seguridad quÍmica - 2011 -...
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Política
Distrital de
Salud
Ambiental
para Bogotá D.C. para Bogotá D.C. para Bogotá D.C.
2011-2023
Documento Técnico
Línea de Intervención
Seguridad Quimica
Bogotá D.C., Noviembre de 2011
II
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Clara López Obregón Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. (D)
SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD Jorge Bernal Conde
Secretario Distrital de Salud de Bogotá D.C.
Ana Zulema Jiménez Soto Directora Distrital de Salud Pública
Luz Mery Vargas Gómez
Profesional Especializada Área Análisis y Políticas en Salud
Elkin de Jesús Osorio Saldarriaga Profesional Especializado Área Vigilancia en Salud Pública
Patricia Arce Guzmán
Profesional Especializada Área Acciones en Salud
Martha Liliana Perdomo Ramírez Asesora Salud Ambiental - Dirección de Salud Pública
SECRETARÍA DISTRITAL DE AMBIENTE Juan Antonio Nieto Escalante
Secretario Distrital de Ambiente de Bogotá
Andrea Melissa Olaya Álvarez Directora de Planeación y Sistemas de Información Ambiental
Raúl Alejandro Santos Ortega
Subdirector de Políticas y Planes Ambientales
Claudia Patricia Rodríguez Rodríguez Coordinadora Política Distrital Salud Ambiental Subdirección de Políticas y Planes Ambientales
Bogotá D.C., noviembre de 2011
III
DOCUMENTO ELABORADO POR: Carmen Stibel Duarte Torres
Ingeniera Catastral y Geodesta, Mgs. Eficiencia Energética y Cambio Climático Profesional Especializada, Dirección de Salud Pública
Secretaría Distrital de Salud de Bogotá D.C.
PARTICIPANTES EN EL PROCESO Claudia Patricia Rodríguez Rodríguez - Secretaría Distrital de Ambiente
Amanda Agudelo - Secretaría Distrital de Ambiente Jorge Toro - Secretaría Distrital de Ambiente
Luz Mireya Alarcón - Secretaría Distrital de Ambiente Oscar A. Camacho - Secretaría Distrital de Ambiente
James Mendoza - Secretaría Distrital de Ambiente Beatriz Eugenia Garcia Garcia - Secretaría Distrital de Ambiente
Brigida Herminia Mancera Rojas - Secretaría Distrital de Ambiente Carlos A. Pinzón - Secretaría Distrital de Desarrollo Económico
Diego M. Cubides - Secretaría Distrital de Educación Jimmy A. Pulido - Secretaría Distrital de Movilidad
Lidis Ivonne Bohórquez Rojas – Secretaria Distrital de Planeación Ana Milena Gómez - Secretaría Distrital de Salud
Oscar Alberto Noreña - Secretaría Distrital de Salud Germán M. Hernández - Secretaría Distrital de Salud
Martha Liliana Perdomo R.- Secretaría Distrital de Salud Ricardo Rojas Higuera - Secretaría Distrital de Salud Yady Cristina Gonzalez - Secretaría Distrital de Salud
Faride Patricia Solano H. – Fondo de Promoción y Atención a Emergencias Nelson Fabián Cuervo - Fondo de Promoción y Atención a Emergencias
CON EL APOYO DE LA FUNDACIÓN SANTA FE DE BOGOTÁ Juan Carlos Correa S., Director División de Salud Comunitaria
Héctor Adolfo Rueda C., Profesional División de Salud Comunitaria Liliana Merchancano. Profesional División de Salud Comunitaria
AGRADECIMIENTOS
La Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. expresa sus agradecimientos a la Organización Panamericana de la Salud y a las instituciones nacionales y regionales que
participaron en el proceso, al igual que a la Red de Hospitales del Distrito, referentes locales de gestión sanitaria y ambiental para la salud, Entornos Saludables, Vigilancia
Sanitaria, Gestión Local y Participación Social y Servicio a la Ciudadanía; a las universidades, empresas y organizaciones sociales que contribuyeron en la
construcción de la Política Distrital de Salud Ambiental
EXPERTO INVITADO Diana Marcela Gil – CISPROQUIM
Bogotá D.C., noviembre de 2011
IV
TABLA DE CONTENIDO
PRESENTACIÓN ........................................................................................................................ 1
JUSTIFICACIÓN ................................................................................................. 2
1. MARCO CONCEPTUAL ..................................................................................................... 4
1.1. SEGURIDAD QUÍMICA .................................................................................... 4
1.2. SUSTANCIAS QUÍMICAS .................................................................................. 4
1.3. SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS .................................................................. 4
1.3.1. CLASIFICACIÓN DE SUSTANCIAS QUÍMICAS SEGÚN LA ONU ................................................. 6
1.3.2. CONTAMINACIÓN INDUSTRIAL ......................................................................................... 11
1.3.3. EVIDENCIAS CIENTÍFICAS DE LA ASOCIACIÓN ENTRE EFECTOS EN SALUD Y COMPUESTOS
QUÍMICOS TÓXICOS Y PELIGROSOS ................................................................................................. 12
2. MARCO NORMATIVO ..................................................................................................... 15
3. MARCO SITUACIONAL ................................................................................................... 18
3.1. SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS EN LAS ACTIVIDADES ECONÓMICAS .................... 18
3.2. INTOXICACIONES QUÍMICAS EN EL DISTRITO CAPITAL .......................................... 22
3.3. GESTIÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS ................................................................. 23
3.4. TRANSPORTE DE SUSTANCIAS PELIGROSAS ........................................................ 27
3.5. PRESENCIA DE ÁREAS CONTAMINADAS CON SUSTANCIAS QUÍMICAS PELIGROSAS. ........ 27
3.6. EVENTOS TECNOLÓGICOS ASOCIADOS A SUSTANCIAS QUÍMICAS ............................. 29
3.7. RESUMEN PROBLEMÁTICA IDENTIFICADA PARA LA LÍNEA DE SEGURIDAD QUÍMICA ....... 32
4. LINEAMIENTOS DE POLÍTICA ....................................................................................... 36
4.1. OBJETIVOS ............................................................................................... 36
4.1.1. GENERAL ....................................................................................................................... 36
4.1.2. ESPECÍFICOS ................................................................................................................... 36
4.2. METAS .................................................................................................... 36
4.3. EJES TEMÁTICOS ........................................................................................ 37
5. SIGLAS ............................................................................................................................... 43
6. GLOSARIO ......................................................................................................................... 46
7. BIBLIOGRAFÍA .................................................................................................................. 53
ANEXOS .................................................................................................................................... 55
V
LISTA DE TABLAS
Tabla 1. Número y ubicación de establecimientos vigilados y controlados 2010. .... 20
Tabla 2. Diez primeras sustancias almacenadas en el distrito ................................. 21
Tabla 3. Número de establecimientos registrados de acuerdo con la información
suministrada en las fechas de corte. ....................................................................... 24
Tabla 4. Diez corrientes de mayor generación según el registro de generadores .... 26
Tabla 5. Cantidad de RESPEL aprovechados y/o tratados por las Empresas gestoras
autorizadas por la SDA y por tipo de residuo en el año 2009 .................................. 26
Tabla 6. Eventos Registrados en el SIRE 2007-2010 ................................................ 30
Tabla 7. Eventos Registrados por localidad en el SIRE 2007-2010 ........................... 30
Tabla 8. Tipos de eventos registrados en el SIRE 2007-2010 ................................... 31
Tabla 9. Lugar de origen de los eventos registrados en el SIRE ............................... 31
LISTA DE ANEXOS
Anexo .1 Generación de RESPEL en el sector industrial ........................................... 55
Anexo 2. Actividades de las Empresas que pertenecen al Sector Industrial .............. 56
Anexo 3. Actividades del Sector Comercio .............................................................. 57
Anexo 4. Normas referentes a la Seguridad Química ............................................... 58
LISTA DE GRÁFICOS
Gráfico 1: Ciclo de vida de las sustancias químicas ................................................... 5
Gráfico 2: Universo de sustancias químicas .............................................................. 5
Gráfico 3. Intoxicaciones reportadas al SIVIGILA en Bogotá D.C. Año 2010 ............. 22
Gráfico 4. Distribución de eventos por tipo de exposición en Bogotá DC Año 2010 23
Gráfico 5. Valores de generación de RESPEL por cada sector ................................... 24
Gráfico 6: Aporte en porcentaje de RESPEL por cada sector al total del Distrito ....... 25
1
PRESENTACIÓN
El empleo de las sustancias químicas es inherente al desarrollo industrial y económico de la sociedad actual, hecho que está relacionado con el alcance de mejores condiciones de vida. No obstante, el uso intensivo de dichas sustancias, algunas de ellas caracterizadas por su naturaleza nociva o peligrosa para la salud humana y el medio ambiente, ha ocasionado problemas de salud y contaminación ambiental que preocupan a la comunidad internacional, a las autoridades sanitarias y ambientales, a la comunidad científica y las organizaciones comunitarias, sobre todo en lo relacionado con el potencial daño y los perjuicios que, para la niñez en especial, y para el ser humano en general, puede ocasionar el uso indiscriminado de productos y sustancias químicas peligrosas. La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece el concepto de Seguridad Química, como el conjunto de actividades encaminadas a prevenir los efectos nocivos, a corto y largo plazo, para la salud y el ambiente, derivados de la exposición a las sustancias químicas en cualquiera de las fases de su ciclo de vida[1] (OMS 2010). La línea de intervención de Seguridad Química de la Política Distrital de Salud Ambiental, se basa en el concepto de salud ambiental que enmarca “la interacción del ambiente y la salud, y los efectos que las condiciones del ambiente tienen sobre la salud individual y colectiva”, y busca, a través de las estrategias de la política de salud ambiental, entre otras actividades, la verificación del adecuado uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias químicas peligrosas que con ocasión del desarrollo de las actividades que las emplean, ofrecen riesgos a la población. El presente documento orienta esta línea, fundamentada en la complementariedad de las acciones que se desarrollan en cada uno de los sectores de la administración pública, tanto en inspección, vigilancia y control, como en la promoción de la salud y de buenas prácticas productivas, la prevención del riesgo, la gestión del conocimiento y de la salud ambiental en general.
2
JUSTIFICACIÓN
El crecimiento y desarrollo de Bogotá y la existencia de problemas ambientales asociados a los diferentes sectores económicos, principalmente la actividad industrial, que potencialmente pueden afectar la salud de las comunidades, hace necesario trabajar en torno a la seguridad química, entendida como el conjunto de actividades encaminadas a prevenir los efectos nocivos, a corto, mediano y largo plazo, para la salud y el ambiente, derivados de la exposición a las sustancias químicas en cualquiera de las fases de su ciclo de vida. Lo anterior sumado a la alta incidencia de intoxicaciones y muertes que se producen anualmente derivadas de la inadecuada manipulación de los plaguicidas y su uso por personas sin entrenamiento, además de la contaminación que originan al ambiente, ha causado que en los países de América Latina y el Caribe estos productos sean considerados como un problema grave de alto impacto en salud pública. En Bogotá, en el año 2010 se registraron 4811 intoxicaciones, lo que muestra un aumento de las intoxicaciones con relación a los años anteriores, que en 2009 fueron 3733 (SIVIGILA 2010). Así mismo, el CONPES 3550 de 2008 afirma que “el manejo de sustancias químicas implica la exposición a los riesgos inherentes a las mismas durante todo su ciclo de vida, desde su fabricación hasta su disposición final. La gestión racional de las mismas, permite minimizar los efectos adversos importantes para la salud humana y el medio ambiente” (CONPES 3550). Ante esta situación los entes territoriales deben fortalecer sus sistemas de vigilancia epidemiológica, ambiental y sanitaria, en la promoción de entornos saludables y la prevención de condiciones ambientales deteriorantes, así como en el fortalecimiento de la articulación de la gestión intersectorial. En este orden de ideas se abordó la construcción participativa de la línea de política, que se presenta con la intención de orientar técnica y normativamente, las acciones que en materia de seguridad química se realicen para la gestión de la salud ambiental en el Distrito Capital.
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1.
Marco
Conceptual
4
1. MARCO CONCEPTUAL
1.1. Seguridad Química
Según la Organización Mundial de la Salud - OMS, se entiende por seguridad química el conjunto de actividades encaminadas a prevenir los efectos nocivos, a corto y largo plazo, para la salud y el ambiente, derivados de la exposición a las sustancias químicas en cualquiera de las fases de su ciclo de vida. La OMS a través del Programa Internacional sobre Seguridad Química (IPCS), trabaja para establecer las bases científicas para la gestión racional de productos químicos, y para fortalecer la capacidad nacional para la seguridad química (OMS 2010).
1.2. Sustancias Químicas
Se entiende por sustancia química, “cualquier material con una composición química definida, sin importar su procedencia” (Hill, J. W.; et al), las cuales pueden ser clasificadas en elementos (sustancias formadas por átomos de un mismo número atómico, por ejemplo el hidrogeno y el oxigeno) y compuestos puros (sustancias conformadas por combinaciones de dos o más elementos en una proporción definida, por ejemplo el agua, el gas carbónico, la sacarosa, etc). A partir de su combinación y mezcla, se conforman un número infinito de productos que sustentan la vida cotidiana. Las sustancias químicas se encuentran por doquier en el planeta; todos los seres vivos están constituidos por ellas y es difícil concebir alguna actividad en la sociedad moderna en la cual no intervengan o hayan intervenido productos químicos, tanto en el hogar como en los lugares de trabajo e incluso en las actividades de recreación. De allí que se considere que numerosas sustancias son o han sido la base del progreso y su aprovechamiento, en una gran diversidad de procesos productivos, es identificado como un factor que genera negocios, ingresos y empleos (Cortinas, 2000). Es por ésta utilización y síntesis que se le ha dado a las sustancias químicas en todos los procesos productivos, que el interés de esta línea se centra en las sustancias químicas consideradas peligrosas para las personas y el ambiente, y de esta manera, requieren de una gestión particular.
1.3. Sustancias Químicas Peligrosas
Las sustancias peligrosas son elementos, compuestos, mezclas y soluciones, las cuales al ser liberadas al ambiente ocasionan peligros sustanciales a la salud pública
5
y al ambiente. La peligrosidad de las sustancias químicas constituye una propiedad inherente o intrínseca que las puede hacer corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas o inflamables (Meyer, 1999). La liberación al ambiente de las sustancias peligrosas, así como la exposición a ellas de seres humanos o de organismos de la biota acuática y terrestre, puede ocurrir en cualquiera de las fases del ciclo de vida de las sustancias (ver Gráfico siguiente), tanto a partir de emisiones al aire, como de descargas al agua o la ocurrencia de fugas y derrames, dado lo cual su control debe darse con un enfoque de ciclo de vida y multimedios. (Cortinas, 2000).
