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MANUAL DE OPERACIÓN DE LA COMPONENTE INFRAESTRUCTURA DE RIEGO SUPLEMENTARIO EN ZONAS DE TEMPORAL. SUBPROGRAMA DE REHABILITACIÓN, MODERNIZACIÓN, TECNIFICACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE TEMPORAL TECNIFICADO PROGRAMA S217 APOYO A LA INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA, 2017. Febrero 2017 www.gob.mx/conagua

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MANUAL DE OPERACIÓN DE LA COMPONENTE

INFRAESTRUCTURA DE RIEGO SUPLEMENTARIO EN ZONAS DE

TEMPORAL.

SUBPROGRAMA DE REHABILITACIÓN, MODERNIZACIÓN,

TECNIFICACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE TEMPORAL TECNIFICADO

PROGRAMA S217 APOYO A LA INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA, 2017.

Febrero 2017 www.gob.mx/conagua

Manual de Operación de la Componente de infraestructura de Riego Suplementario en Zonas de Temporal. Del programa S217 Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola, Subprograma de Rehabilitación, Modernización, Tecnificación y Equipamiento de Temporal Tecnificado, 2017 Edición 2017. D.R. © Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales Ejército Nacional número 223, Colonia Anáhuac, Delegación Miguel Hidalgo, Código Postal 11320, Ciudad de México. Comisión Nacional del Agua Av. Insurgentes Sur No. 2416 Col. Copilco El Bajo C.P. 04340, Del. Coyoacán, CD de México. Tel. (55) 5174-4000 Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola. Impreso y hecho en México Distribución gratuita. Prohibida su venta. Se autoriza la reproducción sin alteraciones del material contenido en esta obra, sin fines de lucro y citando la fuente. Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.

Contenido

1.  PRESENTACIÓN ........................................................................................................ 1 

2.  GENERALIDADES DE LA COMPONENTE .................................................................... 2 

2.1. DEFINICIÓN Y OBJETIVO ...................................................................................................... 2 

2.2. POBLACIÓN OBJETIVO .......................................................................................................... 2 

2.3 COBERTURA ............................................................................................................................. 2 

2.4 REQUISITOS GENERALES ........................................................................................................ 2 

3.  TIPOS, REQUISITOS ESPECÍFICOS Y MONTO MÁXIMO DE APOYOS .......................... 3 

3.1. TIPOS DE APOYOS. .................................................................................................................. 3 

3.2. REQUISITOS ESPECÍFICOS ..................................................................................................... 3 

3.3.  MONTO MÁXIMO DE LOS APOYOS .............................................................................. 4 

4.  INSTANCIAS PARTICIPANTES ................................................................................... 4 

4.1. EJECUTORES. ............................................................................................................................ 4 

4.2. NORMATIVA ............................................................................................................................ 5 

4.3. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS INSTANCIAS PARTICIPANTES ............ 5 

4.4 SANCIONES ............................................................................................................................ 10 

5.  PROCEDIMIENTO OPERATIVO ................................................................................ 11 

5.1.- ACTIVIDADES Y PLAZOS .................................................................................................... 11 

5.2.- CATÁLOGO DE EMPRESAS CONFIABLES ......................................................................... 13 

5.3.- CATÁLOGO DE CONCEPTOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PRECIOS

UNITARIOS ................................................................................................................................................ 14 

6.  MECÁNICA OPERATIVA........................................................................................... 14 

6.1 EN LAS ACCIONES DE INFRAESTRUCTURA DE RIEGO SUPLEMENTARIO EN ZONAS DE

TEMPORAL. ............................................................................................................................................... 14 

6.2 SUPERVISIÓN DE LAS ACCIONES DE INFRAESTRUCTURA DE RIEGO SUPLEMENTARIO

EN ZONAS DE TEMPORAL. ..................................................................................................................... 16 

6.3 MECÁNICA OPERATIVA PARA LA RADICACIÓN DE LOS RECURSOS DE

INFRAESTRUCTURA DE RIEGO SUPLEMENTARIO EN ZONAS DE TEMPORAL. .............................. 18 

7.  DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA INTEGRAR EL EXPEDIENTE TÉCNICO ........... 19 

7.1  EXPEDIENTE TÉCNICO OFICIAL DE LA COMPONENTE DE INFRAESTRUCTURA DE

RIEGO SUPLEMENTARIO EN ZONAS DE TEMPORAL. ........................................................................ 19 

8.  CONCLUSIÓN DE LAS ACCIONES DE LA COMPONENTE .......................................... 20 

8.1. ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN. ..................................................................................... 20 

8.2 CIERRE DEL EJERCICIO ........................................................................................................ 21 

8.3 REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS .............................................................. 22 

DE LA INTERPRETACIÓN ............................................................................................................ 22 

ANEXOS ........................................................................................................................................ 23 

Glosario de términos .................................................................................................................. 47 

SIGLAS Y ACRÓNIMOS .............................................................................................................. 51 

Manual de Operación de la Componente infraestructura de Riego Suplementario en Zonas de Temporal, 2017

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1. PRESENTACIÓN

El Plan Nacional de Desarrollo (PND) establece la prioridad de implementar un manejo sustentable del agua que permita que todos los mexicanos tengan acceso a dicho recurso, para ello, el Programa Nacional Hídrico 2014-2018 (PNH) establece entre sus prioridades los cinco objetivos. Asegurar el agua para el riego agrícola, energía, industria, turismo y otras actividades económicas y financieras de manera sustentable. Adicionalmente, el Programa Sectorial de Medio Ambiente y Recursos Naturales 2013-2018 (PROMARNAT) se alinea con la Meta Nacional de México Próspero del PND a través del objetivo 4.4 Impulsar y orientar un crecimiento verde incluyente y facilitador que preserve nuestro patrimonio natural al mismo tiempo que genere riqueza, competitividad y empleo.

Conforme a lo anterior, las Reglas de Operación para el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola, a cargo de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), tienen como propósito fundamental incrementar la eficiencia operativa y el ejercicio del gasto del programa, el mejor cumplimiento de sus objetivos y metas, al tiempo que fomentará una mayor trasparencia y rendición de cuentas.

El Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola, se compone de cuatro subprogramas y ocho componentes. La CONAGUA, por conducto de la Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola (SGIH), emite el presente Manual de Operación del Subprograma de Apoyos Especiales y Estratégicos, 2017.

El manual de operación tiene como propósito fundamental: precisar, complementar y establecer los criterios y aspectos que permitan asegurar el cumplimiento de la normatividad, en el cual se establecen los objetivos y participación institucional, acceso a los apoyos, el procedimiento operativo, el seguimiento y en su caso, evaluación del Subprograma de Apoyos Especiales y Estratégicos, en su Componente Apoyos Especiales y Estratégicos para el ejercicio fiscal 2017.

Manual de Operación de la Componente infraestructura de Riego Suplementario en Zonas de Temporal, 2017

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2. GENERALIDADES DE LA COMPONENTE

El manual de operación tiene como propósito fundamental: precisar, complementar y establecer los criterios y aspectos que permitan asegurar el cumplimiento de la normatividad, en el cual se establecen los objetivos y participación institucional, acceso a los apoyos, el procedimiento operativo, el seguimiento y en su caso, evaluación del Subprograma de Apoyos Especiales y Estratégicos, en su Componente Apoyos Especiales y Estratégicos para el ejercicio fiscal 2017.

2.1. DEFINICIÓN Y OBJETIVO

El objetivo general es promover un uso eficiente del agua, así como aumentar la producción y productividad en la agricultura de riego y de temporal tecnificado, además de ampliar la frontera agrícola en áreas de riego y de temporal. Su propósito contribuir al uso eficiente y sustentable del agua en cuencas y acuíferos, mediante acciones de construcción de la infraestructura hidroagrícola y la tecnificación del riego, a través de otorgar apoyos a los usuarios de los Distritos de Temporal Tecnificado y Zonas de Temporal, Impulsando las actividades agrícolas en los Distritos de Temporal Tecnificado y en las zonas de temporal, mediante apoyos a las ACU o Usuarios hidroagrícolas para el desarrollo de proyectos de riego suplementario que permitan asegurar mejores rendimientos en los cultivos e incrementar la superficie de riego, al aplicar el riego en épocas de estiaje.

2.2. POBLACIÓN OBJETIVO

Estas acciones de operación se establecen para su aplicación sin distinción de género, raza, credo religioso, condición socio-económica, ni cualquier otra que implique discriminación dirigidas a las Asociaciones Civiles de Usuarios (ACU), Sociedades de Responsabilidad Limitada (SRL) y Usuarios hidroagrícolas, según corresponda, de los Distritos de Temporal Tecnificado y Zonas de Temporal.

2.3 COBERTURA

La Componente se aplicará en los Distritos de Temporal Tecnificado y Zonas de Temporal en los estados de Campeche, Chiapas, Guerrero, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán, acreditando con los requisitos generales establecidos en las Reglas de Operación.

2.4 REQUISITOS GENERALES

Para acceder a los apoyos de esta componente deben cumplir lo siguiente:

Para Infraestructura de Riego Suplementario o en Zonas de Temporal.

a) Para el caso de que las ACU, SRL o usuarios hidroagrícolas decidan que los recursos se radiquen a los FOFAE’s:

Que se haya suscrito un Convenio o Acuerdo de Coordinación entre el Gobierno Federal y el Gobierno Estatal, para la conjunción de acciones y recursos, así como formalizar los respectivos Anexos de Ejecución y Técnico en donde se comprometan los recursos y acciones a realizar.

b) Para el caso de que las ACU, SRL o usuarios hidroagrícolas, decidan operar y administrar los recursos a través del Comité Hidroagrícola:

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Que se haya suscrito un Convenio de Concertación entre el Gobierno Federal y el representante de los usuarios de las ACU, SRL o usuarios hidroagrícolas a beneficiar y en su caso el Gobierno Estatal cuando aporta recursos, para formalizar los recursos y acciones a realizar. En ambos casos, que los recursos que aportan las ACU, SRL o usuarios hidroagrícolas no deben estar considerados como contraparte en otro programa federal ni la contraparte de inversión estatal debe estar integrada con recursos provenientes de otros programas federales.

3. TIPOS, REQUISITOS ESPECÍFICOS Y MONTO MÁXIMO DE APOYOS

3.1. TIPOS DE APOYOS.

Se podrán otorgar apoyos para la ejecución de las obras comprendidas en los proyectos de infraestructura hidroagrícola de riego suplementario en los siguientes conceptos:

Tipos, Requisitos Específicos y Monto Máximo de Apoyos

Obras hidráulicas de captación y sus instalaciones, en las que se incluyen pozos para extracción de agua subterránea, plantas de bombeo de ríos y lagunas, toma directa y derivaciones de corrientes de agua.

Construcción de obras de conducción a las zonas regables, que pueden consistir en tuberías de alta y baja presión.

Construcción e instalación de líneas de distribución en los sistemas de riego.

Construcción de ramales de energía eléctrica a las obras de captación o conducción, con una longitud no mayor a 500 m.

Adquirir e instalar equipo de medición y automatización en plantas de bombeo, pozos profundos, tomas directas y derivación.

Construcción y equipamiento de las estructuras hidráulicas de control, medición, operación y protección, para las obras que se mencionan en los párrafos precedentes.

Acciones de supervisión

3.2. REQUISITOS ESPECÍFICOS

Para participar en el programa, las ACU, SRL o Usuarios hidroagrícolas, deben cumplir con los siguientes requisitos:

Solicitud por escrito de los beneficiarios para inscribirse a la componente, las cuales se recibirán en las oficinas de infraestructura hidroagrícola de los Organismos de Cuenca y de las Direcciones Locales de la CONAGUA, sin costo alguno.

Formar parte de un Distrito de Temporal Tecnificado o que el predio esté localizado en una zona de temporal que cuente con la infraestructura básica de drenaje y caminos ya establecida.

Presentar un proyecto de desarrollo agrícola en explotación.

Acreditar la propiedad o posesión de los terrenos que ocuparán y beneficiarán las obras hidroagrícola, así como la de las servidumbres que sean necesarias como las de paso y acueducto.

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Título de concesión o resolución favorable o constancia del trámite de prórroga de título; o constancia de registro de volumen para pozos agrícolas ubicados en zonas de libre alumbramiento, o aviso para usar aguas residuales por un tercero distinto al concesionario o asignatario.

Contar con los proyectos ejecutivos de las obras e instalaciones hidráulicas a realizar, debidamente validados por la Dirección de la CONAGUA. (Formato No. 11 Requisitos Mínimos de un Proyecto Ejecutivo)

Carta en la que declare bajo protesta de decir verdad, que no ha recibido apoyos de otros programas federales en los mismos componentes.

Carta Compromiso de aportación de recursos del beneficiario o carta bancaria que respalde el depósito de su aportación en firme o de intención del crédito, para garantizar la disponibilidad de los recursos.

Para el caso de que la propiedad forme parte de un distrito de temporal tecnificado tendrá que presentar constancia de estar al corriente del pago de la cuota de conservación normal de la ACU, que corresponda.

En aquellos casos que el aprovechamiento se encuentre en zonas de supresión de libre alumbramiento, conforme al acuerdo general publicado en el DOF el 5 abril de 2013, presentará acuse de recibo de trámite.

En el presente caso antes de la firma del contrato, la CONAGUA, verificará la existencia de la resolución positiva para proceder a otorgar el apoyo. En aquellos casos que no haya sido resuelto, se continuará con el procedimiento, siempre y cuando el usuario, presente escrito bajo protesta de decir verdad, que no le ha sido notificada resolución alguna,

3.3. MONTO MÁXIMO DE LOS APOYOS

Para llevar a cabo las acciones anteriormente descritas, tomando como base un costo máximo de $48,368.00 (Cuarenta y ocho mil trescientos sesenta y ocho pesos) por hectárea regada, la CONAGUA podrá apoyar hasta el 50% de dicho costo.

El apoyo por usuario hidroagrícola no excederá de $604,600.00 (Seiscientos cuatro mil seiscientos pesos 00/100 M.N.).

En caso de tratarse de sociedades mercantiles o civiles propietarias de tierras agrícolas, el apoyo no excederá de $2´418,400.00 (Dos millones cuatrocientos dieciocho mil cuatrocientos pesos 00/100 M.N.).

Para las acciones de supervisión se podrá destinar hasta el 5% del apoyo federal asignado a cada Distrito de Temporal Tecnificado en esta componente.

4. INSTANCIAS PARTICIPANTES

4.1. EJECUTORES.

INSTANCIAS PARTICIPANTES

Las acciones de esta componente son contratadas directamente por la ACU, SRL, Usuarios Hidroagrícolas, con el apoyo técnico de la CONAGUA, donde incluyen recursos federales previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2017, como subsidio, que se otorgan a fondo perdido, por lo que los recursos serán ejercidos con apego a las Reglas de Operación y al presente Manual de Operación, y no están sujetos a la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con

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las Mismas, ni la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, ni a sus reglamentos correspondientes.

4.2. NORMATIVA

La CONAGUA, a través de la SGIH, está facultada para interpretar técnica y administrativamente las disposiciones contenidas en las Reglas de Operación vigentes y en el presente Manual y, de conformidad con estas disposiciones, establecer las medidas conducentes para la mejor operación de esta Componente.

