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Año XXIII / Nº 9588 www.elperuano.com.pe Pág. 327971 Sumario Lima, miércoles 13 de setiembre de 2006 PODER EJECUTIVO CASA DE GOBIERNO Res. Nº 058-2006-DP/JCGOB.- Declaran en reestructuración institucional al Despacho Presidencial 327973 P C M R.S. Nº 272-2006-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a EE.UU., presidiendo delegación que participará en sesiones de la Asamblea General de las Naciones Unidas 327973 R.S. Nº 273-2006-PCM.- Encargan el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores al Ministro de Defensa 327974 R.M. Nº 329-2006-PCM.- Designan Director de la Oficina General de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros 327974 AGRICULTURA RR.MM. Nºs. 1160 y 1161-2006-AG.- Designan Gerente General y Gerente de la Oficina de Administración del INRENA 327974 RR.MM. Nºs. 1162 y 1163-2006-AG.- Designan Gerentes de las Oficinas de Servicios al Usuario y Trámite Documentario y de Comunicaciones del INRENA 327975 RR.MM. Nºs. 1164 y 1165-2006-AG.- Designan Gerentes de las Oficinas de Planificación y de Informática del INRENA 327975 R.J. Nº 232-2006-INRENA.- Aprueban Términos de Referencia para la formulación de Planes de Manejo Forestal en bosques de Comunidades Nativas y/o Campesinas con fines de comercialización a baja, mediana y alta escala 327976 MINCETUR RR.DD. Nºs. 658 y 676-2006-MINCETUR/VMT/DNT.- Autorizan a Palacio Real S.A. e Inversiones Concepción S.A.C. la explotación de máquinas tragamonedas en salas de juego ubicadas en las provincias de Lima y Maynas 327977 DEFENSA R.S. Nº 378-2006-DE/SG.- Designan Jefe del Instituto Geográfico Nacional 327980 R.S. Nº 379-2006-DE/FAP.- Disponen pasar a situación militar de retiro a Oficial FAP 327980 R.S. Nº 380-2006-DE/FAP.- Autorizan viaje de Personal Militar FAP a EE.UU., en comisión de servicios 327981 ECONOMÍA Y FINANZAS D.S. Nº 142-2006-EF.- Autorizan una transferencia de partidas en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Externo del Ministerio de Agricultura a favor del Proyecto Control y Erradicación de la Mosca de la Fruta Ceratitis Capitata en la Costa Peruana a cargo del SENASA 327981 D.S. Nº 143-2006-EF.- Autorizan al Ministerio de Economía y Finanzas para que atienda el Pago de Servicio de Deuda Externa 327982 D.S. Nº 144-2006-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros 327983 R.S. Nº 066-2006-EF.- Ratifican acuerdo de PROINVERSION que aprueba modificación al Plan de Promoción de la Inversión Privada para el otorgamiento de la concesión de la Red Vial Nº 1: Piura - Sullana - Aguas Verdes y Sullana - La Tina - Puente Macará 327983 RR.SS. Nºs. 067 y 068-2006-EF.- Designan miembros del Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV 327984 R.S. Nº 069-2006-EF.- Nombran representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del FONDEPES 327985 RR.MM. Nºs. 526 y 527-2006-EF/10.- Aceptan renuncia y designan Director General de la Dirección General del Tesoro Público, actualmente Dirección Nacional del Tesoro Público 327985 RR.MM. Nºs. 528 y 529-2006-EF-10.- Aceptan renuncia y designan Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero 327985 EDUCACIÓN R.S. Nº 031-2006-ED.- Autorizan salida temporal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para su exhibición en museo de los EE.UU. 327986 R.S. Nº 032-2006-ED.- Autorizan salida temporal de bienes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para su exhibición en museos de Canadá 327987 R.M. Nº 0544-2006-ED.- Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales a presuntos responsables de la comisión de delito contra el Patrimonio Cultural 327989 R.M. 0546-2006-ED.- Designan Asesor del Viceministerio de Gestión Institucional 327989 R.M. Nº 0547-2006-ED.- Designan Jefe de la Oficina de Coordinación y Supervisión Regional 327990 MIMDES R.M. Nº 673-2006-MIMDES.- Encargan puesto de Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio 327990 R.M. Nº 674-2006-MIMDES.- Dan por concluida encargatura de funciones de Gerente de la Gerencia de Promoción y Desarrollo del PATPAL "Felipe Benavides Barreda" 327990 R.M. Nº 675-2006-MIMDES.- Dan por concluida designación de Gerente de la Gerencia de Operaciones del PATPAL "Felipe Benavides Barreda" 327990 RELACIONES EXTERIORES D.S. Nº 059-2006-RE.- Ratifican Enmienda Nueve al Convenio de Donación de Objetivo Estratégico entre el Perú y los Estados Unidos de América para Fortalecimiento de los Procesos e Instituciones Democráticas en Áreas Críticas USAID (527-0402) 327991 R.S. Nº 338-2006-RE.- Dan por terminadas funciones de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Chile 327991 GACETA JURÍDICA Boletín oficial de normas legales de El Peruano

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Año XXIII / Nº 9588 www.elperuano.com.pe Pág. 327971

Sumario

Lima, miércoles 13 de setiembre de 2006

PODER EJECUTIVO

CASA DE GOBIERNO

Res. Nº 058-2006-DP/JCGOB.- Declaran en reestructuracióninstitucional al Despacho Presidencial 327973

P C M

R.S. Nº 272-2006-PCM.- Autorizan viaje del Ministro deRelaciones Exteriores a EE.UU., presidiendo delegaciónque participará en sesiones de la Asamblea General de lasNaciones Unidas 327973R.S. Nº 273-2006-PCM.- Encargan el Despacho delMinistro de Relaciones Exteriores al Ministro de Defensa

327974R.M. Nº 329-2006-PCM.- Designan Director de la OficinaGeneral de Comunicaciones de la Presidencia del Consejode Ministros 327974

AGRICULTURA

RR.MM. Nºs. 1160 y 1161-2006-AG.- Designan GerenteGeneral y Gerente de la Oficina de Administración delINRENA 327974RR.MM. Nºs. 1162 y 1163-2006-AG.- Designan Gerentesde las Oficinas de Servicios al Usuario y Trámite Documentarioy de Comunicaciones del INRENA 327975RR.MM. Nºs. 1164 y 1165-2006-AG.- Designan Gerentesde las Oficinas de Planificación y de Informática delINRENA 327975R.J. Nº 232-2006-INRENA.- Aprueban Términos de Referenciapara la formulación de Planes de Manejo Forestal en bosques deComunidades Nativas y/o Campesinas con fines decomercialización a baja, mediana y alta escala 327976

MINCETUR

RR.DD. Nºs. 658 y 676-2006-MINCETUR/VMT/DNT.-Autorizan a Palacio Real S.A. e Inversiones Concepción S.A.C.la explotación de máquinas tragamonedas en salas de juegoubicadas en las provincias de Lima y Maynas 327977

DEFENSA

R.S. Nº 378-2006-DE/SG.- Designan Jefe del InstitutoGeográfico Nacional 327980R.S. Nº 379-2006-DE/FAP.- Disponen pasar a situaciónmilitar de retiro a Oficial FAP 327980R.S. Nº 380-2006-DE/FAP.- Autorizan viaje de PersonalMilitar FAP a EE.UU., en comisión de servicios 327981

ECONOMÍA Y FINANZAS

D.S. Nº 142-2006-EF.- Autorizan una transferencia departidas en la fuente de financiamiento Recursos porOperaciones Oficiales de Crédito Externo del Ministeriode Agricultura a favor del Proyecto Control y Erradicaciónde la Mosca de la Fruta Ceratitis Capitata en la Costa Peruanaa cargo del SENASA 327981

D.S. Nº 143-2006-EF.- Autorizan al Ministerio de Economíay Finanzas para que atienda el Pago de Servicio de DeudaExterna 327982D.S. Nº 144-2006-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas afavor de la Presidencia del Consejo de Ministros 327983R.S. Nº 066-2006-EF.- Ratifican acuerdo de PROINVERSIONque aprueba modificación al Plan de Promoción de la InversiónPrivada para el otorgamiento de la concesión de la Red VialNº 1: Piura - Sullana - Aguas Verdes y Sullana - La Tina -Puente Macará 327983RR.SS. Nºs. 067 y 068-2006-EF.- Designan miembros delDirectorio de la Comisión Nacional Supervisora deEmpresas y Valores - CONASEV 327984R.S. Nº 069-2006-EF.- Nombran representante del Ministerioante el Consejo Directivo del FONDEPES 327985RR.MM. Nºs. 526 y 527-2006-EF/10.- Aceptan renunciay designan Director General de la Dirección General delTesoro Público, actualmente Dirección Nacional del TesoroPúblico 327985RR.MM. Nºs. 528 y 529-2006-EF-10.- Aceptan renunciay designan Defensor del Contribuyente y Usuario Aduanero

327985

EDUCACIÓN

R.S. Nº 031-2006-ED.- Autorizan salida temporal de bienesintegrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para suexhibición en museo de los EE.UU. 327986R.S. Nº 032-2006-ED.- Autorizan salida temporal de bienesintegrantes del Patrimonio Cultural de la Nación para suexhibición en museos de Canadá 327987R.M. Nº 0544-2006-ED.- Autorizan a procurador iniciaracciones judiciales a presuntos responsables de la comisiónde delito contra el Patrimonio Cultural 327989R.M. Nº 0546-2006-ED.- Designan Asesor delViceministerio de Gestión Institucional 327989R.M. Nº 0547-2006-ED.- Designan Jefe de la Oficina deCoordinación y Supervisión Regional 327990

MIMDES

R.M. Nº 673-2006-MIMDES.- Encargan puesto deDirector General de la Oficina General de Asesoría Jurídicadel Ministerio 327990R.M. Nº 674-2006-MIMDES.- Dan por concluidaencargatura de funciones de Gerente de la Gerencia dePromoción y Desarrollo del PATPAL "Felipe BenavidesBarreda" 327990R.M. Nº 675-2006-MIMDES.- Dan por concluidadesignación de Gerente de la Gerencia de Operaciones delPATPAL "Felipe Benavides Barreda" 327990

RELACIONES EXTERIORES

D.S. Nº 059-2006-RE.- Ratifican Enmienda Nueve alConvenio de Donación de Objetivo Estratégico entre elPerú y los Estados Unidos de América para Fortalecimientode los Procesos e Instituciones Democráticas en ÁreasCríticas USAID (527-0402) 327991R.S. Nº 338-2006-RE.- Dan por terminadas funciones deEmbajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú enChile 327991

GACETA JURÍDICABoletín oficial de normas legales de El Peruano

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NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327972El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

R.S. Nº 339-2006-RE.- Delegan facultades al Presidentedel CONSUCODE para suscribir la "Carta Constitutiva dela Organización Interamericana de Instituciones deContratación Pública (OIICP)" 327991R.M. Nº 1119/RE.- Exoneran de proceso de selección lacontratación del servicio de telefonía móvil para elMinisterio 327992Fe de Erratas R.S. Nº 321-2006-RE 327993

SALUD

R.M. Nº 846-2006/MINSA.- Aceptan renuncia de Expertoen Sistema Administrativo de la Oficina de Presupuesto de laOficina General de Planeamiento y Presupuesto 327993R.M. Nº 847-2006/MINSA.- Aceptan renuncia de DirectorGeneral de la Oficina General de Formación yPerfeccionamiento del Instituto de Desarrollo de RecursosHumanos 327993R.M. Nº 848-2006/MINSA.- Aceptan renuncia de Director dela Oficina de Economía de la Oficina Ejecutiva de Administraciónde la Dirección de Salud IV Lima Este 327994R.M. Nº 862-2006/MINSA.- Designan Directora Ejecutivade la Dirección General de Infraestructura, Equipamientoy Mantenimiento del Ministerio 327994

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. Nº 706-2006-MTC/02.- Autorizan viaje de Inspectorde la Dirección General de Aeronáutica Civil a Chile, encomisión de servicios 327994RR.VMs. Nºs. 444 y 445-2006-MTC/03.- Renuevanautorizaciones otorgadas a personas jurídicas para prestarservicios de radiodifusión sonora educativa y comercial enlas provincias de Jaén y Arequipa 327995RR. VMs. Nº 449 y 464-2006-MTC/03.- Otorganautorizaciones a personas natural y jurídica para prestarservicio de radiodifusión sonora comercial en laslocalidades de Jauja y La Oroya- Yauli 327997R.VM. Nº 461-2006-MTC/03.- Otorgan autorización aasociación para prestar servicio de radiodifusión portelevisión educativa en la localidad de Chota 327999

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

Res. Adm. Nº 105-2006-CE-PJ.- Crean órganos juris-diccionales permanentes y transitorios en diversos DistritosJudiciales del país 328001Res. Adm. Nº 106-2006-CE-PJ.- Aprueban medidas parael fortalecimiento de órganos jurisdiccionales y áreasadministrativas del Poder Judicial 328004

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

REGISTRO NACIONAL DE

IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL

RR.JJ. Nºs. 822 y 823-2006-JEF/RENIEC.- Autorizan aprocurador iniciar acciones legales contra presuntos responsablesde la comisión de delito contra la fe pública 328005

UNIVERSIDADES

Res. Nº 2548-2006-UNFV.- Exoneran de concurso público lacontratación de servicios de limpieza y mantenimiento de localesde la Universidad Nacional Federico Villarreal 328006

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

INPE

RR. Nºs. 547, 548 y 558-2006-INPE/P.- Exoneran deprocesos de selección la contratación de suministro de alimentospreparados para diversos establecimientos penitenciarios dela Dirección Regional Lima del INPE 328007

Res. Nº 568-2006-INPE/P.- Designan Director de la Oficinade Obras y Equipamiento de la Oficina de Infraestructuradel INPE 328012

SUNAT

Res. Nº 144-2006/SUNAT.- Aprueban disposicionesrelativas al Beneficio de Devolución del Impuesto Selectivoal Consumo dispuesto por la Ley Nº 28310 al serviciopúblico de transporte ferroviario de pasajeros y carga

328012

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL JUNÍN

Res. Nº 521-2006-GRJ/PR.- Autorizan Créditos Suple-mentarios en el Presupuesto Institucional del GobiernoRegional de Junín para el Año Fiscal 2006 328013

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

Res. Nº 378-2006-PRES.- Crean el Comité DirectivoRegional para la Prevención y Erradicación del TrabajoInfantil - CDRPETI - de la Región Lima 328014

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES

D.A. Nº 37.- Convocan a Elecciones de Representantes dela Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación LocalDistrital 328015

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Acuerdo Nº 100-2006-MSI.- Autorizan viaje del Alcaldepara asistir a reunión de trabajo a realizarse en Argentina

328016

MUNICIPALIDAD DE

VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

D.A. Nº 039-2005/MVMT.- Autorizan utilizar local comoDepósito Municipal para el internamiento de vehículosmenores del distrito 328016

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA

Ordenanza Nº 018-2006-MDLP.- Regulan el otorgamientode Certificados Domiciliarios 328016

MUNICIPALIDAD DE VENTANILLA

D.A. Nº 007-2006/MDV-ALC.- Convocan a eleccionesprimarias o de primer nivel al Consejo de CoordinaciónLocal en el distrito 328017

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CAJARURO

Acuerdo Nº 011-2006-MDC.- Exoneran de proceso deselección la adquisición de productos para el Programa delVaso de Leche 328018

CONVENIOS INTERNACIONALES

Convenios Internacionales.- Entrada en vigencia del"Tratado entre el Gobierno de la República del Perú y elGobierno de la República Federativa del Brasil sobreTransferencia de Condenados" 328018

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327973

REPUBLICA DEL PERU

PODER EJECUTIVO

CASA DE GOBIERNO

D eclaran en reestructuración institu-cional al D espacho Presidencial

RESOLUCIÓN DEL JEFE DE LACASA DE GOBIERNO

Nº 058-2006-DP/JCGOB

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Ley Nº 27573 se crea el PliegoDespacho Presidencial con la finalidad de atender losgastos e inversiones correspondientes a la Presidenciade la República;

Que, así mismo, por Decreto Supremo Nº 007-2002-PCM, Resolución Suprema Nº 102-2002-PCM y DecretoSupremo Nº 050-2002-EF se aprobaron el Reglamentode Organización y Funciones, Cuadro de Asignación dePersonal y Política Remunerativa del DespachoPresidencial, respectivamente;

Que mediante la Ley Nº 27658, Ley Marco deModernización de la Gestión del Estado, se establecióque el proceso de modernización de la gestión tienecomo finalidad fundamental la obtención de mayoresniveles de eficiencia del aparato estatal, de manera quese logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizandoy optimizando el uso de los recursos públicos, siendouna de sus acciones buscar la mayor eficiencia en lautilización de los recursos del Estado y por lo tanto,eliminar la duplicidad o superposición de competencias,funciones y atribuciones entre sectores y entidades oentre funcionarios y servidores;

Que en el marco de las políticas de austeridaddictadas por el presente gobierno, se ha establecido queel presupuesto del Despacho Presidencial sea reducidopara el año fiscal 2007 de manera drástica, con la finalidadde que los recursos ahorrados sean destinados al Fondode Igualdad para la realización de obras en beneficio dela población de extrema pobreza;

Que, mediante la Décimo Primera DisposiciónComplementaria y Final de la Ley Nº 28880, se haautorizado al Despacho Presidencial a llevar a cabo unproceso de reestructuración institucional, aplicandocriterios de eficiencia, economía y austeridad, a fin deracionalizar el uso de los recursos asignados al Pliego;

Que, en consecuencia, corresponde a esta SecretaríaGeneral disponer las acciones conducentes alcumplimiento de la norma antes indicada;

De conformidad con lo dispuesto en el literal q) delartículo 10º del Reglamento de Organización y Funcionesdel Despacho Presidencial, aprobado por DecretoSupremo Nº 007-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declaración de ReestructuraciónDeclarar en reestucturación institucional al Despacho

Presidencial de acuerdo a los lineamientos establecidosen la Décimo Primera Disposición Complementaria y Finalde la Ley Nº 28880 publicada en el Diario Oficial ElPeruano el 9 de setiembre de 2006.

Artículo 2º.- Autorización de GestiónAutorizar a la Gerencia Central de Administración, la

elaboración del Plan de Racionalización Institucional, quecomprenderá la propuesta de los nuevos instrumentosde gestión y las medidas a adoptar que conduzcan a unmejor uso de los recursos presupuestarios asignados alpliego.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS NAVA GUIBERTSecretario General de laPresidencia de la República

02062-1

P C M

A utorizan viaje del M inistro deR elaciones E xteriores a E E .U U.,presidiendo delegación que participaráen sesiones de la Asam blea G eneral delas Naciones Unidas

RESOLUCIÓN SUPREMANº 272-2006-PCM

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que el Ministro de Estado en el Despacho deRelaciones Exteriores, señor José Antonio GarcíaBelaunde, tiene previsto presidir la delegación peruana yparticipar en el Debate General del Sexagésimo PrimerPeríodo de Sesiones de la Asamblea General de NacionesUnidas que se realizará en Nueva York, Estados Unidosde América, del 18 al 26 de septiembre de 2006;

Que la participación del Perú en dicho foro constituyeuna importante oportunidad para afirmar y promover losintereses y objetivos de la política exterior peruana enimportantes ámbitos de la agenda internacional, como elimpulso a las políticas de desarrollo y cooperación, lapaz y seguridad internacionales, entre otros;

Que en el marco de la participación peruana en el 61ºPeríodo de Sesiones de la Asamblea General de lasNaciones Unidas, además de la intervención en el debategeneral, se han previsto reuniones de coordinación yconsulta en el marco del Consejo de Seguridad deNaciones Unidas, órgano en el que el Perú es MiembroNo Permanente al haber resultado electo para ocupardicho puesto durante los años 2007 y 2008;

Que asimismo, durante el desarrollo de la Asambleade las Naciones Unidas, el señor Ministro de Estado enel Despacho de Relaciones Exteriores participará enreuniones de coordinación y consulta a nivel deCancilleres de la Comunidad Andina de Naciones y de laCumbre Iberoamericana, en encuentros de Ministros deRelaciones Exteriores del Grupo de Río con losCancilleres de otros países y grupos regionales ysostendrá a su vez reuniones bilaterales;

De conformidad con la Cuarta DisposiciónComplementaria de la Ley Nº 28091, Ley del ServicioDiplomático de la República; los artículos 185º inciso g)y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE,Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de laRepública; el inciso m) del artículo 5º del Decreto LeyNº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de RelacionesExteriores; la Ley Nº 27619, que regula la autorizaciónde viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,su modificatoria la Ley Nº 28807; y su Reglamento,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004,modificado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y elinciso j) del artículo 8º de la Ley Nº 28652, Ley delPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006;y su modificatoria, el artículo 15º del Decreto de UrgenciaNº 002-2006;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro deEstado en el Despacho de Relaciones Exteriores, señorJosé Antonio García Belaunde, a la ciudad de NuevaYork, Estados Unidos de América, del 19 al 26 deseptiembre de 2006, a fin de que presida la delegaciónperuana que participará en el Sexagésimo Primer Períodode Sesiones de la Asamblea General de las NacionesUnidas.

Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue laparticipación del Ministro de Estado en el Despacho deRelaciones Exteriores por concepto de pasajes,US$ 1440.07, viáticos US$ 1980.00 y tarifa por uso deaeropuerto US$ 30.25, serán cubiertos por el PliegoPresupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores,debiendo rendir cuenta documentada en un plazo nomayor de quince (15) días al término de la referidacomisión.

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327974El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

Artículo Tercero.- La presente Resolución no daderecho a exoneración ni liberación de impuestosaduaneros de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

02061-14

Encargan el D espacho del M inistro deRelaciones Exteriores al M inistro deD efensa

RESOLUCIÓN SUPREMANº 273-2006-PCM

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, el Ministro de Estado en el Despacho deRelaciones Exteriores, señor José Antonio GarcíaBelaunde, se ausentará del país del 19 al 26 de setiembrede 2006, a fin de presidir la delegación peruana queparticipará en el Sexagésimo Primer Período de Sesionesde la Asamblea General de las Naciones Unidas;

Que, en consecuencia, es necesario encargar elDespacho del Ministro de Relaciones Exteriores en tantodure la ausencia del titular;

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127ºde la Constitución Política del Perú; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Encargar el Despacho del Ministrode Relaciones Exteriores al Ministro de Estado en elDespacho de Defensa, Embajador Allan Wagner Tizón,del 19 al 26 de setiembre de 2006.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

02061-15

D esignan D irector de la O ficina G eneralde Com unicaciones de la Presidenciadel Consejo de M inistros

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 329-2006-PCM

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que el artículo 40º del Reglamento de Organizacióny Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 094-2005-PCM,prevé que la Oficina de General de Comunicaciones esel órgano encargado de desarrollar y coordinar la políticade comunicaciones del Poder Ejecutivo;

Que, encontrándose vacante el cargo de Director dela Oficina General de Comunicaciones, resulta pertinentedesignar al funcionario que lo desempeñará;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto deUrgencia Nº 021-2006, la Ley Nº 27594 y el DecretoSupremo Nº 094-2005-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor JAIME MARCOSANTONIO ASIÁN DOMINGUEZ en el cargo de Directorde la Oficina General de Comunicaciones de laPresidencia del Consejo de Ministros.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

02059-1

AGRICULTURA

D esignan G erente G eneral y G erentede la O ficina de Adm inistración delINRENA

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1160-2006-AG

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0615-2004-AG del 7 de setiembre del 2004, se designó al Ing.Heriberto Werenshon Ramos Gonzáles en el cargo deGerente General del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA del Ministerio de Agricultura;

Que, es conveniente dar por concluida la designacióndel referido Gerente; y,

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, LeyOrgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594,el Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado porDecreto Supremo Nº 018-2003-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha,la designación del Ing. Heriberto Werenshon RamosGonzáles en el cargo de Gerente General del InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministeriode Agricultura.

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha al Dr. Miguelde los Reyes Rosas Silva, en el cargo de Gerente Generaldel Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENAdel Ministerio de Agricultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍAMinistro de Agricultura

02043-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1161-2006-AG

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0538-2006-AG del 23 de junio del 2006, se designó al CPC SegundoTeodoro Díaz y Rodríguez en el cargo de Gerente de laOficina de Administración del Instituto Nacional deRecursos Naturales - INRENA del Ministerio deAgricultura;

Que, es conveniente dar por concluida la designacióndel referido Gerente; y,

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, LeyOrgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594,el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327975

REPUBLICA DEL PERU

Nacional de Recursos Naturales - INRENA aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado porDecreto Supremo Nº 018-2003-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha,la designación del CPC Segundo Teodoro Díaz yRodríguez en el cargo de Gerente de la Oficina deAdministración del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA del Ministerio de Agricultura.

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha al Eco.Francisco Aquilino Paredes Taipe, en el cargo de Gerentede la Oficina de Administración del Instituto Nacional deRecursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍAMinistro de Agricultura

02043-2

D esignan G erentes de las O ficinas deServicios al U suario y Trám iteD ocum entario y de Com unicaciones delINRENA

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1162-2006-AG

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0409-2006-AG del 5 mayo del 2006, se designó al Ing. Carlos NicanorParodi García en el cargo de Gerente de la Oficina deServicios al Usuario y Trámite Documentario del InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministeriode Agricultura;

Que, es conveniente dar por concluida la designacióndel referido Gerente; y,

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, LeyOrgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594,el Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado porDecreto Supremo Nº 018-2003-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, ladesignación del Ing. Carlos Nicanor Parodi García en elcargo de Gerente de la Oficina de Servicios al Usuario yTrámite Documentario del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA del Ministerio de Agricultura.

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha al Ing.Jesús Collazos Cerrón, en el cargo de Gerente de laOficina de Servicios al Usuario y Trámite Documentario

del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENAdel Ministerio de Agricultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍAMinistro de Agricultura

02043-3

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1163-2006-AG

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0903-2004-AG del 22 de octubre del 2004, se designó al Sr. DulioAntonio Vega Salomón en el cargo de Gerente de la Oficinade Comunicaciones del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA del Ministerio de Agricultura;

Que, es conveniente dar por concluida la designacióndel referido Gerente; y,

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, LeyOrgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594,el Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado porDecreto Supremo Nº 018-2003-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha,la designación del Sr. Dulio Antonio Vega Salomón en elcargo de Gerente de la Oficina de Comunicaciones delInstituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA delMinisterio de Agricultura.

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha al Sr. GilbertoMiranda Paz, en el cargo de Gerente de la Oficina deComunicaciones del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA del Ministerio de Agricultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍAMinistro de Agricultura

02043-4

D esignan G erentes de las O ficinas dePlanificación y de Inform ática delINRENA

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1164-2006-AG

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0408-2006-AG del 5 de mayo del 2006, se designó al Ing. Percy

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327976El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

Alejandro Cáceda Hurtado en el cargo de Gerente de laOficina de Planificación del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA del Ministerio de Agricultura;

Que, es conveniente dar por concluida la designacióndel referido Gerente; y,

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, LeyOrgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594,el Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado porDecreto Supremo Nº 018-2003-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha, ladesignación del Ing. Percy Alejandro Cáceda Hurtado en elcargo de Gerente de la Oficina de Planificación del InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA del Ministeriode Agricultura.

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha al Ing.Ricardo Rodríguez Ulloa, en el cargo de Gerente de laOficina de Planificación del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA del Ministerio de Agricultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍAMinistro de Agricultura

02043-5

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1165-2006-AG

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0012-2005-AG del 11 de enero del 2005, se designó al Sr. JoséAlberto Martín Quelopana Salinas en el cargo de Gerentede la Oficina de Informática del Instituto Nacional deRecursos Naturales - INRENA del Ministerio de Agricultura;

Que, es conveniente dar por concluida la designacióndel referido Gerente; y,

De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902, LeyOrgánica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594,el Reglamento de Organización y Funciones del InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA aprobadopor Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modificado porDecreto Supremo Nº 018-2003-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Dar por concluida, a partir de la fecha,la designación del Sr. José Alberto Martín QuelopanaSalinas en el cargo de Gerente de la Oficina de Informáticadel Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENAdel Ministerio de Agricultura.

Artículo 2º.- Designar a partir de la fecha al Ing. ÁngelAlejandro Agüero Correa, en el cargo de Gerente de laOficina de Informática del Instituto Nacional de RecursosNaturales - INRENA del Ministerio de Agricultura.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JUAN JOSÉ SALAZAR GARCÍAMinistro de Agricultura

02043-6

Aprueban Térm inos de Referencia para laform ulación de Planes de M anejo Forestalen bosques de Com unidades Nativas y/oCam pesinas con fines de com ercializacióna baja, m ediana y alta escala

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 232-2006-INRENA

Lima, 17 de agosto de 2006

VISTO:

El Informe Nº 0140-2006-INRENA-IFFS-(DPPFFS),mediante el cual se recomienda aprobar los Términos deReferencia para Planes de Manejo Forestal en bosquesde Comunidades Nativas y/o Campesinas; y,

CONSIDERANDO:

Que, el inciso 3.4 del artículo 3º de la Ley Forestal y deFauna Silvestre, Ley Nº 27308, establece que el InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA, es el órganoencargado de la gestión y administración de los recursosforestales y de fauna silvestre a nivel nacional;

Que, el numeral 15.2 de la Ley Forestal y de FaunaSilvestre, señala que cualquier modalidad deaprovechamiento de los recursos forestales, con finescomerciales o industriales, requiere de un Plan de ManejoForestal aprobado por el INRENA;

Que, el numeral 58.1 del Reglamento de la LeyNº 27308, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, señala que el Plan de Manejo Forestalconstituye la herramienta dinámica y flexible de gestióny control de las operaciones de manejo forestal, cuyaconcepción y diseño deben permitir identificar conanticipación las actividades y operaciones necesariaspara alcanzar la sostenibilidad del aprovechamiento;

Que, asimismo el numeral 3.61, del artículo 3º delReglamento antes referido, señala que el Plan de ManejoForestal comprende el conjunto de estrategias y accionesde intervención, a mediano y largo plazo, sobre el hábitato sobre las poblaciones involucradas, destinadas a suaprovechamiento sostenible;

Que, el artículo 151º del Reglamento de la LeyForestal y de Fauna Silvestre, señala que elaprovechamiento de recursos forestales maderables,diferentes a la madera y de fauna silvestre con finesindustriales y comerciales en el territorio de lascomunidades nativas y campesinas, se efectúa en lasáreas previamente delimitadas como bosquescomunales, sujeto a un permiso de aprovechamiento;

Que, el artículo 12º de la Ley Forestal y de FaunaSilvestre, señala que las comunidades nativas ycampesinas, previo al aprovechamiento de sus recursosmaderables, no maderables y de fauna silvestre confines industriales y comerciales, deberán contar con suPlan de Manejo aprobado por el INRENA;

Que, en ese sentido la autoridad competente, que eneste caso es el INRENA, debe buscar mecanismosviables que permitan a las Comunidades Nativas y/oCampesinas realizar el aprovechamiento sostenible delos recursos forestales, acorde a su realidad;

Que, a partir del año 2005 se conformó el grupo de ManejoForestal Comunitario, integrado por instituciones yorganizaciones diversas, involucradas en dicho tema, lascuales realizaron el diagnóstico de Manejo ForestalComunitario en el Perú, determinando como aspecto prioritariola elaboración de los Términos de Referencia para laformulación de los Planes de Manejo en Bosques Comunales;

Que, las formas de aprovechamiento de los recursosforestales en bosques comunales son diversas a nivelnacional, habiéndose identif icado tres niveles;aprovechamiento con fines de comercialización a bajaescala, aprovechamiento con fines de comercializacióna mediana escala y aprovechamiento forestal con finesde comercialización a alta escala;

Que, en ese sentido, se elaboraron tres propuestasde Términos de Referencia para la formulación de Planesde Manejo Forestal en bosques comunales;

Que, con la finalidad de recibir los aportes necesariosque ayuden a perfilar la propuesta de Términos deReferencia, se desarrollaron procesos de consulta anivel regional, a través de 5 talleres (Ucayali, Junín, Madrede Dios, Loreto, San Martín), en los cuales participaronmiembros de comunidades, organizaciones de base, asícomo las instituciones y otras organizaciones, cuyotrabajo se relaciona directamente al tema de manejo derecursos forestales comunitario;

Que, el artículo 56º del Reglamento de la Ley Forestaly de Fauna Silvestre, aprobado mediante D.S. Nº 014-2001-AG, establece que el INRENA aprueba medianteResolución Jefatural, entre otros, los Términos deReferencia para la elaboración de los planes de manejo;y otros lineamientos técnicos necesarios para lograr elaprovechamiento sostenible de los recursos forestales;

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327977

REPUBLICA DEL PERU

En uso de las facultades conferidas en el inciso "j" delartículo 8º del Reglamento de Organización y Funcionesdel Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA,aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar los "Términos de Referenciapara la Formulación del Plan de Manejo Forestal- PMFen bosques de Comunidades Nativas y/o Campesinascon fines de comercialización a baja escala", que formanparte de la presente Resolución en el Anexo 01.

Artículo 2º.- Aprobar los "Términos de Referenciapara la Formulación del Plan de Manejo Forestal- PMFen bosques de Comunidades Nativas y/o Campesinascon fines de comercialización a mediana escala", queforman parte de la presente Resolución en el Anexo 02.

Artículo 3º.- Aprobar los "Términos de Referenciapara la Formulación del Plan General de Manejo Forestal- PGMF en bosques de Comunidades Nativas y/oCampesinas con fines de comercialización a alta escala"y los "Términos de Referencia para la Formulación delPlan Operativo Anual - POA en bosques de ComunidadesNativas y/o Campesinas con fines de comercializacióna alta escala", los que forman parte de la presenteResolución en el Anexo 3a y 3b respectivamente.

Artículo 4º.- Las normas complementariasnecesarias para la implementación de la presente norma,se regulará a través de Resolución de Intendencia.

Artículo 5º.- Las Comunidades Nativas y/oCampesinas con permisos vigentes a la fecha depublicación de la presente Resolución, podrán adecuarsea cualquiera de los niveles de Términos de Referenciaaprobados, de acuerdo a las pautas establecidas através de Resolución de Intendencia antes mencionada.

Artículo 6º.- Establecer un plazo de 360 díascalendario, a partir de la publicación de la presenteresolución, a fin de monitorear la aplicación de los tresniveles de "Términos de Referencia para la Formulaciónde Planes de Manejo Forestal en Bosques deComunidades Nativas y/o Campesinas", a fin de que laIntendencia Forestal y de Fauna Silvestre con el apoyode los actores involucrados en el Manejo ForestalComunitario realicen la evaluación de la aplicabilidad dela norma y las adecuaciones que correspondan.

Artículo 7º.- Transcribir la presente ResoluciónJefatural a la Intendencia Forestal y de Fauna Silvestre,y a todas las Administraciones Técnicas Forestales y deFauna Silvestre a nivel nacional.

Regístrese y comuníquese y publíquese.

LEONCIO ÁLVAREZ VÁSQUEZJefeInstituto Nacional de Recursos Naturales

02022-1

MINCETUR

A utorizan a Palacio R eal S.A . eInversiones C oncepción S.A .C . laexplotación de m áquinas tragam onedasen salas de juego ubicadas en lasprovincias de Lim a y M aynas

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 658-2006-MINCETUR/VMT/DNT

Lima, 22 de agosto de 2006.

