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1 REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN DE LAS Y LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION PARVULARIA, EDUCACIÓN BÁSICA Y EDUCACIÓN MEDIA LICEO POLITECNICO DOMINGO SANTA MARIA 2020 - 2021

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REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN

DE LAS Y LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION

PARVULARIA, EDUCACIÓN BÁSICA Y EDUCACIÓN MEDIA

LICEO POLITECNICO DOMINGO SANTA MARIA

2020 - 2021

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Título I Introducción

Nuestro Liceo Domingo Santa María es un establecimiento que imparte educación

Pre básica, Básica y Media Científico-Humanista y Técnico Profesional para niños/as y

jóvenes con Jornada Escolar Completa desde Pre básica, Básica a 4° medio de Enseñanza

Media. y además imparte educación de adultos en Enseñanza Básica y Media.

Considerando:

Que los establecimientos educacionales están facultados para elaborar su Reglamento de Evaluación de acuerdo a su Proyecto Educativo Institucional y a las necesidades de sus estudiantes.

Las disposiciones contenidas en los reglamentos de evaluación y promoción escolar de las y los estudiantes señaladas en el Decreto N°67 del 20 de febrero de 2018.

La Dirección del establecimiento, en conjunto con la Unidad Técnica Pedagógica, han

determinado las líneas de acción y mecanismos básicos de Evaluación, Calificación y

Promoción actualizados para las y los estudiantes de Educación Parvularia, Educación Básica

y Educación Media para jóvenes y adultos.

TÍTULO I: DE LA EVALUACIÓN La evaluación se define como un conjunto de acciones liberadas por los profesionales de la

educación para que tanto ellos como los estudiantes puedan obtener e interpretar la información

sobre aprendizaje, con el objeto de adoptar decisiones que permitan promover el progreso del

aprendizaje y retroalimentar los procesos de enseñanza. Permite que tanto estudiantes, docentes

y apoderados puedan conocer y conocerse, valorar y aceptar las acciones y sus resultados,

estimulando una conciencia crítica para comprender y asumir el proceso educativo desarrollado.

Es un proceso continuo que responsabiliza a docentes, estudiantes y familias en el logro de los

Objetivos Educacionales, y compromete en la búsqueda de los medios que mejor conducen a los

fines que persigue el PEI. ARTICULO 1. Periodo Escolar adoptado:

El Liceo Politécnico Domingo Santa María de Renaico tiene un régimen de evaluación

semestral y la duración de cada período es determinada por el calendario oficial de la SEREMI de

Educación. Durante este período las evaluaciones se aplicarán según las características propias de

las asignaturas y de acuerdo con la planificación y calendarización oficializadas, respetando los

criterios y normas generales.

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ARTICULO 2. Proceso de evaluación:

El proceso de evaluación, podrá usarse formativa o sumativamente. De acuerdo al momento en que se lleva a cabo encontramos la siguiente evaluación: a) Diagnóstica: se aplica al inicio del año escolar y tiene un carácter formativo. Permite conocer las competencias de inicio de los estudiantes y tomar decisiones acerca de sus necesidades educativas individuales. Estas se califican con conceptos de Logrado (L) y No Logrado (NL), estableciendo el docente a cargo las reforzamiento adecuado de las habilidades descendidas.

b) Formativa: Se aplica durante todo el proceso, a través de actividades de aprendizaje desarrolladas por los estudiantes. Se integra a la enseñanza a través del monitoreo y acompañamiento del aprendizaje de los alumnos, es decir, cuando se obtiene, la evidencia del desempeño, luego se interpreta y usa por l o s profesionales y por los alumnos para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Permite responder a las necesidades, características, intereses y modos preferidos de aprender de cada estudiante, bajo una lógica de inclusión y equidad. Al enriquecer las experiencias evaluativas de los estudiantes se muestra la relevancia de los aprendizajes, permitiendo integrar, aplicar, crear y motivar a los estudiantes a seguir aprendiendo.

Además de lo anterior, para que una evaluación pueda considerase formativa, debe incluir tres elementos:

1) El objetivo por alcanzar al final del proceso de enseñanza y aprendizaje de que se trate sea el punto de llegada, el aprendizaje esperado; 2) La situación en que se encuentra el estudiante según la evaluación realizada, o sea el punto de partida de todo nuevo esfuerzo;

3) La forma de pasar del segundo al primero, las indicaciones precisas que orientarán al

estudiante para que logre alcanzar el aprendizaje esperado. c) Sumativa: Tiene por objeto certificar, generalmente mediante una calificación, los aprendizajes logrados por los estudiantes. Se aplica durante y al término del proceso de desarrollo de cada una de las unidades del programa correspondiente, obedeciendo a una jerarquización de Objetivos de Aprendizaje. Los procedimientos evaluativos correspondientes son fijados por cada docente de curso, quien analizará los resultados y los dará a conocer a sus estudiantes en un plazo no superior a 10 días hábiles, contados desde la aplicación del instrumento. Se consignan las notas en el Libro de Clases, dentro del mismo plazo estipulado. Si el instrumento aplicado es escrito, deberá ser devuelto al estudiante, salvo que el docente estime necesario retenerlo hasta que termine el proceso evaluativo, que no excederá las dos semanas una vez registrada la nota en el Libro de Clases.

d) Diferenciada: Se entiende por Evaluación Diferenciada al procedimiento pedagógico que le permite al docente, identificar los niveles de logro de aprendizajes curriculares, que alcanzan aquellos estudiantes que por diferentes necesidades educativas están en una situación temporal o permanente, distinta de la mayoría. Se aplica durante el proceso de desarrollo de cada una de las unidades del programa correspondiente. Este procedimiento de evaluación, se diferencia de los aplicados a la mayoría de los estudiantes.

En algunos casos estos proceso implican la realización de ajustes al instrumento de

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evaluación y/o a la metodología de aplicación (mediación en la comprensión de instrucciones y focalización de la atención, modificación de instrucciones y tiempos de aplicación, modificación de escalas, etc), manteniendo los contenidos, habilidades a evaluar y los objetivos. Estos procedimientos de evaluación deben ser solicitadas por docente/a de educación diferencial y determinada como procedimiento por UTP. Para la implementación de ésta se revisarán los antecedentes académicos y emocionales del estudiante. Una vez que se decide implementar dicha medida, esta será informada en una reunión formal con participación de la familia y profesionales involucrados. Se aplicará evaluaciones diversificadas, pertinentes para las actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación en las asignaturas en caso de estudiantes que así lo requieran.

