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REGLAMENTO DEL PROCESO DE ADMISIÓN DE POSTULANTES A LAS ESCUELAS SUPERIORES DE FORMACIÓN DE MAESTRAS Y MAESTROS Y UNIDADES ACADÉMICAS DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA GESTIÓN 2015

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REGLAMENTO NORMAL

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REGLAMENTO DEL PROCESO DE ADMISIÓN DE POSTULANTES A LAS ESCUELAS SUPERIORES DE FORMACIÓN DE MAESTRAS Y

MAESTROS Y UNIDADES ACADÉMICAS DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

GESTIÓN 2015

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REGLAMENTO DEL PROCESO DE ADMISIÓN DE POSTULANTES A LAS ESCUELAS SUPERIORES DE FORMACIÓN DE MAESTRAS Y MAESTROS Y UNIDADES

ACADÉMICAS DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA GESTIÓN 2015

En el marco de la Constitución Política del Estado, Ley Nº 070 de la Educación “Avelino Siñani - Elizardo Pérez”, el Ministerio de Educación emite el presente instrumento normativo que regula el Proceso de Admisión de Postulantes a las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros (ESFM) y Unidades Académicas (UA) del Estado Plurinacional de Bolivia, gestión 2015.

CAPITULO I GENERALIDADES

Artículo 1. Naturaleza y propósito. El proceso de admisión es el conjunto de fases que permite a las y los postulantes a las ESFM y sus UA adquirir la condición de estudiantes regulares. Tiene por finalidad la selección de bachilleres que cumplen con todos los requisitos establecidos y reúnen las aptitudes, actitudes y capacidades requeridas para iniciar estudios en la formación de maestras y maestros, además de contar con disponibilidad para el estudio a tiempo completo con asistencia obligatoria. El propósito del presente Reglamento del Proceso de Admisión de Postulantes a las ESFM y sus UA del Estado Plurinacional de Bolivia es normar el proceso de admisión, estableciendo los procedimientos y características del mismo. Artículo 2. Marco Legal. El Reglamento del Proceso de Admisión de Postulantes a las ESFM y sus UA, se basa en las siguientes disposiciones legales: 1. Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia, 7 de febrero de 2009. 2. Ley Nº 070 de la Educación “Avelino Siñani – Elizardo Pérez, 20 de diciembre de 2010. 3. Ley Nº 04, de Lucha contra la corrupción, enriquecimiento ilícito e investigación de fortunas

“Marcelo Quiroga Santa Cruz”, de 31 de marzo de 2010. 4. Ley Nº 045, Contra el racismo y toda forma de discriminación, de 08 de octubre de 2010. 5. Ley General para personas con discapacidad Nº 0223 del 02 de marzo de 2012 y la Resolución

Ministerial Nº 2931/89. 6. Ley del Deporte Nº 2770 de 07 de julio de 2004 y el Decreto Supremo Nº 27779 de 08 de octubre

de 2004. 7. Compendio Normativo de las Escuelas Superiores de Formación de Maestros y Unidades

Académicas y otras normas conexas, aprobado mediante Resoluciones Ministeriales: 694/2013 de fecha 02 de Octubre de 2013 y Nº 622/2013 de fecha 13 de Septiembre de 2013.

Artículo 3. Ámbito de aplicación. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento deben ser cumplidas por las y los postulantes a las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y sus Unidades Académicas, autoridades de las ESFM/UA, representantes de organizaciones sociales y el Ministerio de Educación. Artículo 4. Disposiciones importantes para las y los postulantes. 1. Las y los postulantes tienen la obligación de leer el reglamento de Admisión 2015 para conocer

todos los aspectos que rigen la presente convocatoria de Admisión.

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2. Sólo se admitirá la postulación a una ESFM o UA y a una especialidad. Lo contrario anulará automáticamente la postulación, sin derecho a reclamo alguno.

3. El Formulario de Postulación deberá ser llenado y registrado en http://dgfm.minedu.gob.bo. según cronograma establecido; las y los postulantes de la modalidad A deberán presentar el Formulario al ingresar a la prueba escrita; las y los postulantes de la modalidad B deberán presentar el Formulario a la ESFM/UA correspondiente, junto con la documentación requerida, debidamente firmada. Las y los postulantes que no presenten el Formulario de Postulación con todos los datos solicitados, serán excluidos del proceso de admisión sin reclamo alguno.

4. Las y los postulantes que realicen el depósito bancario después de las fechas establecidas o que no se presenten a alguna de las fases en los plazos fijados, quedarán excluidos del proceso de admisión, sin derecho a reclamo.

5. Los errores en los depósitos bancarios son de exclusiva responsabilidad de las y los postulantes, no existiendo la posibilidad de devoluciones.

6. Para acceder al recinto de aplicación de la prueba escrita, las y los postulantes de la Modalidad A, deberán presentar la Cédula de Identidad original vigente y el Formulario de Postulación (Original). Sin estos documentos NINGÚN postulante podrá ingresar.

7. Serán admitidas y admitidos, únicamente quienes, según la especialidad y cupo ofertado, obtengan los mejores y más altos puntajes en cada una de las MODALIDADES DE POSTULACIÓN (ver artículos específicos por modalidad de ingreso).

8. Las y los postulantes interesados en la presente convocatoria sólo podrán postularse a una MODALIDAD de admisión. Las postulaciones a más de una modalidad darán lugar a la anulación automática del/la postulante, sin derecho a reclamo alguno.

9. Sólo podrán postularse bachilleres que cumplan todos los requisitos exigidos según la modalidad elegida.

10. La información proporcionada por las y los postulantes de la modalidad B será verificada en el Sistema de Información Educativa (SIE) del Ministerio de Educación.

11. La información proporcionada por las y los postulantes de la modalidad B y la información recabada del SIE debe coincidir, lo contrario dará lugar a la anulación automática de la postulación.

12. Las y los postulantes deben presentarse al menos con dos horas de anticipación a la aplicación de la prueba de aptitudes, entrevista personal y prueba escrita, cuyas fechas y horarios serán comunicados oportunamente mediante la página Web: http://dgfm.minedu.gob.bo

13. Las y los postulantes admitidos deben matricularse o inscribirse en la gestión a la que se postularon, lo contrario hará que pierdan su derecho como admitidas o admitidos, sin posibilidad de reclamo alguno.

14. Toda postulación en base a información falsa estará sujeta a proceso en la vía legal correspondiente, y por tratarse de un acceso por la vía fraudulenta, podrá ser anulada en cualquier etapa del proceso de admisión o durante el proceso de formación, sin derecho a reclamo alguno.

15. Las y los postulantes admitidos deberán concluir sus estudios en la ESFM o UA a la que postularon y en la especialidad en que fueron admitidos, y NO se aceptarán transferencias de una ESFM o UA a otra, ni de una especialidad a otra.

16. La persona que quiera transferirse de ESFM o UA o de especialidad perderá su derecho de admisión y matrícula bajo la Convocatoria Pública Nº 001/2015.

17. La admisión, matriculación e inscripción se realizará única y exclusivamente a partir de las listas oficiales emanadas desde el Ministerio de Educación. Toda matriculación y/o inscripción realizada al margen de éstas es nula.

18. Todos los comunicados, documentos, listas de postulantes seleccionados u otros aspectos vinculados al proceso de admisión de la gestión 2015 serán publicados a través de la página Web: http://dgfm.minedu.gob.bo y en las ESFM y UA, de acuerdo al cronograma establecido en la presente Convocatoria Pública.

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19. La presente Convocatoria Pública al Proceso de Admisión de Postulantes a las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros y Unidades Académicas del Estado Plurinacional respeta las disposiciones legales vigentes.

20. El Ministerio de Educación es la única instancia que tiene todas las atribuciones para la realización de los ajustes y reajustes pertinentes, a fin de garantizar el logro de los objetivos de la presente convocatoria.

CAPÍTULO II

MODALIDADES DE INGRESO Artículo 5. Modalidades de ingreso. Comprende los procesos de ingreso de bachilleres del SEP a las ESFM y UA bajo las siguientes modalidades: 1. Modalidad A: Ingreso con pruebas de admisión.

2. Modalidad B: Ingreso para bachilleres destacados en comunidades de Naciones y Pueblos

Indígena Originario Campesinos, Comunidades Interculturales y Afrobolivianas; asimismo, para bachilleres contemplados en las Leyes 2770 y 223.

Artículo 6. Modalidad A Podrán ingresar bajo esta modalidad las y los bachilleres que obtengan los mejores puntajes en la especialidad a la que se postula de acuerdo al cupo establecido y que aprueben las diferentes fases del proceso de admisión. Para esta modalidad se establece un 80% del total de cupos en cada una de las especialidades ofertadas en las ESFM y sus UA Artículo 7. Modalidad B Esta modalidad integra a los tres siguientes segmentos:

Ingreso para bachilleres destacados en comunidades de Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, Comunidades Interculturales y Afrobolivianas.

Dirigida a las y los bachilleres del Sistema Educativo Plurinacional destacados en comunidades de Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, Comunidades Interculturales y Afrobolivianas, que hayan concluido su bachillerato en una Unidad Educativa Fiscal o de Convenio del área dispersa

1 y

que hayan obtenido los mejores promedios en los últimos cuatro años de Educación Secundaria Comunitaria Productiva no menos a 50 puntos de promedio anual, hasta la gestión 2013 y para las y los bachilleres de la gestión 2014, el promedio de los cuatro años de estudio no menos de 65 puntos. Para esta modalidad se establece un 20% del total de cupos para cada una de las especialidades ofertadas en las ESFM y sus UA.

Admisión de bachilleres deportistas destacados (Ley del Deporte 2770 de 07 de julio de 2004).

1Se entiende por área dispersa, aquella que no se encuentra ubicada en una ciudad capital de departamento ni en ciudad intermedia contigua a una ciudad capital.

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En el marco de lo establecido en la Ley del Deporte Nº 2770 de julio del 2004 y en la Convocatoria Pública Nº 001/2015, se contempla la admisión para la especialidad de Educación Física y Deportes, de bachilleres deportistas destacados que hayan representado a Bolivia en competencias internacionales con resultados satisfactorios.

Admisión de bachilleres con discapacidad (Ley 223 - Ley General para Personas con Discapacidad y Decreto Supremo Nº 1893 de 12 de febrero de 2014).

En el marco de lo establecido en la Ley General para Personas con Discapacidad Nº 0223 de 02 de marzo de 2012, Decreto Supremo Nº 1893 de 12 de febrero de 2014 y en la Convocatoria Pública Nº 001/2015, se contempla la admisión a las ESFM y UA, de bachilleres que presenten Carnet de Discapacidad (física – motora) en el que se señale el grado de discapacidad leve y/o moderada emitida por CONALPEDIS. Artículo 8. Postulación a una de las dos modalidades de ingreso. Sólo podrán postularse bachilleres que cumplan todos los requisitos exigidos según la modalidad elegida. Las y los postulantes a las ESFM y UA sólo podrán postularse a una de las dos modalidades de ingreso. Artículo 9. Criterio de selección en la modalidad B. El primer criterio de selección para las y los postulantes en la modalidad B que cumplan con todos los requisitos establecidos en la presente convocatoria, será el promedio de notas obtenidas durante los cuatro últimos años de estudio en Educación Secundaria Comunitaria Productiva. Se priorizará bachilleres con los mejores promedios según lo establecido en el Artículo 7 del presente Reglamento. Sólo en caso de no completar los cupos, el Ministerio de Educación podrá a solicitud de las autoridades de las ESFM o UA, autorizar el ingreso de postulantes con promedios menores a los mencionados (50/70 o 65/100).

