sesion ordinaria celebrada por la junta de …/1 v \ excmo. ayuntamiento de talavera de la reina...

29
Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, EN PRIMERA CONVOCATORIA, CON FECHA NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE. ASISTENTES: ALCALDE - PRESIDENTE D. Jaime Ramos Ton-es TENIENTES DE ALCALDE: Dª. M." Rodríguez Ruiz Dª Ana Santamaria Rivera D. Arturo Castillo Pinero D. Florencio Gutién-ez Rodríguez CONCEJALES: D. Santiago Se1Tano Godoy Dª M.ª Angeles Nuñez Cano M." Victoria González Vilches INTERVENTOR D. José Carlos Ameiro González SECRETARIO D. Antonio López Abarca En la Ciudad de Talavera de la Reina, siendo las nueve horas del día nueve de Noviembre de dos mil diecisiete, se reúnen en el Salón de Gestores de estas Casas Consistoriales los señores al margen relacionados, integrantes todos ellos de la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde a la que habían sido convocados previamente y con la antelación debida. Se hace constar la inasistencia del Sr. Concejal D. Antonio Alvarez Rodríguez. Declarada abierta la Sesión por la Presidencia, se pasó a la consideración del siguiente "ORDEN DEL DIA''.

Upload: others

Post on 14-Feb-2020

1 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

SESION ORDINARIA CELEBRADA POR LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, EN PRIMERA CONVOCATORIA, CON FECHA NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE.

ASISTENTES:

ALCALDE - PRESIDENTE D. Jaime Ramos Ton-es

TENIENTES DE ALCALDE: Dª. M." Rodríguez Ruiz Dª Ana Santamaria Rivera D. Arturo Castillo Pinero D. Florencio Gutién-ez Rodríguez

CONCEJALES: D. Santiago Se1Tano Godoy Dª M.ª Angeles Nuñez Cano Dª M." Victoria González Vilches

INTERVENTOR D. José Carlos Ameiro González

SECRETARIO D. Antonio López Abarca

En la Ciudad de Talavera de la Reina, siendo las nueve horas del día nueve de Noviembre de dos mil diecisiete, se reúnen en el Salón de Gestores de estas Casas Consistoriales los señores al margen relacionados, integrantes todos ellos de la Junta de Gobierno Local, al objeto de celebrar sesión ordinaria, en primera convocatoria, bajo la Presidencia del Sr. Alcalde a la que habían sido convocados previamente y con la antelación debida.

Se hace constar la inasistencia del Sr. Concejal D. Antonio Alvarez Rodríguez.

Declarada abierta la Sesión por la Presidencia, se pasó a la consideración del siguiente "ORDEN DEL DIA''.

V

\ \

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Ngdo. O. Mayor

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en sesión ordinaria de fecha NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

Nº4 l 6.- BORRADOR ACTA SESION ANTERIOR.

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad la aprobación del correspondiente a la sesión ordinaria celebrada con fecha 25 de Octubre de 20 I 7

-1-

!\ i 1

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

SERV[C!O DE PERSONAL N.P.F. Expediente: 38/2017 Anexo IV

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL en sesión ordinaria de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

Nº.- 417.- PERSONAL.- MODIFICACIÓN DE LA RELACIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO. PERSONAL EVENTUAL Y ENCARGADO GENERAL DE OBRAS Y SERVICIOS. RECURSO DE REPOSICIÓN CONTRA EL ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE 31 DE SEPTIEMBRE DE 2017

Se dio cuenta del escrito de D. JUAN ALBERTO CORDERO FERNÁNDEZ mediante el que, en nombre y representación de la sección sindical de ALFYL, interpone recurso potestativo de reposición contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 31 de agosto de 2017 por el que se modificó la relación de puestos de trabajo del personal municipal.

Resultando los siguientes antecedentes:

1 º.- A propuesta de la Concejala Delegada de Personal de fecha 6 de junio de 2017, la Junta de Gobierno Local mediante acuerdo de 31 de agosto de 2017 modificó la Relación de Puestos de Trabajo de personal funcionario, creando un puesto de trabajo eventual asimilado a Administrativo, un puesto de trabajo de Encargado General de Obras y Servicios en régimen funcionarial, y un Director de la Escuela Municipal de Música en régimen laboral. A dicha propuesta se adjuntaba memoria referida al contenido de los referidos puestos de trabajo.

2°.- Con fecha 16 de octubre de 2017 se publicó en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo el contenido de dicho acuerdo.

3° Con fecha 25 de octubre de 2017 se presenta el recurso a que se ha hecho referencia.

Visto el infonne jurídico

Siendo de aplicación los siguientes:

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El recurso se interpone en tiempo y forma por persona legitimada para ello

See:undo.- El recurso es prácticamente reproducción del escrito de reclamaciones presentado por el recurrente con motivo de la aprobación inicial de la plantilla de personal con el fin dotar el puesto de trabajo eventual, y posibilitar la provisión entre encargados y profesores de música de los puestos de trabajo de Encargado General de Obras y Servicios y de Director de la Escuela Municipal de Música y Danza.

-2-

/1 V \

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina SERVICIO DE PERSONAL N.P.F. Expediente: 38/2017 Anexo IV

Como consecuencia de ello pueden darse por reproducidos los fundamentos de derecho cuarto y quinto del anterior informe de fecha 23 de octubre de 2017 en lo que respecta al puesto de trabajo eventual, del siguiente tenor:

4°.- Con respecto a las alegaciones sobre el personal eventual, se reitera lo dicho anteri01111ente en el sentido de que no es el Pleno el órgano competente para resolver la adecuación o no a la ley del contenido de un puesto de trabajo. No obstante, no ha de dejar de reconocerse que estas plazas sí están vinculadas a un puesto de trabajo concreto por lo que no resulta ocioso también contestar las alegaciones presentadas también sobre este punto.

El argumento esencial que utilizan los reclamantes es que las tareas a realizar por este personal no resultan encuadrables dentro del concepto de confianza por cuanto a su juicio tienen el carácter de permanentes dentro de la organización y son comunes a las de los funcionarios de carrera. Lo que ocurre es que en su argumentación utilizan como iguales dos conceptos distintos como son el de tarea y el de función, diferenciación prevista expresamente en el ait. 21 de la Ley del Empleo Público de Castilla-La Mancha. Es evidente que las tareas a realizar por el personal eventual son iguales a las de los funcionarios de carrera, pero es que también son similares a las que pueda incluso realizar en ocasiones el propio personal político; así son comunes contestar el teléfono, redactar, formatear y archivar un documento, contestar una consulta de un ciudadano etc .... Lo que evidentemente no pueden ser comunes son las funciones. En este caso si se acude a los folios 2 y 3 del expediente se comprueba que las tareas que allí se relacionan se enmarcan en unas funciones que en absoluto son comunes a los funcionarios de carrera; así, no está previsto que el personal eventual realice info1111es, redacte, archive documentos de expedientes en materia de personal, urbanismo, contratación, etc .. ; no expide certificados de empadronamiento o de acuerdos municipales, no prepara órdenes del día de los órganos colegiados de gobierno, etc .... Y en cuanto a que son permanentes cabe decir que lo son dentro de los periodos de mandato de cada Corporación, prueba de ello es que todas estas funciones del personal eventual pueden ser suprimidas de golpe sin que la estructura burocrática y el funcionamiento del Ayuntamiento se resientan lo más mínimo; esa es la prueba fehaciente de que las funciones del personal eventual están perfectamente diferenciadas de las de los funcionarios de carrera.

En definitiva son "tareas de colaboración inmediata con quienes ostentan el poder de superior decisión política, en las que predominan las notas de afinidad y proximidad política que es inherente a la confianza" (STS de 2 de septiembre de 2004, STS de de 17 de marzo de 2005, STS de 25 de abril de 2008, STSJ de Cataluña de 20 de noviembre de 2012, Sala de lo Social)

5°.- En cuanto a la jurisprudencia recaída acerca del personal eventual cabe señalar que el Supremo ha elaborado una doctrina an1pliamente pennisiva respecto a las tareas a desempeñar por el personal eventual, sobre la base del nombramiento y ceses absolutamente libre y discrecional de los órganos competentes (por todas la STS de 22 de noviembre de 2011, con cita de la jurisprudencia consolidada)

Sobre la base de la aplicación de un concepto jurídico indeterminado como es el de confianza, el Supremo ha dado por válido en sentencia de 22 de noviembre de 2011 como personal eventual a un director de museo, a un director de Casa de las lenguas o a un director del Centro de mediación familiar, sin exigir definición adicional o concreto contenido funcional del puesto.