4.3. ATRIBUCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LAS INSTANCIAS PARTICIPANTES

Las atribuciones y responsabilidades de las instancias participantes en la componente de Infraestructura de Riego Suplementario en Zonas de Temporal serán las siguientes.

a.- CUANDO LOS RECURSOS SEAN OPERADOS Y ADMINISTRADOS POR LAS ACU, SRL

O USUARIOS HIDROAGRÍCOLAS:

DEL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA (NIVEL

NACIONAL).

Definir el modelo de convenio de concertación para la formalización de los compromisos, recursos y metas.

Radicar los recursos presupuestarios convenidos conforme a la disponibilidad presupuestal autorizada por la SHCP, en las cuentas bancarias mancomunadas de las ACU, SRL o Usuarios Hidroagrícolas.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO.

Participar como vocal en el Comité Hidroagrícola.

Promover la participación de los organismos financieros locales y regionales, bancos y organizaciones auxiliares del crédito, mediante el establecimiento de esquemas de financiamiento.

DE LOS ORGANISMOS DE CUENCA Y DIRECCIONES LOCALES DE LA COMISIÓN

NACIONAL DEL AGUA EN LOS ESTADOS.

Conjuntar, revisar y resguardar el Expediente Técnico o de Obra de cada proyecto autorizado por el Comité Hidroagrícola, por al menos seis años.

Formular los presupuestos anuales de la componente con base en las solicitudes de las ACU, SRL o Usuarios Hidroagrícolas.

Distribuir para cada Distrito de Temporal Tecnificado en la entidad, la asignación federal autorizada a la componente, tomando en cuenta el procedimiento establecido en el presente Manual de Operación.

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Otorgar el Visto Bueno a la documentación de las solicitudes de pago de los apoyos, presentados por las ACU, SRL, o Usuarios Hidroagrícolas y avaladas en su caso por la Empresa Supervisora.

b.- CUANDO LOS RECURSOS SEAN OPERADOS Y ADMINISTRADOS POR EL FOFAE:

DEL GOBIERNO FEDERAL A TRAVÉS DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA (NIVEL

NACIONAL).

Definir los modelos de anexos de ejecución y técnico para la formalización de los compromisos, recursos y metas.

Radicar al FOFAE los recursos presupuestarios convenidos, conforme a la disponibilidad presupuestal autorizada por la SHCP.

Para los dos casos:

Emitir los lineamientos e indicadores para la evaluación de las componentes a nivel estatal y nacional.

Emitir el Catálogo de Conceptos y Especificaciones Técnicas y de Precios Unitarios para las Obras Hidroagrícolas.

Informar a la SHCP y a la SFP del avance físico y financiero de los subprogramas o componentes con la periodicidad establecida de conformidad al artículo 106, 107, 108 y 109 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 283, 284, 285 y 287 de su Reglamento.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO.

Acordar conjuntamente con la Dirección de la Comisión en el Estado los montos, y suscribir los respectivos Anexos de Ejecución y Técnicos.

Radicar al FOFAE los recursos presupuestarios que aporte a la componente, conforme a los compromisos señalados en los Anexos de Ejecución y Técnicos, así como apoyar al Subcomité Hidroagrícola en la aplicación de la normatividad y mecánica operativa de la componente.

Convocar a las ACU, SRL o Usuarios Hidroagrícolas de los Distritos de Temporal Tecnificado o zonas de Temporal, a fin de difundir los beneficios, alcances, requisitos y procedimientos de selección para ser elegibles a estos apoyos y solicitarles que los promuevan y difundan entre sus agremiados.

Difundir conjuntamente con la Dirección de la CONAGUA en el Estado, los sitios de atención y recepción de la documentación de los interesados en participar en la componente; en particular la componente del ámbito de los distritos de temporal tecnificado será las oficinas de las Jefaturas de los Distritos.

Promover la participación de los organismos financieros locales y regionales, bancos y organizaciones auxiliares del crédito, mediante el establecimiento de esquemas de financiamiento.

Presidir el Subcomité Hidroagrícola, órgano auxiliar del Comité Técnico del FOFAE, con las funciones que le correspondan.

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En su carácter de fideicomitente llevar a cabo las acciones necesarias para que se cumpla lo señalado en las Reglas y Manual de Operación de la componente y demás disposiciones aplicables que emita la CONAGUA para tal efecto.

Proporcionar a la Dirección de la CONAGUA en el Estado, el apoyo que ésta requiera, para el cumplimiento de las obligaciones señaladas en las Reglas y Manual de Operación.

Remitir a la Dirección de la CONAGUA en el Estado, dentro de los 10 primeros días de cada mes, en medio electrónico o impreso la información correspondiente sobre las aportaciones que realicen, así como del avance programático presupuestario y físico-financiero de la componente previstas en las Reglas.

En su carácter de fideicomitente, apoyar a la Dirección de la CONAGUA en el Estado, para que a más tardar el día 31 de enero del ejercicio posterior al que se informa, se elabore el informe de cierre del ejercicio presupuestal anual, considerando el listado de beneficiarios y montos apoyados durante el ejercicio fiscal que se reporta así como aquellos que al 31 de diciembre se encuentran devengados.

Remitir a la instancia estatal correspondiente, copia del Anexo de Ejecución y Técnico en cuanto se concluya el proceso de su formalización.

Convocar al Comité Técnico a sesionar al menos una vez al mes y sesiones extraordinarias cuando se requieran.

DE LOS ORGANISMOS DE CUENCA Y DIRECCIONES LOCALES DE LA COMISIÓN

NACIONAL DEL AGUA EN LOS ESTADOS.

Notificar a las ACU, SRL o Usuarios Hidroagrícolas la autorización del Comité Técnico del FOFAE para recibir los apoyos y realizar la contratación de los trabajos de la componente.

Conjuntar, revisar y resguardar el Expediente Técnico por al menos seis años

Participar con el Gobierno del Estado en la promoción de la componente.

Participar como Vocal en el Comité Técnico del FOFAE y como Secretario Técnico en el Subcomité Hidroagrícola.

Solicitar al Comité Técnico del FOFAE sesionar para la deliberación de los asuntos de las componentes.

C.- PARA LOS DOS CASOS

Asesorar a las ACU, SRL, o Usuarios hidroagrícolas en el procedimiento de contratación, en función del monto total del proyecto autorizado por el Comité Hidroagrícola o por el Comité Técnico del FOFAE, y vigilar que cumpla con la normatividad establecida para tal efecto.

Recibir las solicitudes de las ACU, SRL o Usuarios Hidroagrícolas para participar en la componente.

Dar seguimiento al ejercicio de los recursos presupuestarios, para que éstos se ejerzan con base en lo establecido en las Reglas de operación, Anexos de Ejecución y Técnico, Convenios de Concertación y Manual de Operación de la componente.

Informar a la Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola los avances físicos financieros y metas de la componente, a más tardar el día 25 o día hábil posterior del mes en curso.

Integrar y actualizar anualmente el Catálogo de Empresas Confiables.

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Dar seguimiento a los avances de la componente, con base en la información que le proporcione el FOFAE o las que genere el Comité Hidroagrícola.

Otorgar el apoyo técnico que soliciten las ACU, SRL o Usuarios Hidroagrícolas elegibles para la promoción, instrumentación y ejecución de la componente.

Elaborar el dictamen técnico, en el que se establece la factibilidad de realizar las acciones solicitadas. El dictamen antes referido deberá comunicarse a más tardar en 30 días hábiles posteriores a la presentación de los proyectos, siempre y cuando los proyectos presentados cumplan con toda la información que se indica en las Reglas y Manual de Operación de la componente.

Verificar que no exista duplicidad en el otorgamiento de apoyos para la misma acción en una ACU, SRL o Usuario Hidroagrícola de las componentes de la Comisión y con otros programas federales.

Convocar anual y públicamente a personas físicas y morales, interesadas en participar en la componente, a inscribirse en el Catálogo de Empresas Confiables, siempre y cuando cumplan con los requisitos y documentación solicitada.

Comunicar por escrito a las empresas que quedaron inscritas en el catálogo de empresas confiables; así como a las empresas que no fueron seleccionadas y los motivos.

Cuando así se requiera en la componente, convocar, seleccionar y contratar a las instituciones académicas, de investigación, empresas o profesionales que cuenten con el perfil requerido, para que realicen la evaluación anual.

Autorizar el pago a las empresas o instituciones encargadas de la evaluación anual de la componente, una vez que se haya comprobado el cumplimiento de los servicios contratados mediante carta de aceptación emitida por la CONAGUA.

Formular las solicitudes de radicación de los recursos federales conforme a las Reglas y Manual de Operación de la componente.

DEL COMITÉ HIDROAGRÍCOLA.

Este Comité tendrá las siguientes responsabilidades:

Definir el calendario de sesiones a que estará sujeto el Comité Hidroagrícola.

Realizar la promoción de los componentes sujetos a las Reglas.

Autorizar, previa validación, las obras o acciones que se ejecutarán en los Distritos de Temporal Tecnificado y Zonas de Temporal con los recursos autorizados.

En el caso de los Distritos de Temporal Tecnificado, tomando en consideración el procedimiento de selección de los proyectos y obras presentados por el Comité Hidráulico, conforme a las propuestas validadas por el director de infraestructura hidroagrícola o subdirector de asistencia técnica operativa.

Notificar a las ACU, SRL o Usuario Hidroagrícola la autorización para recibir los apoyos de la componente respectiva.

DEL COMITÉ HIDRÁULICO.

Jerarquizar los expedientes técnicos de conformidad con los mecanismos y los criterios de cada uno de la componente.

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Presentar a través de la Dirección de la CONAGUA en el Estado, según corresponda, al Comité Hidroagrícola o al Subcomité Hidroagrícola, los expedientes técnicos jerarquizados para su aprobación y autorización, conforme a los recursos autorizados.

Distribuir para cada ACU, SRL o Usuario Hidroagrícola, la asignación federal autorizada a los Distritos de Temporal, tomando en cuenta el procedimiento establecido en el Manual de Operación.

DEL COMITÉ TÉCNICO DEL FOFAE.

Definir el calendario de sesiones para el propio Comité Técnico del Fideicomiso.

Autorizar los apoyos solicitados por las ACU, SRL o Usuarios Hidroagrícolas aprobados por el Subcomité Hidroagrícola, conforme a lo establecido en las Reglas y Manual de Operación.

Autorizar el pago de los apoyos con cargo al FOFAE, con base en los procedimientos operativos de la componente.

Solicitar trimestralmente a la FIDUCIARIA correspondiente, el informe desglosado de los saldos e intereses generados por los recursos depositados por el Gobierno Federal, Estatal y Beneficiarios en su caso, en el FOFAE de la componente, a más tardar los primeros cinco días hábiles posteriores al término de cada trimestre.

Presentar informes trimestralmente a la CONAGUA y al Gobierno del Estado de los saldos e intereses generados por los recursos depositados en el FOFAE de la componente.

Presentar informes mensuales al Gobierno del Estado y a la CONAGUA, sobre el avance financiero de la componente.

Autorizar la asignación de recursos y el pago, cuando la evaluación interna se lleve a cabo con productos financieros, una vez que se haya comprobado el cumplimiento de los servicios contratados.

Conjuntar, revisar y resguardar la documentación soporte de los pagos efectuados por concepto del apoyo al proyecto autorizado por el Comité Técnico; esta documentación deberá resguardarse por lo menos por un periodo de seis años y debe de estar integrada en el expediente que resguarda el Organismos de Cuenca y la Dirección Local en el estado.

DE LOS SUBCOMITÉS HIDROAGRÍCOLAS.

Verificar que no exista duplicidad en el otorgamiento de apoyos a las ACU, SRL o Usuario Hidroagrícola, para una misma acción de la componente, con otros programas federales.

Aprobar con base en el dictamen técnico de la CONAGUA y disponibilidad presupuestal, los apoyos solicitados y presentarlos al Comité Técnico del FOFAE para su autorización.

Integrar la información sobre los avances físicos y financieros, y presentar reportes mensuales al Comité Técnico del FOFAE.

DE LAS ASOCIACIONES CIVILES DE USUARIOS, SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD

LIMITADA Y USUARIOS HIDROAGRÍCOLAS.

Presentar solicitudes de apoyo de conformidad con los requisitos establecidos en la componente.

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Ser responsables únicos de los procesos de licitación, contratación, ejecución, supervisión, control, seguimiento, entrega-recepción, pago, finiquito y en general del ejercicio de los recursos destinados a las acciones autorizadas por el Comité Técnico del FOFAE o por el Comité Hidroagrícola, en estricto apego a la normatividad y lineamientos establecidos en las presentes Reglas y Manual de Operación de la componente.

Cuando hayan decidido operar y administrar los recursos de manera directa, aperturar cuentas bancarias mancomunadas para cada componente.

Aportar la contraparte que les corresponda conforme a cada componente, que puede ser con recursos económicos, mano de obra, materiales de construcción, cualquier tipo de financiamiento u obras por administración, y utilizarlo solamente para los fines autorizados.

Otorgar las facilidades y proporcionar la información necesaria a las instancias de coordinación, supervisión y control de los niveles de gobierno facultados, para realizar visitas de inspección.

Garantizar la disponibilidad de los recursos que le corresponde aportar, para lo cual dispondrán de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación de la autorización de la acción o proyecto por parte del Subcomité Hidroagrícola del Comité Técnico del FOFAE o del Comité Hidroagrícola.

Aplicar los recursos autorizados por el Comité Técnico del FOFAE o del Comité Hidroagrícola, única y exclusivamente en la realización de la acción o proyecto autorizado en la componente.

Generar las estimaciones de pago en función del avance de las acciones, con el apoyo en su caso, de la persona física o moral supervisora que hayan contratado, la cual requerirá el Visto Bueno de la CONAGUA.

Informar a la Jefatura de Distritos de Temporal Tecnificado o a la Dirección del Estado correspondiente, los días 20 de cada mes o el siguiente día hábil, los avances físicos financieros y metas correspondientes a la componente.

Elegir a su representante estatal que participará como vocal en el Subcomité Hidroagrícola o en el Comité Hidroagrícola, para desempeñar las funciones que le correspondan.

Verificar y elaborar el documento donde indique si el usuario que recibe el apoyo de la componente de Riego Suplementario en Zonas de Temporal está al corriente en el pago de sus cuotas de conservación normal de la ACU.

En el caso de reintegro extemporáneo a la TESOFE deberá mostrar el pago efectuado por los productos financieros generados y las cargas financieras correspondientes.

4.4 SANCIONES

El Gobierno Federal a través de la CONAGUA suspenderá o cancelará la ministración de los recursos federales convenidos, en los siguientes casos:

I. No se cumpla con las disposiciones establecidas en las Reglas de Operación y en el presente Manual de Operación

II. Que se apliquen los recursos en proyectos o acciones no contempladas en la componente. Los usuarios beneficiados deberán reintegrar los recursos mal aplicados a la TESOFE, informando a los Organismos de Cuenca y Direcciones Locales de la CONAGUA, así como al FOFAE y/o Comité Hidroagrícola.

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III. Que los beneficiarios realicen pagos de anticipos y estimaciones sin contar con el Visto Bueno firmado por la CONAGUA. En el caso de incumplimiento de esta fracción procederá la cancelación de apoyos en el siguiente ejercicio fiscal.