Gráfico 1: Ciclo de vida de las sustancias químicas
Fuente: (http://www.ine.gob.mx/dgicurg/sqre/sustancias_amb.html)
Según la Comunicación de Riesgos para el Manejo de Sustancias Peligrosas con Énfasis en Residuos Peligrosos (Cortinas, 2000), en el mundo se han regulado alrededor de ocho mil sustancias, con base en alguna propiedad que las hace peligrosas, pero solo se han realizado estudios sistemáticos de su peligrosidad para la salud humana y los ecosistemas en un número limitado de ellas (no mayor a mil), y evaluado los riesgos de un número todavía más pequeño. Así mismo, aun cuando la Organización de las Naciones Unidas ha elaborado una lista de cerca de 600 sustancias que han sido prohibidas, severamente restringidas, no autorizadas por los gobiernos o retiradas del comercio, únicamente unas 15 prohibidas o restringidas son objeto de control internacional de exportaciones e importaciones, a través del procedimiento de consentimiento fundamentado previo (Ver gráfico siguiente).
Gráfico 2: Universo de sustancias químicas
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Fuente: (Cortinas, 2000)
1.3.1. Clasificación de sustancias químicas según la ONU
Basándose en la peligrosidad de las sustancias químicas la Organización de las Naciones Unidas ha establecido la siguiente clasificación (Naciones Unidas, 2009)
Clase 1. EXPLOSIVOS
Son sustancias sólidas o líquidas, o mezclas de ellas, que por sí mismas son capaces de reaccionar químicamente produciendo gases a tales temperaturas, presiones y velocidades que pueden ocasionar daños graves en los alrededores. Se consideran 6 subclases de acuerdo con la forma como una sustancia puede explotar.
Subclase 1.1: corresponde a sustancias o artículos que ofrecen peligro de explosión en masa. Es decir, que afecta toda la carga en forma instantánea.
Subclase 1.2: sustancias o artículos que ofrecen peligro de proyección más no explosión en masa. Subclase 1.3: sustancias o artículos que ofrecen peligro de fuego y en menor grado proyección de partículas, o ambos, mas no peligro de explosión en masa.
Subclase 1.4: sustancias o artículos que no representan peligro significativo. Pueden entrar en ignición eventualmente.
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Clase 1. EXPLOSIVOS
Subclase 1.5: sustancias o artículos muy insensibles que ofrecen en condiciones especiales, peligro de explosión en masa.
Subclase 1.6: sustancias o artículos extremadamente insensibles que no tienen peligro de explosión en masa.
Ejemplos de sustancias o artículos explosivos son: la dinamita, el TNT, pólvora negra, nitroglicerina, nitrato de pentaeritritol.
Clase 2. GASES
Son sustancias que se encuentran totalmente en estado gaseoso a 20ºC y una presión estándar de 101.3 Kpa. Existen gases:
COMPRIMIDOS, que se encuentran totalmente en estado gaseoso al ser empacados o envasados para el transporte, a 20ºC. Ej. Aire comprimido.
LICUADOS, que se encuentran parcialmente en estado líquido al ser empacados o envasados para el transporte a 20ºC. Ej. GLP.
CRIOGÉNICOS, que se encuentran parcialmente en estado líquido al ser empacados o envasados para el transporte a muy bajas temperaturas. Ej. Nitrógeno criogénico.
EN SOLUCIÓN, que se encuentran totalmente disueltos en un líquido al ser empacados o envasados para el transporte. Ej. Acetileno (en acetona).
Subclase 2.1: gases Inflamables, pueden incendiarse fácilmente en el aire cuando se mezclan en proporciones inferiores o iguales al 13% en volumen. Ej. Gas propano, aerosoles.
Subclase 2.2: gases no-inflamables, no tóxicos; pueden ser asfixiantes simples u oxidantes. Ej. Nitrógeno.
Subclase 2.3: gases tóxicos; ocasionan peligros para la salud, son tóxicos o corrosivos. Ej. Cloro.
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Clase 3. LÍQUIDOS INFLAMABLES
Son líquidos o mezclas de ellos, que pueden contener sólidos en suspensión o solución, y que liberan vapores inflamables por debajo de 35ºC (punto de inflamación). Por lo general son sustancias que se transportan a temperaturas superiores a su punto de inflamación, o que siendo explosivas se estabilizan diluyéndolas o suspendiéndolas en agua o en otro líquido. Ej. Gasolina, benceno y nitroglicerina en alcohol.
Clase 4. SÓLIDOS CON PELIGRO DE
INCENDIO
Son sólidos o sustancias que por su inestabilidad térmica, o alta reactividad, ofrecen peligro de incendio. Constituyen tres divisiones:
Subclase 4.1: sólidos inflamables. Son aquellos que bajo condiciones de transporte son combustibles o pueden contribuir al fuego por fricción. Ej. Fósforo.
Subclase 4.2: sólidos espontáneamente combustibles. Son aquellos que se calientan espontáneamente al contacto con el aire bajo condiciones normales. Ej. Hidrosulfito de sodio.
Subclase 4.3: sólidos que emiten gases inflamables al contacto con el agua. Son aquellos que reaccionan violentamente con el agua o que emiten gases que se pueden inflamar en cantidades peligrosas cuando entran en contacto con ella. Ej. Metales alcalinos como sodio, potasio.
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Clase 5- OXIDANTES Y PERÓXIDOS
ORGÁNICOS.
Subclase 5.1: Sustancias oxidantes. Generalmente contienen oxígeno y causan la combustión o contribuyen a ella. Ej. Agua oxigenada (peróxido de hidrógeno); nitrato de potasio.
Subclase 5.2: Peróxidos orgánicos. Sustancias de naturaleza orgánica que contienen estructuras bivalentes -O-O-, que generalmente son inestables y pueden favorecer una descomposición explosiva, quemarse rápidamente, ser sensibles al impacto o la fricción o ser altamente reactivas con otras sustancias. Ej. Peróxido de benzoílo, metiletilcetona peróxido.
Clase 6. SUSTANCIAS TÓXICAS E
INFECCIOSAS
El término tóxico puede relacionarse con "venenoso" y la clasificación para estas sustancias está dada de acuerdo con la DL50 oral, inhalatoria y dérmica. Existen dos subdivisiones:
Subclase 6.1: Sustancias tóxicas. Son líquidos o sólidos que pueden ocasionar daños graves a la salud o la muerte al ser ingeridos, inhalados o entrar en contacto con la piel. Ej. Cianuros, sales de metales pesados.
Subclase 6.2: Materiales infecciosos. Son aquellos microorganismos que se reconocen como patógenos (bacterias, hongos, parásitos, virus e incluso híbridos o mutantes) que pueden ocasionar una enfermedad por infección a los animales o a las personas. Ej. Ántrax, VIH, E. Coli.
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Clase 7. MATERIALES RADIOACTIVOS.
Son materiales que contienen radionúclidos y su peligrosidad depende de la cantidad de radiación que genere así como la clase de descomposición atómica que sufra. La contaminación por radioactividad empieza a ser considerada a partir de 0.4 Bq/cm2 para emisores beta y gama, o 0.04 Bq/cm2 para emisores alfa. Ej. Uranio, Torio 232, Yodo 125, Carbono 14.
Clase 8. SUSTANCIAS CORROSIVAS
Corresponde a cualquier sustancia que por reacción química, puede causar daño severo o destrucción a toda superficie con la que entre en contacto incluyendo la piel, los tejidos, metales, textiles, etc. Causa entonces quemaduras graves y se aplica tanto a líquidos o sólidos que tocan las superficies, como a gases y vapores que en cantidad suficiente provocan fuertes irritaciones de las mucosas. Ej. Ácidos y cáusticos.
Clase 9. SUSTANCIAS Y ARTÍCULOS PELIGROSOS MISCELÁNEOS
Son materiales que no se encuentran incluidos en las clases anteriormente mencionadas y por tanto pueden ser transportados en condiciones que deben ser estudiadas de manera particular. Ej. Asbesto, fibra de vidrio, sílice. Dentro de este grupo se han incluido las sustancias que ocasionan de manera especial, contaminación ambiental por bioacumulación o por toxicidad a la vida acuática (polutantes marinos) o terrestre (contaminante ambiental). Ej. 1,2-Dibromoetano.
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1.3.2. Contaminación Industrial
Las diversas actividades relacionadas con la producción industrial y la oferta de servicios generan situaciones que pueden causar deterioro de las condiciones de vida y salud de las comunidades, entre las que se encuentran:
• Problemas en la salud de las poblaciones relacionados con el Saneamiento Básico.
• Problemas de contaminación del aire, agua y suelo. • Incidentes relacionados con el manejo inadecuado de sustancias químicas. • Incidentes derivados de la inadecuada disposición de residuos peligrosos a
nivel industrial y doméstico. • Conflictos sociales de hacinamiento y superpoblación, entre otros. • Problemas relacionados con la planificación urbana y rural.
Aquí es necesario señalar, que si bien se supone un efecto de deterioro de las condiciones ambientales, y por ende de las condiciones de vida de las poblaciones que habitan aquellos sectores deteriorados, por ejemplo, en razón de la exposición a la inhalación de sustancias tóxicas presentes en el aire, al consumo indiscriminado de productos que poseen características corrosivas, inflamables o nocivas para la salud, o a la presencia de sustancias peligrosas en el agua de consumo, entre otros, también es cierto que el desarrollo de las diversas actividades industriales asentadas en la ciudad ha permitido el mejoramiento de las condiciones de trabajo, ingreso, comercio y competitividad de la ciudad, ya que de acuerdo con el análisis de la actividad económica y tributaria elaborado por la Secretaría de Hacienda Distrital (SHD) para el año 2004, se puede observar la presencia de factores que favorecen la protección de la salud, en la medida en que se relacionan con una mejora en la calidad de vida, como por ejemplo:
• Mayor dinamismo de la industrial distrital con respecto al comportamiento de la nacional.
• Aumento de la producción industrial y subsecuente crecimiento del empleo industrial.
• Crecimiento de las ventas. • Aumento del recaudo de impuesto de Industria y Comercio. • Mayor acceso a bienes y servicios ofrecidos en la ciudad.
De ahí, entonces, que se pueda afirmar que los factores que impactan la situación de salud se ven enfrentados al efecto protector que pueden llegar a tener las condiciones de mejora derivadas del desarrollo productivo. Por ello, las acciones que se implementen desde la Política Distrital de Salud Ambiental deben enfocarse en minimizar dicho efecto perjudicial a través del ejercicio de la autoridad sanitaria y ambiental, y la gestión correspondiente en conjunto con otras entidades distritales y gremiales, así como también, en la promoción de aquellos factores que protegen del impacto negativo del desarrollo industrial, mediante la promoción de conductas saludables, así como el ejercicio del derecho a la salud y el medio ambiente sano.
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De acuerdo con la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU) las empresas que pertenecen a la Industria manufacturera y al sector comercio, que en ésta línea asociamos a la contaminación ambiental y que de alguna forma en el desarrollo de esa actividad ofrecen riesgo para la salud de las personas, se encuentran relacionadas en el Anexo 1. Sin embargo, desde las estrategias propuestas en la Política Distrital de Salud Ambiental, para el desarrollo de las actividades en ésta línea, el criterio más relevante es el ser usuarios de sustancias químicas peligrosas, sin discriminar por su actividad económica o comercial, aunque sea este criterio, elemento de análisis posterior (Ver anexos 2 y 3).
1.3.3. Evidencias científicas de la asociación entre efectos en salud y compuestos químicos tóxicos y peligrosos
Según el documento “Bases para el Plan Nacional de Salud y Medio Ambiente de España” (Escorza, Puigdoménech, & Gasull, 2007), el estudio de la asociación entre efectos en salud y sustancias peligrosas es complejo, siendo necesario el establecimiento de estrategias de priorización de líneas de investigación para afrontar esta complejidad. Por ejemplo, en Estados Unidos, el Instituto Nacional de Ciencias de Salud Ambiental y la Agencia para Sustancias Tóxicas y el Registro de Enfermedades, identifican los efectos en la salud prioritarios asociados con la exposición a sustancias peligrosas, y que podrían resumirse como sigue:
a) Enfermedades pulmonares y respiratorias por exposición a compuestos orgánicos volátiles, plomo, PCB, dioxinas, isocianatos, sulfuros, cloro, dióxido de azufre, etc.
b) Cáncer (leucemia, linfoma no Hodgkin, cerebro, pulmón, tiroides, estómago, hígado, y páncreas) por exposición a sustancias carcinógenas.
c) Malformaciones congénitas y trastornos reproductivos (disminución de
la fertilidad, abortos espontáneos, bajo peso al nacer, deficiencias del desarrollo) por exposición a plomo, mercurio, PCBs, tricloroetileno, clordano, proximidad a vertederos industriales, etc.
d) Trastornos del sistema inmunitario (por ejemplo sensibilización o
agravamiento del asma) por exposición a aldehídos, isocianatos, metales y otras emisiones de contaminantes peligrosos industriales.
e) Cardiovasculares y hematológicas (aumento de la presión sanguínea,…)
por exposición a metales pesados.
f) Toxicidad renal y hepática, por exposición a metales pesados o a compuestos orgánicos persistentes.
g) Efectos sobre el sistema nervioso. La mayoría de las sustancias
neurotóxicas pertenecen a tres grupos principales: metales y compuestos metálicos, disolventes y otros compuestos orgánicos simples y plaguicidas organofosforados y carbonatos sobre todo.
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h) Alteraciones endocrinas, por exposición a dioxinas, PCBs, DDT y otros pesticidas, plastificantes como el bisfenol A, tenso activos como el nonilfenol, etc. Entre sus posibles efectos dañinos para la salud se encuentran una disminución de la fertilidad, aumento de la incidencia de endometriosis o cánceres, además de problemas durante el embarazo y el desarrollo del niño.
En la Unión Europea, la estrategia europea de medio ambiente y salud identifica como objetivo, para un primer ciclo comprendido entre 2004 y 2010, cuatro grupos de efectos: enfermedades respiratorias, problemas del desarrollo neurológico, cánceres infantiles, y efectos de alteración del sistema endocrino. Los cuatro están asociados a exposición a sustancias peligrosas en mayor o menor grado. En cuanto a las prioridades y los problemas emergentes identificados cabe señalar que la Comisión Europea está preparando una solicitud de dictamen a los organismos de análisis de riesgo a fin de determinar el efecto de resistencia a los antibióticos inducido por los productos biocidas. Así mismo, este organismo ha emprendido una serie de proyectos de investigación de la relación de algunas enfermedades con la exposición a sustancias químicas. Los efectos negativos de los compuestos químicos tóxicos y peligrosos sobre la salud es un problema que preocupa especialmente en el caso de los niños. Los niños se ven expuestos a estos contaminantes a través de vías distintas a las de los adultos y proporcionalmente reciben mayores dosis. Sus efectos sobre ellos también son diferentes ya que sus órganos y tejidos están en pleno desarrollo, siendo mucho más vulnerables y susceptibles a los tóxicos. El Informe “Salud infantil y medio ambiente: un examen fáctico” elaborado conjuntamente por la Agencia Europea de Medio Ambiente y la Oficina Regional para Europa de la Organización Mundial de la Salud identifica una serie de riesgos en ambientes interiores por exposición a compuestos orgánicos volátiles (formaldehido, benceno, percloroetileno), plaguicidas, vapor de mercurio, plomo, arsénico, cromo, pentaclorofenol o ftalatos. De la misma manera se describen riesgos por proximidad a puntos de almacenamiento de residuos peligrosos, con detección de efectos que van desde síntomas no específicos (dolor de cabeza, fatiga o síntomas irritativos) hasta problemas concretos como bajo peso al nacer, defectos congénitos y multitud de déficits del neuro comportamiento, encontrándose un aumento del 33% del riesgo de padecer anomalías no cromosómicas y similar para las cromosómicas.
