regimen general 2015

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    REGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LAS RENTAS

    NDICE

    1. Concepto

    02. Operaciones Gravadas

    03. Contribuyentes

    04. Pagos a Cuenta

    05. Suspensin y modiicacin de pagos a cuenta

    0!. Procedimiento para suspensin de pagos a cuenta

    0". #enta $ruta

    0%. Costo Computab&e

    0'. (asa para &a determinacin de& )mpuesto a &a #enta

    10. Comunicacin de emisin* transerencia o cance&acin de acciones y

    participaciones

    11. +ormas ,ega&es

    12. Casos Pr-cticos

    13. odiicaciones (ributarias 2015

    14 su/etos ob&igados a &&evar &os registros de orma e&ectrnica

    15 retenciones y pagos a cuenta

    1! casos pr-cticos

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    Rentas Fsicas y Regmenes TributariosRgimen General

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    INTRODUCCION

    & rgimen genera& es un rgimen tributario ue comprende &as personas natura&es y

    /urdicas ue generan rentas de tercera categora au&&as provenientes de& capita&*

    traba/o o de &a ap&icacin con/unta de ambos actores. 6ue&&os contribuyentes ue

    deseen incorporarse a& #gimen Genera&* pueden rea&i7ar&o en cua&uier momento de&

    a8o.

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    01. CONCEPTO

    Rentas gravadas de tercera categora

    & )mpuesto a &a #enta de (ercera Categora grava &a renta obtenida por &a rea&i7acin

    de actividades empresaria&es ue desarro&&an &as personas natura&es y /urdicas.

    Genera&mente estas rentas se producen por &a participacin con/unta de &a inversin

    de& capita& y e& traba/o.

    6 continuacin se muestran a&gunas actividades ue generan rentas gravadas con

    este impuesto9

    a ,as rentas ue resu&ten de &a rea&i7acin de actividades ue constituyan negocio

    :abitua&* ta&es como &as comercia&es* industria&es y mineras; &a e

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    Rec!erde "!e#

    & impuesto a &a renta de (ercera categora se determina a& ina&i7ar e& a8o.

    ,a dec&aracin y pago se eect=a dentro de &os tres primeros meses de& a8o

    siguiente* de acuerdo con e& Cronograma de >encimientos ue aprueba &a S?+6(

    para cada e/ercicio

    Sin embargo todos &os meses* desde su ec:a de inicio de actividades* usted debe

    :acer pagos a cuenta.

    n caso ue &as cantidades abonadas durante e& a8o resu&ten ineriores a& monto

    de& )mpuesto 6nua&* &a dierencia se considera sa&do a avor de& isco.

    sta cantidad deber- ser cance&ada a& momento de presentar &a @ec&aracin Aurada

    6nua& de& )mpuesto a &a #enta.

    Por e& contrario* si &os pagos a cuenta eectuados por usted o su empresae

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    simi&ar* como transportes* comunicaciones*

    sanatorios* :ote&es* depsitos* gara/es*

    reparaciones* construcciones* bancos*

    inancieras* seguros* ian7as y

    capita&i7acin; y* en genera&* de cua&uier

    otra actividad ue constituya negocio

    :abitua& de compra o produccin y venta*

    permuta o disposicin de bienes.AGENTES MEDIADORES &(' b ,as derivadas de &a actividad de &os

    agentes mediadores de comercio*

    rematadores y marti&&eros y de cua&uier

    otra actividad simi&ar.

    NOTARIOS &c' c ,as ue obtengan &os +otariosGANANCIAS DE CAPITAL

    OPERACIONES )A*ITUALES

    d ,as ganancias de capita& y &os ingresos

    por operaciones :abitua&es a ue se

    reieren &os artcu&os 2B y 4 de esta ,ey*

    respectivamente.PERSONAS +URDICAS e ,as dem-s rentas ue obtengan &as

    personas /urdicas a ue se reiere e&

    6rtcu&o 14B de esta ,ey.ASOCIACION O SOCIEDAD CI%IL ,as rentas obtenidas por e& e/ercicio en

    asociacin o en sociedad civi& de cua&uier

    proesin* arte* ciencia u oicio.

    OTRAS RENTAS g Cua&uier otra renta no inc&uida en &as

    dem-s categoras.

    CESION DE *IENES : ,a derivada de &a cesin de bienes

    mueb&es o inmueb&es distintos de predios*

    cuya depreciacin o amorti7acin admite &a

    presente ,ey.INSTITUCION EDUCATI%A PARTICULAR i ,as rentas obtenidas por &as )nstituciones

    ducativas Particu&ares.

    PATRIMONIO ,IDEICOMETIDO / ,as rentas generadas por &os Patrimonios

    Dideicometidos de Sociedades

    (itu&i7adoras* &os Dideicomisos bancarios y

    &os Dondos de )nversin mpresaria&*

    cuando provengan de& desarro&&o o

    e/ecucin de un negocio o empresa.

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    a' @e acuerdo con &o dispuesto por e& inciso d de& artcu&o 1" de& #eg&amento de&

    )mpuesto a &a #enta &as rentas previstas en e& inciso a de& artcu&o 2% de &a ,ey a

    ue se reiere e& segundo p-rrao de& citado artcu&o 2%* son au&&as ue se

    derivan de cua&uier otra actividad ue const-t!a negoc-o /a(-t!ade compra

    o produccin y venta* permuta o disposicin de bienes.