En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por los beneficiarios en los procesos de contratación, la CONAGUA en la Entidad comunicará al FOFAE y/o al Comité Hidroagrícola, a las ACU, SRL o Usuarios Hidroagrícolas sobre la cancelación o suspensión de la participación federal.

En caso de incumplimiento de las obligaciones que contraen los beneficiarios de la componente, en la construcción de las obras, la CONAGUA y el Gobierno Estatal en su caso, suspenderá su aportación; dichos beneficiarios no podrán participar en las mismas hasta que se regularice el cumplimiento de sus obligaciones.

Las ACU, SRL o Usuarios Hidroagrícolas de los distritos de Temporal que hayan incurrido en alguna sanción o no hayan aportado su contraparte, no serán sujetos para recibir apoyo de la componente en el siguiente ejercicio fiscal o hasta su regularización.

La CONAGUA podrá dar de baja del padrón de empresas confiables a aquellas empresas que no hayan cumplido a satisfacción con lo establecido en sus contratos por causas imputables a ellas.

5. PROCEDIMIENTO OPERATIVO

En este capítulo se determina la mecánica para la operación de la componente, así como las fases de los procedimientos y acciones para la contratación, desarrollo y recepción de los trabajos.

5.1.- ACTIVIDADES Y PLAZOS

Las actividades y plazos límite para que los interesados puedan acceder a los beneficios de la Componente de Infraestructura de Riego Suplementario en Zonas de Temporal, del ejercicio fiscal del año vigente, son las siguientes:

ACTIVIDAD PLAZO LÍMITE

Inicio de recepción de solicitudes. Primer día hábil del año inmediato anterior.

Cierre de recepción de solicitudes. Último día hábil del año inmediato anterior o hasta agotar disponibilidad presupuestal en las DGOC y DL.

Notificación en caso de observaciones o documentos faltantes.

15 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud

Plazo de respuesta a las observaciones o complemento de documentos faltantes.

15 días hábiles posteriores a la notificación de observaciones o documentos faltantes

Dictamen Técnico de las solicitudes 20 días hábiles una vez que el expediente esté debidamente integrado.

Notificación de Inscripción 30 días hábiles posteriores a la cesión del Subcomite Hidroagrícola o Comité Hidroagricola

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Formalización de Anexos de Ejecución y Técnico y Convenios de Concertación, cuando aplique.

Último día hábil de marzo del año correspondiente

Dependiendo de la fecha en que se comunique la asignación presupuestal

Publicación del listado de beneficiarios a los que se les otorgó el apoyo.

15 días hábiles posteriores al cierre de Cuenta Pública del ejercicio fiscal.

Radicación de los apoyos federales a los Distritos de Temporal Tecnificado y Zonas de Temporal

Conforme a la disponibilidad presupuestaria existente en los sistemas financieros de la CONAGUA

Informe de cierre de ejercicio, por parte de los Organismos de Cuenca o Direcciones Locales de la CONAGUA en la entidad, cuando los recursos se autoricen por el Comité Hidroagrícola, y del Comité Técnico del FOFAE cuando los recursos se autoricen por el Fideicomiso.

Último día hábil de enero del año inmediato posterior.

Los beneficiarios presentarán su solicitud de apoyo correspondiente y la documentación requerida, para el caso de los usuarios de zonas de temporal, en las oficinas de la Dirección de la CONAGUA en los estados y para el caso de los Distritos de Temporal Tecnificado, en las oficinas de la Jefatura del Distrito correspondiente.

Los Organismos de Cuenca y Direcciones Locales de la CONAGUA, en el Comité Hidroagrícola o en el Subcomité Hidroagrícola, correspondiente, después de agotar las solicitudes recibidas en el año inmediato anterior, podrán apoyar las solicitudes recibidas en el mismo ejercicio fiscal, de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria.

Si alguna(s) de las solicitud(es) autorizadas para el ejercicio fiscal vigente, el beneficiario solicita prórroga por la falta de su aportación económica, ésta pasará a ocupar el último lugar de las solicitudes recibidas a la fecha y podrá sustituirse por la siguiente solicitud recibida en el tiempo estipulado.

La Dirección de la CONAGUA en los estados, con el apoyo del personal técnico, integrará la documentación en un expediente técnico o de obra conforme a los requisitos específicos y hará el dictamen de la solicitud. En caso de ser rechazada la solicitud se notificarán las razones al solicitante.

REVISIÓN Y VALIDACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN Y DICTAMEN TÉCNICO

La DGOC o DL de la CONAGUA en los estados, a través del área correspondiente verificará la documentación especificada en el presente manual, numeral 3.2.- Requisitos específicos y emitirá el dictamen técnico, el cual debe ser concluyente en cuanto a la factibilidad técnica de las acciones a realizar e integrará el expediente técnico de la obra; para el caso de los recursos operados por las ACU, SRL o usuarios hidroagrícolas, se notificará al Comité Hidroagrícola para su autorización y para el caso de los recursos operados por el FOFAE, se notificará al Subcomité Hidroagrícola para su aprobación y al Comité Técnico para su autorización.

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Para la construcción de las obras de riego suplementario, se registrarán los datos correspondientes en el formato No. 4 “Identificación del pozo” y formato No. 5 “Registro de aforo”, con los que se determinará que el gasto en metros cúbicos por segundo así como el volumen a extraer son suficientes para regar la superficie a beneficiar.

El proyecto ejecutivo de las obras solicitadas deberá incluir los requisitos mínimos establecidos en el formato 11.

5.2.- CATÁLOGO DE EMPRESAS CONFIABLES

El Subcomité Hidroagrícola del FOFAE o Comité Hidroagrícola, a través de la DGOC o DL de la CONAGUA en el estado, convocará a empresas interesadas en formar parte del catálogo de empresas confiables, a través de los medios de comunicación (diarios, periódicos) del ámbito estatal.

Las empresas que deseen participar en la construcción de obras de infraestructura hidroagrícola, y supervisión, deberán presentar la siguiente documentación, comprometiéndose en su caso, a otorgar las facilidades necesarias a la convocante para constatar su veracidad:

Solicitud por escrito de formar parte del catálogo, conteniendo los datos generales de la empresa: nombre, dirección, número de teléfono, especialidad y nombre del representante legal. (original en hoja membretada).

Acta constitutiva y reformas en las que en su objeto se incluyan que pueden llevar a cabo las acciones relacionadas con esta componente.

Poder del representante legal otorgado mediante escritura pública.

Currículum vitae de la empresa (con la relación de su plantilla).

Comprobantes de la cuenta bancaria donde se especifiquen: clabe interbancaria, nombre de la empresa, nombre del banco, número de cuenta, código, plaza, sucursal.

Capacidad y recursos técnicos, económicos y financieros.

Relación de maquinaria y equipo propio.

Última declaración del impuesto sobre la renta (Correspondiente al mes inmediato anterior a la presentación de la solicitud).

Inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes.

Cédula profesional y nombre del responsable técnico.

Declaración por escrito y bajo protesta de decir verdad, señalando que no se encuentran con una notificación de rescisión de contrato y no están suspendidas ni sancionadas por la Secretaría de la Función Pública.

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, validara y comunicará oficialmente a las empresas que cumplieron con los requisitos, su inscripción en dicho catálogo, así como a las empresas que no fueron seleccionadas y los motivos de esta decisión.

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5.3.- CATÁLOGO DE CONCEPTOS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y DE PRECIOS

UNITARIOS

Los presupuestos base de las acciones, deberán ser elaborados tomando como referencia el Catálogo de Conceptos y Especificaciones Técnicas y de Precios Unitarios para las Obras Hidroagrícolas, que al efecto difunda la CONAGUA.

En caso de que la CONAGUA no difunda el Catálogo de Conceptos y Especificaciones Técnicas y de Precios Unitarios para las Obras Hidroagrícolas, la DGOC o DL de la CONAGUA en el estado tomará como presupue34sto base, el historial de los precios unitarios de contratos similares de la componente o la cotización más baja de cuando menos tres empresas (del catálogo de empresas confiables), mismas que deberá presentar el usuario cuando trámite la solicitud; dichas cotizaciones en éste caso pasan a ser un requisito adicional en la solicitud del usuario.

6. MECÁNICA OPERATIVA

6.1 EN LAS ACCIONES DE INFRAESTRUCTURA DE RIEGO SUPLEMENTARIO EN

ZONAS DE TEMPORAL.

La SGIH a través de la GIPRDT, comunicará a la Dirección de la CONAGUA en los Estados el presupuesto autorizado para el ejercicio correspondiente y esta a su vez al Subcomité Hidroagrícola del Fofae o al Comité Hidroagrícola.

La Dirección de la CONAGUA en los Estados, suscribirá y formalizará los Anexos Técnicos y de Ejecución o Convenios de Concertación, según corresponda, estableciéndose los compromisos presupuestarios de las contrapartes. La aportación que le corresponde a los usuarios puede ser integrada con recursos económicos, mano de obra, materiales de construcción y/o cualquier tipo de apoyo estatal y/o municipal.

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, en reunión con el Subcomité Hidroagrícola del Fofae o Comité Hidroagrícola, acordará con los gobiernos del estado y/o municipales participantes y con los usuarios, la promoción y difusión por diferentes medios de comunicación local, estatal o regional.

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, realizará la publicación a través de medios de comunicación impresa, la convocatoria para integrar el catálogo de empresas confiables.

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, recibirá de los usuarios la solicitud y la documentación requerida, para acceder a los apoyos de la componente, incluyendo el formato No. 4 “Identificación del pozo” y formato No. 5 “Registro de aforo” con los que se determina que el gasto en metros cúbicos por segundo así como el volumen a extraer son suficientes para regar la superficie a beneficiar.

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, validará que las solicitudes cumplan con los requisitos y las presentarán en la sesión del Subcomité Hidroagrícola del Fofae o Comité Hidroagrícola, para su inclusión en la componente.

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El Comité Técnico del FOFAE o Comité Hidroagrícola, autorizará la participación de los usuarios seleccionados y se les notificará oficialmente el resultado, en un plazo no mayor a 30 días hábiles después de dicha autorización.

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, entregará a los usuarios que recibirán el beneficio, el catálogo de empresas confiables para que estos seleccionen e inviten a las empresas que libremente escojan.

Los usuarios beneficiados llevarán a cabo su proceso de contratación, tomando como referencia el presupuesto base de la Dirección de la CONAGUA en los Estados y realizará la contratación mediante el proceso de invitación a cuando menos tres empresas del catálogo de empresas confiables.

Las empresas invitadas por los Usuarios, llevaran a efecto los eventos de visita de obra, junta de aclaraciones y presentarán su propuesta económica a los productores.

El usuario analizará las propuestas de los trabajos a realizar con el apoyo técnico de la DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados y podrá participar un representante del gobierno del Estado, tomando como referencia el presupuesto base de la DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, para apoyar a los usuarios en la evaluación y selección de la mejor propuesta solvente más baja, con un margen de 10 por ciento mayor o menor del presupuesto base y que garantice satisfactoriamente las mejores condiciones a los beneficiarios para la adjudicación del contrato a la empresa que realizará los trabajos.

Si el usuario adjudica el contrato a la empresa que presentó una propuesta mayor al presupuesto base, la diferencia será cubierta por el productor.

Cuando los recursos sean operados directamente por los Usuarios Hidroagrícolas, el usuario beneficiado aperturará una cuenta mancomunada cuyo titular sea la ACU o SRL y la empresa contratada, fungirá como corresponsable en el manejo de la cuenta.

El Subcomité Hidroagrícola del Fofae o el Comité Hidroagrícola, a través de la Dirección de la CONAGUA en los Estados, validará que los usuarios contraten a la empresa que ejecutará los trabajos, apegándose al modelo de contrato del formato No. 6 “Modelo de contrato usuario – empresa”. En este contrato no aplica la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las mismas, ya que los recursos federales son subsidios y el compromiso contractual pactado se celebra entre particulares.

La empresa contratada deberá entregar a los usuarios, las fianzas de cumplimiento de ejecución de los trabajos y de vicios ocultos, en los plazos establecidos en el contrato.

Los usuarios notificarán al Subcomité Hidroagrícola del Fofae o Comité Hidroagrícola, el inicio de los trabajos en sus Unidades de Riego Suplementario y éste a su vez solicitará que la DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, los apoye en la verificación del cumplimiento de los trabajos. Por ningún motivo se otorgarán anticipos con cargo a recursos federales, en caso contrario será a cuenta de la aportación económica del usuario hidroagrícola.

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados que operan a través del Comité Hidroagrícola, capturan en el Sistema de Administración Integral (SAI), los datos generales y bancarios del beneficiario, así como el contrato y convenio.

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Los usuarios beneficiados, enviarán a la DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, la documentación correspondiente del avance de los trabajos, para su verificación, aprobación y trámite de pago ante el Fofae o al Comité Hidroagrícola.

El Comité Técnico del Fofae, autorizará el pago a la empresa ejecutora de los trabajos, a nombre y cuenta de los usuarios hidroagrícolas beneficiados, lo cual podrá hacerse mediante estimaciones parciales o en una sola estimación, que amparen los trabajos realizados.

Para el caso de que los usuarios hidroagrícolas, opten por Comité Hidroagrícola, la Dirección de la CONAGUA en los Estados elaborará las CLC correspondientes para la validación y autorización del pago de las estimaciones correspondientes, a través de la TESOFE.

Los usuarios beneficiados informarán al Subcomité Hidroagrícola del Fofae o Comité Hidroagricola, la terminación de los trabajos, quien a su vez solicitará a la Dirección de la CONAGUA en los Estados, con la presencia de la empresa verifique y levante el acta de entrega-recepción correspondiente, recomendando utilizar el formato No. 10 “Acta de entrega-recepción”.

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados llevará a cabo la visita de inspección final de los trabajos realizados y notifica la fecha por escrito a los usuarios, a efecto de que estén presentes.

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados notificará la conclusión de los trabajos y entregará el acta de entrega – recepción al Subcomité Hidroagrícola del Fofae o Comité Hidroagrícola. En dicha acta se especificarán los conceptos de trabajos realizados y su costo.

El Comité Técnico del Fofae o Comité Hidroagrícola, procederá a autorizar el pago de finiquito, a nombre y cuenta de los productores, a la empresa que realizó los trabajos contra la(s) factura(s) que ampare la totalidad de los mismos. El usuario hidroagrícola entregará al Subcomité Hidroagrícola del FOFAE o Comité Hidroagrícola según corresponda, las facturas originales correspondientes a las estimaciones de los trabajos realizados.

Es responsabilidad de la DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados el resguardo del expediente técnico original debidamente integrado. Este expediente deberá resguardarse por lo menos seis años, con la documentación soporte de los apoyos otorgados.

La asistencia técnica en apoyo para la operación de la componente se realizará a través de personas físicas, morales o instituciones académicas con experiencia en la operación de la componente; cuyo costo será cubierto con productos financieros de los depósitos realizados y/o con gastos de operación del programa.

6.2 SUPERVISIÓN DE LAS ACCIONES DE INFRAESTRUCTURA DE RIEGO

SUPLEMENTARIO EN ZONAS DE TEMPORAL.

