza. En estederrotero acompañaban a Gregoria: su hermano, el consorte y eldoctor don Estanislao Tello.

    En el mes de octubre se reactivó la causa, porque se descu-brió que todo había sido una farsa. Es por boca del propio Órdenesque don José Cano se entera del engaño y manda su detención,para lo cual interviene el Alcalde de la Santa Hermandad porquedeben recorrer varios parajes de la campaña para encontrarlo. Fi-nalmente es hallado en el Trapiche de Pachaco y conducido a laciudad de San Juan para ser puesto en prisión.

     A través de su testimonio, como también nuevos testigosconvocados, es posible reconstruir los sucesos que a continuaciónse sintetizan.

    El 25 de setiembre, por mediación de don Estanislao Tello,consiguieron muñirse de un boleto de matrimonio firmado porFray Manuel Hidalgo de La Merced -con licencia del Vicario José Martínez de Rosas-, siendo padrinos el hermano y la cuñada de lanovia -Bernardo Aciar y Nicolasa González-.

     Más tarde, el fraile declarará que la boda fue precipitada porexpreso pedido del novio, que quería formalizarla antes de realizarun viaje urgente a Buenos Aires; por ese motivo postergaron lasamonestaciones y solo incluyeron las informaciones necesarias,proporcionadas por personas que dijeron conocer a los contrayen-tes.

    Lo importante acá es resaltar que tenían en sus manos unaconstancia matrimonial, útil a los efectos de demostrar el cumpli-

    miento del compromiso asumido judicialmente.El prometido, José Gabriel Órdenes, como era de esperar, se

     victimiza declarando que nunca tuvo intención de traicionar a laiglesia, sino que fue presa del engaño del Dr. Don Estanislao Te-llo. Pues, le había persuadido que luego de obtener el Boleto del Sr Vicario podía “devolverlo diciendo que ya no podía casarse porhaber hallado embarazada a la dicha Gregoria, como en efecto loestaba”. De hecho, no esperó que le saldara los 50 pesos prometi-dos y habiéndole entregado 26 pesos para la diligencia le dijo quelo aguardase, pero en el ínterin, al informarse que el Vicario habíamandado anular el Boleto apresuró su partida prevista para “losminerales”. Esta repentina decisión era el único salvoconducto que

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    mitidas por medio de rumores: a Cochagual, al Tala, al Bebedero,entre otros, que demandaron varios días de viaje, sin poderlos en-contrar.

    El último día de noviembre, ante la noticia de que se encon-traban en Angaco12 con el mandato de proceder a su detención sedirigió al lugar el Capitán de Caballería de Pardos, con cuatro sol-dados armados, llegando a las puertas de la casa a las 2 de la ma-drugada. En el sitio solo se encontraba un criado y como les dijoque el doctor don Estanislao Tello andaba por el campo, fueron abuscarlo a pie.

    Fue entonces cuando vieron partir de la caballeriza a doshombres montados en un caballo, y al detenerlos comprobaronque era el doctor —“vestido con un ponchillo ordinario del país”- ysu manceba “disfrazada de varón”.

    Ella desmontó y siguió caminando junto con los guardianesdel orden detrás del Dr. Don Estanislao Tello, que de repente“echó espuelas” y se alejó a todo galope.

    Este proceder no solo habría de permitirle seguir moviendo

    influencias en Buenos Aires o Santiago de Chile, sino también con-seguirle otro pretendiente a su manceba. Al respecto, el 19 de diciembre se presentó José Eduardo

    Sánchez ante el Sr. Alcalde pidiendo en matrimonio a Gregoriaporque “ha tenido noticias de su encarcelamiento por concubinatocon el Dr. Don Estanislao Tello, quien “la ha burlado con sus in-trigas”. Por el contrario, él aseguraba que habría de proporcionarleuna vida recatada y el perdón de sus pasados pecados.

    Una vez más se nota en el texto la intervención y la plumadel doctor, más que nada porque no descuida cuestiones legales.En ese sentido es que deja en claro que ella por ser menor de edad,huérfana, sin tutor ni curador, precisaba de alguien que la proteja;por parte del pretendiente, aclara que encontrándose sus padres - Mauricio Sánchez y Agustina Barsola- radicados en Buenos Aires,su hermana mayor Rita Sánchez acuerda su decisión, y con esto se

    12 Allí Estanislao tenía una propiedad rural heredada de sus ancestros, que como ya se dijo, residía su mujer legítima; pero él le había alquilado en la zona una casaa su manceba.

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    resolvería el permiso que debería anexar por no haber alcanzado lamayoría de edad.

