reglamento de tesis u pe u

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UNIVERSIDAD PERUANA UNIÓN REGLAMENTO GENERAL DE TESIS CONDUCENTE AL TÍTULO PROFESIONAL GRADO DE MAGÍSTER O GRADO DE DOCTOR Lima, 31 de enero de 2013

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Page 1: Reglamento de tesis u pe u

UNIVERSIDAD PERUANA UNIÓN

REGLAMENTO GENERAL DE TESIS

CONDUCENTE AL TÍTULO PROFESIONAL

GRADO DE MAGÍSTER O GRADO DE DOCTOR

Lima, 31 de enero de 2013

Page 2: Reglamento de tesis u pe u

UNIVERSIDAD PERUANA UNIÓN

REGLAMENTO GENERAL DE TESISCONDUCENTEAL TÍTULO

PROFESIONAL, GRADO DE MAGÍSTER Y GRADO DE DOCTOR

Glosario de Términos:

ARTÍCULO CIENTÍFICO: Informe escrito y publicado que describe resultados

originales de una investigación científica, que aporta nuevos conocimientos, contiene

información suficiente y debe ponerse a disposición de la comunidad científica.

ASESOR(ES): Es un docente o especialista experimentado en investigación nombrado

para monitorear, guiar, orientar y supervisar el trabajo de investigación efectuada por el

estudiante o egresado.

ASESORÍA: Es un servicio ejecutado por la un profesional o especialista en

investigación o áreas conexas.

CARTA DE CONFORMIDAD: Es un documento por el cual el asesor del proyecto de

tesis acredita, certifica y valida el tema, propósitos y actividades propuestos como

relevantes para ser objeto de un trabajo científico de investigación.

COMITÉ DICTAMINADOR: Es un cuerpo docente o de especialistas en

investigación responsable de observar y dictaminar sobre la originalidad, marco teórico,

coherencia metodológica, relevancia de los resultados, discusión/conclusiones y

recomendaciones, así como de la revisión ortográfica, gramatical y redacción de

acuerdo con la lista de verificación para la presentación del informe. La función del

comité termina con la emisión del dictamen.

COMITÉ DE ÉTICA: Es un cuerpo docente encargado de cautelar la observancia de los

principios ético cristianos en el desarrollo de una investigación, sus resultados y aún su

difusión.

CONSEJO DE FACULTAD: Es un órgano intermedio de gobierno, dirección y

ejecución de la Facultad. Es convocado y presidido por el Decano de la Facultad.

CONSEJO DE ESCUELA DE POSGRADO: Es un órgano de gobierno, dirección y

ejecución de la Escuela de Posgrado. Es convocado y presidido por el Director de la

EPG.

CONSEJO UNIVERSITARIO: Es el órgano de dirección superior, ejecución y

promoción de la UPeU. Es convocado y presidido por el Rector

DERECHO DE ASESORIA: Es una facultad otorgada por la UPeU a sus estudiantes o

egresados que desarrollan o ejecutan proyectos de investigación conducentes a la

obtención de un título profesional o grado académico. El derecho se adquiere por el

cumplimiento de los requerimientos académico, administrativos y financieros

respectivos.

Page 3: Reglamento de tesis u pe u

DICTAMEN: Es una opinión versada y estructurada sobre un tema, caso, situación o

documento.

DIRECTOR DE INVESTIGACIÓN: Es el responsable de dirigir, coordinar, supervisar

y evaluar las actividades relacionadas con la investigación formativa a nivel de la

facultad, EAP, EPG o sus UPG.

ESTUDIANTE:Es aquel que habiendo obtenido una vacante en alguna de las carreras

profesionales ha procedido a matricularse en la UPeU y mantiene vigente sin limitación

alguna su matrícula en la carrera profesional respectiva. Las limitaciones a la matrícula

de un alumno son de carácter disciplinario, económico, salud u otras determinadas por

la entidad.

EGRESADO: Es aquel estudiante que ha culminado y aprobado satisfactoriamente

todas las asignaturas y los requisitos de su plan de estudios correspondiente a un

programa académico, una carrera profesional, maestría o doctorado.

DIRECCIÓN GENERAL DE INVESTIGACIÓN: Es la unidad de apoyo y

asesoramiento en los programas y acciones de investigación formativa y docente de la

UPeU.

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN EAP/FACULTAD (DIEAP/FAC): Es la unidad

de apoyo y coordinación en el desarrollo del programa de investigación formativa o

docente a nivel de las EAPS o la facultad.

DIRECCIÓN DE INVESTIGACIÓN DE LA UNIDAD DE POSGRADO (DIUPG):

Es la unidad de apoyo y coordinación en el desarrollo del programa de

investigación formativa o docente a nivel de las Unidades de Posgrado de la Escuela de

Posgrado.

DICTAMINADOR: Especialista, investigador que emite opinión y juicio sobre trabajos

de investigación científica.

DOCENTE: Es aquel que tiene la vocación de dedicar y servir con sus esfuerzos,

capacidades y competencias profesionales al desarrollo de la enseñanza, la

investigación, la extensión y proyección social, la producción intelectual y la formación

integral en la UPeU

INFORME DE TESIS:Es el trabajo de investigación conducente a un título profesional

o grado académico que está en condiciones de ser dictaminado y superadas las

observaciones, cumple los requisitos para ser defendido mediante el acto académico de

sustentación de tesis.

INSCRIPCIÓN: Es un acto formal de registro manual, mecánico o electrónico de un

hecho, acto, situación o asunto.

INVESTIGADOR(ES): Es un especialista en investigación científica.

Page 4: Reglamento de tesis u pe u

JURADO: Conjunto de personas responsables de calificar y examinar un trabajo de

investigación en un proceso de sustentación. Está conformado por un presidente, un

secretario, dos vocal y el asesor.

JURADO DE SUSTENTACIÓN: Es un cuerpo docente o de especialistas encargados

de dictaminar el acto de sustentación de la tesis.

LÍNEA DE INVESTIGACIÓN: Es comprendida como un eje integrador de actividades

y proyectos de investigación que se genera para atender un conjunto amplio de

problemas cuyo tratamiento exige un mayor período de tiempo, una mayor coordinación

de las capacidades investigativas y consecuentemente, mayores resultados e impactos de

la investigación.

MATRÍCULA:Es un proceso académico formal, voluntario, personal, obligatorio,

renovable, por el cual el estudiante o usuario adquiere el derecho de cursar en un ciclo o

período académico una o más asignaturas ofertadas por la UPeU, previo cumplimiento

de los requisitos académicos, administrativos y financieros preestablecidos. Se

materializa dentro del plazo previsto en el cronograma establecido.