Visto, el Expediente Nº 000520-2006-MINCETUR, defecha 17.3.2006, en el que la empresa PALACIO REALS.A. solicita autorización expresa para explotar máquinastragamonedas en la sala de juegos del Restaurante CincoTenedores Turístico: "PALACIO REAL", ubicado en laAvenida De Las Artes Nº 398, distrito de San Borja,provincia y departamento de Lima;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la LeyNº 27796, y su Reglamento aprobado mediante Decreto

Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, se regula la explotaciónde juegos de casino y máquinas tragamonedas en el país,estableciéndose en el artículo 24º del citado cuerpo legalque corresponde a la Dirección Nacional de Turismo lasfacultades administrativas de autorización, fiscalización,supervisión, evaluación y sanción vinculadas a lasexplotaciones antes referidas;

Que, el artículo 14º de la ley antes mencionada asícomo el artículo 7º de su Reglamento, aprobado medianteDecreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establecenlos requisitos que los solicitantes deben cumplir paraacceder a la mencionada autorización;

Que, mediante Expediente Nº 000437-2002-MINCETUR, de fecha 28.8.2002, la empresa solicitó suadecuación a la legislación vigente de conformidad con lodispuesto en la Primera Disposición Transitoria de la LeyNº 27796, por un plazo que venció indefectiblemente el31.12.2005;

Que, de la evaluación de la presente solicitud seadvierte que la empresa ha cumplido con adecuarse a lalegislación que regula la explotación de juegos de casinoy/o máquinas tragamonedas en el país, al presentar unasolicitud de autorización expresa respecto de una sala dejuegos instalada en uno de los giros principales a que serefiere el artículo 6º de la Ley Nº 27153, modificada por laLey Nº 27796;

Que, de la evaluación de la presente solicitud se advierteque en observancia de lo establecido en el artículo 6º delcuerpo legal antes indicado, la solicitante presenta copiadel Certificado con Nº de Registro 007, de fecha 14.2.2006,otorgado por la Dirección Nacional de Desarrollo Turísticodel Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, en el que sedeja constancia que el establecimiento denominado"PALACIO REAL" tiene la categoría y calificación deRestaurante Cinco Tenedores Turístico; asimismo, presentacopia de la Licencia de Apertura Municipal deFuncionamiento de Establecimientos Comerciales,Industriales, Actividades Profesionales y de ServicioNº 5290, de fecha 31.12.2003, otorgada por la Municipalidadde San Borja por el giro principal de Restaurante, ademásde la correspondiente Declaración Jurada de permanenciaen el giro principal, según lo establecido en el artículo 71ºdel Decreto Legislativo Nº 776, modificada por la LeyNº 27180;

Que, de otro lado, la solicitante adjunta copia delCertificado de Seguridad en Defensa Civil Nº 2341-INDECI-SDRDC, de fecha 15.12.2005, expedido por laSegunda Dirección Regional de Defensa Civil del InstitutoNacional de Defensa Civil, en el que se deja constanciaque la sala de juegos ubicada en Av. De Las Artes NorteNº 398, distrito de San Borja, provincia y departamentode Lima, cumple con las normas de seguridad exigiblesa este tipo de establecimientos;

Que, según consta en los Informes Técnicos Nºs. 227-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-SDFCS-PMG y 327-2006-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT-SDFCS-COG defechas 23.5.2006 y 17.7.2006, respectivamente, la sala dejuegos cumple con las normas técnicas de funcionamientoy seguridad, encontrándose las máquinas tragamonedascontenidas en la presente resolución autorizadas yregistradas (homologadas) por la Dirección Nacional deTurismo;

Que, de la evaluación de la solvencia económica eidoneidad moral de la solicitante y de los socios, directores,gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivaso con facultades de decisión, se advierte según consta delInforme Económico-Financiero Nº 038-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-NHDB-CADTN de fecha 24.7.2006, quela solicitante y las personas antes indicadas cumplen conlos criterios de evaluación establecidos en la DirectivaNº 004-2003-MINCETUR/VMT/DNT, debiéndose precisarde conformidad con lo dispuesto en el artículo 15º de la LeyNº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, que dichaevaluación es permanente en tanto el titular de la autorizaciónmantenga vigente la autorización concedida;

Que, en observancia de lo establecido en los artículos19º y siguientes de la Ley Nº 27153, modificada por laLey Nº 27796, la solicitante ha cumplido con otorgargarantía por las obligaciones y sanciones derivadas desu aplicación y en resguardo de los derechos de losusuarios y el Estado, la misma que se encuentraconstituida por la Póliza de Caución en GarantíaNº J0010-00-2006, de fecha 2.3.2006, otorgado por laCompañía de Seguros de Crédito y Garantías - SECREXa favor del MINCETUR;

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327978El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

Que, con relación a la observancia de la distanciamínima establecida en el artículo 5 º de la Ley Nº 27153,modificada por la Ley Nº 27796, de los resultados delInforme Técnico Nº 192-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJMTC/SDFCS-MACS de fecha 26.4.2006; y enaplicación de lo establecido en la Directiva Nº 002-2003-MINCETUR/VMT/DNT, se determinó que la sala de juegosse encuentra dentro de la prohibición establecida en elartículo antes mencionado;

Que, no obstante, la Secretaría Técnica de la ComisiónNacional de Casino de Juego mediante ResoluciónNº 078-97-ST/CNCJ de fecha 9.10.1997, autorizó laexplotación de máquinas tragamonedas en la referidasala de juegos, razón por la que a la solicitante no ledebe resultar aplicable la restricción establecida en elartículo 5º de la Ley Nº 27153, modificada por la LeyNº 27796, al haberse acreditado el inicio de operacionesde la sala de juegos objeto de la presente autorización,antes de la entrada en vigencia de la Ley Nº 27153;

Que, asimismo, al amparo de lo establecido en la LeyNº 27153 y su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremo Nº 009-2002, mediante Resolución DirectoralNº 169-2000-MITINCI/VMT/DNT de fecha 30.5.2000, laDirección Nacional de Turismo autorizó la explotación demáquinas tragamonedas en la referida sala de juegospor un plazo que venció el 31.12.2002;

Que, la modificación de la legislación aplicable o loscriterios de medición adoptados, no deben afectar ellegítimo interés de la empresa solicitante de obtener unaautorización de explotación fundada en derecho;

Que, en consecuencia, corresponde que la DirecciónNacional de Turismo en virtud de los Principios deLegalidad, Debido Procedimiento y Razonabilidad previstosen el artículo IV de la Ley Nº 27444 "Ley del ProcedimientoAdministrativo General", resuelva la presente solicitudatendiendo las consideraciones antes expuestas;

Que, en aplicación de los Principios de Presunciónde Veracidad y de Privilegio de Controles Posterioresregulado en los numerales 1.7 y 1.16 del artículo IV de laLey Nº 27444 "Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral", se presume la veracidad de la documentacióny/o información presentada, no obstante, laAdministración en ejercicio de su facultad de fiscalizaciónprevista en el artículo 24º de la Ley Nº 27153, modificadopor la Ley Nº 27796, se reserva el derecho de verificarsu autenticidad y aplicar de ser el caso la sanciónadministrativa correspondiente;

De conformidad con las Leyes Nºs. 27153, 27796 y27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General - y elDecreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, estando a loopinado en los Informes Económico - Financiero Nº 038-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-NHDB-CADTN,Técnicos Nºs. 192-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJMTC-SDFCS-MACS, 227-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-SDFCS-PMG y 327-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJMTC-SDFCS-COG y Legal Nº 622-2006-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT-SDAR;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar a la empresa PALACIO REALS.A., la explotación de máquinas tragamonedas en lasala de juego del Restaurante Cinco Tenedores Turístico:"PALACIO REAL", ubicada en la Av. De Las ArtesNº 398, distrito de San Borja, provincia y departamentode Lima, por un plazo de tres (3) años, en observanciade lo normado en el artículo 17º de la Ley Nº 27153,modificado por la Ley Nº 27796.

Artículo 2º.- La presente autorización faculta a laempresa la explotación de CIENTO SETENTA Y CUATRO(174) máquinas tragamonedas y QUINIENTASOCHENTA Y DOS (582) memorias de sólo lectura, segúndetalle contenido en los ANEXOS I y II que forman parteintegrante de la presente resolución.

Artículo 3º.- De conformidad con lo establecido en elartículo 7º de la Ley Nº 27153, modificada por la LeyNº 27796, los titulares de una autorización de explotaciónconcedida por la Dirección Nacional de Turismo seencuentran obligados a observar las normas que sobrezonificación, seguridad, higiene, parqueo, entre otros,establezcan las municipalidades en sus respectivasjurisdicciones para el otorgamiento de la licencia municipala que hubiere lugar.

Artículo 4º.- De acuerdo con lo dispuesto en elartículo 14.2 de la Ley Nº 27153, modificado por la Ley

Nº 27796, todos los requisitos y condiciones que sirvieronde base para la presente autorización deben mantenersedurante el plazo de vigencia de la misma, bajoapercibimiento de cancelarse la autorización concediday disponerse la clausura del establecimiento destinado ala explotación de máquinas tragamonedas.

Artículo 5º.- Al amparo de lo establecido en laSentencia de fecha 2.2.2006, expedida por el TribunalConstitucional (Expediente Nº 4227-2005-PA/TC), lamisma que bajo responsabilidad constituye precedentevinculante para todos los poderes públicos y obliga a losexplotadores de juegos de casino y máquinastragamonedas a cumplir con el pago del Impuesto a losJuegos, la Dirección Nacional de Turismo se reserva elderecho de revocar la presente autorización en casoverificarse que las condiciones económico-financierasde la empresa autorizada se han modificadonegativamente como consecuencia de las acciones decobranza que pudiera llevar a cabo la SuperintendenciaNacional de Administración Tributaria (SUNAT) por ladeuda exigible por concepto del Impuesto a los Juegos.

Artículo 6º.- De conformidad con lo establecido en elartículo 24º de la Ley Nº 27153 y en concordancia con elPrincipio de Privilegio de Controles Posteriores reguladoen el numeral 1.16 del artículo IV de la Ley Nº 27444, laDirección Nacional de Turismo en ejercicio de su facultadde fiscalización se reserva el derecho de verificar lainformación y/o documentación presentada por lasolicitante así como establecer las sanciones o iniciarlas acciones legales que resulten aplicables antecualquier discrepancia con la realidad de los hechos.

Artículo 7º.- En observancia de lo dispuesto en laTercera Disposición Final de la Directiva Nº 004-2003-MINCETUR/VMT/DNT "Evaluación financiera y desolvencia económica de las empresas que explotan juegosde casino y máquinas tragamonedas así como de lossocios, directores, gerentes, apoderados, personas confunciones ejecutivas o con facultades de decisión", remítasea la Unidad de Inteligencia Financiera la información y/odocumentación financiera relacionada con el solicitante ylas personas naturales que han sido objeto de evaluación,para los fines a que se contrae la disposición antes indicada.

Artículo 8º.- De acuerdo con lo establecido en la LeyNº 28842 que incorpora el artículo 243º-C al Código Penal,el que organiza, conduce o explota juegos de casino ymáquinas tragamonedas, sin haber cumplido con losrequisitos que exigen las leyes y sus reglamentos parasu explotación, será reprimido con pena privativa de lalibertad no menor de uno ni mayor de cuatro años, contrescientos sesenta y cinco días multa e inhabilitaciónpara ejercer dicha actividad, de conformidad con el inciso4) del artículo 36º del Código Penal".

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL ANTONIO ZAMORA S.Director Nacional de Turismo

01995-1

RESOLUCIÓN DIRECTORALNº 676-2006-MINCETUR/VMT/DNT

Lima, 4 de septiembre de 2006

Visto, el Expediente Nº 013735-2006-MINCETUR, defecha 2.8.2006, en el que la empresa INVERSIONESCONCEPCIÓN S.A.C., interpone Recurso deReconsideración contra la Resolución Directoral Nº 563-2006-MINCETUR/VMT/DNT de fecha 13.7.2006;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 27153, modificada por la LeyNº 27796, y su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremo Nº 009-2002-MINCETUR, se reguló laexplotación de los juegos de casino y máquinastragamonedas en el país, estableciéndose en el artículo24º del citado cuerpo legal que corresponde a la DirecciónNacional de Turismo las facultades administrativas deautorización, fiscalización, supervisión, evaluación ysanción vinculadas a las explotaciones antes referidas;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13ºde la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, para

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327979

REPUBLICA DEL PERU

la explotación de máquinas tragamonedas se requierede autorización expresa emitida por la Dirección Nacionalde Turismo;

Que, mediante Expediente Nº 000190-2006-MINCETUR, de fecha 30.1.2006, la empresa InversionesConcepción S.A.C., presentó una solicitud de renovaciónde autorización para la explotación de máquinastragamonedas en la sala de juego del Restaurante Cinco(5) Tenedores Turístico: "Restaurant Montecarlo", ubicadaen el Jr. Napo 140 - 150, distrito de Iquitos, provincia deMaynas, departamento de Loreto;

Que, no obstante, mediante Resolución DirectoralNº 563-2006-MINCETUR/VMT/DNT, de fecha 13.7.2006,la Dirección Nacional de Turismo resolvió declarar porno presentada la solicitud antes señalada, debido a quela solicitante no cumplió con los requisitos de la evaluacióneconómica financiera a que se refiere el artículo 15º dela Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, segúnconsta en el Informe Económico - Financiero Nº 032-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-NHDB-CADTN, defecha 7.7.2006;

Que, mediante Expediente Nº 013735-2006-MINCETUR, de fecha 2.8.2006, la empresa interponerecurso de reconsideración contra la Resolución Directoralantes referida, adjuntando como nueva prueba: laDeclaración Jurada de deudas pendientes de pago de laempresa, la copia de la constancia de no adeudos de fecha25.7.2006, expedida por el BBVA Banco Continental, la copiadel calendario de pagos por vencer correspondiente a lasobligaciones que mantiene con la Caja Municipal de Maynas,entre otros documentos probatorios;

Que, verificado el cumplimiento de lo establecido enlos artículos 113º, 207º, inciso 2, 208º y 213º de la LeyNº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General,se advierte que el recurso presentado cumple con losrequisitos de admisibilidad señalados en las normas antesindicadas, razón por la que corresponde que la DirecciónNacional de Turismo emita un pronunciamiento de fondosobre el asunto en controversia;

Que, de la evaluación de los descargos presentadospor la recurrente, se advierte que la empresa ha cumplidocon presentar la documentación y/o informaciónrequerida para obtener la renovación de la autorizaciónpara explotar máquinas tragamonedas en la sala de juegoantes indicada;

Que, en observancia de lo establecido en el artículo 6ºde la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, lasolicitante presenta copia del Certificado de fecha20.6.2000, expedido por el Consejo Transitorio deAdministración Regional de Loreto de la Dirección Regionalde Industria y Turismo del MINCETUR en el que se acreditaque el establecimiento donde se pretende explotar juegosde máquinas tragamonedas ha sido calificado comoRestaurante Cinco (5) Tenedores Turístico, asimismopresenta copia de la Licencia Municipal de FuncionamientoNº 03-2001, de fecha 20.3.2001, por el giro principal derestaurante otorgado por la Municipalidad Provincial deMaynas y la Declaración Jurada de permanencia en elgiro principal de fecha 10.5.2006;

Que, de conformidad con lo establecido en la segundaDisposición Transitoria, Complementaria y Final delDecreto Supremo Nº 025-2004-MINCETUR,"Reglamento de Restaurantes", el plazo de vigencia dela categorización y/o calificación otorgada por la DirecciónNacional de Desarrollo Turístico o por el Órgano RegionalCompetente al amparo de Reglamento de Restaurantesaprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-93-ITINCI,será de cinco (5) años contados a partir de la entrada envigencia del Decreto Supremo Nº 025-2004-MINCETUR,razón por la que se concluye que el certificado antesreferido se encuentra vigente a la fecha;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo5º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796,los establecimientos destinados a la explotación demáquinas tragamonedas no pueden encontrarse amenos de ciento cincuenta (150) metros de iglesias,centros de educación inicial, primaria, secundaria ysuperior, cuarteles, comisarías y centros hospitalarios;

Que, según consta en el Informe Técnico Nº 160-2006-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT-SDFCS-REM, defecha 7.4.2006, se determinó que la sala de juegos de lasolicitante no se encuentra ubicada a menos de cientocincuenta (150) metros de los establecimientosseñalados en el artículo 5º de la Ley Nº 27153, modificadapor la Ley Nº 27796, dicha medición se efectuó

considerando el mínimo recorrido peatonal, por ser elcriterio de medición aplicable a la fecha de expedición dela Resolución Directoral Nº 582-2001-MITINCI/VMT/DNT,de fecha 30.5.2001, en virtud de la cual la DirecciónNacional de Turismo autorizó a la empresa la explotaciónde máquinas tragamonedas en la referida sala de juegos;

Que, la expedición de la resolución señalada en elconsiderando precedente, permitió que la empresasolicitará la renovación de la autorización concedida porla Dirección Nacional de Turismo, bajo la premisa que elrequisito de la distancia mínima había sido verificado porla Administración y cumplido en su oportunidad por laempresa solicitante;

Que, la modificación de la legislación aplicable o de loscriterios de medición adoptados no debe afectar el legítimointerés de la empresa solicitante, máxime si tomamos enconsideración que el cumplimiento del requisito de ladistancia mínima no depende de la voluntad del interesadosino única y exclusivamente de la ubicación de la sala dejuegos en un espacio y tiempo determinado;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo10º del Reglamento de la Ley Nº 27153, modificada porla Ley Nº 27796, aprobado mediante Decreto SupremoNº 009-2002-MINCETUR, el procedimiento de renovaciónde la autorización expresa se encuentra dirigido a verificarel cumplimiento de los requisitos exigibles que hubiesenperdido vigencia a la fecha de presentación de la solicitudde renovación;

Que, en aplicación del Principio de Predictibilidad previstoen el artículo iv) de la Ley Nº 27444, "Ley del ProcedimientoAdministrativo General", constituye una expectativarazonable del titular de una autorización expresa laposibilidad de renovar la misma y proseguir con laexplotación de la actividad que fuera objeto de autorizacióny recuperar en un plazo determinado la inversión realizada;

Que, asimismo, la empresa cumple con adjuntar a susolicitud copia del Informe de Inspección Técnica deSeguridad en Defensa Civil QR- Nº 05007 y el CertificadoNº 03-2006 de fecha 25.1.2006, en el que de conformidadcon lo establecido en el Decreto Supremo Nº 013-2000-PCM y normas modificatorias, se deja constancia que lasala de juegos de la solicitante cumple con las condicionesde seguridad exigibles a este tipo de establecimientos;

Que, de la evaluación de la solvencia económica eidoneidad moral del solicitante y de los socios, directores,gerentes, apoderados, personas con funciones ejecutivaso con facultades de decisión, se advierte según constaen el Informe Financiero Nº 042-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-NHDB-CADTN, que la solicitante y laspersonas antes indicadas cumplen con los criterios deevaluación establecidos en la Directiva Nº 004-2003-MINCETUR/VMT/DNT, debiéndose precisar deconformidad con lo dispuesto en el artículo 15º de la LeyNº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, que dichaevaluación es permanente en tanto el titular de laautorización mantenga vigente la autorización concedida;

Que, según consta en el Informe Técnico Nº 376-2006-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT-SDFCS-FVB, lasala de juego cumple con los requisitos técnicos exigiblespara la instalación y funcionamiento de una sala de juegode máquinas tragamonedas, encontrándose los modelosde máquinas tragamonedas y los programas de juegoautorizados y registrados (homologados) por la DirecciónNacional de Turismo;

Que, la solicitante en observancia de lo establecidoen los artículos 19º y siguientes de la Ley Nº 27153,modificada por la Ley Nº 27796, ha cumplido con otorgargarantía por las obligaciones y sanciones derivadas desu aplicación y en resguardo de los derechos de losusuarios y el Estado, la misma que se encuentraconstituida por la Póliza de Caución Nº J0053-00-2006,de fecha 24.8.2006, otorgada por Secrex Compañía deSeguros de Crédito y Garantías;

Que, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 27444,"Ley del Procedimiento Administrativo General", losadministrados gozan de todos los derechos y garantíasinherentes al debido procedimiento y a la obtención deuna decisión motivada y fundada en derecho;

De conformidad con las Leyes Nºs. 27153, 27796 y 27444"Ley del Procedimiento Administrativo General" y el DecretoSupremo Nº 009-2002-MINCETUR, estando a lo opinado enlos Informes Financiero Nº 042-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT-NHDB-CADTN, Técnico Nº 376-2006-MINCETUR/VMT/DNT-DJCMT/SDFCS-FVB y Legal Nº 642-2006-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR;

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327980El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar Fundado el Recurso deReconsideración interpuesto por la empresa INVERSIONESCONCEPCIÓN S.A.C., mediante Expediente Nº 013735-2006-MINCETUR, de fecha 2.8.2006, contra la Resolución DirectoralNº 563-2006-MINCETUR/VMT/DNT y en consecuenciaautorizar a la empresa la explotación de máquinastragamonedas en la sala de juego del Restaurante Cinco (5)Tenedores Turístico: "Restaurant Montecarlo", ubicada en elJr. Napo 140 - 150, distrito de Iquitos, provincia de Maynas,departamento de Loreto, por un plazo de tres (3) años, enobservancia de lo normado en el artículo 17º de la LeyNº 27153, modificado por la Ley Nº 27796, por las razonesexpuestas en la parte considerativa de la presente resolución.

Artículo 2º.- La presente autorización faculta a laempresa la explotación de veinticuatro (24) máquinastragamonedas y cuarentiocho (48) memorias de sólolectura, según detalle contenido en los ANEXOS I y IIque forman parte integrante de la presente resolución.

Artículo 3º.- De conformidad con lo establecido en el artículo7º de la Ley Nº 27153, modificada por la Ley Nº 27796, lostitulares de una autorización de explotación concedida por laDirección Nacional de Turismo se encuentran obligados aobservar las normas que sobre zonificación, seguridad,higiene, parqueo, entre otros, establezcan las municipalidadesen sus respectivas jurisdicciones para el otorgamiento de lalicencia municipal a que hubiere lugar.

Artículo 4º.- De acuerdo con lo dispuesto en elartículo 14.2 de la Ley Nº 27153, modificado por la LeyNº 27796, todos los requisitos y condiciones que sirvieronde base para la presente autorización deben mantenersedurante el plazo de vigencia de la misma, bajoapercibimiento de cancelarse la autorización concediday disponerse la clausura del establecimiento destinado ala explotación de máquinas tragamonedas.

Artículo 5º.- Al amparo de lo establecido en la Sentenciade fecha 2.2.2006, expedida por el Tribunal Constitucional(Expediente Nº 4227-2005-PA/TC), la misma que bajoresponsabilidad constituye precedente vinculante para todoslos poderes públicos y obliga a los explotadores de juegosde casino y máquinas tragamonedas a cumplir con el pagodel Impuesto a los Juegos, la Dirección Nacional de Turismose reserva el derecho de revocar la presente autorizaciónen caso verificarse que las condiciones económico-financieras de la empresa autorizada se han modificadonegativamente como consecuencia de las acciones decobranza que pudiera llevar a cabo la SuperintendenciaNacional de Administración Tributaria (SUNAT) por la deudaexigible por concepto del Impuesto a los Juegos.

Artículo 6º.- De conformidad con lo establecido en elartículo 24º de la Ley Nº 27153 y en concordancia con elPrincipio de Privilegio de Controles Posteriores reguladoen el numeral 1.16 del artículo IV de la Ley Nº 27444, laDirección Nacional de Turismo en ejercicio de su facultadde fiscalización se reserva el derecho de verificar lainformación y/o documentación presentada por lasolicitante así como establecer las sanciones o iniciarlas acciones legales que resulten aplicables antecualquier discrepancia con la realidad de los hechos.

Artículo 7º.- De conformidad con lo establecido en laLey Nº 28842 que incorpora el artículo 243º - C al CódigoPenal, la explotación de máquinas tragamonedas sinhaber cumplido con los requisitos que exigen las leyes ysus reglamentos para su explotación, será reprimidacon pena privativa de la libertad, multa e inhabilitaciónpara ejercer dicha actividad.

Artículo 8º.- En observancia de lo dispuesto en laTercera Disposición Final de la Directiva Nº 004-2003-MINCETUR/VMT/DNT "Evaluación financiera y desolvencia económica de las empresas que explotanjuegos de casino y máquinas tragamonedas así comode los socios, directores, gerentes, apoderados,personas con funciones ejecutivas o con facultades dedecisión", remítase a la Unidad de Inteligencia Financierala información y/o documentación financiera relacionadacon el solicitante y las personas naturales que han sidoobjeto de evaluación, para los fines correspondientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIGUEL ANTONIO ZAMORA S.Director Nacional de Turismo

01995-2

DEFENSA

D esignan Jefe del Instituto G eográficoNacional

RESOLUCIÓN SUPREMANº 378-2006-DE/SG

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la Resolución Suprema Nº 371-2006-DE/EP de 7 de setiembre de 2006, se encuentravacante el cargo de Jefe del Instituto Geográfico Nacional;

Que, en consecuencia, resulta necesario designar alnuevo Jefe del Instituto Geográfico Nacional;

Con la propuesta del señor Ministro de Estado en laCartera de Defensa;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594;la Ley Nº 27292; el Decreto Supremo Nº 005-DE/SG de20 de febrero de 2001; el Decreto Supremo Nº 029-DE/SG de 6 de junio de 2001; el Decreto Supremo Nº 017-2006-DE/SG; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar al señor General de DivisiónEP ® CARLOS ALFONSO TAFUR GANOZA como Jefedel Instituto Geográfico Nacional.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Ministro de Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ALLAN WAGNER TIZÓNMinistro de Defensa

02061-5

D isponen pasar a situación m ilitar deretiro a O ficial FAP

RESOLUCIÓN SUPREMANº 379-2006-DE/FAP

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, el Mayor General FAP LEVANO CASTILLOFernando Luis con fecha 22 de setiembre de 2006cumplirá 58 años de edad, fecha en la cual se encontrarácomprendido en lo dispuesto por los artículos 44º A) y45º A) 2.- de la Ley Nº 28359 "Ley de Situación Militar delos Oficiales de las Fuerzas Armadas", que establecenel pase a la Situación Militar de Retiro por la causal "Límitede edad en el grado";

Que, el artículo 60º de la referida Ley, indica que elOficial que pase a la situación Militar de Retiropermanecerá en la Reserva, hasta por cinco añosdespués de sobrepasado el límite de edad correspondientea su grado;

Que, el Artículo 44º B) 1. del Reglamento de la Ley deSituación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadasaprobado con el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SGdel 14 de febrero de 2005, dispone la confección de laresolución respectiva según la categoría del Oficial;

Estando a lo informado por el Jefe del Estado MayorGeneral de la Fuerza Aérea, a lo opinado por elComandante General de la Fuerza Aérea y a lo acordadocon el Ministro del Ramo;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Pasar a la Situación Militar de Retiro porla causal "Límite de edad en el grado" con fecha 22 de

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327981

REPUBLICA DEL PERU

setiembre de 2006, al Mayor General FAP LEVANOCASTILLO Fernando Luis, NSA: O-92525 69-O, delComando de Material, dándosele las gracias por losservicios prestados a la Nación.

Artículo 2º.- El mencionado Oficial Generalpermanecerá en la Reserva Aérea hasta el 22 de setiembrede 2011, fecha en que cumple cinco años de sobrepasadoel límite de edad correspondiente a su grado.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

ALLAN WAGNER TIZÓNMinistro de Defensa

02061-16

Autorizan viaje de Personal M ilitar FAPa EE.UU., en com isión de servicios

RESOLUCIÓN SUPREMANº 380-2006-DE/FAP

Lima, 12 de setiembre de 2006

Visto las hojas informativas NC-50-10-SMUI-Nº 011del 8 de agosto de 2006 del Servicio de Mantenimiento,NC-50-MADP-Nº 0012 del 15 de agosto de 2006 delComando de Material de la Fuerza Aérea del Perú yMensaje SGFA-181444 de agosto de 2006 del SecretarioGeneral de la Fuerza Aérea del Perú;

CONSIDERANDO:

Que, es conveniente para los intereses institucionalesautorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a laciudad de Miami de los Estados Unidos de América, del14 al 21 de setiembre de 2006, del Personal Militar FAPque se indica en la parte resolutiva, quienes participaránen el Curso de Corrido y Rodajes de Aeronaves DC-10dictado por la Cía. AEROSERVICE AVIATION CENTER,con la cual permite al Servicio de Mantenimiento mantenerlas certificación de esta Estación Reparadora, enprovecho de la Misión y Objetivos Institucionales;

Que, el viaje en comisión de servicio se encuentraconsiderado en el Plan Anual de Viajes al Extranjero AF-2006, aprobado con Resolución Ministerial Nº 093-2006-DE/SG del 10 de febrero de 2006;

De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regulala autorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio deDefensa, Ley Nº 28652 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el año Fiscal 2006, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto SupremoNº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sumodificatoria el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del30 de junio de 2004 y Decreto de Urgencia Nº 006-2006del 3 de mayo de 2006;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión deServicio a la ciudad de Miami de los Estados Unidos deAmérica, del 14 al 21 de setiembre de 2006, del PersonalMilitar FAP que se indica a continuación, con la finalidad queparticipen en el Curso de Corrido y Rodajes de AeronavesDC-10 dictado por la Cía. AEROSERVICE AVIATION CENTERde la ciudad de Miami de los Estados Unidos de América:

Técnico de 2da. FAP DE LA CRUZ CONTRERAS, César AugustoTécnico de 2da. FAP CONTRERAS OCMIN, Nemesio

Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aéreadel Perú, efectuará los pagos que correspondan, deacuerdo a los conceptos siguientes:

Pasajes:US$ 1,120.16 x 2 personas

Viáticos:US$ 220.00 x 7 días x 2 personas

Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:US$ 30.25 x 2 personas

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultadopara variar la fecha de inicio y término de la misión, sinexceder el total de días autorizados.

Artículo 4º.- El citado personal, deberá darcumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º del DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002y la Cuarta Disposición Final del Decreto SupremoNº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004.

Artículo 5º.- La presente Resolución no da derechoa exoneración ni liberación de impuestos aduaneros deninguna clase o denominación.

Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendadapor el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministrode Defensa.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZPresidente del Consejo de Ministros

ALLAN WAGNER TIZÓNMinistro de Defensa

02061-17

ECONOMÍA Y FINANZAS

Autorizan una transferencia de partidasen la fuente de financiam ientoRecursos por O peraciones O ficiales deCrédito E xterno del M inisterio deA gricultura a favor del ProyectoControl y Erradicación de la M osca dela Fruta Ceratitis Capitata en la CostaPeruana a cargo del SENASA

DECRETO SUPREMONº 142-2006-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28652 – Ley de Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006, se apruebaentre otros, el Presupuesto de los Pliegos Ministerio deAgricultura y Servicio Nacional de Sanidad Agraria –SENASA, respectivamente;

Que, la Ley Nº 28750 – Ley que Autoriza CréditoSuplementario en el Presupuesto del Sector Público para elAño Fiscal 2006 y dicta otras medidas, incluye el numeral 7.4al artículo 7º de la Ley Nº 28653 – Ley de Equilibrio Financierodel Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006;

Que, el numeral 7.4 del artículo 7º señalado en elconsiderando anterior, establece que cuando de la evaluaciónperiódica de los recursos previstos en la Fuente deFinanciamiento “Recursos por Operaciones Oficiales deCrédito Externo” contemplada en el artículo 3º de la LeyNº 28653, resulte necesario realizar modificacionespresupuestarias en el nivel institucional incluyendo, de ser elcaso, las contrapartidas asociadas a las operaciones deendeudamiento contratadas y no ejecutadas, se aplicará elprocedimiento establecido en el numeral 7.1 del citado artículo,es decir, dicha aprobación será mediante decreto supremo,refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, de la evaluación realizada por el Ministerio deAgricultura se concluye la necesidad de aprobar unaTransferencia de Partidas del Pliego Ministerio de Agriculturaal Pliego Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA,para financiar la ejecución del Proyecto “Control yErradicación de la Mosca de la Fruta Ceratitis Capitata enla Costa Peruana”, en el marco del Contrato de PréstamoNº 1647/OC-PE suscrito entre la República del Perú y elBanco Interamericano de Desarrollo – BID, en vista queeste Proyecto es prioritario para el Sector Agricultura; y,

De conformidad con lo establecido en el numeral 7.4del artículo 7º de la Ley Nº 28653 modificada por la LeyNº 28750;

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327982El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

DECRETA:

Artículo 1º.- Autorización de Transferencias dePartidas

Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2006, hasta por la sumade SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA MIL Y00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 640 000,00), de acuerdo alsiguiente detalle:

DE LA:

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO : 013 Ministerio de AgriculturaUNIDAD EJECUTORA : 002 PRONAMACHCSFUNCIÓN : 04 AgrariaFTE. DE FTO. : 12 Recursos por Operaciones Oficiales

de Crédito Externo

PROGRAMA : 009 Promoción de la Producción AgrariaSUBPROGRAMA : 0034 IrrigaciónPROYECTO : 000282 Infraestructura de Riego

(En Nuevos Soles)CATEGORÍA DEL GASTO6. GASTOS DE CAPITAL

5. Inversiones 6 416 000,00

PROGRAMA : 011 Preservación de los RecursosNaturales Renovables

SUBPROGRAMA : 0041 Conservación de SuelosPROYECTO : 000113 Conservación de Suelos

CATEGORÍA DEL GASTO6. GASTOS DE CAPITAL

5. Inversiones 224 000,00==========

TOTAL EGRESOS 6 640 000,00==========

A LA:

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO : 160 Servicio Nacional de Sanidad

Agraria - SENASAUNIDAD EJECUTORA : 002 Programa de Desarrollo de Sanidad

Agropecuaria – PRODESAFUNCIÓN : 04 AgrariaPROGRAMA : 009 Promoción de la Producción AgrariaSUBPROGRAMA : 0045 Promoción AgrariaPROYECTO : 022258 Control y Erradicación de la Mosca de la Fruta

Ceratitis Capitata de la Costa PeruanaFTE. DE FTO. : 12 Recursos por Operaciones Oficiales de

Crédito Externo

CATEGORÍA DEL GASTO6. GASTOS DE CAPITAL

5. Inversiones 6 640 000,00==========

TOTAL EGRESOS 6 640 000,00==========

Artículo 2º.- Obligación de desagregar losIngresos

Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidosen el presente dispositivo desagregan, en anexos, eldetalle de los ingresos que correspondan a la Transferenciade Partidas dispuesta en el artículo precedente, a nivel deCategoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgenéricadel Ingreso y Específica del Ingreso.

Los citados anexos son presentados a la DirecciónNacional del Presupuesto Público dentro de los cinco (5)días siguientes de la aprobación del presente dispositivo.

Artículo 3º.- CodificacionesLa Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces

de los Pliegos comprendidos en la presente Transferenciade Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional delPresupuesto Público las codificaciones que se requierancomo consecuencia de la incorporación de nuevasPartidas de Ingresos así como Componentes,Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

Artículo 4º.- Notas de Modificación PresupuestariaLa Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces

en el Pliego instruyen a la Unidad Ejecutora bajo su ámbito

para que elabore las correspondientes “Notas paraModificación Presupuestaria” que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 5º.- Desagregación de la Transferenciasde Partidas

Los Pliegos Habilitadores y Habilitados comprendidosen el presente dispositivo desagregan los gastosmediante Resolución del Titular del Pliego y a nivel deproyecto, genérica del gasto. La citada Resolución seremite a los cinco (5) días de aprobada la presente normaa los Organismos señalados en el artículo 23º numeral23.2 de la Ley Nº 28411 – Ley General del SistemaNacional de Presupuesto.

Artículo 6º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los docedías del mes de setiembre del año dos mil seis.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

02061-1

Autorizan al M inisterio de Econom ía yFinanzas para que atienda el Pago deServicio de D euda Externa

DECRETO SUPREMONº 143-2006-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Sétima Disposición Complementaria y Final dela Ley Nº 28653- Ley de Equilibrio Financiero delPresupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006,faculta al Poder Ejecutivo para que, ante desfases respectode la oportunidad prevista para efectos de la percepción uobtención de los fondos programados en el presupuestode caja del Gobierno Nacional provenientes de operacionesde crédito externo o interno, mediante decreto supremorefrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, seautorice de manera transitoria y excepcional la utilizaciónde recursos administrados por la Dirección Nacional delTesoro Público en la atención de obligaciones contraídas yprevistas en el Presupuesto del Sector Público, con cargoa ser restituidos automática e inmediatamente después dehaberse percibido u obtenido, sin aplicación de intereses,en las fuentes correspondientes;

Que, del proceso de contratación de los prestamoscon el Kreditanstalt Fur Wiederaufbau (KFW) y con elBanco Interamericano de Desarrollo (BID), consideradoscomo parte del financiamiento del Presupuesto del SectorPúblico para el año fiscal 2006 aprobado por la LeyNº 28652, para la atención del Servicio de la deuda pública,sus desembolsos fueron previstos inicialmente en losmeses de marzo, junio, octubre y noviembre 2006, losmismos que por circunstancias propias de las operacionesde endeudamiento externo se harán efectivos recién enlos meses de octubre y diciembre del 2006;

Que, el servicio de deuda pública externa con cargoa los desembolsos de los préstamos con el KreditanstaltFur Wiederaufbau (KFW) y con el Banco Interamericanode Desarrollo (BID) está previsto atenderse a partir del15 de setiembre del año en curso, por lo que ante eldesfase en la recepción de los fondos conforme a loprevisto resulta necesario dictar las medidas necesariaspara el oportuno cumplimiento del pago del servicio de ladeuda programada; y,

De conformidad con lo establecido en el numeral 17)del artículo 118º de la Constitución Política del Perú,Decreto Legislativo Nº 560 - Ley Orgánica del PoderEjecutivo y la Sétima Disposición Complementaria y Finalde la Ley Nº 28653 - Ley de Equilibrio Financiero delPresupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006;

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327983

REPUBLICA DEL PERU

DECRETA:

Artículo 1º.- De la autorizaciónAutorízase al Ministerio de Economía y Finanzas para

que, a través de la Dirección Nacional del Tesoro Público,atienda con Recursos Ordinarios, de manera transitoriay excepcional, el servicio de la deuda externa previstoen el Presupuesto del Sector Público aprobado por laLey Nº 28652, con cargo a las operaciones deEndeudamiento referidas en la parte considerativa delpresente Decreto Supremo, hasta por el importeequivalente a Cuatrocientos Sesenta y Cinco Millones y00/100 Dólares Americanos (US$ 465 000 000,00). Elrepago de dicho apoyo se efectuará automáticamenteen la oportunidad de la fecha de desembolso de losreferidos préstamos.