    (' @e acuerdo con e& inciso a de& artcu&o 1" de& #eg&amento de& )mpuesto a &a

    #enta se considera agentes mediadores de comercio a &os corredores de seguro

    y comisionistas mercanti&es.

    c' & inciso b de& artcu&o 1" de& #eg&amento de& )mpuesto a #enta* estab&ece ue &a

    renta ue obtengan &os notarios a ue se reiere e& inciso c de& 6rtcu&o 2% de &a ,ey

    ser- &a ue provenga de su actividad como ta&.

    0. CONTRI*U2ENTES

    ,o son aue&&as personas ue desarro&&an negocios o actividades empresaria&es*

    como9

    ,as personas natura&es con negocio unipersona&.

    ,as personas /urdicas* por e/emp&o &a Sociedad 6nnima* Sociedad Comercia&

    de #esponsabi&idad ,imitada S.#.,* mpresas )ndividua&es de

    #esponsabi&idad ,imitada .).#.,* entre otras.

    ,as sucesiones indivisas.

    ,as sociedades conyuga&es ue opten por tributar como ta&es.

    ,as asociaciones de :ec:o de proesiona&es y simi&ares.

    Son contribuyentes de& )mpuesto a &a #enta de (ercera Categora* &as personas

    natura&es y &as personas /urdicas. (ambin se considera contribuyentes a &as

    sucesiones indivisas* &as sociedades conyuga&es y &as asociaciones de :ec:o deproesiona&es y simi&ares.

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    Para tener una c&ara nocin sobre &os mencionados contribuyentes* deiniremos cada

    uno de e&&os9

    Personas nat!raes con negoc-o &e34resa !n-4ersona'#

    Son personas sicas e individua&es* con capacidad para aduirir derec:os y

    contraer ob&igaciones y ue desarro&&an actividades empresaria&es a ttu&o

    persona&.

    Persona +!rd-ca#

    s toda entidad distinta a &a persona sica o natura& ue est- capacitada por e&

    ordenamiento /urdico para aduirir derec:os y contraer ob&igaciones como &as de

    car-cter tributario. 6s tenemos9 &as Sociedades 6nnimas* &as Sociedades de

    #esponsabi&idad ,imitada* &as mpresas )ndividua&es de #esponsabi&idad

    ,imitada constituidas en e& pas* as como &as sociedades irregu&ares es decir

    au&&as ue no se :an constituido e inscrito conorme a &a ,ey Genera& de

    Sociedades; tambin &as sucursa&es* agencias o cua&uier otro estab&ecimiento

    permanente en e& pas de empresas unipersona&es* sociedades y entidades de

    cua&uier natura&e7a constituidas en e& e

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    Son agrupaciones de personas ue se re=nen con &a ina&idad de e/ercer cua&uier

    proesin* ciencia* arte u oicio.

    06. PAGOS A CUENTA

    6.1 PARA PERIODOS TRI*UTARIOS A PARTIR DE AGOSTO $01$

    ,os contribuyentes ue obtengan rentas de tercera categora abonar-n con car-cter

    de pago a cuenta de& )mpuesto a &a #enta ue en deinitiva &es corresponda por e&

    e/ercicio gravab&e* dentro de &os p&a7os previstos por e& Cdigo (ributario* e 3onto

    "!e res!te 3aor de co34arar as c!otas 3ens!aes deter3-nadas con

    arrego a o s-g!-ente9

    @e no e

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    cuenta de& )mpuesto a &a #enta de (ercera Categora de& e/ercicio 2015* e&

    coeiciente deber- ser mu&tip&icado 4or e 5actor 0.7.

    6.$PARA PERIODOS TRI*UTARIOS ANTERIORES A AGOSTO $01$

    S-ste3as de Pago a C!enta

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    0=. SUSPENSI>N 2 MODI,ICACI>N DE PAGOS A CUENTA

    Si e& pago a cuenta es determinado seg=n e& inciso b de& primer p-rrao de& artcu&o %5

    de &a ,ey de& )mpuesto a &a #enta* es decir* ap&icando e& 1.5E a &os ingresos netos de&

    mes* podr- suspender&os a partir de& pago a cuenta de& mes de ebrero* mar7o* abri& omayo* seg=n corresponda. Para ta&es eectos deber-n cump&ir con &os siguientes

    reuisitos* &os cua&es estar-n su/etos a eva&uacin por parte de &a S?+6(9

    Re"!-s-tos s!a&ori7ado*

    seg=n corresponda* de &os =&timos cuatro e/ercicios vencidos. n caso de no estar

    ob&igado a &&evar dic:os registros deber- presentar &os inventarios sicos. sta

    inormacin deber- ser presentada en ormato @$D*

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    & tota& de &os pagos a cuenta de &os perodos anteriores a& pago a cuenta a partir de&

    cua& se so&icita &a suspensin deber- ser mayor o igua& a& )mpuesto a &a #enta 6nua&

    determinado en &os dos =&timos e/ercicios vencidos* de corresponder.

    ,a suspensin a ue se :ace reerencia e& presente ac-pite ser- ap&icab&e respecto de

    &os pagos a cuenta de &os meses de ebrero a /u&io ue no :ubieran vencido a &a ec:a

    de notiicacin de& acto administrativo ue se emita con motivo de &a so&icitud.