OBRA ORIGINARIA: La primigeniamente creada.

OBRA DERIVADA: La basada en otra ya existente, sin perjuicio de los derechos

delautor de la obra originaria y de la respectiva autorización, y cuya originalidad radica

en el arreglo, la adaptación o transformación de la obra preexistente, o en los elementos

creativos de su traducción a un idioma distinto.

OBRA INDIVIDUAL:La creada por una sola persona natural.

OBSERVACIÓN: Razón que se propone o problema que se presenta para rechazar,

cambiar o mejorar una idea o una propuesta

PLAZO: Es un periodo de tiempo determinado en horas, días o semanas para ejecutar,

presentar o abstenerse de hacer algo.

PROPIEDAD INTELECTUAL: Cualquier propiedad que, de común acuerdo, se

considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección, incluida las invenciones

científicas y tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las marcas y signos

distintivos, los dibujos y modelos industriales.

PROYECTO: Documento que contiene idea de una cosa que se piensa hacer y para la

cual se establece un modo determinado y un conjunto de medios necesarios.

PROYECTO DE TESIS: Es una propuesta planificada de una investigación científica:

básica y aplicada, así como cuantitativa, cualitativa, tecnológica y otros, de acuerdo con

la naturaleza del campo de estudio, cuyo desarrollo conduce a la obtención del título

profesional o grados académicos

PUBLICACIÓN: Producción de ejemplares puestos al alcance del público con

elconsentimiento del titular del respectivo derecho, siempre que la disponibilidad de

Page 5: Reglamento de tesis u pe u

tales ejemplares permita satisfacer las necesidades razonables del público, teniendo en

cuenta la naturaleza de la obra.

REGLAMENTO: Es el conjunto de normas estructurado que regula determinada

materia, asunto o situación del estudiante o usuario, sobre el servicio educativo o

académico, las obligaciones económico-financieras y otras según su materia.

RESOLUCIÓN:Es la declaración administrativa y documental que contiene la

manifestación colectiva, orgánica, administrativa y ejecutiva sobre un determinado

derecho, asunto, hecho, circunstancia o situación sobre el estado, condición o calidad de

personas, recursos, bienes o servicios.

RESULTADOS DE INVESTIGACIÓN:Datos obtenidos que responden a los objetivos

de la investigación

SUSTENTACIÓN: Acto académico conducente a la obtención de un grado académico

en que se expone y defiende los resultados de un trabajo de investigación ante un

jurado.

SECRETARIA ACADÉMICA: Es el responsable del órgano de apoyo académico

administrativo en la Facultad y está a cargo de un Secretario Académico nombrado por

el Consejo de Facultad y ratificado por el Consejo Universitario y reemplaza al Decano

en sus ausencias.

SOLICITUD:Documento escrito que va dirigido a un área o a una autoridad a los que se

pide algo o ante los que se plantea una reclamación con la exposición de los motivos en

los que se basan

TESIS:Es un postulado que se sostiene como verdad científica a través de un trabajo

escrito individual o grupal que desarrolla un tema determinado poco explorado, que se

sostiene como verdad científica, que va precedida de una descripción de todo el proceso

de investigación, que prueba su verdad, a su vez es la respuesta clara y resumida de

aquello que fue planteado como problema de investigación.

UPeU: Es la Universidad Peruana Unión.

Page 6: Reglamento de tesis u pe u

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

¿Cuáles son las bases legales del Reglamento?

Art. 1 El presente reglamento se sustenta en las siguientes bases legales:

Ley Universitaria Nº 23733

Estatuto de la Universidad Peruana Unión (UPeU)

Reglamento General de Grados y Títulos.

¿Cuál es su ámbito y a quiénes se aplica el Reglamento?

Art. 2 El ámbito de este reglamento comprende a todos los estudiantes o egresados de

todas las escuelas académico profesionales (EAP) y la Escuela de Posgrado

(EPG) y susunidades (UPG)tanto de la sede como de las filiales de la UPeU

¿Cuál es el propósito del Reglamento?

Art. 3 El propósito de este reglamento es normar y establecer los procedimientos

para la elaboración, presentación y aprobación de los proyectos detesis;

ejecución y supervisión de la ejecución del proyecto; evaluación y difusión de

los informes de investigación sustentados satisfactoriamente, conducentes a la

obtención de título profesional, grado de magíster o grado de doctor en la

UPeU.

¿Quiénes son los responsable de su cumplimiento y qué funciones tienen?

Art. 4 Las facultades, las EAPs, la EPG y sus UPG son las encargadas de cumplir y

hacer cumplir el presente reglamento y coordinar su implementación con la

direcciones de investigación de las escuelas o unidades según corresponda.

La Dirección de Investigación de la EAP o Facultad, EPG o UPG gestiona

todo el proceso de investigación: inscripción, aprobación, desarrollo,

seguimiento, evaluación, difusión y publicación de los resultados del proyecto

de tesis. Asimismo, ejecuta los cambios relacionados con el proceso de la

ejecución del proyecto: cambio de asesor, modificación de título del proyecto,

ampliación del cronograma de ejecución del proyecto y cancelación del

proyecto.

Además, monitorea el cumplimiento de los compromisos financieros

relacionados al proyecto: desarrollo del proyecto, derecho de ejecución del

proyecto de tesis por parte del investigador, pago por asesoramiento y pago

por dictamen del informe de investigación

Page 7: Reglamento de tesis u pe u

CAPÍTULO II

DE LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE TESIS

¿Qué es un proyecto de tesis?

Art. 5 El proyecto de tesises una propuesta planificada de una investigación

científica: básica y aplicada, así como cuantitativa, cualitativa, tecnológica y

otros, de acuerdo con la naturaleza del campo de estudio, cuyo desarrollo

conduce a la obtención del título profesional ogrados académicos.

¿Cuántos pueden desarrollar el proyecto de tesis?

Art. 6 El proyecto de tesises desarrollado hasta por dos (2)investigadores,

dependiendo de la amplitud, naturaleza y características de la tesis que es

determinada por el asesor y la escuela académicoprofesional (EAP) o unidad

de posgrado (UPG).

¿A quién y cómo se solicita la designación de asesor?

Art. 7 El investigador1 solicita al consejo de facultad (CF) o consejo de la escuela

deposgrado (CEPG) la designación delasesor2,a través de la Dirección de

Investigación de la Escuela Académica Profesional (DIEAP) o Dirección de

Investigación dela unidad de Posgrado (DIUPG), para elaborar el proyecto de

tesis, adjuntando cada investigador:

Solicitud de designación de asesor de proyecto de tesis (MS-01).

