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Abo • I"' Ahumada ,ed estila ASESOR "41 ocIONqz 9 ,40AAR44/4 , )1"8. o <1, y d Albert°> RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2993 -2017- ANA-AM.M Cajamarca, 1 5 DIC. 2017 VISTO: El expediente administrativo con CUT N° 134194-2017, tramitado ante la Administración Local de Agua Cajamarca, organizado por la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, sobre Modificación de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 084-2005-GR-CAJ/DRA-ATDRC, de fecha 14 de abril del 2005, y; CONSIDERANDO: Que, según establece el artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, la Autoridad Nacional del Agua tiene entre otras funciones la de otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua; Que mediante, Resolución de Gerencia de Desarrollo Ambiental N° 036-2016-GDA-MPC, la Gerencia de Desarrollo Ambiental de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, reconoció a la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca; Que, mediante Resolución Administrativa N° 084-2005-GR-CAJ/DRA-ATDRC, de fecha 14 de abril de 2005, la Administración Técnica del Distrito de Riego Cajamarca, otorgó en vía de regularización a la Junta Administradora de Agua Potable del Barrio San Vicente, Licencia de Uso de Agua de los Manantiales denominados "Hierba Santa" en un caudal de 0.22 l/s; "Barro Negro" en un caudal de 0.12 I/s; "Llungashpuquio" en un caudal de 0.22 I/s y filtraciones del manantial "El Aliso" en un caudal de 0.15 II; haciendo un caudal total de 0.71 I/s, con fines poblacionales en beneficio de 81 familias del Barrio San Vicente, del distrito, provincia Cajamarca - Región Cajamarca; sin perjuicio a terceros y con sujeción a los considerandos precedentes; Que, mediante el escrito del visto, de fecha 24.08.2017, la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, solicitó a la Administración Local de Agua Cajamarca, Modificación de Licencia de Uso de Agua Superficial otorgada mediante Resolución Administrativa N° 084-2005-GR-CAJ/DRA-ATDRC, de fecha 14 de abril del 2005, a fin de que se incluya como fuente de agua al manantial Los Pescadores y que se no se considere al manantial El Aliso; Que, mediante Informe Técnico N° 535-2017-ANA-AAA.M-SDARH.M/ANC, de fecha 20 de noviembre de 2017, la Subdirección de Administración de Recursos Hídricos de esta Autoridad, luego de la evaluación del expediente administrativo, concluye que es factible modificar la Resolución Administrativa N° 084-2005-GR-CAJ/DRA-ATDRC, de fecha 14 de abril del 2005, de acuerdo a lo siguiente: 1) Las obras de aprovechamiento hídrico ejecutadas por la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, están conformado por: cuatro (04) captaciones; instalación de la línea de

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Abo • I"' Ahumada ,ed estila

ASESOR "41

ocIONqz 9 ,40AAR44/4,

)1"8. o <1, y

d Albert°>

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 2993 -2017- ANA-AM.M

Cajamarca, 1 5 DIC. 2017 VISTO:

El expediente administrativo con CUT N° 134194-2017, tramitado ante la Administración Local de Agua Cajamarca, organizado por la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, sobre Modificación de Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, otorgada mediante Resolución Administrativa N° 084-2005-GR-CAJ/DRA-ATDRC, de fecha 14 de abril del 2005, y;

CONSIDERANDO:

Que, según establece el artículo 15° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, la Autoridad Nacional del Agua tiene entre otras funciones la de otorgar, modificar y extinguir, previo estudio técnico, derechos de uso de agua;

Que mediante, Resolución de Gerencia de Desarrollo Ambiental N° 036-2016-GDA-MPC, la Gerencia de Desarrollo Ambiental de la Municipalidad Provincial de Cajamarca, reconoció a la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca;

Que, mediante Resolución Administrativa N° 084-2005-GR-CAJ/DRA-ATDRC, de fecha 14 de abril de 2005, la Administración Técnica del Distrito de Riego Cajamarca, otorgó en vía de regularización a la Junta Administradora de Agua Potable del Barrio San Vicente, Licencia de Uso de Agua de los Manantiales denominados "Hierba Santa" en un caudal de 0.22 l/s; "Barro Negro" en un caudal de 0.12 I/s; "Llungashpuquio" en un caudal de 0.22 I/s y filtraciones del manantial "El Aliso" en un caudal de 0.15 II; haciendo un caudal total de 0.71 I/s, con fines poblacionales en beneficio de 81 familias del Barrio San Vicente, del distrito, provincia Cajamarca - Región Cajamarca; sin perjuicio a terceros y con sujeción a los considerandos precedentes;