    ,os pagos a cuenta de &os meses de agosto a diciembre podr-n suspenderse o

    modiicarse sobre &a base de& estado de ganancias y prdidas a& 31 de /u&io* de

    acuerdo con &o siguiente9

    a' S!s4enderse#Cuando no e

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    En ese sent-do os 3@s -34ortantes a tener en c!enta a 3o3ento de 4resentar

    a so-c-t!d son os s-g!-entes#

    a ,a so&icitud se presentar- a travs de un escrito ue contendr- &os c-&cu&os ue

    sustente en e& cump&imiento de &os &itera&es b* d y e de& ac-pite i de& segundop-rrao de& artcu&o %5 de &a ,ey de& )mpuesto a &a #enta* reerido a& promedio de

    &os ratios de &os cuatro =&timos e/ercicios vencidos* de corresponder* &os coeicientes

    de &os dos =&timos vencidos y e& tota& de &os pagos a cuenta de &os meses anteriores

    a& pago a cuenta a partir de& cua& se so&icita &a suspensin.

    b Para eectos de e&aborar &a @ec&aracin* &os contribuyentes uti&i7ar-n e& ap&icativo

    en ormato e

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    Contribuyente :abi&itados por &a S?+6(* en &a provincia de ,ima o en &a Provincia

    Constituciona& de& Ca&&ao.

    b.2 Si son edianos o Peue8os Contribuyentes9 n &os Centros de Servicios a&

    Contribuyente :abi&itados por &a S?+6(* en &a provincia de ,ima o en &a ProvinciaConstituciona& de& Ca&&ao.

    c @e pertenecer a& directorio de &as )ntendencias #egiona&es u Oicinas Iona&es9

    n &as dependencias de &a S?+6( de su /urisdiccin o en &os Centros de Servicios

    a& Contribuyente :abi&itados por dic:as dependencias.

    0. RENTA *RUTA

    @e conormidad con &o dispuesto por e& artcu&o 20 de &a ,ey de& )mpuesto a &a #enta*

    &a renta bruta est- constituida por e& con/unto de ingresos aectos a& impuesto ue se

    obtenga en e& e/ercicio gravab&e.

    Cuando ta&es ingresos provengan de &a ena/enacin de bienes* &a renta bruta estar-

    dada por &a dierencia e

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    Si se trata de bienes depreciab&es o amorti7ab&es* a eectos de &a determinacin de&

    impuesto* e& costo computab&e se disminuir- en e& importe de &as depreciaciones o

    amorti7aciones ue :ubiera correspondido ap&icar de acuerdo a &o dispuesto por &a

    ,ey de& )mpuesto a &a #enta.

    & ingreso neto tota& resu&tante de &a ena/enacin de bienes se estab&ecer-

    deduciendo de& ingreso bruto &as devo&uciones* boniicaciones* descuentos y

    conceptos simi&ares ue respondan a &as costumbres de &a p&a7a.

    0H. COSTO COMPUTA*LE

    & costo Computab&e est- deinido normativamente de &a siguiente manera9

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    07. TASA PARA LA DETERMINACI>N DEL IMPUESTO A LA RENTA

    @e acuerdo con &o dispuesto por e& artcu&o 55 de &a ,ey de& )mpuesto a &a #enta* &os

    contribuyentes ue perciban rentas de tercera categora se encuentran gravados con

    &a siguiente tasa9

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    10. COMUNICACI>N DE EMISI>NF TRANS,ERENCIA O CANCELACI>N DE

    ACCIONES 2 PARTICIPACIONES

    ,as personas /urdicas domici&iadas en e& pas deben comunicar a &a S?+6( &a

    emisin* transerencia directa e indirecta* y cance&acin de acciones y de

    participaciones representativas de su capita&. ,a comunicacin se presenta dentro de&

    mes siguiente de eectuadas.

    (enga en cuenta ue &as emisiones* transerencias directas e indirectas y

    cance&aciones de acciones y participaciones eectuadas desde e& 1!.02.2011 :asta e&

    31.05.2014 deben comunicarse dentro de& p&a7o ue vence e& 31 de /u&io de 2014.

    Med-o 4ara

    4resentar a

    co3!n-cac-8n

    Dormu&ario >irtua& +. 1!05 en S?+6( >irtua&.

    O(-gados,as personas /urdicas domici&iadas en e& Per= ue emitan*

    transieran de manera directa o indirecta o cance&en acciones o

    participaciones representativas de su capita&.

    +o :ay ob&igacin de presentar &a comunicacin cuando no

    e

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    Pasos 4ara

    4resentar a

    co3!n-cac-8n

    en nea

    1. )ngresar en e& Porta& de S?+6( LLL.sunat.gob.pea S?+6(

    Operaciones en ,nea MSO, Fopcin Trmites, Consultas,

    Declaraciones Informativas-con Cdigo de ?suario y C&ave SO,.

    ?bicar e& Dormu&ario >irtua& +. 1!05 M misin* transerencia

    directa e indirecta y cance&acin de acciones o

    participaciones. En el Men SOL en la ruta is dec&araciones

    y pagos N Presento mis dec&araciones inormativas N

    )normativas.