CAPÍTULO III ESPECIALIDADES OFERTADAS Y CUPOS

Artículo 10. Especialidades ofertadas y cupos. Las especialidades ofertadas por cada una de las ESFM y sus UA y el número de cupos en cada especialidad responden al análisis técnico sobre las necesidades del Sistema Educativo Plurinacional, al requerimiento de docentes en cada uno de los Departamentos y al número de estudiantes pedagógicamente recomendable por curso. Las especialidades ofertadas en cada ESFM y sus UA, así como el número de cupos es la siguiente:

ESPECIALIDAD OFERTADAS Y CUPOS ESCUELAS SUPERIORES DE FORMACIÓN DE MAESTRAS Y MAESTROS -

UNIDADES ACADÉMICAS DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA – 2015

ESFM / UA ESPECIALIDADES

Mod. A

80% de

Cupos

Mod. B

20% de

Cupos

Total Cupos

LA

PA

Z

SIMON BOLÍVAR (LA PAZ)

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

EDUCACIÓN ESPECIAL PARA PERSONAS CON 20 5 25

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ina6

DISCAPACIDAD

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA CARANAVI

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

TECNOLÓGICO Y HUMANÍSTICO EL ALTO

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

WARISATA

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

VALORES, ESPIRITUALIDAD Y RELIGIONES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

SANTIAGO DE HUATA

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

VILLA AROMA (LAHUACHACA)

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

MATEMÁTICA 20 5 25

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

Mcal. ANTONIO JOSÉ DE SUCRE (LA PAZ)

EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES 40 10 50

Mcal. ANDRÉS DE SANTA CRUZ Y CALAHUMANA (LA PAZ)

EDUCACIÓN TÉCNICA TECNOLÓGICA DEL ÁREA DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS Y SISTEMAS CON MENCIÓN EN MECÁNICA AUTOMOTRIZ

20 5 25

EDUCACIÓN TÉCNICA TECNOLÓGICA DEL ÁREA TRANSFORMACIÓN TECNOLÓGICA CON MENCIÓN EN MECÁNICA INDUSTRIAL

20 5 25

EDUCACIÓN TÉCNICA TECNOLÓGICA DEL ÁREA DE MANTENIMIENTO DE EQUIPOS Y SISTEMAS CON MENCIÓN EN ELECTRÓNICA – ELECTRICIDAD

20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA ANCOCAGUA CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA

20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA CORPA (JESUS DE MACHACA)

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

CO

CH

AB

AM

B

A

MANUEL ASCENCIO VILLARROEL (PARACAYA)

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

MATEMÁTICA 20 5 25

ISMAEL MONTES CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

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ina7

(VACAS) EDUCACIÓN PRIMARIA COMUNITARIA VOCACIONAL 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

SIMON RODRÍGUEZ (QUILLACOLLO)

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

VALORES, ESPIRITUALIDAD Y RELIGIONES 20 5 25

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA VILLA TUNARI

EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES 40 10 50

UNIDAD ACADÉMICA SACABA

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA TARATA

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA CERCADO

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

EDUCACIÓN ESPECIAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

20 5 25

OR

UR

O

CARACOLLO

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA MACHACAMARCA

EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA PAMPA AULLAGAS

EDUCACIÓN MUSICAL 40 10 50

ÁNGEL MENDOZA JUSTINIANO

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA CORQUE (CORQUE)

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

PO

TO

SI

MARISCAL ANDRÉS DE SANTA CRUZ (CHAYANTA)

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

MATEMÁTICA 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA SAN LUÍS DE SACACA

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

EDUARDO AVAROA (POTOSÍ)

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

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ina8

EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES 20 5 25

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5

2 5

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA ATOCHA -TELAMAYU

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

FRANZ TAMAYO (LLICA)

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

JOSÉ DAVID BERRÍOS (CAIZA "D")

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

MATEMÁTICA 20 5 25

CH

UQ

UIS

AC

A

MARISCAL SUCRE (SUCRE)

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES 20 5 25

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

SIMON BOLÍVAR (CORORO)

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

FRANZ TAMAYO (VILLA SERRANO)

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

TA

RIJ

A

JUAN MISAEL SARACHO (CANASMORO)

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES 20 5 25

EDUCACIÓN MUSICAL

UNIDAD ACADÉMICA GRAN CHACO (YACUIBA)

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA TARIJA

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

SA

NT A

CR

UZ

PLURIETNICA DEL CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

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ina9

ORIENTE Y CHACO (CAMIRI)

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA CHARAGUA EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA

20 5 25

ENRIQUE FINOT (SANTA CRUZ DE LA SIERRA)

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

EDUCACIÓN ESPECIAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD

20 5 25

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA VALLEGRANDE

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

RAFAEL CHÁVEZ ORTIZ (PORTACHUELO)

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES 20 5 25

EDUCACIÓN TÉCNICA TECNOLÓGICA DEL ÁREA SEGURIDAD Y SOBERANÍA ALIMENTARIA CON MENCIÓN EN AGROPECUARIA

20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA SAN JULIÁN

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

MULTIÉTNICA INDÍGENA DE CONCEPCIÓN

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

BE

NI

CLARA PARADA DE PINTO (TRINIDAD)

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA - QUÍMICA 20 5 25

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA MULTIÉTNICA LORENZA CONGO (SAN IGNACIO DE MOXOS)

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA - GEOGRAFÍA 20 5 25

EDUCACIÓN MUSICAL 20 5 25

RIBERALTA

EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

CIENCIAS NATURALES: FÍSICA – QUÍMICA 20 5 25

MATEMÁTICA 20 5 25

PA

ND

O

PUERTO RICO

EDUCACIÓN INICIAL EN FAMILIA COMUNITARIA 20 5 25

EDUCACIÓN FÍSICA Y DEPORTES 20 5 25

COSMOVISIONES, FILOSOFÍAS Y SICOLOGÍA 20 5 25

UNIDAD CIENCIAS NATURALES: FÍSICA – QUÍMICA 20 5 25

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0

ACADÉMICA COBIJA

CIENCIAS SOCIALES 20 5 25

ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES 20 5 25

UNIDAD ACADÉMICA FILADELFIA

CIENCIAS NATURALES: BIOLOGÍA – GEOGRAFÍA 20 5 25

Artículo 11. Postulación a una ESFM y a una especialidad. Sólo se admitirá la postulación a una ESFM o UA y sólo a una especialidad. Las postulaciones a más de una ESFM o UA y a más de una especialidad serán anuladas automáticamente, sin derecho a reclamo alguno.

CAPÍTULO IV REQUISITOS DE POSTULACIÓN

Artículo 12. Requisitos indispensables para la postulación en la Modalidad A: Ingreso con prueba(s) de admisión. Los requisitos indispensables son los siguientes:

1. Certificado de Nacimiento del Estado Plurinacional de Bolivia, original. 2. Cédula de Identidad vigente original y fotocopia simple. 3. Diploma de Bachiller original y copia legalizada. 4. Certificado Médico expedido por un Centro de Salud del Sistema Público Plurinacional, para las

y los postulantes a la especialidad de Educación Física y Deportes, original. 5. Comprobante del Depósito Bancario, efectuado a nombre del Ministerio de Educación, en los

plazos establecidos y previo cumplimiento de los requisitos, original y fotocopia simple. 6. Formulario M-A-F-1 de Postulación: http://dgfm.minedu.gob.bo, con datos fidedignos y firmado

(declaración jurada) original. 7. Disponibilidad de estudio a tiempo completo (mañana y tarde), con asistencia obligatoria,

según normativa vigente. 8. Carta de compromiso de dedicación exclusiva y completa a los estudios en la ESFM o UA

firmado por la o el interesado Artículo 13. Requisitos indispensables para la postulación en la Modalidad B: Comprende bachilleres destacados en comunidades de Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, Comunidades Interculturales y Afrobolivianas; asimismo, bachilleres contemplados en las Leyes 2770 y 223. Los requisitos indispensables son:

Ingreso para bachilleres destacados en comunidades de Naciones y Pueblos Indígena Originario Campesinos, Comunidades Interculturales o Afrobolivianas.

1. Certificado de Nacimiento del Estado Plurinacional de Bolivia, original. 2. Cédula de Identidad vigente original y fotocopia simple. 3. Diploma de Bachiller original y copia legalizada. 4. Tener manejo oral de la lengua originaria propia de la nación o pueblo indígena originario

campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas según el contexto en el que se ubica la ESFM o UA (a evaluarse en la Entrevista Personal).

5. Haber realizado los cuatro años de estudio en Educación Secundaria Comunitaria Productiva y egresado como bachiller (fotocopia legalizada de libretas de calificaciones), en Unidad Educativa Fiscal o de Convenio del área dispersa,

6. Certificados de estudios emitidos por la Unidad Educativa de la cual egresó, que compruebe haber obtenido los mejores promedios en los últimos cuatro años de estudio de Educación

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1

Secundaria Comunitaria Productiva no menor a 50 puntos de promedio hasta la gestión 2013 y para las y los bachilleres de la gestión 2014, el promedio de los cuatro años de estudio no menor a 65 puntos. Estos documentos deberán tener el visto bueno de la Dirección Distrital Educativa respectiva.

7. Certificado Médico expedido por un Centro de Salud del Sistema Público Plurinacional, para las y los postulantes a la especialidad de Educación Física y Deportes.

8. Formulario de postulación M-B-F-2 http://dgfm.minedu.gob.bo. con datos fidedignos y firmado (declaración jurada) original.

9. Disponibilidad de estudio a tiempo completo (mañana y tarde), con asistencia obligatoria según normativa vigente. Carta de compromiso de dedicación exclusiva y completa a los estudios en la ESFM o UA, firmado por la o el interesado.

10. Carta de compromiso de dedicación exclusiva y completa a los estudios en la ESFM o UA firmado por la o el interesado

Admisión de bachilleres deportistas destacados

1. Certificado de Nacimiento del Estado Plurinacional de Bolivia, original 2. Cédula de Identidad vigente original y fotocopia simple. 3. Diploma de Bachiller, original y copia legalizada 4. Currículo Vitae (documentada en fotocopia simple) 5. Fotocopias y originales de certificación(es) que avale(n) la representación a Bolivia en

competencias internacionales con resultados satisfactorios, emitida por el Comité Olímpico Boliviano o la Federación Nacional o Departamental correspondiente, con la firma y sello de la máxima autoridad deportiva.

6. Fotocopias y originales de recortes de periódicos, revistas, fotografías, medallas u otros que acrediten la participación en eventos internacionales.