ARTICULO 3. De la Retroalimentación

a) Los docentes deberán destinar a lo menos de una a dos horas pedagógicas para

retroalimentar con sus estudiantes los resultados de cada evaluación y deberá ser registrada

en el libro de clases como una actividad continuadora del proceso de aprendizaje.

b) Los docentes en la retroalimentación deberán priorizar:

Describir lo que se ha logrado y como se puede mejorar

Focalizarse en el trabajo o actividad mas que en la persona

Promover que los estudiantes corrijan los errores de manera autónoma

Entregar la retroalimentación en forma oportuna

Usar varias formas de retroalimentación (escrita, oral, individual o grupal) c) Se distinguen dos tipos de retroalimentación al comunicar los resultados de las

evaluaciones a los estudiantes: La retroalimentación valorativa centrada en lo afectivo y la autoestima; este tipo de

retroalimentación puede provocar mejoras en el aprendizaje a partir del incremento en la autoconfianza y la capacidad de logro de los estudiantes, pero es más productiva si se centra en la tarea, en cómo el estudiante la resuelve, y cómo autorregula su aprendizaje.

La retroalimentación devolutiva: tiene lugar durante y después del aprendizaje; es formativa,

ya que el trabajo de los estudiantes se compara con criterios, modelos, rúbricas y ejemplos; en

este caso el docente provee a los estudiantes la información necesaria y muestras de los

trabajos excelentes sobre la tarea asignada. Una buena retroalimentación es aquella que logra

que los estudiantes aprendan qué puntos cumplen las expectativas de calidad y dónde deben

aprender más y mejorar su trabajo. Una retroalimentación de esta índole debe ser específica,

debe informar con criterios claros a los estudiantes sobre lo que han hecho bien y lo que

necesitan hacer de manera distinta para mejorar. ARTÍCULO 4. De la comunicación con apoderados A contar del mes de Abril, en Reuniones de los Centros de Padres y Apoderados de Curso, el profesor jefe entregará a los padres y apoderados un Informe Educacional acerca de los progresos alcanzados, en el período, por sus hijos o pupilos y así:

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- Establecer un vínculo Apoderado-profesor jefe-establecimiento educacional, en torno a los resultados de los aprendizajes alcanzados por los alumnos y alumnas, valorarlos y estimular su dedicación y perseverancia en el estudio.

- Emprender en conjunto acciones remediales que permitan al alumno o alumna que no

haya logrado ciertos niveles de aprendizaje, superarlos.

- Permitir un diálogo profesor-apoderado-alumno que le permita conocer causas externas que pudieran estar ocasionando dificultades o interferencias en el aprendizaje de los alumnos o alumnas.

ARTICULO 5. De la Eximición

Los estudiantes no podrán ser eximidos de ninguna asignatura, debiendo ser evaluados en

todos los cursos y en todas las asignaturas o módulos que dicho plan contempla.

No obstante lo anterior, los establecimientos deberán implementar las diversificaciones

pertinentes para las actividades de aprendizaje y los procesos de evaluación de las

asignaturas o módulos en caso de los alumnos que así lo requieran. Asimismo,

podrán realizar las adecuaciones curriculares necesarias, según lo dispuesto en los

decretos exentos Nºs 83, de 2015 y 170, de 2009, ambos del Ministerio de Educación ARTICULO 6. De los Instrumentos de evaluación: a) Todo Instrumento deberá señalar formalmente lo siguiente: Identificación del Liceo, departamento. asignatura, nivel, nombre del profesor/a, objetivo de

aprendizaje o aprendizaje esperado; instrucciones claras, puntaje en cada ítem o pregunta,

uso de variados ítems (términos pareados, verdadero o falso, selección múltiple, y otros).

Debe haber relación entre el objetivo de aprendizaje /aprendizaje esperado y las preguntas

formuladas. b) Todo tipo de prueba o instrumento evaluativo debe presentarse impreso a UTP para su

revisión, c) Las Guías de Aprendizaje deberán señalar formalmente lo siguiente: Identificación del liceo, Departamento, nivel, nombre del docente, aprendizaje esperado u objetivo

de aprendizaje, instrucciones claras. Además, deberán incorporar comprensión lectora, producción

de texto y/o resolución de problemas. d) El docente deberá evaluar, a lo menos, con tres diferentes procedimientos de evaluación (métodos, técnicas, formas, maneras de recopilar información para tomar una decisión) en cada semestre. Los tipos de procedimientos evaluativos podrán ser:

Observación diaria del trabajo escolar: o Listas de control, relación de diferentes conductas o destrezas y se anota la presencia o

ausencia, sirve de control y de relación para trabajar y mejorar

o escala de estimación (listado de rasgos en los que se gradúa el nivel de consecución observado -siempre, a veces … o iniciado, en proceso…)

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o Registro anecdótico ficha en la que se recogen comportamientos no previsibles de

antemano y que pueden aportar información significativa para valorar carencias o actitudes.

Pruebas o escala de estimación de respuestas orales (evalúan las competencias del alumno o alumna

relacionadas con la expresión oral, la comunicación verbal, vocabulario, fluidez, pronunciación, estructura de las frases, organización del pensamiento…)

o cuestionarios de respuesta escrita, bien sean “ensayos” (permiten que el alumnado

construya sus propias respuestas -no que repita lo memorizado- y le exige capacidades y habilidades de reflexión)

o pruebas objetivas (opciones entre las que el alumnado elige una respuesta concreta ya

escrita: elección múltiple, verdadero o falso, correspondencia, textos incompletos…)

Revisión de tareas,

o cuaderno de clase (análisis sistemático y continuado de las tareas diarias realizadas en clase -se pueden usar escalas de observación, registros de seguimiento…)

o informes y monografías (presentación escrita de tareas específicas encargadas o fruto de pequeñas investigaciones);

o portafolio (colección planificada de trabajos de cada alumna o alumno que representa su esfuerzo, progreso y desarrollo en un área específica o en un aspecto concreto)