En Sentencia de 17 de diciembre de 2002 se aplica dicho concepto jurídico indeterminado "la confianza sólo puede ser apreciada por la autoridad que verifica el nombramiento sin estar sometida al requisito formal de hacer una exposición de los motivos en virtud de los cuales prefiere a determinadas persona

-3-

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina SERVICIO DE PERSONAL N.P.F. Expediente: 38/2017 Anexo IV

respecto a otra u otras o bien no concede esa cm,fianza a determinada persona y la referencia a las condiciones subjetivas determinantes de la confianza que concurren en el designado para un cargo no son susceptibles de fiscalización en vía jurisdiccional, pues la característica aplicable a los fimcionarios eventuales estriba en que son nombrados y separados libremente por la Administración, de acuerdo con sus normas especiales"

De igual manera la STS de 26 de mayo de 2008 ha declarado la validez como personal eventual de los puestos de secretaría de diputado foral, asesor departamental, consultor principal o general, responsable de comunicaciones, asesor de prensa, responsable protocolo o asesor técnico. Idéntica es la doctrina contenida en las sentencias de 16 de febrero y 8 de octubre de de 2012.

Es cierto por otra pmte que el TSJ de Castilla- La Mancha ha tenido una actitud más rigorista que el propio Tribunal Supremo, si bien ese rigor se aprecia en el análisis caso a caso de los supuestos contemplados, y en el presente caso se considera que las funciones que se encomiendan al personal eventual son "tareas de colaboración inmediata con quienes ostentan el poder de superior decisión política, en las que predominan las notas de afinidad y proximidad política que es inherente a la confianza" tal y como tiene puesto de manifiesto el tribunal Supremo.

Tercero.- En lo que respecta estrictamente al puesto de trabajo de Encargado General de Obras y Servicios, el recurrente opone los siguientes motivos de nulidad:

a.- El nivel de titulación exigible (Graduado Escolar) resulta insuficiente dadas las características del puesto de trabajo.

Cabe señalar a este respecto que ni el ait. 26 del Estatuto Básico del Empleado Público de 30 de octubre de 2015, ni el art. 26 de la Ley del Empleo Público de Castilla La Mancha de l O de marzo de 2011 establecen criterio alguno para determinar que titulación debe exigirse para el acceso a las plazas y los puestos de trabajo. Únicamente señala un criterio en lo referente a los Subgrupos I y 2 del Grupo A, disponiendo que la clasificación de los cuerpos y escalas estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso.

De tan escueta regulación no cabe deducir que a un Encargado General deba exigírsele un nivel de titulación concreto. Ha de tenerse en cuenta que no se puede concluir de la descripción del puesto de trabajo que a este Encargado deba exigírsele mayores conocimientos técnicos o profesionales que al resto de los encargados, siendo las especificaciones del puesto de trabajo una mayor intensidad en su trabajo y unas funciones de coordinación mayores y más complejas que el resto de los encargados, pero sin que pueda deducirse que estas especificaciones exijan un mayor nivel de titulación; es más, un nivel de exigencia de mayor titulación resultaría incluso contraproducente si se establece, como se ha establecido, que su provisión se realice entre el resto de los encargados, criterio éste perfectamente coherente y lógico. Por ello, exigir un mayor nivel de titulación y sustraerle a la posibilidad de acceso a los restantes encargados deberá ser decisión de los órganos de gobierno local, sin que aparezcan razones de legalidad que exijan una u otra solución.

b.- El nivel de las retribuciones complementarias es totalmente desproporcionado en relación con otros puestos de superior categoría y exigencia, como son los Jefes de Servicio.

A este respecto cabe señalar que las retribuciones complementarias, en concreto el complemento específico o de puesto de trabajo, son resultado de la valoración de las características del puesto de trabajo

-4-

,'\_

V \ \

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

SERVJCIO DE PERSONAL N.P.F. Expediente: 38/2017 Anexo IV

(art. 24 del Estatuto Básico del Empleado Público de 30 de octubre de 2015 y mi. 26 de la Ley del Empleo Público de Castilla La Mancha de JO de marzo de 2011) y no necesariamente de cualquier otro factor como la situación dentro de una estructura jerárquica, que podrá ser determinante o no de acuerdo con las circunstancias de cada caso.

Es en dicha valoración en la propia RPT o en instrumento complementario de gestión del empleo público (arls 85.4 y 25 de la Ley del Empleo Público de Castilla La Mancha de I O de marzo de 2011) donde debe detenninarse si, como defiende el recurrente, las retribuciones complementarias resultan desproporcionadas, o si por el contrario retribuyen adecuadamente al puesto de trabajo de acuerdo con sus características.

En el momento de fijarse las retribuciones del Encargado General se trasladó sin más el nivel retributivo que tenía el puesto de trabajo cuando formaba pa1ie del personal eventual por lo que éste no es resultado de valoración alguna. Por ello resulta procedente que se lleve a cabo dicha valoración de acuerdo con los criterios utilizados en la vigente RPT.

La Junta de Gobierno acordó por unanimidad:

Primero.-Desestimm· el recurso de reposición interpuesto por D. JUAN ALBERTO CORDERO FERNÁNDEZ en nombre y representación de la sección sindical de ALFYL contra el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 31 de agosto de 2017 por el que se modificó la relación de puestos de trabajo del personal municipal.

Segundo.- Proceder, no obstante, a valorar el puesto de trabajo de Encargado General de acuerdo con los criterios utilizados en la vigente RPT, con el fin de establecer las retribuciones complementarias

(Expte. 38/2017)

Anexo IV

-5-

'.·./\ .. V

\

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina Servicio de Personal N.P.F. Expte.: 275/2014

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL en sesión ordinaria de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

Nº.-418.-PERSONAL.- .- RECURSO DE APELACIÓN NÚMERO 188 DE 2016. TOLEDO. SENTENCIANº 297 DEL T.S .. J. CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.2; ALBACETE.-

Vista la propuesta de la Concejala Delegada de Personal de fecha 6 de noviembre de 2017 del siguiente tenor literal:

''Con fecha 2 de noviembre de 2017 se recibe en el Servicio de Personal la Sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Jhbunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha del recurso de Apelación número 188/16 seguido a instancia de D. JUAN JOSÉ GUTJÉRREZ GÓMEZ y atros diecisiete Agentes más de la Policía Local del Ayuntamiento de Talavera de la Reina, donde se apelaba la sentencia dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Toledo nº 1, de fecha 4-4-2016, número 85, recaída en los autos del recurso contencioso-administrativo, 351/2014, por la que "se desestimaba su solicitud de reconocimiento y equiparación de complemento de destino, con imposición de costas a los recurrentes".

Visto e/fallo de la sentencia resolutoria del recurso de Apelación man. 188 de 2016 del siguiente tenor literal:

3. "Se desestima el recurso de apelación. 4. Se imponen las costas a los apelantes. "

Es por ello que, desde la Concejalía Delegada de Personal se propone a la Junta de Gobierno Local:

La toma de conocimiento y consideración de la citada sentencia. "

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad la preinserta propuesta en sus propios términos.

(Expte.: 275/14)

-6-

; /\ V \

\

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina SERVICIO DE PERSONAL Negociado Personal Funcionario Expte: 273/16

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERi~O LOCAL en sesión ordinaria de TREINTA Y UNO DE AGOSTO DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

N".- 419 PERSONAL.- PROVISION MEDIANTE CONCURSO DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A LA ESCALA TÉCNICA MEDIA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL.

Vista la propuesta de la Concejala Delegada de Personal de fecha 3 de noviembre de 2017 del siguiente tenor literal:

"De conformidad con las previsiones contenidas en los artículos 78 y ss del Real Decreto Legislativo 512015, de 30 de octubre, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, 67 y ss de la Ley 4/2011, de 1 O de marzo, del Empleo Público de Castilla La Mancha, las previsiones contenidas en el Acuerdo Marco del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Talavera, en su redacción dada en sesión plenaria de fecha 5 de diciembre de 2006, publicada en el B.O.P. de Toledo de fecha 10-01-2007.