Que, mediante el escrito del visto, de fecha 24.08.2017, la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, solicitó a la Administración Local de Agua Cajamarca, Modificación de Licencia de Uso de Agua Superficial otorgada mediante Resolución Administrativa N° 084-2005-GR-CAJ/DRA-ATDRC, de fecha 14 de abril del 2005, a fin de que se incluya como fuente de agua al manantial Los Pescadores y que se no se considere al manantial El Aliso;

Que, mediante Informe Técnico N° 535-2017-ANA-AAA.M-SDARH.M/ANC, de fecha 20 de noviembre de 2017, la Subdirección de Administración de Recursos Hídricos de esta Autoridad, luego de la evaluación del expediente administrativo, concluye que es factible modificar la Resolución Administrativa N° 084-2005-GR-CAJ/DRA-ATDRC, de fecha 14 de abril del 2005, de acuerdo a lo siguiente: 1) Las obras de aprovechamiento hídrico ejecutadas por la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, están conformado por: cuatro (04) captaciones; instalación de la línea de

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N52c-12017-ANA-AAA.M

conducción con tubería PVC c-7.5 de 0 2" con una longitud total de 2 386 m; 01 pase aéreo con tubería PVC c-7.5 con un longitud de 12 m; 02 reservorios de sección rectangular y con una capacidad de 48 m3 cada uno; instalación de la línea de distribución con tubería PVC de 0 2", 1", /2" y 3/4" con una longitud total de 2 678,20 m; 06 válvulas de control y 97 conexiones domiciliarias; 2) Otorgar Licencia de Uso de Agua con Fines Poblacionales a la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, por un volumen de hasta 18 921,60 m3, equivalente a un caudal de hasta 0,60 I/s, proveniente de los manantiales: Hierba Santa, Los Pescados, Barro Negro y Llumgashpuquio. Los puntos de captación se detallan en el cuadro N° 01 de la parte resolutiva. El centroide donde se hace uso del recurso hídrico se ubica entre las coordenadas UTM WGS Zona 17 Sur: 773 550 E - 9 207 250 N. Políticamente se ubica en el barrio San Vicente, distrito, provincia y región Cajamarca;

Que, estando a lo opinado por la Subdirección de Administración de Recursos Hídricos y con el visado de la Unidad de Asesoría Jurídica y en uso de las funciones y atribuciones conferidas a esta Autoridad en el artículo 38° del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, modificado por el D.S N° 012-2016-MINAGRI, asi como la Resolución Jefatural N° 266-2017-ANA, por la cual se designó al Director de la Autoridad Administrativa del Agua Marañón;

SE RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- MODIFICAR el derecho de Uso de Agua otorgado por Resolución Administrativa N° 084-2005-GR-CAJ/DRA-ATDRC, de fecha 14 de abril del 2005, a favor de la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca; conforme a los fundamentos expuestos en la parte resolutiva de la citada resolución.

ARTICULO SEGUNDO.- REGULARIZAR la Ejecución de Obras de Aprovechamiento Hídrico ejecutadas por la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, conformadas por: cuatro (04) captaciones; instalación de la línea de conducción con tubería PVC c-7.5 de 0 2" con una longitud total de 2 386 m; 01 pase aéreo con tubería PVC c-7.5 con un longitud de 12 m; 02 reservorios de sección rectangular y con una capacidad de 48 m3 cada uno; instalación de la línea de distribución con tubería PVC de 0 2", 1", /2" y 3/4" con una longitud total de 2 678,20 m; 06 válvulas de control y 97 conexiones domiciliarias.

ARTICULO TERCERO.- OTORGAR a favor de la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca; Licencia de Uso de Agua Superficial con Fines Poblacionales, en vía de Formalización, proveniente de los manantiales Hierba Santa, Los Pescados, Barro Negro y Llumgashpuquio; por un volumen anual de hasta 18 921,60 m3, equivalente a un caudal de hasta 0,60 I/s. El centroide donde se hace uso del recurso hídrico se ubica entre las coordenadas UTM WGS Zona 17 Sur: 773 550 E - 9 207 250 N. Políticamente se ubica en el caserío El Batán - Huambocancha Alta, del distrito, provincia y región Cajamarca. La ubicación de los puntos de captación se detalla en el cuadro N° 02. La asignación hídrica mensualizada se detalla en el cuadro N° 02:

Cuadro N° 01: Ubicación de los puntos de captación

PUNTOS DE CAPTACION DE QDA. YANACOCHA

UBICACIÓN COORDENADAS UTM WGS 84 zona 11 SUR

CAUDAL ASIGNADO

(LIS)

VOLUMEN ASIGNADO (M3/AÑO) ESTE (m) NORTE (m)

ALTITUD (msnm)

M. HIERBA SANTA 771 664 9 206 120 3 037 0,23 7 253,28

M. LOS PESCADOS 771 735 9 206 211 3 017 0,06 1892,16

M. BARRO NEGRO 772 056 9 206 539 2 982 0,07 2 207,52

M. LLUMGASHPUQUIO 772 518 9 206 559 2 977 0,24 7 568,64

TOTAL 0,60 18 921,60

Regístrese y Comuníquese.