Artículo 2º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los docedías del mes de setiembre del año dos mil seis.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

02061-2

Autorizan Transferencia de Partidas afavor de la Presidencia del Consejo deM inistros

DECRETO SUPREMONº 144-2006-EF

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Supremo Nº 051-2006-PCMse crea el Programa Sierra Exportadora adscrito a laPresidencia del Consejo de Ministros, con el objetivo decoordinar y articular las capacidades y planes existentesen el Sector Público que permita incorporar la zona andinaal aparato productivo exportador;

Que, el artículo 9º de la mencionada norma estableceque el Ministerio de Economía y Finanzas realizará lasacciones presupuestarias necesarias para la habilitaciónde recursos al Programa, de acuerdo a la normativa aplicablesobre la materia, y de acuerdo a los requerimientos queformule la Presidencia del Consejo de Ministros;

Que, la Reserva de Contingencia, prevista en el Ministeriode Economía y Finanzas, cuenta con saldos de libredisponibilidad que permiten atender el funcionamiento delPrograma Sierra Exportadora, por lo que es necesario autorizaruna Transferencia de Partidas por la suma de CUATROMILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 000 000,00) afavor de la Presidencia del Consejo de Ministros;

De conformidad con lo establecido por el artículo 45ºde la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacionalde Presupuesto;

DECRETA:

Artículo 1º.- Transferencia de PartidasAutorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto

del Sector Público para el Año Fiscal 2006, hasta por la sumade CUATRO MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES(S/. 4 000 000,00), de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA:

SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 009 : Ministerio de Economía y

FinanzasUNIDAD EJECUTORA 001 : Administración GeneralFUNCIÓN 03 : Administración y

PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0019 : Planeamiento Presupuestario,

Financiero y Contable

ACTIVIDAD 00010 : Administración del ProcesoPresupuestario del SectorPúblico

FUENTE DE FINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios

(En Nuevos Soles)

CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES

0 Reserva de Contingencia 4 000 000,00-------------------

TOTAL : 4 000 000,00===========

A LA:

SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRALPLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de

MinistrosUNIDAD EJECUTORA 011 : Programa Sierra ExportadoraFUNCIÓN 03 : Administración y PlaneamientoPROGRAMA 006 : Planeamiento GubernamentalSUBPROGRAMA 0021 : Organización y Modernización

AdministrativaACTIVIDAD 038729 : Impulso a la Oferta Exportable

de la Zona AndinaFUENTE DEFINANCIAMIENTO 00 : Recursos Ordinarios

CATEGORÍA DEL GASTO5. GASTOS CORRIENTES

3. Bienes y Servicios 3 031 322,00

6. GASTOS DE CAPITAL7. Otros Gastos de Capital 968 678,00

-------------------TOTAL : 4 000 000,00

===========

Artículo 2º.- Codificaciones y Notas deModificación Presupuestaria

2.1 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus vecesdel Pliego comprendido en la presente Transferencia dePartidas, solicitará a la Dirección Nacional del PresupuestoPúblico las codificaciones que se requieran comoconsecuencia de la incorporación de nuevosComponentes, Finalidad de Metas y Unidades de Medida.

2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus vecesdel Pliego instruye a la Unidad Ejecutora para que elaborenlas correspondientes “Notas para ModificacionesPresupuestarias” que se requieran como consecuencia delo dispuesto en la presente norma, las mismas que seránaprobadas mediante Resolución del Titular del Pliego,debiendo presentar, copia de la Resolución, dentro de loscinco (5) días de aprobada a los Organismos señalados enel numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411 - LeyGeneral del Sistema Nacional de Presupuesto.

Artículo 3º.- RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el

Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los docedías del mes de setiembre del año dos mil seis.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

02061-3

Ratifican acuerdo de PRO INVERSIO N queaprueba m odificación al Plan deProm oción de la Inversión Privada para elotorgam iento de la concesión de la Red VialNº 1: Piura - Sullana - Aguas Verdes ySullana - La Tina - Puente M acará

RESOLUCIÓN SUPREMANº 066-2006-EF

Lima, 12 de setiembre de 2006

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327984El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Acuerdo de fecha 22 de septiembre del2003, el Comité de PROINVERSION en Proyectos deInfraestructura y de Servicios Públicos aprobó el Plan dePromoción y las Bases del Concurso de ProyectosIntegrales para la entrega en concesión al sector privado dela Red Vial Nº 1: Piura-Sullana-Aguas Verdes y Sullana - LaTina-Puente Macará;

Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo dePROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 3 deoctubre de 2003, se aprobó el Plan de Promoción de laInversión Privada de la Red Vial Nº 7, siendo ratificadopor Resolución Suprema Nº 202-2003-EF de fecha 7 deoctubre de 2003;

Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo dePROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 30 demarzo de 2006, se aprobó la modificación del Plan dePromoción de la Inversión Privada de la Red Vial Nº 1,siendo ratificado por Resolución Suprema Nº 036-2006-EF de fecha 19 de junio de 2006;

Que, mediante Acuerdo del Consejo Directivo dePROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 4 deagosto de 2006, se han aprobado modificaciones al Plande Promoción de la Inversión Privada de la Red Vial Nº 1;las mismas que requieren ser ratificadas medianteresolución suprema;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso 3) delArtículo 6º del Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y laLey Nº 28660;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Ratificar el Acuerdo adoptado por elConsejo Directivo de PROINVERSIÓN en su sesión defecha 4 de agosto de 2006, conforme al cual se apruebala modificación al Plan de Promoción de la InversiónPrivada para el otorgamiento de la concesión de la RedVial Nº 1: Piura-Sullana-Aguas Verdes y Sullana - LaTina-Puente Macará.

Artículo 2º.- La presente resolución suprema serárefrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y elMinistro de Transportes y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

VERÓNICA ZAVALA LOMBARDIMinistra de Transportes y Comunicaciones

02061-8

D esignan m iem bros del D irectorio dela Com isión Nacional Supervisora deEm presas y Valores - CO NASEV

RESOLUCIÓN SUPREMANº 067-2006-EF

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 278-2002-EF del 4 de noviembre de 2002 se designó a la señoraMargaret Burns Olivares como miembro del Directoriode la Comisión Nacional Supervisora de Empresas yValores - CONASEV;

Que, el artículo 7º del Decreto Ley Nº 26126, TextoÚnico Concordado de la Ley Orgánica de la ComisiónNacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV,dispone que los miembros del mencionado Directorio sonnombrados por un período de tres años, señalandoademás que el director que concluya su período puedecontinuar en el ejercicio del cargo en tanto la personadesignada para sustituirlo no se haya incorporado;

Que, habiendo concluido el período de la designaciónde la señora Margaret Burns Olivares y haber renunciadoal cargo que venía desempeñando, es necesario aceptarla renuncia y proceder a la designación de un nuevo

miembro del Directorio de CONASEV;De conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la

Ley Nº 27594 y en el artículo 4º del Decreto Ley Nº 26126,Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la ComisiónNacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV;y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por laseñora Margaret Burns Olivares, como miembro delDirectorio de la Comisión Nacional Supervisora deEmpresas y Valores - CONASEV, dándosele las graciaspor los servicios prestados

Artículo 2º.- Designar al señor José Miguel UgarteMaggiolo como miembro del Directorio de la ComisiónNacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV.

Artículo 3º.- La presente resolución suprema serárefrendada por el Ministro de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

02061-9

RESOLUCIÓN SUPREMANº 068-2006-EF

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Resolución Suprema Nº 003-2003-EFdel 10 de enero de 2003 se designó al señor Jorge AlbertoCortez Cumpa como miembro del Directorio de la ComisiónNacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV;

Que, el artículo 7º del Decreto Ley Nº 26126, TextoÚnico Concordado de la Ley Orgánica de la ComisiónNacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV,dispone que los miembros del mencionado Directorio sonnombrados por un período de tres años, señalandoademás que el director que concluya su período puedecontinuar en el ejercicio del cargo en tanto la personadesignada para sustituirlo no se haya incorporado;

Que, habiendo concluido el período de la designacióndel señor Jorge Alberto Cortez Cumpa y haberrenunciado al cargo que venía desempeñando, esnecesario aceptar la renuncia y proceder a la designaciónde un nuevo miembro del Directorio de CONASEV;

De conformidad con lo establecido en el artículo 1º de laLey Nº 27594 y en el artículo 4º del Decreto Ley Nº 26126,Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la ComisiónNacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV;y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por elseñor Jorge Alberto Cortez Cumpa, como miembro delDirectorio de la Comisión Nacional Supervisora deEmpresas y Valores - CONASEV, dándosele las graciaspor los servicios prestados.

Artículo 2º.- Designar al señor doctor ManuelFernando Jorge Carlos Velarde Dellepiane como miembrodel Directorio de la Comisión Nacional Supervisora deEmpresas y Valores - CONASEV.

Artículo 3º.- La presente resolución suprema serárefrendada por el Ministro de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

02061-10

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327985

REPUBLICA DEL PERU

Nom bran representante del M inisterioante el C onsejo D irectivo delFO ND EPES

RESOLUCIÓN SUPREMANº 069-2006-EF

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, por el Decreto Supremo Nº 013-2006-PRODUCEse aprobó el nuevo Reglamento de Organización yFunciones del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero -FONDEPES, y deroga el Decreto Supremo Nº 007-2001-PE;

Que, en el artículo 8º del referido Reglamento seestablece que, el Consejo Directivo es el órgano de mayorjerarquía institucional integrado por siete miembrosnombrados por Resolución Suprema, uno de los cualesserá el representante del Ministerio de Economía yFinanzas;

Que, en consecuencia es necesario designar alrepresentante del Ministerio de Economía y Finanzas,ante dicho Consejo Directivo;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594,y el Reglamento de Organización y Funciones - ROF delFondo Nacional de Desarrollo Pesquero - FONDEPES,aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2006-PRODUCE; y,

Estando a lo acordado;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Nombrar, al doctor Augusto AlfredoVargas Rodríguez, como representante del Ministeriode Economía y Finanzas ante el Consejo Directivo delFondo de Desarrollo Pesquero - FONDEPES.

Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Ministro de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

02061-11

Aceptan renuncia y designan D irectorG eneral de la D irección G eneral delTesoro Público, actualm ente D irecciónNacional del Tesoro Público

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 526-2006-EF/10

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 305-90-EF/43.40 del 10 de julio de 1990, se designó al señor MarcelinoCárdenas Torres, en el cargo de Director General delTesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas;

Que, por Resolución Ministerial Nº 053-92-EF/43 del7 de febrero de 1992, el mencionado funcionario fueratif icado en el cargo de Director de SistemaAdministrativo IV - Director General;

Que, el citado funcionario ha formulado renuncia alcargo que venía desempeñando;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594y el artículo 77º del Reglamento de la CarreraAdministrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada porel señor Marcelino Cárdenas Torres como Director de

Sistema Administrativo IV - Director General, CategoríaF-6 de la Dirección General del Tesoro Público,actualmente Dirección Nacional del Tesoro Público delMinisterio de Economía y Finanzas, dándosele las graciaspor los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

02055-1

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 527-2006-EF/10

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de DirectorAdministrativo IV - Director General, Categoría F-6 de laDirección General del Tesoro Público, actualmenteDirección Nacional del Tesoro Público del Ministerio deEconomía y Finanzas;

Que, en consecuencia, es necesario designar a lapersona que desempeñará dicho cargo público deconfianza;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594y el artículo 77º del Reglamento de la CarreraAdministrativa aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar al señor Teodoro AbantoTafur como Director de Sistema Administrativo IV -Director General, Categoría F-6 de la Dirección Generaldel Tesoro Público, actualmente Dirección Nacional delTesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

02055-2

Aceptan renuncia y designan D efensordel Contribuyente y Usuario Aduanero

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 528-2006-EF-10

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 186-2004-EF/10 del 7 de abril de 2004 se designó al señor ArnaldoMeneses Díaz como Defensor del Contribuyente yUsuario Aduanero;

Que, el mencionado funcionario ha formulado renunciaal cargo que venía desempeñando;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada porel señor Arnaldo Meneses Díaz al cargo de Defensor delContribuyente y Usuario Aduanero, dándosele lasgracias por los servicios prestados al Estado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

02058-1

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327986El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 529-2006-EF-10

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Defensor delContribuyente y Usuario Aduanero;

Que, en consecuencia, resulta necesario designar alprofesional que desempeñará dicho cargo público;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594y la Duodécima Disposición Final del Decreto LegislativoNº 953;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a la señora María LucíaDel Rosario Saravia Luna como Defensor delContribuyente y Usuario Aduanero.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS CARRANZA UGARTEMinistro de Economía y Finanzas

02058-2

EDUCACIÓN

Autorizan salida tem poral de bienesintegrantes del Patrim onio Cultural dela Nación para su exhibición en m useode los EE.UU.

RESOLUCIÓN SUPREMANº 031-2006-ED

Lima, 12 de setiembre de 2006

Visto, el Oficio Nº 895-2006-INC/DN cursado por laDirectora Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Expediente Nº 13116-2006/INC, elPhiladelphia Museum of Art solicitó autorización para lasalida temporal del país de veinte (20) bienes integrantesdel Patrimonio Cultural de la Nación, a fin que conformenla exposición denominada “El Arte en Latinoamérica 1492- 1820”, que se llevará a cabo del 17 de septiembre al 31de diciembre de 2006 en el Philadelphia Museum of Art -Estados Unidos de América, del 3 de febrero al 6 demayo de 2007 en el Antiguo Colegio de San Ildefonso dela Universidad Autónoma de México - México D.F., y del20 de junio al 3 de septiembre de 2007 en Los AngelesCounty Museum of Art - Estados Unidos de América;

Que, la Embajada de los Estados Unidos de América,con Carta s/n de fecha 26 de julio de 2006, comunicó elapoyo de dicha representación diplomática para larealización de la exposición a que se refiere elconsiderando precedente;

Que, los bienes culturales cuya autorización de salidatemporal se solicita, detallados en los Anexos I y IIadjuntos a la presente resolución, están cubiertos contratodo riesgo en la modalidad “clavo a clavo”, en mérito ala Póliza Nº 05-333-06-03-00251 de la empresa AXA ArtInsurance Corporation, con una cobertura que abarcadesde el 15 de agosto de 2006 al 15 de febrero de 2008;

Que, mediante Informe Nº 756-2006-INC/SDIRCPCMMC, la Subdirección de Investigación,Registro y Catalogación del Patrimonio Cultural MuebleModerno y Contemporáneo del Instituto Nacional deCultura opinó favorablemente por la autorización de salidatemporal del país de los bienes culturales detallados enlos anexos adjuntos, a fin que conformen la exposicióndenominada “El Arte en Latinoamérica 1492 - 1820”;

Que, el artículo 34º de la Ley Nº 28296 - Ley Generalde Patrimonio Cultural de la Nación - establece queprocede la salida del país de bienes muebles integrantesdel Patrimonio Cultural de la Nación para casos de

exhibición con fines científicos, artísticos y culturales, lamisma que se autoriza mediante Resolución Suprema;

Que, corresponde al Instituto Nacional de Culturacautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación,tanto en el país como en el extranjero, por lo que dichainstitución recomienda autorizar la salida temporal delpaís de los bienes culturales a que se refiere la presenteresolución;

De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo Nº 560; Decreto Ley Nº 25762, modificadopor la Ley Nº 26510; y Ley Nº 28296;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar, por el período de un año,contado a partir de la fecha de publicación de la presenteresolución, la salida temporal del país de los bienesintegrantes del Patrimonio Cultural de la Nación detalladosen el Anexo I adjunto a la presente resolución, a fin queconformen la exposición denominada “El Arte enLatinoamérica 1492 - 1820”, que se llevará a cabo del 17de septiembre al 31 de diciembre de 2006 en elPhiladelphia Museum of Art - Estados Unidos de América,del 3 de febrero al 6 de mayo de 2007 en el AntiguoColegio de San Ildefonso de la Universidad Autónoma deMéxico - México D.F., y del 20 de junio al 3 de septiembrede 2007 en Los Angeles County Museum of Art - EstadosUnidos de América.

Artículo 2º.- Autorizar, a partir de la fecha depublicación de la presente resolución y hasta el 9 deenero de 2007, la salida temporal del país del bienintegrante del Patrimonio Cultural de la Nación detalladoen el Anexo II adjunto a la presente resolución, a fin quesea exhibido en la primera sede de la exposicióndenominada “El Arte en Latinoamérica 1492 - 1820”, quese llevará a cabo del 17 de septiembre al 31 de diciembrede 2006 en el Philadelphia Museum of Art - Estados Unidosde América.

Artículo 3º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptarálas medidas más adecuadas para verif icar lascaracterísticas, estado de conservación y autenticidadde los bienes culturales a que se contrae la presenteresolución, durante su traslado, permanencia fuera delpaís y retorno.

Artículo 4º.- Designar comisario de los bienesculturales cuya salida temporal se autoriza al señorGerardo Sabino Moreno Arias, quien cumplirá la labor deverificación del estado de conservación, embalaje,traslados, desembalaje, montaje, desmontaje y retornode los mencionados bienes; debiendo informar sobretales acciones a la Dirección de Fomento de las Artesdel Instituto Nacional de Cultura.

Los gastos de transporte, alojamiento, viáticos, pólizade seguro, impuestos de aeropuerto, movilidad local,tanto en el Perú como en el extranjero, y visa del comisariodesignado serán íntegramente asumidos por la entidadorganizadora de la exposición.

Artículo 5º.- Los gastos que se deriven del embalaje,fletes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que seorigine por la salida y retorno de los bienes culturales aque se refiere la presente resolución, serán íntegramentecubiertos por la entidad organizadora de la exposición.

Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

ANEXO I

LISTADO DE BIENES DE LA EXPOSICIÓN “EL ARTE EN LATINOAMÉRICA 1492-1820”, DEL 17 DE SETIEMBRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006 EN EL PHILADELPHIAMUSEUM OF ART - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEL 3 DE FEBRERO AL 6DE MAYO DE 2007 EN EL ANTIGUO COLEGIO DE SAN IDELFONSO DE LAUNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE MÉXICO D.F. – MÉXICO, Y DEL 20 DE JUNIO AL3 DE SETIEMBRE DE 2007 EN LOS ÁNGELES COUNTY MUSEUM OF ART -ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327987

REPUBLICA DEL PERU

COLECCIÓN MUSEO NACIONAL DE ARQUEOLOGÍA, ANTROPOLOGÍA EHISTORIA DEL PERU

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura Retrato del Virrey José Antonio Manso deVelasco, Conde de Superunda. V-2.0/150121/A-17/007

COLECCIÓN CABILDO ECLESIÁSTICO DE AREQUIPA

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Metalurgia y Corona de Espinas V-2.7/AR-VII-90/B-1/80Orfebrería

COLECCIÓN MÓNICA TAUREL DE MENACHO

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura El Niño Jesús usando vestimenta Imperial V-2.0/E-520/1Inka y Mascaipacha (Niño Jesús con tocadoImperial Inca).

COLECCIÓN COMPAÑÍA DE JESÚS-AREQUIPA.

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura Virgen de la Expectación con Ángeles V-2.0/B-2/424(Virgen de la “O”)

2 Escultura Niño Jesús Indígena (Santo Niño) V-2.1/B-2/335

COLECCIÓN ISABEL LARCO DE ALVAREZ CALDERON.

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Metalurgia y Tetera-Pava (Pava-Hornillo). V-2.7/E-532/01Orfebrería

COLECCIÓN MUSEO DE ARTE DE LIMA

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura Cristo cargando la Cruz (Señor de la Caída). V-2.0/C-7/56 Cód.Museo: V-2.0-71

2 Vario Herbario (Coquera) V-2.14/C-7/100Cód. Museo: V-2.3-6

3 Mobiliario Escritorio con escenas de ovidio (mueble V-2.3/150101/C-7/115bargueño con escenas mitológicas) Cód. Museo: V-2.3-31

1987

COLECCIÓN FUNDACIÓN PEDRO DE OSMA.

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura Virgen Niña Hilando (Virgen Niña Hilandera). V-2.0/C-4/15Cód. Museo: 82.0.647

2 Retablo Retablo de Virgen de Copacabana V-2.2/150104/C-4/109Cód. Museo:82.0.1985

3 Mobiliario Mueble gavetero (Consola de tres cuerpos) V-2.3/150104/C-4/110Cód. Museo:

82.0.4103.1/2/3

COLECCIÓN VIVIAN Y JAIME LIÉBANA DE LA TORRE

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Mobiliario Armario V-2.3/150104/E-69/038

COLECCIÓN MARION DAVELSBERG DE BELMONT

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura Virgen de Cocharcas V-2.0/150131/E-579/001

COLECCIÓN ARQUIDIÓCESIS DE CUZCO-MUSEO DEL PALACIO ARZOBISPAL.

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura Carroza San Sebastián (Carro de San Cz-6/V-2.0/B-22/4Sebastián)

COLECCIÓN COMPAÑÍA DE JESÚS-CUSCO

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura Los Matrimonios de Martín de Loyola con Cz-6/V-2.0/B-04/122doña Beatriz Ñusta

COLECCIÓN ARZOBISPADO DEL CUSCO

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura Marco dorado y tallado con pintura de Cz-6/V-2.0/Cristo.

COLECCIÓN ORDEN MERCEDARIA DE CUSCO

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura San Pedro Nolasco llevado por los Ángeles. Cz-6/V-2.0/

2 Pintura Hombre condenado en el infierno Cz-6/V-2.0/

ANEXO II

LISTADO DE BIENES DE LA EXPOSICIÓN “EL ARTE EN LATINOAMÉRICA 1492-1820”, DEL 17 DE SETIEMBRE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006 EN EL PHILADELPHIAMUSEUM OF ART - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA.

COLECCIÓN BANCO DE CRÉDITO DEL PERÚ

Nº Objeto Título/Denominación Código

1 Pintura Señor de los Temblores (Cristo de los V-2.0/E-167/28Temblores).

02061-6

Autorizan salida tem poral de bienesintegrantes del Patrim onio Cultural dela Nación para su exhibición en m useosde Canadá

RESOLUCIÓN SUPREMANº 032-2006-ED

Lima, 12 de setiembre de 2006

Visto, el Oficio Nº 893-2006-INC/DN cursado por laDirectora Nacional del Instituto Nacional de Cultura; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Expediente Nº 10874-2006/INC, laDirectora del Nickle Arts Museum, señora Ann Davis,solicitó autorización para la salida temporal del país deciento veintidós (122) bienes integrantes del PatrimonioCultural de la Nación, de la colección del Museo NacionalSicán, a fin que conformen la exposición denominada“Perú Antiguo Descubierto: Tesoros Dorados de unaCivilización Perdida”, que se llevará a cabo del 27 deseptiembre de 2006 al 10 de enero de 2007 en el NickleArts Museum (Calgary, Alberta, Canadá) y del 10 demarzo al 6 de agosto de 2007 en el Royal Ontario Museum(Toronto, Ontario, Canadá);

Que, la Embajada de Canadá en Perú, con Carta s/nde fecha 2 de agosto de 2006, comunicó el apoyo dedicha representación diplomática para la realización dela exposición a que se refiere el considerando precedente;

Que, los bienes culturales cuya autorización de salidatemporal se solicita, detallados en el anexo adjunto a lapresente resolución, están cubiertos contra todo riesgoen la modalidad “clavo a clavo”, en mérito a la PólizaNº 1275897 emitida por la empresa PACIFICOSEGUROS, con una cobertura que abarca desde el 26de agosto de 2006 al 26 de agosto de 2007;

Que, mediante Informe Nº 049-2006-INC/SDRMC-DRI/INCR, el Departamento de Registro e Inventario de laSubdirección de Registro y Manejo de Colecciones delInstituto Nacional de Cultura opinó favorablemente por laautorización de salida temporal del país de los bienesculturales detallados en el anexo adjunto, a fin que conformenla exposición denominada “Perú Antiguo Descubierto:Tesoros Dorados de una Civilización Perdida”;

Que, el artículo 34º de la Ley Nº 28296 - Ley Generalde Patrimonio Cultural de la Nación - establece queprocede la salida del país de bienes muebles integrantesdel Patrimonio Cultural de la Nación para casos deexhibición con fines científicos, artísticos y culturales, lamisma que se autoriza mediante Resolución Suprema;

Que, corresponde al Instituto Nacional de Culturacautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación,tanto en el país como en el extranjero, por lo que dichainstitución recomienda autorizar la salida temporal delpaís de los bienes culturales a que se refiere la presenteresolución;

De conformidad con lo dispuesto en el DecretoLegislativo Nº 560; Decreto Ley Nº 25762, modificadopor la Ley Nº 26510; y Ley Nº 28296;

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327988El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar, a partir de la fecha depublicación de la presente resolución y hasta el 14 deagosto de 2007, la salida temporal del país de los bienesintegrantes del Patrimonio Cultural de la Nación detalladosen el anexo adjunto a la presente resolución, a fin queconformen la exposición denominada “Perú AntiguoDescubier to: Tesoros Dorados de una CivilizaciónPerdida”, que se llevará a cabo del 27 de septiembre de2006 al 10 de enero de 2007 en el Nickle Arts Museum(Calgary, Alberta, Canadá) y del 10 de marzo al 6 deagosto de 2007 en el Royal Ontario Museum (Toronto,Ontario, Canadá).

Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptarálas medidas más adecuadas para verif icar lascaracterísticas, estado de conservación y autenticidadde los bienes culturales a que se contrae la presenteresolución, durante su traslado, permanencia fuera delpaís y retorno.

Artículo 3º.- Designar comisario de los bienesculturales cuya salida temporal se autoriza al señor VíctorCuray Rufasto, quien cumplirá la labor de verificacióndel estado de conservación, embalaje, traslados,desembalaje, montaje, desmontaje y retorno de losmencionados bienes; debiendo informar sobre talesacciones a la Dirección de Museos y Gestión delPatrimonio Histórico del Instituto Nacional de Cultura.

Los gastos de transporte, alojamiento, viáticos, pólizade seguro, impuestos de aeropuerto, movilidad local,tanto en el Perú como en el extranjero, y visa del comisariodesignado serán íntegramente asumidos por la entidadorganizadora de la exposición.

Artículo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje,fletes, seguros, traslados o cualquier otro egreso que seorigine por la salida y retorno de los bienes culturales aque se refiere la presente resolución, serán íntegramentecubiertos por la entidad organizadora de la exposición.

Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema serárefrendada por el Ministro de Educación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

ANEXOLISTADO DE PIEZAS ARQUEOLÓGICAS PARA

LA EXPOSICIÓN TEMPORAL:PERÚ ANTIGUO DESCUBIERTO: TESOROS DORADOS DE UNA

CIVILIZACIÓN PERDIDA (ESTILO SICÁN MEDIO)

Nº REGISTRO CÓDIGO DE MATERIAL OBJETONACIONAL CAMPO

1 37,797 HL-T1-91-162 Metal-Bronce Punta de bronce

2 37,798 HL-T1-91-164 Metal-Bronce Punta de bronce

3 37,799 HL-T1-91-170 Metal-Bronce Punta de bronce

4 37,800 HL-T1-91-169 Metal-Bronce Punta de bronce

5 37,801 HL-T1-91-166 Metal-Bronce Punta de bronce

6 37,802 HL-T1-91-161 Metal-Bronce Punta de bronce

7 37,804 HL-T1-91-163 Metal-Bronce Punta de bronce

8 37,805 HL-T1-91-165 Metal-Bronce Punta de bronce

9 37,806 HL-T1-91-172 Metal-Bronce Punta de bronce

10 37,807 HL-T1-91-168 Metal-Bronce Punta de bronce

11 37,808 HL-T1-91-160 Metal-Bronce Punta de bronce

12 37,814 HL-T1-91-144 Metal-Oro Ornamento de estandarte con accesorioscolgantes

13 37,815 HL-T1-91-87 Metal-Oro Cinta con discos colgantes

14 37,816 HL-T1-91-88 Metal-Oro Pequeño disco con colgantes circulares

15 37,818 HL-T1-91-90 Lítico Collar de cuentas de sodalita (29)

16 37,821 HL-T1-91-218 Lítico Conjunto de cuentas de ámbar (11)

17 37,824 HL-T1-91-55 Metal - Oro Adorno Frontal con cabeza zoomorfa

18 37,825 HL-T1-91-33 Metal-Oro Disco con diseños radiales

19 37,826 HL.T1-91-34 Metal - Oro Disco con diseños radiales

20 37,827 HL-T1-91-39 Metal-Oro Máscara de oro

21 37,830 HL-T1-91-51 Metal-Oro Disco pequeño con colgantes discoidales(19)

22 37,831 HL-T1-91-67 Metal-Oro Disco con diseños radiales

23 37,832 HL-T1-91-09A Metal-Oro Orejera con diseño escalonado

24 37,833 HL-T1-91-09B Metal-Oro Orejera con diseño escalonado

Nº REGISTRO CÓDIGO DE MATERIAL OBJETONACIONAL CAMPO

25 37,834 HL-T1-91-41B Metal-Oro Orejera llana

26 37,835 HL-T1-91-41A Metal-Oro Orejera llana

27 37,836 HL-T1-91-06A Metal-Oro Orejera con diseño escalonado

28 37,837 HL-T1-91-06B Metal-Oro Orejera con diseño escalonado

29 37,838 HL-T1-91-42A Metal-Oro Orejera llana

30 37,839 HL-T1-91-42B Metal-Oro Orejera llana

31 37,840 HL-T1-91-07A Metal-Oro Orejera con diseños en filigrana

32 37,841 HL-T1-91-07B Metal-Oro Orejera con diseños en filigrana

33 37,842 HL-T1-91-08A Metal-Oro Orejera con diseños ornitomorfos

34 37,843 HL-T1-91-08B Metal-Oro Orejera con diseños ornitomorfos

35 37,844 HL-T1-91-40A Metal-Oro Orejera con diseños zoomorfos (iguanas)

36 37,845 HL-T1-91-40B Metal-Oro Orejera con diseños zoomorfos (iguanas)

37 37,846 HL-T1-91-29 Metal-Oro Tocado en forma de tumi

38 37,848 HL-T1-91-35 Metal-Oro Disco con diseños radiales

39 37,849 HL-T1-91-36 Metal-Oro Disco con diseños radiales

40 37,850 HL-T1-91-53 Metal-Oro Estólica ceremonial con apéndicezoomorfo

41 37,851 HL-T1-91-24 Metal-Oro Estólica ceremonial con apéndicerepujados

42 37,852 HL-T1-91-59 Metal-Oro Tocado de plumas (12)

43 37,856 HL-T1-91-66 Metal-Oro Tocado en forma de tumi

44 37,857 HL-T1-91-44 Metal-Oro Tocado de plumas (11)

45 37,858 HL-T1-91-43A Metal-Oro Arete colgante

46 37,859 HL-T1-91-43B Metal-Oro Arete colgante

47 37,862 HL-T1-91-30abc Metal-Oro Tocado en forma de tumi

48 37,863 HL-T1-91-28 Metal-Oro Tocado de oro en forma de tumi

49 37,864 HL-T1-91-26 Metal-Oro Adorno de corona

50 37,866 HL-T1-91-58 Metal-Oro Nariguera con incrustación de turquesa

51 37,867 HL-T1-91-93 Metal-Oro Nariguera con incrustación de turquesa

52 37,868 HL-T1-91-145 Metal-Oro Sonaja

53 37,869 HL-T1-91-52 Metal-Oro Sonaja

54 37,876 HL-T1-91-56 Metal-Oro Ornamento de vestido con 3 máscarasSicán

55 37,877 HL-T1-91-57 Metal-Oro Ornamento de vestido con colgantescirculares

56 37,878 HL-T1-91-129A Metal-Oro Ornamento trapezoidal de vestido

57 37,879 HL-T1-91-129B Metal-Oro Ornamento trapezoidal de vestido

58 37,881 HL-T1-91-14 Metal-Oro Conjunto de campanitas (20)

59 37,882 HL-T1-91-141/ Metal-Oro Tocado en forma de parábola142/143

60 37,909 HL-T1-91-03A Metal-Oro Adorno de personajes en perfil

61 37,910 HL-T1-91-03B Metal-Oro Adorno de personajes en perfil

62 37,911 HL-T1-91-03C Metal-Oro Adorno de personajes en perfil

63 37,912 HL-T1-91-03D Metal-Oro Adorno de personajes en perfil

64 37,913 HL-T1-91-04A Metal-Oro Cinta escalonada

65 37,914 HL-T1-91-04B Metal-Oro Cinta escalonada

66 37,915 HL-T1-91-04C Metal-Oro Cinta escalonada

67 37,916 HL-T1-91-04D Metal-Oro Cinta escalonada

68 37,917 HL-T1-91-134/25/ Metal-Oro Tocado bicóncavo de corona, con135/136 diseño de máscara Sicán

69 37,918 HL-T1-91-49 Metal-Oro Adorno de estandarte

70 37,919 HL-T1-91-132 Metal-Oro Estandarte bicóncavo con figura del“Señor de Sicán”

71 37,922 HL-T1-91-191 Malacológico Conus fergusoni

72 37,923 HL-T1-91-192 Malacológico Conus fergusoni

73 37,927 HL-T1-91-196 Malacológico Conus fergusoni

74 37,931 HL-T1-91-200 Malacológico Spondylus princeps

75 37,932 HL-T1-91-201 Malacológico Spondylus princeps

76 37,939 HL-T1-91-208 Malacológico Spondylus princeps

77 37,940 HL-T1-91-95 Metal-Oro Corona con diseño escalonado

78 37,941 HL-T1-91-21 Metal-Oro Corona doble con diseño de rombos

79 37,942 HL-T1-91-22/80 Metal-Oro Corona doble con diseño de olas

80 37,943 HL-T1-91-12 Metal-Oro Láminas rectangulares con imagen delSeñor de Sicán

81 37,944 HL-T1-91-13 Metal-Oro Láminas rectangulares con imagen delSeñor de Sicán

82 37,947 HL-T1-91-74 Metal-Oro Disco con diseños radiales

83 37,950 HL-T1-91-210/ Lítico Collar de cuentas de ambar (34)211/214

84 37,951 HL-T1-91-91 Lítico Collar de cuentas de amatista (21)

85 37,952 HL-T1-91-46 Metal-Oro Tocado en forma de Tumi

86 37,953 HL-T1-91-81 Metal-Oro 16 conos de oro (colgantes)

87 37,956 HL-T1-91-15 Metal-Plata Tumi

88 37,957 HL-T1-91-61 Metal-Oro Tocado de plumas (90 plumas)

89 37,958 HL-T1-91-48 Metal-Oro Corona con diseños perforados

90 37,959 HL-T1-91-45 Metal-Oro Tocado de plumas (12)

91 37,961 HL-T1-91-219 Metal-Oro Ornamento de pelvis

92 37,962 HL-T1-91- Metal-Oro/Plata Vaso sonaja23A/23B

93 37,963 HL-T1-91-19 Metal-Oro Adorno con "J" central

94 37,964 HL-T1-91-20 Metal-Oro Adorno con "J" central

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327989

REPUBLICA DEL PERU

Nº REGISTRO CÓDIGO DE MATERIAL OBJETONACIONAL CAMPO

95 37,965 HL-T1-91-64 Metal-Oro Adorno con "J" central

96 37,966 HL-T1-91-73 Metal-Oro Adorno con "J" central

97 37,967 HL-T1-91-82 Metal-Oro Adornos de oro representando seresmíticos de perfil (7)

98 37,969 HLV-91-2264-124 Cerámica Plato trípode

99 37,973 HLV-90-E3-115 Cerámica Cántaro con cara-gollete

100 37,974 HLV-90-E3-116 Cerámica Botella escultórica, con representaciónde cánido

101 37,976 HL-T1-91-27/85 Metal-Oro Tocado en forma de U, con 12 conos

102 37,977 HL-T1-91-146 Metal-Oro Láminas caladas

103 37,980 HL-T1-91-114 Cerámica Botella de gollete simple

104 37,982 HLV-91-Of5-118 Cerámica Botella de gollete simple

105 37,983 HL-T1-91-110 Cerámica Botella de gollete simple, decorada conmonos en los hombros

106 37,984 HL-T1-91-69 Cerámica Botella doble pico asa puente

107 37,985 HLV-91-Of2-120 Cerámica Botella doble pico asa puente

108 37,986 HLV-90-E3-117 Cerámica Botella de gollete simple, con caramáscara

109 37,989 HL-T1-91-68 Cerámica Cántaro escultórico

110 37,990 HL-T1-91-05 Metal-Oro Vincha, con diseños colgantes de aves(28)

111 37,991 HL-T1-91-50 Metal-Oro Vincha, con diseños colgantes de aves(22)

112 37,993 HL-T1-91-16 Metal-Oro Placas cuadrangulares (70 sobrebastidor)

113 37,994 HL-T1-91-17 Metal-Oro Placas cuadrangulares(1944 sobrebastidor)

114 37,997 HL-T1-91-70 Lítico/Malaco- Bloque de cuentas de turquesalógico/Metal/

115 99,389 CC18B-4 Cerámica Botella doble pico -asa puente, c/basepedestal

116 99,392 CC18C-19 Cerámica Botella escultórica en forma de ave

117 99,395 HLM-83 Cerámica Botella Huaco Rey

118 99,393 HL-95-651 Cerámica Pequeña botella escultórica conrepresentación de perro sin pelo

119 99,390 HL-95-751 Cerámica Botella de gollete simple y cuero lenticular

120 99,391 HL-95-888 Cerámica Botella de gollete simple y cuerpoesférico

121 99,394 HL-95-890 Cerámica Botella escultórica con representaciónde roedor

122 99,396 HS-01-1936 (A,B) Cerámica Molde de botella asa estribo

02061-7

Autorizan a procurador iniciar accionesjudiciales a presuntos responsables dela com isión de delito contra elPatrim onio Cultural

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0544-2006-ED

Lima, 11 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Oficio Nº 0566-2006-D-INC-L, elDirector Regional de Lambayeque del Instituto Nacionalde Cultura interpone denuncia penal ante el FiscalProvincial Penal de Turno de Lambayeque por la presuntacomisión del delito Contra el Patrimonio Cultural en lasmodalidades de Extracción Ilegal de Bienes Culturales,ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 228º delCódigo Penal y Omisión de Deberes de FuncionariosPúblicos, tipificado en el artículo 229º del Código Penal;

Que, dicha denuncia se fundamenta en los hechossucedidos en la madrugada del jueves 7 de septiembredel 2006, en donde se provocó un incendió en el PalacioMunicipal de Chiclayo, causando la destrucción delsegundo piso y el desmoronamiento de la cúpula defrontis principal del referido inmueble;

Que, el mencionado Palacio Municipal fue declaradoMonumento, integrante del Patrimonio Cultural de laNación mediante la Resolución Ministerial Nº 329-86-ED, del 30 de junio de 1986;

Que, existiendo claros indicios de la presunta comisióndel delito Contra el Patrimonio Cultural en las modalidadesde Extracción Ilegal de Bienes Culturales, ilícito penalprevisto y sancionado en el artículo 228º del CódigoPenal y Omisión de Deberes de Funcionarios Públicos,tipificado en el artículo 229º del Código Penal, deviene en

necesaria la intervención de la Procuraduría Pública acargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio deEducación para que inicie las acciones judicialespertinentes para procesar a los responsables por elperjuicio causado al Estado Peruano;

Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537 estableceque “los Procuradores Generales de la República tienenla plena representación del Estado en juicio y ejercitansu defensa en todos los procesos y procedimientos enlos que actúe como demandante, demandado,denunciante o parte civil”;

Que, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537,modificado mediante el Decreto Ley Nº 17667, disponeque “para demandar y/o formular denuncias a nombredel Estado, será necesario la expedición previa de laResolución Ministerial autoritativa”;

Con lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica,mediante el Informe Nº 1318-2006-ME/SG-OAJ queforma parte integrante de la presente Resolución; y,

De conformidad con el Artículo 47º de la ConstituciónPolítica del Estado y el Artículo 12º del Decreto LeyNº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educación,para que inicie las acciones judiciales pertinentes contralas personas que resulten responsables, por la presuntacomisión del delito Contra el Patrimonio Cultural en lasmodalidades de Extracción Ilegal de Bienes Culturales,ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 228º delCódigo Penal y Omisión de Deberes de FuncionariosPúblicos, tipificado en el artículo 229º del Código Penal.