7. Certificado Médico expedido por un Centro de Salud del Sistema Público Plurinacional 8. Formulario de postulación M-B-F-2 http://dgfm.minedu.gob.bo. con datos fidedignos y firmado

(declaración jurada) 9. Disponibilidad de estudio a tiempo completo (mañana y tarde), con asistencia obligatoria,

según normativa vigente. 10. Carta de compromiso de dedicación exclusiva y completa a los estudios en la ESFM o UA

firmado por la o el interesado

Admisión de personas bachilleres con discapacidad

1. Certificado de nacimiento del Estado Plurinacional de Bolivia, original. 2. Cédula de Identidad vigente original y fotocopia simple. 3. Diploma de Bachiller, original y copia legalizada. 4. Fotocopia legalizada de Carnet de Discapacidad otorgado por las Unidades Especializadas

Departamentales o el Instituto Boliviano de la Ceguera - IBC. 5. Fotocopia legalizada de Carnet de Discapacidad (física – motora) en el que se señale el grado

de discapacidad leve y/o moderada emitida por CONALPEDIS. 6. Certificado Médico expedido por un Centro de Salud del Sistema Público Plurinacional, para las

y los postulantes a la especialidad de Educación Física y Deportes. 7. Formulario de postulación M-B-F-1 http://dgfm.minedu.gob.bo con datos fidedignos y firmado

(declaración jurada) 8. Disponibilidad de estudio a tiempo completo (mañana y tarde), con asistencia obligatoria,

según normativa vigente.

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9. Carta de compromiso de dedicación exclusiva y completa a los estudios en la ESFM o UA firmado por la o el interesado.

Artículo 14. Presentación de la documentación - Modalidad A: La documentación que acredita el cumplimiento de requisitos indispensables para la postulación será solicitada únicamente a las y los postulantes ADMITIDAS/OS al momento de su inscripción. Antes de su inscripción, NO podrá dejar documentación alguna en las ESFM/UA o Ministerio de Educación. Artículo 15. Verificación de la información en el Sistema de Información Educativa - Modalidad B: Es la etapa de revisión de la información declarada por el postulante en el formulario de postulación, con la información del Sistema de Información Educativa (SIE) del Ministerio de Educación. La no coincidencia entre la información proporcionada por la o el postulante al momento de postulación por internet y la información recabada por el SIE, dará lugar a la anulación automática de la postulación sin derecho a reclamo alguno. Artículo 16. Formularios de Postulación. Se establecen los siguientes Formularios de Postulación:

1. Formulario M-A-F-1 disponible en la página web: http://dgfm.minedu.gob.bo para postulantes a las ESFM/UA de la Modalidad A, que consigna:

a) Información general. b) Compromiso de aceptación de los resultados obtenidos.

2. Formulario M-B-F-2 disponible en la página web: http://dgfm.minedu.gob.bo para postulantes a

las ESFM/UA de la Modalidad B, en los tres segmentos mencionados en el artículo 7 del presente reglamento con:

a) Información general conforme a cumplimiento de requisitos. b) No encontrarse nominado para otras postulaciones a instituciones militares, policiales

u otros. c) Compromiso de aceptación de los resultados obtenidos.

Artículo 17. Presentación de formularios de postulación: Modalidad A. El formulario de postulación debidamente llenado y firmado por la o el postulante deberá presentarse en dos momentos del proceso de admisión:

Para el ingreso a la prueba escrita

Para el ingreso a la prueba de aptitud para las especialidades de Artes Plásticas y Visuales, Educación Musical, Educación Física y Deportes, y Técnica Tecnológica.

Modalidad B.

Para la entrega de la documentación conforme a requisitos establecidos en la Convocatoria Pública 001/2015.

Para el ingreso a la prueba de aptitud para las especialidades de Artes Plásticas y Visuales, Educación Musical, Educación Física y Deportes, y Técnica Tecnológica.

Para la entrevista personal.

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Los formularios de postulación en ambas modalidades, deben llevar la firma de la o el postulante. La ESFM/UA cotejará los datos de los formularios con las listas oficiales emanadas del Ministerio de Educación. Artículo 18. Veracidad de la información proporcionada. Los formularios de postulación deberán contener información fidedigna. Toda o todo postulante que proporcione información falsa será pasible a proceso en la vía legal, quedando automáticamente anulada su postulación y selección.

CAPÍTULO V FASES DEL PROCESO DE ADMISIÓN

Artículo 19. Proceso de admisión en la Modalidad A.El proceso de admisión en la Modalidad A, comprende las siguientes fases: Artículo 20. Primera fase Modalidad A: Depósito Bancario. Consiste en el pago por el derecho al proceso de admisión; tendrá un costo de Bs.- 100 (Cien bolivianos 00/100) que será cubierto por la o el postulante. El depósito bancario podrá ser realizado sólo si existe cumplimiento de TODOS los requisitos de admisión establecidos en la convocatoria y el presente reglamento y deberá ser efectuado especificando el nombre completo de la o el postulante y el número de su cédula de identidad, en el siguiente número de cuenta:

BANCO UNIÓN: Nº DE CUENTA 10000004669343.

Las o los postulantes que realicen el depósito bancario sin cumplir los requisitos establecidos, que lo hagas fuera de las fechas establecidas en el cronograma de la Convocatoria Pública 001/2015 o cometan errores en el mismo, no podrán reclamar su devolución. Artículo 21. Segunda fase Modalidad A: Postulación vía internet. Consiste en el llenado y registro del Formulario de Postulación para la Modalidad A, en la página Web: http://dgfm.minedu.gob.bo, efectuado 24 horas después del depósito bancario. Una vez llenado, deberá ser impreso en dos originales, firmados por la o el postulante. Un original será entregado al momento de presentarse en la prueba escrita

FASES ACTIVIDAD

Primera

Publicación de la convocatoria

Depósito bancario: Por derecho al proceso de admisión, efectuado especificando el nombre de la o el postulante y su cédula de identidad a la cuenta: BANCO UNIÓN: Nº DE CUENTA 10000004669343.

Segunda Postulación vía Internet: en la página web: http://dgfm.minedu.gob.bo. efectuado 24 horas después de haber realizado el depósito bancario.

Tercera Prueba de aptitud: En el caso de postulantes a las especialidades de Artes Plásticas y Visuales, Educación Musical, Educación Física y Deportes, y Técnica Tecnológica

Cuarta Publicación de habilitados a la prueba de aptitud

Quinta Prueba escrita: Para todas/os las/los postulantes seleccionados en la prueba de aptitud (i) y las demás especialidades ofertadas.

Sexta Publicación de listas de postulantes admitidos

Séptima

Matriculación e inscripción de postulantes admitidos: Presentando TODA la documentación indispensable exigida, según convocatoria y reglamentación correspondiente.

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Artículo 22. Tercera fase Modalidad A: Prueba de aptitud. Destinada a las y los postulantes a las especialidades de Artes Plásticas y Visuales, Educación Musical, Educación Física y Deportes y Técnica Tecnológica; tiene por objeto la verificación de las capacidades y destrezas de las y los postulantes a estas especialidades. Se aplicará de acuerdo al cronograma establecido en la Convocatoria Pública Nº 001/2015.

a. Responsables para la aplicación de la prueba de aptitud. La aplicación de la prueba de aptitud se realizará en cada ESFM y UA, de acuerdo a las especialidades ofertadas, para cuyo efecto el personal directivo de la ESFM o Coordinador/a de UA, conformará la comisión evaluadora de Especialidad y planificará la prueba de aptitud. Cada comisión deberá estar conformada de la siguiente manera:

En el caso de las ESFM (tres miembros)

Una o un integrante del personal directivo (Presidenta o presidente),

Una o un docente de especialidad

Una o un docente de formación general.

En el caso de las UA (tres miembros)

La o el coordinador (Presidenta o presidente)

Una o un docente de especialidad

Una o un docente de formación general El Ministerio de Educación, a través de la Dirección General de Formación de Maestros, será responsable del seguimiento y control de la prueba de aptitud en cada ESFM y UA.

b. Documentos a presentar en la prueba de aptitud. Para acceder a la prueba de aptitud,

las y los postulantes obligatoriamente deberán presentar la siguiente documentación:

Cédula de identidad vigente, en buen estado, original y fotocopia. Formulario de postulación firmado por el postulante, original y fotocopia.

c. Áreas y aspectos evaluados en la prueba de aptitud. La prueba de aptitud evaluará

diferentes áreas y aspectos según la especialidad. A continuación se presentan las áreas y aspectos que se evaluarán, así como el material requerido que las y los postulantes deberán llevar:

ESPECIALIDAD ÁREA ASPECTO A EVALUAR Y MATERIAL REQUERIDO

Artes Plásticas y Visuales Objetivo: Identificar las aptitudes y cualidades personales de las y los postulantes a la especialidad de Artes Plásticas y Visuales a través

Dibujo

La prueba de aptitud en esta área considerará la habilidad para plasmar imágenes en superficies planas, seleccionando y utilizando elementos como la línea, mancha, textura, etc., en una composición con temática regional propia. Material requerido: ¼ Pliego de papel bond, 1 lápiz 6B y una goma de borrar

Pintura

Se considerará la habilidad de la o el postulante para la expresión gráfica, utilizando pigmentos, aplicando nociones básicas de elementos propios del lenguaje pictórico, asociado al mundo cotidiano y expresado en una composición. Material requerido: ¼ Pliego de cartulina blanca, pinceles y témperas

Artesanía

La realización de la prueba de aptitud en el Área de Artesanía tomará en cuenta la habilidad manual para la transformación de materiales (tejidos, adornos, cestería, tallados, marroquinería, repujado y otros.) Material requerido: Materiales de libre elección, como alambres, lanas, cueros, materiales reciclados u otros.

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de una prueba práctica de las áreas de la especialidad

Modelo

En el Área de Modelado, la prueba de aptitud verificará la habilidad manual para la elaboración de objetos tridimensionales a partir del manejo del volumen y espacio. Material requerido: 1 kilo de arcilla preparada, lista para modelar; un tablero de 30 cm x 30 cm; estecas u otro material complementario

Nota: La prueba de aptitud se realizará de manera colectiva y se caracterizará por ser eminentemente práctica y demostrativa. La duración aproximada en cada área será de 1 hora y 15 minutos.

Educación Física y Deportes Objetivo: Identificar las habilidades específicas de las y los postulantes a la especialidad y valorar su formación integral.

Coordinativa

La prueba de aptitud en esta área evaluará el movimiento coordinado, a través de la coordinación dinámica general, coordinación óculo manual, coordinación óculo pedal, equilibrio y lateralidad, entre otras

Físico Condicional

En el Área Físico Condicional se evaluará: la fuerza, velocidad, resistencia y flexibilidad de la o el postulante.