• Entrevista es una comunicación verbal planificada, utilizando guiones previos más o menos estructurados, que aporta datos útiles para conocer una determinada conducta, destreza o conocimiento

Rubrica o Matriz es un instrumento/guía de evaluación que sirve para valorar el desempeño de los alumnos al realizar cualquier actividad/tarea de enseñanza-aprendizaje

De acuerdo a quienes intervendrán en el procedimiento de evaluación se podrá utilizar una autoevaluación (cada estudiante se evalúa a si mismo/a) heteroevalaucion (profesor/a evalua a los/las estudiantes) coevaluación (el/la profesor/a y los/las estudiantes se evalúan)

ARTICULO 7. De la aplicación de procedimientos de evaluación

1) Calendarizar al inicio del semestre con UTP las evaluaciones sumativas, pudiendo sufrir modificaciones de acuerdo a contingencias, las cuales deberán ser informadas oportunamente a UTP.

2) El docente registra en el libro de clases el calendario de evaluaciones de las asignaturas que

el atiende en el curso.

3) Se podrá realizar solo una evaluación sumativa parcial o de unidad por asignatura el mismo día con un máximo de dos asignaturas.

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4) Las evaluaciones programadas deberán ser confirmadas en UTP mediante la presentación del instrumento de evaluación (pruebas, trabajo, u otros) y de las herramientas que permitan su revisión objetiva (tabla de especificaciones, u otros). Dichas herramientas son parte de los instrumentos de evaluación.

5) UTP autoriza para fotocopiar instrumento de evaluación 6) El docente informa, en un plazo no inferior a una semana a los estudiantes de la aplicación de

la evaluación sumativa indicando los objetivos de aprendizajes o aprendizajes esperados a evaluar y el procedimiento utilizar.

7) En cada sala de clases existirá un calendario de evaluaciones mensuales, creado y diseñado por los propios estudiantes con orientación de su profesor jefe en el cual se registraran todas las evaluaciones (pruebas, trabajos, informes, revisión de cuadernos, interrogación u otras). Es deber del profesor de la asignatura en la cual se realizará la evaluación, registrar o verificar su registro de la fecha, asignatura y tipo de evaluación a realizar.

8) Docente aplica instrumento de evaluación 9) En un plazo no superior a dos semanas docente entrega calificación a los estudiantes,

realiza retroalimentación y registra en el libro de clases.

TÍTULO II: DE LA CALIFICACIÓN La Calificación es una representación del logro en el aprendizaje a través de un proceso de

evaluación, que permite trasmitir un significado compartido respecto a dicho aprendizaje

mediante un número, símbolo o concepto. ARTICULO 8. Aplicación de Calificaciones La Unidad técnica pedagógica establecerá un cronograma semestral por curso de registro de calificaciones, basado en la propuesta de los Departamentos de Asignaturas. Los docentes, en sus horas de reunión de departamentos acordarán los criterios de evaluación de cada asignatura, fomentando un trabajo colaborativo para promover la mejora de sus prácticas en el proceso de enseñanza - aprendizaje, así como también la diversificación de la evaluación en orden a atender de mejor manera la diversidad de los estudiantes. Dicha propuesta deberá ser entregada en el mes de noviembre del año anterior

a) Evaluación en educación parvularia

Las niñas y niños de educación parvularia, tanto del Nivel Transición 1 como del Nivel

Transición 2, serán evaluados en todos los ámbitos y experiencias complementarias Los ámbitos y núcleo de aprendizaje a ser evaluados son los siguientes:

Ámbito de desarrollo personal y social o Núcleo Identidad y autonomía o Núcleo Convivencia y ciudadanía o Núcleo Corporalidad y movimiento

Ámbito de la comunicación integral

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o Núcleo Lenguaje verbal o Núcleo Lenguaje artístico

Ámbito de interacción y comprensión del entorno

o Núcleo Exploración del entorno natural

o Núcleo Comprensión del entorno sociocultural

o Núcleo Pensamiento matemático

Las categorías con que serán evaluados los indicadores seleccionados en cada ámbito y

núcleo de aprendizaje son los siguientes:

Nivel 3 : El niño o niña ha consolidado los objetivos de aprendizajes.

Nivel 2 : El niño o niña presenta avances significativos en objetivos de

aprendizajes.

Nivel 1 : El niño o niña se está iniciando en el desarrollo de los objetivos de

aprendizajes con ayuda del adulto.

NE : No se evalúan los objetivos de aprendizajes.

NO : No se observan los objetivos de aprendizajes

Cada educadora y profesor/a del ciclo deben consignar la evaluación de los niños y niñas del curso de manera oportuna y correcta, tanto en los libros de clase respectivos como en el Sistema de Registro Curricular.

b) Procedimientos de Evaluación por nivel y asignatura 2020

Nivel Asignatura Procedimiento de Evaluación Ponderación

1° a 4° EGB Educación Matemática

Evaluación de proceso: actividades prácticas de aplicación y ejercicio de OA

Evaluaciones parciales de OA

Prueba final semestral

Evaluación transversal

30%

40% 20%

10%

1° a 4° EGB Lenguaje y

Comunicación

Evaluación de proceso: actividades prácticas de aplicación y ejercicio de OA

Evaluaciones parciales de OA

Prueba final semestral

Evaluación transversal

Evaluación lectura complementarias

20%

30% 20%

10%

20%

1° a 4° EGB Historia, Geografía y Ciencias Sociales.

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1° a 4° EGB Ciencias

Naturales

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1° a 4° EGB Educación

Musical

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

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9

1° a 4° EGB Inglés Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1° a 4° EGB Educación

Física

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1° a 4° EGB Artes

Visuales

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1° a 4° EGB Tecnología Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

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Nivel Asignatura Procedimiento de Evaluación Ponderación

5° a 8° EGB Educación Matemática

Evaluación de proceso: actividades prácticas de aplicación y ejercicio de objetivos de aprendizaje.

