reglamento de seleccion del educador (ultima versión)
TRANSCRIPT
Reglamento
“Concurso Público de Oposición
para la Selección de Educadores”
Asunción - Paraguay
Febrero de 2012
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº /2012
Victor Ríos
Ministro de Educación y Cultura
Cynthia Brizuela Speratti Francisco Giménez Duarte
Viceministra de Educación para la
Gestión Educativa
Viceministro de Educación para el
Desarrollo Educativo
Aída Varela de Morel Karen Rojas
Directora General
Dirección General de Gestión del Talento
Humano
Directora General
Dirección General de Desarrollo
Profesional del Educador
Carmen González de Ríos Pablo Ramírez Ayala
Director
Dirección de Concurso Público de
Oposición.
Director
Dirección de Evaluación para el Acceso
a la
Carrera Docente
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº /2012
COMISIÓN DE REDACCIÓN DEL REGLAMENTO
Por el Ministerio de Educación y Cultura
Francisco Javier Giménez Viceministro de Educación para el Desarrollo Educativo
Aída Varela de Morel
Carmen González de Ríos
Humberto Ayala
Jenny Torales
Directora General de Gestión del Talento Humano
Directora de Concurso Público de Oposición
Director de Relaciones Gremiales y Sindicales
Directora de Matriculación, Certificación Documental y
Escalafón
Karen Rojas
Pablo Benjamín Ramírez
Directora General de Desarrollo Profesional del Educador
Director de Evaluación para el Acceso a la Carrera Docente
Inés Perrotta Directora General de Educación Inicial y Escolar Básica
Alcira Sosa Penayo
Ana Claudia Meza
Ramón Iriarte
Directora General de Educación Media
Directora de Bachillerato Científico
Director de Bachillerato Técnico
Sara Raquel López Cristaldo Directora General de Educación Permanente
Nicolás José Morínigo
Mariana Gómez
Cristhian Godoy
Director General de Educación Superior
Directora de Formación Docente
Asesor Legal de Dirección General de Educación Superior
Rocío Florentín
Blanca González de Gómez
Directora General de Educación Inclusiva
Directora para Personas con Necesidades Educativas
Especiales
Pedro Orúe
Vicente López Ruíz Díaz
Director General de Fortalecimiento del Proceso Educativo
Director de Supervisión para Facilitar los Procesos
Administrativos
Zaida Noemí Galeano Secretaria de la Comisión Nacional de Selección de
Educadores
Por las Organizaciones Nacionales del Gremio Docente
Eladio Benítez
Marta Amarilla
U.N.E. - S.N.
Unión Nacional de Educadores - Sindicato Nacional
Juan Carlos Gamarra
A.D.P. - S.N.
Asociación de Docentes Paraguaya - Sindicato Nacional.
Ángela Arca
Claudio Mongelós M.
F.E.C.I.
Federación de Educadores de la Capital e Interior.
Patricio Gómez López SI.NA.D.A.E.
Sindicato Nacional de Directores de Áreas Educativas.
Silos Misael Britez M.A.S. - M.P. - S.N.
Movimiento de Acción Sindical del Magisterio Paraguayo.
Marcos González Ruíz
Nelly Melgarejo de Olmedo
F.E.P.
Federación de Educadores del Paraguay
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 2
Miguel Ángel Marecos SI.NA.D.I.
Sindicato Nacional de Directores de Instituciones Educativas
de Gestión Oficial del Paraguay
Por las Secretarías de Educación de los Gobiernos Departamentales
María Arminda Bazán Secretaria de Educación del Departamento de Concepción
Erika Kufeld Secretaria de Educación del Departamento de Itapúa
Josefina Lovera Secretaria de Educación del Departamento de Paraguarí
Blásida Giménez de Jara Secretaria de Educación del Departamento de Pte. Hayes
Alexandra Bogarín Benítez Secretario de Educación del Departamento Central
Rossana Muñoz Secretario de Educación del Departamento de Alto
Paraguay
Vicente Falco Secretaria de Educación del Departamento de Boquerón
Pelagio Martínez Velázquez
Juan Ramón González Britez Secretaria de Educación del Departamento de Cordillera
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 3
ÍNDICE DE CONTENIDO
Capítulo 1: DEL REGLAMENTO Y DE LOS ÓRGANOS RESPONSABLES
DEL CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN PARA LA
SELECCIÓN DE EDUCADORES
Capítulo 2: DEL CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN
Capitulo 3: DE LA EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS GENERALES Y
ESPECÍFICOS DE LOS POSTULANTES
Capítulo 4: DE LA CERTIFICACIÓN DOCUMENTAL
Capítulo 5: DE LA VALORACIÓN DE ANTECEDENTES ACADÉMICOS,
MÉRITOS Y EXPERIENCIA
Capitulo 6: DEL PERFIL ACADÉMICO, EXPERIENCIA Y COMPETENCIAS
REQUERIDAS SEGÚN CARGOS
Capítulo 7: TÍTULOS HABILITANTES PARA CARGOS DOCENTES
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 4
Reglamento
“Concurso Público de Oposición para la Selección de
Educadores”
Capítulo 1
DEL REGLAMENTO Y DE LOS ÓRGANOS RESPONSABLES DEL CONCURSO
PÚBLICO DE OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN DE EDUCADORES
Art. 1º DE LA APLICACIÓN DEL REGLAMENTO PARA EL CONCURSO
PÚBLICO DE OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN DE EDUCADORES.
Las disposiciones del presente Reglamento serán aplicadas en los Concursos
Públicos de Oposición para la Selección de Educadores, postulantes a cargos en
instituciones educativas de gestión oficial dependientes del Ministerio de Educación
y Cultura. Las mismas contemplan los principios de igualdad y equidad dispuestos
en la Constitución Nacional y las legislaciones vigentes.
Las instituciones educativas de gestión privada subvencionada y privada, deberán
ajustarse a lo establecido por el Ministerio de Educación y Cultura en lo referido al
perfil requerido para el ejercicio de educador, de conformidad a los artículos 63 y 66
de la Ley General de Educación y demás disposiciones reglamentarias vigentes.
Art. 2º DE LOS ÓRGANOS RESPONSABLES DEL CONCURSO PÚBLICO DE
OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN DE EDUCADORES.
En cumplimiento de las disposiciones de la Ley 1264/98 General de Educación, la
ley 1725/01 Estatuto del Educador y la presente reglamentación, la selección de
educadores para el acceso a cargos presupuestados en el Presupuesto Nacional de
Gastos de la Nación, estará a cargo de las Comisiones de Selección de Educadores
Nacional y Regional.
Art.3º. DE LAS COMPETENCIAS DE LOS ÓRGANOS RESPONSABLES DE LA
APLICACIÓN DEL REGLAMENTO DEL CONCURSO PÚBLICO DE
OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN DE EDUCADORES.
Las competencias de los órganos responsables de la aplicación del Reglamento del
Concurso Público de Oposición para la Selección de los Educadores se definen
como sigue:
a) A la Comisión Nacional de Selección de Educadores le corresponde: Conducir y Garantizar el proceso de selección de los postulantes a cargos en
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 5
Concurso Público de Oposición de los/las educadores/as que reúnan el perfil
académico y conocimientos establecidos para el cargo, que obtengan los niveles
de aprobación requerido en las evaluaciones aplicadas, acorde a los
procedimientos establecidos en este reglamento.
b) Por tanto, la Comisión Nacional de Selección de Educadores, en el marco
del Concurso Público de Oposición, deberá:
1. Aplicar a cabalidad el Reglamento de Concurso Público de Oposición para
la Selección de Educadores.
2. Garantizar la objetividad, la transparencia e imparcialidad en los procesos de
evaluación y selección de los postulantes participantes en el Concurso
Público de Oposición.
3. Garantizar el tratamiento confidencial de los instrumentos de evaluación a
ser aplicados en los procesos de selección y todo documento inherente al
acto de evaluación con fines de selección.
4. Garantizar el resguardo de todos los antecedentes del proceso del Concurso
Público de Oposición en las instancias administrativas correspondientes.
5. Participar en eventos de formación inherentes al cumplimiento de sus
funciones en el marco del Concurso Público de Oposición.
6. Entender en los recursos interpuestos presentados ante la Comisión Nacional
de Selección de Educadores por los postulantes, en tiempo y forma.
7. Remitir a las Direcciones Generales de Gestión del Talento Humano y
Desarrollo Profesional del Educador los documentos pertinentes a cada
convocatoria a Concurso Público de Oposición.
8. Formar equipos de apoyo y monitoreo liderados por los miembros de la
Comisión Nacional de Selección de Educadores si fuere necesario.
c) A la Dirección General de Gestión del Talento Humano le compete:
1. Expedir la Matrícula de Educador.
2. Expedir la Constancia de Certificación Documental.
3. Proveer la lista oficial de cargos concursables disponibles a la Comisión
Nacional de Selección de Educadores, dentro de un plazo no mayor a 30 días
antes del inicio de las inscripciones.
4. A través de las instancias competentes, solicitar y recibir los documentos
relacionados al proceso concursal, (antecedentes de las inscripciones, actas,
resultados finales, entre otros).
5. Dar publicidad de las convocatorias y los resultados de los Concursos
Públicos de Oposición, por todos los medios disponibles.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 6
6. Aplicar los mecanismos previstos para generar los movimientos de personal
conforme a los resultados de los Concursos Públicos de Oposición, dentro
del plazo que contempla la Ley Nª 1725/01.
7. Elaborar y actualizar los perfiles y títulos académicos para cargos, en los
casos que los mismos no estén contemplados en la presente reglamentación y
presentar el informe a la Comisión Nacional de Selección de Educadores para
su inclusión en el anexo.
8. Gestionar, ante las instancias pertinentes, los recursos financieros y logísticos
que demanden la realización del Concurso Público de Oposición toda vez
que los cargos a ser convocados sean las que compete de la Comisión
Nacional de Selección de Educadores.
9. Garantizar el tratamiento confidencial de los instrumentos de evaluación a
ser aplicados en los procesos de selección y a todo documento inherente al
acto de evaluación con fines de selección, so pena de sanciones penales y
administrativas emergentes.
10. La Dirección General de Gestión del Talento Humano elevará un informe a
la Comisión Nacional de Selección de Educadores, referente a aquellos
interesados en inscribirse y que no cuenten con el perfil requerido, para los
cargos convocados que se encuentren en zonas alejadas del territorio
nacional.
d) A la Dirección General de Desarrollo Profesional del Educador le compete:
1. Elaborar el/los instrumento/s de evaluación a ser aplicados en los Concursos
Públicos de Oposición para la Selección de Educadores.
2. Garantizar que los instrumentos de evaluación a ser aplicados en el marco
del Concurso Público de Oposición sean elaborados conforme a los
requerimientos técnicos establecidos para el efecto.
3. Establecer en forma conjunta con la Comisión Nacional de Selección de
Educadores los criterios e indicadores de los conocimientos a ser evaluados
en los postulantes de los Concursos Públicos de Oposición.
4. Ofrecer asesoría técnica y diseñar instrumentos para la realización de
monitoreo y seguimiento de las tareas de las Comisiones de Selección de
Educadores, referido a la Etapa de Evaluación.
5. Ejecutar programas de formación y entrenamiento en materia de evaluación
de conocimientos, dirigidos a los miembros de las Comisiones de Selección
de Educadores: Nacional, Regional y Equipos de Apoyo.
6. Emitir dictámenes técnicos acerca de los resultados de la etapa de evaluación
de conocimientos de los postulantes, administrados por las Comisiones de
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 7
Selección de Educadores, a petición de la Comisión Nacional de Selección
de Educadores.
7. Sistematizar y publicar informes resultantes del Concurso Público de
Oposición, con relación a las Evaluaciones aplicadas.
8. Gestionar, ante las instancias pertinentes, los recursos financieros y logísticos
que demanden la realización de la Etapa de Evaluación de Conocimientos del
Concurso Público de Oposición para cargos que son competencia de la
Comisión Nacional de Selección.
9. Garantizar el tratamiento confidencial de los instrumentos de evaluación a
ser aplicados en los procesos de selección y a todo documento inherente al
acto de evaluación con fines de selección, so pena de sanciones penales y
administrativas emergentes.
Art. 4º. DE LA INTEGRACIÓN DE LAS COMISIONES DE SELECCIÓN DE
EDUCADORES.
a. La Comisión Nacional de Selección de Educadores estará integrada por:
El/La Viceministro/a de Educación para el Desarrollo Educativo o El/La
Viceministro/a de Educación para la Gestión Educativa.
Director/a General de Educación Inicial y Escolar Básica.
Director/a General de Educación Media.
Director/a General de Educación Permanente.
Director/a General de Educación Superior.
Director/a General de Educación Inclusiva.
Director/a General de Fortalecimiento del Proceso Educativo.
Director/a General de Gestión del Talento Humano.
Director/a General de Desarrollo Profesional del Educador.
Director/a General de Currículum, Evaluación y Orientación Educativa.
Director/a General de Instituciones de Culto y Formación Artística.
Un representante de cada una de las organizaciones nacionales del gremio
docente, legalmente constituidas, reconocidas por el Ministerio de Justicia y
Trabajo y acreditadas ante el Ministerio de Educación y Cultura.
Los/as Secretarios/as de Educación de las Gobernaciones Departamentales.
Las representaciones que componen la Comisión Nacional de Selección de Educadores,
contarán con un miembro titular y hasta cinco suplentes.
b. La Comisión Regional de Selección de Educadores estará integrada por:
El/la Supervisor/a de Control y Apoyo Administrativo de la región
correspondiente.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 8
El/la Supervisor/a de Apoyo Técnico Pedagógico de la zona afectada por el
cargo en concurso público de oposición.
El/la Secretario/a de Educación de la Gobernación Departamental.
Un/una representante de cada una de las organizaciones nacionales del gremio
docente, con personería gremial inscripta ante el Ministerio de Justicia y
Trabajo y acreditadas ante el Ministerio de Educación y Cultura.
El responsable del área Educativa o Cultural del municipio afectado por el
Concurso Público de Oposición.
Las representaciones que componen la Comisión Regional de Selección de Educadores,
contarán con un miembro titular y hasta dos suplentes.
Los miembros designados para integrar las Comisiones Nacional y Regional tendrán un
permiso especial con goce de sueldo mientras dure el proceso de selección, conforme a la
Resolución Nº 8960/06.
Art. 5º. DEL RECONOCIMIENTO DE LAS COMISIONES DE SELECCIÓN DE
EDUCADORES Y SU SECRETARÍA.
El reconocimiento de los miembros que conformarán las Comisiones de Selección
de Educadores y sus Secretarías se realizará de la siguiente manera:
La Comisión Nacional de Selección de Educadores y su Secretaría será reconocida a
través de Resolución del/la Ministro/a de Educación y Cultura.
La Comisión Regional de Selección de Educadores y su Secretaría será reconocida a
través de Resolución de la Dirección General de Gestión del Talento Humano.
Art. 6º DE LA PRESIDENCIA DE LAS COMISIONES DE SELECCIÓN DE
EDUCADORES.
La Comisión Nacional de Selección de Educadores será presidida por el/la
Viceministro/a de Educación para el Desarrollo Educativo o por quien este designe.
La Comisión Regional de Selección de Educadores será presidida por el
Supervisor/a de Control y Apoyo Administrativo de la región correspondiente.
En caso de ausencia o inhibición del/la presidente/a de la Comisión Regional de
Selección de Educadores, la presidencia recaerá en el/la Supervisor/a Pedagógico/a.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 9
Art. 7º. DE LAS SEDES DE LAS COMISIONES DE SELECCIÓN DE
EDUCADORES.
La Comisión Nacional de Selección de Educadores tendrá su sede en la oficina del
Viceministerio de Educación para el Desarrollo Educativo.
Las Comisiones Regionales de Selección de Educadores tendrán su sede en las
Supervisiones de Apoyo y Control Administrativo de la región.
Art. 8º. LA SELECCIÓN DE TODOS LOS CARGOS LE COMPETE A LA
COMISIÓN NACIONAL DE SELECCIÓN DE EDUCADORES.
a. A través de la Comisión Nacional de Selección de Educadores se
seleccionará los siguientes cargos:
Coordinador/a Departamental de Supervisiones Educativas.
Supervisor/a Educativo/a.
Director/a de Institutos de Formación Docente.
Director/a de Nivel de Formación Docente de los Centros Regional de
Educación.
Coordinador/a de Práctica de Institutos de Formación Docente.
Director/a General de Instituciones de Enseñanza Media Diversificada.
Director/a General de Colegios Técnicos.
Director/a General de los Centros Regionales de Educación.
Docentes y Técnicos del Nivel de Formación Docente.
Director/a, Coordinador/a de las Instituciones Educativas dependientes de la
Dirección General de Educación Inclusiva.
Docente de Escuela o Centro de Educación Especial, Docente de aula Especial,
Educador de Servicio de Atención temprana, Docente de áreas especiales,
Orientador/a, Psicólogo, Trabajador/a Social, Educador/a de Aula Hospitalaria,
Educador/a de Centros Comunitarios de las Instituciones Educativas
dependientes de la Dirección General de Educación Inclusiva.
b. A través de la Comisión Regional de Selección de Educadores se
seleccionará los siguientes cargos:
Director/a de Instituciones de Educación Media.
Director/a de Área, Director/a, Vicedirector/a de Instituciones Educativas de
Educación Inicial y de Educación Escolar Básica.
Director/a (Educación Escolar Básica, Media) de los Centros Regionales de
Educación.
Director/a, Director/a de Turno, Coordinador/a de los Centros Educativos de
Jóvenes y Adultos dependientes de la Dirección General de Educación
Permanente.
Docentes, Técnicos y Técnicos Pedagógicos de los diferentes niveles,
disciplinas y modalidades educativas.
Bibliotecario/a.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 10
Profesor/a Guía.
Coordinador/a Pedagógico.
Art. 9º DEL QUÓRUM LEGAL DE LAS COMISIONES DE SELECCIÓN DE
EDUCADORES.
Para las sesiones ordinarias y extraordinarias, las Comisiones de Selección de
Educadores sesionarán válidamente con la mitad más uno de los miembros que la
conforman.
Art. 10 DE LA ADOPCIÓN DE DECISIONES POR CONSENSOS Y MAYORÍAS
EN LAS COMISIONES DE SELECCIÓN DE EDUCADORES.
Las Comisiones de Selección de Educadores adoptarán sus decisiones por
consenso o por votación, adoptando la decisión por mayoría simple de los
miembros presentes conforme a los procedimientos legales. Cada representación
tendrá derecho a un solo voto en caso de que tanto titular como suplente/s estén
presentes.
Art.11 DE LAS SUBCOMISIONES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE
SELECCIÓN DE EDUCADORES.
Podrá conformarse sub-comisiones de trabajo integradas por miembros de la
Comisión Nacional de Selección de Educadores, a los efectos de analizar y
proponer un parecer sobre los casos presentados a su consideración, que serán
elevados a la plenaria de la CNSE a sus efectos.
Art. 12 DE LA INHIBICIÓN Y RECUSACIÓN DE MIEMBROS DE LAS
COMISIONES DE SELECCIÓN DE EDUCADORES.
No podrá participar durante todo el proceso de concurso el/la miembro que se
encuentre afectado por relación de parentesco con un postulante dentro del cuarto
grado de consanguinidad o segundo de afinidad, debiendo excusarse de entender en
la selección. En caso de incumplimiento se elevarán los antecedentes a las
instancias correspondientes. Las causales de recusación serán las previstas en el
Código Procesal Civil.
Art. 13 DE LA SUSPENSION, ANULACIÓN DE LAS COMISIONES DE
SELECCIÓN DE EDUCADORES.
En caso de constatarse el incumplimiento de las disposiciones del presente
Reglamento por parte de una Comisión Regional de Selección de Educadores, la
instancia que le ha habilitado procederá a la suspensión temporaria del
funcionamiento de la misma, previa investigación y posterior Resolución, en un
plazo que no podrá superar los cinco días hábiles.
Elevar un informe a S.E. quien podrá anular parcial o totalmente todo el proceso.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 11
Art. 14 DE LAS SECRETARÍAS DE LAS COMISIONES DE SELECCIÓN DE
EDUCADORES.
Cada Comisión de Selección de Educadores tendrá una Secretaría designada por la
misma, que deberá:
a. Verificar, Recepcionar e Inscribir a los postulantes con los documentos
pertinentes otorgando constancia de inscripción del Concurso Público de
Oposición.
b. Foliar, autenticar, clasificar, archivar y conservar las documentaciones de la
Comisión de Selección de Educadores correspondiente.
c. Remitir la documentación requerida por las instancias correspondientes
debidamente registradas y foliadas.
d. Guardar registro de las comunicaciones, registros digitales, misivas, oficios y
otras documentaciones remitidas y recibidas por la Comisión de Selección de
Educadores.
e. Recepcionar los recursos interpuestos por el/los postulante/s y elevar a las
Comisiones de Selección de Educadores.
f. Labrar actas de las sesiones de la Comisión de Selección de Educadores, la cual
suscribirá con el presidente y los demás miembros.
g. Suscribir con el/la Presidente/a documentos a ser expedidos a favor del
interesado en nombre de la instancia.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 12
Capítulo 2
DEL CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN
Art. 15 DEL CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN Y SUS ETAPAS.
Concurso Público de Oposición es el proceso por el cual se selecciona a los/as
educadores/as que demuestran a través de la evaluación documental y de la
evaluación de conocimientos, reunir los requerimientos establecidos en éste
reglamento para ocupar cargos de educador/a en instituciones educativas de gestión
oficial.
El Concurso Público de Oposición contempla las siguientes etapas:
a) Etapa de Certificación Documental: valoración de los antecedentes
académicos, experiencia laboral y méritos de los postulantes.
b) Etapa de Evaluación de Competencias generales y específicas de los
postulantes que incluye: pruebas escritas y orales.
c) Etapa de Proclamación del Ganador/a del Concurso Público de Oposición.
Art.16 DE LA CONVOCATORIA DE LOS CONCURSOS PÚBLICOS DE
OPOSICIÓN.
La Dirección General de Gestión de Talento Humano, previa verificación con las
Direcciones de Niveles Educativos correspondientes, proveerá periódicamente a la
Comisión Nacional de Selección de Educadores la lista oficial de cargos
concursables. Una vez asignada la Convocatoria y recibida la lista oficial, la
Comisión Nacional de Selección de Educadores deberá convocar a Concurso
Público de Oposición conforme al cronograma establecido.
Art. 17 DE LAS PUBLICACIONES.
Las Comisiones de Selección de Educadores, procederán a publicar por todos los
medios disponibles la correspondiente convocatoria a Concurso Público de
Oposición de cargos interinos, creados o vacantes. Deberán realizar las
publicaciones en: gobernaciones, oficinas de supervisión de apoyo pedagógico,
control administrativo y en las coordinaciones departamentales, por un plazo de
cinco días hábiles, debiendo documentarse de tales actuaciones.
En las publicaciones de convocatoria a Concurso Público de Oposición deberán
consignarse los siguientes datos:
a. Fecha y número de convocatoria.
b. Denominación del cargo.
c. Nombre, lugar y código de la institución afectada.
d. Turno/s correspondiente/s.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 13
e. Categoría, carga horaria por área y disciplina, asignación salarial.
f. Plazo, hora y lugar de inscripción.
g. Fecha y hora de la evaluación.
h. Fecha y lugar de la presentación del Proyecto en medio digital y/o impreso.
Art. 18 DE LOS REQUISITOS FUNDAMENTALES PARA LA INSCRIPCIÓN EN
UN CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN.
Para inscribirse a un Concurso Público de Oposición, los/las educadores/as deberán
poseer nacionalidad paraguaya y presentar en tiempo y forma, las siguientes
documentaciones:
a) Fotocopia autenticada de Cédula de Identidad Civil.
b) Certificación Documental original.
c) Formulario de solicitud de inscripción al Concurso Público de Oposición
debidamente llenado, aclarando por orden de prioridad los cargos de su
preferencia.