14
2.
Marco
Normativo
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2. MARCO NORMATIVO
Con relación al manejo de sustancias químicas hay una extensa normatividad en el Distrito, basada en la normatividad nacional y en las recomendaciones internacionales, entre las que se destacan las recomendaciones y convenios de la Organización Internacional del Trabajo OIT de 1990, respecto al uso de sustancias químicas, entre las que se destacan el convenio No 170 y la Recomendación No 177 de la OIT, aprobados en Colombia por la Ley 55 de 1993. El Convenio 170 precisa que la protección de los trabajadores contra los efectos nocivos de los productos químicos contribuye también a la protección del público en general y del medio ambiente; además que el acceso a la información sobre los productos químicos que se utilizan en el trabajo responde a una necesidad y es un derecho de los trabajadores y que es esencial prevenir las enfermedades y accidentes causados por los productos químicos en el trabajo o reducir su incidencia. La Recomendación 177 define la clasificación y medidas conexas de los productos químicos, la responsabilidad de los empleadores y vigilancia de la exposición, la cooperación entre trabajadores y los derechos de los trabajadores. Debe tenerse en cuenta que la legislación sobre seguridad química en Colombia puede definirse como relativamente nueva si se tiene en cuenta que la misma comenzó realmente con el Código Sanitario Nacional (Ley 9 de 1979) que determina todas las medidas sanitarias a tener en cuenta en el territorio nacional. A partir de ésta Ley, surgen varios decretos reglamentarios, como el Decreto 1843 de 1991, por el cual se reglamenta el uso y manejo de plaguicidas, el Decreto 1521 de 1998 por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, para estaciones de servicio. La Resolución 2400 de 1979, crea el estatuto de seguridad industrial y da las disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad de aplicación a todos los establecimientos de trabajo, con el fin de preservar y mantener la salud física y mental, prevenir accidentes y enfermedades profesionales, para lograr las mejores condiciones de higiene y bienestar de los trabajadores en sus diferentes actividades. El Decreto 2676 de 2000, tiene por objeto reglamentar ambiental y sanitariamente, la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares, generados por personas naturales o jurídicas. Con relación a la gestión de riesgos, el Distrito adoptó el Plan Distrital de Prevención y Atención de Emergencias para Bogotá D.C. mediante el Decreto 423 de 2006, que plantea como parte del esquema de gestión del plan en cada uno de los escenarios las llamadas fases o etapas de la gestión integral del riesgo –GIR. El tema del transporte de sustancias peligrosas está reglamentado por el Decreto del Ministerio de Transporte 1609 de 2002, el Decreto del Ministerio de Ambiente Vivienda y Desarrollo Territorial 4741 de 2005 y la Ley 1252 de 2008; además, el Ministerio de Minas, mediante el Decreto 1521 de 1998 reglamentó el almacenamiento, manejo, transporte y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, para estaciones de servicio. A nivel distrital sigue existiendo un vacío normativo respecto a funciones y competencias sobre este tema en particular.
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No obstante lo anterior, existen normas complementarias o reglamentarias para el gran conjunto de actividades productivas vigiladas por las autoridades en Bogotá cuyo cumplimiento es objeto de verificación de la autoridad territorial, ambiental, y de movilidad. En ese orden de ideas, en el anexo 4 se puede encontrar un listado de normas sanitarias, ambientales y de otra índole, que deben considerarse con el fin de adelantar una adecuada intervención sanitaria o epidemiológica conforme lo establece la legislación sobre el particular.
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3.
Marco
Situacional
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3. MARCO SITUACIONAL
Como se describe en el documento marco de la Política Distrital de Salud Ambiental, la identificación de la problemática en las líneas de intervención, se realizó metodológicamente desde el abordaje de los determinantes socioambientales, a partir del Modelo de Fuerzas Motrices. Este ejercicio permitió la determinación de la problemática en la Línea de Seguridad Química, a través de la identificación de tres tipos de determinantes: Determinantes proximales: entendidos como los asuntos próximos al individuo que protegen o deterioran sus condiciones de calidad de vida y salud (estilos de vida, condiciones biológicas /edad, sexo, etnia/, enfermedades de base) Determinantes intermedios: asuntos relacionados con las condiciones y modos de vida–prácticas culturales, vivienda, hacinamiento, servicios públicos, respuesta institucional en todos los sectores y respuesta social. Determinantes estructurales: asuntos de orden estructural que la sociedad ha establecido, ej: modelo de desarrollo económico, político y social, desarrollo tecnológico, representaciones e imaginarios sociales y culturales. A continuación se plantea de manera general el marco situacional del Distrito, en la línea de Seguridad Química.
3.1. Sustancias químicas peligrosas en las actividades económicas
El inadecuado manejo de las sustancias químicas peligrosas se ha evidenciado como una problemática, que ha estado determinada por diferentes factores sociales, culturales, económicos, político-administrativos y los propios de cada persona. Se destaca como un factor estructural de esta problemática la ausencia de una reglamentación que determine la clasificación de los usos industriales y en especial aquellos que manejan sustancias químicas peligrosas ha limitado la reglamentación urbanística adoptada por las Unidades de Planeamiento Zonal (UPZ), Unidades de Planeamiento Rural (UPE) y demás instrumentos que reglamentan el Plan de Ordenamiento Territorial, generando problemas de orden normativo que obstaculizan el cumplimiento de los principios de concordancia, neutralidad y simplicidad descritos en la Ley 388 de 1997, situación que limita el incentivo hacia la implementación de las tecnologías necesarias para el funcionamiento ambiental y en temas de salud de quienes desarrollan actividades en las cuales se requiera de dichas sustancias. Es importante mencionar que el Distrito Capital, ha venido desarrollando diferentes actividades de inspección, vigilancia y control, registrado los diferentes tipos de incumplimiento que se dan desde los sectores económicos y aplicando las medidas ambientales y sanitarias pertinentes.
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En Colombia, con la expedición de la Ley 9 de 1979 se otorgan las competencias al sector salud para velar por el cumplimiento de las normas sanitarias relacionadas al funcionamiento de las diferentes actividades productivas incluyendo el uso adecuado de sustancias químicas en los lugares de trabajo y, por ende, la minimización del impacto negativo de su uso en la salud pública. Posteriormente con la Ley 99 de 1993 el sector ambiente y el de gobierno, se involucran en la vigilancia de las condiciones ambientales afectadas por el funcionamiento de esos mismos establecimientos. Es de anotar que la verificación del cumplimiento de la normativa ambiental vigente, por parte de las empresas productivas y dedicadas a la prestación de servicios ubicadas en Bogotá, se encuentra a cargo de la Secretaría Distrital de Ambiente (SDA), que lleva a cabo el seguimiento y control de los efectos que sobre el medio ambiente puede llegar a causar la actividad industrial. De otro lado, la Secretaría Distrital de Salud (SDS) adelanta la verificación del cumplimiento de la normativa sanitaria vigente y en particular sobre todos aquellos aspectos relacionados con el manejo seguro de sustancias químicas, la gestión interna adecuada de los residuos peligrosos, y las prácticas de higiene y seguridad industrial en general. De otro lado, la Secretaría de Gobierno, en cabeza del Cuerpo Oficial de Bomberos (UAECOBB), realiza la vigilancia para la prevención de incendios. A partir de éstas actividades desarrolladas por los diferentes sectores, en el año 2007, la Secretaría Distrital de Planeación realizó un informe sobre establecimientos industriales, que mostró que Bogotá albergaba alrededor de 6.592 establecimientos, de los cuales aproximadamente 2600 correspondían a pequeños y medianos establecimientos productivos. Adicionalmente, de conformidad con el Censo General del DANE del 2005 para Bogotá, el 39,4% de los establecimientos asentados en la ciudad se encuentra dedicado a la oferta de servicios de diversa naturaleza, muchos de ellos, usuarios intensivos de sustancias peligrosas. Con el fin de caracterizar el efecto que puede tener el desarrollo de las actividades económicas desarrolladas en Bogotá, usuarias de sustancias químicas peligrosas para la salud de la población, la Secretaría Distrital de Salud, mediante el empleo de su base de datos del Mapa de Industria y Ambiente (MIA), trabaja en la organización sistemática de los datos capturados durante las visitas de inspección sanitaria, a los establecimientos industriales usuarios intensivos de sustancias químicas peligrosas. Así mismo, se definen puntos críticos que se han agrupado en los siguientes grupos de intervención:
a. Industria extractiva: superficial, canteras y fábricas de ladrillo. b. Industria fabricante y distribuidora de materiales de construcción: depósitos
de materiales de construcción, ferreterías, fábricas y depósitos de pinturas. c. Industria textil: establecimientos en donde se lleve a cabo la producción de la
hebra, hilado, tejido, punzado y acabado de tejidos, fabricación de productos textiles y fábricas de colchones.
d. Industria manufacturera: establecimientos en donde se utilice como materia prima el cuero, fábricas de calzado con proceso industrial definido y curtiembres; establecimientos que utilicen como materia prima: madera, plástico en donde se lleve a cabo la inyección, el soplado, la extrusión o el
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aglutinamiento; metal y en donde se lleve a cabo la fundición, el mecanizado o el acabado de piezas metálicas mediante el pulido, el tratamiento térmico y los recubrimientos metálicos; caucho y la fibra de vidrio.
e. IVC industria automotriz y sus servicios: fábricas de autopartes, tales como: baterías, neumáticos, piezas metálicas, entre otros; establecimientos en donde se ensamblen vehículos; estaciones de servicio; establecimientos que realicen cambio de aceite y/o lavado de vehículos; talleres de mecánica.
f. Otras industrias: centros de estética facial, corporal y ornamentación; lavanderías.
g. Micro, pequeñas, medianas y grandes industrias en las que se empleen, expendan, envasen o almacenen sustancias químicas como insumo para procesos industriales.
h. Establecimientos que almacenen, expendan y apliquen plaguicidas. i. Establecimientos gestores de residuos peligrosos.
De acuerdo con la información extractada del análisis de la base de datos del Mapa de Industria y Ambiente (MIA) para las acciones de vigilancia sanitaria adelantadas sobre el sector industrial y de servicios de la ciudad, se han vigilado cerca de 10.723 establecimientos visitados en 2008, 12.386 en 2009 y 12.273 en 2010. Para el año 2010, los establecimientos vigilados y controlados se encontraban distribuidos en todas las localidades del Distrito Capital, como muestra la siguiente tabla:
Tabla 1. Número y ubicación de establecimientos vigilados y controlados 2010.
LOCALIDAD NÚMERO DE ESTABLECIMIENTOS
LOCALIDAD NÚMERO DE ESTABLECIMIENTOS
ANTONIO NARIÑO 340 PUENTE ARANDA 673
BARRIOS UNIDOS 1099 RAFAEL URIBE 245
BOSA 831 SAN CRISTÓBAL 362
CHAPINERO 129 SANTAFÉ 563
CIUDAD BOLÍVAR 832 SUBA 713
ENGATIVÁ 519 SUMAPAZ 23
FONTIBÓN 541 TEUSAQUILLO 216
KENNEDY 767 TUNJUELITO 1387
LA CANDELARIA 236 USAQUÉN 666
LOS MÁRTIRES 1870 USME 261
TOTAL 12273
Fuente: Mapa de Industria y Ambiente. Vigilancia en Salud Pública. Secretaría Distrital de Salud. 2010.
Así mismo, se ha adelantado el seguimiento al empleo de las sustancias peligrosas en las diferentes actividades económicas desarrolladas en Bogotá D.C, encontrando que son las sustancias inflamables combustibles las que muestran mayor intensidad en su uso, como se puede ver en la siguiente tabla:
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Tabla 2. Diez primeras sustancias almacenadas en el distrito
NÚM NOMBRE GENÉRICO Cantidad (kg) Consumo per
cápita (kg/trabajador)
1 GASOLINA 20307961,512 2691,579
2 A.C.P.M 11103197,304 1282,421
3 TINTA DE IMPRENTA INFLAMABLE 2213244,187 531,519
4 HIPOCLORITO DE SODIO 1141506,350 537,432
5 THINNER 892625,928 62,018
6 ÁCIDO DODECILBENCENSULFÓNICO 860532,813 840,364
7 ORTOXILENO 771709,318 1065,897
8 HIDRÓXIDO DE SODIO EN SOLUCIÓN
590433,750 140,013
9 PERÓXIDO DE HIDRÓGENO EN SOLUCIÓN ACUOSA (20-80%)
552256,829 377,482
10 ACEITE LUBRICANTE USADO 525839,739 1969,437
Fuente: Estadísticas de Bogotá relacionadas con Industria y Ambiente Es clara la tendencia hacia la vigilancia de establecimientos que ofrecen servicios, como el mantenimiento y reparación de vehículos automotores (CIIU 5020), y los establecimientos dedicados al lavado y limpieza de prendas de vestir (CIIU 9301). Tanto en los talleres de mantenimiento de vehículos como en las lavanderías se hace uso intensivo de sustancias químicas empleadas como solventes. Es el caso de la gasolina, el percloroetileno, el diesel y el thinner, sustancias éstas que poseen riesgos como irritantes dérmicos y depresores del sistema nervioso central. Se observa, también, la marcada presencia de dos actividades comerciales muy importantes dentro de la vigilancia sanitaria de la línea, en razón de la intensa distribución de productos químicos, al pequeño consumidor, que se hace durante el desarrollo de las mismas: el comercio al por menor de artículos de ferretería y el de pinturas. De otro lado, es necesario señalar que, adicional a las funciones de la Secretaría Distrital de Salud como autoridad sanitaria en el caso de procedimientos estéticos invasivos, desde la Dirección de Salud Pública la línea de seguridad química debe realizar la vigilancia el uso de sustancias químicas con fines estéticos en salas de belleza, centros de estética, peluquerías y similares; ello a pesar de que no se trata de actividades de procesamiento o transformación industrial. Sobre este particular es necesario señalar la problemática asociada a la ausencia de claridad normativa en lo relacionado con las medidas sanitarias de seguridad en establecimientos en que se presten servicios estéticos invasivos, incluyendo los sitios en que se ofrece la perforación para pearcing y tatuajes, ya que, en aplicación de la Resolución 2263 de 2004, estos establecimientos deberían cumplir con los requerimientos de una IPS y ser vigilada como tal.