Deportiva

Posibilitará la verificación de las habilidades y destrezas logradas a través de la experiencia deportiva de la o el postulante

Nota: La prueba de aptitud se realizará en grupos, en número a ser determinado a momento de su realización. Indumentaria requerida para la realización de la prueba de aptitud Mujeres: polera blanca con el número de butaca asignada pegado en el pecho en color negro con una dimensión de 20 cm. x 10 cm. y pantalón corto azul. Hombres: polera con el número de butaca asignada pegado en el pecho en color negro con una dimensión de 20 cm. x 10 cm. y pantalón corto blanco. Indumentaria requerida para la prueba de natación: malla, gorro de natación, lentes, sandalias, toallas e implementos de higiene personal

Educación Musical Objetivo: Identificar las cualidades y aptitudes artísticas musicales de las y los postulantes a la especialidad, a través de la valoración de la expresión vocal, instrumental y del lenguaje musical.

Expresión vocal

En esta área la prueba de aptitud valorará la interpretación individual de canciones folklóricas, populares y/o del medio, con o sin acompañamiento instrumental; se tomará en cuenta la entonación, expresión y dicción.

Expresión instrumental

La prueba de aptitud en esta área tomará en cuenta la capacidad de interpretación individual de instrumentos armónicos, de obras del repertorio folklórico, popular, clásico y/o del medio y la demostración de aptitudes para el desarrollo del aprendizaje y perfeccionamiento de los mismos

Lenguaje musical

En el Área de Lenguaje Musical se considerará las aptitudes de la o el postulante para el aprendizaje y desarrollo de la lectura y escritura musical, considerando los aspectos: rítmicos, melódicos, intervalos, escalas, compases y acordes, a partir de los conocimientos básicos de los signos y símbolos de la teoría de la música elemental

Material requerido: Cuaderno pentagramado u hojas sueltas pentagramadas; teclado, acordeón o guitarra.

Educación Técnica Tecnológica Objetivo: Identificar las aptitudes y cualidades personales de las y los postulantes a la especialidad en áreas técnicas tecnológicas

Mantenimiento de Equipos y Sistemas con Mención en Mecánica Automotriz

Motores de combustión interna: El o la postulante deberá demostrar habilidades prácticas en el reconocimiento de partes del motor y su funcionamiento. Transmisiones: La o el postulante deberá demostrar habilidades y destrezas prácticas, en el funcionamiento de los diferentes sistemas del automóvil y conducción de vehículo. Electricidad y Electrónica del Automóvil: La o el postulante deberá demostrar el uso de instrumentos para el diagnóstico eléctrico y electrónico del automóvil. Material requerido: Ropa de trabajo (overol), multitester y cuaderno de apuntes.

Transformación Tecnológica con Mención en Mecánica Industrial

Mecánica de Banco: Demostración de aptitudes, habilidades y destrezas en la manipulación de herramientas e instrumentos de mecánica de banco (herramientas de desbastar, herramientas de corte, herramientas de ajuste, herramientas de golpe, y herramientas de sujeción). Soldadura al arco eléctrico y autógena: Reconocimiento y/o demostración de aptitudes en la manipulación de los equipos de soldadura al arco eléctrico y autógena. Maquinas Herramientas: En el área de mecánica industrial se considerará las aptitudes en el manejo, reconocimiento y demostración de las máquinas herramientas (torno, taladro, amoladora y otros). Material requerido: Ropa de trabajo (guardapolvo u overol)

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Mantenimiento de Equipos y Sistemas con Mención en Electrónica – Electricidad

Electrónica Analógica: En la prueba de aptitud en esta área se considerará el reconocimiento de componentes electrónicos y sus pruebas en los circuitos. Material requerido: Multitester, protoboard y componentes eléctricos resistores, diodos, transistores, tiristores y otros. Instrumentos de medición, equipos y herramientas: La o el postulante deberá demostrar habilidades en el manejo y lectura de los instrumentos de medición y herramientas como multitester, voltímetro, amperímetro, frecuencímetro y otros. Máquinas eléctricas, electrodomésticos: La o el postulante deberá demostrar el funcionamiento, clasificación, estructuras constitutivas de las máquinas estacionarias y rotativas.

Seguridad y Soberanía Alimentaria con Mención en Agropecuaria

El estudiante deberá identificar la anatomía y morfología de una planta;

describiendo desde el tipo de raíz, tallo, hojas, flores.

También debe identificar los tipos de frutos que tienen las plantas, como también

los tipos de semillas.

Para el mismo los docentes que tomaran la prueba pueden alistar el material vegetal existente en la Institución.

En el caso de zootecnia los docentes deberán planificar las actividades

prácticas a realizar con los postulantes.

d. Resultado final de la prueba de aptitud. El resultado final de esta prueba se expresará

con la nomenclatura de SELECCIONADA/O y NO SELECCIONADA/O. Únicamente las y los postulantes que obtengan la nominación de SELECCIONADA/O podrán presentarse a la prueba escrita; las y los postulantes NO SELECCIONADAS/OS, se descalifican del proceso de admisión sin opción a reclamo alguno.

e. Publicación de resultados de la Prueba de aptitud (Cuarta fase). La Dirección Académica, a través de la Dirección General de la ESFM, en base a los informes de la comisión de Especialidad de la ESFM y UA, elevará un informe dirigido a la Dirección General de Formación de Maestros, sujetándose a los plazos establecidos.

Estos resultados serán publicados por el Ministerio de Educación de forma oficial en la Página Web:http://dgfm.minedu.gob.bo y en las ESFM y UA de acuerdo al cronograma.

Artículo 23. Entrevista individual y actividad de conocimiento - Modalidad A. Destinada a las y los postulantes a la especialidad de Educación Inclusiva para Personas con Discapacidad. Tiene por objeto la verificación de las actitudes y proyecciones a futuro de las y los postulantes a esta especialidad, comprende además la realización de una actividad de conocimiento de la especialidad. Artículo 24. Quinta Fase. Prueba escrita - Modalidad A. Será de carácter integral y tiene como propósito valorar la aplicación reflexiva de saberes y conocimientos de todo el proceso educativo de las y los postulantes a las ESFM/UA, se aplicará en cada departamento según cronograma establecido en la Convocatoria Pública Nº 001/2015 y las sedes definidas por el Ministerio de Educación. Está dirigida a todas y todos los postulantes a las ESFM/UA y en caso de las especialidades de Artes Plásticas y Visuales; Educación Musical; Educación Física y Deportes, Técnica

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Tecnológica, solamente a quienes hayan sido previamente seleccionadas y seleccionados en la prueba de aptitud.

a. Responsable de la elaboración y aplicación de la prueba escrita. El Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Formación de Maestros, es el responsable de la elaboración y aplicación de la prueba escrita. Se aplicará en cada departamento a las y los postulantes de todas las especialidades, según el cronograma establecido en la Convocatoria Pública Nº 001/2015 y las sedes definidas por el Ministerio de Educación.

b. Características de la prueba escrita. La prueba escrita contendrá preguntas de selección

múltiple con una única respuesta correcta por pregunta. Incluirá preguntas relacionadas a la aplicación reflexiva de los saberes y conocimientos, fruto de los años de estudio en el nivel de Educación Secundaria Comunitaria Productiva en las áreas que componen el Plan de Estudios de este nivel. También incorporará preguntas de Razonamiento Lógico y Razonamiento Verbal, así como preguntas referidas al conocimiento de la realidad educativa y las transformaciones económica, social, cultural y política del Estado Plurinacional de Bolivia.

c. Puntaje asignado a la prueba escrita. La prueba escrita tendrá un valor cuantitativo de

100 puntos.

d. Duración de la Prueba escrita. Tendrá una duración de 2 horas (120 minutos) a partir de

su inicio.

e. Documentos a presentar para el ingreso al recinto de aplicación de la prueba escrita. Para el ingreso al recinto de aplicación de la prueba escrita, la o el postulante deberá presentar la siguiente documentación: Cédula de identidad vigente original en buen estado, original y fotocopia. Formulario de Postulación (original) firmado por la o el interesado, original y fotocopia. Las y los postulantes que no presenten los documentos señalados, no podrán ingresar al recinto de aplicación de la prueba escrita, quedando automáticamente al margen del proceso.

f. Resultados finales de la prueba escrita. Los resultados finales de esta prueba se expresarán con la nomenclatura de ADMITIDA/O y NO ADMITIDA/O. Tomando en cuenta el número de cupos ofertados por especialidad. Solamente las y los postulantes que obtengan la nominación de ADMITIDA/O según listas oficiales publicadas por el Ministerio de Educación podrán matricularse e inscribirse a la ESFM o UA que se postularon. Las y los postulantes NO ADMITIDAS/OS, se descalifican del proceso de admisión sin opción a reclamo alguno.

Artículo 25. Sexta fase - Modalidad A: Publicación de listas de postulantes admitidos.Obtendrán la calidad de ADMITIDA/O únicamente las y los postulantes que obtengan los puntajes más altos de acuerdo al número de cupos en la especialidad para la Modalidad A de admisión. Esto significa que la admisión de postulantes se realizará en estricto cumplimiento de los cupos asignados en cada especialidad de acuerdo a la Convocatoria Pública Nº 001/2015.

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En ningún caso se admitirán postulantes - Modalidad A con puntajes inferiores al mínimo de cincuenta y uno puntos (51), incluso en aquellos casos en que esos puntajes sean los mejores obtenidos en la ESFM o UA. De presentarse esta situación, los cupos correspondientes serán asignados a la Modalidad B. Esto significa que en caso de existir ESFM o UA con especialidades cuyos mejores puntajes sean inferiores a cincuenta y uno (51), los cupos serán asignados a la otra Modalidad de Admisión. Artículo 26. Criterios de Admisión en casos de conflicto - Modalidad A: En caso de existir más de una persona con el mismo puntaje y sólo cuando eso de lugar a que se sobrepase el número de cupos establecidos para esta modalidad, el Ministerio de Educación, previo análisis, podrá autorizar excepcionalmente la admisión limitada.

Artículo 27. Publicación de resultados finales - Modalidad A. Consiste en la difusión de las listas oficiales de postulantes ADMITIDAS/OS por la ESFM y UA según la especialidad; estará a cargo del Ministerio de Educación Página Web: http://dgfm.minedu.gob.bo y los medios que estime convenientes hará públicos los resultados finales. Artículo 28. Aceptación de los resultados obtenidos - Modalidad A. Las y los postulantes a las ESFM y UA, voluntariamente se acogen a los criterios de selección establecidos en el presente reglamento. Considerando que el número de cupos en cada especialidad responde a las necesidades del Sistema Educativo Plurinacional, al número ideal de estudiantes por curso y a las plazas para cada modalidad, en caso de no ser ADMITIDAS/OS, las y los postulantes no podrán asumir medidas de presión, ya que los criterios de selección establecidos de forma previa son de pleno conocimiento. Artículo 29. Listas oficiales - Modalidad A. Son las nóminas de postulantes ADMITIDAS/OS como resultado del proceso de admisión. Confieren a la o el bachiller cuyo nombre es publicado, el derecho a matricularse e inscribirse en la ESFM o UA y en la especialidad a la que se postuló, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos. Artículo 30. Séptima fase. Matriculación e inscripción de postulantes admitidos - Modalidad A. Solamente las y los postulantes ADMITIDAS/OS según listas oficiales publicadas por el Ministerio de Educación, podrán adquirir la matrícula correspondiente en la ESFM o UA respectiva, en las fechas establecidas en el cronograma de la Convocatoria Pública Nº 001/2015. La adquisición de la matrícula habilita a la o el postulante al proceso inscripción y registro en el Sistema de Información de Formación de Maestros (SIFM) a través de la Unidad de Archivo y Kardex. Para este efecto deberá presentar la siguiente documentación:

1. Cédula de identidad vigente (original y fotocopia). 2. Certificado de nacimiento computarizado (original). 3. Diploma de Bachiller (original y copia legalizada). 4. Seis fotografías 4 x 4, a color, en fondo plomo claro. 5. Hoja de Registro Personal adquirida en la ESFM o UA. 6. Historial Académico adquirido en la ESFM o UA. 7. Carta de compromiso de dedicación exclusiva y completa a la ESFM o UA. 8. Comprobante del Depósito Bancario en original y fotocopia simple, por derecho de matrícula.