Art. 19 DE LOS DERECHOS Y DEBERES DE LOS/LAS EDUCADORES/AS
INSCRIPTOS A UN CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN.
Los/as educadores/as, inscriptos/as en un Concurso Público de Oposición para la
selección de postulantes para un cargo en concurso, tienen derecho a:
Participar de un Concurso Público de Oposición desarrollado bajo las condiciones
estipuladas por éste reglamento:
a) Solicitar la revisión de la corrección de la Hoja de Respuesta, una vez
publicados los resultados de las pruebas escritas, y recibir las aclaraciones
pertinentes en el tiempo establecido.
b) En caso de que se haya presentado en más de un cargo y haya obtenido el
mayor puntaje en todos los cargos en concurso, tendrá derecho a optar por el
cargo de su preferencia, una vez publicada la planilla preliminar de puntaje de
la Prueba Escrita y Certificación Documental dentro de un periodo de 6 (seis)
horas.
c) En caso de renuncia del postulante que haya obtenido el mayor puntaje, se
asignará en orden de prelación al siguiente postulante con mayor porcentaje
inscripto por el/los cargo/s, dentro de un plazo de 12 horas.
Los educadores postulantes a cargos, inscriptos en un Concurso Público de
Oposición tienen el deber de:
a) Conocer el Reglamento de Concurso Público de Oposición para la Selección
de Educadores y el cronograma del Concurso.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 14
b) Cumplir todos los requerimientos para su inscripción en el Concurso Público
de Oposición.
c) Presentarse puntualmente a las sesiones de evaluación establecidas, so pena de
perder el derecho a ser evaluado.
d) Presentar documento de identidad civil para el ingreso a la sala de
evaluaciones.
e) Cumplir todas las instrucciones establecidas para la etapa de Evaluación de
Competencias.
f) Notificarse personalmente o por apoderado de los resultados del Concurso
Público de Oposición.
En los casos excepcionales de aquellos cargos convocados que cuenten con
interesados sin el perfil establecido en la presente reglamentación y se encuentren
en zonas alejadas; a los efectos de su inclusión como postulante en la convocatoria
(siempre y cuando no existan docentes inscriptos con perfil), manifestaran por
escrito su interés a participar de la convocatoria en el plazo establecido para la
inscripción. La Comisión de Selección respectiva remitirá en un plazo perentorio
de 24 horas las documentaciones respaldatorias del interesado a la Dirección
General de Gestión del Talento Humano para la elaboración del informe
correspondiente.
Art. 20 DE LA FORMACIÓN DE LOS EXPEDIENTES DEL CONCURSO
PÚBLICO DE OPOSICIÓN.
El expediente del Concurso Público de Oposición se formará con copia de:
a) Resolución de reconocimiento de la Comisión de Selección de Educadores.
b) Acta de Convocatoria a Concurso Público de Oposición.
c) Publicaciones/divulgación de la convocatoria a Concurso Público de
Oposición.
d) Formulario de inscripción del postulante al Concurso Público de Oposición.
e) Copia autenticada de la Constancia de Certificación Documental.
f) Acta de todo el proceso de Concurso Público de Oposición.
g) Planillas de resultados de las evaluaciones.
h) Planillas de resultados finales del Concurso Público de Oposición,
especificando ganador/es por cargo.
i) Planilla de docentes que aprobaron la prueba escrita será integrado en el
sistema informático del Ministerio de Educación y Cultura (SIGMEC).
j) Registro de notificación del resultado del Concurso Público de Oposición a la
Comisión Nacional de Selección de Educadores.
El expediente debe estar al resguardo de la instancia administrativa
correspondiente. Esto es, Viceministerio de Educación para el Desarrollo
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 15
Educativo para la Comisión Nacional de Selección de Educadores y Supervisión de
Control y Apoyo Administrativo en el caso de las Comisiones Regionales de
Selección.
Art. 21 DE LAS DOCUMENTACIONES PARA LA GESTIÓN DEL MOVIMIENTO
DEL PERSONAL PARA LOS/LAS GANADORES/AS DE CONCURSO
PÚBLICO DE OPOSICIÓN.
a) Copia del Acta de Selección, en el cual consta la declaración de ganadores/as
autenticada por la secretaría de las Comisiones de Selección de Educadores.
b) Copia autenticada de la planilla de resultados finales.
c) Contrato de trabajo del ganador/a del Concurso Público de Oposición.
d) Documentaciones del Ganador/a del Concurso Público de Oposición,
pertinentes para la gestión del movimiento de personal.
Las documentaciones del Ganador/a del Concurso Público de Oposición deberán
ser remitidas, a través de las Supervisiones de Control y Apoyo Administrativo, a
la Dirección General de Gestión del Talento Humano del Ministerio de Educación
y Cultura para su procesamiento.
Art. 22 DEL ACTA DEL CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN.
El acto del Concurso Público de Oposición deberá asentarse en un Acta, que
deberá consignar:
a) Lugar, fecha y hora de las reuniones de la Comisión de Selección de
Educadores.
b) Nómina de los miembros de la Comisión de Selección de Educadores,
presentes.
c) Nómina de los miembros de la Comisión de Selección de Educadores
ausentes, sean éstas justificadas o no.
d) Cargos convocados; especificando el cargo, rubro, categoría, turno,
asignación, nivel, modalidad, grado, curso, áreas y/o disciplina.
e) Nómina de postulantes inscriptos con sus respectivos puntajes de certificación
documental para el Concurso Público de Oposición.
f) Nómina de postulantes presentes en las evaluaciones de acuerdo al cargo
concursado.
g) Planillas de resultados de las evaluaciones escritas, o escritas y orales
aplicadas.
h) Planillas de resultados finales de las Etapas de Certificación Documental y la
Etapa de Evaluaciones de Conocimientos.
i) Declaración del o los ganador/es, especificando institución, cargo, rubro,
categoría, turno, horas, asignación, nivel, modalidad o énfasis, grado, curso y
áreas y/o disciplina.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 16
j) Declaración de cargos no cubiertos, especificando institución, cargo, rubro,
categoría, turno, horas, asignación, nivel, modalidad o énfasis, grado, curso y
áreas y/o disciplina.
k) Las decisiones tomadas por la Comisión de Selección de Educadores ante los
casos emergentes durante el proceso del Concurso Público de Oposición.
Art.23 DEL RECURSO DE REVOCATORIA.
Procederá la interposición del recurso de revocatoria por escrito fundado en contra
de las resoluciones emanadas por las Comisiones de Selección de Educadores,
dentro de los tres días hábiles siguientes de las resoluciones tomadas. La Comisión
de Selección de Educadores que haya dictado la resolución realizará la valoración
de los argumentos expuestos y analizará los documentos obrantes en el
expediente, pudiendo ratificar su decisión o revocarla por contrario imperio dentro
de las cuarenta y ocho horas hábiles siguientes.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 17
Capítulo 3
DE LA ETAPA DE EVALUACIÓN DE CONOCIMIENTOS GENERALES Y
ESPECÍFICOS DE LOS POSTULANTES
Art.24 DE LOS PROCEDIMIENTOS E INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN.
En los Concursos Públicos de Oposición, para la evaluación de los conocimientos
generales y específicos de los postulantes, serán administradas pruebas escritas y
orales.
En las pruebas escritas, se incluirán la evaluación de los conocimientos requeridos
y congruentes a las necesidades del cargo, que como mínimo deberá contemplar:
conocimiento comunicacional en los idiomas oficiales del país (castellano,
guaraní), conocimientos disciplinarios, conocimientos pedagógicos/gestión,
legislaciones afines a la educación.
La evaluación oral consistirá en la defensa de la resolución de situaciones
problemáticas planteadas, o de un proyecto de mejoramiento del servicio
educacional.
Art.25 DE LAS PONDERACIONES EN LAS EVALUACIONES EN EL CONCURSO
PÚBLICO DE OPOSICIÓN.
Para los cargos de coordinación departamental de supervisión educativa y
supervisión educativa, sobre un total de cien por ciento posibles, los antecedentes
académicos y de experiencia laboral del educador expresados en la Constancia de
Certificación Documental, tienen una ponderación del treinta por ciento del
porcentaje total; la evaluación de los conocimientos generales y específicos a
través de pruebas escritas el cuarenta por ciento, y treinta por ciento para la prueba
oral. Los postulantes que aprueben la evaluación escrita, deberán elaborar un
proyecto de mejoramiento de la gestión relativa al cargo para su defensa oral.
Para los cargos directivos, técnicos docentes y docentes de Institutos de
Formación Docente, sobre un total de cien por ciento posibles, los antecedentes
académicos y de experiencia laboral del educador expresados en la Constancia de
Certificación Documental, tienen una ponderación del treinta por ciento del
porcentaje total; la evaluación de los conocimientos generales y específicos a
través de pruebas escritas el cuarenta por ciento del porcentaje total, y la defensa
oral de las resoluciones a situaciones problemas (prueba oral), el treinta por ciento
del porcentaje total.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 18
Para los cargos docentes, sobre un total de cien por ciento posibles, los
antecedentes académicos y de experiencia laboral del educador expresado en la
Constancia de Certificación Documental, tienen una ponderación del treinta por
ciento del porcentaje total; la evaluación de los conocimientos generales y
específicos a través de prueba escrita, el cincuenta por ciento y la evaluación oral,
veinte por ciento.
Para los cargos directivos, técnicos docentes y docentes de la modalidad de
educación inclusiva, sobre un total de cien por ciento posibles, los antecedentes
académicos y de experiencia laboral del educador expresados en la Constancia de
Certificación Documental, tienen una ponderación del treinta por ciento del
porcentaje total; la evaluación de los conocimientos generales y específicos a
través de pruebas escritas el cuarenta por ciento del porcentaje total, y la defensa
oral de las resoluciones a situaciones problemas (prueba oral), el treinta por ciento
del porcentaje total.
Art. 26 DEL NIVEL DE EXIGENCIA DE RENDIMIENTO MÍNIMO EN LA
PRUEBA ESCRITA. El nivel de exigencia para el rendimiento mínimo en la prueba escrita, que evalúa
los conocimientos generales y específicos, es del 70 % (setenta por ciento). Éste
rendimiento mínimo es necesario para acceder a la prueba oral para todos los
cargos.
Art. 27 DEL NIVEL DE EXIGENCIA DE RENDIMIENTO MÍNIMO EN LA
PRUEBA ORAL.
El nivel de exigencia para el rendimiento mínimo en la prueba oral, es del 70 %
(setenta por ciento) para los cargos de coordinación departamental de supervisión
educativa y supervisión educativa.
Art.28 DE LOS PROCEDIMIENTOS EN LA EVALUACIÓN ORAL.
Para la prueba oral, se procederá de la siguiente manera:
a) Se agrupará a los postulantes según cargo en concurso.
b) Se asignará a cada grupo de postulantes un lugar físico para el trabajo
personal.
c) Se entregará a cada postulante una situación problema que deberá analizar en
forma personal por el término de treinta minutos.
d) Presentará los argumentos de la resolución dada al caso planteado, en forma
oral, ante los miembros de la Comisión de Selección de Educadores,
designados para el efecto.
e) El postulante a cargo de coordinador departamental de supervisión educativa
y/o supervisión educativa presentará el proyecto de mejoramiento del servicio
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 19
educativo en forma oral y con apoyo de la tecnología, ante los miembros de la
Comisión de Selección de Educadores, designados para el efecto. Se evaluará
la defensa oral del proyecto, no el formato impreso del mismo.
f) La mesa examinadora será integrada con tres a cinco miembros.
g) La mesa examinadora para la modalidad de Educación Inclusiva, deberá
contar con la presencia de uno de los integrantes de la Dirección General de
Educación Inclusiva que se encuentra dentro de la Resolución de
conformación de la Comisión Nacional de Selección de Educadores.
h) La mesa examinadora, en sesión reservada, deberán evaluar el desempeño
del/la postulante en la resolución y defensa oral, de la situación problemática o
proyecto, buscando siempre el consenso sobre el puntaje a asignar a cada
postulante, en función a la competencia en evaluación, y registrar el resultado
de la evaluación en la Lista de Cotejo correspondiente.
i) Firmar y aclarar la firma de cada miembro de la mesa examinadora, presente
en la sesión de defensa oral.
j) Al término de la defensa oral, la mesa examinadora deberá informar al
postulante el puntaje que le fue asignado en la evaluación oral.
k) La mesa examinadora, a petición del postulante, deberá brindar aclaraciones,
en forma oral, inmediatamente después del acto, sobre los puntajes que le
fueron asignados en la defensa oral.
Art. 29 DE LA CALIFICACIÓN FINAL DEL POSTULANTE.
La calificación final de los postulantes a cargos concursados en las respectivas
Comisiones de Selección, se obtendrá de la sumatoria de los porcentajes: de la
Certificación Documental; la evaluación de conocimientos generales y específicos
(prueba escrita), y la evaluación oral.
Art. 30 DE LOS CASOS DE IGUALDAD EN LA CALIFICACIÓN FINAL DE LOS
POSTULANTES
De producirse puntajes iguales como resultado de la sumatoria de las evaluaciones
entre dos o más postulantes se definirá el resultado final conforme al siguiente
orden de prioridad, al:
1º. Postulante que obtenga mayor puntaje en la Certificación Documental.
2º. Postulante que obtenga mayor puntaje en la Evaluación de Conocimiento
(Prueba Escrita).
3º. Postulante que obtenga mayor puntaje en la Evaluación Oral (Coordinador,
Supervisor, Director, Docentes Técnicos, Educación Inclusiva).
De persistir la igualdad se procederá a una evaluación oral de un Estudio de caso,
conforme a los procedimientos establecidos en éste Reglamento de Selección.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 20
Art. 31 DE LA DECLARACIÓN DEL GANADOR DEL CONCURSO PÚBLICO DE
OPOSICIÓN.
Cumplido los plazos y procedimientos establecidos, la Comisión de Selección de
Educadores respectiva, dentro de las cuarenta y ocho horas procederá a la
Declaración de Ganadores/as del Concurso Público de Oposición.
Art. 32 DE LA REMISIÓN DE DOCUMENTOS
Remisión de los antecedentes de la Convocatoria de la Comisión de Selección de
Educadores en medio digital e impreso que avalen el proceso de Concurso
debidamente autenticado por el Presidente del cuerpo colegiado a la Dirección de
Concurso Público de Oposición; los mismos se detallan a continuación:
a) Copia del acta
b) Lista de cargos publicados correspondientes a la Región
c) Nómina de inscriptos
d) Lista preliminar de puntajes
e) Planilla de Ganadores
f) Planilla de cargos no cubiertos y desiertos.
Art. 33 DE LOS PASOS A CUMPLIR EN EL ACTO DE EVALUACIÓN DE LOS
CONOCIMIENTOS DE LOS POSTULANTES POR PARTE DE LA
COMISIÓN DE SELECCIÓN DE EDUCADOR.
En la aplicación de la prueba escrita y la defensa oral deben cumplirse los
siguientes pasos:
a) Apertura del acto de evaluación, por la Comisión de Selección de Educadores
respectiva, en la fecha y hora establecida.
b) Consignación en el Acta de la nómina de postulantes inscriptos, y el
porcentaje alcanzado por cada uno de ellos en la valoración de antecedentes
académicos y experiencia, que consta en la Certificación Documental.
c) Verificación de la identidad de los postulantes inscriptos.
d) Registro de asistencia de los postulantes inscriptos.
e) Consignación en el Acta de la nómina de postulantes inscriptos ausentes al
acto de evaluación.
f) Aplicación de la prueba escrita.
g) Corrección de la prueba escrita (manual o por lector óptico) por parte de la
Comisión de Selección de Educadores, en cuarto intermedio, asentada en el
Acta.
h) Consignación en el Acta de los puntajes alcanzados por los postulantes en la
prueba escrita.
i) Elaboración de la planilla de resultados de la prueba escrita y publicación de la
misma, en la sede de la secretaria de la comisión; consignando el puntaje
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 21
obtenido por los mismos, identificados por el número de documento de
identidad civil.
j) Los postulantes podrán solicitar la revisión de los resultados de las pruebas
escritas, dentro de las 6 horas hábiles de publicados los resultados.
k) Recepción y tratamiento de las solicitudes de revisión de las pruebas escritas.
l) Convocatoria a prueba oral a los postulantes que hayan obtenido como
mínimo el 70% (setenta por ciento) en la prueba escrita.
m) Desarrollo de la defensa oral por parte de los postulantes que aprobaron la
prueba escrita.
n) Consignación en el Acta del porcentaje obtenido por cada postulante en la
defensa oral.
o) Sumatoria de los resultados obtenidos por postulante en cada etapa del
Concurso Público de Oposición: certificación documental, prueba escrita y
prueba oral.
p) Consignación en el Acta de la nómina de postulantes, según los resultados
finales obtenidos, ordenada de mayor a menor porcentaje, indicando: cargo,
rubro, categoría, cantidad, turno, asignación, nivel, modalidad e institución.
q) Declaración de ganadores.
r) Publicación de los resultados.
s) Suscripción del contrato correspondiente con el/la ganador/a del Concurso
Público de Oposición, y remisión a la Dirección General de Gestión del
Talento Humano de las documentaciones requeridas para la gestión del
movimiento del personal.
Art. 34 DE LA VIGENCIA DE LA CALIFICACIÓN FINAL OBTENIDA POR LOS
POSTULANTES
El resultado final obtenido por los postulantes en las evaluaciones del Concurso
Público de Oposición será integrado en el sistema informático del Ministerio de
Educación y Cultura (SIGMEC) y tendrá validez por el término de un año.
Los postulantes que hayan aprobado las evaluaciones podrán presentarse a las
posteriores convocatorias de la Comisión Nacional de Selección de Educadores a
concurso de oposición durante la vigencia del puntaje obtenido, previa
presentación de la constancia original expedida por la Dirección de Concurso
Público de Oposición.
Art. 35 PROCEDIMIENTOS PARA LA OPOSICIÓN DE CARGOS VACANTES Y
DE CREACIÓN DURANTE EL AÑO LECTIVO.
A través de La Dirección de Concurso Público de Oposición se informará durante
el año lectivo sobre los cargos vacantes (proveídos por la Dirección de Movimiento
de Personal y la Dirección de Control de Personal) y los cargos de creación
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 22
(proveídos por las respectivas Direcciones Generales de Nivel) de las diferentes
instituciones de todo el País a la Comisión Nacional de Selección de Educadores.
La Comisión Nacional de Selección de Educadores convocará a través de las
Comisiones Regionales a la Oposición.
Las Comisiones de Selección de Educadores, procederán a publicar por todos los
medios disponibles la correspondiente convocatoria a la Oposición de cargos
creados o vacantes. Deberán realizar las publicaciones en: gobernaciones, oficinas
de supervisión de apoyo pedagógico, control administrativo y en las
coordinaciones departamentales, por un plazo de cinco días hábiles, debiendo
documentarse de tales actuaciones.
En las publicaciones de convocatoria a Concurso Público de Oposición deberán
consignarse los siguientes datos:
Fecha y número de convocatoria.
Denominación del cargo.
Nombre, lugar y código de la institución afectada.
Turno/s correspondiente/s.
Categoría, carga horaria por área y disciplina, asignación salarial.
Plazo, hora y lugar de inscripción.
Podrán inscribirse en un plazo no mayor a cinco días a partir de la publicación de
los cargos a la oposición, los postulantes que aprobaron las evaluaciones y cuyos
datos se encuentren consignados dentro del sistema informático SIGMEC durante
la vigencia establecida en esta reglamentación.
Una vez finalizado el plazo para las inscripciones, la Dirección de Concurso
Público de Oposición en un plazo no mayor a 3 (tres) días, elevará a la Comisión
Nacional de Selección de Educadores la nómina de docentes que podrán acceder a
los cargos, para la declaración de ganadores.
Una vez realizada la declaración de ganadores la Dirección de Concurso Público de
Oposición remitirá copia de la misma a las Comisiones Regionales respectivas para
los fines pertinentes.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 23
Capítulo 4
DE LA ETAPA DE CERTIFICACIÓN DOCUMENTAL
Art.36 DE LA OBTENCIÓN DEL PUNTAJE DE LA CERTIFICACIÓN
DOCUMENTAL En la Constancia de Certificación Documental se hará constar la valoración de los
antecedentes académicos y laborales de los educadores, a través de la puntuación de
los títulos, certificados y constancias, así como los méritos y los años de experiencia
laboral, otorgándole el puntaje correspondiente y determinando los cargos a los
cuales puede acceder por Concurso Público de Oposición conforme al perfil de
competencias resultante de dichas valoraciones. Dichas Constancias serán expedidas
por la Dirección General de Gestión del Talento Humano, a través de la Dirección de
Matriculación, Certificación Documental y Escalafón, y de los Equipos Técnicos de
Certificación Documental instalados en las Coordinaciones Departamentales de
Supervisiones Educativas.
Art.37 DEBERES Y ATRIBUCIONES DEL DEPARTAMENTO DE
MATRICULACIÓN Y CERTIFICACIÓN DOCUMENTAL.
A ésta Dependencia de la Dirección General de Gestión del Talento Humano
corresponde:
a) Valorar los títulos, certificados, informes, antecedentes u otros documentos de
los/las educadores/as de todo el país, conforme a su legajo personal y a las
actualizaciones hechas por los mismos, y expedir la certificación documental con el
puntaje y el perfil correspondiente.
b) Solicitar a las instancias pertinentes, informes acerca de los documentos
presentados por los postulantes. Además, podrá remitir a dichas instancias las
documentaciones que considere pertinentes, con fines de verificación y cotejo.
c) Capacitar a los equipos técnicos de Certificación Documental de las
Coordinaciones Departamentales de Supervisiones Educativas.
Art. 38 DE LAS SOLICITUDES DE CERTIFICACIÓN DOCUMENTAL Las solicitudes de certificación documental podrán presentarse durante todo el año,
pero una vez inscripto el postulante a una Convocatoria, con una Constancia de
Certificación, no se admitirá que la misma sea cambiada por otra en el marco de esa
misma Convocatoria.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 24
Art.39 ACLARATORIA SOBRE LA CERTIFICACIÓN DOCUMENTAL
EXPEDIDA En caso de duda del contenido de la Certificación Documental expedida, la
Comisión Nacional de Selección de Educadores podrá solicitar aclaratoria,
revocatoria o rectificación en su caso a la instancia que la ha expedido, (Dirección
General de Gestión del Talento Humano, Coordinación Departamental de
Supervisiones Educativa) quien se expedirá dentro de un plazo no mayor a las 72
horas.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 25
Capítulo 5
a.- DE LA VALORACIÓN DE ANTECEDENTES ACADÉMICOS, MÉRITOS Y
EXPERIENCIA.
Las puntuaciones a otorgarse a las documentaciones presentadas por el postulante con
fines de Certificación Documental, serán atendidas según el siguiente procedimiento:
El procedimiento de Certificación Documental se basa en la definición de un
conjunto de CATEGORÍAS DE CUALIFICACIÓN, entendidas éstas como
los grados de una ocupación en cuanto a tecnicidad, complejidad, nivel de
responsabilidad y autonomía. Las categorías de cualificación se relacionan de
manera directa con las experiencias formativas teórico-prácticas necesarias para
ejercer una función educativa, y facilitan la adopción de esquemas de
ordenamiento para los puestos de trabajo disponibles en el Sistema Educativo
Nacional.