    2. Se&eccionar e& mes y a8o ue se comunica.

    3. Consignar &a inormacin ue corresponda siguiendo &as

    indicaciones ue se deta&&an en e& ormu&ario.

    4. ?na ve7 terminado e& registro de su comunicacin en SO, su

    comunicacin* puede ser consu&tada en &a ruta indicada en e&

    punto 1.

    C83o se

    rect-5-ca os!st-t!e a

    co3!n-cac-8nJ

    ?ti&i7ando e& Dormu&ario >irtua& +. 1!05 en S?+6(Operaciones en ,nea* por cada mes ue se reuiera.

    Se deber- ingresar nuevamente todos &os datos. ,a comunicacin

    sustitutoria o rectiicatoria de/ar- sin eecto &a =&tima presentada

    por e& mes correspondiente.

    I34ortac-8n de

    a -n5or3ac-8n B

    Estr!ct!ras

    ,a inormacin indicada en &os 6ne

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    Estr!ct!ras de

    arc/-vos de

    -34ortac-8n

    Contiene &a estructura de &os arc:ivos de importacin.

    Mensairtua& +. 1!05 en S?+6( >irtua&.

    In5racc-8n

    sanc-8n 4or no

    4resentar a

    co3!n-cac-8n

    dentro de 4aKo

    Para personas /urdicas generadoras de rentas de tercera

    categora M #gimen Genera& (ab&a ) de& Cdigo (ributario9

    30E de &a ?nidad )mpositiva (ributaria M ?)(.

    Para personas /urdicas acogidas a& #gimen specia& de&

    )mpuesto a &a #enta (ab&a )) de& Cdigo (ributario9 15E ?nidad

    )mpositiva (ributaria M ?)(.

    Grad!a-dadS&o se ap&ica e& 100E de reba/a en &a mu&ta si se presenta &a

    comunicacin antes de ue surta eecto &a notiicacin en ue &aS?+6( &e indica a &a persona /urdica ue :a incurrido en

    https://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+2+Estructuras+Archivos+de+Importacion.pdfhttps://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+2+Estructuras+Archivos+de+Importacion.pdfhttps://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+2+Estructuras+Archivos+de+Importacion.pdfhttps://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+3+Codigos+de+Error.pdfhttps://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+3+Codigos+de+Error.pdfhttps://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+3+Codigos+de+Error.pdfhttps://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+2+Estructuras+Archivos+de+Importacion.pdfhttps://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+2+Estructuras+Archivos+de+Importacion.pdfhttps://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+2+Estructuras+Archivos+de+Importacion.pdfhttps://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+3+Codigos+de+Error.pdfhttps://s3.amazonaws.com/insc/Acciones+Participaciones/Anexo+3+Codigos+de+Error.pdf
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    &S!(sanac-8n

    vo!ntar-a'

    inraccin.

    Co3!n-cac-one

    s 4resentadas

    antes de

    0=.0?.$016

    6ntes de &a vigencia de &a #.S. + 1!'F2014S?+6( &a

    presentacin de &a comunicacin se cump&a uti&i7ando un

    ormu&ario sico en e& ue consignaban determinados datos. Por

    e&&o &a #.S. + 200F2014S?+6( :a previsto ue se tendr- 4or

    c!34-da&a ob&igacin de comunicar &a emisin* transerencia

    directa e indirecta y &a cance&acin de acciones y participaciones

    representativas de su capita&* respecto de &as eectuadas entre e&

    1!.02.2011 y e& 31.05.2014 siempre ue se :ubiera presentado*

    :asta e& 5 de /unio de 2014 inc&usive* por &o menos &a siguiente

    inormacin a S?+6(9

    1.F (ipo de transaccin9 emisin* transerencia o cance&acin.

    2.F n e& caso de transerencia9 datos de& cedente y de&

    aduirente.

    3.F )dentiicacin de &os accionistas o participacionistas9

    (ipo de documento de identiicacin9 #?C* o en su

    caso* @+)* carn de ea&or unitario.

    Porcenta/e de participacin respecto a& tota&.

    Dec:a de &a emisin* transerencia o cance&acin.

    4. @atos de &a escritura p=b&ica9 s&o para e& caso de emisinocance&acin. n este caso deber- :aberse inormado9

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    Dec:a de otorgamiento de &a escritura p=b&ica.

    +ombre y ape&&idos de& notario.

    @atos de inscripcin en registros p=b&icos9 n=mero de &a partida

    registra& o tomo* o&ioic:a y asiento

    Nor3as egaes#

    Primera @isposicin (ransitoria y Dina& de& (.?.O de &a ,ey de& )mpuesto a &a #enta

    #eso&ucin de Superintendencia + 1!'F2014S?+6(* pub&icada e& 04.0!.2014.

    ,as estructuras indicadas en e& 6ne

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    Decreto Leg-sat-vo N 111$ F pub&icado e& 2' de /unio de 2012.

    D.S. N 1==B$01$BE,F pub&icado e& 23 de agosto de 2012

    odiican e& #eg&amento de &a ,ey de& )mpuesto a &a #enta

    D.S. N $=HB$01$BE,F pub&icado e& 1% de diciembre de 2012

    odiican e& #eg&amento de &a ,ey de& )mpuesto a &a #enta

    Le N $7777* pub&icada e& 13 de mar7o de 2013

    odiica e& 6rt. %5 de& (.?.O. de &a ,ey de& )mpuesto a &a #enta sobre pagos a

    cuenta por rentas de tercera categora.

