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REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL
“LISANDRO ALVARADO” DIRECCIÓN DE POSTGRADO DECANATO
DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURIA
IMPACTO DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DEL PRESUPUESTO PÙBLICO SOBRE EL FUNCIONAMIENTO
ADMINISTRATIVO INTERNO DE ÓRGANOS PÙBLICOS ESTADALES. CASO: CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO LARA, DURANTE EL
PERÍODO 2008-2009.
ADJUNTA BEISLI
MAR CI: 16.002.165
ROLAND AUTOR: Lcda. BEISLIMAR ADJUNTA TUTOR: Msc. CARLOS BELLO
I: 16.002.014
NNY
Le Barquisimeto, Mayo 2010.
REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL
“LISANDRO ALVARADO” DIRECCIÓN DE POSTGRADO DECANATO
DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURIA
IMPACTO DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DEL PRESUPUESTO PÙBLICO SOBRE EL FUNCIONAMIENTO
ADMINISTRATIVO INTERNO DE ÓRGANOS PÙBLICOS ESTADALES. CASO: CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO LARA, DURANTE EL
PERÍODO 2008-2009.
Trabajo presentado para optar al grado de Especialista en Gerencia Mención Financiera
ADJUNTA BEISLI
.16ROLAND
AUTOR: Lcda. BEISLIMAR ADJUNTA TUTOR: Msc. CARLOS BELLO
I: 16.002.014
Le Barquisimeto, Mayo 2010.
iii
DEDICATORIA
A Dios Todopoderoso, creador de la vida y dueño del universo, quien me dio
salud, fortaleza y constancia para lograr esta meta propuesta y me enseño lo fuerte y
hermosa que es la vida, pero lo más bello y grandioso que me dio, es tener unos
padres tan virtuosos y dignos de seguir su ejemplo.
A mi amor “Luis”, que gracias a su gran corazón y apoyo incondicional en todo
momento, he logrado alcanzar mi meta.
A mis padres Venancio y Magdaliz, Dios lo cuide y bendiga siempre, han sido
mi guía, mis motivos e inspiración para alcanzar esta meta.
A mis hermanos Miguel, Dessiree, y Santo por estar siempre a mi lado, los
quiero mucho.
A mis sobrinos Migyelin, Migcleibis, Miguel, Venancio, Lorenzo y Candido,
Dios lo cuide, que mis metas sirvan de ejemplo para que se tracen sus propias metas y
lleguen a cumplirlas.
iv
AGRADECIMIENTO
A DIOS por permitir mi ingreso a la Especialización y darme salud física e
intelectual para poder culminar este gran reto.
A mi madre y mi padre por estar siempre pendiente de mí.
A mi Amor Luis por darme siempre su apoyo incondicional, a ti mi negro
muchas gracias por acompañarme en este camino tan importante en mi vida y creer
en mí.
A mi Gran amiga Luliana que a estado junto a mi desde pregrado apoyándome,
a mi compañera de clases Anny que se ha convertido en una gran amiga,
brindándome todo su apoyo y amistad., Gracias…
A mis profesores, amigos y todos aquellos que me ayudaron aún sin saberlo y
que hicieron posible la elaboración de este trabajo.
De todo corazón a Todos MUCHAS GRACIAS y que Dios los bendiga, porque
han sido una bendición en mi vida…
MUCHAS GRACIAS….
v
UNIVERSIDAD CENTROCCIDENTAL “LISANDRO ALVARADO” DECANATO DE ADMINISTRACIÓN Y CONTADURÍA
COORDINACIÓN DE POSTGRADO ESPECIALIZACION EN GERENCIA MENCIÓN, FINANCIERA
IMPACTO DE LAS MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS DEL
PRESUPUESTO PÙBLICO SOBRE EL FUNCIONAMIENTO ADMINISTRATIVO INTERNO DE ÓRGANOS PÙBLICOS ESTADALES. CASO: CONSEJO LEGISLATIVO DEL ESTADO LARA, DURANTE EL
PERÍODO 2008-2009.
Autor: Lcda. Beislimar D. Adjunta Tutor: Msc. Calos Bello P.
RESUMEN
El presente trabajo es el producto del estudio y análisis sobre las modificaciones presupuestarias aplicadas en el Consejo Legislativo del Estado Lara y el impacto de estas en el funcionamiento administrativo interno, todo ello con la finalidad de proponer recomendaciones para minimizar los efectos que causan dichas modificaciones presupuestarias, para así alcanzar una mejor administración y funcionamiento interno. La investigación está enmarcada en un estudio de campo, de carácter descriptivo, evaluando en forma integral a todas las unidades involucradas del órgano legislador, tomando la información necesaria con el fin de proponer las recomendaciones pertinentes para ser implementadas a futuro; la misma se realizo en el Consejo Legislativo del Estado Lara, ubicado en Barquisimeto, Municipio Iribarren, Calle 23 entre Carreras 17 y 18. Se tiene como propósito fundamental, analizar el impacto de las modificaciones presupuestarias sobre el funcionamiento administrativo interno; La población está conformada por la totalidad de trabajadores de las oficinas de la Dirección de Servicios Administrativos, Administración, Compras y Recursos Humanos, lo cual representa un total de veinte (20) trabajadores que laboran en las unidades administrativas del ente en estudio; para el caso de la población de la presente investigación, por ser la misma muy pequeña, se determino como muestra, la totalidad de los veinte (20) trabajadores de las áreas administrativas del Consejo Legislativo del Estado Lara.
Descriptores: Impacto, modificaciones presupuestarias, funcionamiento interno.
vi
INDICE
PAG. DEDICATORIA……………………………………………………………..
AGRADECIMIENTO……………………………………………………....
RESUMEN…………………………………………………………………...
INDICE GENERAL………………………………………………………...
INDICE DE CUADROS Y GRÀFICOS………………………………….
INTRODUCCIÒN…………………………………………………………..
iii
iv
v
vi
vii
1
CAPITULO
I EL PROBLEMA…………………………………………… 3
Planteamiento del Problema…………………………….. 3 Objetivos………………………………………………….. 13
General………………………………………………….. 13 Específicos..…………………………………………..... 13
Justificación e Importancia……………………………… 14 Alcance y Delimitaciones………………………………... 15
II MARCO TEORICO……………………………………………. 16
Antecedentes de la Investigación……………………….. 16 Bases Teóricas……………………………………………. 33 Bases Legales…………………………………………….. 54 Definición de Términos Básicos………………………… 66 Operacionalización de variables………………………… 69 III MARCO METODOLÓGICO………………………………….. 71
Tipo de Investigación………………………………………….. 71 Diseño de la Investigación……………………………………... 71 Población………………………………………………………. 72 Muestra………………………………………………………… 73 Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos……………. 73 Validación del Instrumento…………………………………….. 74 Procedimiento………………………………………………….. 75 Técnicas de Análisis de Resultados……………………………. 75
IV ANÁLISIS E INTERPRETACIÓN DE LOS RESULTADOS. 77
Análisis e Interpretación de los Resultados …………… V CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES………….
77 95
Conclusiones……………………………………………………. 95 Recomendaciones………………………………………………. 97 Referencias Bibliográficas……………………………………… 99 Anexos………………………………………………………….. 102
vii
INDICE DE CUADROS Y GRAFICOS
PAG.
Cuadro Nº 1. Operacionalizacion de las Variables 69
Cuadro Nº 2 78
Gráfico Nº 1 78
Cuadro Nº 3 79
Gráfico Nº 2 79
Cuadro Nº 4 80
Gráfico Nº 3 80
Cuadro Nº 5 81
Gráfico Nº 4 81
Cuadro Nº 6 82
Gráfico Nº 5 82
Cuadro Nº 7 83
Gráfico Nº 6 83
Cuadro Nº 8 84
Gráfico Nº 7 84
Cuadro Nº 9 85
Gráfico Nº 8 85
Cuadro Nº 10 86
viii
Gráfico Nº 9 86
Cuadro Nº 11 87
Gráfico Nº 10 87
Cuadro Nº 12 88
Gráfico Nº 11 88
Cuadro Nº 13 89
Gráfico Nº 12 89
Cuadro Nº 14 90
Gráfico Nº 13 90
Cuadro Nº 15 91
Gráfico Nº 14 91
Cuadro Nº 16 92
Gráfico Nº 15 92
Cuadro Nº 17 93
Gráfico Nº 16 93
Cuadro N° 18 94
Gráfico N° 17 94
ix
INTRODUCCIÓN
En el desarrollo del presente trabajo se describe de manera amplia la situación
objeto de estudio, que en este caso específico, consiste en determinar el impacto de
las modificaciones presupuestarias sobre el funcionamiento administrativo interno del
Consejo Legislativo del Estado Lara.
En un contexto general, se establece dentro de los instrumentos del sistema de
planificación del sector público, al Plan Operativo Anual, dentro del cual se ubica
como componente al presupuesto público, como un instrumento expresado en
términos financieros, en el cual se reflejan los gastos y aplicaciones así como los
ingresos y fuentes de recursos, que un organismo, sector, municipio, estado o nación,
tendrán durante un período determinado con base en políticas específicas, que derivan
en objetivos definidos para las diversas áreas que interactúan en la acción de
gobierno.
De igual forma, esta investigación ocupa un lugar importante en el estudio de las
modificaciones presupuestarias y su relación con el funcionamiento administrativo
interno del organismo o ente público en el cual son aplicadas; en este caso se estudia
el ejercicio fiscal 2008-2009 del Consejo Legislativo del Estado Lara, para lo cual se
plantea el objetivo general y objetivos específicos con los que se pretende responder
al problema planteado, indicándose con precisión los conceptos a desarrollar, así
como las variables o dimensiones que serán objeto de investigación.
Así mismo, se pretende desarrollar aspectos generales de contenido teórico
relacionado con el tema en estudio, en principio, tratando lo relacionado con
antecedentes, específicamente en cuanto a investigaciones de contenido similar que
guardan estrecha relación con el presente estudio. Es importante señalar que en
relación al marco teórico, la presente investigación desarrolla lo concerniente a la
evolución del tema presupuestario en Venezuela, desde sus inicios como antecedentes
1
históricos, pasando por la reseña pretérita del Consejo Legislativo del Estado Lara,
escenario en el cual se desarrollarán los objetivos de la presente investigación,
considerando su funcionamiento interno y el acoplamiento en relación al impacto que
las modificaciones presupuestarias adoptan por ésta, de allí la importancia de plasmar
criterios doctrinarios en materia de presupuesto público y las implicaciones que en
este tema poseen dichas modificaciones, siendo no menos importante el fundamento
conceptual y el tratamiento de cada una de éstas y su desenvolvimiento dentro de los
órganos de la administración pública, por lo que, el Ente Parlamentario refleja una
realidad que bien vale ser tratada y estudiada conforme a dichos criterios que serán
desarrollados dentro del marco teórico contenidos en la presente investigación, a los
fines de producir una opinión de la investigadora, en concordancia con los principios
presupuestarios existentes, la teoría en cuestión y los fundamentos jurídicos legales,
en razón de la regulación establecida a tales efectos en la legislación venezolana.
En este mismo orden de ideas, el basamento legal del tema objeto de
investigación, esta establecido en la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, así como la legislación orgánica, estadal y reglamentos, siendo de
particular interés lo dispuesto en la Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal y el
Reglamento Interior y Debates del Consejo Legislativo Estado Lara.
De igual forma se establece el tipo de investigación, la población objeto de
estudio, la selección de la muestra, las técnicas e instrumentos de recolección de
datos, los parámetros para la validación del instrumento, el procedimiento y las
técnicas de análisis de los resultados, es decir, se sustenta los métodos, las diversas
reglas, registros, técnicas y protocolos que enmarcan el proceso de obtener los datos;
el desarrollo y alcance de los objetivos que se han planteado para este trabajo de
investigación. Luego se desarrolla el análisis de los resultados. Seguidamente se
presenta las conclusiones y recomendaciones. Por último se presentan las referencias
y anexos respectivos.
2
CAPITULO I
EL PROBLEMA
Planteamiento del Problema
En lo referido al Régimen Socioeconómico y la Función del Estado en la
Economía, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo
299, establece;
“El régimen socioeconómico de la República Bolivariana de Venezuela se fundamenta en los principios de justicia social, democracia, eficiencia, libre competencia, protección del ambiente, productividad y solidaridad, a los fines de asegurar el desarrollo humano integral y una existencia digna y provechosa para la colectividad. El Estado, conjuntamente con la iniciativa privada, promoverá el desarrollo armónico de la economía nacional con el fin de generar fuentes de trabajo, alto valor agregado nacional, elevar el nivel de vida de la población y fortalecer la soberanía económica del país, garantizando la seguridad jurídica, solidez, dinamismo, sustentabilidad, permanencia y equidad del crecimiento de la economía, para lograr una justa distribución de la riqueza mediante una planificación estratégica democrática, participativa y de consulta abierta”. Este mandato constitucional indica que se debe conducir al país hacia la
maximización del bienestar colectivo, que se exprese en la ampliación de la
democracia, mayor seguridad social, crecientes fuentes de trabajo, alto valor agregado
nacional, mejor nivel de vida para la población y mayor soberanía del país. Tales
resultados deben garantizar la solidez, el dinamismo, sustentabilidad, permanencia y
equidad del crecimiento económico que se traducirá en una justa distribución de la
riqueza nacional, generado por una planificación de carácter estratégico, que
democráticamente incorpore la participación colectiva, mediante la consulta abierta.
En el caso venezolano, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela fija
algunas pautas para el régimen presupuestario, dentro de lo que expresan los artículos
311 y 315 inclusive.
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En este sentido, es importante analizar y evaluar al sistema presupuestario
venezolano, ya que a través de su responsable implementación, se da el logro y
cumplimiento a las metas y objetivos señalados en los planes de desarrollo del país.
En tal sentido, la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector
Publico establece como objetivo general, regular la administración financiera, el
sistema de control interno del sector público, y los aspectos referidos a la
coordinación macroeconómica, al Fondo de Estabilización Macroeconómica y al
Fondo de Ahorro Intergeneracional; así mismo comprende el conjunto de sistemas,
órganos, normas y procedimientos que intervienen en la captación de ingresos
públicos y en su aplicación para el cumplimiento de los fines del estado, y estando
regida por los principios constitucionales de legalidad, eficiencia, solvencia,
Igualmente, es imprescindible señalar que la Ley Orgánica de Planificación
tipifica como objetivo fundamental, establecer las bases y lineamientos para la
construcción, la viabilidad, el perfeccionamiento y la organización de la planificación
en los diferentes niveles territoriales de gobierno, así como el fortalecimiento de los
mecanismos de consulta y participación democrática en la misma. Muestra a su vez,
el significado de la planificación que se describe como la tecnología permanente,
ininterrumpida y reiterada del estado y la sociedad, destinada a lograr su cambio
estructural de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela.
La referida ley, en su Título IV de los Planes, Capitulo I Los Planes Nacionales
de su Competencia, en su Artículo 28, establece;
“Los planes nacionales son de la competencia del poder ejecutivo nacional, de conformidad con lo establecido en este decreto ley y demás leyes aplicables. Los planes deben ajustarse a las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación”. Los tipos de planes nacionales, según lo indica el Artículo 29 de dicha ley, son:
el Plan Nacional de Desarrollo, el Plan Operativo Anual Nacional, el Plan Nacional
de Desarrollo Regional, los Planes Nacionales de Desarrollo Sectorial, el Plan
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Nacional de Desarrollo Institucional, los Planes Operativos y los demás planes que
establezca la ley. Los mismos se desarrollan en los artículos siguientes de la ley antes
referida:
Artículo 31,
“El Plan Nacional de Desarrollo define los objetivos, estrategias, políticas, medidas, metas y proyectos que orientan la acción de gobierno en el período constitucional”.
Articulo 34, “El Plan Operativo Anual Nacional define los programas y proyectos
estratégicos que llevará a cabo el Ejecutivo Nacional”. Articulo 44, “El Plan Nacional de Desarrollo Regional define los objetivos, estrategias,
inversiones, metas y proyectos para el desarrollo regional del país, a corto, mediano y largo plazo”.
Articulo 46, “Los Planes Nacionales de Desarrollo Sectorial definen los objetivos,
estrategias, políticas, medidas, metas y proyectos para el desarrollo de los diferentes sectores económicos y sociales”.
Articulo 48, “El Plan Nacional de Desarrollo Institucional define los objetivos, estrategias,
políticas, medidas, metas y proyectos para el desarrollo y modernización de la Administración Pública”.
Articulo 50, “Cada uno de los órganos y entes de la Administración Pública deben elaborar su respectivo Plan Operativo, donde se concreten los programas, proyectos y acciones a desarrollar en el año fiscal correspondiente, en conformidad con las directrices del Plan Operativo Anual Nacional”. El presupuesto como tal constituye un importante instrumento de gestión
pública que debe reflejar los lineamientos de acción propuestos por el ejecutivo; de
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allí su vínculos con los lineamientos generales del Plan de Desarrollo Económico y
Social de la Nación, igualmente la elaboración del Plan Operativo Anual que
representa y contiene las expresión de un conjunto de prioridades que permitan
orientar la acción gubernamental en el nivel más cercano al ciudadano, y en donde
verdaderamente se materializa y operativiza, el proceso de descentralización
planteado como prioridad en la carta fundamental de la republica.
Ahora bien, uno de los componentes del Plan Operativo Anual es el
Presupuesto del Sector Público, a través del cual se procura la definición concreta y la
materialización de los objetivos de dicho sector. La concepción moderna del
presupuesto está sustentada en el carácter de integridad de la técnica financiera, ya
que el presupuesto no sólo es concebido como una mera expresión financiera del plan
de gobierno, sino como una expresión más amplia, por cuanto constituye un
instrumento del sistema de planificación, que refleja una política presupuestaria
única. Bajo este enfoque de la integridad, se sustenta la necesidad de que las diversas
etapas del proceso presupuestario sean concebidas como aspectos igualmente
importantes del sistema presupuestario y, por lo tanto, estén debidamente
coordinadas, a los fines de optimizar los procesos de ejecución conforme a los
productos obtenidos, basados en la planificación predeterminada.
En sentido amplio, el presupuesto es caracterizado como un documento
financiero a través del cual se refleja un conjunto de gastos que se pretenden realizar
durante un periodo de tiempo determinado, denominado por la ley como año fiscal, y
el detalle de los ingresos que se prevé obtener para su financiamiento, de allí que su
origen en el ámbito público se remonta en el siglo XVIII, generalizándose y
expandiendo su sentido y propósito en el siglo XIX mediante la implantación del
estado de derecho y el principio de división de poderes.
En este sentido, el Artículo 10 de la Ley Orgánica de la Administración
Financiera del Sector Público, establece que:
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“ Los presupuestos públicos expresan los planes nacionales regionales y locales, elaborados dentro de las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la Nación aprobadas por la Asamblea Nacional, en aquellos aspectos que exigen, por parte del sector público, captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del país; y se ajustarán a las reglas de disciplina fiscal contempladas en esta Ley y en la Ley del marco plurianual del presupuesto. El plan operativo anual, coordinado por el Ministerio de Planificación y Desarrollo, será presentado a la Asamblea Nacional en la misma oportunidad en la cual se efectúe la presentación formal del proyecto de ley de presupuesto”.
Así mismo, se establece el presupuesto como un factor que reviste gran
importancia para la administración pública, en razón de que está configurado como
un documento jurídico que autoriza y vincula a la administración para realizar gastos
y generar ingresos, a los fines de cumplir con las exigencias de la sociedad,
atribuibles al sector público, mencionando como tales, la intervención en la vida
económica, la prestación de bienes públicos, la asignación y distribución de la
riqueza, por lo que resulta de vital interés afirmar que el presupuesto constituye la
técnica de gestión de mayor jerarquía de la que disponen las administraciones, pues
proporciona la información financiera más importante para la consecución eficiente y
eficaz de las funciones planificadas, siendo por último, una garantía para los
administradores, pues la actividad de la administración se dirige hacia fines
concretos, sometidos a control.
Por su parte el Artículo 40 de la Ley Orgánica de Planificación establece que:
“Los órganos y entes de la Administración Pública, con excepción de las empresas del Estado, deben establecer en sus respectivos planes y proyectos de presupuesto, las responsabilidades, los servicios que prestan, las metas y las cuotas presupuestarias contempladas en el Plan Operativo Anual Nacional”.