Recibo de pago por asesoría de elaboración de proyecto de acuerdo con la

tarifa establecida para pregrado o posgrado.

¿Quién emite la resolución de nombramiento de asesor?

Art. 8 La Secretaría Académica de la Facultad o EPG emite la resolución (Resol. 01)

designando al asesor del proyecto de tesis, y notificando al investigador,al

asesory al DIEAP/DIUPG.

¿Cuál es el plazo para la presentación del proyecto de tesis?

Art. 9 El plazo máximo para la presentación del proyecto de tesis es de seis meses a

partir de la emisión de la resolución de designación del asesor. Posterior a este

plazo el investigador debe iniciar otro proceso.

¿Cuál es la estructura mínima del proyecto de tesis?

Art. 10 El proyecto de tesis es elaborado por el investigador con la orientación del

asesor, de acuerdo con la siguiente estructura acorde con los lineamientos del

Anexo 01, a la cual se puede añadirlas particularidades de acuerdo con la

naturaleza de la investigación establecida en cada escuela académica

profesional o unidad de posgrado.

1También se entiende en su forma plural

2Asesor: la asesoría puede ser realizada por un asesor o, un asesor y un coasesor

Page 8: Reglamento de tesis u pe u

Identificación del problema

Objetivos de la investigación

Justificación de la investigación

Revisión de la literatura/Marco teórico

Materiales y métodos

Cronograma de actividades

Presupuesto y financiamiento

Referencias

Anexos

¿Qué es y quién emite la carta de presentación del proyecto de tesis?

Art. 11 Al término dela elaboración del proyecto de tesis, el asesor emite una Carta de

presentación del proyecto de tesis para dictaminación(DGI-01).

CAPÍTULO III

DEL DICTAMEN DEL PROYECTO DE TESIS

¿Quién y ante quién se solicita el dictamen del proyecto de tesis?

Art. 12 El investigador solicita el dictamen del proyecto de tesis al CF/CEPG a través

de la DIEA o DIUPG, adjuntando:

Solicitud de Designación de comité dictaminador de proyecto de tesis

(MS-02)

Carta de presentación del proyecto de tesis para dictaminación (DGI-01)

Tres ejemplares anillados del proyecto

¿Quién emite la resolución y cuántos pueden ser los miembros del comité dictaminador

del proyecto de tesis?

Art. 13 La Secretaria Académica de la Facultad o EPG emite una resolución

designando a los miembros del comité dictaminador del proyecto de tesis en

un número mínimo de dos (2), más un docente accesitario en caso de cese de

funciones de un miembro del comité dictaminador. Puede asignarse a un

especialista externo a la EAP, Facultad, EPG, UPG o UPeU(Resol. 02).

¿Quiénes y que condiciones deben tener los miembros del comité dictaminador?

Art. 14 Los miembros del comité jurado dictaminador deben ser docentes que tenga

vínculo laboral con la UPeU u otra universidad/institución y cumpla con los

siguientes requisitos mínimos:

Para título profesional, debe poseer como mínimo el título profesional con

experiencia en investigación y suficiente conocimiento en el tema que

dictamine.

Para grado de magíster, debe poseer como mínimo el grado de magíster o

doctor en la especialidad con experiencia en investigación y suficiente

Page 9: Reglamento de tesis u pe u

conocimiento en el tema que dictamine y es externo a la EPG o UPG en

su mayoría a la maestría.

Para grado de doctor, debe poseer el grado de doctor en la especialidad con

experiencia en investigación y conocimiento suficiente en el tema que

dictamine y es externo en su mayoría al doctorado EPG o UPG.

¿Cuáles son las funciones y atribuciones del comité dictaminador del proyecto de tesis?

Art. 15 Son funciones y atribuciones de los miembros del comité:

a) Velar por la calidad del proyecto de tesis: marco teórico, método,

originalidad e innovación y consideraciones éticas; impacto y relevancia;

factibilidad y utilización de recursos, así como de revisión ortográfica,

gramatical y redacción del documento.

b) Aprobar u observar el proyecto de tesis con el detalle de las observaciones

(DGI-02).

c) Observar los plazos señalados para el cumplimiento de sus funciones.

d) Refrendar y emitir la documentación sustentatoria o requerida por sus

funciones.

e) Otras que prescriba la DIEAP o DIUPG en razón de sus funciones.

¿Quién convoca al comité dictaminador del proyecto de tesis?

Art. 16 El Director de Investigación de la EAP/UPG convoca al comité dictaminador

para expresar el resultado, en un plazo máximo de siete (7) días calendarios

para que éste remita el dictamen (DGI-02) en los siguientes términos:

Aprobado, listo para aprobar e inscribir el proyecto de tesis

Observado, puede aprobar e inscribir el proyecto de tesis después de

levantar las observaciones.

¿Cuál es el plazo para levantar las observaciones del comité dictaminador?

Art. 17 Si el proyecto de tesis es observado, el comité dictaminador emite el dictamen

de las observaciones al investigador y al asesor para levantar las observaciones

en un plazo máximo de 30 días calendarios y someter nuevamente al proceso

de dictamen, en coordinación con el DIEAP/DIUPG.

¿Qué sucede si no se levantan las observaciones del proyecto de tesis?

Art. 18 En caso de no levantar las observaciones en el plazo de acuerdo con el artículo

17, es considerado como abandono y, en consecuencia, archivado sin lugar a

reclamo.

¿Cuándo no existen observaciones al proyecto de tesis?

Art. 19 Si el proyecto de tesis no tiene observaciones, el comité dictaminador emite el

dictamen (DGI-02) al CF/CEPG, notificando al asesor y al investigador para

seguir con el proceso de aprobación e inscripción del proyecto, previoproveído

dela DIEAP/DIUPG.

Page 10: Reglamento de tesis u pe u

¿Puede ser cambiado uno o varios miembros del comité dictaminador?

Art. 20 En caso de incumplimiento del plazo para emitir el dictamen, cese laboral,

hechos fortuitos o de fuerza mayor, el asesor puede solicitar al CF/CEPG el

cambio del dictaminador(es) y sea convocado por la Facultad o EPG el

miembro accesitario.

Si el incumplimiento de los miembros del comité persiste, se procederá a la

aprobación automática del proyecto de tesis.