Evaluaciones parciales de OA

Prueba final semestral

Evaluación transversal

30%

40% 20%

10%

5° a 8° EGB Lenguaje y

Comunicación

Evaluación OA Comunicación oral

Evaluación OA Comunicación escrita

Evaluación OA Lectura

Evaluación transversal

25%

25%

40% 10%

5° a 8° EGB Historia, Geografía y Ciencias Sociales.

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

5° a 8° EGB Ciencias

Naturales

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

5° a 8° EGB Educación

Musical

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

5° a 8° EGB Inglés Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

5° a 8° EGB Educación

Física

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

5° a 8° EGB Artes

Visuales

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

5° a 8° EGB Tecnología Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

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Nivel Asignatura Procedimiento de Evaluación Ponderación

1° a 4° Medio

Lengua y literatura

Evaluación de proceso: actividades prácticas de aplicación y ejercicio de OA

Pruebas de síntesis de unidad

Evaluaciones parciales de OA que pueden ser Exposiciones orales; disertaciones, presentaciones de cortometrajes, de producción de textos propios literarios y no literarios, entre otros.

Evaluación transversal

Evaluación de Lectura complementaria

20%

30%

20%

10% 20%

1° a 4° Medio Inglés Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1°a 4° Medio Historia, Geo y CCSS

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1° a 4° Medio Matemática Evaluación de proceso: actividades prácticas de aplicación y ejercicio de objetivos de aprendizaje.

Evaluaciones parciales de OA

Prueba final semestral

Evaluación transversal

30%

40% 20%

10%

1° a 2° Medio Ciencias

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1° a 2° Medio Artes Visuales Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1° a 2° Medio Tecnología Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1°EGB a 2° Educación

Física y salud

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

3° y 4° medio Educación

Ciudadana

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

3° y 4° medio Ciencias para la

ciudadanía

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

3° y 4° medio Filosofía Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

3° y 4° medio Módulos

Formación

diferenciada

Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

1° a 4° Medio Religión Evaluaciones parciales de OA

Evaluación transversal

80%

20%

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c) Se realizarán Consejos Pre Evaluativos por nivel, en l a p r i m e r a q u in c e na d e m a y o y

o c t u b r e para atender problemas detectados en el proceso pedagógico, y con el fin de diseñar las

remediales necesarias. Las fechas de estos Consejos estarán fijadas en el calendario escolar del

establecimiento. ARTICULO 9. De la Escala Numérica:

La escala numérica de calificaciones se expresará de 2,0 a 7,0, hasta con un decimal; debiéndose

aproximar la centésima desde 0,05 a la décima superior el promedio final anual de cada asignatura.

ARTICULO 10. De la Calificación Mínima de Aprobación

La calificación mínima de aprobación corresponde a la calificación 4,0 (Cuatro, cero) en cada asignatura correspondiente al Plan de Estudios y aproximará a 4.0 cuando el promedio sea igual o superior a 3,9.

Los alumnos que presenten una calificación Anual deficiente en un máximo de tres asignaturas,

tendrán derecho a rendir una prueba especial en cada una de las tres asignaturas reprobadas, la que

reemplazara a la nota de presentación. La calificación máxima de esta prueba especial será la nota

Cuatro (4,0), independiente de si el alumno obtiene una calificación mayor en dicha prueba. ARTICULO 11. De la evaluación por Conceptos:

La evaluación en conceptos obtenida en las asignaturas de Religión, Consejo de Curso y

Orientación no incidirá en el promedio final anual ni en la promoción escolar de los estudiantes.

No obstante, aportarán antecedentes para la evaluación del desarrollo personal del estudiante.

Conceptos:

Muy Bueno MB 6,0 a 7,0

Bueno B 5,0 a 5,9

Suficiente S 4,0 a 4,9

Insuficiente I 1,0 a 3,9

ARTICULO 12. De la calificación de los Talleres de Extensión Educativa:

En consideración que se reconozca el desempeño del estudiante en actividades diversas, esto es

academias o talleres, se registrará una vez cada semestre una calificación aportada por los talleres

de Extensión Educativa en la asignatura que el estudiante elija. Para esto deberá cumplir con los siguientes requisitos: Porcentaje de 70% de asistencia en el taller.

No presentar notas pendientes en la asignatura que el elija

ARTICULO 13. De la calificación de los Talleres de Libre Disposición:

El promedio semestral del Taller de Libre Disposición será registrado en una asignatura afín,

definida por UTP. La nota del taller debe ser entregada con una semana de anticipación al cierre

del semestre.

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ARTICULO 14. Del Resultado de una evaluación con porcentaje superior de

reprobación:

a) En el caso que un curso obtenga un porcentaje igual o superior al 40% de reprobados en

alguna evaluación, será deber del profesor de la asignatura comunicarlo por escrito a U.T.P.,

quienes en conjunto efectuarán el proceso de revisión del procedimiento evaluativo antes del

registro de calificaciones en el libro de clases. Este proceso involucrará un seguimiento de las

planificaciones, el leccionario del libro de clases, instrumento evaluativo y el soporte de contenidos

(cuadernos, fotocopias de guías, etc.). Para tal efecto se considerarán las pruebas rendidas en la

fecha calendarizada por el docente.

b) Si la revisión da como resultado que el proceso evaluativo no presenta errores en su

elaboración, se podrá llegar a una de las siguientes determinaciones:

mantener las evaluaciones obtenidas por los estudiantes.

Aplicar remediales tales como: guías, interrogaciones, revisión de cuadernos, etc.

c) En caso contrario se aplicará otro instrumento evaluativo.

ARTICULO 15. Del registro de calificaciones semestrales en libro de clases:

Ningún estudiante podrá ser calificado en el segundo semestre sin haber sido evaluado en el

primer semestre. Salvo situaciones excepcionales establecidas en el presente Reglamento.

ARTICULO 16. De los contenidos formales de las pruebas:

Todas las pruebas deberán incorporar comprensión lectora, producción de texto y/o resolución de

problemas. La estructura técnica y la revisión de esta evaluación le corresponderá a unidad

técnica que determinará si procede o no su aplicación. ARTICULO 17. Del Reforzamiento antes de una prueba:

En caso de que el procedimiento evaluativo corresponda a prueba escrita, el docente deberá

realizar con el curso respectivo un reforzamiento de contenidos y habilidades a evaluar.