Con fines de organización de la amplia diversidad formativa vigente en el país,
se propone una estructura jerárquica sobre la base de niveles reconocidos por
diversos organismos internacionales como marco de referencia para cualquier
sistema de clasificación de las calificaciones laborales. El resultado de esta
estructura se esquematiza a continuación:
Las categorías así establecidas se formalizan a través de una diversidad de
documentos, que reconocen al titular; conocimientos, habilidades, actitudes y/o
valores requeridos para el ejercicio de funciones educativas con diferentes
grados de complejidad, responsabilidad y autonomía.
En la página siguiente, se describen las características de las actividades de
aprendizaje y los alcances en el desarrollo de competencias que tienen lugar en
cada una de estas categorías:
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 26
CATEGORÍAS CARACTERÍSTICAS
CAT 1
Actualización
Laboral
Corresponde a conocimientos y habilidades adquiridos a través
de una diversidad de instancias (seminarios, talleres, foros,
congresos, simposios, paneles, jornadas, pasantías, etc.).
Pueden eventualmente incorporar estrategias de evaluación final
y por lo general se reconocen de manera oficial a través de
documentos denominados constancias u otros documentos de
participación con carga horaria.
CAT 2
Formación Laboral –
Profesional
En esta categoría se ubican, por ejemplo, los títulos o diplomas
(acompañados de su certificado de estudios) y demás cursos de
formación laboral-profesional del sistema no formal, que son
producto de ciclos formativos avalados por las Direcciones
correspondientes del Ministerio de Educación y Cultura y/o
instituciones legalmente reconocidas.
CAT 3
Técnicos de Nivel
Medio
Corresponde a las titulaciones otorgadas como resultado de
experiencias formativas en alguna de las modalidades del Nivel
Medio, las cuales califican para el ejercicio de una actividad
productiva en especialidades reconocidas por el Ministerio de
Educación y Cultura.
CAT 4
Tecnólogos
Corresponde a las formaciones reguladas y orientadas al
ejercicio de una profesión determinada.
Las competencias asociadas a esta categoría exigen formaciones
en Universidades, Instituciones Superiores e Institutos
Formadoras de Educadores formalmente reconocidas en el país.
La formación inicial de maestros para todos los niveles
educativos, las especializaciones docentes de nivel terciario no
universitario, la formación de Técnicos Superiores y Tecnólogos
de nivel universitario y no universitario.
CAT 5
Profesionales de
Grado
Corresponde a una formación de educación superior con una
duración mínima en carga horaria que será establecida por las
autoridades competentes, sobre la base de la legislación vigente
y los tratados internacionales suscritos en el ámbito regional o
mundial. Se incluyen las formaciones reguladas orientadas al
ejercicio de una profesión determinada y consistente en un ciclo
de estudios post-secundarios cursado en una Universidad o
Instituto Superior legalmente reconocido en el país.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 27
CAT 5.1
Profesionales de
Grado de la
Educación
Corresponde a una formación de educación superior con una
duración mínima en carga horaria que será establecida por las
autoridades competentes, sobre la base de la legislación vigente
y los tratados internacionales suscritos en el ámbito regional o
mundial.
CAT 6
Profesionales de
Postgrado
Corresponde a una formación de educación superior
caracterizada por conocimientos especializados que requieren
formación universitaria de base concluida en cualquiera de las
Universidades e Institutos Superiores legalmente reconocidos.
Algunos ejemplos de titulaciones en esta categoría son los
postgrados: especializaciones, maestrías, doctorados y estudios
post-doctorales.
b.- DE LA VALORACIÓN DE CICLOS O INSTANCIAS FORMATIVAS.
Para valorar de manera equilibrada los ciclos o instancias formativas de los
candidatos/as a cargos directivos o docentes, se requiere una delimitación precisa
de algunos conceptos fundamentales normalizados en el marco de la formación
para el trabajo. Con esta intención, se establecen las definiciones de los siguientes
términos:
CONSTANCIAS Y CERTIFICADOS DE CAPACITACIÓN: Validación
mediante documento público expedido por las autoridades laborales,
organismos de formación o personas autorizadas; de los conocimientos,
destrezas, actitudes y comportamientos que un trabajador ha adquirido o
consolidado para el ejercicio de una actividad productiva determinada.
TITULACIÓN: Procedimiento a través del cual la autoridad competente
expide un documento público que acredita a su titular el haber concluido un
ciclo de estudios con una carga horaria mínima en un Centro de Formación de
Nivel Medio o Superior, a través del cual ha adquirido las calificaciones
profesionales requeridas para acceder a una profesión.
Sobre la base de estas acepciones, se propone una lógica que discrimina las
competencias y funciones de los puestos de trabajo y las vincula de manera
directa con las categorías establecidas y los procesos formales de
documentación académica. Esta propuesta permite construir un sistema de
ponderación diferenciada de ciclos o eventos formativos reconocidos mediante
constancias de participación, certificados o títulos. En el primer y segundo
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 28
caso, se juzgan tanto la extensión en términos de carga horaria como la
categoría asociada a los mismos, mientras que en el tercero, cuarto y quinto se
adopta un puntaje unificado por titulación, sobre la base de una carga horaria
mínima establecida oficialmente para la categoría, a excepción de los
postgrados y habilitaciones pedagógicas, que se otorgará el puntaje según la
carga horaria que específica el certificado de estudio.
Por otra parte, se evidencia la necesidad de un procedimiento discriminatorio
que permita racionalizar los procesos de asignación de puntajes a través de
reglas específicas, otorgando de este modo una justa medida de transparencia y
objetividad al reconocimiento de los méritos académicos obtenidos por los
postulantes a cargos directivos y docentes. Tal procedimiento comprende la
ejecución ordenada de un número determinado de pasos que se describen a
continuación:
IDENTIFICACIÓN DEL TIPO DE DOCUMENTACIÓN: En este caso,
corresponde analizar si el postulante es portador de una constancia de
participación, una certificación laboral o un título profesional. Este análisis se
llevará a cabo de acuerdo a las definiciones adoptadas oficialmente por el
Ministerio de Educación y Cultura y a otros criterios ampliatorios a ser
definidos por las autoridades competentes designadas para este efecto.
IDENTIFICACIÓN DE LA CATEGORÍA DEL CICLO O INSTANCIA
FORMATIVA: Se realizará de acuerdo a las características de la
documentación obtenida y del establecimiento educativo que expide el
documento. En este punto, es probable una eventual valoración de los
antecedentes académicos del postulante a partir de un análisis del programa del
ciclo o instancia formativa que acredita la documentación.
PONDERACIÓN DEL CICLO O INSTANCIA FORMATIVA: De
acuerdo a la carga horaria total, se valora en forma ponderada la categoría en
que se ha desarrollado el ciclo o instancia formativa. La necesidad de una
ponderación se sustenta en el reconocimiento de los diversos grados de
complejidad de las experiencias académicas y da origen a un factor numérico
cuyo valor se corresponde con el orden de magnitud de las cargas horarias
usuales, para los ciclos o instancias formativas de la educación formal y no
formal.
Los factores de ponderación así definidos adquieren una diferenciación
progresiva y unitaria entre niveles, y en los casos pertinentes, se desdoblan en
dos o tres sub-factores equidistantes.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 29
VALORACIÓN DEL CICLO O INSTANCIA FORMATIVA: La siguiente
tabla resume el conjunto de reglas a ser aplicadas para la asignación de
puntajes a las titulaciones y certificaciones profesionales en la selección de
personal docente:
CATEGORÍAS REGLA
CAT 1 F
Capacitación
Laboral
CONSTANCIA SIN EVALUACIÓN
Se multiplica la carga horaria total para las instancias formativas en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,001.
CONSTANCIA CON EVALUACIÓN
Se multiplica la carga horaria total para las instancias formativas en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,0015.
CAT 2 E
Formación Laboral
Se computa la carga horaria total del curso certificado en horas de 60
minutos y se multiplica el resultado por el factor 0,002.
CAT 3 D
Técnicos de Nivel
Medio
BACHILLER CIENTÍFICO O EQUIVALENTE
Se multiplica la carga horaria mínima establecida para los cursos
titulados en esta categoría, en horas de 60 minutos, por el factor
0,002.
(con un mínimo de 2400 horas de formación), dando un resultado de
4.8
BACHILLER TECNICO O EQUIVALENTE
Se multiplica la carga horaria mínima establecida para los cursos
titulados en esta categoría, en horas de 60 minutos, por el factor
0,0021.
(con un mínimo de 2800 horas de formación), dando un resultado de
5.9
CAT 4 C
Tecnólogos
CARRERAS DE PRE-GRADO (con un mínimo de 2400 horas de
formación)
Se multiplica la carga horaria mínima para los cursos titulados en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,004, dando
un resultado de 9.6.
FORMACIÓN DOCENTE INICIAL (con un mínimo de 2800 horas
pedagógicas de formación).
FORMACIÓN DOCENTE PROFESIONALIZADO (con un mínimo
de 1800 horas pedagógicas de formación)
TECNICATURAS
a). (con un mínimo de 2400 horas de formación)
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 30
Se multiplica la carga horaria mínima para los cursos titulados en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,004, dando
un resultado de 9.6.
b). (con un mínimo de 1900 horas de formación)
Se multiplica la carga horaria mínima para los cursos titulados en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,004, dando
un resultado de 7,6.
TÍTULOS DE PROFESORES ELEMENTALES (con un mínimo
de 2400 horas de formación)
Se multiplica la carga horaria mínima para los cursos titulados en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,004, dando
un resultado de 9.6.
HABILITACIÓN PEDAGÓGICA
Se multiplica la carga horaria establecida en el certificado de estudio
de la carrera para los cursos titulados en esta subcategoría, en horas
de 60 minutos, por el factor 0,0043.
FORMACIÓN DOCENTE (con un mínimo de 3500 horas de
formación).
Se multiplica la carga horaria mínima para los cursos titulados en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,0046, dando
el resultado de 16,1.
TÍTULO DE PROFESORES SUPERIORES (con un mínimo de
3500 horas de formación)
Se multiplica la carga horaria mínima para los cursos titulados en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,0046, dando
el resultado de 16,1.
ESPECIALIZACIÓN DOCENTE (con un mínimo de 1000 horas de
formación) 10,98
ESPECIFICACIÓN DOCENTE (con un mínimo de 1600 horas de
formación) 7.84
Se multiplica la carga horaria mínima para los cursos titulados en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,0049.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 31
NIVELES REGLA
CAT 5 B
Profesionales de
Grado
(con un mínimo de
2700 horas de
formación)
CARRERAS DE GRADO
Se multiplica la carga horaria mínima (2700 horas reloj) para los
cursos titulados en esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el
factor 0,006, dando un resultado de 16.2.
CARRERAS DE GRADO( EQUIPARADA)
Se multiplica la carga horaria mínima para los cursos titulados en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,006, dando
un resultado de 12,15
CARRERAS DE GRADO DE LA EDUCACIÓN
Se multiplica la carga horaria mínima para los cursos titulados en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,0065, dando
un resultado de 17,55
CARRERAS DE GRADO DE LA EDUCACIÓN Y
FORMACIÓN DOCENTE
( EQUIPARADA)
Se multiplica la carga horaria mínima para los cursos titulados en
esta subcategoría, en horas de 60 minutos, por el factor 0,0065, dando
un resultado de 13,1.
CAT 6 A
Profesionales de
Postgrado
CURSOS DE POSTGRADO
Se multiplica la carga horaria establecida en el certificado de estudio
del curso titulado en horas de 60 minutos y se multiplica el resultado
por el factor 0,007.
CURSOS DE POSTGRADOS EN EDUCACIÓN
Se multiplica la carga horaria establecida en el certificado de estudio
del curso titulado en horas de 60 minutos y se multiplica el resultado
por el factor 0,0075.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 32
c.- CASOS ESPECIALES:
CARRERAS INCONCLUSAS:
Se puntuaran por cada año aprobado, según Certificado de Estudios, para los
casos de carreras de: FORMACION DOCENTE, MAESTRIAS,
ESPECIALIZACIONES, GRADO Y POSTGRADO, según lo que establece
cada categoría.
CARRERAS INCONCLUSAS EQUIPARADAS O CONVALIDADAS:
Para estos casos es igual equiparar o convalidar 1 o 2 materias o 1 semestre
completo. Se puntuaran por cada año aprobado según lo que establece cada
categoría.
El procedimiento a seguir en este caso se describe a continuación:
Establecer el número total de horas de los cursos aprobados y la carga
horaria total de la carrera, HCA y CHT respectivamente.
Calcular el puntaje total que corresponde a la carrera, de acuerdo a la
regla prevista en cada CAT.
Utilizar la siguiente fórmula para calcular el puntaje asignado a la
carrera:
P.C.I. = PA x HCA
CHT
Donde:
PA = Puntaje asignado a la carrera de acuerdo a la regla
establecida para cada nivel.
PCI = Puntaje de la carrera inconclusa.
HCA = Número total de horas por año cursado y aprobado.
CHT = Carga horaria total de la carrera según la regla establecida
para cada nivel.
OBSERVACIONES:
En los casos que no se hayan consignado las cargas horarias de las constancias
de participación o titulaciones de postgrado, se considerará 4 (cuatro) horas por
cada día hábil.
Para valorar las carreras inconclusas sin carga horaria consignada, se
considerará 4 (cuatro) horas por cada día hábil de los años cursados.
Solo se puntuarán las carreras completas que presenten títulos acompañado de
su respectivo certificado de estudio.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 33
En caso que las carreras presenten titulaciones intermedias, se puntuará el título
máximo obtenido por el postulante.
Los documentos presentados para la certificación documental deberán contar
con el sello de registro de la Dirección General de Educación Superior.
La experiencia docente en aula en instituciones de gestión oficial, privadas
subvencionadas y privadas, será considerada únicamente presentando copia
autenticada del Cuadro de Personal o Constancia avalada por el Supervisor de
Apoyo y Control Administrativo de la Región.
La experiencia en cargos directivos en instituciones de gestión oficial, privadas
subvencionadas y privadas, será considerada únicamente presentando copia
autenticada de la Resolución Ministerial o Resolución del Nivel
correspondiente.
La experiencia en cargos directivos como encargado de despacho en
instituciones de gestión oficial y privadas subvencionadas, será considerada
únicamente presentando copia autenticada de la Resolución del Nivel
correspondiente.
d.- DE LOS TÍTULOS, CERTIFICADOS Y CONSTANCIAS A SER
CONSIDERADOS EN EL CONCURSO PÚBLICO DE OPOSICIÓN.
Los títulos académicos a nivel de grado y postgrado deberán ser expedidos por
Universidades o Institutos Superiores creados por Ley de la Nación, en el caso
de las Universidades en cualquiera de las ramas del conocimiento y en el caso
de los Institutos Superiores en un campo específico del saber. Las carreras que
otorgan títulos de grado y postgrado, para su valoración, deberán estar
aprobadas por la instancia responsable y registrada por la Dirección General de
Educación Superior del Ministerio de Educación y Cultura.
Para el caso de los títulos de pregrado académico en el campo de la educación,
expedido por las Universidades y los Institutos Superiores, deberán ajustarse a
las disposiciones dictadas sobre el particular por el Ministerio de Educación y
Cultura y registrar en la Dirección General de Educación Superior del
Ministerio de Educación y Cultura.
Los títulos de pregrado, para su valoración, deberán ser expedidos por las
Instituciones de Formación Profesional del Tercer Nivel, los Institutos de
Formación Docente o aquellos Institutos Técnicos que brindan formación
profesional y reconversión permanente en las diferentes áreas del saber técnico
y práctico, habilitando para el ejercicio de una profesión. Para su
funcionamiento deberán ser autorizados por el Ministerio de Educación y
Cultura a través de sus direcciones de nivel correspondiente.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 34
Entre los títulos de pregrado serán considerados los profesorados de Educación
Inicial, Educación Escolar Básica 1º, 2º y 3º Ciclo y Educación Media, las
especializaciones pos-profesorados, tales como: Especialista en Evaluación
Educacional o Educativa, Especialista en Evaluación Institucional, Especialista
en Educación Intercultural Bilingüe, Especialista en Gestión Educativa o
Institucional, Especialista en Educación Ambiental y Desarrollo Sostenible,
Especialista en Metodología de la Investigación y Especialista en Ciencias
Sociales y Ciudadanía, Especialista en Lengua y Literatura Castellana –
Guaraní, Especialista en Educación Artística, Especialista en Desarrollo
Personal y Social con énfasis en Orientación y Tutoría,. Orientador
Educacional y Vocacional, Administración Educacional, Técnico en Educación
Bilingüe y Educación Inicial entre otros. En ningún caso serán considerados
títulos de pregrado, grado y postgrado de instituciones educativas que no
tengan la habilitación correspondiente.
Los títulos y certificados de formación profesional deberán ser expedidos por
las instituciones habilitadas por el Ministerio de Educación y Cultura para el
efecto.
Las constancias de participación, deberán ser expedidas por instituciones u
organismos oficialmente reconocidos.
Las carreras inconclusas deberán ser documentadas mediante los certificados
de estudios y las constancias correspondientes. Se considerará solamente los
años aprobados.
Los títulos y certificados de estudios obtenidos en el extranjero deberán pasar
por los registros de reconocimiento en las instancias correspondientes
(Dirección General de Educación Superior y/o Rectorado de la Universidad
Nacional de Asunción).
OBSERVACIÓN: Excepcionalmente para la Convocatoria Nº 01/12 la valoración de los
Méritos y la Valoración de la Experiencia (Avalados por Documentos correspondientes) se
regirán según las puntuaciones de los cuadros que se detallan a continuación.
e.- DE LA VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS (AVALADOS POR
DOCUMENTOS CORRESPONDIENTES).
MÉRITO PUNTAJE ASIGNADO PUNTAJE MÁXIMO
Libros, folletos y revistas editados de
contenido pedagógico, avalados por el
Registro de Derechos Intelectuales. (se
excluyen los trabajos de grado)
1 punto
5 puntos
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 35
Mejor Egresado de nivel superior 1 punto 5 puntos
Experiencia en cargos directivos 1 punto por cada año
5 puntos
f.- DE LA VALORACIÓN DE LA EXPERIENCIA (AVALADA POR
DOCUMENTOS CORRESPONDIENTES)
Para valorar la experiencia el ejercicio de la función de educador, se aplicará
la siguiente escala:
ANTIGÜEDAD PUNTAJE ASIGNADO
De 1 a 5 años 1 Punto
De 6 a 10 años 2 Puntos
De 11 a 15 años 3 Puntos
De 16 a 20 años 4 Puntos
De 21 en adelante 5 Puntos
OBSERVACIÓN: A partir de las siguientes Convocatorias la valoración de los Méritos y la
Valoración de la Experiencia (Avalados por Documentos correspondientes) se regirán según
las puntuaciones de los cuadros que se detallan a continuación.
e.- DE LA VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS (AVALADOS POR
DOCUMENTOS CORRESPONDIENTES).
MÉRITO PUNTAJE ASIGNADO PUNTAJE MÁXIMO
Libros, folletos y revistas editados de
contenido pedagógico, avalados por el
Registro de Derechos Intelectuales. (se
excluyen los trabajos de grado)
1 punto
13 puntos
Mejor Egresado de nivel superior 1 punto 8 puntos
Experiencia en cargos directivos 1 punto por cada año
3 puntos
f.- DE LA VALORACIÓN DE LA EXPERIENCIA (AVALADA POR
DOCUMENTOS CORRESPONDIENTES)
Para valorar la experiencia el ejercicio de la función de educador, se aplicará
la siguiente escala:
ANTIGÜEDAD PUNTAJE ASIGNADO
De 1 a 10 años 1 Punto
De 11 a 20 años 2 Puntos
De 21 en adelante 3 Puntos
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 36
Capítulo 6
PERFIL ACADÉMICO, EXPERIENCIA Y COMPETENCIAS REQUERIDAS
SEGÚN CARGOS
DE LA FORMACIÓN ACADÉMICA, EXPERIENCIA Y COMPETENCIAS
REQUERIDAS SEGÚN CARGOS.
La formación académica, la experiencia y las competencias requeridas por cargo,
se establecen a continuación:
CARGO COORDINACION DEPARTAMENTAL DE SUPERVISIÓN
EDUCATIVA
Competencias requeridas
Capacidad de asumir tareas de alta responsabilidad.
Conocimiento de las políticas educativas, la estructura organizacional y funcional del
Sistema Educativo Nacional.
Capacidad de liderar para el logro de metas y objetivos educativos.
Conocimientos de planificación, organización, supervisión y evaluación de procesos
educativos.
Conocimientos acerca de mecanismos de gestión de calidad en educación.
Capacidad de dirección, motivación, negociación, construcción de alianzas,
vinculación social efectiva y toma de decisiones informadas.
Conocimientos sobre gestión pedagógica y administrativa.
Conocimientos de legislación en el ámbito educacional.
Capacidad para mediar y administrar conflictos.
Alta tolerancia a la frustración.
Capacidad de trabajo en equipo.
Comunicación efectiva en los dos idiomas oficiales del país.
Manejo de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.
Predisposición para la rendición de cuentas sobre su desempeño profesional.
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA REQUERIDA
Formación Académica:
Título de Formación Docente, Título de Grado y Post Grado en áreas de la
Educación y afines.
Título de Grado con formación o habilitación pedagógica y Post Grado en áreas de
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 37
la Educación y afines.
Post Grado en Especialista en Supervisiones.
Experiencia:
Se requerirá como mínimo 15 (quince) años de experiencia en educación, de los
cuales 5 (cinco) años será en ejercicio docente en aula y como mínimo 3 (tres) años
en cargos directivos.
CARGO SUPERVISIÓN EDUCACIONAL
Competencias requeridas
Conocimiento de las políticas educativas, la estructura organizacional y
funcional del Sistema Educativo Nacional.
Conocimientos de planificación, organización, supervisión y evaluación de
procesos educativos.
Conocimientos acerca de mecanismos de gestión de calidad en educación.
Capacidad de dirección, motivación, negociación, construcción de alianzas,
vinculación social efectiva y toma de decisiones informadas.
Conocimientos sobre gestión pedagógica y administrativa.
Conocimientos de legislación en el ámbito educacional.
Capacidad para mediar y administrar conflictos.
Alta tolerancia a la frustración.
Capacidad de trabajo en equipo.
Comunicación efectiva en los dos idiomas oficiales del país.
Manejo de las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación.
Predisposición para la rendición de cuentas públicas sobre su desempeño
profesional.
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA REQUERIDA
Formación Académica:
Título de Formación Docente y Título de Grado.
Título de Grado con Formación o Habilitación pedagógica.
Post Grado en Especialista en Supervisiones.
Experiencia:
Se requerirá como mínimo 15 (quince) años de experiencia en educación, de los
cuales 5 (cinco) años será en ejercicio docente en aula y como mínimo 3 (tres) años
en cargos directivos.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 38
DIRECCIONES
CARGOS COMPETENCIAS REQUERIDAS
1. Director/a de Formación
Docente.
2. Director/a General de
Centro Regional de Educación
(CRE).
3. Director/a General de
EMD.
4. Director/a de Instituciones
de Educación Media.
5. Director/a de Centros
(Recursos, Modelos y
Formación Profesional)
(Educación Permanente).
6. Director/a de Centro de
Educación Básica para
Personas Jóvenes y Adultas.
7. Director/a de Centro de
Educación Media para
Personas Jóvenes y Adultos.
8. Director/a de Centro o
Escuela Especial.
9. Director/a de Área de EI y
EEB.
10. Director/a de EI y EEB.
11. Director Pedagógico de
CRE.
12. Director/a Nivel Medio de
CRE.
13. Vice director/a.
Conocimientos de planificación, organización,
supervisión y evaluación de procesos formativos.
Conocimientos acerca de mecanismos de gestión
de calidad en educación.
Capacidad de dirección, motivación, negociación,
construcción de alianzas, vinculación social
efectiva, toma de decisiones informadas y control
de gestión.
