ritos fúnebres en eibar y aginaga; 2015
TRANSCRIPT
RIT
OS
FÚN
EBR
ES E
N E
IBA
R Y
AG
INA
GA
El autor, Juan María FerrerasOrbegozo, es Doctor en Teología
especializado en historia de laIglesia y patrología. Es Licenciado
en Estudios Eclesiásticos yLicenciado en Ciencias Religiosas,
así como Experto en EducaciónSocial. Compagina su trabajo comoprofesor con el de su dedicación enrégimen de voluntariado en el cargode Presidente del Centro UNESCOde San Sebastián, entidad fundada
en 1992 por la UNESCO para laaplicación internacional del Curso
a Distancia para la Formación deAnimadores UNESCO (CDFAUN).
Asimismo, dirige la instituciónestrechamente vinculada con el
Centro, denominada Florida Eskola,que se fundó en 1989 como escuelade tiempo libre y animación socio-cultural y en 1991 fue reconocida
como Escuela Asociada de la UNES-CO para, finalmente, denominarse
Centro de Formación para la UNES-CO Florida Eskola. El autor, junto a
publicaciones sobre temas de suespecialidad ha editado obras relati-vas a las Naciones Unidas en gene-
ral y la UNESCO en particular.
El libro presenta una expresión cultural abierta a la interculturalidad en laesfera definitiva de la vida humana, y capaz de significarla y motivarla.
Los ritos fúnebres que los archivos parroquiales de Eibar y Aginaga con-servan, y que custodia el Archivo Histórico Diocesano de San Sebastián,
son una patrimonio. Con un interés divulgativo se bucea en los siglos XVIal XX entresacando elementos que muestran una manera de ser, de vivir yde morir. El conjunto del relato termina por proyectar una visión global y
abierta de una forma de pensar.
Como todos los libros de esta colección este tiene también ese destinatariosingular que es el Animador UNESCO, que trata de suscitar un mayor
nivel de conciencia de la importancia de la diversidad de las expresionesculturales y, simultáneamente, fomentar la interculturalidad con el fin de
desarrollar la interacción cultural, con el espíritu de construir puentesentre los pueblos, como lo señala entre sus objetivos la Convención sobrela Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales(UNESCO 2005). Si para la sensibilización y educación del público en estamateria se deben promover programas de educación, como lo previene elartículo 10 de la Convención, el Curso a Distancia para la Formación de
Animadores UNESCO (CDFAUN), que el Centro UNESCO de SanSebastián impulsa en el mundo desde hace casi, ya, veinticinco años es un
instrumento adecuado para, asumiendo este nuevo material que la obrasignifica, favorecer esa lectura histórico-crítica que también la UNESCO
persigue.
Este libro, a la par analítico y sintético, presenta un fenómeno cultural con-figurado con un imaginario religioso. Pero no olvida aceptar el discurrir dela historia, la invitación a adaptar la letra al espíritu y construir una plata-
forma para un diálogo entre tradición e innovación y educacióninternacional.
En esta colección
1. Juan María FERRERAS ORBE-GOZO, Cofradías de Eibar, SanSebastián, 2015.
2. Juan María FERRERAS ORBE-GOZO, Cofradías de Elgoibar, SanSebastián, 2015.
3. Juan María FERRERAS ORBE-GOZO, Religiosidad y santuarios deEibar, San Sebastián, 2015.
4. Juan María FERRERAS ORBE-GOZO, La parroquia de San Andrésde Eibar, San Sebastián, 2015.
5. Juan María FERRERAS ORBE-GOZO, La parroquia de Elgoibar ysus anejas, San Sebastián, 2015.
Juan MaríaFerreras
Orbegozo
RITOSFÚNEBRES
ENEIBAR
Y AGINAGA
Diversidad de las Expresiones Culturales
Cobrar conciencia del valor de ladiversidad de las expresiones
culturales
1
JUAN-MARÍA FERRERAS ORBEGOZO
RITOS FÚNEBRES EN EIBAR Y AGINAGA
Editorial Centro UNESCO de San Sebastián
2
Fotografía de portada. Obras del pórtico de Aginaga (año 2000) Les idées et les opinions exprimées dans cette publication sont celles des auteurs; elles ne reflètent pas nécessairement les points de vue de l’UNESCO et n’engagent en aucune façon l’UNESCO. Authors are responsible for the choice and presentation of views contained in this publication and for the opinions expressed herein, which are not necessarily those of UNESCO and do not commit UNESCO. Prohibida la reproducción total o parcial de esta obra, el almacenamiento en sistemas informáticos y la transmisión en cualquier forma o medio electrónico, mecánico, por fotocopia, por registro o por otros métodos, así como la distribución de ejemplares mediante alquiler o préstamo públicos, sin el permiso previo y por escrito de los titulares del Copyright. © Juan-María Ferreras Orbegozo © Centro UNESCO de San Sebastián © Centro de Formación para la UNESCO Florida Eskola 1ª edición 2015 ISBN: 978-84-88737-96-0 Depósito legal: SS-354-2015 Imprime: Grupo Delta. San Sebastián
3
Índice Pág.
FUENTES, ABREVIATURAS Y CITAS ............................................. 5
INTRODUCCIÓN ................................................................................. 7
CAPÍTULO 1. El territorioy su historia ................................................. 13
1. Eibar ......................................................................................... 13
2. Aginaga de Eibar ...................................................................... 16
2.1. Instituciones .................................................................. 16
2.2. La parroquia .................................................................. 18
2.2.1. La iglesia parroquial ........................................ 26
3. Arrate ..................................................................................... 33
3.1. La capellanía de Arrate ................................................. 41
3.2. El santuario de Arrate .................................................... 44
CAPÍTULO 2. La vida y la muerte ........................................................ 55
1. Prácticas y disposiciones testamentarias ................................. 57
1.1. Fundaciones de capellanías ........................................... 62
1.2.Aniversarios, memorias y misas perpetuas, cantadas y
rezadas ........................................................................ 65
1.3. Misas gregorianas y altares privilegiados ..................... 69
2. Enterramiento y sepultura ........................................................ 72
3. La muerte, la esperanza y el apoyo de la comunidad .............. 88
CAPÍTULO 3. Prevenir el más allá ....................................................... 93
ANEXO ..................................................................................... 121
Novena a la Concepción Purísima de la Madre de Dios de Arrate ........ 123
5
Fuentes, abreviaturas y citas
ACCa.: Archivo Catedralicio de Calahorra.
AHDSS.: Archivo Histórico Diocesano de San Sebastián.
APAgE.: Archivo Parroquial de Aguinaga de Eibar.
APEib.: Archivo Parroquial de Eibar.
Sig.: Signatura.
NOTAS
1. Numeración de entrecomillados obviada. Se abrevia la
referencia a la numeración foliada de aquellas transcripciones —entre
comillas— que se encuentren en el mismo folio —recto o vuelto— al que
se refiere la primera cita que les sucede. Entiéndase, pues, la última nota
con referencia a número de folio como el lugar donde, también, se
encuentran los textos entrecomillados no localizados desde la llamada
anterior.
2. Los «Ibid.» seguidos de cifras. Los guarismos hacen referencia al
número de folio o página en que se encuentran —respectivamente y de
arriba abajo— los textos entrecomillados de esa página o el primero de la
siguiente.
Por otra parte, y si se repiten las abreviaturas s. f. (sin foliación) es
porque el material se presenta así o porque está quemado.
Los puntos suspensivos separados e intercalados en los textos que se
citan literalmente indican que el documento en esa parte está quemado.
7
Introducción
Lo que se presenta a continuación aporta datos para aproximarse a la
religiosidad popular en Eibar y Aginaga tal como se manifiesta en unas
fuentes primarias que informan sobre testamentos, exequias o sepulturas a
lo largo de los siglos XVI al XX. De lo que se trata es de contribuir al
conocimiento de la historia de Eibar y visualizar que los archivos
parroquiales documentan aspectos de interés. Todo ello en función de la
hipótesis de que lo religioso vivido ahí implica un modo de ser1.
El libro, divulgativo y riguroso, centra el relato en los ritos funerarios
de un territorio. Y se observa que de los 53 testamentos que el archivo
parroquial de San Andrés Apóstol de Eibar custodiaba hasta 1920 (el
archivo parroquial de San Miguel Arcángel de Aginaga no guarda ninguno)
en la actualidad solo se conservan 14 (los demás desaparecieron tras el
incendio de 1937). De esos 53 testamentos, 9 son del siglo XVI; 25 del
siglo XVII; 10 del siglo XVIII; y 9 del siglo XX. En el siglo XVI, los
testadores son 2 mujeres, 6 varones y un sacerdote; en el siglo XVII, 13 son
mujeres, 8 varones, 2 sacerdotes y 2 cuyos nombres no se sabe; en el siglo
XVIII, 7 son mujeres, 8 varones, 2 sacerdotes y 3 cuyos nombres no se
sabe; y en el siglo XIX, 3 son mujeres, 5 varones, un sacerdote y uno cuyo
nombre no se sabe. Entre todos estos, los 14 testamentos que se han
conservado son: 2 del siglo XVI; 4 del siglo XVII; 7 del siglo XVIII; y uno
cuya fecha no puede saberse. De estos 14 conservados, los testadores son: 2
varones (siglo XVI); 4 mujeres (siglo XVII); 3 mujeres, 2 varones y 2
sacerdotes (siglo XVIII); y el de una mujer que testa en fecha desconocida.
Si no todos, sí la mayoría de los declarantes son casados, con predominio
1 Cfr. FERRERAS ORBEGOZO, J. M., Religiosidad y Santuarios de Eibar, San Sebastián:
Centro UNESCO de San Sebastián, 2015.
8
de viudos o viudas. Incluso en una ocasión —en el siglo XVII— testa el
matrimonio conjuntamente, si bien no se conserva el documento.
La confesión de fe católica observable en todos los testamentos
favorece preguntarse si la tal fe es del notario o del testador. En el segundo
caso la proximidad a la religiosidad popular sería mayor que en el primero,
donde los convencionalismos sociales y las fórmulas estereotipadas
primarían sobre el fenómeno de la fe personal. En todo caso, aun en medio
de una enunciación más o menos estándar, se dan variaciones de un
testamento a otro en las formulaciones de fe. Signo de que el testador
interviene haciendo patente su propia religiosidad.
En los testamentos, la muerte es vista como algo inevitable y como el
paso necesario para el encuentro con Dios. En consecuencia, se convierte
en un ejercicio de piedad para prepararse a bien morir. Testar es una
necesidad humana y religiosa: ordenar el destino de los bienes significa
ordenarlos en función, sobre todo, del destino final de la vida con Dios. El
carácter espiritual prima sobre el material de dejar la herencia tangible. Tal
primacía es observable en el subrayado de que la función de los albaceas es
operativizar las mandas espirituales. Para ello, y aunque los de más
confianza sean parientes y amigos, se encomendará una función de
vigilancia —como co-albaceas— a clérigos del cabildo parroquial, como se
observa en un testamento del siglo XVII.
Dado que los testamentos están redactados en momentos en los que
se goza de buena salud —salvo en el caso de un sacerdote del siglo
XVIII—, no son el último acto de la vida, sino, más bien, un momento
religioso fuerte en el que se activa una conducta religiosa de buena obra
9
durante la vida; un gesto religioso práctico conectado con la fe confesada
internamente, además de un medio de prever el futuro.
Los testadores poseen una significada capacidad económica, que se
manifiesta en la cantidad de estipendios para misas en su sufragio y en los
legados para obras de caridad. Ninguno forma parte de la nobleza; dos son
sacerdotes; uno es capitán de los ejércitos imperiales; todos son
terratenientes; y tres de ellos residen fuera de Eibar, siendo estos últimos
los que hacen las más copiosas donaciones.
La cuestión de la sepultura destaca en la redacción de los
testamentos, y está asociada con el aprecio por la dignidad del cuerpo y con
la creencia en su resurrección. Ello permite, por un lado, que el cuerpo
pueda ser honrado con los ritos funerarios previstos —lo cual, en definitiva,
desmiente la muerte como absoluta— y, por otro —la presencia del cuerpo
en la sepultura—, admite que en torno a ella se celebren aquellos sufragios
establecidos en el testamento y que servirán para la salvación del difunto.
La sepultura es vista como el eslabón que mantiene la unidad entre
los vivos y los muertos sin separación definitiva. Esta fe en la concordia o
comunión se subraya cuando el testador determina ser enterrado en la
misma tumba de la iglesia donde se encuentran sus antecesores y cuando se
la designa como el lugar donde deben ubicarse los cultos que para el eterno
descanso del alma del difunto celebrarán los seres queridos y la Iglesia
representada en el clero oficiante. La tumba, más que un hecho material, es
un trasunto del encuentro con Dios, simbólicamente representado por su
ubicación en un recinto divinizado. Esta misma concepción es aplicable al
cementerio común, un recinto religioso, bendecido, divinizado.
10
En los testamentos se incluye la demanda de celebración de misas
por los familiares difuntos y no difuntos. En este último caso significando
que el testador quiere interceder por sus familiares no solo desde el más
allá, sino participando al mismo nivel que los vivos. Se establece un modo
de orar doble por los seres que quedan en el mundo.
Las mandas para misas —presentes en los testamentos o fuera de
ellos— son un aspecto significativo de la religiosidad popular. En tales
mandas se trasluce, ciertamente, un miedo a ser privados de la presencia de
Dios —peligro que se exorciza o controla mediante la celebración de
misas—. Ahora bien, junto con ello puede observarse la idea de la
communio sanctorum, pues el difunto invita a los vivos de la comunidad
cristiana a participar en la oración por su eterno descanso y el ya difunto
encarga misas a celebrar tras su muerte a favor de los vivos.
Con las misas encargadas se trata de conseguir la salvación eterna y
reducir el tiempo del purgatorio. Más allá de las misas de cuerpo presente
—funeral, novena y aniversario o cabo de año— se encargan otras, pues se
cree que aquellas no son suficientes para conseguir el descanso eterno que
se desea, y por lo que hay que añadir algunas más tras el óbito. Las misas
gregorianas son un testimonio de esta creencia.
Y en esta línea hay que situar la exigencia relativa a que algunas de
las misas de sufragio se celebren en altar privilegiado —un altar dotado de
indulgencia plenaria a favor del difunto—. Incluso, en Aginaga, el altar
privilegiado es por los vivos y difuntos; es decir, la misa que en él se
celebra no solo obtiene indulgencia plenaria para el difunto, sino también
para los vivos que la mandan celebrar y para el sacerdote que la preside.
11
Las donaciones a la iglesia parroquial, a otras iglesias, a conventos,
al hospital, a la Santa Casa de Jerusalén, a las ermitas, a la redención de
cautivos y a los pobres muestran las devociones particulares de los
donantes. Estas devociones se manifiestan también en el encargo de las
misas, cuya encomienda de celebración no solo recae en conventos y
centros de culto expresamente designados, sino que se prevé, además, en
qué fiestas han de celebrarse e, incluso, en qué altares de determinadas
advocaciones de santos.
12
13
CAPÍTULO 1
El territorio y su historia
1. Eibar
La ciudad de Eibar está enclavada en la comarca del valle del Deva, en la
provincia de Guipúzcoa, a 120 metros de altitud y a 73 km. de San
Sebastián. Forma parte del partido judicial de Vergara y de la Diócesis de
San Sebastián. Es titular del arciprestazgo. Su población es de unos 28.000
habitantes en 38 km2 que se distribuyen por el valle y las montañas,
ubicándose en estas barrios como Arrate y Aginaga.
Del rey Alfonso XI es la carta-puebla (1346) que autoriza la
fundación de un pueblo cercado y torreado, llamado Villanueva de San
Andrés, nombre que declinará a favor del más antiguo de Eibar. El
desarrollo de la Villa medieval se concitó en torno a la iglesia parroquial de
San Andrés Apóstol. Del pasado medieval apenas se conserva su casco
antiguo en las calles aledañas a la iglesia parroquial de San Andrés.
Entre los monumentos, en el casco urbano, tales como el
ayuntamiento (1903), casa-torre de Isasi, Escuela de Armería, museo de
armas o el palacio de Unzueta, está la iglesia parroquial de San Andrés.
14
Esta tiene planta de cruz latina con crucero (era de 1603 una “escritura de
convenio entre la Villa y Miguel de Garaizabal sobre las obras del nuevo
crucero parroquial [y un] plano del crucero”1). Desde el siglo XVII el
edificio está orientado este-oeste, con la cabecera o altar mayor vuelto
hacia el oeste (tras la reforma de 1985 el sacerdote celebra mirando al este).
Tiene tres naves de igual altura, divididas en tres tramos con tres pares de
columnas clásicas de carácter gótico y con capiteles distintos, de los que
arrancan nervios que sostienen las bóvedas góticas. El coro se apoya en dos
pilares cilíndricos con bóveda inferior y una reja superior de 1649. En la
cabecera dos capillas prolongan las naves. En el segundo tramo, al norte,
una puerta plateresca (siglo XV-XVI) y, al sur, el baptisterio (siglo XVII).
La ampliación del primitivo templo románico termina en 1641. Y al
“altar [mayor] que de nuevo se ha hecho” se traslada en 1643 la parte del
retablo que Andrés Araoz, padre, y Juan Araoz, hijo, habían realizado para
el altar mayor2 —ubicado donde hoy está el coro alto— y que constaba de
sotabanco y dos cuerpos. El visitador de Calahorra manda en 1644 que se
termine el retablo cubriendo todo el ábside hasta la bóveda (“los demás
tramos se hagan siguiendo dicho orden”3). Estos nuevos tramos se terminan
entre 1736 y 1739. El retablo, de madera de nogal, oscuro, cubre el ábside
de la iglesia. También se construye la sacristía, y las sepulturas de clérigos4
se trasladan a un panteón con bóveda5 bajo las gradas del altar mayor6.
Altares laterales existían en el siglo XVI: los de Santa Catalina con
imágenes de San Roque y Santa Lucía, Dolorosa, San Sebastián y del
1 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial de San Andrés Apóstol de la Villa de
Eibar 1920, en AHDSS, sig. 2053 / 001-00, p. 20. 2 Ibid., p. 20. 3 APEib., Cuentas de Fábrica 1642-1690, en AHDSS, sig. 2056 / 004-00, s. f. 4 Cfr. APEib., Cuentas de Fábrica 1642-1690, op. cit., s. f. 5 Cfr. APEib., Testamento de Miguel de Acha 1700, en AHDSS, sig. 2062 / 017-00, s. f. 6 Cfr. APEib., Testamento de Antonio Echezabal 1723, en AHDSS, sig. 2062 / 023-00, s. f.
15
Sacramento (o —quizá— Altar de la Cruz situado ante el altar mayor).
Algunos de los santos eran especialmente venerados; así, San Roque y San
Sebastián. Por la Concordia entre el cabildo secular y eclesiástico de 1706
se sabe que en la ermita de Unzaga se cantaba la Salve las vísperas de San
Andrés, San Juan Bautista y San Sebastián “media hora antes de la noche”
y, a la ermita de Unzaga se procesionaba los “días acostumbrados, que son
[...] San Roque, [...] San Sebastián...7. Para ese momento había erigidos dos
altares: el de la Virgen del Rosario8 y el de Santa María Magdalena9.
Dorados entre 1688 y 1690 son de la escuela vallisoletana. Para 1929 el de
Santa María Magdalena era el del Sagrado Corazón10.
En el siglo XVIII se eliminan los altares de San Sebastián y Santa
Catalina, para sustituirlos por el de Nuestra Señora del Carmen (después de
177111 y, quizá, en 1776) y el de las Ánimas (para 1767). Sobre este último
el archivo parroquial informa que en 1767 hay un gasto: Se paga “a Juan de
Acha por una puerta sin marco y sin pernos correspondientes, que sirve al
osario chiquito que está en dicha parroquia junto al altar de las Ánimas”12.
Por otra parte, para 1742 ya se había hecho otro altar dedicado a San José,
pues el libro de la cofradía de este nombre es examinado por el visitador de
ese año. Del mismo hay noticias hasta 1911: el auto de 1759 manda se
ponga “un ara en el altar de San José”13; en 1886 se paga a “Domingo
Argárate por [...] la reja del altar de San José”; y en 1911 hay un gasto por
el “entarimado del altar de San José”14. En 1765 había cinco altares
laterales en la iglesia.
7 APEib., Concordia Entre los Cabildos Secular y Eclesiástico de la Villa de Eibar. Escritura de
Concordia 1706, en AHDSS, sig. 2065 / 006-00, s. f. 8 Cfr. APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, en AHDSS, sig. 2057 / 003-00, s. f. 9 Cfr. APEib., Cuentas de Fábrica 1642-1690, op. cit., s. f. 10 Cfr. APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f. 11 Cfr. APEib., Cuentas de Fábrica 1738-1764, en AHDSS, sig. 2057 / 001-00, s. f. 12 APEib., Cuentas de Fábrica 1765-1785, en AHDSS, sig. 2057 / 002-00, s. f. 13 APEib., Cuentas de Fábrica 1738-1764, op. cit., s. f. 14 APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f.
16
No se puede dejar de señalar la devoción que a San Sebastián existía
en Eibar y que lo certifica el Obispo de Calahorra en 1648 (ese año de
visita pastoral en Eibar) al permitir la celebración solemne de la fiesta de
San Sebastián: “Por cuanto toda esta Villa tiene mucha devoción por el
glorioso mártir San Sebastián, Su Ilustrísima da licencia para que puedan
guardar su día sin obligarles a pecado mortal, sino que sea voluntario”15.
2. Aginaga de Eibar
Aginaga es un barrio de Eibar, a 295 m de altitud. Su población —unos 60
habitantes— se distribuye en los 28 caseríos de la jurisdicción parroquial
(uno de ellos no formó parte de tal jurisdicción hasta 1881, cuando “el
caserío Albizuri se agrega a Aguinaga por el Ordinario”16) diseminados por
los montes que rodean el núcleo urbano constituido por el cementerio, el
edificio de la antigua escuela, la casa cural propiedad de la Iglesia (aunque
se sabe que en 1911 un “comunicado” del ayuntamiento al párroco de San
Andrés “reclama la casa cural de Aguinaga”17), dos caseríos, un espacio
para deportes rurales, un frontón cubierto propiedad de la Iglesia y adosado
a ella, un parque de recreo infantil y la iglesia parroquial.
2.1. Instituciones
Forma parte del patrimonio de Aginaga el llamado Concejo de la
Anteiglesia de Aginaga, cuya primera noticia documental conservada en el
archivo parroquial se remonta a 1643. Hasta 1996 —cuando inaugura un
15 APEib., Cuentas de Fábrica 1642-1690, op. cit., s. f. 16 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 17. 17 Ibid., p. 23.
17
local en la misma torre del templo parroquial— el Concejo se reunía en el
pórtico de la iglesia —donde antaño estuvo el cementerio—, tras la misa
mayor. El presidente del Concejo es elegido cada cuatro años.
Asimismo, aún pervive la institución llamada Mayordomía de
Fábrica de la Anteiglesia de Aginaga, cuya función es la conservación y
administración de la parroquia y cuya primera noticia documental en el
archivo parroquial se remonta a 1559. El cargo de mayordomo lo ostenta
anualmente un caserío del barrio, y se accede a él siguiendo un antiguo
orden rotatorio18. Gracias al libro de la Cofradía de la Vera Cruz, que lo
señala para esta, se puede saber cuál era este orden:
Thomas de Careaga, por la casa Molino de Axerpe; Becco echea; la
casilla de Suinaga; Subyaga; Acha; Amurutegui-Abuaga; Axerpe;
Aguinaga de Yuso; Aguinaga de Susso; Orbea; Zumaran; Suinaga;
Gorostiaga; Arando de medio; Arando Echavarry; Arando de Susso;
Arando Barrena; Oreguy19.
El 1 de febrero de 1998 el Concejo acordó crear la llamada Sección
de Conservación y Mantenimiento del Templo como continuación de la
Mayordomía de Fábrica. De esta Sección, precisamente, partió la iniciativa
del llamado Menú Aginaga del Siglo XVII, que, luego —el 1 de febrero de
1998—, estableció el Concejo como actividad anual. El nombre refiere la
comida de hermandad anual en recuerdo de los antepasados del barrio. De
su primera celebración, el 4 de julio de 1998, quedó constancia en la prensa
local, la cual se refirió a ello de la siguiente manera:
18 L. MARTÍNEZ DE MORENTIN DE GOÑI, Aguinaga de Eibar. Historia de la Parroquia, San Sebastián: Centro UNESCO de San Sebastián, 1997, pp. 65-83.
19 APAgE., Cofradía de la Vera Cruz. Acta de Fundación. Cuentas 1641-1734, en AHDSS, sig. 1021 / 001-00.
18
Aginaga degustó ayer un menú del siglo XVII. El “menú Aginaga” del
siglo XVII, compuesto por sidra, tocino blanco, cordero y pan, fue servido
ayer en este barrio eibarrés. Los vecinos, dieron buena cuenta del menú,
del que se tiene constancia que existía en 1613. Existen documentos que
prueban que los obreros que trabajaban en la parroquia cobraban en
comida y se describe el menú degustado. La celebración contó con un
gran ambiente y todos los vecinos quedaron satisfechos con el menú
[medieval, sic]. Además, se da la circunstancia de que ninguna sociedad
eibarresa había realizado un menú de esas características. La preparación
de los platos corría a cargo de los vecinos que tienen su sede en la
sociedad anexa a la parroquia. Ese mismo escenario era el lugar de la
comida, lo que limitó la asistencia a entre treinta y cuarenta vecinos20.
Finalmente, los que ostentan la representación de estas instituciones
ocupan un lugar destinado a ellos en los primeros bancos a ambos lados de
la nave de la iglesia. El lugar está expresamente reservado con los escudos
de ambas instituciones grabados en madera de plátano en la parte superior
del respaldo de cada banco. El tallado de los motivos fue realizado por
Javier López —que los firma con el seudónimo Jalo— en 199721.
2.2. La parroquia
La primera noticia documental de la existencia de la parroquia de San
Miguel Arcángel data de 1516. Es en esa fecha cuando se habla de un
“pleito y sentencia sobre los diezmos entre el cabildo [de San Andrés] y
vecinos de la Villa, de Soraen”22.
20 APAgE., Boletín Parroquial. Aginaga de Eibar 135/IV (1999), p. 599. 21 APAgE., Boletín Parroquial. Aginaga de Eibar 84/III y 105/III (1998), pp. 356 y 439. 22 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 1.
19
De si con anterioridad a esta fecha fuera ya parroquia —que es lo
más probable— no hay documentos que lo certifiquen. No obstante, no
cabe duda de que existía un edificio para el culto (y donde se bautizaba),
del cual aún se conservan una pila bautismal románico-gótica, una ventana
saetera, una inscripción gótica, un grupo escultórico gótico de María y el
Niño y un aguamanil de piedra arenisca. El edificio, más pequeño que el
actual (una de cuyas puertas fue descubierta el 29 de agosto de 1998, en el
frontón23), es el que tenían en su retina los protagonistas de los
acontecimientos que en el siglo XVI declararon como aneja a San Andrés a
la parroquia de San Miguel Arcángel de Aginaga24. Lo confirman las
noticias documentales conservadas en el archivo parroquial de San Andrés
de los años de 1544 a 1550. En estos años se está procediendo a tal anexión
a tenor de lo que relatan los documentos de esas fechas.
En efecto, de 1544 es un “pleito entre dos clérigos, de los que uno
cantó la primera misa en Aginaga y el otro en la parroquia de Eibar, sobre
cuál era el misacantano más antiguo con preferencia a beneficio
parroquial”; de 1546 la “sentencia en pleito de erección con la parroquia de
Aguinaga”; de 1548 otra “sentencia declarando a la Iglesia de Aguinaga y a
los vecinos de Soraen sujetos a la parroquia de Eibar”; de 1549 otra
“sentencia del pleito sostenido entre el cabildo parroquial y vecinos de
Soraen en la apelación interpuesta por aquel”; y, finalmente, en 1550 se
23 Cfr. APAgE., Boletín Parroquial. Aginaga de Eibar 204/VI (2001), p. 1.034. 24 Para saber claramente lo que esta figura de aneja significaba en este caso, habrá que esperar
hasta el año 1878, que es cuando se extiende un documento en el que “aclaran de Vitoria qué se entiende por aneja y ayuda”. El documento venía exigido por los roces que las divergencias en la interpretación habían producido a lo largo del siglo. Prueba de ello son las noticias conocidas. En efecto, se sabe que en 1811 se lleva a cabo una “distribución de frutos primiciales entre Aguinaga y parroquia”; que en 1815 se cruzan “cartas en pleito del cabildo con el cura de Aguinaga”; que en 1829 hay un “memorial presentado por Aguinaga a la parroquia pidiendo ayuda y contestación de ésta”; y que en 1863 se levanta acta del “número de almas de la población diseminada de la parroquia y de Aguinaga y relación de distancias” y de los “derechos de estola de ambas parroquias y del organista y sacristán” (Cfr. APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., pp. 18, 14, 15 y 22). Lamentablemente, estos documentos no se conservan. Tampoco, por otra parte, los “inventario de Aguinaga” de 1901, de 1909 y de 1913, que se sabe habían sido depositados en el archivo parroquial de San Andrés (Ibid., pp. 18 y 19).
20
incoa un “pleito entre la parroquia y Aguinaga sobre obligaciones y
derechos de sacramentos y sepultura”25. Disputas que no son de extrañar,
pues el cura de Aginaga no tenía más fuente de ingresos para su
subsistencia que las limosnas de sus feligreses.
En todo caso, a partir de estos documentos, de otro de 1551 del
Licenciado Martín Gil26 y otro de 1557 —que informa de una “contestación
al requerimiento de los parroquianos de San Miguel de Soraen pidiendo al
cabildo un clérigo para el servicio de aquella parroquia”27— hay que
afirmar que en el siglo XVI la parroquia de San Miguel Arcángel de
Aginaga estaba anexionada a San Andrés y que tenía cura propio. Y de que
contribuía a las arcas de San Andrés lo prueban las dos “carta de pago del
cura de Aguinaga” a la matriz realizadas en 1642 y 165328 y el
desprendimiento de parte del patrimonio realizado en 1687:
Celedón de Zumaran, mayordomo de la fábrica de San Andrés, entregó
una cantidad [¿403 reales?] por fundir un esquilón de 655 libras sin los
materiales y de Joan de Suinaga, menor en días, mayordomo de San
Miguel de Aguinaga, 550 sin los materiales por fundir una campana de
dicha iglesia ... libras y de Martín de Oraegui, mayordomo de la ermita,
222 reales por fundir una campana de 280 libras y [...] sin los materiales29.
La iglesia del documento es la parroquial de Aginaga. De la que, en
efecto, era mayordomo Joan de Suinaga ese año de 1687. Y la ermita es,
sin duda, la de San Román y Santa Águeda, en su jurisdicción parroquial.
Por otra parte, que el cura era nombrado expresamente cabe deducirlo —a
25 Ibid., p. 1. 26 Cfr. ACCa, sig. 252: Libro de Visita del Licenciado Martín Gil 1551. 27 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., pp. 20. 28 Ibid.pp. 20 y 21. 29 APEib., Censo Otorgado por el Concejo de Eibar a Favor de los Mayordomos de la Fábrica
San Andrés de Eibar y de la Iglesia de San Miguel de Aguinaga 1687, en AHDSS, sig. 2058/028-00, s. f.