     Al día siguiente, esta presentación fue adjuntada a los autos y

    remitida al Licenciado en Leyes Francisco Oscariz para ampliardictamen, pero al recibirla se excusó manifestando “que tiene mu-chas tareas para su estudio”. Mas el Alcalde responde que no ha-biendo otro abogado para consultarle, invalida el pretexto ante-puesto por considerar que no es “suficiente ni legal” intimándolobajo apercibimiento. No obstante, el letrado persistirá en su nega-tiva adjudicando esta vez como impedimento problemas de salud, ycuando el médico-cirujano Gerónimo Larra pasó a certificar sobrela veracidad de su enfermedad, expresó “que no hay ley que obli-gue a letrados de su clase a cumplir trabajos que no son de su agra-do”.

    En esta circunstancia posiblemente también haya interveni-do don Estanislao porque esta situación contribuía a dilatar el pro-ceso hasta la finalización del mandato del alcalde que había puestoel mayor empeño en hostigarlo.

    Lo cierto es que empleando toda clase de ardides finalizó elaño y el mandato de don Cano de Carbajal. Apenas pasaron lasfiestas de año nuevo y habiendo asumido don Plácido Fernández Maradona como Alcalde de Primer Voto, el 4 de enero de 1810, enconsideración a las evasivas del abogado actuante en la ciudad,convocó al Lic. Pedro José Pelliza de Mendoza y ordenó inmedia-tamente quitarle los grillos y autorizar visitas de su mujer e hijos a Mariano Lucero, tío de Gregoria.

    Seis días después recibieron la respuesta de Pelliza, que tantopor los argumentos que plantea como por el estrecho margen detiempo en que se expide13, no es desatinado suponer que tambiénsu dictamen haya sido dictado por el Dr. Don Estanislao Tello, y siasí no fuera, es casi seguro que habían tenido oportunidad de in-tercambiar opiniones sobre los argumentos que servirían para ladefensa por la confianza que había entre ellos14.

    13 El viaje a Mendoza requería de dos jornadas, es decir que en tan solo dos díascumplió con lo solicitado.14 El Dr. José Manuel Videla, convocado como testigo en virtud de la requisitoriaenviada a Mendoza, expresó que al negarse a recibir la gratificación monetariaofrecida por el Dr. Estanislao Tello “si hacía la vista gorda”, volvió a insistir por

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    En síntesis, en su respuesta puntualizó que todos los acusa-dos eran convictos confesos, a excepción del Dr. Don Estanislao Tello, a quien se le deberá aplicar la pena prevista en la Recopila-

    ción de Leyes por mantener concubina públicamente.Con respecto a Gregoria sostuvo que debía continuar dete-nida hasta que se le concediera contraer estado, ya sea aceptando laproposición de Sánchez15 o la de quien se lo solicite, de lo contra-rio que sea remitida a una casa de reclusión de las que hay en laprovincia “por no haberlas en esta ciudad”16.

    En cuanto a Mariano Lucero, tío de Gregoria, dice que aprimera vista ha sido un verdadero “Alcahuete”, pero invocando laLey 1ª, Art. 12 de la Séptima Partida concluye que le correspondeel carácter de mero consentidor del concubinato, “porque alcahue-te es aquel que engaña a las mujeres sonsacando o faciendolas [Sic.]hacer maldades con su cuerpo”. Por consiguiente, aunque eximidode dicha calificación, deberá pagar la multa que se le había asigna-do con anterioridad y que “esos 100 pesos se apliquen a favor de susobrina porque en caso de casarse servirán de dote, y si es reclusa

    para su manutención”. Del mismo modo, los otros dos presidiarios—José Bernardo Aciar y José Gabriel Órdenes- por haberse dejadoengañar deben ser catalogados como cómplices y deberán pagar lamulta establecida de 50 pesos y “se les mande salir de la ciudad porel tiempo que el juzgado halle por conveniente”.

     Acerca del procedimiento a seguir con Fray Manuel Hidal-go, lo deja supeditado al respectivo prelado.

    Entretanto, la esposa del Dr. Tello elevó al Juez una extensa

    presentación solicitándole vista de los autos y la absolución de su

    intermedio de Don Pedro José Pelliza, a sabiendas que eran muy amigos (A.P.J,op. Cit. fs. 56-57).15 Con respecto a la formalización de una boda con José Eduardo Sánchez opinaque habrá que consultar Síndico Procurador por cuanto es menor de edad y para-dero incierto de su padre. Esto invocando el real decreto de 1803 que prohibió elenlace de los jóvenes menores de 25 años sin el consentimiento del padre.16 Es