ARTICULO 18. De la consignación de calificaciones en el libro de clases:

Una vez aplicado el procedimiento evaluativo, el docente dispondrá de 10 días hábiles para

consignar la nota en el libro de clases.

ARTICULO 19. De la ausencia a Procedimientos Evaluativos Los estudiantes que falten a un procedimiento evaluativo fijado con antelación deben seguir el

siguiente proceso para regularizar la calificación:

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a) Toda inasistencia de los estudiantes a pruebas y cualquier otro tipo o forma de evaluación

que implique una nota parcial, debidamente fijadas en el calendario del libro de clases, deberán ser

justificada por el alumno y/o apoderado y se aplicará un nuevo instrumento evaluativo que debe

contemplar un mayor grado de dificultad, correspondiendo al 70% para la obtención de la nota

mínima (4,0).

b) Se excluyen de la disposición anterior, aquellos estudiantes que, habiendo faltado a

pruebas, presenten certificado médico legalmente emitido, en un plazo no superior a 48 horas.

También quedaran exceptuados los estudiantes cuyo apoderado justifique la inasistencia de su

pupilo a prueba, en forma personal en un plazo no superior a 24 horas y en que el

motivo haya significado impedimento absoluto, del estudiante, por fuerza mayor para concurrir al

establecimiento.

c) Al reintegrarse el estudiante deberá rendir el trabajo o prueba pendiente en la primera

clase que éste tenga en la asignatura correspondiente, o en fecha fijada con acuerdo del profesor

respectivo. La evaluación pendiente podrá ser rendida en su correspondiente sala o en otro espacio

fijado para ello.

c) En caso de que el estudiante se niegue a rendir las evaluaciones preestablecidas será

calificado con nota mínima. Unidad Técnico-Pedagógica citará al apoderado del estudiante

involucrado para informarle sobre la situación de su pupilo/a. En caso de que el apoderado no se

presente a la entrevista, se debe consignar en la hoja de vida de estudiante.

d) Estudiantes que faltan a evaluación estando presentes en el registro de

subvenciones y/o libro de clases: serán calificados con nota mínima (1.0). No obstante, si el

docente así lo considera podrá dar una oportunidad al estudiante fijando una nueva instancia de

evaluación.

f) En caso de negarse varios estudiantes a rendir una evaluación previamente fijada, UTP

procederá a investigar si la prueba o el procedimiento evaluativo se ajusta a los requisitos

estipulados en las evaluaciones sumativas fijadas en este reglamento. Si el procedimiento

está correcto, UTP citará a los apoderados y seguirá el protocolo del artículo anterior.

e) En la entrega de trabajo prácticos u otros procedimientos evaluativos (portafolios, informes

escritos, guías, etc.), fuera del plazo fijado por el docente, se aplicará el protocolo dado por el

profesor cuando este entregó las indicaciones previas al estudiante del trabajo asignado.

f) El estudiante que sea retirado por el apoderado durante la jornada y tenga que rendir o

presentar una evaluación será considerado ausente a la evaluación, por lo que se aplicará los

puntos a y b del presente artículo.

i) El estudiante con calificaciones pendientes por inasistencias prolongadas y debidamente

justificadas: El apoderado deberá justificar esta situación en Inspectoría General y Unidad técnica

con certificados médicos que acrediten su situación actual. Posteriormente, el estudiante bajo firma

recibirá un calendario de evaluación confeccionado por UTP. Al docente jefe se le entregará

una copia del calendario para tomar conocimiento. La aplicación de este calendario no deberá

exceder un mes. El 80% de las evaluaciones calendarizadas en cada asignatura, deben ser

presenciales aplicándole una prueba escrita.

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ARTICULO 20. De la pérdida de horas de clases presenciales: Serán consideradas situaciones especiales todas aquellas que implique pérdidas de horas de

clases presenciales, tales como: tomas, paros, sismos, incendios, entre otros.

a) En ausencia del Docente de la asignatura, al término del Semestre o del año Escolar, UTP

resolverá la situación de Evaluación, elaborando los procedimientos evaluativos y nombrando un

Docente para que los administre y evalúe.

b) Las recuperaciones de clases deberán ser evaluadas y registradas en el libro de clases por el

docente que recupere estas horas. ARTICULO 21. De la modificación de notas en el libro de clases

a) Para modificar una nota en el libro de clases y/o sistema computacional, el docente

deberá solicitar previamente, la autorización correspondiente a UTP, con un plazo máximo de 15

días desde la fecha de registro de la nota en el libro de clases. En el caso del periodo de

finalización del año escolar, el plazo se restringe a 5 días hábiles.

ARTICULO 22. De situaciones especiales de aplicación de procedimientos

evaluativos:

a) Si un estudiante es sorprendido copiando o adulterando un procedimiento evaluativo, se

entrevistará al estudiante y se le hará entender que según reglamento interno, dicho acto,

corresponde a una falta gravísima. Esta situación deberá ser registrada en la hoja de vida del

estudiante por el docente de asignatura, quien evaluará la situación y citará al apoderado para

informar de lo ocurrido. El profesor deberá aplicar una segunda evaluación con un nivel de

exigencia mayor (70%). Si

b) la falta se repite, se le aplicará la nota mínima.

c) Uso del celular: En las evaluaciones los estudiantes no deberán hacer uso del celular;

a menos que el docente lo deje expresamente establecido en el instrumento de evaluación. Si es

sorprendido usando el celular, se aplicará el procedimiento detallado en el punto anterior.

d) Las salidas pedagógicas deberán evaluarse con una pauta de actividades previamente

diseñada por el docente. La pauta de evaluación será entregada a UTP a más tardar una

semana anterior a la salida.

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1616

TÍTULO III: DE LA PROMOCIÓN ARTICULO 23. De los Requisitos de la Promoción:

Para la promoción al curso inmediatamente superior, se considerará conjuntamente, la asistencia y el rendimiento de los estudiantes: Asistencia: a) Para ser promovidos(as), los estudiantes deberán asistir a lo menos al 85% de las clases

establecidas en el calendario escolar anual. Para estos efectos se considerará como asistencia regular, la participación de los estudiantes de Enseñanza Media, en eventos nacionales e internacionales en el área del deporte, la cultura, las ciencias, las artes y otros. Situación que deberá ser informada a los docentes de los cursos respectivos. El director del establecimiento, en conjunto con el jefe Técnico-pedagógico consultando el Consejo de Profesores, podrá autorizar la promoción de alumnos(a) con porcentajes menores a la asistencia requerida.