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3.2. Intoxicaciones químicas en el Distrito Capital La contaminación ambiental por agentes químicos potencialmente tóxicos constituye en la actualidad una preocupación a nivel mundial, por los riesgos que conlleva para la salud humana y para los ecosistemas. Esta problemática ha sido evidenciada en los procesos de vigilancia epidemiológica siendo un riesgo sentido en las comunidades del Distrito, por cuanto la presencia de sustancias toxicas contenidas en algunos productos de uso industrial y otros de uso doméstico, su inadecuado almacenamiento y manejo, y el deficiente control sobre la comercialización de los mismos, permite la exposición de los individuos (voluntaria o involuntaria) con la consecuente afectación de la salud. Es así, que la función de la línea de seguridad química se dirige a realizar acciones enfocadas al fortalecimiento de la vigilancia tanto de intoxicaciones agudas como crónicas, a fin de contar con la información necesaria para mejorar los procesos de promoción de la salud y prevención de la enfermedad en esta materia. La siguiente gráfica muestra la cantidad de intoxicaciones según el reporte realizado al SIVIGILA en el Distrito Capital, destacándose que si bien las intoxicaciones agudas ocurridas con medicamentos ocupan el primer lugar, no solo a nivel distrital sino como una tendencia mundial, el segundo y tercer lugar lo ocupan los plaguicidas y sustancias químicas, y algunas de estas sustancias son de uso doméstico.
Gráfico 3. Intoxicaciones reportadas al SIVIGILA en Bogotá D.C. Año 2010
Fuente: SIVIGILA. Año 2010
La distribución de las intoxicaciones agudas por grupo etario refleja una situación que permite evidenciar la importancia y necesidad de enfocar recursos para fortalecer la vigilancia de este evento en grupos poblacionales definidos, a partir del análisis del tipo de exposición que originó el evento en cada uno de los casos reportados; la siguiente gráfica, permite evidenciar cuales fueron las sustancias con las cuales hubo intoxicaciones y cuál fue el tipo de exposición a sustancias químicas, que dieron lugar a las intoxicaciones reportadas.
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Es preocupante el hecho de que desde muy temprana edad se presente consumo de sustancias tóxicas (no necesariamente sustancias psicoactivas) con intención suicida. Gráfico 4. Distribución de eventos por tipo de exposición en Bogotá D.C. Año 2010
Fuente: SIVIGILA 2010
3.3. Gestión de residuos peligrosos La manipulación y vertido incorrecto de los residuos peligrosos puede liberar en el medio ambiente diferentes sustancias que resultan peligrosas para los organismos. Por ello, la inadecuada gestión de este tipo de residuos se ha considerado un problema importante que debe considerarse cada día en la vigilancia de los diferentes sectores productivos. Como iniciativa Distrital, se ha conformado la Mesa Distrital de Residuos Peligrosos, donde participan varias entidades con el objetivo de armonizar las actividades realizadas en cada entidad, evidenciar las problemáticas, realizar análisis de situación actual y proponer actividades de solución. Por su parte, la Secretaría Distrital de Ambiente durante los años 2008-2010 ha registrado 2.088 empresas generadoras de residuos peligrosos (ver la siguiente tabla), y en el mismo período realizó controles a 26.650 Ton. de residuos peligrosos y a 994.000 barriles de aceite usado. Estas últimas cifras corresponden al control de la adecuada disposición final, dando cumplimiento a la resolución 1754 de 2010, por el cual se adopta el Plan de Gestión Integral de Residuos Peligrosos para el Distrito Capital.
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Tabla 3. Número de establecimientos registrados de acuerdo con la información suministrada en las fechas de corte.
Categoría Generador
PERIODO 1 Corte 30 de Sept. de 2009
PERIODO 2 Corte 30 de Abril de
2010 # % # %
No Obligados 16 3,17 87 7,67 Pequeños 86 17,03 421 37,13 Medianos 253 50,10 429 37,83 Grandes 150 29,70 197 17,37 TOTAL 505 100 1.134 100
Fuente: SDA 2010 Para realizar el análisis de la generación de Residuos Peligrosos RESPEL por cada uno de los sectores y el aporte a la cantidad total de los RESPEL que se generan en el Distrito, se determinó aplicar el caso crítico utilizando los valores máximos calculados en el año 2008 (SDA, 2010). En los siguientes gráficos se evidencian los valores máximos de RESPEL generados y el aporte en porcentaje por cada sector.
Gráfico 5. Valores de generación de RESPEL por cada sector
Fuente: SDA 2010
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Gráfico 6: Aporte en porcentaje de RESPEL por cada sector al total del Distrito
Fuente: SDA 2010
En el Distrito, en el año 2010, existían 29 empresas gestoras autorizadas por la SDA que manejan una parte de los RESPEL generados por los sectores productivos y de consumo de la ciudad; once (11) de estas empresas son movilizadores de aceites usados y 18 se dedican a las tareas de almacenamiento, aprovechamiento y/o tratamiento de los residuos peligrosos generados en la ciudad. La tabla No. 4 muestra las principales fuentes de generación de RESPEL.
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Tabla 4. Diez corrientes de mayor generación según el registro de generadores
Fuente: SDA, 2010
En la Tabla 5 se presentan las cantidades por tipo de RESPEL que se aprovecharon y/o trataron durante el año 2009 por parte de las empresas gestoras autorizadas por la SDA. Es importante tener en cuenta que además de estas cantidades que fueron reportadas a la SDA también se gestionaron RESPEL por parte de empresas autorizadas por otras autoridades ambientales (principalmente la CAR). (SDA 2010)
Tabla 5. Cantidad de RESPEL aprovechados y/o tratados por las Empresas gestoras
autorizadas por la SDA y por tipo de residuo en el año 2009
Fuente: SDA, 2010
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3.4. Transporte de sustancias peligrosas El transporte de sustancias peligrosas en el Distrito Capital genera un alto nivel de riesgo, dado que los vehículos transitan por sectores densamente poblados, y el control que se ejerce sobre los mismos no siempre es suficiente. La principal dificultad para superar este problema radica en la falta de claridad en las competencias y funciones de cada sector, ya que ninguna de las entidades del Distrito, a excepción de la Policía Metropolitana, tienen competencia para impartir sanciones por transporte inadecuado de materiales peligrosos, siendo esta un labor que exige un proceso de entrenamiento técnico y una labor conjunta con las autoridades ambientales, de gobierno y de movilidad. Respecto al transporte de residuos y mercancías peligrosas, la Secretaría de Movilidad tiene un estudio realizado por Steer Davies Gleave, llamado “Estudio para determinar la matriz Origen Destino de Carga y desarrollo de acciones para la regulación de la logística de carga interna de la ciudad”, donde se realizan una serie de recomendaciones y se evidencian problemáticas en éste tema: en el apartado de transporte de residuos peligrosos refiere que el tema normativo es el principal problema. Además, la normatividad es de carácter general y refiere a diversos convenios internacionales y normas técnicas (ICONTEC) para las prácticas adecuadas y aceptadas de los distintos momentos involucrados en el manejo y transporte de residuos peligrosos. Sin embargo, no existe una aplicación específica para Bogotá (SDM-Steer Davies Gleave, 2010). De igual modo, existen una serie de obligaciones del transportador de los residuos peligrosos en el artículo 16 del decreto 4741 de 2005, de cumplimiento en Bogotá, como lo es el garantizar la gestión y manejo integral de los residuos o desechos peligrosos que recibe para transportar, pero no es clara la competencia y el procedimiento que tiene cada sector para la vigilancia de ésta obligación. Adicionalmente la Ley 1252 de 2008 establece que “El fabricante, importador y/o transportador de un producto o sustancia química con características peligrosas, para los efectos de esta ley, se equiparará a un generador en cuanto a la responsabilidad por el manejo de los embalajes, transporte o movilización, almacenamiento hasta su descarga y recepción en el destino final, residuos del producto o sustancia y elementos de protección personal utilizados en la manipulación de este tipo de residuos”. Ante esto, se ha podido evidenciar el abandono de “contenedores” en zonas de ronda que además de deteriorar la zona, puede generar degradación en esa área con el tiempo de descomposición de éstos materiales. 3.5. Presencia de áreas contaminadas con sustancias químicas peligrosas. Las áreas contaminadas son un problema que hasta ahora se empieza a identificar y a abordar a nivel distrital, siendo necesario fortalecer la gestión interinstitucional y comunitaria en el control a la operación y clausura segura de las actividades productivas.
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Frente a ésta problemática, la Red Panamericana de Manejo Ambiental de Residuos, REPAMAR, ha formulado el documento “Metodología de identificación y evaluación de riesgos para la salud en sitios contaminados” la cual es una iniciativa para promover la minimización de residuos y el desarrollo económico sustentable, ejecutada por la OPS/CEPIS, con el apoyo del Gobierno de Alemania a través de la GTZ (OPS 1999).
Al respecto, el planteamiento de la autoridad ambiental del Distrito es el siguiente: “La necesidad de identificación y remediación de sitios contaminados surge, por un lado, de la consideración de los daños a la salud humana y al ambiente en general, que pueden tener su origen causal en esas áreas y, por otra parte, de las urgencias que el desarrollo urbano y económico impone en términos de usar áreas en desuso del territorio. El componente ambiental y socioeconómico, sustentan la prevención y remediación de suelos contaminados” (SDA 2010ª).
El proyecto INTEGRATION, iniciativa de planificación urbana para la descontaminación de suelos, celebrada entre la Comisión Europea y Latinoamérica, fue ideada por la ciudad de Stuttgart y es financiada a través del programa URB-AL III, encargado de desarrollar redes de cooperación descentralizada entre grupos locales sobre temas y problemas concretos de desarrollo local urbano. A partir de éste proyecto, se encuentra una problemática identificada en general para América Latina (2010b):
• La exclusión social desde la sociedad organizada formalmente, también como una consecuencia de faltas de articulación.
• Dificultades en la comunicación de los riesgos para la salud y el medio ambiente por parte de las autoridades responsables.
• Las autoridades responsables de la supervisión y del planeamiento sufren una falta de información acerca de la gravedad de la contaminación de suelo urbano (por ejemplo: registros de contaminación).
• Ausencia de políticas para la reocupación de sitios abandonados en el centro de las ciudades, especialmente de aquellos sospechosos de estar contaminados.
• Falta de interés de inversionistas privados para construir viviendas (sociales) ecológicamente y económicamente aceptables para las clases pobres de la población.
En desarrollo de este proyecto la ciudad de Bogotá adquirió varios compromisos, entre otros (SDA 2010ª):
• Fortalecer la capacidad institucional y las políticas públicas de planeación urbana.
• Revisar y valorar los elementos ambientales y sociales en las propuestas de políticas públicas de planeación urbana.
• Formular e implementar el plan maestro del proyecto piloto, remediando el área contaminada y dando un nuevo uso a ésta.
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• Garantizar la participación y cohesión social en las políticas públicas de planeación urbana.
• Implementar un sistema operacional eficiente de coordinación, administración evaluación y control del proyecto con la Unión Europea.
Así pues, la SDA hace una proyección de la propuesta de acción innovadora que se quiere dejar a la ciudad con el proyecto INTEGRATION (2010c):
“Identificación y acciones en suelos con presunción de contaminación o contaminados. La Secretaría Distrital de Ambiente efectuará el inventario geo-referenciado de las áreas que contengan suelos contaminados o con presunción de contaminación, dentro del perímetro urbano del Distrito Capital, de acuerdo con las actividades industriales potencialmente contaminantes del suelo definidas por ésta, así mismo, elaborará el mapa de localización de estos, a fin de priorizar los sitios que, de acuerdo con su uso actual y futuro, deberán ser objeto de evaluación o remediación; los cuales deberán ser remitidos a la Secretaría Distrital de Planeación a fin de que se incorporen en su base de datos, como insumo para los procesos de planificación urbana del Distrito. La SDP deberá liderar el desarrollo de los instrumentos técnicos y jurídicos que permitan regular el uso y restringir la compra y venta de los predios con presunción de contaminación, a fin de que el propietario del predio o responsable de la actividad contaminante efectúe su recuperación ambiental mediante el uso de tratamientos y tecnologías apropiadas, las cuales serán avaladas por la Secretaría Distrital de Ambiente, entidad que deberá establecer los instrumentos jurídicos y técnicos que le permitan certificar que el suelo de un predio se encuentra libre de contaminación o el grado de contaminación que contenga. Todo lo anterior en coordinación con otras entidades e institutos de investigación cuando se requiera”.
3.6. Eventos tecnológicos asociados a sustancias químicas Las emergencias tecnológicas están determinadas a partir de las políticas nacionales y distritales en temas de uso de suelo y gestión del riesgo, además de la falta de políticas que incentiven la sustitución tecnológica o la falta de políticas integrales de gestión o su implementación respecto a las sustancias químicas peligrosas. Frente a ésta problemática se han identificado los principales eventos en el Distrito Capital, registrados en el SIRE Sistema de Información para la gestión de riesgos y atención de emergencias de Bogotá “sistema de información que apoya la administración de la información relacionada con el proceso de gestión de riesgo y atención de emergencias de Bogotá” (FOPAE). El SIRE se concibe como un instrumento que permite recopilar, integrar, producir y divulgar información técnica y de coordinación a las entidades del Sistema Distrital de Prevención y Atención de Emergencias – SDPAE, y facilita la inclusión del riesgo
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en la cultura a través de la información disponible y los servicios en línea dirigidos a la comunidad.
La información digital consignada en el SIRE se presenta en diversidad de formatos (mapas, texto, imágenes, tablas, videos, etc.), permitiendo al usuario el ingreso y manejo sin necesidad de programas o equipos especializados.”
Con relación a los eventos registrados en los últimos 4 años (2007-2010), se puede evidenciar en las siguientes tablas, que éstos eventos han disminuido notablemente año tras año, aunque “es importante precisar que la información no corresponde al total de eventos ocurridos en la ciudad, dado que no todos los eventos se reportan al SIRE, cultura que se ha ido adquiriendo gradualmente; así mismo, se puede evidenciar en la tabla siguientes los tipos de eventos ocurridos por localidad y el origen de éstos eventos. De hecho es importante comentar que el distrito ha avanzado en la consolidación de la información tanto en cantidad como en calidad, con la ayuda de herramientas de sistematización y procesos como la creación del 123” (N.F, Cuervo, comunicación personal. Mayo 18 de 2011).