Así entonces Matner, G. (2004), establece que el presupuesto se configura
como un instrumento propio de la hacienda pública y en él aparecen reflejados los
bienes y servicios que ella adquiere, sus transferencias al sector público y sus
7
ingresos fiscales. La técnica debe incluir además, en forma expresa, todos los
elementos de la programación: objetivos, metas, volúmenes de trabajo, recursos
reales y financieros, que justifiquen y garanticen el logro de los objetivos previstos;
siendo un medio para prever y decidir la producción que se va a realizar en un
período determinado, así como para asignar formalmente los recursos que esa
producción exige en la praxis de una institución, sector o región. Este carácter
práctico del presupuesto implica que debe concebirse como un sistema administrativo
que se materializa por etapas: formulación, discusión, sanción, ejecución, control y
evaluación, por lo que resulta oportuno citar el Artículo 62 de la Ley Orgánica de la
Administración Financiera del Sector Público, que reza:
“El proceso presupuestario de los estados, distritos y municipios se regirá por la Ley Orgánica de Régimen Municipal, las leyes estadales y las ordenanzas municipales respectivas, pero se ajustará, en cuanto sea posible, a las disposiciones técnicas que establezca la Oficina Nacional de Presupuesto. Las leyes y ordenanzas de presupuesto de los estados, distritos y municipios, dentro de los sesenta días siguientes a su aprobación, se remitirán, a través del Vicepresidente Ejecutivo de la República, a la Asamblea Nacional, al Concejo Federal de Gobierno, al Ministerio de Planificación y Desarrollo y a la Oficina Nacional de Presupuesto, a los solos fines de información. Dentro de los treinta días siguientes al fin de cada trimestre, remitirán, igualmente, a la Oficina Nacional de Presupuesto información acerca de la respectiva gestión presupuestaria”.
Con la promulgación y aprobación de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, el 30 de Diciembre de 1999, se han gestado numerosos
cambios en todos los niveles del sector público venezolano, por lo que el gobierno
nacional se ha visto en la necesidad de hacer modificaciones que le permitan el logro
y cumplimiento de metas y objetivos a nivel nacional, estadal y municipal.
De allí surgen las relevantes modificaciones presupuestarias que según Matus,
C. Makón, M. y Arrieche, V. (1979), consisten en cambios y reasignaciones que se
efectúan a los créditos asignados a los programas, subprogramas, proyectos, obras,
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partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas que expresamente se
señalan en la ley de presupuesto y su respectiva distribución general de cada año, para
los diferentes organismos. Dichas modificaciones pueden ser consecuencia de
subestimaciones o sobreestimaciones de los créditos asignados originalmente en la
ley de presupuesto y en la distribución general, incorporación de nuevos programas,
reajuste de gastos acordados por el Presidente de la República, con miras a un uso
más racional de los mismos o motivado por situaciones de tipo coyuntural no
previstas, o la alteración de las metas o volúmenes de trabajo en los programas que
desarrolla el organismo, así como también por gastos no previstos.
Tales afirmaciones han permitido el desarrollo funcional de varios tipos de
modificaciones presupuestarias, como los Créditos Adicionales, caracterizados por
ser incrementos a los créditos presupuestarios que se acuerdan a los programas,
subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y
subespecíficas que expresamente señala la ley de presupuesto y la distribución
general de cada año. Así entonces, el Ejecutivo Nacional, al tramitar la modificación
presupuestaria en referencia, debe demostrar que el tesoro nacional dispone de los
recursos para atender la erogación. Además de los créditos presupuestarios, las
Rectificaciones Presupuestarias se constituyen como otra forma de modificación, la
cual está dada por incrementos de créditos presupuestarios, las cuales se acuerdan a
los programas, subprogramas, obras, partidas y subpartidas, genéricas, específicas y
subespecíficas de los organismos ordenadores de compromisos y pagos, para gastos
necesarios no previstos o que resulten insuficientes, la fuente de financiamiento es la
partida Rectificaciones al Presupuesto, prevista en la ley de presupuesto anual; es
por ello que el uso de esa partida, aumenta los créditos del organismo, pero no el
total de las asignaciones acordadas en dicha ley.
En este mismo orden de ideas, las Insubsistencias Presupuestarias o
Anulaciones de Créditos Presupuestarios, se constituyen como otra forma de
modificación donde se anulan, total o parcialmente, los créditos no comprometidos
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acordados a programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas,
genéricas, específicas y subespecíficas de la ley de presupuesto, constituyendo una de
las modificaciones que provoca rebaja a los créditos del presupuesto de gastos.
Igualmente, los Ajustes en los Créditos por Reducción de Ingresos, la cual es una
forma de modificación presupuestaria mediante la cual se anulan total o parcialmente
los créditos no comprometidos acordados a programas, subprogramas, proyectos,
obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas de la ley de
presupuesto, siendo aquí donde las reducciones a los créditos se originan, al
evidenciarse una disminución de los ingresos previstos para el ejercicio fiscal.
Por su parte, los Traspasos o Traslados de Créditos consisten en una
reasignación de créditos presupuestarios entre partidas y sub partidas genéricas,
específicas y subespecíficas de un mismo programa o distintos programas que no
afectan el total de los gastos previstos en el presupuesto y, de acuerdo a los niveles de
aprobación; los mismos se desglosan entre los que ameritan modificación de las
partidas o de las subpartidas controladas y requieren aprobación de la Asamblea
Nacional y los que merezcan modificación de las partidas o de las subpartidas no
controladas, que requieren aprobación del Asamblea Nacional, si el monto es mayor
al cinco por ciento (5%). Los que ameriten modificación de las partidas o de las
subpartidas no controladas, requieren aprobación de la Oficina Central de
Presupuesto si el monto es igual o menor al cinco por ciento (5%) y los que afecten a
las subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas no controladas de una partida,
deben ser autorizadas por la máxima autoridad del organismo o su delegado.
En otro orden de ideas, la Constitución de la Republica Bolivariana de
Venezuela establece que los consejos legislativos representan, a nivel de los estado, la
máxima autoridad en materia legislativa, en este sentido, el Consejo Legislativo del
Estado Lara es la representación del poder público legislativo a nivel estadal; su sede
se encuentra ubicada en la ciudad de Barquisimeto y tiene como misión, legislar en
materia de su competencia y ejercer el control, seguimiento y evaluación de los
10
órganos y entes de la administración pública estadal, con la incorporación activa de
los ciudadanos en los procesos legislativos y en el control de la gestión pública al
servicio, intereses y necesidades de la colectividad larense. De igual forma, su visión
se focaliza en crear y desarrollar un orden jurídico estadal, apegado a la Constitución
de la República Bolivariana de Venezuela y a la Constitución del Estado Lara, bajo
los principios de justicia, equidad y responsabilidad, con fundamento en la
participación ciudadana, garantizando la transparencia, la eficacia, la eficiencia, la
celeridad y la honestidad en la gestión pública, avocada al servicio, intereses y
necesidades de la sociedad larense. Asimismo, el Consejo Legislativo del Estado
Lara, según lo contemplado en el artículo 162 de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, tiene como función legislar sobre las materias de la
competencia estadal, sancionar la Ley de Presupuesto del Estado, así como las demás
que establezcan la Constitución y las leyes. De igual forma, son materia de su
competencia, los aspectos vinculados a la planificación del desarrollo económico y
social, los instrumentos y mecanismos que constituyen el sistema de planificación,
cada uno con su función específica asignada, derivándose de allí, el Plan Operativo
Anual, que establece la concreción de los planes de largo y mediano plazo.
Tales premisas permiten ahondar en el tema del gasto público, para lo cual la
ley establece una limitación que viene dada por la imposibilidad de gastar más de lo
que las partidas de gasto consignadas en el presupuesto indican; sin embargo, las
partidas de ingresos, están dadas por estimaciones, con lo que nada impide que se
supere la cuantía prevista ni, por consiguiente, lo contrario. De esta manera, el plan
presupuestario adopta la forma de cifras, con lo que se posibilita el conocer el soporte
real que cada partida de gastos o ingresos supone, pues en el presupuesto han de
figurar todos los gastos e ingresos de la administración, sin posibilidad de que existan
presupuestos independientes o paralelos.
Ahora bien, el carácter de la autorización parlamentaria sobre el presupuesto es
un elemento de especial énfasis, en el sentido de que su vigencia es determinada
dentro del ejercicio presupuestario, y una vez desarrollados sus objetivos dentro de
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los procesos para la ejecución presupuestaria, es posible significar su valía y
prórroga, atendiendo a las necesidades puntuales posterior al proceso, como lo es la
actividad supervisora sobre el gasto, inversiones o pago de obligaciones de ejercicios
anteriores con cargo al presupuesto corriente. En este sentido, se establece que los
créditos iníciales incluidos en los estados de gastos se pueden modificar a lo largo del
ejercicio y la causa de tales modificaciones se encuentra en que durante el ejercicio
pueden plantearse cambios en las necesidades iníciales o surgir nuevas necesidades
que sea preciso atender.
En algunos casos, estas alteraciones pueden atenderse con los créditos
inicialmente aprobados, usando para ello el crédito de los vinculantes (las partidas de
un mismo vinculante tienen un crédito común), con lo que no sería necesario tramitar
modificación de crédito. En otros casos, las alteraciones de los créditos iníciales sólo
pueden satisfacerse sobrepasando los límites de las vinculaciones, siendo necesario
para ello acudir a los mecanismos de las modificaciones presupuestarias. Así, se
pueden definir las modificaciones de crédito como los aumentos y disminuciones
cuantitativas y cualitativas de los créditos inicialmente aprobados en el presupuesto
de gastos, realizadas de acuerdo a la legislación vigente.
En atención ejecución de las modificaciones presupuestarias e implementación
sobre el ajuste en los créditos por reducción de ingresos ordenado por el Ejecutivo
Nacional, surge la necesidad de evaluar y estudiar dichas modificaciones, ya que
estas actúan de manera directa con el desenvolvimiento y desempeño de los
organismos públicos, siendo allí donde se reflejan y realizan todos los cambios
administrativos referentes al funcionamiento y estabilidad de estos.
Es así que, cabe preguntar si en razón de las modificaciones presupuestarias ¿es
posible determinar su existencia en el consejo legislativo del estado Lara?, ¿es viable
su estudio?, ¿resulta posible la medición del impacto de las modificaciones
presupuestarias? y en cuanto al funcionamiento administrativo interno del Consejo
Legislativo del Estado Lara ¿en qué consiste el fundamento de la evaluación del
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impacto de las modificaciones presupuestarias? Dilucidadas las anteriores
interrogantes se propondrán recomendaciones para minimizar los efectos que causan
las modificaciones presupuestarias en el funcionamiento administrativo interno del
Consejo Legislativo del Estado Lara.
Por lo antes expuesto, se plantean los siguientes objetivos de la investigación:
Objetivos de la Investigación
Objetivo General
Analizar el impacto de las modificaciones presupuestarias del presupuesto
público sobre el funcionamiento administrativo interno de órganos públicos estadales.
Caso: Consejo Legislativo del Estado Lara, durante el periodo 2008-2009.
Objetivos Específicos
1. Determinar los tipos de modificaciones presupuestarias en el Consejo
Legislativo del Estado Lara.
2. Diagnosticar las modificaciones presupuestarias aplicadas en el
Consejo Legislativo del Estado Lara, con el fin de verificar el cumplimiento de la
normativa legal vigente y desarrollar de manera objetiva la información.
3. Evaluar el impacto de las modificaciones presupuestarias en el
funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara.
Justificación e Importancia
Dentro del campo de la administración pública se ha producido una serie de
cambios que enmarcan el funcionamiento de los organismos, siendo uno de estos, las
modificaciones presupuestarias, es por ello que, la presente investigación representa
un estudio de gran relevancia, ya que pretende determinar la forma en que la actual
recesión económica o crisis financiera venezolana, ha conllevado a la modificación
presupuestaria en el Consejo Legislativo del Estado Lara.
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El presupuesto público se ha convertido en un instrumento importante, puesto
que refleja la política presupuestaria única en un proceso vivo y permanente, que
permite la ejecución de los planes de desarrollo económico, siendo una herramienta
para facilitar la consecución de los diversos objetivos adaptados a las necesidades
socioeconómicas de cada región y de cada ente dependiente del estado.
En tal sentido, a través de la presente investigación se estudian las diferentes
modificaciones presupuestarias, determinan sus causas e impacto sobre el
funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara, así
como de los resultados obtenidos, proponer las recomendaciones para minimizar
dichos efectos sobre su administración y funcionamiento.
Por otra parte, este trabajo sirve de base para el desarrollo de otras
investigaciones que pretendan ahondar en el tema de las modificaciones
presupuestarias y su impacto en la aplicación y ejecución del gasto institucional, así
como en determinar las estrategias que permitan medir y minimizar la repercusión
que estas tengan sobre las organizaciones públicas y sobre su personal. En este
sentido, constituye un aporte para las empresas privadas y sobre todo las públicas, a
través de lo que es el manejo y ejecución del presupuesto y la implicación de éste en
el desarrollo económico de las instituciones y del Estado; asimismo, podría contribuir
con todos los responsables de la administración de los recursos, al proveerle de
herramientas que puedan contribuir a una mejor administración y ejecución del
presupuesto, por otra parte permitirá a estudiantes, docentes y universidades ampliar
el material bibliográfico con el que cuentan.
Alcance y Delimitaciones
La investigación se realizo en el ámbito presupuestario del Consejo Legislativo
del Estado Lara, correspondiente al periodo 2008-2009. Durante el desarrollo del
presente trabajo se estudio cómo surge y en qué consisten las diferentes
14
modificaciones presupuestarias, así como el impacto de éstas sobre el funcionamiento
administrativo interno del ente parlamentario.
Por otra parte, el desarrollo y logro de los objetivos de este estudio dependerá
en gran medida del acceso a la información que se tenga por parte de los encargados
del manejo y ejecución del presupuesto del Consejo Legislativo del Estado Lara,
siendo está la fuente principal para la recolección de la información.
La variable de este estudio lo constituye el impacto de las modificaciones
presupuestarias en el funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo
del Estado Lara. Por tal razón, su basamento teórico lo representa fundamentalmente
la teoría de la planificación, presupuesto y modificación presupuestaria.
Es una investigación descriptiva de campo, ya que la información requerida se
obtendrá a través de libros, leyes, documentos oficiales y mediante la aplicación de
técnicas e instrumentos de recolección de datos, tales como: la encuesta, observación
directa, cuestionario, entre otras.
15
CAPITULO II
MARCO TEORICO
Antecedentes de la Investigación
En lo que se refiere a trabajos anteriores, relacionados con el presente tema
objeto de investigación, es de indicar que fueron recopilados los siguientes estudios,
cuyo contenido permiten basar los antecedentes de la presente investigación.
En este sentido Guedez, A. (2007), en su investigación titulada Consejos
Locales de Planificación Pública: Instrumentación y Logros en el Municipio Iribarren
2002-2005, mostró el impulso de la participación ciudadana en el municipio para la
formulación y seguimiento al Plan Municipal de Desarrollo y del Presupuesto
Público; de igual forma hace hincapié en que los Consejos Locales de Planificación
Pública están llamados a ser la instancia que motorice la nueva concepción de la
planificación participativa, protagónica y corresponsable del país. Es una
investigación de campo de nivel explicativo, en donde se utilizó una muestra de 150
ciudadanos que han asistido a las asambleas del Consejo en el Municipio Iribarren,
tomando como muestra el cuarenta y cinco por ciento (45 %) de la población, dando
como resultado la mayor frecuencia de asistencia masiva de las comunidades a las
asambleas comunitarias para la formulación del presupuesto, es decir, que hay una
mayor intervención de la ciudadanía en la elaboración de sus presupuestos, además
sienten el deber de incorporarse y de la corresponsabilidad que deben asumir en
materia de seguimiento y control de la gestión pública.
El investigador, además consideró al presupuesto como un instrumento que
permite apoyar la acción y función del gobierno como un plan de acción del Estado
para un período dado, para el cual debe formularse y tener una forma de expresión
que sirva como guía de acción que elimine la necesidad de decisiones improvisadas.
16
Esta investigación fue tomada por la autora del presente trabajo como
antecedente, debido a que en ella se establece la importancia de la planificación en la
elaboración del presupuesto como plan de acción del estado para un ejercicio fiscal
determinado, al igual que da relevancia a la participación ciudadana en su fase de
formulación, conformándose así la teoría del presupuesto participativo, en donde
debe tomarse en cuenta diversos factores a fin de que el presupuesto se adapte y cubra
las necesidades de las organizaciones y entes para el cual fue creado con el objeto de
evitar improvisaciones.
En este orden de ideas Sikiv, W. (2007), en su estudio Aplicación de la Técnica
Presupuesto por Proyecto y Acciones Centralizadas en la Formulación del Plan
Operativo Anual 2006 de la Fundación Centro de Investigaciones del Estado para la
Producción Experimental Agroindustrial (CIEPE), con un diseño de campo a nivel
descriptivo, tomó como población a los funcionarios que laboran en la unidad de
planificación, presupuesto y control de gestión de la fundación, siendo utilizados el
cuestionario y una lista de cotejo, como instrumentos de recolección de información.
De igual forma, planteó que los lineamientos del plan operativo anual nacional
y el plan operativo anual institucional, son un conjunto de orientaciones estratégicas,
conceptos y criterios prácticos para cada órgano o ente operativo del estado, a fin de
que sean capaces de traducirlos en sus respectivos planes y presupuestos
institucionales. Por ello considera el autor que el tipo de planes anuales ha llenado un
vacío en el proceso de planificación, mejorando los mecanismos para poner en
práctica los planes de la nación por parte de la administración gubernamental, dentro
de este orden de ideas, explica las líneas generales del Plan de Desarrollo Económico
y Social de la Nación (PDESN) 2001-2007 como consumo necesario para la
elaboración del plan operativo anual 2005 y 2006 de la Fundación Centro de
Investigaciones del Estado para la Producción Experimental Agroindustrial como
ente adscrito al Ministerio del Poder Popular para Ciencia y Tecnología.
17
En este sentido la investigación, desarrolla el estudió de la técnica de
presupuesto por proyecto en la formulación del Plan Operativo Anual 2006, de la
Fundación CIEPE, la cual permitirá el desarrollo de una planificación en donde se
establezcan metas claras facilitando la vinculación plan-presupuesto, ya que se cuenta
con líneas de acción generales y objetivos estratégicos enmarcados en los organismos
planificadores centrales.
Se tomo como antecedente la anterior investigación, ya que establece la
relación que debe existir entre los lineamientos del plan operativo anual nacional y el
plan operativo anual de cada institución, a fin de que estos estén orientados y tengan
una correlación estratégica, en este sentido la investigación, desarrolla el estudió de la
técnica de presupuesto por proyecto en la formulación del plan operativo,
estableciéndose la vinculación que debe existir entre el plan y el presupuesto.
Adicionalmente Walter, A. (2006), en su estudio denominado Indicadores para
el Control de Gestión Basados en el Presupuesto por Proyectos en la UNELLEZ, en
donde plantea la necesidad de implantar los indicadores de gestión para medir el
resultado del proceso y proveer de información para la toma de decisiones con base
en el presupuesto por proyectos, lo que debe dar respuesta a una planificación
vinculada a la misión, visión, estrategias y objetivos institucionales, distribución y
ejecución de los recursos presupuestarios en función de las necesidades y
requerimientos establecidos en los planes operativos de cada unidad ejecutora, se
señala también en este trabajo que no existe una articulación entre el proceso de
planificación y el proceso presupuestario, que permita planificar los objetivos y
asignar los recursos presupuestarios en función de los requerimientos necesarios para
el logro de las metas establecidas en los planes institucionales. Esta investigación fue
desarrollada bajo un diseño de campo, con la técnica de observación, haciendo un
análisis de los productos finales en correspondencia con el presupuesto.
Uno de los resultados arrojados por la citada investigación, es que existen fallas
en la formulación del Plan Operativo, por lo que el autor recomienda aplicar la
18
técnica de presupuesto por proyecto en toda su concepción sin sesgos metodológicos,
para logra formular una planificación acorde con las necesidades de la institución.
El anterior estudio fue considerado por la investigadora como antecedente, ya
que en él se realiza el análisis del presupuesto por proyectos, realza la relación que
debe existir entre la planificación, los lineamientos institucionales, el plan operativo y
los indicadores de gestión con la elaboración del presupuesto de la institución, esto
con la finalidad de lograr un presupuesto ajustado a las necesidades y realidad del
ente, lo que posiblemente disminuiría la cantidad de improvisaciones, reconducciones
y modificaciones presupuestarias.