21
posteriori— del hecho de que de 1701 (y hay que señalar que es el único
auto de este tenor que se conserve en los archivos parroquiales) sea un
“auto del Ordinario para proveer a Aguinaga de cura”30. El auto es la
respuesta a un “pleito de Aguinaga, motivado por peticiones de sus
feligreses sobre derecho a capellán propio”31 que se había incoado en 1700.
Y fue incoado no tanto porque lo demandaran como algo nuevo y
desconocido en la tradición, sino porque el puesto no había estado cubierto
con regularidad durante el siglo XVII. El caso es que en 1702 en Aginaga
ya habrá cura —o capellán— nombrado, pues este año hay un “pleito entre
el cura de Aguinaga y Joan Abad de Oraegui”.
Pleitos que se atajan en 1706. Ese año concejo, cabildo y “la mayor
parte de los vecinos” se juntan “a son de campana tañida como lo tienen de
uso y costumbre para semejantes casos” para tratar “sobre la congrua
sustentación de los beneficiados” y sobre las “cargas y obligaciones de
dicho cabildo”. Se acuerda: “Novecientos cuatro reales de vellón al cura o
rector que es o fuese de la anteiglesia de San Miguel de Aguinaga aneja a la
parroquial de San Andrés de esta Villa en los plazos y forma acostumbrada,
que son por San Juan y San Miguel de cada año y mitad”32.
Aun siendo esto así, el cura o capellán de Aginaga no era beneficiado
de San Andrés; y no lo fue hasta el siglo XVIII, justamente cuando en 1758
se procede en la Villa a la “erección del noveno beneficio en la parroquia
con la cura de almas de Aguinaga”33. Aunque es verdad que a partir de
1706 se estableció que el beneficiado más moderno de San Andrés
estuviera obligado a servir a la aneja de Aginaga, sin embargo, era una
30 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 10. 31 Ibid., p. 4; p. 7. 32 APEib., Concordia Entre los Cabildos Secular y Eclesiástico, op. cit., s. f. 33 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., s. f.
22
medida provisional para salir del paso mientras no se hallase otro sacerdote
apto y se le nombrase expresamente para ejercer el ministerio de cura34. El
caso es que treinta años más tarde, en 1788, se da la “aprobación de un
nuevo beneficio en Aguinaga”; lo cual debió provocar algún conflicto,
porque ocho años después, en 1796, se sabe que se extendió un “recibo del
rector de Aguinaga referente a la escritura de concordia con el cabildo de
Eibar, aprobado por el patrono, [príncipe de Esquilache, sic]”35.
Sea lo que fuere, Aginaga se equiparaba a San Andrés, donde el cura
contaba con un “teniente” —coadjutor o capellán— que le asistía y
sustituía en su cargo y ejercía su ministerio en caso de necesidad (“Veinte
ducados de vellón perpetuamente a los dos señores curas y a cada uno”36).
No obstante, el nuevo coadjutor o capellán de Aginaga no era beneficiado
de San Andrés —como lo era su párroco—, sino que lo era de San Miguel.
Ahora bien, el nuevo beneficio de Aginaga no debió durar mucho, porque
ya en 1815 se cruzan “escritos del abogado del cabildo sobre nulidad de
nombramiento de beneficiado a favor del cura de Aguinaga” y otros
“escritos del mismo abogado en pleito de beneficios”37.
Puede suponerse que no duraría mucho más allá de la década si se
atiende a las noticias de miserias de la parroquia de las que se hablaba en
1818. Ese año los feligreses de Aginaga denuncian que su iglesia se les cae
de ruinosa; que por “las grietas de la pared se cuelan las lagartijas a los
cálices”; que ni el capellán podía cobrar; y que de lo a ellos asignado por
San Andrés a cargo de los diezmos “no llega a pagar el vino de la oblación
y el aceite para alumbrar”. No es de extrañar, entonces, no solo que
34 APEib., Concordia Entre los Cabildos Secular y Eclesiástico, op. cit., s. f. 35 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 12. 36 APEib., Concordia Entre los Cabildos Secular y Eclesiástico, op. cit., s. f. 37 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 15.
23
estuvieran dispuestos a secuestrar y embargar los diezmos y primicias de
los maíces38, sino que, quizá, tuvieran que eliminar el beneficio.
Por otra parte, este asunto de beneficiado de San Andrés —como lo
era el cura de Aginaga— habría que situarlo en el contexto de aquel otro
beneficio que en San Andrés existía con el cargo de atención a Barinaga
—población cercana a Aginaga, aunque más alejada de la parroquia de San
Andrés—. Ese beneficio para Barinaga existía en 1687, pues se sabe que
ese año “el beneficiado parroquial, que tiene la obligación de asistir a San
Pedro de Barinaga, imposibilitado, nombra sustituto”39. Ese caso del
“sustituto” no es equivalente al del coadjutor de Aginaga, pues aquí no se
trataría de simples sustituciones coyunturales, sino de un nombramiento
permanente para ejercer las funciones del cura siempre que fuera preciso.
Es decir, es un beneficio creado en Aginaga con carácter permanente.
Cabe añadir en este orden de cosas que, si bien entre las obligaciones
del cura de Aginaga no estaban aquellas otras impuestas a todo beneficiado
de San Andrés, tales como, por ejemplo, las que se señalan en 1672 sobre
que el “cabildo y beneficiados y demás clérigos” deben “las misas
conventuales, Vísperas y demás oficios divinos los oficien y canten en el
coro”40, sin embargo, no estaba exonerado —como se anota en 1742— de
aquella otra relativa a que “los curas beneficiados y servidores clérigos de
mayores y menores órdenes de esta Villa tengan en ella las conferencias
morales y de ceremonias de la misa, y acuda también el servidor de la
iglesia de Aguinaga, y vayan si no están enfermos o en otra ocupación pena
de cuatro reales”41, que, aunque refiere una noticia dieciséis años anterior al
38 MARTÍNEZ DE MORENTIN DE GOÑI, L., Aguinaga de Eibar, op. cit., pp. 78-79. 39 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 6. 40 APEib., Cuentas de Fábrica 1642-1690, op. cit., s. f. 41 APEib., Cuentas de Fábrica 1738-1764, op. cit., s. f.
24
establecimiento del noveno beneficio en San Andrés con la cura de almas
de Aginaga y cuarenta y seis años anterior a la aprobación de un nuevo
beneficio en Aginaga, no se tiene noticia, sin embargo, de que alguna vez
en la historia los curas de Aginaga fueran indultados de tal obligación.
A pesar de todo, antes de la creación del beneficio en San Andrés
con cargo de Aginaga hubo dificultades para cubrir la plaza. Una noticia de
1706 lo deja entrever:
Si sucediere alguna vez el no poder hallar para la aneja de Aguinaga quién
haga el oficio de cura por no hallarse sacerdote apto para él o por no
querer atenerse al servicio de la aneja por el estipendio de los 82 reales
que se ha acostumbrado el dar y pagar a dicho sirviente, que para en tal
caso y mientras se hacen las diligencias y se busque sacerdote capaz y
suficiente que lo quiera hacer y servir tenga obligación el beneficiado más
moderno de servir dicha iglesia según y en la conformidad que dispone y
ordena la sinodal de este dicho obispado en la constitución sexta del libro
tercero del título 3 de clerecías [...]. Y sucediese el haberse legítimamente
impedido el tal beneficiado más moderno, corra igual obligación al
inmediato e inmediatos y se le añada al tal beneficiado que fuere a servir
dicha aneja en lugar de los 82 ducados hasta el cumplimiento de los 100
ducados. Y si después entrare dicha cuarta porción de beneficio otro
nuevamente, este tenga la misma obligación de suerte que el dicho
cuartanero último sea el que ha de servir la aneja en la forma que va
expresado y los frutos y emolumentos que este dicho beneficiado haya de
percibir se reparta igualmente entre los demás beneficiados en el ínterin
que está sirviendo dicha aneja. Y así bien mientras el más moderno
estuviere sirviendo dicha aneja, corra la carga y obligación de conjurar la
nube por cuenta del beneficiado de media ración, percibiendo este por la
dicha carga los dos ducados que da el cabildo como los otros dos que así
25
bien da la Villa. Y lo mismo corra por cuenta del dicho beneficiado de
media ración la obligación que tiene de revestirse en las misas
conventuales y misas de Nuestra Señora el beneficiado más moderno que
asiste en la aneja42.
Retomando el dato sobre que el linaje vasco Príncipe de Esquilache
fuera el patrono de San Andrés y Aginaga en 1796 (lo era también en
1704), cabe anotar que, tres años después de la creación del beneficio de
Aginaga en San Andrés, es decir en 1761, se produce un “recurso del
cabildo sobre la casa diezmera de Aguinaga” —la casa excusada—. El
precipitativo del recurso es la voracidad recaudatoria del marqués de
Esquilache, que ese año había mandado inspeccionar lo relativo a “una casa
dezmera y la segunda de su aneja”, que, según decía el recaudador, eran las
dos las que, según acuerdo, estaban consideradas como tales desde 175143.
Dejando aparte la coincidencia de los nombres, lo que hay que decir
es que el patronato sobre las parroquias eibarresas del duque de Ciudad
Real (príncipe de Esquilache) no se sucede sin interrupción entre los años
de 1704 y 1796. En el ínterin —1777 y 1778— hubo otro patrono: el barón
Babil, a quien se refiere en 1777 una “Real Cédula transmitiendo derechos
de patronato al barón Babil de Areizaga”, otra noticia de este año que lo
fotografía con sus prerrogativas
(el Sr. Barón, D. Juan Carlos de Areizaga, coronel de los reales
ejércitos, gobernador de la plaza de Fuenterrabía [...], vecino de esta
Villa y patrono por merced real de la iglesia parroquial de la villa de
Eibar [...]. Toca y pertenece al Sr. compareciente nombrar curas
42 APEib., Concordia Entre los Cabildos Secular y Eclesiástico, op. cit., s. f. 43 Cfr. APEib., Relación de Beneficiados Existentes en la Parroquia y sus Derechos y
Obligaciones 1761, en AHDSS, sig. 2062 / 002-00, s. f.
26
vicarios, beneficiados, capellanes y otros ministerios de la expresada
iglesia y su aneja [Aguinaga de Eibar]44)
y en 1778 una “comunicación del provisor de Calahorra al corregidor
solicitando testimonios del pleito que sostiene el cabildo de esta con su
patrón, barón de Areizaga”45.
2.2.1. La iglesia parroquial
En 1996 un anciano de Aginaga hablaba de un edificio cercano a la iglesia
parroquial que popularmente fue conocido como parroquia chiquita y que
estuvo ubicado donde hoy está el cementerio. De ello se habla también en
otro libro con todas las reservas y considerándola, efectivamente, ermita46.
Sea lo que fuere en el difícil dilema que la documentación de los
archivos crean, lo cierto es que para su construcción ya en 1752 el cabildo
de San Andrés transfiere los poderes oportunos “para los pleitos por la
edificación de la ermita de Aguinaga”47. Y que terminadas las obras, el
obispo manda el 24 de octubre de 1755 que “el vicario reconozca y bendiga
la capilla y la segunda misa para el servicio de Aguinaga”48. De este
mandato se conserva el “original de la licencia de la segunda misa de
nuestra aneja de San Miguel de Aguinaga y su nueva ermita fabricada este
año pasado [1755]”49.
44 APEib., Nombramiento de Sacristán Organista 1777, en AHDSS, sig. 2055 / 002-01, s.f. 45 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., pp. 11 y 22. 46 FERRERAS ORBEGOZO, J. M., Religiosidad, op. cit., pp. 125-128. 47 APEib., Poderes Dados por el Cabildo Eclesiástico para los Pleitos por la Edificación de la
Ermita de Aguinaga 1752, en AHDSS, sig. 2066 / 001-00, s. f. 48 APEib., Censo Otorgado por el Concejo de Eibar, op. cit., s. f. 49 APEib., Licencia para la Celebración de la Segunda Misa de Aguinaga 1756, en AHDSS, sig.
2059 / 032-00, s. f.
27
La bendición fue llevada a cabo por el Vicario de Placencia el 15 de
noviembre de 1755. Y en el acta escribe que en cumplimiento de la
comisión del Sr. Obispo de este obispado de Calahorra habiendo
pasado a Aguinaga, reconocida la ermita nuevamente fabricada hallé
estar decente y con el adorno correspondiente para celebrar el santo
Sacrificio de la misa y en su consecuencia la bendecí conforme al
ritual romano. Y para que conste, certifico y firmo en esta villa de
Eibar, a 16 de noviembre de 175550.
La misa fue presidida por el cura de Aginaga, Joan Manuel
Arróspide (1755-1756).
Con respecto al actual edificio de la iglesia parroquial, cuyas
proporciones son de 18 m. de largo por 9 m. de ancho, se sabe de dos
importantes obras llevadas a cabo en el siglo XX: la de 1902-1906 deja la
iglesia tal como se conoció hasta 1995. En el intervalo, y entre 1952 y
1954, se construye el frontón y se eleva la torre actual. La última
restauración del interior —para proceder, sobre todo, a la adaptación a las
normas litúrgicas del concilio Vaticano II— se acomete en 1995-1996.
En 2000, finalmente, se construye el pórtico51 (el anterior —del siglo
XVII— había sido derribado en los años de 1960). Las obras las financia el
ayuntamiento de Eibar en su mayor parte, y colabora la Diputación Foral de
Guipúzcoa. Es inaugurado en 2000 por el obispo de San Sebastián, Juan
María Uriarte52.
50 APAgE., Cuentas de Fábrica 1720-1775, en AHDSS, sig. 1022 / 003-01. 51 APAgE., Aginagako Elizpea/Pórtico de Aginaga de Eibar. Obras del año 2000 / 2000 Urteko
Obrak. Excavaciones Bergaretxe, Eibar, San Sebastián: Centro UNESCO de San Sebastián, 2000, p. 2. 52 Ibid., p. 10.
28
El interior del edificio actual tiene una nave con dos tramos: el
atrium, delimitado por una enorme viga de madera —que sustenta el coro y
en la que se cincela un rudimentario arco-antepuerta—, permite captar la
separación con el espacio de la nave propiamente eucarístico. Esa
separación aún se hace más patente por la presencia de una barandilla de
madera situada bajo esa viga, la cual, hasta las últimas reformas de los
últimos años de 1990, separaba el presbiterio de la nave. En el atrium, y al
norte, una imagen de la Virgen Dolorosa con su peana procesional
primitiva se asienta sobre dos soportes de hierro anclados en la pared. Su
datación es, sin duda alguna, del siglo XIX53.
En la nave, al norte, lado del evangelio y cercano al presbiterio, un
altar y retablo de madera con tres nichos que fue fabricado en 1906. En la
parte sur, lado de la epístola, otro retablo de piedra arenisca del siglo XVII
descubierto en 1998. En la nave, y más cercanos al presbiterio, seis bancos
de madera, y detrás de los mismos, sillas-reclinatorios. Los bancos, del
siglo XVIII, pudieron ser colocados en el mismo lugar en el que ahora se
encuentran en 1842, tras de que unos 20 años antes se dejara de enterrar en
la iglesia. Los reclinatorios, que todavía conservan grabados los nombres
de las mujeres que representaban a las familias, tienen la mayoría más de
cien años, pertenecen a las familias de Aginaga y se ubican en un
emplazamiento fijo, justamente en el lugar donde estuvieron las antiguas
sepulturas familiares.
Aunque hoy no se conservan —pues el entarimado de la iglesia se
hizo nuevo en la reforma de 1902-1906, y en 2007 por el ayuntamiento de
Eibar—, anteriormente estuvieron grabados en el suelo, y sobre las
sepulturas, los nombres de los caseríos que las usufructuaban. Allí estaba el
53 Cfr.. APAgE., Boletín Parroquial. Aginaga de Eibar 2/I (1996), pp. 5-16.
29
reclinatorio y allí se colocaba la argizaiola o tabla de madera en la que se
enrolla la cera de ofrenda a los difuntos. En la reforma de 1995-1996 se
añadió a los reclinatorios una placa de metal con el nombre del caserío54.
Al parecer, en la reforma de los finales de los años de 1990 (1997) lo
más importante fue el proyecto de las llamadas sepulturas simbólicas. Tal
proyecto ubicó en el crucero de la iglesia un espacio-recordatorio de las
antiguas sepulturas mediante la instalación de pequeñas delimitaciones
reservadas a cada caserío. Unas pequeñas tablas rectangulares —con el
nombre de cada caserío en la cabecera oeste—, movibles para facilitar su
limpieza y con suficiente espacio como para colocar candeleros o
argizaiolas, tratan de hacer presente una arraigada tradición en Aginaga55.
En el ábside y presbiterio actual esta el retablo mayor —de 1906—
con sus tres nichos, y alzados en las paredes de la entrada del presbiterio,
en sus peanas, la imagen de San Miguel, lado del evangelio, y la de Nuestra
Señora de la Palabra, lado de la epístola. La imagen de San Miguel fue
realizada, quizá, en 1743 por el eibarrés Hilario de Mendizábal. Consta que
este realizó ese año para Aginaga la “efigie de un santo” y al año siguiente
un altar colateral. Sea o no de él, la imagen parece ser del siglo XVIII, y es
de madera policromada. La pintura de la imagen fue retocada en 1804, así
como reformado en ese mismo año su nicho. La última restauración de la
imagen de la que se tenga noticia es de 1906, la cual se llevó a cabo en
Valencia.
En la misma posición adelantada y al otro lado de San Miguel, la
imagen de Nuestra Señora de la Palabra, del siglo XV (el vestigio
54 Ibid., pp. 6-16. 55 APAgE., Boletín Parroquial. Aginaga de Eibar 6/I (1996), pp. 25-28.
30
iconográfico gótico más antiguo de Eibar). Sobre una peana —como San
Miguel— y bajo el antiguo tornavoz del púlpito se halla la imagen —de
143 centímetros de altura— de María con el Niño en brazos. El Niño señala
con su dedo en el libro.
En la zona del presbiterio, tras el altar desplazado del retablo en la
reforma de los finales de 1990 (1996), se encuentra el retablo mayor. Un
conjunto neogótico, de madera de castaño, con tres nichos en el segundo
banco, un sagrario en el primero y rematado en el ático con una paloma. En
los tres nichos se exhiben en la actualidad un Cristo crucificado —del siglo
XVIII—, en el centro; una imagen de San Ildefonso —del siglo XVI—,
lado del evangelio; y una imagen de San Antonio Abad —del siglo XX—,
lado de la epístola.
Por el lado del evangelio, y desde el presbiterio, se accede al archivo
parroquial; y desde el lado de la epístola, en el presbiterio también, se
accede a la sacristía. Las puertas están decoradas con vidrieras que fueron
colocadas el 23 de septiembre de 2000 por la empresa Morillas Vidrieras
Artísticas, de San Sebastián56.
Por su parte, las vidrieras de los tres ventanales superiores de la nave
y coro fueron realizadas en 1996 por el artista vidriero, de Irún, Miguel
Osinaga, que las regaló a la parroquia. Y las estaciones del Via Crucis, en
ambos lados de la nave y atrium, son bocetos de un Via Crucis de vidrieras
realizados por el guipuzcoano vitripintor Simón Berasaluce para una iglesia
de Guatemala, y fueron enmarcados para la iglesia de Aginaga e instalados
allí en 1996.
56 Ibid., 207/VI (2001), p. 1.090.
31
En la sacristía, un aguamanil de 180 cm. de altura y rematado con
una cruz es de piedra arenisca y consta de columna, pila, grifo y depósito
para el agua. Podría ser del siglo XVI. Es de sobria factura, bien trabajado
y en buen estado de conservación57.
Estos detalles patrimoniales fueron reconocidos, en su momento, por
la prensa local. En su momento quiere decir en los últimos años del siglo
XX. Así, pues, por esas fechas la prensa local eibarresa se hizo eco del
barrio de Aginaga en un reportaje, titulado Los Tesoros de Aginaga, en el
que se hacía referencia a los descubrimientos de un mural policromado en
la cabecera y de un retablo de piedra arenisca de 1608 que se habían
producido entre febrero y marzo de 199858. Porque completa esta visión
sucinta que de la historia y entorno de Aginaga, se reproduce el texto
íntegro, el cual se conserva en el archivo parroquial de la misma iglesia de
Aginaga. Así, en el libro donde se recoge lo referido a los
descubrimientos59 puede leerse lo siguiente:
“Los tesoros de Aginaga” era el título del reportaje que El Diario Vasco,
en la edición comarca, de Eibar, publicaba el 9 de agosto de 1998,
domingo. [...] El reportaje se acompañaba de dos fotografías de Aginaga
[...]. Una, de la fachada sur de la iglesia parroquial de San Miguel
Arcángel de Aginaga de Eibar, y de la casa cural, decía a pie de foto:
“Expertos de la UNESCO o la Diputación han examinado las pinturas de
la parroquia”; otra, de la parte inferior del retablo de piedra arenisca,
señalaba a pie de foto: “Uno de los descubrimientos es un altar de 1608”.
Era la segunda vez que la prensa se hacía eco de los descubrimientos de
Aginaga. La primera fue el 4 de julio de 1998. El mismo periódico local,
57 Ibid., 6/I (1996), pp. 17-20. 58 APAgE., Aguinaga de Eibar. La Pintura Mural y el Retablo de Santa María, San Sebastián:
Centro UNESCO de San Sebastián, 1998, pp. 9-20. 59 APAgE., Boletín Parroquial 150/IV (1999), pp. 659-665.
32
El Diario Vasco, y también en su edición de la comarca de Eibar, aludía a
las pinturas de Aginaga colateralmente, en el contexto de un reportaje
sobre Aginaga realizado por los mismos autores [...]. En aquel reportaje,
dedicado al “Menú Aginaga del Siglo XVII”, se decía, simplemente, que
“el templo alberga tesoros tales como la imagen gótica más antigua de
Eibar, un altar de 1608 y un retablo policromado”. Será un mes más tarde,
el 9 de agosto de 1998, cuando el mismo periódico, y en la edición,
también, de la comarca de Eibar, como decimos, titulará: “Los tesoros de
Aginaga. Dos antiguas obras recién halladas aumentan el patrimonio
artístico del barrio. El reportaje decía lo siguiente: El pequeño barrio rural
de Aginaga, a once kilómetros de Eibar, posee un patrimonio artístico del
que puede sentirse orgulloso. De un lugar tan pequeño sorprende su
riqueza en arte y en tradiciones que se han conservado desde su
nacimiento, hace ya siglos. Los miembros de esa comunidad ya eran
conscientes de la importancia de su barrio en el origen y el devenir
histórico de la ciudad de Eibar. De ello hablan alto y claro sus
instituciones antiquísimas y sus usos seculares. Pero últimamente se han
dado cuenta de que su tesoro artístico es mayor de lo que pensaban. En
febrero se descubrió un retablo policromado pintado en el muro de la
parroquia del barrio. Casi al mismo tiempo salía a la luz un altar del año
1608. Ambos estaban durmiendo un sueño de siglos. En la iglesia
parroquial de San Miguel Arcángel de Aginaga, hubo dos importantes
hallazgos en el espacio de un mes. El primero tuvo lugar en febrero,
cuando, de forma casual, unos vecinos se dieron cuenta de que detrás del
retablo actual había otro más añejo, éste pintado en la pared. Era
multicolor e inmediatamente se intuyó que era antiquísimo. Los primeros
indicios lo situaron en el siglo XVI. La relevancia de lo que se había
encontrado rebasó los límites locales y atrajo a expertos del Museo
Diocesano de San Sebastián, de la UNESCO o de la Diputación de
Guipúzcoa, por ejemplo, que pasaron por la iglesia para analizar el retablo
primitivo y para intentar resolver las dudas que había sobre su origen. Se
33
han formulado diversas teorías sobre el origen de la pintura, porque los
expertos que han visitado Aginaga han sido muchos. Sin embargo, los
estudios que se han llevado a cabo indican que las pinturas tienen sabor
barroco y que [...] el retablo antiguo “puede remontarse al año 1552, y
hasta es probable que sea anterior”. Una imagen de 1608. El
descubrimiento del retablo no vino solo. No menos importante, aunque
quizá con menos enigmas a su alrededor, es un altar de piedra arenisca
encontrado también en los cuerpos internos de la iglesia parroquial, un
mes más tarde que el retablo policromado. En este caso hicieron falta
menos estudios, porque en la propia obra había pistas sobre su origen:
tiene una inscripción que alude a Santa María y señala el año 1608 como
el de su creación. Según los expertos, parece claro [aquí, por error
tipográfico, seguramente, se rompe la lógica del discurso, que continúa]
que es una imagen gótica y la más antigua de este estilo que hay en Eibar.
[Sin duda, la referencia es al grupo escultórico, gótico, de Nuestra Señora
de la Palabra] [sic]. Valores por descubrir. Las investigaciones siguen
adelante, pues aún queda mucho por aclarar. Pero una cosa es segura:
Aginaga está decidida a no permitir que estas joyas artísticas, cuya
existencia se ha ignorado durante tanto tiempo, se pierdan u olviden. Por
ello, se va a seguir trabajando por conservarlas. Así, se sumarán a las
joyas que ya tenía este barrio: sus ermitas, sus escudos tallados en
madera, sus tradiciones, sus instituciones seculares... Lo único que queda
es que toda su riqueza se dé a conocer, y los vecinos de Aginaga parecen
tener razón cuando dicen que “aquí hay tesoros de gran valor que la gente
no conoce”.
3. Arrate
Arrate, barrio del municipio de Eibar, tiene una población de unos 90
habitantes distribuidos en 20 caseríos.
34
El santuario, ubicado en la cima de un monte de 556 m y a 9 km del
casco urbano de Eibar, es la referencia más significativa del barrio y el
bastión más emblemático de la religiosidad popular eibarresa. Bajo la
advocación de la Concepción Purísima de la Madre de Dios de Arrate los
orígenes del santuario, parece, se sitúan, por ahora, en el año 1498, y está en
la jurisdicción parroquial de San Andrés.
El núcleo urbano lo forman el santuario; la casa del guarda, la
emisora Radio Arrate; los edificios y espacio abierto del Tiro Pichón; el
restaurante Kantabria; el albergue con el Centro de Interpretación de la
Guerra Civil, el edificio del antiguo hostal, una explanada acondicionada
para picnics y deportes rurales; servicios de recreo infantil; una bolera; un
frontón cubierto adosado al templo y a la casa cural; y, a unos metros del
santuario, una gran cruz coronando una colina con vistas sobre Eibar
—desde ella, todos los años, los sacerdotes bendicen la ciudad tras haber
llegado allí en procesión con la imagen de la Virgen una vez finalizada la
misa mayor del Arrate Eguna—. Si bien las noticias sobre esa cruz llegan
hasta 1652, la actual sustituyó a otra derribada por un temporal en 1839.
De algunos de los elementos que componen este núcleo urbano se
conservan noticias en los archivos parroquiales y en alguna publicación
—hoy agotada— a la que se puede acceder por estar en ellos custodiada60.
Así, con respecto a la casa cural la primera noticia que aporta el archivo
parroquial de San Andrés es de los años de 1700, pues se sabe que en esas
fechas se dirige una “petición del capellán, Sr. Zabalo, al ayuntamiento de
limosna para el arreglo de la casa cural, y negativa de éste”.
Posteriormente, en 1793 y 1810 se hace también referencia a ella anotando,
60 Cfr. CAÑIZAL, M-. FERRERAS, J. M., GOROSTIDI, P., OYARZABAL, A., SAN MARTÍN, J., SANMIGUEL, J. y ULACIA, L. M., Arrate, San Sebastián: Centro UNESCO de San Sebastián, 1999.
35
respectivamente, un “pleito entre el ayuntamiento y capellán sobre el cuarto
de la casa cural” y una “venta de terrenos por el municipio en los que se
hace referencia a la casilla de Arrate”61.
Ello no significa que el capellán tuviera residencia permanente en
Arrate. No la tuvo hasta el siglo XIX. Pero sí tenía que atender a la
capellanía algunos días durante el año y, seguramente, permanecer en
Arrate algún tiempo y pernoctar allí. El interés por la posesión de la casa
radicaba, entonces, en la necesidad de garantizar, sin sobresaltos por
desalojos, la cura animarum. No poseerla habría acarreado perjuicios que
habrían afectado a un servicio espiritual que había que asegurar
establemente. Ya en el siglo XX se sabe que en 1911 “reclama el
ayuntamiento la casa cural. Contestación” y que en 1913 se discute una
cuestión con el ayuntamiento sobre la posesión de la casa cural.
Documentos referentes a este litigio. Acta notarial con declaración de
testigos. Acto conciliatorio entre el alcalde y el capellán, D. Nicolás de
Urizar. [...] Solicitud del capellán, D. José Alberdi, para inscribir en el
registro de la propiedad la casa cural y los campos. [...] Contestaciones
del administrador de capellanías de Vitoria sobre los intentos del
ayuntamiento de apoderarse de la casa cural. Alocución-protesta de los
caseros contra esos intentos del municipio. Documentos municipales
referentes a la misma cuestión62.
En 1913 se dice sobre esta cuestión que se hace un “viaje a Deva a
donde el notario eclesiástico con cuatro testigos para hacer la información
posesoria de la casa cural del santuario de Arrate”63; en 1914 se hace una
61 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 25. 62 Ibid., p. 26. 63 APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f.
36
“descripción y croquis de la casa cural”; y en 1914 y 1915, respectivamente,
se cruzan “cartas del municipio sobre el mismo asunto”, por una lado, y, por
otro, se testifica la existencia de una “copia de la sesión del ayuntamiento
en que se trató de la cuestión de la casa cural”64.
Posteriormente, y en 1916 y 1917 primero, en los libros de fábrica de
San Andrés se consignarán partidas relativas al “alquiler de la casa”; luego,
en 1918 se asentará una partida en concepto de “alquiler de la casa al Sr.
Artamendi; Idem a Dª Lorena Arana; idem a Dª Luisa Aguirregomezcorta”;
más tarde, en 1919 “la estancia de E. Barrutia en la casa cural produjo ... ;
Idem de Juan Urizar ... ; Idem de E. Artamendi...”; en 1920 se asienta otra
cantidad por el “producto del alquiler de la casa cural ...”; y en 1921,
nuevamente, se paga a la fábrica —propietaria de la casa cural— una
cantidad “por el alquiler de la casa de Arrate”. Ahora bien, hay que esperar
a 1927 para que el ayuntamiento reconozca a la Iglesia como propietaria de
la casa cural. A 134 años de litigios había que darles carpetazo. Y así se
hizo. La decisión se produce sobre la base de un acuerdo comercial firmado
el 13 de septiembre de 1927, el cual preve que, en contrapartida, la
parroquia pague las obras de remodelación de la casa y las obras de
adecuación y saneamiento del santuario. Para proceder a estos intercambios
negociadores la parroquia ya había obtenido la autorización del obispo de
Vitoria cuatro años antes, concretamente el 19 de junio de 1923. A la
finalización del proceso quedó “la Iglesia como propietaria de esa casa y
del terreno descrito en la misma escritura y que mide 1.645 metros
cuadrados”.
Se sabe por un asiento en el libro de fábrica de 1924 que la
“escritura de poder del Sr. Obispo al cura para otorgar con el ayuntamiento
64 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 26.