Tabla 6. Eventos Registrados en el SIRE 2007-2010 2007 2008 2009 2010
1. EVENTOS SIRE 16899 11306 7626 5472 2. EVENTOS TIPO TECNOLÓGICO
197 364 230 153
2.1. EVENTOS GLP
103 146 86 27
2.2. EMERGENCIAS
30 15 12 13
Nota: por ejemplo para el 2007, el total de eventos reportados en el SIRE fue de 16899, de los cuales 197 fueron de tipo tecnológico. De estas 197, 103 fueron eventos con GLP y de estos mismos 197, 30 se catalogaron como emergencia.
Fuente: FOPAE 2011
Tabla 7. Eventos Registrados por localidad en el SIRE 2007-2010
LOCALIDAD 2007 2008 2009 2010 Usaquén 10 21 10 6 Chapinero 9 7 9 4 Santa Fe 9 13 5 3 San Cristóbal 5 12 8 8 Usme 3 12 8 2 Tunjuelito 6 11 7 13 Bosa 8 11 11 6 Kennedy 19 42 33 12 Fontibón 22 35 17 19 Engativá 15 52 21 11 Suba 16 40 19 10 Barrios Unidos 13 19 6 6
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LOCALIDAD 2007 2008 2009 2010 Teusaquillo 9 12 8 5 Mártires 13 16 7 14 Antonio Nariño 2 8 5 3 Puente Aranda 15 26 17 15 Candelaria 2 5 6 0 Rafael Uribe 12 16 12 4 Ciudad Bolívar 9 6 21 12
Fuente: FOPAE 2011
Tabla 8. Tipos de eventos registrados en el SIRE 2007-2010 TIPO DE EVENTO
2007 2008 2009 2010
INCENDIO 20 93 77 47 EXPLOSIÓN 29 27 26 17 DERRAME 37 46 48 27 FUGA 83 147 60 30 ABANDONO 8 35 7 4 OTRO 20 16 12 28
Fuente: FOPAE 2011
Tabla 9. Lugar de origen de los eventos registrados en el SIRE
LUGAR DE ORIGEN 2007 2008 2009 2010 INSTALACIONES FIJAS
142 233 178 124
VÍA PÚBLICA 48 117 46 18 TRANSPORTE 7 14 6 11
Fuente: FOPAE 2011
Adicional a este registro de información, el FOPAE está liderando el desarrollo de una herramienta de planeación llamada Mapa de Riesgo Industrial para Bogotá, que en coordinación con la SDS tiene por objetivo, como su nombre lo indica, ubicar los riesgos presentes en la ciudad de acuerdo a la ubicación, actividad desarrollada y materiales utilizados en el desarrollo de la actividad industrial. Esta herramienta, está siendo consolidada a partir de las visitas que desde la línea de seguridad química se realizan en cada localidad, por parte de los profesionales de los hospitales de la red pública quienes completan el acta de visita, con información que sirve para realizar este mapa de riesgo.
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3.7. Resumen de la problemática identificada para la línea de Seguridad Química
Con base en el marco situacional descrito se puede identificar como principales problemáticas en la gestión de la seguridad química a nivel distrital las siguientes: 1. DEBILES PROCESOS DE GESTION DEL CONOCIMIENTO EN TEMAS DE SEGURIDAD
QUIMICA • Ausencia de procesos de investigación estructurados a nivel distrital para mejorar
la gestión de la seguridad química 2. DEFICIENTE GESTIÓN DE LA SEGURIDAD QUÍMICA A NIVEL DISTRITAL • Inadecuada gestión integral de residuos químicos peligrosos. • Inadecuada manipulación de sustancias químicas peligrosas en las actividades
económicas
• Transporte inadecuado de sustancias químicas peligrosas
• Presencia de actividades económicas usuarias de SQP en usos de suelo no permitido
• Débil capacidad de gestión de las instituciones distritales para garantizar la Seguridad Química en el DC
• Altos niveles de exposición poblacional a sustancias químicas que pueden afectar
la salud y calidad de vida de los individuos y las comunidades 3. EXISTENCIA DE PASIVOS AMBIENTALES POR MAL USO DE SUSTANCIAS QUIMICAS
PELIGROSAS EN LA CIUDAD
• Presencia de áreas contaminadas con sustancias químicas peligrosas que puede derivar en efectos nocivos a la salud y el ambiente
4. DEFICIENTE GESTION INTEGRAL DEL RIESGO ASOCIADO A LAS SUSTANCIAS
QUIMICAS PELIGROSAS
• Ocurrencia de emergencias tecnológicas asociadas a la seguridad química. Al analizar la problemática descrita se identifican los siguientes determinantes: DETERMINANTES PROXIMALES • Incapacidad del individuo entendida como la existencia de dificultades físicas,
intelectuales y actitudinales para el manejo de sustancias peligrosas • Desconocimiento de los riesgos a los cuales se expone el individuo
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• Vulnerabilidad del individuo expuesto a enfermedades y accidentes Desconocimiento técnico para la gestión integral, operación y transporte seguro de sustancias químicas peligrosas
• Condiciones socioculturales de baja escolaridad que incrementa la posibilidad de exposición a sustancias químicas peligrosas en el hogar y el trabajo
• Falla humana súbita • Incorrecta reacción individual a situaciones de emergencia DETERMINANTES INTERMEDIOS • Carencia o escasa implementación de políticas de gestión operativa en seguridad
química a nivel empresarial • Conductas gremiales tendientes al incumplimiento de la normatividad en temas
de gestión sanitaria, ambiental y de seguridad química Desconocimiento o poca apropiación de prácticas de limpieza, higiene y seguridad industrial en actividades que involucren sustancias químicas y residuos peligrosos Deficiente tecnología e instrumentación para la gestión segura de sustancias químicas y residuos peligrosos
• Deficiente capacidad institucional para el control de la gestión de sustancias químicas y residuos peligrosos
• Desarrollo informal de actividades económicas usuarias de sustancias químicas peligrosas Ausencia o debilidad de la gestión integral de riesgos en el manejo y transporte de sustancias químicas y residuos peligrosos
• Insuficiente capacidad tecnológica y operativa de las entidades distritales para los procesos de IVC en seguridad química y para el desarrollo de procesos de capacitación, asesoría y asistencia técnica que promueva buenas prácticas operativas
• Uso irracional y almacenamiento inadecuado de productos químicos • Ausencia de control en la venta de sustancias químicas peligrosas • Vacíos normativos en cuanto a competencias en control a la operación y
transporte de sustancias químicas y residuos peligrosos • Diferencia en las plataformas tecnológicas institucionales que faciliten la
articulación de sistemas de información • Falta mayor visibilización de la problemática conexa a los pasivos ambientales y
mayor conocimiento y tecnología sobre procesos de remediación de áreas contaminadas con sustancias químicas peligrosas
• Falta mayor desarrollo de políticas integrales de gestión de riesgo o su implementación
• Desconocimiento o poca apropiación de prácticas de prevención y atención de eventos con productos químicos peligrosos
DETERMINANTES ESTRUCTURALES • Modelo de desarrollo que privilegia la ganancia económica en detrimento de la
salud y el ambiente • Deficientes políticas e incentivos que promuevan la sustitución tecnológica y de
sustancias químicas peligrosas y el mejoramiento de la eficiencia ambiental en las empresas
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• Deficiencias en los instrumentos de ordenamiento territorial desde la perspectiva de la seguridad química y su relación con al uso de suelo Falta de claridad en las funciones y competencias de las entidades
• Débil capacidad de respuesta institucional para el ejercicio de la autoridad en el control a factores de deterioro ambiental y sanitario por sustancias químicas peligrosas
• Carencia de herramientas de divulgación de derechos de los consumidores y de requisitos mínimos para la adquisición de bienes y servicios
• Falta mayor rigurosidad en el cumplimiento de normas de responsabilidad empresarial en temas de postconsumo
• Cultura institucional que tradicionalmente no ha incorporado la gestión de la seguridad química
• Falta de información o identificación por parte de las comunidades frente a los problemas relacionados con la actividad industrial y la salud ambiental
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4.
Lineamientos de
Política
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4. LINEAMIENTOS DE POLÍTICA
La definición de Salud Ambiental se ha concebido como el “Campo de acción de la salud pública, enmarcado en la interacción del ambiente y la salud, y en los efectos que las condiciones del ambiente tienen sobre la salud individual y colectiva. Las condiciones ambientales se abordan como un determinante que genera un perfil de protección o deterioro de la salud humana”. La línea de intervención de Seguridad Química está orientada a minimizar los efectos en la salud pública y el ambiente derivados de las diferentes actividades económicas desarrolladas en la ciudad región, cuya competencia de vigilancia recae sobre las autoridades distritales, en particular de aquellas en que se involucran sustancias químicas peligrosas. La estructura general de la línea se presenta en el anexo 5., siendo sus objetivos, ejes temáticos, metas y propuestas para la acción son los siguientes: 4.1. Objetivos 4.1.1. General Orientar acciones que prevengan problemas de salud ambiental relacionados con sustancias químicas peligrosas, a lo largo de todo el ciclo de vida de las mismas, en el territorio donde se manipulan y gestionan. 4.1.2. Específicos
• Identificar, priorizar y desarrollar procesos de investigación y gestión del conocimiento en temas de seguridad química.
• Mejorar la seguridad química en el territorio urbano y rural del Distrito Capital
• Promover la gestión integral de áreas contaminadas en Bogotá DC
• Fortalecer la Gestión Integral del Riesgo asociado a la seguridad química, en concordancia con el Plan Distrital de Prevención y Atención de Emergencias del Distrito Capital.
4.2. Metas Al 2023, se tendrá diseñado, implementado y evaluado, un sistema de gestión de la salud ambiental relacionado con el uso de sustancias químicas peligrosas en el Distrito Capital Para el logro de esta meta estratégica se plantean las siguientes metas operativas:
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• Diseño, elaboración, implementación y evaluación de un plan de investigación en seguridad química
• Diseño, elaboración, implementación y evaluación de un plan de gestión
integral de sustancias químicas peligrosas en el DC
• Diseño, elaboración, implementación y evaluación de un plan de remediación de áreas contaminadas en Bogotá DC
• Planes de emergencia y contingencia implementados en el 100% de los
establecimientos abiertos al público sujetos de IVC, usuarios de sustancias químicas peligrosas
4.3. Ejes temáticos A través de propuestas intersectoriales y participativas que impactan positivamente los determinantes socio-ambientales de la salud, esta línea propone los siguientes ejes temáticos que serán la base articuladora de la propuesta de acción. a. Desarrollo de procesos de investigación y gestión del conocimiento en
seguridad química. Mejorar la gestión de la seguridad química a nivel distrital implica avanzar en un proceso de generación y gestión del conocimiento, que cualifique la toma de decisiones en esta materia. Las investigaciones deben promover procesos en donde se identifiquen temas prioritarios en la identificación de la relación del uso de sustancias químicas y efectos en la salud de la población. También es necesario fortalecer grupos de investigación multidisciplinarios e interinstitucionales que posicionen temas de salud ambiental a nivel distrital y nacional y que se caractericen por contar con sistemas de información completos y actualizados, que sirvan de modelo y de base para tomar decisiones en los temas propuestos. Propuestas para la acción:
• Creación de un grupo de investigación en salud ambiental del cual surjan propuestas y desarrollo de proyectos de investigación en temas de seguridad química
b. Fortalecimiento de la gestión de la seguridad química a nivel Distrital
Este eje incluye la prevención integral en salud ambiental en el uso de las sustancias químicas, tanto en los procesos industriales, comerciales y domésticos, a través de la realización de las acciones necesarias para regular verificar y promover el correcto uso del suelo en el desarrollo de actividades usuarias de sustancias químicas peligrosas; la promoción del cumplimiento técnico y normativo de parámetros que garanticen la seguridad química en instalaciones destinadas a este
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tipo de actividades económicas; el fortalecimiento de la operación segura en desarrollo de estas actividades y el transporte seguro de sustancias químicas peligrosas en el territorio distrital. En términos de operación, la gestión integral de residuos peligrosos tiene por objetivo la verificación y promoción del manejo seguro de residuos de sustancias químicas peligrosas en establecimientos. Este proceso involucra la verificación y la asesoría integral al sector industrial en cuanto a la disposición y tratamiento de sus residuos, disminuyendo la generación de los mismos, y promoviendo su valorización y el desarrollo de sistemas de gestión integral, al igual que la verificación de condiciones higiénicas, sanitarias, de salud ocupacional y seguridad industrial. En cuanto a las buenas prácticas en el transporte de sustancias químicas peligrosas, inicialmente se deben definir y aclarar las competencias a nivel nacional y distrital para verificar el cumplimiento de las normas relativas al transporte de las sustancias químicas, además de realizar asesoría y asistencia técnica para el transporte seguro de sustancias químicas peligrosas y sus residuos.
El Fortalecimiento de la seguridad química al interior de la actividad industrial, incluye los programas de salud ocupacional, a partir de los cuales se propone mejorar el cumplimiento de la normativa existente, mediante la sensibilización y asesoría a industriales y trabajadores en el manejo seguro de sustancias químicas, y la elaboración e implementación de planes de emergencia y contingencias en los establecimientos vigilados por la línea de seguridad química. Propuestas para la acción:
• Realización de las acciones necesarias para regular verificar y promover el correcto uso del suelo en el desarrollo de actividades usuarias de sustancias químicas peligrosas.
• Promoción del cumplimiento técnico y normativo de parámetros que garanticen la seguridad química en instalaciones destinadas a actividades económicas usuarias de sustancias químicas peligrosas.
• Fortalecimiento de la operación segura en actividades económicas usuarias de sustancias químicas peligrosas y del transporte seguro de estas sustancias en el territorio Distrital.
• Desarrollo de las acciones necesarias para que el cierre, clausura y
desmantelamiento de instalaciones destinadas a actividades económicas usuarias de sustancias químicas peligrosas se realice con el respectivo proceso de saneamiento sanitario y ambiental
c. Fortalecimiento institucional para la gestión de la salud ambiental en
seguridad química
El fortalecimiento institucional para la gestión de la salud ambiental comprende el desarrollo de las acciones necesarias para fortalecer las instituciones y los procesos
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desarrollados con relación a la seguridad química, entre otros la cualificación del talento humano vinculado al Distrito Capital, la creación y/o fortalecimiento de los espacios de articulación interinstitucional y el diseño y fortalecimiento de los sistemas de información distrital necesarios para la gestión de la seguridad química en el Distrito Capital A través de este eje también se impulsarán mecanismos de participación de la comunidad en los procesos de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, relacionados con los determinantes de la salud ambiental y se realizarán acciones de sensibilización y asesoría a comunidad en general y monitores ambientales en el manejo seguro de sustancias químicas, contribuyendo en el fortalecimiento de las organizaciones sociales en la gestión de la seguridad química. Propuestas para la acción:
• Desarrollo de programas de fortalecimiento institucional con relación a la seguridad química.