Capacidad de trabajo en equipo
Conocimientos sobre gestión pedagógica y
administrativa.
Comunicación efectiva en los dos idiomas
oficiales del país.
Conocimiento de legislación del ámbito
educacional.
Apertura a la formación continua y permanente en
servicio
Apertura a la rendición de cuentas acerca de su
desempeño profesional
Capacidad para mediar y administrar conflictos.
Manejo de las tecnologías de la información y
comunicación.
Conocimiento de las políticas educativas, la
estructura organizacional y funcional del sistema
educativo nacional.
Observación: la complejidad y amplitud de las
evaluaciones deben ser congruentes con los cargos
en concurso.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 39
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
1 DIRECTOR/A DE
FORMACIÓN
DOCENTE
DIRECTOR/A DE
FORMACIÓN
DOCENTE EN
CRE
1. Formación Académica:
Profesor de 1º y 2º ciclo y su equivalente y Título de grado en
Educación y afines con habilitación pedagógica.
Profesor de EI y su equivalente y Título de grado en Educación
y afines con habilitación pedagógica.
Profesor de EEB y Título de grado en Educación y afines con
habilitación pedagógica.
Profesor de Nivel Medio y Título de grado en Educación y
afines con habilitación pedagógica.
Título de Grado con formación o Habilitación pedagógica y
Título de especialización docente o Título de postgrado en
Educación y afines.
2. Experiencia: 8 (ocho) años de ejercicio como educador,
de los cuales 5 (cinco) años como docente en cualquiera de los
niveles del sistema educativo y al menos 3 (tres) años como
docente en Instituciones de Educación Superior.
2 DIRECTOR/A
GENERAL
DE CENTRO
REGIONAL DE
EDUCACIÓN
1. Formación Académica:
Profesor de 1º y 2º ciclo y su equivalente y Título de grado en
Educación y afines con habilitación pedagógica.
Profesor de EI y su equivalente y Título de grado en Educación
y afines con habilitación pedagógica.
Profesor de EEB y Título de grado en Educación y afines con
habilitación pedagógica.
Profesor de Nivel Medio y Título de grado en Educación y
afines con habilitación pedagógica.
Título de Grado con formación o Habilitación pedagógica y
Título de especialización docente o Título de postgrado en
Educación y afines.
3. Experiencia: 10 (diez) años de ejercicio como
educador, de los cuales 5 (cinco) años como docente en aula
y 3 (tres) años en cargo de dirección o vicedirección.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 40
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
3 DIRECTOR/A
GENERAL DE
INSTITUCIONES DE
EDUCACIÓN
MEDIA
1. Formación Académica:
Título de Formación Docente del Nivel Medio y Título de Grado
en cualquiera de las especialidades de la Educación Media.
Título de grado con habilitación pedagógica y Título de
especialización en Administración Educacional o Evaluación
Institucional.
Título de grado con habilitación pedagógica y Título de post
grado en educación.
4. Experiencia: 8 (ocho) años de ejercicio como educador, de
los cuales 6 (seis) años como docente en el Nivel Medio.
4 DIRECTOR/A DE
INSTITUCIONES DE
EDUCACIÓN
MEDIA
1. Formación Académica:
Título de Formación docente de Nivel Medio y Título de grado
en cualquiera de las especialidades de la Educación Media.
Título de Formación Docente de Nivel Medio y Título de
especialización en Administración Educacional o Evaluación
Institucional.
Título de grado con Habilitación Pedagógica.
2. Experiencia: 5 (cinco) años en la docencia de los cuales 3
(tres) años en el Nivel Medio.
5 DIRECTOR/A DE
CENTROS
(RECURSOS,
MODELOS Y
FORMACIÓN
PROFESIONAL)
(EDUCACIÓN
PERMANENTE)
1. Formación Académica:
Título de Formación Docente y Título o Diploma de Formación
Profesional de alguna de las especialidades habilitadas.
Licenciado en Ciencias de la Educación y Título o diploma de
Formación Profesional de alguna de las especialidades
habilitada.
Licenciado en Pedagogía y Título o diploma de Formación
Profesional de alguna de las especialidades habilitadas
Titulo de grado con Habilitación pedagógica y título o diploma
de Formación Profesional de alguna de las especialidades
habilitadas.
2. Experiencia: 7 (siete) años de ejercicio como docente en
cualquiera de los niveles del sistema educativo.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 41
CARGO
FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
6 DIRECTOR/A /
DOCENTE DE
CENTROS DE
EDUCACIÓN BÁSICA
PARA PERSONAS
JÓVENES Y ADULTAS.
1. Formación académica:
Título de Formación Docente.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Pedagogía.
Titulo de grado con Habilitación pedagógica.
2. 2. Experiencia: 5 (cinco) años de ejercicio en aula en
cualquiera de los niveles del Sistema Educativo, o 3 (tres) años
de experiencia en Educación de Personas Jóvenes y Adultas.
7 DIRECTOR/A/
DOCENTE DE
CENTROS DE
EDUCACIÓN MEDIA
PARA PERSONAS
JÓVENES Y ADULTAS.
1. Formación académica:
Título de Formación Docente de Nivel Medio.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Pedagogía.
Título de grado con habilitación pedagógica.
2. Experiencia: 5 (cinco) años de ejercicio en aula en cualquiera
de los niveles del Sistema Educativo, o 3 (tres) años de
experiencia en Educación de Personas Jóvenes y Adultas.
8 DIRECTOR/A
DE
CENTRO O ESCUELA
ESPECIAL
1. Formación Académica:
Profesor de EI o EEB (1º y 2º ciclo) con especialización en el
área de discapacidad concursada (Visual, auditiva, intelectual o
motórica) y/o Educación Inclusiva.
Profesor de EI, EEB o EM con Especialización en áreas de
discapacidad concursada o en Educación Inclusiva.
Lic. en Psicología (con habilitación pedagógica)
Lic. en Psicología Educacional
Lic. en Psicología Clínica (con habilitación pedagógica)
Lic. en Psicopedagogía
Lic. en Pedagogía con 100 horas mínimas de capacitación en el
área de discapacidad concursada (Visual, auditiva, intelectual o
motórica) y/o Educación Inclusiva.
Lic. en Ciencias de la Educación con 100 horas mínimas de
capacitación en el área de discapacidad concursada (Visual,
auditiva, intelectual o motórica) y/o Educación Inclusiva.
3. Experiencia: 7 (siete) años de ejercicio como educador, de
los cuales 3 (tres) años de ejercicio como docente en la
modalidad de Educación Especial.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 42
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
9 DIRECTOR/A DE
ÁREA DE
EDUCACIÓN INICIAL
Y ESCOLAR BÁSICA
1.Formación Académica:
Profesor de EEB (1º y 2º ciclo) y su equivalente y Título de
grado en Educación y afines con habilitación pedagógica.
Profesor de EI y su equivalente y Título de grado en Educación.
Profesor de EEB y Título de grado en Educación y afines.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en EEB.
Licenciado en EI.
Licenciado en Pedagogía
2. Experiencia: 10 (diez) años de ejercicio como educador, de
los cuales 5 (cinco) años como docente en el nivel de EI o EEB
y 2 (dos) años mínimo de experiencia en cargo directivo
(Dirección o Vicedirección).
10 DIRECTOR/A
DE EI y EEB
1.Formación Académica:
Profesor de EEB (1º y 2º ciclo) y su equivalente.
Profesor de EI y su equivalente.
Profesor de EEB .
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en EEB.
Licenciado en EI.
2.Experiencia:
5 (cinco) años de experiencia docente en EI y/o EEB.
5 (cinco) años de experiencia docente en Educación Inclusiva
con Título de Profesor de EEB (1º y 2º ciclo) y su equivalente
o Profesor de EI y su equivalente.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 43
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
11 DIRECTOR/A
PEDAGÓGICO DE EI y
EEB EN EL CENTRO
REGIONAL DE
EDUCACIÓN
1. Formación Académica
Profesor de EEB (1º y 2º ciclo) y su equivalente.
Profesor de EI y su equivalente.
Profesor de EEB .
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en EEB.
Licenciado en EI
Lic. en Pedagogía.
2.Experiencia:
5 (cinco) años como docente de aula en EI y EEB.
5 (cinco) años de experiencia docente en Educación Inclusiva
con Título de Profesor de EEB (1º y 2º ciclo) y su
equivalente o Profesor de EI y su equivalente.
12 DIRECTOR/A
PEDAGÓGICO DE
NIVEL MEDIO EN EL
CENTRO REGIONAL
DE EDUCACIÓN
1. Formación Académica
Profesor de Educación Media.
Título de Grado en cualquiera de las especialidades de la
Educación Media.
Título de Grado con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Lic. en Pedagogía.
2. Experiencia: 5 (cinco) años en la docencia de los cuales 3 (tres)
años en el Nivel Medio.
13 VICEDIRECTOR/A
EN EI y EEB
1. Formación Académica
Profesor de EEB (1º y 2º ciclo) y su equivalente.
Profesor de EI y su equivalente.
Profesor de EEB.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en EEB.
Licenciado en EI.
2.Experiencia:
5 (cinco) años de experiencia docente en EI y/o EEB.
5 (cinco) años de experiencia docente en Educación Inclusiva
con Título de Profesor de EEB (1º y 2º ciclo) y su
equivalente o Profesor de EI y su equivalente.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 44
DOCENTES
CARGOS COMPETENCIAS REQUERIDAS
1. Prof. de Media Jornada y Jornada
completa de FD
2. Catedrático de Formación Docente
3. Profesor de Media Jornada y
Jornada Completa de la Educación
Media
4. Catedrático de la Educación Media
5. Catedrático del 3º ciclo de la EEB
6. Profesor de grado para la
Educación Inicial
7. Profesor de grado (1º y 2º ciclo de
la EEB)
8. Profesor de Alfabetización ( 1º,2ºy
3º ciclos Educación Básica para
Personas Jóvenes y Adultas)
9. Profesor de Alfabetización (4º ciclo
Educación Básica para Personas
Jóvenes y Adultas)
9.1. Catedrático de Alfabetización 4º
ciclo (área Lengua y Literatura
Castellana)
9.2. Catedrático de Alfabetización 4º
ciclo ( área Ciencias Sociales)
9.3. Catedrático de Alfabetización 4º
ciclo ( área Ciencias Naturales y Salud)
9.4. Catedrático de Alfabetización 4º
ciclo (área Matemática)
10. Tutor Castellano Guaraní
(Educación Media para Personas
Jóvenes y Adultas)
10.1. Tutor Medio Social
10.2. Tutor Medio Natural
Conocimientos de planificación, conducción y
evaluación del proceso de enseñanza –
aprendizaje.
Conocimientos de su disciplina con
profundidad y amplitud requerida.
Comunicación efectiva en los dos idiomas
oficiales del país.
Conocimiento de legislación del ámbito
educacional.
Manejo de las tecnologías de la información y
la comunicación.
Apertura a la formación continua y permanente
en servicio y a la rendición de cuentas acerca de
su desempeño profesional.
Observación: el alcance y la complejidad de las
competencias deben ser evaluadas en función al
nivel o modalidad educativa (Especial/Inclusiva,
Educación Permanente, Media, EEB, EI) y los
requerimientos del cargo.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 45
10.3. Tutor Lógico - Matemático
10.4. Tutor Portugués
10.5. Tutor Inglés
11. Instructor/a de Formación
Profesional Inicial.
12. Instructor/a de Formación
Profesional.
13. Profesor de Escuela/Centro
Especial.
14. Profesor de Grado Especial.
15. Profesor de Servicio de Apoyo.
16. Educador de Servicios de
Atención Temprana.
17. Profesores por áreas especiales de
Educación Inclusiva.
18. Profesor de Aulas Hospitalarias.
19. Educador de Centros
Comunitarios.
20. Profesor guía/jefes de estudio.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 46
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
1 PROFESOR/A DE MEDIA
JORNADA Y JORNADA
COMPLETA
(FORMACION DOCENTE)
1.Formación Académica:
Título de Formación Docente y título de grado en el área
de Concurso.
Título de grado en el área de concurso con Didáctica
Universitaria – Superior o Habilitación pedagógica.
2. Experiencia: 2 (dos) años de ejercicio como docente en
cualquiera de los niveles y modalidades educativas
2 CÁTEDRATICO/A
DE FORMACION DOCENTE
1.Formación Académica:
Título de Formación Docente y título de grado en el área
de concurso.
Título de grado en el área de concurso con Didáctica
Universitaria – Superior o Habilitación pedagógica.
2. Experiencia: 2 (dos) años de ejercicio como docente en
cualquiera de los niveles y modalidades educativas.
3 PROFESOR/A DE MEDIA
JORNADA Y JORNADA
COMPLETA
(Educación Media)
1.Formación Académica:
Título de Formación Docente del nivel o Título de grado
del área de concurso con formación o Habilitación
pedagógica.
2. Experiencia: ninguna.
4 CATEDRÁTICO/A
(Educación Media)
1.Formación Académica:
Título de Formación Docente del nivel o Título de grado
del área de concurso con formación o Habilitación
pedagógica.
2. Experiencia: ninguna.
5 CATEDRÁTICO/A
(3º ciclo de la EEB)
1. Formación Académica
Título de Formación Docente del nivel o Título de grado
del área de concurso con formación o Habilitación
pedagógica.
2. Experiencia: ninguna.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 47
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
6 Profesor/a de Grado
(Educación Inicial)
1.- Formación Académica
Profesor de Educación Inicial o su equivalente.
Licenciado en Educación Inicial.
Licenciado en Educación Parvularia.
Especialista en Educación Inicial.
Profesor de Educación Inicial profesionalizado.
2.- Experiencia: ninguna.
7
PROFESOR/A DE GRADO
(1º y 2º ciclos de la EEB)
1. Formación Académica
Profesor de EEB 1º y 2º ciclo o su equivalente.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
EEB.
2. Experiencia: ninguna.
8 PROFESOR/A DE
ALFABETIZACIÓN
(1º , 2º y 3º Ciclos Educación
Básica para Personas Jóvenes
y Adultas)
1. Formación Académica
Profesor de EEB 1º y 2º ciclo o su equivalente.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
EEB.
2. Experiencia: ninguna.
9 PROFESOR/A DE
ALFABETIZACIÓN
(4to Ciclo Educación Básica
para Personas Jóvenes y
Adultas)
1. Formación académica:
Profesor de Educación Escolar Básica de 3º ciclo o su
equivalente.
Licenciado/a en Ciencias de la Educación o Título de
grado con habilitación pedagógica.
Licenciado en Pedagogía.
2. Experiencia: ninguna.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 48
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
9.1 EDUCADOR/A DE ADULTOS
4º CICLO POR AREA
LENGUA Y LITERATURA
CASTELLANA
3. Formación Académica
Profesor de Educación Idiomática.
Profesor de EEB con Especialización en Educación
Bilingüe. Castellano-Guaraní.
Profesor de EEB con Especialización en Educación
Bilingüe Intercultural.
Profesor o Licenciado de Lengua Guaraní con
Especialización en Educación Bilingüe. Castellano-
Guaraní.
Profesor o Licenciado de Lengua Guaraní con
Especialización en Educación Bilingüe Intercultural.
Profesor de Educación Idiomática Profesionalizado.
Licenciado en Letras con Habilitación Pedagógica.
Profesor de Educación Escolar Básica (3° Ciclo). Área:
Lengua y Literatura Castellana y Guaraní.
Prof. de Educación Bilingüe Guaraní-Castellano para la
Educación Escolar Básica (1º, 2º y 3º ciclos).
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Educación Idiomática
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Educación Bilingüe.
Licenciado en Educación Bilingüe.
2. Experiencia: ninguna.
9.2 EDUCADOR/A DE ADULTOS
4º CICLO POR AREA
CIENCIAS SOCIALES
1.- Formación Académica
Profesor de Educación Media: Área Ciencias Sociales.
Profesor de EEB con Especialización en Ciencias Sociales
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Ciencias Sociales.
Licenciado en Historia con Habilitación Pedagógica
2. Experiencia: ninguna.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 49
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
9.3
EDUCADOR/A DE ADULTOS
4º CICLO POR AREA
CIENCIAS NATURALES Y
SALUD
1.- Formación Académica
Profesor de Educación Media. Área: Ciencias Naturales.
Profesor de Ciencias de la Naturaleza.
Profesor de EEB con Especialización en Ciencias de la
Naturaleza y Salud
Licenciado en Ciencias Naturales con Habilitación
pedagógica.
Profesor de Educación Escolar Básica (3° Ciclo). Área:
Ciencias de la Naturaleza y Salud.
Licenciado en Ciencias Biológicas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Ciencias Naturales.
2.- Experiencia: ninguna.
9.4 EDUCADOR/A DE ADULTOS
4º CICLO POR AREA
MATEMÁTICA
1.- Formación Académica
Profesor de Educación Media: Área Matemática.
Profesor de EEB con Especialización en Matemática
Licenciado en Matemática con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Matemática Estadística con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Matemática Pura con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero con Habilitación pedagógica
2. Experiencia: ninguna
10 TUTOR/A – CATEDRÁTICO
DE LA EDUCACIÓN MEDIA
PARA PERSONAS JÓVENES
Y ADULTAS
Ámbito de conocimiento de la
Comunicación (Castellano
Guaraní)
1.- Formación Académica
Profesor de Educación Idiomática.
Profesor de EEB con Especialización en Educación
Bilingüe (Castellano – Guaraní).
Profesor de EEB con Especialización en Lengua y
Literatura Castellana – Guaraní.
Licenciado en Letras con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Educación Bilingüe.
2. Experiencia: ninguna
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 50
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
10.1 TUTOR/A – CATEDRÁTICO
DE LA EDUCACIÓN MEDIA
PARA PERSONAS JÓVENES Y
ADULTAS
Ámbito del Conocimiento de
Medio Social
1. Formación Académica
Profesor de Formación Docente del Nivel Medio Área de
Ciencias Sociales.
Profesor de EEB con Especialización en Ciencias Sociales
y Ciudadanas
Licenciado en Historia con Habilitación pedagógica
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Ciencias Sociales.
Licenciado en Sociología con habilitación Pedagógica.
2. Experiencia: ninguna
10.2 TUTOR/A – CATEDRÁTICO
DE LA EDUCACIÓN MEDIA
PARA PERSONAS JÓVENES Y
ADULTAS
Ámbito del Conocimiento de
Medio Natural
1. Formación Académica
Profesor de Formación Docente Nivel Medio Área Ciencias
Básicas.
Licenciado en Ciencias Naturales, con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Ciencias Básicas.
2. Experiencia: ninguna.
10.3 TUTOR/A – CATEDRÁTICO
DE LA EDUCACIÓN MEDIA
PARA PERSONAS JÓVENES Y
ADULTAS
Ámbito del Conocimiento de
Lógico Matemático
1. Formación Académica
Profesor de Educación Media: Área Matemática.
Profesor de EEB con Especialización en Matemática
Licenciado en Matemática con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Matemática Estadística con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Matemática Pura con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero con Habilitación pedagógica
2. Experiencia: ninguna.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 51
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
10.4 TUTOR/A – CATEDRÁTICO
DE LA EDUCACIÓN MEDIA
PARA PERSONAS JÓVENES Y
ADULTAS
Ámbito de conocimiento de la
Comunicación (Portugués)
1. Formación Académica
Profesor de Nivel Medio área de Idiomática con diploma o
certificado en Lengua Portuguesa.
Título de grado con Habilitación pedagógica y diploma o
certificado en Lengua Portuguesa.
Técnico en Lengua Portuguesa con didáctica especial.
Portugués avanzado con didáctica especial.
2. Experiencia: ninguna.
10.5 TUTOR/A – CATEDRÁTICO
DE LA EDUCACIÓN MEDIA
PARA PERSONAS JÓVENES Y
ADULTAS
Ámbito de conocimiento de la
Comunicación (Inglés)
1. Formación Académica
Profesor de Lengua Inglesa.
Profesor de Nivel Medio área de Idiomática con diploma o
certificado en Lengua Inglesa.
Título de grado con Habilitación pedagógica y diploma o
certificado en Lengua Inglesa.
Licenciado en Lengua Inglesa.
Técnico en Lengua Inglesa con didáctica especial.
Inglés avanzado con didáctica especial.
2. Experiencia: ninguna.
11 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Artesanía
1. Formación académica:
Certificado en la especialidad requerida.
o Marroquinería
o Talabartería
o Bordados.
o Tejidos.
o Cotillón.
o Manualidades.
o Alfarería.
o Cerámica.
o Pintura sobre tela.
o Reciclado
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la
especialidad.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
2. Experiencia: ninguna.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 52
11.1 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: : Diseño,
Corte y Confección
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la especialidad
Certificado en la especialidad requerida.
o Corte y Confección.
o Diseño de moda.
o Pantalonería.
o Camisería.
o Sastrería.
o Lencería.
o Tejido a máquina.
o Bordado a máquina
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
2. Experiencia: ninguna.
11.2 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Belleza
Integral
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la especialidad
Certificado en la especialidad requerida.
o Peluquería.
o Manicura y pedicuro.
o Cosmetología.
o Maquillaje.
o Masaje estético.
o Depilación.
o Estudio y depilación con cera caliente y cera
tibia.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
2. Experiencia: ninguna.
11.3 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Idiomas -
Inglés
1. Formación académica:
Profesor de Lengua Inglesa.
Profesor de Nivel Medio área de Idiomática con
diploma o certificado en Lengua Inglesa.
Título de grado con Habilitación pedagógica y
diploma o certificado en Lengua Inglesa.
Licenciado en Lengua Inglesa.
Técnico en Lengua Inglesa con didáctica especial.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 53
Inglés avanzado con didáctica especial.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
2. Experiencia: ninguna.
11.4 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Idiomas –
Portugués)
1. Formación académica:
Profesor de Lengua Portuguesa.
Profesor de Nivel Medio área de Idiomática con
diploma o certificado en Lengua Portuguesa.
Título de grado con Habilitación pedagógica y
diploma o certificado en Lengua Portuguesa.
Licenciado en Lengua Portuguesa.
Técnico en Lengua Portuguesa con didáctica especial.
Portugués avanzado con didáctica especial.
2. Experiencia: ninguna.
11.5 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Idiomas –
Guaraní)
1. Formación académica:
Profesor de Educación Idiomática.
Profesor de EEB con Especialización en Educación
Bilingüe (Castellano – Guaraní).
Profesor de EEB con Especialización en Lengua y
Literatura Castellana – Guaraní.
Licenciado en Letras con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Educación Bilingüe.
2. Experiencia: ninguna.
11.6 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional:
Hospitalidad - Gastronomía
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la especialidad
Certificado en la especialidad requerida.
o Cocina básica
o Cocina internacional
o Panadería
o Confitería
o Repostería.
2. Experiencia: ninguna.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 54
11.7 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional:
Hospitalidad – Hotelería y
Turismo
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la
especialidad.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
2. Experiencia: ninguna.
11.8 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional:
Administración y oficina.
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la
especialidad.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
Certificado en la especialidad requerida.
o Auxiliar
o Secretariado
o Gestión administrativa.
o Administración y finanzas.
2. Experiencia: ninguna.
11.9 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional:
Informática
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad.
Título de nivel terciario en el ámbito de la
especialidad.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
Certificado en la especialidad requerida.
o Computación.
o Informática.
2. Experiencia: ninguna.
11.10 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL INICIAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional:
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad.