37
la transacción acordada sobre la casa y terrenos de Arrate” cuesta 33
pesetas y, asimismo, que en 1925 o 1926 la fábrica hace otro pago “por
derechos reales a la Diputación por escritura de transacción de bienes de
Arrate y al notario por sus derechos”65. Lo que no se sabe es si con esos
concretos 1.645 metros cuadrados que oficialmente son reconocidos como
propiedad de la Iglesia en 1927 tienen algo que ver dos noticias de catorce
y doce años antes: la de 1911, según la cual “pide el sacristán sus derechos
al aprovechamiento de los campos de la Virgen. [...] Escrituras particulares
donde como límites de sus terrenos aparecen los de la ermita de Arrate, y
la de 1915 que habla de la “solicitud del ayuntamiento al párroco para
edificar el chalet de Osoro”66; pero quede constancia.
Sea lo que fuere —y volviendo a la casa cural—, por la última
noticia que a su respecto se conserva en los archivos parroquiales puede
saberse que en 1936 hay un desembolso de la fábrica por “saneamiento de
la casa cural”. Añádase, como anécdota y para finalizar los comentarios
relativos a la casa cural, que en 1923 se pagan “61 pesetas por la
instalación de luz eléctrica en la casa cural”. Es un dato curioso, pues
informa que la electricidad se instala en ella más de diez años antes de que
se instale en el barrio. En efecto, se sabe que es en 1935 cuando se pagan
“35 pesetas por instalación de la línea eléctrica en el barrio”. No se sabe,
sin embargo, a qué pueda referirse una noticia del año 1900 que habla de la
colocación de una “soga para el alumbrado del pórtico”67.
Con respecto a la llamada casa del guarda hay noticias en el archivo
parroquial de Aginaga. Se refieren a su transformación en sede social de
una asociación para la zona rural eibarresa. De las tres noticias que al
65 APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f. 66 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 26. 67 APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f.
38
respecto se conservan una refiere que en el contexto de “la centenaria
romería de Santa Águeda” y durante la misa mayor en la que se
conmemoraba su festividad, cinco días después —el 10 de febrero de
2002—, en la ermita de San Román y Santa Águeda de Aginaga la
alcaldesa pedánea intervino para, entre otras cosas, anunciar a los vecinos
la próxima creación de una sociedad para la zona rural del municipio de
Eibar que tendría su sede social en Arrate y en la que estaban invitados a
participar todos los caseríos de Eibar. El asunto debía estar maduro, pues,
catorce días después, el domingo 24 de febrero de 2002, se celebró en la
sede del Concejo de la Anteiglesia de Aginaga una reunión de los vecinos
del barrio de Aginaga. Habían sido convocados por el ayuntamiento de
Eibar. El orden del día de la reunión preveía la información sobre el
proyecto de fundación de una sociedad para los caseros del municipio
eibarrés. Una sociedad que tendría su sede social en el edificio de Arrate
denominado casa del guarda, y que se halla situado junto al otro edificio
llamado colonia de Arrate, al comienzo de la campa y frente por frente
del santuario. La reunión estuvo presidida por la alcaldesa pedánea [...], y
comenzó tras la finalización de la misa, como es tradicional. Si bien no se
celebró en el pórtico, como antiguamente, no estuvo lejos, pues la sede
del Concejo de la Anteiglesia de Aginaga se halla encima del pórtico,
justamente. No podía ser menos teniendo en cuenta el exquisito respeto
que por las tradiciones tienen los vecinos de Aginaga y el acentuado
interés que por su conservación demuestran. Ocho días después, el lunes 4
de marzo de 2002, a las 20:00 horas, y en el mismo lugar, se celebró una
nueva reunión para proceder a la elección de los representantes del
Concejo de la Anteiglesia de Aginaga en la sociedad que para la zona
rural eibarresa estaba promoviendo el ayuntamiento de Eibar68.
68 APAgE., “La Centenaria Romería de Santa Águeda”, en Boletín Parroquial 222/VII (2002), pp. 1.323-1.324.
39
La última noticia que de esto se conserva en los archivos
parroquiales informa que el
2 de junio de 2002 tuvo lugar en Arrate una nueva reunión para ir
avanzando en la puesta en marcha de la nueva Sociedad que para los
baserritarras eibarreses lidera el ayuntamiento de la ciudad. En la reunión,
presidida por la alcaldesa pedánea [...], participaron representantes de los
distintos barrios rurales de Eibar. [...] La Sociedad tendrá su sede social
en la llamada casa del guarda [...], frente al santuario de Arrate69.
De la emisora Radio Arrate, por otra parte, las informaciones sobre
sus inicios que se conservan en los archivos parroquiales están contenidas
en un libro titulado “Arrate”, publicado por la UNESCO de San Sebastián
en 199970. Así, uno de los autores que en el mismo escriben, Antonio
Oyarzabal, que estaba presente cuando Radio Arrate daba sus primeros
pasos, dice que funcionó71 desde 1959 hasta 1964 con autorización del
obispo de San Sebastián. Y añade que
su inauguración no pudo ser más modesta y sin protocolos, pero no así el
ritmo de su actividad, que alcanzó cotas insospechadas, llegando a contar
con una audiencia de más de ciento veinticinco mil radioyentes,
distribuidos principalmente por las provincias de Guipúzcoa y Vizcaya.
Todo un record, si se tiene en cuenta que el equipo emisor utilizado era de
200 watios de potencia.
Luego, el autor se extiende en enumerar cuál era su estructura, cuál
su programación y cuál su dotación. Así, informa que el número de socios
69 APAgE., “Sociedad Rural en Eibar”, en Boletín Parroquial 223/VII (2002), p. 1.350. 70 Cfr. CAÑIZAL, M., FERRERAS, J. M., GOROSTIDI, P. et al., Arrate, op. cit. 71 Aunque en la actualidad sigue funcionando, cuando el artículo se redacta —1974— estaba
clausurada.
40
que contribuían a su sostenimiento con cuotas mensuales era de 1.259 —de
los cuales 732 residían en Eibar— y con los que se mantenía contacto
mediante quince delegaciones locales. El tiempo de emisión, organizado de
acuerdo a programas musicales, religiosos, de extensión cultural,
recreativos, vida familiar y otros, cubría doce horas del día, y para cuyo
desarrollo contaba con un fondo de discoteca de 1.620 discos y ocho mil
grabaciones. Incluso de las charlas de orientación religiosa que se habían
ya radiado se publicaron en 1965 y 1966 —primer año y segundo
posteriores a su clausura— dos libros, titulados La Voz del Amigo (1965) y
Arrate’ko Amaren Altzotik (1966).
No cabe duda de que lo que más contribuyó a su popularidad fue, entre
otros factores, su perfecta adecuación a la idiosincrasia de nuestro pueblo,
su aire familiar y, sobre todo, su gran dedicación al mundo rural y
marinero, buscando la promoción religiosa, cultural y técnica de nuestros
baserritarras y arrantzales. Reconocemos que hubo fallos y deficiencias,
pero dentro de aquella atmósfera familiar, no sólo se perdonaban, sino se
celebraban cordialmente, sin erosionar lo más mínimo la popularidad de
la famosa emisora.
De ahí que cuando en 1964 se decretó su clausura, treinta alcaldes de
la comarca solicitaran, según Antonio Oyarzabal, la apertura de la emisora,
porque no estaban de acuerdo con la decisión del Ministerio de
Información y Turismo, que aseguraba que
el cierre de la emisora de Arrate, como el de tantas otras en el territorio
nacional, fue consecuencia única y exclusivamente de la aplicación del
Decreto 4133/1964 de 23 de diciembre sobre el Plan Transitorio de Ondas
Medias para la Radiodifusión Española, que impuso la ineludible
necesidad de reducir el número de emisoras existentes en Onda Media.
41
Y, finalmente, el que fuera Hostal de Arrate fue comprado por la
parroquia de San Andrés en 1958, Antonio Oyarzabal lo reconoce —en
1974— también como “casa de ejercicios” —pues para eso fue
comprado— diciendo que
desde el año 1959 ha venido funcionando en el Hostal de Arrate,
propiedad de la parroquia de San Andrés, un centro de ejercicios, que tras
las primeras dificultades, alcanzó su época de apogeo en los años de
1960-1968. [...] Poco a poco fue subiendo la marea, hasta el punto de
lograrse setenta tandas en el transcurso de los tres primeros, con un total
de dos mil doscientos cincuenta ejercitantes. [...] De los dos mil
doscientos cincuenta ejercitantes, aquellos totalizaban la cifra de mil
ciento noventa y nueve, por la de mil cincuenta y una las señoras y
señoritas.
El impacto de los ejercicios de Arrate, por otra parte, fue grande en
los cuadros de las congregaciones marianas, HOAC, Centro de Formación
Familiar, Matrimonios Pío XII “e incluso en el seno de algunas estructuras
temporales”. Lo cierto es que en 1966 el estudio del movimiento de
ejercicios de Arrate “fue galardonado con el primer premio en el concurso
convocado por la Comisión Nacional de Ejercicios”72.
3.1. La capellanía de Arrate
La primera noticia de que algún beneficiado de San Andrés estuviera
encargado —de manera permanente o no— de atender al santuario de
Arrate es de los años de 1600. De esas fechas son las noticias de la
72 OYARZABAL, A., “Arrate en Nuestra Época”, en CAÑIZAL, M., FERRERAS, J. M.,
GOROSTIDI, P. et al., op. cit., pp. 49-53.
42
existencia de un “dictamen sobre un beneficiado de la parroquia, ad
tempus, pueda ser capellán de Arrate” y del “poder que el nombrado
capellán de la capellanía fundada en Arrate por Iraegui otorga al cura de
Elgueta para que en su nombre tome posesión, por ser el nombrado, Pedro
Tomás de Gamarra, clérigo de menores y estudiante”73.
Así, pues, esa capellanía de Iraegui es la primera que se haya
fundado en Arrate. Y de ella se hablará hasta 1904: en los años de 1700
porque se hizo una “escritura de un censo de cien ducados fundado por
Jacinta de Ibarzabal a favor de la capellanía de Domingo de Iraegui”; en los
años de 1800 porque se procedió a la “venta de una heredad de la
capellanía de Domingo de Iraegui”; en 1822 porque el archivo estaba en
posesión de la “copia de un poder otorgado a un procurador para pleitear
contra Ansola por censos referentes a la capellanía de Domingo de
Iraegui”; y en 1904 porque se emite un informe del párroco “sobre la
conmutación de las rentas de la capellanía de Domingo de Iraegui.
Demuestra la conveniencia de continuarlas y mejorarlas para constituir una
congrua suficiente para la existencia de un capellán”.
Anterior o posterior —según de qué año concreto sea la capellanía de
Iraegui—, pero también del siglo XVII es una noticia de 1655 referida a un
“requerimiento del capitán Erviti”. Como sin duda se refiere a la capellanía
por él fundada, se puede afirmar que su establecimiento es anterior a 1655.
Sería más arriesgado, sin embargo, desplazar su fundación al siglo XVI. No
obstante, cabe preguntarse si el “requerimiento” desembocó en la redención
de la capellanía y, posteriormente, tras la “venta en pública subasta de dos
montes de la capellanía de Sebastián de Erviti fundada en Arrate” llevada a
cabo en los años de 1700, en la dotación de recursos para el sostenimiento
73 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 25.
43
de una nueva “fundación de la capellanía del capitán Sebastián de Erviti”
que se produjo en 1726. Sospechar algo así no parece descabellado si se
tienen en cuenta los avatares de esta capellanía. Los cuales, a pesar de ello,
no condujeron a su desaparición, al menos hasta el siglo XIX. En efecto, en
1731 se informa de un “censo de 300 ducados a favor de la capellanía de
Sebastián de Erviti”; en 1755 se relata la “redención de un censo de la
capellanía de Sebastián de Erviti”; en 1767 se menciona una “sentencia en
pleito sobre un censo de la capellanía de Sebastián de Erviti”74; y,
finalmente, en 1800 se habla de que en la “ermita de Nuestra Señora de
Arrate” hay una “capellanía fundada por Sebastián de Erviti”75.
Ni de esto ni de otras noticias del siglo XVII relativas a la casa cural
se puede concluir que en ese siglo existiera en el santuario un capellán con
residencia permanente. Y lo mismo hay que decir con respecto al siglo
XVIII, a pesar de las noticias relativas a la casa cural. Lo más que cabría
sospechar es que el capellán estuviera en la casa el tiempo que sus
obligaciones le requirieran y que, en principio, seguramente, no tendrían
por qué ser más de uno o dos días o de algunas noches.
En cambio, en el siglo XIX ya hay capellán con residencia
permanente en Arrate. Se sabe que de 1828 a 1848 los vecinos subvinieron
a algunos gastos de sustentación de su convecino el capellán. Si durante
todos estos años fue capellán el mismo Sebastián Erviti no se sabe; pero sí
era él quien en 1839 ostentaba el cargo de capellán.
Aunque sea improbable que la atención al santuario estuviera
suspendida algún tiempo después de 1848, lo cierto es que en 1859 se incoa
74 Ibid., p. 25. 75 APEib., Ermita de Nuestra Señora de Arrate. Capellanía Fundada por Sebastián de Erviti
1800, en AHDSS, sig. 2053 / 006-00, s. f.
44
un pleito, que continuaba en 1863. La causa sería la reclamación de los
vecinos de que el capellán residiera permanentemente en Arrate, pues en
1864 se determina restablecer la permanencia fija en Arrate de un capellán
sobre la base de que de ello ya había precedente76. Por tanto, cabría suponer
que, quizá, durante unos diez años el capellán no residió en Arrate.
Por lo que cabría deducir de noticias que del siglo XX se conservan,
no era fácil para la parroquia de San Andrés tener desplazado
permanentemente en Arrate a uno de sus coadjutores. Podría decirse sobre
la base de un documento en el que el párroco de San Andrés, Eugenio
Urroz, reorganiza la atención a su feligresía en función, precisamente, del
compromiso contraído por el cabildo con Arrate. Así se lo comunica al
obispo de Vitoria el 2 de diciembre de 1924, arguyendo, justamente, que es
“muy deficiente el servicio ministerial con la ayuda de los coadjutores
asignados hace 42 años, uno de los cuales ha de ejercer su servicio fuera
del recinto poblado en el lejano santuario de Nuestra Señora de Arrate...”77.
3.2. El santuario de Arrate
El Licenciado Martín Gil cita a Arrate en 155178 y el archivo de San Andrés
habla del santuario por primera vez en 1564: “Breve de Pío IV y su
exequatur sobre el traslado de la festividad de diciembre [día 8] a
septiembre [día 8]. Riquísimo documento en indulgencias”. Años después,
76 APEib., Pleito Entre el Cabildo Eclesiástico y un Beneficiado Acerca de Establecer una
Residencia Fija en el Valle de Arrate 1859-1865, en AHDSS, sig. 2056 / 003-00, s. f. 77 APEib., Capellanía de Juana de Mallea. Testamento en Donde Instituye la Capellanía, una
Obra Pía para la Dotación de Doncellas y una Obra Pía para Pobres. Pleito entre el Patrono y el Capellán, Ignacio Arizmendi. Redimición de la Capellanía de Juana de Mallea en el Obispado de Vitoria, a cuyo Fin Entregó el Conde de Peñaflorida 121.000 reales 1604-(1893), en AHDSS, sig. 2060 / 008-00, s. f.
78 Cfr. ACCa, sig. 252: Libro de Visita del Licenciado Martín Gil 1551.
45
en 1583 en el archivo parroquial se anota la existencia de una “copia de un
Breve pontificio concediendo indulgencias a los cofrades” y en 1584 de un
“testamento de Andrés de Arrizabalaga estableciendo una donación para
Arrate”. En 1787 existía una “copia de la bula de Pío IV y su traducción
[euskérika, sic] hecha por el religioso agustino Fr. José María de
Echezarreta”.
El santuario actual, que mide 11 m de ancho por 36 de largo, es una
ampliación de un edificio anterior que se realiza a primeros del siglo XVII.
Una pila de agua bendita gótica, la talla de María, de 35 cm de altura
(quizá, del siglo XV), y el diferente grosor y calidad de los muros que se
observa permitiría suponer que con anterioridad a la actual existió otra
ermita.
De obras de conservación, adecuación y restauración llevadas a cabo
en el santuario todo lo que puede saberse a partir de los archivos
parroquiales es que en 1817 se extiende un “recibo de José Zabaleta de
obras realizadas en el santuario”79; en 1880 se lleva a cabo un “retejo
general”; en 1881 se paga “a José Eguiguren por blanqueo, pintado y
demás trabajos en la iglesia del santuario”, “a Andrés de Ojanguren por el
tornavoz del púlpito”, “a Blas Lumbreras por diseño del púlpito” y “se
ponen cristales en las ventanas del santuario”; en 1887 hay un gasto “por
compostura de vidrieras de dos ventanas” y por “retejo general”; en 1890
un desembolso “por blanqueo”; en 1904 se gasta un dinero en el “arreglo
del tejado”; en 1906 se lo dota de “un lucero para el tejado”; en 1911 se
procede al “retejo en la torre”; en 1910 se gastan “100 pesetas por obras en
Arrate”; en 1913 se hace un “retejo”; en 1915, Indalecio Ojanguren80 cobra
79 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 25. 80 APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f.
46
una factura de 30,20 pesetas; en 1916 el ayuntamiento extiende un oficio
“otorgando dos mil tejas y cemento necesario para el arreglo del pórtico”81;
en 1921 se procede al “arreglo del tejado”; en 1923 se acomete el
“blanqueo del pórtico”; en 1925 o 1926 hay que proceder a una “reparación
por los destrozos causados por un rayo y obras de arreglo interior y exterior
del santuario” y “obras del pórtico y blanqueo exterior”; en 1929
comienzan unas obras de envergadura que tuvieron dos fases. Por la
primera se irá pagando a lo largo de los años lo siguiente: en 1930 “3.642
pesetas de donativos en metálico” para pagar a Julián Muñoz; en 1931
“7.277 pesetas por costo total de las obras”; y en 1932 por el “suministro de
materiales y acarreo hasta Izua y Usartza”.
La segunda fase de las obras —comenzada en 1932— consiste en
“obras en el interior, y efectuadas en segunda etapa de las obras”. La razón
estribaba en que “el santuario viose precisado a efectuar estas obras a
consecuencia de la transacción efectuada con el ayuntamiento por escritura
del 13 de septiembre de 1927 y autorización del prelado diocesano por
decreto de 19 de junio de 1923”. En esta segunda fase de las obras se
remodeló la casa cural y bajo ella se hizo un local y la sacristía.
En 1932 “se inauguran las obras”. Se sabe que este mismo año “el
obispo abre con 3.000 pesetas la suscripción para proceder a la restauración
del santuario de Arrate”. De las obras, en todo caso, la última noticia es de
1935. Dice así: “Nota: Saldados los anticipos efectuados para cubrir el
déficit arrojado por las obras efectuadas en 1929 y en 1931-32, se hace
constar que de las ... se incluyeron ingresos que en realidad eran anticipos.
Firmado: Eugenio Urroz”82.
81 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 26. 82 APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f.
47
En este contexto, no se puede dejar de aludir a las más ambiciosas
obras que en el santuario se acometen en el siglo XX. Era párroco de San
Andrés Miguel Lasa y capellán del santuario —coadjutor de San Andrés—
Pedro Gorostidi. Siguiendo el relato realizado en 1974 por el propio
arquitecto, que recoge, en parte, el anteproyecto y proyecto de las obras
iniciadas en 1970, se sabe que estas comienzan por el tejado —que era lo
más urgente— para seguir con la instalación de la calefacción, la limpieza
y arreglo de los muros y la restauración del artesonado.
El artesonado es, sin duda, una de las partes más significativas del
santuario, no sólo por su belleza, sino por tratarse del único ejemplar de
Guipúzcoa con tales proporciones. Una vez más los hombres del mar han
de intervenir en su reconstrucción. Es un equipo de especialistas de
Motrico el que interviene en la restauración del artesonado. Trabajo difícil
y delicado que hubo de superar grandes dificultades, pero que finalmente
terminó con éxito. Trabajo de artesanía, además, desarrollado con la
máxima fidelidad. Del anterior artesonado, que a primera vista parecía
aprovechable en parte, nada pudo aprovecharse. Sin embargo, el nuevo de
hoy es copia fiel y brillante del de ayer.
Los muros, antes encalados, son limpiados, dejando las piedras que
los forman a la vista y descubriendo una ventana redonda de la nave —hoy
en el presbiterio— que estaba tapiada, a la vez que se encala la zona del
presbiterio.
La reforma del presbiterio es, sin duda, uno de los cambios más
sustanciales que ha sufrido el Santuario. En este aspecto quien marca las
directrices es D. José María Zunzunegui, apoyado en las exigencias que
actualmente plantea la nueva concepción litúrgica [emanada del Concilio
Vaticano II]. Indica, asimismo, que la actual estructura del presbiterio y
48
camarín requieren una reestructuración. [...] [Así,] Se eleva el conjunto
del pavimento para mayor visibilidad, se da solución para las misas
concelebradas en torno al altar y se crea un paso devocional que sirve
también para una mejor visibilidad del mural y de los cuadros de Zuloaga
y, sobre todo, para el tradicional paso por debajo de la Virgen.
Un retablo barroco que estuvo ubicado en un piso superior existente
sobre el camarín y altar mayor es restaurado y colocado en el mismo lugar
del ábside donde se lo había conocido, mientras que el conjunto barroco de
la parte inferior que decoraba, entornándolos, el camarín de la Virgen y los
cuatro cuadros de Zuloaga cubriendo toda la pared del ábside del altar
mayor, se acopla al superior.
Asimismo, las verjas que separaban el altar mayor y camarín de la
Virgen de la nave son adaptadas al arco de sustentación del coro alto
zaguero, estableciendo una separación entre el atrium y la nave eucarística
propiamente dicha. En el atrium se encuentra la escalera de acceso al coro,
la cual aprovecha la superficie al máximo y cuenta con una barandilla que
se realiza utilizando la verja que estuvo en el piso situado sobre el camarín
y altar mayor.
La iluminación a lo largo de la nave sitúa los puntos de luz en la
parte baja de los costados de la bóveda y resalta la forma de barco invertido
de la misma.
Entre las piezas de valor artístico que cobija el santuario está
el Cristo de Arrate [...] es en opinión de un escultor mejicano un Cristo
posiblemente realizado con madera de coral-mejicano, con caña de maíz
49
que rellena la madera y envuelto con papel especial propio de México.
Esta opinión es sin duda sorprendente por inesperada, aunque la
comprobación de si la misma se ajusta a la realidad queda pendiente de
posteriores investigaciones83.
Sometido el crucifijo a la determinación de su edad por el método del
carbono-14, llevada a cabo en 1975, el laboratorio de geocronología del
Consejo Superior de Investigaciones Científicas emite un informe
—firmado en Madrid el 23 de diciembre de 1975— en el que se señala que
la edad carbono-14 era de 270 + 40 años, lo que equivale a 1680 años d.
C., y que es de madera84. Este Crucificado está hoy en día situado en la
parte superior del ábside, sobre una pintura mural policromada que fue
descubierta a finales de abril de 1973.
Anteriormente, un lienzo barroco, que representaba el Calvario con
las figuras de María y de San Juan solamente, servía de fondo al
Crucificado. Al ser retirado el lienzo se descubrió, pintado en el muro del
ábside, un conjunto policromado con volúmenes bien tratados. Estaba
compuesto por una cruz latina sin crucifijo —de unos 3,10 por 2,75
metros—, la Virgen María, San Juan evangelista, María Magdalena y un
paisaje de fondo.
La escena estaba enmarcada por un marco-retablo de sabor barroco
pintado en el muro en tonos rojos y amarillos y con representaciones de
arquitecturas, fustes y capiteles (similares a las representaciones de
arquitecturas a modo de hornacinas descubiertas en Aginaga de Eibar el 28
83 ULACIA, L. M., “Restauración del Santuario de Arrate. Resumen Histórico de las Obras”, en CAÑIZAL, M., FERRERAS, J. M., GOROSTIDI, P. et al., Arrate, op. cit., pp. 69-76.
84 CONSEJO SUPERIOR DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS. INSTITUTO DE QUÍMICA FÍSICA “ROCASOLANO”. DEPARTAMENTO DE RADIOISÓTOPOS. LABORATORIO DE GEOCRONOLOGÍA, Determinación de Edades por el Método del Carbono-14. Informe, Madrid: Referencia del Laboratorio de Geocronología: CSIC-274, 1975.
50
de febrero de 1998). La pintura estaba muy deteriorada por causa de la
humedad externa e interna que había reblandecido las colas y abarquillado
el conjunto. Al pie del mural se descubrió una peana de piedra tallada que
pudo ser el pedestal de la imagen de la Virgen, siendo el mural un entorno
decorativo.
Sea lo que fuere, la pintura mural del santuario de Arrate representa
la escena del Calvario. A la derecha de la cruz se representa a María, que,
en pose estática y serena, enjuga sus lágrimas con la tela con la que está
tocada y que sujeta con la mano izquierda, mientras que con la derecha
sostiene la capa en su costado izquierdo. A la izquierda de la cruz se
representa a San Juan, que en pose hierática e impenetrable entrelaza los
dedos de sus manos sobre el pecho en actitud orante; largos cabellos
rizados discurren por sus hombros, y la capa, plegada bajo los codos, cae
por su propio peso sobre su pie derecho descalzo. Al pie de la cruz, María
Magdalena, que en pose genuflexa con su rodilla derecha —que toca el
suelo— alza la mirada a la cruz. A la altura de la cintura, el brazo derecho
se extiende hasta la parte inferior de la cruz —hoy en día el Crucificado
antes citado— sin que se vea su mano. A la altura de los ojos, la mano
izquierda descansa en la cruz sin que se vean sus dedos. Los cabellos, lisos,
discurren por la espalda hasta más abajo que la cintura cubriendo parte de
la capa que se ha desprendido de los hombros y estaría en el suelo de no
sujetarla la pierna izquierda que, doblada en ángulo recto, presiona sobre la
cruz desde atrás. Al fondo, en primer plano, un pueblo con dos torres cuya
altura no rebasa la cabeza de María Magdalena; y, en segundo plano, hasta
la altura de los brazos de San Juan, montes.
Tras el descubrimiento fueron consultadas diversas personalidades
artísticas guipuzcoanas y foráneas, las cuales coincidieron en que la pintura
51
tenía indudables valores y que debería ser conservada. La pintura era buena
dentro de lo que es el arte popular y reflejaba tendencias de una época
anterior. Pero comenzadas las obras de restauración de la pintura (29 de
enero de 1975) se planteó una viva polémica. No tanto referida a su valor
—incuestionable por su carácter único en Guipúzcoa— cuanto a su
datación y técnicas utilizadas para su elaboración. En cuanto a la fecha, las
opiniones se decantaron a favor del siglo XV, en unos casos, y a favor del
siglo XVI y XVII, en otros; prevaleciendo mayoritariamente la opinión de
que pertenecía al siglo XVII, aunque con tendencias de épocas anteriores.
En cuanto a las técnicas empleadas, unas opiniones defendieron que la
pintura estaba hecha al óleo y otras al huevo; pero pudo determinarse que el
mural estaba pintado al óleo y no al huevo como se había pensado en un
principio.
Juan María Álvarez Emparanza recomendó se solicitara a la
Dirección General de Bellas Artes el envío de un experto en murales para
que dictaminara sobre el estado y valor de la pintura. Y la Dirección
General de Bellas Artes envió al director del Instituto de Conservación y
Restauración de Obras de Arte y miembro del Cuerpo Técnico del Museo
del Prado, Gonzalo Perales Soriano, quien en su informe resaltó la
indudable necesidad de conservar esta pintura mural restaurándola
adecuadamente. Añadía que si bien su valor artístico no era excepcional,
sin embargo, dado que era lo más antiguo de Guipúzcoa en este género
pictórico su interés estaba sobradamente justificado85. Examinado el
informe, la Dirección General de Bellas Artes —dependiente del Ministerio
de Educación y Ciencia— aprobó el presupuesto presentado por el Instituto
de Conservación y Restauración de Obras de Arte y otorgó la subvención
85 REDACCIÓN, “La Restauración del Mural de Arrate, Todavía Pendiente. En breve Visitarán Eibar Técnicos del Instituto Nacional de Restauración”, en El Correo Español. El Pueblo Vasco, edición de Eibar, 14 de diciembre de 1974, p. 3.
52
necesaria para cubrir los gastos, que serían de unas doscientas mil
pesetas86.
Desde ese momento, la problemática planteada era puramente
técnica. Había que elegir entre tres de las posibilidades barajadas por los
expertos que intervinieron en la polémica: trasplantar la pintura a un lienzo;
fijar el mural tal y como se encontraba; o restaurarlo —reconstruyéndolo—
acercándose al máximo a su estado primitivo. La primera hipótesis quedó
descartada, porque, por una parte, desde un punto de vista técnico, era
imposible realizar el trasplante de la pintura y, por otra, carecería de interés
sacarla de donde estaba. La segunda posibilidad también se descartó,
porque el mural estaba desconchado en más de un 40%, por lo que no
podría obtenerse una imagen correcta ni se podría reconocer el tema, salvo
después de haber realizado un examen deductivo. A ello había que añadir
que desde la nave del templo se obtendría una imagen tan difusa que
parecerían manchas en vez de una pintura, lo cual haría desmerecer el
conjunto del interior del santuario. La tercera solución —restaurar el mural
incluyendo el 40% absolutamente perdido— fue la elegida. Ello devolvería
al mural primitivo su carácter decorativo a la vez que realzaba el ábside.
El restaurador, Joaquín Ballester Espí, miembro del Cuerpo Técnico
del Museo del Prado y del Instituto de Conservación y Restauración de
Obras de Arte, declaró que
a simple vista, la pintura puede enmarcarse tanto en el siglo XVI como en
el XVII, pero si nos fijamos en algunos detalles, yo lo enmarcaría en el
86 MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA. DIRECCIÓN GENERAL DE BELLAS
ARTES. INSTITUTO DE CONSERVACIÓN Y RESTAURACIÓN DE OBRAS DE ARTE, Carta del Director Técnico, Gonzalo Perales, a Juan María Álvarez Emparanza, Presidente de la Sección de Arte de la Junta de Cooperación Cultural de la Excma. Diputación Provincial de Guipúzcoa, Madrid, 30 de noviembre de 1974.
53
siglo XVII. En cuanto al estilo es barroco con reminiscencias
renacentistas. Este es un hecho que se da con mucha frecuencia en un
período de transición y que, además, se puede explicar, como deduzco yo
del hecho bastante probable de que el artista no fuera ningún maestro ni
tuviera un estilo determinado y definido, sino más bien es posible que
fuera un artista popular que estuviera influenciado por varios estilos y
escuelas.
En la restauración de la pintura mural de Arrate fue ayudado por
Arquímides Ballester. Y lo que hicieron fue fijar, limpiar y recomponer
algunas piezas. La recomposición se hizo con mayor cromatismo, aunque
dejando a salvo la diferencia con la plástica antigua que se conservaba. Así,
conservando lo primitivo, fijándolo donde fue preciso y destacando lo que
había se logró la integridad y efecto de la pintura decorativa. El restaurador
del mural, Joaquín Ballester Espí, declaró asimismo que
cuando en una zona extensísima no existen pinturas murales, como ocurre
en este caso en muchos kilómetros a la redonda, es de un valor inaudito...