Rendimiento:, serán promovidos los estudiantes que: b) Hubieren aprobado todas las asignaturas de sus respectivos planes de estudio.

c) Habiendo reprobado una asignatura, su promedio final anual sea como mínimo un 4.5, incluyendo la asignatura no aprobada.

d) Habiendo reprobado dos asignaturas, su promedio final anual sea como mínimo un 5.0,

incluidas las asignaturas no aprobadas.

Sin perjuicio del párrafo anterior el director y la Unidad Técnico-Pedagógica deberán

analizar la situación de aquellos estudiantes que no cumplan con los requisitos de promoción

mencionados anteriormente o que presenten una calificación de alguna asignatura que ponga

en riesgo la continuidad de su aprendizaje en el curso siguiente y de manera fundada, se

tomará la decisión de promoción o repitencia de estos estudiantes. Esta decisión quedará

sustentada a través de un informe que podrá ser consignado en la hoja de vida del estudiante.

El liceo, durante el año siguiente, proveerá el acompañamiento pedagógico a los estudiantes

que hayan sido promovidos o no, debiendo estas medidas ser autorizadas por sus padres o

apoderado.

La situación final de promoción de los estudiantes deberá quedar resuelta a más tardar, al

término del año escolar correspondiente.

ARTICULO 24. De la entrega de Certificado Anual de estudio:

Al finalizar el año escolar, se entregará el certificado anual de estudios a los apoderados y no

podrá ser retenido por ningún motivo. Para aquellos estudiantes que continúen en el

establecimiento, dicho certificado se archivará en su ficha personal en dependencias de

Inspectoría General.

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1717

ARTICULO 25. De la Repitencia de curso:

Los estudiantes tendrán derecho a repetir curso en el liceo a lo menos en una oportunidad en

la educación básica y en una oportunidad en la educación media, sin que por esta causal le

sea cancelada o no renovada su matrícula.

ARTICULO 26. De la Validación de Estudio a) Validaciones. Los estudiantes que ingresan al liceo con matrícula provisoria, deberán

regularizar su situación en un plazo de 3 meses. El liceo de acuerdo a orientaciones de la DEM,

solicitará o realizará según corresponda el proceso de validación correspondiente.

ARTICULO 27. De los Casos Especiales de Término de Año Escolar Anticipado: a) Nuestro reglamento sólo permitirá el término del año escolar anticipado por enfermedad

grave y / o situaciones que afecten la continuidad del año escolar como embarazo adolescente y

otros, debidamente justificados en Inspectoría General y UTP según corresponda por protocolo.

b) Las situaciones de evaluación, calificación y promoción escolar no previstas en el decreto

N° 67, serán resultas por el jefe del departamento Provincial de Educación. Aquellas

situaciones no previstas en este Reglamento serán resueltas por la Dirección del liceo y/o por la

Secretaría Regional Ministerial de Educación respectiva y en última instancia, por la División de

Educación General. ARTICULO 28. De la Actualización del Presente Reglamento: La Dirección del establecimiento y el Consejo General de Profesores evaluarán

anualmente este documento a fin de ratificarlo o introducirle las Modificaciones que fueren

necesarias de acuerdo a la normativa legal vigente.

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1818

ANEXOS ANEXO 1 Protocolo Informe anual de estudiantes con bajo rendimiento y problemas de asistencia. El informe será elaborado por el jefe técnico en conjunto con el profesor jefe, Inspector

General del nivel, Orientadoras y profesionales que hayan participado del proceso de

aprendizaje del estudiante. Dicho informe individual debe considerar el acompañamiento

realizado a los estudiantes, cautelando los siguientes aspectos: a) El progreso en el aprendizaje que ha tenido el estudiante durante el año

b) La magnitud de la brecha entre los aprendizajes logrados por el estudiante y los

logros del grupo curso, y las consecuencias que ello pudiera tener para la

continuidad de sus aprendizajes en el curso superior; y

c) Consideraciones de orden socioemocional que permitan comprender la situación

del estudiante y que ayuden a identificar cuál de los cursos sería más adecuado para su

bienestar y desarrollo integral.

Para contar con la información necesaria se establecen las siguientes acciones: 1. Se entregará en reunión de apoderados, informes de notas y registro de asistencia de

los estudiantes a clases. De esta forma el apoderado estará en conocimiento del

rendimiento y asistencia mensual de su pupilo/a.

2. Unidad Técnica-Pedagógica realizará en el mes de mayo, agosto y octubre reunión

con los estudiantes que presentan bajos rendimientos académicos de acuerdo a

informes de notas parciales a la fecha.

3. Inspectoría General realizará un listado todos los meses con registro de los

estudiantes que presentan problemas de asistencia, los que serán entregado al profesor/a

jefe y a Unidad técnica.

4. Inspectoría General citará a los apoderados de aquellos estudiantes que presentan

problemas de asistencia a clases, situación que se coordinará con el equipo psicosocial,

afín de contar con la mayor información posible.

5. Profesor jefe realizará entrevistas a los apoderados y estudiantes que presentan

problemas de rendimiento y asistencia.

6. El equipo psicosocial elaborará un informe en el mes de mayo, agosto y octubre de

seguimiento de estudiantes con bajos niveles de rendimientos académicos y de asistencia

que permita orientar respecto a la situación en que se encuentra el estudiante y elaborar

propuestas de estrategias remediales.