Título de nivel terciario en el ámbito de la
especialidad.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 55
Construcciones Certificado en la especialidad requerida.
o Albañilería
o Hormigón Armado
o Madera
o Electricidad
2. Experiencia: ninguna.
12 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Artesanía
1. Formación académica:
Certificado en la especialidad requerida.
o Marroquinería
o Talabartería
o Bordados.
o Tejidos.
o Cotillón.
o Manualidades.
o Alfarería.
o Cerámica.
o Pintura sobre tela.
o Reciclado
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la
especialidad.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
2. Experiencia: ninguna.
12.1
INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: : Diseño,
Corte y Confección
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la especialidad
Certificado en la especialidad requerida.
o Corte y Confección.
o Diseño de moda.
o Pantalonería.
o Camisería.
o Sastrería.
o Lencería.
o Tejido a máquina.
o Bordado a máquina
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
2. Experiencia: ninguna.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 56
12.2 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Belleza
Integral
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la especialidad
Certificado en la especialidad requerida.
o Peluquería.
o Manicura y pedicuro.
o Cosmetología.
o Maquillaje.
o Masaje estético.
o Depilación.
o Estudio y depilación con cera caliente y cera
tibia.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
2. Experiencia: ninguna.
12.3 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Idiomas -
Inglés
1. Formación académica:
Profesor de Lengua Inglesa.
Profesor de Nivel Medio área de Idiomática con
diploma o certificado en Lengua Inglesa.
Título de grado con Habilitación pedagógica y
diploma o certificado en Lengua Inglesa.
Licenciado en Lengua Inglesa.
Técnico en Lengua Inglesa con didáctica especial.
Inglés avanzado con didáctica especial.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
2. Experiencia: ninguna.
12.4 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Idiomas -
Portugués
1. Formación académica:
Profesor de Lengua Portuguesa.
Profesor de Nivel Medio área de Idiomática con
diploma o certificado en Lengua Portuguesa.
Título de grado con Habilitación pedagógica y
diploma o certificado en Lengua Portuguesa.
Licenciado en Lengua Portuguesa.
Técnico en Lengua Portuguesa con didáctica especial.
Portugués avanzado con didáctica especial.
2. Experiencia: ninguna.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 57
12.5 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Idiomas -
Guaraní
1. Formación académica:
Profesor de Educación Idiomática.
Profesor de EEB con Especialización en Educación
Bilingüe (Castellano – Guaraní).
Profesor de EEB con Especialización en Lengua y
Literatura Castellana – Guaraní.
Licenciado en Letras con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Educación Bilingüe.
2. Experiencia: ninguna.
12.6 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional:
Hospitalidad - Gastronomía
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la especialidad
Certificado en la especialidad requerida.
o Cocina básica
o Cocina internacional
o Panadería
o Confitería
o Repostería.
2. Experiencia: ninguna.
12.7 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional:
Hospitalidad – Hotelería y
Turismo
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la
especialidad.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
2. Experiencia: ninguna.
12.8 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Administración y
oficina.
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad
Título de nivel terciario en el ámbito de la
especialidad.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
Certificado en la especialidad requerida.
o Auxiliar
o Secretariado
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 58
o Gestión administrativa.
o Administración y finanzas.
2. Experiencia: ninguna.
12.9 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Informática
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad.
Título de nivel terciario en el ámbito de la
especialidad.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
Certificado en la especialidad requerida.
o Computación.
o Informática.
2. Experiencia: ninguna.
12.10 INSTRUCTOR/A DE
FORMACIÓN
PROFESIONAL
(Educación Permanente)
Familia Profesional: Construcciones
1. Formación académica:
Título de formación docente con certificación en el
ámbito de la especialidad.
Título de nivel terciario en el ámbito de la
especialidad.
Título de grado con habilitación pedagógica y
certificado en la especialidad.
Certificado en la especialidad requerida.
o Albañilería
o Hormigón Armado
o Madera
o Electricidad
2. Experiencia: ninguna.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 59
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
13 DOCENTE DE ESCUELA O
CENTRO DE EDUCACION
ESPECIAL
1. Formación Académica
Profesor de EI o EEB (1º y 2º ciclo) con 100 horas
mínimas de capacitación en el área de discapacidad
concursada (Visual, auditiva, intelectual o motórica) y/o
Educación Inclusiva.
Profesor de EI, EEB o EM con Especialización en áreas
de discapacidad concursada o en Educación Inclusiva.
Lic. en Psicología (con habilitación pedagógica)
Lic. en Psicología Educacional
Lic. en Psicología Clínica (con habilitación pedagógica)
Lic. en Psicopedagogía
Lic. en Ciencias de la Educación con 100 horas mínimas
de capacitación en el área de discapacidad concursada
(Visual, auditiva, intelectual o motórica) y/o Educación
Inclusiva.
2. Experiencia: 1año de experiencia en aula
14 DOCENTE DE GRADO
ESPECIAL
1. Formación Académica
Profesor de EI o EEB (1º y 2º ciclo) con 100 horas
mínimas de capacitación en algún área de discapacidad
(Visual, auditiva, intelectual o motórica) y/o Educación
Inclusiva.
Profesor de EI, EEB o EM con Especialización en áreas
de discapacidad o en Educación Inclusiva.
Lic. en Psicología (con habilitación pedagógica)
Lic. en Psicología Educacional
Lic. en Psicología Clínica (con habilitación pedagógica)
Lic. en Psicopedagogía
Lic. en Ciencias de la Educación con 100 horas mínimas
de capacitación en algún área de discapacidad (Visual,
auditiva, intelectual o motórica) y/o Educación Inclusiva.
2. Experiencia: 1 año de experiencia en aula
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 60
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
15 DOCENTE DE SERVICIO
DE APOYO
1. Formación Académica
Profesor de EEB (1º y 2º ciclo) con 100 horas mínimas
de capacitación en Educación Inclusiva (discapacidad,
Problemas de aprendizaje y del Lenguaje,
Psicomotricidad, entre otros)
Profesor de EEB o EM con Especialización en áreas de
discapacidad o en Educación Inclusiva.
Lic. en Psicología (con habilitación pedagógica)
Lic. en Psicología Educacional
Lic. en Psicología Clínica (con habilitación
pedagógica)
Lic. en Psicopedagogía
Lic. En Ciencias de la Educación con 100 horas
mínimas de capacitación en Educación Inclusiva
(discapacidad, Problemas de aprendizaje y del
Lenguaje, Psicomotricidad, entre otros)
2. Experiencia: 3 años de experiencia en aula de EEB
(1º o 2º ciclo).
16 EDUCADOR DE
SERVICIO DE ATENCIÓN
TEMPRANA
1. Formación Académica
Profesor de Educación Inicial
Profesor de EEB profesionalizado en Educación Inicial
Profesor de EEB con especialización en Educación
Inicial
Lic. en Educación Inicial
Lic. en Psicología con énfasis/especialidad o
capacitación en Estimulación Temprana
Profesor de EI y EEB con especialización en el área de
Atención Temprana
Lic. en Fisioterapia con habilitación pedagógica
Lic. en Psicomotricidad con habilitación pedagógica
Lic. en Enfermería con habilitación pedagógica
Técnico Superior en Fisioterapia y/o Enfermería y
Formación pedagógica.
2. Experiencia: Ninguna
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 61
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
17 PROFESORES/AS DE
ÁREAS ESPECIALES DE
EDUCACIÓN ESPECIAL
1. Formación Académica
Profesor de EI y EEB (1º y 2 º ciclos) con capacitación
en el área de concurso.
Profesor Superior de Educación Física y Salud
Profesor de Educación Artística (Danza, Teatro, Canto,
Pintura)
Profesor de Trabajo y Tecnología
Lic. en Artes
Lic. en Ciencias del Deporte
Lic. en Psicomotricidad (con habilitación pedagógica)
Lic. en Fonoaudiología (con habilitación pedagógica)
2. Experiencia: Ninguna
18 EDUCADOR DE AULA
HOSPITALARIA
1. Formación Académica
Profesor de EI y EEB (1°, 2° y 3° ciclos) con 100
horas de capacitación en Educación Inclusiva o
Pedagogía Hospitalaria o Primeros Auxilios.
Profesor de EI y EEB (1º, 2 º y 3° ciclos)
Lic. en Psicopedagogía
Lic. en Psicología Educacional
Lic. en Ciencias de la Educación con 100 horas de
capacitación en Educación Inclusiva o Pedagogía
Hospitalaria o Primeros Auxilios.
2. Experiencia: 1año de experiencia en aula
19 EDUCADOR
COMUNITARIO
1. Formación Académica
Profesor de EI, EEB (1º, 2 º y 3° ciclos), EM, con
capacitación en Educación Inclusiva, Educación
Popular, Educación en Valores, Educación en
Derechos Humanos y de la Niñez.
Profesor de EI y EEB (1º, 2 º y 3° ciclos)
Lic. en Psicopedagogía
Lic. en Psicología Educacional
Lic. en Ciencias de la Educación con capacitación en
Educación Inclusiva, Educación Popular, Educación en
Valores, Educación en Derechos Humanos y de la
Niñez.
2. Experiencia: 1 año de experiencia en aula
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 62
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
20 Jefe/a de Estudios y/o
Profesor/a Guía
1.Formación Académica:
Profesor del Nivel Medio con capacitación de 100 horas
mínimas en Profesor Guía.
Especialista en Orientador Educacional, Evaluador
Educacional o Administrador Educacional).
Lic. en Ciencias de la Educación.
Título de Grado con Habilitación pedagógica y
capacitación de 100 horas mínimas en Profesor Guía.
2. Experiencia: 2 (dos) años de ejercicio como docente en
el nivel correspondiente.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 63
TÉCNICOS PEDAGÓGICOS
CARGOS COMPETENCIAS REQUERIDAS
1. Coordinador/a de Práctica en IFD
2. Coordinador de Sedes Tutoriales
3. Coordinador/a de Sedes Tutoriales
de Educación Permanente
4. Técnicos de Unidades
Departamentales de Estadística
5. Coordinador/a Técnico Pedagógico
6. Psicólogo/a Educacional
7. Evaluador Educacional
8. Bibliotecario/a (Dinamizador de
CRA)
9. Orientador
10. Trabajador/a Social
11. Coordinador/a Técnico Pedagógico
de Educación Inclusiva
12. Psicólogo/a Educacional de
Educación Inclusiva
13. Orientado/a Educacional de
Educación Inclusiva
14. Trabajador/a Social Educacional de
Educación Inclusiva
Conocimientos de planificación,
organización, supervisión y evaluación de
procesos formativos.
Conocimientos de gestión de calidad en
educación.
Capacidad de dirección, motivación,
negociación, construcción de alianzas,
vinculación social, toma de decisiones
informadas y control de gestión.
Conocimientos sobre gestión pedagógica
Comunicación efectiva en los dos idiomas
oficiales del país.
Conocimiento de legislación del ámbito
educacional.
Apertura a la formación continua y
permanente en servicio
Apertura a la rendición de cuentas acerca
de su desempeño profesional
Capacidad para mediar y administrar
conflictos.
Manejo de las nuevas tecnologías de la
información y comunicación.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 64
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
1 COORDINADOR/A DE
PRÁCTICA DE
FORMACION DOCENTE
1. Formación Académica:
Profesor del Nivel Medio con título de grado.
Título de grado con habilitación Pedagógica o Didáctica
Universitaria.
Licenciatura en Ciencias de la Educación.
Licenciatura en Pedagogía.
2. Experiencia: 5 (cinco) años de ejercicio en educación de
los cuales 2 (dos) años como docente en cualquiera de los
niveles educativos y 3 (tres) años como docente en
Instituciones de Educación Superior (Universidades,
Institutos Superiores, Institutos de Formación Docente)
2 COORDINADOR/A DE
SEDES TUTORIALES
1. Formación Académica:
Título de Formación Docente de Nivel Medio con titulo de
grado.
Título de grado con habilitación Pedagógica o Didáctica
Universitaria.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciatura en Pedagogía.
2. Experiencia: 3 (tres) años de ejercicio como educador en
el nivel correspondiente.
3 COORDINADOR/A DE
SEDES TUTORIALES DE
EDUCACIÓN
PERMANENTE
1. Formación académica:
Profesor del Nivel Medio en cualquiera de los ámbitos.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Administración Educacional
Licenciado/a en Ciencias de la Educación
Especialista en Administración Educacional.
Título de grado con habilitación pedagógica y Diploma de
haber realizado curso de Informática (desde 30 horas) o
certificado de Operador Básico de Computadora (Word,
Excel, Explorador de Internet), con una carga horaria desde
100 horas y Certificado de haber realizado algún curso de
metodología a distancia, o certificado del curso “Educación
a distancia en Paraguay” de la Dirección General de
Educación Permanente (carga horaria de 250 horas).
2. Experiencia: 3 (tres) años de ejercicio como educador/a
de personas jóvenes y adultas.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 65
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
4 TÉCNICO DE
UNIDAD
DEPARTAMENTAL DE
ESTADÍSTICAS
1.Formación Académica:
Licenciado en Matemática – Estadística.
Licenciado en Matemática.
Licenciado en Ciencias Estadísticas.
Licenciado en Matemática – mención Estadística.
Licenciado en Análisis de Sistema o áreas afines.
Título de Formación Docente con capacitación en áreas de
matemática y/o estadística y/o informática.
Título de Grado en áreas de Ciencias Sociales con
estudios de actualización y/o especialización con un
mínimo de 120 (ciento veinte) horas académicas
relacionados a procesamiento, análisis y sistematización de
datos, entre otros.
Título de Técnico Superior en Informática.
2. Experiencia: 2 años en cargos técnicos relacionados al área
de estadística o informática.
5 COORDINADOR /A
TECNICO
PEDAGÓGICO/A
1.Formación Académica:
Profesor en Educación Media.
Profesor en Educación Escolar Básica.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Pedagogía.
Título de Grado con Habilitación Pedagógica.
2. Experiencia: 3 (tres) años de ejercicio docente en el nivel
correspondiente.
6 PSICÓLOGO/A
EDUCACIONAL
1. Formación Académica
Lic. en Psicología Educacional.
Lic. en Psicología con habilitación pedagógica
Lic. en Psicopedagogía
Experiencia: ninguna
7 EVALUADOR/A
EDUCACIONAL
1.Formación Académica:
Especialista en Evaluación Educacional.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Pedagogía.
Postgrado en Evaluación Educacional.
2. Experiencia: ninguna
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 66
CARGO FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
8 BIBLIOTECARIO/A
(Dinamizador/a de CRA)
1.Formación Académica:
Licenciado en Bibliotecología.
Técnico en Bibliotecología con didáctica especial.
Profesor de EEB con capacitación en Centro de Recurso del
Aprendizaje.
Profesor de EM con capacitación en Centro de Recurso del
Aprendizaje.
Título de grado con habilitación Pedagógica y capacitación
en bibliotecología.
2. Experiencia: ninguna.
9 ORIENTADOR/A
1. FORMACIÓN ACADÉMICA:
Profesor de E.E.B con Especialización en Orientación
Educacional.
Profesor de EM con Especialización en Orientación
Educacional
Titulo de Grado con Especialización en Orientación
Educacional o Especialización en Desarrollo Personal y
Social.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis o post
grado en Orientación Educacional.
Licenciado en Ciencias de la Educación
Licenciado en Pedagogía.
Licenciado en Psicología.
Licenciado en Psicología Educacional.
2. Experiencia: ninguna.
10 TRABAJADOR/A
SOCIAL
1.Formación Académica
Profesor de EEB con especialización en Desarrollo
Personal y Social
Profesor de EM con especialización en Desarrollo Personal
y Social
Licenciado en Trabajo Social.
Titulo de Grado con especialización en Desarrollo Personal
y Social
Título de Grado con capacitación en Trabajo Social
2. Experiencia: ninguna.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 67
CARGOS FORMACIÓN ACADÉMICA Y EXPERIENCIA
REQUERIDA
11 COORDINADOR/A
TÉCNICO
PEDAGÓGICO DE
EDUCACIÓN
INCLUSIVA
1. Formación Académica
Profesor de EEB (1er y 2do ciclo) con
especialización en Educación Especial y/o
Inclusiva
Lic. en Ciencias de la Educación con 200 hs. de
capacitación en Educación Inclusiva.
Lic. En Psicología con Habilitación Pedagógica y
con 200 horas de capacitación en Educación
Inclusiva.
Lic. En Psicopedagogía con habilitación
pedagógica con 200 hs. de capacitación en
Educación Inclusiva.
2. Experiencia: 5 años de ejercicio en aula
12 PSICÓLOGO/A
EDUCACIONAL DE
EDUCACIÓN INCLUSIVA
1. Formación Académica
Lic. en Psicología Educacional.
Lic. en Psicología con habilitación Pedagógica.
Lic. en Psicopedagogía.
2. Experiencia: ninguna
13 ORIENTADOR/A DE
EDUCACIÓN
INCLUSIVA
1. Formación académica
Profesor de E.E.B con Especialización en Orientación
Educacional.
Profesor de EM con Especialización en Orientación
Educacional
Titulo de Grado con Especialización en Orientación
Educacional o Especialización en Desarrollo Personal
y Social.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis o
post grado en Orientación Educacional.
Licenciado en Ciencias de la Educación con 100 hs.
de capacitación en Educación Inclusiva.
Licenciado en Pedagogía con 100 hs. de capacitación
en Educación Inclusiva.
Licenciado en Psicología con 100 hs. de capacitación
en Educación Inclusiva.
Licenciado en Psicología Educacional con 100 hs. de
capacitación en Educación Inclusiva.
2. Experiencia: 5 años de ejercicio en aula
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 68
14 TRABAJADOR/A
SOCIAL DE
EDUCACIÓN
INCLUSIVA
1. Formación Académica
Lic. en Trabajo Social
2. Experiencia: Ninguna
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 69
Capítulo 7
TÍTULOS HABILITANTES PARA CARGOS DOCENTES
EDUCACION ESCOLAR BASICA.
ESPECIALIDADES TÍTULOS HABILITANTES
PROFESOR
DE AREAS
ESPECIALES.
Educación
Artística(teatro,
música, artes
plásticas, danza)
Educación Física,
Trabajo y
Tecnología
Prof. de EEB con capacitación docente por área y/o
especialidad.
Profesor de Educación Artística.
Profesor de Educación Física.
Prof. de EEB área: trabajo y tecnología.
Profesor de Arte Elemental.
Profesor de Educación para el Hogar.
Prof. de Manualidades con capacitación en Didáctica
Especial.
Lic. en Educación Física
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 70
TÍTULOS HABILITANTES POR ÁREA Y/O ESPECIALIDAD PARA
CATEDRÁTICO
3° CICLO DE LA EDUCACIÓN ESCOLAR BÁSICA.
ÁR
EA
: C
OM
UN
ICA
CIÓ
N
ESPECIALIDADES TÍTULOS HABILITANTES
LENGUA Y
LITERATURA
CASTELLANA
Profesor de Educación Media. Área: Educación Idiomática
Profesor de Educación Idiomática.
Profesor de Educación Idiomática Profesionalizado.
Licenciado en Letras.
Profesor de Educación Escolar Básica (3° Ciclo). Área: Lengua y
Literatura Castellana y Guaraní.
Prof. de Educación Bilingüe Guaraní-Castellano para la
Educación Escolar Básica (1º, 2º y 3º ciclos) y la Educación
Media y Técnica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Educación Idiomática.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Educación Bilingüe.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en Lengua y
Literatura.
Licenciado en Educación Bilingüe.
Profesor de Educación Bilingüe.
Especialista en Educación Bilingüe. Castellano-Guaraní.
LENGUA
GUARANÍ
Profesor de Lengua o Idioma Guaraní.
Profesor de Lengua o Idioma Guaraní Profesionalizado.
Licenciado en Lengua Guaraní con Habilitación pedagógica.
Profesor de Educación Escolar Básica (3° Ciclo). Área: Lengua y
Literatura Castellana-Guaraní.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Educación Bilingüe.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en Lengua y
Literatura.
Licenciado en Educación Bilingüe.
Profesor de Educación Bilingüe.
Especialista en Educación Bilingüe con énfasis en la Modalidad
Guaraní Hablante.
Especialista en Educación Bilingüe. Castellano-Guaraní.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 71
ÁR
EA
CIE
NT
ÍFIC
O-S
OC
IAL
ESPECIALIDADES TÍTULOS HABILITANTES
MATEMÁTICAS
Profesor de Educación Media. Área: Matemática.
Profesor de Educación Media Profesionalizado en el Área de
Matemática.
Licenciado en Matemática con Habilitación pedagógica.
Profesor de Matemática.
Profesor de Educación Escolar Básica (3° Ciclo). Área:
Matemática.
Lic. en Matemática Pura con Habilitación pedagógica.
Lic. en Matemática con énfasis en Estadística con
Habilitación pedagógica.
HISTORIAS Y
GEOGRAFÍA
Profesor de Educación Media. Área: Estudios Sociales.
Profesor de Educación Media Profesionalizado en el Área de
Estudios Sociales.
Profesor en Ciencias Sociales.
Profesor de Estudios Sociales.
Licenciado en Historia con Habilitación pedagógica.
Profesor de Educación Escolar Básica (3° Ciclo). Área:
Historia y Geografía.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Estudios Sociales.
Lic. en Ciencias de la Educación con énfasis en Ciencias
Sociales.
Lic. en Ciencias Sociales con Habilitación pedagógica.
Lic. en Ciencias Geográficas con Habilitación pedagógica.
FORMACIÓN
ÉTICA Y
CIUDADANA
Profesor de Educación Media. Área: Estudios Sociales.
Profesor de Educación Media Profesionalizado en el Área de
Estudios Sociales.
Profesor en Ciencias Sociales.
Profesor de Estudios Sociales.
Profesor de Educación Escolar Básica (3° Ciclo). Área:
Formación Ética y Ciudadana.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Estudios Sociales.
Lic. en Ciencias de la Educación con énfasis en Ciencias
Sociales.
Lic. en Ciencias Sociales con Habilitación pedagógica.
Lic. en Ciencias Pastorales con Habilitación pedagógica.
Lic. en Ciencias Políticas con Habilitación pedagógica.
Lic. en Ciencias Militares con Habilitación pedagógica.
Abogados con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 72
ÁR
EA
CIE
NT
ÍFIC
O-S
OC
IAL
CIENCIAS DE LA
NATURALEZA Y
SALUD
Profesor de Educación Media. Área: Ciencias Naturales.
Profesor de Ciencias de la Naturaleza.
Licenciado en Ciencias Naturales con Habilitación
pedagógica.
Profesor de Educación Escolar Básica (3° Ciclo). Área:
Ciencias de la Naturaleza y Salud.
Licenciado en Ciencias Biológicas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Ciencias Naturales.
Licenciado en Química con Habilitación pedagógica.
Profesor de Física y Química.
Profesor de Química.
Profesor de Educación Media. Área: Física y Química.
TRABAJO Y
TECNOLOGÍA
Profesor de Educación Media. Área: Artes Industriales
Profesor de Educación Media. Área: Educación para el
Hogar
Profesor de Educación Escolar Básica (3° Ciclo con
formación). Área: Trabajo y Tecnología
EDUCACIÓN
FÍSICA
Profesor Superior de Educación Física y Sanitaria.
Profesor de Educación Física (Fuerzas Armadas y Policía
Nacional).
Licenciado en Ciencias del Deporte con Habilitación
pedagógica.
Técnico en Deporte con Didáctica Especial.
Licenciado en Educación Física
ÁR
EA
: E
DU
CA
CIÓ
N A
RT
ÍST
ICA
MUSICA
Profesor de Educación Media: Área Musical.
Profesor de Educación Musical.
Profesor en Educación Artística.
Profesor en Educación Artística Profesionalizado.
Profesor Superior de Arte .(Homologado por DGES)
Profesor Superior de Educación Musical. (Homologado por
DGES)
Licenciado en Música con habilitación pedagógica
Licenciado en Educación Artística
Especialista en Educación Artística
Profesor Elemental o Superior de Teoría y Solfeo.
(Homologado por DGES)
Profesor Elemental o Superior de Educación Musical.
(Homologado por DGES)
Profesor Elemental o Superior de Instrumentos Musicales.
