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-. Que estas previsiones se enmarcan en los "lineamientos Curriculares Nacionales para la Forrnaeien Docente Inicial', aprobados por la Resoluci6n N° 24/07 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION, que establece distintos nivelesde concrecion curricular: nacional, jurisdiccional e institucional. Que de conformidad con la referida norma, la Resctucton Ministerial N° 1.588/12 en su Anexo II, punto segundo, apartado "d" establece que las diserios curriculares ceberan contener la carga horaria total de la carrera incluyendo los espacios de definicion institueional. Que para el caso de la bibliografla, el eitado Anexo II menciona su caracter de baslca. Que en vista de los considerandos precedenles se advierte la necesidad de explicitar la redacci6n original de la Resoluclon Ministerial N° 1.588/12 en cuanto a los componentes mencionados en los anteriores considerandos. Que la DIRECCI6N GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado la intervenclon que Ie compete. Que la presente medlda sa dicta en virtud de las facuttades conferidas por la Ley de Ministerios (to. 1992). sus modificatorias y complementarias. CONSIDERANDO: .Que la resolucton mencionada en segundo termino tiene por objeto aprobar las condiciones y procedimientos para la tramitaci6n de la validez nacional de tl1ulos y certificaciones de estudios presenciales de formaci6n docente, segun 10 dispone el articulo 15 de la Ley de Educacion Na9iQnaiN° 26.206. Que 18 referida norma establece asu vez los componentes basicos exigidos para la presentacicn de los disefios curriculares en las solicitudes de validez nacional. VISTO las Resolueiones Nros. 24 del 7 de noviembre de 2007 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION Y Ministerial 1.588 del 13 de septiembre de 2012,Y BUENOS AIRES, 31 ENE 21114 I'iESDLUCION Ng _ 62 ... -' -

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Page 1: Res. 62 14-ministerio_de_educacion_-_pag_1

-.

Que estas previsiones se enmarcan en los "lineamientos CurricularesNacionales para la Forrnaeien Docente Inicial', aprobados por la Resoluci6n N°

24/07 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION, que establece distintos nivelesdeconcrecion curricular: nacional, jurisdiccional e institucional.

Que de conformidad con la referida norma, la Resctucton Ministerial N°

1.588/12 en su Anexo II, punto segundo, apartado "d" establece que las diserios

curriculares ceberan contener la carga horaria total de la carrera incluyendo losespacios de definicion institueional.

Que para el caso de la bibliografla, el eitado Anexo II menciona sucaracter de baslca.

Que en vista de los considerandos precedenles se advierte la

necesidad de explicitar la redacci6n original de la Resoluclon Ministerial N° 1.588/12

en cuanto a los componentes mencionados en los anteriores considerandos.Que la DIRECCI6N GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado

la intervenclon que Ie compete.Que la presente medlda sa dicta en virtud de las facuttades conferidas

por la Ley de Ministerios (to. 1992). sus modificatorias y complementarias.

CONSIDERANDO:.Que la resolucton mencionada en segundo termino tiene por objeto

aprobar las condiciones y procedimientos para la tramitaci6n de la validez nacionalde tl1ulos y certificaciones de estudios presenciales de formaci6n docente, segun 10

dispone el articulo 15 de la Ley de Educacion Na9iQnaiN° 26.206.Que 18 referida norma establece asu vez los componentes basicos

exigidos para la presentacicn de los disefios curriculares en las solicitudes de validez

nacional.

VISTO las Resolueiones Nros. 24 del 7 de noviembre de 2007 del

CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION Y Ministerial 1.588 del 13 de septiembre de

2012,Y

BUENOS AIRES, 31 ENE 21114

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