Las y los postulantes admitidos/as que, a tiempo de su inscripción en la ESFM o UA no presenten la documentación completa perderán su derecho como bachilleres admitidas/os, sin posibilidad de reclamo alguno.

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Nota: Las y los postulantes admitidos/as que hayan concluido estudios superiores o que se encuentren cursando los mismos en Institutos Técnicos o Tecnológicos públicos o privados o en Universidades Públicas o Privadas, deberán cancelar el costo de una matrícula profesional. Para este fin, el Ministerio de Educación, como ente regulador, verificará información de las y los postulantes admitidos. Artículo 31. Proceso de admisión en la Modalidad B. (ingreso por excelencia y normativa específica).El proceso de admisión en la modalidad B comprende las siguientes fases: Artículo 32. Segunda fase en la modalidad B. Postulación vía internet. Consiste en el llenado y registro del Formulario de Postulación para la Modalidad B, en la página Web: http://dgfm.minedu.gob.bo conforme al cronograma establecido en la convocatoria 001/2015. Este formulario deberá ser llenado únicamente vía Internet y por ningún motivo se recibirán postulaciones en el Ministerio de Educación o en las Escuelas Superiores de Formación de Maestras y Maestros o en las Unidades Académicas. Artículo 33. Tercera fase en la modalidad B. Entrega del formulario de postulación M-B-F-2 (declaración jurada) y documentación conforme a los requisitos establecidos en la presente convocatoria y reglamento, en cada ESFM/UA (bachilleres destacados pertenecientes a nación o pueblo indígena originario campesino, comunidad intercultural o afroboliviana, deportistas destacados y personas bachilleres con discapacidad). La o el postulante deberá entregar sus documentos conforme a los requisitos establecidos en la convocatoria pública, a la ESFM a la que se postula previa presentación del Formulario de Postulación en dos originales. El primer original para archivo en la ESFM o UA y el segundo original para la o el interesado con el sello de la institución. Artículo 34. Cuarta fase en la modalidad B. Revisión de documentación por la Comisión Institucional Comunitaria. En cada Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros, la Comisión Institucional Comunitaria coordinará con el Ministerio de Educación todo el proceso de admisión de postulantes de la Modalidad B. Para el segmento de bachilleres destacados pertenecientes a nación o pueblo indígena originario campesino, comunidad intercultural o afroboliviana, la comisión estará constituida de la siguiente manera:

FASES ACTIVIDAD

Primera Publicación de la convocatoria

segunda Postulación vía Internet: en la página web: http://dgfm.minedu.gob.bo.

Tercera

Entrega del formulario de postulación (declaración jurada) y documentación conforme a los requisitos establecidos en la presente convocatoria y reglamento, en cada ESFM/UA (bachilleres destacados pertenecientes a PIOC, deportistas destacados y personas bachilleres con discapacidad)

Cuarta Revisión de documentación por la Comisión Institucional Comunitaria de Admisión de la (Modalidad B)

Quinta Prueba de aptitud: para postulantes a las especialidades de Artes Plásticas, Música, Educación Física y Deportes, Técnica Tecnológica

Sexta Publicación de nómina de postulantes: que cumpliesen requisitos indispensables en esta modalidad

Séptima

Entrevista personal: de evaluación de conocimientos de la lengua originaria de la nación o pueblo indígena originario campesino, comunidad intercultural o afroboliviana y otros aspectos de la cultura del contexto en el que se ubica la ESFM o UA.

Octava Publicación de nómina de postulantes admitidos

Novena Matriculación e inscripción de postulantes admitidos: Presentando toda la documentación indispensable exigida, según convocatoria y reglamentación correspondiente.

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En el caso de las ESFM

Una o un integrante del personal directivo (Presidenta o presidente),

Una o un docente de especialidad

Una o un docente de formación general.

Dos representantes de las organizaciones sociales del entorno, en calidad de observadores

En el caso de las UA

La o el coordinador de UA (Presidenta o presidente)

Una o un docente de especialidad

Una o un docente de formación general

Dos representantes de las organizaciones sociales del entorno, en calidad de observadores

El Ministerio de Educación, a través de la Dirección General de Formación de Maestros, será responsable del seguimiento y control de la prueba de aptitud en cada ESFM y UA. Artículo 35. Quinta fase en la modalidad B. Prueba de aptitud. Destinada a las y los postulantes a las especialidades de Artes Plásticas y Visuales; Educación Musical; Educación Física y Deportes y Técnica Tecnológica; tiene por objeto la verificación de las capacidades y destrezas de las y los postulantes a estas especialidades. Se aplicará de acuerdo al cronograma establecido en la Convocatoria Pública Nº 001/2015.

a. Responsables para la aplicación de la prueba de aptitud. La aplicación de la prueba

de aptitud se realizará en cada ESFM y UA, de acuerdo a las especialidades ofertadas, para cuyo efecto el personal directivo de la ESFM o Coordinador/a de UA, conformará la comisión evaluadora de Especialidad y planificará la prueba de aptitud.

Cada comisión deberá estar conformada de la siguiente manera:

En el caso de las ESFM (tres miembros)

Una o un integrante del personal directivo (Presidenta o presidente),

Una o un docente de especialidad

Una o un docente de formación general.

En el caso de las UA (tres miembros)

La o el coordinador (Presidenta o presidente)

Una o un docente de especialidad

Una o un docente de formación general

El Ministerio de Educación, a través de la Dirección General de Formación de Maestros, será responsable del seguimiento y control de la prueba de aptitud en cada ESFM y UA.

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b. Documentos a presentar en la prueba de aptitud. Para acceder a la prueba de aptitud, las y los postulantes obligatoriamente deberán presentar la siguiente documentación

Cédula de identidad original vigente, en buen estado. Formulario de postulación firmado por la o el postulante

c. Áreas y aspectos evaluados en la prueba de aptitud. La prueba de aptitud evaluará

diferentes áreas y aspectos según la especialidad. A continuación se presentan las áreas y aspectos que se evaluaran, así como el material requerido que las y los postulantes deberán llevar:

ESPECIALIDAD ÁREA ASPECTO A EVALUAR Y MATERIAL REQUERIDO

Artes Plásticas y Visuales Objetivo: Identificar las aptitudes y cualidades personales de las y los postulantes a la especialidad de Artes Plásticas y Visuales a través de una prueba práctica de las áreas de la especialidad

Dibujo

La prueba de aptitud en esta área considerará la habilidad para plasmar imágenes en superficies planas, seleccionando y utilizando elementos como la línea, mancha, textura, etc., en una composición con temática regional propia. Material requerido: ¼ Pliego de papel bond, 1 lápiz 6B y una goma de borrar

Pintura

Se considerará la habilidad de la o el postulante para la expresión gráfica, utilizando pigmentos, aplicando nociones básicas de elementos propios del lenguaje pictórico, asociado al mundo cotidiano y expresado en una composición. Material requerido: ¼ Pliego de cartulina blanca, pinceles y témperas

Artesanía

La realización de la prueba de aptitud en el Área de Artesanía tomará en cuenta la habilidad manual para la transformación de materiales (tejidos, adornos, cestería, tallados, marroquinería, repujado y otros.) Material requerido: Materiales de libre elección, como alambres, lanas, cueros, materiales reciclados u otros

Modelo

En el Área de Modelado, la prueba de aptitud verificará la habilidad manual para la elaboración de objetos tridimensionales a partir del manejo del volumen y espacio. Material requerido: 1 kilo de arcilla preparada, lista para modelar; un tablero de 30 cm x 30 cm; estecas u otro material complementario

Nota: La prueba de aptitud se realizará de manera colectiva y se caracterizará por ser eminentemente práctica y demostrativa. La duración aproximada en cada área será de 1 hora y 15 minutos.

Educación Física y Deportes Objetivo: Identificar las habilidades específicas de las y los postulantes a la especialidad y valorar su formación integral.

Coordinativa

La prueba de aptitud en esta área evaluará el movimiento coordinado, a través de la coordinación dinámica general, coordinación óculo manual, coordinación óculo pedal, equilibrio y lateralidad, entre otras

Físico Condicional

En el Área Físico Condicional se evaluará: la fuerza, velocidad, resistencia y flexibilidad de la o el postulante.

Deportiva

Posibilitará la verificación de las habilidades y destrezas logradas a través de la experiencia deportiva de la o el postulante

Nota: La prueba de aptitud se realizará en grupos, en número a ser determinado a momento de su realización. Indumentaria requerida para la realización de la prueba de aptitud Mujeres: polera blanca con el número de butaca asignada pegado en el pecho en color negro con una dimensión de 20 cm. x 10 cm. y pantalón corto azul. Hombres: polera con el número de butaca asignada pegado en el pecho en color negro con una dimensión de 20 cm. x 10 cm. y pantalón corto blanco. Indumentaria requerida para la prueba de natación: malla, gorro de natación, lentes, sandalias, toallas e implementos de higiene personal

Educación Musical Objetivo: Identificar las cualidades y aptitudes artísticas musicales de las y los postulantes a la

Expresión vocal

En esta área la prueba de aptitud valorará la interpretación individual de canciones folklóricas, populares y/o del medio, con o sin acompañamiento instrumental; se tomará en cuenta la entonación, expresión y dicción.

Expresión instrumental

La prueba de aptitud en esta área tomará en cuenta la capacidad de interpretación individual de instrumentos armónicos, de obras del repertorio folklórico, popular, clásico y/o del medio y la demostración de aptitudes para el

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especialidad, a través de la valoración de la expresión vocal, instrumental y del lenguaje musical.

desarrollo del aprendizaje y perfeccionamiento de los mismos

Lenguaje musical

En el Área de Lenguaje Musical se considerará las aptitudes de la o el postulante para el aprendizaje y desarrollo de la lectura y escritura musical, considerando los aspectos: rítmicos, melódicos, intervalos, escalas, compases y acordes, a partir de los conocimientos básicos de los signos y símbolos de la teoría de la música elemental

Material requerido: Cuaderno pentagramado u hojas sueltas pentagramadas; teclado, acordeón o guitarra.