• Desarrollo de programas de fortalecimiento de la participación ciudadana en la gestión de la seguridad química
d. Promoción de la salud y prevención de la enfermedad en temas de seguridad
química
Este eje debe incluir los programas conjuntos de sensibilización dirigido al generador del riesgo por sustancias químicas peligrosas, para el desarrollo de actividades de asesoría, asistencia técnica y formación a sectores productivos en gestión ambiental, que puedan contribuir al fortalecimiento de éstas acciones, entre otros procesos de capacitación enfocados a establecimientos usuarios de sustancias químicas peligrosas y la ejecución de proyectos de prevención integral en salud ambiental, en temas de saneamiento básico industrial, uso seguro de sustancias químicas, manejo interno adecuado de residuos peligrosos, salud ocupacional e higiene industrial. Así mismo deben fortalecerse los programas de autoverificación de condiciones higiénicas, sanitarias, de salud ocupacional y seguridad industrial en establecimientos industriales y de servicios, de acuerdo con lo definido en las normas sanitarias y ambientales. Propuestas para la acción:
• Sensibilización a los generadores de riesgos relacionados con sustancias químicas peligrosas.
• Formación en buenas prácticas a los generadores de riesgos relacionados con sustancias químicas peligrosas.
• Asesoría y asistencia técnica a los generadores de riesgos relacionados con
sustancias químicas peligrosas.
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• Capacitación y sensibilización con usuarios finales y comunidades en
general para prevención de riesgo de accidentes con sustancias químicas peligrosas.
e. Vigilancia de la salud ambiental en seguridad química
Este eje temático incluye la vigilancia sanitaria y ambiental, en el cual se realiza la verificación del cumplimiento de las normas sanitarias y ambientales, en particular de aquellas relacionadas con el uso seguro de sustancias químicas peligrosas, en las actividades económicas cuya competencia de vigilancia recae sobre las autoridades distritales. Además de consolidar una base de datos con información que se puede analizar cualitativa, cuantitativa y geográficamente, para realizar seguimiento, análisis y acciones que contribuyan a la seguridad química y a reducir el riesgo. Así mismo incluye el monitoreo a las sustancias químicas peligrosas utilizadas en la ciudad a través de iniciativas como el Mapa de Industria y Ambiente – MIA, y la vigilancia epidemiológica de eventos mórbidos y mortales, en la cual se deben realizar investigaciones epidemiológicas de campo ante eventos notificados (brotes y alertas) para establecer la relación con el uso de sustancias químicas peligrosas ya sea en espacios laborales, escolares o domésticos. A partir de la información recolectada, se deben elaborar y/o ajustar los protocolos de vigilancia epidemiológica y realizar el seguimiento a los eventos de interés en salud pública relacionados con intoxicaciones con sustancias químicas. Propuestas para la acción:
• Fortalecimiento del sistema de vigilancia en salud ambiental relacionados con sustancias químicas.
f. Remediación ambiental de áreas contaminadas La remediación ambiental incluye los procesos de identificación, preparación, desarrollo y divulgación de instrumentos para la gestión integral de áreas contaminadas con sustancias químicas peligrosas y el desarrollo de las acciones necesarias para que el cierre, clausura y desmantelamiento de instalaciones destinadas a actividades económicas usuarias de este tipo de sustancias se realice con el respectivo proceso de saneamiento sanitario y ambiental
La remediación ambiental y recuperación del uso del suelo en predios afectados con presencia de sustancias tóxicas que representan un peligro para la salud de la población, debe realizarse de acuerdo con las metodologías ya disponibles y avaladas por la OMS, siendo necesario verificar inicialmente las características del predio y la historia de uso, los aspectos legales y normativos que lo afectan y la disponibilidad de tecnologías adecuadas para tratar el problema. A partir de esta información, se debe realizar la caracterización tanto física como histórica del uso del predio, la verificación de los aspectos legales y normativos que lo afectan y la disponibilidad de tecnologías adecuadas para la remediación o tratamiento del problema. Habiendo definido estos temas, se debe verificar la recuperación del predio por parte de quien causó los daños.
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Propuestas para la acción:
• Identificación, preparación, desarrollo y divulgación de instrumentos para la gestión integral de áreas contaminadas con sustancias químicas peligrosas.
g. Preparación y administración de emergencias y recuperación post desastre A partir de cada una de las fases de la Gestión Integral del Riesgo - GIR, se pretende disminuir los riesgos en el uso de las sustancias químicas, en todas sus etapas de vida. Esto incluye, producción, uso, transporte, almacenamiento, manipulación, etc., al igual que el acompañamiento a comités de ayuda mutua (grupos de industriales organizados para atención conjunta de emergencias), la construcción y actualización del mapa de riesgo industrial de Bogotá, la implementación y verificación del cumplimiento de las normas respectivas, y la identificación, preparación, desarrollo y divulgación de instrumentos para la prevención y atención de emergencias, que permitan fortalecer la capacidad de respuesta a eventos críticos de gran magnitud y generar estrategias de recuperación postevento. Propuestas para la acción:
• Identificación, preparación, desarrollo y divulgación de instrumentos para la prevención y atención de emergencias y recuperación post-desastres relacionados con sustancias químicas peligrosas.
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5.
Siglas
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SIGLAS
ASIS Análisis de Situación en Salud
BPO Buenas Prácticas Operativas
Cisproquim Centro de Información de Seguridad Sobre Productos Químicos
CONPES Consejo Nacional de Política Económica y Social
DANE Departamento Administrativo Nacional de Estadística
ESE Empresa Social del Estado
FAO Food and Agriculture Organization of the United Nations
GESA Gestión Sanitaria y Ambiental
GLP Gas Licuado del Petróleo
IAMP Intoxicación Aguda con Metales Pesados
IAP Intoxicación Aguda con Plaguicidas
IAS Intoxicación Aguda con Solventes
ICA Instituto Colombiano Agropecuario
INS Instituto Nacional de Salud
INVIMA Instituto para la Vigilancia de Medicamentos y Alimentos
IVC Inspección, Vigilancia y Control
LSP Laboratorio de Salud Pública
MIA Mapa de Seguridad Química
OIT Organización Internacional del Trabajo
OMS Organización Mundial de la Salud
OPS Organización Panamericana de la Salud
PISA Prevención Integral en Salud Ambiental
PNUMA Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente
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POT Plan de Ordenamiento Territorial
RESPEL Residuos Peligrosos
SCI Sistema Comando de Incidentes
SDS Secretaría Distrital de Salud
SDA Secretaría Distrital de Ambiente
SISVEA Sistema de Vigilancia Epidemiológico y Ambiental
SIVIGILA Sistema de Vigilancia Epidemiológico
VSP Vigilancia en Salud Pública
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6.
Glosario
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GLOSARIO
Autoridad Sanitaria: Entidad jurídica de carácter público con atribuciones para ejercer funciones de rectoría, regulación, inspección, vigilancia y control de los sectores público y privado en salud y adoptar medidas de prevención y seguimiento que garanticen la protección de la salud pública.
Bioseguridad: Conjunto de medidas preventivas que tienen por objeto
eliminar o minimizar el factor de riesgo biológico que pueda llegar a afectar la salud, el medio ambiente o la vida de las personas, asegurando que el desarrollo o producto final de dichos procedimientos no atenten contra la salud y seguridad de las personas que desempeñan el oficio de la estética facial, corporal y ornamental.
Caracterización del riesgo: Resultado de la identificación del peligro y la
estimación del riesgo aplicado a un uso específico de una sustancia química o a la presencia de un peligro ambiental para la salud: la evaluación requiere datos cuantitativos sobre la exposición de organismos o personas en riesgo en la situación de que se trate. El producto final es un informe cuantitativo de la proporción de organismos o personas afectadas en una población objetivo.
Carcinógeno: Cualquier agente, químico, físico o biológico, que puede
actuar sobre un tejido vivo y aumentar la incidencia de neoplasias malignas. En términos más simples, un carcinógeno es cualquier sustancia que cause cáncer.
Centro de estética y cosmetología: Establecimiento dedicado a la realización de tratamientos
cosméticos, que dispone de recintos aislados, para uso individual destinados exclusivamente a la prestación de servicios de estética personal, incluyendo técnicas de aparatología y procedimientos no invasivos.
Citotóxico: Adjetivo aplicado a cualquier sustancia dañina para la
estructura y función celular que en último caso podría causar la muerte de la célula.
Corrosivo: Sustancia que por contacto ejerce un efecto destructivo
superficial; en toxicología destacan estas lesiones en piel, ojos, mucosa del tracto respiratorio o gastrointestinal, etc.
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Cortopunzante: Objetos por sus características punzantes o cortantes pueden dar origen a un accidente percutáneo infeccioso. Ejemplo: limas, lancetas, cuchillas, agujas, restos de ampolletas, pipetas, láminas de bisturí o vidrio, y cualquier otro elemento que por sus características punzantes pueda lesionar y ocasionar un riesgo infeccioso.
Cosmético: Sustancia o formulación de aplicación local a ser usada en
las diversas partes superficiales del cuerpo humano: epidermis, sistema piloso y capilar, uñas, labios y órganos genitales externos o en los dientes y las mucosas bucales, con el fin de limpiarlos, perfumarlos, modificar su aspecto y protegerlos o mantenerlos en buen estado y prevenir o corregir los olores corporales.
Detergente: Agente limpiador o humectante clasificado como aniónico
si tiene una carga negativa y como catiónico si tiene una positiva.
Difusión: Movimiento de un producto químico de regiones de alta
concentración a regiones de baja concentración mediante el movimiento molecular.
Dispersión: Movimiento de un producto químico de regiones de alta
concentración a regiones de baja concentración mediante la turbulencia.
Elementos de protección personal (o de barrera): Todo dispositivo diseñado para la protección contra los
accidentes y enfermedades profesionales, de forma que se garantice razonablemente la seguridad y la salud de los trabajadores.
Entidad Sanitaria: Entidad del estado que presta servicios sanitarios o de
sanidad con el propósito de preservar la salud humana y la salud pública.
Epidemiología: Estudio de la distribución de estados de salud y sus
determinantes en las poblaciones, y la aplicación de este estudio al control de problemas sanitarios.
Estándares de Calidad en Salud Pública: Requisitos básicos e indispensables que deben cumplir los
actores que desempeñan funciones esenciales en salud pública, definidos por el Ministerio de la Protección Social.
Esterilización: Proceso químico o físico mediante el cual se eliminan
todas las formas vivas de microorganismos incluyendo las formas en espora.
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Estética ornamental: Son todas aquellas actividades que se realizan con el fin de
modificar temporalmente la apariencia estética del cuerpo humano a nivel del cabello, la piel y las uñas, utilizando elementos cosméticos y de maquillaje, que modifican el color y apariencia de las faneras, entendiéndose por faneras los anexos córneos de la piel, el pelo y las uñas.
Estrategias de Vigilancia en Salud Pública: Conjunto de métodos y procedimientos para la vigilancia
de eventos de interés en salud pública, diseñadas con base en las características de los eventos a vigilar; la capacidad existente para detectar y atender el problema; los objetivos de la vigilancia; los costos relacionados con el desarrollo de la capacidad necesaria y las características de las instituciones involucradas en el proceso de la vigilancia.
Evento: Suceso o circunstancia que puede modificar o incidir en la
situación de salud de un individuo o una comunidad, que pueden derivarse de condiciones fisiológicas, enfermedades, discapacidades y muertes; factores protectores y factores de riesgo relacionados con condiciones del medio ambiente, consumo y comportamiento.
Eventos de Interés en Salud Pública: Aquellos eventos considerados como importantes o
trascendentes para la salud colectiva por parte del Ministerio de la Protección Social, teniendo en cuenta criterios de frecuencia, gravedad, comportamiento epidemiológico, posibilidades de prevención, costo-efectividad de las intervenciones, e interés público.
Exposición: Concentración, cantidad o intensidad de un determinado
agente físico, químico o biológico, que incide sobre una población, organismo, órgano o célula diana.
Factores de Riesgo / Factores Protectores: Aquellos atributos, variables o circunstancias inherentes o
no a los individuos que están relacionados con los fenómenos de salud y que determinan, en la población expuesta a ellos, una mayor o menor probabilidad de ocurrencia de un evento en salud.
Incidencia: Número de casos nuevos de una enfermedad, o de
personas que caen enfermas, durante un determinado período en una población específica.
Intoxicación: Proceso patológico, con signos y síntomas clínicos,
causado por una sustancia de origen exógeno o endógeno.
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Limpieza: Es la remoción, generalmente realizada con agua y
detergente, de la materia orgánica e inorgánica visible. Medidas Sanitarias: Conjunto de medidas de salud pública y demás
precauciones sanitarias aplicadas por la autoridad sanitaria, para prevenir, mitigar, controlar o eliminar la propagación de un evento que afecte o pueda afectar la salud de la población.
Modelo de Vigilancia en Salud Pública: Construcción conceptual que ordena los aspectos con que
se aborda un problema específico que requiere ser vigilado por el sistema y que permite obtener información integral sobre un grupo de eventos de interés en salud pública.
Monitorización: Observación continua o repetida, medida y evaluación de
la salud o datos ambientales o técnicos, con una finalidad concreta, de acuerdo con esquemas preestablecidos de espacio y tiempo, con utilización de métodos comparables para la recolección y estimación de los datos.
Morbilidad: Cualquier desviación, subjetiva u objetiva de un estado de
bienestar fisiológico o psicológico. "Malestar", "enfermedad" y "condición mórbida" pueden considerarse como sinónimos.
Plaga: Organismo que puede dañar la salud, atacar los alimentos
u otros productos esenciales para la humanidad, o que afecta de forma adversa a los seres vivos.
Plaguicida: En sentido estricto, sustancia que mata plagas; en el uso
corriente, cualquier sustancia que se utiliza para controlar, evitar o destruir plagas animales, microbianas o vegetales.
Plan Nacional de Salud Pública: Documento que recoge los compromisos adquiridos por el
país que favorecen la salud pública, en particular en la Iniciativa de Salud de las Américas, que incluye el desarrollo de las Funciones Esenciales de Salud Pública, la agenda de acuerdos entre los Ministros de Salud del Área Andina, los Objetivos de Desarrollo del Milenio y el Reglamento Sanitario Internacional, así como otros compromisos internacionales en temas específicos.
Preparado peligroso: Es aquella mezcla o disolución que contiene al menos una
sustancia peligrosa y que se considera peligroso. Preparados químicos: Las mezclas o soluciones compuestas por dos o más
sustancias.
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Prevalencia: Número de casos existentes de una enfermedad dada o de otra condición, en una población y en un tiempo determinados.