    Decreto S!4re3o N0=0B$01BE,* pub&icado e& 15 de mar7o de 2013

    odiica e& #eg&amento de &a ,ey de& )mpuesto a &a #enta sobre pagos a

    cuenta de& )mpuesto a &a #enta.

    #eso&ucin de Superintendencia + 101F2013S?+6(* pub&icada e& 21 de

    mar7o de 2013

    +ormas re&ativas a &a suspensin de pagos a cuenta de& )mpuesto a &a #enta* a

    partir de &os pagos a cuenta de ebrero* mar7o* abri& o mayo ac-pite i de&

    segundo p-rrao de& 6rt. %5 de& (.?.O. de &a ,ey de& )mpuesto a &a #enta.

    Reso!c-8n de S!4er-ntendenc-a N 06HB$00HSUNAT* pub&icada e& 5 de abri&

    de 200% aprueban nueva versin de& P@( M Dormu&ario >irtua& + !25

    Hodiicacin de& coeiciente o porcenta/e para e& c-&cu&o de &os pagos a cuenta

    de& impuesto a &a rentaH

    Reso!c-8n de S!4er-ntendenc-a N 0$B$00=SUNAT*pub&icada e& 05 de

    ebrero de 2005.

    6dec=an normas sobre &a modiicacin de& coeiciente o porcenta/e para e&

    c-&cu&o de &os pagos a cuenta de& impuesto a &a renta

    Reso!c-8n de S!4er-ntendenc-a N 161B$00SUNAT* pub&icada e& 20 de

    /u&io de 2003.

    6prueban P@(FDormu&ario >irtua& + 0!25 Hodiicacin de& coeiciente oporcenta/e para e& c-&cu&o de &os pagos a cuenta de& )mpuesto a &a #enta.

    1$. CASOS PRCTICOS

    La e34resa MIGUEL TORRES SAC act!a3ente esta 3ane

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    Como pueden ver a& ap&icar dic:o actor* e& P6C disminuir-. ste a:orro es &a ina&idad

    de& gobierno para reactivar &a economa de& pas.

    1. NUE%O PAUETE ECON>MICO $01=

    )mpuesto a &a #enta por #entas de (ercera Categora ,a &ey modiica &a tasa de&

    )mpuesto a &a #enta ap&icab&e a &a renta neta de tercera categora* estab&ecindose

    una reduccin gradua& a partir de& 01.01.2015 de acuerdo a &o siguiente9

    ,a @cimo Primera @isposicin Comp&ementaria Dina&* prescribe ue para eectos de

    determinar &os pagos a cuenta de& )mpuesto a &a #enta de (ercera Categora de&

    e/ercicio 2015* e& coeiciente deber- ser mu&tip&icado por e& actor 0.'333. &&o obedece

    a &a reduccin de &a tasa de& 30E a 2%E y ue /ustamente corresponde a ese actor.

    n orma simi&ar a &a reduccin de &as tasas ap&icab&es a &as rentas de& traba/o* esta

    modiicatoria tiene como ina&idad reducir &a carga tributaria y con e&&o propiciar ue se

    destinen recursos a &a reinversin y crecimiento en &as empresas. n corre&ato con &a

    modiicacin de &as tasas se procede a modiicar tambin &os artcu&os siguientes de&

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    (?O de &a ,)#9 M 6rtcu&o "3* reerido a &a retencin de& )mpuesto a &a #enta ue

    deben rea&i7ar &as personas /urdicas por &as rentas ue paguen o acrediten a& portador

    u otros va&ores a& portador* ap&icando para dic:o eecto &as tasas reducidas seg=n e&

    e/ercicio a& ue correspondan. M 6rtcu&o "3F$* reerido a &a retencin ue deben

    rea&i7ar &as sociedades administradoras de &os ondos de inversin* &as sociedades

    titu&i7adoras de patrimonios ideicometidos y &os iduciarios de ideicomisos bancarios*

    por &as rentas ue correspondan a& e/ercicio y ue constituyan rentas de tercera

    categora para &os contribuyentes; para &o cua& ap&icar-n &a tasa vigente en cada

    e/ercicio sobre &a renta neta devengada en dic:o e/ercicio.

    COMENTARIOS

    16 SU+ETOS O*LIGADOS A LLE%AR LOS REGISTROS DE ,ORMAELECTRONICA

    16.1 NUE%OS SU+ETOS O*LIGADOS A PARTIR DEL $01=

    ediante #eso&ucin de Superintendencia + 01%F2015S?+6( se modiicaron &as

    condiciones estab&ecidas en &a #eso&ucin de Superintendencia + 3'0F

    2014S?+6( para &os su/etos ob&igados a &&evar &os #egistros de >entas e )ngresos y

    de Compras de manera e&ectrnica a partir de& 01 de enero de 2015

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    n este sentido* a partir de dic:a ec:a* &os contribuyentes de& #gimen Genera& con

    estado de #?C activo no incorporadosai&iados a& S,FP, ue :ayan obtenido

    ingresos mayores a 150 ?)( en e& e/ercicio 2014 y ue se encuentren ob&igados a

    &&evar &ibros de acuerdo a &o dispuesto en &a ,ey de& )G>* se encuentran ob&igados a

    &&evar e& #egistro de >entas e )ngresos y e& #egistro de Compras de manera

    e&ectrnica S,FP, o S,FPO#(6,.