CAPÍTULO IV

DELA APROBACIÓN, INSCRIPCIÓN Y VIGENCIA DEL PROYECTO DE

TESIS

¿A quién y cómo se solicita la inscripción del proyecto de tesis?

Art. 21 El investigador solicita al CF/CEPG la inscripción del proyecto de

tesisadjuntando:

Solicitud de aprobación e inscripción de proyecto de tesis(MS-03).

Dictamen aprobado del proyecto de tesis, emitida por el comité

dictaminador (DGI-02)

Ficha de inscripción del proyecto de tesis impreso y firmado por el asesor

(DGI–03).

Constancia de autorización de la institución o comunidad donde se

pretende realizar la investigación o cargo de iniciada la gestión. En el caso

que amerite el proyecto, la constancia es emitida por el Comité de Ética.

Proyecto de tesis en formato físico y digital.

Recibo de pago por derecho de inscripción y asesoría delaejecución del

proyecto de tesisde acuerdo con la tarifa establecida para pregrado o

posgrado.

¿Cuál es el plazo de vigencia del pago por asesoría de ejecución de proyecto de tesis?

Art. 22 El pago por derecho de asesoría para la ejecución del proyectoes vigente por

doce (12) meses. Posterior a este periodo, el investigador debe realizar otro

pago bajo el mismo concepto, válido por otro periodo anual.

¿Cuál es el tiempo de inscripción de proyectos de tesis?

Art. 23 El investigador puede solicitar la inscripción del proyecto de tesis en

cualquiera de los siguientes periodos académicos:

Para título profesional, a partir del novenociclo académico,siemprequeno

tenga asignaturas pendientes en los semestres inferiores.

Page 11: Reglamento de tesis u pe u

Para grado de magíster, a partir del segundo ciclo académico del programa

de maestría.

Para grado de doctor, a partir del segundo ciclo académico del programa

de doctorado.

¿Quién emite y a quién se notifica la resolución de aprobación e inscripción de proyecto

de tesis?

Art. 24 La Secretaria Académica de la Facultad o EPG emite una resolución de

aprobación e inscripción del proyecto de tesis, autorización del desarrollo y

designación del asesor(Resol. 03).La resolución es notificada al investigador,

al asesor, a la DIEAP y a la DGI acompañando el formulario.

¿Cuál es el plazo o prorroga de vigencia de la inscripción del proyecto de tesis?

Art. 25 El proyecto de tesisinscrito tiene una vigencia de acuerdo conel calendario de

actividades planificadas en el documento. De no cumplir el calendario el

investigador solicita al CF/CEPG la ampliación hasta un máximo de doce (12)

meses, en este caso debe cumplir con el pago de asesoría previsto en el

artículo 22 del presente reglamento.

CAPÍTULO V

DELA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE TESIS

¿Cuándo se inicia la ejecución del proyecto de tesis?

Art. 26 La ejecución del proyecto de tesis se inicia con la resolución de aprobación e

inscripción del proyecto de tesis (Resol. 03)emitida por la secretaria

académica correspondiente.

¿Cuáles son las actividades y con quién debe ejecutarlas el investigador?

Art. 27 Durante la ejecución del proyecto, el investigador, bajo la orientación de su

asesor:

Desarrolla la investigación siguiendo la metodología propuesta.

Analiza y discute los resultados obtenidos durante la investigación.

Divulga los resultados preliminares de la investigación en eventos

científicos (congresos, seminarios, coloquios y otros)

Redacta el informe de tesis, siguiendo las normas y estilo de redacción

recomendados por la EAP/UPG correspondiente.

Redacta el artículo científico derivado del informe de tesis (ver anexo 03).

Art. 28 El asesor y el investigador deben programar y realizar reuniones de

coordinación, dentro de lo previsto en el cronograma del proyecto de

tesis,registrado y evidenciado mensualmente en el sistema de tesis de la UPeU.

Page 12: Reglamento de tesis u pe u

¿En qué momento supervisa la DIEAP o DIUPG?

Art. 29 La DIEAP (UPG) convoca cada tres meses al asesor para verificar los avances

del desarrollo de la tesis en las asesorías evidenciadas en el sistema. En caso

de incumplimiento del cronograma de ejecución del proyecto de tesis, la

Dirección de Investigación informaa la Dirección de la EAP o EPG para que

se tome las medidas pertinentes.

¿Puede ser cancelada el desarrollo de la investigación?

Art. 30 El asesor puede solicitar la cancelación del desarrollo de la investigación al

CF/CEPG, a través de su Dirección de Investigación, en caso de

incumplimiento del investigador en el avance de las actividades planificadas o

acaecimiento de hechos fortuitos.

¿En que situaciones puede haber cambio de asesor?

Art. 31 El investigador puede solicitar al CF/CEPG, a través de su Dirección de

Investigación, el cambio del asesor en caso de las siguientes situaciones:

incumplimiento del cronograma de asesorías, cese laboral o acaecimiento de

hechos fortuitos o fuerza mayor.

¿Cuál es la estructura mínima del informe de tesis?

Art. 32 Al término de la ejecución del proyecto de tesis, el investigador redacta el

informe de acuerdo con la siguiente estructura, en el caso de investigación

empírica, o su referente en otros enfoques de investigación. Loslineamientos

de cada ítem son descritos en el Anexo 02 del presente reglamento:

Resumen

I. Introducción

II. Revisión de literatura/ Marco teórico

III. Materiales y métodos

IV. Resultados y discusión

V. Conclusiones y recomendaciones (o su referente en investigación

cualitativa)

Referencias

Anexos

Art. 33 Concluido el informe de tesis, el asesor emite una carta de presentación del

informe de tesis para dictaminación(DGI-04).

Page 13: Reglamento de tesis u pe u

CAPÍTULO VI

DEL DICTAMEN DEL INFORME DETESIS

¿Quién y ante quién se solicita el dictamen del informe de tesis?

Art. 34 El investigador solicita el dictamen del informe de tesisal CF/CEPGa través de

la DIEAP O DIUPG, adjuntando:

1. Solicitud de designación de comité dictaminador de informe de tesis (MS-

04).

2. Carta de presentación del informe de tesis para dictaminación, emitido por

el asesor (DGI 04)

3. Tres ejemplares del informe de tesis anillados

¿Quién emite la resolución y cuántos pueden ser los miembros del comité dictaminador

del informe de tesis?

Art. 35 La Secretaria Académica de la Facultad o EPGemite la resolución designando

a los miembros del comité dictaminador en un número mínimo de dos (2), más

un docente accesitario en caso de cese de funciones de un miembro del comité

dictaminador.Puede designarse a unespecialista externoa la EAP, Facultad,

EPG, UPG o UPeU (Resol. 04).