La Junta ele Gobierno Local en sesión ordinaria ele 21 ele septiembre de 2017 adoptó el siguiente acuerdo, parte dispositiva segunda: "Iniciar el procedimiento de modificación de las bases ele auxiliar administrativo, administrativo y técnicos medios de administración especial para adecuarlas a lo dispuesto en el Acuerdo marco, salvo en la mención a personal en activo que deberá ampliarse a los funcionarios cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el que se encuentre en suspensión firme de fimciones, de igual manera que en el resto de las convocatoria~. "

En cumplimiento ele dicho acuerdo se eleva a la Mesa General ele Negociación ele Personal Funcionario de 27 de octubre ele 2017 la propuesta de la Concejala Delegada de Personal la redacción de las nuevas Bases.

Esta Concejalía Delegada ele Personal, ele conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 127. h) ele la Ley 711985, de 2 de abril, PROPONE A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE LA EXCMA. CORPORACIÓN, la adopción del siguiente Acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar las Bases que figuran anexas a esta Resolución y que regirán la provisión ele puestos de trabajo de Jefe de Sección reservados para su desempeño por funcionarios ele carrera del Excmo. Ayuntamiento de Ta/overa de la Reina de la Escala Técnica Media de Administración Especial por concurso.

SEGUNDO.- Ordenar la convocatoria de la provisión ele puestos de trabajo de Jefe de Sección reservados para su clesempe11o por funcionarios de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina ele la Escala Técnica Media de Administración Especial por concurso.

TERCERO.- Dese publicidad oportuna a esta Resolución, mediante su inmediata publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo y en /a página "talavera.es ".

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad la preinscrta propuesta en sus propios términos.

(Expte. 273/16)

-7-

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina SERVICIO DE PERSONAL Negociado Personal Funcionario Expte: 271116

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL en sesión ordinaria de TREINTA Y UNO DE AGOSTO DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

Nº.- 420 PERSONAL.- PROVISION MEDIANTE CONCURSO DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A LA SUBESCALA DE ADMINISTRATIVOS DE ADMINISTRACIÓN GENERAL.

Vista la propuesta de la Concejala Delegada de Personal de fecha 3 de noviembre de 20 l 7 del siguiente tenor literal:

"De conformidad con las previsiones contenidas en los art[culos 78 y ss del Real Decreto Legisla!ivo 5/2015, de 30 de octubre, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, 67 y ss de la Ley 4/2011, de 1 O de marzo, del Empleo Público de Castilla La Mancha, las previsiones contenidas el artículo 14 del Acuerdo Marco del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Talavera, en su redacción dada en sesión plenaria de fecha 5 de diciembre de 2006, publicada en el B.O.P. de Toledo de fecha 10-01-2007.

La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de 21 de septiembre de 2017 adoptó el siguiente acuerdo, parte dispositiva segunda: "Iniciar el procedimiento de modificación de las bases de auxiliar administrativo, administrativo y técnicos medios de administración especial para adecuarlas a lo dispuesto en el Acuerdo marco, salvo en la mención a personal en activo que deberá ampliarse a los funcionarios cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el que se encuentre en suspensión firme de fimciones, de igual manera que en el resto de las convocatorias. "

En cumplimiento de dicho acuerdo se eleva a la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario de 27 de octubre de 2017 la propuesta de la Concejala Delegada de Personal la redacción de las nuevas Bases.

Esta Concejalía Delegada de Personal, de conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 127. h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, PROPONE A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE LA EXCMA. CORPORACIÓN, la adopción del siguiente Acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar las Bases que figuran anexas a esta Resolución y que regirán la provisión de puestos de trabajo reservados para su desempeño por fimcionarios de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina de la Subescala Administrativa de Administración General por concurso.

SEGUNDO.- Ordenar la convocatoria de la provisión de puestos de trabajo reservado para su desempeño por funcionarios de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina de la Subescala Administrativa de Administración General por concurso.

TERCERO.- Dese publicidad oportuna a esta Resolución, mediante su inmediata publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo y en la página "talavera. es"

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad la preinserta propuesta en sus propios términos.

(Expte. 271/16)

-8-

\j ¡ (\

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina SERVICIO DE PERSONAL Negociado Personal Funcionario Expte: 270/l 6

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL en sesión ordinaria de NUEVE DE NOVIEMBRE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

N'.- 421 PERSONAL.- PROVISION MEDIANTE CONCURSO DE PUESTOS DE TRABAJO RESERVADOS A LA SUBESCALA DE AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL.

Vista la propuesta de la Concejala Delegada de Personal de fecha 22 de agosto de 2017 del siguiente tenor literal:

"De conformidad con las previsiones contenidas en los articulas 78 y ss del Real Decreto Legislativo 512015, de 30 de octubre, de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, 67 y ss de la Ley 4/2011, de JO de marzo, del Empleo Pública de Castilla La Mancha, las previsiones contenidas en el Acuerdo Marco del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Ta/overa, en su redacción dada en sesión plenaria de fecha 5 de diciembre de 2006, publicada en el B.O.P. de Toledo de fecha 10-01-2007.

La Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria de 21 de septiembre de 2017 adoptó el siguiente acuerdo, parte dispositiva segunda: "Iniciar el procedimiento de modificación de las bases de auxiliar administrativo, administrativo y técnicos medios de administración especial para adecuarlas a lo dispuesto en el Acuerdo marco, salvo en la mención a personal en activo que deberá ampliarse a los fimcionarios cualquiera que sea su situación administrativa, excepto el que se encuentre en suspensión firme de fimciones, de igual manera que en el resto de las convocatorias. "

En cumplimiento de dicho acuerdo se eleva a la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario de 27 de octubre de 2017 la propuesta de la Concejala Delegada de Personal la redacción de las nuevas Bases.

Esta Concejalía Delegada de Personal, de conformidad con las atribuciones establecidas en el artículo 127. h) de la Ley 711985, de 2 de abril, PROPONE A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE LA EXCMA. CORPORACIÓN, la adopción del siguiente Acuerdo:

PRIMERO.- Aprobar las Bases que figuran anexas a esta Resolución y que regirán la provisión de puestos de trabajo reservados para su desempe11o por fimcionarios de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Ta/overa de la Reina de la Subescala de Auxiliar de Administración General, por concurso.

SEGUNDO.- Ordenar la convocatoria de la provisión de puestos de trabajo reservado para su desempeño por fimcionarios de carrera del Excmo. Ayuntamiento de Ta/overa de la Reina de la Subes cala de Auxiliar de Administración General por concurso en el plazo de 3 meses desde la resolución definitiva del concurso la Subescala Administrativa de Administración General.

-9-

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina SERVICIO DE PERSONAL Negociado Personal Funcionario Expte: 270íl 6

TERCERO.- Dese publicidad oportuna a esta Resolución, mediante su inmediata publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Toledo y en la página "talavera. es", en el plazo previsto en el apartado 2º que ordena la convocatoria. "2

La Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad la preinserta propuesta en sus propios términos.

·./\ V \

(Expte. 270/16)

-10-

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de !a Reina

Sección: Patrimonio Expte. 224/16 (P)

SERVICIO DE CONTRATACION, PATRIMONIO Y ESTADISTICA

Plaza Padre Juan de Mariana nº 8 45600 Talavera de la Reina (Toledo) Te! .. 925 839802 Fax 925 8/9()/9

W\VW. tal a Vl?ra.ore. patrimonio(0ayto talaverade!arei na.es

ACTA

LA JUN'!~I\,. DE GOBIERNO LOCAL en sesión de focha NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

Nº 422.-RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DANIEL LÓPEZ GÓN.!EZ.­PERSONACIÓN

Eí 27 de Octubre de 2017 se ha notificado a este Ayuntamiento el Decreto del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n. 0 2, por el que se emplaza a este Ayuntamiento para personarse en el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Daniel López Gómez contra el Decreto de fecha 23-5-2017 por el que se desestima el recurso de reposición interpuesto por el demandante contra el decreto de 19 de Abril ele 2017 desestimando el recurso de reposición interpuesto contra la reclamación previa de responsabilidad patrimonial efectuada por el recurrente solicitando una indemnización por daños deí accidente sufrido el 19 de Diciembre de 2016.