Igualmente Figueroa, N. (2005), en su investigación Evaluación del
Presupuesto de Recursos Humanos y su Incidencia en el Costo de los Servicios de las
Alcaldías del Estado Lara, Caso: Alcaldía del Municipio Iribarren para el Ejercicio
Fiscal 2004, esta investigación documental de tipo descriptiva-analítica de campo,
tuvo como propósito el estudio de la incidencia presupuestaria en el uso y
aprovechamiento en cuanto a costos de la mano de obra, del recurso humano.
El autor señala que históricamente, el propósito del presupuesto en el sector
público ha sido el control externo, entendiéndose este como la limitación del total de
recursos económicos que se concede a un organismo y la prevención del gasto en
actividades o artículos que la ley permite de acuerdo a la naturaleza y cobertura de las
funciones de cada organismo.
Continua Figueroa, N. (ob. cit.), señalando que el proceso de planificación
presupuestaria representa la estrategia para optimizar la gestión administrativa y
operativa, así como también, confirmo que puede considerare el presupuesto como un
instrumento de planificación porque es uno de los medios que contribuye a dar
carácter concreto a las orientaciones que establece los demás instrumentos del sistema
de planificación del desarrollo y contribuye una proyección de la estructura y
funcionamiento de la economía.
19
Esta investigación representa un aporte para el presente trabajo, por cuanto
reafirma el concepto del presupuesto como instrumento de planificación, así como el
estudio de la incidencia presupuestaria sobre el uso y aprovechamiento de los
recursos, en el carácter de integridad financiera, ya que el presupuesto no sólo es
concebido como una mera expresión financiera del plan de gobierno, sino como una
expresión más amplia, por cuanto constituye un instrumento que refleja una política
presupuestaria única.
Por su parte López, A. (2003) en su trabajo de investigación titulada, La
Planificación Estratégica como Herramienta Gerencial en la Ejecución Financiera del
Presupuesto de Ingreso y Gastos. Caso FUDECO, la cual estuvo enmarcada como
estudio de campo, con un diseño descriptivo, en donde se tomo una muestra de treinta
y cuatro (34) personas a las cuales se les aplico el instrumento, siendo este un
cuestionario estructurado con preguntas abiertas y cerradas.
De esta investigación se destaca como aportes, que todos los actos
administrativos que generan obligaciones de la organización deberán registrarse y
controlarse a través del presupuesto, utilizando los documentos correspondientes,
órdenes de compra, ordenes de servicio, facturas, recibos, valuaciones, órdenes de
pago, entre otras. Todas las operaciones deberán registrarse de acuerdo al plan único
de cuentas vigentes y estas deberán ser soportadas por los documentos que le dieron
origen. Los archivos de compras de formularios, guardaran correlación con los
registros, para un adecuado control y rendición de cuentas posteriores.
Igualmente, plantea que podrán emitirse documentos o formularios con
imputación a diversas categorías presupuestarias cuando se trate de un mismo
beneficiario o con imputación a una categoría presupuestaria con diversos
beneficiarios, tal es el caso de la nomina. De igual forma no se podrá registrar ningún
gasto devengado sin que previamente se haya establecido el compromiso,
exceptuando los pagos a los empleados que podrán registrase simultáneamente; así
como no puede registrarse ningún pago, sin que previamente se haya establecido el
20
gasto devengando correspondiente, exceptuando los pagos a los empleados que
podrán registrase simultáneamente.
La anterior investigación, refleja que el presupuesto es un instrumento
financiero a través del cual se refleja un conjunto de gastos que se pretenden realizar
durante un periodo de tiempo determinado y el detalle de los ingresos que se prevé
obtener para su financiamiento; de igual forma establece una serie de previsiones para
el adecuado control interno de los ingresos y gastos y su rendición de cuenta
posterior, lo cual sin lugar a dudas está relacionado con el desarrollo de los objetivos
del presente estudio.
Asimismo Ávila, P. (2002), en su investigación, sobre Análisis del Sistema de
Gestión y Control de las Finanzas Públicas en Venezuela, se planteo como objetivo
primordial la elaboración de un análisis del sistema integrado de gestión y control de
gestión de las finanzas públicas de Venezuela, en cuanto a la distribución
administrativa y las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a lo
establecido en este estudio, en tal sentido se desarrollo una investigación documental
recabándose información de textos, artículos de Internet, leyes, reglamentos y otras
investigaciones relacionadas con el tema.
El autor antes citado, considera que la evolución del Estado Venezolano,
desde todos los puntos de vista político, económico y social, con su consecuente
gestión más dinámica y moderna, ha reestructurado su aparato administrativo, en lo
que respecta al tema presupuestario y es así que con el decreto de la Ley Orgánica de
la Administración Financiera del Sector Público del año 2000, se produce un gran
avance en la administración pública, estableciendo en su articulado los lineamientos
generales del sistema presupuestario.
Así mismo, plantea que el control presupuestario se puede definir como un
conjunto de actividades realizadas para verificar la legalidad y sinceridad de las
operaciones relativas a los ingresos y gastos, así como las destinadas a la
21
determinación de la eficacia y eficiencia de la gestión realizada por lo entes sujetos a
su control sobre la ejecución física y financiera del presupuesto, incluyendo el
control previo y posterior sobre los ingresos y gastos; así como el de los resultados, es
decir, de las metas establecidas en el presupuesto. Los principales instrumentos para
efectuar los citados controles, están constituido por los registros de contabilidad de la
ejecución financiera del presupuesto, tanto de ingresos como de gastos, así como el
registro del avance físico de las obras y las estadísticas sobre la cantidad de los
servicios prestados por la administración.
El estudio anterior fue tomado como antecedente de la presente investigación,
por cuanto desarrolla conceptos concerniente al sistema integrado de gestión, control
de gestión y modificaciones presupuestarias, las cuales consisten en cambios que se
efectúan a los créditos asignados a los programas, subprogramas, proyectos, obras,
partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas que expresamente se
señalan en la Ley de Presupuesto y su respectiva distribución general de cada año. De
igual forma realza la importancia de los controles presupuestarios a fin de alcanzar la
exactitud en la ejecución presupuestaria, garantizando la eficacia y eficiencia de la
gestión.
Por otra parte Rodríguez, N. (2001), en su investigación Lineamientos para la
Administración Presupuestaria en el Marco de la Gerencia Integral de HIDROLARA,
C.A. la cual estuvo enmarcada en un estudio de campo, de tipo transaccional, hace
referencia a la programación de la ejecución presupuestaria, la cual consiste en una
previsión dinámica, para cada periodo del ejercicio presupuestario, de realizaciones
en términos de productos terminados e intermedios, de requerimientos de recursos
reales y financieros, así como los procesos necesarios para llevar a cabo dichos
productos y contar en el tiempo oportuno con tales recursos.
Para efectuar una buena ejecución presupuestaria, el autor antes citado
considera que es necesario una programación y la programación de la ejecución a su
vez es útil para asegurar la coherencia y coordinación de los programas, formalizar el
22
plan de trabajo de las unidades ejecutoras de todas las categorías presupuestarias,
minimizar la toma de decisiones improvisad, atribuir responsabilidades a los niveles
operativos, regular el uso de los créditos presupuestarios, programar los ingresos y
egresos por subperiodos y posibilitar el control de gestión y la evaluación.
En este sentido, la anterior investigación ratifica lo que han señalado los autores
anteriores, con relación a la importancia de la planificación en la formulación del
presupuesto a fin de evitar las improvisaciones, distribuir las responsabilidades a los
diferentes niveles y posibilitar el control de gestión y la evaluación, es por ello que se
ratifica la importancia de que cada institución posea su plan operativo y que este éste
en concordancia con lo reflejado en el presupuesto.
En este sentido Vásquez, R. (2000), en su trabajo de investigación Prospectiva
Estrategia para la Planificación Presupuestaria del Sector Transporte, hace mención a
la implementación de la prospectiva estratégica, para garantizarle a la organización
un mayor nivel de eficiencia y efectividad al plan presupuestario del Estado, cabe
mencionar que en esta investigación se utilizaron como métodos para la recolección
de la información las entrevistas estructuradas, cuestionarios y lista de cotejos que
permitieron evidenciar las características que distinguen el actual proceso
presupuestario y su entorno. En lo que se refiere a la metodología utilizada en la
investigación se considero como un estudio descriptivo de campo, enmarcado dentro
de la modalidad de proyecto factible, con un diseño no experimental y una población
conformada por el personal involucrado en la toma de decisiones en el área de
planificación presupuestaria del sector transporte del Estado Lara.
Concluye el investigador afirmando, que el Sistema Administrativo del Sector
Público debe estar conformado por la formulación de planes que permitan el uso
racional de los recursos disponibles en función de los objetivos previstos,
organización de las estructuras administrativas, una dirección con un liderazgo
efectivo, un proceso de toma de decisiones acertadas ante altos niveles de
23
incertidumbre y un control y evaluación de los actos administrativos con el fin de
tomar correctivos y realimentar el sistema.
La anterior investigación es de relevancia para la autora del presente estudio,
por cuanto establece el presupuesto como un factor que reviste gran importancia para
la Administración Pública, en razón de que está configurado como un documento
jurídico que permite el uso racional de los recursos en función de los objetivos de la
organización.
En este mismo orden de ideas González, E. (2000), realizo un estudio
denominado Propuesta Estratégica en la Planificación Presupuestaria, una Propuesta
para el Sector Salud del Estado Lara, en este trabajo, el autor planteo una propuesta a
manera de prospectiva estratégica para optimizar la gestión administrativa y
operativa del sector, para así orientarlo a la participación activa e integral de la
sociedad organizada bajo una visión futurista, donde se proyecte la visión de cada
uno de los esquemas desarrollados en la propuesta. En cuanto a la metodología
utilizada, la investigación se consideró como un estudio de campo de tipo descriptivo,
enmarcado dentro de la modalidad de proyecto factible, con un diseño no
experimental y una población conformada por el personal involucrado en la toma de
decisiones en el área de planificación presupuestaría del sector salud del Estado Lara,
se empleo un modelo no probabilístico o intencional, con diez sujetos de estudio, a
quienes se les aplico un cuestionario, en cual junto con la consulta de archivos y las
entrevistas no estructuradas constituyen los instrumentos utilizados para la
recolección de datos.
En su investigación González (ob. cit.), realiza una reflexión con relación a los
dos tipos de ejecución presupuestaria la física y la financiera; la física se encarga de
efectuar o realizar las metas tangibles e intangibles propuestas, un ejemplo de metas
tangibles es la compra de mobiliario, el cual se puede ver y cuantificar y las metas
intangibles se pueden cuantificar pero no se pueden ver y se mide a través de
24
volúmenes de trabajo. Por su parte las metas financieras es la relación del monto en
moneda presupuestado con respecto al monto ejecutado.
Este estudio fue considerado como relevante para la presente investigación, por
cuanto se establece una propuesta estratégica para optimizar la gestión administrativa
del ente tomando en cuenta los dos tipos de ejecución presupuestaria la física y
financiera, la cual debe estar engranda con la formulación de planes que permitan el
uso racional de los recursos disponibles en función de los objetivos previstos y que
permita la de toma de decisiones acertadas ante altos niveles de incertidumbre.
Por su parte Colmenarez, M. (1999), en su investigación denominada Propuesta
de un Modelo de Gerencia Estratégica como Elemento Clave en la Ejecución
Presupuestaria en las Fundaciones del Estado Lara, señala que en las actividades
gerenciales y presupuestarias llevadas a cabo en las fundaciones existe la necesidad
de diseñar estrategias sólidas y confiables para garantizar el futuro inmediato de la
organización, de igual forma en este estudio se señalan las teorías sobre la
planificación y gerencia estratégica, se desarrolla la propuesta la cual tiene la visión,
la misión, los valores, las políticas, objetivos, estrategias y perfil que debe poseer los
gerentes de las fundaciones, haciendo especial énfasis en los aspectos relacionados
con el manejo presupuestario de la institución.
Este autor, evidencio que uno de los principales factores que inciden en la baja
capacidad de respuesta de los organismo se centra en al falta de definición y
aplicación de lineamientos tanto a nivel estratégicos como operativos, que garanticen
la eficiencia esperada en la ejecución presupuestaria, es decir, es preciso establecer
mecanismos que permitan mayores niveles de desempeño grupal de los elementos
que constituyen la organización.
La anterior investigación realza la importancia de la planificación y gerencia
estrategia en el manejo presupuestario de la organización, el cual debe estar
sustentado en el carácter de la integridad de la técnica financiera y en general de la
25
actuación económica del sector público, el cual debe contemplar todos los elementos
de la programación, los objetivos, metas, volúmenes de trabajo, recursos reales y
financieros los cuales justifiquen y garanticen el logro de los objetivos previstos.
Igualmente Pérez, R. (1999), llevo a cabo un estudio referente a Determinar
las Características del Presupuesto como Instrumento de Planificación del Sector
Público. Caso Instituto Universitario de Tecnología Andrés Blanco Barquisimeto,
siendo este su principal objetivo de investigación; para llevar a cabo este trabajo se
realizó una investigación descriptiva con diseño bibliográfico de campo, siendo el
instrumento para la recolección de los datos el cuestionario, aplicado a una población
de diez (10) personas vinculadas al departamento de planificación del instituto, dentro
de los resultados arrojados por la investigación se tiene que el presupuesto es parte
importante en el proceso de planificación de esta institución, el cual debe estar
orientado al desarrollo de unos objetivos previamente establecidos.
Por tal motivo Pérez, R. (ob. cit.), plantea que la planificación del desarrollo
económico y social constituye una de las responsabilidades fundamentales del sector
público; el sistema de planificación está constituido por diversos instrumentos, cada
uno de los cuales cumple una función específica, complementaria por los demás; y
que, dentro de ellos, al plan operativo anual le corresponde la concreción de los
planes de largo y mediano plazo.
Por último la investigadora tomo como antecedente el citado trabajo, por cuanto
ratifica lo planteado en investigaciones anteriores en donde se da gran importancia al
presupuesto dentro del sistema de planificación, así como su relación con las metas y
objetivos previstos en el plan operativo anual, así como en los planes a largo y
mediano plazo, todo ello por cuanto el presupuesto es un medio para prever y decidir
la producción que se va a realizar en un período determinado, así como para asignar
formalmente los recursos que esa producción exige en la praxis de una institución,
sector o región. Este carácter práctico del presupuesto implica que debe concebírselo
26
como un sistema administrativo que se materializa por etapas: formulación, discusión
y sanción, ejecución, control y evaluación.
Antecedentes Históricos del Consejo Legislativo del Estado Lara
El Consejo Legislativo Estadal o Consejo Legislativo Regional representa el
Poder Legislativo en los Estados Federales de Venezuela, está compuesto por una
sola cámara de diputados, donde se eligen de siete (7) a quince (15) diputados, bajo
el sistema de representación proporcional de la población del estado y de sus
municipios, la elección de los diputados se realiza cada cuatro (4) años, pudiendo ser
reelegidos, con la posibilidad de revocar su mandato a la mitad del periodo
constitucional.
Cada estado, en materia legislativa, está representado por un Consejo Legislativo,
el cual está ubicado en sede en la capital de cada estado, pudiendo sesionar en su sede
o en cualquier otro lugar, previa aprobación de los diputados en sesión parlamentaria,
lo que hace de ésta posibilidad una excepción, pues se trata de sesionar en otra
localidad dentro del estado por acuerdo de la mayoría absoluta de los legisladores que
la conforman.
Las condiciones de elegibilidad e inelegibilidad de los legisladores y legisladoras
a los Consejos Legislativos de los Estados son las mismas establecidas en la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela para los diputados y
diputadas de la Asamblea Nacional, cuya particularidad distintiva radica en el área de
competencia pues, mientras que la Asamblea Nacional trata asuntos inherentes a la
Nación, los Consejos legislativos de los Estados lo hacen dentro del ámbito regional,
de allí el verdadero sentido de la autonomía funcional de los estados, especialmente
en lo dispuesto en materia de legislación, atribución consagrada constitucionalmente.
Sin embargo, es de especial importancia hacer notar que la observancia de los
27
legisladores estadales radica en la rendición de cuentas anual estadal, con el aliciente
legal de que gozan de inmunidad en el ejercicio de sus funciones dentro de su
jurisdicción territorial.
Ahora bien, de conformidad con la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, la Ley Orgánica y Constitución del Estado Lara respectivamente, los
Consejos Legislativos de los Estados tienen las funciones siguientes:
• Sancionar el proyecto de Constitución estadal y presentar iniciativas,
enmiendas o reformas de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de
la República.
• Sancionar las leyes de desarrollo de aquellas leyes de base dictadas por el
poder nacional, que regulen las competencias concurrentes.
• Sancionar la Ley Orgánica de Hacienda Pública del respectivo estado,
conforme a los principios del régimen presupuestario y sistema tributario,
establecidos en la Constitución y en la ley, en cuanto sean aplicables.
• Sancionar las leyes de descentralización y transferencia de los servicios
públicos a los municipios y a las comunidades organizadas, así como
aquellas que promuevan la participación de los ciudadanos en los asuntos de
la competencia estadal.
• Sancionar la ley de presupuesto del estado.
• Participar en la designación, juramentar y destituir al Contralor o Contralora
del estado, de conformidad con lo establecido en la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela y con la ley que rige la materia.
• Organizar y promover la participación ciudadana e implementar los
mecanismos que garanticen la inclusión de las opiniones que emanen de los
diferentes sectores, en el ejercicio de las funciones propias del órgano
legislativo estadal.
• Ejercer funciones de control, seguimiento y evaluación parlamentaria de los
órganos de la Administración Pública Estatal, en los términos consagrados
28
en la Constitución de la República, la Constitución de los estados y las leyes
respectivas.
• Recibir para su evaluación el informe anual del Gobernador sobre su gestión
durante el año inmediato anterior. A tales efectos, el Consejo Legislativo
fijará dentro de los treinta (30) días siguientes a su instalación anual, la
sesión en la que el ciudadano Gobernador presentará dicho informe.
• Autorizar los créditos adicionales a los presupuestos estadales.
• Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo del estado, que serán
presentadas por el Poder Ejecutivo Regional en el transcurso del tercer
trimestre del primer año de cada período constitucional.
• Solicitar la remoción, destitución o retiro del Secretario o Secretaria General
de Gobierno, y de los directores generales sectoriales que con abuso de
autoridad, negligencia e imprudencia en el ejercicio de sus funciones violen
o menoscaben los derechos constitucionales o causen perjuicio patrimonial a
la administración o a los particulares. Cuando la solicitud de destitución o
remoción se apruebe con el voto de las dos terceras partes de los legisladores
presentes, su acatamiento será obligatorio para el Gobernador.
• Autorizar al gobernador del estado el nombramiento del Procurador o
Procuradora General del Estado de acuerdo a los parámetros establecidos en
la constitución del respectivo estado.
• Autorizar la salida del gobernador del estado, del espacio geográfico
venezolano cuando su ausencia se prolongue por un lapso superior a cinco
(5) días consecutivos.
• Dictar su Reglamento interno de organización y aplicar las sanciones que en
él se establezcan.
• Organizar su servicio interior de vigilancia y custodia.
• Aprobar, modificar y ejecutar su presupuesto de gastos, de acuerdo a su
autonomía funcional y administrativa de conformidad con la ley
correspondiente.
29
• Autorizar al ejecutivo estadal para enajenar bienes muebles e inmuebles, con
las excepciones que establezca la ley.
• Designar su representante ante el Consejo de Planificación de Políticas
Públicas.
• Las demás que le señalen la constitución, la constitución del respectivo
estado y la ley.
Al respecto, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
establece en su Artículo 162 que:
“El Poder Legislativo se ejercerá en cada Estado por un Consejo Legislativo conformado por un número no mayor de quince ni menor de siete integrantes, quienes proporcionalmente representarán a la población del Estado y de los Municipios. El Consejo Legislativo tendrá las atribuciones siguientes: 1. Legislar sobre las materias de la competencia estadal. 2. Sancionar la Ley de Presupuesto del Estado. 3. Las demás que establezcan esta Constitución y la ley. Los requisitos para ser integrante del Consejo Legislativo, la obligación de rendición anual de cuentas y la inmunidad en su jurisdicción territorial, se regirán por las normas que esta Constitución establece para los diputados y diputadas a la Asamblea Nacional, en cuanto les sean aplicables. Los legisladores o legisladoras estadales serán elegidos o elegidos por un período de cuatro años, pudiendo ser reelegidos o reelegidas por dos períodos consecutivos como máximo. La ley nacional regulará el régimen de la organización y el funcionamiento del Consejo Legislativo”.