Artículo 2º.- Remitir a la Procuraduría Pública a cargode los Asuntos Judiciales del Ministerio de Educaciónlos antecedentes de la presente Resolución, para suconocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

02046-1

D esignan Asesor del Vicem inisterio deG estión Institucional

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0546-2006-ED

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Asesor delViceministerio de Gestión Institucional, cargo consideradode confianza;

Que, la sétima Disposición Transitoria de la LeyNº 27594, establece que mediante Resolución Ministerialo del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta larenuncia o se dispone una nueva designación onombramiento de los actuales funcionarios con cargode confianza no contemplados en el Artículo 1º de lamencionada Ley;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Designar a partir de la fecha aldoctor Oscar Rubén SILVA NEYRA, como Asesor delViceministerio de Gestión Institucional, cargo consideradode confianza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

02046-2

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327990El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

D esignan Jefe de la O ficina deCoordinación y Supervisión Regional

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0547-2006-ED

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0621-2004-ED, de fecha 1 de diciembre del 2004, se designa alseñor Santiago Mello Ferreyra, como Jefe de la Oficinade Coordinación y Supervisión Regional, dependientedel Viceministerio Gestión Institucional del Ministerio deEducación, cargo considerado de confianza;

Que, el mencionado funcionario ha presentado surenuncia al cargo de Jefe de la Oficina de Coordinacióny Supervisión Regional; por lo que, es necesario aceptarla renuncia presentada y designar a quien lo reemplazaráa fin de garantizar la continuidad del servicio;

Que, la Sétima Disposición Transitoria de la LeyNº 27594, establece que mediante Resolución Ministerialo del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta larenuncia o se dispone una nueva designación onombramiento de los actuales funcionarios con cargode confianza no contemplados en el Artículo 1º de lamencionada Ley;

De conformidad con lo dispuesto por el Decreto LeyNº 25762 modificado por la Ley Nº 26510 y el DecretoSupremo Nº 006-2006-ED;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar la renuncia, a partir de la fecha,presentada por don Santiago Mello Ferreyra, al cargo deJefe de la Oficina de Coordinación y Supervisión Regional,dependiente del Viceministerio de Gestión Institucionaldel Ministerio de Educación, cargo considerado deconfianza, dándosele las gracias por los serviciosprestados.

Artículo 2º.- Designar a don Luciano CHANGTARAZONA, como Jefe de la Oficina de Coordinación ySupervisión Regional, dependiente del Viceministerio deGestión Institucional del Ministerio de Educación, cargoconsiderado de confianza.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDOMinistro de Educación

02046-3

MIMDES

Encargan puesto de D irector G eneralde la O ficina G eneral de A sesoríaJurídica del M inisterio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 673-2006-MIMDES

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 286-2005-MIMDES, de fecha 11 de mayo de 2005, se designó a laabogada ROSARIO ANA MARÍA TORRES BENAVIDES,en el cargo de Directora General de la Oficina Generalde Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social - MIMDES, cargo considerado deconfianza, al cual ha formulado renuncia;

Que, en consecuencia es necesario aceptar la citadarenuncia, así como encargar el referido puesto;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,en la Ley Nº 27793 y en el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES, aprobado por Decreto SupremoNº 011-2004-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aceptar, con efectividad al 11 desetiembre de 2006, la renuncia presentada por la abogadaROSARIO ANA MARÍA TORRES BENAVIDES, al cargode Directora General de la Oficina General de AsesoríaJurídica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social -MIMDES, dándosele las gracias por los serviciosprestados.

Artículo 2º.- Encargar, con efectividad al 12 desetiembre de 2006, al abogado JUAN ANTONIOTRELLES CASTILLO, Asesor del Despacho Ministerialdel Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES,el puesto de Director General de la Oficina General deAsesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES, mientras se designe a su titular.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VIRGINIA BORRA TOLEDOMinistra de la Mujer yDesarrollo Social

02049-1

D an por concluida encargatura defunciones de G erente de la G erenciade Prom oción y D esarrollo del PATPAL"Felipe Benavides Barreda"

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 674-2006-MIMDES

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 2º de la ResoluciónMinisterial Nº 392-2006-MIMDES, de fecha 6 de junio de2006, se encargó al señor RAFAEL ANTONIORACHITOFF CARRANZA, las funciones de Gerente dela Gerencia de Promoción y Desarrollo del Patronato delParque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda -PATPAL "Felipe Benavides Barreda", Organismo PúblicoDescentralizado del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES;

Que, es necesario dar por concluida la citadaencargatura;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,en la Ley Nº 27793 y en el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social- MIMDES, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Dar por concluida la encargaturaefectuada mediante el artículo 2º de la ResoluciónMinisterial Nº 392-2006-MIMDES al señor RAFAELANTONIO RACHITOFF CARRANZA, dándosele lasgracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VIRGINIA BORRA TOLEDOMinistra de la Mujer yDesarrollo Social

02050-1

D an por concluida designación deG erente de la G erencia de O peracionesdel PATPAL "Felipe Benavides Barreda"

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 675-2006-MIMDES

Lima, 12 de setiembre de 2006

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327991

REPUBLICA DEL PERU

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 252-2004-MIMDES, de fecha 10 de mayo de 2004, se designó alIngeniero Agrónomo CARLOS LEONARDO OJEDAZAÑARTU, en el cargo de Gerente de la Gerencia deOperaciones del Patronato del Parque de las LeyendasFelipe Benavides Barreda - PATPAL "Felipe BenavidesBarreda", Organismo Público Descentralizado delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES,cargo considerado de confianza;

Que, es necesario dar por concluida la citadadesignación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,en la Ley Nº 27793 y en el Reglamento de Organizacióny Funciones del Ministerio de la Mujer y DesarrolloSocial - MIMDES, aprobado por Decreto SupremoNº 011-2004-MIMDES;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Dar por concluida la designacióndel Ingeniero Agrónomo CARLOS LEONARDO OJEDAZAÑARTU, en el cargo de Gerente de la Gerencia deOperaciones del Patronato del Parque de las LeyendasFelipe Benavides Barreda - PATPAL "Felipe BenavidesBarreda", Organismo Público Descentralizado delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES,dándosele las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VIRGINIA BORRA TOLEDOMinistra de la Mujer yDesarrollo Social

02050-2

RELACIONES EXTERIORES

Ratifican Enm ienda Nueve al Conveniode D onación de O bjetivo Estratégicoentre el Perú y los Estados Unidos deAm érica para Fortalecim iento de losProcesos e Instituciones D em ocráticasen Áreas Críticas USAID (527-0402)

DECRETO SUPREMONº 059-2006-RE

EL PRESIDENTE CONSTITUCIONALDE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, la Enmienda Nueve al Convenio de Donaciónde Objetivo Estratégico entre la República del Perúy los Estados Unidos de América para elFortalecimiento de los Procesos e InstitucionesDemocráticas en Áreas Críticas USAID (527-0402),fue suscrita el 10 de mayo de 2006, en la ciudad de Lima,República del Perú;

Que es conveniente a los intereses del Perú laratificación del citado instrumento internacional;

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 57ºy 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y elartículo 2º de la Ley Nº 26647, que facultan al Presidentede la República para celebrar y ratificar Tratados o adherira éstos sin el requisito de la aprobación previa delCongreso;

DECRETA:

Artículo 1º.- Ratifíquese la Enmienda Nueve alConvenio de Donación de Objetivo Estratégico entrela República del Perú y los Estados Unidos deAmérica para el Fortalecimiento de los Procesos eInstituciones Democráticas en Áreas Críticas USAID(527-0402), suscrita el 10 de mayo de 2006, en la ciudadde Lima, República del Perú.

Artículo 2º.- Dése cuenta al Congreso de la República.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los docedías del mes de setiembre del año dos mil seis.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

02061-4

D an por term inadas funciones deEm bajador Extraordinario y Plenipoten-ciario del Perú en Chile

RESOLUCIÓN SUPREMANº 338-2006-RE

Lima, 12 de setiembre de 2006

Vista la Resolución Suprema Nº 280-2002-RE del 20de agosto de 2002 que nombró Embajador Extraordinarioy Plenipotenciario del Perú en la República de Chile, alEmbajador en el Servicio Diplomático de la República,José Antonio Meier Espinoza;

De conformidad con el artículo 7º de la Ley del ServicioDiplomático de la República, Ley Nº 28091, y los artículos62º, 64º a), 185º b) y 189º b) del Reglamento de la Leydel Servicio Diplomático de la República, D.S. Nº 130-2003-RE;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por terminadas las funcionesdel Embajador en el Servicio Diplomático de la República,José Antonio Meier Espinoza, como EmbajadorExtraordinario y Plenipotenciario del Perú en la Repúblicade Chile a partir del 14 de octubre de 2006.

Artículo Segundo.- Aplicar el egreso que origine lapresente resolución a las partidas correspondientes delPliego Presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores.

Regístrese, publíquese y comuníquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

02061-12

D elegan facultades al Presidente delCO NSUCO D E para suscribir la "CartaC onstitutiva de la O rganizaciónInteram ericana de Instituciones deContratación Pública (O IICP)"

RESOLUCIÓN SUPREMANº 339-2006-RE

Lima, 12 de setiembre de 2006

Visto el Memorándum (SME) Nº 0903/2006 de 31 deagosto de 2006, de la Dirección Nacional de Protocolo yCeremonial del Estado del Ministerio de RelacionesExteriores;

Debiéndose suscribir la "Carta Constitutiva de laOrganización Interamericana de Instituciones deContratación Pública (OIICP)";

De conformidad con lo establecido en el inciso g) delartículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembrede 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembrede 1954; y,

Estando a lo acordado;

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327992El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

SE RESUELVE:

1.- Delegar en la persona del señor Ricardo SalazarChávez, Presidente del Consejo Superior deContrataciones y Adquisiciones del Estado(CONSUCODE), las facultades suficientes para quesuscriba la "Carta Constitutiva de la OrganizaciónInteramericana de Instituciones de Contratación Pública(OIICP)".

2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes alseñor Ricardo Salazar Chávez, Presidente del ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado(CONSUCODE).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALAN GARCÍA PÉREZPresidente Constitucional de la República

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

02061-13

Exoneran de proceso de selección lacontratación del servicio de telefoníam óvil para el M inisterio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 1119/RE

Lima, 11 de setiembre de 2006

Vistos, el Memorándum (DGG) Nº DGG0339/2006del 10 de agosto de 2006 y el Memorándum (DGG)Nº DGG0369/2006 del 28 de agosto de 2006, de la DirecciónGeneral de Gestión Informática; el Informe (LOG) Nº 017-2006 del 1 de setiembre de 2006 de la Dirección de Logísticasobre sustentación técnica, así como el Informe Legal dela Dirección General de Asuntos Legales;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 0033-2006-RE del9 de enero de 2006, se aprobó el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones (PAAC) del Ministeriode Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2006, elmismo que contempla en su Numeral 3 la Contratacióndel Servicio de Telefonía, determinado mediante unProceso de Selección por Concurso Público segúnrelación de ítems por el valor estimado de S/. 559,226.76(Quinientos cincuenta y nueve mil doscientos veintiséisy 76/100 Nuevos Soles), incluido todos los tributos,seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así comocualquier otro concepto que le sea aplicable y que puedaincidir sobre el valor del servicio a contratar. El referidoproceso de selección incluye en su ítem 2 la Contratacióndel Servicio de Telefonía Móvil;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 046-2005-PCMse aprobó el Plan Piloto para implementar el procesode compras corporativas en el Estado Peruano, y quedetermina la participación obligatoria de este Ministerio.Dicho dispositivo legal, fue modificado por el DecretoSupremo Nº 073-2005-PCM, que ampl ió laobligatoriedad de efectuar la compra corporativa a loservicios de telecomunicaciones, que comprende latelefonía móvil;

Que, en ese marco, oportunamente se coordinó conla Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), quepreside la unidad de compras correspondiente, todo lorelacionado a la convocatoria de los servicios arribadescritos, quien mediante Oficio Nº 447-2006-PCM-SGPdel 18 de julio de 2006 de su Secretaria de GestiónPública señala que el ítem correspondiente atelecomunicaciones aún no ha sido convocado, estandoprevisto realizar la misma en el mes de agosto;

Que, en tal sentido, se coordinó con la DirecciónGeneral de Gestión Informática a fin de adoptar lasacciones correspondientes para no vernosdesabastecidos en lo correspondiente al servicio detelefonía móvil. Dicha Dirección ha informado medianteMemorándum (DGG) Nº DGG0339/2006 del 10 deagosto de 2006 que atendiendo a la demora de la

compra corporativa, se tendría que efectuar unacontratación por el período de 06 (seis) meses.Asimismo, dicho requerimiento ha sido confirmado porel Memorándum (DGG) Nº DGG0369/2006 del 28 deagosto de 2006, que determina en coordinación con laSecretaría de Administración la contratación que implicael monto ascendente a S/. 68,265.00 (Sesenta y ochomil doscientos sesenta y cinco y 00/100 nuevos soles),en razón de S/. 11,377.50 (Once mil trescientos setentay siete y 50/100 nuevos soles) mensuales, incluidotodos los tributos, seguros, transporte, inspecciones,pruebas, así como cualquier otro concepto que le seaaplicable y que pueda incidir sobre el valor del servicioa contratar;

Que, por ello, se efectúo la inclusión en el Plan Anualde Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio deRelaciones Exteriores para el Año Fiscal 2006, de laAdjudicación Directa Selectiva para la Contratación delServicio de Telefonía Móvil por un valor estimado deS/. 68,265.00 (Sesenta y ocho mil doscientos sesenta ycinco y 00/100 nuevos soles), incluido todos los tributos,seguros, transporte, inspecciones, pruebas, así comocualquier otro concepto que le sea aplicable y que puedaincidir sobre el valor del servicio a contratar;

Que, de acuerdo a lo comunicado por la Presidenciadel Consejo de Ministros respecto a la convocatoriacorrespondiente y atendiendo a los plazos que implicanlas etapas de un proceso de selección por concursopúblico hasta que quede consentida la buena pro, asícomo las características contractuales del serviciode telefonía móvil, se ha configurado una situaciónextraordinaria e imprevisible, determinándose que laausencia del servicio de telefonía móvil para elMinisterio de Relaciones Exteriores, afectaría entreotros, la efectiva operatividad del desarrollo de lasdiversas gestiones que realizan los funcionarios delMinisterio de Relaciones Exteriores en el ejercicio desus funciones, por lo que requiere de una atencióninmediata;

Que, en razón a lo informado por la Dirección Generalde Gestión Informática es prioritario prever la prestacióndel referido servicio, en tanto la Presidencia del Consejode Ministros efectúe la compra corporativa obligatoriapara la Contratación del Servicio de Telefonía, queimplica el servicio de telefonía móvil; habiéndosedeterminado efectuar una contratación por el períodode 6 (seis) meses, que implica el monto ascendente aS/. 68,265.00 (Sesenta y ocho mil doscientos sesentay cinco y 00/100 nuevos soles), en razón deS/. 11,377.50 (Once mil trescientos setenta y siete y50/100 nuevos soles) mensuales, incluido todos lostributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas,así como cualquier otro concepto que le sea aplicable yque pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar,el mismo que cuenta con la conformidad de ladisponibilidad presupuestal, de acuerdo a lo señaladooportunamente por la Dirección de Presupuesto y queha sido incluida oportunamente como AdjudicaciónDirecta Selectiva, en el respectivo el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones (PAAC) del Ministeriode Relaciones Exteriores para el Año Fiscal 2006;

Que, a partir de lo expuesto, se sugiere declarar ensituación de desabastecimiento inminente a laContratación del Servicio de Telefonía Móvil para elMinisterio de Relaciones Exteriores, lo que conlleva aexonerar del proceso de selección previsto comoAdjudicación Directa Selectiva en el respectivo Plan Anualde Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

Que, para tal efecto, y conforme a la normativavigente, es preciso señalar que la Entidad efectuará lasadquisiciones o contrataciones en forma directa medianteacciones inmediatas, debiendo ser realizada por ladependencia encargada de las adquisiciones ycontrataciones de la Entidad o el órgano designado parael efecto;

Que, dicha situación se prevé en el literal c) del artículo19º y artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado enconcordancia con el artículo 141º de su Reglamento, alconfigurarse un hecho de excepción que determina unaacción rápida a fin de contratar lo indispensable parapaliar dicho desabastecimiento; y que se realizará enforma directa mediante acciones inmediatas, debiendoser aprobadas en el caso del Ministerio de RelacionesExteriores, mediante Resolución del Titular del Pliego de

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327993

REPUBLICA DEL PERU

la Entidad, requiriendo antes de su expedición un informetécnico legal, debiendo ser publicado en el Diario OficialEl Peruano, en el SEACE, así como remitirse la Resolucióna la Contraloría General de la República y alCONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego,dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha desu aprobación, en virtud del artículo 20º del citado TextoÚnico Ordenado;

Que, la Dirección General de Asuntos Legales, haemitido opinión legal, conforme a lo dispuesto por elartículo 146º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM;

Que, el artículo 148º del Reglamento de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, estableceque de producirse este supuesto, la Entidad efectuarálas adquisiciones o contrataciones en forma directamediante acciones inmediatas, debiendo ser realizadapor la dependencia encargada de las adquisiciones ycontrataciones de la Entidad o el órgano designado parael efecto;

Que, en consecuencia, resulta necesario emitir laResolución Ministerial, mediante la cual se aprueba laexoneración del proceso de selección correspondiente;

Con la visación de la Dirección General de AsuntosLegales;

De conformidad con el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM - Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado; y con elDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM - Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DECLARAR en situación dedesabastecimiento inminente a la Contratación delServicio de Telefonía Móvil para el Ministerio deRelaciones Exteriores, por el plazo de 6 (seis) meses,en tanto la Presidencia del Consejo de Ministros efectúela compra corporativa obligatoria para la Contratacióndel Servicio de Telefonía, que implica el servicio detelefonía móvil.

Artículo Segundo.- EXONERAR del proceso deselección por Adjudicación Directa Selectivacorrespondiente a la Contratación del Servicio deTelefonía Móvil para el Ministerio de Relaciones, por elmonto ascendente a S/. 68,265.00 (Sesenta y ocho mildoscientos sesenta y cinco y 00/100 nuevos soles), enrazón de S/. 11,377.50 (Once mil trescientos setenta ysiete y 50/100 nuevos soles) mensuales, incluido todoslos tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas,así como cualquier otro concepto que le sea aplicable yque pueda incidir sobre el valor del servicio a contratar,con cargo a la fuente de financiamiento 00 RecursosOrdinarios, de acuerdo a lo coordinado con la Direcciónde Presupuesto.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección deLogística llevar a cabo en forma directa medianteacciones inmediatas, la contratación del servicioexonerado.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de lapresente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en elSistema Electrónico de Adquisiciones y Contratacionesdel Estado - SEACE, así como poner en conocimientode la Contraloría General de la República y del ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE, dentro del plazo de diez (10) días hábilessiguientes a la fecha de su aprobación.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de lapresente resolución en la página web del Ministerio deRelaciones Exteriores, conforme a lo establecido en laLey Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a laInformación Pública.

Artículo Sexto.- Remitir copia de la presenteresolución así como de los antecedentes respectivos ala Inspectoría General del Ministerio de RelacionesExteriores, a fin que se deslinden las responsabilidadesdel caso.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDEMinistro de Relaciones Exteriores

02033-1

FE DE ERRATAS

RESOLUCIÓN SUPREMANº 321-2006-RE

Mediante Oficio Nº 383-2006-SCM-PR, la Secretaríadel Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratasde la Resolución Suprema Nº 321-2006-RE, publicadaen la edición del 1 de setiembre de 2006.

En el Artículo Primero.-

DICE:

Hugo Otero Lanzerotti

DEBE DECIR:

Hugo Otero Lanzarotti

02060-1

SALUD

A ceptan renuncia de E xperto enSistem a Adm inistrativo de la O ficinade Presupuesto de la O ficina G eneralde Planeam iento y Presupuesto

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 846-2006/MINSA

Lima, 8 de setiembre del 2006

Vista la renuncia presentada por la economista AnaClorilda Vicente Castro y el Memorándum Nº 1164-2006-OGPP/MINSA;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 1301-2003-SA/DM, de fecha 31 de diciembre de 2003, se designó ala economista Ana Clorilda Vicente Castro, en el cargode Experto en Sistema Administrativo I de la Oficina dePresupuesto de la Oficina General de Planeamiento yPresupuesto del Ministerio de Salud;

Que resulta conveniente aceptar la renunciapresentada; y,

De conformidad con lo previsto en el DecretoLegislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de laCarrera Administrativa, aprobado por Decreto SupremoNº 005-90-PCM y el artículo 7º de la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada porla economista Ana Clorilda VICENTE CASTRO, en elcargo de Experto en Sistema Administrativo I, Nivel F-3,de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General dePlaneamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud,dándosele las gracias por los servicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS VALLEJOS SOLOGURENMinistro de Salud

01992-1

Aceptan renuncia de D irector G eneralde la O ficina G eneral de Form ación yPerfeccionam iento del Instituto deD esarrollo de Recursos H um anos

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 847-2006/MINSA

Lima, 8 de setiembre del 2006

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327994El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

Visto la renuncia presentada por el médico cirujanoCarlos Gualberto Salcedo Espinoza y el Oficio IDREH-J-Nº 2805-2006;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 1037-2004/MINSA, de fecha 26 de octubre de 2004, se designó almédico cirujano Carlos Gualberto Salcedo Espinoza, enel cargo de Director General de la Oficina General deFormación y Perfeccionamiento del Instituto deDesarrollo de Recursos Humanos del Ministerio de Salud;

Que resulta conveniente aceptar la renunciapresentada; y,

De conformidad con lo previsto en el DecretoLegislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de laCarrera Administrat iva, aprobado por DecretoSupremo Nº 005-90-PCM y el artículo 7º de la LeyNº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada porel médico cirujano Carlos Gualberto SALCEDOESPINOZA, al cargo de Director General de la OficinaGeneral de Formación y Perfeccionamiento del Institutode Desarrollo de Recursos Humanos del Ministerio deSalud, Nivel F-4, dándosele las gracias por los serviciosprestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS VALLEJOS SOLOGURENMinistro de Salud

01992-2

Aceptan renuncia de D irector de laO ficina de Econom ía de la O ficinaEjecutiva de A dm inistración de laD irección de Salud IV Lim a Este

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 848-2006/MINSA

Lima, 8 de setiembre del 2006

Visto el Oficio Nº 2426-2006-DG/DISA-IV-LE;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 1019-2004/MINSA, de fecha 15 de octubre de 2004, se designó alcontador público Wildoro Gronert Alva, en el cargo deDirector de la Oficina de Economía de la Oficina Ejecutivade Administración de la Dirección de Salud IV Lima Este;

Que resulta conveniente aceptar la renunciapresentada; y,

De conformidad con lo previsto en el DecretoLegislativo Nº 276, el artículo 77º del Reglamento de laCarrera Administrat iva, aprobado por DecretoSupremo Nº 005-90-PCM y el artículo 7º de la LeyNº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada porel contador público Wildoro GRONERT ALVA, al cargode Director de la Oficina de Economía de la OficinaEjecutiva de Administración de la Dirección de Salud IVLima Este, Nivel F-3, dándosele las gracias por losservicios prestados.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS VALLEJOS SOLOGURENMinistro de Salud

01992-3

D esignan D irectora Ejecutiva de laD irección G eneral de Infraestructura,Equipam iento y M antenim iento delM inisterio

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 862-2006/MINSA

Lima, 11 de setiembre del 2006

Visto el Oficio Nº 1528-2006-OGA/MINSA;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial Nº 627-2006/MINSA, de fecha 11 de julio de 2006, se aceptó larenuncia de la contadora pública Yrene Elizabeth CubaGirón, en el cargo de Directora Ejecutiva de la DirecciónGeneral de Infraestructura, Equipamiento yMantenimiento del Ministerio de Salud, en consecuenciadicho cargo y plaza se encuentra vacante;

Que mediante el artículo 27-A del Decreto SupremoNº 007-2006-SA se incorporó a la Oficina de RecursosEstratégicos como una unidad orgánica de la OficinaGeneral de Administración, en el Reglamento deOrganización y Funciones del Ministerio de Salud,aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA;

Que a fin de garantizar el cumplimiento de las funcionesgenerales de la Oficina de Recursos Estratégicos, resultaconveniente designar en el cargo vacante y asignarfunciones a la profesional propuesta; y,

De conformidad con lo previsto en el DecretoLegislativo Nº 276, los artículos 74º y 77º del Reglamentode la Carrera Administrativa, aprobado por DecretoSupremo Nº 005-90-PCM, el literal b.2 del inciso b) delartículo 8º de la Ley Nº 28652, el literal l) del artículo dela Ley Nº 27657 y el artículo 3º de la Ley Nº 27594;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar a la médico cirujano SilviaSARAVIA CAHUANA, en el cargo de Directora Ejecutiva,Nivel F-4, de la Dirección General de Infraestructura,Equipamiento y Mantenimiento del Ministerio de Salud.

Artículo 2º.- Asignar a la citada profesional lasfunciones de la Oficina de Recursos Estratégicos de laOficina General de Administración.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CARLOS VALLEJOS SOLOGURENMinistro de Salud

02044-4

TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES

A utorizan viaje de Inspector de laD irección G eneral de Aeronáutica Civila Chile, en com isión de servicios

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 706-2006-MTC/02

Lima, 7 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización deviajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentariasaprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,establece que para el caso de los servidores yfuncionarios públicos de los Ministerios, entre otrasentidades, la autorización de viaje se otorgará porResolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberáser publicada en el Diario Oficial El Peruano conanterioridad al viaje, con excepción de las autorizacionesde viajes que no irroguen gastos al Estado;

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327995

REPUBLICA DEL PERU

Que, el Decreto de Urgencia Nº 006-2006, publicadoel 7 de mayo de 2006, modifica el segundo párrafo delartículo 1º de la Ley antes citada, señalando que "laautorización de viajes al exterior de los ministros, de losservidores y funcionarios de los ministerios, de losOrganismos Públicos Descentralizados, de los AgregadosMilitares, Aéreos, Navales y Policiales, así como de lasempresas sujetas al ámbito de FONAFE, que resultenindispensables para asegurar el cumplimiento de losobjetivos y metas fijados para el Ejercicio del año 2006 seefectuará por Resolución Suprema, refrendada por elPresidente del Consejo de Ministros y por el Ministro delSector correspondiente; exceptuándose aquellos viajesque realizan los sectores Relaciones Exteriores yComercio Exterior y Turismo, así como la Dirección Generalde Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones y la Oficina Central Nacional - INTERPOLde la Policía Nacional del Perú del Ministerio del Interior ylos destinados al desarrollo de funciones en el marco delas negociaciones orientadas a la suscripción de losTratados de Libre Comercio, a efectuar acciones depromoción y/o negociación económica comercial deimportancia para el Perú; los que se autorizarán medianteResolución Ministerial del Sector correspondiente, la quedeberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, antesdel inicio de la comisión de servicios";

Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil delPerú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil esejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civilcomo dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones;

Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 4º de laLey Nº 27261, es un objetivo permanente del Estado enmateria de Aeronáutica Civil, asegurar el desarrollo delas operaciones aerocomerciales en un marco de lealcompetencia y con estricta observancia de las normastécnicas vigentes;

Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a finde mantener una estricta observancia sobre las normastécnicas vigentes y poder mantener la calificaciónotorgada al Perú por la Organización de Aviación CivilInternacional, debe efectuar la atención de las solicitudesde servicios descr itas en el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, en concordancia consus facultades de supervisión e inspección de todas lasactividades aeronáuticas civiles;

Que, según Informe Nº 0522-2006-MTC/12, de fecha17 de agosto de 2006, de la Dirección General deAeronáutica Civil, se señala que la empresa Lan PerúS.A., con Carta GOP/INST/812/08/06, presentada el 15de agosto de 2006, en el marco del Procedimiento Nº 5 dela sección correspondiente a la Dirección General deAeronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecidoen el Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de Transportes y Comunicaciones, aprobadopor Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a laDirección General de Aeronáutica Civil, efectuar loschequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing767, en el Centro de Entrenamiento CAE de la ciudad deSantiago, República de Chile, a su personal aeronáuticopropuesto, durante el día 15 de setiembre de 2006;

Que, conforme se desprende de los Recibos deAcotación Nºs. 22968, 22972, 22973 y 22974, la solicitanteha cumplido con el pago del derecho de tramitacióncorrespondiente al Procedimiento a que se refiere elconsiderando anterior, ante la Dirección de Tesorería delMinisterio de Transportes y Comunicaciones;

Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje deinspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;

Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la DirecciónGeneral de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden deInspección Nº 1567-2006-MTC/12.04-SDO designandoal Inspector Rolando R. León Lasheras, para realizar loschequeos técnicos en simulador de vuelo del equipoBoeing 767, en el Centro de Entrenamiento CAE, en laciudad de Santiago, República de Chile, al personalaeronáutico propuesto por la empresa Lan Perú S.A.,durante los días 14 al 16 de setiembre de 2006;

Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar elviaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de lasfunciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento,

pueda realizar los chequeos técnicos a que se contraela Orden de Inspección Nº 1567-2006-MTC/12.04-SDO;

De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619,el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el Decreto deUrgencia Nº 006-2006;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Rolando R.León Lasheras, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes yComunicaciones, a la ciudad de Santiago, República deChile, durante los días 14 al 16 de setiembre de 2006,para los fines a que se contrae la parte considerativa dela presente Resolución.

Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizadoprecedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Lan Perú S.A. a través de los Recibos deAcotación Nº. 22968, 22972, 22973 y 22974, abonadosa la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, incluyendo las asignaciones porconcepto de viáticos y tarifa por uso de aeropuerto, deacuerdo al siguiente detalle:

Viáticos US$ 600.00Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 30.25

Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar uninforme al Despacho Ministerial, con copia a la OficinaGeneral de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadasy los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.

Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial nodará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase odenominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

VERÓNICA ZAVALA LOMBARDIMinistra de Transportes y Comunicaciones

01993-1

Renuevan autorizaciones otorgadas apersonas jurídicas para prestarservicios de radiodifusión sonoraeducativa y com ercial en las provinciasde Jaén y Arequipa

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 444-2006-MTC/03

Lima, 25 de agosto del 2006

VISTA, la Solicitud Registro Nº 1998-02328007,presentada por la asociación CENTRO DE LOS MEDIOSDE COMUNICACIÓN SOCIAL QUILLABAMBA - PERÚ,sobre renovación de autorización de una estación delservicio de radiodifusión sonora educativa en Onda Media(OM), en la localidad de Jaén, distrito y provincia deJaén, departamento de Cajamarca;

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Ministerial Nº 127-94-TCC/15.17del 21 de marzo de 1994, se otorgó a la asociaciónCENTRO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓNSOCIAL QUILLABAMBA - PERÚ, hasta el 21 de enerode 1997, la renovación de la autorización para operaruna (1) estación del servicio de radiodifusión sonoraeducativa en Onda Media (OM), en la localidad de Jaén,distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca;

Que, con fecha 19 de octubre de 1998, la asociaciónCENTRO DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓNSOCIAL QUILLABAMBA - PERÚ, acogiéndose albeneficio otorgado por Decreto Supremo Nº 024-1998-MTC, solicita la renovación de la autorización otorgadapor Resolución Ministerial Nº 127-94-TCC/15.17;

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327996El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 027-2001-MTC/15.03 del 18 de enero de 2001, se autorizó a laasociación CENTRO DE LOS MEDIOS DECOMUNICACIÓN SOCIAL QUILLABAMBA - PERÚ, atransferir sus autorizaciones, permisos y licencias deoperación de tres (3) estaciones del servicio de radiodifusiónsonora educativa en OCT, OM y FM ubicadas en el distritoy provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, otorgadaspor Resoluciones Ministeriales Nºs 104-86-TC/TEL, 127-94-TCC/15.17 y 122-96-MTC/15.17, respectivamente, afavor de la ASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑON;

Que, mediante carta del 19 de enero de 2001, laasociación CENTRO DE LOS MEDIOS DECOMUNICACIÓN SOCIAL QUILLABAMBA - PERÚ,entrega a la ASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑON lasResoluciones Ministeriales Nº 104-86-TC/TEL, Nº 127-94-TCC/15.17 y Nº 122-96-MTC/15.17 (FM), quien asumeautomáticamente todos los derechos y obligacionesderivados de dichas autorizaciones, de acuerdo a loestablecido en el artículo 122º del Texto Único Ordenadodel Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,norma aplicable en virtud de lo dispuesto en la PrimeraDisposición Final y Transitoria del Reglamento de la Ley deRadio y Televisión;

Que, conforme el artículo 15º de la Ley de Radio yTelevisión, concordado con el artículo 67º del Reglamentode la Ley de Radio y Televisión, el plazo máximo devigencia de una autorización es de diez (10) años,renovable por períodos iguales, previo cumplimiento delos requisitos legalmente establecidos;

Que, los artículos 201º y 205º del Texto ÚnicoOrdenado del Reglamento General de la Ley deTelecomunicaciones señalan que para obtener larenovación de la autorización para prestar el servicio deradiodifusión es necesario cumplir con los requisitos queen ellas se detallan, normas aplicables en virtud delmandato contenido en la Primera Disposición Final yTransitoria del Reglamento de la Ley de Radio yTelevisión; asimismo debe acompañarse el proyecto decomunicación, en aplicación de la Cuarta DisposiciónFinal y Transitoria del acotado Reglamento;

Que, la Dirección de Concesiones y Autorizaciones deTelecomunicaciones, mediante Informe Nº 938-2006-MTC/17.01.ssr, opina que procede reconocer a la ASOCIACIÓNCIVIL RADIO MARAÑON como titular de la autorizaciónotorgada por Resolución Ministerial Nº 127-94-TCC/15.17,quien ha cumplido los requisitos establecidos para elotorgamiento de la renovación de la autorización ,por loque emite su conformidad a la solicitud de renovación deautorización de la citada empresa;

De conformidad con el Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, laLey de Radio y Televisión - Ley Nº 28278 y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, elDecreto Supremo Nº 038-2003-MTC con sus normascomplementarias y el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC; y,

Con la opinión favorable del Director General deGestión de Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Reconocer a la ASOCIACIÓN CIVILRADIO MARAÑON como titular de la ResoluciónMinisterial Nº 127-94-TCC/15.17, asumiendo ésta todoslos derechos y obligaciones derivados de la misma.