(Homologado por DGES)
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 73
Profesor Elemental de Instrumentos Musicales.
(Homologado por DGES)
ÁR
EA
: E
DU
CA
CIÓ
N A
RT
ÍST
ICA
DANZA
Profesor en Educación Artística.
Profesor en Educación Artística Profesionalizado.
Profesor de Danza. (Homologado por DGES)
Especialista en Educación Artística
Profesor Superior de Danza. (Homologado por DGES)
Licenciado en Educación Artística
Profesor Elemental de Danza. (Homologado por DGES)
Profesor Superior de Arte. (Homologado por DGES)
ARTES
PLASTICAS
Profesor de Educación Artística.
Profesor en Educación Artística Profesionalizado.
Licenciado en Educación Artística
Profesor de Artes Plásticas. . (Homologado por DGES)
Profesor Superior de Artes Plásticas. (Homologado por
DGES)
Especialista en Educación Artística
Licenciado en Educación Artística
Licenciado en Artes Plásticas con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Artes Visuales con Habilitación pedagógica.
TEATRO
Profesor de Educación Artística.
Profesor Superior de Artes Plásticas(Homologado por
DGES)
Licenciado en Educación Artística
Especialista en Educación Artística
Licenciado en Bellas Artes con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Artes Visuales con Habilitación pedagógica.
Profesor Superior de Dibujo y Pintura. (Homologado por
DGES)
Profesor de Educación Artística Profesionalizado.
Título de Arte Escénico. (Homologado por DGES)
Licenciado en Teatro con Habilitación pedagógica.
ÁR
EA
DE
SA
RR
OL
LO
CO
MU
NIT
AR
IO
PROYECTO
EDUCATIVO
COMUNITARIO-
INSTITUCIONAL
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Pedagogía
Profesores de EEB con especificación en 3° ciclo.
Profesores del Nivel Medio.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 74
TÍTULOS HABILITANTES POR ÁREA Y/O ESPECIALIDAD
NIVEL DE EDUCACIÓN MEDIA (PLAN COMÚN).
DISCIPLINA TITULOS HABILITANTES
LENGUA CASTELLANA
Y LITERATURA
Profesor de Educación Media: Área Educación
Idiomática.
Profesor de Lengua Castellana.
Profesor de Educación Bilingüe.
Lic. en Letras con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Educación Idiomática.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Lengua y Literatura.
Licenciado en Educación Bilingüe.
GUARANI ÑE´Ê
Profesor de Educación Media: Área Educación
Idiomática.
Profesor de Lengua Guaraní.
Licenciado en Lengua Guaraní con habilitación
pedagógica.
Profesor de Educación Idiomática (Castellano-Guaraní).
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Educación bilingüe
Lic. en Educación Bilingüe
LENGUA
EXTRANJERA
Profesor de Educación Media. Área: inglés, francés,
italiano, portugués, según el área de concurso.
Profesor en Lengua Extranjera.
Licenciado en Lengua Extranjera (inglés, francés, italiano,
portugués) con habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en
Lengua Extranjera, según el área de concurso.
Título de Grado con Habilitación Pedagógica y
Certificado o Diploma de lengua extranjera con carga
horaria mínima 300 horas reconocido por el MEC.
Técnico en Lengua Extranjera con didáctica especial en el
área de concurso.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 75
ÁREA: CIENCIAS BÁSICAS Y SUS TECNOLOGÍAS
DISCIPLINA TÍTULOS HABILITANTES
CIENCIAS NATURALES
Y SALUD
Profesor de Educación Media. Área Ciencias Naturales.
Profesor de Ciencias Naturales.
Profesor de Educación Media Área Ciencias Básicas.
Licenciado en Ciencias Geológicas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias y Tecnologías de Alimentos con
Habilitación Pedagógica.
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Biológicas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Naturales con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Ciencias Naturales.
Licenciado en Ciencias de la Salud con habilitación
pedagógica.
FÍSICA
Profesor de Educación Media: Área Física, Química.
Profesor de Física.
Profesor de Química con énfasis en Física.
Profesor de Educación Media Área Ciencias Básicas.
Licenciado en Ciencias Básicas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Físicas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Topografía con Habilitación Pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación Pedagógica
Ingeniero Electromecánica con Habilitación Pedagógica
Ingeniero Eléctrica/o con Habilitación Pedagógica
Ingeniero Electrónica/o con Habilitación Pedagógica
Ingeniero Industrial con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 76
QUÍMICA
Profesor de Educación Media: área Química.
Profesor de Química.
Bioquímico con Habilitación Pedagógica.
Doctor en Química con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Químicas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Química y Farmacia con Habilitación
Pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación Pedagógica.
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica.
ÁREA: CIENCIAS SOCIALES Y SUS TECNOLOGÍAS
DISCIPLINA TÍTULOS HABILITANTES
HISTORIA Y
GEOGRAFÍA
Profesor de Educación Media: Área Historia y Geografía.
Profesor de Estudios Sociales.
Profesor de Educación Media Área Ciencias Sociales.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en Ciencias
Sociales.
Licenciado en Historia con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación Pedagógica.
ÁREA: MATEMATICA Y SUS TECNOLOGÍAS
DISCIPLINA TÍTULOS HABILITANTES
MATEMÁTICA
Profesor de Educación Media: Área Matemática.
Profesor de Matemática Educación Media.
Licenciado en Matemática con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Matemática Pura con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Estadística con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Matemática.
Profesor de Matemática.
Ingeniero con Habilitación pedagógica.
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 77
ECONOMÍA
YGESTIÓN
Profesor de Educación Media: Área Contabilidad y Administración
de Negocios.
Economista con formación pedagógica.
Licenciado en Administración de Empresas o Licenciado en
Contabilidad con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Contabilidad y Auditoría con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero Comercial con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Comercio Internacional con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Administración Educacional.
Contador Público con formación pedagógica.
Licenciado en Administración con Habilitación Pedagógica.
Profesor de Ciencias Sociales.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en Ciencias
Sociales.
Ingeniero Comercial con Habilitación Pedagógica.
FORMACIÓN
ÉTICA Y
CIUDADANA
Profesor de Educación Media. Área Formación Ética y Ciudadana
Profesor Especializado en el Nivel Medio: Área Filosofía
Profesor de Estudios Sociales.
Profesor de Ciencias Sociales.
Profesor/a de cultura religiosa.
Licenciado en Filosofía con Habilitación Pedagógica.
Lic. en Teología con Habilitación Pedagógica.
Lic. en Sociología con Habilitación Pedagógica.
Lic. en Ciencias Religiosas con Habilitación Pedagógica.
Lic. en Ciencias Pastorales con Habilitación Pedagógica.
Lic. en Ciencias de la Educación con énfasis en Ciencias Sociales.
Abogado con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 78
PSICOLOGÍA
Profesor de Psicología.
Profesor de Filosofía.
Licenciado en Psicología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Filosofía con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Orientación.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Trabajo Social con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Psicología Educacional.
Licenciado en Pedagogía.
Licenciado en Psicopedagogía.
FILOSOFÍA
Profesor de Filosofía.
Profesor de Psicología.
Profesor especializado en el nivel medio Área: Filosofía.
Lic. en Teología con Habilitación Pedagógica.
Lic. en Ciencias Religiosas con Habilitación Pedagógica.
Lic. en Ciencias Pastorales con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Psicología con Habilitación Pedagógica.
Profesor en Ciencias Sociales.
Licenciado en Filosofía con Habilitación Pedagógica.
Abogado con Habilitación Pedagógica.
SOCIOLOGÍA
Y
ANTROPOLO
GÍA
CULTURAL
Profesor de Filosofía.
Profesor de Psicología.
Profesor de Ciencias Sociales.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Teología con formación pedagógica.
Lic. en Ciencias Religiosas con Habilitación pedagógica.
Lic. en Ciencias Pastorales con Habilitación pedagógica.
Lic. en Antropología Filosófica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Filosofía con formación pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en Ciencias
Sociales.
Lic. en Sociología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Pedagogía.
Licenciado en Antropología Social y Cultural con habilitación
pedagógica.
Abogado con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 79
FILOSOFÍA Y
ANTROPOLO
GÍA SOCIAL Y
CULTURAL
Profesor de Filosofía.
Profesor de Psicología.
Profesor de Ciencias Sociales.
Licenciado en Pedagogía.
Licenciado en Teología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Religiosas con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Pastorales con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Antropología Filosófica con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Filosofía con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en Ciencias
Sociales.
Licenciado en Sociología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Abogado con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 80
ÁREA: EDUCACION FISICA Y SUS TECNOLOGÍAS
DISCIPLINA TÍTULOS HABILITANTES
EDUCACIÓN
FÍSICA
Profesor Superior de Educación Física y Salud.
Licenciado en Ciencias del Deporte.
Licenciado en Educación Física.
Profesor de Educación Física (Fuerzas Armadas y Policial).
Licenciado en Kinesiología con habilitación pedagógica.
Licenciado en Fisioterapia con habilitación pedagógica.
ARTES
Profesor de Artes Plásticas. (Homologado por DGES)
Profesor de Educación Musical. (Homologado por DGES)
Profesor de Música. (Homologado por DGES)
Profesor Superior de Canto. (Homologado por DGES)
Profesor de Educación Artística. Danza, Música
Profesor de Teatro. (Homologado por DGES)
Profesor de Teoría y Solfeo (Homologado por DGES)
Profesor Superior de Música y/o Danza.
Profesor Superior de Danza. (Homologado por DGES)
Licenciado en Artes Plásticas con formación o Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Educación Artística.
Licenciado en Bellas Artes con formación o Habilitación
Pedagógica.
Licenciatura en Historia del Arte con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Artes e Indumentaria con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Música con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Teatro con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Artes visuales con Habilitación Pedagógica.
Arquitecto con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 81
ÁREA: DE DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL
DISCIPLINA TÍTULOS HABILITANTES
ORIENTACION
EDUCACIONAL,
SOCIOLABORAL
SERVICIO
SOCIAL Y
PRODUCTIVO EN
LA COMUNIDAD
Profesor de Psicología.
Profesor de Ciencias Sociales.
Profesor Guía.
Licenciado en Psicología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Filosofía con Formación o Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Orientación.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Pedagogía.
Licenciado en Psicopedagogía.
Titulo de Grado con Habilitación Pedagógica y
especialización en Orientación Educacional y Vocacional.
Profesor de Nivel Medio con especialización en
Orientación Educacional y Vocacional.
Profesor de Nivel Medio con especialización en Desarrollo
Personal y Social con énfasis en Orientación y Tutoría.
Título de Grado con Habilitación Pedagógica y
especialización en Desarrollo Personal y Social con énfasis
en Orientación y Tutoría.
Licenciado en Trabajo Social con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Administración y Orientación Educacional.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 82
PLAN ESPECÍFICO
BACHILLERATOS CIENTÍFICOS
BACHILLERATO CIENTÍFICO CON ÉNFASIS EN CIENCIAS SOCIALES.
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
POLÍTICA
Profesor de Educación Media. Área: Ciencias Sociales.
Licenciado en Ciencias Políticas con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en Ciencias
Sociales o postgrado en Ciencias Políticas.
Licenciado en Sociología con Habilitación Pedagógica.
Notario y Escribano Público con Habilitación Pedagógica.
Abogado con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Filosofía con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Sociales con Habilitación Pedagógica.
ANTROPOLOGÍA
SOCIAL Y
CULTURAL
Profesor de Educación Media. Área: Ciencias Sociales.
Profesor de Filosofía.
Licenciado en Historia con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Antropología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Filosofía con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Sociología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Psicología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Teología con Habilitación Pedagógica.
Lic. en Ciencias Religiosas con Habilitación Pedagógica.
Lic. en Ciencias Pastorales con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Pedagogía.
Licenciado en Trabajo Social con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en Ciencias
Sociales.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Abogado con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 83
SOCIOLOGÍA
Profesor de Educación Media. Área: Ciencias Sociales.
Licenciado en Sociología con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Sociales con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Pedagogía Social con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Teología con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Trabajo Social con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Filosofía con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Pedagogía.
Licenciado en Servicio Social con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Políticas con Habilitación Pedagógica.
Abogado con habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 84
BACHILLERATO CIENTÍFICO CON ÉNFASIS EN LETRAS Y ARTES
AREA: COMUNICACIÓN.
AREA: EDUCACION PARA EL ARTE1
ÁREA: DESARROLLO PERSONAL Y SOCIAL
DISCIPLINA TÍTULOS HABILITANTES
ORIENTACIÓN
EDUCACIONAL
Y SOCIO
LABORAL
Profesor de Psicología.
Profesor de Ciencias Sociales.
Profesor Guía.
Licenciado en Psicología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Filosofía con Formación o Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Orientación.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Pedagogía.
Licenciado en Psicopedagogía.
Titulo de Grado con Habilitación Pedagógica y especialización en
Orientación Educacional y Vocacional.
Profesor de Nivel Medio con especialización en Orientación
Educacional y Vocacional.
Profesor de Nivel Medio con especialización en Desarrollo
Personal y Social con énfasis en Orientación y Tutoría.
Título de Grado con Habilitación Pedagógica y especialización en
Desarrollo Personal y Social con énfasis en Orientación y Tutoría.
Licenciado en Trabajo Social con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Administración y Orientación Educacional.
INVESTIGACIÓN
SOCIAL
Profesor de Educación Media. Área: Ciencias Sociales.
Profesor de Ciencias Sociales.
Licenciado en Sociología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Trabajo Social con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en Ciencias
Sociales o postgrado en Investigación Educacional.
Lic. en Antropología con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Licenciado en Pedagogía.
Licenciado en Servicio Social con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Estadística con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 85
1 Las titulaciones habilitantes para esta área deberán ser acompañadas por títulos de
bachillerato en cualquiera de sus modalidades y Habilitación pedagógica.
AREA: EDUCACION PARA EL ARTE2
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
ARTES
PLÁSTICAS
Profesor de Educación Artística.
Profesor de Artes Plásticas.
Profesor Superior de Artes Plásticas.
Licenciado en Educación Artística.
Licenciado en Artes Plásticas con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Artes Visuales con Habilitación pedagógica.
Profesor Superior de Dibujo y Pintura. (Homologado por DGES)
Profesor de Educación Artística.
Profesor de Artes Plásticas. (Homologado por DGES)
Profesor Superior de Artes Plásticas. (Homologado por DGES)
Licenciado en Educación Artística.
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
ANÁLISIS DEL
DISCURSO
COMUNICACIÓN
ORAL
COMUNICACIÓN
ESCRITA
Profesor de Lengua y Literatura.
Profesor de Castellano.
Profesor de Educación Bilingüe.
Licenciado en Educación Bilingüe.
Licenciado Ciencias de la Comunicación y Periodismo con
Habilitación pedagógica.
Licenciado en Comunicación, Publicidad, Marketing y
Promociones con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Letras con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con Énfasis en Lengua y
Literatura
TEATRO
Profesor de Educación Artística.
Licenciado en Educación Artística.
Licenciado en Artes Visuales con Habilitación pedagógica.
Profesor de Arte Escénico.
Licenciado en Arte Escénico.
Licenciado en Teatro con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 86
BACHILLERATO CIENTÍFICO CON ÉNFASIS EN CIENCIAS BÁSICAS Y
TECNOLOGÍA
AREA: CIENCIAS Y TECNOLOGÍA.
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
FÍSICA
Profesor de Educación Media: Área Física, Química.
Profesor de Física.
Profesor de Química con énfasis en Física.
Profesor de Educación Media Área Ciencias Básicas.
Licenciado en Ciencias Básicas con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Físicas con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Topografía con Habilitación Pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación Pedagógica
Ingeniero Electromecánica con Habilitación Pedagógica
Ingeniero Eléctrica/o con Habilitación Pedagógica
Ingeniero Electrónica/o con Habilitación Pedagógica
Ingeniero Industrial con Habilitación Pedagógica.
QUÍMICA
Profesor de Educación Media: área Química.
Profesor de Química.
Bioquímico con Habilitación Pedagógica.
Doctor en Química con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Químicas con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Química y Farmacia con Habilitación Pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación Pedagógica.
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica.
BIOLOGÍA
Profesor de Ciencias Naturales.
Profesor de Educación Media. Área: Ciencias Básicas.
Licenciado en Ciencias Biológicas con Habilitación pedagógica.
Doctor en Medicina con habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Bioquímica con Habilitación Pedagógica
Lic. En Ciencias Geográficas con habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ciencias Geográficas con habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 87
GEOLOGÍA
Profesor de Ciencias Naturales.
Profesor de Educación Media. Área: Ciencias Básicas.
Licenciado en Geología con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Ambiental con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Forestal con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en Educación
Ambiental.
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
Pedagógica.
Lic. En Ciencias Geográficas con habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ciencias Geográficas con habilitación pedagógica.
LÓGICA
MATEMÁTICA I
Profesor de Educación Media: Área Matemática.
Profesor de Matemática.
Licenciado en Matemática con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Estadísticas con Habilitación Pedagógica.
Lic. En Matemática Pura con habilitación Pedagógica.
Lic. En Matemática (Estadística) con Habilitación Pedagógica
Lic. En Ciencias Exactas (Matemáticas) con Habilitación
Pedagógica
EDUCACIÓN
AMBIENTAL Y
SALUD
Profesor de Ciencias Naturales.
Profesor de Educación Media. Área: Ciencias Básicas.
Profesor de Educación para la Salud.
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
Pedagógica.
Ingeniero Ambiental con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en Educación
Ambiental.
Lic. En Ciencias Geográficas con Habilitación Pedagógica.
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación Pedagógica.
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Biológicas con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias y Tecnología de Alimentos con
Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 88
BACHILLERATOS TÉCNICOS
MODALIDAD: TÉCNICOS EN SERVICIOS.
ESPECIALIDAD: DISEÑO GRÁFICO Y PUBLICIDAD
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
ILUSTRACIÓN
Licenciado en Diseño Gráfico con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Diseño y Comunicación gráfica con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Diseño de Interiores con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Artes Visuales con Habilitación Pedagógica
Profesor de Educación Artística.
Profesor de Dibujo con especialización en técnicas de pintura.
(homologado por DGES).
Arquitecto con Habilitación Pedagógica.
GRÁFICA
COMPUTARIZADA
Licenciado en Artes Plásticas con Habilitación Pedagógica y
capacitación en computación gráfico.
Licenciado en Diseño Gráfico con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Diseño y Comunicación Gráfica con Habilitación
Pedagógica.
Ingeniero en Informática con Habilitación Pedagógica.
Analista de Sistema con Habilitación Pedagógica
PUBLICIDAD
Licenciado en Publicidad con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Diseño y Comunicación Gráfica con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Marketing con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Comunicación Social con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Periodismo con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Comunicación Audiovisual con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Comunicación con Habilitación
Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 89
TALLER DE
DISEÑO
Licenciado en Diseño Gráfico con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Diseño y Comunicación Gráfica con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Educación Artística
Profesor de Dibujo Técnico.
Diseñador Infográfico con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Diseño de Productos con Habilitación Pedagógica.
ESPECIALIDAD: ADMINISTRACIÓN DE NEGOCIOS
AREA: TECNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
CONTABILIDAD Y
GABINETE DE
GESTIÓN
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
Pedagógica.
Profesor de Educación Media en Contabilidad y Administración
de Negocios.
Profesor de Contabilidad y Administración de Negocios.
Licenciado en Economía con Habitación Pedagógica.
Ingeniero Comercial con Habilitación Pedagógica.
MERCADOTECNIA
Economista con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Marketing con Habilitación pedagógica.
Profesor de Educación Media en Contabilidad y Administración
de Negocios.
Profesor de Contabilidad y Administración de Negocios.
Economista con habilitación pedagógica.
Licenciado en Comercio Exterior con Habilitación Pedagógico
Ingeniero Comercial con Habilitación Pedagógica.
ADMINISTRACIÓN
DE EMPRESAS
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Contabilidad o Contador Público con Habilitación
Pedagógica.
Profesor de Educación Media en Contabilidad y Administración
de Negocios.
Profesor de Contabilidad y Administración de Negocios.
Ingeniero Comercial con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 90
INFORMÁTICA
Ingeniero en Informática con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Análisis de Sistemas con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Informática con Habilitación Pedagógica.
Programador de Computadoras de nivel universitario con
Habilitación Pedagógica.
Profesor de Informática.
Técnico Superior en Informática con Habilitación Pedagógica.
ECONOMÍA
Economista con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Contabilidad o Contador Público con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero Comercial con habilitación pedagógica.
ESPECIALIDAD: MERCADOTECNIA
AREA: TECNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
CONTABILIDAD
Profesor de Educación Media en Contabilidad y Administración
de Negocios.
Profesor de Contabilidad y Administración de Negocios.
Profesor de Educación Media de Enseñanza Comercial.
Licenciado en Contabilidad o Contador Público con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
pedagógica.
MERCADOTECNIA
Y GABINETE
Profesor de Educación Media en Contabilidad y Administración
de Negocios.
Economista con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Marketing con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Comercial con habilitación pedagógica
PUBLICIDAD
Licenciado en Marketing con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Comunicación con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Diseño Gráfico con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 91
ADMINISTRACIÓN
DE EMPRESAS
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero Comercial con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Marketing con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Contabilidad o Contador Público con Habilitación
Pedagógica.
Profesor de Educación Media en Contabilidad y Administración
de Negocios.
INFORMÁTICA
Ingeniero en Informática con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Análisis de Sistemas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Informática con Habilitación Pedagógica.
Programador de Computadoras de nivel universitario con
Habilitación Pedagógica.
Profesor de Informática.
Técnico Superior en Informática con Habilitación Pedagógica.
ESPECIALIDAD: CONTABILIDAD
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
CONTABILIDAD
Licenciado en Contabilidad o Contador Público con Habilitación
Pedagógica.
Profesor de Contabilidad y Administración de Negocios.
Profesor de Enseñanza Comercial.
Profesor de Educación Media en Contabilidad y Administración
de Negocios.
SEMINARIO
CONTABLE
Licenciado en Contabilidad o Contador Público con Habilitación
Pedagógica.
Profesor de Educación Media en Contabilidad y Administración
de Negocios.
Profesor de Educación Media de Enseñanza Comercial.
CÁLCULOS
MERCANTILES Y
FINANCIEROS
Licenciado en Contabilidad o Contador Público con Habilitación
Pedagógica.
Profesor de Educación Media en Enseñanza Comercial.
Profesor de Educación Media en Contabilidad y Administración
de Negocios.
Profesor de Educación Media Área Matemática.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 92
LEGISLACIÓN
APLICADA
Licenciado en Contabilidad con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
Pedagógica.
Profesor de Contabilidad y Administración de Negocios.
Profesor de Educación Media de Contabilidad y Administración
de Negocios.
Profesor de Educación Media de Enseñanza Comercial.
ADMINISTRACIÓN
DE EMPRESAS
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Contabilidad o Contador Público con Habilitación
Pedagógica.
Profesor de Educación Media de Contabilidad y Administración
de Negocios.
Profesor de Contabilidad y Administración de Negocios.
Profesor de Educación Media de Enseñanza Comercial.
IMFORMÁTICA
Ingeniero en Informática con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Análisis de Sistemas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Informática con Habilitación Pedagógica.
Programador de Computadoras de nivel universitario con
Habilitación Pedagógica.
Profesor de Informática.
INTRODUCCIÓN A
LA ECONOMÍA
Economista con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Contabilidad o Contador Público con Habilitación
Pedagógica.
Profesor de Educación Media de Enseñanza Comercial.
Profesor de Educación Media en Contabilidad y Administración
de Negocios.