Habiéndose incoado procedimiento abreviado con el n. 0 00000271/2017 sección D.

La Junta de Gobierno local por unanimidad ACUEfu')A:

Personarse en el recurso contencioso administrativo interpuesto por Daniel López Gómez contra este Ayuntamiento.

Autorizar al Sr. Alcalde la designación de letrado y procurador que representen a este Ayuntamiento.

,1 ' '

( expte. 224il 6 ( P ))

-11-

. ,·:.

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

.ACTA

SERVICIO DE CONTRATACION, PATRIMONIO Y ESTADISTICA

Piaza Padre Juan de Mariana n" 8 45600 Ta/uvera de /a Reina {Toledo) Tel.. 925 720166 Fax 925 819019 ww w. ta I ave r ª.:.!l!:R pa tri mo ni o@talaver a. o rg

LA JUNTA Ilt'. GOBfERNO LOCAL en sesión ordinaria de fecha NUEVE DE NOVIEMBRE IYE DOS MlL DIECISIETE, adoptó d siguiente Acuerdo

ASUNTO TRAMrrE URGENTE

Previa declaración de urgencia que fue acord2.dc1 con el voto tavornble de !il rmyoría absoluta legal e.Je míembros que componen es¡e Órgano Colegiado, tal co:no exige el articulo 51 del Texto Refundido de Régimen Local, de 18 de abrí! de 1.986, tue adoptado el siguieme acuerdo:

N'. 423- LICITACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO DEL TRANSPORTE URBANO DE V!A.JEROS POR AUTOBÚS.- RESOLUCIÓN DEL TACRC DE ADOPCIÓN DE MEDIDA l'ROVIS!ONAL AL RECURSO ESPECIAL EN MATERIA DE CONTRATACIÓN INTERPUESTO POR CORPORACIÓN ESPAÑOLA DE TRANSPORTES, S.L.

Dada cuenta de la Resolución de adopción de medida provisional dictada por el Tribunal Administrativo Centra! · de recursos contractuales (TACRC) con fecha 27 de octubre de 2017, al recurso especial en materia de contratación n. 0

10;32/2017, interpuesto por CORPORACIÓN ESPAÑOLA DE TRANSPORTES, S.L. (AVANZA), contra la adjudicación a la UTE AUTOBUSES URBANOS DE LUGO S.A.U., y CASTROM!L S.A.U., ( MONBUS), del contrato de GESTIÓN DEL SERViClO PÚBLICO DEL TRANSPORTE URBANO DE VIAJEROS POR AUTOBÚS DE LA CfUDAD DE TALAVERA DE LA REINA.

Co11 fecha 30 de octubre (le 20 l 7 se recibe notificación por correo electrónico del citado TACRC, dando traslado de su Res·olución de 27 de octubre de 2017 de adopción de medida provisional, en la que resuelve:

''A1amener la suspensión del e.tpedienle de con!rarac:ión. producida como consecuencia de lo dispuesto en el art!culu ./5 del TRLCSP, de forma que, seglÍn lo establecido en el arlículo 47.4 del texto citado, será la resolución del recurso la que acuerde el le1·m;tamiento."

La Junta de Gobierno Laca!, por unanimidad ACUERDA adoptar en sus propios términos la Resolución de 'mantenimiento de medida provisional de suspensión del expediente de contratación dictada por ei Tribunal Administrativo Central de recursos contractuales con fecha 27 de octubre de 2017, al recurso especial en materia de contratación n.' 1032/2017.

. Expediente núm: 84/l4(P)

-12-

·· •. ··'\ • ' i./

\

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Expte. 48/15. Servicio de contratación.

SERVICIO DE CONTRATACIÓN, PATRIMONIO Y ESTADÍSTICA

Plaza Padre Juan de Mariana nº 8 45600 Talavera de la Reina (Toledo) Tel.. 925 720166 Fax 925 819019

www .la la vera .cu:g [email protected]

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN SESION DE 09 DE NOVIEMBRE DE 2017, ADOPTO EL SIGUIENTE ACUERDO:

N.º.· 42!í'.- OBRAS DE DEMOLICIÓN DE PARTE DEL INMUEBLE SITO EN PLAZA DE SAN ANDRES N.º 5 Y DEMAS ESPECIFICACIONES TECNICAS.- PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD.-

Se da cuenta de una Resolución de la Alcaldía de fecha 15 de septiembre de 2017 del siguiente tenor literal: ·' DECRETO: Mediante Resolución de Alcaldía de fecha siete de agosto de 2017, se acuerda:

'" Adiudicur a la empresa ENTORNO OBRAS Y SERVICIOS. S.L. CIF: B45619103. las OBRAS DE DEMOLICIÓN DE PARTE DEL !Nlv!UEBLE sito en Plaza de San Andrés, nº 5 Y DE}hÍS ESPECIFICACIONES DE LOS INFORMES TÉCNICOS evacuados ul expediente 13108 RU del Servicio de Urbanismo. por imporl<! dejinilivo de 51.488,68 sin IV.4, 62.301,30€ !VA incluido; siendo su importe inicial, acordado bajo la citada Resolución de 18.03.15., de 35.400,00 euros !VA 110 incluido ( 42.834,00 euros !VA incluido); y siendo asimismo los servicios de dirección de obra, los adjudicados a D. ALBERTO FA.RELO CENTELLAS. DNI 4203047G, ba¡o la mencionada Resolución de 18.03.15., por un presupuesto de 1.500,00 euros !VA 110 incluido (1.815 ,00 euros [f74 incluido).

- A fo recepción de la presente Resolución y con carácter previo al inicio de las obras, los adjudicatarios habrán de ponerse en contac/o con los Servicios Técnicos Municipales, para conocimiento municipal del inicio de los frabajos.

- Las obras han de c01ne11zar a la mayor brevedad y continuar a ritmo normal hasta su total terminación. dando cuema inmediala de los trabajos realizados median/e el oportuno informe. "

Con fecha 07.09.2017, tiene entrada en- el Servicio de Contratación, el Plan de Seguridad y Salud apor1ado por el adiudicatario, adjuntándose asimismo el in.forme .favorable al mismo de fecha 04.09.17. erncuado por el Coordinador de Seguridad, Técnico director adjudicatario D. Alberto Farelo Centellas.

El Real Decreto 1627/1997, de 24 de Octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de segurhlad .'v' salud en las obras de construcción, dispone en su artículo 7.2. que durante la ejecución de la obra; en el caso de obras de las Administraciones Públicas, el Plan de Seguridad y Salud, con el correspondiente informe del coordinador en materia de seguridad y salud duran.te la ejecución de la obra, se elevará para su aprobación a la Administración Pública que haya adjudicado la obra.

En consecuencia, vistos los antecedentes expuestos, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que legalmente vienen conferidas RESUELVE:

Primero: La aprobación del Pion de Seguridad y Salud y el In.forme de Aprobación del mismo, corre.1po11die111es a las OBR4S DE DEMOLICIÓN PARCIAL Y DEMÁS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS. del inmueble sito en Pla::a de San Andrés, nº 5 de esta ciudad.

Segundo: Dar cuenla de la presente Resolución a la Junta de Gobierno Local pura que proceda a su ral(/icación en su próxima sesión.

La junta de Gobierno Local toma conocimiento y acuerda la ratificación de la Resolución anteriormente transcrita en sus propios términos.

-13-

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

SERVICIO DE CONTRATACION, PATRIMONIO Y ESTADISTICA

Pla::a Padre Juan de ,Hariana 11º 8 -15600 Talavera de la Reina {Toledo) Tel .. 925 720166 Fax 925 8190/9 \\'Ww. rn!avera.or!:! contratac ion:í:?tal avera.org

Ngdo. de Contratación Expte.: 194/16

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL EN SESION DE 09 DE NOVIEMBRE DE 2017, ADOPTO EL SIGUIENTE ACUERDO:

N.º.- 425.- OBRAS DE URBANIZACION DE LAS CALLES SAN ANTONIO, SAN MARCOS Y CALLE PRADO.-

i;

Dada cuenta de la certificación final (liquidación) correspondiente a las OBRAS DE URBANIZACIÓN DE LAS CALLES SAN ANTONIO, SAN MARCOS Y CALLE PRADO, la Junta de Gobierno Local acuerda por unanimidad dejar este asunto sobre la Mesa, para posterior resolución.