Para las acciones de supervisión se podrá destinar hasta el 5 % del apoyo federal asignado a cada Unidad de Riego suplementario y se realizará a través de personas físicas, morales o instituciones académicas con experiencia en la operación de la componente, mismas que deberán estar inscritas en el padrón de empresas confiables.

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Una vez recibida la notificación de autorización para recibir apoyos en las acciones de Infraestructura de Riego Suplementario en Zonas de Temporal. Los usuarios beneficiados podrán solicitar apoyo para supervisión, declarando por escrito que no cuentan con la capacidad técnica para supervisar las obras (formato libre).

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, recibirá de los usuarios la solicitud para someterla a autorización.

La Dirección de la CONAGUA en los Estados, entregará a los usuarios que recibirán el beneficio, el catálogo de empresas confiables.

Los usuarios beneficiados llevarán a cabo su proceso de contratación mediante el proceso de invitación a cuando menos tres empresas del catálogo de empresas confiables.

Las empresas invitadas por los usuarios, les presentarán su propuesta económica.

El usuario analizará las propuestas de los trabajos a realizar con el apoyo técnico de la DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados.

Si el usuario adjudica el contrato a la empresa que presentó una propuesta mayor al cinco por ciento del presupuesto federal autorizado, la diferencia será cubierta por el usuario hidroagrícola.

El número de contrato tomará como referencia el contrato de la obra, adicionando al final la abreviatura SUP, antepuesta por un guión.

La empresa contratada deberá entregar a los usuarios, las fianzas de cumplimiento de ejecución de los trabajos y de vicios ocultos, en los plazos establecidos en el contrato.

Los usuarios notificarán al Subcomité Hidroagrícola del Fofae o Comité Hidroagrícola, el inicio de los trabajos en sus unidades de riego suplementario. Por ningún motivo se otorgarán anticipos con cargo a recursos federales, en caso contrario será a cuenta de la aportación económica del usuario hidroagrícola.

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados que operan a través del Comité Hidroagrícola, capturan en el Sistema de Administración Integral (SAI), los datos generales y bancarios del beneficiario, así como el contrato.

Los usuarios beneficiados enviarán a la DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, la documentación correspondiente del avance de los trabajos, para su verificación, aprobación y trámite de pago ante el Fofae o el Comité Hidroagrícola. pudiendo realizar este, mediante acuerdo general para todas las obras autorizadas o por medio de una orden de pago.

El Comité Técnico del Fofae, autorizará el pago a la empresa ejecutora de la supervisión, a nombre y cuenta de los usuarios hidroagrícolas beneficiados, lo cual podrá hacerse mediante estimaciones parciales o en una sola estimación, que ampare los trabajos realizados.

Para el caso de que los usuarios hidroagrícolas, opten por Comité Hidroagrícola, la DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, elaborará las CLC correspondientes para la validación y autorización del pago de las estimaciones correspondientes, a través de la TESOFE.

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Los usuarios beneficiados informarán al Subcomité Hidroagrícola del FOFAE o Comité Hidroagricola, la terminación de los trabajos, quien a su vez solicitará a la Dirección de la CONAGUA en los Estados, con la presencia de la empresa verifique y levante el acta correspondiente.

La empresa supervisora deberá entregar informe final de la supervisión, así como los productos que a consideración de los usuarios beneficiados y las DGOC o DL de la CONAGUA en los estados establezcan en las especificaciones del contrato.

6.3 MECÁNICA OPERATIVA PARA LA RADICACIÓN DE LOS RECURSOS DE

INFRAESTRUCTURA DE RIEGO SUPLEMENTARIO EN ZONAS DE TEMPORAL.

6.3.1 CUANDO LOS RECURSOS SEAN OPERADOS Y ADMINISTRADOS EN EL

FOFAE.

Núm. Descripción Responsable

1 Los Anexos de Ejecución y Técnicos, una vez formalizados en las Entidades Federativas, son entregados por la Gerencia de Infraestructura de Protección en Ríos y de Distritos de Temporal (GIPRDT) a la Gerencia de Recursos Financieros (GRF).

GIPRDT

2 La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, envía a su área administrativa, los Anexos de Ejecución y Técnico para su registro en el Sistema de Administración Integral (SAI), así como los datos bancarios y fiscales del FOFAE.

Dirección General de Organismo de Cuenca (DGOC) o Dirección Local (DL).

3 La unidad administrativa responsable, registra los datos del FOFAE y compromete la totalidad de recursos en SAI.

DGOC o DL

4 La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, solicita a su Unidad Administrativa, la elaboración de la CLC correspondiente, para su autorización.

DGOC o DL

5 Registro en SAI de la información de la CLC para la radicación de recursos

DGOC o DL

6 Autoriza la CLC mediante el SAI, para la radicación de los recursos, conforme al calendario de SHCP.

GIPRDT

7 Solicita a TESOFE radicación de recursos. GRF

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8 La TESOFE, programa y realiza la radicación de recursos al FOFAE correspondiente.

SHCP

6.3.2 CUANDO LOS RECURSOS SEAN OPERADOS Y ADMINISTRADOS A TRAVÉS

DEL COMITÉ HIDROAGRÍCOLA:

Núm. Descripción Responsable

1

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, envía a su área administrativa, el convenio Usuario–CONAGUA y el contrato para su registro en el SAI, así como los datos bancarios y fiscales del beneficiario.

DGOC o DL

2 La unidad administrativa responsable, registra los datos de los beneficiarios y compromete los recursos en SAI. DGOC o DL

3

La DGOC o DL de la CONAGUA en los Estados, valida y presenta la estimación y las facturas, previa autorización del Comité Hidroagrícola, a su Unidad Administrativa, para la elaboración de la CLC correspondiente.

DGOC o DL

4 Registro en SAI de la información de las CLC para la radicación de recursos

DGOC o DL

5 Autoriza la CLC mediante el SAI. GIPRDT

6 Solicita a TESOFE radicación de recursos. GRF

7 La TESOFE, programa y realiza la radicación de recursos a la cuenta del Usuario correspondiente.

SHCP

7. DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA INTEGRAR EL EXPEDIENTE

TÉCNICO

7.1 EXPEDIENTE TÉCNICO OFICIAL DE LA COMPONENTE DE INFRAESTRUCTURA

DE RIEGO SUPLEMENTARIO EN ZONAS DE TEMPORAL.

Será responsabilidad de los beneficiarios la integración del expediente técnico de las obras o acciones que se realicen con los recursos de esta componente. Una vez integrado, entregará un ejemplar en original a la instancia de la CONAGUA que corresponda, para su resguardo durante un periodo de seis años.

El expediente técnico antes referido debe contener la documentación comprobatoria del gasto, proceso de contratación, así como todos y cada uno de los registros documentales derivados de los procedimientos referidos, y deberá integrarse únicamente por los documentos siguientes:

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1. Solicitud de inscripción para ingresar a la componente Formato No1 “Solicitud de inscripción al subprograma de rehabilitación, modernización, tecnificación y equipamiento de distritos de riego y temporal tecnificado en su componente de infraestructura de riego suplementario en zonas de temporal”.

2. Copia título de concesión o resolución positiva o constancia de registro de volumen; o recibo de trámite el aprovechamiento se encuentre en zonas de supresión de libre alumbramiento o nombramiento de albacea debidamente protocolizado y el acuse de recibo del trámite o aviso para usar aguas residuales y/o tratadas por un tercero distinto al concesionario o asignatario.

3. Carta compromiso del beneficiario de su aportación económica, para efectuar los pagos de los trabajos a realizar. Formato No. 3 “Carta compromiso de aportación de recursos por parte del usuario hidroagrícola”.

4. Carta en la que declare bajo protesta de decir verdad, de no haber recibido apoyos de otros programas federales en las mismas acciones.

5. Oficio de Autorización para participar de los apoyos del programa.

6. Convenio de concertación CONAGUA-Usuario Hidroagrícola, (fuera de FOFAE).

7. Listado de empresas confiables, acusado de recibido por el usuario, en la que se incluya la siguiente leyenda: “Recibí Listado de Empresas Confiables” especificando fecha, nombre y firma.

8. Proyecto Ejecutivo.

9. Catálogo de precios unitarios de los conceptos correspondientes a la obra contratada, presentado por las empresas que participaron.

10. Análisis de las propuestas, para la selección de la empresa que realizará los trabajos.

11. Contrato celebrado entre el (los) usuario (s) hidroagrícola (s) y la empresa.

12. Fianza de garantía de ejecución de los trabajos.

13. Aviso de notificación de inicio de los trabajos por parte del usuario hidroagrícola al Subcomité Hidroagrícola del FOFAE o Comité Hidroagrícola.

14. Estimaciones y facturas de comprobación del pago de trabajos.

15. Aviso de terminación de los trabajos realizados por parte del usuario hidroagrícola al Subcomité Hidroagrícola del FOFAE o Comité Hidroagrícola.

16. Fianza de vicios ocultos a nombre del contratante, con vigencia de un año.

17. Formatos de la verificación de la conclusión de los trabajos realizados.

18. Descripción de los trabajos ejecutados y reporte fotográfico

19. Acta de Entrega-Recepción.

8. CONCLUSIÓN DE LAS ACCIONES DE LA COMPONENTE

8.1. ACTA DE ENTREGA-RECEPCIÓN.

Una vez concluidas las acciones realizadas con apoyos de cada uno de las componentes, los beneficiarios informarán según la modalidad que hayan elegido para ejercer los recursos al Subcomité Hidroagrícola del FOFAE o Comité Hidroagrícola.

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La Dirección de la CONAGUA o a quién está designe debe verificar la conclusión de las acciones y testifican en el Acta de entrega-recepción formulada por los beneficiarios. En este acto se formalizará el Acta antes citada donde los beneficiarios deberán invitar al menos el representante del Subcomité Hidroagrícola del FOFAE o Comité Hidroagrícola y de la CONAGUA, los representantes de los Organismos Fiscalizadores y el proveedor del bien o servicio, sin ser limitante su asistencia para llevar a cabo el acto.

La documentación que avala la entrega-recepción de los apoyos otorgados deberá formar parte del expediente respectivo. Es responsabilidad del Comité Técnico del FOFAE o Comité Hidroagrícola, según sea el caso o quien designe, resguardar dicha documentación para los efectos legales, por un periodo de seis años que establece la normatividad aplicable. Cuando el expediente sea resguardado por el Comité Técnico del FOFAE, deberá proporcionar copia autentificada a la CONAGUA en la entidad.

8.2 CIERRE DEL EJERCICIO

I. Cuando los recursos sean operados y administrados por el FOFAE.

El Comité Técnico del FOFAE será responsable de integrar el informe de cierre del ejercicio de cada componente, quienes los entregarán a la Dirección de la CONAGUA en la entidad, y ésta a su vez lo remitirá al área normativa del nivel central, para la integración de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente.

II. Cuando los recursos sean operados y administrados por las ACU, SRL o usuarios hidroagrícolas.

El Comité Hidroagrícola, será el responsable de integrar el informe de cierre del ejercicio de cada componente, lo entregará a la Dirección de la CONAGUA en la entidad, y ésta a su vez la remitirá al área normativa del nivel central, para la integración de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente.

En ambos casos se integrará el cierre del ejercicio presupuestal anual, considerando el listado de beneficiarios y montos apoyados durante el ejercicio fiscal que se reporta, así como aquellos que al 31 de diciembre se encuentran devengados conforme al artículo 175 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, y lo remitirá en documento y medios magnéticos a más tardar el último día hábil de enero del ejercicio fiscal posterior al que se informa, al área normativa del nivel central.

Independientemente de este informe, el Comité Técnico del FOFAE y el Comité Hidroagrícola, a través de la Dirección de la CONAGUA en la entidad estarán obligados a seguir informando mensualmente al área normativa del nivel central, los avances en la aplicación de los recursos reportados como devengados y contabilizados en el ejercicio fiscal de que se trate, hasta su total aplicación o su devolución a la TESOFE en los términos de los Artículos 85 y 176 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Al término de este proceso se deberá elaborar, el informe de cierre de cada componente.

En el caso del subprograma de Apoyos Especiales y Estratégicos, la Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola, la Dirección General de los Organismos de Cuenca o la Dirección Local, según corresponda, elaborara dicho informe.

La Dirección en la entidad será responsable de integrar y otorgar el visto bueno del informe de cierre del ejercicio de la componente Apoyos Especiales y Estratégicos, quien a su vez lo remitirá al área normativa del nivel central, para la integración de la cuenta de la Hacienda Pública Federal correspondiente.

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8.3 REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS

Los recursos no devengados al 31 de diciembre de ejercicio fiscal correspondiente, conforme a los artículos 54 y 82, fracción IX de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y 10, 85, 175 y 176 de su Reglamento, deberán ser reintegrados a la Tesorería de la Federación (TESOFE), dentro de los primeros 15 días naturales del siguiente ejercicio fiscal. En caso de extemporaneidad del reintegro, también se deberán cubrir cargas financieras a la TESOFE, las cuales serán determinadas por ésta. Asimismo, deberán reintegrarse a la TESOFE los intereses generados por los recursos federales depositados en las cuentas bancarias establecidas para los subprogramas federales respectivos.

DE LA INTERPRETACIÓN

La Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola, a través de la Gerencia de Infraestructura para la Protección de Infraestructura en Ríos y de Distritos de Temporal, será la instancia que resolverá sobre las situaciones no previstas en el presente Manual de Operación, por lo que las solicitudes deberán ser presentadas por escrito a la GIPRDT para su valoración y dictamen.

Manual de Operación de la Componente infraestructura de Riego Suplementario en Zonas de

Temporal, 2017

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ANEXOS

Formato 1

Solicitud de inscripción al Programa de Rehabilitación, Tecnificación y

Equipamiento de Distritos de Riego y Temporal Tecnificado, Componente

Temporal Tecnificado con Infraestructura de Riego Suplementario en Zonas de

Temporal.

Formato 2 Dictamen técnico, socioeconómico y procedimiento de selección.

Formato 3 Carta compromiso de aportación de Recursos por parte del usuario

Hidroagricola.

Formato 4 Identificación del pozo.

Formato 5 Registro de Aforo.

Formato 6 Modelo del Contrato.

Formato 7 Informe de Supervisión Técnica.

Formato 8 Reporte de Infraestructura de Riego Suplementario en Zona de Temporal

(Ejercicio Fiscal 2017).

Formato 9 Componentes y cantidades de obra.

Formato 10 Acta de entrega recepción.

Formato 11 Requisitos Mínimos de un Proyecto Ejecutivo

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Temporal, 2017

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Datos del solicitante: Fecha: (dd/mm/aa)

Hombre Mujer

Aguas superficiales Aguas subterráneas

Localidad:

Número REPDA:

Tenencia de la tierra: Ejidal: Pequeña propiedad:

Recursos propios (monto$):

Productores beneficiados: Hombres: Mujeres:

“Este  programa  es  públ ico, ajeno a  cualquier partido pol ítico. Queda  prohibido el  uso para  fines  dis tintos  a  los  establecidos  en el  programa”

Declaro bajo protesta  decir verdad, que  los  datos  asentados  son ciertos .