Profesor de Contabilidad y Administración de Negocios.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 93
ESPECIALIDAD: EDUCACIÓN PARA LA SALUD CON ÉNFASIS EN
ENFERMERÍA
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
COORDINADOR
TÉCNICO DE LA
ESPECIALIDAD
Licenciado en Enfermería especialidad Salud Pública o
Educación para la Salud con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Obstetricia especialidad Salud Pública o
Educación para la Salud con Habilitación Pedagógica.
Medico con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Salud Publica con Habilitación Pedagógica.
ENFERMERÍA
Licenciado en Enfermería con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación pedagógica.
Medico con Habilitación Pedagógica
ANATOMÍA Y
FISIOLOGÍA
Medico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Enfermería con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación pedagógica.
Odontólogo con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Bioquímica con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Biología con Habilitación Pedagógica
PATOLOGÍA
Medico con Habilitación Pedagógica.
Odontólogo con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Enfermería con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Bioquímica con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Biología con Habilitación Pedagógica
Especialista en Patología con Habilitación Pedagógica
NUTRICIÓN
Licenciado en Nutrición con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Enfermería con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación Pedagógica.
Medico con Especialización en Endocrinología y Nutrición con
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencias y Tecnologías de Alimentos con
Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 94
EDUCACIÓN PARA
LA SALUD
Licenciado en Enfermería con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Psicología con Habilitación pedagógica
Licenciado en Obstetricia con Habilitación pedagógica.
Técnico en Enfermería con Didáctica Especial
Medico con Habilitación Pedagógica.
Odontólogo con Habilitación Pedagógica.
Profesor de Educación Física y Salud
SALUD
COMUNITARIA
Licenciado en Enfermería con Habilitación Pedagógica y
especialización en Salud Pública
Licenciado en Obstetricia con Habilitación Pedagógica y
especialización en Salud Pública.
Medico con Habilitación Pedagógica y Especialización en Salud
Pública.
Licenciado en Trabajo Social con Especialización en Salud
Pública y Habilitación Pedagógica.
Medico de Familia con Habilitación Pedagógica.
SALUD PÚBLICA
Licenciado en Enfermería con Habilitación Pedagógica.
especialización en Salud Pública.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación Pedagógica
Especialización en Salud Pública.
Medico con Habilitación pedagógica Especialización en Salud
Pública.
Licenciado en Trabajo Social con Habilitación pedagógica y
especialización en Salud Pública
Licenciado en Psicología con Habilitación pedagógica
experiencia en Salud Pública.
PRÁCTICA EN
LABORATORIO
Licenciado en Bioquímica con Habilitación Pedagógica
Especialista en Patología con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Enfermería con Habilitación pedagógica.
Técnico en Enfermería con Habilitación pedagógica.
PRÁCTICA
COMUNITARIA
Licenciado en Enfermería con Habilitación Pedagógica y
especialización en Salud Pública
Licenciado en Obstetricia con Habilitación Pedagógica y
especialización en Salud Pública.
Medico con Habilitación Pedagógica y Especialización en Salud
Pública.
Licenciado en Trabajo Social con Especialización en Salud
Pública y Habilitación Pedagógica.
Medico de Familia con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 95
PRÁCTICA
HOSPITALARIA
Medico con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Enfermería con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Obstetricia con Habilitación Pedagógica
Medico de Familia con Habilitación Pedagógica.
ESPECIALIDAD: INFORMÁTICA
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
GABINETE DE
INFORMÁTICA
Ingeniero en Informática con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Análisis de Sistemas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Informática con Habilitación pedagógica.
Programador de Computadoras de nivel universitario con
Habilitación pedagógica
Profesor de Informática.
ALGORITMICA
Ingeniero en Informática con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Análisis de Sistemas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Informática con Habilitación pedagógica.
Programador de Computadoras, nivel universitario con
Habilitación Pedagógica.
ADMIINISTRACIÓN
FINANCIERA
Licenciado en Contabilidad con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Administración de Empresas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Comercio Exterior con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Auditoria de Empresas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Administración Financiera y Computarizada
con Habilitación Pedagógica.
Profesor de Educación Media: Área Enseñanza Comercial.
Profesor de Contabilidad y Administración de Negocios.
Profesor de Educación Media: Área Contabilidad y
Administración de Negocios.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 96
MATEMÁTICA
APLICADA A LA
INFORMÁTICA
Ingeniero en Informática con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Análisis de Sistemas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Matemáticas con Habilitación
Pedagógica con formación o especialización en el área de
concurso.
ESPECIALIDAD: CIENCIAS AMBIENTALES
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABLILITANTES
COORDINADOR
TÉCNICO
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Forestal con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con especialización en
Ciencias Ambientales.
Ingeniero Agrónomo con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Administración Agraria con Habilitación
Pedagógica
Licenciado en Administración Rural con Habilitación
Pedagógica.
JEFE DE CAMPO
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
Pedagógica.
Técnico en Ciencias Ambientales con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Agrónomo con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Administración Agraria con Habilitación
Pedagógica
Licenciado en Administración Rural con Habilitación
Pedagógica
Técnico Agropecuario con Didáctica Especial.
EDUCACIÓN
AMBIENTAL
Ingeniero/a en Ecología Humana con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con especialización en
Ciencias Ambientales.
Ingeniero Ambiental con Habilitación pedagógica.
Lic. En Ciencias Geográficas con Habilitación Pedagógica.
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 97
ADMINISTRACIÓN DE
LOS RECURSOS
NATURALES
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Forestal con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Administración Agraria con Habilitación
Pedagógica
Licenciado en Administración Rural con Habilitación
Pedagógica
Ingeniero ambiental con Habilitación Pedagógica
Técnico Superior Forestal con Didáctica Especial
AGROECOLOGÍA
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ecología Humana con experiencia en producción
agroecológica y Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
pedagógica.
RECURSOS
GEOLÓGICOS Y
EDAFOLÓGICOS
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Geología con Habilitación pedagógica.
METEOROLOGÍA
Meteorólogo con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior Forestal con Didáctica Especial y
capacitación en Meteorología.
BIOLOGÍA GENERAL
Licenciado en Biología con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica.
Profesor de Ciencias Naturales.
Profesor de Educación Media. Área: Ciencias Básicas.
EVALUACIÓN DE
IMPACTO AMBIENTAL
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
pedagógica.
Titulo de Grado con Habilitación Pedagógica y Capacitación en
Ciencias Ambientales y Políticas Públicas
INDUSTRIAS
ALIMENTARIAS
ORGÁNICAS
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación pedagógica
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Tecnología de Producción con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Tecnología de Alimentos con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Nutrición con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 98
TECNOLOGÍA
ALTERNATIVA
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Tecnología de Producción con Habilitación
pedagógica.
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
AREA: INVESTIGACIÓN SOCIAL Y AMBIENTAL
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
SOCIOLOGÍA RURAL Y
URBANA
Licenciado en Sociología con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ecología con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Trabajo Social con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior Forestal con Didáctica Especial
METODOLOGÍA DE LA
INVESTIGACIÓN
Licenciado en Ciencias de la Educación con especialización en
Investigación Educacional.
Licenciado en Sociología con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Ambientales con especialización en
Investigación y Habilitación pedagógica.
Titulo de Grado con Habilitación Pedagógica y Capacitación en
Metodología de la Investigación.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 99
AREA: PLANIFICACIÓN Y PROYECTO SUSTENTABLE
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
ECONOMÍA
AMBIENTAL
Licenciado en Administración con Habilitación pedagógica y
especialización en Economía Ambiental.
Licenciado en Ciencias Ambientales con Habilitación
pedagógica.
DISEÑO Y
ELABORACIÓN DE
PROYECTOS
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Forestal con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación pedagógica.
ECOTURISMO
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación pedagógica.
Licenciado. en Ciencias Ambientales con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Hotelería y Turismo con Habilitación Pedagógica.
Titulo de Grado con Habilitación Pedagógica y Capacitación en
Hotelería y Turismo.
LEGISLACIÓN
AMBIENTAL
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Forestal con Habilitación pedagógica.
Abogado con Habilitación pedagógica y capacitación en
Legislación Ambiental.
Técnico Superior Forestal con Didáctica Especial y Capacitación
en Leyes Ambientales.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 100
ESPECIALIDAD: ASISTENCIA DEPORTIVA
ÁREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
COORDINADOR
TÉCNICO
PEDAGÓGICO
Licenciado en Ciencias del Deporte con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación.
Profesor de Educación Física.
INSTRUCTOR
Licenciado en Ciencias del Deporte con Habilitación
pedagógica.
Profesor de Educación Física
Técnico deportivo con Didáctica Especial.
Licenciado en Educación Física
DOCENTES POR
HORAS CÁTEDRAS
Licenciado en Ciencias del Deporte con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Salud con Habilitación
pedagógica.
Profesor con especialización en la disciplina deportiva
requerida.
Técnico deportivo con Didáctica Especial.
Profesor de Educación Física.
Licenciado en Educación Física
DEPARTAMENTO
TÉCNICO
PEDAGÓGICO ÁREAS
ESPECÍFICAS
Medico con Habilitación pedagógica y especialización en
Medicina Deportiva.
Licenciado en Enfermería con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias del Deporte con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Ciencias del Deporte.
Licenciado en Psicología Deportiva.
Licenciado en Psicología Habilitación pedagógica y
capacitación en Psicología Deportiva.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 101
ESPECIALIDAD: CIENCIAS GEOGRÁFICAS
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
INSTRUMENTAL
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Cartografía con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencias Topográficas con Habilitación
Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica Especial
TOPOGRAFÍA
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Cartografía con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencias Topográficas con Habilitación
Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica Especial
GEODESIA
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Cartografía con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencias Topográficas con Habilitación
Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica Especial
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 102
DIBUJO TÉCNICO
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Cartografía con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencias Topográficas con Habilitación
Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica Especial
CARTOGRAFÍA
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Cartografía con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencias Topográficas con Habilitación
Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica Especial
CATASTRO
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Cartografía con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencias Topográficas con Habilitación
Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica Especial.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 103
CLASIFICACIÓN DE
CAMPO
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Cartografía con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencias Topográficas con Habilitación
Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica Especial
FOTOINTERPRETA-
CIÓN
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Cartografía con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencias Topográficas con Habilitación
Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica Especial
FOTOGRAMETRÍA
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Cartografía con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencias Topográficas con Habilitación
Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica Especial
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 104
MODALIDAD: TÉCNICO AGROPECUARIO
AREA: PRODUCCIÓN VEGETAL
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
AGRICULTURA
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica con
capacitación en Producción Agrícola o equivalente
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación
pedagógica.
Técnico Agropecuario con Didáctica Especial
HORTICULTURA
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica con
capacitación orientación en Producción Agrícola.
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación
pedagógica.
FRUTICULTURA -
SILVICULTURA
Ingeniero Agrónomo con orientación en Producción
Agrícola o equivalente y Habilitación pedagógica.
Ingeniero Forestal con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación
pedagógica.
Técnico Forestal con Didáctica Especial.
Técnico Agropecuario con Didáctica Especial
PASTURA
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica y
capacitación en Producción Animal
Medico Veterinario con Habilitación pedagógica.
Técnico Agropecuario con Didáctica Especial
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 105
AREA: PRODUCCIÓN ANIMAL
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
GANADO MENOR
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica y
capacitación en Producción Animal
Medico Veterinario con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación
pedagógica.
Técnico Agropecuario con Didáctica Especial
GANADO MAYOR
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica y
capacitación en Producción Animal
Medico Veterinario con Habilitación pedagógica.
Técnico Agropecuario con Didáctica Especial
ÁREA: PLANIFICACIÓN Y GESTIÓN
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
ADMINISTRACIÓN
RURAL
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica y
capacitación en Producción Animal
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Administración Rural con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Administración Agraria con Habilitación
pedagógica.
ECONOMÍA
AGROPECUARIA
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica y
capacitación en Producción Animal
Ingeniero en Ecología Humana con Habilitación
pedagógica.
Economista con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Administración Agraria con Habilitación
pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 106
AREA: MÁQUINAS, EQUIPOS E IMPLEMENTOS AGROPECUARIOS
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
EQUIPOS E
IMPLEMENTOS
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica y
capacitación en Ingeniería Rural.
Técnico Agromecánico con Didáctica Especial
MAQUINARIAS
AGRÍCOLAS
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica y
capacitación en Ingeniería Rural.
Técnico Agromecánico con Didáctica Especial
MODALIDAD: TÉCNICOS INDUSTRIALES
ESPECIALIDAD: MECÁNICA AUTOMOTRIZ
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
MECÁNICA
APLICADA
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Técnico en Mecánica automotriz con Didáctica Especial
TECNOLOGÍA
AUTOMOTRIZ
Ingeniero Mecánico con especialización en el área y con
Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Técnico en Electricidad con especialización en el área
y Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Mecatrónica con especialización en el área y
Habilitación pedagógica.
Técnico en Mecánica automotriz con Didáctica Especial
ELECTRICIDAD Y
ELECTRÓNICA
DEL AUTOMOVIL
Ingeniero Electricista con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica con
Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Técnico en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Mecatrónica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 107
LABORATORIO
DIESEL
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica y
capacitación en el área
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica y
capacitación en el área
Ingeniero en Mecatrónica con Habilitación pedagógica y
capacitación en el área
TALLER DE
AUTOMOTRIZ
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica y
capacitación en el área
Ingeniero en Mecatrónica con Habilitación pedagógica y
capacitación en el área
Técnico en Mecánica automotriz con Didáctica Especial.
DIBUJO TÉCNICO
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electricista con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Profesor de Dibujo Técnico.
SEGURIDAD E
HIGIENE
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica y
capacitación en el área.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Técnico con Habilitación pedagógica y capacitación
en el área
Ingeniero en Mecatrónica con Habilitación pedagógica y
capacitación en el área
ESPECIALIDAD: CONSTRUCCIONES CIVILES
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
DIBUJO TÉCNICO
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Profesor de Dibujo Técnico.
MATERIALES Y
TECNOLOGÍA DE
LA
CONSTRUCCIÓN
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Profesor de Dibujo Técnico.
INSTALACIONES Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 108
ESTABILIDAD Y
RESISTENCIA DE
MATERIALES
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
PROYECTO Arquitecto con Habilitación pedagógica.
LABORATORIO Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
TALLER Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
TÉCNICAS
INSTRUMENTALE
S
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
TOPOGRAFÍA
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Topógrafo con Didáctica Especial.
ESPECIALIDAD: ELECTRICIDAD
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
DISEÑO,
PROYECTO Y
PRESUPUESTO
Ingeniero Electricista o Eléctrico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Mecatrónica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Electricista con Didáctica Especial
TALLER
Ingeniero Electricista o Eléctrico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Electricista con Didáctica Especial.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 109
ELECTROTECNIA
Ingeniero Electricista o Eléctrico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electricidad con Habilitación pedagógica.
LABORATORIO
Ingeniero Electricista o Eléctrico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electricidad con Habilitación pedagógica.
TALLER
MECÁNICO
Ingeniero Electricista o Eléctrico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electricidad con Habilitación pedagógica.
ELECTRÓNICA
Ingeniero Electricista o Eléctrico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Técnico Electrónico con Didáctica Especial
DIBUJO TÉCNICO
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electricista con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Profesor de Dibujo Técnico.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 110
INFORMÁTICA
Ingeniero en Informática con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Eléctrico o Electricista con Habilitación pedagógica
y capacitación en informática.
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Análisis de Sistemas con Habilitación
pedagógica.
Programador de Computadoras de Nivel Universitario con
Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Informática con Habilitación pedagógica.
Profesor de Informática.
ESPECIALIDAD: ELECTROMECÁNICA.
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
ELECTROTECNIA
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electricista con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electricidad con Habilitación pedagógica.
INSTALACIÓN
INDUSTRIAL
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electricista con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electricidad con Habilitación pedagógica.
REFRIGERACIÓN
Y CALEFACCIÓN
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Técnico en Refrigeración con Didáctica Especial
INFORMÁTICA I,
II
(1º Y 2º CURSOS)
Licenciado en Análisis de Sistemas con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Informática con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Programador de Computadoras de Nivel Universitario con
Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Informática con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 111
INFORMÁTICA III
(3° CURSO)
Ingeniero Electromecánico con formación en Informática y
Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con formación en Informática y
Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con formación en Informática y
Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
TECNOLOGÍA DE
LOS MATERIALES
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Metalúrgico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Técnico en Metalúrgica con Didáctica Especial
ELECTRÓNICA
INDUSTRIAL
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Eléctrico o Electricista con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
INSTALACIONES
NEUMÁTICAS E
HIDRÁULICAS
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
DISEÑO Y
PROYECTO
MECÁNICO
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
CÁLCULOS
MECÁNICOS
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Metalúrgico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
DISEÑO Y
MANTENIMIENTO
INDUSTRIAL
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
MANTENIMIENTO
MECÁNICO Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 112
DIBUJO TÉCNICO
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electricista con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Profesor en Dibujo Técnico.
ESPECIALIDAD: MECÁNICA GENERAL
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
MECÁNICA
APLICADA
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
TECNOLOGÍA
MECÁNICA
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
ELECTROTÉCNIA
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electricista con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
DISEÑO Y
PROYECTO
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
SEGURIDAD E
HIGIENE
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
LABORATORIO
DE MECÁNICA
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
TALLER DE
MECÁNICA
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 113
DIBUJO TÉCNICO
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electricista con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Profesor de Dibujo Técnico
ESPECIALIDAD: ELECTRÓNICA
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
INFORMÁTICA
(1º y 2º Curso)
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Informática con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Análisis de Sistemas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Programador de Computadoras de Nivel Universitario con
Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
INFORMÁTICA
(3º Curso)
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero en Informática con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Análisis de Sistemas con formación en
Electrónica.
Programador de Computadoras con formación en Electrónica.
DIBUJO TÉCNICO
Profesor de Dibujo Técnico.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Eléctrico con Habilitación pedagógica.
Profesor en Dibujo Técnico
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 114
ELECTROTÉCNIA
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Eléctrico o Electricista con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electrónica con Habilitación pedagógica.
ELEMENTOS DE
TECNOLOGÍA
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electrónica con Habilitación pedagógica.
LABORATORIO
DE
ELECTROTECNIA
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Eléctrico con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación pedagógica.
ELECTRÓNICA
ANALÓGICA
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
LABORATORIO
DE ELECTRÓNICA
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
ELECTRÓNICA
DIGITAL
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
ELECTRÓNICA
INDUSTRIAL
Ingeniero Electrónico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Electrónica con Habilitación pedagógica.
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación pedagógica.
SEGURIDAD E
HIGIENE
Técnico de Nivel Superior especializado en Higiene y
Seguridad Industrial con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 115
ESPECIALIDAD: QUÍMICA INDUSTRIAL
AREA: TÉCNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
PROYECTO
INDUSTRIAL
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
QUÍMICA
(Inorgánica y
Orgánica)
Licenciado en Química con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
Químico Farmacéutico con Habilitación pedagógica.
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Profesor de Química.
DIBUJO TÉCNICO
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electricista con Habilitación pedagógica.
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Profesor de Dibujo Técnico.
SEGURIDAD E
HIGIENE
INDUSTRIAL
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Química Industrial con Habilitación pedagógica.
QUÍMICA
ANALÍTICA
CUALITATIVA Y
CUANTITATIVA
Químico Farmacéutico con Habilitación pedagógica.
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
Doctor en Química Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 116
RECURSOS
NATURALES DEL
PARAGUAY
Licenciado en Ciencias Biológicas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Ciencias Naturales.
Licenciado en Química con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Naturales con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero Forestal con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Profesor de Educación Media: Área Ciencias Básicas.
Profesor de Ciencias de la Naturaleza.
ANÁLISIS
INSTRUMENTAL
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
FÍSICA-QUÍMICA
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Química Industrial con Habilitación pedagógica.
OPERACIONES
UNITARIAS Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
TECNOLOGÍA
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Tecnología de Alimentos con Habilitación
pedagógica.
BROMATOLOGÍA
Y
MICROBIOLOGÍA
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Tecnología de Alimentos con Habilitación
pedagógica.
TECNOLOGÍA
ALIMENTARÍA
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Tecnología de Alimentos con Habilitación
pedagógica.
TECNOLOGÍA DE
LA ENERGÍA
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 117
ANÁLISIS
INDUSTRIAL
INORGÁNICA Y
ORGÁNICA
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación pedagógica.
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
TALLER DE
SERVICIOS
INDUSTRIALES
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 118
FORMACIÓN PROFESIONAL MEDIA
CARGO ESPECIALIDAD TÍTULOS HABILITANTES
INS
TR
UC
TO
R
CONSTRUCCIONES
CIVILES
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Bachiller Técnico en Construcciones Civiles con
Didáctica Especial
ELECTRICIDAD
Ingeniero Electricista ó Eléctrico con
Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Electricidad con Habilitación
pedagógica.
Técnico Superior en Electricidad con
Habilitación pedagógica.
Bachiller Técnico en Electricidad con Didáctica
Especial
ARTES GRÁFICAS
Licenciado en Diseño Gráfico con Habilitación
pedagógica.
Bachiller Técnico en Artes Graficas con
Didáctica Especial.
MECÁNICA
GENERAL
Titulo de Grado con Habilitación Pedagógica y
capacitación en el área
Bachiller Técnico Industrial en Mecánica General
con Didáctica Especial.
MECÁNICA
AUTOMOTRIZ
Bachiller Técnico Industrial en Mecánica
Automotriz con Didáctica Especial.
Titulo de Grado con Habilitación Pedagógica y
capacitación en el área.
REFRIGERACIÓN
Ingeniero Electromecánico con Habilitación
pedagógica.
Bachiller Técnico Industrial en Electromecánica
con Didáctica Especial. .
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 119
PLOMERÍA
Ingeniero Sanitarista con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Bachiller Técnico Industrial en Construcciones
Civiles con Didáctica Especial.
Técnico en Plomería con Didáctica Especial.
ELECTRÓNICA
Ingeniero Electrónico con Habilitación
pedagógica
Técnico Superior en Electrónica con Habilitación
pedagógica.
Bachiller Técnico en Electrónica con Didáctica
Especial
Técnico en Electrónica con Didáctica Especial.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 120
ESPECIALIDAD: QUÍMICA INDUSTRIAL
AREA: TECNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
PROYECTO
INDUSTRIAL
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
QUIMICA INORGANICA
Y ORGANICA
Profesor de Química.
Licenciado en Química con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
Químico Farmacéutico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica
Químico Farmacéutico Industrial con Habilitación
Pedagógica
Químico Farmacéutico Asistencial con Habilitación
Pedagógica
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia y Tecnología de Alimentos con
Habilitación Pedagógica
Químico Analítico con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica
Licenciado en Ciencia Mención Química con
Habilitación Pedagógica
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
DIBUJO TÉCNICO
Profesor de Dibujo Técnico.
Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electricista con Habilitación pedagógica.
Arquitecto con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Industrial con habilitación Pedagógica.
SEGURIDAD E
HIGIENE
INDUSTRIAL
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Química Industrial con Habilitación
pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 121
QUÍMICA ANALÍTICA
CUALITATIVA Y
CUANTITATIVA
Químico Farmacéutico con Habilitación pedagógica.
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
Doctor en Química Industrial con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Químico Farmacéutico Industrial con Habilitación
Pedagógica
Químico Farmacéutico Asistencial con Habilitación
Pedagógica
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia y Tecnología de Alimentos con
Habilitación Pedagógica
Químico Analítico con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica
Licenciado en Ciencia Mención Química con
Habilitación Pedagógica
RECURSOS NATURALES
DEL
PARAGUAY
Profesor de Educación Media: Área Ciencias Básicas.
Profesor de Ciencias de la Naturaleza.
Licenciado en Ciencias Biológicas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias de la Educación con énfasis en
Ciencias Naturales.
Licenciado en Química con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Ciencias Naturales con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero Forestal con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Agrónomo con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Dr. en Química Industrial con Habilitación Pedagógica.