Tal disposición, por su rango constitucional, permite resaltar que el Consejo
Legislativo, como órgano a través del cual se ejerce el Poder Público Legislativo
Estadal, tiene su asidero en lo dispuesto por la Carta Magna; por lo que su
funcionalidad está estrechamente arraigada a la observancia en el cumplimiento de
sus atribuciones siendo, por consiguiente, los legisladores o Diputados quienes deben
ejercer la autonomía funcional en razón del orden de su competencia y la naturaleza
de la independencia presupuestaria, permitiéndole la autonomía en la gestión, desde
30
su planificación hasta su ejecución, sin obviar que el órgano de control externo como
la Contraloría General del Estado sea, por su carácter y atribuciones, la entidad
dispuesta al requerimiento y observación de la Administración Pública, considerando
las disposición del presupuesto asignado para cada una de dichas instituciones.
En el Estado Lara, el órgano a través del cual se ejerce el Poder Público
Legislativo Estadal es el Consejo Legislativo del Estado Lara (CLEL), su ubicación
en el territorio larense es en el Municipio Iribarren, en la Calle 23, entre Carreras 17 y
18, Palacio Legislativo, el cual lo conforman treinta (30) diputados, de los cuales
quince (15) son principales, con sus respectivos suplentes, sumando un total, al
efecto, de treinta (30) legisladores. Cada martes y jueves los legisladores sesionan en
el salón destinado a tal fin, y desde allí proceden a tratar asuntos de interés público,
especialmente en materia legislativa estadal, de autorizaciones presupuestarias
solicitadas por el Ejecutivo del Estado Lara, además de la atribución de control y
seguimiento a la gestión de los órganos del Poder Público Estadal siendo además, y
no menos importante, la atención de asuntos de interés social y de interés político
donde resulte preponderante la intervención de los representantes de las instituciones
públicas del Estado Lara, de allí la importancia de la colaboración entre poderes
públicos, como principio de esencia constitucional, elemento esencial en el desarrollo
de las atribuciones propias de los entes que conforman la Administración Pública en
Venezuela, independientemente de la línea en la que se ubiquen dentro de los
poderes; es decir, en sentido vertical u horizontal.
Es de hacer notar que el Consejo Legislativo del Estado Lara nació en el año
1999, con la nueva Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la cual
contempla el nuevo modelo funcional del Poder Legislativo, pues es a través del
proceso constituyente en ese año que se incorporó en la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela, la creación de los Consejos Legislativos Regionales en su
carácter de Poder Legislativo, siendo así como en Lara se sustituyó la entonces
Asamblea Legislativa concebida, desde sus orígenes, como el primigenio modelo del
31
ejercicio de la función pública legislativa del Estado Lara, de allí que a partir del siglo
XXI se crea a los Consejos Legislativos de los Estados, con autonomía funcional y
presupuestaria, sujeta a la función de control y a la observancia estricta de las leyes y
normas que las regula, en atención a su competencia.
Al respecto, la Ley Orgánica de los Consejos Legislativos de los Estados surgió
con el interés de regular las atribuciones de los órganos a través de los cuales se
ejerce el Poder Público Legislativo Estadal, pero es en los respectivos reglamentos
internos donde se concentra propiamente el ejercicio de tales atribuciones pues desde
allí se definen las competencias de la organización interna del parlamento, desde lo
relativo a las sesiones y funciones parlamentarias, hasta las concernientes a las
competencias administrativas, ejercidas a través de las unidades administrativas de
apoyo interno, siendo el Presidente del Consejo Legislativo del Estado, la máxima
autoridad en lo que a ejecución, coordinación y supervisión de funciones
administrativas se refiere, en garantía al mejor desenvolvimiento del ente
parlamentario legislativo del Estado Lara. En cumplimiento al ordenamiento
establecido al respecto, del seno del consejo, se elige un presidente, su elección se
hace por los mismos diputados en sesión plenaria, nombrándolo transitoria o
provisionalmente dentro del último trimestre del año 2008, ratificándolo el 5 de enero
del año 2009, para el período dentro del mismo año, correspondiéndole entre sus más
significativas atribuciones la de ejercer la representación del Consejo Legislativo, así
como la de dirigir y coordinar la administración del mismo y disponer lo relativo a la
formulación, ejecución y control del presupuesto anual, siendo ésta una importante
responsabilidad pues se trata del desarrollo del plan de actividades previsto para el
ejercicio fiscal, sin obviar las eventualidades subyacentes que obliguen a la atención
de la programación definida y a los nuevos procesos de cambio, pues es de resaltar
que la congruencia entre lo programado y lo ejecutado puede conducir a la excelencia
presupuestaria.
32
Bases Teóricas
El tema de esta investigación comprende un área de estudio que abarca a los
organismos del sector público, específicamente en lo que se refiere al Consejo
Legislativo del Estado Lara, por lo que se hace necesario conocer algunos aspectos
teóricos fundamentales, los cuales se desarrollan a continuación:
Planificación Estratégica
La planificación estratégica desde la perspectiva de Jaramillo, J. (1992), es un
proceso que permite definir las probables decisiones futuras de la organización
contribuyendo a reducir la incertidumbre hacia el futuro a través de ella la empresa
puede traducir su visión, misión y estrategia en resultados tangibles. La planificación
estratégica, es un proceso de evaluación sistemática de la naturaleza de un negocio,
definiendo los objetivos a largo plazo, identificando metas y objetivos cuantitativos
desarrollando estratégicas para alcanzar dichos objetivos y localizando recursos para
llevar a cabo dichas estrategias.
Asimismo, puede concebirse la planificación estratégica como un proceso que
mantiene unido al equipo directivo para traducir la misión, visión y estrategias en
resultados tangibles, a todos los niveles de la organización con esfuerzos requeridos
para hacer realidad el futuro que se desea.
Planificación Estratégica Pública
La planificación estrategia concebida por Matus, C., Makón, M., Arrieche, V.
(1979), constituye un método, que permite producir cambios profundos en la gestión
pública, que precede y preside la acción del gobierno, siendo capaz de procesar los
problemas de la realidad que se desea gobernar, diseñar operaciones, trabajar con
33
diseño estratégico y dotar a la gerencia pública de herramientas que garantice el logro
eficaz, eficiente y efectivo de las metas previstas.
Las características fundamentales de la planificación pública, según Matus, C.,
Makón, M., Arrieche, V. (ob. cit.), se detallan a continuación:
1. Emplea de forma simultánea el cálculo técnico y del cálculo político, ese
cálculo se hace basándose en los problemas que aborda el plan de gobierno y
de las circunstancias que condiciona actuar sobre los mismos.
2. Incluye el análisis del comportamiento de los actores, gobierno y opositores,
frente a los problemas, operaciones y acciones que contempla el gerente
público en su gestión.
3. Se plantea la necesidad de introducir la dimensión política de planificar y
efectuar el cálculo para el análisis estratégico.
4. Establece un enfoque más amplio en el uso de los recursos, en el proceso de
planificación, en el cual tiene igual importancia el recurso económico, el
político y el organizativo y serán estos los que determinaran el balance de la
gestión pública.
5. Propone el uso del concepto de problema, el cual se define como aquella
situación insatisfactoria para un actor o grupo de actores sociales, estos
problemas son de tipo casi estructurado, principalmente los sociales y
socioeconómicos y requieren ser procesados para poder ser enfrentados con
eficacia, eficiencia y efectividad.
6. Propone el concepto de momento, el cual se define como la instancia por que
recorre un proceso que no tiene inicio ni fin definido.
Presupuesto
La Asociación Venezolana de Presupuesto Público (1992), señala que en los
países de América Latina, se ha venido aumentando en los últimos años el interés por
las técnicas presupuestarias, muchos gobiernos afrontan delicadas situaciones fiscales
34
y se encuentran ante el imperativo de lograr una mejor asignación a sus recursos con
vista a acelerar su desarrollo, dentro del marco postulado por planes de largo y
mediano plazo, actualmente se ha avanzado mucho en esta materia dado que la
mayoría de los gobiernos de Latinoamérica han sufrido la crisis financiera que los han
llevado a mejorar sus técnicas presupuestarias, con el fin de ajustar desequilibrios
presentados en sus economías, pudiéndose decir que se utiliza el presupuesto como
un instrumento estratégico.
En este sentido Martner, G. (2004), define el presupuesto, como un mecanismo
de propósitos múltiples, por una parte es una herramienta mediante la cual se asignan
recursos para alcanzar los objetivos trazados para el año próximo y por otra es el
mecanismo operativo anual de planes a largo y mediano plazo aprobados y en él se
contienen las especificaciones concretas de las metas a cumplir en cada esfera de
acción y la cuantificación de los recursos necesarios y los costos de operación.
El presupuesto según Marcos M. y Víctor A. (1978), es un plan esencialmente
numérico que se anticipa a las operaciones que se pretenden llevar a cabo es
básicamente una autorización de gastos y una estimación de ingresos, para un período
determinado que se denomina ejercicio fiscal.
Por su parte la Asociación Venezolana de Presupuesto Público (ob. cit.),
expone que los presupuestos comprenden todos los recursos y gastos que se estiman
previamente (pre-supuesto), los cuales se van a gestionar para llevar a cabo, en
función de las prioridades de la política gubernamental; los presupuestos también
indican el resultado económico y financiero de las transacciones programadas, en sus
cuentas corrientes y de capital, así como también la producción de bienes y servicios
que causarán las acciones previstas.
El presupuesto tradicional no es otra cosa que un conjunto de cifras organizadas
en capítulos, partidas y subpartidas, que son producto de una estimación que obedece
a informaciones y estudios de carácter estadístico u a proyecciones que tienen su
35
origen en experiencias de ejercicios precedentes. En cambio en el presupuesto por
programas y proyectos, se describe su vinculación con las partidas contenidas en el
plan de la nación y además se definen los objetivos y metas, así como los recursos
necesarios para el cumplimiento de los mismos. En lo que respecta a los programas
que están destinados a cumplir funciones u objetivos intermedios, es decir, producir
bienes y servicios para los demás programas presupuestarios, se organizan mediante
programas centrales a nivel de cada uno de los despachos del ejecutivo y con su
respectiva asignación de recursos.
Según la Oficina Central de Presupuesto, se conoce como presupuesto al
sistema mediante el cual se elabora, aprueba, coordina la ejecución, control y
evolución de la producción pública (bien o servicio) de una institución, sector o
región, en función de las políticas de desarrollo previstas en los planes, la técnica
debe incluir además, en forma expresa, todos los elementos de la programación,
objetivos, metas, volúmenes de trabajo, recursos reales y financieros, que justifiquen
y garanticen el logro de los objetivos previstos (ONAPRE, 2002).
Presupuesto Público
El presupuesto público se considera como un sistema a través del cual se
procesan todas las actividades de la administración pública, por lo cual constituye un
excelente instrumento de gobierno, administración y planificación. Es por ello que
desglosar y exponer sus aspectos teóricos es de suma importancia para determinar las
características del proceso presupuestario, principios y modificaciones
presupuestarias.
De acuerdo a la Asociación Venezolana de Presupuesto Público (ob. cit.), el
presupuesto público en Venezuela es uno de los componentes del plan operativo
anual, a través del cual se busca definir de forma concreta y a su vez materializar los
objetivos fundamentales del sector público, su importancia reside en el hecho de que
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la mayor parte de las finalidades del Estado requieren de la ejecución de acciones
cuya materialización demanda transacciones financieras.
En la actualidad se considera al presupuesto público como una expresión más
amplia del plan de gobierno, puesto que constituye un instrumento del sistema de
planificación, que refleja la política presupuestaria única, es en sí mismo un proceso
vivo y permanente que incluyen todos los elementos de la programación del
presupuesto. Por su parte Marcos M. y Víctor A. (ob. cit.), establece que el
presupuesto público es fundamentalmente una Ley que cada año aprueba la Asamblea
Nacional y a nivel de los estados la aprobación la dan los Consejos Legislativos.
Etapas del Proceso Presupuestario
Las etapas del proceso presupuestario según Marcos M. y Víctor A. (ob. cit.),
se detalla a continuación:
1. Formulación: Comprende las políticas y estrategias que el gobierno
pretende realizar durante un ejercicio fiscal, que necesariamente tiene que
materializarse a través de las obras, los programas, los subprogramas, los
proyectos, las actividades y las subactividades, a las cuales se les asignan
recursos financieros y objetivos a alcanzar durante la vigencia presupuestaria.
Mediante la formulación del presupuesto se cumple un proceso que se inicia
con la determinación de una política presupuestaria al momento en que el
proyecto de presupuesto es presentado al órgano legislativo.
2. Discusión y Aprobación: Una vez aprobado el presupuesto como resultado
de la consolidación de los planes y programas de los organismos involucrados
en los procesos presupuestarios y habiéndose realizado a demás, los ajustes
que surjan como resultados de los revisiones por parte de las autoridades
competentes y de la oficina nacional de presupuesto, quien en definitiva es
quien lo aprueba en primera instancia, el proyecto es elevado a consideración
37
del Presidente de la República en Consejo de Ministros, para su discusión y
aprobación a nivel ejecutivo, luego el producto es presentado a la Asamblea
Nacional, donde puede ser aprobado, improbado, modificado o reconducido;
cuando en definitiva es aprobado, se presenta el proceso de promulgación de
la ley de presupuesto, que se materializa a través de su publicación en Gaceta
Oficial.
3. Ejecución: En el plano físico, la ejecución del presupuesto es la
movilización de la administración a efectos de llevar a cabo las acciones y
procesos necesarios, utilizando recursos humanos, materiales y demás
consumos, a objeto de lograr los productos en la cantidad y calidad adecuados
y en el tiempo y lugar previstos.
4. El Control. Es una actividad que se puede realizar a través de los siguientes
procedimientos: control previo, control posterior, control perceptivo, control
de gestión. La Asociación Venezolana de Presupuesto Público (ob. cit.) define
el control presupuestario como el conjunto de actividades que se emprenden
para medir y examinar los resultados obtenidos en un periodo, para evaluarlos
y para decidir las medidas correctivas que sean necesarias aplicar.
Principios Presupuestarios
La concepción moderna del presupuesto según la Asociación Venezolana de
Presupuesto Público (ob. cit.), está sustentada en el carácter de integralidad de la
técnica financiera ya que el presupuesto al constituir un instrumento del sistema de
planificación, que refleja una política presupuestaria, necesita sustentarse en que las
diversas etapas del proceso presupuestario están debidamente coordinadas.
Estas etapas o fases del proceso presupuestario están profundamente
interrelacionadas entre sí, es por ello, que el presupuesto debe concebirse como un
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proceso de revisión y evaluación de los resultados donde la información completa y
detallada que se ha obtenido en cada etapa sea aprovechada en la siguiente.
Es así que según Asociación Venezolana de Presupuesto Público (1992) y la
Oficina Nacional de Presupuesto en sus conceptos presupuestarios define los
siguientes principios presupuestarios:
1. Programación: Se desprende de la propia naturaleza del presupuesto y
sostiene que éste -el presupuesto- debe tener el contenido y la forma de la
programación. En su contenido; establece que deben estar todos los
elementos que permitan la definición y adaptación de los objetivos
prioritarios. El grado de aplicación no está dado por ninguno de los
extremos, pues no existe un presupuesto que carezca completamente de una
base programática, así como tampoco existe uno en el que se hubiese
conseguido la total aplicación de la técnica, en cuanto a la forma; con él deben
explicitarse todo los elementos de la programación, es decir, se deben señalar
los objetivos adoptados, las acciones necesarias a efectuarse para lograr esos
objetivos; los recursos humanos, materiales y servicios de terceros que
demanden esas acciones así como los recursos monetarios necesarios que
demanden esos recursos.
2. Integridad: en la actualidad, la característica esencial del método de
presupuesto por programas, está dado por la integralidad en su concepción y
en su aplicación en los hechos. El presupuesto no sería realmente
programático si no cumple con las condiciones que imponen los cuatro
enfoques de la integralidad. Es decir, que el presupuesto debe ser: un
instrumento del sistema de planificación, el reflejo de una política
presupuestaria única, un proceso debidamente vertebrado; y un instrumento en
el que deben aparecer todos los elementos de la programación.
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3. Universalidad: Con la totalidad de los recursos presupuestarios ordinarios,
que recaude el fisco nacional en un ejercicio fiscal o económico, debe
conformarse un monto bruto de recursos en la tesorería destinados a satisfacer
la totalidad de los gastos presupuestarios autorizados por la Asamblea
Nacional.
4. Exclusividad: en cierto modo este principio complementa y complementa el
principio de la universalidad, exigiendo que no se incluyan en la ley anual de
presupuesto asuntos que no sean inherentes a esta materia. Ambos principios
tratan de precisar los límites y preservar la claridad del presupuesto, así como
de otros instrumentos jurídicos respetando el ámbito de otras ciencias o
técnicas. No obstante, de que en la mayoría de los países existe legislación
expresa sobre el principio de exclusividad, en los hechos no siempre se
cumplen dichas disposiciones legales.
5. Unidad: este principio se refiere a la obligatoriedad de que los presupuestos
de todas las instituciones del sector público sean elaborados, aprobados,
ejecutados y evaluados con plena sujeción a la política presupuestaria única
definida y adoptada por la autoridad competente, de acuerdo con la ley,
basándose en un solo método y expresándose uniformemente, es así como
presupuesto del Estado, debe contener la totalidad de los gastos que se
pretender ejecutar durante un ejercicio fiscal, así como la estimación de los
ingresos necesarios para financiar cada uno de los proyectos y programas del
gobierno.
6. Acuciosidad: para el cumplimiento de esta norma es imprescindible la
presencia de las siguientes condiciones básicas en las diversas etapas del
proceso presupuestario: Profundidad, sistema y organicidad en la labor
técnica, en la toma de decisiones, en la realización de acciones y en la
formación y presentación del juicio sobre unas y otras, y sinceridad,
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honestidad y precisión en la adopción de los objetivos y fijación de los
correspondientes medios; en el proceso de su concreción o utilización; y en la
evaluación de nivel del cumplimiento de los fines, del grado de racionalidad
en la aplicación de los medios y de las causas de posibles desviaciones.
7. Claridad: este principio tiene importancia para la eficiencia del presupuesto
como instrumento de gobierno, administración y ejecución de los planes de
desarrollo socio-económicos. Es esencialmente de carácter formal; si los
documentos presupuestarios se expresan de manera ordenada y clara, todas las
etapas del proceso pueden ser llevadas a cabo con mayor eficacia.
8. Especificación: Significa que la autorización de la Asamblea Nacional para
los gastos presupuestarios, no se da en forma global, sino con el detalle
necesario para determinar la naturaleza de cada gasto; si se otorga la
autorización en bloque, sería imposible controlar la materialización de los
gastos con los destinos previstos en la autorización original, de allí la
distribución del gasto presupuestario en el ámbito contable y estadístico, en
partidas y subpartidas genéricas y especificas.
9. Periodicidad y Vigencia: La anualidad del presupuesto y su lapso de vigencia,
están claramente establecidas en la Orgánica de Régimen Presupuestario, en
donde se establece que el presupuesto debe formularse para un año y
ejecutarse en el mismo, iniciándose el 1 de Enero y con término el 31 de
Diciembre de cada ejercicio fiscal, ello quiere decir, que los gastos deben
efectuar el respectivo ejercicio presupuestario, o sea, que no es posible
importar el presupuesto de gastos de un ejercicio anterior, con la única
excepción que se codifiquen en una partida especial prevista en el presupuesto
para tales fines.
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10. Flexibilidad: a través de este principio se sustenta que el presupuesto no
adolezca de rigideces que le impidan constituirse en un eficaz instrumento de:
administración, gobierno y planificación.
11. Equilibrio: este principio se refiere esencialmente al aspecto financiero del
presupuesto aún cuando éste depende en último término de los objetivos que
se adopten; de la técnica que se utilice en la combinación de factores para la
producción de los bienes y servicios de origen estatal; de las políticas de
salarios y de precios y en consecuencia, también del grado de estabilidad de la
economía.
Niveles Conceptuales que Integran el Presupuesto por Programas
Según la Asociación Venezolana de Presupuesto Público (1992), se definen los
niveles conceptuales que integran el presupuesto por programas, tal como se plantea a
continuación:
1. Función: Una función puede ser la división más amplia del esfuerzo
organizado total del gobierno tales como defensa nacional. Educación, salud o
agricultura.