/!\, -14-

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

ACTA

La JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en seswn de fecha NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, adoptó el siguiente acuerdo:

Nº 426. .- APROBACIÓN CONVOCATORIA SELECCIÓN PARTICIPANTES EN EL PROYECTO TALAVERA MEDIOAMBIENTAL EN EL PROGRAMA O PERTA VIO DE EMPLEO JUVENIL.

Se dio cuenta de la Propuesta del Sr. Concejal Delegado de Promoción Economica y Empleo, Hacienda, Ferias y Mercados y Presidente del 0.A.L. INICIATIVA PARA LA PROMOCION ECONOMICA DE TALAVERA, de fecha 6 de noviembre, cuyo tenor literal es el siguiente:

"DON ARTURO CASTILLO PINERO, Concejal Delegado de Promoción Económica y Empleo, Hacienda, Ferias y Mercados y Presidente del 0.A.L INICIATIVA PARA LA PROMOCIÓN ECONÓMICA DE TALAVERA, a la Junta de Gobierno Local

eleva la siguiente

PROPUESTA:

EXPOSCIÓN DE MOTIVOS:

Resultando:

e Que con fecha 1 O de octubre de 2016, se ha publicado el DOCM, Resolución de la Consejería de Educación, Cultura y Depo1tes, por la que se aprueba la convocatoria, correspondiente a 2016, para la concesión de ayudas a entidades que participen en la ejecución de actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, enmarcadas en el tramo autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil de Castilla La Mancha.

• Que la Junta de Gobierno de fecha 26 de octubre de 2017 procedió a la aprobación de los proyectos presentados a la convocatoria anteriormente

mencionada

• Que con fecha 29 de diciembre de 2016 se recibe en las dependencias del Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina Resolución de concesión de una subvención por importe de 60.291,61€, para el desaiTOllo del proyecto Talavera Medioambiental con cargo a la Resolución de 06/10/2017 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueba la convocatoria, correspondiente a 2016, para la concesión de ayudas a entidades que participen en la ejecución de actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la

1

-15-

(\

' ' \j \

\

..

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Administración de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, enmarcadas en el tramo autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil de Castilla La Mancha, para el proyecto Talavera Medioambiental.

Que el objeto de este proyecto es la capacitación profesional de 15 jóvenes de nuestra ciudad, inscritos en el Programa de Garantía Juvenil, con el fin de conseguir su inserción laboral.

., Que se pretende dar inicio a dicho Proyecto con fecha 18 de diciembre de 201 7.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

0 Orden de 02/09/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Dep01tes, por la que se aprneban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las entidades que participen en la ejecución de actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, enmarcadas en el tramo autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil en Castilla-La Mancha y supletoriamente, por las restantes normas del derecho administrativo y, en su defecto, por las del derecho privado.

o Resolución de 06/10/2016, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se aprueba la convocatoria, correspondiente a 2016, para la concesión de ayudas a las entidades que participen en la ejecución de actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo y la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, enmarcadas en el tran10 autonómico del Programa Operativo de Empleo Juvenil de Castilla-La Mancha.

"' A1tículo 5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen

Local.

o Artículos 2.2. y 15 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

En base, pues, a los motivos que anteceden, a la Junta de Gobierno Local se presente la siguiente:

" Aprobar la Convocatoria Pública de Selección de los participantes en el Proyecto

Talavera Medioambiental, proyecto enmarcado en el Progran1a

Operativo de Empleo Juvenil, actuaciones cofinanciadas por el Fondo

Social Europeo., en la manera que vienen propuestas (Anexo !).

2

-16-

~ Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

', Í \ t\ V

., Designar al ORGANISMO AUTÓNOMO LOCAL IPETA, dependiente del

Ayuntamiento de Talavera de la Reina como Entidad que ejecutará

las actuaciones comprendidas en los Proyectos antes mencionados

como ente instrumental del Ayuntamiento, que actuará como medio

propio de la entidad beneficiaria, tal y como se recoge en los

Estatutos del Organismo Autónomo(Artículos 1 y 4 Estatutos

aprobados por acuerdo del Pleno de la Excma. Corporación de

fecha 14 de julio de 2005), donde tiene reconocida la condición de

medio propio y servicio técnico de la entidad beneficiaria.

e Facultar al Presidente del O.A.L. !PETA, para ordenar las actuaciones precisas

para la ejecución y desarrollo del proyecto Talavera Medioambiental,

proyecto enmarcado en el Programa Operativo de Empleo Juvenil,

actuaciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo."

La Junta de Gobierno Local acuerdo por unanimidad la aceptación definitiva de la presente propuesta en sus propios términos.

Talavera de la Reina, 9 de noviembre de 2017

3

-17-

1

\ \·

Ngdo. 5° Urb. Expte 85117 OM

Excmo._Ayuntamiento de _Talavera de_la_Reina

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en sesión de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

N' 427 - LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.- Vista la solicitud de LICENCIA MUNICIPAL DE OBRAS para HINCA DE TUBERIA DE PROTECCIÓN PARA CONDUCCIÓN DE AGUA DE RIEGO, bajo la plataforma de la linea convencional de ferrocatTil Madrid-Valencia de Alcántara, pk 123+885, Ref. Catastral 45 I 66A033090020000EO, y bajo la carretera CM-4000 de Toledo a Talavera de la Reina en su pk 64+120, Ref. Catastral 45I66A033090010000EM, a propuesta de SAT LA BESANA DE CALERA CIF nº V45848058, para riego de las Parcelas I y 3b del polígono 3 I y en las parcelas 2b, 3a, 3b y 3c del Polígono 33, de Ref. Catastral 45166A033000020000EP Vistos asimismo los infürmes técnico y jurídico emitidos al efecto. La Junta de Gobierno Local acordó por unanimidad:

Primero. CONCEDER a la SAT LA BESANA DE CALERA CIF nº V45848058, LICENCIA MUNICIPAL DE OBRAS para HINCA DE TUBERIA DE PROTECCIÓN PARA CONDUCCIÓN DE AGUA DE RIEGO, bajo la plataforma de la línea convencional de ferrocarril Madrid-Valencia de Alcántara, pk 123+885, Ref. Catastral 45 I 66A033090020000EO, y bajo la cartelera CM-4000 de Toledo a Talavera de la Reina en su pk 64+ 120, Ref. Catastral 45 I66A0330900 I OOOOEM.

Advertir al interesado que la presente Licencia Municipal de Obras queda condicionada a . Ja obtención por parte del promotor de la obra de la correspondiente autorización del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) en los té1minos que establece la Ley 38/2015, de 29 de septiembre del sector ferroviario, así como a al cumplimiento de las condiciones establecidas en la autorización de las obras por Resolución de fecha 9 de octubre de 2017 de la Dirección Provincial de la Consejería de Fomento en Toledo, de la Junta de Comunidades de CastilJa-La Mancha, y a las que en su caso pueda establecer la autorización del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

Segundo. Notificar al interesado que, de conformidad con el artículo 167 del TRLOTAU, el plazo de inicio de las obras será de tres meses contados a partir de la recepción de la notificación de la concesión de la licencia; el plazo de suspensión no podrá ser superior a un mes, ni acumuladamente más de 20 por 100 del tiempo previsto para la ejecución de las mismas, previa petición al Ayuntamiento; y el plazo de ejecución será de TRES MESES contados a partir de la obtención de la autorización cortespondiente por parte del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF).

Tercera. Notificar, asimismo, que en aplicación de la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Articulo 5° Sección 1', (BOP nº 296 de 28 de diciembre de 2006), dispone del plazo de UN MES DESDE LA FECHA DE OTORGAMlENTO de la presente licencia, para formular la AUTOLIQU!DACIÓN PROVISIONAL del impuesto referido, debiendo dirigirse al efecto, a la OFIClNA DE GESTION TRJBUTARIA de esta Administración para su expedición informática; advirtiéndole asimismo que las autoliquidaciones que se presenten fuera de plazo, sufrirán los recargos establecidos en la Ley General Tributaria ( art. 27, Ley 58/2003 de 17 de diciembre).