¿Quiénes y que condiciones deben tener los miembros del comité dictaminador?

Art. 36 Los miembros del comité jurado dictaminador deben ser docentes que tenga

vínculo laboral con la UPeU u otra universidad/institución y cumpla con los

siguientes requisitos mínimos:

Para título profesional, debe poseer como mínimo el título profesional con

experiencia en investigación y suficiente conocimiento en el tema que

dictamine.

Para grado de magíster, debe poseer como mínimo el grado de magíster o

doctor en la especialidad con experiencia en investigación y suficiente

conocimiento en el tema que dictamine y es externo a la EPG o UPG en

su mayoría a la maestría.

Para grado de doctor, debe poseer el grado de doctor en la especialidad con

experiencia en investigación y conocimiento suficiente en el tema que

dictamine y es externo en su mayoría al doctorado EPG o UPG.

¿Cuáles son las funciones y atribuciones del comité dictaminador?

Art. 37 Son funciones y atribuciones de los miembros del comité:

a) Velar por el la originalidad, marco teórico, coherencia metodológica,

relevancia de los resultados, discusión/conclusiones y recomendaciones,

así como de la revisión ortográfica, gramatical y redacción de acuerdo con

la lista de verificación para la presentación del informe (Lista de

verificación - Anexo 05).

b) Aprobar u observar el informe de tesis con el detalle de las observaciones

DGI-05).

Page 14: Reglamento de tesis u pe u

c) Observar los plazos señalados para el cumplimiento de sus funciones.

d) Refrendar y emitir la documentación sustentatoria o requerida por sus

funciones.

e) Otras que prescriba la DIEAP o DIUPG en razón de sus funciones.

¿Quién convoca al comité dictaminador?

Art. 38 El Director de Investigación de la EAP/UPGconvoca al comité dictaminador

para expresar el resultado, en un plazo máximo de 15 días calendariospara que

éste remitaeldictamenen los siguientes términos (DGI-05):

Aprobado, listo para sustentar

Observado, puede sustentar después de levantar las observaciones.

¿Cuál es el plazo para levantar las observaciones del comité dictaminador?

Art. 39 Si el informe de tesis es observado, el comité dictaminador emite el dictamen

de observaciones al investigador y al asesor para levantar las observaciones en

un plazo máximo de 60 días calendarios y someter nuevamente al proceso de

dictamen, en coordinación con el DIEAP/DIUPG.

¿Qué sucede si no se levantan las observaciones?

Art. 40 En caso de no levantar las observaciones en el plazo de acuerdo con el artículo

40, es considerado como abandono y,en consecuencia,archivada sin lugar a

reclamo.

¿Cuándo no existen observaciones al informe de tesis?

Art. 41 Si el informe de tesis no tiene observaciones, el comité dictaminador emite el

dictamen (DGI-05)al CF/CEPG, notificando al asesor y al investigador para

seguir con el proceso de sustentaciónprevio proveído de la DIEAP/DIUPG.

¿Puede ser cambiado uno o varios miembros del comité dictaminador?

Art. 42 En caso de incumplimiento del plazo para emitir el dictamen, cese laboral,

hechos fortuitos o de fuerza mayor, el asesor puede solicitar al CF/CEPGel

cambio del dictaminador(es) o sea convocado por la Facultad o EPG el

miembro accesitario.

Si el incumplimiento de los miembros del comité persiste, se procederá a la

aprobación automática del informe de tesis.

¿Puede modificarse el título y el asesorde la ficha de inscripción del proyecto de tesis y

quien lo solicita?

Art. 43 El investigador puede solicitar (MS-05)al CF/CEPG, la modificación del título

del proyecto de tesiso asesorde la ficha de inscripción del proyecto de tesis,

con la ficha DGI–06, antes de la resolución de expedito.Si se solicita, el

CF/CEPG emite la resolución de modificación de la ficha de la inscripción del

proyecto de tesis. (Resol. 05)

Page 15: Reglamento de tesis u pe u

CAPÍTULO VII

DE LA SUSTENTACIÓN DELA TESIS

¿Ante quién y cómo se solicita la declaración de expedito para sustentación de tesis?

Art. 44 Para la sustentación de tesis, el investigador solicita al CF/CEPG, a través de

la DIEAP/DIUPG, la declaración de expedito, adjuntando:

Solicitud de declaración de expedito (MS-06).

Dictamen aprobado del informe de tesis(DGI-05)

Cinco ejemplares anillados de la versión final de la tesis (Anexo 02)

El artículo derivado del informe de tesis en formato físico y digital

(Anexo 03)

Carta de sumisión del artículo (DGI-07)

Recibo de pago por derecho de dictaminación y sustentación de acuerdo

con la tarifa establecida para pregrado o posgrado.

¿Cuál es el plazo para emitir la resolución de expedito?

Art. 45 El CF/CEPG, en un plazo de 15 días calendarios, emite la resolución de

declaratoria de expedito designando a los miembros del jurado de sustentación

y determinando el lugar, la fecha y la hora de sustentación. (Resol. 06).

¿Cuál es el origen del jurado de sustentación?

Art. 46 Los miembros del comité dictaminador del informe de tesis constituyen el

jurado de sustentación.

¿Quiénes y cuántos conforman el jurado de sustentación?

Art. 47 El jurado de sustentación de tesis, está conformado por:

Para título profesional: El presidente, secretario, vocales y asesor, más un

docente accesitario en caso de ausencia de un miembro del comité

dictaminador.

Para grado de maestría: El presidente, secretario, vocales, asesor y otros que

su reglamento específico lo contemple, más un docente accesitario en caso

de ausencia de un miembro del comité dictaminador

Para grado de doctorado: El presidente, secretario, vocales, asesory otros

que su reglamento específico lo contemple, más un docente accesitario en

caso de ausencia de un miembro del comité dictaminador

¿Quién preside el jurado de sustentación?

Art. 48 El presidente del jurado de sustentación es un docente categorizado, con más

años de antigüedad en la docencia o experiencia en investigación, de

dedicación exclusiva o a tiempo completo en la UPeU. Su función es

únicamente moderar el acto académico de sustentación.

Page 16: Reglamento de tesis u pe u

¿Quién difunde el acto de sustentación de tesis?

Art. 49 La EAP o EPG con la colaboración de la DIEAP/DIUPGhace la difusión de la

sustentación de la tesis, mediante afiches o avisos colocados en los lugares

públicos de mayor concurrencia, del mismo modo, se hará la difusión por la

página web de la dirección general de investigación, con 15 días de

anticipación.