2. Programa: Puede catalogarse como el conjunto de actividades significativas
que convergen a un mismo objetivo y a las cuales es posible asignar recursos,
bajo la responsabilidad de una unidad ejecutora, este tiene por objetivo, lograr
un producto final, sea un bien físico o en la prestación de servicios. Los
programas pueden clasificarse en programas de operación y en programas de
capital o de inversión. Los programas de operación son los instrumentos
destinados a cumplir las funciones del estado para las cuales se establecen
objetivos o metas cuantificables, en función de productos finales, que se
cumplirán a través de la investigación de un conjunto de esfuerzos con
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recursos humanos, materiales y financieros a ellos asignados y puede dividirse
en:
a. Sub- programas: División de ciertos programas complejos destinados
a facilitar la ejecución en un campo específico, para ello se fijan metas
parciales cuantificables que se cumplirán mediante acciones concretas.
b. Actividades: Comprenden a cada una de las acciones que se deben
desarrollar para cumplir las metas de un programa o subprograma, a través
de ellas, se ejecutan ciertos procesos, mediante la utilización de recursos
humanos, materiales y financieros.
c. Tareas: Son las operaciones especificas dentro de un proceso global, a
través de los cuales se obtiene resultados parciales.
Por su parte los programas de capital o de inversión, permiten fijar metas que
deberán cumplirse mediante la ejecución de un conjunto integrado de
proyectos de inversión y pueden dividirse en:
a. Sub Programas: Definido anteriormente, como la división de ciertos
programas complejos destinados a facilitar la ejecución en un campo
específico, para ello se fijan metas parciales cuantificables que se cumplirán
mediante acciones concretas.
b. Proyectos: Son el conjunto de obras realizadas dentro de un programa;
es una categoría presupuestaria cuyo resultado o producto esta constituido
por bienes de capital, es decir, bienes o servicios que crean o incrementan la
capacidad productiva de la cantidad y por lo tanto contribuyen a la
formación de capital de la misma.
c. Obras: Son las partes de un proyecto, son los bienes específicos o
inversiones, es una categoría de producción intermedia, ello quiere decir, que
los bienes de capital resultantes de la obra contribuyen a la realización del
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producto del proyecto del cual forma parte, constituyen una desagregación
del proyecto que especifica el producto mismo.
d. Trabajo: Es el esfuerzo especifico dentro de un proceso.
e. Meta: Son los objetivos que se pretenden alcanzar durante un ejercicio
fiscal, mediante la ejecución del presupuesto, de acuerdo a la teoría
oficialmente adaptada por la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE)
anteriormente llamada Oficina Central de Presupuesto (OCEPRE), las metas
y volúmenes de trabajo representan la cuantificación de los objetivos, tanto
del programa, subprograma y proyecto, así como de las actividades y obras
para un determinado periodo.
Por otra parte las unidades de medidas, expresan fielmente el tipo de producto o
servicio, a los cuales se orientan la ejecución de cada uno de los programas
presupuestarios.
El Presupuesto como Instrumento de Planificación
En cuanto a la definición de presupuesto como instrumento de la planificación
Martner, G. (2004), establece que la concreción precisa de lo que debe efectuarse, en
el corto plazo, se consigue con la aplicación del método de la planificación operativa
anual; el presupuesto económico visto desde esta óptica, constituye una proyección
de la estructura y funcionamiento de la economía, comprendiendo por lo tanto, lo que
se aspira que realicen el sector público y el sector privado y cada uno de los sectores
económicos y sociales, dentro de cada una de las regiones y divisiones políticas y
administrativas de la nación, región o estado.
La Planificación y el Presupuesto
Según la Oficina Nacional de Presupuesto (2002), la planificación del
desarrollo económico y social constituye una de las responsabilidades fundamentales
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del sector público, el sistema de planificación está constituido por diversos
instrumentos, cada uno de los cuales cumple una función específica, complementaria
por lo demás y que dentro de ellos, al plan operativo anual le corresponde la
concreción de los planes a largo y mediano plazo.
Uno de los componentes del plan operativo anual es el presupuesto del sector
público, a través del cual se procura expresar en términos financieros los objetivos
planteados, es de destacar que la concepción moderna del presupuesto está sustentada
en el carácter del integridad de la técnica financiera ya que el presupuesto no es solo
concebido como una mera expresión financiera del plan de gobierno, sino como una
expresión más amplia pues constituye un instrumento del sistema de planificación,
que refleja una política presupuestaria congruente.
Bajo este enfoque de la integridad se sustenta las etapas del proceso
presupuestario, las cuales deben ser concebidas como aspectos importantes del
sistema presupuestario y por lo tanto, debe estar debidamente coordinado el
presupuesto y el plan operativo anual.
Por su parte, el plan operativo anual es un instrumento de gestión de apoyo a la
acción pública, que contiene las directrices a seguir áreas estratégicas, programas,
proyectos, recursos y sus respectivos objetivos y metas, así como la expresión
financiera para acometerlas.
En cuanto al presupuesto, es un instrumento del sistema de planificación, que
refleja una política presupuestaria única, la cual expresa términos financieros, que
apoyan la ejecución de acciones contempladas en el plan operativo anual.
En este contexto, se hace necesario vincular la planificación con el presupuesto,
el cual tiene como intención desarrollar lo establecido en el Artículo 315 de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual señala lo siguiente:
45
Artículo 315. En los presupuestos públicos anuales de gastos, en todos los niveles de Gobierno, establecerá de manera clara, para cada crédito presupuestario, el objetivo específico a que esté dirigido, los resultados concretos que se espera obtener y los funcionarios públicos o funcionarias públicas responsables para el logro de tales resultados. Éstos se establecerán en términos cuantitativos, mediante indicadores de desempeño, siempre que ello sea técnicamente posible. El Poder Ejecutivo, dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del ejercicio anual, presentará a la Asamblea Nacional la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente a dicho ejercicio.
Ejecución Presupuestaria de Ingresos y Gastos
La ejecución del presupuesto requiere de la participación coherente y
coordinada de todos los sistemas que integran la institución, lo cual significa que las
acciones a realizar por los sistemas productivos, que son los ejecutores de los
productos esenciales del organismo, requerirán de acciones a efectuar por el sistema
administrativo, las cuales ejecutaran, las tareas inherentes a su especialidad, con el fin
de atender las necesidades de los recursos materiales y humanos en la oportunidad,
cantidad, calidad y en el lugar que lo demanden los sistemas productivos. Asociación
Venezolana de Presupuesto (ob. cit.).
Igualmente los lineamientos generales del Plan de Desarrollo Económico y
Social de la Nación 2001-2007, establece como uno de sus objetivos, diseñar e
implementar el Sistema Nacional de Planificación, dicha implantación requiere
alinear y conciliar los procesos de planificación con los de presupuesto, se necesita
enlazar una visión que orienta el diseño y formulación de las políticas públicas, las
cuales deben estar representadas en el Plan Operativo Anual y en el Proyecto de
Presupuesto, con el proceso de dirección y conciliación institucional de las políticas
públicas, con la ejecución física y financiera y con el seguimiento, evaluación y
control, a fin de mejorar la acción gubernamental. (Oficina Nacional de Presupuesto,
2002).
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A los órganos rectores de la planificación y finanzas, le corresponde desarrollar
las bases metodológicas, así como el proceso de seguimiento y evaluación de los
planes y su relación con los respectivos recursos presupuestarios y financieros,
asignado a los organismos de la administración pública nacional.
Etapas de la Ejecución de Ingresos y Gastos
Según lo contempla la Oficina Nacional de Presupuesto (ob. cit.), las etapas de
la ejecución de ingresos y gastos pueden establecerse de la siguiente manera:
De los Ingresos
La ejecución de un ingreso es un proceso que comienza en el momento que
nace el derecho de percibirlo y termina en el momento en que se recauda, se puede
considerar tres etapas significativas:
1. El Devengado: Sugiere el derecho de percibir una contraprestación
pecuniaria, a razón de venta de bienes y servicios o disposiciones legales.
2. El Liquidado: Momento de la determinación de la cuantía de la
contraprestación pecuniaria, perfeccionada mediante un acto administrativo.
3. El Recaudado: Momento de la transferencia al acreedor de parte del
efectivo del deudor, a objeto de eliminar la deuda.
De los Gastos
La ejecución de un gasto es un proceso que comienza en el momento en que se
solicita la realización de un gasto y termina en el momento que se extinguen las
obligaciones con terceros derivadas de ese gasto, para fines de programación y
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control se consideran tres pasos fundamentales que pueden ser simultáneos o
separados en el tiempo que se definen de la siguiente forma:
1. Compromiso: Es el momento en el que se dispone formalmente la
realización del gasto, estableciéndose una relación jurídica con un tercero.
2. Gasto Causado: Es el momento en que nace la obligación del pago.
3. Pago: Es el momento en el que se extingue la obligación.
Ejecución Financiera del Presupuesto de Ingresos y Gastos
Para realizar la ejecución financiera es necesario establecer la programación de
dicha ejecución, tanto para los ingresos como para los gastos: en este caso
organismos públicos con adscripción a la administración central, la mayor fuente de
los ingresos corresponde a las portaciones del ejecutivo nacional, y en menor medida
a los ingresos propios. Asociación Venezolana de Presupuesto Público (ob. cit.).
Programación de Ejecución Financiera de los Ingresos y Recursos
Tal y como lo establece la Asociación Venezolana de Presupuesto Público
(ob. cit.), la programación de la ejecución financiera de los ingresos y recursos
consiste en preestablecer para cada subperiodo presupuestario, el monto a causar y
recaudar y el lugar donde se obtendrán dichos recursos, para cada una de las fuentes
de procedencia, teniendo en cuanta las metas aprobadas para cada rubro de los
ingresos de la ley de presupuesto, se hace necesario establecer periodos cortos,
refiriéndose a información más utilizada al formular el presupuesto, estableciendo un
flujo de caja más acorde a las condiciones más reales de recaudación.
Los organismos de la administración descentralizada pueden obtener recursos
por conceptos diversos y la programación de ellos será concebida, siguiendo el
esquema de clasificación económica del presupuesto. En cuanto a los ingresos
corrientes la programación se realiza de acuerdo a los siguientes tipos de ingresos:
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1. Venta de bienes y servicios, teniendo en cuenta cantidades y precios.
2. Ingresos de la propiedad, tales como arrendamientos e intereses por títulos
y valores.
3. Subsidios y aportaciones del ejecutivo.
4. Recursos por transacciones de capital, como venta de activos, transferencia,
entre otros.
5. Recursos por transacciones financieras, venta de valores disminuciones de
caja y bancos, disminuciones de deudores.
6. Transacciones con pasivos financieros, se refieren a aumentos y
disminuciones de cuentas por pagar y utilización del crédito público.
Coordinación y Ejecución del Presupuesto
Tal y como lo instituye González, E. (2000), la coordinación y ejecución del
presupuesto, es un proceso de programación y de adopción de medidas previas a la
ejecución con el fin de que se pueda obtener los productos intermedios necesarios
para alcanzar los productos terminales previstos, logrando a la vez, la máxima
nacionalidad posible en el empleo de los recursos reales y financieros, considerando
que durante la ejecución se presentan situaciones imposibles de predecir con
exactitud a la hora de formular el presupuesto, dándoselas soluciones adecuadas y
oportunas, procurando que se ejecute lo programado con un mínimo de alteraciones.
Programación de la Ejecución del Presupuesto
Consiste en una previsión dinámica, para cada uno de los subperiodos del
ejercicio presupuestario, de realizaciones de productos terminales e intermedios, de
requerimiento de recursos reales y financieros, así como de los procesos necesarios
para llevar a cabo dichos productos y controlar oportunamente con tales recursos.
(González, E. ob. cit.).
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Para González, E. autor antes citado, la programación de la ejecución del
presupuesto, reside al igual que la formulación, en los productos terminales e
intermedios, las acciones y los recursos reales y financieros, con la diferencia de que
en esta etapa, dichos elementos deben ser analizados con mayor precisión y
concreción a efectos de garantizar una eficaz ejecución del presupuesto.
Programación de la Ejecución de Productos
Consiste en la cuantificación de las metas, producción, meta y volumen de
trabajo a lograr en cada lapso del periodo presupuestario, por cada unidad ejecutora.
(González, E. ob. cit.). Programación de la Ejecución de Acciones
Consiste en la determinación para cada sub período del ejercicio presupuestario,
del tipo, cantidad, secuencia y espacio físico en el que deben producirse las acciones
que intervendrán en la realización de los productos de cada lapso del ejercicio
presupuestario. (González, E. ob. cit.).
Programación de la Ejecución de Recursos Reales
Consiste en la determinación para cada sub periodo del ejercicio presupuestario,
del tipo, cantidad, calidad y el espacio físico donde se utilizan los recursos humanos
materiales y demás insumos necesarios para realizar las acciones demandadas por la
producción. (González, E. ob. cit.).
Programación de la Ejecución de la Ejecución de Recursos Financieros
Cuando se han definido los recursos reales, se manifiesten precisar los medios
monetarios que se necesitan para adquirir dichos recursos, esto significa programar
para cada lapso: el uso de los créditos o autorizaciones para gastar, en función de lo
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que se estima gastar, en términos de compromiso y gastos causados y la utilización de
fondo de acuerdo a los pagos a realizar. (González, E. ob. cit.).
Características de la Programación de la Ejecución del Presupuesto de
Gastos:
Tal como lo establece la Asociación Venezolana de Presupuesto Público (ob.
cit.) las características de la ejecución presupuestaria son las siguientes:
1. Debe estar establecida al inicio del periodo presupuestario.
2. Debe partir de la base, es decir, de las unidades ejecutoras de mínimo nivel,
por cada sub –periodo de gasto, ya sean en términos de compromisos o
gastos causados y los desembolsos.
3. La programación de la ejecución física debe ser previa a la financiera.
4. La programación de la ejecución física debe presentarse a nivel de
programas, subprogramas, proyectos y actividades.
5. La programación de la ejecución financiera, se presentará a nivel de partidas
y de sus partidas especificas, en los casos que se utilice esta como máximo
para gastos.
6. Monto periódicos resultantes de la programación trimestral de compromisos
y gastos causados, tendrá carácter informativo a objeto del control periódico
del gasto y del ritmo de la ejecución del presupuesto.
Modificaciones Presupuestarias
Según directrices emanadas de la Oficina Nacional de Presupuesto (1999), las
modificaciones presupuestarias son variaciones que se introducen al presupuesto de
gastos durante la fase de ejecución, tales variaciones obedecen principalmente a
factores no previstos durante la preparación del presupuesto, o deficiencias en las
estimaciones que sirvieron de base para la asignación de recursos.
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Definidas también, como los cambios que se efectúan a los créditos asignados a
los programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas,
específicas y subespecíficas que expresamente se señalen en la ley de presupuesto y
su respectiva distribución general de cada año, para los diferentes organismos.
Dichas modificaciones pueden ser consecuencia de: subestimaciones o
sobreestimaciones de los créditos asignados originalmente en la ley y en la respectiva
distribución, incorporación de nuevos programas, reajuste de gastos acordados por el
Presidente de la República, con miras a un uso más racional de los mismos o
motivado por situaciones de tipo coyuntural no previstas, alteración de las metas o
volúmenes de trabajo en los programas que desarrolla el organismo y gastos no
previstos.
Tipos de Modificaciones Presupuestarias
Dentro de los tipos de modificaciones presupuestarias la Oficina Nacional de
Presupuesto (ob.cit.) define los siguientes:
Créditos Adicionales
Son incrementos a los créditos presupuestarios que se acuerdan a los
programas, subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas,
específicas y subespecíficas que expresamente señalen la Ley de Presupuesto y la
Distribución General de cada año. El Ejecutivo Nacional, al tramitar la modificación
presupuestaria en referencia, debe demostrar que el Tesoro Nacional dispondrá de los
recursos para atender la erogación.
Rectificaciones
Son incrementos de créditos presupuestarios que se acuerdan a los programas,
subprogramas, obras, partidas y subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas
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de los organismos ordenadores de compromisos y pagos, para gastos necesarios no
previstos o que resulten insuficientes.
La fuente de financiamiento es la partida "Rectificaciones al Presupuesto"
prevista en la ley de presupuesto anual; por ello, el uso de esa partida aumenta los
créditos del organismo, pero no al total de las asignaciones acordadas en dicha Ley.
Insubsistencias o Anulaciones de Créditos
Es una modificación presupuestaria mediante la cual se anulan, total o
parcialmente, los créditos no comprometidos acordados a programas subprogramas,
proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas de la
ley de presupuesto; constituye una de las modificaciones que provoca rebaja a los
créditos del presupuesto de gastos.
Ajustes en los Créditos por Reducción de Ingresos
Es una modificación presupuestaria mediante la cual se anulan total o
parcialmente los créditos no comprometidos acordados a programas, subprogramas,
proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas de la
ley de presupuesto.
Estas reducciones a los créditos se originan cuando se evidencia una
disminución de los ingresos previstos para el ejercicio fiscal.
Traspasos de Créditos
Consiste en una reasignación de créditos presupuestarios entre partidas y
subpartidas genéricas, específicas y subespecificas de un mismo programa o distintos
programas que no afectan el total de los gastos previstos en el presupuesto. De
acuerdo a los niveles de aprobación los traspasos se clasifican en:
1. Los que ameriten modificación de las partidas o de las subpartidas
controladas, requieren aprobación de la Asamblea Nacional.
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2. Los que ameriten modificación de las partidas o de las subpartidas no
controladas, requieren aprobación de la Asamblea Nacional, si el monto es
mayor al cinco por ciento (5%)
3. Los que ameriten modificación de las partidas o de las subpartidas no
controladas, requieren aprobación de la Oficina Central de Presupuesto si el
monto es igual o menor al cinco por ciento (5%).
4. Los que afecten a las subpartidas, genéricas, específicas y subespecíficas no
controladas de una partida, deben ser autorizadas por la máxima autoridad del
organismo o su delegado.
Bases Legales
Este trabajo de investigación se encuentra sustentado por varias leyes y normas
que amparan el funcionamiento del sistema presupuestario en Venezuela las mismas
se señalan dentro del siguiente contexto legal:
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Según la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, publicada
en la Gaceta Oficial N° 36.860 del día Jueves 30 de Diciembre de 1.999, en su
Capítulo II del Régimen Fiscal y Monetario, sección primera del Régimen
Presupuestario,
Artículo 311, señala:
“La gestión fiscal estará regida y será ejecutada con base en principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal. Esta se equilibrará en el marco plurianual del presupuesto, de manera que los ingresos ordinarios deben ser suficientes para cubrir los gastos ordinarios. El Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional, para su sanción legal, un marco plurianual para la formulación presupuestaria que establezca los límites máximos de gasto y endeudamiento que hayan de contemplarse en los presupuestos nacionales. La ley establecerá las
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características de este marco, los requisitos para su modificación que se genere por la explotación de la riqueza del subsuelo y los minerales….”
Artículo 312. -“La ley fijará límites al endeudamiento público de acuerdo con un nivel prudente en relación con el tamaño de la economía, la inversión reproductiva y la capacidad de generar ingresos para cubrir el servicio de la deuda pública. Las operaciones de crédito público requerirán, para su validez, una ley especial que las autorice, salvo las excepciones que establezca la ley orgánica. La ley especial indicará las modalidades de las operaciones y autorizará los créditos presupuestarios correspondientes en la respectiva ley de presupuesto. La ley especial de endeudamiento anual será presentada a la Asamblea Nacional conjuntamente con la Ley de Presupuesto. El Estado no reconocerá otras obligaciones que las contraídas por órganos legítimos del Poder Nacional, de acuerdo con la ley”.
Artículo 313. -“La administración económica y financiera del Estado se regirá por un presupuesto aprobado anualmente por ley. El Ejecutivo Nacional presentará a la Asamblea Nacional, en la oportunidad que señale la ley orgánica, el proyecto de Ley de Presupuesto. Si el Poder Ejecutivo, por cualquier causa, no hubiese presentado a la Asamblea Nacional el proyecto de Ley de Presupuesto dentro del plazo establecido legalmente, o el mismo fuere rechazado por ésta, seguirá vigente el presupuesto del ejercicio fiscal en curso. La Asamblea Nacional podrá alterar las partidas presupuestarias, pero no autorizará medidas que conduzcan a la disminución de los ingresos públicos ni gastos que excedan el monto de las estimaciones de ingresos del proyecto de Ley de Presupuesto. Con la presentación del marco plurianual del presupuesto, la ley especial de endeudamiento y el presupuesto anual, el Ejecutivo Nacional hará explícitos los objetivos de largo plazo para la política fiscal, y explicará cómo dichos objetivos serán logrados, de acuerdo con los principios de responsabilidad y equilibrio fiscal”.
Artículo 314. -“No se hará ningún tipo de gasto que no haya sido previsto en la Ley de Presupuesto. Sólo podrán decretarse créditos adicionales al presupuesto para gastos necesarios no previstos o cuyas partidas resulten insuficientes, siempre que el Tesoro Nacional cuente con recursos para atender la respectiva erogación; a este efecto, se requerirá previamente el voto favorable del Consejo de Ministros y la autorización de la Asamblea Nacional o, en su defecto, de la Comisión Delegada”.