    Para determinar &as 150 ?)( se uti&i7ar- como reerencia &a ?)( vigente durante e&

    2014 S. 3*%00* con &o cua& e& monto resu&tante es de S. 5"0*000. 6simismo se

    deber-n considerar &os montos dec&arados en &as casi&&as 100* 105* 10!* 10'* 112 y

    1!0 de& P@( !21 yo &a casi&&a 100 de& P@( !21 F Simp&iicado )G> F #enta ensua&.

    E,ECTOS DE LA O*LIGACI>N DE LLE%AR LOS LI*ROS DE MANERA

    ELECTR>NICA

    Se deben cerrar &os registros &&evados en orma manua& o en :o/as sue&tas o continuas

    :asta e& perodo diciembre de 2014 previo registro de &o corresponda anotar en estos.

    14.2 SU+ETOS O*LIGADOS A PARTIR DEL $01?

    6 partir de& 01 de enero de 201! est-n ob&igados a &&evar &os registros de manera

    e&ectrnica &os su/etos ue cump&an con &as siguientes condiciones9

    a Se encuentren inscrito en e& #?C con estado activo a& 01 de enero de 201!

    b Se encuentren acogidos a& #gimen Genera& o specia& de& )mpuesto a &a #enta

    c stn ob&igados a &&evar a &&evar &os registros de acuerdo a &o dispuesto en &a ,ey de&

    )G>

    d +o :ayan sido incorporados a& S,FP,

    e +o se :ubieran ai&iado a& S,FP, y generado &os registros en dic:o sistema

    +o :ayan generados &os registros en e& S,FPO#(6,

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    g ayan obtenido en e& e/ercicio 2015 ingresos igua&es o mayores a "5?)(.

    Para ta& eecto se uti&i7a como reerencia &a ?)( vigente para e& e/ercicio 2015 y seconsiderar-n &os montos dec&arados en &as casi&&as 100* 105* 10!* 10'* 112 y 1!0 de&

    P@( !21 yo &a casi&&a 100 de& P@( !21 F Simp&iicado )GC F #enta ensua&.

    E,ECTOS DE LA O*LIGACI>N DE LLE%AR LOS LI*ROS DE MANERA

    ELECTR>NICA

    Se deben cerrar &os registros &&evados en orma manua& o en :o/as sue&tas o continuas

    :asta e& perodo diciembre de 2015 previo registro de &o corresponda anotar en estos.

    1= RETENCIONES 2 PAGOS A CUENTA

    1.B Retenc-ones# ,as personas* empresas o entidades de& #gimen Genera& ue

    paguen o acrediten :onorarios u otras remuneraciones ue constituyan rentas de

    cuarta categora* eectuar-n una retencin de& )mpuesto a &a #enta euiva&ente a& %E

    de& importe tota& de& recibo por :onorarios.

    +o deber- eectuarse retenciones de& )mpuesto a &a #enta cuando &os recibos por

    :onorarios ue paguen o acrediten sean de un importe ue no e

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    SUPUESTO

    RE,ERENCIA

    MONTO

    NO

    SUPERIOR A#

    NO SE

    ENCUENTRAN

    O*LIGADOS A#

    Contribuyentes

    ue perciben

    e

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    cuarta yo uinta

    categoras.

    Sa&vo se cuente con una constanc-a de a!tor-Kac-8n de s!s4ens8n de

    retenc-ones 4ago a c!enta* si en un determinado mes &as rentas de cuarta o &as

    rentas de cuarta y uinta categoras superan &os montos antes se8a&ados* &os

    contribuyentes deber-n dec&arar y eectuar e& pago a cuenta ue corresponda por &a

    tota&idad de &os ingresos de cuarta categora ue obtengan en e& reerido

    mes* ca&cu&ado e& impuesto se deducen &as retenciones eectuadas en su caso y se

    paga &a dierencia.

    Para &a determinacin de &os montos reerentes a &a ob&igacin de eectuar pagos a

    cuenta de& )mpuesto a &a #enta no se tomar-n en cuenta &os ingresos ue se

    encuentren inaectos a& )mpuesto a &a #enta.

    I34ortante

    Const-t!en -ngresos -na5ectos a -34!esto#Q ,as indemni7aciones previstas por &as disposiciones &abora&es vigentes.

    Se encuentran comprendidas en &a reerida inaectacin* &as cantidades ue se

    abonen* de producirse e& cese de& traba/ador en e& marco de &as a&ternativas previstas

    en e& inciso b de& 6rtcu&o %%B y en &a ap&icacin de &os programas o ayudas a ue

    :ace reerencia e& 6rtcu&o 14"B de& @ecreto ,egis&ativo +B "2%* ,ey de Domento de&

    mp&eo* :asta un monto euiva&ente a& de &a indemni7acin ue correspondera a&

    traba/ador en caso de despido in/ustiicado.