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1919

ARTICULO TRANSITORIO REGLAMENTO DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN AÑO 2020

El documento Orientaciones para la Implementación de la Priorización Curricular en Forma Remota y Presencial de la Unidad de Currículum y Evaluación Ministerio de Educación con fecha Julio 2020, señala en su apartado de Orientaciones Generales: Hoja N°2, párrafo N°3 “La Priorización se presenta como una herramienta de apoyo curricular que permite enfrentar y minimizar las consecuencias adversas que han emergido por la situación mundial de pandemia por covid-19. Implementar la Priorización Curricular requiere que cada establecimiento educacional adquiera un rol protagónico para construir un plan adecuado a su realidad, que atienda la creciente diversidad educativa. En este sentido, es fundamental el rol de los equipos directivos y docentes para liderar el proceso. Será necesario diseñar y ajustar, de acuerdo con las nuevas necesidades, el plan de estudio, los modos de enseñanza y la evaluación.” Hoja N°7, en sus últimos dos párrafos señala, explícitamente “Sugerencias para implementar la evaluación, El decreto N°67/2018 se centra en el uso pedagógico de la evaluación y posiciona la evaluación formativa y la retroalimentación como factores clave para mejorar y acelerar los aprendizajes. Su propósito es que tanto el docente como el estudiante utilicen la evidencia obtenida en dichos procesos, para tomar decisiones acerca de los siguientes pasos a fin de avanzar en el proceso de enseñanza-aprendizaje. Los establecimientos tienen autonomía para aplicar la evaluación tanto formativa como sumativa, considerando los requerimientos y exigencias de esta última. Deben brindar suficientes oportunidades de aprendizaje para que cada estudiante demuestre el logro de los Objetivos de Aprendizaje, especialmente cuando se haga una evaluación sumativa y se otorgue una calificación. Hoja N°8, párrafo 2 y 3, Para la promoción de los estudiantes, se considerará las calificaciones finales de las asignaturas del nuevo Plan de Estudios, ajustadas según las indicaciones de estas orientaciones. No se calificará aquellas asignaturas que no se hayan incluido en el nuevo Plan de Estudios; por ende, no incidirán en el promedio final. Además, el Decreto N°67/2018 permite poner una única calificación final anual por asignatura del Plan de Estudios. No será necesario modificar el reglamento de evaluación ni presentarlo a la Secretaría Regional correspondiente. Lo relevante es comunicar a la comunidad educativa, oportunamente y por escrito, cualquier ajuste a las formas y criterios de evaluación que se aplicará en el establecimiento durante este período.

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2020

EVALUACIÓN REMOTA

Durante el período de suspensión de clases presenciales se ha sugerido lo siguiente:

1.- Incentivar los aprendizajes y retroalimentar de forma sistemática, utilizando diversos

métodos de evaluación formativa, como:

• Evaluación de desempeño: Acciones y productos que realiza el estudiante

durante el proceso de aprendizaje, que permiten retroalimentar su aprendizaje y validar el

desarrollo de sus habilidades; por ejemplo: resolución de casos prácticos, evaluación de

trabajos según criterios, entrevistas sobre procesos de aprendizaje entre pares, creaciones

en Artes, Escritura de cartas, textos, etc.

• Evaluación de portafolio: Un portafolios es un archivo donde se integra trabajos y

evidencias relevantes de las actividades de los estudiantes; también incluye observaciones

y retroalimentaciones que ayuden a superar las dificultades en el aprendizaje. Se puede

usar durante todo el proceso (unidad, curso) para asignar una calificación (evaluación

sumativa). Puede contener apartados de: escritura de cartas o textos, comentario de

lecturas, pensamiento matemático, experimentos, fotos, intereses personales y

descripción, etc.

• Conferencias centradas en el alumno: Medio eficaz de comunicación entre

estudiantes, docentes y padres; pueden ser entrevistas telefónicas y/o comunicación por

mensajería instantánea.

• Autoevaluación de los estudiantes: Estrategia que ayuda al alumno a tomar

conciencia de su progreso de aprendizaje, y permite al docente recoger información sobre

el proceso de enseñanza-aprendizaje; por ejemplos: bloc de autoevaluación, diario,

reportes, pruebas y escritos.

2.- Utilice todos los medios de comunicación a su disposición para poder retroalimentar, a

fin de ir valorizando el trabajo realizado.

3.- El trabajo que el estudiante realice de forma remota deberá ser preferentemente

formativo, siempre acompañado de retroalimentación. Se podrá valorizar por medio de

porcentaje de logro y concepto. También podría transformarse en una calificación, siempre

y cuando se realicen evaluaciones sistemáticas y justas.

4.- Cómo transformar de evaluación Formativa a evaluación Sumativa con calificación: Los

docentes para transformar la evaluación formativa a evaluación Sumativa deben buscar

evidencia acerca de los logros de los estudiantes en sus aprendizajes a través de variados

métodos: observación, conversación y productos de los estudiantes. Los productos de los

estudiantes pueden ser, trabajos de evaluación, pruebas, tickets de salida, portafolios etc.

Adicionalmente, toda la evidencia obtenida de las actividades de aprendizaje del

estudiante. Los niveles de logro de los estudiantes pueden ser representados con

conceptos, letras, símbolos, y sus calificaciones son presentadas con números. Estos

niveles de logro obtenidos de la evaluación formativa deben asociarse a una calificación.

LOGRADO (L): El estudiante ha demostrado evidencias claras del logro del objetivo (5,5 – 7,0).

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2121

MEDIANAMENTE LOGRADO (ML): El estudiante presenta avances importantes en el logro del objetivo (4,0 – 5,5).

POR LOGRAR (PL): El estudiante se está iniciando en el logro del objetivo (2,0 – 3,9).

SIN INFORMACION (S/I) El estudiante no presenta evidencias del trabajo escolar)

PROCESO EVALUACION

1.- El Liceo Politécnico Domingo Santa María en su Plan de Estudios priorizó todas las asignaturas a excepción de las asignaturas de Tecnología, Orientación, Religión, pero su trabajo tributa en la formación de los alumnos desde la evaluación formativa.

2.- Para el proceso de evaluación se realizarán los siguientes pasos:

Cada asignatura deberá tener al final del año escolar una calificación como mínimo por asignatura.

Cada profesor de asignatura evaluara a sus estudiantes.

Los estudiantes con Necesidades Educativas Permanentes, serán evaluados por el docente Educador Diferencial que acompaño su proceso durante el trabajo a distancia, junto al profesor de la asignatura.

Para la evaluación se utilizaran pautas que apunten a los aspectos: - Logro de los objetivos. - Evaluación de objetivos transversales - Aspecto socio-emocional

Se considerará como evidencia válida para la evaluación el Portafolio que cada docente tenga de sus estudiantes con las evidencias respectivas.

