resumen auto 23 marzo 2015

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El JUEZ RUZ CONCLUYE LA INVESTIGACIÓN DE LOS LLAMADOS “ PAPELES DE BARCENAS” Y PROCEDE CONTRA 6 PERSONAS - El magistrado da por indiciariamente acreditada la existencia de una caja b del partido popular y propone llevar a juicio por delitos contra la Hacienda pública tanto por parte de Unifica como por parte del PP a los tres ex responsables de la formación política, Luis Bárcenas, Alvaro Lapuerta y Cristóbal Páez así como los 2 responsables de UNIFICA, Gonzalo Urquijo y Belén García y a su empleada Laura Montero. A Bárcenas y Lapuerta además les imputa los delitos de apropiación indebida. A los responsables de Unifica se les imputa también un delito de falsedad documental - Ruz considera presuntos responsables civiles subsidiarios al PP y a Unifica - El magistrado incoa pieza separada y se inhibe a un juzgado de Toledo la investigación por la adjudicación a SUFI de la concesión del contrato de basuras. El juez aprecia delitos de prevaricación pero en el momento presente no se cuentan elementos indiciarios suficientes que justifiquen la investigación de aforados, cuya competencia sería del TSJ de Castilla La Mancha - Se acuerda el sobreseimiento provisional y parcial de los 22 restantes imputados. - El juez cifra en 1.552.000 euros el pago total realizado a UNIFICA en “ b” por las obras en la sede del PP. EXISTENCIA DE CORRIENTES FINANCIERAS AL MARGEN DE LA CONTABILIDAD OFICIAL. A lo largo de 190 folios el juez detalla toda la investigación que ha realizado tras la aparición de los llamados “ papeles de Bárcenas” por la que según Ruz ha quedado indiciariamente acreditado que la formación política Partido Popular desde 1990 y hasta al menos 2008 se vino sirviendo de diversas fuentes de financiación ajenas al circuito económico legal, lo que permitió operar, al menos durante los 18 años investigados, con varios sistemas de cuentas que registraron corrientes financieras de entradas y salidas de dinero al margen de la contabilidad oficial declarada por el partido y presentada ante el Tribunal de Cuentas, “ funcionando las referidas cuentas a modo de contabilidades paralelas, cajas de dinero en efectivo o cajas b”. El juez incluye todas las diligencias practicadas, los documentos intervenidos en los registros, los documentos aportados por las diversas entidades públicas y privadas, los interrogatorios realizados, los informes periciales para concluir que existen indicios sólidos y fundados de la realidad de determinadas entradas de fondos dinerarios opacos o en “ b” a favor del partido popular, en los años objeto de análisis ( 1990- 2008), así como de determinadas salidas de dichos fondos lo que permite corroborar la “ existencia y circulación en el seno del Partido Popular a cargo del gerente y tesorero nacional de diversas corrientes financieras de cobros y pagos continuas en el tiempo, al margen de la contabilidad remitida por el Tribunal de Cuentas y sin la correspondiente declaración ante la Hacienda Pública, integrando sistemas paralelos de funcionamiento y gestión económica-financiera de la formación política a modo de contabilidades opacas o “ cajas B”.

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PARA LA HISTORIA ACTUAL

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  • El JUEZ RUZ CONCLUYE LA INVESTIGACIN DE LOS LLAMADOS PAPELES DE BARCENAS Y PROCEDE CONTRA 6 PERSONAS

    - El magistrado da por indiciariamente acreditada la existencia de una caja b delpartido popular y propone llevar a juicio por delitos contra la Hacienda pblicatanto por parte de Unifica como por parte del PP a los tres ex responsables de laformacin poltica, Luis Brcenas, Alvaro Lapuerta y Cristbal Pez as comolos 2 responsables de UNIFICA, Gonzalo Urquijo y Beln Garca y a suempleada Laura Montero. A Brcenas y Lapuerta adems les imputa los delitosde apropiacin indebida. A los responsables de Unifica se les imputa tambin undelito de falsedad documental

    - Ruz considera presuntos responsables civiles subsidiarios al PP y a Unifica- El magistrado incoa pieza separada y se inhibe a un juzgado de Toledo la

    investigacin por la adjudicacin a SUFI de la concesin del contrato de basuras.El juez aprecia delitos de prevaricacin pero en el momento presente no secuentan elementos indiciarios suficientes que justifiquen la investigacin deaforados, cuya competencia sera del TSJ de Castilla La Mancha

    - Se acuerda el sobreseimiento provisional y parcial de los 22 restantes imputados.- El juez cifra en 1.552.000 euros el pago total realizado a UNIFICA en b por

    las obras en la sede del PP.