    Q ,as indemni7aciones ue se reciban por causa de muerte o incapacidad producidaspor accidentes o enermedades* sea ue se originen en e& rgimen de seguridad

    socia&* en un contrato de seguro* en sentencia /udicia&* en transacciones o en cua&uier

    otra orma* sa&vo &o previsto en e& inciso b de& 6rtcu&o 2B de &a ,ey de& )mpuesto a &a

    #enta.

    Q ,as compensaciones por tiempo de servicios* previstas por &as disposiciones

    &abora&es vigentes.

    Q ,as rentas vita&icias y &as pensiones ue tengan su origen en e& traba/o persona&*

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    ta&es como /ubi&acin* montepo e inva&ide7.

    2%02159 Dacu&tad isca&i7adora y e& vncu&o &abora& cuando &a administracin contro&a

    &a deduccin de un gasto para determinar e& )mpuesto a &a #enta.

    CASO PRCTICO

    1. Tra(a

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    en e& semestre respectivo* inc&uyndose en dic:o supuesto a

    &as gratiicaciones de iestas patrias y de navidad. n ra7n a

    e&&o* para e& c-&cu&o de &a C(S* deber- promediarse &a gratiicacin

    correspondiente a& semestre computab&e entre seis.

    C@c!o de 3onto a de4os-tar

    #emuneracin +B de meses +B de meses (ota& a

    Computab&e de& a8o a depositar depositar

    MMMMMMMMMMMMM MMMMMMMMMMM MMMMMMMMMMM MMMMMMMMMMM

    S. 1 %3"*50 R 12 < ! S. '1%*"5

    (ota& a depositar9 S. 71HF=

    ARTICULO = IMPUESTO A CARGO DE PERSONAS NATURALES A 4art-r de

    $01=

    S!3a de a Renta Neta de Tra(a

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    -s de 20 ?)( asta 35

    ?)(

    @e S.

    ""*001

    5"*"50 1"E '*%1%

    :asta S.

    134*"50

    -s de 35 ?)( asta 45

    ?)(

    @e S.134*"51

    3%*500 20E "*"00

    :asta S.

    1"3*250

    -s de 45 ?)(

    -s de

    S.

    1"3*251 4'*%00 30E 14*'40 (ota& 223*050 6$F0H

    COMPARATI%O $016 CON $01=ART. = IMPTO A LA RENTA Personas Nat!raes

    RENTA NETA DE TRA*A+O 2 ,UENTE EQTRAN+ERA

    asta $016 @esde e& e/ercicio $01=

    Suma de renta neta (asa

    Suma de renta

    neta Tasa asta 5 ?)( H

    asta 2" ?)( 15E-s de 5 ?)(:asta 20 ?)( 16

    -s de 2" ?)( :asta 54 ?)( 21E

    -s de 20 ?)(

    :asta 35 ?)( 1

    -s de 54 ?)( 30E

    -s de 35 ?)(

    :asta 45 ?)( $0 -s de 45 ?)( 0

    Nota# Previamente se :an deducido &as " ?)( a &a renta bruta

    RGIMEN GENERAL DEL IMPUESTO A LA RENTA PARA EMPRESAS YNEGOCIOS - 3RA CATEGORA

    http://guiatributaria.sunat.gob.pe/tipos-de-contribuyente/regimen-general-del-impuesto-a-la-renta-para-empresas-y-negocios-3ra-categoriahttp://guiatributaria.sunat.gob.pe/tipos-de-contribuyente/regimen-general-del-impuesto-a-la-renta-para-empresas-y-negocios-3ra-categoriahttp://guiatributaria.sunat.gob.pe/tipos-de-contribuyente/regimen-general-del-impuesto-a-la-renta-para-empresas-y-negocios-3ra-categoriahttp://guiatributaria.sunat.gob.pe/tipos-de-contribuyente/regimen-general-del-impuesto-a-la-renta-para-empresas-y-negocios-3ra-categoria
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    Cules son las obligaciones generales que deben cumplir los contribuyentes?

    Las obligaciones tributarias que deben cumplir los contribuyentes afectos a las rentas

    empresariales en el Rgimen General son formales y sustanciales.

    Las obligaciones formales son de las referidas a la inscripcin en los Registros de la

    Administracin, llevado de libros, registro de operaciones etc.

    Las obligaciones sustanciales son las referidas al pago de los tributos en calidad de

    contribuyentes o responsables de ellos, es decir cuando les toca ser agentes de retencin o de

    percepcin de tributos.

    Se pueden resumir las obligaciones de estos contribuyentes como sigue:

    1.Inscripcin en el RUC:

    Una vez definida su organizacin individualidad o en sociedad , el titular o representante legal

    de la empresa debe inscribirla en los registros de la SUNAT.

    En el caso individual se registra con el nombre del propietario,y por tener actividad empresarial

    como persona natural con negocio.

    En el caso de una Empresa individual de Responsabilidad Limitada o Sociedad tal como figura

    en la escritura de constitucin e inscrita en los RR.PP.

    Al momento de sus inscripcin en el RUC como contribuyente del Rgimen General del

    Impuesto a la Renta, le otorgan su nmero de identificacin con 11 digitos al igual que los

    dems contribuyentes.

    El contribuyente tiene derecho tambin a recibir su clave SOL, que es una contrasea la cual

    es otorgada por la SUNAT previa solicitud, tambin en forma gratuita, para que pueda realizartodo tipo de solicitudes, trmites y transacciones virtuales por el Sistema SOL en Linea de la

    SUNAT.