Cuarto. Comunicar al interesado, la obligación de presentar Certificado l'inal de Obra sellado por el Colegio Oficial correspondiente, donde se exprese que la ejecución de la obra se ha desarrollado tal y como estableció el Proyecto presentado ante este Ayuntamiento.

1

-18-

,~

\ V \

Excmo._Ayuntamiento de _Ta/overa de la.Reina

Ngdo. 5° Urb. Expte 25/! 5 . OM

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en sesión de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

Nº 428 - LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.- Vista la solicitud de LICENCIA MUNICIPAL

DE OBRAS DE LEGALIZACIÓN consistente en modificaciones en planta baja, incorporándose el

porche al salón y cerramiento del casetón de la cubierta no contempladas en el Proyecto de Obras y Licencia de obras otorgada para la construcción de una vivienda unifamiliar adosada, en la C/

Bordadores, nº 5 (Manzana -3 MU3, parcela 7] del PAU "Las Moreras" de Referencia Catastral nº 555280JUK4255SOOOIXD, y solicitud de LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN Y OCUPACIÓN

de la vivienda ubicada en la parcela de referencia, a propuesta de MARIA RODRÍGUEZ ARROYO, con DNI 04178589H; Vistos asimismo los informes técnico y jurídico emitidos al efecto; La Junta de

Gobierno Local acordó por unanimidad:

Primero. CONCEDER a MARIA RODRÍGUEZ ARROYO, con DNI 04178589H, LICENCIA

MUNICIPAL DE OBRAS DE LEGALIZACIÓN consistentes en modificaciones en planta baja,

incorporándose el porche al salón y ce1rnmiento del casetón de la cubierta no contempladas en el Proyecto de Obras y Licencia de obras otorgada para la construcción de una vivienda unifamiliar

adosada, en la C/ Bordadores, nº 5 (Manzana -3 MU3, parcela 71 del PAU "Las Moreras" de

Referencia Catastral nº 5552801 UK4255SOOO I XD, según proyecto de modificación presentado.

Segundo. Notificar, asimismo, que en aplicación de la vigente Ordenanza fiscal Reguladora del Impuesto

sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Artículo 5º Sección Iº, (BOP nº 296 de 28 de diciembre de 2006), dispone del plazo de UN MES DESDE LA FECHA DE OTORGAMIENTO de la presente

licencia, para formular la AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL del impuesto referido, debiendo

dirigirse al efecto, a la OFICINA DE GESTION TRIBUTARIA de esta Administración para su

expedición informática; advirtiéndole asimismo que las auto liquidaciones que se presenten fuera de plazo, sufrirán los recargos establecidos en la Ley General Tributaria ( art. 27, Ley 58/2003 de l 7 de diciembre).

Tercero. Previo acuerdo de avocación, CONCEDER a MARIA RODRÍGUEZ ARROYO, con DNI

04178589!-l, LICENCIA MUNICIPAL DE PRIMERA UTILIZACION Y OCUPACIÓN de la vivienda unifamiliar adosada situada C/ Bordadores, nº 5 (Manzana -3 MU3, parcela 71 del PAU "Las

Moreras" de Referencia Catastral nº 555280!UK4255SOOOJXD, para la puesta en uso del citado

inmueble.

1

-19-

Excmo._Ayuntamiento de _Talavera de_la_Reina

Ngdo. 5° Urb. Expte. 88/17. OM

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en sesión de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

N° 429 - LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.- Vista la solicitud de LlCENCIA MUNICIPAL DE OBRAS PARA LA DEMOLICIÓN de la edificación situada en Calle Adalid Meneses nº 6 referencia catastral nº 3549023UK4234NOOO I HE, tramitada a instancia de MINISTERIO DE JUSTICIA con CIF S2813001A. Vistos asimismo los informes técnico y jurídico emitidos al efecto; La Junta de Gobierno Local acordó por unanimidad:

Primero. CONCEDER al MINISTERIO DE JUSTICIA, con CJF S2813001A, LICENCIA MUNICIPAL DE OBRAS PARA LA DEMOLICIÓN de la edificación situada en Calle Adalid Meneses nº 6, Referencia catastral nº 3549023UK4234NOOOIHE, según lo establecido en el proyecto presentado. Advirtiendo al interesado de que:

Con carácter previo al inicio de la demolición se deberá presentar en el Ayuntamiento los nombramientos de director de obra y de seguridad.

2 De conformidad con el Informe de fecha 20 de octubre de 2017 (EXP/CULT.: 161485) emitido por Dirección Provincial de Toledo de la Consejería Educación, Cultura y Depm1es en relación con el "Asunto: Afección al Patrimonio Cultural. Evaluación [mpacto Ambiental. Proyecto de demolición de la antigua guardería municipal sita en la Calle Adalid Meneses, en el término municipal de Talavera de la Reina, provincia de Toledo.", cuyo Promotor es el Ministerio de Justicia, en el que se informa favorablemente el referido proyecto con las siguientes condiciones:

ª l Los trabajos de demolición en el inmueble no deberán nunca sobrepasar la rasante de acera existente.

2 En caso de que aparecieran restos materiales con valor cultural durante su ejecución, se deberá actuar conforme a lo previsto en el ai1iculo 52 de la Ley 4/2013 de 16 de mayo de Patrimonio Cultural de Castilla La Mancha, debiendo comunicar el hallazgo en un plazo máximo

de 48 horas ante la Consejería competente en materia de Patrimonio Cultural. Este órgano Determinará el carácter de los hallazgos y resolverá expresamente las medidas de protección de los mismos.

3 Cualquier futuro proyecto constructivo que se desarrolle en el solar deberá tener en cuenta las siguientes condiciones:

-Será remitido a esta dirección Provincial para su evaluación. -Deberá realizarse un estudio arqueológico previo del subsuelo del solar. Dicho estudio deberá garantizarse mediante la presentación en la Dirección Provincial de Educación, Cultura y Deporte de la solicitud de autorización de trabajos arqueológicos y proyecto arqueológico ce actuación, así previsto en el a11iculo 48 de la Ley 4/2013 de 16 de mayo de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, siendo ésta quien deba autorizar expresamente las medidas de control y conservación pertinentes.

A fin de facilitar los controles e inspecciones que puedan realizar tanto los técnicos de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, como los Cuerpos de Seguridad del Estado, deberá existir una copia del presente documento en la oficina de la obra.'"

1

-20-

r i /

\ / v

Excmo._Ayuntamiento de _Talavera_de la.Reina

Segundo.- Se dará cuenta a la Comisión de Seguimiento del PEVT de la licencia que demolición que en

este acto se otorga.

Tercero .. Notificar al interesado que, de conformidad con el articulo 167 del TRLOTAU, el plazo de

inicio de las obras será de tres meses contados a partir de la recepción de la notificación de la concesión de la licencia; el plazo de snspensíón no podrá ser superior a un mes, ni acumuladamente más de 20 por

100 del tiempo previsto para la ejecución de las mismas, previa petición al Ayuntamiento; y el plazo de ejecución será de TREINTA DÍAS contados a partir de la finalización del plazo de inicio.