Artículo 2º.- Renovar la autorización otorgada porResolución Ministerial Nº 127-94-TCC/15.17, a laASOCIACIÓN CIVIL RADIO MARAÑON, para quecontinúe prestando el servicio de radiodifusión sonoraeducativa en Onda Media (OM), en la localidad de Jaén,distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca.

Artículo 3º.- La renovación de la autorización a quese refiere el artículo precedente, se otorga por el plazo dediez (10) años, contados a partir del vencimiento del plazode vigencia de la Resolución Ministerial Nº 127-94-TCC/15.17, en consecuencia vencerá el 21 de enero de 2007.La Dirección General de Gestión de Telecomunicacionesprocederá a extender la correspondiente licencia deoperación, que deberá contener las condiciones esencialesy características técnicas autorizadas.

Artículo 4º.- La titular de la presente autorizaciónestá obligada al cumplimiento de las obligaciones

derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, paralo cual deberá adoptar las acciones tendientes agarantizar que las radiaciones que emita su estaciónradioeléctrica no excedan los valores establecidos comolímites máximos permisibles fijados, así como de efectuarlas mediciones semestrales a las que hace referenciadicha norma.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANIViceministra de Comunicaciones

01994-1

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 445-2006-MTC/03

Lima, 25 de agosto del 2006

VISTA, la Solicitud registro Nº 2004-020335 del 25 denoviembre de 2004 presentada por la empresa RADIOMELODIA S.A., sobre renovación de autorización delservicio de radiodifusión sonora comercial en FrecuenciaModulada (FM), en el distrito de Jacobo Hunter, provinciay departamento de Arequipa;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 055-99-MTC/15.03 del 12 de febrero de 1999 se renovó laautorización a la empresa RADIO MELODIA S.A., paraoperar una estación del servicio de radiodifusión sonoracomercial en Frecuencia Modulada (FM), ubicada en laciudad de Arequipa (distrito de Jacobo Hunter, provinciay departamento de Arequipa), por el plazo de diez (10)años, que venció el 19 de marzo de 2005;

Que, los artículos 21º y 67º del Reglamento de la Ley deRadio y Televisión establece que la renovación seráautomática por períodos de diez (10) años, previocumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley y suReglamento;

Que, el artículo 68º dispone que la solicitud puedepresentarse hasta el día de vencimiento del plazo devigencia de la respectiva autorización;

Que, el artículo 69º del citado dispositivo legalestablece como condiciones para el otorgamiento de larenovación, lo siguiente: 1) Haber solicitado la respectivarenovación, conforme lo indicado en el artículo 68º; 2)No estar incurso en las causales de denegatoriaestablecidas en el artículo 23º de la Ley de Radio yTelevisión, 3) Haber cumplido con el proyecto decomunicación; y 4) Operar la estación y prestar el servicioen las condiciones y características técnicas aprobadasen la autorización y en la respectiva licencia de operación,así como las establecidas en el Reglamento y las NormasTécnicas del Servicio de Radiodifusión;

Que, por Memorando Nº 1599-2005-MTC/18 elDirector General de Control y Supervisión deTelecomunicaciones remite al Director General deGestión de Telecomunicaciones, el Informe Nº 3400-2005-MTC/18.01.2 del 19 de agosto de 2005, expedido por laSubdirección de Control Provincias, que da cuenta delos resultados de la inspección técnica realizada a laestación el 9 de agosto de 2005, concluyendo que deacuerdo a lo verificado la inspección técnica es favorable;

Que, la Dirección de Concesiones y Autorizacionesde Telecomunicaciones opina mediante Informe Nº 890-2006-MTC/17.01.ssr., que la empresa RADIO MELODIAS.A., ha cumplido con los requisitos establecidos paracontinuar operando el servicio de radiodifusión, asimismodicha empresa, su representante legal, accionistas yDirectores no se encuentran incursos en las causalesde denegatoria establecidos en la Ley de Radio yTelevisión y su Reglamento, por lo que emite suconformidad a la solicitud de renovación de autorizacióndel servicio de radiodifusión sonora comercial enFrecuencia Modulada (FM), en el distrito de JacoboHunter, provincia y departamento de Arequipa;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - LeyNº 28278 y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 005-2005-MTC, el Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, el Decreto Supremo Nº 038-

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327997

REPUBLICA DEL PERU

2003-MTC con sus normas complementarias y lasNormas Técnicas del Servicio de Radiodifusión aprobadospor Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03; y,

Con la opinión favorable del Director General deGestión de Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Renovar la autorización otorgada porResolución Viceministerial Nº 055-99-MTC/15.03 del 12 defebrero de 1999, a la empresa RADIO MELODIA S.A., paraque continúe prestando el servicio de radiodifusión sonoracomercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito deJacobo Hunter, provincia y departamento de Arequipa.

Artículo 2º.- La renovación de la autorización a que serefiere el artículo precedente se otorga por el plazo de diez(10) años, contados a partir del vencimiento del plazo devigencia de la Resolución Viceministerial Nº 055-99-MTC/15.03, en consecuencia vencerá el 19 de marzo de 2015.La Dirección General de Gestión de Telecomunicacionesprocederá a extender la correspondiente licencia deoperación, que deberá contener las condiciones esencialesy características técnicas autorizadas.

Artículo 3º.- La empresa RADIO MELODIA S.A., estáobligada al cumplimiento de las obligaciones derivadasdel Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, para lo cualdeberá adoptar las acciones tendientes a garantizar quelas radiaciones que emita su estación radioeléctrica noexcedan los valores establecidos como límites máximospermisibles, así como efectuar las medicionessemestrales a las que hace referencia dicha norma.

Regístrese, comuníquese y publíquese,

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANIViceministra de Comunicaciones

01994-2

O torgan autorizaciones a personasnatural y jurídica para prestar serviciode radiodifusión sonora com ercial enlas localidades de Jauja y La O roya-Yauli

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 449-2006-MTC/03

Lima, 28 de agosto del 2006

VISTO, el Expediente Nº 2004-011001 presentado pordon HUMBERTO EUGENIO ESPINOZA ROJAS, sobreotorgamiento de autorización para prestar el servicio deradiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada,en el distrito de Leonor Ordoñez, provincia de Jauja,departamento de Junín;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión -Ley Nº 28278, establece que para la prestación delservicio de radiodifusión, en cualquiera de lasmodalidades, se requiere de autorización, la cual seotorga por Resolución del Viceministro deComunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º delReglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio yTelevisión establece que la autorización es la facultad queotorga el Estado a personas naturales o jurídicas paraestablecer un servicio de radiodifusión. Además, señalaque la instalación de equipos en una estación deradiodifusión requiere de permiso, el cual es la facultad queotorga el Estado a personas naturales o jurídicas parainstalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisiónestablece que otorgada la autorización para prestar elservicio de radiodifusión, se inicia un período deinstalación y prueba que tiene una duración improrrogablede doce (12) meses;

Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones

señala que para obtener autorización para prestar elservicio de radiodifusión se requiere presentar unasolicitud, la misma que se debe acompañar con lainformación y documentación que en dicha norma sedetallan. Asimismo debe acompañarse la documentacióna efectos de verificar el cumplimiento del artículo 25º delReglamento de la Ley de Radio y Televisión; normasaplicables en virtud del mandato contenido en la PrimeraDisposición Final y Transitoria del acotado Reglamento;

Que, el Plan de Canalización y Asignación deFrecuencias aprobado por Resolución ViceministerialNº 109-2004-MTC/03, incluye dentro de la localidaddenominada Jauja, al distrito de Leonor Ordoñez, provinciade Jauja, departamento de Junín;

Que, mediante Informe Nº 792-2006-MTC/17.01.ssr,la Dirección de Concesiones y Autorizaciones deTelecomunicaciones, señala que la solicitud presentadapor don HUMBERTO EUGENIO ESPINOZA ROJAScumple con los requisitos técnicos y legales, por lo queresulta procedente otorgar a la referida persona, laautorización y permiso solicitados; señalándose ademásque debe establecerse como obligación, a cargo de laantes mencionada persona, la presentación del proyectode comunicación dentro del período de instalación yprueba, documento que es requerido por la administracióna efectos de evaluarse el cumplimiento de las obligacioneslegales derivadas del otorgamiento de la autorización;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de laLey de Telecomunicaciones aprobado por DecretoSupremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones,aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC, laLey de Radio y Televisión - Ley Nº 28278, la PrimeraDisposición Final y Transitoria del Reglamento de laLey de Radio y Televisión, aprobada por DecretoSupremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio aprobadopor Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Plan deCanalización y Asignación de Frecuencias, aprobadopor Resolución Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, laResolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 que apruebalas Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusión y elDecreto Supremo Nº 038-2003-MTC que establece losLímites Máximos Permisibles de Radiaciones NoIonizantes en Telecomunicaciones; y,

Con la opinión favorable del Director General deGestión de Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar autorización a don HUMBERTOEUGENIO ESPINOZA ROJAS, por el plazo de diez (10)años, para prestar el servicio de radiodifusión sonoracomercial en Frecuencia Modulada, en la localidad deJauja, departamento de Junín; de acuerdo a lascondiciones esenciales y características técnicas quese detallan a continuación:

Condiciones Esenciales:

Modalidad : SERVICIO DE RADIODIFUSION SONORA EN FMFrecuencia : 102.7 MHzFinalidad : COMERCIAL

Características Técnicas:

Indicativo : OCN-4EEmisión : 256KF3EPotencia Nominal del Transmisor : 0.25 Kw

Ubicación de la Estación:

Estudios: Anexo de Santa Cruz, en el distrito de Leonor

Ordoñez, provincia de Jauja, departamento deJunín.

Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 75° 24’ 10”Latitud Sur : 11° 51’ 40”

Planta : Anexo de Santa Cruz - Zona Eriaza, en el distritode Leonor Ordoñez, provincia de Jauja,departamento de Junín.

Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 75° 24’ 53”Latitud Sur : 11° 51’ 53”

Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de 66dBμV/m

La autorización otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusióncorrespondientes.

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

327998El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

El plazo de la autorización y del permiso concedidose computará a partir del día siguiente de notificada lapresente Resolución, la cual además será publicada enel Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2º.- La autorización que se otorga en elartículo precedente, se inicia con un período de instalacióny prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro delcual el titular de la autorización deberá cumplir con lasobligaciones que a continuación se indican:

- Instalar los equipos requeridos para la prestacióndel servicio conforme a las condiciones esenciales y alas características técnicas aprobadas en la presenteautorización.

- Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el

respectivo Certificado de Homologación.La respectiva inspección técnica se efectuará de oficio

hasta dentro de los tres (3) meses siguientes alvencimiento del mencionado período, y en la cual severificará la correcta instalación de la estación, incluyendola homologación del equipamiento así como elcumplimiento de las condiciones esenciales ycaracterísticas técnicas indicadas en el artículo 1º de lapresente Resolución. Sin perjuicio de lo antes indicado, el titular podrásolicitar la realización de la inspección técnica antes delvencimiento del período de instalación y prueba otorgada.

En caso de incumplimiento de las obligaciones antesmencionadas la autorización otorgada quedará sin efecto.

Artículo 3º.- Dentro de los doce (12) mesessiguientes a la entrada en vigencia de la autorización, eltitular deberá presentar el proyecto de comunicación.

Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobarásu Código de Ética y presentará copia del mismo a laDirección General de Gestión de Telecomunicaciones opodrá acogerse al Código de Ética que emita el Ministerio.

Artículo 4º.- El titular está obligado a instalar y operarel servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a lascondiciones esenciales y características técnicasindicadas en el artículo 1º de la presente Resolución, lascuales sólo podrán ser modificadas previa autorizacióndel Ministerio.

En caso de aumento de potencia, éste será autorizadohasta el máximo establecido en el Plan de Canalizacióny de Asignación de Frecuencias para la banda y localidadautorizada.

En caso de disminución de potencia, no obstante norequerirse de la previa aprobación, el titular se encuentraobligado a su respectiva comunicación.

Artículo 5º.- Conforme lo establecido en el artículo5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, el titularadoptará las medidas necesarias a fin de garantizarque las radiaciones que emita la estaciónde radiodifusión que se autoriza no excedan los valoresfijados como límites máximos permisibles establecidosen el acotado Decreto Supremo, así como efectuar, enforma semestral, el monitoreo de la referida estación.

La obligación de monitoreo semestral será exigible apartir del día siguiente del vencimiento del período deinstalación y prueba o de la solicitud de inspección técnicapresentada conforme lo indicado en el tercer párrafo delartículo 2º de la presente Resolución.

Artículo 6º.- Serán derechos y obligaciones del titularde la autorización las consignadas en los artículos 64º y65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, asícomo las señaladas en la presente Resolución.

Artículo 7º.- La autorización a que se contrae elartículo 1º de la presente Resolución podrá renovarsepor igual período.

La renovación deberá solicitarse hasta el día delvencimiento del plazo de vigencia indicado en el antesmencionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento delas condiciones previstas en el artículo 69º delReglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 8º.- Dentro de los sesenta (60) días denotificada la presente Resolución, el titular de laautorización efectuará el pago correspondiente alderecho de autorización, canon anual y publicación de lapresente Resolución, caso contrario la autorizaciónquedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio deque el Ministerio emita el acto administrativo pertinente.

Artículo 9º.- La autorización a la que se contrae lapresente Resolución se sujeta a las disposiciones legales

y reglamentarias vigentes que regulan el servicioautorizado, debiendo adecuarse a las normasmodificatorias y complementarias que se expidan.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANIViceministra de Comunicaciones

01994-3

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 464-2006-MTC/03

Lima, 29 de agosto del 2006

VISTO, el Expediente Nº 2002-014576 presentadopor la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN Y TELEVISIÓNMARIA ADELA LA OROYA SOCIEDAD DERESPONSABILIDAD LIMITADA, sobre otorgamiento deautorización para la prestación del servicio deradiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada,en la localidad de La Oroya-Yauli, del distrito de La Oroya,provincia de Yauli, departamento de Junín;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión -Ley Nº 28278, establece que para la prestación delservicio de radiodifusión, en cualquiera de lasmodalidades, se requiere de autorización, la cual seotorga por Resolución del Viceministro deComunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º delReglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio yTelevisión establece que la autorización es la facultad queotorga el Estado a personas naturales o jurídicas paraestablecer un servicio de radiodifusión. Además, señalaque la instalación de equipos en una estación deradiodifusión requiere de permiso, el cual es la facultad queotorga el Estado a personas naturales o jurídicas parainstalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisiónestablece que otorgada la autorización para prestar elservicio de radiodifusión, se inicia un período deinstalación y prueba que tiene una duración improrrogablede doce (12) meses;

Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicacionesseñala que para obtener autorización para prestar elservicio de radiodifusión se requiere presentar unasolicitud, la misma que se debe acompañar con lainformación y documentación que en dicha norma sedetallan, asimismo debe acompañarse la documentacióntendiente a verificar el cumplimiento del artículo 25º delReglamento de la Ley de Radio y Televisión; normasaplicables en virtud del mandato contenido en la PrimeraDisposición Final y Transitoria del acotado Reglamento;

Que, el Plan de Canalización y Asignación deFrecuencias aprobado por Resolución ViceministerialNº 109-2004-MTC/03, incluye dentro de la localidaddenominada La Oroya-Yauli al distrito de La Oroya,provincia de Yauli, departamento de Junín;

Que, mediante Informe Nº 815-2006-MTC/17.01.ssr,la Dirección de Concesiones y Autorizaciones deTelecomunicaciones, señala que la solicitud presentadapor la EMPRESA DE RADIODIFUSIÓN Y TELEVISIÓNMARIA ADELA LA OROYA SOCIEDAD DERESPONSABILIDAD LIMITADA cumple con los requisitostécnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgara la referida empresa la autorización y permiso solicitados;

De conformidad con la Ley de Radio y Televisión -Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio yTelevisión, aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos Administrativosdel Ministerio, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, el Decreto Supremo N° 038-2003-MTC queestablece los Límites Máximos Permisibles deRadiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, elPlan de Canalización y Asignación de Frecuencias,aprobado por Resolución Viceministerial Nº 109-2004-MTC/03, y las Normas Técnicas del Servicio de

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 327999

REPUBLICA DEL PERU

Radiodifusión aprobadas por Resolución MinisterialNº 358-2003-MTC/03; y,

Con la opinión favorable del Director General deGestión de Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar autorización a la EMPRESA DERADIODIFUSIÓN Y TELEVISIÓN MARIA ADELA LAOROYA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA,por el plazo de diez (10) años, para prestar el servicio deradiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada,en la localidad de La Oroya-Yauli, departamento de Junín;de acuerdo a las condiciones esenciales y característicastécnicas que se detallan a continuación:

Condiciones Esenciales:

Modalidad : RADIODIFUSIÓN SONORA EN FMFrecuencia : 101.7 MHzFinalidad : COMERCIAL

Características Técnicas:

Indicativo : OAN-4YEmisión : 256KF8EPotencia Nominal del Transmisor : 0.5 KW

Ubicación de la Estación:

Estudios : Jr. Dario León Nº 463, en el distrito de La Oroya,provincia de Yauli, departamento de Junín.

Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 75º 53’ 51’’Latitud Sur : 11º 30’ 59’’

Planta : Faldas del Cerro Ichuhuajta, en el distrito de LaOroya, provincia de Yauli, departamentode Junín.

Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 75º 54’ 13’’Latitud Sur : 11º 31’ 09’’

Zona de Servicio El área comprendida dentro del contorno de 66dBμV/m

La autorización otorgada incluye el permiso parainstalar los equipos de radiodifusión correspondientes.

El plazo de la autorización y del permiso concedidosse computarán a partir del día siguiente de notificada lapresente Resolución, la cual además será publicada enel Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2º.- La autorización que se otorga en elartículo precedente, se inicia con un período de instalacióny prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro delcual la titular de la autorización deberá cumplir con lasobligaciones que a continuación se indican:

- Instalar los equipos requeridos para la prestacióndel servicio conforme a las condiciones esenciales y alas características técnicas aprobadas en la presenteautorización.

- Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el

respectivo Certificado de Homologación.

La respectiva inspección técnica se efectuará de oficiohasta dentro de los tres (3) meses siguientes alvencimiento del mencionado período, y en la cual severificará la correcta instalación de la estación, incluyendola homologación del equipamiento así como el cumplimientode las condiciones esenciales y características técnicasindicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Sin perjuicio de lo antes indicado, la titular podrásolicitar la realización de la inspección técnica antes delvencimiento del período de instalación y prueba otorgada.

En caso de incumplimiento de las obligaciones antesmencionadas la autorización otorgada quedará sin efecto.

De cumplir la titular con las obligaciones precedentementemencionadas y a mérito del informe técnico favorable, laDirección General de Gestión de Telecomunicacionesprocederá a expedir la respectiva Licencia de Operación.

Artículo 3º.-La titular, dentro de los doce (12) mesesde entrada en vigencia la autorización, en forma individualo conjunta, aprobará su Código de Ética y presentarácopia del mismo a la Dirección General de Gestión deTelecomunicaciones o podrá acogerse al Código de Éticaque emita el Ministerio.

Artículo 4º.- La titular está obligada a instalar y operarel servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a lascondiciones esenciales y características técnicas indicadasen el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólopodrán ser modificadas previa autorización del Ministerio.

En caso de aumento de potencia, éste será autorizadohasta el máximo establecido en el Plan de Canalización y deAsignación de Frecuencias para la banda y localidad autorizada.

En caso de disminución de potencia, no obstante norequerirse de la previa aprobación, la titular se encuentraobligada a su respectiva comunicación.

Artículo 5º.- Conforme a lo establecido en el artículo 5º delDecreto Supremo Nº 038-2003-MTC, la titular adoptará lasmedidas necesarias para garantizar que las radiaciones queemita la estación de radiodifusión que se autoriza no excedanlos valores establecidos como límites máximos permisibles enel acotado Decreto Supremo, asimismo deberá efectuar, enforma semestral, el monitoreo de la referida estación.

La obligación de monitoreo semestral será exigible apartir del día siguiente del vencimiento del período deinstalación y prueba o de la solicitud de inspección técnicapresentada conforme lo indicado en el tercer párrafo delartículo 2º de la presente Resolución.

Artículo 6º.- Serán derechos y obligaciones de latitular de la autorización las consignadas en los artículos64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión,así como las señaladas en la presente Resolución.

Artículo 7º.- La autorización a que se contrae elartículo 1º de la presente Resolución podrá renovarsepor igual período.

La renovación deberá solicitarse hasta el día delvencimiento del plazo de vigencia indicado en el antesmencionado artículo 1º y se sujeta al cumplimiento delas condiciones previstas en el artículo 69º delReglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 8º.- Dentro de los sesenta (60) días denotificada la presente Resolución, la titular de la autorizaciónefectuará el pago correspondiente al derecho deautorización y canon anual, caso contrario la autorizaciónquedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio de queel Ministerio emita el acto administrativo pertinente.

Artículo 9º.- La autorización a la que se contrae lapresente Resolución se sujeta a las disposiciones legalesy reglamentarias vigentes que regulan el servicioautorizado, debiendo adecuarse a las normasmodificatorias y complementarias que se expidan.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANIViceministra de Comunicaciones

01994-5

O torgan autorización a asociación paraprestar servicio de radiodifusión portelevisión educativa en la localidad deChota

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 461-2006-MTC/03

Lima, 29 de agosto del 2006

VISTO, el Expediente Nº 2002-009863 presentado porla asociación MINISTERIO LA LUZ, sobre otorgamientode autorización para la prestación del servicio deradiodifusión por televisión educativa en UHF, en el distritoy provincia de Chota, departamento de Cajamarca;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 14º de la Ley de Radio y Televisión -Ley Nº 28278, establece que para la prestación delservicio de radiodifusión, en cualquiera de lasmodalidades, se requiere de autorización, la cual seotorga por Resolución del Viceministro deComunicaciones, según lo previsto en el artículo 19º delReglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC;

Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio yTelevisión establece que la autorización es la facultad queotorga el Estado a personas naturales o jurídicas paraestablecer un servicio de radiodifusión. Además, señalaque la instalación de equipos en una estación deradiodifusión requiere de permiso, el cual es la facultad queotorga el Estado a personas naturales o jurídicas parainstalar en un lugar determinado equipos de radiodifusión;

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328000El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

Que, el artículo 26º de la Ley de Radio y Televisiónestablece que otorgada la autorización para prestar el serviciode radiodifusión, se inicia un período de instalación y pruebaque tiene una duración improrrogable de doce (12) meses;

Que, el artículo 183º del Texto Único Ordenado delReglamento General de la Ley de Telecomunicaciones señalaque para obtener autorización para prestar el servicio deradiodifusión se requiere presentar una solicitud, la misma quese debe acompañar con la información y documentación queen dicha norma se detallan, asimismo debe acompañarse ladocumentación tendiente a verificar el cumplimiento del artículo25º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; normasaplicables en virtud del mandato contenido en la PrimeraDisposición Final y Transitoria del acotado Reglamento;

Que, el Plan de Canalización y Asignación de Frecuenciasaprobado por Resolución Viceministerial Nº 209-2004-MTC/03, incluye dentro de la localidad denominada Chota, al distritoy provincia de Chota, departamento de Cajamarca.

Que, mediante Informe Nº 634-2006-MTC/17.01.ssr, laDirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomuni-caciones, señala que la solicitud presentada por la asociaciónMINISTERIO LA LUZ cumple con los requisitos técnicos ylegales, por lo que resulta procedente otorgar a la referidaasociación la autorización y permiso solicitados; señalándoseademás que debe establecerse como obligación, a cargo dela antes mencionada asociación, la presentación del proyectode comunicación dentro del período de instalación y prueba,documento que es requerido por la administración a efectosde evaluarse el cumplimiento de las obligaciones legalesderivadas del otorgamiento de la autorización;

De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Leyde Telecomunicaciones aprobado por Decreto SupremoNº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado del ReglamentoGeneral de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado porDecreto Supremo Nº 027-2004-MTC, la Ley de Radio yTelevisión - Ley Nº 28278, la Primera Disposición Final yTransitoria del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión,aprobada por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, el TextoÚnico de Procedimientos Administrativos del Ministerioaprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC y elPlan de Canalización y Asignación de Frecuencias,aprobado por Resolución Viceministerial Nº 209-2004-MTC/03, la Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 queaprueba las Normas Técnicas del Servicio de Radiodifusióny el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC que establece losLímites Máximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantesen Telecomunicaciones; y,

Con la opinión favorable del Director General deGestión de Telecomunicaciones;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Otorgar autorización a la asociaciónMINISTERIO LA LUZ, por el plazo de diez (10) años, paraprestar el servicio de radiodifusión por televisión educativaen UHF, en la localidad de Chota, departamento deCajamarca; de acuerdo a las condiciones esenciales ycaracterísticas técnicas que se detallan a continuación:

Condiciones Esenciales:

Modalidad : SERVICIO DE RADIODIFUSIÓN PORTELEVISIÓN EN UHF.

Canal : 15BANDA: IVFRECUENCIA VIDEO: 477.25 MHzFRECUENCIA AUDIO: 481.75 MHz

Finalidad : EDUCATIVA

Características Técnicas:

Indicativo : OCV-2FEmisión : VIDEO: 5M45C3F

AUDIO: 50K0F3EPotencia Nominal del Transmisor : VIDEO: 500 W

AUDIO: 50 W

Ubicación de la Estación:

Estudios : Jr. 30 de Agosto Nº 300, distrito y provinciade Chota, departamento de Cajamarca.

Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 78° 38' 55"Latitud Sur : 06° 33' 32"

Planta : Zona Pingomayo, distrito y provincia deChota, departamento de Cajamarca.

Coordenadas Geográficas : Longitud Oeste : 78º 40' 00"Latitud Sur : 06º 33' 35"

Zona de Servicio : El área comprendida dentro del contorno de74 dBµV/m

La autorización otorgada incluye el permiso para instalarlos equipos de radiocomunicación correspondientes.

El plazo de la autorización y del permiso concedidosse computarán a partir del día siguiente de notificada lapresente Resolución, la cual además será publicada enel Diario Oficial El Peruano.

Artículo 2º.- La autorización que se otorga en elartículo precedente, se inicia con un período de instalacióny prueba de doce (12) meses improrrogables, dentro delcual la titular de la autorización deberá cumplir con lasobligaciones que a continuación se indican:

- Instalar los equipos requeridos para la prestacióndel servicio conforme a las condiciones esenciales y alas características técnicas aprobadas en la presenteautorización.

- Realizar las respectivas pruebas de funcionamiento.- Los equipos instalados deberán contar con el

respectivo Certificado de Homologación.La respectiva inspección técnica se efectuará de oficio

hasta dentro de los tres (3) meses siguientes alvencimiento del mencionado período, y en la cual severificará la correcta instalación de la estación, incluyendola homologación del equipamiento así como el cumplimientode las condiciones esenciales y características técnicasindicadas en el artículo 1º de la presente Resolución.

Sin perjuicio de lo antes indicado, la titular podrásolicitar la realización de la inspección técnica antes delvencimiento del período de instalación y prueba otorgada.

En caso de incumplimiento de las obligaciones antesmencionadas la autorización otorgada quedará sin efecto.

Artículo 3º.- Dentro de los doce (12) meses siguientesa la entrada en vigencia de la autorización, la titular deberápresentar el proyecto de comunicación.

Asimismo, en forma individual o conjunta, aprobarásu Código de Ética y presentará copia del mismo a laDirección General de Gestión de Telecomunicaciones opodrá acogerse al Código de Ética que emita el Ministerio.

Artículo 4º.- La titular está obligada a instalar y operarel servicio de radiodifusión autorizado, de acuerdo a lascondiciones esenciales y características técnicas indicadasen el artículo 1º de la presente Resolución, las cuales sólopodrán ser modificadas previa autorización del Ministerio.

En caso de aumento de potencia, éste será autorizadohasta el máximo establecido en el Plan de Canalizacióny de Asignación de Frecuencias para la banda y localidadautorizada.

En caso de disminución de potencia, no obstante norequerirse de la previa aprobación, la titular se encuentraobligada a su respectiva comunicación.

Artículo 5º.- Conforme lo establecido en el artículo5º del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, la titularadoptará las medidas necesarias a fin de garantizar quelas radiaciones que emita la estación de radiodifusiónque se autoriza no excedan los valores fijados comolímites máximos permisibles establecidos en el acotadoDecreto Supremo, así como efectuar, en formasemestral, el monitoreo de la referida estación.

La obligación de monitoreo semestral será exigible apartir del día siguiente del vencimiento del período deinstalación y prueba o de la solicitud de inspección técnicapresentada conforme lo indicado en el tercer párrafo delartículo 2º de la presente Resolución.

Artículo 6°.- Serán derechos y obligaciones de latitular de la autorización las consignadas en los artículos64º y 65º del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión,así como las señaladas en la presente Resolución.

Artículo 7º.- La autorización a que se contrae elartículo 1º de la presente Resolución podrá renovarsepor igual período.

La renovación deberá solicitarse hasta el día delvencimiento del plazo de vigencia indicado en elReglamento de la Ley de Radio y Televisión.

Artículo 8º.- Dentro de los sesenta (60) días denotificada la presente Resolución, la titular de laautorización efectuará el pago correspondiente alderecho de autorización, canon anual y publicación de lapresente Resolución, caso contrario la autorizaciónquedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio deque el Ministerio emita el acto administrativo pertinente.

Artículo 9º.- La autorización a la que se contrae lapresente Resolución se sujeta a las disposiciones legales

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 328001

REPUBLICA DEL PERU

y reglamentarias vigentes que regulan el servicioautorizado, debiendo adecuarse a las normasmodificatorias y complementarias que se expidan.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

CAYETANA ALJOVÍN GAZZANIViceministra de Comunicaciones

01994-4

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL

PODER JUDICIAL

Crean órganos jurisdiccionales perm a-nentes y transitorios en diversosD istritos Judiciales del país

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 105-2006-CE-PJ

Lima, 10 de agosto del 2006

VISTOS:

Los Oficios Nºs. 1217 y 1245-2006-GG-PJ cursadospor el Gerente General del Poder Judicial, y el InformeNº 118-2006-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia dePlanificación, que propone la creación de órganosjurisdiccionales permanentes y transitorios; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28750 se aprobó la Ley queautoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006, en el que seasigna al Poder Judicial los recursos financierosindispensables para crear nuevos órganosjurisdiccionales en todo el país;

Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria yTransitoria de la Ley Nº 28652, que aprueba Ley delPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,autoriza al Poder Judicial a nombrar personal, adquirirequipos y mobiliario, entre otros;

Que, en el año 2005 se realizaron cinco Talleres MacroRegionales, en las ciudades de Arequipa, Chiclayo,Iquitos, Huancayo y Lima, para formular el Proyecto dePresupuesto correspondiente al Año Fiscal 2006;

Que, teniendo en cuenta los cuadros de prioridadespresentados por los Presidentes de las CortesSuperiores de Justicia, la carga procesal de los órganosjurisdiccionales, así como la asignación de recursosotorgados al Poder Judicial, resulta necesario crearnuevos órganos jurisdiccionales, que permitan mejorarla atención a los litigantes y reducir la carga procesal;

Que, la Gerencia General, mediante Informe Nº 118-2006-SEP-GP-GG-PJ, señala que con el incremento derecursos financieros asignados al Poder Judicial en elCrédito Suplementario del Presupuesto para el Año Fiscal2006, es procedente crear órganos jurisdiccionales decarácter permanentes y transitorios;

Que, de conformidad con lo establecido en losnumerales 24, 25 y 26 del artículo 82º del Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, sonatribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,crear y reubicar órganos jurisdiccionales, así comoadoptar acuerdos y demás medidas necesarias paraque las dependencias del Poder Judicial funcionen conceleridad y eficiencia;

Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del PoderJudicial, en uso de sus atribuciones, en sesiónextraordinaria de la fecha, por unanimidad;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Crear con carácter permanente,los siguientes órganos jurisdiccionales, en la forma quea continuación se indica:

DISTRITO JUDICIAL DE AREQUIPA

La Cuarta Sala Superior Especializada en lo Civil,con sede en la Corte Superior de Justicia, distrito,provincia y departamento de Arequipa.

La Cuarta y Quinta Salas Superiores Especializadasen lo Penal, en la sede de la Corte Superior de Justicia,distrito, provincia y departamento de Arequipa.

El Sexto y Séptimo Juzgados de Paz Letrados, en lasede de la Corte Superior de Justicia, provincia ydepartamento de Arequipa.

DISTRITO JUDICIAL DE AYACUCHO

Un Juzgado Mixto, con sede en el distrito de Chungui,y competencia además en el distrito de Anco, provinciade La Mar, departamento de Ayacucho.

El Cuarto y Quinto Juzgados de Paz Letrados, con sedeen Comisarías, para tramitar procesos por faltas, provinciade Huamanga, departamento de Ayacucho. El Presidente dela Corte Superior de Justicia determinará mediante resolución,la sede y competencia territorial de cada Juzgado, dandocuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distritode Vinchos, provincia de Huamanga, departamento deAyacucho.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distrito deTotos, y competencia además en los distritos de Paras yChuschi, provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho.

DISTRITO JUDICIAL DE CAJAMARCA

El Cuarto Juzgado de Paz Letrado, con sede en laCorte Superior de Justicia, distrito, provincia ydepartamento de Cajamarca.

El Quinto Juzgado de Paz Letrado, con sede enComisaría, para tramitar procesos por faltas, provinciay departamento de Cajamarca. El Presidente de la CorteSuperior de Justicia determinará mediante resolución, lasede y competencia territorial del Juzgado, dando cuentaal Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distrito deHuambos, provincia de Chota, departamento de Cajamarca.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distrito deTacabamba, provincia de Chota, departamento deCajamarca.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distritode San Pablo, provincia del mismo nombre, departamentode Cajamarca.

DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO

La Cuarta Sala Especializada en lo Penal, con sedeen la Corte Superior de Justicia, distrito y ProvinciaConstitucional del Callao.

DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE

Un Juzgado Mixto, con sede en el distrito de Mala,con competencia además en los distritos de Santa Cruzde Flores, Calango, San Antonio, Chilca, Asia, Coayllo yCerro Azul, de la provincia de Cañete; y en los distritosde Omas, Tauripampa, Ayavirí, Huampará, Quinches,Quinocay, San Pedro de Pilas, Huañec, Cochas y SanJoaquín, de la provincia de Yauyos, departamento deLima. Quedando modificadas las competencias de losJuzgados de Paz Letrados de Mala, de la provincia deCañete, y Ayavirí, de la provincia de Yauyos,departamento de Lima.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distritode Asia, con competencia además en los distritos deCoayllo y Cerro Azul de la provincia de Cañete y en losdistritos de Omas y Tauripampa de la provincia de Yauyos,departamento de Lima.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distritode Lunahuaná, con competencia además en los distritosde Pacarán y Zúñiga, de la provincia de Cañete,departamento de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DEL CUSCO

Un Juzgado Especializado en lo Penal en el distrito yprovincia de Urubamba, departamento del Cusco.

Un Juzgado Especializado en lo Penal en el distritode Wanchaq, provincia y departamento del Cusco.

Un Juzgado Mixto en el distrito de Santiago, fuera delMódulo Básico de Justicia, con competencia en todo eldistrito, provincia y departamento del Cusco.

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328002El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

DISTRITO JUDICIAL DE HUANCAVELICA

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distritode Izcuchaca, y competencia además en los distritos deVilca, Huayllahuara, Pilchaca, Moya, Cuenca, Conayca,Mariscal Cáceres, Huando, Laria y Occoro, provincia ydepartamento de Huancavelica.

DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO

El Cuarto Juzgado de Paz Letrado, en la sede de laCorte Superior de Justicia, distrito, provincia ydepartamento de Huánuco.

Un Juzgado de Paz Letrado en el distrito de Jesús,provincia de Lauricocha, departamento de Huánuco.

DISTRITO JUDICIAL DE HUAURA

Un Juzgado Mixto, con sede en el distrito de Chancay,con competencia además en el distrito de Aucallama,provincia de Huaral, departamento de Lima.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en Churín,distrito de Pachangará, y competencia además del distritode Andajes, provincia de Oyón, departamento de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DE ICA

Una Sala Superior Mixta Descentralizada en Pisco,con sede en Pisco, con competencia en la provincia dePisco, departamento de Ica. Quedando modificada lacompetencia de las Salas Descentralizadas de Chincha.