    EXISTENCIA DE CORRIENTES FINANCIERAS AL MARGEN DE LACONTABILIDAD OFICIAL.

    A lo largo de 190 folios el juez detalla toda la investigacin que ha realizado tras laaparicin de los llamados papeles de Brcenas por la que segn Ruz ha quedadoindiciariamente acreditado que la formacin poltica Partido Popular desde 1990 y hastaal menos 2008 se vino sirviendo de diversas fuentes de financiacin ajenas al circuitoeconmico legal, lo que permiti operar, al menos durante los 18 aos investigados, convarios sistemas de cuentas que registraron corrientes financieras de entradas y salidas dedinero al margen de la contabilidad oficial declarada por el partido y presentada ante elTribunal de Cuentas, funcionando las referidas cuentas a modo de contabilidadesparalelas, cajas de dinero en efectivo o cajas b.

    El juez incluye todas las diligencias practicadas, los documentos intervenidos en losregistros, los documentos aportados por las diversas entidades pblicas y privadas, losinterrogatorios realizados, los informes periciales para concluir que existen indiciosslidos y fundados de la realidad de determinadas entradas de fondos dinerarios opacoso en b a favor del partido popular, en los aos objeto de anlisis ( 1990- 2008), ascomo de determinadas salidas de dichos fondos lo que permite corroborar la existenciay circulacin en el seno del Partido Popular a cargo del gerente y tesorero nacional dediversas corrientes financieras de cobros y pagos continuas en el tiempo, al margen dela contabilidad remitida por el Tribunal de Cuentas y sin la correspondiente declaracinante la Hacienda Pblica, integrando sistemas paralelos de funcionamiento y gestineconmica-financiera de la formacin poltica a modo de contabilidades opacas o cajas B.

  • En el auto de transformacin a procedimiento abreviado en el que el juez da 20 das alas partes para solicitar apertura de juicio oral y presentar escrito de acusacin searchiva la causa respecto de 22 imputados, entre ellos varios empresarios y el exsecretario general del PP, Angel Acebes

    CALIFICACIN DE LOS HECHOS COMO DELITO CONTRA LA HACIENDAPUBLICA, DELITO DE FALSEDAD DOCUMENTALY DELITO DEAPROPIACION INDEBIDA

    En este apartado el juez comienza recordando que en la vigente legislacin espaola noest tipificado como delito la financiacin ilegal de los partidos polticos. El magistradoanaliza las leyes de financiacin de los partidos polticos de 1987, la de 2007 y la actualreforma del CdigoPenal actualmente en trmite parlamentario, para analizar larelevancia jurdico penal de los hechos investigados que vienen a constatar un sistemade financiacin del PP llevado a cabo a travs de aportaciones procedentes de fuentesprivadas que, de forma sistemtica entre los aos 1990 y 2008, habran incumplido loslmites, requisitos y condiciones establecidos en la ley, estando a cargo del gerentenacional del partido- el imputado Luis Brcenas y del tesorero de la formacin- elimputado Alvaro de Lapuerta desde 1993 hasta junio de 2008, siendo entoncessustituido en el cargo por Luis Brcenas.

    Ruz recuerda el artculo 4.2 del Cdigo Penal que permite a un juez proponer algobierno la sancin penal de una conducta que no est tipificada como delito y que eljuez, en el ejercicio de su jurisdiccin entienda que esa conducta debe ser sancionada.Una va que Ruz en este caso considera improcedente teniendo en cuenta que elProyecto de Ley Orgnica de modificacin del Cdigo Penal actualmente en trmiteparlamentario incluir los delitos de financiacin ilegal de los partidos polticos.