Cuarto. . Notificar al interesado que la demolición del edificio se deberá ajustar a las condiciones

señaladas en el artículo 149 del P.0.M "Artículo 149. Derribos. J. Los tlerribos se 1,erijicartÍll en /ftS

primeras horas t!e la 11u11ia11a, hasta las nueve en verano y hasta las diez e11 invierno, prohibiéndose arrojar los escombros a !ti calle o emplear canales y to!J,as eu las fachadas. La direccián facultativa, aparejadores o encargados, según el caso, sertín responsables de los dmios que se originen por su falta de precaución. Este horario podrá ser modificado, previo informe de los servicios técnicos municipales, a petición del propietario y con el visto bueno de su arquitecto, cuando por razones del alejamiento del centro tle la población por tránsito, etc., se justifique la e.xcepción de la aplicación estricta del horario seíialtulo. 2. En el interior tle las fincas pueden hacerse los derribos a cualquier /Jora, siempre que no causen molestias. 3. Queda prohibida ta utilización tle e.l.:plosivos, salvo en casos muy especiales, que necesitarán autorización especifica. 4. Los materiales procedentes de derribo o de cualquier clase de obra se transportarán en veltículos co11ve11ie11teme11te dispuestos para evitar el tlespre11tlimie11to de escombros, carga o polvo en el trayecto. 5. No se permitirá el vaciatlo en solares mientras no se haya obtenido la lice11cia de construcción del edificio correspontliente, safro casos excepcio11ales debidamente justificados, y con la correspondiente dirección facultativa. 6. En los inmuebles sujetos a ob!lgació11 de realizar excavaciones arqueológicas la autorización de vaciado se otorgará tras fa

autorización previa y preceptiva del organismo competente en Patrimonio Histórico."

Quinto. Adve1tir que en aplicación de la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora de Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Articulo 5° Sección 1 º, (B.0.P. nº 296 de 28 de diciembre de

2006), dispone del plazo de UN MES DESDE LA FECHA DE OTORGAMIENTO de la presente

licencia, para formular la AUTOLIQUIDACIÓN provisional del impuesto referido, debiendo dirigirse al efecto, a la OFICINA DE GESTIÓN TRIBUTARIA de esta Administración para su expedición

informática; advii1iéndole asimismo que las autoliquidaciones que se presenten fuera de plaza, sufrirán

los recargos establecidos en la Ley General Tributaria (mt. 27, Ley 58/2003, de 17 de diciembre).

Sexto.- Notificar al interesado que una vez finalizada la obra deberá presentar Certificado Final de Obra en el que se exprese que la obra ha sido ejecutada según lo establecido en el proyecto correspondiente

2

-21-

Excmo._Ayuntamiento de _Talavera de_la_Reina

Ngdo. 5° Urb. Expte. 76/17 . OM

ACTA

LA ,JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en sesión de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

N° 430 - LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.- Vista la solicitud de LICENCIA MUNICIPAL DE

OBRAS PARA LA INSTALACIÓN DE LINEAS DE VIDA en cubierta del Juzgado de Talavera de la Reina

(Toledo), en Calle Mérida nº 9, a propuesta de la empresa "COORDINACIÓN TÉCNICA DE OBRAS, S.L."

con C.I.F. B-74193681 Vistos asimismo los informes técnico y jurídico emitidos al efecto. La Junta de

Gobierno Local acordó por unanimidad:

Primero. CONCEDER a la empresa "COORDINACIÓN TÉCNICA DE OBRAS, S.L.", C.I.F. B-74193681,

LICENCIA MUNICIPAL DE OBRAS PARA LA INSTALACIÓN DE LINEAS DE VIDA en cubierta del Juzgado de

Talavera de la Reina (Toledo), en Calle Mérida nº 9, conforme al Presupuesto y planos presentados.

Segundo. Notificar al interesado que, de conformidad con el artículo 167 del TRLOTAU, el plazo de

inicio de las obras será de tres meses contados a partir de la recepción de la notificación de la concesión

de la licencia; el plazo de suspensión no podrá ser superior a un mes, ni acumuladamente más de 20 por

100 del tiempo previsto para la ejecución de las mismas, previa petición al Ayuntamiento; y el plazo de

ejecución será de un mes contado a partir de la finalización del plazo de inicio.

Tercera. Notificar, asimismo, que en aplicación de la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto

sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Artículo Sº Sección 1•, (BOP nº 296 de 28 de diciembre de

2006), dispone del plazo de UN MES DESDE LA FECHA DE OTORGAMIENTO de la presente licencia, para

formular la AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL del impuesto referido, debiendo dirigirse al efecto, a la

OFICINA DE GESTION TRIBUTARIA de esta Administración para su expedición informática; advirtiéndole

asimismo que las autoliquidaciones que se presenten fuera de plazo, sufrirán los recargos establecidos

en la Ley General Tributaria ( art. 27, Ley 58/2003 de 17 de diciembre).

Cuarto. Comunicar al interesado, la obligación de presentar Certificado Final de Obra sellado por el

Colegio Oficial correspondiente, donde se exprese que la ejecución de la obra se ha desarrollado tal y

como estableció la documentación presentada ante este Ayuntamiento.

1

-22-

/\ \

Ngdo. 5º Urb. Expte 78/17. OM

Excmo .. Ayuntamiento de _Talavera de.la.Reina

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en sesión de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

N° 431 - LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.- Vista la solicitud de LICENCIA MUNICIPAL

DE OBRAS para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Camino de la Cañada, s/n de

Gamonal, con Ref. Catastral: 2852024UK3225S, así como para la previa demolición de Nave Agrícola

ubicada en la misma parcela, a propuesta de D. FRANCISCO BERNARDO GONZALEZ, con DNI nº

042 l l 598E; Vistos asimismo los informes técnico y jurídico emitidos al efecto. La Junta de Gobierno

Local acordó por unanimidad:

Primero. CONCEDER a FRANCISCO BERNARDO GONZALEZ, con DNI nº 04211598E,

LICENCIA MUNICIPAL DE OBRAS para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en

Camino de la Cañada, sin de Gamonal, con Ref. Catastral: 2852024UK3225S, conforme al Proyecto

presentado, así como LICENCIA MUNICIPAL DE OBRAS para la previa demolición de Nave

Agrícola ubicada en la referida parcela, conforme al Proyecto presentado.

Segundo. Notificar al interesado que, de conformidad con el articulo 167 del TRLOTAU, el plazo de

inicio de las obras será de tres meses contados a partir de la recepción de la notificación de la concesión

de la licencia; el plazo de suspensión no podrá ser superior a un mes, ni acumuladamente más de 20 por

100 del tiempo previsto para la ejecución de las mismas, previa petición al Ayuntamiento; y el plazo de

ejecución será de QUINCE MESES contados a partir de la notificación de la concesión de la licencia.

Tercera. Notificar, asimismo, que en aplicación de la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto

sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Articulo 5° Sección 1 ", (BOP nº 296 de 28 de diciembre de

2006), dispone del plazo de UN MES DESDE LA FECHA DE OTORGAMIENTO de la presente

licencia, para formular la AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL del impuesto referido, debiendo

dirigirse al efecto, a la OFICINA DE GESTION TRIBUTARIA de esta Administración para su

expedición informática; advirtiéndole asimismo que las autoliquidaciones que se presenten fuera de plazo,

sufrirán los recargos establecidos en la Ley General Tributaria ( art. 27, Ley 58/2003 de 17 de diciembre).

Cuarto. Advertir al interesado que de conformidad con la Disposición Adicional de la Ordenanza

Municipal de Licencia de Primera Utilización y Ocupación de Edificios e Instalaciones en General, el

titular de esta licencia está sujeto a la obligación de solicitar Licencia de Primera Utilización y Ocupación por el procedimiento previsto en el artículo 3° de la mencionada Ordenanza ( publicada en el

BOP de Toledo n" 108, de fecha 11 de mayo de 2001 ), debiendo obligatoriamente adjunta con dicha

solicitud, el Libro del Edificio.

1

-23-

V t\

Ngdo. 5° Urb. Expte.57/17 OM

Excmo._Ayuntamiento de _Ta/avera_de la.Reina

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en sesión de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

N° 432 - LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.- Vista la solicitud de LICENCIA MUNICIPAL

DE OBRAS para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en Camino de la Cañada, sin de

Gamonal, con Ref. Catastral: 2852024UK3225S, asi corno para la previa demolición de Nave Agrícola ubicada en la misma parcela, a propuesta de ALBERTO BERNARDO GONZÁLEZ, con DNI nº

042I 1599T; Vistos asimismo los informes técnico y jurídico emitidos al efecto. La Junta de Gobierno Local acordó por unanimidad:

Primero. CONCEDER a ALBERTO BERNARDO GONZÁLEZ, con DNI nº 04211599T,

LICENCIA MUNICIPAL DE OBRAS para la construcción de una vivienda unifamiliar aislada en

Camino de la Cañada, sin de Gamonal, con Ref. Catastral: 2852024UK3225S, conforme al Proyecto

presentado, así como LICENCIA MUNICIPAL DE OBRAS para la previa demolición de Nave

Agrícola ubicada en la referida parcela, conforme al Proyecto presentado.