Nombre  y fi rma  del  sol ici tante

Trabajos solicitados:

Número título de concesión: Coordenadas geográficas (GPS)

Otra:

Inversión del usuario (monto $): Crédito (monto $):

Superficie a beneficiar:

Nombre del Proyecto:

Nombre del beneficiario:

Municipio: Distrito de Temporal Tecnificado:

Formato No. 1. Solicitud de inscripción al Programa de Rehabilitación, Modernización,

Tecnificación y Equipamiento de Distritos de Riego y Temporal Tecnificado,

Componente Temporal Tecnificado con Infraestructura de Riego Suplementario en

Zonas de Temporal.

C. Director General del Organismo de Cuanca Local y/o Director Local

Por este conducto me permito solicitar la inscripción al Programa de Rehabilitación, Modernización, Tecnificación y

Equipamiento de Distritos de Riego y Temporal Tecnificado, Componente Temporal Tecnificado con Infraestructura de Riego

Suplementario en Zonas de Temporal.

Nombre del solicitante o representante: 

Registro federal de contribuyentes (RFC): Cédula única de registro de población (CURP):

Domicilio y teléfono:

Datos del tipo de aprovechamiento:

Manual de Operación de la Componente infraestructura de Riego Suplementario en Zonas de

Temporal, 2017

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Régimen de la 

tenencia de tierra

Número de 

hectáreas a 

beneficiar

Número de 

familias a 

beneficiar

Cultivo (s) principal 

(es)

Puntos Puntuación

30

20 a 30

0 a 20

0 a 20

Tipo de aprovechamiento:

Formato No. 2. Dictamen técnico, socioeconómico y procedimiento de selección.

C. Director General de Organismo de Cuenca y/o Dirección Local

Fecha: (dd‐mm‐aaaa)

I.‐ Datos del solicitante

Nombre del usuario o reprsentante legal:

Domicilio:

Nombre del proyecto:

II.‐ Aspectos Socioeconómicos

Dictamen Técnico Cumple con los requisitos de elegibildad

Nivel de marginación del municipio:

Nivel de marginación de la localidad:

Dictamen Socioeconómico: Cumple con los requisitos de elegibildad

III.‐ Aspecto técnico

Superficie a beneficiar en la Componente:

Tipo de sistema de riego a implementar

V.‐ Puntuación para jerarquizar de las solicitudes

IV.‐ Aspectos financieron

Presupuesto base del proyecto Costo total ($) Costo por hectárea ($)

Monto Total del Proyecto ($):

Aportación federal      % Aportación Estatal       % Aportación del productor     %

Dictamen financiero Cumple con los requisitos de elegibildad

Criterios

Localización dentro de la poligonal de un Distrito de Temporal Tecnificado.

Nivel de marginación del municipio donde se localiza el proyecto (CONAPO).

Localización en una zona de temporal.

Número de Usuarios Hidroagrícolas.

Resultados

Verifica y propone Vo.Bo

Calificación

“Este  programa  es  públ i co, ajeno a  cua lquier partido pol íti co. Queda  prohibido el  uso para  fines  dis tintos  a  los  establecidos  en el  programa”

Encargado de la Componente El Director de Infraestructura Hidroagrícola del Organismo de 

Cuenca o El Subdirector de Infraestructura Hidrogrícola

Nombre y firma Nombre y firma

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Desglose de puntuación para jerarquizar las solicitudes

Cuando se localiza dentro de la poligonal de un distrito de temporal tecnificado.

(hasta 30 puntos)

Acciones Puntos

dentro del distrito 30

fuera del distrito de temporal 0

Cuando el nivel de marginación conforme a la Comisión Nacional de la Población (CONAPO)

(20 - 30 puntos)

Acciones Puntos

Muy alto 30 Alto 27 Medio 25 Bajo 21 Muy bajo 20

Cuando se localiza en una zona de temporal

(Hasta-20 puntos)

Acciones Puntos

dentro de la zona de temporal 20

fuera de la zona de temporal 0

Cuando la unidad que otorgue beneficio a un mayor número de productores.

(Hasta 20 puntos)

Número de productores Puntos

Más de 20 20 10 a 19 15 Hasta - 9 10

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Formato No. 3 Carta compromiso de aportación de recursos por parte del usuario hidroagrícola

Subcomité hidroagrícola del FOFAE o Comité Hidroagrícola:

_____________________________________________________________

El Usuario hidroagrícola y/o el o (los) representante (s) de los usuarios hidroagrícolas del (los) ejido (s) (____), comunidad (es) (____), pequeños propietarios (____) de la localidad conocida como: ___________________________________ en el Municipio de ___________________________________________________ del proyecto. ________.________, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que los datos aquí asentado, son ciertos.

En apoyo a la solicitud de recursos de la componente, se manifiesta que: se encuentra(n) enterado(s) y de acuerdo en participar con un porcentaje del costo total de la obra y que esta participación es:

1. Efectivo (___) ya que se cuenta con $_____________________. en la cuenta No.____________, de la Institución Bancaria: ______________________.

2. Con mano de obra (__________). 3. Con equipo para la misma (_________________), consistente en: ______:

Estamos enterados que la selección y contratación de la obra será responsabilidad de nosotros en la parte que nos compete con el apoyo técnico y verificación de la Comisión y que los acuerdos que celebremos con el contratista seleccionado, requerirán de la sanción del Subcomité Hidroagrícola del FOFAE o Comité hidroagrícola (según corresponda).

Asimismo, estamos de acuerdo y aceptamos la responsabilidad de administrar y conservar la infraestructura hidroagrícola, así como el compromiso de que una vez terminadas las obras nos responsabilizaremos totalmente de su operación, administración y conservación normal de acuerdo a las indicaciones de la CONAGUA .

Nombre y Firma del usuario (s) hidroagrícola (s) o representante de la Asociación

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”

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Núm. Repda del pozo

Vertical

Sumergible

Datos de placa E ficiencia (%): Potencia (kw)

del motor Corriente (A): Frecuencia de rotación (rpm)

Medición de parámetros Tipo de instrumentos

Gasto (flujo) Orificio calibrado

E scuadra

Tubo de Pitot

Presión de descarga

Nivel estático: Sonda E léctrica

Nivel dinámico: Sonda Neumática

Potencia eléctrica Voltmetro

(medición indirecta) Amperímetro

Factorímetro:

No. De motor Núm. cuenta CFE :

Formato No. 4. Identificación del pozo

Solicitante:

Domicilio:

Localización del pozo:

Observaciones

Parámetros garantizados de la bomba: Tipo Marca:

No. pasos: Flujo (m3/s):

Carga Total (m): E ficiencia (%):

Datos de la columna Diámetro de succión (pulg o m): Diámetro de la flecha (pulg o m):

Marca:

Tensión (V):

Manómetro:

Duración de la pruebaFecha: Responsable:

Hora de inicio: Hora de finalización

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Formato No. 6 Modelo de contrato

ESTADO DE: XXXXXXXXXXXXXX

PROGRAMA S217 APOYO A LA INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA, SUBPROGRAMA DE REHABILITACIÓN, MODERNIZACIÓN, TECNIFICACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE TEMPORAL TECNIFICADO, COMPONENTE INFRAESTRUCTURA DE RIEGO SUPLEMENTARIO EN ZONAS DE TEMPORAL 2017.

CONTRATO NÚMERO: __________ CONTRATO ENTRE PARTICULARES, DE TRABAJOS A BASE DE PRECIOS UNITARIOS

FIJOS Y TIEMPO DETERMINADO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL USUARIO HIDROAGRICOLA DE LA UNIDAD DE RIEGO XXXXXXXXX, REPRESENTADO POR EL C. XXXXXXXXXX AL QUE SE DENOMINARÁ "EL CONTRATANTE" Y POR LA OTRA, LA EMPRESA XXXXXXXXXXXXX, REPRESENTADA POR XXXXXXXXXXXX AL QUE SE DENOMINARÁ "EL CONTRATISTA", DE ACUERDO A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S :

I.- "EL CONTRATANTE" DECLARA QUE: I.1.- ES UN USUARIO HIDROAGRICOLA CON PERSONALIDAD JURIDICA PROPIA Y QUE

ESTA EN POSIBILIDAD DE CONTRATAR LA REALIZACION DE LAS OBRAS DE RIEGO SUPLEMENTARIO.

I.2.- SE HA AUTORIZADO POR EL XXXXXXXXXXXXX DEL ESTADO DE

XXXXXXXXXX, SU SOLICITUD PARA RECIBIR BENEFICIOS DE LA COMPONENTE CON NÚMERO DE ACUERDO XXXXXXXXX, DE FECHA XXXXXXXXX Y PARA CUBRIR LAS EROGACIONES QUE SE DERIVEN DE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO, SE CUENTA CON LOS RECURSOS PRESUPUESTALES PROVENIENTES DE LA APORTACION DE HASTA EL XXXXX POR CIENTO A CARGO DE LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA, Y EL RESTANTE XXXXX POR CIENTO, CON CARGO A LOS USUARIOS HIDROAGRÍCOLAS, DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD VIGENTE.

I.3.- EL PRESENTE CONTRATO SE ADJUDICA A "EL CONTRATISTA" PARA LLEVAR A

CABO LOS TRABAJOS A QUE SE DESTINAN LOS FONDOS MENCIONADOS EN EL PUNTO I.2, DE ACUERDO CON LOS ACTOS RELATIVOS AL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN ESTABLECIDO EN LAS "REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA APOYO A LA INFRAESTRUCTURA HIDROAGRÍCOLA, A CARGO DE LA COMISION NACIONAL DEL AGUA", APLICABLES A PARTIR DE 2017, PUBLICADAS EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 28 DE DICIEMBRE DE 2016, PARA TAL EFECTO SE CELEBRARON LOS ACTOS DE

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PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES Y APERTURA DE PROPUESTAS EL DÍA XXXXXX Y EL ACTO DONDE SE HIZO SABER LA ADJUDICACIÓN, SE REALIZÓ EL DÍA XX DE XXX DE 2017 A LAS XXXX HRS., A "EL CONTRATISTA" EL PRESENTE CONTRATO, PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL MISMO.

I.4.- QUE TIENEN ESTABLECIDO SU DOMICILIO EN: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,

MISMO QUE SEÑALA PARA QUE SE LE PRACTIQUEN LAS NOTIFICACIONES, AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, LAS QUE SURTIRÁN SUS EFECTOS LEGALES MIENTRAS NO SEÑALEN POR ESCRITO OTRO DISTINTO, PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS DE ESTE CONTRATO.

I.5.- AUTORIZA Y PONE A DISPOSICIÓN EL SITIO DONDE SE LLEVARA A CABO LA

EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS MOTIVO DE ESTE CONTRATO.

II.- "EL CONTRATISTA" DECLARA QUE:

II.1.- TIENE CAPACIDAD JURÍDICA PARA CONTRATAR Y REÚNE LAS CONDICIONES TÉCNICAS Y ECONÓMICAS PARA OBLIGARSE A LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DE ESTE CONTRATO.

II.2.- TIENE ESTABLECIDO SU DOMICILIO EN: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX,

MISMO QUE SEÑALA PARA QUE SE LE PRACTIQUEN LAS NOTIFICACIONES, AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, LAS QUE SURTIRÁN SUS EFECTOS LEGALES MIENTRAS NO SEÑALE POR ESCRITO OTRO DISTINTO, PARA TODOS LOS FINES Y EFECTOS DE ESTE CONTRATO.

II.3.- SE ENCUENTRA REGISTRADO EN LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO

PÚBLICO, CON EL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES NÚMERO XXXXXXXXXXXXXX. II.4- CONOCE EL CONTENIDO DE LOS ANEXOS QUE DEBIDAMENTE FIRMADOS POR LAS

PARTES, INTEGRAN EL PRESENTE CONTRATO. (CATALOGO DE CONCEPTOS). II.5.- HA INSPECCIONADO DEBIDAMENTE EL SITIO DONDE SE REALIZARÁN LOS

TRABAJOS OBJETO DE ESTE CONTRATO, A FIN DE CONSIDERAR TODOS LOS FACTORES QUE INTERVIENEN EN SU DESARROLLO.

II.6.- SE OBLIGA A CONTRATAR A PERSONAL ESPECIALIZADO QUE SE REQUIERA PARA

LA REALIZACIÓN DEL CONTENIDO DEL ANEXO DE ESTE CONTRATO.

C L Á U S U L A S :

PRIMERA: OBJETO DEL CONTRATO. "EL CONTRATANTE" ENCOMIENDA A "EL CONTRATISTA" LA REALIZACIÓN DE LOS

TRABAJOS CONSISTENTES EN: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX

XXXXXXXXXXXXX, EN LA UNIDAD DE RIEGO XXXXXXXXXXXXXXXX, EN BENEFICIO DE XXX HA DE XXXXX Y XX PRODUCTORES DE XXXXXXX, MUNICIPIO DE XXXXXXX Y “EL CONTRATISTA” SE OBLIGA A REALIZARLOS HASTA SU TOTAL TERMINACIÓN, ACATANDO PARA ELLO LO ESTABLECIDO POR LOS DIVERSOS ORDENAMIENTOS, NORMAS Y ANEXOS SEÑALADOS EN LA DECLARACIÓN II.4 DE ESTE CONTRATO Y QUE FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL MISMO.

SEGUNDA: MONTO DEL CONTRATO Y PLAZO DE EJECUCIÓN.

EL MONTO TOTAL DEL PRESENTE CONTRATO ES DE $ XXXXXXXX (CANTIDAD EN LETRA XX/100 M.N.) SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (0% DE IVA) DE LOS CUALES LA CONAGUA APORTARA (XXXX%) $ XXXXXX (CANTIDAD EN LETRA XX/100

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M.N.) Y LA UNIDAD DE RIEGO “XXXXXXXXX” (XXXX%) $ XXXXXX (CANTIDAD EN LETRA XX/100 M.N.)

"EL CONTRATISTA" SE OBLIGA A REALIZAR LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE

CONTRATO, INICIANDO LOS TRABAJOS EL DÍA XX DE XXXX DE 2017 Y A TERMINARLOS A MÁS TARDAR EL DÍA XX DE XXX DE 2017 DE CONFORMIDAD CON EL PROGRAMA DE TRABAJO APROBADO. LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS DEBERÁ REALIZARSE CON LA SECUENCIA Y EN EL TIEMPO PREVISTO EN EL PROGRAMA DE TRABAJO PACTADOS EN ESTE CONTRATO.

"EL CONTRATANTE" DESIGNARÁ A SU REPRESENTANTE Y “EL CONTRATISTA” A SU

REPRESENTANTE, MISMOS QUE FUNGIRÁN COMO RESIDENTE DE OBRA Y SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN, RESPECTIVAMENTE. EL RESIDENTE DE OBRA SERÁ EL RESPONSABLE DE LA SUPERVISIÓN, VIGILANCIA, CONTROL Y REVISIÓN DE LOS TRABAJOS, INCLUYENDO LA APROBACIÓN DE LAS ESTIMACIONES PRESENTADAS POR "EL CONTRATISTA", A TRAVÉS DE LA EMPRESA SUPERVISORA CONTRATADA PARA TAL EFECTO, ASÍ COMO TAMBIÉN CONTANDO CON EL APOYO DEL PERSONAL TÉCNICO PARA EL VISTO BUENO DE LA CONAGUA.

TERCERA: DISPONIBILIDAD DE DICTÁMENES, PERMISOS, LICENCIAS, DERECHOS DE BANCOS DE MATERIALES Y DEL INMUEBLE.