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Artículo 315. - “En los presupuestos públicos anuales de gastos, en todos los niveles de gobierno, se establecerá de manera clara, para cada crédito presupuestario, el objetivo específico a que esté dirigido, los resultados concretos que se espera obtener y los funcionarios públicos o funcionarias públicas responsables para el logro de tales resultados. Éstos se establecerán en términos cuantitativos, mediante indicadores de desempeño, siempre que ello sea técnicamente posible. El Poder Ejecutivo, dentro de los seis meses posteriores al vencimiento del ejercicio anual, presentará a la Asamblea Nacional la rendición de cuentas y el balance de la ejecución presupuestaria correspondiente a dicho ejercicio”.
Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público
Artículo 10, señala: “Los presupuestos públicos expresan los planes nacionales,
regionales y locales, elaborados dentro de las líneas generales del plan de desarrollo económico y social de la nación…..”
Artículo 21.
“La Oficina Nacional de Presupuesto es una dependencia especializada del Ministerio de Finanzas y tiene las siguientes atribuciones: -Participar en la formulación de los aspectos presupuestarios de la política financiera que, para el sector público nacional, elabore el Ministerio de Finanzas. -Participar en la elaboración del plan operativo anual y preparar el presupuesto consolidado del sector público. -Participar en la preparación del proyecto de ley del marco plurianual del presupuesto del sector público nacional bajo los lineamientos de política económica y fiscal que elaboren, coordinadamente, el Ministerio de Planificación y Desarrollo, el Ministerio de Finanzas y el Banco Central de Venezuela de conformidad con la ley. -Preparar el proyecto de ley de presupuesto y todos los informes que sean requeridos por las autoridades competentes. -Analizar los proyectos de presupuesto que deban ser sometidos a su consideración y, cuando corresponda proponer las correcciones que considere necesarias. -Aprobar, conjuntamente con la Oficina Nacional del Tesoro la programación de la ejecución de la ley de presupuesto.
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-Preparar y dictar las normas o instrucciones técnicas relativas al desarrollo de las diferentes etapas del proceso presupuestario. -Asesorar en materia presupuestaria a los entes (…) Omissis. -Analizar las solicitudes de modificaciones presupuestarias que deban ser sometidas a su consideración y emitir opinión al respecto. -Evaluar la ejecución de los presupuestos aplicando las normas y criterios establecidos por esta, Ley, su reglamento y las normas técnicas respectivas. -Informar al Ministro de Finanzas con la Periodicidad que éste lo requiera, acerca de la gestión presupuestaria del sector público. -Las demás que lo confiera la ley”.
Artículo 31.
“Las disposiciones generales de la ley de presupuesto constituirán normas complementarias del Título II de esta Ley que regirán para cada ejercicio presupuestario y contendrán normas que se relacionen directa y exclusivamente con la aprobación, ejecución y evaluación del presupuesto del que forman parte. En consecuencia, no podrán contener disposiciones de carácter permanente, ni reformar o derogar leyes vigentes o crear, modificar o suprimir tributos u otros ingresos, salvo que se trate de modificaciones autorizadas por la creadoras de los respectivos tributos”.
Artículo 68.
“La Oficina Nacional de Presupuesto analizará los proyectos de
presupuesto de los entes regidos por este Capítulo a los fines de verificar si los mismos encuadran en el marco de las políticas, planes y estrategias fijados para este tipo de instituciones. En el informe que al efecto deberá producir en cada caso propondrá los ajustes a practicar si a su juicio, la aprobación del proyecto de presupuesto da modificaciones…….”
Artículo 72.
“Las modificaciones presupuestarias que impliquen la disminución de los resultados operativos o económicos previstos, alteren sustancialmente la inversión programada o incrementen el endeudamiento autorizado serán aprobadas por el Ejecutivo Nacional, oída la opinión de la Oficina Nacional de Presupuesto. En el marco de esta norma y con la opinión favorable del ente u órgano de adscripción y de dicha Oficina, los entes regidos por este Capítulo establecerán su propio sistema de modificaciones presupuestarias”.
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Ley Orgánica de los Consejos Legislativos de los Estados
Artículo 13.
“Presupuesto anual. El presupuesto anual de los Consejos Legislativos de
los Estados no podrá ser mayor al uno coma cinco por ciento (1,5%) del Situado Constitucional correspondiente a cada estado”.
Artículo 15. “Atribuciones. Corresponde a los Consejos Legislativos de los Estados: 1. Sancionar el proyecto de constitución estadal y presentar iniciativas, enmiendas o reformas de conformidad con lo dispuesto en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. 2. Sancionar las leyes de desarrollo (…) Omissis. 3. Sancionar la Ley Orgánica de Hacienda Pública del respectivo estado, conforme a los principios del régimen presupuestario y sistema tributario, establecidos en la Constitución y en la ley, en cuanto sean aplicables. 4. Sancionar las leyes de descentralización y transferencia de los servicios públicos a los municipios y a las comunidades, (…) Omissis. 5. Sancionar la Ley de Presupuesto del estado. 6. Participar en la designación, juramentar y destituir al Contralor o Contralora del estado, (…) Omissis. 7. Organizar y promover la participación ciudadana e implementar los mecanismos que garanticen la inclusión de las opiniones (…) Omissis. 8. Ejercer funciones de control, seguimiento y evaluación parlamentaria de los órganos de la Administración Pública Estadal, en los términos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución de los estados y las leyes respectivas. 9. Recibir para su evaluación el informe anual del Gobernador sobre su gestión durante el año inmediato anterior. A tales efectos, el Consejo Legislativo fijará dentro de los treinta (30) días siguientes a su instalación anual, la sesión en la que el ciudadano Gobernador presentará dicho informe. 10. Autorizar los créditos adicionales a los presupuestos estadales. 11. Aprobar las líneas generales del plan de desarrollo del estado, que serán presentadas por el Poder Ejecutivo Regional en el transcurso del tercer trimestre del primer año de cada período constitucional. 12. Solicitar la remoción, destitución o retiro del Secretario o Secretaria General de Gobierno, y de los directores generales sectoriales que con abuso de autoridad, negligencia e imprudencia (…) Omissis. Cuando la solicitud de destitución o remoción se apruebe con el voto de las dos terceras partes de los legisladores presentes, su acatamiento será obligatorio para el Gobernador.
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13. Autorizar al Gobernador del estado el nombramiento del Procurador o Procuradora General del Estado (…) Omissis. 14. Autorizar la salida del Gobernador del estado, del espacio geográfico venezolano cuando su ausencia se prolongue por un lapso superior a cinco (5) días consecutivos. 15. Dictar su Reglamento interno (…) Omissis. 16. Organizar su servicio interior de vigilancia y custodia. 17. Aprobar, modificar y ejecutar su presupuesto de gastos, de acuerdo a su autonomía funcional y administrativa de conformidad con la ley correspondiente. 18. Autorizar al Ejecutivo Estadal (…) Omissis. 19. Designar su representante ante el Consejo de Planificación de Políticas Públicas. 20. Las demás que le señalen la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, la Constitución del respectivo estado y la ley.
Artículo 16.
Reglamento Interior y de Debates. Cada Consejo Legislativo dictará su
Reglamento Interior y de Debates en el cual regulará su estructura orgánica interna tratando en lo posible de fijar su organización bajo parámetros de homogeneidad……”
Artículo 22. “Atribuciones del Presidente. Son atribuciones del Presidente o Presidenta del Consejo Legislativo Estadal: 1. Ejercer la representación del Consejo Legislativo Estadal. 2. Convocar las sesiones ordinarias y extraordinarias (…) Omissis. 3. Presidir, abrir, prorrogar, suspender y levantar las sesiones. 4. Presidir la Comisión Delegada. 5. Convocar las reuniones de la Junta Directiva. 6. Conducir los debates y las deliberaciones (…) Omissis. 7. Llamar al orden a los miembros (…) Omissis. 8. Dirigir la administración y el personal del respectivo Consejo Legislativo, y disponer lo relativo a la formulación, ejecución y control del presupuesto anual del Consejo Legislativo Estadal. 9. Designar los presidentes o presidentas, (…) Omissis. 10. Firmar y autorizar la publicación en la Gaceta Oficial del Consejo Legislativo Estadal los reglamentos, acuerdos, resoluciones, decretos, oficios, comunicaciones y demás documentos que sean sancionados por la Cámara. 11. Responder oportunamente la correspondencia recibida. 12. Solicitar a los órganos del Poder Público (…) Omissis.
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13. Rendir cuenta pública, al finalizar cada período anual, de la gestión realizada por el Consejo Legislativo Estadal en el ejercicio de sus funciones. 14. Coordinar y garantizar el buen funcionamiento (…) Omissis. 15. Ejercer las demás que le sean encomendadas por el Consejo Legislativo Estadal….”
Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2008
La Ley de Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2008, en su preámbulo
establece lo siguiente:
“La Ley de Presupuesto y Plan Operativo Anual del Estado Lara, constituyen los instrumentos de concertación y cumplimiento de los aspectos legales y técnicos que establece el ordenamiento jurídico vigente, en los cuales se registran los objetivos y metas que se esperan alcanzar en el corto plazo por esta entidad federal para el logro de las políticas públicas en los diferentes sectores de gestión de gobierno. En atención a lo anteriormente expuesto, el Ejecutivo del Estado Lara, diseñó la “Política Presupuestaria” a considerarse en el proceso de formulación del presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2008, la cual está dirigida a la continuidad y viabilidad de la gestión que en el proceso de cambios se mantiene rumbo a la consolidación del socialismo bolivariano. Esta “Política Presupuestaria” constituye en síntesis, las orientaciones básicas, enmarcadas dentro de los lineamientos de Política Presupuestaria del Gobierno Nacional para el próximo Ejercicio Fiscal. Las orientaciones correspondientes fueron emitidas mediante los “Lineamientos Generales”, los cuales oportunamente se entregaron a todas y cada una de las dependencias, organismos y entes que conforman la administración pública estadal, disposiciones éstas que a su vez obedecen a la puesta en práctica por parte del Ejecutivo Nacional de los cinco (05) motores constituyentes, los cuales son considerados como las grandes líneas transformadoras del Proyecto Nacional Simón Bolívar en lo político, social, económico, militar, territorial, internacional y ético. En esta coyuntura revolucionaria de la marcha de los cinco grandes motores, los cuales fueron activados y transitan como “locomotoras victoriosas", se han considerado las principales políticas sectoriales que conforman el Plan de Desarrollo Social de la Nación 2007-2013, en el que se plantean las prioridades siguientes: 1. Nueva ética socialista 2. Suprema felicidad social 3. Democracia protagónica revolucionaria 4. Modelo productivo socialista
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5. Nueva geopolítica nacional 6. Venezuela: Potencia energética mundial 7. Nueva geopolítica internacional El Ejecutivo Estadal, en su gestión de años anteriores, realizó una significativa inversión financiera dirigida a la ampliación y mejora de la infraestructura de salud, mediante la construcción de los CDI y CRI, igualmente en el área educativa, a través de la reparación y rehabilitación de escuelas estadales y nacionales, como también en el sector seguridad se ha venido dotando de vehículos de patrullaje y equipamiento de seguridad personal a la Fuerza Armada Policial. Realizada la inversión anterior en la infraestructura física-material en las áreas señaladas, y en conocimiento de las estimaciones de recursos de las diferentes fuentes de financiamiento asignadas para el Presupuesto del Ejercicio Fiscal 2008, se concibe consolidar la “Inversión Social”, con la asignación presupuestaria dirigida al recurso humano que se desempeña en las áreas de Salud, Educación y Seguridad. En este sentido, para el logro del objetivo denominado Suprema felicidad social, es necesario consolidar la “Inversión Social”, entendiéndose por ella como la política pública para asignar la disponibilidad presupuestaria al fortalecimiento del recurso humano que cumple la función de educar, servir a la salud y prestar seguridad a la comunidad en todos sus niveles. Esta política pública dirigida al recurso humano se inició en el Ejercicio Fiscal 2007, mediante decretos en las mejoras e incrementos salariales a los educadores, médicos-enfermeras y funcionarios de la Fuerza Armada Policial, en tal sentido es necesario considerar la previsión presupuestaria a fin de cumplir con las obligaciones contraídas en materia laboral y mantener la continuidad de la optimización del servicio público en las tres grandes áreas mencionadas, todo esto en función de un proyecto participativo y consensuado para la construcción de un futuro deseado, que trascienda la gestión de gobierno que próximamente finaliza el año 2008. Precisada la política presupuestaria en el Ejercicio Fiscal 2008, dirigida a la “Inversión Social” y a los efectos de darle cumplimiento a las normas de austeridad y principios de equilibrio fiscal del gasto, se considera en prioridad lo siguiente: · Política de Sueldos y Salarios, en particular la relativa a contratación colectiva y convenios con gremios profesionales tales como educadores, médicos, entre otros, a la cual se asignan los recursos necesarios y suficientes. · Se considera entre los beneficios de los trabajadores, los créditos indispensables para atender la aplicación y mejora del beneficio “Cesta Ticket” regulado por la Ley de Alimentación para los trabajadores. · Se incluyen las previsiones presupuestarias para el financiamiento de la recurrencia del salario mínimo, tanto de los trabajadores activos como de los pensionados y jubilados, las prestaciones sociales de antigüedad y los demás derechos de los trabajadores.
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· Se consideró la aplicación del contenido de la Ley de Emolumentos para Altos Funcionarios y Funcionarias del Estado y Municipios, tal como lo establece en su Artículo Nº 3. Igualmente, en segunda instancia y para el funcionamiento administrativo del aparato estadal, se consideran las previsiones siguientes: · Política de racionalización del gasto. · Política de mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles. · En cuanto a obras de infraestructura, los recursos se asignan en prioridad al financiamiento de la continuación y culminación del proceso de ejecución. · Se incluyen los créditos suficientes para atender el gasto por concepto de servicios básicos (Electricidad, telecomunicaciones, agua, alquileres, condominio, aseo urbano y domiciliario, entre otros). Se mantiene la asignación de recursos presupuestarios a los organismos para fortalecer los Programas Sociales coordinadamente con las misiones del Ejecutivo Nacional, dirigidas a la atención integral de la infancia, alimentación y nutrición, infraestructura social básica y protección social al adulto mayor y niños de la calle. Artículo 1. “Los créditos presupuestarios aprobados en esta Ley para financiar los gastos corrientes, de capital y las aplicaciones financieras, así como el monto total señalado para cada órgano del Poder Estadal, constituyen los límites máximos de las autorizaciones para comprometer y causar gastos, a fin de cumplir con las metas previstas y se regirán por los principios y normas contenidos en el Título II de la Ley Orgánica de la Administración Financiera del Sector Público del Estado Lara. La desagregación de los créditos del presupuesto de gastos y aplicaciones financieras, indicados en esta Ley, distribuidos por Sectores, Programas, Sub-Programas, Proyectos y Partidas, se señalan a fines informativos para los órganos de la Administración Pública del Poder Estadal. Dicha desagregación, constituirá el límite máximo de las autorizaciones para gastar del Poder Legislativo Estadal, la Contraloría General del Estado, el Consejo Estadal de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas y la Procuraduría General del Estado”. Artículo 2. “Los ordenadores de compromisos y pagos de los entes y órganos adscritos al Ejecutivo Estadal, remitirán a la Oficina de Planificación y Presupuesto, durante los primeros cinco (05) días hábiles de cada mes, una relación de las modificaciones presupuestarias aprobadas por aquéllos, en el mes anterior, señalando como mínimo la identificación del
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órgano, el sector, programa, proyecto, las partidas cedentes y receptoras y sus respectivos montos. El Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ejecutivo Estadal remitirá al Consejo Legislativo, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, una relación de las modificaciones presupuestarias con sus respectivos soportes, aprobadas por el Ciudadano Gobernador del Estado en el mes anterior, señalando los datos exigidos a los ordenadores de compromisos y pagos de la Administración Estadal”. Artículo 3. “Los ordenadores de compromisos y pagos, pagarán los aportes patronales como contribución al sostenimiento de los subsistemas de seguridad social, de conformidad con la Ley que rija la materia, mediante orden de pago cuyo monto mensual será aquél que resulte de aplicar el porcentaje correspondiente a los cargos ocupados para el período a pagar; dicha orden de pago deberá señalar el número de la cuenta corriente y nombre de la Institución Financiera, designada para depositar los referidos aportes. Sin menoscabo de lo dispuesto en el encabezamiento de este Artículo, los ordenadores de compromisos y pagos podrán utilizar como monto mensual a pagar, el señalado en la orden de pago de la nómina al 31 de enero de 2008, en cuyo caso harán las conciliaciones pertinentes con los organismos que correspondan, antes del 30 de noviembre del mismo ejercicio”. Artículo 4. “La Distribución Institucional del Presupuesto de Gastos se aprobará por Decreto del Gobernador y consiste en el detalle de los créditos presupuestarios acordados a las diferentes categorías presupuestarias a nivel de sub-partidas genéricas y sub-partidas específicas”. Artículo 5. “Según lo establecido en el Artículo Nº 10 de la Ley de Administración Financiera del Sector Público del Estado Lara sobre la programación de la ejecución física y financiera del presupuesto, la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ejecutivo Estadal deberá implantar los lineamientos de acuerdo a la política presupuestaria única del Estado, debidamente compatibilizada con las respectivas políticas nacionales, estadales y municipales”.
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Artículo 6. “Los resultados de la ejecución física y financiera del presupuesto, a que se refiere el Artículo Nº 57 de la Ley de Administración Financiera del Sector Público del Estado Lara, serán remitidos por las diferentes unidades ejecutoras a la Oficina de Planificación y Presupuesto del Ejecutivo Estadal, de acuerdo a las normas que esta oficina establezca y dentro de los diez (10) días siguientes al vencimiento de cada mes, lapso éste que podrá ser prorrogado hasta por diez días, previa solicitud escrita debidamente motivada y consignada ante la unidad presupuestaria estadal antes del vencimiento de los primeros diez días establecidos. La Oficina de Planificación y Presupuesto del Ejecutivo Estadal, evaluará las razones expuestas a los efectos de considerar la procedencia del requerimiento de “prórroga”, debiendo pronunciarse en un término de dos (2) días hábiles, ante la falta de respuesta oportuna por parte de la unidad presupuestaria se considerará como “aprobada” la prórroga solicitada. También quedan obligados a cumplir estas disposiciones, los entes u órganos sometidos al ámbito de la mencionada Ley, aún cuando no tengan créditos acordados en la presente Ley. La Oficina de Planificación y Presupuesto del Ejecutivo Estadal presentará un Informe Trimestral Acumulado con su respectivo análisis al Ciudadano Gobernador del Estado y al Consejo Legislativo del Estado o a su Comisión Delegada, dentro de los treinta (30) días continuos siguientes al vencimiento del período establecido para la participación de los resultados por parte de las unidades ejecutoras. Las unidades responsables del envío de la información que incurran en incumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo, se harán acreedores de las sanciones que por responsabilidad administrativa establezca el ordenamiento jurídico vigente. La Oficina de Planificación y Presupuesto del Ejecutivo Estadal, informará a la Contraloría General del Estado y al Consejo Legislativo Estadal o a su Comisión Delegada, acerca de los órganos y entes públicos adscritos a la Gobernación que no hayan cumplido con esta norma en los plazos fijados por el ordenamiento jurídico vigente”.
Reglamento Interior y de Debates del Consejo Legislativo del
Estado Lara
Artículo 1. “El presente Reglamento tiene por objeto establecer las normas de
organización interna del Consejo Legislativo del Estado Lara, sus comisiones y unidades administrativas, así como lo relativo a las sesiones ordinarias, extraordinarias, solemnes y especiales que realice el Órgano
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Legislativo Estadal, además de normar lo relativo a los debates, quórum, deliberaciones, régimen de votaciones….”.
Artículo 29. “Son atribuciones del Presidente o Presidenta del Consejo Legislativo: (…) Omissis. 2. Ejercer la representación del Consejo Legislativo. (…) Omissis. 14. Dirigir y coordinar la administración del Consejo Legislativo y disponer lo relativo a la formulación, ejecución y control del presupuesto anual, con la asesoría de la comisión Técnica Permanente de Finanzas y Presupuesto. (…) Omissis. 21. Rendir cuenta pública al finalizar cada período anual, de la gestión realizada por el Consejo Legislativo en el ejercicio de sus funciones. (…) Omissis. 27. Solicitar créditos adicionales con la aprobación del Consejo Legislativo o de su Comisión Delegada, previo el informe de la comisión Técnica Permanente de Finanzas y Presupuesto”.