Procedimiento invasivo: Procedimiento realizado por un profesional de la medicina
en el que el cuerpo es agredido química o mecánicamente, incluso mediante inyecciones intradérmicas, subcutáneas, o se introduce un tubo o un dispositivo médico.
Protocolo de Vigilancia en Salud Pública: Es la guía técnica y operativa que estandariza los criterios,
procedimientos y actividades que permiten sistematizar las actividades de vigilancia de los eventos de interés en salud pública.
Red de Vigilancia en Salud Pública: Conjunto de personas, organizaciones e instituciones
integrantes del Sistema General de Seguridad Social en Salud, así como otras organizaciones de interés distintas del sector, cuyas actividades influyen directa o indirectamente en la salud de la población, que de manera sistemática y lógica se articulan y coordinan para hacer posible el intercambio real y material de información útil para el conocimiento, análisis y abordaje de los problemas de salud, así como el intercambio de experiencias, metodologías y recursos, relacionados con las acciones de vigilancia en salud pública.
Residuos Peligrosos: Son aquellos residuos producidos por el generador con
alguna de las siguientes características: infecciosos, combustibles, inflamables, explosivos, reactivos, radioactivos, volátiles, corrosivos o tóxicos, que pueden causar daño a la salud humana o al medio ambiente. Así mismo, se consideran peligrosos los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.
Riesgo: Probabilidad de que se produzcan efectos adversos o
daños por exposición a un agente tóxico, a causa de las propiedades inherentes del mismo y a las circunstancias o grados de la exposición.
Sistema de Vigilancia en Salud Pública – SIVIGILA: Conjunto de usuarios, normas, procedimientos, recursos
técnicos, financieros y de talento humano, organizados entre sí para la recopilación, análisis, interpretación, actualización, divulgación y evaluación sistemática y oportuna de la información sobre eventos en salud, para la
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orientación de las acciones de prevención y control en salud pública.
Sustancia peligrosa: Es aquella que se puede clasificar en una o varias
categorías de peligro. Sustancias químicas: Los elementos químicos y sus compuestos en estado
natural, o los obtenidos mediante cualquier procedimiento de producción.
Toxicidad: Capacidad para producir daño a un organismo vivo, en
relación con la cantidad o dosis de sustancia administrada o absorbida, la vía de administración y su distribución en el tiempo (dosis única o repetidas), tipo y severidad del daño, tiempo necesario para producir éste, la naturaleza del organismo afectado y otras condiciones intervinientes.
Unidad Notificadora: Es la entidad pública responsable de la investigación,
confirmación y configuración de los eventos de interés en salud pública, con base en la información suministrada por las Unidades Primarias Generadoras de Datos (UPGD) y cualquier otra información obtenida a través de procedimientos epidemiológicos.
Unidad Primaria Generadora de Datos – UPGD: Es la entidad pública o privada que capta la ocurrencia de
eventos de interés en salud pública y genera información útil y necesaria para los fines del Sistema de Vigilancia en Salud Pública – SIVIGILA
Vigilancia en Salud Pública: Función esencial asociada a la responsabilidad estatal y
ciudadana de protección de la salud, consistente en el proceso sistemático y constante de recolección, análisis, interpretación y divulgación de datos específicos relacionados con la salud, para su utilización en la planificación, ejecución y evaluación de la práctica en salud pública.
Vigilancia y Control Sanitario: Función esencial asociada a la responsabilidad estatal y
ciudadana de protección de la salud, consistente en el proceso sistemático y constante de inspección, vigilancia y control del cumplimiento de normas y procesos para asegurar una adecuada situación sanitaria y de seguridad de todas las actividades que tienen relación con la salud humana.
52
7.
Bibliografía
53
BIBLIOGRAFÍA
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54
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ANEXOS
Anexo.1 Generación de RESPEL en el sector industrial
Actividades prioritarias en la generación de RESPEL en el sector
industrial CIIU Nombre del sector
1522 Elaboración de aceites y grasas de origen vegetal
y animal
1593 Producción de malta, elaboración de cerveza y
otras bebidas malteadas
1594 Elaboración de bebidas no alcohólicas,
producción de aguas minerales
1710 Preparación e hilatura de fibras textiles
1910 Curtido y preparado de cueros
2220 Actividades de impresión
2412 Fabricación de abonos y compuestos inorgánicos
nitrogenados
2421 Fabricación de plaguicidas y otros productos
químicos de uso agropecuario
2430 Fabricación de fibras sintéticas y artificiales
2422 Fabricación de pinturas, barnices y
revestimientos similares tintas para impresión y masillas.
2423 Fabricación de productos farmacéuticos,
sustancias químicas medicinales y productos botánicos
2424 Fabricación de jabones y detergentes,
preparados para limpiar y pulir, perfumes y preparados de tocador
2429 Fabricación de otros productos químicos, n.c.p
2321 Fabricación de productos de la refinación del
petróleo, elaborados en refinería
2322 Elaboración de productos derivados del petróleo,
fuera de refinería
2529 Fabricación de artículos de plástico ncp
2699 Fabricación de otros productos minerales no
metálicos, n.c.p
2710 Industrias básicas de hierro y acero
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Actividades prioritarias en la generación de RESPEL en el sector
industrial CIIU Nombre del sector
2899 Fabricación de otros productos metálicos, n.c.p
exceptuando maquinaria y equipos
3190 Fabricación de otros tipos de equipos eléctricos
n.c.p
3410 Fabricación de vehículos automotores y sus
motores
3699 Otras industrias manufactureras, n.c.p
Fuente: UESP – PIRS 2002
Anexo 2. Actividades de las Empresas que pertenecen al Sector Industrial
DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Código CIIU
Elaboración de productos Alimenticios y de Bebidas D15
Fabricación de Productos de Tabaco D16
Fabricación de Productos Textiles D17
Fabricación de Prendas de Vestir; Preparado y Teñido de Pieles D18
Curtido y Preparado de Cueros; Fabricación de Calzado; Fabricación de Artículos de Viaje, Maletas, Bolsos de Mano y
Similares; Artículos de Talabartería y Guarnicionería D19
Transformación de la Madera y Fabricación de Productos de madera y de Corcho, excepto muebles; Fabricación de artículos de
Cestería y Espartería D20
Fabricación de Papel; Cartón y Productos de Papel y Cartón D21
Actividades de Edición e Impresión y de Reproducción de Grabaciones
D22
Coquización, Fabricación de Productos de la Refinación del Petróleo y Combustible Nuclear
D23
Fabricación de Sustancias y Productos Químicos D24
Fabricación de Productos de Caucho y de Plástico D25
Fabricación de Otros Productos Minerales No Metálicos D26
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DESCRIPCIÓN DE ACTIVIDADES Código CIIU
Fabricación de Productos Metálicos Básicos D27
Fabricación de Productos Elaborados de Metal, excepto Maquinaria y Equipo
D28
Fabricación de Maquinaria y Equipo D29
Fabricación de Maquinaría de Oficina, Contabilidad e Informática D39
Fabricación de Maquinaría y Aparatos Eléctricos NCP D31
Fabricación de Equipos y Aparatos de Radio, Televisión y Comunicaciones (D32)
D32
Fabricación de Equipos y Aparatos de Radio, Televisión y Comunicaciones (D32), Fabricación de Instrumentos Médicos,
Ópticos y de Precisión y Fabricación de Relojes D33
Fabricación de Vehículos Automotores, Remolques y Semirremolques
D34
Fabricación de Otros tipos de Equipo de Transporte D35
Fabricación de Muebles; Industrias Manufactureras ncp D36
Reciclaje D37
Anexo 3. Actividades del Sector Comercio
DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD Código
CIIU Comercio al Por Mayor y al Por Menor; Reparación de
Vehículos Automotores, Motocicletas, Efectos personales y Enseres Domésticos
G50
Comercio al Por Mayor y en comisión o por contrata excepto el Comercio de Vehículos Automotores y
Motocicletas; Mantenimiento y Reparación de Maquinaria y Equipo
G51
Comercio al Por Menor, excepto el Comercio de Vehículos Automotores y Motocicletas; Reparación de Efectos
personales y Enseres Domésticos G52
Fuente: Registro Mercantil. Clasificación Industrial Internacional Uniforme de todas
las actividades económicas. Revisión 3, adaptada y revisada para Colombia por el DANE. Cámara de Comercio de Bogotá. Diciembre de 2002.
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Anexo 4. Normas referentes a la Seguridad Química
De carácter general
Ley 9 de 1979
Código Sanitario Nacional. La salud como bien de interés público. Dicta medidas sanitarias
Resolución 2400 de 1979
Crea el estatuto de seguridad industrial
Decreto 1295 de 1994 Que determina la organización y administración del sistema general de Riesgos Profesionales
Ley 715 de 2001 Dicta normas orgánicas y otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
Ley 776 de 2002
Por el cual se dictan normas sobre la organización, administración y prestaciones del sistema general de riesgos profesionales.
Documento CONPES 2750
Política nacional ambiental: salto social hacia el desarrollo humano sostenible. Propone dentro de los objetivos de la política ambiental, la promoción de la producción limpia.
Decreto 3518 de 2006 Por el cual se crea y reglamenta el Sistema de Vigilancia en Salud Pública y se dictan otras disposiciones.
Decreto 423 de 2006 Plan Distrital de Prevención de Prevención y Atención de Emergencias para Bogotá D.C.
Del uso, manipulación, almacenamiento y expendio de productos químicos
Convenio 170 de la OIT
Sobre seguridad en la utilización de productos químicos
Recomendación 177 de la OIT
Recomendaciones sobre el manejo de productos químicos
Ley 55 de 1993
Por la cual se aprueba el convenio No 170 y la recomendación No 177, aprobados en la 77ª reunión de la conferencia de la OIT Ginebra en 1999 sobre la seguridad en la utilización de productos químicos en el trabajo.
Decreto N° 1609 de 2002
Por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera.
Acuerdo 286 de 2007 del Concejo de Bogotá
Por el cual se adoptan medidas para la Comercialización de Productos Inhalantes y Sustancias Químicas Tóxicas y se dictan otras disposiciones.
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Del uso, manipulación, y/o almacenamiento, de residuos peligrosos
Decreto 2676 de 2000 Por el cual se reglamenta la gestión integral de los residuos hospitalarios y similares
Resolución 1402 de 2006
Por la cual se desarrolla parcialmente el decreto 4741 del 30 de diciembre de 2005, en materia de residuos o desechos peligrosos.
Decreto 4741 de 2005 Por el cual se reglamenta parcialmente la prevención y el manejo de los residuos o desechos peligrosos generados en el marco de la gestión integral.
Resolución 482 de 2009
Por la cual se reglamenta el manejo de bolsas o recipientes que han contenido soluciones para uso intravenoso, intraperitoneal y en hemodiálisis, generados como residuos en las actividades de atención de salud, susceptibles de ser aprovechados o reciclados”.
Del uso, manipulación, almacenamiento, aplicación y expendio de combustibles
Decreto 0283 de enero 30 de 1990
Por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte, distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo y el transporte en carro tanques de petróleo crudo.
Decreto 0353 de 1991 (Febrero 6)
Por el cual se reglamenta la ley 26 de 1989 y se modifica parcialmente el decreto 283 de 1990, en el cual se establecen criterios y definiciones de estaciones de servicio.
Decreto 300 de 1993 (febrero 15)
Dicta obligaciones para el transporte de GLP en el Territorio Nacional y establece además requisitos para los distribuidores mayoristas, distribuidores minoristas y transportadores de combustibles blancos derivados del petróleo.
Resolución 74 de 1996 Por la cual se regula el servicio público domiciliario de gases licuados del petróleo (GLP), y se dictan otras disposiciones.
Resolución 96 de 1996
Por la cual se modifica la Resolución CREG-074 de 1996, mediante la cual se reguló el servicio público domiciliario de gases licuados del petróleo (GLP), y se dictaron otras disposiciones.
Decreto 1521 de 1998 (Agosto 4)
por el cual se reglamenta el almacenamiento, manejo, transporte y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo, para estaciones de servicio
Decreto 1503 de Julio Por el cual se reglamenta la marcación de los
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Del uso, manipulación, almacenamiento, aplicación y expendio de combustibles
19 de 2002 combustibles líquidos derivados del petróleo en los procesos de almacenamiento, manejo, transporte y distribución.
Del uso, manipulación, almacenamiento, aplicación y expendio de plaguicidas
Decreto 10 de 1985 De la conferencia de la FAO, código internacional de conducta para la distribución y utilización de plaguicidas.
Decreto 1843 de 1991 Por el cual se reglamentan parcialmente los títulos III, V, VI, VII Y XI de la ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.
Resolución 010834 del 25 de noviembre de 1992 expedida por el Ministerio de Salud
Por la cual se reglamenta parcialmente el capítulo III del decreto 1843 de 1991. Con esta resolución se logran ampliar las categorías y los criterios para la clasificación toxicológica de los plaguicidas, pasando de tres a cuatro categorías.
Decreto 1840 de agosto 3 de 1994
Por el cual se reglamenta el artículo 65 de la ley 101 de diciembre 23 de 1993 (Ley Agraria) y se le asignan las funciones actuales del ICA, entre ellas, que esté “actuando en permanente armonía con la protección y preservación de los recursos naturales”.
Resolución 3079 del 19 de noviembre de 1995, del ICA
Con la cual se dictan disposiciones sobre la industria, comercio y aplicación de bioinsumos y productos afines, de abonos o fertilizantes, enmiendas, acondicionadores del suelo y productos afines: plaguicidas químicos, reguladores fisiológicos, coadyuvantes de uso agrícola y productos afines.
Resolución 1068 del 24 de abril de 1996, del ICA
Por la cual se adopta el manual técnico en materia de aplicación de insumos agrícolas (conforme con el artículo 27 de la Resolución 3079 del ICA del 19 de octubre de 1995). Con esta Resolución se asignan responsabilidades a los agricultores, a los propietarios de bodegas de vegetales almacenados y a los profesionales que recomienden o prescriban plaguicidas de uso agrícola entre otros aspectos
Resolución 1023 del 28 de abril de 1997, expedida por el ICA
Por medio de la cual se dictan disposiciones sobre distribución, comercialización y venta de insumos agropecuarios, material genético animal y semillas para siembra.
Decreto numero 475 Por el cual se expiden normas técnicas de calidad del agua potable. En este decreto se determinan las
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Del uso, manipulación, almacenamiento, aplicación y expendio de plaguicidas
del 10 marzo de 1998 Concentraciones máximas admisibles para los Plaguicidas en el agua potable.
Decreto 1443 de 2004
Por el cual se reglamenta el decreto 2811 de 1974, ley 253 de 1996 y la Ley 430 de 1998 en relación con la prevención de la contaminación ambiental por el manejo de plaguicidas y desechos o residuos peligrosos provenientes de los mismos.