"EL CONTRATANTE" SE OBLIGA A PONER A DISPOSICIÓN DE "EL CONTRATISTA", EL

INMUEBLE EN EL QUE DEBAN LLEVARSE A CABO LOS TRABAJOS MATERIA DE ESTE CONTRATO, ASÍ COMO LOS DICTÁMENES, PERMISOS Y LICENCIAS QUE SE REQUIERAN PARA SU REALIZACIÓN, CUYA TRAMITACIÓN SEA COMPETENCIA DE "EL CONTRATANTE", OBSERVANDO TANTO "EL CONTRATANTE" COMO "EL CONTRATISTA", LAS DISPOSICIONES QUE EN MATERIA DE ASENTAMIENTOS HUMANOS, DESARROLLO URBANO Y CONSTRUCCIÓN RIJAN EN EL ÁMBITO FEDERAL, ESTATAL Y MUNICIPAL.

EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE "EL CONTRATANTE" EN LA ENTREGA

OPORTUNA DEL INMUEBLE EN EL QUE DEBAN LLEVARSE A CABO LOS TRABAJOS A "EL CONTRATISTA", PRORROGARÁ EN IGUAL PLAZO LA FECHA ORIGINALMENTE PACTADA PARA LA CONCLUSIÓN DE LOS TRABAJOS, DEBIENDO CONSTAR POR ESCRITO LA ENTREGA Y RECEPCIÓN DEL INMUEBLE.

CUARTA: ANTICIPOS. NO SE OTORGARÁN ANTICIPOS DE RECURSOS FEDERALES PARA EL PRESENTE

CONTRATO. QUINTA: FORMA DE PAGO. “EL CONTRATANTE” EN EL CASO DE FOFAE: SE COMPROMETE A ACEPTAR SE PAGUE

EL RECURSO FEDERAL A LA EMPRESA CONTRATISTA A NOMBRE Y CUENTA DEL PRODUCTOR. EN EL CASO DE COMITÉ HIDROAGRÍCOLA: EL PRODUCTOR PAGA DIRECTAMENTE A LA

EMPRESA CONTRATISTA "EL CONTRATANTE" Y "EL CONTRATISTA" CONVIENEN QUE LOS TRABAJOS

OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO, SE PAGUEN CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CATÁLOGO DE CONCEPTOS, MEDIANTE LA FORMULACIÓN DE ESTIMACIONES SUJETAS AL AVANCE DE LOS TRABAJOS, LAS QUE SERÁN ELABORADAS POR "EL CONTRATISTA", Y AVALADAS POR "EL CONTRATANTE".

SEXTA: GARANTÍAS.

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PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, "EL CONTRATISTA" PRESENTA FIANZA NÚMERO XXXXX DE FECHA XXXXXXXX POR LA CANTIDAD DE $ XXXXX (CANTIDAD EN LETRA XX/100 M. N.), POR EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, OTORGADA POR LA AFIANZADORA XXXXXXXX A FAVOR DE “EL CONTRATANTE”, MISMA QUE SERÁ PRESENTADA DENTRO DE LOS 5 (CINCO) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA EN QUE RECIBA LA NOTIFICACIÓN POR ESCRITO DE LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO O FALLO. LA FIANZA SERA RESGUARDADA POR “EL CONTRATANTE” Y UNA COPIA DE ESTA FORMARA PARTE DEL EXPEDIENTE.

CUANDO AL REALIZARSE EL FINIQUITO RESULTEN SALDOS A CARGO DE "EL CONTRATISTA", Y ÉSTE HAGA PAGO DE LA TOTALIDAD DE LOS MISMOS EN FORMA INCONDICIONAL DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DEL FINIQUITO, "EL CONTRATANTE" DEBERÁ LIBERAR LA FIANZA RESPECTIVA, EN CASO CONTRARIO, "EL CONTRATANTE" PROCEDERÁ A HACER EFECTIVAS LAS GARANTÍAS.

CONCLUIDOS LOS TRABAJOS, "EL CONTRATISTA" QUEDARÁ OBLIGADO A RESPONDER DE LOS DEFECTOS QUE RESULTAREN DE LOS MISMOS, DE LOS VICIOS OCULTOS Y DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO, EN CONTRAVENCIÓN AL CONTENIDO DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA ANEXOS A ESTE CONTRATO, POR LO QUE "EL CONTRATISTA" SE OBLIGA A PRESENTAR FIANZA POR EL 10% (DIEZ POR CIENTO) DEL IMPORTE DE LOS TRABAJOS REALIZADOS, SIN INCLUIR EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, OTORGADA POR INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBIDAMENTE AUTORIZADA.

LOS TRABAJOS SE GARANTIZARÁN DURANTE UN PLAZO DE 12 (DOCE) MESES. CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS.

CUANDO APARECIEREN DEFECTOS O VICIOS OCULTOS EN LOS TRABAJOS DENTRO DEL PLAZO CUBIERTO POR LA GARANTÍA, "EL CONTRATANTE", DEBERÁ NOTIFICARLO POR ESCRITO A "EL CONTRATISTA", PARA QUE ÉSTE HAGA LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES CORRESPONDIENTES, DENTRO DE UN TÉRMINO MÁXIMO DE 10 DÍAS NATURALES, TRANSCURRIDO ESTE TÉRMINO SIN QUE SE HUBIEREN REALIZADO DICHAS CORRECCIONES, EL CONTRATANTE PROCEDERÁ A HACER EFECTIVA LA GARANTÍA. SI LA REPARACIÓN REQUIERE DE UN PLAZO MAYOR, "EL CONTRATISTA" PODRÁN CONVENIRLO POR ESCRITO, DEBIENDO CONTINUAR VIGENTE LA GARANTÍA.

SEPTIMA: REPRESENTANTE DE "EL CONTRATISTA". "EL CONTRATISTA" SE OBLIGA A ESTABLECER ANTICIPADAMENTE AL INICIO DE LOS

TRABAJOS, EN EL SITIO DE REALIZACIÓN DE LOS MISMOS, UN REPRESENTANTE PERMANENTE QUE FUNGIRÁ COMO SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN, RESPONSABLE DEL TRABAJO QUE REALIZAN LOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS QUE REQUIERA EL PLAN DE TRABAJO, EL CUAL DEBERÁ CONOCER CON AMPLITUD LOS ANEXOS QUE SE INDICAN EN LA DECLARACIÓN II.4 DE ESTE CONTRATO Y DEMÁS DOCUMENTOS INHERENTES QUE SE GENEREN CON MOTIVO DEL DESARROLLO DE LA OBRA DE LAS UNIDADES DE RIEGO SUPLEMENTARIO.

EL SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN DEBE ESTAR FACULTADO POR "EL

CONTRATISTA", PARA OÍR Y RECIBIR TODA CLASE DE NOTIFICACIONES RELACIONADAS CON LOS TRABAJOS, AÚN LAS DE CARÁCTER PERSONAL, ASÍ COMO CONTAR CON LAS FACULTADES SUFICIENTES PARA LA TOMA DE DECISIONES EN TODO LO RELATIVO AL CUMPLIMIENTO DE ESTE CONTRATO.

"EL CONTRATANTE" SE RESERVA EL DERECHO DE LA ACEPTACIÓN DEL SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN, Y DE SOLICITAR EN CUALQUIER MOMENTO POR CAUSAS JUSTIFICADAS, LA SUSTITUCIÓN DEL MISMO, Y "EL CONTRATISTA" TENDRÁ LA

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OBLIGACIÓN DE NOMBRAR A OTRO QUE REÚNA LOS REQUISITOS INDICADOS EN EL PRIMER PÁRRAFO DE ESTA CLÁUSULA.

OCTAVA: RELACIONES LABORALES DE "EL CONTRATISTA" CON SUS

TRABAJADORES "EL CONTRATISTA"

“EL CONTRATISTA” COMO EMPRESARIO Y PATRÓN DEL PERSONAL QUE OCUPA, CON MOTIVO DE LOS TRABAJOS MATERIA DE ESTE CONTRATO, SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y DEMÁS ORDENAMIENTOS EN MATERIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL. "EL CONTRATISTA" SE OBLIGA POR LO MISMO, A RESPONDER DE TODAS LAS RECLAMACIONES QUE SUS TRABAJADORES PRESENTEN EN SU CONTRA O EN CONTRA DE "EL CONTRATANTE", EN RELACIÓN CON LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.

NOVENA: RESPONSABILIDADES DE "EL CONTRATISTA" "EL CONTRATISTA" SERÁ EL ÚNICO RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DE LOS

TRABAJOS Y DEBERÁ SUJETARSE A TODOS LOS REGLAMENTOS Y ORDENAMIENTOS DE LAS AUTORIDADES COMPETENTES EN MATERIA QUE RIJAN EN EL ÁMBITO FEDERAL, ESTATAL O MUNICIPAL, ASÍ COMO A LAS INSTRUCCIONES QUE AL EFECTO LE SEÑALE "EL CONTRATANTE". CUALQUIER RESPONSABILIDAD Y DAÑOS Y PERJUICIOS QUE RESULTAREN POR SU INOBSERVANCIA SERÁN A CARGO DE "EL CONTRATISTA", QUE PODRÁ SER RECLAMADA POR "EL CONTRATANTE" POR LA VÍA JUDICIAL CORRESPONDIENTE.

ASIMISMO, "EL CONTRATISTA" SE OBLIGA A NO CEDER EN FORMA PARCIAL O TOTAL, EN FAVOR DE CUALQUIER OTRA PERSONA FÍSICA O MORAL, SUS DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADOS DE ESTE CONTRATO Y SUS ANEXOS, CON EXCEPCIÓN DE LOS DERECHOS DE COBRO SOBRE LAS ESTIMACIONES POR TRABAJOS EJECUTADOS, EN CUYO CASO SE DEBERÁ CONTAR CON EL PREVIO CONSENTIMIENTO EXPRESO Y POR ESCRITO DE "EL CONTRATANTE", DE LO CONTRARIO SERÁ OBJETO DE RE SICIÓN DE CONTRATO.

"EL CONTRATISTA" ESTA OBLIGADO A CONTRATAR PERSONAL CAPACITADO PARA CUBRIR LAS DIFERENTES ACCIONES QUE SE EXIGEN EN LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL PROYECTO.

DÉCIMA: SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. “EL CONTRATANTE” PODRÁ SUSPENDER TEMPORALMENTE, EN TODO O EN PARTE Y

EN CUALQUIER MOMENTO, LOS TRABAJOS CONTRATADOS POR CAUSA JUSTIFICADA, SIN QUE ELLO IMPLIQUE SU TERMINACIÓN DEFINITIVA, DETERMINANDO LA TEMPORALIDAD DE LA SUSPENSIÓN, LA QUE NO PODRÁ PRORROGARSE O SER INDEFINIDA.

CUANDO OCURRA LA SUSPENSIÓN, “LA CONTRATANTE” LO NOTIFICARÁ POR

ESCRITO A “EL CONTRATISTA”, SEÑALANDO LAS CAUSAS QUE LA MOTIVAN, LA FECHA DE SU INICIO Y DE LA PROBABLE REANUDACIÓN DE LOS TRABAJOS, ASÍ COMO LAS ACCIONES QUE DEBE CONSIDERAR EN LO RELATIVO A SU PERSONAL, MAQUINARIA Y EQUIPO DE CONSTRUCCIÓN.

LA FECHA DE TERMINACIÓN SE PRORROGARÁ EN IGUAL PROPORCIÓN AL PERIODO

QUE COMPRENDA LA SUSPENSIÓN, SIN MODIFICAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN CONVENIDO, FORMALIZÁNDOLA MEDIANTE ACTA CIRCUNSTANCIADA DE SUSPENSIÓN.

CUANDO LA SUSPENSIÓN SE DERIVE DE UN CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR, NO

EXISTIRÁ NINGUNA RESPONSABILIDAD PARA “LA CONTRATANTE” Y “EL CONTRATISTA”, DEBIENDO ÚNICAMENTE SUSCRIBIR UN CONVENIO EN EL QUE SE RECONOZCA EL PLAZO DE

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SUSPENSIÓN Y LAS FECHAS DE INICIO Y TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, SIN MODIFICAR EL PLAZO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO EN LA CLÁUSULA SEGUNDA DE ESTE CONTRATO. SIN EMBARGO, CUANDO LOS TRABAJOS RESULTEN DAÑADOS O DESTRUIDOS Y ÉSTOS REQUIERAN SER REHABILITADOS O REPUESTOS, DEBERÁN RECONOCERSE Y PAGARSE MEDIANTE LA CELEBRACIÓN DE UN CONVENIO.

EN EL CASO DE QUE LA SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS SE DERIVE DE UN CASO

FORTUITO O FUERZA MAYOR SÓLO SERÁ PROCEDENTE EL PAGO DE GASTOS NO RECUPERABLES.

NO SERÁ MOTIVO DE SUSPENSIÓN DE LOS TRABAJOS, EL SUMINISTRO DEFICIENTE DEL

PROVEEDOR DE MATERIALES Y EQUIPOS DE INSTALACIÓN PERMANENTE, CUANDO DICHO SUMINISTRO SEA RESPONSABILIDAD DE “EL CONTRATISTA”.

DÉCIMA PRIMERA: RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO "EL CONTRATANTE" PODRÁ, EN CUALQUIER MOMENTO, RESCINDIR

ADMINISTRATIVAMENTE ESTE CONTRATO, EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES A CARGO DE "EL CONTRATISTA", PROCEDIENDO A HACER EFECTIVA LA GARANTÍA OTORGADA POR "EL CONTRATISTA" PARA EL CUMPLIMIENTO DEL MISMO, TOTAL O PARCIALMENTE, SEGÚN PROCEDA.

"EL CONTRATANTE" Y "EL CONTRATISTA" CONVIENEN, EN QUE SERÁN CAUSAS DE

RESCISIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, DE MANERA ENUNCIATIVA MÁS NO LIMITATIVA, CUANDO "EL CONTRATISTA" INCURRA EN ALGUNA DE LAS CAUSAS SIGUIENTES, SIN PRESENTAR UNA JUSTIFICACIÓN RAZONABLE DE ACUERDO CON LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO, Y CUANDO DICHA SITUACIÓN O CAUSA LE HAYA SIDO NOTIFICADO A "EL CONTRATISTA" COMO UN INCUMPLIMIENTO GRAVE:

a. SI NO EJECUTA LOS TRABAJOS DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO O SIN

MOTIVO JUSTIFICADO NO ACATA LAS ÓRDENES DADAS POR ESCRITO POR “EL CONTRATANTE”.

b. SI NO DA CUMPLIMIENTO AL PROGRAMA DE TRABAJO Y, A JUICIO “EL

CONTRATANTE” EL ATRASO PUEDE DIFICULTAR LA TERMINACIÓN SATISFACTORIA DE LOS TRABAJOS EN EL PLAZO ESTIPULADO EN LA CLAUSULA SEGUNDA DEL CONTRATO.

c. NO SE PODRÁ SUBCONTRATAR PARTE DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE

CONTRATO.

d. SI NO DA A “EL CONTRATANTE” O A LAS DEPENDENCIAS QUE TENGAN FACULTAD DE INTERVENIR, LAS FACILIDADES Y DATOS NECESARIOS PARA LA INSPECCIÓN, VIGILANCIA Y SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS.

e. EN GENERAL, POR EL INCUMPLIMIENTO POR PARTE DE “EL CONTRATISTA” A

CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS.

f. CUANDO “EL CONTRATISTA” A JUICIO DE “EL CONTRATANTE”, HA EMPLEADO PRÁCTICAS CORRUPTAS O FRAUDULENTAS.