¿Quién convoca al jurado de sustentación al acto de sustentación de tesis?

Art. 50 La Facultad o Escuela de Posgradoconvoca la participación de los miembros

del jurado de sustentación. En caso de ausencia de alguno de los miembros,

será convocado el miembro accesitario.

Por necesidad de la EAP o EPG puede ser convocado como miembro del

jurado un docente externo a la UPeU y su participación puede ser no

presencial, bajo las condiciones técnicas y tecnológicas de interacción y en

línea.

¿Dónde y cómo se efectúa la sustentación de tesis?

Art. 51 La sustentación es efectuada por el investigador en acto público y ante los

miembros del jurado nombrado y siempre en el ambiente ubicado en el

campus universitario, salvo disposición excepcional por caso fortuito o fuerza

mayor.

Art. 52 Al inicio delacto de sustentación, según el protocolo dela EAP/UPG, el

presidente del jurado informa al investigador sobre el procedimiento de la

defensade la tesis.

¿Qué comprende la evaluación del acto de sustentación de tesis?

Art. 53 La evaluación de la sustentación de la tesis comprende los siguientes

indicadores:

Dominio del tema y del procedimiento metodológico de la investigación

Aporte al conocimiento para la ciencia y su impacto en la sociedad.

Calidad de argumentación ante las preguntas formuladas por el jurado.

La calificación de la sustentación corresponde al promedio de los rubros antes

mencionados.

¿Cuál y cómo es el sistema de evaluación del resultado de la sustentación de tesis?

Art. 54 El resultado final de la sustentación es expresado en el sistema vigesimal, de

acuerdo con la siguiente escala:

Page 17: Reglamento de tesis u pe u

Sistema vigesimal Letras Calificación

20 A+ Con excelencia 19 A

18 A- Con distinción 17 B+

16 B Notable 15 B-

14 C+ Aprobado

Menos de 14 Desaprobado

La sustentación de la tesis puede ser:desaprobada, aprobada con observaciones

oaprobada sin observaciones al informe de tesis. Y su calificación aprobatoria

excluyente puede ser:aprobado, notable, con distinción o con excelencia.

La nota vigesimal mínima de aprobación de la sustentación de tesis es de

catorce (14) y C+ en la escala literal.

¿Quién y cómo se informa los resultados de la sustentación?

Art. 55 Al término de la sustentación el jurado delibera sobre la calificación

respectiva, el Presidente proclama los resultados ante los asistentes y

cualquiera sea su resultado, todos los miembros del jurado de sustentación

firman el acta respectiva. La Secretaria Académica de la Facultad o Escuela de

Posgrado entrega una copia del acta de sustentación de la tesis al investigador.

¿Cuál es el plazo para sustentar otra vez si fue calificado como desaprobado?

Art. 56 Si la calificación de la sustentación fue desaprobado, el investigadorsolicita al

CF/CPG nueva declaración de expedito(MS-07) para sustentar,después de

treinta (30) días calendarios como mínimo posterior a la sustentación ypor

última vez ante el mismo jurado, adjuntando el recibo de pago por

sustentación y los cinco ejemplares anillados. Si se solicita, el CF/CEPG emite

la resolución de nueva declaración de expedito. (Resol. 07)

¿Quién emite la carta de orden de empaste de tesis, si la sustentación fue aprobada sin

observaciones?

Art. 57 Si la sustentación es aprobada sin observaciones al informe de tesis, el

secretario del jurado informa al DIEAP o al secretario académico de posgrado

para que emita la carta de orden de empaste (DGI-08).

¿Cómo se levantan las observaciones al informe de tesis aprobado en la sustentación?

Art. 58 Si la sustentación es aprobada con observaciones al informe de tesis, el

secretario del jurado remite las observaciones al DIEAP o secretario

académico de posgrado, con copia al investigador y al asesor para ser

levantadas en un plazo máximo de 30 días calendarios.

Page 18: Reglamento de tesis u pe u

¿Sino levanta las observaciones al informe de tesis aprobado?

Art. 59 Si las observaciones del jurado no son levantadas, en el plazo correspondiente,

el proceso será declarado en abandono, archivándose todo lo actuado, sin lugar

a reclamo.

¿Cuándo y a quién se presentan la subsanación de observaciones del informe de tesis

sustentado?

Art. 60 Concluida la subsanación de las observaciones el investigador presenta un

ejemplar al DIEAP o SecretarioAcadémico de la EPG para la verificación

correspondiente. El DIEAP o Secretario Académico de la EPG posterior a la

verificación del levantamiento de las observaciones, emite la carta de orden de

empaste (07).

¿Cómo y dónde se inicia el proceso de aprobación del título profesional o grado por

aprobación de sustentación de tesis?

Art. 61 Para el proceso deaprobación del título profesional o grado de maestría o

doctorado, el investigador presentaa lasecretaría académica de la facultad o

secretaría académica de la EPG.

Solicitud de aprobación del título profesional o grado de maestro o grado

de doctor (MS-08)

Carta de orden de empaste (DGI-08)

Cinco ejemplares empastados delinforme de tesis (Investigador, bibliotecas

y Secretaría General)

Un ejemplar del informe de tesis en formato digital etiquetado para enviar a

la DGI (ANR, DGI, BC, EAP/UPG)

Resumen del informe de tesis impreso y digitalpara la ANR (ver anexo 04).

Carta de autorización del informe de tesis para publicación en el repositorio

de la UPeU (DGI-09), emitido por la DIEAP o secretario académico de la

EPG.

Art. 62 La Facultad o EPG envía los ejemplares empastados a la biblioteca para la

catalogación y los otros documentos a las instancias correspondientes para la

aprobación de título profesional o grado de maestría o doctorado.

Page 19: Reglamento de tesis u pe u

CAPÍTULO VIII

DIFUSIÓN DE LOS RESULTADOS

¿Cuál es el destino de los informes de investigación?

Art. 63 Los ejemplares del informe de investigaciónse entregan al investigador, las

bibliotecas y a secretaría general

¿Cómo se administran los archivos digitales?

Art. 64 Los archivos digitales serán administrados por la Dirección General de

Investigación y la Biblioteca Central en coordinación e interés de las EAPs,

Facultades o EPG y sus unidades.

¿Quién puede publicar los artículos generados?

Art. 65 Los artículos generados a partir delinforme de investigación, podrán ser

publicados por el investigador o el asesor en revistas científicas, observando

los derechos de propiedad intelectual, En cualquier caso se debe respetar los

derechos de autor,asesor yfiliación institucional.