Resolución 000228 de 2008 del Instituto Colombiano Agropecuario ICA
Por la cual se establecen obligaciones y responsabilidades sobre la desnaturalización, almacenamiento, reformulación y disposición final de desechos peligrosos e insumos agrícolas y se dictan otras determinaciones.
Normas complementarias
Decreto No. 1541 de 1.978
Reglamenta la parte III de Libro II del Código de los Recursos Naturales en lo concerniente a las aguas no marítimas y modifica parcialmente la Ley 23 de 1973. Igualmente en su Capítulo I Título IX, establece la clasificación de las aguas con respecto a sus vertimientos y el control de los mismos.
Decreto No. 1875 de 1.979
En sus Artículos 3º y 9º establece las prohibiciones del vertimiento al mar de sustancias químicas y de la necesidad de dotarse de los equipos necesarios para evitar este tipo de contaminación.
Decreto No. 1594 de 1.984
Reglamentario de la Ley 9 de 1979 y del Decreto 2811 de 1974 en cuanto al uso del agua y sus residuos líquidos. En el Artículo 20 de dicho Decreto se consideran las sustancias de interés sanitario dentro de los cuales están los plaguicidas y sus metabolitos. En los Artículos 37 al 45 se establecen los criterios de admisibilidad del recurso para consumo humano, la preservación de la fauna y flora entre otros. Del Artículo 60 hasta el 97 correspondientes al Capítulo VI, hacen referencia a Vertimientos de Líquidos, destacándose especialmente los Artículos 71, 74, 84, 94, 95 y 120.
Decreto No. 1974 de 1.989
Reglamentación sobre Distritos de Manejo Integrado de los Recursos Naturales Renovables. En dicho Decreto se indica en el Capítulo V Numeral 4 la recuperación para la producción de los suelos y cuerpos de agua que presentan procesos de contaminación por manejo inadecuado de agroquímicos.
Ley 13 de 1.990 Estatuto General de Pesca. En el Capítulo II, Artículo 54, numeral 6, prohíbe abandonar en las playas y riberas o arrojar al agua desperdicios, sustancias contaminantes u
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Normas complementarias
otros objetos que constituyan peligro para la navegación, la circulación o la vida.
Ley 30 de 1.990
Aprobación por parte del Congreso de Colombia del CONVENIO DE VIENA para la protección de la capa de ozono. En su Anexo I numeral 4, este Convenio estima que ciertas sustancias químicas de origen tanto natural como antropogénico, tienen el potencial de modificar las propiedades químicas y físicas de la capa de ozono; dentro de estas sustancias se encuentran algunas cloradas y bromadas utilizadas comúnmente en la elaboración de agroquímicos.
Resolución No. 189 de 1.994 del Ministerio del Medio Ambiente
Por la cual se dictan regulaciones para impedir la introducción al territorio nacional de residuos peligrosos. En su Artículo Primero, define y clasifica como residuos tóxicos a los residuos de plaguicidas.
Resolución No. 0478 de 1.994 del Ministerio de Agricultura
Por la cual se crea el Consejo Nacional de Agricultura Biológica. Dentro de las funciones de dicho Consejo se definen la de recomendar estrategias y políticas al Gobierno para la promoción efectiva de la agricultura biológica en el país, y la de proponer estrategias de sostenibilidad para las orientaciones de la Política Agraria Nacional.
Decreto No. 948 de 1.995 del Ministerio del Medio Ambiente
El objetivo del Decreto de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica y de Protección de la Calidad del Aire es proteger la salud humana y el medio ambiente, mejorando la calidad del aire existente. Dicta además, las disposiciones generales sobre normas de calidad, niveles de contaminación, emisiones contaminantes, etc.
Resolución No. 0544 de 1995 del Ministerio de Agricultura
Por la cual se establece el reglamento para la producción, elaboración, empaque, importación y comercialización de productos ecológicos. Establece que durante estos procesos no se permitirá para productos agrícolas ecológicos, biológicos u orgánicos, la utilización de ningún insumo, procedimiento o método que reduzcan la actividad biológica del suelo o que produzcan desbalances en el equilibrio biológico natural.
Ley 253 de 1.996
Por medio de la cual se aprueba el Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación, dentro de los cuales se incluyen los desechos corrientes resultantes de la producción y la utilización de biocidas y productos fito-farmacéuticos. Igualmente se incluyen como desechos aquellos que tengan como constituyentes, diferentes elementos o compuestos químicos considerados contaminantes.
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Normas complementarias
Acuerdo 230 de 2006 del Concejo de Bogotá
Por medio del cual se establece la obligatoriedad del uso de elementos de primeros auxilios en establecimientos de comercio y centros comerciales y se dictan otras disposiciones.
Resolución 0705 de 2007
Por medio de la cual se desarrollan los contenidos técnicos del Acuerdo Distrital No. 230 del 29 de junio del 2006 (botiquines)
Decreto número 1575 de 2007
Por el cual se establece el Sistema para la Protección y Control de la Calidad del Agua para Consumo Humano (características físico químicas y microbiológicas del agua para consumo humano). En varios apartes, define, entre otros, los elementos, compuestos químicos, mezclas de compuestos químicos, plaguicidas, etc. y los aspectos que puedan tener un efecto adverso o implicaciones directas o indirectas en la salud humana.
Decreto 483 de 2007 de la Alcaldía Mayor de Bogotá, por medio del cual se adopta el Sistema Unificado Distrital de Inspección, Vigilancia y Control en Bogotá D.C.
Resolución 0705 de 2007
por medio de la cual se desarrollan los contenidos técnicos del Acuerdo Distrital No. 230 del 29 de junio del 2006 (uso de botiquines en establecimientos)
Decreto número 3039 de 2007
por el cual se adopta el Plan Nacional de Salud Pública 2007-2010
Acuerdo 341 de 2008 del Concejo de Bogotá
por el cual se adiciona el Acuerdo No. 30 de 2001 y se establece la realización de un simulacro de actuación en caso de un evento de calamidad pública de gran magnitud con la participación de todos los habitantes de la ciudad"
Ley 1220 de 2008 Por la cual se aumentan penas para los delitos contra la Salud Pública, de que trata el Título XII, Capítulo I del Código Penal.
Resolución 1956 de 2008
Por el cual se adoptan medidas en relación al consumo de cigarrillo o tabaco en sitios públicos.
Resolución 1842 de 2009
Por la cual se determinan como artículo de uso doméstico los colchones y colchonetas y se establecen algunos requisitos sanitarios para su fabricación y comercialización.
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Para Centros De Embellecimiento Facial, Corporal y Ornamental
Resolución 3388 de 2008
Por la cual se expide el reglamento técnico sobre los requisitos sanitarios de los juguetes, sus componentes y accesorios, que se comercialicen en el territorio nacional.
Circular 001 de 1996 – INVIMA
Las actividades, intervenciones y procedimientos de exclusivo ejercicio de la medicina.
Ley 711 de 2001
Por la cual se reglamenta el ejercicio de la ocupación de la cosmetología y se dictan otras disposiciones en materia de salud estética.
Resolución 2263 de 2004
Por la cual se establecen los requisitos para la apertura y funcionamiento de los centros de estética y similares y se dictan otras disposiciones.
Resolución 3924 de 2005
Por la cual se adopta la Guía de Inspección para la Apertura y Funcionamiento de los Centros de Estética y Similares y se dictan otras disposiciones.
Decreto 2092 de 1986
Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VI y XI de la ley 09 de 1979, en cuanto a Elaboración, Envase o Empaque, Almacenamiento, Transporte y Expendio de medicamentos, Cosméticos y Similares.
Decreto 677 de 1995
Ministerio de Salud: Por el cual se reglamenta parcialmente el Régimen de Registros y Licencias, el Control de Calidad, así como el Régimen de Vigilancia Sanitaria de Medicamentos, Cosméticos, Preparaciones Farmacéuticas a base de Recursos Naturales, Productos de Aseo, Higiene y Limpieza y otros productos de uso doméstico y se dictan otras disposiciones sobre la materia.
Decreto 1545de 1998
Ministerio de Salud: Por el cual se reglamentan parcialmente los Regímenes Sanitario, de Control de Calidad y de Vigilancia de los Productos de Aseo, Higiene y Limpieza de Uso Doméstico y se dictan otras disposiciones.
Decisión 516 de 2001
Comunidad Andina de Naciones (CAN): Armonización de Legislaciones en materia de Productos Cosméticos.
Resolución 797 de 2004
Comunidad Andina de Naciones (CAN): Reglamento de la Decisión 516 sobre Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Cosméticos.
Resolución 4725 de 2005
Por el cual se reglamenta el régimen de registros sanitarios, permiso de comercialización y vigilancia sanitaria de los dispositivos médicos para uso humano.
Resolución 3924 de 2005
Por la cual se adopta la Guía de Inspección para la Apertura y Funcionamiento de los Centros de Estética y Similares y se dictan otras disposiciones.
Resolución 2827 de 2006
Por la cual se adopta el manual de bioseguridad para establecimientos que desarrollen actividades cosméticas o con fines de embellecimiento facial, capilar, corporal.
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ALCALDIA MAYOR DE BOGOTA SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD – SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE POLITICA DISTRITAL DE SALUD AMBIENTAL PARA BOGOTA D.C. 2011-2023
Anexo 5. ESTRUCTURA GENERAL DE LA LINEA DE SEGURIDAD QUÍMICA
DESCRIPCION DE LA LINEA Conjunto de actividades encaminadas a prevenir los efectos nocivos, a corto, mediano y largo plazo, para la salud y el
ambiente, derivados de la exposición a las sustancias químicas en cualquiera de las fases de su ciclo de vida.
OBJETIVO GENERAL Orientar acciones que prevengan problemas de salud ambiental relacionados con sustancias químicas peligrosas, a lo largo de todo el ciclo de vida de las mismas, en el territorio donde se manipulan y gestionan.
META Al 2023, se tendrá diseñado, implementado y evaluado, un sistema de gestión de la salud ambiental relacionado con el uso de sustancias químicas peligrosas en el Distrito Capital
PROLEMATICA Y/O NECESIDAD EN
SALUD AMBIENTAL OBJETIVO
METAS ESTRATEGICAS
EJE TEMATICO (Respuesta)
PROPUESTA PARA LA ACCION
Ausencia de procesos de investigación estructurados a nivel distrital para mejorar la gestión de la seguridad química
Identificar, priorizar y desarrollar procesos de investigación y gestión del conocimiento en temas de seguridad química.
Diseño e implementación de un plan de investigación en seguridad química
Desarrollo de procesos de investigación y gestión del conocimiento en temas de seguridad química.
Creación de un grupo de investigación en salud ambiental del cual surjan propuestas y desarrollo de proyectos de investigación en temas de seguridad química
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PROLEMATICA Y/O NECESIDAD EN
SALUD AMBIENTAL OBJETIVO
METAS ESTRATEGICAS
EJE TEMATICO (Respuesta)
PROPUESTA PARA LA ACCION
Presencia de actividades económicas usuarias de Sustancias Químicas Peligrosas en usos de suelo no permitido
Mejorar la seguridad química en el territorio urbano y rural del Distrito Capital
Diseño, elaboración, implementación y evaluación de un plan de gestión integral de sustancias químicas peligrosas en el DC
Fortalecimiento de la gestión de la seguridad química a nivel distrital
Realización de las acciones necesarias para regular, verificar y promover el correcto uso del suelo en el desarrollo de actividades usuarias de sustancias químicas peligrosas
Inadecuada manipulación de sustancias químicas peligrosas en las actividades económicas
Promoción del cumplimiento técnico y normativo de parámetros que garanticen la seguridad química en instalaciones destinadas a actividades económicas usuarias de sustancias químicas peligrosas
Transporte inadecuado de sustancias químicas peligrosas
Fortalecimiento de la operación segura en actividades económicas usuarias de sustancias químicas peligrosas y del transporte seguro de estas sustancias en el territorio distrital
Inadecuada gestión integral de residuos químicos peligrosos.
Desarrollo de las acciones necesarias para que el cierre, clausura y desmantelamiento de instalaciones destinadas a actividades económicas usuarias de sustancias químicas peligrosas se realice con el respectivo proceso de saneamiento sanitario y ambiental
Débil capacidad de gestión de las instituciones distritales para garantizar la Seguridad Química en el DC
Fortalecimiento de la gestión institucional en seguridad química
Desarrollo de programas de fortalecimiento institucional con relación a la seguridad química
Desarrollo de programas de fortalecimiento de la participación ciudadana en la gestión de la seguridad química
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Altos niveles de exposición poblacional a sustancias químicas que pueden afectar la salud y calidad de vida de los individuos y las comunidades
Promoción de la salud y prevención de la enfermedad en temas de seguridad química
Sensibilización a los generadores de riesgos relacionados con sustancias químicas peligrosas formación en buenas practicas a los generadores de riesgos relacionados con sustancias químicas peligrosas Asesoría y asistencia técnica a los generadores de riesgos relacionados con sustancias químicas peligrosas Capacitación y sensibilización con usuarios finales y comunidades en general para prevención de riesgo de accidentes con sustancias químicas peligrosas.
Vigilancia en salud ambiental
Fortalecimiento del sistema de vigilancia en salud ambiental relacionados con sustancias químicas.
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PROLEMATICA Y/O NECESIDAD EN
SALUD AMBIENTAL OBJETIVO
METAS ESTRATEGICAS
EJE TEMATICO (Respuesta)
PROPUESTA PARA LA ACCION
Presencia de áreas contaminadas con sustancias químicas peligrosas que puede derivar en efectos nocivos a la salud y el ambiente
Promover la gestión integral de áreas contaminadas en Bogotá DC
Diseño, formulación e implementación de un plan de remediación de áreas contaminadas en Bogotá DC
Remediación ambiental de áreas contaminadas
Identificación, preparación, desarrollo y divulgación de instrumentos para la gestión integral de áreas contaminadas con sustancias químicas peligrosas
Ocurrencia de emergencias tecnológicas asociadas a la seguridad química.
Fortalecer la Gestión Integral del Riesgo asociado a la seguridad química en concordancia con el Plan Distrital de Prevención y atención de emergencias y el plan de emergencias de Bogotá.
Planes de emergencia y contingencia implementados en el 100% de los establecimientos abiertos al público sujetos a procesos de inspección, vigilancia y control - IVC, usuarios de sustancias químicas peligrosas
Preparativos y administración de emergencias y recuperación post desastre
Identificación, preparación, desarrollo y divulgación de instrumentos para la prevención y atención de emergencias y recuperación post-desastres relacionados con sustancias químicas peligrosas
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SECRETARIA DISTRITAL DE AMBIENTE
Dirección de Planeación y Sistemas de Información Ambiental
Subdirección de Políticas y Planes Ambientales
Tel. 3778842
www.ambientebogota.gov.co
SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD
Dirección de Salud Publica
PBX 3649090 Ext. 9737 · 9747
www.saludcapital.gov.co