DÉCIMA SEGUNDA: RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS.

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AL CONCLUIR LOS TRABAJOS, "EL CONTRATISTA" COMUNICARÁ DE INMEDIATO A "EL CONTRATANTE", POR ESCRITO O A TRAVÉS DE LA BITÁCORA, LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO QUE LE FUERON ENCOMENDADOS, ANEXANDO LOS DOCUMENTOS QUE LO SOPORTEN E INCLUIRÁ UNA RELACIÓN DE LAS ESTIMACIONES O GASTOS APROBADOS, MONTO EJERCIDO Y CRÉDITOS A FAVOR O EN CONTRA. "EL CONTRATANTE" EN UN TÉRMINO DE 15 (QUINCE) DÍAS NATURALES, VERIFICARÁ QUE LOS MISMOS ESTÉN DEBIDAMENTE CONCLUIDOS Y SOPORTADOS POR LOS ENTREGABLES CORRESPONDIENTES.

SI DURANTE LA VERIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS, "EL CONTRATANTE" ENCUENTRA DEFICIENCIAS EN LA TERMINACIÓN DE LOS MISMOS, DEBERÁ SOLICITAR A "EL CONTRATISTA" SU REPARACIÓN, A EFECTO DE QUE ÉSTAS SE CORRIJAN CONFORME A LAS CONDICIONES REQUERIDAS EN EL PRESENTE CONTRATO Y SUS ANEXOS. EN TAL CASO, EL PLAZO DE VERIFICACIÓN DE LOS TRABAJOS SE PODRÁ PRORROGAR POR EL PERIODO QUE ACUERDEN "EL CONTRATANTE" Y "EL CONTRATISTA" PARA LA REPARACIÓN DE LAS DEFICIENCIAS. LO ANTERIOR, SIN PERJUICIO DE QUE "EL CONTRATANTE" OPTE POR LA RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DE ESTE CONTRATO.

UNA VEZ CONSTATADA LA TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS, "EL CONTRATANTE", EN UN TÉRMINO DE 15 (QUINCE) DÍAS NATURALES, PROCEDERÁ A LA RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS MISMOS, MEDIANTE EL LEVANTAMIENTO DEL ACTA CORRESPONDIENTE QUE CONTENDRÁ COMO MÍNIMO:

a. LUGAR, FECHA Y HORA EN QUE SE LEVANTE b. NOMBRE Y FIRMA DEL COORDINADOR DEL PROGRAMA Y DEL REPRESENTANTE DEL

CONTRATANTE. c. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS QUE SE RECIBEN d. IMPORTE CONTRACTUAL e. PERIODO DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS f. RELACIÓN DE LAS ESTIMACIÓN O DE GASTOS APROBADOS A LA FECHA, ASÍ COMO

LAS PENDIENTES DE AUTORIZACIÓN

EN EL ACTO DE ENTREGA FÍSICA DE LOS TRABAJOS, "EL CONTRATISTA" EXHIBIRÁ LA GARANTÍA POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS EN LOS TÉRMINOS QUE SE INDICAN EN L A CLAUSULA SEXTA DEL PRESENTE CONTRATO.

DÉCIMA TERCERA: FINIQUITO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO. PARA DAR POR TERMINADOS, PARCIAL O TOTALMENTE, LOS DERECHOS Y

OBLIGACIONES ASUMIDOS POR “LA CONTRATANTE” Y “EL CONTRATISTA” EN ESTE CONTRATO, SE DEBERÁ ELABORAR EL FINIQUITO DE LOS TRABAJOS CORRESPONDIENTE. DEBIENDO ANEXARSE AL FINIQUITO EL ACTA DE RECEPCIÓN FÍSICA DE LOS TRABAJOS.

“LA CONTRATANTE” DEBERÁ NOTIFICAR POR OFICIO A “EL CONTRATISTA”, A

TRAVÉS DEL MISMO O SU SUPERINTENDENTE DE CONSTRUCCIÓN, LA FECHA, LUGAR Y HORA EN QUE SE LLEVARÁ A CABO EL FINIQUITO; “EL CONTRATISTA” TENDRÁ LA OBLIGACIÓN DE ACUDIR AL LLAMADO QUE SE LE HAGA MEDIANTE EL OFICIO RESPECTIVO; DE NO HACERLO, SE LE COMUNICARÁ EL RESULTADO DENTRO DE UN PLAZO DE 10 (DIEZ) DÍAS NATURALES, CONTADOS A PARTIR DE SU EMISIÓN.

EL DOCUMENTO EN EL QUE CONSTE EL FINIQUITO FORMARÁ PARTE DEL CONTRATO.

EL FINIQUITO DEBERÁ SER ELABORADO POR “LA CONTRATANTE” Y “EL CONTRATISTA” DENTRO DE LOS 15 DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FECHA DEL ACTA DE RECEPCIÓN

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FÍSICA DE LOS TRABAJOS, HACIÉNDOSE CONSTAR LOS CRÉDITOS A FAVOR Y EN CONTRA QUE RESULTEN PARA CADA UNO DE ELLOS, DESCRIBIENDO EL CONCEPTO GENERAL QUE LES DIO ORIGEN Y EL SALDO RESULTANTE.

DE EXISTIR DESACUERDO ENTRE LAS PARTES RESPECTO AL FINIQUITO, O BIEN, “EL

CONTRATISTA” NO ACUDA CON “LA CONTRATANTE” PARA SU ELABORACIÓN DENTRO DEL TÉRMINO SEÑALADO EN EL PÁRRAFO ANTERIOR, “LA CONTRATANTE” PROCEDERÁ A ELABORARLO, DEBIENDO COMUNICAR POR OFICIO SU RESULTADO A “EL CONTRATISTA” DENTRO DEL TÉRMINO DE 5 (CINCO) DÍAS NATURALES, SIGUIENTES A LA FECHA DE SU EMISIÓN; UNA VEZ NOTIFICADO EL RESULTADO DE DICHO FINIQUITO A “EL CONTRATISTA”, ÉSTE TENDRÁ EL TÉRMINO DE 5 (CINCO) DÍAS NATURALES PARA ALEGAR LO QUE A SU DERECHO CORRESPONDA; SI TRANSCURRIDO ESTE TÉRMINO NO REALIZA ALGUNA GESTIÓN, SE DARÁ POR ACEPTADO.

SI DEL FINIQUITO RESULTA QUE EXISTEN SALDOS A FAVOR DE “EL CONTRATISTA”,

“LA CONTRATANTE” DEBERÁ LIQUIDARLOS DENTRO DEL TÉRMINO DE 15 (QUINCE) DÍAS NATURALES SIGUIENTES. SI RESULTA QUE EXISTEN SALDOS A FAVOR DE “LA CONTRATANTE”, EL IMPORTE DE LOS MISMOS SE DEDUCIRÁ DE LAS CANTIDADES PENDIENTES DE CUBRIR POR CONCEPTO DE TRABAJOS EJECUTADOS Y SI NO FUERAN SUFICIENTES ÉSTOS, DEBERÁ EXIGIRSE POR OFICIO SU REINTEGRO, MÁS LOS GASTOS FINANCIEROS CORRESPONDIENTES, CONFORME A UNA TASA QUE SERÁ IGUAL A LA ESTABLECIDA POR LA LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN EN LOS CASOS DE PRORROGA PARA EL PAGO DE CRÉDITOS FISCALES. DICHOS GASTOS EMPEZARÁN A GENERARSE CUANDO LAS PARTES TENGAN DEFINIDO EL IMPORTE A PAGAR Y SE CALCULARÁN SOBRE LAS CANTIDADES PAGADAS EN EXCESO EN CADA CASO, DEBIÉNDOSE COMPUTAR POR DÍAS NATURALES, DESDE QUE SEAN DETERMINADAS Y HASTA LA FECHA EN QUE SE PONGAN EFECTIVAMENTE LAS CANTIDADES A DISPOSICIÓN DE “LA CONTRATANTE”. EN CASO DE NO OBTENERSE EL REINTEGRO, “LA CONTRATANTE” PODRÁ HACER EFECTIVAS LAS GARANTÍAS QUE SE ENCUENTREN VIGENTES. EN FORMA SIMULTÁNEA, SE LEVANTARÁ EL ACTA ADMINISTRATIVA QUE DÉ POR EXTINGUIDOS LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES ASUMIDOS POR “LA CONAGUA” Y “EL CONTRATISTA” EN ESTE CONTRATO.

CUANDO LA LIQUIDACIÓN DE LOS SALDOS SE REALICE DENTRO DE LOS 15 (QUINCE)

DÍAS NATURALES SIGUIENTES A LA FIRMA DEL FINIQUITO DE LOS TRABAJOS, EL DOCUMENTO DONDE CONSTE EL FINIQUITO PODRÁ UTILIZARSE COMO EL ACTA ADMINISTRATIVA QUE EXTINGUE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE “LA CONTRATANTE” Y “EL CONTRATISTA” EN ESTE CONTRATO, DEBIENDO AGREGAR ÚNICAMENTE UNA MANIFESTACIÓN DE “LA CONTRATANTE” Y “EL CONTRATISTA” DE QUE NO EXISTEN OTROS ADEUDOS Y POR LO TANTO SE TENDRÁN POR TERMINADOS LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE GENERA ESTE CONTRATO, SIN DERECHO A ULTERIOR RECLAMACIÓN. AL NO SER FACTIBLE EL PAGO EN EL TÉRMINO INDICADO, SE PROCEDERÁ A ELABORAR EL ACTA ADMINISTRATIVA QUE DE POR EXTINGUIDOS LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DE “LA CONTRATANTE” Y “EL CONTRATISTA” EN ESTE CONTRATO.

DÉCIMA CUARTA: JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA. PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE CONTRATO, ASÍ COMO

PARA TODO AQUELLO QUE NO ESTÉ EXPRESAMENTE ESTIPULADO EN EL MISMO, LAS PARTES SE SOMETEN A LA JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES DE LA CIUDAD DE XXXXXXX DEL ESTADO DE XXXXXXX, POR LO TANTO, "EL CONTRATISTA" RENUNCIA A LA COMPETENCIA DE LOS TRIBUNALES FEDERALES QUE PUDIERA CORRESPONDERLE POR RAZÓN DE SU DOMICILIO PRESENTE O FUTURO.

LEÍDO QUE FUE POR LAS PARTES QUE EN ÉL INTERVIENEN Y ENTERADAS DE SU

CONTENIDO Y ALCANCE LEGAL, SE FIRMA EL PRESENTE CONTRATO AL CALCE Y AL MARGEN

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DE TODAS SUS FOJAS ÚTILES, EN LA CIUDAD DE XXXXXX, EN EL ESTADO DE XXXXXXX, EL DIA XX DE XXXXX DEL DOS MIL DIECISIETE.

INTERVIENEN

POR “EL CONTRATANTEREPRESENTANTE DE LA UNIDAD DE

RIEGO XXXXXXXXXXXX

POR “EL CONTRATISTA”XXXXXXXXXXXXXXXXX

__________________________ XXXXXXXXXXXXXXX

____________________________XXXXXXXXXXXXXXX

TESTIGO

POR LA COMISIÓN NACIONAL DEL AGUA XXXXXXXXXXXXXXX

________________________

Nombre Cargo

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Formato No. 10 Acta de entrega recepción

LUGAR, HORA Y FECHA: EN LAS OFICINAS DE XXXXXXXX DE LA CONAGUA EN EL

ESTADO DE XXXXXXXXXX, CITA EN XXXXXXXXX, COLONIA XXXXXXX, C.P.

XXXXX, CD. ESTADO, SIENDO LAS XXXX HRS DEL DÍA XX DE XXXXXXX DEL DOS

MIL DIECISIETE.------------------------------------------------------------------------------------

------------------------------------------------------------------------------------------------------

------------------------------

MOTIVO: HACER CONSTAR LA ENTREGA – RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS REALIZADOS POR LA EMPRESA CONTRATISTA XXXXXXXX, BAJO EL CONTRATO QUE SE CELEBRÓ CON EL XXXXXXXXXXX, EN FECHA XX DE XXXXXX DEL DOS MIL DIECISIETE.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- INTERVIENEN: EL CONTRATANTE, XXXXXXXXXXXX REPRESENTANTE DE LA UNIDAD DE RIEGO XXXXXXXX Y POR PARTE DE LA EMPRESA CONTRATISTA XXXXXXXX, XXXXXXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- COMO TESTIGOS DE ASISTENCIA: NOMBRE, CARGO Y NOMBRE, CARGO---------

------------------------------------------------------------------------------------------------------

-------------------------------------------------

DILIGENCIA: LOS TRABAJOS FUERON CONTRATADOS PARA INICIAR EL DÍA XX DE

XXXXX DE 2017 Y TERMINAR EL DÍA XX DE XXXXXX DE 2017; ESTABLECIÉNDOSE

UN TÉRMINO DE TREINTA DÍAS NATURALES PARA SU REVISIÓN FINAL, HACIENDO

DEL CONOCIMIENTO POR ESCRITO A LA EMPRESA CONTRATISTA XXXXXXX

REPRESENTADO POR XXXXXXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL, SOBRE LAS

DEFICIENCIAS ENCONTRADAS EN EL TRABAJO O LA ACEPTACIÓN DEL MISMO.-------

------------------------------------------------------------------------------------------------------

---------------------------------------------------------------------

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ESTIMACIONES: DURANTE EL EJERCICIO DEL CONTRATO SE GENERARÓN XX

ESTIMACIONES CON UN MONTO TOTAL DE $ XXXXXXX (CANTIDAD EN LETRA

XX/100 M.N)

ESTIMACIÓN PERIODO MONTO OBSERVACIONES

X XX DE XXXX DE 2017 $ XXXXX

X XX DE XXXX DE 2017 $ XXXXX

X XX DE XXXX DE 2017 $ XXXXX

X XX DE XXXX DE 2017 $XXXXX

TOTAL EJERCIDO: $ XXXXXX

CON RELACION AL IMPORTE CONTRACTUAL MENOS LA CANTIDAD ESTIMADA

RESULTA UN SALDO POR CANCELAR DE $ XXXX (CANTIDAD EN LETRA PESOS

XX/100 MN) MAS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. SEÑALANDO EN CADA

CASO LOS CONCEPTOS GENERALES QUE LE DIERON ORIGEN. ----------------------------

----------------------------------------------------------------------------------------------

GARANTÍA POR VICIOS OCULTOS.- PARA GARANTIZAR “EL CONTRATO” DE

REFERENCIA POR LOS DEFECTOS, VICIOS OCULTOS Y CUALQUIER OTRA

RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO “EL CONTRATISTA” Y QUE

RESULTEN A SU CUENTA Y RIESGO DERIVADAS DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

RELATIVOS A “EL CONTRATO”, SE OTORGÓ LA FIANZA NÚMERO XXXXXXX, CON

UN IMPORTE DE $ XXXXX (CANTIDAD EN LETRA M.N.), CON VIGENCIA DE DOCE

MESES A PARTIR DEL XX DE XXXXX DE 2017, EXPEDIDA POR “XXXXXXX”,

INSTITUCIÓN AFIANZADORA.------------------------------------------------------------------

------------------------------------------------------------------------------------------------------

-------------------------------------------

CIERRE DEL ACTA: NO HABIENDO MÁS QUE HACER CONSTAR, SE CIERRA LA

PRESENTE ACTA DE ENTREGA – RECEPCIÓN, EL MISMO DÍA DE SU INICIO, SIENDO LAS

XXXXX HRS---------------------------------------------------------------------------------------

--------------

NOMBRE Y FIRMA DE LAS PERSONAS QUE INTERVIENEN EN EL ACTO: POR “EL CONTRATANTE” POR “EL CONTRATISTA”

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____________________________________

NOMBRE

REPRESENTANTE DE LA UNIDAD DE RIEGO

XXXXXXXXXX

______________________________

_______

NOMBRE REPRESENTANTE LEGAL DE

XXXXXXXXXXXXX

TESTIGOS

POR “LA CONAGUA” POR “LA SEDARU”

________________________________

NOMBRE

CARGO

____________________________

____

NOMBRE

CARGO

C.C.P. XXXXXXXXXX C.C.P. EXPEDIENTE.