Educación Técnica Tecnológica Objetivo: Identificar las aptitudes y personales de las y los postulantes aa través de una prueba práctica de habilidades y destrezas para la especialidad

Mantenimiento de Equipos y Sistemas con Mención en Mecánica Automotriz

Motores de combustión interna: El o la postulante deberá demostrar habilidades prácticas en el reconocimiento de partes del motor y su funcionamiento. Transmisiones:La o el postulante deberá demostrar habilidades y destrezas prácticas, en el funcionamiento de los diferentes sistemas del automóvil y conducción de vehículo. Electricidad y Electrónica del Automóvil: La o el postulante deberá demostrar el uso de instrumentos para el diagnóstico eléctrico y electrónico del automóvil. Material requerido: Ropa de trabajo (overol), multitester y cuaderno de apuntes.

Transformación Tecnológica con Mención en Mecánica Industrial

Mecánica de Banco: Demostración de aptitudes, habilidades y destrezas en la manipulación de herramientas e instrumentos de mecánica de banco (herramientas de desbastar, herramientas de corte, herramientas de ajuste, herramientas de golpe, y herramientas de sujeción). Soldadura al arco eléctrico y autógena: Reconocimiento y/o demostración de aptitudes en la manipulación de los equipos de soldadura al arco eléctrico y autógena. Maquinas Herramientas: En el área de mecánica industrial se considerará las aptitudes en el manejo, reconocimiento y demostración de las máquinas herramientas (torno, taladro, amoladora y otros). Material requerido: Ropa de trabajo (guardapolvo u overol)

Mantenimiento de Equipos y Sistemas con Mención en Electrónica – Electricidad

Electrónica Analógica: En la prueba de aptitud en esta área se considerará el reconocimiento de componentes electrónicos y sus pruebas en los circuitos. Material requerido: Multitester, protoboard y componentes eléctricos resistores, diodos, transistores, tiristores y otros. Instrumentos de medición, equipos y herramientas: La o el postulante deberá demostrar habilidades en el manejo y lectura de los instrumentos de medición y herramientas como multitester, voltímetro, amperímetro, frecuencímetro y otros. Máquinas eléctricas, electrodomésticos: La o el postulante deberá demostrar el funcionamiento, clasificación, estructuras constitutivas de las máquinas estacionarias y rotativas.

Seguridad y Soberanía Alimentaria con Mención en Agropecuaria

El estudiante deberá identificar la anatomía y morfología de una planta;

describiendo desde el tipo de raíz, tallo, hojas, flores.

También debe identificar los tipos de frutos que tienen las plantas, como también

los tipos de semillas.

Para el mismo los docentes que tomaran la prueba pueden alistar el material vegetal existente en la Institución. En el caso de zootecnia los docentes deberán planificar las actividades prácticas a realizar con los postulantes.

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d. Resultado final de la prueba de aptitud. El resultado final de esta prueba se expresará con la nomenclatura de SELECCIONADA/O y NO SELECCIONADA/O.

Únicamente las y los postulantes que obtengan la nominación de SELECCIONADA/O podrán presentarse a la prueba escrita; las y los postulantes NO SELECCIONADAS/OS, se descalifican del proceso de admisión sin opción a reclamo alguno.

e. Publicación de resultados de la Prueba de aptitud. (Cuarta fase) La Dirección

académica, a través de la Dirección General de la ESFM, en base a los informes de las comisiónde Especialidad de la ESFM y UA, elevará uninforme dirigido a la Dirección General de Formación de Maestros, sujetándose a los plazos establecidos.

Estos resultados serán publicados por el Ministerio de Educación de forma oficial en la Página Web:http://dgfm.minedu.gob.bo. y en las ESFM y sus UA de acuerdo al cronograma.

Artículo 36. Entrevista individual y actividad de conocimiento - Modalidad B. Destinada a las y los postulantes a la especialidad de Educación Inclusiva para Personas con Discapacidad. Tiene por objeto la verificación de las actitudes y proyecciones a futuro de las y los postulantes a esta especialidad, comprende además la realización de una actividad de conocimiento de la especialidad. Artículo 37. Sexta fase - Modalidad B. Publicación de nómina de postulantes. La publicación de la nómina de postulantes que cumpliesen requisitos indispensables en esta modalidad, se realizará mediante la página Web: http://dgfm.minedu.gob.bo Artículo 38. Séptima fase - Modalidad B. Entrevista Personal: La entrevista personal tiene por finalidad la evaluación de conocimientos de la lengua originaria de la nación o pueblo indígena originario campesino o comunidad intercultural o afroboliviana.

a. Responsables de la aplicación de la entrevista personal

La realización de la Entrevista Personal se realizará en cada ESFM y UA, de acuerdo al cronograma establecido, para cuyo efecto el personal directivo de la ESFM o Coordinador/a de UA, conformará Tribunales de Entrevista Personal y planificará la misma. Cada tribunal deberá estar conformado de la siguiente manera:

ESFM

Un directivo (presidente)

Un docente de lengua originaria

Un representante del Instituto Plurinacional de Estudios de Lenguas y Culturas (IPELC)

UA

Coordinador/a de UA (Presidente)

Un docente de especialidad

Un representante del Instituto Plurinacional de Estudios de Lenguas y Culturas (IPELC)

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El Ministerio de Educación, a través de la Dirección General de Formación de Maestras y Maestros, es el responsable del seguimiento y control de la entrevista personal en cada ESFM y UA. Las entrevistas personales se aplicarán según el cronograma establecido en la Convocatoria Pública Nº 001/2015.

b. Documentos a presentar para la entrevista personal

Cédula de identidad vigente original en buen estado.

Formulario de Postulación firmado por la o el interesado y sellado por la ESFM o UA.

Las y los postulantes para las especialidades de Artes Plásticas y Visuales, Educación Física y Deportes y Técnica Tecnológica que no fueron seleccionados en la Prueba de aptitud, no podrán acceder a la entrevista personal, quedando automáticamente al margen del proceso. El Ministerio de Educación a través de la Dirección General de Formación de Maestros, es el responsable de la definición de lineamientos para la realización de la entrevista personal. La entrevista personal se realizará en cada ESFM/UA a las y los postulantes de todas las especialidades, según el cronograma establecido en Convocatoria Pública Nº 001/2015.

c. Características de la entrevista personal

La entrevista personal tiene por finalidad verificar las capacidades lingüísticas en la lengua originaria de la nación o pueblo indígena originario campesino a la que pertenece, así como los saberes y conocimientos de su cultura.

d. Áreas y aspectos que se evaluará en la entrevista personal

OBJETIVO AREA ASPECTO A EVALUAR Y PUNTAJE ASIGNADO AL ÁREA

Evaluar el manejo oral de la lengua originaria propia del contexto el que está ubicada la ESFM o UA, así como los saberes y conocimientos de la o el postulante sobre la cultura o contexto en que se ubica la ESFM o UA.

Uso de la lengua indígena originaria de la región

La entrevista en esta área considerará la fluidez y solvencia de la o el postulantes en el manejo oral de la lengua originaria del contexto en el que se ubica la ESFM o UA a la que se postula. Puntaje: de 1 a 35 puntos.

Conocimientos y saberes de la cultura

En esta área se tomará en cuenta la capacidad de la o el postulante para describir aspectos sobresalientes a la que se postula (por ej. Rituales, proceso de producción, fiestas, etc.) Puntaje de 1 a 35 puntos

Compromiso de trabajo

Que identificará las proyecciones a futuro de la o el postulantes y el grado de responsabilidad que ha asumido o piensa asumir con la comunidad en que se encuentra la ESFM o UA. Puntaje: de 1 A 30 puntos.

Nota.- la entrevista se realizará de manera individualizada y tendrá una duración aproximada de 15 minutos.

e. Evaluación cualitativa de la entrevista personal

La evaluación de la entrevista personal será de carácter cualitativo en base a los lineamientos establecidos por la Dirección General de Formación de Maestros. Los resultados finales de estas pruebas se expresarán en las Actas de Entrevista Personal firmadas por todos los miembros del Tribunal de Entrevista Personal con la nomenclatura de SELECCIONADA/O Y NO SELECCIONADA/O, los resultados de esta fase son definitivos e inapelables.

f. Verificación de la información en el SIE.

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Consiste en la confirmación de la información declarada en el Formulario de Postulación en el Sistema de Información Educativa (SIE) del Ministerio de Educación. La información proporcionada será verificada en el SIE. La no coincidencia entre la información proporcionada por la o el postulante y la información recabada, dará lugar a la anulación automática de la postulación. Artículo 39. Postulantes admitidas/os. Obtendrán la calidad de ADMITIDA/O únicamente las y los postulantes que una vez verificado el cumplimiento de requisitos, tengan los promedios más altos de los cuatro últimos años de Educación Secundaria Comunitaria Productiva de acuerdo al número de cupos en la especialidad para la Modalidad B de la admisión. Esto significa que la admisión de postulantes se realizará en estricto cumplimiento de los cupos asignados en cada especialidad de acuerdo a la Convocatoria Pública Nº 001/2015. La Dirección Académica a través de la Dirección General de la ESFM, en base a los informes de las Comisiones de revisión y de entrevista de la ESFM/UA, elevará un informe dirigido a la Dirección General de Formación de Maestros, sujetándose a los plazos establecidos conforme a cronograma de la convocatoria pública. Artículo 40. Criterios de admisión en casos de conflicto - Modalidad B. En caso de existir más de una persona con el mismo puntaje y sólo cuando eso de lugar a que se sobrepase el número de cupos establecidos para esta modalidad, el Ministerio de Educación, previo análisis, podrá autorizar excepcionalmente la admisión limitada. Las y los postulantes que se encuentren en esta situación deberá presentar, en original y fotocopia, sus libretas de calificaciones de los últimos cuatro años del nivel de Educación Secundaria Comunitaria Productiva. Las fotocopias de las libretas de las y los postulantes en esta situación serán adjuntadas al folder personal de quienes sean ADMITIDAS/OS. Artículo 41. Publicación de resultados finales - Modalidad B. Consiste en la difusión de las listas oficiales de postulantes ADMITIDAS/OS por la ESFM y UA según la especialidad, estará a cargo del Ministerio de Educación Página Web: http://dgfm.minedu.gob.bo y los medios que estime convenientes hará públicos los resultados finales. Artículo 42. Aceptación de los resultados obtenidos - Modalidad B. Las y los postulantes a las ESFM y UA, voluntariamente se acogen a los criterios de selección establecidos en el presente Reglamento, considerando que el número de cupos en cada especialidad responde a las necesidades del Sistema Educativo Plurinacional, al número ideal de estudiantes por curso y a las plazas para la modalidad, en caso de no ser ADMITIDAS/OS, las y los postulantes no podrán asumir medidas de presión, ya que los criterios de selección establecidos de forma previa son de pleno conocimiento. Artículo 43. Listas oficiales - Modalidad B. Son las nóminas de postulantes ADMITIDAS/OS como resultado del proceso de admisión. Confieren a la o el bachiller cuyo nombre es publicado, el derecho a matricularse e inscribirse en la ESFM o UA y en la especialidad a la que se postuló, siempre y cuando cumpla con todos los requisitos.