El Sexto Juzgado Especializado en lo Penal, con sedeen la Corte Superior de Justicia, distrito, provincia ydepartamento de Ica.

El Tercer Juzgado Especializado en lo Penal, con sedeen el distrito y provincia de Pisco, departamento de Ica.

DISTRITO JUDICIAL DE JUNÍN

El Sexto Juzgado Especializado en lo Civil, con sedeen la Corte Superior de Justicia, distrito de El Tambo,provincia de Huancayo y departamento de Junín.

El Segundo Juzgado Especializado en lo Penal, consede en el distrito de La Merced, provincia deChanchamayo, departamento de Junín.

DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD

La Segunda Sala Superior Especializada en lo Laboral,en la sede de la Corte Superior de Justicia, distrito yprovincia de Trujillo, departamento de La Libertad.

La Quinta Sala Superior Especializada en lo Penal, enla sede de la Corte Superior de Justicia, distrito y provinciade Trujillo, departamento de La Libertad.

El Cuarto y Quinto Juzgados Especializados deTrabajo, con sede en la Corte Superior de Justicia, distrito,provincia de Trujillo y departamento de La Libertad.

El Cuarto Juzgado Especializado en Familia, con sedeen la Corte Superior de Justicia, distrito y provincia deTrujillo, departamento de La Libertad.

Un Juzgado Mixto en Paiján, con competencia ademásen los distritos de Rázuri, Chócope, y Magdalena de Cao,provincia de Ascope, departamento de La Libertad.

DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE

El Cuarto Juzgado Especializado de Familia, con sedeen la Corte Superior de Justicia, distrito y provincia deChiclayo, departamento de Lambayeque.

El Noveno Juzgado Especializado en lo Civil, consede en la Corte Superior de Justicia, distrito y provinciade Chiclayo y departamento de Lambayeque.

El Segundo Juzgado Especializado en lo Penal con sedeen el distrito Leonardo Ortiz, con sede fuera del MóduloBásico de Justicia y la misma competencia de los Juzgadosdel MBJ, provincia de Chiclayo y departamento deLambayeque.

El Segundo Juzgado de Paz Letrado, con sede enComisaría, para tramitar procesos por faltas, distrito y provinciade Ferreñafe, departamento de Lambayeque. El Presidentede la Corte Superior de Justicia determinará medianteresolución la sede y competencia territorial del Juzgado, dandocuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE LIMA

La Tercera Sala Superior Especializada en loContencioso Administrativo, con sede la Corte Superiorde Justicia de Lima, provincia y departamento de Lima.

La Séptima y Octava Salas Superiores en lo Civil,con sede en la Corte Superior de Justicia de Lima,provincia y departamento de Lima.

El Noveno y Décimo Juzgados Especializados en loContencioso Administrativo, con sede en la Corte Superiorde Justicia de Lima, provincia y departamento de Lima.

El Veintiún Juzgado Especializado de Familia, consede en la Corte Superior de Justicia de Lima, provinciay departamento de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE

El Tercer Juzgado Mixto, con sede en Condevilla, fueradel Módulo Básico de Justicia y con la misma competenciade los Juzgados del referido MBJ, distrito de San Martínde Porres, provincia y departamento de Lima.

El Segundo Juzgado Especializado en lo Penal, consede en Condevilla, fuera del Módulo Básico de Justicia ycon la misma competencia de los Juzgados del referidoMBJ, distrito de San Martín de Porres, provincia ydepartamento de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DE LORETO

Un Juzgado Especializado en lo ContenciosoAdministrativo, con sede en la Corte Superior de Justicia,distrito de Iquitos, provincia de Maynas y departamento deLoreto.

Un Juzgado Mixto, con sede en la ciudad de SanLorenzo, distrito de Barranca, provincia de Datem delMarañón, departamento de Loreto.

El Tercer Juzgado de Paz Letrado, con sede enComisaría, para tramitar procesos por faltas, provinciade Maynas, departamento de Loreto. El Presidente de laCorte Superior de Justicia determinará medianteresolución la sede y competencia territorial del Juzgado,dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE MOQUEGUA

Un Juzgado Especializado de Familia, con sede en laCorte Superior, distrito de Moquegua, provincia de MariscalNieto, departamento de Moquegua. Los actuales JuzgadosMixtos tendrán a su cargo procesos de las otras materias.

Un Juzgado Especializado de Familia, con sede en eldistrito y provincia de Ilo, departamento de Moquegua.Los actuales Juzgados Mixtos tendrán a su cargoprocesos de las otras materias.

Un Juzgado de Paz Letrado en el distrito de Ichuña,con competencia además en los distritos de Yunga yLloque, provincia de Sánchez Cerro, departamento deMoquegua.

DISTRITO JUDICIAL DE PASCO

Un Juzgado Especializado de Trabajo, con sede enla Corte Superior de Justicia, distrito, provincia ydepartamento de Pasco. Los actuales Juzgados Mixtosse convertirán en Juzgados Especializados en lo Civil, ytendrán a su cargo procesos de dicha materia.

Un Juzgado Especializado de Familia, con sede en laCorte Superior de Justicia, distrito, provincia ydepartamento de Pasco.

DISTRITO JUDICIAL DE PIURA

La Tercera Sala Superior Especializada en lo Penal,con sede en la Corte Superior de Justicia, distrito,provincia y departamento de Piura.

Un Juzgado Especializado en lo Penal en Castilla,fuera del Módulo Básico de Justicia y con la mismacompetencia de los Juzgados del referido MBJ, distritode Castilla, provincia y departamento de Piura.

El Segundo Juzgado Especializado en lo Civil, consede en el distrito y provincia de Talara, departamentode Piura.

Un Juzgado Especializado de Familia, con sede en eldistrito y provincia de Sullana, departamento de Piura.

El Segundo Juzgado Especializado en lo Penal deMorropón, fuera del Módulo Básico de Justicia y con la mismacompetencia de los Juzgados del referido MBJ, distrito deMorropón, provincia de Chulucanas, departamento de Piura.

DISTRITO JUDICIAL DE PUNO

El Cuarto Juzgado Especializado en lo Penal, consede en la Corte Superior de Justicia, distrito, provinciay departamento de Puno.

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 328003

REPUBLICA DEL PERU

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN

La Segunda Sala Superior Mixta Descentralizada, consede en el distrito de Tarapoto, provincia y departamentode San Martín.

Un Juzgado de Paz Letrado en el distrito de la Bandade Shilcayo, provincia y departamento de San Martín.

DISTRITO JUDICIAL DE SANTA

El Quinto Juzgado Especializado en lo Civil, en eldistrito de Chimbote, provincia del Santa, departamentode Ancash.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distrito yprovincia de Huarmey, departamento de Ancash.

DISTRITO JUDICIAL DE TACNA

Un Juzgado Especializado en lo ContenciosoAdministrativo, con sede en la Corte Superior de Justicia,distrito, provincia y departamento de Tacna.

El Quinto Juzgado Especializado en lo Penal, consede en la Corte Superior de Justicia, distrito, provinciay departamento de Tacna.

DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES

El Tercer Juzgado de Paz Letrado, con sede en laCorte Superior de Justicia, distrito, provincia ydepartamento de Tumbes.

El Cuarto Juzgado de Paz Letrado, con sede enComisaría, para tramitar procesos por faltas, distrito,provincia y departamento de Tumbes. El Presidente dela Corte Superior de Justicia determinará medianteresolución, la sede y competencia territorial del Juzgado,dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

DISTRITO JUDICIAL DE UCAYALI

El Segundo Juzgado Especializado de Familia, consede en la Corte Superior de Justicia, provincia CoronelPortillo, departamento de Ucayali.

Artículo Segundo.- Crear con carácter transitorio,los siguientes órganos jurisdiccionales, en la forma quea continuación se indica:

DISTRITO JUDICIAL DE AMAZONAS

Una Sala Mixta Descentralizada, con sede en Bagua,distrito y provincia de Bagua, departamento de Bagua.

Un Juzgado de Paz Letrado en el distrito de La Peca,(Bagua), provincia de Bagua, departamento de Amazonas.

DISTRITO JUDICIAL DE ANCASH

Un Juzgado Especializado en lo Civil, con sede en eldistrito de Caraz fuera del Módulo Básico de Justicia y lamisma competencia del referido MBJ, provincia deHuaylas, departamento de Ancash.

El Segundo Juzgado Especializado en lo Penal, consede en el distrito y provincia de Carhuaz, departamentode Ancash.

Un Juzgado Paz Letrado, con sede en la CorteSuperior de Justicia, distrito, provincia de Huaraz,departamento de Ancash.

DISTRITO JUDICIAL DE APURÍMAC

Una Sala Superior Especializada en lo Penal, con sedeen la Corte Superior de Justicia, distrito y provincia deAbancay, departamento de Apurímac.

Un Juzgado Especializado en lo Penal con sede en laCorte Superior de Justicia, distrito y provincia de Abancay,departamento de Apurímac.

Un Juzgado Especializado en lo Civil, con sede en eldistrito y provincia de Andahuaylas, departamento deApurímac, fuera del Módulo Básico de Justicia y con lamisma competencia de los Juzgados del referido MBJ.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distrito yprovincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac,fuera del Módulo Básico de Justicia y con la mismacompetencia de los Juzgados del referido MBJ.

DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO

Una Segunda Sala Superior Mixta (Laboral y Familia),en la sede de la Corte Superior de Justicia, distrito yProvincia Constitucional del Callao.

Un Juzgado Especializado en lo Penal, con sede enla Corte Superior de Justicia, distrito y ProvinciaConstitucional del Callao.

DISTRITO JUDICIAL DEL CUSCO

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distritode Sicuani, provincia de Canchis, departamento delCusco.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distritode Santiago, con sede fuera del Módulo Básico de Justiciay con la misma competencia de los Juzgados de referidoMBJ, provincia y departamento del Cusco.

DISTRITO JUDICIAL DE HUANCAVELICA

Un Juzgado Especializado en lo Civil, con sede en eldistrito, provincia y departamento de Huancavelica.

DISTRITO JUDICIAL DE HUÁNUCO

Un Juzgado Mixto, con sede en Tingo María, distritode Rupa Rupa, provincia de Leoncio Prado,departamento de Huánuco.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distritode Pillco Marca, provincia y departamento de Huánuco.

Un Juzgado de Paz Letrado, con sede en el distritode Amárilis, provincia y departamento de Huánuco.

DISTRITO JUDICIAL DE HUAURA

Una Sala Superior Especializada en lo Civil, con sedeen la Corte Superior de Justicia, distrito de Huacho,provincia de Huaura, departamento de Lima.

Un Juzgado Especializado de Familia, con sede en laCorte Superior de Justicia, distrito de Huacho, provinciade Huaura y departamento de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DE LAMBAYEQUE

Un Juzgado Especializado en lo Civil, con sede en laCorte Superior de Justicia, distrito y provincia deChiclayo, departamento de Lambayeque.

DISTRITO JUDICIAL DE LIMA

Una Sala Superior Especializada de Familia, en lasede de la Corte Superior de Justicia, distrito, provinciay departamento Lima.

DISTRITO JUDICIAL DE LIMA NORTE

La Primera y Segunda Salas Superiores Mixtas, en lasede de la Corte Superior de Justicia, distrito deIndependencia, provincia y departamento de Lima.

Una Sala Superior Especializada en lo Penal, en lasede de la Corte Superior de Justicia, distrito deIndependencia, provincia y departamento de Lima.

DISTRITO JUDICIAL DE LORETO

Un Juzgado Especializado en Trabajo, en la Sede dela Corte Superior de Justicia, distrito de Iquitos, provinciade Maynas, departamento de Loreto.

Un Juzgado de Paz Letrado, en la sede de la CorteSuperior de Justicia, distrito de Iquitos, provincia deMaynas, departamento de Loreto.

DISTRITO JUDICIAL DE MADRE DE DIOS

Un Juzgado de Paz Letrado en el distrito de PuertoMaldonado, provincia de Tambopata y departamento deMadre de Dios.

Un Juzgado Especializado en lo Penal, en la sede dela Corte Superior, distrito de Puerto Maldonado, provinciade Tambopata, departamento de Madre de Dios.

DISTRITO JUDICIAL DE PASCO

Un Juzgado Especializado en Trabajo, en la sede dela Corte Superior, distrito, provincia y departamento dePasco.

DISTRITO JUDICIAL DE PUNO

Un Juzgado Mixto en el Módulo Básico de Justicia deAzángaro, con la misma competencia de los Juzgados delreferido MBJ, distrito y provincia de Azángaro,departamento de Puno.

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328004El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

DISTRITO JUDICIAL DE SAN MARTÍN

Un Juzgado Mixto, en la sede de la Corte Superior deJusticia, distrito y provincia de Moyobamba, departamentode San Martín.

DISTRITO JUDICIAL DE SANTA

Un Juzgado Especializado en lo Civil, en el distrito deNuevo Chimbote, fuera del Módulo Básico de Justicia,con la misma competencia de los Juzgados del referidoMBJ, provincia Santa y departamento de Ancash.

Un Juzgado Especializado en lo Penal en el distrito yprovincia de Casma, departamento de Ancash.

Un Juzgado de Paz Letrado en el distrito de NuevoChimbote, con sede fuera del Módulo Básico de Justicia,con la misma competencia de los Juzgados del referidoMBJ, provincia Santa y departamento de Ancash.

DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES

Un Juzgado Especializado de Trabajo, en la sede dela Corte Superior, distrito, provincia y departamento deTumbes.

DISTRITO JUDICIAL DE UCAYALI

Un Juzgado Especializado en lo Civil en Pucallpa,con sede en la Corte Superior de Justicia, provinciaCoronel Portillo, departamento de Ucayali.

Un Juzgado Mixto en el distrito de Yarinacocha,provincia Coronel Portillo, departamento de Ucayali.

Artículo Tercero.- Las Salas Superiores, los JuzgadosEspecializados o Mixtos y los Juzgados de Paz Letradoque se crean por la presente resolución con caráctertransitorio, cumplirán los siguientes lineamientos:

1) Serán exclusivamente para descarga procesal,en consecuencia no podrán asumir competencia sobrenuevos procesos.

2) La transitoriedad está sujeta a un monitoreo yevaluación de cada uno de los indicados órganosjurisdiccionales en forma mensual, para lo cual losPresidentes de las Cortes Superiores conforme elcompromiso asumido en los Talleres Macro Regionalesdel año 2005 adoptarán las medidas más convenientese informaran al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

3) La vigencia de la transitoriedad es de un (1) añopara las Salas Superiores y de seis (6) meses para losJuzgados Especializados o Mixtos y de Paz Letrados,pudiendo ser prorrogado o convertido su carácter defuncionamiento e incluso suprimido, conforme decisióndel Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; vigencia que seconsidera a nivel nacional, conforme lo dispuesto en elartículo segundo de la presente resolución.

4) El equipo y mobiliario, que se adquiera para elfuncionamiento de los indicados órganos jurisdiccionalesno podrá ser trasladado o ubicado en otro órganojurisdiccional, con el objeto de garantizar el servicio y lafutura decisión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial.

5) Las plazas de los Auxiliares Jurisdiccionales delos órganos jurisdiccionales transitorios que se crean enla presente resolución, no podrán ser ubicados,reasignados o trasladados para atender otros órganosjurisdiccionales, permanentes o transitorios, salvodecisión del Consejo Ejecutivo y previo requerimientosustentado de la Presidencia de la Corte Superior.

6) Iniciar su funcionamiento en un plazo máximo detreinta (30) días calendario a partir de la publicación dela presente resolución, en caso contrario quedará sinefecto dicha acción.

Artículo Cuarto.- Facultar a los Presidentes de lasCortes Superiores de Justicia considerados en la presenteresolución, para que adopten las acciones administrativasque sean necesarias para su cumplimiento.

Artículo Quinto.- Déjese sin efecto o en suspensolas Resoluciones Administrativas que se opongan a lapresente resolución.

Artículo Sexto.- Transcríbase la presente resoluciónal Presidente del Poder Judicial, al Ministerio de Justicia,Ministerio del Interior, Ministerio Público, Consejo Nacionalde la Magistratura, Oficina de Control de la Magistraturadel Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superioresde Justicia mencionadas en los artículos primero ysegundo de la presente resolución, y Gerencia General

del Poder Judicial, para su conocimiento y finesconsiguientes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

SS.

WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO

ANTONIO PAJARES PAREDES

JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN

JOSÉ DONAIRES CUBA

WÁLTER COTRINA MIÑANO

LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ

02026-1

Aprueban m edidas para el fortaleci-m iento de órganos jurisdiccionales yáreas adm inistrativas del PoderJudicial

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 106-2006-CE-PJ

Lima, 10 de agosto del 2006

VISTOS:

El Oficio Nº 1218-2006-GG-PJ cursado por elGerente General del Poder Judicial, elevando el InformeNº 119-2006-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia dePlanificación, para su aprobación; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 28750 se aprobó la Ley queautoriza un Crédito Suplementario en el Presupuesto delSector Público para el Año Fiscal 2006, en el que seasigna al Poder Judicial los recursos financierosindispensables para financiar la creación o fortalecerórganos jurisdiccionales y administrativos en todo el país;

Que, la Décimo Sexta Disposición Complementaria yTransitoria de la Ley Nº 28652, que aprueba Ley delPresupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,autoriza al Poder Judicial a nombrar personal, adquirirequipos y mobiliario, entre otros;

Que, en el año 2005 se realizaron cinco Talleres MacroRegionales, en las ciudades de Arequipa, Chiclayo,Iquitos, Huancayo y Lima, para formular el Proyecto dePresupuesto correspondiente al Año Fiscal 2006;

Que, las Dependencias Administrativas y las CortesSuperiores de Justicia han presentado sus cuadros deprioridades en lo que corresponde al Fortalecimiento deÓrganos Jurisdiccionales y Áreas administrativas;

Que, mediante Resolución Administrativa Nº 045-2006-CE-PJ del 27 de marzo del año en curso, se aprobóel Fortalecimiento de Órganos Jurisdiccionales, ÁreasAdministrativas y Estudios de Preinversión del PoderJudicial;

Que, teniendo en cuenta las peticiones formuladaspor las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia,se hace necesario aprobar la distribución de recursosfinancieros del Crédito Suplementario, para atender otrasnecesidades que permitan mejorar la labor de los órganosjurisdiccionales, así como de las áreas administrativas;

Que, la Gerencia General, mediante Informe Nº 119-2006-SEP-GP-GG-PJ, señala que con cargo a laasignación del Crédito Suplementario que correspondenCincuenta Millones y 00/100 Nuevos Soles (S/. 50 000000.00) al Poder Judicial, es factible atender elFortalecimientos de Órganos Jurisdiccionales, ServiciosJudiciales, Áreas Administrativas y Estudios de Preinversión;

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo82º, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la LeyOrgánica del Poder Judicial, es atribución del ConsejoEjecutivo del Poder Judicial adoptar los acuerdos ydemás medidas necesarias para que las dependenciasdel Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia;

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 328005

REPUBLICA DEL PERU

Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del PoderJudicial, en uso de sus atribuciones, en sesiónextraordinaria de la fecha, por unanimidad;

RESUELVE:

Artículo Primero.- Aprobar el Fortalecimiento deÓrganos Jurisdiccionales y Áreas Administrativas delPoder Judicial, en la forma que se indica a continuación:

I.- ÓRGANOS JURISDICCIONALES

- Distrito Judicial de Ancash: 2 Juzgados Especializadosen lo Penal de Huaraz, sede de la Corte Superior de Justicia.

- Distrito Judicial del Cañete: Sala SuperiorEspecializada en lo Civil, sede de la Corte Superior deJusticia.

- Distrito Judicial de Junín: Segunda Sala SuperiorEspecializada en lo Penal y Primera Sala Mixta con sedeen la Corte Superior de Justicia.

- Distrito Judicial de Madre de Dios: JuzgadoEspecializado de Familia de Puerto Maldonado, provinciade Tambopata; Juzgado de Paz Letrado de Salvación yJuzgado Mixto de Hueypetue.

- Distrito Judicial de Puno: Juzgados Mixto y PazLetrado de Juli, provincia de Chucuito.

II.- SERVICIOS JUDICIALES

- Central de Notificaciones:

- Distrito Judicial de Junín: sede de la Corte Superiorde Justicia.

- Distrito Judicial de Huancavelica: sede de la CorteSuperior de Justicia.

- Distrito Judicial de Moquegua, sede de la Sala MixtaDescentralizada de Ilo.

- Distrito Judicial de Loreto: sede de la Corte Superiorde Justicia.

- Distrito Judicial de Ucayali: sede de la Corte Superiorde Justicia.

- Oficinas de Requisitorias y Oficina de Condenas:

- Distrito Judicial de Huancavelica.

- Archivos Modulares:

- Distrito Judicial de Huancavelica.

III.- OFICINAS ADMINISTRATIVAS

- Oficina de Administración:

- Distrito Judicial de Cañete: Área de Bienestar Social.- Distrito Judicial de Lambayeque.

- Oficina de Imagen Institucional:

- Distrito Judicial de Tacna

- Consejo Ejecutivo del Poder Judicial:

- Centro de Investigaciones Judiciales: Investigación,Publicaciones y Sistematización de la Jurisprudencia.

IV.-ESTUDIOS DE PREINVERSIÓN, A NIVEL DEPERFIL, PREFACTIBILIDAD Y FACTIBILIDAD

- Distrito Judicial de Amazonas: Construcción de unlocal para la sede de la Corte Superior de Justicia.

- Distrito Judicial de San Martín: Construcción de unlocal para la sede de los órganos jurisdiccionales deTarapoto, provincia de San Martín.

- Distrito Judicial de Tacna:

- Implementación de un Centro de Administración deJusticia (PJ-MBJ) en el distrito de Gregorio Albarracín;

- Fortalecimiento de la Justicia Básica en el DistritoJudicial; y,

- Construcción y funcionamiento de un Centro Juvenilen la ciudad de Tacna.

Artículo Segundo.- La Gerencia General otorgará lafactibilidad presupuestaria del costo correspondiente a las

acciones aprobadas por la presente resolución, respectoal fortalecimiento de órganos jurisdiccionales, serviciosjudiciales, administrativos, y estudios de preinversión,considerando los recursos financieros adicionalesasignados, mediante el Crédito Suplementario Ley Nº 28750al Pliego del Poder Judicial para el Año Fiscal 2006.

Artículo Tercero.- Déjese sin efecto, en su totalidado en la parte pertinente las resoluciones administrativasque se opongan a la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Facultar a los Presidentes de lasCortes Superiores de Justicia, Jefes de Oficina oequivalente considerados en la presente resolución, paraque adopten las acciones administrativas que seannecesarias para el cumplimiento de la presente disposición.

Artículo Quinto.- Transcríbase la presenteresolución al Presidente del Poder Judicial, Presidenciasde las Cortes Superiores de Justicia de la Repúblicaconsideradas en el artículo primero de la presenteresolución, Centro de Investigaciones Judiciales y a laGerencia General del Poder Judicial, para suconocimiento y fines consiguientes.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

SS.

WÁLTER VÁSQUEZ VEJARANO

ANTONIO PAJARES PAREDES

JAVIER ROMÁN SANTISTEBAN

JOSÉ DONAIRES CUBA

WÁLTER COTRINA MIÑANO

LUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ

02026-2

ORGANISMOS AUTÓNOMOS

REGISTRO NACIONAL DE

IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL

Autorizan a procurador iniciar accioneslegales contra presuntos responsablesde la com isión de delito contra la fepública

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 822-2006-JEF/RENIEC

Lima, 6 de setiembre de 2006

VISTOS:

El Oficio Nº 000736-2006/SGDAR/GP/RENIEC, y elInforme Nº 658-2006-GAJ/RENIEC, emitida por laGerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 20 de junio de2006; y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, como Instituciónconstitucionalmente autónoma, con personería jurídica dederecho público interno y con goce de atribuciones enmateria registral, técnica, administrativa, económica yfinanciera, se encuentra a cargo de organizar y mantener elRegistro Único de Identificación de las Personas Naturales,en lo que respecta a la custodia de los archivos y datosrelacionados a las inscripciones, que sirven de base para laobtención del Documento Nacional de Identidad;

Que, la Gerencia de Procesos, a través de laSubgerencia de Depuración y Archivo Registral, órgano delínea encargado de la depuración y actualización de datosdel Registro Único de Identificación de las PersonasNaturales, ha detectado que ciudadanos no identificados,han obtenido irregularmente inscripciones a nombre de

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328006El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

MARINA HUARACA ORTIZ, ERASMO PARI OSCCO, LUISLLANTERHUAY SIHUI, SINFOROSO HILARIO SAYA,MARINGO DIAZ MALLQUI, ANGELICA AROHUILLCAJUNCO y CESAR HUMBERTO CASTRO CATALAN;

Que, mediante los informes periciales practicados a dichasinscripciones, se concluye que existe suplantación de iden-tidad en las inscripciones detalladas precedentemente;

Que, si bien la Subgerencia de Depuración y ArchivoRegistral, mediante Resolución Nº 011-2006/SGDAR/GP/RENIEC, procedió a la exclusión de las inscripcionesNºs. 31180543, 00436704, 10239314, 24794794, 42365956,31183888 y 18099280, en consecuencia los DocumentosNacionales de Identidad emitidos se encuentrancancelados, esto en resguardo de la identidad de laspersonas, titulares de las mismas; de los hechos antesdescritos, se desprende que el comportamiento realizadopor ciudadanos no identificados, al haber declarado datosfalsos en instrumento público, con el objeto de suplantar laidentidad de ciudadanos inscritos válidamente en elRegistro, perjudicando de esta forma la seguridad jurídicaregistral, constituyen indicios razonables de la comisión depresunto delito contra la Fe Pública, en las modalidades deFalsedad Ideológica y Genérica, previstos y sancionadosen los artículos 428º y 438º del Código Penal vigente;

Que, en atención a los considerandos precedentes y,estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica,resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargode los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga lasacciones que correspondan en defensa de los interesesdel Estado y del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil contra los que resulten responsables; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LeyNº 17537 y la Ley Nº 26497;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Públicoencargado de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre yrepresentación de los intereses del Estado interpongalas acciones legales que correspondan contra los queresulten responsables, por presunto delito contra la FePública, en las modalidades de Falsedad Ideológica yGenérica, en agravio del Estado y del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil.

Artículo Segundo.- Remítase lo actuado alProcurador Público encargado de los asuntos judicialesdel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,para los fines a que se contrae la presente Resolución.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

EDUARDO RUIZ BOTTOJefe Nacional

01946-6

RESOLUCIÓN JEFATURALNº 823-2006-JEF/RENIEC

Lima, 6 de setiembre de 2006

VISTOS:

El Oficio Nº 000814-2006-SGDAR/GP/RENIEC, y elInforme Nº 00702-2006-GAJ/RENIEC, emitido por laGerencia de Asesoría Jurídica, de fecha 27 de junio de2006; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Gerencia de Procesos, a través de laSubgerencia de Depuración Registral y Archivo Central,órgano de línea encargado de la depuración yactualización de datos del Registro Único de Identificaciónde las Personas Naturales, ha detectado que ciudadanosno identif icados, han obtenido irregularmenteinscripciones a nombre de los ciudadanos ArmandoVALDEZ GOMEZ, Teofila ANDAMAYO VARGAS, JoséAntonio GONZALES DIAZ, Elmer Rigoberto CABRERAFERNÁNDEZ y Melquíades AYQUIPA SAYAGO;

Que, mediante los informes periciales practicados adichas inscripciones, se concluye que existe suplantación

de identidad en las inscripciones detalladasprecedentemente;

Que, si bien la Subgerencia de Depuración Registral yArchivo Central mediante la Resolución Nº 010-2006/SGDAR/GP-RENIEC, ha procedido a la exclusión definitivade las inscripciones Nºs. 28581406, 41178006, 27407968,18100382 y 41565369, en consecuencia los DocumentosNacionales de Identidad emitidos se encuentrancancelados, esto en resguardo de la identidad de laspersonas, titulares de las mismas; de los hechos antesdescritos, se desprende que el comportamiento realizadopor ciudadanos no identificados, al haber declarado datosfalsos en instrumento público, con el objeto de suplantar laidentidad de ciudadanos inscritos válidamente en elRegistro, perjudicando de esta forma la seguridad jurídicaregistral, constituyen indicios razonables de la comisión depresunto delito contra la Fe Pública, en las modalidades defalsedad ideológica y genérica, previsto y sancionado enlos artículos 428º y 438º del Código Penal vigente;

Que, en atención a los considerandos precedentes y,estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica,resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargode los asuntos judiciales del Registro Nacional deIdentificación y Estado Civil, para que interponga lasacciones que correspondan en defensa de los interesesdel Estado y del Registro Nacional de Identificación yEstado Civil contra los que resulten responsables; y,

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LeyNº 17537 y la Ley Nº 26497;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Públicoencargado de los asuntos judiciales del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil, para que en nombre yrepresentación de los intereses del Estado interpongalas acciones legales que correspondan contra los queresulten responsables, por presunto delito contra la FePública, en las modalidades de Falsedad Ideológica yGenérica, en agravio del Estado y del Registro Nacionalde Identificación y Estado Civil.

Artículo Segundo.- Remítase lo actuado alProcurador Público encargado de los asuntos judicialesdel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil,para los fines a que se contrae la presente Resolución.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

EDUARDO RUIZ BOTTOJefe Nacional

01946-7

UNIVERSIDADES

E xoneran de concurso público lacontratación de servicios de lim piezay m antenim iento de locales de laU niversidad N acional FedericoVillarreal

UNIVERSIDAD NACIONALFEDERICO VILLARREAL

RESOLUCIÓN R. Nº 2548-2006-UNFV

San Miguel, 27 de junio de 2006

Visto, el Oficio Nº 652-2006-OPPS-OCLSA-UNFVcon fecha de recepción 23.6.2006, del Jefe de la OficinaCentral de Logística y Servicios Auxiliares de esta CasaSuperior de Estudios, mediante el cual solicita laExoneración del Proceso de Selección del ConcursoPúblico Servicios de Limpieza y Mantenimiento de losLocales de la Universidad Nacional Federico Villarrealpor Desabastecimiento Inminente; y,

CONSIDERANDO:

Que, el Artículo 19º Inc. c), del Texto Único Ordenadode la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 328007

REPUBLICA DEL PERU

Nº 083-2004-PCM, establece que están exonerados delos procesos de selección: Las adquisiciones ycontrataciones que se realicen en situación deEmergencia o de desabastecimiento inminentedeclaradas de conformidad con la presente Ley;

Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, en su Artículo 141º - Situaciónde desabastecimiento inminente, establece que, Lasituación de desabastecimiento inminente se configura enlos casos señalados en el artículo 21º de la Ley; noencontrándose comprendidas entre éstas las adquisicioneso contrataciones para cubrir necesidades complementariasy administrativas de la entidad. La necesidad de los bienes,servicios u obras debe ser actual y urgente para atenderlos requerimientos inmediatos, no pudiéndose invocar laexistencia de una situación de desabastecimiento inminenteen supuestos como en vía de regularización, por períodosconsecutivos y que excedan el lapso del tiempo requeridopara paliar la situación y para satisfacer necesidadesanteriores a la fecha de aprobación de la exoneración alproceso de selección.

Que, la entidad puede adquirir o contratar los bienes,servicios u obras, sólo por el tiempo necesario pararesolver la situación y llevar a cabo el proceso de selecciónque corresponda, así es que la Contraloría General de laRepública, mediante Comunicado Nº 03-2005-C.G. ysiguiendo el criterio establecido por el CONSUCODE, enel comunicado Nº 002-2003-PRE, precisó el carácterextraordinario de la situación de desabastecimiento,precisando la necesidad que para su convocatoriaconcurran los elementos de situación extraordinaria eimprevisible y de ausencia que comprometa de maneradirecta e inminente y esencial, los servicios de la entidad,los mismos que deben ser interpretados de manerarestrictiva, por lo que, no resulta procedente crear, víainterpretación la posibilidad de configurarse la causal,eximiéndose de alguno de los elementos exigidos,Sustentándose en el hecho que una situación específicano fue contemplada por la normativa aplicable; no procedenprórrogas, las adendas, las adiciones, ni los contratoscomplementarios, por lo que el órgano superior de controlpriorizará la evaluación de estos procesos;

Que, en la actualidad se viene recibiendo el servicio deLimpieza y Mantenimiento en base a un contratocomplementario, el mismo que vence el día 30.6.06, sinembargo, conforme a lo señalado en el Oficio Nº 652-2006-OPPS-OCLSA-UNFV de la Oficina Central de Logística yServicios Auxiliares, el otorgamiento de la Buena Pro hasido programado para el día viernes 23 de junio del 2006,sin embargo, se debe tomar en consideración que elconsentimiento de la Buena Pro se produce recién a locinco días hábiles de su notificación y siempre que lospostores no hayan interpuesto recurso de apelación;

Que, el carácter de urgencia respecto a la necesidadde adquirir los servicios de Limpieza y Mantenimientopara esta Casa Superior de Estudios, requiere lainmediata contratación, entendiéndose el caráctertemporal de la contratación, y proceder a la exoneracióndel Proceso de selección;

Que, por lo expuesto es necesario aprobar laExoneración del Proceso de Selección del ConcursoPúblico Servicios de Limpieza y Mantenimiento porDesabastecimiento Inminente; por un monto referencialde S/. 244 072,00 (Doscientos Cuarenta y Cuatro MilSetenta y Dos con 00/100 Nuevos Soles);

En mérito a la Opinión Técnica de la Oficina Central deLogística y Servicios Auxiliares contenida en Oficio Nº 652-2006-OPPS-OCLSA-UNFV con fecha de recepción23.6.2006, al Informe Legal Nº 0579-2006-OCAJ-UNFV defecha 26.6.2006 de la Oficina Central de Asesoría Jurídica,y, estando a lo dispuesto por el Vicerrector Administrativoen Proveído Nº 00731-2006-VRAD-UNFV de fecha26.6.2006, se procede conforme a lo solicitado; y,

De conformidad con el D.S. Nº 083-2004-PCM, D.S.Nº 084-2004-PCM, Ley Nº 23733 - Ley Universitaria, elEstatuto y el Reglamento General de la UniversidadNacional Federico Villarreal, Resolución R-Nº 2443-2006-UNFV del 30.05.06;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Exonerar a la Universidad NacionalFederico Villarreal del Proceso de Selección del ConcursoPúblico, Servicios de Limpieza y Mantenimiento porDesabastecimiento Inminente, por el plazo de 62 días, el

mismo que se inicia el día 1 de julio al 31 de agosto del año2006, de conformidad con el Artículo 19º Inc. c), del TextoÚnico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM, por un monto de S/. 244 072,00(Doscientos Cuarenta y Cuatro Mil Setenta y Dos con00/100 Nuevos Soles); por la fuente de financiamiento deRecursos Directamente Recaudados, autorizándose a laOficina Central de Logística y Servicios Auxiliares a realizarla contratación de dicho servicio a través de accionesinmediatas.

Artículo Segundo.- Disponer que la Secretaría Generalde la Universidad trámite la publicación de la presenteresolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión.

Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central deLogística y Servicios Auxiliares remita copia de lapresente resolución y del Informe Técnico Legal que lasustenta a la Contraloría General de la República y alConsejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones(CONSUCODE), dentro de los diez (10) días hábilessiguientes a la fecha de su aprobación, así como supublicación en forma electrónica, a través del SEACE.

Artículo Cuarto.- Encargar al VicerrectoradoAdministrativo, disponga las investigacionescorrespondientes, a efectos de determinar si huboresponsabilidad de parte de los servidores o funcionariosde esta Entidad, que haya generado el estado dedesabastecimiento inminente del servicio de Limpieza yMantenimiento de la Universidad Nacional FedericoVillarreal, de conformidad a lo dispuesto en el tercerpárrafo del Artículo 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM,Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, asimismo derivar al Órgano de Control Internolos actuados en la referida investigación así como losdel presente Proceso de Selección.

Artículo Quinto.- La Universidad tiene la potestadde resolver el contrato en forma unilateral, una vez quedeconsentida el otorgamiento de Buena Pro.

Artículo Sexto.- El Vicerrectorado Administrativo, asícomo la Oficina Central de Logística y ServiciosAuxiliares, dictarán las medidas necesarias para elcumplimiento de la presente resolución.

Regístrese, comuníquese y archívese.