Artículo 47.
“El Consejo Legislativo tendrá siete (7) Comisiones Técnicas Permanentes las cuales serán las siguientes:
1. Comisión Técnica Permanente de Finanzas y Presupuesto: conoce todo lo que concierne a las actividades de la administración pública estadal, relacionadas con la política económica, fiscal, financiera, así como del presupuesto del Estado y todas sus modificaciones. Ejerce también las funciones que el prescribe la ley que regula el régimen presupuestario del Estado Lara y todo lo atinente a la Hacienda Pública Estadal. Asesora al Consejo Legislativo en la elaboración de su presupuesto de gastos y todo lo que se refiere a la ejecución presupuestaria”. Artículo 75.
“El Consejo Legislativo, además de los servicios de Secretaría, contará para el cumplimiento de sus funciones, con la Dirección de Técnica Legislativa y la Dirección de Servicios Administrativos y con los siguientes servicios de apoyo: Oficina de Recursos Humanos, Oficina de Asesoría y Gestión, Unidad de Auditoría Interna y Consultoría Jurídica, las cuales se regirán con atención a los principios de honestidad, participación, celeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, responsabilidad y rendición de cuentas de conformidad con la ley y este Reglamento”.
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Artículo 79.
“La Dirección de Servicios Administrativos, adscrita a la Presidencia es responsable de planificar, coordinar y supervisar….”.
Artículo 81.
“Corresponde a la Dirección de Servicios Administrativos: 1. Coordinar la administración, formulación, ejecución y control del
presupuesto de acuerdo con las instrucciones del Presidente o Presidenta del Consejo (…) Omissis.
2. Planificar y coordinar las labores de contabilidad fiscal y presupuestaria del consejo (…) Omissis.
3. Examinar y realizar las operaciones financieras (…) Omissis. 4. Colaborar con la comisión Técnica Permanente de Finanzas y
Presupuesto, en la elaboración del proyecto del presupuesto del Consejo Legislativo. (…)Omissis.
8 . Presentar al Presidente o Presidenta del Consejo Legislativo y a la Comisión Coordinadora, cuando ésta lo requiera, el informe de actividades y un balance mensual de la ejecución presupuestaria en el transcurso de los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, así como el informe de actividades, estado de resultados y balance del ejercicio fiscal con cinco (5) días de anticipación a la instalación del Consejo Legislativo”.
Definición de Términos Básicos
Presupuesto Público: Es un documento cuyo contenido posee ligeras
adaptaciones, en el que se extractan las Bases Teóricas del Presupuesto propiamente
dicho por Programas, de allí que se conoce como Presupuesto al sistema mediante el
cual se elabora, aprueba, coordina la ejecución, controla y evalúa la producción
pública (Bien o Servicio) de una institución, sector o región, en función de las
políticas de desarrollo previstas en los Planes. Su técnica debe incluir además, en
forma expresa, todos los elementos de la programación (objetivos, metas, volúmenes
de trabajo, recursos reales y financieros) que justifiquen y garanticen el logro de los
objetivos previstos. (Asociación Venezolana de Presupuesto Público, 1992).
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Insumo: Recurso humano, material, equipo o servicio que se requiere para el
logro de un producto, expresado en unidades físicas o en su valoración financiera.
(Marcos M. y Víctor A. 1978).
Producto: Bien o servicio que surge como un resultado, cualitativamente
diferente, de la combinación de insumos que requiera su producción. (Marcos M. y
Víctor A. 1978).
Relación Insumo Producto: Relación técnica que expresa la combinación de
diversos insumos en cantidades y calidades adecuadas y precisas para obtener un
producto. (Marcos M. y Víctor A. 1978).
Política: Desde el punto de vista presupuestario, queda reservado para aquellos
aspectos que trasciende la esfera interna de la institución y se refiere a cuestiones
básicas de la sociedad. (Marcos M. y Víctor A. 1978).
Acción Operacional: Micro proceso de producción que culmina en un
producto primario e indivisible. (Marcos M. y Víctor A. 1978).
Unidad Ejecutora: Unidad administrativa responsable en forma total o parcial
de la gestión a nivel de una acción presupuestaria. (Marcos M. y Víctor A. 1978).
Programa: Es aquella donde la producción es terminal de la red de acciones
presupuestarias de una institución, sector o región. (Marcos M. y Víctor A. 1978).
Subprograma: Es aquella cuyas relaciones de condicionamiento son excluidas
de un programa. Por sí solo, cada subprograma resulta en producción terminal.
(Marcos M. y Víctor A. 1978).
Actividad: es aquella cuya producción es intermedia, es condición de uno o
varios productos terminales o intermedios. (Marcos M. y Víctor A. 1978).
67
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Presupuesto por Programas: Aparece para dar respuesta a las contradicciones
implícitas en el Presupuesto Tradicional y en especial para que el Estado y las
instituciones que lo integran dispongan de un instrumento programático que vincule
la producción de los bienes y servicios a alcanzar con los objetivos y metas previstas
en los planes de desarrollo. (Asociación Venezolana de Presupuesto Público, 1992).
Modificaciones Presupuestarias: Las modificaciones presupuestarias
consisten en cambios que se efectúan a los créditos asignados a los programas,
subprogramas, proyectos, obras, partidas, subpartidas, genéricas, específicas y
subespecíficas que expresamente se señalen en la Ley de Presupuesto y su respectiva
Distribución General de cada año, para los diferentes organismos. (Asociación
Venezolana de Presupuesto Público, 1992).
Plan Operativo Anual: Instrumento de Gestión de apoyo a la acción pública,
que contiene las directrices a seguir: áreas estratégicas, programas, proyectos,
recursos y sus respectivos objetivos y metas, así como la expresión financiera para
acometerlas. (Marcos M. y Víctor A. 1978).
Objetivo General
Variable Definición conceptual
Dimensión Subdimensión Indicadores Instrumento Fuente de Información
ítems
Tipos
-Créditos Adicionales. -Rectificaciones. -Insubsistencia o Anulaciones de Créditos. -Ajustes en los Créditos por Reducción de Ingresos. -Traspasos de Créditos.
Cuestionario
Trabajadorelas oficinas de Dirección de Servicios AdministrAdministra
s de
ativos, ción,
Compras y Recursos Humanos.
12
Sistema upuestario. pres
Modificaciones presupuestarias
-Cantidad de
s realizadas. modificaciones presupuestaria-Frecuencia en que se producen lasmodificaciones presupuestarias.
Cuestionario
-Personal autorizado para realizar modificaciones presupuestarias. -Las modificaciones presupuestarias inciden en el funcionamiento administrativo interno.
Trabajadores de las oficinas de Dirección deServicios Administrativos, Administración, Compras y Recursos Humanos.
16,17
9,13, 14,15
Analizar el
impacto de las
modificaciones
presupuestarias del
presupuesto
público sobre el
funcionamiento
administrativo
interno de órganos
públicos estadales.
Caso: Consejo
Legislativo del
Estado Lara,
durante el periodo
2008-2009.
Presupuesto
Público.
Marcos M. y Víctor
A. (ob. cit.),
establece que el
presupuesto público
es
fundamentalmente
una Ley que cada
año aprueba la
Asamblea Nacional
y a nivel de los
estados la
aprobación la dan
los Consejos
Legislativos.
Modificaciones presupuestarias.
Causas
-Factores o situaciones no previstos durante la elaboración del presupuesto. - Relación existente entre el plan operativo y el presupuesto. -Deficiencias en las estimaciones de los recursos. -Reajuste de gastos acordados por el Presidente de la República.
Cuestionario
Trabajadores de las oficinas de Dirección de Servicios Administrativos, Administración, Compras y Recursos Humanos.
5,7,8, 10,11,
Impacto de las modificaciones presupuestarias.
-Metas establecidas. Planificación de las actividades de acuerdo al presupuesto público. -Volúmenes de trabajo. -Producción. -Cumplimiento decompromisos con el personal.
Cuestionario
-Cumplimiento de compromisos con los proveedores. -Insumos suficientes para el funcionamiento. -Mantenimiento a las instalaciones.
Trabajadores de las oficinas de Dirección de Servicios Administrativos, Administración, Compras y Recursos Humanos.
1,2,3,4,6
OPERACIONALIZACIÓN DE VARIABLES
69Fuente: Elaboración propia.
CAPÍTULO III
MARCO METODOLÓGICO
Tipo de Investigación
El presente estudio se enmarcará dentro del tipo de investigación descriptiva, por
cuanto se pretende describir y diagnosticar la existencia y los diferentes tipos de
modificaciones presupuestarias y su impacto sobre el funcionamiento administrativo
interno del Consejo Legislativo del Estado Lara, durante el periodo 2008-2009. Según
Sabino, C. (1987) las investigaciones descriptivas “se proponen conocer grupos
homogéneos de fenómenos utilizando criterios sistemáticos que permitan poner de
manifiesto su estructura o comportamiento…” (p.89).
Al respecto Hernández, Fernández y Batista (2003) especifican que:
Los estudios descriptivos buscan especificar las propiedades, las características y los perfiles importantes de personas, grupos, comunidades o cualquier otro fenómeno que se someta a un análisis. Miden, evalúan o recolectan datos sobre diversos aspectos, dimensiones o componentes del fenómeno a investigar. Desde el punto de vista científico, describir es recolectar datos (para los investigadores) cuantitativos, medir; y para los cualitativos, recolectar información. En un estudio, descriptivo se selecciona una serie de cuestiones y se mide o recolecta información sobre cada una de ellas, para así describir lo que se investiga. (p. 117). Diseño de la Investigación
Asimismo, debido a que el presente trabajo se analizará y evaluará el impacto de las
modificaciones presupuestarias sobre el funcionamiento administrativo interno del Ente
Parlamentario, representará un estudio de campo. Con relación a esto, Luna, C. (2000)
70
señala que la investigación de campo o directa es “la que además de apoyarse en un marco
teórico, recurre al lugar donde suceden los hechos o fenómenos…” (p.58).
Según lo establecido en el Manual de la Universidad Centroccidental “Lisandro
Alvarado” para la Presentación del Trabajo Conducente al Grado Académico
de: Especialización, Maestría y Doctorado (2002) se entiende por investigación de campo
aquella que “aplica el método científico en el tratamiento de un sistema de variables y sus
relaciones, las cuales conducen a conclusiones y al enriquecimiento de una campo del
conocimiento o disciplina inherente a la Especialidad, con la situación de los experimentos
y observaciones realizadas” (p.63).
En este sentido el investigador aplicando los pasos del método científico recopilará
en el Consejo Legislativo del Estado Lara, toda la información necesaria para el logro de
los objetivos del presente estudio.
Población
La población de una investigación es entendido por Luna, C. (ob.cit.) como “la cifra
que indica el total de elementos que están involucrados en el problema, objeto de la
investigación” (p. 86).
Por su parte, Arias, F. (2004) define a la población como un “conjunto finito o
infinito de elementos con características comunes para los cuales serán extensivas las
conclusiones de la investigación. Ésta queda delimitada por el problema y por los objetivos
del estudio”. (p.81).
La población del presente estudio estará representada por la totalidad de trabajadores
de las oficinas Administrativas como; Dirección de Servicios Administrativos,
Administración, Compras y Recursos Humanos, lo cual representa un total de veinte (20)
trabajadores que laboran en la parte administrativa del ente en estudio y la misma está
conformada de la siguiente manera: tres (3) trabajadores de la Dirección de Servicios
Administrativos, seis (6) trabajadores de la oficina de Administración, cuatro (4)
71
trabajadores de la unidad de Compras y siete (7) trabajadores de la Oficina de Recursos
Humanos.
Muestra
En cuanto a la muestra, Arias, F. (ob. cit.) la define como “El subconjunto
representativo y finito que se extrae de la población accesible; en este sentido, una muestra
representativa es aquella que por su tamaño y características similares a las del conjunto,
permite hacer inferencias o generalizar los resultados al resto de la población” (P.83).
Para el caso de la población de la presente investigación, por ser la misma muy
pequeña, se determinará como muestra; la totalidad de los veinte (20) trabajadores de las
áreas administrativas del Consejo Legislativo del Estado Lara. Al respeto Véliz, A. (2008)
plantea que “hay que buscar la representatividad máxima de la muestra de la población;
cuando se trate de poblaciones muy pequeñas, la muestra puede ser equivalente a la misma.
(P.23).
Técnicas e Instrumentos de Recolección de Datos
Para el logro de los objetivos planteados en la presente investigación se utilizarán
como técnicas para la recolección de datos la observación no estructurada y la encuesta.
Arias, F. (ob.cit.) define la observación como “una técnica que consiste en visualizar o
captar mediante la vista, en forma sistemática, cualquier hecho, fenómeno o situación que
se produzca en la naturaleza o en la sociedad, en función de unos objetivos de investigación
preestablecidos” (P.69);
Por su parte Arias, F. (ob. cit.), define de igual forma la observación no estructurada
como la “que se ejecuta en función de un objetivo, pero sin una guía prediseñada que se
especifican los elementos que serán observados”; el instrumento que se empleará para el
desarrollo de esta técnica es la libreta o cuaderno de notas.
En cuanto a la encuesta, Arias, F. (ob. cit.) la plantea como “una técnica que pretende
obtener información que suministra un grupo o muestra de sujetos acerca de sí mismos, o
72
en relación con un tema en particular” (P. 72). Para ello se diseñará un cuestionario que
consta de diecisiete (17) ítems, diseñado con preguntas cerradas, el cual será aplicado a los
trabajadores de las oficinas de Dirección de Servicios Administrativos, Administración,
Compras y Recursos Humanos del Consejo Legislativo del Estado Lara.
Según Hurtado, J. (1998) define el cuestionario como un “instrumento que agrupa
una serie de preguntas relativas a un evento, situación o temática en particular, sobre el cual
el investigador desea obtener información” (p. 478).
Con la aplicación de las referidas técnicas de recolección de información se procurará
conseguir respuestas precisas y claras, lo que a su vez facilitará el tratamiento e
interpretación de la información.
Validación del Instrumento
Hernández, Fernández y Batista (2003) plantea que “la validez es una condición
necesaria de todo diseño de investigación y significa que dicho diseño permite detectar la
relación real que se pretende analizar” (P. 94).
Por su parte Veliz, A. (2008) se refiere a la validación como “el grado en que un
instrumento realmente mide la variable que pretende medir” (P. 23).
Se diseñará los instrumentos para la revisión y validación del cuestionario, el cual
deberá estar estructurado de la siguiente manera: identificación del experto, donde se
indicará el título de la investigación y se establecerá el juicio, donde este dará su opinión
con relación al referido instrumento, determinando si en el mismo están inmersas las
variables de la investigación, si guarda congruencia con los objetivos y si está diseñado
apropiadamente, de igual forma el instrumento de validación permitirá que el experto
realice, de ser necesario, observaciones con relación a cada una de las preguntas. La
selección de los expertos para la validación de los criterios se realizará considerando un
grupo de tres (03) personas, cuya opinión será relevante por su conocimiento del tema.
73
Se considera relevante la validación de expertos, por cuanto permite confirmar que el
instrumento a utilizar efectivamente, permitirá medir la variable objeto de estudio.
Procedimiento
El procedimiento que se llevará a cabo para efectuar el presente estudio será el
siguiente:
1. Análisis documental sobre presupuesto público y modificaciones
presupuestarias.
2. Se indagará sobre los antecedentes relacionados con el tópico de estudio.
3. Revisión de la literatura: a) detección de la literatura en fuentes secundarias y
terciarias, b) obtención de la literatura en biblioteca y hemeroteca, c) consulta de
la literatura, d) recopilación de la información seleccionada.
4. Se observará y asentará en el cuaderno de notas todo lo relacionado con el
presupuesto del Consejo Legislativo del Estado Lara, su modificación y
ejecución a la fecha, así como su incidencia sobre el funcionamiento
administrativo interno de este órgano.
5. Se elaborará y aplicará el instrumento a los trabajadores de las áreas
administrativas del Consejo Legislativo del Estado Lara, a fin de recabar
información necesaria para el logro de los objetivos.
6. Seguidamente se procederá a la elaboración de las conclusiones y
recomendaciones de la investigación.
Técnicas de Análisis de Resultados
La técnica que se utilizará para el procesamiento y análisis de los datos obtenidos a
través del cuestionario y observaciones no estructuradas, se realizara mediante tabulación y
gráficos de los resultados. En este sentido, el investigador codificará y tabulará la
información recopilada, para clasificarla y ordenarla en tablas, cuadros y gráficos.
Siguiendo a Hernández, Fernández y Batista (2003), afirman que “El análisis de
contenido se efectúa por medio de la codificación; es decir, el proceso en virtud del cual las
74
características relevantes del contenido de un mensaje se transforman a unidades que
permitan su descripción y análisis precisos; para codificar es necesario definir el universo,
las unidades de análisis y categorías de análisis.” (p. 413).
Una vez realizado el análisis de los resultados, la investigadora podrá realizar sus
conclusiones y como aporte de este trabajo podrá proponer recomendaciones para
minimizar los efectos que causan las modificaciones presupuestarias en el funcionamiento
administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara.
75
CAPÍTULO IV
ANALISIS DE LOS RESULTADOS
Presentación y Análisis de los Resultados En este capítulo se presenta, describe, analiza e interpreta en forma ordenada los
resultados obtenidos en el estudio en función a los ítems de la investigación.
Dichos resultados se obtienen al aplicar el instrumento de recolección de datos
diseñado para la población seleccionada, siendo esta el Departamento de Administración,
Compras, Recursos Humanos y Dirección de servicios Administrativos, el cual se ha
organizado en cuadros y gráficos contentivos de las frecuencias relativas, de modo de
facilitar la mejor interpretación de los mismos.
Descripción Análisis e Interpretación de los Resultados del Cuestionario
Aplicado a las Unidades Informantes de la Oficina de Recursos Humanos, Dirección
de Servicios Administrativos y Compras del Consejo Legislativo del Estado Lara.
A continuación se presenta el análisis de los resultados obtenido a través del
cuestionario instrumento aplicado a cada uno de los involucrados en la parte administrativa
del consejo legislativo del Estado Lara, basado en el cuadro de operacionalización de las
variables en función a los objetivos específicos del tema en estudio.
En este sentido, el análisis se realizó para cada una de las dimensiones e indicadores
del Cuadro de Operacionalización de las Variables (Nº 1), a fin de determinar en cada caso
los valores resultantes en la medición de estos elementos, y así evaluar los resultados en
función de los objetivos propuestos a fin de determinar las fortalezas y debilidades de la
76
gestión administrativa, al igual que las posibles desviaciones del proceso o acto
administrativo.
El análisis de los resultados se realizó bajo la base de la estadística descriptiva,
mediante la ordenación y tabulación de frecuencias relativa (FR) y su relación porcentual
(%), presentada en cuadros organizados por dimensiones de la variable, así como también
en gráficos. Para la elaboración de estas tablas se tomo como base una muestra de 20
personas, siendo este el universo total.
Variable: Presupuesto público. Dimensión: Impacto de las modificaciones. Indicador: Metas Establecidas. Cuadro 2
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
1¿Se diseñan metas para la ejecución del presupuesto del Consejo Legislativo del Estado Lara?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 1
SINO
Grafico Nº 1. Representación Porcentual.
77
Para el item 1 el resultado obtenido fue del 100%, lo que indica que efectivamente
son diseñadas las metas para la ejecución del presupuesto los que nos permite medir de una
manera objetiva el cumplimiento de las mismas.
Variable: Presupuesto público. Dimensión: Impacto de las modificaciones. Indicador: Metas Establecidas. Cuadro 3
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
2¿En el Consejo Legislativo del Estado Lara se aplican criterios para la elaboración del presupuesto?
Si _____ No______
12
60
8
40
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
10%
20%
30%
40%
50%
60%
ITEM 2
SINO
Grafico Nº 2. Representación Porcentual.
Del total de los encuestados, el 60% afirmo que existe la aplicación de criterios técnicos
para la elaboración del presupuesto, mientras que el 40% restante expreso la total ausencia
de dichos criterios en la formulación y ejecución del presupuesto.
78
Variable: Presupuesto público. Dimensión: Impacto de las modificaciones. Indicador: Metas Establecidas. Cuadro 4
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
3¿Existen fechas específicas para la elaboración y aprobación del presupuesto del Consejo Legislativo del Estado Lara?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 3
SINO
Grafico Nº 3. Representación Porcentual.
La totalidad de los encuestados afirmarón que existen fechas especificas, de acuerdo a la
Ley, para la elaboración, aprobación, ejecución y control del presupuesto.