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Artículo 44. Matriculación e inscripción de postulantes admitidos - Modalidad B. Es la etapa previa al proceso de inscripción; habilita a las y los bachilleres ADMITIDAS/OS a la inscripción en la especialidad elegida. La adquisición de la matrícula habilita a la o el postulante al proceso inscripción y registro en el Sistema de Información de Formación de Maestros (SIFM) a través de la Unidad de Archivo y Kardex. Para este efecto deberá presentar la siguiente documentación:

1. Cédula de identidad vigente (original y fotocopia). 2. Certificado de nacimiento computarizado (original). 3. Diploma de Bachiller (original y copia legalizada). 4. Seis fotografías 4 x 4, a color, en fondo plomo claro. 5. Hoja de Registro Personal adquirida en la ESFM o UA. 6. Historial Académico adquirido en la ESFM o UA. 7. Carta de compromiso de dedicación exclusiva y completa a la ESFM o UA. 8. Comprobante del Depósito Bancario en original y fotocopia simple, por derecho de matrícula.

Las y los postulantes admitidos/as que, a tiempo de su inscripción en la ESFM o UA no presenten la documentación completa perderán su derecho como bachilleres admitidas/os, sin posibilidad de reclamo alguno. Artículo 45. Pérdida de inscripción - Modalidad B. Las y los bachilleres ADMITIDAS/OS, que no presenten toda la documentación solicitada en el plazo fijado para la inscripción, qudaran excluidos del proceso de inscripción y perderan su derecho como ADMITIDAS/OS, sin opción a reclamo alguno, aún cuando hubieren adquirido la matricula correspondiente.

CAPÍTULO VI ADMISIÓN ESPECIAL DE PERSONAS BACHILLERES CON DISCAPACIDAD

Artículo 46. Admisión especial de personas bachilleres con discapacidad. Es una modalidad de ingreso a las ESFM o UA. Está dirigida a personas bachilleres con discapacidad. En el marco de lo establecido en la Ley General para Personas con Discapacidad N° 0223 de 02 de marzo de 2012, que establece el trato preferente a las personas con discapacidad, y la R.M. Nº 2931/89, se reconoce la admisión especial de personas bachilleres con discapacidad. Artículo 47. Requisitos indispensables para la admisión especial de personas bachilleres con discapacidad. Son requisitos indispensables para la admisión especial de personas bachilleres con discapacidad los siguientes:

1. Certificado de nacimiento del Estado Plurinacional de Bolivia original y fotocopia. 2. Cédula de Identidad vigente, original y fotocopia 3. Diploma de Bachiller original y copia legalizada. 4. Fotocopia legalizada de Carnet de Discapacidad sensorial (auditiva y visual)otorgado por las

Unidades Especializadas Departamentales o el Instituto Boliviano de la Ceguera – IBC. 5. Fotocopia legalizada de Carnet de Discapacidad (física – motora) en el que se señale el grado de

discapacidad leve y/o moderada. 6. Certificado Médico expedido por un Centro de Salud del Sistema Público Plurinacional, para las y

los postulantes a la especialidad de Educación Física y Deportes.

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7. Formularios de postulación M-B-F-2 página Web: http://dgfm.minedu.gob.bo. con datos fidedignos y firmado (declaración jurada)

8. Carta de compromiso de dedicación exclusiva y completa a los estudios en la ESFM o UA. Artículo 48. Presentación de la documentación. Las personas bachilleres con discapacidad que cumplan con TODOS los requisitos indispensables para la admisión especial, deberán presentar su documentación en la ESFM o UA a la que desea postularse, en un folder rojo con su respectivo nepaco en el mismo orden señalado, para su respectiva verificación, a cargo de la Comisión Institucional Comunitaria según cronograma establecido. Artículo 49. Comisión Institucional Comunitaria. La revisión de la documentación se realizará de acuerdo al cronograma establecido. Para este efecto se conformará una Comisión Institucional Comunitaria, encargada de verificar la documentación, conformada por: - ESFM: Una o un directivo de la ESFM o su representante en calidad de presidenta o presidente, una o un integrante en representación de las Subdirecciones Departamentales de Educación Alternativa y Especial, una o un docente de la ESFM, los tres con derecho voz y voto. Una o un representante de la federación de estudiantes, en calidad de observadora u observador. - UA: La coordinadora o coordinador de la UA en calidad de presidenta o presidente, una o un integrante en representación de las Subdirecciones Departamentales de Educación Alternativa y Especial, una o un docente de la ESFM, los tres con derecho voz y voto. Una o un representante de la federación de estudiantes, en calidad de observadora u observador. La presidenta o presidente de la Comisión, es responsable de asegurar el cumplimiento estricto de la normativa y de los lineamientos establecidos para el trabajo de la comisión, así como la transparencia de funcionamiento de la misma y la evaluación de postulantes en base a criterios de imparcialidad e igualdad de condiciones para todas y todos. El Ministerio de Educación, será responsable del seguimiento y control de la revisión de documentación en cada ESFM y UA. Artículo 50. Criterios de Admisión en casos de conflicto. En caso de existir más de una persona con el mismo puntaje y sólo cuando eso de lugar a que se sobrepase el número de cupos establecidos para esta modalidad, el Ministerio de Educación, previo análisis, podrá autorizar excepcionalmente la admisión limitada. Las y los postulantes que se encuentren en esta situación deberá presentar, en original y fotocopia, sus libretas de calificaciones de los últimos cuatro años del nivel de Educación Secundaria Comunitaria Productiva, las fotocopias de las libretas de las y los postulantes en esta situación serán adjuntadas al folder personal de quienes sean admitidas/os. Artículo 51. Autorización para el depósito Bancario. Una vez verificada la documentación, la Comisión Revisora otorgará la autorización para la realización del depósito bancario por concepto de matrícula a las personas bachilleres con discapacidad que cumplan con TODOS los requisitos indispensables. Las y los bachilleres con discapacidad que reciban esta autorización adquirirán la calidad de ADMITIDA/O. La Dirección Académica a través de la Dirección General de la ESFM, en base a los informes de la Comisión Revisora elevará un Informe dirigido a la Dirección General de Formación de Maestros,

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sujetándose a los plazos establecidos. Estos resultados serán publicados por el Ministerio de Educación de forma oficial en la Página Web http://admision2013.minedu.gob.bo y en las ESFM y sus UA de acuerdo al cronograma. Artículo 52. Matriculación e inscripción de personas bachilleres con discapacidad. 1. Matriculación de personas bachilleres con discapacidad. Podrán matricularse únicamente las y los bachilleres con discapacidad que hayan sido ADMITIDAS/OS.

a. Costo de la matrícula. El costo de la matrícula será conforme a normativa vigente, el monto deberá ser depositado en cuentas de la ESFM o UA respectiva, según el cronograma establecido en la convocatoria. El número de cuenta y nombre de la entidad financiera autorizada podrá recabarse en la ESFM o UA respectiva o en la Página Web: http://admision2013.minedu.gob.bo.

Una vez efectuado el depósito bancario, las y los bachilleres con discapacidad ADMITIDAS/OS deberán presentar a la ESFM o UA el comprobante respectivo para la obtención de la matrícula correspondiente.

b. Pérdida del derecho de matriculación. Las y los bachilleres con discapacidad que cuenten

con la autorización para efectuar el depósito bancario por concepto de matrícula, que no adquieran la matrícula en la gestión correspondiente y en los plazos establecidos según el cronograma, pierden su derecho de matriculación.

Artículo 53. Inscripción. Es el registro oficial en el Sistema de Información de Formación de Maestros (SIFM), que otorga a las y los bachilleres con discapacidad ADMITIDAS/OS la calidad de estudiantes en formación de maestras y maestros. Se realiza a través de la Unidad de Archivo y Kardex de la ESFM o UA respectiva, de acuerdo al cronograma fijado.

a. Requisitos indispensables de inscripción: Para acceder a la inscripción y registro en el SIFM, las personas bachilleres con discapacidad ADMITIDAS deberán presentar lo siguiente:

Hoja de Registro Personal, adquirida en la ESFM o UA.

Historial Académico, adquirido en la ESFM o UA.

Comprobante de Depósito Bancario por concepto de Matrícula (original y fotocopia simple).

b. Pérdida del derecho de inscripción. Las personas bachilleres con discapacidad ADMITIDAS,

que no presenten toda la documentación solicitada en el plazo fijado para la inscripción, quedarán excluidas del proceso de inscripción y perderán su derecho como ADMITIDAS, sin opción a reclamo alguno, aun cuando hubieren adquirido la matrícula correspondiente.

CAPITULO VII

ADMISIÓN ESPECIAL DE BACHILLERES DEPORTISTAS DESTACADOS

Artículo 54. Admisión especial de deportistas destacados. Modalidad de ingreso a las ESFM o UA. Dirigida a bachilleres deportistas destacados. En el marco de los establecido en la Ley del Deporte Nº 2770 de 7 de julio y el D.S. Nº 27779 de 8 de Octubre de 2004, se establece la admisión especial de bachilleres deportistas destacados a ESFM y UA con la especialidad de Educación Física y Deportes.

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Artículo 55. Requisitos indispensables para la admisión especial de deportistas destacados. Son requisitos indispensables para la admisión especial de bachilleres deportistas destacados los siguientes:

1. Certificado de Nacimiento del Estado Plurinacional de Bolivia, original 2. Cédula de Identidad vigente, original y fotocopia. 3. Diploma de Bachiller, original y copia legalizada 4. Currículo Vitae 5. Fotocopias y originales de certificación(es) que avale(n) la representación al Bolivia en

competencias internacionales con resultados satisfactorios, emitida por el Comité Olímpico Boliviano o la Federación Nacional o Departamental correspondiente, con la firma y sello de la máxima autoridad deportiva.

6. Fotocopias y originales de recortes de periódicos, revistas, fotografías, medallas u otros que acrediten la participación en eventos internacionales.

7. Certificado Médico expedido por un Centro de Salud del Sistema Público Plurinacional 8. Formularios de postulación M-B-F-2 http://dgfm.minedu.gob.bo. con datos fidedignos y firmado

(declaración jurada) 9. Disponibilidad de estudio a tiempo completo (mañana y tarde), con asistencia obligatoria,

según normativa vigente. Carta de compromiso de dedicación exclusiva y completa a los estudios en la ESFM o UA firmado por la o el interesado

Artículo 56. Presentación de la documentación. Las y los bachilleres deportistas destacados que cumplan TODOS los requisitos indispensables para la admisión especial deberán inscribirse mediante la página web: http://dgfm.minedu.gob.bo, y presentar su documentación en la ESFM o UA que tenga la especialidad de Educación Física y Deportes a la que desea postularse, para su respectiva verificación, a cargo de una Comisión Revisora, según cronograma establecido. Artículo 57. Comisión Institucional Comunitaria. La revisión de la documentación se realizará de acuerdo al cronograma establecido. Para este efecto se conformará una Comisión Revisora, encargada de revisar la documentación conformada por:

ESFM: Una o un directivo de la ESFM o su representante en calidad de presidenta o presidente,

una o un integrante en representación de Bolivia Deportes, una o un docente de la ESFM, los

tres con derecho a voz y voto.