Segundo. Notificar al interesado que, de conformidad con el artículo 167 del TRLOTAU, el plazo de

inicio de las obras será de tres meses contados a partir de la recepción de la notificación de la concesión de la licencia; el plazo de suspensión no podrá ser superior a un mes, ni acumuladamente más de 20 por

100 del tiempo previsto para la ejecución de las mismas 1 previa petición al Ayuntamiento; y el plazo de

ejecución será de QUINCE MESES contados a pattir de la notificación de la concesión de la licencia.

Tercera. Notificar, asimismo, que en aplicación de la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora del Impuesto

sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Artículo 5° Sección I ', (BOP nº 296 de 28 de diciembre de

2006), dispone del plazo de UN MES DESDE LA FECHA DE OTORGAMIENTO de la presente licencia, para formular la AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL del impuesto referido, debiendo

dirigirse al efecto, a la OFICINA DE GESTION TRIBUTARIA de esta Administración para su

expedición infom1ática; advirtiéndole asimismo que las auto liquidaciones que se presenten fuera de plazo,

sufrirán los recargos establecidos en la Ley General Tributaria ( att. 27, Ley 58/2003 de 17 de diciembre).

Cuarto. Advertir al interesado que de conformidad con la Disposición Adicional de la Ordenanza Municipal de Licencia de Primera Utilización y Ocupación de Edificios e Instalaciones en General, el titular de esta licencia está sujeto a la obligación de solicitar Licencia de Primera Utilización v Ocupación por el procedimiento previsto en el artículo 3° de la mencionada Ordenanza ( publicada en el

BOP de Toledo nº 108, de fecha I I de mayo de 2001), debiendo obligatoriamente adjunta con dicha solicitud, el Libro del Edificio.

1

-24-

r ' ! \ . ' \,!.e ..

Ngdo. 5° Urb. Expte. 58íl 6 OM

Excmo._Ayuntamiento de _Talavera_ de_la_Reina

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en sesión de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

N° 43j - LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.- Vista la solicitud de LICENCIA MUNICIPAL DE

OBRAS DE LEGALIZACIÓN consistente en la ejecución de una Piscina y cerramiento de la terraza no

contempladas en el Proyecto de Obras y licencia de obras otorgada para la construcción de una

vivienda unifamiliar en la Parcela 26, Manzana O del P.P.9 "Palomarejos11 de Referencia Catastral n2

6055626UK4265N0001MO y solicitud de LICENCIA DE PRIMERA UTILIZACIÓN Y OCUPACIÓN de la

vivienda ubicada en la parcela de referencia, a propuesta de D.JESUS HERRON RODRIGO con DNI

04161431H, Vistos asimismo los informes técnico y jurídico emitidos al efecto. La Junta de Gobierno

Local acordó por unanimidad:

Primero. CONCEDER a JESUS HERRON RODRIGO con DNI 04161431H, LICENCIA MUNICIPAL DE

OBRAS DE LEGALIZACIÓN consistente en la ejecución de una Piscina y cerramiento de la terraza no

contempladas en el Proyecto de Obras y licencia de obras otorgada para la construcción de una

vivienda unifamiliar en la Parcela 26, Manzana O del P.P.9 "Palomarejos" de Referencia Catastral n2

6055626UK4265N0001MO, según proyecto de modificación presentado.

Segundo. o. Notificar, asímismo, que en aplicación de la vigente Ordenanza Fiscal Reguladora del

Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras, Artículo 52 Sección 1ª, {BOP nº 296 de 28 de

diciembre de 2006), dispone del plazo de UN MES DESDE LA FECHA DE OTORGAMIENTO de la presente

licencia, para formular la AUTOLIQUIDACIÓN PROVISIONAL del impuesto referido, debiendo dirigirse al

efecto, a la OFICINA DE GESTION TRIBUTARIA de esta Administración para su expedición informática;

advirtiéndole asimismo que las autoliquidaciones que se presenten fuera de plazo, sufrirán los recargos

establecidos en la Ley General Tributaria { art. 27, Ley 58/2003 de 17 de diciembre).

Tercero. Previo acuerdo de avocación con motivo de tratarse del mismo interesado y para la misma

vivienda, , CONCEDER a D JESUS HERRON RODRIGO con DNI 04161431H, LICENCIA MUNICIPAL DE

PRIMERA UTILIZACION Y OCUPACIÓN de la vivienda unifamiliar situada en la Parcela 26, Manzana O del

P.P.9 "Palomarejos" de Referencia Catastral nº 6055626UK4265N0001MO de Talavera de la Reina

{Toledo), para la puesta en uso del citado inmueble.

1

-25-

(!

\ / \ ' V

Ngdo. 5° Urb. Exptc. 34107 OM

Excmo._Ayuntamiento de _Talavera_de_la_Reina

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en sesión de NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE adoptó el siguiente acuerdo:

Nº 434 - LICENCIAS PARTICULARES DE OBRAS.-Vista la solicitud de AMPLIACION DE PLAZO DE EJECUC!ON de Licencia de Obras, concedida a RODOLFO TOLEDANO V ALIENTE, con DNI 07525014N Vistos asimismo los informes técnico y jurídico emitidos al efecto. La Junta de Gobierno

Local acordó por unanimidad:

-AUTORIZAR a . RODOLFO TOLEDANO VALIENTE, con DNI 07525014N, ampliación del plazo de la Licencia de Obras concedida por acuerdo núm. 428 de la Junta de Gobierno Local, en sesión de 17 de julio de 2007 para la construcción de vivienda unifamiliar en calle Bruselas, Parcela 72, de Referencia Catastral 5759013UK4255NOOOIZT, concediéndose un plazo máximo de seis meses para el inicio de las obras.

1

-26-

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Ngdo. O. Mayor Expte. 95/17

ACTA

LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL, en sesión ordillaria de fecha NUEVE DE NOVIEMBRE DE DOS MIL DIECISIETE, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

ASUNTO TRAMITE URGENTE

Previa declaración de urgencia que fue acordada con el voto favorable de la mayoría absoluta legal de miembros que componen este Organo Colegiado, tal como exige el artículo 51 del Texto Refundido de Régimen Local, de 18 de abril de 1.986, fue adoptado el siguiente acuerdo:

Nº435 a).- CONVENIO PARA LA DONACIÓN DE UN MURAL CERÁMICO PARA SU INSTALACIÓN EN LA AMPLIACIÓN DE LOS JARDINES DEL PRADO. APROBACIÓN.

Dada cuenta del convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Talavera de la Reina y D. ALFREDO VIEDMA GIL para la donación por parte de éste de un mural cerámico para su colocación por el Ayuntanliento en la ampliación de los Jardines del Prado.

Visto el informe de la Oficialía Mayor

De acuerdo con lo dispuesto en los arts. 47 a 53 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y 1 O c) del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales.

Considerando que de los términos del convenio no se deduce condición o modalidad onerosa alguna por lo que no existe limitación a la presente donación.

Considerando asimismo que la Disposición Adicional segunda de la Ley de Contratos del Sector Público establece que corresponde a la Junta de Gobierno Local la adquisición del patrimonio de la Entidad Local.

La Junta de Gobierno acordó por unanimidad:

Primero.- Aprobar el convenio suscrito entre el Ayuntamiento de Talavera de la Reína y D. ALFREDO VIEDMA GIL para la donación por paiie de éste de un mural cerámico para su colocación por el Ayuntamiento en la ampliación de los Jardines del Prado Segundo.- Ordenar la inscripción del bien donado en el inventario de bienes y derechos de la Corporación.

-27-

!.\ i

Excmo. Ayuntamiento de Talavera de la Reina

Y no habiendo más asuntos de qué tratar, por la Presidencdia se levantó la sesión,

siendo las nueve horas y veinte minutos extendiéndose el presente borrador de acta que firma \

el Sr. Alcalde, de lo que yo, como Secretario, certifico. '·

"' EL SECRETA.RI?G(NERAL

\ ! V

'"'~ \,

-28-