Para identificar y estudiar el mural con exhaustiva exactitud sería
necesario investigar por toda la zona para comprobar si existen más obras
de este desconocido artista ya que es relativamente posible, si como
creemos puede ser un popular artista de esta zona, que existan obras suyas
diseminadas por esta zona87.
Queda, entonces, por saber si las pinturas murales de Aginaga de
Eibar descubiertas el 28 de febrero de 1998 en el ábside de su iglesia tienen
alguna relación con el mural de Arrate. Es probable que sí. Los expertos
que en su día las examinaron se inclinaban por situarlas en el siglo XVII
87 BALLESTER, J., “Entrevistado por ORUETA”, en El Correo Español. El Pueblo Vasco,
edición de Eibar, 29 de enero de 1975, p. 3.
54
también. En todo caso, su estado de conservación es mejor que el que
estaba, en 1973, la pintura mural de Arrate, y tienen más tonos de colores
que aquellas; pero está por descubrir qué escena enmarcaban los retablos-
marcos que ahora pueden verse. Lo impide el ábside del actual presbiterio.
Finalmente, el santuario alberga cuatro lienzos del pintor eibarrés
Ignacio Zuloaga, que representan a peregrinos orantes y que “los pintó y
ofreció en promesa por la salud de su hija Lucía en 1904 y que hacia 1924
ó 25 tuve el honor de verle retocar y firmar, acompañado de su familia y
del inolvidable Don Poli Larrañaga”88.
88 CAÑIZAL, M., “Eibar de Arrate y Arrate de Eibar”, en CAÑIZAL, M., FERRERAS, J. M.,
GOROSTIDI, P. et al., Arrate, op. cit., p. 26.
55
CAPÍTULO 2
La vida y la muerte
La muerte, los difuntos y todo lo con ello relacionado ocupan un lugar en la
religiosidad cristiana, donde predomina no tanto el temor a la muerte como
el destino último. En este sentido, el cristianismo ha desligado de la
devoción a los difuntos formas espurias que adulterarían el culto que solo a
Dios es debido. La memoria de los in Dominum emigratorum es testimonio
de la comunión de los santos.
Cosa que, en definitiva, es lo que confiesa la Cofradía de Ánimas
eibarresa —la cual, según lo certifica una noticia de 1923, organizaba una
vez al año un “novenario de misas y sermones” por las “ánimas”1—; es lo
que quiere expresar la práctica del rezo monasterial cotidiano del oficio de
difuntos desde el siglo IX; y es lo que revela la costumbre, generalizada en
la baja Edad Media, de dedicar el lunes de cada semana a la memoria de los
fieles difuntos y que, por cierto, perdura en Eibar en el siglo XVIII, pues
entonces se establece “que en la forma acostumbrada hasta aquí se ofrezca
pan de las sepulturas los [...] lunes”2 y se actualiza una cláusula de los
estatutos de 1559 —que a su vez recoge otra más antigua— que dice:
Los cuatro medios beneficiados de la dicha iglesia sean obligados a decir
una misa de requiem cantada por las ánimas del purgatorio en el lunes de
cada semana, diciéndola el uno de ellos la una semana y el otro la otra,
1 APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f. 2 Ibid., s. f.
56
como entre ellos se concertarán, de manera que se tenga orden e igualdad
entre ellos; y que los otros beneficiados enteros y los otros medios
beneficiados que por aquel día no dijeren dicha misa estén en el coro de la
dicha iglesia y lo oficien, y todos ellos anden en la procesión general de
difuntos de la dicha iglesia con la cruz cantando el responso general de
difuntos con sus sobrepellices3.
A su vez, la praxis testamentaria, que también en la baja Edad Media
se universaliza, está en esta línea. Las cláusulas de los testamentos
determinarán los sufragios que a favor del testador han de ofrecer los
vivos. Hábito vigente en Eibar hasta bien entrado el siglo XIX (1889) y
que se concreta en estipulaciones de fundación de capellanías, aniversarios,
memorias, misas perpetuas y misas cantadas o rezadas por centenares y
miles, como puede verse en el testamento de María Ortiz (1643), que
manda “se digan por mi alma y los demás que están con más necesidad
doscientas misas”4, y en el del mayorazgo de Unzueta (1712) que exige
que con la mayor brevedad se digan por él y por su casa 4.000 misas
rezadas5. Tales encomiendas, como son cargas ad laudem omnipotentis Dei
et ad utilitatem fidelium defunctorum, habrá que ejecutarlas
escrupulosamente. Cumplimentarlo propiciará la aparición de libros
parroquiales de fundaciones y capellanías, que son testimonio de que en la
communio todos están presentes.
Para evitar el olvido, en Aginaga se adquirió en 17996 un libro
destinado a anotar el censo establecido, renta anual sobre la persona y
bienes del deudor, lugar y fecha de otorgamiento y capellanía de
3 APEib., Estatutos Acordados por los Cabildos Eclesiástico y Secular para el Gobierno y Régimen de la Parroquia 1706, en AHDSS, sig. 2063 / 012-00, s. f.
4 APEib., Testamento de María Ortiz 1643, en AHDSS, sig. 2062 / 012-00, s. f. 5 Cfr. APEib., Testamento del Mayorazgo de Unzueta, Hijo del Capitán Sebastián Sarriegui, en
que se Establecen Varios Aniversarios y Misas 1712, en AHDSS, sig. 2062 / 021-00, s. f. 6 Cfr. APAgE., Fundaciones 1755, en AHDSS, sig. 1019 / 002-01.
57
pertenencia de las mandas pías. De la parroquia de San Andrés, sin
embargo, no hay noticia de la existencia de libro alguno especial para estos
menesteres, aunque sí custodió libros originales de capellanías particulares.
En cualquier caso, en ambas se anotaron en los libros de bautismo
advertencias para evocar a los que nos præceserunt cum signo fidei, et
dormiunt in somno pacis; aunque se conservaran los documentos
originales. Concretamente en el de bautismos de 1755 de Aginaga se lee:
Memoria y razón de las escrituras censales otorgadas a favor del cura de
esta iglesia parroquial de Aguinaga y aniversarios que están fundados por
diferentes personas en dicha parroquia. Las que quedan numeradas por mí
[...] en este presente año [...] y se hallan juntas en uno de los cajones de la
sacristía7.
1. Prácticas y disposiciones testamentarias
Si los testamentos aquí estudiados ofrecen datos sobre costumbres
funerarias o situación económica y social de los testadores, las
informaciones sobre determinadas prácticas religiosas, devociones y
arraigo de las mismas son más relevantes (María Ortiz —1643— manda
decir doce misas recordando a los doce apóstoles, cinco misas recordando
las cinco llagas de Cristo y cuatro en el altar privilegiado8).
Puede decirse, incluso, que los testamentos propician una buena
muerte, pues priman en ellos las disposiciones de carácter espiritual y
caritativas. Son, por ello, fuentes que aproximan al cómo se percibe y al
cómo se afronta el final de la vida terrena.
7 Ibid. 8 APEib., Testamento de María Ortiz, op. cit., s. f.
58
Por otra parte, desvelan poco interés por asuntos como la transmisión
de la herencia y acentúan los ruegos a herederos y ejecutores a que
cumplan sus disposiciones sobre mandas y legados píos, como,
concretamente en 1714, hace Rafaela de Echeverría ordenando se paguen
de sus bienes “veintidós ducados al cabildo durante un año por una vez por
semana de misa cantada y responso en su sepultura”9.
Mandatos que, como este o similares, ya se venían observando, como
cabe deducirlo al comprobar que en 1658 se cobra “por diversas mandas de
difuntos” y en 1665 cuando se anota una relación de “mandas de
difuntos”10.
El acento espiritual de esos testamentos se hace patente, asimismo,
en su estructuración. En efecto, comienzan siempre con una plegaria, una
declaración de fe11 y una intercesión, para a renglón seguido redactar
cláusulas relativas a los sufragios por su alma, a la sepultura y a las honras
fúnebres. En fin, es la vida eterna lo que importa. Ahora bien, como la otra
vida está incorporada a esta, es preciso optar decididamente por ella. Los
testamentos, hechos en vida, cumplen este requisito disponiendo obras de
caridad política y religiosa, pues son las que salvan. Importa menos que sea
una caridad post mortem que el hecho de que sea caridad, pues “la caridad
es como un paraíso de bendición, y la limosna permanece para siempre” (Si
40, 17).
9 APEib., Testamento de Rafaela de Echeverría Donde se Establecen Varias Mandas Piadosas
1714, en AHDSS, sig. 2062 / 022-00, s. f. 10 APEib., Cuentas de Fábrica 1642-1690, op. cit., s. f. 11 Las formulaciones de fe recogidas en los testamentos están estereotipadas sobre las verdades
que se confiesan —Santísima Trinidad, Encarnación, Resurrección, la Iglesia católica como verdadera, María, los santos y los demás Misterios que confiesa la fe católica—; pero varían en su formulación o forma de expresarlas. Lo cual permite afirmar que fueron dictadas por el propio interesado, y no solo que fueran fórmulas notariales impuestas. Esas confesiones de fe son siempre, al menos, cinco de entre las señaladas: Trinidad, Encarnación, Resurrección, Eucaristía e Iglesia católica como Santa Madre Iglesia.
59
Independientemente de ese territorio del purgatorio a atravesar en la
geografía del más allá, el testamento caritativo —también por las limosnas
asignadas para los sufragios12, que repercuten en el sostenimiento de la
Iglesia— es un salvoconducto para desembarcar en Dios. El purgatorio es
redimible también por la caridad, como cabe colegirlo de una noticia que
habla de un testamento de 1655, según el cual “Juan de Mallea deja su
hacienda por tercias partes para la redención de cautivos, a las ánimas del
purgatorio y limosnas para los pobres de esta Villa”13.
Y también hay que situar en esta línea testamentos como el de María
de Aramburu (1708) que dispone destinar parte de sus bienes “a la santa
Casa de Jerusalén y a la redención de cautivos”14; como el del mayorazgo
de Unzueta (1712) que manda “a la fábrica cuatro escudos de plata y dos al
hospital y a la santa Casa de Jerusalén y a la redención de cautivos
cristianos dos escudos de plata a cada uno”15; como el de Águeda de
Vergara (1725) que ordena se den de sus bienes cantidades “a la santa Casa
de Jerusalén y a la redención de cautivos”16; como el de Rafaela de
Echeverría (1714) que deja “doce reales a la fábrica y al hospital”17; como
el de Catalina de Arismendi y de Lexalde (sin fecha) que deja “para socorro
de los pobres del hospital de esta dicha Villa dos ducados, y mando sean
pagados de mis bienes, y más una cama fornida”18; como el de María Ortiz
(1643) que “manda un ducado al hospital y [...] a la iglesia”19; como el del
beneficiado Miguel Acha (1700) que manda “doce reales a la fábrica y
12 Además de los cuadros que se presentan más adelante, que atestiguan la fe en la fuerza de la misa para conseguir la remisión total de unas culpas que encadenan temporalmente al purgatorio, en el archivo de San Andrés existía en 1920 otro documento estatal de este tenor. Tal documento era la Pragmática de Felipe V (1716) que regulaba las obligaciones de beneficios y capellanías en pro de las ánimas del purgatorio (Cfr. APEib.,Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 8).
13 APEib., Cuentas de Fábrica 1642-1690, op. cit., s. f. 14 APEib., Testamento de María de Aramburu 1708, en AHDSS, sig. 2062 / 020-00, s. f. 15 APEib., Testamento del Mayorazgo de Unzueta, op. cit., s. f. 16 APEib., Testamento de Águeda de Vergara 1725, en AHDSS, sig. 2062 / 024-00, s. f. 17 APEib., Testamento de Rafaela de Echeverría, op. cit., s. f. 18 APEib., Testamento de Catalina de Arismendi y de Lexalde, en AHDSS, sig. 2062 / 003-00,s.f. 19 APEib., Testamento de María Ortiz, op. cit., s. f.
60
hospital”20; y como el del beneficiado Domingo Zurrarain (1701) que
ordena “por la tarifa que hay se dé dinero a la fábrica y al hospital”21.
Junto a esto se observa temor a morir en pecado. Por eso, ante el
momento temido e incierto del fallecimiento (Águeda de Vergara
—1725— inicia su testamento diciendo: “Temiendo a la muerte que es
cierta y la hora incierta...”22), el escribano levanta acta de la voluntad de
morir en paz con el prójimo y de la fe en que, precisamente por ello, Dios
perdona los pecados y salva el alma (en 1612 Catalina de Araiz empieza a
testar diciendo: Con fe “me pongo en las manos de Dios...”23 para a
continuación disponer la caridad que con sus bienes ha de hacerse).
Pero como los testamentos no pueden eludir su condición terrenal, se
observa en ellos preocupación por el desarrollo de las honras fúnebres, las
cuales han de respetar “mi calidad, condición u obligación” —como se dice
en testamentos de 1712, 1714 ó 1725— y que suponen diferencias en
ornato, ofrendas, luces, animales en la comitiva y celebraciones24. Un
protocolo, en todo caso, establecido en función de la estratificación
nobiliaria y honorífica más que en función de las capacidades económicas.
En este sentido, el mayorazgo de Unzueta prevendrá de que se evite el
boato excesivo que por su rango le corresponde y
se me haga mi entierro, funerales y cabo de año conforme a la calidad de
mi persona con las más misas que se pudieren celebrar por mi alma aquel
día atendiendo al mayor sufragio de ella y no a otras pompas y vanidades.
Y mando no haya concurrencia de convidados, conformándome con el
20 APEib., Testamento de Miguel de Acha, op. cit., s. f. 21 APEib., Testamento de Domingo de Zurrarain 1701, en AHDSS, sig. 2062 / 018-00, s. f. 22 APEib., Testamento de Águeda de Vergara, op. cit., s. f. 23 APEib., Testamento de Catalina de Araiz 1612, en AHDSS, sig. 2062 / 007-00, s. f. 24 APEib., Cuentas de Fábrica 1642-1690, op. cit., s. f.
61
sinodal de este obispado y ordenanzas de esta provincia de Guipúzcoa25.
No obstante, en todos los casos era necesaria la misa cantada (“doce
reales por misas sacadas cantadas y rezadas sobre la sepultura del dicho Sr.
López de Ibarra”26) y la ofrenda correspondiente de pan y velas, los cuales
eran bendecidos en el ofertorio de la misa y, luego, entregados a los
beneficiados y a la serora, como se manda en el auto de la visita pastoral
de 11 de julio de 1652 (“la mandadera Domenja de Iturrao goce a medias
de los [...] emolumentos de pan y otras cosas”27) y en la Concordia de 1706,
según la cual, y tras hablar de las obladas que han de colocarse en las
sepulturas, se ordena se repartan todas las demás rentas,
aniversarios, derechos de cuarta ración funeral y otros emolumentos fuera
de los contenidos en los capítulos antecedentes; se haga la distribución
entre los ocho beneficiados por iguales partes como también ha de ser la
obligación del servicio de dichos aniversarios y otra cualquiera carga que
hubiere.
Tanto obladas como velas se colocaban cerca del altar o sobre la
sepultura familiar durante las celebraciones de las misas durante el año tras
el fallecimiento, las fiestas de guardar y, también, en días que la Concordia
de 1706 había establecido diciendo
que, en la forma acostumbrada hasta aquí se ofrezca pan de las sepulturas
los días domingos, lunes y fiestas de guardar y en los días que por
devoción guarda la Villa, como son el día de San Sebastián, la Cátedra de
San Pedro, San Adrián, el día del milagro de San Andrés, que es a 8 de
25 APEib., Testamento del Mayorazgo de Unzueta, op. cit., s. f. 26 APEib., Testamento de Pedro de Ibarra. Pleito por las Donaciones y Mandas del Testamento
de Pedro de Ibarra 1575, en AHDSS, sig. 2062 / 005-00, s. f. 27 APEib., Cuentas de Fábrica 1642-1690, op. cit., s. f.
62
julio, el día de la ... y el otro día de Todos los Santos; y en caso de que no
lo efectuaren todos y moradores que tuviesen sepulturas puedan ser
compelidos por el remedio a que hubiese más lugar en derecho28.
Las dos clases de funerales existentes se diferenciaban en el
estipendio de la misa y responso y en la cantidad de pan que se presentaba
sobre la sepultura. Según esta cantidad se establecían también
precedencias, como la que señala el capítulo decimoquinto de los estatutos
del cabildo eclesiástico (1649), en el que se dice “que en adelante en
concurso de honras de personas que ofrecen pan entero con las de medio
pan sean siempre preferidas las de pan entero”29.
Y, por otra parte, de ahí también la denominación de funerales de
pan entero y de medio pan, que Rafaela de Echeverría (1714) recuerda
diciendo que “se hagan entierro, novena y cabo de año y demás que se
acostumbre con pan entero y besamano de a real como a persona de mi
obligación y calidad”30. La denominación pan entero y medio pan seguía
utilizándose en 1904 y 1905, pues en el libro de fábrica se consignan
ingresos “por cuatro honras de medio pan”, “entierros de pan mayor”
(1904) y “3 pesetas por una misa de medio pan”31 (1905).
1.1. Fundaciones de capellanías
Las capellanías eran fundaciones creadas en virtud de un mandato
—testamentario o no— dado por personas o instituciones, según el cual de
sus bienes debían destinarse recursos para estipendios o limosnas de
28 APEib., Concordia Entre los Cabildos Secular y Eclesiástico, op. cit., s. f. 29 APEib., Capítulos y Estatutos del Cabildo Eclesiástico 1646, en AHDSS, sig.2063/015-00,s.f. 30 APEib., Testamento de Rafaela de Echeverría, op. cit., s. f. 31 APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f.
63
misas32 o fondos económicos para obras pías33. El montante de las rentas
era donado a la Iglesia con la obligación de que esta celebrara misas en la
iglesia parroquial o en las ermitas34; de que subviniera a ciertos actos
religiosos —aniversarios, novenas, etc.35 —; o de que llevara adelante
actividades de caridad —enseñar el catecismo a los niños, socorrer a los
enfermos pobres, etc.36 —. Tales fundaciones pasaban, así, a convertirse en
un patrimonio de la Iglesia sobre el que esta ejercía un poder relativo, en el
sentido de que podía reclamar las rentas por la carga establecida. Ello, a su
vez, suponía también una carga sobre los bienes hipotecados y una
dificultad añadida para su transmisión. En consecuencia, no eran raros los
pleitos entre el clero, que reclamaba ajustes periódicos de las rentas, y los
deudores reticentes a atenderlos.
Las capellanías, además de estar fundadas sobre determinadas rentas,
solían disponer de un capellán, para cuyo sostenimiento el fundador que las
erigía asignaba una congrua37. De ahí que la procedencia socioeconómica
de los fundadores de capellanías era más selectiva que en el caso de los
aniversarios y memorias38. A fin de cuentas, la fundación de una capellanía
requería una particular solvencia económica, pues había que sostener al
capellán. Nada se diga si a ello iba anejo el sostenimiento del edificio en el
que se fundaba la capellanía y los capellanes eran dos, como ocurre con la
basílica de San Esteban ubicada en el casco de la Villa. Concretamente, por
el auto del visitador de 1764 se sabe que la fundación de esta basílica
eibarresa fue ordenada en el testamento de Esteban de Ibarra de 11 de
32 Cfr. APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 3. 33 Cfr. APEib., Consulta Sobre la Ejecución de Mandas de un Testamento 1642, en AHDSS, sig.
2062 / 011-00, s. f. 34 Cfr. APEib., Concordia Entre los Cabildos Secular y Eclesiástico, op. cit., s. f. 35 Cfr. APEib., Ermita de San Esteban. Cuentas 1696-1765, en AHDSS, sig. 2055 / 001-00, s. f. 36 Cfr. APEib., Cuentas del Síndico Francisco de Azpiri 1726, en AHDSS, sig. 2063/011-00, s. f. 37 APEib., Arrate. Capellanía Fundada por Sebastián de Erviti, op. cit., s. f. 38 APEib., Cuentas de fábrica 1879-1936, en op. cit., s. f.
64
septiembre de 1610. Y la “escritura de fundación de la basílica y de dos
capellanías por Dª Beatriz de Ibarra, como albacea de su hermano Esteban
quien dejó en su testamento la fundación”39, fue firmada en 1618. A más
abundamiento; sobre la fundación de esta capellanía se sabe que Dª Beatriz
—según el visitador de 1759— murió el 8 de enero de 1622 y que le
sucedió en el patronato su sobrina, Isabel de Ibarra y Lerma. Existen
documentos más detallados sobre esta capellanía, tal como, por ejemplo, el
de 1764 que relata la fundación de la ermita basílica de San Esteba
Protomártir40.
Además de estos testimonios, en la parroquia de San Andrés los
fieles fundaron otras capellanías, que se presentan en el siguiente capítulo
siquiera para recuerdo de una piedad popular hoy desaparecida. Y, aunque
no tan abundantes, también en la parroquia de Aginaga existieron
fundaciones de capellanías. Sin embargo, su mantenimiento resultó
problemático debido a que los poseedores de las mismas no cumplían con
sus obligaciones deudoras o habían sido redimidas. En efecto, para 1809
aquellas que habían sido consignadas en 1755 habían sido redimidas, en
unos casos, y, en otros, se mantenían, pero sin que los deudores acudieran a
saldar sus deudas. En el ínterin de los 54 años —entre 1755 y 1809— se
otorgaron mandas y se recuperaron algunas que quedaron fuera del listado
de 1755. Nada se sabe, sin embargo, de “un libro de Aguinaga, con una
copia del auto de visita de 1784 y lista de fundaciones de la misma iglesia”
que existió en 178441.
Sea lo que fuere, el caso es que un nuevo libro —destinado
exclusivamente a recoger lo relativo a las mandas piadosas y titulado
39 APEib.,Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 24. 40 Cfr. FERRERAS ORBEGOZO, J. M., Religiosidad, op. cit., pp. 76-99. 41 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 23.
65
“Libro de Aniversarios”— fue mandado formar en la visita pastoral de
1799, corrigiendo la modalidad anterior que había anotado estas mandas en
el segundo libro de bautizados42. En todo caso, en el libro de bautizados de
1758 de la anteiglesia de Aginaga se pueden ver en su página tres y
siguientes las mandas testamentarias de capellanías.
1.2. Aniversarios, memorias y misas perpetuas, cantadas y rezadas
En última instancia, las disposiciones relativas a donaciones para obras pías
y, sobre todo, fundaciones de misas de aniversarios, memorias, misas
perpetuas cantadas y rezadas tenían su fundamento en la creencia en el
purgatorio. Las actividades piadosas establecidas estaban orientadas a
acortar la estancia en ese estadio intermedio entre el cielo y la tierra: un
estadio de sufrimiento. El soporte de una mentalidad así es la fe de la
Iglesia en la misericordia de Dios, méritos de Cristo y en la satisfacción
vicaria de los creyentes en la medida de su pertenencia a Cristo.
El que se cumpliera con los sufragios ordenados se dejaba en manos
de albaceas testamentarios o de otras personas. Inclusive, en ocasiones, el
clero tuvo más protagonismo que parientes y amigos del difunto a la hora
de responsabilizarse de la intercesión que los cristianos debían realizar en
favor de fundadores pendientes de purificación tras su muerte. Este clero
es, generalmente, el que forma parte del cabildo de San Andrés; siendo él,
además, quien ha de asegurar el cumplimiento de las cargas, hasta el punto
de establecerse en 1625 “que los presbíteros no beneficiados no puedan
celebrar misas cantadas en la parroquia”43.
42 APAgE., Fundaciones, op. cit. 43 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 3.
66
Ahora bien, esas disposiciones sobre sufragios eran observadas con
más o menos rigor, aunque la Iglesia estuviera empeñada en asegurar su
cumplimiento siguiendo la voluntad del testador. En ello radicaba parte de
la supervivencia económica de la Iglesia; pero, sobre todo, el bien espiritual
de los vivos y de las ánimas del purgatorio. Sin embargo, no pocas veces
los herederos se olvidaban, y no pocas veces también el desorden de las
sacristías llevaba a descuidar el cumplimiento de las cargas impuestas. De
ahí la insistencia en los autos de las visitas pastorales de que en las
sacristías se expusieran en una tabla las memorias, misas y aniversarios o
se adquirieran libros dedicados exclusivamente a anotar todo lo relativo a
tales cargas con objeto de que no se olvidara su celebración.
Precisamente esta última eventualidad es la que propicia que los
autos de las visitas pastorales de 1828 y 1853 establezcan prevenciones
para que la custodia y conocimiento de las misas se haga con disciplina.
Así, el auto firmado en Marquina el 15 de julio de 1828 dice que
para la perpetuidad y conservación de dichas fundaciones manda S. S. al
citado cura que de diez en diez años, dando principio en el presente,
hagan reconocer [...] los aniversarios y [traspaso, sic] de las fincas y
efectos, repitiéndolo siempre que ellas pasen a terceros poseedores,
sacando copia de todos, que pondrán a continuación dichas escrituras
originales y en segura custodia y en este libro inventario con toda claridad
y distinción de folios, y caso de redimirse algunos capitales se depositarán
en el archivo, solicitando su pronta imposición, precedida licencia.
Y el auto de 1853 firmado en Vergara el 23 de julio, tras la visita del
propio obispo de Calahorra, Cipriano Juárez Berzosa, ampliará a su vez los
tiempos inventariales ordenando
67
que de veinte en veinte años, empezando por el presente y siempre que las
fincas [censidas, sic] y afectas a ellos varíen de poseedor, los hagan
reconocer por escritura en forma, proveyéndose de copia fehaciente que
unirán a los originales y que en el caso de que se rediman algunos
capitales de las indicadas fundaciones se depositarán en el archivo de la
referida iglesia parroquial.
A esto hay que añadir el papel que en este orden de cosas
desempeñaban las cofradías y hermandades, las cuales establecían en sus
estatutos los pormenores relativos a misas, sufragios y ceremonial funerario
para sus cofrades y asociados y las severas penas espirituales que la Iglesia
imponía a aquellos que ocultaban bienes destinados a aliviar a las almas de
los difuntos. Severidad que se refleja en la manera de conducirse del
párroco de Aginaga cuando de estos asuntos se trata y en la respuesta
jerárquica.
En efecto, el párroco está a punto de abrir un “libro de aniversarios
de esta parroquial de San Miguel de Aguinaga comprado en el año de 1809,
siendo cura de ella Domingo de Apoita”, y no se atreve a decidir nada por
su cuenta. Así que solicita al obispado de Calahorra que proceda a un
reajuste de las celebraciones de misas que le están encomendadas. El
vicario general de la diócesis le contestará puntualizando lo siguiente:
En primer lugar, continuar dicho cura celebrando en la ermita de San
Román (distante media legua de ida y vuelta de la parroquial) la misa
cantada solemne en el día de Santa Águeda, cinco de febrero de cada año,
y las otras rezadas en los días señalados, y supuesto tienen sobrantes las
ermitas se pagarán por la cantada quince reales de vellón y por cada una
de las rezadas doce reales en la misma moneda. En segundo lugar, de las
fundaciones de misas rezadas y réditos que se cobran se hará un cúmulo y
68
se celebrarán las que tengan cavimiento con responso a ocho reales de
vellón cada una, aplicándolas según toque en la aceptación divina a cada
fundador, tengan o no asignación de días diciéndolas cuando
cómodamente pueda dentro del año el cura por sí o por otro sacerdote. En
tercer lugar, las misas cantadas con responso serán las que tengan
cavimiento en los productos de sus fundaciones, a la limosna de once
reales de vellón, y las cantadas con nocturno y responso las que cupieren
al estipendio de catorce reales de vellón cada una; pagando en unos y
otras el real al sacristán, como se acostumbra; y si se consiguiere la
cobranza de rédito que toque a dichas fundaciones o a otras cuyos
deudores se ignoran por ahora y se reconocieron otras escrituras se
aplicarán y destinarán para misas rezadas con responso a ocho reales cada
una; y lo mismo los picos que resultaren en las liquidaciones que se
hicieren para averiguar el número de las que se hubieren de celebrar en
todos los referidos aniversarios; y bajo de estas circunstancias, reducía, y
redujo, su número la carga impuesta por los piadosos instituyentes. Y por
este su auto de que con su inserción y demás que sea necesario se dará a
dicho cura el testimonio conducente para su observancia. Así lo mando y
firmo [...] Licenciado Prado.
Y, a continuación, el párroco hará el
inventario [de] las escrituras censales de las pías memorias fundadas en
esta parroquial de San Miguel de Aguinaga con toda distinción y claridad,
así de los capitales como sus réditos, según se cobran y se hallan
corrientes en el día y año de mil ochocientos y nueve y quedan numeradas
por mí. Apoita.
De ahí que pueda saberse que el número
69
de misas aniversariales y perpetuales, así cantadas con sus nocturnos y
responsos como rezadas [era el siguiente:] Cantadas con nocturnos y
responsos. Cantadas con nocturno, tres por la pía memoria de Juan y
Miguel Ayzpiri, abuelo y nieto, que fundó en 30 de diciembre de 1805.
Todas con responso en la sepultura de Aguinaga Abajo, como se advierte
con la escritura de su razón. Cantadas sin nocturno y con responso en la
sepultura de Suinaga por la pía memoria de María Juana de Suinaga, esta
se puede celebrar y aplicar el día de jueves santo en que siempre se dice
cantada. Según su institución sobran 5 reales. Cantada con responso en la
sepultura de Orbea Soraen en su propio día, 10 de agosto. Rezadas con
responso al fin de cada misa en las sepulturas, respectivamente, de
Suinaga, Orbea, Arexpe, Zumaran y Aguinaga de Arriba44.
Como se ve, el respeto a las últimas voluntades y la devoción por los
difuntos estaban bien enraizados, y traslucen una convicción religiosa;
independientemente de que se desconozca en profundidad qué sea el
fenómeno de la muerte. En todo caso, existe la certeza de que con la muerte
el alma alcanza su estado definitivo, comenzando una supervivencia sin
relación directa con el propio cuerpo histórico, pero orientada a su reunión
con él.
1.3. Misas gregorianas y altares privilegiados
Además de la misa de requiem, novena, cabo de año o aniversario —en que
volvía a celebrarse una misa cantada y se ofrecía, nuevamente, la oblada
de pan y la vela— se preveían trentenos (treintenarios) y hasta
cincuentenos de misas (“cincuenta reales que se dieron a los frailes de San
44 APAgE., Aniversarios 1809-1823, en AHDSS, sig. 1020 / 002-01.
70
Francisco de Sasiola por cincuenta misas que el dicho Sr. Pedro de Ibarra
ordenó por su carta y memorial sacar por la dicha Dª Ana”).
Los trentenos o treintenarios son las misas gregorianas, que eran
conocidas también como trentenas (en 1579, se habla de que el cabildo
cumplió el mandato de “sacar trentenas por Dª Ana y lo mismo hicieron por
Pedro de Ibarra, luego que se supo su muerte”45). Las trentenas o misas
gregorianas son manifestaciones piadosas a favor de los difuntos
consistentes en celebrar treinta misas en treinta días consecutivos sin
interrupción.