JUAN NESTOR ESCUDERO ROMANRector

02027-1

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS

I N P E

Exoneran de procesos de selección lacontratación de sum inistro dealim entos preparados para diversosestablecim ientos penitenciarios de laD irección Regional Lim a del INPE

RESOLUCIÓN PRESIDENCIALINSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

Nº 547-2006-INPE/P

Lima, 28 de agosto de 2006

VISTOS, el Oficio Nº 843-2006-INPE/16.05, que adjuntael Informe Técnico Legal Nº 013-2006-INPE/16.05, ambosde fecha 17 de agosto de 2006, de la Dirección RegionalLima, por el que solicita se declare en Situación deDesabastecimiento Inminente el Suministro de AlimentosPreparados para el Establecimiento Penitenciario de RégimenCerrado Especial de Mujeres Chorrillos de su Jurisdicción,y el Informe Nº 299-2006-INPE/06, de fecha 24 de agostode 2006, de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 17º del Código de EjecuciónPenal, la Administración Penitenciaria proporciona al interno

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328008El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

la alimentación preparada que cumpla con las normasdietéticas y de higiene establecidas por la autoridad desalud, concordante con el artículo 135º de su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 015-2003-JUS;

Que, mediante Resolución Presidencial Nº 050-2006-INPE/P, de fecha 27 de enero de 2006, se aprobó el PlanAnual de Contrataciones y Adquisiciones de la DirecciónRegional Lima del Instituto Nacional Penitenciario para elAño Fiscal 2006, en el cual se tiene previsto el procesode selección de Licitación Pública Nº 0001-2006-INPE/16 para el "Suministro de Alimentos Preparados para losEstablecimientos Penitenciarios de Lima y Callao de laDirección Regional Lima”, en cuyo proceso se encuentraincluido el ítem 3: Establecimiento Penitenciario deRégimen Cerrado Especial de Mujeres Chorrillos;

Que, mediante el Informe Técnico Legal Nº 13-2006-INPE/16.05, de fecha 17 de agosto de 2006, la DirecciónRegional Lima informa que suscribió el Contrato Nº 025-2005-INPE/16, de fecha 30 de mayo de 2005, con laempresa POLO & SONS´S INTERNACIONALPOLISERVICE S.R.L., por un monto de S/. 275.027,50(Doscientos Setenta y Cinco Mil Veintisiete con 50/100Nuevos Soles), derivado de la Licitación Pública Nº 001-2005-INPE/16, para el suministro de alimentos preparadospara los internos, personal de seguridad, salud ymantenimiento del Establecimiento Penitenciario de RégimenCerrado Especial de Mujeres Chorrillos, el mismo queculminó el 31 de mayo de 2006, procediéndose a suscribirla contratación complementaria con la empresa POLO &SONS´S INTERNACIONAL POLISERVICE S.R.L. por unmonto de S/. 82.508,25 (Ochenta y Dos Mil QuinientosOcho y 25/100 Nuevos Soles), al amparo del artículo 236ºdel Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado;

Que, asimismo, el precitado Informe Técnico Legal,indica que la Licitación Pública Nº 0001-2006-INPE/16,tenía previsto el otorgamiento de la Buena Pro, para el 5de junio de 2006, pero debido a que la postora CristinaIslas Reyes presentó observaciones a las Bases ante elCONSUCODE, el Calendario del proceso se reprogramó.Asimismo, informa que el Sr. JULIO GUZMAN MENDOZA,interpuso recurso de revisión, habiéndose pronunciado elCONSUCODE a través de la Resolución Nº 524-2006.TC-SU, de fecha 21 de julio de 2006, por la cual declaróinadmisible el mencionado recurso de revisión, reiniciandoel Comité Especial el desarrollo del proceso, otorgando laBuena Pro el 31 de julio de 2006. Sin embargo, respecto alítem 3: Establecimiento Penitenciario de Régimen CerradoEspecial de Mujeres Chorrillos, el Presidente del ComitéEspecial, mediante Oficio Nº 052-2006-INPE/16-CE-LP-0001-P, informa que se han presentado recursos deapelación, suspendiéndose el proceso de selección;

Que, mediante Informe Nº 043-2006-INPE/16.05.URMyS-ADQ, de fecha 17 de agosto de 2006,emitido por el Subdirector de la Unidad de RecursosMateriales y Servicios y la Jefe de Adquisiciones de laDirección Regional Lima, refieren que la contratacióncomplementaria al Contrato Nº 025-2006-INPE/16suscrito para el "Suministro de Alimentos Preparadospara internos, personal de seguridad, salud ymantenimiento del Establecimiento Penitenciario deRégimen Cerrado Especial de Mujeres Chorrillos”, venceaproximadamente el 31 de agosto de 2006;

Que, ante esta circunstancia, la Dirección RegionalLima manifiesta que estos hechos son extraordinarios eimprevisibles, habida cuenta que la interposición derecursos impugnativos y la posterior presentación derecursos de revisión ante CONSUCODE, son situacionesque pueden producirse durante el desarrollo del procesode selección, por lo que resulta necesario declarar enSituación de Desabastecimiento Inminente la contratacióndel Suministro de Alimentos Preparados para los internos,personal de seguridad, salud y mantenimiento delEstablecimiento Penitenciario de Régimen CerradoEspecial de Mujeres Chorrillos, por el período de treinta(30) días calendario hasta por la suma de S/. 48.861,00(Cuarenta y Ocho Mil Ochocientos Sesenta y Uno con00/100 Nuevos Soles), importe que servirá para cubrirlos gastos de alimentos preparados mientras se resuelveel recurso de apelación, concluya el correspondienteproceso de selección y se perfeccione el contratorespectivo, ya que los internos del mencionadoEstablecimiento Penitenciario requieren de ellos porquesu desabastecimiento compromete directamente losservicios esenciales que presta el Instituto Nacional

Penitenciario, teniendo en cuenta que el suministro dealimentos no puede ser suspendido ya que su ausenciapuede ocasionar grave deterioro en la salud de la poblaciónpenal, así como actos de violencia, reclamos y protestasde éstos que comprometerían directa e inminentemente,tanto la seguridad de los internos como de los CentrosPenitenciarios; debiéndose tener presente que la situaciónexpuesta se encuentra prevista en el inciso c) del artículo19º e inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;

Que, según el artículo 21º del acotado dispositivo legal,se considera Situación de Desabastecimiento Inminentecuando la ausencia extraordinaria e imprevisible dedeterminado bien o servicio compromete en forma directa einminente la continuidad de las funciones, servicios,actividades u operaciones productivas que la Entidad tienea su cargo de manera esencial; por lo que dicha situaciónfaculta a la Entidad a la adquisición o contratación de losbienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad,según sea el caso, necesario para resolver la situación yllevar a cabo el proceso de selección que corresponda;debiendo adquirirse en forma directa mediante accionesinmediatas, adoptando todas las providencias que permitanasegurar la moralidad, imparcialidad, transparencia yeconomía en el proceso de adjudicación de acuerdo alartículo 3º de la referida norma legal;

Que, mediante los artículos 141º y 148º del Reglamentode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por Decreto Supremo Nº 084 -2004- PCM, seencuentran señalados los procedimientos para los procesosde selección exonerados, debiendo la Dirección RegionalLima sujetarse estrictamente a la norma indicada para lacompra de lo indispensable a fin de paliar la situación; sinperjuicio de que se realicen los procesos de seleccióncorrespondientes para las adquisiciones definitivas;

Que, mediante Oficio Nº 289-2006-INPE/16.03, defecha 19 de julio de 2006, la Oficina de Planificación de laDirección Regional Lima, señala que cuenta con ladisponibilidad presupuestal necesaria;

Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Limay a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica,contándose con las visaciones del Consejo NacionalPenitenciario y de las Oficinas Generales deAdministración y Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas medianteResolución Suprema Nº 128-2006-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DECLARAR, en Situación deDesabastecimiento Inminente la adquisición deSuministros de Alimentos Preparados para internos,personal de seguridad, salud y mantenimiento delEstablecimiento Penitenciario de Régimen CerradoEspecial de Mujeres Chorrillos, por el período de treinta(30) días calendario a partir del día 1 de setiembre de2006, mientras se resuelve el CONSUCODE resuelvael recurso de apelación, se lleve a cabo el proceso deselección y se perfeccione el contrato respectivo,conforme a los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- EXONERAR, a la Dirección RegionalLima, del requisito de Licitación Pública para laadquisición de Alimentos Preparados a que se refiere elartículo primero de la presente Resolución.

Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Dirección RegionalLima, para la adquisición de Suministros de AlimentosPreparados para los internos, personal de seguridad,salud y mantenimiento del Establecimiento Penitenciariode Régimen Cerrado Especial de Mujeres Chorrillos, dela Unidad Ejecutora 002: Dirección Regional Lima, deacuerdo al siguiente detalle:

Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DÍAS TOTAL S/.1 E.P.R.C.E. MUJERES CHORRILLOS 30 48.861,00

TOTAL 48.861,00

Dicha autorización es por el período de treinta (30)días calendario, con cargo a la Fuente de Financiamiento

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 328009

REPUBLICA DEL PERU

Recursos Ordinarios; mientras dure la Situación deDesabastecimiento Inminente prevista en el artículoprecedente debiendo de adquirir los alimentos preparadosen forma directa mediante acciones inmediatas bajoresponsabilidad, con estricta observancia a lasdisposiciones establecidas en el Texto Único Ordenadode la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias quepermitan asegurar la transparencia del proceso.

Artículo 4º.- DISPONER, que la Oficina General deAdministración se efectúen las comunicacionescorrespondientes a la Contraloría General de la Repúblicay al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones- CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábilessiguientes a la fecha de su aprobación.

Artículo 5º.- DISPONER, que la Oficina General deAuditoría inicie las acciones que correspondan paradeterminar si existe responsabilidad de funcionarios, cuyaconducta hubiese originado la presencia o configuraciónde la Situación de Desabastecimiento que se aprueba.

Artículo 6º.- REMITIR, copia de la presente Resolucióna las instancias pertinentes para los fines de Ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA DELSA MAVILA LEÓNPresidentaInstituto Nacional Penitenciario

01987-1

RESOLUCIÓN PRESIDENCIALINSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

Nº 548-2006-INPE/P

Lima, 28 de agosto de 2006

VISTOS, el Oficio Nº 853-2006-INPE/16.05, queadjunta el Informe Técnico Legal Nº 015-2006-INPE/16.05, ambos de fecha 21 de agosto de 2006, de laDirección Regional Lima, por el que solicita se declareen Situación de Desabastecimiento Inminente elSuministro de Alimentos Preparados para losEstablecimientos Penitenciarios de Sentenciados Ica,Tambo de Mora Chincha y Nuevo Imperial Cañete, de suJurisdicción, Oficio Nº 1254-2006-INPE/10, de fecha 24de agosto de 2006, suscrito por la Oficina General deAdministración, e Informe Nº 302-2006-INPE/06 de fecha28 de agosto de 2006, de la Oficina General de AsesoríaJurídica.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 17º del Código deEjecución Penal, la Administración Penitenciar iaproporciona al interno la alimentación preparada quecumpla con las normas dietéticas y de higieneestablecidas por la autoridad de salud, concordante conel artículo 135º de su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 015-2003-JUS;

Que, mediante Resolución Presidencial Nº 050-2006-INPE/P de fecha 27 de enero de 2006 se aprobó el PlanAnual de Contrataciones y Adquisiciones de la DirecciónRegional Lima del Instituto Nacional Penitenciario para elAño Fiscal 2006; por el que incluyó el proceso deselección de Licitación Pública Nº 0004-2006-INPE/16para el "Suministro de raciones alimenticias para losEstablecimientos Penitenciarios de Lima Sur de laDirección Regional Lima”, en cuyo proceso se encuentraincluido el ítem 1: Establecimiento Penitenciario deSentenciados de Ica, ítem 2: Establecimiento PenitenciarioTambo de Mora Chincha e ítem 3: EstablecimientoPenitenciario Nuevo Imperial Cañete;

Que, mediante Resolución Presidencial Nº 479-2006-INPE/P de 26 de julio de 2006, se declaró en situación dedesabastecimiento inminente el suministro de alimentospreparados para los Establecimientos Penitenciarios deIca, Tambo de Mora Chincha y Nuevo Imperial Cañete,por los períodos de (31), (35) y (34) días calendario,respectivamente, y por un monto de S/. 214 916,03(Doscientos Catorce Mil Novecientos Dieciséis y03/100 Nuevos Soles);

Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 015-2006-INPE/16.05 de fecha 21 de agosto de 2006, la DirecciónRegional Lima informa que suscribió el Contrato Nº 026-2006-INPE/16 de fecha 31 de julio de 2006, con laempresa LA FAVORITA PERUANA S.R. LTDA., derivadode la exoneración autorizada, por un monto deS/. 70 831,90 (Setenta Mil Ochocientos Treinta y Uno y90/100 Nuevos Soles), para el suministro de alimentospreparados para el Establecimiento Penitenciario deSentenciados de Ica. Asimismo, refiere que suscribiócon la empresa NEGOCIACIONES RIDEBLAN S.A.C.,el Contrato Nº 025-2006-INPE/16 de fecha 27 de julio de2006, por un monto de S/. 71 041,25 (Setenta y Uno MilCuarenta y Uno y 25/100 Nuevos Soles), para elsuministro de alimentos preparados para elEstablecimiento Penitenciario Tambo de Mora Chincha.También señala que suscribió con la empresaCOMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A., el ContratoNº 024-2006-INPE/16 de fecha 27 de julio de 2006, porun monto de S/. 73 042,88 (Setenta y Tres Mil Cuarentay Dos y 88/100 Nuevos Soles), para el suministro dealimentos preparados para el EstablecimientoPenitenciario Nuevo Imperial de Cañete;

Que, en atención al Pronunciamiento Nº 232-2006/GNPde fecha 9 de junio de 2006, emitido por la Gerencia deNormas y Procesos del CONSUCODE, la anterior Gestióndel INPE, mediante Resolución Presidencial Nº 414-2006-INPE/P de fecha 21 de junio de 2006, declaró la nulidad deoficio de la Licitación Pública Nº 0004-2006-INPE/16,retrotrayéndolo a la etapa de Integración de Bases;

Que, según el calendario establecido en las BasesAdministrativas, la Buena Pro de la Licitación PúblicaNº 0004-2006-INPE/16, se otorgó el 12 de julio de 2006, lacual no quedó consentida debido a la interposición derecursos de apelación presentados por los CONSORCIOSRESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L., yPOLO & SON´S INTERNACIONAL POLI - SERVICES.R.L. - BLANCA JULIA ARIAS DE FLORENCIO;

Que, la Dirección Regional Lima informa que elCONSORCIO RESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHEE.I.R.L., ha interpuesto recurso de revisión ante el ConsejoSuperior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado -CONSUCODE, respecto de los ítems 1: EstablecimientoPenitenciario de Sentenciados de Ica, 2: EstablecimientoPenitenciario Tambo de Mora Chincha y 3: EstablecimientoPenitenciario Nuevo Imperial Cañete, situación que suspendeel proceso de selección, hasta que el referido organismo delEstado resuelva el recurso de revisión;

Que, mediante Informe Nº 044-2006-INPE/16.05.URMyS-ADQ de fecha 17 de agosto de 2006, elSubdirector de la Unidad de Recursos Materiales yServicios de la Dirección Regional Lima, comunica quelos contratos suscritos para el "Suministro de AlimentosPreparados para internos, personal de seguridad, saludy mantenimiento de los Establecimientos PenitenciariosSentenciados de Ica, Tambo de Mora Chincha y NuevoImperial Cañete”, vencen aproximadamente el 31, 30 y31 de agosto de 2006, respectivamente;

Que, mediante Oficio Nº 292-2006-INPE/16.03, laDirección de Planificación de la Dirección Regional Limaseñala que cuenta con la disponibilidad presupuestalnecesaria;

Que, ante esta circunstancia, la Dirección RegionalLima manifiesta que es necesario declarar en Situaciónde Desabastecimiento Inminente la contratación delSuministro de Alimentos Preparados para los internos,personal de seguridad, salud y mantenimiento de losEstablecimientos Penitenciarios Sentenciados de Ica,Tambo de Mora Chincha y Nuevo Imperial Cañete, porlos periodos de treinta y uno (31), treinta y cinco (35) ytreinta y cuatro (34) días calendario, respectivamente;hasta por la suma de S/. 386 075,62 Nuevos Soles(Trescientos Ochenta y Seis Mil Setenta y Cinco y con62/100 Nuevos Soles), importe que servirá para cubrirlos gastos de alimentos preparados mientras seresuelven las apelaciones presentadas, concluye elproceso de selección correspondiente y se perfeccioneel contrato respectivo, ya que los internos de losmencionados Establecimientos Penitenciarios requierende ellos porque su desabastecimiento comprometedirectamente los servicios esenciales que presta elInstituto Nacional Penitenciario, teniendo en cuenta queel suministro de alimentos no puede ser suspendidoporque su ausencia puede ocasionar grave deterioro enla salud de la población penal, así como actos de violencia,

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328010El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

reclamos y protestas de éstos que comprometeríandirecta e inminentemente, tanto la seguridad de losinternos como de los Centros Penitenciarios; debiéndosetener presente que la situación expuesta se encuentraprevista en el inciso c) del artículo 19º e inciso a) delartículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;

Que, según el artículo 21º del acotado dispositivolegal, se considera Situación de DesabastecimientoInminente cuando la ausencia extraordinaria eimprevisible de determinado bien o servicio comprometeen forma directa e inminente la continuidad de lasfunciones, servicios, actividades u operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo de maneraesencial; por lo que dicha situación faculta a la Entidad ala adquisición o contratación de los bienes, servicios uobras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso,necesario para resolver la situación y llevar a cabo elproceso de selección que corresponda; debiendoadquirirse en forma directa mediante accionesinmediatas, adoptando todas las providencias quepermitan asegurar la moralidad, imparcialidad,transparencia y economía en el proceso de adjudicaciónde acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal;

Que, mediante el artículo 148º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por Decreto Supremo Nº 084 -2004- PCM, seencuentran señalados los procedimientos para losprocesos de selección exonerados, debiendo laDirección Regional Lima sujetarse estrictamente a lanorma indicada para la compra de lo indispensable a finde paliar la situación; sin perjuicio de que se realice elproceso de selección correspondiente para lasadquisiciones definitivas;

Que, presumiéndose posibles irregularidadescometidas en el desarrollo del proceso de selección, sedebe disponer las medidas conducentes alestablecimiento de las responsabilidades administrativasa que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubieseoriginado la presencia o configuración de la situación dedesabastecimiento inminente, conforme lo dispone elartículo 141º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM;

Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Limay a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica,contándose con las visaciones del Consejo NacionalPenitenciario y de las Oficinas Generales deAdministración y Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultades conferidas medianteResolución Suprema Nº 128-2006-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DECLARAR, en Situación deDesabastecimiento Inminente la adquisición deSuministros de Alimentos Preparados para internos,personal de seguridad, salud y mantenimiento de losEstablecimientos Penitenciarios Sentenciados de Ica,Tambo de Mora Chincha y Nuevo Imperial Cañete, porlos períodos de sesenta y uno (61), sesenta y dos (62)y sesenta y uno (61) días calendario, respectivamente,a partir de los días 1 de setiembre, 31 de agosto y 1 desetiembre de 2006, respectivamente, mientras seresuelve el recurso impugnativo, concluye el procesode selección y se perfeccione el contrato respectivo,conforme a los fundamentos expuestos en la parteconsiderativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- EXONERAR, a la Dirección RegionalLima, del requisito de Licitación Pública para laadquisición de Alimentos Preparados a que se refiere elartículo primero de la presente Resolución.

Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Dirección RegionalLima, para la adquisición de Suministros de AlimentosPreparados para los internos, personal de seguridad,salud y mantenimiento del Establecimiento PenitenciarioSentenciados de Ica, Tambo de Mora Chincha y NuevoImperial Cañete, de la Unidad Ejecutora 002: DirecciónRegional Lima, de acuerdo al siguiente detalle:

Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DÍAS TOTAL S/.1 E.P.S. ICA 61 132 130,272 E.P. TAMBO DE MORA CHINCHA 62 129 868,303 E.P. NUEVO IMPERIAL CAÑETE 61 124 077,05

TOTAL 386 075,62

Dicha autorización es por los períodos de sesenta y uno(61), sesenta y dos (62) y sesenta y uno (61) días calendario,con cargo a la Fuente de Financiamiento RecursosOrdinarios; mientras dure la Situación de DesabastecimientoInminente prevista en el artículo precedente, debiéndoseefectuar las adquisiciones de alimentos preparados en formadirecta mediante acciones inmediatas bajo responsabilidad,con estricta observancia a las disposiciones establecidasen el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamentoaprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM,adoptando todas las providencias que permitan asegurar latransparencia del proceso.

Artículo 4º.- DISPONER, que la Oficina General deAdministración comunique a la Contraloría General de laRepública y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10)días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación.

Artículo 5º.- DISPONER, que la Oficina General deAuditoría inicie las acciones que correspondan paradeterminar si existe responsabilidad de funcionarios, cuyaconducta hubiese originado la presencia o configuraciónde la Situación de Desabastecimiento que se aprueba.

Artículo 6º.- REMITIR, copia de la presente Resolucióna las instancias pertinentes para los fines de Ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA DELSA MAVILA LEÓNPresidentaInstituto Nacional Penitenciario

01987-2

RESOLUCIÓN PRESIDENCIALINSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

Nº 558-2006-INPE/P

Lima, 1 de setiembre de 2006

VISTOS, el Oficio Nº 887-2006-INPE/16.05, queadjunta el Informe Técnico Legal Nº 018-2006-INPE/16.05, ambos de fecha 29 de agosto de 2006, de laDirección Regional Lima, por el que solicita se declareen Situación de Desabastecimiento Inminente el“Suministro de Alimentos Preparados para losEstablecimientos Penitenciarios de Aucallama Huaral yCarquín Huacho”, de su Jurisdicción, Oficio Nº 1308-2006-INPE/10, recepcionado el 1 de agosto de 2006,emitido por la Oficina General de Administración e InformeNº 309-2006-INPE/06 de fecha 1 de setiembre de 2006,de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo al artículo 17º del Código deEjecución Penal, la Administración Penitenciar iaproporciona al interno la alimentación preparada quecumpla con las normas dietéticas y de higieneestablecidas por la autoridad de salud, concordante conel artículo 135º de su Reglamento, aprobado por DecretoSupremo Nº 015-2003-JUS;

Que, mediante Resolución Presidencial Nº 050-2006-INPE/P de fecha 27 de enero de 2006, se aprobó el PlanAnual de Contrataciones y Adquisiciones de la DirecciónRegional Lima del Instituto Nacional Penitenciario para elAño Fiscal 2006, por el que se incluyó el proceso deselección de la Licitación Pública Nº 0003-2006-INPE/16para el "Suministro de Raciones Alimenticias para losEstablecimientos Penitenciarios de Lima Norte 2 de laDirección Regional Lima", en cuyo proceso se encuentraincluido el ítem 1: Establecimiento Penitenciario deAucallama Huaral y el ítem 2: Establecimiento PenitenciarioCarquín Huacho;

Que, mediante Informe Técnico Legal Nº 018-2006-INPE/16.05 de fecha 29 de agosto de 2006, la Dirección Regional

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 328011

REPUBLICA DEL PERU

Lima señala que con fecha 19 de julio de 2006, suscribió elContrato Nº 020-2006-INPE/16, con el CONSORCIOPROVEEDURIA DE ALIMENTOS CAMACHO S.R.L. -PROALCAM S.R.L, derivado del proceso exoneradomediante Resolución Presidencial Nº 467-2006-INPE/P defecha 18 de julio de 2006, por el que se declaró en situaciónde desabastecimiento inminente el “Suministro de AlimentosPreparados para los Establecimientos Penitenciarios deAucallama Huaral y Carquín Huacho”, por el monto deS/. 237 883,50 (Doscientos Treinta y Siete Mil OchocientosOchenta y Tres y 50/100) Nuevos Soles, y por el período de(45) días calendario;

Que, asimismo, la Dirección Regional Lima indica quese otorgó la Buena Pro de la Licitación Pública Nº 0003-2006-INPE/16, el 17 de mayo de 2006 al CONSORCIOPROALCAM S.R.L. - NEGOCIACIONES RIDEBLAN S.A.C.en los dos (2) ítems. También señala que el CONSORCIORESAL E.I.R.L. - PROVEEDOR R.S. BOCHE E.I.R.L. y elCONSORCIO COMERCIAL TRES ESTRELLAS S.A. -NEGOCIACIONES HAROL’S E.I.R.L., interpusieronrecursos de apelación contra la descalificación de supropuesta y contra el otorgamiento de la Buena Pro,respectivamente, actos administrativos que fueronresueltos por la Dirección Regional Lima medianteResolución Directoral Nº 980-2006-INPE/16 de fecha 2 dejunio de 2006. Sin embargo, las citadas firmasposteriormente interpusieron recursos de revisión ante elConsejo Superior de Contrataciones Y Adquisiciones delEstado -CONSUCODE-, el cual mediante ResoluciónNº 629/2006.TC-SU de fecha 25 de agosto de 2006,resuelve declarar fundados los citados recursos;consecuentemente, dicha decisión conlleva a retrotraer elproceso de selección hasta la etapa de evaluación depropuestas, debiéndose reprogramar, por lo tanto, elcalendario del referido proceso de selección;

Que, mediante Informe Nº 045-2006-INPE/16.05.URMySde fecha 21 de agosto de 2006, el Subdirector de la Unidadde Recursos Materiales y Servicios y la Jefa deAdquisiciones de la Dirección Regional Lima comunican,que el contrato suscrito para el "Suministro de AlimentosPreparados para Internos, Personal de Seguridad, Salud yMantenimiento de los Establecimientos Penitenciarios deAucallama Huaral y Carquín Huacho”, vencenaproximadamente el 2 de setiembre de 2006;

Que, mediante Oficio Nº 295-2006-INPE/16.03 defecha 22 de agosto de 2006, la Dirección de Planificaciónde la Dirección Regional Lima, señala que cuenta con ladisponibilidad presupuestal necesaria;

Que, ante esta circunstancia, la Dirección RegionalLima manifiesta que es necesario declarar en Situaciónde Desabastecimiento Inminente el “Suministro deAlimentos Preparados para los Internos, Personal deSeguridad, Salud y Mantenimiento de los EstablecimientosPenitenciarios de Aucallama Huaral y Carquín Huacho”,por el periodo de cuarenta y tres (43) días calendario,hasta por la suma de S/. 215 445,48 (Doscientos QuinceMil Cuatrocientos Cuarenta y Cinco y 48/100) NuevosSoles, importe que servirá para cubrir los gastos dealimentos preparados mientras concluye el proceso deselección correspondiente y se perfeccione el contratorespectivo, ya que los internos de los mencionadosEstablecimientos Penitenciarios requieren de ellos porquesu desabastecimiento compromete directamente losservicios esenciales que presta el Instituto NacionalPenitenciario, teniendo en cuenta que el suministro dealimentos no puede ser suspendido porque su ausenciapuede ocasionar grave deterioro en la salud de la poblaciónpenal; así como actos de violencia, reclamos y protestasde éstos que comprometerían directa e inminentemente,tanto la seguridad de los internos como de los CentrosPenitenciarios; debiéndose tener presente que la situaciónexpuesta se encuentra prevista en el inciso c) del artículo19º e inciso a) del artículo 20º del Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM;

Que, según el artículo 21º del acotado dispositivolegal, se considera Situación de DesabastecimientoInminente cuando la ausencia extraordinaria eimprevisible de determinado bien o servicio comprometeen forma directa e inminente la continuidad de lasfunciones, servicios, actividades u operacionesproductivas que la Entidad tiene a su cargo de maneraesencial; por lo que dicha situación faculta a la Entidad ala adquisición o contratación de los bienes, servicios uobras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso,

necesario para resolver la situación y llevar a cabo elproceso de selección que corresponda; debiendoadquirirse en forma directa mediante accionesinmediatas, adoptando todas las providencias quepermitan asegurar la moralidad, imparcialidad,transparencia y economía en el proceso de adjudicaciónde acuerdo al artículo 3º de la referida norma legal;

Que, presumiéndose posibles irregularidadescometidas en el desarrollo del proceso de selección, sedebe disponer las medidas conducentes alestablecimiento de las responsabilidades administrativasa que hubiere lugar, cuya conducta negligente hubieseoriginado la presencia o configuración de la situación dedesabastecimiento inminente, conforme lo dispone elartículo 141º del Reglamento de la Ley de Contratacionesy Adquisiciones del Estado, aprobado por DecretoSupremo Nº 084-2004-PCM;

Que, mediante el artículo 148º del Reglamento de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estadoaprobado por Decreto Supremo Nº 084 -2004- PCM, seencuentran señalados los procedimientos para losprocesos de selección exonerados, debiendo laDirección Regional Lima sujetarse estrictamente a lanorma indicada para la compra de lo indispensable a finde paliar la situación; sin perjuicio de que se realice elproceso de selección correspondiente para lasadquisiciones definitivas;

Que, de otro lado, se presume que el Comité Especialhabría cometido irregularidades en el desarrollo delproceso de selección, por lo que se debe disponer lasmedidas conducentes al establecimiento de lasresponsabilidades administrativas a que hubiere lugar,cuya conducta negligente hubiese originado la presenciao configuración de la situación de desabastecimientoinminente;

Estando a lo solicitado por la Dirección Regional Limay a lo opinado por la Oficina General de Asesoría Jurídica,contándose con las visaciones de las Oficinas Generalesde Administración y Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en el Texto ÚnicoOrdenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto SupremoNº 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 084-2004-PCM, ResoluciónMinisterial Nº 040-2001-JUS y en uso de las facultadesconferidas mediante Resolución Suprema Nº 128-2006-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DECLARAR, en Situación de Desabas-tecimiento Inminente la adquisición de “Suministros deAlimentos Preparados para internos, personal de seguridad,salud y mantenimiento de los EstablecimientosPenitenciarios de Aucallama Huaral y Carquín Huacho”,por el período de cuarenta y tres (43) días calendario apartir del día 3 de setiembre de 2006, mientras concluye elproceso de selección y se perfeccione el contratorespectivo, conforme a los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución.

Artículo 2º.- EXONERAR, a la Dirección RegionalLima, del requisito de Licitación Pública para laadquisición de Alimentos Preparados a que se refiere elartículo primero de la presente Resolución.

Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Dirección RegionalLima, para la adquisición de Suministros de AlimentosPreparados para los internos, personal de seguridad,salud y mantenimiento de los EstablecimientosPenitenciarios de Aucallama Huaral y Carquín Huacho,de la Unidad Ejecutora 002: Dirección Regional Lima, deacuerdo al siguiente detalle:

Nº ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DIAS TOTAL S/.1 E.P. AUCALLAMA HUARAL 43 101 667,482 E.P. CARQUIN HUACHO 43 113 778,00

TOTAL 215 445,48

Dicha autorización es por el período de cuarenta ytres (43) días calendario, con cargo a la Fuente deFinanciamiento Recursos Ordinarios; mientras dure laSituación de Desabastecimiento Inminente prevista enel artículo precedente, debiéndose efectuar lasadquisiciones de alimentos preparados en forma directamediante acciones inmediatas bajo responsabilidad, con

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328012El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

estricta observancia a las disposiciones establecidasen el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley deContrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, adoptando todas las providencias quepermitan asegurar la transparencia del proceso.

Artículo 4º.- DISPONER, que la Oficina General deAdministración comunique a la Contraloría General de laRepública y al Consejo Superior de Contrataciones yAdquisiciones - CONSUCODE, dentro de los diez (10)días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación.

Artículo 5º.- DISPONER, que la Oficina General deAuditoría inicie las acciones que correspondan paradeterminar si existe responsabilidad de funcionarios, cuyaconducta hubiese originado la presencia o configuraciónde la Situación de Desabastecimiento que se aprueba.

Artículo 6º.- REMITIR copia de la presente Resolucióna las instancias pertinentes para los fines de Ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA DELSA MAVILA LEÓNPresidentaInstituto Nacional Penitenciario

01987-3

D esignan D irector de la O ficina deO bras y Equipam iento de la O ficina deInfraestructura del INPE

RESOLUCIÓN PRESIDENCIALINSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO

Nº 568-2006-INPE/P

Lima, 7 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Presidencial Nº 323-2006-INPE/P, de fecha 25 de mayo de 2006, se designó al arquitectoJOSE ANTONIO LUPA CONDORI, en el cargo públicode confianza de Director de la Oficina de Obras yEquipamiento de la Oficina de Infraestructura del InstitutoNacional Penitenciario, con Nivel Remunerativo F-2;

Que, se ha visto por conveniente dar por concluido ladesignación antes señalada y, designar en el cargo públicode confianza de Director de la Oficina de Obras yEquipamiento de la Oficina de Infraestructura del InstitutoNacional Penitenciario, con Nivel Remunerativo F-2, asu reemplazante;

Contándose con las visaciones del Consejo NacionalPenitenciario y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27594,Decreto Legislativo Nº 654, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS, y enuso de las facultades conferidas mediante ResoluciónSuprema Nº 128-2006-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- DAR POR CONCLUIDA, a partir de lafecha, la designación del arquitecto JOSE ANTONIOLUPA CONDORI, en el cargo público de confianza deDirector de la Oficina de Obras y Equipamiento de laOficina de Infraestructura del Instituto NacionalPenitenciario, con Nivel Remunerativo F-2.

Artículo 2º.- DESIGNAR, a partir de la fecha, alingeniero civil LUIS JULIO MIÑANO ARTEAGA, en elcargo público de confianza de Director de la Oficina deObras y Equipamiento de la Oficina de Infraestructuradel Instituto Nacional Penitenciario.

Artículo 3º.- DISTRIBUIR, copia de la presenteResolución a los interesados y a las instanciaspertinentes para los fines de ley.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROSA DELSA MAVILA LEONPresidente

02018-1

SUNAT

Aprueban disposiciones relativas alBeneficio de D evolución del Im puestoSelectivo al Consum o dispuesto por laLey Nº 28310 al servicio público detransporte ferroviario de pasajeros ycarga

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIANº 144-2006/SUNAT

Lima, 12 de setiembre de 2006

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley Nº 28310 se otorgó elbeneficio de devolución del veinte por ciento (20%)del monto del Impuesto Selectivo al Consumo (ISC)pagado por la adquisición del petróleo Diesel 1 y 2efectuada por los transportistas que prestan el serviciopúblico de transporte ferroviario de pasajeros y decarga;

Que la Única Disposición Complementaria y Final dela Ley Nº 28398 ha dispuesto que las modificacionesque ha introducido a la Ley Nº 28226 serán aplicables alservicio público de transporte ferroviario de pasajeros yde carga a que se refiere la Ley Nº 28310, en cuanto alpetróleo Diesel 1 y 2, en tanto le corresponda, talescomo la ampliación del ámbito de aplicación del beneficioy la fecha de vigencia del mismo;

Que posteriormente mediante el Decreto SupremoNº 005-2005-EF se reglamentó la Ley Nº 28310 y normamodificatoria;

Que el inciso b) del artículo 9º del Decreto SupremoNº 005-2005-EF, establece el procedimiento de cálculopara la determinación del límite máximo del volumende consumo de combustible sujeto a la devolución; ydispone que a efectos de calcular dicho límite serequiere la aplicación de un porcentaje que representela participación del ISC sobre el precio por galón delcombustible, el cual será determinado por la SUNATmediante Resolución de Superintendencia;

Que resulta necesario aprobar los porcentajesaplicables a los períodos de mayo a agosto de 2006;

En uso de las facultades conferidas por el artículo9º del Decreto Supremo Nº 005-2005-EF y deconformidad con el artículo 11º del Decreto LegislativoNº 501 y normas modificatorias, y el inciso q) del artículo19º del Reglamento de Organización y Funciones de laSUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM;

SE RESUELVE:

Artículo Único.- PORCENTAJE DE PARTICI-PACIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO

Los porcentajes que representan la participación delImpuesto Selectivo al Consumo en el precio por galóndel combustible a que hace referencia el inciso b) delartículo 9º del Decreto Supremo Nº 005-2005-EF, sonlos siguientes:

PERÍODO PORCENTAJES DE PARTICIPACIÓN DEL ISCDiesel 1 (%) Diesel 2 (%)

Mayo 2006 24.0 % 20.4 %Junio 2006 24.0 % 20.4 %Julio 2006 24.0 % 20.4 %Agosto 2006 23.9 % 19.1 %

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLOSuperintendente NacionalSuperintendencia Nacional deAdministración Tributaria

02053-1

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 328013

REPUBLICA DEL PERU

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL JUNÍN

Autorizan Créditos Suplem entarios enel Presupuesto Institucional delG obierno Regional de Junín para el AñoFiscal 2006

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 521-2006-GRJ/PR

HUANCAYO, 23 de agosto de 2006

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONALJUNIN

VISTO:

Memorando Nº 451-2006-GRPP/SGP, que contiene laexposición de motivos, mediante el cual la Sub Gerencia dePresupuesto y Tributación del Pliego emite opinión favorablesobre la incorporación de mayores Fondos Públicos alpresupuesto del Pliego 450 Gobierno Regional deDepartamento Junín, en mérito a la Resolución MinisterialNº 101-2006-VIVIENDA y la Resolución Jefatural Nº 333-2006-INDECI, mediante Crédito Suplementario por la Fuentede Financiamiento 13 Donaciones y Transferencias.