CAPÍTULO IX

DEL ASESOR Y SUS FUNCIONES

¿Cuáles son las condiciones mínimas y quién puede ser nombrado asesor de tesis?

Art. 66 El asesor debe ser un docente que tenga vínculo laboral o académico con la

UPeU y cumpla con los siguientes requisitos mínimos:

Para título profesional, debe poseer como mínimo el título profesional con

experiencia en investigación y suficiente conocimiento en el tema que

pretende asesorar.

Para grado de magíster, debe poseer como mínimo el grado de magístercon

experiencia en investigación y suficiente conocimiento en el tema que

pretende asesorar.

Para grado de doctor, debe poseer el grado de doctor con experiencia en

investigación y conocimiento suficiente en el tema que pretende asesorar.

Art. 67 En algunos casos es posible nombrar co-asesores, que pueden ser docentes de

la UPeU o de otras instituciones que tengan conocimientos especializados,

teóricos o prácticos sobre el tema de investigación que pretende asesorar.

¿Cuáles son las funciones y atribuciones del asesor de investigación?

Art. 68 El asesor de tesis tiene la función de guiar al investigador en la preparación del

proyecto de tesis, ejecución del proyecto, redacción del informe final, difusión

en eventos académicos científicos, preparación del artículo científico y defensa

del informe de investigación.

Page 20: Reglamento de tesis u pe u

Art. 69 El asesor debe establecer, de manera conjunta con el asesorado, las

condiciones de trabajo del proceso de asesoría y ejecución del proyecto de

tesis.

Art. 70 El asesor informa mensualmente el avance de las asesorías en el sistema de

tesis de la universidad.

Art. 71 Gestionar ante quien corresponda, cuando así lo requiera la investigación, el

uso de los laboratorios, sistemas de información bibliográfica, entre otros, que

sean necesarios para el buen desarrollo de la tesis.

Art. 72 El asesor es el responsable del contenido y de la calidad del informe de tesis:

originalidad, marco teórico, coherencia metodológica, relevancia de los

resultados, discusión/conclusiones y recomendaciones, así como de velar por

la revisión ortográfica, gramatical y redacción de acuerdo con la lista de

verificación para la presentación del informe (Anexo 05).

Art. 73 El asesor juntamente con el investigador levantan las observaciones realizadas

por el jurado dictaminador.

Art. 74 El asesor emite las cartas de presentación del proyecto e informe de tesis,

finalizados los documentos, para el dictamen.

Art. 75 El asesor orienta al investigador en la elaboración del material audiovisual

para la sustentación del informe.

Art. 76 En caso de observaciones al informe de investigación, finalizada la

sustentación, el asesor es responsable de velar por el levantamiento de las

observaciones dentro del plazo establecido.

CAPÍTULO X

DEL INVESTIGADOR Y SUS RESPONSABILIDADES

¿Cuáles son las obligaciones y atribuciones del investigador?

Art. 77 Establece, junto con el asesor, el cronograma del proceso de asesoría de la

investigación y las formas de evaluación de cada etapa.

Art. 78 Participa de manera personalísima, activa y responsable en las sesiones de

asesoría, de modo, que cada sesión de asesoría debe ser un avance para el

desarrollo de su investigación y no permitir su estancamiento.

Art. 79 Presenta al asesor los avances del desarrollo de la investigaciónde acuerdo con

el cronograma del proyecto.

Page 21: Reglamento de tesis u pe u

Art. 80 Participa en eventos científicos, en compañía del asesor, siempre y cuando sea

posible, presentando los resultados parciales o totales de su investigación.

Art. 81 Presenta artículos de investigación bibliográfica (revisión) o artículos

empíricos, de los resultados parciales de la investigación, para que sean

publicados en las revistas de la UPeU u otras.

CAPÍTULO XI

DEL PROTOCOLO DE LA SUSTENTACIÓN DEL INFORME DE TESIS

Art. 82 El acto público de la sustentación de la tesis sigue el siguiente protocolo:

- Ingreso de los miembros del jurado de sustentación de tesis (con medallas)

encabezado por el presidente.

- Bienvenida al acto académico y presentación de los miembros del jurado de

la sustentación (presidente)

- Plegaria (algún miembro del jurado)

- Invitación al investigador para la sustentación (presidente)

- Presentación y lectura de semblanza del investigador (secretario)

- Lectura de la resolución de la sustentación de tesis (secretario)

- Indicaciones al investigador del tiempo y modalidad para la sustentación

(secretario).

- Exposición del tema de investigación (investigador)

- Ronda de preguntas de los miembros del jurado (dirige el presidente).

- Se da por terminado la sustentación y se pide al pleno retirarse de la sala

(presidente).

- El jurado delibera sobre el desarrollo de la sustentación y emiten una

evaluación.

- El presidente del jurado invita al investigador a ubicarse en el lugar

correspondiente.

- El presidente del jurado lee el acta de sustentación, comunicando el resultado

de la evaluación.

- El presidente invita al investigadora expresar algunas palabras después de la

proclamación del resultado.

- Plegaria de término del acto académico.

Page 22: Reglamento de tesis u pe u

CAPÍTULO XII

DELOS DERECHOS DE AUTOR Y DERECHOS CONEXOS

Art. 83 La EAP en forma individualizada y EPG a través de sus UPG cautelan los

derechos de autor yderechos conexos derivados de los procesos de proyecto de

tesis, inscripción y ejecución de proyectos de tesis, informe de tesis, dictamen,

sustentación y resultados.

Para este efecto estructura, custodia y gestiona el denominado Registro de

Proyectos de Tesis que tiene el carácter y naturaleza de documento académico

y en el que se hacen las anotaciones siguientes:

a) Identificación del titular (estudiante o egresado) del proyecto de tesis o

proyecto de investigación conducente a la sustentación de tesis. Debe

consignarse los nombres y apellidos completos.

b) El nombre o título del proyecto de tesis o proyecto de investigación. El

cambio efectuado, siempre que hubiera incluso la resolución que lo

autoriza y la fecha.

c) El día, mes, año y hora exacta de presentación, precisando si fue presentado

por el titular del proyecto u otra.

d) Las resoluciones del proceso por fecha y contenido resolutivo.

e) El estado de su gestión o proceso secuencial: Nombrado su comité

dictaminador, con jurado de sustentación, cambio de dictaminador, día y

hora de sustentación, resultado de la sustentación y otros que ayuden a

identificar su situación y estado.

f) El asesor identificado en nombres y apellidos, o el cambio producido.