Estos treintenarios podían ser cerrados o abiertos. Cerrados, cuando
los sacerdotes celebrantes permanecían encerrados en la iglesia y sus
dependencias hasta concluir la celebración de las treinta misas. Abiertos,
cuando el sacerdote se limitaba a celebrar las treinta misas
consecutivamente, pero sin obligación de residir en la iglesia.
Asimismo, estos treintenarios eran conocidos, también, como
revelados o no revelados; aludiendo con ello a la costumbre según la cual el
sacerdote debía esperar encerrado en la iglesia donde el treintenario se
había celebrado hasta que Dios le revelara si el alma del difunto por quien
había rezado había conseguido el cielo o no. De una y otra fórmula no
quedan vestigios documentales en los archivos parroquiales.
A la devoción de las misas gregorianas va aneja la indulgencia
plenaria del altar gregoriano o altar privilegiado. De tal manera que las
misas que en sufragio por los difuntos se celebran en estos altares alcanzan
indulgencia plenaria para ellos. Su origen está en la iglesia aneja al
45 APEib., Testamento de Pedro de Ibarra, op. cit., s. f.
71
monasterio de San Gregorio, donde se encuentra el altar en el que el santo
celebraba misa. Se le atribuye el privilegio de librar inmediatamente del
purgatorio el alma del difunto por el que se aplica la misa que se celebra en
él.
Los papas extendieron este privilegio a otros altares y, más tarde,
esta facultad papal se amplió a los obispos. En Eibar y Aginaga existieron
estos altares privilegiados. En su testamento (1643) María Ortiz manda que
se celebren misas por ella, y de ellas “cuatro en el altar privilegiado”46 de la
parroquia de San Andrés; es de 1609 un “rescripto de Paulo V sobre altar
privilegiado” dirigido a la ermita-basílica de San Esteban; “otro del mismo
para usar del privilegio de altar el día de Ánimas”, de 1613, también en la
ermita-basílica de San Esteban; y “otro de Urbano VIII”, de 1631, al
parecer en el mismo sentido y también para la ermita basílica de San
Esteban47.
En Aginaga se conservan documentos que aluden al tema de los
altares privilegiados. Más aún; el altar que ahí existía era privilegiado por
los vivos y por los difuntos, con el mismo privilegio de indulgencia
plenaria para unos y otros. De este altar habla un documento de 29 de
octubre de 1680 del obispo de Calahorrra. En él puede leerse que el Papa
había concedido
indulgencia plenaria y con remisión de todos sus pecados a todas y
cualesquiera personas que confesadas y comulgadas visitasen su iglesia
parroquial desde las primeras Vísperas de las Ánimas en cada año hasta
puesto el sol del mismo día y rogaren a Dios nuestro señor por la paz y
concordia entre los príncipes cristianos, extirpación de las herejías y
46 APEib., Testamento de María Ortiz, op. cit., s. f. 47 Cfr. APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 24.
72
exaltación de la santa madre Iglesia. Y que cada uno que ganare dicho
jubileo le pueda aplicar por modo de sufragio por quien fuere su voluntad.
Y, asimismo, declara Su Santidad que todos los altares en el dicho día de
las Ánimas que dicen misa los sacerdotes, así seculares como regulares,
gocen de las mismas gracias indulgencias como si fueran privilegiados48.
Este mismo privilegio fue concedido en 1613 a la ermita-basílica de
San Esteban, según de desprende de un rescripto de Paulo V “concediendo
indulgencia por visitarla”, sin duda el día de Ánimas también49.
2. Enterramiento y sepultura
La noticia documental más antigua con respecto a las sepulturas dentro de
la iglesia que conserve el archivo de Aginaga se remonta a 1562. En
efecto, según el auto del visitador de 20 de agosto de ese año la fábrica
tiene unos ingresos provenientes del uso de las sepulturas que hacen las
familias de algunos caseríos. Y dos años más tarde, en el auto de 22 de
diciembre de 1564 se hablará también de ingresos de la iglesia parroquial
por “derechos de sepultura”50.
En la parroquia de San Andrés, sin embargo, la primera noticia
documental es de 1592 y del testamento de Marco Antonio de Mallea:
“Mando que mi cuerpo sea enterrado en la iglesia parroquial del Señor San
Andrés de esta Villa en la sepultura de mi casa y solar donde están
sepultados mis padres y antepasados”51.
48 APAgE., Cuentas de Fábrica 1775-1994, en AHDSS, sig. 1023 / 001-00. 49 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 24. 50 APAgE., Cuentas de Fábrica 1560-1569, en AHDSS, sig. 1023 / 003-00. 51 APEib., Testamento de Marco Antonio de Mallea 1592, en AHDSS, sig. 2062 / 006-00, s. f.
73
Con posterioridad a esta fecha los datos referidos a sepulturas en la
iglesia son más abundantes. Se sabe que en 1647 se trasladó “la tierra de
sobra que había para nivelar las sepulturas”52; que en 1712 el mayorazgo de
Unzueta ordenó “ser enterrado en la sepultura de la mi casa solar y palacio
de Unzueta”53; que Rafaela de Echeverría ordenó en 1714 que “mi cuerpo
sea sepultado en la sepultura principal que yo tengo en la parroquial de San
Andrés, donde están enterrados mis padres y demás deudos”54; y que
Águeda de Vergara (que, por cierto, tenía dos sepulturas en la iglesia
—“una por cada casa”) ordenó, también en su testamento de 1725 “ser
enterrada en la sepultura donde están enterrados mis padres y
antepasados”55.
Esta costumbre pervivió en Eibar hasta el siglo XIX y en Aginaga
hasta 1809. Por otra parte, se sabe que en la ermita-basílica de San Esteban,
situada en el casco urbano de la Villa, y diecisiete años antes de su derribo,
es decir, en 1880, se hace una “relación de cráneos y huesos existentes en
la Basílica”56, lo que indicaría que también allí se enterraba, aunque no
necesariamente hasta fechas tan avanzadas. En todo caso, la basílica tenía
sepultura propia en la iglesia parroquial de San Andrés, pues en 1769 se
compró “un currichel para la sepultura”57.
Lo que está claro es que las sepulturas no se vendían. Eran propiedad
de la parroquia, y la fábrica era la responsable última de su decoro. Si sobre
este particular no hay documentación en el archivo de Aginaga, sí, por el
contrario, en el de San Andrés. Por este último se sabe que el visitador de
52 APEib., Cuentas de Fábrica 1642-1690, op. cit., s. f. 53 APEib., Testamento del Mayorazgo de Unzueta, op. cit., s. f. 54 APEib., Testamento de Rafaela de Echeverría, op. cit., s. f. 55 APEib., Testamento de Águeda de Vergara, op. cit., s. f. 56 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 19. 57 APEib., Ermita de San Esteban. Cuentas, op. cit., s. f.
74
1742 mandó “que las sepulturas las encajonen de piedra para mayor aseo y
limpieza, pues las tablas están sueltas, y que lo ejecuten los que tienen el
uso de ellas y si no que en el plazo de un año se ejecute a costa de la
fábrica. Más aún; en 1748 la fábrica correrá con los gastos ocasionados por
“Lucas de Garro por componer las sepulturas”58 y en 1765 tendrá que
abonar “cuatrocientos ducados de vellón para acudir con ellos a la
ejecución de sepulturas de la citada iglesia”59. En todo caso, estas
sepulturas pagaban alquiler, y su cuantía dependía de su proximidad al altar
mayor o de su ubicación en el lado de la epístola o del evangelio.
Si por razones de salubridad se prohibieron los enterramientos en las
iglesias, no se borró, sin embargo, el recuerdo de los lugares donde antaño
estuvieron ubicadas las sepulturas familiares. En Eibar, la religiosidad
popular siguió venerando aquellos lugares testimoniando su memoria
mediante la colocación de “paños negros y blancos”60, según el sufragio
fuera por un adulto o un párvulo (1908). Es decir, que aunque las sepulturas
no estuvieran ya en el lugar donde estuvieron en otro tiempo, siguieron
colocándose allí, como siempre se hizo, tales paños61.
Ya en el siglo XX en San Andrés de Eibar aún pervivía esta
costumbre, aunque un tanto modificada. En efecto, a primeros de siglo, con
motivo de las misas en sufragio por los difuntos, las familias que las
encargaban ponían una “manta” y una vela ante el reclinatorio situado
—precisamente— sobre su sepultura familiar de antaño62. Hasta el decenio
de 1960 la costumbre no había desaparecido aún; si bien, debido a la
58 APEib., Cuentas de Fábrica 1738-1764, op. cit., s. f. 59 APEib., Censo a Favor del Cabildo y Contra la Cofradía de las Ánimas 1765, en AHDSS, sig.
2058 / 005-00, s. f. 60 APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f. 61 Cfr. APEib., Testamento de Pedro de Ibarra, op. cit., s. f. 62 Cfr. APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f.
75
colocación de los nuevos bancos que cubrieron la nave —retirando los
reclinatorios—, se trasladó esta conmemoración a un reclinatorio situado
junto al altar de las Ánimas, donde la serora colocaba una manta y una
vela.
Más tarde, las familias por cuya intención se celebraba la misa se
limitaron a traer una vela que encendían junto al banco en el que ellas se
acomodaban durante la misa. A la conclusión de la misa, el sacerdote se
acercaba a la vela y rezaba un responso por el difunto, como antiguamente
se hacía sobre las sepulturas. Costumbre no muy alejada de aquella que en
el documento de fundación de la ermita-basílica de San Estaban (1618)
estableciera Dª Beatriz de Ibarra y Emparan diciendo que “en todas las
misas que los dichos capellanes dijeren en la dicha capilla, al quitarse del
altar y fin de las misas, antes de quitarse las casullas, digan, delante del
altar y relicario, por mis padres y hermanos y por mí un responso rezado”63.
De recaudaciones por el llamado derecho de sillas —de las que la
parroquia de San Andrés Apóstol era propietaria— quedan testimonios en
los libros de fábrica. Tal como el de 1927, por el que se sabe de una
inversión de la iglesia en la “adquisición de sillas y arreglos”64 que se
costearon con el producto de esas recaudaciones. En Aguinaga, todavía en
la actualidad, la presencia del difunto se hace presente visualmente.
Durante todos los días, hasta la conclusión del novenario de misas por el
fallecido, un lazo negro —si es adulto— o un lazo blanco —si es párvulo—
rodea la vela de su caserío en la sepultura simbólica que para recordar las
familiares primitivas que existieron en la iglesia se inauguró en 1998. En
esa pieza de madera hay destinado un espacio para cada uno de los 28
63 APEib., Ermita de San Esteban. Fundación. Cuentas 1709-1737, en AHDSS, sig. 2054 / 001-00, s. f.
64 APEib., Cuentas de Fábrica 1879-1936, op. cit., s. f.
76
caseríos de Aginaga con una placa de bronce con su nombre y un candelero
con su vela.
Al pie de la sepultura simbólica se exhibe un cofre de mármol negro
en el que se depositan parte de las cenizas de los difuntos cuyos restos han
sido incinerados tras haber sido retirados —por razones de espacio— de las
tumbas familiares del pequeño cementerio contiguo a la iglesia. El grueso
de las cenizas vuelve a ser enterrado solemnemente en un lugar del
cementerio especialmente destinado al efecto. Además, hoy en día aún, en
la mitad trasera de la nave de la iglesia siguen existiendo reclinatorios
—con el nombre del caserío al que pertenecen— situados en los lugares
donde primitivamente las familias tuvieron sus sepulturas.
En Aguinaga, en 2002 por lo menos, se conservaba la costumbre de
rezar un responso, en latín, al final de la misa por el difunto de la familia
que hubiera encargado el sufragio. Y el rezo del responso se llevaba a cabo
sobre la sepultura familiar, recordada simbólicamente en el espacio donde
se reúnen las de todas las familias que en su día tuvieron su sepultura física
en la iglesia, como se ha dicho. De la costumbre, aunque sea más antigua,
se conserva un documento, firmado en 1810, en el que expresamente se
habla de ello. En efecto, en él puede leerse lo siguiente:
Certifico, yo el infrascrito presbítero y cura de esta parroquial de San
Miguel de Aguinaga que desde primero de marzo de 1810 hasta últimos
de diciembre del año de 1816 se han cobrado de las hijuelas de esta
parroquia la cantidad de mil novecientos y cincuenta y siete reales y
quince maravedíes, y no se ha podido cobrar más por los años tan
calamitosos; para los que arreglándome con las escrituras que al principio
77
en este libro se citan he celebrado hasta el presente las misas siguientes
[...]. Antonio Ventura de Zumaran.
Entre otras de las misas que cita, están unas que hay que destacar,
porque, justamente, muestran un ritual que incluye la oración por los
difuntos en la sepultura familiar existente en la iglesia. Así, puede leerse
“al principio en este libro” que las tres misas “por la pía memoria de Juan y
Miguel Ayzpiri [son] todas con responso en la sepultura de Aguinaga
Abajo”; otras son “con responso en la sepultura de Suinaga”; otra es “con
responso en la sepultura de Orbea Soraen”; y otras son “con responso al fin
de cada misa en las sepulturas respectivamente de Suinaga, Orbea, Arexpe,
Zumaran y Aguinaga de Arriba”65. Semejantes son las noticias existentes
en el archivo de San Andrés de los años 167566, 177567, 179568 y 179669.
Aparte de estas costumbres, hay otras que han pervivido, tales como
la de la conducción y enterramiento de los cadáveres, sobre lo que la
Iglesia ejerce una autoridad última, como cabe deducir de una noticia sobre
“la exclusión de la sepultura eclesiástica de un suicida” en 188770; de las
noticias de 1904 por las que se sabe de autos de “sentencias privando de
sepultura eclesiástica a los cadáveres de Astigarraga, Venancio Iraola,
Esteban Lizarralde, Jobino Fernández” y de “sentencias concediendo
sepultura eclesiástica a Domingo Lariz, María L. Iriondo”71; del “recurso
del párroco al gobernador contra la disposición del ayuntamiento sobre la
65 APAgE., Aniversarios, op. cit. 66 Cfr. APEib., Capitulación de una Misa Perpetua con Responso a Favor de Juan Clemente
Olave 1675, en AHDSS, sig. 2059 / 023-00, s. f. 67 Cfr. APEib., Capitulación de una Misa Perpetua con Responso entre el Cabildo Eclesiástico y
Francisco Areta 1775, en AHDSS, sig. 2059 / 036-00, s. f. 68 Cfr. APEib., Fundación de una Misa Cantada con Responso, por el Cabildo Eclesiástico en
Sufragio de José Antonio Unceta y Vergara 1795, en AHDSS, sig. 2060 / 004-00, s. f. 69 Cfr. APEib., Fundación de una Misa y Responso Cantados por el Cabildo Eclesiástico en
Sufragio de María Luisa de Sarasqueta 1796, en AHDSS, sig. 2060 / 005-00, s. f. y Fundación de una Misa Cantada con Responso, por el Cabildo, en Sufragio de Teresa de Vergara 1796, 2060 / 006-00, s. f.
70 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 17. 71 Ibid., p. 19; p. 22.
78
forma de conducir los cadáveres” elevado en 1911; y del “expediente sobre
el enterramiento del cadáver de Agustín Aizpuru” del que se tiene noticia
en 1913. Quepa señalar, no obstante, que en Eibar se celebraban entierros
civiles sobre los que la Iglesia no ejercía autoridad alguna. De esa
costumbre la primera y última noticia que se conserva en el archivo
parroquial es de 1910. Al documento —que existía en 1920— se refiere el
archivo diciendo: “Sobre el entierro civil de Jacinto Amuategui”72.
Al respecto del enterramiento, cabe apuntar que la Iglesia —sin que
la cremación la repruebe como intrínsecamente mala— prefiere el
enterramiento, dada la dignidad del hombre. Más aún; exige que los fieles
sean inhumados en cementerios bendecidos (de 1867 es una “autorización
del prelado para bendecir el nuevo cementerio” y otra “autorización para
bendecir el nuevo cementerio” —de 1892—, tras de que en 1883 el
obispado cediese al ayuntamiento “los terrenos del cementerio viejo para la
edificación de escuelas”) o se bendiga la sepultura antes del entierro.
La Iglesia cree que el cementerio es una prolongación de la parroquia
y, por tanto, bajo la autoridad del párroco, como cabe deducir de una
noticia de 1893 por la que se sabe que “se queja el ayuntamiento por haber
destituido el párroco al sepulturero y nombrado sustituto sin contar con él”.
Y lo son también los sepulcros de personas morales como hospitales,
cofradías y familias privadas, estén o no fuera del cementerio común; por
lo que también tienen que ser bendecidos (en 1883 se dio “autorización
para bendecir la capilla de Matías Mandiola en el cementerio”).
De esta mentalidad sobre la sacralidad del difunto son reflejo las
regulaciones establecidas. Por ejemplo, cuando se trata del enterramiento,
72 Ibid., p. 23; p. 17; p. 22; p. 17; p. 22; p. 17.
79
aquel que haya tenido lugar en el cementerio común es para siempre y no
puede ser exhumado sin autorización del obispo, como lo prueban los
documentos existentes en el archivo de San Andrés que se hacen eco de
permisos para que se proceda a la exhumación y traslado de difuntos en
161573, 1660, 1900, 1906, 1908, 1909, 1911, 1913, 1915, 1916 y 1917.
Luego, en principio, el enterramiento es perpetuo. Ahora bien,
cuando se haya hecho fuera de un cementerio propiamente dicho o del
cementerio o sepultura familiar, por los avatares que fueren, el
enterramiento es temporal y puede ser exhumado para su traslado al lugar
definitivo sin autorización del obispo. Así lo entiende en
—probablemente— el siglo XVIII la eibarresa Catalina de Arismendi y de
Lexalde, que manda que, por ahora, la “entierren en la fuesa de la casa de
Ardanza”, porque debido
a las obras de la iglesia de San Andrés está embarracada la sepultura de
esta mi casa; y mando que cuando y al tiempo que se desembarracare la
dicha sepultura de mi casa que mi cuerpo sea transmudado y enterrado en
ella, y en medio se me hagan mi enterrorio, novenario, cabos de año en la
dicha sepultura de la casa de Ardanza, así pan, cera y oblada y todo lo
demás necesario como a persona de mi calidad74.
Por otra parte, cuando se trata de cementerios pertenecientes a los
religiosos, es el superior mayor quien ha de otorgar la licencia de
exhumación y traslado. A este respecto, en 1649, el escribano certifica lo
establecido por Isabel de Ibarra:
73 Ibid., p. 3; p. 4; p. 18; p. 19; p. 20. 74 APEib., Testamento de Catalina de Arismendi y de Lexalde, op. cit., s. f.
80
Que si la iglesia de las Madres Recoletas donde está enterrado el cuerpo
de la dicha Dª Isabel se mudare, que su cuerpo de la dicha Sra. Dª Isabel
se traslade a la sepultura que la Madre Priora que entonces fuere ordenare,
y eso sea con su misa cantada y responso, por cuanto que su entierro,
novena y cabo de año están ya hechos con la solemnidad que pedía tan
noble señora75.
Como se ve, en caso de exhumación y traslado —sea con el permiso
del obispo o del superior mayor, en su caso— el cadáver no goza del
privilegio de la misa exequial si es que esta ya fue celebrada con ocasión
del enterramiento anterior. Pero la piedad popular no olvida reclamar, al
menos, misa cantada y responso. En este orden de cosas, por otra parte,
cabe hacer mención a otro asunto relacionado con el enterramiento y
funerales que se refleja en los archivos parroquiales de Eibar, y con un
componente de conflicto interparroquial.
Se trata del lugar en el que los oficios han de celebrarse y de la
persona que ha de presidirlos. Aunque el lugar no parece que pueda ser otro
que la parroquia propia del difunto y el presidente el párroco propio, sin
embargo, a cualquier persona le asiste el derecho de elegir iglesia para su
funeral y cementerio para ser enterrado, así como que no sea su párroco
propio quien presida las ceremonias.
Ahora bien, los enterramientos en los conventos de monjas —no así
en los de religiosos— estaban prohibidos. Pero en Eibar esto no se cumplía
con demasiado rigor. Cabe deducirlo de dos noticias que se conservan en el
archivo de San Andrés: una de 1641 sobre un “pleito entre las monjas del
Rabal y cabildo sobre si aquellas tienen derecho a celebrar entierros y
75 APEib., Testamento y Última Voluntad de Isabel de Ibarra 1649, en AHDSS, sig. 2062 / 013-00, s. f.
81
funerales de particulares en su convento” y la otra de 1646 que informa de
la “requisitoria del cabildo sobre entierros en el convento del Rabal”76.
En todo caso, en el archivo de San Andrés se conservan noticias de
que esto se hacía sin problemas cuando de excepciones ya reguladas se
trataba. Así, se aplicaba pacíficamente el indulto de la ley cuando el
difunto, aun siendo seglar, había formado parte, de algún modo, de la
comunidad del monasterio. Este fue el caso de Isabel de Ibarra quien al
enviudar entró en el convento de las Recoletas de Eibar “con permiso del
Nuncio de estos reinos de España [...] para acabar con más quietud y bien
de su alma los años que nuestro Señor fuere servido de darla”. A su muerte,
se dice, “se encontraba con hábito seglar”77.
Nada de este tenor, sin embargo, puede afirmarse del caso de
Magdalena de Iturrao, del que solo se sabe que esta, en su testamento de
1646, dispuso “ser enterrada en el convento del Rabal”78. Si encajaba o no
en el capítulo de las excepciones a las que se acogió Isabel de Ibarra, no se
sabe. Pero no sería de extrañar que esta disposición testamentaria fuera uno
de los motivos que ese mismo año causara la requisitoria del cabildo sobre
entierros en el convento del Rabal.
En cualquier caso, los conflictos de este tenor existieron, como cabe
deducirlo de una noticia de 1703, según la cual se sabe que ese año hay “un
acuerdo del cabildo de no diaconar en los conventos del pueblo”79 y en
1858 un “convenio entre el cabildo y monjas del Rabal sobre asistencia a
las funciones de dicha comunidad y derechos consiguientes”.
76 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 4. 77 APEib., Donación de Parte de dos Juros Otorgada por Isabel de Ibarra y Lerma a Favor del
Convento de Recoletas 1645, en AHDSS, sig. 2061 / 018-00, s. f. 78 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 20. 79 Ibid., p. 7; p. 17.
82
Pero con respecto de la elección de iglesia y cementerio existía la
costumbre de celebrar las exequias y de enterrar en la iglesia y cementerio
que correspondiese al lugar donde se hubiese fallecido, si no se había
elegido iglesia ni sepultura en otra parte —incluso aunque poseyese
sepulcro gentilicio—, primero, y, segundo, respecto a la presidencia de los
funerales, que esta la ejercía el párroco propio del difunto incluso cuando la
muerte hubiese sobrevenido en el territorio de una parroquia ajena.
Aunque se volverá sobre esto para relatar el conflicto provocado por
causa de esas costumbres, permítase un paréntesis para señalar las
ceremonias concretas que se llevaban a cabo en Eibar desde el siglo XVI
—al menos— y, con ligeras variantes, hasta casi el siglo XXI. En efecto, en
1559 los deberes de los beneficiados de la parroquia de San Andrés de
Eibar, a los que estaba también obligado el beneficiado responsable
—rector— de la aneja de Aginaga, eran ir con sus sobrepellices y
acompañando a la cruz parroquial a donde quiera que hubiere algún difunto
en Eibar para “decir las vigilias, y a venir con el cuerpo del difunto hasta la
dicha iglesia y allí se hallen presentes a los oficios que por dichos difuntos
se hicieren”. Los beneficiados no enteros debían, además, celebrar tres
misas cantadas por cada difunto: “Una misa el día del enterramiento, otra
en su novena y otra en el aniversario”80.
Pues bien; el conflicto entre la aneja y la matriz, al que se aludía más
arriba, se originó por causa de la figura jurídica llamada porción
parroquial. Fue un conflicto del que no queda noticia en el archivo de San
Andrés, pero sí en el de Aginaga. Se dice que el problema surgió a raíz del
fallecimiento del primer teniente del Regimiento de la Guardia Española de
Infantería, Fernando de Orbea y Arandia, de 36 años de edad, viudo de la
80 Cfr. APEib., Estatutos Acordados por los Cabildos Eclesiástico y Secular, op. cit., s. f.
83
marquesa de la Ripa, que había nacido en Lima, Perú, y que fue enterrado
en el cementerio de Aginaga en la sepultura de su apellido de la casería de
Orbea, donde estaban enterrados sus antepasados, porque él así lo mandó.
Al parecer, antes de su muerte, ocurrida en Eibar, entregó a un
beneficiado de San Andrés 97 pesos. Sin embargo, al párroco de Aginaga
para que procediera en su parroquia al entierro y a otros sufragios, solo le
entregaron 15 reales de vellón, pero ni un maravedí de la porción
parroquial. Era el mes de junio de 1757. Al año siguiente, el párroco de
Aginaga dejará constancia del detalle en la partida del difunto; sin olvidar,
asimismo, dejar constancia de que en otras ocasiones habían ocurrido cosas
parecidas81.
Y no se equivocaba del todo. Del todo, porque, ciertamente, servatis
servandis, se le debía —según él— la porción parroquial o cuarta funeral
que debía reembolsarle la parroquia de San Andrés, pues al teniente no se
le habían hecho los funerales en su parroquia de Aginaga, donde tenía el
sepulcro gentilicio. Rementería, que era —pensaba él— el párroco propio
del teniente, tenía derecho a la porción parroquial; es decir, a esos
emolumentos percibibles por la ocasión de los funerales del peruano.
Quizá, el párroco de Aginaga no ajustó debidamente el argumento de la
reclamación, pues pasó por alto que tales emolumentos se daban al párroco
del difunto como compensación por el trabajo que durante la vida del
feligrés ejerció a favor de este. Y lo cierto es que en este caso no parece
que fuera así.
Por otra parte, no parece que la iglesia de San Andrés celebrara
indebidamente los funerales. Rementería lo habría denunciado. Cabe
81 Cfr. MARTÍNEZ DE MORENTIN DE GOÑI, L., Aguinaga de Eibar, op. cit., pp. 59-60.
84
suponer, entonces, que el militar eligió las dos cosas a las que tenía
derecho: su sepulcro gentilicio de Aginaga para ser enterrado y la iglesia de
San Andrés para sus funerales. Luego San Andrés habría sido
legítimamente elegida y, en consecuencia, nada se había hecho
indebidamente. Además, strictu sensu, el párroco de Aginaga no era el
párroco del teniente, por lo que no había lugar a aplicar la norma relativa a
la compensación por el trabajo que durante la vida del feligrés ejerció a
favor de este. Por otro lado, estaba la Concordia de 1706 que decía, ni más
ni menos, que “en cuanto a los derechos que ha de llevar el cabildo de
cuarta funeral, no ha habido hasta ahora porción asignada ni determinada,
sino ha corrido siempre a arbitrio del cabildo atendiendo a la calidad de las
personas”82.
Por tanto, en Eibar, la porción parroquial era del arbitrio del cabildo,
y defendida por el concejo, quien velaba, también, por que las tradiciones
populares se conservaran. Según ello, el cabildo eclesiástico —al alimón
con el secular— se limitó a aplicar a Aginaga la cantidad que estimó
conveniente —15 reales—; independientemente de que la limosna recibida
del limeño fuera mayor. Sea lo que fuere, los conflictos por motivo de los
funerales no debían ser demasiado raros. Concretamente, en la parroquia de
San Andrés se habla de uno que se produjo en 1729. Ha quedado
consignado como “pleito y convenio entre el cabildo y Juan Acha Orbea en
razón de los funerales de su mujer, María de Mandiola”83.
Entre otras costumbres relacionadas con la muerte está la del
banquete funerario que se celebraba después del entierro. Y precisamente
en este contexto hay que situar la costumbre hoy en día existente en
82 APEib., Concordia Entre los Cabildos Secular y Eclesiástico, op. cit., s. f. 83 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 9.
85
Aginaga relativa a conmemorar la presencia de los difuntos de la
comunidad —aunque hayan pasado siglos desde su óbito—. Siguen
formando parte de la comunidad y su recuerdo se constituye en un
elemento más de cohesión de la misma y de identificación grupal. En
efecto, desde hace unos años se celebra anualmente una comida de
hermandad de todos los vecinos del barrio de Aginaga. Es esta una comida
conmemorativa de los antepasados de Aginaga en la que participan los
vecinos del barrio. Es un convite ritualmente estructurado desde que en
1998 así lo estableciera el Concejo de la Anteiglesia de Aginaga.
Un papel de pergamino es el referente histórico ilustrativo de una
decisión del Concejo tomada el 1 de febrero de 1998. En él se reproduce el
ritual que ha de ser observado siempre que en Aginaga se proceda a hacer
memoria de un acontecimiento ocurrido en 1613. Dice:
Cada vez que los vecinos de Aguinaga se reúnan para celebrar la Comida
Conmemorativa de los Antepasados de Aguinaga con el Menú Aguinaga
del Siglo XVII se observará el siguiente ritual: 1. Los vecinos, sentados a
la mesa con sidra en su vaso y un trozo de pan en su plato, escuchan el
relato del menú del siglo XVII que se ofrece en la página 171 del libro
Aguinaga de Eibar. Historia de la parroquia; 2. Se canta el himno de San
Miguel, del P. Donostia; 3. Se reza el gloria Patri, y el párroco de
Aguinaga bendice la mesa; 4. Se alza el vaso con la sidra, y se consume
ésta y el trozo de pan; 5. Se sirven el tocino y el cordero. El texto del libro
Aguinaga de Eibar. Historia de la parroquia, de Luis Martínez de
Morentin de Goñi, que fue editado por el Centro UNESCO de San
Sebastián en 1997, al referirse a la comida ofrecida en 1613, dice lo
siguiente, textualmente: El cordero es un producto que se cría en
Aguinaga [...]. En un menú del que tenemos constancia se ofreciera en
1613 aparece explícitamente consignado con el tocino. Cuando se
86
concluyen parte de las obras de la casa de las freiras en la ermita de San
Román y Santa Águeda —en esa misma fecha de 1613—, junto a una
cantidad de dinero para el pago de los materiales, se da comida
consistente en pan, tocino y cordero. Nos consta que en 1599 parte de las
obras se pagaron también con pan y sidra84.
Otro de los rituales, hoy en desuso en Eibar, es el luto que los vivos
guardaban por los difuntos: las mujeres de riguroso negro y los hombres
con un brazalete negro. El tiempo de duración del luto dependía del grado
de parentesco familiar con el difunto. Hasta mediados del siglo XX —por
lo menos— los hombres guardaban luto un año y las mujeres dos.
Un camino de difuntos o andabidea (camino de andas, pues en andas
se transportaba a los difuntos en el siglo XVIII —la fábrica de San Andrés
pagó “doce reales por un remiendo de las andas de difuntos”85) existió en
Aginaga. Y aun hoy día, a pesar del abandono y la maleza —pero exento—
es visible su trazado. Por él transitaban hacia la iglesia con el difunto el
clero, familiares, amigos y animales. Animales que, dependiendo de la
capacidad económica de la familia, unas veces eran bueyes y otras
carneros. Respecto a estos últimos, en 1646, en Eibar estaba establecido:
Que de la ofrenda de pan que se hiciere en esta parroquia y los carneros
que se ofrezcan en las honras de particulares se haga un montón y se
dividan en seis partes iguales y de ellas cinco igualmente se den a los
cinco beneficiados enteros, y de la sexta parte, la mitad se haya de dar al
medio beneficiado y la otra mitad se dividirá entre los dos beneficiados de
cuarta ración86.