Una o un representante de la federación de estudiantes, en calidad de observadora u observador

UA: Una coordinadora o coordinador de UA en calidad de presidenta o presidente, una o un

integrante en representación de Bolivia Deportes, una o un docente de la ESFM, los tres con

derecho a voz y voto. Una o un representante de la federación de estudiantes, en calidad de

observadora u observador.

La presidenta o presidente de la Comisión, es responsable de asegurar el cumplimiento de la normativa y de los lineamientos establecidos para el trabajo de la comisión, así como la transparencia de funcionamiento de la misma y la evaluación de postulantes en base a criterios de imparcialidad e igualdad de condiciones para todas y todos. El Ministerio de Educación, será responsable del seguimiento y control de la revisión de documentación en cada ESFM y UA que tenga especialidad de Educación Física y Deportes.

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Artículo 58. Revisión y presentación de la documentación. Según cronograma fijado la comisión revisora convocará a los bachilleres deportistas destacados que hubieran representado al país en competencias internacionales con resultados satisfactorios a la presentación de las certificaciones originales. En todo caso de no hacer la presentación, se descalificara a esta persona. Artículo 59. Selección y evaluación. Se seleccionará a los deportistas que hubieran representado al país en competencias internacionales con resultados satisfactorios.

Artículo 60. Criterios de Admisión en casos de conflicto: En caso de existir más de una persona con el mismo puntaje y sólo cuando eso de lugar a que se sobrepase el número de cupos establecidos para esta modalidad, el Ministerio de Educación, previo análisis, podrá autorizar excepcionalmente la admisión limitada. Las y los postulantes que se encuentren en esta situación deberá presentar, en original y fotocopia, sus libretas de calificaciones de los últimos cuatro años del nivel de Educación Secundaria Comunitaria Productiva, las fotocopias de las libretas de las y los postulantes en esta situación serán adjuntadas al folder personal de quienes sean admitidas/os.

Artículo 61. Autorización para el depósito bancario. Una vez verificada la documentación la Comisión Revisora otorgará la autorización para la realización del depósito bancario por concepto de matrícula a las y los bachilleres destacados que cumplan con todos los requisitos indispensables. Las y los bachilleres destacados que reciben autorización adquirirán la calidad de admitida/o. La Dirección Académica a través de la Dirección General de la ESFM, en base a los informes de la Comisión Revisora elevará un informe dirigido a la Dirección General de Formación de Maestros, sujetándose a los plazos establecidos. Estos resultados serán publicados por el Ministerio de Educación de forma oficial en la página web: página web: http://dgfm.minedu.gob.bo. Artículo 62. Matriculación e inscripción de deportistas destacados

1. Matriculación de deportistas destacados. Podrán matricularse únicamente las y los

bachilleres deportistas destacados que hayan sido ADMITIDOS/AS.

a. Costo de Matricula: El costo de la matrícula será conforme a normativa vigente, que

deberá ser depositado en cuentas de la ESFM o UA respectiva, según el cronograma

establecido en la convocatoria.

Una vez efectuado el depósito bancario, las y los bachilleres deportistas destacados ADMITIDOS/OS deberán presentar a la ESFM o UA el comprobante respectivo para la obtención de la matricula correspondiente.

b. Pérdida del derecho de matriculación. Las y los bachilleres deportistas destacados que

cuenten con la autorización para efectuar el depósito bancario por concepto de matrícula,

que no adquieran la matrícula en la gestión correspondiente y en los plazos establecidos

según el cronograma, pierden su derecho de matriculación

2. Inscripción. Es el registro oficial en el Sistema de Información de Formación de Maestros

(SIFM), que otorga a las y los bachilleres deportistas destacados ADMITIDAS/OS la calidad de

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estudiantes en formación de maestras y maestros. Se realiza a través de la Unidad de Archivo

y kardex de la ESFM o UA respectiva, mediante listas oficiales y de acuerdo al cronograma

fijado.

a. Requisitos indispensables de inscripción: Para acceder a la inscripción y registro en el

SIFM, las y los bachilleres deportistas destacados ADMITIDAS/OS deberán presentar la

siguiente documentación en un folder verde con su respectivo nepaco, en el mismo orden

señalado:

1. Certificado de nacimiento del Estado Plurinacional de Bolivia original

2. Cedula de Identidad vigente fotocopia simple.

3. Diploma de Bachiller fotocopia legalizada.

4. Seis fotografías 4x4 a colores, en fondo plomo claro

5. Hoja de Registro Personal, adquirida en la ESFM o UA

6. Historial Académico, adquirido en la ESFM o UA

7. Carta de compromiso de dedicación exclusiva y completa a los estudios en la ESFM o

UA

8. Comprobante del Depósito Bancario por concepto de Matricula (original y fotocopia

simple)

b. Pérdida del derecho de inscripción. Las y los bachilleres ADMITIDAS/OS, que no

presenten toda la documentación solicitada en el plazo fijado para la inscripción, quedaran

excluidos del proceso de inscripción y perderán su derecho como ADMITIDAS/OS, sin

opción a reclamo alguno, aun cuando hubieren adquirido la matricula correspondiente.

CAPITULOVIII ADMISIONES IRREGULARES

Artículo 63. Admisión irregular. Toda admisión efectuada al margen de los procedimientos establecidos en el presente reglamento será considerada irregular. Ninguna autoridad directiva, personal docente, administrativo o de servicio podrá efectuar admisiones en forma directa. Cualquier admisión irregular, realizada al margen de las listas oficiales será considerada nula. Artículo 64. Instauración de procesos. Toda autoridad directiva, personal docente, administrativo o de servicio que autorice, inscriba o favorezca a bachilleres postulantes, será sujeta a las acciones legales en la vía administrativa, civil y/o penal correspondiente. De igual forma todo integrante de una Comisión de Especialidad, Comisión de Entrevista Personal o Comisión Revisora que no realice su trabajo en estricta sujeción de lo establecido en el presente reglamento podrá ser sujeto a las acciones legales correspondientes. Artículo 65. Anulación de la admisión. Toda admisión obtenida por la vía fraudulenta, mediante documentación o información falsa podrá ser anulada en cualquier etapa del proceso de formación, sin derecho a reclamo alguno.

CAPÍTULO IX EXCLUSIÓN DEL PROCESO DE ADMISIÓN

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Artículo 66. Exclusión del proceso de admisión. Consiste en la marginación de la o el postulante del proceso de admisión, podrá realizarse en cualquiera de sus fases. Artículo 67. Causales de exclusión. Serán excluidas o excluidos del proceso de admisión las y los postulantes que incurran en lo siguiente:

1. Efectuar el Depósito Bancario fuera de los plazos establecidos en el cronograma de la convocatoria, las personas que incurran en esto no podrán solicitar la devolución del depósito.

2. Realizar la postulación vía internet después de las fechas establecidas en el cronograma. 3. Realizar la postulación sin cumplir uno o más requisitos indispensables. 4. Realizar la postulación en más de una ESFM o UA o a más de una especialidad. 5. Omitir la presentación de los documentos señalados para el ingreso a la prueba de aptitud,

entrevista personal o prueba escrita o no portar los mismos. 6. Llegar después de concluida la aplicación de la prueba de aptitud, entrevista personal o prueba

escrita. 7. Asistir a la prueba de aptitud, entrevista personal o prueba escrita bajo el efecto de bebidas

alcohólicas o estupefacientes. 8. Crear disturbios que afecten o entorpezcan el normal desarrollo de las pruebas de aptitud,

entrevista personal o prueba escrita. 9. Conversar o hacer uso de artefactos electrónicos (celular, mp3, ipod, ipad, tablet, etc.) de

comunicación durante el desarrollo de las pruebas de aptitud, entrevista personal o prueba escrita.

10. Copiar durante el desarrollo de la prueba escrita o intentar hacerlo. Esta situación dará lugar a la anulación automática de la prueba escrita.

11. Omitir la entrega de la hoja de preguntas y/o de la hoja de respuestas de la prueba escrita. 12. No presentar al momento de la inscripción cualquiera de los documentos establecidos en los

requisitos indispensables para la postulación a través de las modalidades A, B o de admisión especial.

13. Proporcionar información falsa en los Formularios de Postulación de la Modalidad A o B, como mecanismo para acceder al proceso de admisión.

14. Acceder a la prueba de aptitud, entrevista personal o prueba escrita o intentar hacerlo con documentación falsificada.

15. Falsificar documentación con el fin de acceder a la inscripción y registro en el SIFM o lograr hacerlo con documentación falsificada.

Artículo 68. Efectos de la exclusión del proceso de admisión. Las y los postulantes que incurran en cualquiera de las causales señaladas en los numerales del 1 al 15 del artículo 67 del presente reglamento serán marginados del proceso de admisión, con la posibilidad de postularse nuevamente en otra gestión. Las y los postulantes que incurran en cualquiera de las causales señaladas en los numerales del 13 al 15, del artículo 67del presente reglamento, quedan al margen del proceso de admisión e inhabilitados de postularse nuevamente en cualquiera de las ESFM o UA, haciéndose pasibles a las acciones legales correspondientes.

CAPÍTULO X CUPOS Y PUBLICACIÓN OFICIAL DE RESULTADOS

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Artículo 69. Cupo de estudiantes por Curso. La cantidad máxima de estudiantes por curso es de veinticinco (25), con los siguientes cupos por modalidad: veinte (20) estudiantes para la Modalidad A y cinco (5) estudiantes para la Modalidad B. Artículo 70. Informe de resultados del proceso de admisión. Los resultados finales del proceso de admisión serán documentados en un informe escrito elaborado por la Dirección General de Formación de Maestras y Maestros y puesto a consideración del Sr. Ministro de Educación; el informe desarrollará los siguientes aspectos:

1. Convocatoria Pública Nº 001/2015 y Reglamento del Proceso de admisión. 2. Ejecución del proceso de admisión por departamento, ESFM y especialidades. 3. Nóminas de postulantes: habilitados a la prueba de aptitudes, habilitados a la prueba escrita,

habilitados a la entrevista personal y nómina de postulantes admitidos. 4. Principales logros y dificultades 5. Conclusiones y recomendaciones

Para el desarrollo de cada fase, cada Escuela Superior de Formación de Maestras y Maestros y Unidad Académica conformará comisiones por especialidades y publicará el cronograma correspondiente. Artículo 71. Publicación oficial de resultados finales: Los resultados finales de las y los postulantes admitidos serán publicados por Ministerio de Educación en la página Web http://dgfm.minedu.gob.bo

CAPITULO XI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

Artículo 72. (Vigencia). El presente reglamento entrará en vigencia a partir de su aprobación y publicación por el Ministerio de Educación.

Artículo 73. (De los aspectos no contemplados). Los aspectos no contemplados en el presente Reglamento serán regulados por la Dirección General de Formación de Maestros, dependiente del Viceministerio de Educación Superior de Formación Profesional del Ministerio de Educación.

La Paz, enero 2015