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Formato No. 11 Requisitos Mínimos de un Proyecto Ejecutivo

1. Descripción general del proyecto

2. Información del proyecto

2.1. Localización

2.2. Clima

2.3. Topografía

2.4. Fuente de abastecimiento

2.5. Suelo

2.6. Descripción de conceptos básicos

2.6.1. Densidad aparente

2.6.2 Capacidad de campo

2.6.3. Porcentaje de marchitamiento permanente

2.6.4. Velocidad de Infiltración

2.6.5. Explotación actual en el área del proyecto

2.6.6. Cultivo

3 Diseño Agronómico

3.1. Marcos de plantación

3.2. Uso consuntivo

3.3. Lamina de riego

3.4. Calendario de riego

3.5 Volumen a utilizar

4 Diseño hidráulico

4.1. Pérdidas de carga en el sistema

4.2 Características hidráulicas de la tubería y/o canal

4.3 Características de los emisores

4.4 Componentes del cabezal de riego

5 Presupuesto Base

6 Especificaciones técnicas en apego a la normatividad de las instancias participantes

(CFE, SAGARPA, etc.)

7 Catálogo de Precios Unitarios

8 Catálogo de Conceptos

9 Planos

10 Datos de Aforo del Pozo

10.1. Características del pozo

10.2. Verticalidad

10.3. Equipo de Aforo

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Glosario de términos

Para efectos de este Manual de Operación, se entenderá por:

Acuífero.- Cualquier formación geológica o conjunto de formaciones geológicas hidráulicamente conectados entre sí, por las que circulan o se almacenan aguas del subsuelo que pueden ser extraídas para su explotación sustentable, uso o aprovechamiento y cuyos límites laterales y verticales se definen convencionalmente para fines de evaluación, manejo y administración de las aguas nacionales del subsuelo.

Acuífero sobreexplotado.- Es aquel cuya extracción es superior a su recarga en al menos 10%.

Acuífero sobreconcesionado.- Se considera que un acuífero está sobreconcesionado cuando los volúmenes de agua concesionados son superiores a la disponibilidad sustentable en la fuente de abastecimiento.

Aguas nacionales.- Son aquellas referidas en el Párrafo Quinto del Artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Aguas residuales.- Las aguas de composición variada provenientes de las descargas de usos público urbano, doméstico, industrial, comercial, de servicios, agrícola, pecuario, de las plantas de tratamiento y en general, de cualquier uso, así como la mezcla de ellas.

Agua tratada.- Aguas residuales cuya composición sea modificada mediante procesos individuales o combinados de tipo físico, químico, biológico u otro, de manera que resulten adecuadas para su descarga a cuerpos receptores.

ASF.- Auditoría Superior de la Federación.

Asociación Civil de Usuarios (ACU).- Organización de los usuarios de un Distrito de Riego, de una Unidad de Riego o de un Distrito de Temporal Tecnificado, a quien se le otorga la concesión para la explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales y para el uso de la infraestructura hidroagrícola en un módulo de riego, en una unidad de riego o de un Distrito de Temporal Tecnificado.

Beneficiarios.- Personas físicas o morales apoyadas con recursos de los programas hidroagrícolas.

Comité Hidráulico.- Órgano colegiado de concertación para un manejo adecuado del agua e infraestructura en un Distrito de Riego o Distrito de Temporal Tecnificado. Estará integrado por un presidente y un Secretario, que será el Ingeniero en Jefe y el Jefe de Operación del Distrito de Riego, respectivamente, designados por la Comisión Nacional del Agua, y un representante de cada una de las asociaciones civiles de usuarios o sociedades de responsabilidad limitada constituidas en el Distrito de Riego o Distrito de Temporal Tecnificado. Este comité, cuando lo considere conveniente podrá invitar con voz pero sin voto a representantes de las dependencias federales, estatales y municipales cuya participación se juzgue conveniente para el mejor funcionamiento del comité. Este Comité se encuentra contemplado en el Artículo 66 de la Ley de Aguas Nacionales y 99 de su Reglamento.

Comité Hidroagrícola.- Instancia para autorizar los apoyos que se otorgarán mediante los programas hidroagrícolas en donde las ACU o SRL de los Distritos de Riego o Distrito de Temporal Tecnificado, así como usuarios hidroagrícolas de Unidades de Riego decidieron operar y/o administrar directamente los recursos federales y en su caso recursos estatales. Estará integrado por representantes del Gobierno Federal, Gobierno Estatal y usuarios. El Presidente del Comité será el Director de la Comisión en el Estado, el Secretario Técnico será el Director o Subdirector de Infraestructura Hidroagrícola de la Comisión en el Estado, y como Vocales un representante del Gobierno del Estado y un representante de los usuarios; para el caso de los distritos de riego el

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representante se elegirá de entre los presidentes de las ACU y SRL de los distritos de riego o de Distritos de Temporal Tecnificado y conforme el procedimiento indicado en el Manual de Operación, en tanto que, el representante de los usuarios de las Unidades de Riego será el presidente o representante legal de la unidad de riego o el propietario del pozo o titular de la concesión seleccionado como beneficiario del Programa de Rehabilitación, Modernización, Tecnificación y Equipamiento de Unidades de Riego. Para el caso de los representantes del Gobierno del Estado y de los Usuarios, tendrán derecho a voz y voto de manera proporcional a los montos económicos aportados.

Comité Técnico del FOFAE.- Instancia ejecutiva del Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario Estatal o su equivalente, facultado para autorizar los apoyos y pagos de los programas de infraestructura hidroagrícola. Está integrado paritariamente por representantes del Gobierno Federal y del Gobierno Estatal quien lo preside, el Secretario Técnico es designado por el Comité. El Director de la Comisión en el Estado es uno de los representantes del Gobierno Federal.

Comunidad.- Grupo o conjunto de personas asentados en una localidad determinada.

Comisión Nacional del Agua.- Órgano Administrativo Desconcentrado de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, con funciones de Derecho Público en materia de gestión de las aguas nacionales y sus bienes públicos inherentes, con autonomía técnica, ejecutiva, administrativa, presupuestal y de gestión, para la consecución de su objeto, la realización de sus funciones y la emisión de los actos de autoridad que conforme a esta Ley corresponde tanto a ésta como a los órganos de autoridad a que la misma se refiere.

CONAPO.- Consejo Nacional de Población.

Concesión.- Título que otorga el Ejecutivo Federal, a través de "la CONAGUA" o del Organismo de Cuenca que corresponda, conforme a sus respectivas competencias, para la explotación, uso o aprovechamiento de las aguas nacionales, y de sus bienes públicos inherentes, a las personas físicas o morales de carácter público y privado, excepto los títulos de asignación.

CONEVAL.- Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.

COTAS.- Comité Técnico de Aguas Subterráneas, son órganos auxiliares de los Consejos de Cuenca, integrados esencialmente por usuarios de las aguas nacionales subterráneas de un determinado Acuífero.

Conservación Normal (CN).- Conjunto de operaciones periódicas tendientes a sostener en condiciones óptimas de servicio y funcionamiento las obras de infraestructura, equipos, instalaciones y maquinaria existente, para proporcionar el servicio de riego oportuno y eficaz en apoyo a la agricultura.

Dirección de la Comisión.- Dirección General de Organismos de Cuenca o Dirección Local de la Comisión, según corresponda en cada entidad federativa.

Distrito de Temporal Tecnificado.- Área geográfica destinada normalmente a las actividades agrícolas que no cuenta con infraestructura de riego, en la cual mediante el uso de diversas técnicas y obras, se aminoran los daños a la producción por causa de ocurrencia de lluvias fuertes y prolongadas - éstos también denominados Distritos de Drenaje- o en condiciones de escasez, se aprovecha con mayor eficiencia la lluvia y la humedad en los terrenos agrícolas; el distrito de temporal tecnificado está integrado por unidades de temporal.

Especificaciones Técnicas Generales.- Documento en el que se plasman los términos de referencia y especificaciones particulares para la realización de estudios, proyectos, trabajos y supervisión, así como el suministro e instalación de bienes (medidores volumétricos, maquinaria y equipo) en distritos y unidades de riego.

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Estudios y proyectos.- Todos los estudios técnicos, de planeación e ingeniería de detalle para el desarrollo, modernización, construcción y eficientización de la infraestructura hidroagrícola.

FOFAE.- Fondo de Fomento Agropecuario Estatal, fideicomiso irrevocable de administración e inversión. Integrado por un Comité Técnico, auxiliado entre otros, por el Subcomité Hidroagrícola que tiene facultades en lo relacionado con los programas hidroagrícolas de la Comisión.

FIRA.- Fideicomisos Instituidos en Relación con la Agricultura.

La CONAGUA.- La Comisión Nacional del Agua.

Ley.- Ley de Aguas Nacionales.

Ley de Presupuesto.- Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Localidad.- Todo lugar, circunscrito a un municipio o delegación, ocupado por una o más viviendas, las cuales pueden estar habitadas o no. Este lugar es reconocido por un nombre dado por la ley o la costumbre.

MIA.- Manifestación de Impacto Ambiental.

Obras de Infraestructura Hidroagrícola.- Comprenden las obras de cabeza: presas de almacenamiento, derivadoras, plantas de bombeo y pozos, diques, reservorios, red de canales, drenaje, caminos de operación y sus respectivas estructuras.

Organismos fiscalizadores.- Órganos de control a nivel de las dependencias y entidades federales, estatales y municipales que por competencia tengan la facultad de auditar y evaluar el uso de los recursos gubernamentales autorizados a los programas; así como sus resultados y avances. Cualquier otro que por mandato de ley o derivado de ésta, tenga tal competencia.

PEF.- Presupuesto de Egresos de la Federación.

Plan Director.- Documento rector que reúne la información básica sobre las acciones estructurales y no estructurales y su costo que son necesarias realizar en la Unidad o Distrito de Riego para lograr un mejor uso del agua. Es el marco de referencia para llevar a cabo las inversiones previamente concertadas con los usuarios, a corto, mediano y largo plazo, para la rehabilitación, modernización, tecnificación, equipamiento y conservación. La elaboración del Plan Director es responsabilidad de la Comisión con la participación de los usuarios.

Reglamento.- Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Relación de Beneficiarios.- Listados de las personas físicas o morales apoyadas con recursos de los programas hidroagrícolas de la Comisión.

Registro Público de Derechos de Agua.- (REPDA) Registro que proporciona información y seguridad jurídica a los usuarios de aguas nacionales y bienes inherentes a través de la inscripción de los títulos de concesión, asignación y permisos de descarga, así como las modificaciones que se efectúen en las características de los mismos.

Riego por Gravedad Tecnificado (RIGRAT).- Comprende la asistencia técnica y capacitación, diseño y trazo del riego por gravedad, nivelación de tierras, medición, entrega y cobro del agua por volumen a los usuarios, pronóstico del riego en tiempo real, seguimiento y evaluación del riego.

SAGARPA.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

SEDESOL.- Secretaría de Desarrollo Social.

SEMARNAT.- Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.

SFP.- Secretaría de la Función Pública.

SHCP.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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Sociedad de Responsabilidad Limitada de Interés Público y Capital Variable (SRL).- Persona Moral Integrada por las Asociaciones Civiles de Usuarios de un Distrito de Riego o varias Unidades de Riego, o de un Distrito de Temporal Tecnificado.

Subcomité Hidroagrícola del Comité Técnico del FOFAE o equivalente.- Órgano de apoyo del Comité Técnico, facultado para aprobar los apoyos y pagos de los programas de infraestructura hidroagrícola. Estará constituido paritariamente por representantes del Gobierno Federal, del Gobierno Estatal y de los usuarios; lo presidirá el Gobierno del Estado y el Secretario Técnico será el Director de la Comisión en el Estado. En la toma de decisiones de los programas hidroagrícolas, los votos serán de manera paritaria, el Gobierno Estatal, la Comisión y los usuarios, estos últimos a través de su representante, uno para Distritos de Riego, otro para Unidades de Riego y uno para los Distritos de Temporal Tecnificado y zonas de temporal.

Subsidio.- Asignación de recursos federales previstos en el Presupuesto de Egresos de la Federación por medio de las dependencias y entidades, que se otorgan a fondo perdido para el desarrollo de actividades sociales o económicas prioritarias y de interés general.

Tecnificación del riego.- Conjunto de acciones tendientes a adoptar nuevos métodos de riego a efecto de aplicar, en cantidad y oportunidad, el agua requerida por los cultivos.

TESOFE.- La Tesorería de la Federación.

Urgencia.- Aparición fortuita en cualquier lugar o actividad de un problema de causa diversa, que requiere atención inmediata.

Uso Agrícola.- La aplicación de agua nacional para el riego destinado a la producción agrícola y la preparación de ésta para la primera enajenación, siempre que los productos no hayan sido objeto de transformación industrial.

Usuario Hidroagrícola.- Persona física o moral poseedora legal del derecho para hacer uso de los servicios que proporcionan la Unidad de Riego o Distrito de Temporal Tecnificado o Zonas de Temporal.

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SIGLAS Y ACRÓNIMOS

ACU Asociación Civil de Usuarios.CLC Cuenta por Liquidar Certificada.CONAGUA Comisión Nacional del Agua.CUR Coordinador de Unidades de Riego. (Enlace) DGOC Dirección General del Organismo de Cuenca.DOF Diario Oficial de la Federación.DL Dirección Local. DIH Director de Infraestructura Hidroagrícola.FOFAE Fideicomiso Fondo de Fomento Agropecuario EstatalGUR Gerencia de Unidades de Riego.OC Organismo de Cuenca.OIC Órgano Interno de Control.REPDA Registro Público de Derechos de Agua.RFC Registro Federal de Contribuyente.ROP Reglas de Operación.SEMARNAT Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.SAI Sistema de Administración IntegralSGIH Subdirección General de Infraestructura Hidroagrícola.SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público.SRL Sociedad de Responsabilidad Limitada.TESOFE Tesorería de la Federación.