84 APAgE., San Migel Jaiak 2001, p. 7. 85 APEib., Cuentas de Fábrica 1738-1764, op. cit., s. f. 86 APEib., Capítulos y Estatutos del Cabildo Eclesiástico, op. cit., s. f.
87
No se puede dejar de aludir, finalmente, a esa otra tradición vigente
hoy día y exponente de la religiosidad popular en sus manifestaciones
funerarias: las ofrendas florales en los cementerios y, desde luego, los
encargos de misas por los difuntos y por lo que los familiares ofrecen
estipendios o limosnas. En todo caso, cabe subrayar que la Iglesia nunca se
ha opuesto a lo segundo, por supuesto; pero a lo primero tampoco. Sin
embargo, ha insistido en que luces y adornos florales sobre las sepulturas
han de ir más allá en su intencionalidad que la del obsequio de cortesía y
alivio de los vivos. Ha de procurarse con ello aprovechar la ocasión para
hacer una profesión de fe en la resurrección de los muertos y en la vida
eterna. Es en esto último, precisamente, donde se fundamenta la insistencia
en que es menester que tales obsequios no reduzcan los sufragios, tales
como misas, oraciones y limosnas, que son los que aprovechan a los
difuntos.
En esto último estaba en 1649 Isabel de Ibarra. Sobre la base de su
testamento, el escribano certifica que “se ha de poner diez ducados de renta
para el servicio perpetuo de cera y ofrenda de la sepultura donde está
enterrado el cuerpo de la dicha Señora doña Isabel”; pero añade:
De la cera que se ha de poner en dichas misas en la sepultura se [destinen]
ciento cincuenta ducados de renta y los goce dicho convento con
condición de que haya de dar al religioso o sacerdote secular por la
limosna de cada una de las dichas misas que cantare o rezare tres reales
(por ella, sus padres y hermanos, religiosas difuntas y religiosos que aquí
murieren en servicio)87.
87 APEib., Testamento y Última Voluntad de Isabel de Ibarra, op. cit., s. f.
88
3. La muerte, la esperanza y el apoyo de la comunidad
Ciertamente, el momento de la muerte era temido; pero lleno de esperanza.
Y sobre todo para potenciar esta esperanza se solicitaba el apoyo de la
comunidad. Algunas disposiciones de los autos de visitas pastorales así lo
confirman. Por ejemplo, el visitador de 1764, que observa que después del
toque del Angelus del atardecer no se toca la campana que comunica que
algún vecino está en agonía, dirá: “Mando hacer a cualquier hora el toque”,
“para que se ore, y el enfermo pueda pasar por aquella hora, la más
espantosa y de peligro y en que necesita de su divina gracia”.
En realidad, estaba revocando otra orden de un visitador anterior que
había prohibido se tocara por la noche. El visitador de 1753 decía:
Por hallarme informado de que en esta Villa por la noche y después del
toque de queda por los sacristanes de esta iglesia se tocan las campanas a
muerto, [...] sin prever los inconvenientes de ello al obrarlo, mandamos
que al presente son y fueren de esta iglesia que de noche y después del
toque de queda no toquen a muerto ni a agonizar, y así se les prevenga88.
Casi dos siglos después —en 1912— se quiere volver a instaurar
algo de esta prohibición. Se sabe que ese año el alcalde de Eibar “solicita
que no se toquen las campanas todas a un tiempo de noche”89. No se sabe si
el cabildo se avino o no. Sea lo que fuere, las campanas son un lenguaje
que, a veces, simbolizaría una especie de suplencia de la oración de los
fieles; pero que siempre —ese es el deseo— provoca y acompaña la
oración de la comunidad.
88 APEib., Cuentas de Fábrica 1738-1764, op. cit., s. f. 89 APEib., Inventario del Archivo de la Iglesia Parroquial, op. cit., p. 23.
89
Si la importancia de la campana como recordatorio y sustentadora
del ritmo social y del discurrir de la vida cotidiana es innegable en el
contexto rural, su presencia es insustituible cuando se trata de los difuntos.
En Aginaga aún siguen compartiendo protagonismo con otros medios de
comunicación en el escenario social. Y con una peculiaridad cuando de los
difuntos se trata. Peculiaridad construida, sin duda, por la piedad popular,
que trata de estar presente como grupo comunitario en la muerte de algún
vecino mediante el anuncio del fatal desenlace. Anuncio que con toques
especiales comunica si la persona fallecida es hombre, mujer o niño.
Así, cuando a los tres toques pausados de la campana mayor suceden
dieciocho toques de la campana mediana y menor, alternativa y lentamente
formando un conjunto cadencioso de grave y agudo, se sabe que ha
fallecido un varón. Cuando la campana mayor da dos toques pausados a los
que siguen dieciocho toques de la campana menor y mediana, alternativa y
lentamente formando un conjunto cadencioso de agudo a grave, se sabe que
ha fallecido una mujer. El fallecimiento de un niño se dibujará en el aire
con un tañido más rápido y repicando ligeramente la campana pequeña.
Esta comunicación se realizará por lo menos dos veces en el día del
fallecimiento: en el momento del óbito y al mediodía o al atardecer. La
función de la campana concluirá acompañando al difunto y a sus familiares
y amigos hasta la iglesia parroquial. Desde el momento en que abandona
por última vez su hogar terreno y enfila el camino hacia la iglesia, el tañido
de la campana —grave y agudo cuando es varón, agudo y grave cuando es
mujer y ligeramente repiqueteante cuando es niño— le acompañará hasta el
pórtico de la iglesia90.
90 Cfr. MARTÍNEZ DE MORENTIN DE GOÑI, L., Aguinaga de Eibar, op. cit., p. 57.
90
Si se atiende a los datos relativos a las campanas que se conservan en
el archivo de San Andrés, no puede sino subrayarse, también, su
importancia con ocasión del óbito. En 1646, en uno de los capítulos de los
estatutos del cabildo, se establece que
por ningún motivo se excuse de doblar las campanas de muertos, para que
todos encomienden a Dios por aquel difunto, a cuyo fin principalmente,
entre otros, tiene ordenado [...] la Iglesia la sagrada ceremonia de
campanear, que será luego que muera si fuere de día91.
Se está refiriendo a la eventualidad de que muriera en Eibar algún
sacerdote de paso. Cabe señalar aquí que la ordenación de los tipos de
toques de un modo unívoco para toda la Iglesia no existe. Ahora bien, sí
están definidos con exactitud los tiempos en que debían tocarse; no así, sin
embargo, las reglas que indican concretamente cómo tocar, número de
campanas, afinación o ritmos empleados. Lo cual explica la variedad de
códigos locales. Variedad que afectará a la composición de las melodías,
pero no a los tiempos de ejecución. En Aginaga el auto de visita pastoral
del año 1700 decía a este respecto:
Por cuanto consta que en las vísperas de Santa Águeda se repican las
campanas, y por cuanto que está prohibido semejante uso por la
constitución sinodal del año de 1698, se manda al dicho cura [el de
Aguinaga] que, en observancia, prohíba el dicho repique de campanas, no
entregando para este efecto las llaves de la iglesia ni se les acuda con cosa
alguna92.
91 APEib., Capítulos y Estatutos del Cabildo Eclesiástico, op. cit., s. f. 92 APAgE., Mandatos de Visita Pastoral 1764-1768, en AHDSS, sig. 1022 / 003-02.
91
En todo caso, las campanas bendecidas o consagradas solo pueden
tocarse para usos sagrados93. No se pueden tocar para entierros de herejes e
infieles, para celebrar victorias de los enemigos de la Iglesia, para causas a
las que siga derramamiento de sangre o convocar a la ejecución de un
ajusticiado —aunque puedan tocarse para que se ruegue por el reo en
capilla—, ni cuando llegue el señor del lugar, a no ser con autorización del
obispo.
Con la misma autorización podrán tocarse para usos caritativos, tales
como dar la señal de empezar o terminar el trabajo, la hora de ir los niños a
la escuela, hacer la señal de incendios, de auxilio contra los ladrones, en
inundaciones. Es abuso intolerable reservar alguna campana para tocarla
solamente por los nobles.
Por otra parte, la función del tañedor de campanas no es un asunto
menor. De ello se encargaban, hasta el siglo XI, el mismo abad del
monasterio o los propios sacerdotes ordenados o los expresamente
delegados para ello. Y en las parroquias, el responsable de dirigir el toque
de las campanas era el párroco, sin que el obispo pudiera conferir a otro
este derecho. No era, por tanto, una obligación de los que habían recibido
las órdenes menores, sino de los ya consagrados.
A partir del siglo XI, sin embargo, tal obligación de los sacerdotes se
transfiere a los clérigos inferiores. Luego, al sacristán eclesiástico y, más
tarde, a los laicos. En todo caso, se exigía una correcta interpretación de los
toques a Vísperas, maitines, misa, las demás horas canónicas, la elevación
en la misa mayor del Santísimo Sacramento, el del viático, el de la mañana,
mediodía y del Angelus.
93 Cfr. APEib., Capellanía de Juana de Mallea, op. cit., s. f.
93
CAPÍTULO 3
Prevenir el más allá Los cuadros siguientes se constituyen en imagen de lo relatado hasta aquí. La realidad a la que se refieren refleja la fe en que la vida se prolonga1.
TESTAMENTOS
TESTA- DORES FECHA DISPOSI-
CIONES PARTICULARIDADES RE-
DEN- CIÓN
Catalina de Arismendi
S. D. (2062 / 003-00)
Estíbaliz Amperain
1549 (2062 / 004-00)
Otorgado en su fortaleza de La Coleta.
Juan Ibáñez de Mallea
1550 (2053 / 001-00)
Legados.
Pedro de Ibarra 1575
(2062 / 005-00)
Pleito por donaciones y mandas del fundador.
En 1708 (2065 / 009-00): sentencia dada en el pleito entre el cabildo
eclesiástico de Eibar y el patrono de la fundación de Pedro de Ibarra y
Ana de Unzueta, su mujer.
María Pérez de Urquiza
1582 (2060 / 010-00)
Capellanía Se nombra patrono de la capellanía a Martín de Orbea, su marido.
Andrés de Arrizabalaga
1584 (2053 / 001-00)
Donación para Arrate
Testamento de Andrés de Arrizabalaga estableciendo una
donación para Arrate.
Marco Antonio de Mallea
1592 (23062 / 006-00)
Martín de Ibarra
1592 (2053 / 001-00)
Los testamentarios de Martín de
Ibarra dan en arriendo sus bienes a Martín Sánchez de Mallea.
Abad de Larriategui
1594 (2053 / 001-00)
Cláusulas.
Martín L. Mallea
1595 (2053 / 001-00)
1 Entre paréntesis, la sig. en el AHDSS.
94
TESTAMENTOS
TESTA- DORES FECHA DISPOSI-
CIONES PARTICULARIDADES RE-
DEN- CIÓN
16...
(2053 / 001-00)
Testamentos con mandas pías.
Magdalena de Mallea y Ubisetadi
1600 (2059 / 011-00)
12 misas rezadas al
año
Capitulación entre el cabildo de San Andrés y los testamentarios de la
fundadora.
María de Mallea
1601 (2053 / 001-00)
Cláusula del testamento de la fundadora sobre el juro de Ecija.
Antonio de Araiz
1603 (2053 / 001-00)
Juana de Mallea
1604 (1893) 2060 /
008-00)
Capellanía Pleito entre el patronato y el capellán, Ignacio Arizmendi.
El conde Peña-
Florida entregó 121 mil reales
(obispado).
María Pérez de Urquizu
1608 (2053 / 001-00)
Capellanía Testamento de la fundadora fundando una capellanía.
Isabel de Mallea
1609 (2064 / 019-00)
Ejecución de sentencia en el pleito
del cabildo eclesiástico, testamentario de Isabel de Mallea, y sus acreedores.
Andrés de Arrizabalaga
1610 (2053 / 001-00)
Capellanía Testamento del fundador fundando una capellanía.
Catalina de Araiz
1612 (2062 / 007-00)
Ana de Isasi 1612
(2053 / 001-00)
Misa perpetua
Capitulaciones entre el cabildo eclesiástico y testamentarios de la
fundadora, fundando una misa perpetua.
Ana de Ansola Araiz
1613 (2053 / 001-00)
Capellanía Testamento -de 1603- de la fundadora, fundando una capellanía.
Antonio de Larreategui
1623 (2053 / 001-00)
Testamento del fundador.
95
TESTAMENTOS
TESTA- DORES FECHA DISPOSI-
CIONES PARTICULARIDADES RE-
DEN- CIÓN
Domingo Abad de Iturrao
1625-1632
(2062 / 008-00)
Misas
Convenios entre el cabildo eclesiástico y sus testamentarios sobre las misas fundadas por el
fundador.
Juan Bautista Ibáñez de Lixalde
1626 (2062 / 009-00)
Testamento del fundador, Caballero de Santiago.
María de Iturbe 1627
(2062 / 010-00)
Misas perpetuas
Testamento en el que se establecen misas perpetuas que deben decirse en la iglesia parroquial de San Andrés.
Francisco de Elixalde y Catalina de
Isasi
1639 (2053 / 001-00)
Información hecha por el cabildo en razón de la cláusula del testamento de
Francisco de Elixalde y su mujer, Catalina de Isasi.
María Ortiz de Orbea
1643-1646
(2062 / 012-00)
Mandas que establece.
Magdalena de Iturrao
1646 (2053 / 001-00)
Testamento disponiendo ser enterrada en el convento del Rabal.
1653: Capitulación entre el cabildo y Damián de Azaldegui, bachiller, testamentario de Magdalena de
Iturrao (2053 / 001-00).
Isabel de Ibarra 1649
(2062 / 013-00)
Misas, aniversarios y capellanía
Testamento y últimas voluntades de la fundadora.
Francisco Lixalde
1652 (2053 / 001-00)
Escritura entre el cabildo eclesiástico y el capitán Gabriel de Mallea,
testamentario del fundador, Caballero de Calatrava.
Joan de Anuncibay
1677 (2062 / 015-00)
Misa cantada
Cesión de Antonio de Zaldibar, testamentario del fundador contra los bienes de Martín de Echevarría por
una misa cantada.
Pedro de Iñarra Isasi
1680 (2053 / 001-00)
Aprobación por Carlos V de la testamentaría de Pedro de Iñarra Isasi
(en la ermita-basílica de San Esteban).
Abad de Larreategui
1690 (2062 / 016-00)
Cláusulas.
96
TESTAMENTOS
TESTA- DORES FECHA DISPOSI-
CIONES PARTICULARIDADES RE-
DEN- CIÓN
1692
(2053 / 001-00)
Consulta sobre ejecución de mandas testamentarias.
María de Eguiguren
1695 (2053 / 001-00)
Misas Capitulado de las misas fundadas por los albaceas de la fundadora.
Catalina de Arizmendi
17... (2053 / 001-00)
Fragmento del testamento de Catalina de Arizmendi.
María de Acha Gorostieta
17... (2053 / 001-00)
Cuenta de los testamentarios de María de Acha Gorostieta.
Miguel de Acha
1700 (2062 / 017-00)
Domingo de Zurrarain
1701 (2062 / 018-00)
Josefa de Garai 1706
(2053 / 001-00)
Disposiciones testamentarias de Josefa de Garai.
María de Aramburu
1708 (2062 / 020-00)
Mayorazgo de Unzueta
1712 (2062 / 021-00)
Misas y aniversarios
Testamento del fundador, hijo del capitán Sebastián Sarriegui, en que se
establecen varios aniversarios y misas.
Rafaela Echeverría
1714 (2062 / 022-00)
Misas Testamento de la fundadora, donde se establecen varias mandas piadosas y
misas.
Martín de Unceta-
Barrenechea
1716 (2053 / 001-00)
Inventario del testamento de Martín de Unceta-Barrenechea.
Antonio Echezabal
1723 (2062 / 023-00)
Águeda de Vergara
1725 (2062 / 024-00)
Aniversarios
97
TESTAMENTOS
TESTA- DORES FECHA DISPOSI-
CIONES PARTICULARIDADES RE-
DEN- CIÓN
Joan Francisco de Unzueta
1737 (2053 / 001-00)
Declaración ampliatoria del testamento. Valoración de algunos
bienes del fundador como complemento a su testamento -hecho en 1732 (2063 / 004-00). Ejecución de una cláusula del testamento del fundador 1738 (2062 / 025-00).
Francisco de Ibarra
1761 (2062 / 026-01)
Seis misas solemnes al
año
Testamento del fundador y ejecución de su manda de seis misas solemnes
anuales.
Juan de Izia de Alegría
1762 (2053 / 001-00)
Nota incompleta de algunas
fundaciones de Juan de Izia de Alegría.
1763
(2053 / 001-00)
Carta de pago referente a pías fundaciones.
Andrés de Leceta
1771 (2053 / 001-00)
Escritura de testamento, mayorazgo y tasación hecha por Andrés de Leceta.
Ana Joaquina de Usabiaga
1789 (2059 / 042-00)
Cinco misas cantadas Capitulación.
Francisco Antonio de Sarasqueta
1791 (2060 / 002-00)
Misa cantada y diaconada
anual y perpetua
Instituidas en testamento por el fundador en sufragio de él mismo, de
Ignacia de Azcue, su mujer, y Manuel Francisco Joaquín
Sarasqueta, su hijo.
1795
(2053 / 001-00)
Testamento e inventario de los bienes de un médico de Durango.
1798
(2053 / 001-00)
Testamento particular.
José Manuel Berraondo
18... (2053 / 001-00)
Testamento de José Manuel Berraondo.
Martín de Rementeria
-beneficiado-
1802 (2053 / 001-00)
Francisco Ignacio de
Abanzabalegui
1807 (2053 / 001-00)
Testamento del licenciado Francisco Ignacio de Abanzabalegui.
Martín Alberdi 1817
(2053 / 001-00)
Testamento de Martín Alberdi.
98
TESTAMENTOS
TESTA- DORES FECHA DISPOSI-
CIONES PARTICULARIDADES RE-
DEN- CIÓN
Dámaso de Guisasola
1825 (2053 / 001-00)
Sebastián Arguiano
1827 (2053 / 001-00)
Cuentas de los testamentarios de Sebastián Arguiano.
1829
(2053 / 001-00)
Testamento de un vergarés.
María Ana de Sarasqueta
1834 (2053 / 001-00)
Testamento de María Ana de Sarasqueta.
Ramón Basauri 1836
(2062 / 027-00)
Juana de Mallea
1870-1893
(2053 / 001-00)
Cláusulas del testamento de la fundadora.
(Testamento otorgado el 30 de noviembre de 1604).
Carta aclaratoria de la misma.
Josefa de Olave 1889
(2053 / 001-00)
Aniversario durante
veinte años
Cláusula testamentaria de la fundadora estableciendo por veinte
años un aniversario por su alma.
99
CAPELLANÍAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUN- DADORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
Ibarra 1553
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Dos capellanías fundadas por Ibarra en la parroquia.
Francisco de Ybarra y su
hijo Diego de Ybarra
1580 (2060 / 009-00)
Parroquia de San Andrés Fundación de una capellanía.
María Pérez de Urquiza
1582 (2060 / 010-00)
Parroquia de San Andrés
Testamento de María Pérez de Urquiza, donde funda una capellanía en la que se nombra patrono a Martín
de Orbea, su marido.
Sancho Ortiz de Ybarra
1583 (2053 / 001-00.
p. 2)
Parroquia de San Andrés
Escritura de capitulación de capellanías que fundaron Ortiz de
Ibarra y su hermano.
1583
(2053 / 001-00)
Fundación de dos capellanías.
Francisco de Ybarra y Diego
de Ybarra
1584 (2060 / 011-00)
Parroquia de San Andrés
Documento de dos capellanías fundadas por Francisco de Ibarra y
Diego de Ibarra, su hijo.
Marco Antonio de Mallea
1592 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés Fundación de una capellanía.
Domingo de Iraegui
16... (2053 / 001-00)
Santuario de Arrate
Años de 1700: Escritura de un censo de cien ducados fundado por Jacinta de Ibarzabal a favor de la capellanía
de Domingo de Iraegui. Años de 1800: Venta de heredad de la capellanía de Domingo de Iraegui.
1822: Copia de poder otorgado a procurador para pleitear contra
Ansola por censos referentes a la capellanía de Domingo de Iraegui. 1904: Informe del párroco sobre
conmutación de rentas de la capellanía de Domingo de Iraegui.
Demuestra la conveniencia de continuarlas y mejorarlas para
constituir una congrua suficiente para la existencia de un capellán (2053 /
001-00).
100
CAPELLANÍAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUN- DADORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
Juana de Mallea
1604 (1893) 2060 /
008-00)
Parroquia de San Andrés
Testamento en donde instituye la capellanía, una obra pía para dotación
de doncellas y una obra pía para pobres.
Pleito entre el patronato y el capellán, Ignacio Arizmendi.
Entregó el
conde de
Peña-flo- rida
121 mil reales.
Joan de Ibarra 1605
(2053 / 001-00)
Ermita de San Juan
Bautista y el Evangelista de Ulsaga
En sufragio del ánima de don fray Andrés de Ubilla, obispo de Chiapa.
Catalina de Araiz
1608 (2060 / 012-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura de concierto y transacción entre el cabildo eclesiástico y
Fernando Hurtado de Mallea en razón de la capellanía de Catalina de
Araiz.
María Pérez de Urquizu
1608 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Testamento de María Pérez de Urquizu fundando una capellanía.
Andrés de Arrizabalaga
1610 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Testamento de Andrés de Arrizabalaga fundando una
capellanía.
Ana de Ansola Araiz
1613 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Testamento [de 1603, sic] de Ana de Ansola Araiz fundando una
capellanía.
Beatriz de Ibarra
1618 (2053 / 001-00)
Ermita-basílica de
San Esteban
Escritura de fundación de la basílica y de dos capellanías por Dª Beatriz
de Ibarra como albacea de su hermano, Esteban, quien dejó en su
testamento la fundación.
María de Ibarra 1625
(2064 / 022-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura de convenio y ajuste entre el cabildo eclesiástico y María de
Ibarra, viuda de Andrés de Arrizabalaga, sobre el servicio de
capellanía.
Inés de Zubelzu 1637
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura de censo otorgada por Felipe de Vergara a favor de la
anterior capellanía (1602) de Inés de Zubelzu.
101
CAPELLANÍAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUN- DADORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
Sebastián de Erviti
1655 (2053 / 001-00)
Santuario de Arrate
1655: Requerimiento del capitán Erviti.
Años de 1700: Venta en pública subasta de dos montes de la
capellanía de Sebastián de Erviti fundada en Arrate.
1726: Fundación de la capellanía del capitán Sebastián de Erviti.
1731: Censo de 300 ducados a favor de la capellanía de Sebastián de
Erviti. 1767: Sentencia en pleito sobre un censo de la capellanía de Sebastián
de Erviti (2053 / 001-00).
1755: Reden-ción de
un censo de la cape-llanía
de Sebas-tián de Erviti.
Pedro López de Iñarra
1682 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Requisitoria del cabildo sobre el pago de misas atrasadas de la capellanía de Pedro López de Iñarra, canónigo de
Toledo. Libro de la capellanía fundada por Pedro de Iñarra (2053 / 001-00).
Pedro López de Iñarra
1683 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una capellanía por Pedro López de Iñarra, canónigo de
Toledo.
Francisco Ibarra
1685 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
El Marqués de Taracena presenta para la capellanía de Francisco de Ibarra al licenciado Simón Garayo.
1696
(2053 / 001-00)
Cartas de pago de capellanías.
Ermita-basílica de San Esteban
1697 (2053 / 001-00)
Cláusulas de fundación de algunas capellanías. Carta de privilegio del
rey D. Carlos, con referencia a otras cartas de Felipe IV sobre capellanías
y sacristanes de la basílica.
Juan de Ybarra 1699
(2060 / 014-00)
Parroquia de San Andrés Fundación de una capellanía.
Martín de Larreategui
Siglo XVIII (2053 / 001-00)
Libro de visitas y cuentas de la
capellanía fundada por Martín de Larreategui.
17...
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés Bienes de capellanías.
102
CAPELLANÍAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUN- DADORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
Juan de Mallea 17...
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Un libro de la capellanía fundada por Juan de Mallea con sus cuentas,
censos, etc.
Jacinta de Ibarzabal
17... (2053 / 001-00)
Santuario de Arrate
Escritura de un censo de cien ducados fundado por Jacinta de
Ibarzabal a favor de la capellanía de Domingo de Iraegui.
Francisco de Unzueta Jáuregui
1701 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Dos libros de la capellanía fundada por Francisco de Unzueta Jáuregui,
en pergamino.
Gabriel de Mallea
1703 (2060 / 015-00)
Parroquia de San Andrés Cuentas.
Domingo de Ugarte
1741 (2060 / 016-00)
Parroquia de San Andrés
Cláusula de fundación de la capellanía fundada por Domingo de
Ugarte. 1764: Cláusula de la fundación de la
capellanía de Domingo de Ugarte (2053 / 001-00).
Inés de Zubelzu 1744
(2053 / 001-00)
Venta de una casa y huerta a favor de la capellanía de Inés de Zubelzu.
1853: Licencia para administrar la capellanía de Inés de Zubelzu (2053 /
001-00).
Francisco de Ibarra
1762 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Reclamación de censos de la capellanía de Francisco de Ibarra.
Sebastián Unzueta
1764 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Orden del obispo de Calahorra para que los herederos de Juan Francisco
Barraicua devuelvan ciertas rentas de la capellanía fundada por Sebastián
Unzueta.
Sebastián Eguiguren
1767 (2066 / 002-00)
Parroquia de San Andrés
Pleito de la capellanía fundada por Sebastián de Eguiguren.
Sebastián de Erviti
1770 (2058 / 033-00)
Parroquia de San Andrés
María Guisasola
1774 (2058 / 034-00)
Parroquia de San Andrés
Censo fundado por Domingo de Areta.
103
CAPELLANÍAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUN- DADORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
Nicolás de Ybarra
1780 (2053 / 001-00)
Ermita de la Cruz de Ibarra
Poder otorgado al cura de Izurza para cobro de intereses de un censo a
favor de una capellanía de la ermita de la Cruz de Ibarra.
1788: Poder al cura de Izurza para cobro de intereses atrasados de un censo a favor de la capellanía de
Nicolás de Eguiguren en la ermita de la Cruz de Ibarra (2060 / 017-00).
Nicolás Abad de Eguiguren
1788 (2060 / 017-00)
Ermita de la Cruz de Ibarra
Ermita-basílica de San Esteban
1793 (2053 / 001-00)
Libro de cuentas de las dos capellanías.
Salvador y Domingo de
Areta
1794 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Censo para capellanía otorgado por Salvador y Domingo Areta. 1797: Contra la casería de
Mendigoitia (2058 / 011-00).
1799
(2060 / 018-00)
Parroquia de San Andrés
Embargo contra Andrés Leceta por no satisfacer obligaciones de una
capellanía.
Sebastián de Erviti
1800 (2053 / 007-00)
Santuario de Arrate
Capellanía fundada por Sebastián de Erviti en la ermita de Arrate.
Ramón Aldasoro
1810 (2058 / 035-00)
Ramón Aldasoro
1810 (2058 / 035-00)
Parroquia de San Andrés
Constitución de un censo en sustitución de otro anterior redimido
en 1810.
1810
(2053 / 001-00)
Redención de un censo de la
capellanía que posee D. Ramón de Aldasoro y su sustitución por otro.
1810
Iraragorri
1823-1839
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Documento y carta de pago de la capellanía de Iraragorri.
Fernando de Espilla
1827 (2060 / 019-00)
Parroquia de San Andrés
Embargo de una hipoteca a favor de la capellanía de Fernando de Espilla.
104
CAPELLANÍAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUN- DADORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
1832
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
El capellán, D. Antonio Ventura de Orbea, solicita se complete la
cantidad con que fue otorgada la capellanía.
María Ignacia de
Gorrochategui y Rufino Mandiola
1892 (2060 / 021-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura de fundación de la capellanía Mandiola otorgada por
María Ignacia de Gorrochategui en su propio nombre y en el de su esposo, Rufino Mandiola. Fundación de una
beca para estudios de carrera eclesiástica. Fundación, cuentas y
visitas. Dierum catalogus.
María Ignacia de
Gorrochategui
1893 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capellanía fundada por Dª María Ignacia de Gorrochategui.
1897
(2053 / 001-00)
Astigarribia Sobre la capellanía de Astigarribia.
María Casado 1918
(2053 / 001-00)
Recibo del administrador de capellanías referente a la dotación de santas misiones fundada por María
Casado.
CAPELLANÍAS EN SAN MIGUEL ARCÁNGEL DEBE
LA CASE- RÍA O PER- SONA
CEN- SO
RENTA ANUAL
PERSONA Y BIENES
DEL DEUDOR
LUGAR DE OTORGA- MIENTO
FECHA DE OTORGA- MIENTO
CAPELLA- NÍA A LA
QUE PERTENECE
Feliz de Eguía
20 duca dos de princi-
pal
6 reales y 20
marave-díes
Francisco de Mallagora y su heredero,
Feliz de Eguía
“Hermoa” 20 de mayo de 1587 Suinaga
Amuru-tegui
20 duca dos de princi-
pal
13 reales y 6 mara-
vedíes Amurutegui 8 de junio
de 1591 Suinaga
105
CAPELLANÍAS EN SAN MIGUEL ARCÁNGEL DEBE
LA CASE- RÍA O PER- SONA
CEN- SO
RENTA ANUAL
PERSONA Y BIENES
DEL DEUDOR
LUGAR DE OTORGA- MIENTO
FECHA DE OTORGA- MIENTO
CAPELLA- NÍA A LA
QUE PERTENECE
Pedro de
Azpiri
30 duca- dos de princi-
pal
9 reales y 30 mara-
vedíes
Pedro de Azpiri “Heibar”
7 de noviembre
de 1622 Suinaga
Casería Aguina-ga Az-picua
40 du-cados
de princi-
pal
13 reales y 6 mara-
vedíes
Pedro de Azpiri “Hermoa” 20 de julio
de 1628 Suinaga
Andrés de
Larra-beitia
20 du-cados
de plata de
princi- pal
6 reales y 20 mara-
vedíes
Andrés de Larrabeitia “Eybar”
18 de septiembre
de 1629 Orbea
Zearreta
20 du-cados
de princi-
pal
6 reales y 20 mara-
vedíes
Francisco de Iloro
Zearreta “Eybar”
18 de septiembre
de 1649 Orbea
Francis-co de
Zearreta
110 duca- dos de
plata de princi-
pal
36 reales y 10
marave- díes
Francisco de Zearreta “Heibar” 1 de febrero
de 1666 Orbea
Francis-co de
Zearreta
20 du-cados
de plata de
princi- pal
6 reales y 20 mara-
vedíes
Francisco de Zearreta Barinaga 25 de junio
de 1672 Orbea
Casería de
Arcocha
20 du-cados
de plata de
princi- pal
13 reales y 6 mara-
vedíes
Domingo de Arcocha “Echabarria” 11 de marzo
de 1674 Orbea
106
CAPELLANÍAS EN SAN MIGUEL ARCÁNGEL DEBE
LA CASE RÍA O PER
SONA
CEN SO
RENTA ANUAL
PERSONA Y BIENES
DEL DEUDOR
LUGAR DE OTORGA MIENTO
FECHA DE OTORGA MIENTO
CAPELLA NÍA A LA
QUE PERTENECE
Francis-co de
Zearreta
20 du-cados
de plata de
princi- pal
6 reales y 20 mara-
vedíes
Francisco de Zearreta Barinaga
26 de febrero de
1674 Orbea
Suinaga
50 du-cados
de princi-
pal
16 reales y medio
Joan de Suinaga Marquina 3 de Henero
de 1679 Suinaga
Amuru- tegui. A la sazón Abuaga
80 du-cados
de princi-
pal
26 reales y 13
marave- díes
Antonio de Amurutegui “Eybar” 16 de abril
de 1706 Orbea
80 du-cados
de capital
26 reales con 14
marave- díes
Juan de Mendecute “Eybar” 29 de enero
de 1778
Perteneciente a la capellanía de Suinaga.