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia y Tecnologia de Alimentos con
Habilitación Pedagógica
Analista Industrial con Habilitación Pedagógica
Químico Analítico con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica
Licenciado en Ciencia Mención Química con
Habilitación Pedagógica
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 122
Ing. en Ecología Humana con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Geología con habilitación pedagógica.
ANÁLISIS
INSTRUMENTAL
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
Dr. en Química Industrial con Habilitación Pedagógica.
Bioquímico con Habilitación Pedagógica
Bioquímico Clínico con Habilitación Pedagógica
Químico Farmacéutico Industrial con Habilitación
Pedagógica
Químico Farmacéutico Asistencial con Habilitación
Pedagógica
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia y Tecnología de Alimentos con
Habilitación Pedagógica
Analista Industrial con Habilitación Pedagógica
Químico Analítico con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica
Licenciado en Ciencia Mención Química con
Habilitación Pedagógica
Licenciado en Química con Habilitación Pedagógica.
FÍSICO-QUÍMICA
Dr. en Química Industrial con Habilitación Pedagógica.
Bioquímico con Habilitación Pedagógica
Bioquímico Clínico con Habilitación Pedagógica
Químico Farmacéutico Industrial con Habilitación
Pedagógica
Químico Farmacéutico Asistencial con Habilitación
Pedagógica
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia y Tecnología de Alimentos con
Habilitación Pedagógica
Químico Analítico con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica
Licenciado en Ciencia Mención Química con
Habilitación Pedagógica
Licenciado en Química con Habilitación Pedagógica
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 123
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Química Industrial con Habilitación
pedagógica.
OPERACIONES
UNITARIAS
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Dr. en Química Industrial con Habilitación Pedagógica.
TECNOLOGÍA
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Tecnología de Alimentos con
Habilitación pedagógica.
BROMATOLOGÍA
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Tecnología de Alimentos con
Habilitación pedagógica.
Dr. en Química Industrial con Habilitación Pedagógica.
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia y Tecnología de Alimentos con
Habilitación Pedagógica
Químico Analítico con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica
MICROBIOLOGÍA
INDUSTRIAL
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Tecnología de Alimentos con
Habilitación pedagógica.
Dr. en Química Industrial con Habilitación Pedagógica.
Bioquímico con Habilitación Pedagógica.
Bioquímico Clínico con Habilitación Pedagógica.
Químico Farmacéutico Industrial con Habilitación
Pedagógica.
Químico Farmacéutico Asistencial con Habilitación
Pedagógica.
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia y Tecnología de Alimentos con
Habilitación Pedagógica.
Analista Industrial con Habilitación Pedagógica.
Químico Analítico con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencia Mención Química con
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 124
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Química con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia Mención Química con
Habilitación Pedagógica.
Ing. En Ecología Humana con Habilitación
Pedagógica.
TECNOLOGÍA
ALIMENTARIA
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Tecnología de Alimentos con
Habilitación pedagógica..
Dr. en Química Industrial con Habilitación Pedagógica.
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia y Tecnología de Alimentos con
Habilitación Pedagógica
ANÁLISIS INDUSTRIAL
INORGÁNICA Y
ORGÁNICA
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación pedagógica.
Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Dr. en Química Industrial con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia y Tecnología de Alimentos con
Habilitación Pedagógica.
Químico Analítico con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencia Mención Química con
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Química con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Ciencia Mención Química con
Habilitación Pedagógica
TECNOLOGÍA DE LA
ENERGÍA
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación
pedagógica.
Ingeniero Industrial con Habilitación pedagógica.
Doctor en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica.
TALLER DE SERVICIOS
INDUSTRIALES
Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Mecánico con Habilitación pedagógica.
Ingeniero Electromecánico con Habilitación
Pedagógica.
QUÍMICA PRÁCTICA Ingeniero Químico con Habilitación Pedagógica.
Doctor en Química Industrial con Habilitación
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 125
Pedagógica.
Doctor en Bioquímica con Habilitación Pedagógica
Bioquímico con Habilitación Pedagógica
Bioquímico Clínico con Habilitación Pedagógica
Químico Farmacéutico Industrial con Habilitación
Pedagógica
Químico Farmacéutico Asistencial con Habilitación
Pedagógica
Tecnólogo de Alimentos con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Ciencia y Tecnología de Alimentos con
Habilitación Pedagógica
Analista Industrial con Habilitación Pedagógica
Químico Analítico con Habilitación Pedagógica
Licenciado en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica
Licenciado en Ciencia Mención Química con
Habilitación Pedagógica
Licenciado en Química con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 126
ESPECIALIDAD: ASISTENCIA DEPORTIVA
AREA: TECNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
TEORÍA DE LA
EDUCACIÓN FÍSICA
Lic. en Ciencias del Deporte con habilitación
pedagógica
Lic. en Educación Física y Dirección Técnica
Deportiva con habilitación pedagógica
Prof. Superior de Educación Física
Prof. de Educación Física y Salud
PRACTICA DE LA
EDUCACIÓN FÍSICA
Lic. en Ciencias del Deporte con habilitación
pedagógica
Lic. en Educación Física y Dirección Técnica
Deportiva con habilitación pedagógica
Prof. Superior de Educación Física
Prof. de Educación Física y Salud
PERIODISMO
DEPORTIVO
Lic. en Ciencias de la Comunicación y Periodismo
con habilitación pedagógica.
Lic. En Ciencias de la Comunicación y Publicidad
con habilitación pedagógica.
Locutor Profesional de Radio y Televisión con
habilitación pedagógica.
ANATOMÍA,
FISIOTERAPIA Y
PRIMEROS AUXILIOS
Médico/a cirujano/a con habilitación pedagógica
Lic. en Enfermería con habilitación pedagógica
Lic. en Fisioterapia con habilitación pedagógica
Lic. En Kinesiología con habilitación pedagógica.
Lic. en Ciencias del Deporte con habilitación
pedagógica
Lic. En Educación Física con habilitación pedagógica
Prof. Superior de Educación Física
Prof. De Educación Física y Salud.
Lic. en Emergencias Médicas con habilitación
pedagógica.
Lic. en Ciencias de la Salud con habilitación
pedagógica.
NUTRICIÓN DEL
DEPORTISTA
Lic. en Nutrición con habilitación pedagógica
Médico/a cirujano/a con habilitación pedagógica
Lic. En Enfermería con énfasis Nutrición Humana
con habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 127
Lic. En Ciencias del Deporte con habilitación
pedagógica.
Lic. en Ciencias de la Salud con habilitación
pedagógica.
METODOLOGÍA DE LA
INVESTIGACIÓN
Lic. en Metodología de la investigación con
habilitación pedagógica
Lic. en Ciencias de la Educación con especialización
o postgrado en metodología de la investigación.
Lic. en Ciencias del Deporte con habilitación
pedagógica
Lic. en Educación Física y Dirección Técnica
Deportiva con habilitación pedagógica
Licenciado en Sociología con Habilitación
pedagógica.
Lic. en Ciencias de la Educación con énfasis en
Ciencias Sociales.
Titulo de Grado con especialización o postgrado en
metodología de la investigación.
ECONOMÍA, GESTIÓN Y
LEGISLACIÓN
DEPORTIVA
Economista con habilitación pedagógica
Lic. en Administración de empresas con habilitación
pedagógica
Abogado/a con habilitación pedagógica
Lic. en Contabilidad y/o Contador Público con
habilitación pedagógica
PASANTÍA LABORAL
Lic. En Ciencias del Deporte con habilitación
pedagógica
Lic. En Educación Física y Dirección Técnica
Deportiva con habilitación pedagógica
Prof. Superior de Educación Física
Prof. De Educación Física y Salud
COORDINADOR/ATÉCNI
CO/A PEDAGÓGICO/A
Lic. en Ciencias de la Educación
Lic. en Ciencias del Deporte con habilitación
pedagógica
Lic. Psicología con especialidad en el área deportiva
y con habilitación pedagógica
Profesor de Educación Física
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 128
ESPECIALIDAD: CIENCIAS GEOGRÁFICAS
AREA: TECNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
INSTRUMENTAL
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con
Habilitación Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica
Especial.
TOPOGRAFÍA
Ingeniero Civil con Habilitación Pedagógica.
Arquitecto con Habilitación Pedagógica.
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con
Habilitación Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial.
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
GEODESIA
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con
Habilitación Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial.
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica
Especial.
DIBUJO TÉCNICO
Ingeniero Civil con Habilitación Pedagógica.
Arquitecto con Habilitación Pedagógica.
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con
Habilitación pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 129
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas Didáctica
Especial.
CARTOGRAFÍA
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con
Habilitación Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial.
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica
Especial.
CATASTRO
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con
Habilitación pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial.
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
CLASIFICACIÓN DE CAMPO
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con
Habilitación Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial.
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Didáctica
Especial.
FOTOINTERPRETACIÓN
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con
Habilitación pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial.
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 130
FOTOGRAMETRÍA
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con
Habilitación Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial.
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
RESTITUCION
FOTOGRAMETRICA
Ingeniero en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Ciencias Geográficas con
Habilitación Pedagógica.
Cartógrafo con Didáctica Especial.
Agrimensor con Didáctica Especial.
Topógrafo con Didáctica Especial.
Técnico en Ciencias Geográficas con Habilitación
Pedagógica.
LEGISLACION
PROFESIONAL
Doctor en Derecho Habilitación Pedagógica.
Abogado con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 131
ESPECIALIDAD: DISEÑO GRÁFICO Y PUBLIDICAD
AREA: TECNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
ILUSTRACIÓN
Licenciatura en Diseño Gráfico con Habilitación
pedagógica.
Licenciatura en Diseño y Comunicación Gráfica
con Habilitación pedagógica.
Licenciatura en Bellas Artes con Habilitación
Pedagógica.
Licenciatura en Artes Visuales con Habilitación
Pedagógica.
Licenciatura en Educación Artística
Profesor de Educación Artística.
Profesor de Dibujo con especialización en técnicas
de pintura.
Arquitecto con Habilitación Pedagógica.
GRÁFICA
COMPUTARIZADA
Licenciatura en Diseño Gráfico con Habilitación
Pedagógica.
Licenciatura en Diseño y Comunicación Gráfica
con Habilitación Pedagógica.
Licenciatura en Artes Plásticas con formación en
computación gráfica con Habilitación Pedagógica
Licenciatura en Ciencias Informáticas con
formación en computación gráfica, con
habilitación pedagógica.
Licenciado en Comunicación Audiovisual con
Habilitación Pedagógica.
PUBLICIDAD
Licenciado en Publicidad con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Diseño y Comunicación Gráfica con
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Marketing con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Comunicación Social con
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Periodismo con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Comunicación Audiovisual con
Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 132
Licenciado en Ciencias de la Comunicación con
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Comunicación y Publicidad con
Habilitación Pedagógica.
TALLER DE DISEÑO
Licenciado en Diseño Gráfico con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Diseño y Comunicación Gráfica con
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Educación Artística con
Habilitación Pedagógica.
Profesor de Dibujo Técnico.
Diseñador Infográfico con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Diseño de Productos con
Habilitación Pedagógica.
FOTOGRAFIA
Licenciado en Diseño Gráfico con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Diseño y Comunicación gráfica con
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Artes Visuales con énfasis en
procesamiento de imágenes con Habilitación
Pedagógica
• Profesor de fotografía con Habilitación
Pedagógica.
INDUSTRIAS GRÁFICAS
Licenciado en Diseño Gráfico con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Diseño y Comunicación Gráfica con
Habilitación Pedagógica
Técnico Superior en Artes Gráficas con
Habilitación Pedagógica.
Técnico Superior en Producción Gráfica con
Habilitación Pedagógica.
HISTORIA DEL DISEÑO
Licenciado en Diseño Gráfico con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Diseño y Comunicación Gráfica con
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Educación Artística con
Habilitación pedagógica
Arquitecto con habilitación pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 133
Licenciado en Historia del Arte con habilitación
pedagógico.
ESPECIALIDAD: HOTELERÍA Y TURISMO
AREA: TECNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
ADMINISTRACIÓN
TURÍSTICA
Lic. en Hotelería y turismo con Habilitación
Pedagógica.
Lic. en Desarrollo Turístico con Habilitación
Pedagógica.
Lic. en Turismo con Habilitación Pedagógica.
Técnico Superior en Turismo con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Administración y Gestión de
Hotelería y Turismo con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Administración con Habilitación
Pedagógica.
TURISMO
Lic. en Hotelería y Turismo con Habilitación
Pedagógica.
Lic. en Turismo con Habilitación Pedagógica.
Técnico Superior en Turismo con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Administración y Gestión de
Hotelería y Turismo con Habilitación Pedagógica.
ECOTURISMO
Ingeniero Ambiental con Habilitación Pedagógica
Ing. en Ecología Humana con Habilitación
Pedagógica
Lic. en Ciencias Ambientales con Habilitación
Lic. en Turismo con Habilitación Pedagógica
Técnico Superior en Turismo con Habilitación
Pedagógica.
Licenciado en Administración y Gestión de
Hotelería y Turismo con Habilitación Pedagógica.
HOTELERÍA
Lic. en Hotelería con habilitación Pedagógica.
Lic. en Hotelería y Turismo con Habilitación
Pedagógica.
Técnico Superior en Hotelería con Habilitación
Pedagógica.
Técnico Superior en Hotelería y Gastronomía con
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 134
Habilitación Pedagógica.
Técnico Hotelero con didáctica especial.
Licenciado en Administración y Gestión de
Hotelería y Turismo con Habilitación Pedagógica.
GASTRONOMÍA
Lic. en Hotelería y Turismo con Habilitación
Pedagógica
Lic. en Gastronomía con habilitación pedagógica
Técnico Superior en Hotelería y Gastronomía con
Habilitación Pedagógica
Técnico Superior en Gastronomía y Nutrición con
Habilitación Pedagógica.
Profesor de Arte Culinario con Didáctica Especial.
INFORMÁTICA
Ingeniero en Informática con Habilitación
Pedagógica.
Lic. en Análisis de Sistemas con Habilitación
Pedagógica.
Programador de Computadoras nivel universitario
con Habilitación Pedagógica.
CONTABILIDAD
Lic. en Contabilidad con Habilitación Pedagógica.
Lic. en Administración de Empresas con
Habilitación Pedagógica.
Economista con Habilitación Pedagógica.
Prof. de Educación Media en Contabilidad y
Administración de Negocios.
Prof. de Contabilidad y Administración de
Negocios.
Prof. de Educación Media en Enseñanza
Comercial.
MARKETING
Lic. en Marketing con Habilitación Pedagógica
Lic. en Administración de Empresas con
Habilitación Pedagógica.
Ingeniero Comercial con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Marketing y Publicidad con
Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 135
ESPECIALIDAD: SALUD
AREA: TECNICA Y TECNOLÓGICA
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
COORDINADOR
TÉCNICO DE LA
ESPECIALIDAD
Médico Cirujano con especialidad en Salud Pública con
Habilitación pedagógica.
Licenciado en Enfermería especialidad Salud Pública o
Educación para la Salud con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Obstetricia especialidad Salud Pública o
Educación para la Salud con Habilitación pedagógica.
ENFERMERÍA
Licenciado en Enfermería con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación pedagógica.
ANATOMÍA Y
FISIOLOGÍA
Médico Cirujano con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Enfermería con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Fisiología con habilitación pedagógica.
Odontólogo con Habilitación pedagógica.
PATOLOGÍA
Médico Cirujano con Habilitación pedagógica.
Odontólogo con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Enfermería con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación pedagógica.
NUTRICIÓN
Licenciado en Nutrición con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Enfermería con Habilitación pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación pedagógica.
EDUCACIÓN PARA
LA SALUD
Licenciado en Ciencias de la Educación con especialización en
Educación para la Salud.
Licenciado en Enfermería con Habilitación pedagógica y
formación en Metodología de la Investigación
Licenciado en Psicología con Habilitación pedagógica y
formación en Metodología de la Investigación
Licenciado en Obstetricia con Habilitación pedagógica y
formación en Metodología de la Investigación
Licenciado en Ciencias de la Salud con habilitación
pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 136
SALUD
COMUNITARIA
Licenciado en Enfermería con especialización en Salud Pública
y Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con especialización en Salud Pública
y Habilitación Pedagógica.
Médico Cirujano con especialización en Salud Pública y
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Trabajo Social con especialización en Salud
Pública y Habilitación Pedagógico.
SALUD PÚBLICA
Licenciado en Enfermería con especialización en Salud Pública
y Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con especialización en Salud Pública
y Habilitación Pedagógica.
Médico Cirujano con especialización en Salud Pública y
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Trabajo Social con especialización en Salud
Pública y Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Psicología con especialización en Salud Pública
y Habilitación Pedagógica.
PRÁCTICA
Médico cirujano con especialización en Salud Pública y
Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Enfermería con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación Pedagógica.
FARMACOLOGIA
Médico Cirujano con Habilitación Pedagógica.
Químico/a Farmacéutico/a con Habilitación Pedagógica.
Doctor/a en Bioquímica con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Enfermería con Habilitación Pedagógica.
Licenciado en Obstetricia con Habilitación Pedagógica.
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 137
ESPECIALIDAD: CONFECCIONES INDUSTRIALES
DISCIPLINAS TÍTULOS HABILITANTES
DISEÑO (1ER.
CURSO)
• Profesor de Dibujo Técnico
• Arquitecto con Habilitación pedagógica.
• Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
• Dibujante Técnico con Habilitación pedagógica.
• Licenciado/a en Diseño de Moda y Vestuario con
Habilitación pedagógica
• Licenciado/a en Diseño Textil e Indumentaria con
Habilitación pedagógica
• Tecnólogo/a de Producción con Habilitación
pedagógica
• Ingeniero en Producción con Habilitación pedagógica
PROYECTO Y
PRESUPUESTO
(2DO. Y 3ER. CURSO)
• Arquitecto con Habilitación pedagógica.
• Ingeniero Civil con Habilitación pedagógica.
• Licenciado/a en Diseño de Moda y Vestuario con
Habilitación pedagógica
• Licenciado/a en Diseño Textil e Indumentaria con
Habilitación pedagógica
• Tecnólogo/a de Producción con Habilitación
pedagógica
• Ingeniero en Producción con Habilitación pedagógica
• Técnico en la Especialidad de Confección Industrial
con Didáctica Especial.
TECNOLOGÍA
TEXTIL
• Profesor de Química.
• Licenciado en Química con Habilitación pedagógica.
• Ingeniero Químico con Habilitación pedagógica.
• Licenciado en Química Industrial con Habilitación
Pedagógica
• Licenciado en Ciencia Mención Química con
Habilitación Pedagógica
• Analista Industrial con Habilitación pedagógica.
• Licenciado/a en Diseño de Moda y Vestuario con
habilitación pedagógica
• Licenciado/a en Diseño Textil e Indumentaria con
Habilitación pedagógica
• Tecnólogo/a de Producción con Habilitación
pedagógica
• Ingeniero en Producción con Habilitación pedagógica
• Técnico en la Especialidad de Confección Industrial
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 138
con Didáctica Especial.
MÁQUINAS Y
EQUIPOS
• Ingeniero Mecánico con Habilitación Pedagógica
• Ingeniero Industrial con Habilitación Pedagógica
• Técnico en Mecánica General con Didáctica Especial
y capacitación en máquinas de coser
• Técnico en la Especialidad de Confección Industrial y
Didáctica Especial
MODELAJE
• Licenciado/a en Diseño de Moda y Vestuario con
Habilitación pedagógica
• Licenciado/a en Diseño Textil e Indumentaria con
Habilitación pedagógica y capacitación mínima en
Moldería
• Técnico en la Especialidad de Confección Industrial
con
• Técnico en la Especialidad de Diseño de Moda con
Didáctica Especial y capacitación en Moldería Técnico
moldevasistas Didáctica Especial
PLANEAMIENTO,
TIZADO Y CORTE
• Licenciado/a en Diseño de Moda y Vestuario con
Habilitación pedagógica y capacitación en Tizado y
Corte.
• Licenciado/a en Diseño Textil e Indumentaria con
Habilitación pedagógica y capacitación en Tizado y
Corte.
• Técnico en la Especialidad de Confección Industrial
con Didáctica Especial
• Técnico en la Especialidad de Diseño de Moda con
Didáctica Especial
• Técnico en la Especialidad de Pantalonería, Camisería
o Sastrería con Didáctica Especial
MÉTODOS Y
TIEMPOS
• Licenciado/a en Diseño de Moda y Vestuario con
Habilitación pedagógica
• Licenciado/a en Diseño Textil e Indumentaria con
Habilitación pedagógica
• Tecnólogo/a de producción con Habilitación
pedagógica
• Ingeniero/a industrial con Habilitación pedagógica.
• Técnico en la Especialidad de Confección Industrial
con Habilitación Pedagógica
• Técnico en la Especialidad de Diseño de Moda con
Habilitación Pedagógica
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 139
ANÁLISIS DE
PRODUCTO
• Licenciado/a en Diseño de Moda y Vestuario con
Habilitación pedagógica
• Licenciado/a en Diseño Textil e Indumentaria con
Habilitación pedagógica
• Tecnólogo/a de producción con Habilitación
pedagógica
• Ingeniero/a industrial con Habilitación pedagógica.
• Técnico en la Especialidad de Confección Industrial
con Habilitación Pedagógica
• Técnico en Diseño de Moda con Habilitación
Pedagógica
CALIDAD
• Ingeniero Industrial con Habilitación Pedagógica
• Licenciado en Administración de Empresas con
Habilitación Pedagógica
• Ingeniero Comercial con Habilitación Pedagógica
• Licenciado en Comercio Internacional con
Habilitación Pedagógica
• Licenciado/a en Diseño de Moda y Vestuario con
Habilitación pedagógica
• Licenciado/a en Diseño Textil e Indumentaria con
Habilitación pedagógica
• Tecnólogo/a de producción con Habilitación
pedagógica
• Ingeniero/a industrial con Habilitación pedagógica.
• Técnico en la Especialidad de Confección Industrial
con Habilitación Pedagógica
ENTRENAMIENTO
OPERACIONAL
• Licenciado/a en Diseño de Moda y Vestuario con
certificación de experiencia en la práctica de operar
máquinas industriales de coser y con habilitación
pedagógica
• Licenciado/a en Diseño Textil e Indumentaria con
certificación de experiencia en la práctica de operar
máquinas industriales de coser con habilitación
pedagógica
• Técnico en la Especialidad de Confección Industrial
con Didáctica Especial
• Técnico en la Especialidad de Pantalonería, Camisería
o Sastrería con Didáctica Especial
TALLER
• Licenciado/a en Diseño de Moda y Vestuario con
Habilitación pedagógica y certificación de
experiencia laboral y/o pasantía laboral
Reglamento “Concurso Público de Oposición para la Selección de Educadores”
Resolución Ministerial Nº 2031/2012
Página | 140
• Licenciado/a en Diseño Textil e Indumentaria con
habilitación pedagógica y certificación de experiencia
laboral y/o pasantía laboral
• Ingeniero de Producción con habilitación pedagógica y
certificación de experiencia laboral y/o pasantía
laboral
• Técnico en la Especialidad de Confección Industrial
con Didáctica Especial
• Técnico en la Especialidad de Pantalonería, Camisería
o Sastrería con Habilitación Pedagógica
INFORMÁTICA
• Ingeniero en Informática con Habilitación pedagógica.
• Licenciado en Análisis de Sistemas con Habilitación
pedagógica.
• Programador de Computadoras de Nivel Universitario
con Habilitación pedagógica.
• Técnico Superior en Informática con Habilitación
pedagógica.
• Profesor de Informática.
• Operador Avanzado de Computadoras con Didáctica
Especial