Bitácora docente en la cual se registre todas aquellas situaciones relevantes y que influyen en el normal desarrollo del aprendizaje del estudiante.

3.- En los casos de aquellos estudiantes que se encuentren reprobados o muy descendidos en su evaluación, se aplicará una pauta que mide aspectos socio-emocionales que pueden influir en su rendimiento, convirtiéndose su resultado en un antecedente valido de considerar ante el Comité de Evaluación.

4.- Se creará un Comité de Evaluación para las situaciones de estudiantes sean reprobados, dicho comité estará integrado por:

- Director

- UTP

- Profesor jefe y/o asignatura

- Dupla psico social en los casos que sea necesario.

- Profesor de educación diferencial cuando corresponda.

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2222

ANEXOS 1: ETAPAS DEL PROCESO DE EVALUACION FORMATIVA

ETAPAS DESCRIPCION

COMPARTIR METAS U OBJETIVOS DE APRENDIZAJE

Deben ser específicas y comunicadas a cada uno de los estudiantes. Ayudarlos a ser conexiones entre lo que está aprendiendo y la vida real

CLARIFICAR CRITERIOS DE LOGRO

Considerar los indicadores de logro dados en los programas de estudio

RECOLECTAR EVIDENCIAS Son las actividades creadas por los docentes que permiten que los estudiantes aprendan. En esta etapa se buscan las evidencias necesarias para buscar las remediales.

INTERPRETAR LA EVIDENCIA Es ver el avance de cada estudiante en cuanto al objetivo que se pretende lograr y a los criterios de logro que fueron entregados por los docentes. Se comienza a ver los pasos que se tienen que dar para lograr los objetivos.

IDENTIFICAR LA BRECHA DEL APRENDIZAJE

Se ajustara el aprendizaje a las necesidades del estudiante

AJUSTAR LA ENSEÑANZA A LAS NECESIDADES DE APRENDIZAJE DE LOS ESTUDIANTES

A partir del conocimiento que tiene el docente de cada uno de sus estudiantes, debe adecuar sus actividades y estrategias que permitan que todos sus estudiantes logren un nivel de desarrollo óptimo en su aprendizaje.

DISMINUCION LO MAS POSIBLE DE LA BRECHA

Selección de nuevas metas por parte del docente a través de una nueva retroalimentación para provocar el progreso en cada uno de sus estudiantes.

ANEXO 2: INSTRUMENTOS DE EVALUACIÓN DE APRENDIZAJE A DISTANCIA QUE APOYAN

LA EVALUACIÓN FORMATIVA

TIPO DE INSTRUMENTOS CARACTERISTICAS

PRUEBAS Escala de estimación de respuestas orales

Evalúan las competencias del alumno o alumna relacionadas con la expresión oral, la comunicación verbal, vocabulario, fluidez, pronunciación, estructura de las frases, organización del pensamiento. Ejemplo disertaciones

Cuestionarios de respuesta escrita

Permiten que el alumnado construya sus propias respuestas -no que repita lo memorizado- y le exige capacidades y habilidades de reflexión. Ej. ensayo

Pruebas objetivas Opciones entre las que el alumnado elige una respuesta concreta ya escrita: elección múltiple, verdadero o falso, correspondencia, textos incompletos…

REVISIÓN DE TAREAS

Cuaderno de clase

Análisis sistemático y continuado de las tareas diarias realizadas. Se pueden usar escalas de observación, registros de seguimiento…)

Informes y monografías

Presentación escrita de tareas específicas encargadas o fruto de pequeñas investigaciones.

Portafolio Colección planificada de trabajos de cada alumna o alumno que representa su esfuerzo, progreso y desarrollo en un área específica o en un aspecto concreto.

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ANEXO 3: INFORME PARCIAL LOGROS DE APRENDIZAJE A DISTANCIA

LICEO POLITECNICO

DOMINGO SANTA MARIA

RENAICO

INFORME PARCIAL LOGROS DE APRENDIZAJE A DISTANCIA

(PERIODO) MARZO A JULIO 2020

LOGRADO (L): el estudiante ha demostrado evidencias claras del logro del objetivo. MEDIANAMENTE LOGRADO (ML): el estudiante presenta avances importantes en el logro del objetivo. POR LOGRAR (PL): El estudiante se está iniciando en el logro del objetivo o no presenta evidencias de ello.

SIN INFORMACION (S/I) El estudiante no presenta evidencias del trabajo escolar.

N° Apellido paterno

Apellido Materno

Nombre

0A 1 0A 2 NIVEL DE LOGRO FINAL

Act 1

Act 2

Act 3

Act 4

LOGRO FINAL POR OBJETIVO

Act 1

Act 2

Act 3

Act 4

LOGRO FINAL POR OBJETIVO

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

13

14

15

16

17

18

19

20

NOTA: EL NIVEL FINAL DE LOGRO LO CONSTITUYE LA MODA, ES DECIR, EL DATO

ESTADÍSTICO QUE MÁS SE REPITE

NOMBRE DOCENTE FECHA

ASIGNATURA CURSO

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2424

CARTA RETIRO DEL ESTUDIANTE

YO ______________________________________________________________________________________

RUT ____________________________________________________________________________

DOMICILIADO EN _______________________________________________________________________

DE LA CIUDAD DE _________________________________________________________________

APODERADO DEL ALUMNO(A) _______________________________________________________

MATRICULADO EN ___________________AÑO ______ DE ENSEÑANZA _____________________

ACUDO LIBREMENTE AL LICEO POLITÉCNICO DOMINGO SANTA MARÍA DE RENAICO,

UBICADO EN CALLE CORNELIO OLSEN 345 DE LA CIUDAD DE RENAICO PARA EL RETIRO

VOLUNTARIO POR LAS RAZONES QUE EXPONGO A CONTINUACIÓN:

1-.

2-.

3-.

4-.

5-.

DE ESTA MANERA, RECIBO POR PARTE DEL ESTABLECIMIENTO LOS SIGUIENTES

DOCUMENTOS:

1-.

2-.

3-.

4-.

5-.

______________________________

NOMBRE Y FIRMA APODERADO

RENAICO, __________________________________