ANIVERSARIOS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUNDA- DORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
Martín Luis Eguiguren y Domingo de
Lixalde
1605 (2059 / 012-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación entre los fundadores para un aniversario por el alma de
Martín Eguiguren.
1609
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés Fundación de tres aniversarios.
Domingo de Lixalde
1619 (2059 / 017-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de aniversarios que mandó Domingo de Lixalde en
sufragio de su “anima” y de Domingo Ibáñez Lixalde, su padre.
Francisco de Ibarra
1630 (2058 / 043-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de cinco aniversarios. Escritura y capitulación en 1633
(2059 / 001-00).
Francisco Ibarra y García
1633 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de aniversarios fundados por Francisco Ibarra y
García.
107
ANIVERSARIOS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUNDA- DORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
María Ignacia Zubiaurre
1770 (2059 / 007-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura de dos aniversarios a favor de Juan Bautista de Mendizábal, su
difunto marido, y María Antonia Mendizabal, su hija.
1789
(2059 / 043-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de un aniversario en sufragio de Josef de Echeverría y
Josefa de Aizpuru.
Josefa de Olave 1889
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Cláusula testamentaria de Josefa de Olave estableciendo por veinte años
un aniversario por su alma.
Concepción Zavala
1639 (2059 / 002-00)
Parroquia de San Andrés
María Beltrán de Irure
1640 (2053 / 001-00.
p. 4)
Parroquia de San Andrés Fundación de aniversario.
Lázaro de Aceles Orbea
1667 (2059 / 003-00)
Parroquia de San Andrés
Aniversario. Fundado por Miguel Arizmendi y Juan de Irraurdieta como testamentario de Lázaro
Aceles.
Francisco de Ibarzabal
1670 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura de un aniversario del contador Francisco de Ibarzabal.
Mayorazgo de Unzueta
171... (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Testamento del mayorazgo de Unzueta estableciendo varios
aniversarios.
Águeda de Vergara
1725 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Testamento de Águeda de Vergara estableciendo aniversarios.
Joaquín de Inchaurdieta
1754 (2059 / 006-00)
Parroquia de San Andrés Capitulación de un aniversario.
108
ANIVERSARIOS EN SAN MIGUEL ARCÁNGEL DEBE
LA CASE- RÍA O PER- SONA
CEN- SO
RENTA ANUAL
PERSONA Y BIENES
DEL DEUDOR
LUGAR DE OTORGA- MIENTO
FECHA DE OTORGA- MIENTO
CAPELLA- NÍA A LA
QUE PERTENECE
Suinaga
20 du-cados
de princi-
pal
6 reales y 20
marave- díes
Joan de Suinaga “Heibar” 27 de junio
de 1690
Aniversario de Francisco de Amurutegui.
Suinaga
20 du-cados
de princi-
pal
6 reales y 20
marave- díes
Joan de Suinaga “Heibar” 27 de junio
de 1690
Memoria de Francisco de Amurutegui.
Asai- sabel
50 du-cados
de princi-
pal
16 reales y medio
Domingo de Bareta
Asaisabel Marquina
20 de “Henero” de
1696
Memoria de 5 misas -fundó
Luisa de Aguinaga por el ánima de Francisco de Aguinaga, su
suegro.
Amura- tegui
80 du-cados
de plata de
princi- pal
26 reales y 13
marave- díes
Amurategui “Heibar” 26 de
“Henero” de 1700
A la memoria perpetua de 8
misas de Magdalena de
Arizpe.
Casería Aguina- ga Az-picoa
30 du-cados
de princi-
pal
9 reales y 30
marave- díes
Francisco Azpiri.
Aguinaga de “suso”
“Heibar” 21 de
diciembre de 1719
Memoria fundada por el
dicho Francisco por la “ánima” de su padre, Joan
de Azpiri.
Acha
50 du-cados
de princi-
al
16 reales y medio
Alonso de Acha “Heibar “ 19 de mayo
de 1743
Memoria de Pedro,
Francisco y Luisa de
Aguinaga.
Iregui
30 du-cados
de princi-
pal
9 reales y 30
marave- díes
Francisco de Iregui “Heibar” 2 de mayo
de 1755
Perteneciente a la memoria de misa cantada fundada por Francisco de Aguinaga de
“Suso”.
109
MEMORIAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUNDA- DORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
María de Olaeta
1604 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés Fundación de memorias.
Joan de Ibarra 1605
(2058 / 040-00)
Ermita de “Ulzaga” Concierto de capitulación.
Marisa Pérez de Urquiar
1609 (2058 / 042-01)
Parroquia de San Andrés
Declaración a favor de la memoria de Martín de Orbea en 1620 (2058 /
042-02).
Marisa Pérez de Orbea y Martín de
Orbea
1610 (2058 / 041-00)
Parroquia de San Andrés
Marcos Abad de Arguiano
1637 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura entre el cabildo y Marcos Abad de Arguiano sobre la memoria
que dejó Inés de Zubelzu.
1646
(2053 / 001-00)
Libro de la fundación de memorias de doncellas pobres.
Nicolás Abad de Eguiguren
1764 (2057 / 001-00)
Ermita de la Cruz de Ibarra
Fundó una memoria de misas.
Manuel de Egocheaga
1775 (2053 / 005-00)
Santuario de Arrate
Martín de Rementería
1798 (2053 / 001-00)
Elgoibar
Memoria de misa de alba. Y refiere los quebrantos que padeció el
referido beneficiado en el incendio de los franceses.
110
MEMORIAS EN SAN MIGUEL ARCÁNGEL DEBE
LA CASE- RÍA O PER- SONA
CEN- SO
RENTA ANUAL
PERSONAY BIENES
DEL DEUDOR
LUGAR DE OTORGA- MIENTO
FECHA DE OTORGA- MIENTO
PARTICU-LARIDADES
Abuaga
75 du-cados
de princi-
pal
24 reales y 25
marave-díes
Juan Bautista de Bascaran
“Eybar” 3 de
diciembre de 1805
“Perteneciente a la pía
memoria fundada por Miguel de
Azpiri a favor de las ánimas de su padre difunto, otro
Miguel; Magdalena de
Elordi, su madre; y
Francisca de Maguregui, su
madrastra o madre
política”.
111
MISAS PERPETUAS, SOLEMNES, CANTADAS Y REZADAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUNDA- DORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE DEN
CIÓN
Martín Abad de Mandiola
1500 (2059 / 008-00)
Parroquia de San Andrés
Establecimiento de misas perpetuas con el cabildo eclesiástico.
Francisco de Iruceta
1575 (2059 / 009-00)
Parroquia de San Andrés
Once misas cantadas. Contrato del cabildo y los testamentarios de
Francisco de Iruceta
Ortuño de Ibarra
1578 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulaciones con las perpetuas de Ortuño de Ibarra y otros instrumentos
sobre el juro de Vitoria.
Sancho Ortiz de Ybarra
1583 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura de capitulación de misas que fundaron Ortiz de Ibarra y su
hermano.
Martín Abad de Mandiola
1586 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés Fundación de misas perpetuas.
Catalina de Cutuneguieta
1587 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de misas perpetuas y un nocturno.
Francisco de Lixalde
1594 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Concordia entre el cabildo y Francisco de Lixalde acerca de misas
que dejó éste fundadas.
Magdalena de Mallea y Ubisetadi
1600 (2059 / 011-00)
Parroquia de San Andrés
Doce misas rezadas. Capitulación entre el cabildo de San Andrés y los
testamentarios de Magdalena de Mallea y Ubisetadi.
Obispo de Chiaga
1612 (2053 / 001-00)
Ermita de “Ulzaga”
Fundación de una misa cantada en “Ulzaga” por el obispo de Chiapa.
Ana de Isasi 1612
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulaciones entre el cabildo y testamentarios de Ana de Isasi fundando una misa perpetua.
Dominga de Iraegui
1613 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de misas a memoria de Dominga de Iraegui.
Ana de Izuri 1613
(2059 / 013-00).
Parroquia de San Andrés
Capitulación entre el cabildo eclesiástico y Cristóbal de Lugadi y
Juana de Otaola sobre la misa perpetua que instituyó Ana de Izuri.
Cristóbal de Lugadi
1614 (2059 / 014-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación entre el cabildo eclesiástico y Cristóbal de Lugadi, como marido de Juana de Olavio,
estableciendo dos misas perpetuas de una hermana de esta última.
112
MISAS PERPETUAS, SOLEMNES, CANTADAS Y REZADAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUNDA- DORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE DEN
CIÓN
Joan García de Zarriategui
1615 (2059 / 015-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de misas perpetuas que otorgó el cabildo eclesiástico a Joan
García de Zarriategui.
1615
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Un libro de hijuelas de misas, aniversarios y Vísperas cantadas y rezadas por el cabildo -de 1615 a
1716.
Domingo Orbea
1618 (2059 / 016-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de misas a la memoria de Iraegui, mujer de Domingo Orbea.
Domingo de Lixalde
1619 (2059 / 017-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación sobre misas perpetuas que mandó Domingo de Lixalde en
sufragio de su “anima” y de Domingo Ibáñez Lixalde, su padre.
Catalina de Mendiola
1625 (2059 / 018-01)
Parroquia de San Andrés
Convenio entre el cabildo eclesiástico y Catalina de Mendiola fundando una
misa perpetua.
Juan García de Larreategui
1625 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de misas perpetuas dispuestas por Juan García de
Larreategui.
Domingo Abad de Iturrai
1625-1632
(2062 / 008-00)
Parroquia de San Andrés
Convenios entre el cabildo y su testamentario sobre las misas que fundó Domingo Abad de Iturrai.
María Iturbe 1627
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Testamento de María Iturbe estableciendo misas perpetuas.
Jerónima de Isasi
1631 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Convenio entre el cabildo y testamentario de Jerónima de Isasi
estableciendo misas perpetuas.
Cristóbal de Sugadi
1634 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación entre el cabildo y Cristóbal de Sugadi, como marido de Juana de Otaola, estableciendo misas
perpetuas.
Domingo de Acuriola
1648 (2063 / 022-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura entre el cabildo eclesiástico de la parroquia y Domingo de
Acuriola de una misa cantada a favor de Domenxa Eysabel de Acuriola.
María Ángeles de Orbea
1650 (2059 / 019-00)
Parroquia de San Andrés Fundación de una misa cantada.
113
MISAS PERPETUAS, SOLEMNES, CANTADAS Y REZADAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUNDA- DORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE DEN
CIÓN
Damián de Acaldegui
1654 (2059 / 020-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de misas entre el cabildo eclesiástico y Domingo Abad
Ulerquella sobre unas misas perpetuas.
Juan de Iraragorri
1656 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Concierto de misas fundadas por Juan de Iraragorri.
Martín López de Azaldegui
1656 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Convenio entre el cabildo y Martín López de Azaldegui fundando dos
misas.
Lázaro de Aceles Orbea
1667 (2059 / 003-00)
Parroquia de San Andrés
Cinco misas perpetuas fundadas por Miguel Arizmendi y Juan de
Irraurdieta como testamentario de Lázaro Aceles Orbea.
Juan de Larreategui
1670 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura de una misa perpetua por Juan de Larreategui.
1671
(2059 / 022-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa a favor de Juan de Larreategui.
Martín López de Azaldegui
1673 (2063 / 023-00)
Parroquia de San Andrés
Concierto entre el cabildo eclesiástico y Martín López de
Azaldegui para fundación de dos misas.
1675
(2059 / 023-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa perpetua con responso a favor de Juan
Clemente Olave.
Josefa de Celaya
1676 (2059 / 024-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de las misas que fundó Josefa de Celaya: una para Juan de Leceta, su marido, y otra para ella.
Mariana de Izarra
1678 (2059 / 025-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de misas cantadas por el cabildo eclesiástico en sufragio de
Mariana de Izarra.
Úrsula de Azpiroz
1683 (2059 / 026-00)
Parroquia de San Andrés Misa perpetua por Úrsula de Azpiroz.
María Eguiguren
1685 (2059 / 027-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de misas perpetuas que hicieron los albaceas de María
Eguiguren otorgada por el cabildo.
Juan de Insaurdieta
1688 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulado de Juan Insaurdieta de la deuda perpetua fundada.
114
MISAS PERPETUAS, SOLEMNES, CANTADAS Y REZADAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUNDA DORES
FECHA DE
FUNDACIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE DEN
CIÓN
María de Eguiguren
1695 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulado de las misas fundadas por los albaceas de María de Eguiguren.
María de Mendizabal
1699 (2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulado de las misas perpetuas de María de Mendizabal.
17...
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés Capitulado de dos misas cantadas.
Casa Iñarra 1700
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulado de cinco misas perpetuas establecidas por la Casa Iñarra.
Antonia de Iraurdieta
1704 (2059 / 029-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de las misas cantadas mandadas por Antonia de Iraurdieta.
María de Aramburu
1708 (2062 / 020-00)
Parroquia de San Andrés
Misas en sufragio por el alma de María de Aramburu.
Josep de Guisasola
1710 (2059 / 030-00)
Parroquia de San Andrés
Misa perpetua cantada por el cabildo a favor del alma de Joseph de
Guisasola.
Mayorazgo de Unzueta
1712 (2062 / 021-00)
Parroquia de San Andrés,
Elgoibar, Pamplona y
Azitain.
Testamento del Mayorazgo de Unzueta, hijo del capitán Sebastián Sarriegui, en el que se establecen
varias misas.
Mayorazgo de Unzueta
1712 (2062 / 021-00
Palacio de Unzueta o ermita de Azitain
Con cargo y obligación de dos misas rezadas en el palacio o en la ermita.
Rafaela de Echeverría
1714 (2062 / 022-00)
Parroquia de San Andrés
Testamento de Rafaela de Echeverría, donde se establecen
varias mandas de misas.
María Artamendi
1731 (2059 / 031-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa perpetua cantada en sufragio de María
Artamendi.
Francisco Ibarra
1751 (2053 / 001-00
Parroquia de San Andrés
Testamento de Francisco Ibarra y ejecución de su manda de seis misas
solemnes anuales.
1762
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa cantada por el alma de Bautista de Olave y Luisa
de Egurza.
115
MISAS PERPETUAS, SOLEMNES, CANTADAS Y REZADAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUNDA DORES
FECHA DE
FUNDACIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE DEN
CIÓN
1764
(2053 / 001-00)
Capitulación de una misa por Miguel Arizmendi-Arrieta.
1765
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa cantada por Félix de Sologoen.
1775
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa perpetua a favor de Juan Clemente Olave.
1775
(2053 / 001-00)
Santuario de Arrate
Fundación de una misa cantada en Arrate.
Felipe Echeverría
1775 (2059 / 034-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa perpetua cantada en sufragio de María
Mendizaval, primera mujer de Felipe Echeverría.
Marcos Hormaechea
1775 (2059 / 035-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa cantada perpetua entre el cabildo eclesiástico
y Marcos Hormaechea.
Francisco Areta 1775
(2059 / 036-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa perpetua con responso entre el cabildo
eclesiástico y Francisco de Areta.
Sebastián de Elorza
1781 (2059 / 037-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa cantada perpetua entre el cabildo eclesiástico
y Sebastián de Elorza.
1781
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa cantada perpetua con responso.
Caserío de Sumendiaga
1783 (2059 / 038-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa cantada por el caserío de Sumendiaga.
Sebastián de Elorza
1785 (2059 / 039-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de misas cantadas entre el cabildo eclesiástico y Sebastián de
Elorza.
1789
(2059 / 040-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de cinco misas perpetuas cantadas.
Francisca de Urquiza
1789 (2059 / 041-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de tres misas cantadas otorgadas por el cabildo eclesiástico en sufragio de Francisca de Urquiza,
sus padres, abuelos y parientes.
116
MISAS PERPETUAS, SOLEMNES, CANTADAS Y REZADAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUNDA- DORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
Ana Joaquina de Usabiaga
1789 (2059 / 042-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de cinco misas cantadas instituidas en testamento de Ana
Joaquina de Usabiaga.
1789
(2959 / 043-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de dos misas cantadas en sufragio de Joseph de Echeverría y
Josefa de Aizpurua.
1789
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés Fundación de tres misas cantadas.
1789
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés Capitulación de una misa cantada.
1789
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés Capitulación de dos misas.
1791
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Capitulación de una misa perpetua cantada con responso.
Josefina Sarasqueta y
Guisasola
1791 (2060 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa cantada a favor de Josefina Sarasqueta y
Guisasola.
1791
(2060 / 003-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa cantada otorgada por el cabildo eclesiástico en sufragio de María de Urzundia y Francisco de Bertolaza, su marido.
Francisco Antonio de Sarasqueta
1791 (2060 / 002-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa cantada y diaconada anual y perpetua, instituidas en testamento de
Francisco Antonio de Sarasqueta en sufragio de él mismo, de Ignacia de
Azcue, su mujer, y Manuel Francisco Joaquín Sarasqueta, su hijo.
1795
(2060 / 004-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa cantada con responso por el cabildo eclesiástico
en sufragio de José Antonio Unceta y Vergara.
1795
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa cantada anual.
1796
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Dos fundaciones de misas cantadas con sus responsos.
117
MISAS PERPETUAS, SOLEMNES, CANTADAS Y REZADAS EN SAN ANDRÉS APÓSTOL
FUNDA- DORES
FECHA DE
FUNDA-CIÓN
A CARGO DE PARTICULARIDADES
RE- DEN- CIÓN
1796
(2060 / 005-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa y responso cantados por el cabildo eclesiástico
en sufragio de María Luisa Sarasqueta.
1796
(2060 / 006-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa cantada con responso por el cabildo en sufragio
de Teresa de Vergara.
Martín de Rementería
1798 (2053 / 001-00. p. 13)
Parroquia de San Andrés
El beneficiado Martín de Rementería funda una obra pía de dotación de doncellas y varias misas cantadas.
Refiere los quebrantos que padeció el referido beneficiado en el incendio de
los franceses.
1800
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa por Ignacio de Unamuno.
Cristóbal de Pagoegui
1801 (2060 / 007-00)
Parroquia de San Andrés
Escritura de convenio del cabildo eclesiástico para la celebración de una misa perpetua por el alma de
Cristóbal Pagoegui.
1826
(2053 / 001-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa cantada anual. Permuta de terrenos.
Pedro Antonio Ganchegui
1826 (2060 / 007-00)
Parroquia de San Andrés
Fundación de una misa cantada por Pedro Antonio Ganchegui, en
sufragio de su alma y las de sus padres.
Tellería 1905
(2061 / 015-02)
Parroquia de San Andrés
Fundación Tellería de una misa anual.
Merasaluce 1915
(2061 / 015-03)
Parroquia de San Andrés
Fundación Merasaluce de siete misas anuales.
Alberdi 1927
(2061 / 015-05)
Parroquia de San Andrés
Fundación Alberdi para celebración de misa solemne el día de Nuestra Señora del Carmen o en el Sagrado
Corazón de Jesús.
118
MISAS PERPETUAS, CANTADAS Y REZADAS EN SAN MIGUEL ARCÁNGEL
FUN- DADO-
RES
CEN- SO
REN- TA A-
NUAL
PERSO- NA
Y BIENESDEL
DEUDOR
LUGAR DE
OTOR- GA-
MIENTO
FECHA DE
OTOR- GA-
MIEN- TO
PARTICULA- RIDADES
María Juana
de Suinaga
Cantadas sin nocturno y con responso en la
sepultura de Suinaga por la pía memoria de María Juana de Suinaga; ésta
se puede celebrar y aplicar el día de jueves santo en que siempre se dice cantada. Según su
institución sobran 5 reales
75 du-cados
24 reales y
25 mara- vedíes
y medio
Tres misas cantadas con sus nocturnos y
responsos a favor de Miguel de Azpiri,
Magdalena de Ilordui y Francisca de Maguregui, “celebraderas el día de
San Francisco, 4 de octubre y dos días
siguientes a cada año. Su plazo: Día 30 de
diciembre”.
Seroras o freilas
Here- dad que cultiva
el sacris-
tán.
5 reales
Sacristán de la
anteiglesia de
Aguinaga
5 reales por la renta de la heredad que cultiva, y con ellos se cumple la memoria de una misa rezada de las seroras o freilas que hubo en esta
iglesia parroquial de Aguinaga.
Arando Aurtena
50 du-cados
de plata de
princi- pal
16 reales y medio
Domingo de
Mendecute y Mariana
de Echabarria, dueños de la casería Arando Aurtena
“Heibar” 17 de agosto
de 1715
“Perteneciente a la Hermita de San Román, sita en esta anteiglesia”.
119
MISAS PERPETUAS, CANTADAS Y REZADAS EN SAN MIGUEL ARCÁNGEL
FUN- DADO-
RES
CEN- SO
RENTA ANUAL
PERSONAY BIENES
DEL DEUDOR
LUGAR DE OTORGA- MIENTO
FECHA DE OTORGA- MIENTO
PARTICU-LARIDADES
Casa Arando Aurtena
80 du-cados
de princi-
pal
26 reales y 13
marave- díes
Francisco Ignacio de Eguiguren,
Aguinaga
“Cuya escritura falta; pero según me han informado
se halla presentada en el concurso de acreedores que está formado de sus bienes
ante el F. Alcalde de la
Villa de Mondragón en
el año de 1743”.
Juan y Miguel Ayzpiri
30 de
diciembre de 1805
“Tres misas cantadas con nocturnos por la pía memoria
de Juan y Miguel
Ayzpiri, nieto y abuelo. Todas con
responso en la sepultura de Aguinaga
Abajo, como se advierte con la escritura de
su razón”.
Orbea Soraen
24 du-cados 8 reales Orbea
Soraen “Eybar” 20 de mayo de 1809
“Con obligación de
una misa cantada
celebradera el 10 de agosto
por Lorenzo de Orbea Soraen, que así mandó
en su testamento”.
120
MISAS PERPETUAS, CANTADAS Y REZADAS EN SAN MIGUEL ARCÁNGEL
FUN- DA-
DORES
CEN- SO
RENTA ANUAL
PERSONAY BIENES
DEL DEUDOR
LUGAR DE OTOR-
GAMIENTO
FECHA DE OTORGA- MIENTO
PARTICU-LARIDADES
Catalina de
Done- garay
20 du-cados
de vellón
de princi-
pal
9 reales y ... mara-vedíes
Agustín de Iriondo y Guisasola Escaregui
24 de agosto de 1819
“A favor de las pías memorias
de celebrar misas que
fundó Catalina de Donegaray en la iglesia de
Aguinaga”.
José Miguel
de Guisa-
sola
100 duca- dos
3 ducados José
Miguel de Guisasola
12 de mayo de 1832
“Otorgada por José Miguel de
Guisasola a favor del rector de Aguinaga,
constituyendo-se dicho
Guisasola fiador
mancomunado de dicha
capitalidad y su rédito anual”.
121
ANEXO
123
NOVENA A LA CONCEPCIÓN PURÍSIMA DE LA MADRE DE DIOS DE ARRATE
En un libro que en 1929 escribió el a la sazón párroco de San Andrés Apóstol de Eibar, se recogen, en su segunda parte, el ritual y texto de la novena, felicitaciones, súplicas e himnos a la Virgen de Arrate1. Si bien los textos oracionales son más antiguos, ellos fueron adaptados en ese momento. Por su parte, las letras de los himnos son de esa época. Ambas cosas, en todo caso, constituyen un testimonio de la piedad popular y, por ello, dignos de ser conocidos. Por la Señal... Señor mío Jesucristo... Oración preparatoria para todos los días (1) Acordaos, ¡oh piadosísima Virgen María!, que jamás se oyó decir que ninguno de los que han acudido a vuestra protección, implorado vuestra asistencia y reclamado vuestro socorro, haya sido abandonado de Vos. Animado con esta confianza, a Vos también acudo, ¡oh Virgen Madre de las Vírgenes! y gimiendo bajo el peso de mis pecados, me atrevo a parecer ante vuestra presencia soberana, pidiéndoos piedad. ¡Oh Madre de Dios! no despreciéis mis súplicas, antes bien escuchadlas y acogedlas favorable-mente. Amén. DIA PRIMERO. La Virgen de Arrate es madre y reina de misericordia Con justa razón podemos llamar a la Virgen de Arrate madre y reina de misericordia. María es reina dulce, reina clemente, reina inclinada a favorecer siempre a los miserables mortales. Ella, como dice San Bernardo, abre los tesoros infinitos de la misericordia divina, y los reparte a quien quiere, cuando quiere y como quiere. Y su misericordia no sólo se extiende a las almas, sino también se preocupa Ella de las miserias corporales.
Por eso es madre y reina de los pobres de Eibar, que congregó bajo su manto misericordioso al Hospital, donde se cobijaban los pobres necesitados de su querido pueblo, y a quien la Iglesia enriqueció con indulgencias, gracias, favores y jubileos que tenían los cofrades de Arrate. Gracias a estos desvelos, los pobres de Eibar gozaron de la protección espiritual y corporal de la Virgen de Arrate y los eibarreses, que con sus limosnas acudían al sostenimiento de la Cofradía y Hospital, fueron también favorecidos con los tesoros obtenidos por la intercesión de esa amantísima madre, pues que ganaban las indulgencias concedidas por varios pontífices, y de una manera especial por Pío IV. Grande debe ser, pues, la confianza y el amor de los eibarreses a esta su madre, reina y pa-
1 E. URROZ, Historial y novena, en op. cit., pp. 71-94.
124
trona, que aún hoy en día está ansiosa de ayudar a los necesitados hijos suyos y enriquecer a los misericordiosos. Oración Aquí me tenéis, Señora, delante de Vos, como un pobre andrajoso y lleno de llagas en presencia de una reina poderosa. Desde ese trono tan elevado, no os desdeñéis de volver a este miserable pecador vuestros ojos misericordiosos. Dios os colmó de tantas riquezas para que socorráis a los pobres, y os hizo reina de misericordia y madre de piedad para que amparéis a los miserables. Miradme, pues, y compadeceos de mí. Miradme, y no me dejéis hasta mudarme enteramente de pobre pecador en justo. Recibidme, madre soberana, como cosa vuestra y cuidad continuamente de mi salvación. Si hasta ahora, por mi desgracia, os he servido mal, propongo ser en adelante uno de vuestros esclavos más leales. ¡Oh reina y madre mía amabilísima! Así os lo prometo, y así espero cumplir con vuestro auxilio poderoso. Alcanzadme también la gracia especial que os pido en esta novena. Amén. Mater amabilis, ora pro nobis. Tres Ave Marías, y pídase la gracia que se desea obtener en la novena. Oración final para todos los días (2) ¡Madre de Dios y madre mía¡ El inmenso amor al pecador en que vuestro dulcísimo corazón arde, os movió a establecer vuestro trono de piedad en las alturas de Arrate, desde donde derramáis vuestras misericordias a los que invocan vuestra clemencia y piedad; desde ahí anheláis ablandar los corazones endurecidos por el pecado, elevar a la perfección a las almas débiles y enfermizas, enjugar las lágrimas de los que luchan en este mundo de miserias y guiar al desterrado por las sendas seguras de la virtud. Desde ese trono de tu amor, escucha, inmaculada madre mía, mis pobres pero sinceras súplicas. Tuyo soy y esclavo tuyo quiero ser toda mi vida. Y no contento con ofrecerte esta pequeña ofrenda de mi esclavitud, deseo ardientemente traer a tus pies a todo este tu pueblo. Mira, madre misericordiosísima de Arrate, cuántos hijos tuyos viven alejados de ti y de tu divino Hijo. Mira cuántos se han extraviado por el error y vicio. Condúcenos a todos al corazón de tu querido Hijo, para que por ti nos reciba quien por ti nos redimió. Haz que este pueblo sea en verdad tuyo, que cada uno de nosotros se convierta en perfecto discípulo, imitador y esclavo tuyo y de tu Hijo Jesucristo, a fin de que imitándoos en la tierra, gocemos de la gloria en los cielos. Amén. DÍA SEGUNDO. Por la señal... Señor mío, Jesucristo... Oración preparatoria (1)
125
La Madre de Arrate es descanso y refrigerio de los desterrados hijos de Eva Desterrados y peregrinos vamos caminando por este valle de lágrimas los hijos de Eva, reos de su misma culpa, condenados a la misma pena y siempre lamentando los males que sufrimos de cuerpo y alma. ¡Feliz quien se refugia y descansa en esa madre amorosa! Bien sabía la madre de Arrate que, peregrinando por estos valles de miserias y pecados, estábamos expuestos a asaltos de enemigos mortales y a rigores e inclemencias de las pasiones. Y quiso hacernos ver que ella seria en tales ocasiones tristes el asilo más seguro, el refugio más consolador, Para que los peregrinos de Santiago y Tierra Santa descansaran y refrigerasen inspiró a sus devotos cofrades la organización de una casa, bajo el mismo techo que su Santuario. Allí encontraban donde pernoctar, allí se les daba alimento y fuego para calentarse. Prenda segura para depositar una ilimitada confianza en su corazón maternal. Cuando en el peregrinar de la vida, la noche del pecado invada de oscuridad y tristeza nuestro corazón, recurramos al corazón dulcísimo de la Madre de Dios de Arrate. Cuando el frío de la tibieza hiele nuestra alma, en esa bienaventurada virgen encontraremos calor y devoción. Confiando en ella no sentiremos cansancio en esta peregrinación de la vida mortal; cobijándonos en su corazón nos veremos libres de los asaltos inesperados de nuestros enemigos; guiándonos ella, no perderemos el camino de la vida eterna. Confiemos en la Madre de Arrate, que ella es para nosotros prenda segura de salvación. Imposible que nos perdamos si a ella con verdadera fe recurrimos en todos los apuros de la vida. Oración Ved aquí a vuestros pies, ¡oh refugio mío! A un pecador miserable, que por culpa suya fue esclavo de pecados. Conozco que el haberme vencido y preso fui por no acudir a valerme de Vos. Espero que por vuestro favor habré recobrado la libertad y alcanzado la misericordia divina. Pero en lo porvenir, temo no me vuelvan a prender y atar mis enemigos con sus engaños y cadenas. Ayudadme Vos, reina y señora mía; guiadme en este camino peligroso de la vida; cobijadme bajo vuestro manto; y no permitáis que de nuevo venga a ser esclavo del pecado. Bien se que me salvaré si a Vos acudo. Pero este es el temor que ahora me aflige, temor de olvidarme de Vos en la ocasión y peligro de pecar. Esta es, pues, la gracia que hu-mildemente os pido, madre mía de Arrate. Que clame a Vos en medio de la tentación, que me cobije en vuestro corazón, que recurra a vuestro clementísimo pecho, que huya a ese seguro asilo y refugio. Mayormente en el último combate de la hora de la muerte, asistidme propicia y venid a mi memoria, para que os invoque sin cesar con el corazón y con la boca; y así, teniendo vuestro nombre poderoso y el de vuestro dulcísimo Hijo en el
126
alma y labios, logre la dicha incomparable de ir a refugiarme eternamente en la gloria. Alcanzadme también la gracia espiritual que os pido en esta novena. Amén. Refugium peccatorum, ora pro nobis. Tres Ave Marías. Petición. Oración final (2) DÍA TERCERO. Por la señal... Señor mío, Jesucristo... Oración preparatoria (1) La Madre de Arrate es la Estrella de salvación La Virgen Santísima es reina del cielo y de la tierra; y como tal reina es grande la autoridad que tiene en sus dominios, tan grande que el mismo Jesucristo, mientras vivió en carne mortal, quiso humillarse y ser súbdito de su madre santísima. Y si ahora en el cielo no manda en su divino Hijo, es indudable que sus ruegos son eficacísimos para conseguir cuanto pide. Lo que pide y desea, lo puede en la tierra y en el cielo, hasta volver la esperanza a los que estaban ya desesperados. Con razón se dice que su petición ante Jesucristo más parece precepto que súplica, por la prontitud y seguridad con que es atendida. San Bernardino de Siena dice que “hasta Dios obedece al mandato de María”. Es, pues, en cierto modo, omnipotente. Por eso, en prueba de su realeza y poder, la Santísima Trinidad nos manifestó a la Virgen María vestida de sol con la luna bajo sus pies, y una corona misteriosa de doce estrellas sobre su cabeza. Y ciertamente no hay criatura alguna que pueda obtener tantas misericordias a los miserables pecadores como esta medianera, que es la verdadera estrella de salvación. Es tanta su benignidad que a nadie despide sin favorecer. Así comprendieron de la Madre de Arrate los marinos de nuestras peligrosas costas, cuando con tanta devoción se encomendaron a ella y tanta confianza depositaron en su corazón. ¡Cuántas veces, envueltos en muy horribles temporales, fluctuando sin guía ni norte entre inmensas olas, han recurrido a esta dulcísima madre! ¡Cuántas veces en medio de la borrasca más cerrada y brava han sido sorprendidos por la estrella de Arrate, llenando sus pechos oprimidos y angustiados de dulce esperanza y confiada alegría! También a nosotros nos librará de las horribles marejadas de nuestras pasiones, si llenos de fe acudimos a ella. Cuando las olas de la concu-piscencia y las dudas de la fe amenacen a la pobre barquilla de nuestro corazón, levantemos nuestro pecho a la Virgen de Arrate. Ella es omnipotente y tiene dominio sobre las olas y vientos, y acallará las galernas del corazón, calmará los vientos de la imaginación y tranquilizará la marejada de nuestras pasiones. Solo basta que con fe ardiente y ansías vivísimas divisemos esta estrella de salvación.
