¿sabÍa · 2020. 10. 21. · programas de transparencia y Ética empresarial- ptee ¿sabÍa que?...

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PROGRAMAS DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL- PTEE ¿SABÍA QUE? La Resolución No. 100-006261 del 2 de octubre de 2020 Deroga a partir del 1 de enero de 2021 el contenido de las Resoluciones: No. 100002657 del 25 de julio de 2016. No. 200-000558 del 19 de julio de 2018. ASPECTOS RELEVANTES Plazos para la adopción Nuevos criterios para determinar las sociedades que deben adoptar un PTEE Sociedades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades. Que en el año calendario inmediatamente anterior hayan realizado negocios o transacciones internacionales de cualquier naturaleza, directamente o a través de un intermediario, contratista o por medio de una sociedad subordinada o de una sucursal, con personas naturales o jurídicas extranjeras de derecho público o privado, iguales o superiores (individualmente o en conjunto) a 100 SMLMV. Que en el año calendario inmediatamente anterior hayan obtenido ingresos o tengan activos totales iguales o superiores a 40.000 SMLMV. Las Sociedades que a 31 de diciembre de cada año cumplan con los criterios establecidos, dispondrán hasta el 30 de abril del año siguiente, para adoptar su respectivo Programa de Transparencia y Ética Empresarial. RECUERDE QUE: La Circular Externa No. 100-000003 del 26 de julio de 2016, contiene instrucciones y herramientas útiles para la elaboración y puesta en marcha de los Programas de Transparencia y Ética Empresarial. La Superintendencia de Sociedades podrá verificar el estado del cumplimiento. MÁS INFORMACIÓN https://www.supersociedades.gov.co/delegatura_aec/ Paginas/Normativa.aspx

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Page 1: ¿SABÍA · 2020. 10. 21. · PROGRAMAS DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL- PTEE ¿SABÍA QUE? La Resolución No. 100-006261 del 2 de octubre de 2020 Deroga a partir del 1 de enero

PROGRAMAS DE TRANSPARENCIA Y ÉTICA EMPRESARIAL- PTEE

¿SABÍA QUE?

La Resolución No. 100-006261 del 2 de octubre de 2020Deroga a partir del 1 de enero de 2021 el contenido de las Resoluciones:

No. 100002657 del 25 de julio de 2016. No. 200-000558 del 19 de julio de 2018.

ASPECTOS RELEVANTES

Plazos para la adopción

Nuevos criterios para determinar las sociedades que deben adoptar un PTEE

Sociedades vigiladas por la Superintendencia de Sociedades.

Que en el año calendario inmediatamente anterior hayan realizado negocios o transacciones internacionales de cualquier naturaleza, directamente o a través de un intermediario, contratista o por medio de una sociedad subordinada o de una sucursal, con personas naturales o jurídicas extranjeras de derecho público o privado, iguales o superiores (individualmente o en conjunto) a 100 SMLMV.

Que en el año calendario inmediatamente anterior hayan obtenido ingresos o tengan activos totales iguales o superiores a 40.000 SMLMV.

Las Sociedades que a 31 de diciembre de cada año cumplan con los criterios establecidos, dispondrán hasta el 30 de abril del año siguiente, para adoptar su respectivo Programa de Transparencia y Ética Empresarial.

RECUERDE QUE:

La Circular Externa No. 100-000003 del 26 de julio de 2016, contiene instrucciones y herramientas útiles para la elaboración y puesta en marcha de los Programas de Transparencia y Ética Empresarial.

La Superintendencia de Sociedades podrá verificar el estado del cumplimiento.

MÁS INFORMACIÓNhttps://www.supersociedades.gov.co/delegatura_aec/Paginas/Normativa.aspx