CONSIDERANDO:

Que, con Ley Nº 28652-Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2006, se autorizaron CréditosPresupuestarios, entre otros para el Pliego Ministerio deVivienda, Construcción y Saneamiento. En dichaautorización se encuentra una previsión de recursospara la ejecución de Estudios y Obras de Agua Potable yAlcantarillado en el Departamento de Junín, conforme alanexo cuantitativo de la Citada Ley;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 101-2006-VIVIENDA, aprueban una Transferencia Financiera hastapor un monto total de DOS MILLONES CUARENTA MILCIENTO DOCE y 00/100 Nuevos Soles (S/. 2 040 112.00)a favor del Gobierno Regional del Departamento deJunín, para la formulación y ejecución de proyectos;

Que, mediante Resolución Jefatural ResoluciónJefatural Nº 333-2006-INDECI se aprueba unatransferencia financiera de recursos a favor del GobiernoRegional Junín, con cargo a los recursos proveniente delcrédito extraordinario, permanente y revolvente otorgadopor el Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta porel monto de OCHENTA Y OCHO MIL CIENTO SEIS y42/100 Nuevos Soles (S/. 88 106.42), para la ejecución delos proyectos señalados en el Anexo 01 de la citada norma;

Que, mediante Oficio Nº 1102-2006-EF/68.01, laDirección General de Programación Multianual del SectorPúblico del Ministerio de Economía y Finanzas determinóla elegibilidad de las fichas técnicas correspondientes alos proyectos presentados por el Gobierno Regional delDepartamento de Junín;

Que, el artículo 42º, numeral 2) de la Ley Nº 28411-LeyGeneral del Sistema Nacional de Presupuesto, permiteincorporar mediante Resolución del Titular del Pliego mayoresfondos públicos que se generen como consecuencia de lapercepción de determinados ingresos no previstos osuperiores a los contemplados en el presupuesto inicialprovenientes de Donaciones y Transferencias;

Que, es necesario incorporar en el Presupuesto delGobierno Regional del Departamento de Junín mayoresfondos provenientes de Donaciones y Transferencias;

Estando a lo informado por la Gerencia de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial;

De conformidad con el artículo 42º de la Ley 28411-Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; y

En uso de las facultades y atribuciones conferidaspor la Ley Nº 27867, artículo 21º inciso d, y con lasvisaciones correspondientes;

SE RESUELVE:

Artículo 1º: Autorízase un Crédito Suplementario en elPresupuesto Institucional del Pliego 450 Gobierno Regional

del Departamento de Junín para el año Fiscal 2006, por laincorporación de recursos provenientes de las TransferenciasFinancieras efectuadas en mérito a la Resolución MinisterialNº 101-2006-VIVIENDA, emitida por el Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento (PARSSA), hasta por la sumade DOS MILLONES CUARENTA MIL CIENTO DOCE y00/100 Nuevos Soles (S/. 2 040 112.00), Fuente deFinanciamiento de Donaciones y Transferencias.

Artículo 2º: Autorízase un Crédito Suplementario en elPresupuesto Institucional del Pliego 450 Gobierno Regional delDepartamento de Junín para el año Fiscal 2006, por laincorporación de recursos provenientes de las TransferenciasFinancieras efectuadas mediante Resolución Jefatural Nº 333-2006-INDECI, hasta por el monto de OCHENTA Y OCHO MILCIENTO SIETE y 00/100 Nuevos Soles (S/. 88 107.00), Fuentede Financiamiento de Donaciones y Transferencias.

El desagregado de ingresos a nivel de Partidas yFuente de Financiamiento se presenta en el Anexoadjunto, que forma parte de la presente Resolución.

Artículo 3º: La Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial solicitará a laDirección Nacional de Presupuesto Público lascodificaciones que se requieran como consecuencia dela incorporación de nuevas partidas de Ingresos,Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida.

Artículo 4º: La Gerencia Regional de Planeamiento,Presupuesto y Acondicionamiento Territorial instruye a lasUnidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes“Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran,como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 5º: Copia de la presente Resolución sepresenta, dentro de los cinco (05) días Calendario siguientesde aprobada, a la Comisión de Presupuesto y CuentaGeneral de la República del Congreso de la República, a laContraloría General de la República, a la Contaduría Públicade la Nación y a la Dirección Nacional de PresupuestoPúblico del Ministerio de Economía y Finanzas.

Regístrese y comuníquese.

MANUEL DUARTE VELARDEPresidente

A N E X OCREDITO SUPLEMENTARIO

PLIEGO : 450 GOBIERNO REGIONAL JUNINFTE. FTO. : 13 DONACIONES Y TRANSFERENCIASU. E. : 001 SEDE JUNIN

INGRESOS

CODIGOPARTIDA DESCRIPCION T O T A L3.0.0 TRANSFERENCIAS 2 128 2193.1.0 TRANSFERENCIAS 2 128 2193.1.2 Internas: Del Sector Público 2 128 2193.1.2.030 Transferencias Gobierno Nacional (PARSSA) ( A ) 2 040 1123.1.2.043 Transferencias Financieras INDECI-Crédito

Revolvente ( D ) 88 107TOTAL 2 128 219

TRANSFERENCIAS 2 128 2193.1.0 TRANSFERENCIAS 2 128 219

TOTAL 2 128 219

EGRESOS

CATEGORIA DEL GASTOFUN. PROG. SPROG. ACT/PROY GRUPO GENERICO T O T A L

DEL GASTO05 PROTECCIÓN Y PREVISIÓN SOCIAL 88 107

014 PROMOCION Y ASISTENCIA SOCIAL Y COMUNITARIA 88 1070066 DEFENSA CIVIL 88 107

2.015032 Acciones de Prevención de Desastres 88 1076.5 Inversiones - INDECI (D) 88 107

14 SALUD Y SANEAMIENTO 2 040 112047 SANEAMIENTO 2 040 112

0127 SANEAMIENTO GENERAL 2 040 1122.029720 Mejoramiento y Ampliación de

los Sistemas de Agua Potable yAlcantarillado de San Luís de Shuaro. 1 053 2616.5 Inversiones - PARSSA (A) 1 053 261

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328014El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

2.029721 Ampliación y Mejoramiento delSistema de Agua Potable yAlcantarillado Sanitario de laLocalidad de Huaricolca 986 8516.5 Inversiones - PARSSA (A) 986 851

TOTAL 2 128 219

6 GASTOS DE CAPITAL 2 128 2195 INVERSIONES 2 128 219

TOTAL 2 128 219

01984-1

GOBIERNO REGIONAL DE LIMA

Crean el Com ité D irectivo R egionalpara la Prevención y Erradicación delTrabajo Infantil - CD R PETI - de laRegión Lim a

RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 378-2006-PRES

Huacho, 28 de agosto del 2006

VISTOS; el Oficio Nº 124-2006-GRL-GRDS-DRTPEy el Memorando Nº 358-2006-GRL/SG; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4º de la Ley Orgánica de GobiernosRegionales, Ley Nº 27867, expresa que los GobiernosRegionales tienen por finalidad esencial fomentar eldesarrollo regional integral sostenible, promoviendo lainversión pública y privada y el empleo y garantizar elejercicio pleno de los derechos y la igualdad deoportunidades de sus habitantes, de acuerdo con los planesy programas nacionales, regionales y locales de desarrollo;

Que, el numeral 4 del artículo 8º de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales, Ley Nº 27867, señala que esprincipio de la gestión de los Gobiernos Regionalesdesarrollar políticas y acciones integrales de gobiernodirigidas a promover la inclusión económica, social, políticay cultural de jóvenes, personas con discapacidad o grupossociales tradicionalmente excluidas y marginados delEstado. Principalmente ubicado en el ámbito rural yorganizados en Comunidades Campesinas y Nativas,nutriéndose de sus perspectivas y aportes. Estas Accionestambién buscan promover los derechos de gruposvulnerables, impidiendo la discriminación por razones deetnia, religión o género y toda otra forma de discriminación;

Que, en el artículo 48º de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales, Ley Nº 27867, se establece comofunción específica en materia de trabajo, promoción delempleo y la pequeña y microempresa que ejercen losGobiernos Regionales, formular, aprobar, ejecutar,evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas enmateria de trabajo, promoción del empleo y fomento dela pequeña y micro empresa, con la política general delgobierno y los planes sectoriales;

Que, en el artículo 60º de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales, Ley Nº 27867, se establece comofunción específica en materia de desarrollo social eigualdad de oportunidades a formular y ejecutar políticasy acciones concretas orientando para que la asistenciasocial se torne productiva para la región con proteccióny apoyo a los niños, jóvenes, adolescentes, mujeres,personas con discapacidad, adultos mayores y sectoressociales en situación de riesgo y vulnerabilidad;

Que, el Estado Peruano ha ratificado los ConveniosInternacionales de Trabajo Nº 138 sobre la edad mínimade admisión al empleo y Nº 182 sobre la prohibición delas peores formas de trabajo infantil, que constituyeninstrumentos internacionales que obligan al Estado aadoptar medidas urgentes, inmediatas y eficaces parala prevención y eliminación del trabajo infantil;

Que, la Declaración de la Organización Internacionaldel Trabajo - OIT, relativa a los principios y a los derechosfundamentales en el trabajo y su seguimiento adoptadapor la Conferencia Internacional del Trabajo en su 86ºreunión, celebrada en 1988, establece el principio deabolición efectiva de trabajo infantil;

Que, en atención al principio de abolición efectiva detrabajo infantil el Gobierno Nacional a través del Ministeriode Trabajo y Promoción del Empleo constituye el ComitéDirectivo Nacional de Prevención y Erradicación delTrabajo Infantil, mediante Resolución Suprema Nº 018-2003-TR. Asimismo, se aprueba el Plan Nacional dePrevención y Erradicación del Trabajo Infantil, aprobadopor Decreto Supremo Nº 008-2005-TR, en el cual se prevéla Constitución de Comités Directivos Regionales quetrabajen en el propósito de erradicar el trabajo infantil;

Que, en aplicación a esta Directiva, el GobiernoRegional de Lima, organizó y llevó a cabo en la ciudad deHuacho un Taller de Capacitación del Plan Piloto deConstitución de los Comités Directivos Regionales dePrevención y Erradicación del Trabajo Infantil,concluyéndose unánimemente en constituir un ComitéDirectivo Regional para la Prevención y Erradicación deltrabajo Infantil, compuesta por instituciones Públicas yPrivadas, sin fines de lucro que trabajen intensamente enactividades a favor de la prevención y erradicación deltrabajo infantil y sus peores formas, siendo acciónprioritaria, para la lucha contra la pobreza;

Que, el objetivo central del Comité Directivo Regionalson los de realizar actividades de coordinación, evaluacióny seguimiento a los esfuerzos a favor de la prevención yerradicación progresiva del trabajo infantil en la región;así como proponer políticas en el tema de trabajo infantil;

Que, el Gobierno Regional de Lima, asume comosuyo el deber de trabajar respaldando una política nacionaldel Estado Peruano orientado a la prevención y progresivaerradicación del trabajo infantil;

Que, en el artículo 8º de la Ley Nº 27902, Ley quemodifica la Ley Orgánica de Gobiernos RegionalesNº 27867, expresa que las Direcciones Regionales sonresponsables de la implementación y ejecución de laspolíticas nacionales sectoriales y de las políticasregionales sectoriales en el ámbito regional;

Que, mediante Oficio Nº 124-2006-GRL/GRDS-DRTEP de Vistos, la Dirección Regional de Trabajo yPromoción del Empleo, propone la necesidad deconstituir el Comité Directivo Regional para la Prevencióny Erradicación del Trabajo Infantil;

Que, mediante Memorando Nº 358-2006-GRL/SG, laSecretaria General, indica que por encargo del señorPresidente se proyecte la Resolución Ejecutiva Regional,para la conformación del Comité Directivo Regional parala Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil;

Con la conformidad de la Gerencia General Regional,de la Gerencia Regional de Desarrollo Social y con lavisación de la Sub Gerencia Regional de AsesoríaJurídica del Gobierno Regional de Lima;

En ejercicio de las atribuciones contenidas en losincisos a), d) y v) del Art. 21º de la Ley Orgánica deGobiernos Regionales, Ley Nº 27867;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Créase el Comité DirectivoRegional para la Prevención y Erradicación del TrabajoInfantil - CDRPETI- de la Región Lima, cuyo objetivocentral es la realización de actividades de coordinación,evaluación y seguimiento a los esfuerzos a favor de laprevención y erradicación progresiva del trabajo infantilen la región; así como proponer políticas en el tema detrabajo infantil.

Artículo Segundo.- Son funciones básicas del ComitéDirectivo Regional para la Prevención y Erradicación delTrabajo Infantil - CDRPETI- de la Región Lima:

a. Elaborar el "Plan Regional de Prevención yErradicación del Trabajo Infantil", que se aprobarámediante Resolución Ejecutiva Regional del GobiernoRegional de Lima debiendo ser publicado en el diarioOficial El Peruano, y en un diario de circulaciónnacional.

b. Asesorar en la Selección de áreas prioritarias parael desarrollo de actividades y apoyo del ProgramaInternacional de Erradicación de Trabajo Infantil

c. Velar por el cumplimiento de los objetivos y metasestablecidas por los programas de la OrganizaciónInternacional del Trabajo en el área de Trabajo Infantil, yotras funciones que resulten pertinentes para contribuira la prevención y erradicación del trabajo infantil, deconformidad con los instrumentos internacionalesratificados por el Estado Peruano y Política del GobiernoCentral.

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 328015

REPUBLICA DEL PERU

d. Orientar las acciones por la eliminación del trabajoInfantil en sus peores formas y por debajo de la edadmínima catorce (14) años;

e. Contribuir al cumplimiento de la normativa nacionale internacional en el área de trabajo infantil;

f. Fortalecer las acciones públicas y privadas enmateria de erradicación del trabajo infantil.

Artículo Tercero.- El Comité Directivo Regional parala Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil -CDRPETI- de la Región Lima, estará integrado por:

- Un Representante del Gobierno Regional de Lima,quien lo presidirá.

- Un Representante de la Dirección Regional deTrabajo y Promoción del Empleo.

- Un Representante de la Zona de Trabajo y Promocióndel Empleo.

- Un Representante del Ministerio de la Mujer yDesarrollo Social en la Región.

- Un Representante de la Dirección Regional deEducación.

- Un Representante de la Dirección Regional de Salud.- Un Representante de la Dirección Regional de

Agricultura.- Un Representante de la Dirección Regional de

Energía y Minas.- Un Representante de la Policía Nacional del Perú.- Un Representante de la Dirección Regional de

Vivienda, Construcción y Saneamiento.- Un Representante de la Dirección Regional de

Comercio Exterior y Turismo.- Un Representante del Poder Judicial.- Un Representante del Ministerio Público.- Un Representante de cada una de las

Municipalidades Provinciales de la Región.- Un Representante del Sindicato Unitario de

Trabajadores Administrativos de las InstitucionesEducativas e Institutos Superiores del Perú.

- Un Representante de la Universidad Nacional JoséFaustino Sánchez Carrión.

- Un Representante del Obispado de Huacho.- Un Representante de la Cámara de Comercio y

Producción de Huaura.- Un Representante de la Cámara de Comercio de

Huaura.- Un Representante de la Asociación de Pequeños y

Micro Empresarios de Huaura.- Un Representante de la Mesa de Concertación de

Lucha contra la Pobreza.- Un Representante del Colegio de Abogados de

Huaura.- Un Representante del Instituto Nacional de Bienestar

Infantil.- Un Representante de la Beneficencia Pública de

Huaura.

Artículo Cuarto.- La Dirección Regional de Trabajoy Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Lima,actuará como Secretaría Técnica del mencionado Comitéy contará con el apoyo técnico de expertos del programainternacional de la Erradicación del Trabajo Infantil de laOIT y del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.

Artículo Quinto.- Las instituciones públicas citadasen el Artículo Tercero de la presente Resolución EjecutivaRegional designará y acreditará ante la SecretaríaTécnica del Comité Directivo Regional a susrepresentantes (1 Titular y 1 Alterno) en el término de 10días contados a partir de la publicación de la presenteResolución Ejecutiva Regional. El Comité DirectivoRegional deberá instalarse dentro de los primeros 10días hábiles de efectuado la publicación de la presenteResolución.

Artículo Sexto.- Encargar a la Secretaria GeneralRegional, conjuntamente con la Dirección Regional deTrabajo y Promoción del Empleo, la ejecución de lapresente Resolución Ejecutiva Regional.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

MIGUEL ÁNGEL MUFARECH NEMYPresidente

02024-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE

MIRAFLORES

Convocan a Elecciones de Represen-tantes de la Sociedad Civil ante elConsejo de Coordinación Local D istrital

DECRETO DE ALCALDÍA Nº 37

Miraflores, 12 de septiembre de 2006

EL ALCALDE DE MIRAFLORES

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 102º de la Ley Orgánica de Municipalidades- Ley Nº 27972, regula la organización y estructura del Consejode Coordinación Local Distrital, que está constituido por elAlcalde Distrital, quien lo preside, los regidores distritales ylos representantes de las organizaciones sociales de base,asociaciones y organizaciones de productores, gremiosempresariales, juntas vecinales y cualquier otra forma deorganización de nivel distrital, como un órgano de coordinacióny concertación de las Municipalidades Distritales;

Que, el tercer párrafo de la norma citada prescribeque los representantes de la sociedad civil son elegidosdemocráticamente por un período de dos años, de entrelos delegados acreditados de las organizaciones de niveldistrital que se hayan inscrito en el registro que para talefecto abrió la Municipalidad Distrital, siempre y cuandoacrediten los requisitos exigidos en dicha norma y en laOrdenanza Nº 129 de esta Municipalidad;

Que la misma norma citada dispone que la elecciónde los representantes será supervisada por el organismoelectoral correspondiente;

Que, de conformidad con el artículo 104º de la Leyacotada, entre las principales funciones del Consejo deCoordinación Local Distrital está la de coordinar yconcertar el Plan de Desarrollo Municipal DistritalConcertado y el Presupuesto Participativo Distrital;

Que, de conformidad con el numeral 8.1 del artículo 8º dela Ordenanza Nº 129, modificado por la Ordenanza Nº 150, laconvocatoria a elecciones de representantes de la sociedadcivil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, la realizaráel Alcalde de Miraflores, mediante Decreto de Alcaldía;

De conformidad con las atribuciones conferidas porla Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- Convóquese a Elecciones de losRepresentantes de la Sociedad Civil ante el Consejo deCoordinación Local Distrital de Miraflores, a llevarse acabo el día jueves 28 de septiembre de 2006, a partir delas 18:00 horas en el Palacio Municipal de Miraflores,sito en la Av. Larco Nº 400 - Miraflores.

Artículo Segundo.- El Comité Electoral recibirá lascandidaturas hasta las 12.00 horas del día miércoles 20de septiembre de 2006.

Artículo Tercero.- El día de las elecciones, el ComitéElectoral se reunirá a las 16:30 horas y se instalará a las17.00 horas; una vez instalado, su Presidente pasará atomar lista a los delegados-electores que figuran en elPadrón Electoral y de no verificar la presencia del 50%más uno de los delegados-electores, se dará un recesode treinta (30) minutos, pasados los cuales se volverá apasar lista y se iniciará el proceso electoral con losdelegados-electores que se encuentren presentes.

Artículo Cuarto.- Para proceder al sufragio, el ComitéElectoral llamará a cada delegado-elector y éste presentarásu documento de identidad, recibirá la cédula de votación,ingresará solo a la Cámara Secreta, marcará con una cruzo un aspa hasta por cuatro candidatos de su preferencia,introducirá su voto en el ánfora, firmará e imprimirá su huelladigital en el Padrón Electoral y recogerá su documento deidentidad.

Artículo Quinto.- El voto válido contiene hasta cuatromarcas, cada marca es una cruz o un aspa cuya

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328016El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

intersección está dentro del recuadro de su preferencia,el voto nulo es aquel que no cumple los requisitos delvoto válido, y el voto en blanco no contiene marca alguna.

Artículo Sexto.- El escrutinio se llevará a cabo en actopúblico, siendo el Secretario del Comité Electoral responsablede anotar la contabilidad de los votos en cada una de lasrondas de la votación; los resultados serán anotados en elActa Electoral, la cual será suscrita en tres (3) ejemplares porel Comité Electoral y será distribuida de la siguiente manera:

- Un (1) ejemplar para el Presidente del ComitéElectoral.

- Un (1) ejemplar para el Alcalde.- Un (1) ejemplar para la institución que actúe en

calidad de observadora.

Artículo Séptimo.- Es responsabilidad del ComitéElectoral velar por el cumplimiento de lo establecido enlas Ordenanzas Nºs. 129 y 150, y en la Ley Nº 27972.

Artículo Octavo.- Encárguese a la GerenciaMunicipal, a la Gerencia de Planificación Local, a laSubgerencia de Presupuesto y Planificación Operativa, ala Gerencia de Sistemas y Tecnologías de la Informacióny a la Gerencia de Participación Vecinal y Comunicaciones,el cabal cumplimiento del presente Decreto.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

FERNANDO ANDRADE CARMONAAlcalde

02025-1

MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO

Autorizan viaje del Alcalde para asistira reunión de trabajo a realizarse enArgentina

ACUERDO DE CONCEJONº 100-2006-MSI

San Isidro, 5 de setiembre de 2006

EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO

VISTA, la comunicación remitida por la CorporaciónAntiguo Madero S.A. de Argentina, en la que manifiestasu interés en recibir al señor Alcalde a fin de darle aconocer la concepción y desarrollo del proyecto "MasterPlan de Desarrollo de Puerto Madero";

CONSIDERANDO:

Que, es de especial importancia para la Municipalidadde San Isidro en materia de planificación recogerexperiencias que enriquezcan los proyectos yactividades que sobre regeneración urbana se planteaen beneficio del distrito, de acuerdo a las competenciasque confiere la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, es necesario autorizar al señor Alcalde Jorge SalmónJordán, a viajar a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, enrepresentación del Municipio Distrital de San Isidro, del 15 al 20de septiembre del año en curso, para asistir a la reuniónprogramada con la Corporación Antiguo Madero S.A.;

De conformidad con lo establecido en los artículos 9ºy 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972adoptó por unanimidad y con dispensa del trámite deaprobación del Acta el siguiente:

ACUERDO:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje enrepresentación de la Municipalidad de San Isidro al señorAlcalde Jorge Salmón Jordán, del día 15 al 20 deseptiembre del año 2006 a la ciudad de Buenos Aires -Argentina, por los motivos antes expuestos.

Artículo Segundo.- PRECISAR que el presente viajeno irrogará ningún egreso a la Municipalidad de San Isidro.

Artículo Tercero.- ENCARGAR al señor TenienteAlcalde Dr. Antonio Uccelli Rodríguez, reemplazar alseñor Alcalde, en tanto dure el viaje autorizado por elpresente Acuerdo de Concejo.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la SecretaríaGeneral del Concejo la publicación del presente Acuerdo.

Regístrese, publíquese y cúmplase.

JORGE SALMÓN JORDÁNAlcalde

01999-1

MUNICIPALIDAD DE

VILLA MARÍA DEL TRIUNFO

Autorizan utilizar local com o D epósitoM unicipal para el internam iento devehículos m enores del distrito

(Se publica el presente Decreto de Alcaldía a solicitudde la Municipalidad de Villa María del Triunfo, medianteOficio Nº 722-2006-SGMVMT, recibido el 11 de setiembrede 2006)

DECRETO DE ALCALDÍANº 039-2005/MVMT

EL ALCALDE DEL DISTRITO DE VILLA MARÍADEL TRIUNFO

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Nº 125 de esta EntidadMunicipal se regula el Servicio de Transporte dePasajeros y/o Carga en Vehículos Menores en el distritode Villa María del Triunfo, cuyo Artículo 4.15 define alDepósito Municipal como local acondicionado para elinternamiento de los vehículos menores infractores;

Que, se hace necesario designar los lugares queservirán como Depósito Municipal, en cumplimiento a lareferida Ordenanza;

Que, el Informe Nº 293-205-GSP-MVMT de laGerencia de Servicios Públicos propone los locales queservirán como Depósito Municipal;

De conformidad con el Art. 42º de la Ley Nº 27972 -Orgánica de Municipalidades; y con la visación de laGerencia Municipal, Gerencia de Servicios Públicos yGerencia de Asesoría Jurídica;

SE DECRETA:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la utilización comoDepósito Municipal para el internamiento de los vehículosmenores del distrito, al siguiente local:

- Área Habilitada, ubicada en la Planta deTransferencia (entre las calles Argentina y las Arboledas.Prolongación de la Av. Pachacutec, Tablada de Lurín).

Artículo Segundo.- ENCARGAR a la GerenciaMunicipal, Gerencia de Servicios Públicos y Gerencia deDesarrollo Urbano, a través de su Unidades Orgánicas,el cumplimiento de la presente Disposición Municipal.

Villa María del Triunfo, 12 de diciembre del 2005.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

WASHINGTON IPENZA PACHECOAlcalde

01989-1

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA

Regulan el otorgam iento de CertificadosD om iciliarios

ORDENANZA Nº 018-2006-MDLP

La Perla, 6 de setiembre del 2006

NORMAS LEGALESEl Peruanomiércoles 13 de setiembre de 2006 328017

REPUBLICA DEL PERU

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE LA PERLA

POR CUANTO:

Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha 6de setiembre del 2006, el Dictamen de la Comisión deAdministración, Economía y Presupuesto, sobre elProyecto de Ordenanza que REGULA ELOTORGAMIENTO DEL CERTIFICADO DOMICILIARIOEN EL DISTRITO DE LA PERLA; y

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 194º dela Constitución Política del Estado y el Artículo II del TítuloPreliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica deMunicipalidades; “los Gobiernos Locales gozan de autonomíapolítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia, dentro de los límites establecidos por ley”;

Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánicade Municipalidades, establece: “Los Concejos Municipalesejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobaciónde Ordenanzas y Acuerdos”. En ese sentido el Artículo40º, segundo párrafo, de la misma norma señala “quemediante las Ordenanzas se crean., modifican, suprimeno exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos ycontribuciones, dentro de los límites establecidos por ley”;

Que, el Artículo VIII del Título Preliminar de la LeyNº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, precisa: “Losgobiernos locales están sujetos a las leyes y disposicionesque, de manera general y de conformidad con laConstitución Política del Perú, regulan las actividades yfuncionamiento del sector público; así como a las normastécnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y alos sistemas administrativos del Estado que por sunaturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio”;

Que, la Ley Nº 27444, Ley de ProcedimientoAdministrativo General, precisa en su Artículo 36º numeral36.1 que: “Los procedimientos, requisitos y costosadministrativos se establecen exclusivamente medianteDecreto Supremo o norma de mayor jerarquía, norma dela más alta autoridad regional, de Ordenanza Municipal ode la decisión del titular de las entidades autónomasconforme a la Constitución, según su naturaleza. Dichosprocedimientos deben ser comprendidos y sistematizadosen el Texto Único de Procedimientos Administrativos,aprobados para cada entidad”;

Que, la Ley Nº 28862, de fecha 5 de agosto del 2006, Leyque elimina la atribución de la Policía Nacional del Perú aexpedir Certificados Domiciliarios y en su Artículo 2º modificael Artículo 2º de la Ley Nº 27839, y resuelve: “Los jueces dePaz expedirán los Certificados de constatación domiciliariaen los casos señalados en la Ley Orgánica del Poder Judicial,así como los gobiernos locales dentro de su jurisdicción“;

Que, el artículo 3º de la acotada norma legal establece:“toda mención o exigencia dispuesta en nuestra legislaciónreferida a certificados domiciliarios expedidos por la PolicíaNacional del Perú, a partir de la vigencia de la presentenorma, debe entenderse como certificado domiciliario quepuede ser expedido por los gobiernos locales, Notarios,Públicos o Jueces de Paz, conforme a las leyes vigentes”;

Que, se ha estimado pertinente que la función deexpedir los Certificados Domiciliarios sea encargada ala Subgerencia de Registro Civiles, Certificado que seentregará previa constatación domiciliaria;

Que, estando en proceso de reformulación el nuevo TextoÚnico de Procedimientos Administrativos de esta CorporaciónMunicipal, se estima pertinente disponer que la expedición delCertificado Domiciliario sea en forma gratuita, hasta que seestablezca su real estructura de costos en el nuevo TUPA;

Estando a los fundamentos antes expuestos, en uso desus facultades contenidas en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánicade Municipalidades Art. 9º inciso 8 y contando con el votoMAYORITARIO de los señores (as) regidores (as) y convoto en contra del señor Regidor Julio César BarrientosSandoval, con la dispensa de lectura y aprobación de Actas,se ha dado la siguiente:

ORDENANZAQUE REGULA EL OTORGAMIENTO DEL

CERTIFICADO DOMICILIARIO EN EL DISTRITODE LA PERLA

Artículo Primero.- Encargar a la Gerencia deSecretaría General, para que a través de la Subgerencia

de Registros Civiles, realice la expedición del CertificadoDomiciliario dentro de la jurisdicción del distrito de La Perla.

Artículo Segundo.- El Certificado Domiciliario deberáser otorgado en un plazo no mayor de 48 horas, conaplicación del Silencio Administrativo Negativo.

Artículo Tercero.- Los Requisitos que se exigiránpara el trámite materia del presente serán:

- Solicitud - Declaración Jurada del recurrente deresidir en el domicilio materia de constatación.

- Copia del Documento Nacional de Identidad y/oCarné de Extranjería

- Copia fedateada de Recibo de Luz, Agua, Autovalúoy/o documento que acredite la propiedad, posesión y/ohabitación del predio donde vive el solicitante.

Artículo Cuarto.- Se dispone en forma temporal lagratuidad de este trámite, hasta que se establezca sureal estructura de costos en el Nuevo TUPA.

Artículo Quinto.- Aprobar los Formatos de laDeclaración Jurada y el Certificado Domiciliario.

Artículo Sexto.- Encargar a la Gerencia Municipal,Gerencia de Secretaría General a través de laSubgerencia de Registros Civiles, el cumplimiento de lodispuesto en la presente Ordenanza.

Artículo Sétimo.- Encargar a la Gerencia deSecretaría General la publicación de la presenteOrdenanza en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOSAlcalde

01990-1

MUNICIPALIDAD DE

VENTANILLA

Convocan a elecciones prim arias o deprim er nivel al Consejo de CoordinaciónLocal en el distrito

DECRETO DE ALCALDÍANº 007-2006/MDV-ALC

Ventanilla, 5 de setiembre del 2006

EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITALDE VENTANILLA

VISTOS: El Informe Nº 131-2006/MDV-GPV y pasedel Despacho de Alcaldía;

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 21º de laOrdenanza Nº 006-2004/MDV-ALC publicada el 18 de abrilde 2004, las Elecciones Primarias o de Primer Nivel alConsejo de Coordinación Local Distrital se convocarán con60 días de anticipación a la fecha que deben realizarse;

Que, de conformidad con el citado artículo, el Alcaldedel distrito de Ventanilla convocará a Elecciones paraRepresentantes de la Sociedad Civil Organizada alConsejo de Coordinación Local Distrital;

Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral6) del Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica deMunicipalidades, es atribución del Alcalde dictar Decretosy Resoluciones con sujeción a las leyes y ordenanzas;

Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultadesconferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades;

DECRETA:

Artículo Primero.- Convócase a Elecciones Primariaso de Primer Nivel al Consejo de Coordinación Local en eldistrito los días 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30 y 31 de octubre yla de Segundo Nivel el día 3 de diciembre del presente año.

Artículo Segundo.- Las elecciones se efectuaránde conformidad con el Tercer párrafo del Artículo 102ºde la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades ycon arreglo a las Ordenanzas Municipales Nºs. 006-2004/MDV-ALC y 018-2004/MDV-ALC.

NORMAS LEGALESREPUBLICA DEL PERU

328018El Peruano

miércoles 13 de setiembre de 2006

Artículo Tercero.- La Gerencia de ImagenInstitucional queda encargada de la difusión del presenteDecreto, disponiéndose su publicación en el portalelectrónico de la Municipalidad a cargo de la Gerenciade Informática.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia deParticipación Vecinal, Gerencia de Programas Sociales,Subgerencia de Participación Juvenil, Educación yCultura, Subgerencia de Promoción Empresarial yTurismo, Subgerencia de Organizaciones Sociales y deBase, Subgerencia de Asentamientos Humanos,Subgerencia de Transportes, DEMUNA, OMAPED, elcumplimiento de la presente norma municipal.

Artículo Quinto.- ENCARGAR a la SecretaríaGeneral su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese.

JUAN JOSE LOPEZ ALAVAAlcalde

02014-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL

DE CAJARURO

Exoneran de proceso de selección laadquisición de productos para elProgram a del Vaso de Leche

ACUERDO DE CONCEJONº 011-2006-MDC

Cajaruro, 23 de agosto del 2006

VISTO; en Sesión Extraordinaria de Concejo de fechaveintidós de agosto del año 2006, los Informes Técnico –Legal, Informe de Abastecimientos, Informe del PVL, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Art.141º, del reglamentodel Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por el D.S.Nº 084-2004-PCM, señala una de las formas de exoneracióndel proceso de selección el DesabastecimientoInminente.

Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 115-2006-MDC, de fecha 21 de junio del 2006, se nombró el comitéEspecial para la realización del proceso de AdjudicaciónDirecta Selectiva Nº 001/2006-MDC, para la adquisiciónde insumos para el Programa Vaso de Leche de laMunicipalidad Distrital de Cajaruro, para los meses deagosto-diciembre del 2006.

Que, el comité especial inició dicho procesohabiéndose observado las bases por un postor y elevadaa CONSUCODE, por tal motivo dicho proceso seencuentra postergado con fecha indefinida.

Que, el Desabastecimiento de los insumos para elprograma del vaso de leche, se ha debido a razonesadministrativas en el desarrollo del proceso de selecciónpor lo tanto, resulta ser causal para la adquisición pordesabastecimiento inminente.

Que, también se considera la Satisfacción deNecesidades Prioritarias, es decir la atención a losbeneficiarios del programa del vaso de leche, tienenatención prioritaria por tener la naturaleza pública delprograma asistencial alimentario.

Que, en Sesión de Concejo teniendo en cuenta elInforme de Abastecimientos Nº 002-2006, InformeNº 003.-2006-PVL., el Informe Técnico-Legal Nº 008-2006, bajo los argumentos expuestos, se aprobó laExoneración del Proceso de Selección respectivo, yconsecuentemente tomar una Medida temporal parapaliar con los productos al programa del vaso de leche,Declarando por Desabastecimiento Inminente laadquisición de insumos, sin perjuicio de convocar alproceso de selección definitivo.

Que en uso de las facultades conferidas por la LeyOrgánica de Municipalidades Nº 27972, Art. 41º);

ACORDÓ:

Artículo Primero.- APROBAR LA EXONERACIÓN DELPROCESO DE SELECCIÓN, para la Adquisición deproductos para el Programa del Vaso de Leche, DECLÁRESEdicha adquisición por DESABASTECIMIENTO INMINENTE:

• Bienes a adquirir- Hojuela de Cereales

Enriquecidos con Vitaminasy Minerales.

- Leche Evaporada // 410 gr.- Leche Fresca

• Valor referencial- Hojuela de Cereales S/. 5.71

nuevos soles x Kg.- Leche Evaporada S/. 2.10

nuevos soles- Leche Fresca S/. 1.20

nuevos soles.• Presupuesto mensual : S/. 42, 719.00 nuevos soles• Monto Contractual

- S/. 20,505.00 Hojuela deCereales

- S/. 20,505.00 - LecheEvaporada

- S/. 1,709.00 - Leche Fresca• Fuente de financiamiento : Recursos Ordinarios para

Gobiernos Locales.• Cantidad

- Hojuela de Cereales:3,591.06 Kg.

- Leche Evaporada: 9,764.28Latas

- Leche Fresca: 1,424.16 Lts.• Beneficiarios : 5,019• Período : Agosto

Artículo Segundo.- Designar, a la Oficina deAbastecimientos responsable para la adquisición de losproductos por Desabastecimiento Inminente, bajo losprocedimientos de ley.

Artículo Tercero.- Publíquese, el presente acuerdodentro de los 10 días de expedido, en el Diario Oficial ElPeruano; en el SEACE.

Artículo Cuarto.- Remítase, el Acuerdo de Concejoe Informe Técnico-Legal a la Contraloría General de laRepública, la información de la exoneración a través delFormato Exo, también remítase al CONSUCODE, dentrodel plazo de 10 días, de expedido el presente acuerdo.

Artículo Quinto.- Disponer, se tomen las medidasadministrativas, para el inicio del proceso de seleccióndefinitivo.

Regístrese, publíquese, cúmplase y archívase.

DAVID ARAUJO MANOSALVAAlcalde

2005-1

CONVENIOS INTERNACIONALESEntrada en vigencia del "Tratado entreel G obierno de la República del Perú yel G obierno de la República Federativadel B rasil sobre Transferencia deCondenados"

De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6º de la LeyNº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores medianteOficio RE (GAB) Nº 0-3-A/254, comunica que el "Tratadoentre el Gobierno de la República del Perú y elGobierno de la República Federativa del Brasil sobreTransferencia de Condenados", suscrito en la ciudadde Lima, República del Perú, el 25 de agosto de 2003 yratificado por Decreto Supremo Nº 081-2004-RE, de 7de diciembre de 2004, publicado al igual que el texto delTratado el 8 de diciembre de 2004. Vigente desde el 25de agosto de 2006.

02034-1