79
Variable: Modificaciones presupuestarias. Dimensión: Impacto de las modificaciones Indicador: Planificación de las actividades de acuerdo al presupuesto público. Cuadro 5
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
4¿Existe en el Consejo Legislativo una relación entre la Planificación de las actividades y el presupuesto?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 4
SINO
Grafico Nº 4. Representación Porcentual.
Para el 100% de los encuestados aseguran que existe una relación entre la
planificación de las actividades y el presupuesto del órgano.
80
Variable: Presupuesto Público Dimensión: Modificaciones presupuestarias. Indicador: Deficiencias en las estimaciones de los recursos. Cuadro 6
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
5¿Se evalúa durante el ejercicio fiscal el presupuesto, desarrollando la matriz FODA?
Si ___ No___
0
0
20
100
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 5
SINO
Grafico Nº 5. Representación Porcentual.
El 100% de los funcionarios a los que se le aplico el instrumento, expresan que la
matriz foda no es aplicada para la evaluacion del presupuesto durante cada ejercicio fiscal.
81
Variable: Presupuesto público. Dimensión: Impacto de las modificaciones. Indicador: Metas Establecidas. Cuadro 7
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
6¿Posee el Consejo Legislativo del Estado Lara su plan operativo?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 6
SINO
Grafico Nº 6. Representación Porcentual.
El 100% de las personas encuestadas coinciden, que el Consejo Legislativo del
Estado Lara posee su Plan Operativo, herramienta fundamental durante la ejecucion del
presupuesto.
82
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Modificaciones Presupuestarias. Indicador: Relación existente entre el plan operativo y el presupuesto. Cuadro 8
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
7¿En el Consejo Legislativo del Estado Lara, existe una relación entre el plan operativo y el presupuesto? Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 7
SINO
Grafico Nº 7. Representación Porcentual.
La totalidad de los encuestados, afirman la existencia de la relación entre el
plan operativo y el presupuesto, esto quiere decir que el presupuesto se aplica dentro del
órgano como un componente del plan operativo.
83
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Modificaciones Presupuestarias. Indicador: Relación existente entre el plan operativo y el presupuesto. Cuadro 9
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
8¿En el Consejo Legislativo del Estado Lara se utiliza el Plan Operativo Anual como basamento para la asignación de recursos durante el manejo del presupuesto?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 8
SINO
Grafico Nº 8. Representación Porcentual.
El 100% de los trabajadores, índico que si, se utiliza el Plan Operativo
Anual como base para la asignación de recursos durante el manejo del
presupuesto, en tal sentido existe una planificación acorde a las necesidades del Órgano.
84
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Sistema Presupuestario. Indicador: Cantidad de modificaciones presupuestarias realizadas Cuadro 10
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
9¿El presupuesto aprobado para el funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara para el Ejercicio Fiscal (2008) o (2009) ha sufrido algún tipo de modificación presupuestaria?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 9
SINO
Grafico Nº 9. Representación Porcentual.
El 100% de los encuestados dice que efectivamente, el presupuesto aprobado
para el funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara,
tanto para el Ejercicio Fiscal 2008 como para el 2009; han sido objeto de modificaciones
presupuestarias.
85
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Modificaciones Presupuestaria. Indicador: Factores no previstos durante la elaboración del presupuesto. Cuadro 11
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
10¿Se mantiene el principio de equilibrio durante el manejo y ejecución del presupuesto?
Si _____ No______
18
90
2
10
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 10
SINO
Grafico Nº 10. Representación Porcentual.
DEl 100% de los encuestados, el 90% dice que si se mantiene el principio
de equilibrio durante el manejo y ejecución del presupuesto, mientras que el
10% asevera que no, lo cual revela la necesidad de unificar criterios dentro del
órgano.
86
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Modificaciones Presupuestaria. Indicador: Metas establecidas. Cuadro 12
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
11¿Se diseñan estrategias para optimizar el uso de los recursos?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 11
SINO
Grafico Nº 11. Representación Porcentual.
La totalidad de los encuestados dicen, que si se diseñan estrategias para
optimizar el uso de los recursos, lo cual es fundamental para el buen
funcionamiento del órgano.
87
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Sistema Presupuestario. Indicador: Créditos adicionales, ajustes en los créditos por reducción de ingresos, traspaso de créditos. Cuadro 13
ITEMS
FR
%
12¿Cuáles son los tipos de modificaciones presupuestarias que se aplican en el Consejo Legislativo del Estado Lara? -Créditos Adicionales. -Ajuste de créditos por reducción de ingresos. -Traspaso de créditos.
20
100
-Rectificaciones. -Insubsistencia o anulaciones de créditos.
0 0
TOTAL 20 100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 12
Créditos Adicionales-Ajuste decréditos por reducción deingreso-traspaso de créditos.Rectificaciones-Insubsistencia oanulaciones de créditos.
Grafico Nº 12. Representación Porcentual.
El 100% de los trabajadores encuestados; señalan que los créditos adicionales, ajuste
de créditos por reducción de ingresos y traspaso de créditos, son aquellos tipos de
modificaciones presupuestarias aplicados con mayor frecuencia en el consejo legislativo del
estado lara, mientras que las rectificaciones e insubsistencias por reducción de créditos, no
son implementadas por dicho órgano.
88
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Sistema Presupuestario. Indicador: Frecuencia en que se producen las modificaciones presupuestarias. Cuadro 14
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
13¿Existen causas que conlleva a que se produzcan modificaciones presupuestarias en el Consejo Legislativo del Estado Lara?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 13
SINO
Grafico Nº 13. Representación Porcentual.
Los resultados revelan que el 100% de los funcionarios afirman, que si,
existen causas que conlleva a que se produzcan modificaciones presupuestarias en el
Consejo Legislativo del Estado Lara, siendo una de ellas la recesión o crisis financiera en
Venezuela.
89
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Sistema Presupuestario. Indicador: Personal autorizado para realizar modificaciones presupuestarias. Cuadro 15
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
14¿Se designa a alguien para que realice las modificaciones presupuestarias en el Consejo Legislativo del Estado Lara?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 14
SINO
Grafico Nº 14. Representación Porcentual.
El 100% de los trabajadores aseveran, que si se designa a un responsable para
que realice las modificaciones presupuestarias necesarias durante la fase de ejecución del
presupuesto en el consejo legislativo del estado Lara.
90
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Sistema Presupuestario. Indicador: Personal autorizado para realizar modificaciones presupuestarias. Cuadro 16
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
15¿Es necesario la aprobación del presidente del Consejo Legislativo del Estado Lara para realizar algún tipo de modificación presupuestaria?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 15
SINO
Grafico Nº 15. Representación Porcentual.
El 100% de los encuestados indican, que si es necesaria la aprobación del
presidente del Consejo Legislativo del Estado Lara para realizar algún tipo de modificación
presupuestaria durante el ejercicio fiscal, puesto que es la máxima autoridad del organismo.
91
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Sistema Presupuestario. Indicador: Las modificaciones presupuestarias inciden en el funcionamiento administrativo interno. Cuadro 17
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
16¿Considera Usted que las modificaciones presupuestarias tienen alguna incidencia en el funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 16
SINO
Grafico Nº 16. Representación Porcentual.
Los resultados revelan que el 100% de los encuestados afirman, que las
modificaciones presupuestarias tienen incidencias significativas en el funcionamiento
administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara.
92
Variable: Presupuesto Público. Dimensión: Sistema Presupuestario. Indicador: Las modificaciones presupuestarias inciden en el funcionamiento administrativo interno. Cuadro 18
SI NO TOTAL
ITEMS FR % FR % FR %
17¿Cree Usted que existen mecanismos para minimizar los efectos causados por las modificaciones presupuestarias en el funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara?
Si _____ No______
20
100
0
0
20
100
Fuente: Datos obtenidos del Instrumento.
0%
20%
40%
60%
80%
100%
ITEM 17
SINO
Grafico Nº 17. Representación Porcentual.
El 100% de la poblacion dicen que, si existen mecanismos para minimizar los
efectos causados por las modificaciones presupuestarias en el funcionamiento
administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara, solo hay que
implementarlos de acuerdo a las necesidades del órgano.
93
CAPITULO V
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
Conclusiones
Durante el desarrollo del trabajo de investigación se logro determinar que el
presupuesto es un instrumento de planificación en el Consejo Legislativo del Estado Lara,
ya que este Órgano realiza planes operativos anuales y fundamenta la ejecución del
presupuesto en estos planes.
Sobre la base de los resultados obtenidos en el diagnostico y demás aspectos
relacionados con el trabajo de investigación, se llego a las siguientes conclusiones:
Con relación al objetivo especifico determinar los tipos de modificaciones
presupuestarias en el Consejo Legislativo del Estado Lara, se pudo comprobar la existencia
de los mismos, siendo los más frecuentes; créditos adicionales, traspasos de créditos y
ajustes en los créditos por reducción de ingresos, debido a que el Presupuesto tanto
Nacional como Estadal ha sufrido recortes en los últimos dos (2) años, lo que genera la
ejecución de algún tipo de modificación presupuestaria.
El personal que labora en el área de presupuesto conoce la fundamentación del
presupuesto, por lo que existe relación entre el Presupuesto y el Plan Operativo Anual.
En cuanto al segundo objetivo sobre diagnosticar las modificaciones presupuestarias
aplicadas en el Consejo Legislativo del Estado Lara, con el fin de verificar el cumplimiento
de la normativa legal vigente y desarrollar de manera objetiva la información, se determino
que se cumple con los lineamientos de la Oficina Nacional de Presupuesto (ONAPRE), Ley
Orgánica de la Administración Financiera del Sector (LOAFSP), Normas y Reglamentos
94
Interno, estos son considerados al momento de aplicar algún tipo de modificación
presupuestaria tanto para la ejecución de los ingresos como de los gastos.
La ejecución presupuestaria no es solo la rutina de cumplir con lo aprobado; deben
tomarse decisiones adaptándola a la situación presente y orientarlas hacia la realización de
los planes y actividades, así como también a la consecución de las metas y objetivos.
Al evaluar el impacto de las modificaciones presupuestarias en el funcionamiento
administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara, se constato que el órgano
Legislador se ha visto afectado de manera significativa por los constantes cambios
decretados por Ejecutivo, a raíz de la recesión económica venezolana, uno de estos se
refleja en el ajuste de los créditos por reducción de ingresos en los últimos dos (2) años.
Situación que afecta de manera directa al funcionamiento del Órgano trayendo como
consecuencia retardos en los pagos de aumento salarial decretados, al igual que en los
compromisos de pagos a terceros, de allí surge el poco incentivo laboral pues se han visto
afectado cada uno de los trabajadores en su vida económica-social, así como en la escasez
de insumos de materiales y suministros herramientas esenciales para lograr de manera
eficaz, eficiente y efectivo las metas previstas en el órgano.
Evalúa constantemente el cumplimiento de los objetivos y metas establecidos en el
Plan Operativo Anual. Más no se revela el destino de esas evaluaciones.
Son diseñadas las metas para la ejecución del presupuesto, los que nos permite medir
de una manera objetiva el cumplimiento de las mismas.
Cumple con lo apegado a la Ley, en relacion a las etapas del proceso
presupuestario, posee su plan operativo, herramienta esta fundamental durante
la ejecucion del presupuesto, el mismo es tomado como base para la asignación
de recursos durante el manejo del presupuesto, en tal sentido, existe una
planificación acorde a las necesidades del órgano.
95
Existe una relación entre el plan operativo y el presupuesto, esto quiere decir que el
presupuesto se aplica dentro del órgano como un componente del plan operativo anual.
Recomendaciones:
En atención a las conclusiones anteriores, seguidamente se ofrece un conjunto de
recomendaciones:
La junta Directiva debe velar por la aprobación del proyecto presupuestado para cada
ejercicio fiscal, ya que a nivel de los estados la aprobación del presupuesto público la dan
los consejos legislativos.
La Junta Directiva debe propiciar reuniones en coordinadoras para implementar
estrategias que permitan la ejecución del presupuesto aprobado sin ningún tipo de
desviaciones al monto solicitado.
Instruir a todos los Diputados acerca de los lineamientos generales para la
formulación, discusión y aprobación, ejecución del presupuesto.
Evaluar sobre la marcha la ejecución presupuestaria, con la finalidad de tomar los
correctivos correspondientes para disminuir las variaciones entre lo presupuestado y lo
aprobado.
La oficina de recursos humanos debe realizar los cálculos en relación al incremento
salarial durante el primer trimestre del ejercicio fiscal, para ser aprobada en plenaria y
luego ser formalizada la solicitud ante la gobernación del estado Lara sobre el crédito
adicional; con el fin de cumplir con el decreto y por consiguiente con los trabajadores,
evitando de esta manera retardos en el pago de nomina y minimizando a su vez uno de los
efectos causados por las modificaciones presupuestaria.
96
La dirección de servicios administrativos debe realizar reuniones constantes junto a la
oficina de recursos humanos, administración y compras con la finalidad de que cada unidad
administrativa plantee herramientas que permitan minimizar los efectos causados por la
reducción de ingresos y exponerlo posteriormente a la Junta Directiva para que sea
evaluado y aprobado según prioridades.
Se debe estudiar y analizar dentro del órgano; la unificación de criterios en relación a
la aplicación de técnicas en la formulación y ejecución del presupuesto, así como también
en el principio de equilibrio durante el manejo y ejecución del presupuesto.
Es necesario implementar una evaluación mediante la matriz foda para así visualizar
con mayor objetividad el desarrollo de las modificaciones presupuestarias existentes y su
influencia en la gestión administrativa.
97
BIBLIOGRAFÍA
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por Proyectos en la UNELLEZ. Universidad Yacambú (UNY). Barquisimeto, Estado Lara.
100
ANEXOS
101
CUESTIONARIO
102
Barquisimeto: xx de xx de xx
Señores Consejo Legislativo del Estado Lara Presente Estimado (a) Señor (es):
Reciba un cordial saludo, en la oportunidad de dirigirme muy respetuosamente a
usted, con el fin de informarle que actualmente en el Consejo Legislativo del Estado Lara,
se ésta desarrollando un proceso de recolección de información para el desarrollo de la
investigación titulada: “Impacto de las Modificaciones Presupuestarias del presupuesto
público sobre el Funcionamiento Administrativo Interno de órganos públicos
estadales. Caso: Consejo Legislativo del Estado Lara, durante el período 2008-2009”;
por tal razón se solicita su valiosa colaboración respondiendo el presente cuestionario,
diseñado exclusivamente para fines científicos. Por ello, se le ofrece toda garantía de
discreción a las opiniones expresadas en este instrumento.
La investigación será presentada como Trabajo Especial de Grado ante la
Universidad Centroccidental “Lisandro Alvarado” (UCLA), para la respectiva evaluación.
Mucho sabré agradecer su máxima colaboración a favor del éxito del estudio.
Atentamente;
Lcda. Beislimar Adjunta
103
CUESTIONARIO Trabajadores de la Parte Administrativa del Consejo Legislativo
del Estado Lara Instrucciones:
Lea todas las preguntas antes de responder. Marque con una “X” la alternativa que usted considere pertinente en cada una de las preguntas.
Diríjase al encuestador en caso de alguna duda. Nombre y Apellido: Profesión: Cargo: Unidad en la que trabaja:
1. ¿Se diseñan metas para la ejecución del presupuesto del Consejo Legislativo del Estado
Lara? Si _____ No______
2. ¿En el Consejo Legislativo del Estado Lara se aplican criterios para la elaboración del presupuesto?
Si _____ No______
3. ¿Existen fechas específicas para la elaboración y aprobación del presupuesto del Consejo Legislativo del Estado Lara?
Si _____ No______
4. ¿Existe en el Consejo Legislativo una relación entre la Planificación de las actividades y el presupuesto?
Si _____ No______
5. ¿Se evalúa durante el ejercicio fiscal el presupuesto, desarrollando la matriz FODA?
Si ___ No___
6. ¿Posee el Consejo Legislativo del Estado Lara su plan operativo?
Si _____ No______
7. ¿En el Consejo Legislativo del Estado Lara, existe una relación entre el plan operativo y el presupuesto?
Si _____ No______
8. ¿En el Consejo Legislativo del Estado Lara se utiliza el Plan Operativo Anual como basamento para la asignación de recursos durante el manejo del presupuesto?
Si _____ No______
104
9. ¿El presupuesto aprobado para el funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara para el Ejercicio Fiscal (2008) o (2009) ha sufrido algún tipo de modificación presupuestaria?
Si _____ No______
10. ¿Se mantiene el principio de equilibrio durante el manejo y ejecución del presupuesto?
Si _____ No______
11. ¿Se diseñan estrategias para optimizar el uso de los recursos?
Si _____ No______
12. ¿Cuáles son los tipos de modificaciones presupuestarias que se aplican en el Consejo Legislativo del Estado Lara?
Créditos Adicionales _______ Rectificaciones ______ Insubsistencia o Anulaciones de Créditos______ Ajustes en los Créditos por Reducción de Ingresos_____ Traspaso de créditos_____
13. ¿Existen causas que conlleva a que se produzcan modificaciones presupuestarias en el
Consejo Legislativo del Estado Lara? Si _____ No______
14. ¿Se designa a alguien para que realice las modificaciones presupuestarias en el Consejo
Legislativo del Estado Lara? Si _____ No______
15. ¿Es necesario la aprobación del presidente del Consejo Legislativo del Estado Lara para
realizar algún tipo de modificación presupuestaria?
Si _____ No______
16. ¿Considera Usted que las modificaciones presupuestarias tienen alguna incidencia en el funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara?
Si _____ No______
17. ¿Cree Usted que existen mecanismos para minimizar los efectos causados por las
modificaciones presupuestarias en el funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara?
Si _____ No______
105
FORMATO PARA LA VALIDACIÓN DEL INSTRUMENTO
106
Barquisimeto: xx de xx de xx
Prof.
Me dirijo a Usted, con la intención de solicitar su colaboración para la validación del contenido del instrumento diseñado, cuyo único fin es el de recabar información que contribuyan al logro de los objetivos de la investigación “Impacto de las Modificaciones Presupuestarias del presupuesto público sobre el Funcionamiento Administrativo Interno de órganos públicos estadales. Caso: Consejo Legislativo del Estado Lara, durante el período 2008-2009”, los objetivos de esta investigación son los siguientes:
Objetivo General: Analizar el impacto de las modificaciones presupuestarias del presupuesto público sobre el funcionamiento administrativo interno de órganos públicos estadales. Caso: Consejo Legislativo del Estado Lara, durante el período 2008-2009. Objetivos Específicos:
1. Determinar los tipos de modificaciones presupuestarias en el Consejo Legislativo del Estado Lara.
2. Diagnosticar las modificaciones presupuestarias aplicadas en el Consejo Legislativo del Estado Lara, con el fin de verificar el cumplimiento de la normativa legal vigente y desarrollar de manera objetiva la información.
3. Evaluar el impacto de las modificaciones presupuestarias en el funcionamiento administrativo interno del Consejo Legislativo del Estado Lara.
De este modo, se anexa a la presente el cuestionario que se aplicará y el instrumento de validación, el cual arrojará indicios de la posible existencia de tendenciosidad, claridad y redacción de dichos ítems; y su congruencia con los objetivos del estudio.
Lcda. Beislimar Adjunta Gracias por su Colaboración
107
INSTRUCCIONES
1. Lea cuidadosamente cada Item.
2. Se le agradece no dejar ninguna pregunta sin contestar.
3. Conteste con objetividad.
4. Marque con una “X” la alternativa que Usted considera se
corresponda con su criterio de respuesta.
5. De ser necesario realice las observaciones que considere a cada
Ítem en el espacio indicado para ello.
108
FORMATO PARA LA REVISION Y VALIDACIÓN DEL INSTRUMENTO DISEÑADO
IDENTIFICACIÓN DEL EXPERTO Nombre y Apell ido Inst i tución donde Trabaja Cargo que Desempeña Titulo que Posee Titulo de Postgrado Especial idad TITULO DE LA INVESTIGACIÓN Impacto de las modificaciones presupuestarias del presupuesto público sobre el funcionamiento administrativo interno de órganos públicos estadales. Caso: Consejo Legislativo del Estado Lara, durante el periodo 2008-2009.
JUICIO DE EXPERTO ¿Considera us ted que el instrumento guarda congruencia con los objet ivos de la invest igación?
Suficiente
Medianamente Suficiente Insuf iciente
¿Considera usted que el instrumento está d iseñado apropiadamente? Suficiente
Medianamente Suficiente Insuf iciente
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