127
Oración ¡Dulcísima Madre de Dios de Arrate, patrona nuestra!, bien conozco que habiendo sido tantos años ingrato a Dios y a Vos, merezco justamente que me abandonéis en este proceloso mar de pecados y miserias, porque el ingrato no es acreedor a ningún beneficio. Pero yo, Señora, tengo formada muy alta idea de vuestra bondad. Proseguid, ¡oh estrella de salvación!, proseguid en favorecer a un desdichado náufrago que en Vos confía. Extended la mano y levantad a un pobre que se sumerge en el abismo de las pasiones. ¡Oh María, salvad a un infeliz que humilde a Vos recurre! No merezco vuestro amor; pero el deseo que arde en vuestro pecho dulcísimo de salvarnos a todos me dice que me amáis, y si Vos me amáis no me perderé. ¡Madre-amada!, alcanzadme también la gracia especial que os pido en esta novena. Amén. Stella matutina, ora pro nobis. Tres Ave Marías. Petición. Oración final (2) DÍA CUARTO. Por la señal... Señor mío, Jesucristo... Oración preparatoria (1) La Madre de Arrate es la esperanza de los pecadores La santa Iglesia quiere que saludemos a la Virgen con el dulce título de esperanza de todos. Es que Dios nuestro Señor, que es bondad infinita, desea sumamente enriquecernos con su gracia; mas como para ello precisa que tengamos confianza, para animarnos a tenerla nos dio a su Madre por madre y abogada y depositó en sus manos todos los tesoros de su poder y amor. De María, pues, hemos de esperar la salvación. San Bernardo dice que “habiendo de redimir Dios al género humano, puso en manos de María todo el precio de la redención para que lo reparta ella como quiera”; y San Buenaventura llega a confiar tanto en María que exclama: “Aunque parezca que me tiene Dios reprobado, me echaré a los pies de su bendita Madre pidiendo perdón; como es tan buena, no podrá dejar de apiadarse de mí, o al verme tan desdichado, inclinará en mi favor, compadecida, la indulgencia de su Hijo Santísimo”. Ella es el arco iris que lleva la confianza al caminante que ha sido sorprendido en el desierto por el formidable huracán; ella es la nube resplandeciente que tranquiliza al labra-dor que ve en peligro su cosecha amenazada con violentas tempestades. Así lo comprendieron nuestros antepasados cuando proclamaron a su bienaventurada Madre de Arrate abogada de las tempestades ¡Cuánto no han confiado en ella en momentos de angustia! ¡Cuántas veces les salvó de la miseria la viva esperanza depositada en su bondadoso corazón! También nosotros estamos expuestos a horribles temporales, de toda acechanza de nuestros enemigos del alma. En nuestros corazón sufrimos violentas sorpresas de vientos huracanados. Confiemos en la Madre de Arrate; encomendémonos a ella con absoluta confianza y nos veremos salvos de
128
los estragos de esos truenos mundanos, de esos terremotos del demonio y de esas tempestades de las pasiones. Oración ¡Bienaventurada Madre de Dios de Arrate!, ¡oh esperanza nuestra! Bien sabemos que vuestro Santísimo Hijo, no contento de ser continuamente abogado nuestro para con el Padre, quiso que Vos también lo fueseis, para que con vuestra poderosa y confiada intercesión nos alcancéis las misericordias divinas. Envueltos en los peligrosos temporales de esta tem-pestuosa vida, a Vos recurrimos, a Vos que sois la esperanza de los desvalidos, a Vos que recibisteis desde el primer instante la plenitud de las virtudes sobrenaturales y los dones del Espíritu Santo, os suplicamos humildemente que vuestra intercesión nos alcance llevar una vida santa y perfecta, y arda nuestra voluntad con el óleo de todas las virtudes y dones, para que venciendo todas las tentaciones y haciendo muchos actos de virtud seamos dignos de la profesión de cristianos. Alcanzadnos también la gracia particular que os pedimos en esta novena. Amén. Janua coeli, ora pro nobis. Tres Ave Marías. Petición. Oración final (2) DIA QUINTO. Por la señal... Señor mío, Jesucristo... Oración preparatoria (1) La Madre de Arrate es abogada contra todo maleficio Los cofrades de la bienaventurada Madre de Arrate, no contentos con proclamar a su reina y señora abogada contra los temporales de mar y tierra, estrella de salvación para los navegantes, refugio, descanso y refrigerio para los peregrinos caminantes, quisieron cobijarse bajó su corazón maternal sin reserva ninguna; y para que jamás les faltara su pro-tección misericordiosa, la proclamaron abogada contra todo malefício. Es que no ignoraban, seguramente, aquellos buenos cristianos, que María es aquella torre de David tan inexpugnable que nada pueden contra ella las potestades infernales; ella, la mujer fortísima que debeló victoriosamente al demonio; ella la tesorera, administradora y dispensadora de todas las gra-cias celestiales, que por su mediación hemos de buscar a Jesús, y en Jesús nuestra salvación. Tampoco olvidaron que esa divina Madre une a su fortaleza y omnipotencia un corazón; tan clemente y tan misericordioso que se complace en defender a los pobres pecadores y que es tanta benignidad que a nadie abandona sin favorecer con todo interés y amor, que nunca jamás deja de interceder, de rogar, de agenciar la salvación de los perseguidos por los enemigos infernales. Con razón, pues, la invocaron los cofrades abogada potentísima y clementísima contra todo maleficio.
129
Oración ¡Divina Madre de Arrate, reina de los ángeles, reina de todos los santos, auxilio de los cristianos y excelso trono de sabiduría!, ya que os proclamamos abogada contra todo maleficio, os suplicamos, que no apartéis de nuestra alma vuestras piedades; haced que firmemente creamos y confesemos en la Santísima Trinidad, que es un Díos en la esencia y trino en las personas, y que adoremos y reverenciemos el santo madero de la cruz, para que armados de la poderosa señal del cristiano rechacemos el asalto y maleficios de todos los enemigos del alma. Alcanzadnos también la gracia particular que os pedimos en esta novena. Amén. Sedes sapientiae, ora pro nobis. Tres Ave Marías. Petición. Oración final (2) DÍA SEXTO. Por la señal... Señor mío, Jesucristo... Oración preparatoria (1) La Madre de Arrate acoge bajo su protección a los niños Existe todavía la piadosa costumbre de ofrecer al corazón dulcísimo de esa bendita Madre de Arrate los niños, ya sanos ya enfermos. Ordinariamente les lleva su madre, que, llena de confianza en la protección de la Virgen de Arrate, les coloca a los pies de María o les hace pasar debajo de su santa efigie. ¡Cuantos consuelos evoca esta piadosa costumbre! Somos niños que cruzamos los caminos tortuosos de esta peligrosa vida, expuestos a tropezones y caídas. ¡Cuántas veces, demasiado confiados, somos derribados por asaltos inesperados de nuestros enemigos, sufriendo caídas tal vez graves! Y nuestra condición de pecadores no tan sólo nos equipara a los débiles niños, sino que nos fuerza a considerarnos como niños enfermizos. No otra fosa significan las pasiones que nos debilitan espiritualmente, las imaginaciones que nos turban, las tentaciones que nos molestan, la atmósfera sensual que respiramos, las diversiones peligrosas que nos cercan, el ambiente de corrupción y degradación que nos asfixia. Necesitamos de una Madre, que en sus brazos amorosos nos ofrezca a nuestro buen Jesús. De una Madre que nos aparte de tanta enfermedad, debilidad y miseria y nos conduzca a las aguas misericordiosas del dulcísimo Corazón de Jesús, para lavarnos de nuestros pecados y refrescar nuestro corazón con alentadoras esperanzas. Y no dudemos de la Madre piadosa de Arrate, que eso nos da a entender con esa devoción. Ella nos coge en sus compasivos brazos y nos presenta ante el altar del buen Jesús. ¡Cuánto nos ama esa Madre! Es tanta la misericordia de sus amorosas entrañas, que no cesa un instante de hacernos experimentar sus efectos. ¿Qué puede brotar de una fuente de clemencia sino clemencia? ¡Felices de nosotros si confiamos en esa Madre de Arrate! Ella nos salvará.
130
Oración ¡Oh María, Madre de Dios y Madre amable nuestra, que os halláis solícita en vuestra morada de Arrate!, ya que el soberano Señor os eligió por Madre suya, haciéndose hombre en vuestras purísimas entrañas para redimir al mundo, os suplicamos, Virgen Madre, nos alcancéis de vuestro preciosísimo Hijo la gracia de que no se aparte de nosotros la fe de ese divino misterio y que vivamos reconocidos a tan singular beneficio, sirviendo y amando a nuestro soberano redentor, y venerando a Vos por Madre suya acordaos, Virgen Santísima, que somos hijos vuestros sometidos a vuestra protección por nuestras madres cuando nos pasaron debajo de nuestra santa imagen, y recordad que habéis sido hecha Madre de Dios y Madre nuestra, no solo para vuestra dignidad y gloria, sino también para salvación nuestra y provecho de todo el género humano. Alcanzadnos también la gracia particular que os pedimos en esta novena. Amén. Mater Christi, ora pro nobis. Tres Ave Marías. Petición. Oración final (2) DIA SÉPTIMO. Por la señal... Señor mío, Jesucristo... Oración preparatoria (1) La Madre de Arrate es la madre de la pureza Bendita y alabada sea la piedad del Señor que en la Virgen María nos dio ejemplo muy dechado de la preciosa virtud de la pureza. Estimaba tanto la virginidad, que por no perderla hubiera renunciado a la dignidad de Madre de Dios. Nadie como ella guardó los sentidos, pues era tanta su modestia desde niña, que ponía en todos admiración. Nunca jamás se la vio en ocasión de empañar esta virtud que tanto apreciaba, ni siquiera de dar lugar a la más leve sombra de sospecha. Y para afianzarse más y más en esta hermosa virtud angelical oró constantemente. Ella, pues, purísima y tan amante de la pureza, es madre protectora de los que se desviven por conservar la castidad. No se olvidó nuestra Madre Santísima de Arrate de los que sostenemos incesantes luchas por esta virtud, y nos invita a que nos congreguemos bajo su manto azul, para allá custodiarnos puros y castos. ¡Cuántos desventurados arden en las llamas del infierno por el abominable vicio de la impureza! ¡Oh María, torre de David, fuente sellada y huerto virginalmente cerrado, que os veneramos en lo alto del monte Arrate!, nosotros, hijos vuestros, os encomendamos las purezas de nuestras almas y nuestros cuerpos, para que os sirváis encomendarnos al corazón inmaculado de Cristo Jesús guardándonos de todo pecado. No permitáis que manchemos nuestras almas con la menor impureza, antes bien, cuando nos viereis en la tentación o en peligro de pecar, alejad de nuestros corazones todos los pensamientos y afectos mundanos; despertad en nosotros la memoria de la eternidad y de Jesús crucificado; imprimid altamente en nuestros corazones un profundo sentimiento de temor santo de
131
Dios; y abrazadnos en su divino amor, para que, así, siendo puros en la tierra, merezcamos gozar de Dios en vuestra compañía en la gloria. Al-canzadnos también la gracia particular que os pedimos en esta novena. Amén. Mater castísima, ora pro nobis. Tres Ave Marías. Petición. Oración final (2) DIA OCTAVO. Por la señal... Señor mío, Jesucristo... Oración preparatoria (1) La Madre de Arrate bajo la advocación de la Purísima Entre las prerrogativas más gloriosas de la Virgen Santísima, aparece como la más atrayente, como la más encantadora la de su Inmaculada Concepción. Elegida por Dios para Madre de su amantísimo Hijo, quiso que fuese tan pura que no sólo excediese a la pureza de todos los ángeles y santos, sino que ninguna mayor se pudiese imaginar fuera de la de Dios, de suerte que el Padre, complacido en su hermosura, le pudiese decir como a hija predilecta, azucena entre espinas, pues todas las demás tienen algún deslustre y fealdad. Más ella es la única flor siempre fragante, siempre inmaculada. Fue concebida sin pecado para que de ella naciese el Hijo de Dios, que, aunque incapaz de contraer la culpa, no quiso sufrir el oprobio de tener Madre vilipendiada con la deshonra del pecado y esclava del demonio. Ni quiso el Hijo de Dios tomar la carne de quien aun por un momento hubiese sido inmunda y sujeta al dominio del príncipe de las tinieblas. Ella, Esposa dulcísima del Espíritu Santo, fue toda hermosa, toda pura, toda santa, sin sombra de mancha. No la envenenó el hálito de la serpiente (Orígenes), ni tuvo en Ella entrada el diablo (Juan Damasceno). La carne de María no se vició con la mancha de Adán (San Pedro Damiano), pues que desde su concepción. fue llena de gracia preservativa de la miseria del pecado original (S. Buenaventura). A la Virgen de Arrate se le ha honrado siempre con este gloriosísimo título de Inmaculada Concepción. Así lo confirma el Papa Pío IV en su Breve de 1563 llamándola Concepción Purísima de la Bienaventurada María de Arrate, y nos lo ha ratificado el Cabildo Vaticano al conferirle el honor de su Coronación. Y tan celosos en guardar este título fueron nuestros antepasados que al autorizar el mencionado pontífice la traslación de la fiesta del 8 de diciembre al 8 de septiembre, lo hizo con la condición de que este día fuese honrada la Madre de Arrate bajo la invocación de la expresada Concepción Purísima. Puede vanagloriarse Eibar por su milenaria devoción a la concepción inmaculada de la Madre de Dios. Continúe con fervor mostrando su amor a este misterio y saldrá de la corrupción inmoral que asfixia.
132
Oración ¡Virgen Inmaculada de Arrate!, al consideraros tan pura, rica y llena de gracia, me regocijo de nuestra felicidad, y deseo ardientemente que todo el mundo os reconozca y confiese por aquella hermosísima aurora llena siempre de luz divina, por aquella arca de salvación libre del general naufragio del pecado, por aquella azucena cándida, pura y fragante que el Altísimo escogió para sí. Permitid que os alabe también uniendo mis voces con las del Esposo divino para decir que toda sois pura y sin mancha; y pues que a los ojos del Señor estáis tan colmada de gracias, virtudes y belleza, dignaos de mirar con esos hermosísimos y piadosísimos ojos las llagas de mi alma, para que, movida de compasión, las sanéis. ¡Oh imán de los corazones!, atraed y llevad hacia Vos el mío para siempre; y acordándoos que desde el primer instante de vuestro ser aparecisteis pura y casta en la divina presencia, tened misericordia de mí, que no sólo nací en pecado, sino que después del bautismo he vuelto mil veces a mancillar mi alma. ¿Qué os podrá negar aquel Señor de quien sois hija, madre y esposa, y, por esto, libre de todo pecado y a todas las criaturas preferida? ¡Virgen inmaculada de Arrate!, Vos me habéis de salvar. Y para obtener esta dicha, haced que nunca jamás me olvide de Vos. Alcanzadme también, Virgen inmaculada, la gracia especial que os pedimos en esta novena. Amén. Regina sine labe originali concepta, ora pro nobis. Tres Ave Marías. Petición. Oración final (2) DIA NOVENO. Por la señal... Señor mío, Jesucristo... Oración preparatoria (1) La Virgen de Arrate es madre, reina y patrona coronada de Eibar La Virgen de Arrate, que en épocas pasadas ha sido venerada como reina y señora de Eibar, es también su patrona excelsa. En efecto, nuestro pueblo aparece en los siglos pasados como de los más creyentes y piadosos; se ha honrado gloriosamente con el reinado de Jesús y de su Madre santísima; ha vivido, como ningún otro pueblo, con una fe viva en la providencia, manifestándose en mil ocasiones de cristianismo arraigado y de muy celoso por la gloria de María. Su clero, su ayuntamiento, sus congregaciones religiosas, sus gremios de obreros, sus costumbres y su vida social toda, su intervención en las guerras, todas las manifestaciones, en fin, de la vida publica eibarresa aparecen impregnadas del más ardiente espíritu religioso. Y en medio de ese catolicismo del pueblo eibarrés descuella, como la luna entre estrellas, la devoción tiernísima a la bienaventurada María de Arrate. Tan profundo es el amor de Eibar a su madre y reina que, por medio de aquella celebérrima Cofradía, hizo sin vacilaciones suya la fama, grandiosidad y magnificencia de Arrate, entregó su Hospital a la Señora de Arrate y unió su suerte y vida a su reina y señora. Por todo lo cual, el Papa Pío Xl, en 1928, otorgó a Eibar la gracia singular de proclamar
133
canónicamente patrona principal de Eibar a la Virgen de Arrate, con rito de primera clase y octava, y, al siguiente año, el Cabildo de la Basílica Patriarcal del Príncipe de los Apóstoles, de Roma, le confirió el alto honor de la coronación canónica de la Virgen. La Virgen de Arrate reinó gloriosamente en Eibar. Ella, que es madre de piedad y misericordia, madre de amor y clemencia, ha querido ser patrona dulcísima de este amado pueblo. Ella sabe que Eibar necesita más que nunca de su amor y protección, y viéndole tan necesitado del precioso tesoro de la fe y de las buenas costumbres, se mueve a compasión y dirige hacia él sus ojos de misericordia. Ella ama entrañablemente a nuestro pueblo, y desde el trono de Arrate quiere ejercer su maternidad inmaculada sobre los incrédulos y creyentes, sobre los católicos e indiferentes, sobre los fervorosos y tibios eibarreses. No nos hagamos sordos a sus dulces requerimientos y, para ser dignos del amor maternal de su clementísimo corazón, renovemos nuestro total ofrecimiento a nuestra excelsa patrona. Oración Salve, Madre de Dios de Arrate, hija amabilísima del eterno Padre, Madre admirable del Hijo, fidelísima Esposa del Espíritu Santo, templo augusto de la Santísima Trinidad. Dios te salve, reina y madre, a quien todo está sometido en el cielo y en la tierra. Dios te salve, refugio de los pecadores, señora de misericordia, que a nadie jamás habéis rechazado; por más pecador que yo sea, me arrojo a vuestros pies y os ruego me obtengáis del buen Jesús, vuestro querido Hijo, la contrición y el perdón de todos mis pecados. ¡Patrona coronada de Eibar!, por una vez más os reconocemos por madre, reina y patrona querida nuestra. Concedednos a todos, y en especial a los que militamos en tu milenaria Cofradía, grande amor a Jesús y un afecto filial a Vos. Vos sois causa de nuestra alegría. Vos sois la honorificencia de vuestro pueblo escogido. Os suplicamos, madre y reina nuestra, que amparéis siempre a toda la comarca de Eibar, puesta bajo vuestro patronato, y que la hagáis florecer en la fe, en la piedad y en todas las demás santas felicidades. Os rogamos, finalmente, con la gracia particular que os pedimos en esta novena, nos alcancéis de vuestro Santísimo Hijo un ardiente celo de la honra y gloria de Dios, y vuestra, dándonos a todos el don de la perseverancia final, para ensalzar eternamente el gran misterio de vuestra Inmaculada Concepción. Tu honorificentia populi nostri, ora pro nobis. Tres Ave Marías. Petición. Oración final (2) Felicitación y súplicas a la Concepción Purísima de la Madre de Dios de Arrate, patrona de Eibar. Arrate-ko Ama Birgiñari agur ta eskariak
134
AVE, MARÍA PURÍSIMA, SIN PECADO CONCEBIDA. AGUR MARIA, GUZTIZ GARBIA, ORBAN BAGE SORTUA Oración a la bienaventurada Virgen María de Arrate ¡Madre de Dios y madre mía!, yo os doy mil parabienes, uniendo mis alabanzas con las de todos los espíritus celestes y justos de la tierra, por el gran privilegio de vuestra concepción purísima; doy también gracias a la Beatísima Trinidad por el gozo grande que causó a vuestro pueblo estableciendo vuestro trono de piedad en las alturas de Arrate. Desde ahí derramáis vuestra misericordia a los que invocan vuestra clemencia y piedad; y desde ahí anheláis ablandar los corazones endurecidos por el pecado, elevar a la perfección a las almas débiles y enfermizas. Desde ese trono de tu amor, escucha, inmaculada madre mía, mis pobres pero sinceras súplicas. Tuyo soy y esclavo tuyo quiero ser toda mi vida, y deseo ardientemente traer a tus pies a todo este tu pueblo. Mira, madre misericordiosísima de Arrate, cuántos hijos tuyos viven alejados de ti y de tu divino Hijo, cuántos se han extraviado por el error y vicio, y sálvalos de toda corrupción inmoral y de toda atmósfera de incredulidad, y condúcenos a todos al corazón de tu querido Hijo, para que por tí nos reciba quien por ti nos redimió. Haz que este pueblo sea en verdad tuyo y que cada uno de nosotros se convierta en perfecto discípulo, imitador y esclavo tuyo y de tu Hijo Jesucristo. ¡Patrona coronada de Eibar!, recogednos a tu rededor y haz que persevere tu milenaria Cofradía. Concedednos a todos, y en particular a los que os tributamos esta cordial felicitación, grande amor a Jesús y un afecto filial hacía Vos, y dadnos a todos el don de la perseverancia final, para que logremos también asociarnos en el cielo para ensalzar eternamente el gran misterio de vuestra Inmaculada Concepción. Os rogamos, finalmente, que volváis vuestros ojos de piedad a los que se hallaren en el crítico instante de su última agonía, y que visitéis y consoléis igualmente a las benditas ánimas del purgatorio, pero en especial a las de aquellos que, durante su vida, hayan sido cofrades tuyos. ¡Virgen purísima de Arrate, patrona de Eibar!, rogad por nosotros, que acudimos a Vos. Amén. Ave, María purísima, sin pecado concebida. Recibid nuestros parabienes y mostrad que sois nuestra madre. Arrate-ko Ama Birgiñ, Eibar-ko zaindari zoriontzuari, eskaria Jaungoikoaren Ama ta nere Ama!, zeruko aingeru ta lurreko deun guztiagaz, batera zure sortze garbiagatik biotzetiko zorionak emoten dautzudaz, baita eskerrak be Iruntasun deun-deunari, Arrate-ko zelayan zure erruki jarlekuan ipinteaz erri orri poz aundiya emon datzulako. Ortixek isuri ta zabaltzen dezu zure errukiya dei egiten dizuten gain: ortixek bigundu gura dituzu pekatuz gogortutako biyotzak, sendotu gogo aul eta gexotiyak, negarrezko ibar ontan burrukan dabiltzanen negar-malkoak
135
leortu, ta erbestean gabiltzanok bide zuzenetik eraman. Aditu itzazu, ene Ama sortze garbi orrek, maitasun aulki orretik nire otoitz epelak, baña zindoak. Zurea naiz ta zure otsein izan nai det nere bizialdiko egun gustiyetan. Es naiz ase nere burua zuri eskiñiyaz; erri gustiya zure oñetara ekarri nai det. Begira, Arrate-ko Ama errukior oi, begira zeinbat zure seme. Zugandik eta zure Seme Jainkoa’gandik igesi bizi diran. Begira zeinbat bide galdu diran guzurrez ta oitura zatarrez, eta zaindu egizuz lizunkeri ta ziñistea galtzeko arrixku oetatik eta zure Seme maitearen biotzera guztiyok ekarri gaitzazu. Zure eskuz artu gaitzan, zure bidez erosi ginduenak. Erri au zeurea izan dedilla, ta gu-guziyok zure ta zure Seme Jesukristo’ren ikasle, jarraitzalle ta otsein izan gaitezela, emen beyan zuben antzeko geralarik, geroz goyan zubekin izan gaitezen. Eibarko zaindari zoriontsua!, zure kerispean artu gaitzazu. Gustiyoi, bañan batez be zoriyon agur au egiten dantzugunoi, Jesus-ganako maitasun goriya ta zuganako maitasun semekoya iritis deiguzula, gogoz eskatzen dizut. Guztiyok bide onari eriotzaraño jarraitzeko emaitz ederra iguzu, zeruan zure Sortze Garbiya goraldu ta aintzatzeko batu gaitezen. Azkenik, itzuli egizuz zure begi zamur oyek eriotz larriyan arkitzen direneganuntz. Poztu ta atzegindu garbitokian dagozan arima gaxoak ta batez be zure Anaidiko izan diranak. Arrateko Ama Sortze Garbi, Eibarko zaindariya!, otoitz egizu zugana gatozen aldez. Amen. Agur Maria, guztiz garbia, orban gabe sortua. Gure poz agurra artu ta gure ama zarala erakutzi egizu.
RIT
OS
FÚN
EBR
ES E
N E
IBA
R Y
AG
INA
GA
El autor, Juan María FerrerasOrbegozo, es Doctor en Teología
especializado en historia de laIglesia y patrología. Es Licenciado
en Estudios Eclesiásticos yLicenciado en Ciencias Religiosas,
así como Experto en EducaciónSocial. Compagina su trabajo comoprofesor con el de su dedicación enrégimen de voluntariado en el cargode Presidente del Centro UNESCOde San Sebastián, entidad fundada
en 1992 por la UNESCO para laaplicación internacional del Curso
a Distancia para la Formación deAnimadores UNESCO (CDFAUN).
Asimismo, dirige la instituciónestrechamente vinculada con el
Centro, denominada Florida Eskola,que se fundó en 1989 como escuelade tiempo libre y animación socio-cultural y en 1991 fue reconocida
como Escuela Asociada de la UNES-CO para, finalmente, denominarse
Centro de Formación para la UNES-CO Florida Eskola. El autor, junto a
publicaciones sobre temas de suespecialidad ha editado obras relati-vas a las Naciones Unidas en gene-
ral y la UNESCO en particular.
El libro presenta una expresión cultural abierta a la interculturalidad en laesfera definitiva de la vida humana, y capaz de significarla y motivarla.
Los ritos fúnebres que los archivos parroquiales de Eibar y Aginaga con-servan, y que custodia el Archivo Histórico Diocesano de San Sebastián,
son una patrimonio. Con un interés divulgativo se bucea en los siglos XVIal XX entresacando elementos que muestran una manera de ser, de vivir yde morir. El conjunto del relato termina por proyectar una visión global y
abierta de una forma de pensar.
Como todos los libros de esta colección este tiene también ese destinatariosingular que es el Animador UNESCO, que trata de suscitar un mayor
nivel de conciencia de la importancia de la diversidad de las expresionesculturales y, simultáneamente, fomentar la interculturalidad con el fin de
desarrollar la interacción cultural, con el espíritu de construir puentesentre los pueblos, como lo señala entre sus objetivos la Convención sobrela Protección y Promoción de la Diversidad de las Expresiones Culturales(UNESCO 2005). Si para la sensibilización y educación del público en estamateria se deben promover programas de educación, como lo previene elartículo 10 de la Convención, el Curso a Distancia para la Formación de
Animadores UNESCO (CDFAUN), que el Centro UNESCO de SanSebastián impulsa en el mundo desde hace casi, ya, veinticinco años es un
instrumento adecuado para, asumiendo este nuevo material que la obrasignifica, favorecer esa lectura histórico-crítica que también la UNESCO
persigue.
Este libro, a la par analítico y sintético, presenta un fenómeno cultural con-figurado con un imaginario religioso. Pero no olvida aceptar el discurrir dela historia, la invitación a adaptar la letra al espíritu y construir una plata-
forma para un diálogo entre tradición e innovación y educacióninternacional.
En esta colección
1. Juan María FERRERAS ORBE-GOZO, Cofradías de Eibar, SanSebastián, 2015.
2. Juan María FERRERAS ORBE-GOZO, Cofradías de Elgoibar, SanSebastián, 2015.
3. Juan María FERRERAS ORBE-GOZO, Religiosidad y santuarios deEibar, San Sebastián, 2015.
4. Juan María FERRERAS ORBE-GOZO, La parroquia de San Andrésde Eibar, San Sebastián, 2015.
5. Juan María FERRERAS ORBE-GOZO, La parroquia de Elgoibar ysus anejas, San Sebastián, 2015.
Juan MaríaFerreras
Orbegozo
RITOSFÚNEBRES
ENEIBAR
Y AGINAGA
Diversidad de las Expresiones Culturales
Cobrar conciencia del valor de ladiversidad de las expresiones
culturales