resolucion 5109 de 2005 y 333 de 2011
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RESOLUCION 5109 DE 2005
Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado que deben cumplir los alimentos envasados y materias primas de alimentos para consumo humano.
INFORMACION QUE DEBE CONTENER
1. Nombre del alimento
2. Lista de Ingredientes 3. Contenido Neto y Peso escurrido
4. Nombre y dirección 5. Identificación del lote
6. Marcado de la fecha 7. Instrucciones de conservación
8. Instrucciones de uso 9. Registro sanitario
10. Declaración Cuantitativa
RESOLUCIÓN 333 DE 2011
Por la cual se establece el reglamento técnico sobre los requisitos de rotulado o etiquetado nutricional que deben cumplir los alimentos envasados para consumo humano .
Aplican a los alimentos, en cuyos rótulos o etiquetas se declare información nutricional, propiedades nutricionales, propiedades de salud o cuando su descripción produzca el mismo efecto de las declaraciones de propiedades nutricionales o de salud.
CAMPO DE APLICACION
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• REQUERIMIENTOS
• No debe presentarse en forma equívoca.
• Valores de nutrientes reales (veracidad)
• Respaldo con evidencia científica
• La cantidad del alimento que debe consumirse para obtener el beneficio argumentado debe ser razonable
• Las declaraciones de salud deben hacerse en términos condicionales: “puede” “podría “ayuda” “contribuye”
• CONTRAVENCIONES
• Hacer creer que alimentos comunes no suministran nutrientes
• Propiedades no comprobables
• No se permite cuantificar el grado de reducción del riesgo
• No pueden indicar o sugerir que el alimento tiene propiedades curativas terapéuticas, o medicinales
• No deben sugerir que el alimento por si solo es suficiente para la alimentación diaria.
NUTRIENTES A DECLARAR
• Proteínas• Vitaminas• Minerales• Agua• Hidratos de carbono• Grasas