Art. 84 El Registro de Proyectos de Tesis puede ser estructurado en forma electrónica

o digital, bajo caracteres de seguridad y reporte. La DGI coordinasu

estructuración con las EAP y EPG de acuerdo a las necesidades y

requerimientos de una gestión de calidad, de difusión y evaluación de los

procesos en coordinación con la Dirección de Evaluación y Acreditación.

Art. 85 Los derechos de autor y derechos conexos generados por la aplicación del

presente Reglamento son cautelados por las Facultades y EPG a través de la

Secretaria Académica respectiva y cuando sea necesaria en coordinación con la

DIEAPo DIUPG.

Art. 86 El reconocimiento de algún derecho de autor o derechos conexos derivados de

la aplicación del presente Reglamento sólo puede ser declaradoy certificado

por la Secretaria Académica de las facultades o EPG, respectiva sobre la base

material y sustentatoria del Registro de Proyectos de Tesis.

Page 23: Reglamento de tesis u pe u

Art. 87 La Secretaria Académica cautela, custodia y gestiona en forma individualizada,

exclusiva y excluyente el Libro de Sustentación de Tesis. El mismo tiene la

calidad de documento y registro académico intangible y sustentatorio de

derechos de autor y derechos conexos.

Art. 88 Cualquier adulteración o registro de información no sustentatoria puedeser

observada por los interesados o la DIEAP o DIUPG, o la misma Facultad o

EPG ante el CF o CEPG en primera instancia y CU en segunda y última

instancia. En su caso el autor(s) es (son) separado(s) de la función o

responsabilidad, sin perjuicio de las sanciones legalesciviles, penales o

laborales.

DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: Las EAPs en la implementación del presente reglamento articulan los

requerimientos de los estándares del Modelo de Calidad de las carreras

profesionales determinado por el CONEAU y determinan las metas por

año del número de egresados titulados con tesis.

SEGUNDA: Para la implementación de los procesos y procedimientos del presente

Reglamento las EAPs, Facultades, EPG y UPG, lo priorizan sobre la

base de gestión por procesos. Para cuyo efecto coordinan su gestión y

materialización con el Comité de Gestión de la Calidad de la EAP o EPG

respectiva y la Dirección de Evaluación y Acreditación.

TERCERA. Todo lo no previsto en el Reglamento será regulado por acuerdo de

Consejo Universitario en coordinación con la DGI y DIEAP o DIUPG.

Page 24: Reglamento de tesis u pe u

Formatos

Anexos

Anexo 01: Estructura de presentación delproyecto de tesis.

Anexo 02: Estructura de presentación de informe de investigación empírica.

Anexo 03: Estructura de presentación de artículos empíricos derivados de la tesis.

Anexo 04: Estructura de resumen del informe de investigación para la

AsambleaNacional de Rectores - ANR.

Anexo 05: Lista de verificación de redacción para presentación de proyecto e informe

de investigación

Modelos de Solicitud

MS-01. Designación de asesor del proyecto de tesis

MS-02. Designación de comité dictaminador del proyecto de tesis

MS-03. Aprobación e inscripción del proyecto de tesis

MS-04. Designación de comité dictaminador del informe de tesis

MS-05. Modificación de la inscripción del proyecto de tesis

MS-06. Declaración de expedito

MS-07. Nueva declaratoria de expedito y jurado de sustentación

MS-08. Aprobación del título profesional o grado de maestro o grado de doctor

Documentos

DGI-01. Carta de presentación del proyecto de tesis para dictaminación

DGI-02. Dictamen del proyecto de tesis

DGI-03. Ficha de inscripción del proyecto de tesis

DGI-04. Carta de presentación del informe de tesis para dictaminación

DGI-05. Dictamen del informe de tesis

DGI-06. Ficha de modificación de la inscripción del proyecto de tesis

DGI-07. Carta de sumisión del artículo

DGI-08. Carta de orden de empaste de la tesis

DGI-09. Carta de autorización para publicación de la tesis en el repositorio de la

universidad

Resoluciones

Resol. 01. Resolución de nombramiento del asesor

Resol. 02. Resolución de comité dictaminador de proyecto de tesis

Resol. 03. Resolución de aprobación e inscripción del proyecto de tesis

Resol. 04. Resolución de comité dictaminador de informe de tesis

Resol. 05. Resolución de modificación de la inscripción del proyecto de tesis

Resol. 06. Resolución de declaratoria de expedito

Resol. 07. Resolución de nueva declaratoria de expedito

Page 25: Reglamento de tesis u pe u

Comisión de elaboración y revisión del presente reglamento.

1. Dra. Maximina Contreras Castro Vicerrectora

2. Dra. María Vallejos Atalaya Directora General de Investigación

3. Mg. Rubén Mamani Apaza Asistente académico de vicerrectorado

4.Abog. Wilbert Gonzales Taco Dirección de Evaluación y Acreditación

5. Dr. Raúl Acuña Casas Director de investigación de la Escuela de Posgrado

6. Dr. Guillermo Mamani Apaza Director de la unidad de posgrado de Ingeniería

7. Mg. Ana CasildoBedón Coordinadora de Unidad de Posgrado de Educación

8. Dr. Sócrates Quispe Condori Director de investigación de la Facultad de Ingeniería y Arquitectura

9. Dr. Víctor Álvarez Manrique Director de investigación de la Escuela Académico de Contabilidad

10. Ing. Kenia Rivas Flores Director de investigación de Ciencias Empresariales

11. Mg. Gladys ToyohamaPocco Docente de Investigación Facultad de Ciencias Empresariales

12. Ms. Martha Batista Torres Director de investigación de la Facultad de Ciencias Humanas y

Educación

13. Ing. Nemías Saboya Ríos Director de investigación de la Escuela Académica Profesional de

Educación

14. Mg. Juan Marcelo Zanga Céspedes Director de investigación de la Facultad de Teología - Encargado

15. Dr. Joaquin Acevedo Neto Director de investigación de la Facultad de Teología

16. Mg. Dámaris Quinteros Zúñiga Director de investigación de la Escuela Académico Profesional de

Psicología

17. Mg. Julio Mendigure Fernández Director de investigación de la Escuela Académico Profesional de

Enfermería

18. Mg. Keyla Miranda Limachi Director de investigación de la Escuela Académico Profesional de

Enfermería

19. Ing. Félix Palacios Morales Director de investigación de la Escuela Académico Profesional de

Nutrición

31 de enero 2013