    Descartado el delito de financiacin ilegal, el juez tipifica los hechos relacionados conel conjunto de donaciones presuntamente recibidas por Luis Brcenas y Alvaro deLapuerta para el PP y a la aplicacin de estas donaciones para diferentes salidasdinerarias como delito continuado de falsedad contable ( prescrito) delitos electorales( prescritos) y delito contra la Hacienda Pblica tanto por los responsables de Unifica( por el impuesto de sociedades de 2007 y del IVA de 2010) como por el PP por lasdonaciones recibidas por el PP en 2008.

    Delito contra la Hacienda Pblica por las donaciones de 2008

    En relacin con la tributacin de las donaciones recibidas Ruz considera en planoindiciario responsable al Partido Popular de un delito contra la Hacienda Pblica por nohaber presentado la declaracin por el Impuesto de sociedades correspondiente alejercicio de 2008, al entender que esas donaciones recibidas aquel ao no cumplan porello con los presupuestos, requisitos y limitaciones, tanto formales como materialesestablecidos en la normativa vigente reguladora de la financiacin de los PartidosPolticos (LO 8/2007)careciendo las aportaciones privadas recibidas de la consideracinde rentas exentas por no haber cumplido con el criterio de transparencia legalmente

  • marcado, y habindose destinado a los pagos fiscalmente opacos y ajenos a lacontabilidad oficial remitida por el Partido al Tribunal de Cuentas que han sidoindiciariamente acreditados. De ese delito sera responsable quien actuara en esemomento de comisin de los hechos como administrador o responsable legal de laformacin poltica y que las diligencias practicadas identifican a Luis Brcenas yCristbal Paz, cooperando parcialmente en su comisin Alvaro de Lapuerta.

    Sobre la interpretacin de la exencin o no de tributacin de este tipo de donaciones eljuez recoge el parecer de la AEAT, el del fiscal y el de la Sala de lo Penal para concluirque ser en el acto de juicio oral donde se concretar esta cuestin.

    El delito de apropiacin indebida se imputa a Alvaro Lapuerta y Luis Brcenas porincorporar al patrimonio del primero determinados fondos de la formacin poltica quefueron empleados para la suscripcin de acciones en la ampliacin de capital llevada acabo por la entidad Libertad Digital. En el mismo sentido Lapuerta, prevalindose desu cargo y aprovechndose de esa opacidad de la contabilidad paralela dispuso, segnRuz, de fondos en efectivo procedentes de la caja B que sin embargo no retornposteriormente a la misma pasando a integrar su propio patrimonio, con el conocimientoy anuencia de Luis Brcenas.

    RESPONSABILIDAD CIVIL SUBSIDIARIA DEL PP Y DE UNIFICA

    El juez entiende que en relacin con los delitos contra la Hacienda Pblica se deriva lapresunta y eventual responsabilidad civil subsidiaria de UNIFICA SERVICIOSINTEGRALES S.L. por los hechos por los que cabe tener por presuntos responsables asus administradores y socios, Gonzalo Urquijo y Beln Garca, as como a su empleadaLaura Montero y al Partido Popular respecto de los hechos atribuidos a Luis Brcenas,Alvaro de Lapuerta y Cristbal Pez, como ya apunt la Sala de lo Penal en su auto de 7de junio de 2013. En el caso del PP, tanto respecto de los delitos imputados tanto aUNIFICA como al Partido Popular

    INHIBICION DE LA PIEZA DE SUFI A UN JUZGADO DE TOLEDO

    El juez considera que la investigacin abierta por la concesin del contrato de basuras ala empresa SUFI y su ejecucin en 2007 podra ser constitutiva de un delito deprevaricacin administrativa pero entiende que debe inhibirse a favor del juzgadoDecano de Toledo por falta suficiente de conexidad con esta causa dado que el propiorelato de Brcenas desvincula en este caso las supuestas aportaciones econmicasrecibidas por Sacyr de la mecnica de funcionamiento de la caja b .Ruz manda por tanto esta parte de la causa a los juzgados de Toledo donde se deberdeterminar la pertinencia de la prctica de diligencias solicitadas por las acusaciones, elsobreseimiento instado por alguno de los imputados as como la posible inhibicin a laSala Civil y Penal del Tsj de Castilla La Mancha, por el aforamiento de alguno de losinvestigados, un trmite seala Ruz- para el que al estadio presente no se cuenta, sinembargo, con elementos indiciarios bastantes que justifiquen tal proceder.