MINISTERIO DE AG ITURA Y RIEGO AUTORIDAD NA. EL A. A

AUTORIDAD ADI`

,ffilitr/81

:r OR

ÑÓN

lo Mimbela

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N(1-9q 9-12017-ANA-AAA.M

Cuadro N° 02: Asignación hídrica mensualizada JASS DEL BARRIO SAN VICENTE

MANANTIAL HIERBA SANTA

MESES ENE. FEB. MAR. ABR. MAY. JUN. JUL. AGO. SET. OCT. NOV. DIC. Total

Caudal (Vs) 0,23 0,23 0,23 0,23 0,23 0,23 0,23 0,23 0,23 0,23 0,23 0,23 7 253,28 Volumen (ml 616,03 556,416 616,032 596,16 616,032 596,16 616,032 616,032 596,16 616,032 596,16 616,032

MANANTIAL LOS PESCADOS

Caudal (Vs) 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 0,06 1 892,16 Volumen (&) 160,70 145,15 160,70 155,52 160,70 155,52 160,70 160,70 155,52 160,70 155,52 160,70

MANANTIAL BARRO NEGRO

Caudal (Vs) 0,07 0,07 0,07 0,07 0,07 0,07 0,07 0,07 0,07 0,07 0,07 0,07 2 207,52 Volumen (m') 187,49 169,34 187,49 181,44 187,49 181,44 187,49 187,49 181,44 187,49 181,44 187,49

MANANTIAL LLUMGASPUQUIO

Caudal (Vs) 0,24 0,24 0,24 0,24 0,24 0,24 0,24 0,24 0,24 0,24 0,24 0,24

7 568,64 Volumen (m') 642,82 580,61 642,82 622,08 642,82 622,08 642,82 642,82 622,08 642,82 622,08 642,82

ASIGNACION HIDRICA TOTAL DEL SISTEMA Caudal Total Asignado tus) 0,60 0,60 0,60 0,60 0,60 0,60 0,60 0,60 0,60 0,60 0,60 0,60

18921,60 Volumen Total Asignado (ml 1607,04 1451,52 1607,04 1555,2 1607,04 1555,2 1607,04 1607,04 1555,2 1607,04 1555,2 1607,04

ARTÍCULO CUARTO.- DISPONER que la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS -"Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, conforme lo establece el artículo 57° de la Ley de Recursos Hídricos, Ley N° 29338, deberán instalar instrumentos de control y medición de agua, en un plazo máximo de un (01) año, conservándolos y manteniéndolos en buen estado, con la finalidad de registrar y reportar mensualmente a la Administración Local de Agua Cajamarca, los volúmenes diarios captados de los manantiales Hierba Santa, Los Pescados, Barro Negro y Llumgashpuquio. El incumplimiento de esta disposición será sancionado conforme lo establece la Ley de Recursos Hídricos.

ARTÍCULO QUINTO.- DISPONER que la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS -"Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca, conforme lo establece el numeral 21.3 del artículo 23° de la Resolución Jefatura) N°007-2015-ANA, Reglamento de Procedimientos Administrativos para el Otorgamiento de Derechos de Uso de Agua y Autorizaciones de Ejecución de Obras en Fuentes Naturales de Agua; para el uso poblacional el administrado, deberá presentar el compromiso de inscripción en el "Registro de la Fuente de Agua de Consumo Humano" a cargo de la autoridad de salud. La constancia será presentada en un plazo de treinta (30) días; en caso de incumplimiento se declarará la extinción del derecho, previo procedimiento administrativo sancionador.

ARTÍCULO SEXTO.- REMITIR copia de la presente Resolución Directoral a la Oficina de Valor Económico del Agua de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, para el cumplimiento del pago de la retribución económica por ser el agua patrimonio de la nación.

ARTÍCULO SÉTIMO.- REMITIR la presente Resolución Directoral a la Dirección de Administración de Recursos Hídricos de la Autoridad Nacional del Agua, para su inscripción en el Registro Administrativo de Derechos de Uso de Agua.

ARTÍCULO OCTAVO.- DISPONER que la Administración Local de Agua Cajamarca, deberá supervisar el derecho otorgado e informará a la Autoridad Administrativa del Agua VI Marañón.

ARTÍCULO NOVENO.- ENCARGAR a la Administración Local de Agua Cajamarca, la notificación de la presente Resolución Directoral a la Junta Administradora de Servicio y Saneamiento JASS - "Barrio San Vicente" del Barrio San Vicente, del distrito, provincia y departamento de Cajamarca y hágase de conocimiento a la Municipalidad Provincial de Cajamarca, en el modo y forma de Ley.