    Con esta clave SOL , incluso se realizan las actualizaciones de datos en el RUC por Internet.

    El trmite de baja del RUC de personas jurdicas si es presencial y se realiza ante las

    dependencias de la SUNAT.

    2. Autorizacin de Comprobantes de PagoEmisin fsica o de formato impreso

    http://guiatributaria.sunat.gob.pe/tipos-de-contribuyente/regimen-general-del-impuesto-a-la-renta-para-empresas-y-negocios-3ra-categoria/71-cuales-son-las-obligaciones-generales-que-deben-cumplir-los-contribuyenteshttp://guiatributaria.sunat.gob.pe/tipos-de-contribuyente/regimen-general-del-impuesto-a-la-renta-para-empresas-y-negocios-3ra-categoria/71-cuales-son-las-obligaciones-generales-que-deben-cumplir-los-contribuyentes
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    Es este rgimen tributario se permite otorgar Facturas, boletas de venta, tickets de mquina

    registradora y liquidaciones de compra.

    Para emitir este tipo de comprobantes cada empresa debe hacer su trmite de autorizacin a

    travs de las imprentas autorizadas que estn conectadas mediante el sistema SOL en linea

    con la SUNAT.

    Mediante el formulario N 816 se hace el pedido del tipo y la cantidad de comprobantes cuya

    autorizacin se solicita.

    Emisin electrnica

    Este tipo de emisin es an voluntaria para la mayor parte de los contribuyentes de la actividad

    empresarial.

    Sin embargoya es obligatoria desde el 1 de octubre de 2014 en el caso de 240

    contribuyentes calificados como Top y Mega del directorio de PRINCIPALES

    CONTRIBUYENTES, segn la Resolucin de Superintendencia N 374-2013 del 28-12-

    2013.

    Mediante Resolucin de Superintendencia N 287-2014/SUNAT del 20-09-2014, desde enero

    de 2015ser obligatoria la emisin electrnica de facturas

    para 5,000 empresas del directorio de MEPECOS-Medianos y Pequeos Contribuyentes.

    Asimismo a partir de julio de 2015 se incorporan a este sistema 780 contribuyentes de la

    Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales-IPCN.

    3.-Libros y Registros Contables

    En las Actividades empresariales es obligatorio llevar Libros y registros contables para

    sustentar el registro de todas las operaciones de compra y venta as como los gastos y costos

    con efectos tributarios, es decir tanto para ejercer el derecho al crdito fiscal en el IGV, as

    como deducir los gastos y costos para efectos del impuesto a la renta.

    La obligacin de llevar el tipo de libros se fija en base al volumen de los ingresos y en varias

    modalidades:

    En formato fisico o impreso

    En este caso se legalizan los libros antes de usarlos, ante Notario Pblico o Juez de Paz en

    caso no exista Notario

    Si se usa el sistema mecanizado u hojas sueltas o continuas tambin debe ser legalizadas

    antes de su uso y deben ser empastados antes de usar el siguiente empaste.

    En formato electrnico

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    A la fecha (octubre de 2014) es obligatorio solo el Registro de Compras y el Registro de Ventas

    para los Principales Contribuyentes. (PRICOS).

    Para el resto de contribuyentes su uso es voluntario

    A continuacin, se clasifica y resume el llevado de los libros y registros , segn el vlumen de

    ingresos anuales como sigue :

    Ingresos del ejercicio anterior Libros y Registros a llevar

    Hasta 150 UIT Registro de Compras

    Registro de Ventas

    Libro Diario de Formato Simpi!"ado

    Desde 150 UIT hasta 500 UIT Libro Diario

    Libro #a$or

    Registro de Compras

    Registro de Ventas

    Desde 500 UIT hasta 1 700 UIT Libro de %n&entarios $ 'aan"es

    Libro Diario

    Libro #a$or

    Registro de Compras

    Registro de Ventas

    Superiores a 1 700 UIT Contabilidad Completa

    Conformada por Libros Principales !e"istros #u$iliares%

    In&entarios 'alances( Ca)a*'ancos(Diario(+aor( !e"istro de Compras !e"istro de ,entas-

    #dem.s en caso corresponda( lle&ar. los dem.s libros /ue establece la le de impuesto a la ren

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    1.

    2.Tributos mensuales-Cuenta propia y retenciones

    Los contribuyentes comprendidos en el Rgimen General del Impuesto, tienen que cumplir

    ante la SUNAT con el pago mensual de tributos, algunos de ellos de cuenta propia y otros como

    responsables por ser agentes de retencin, excepto el pago de regularizacin del impuesto a la

    renta del ejercicio que se paga anualmente, siempre que exista un saldo pendiente.

    Para conocer la fecha lmite mensual de pago de los tributos, el contribuyente debe tomar como

    referencia el cronograma anual de obligaciones aprobado por la SUNAT, guandose por el

    ltimo dgito de su RUC.

    En el caso del impuesto a la renta anual o de regularizacin, la SUNAT aprueba un cronograma

    especial que generalmente se inicia en la ltima semana de marzo de cada ao y concluye en

    la primera semana de abril del mismo ao.

    El resumen de tributos a pagar a cargo de los contribuyentes del rgimen general, es el

    siguiente :

    Tributo por cuenta propia Tasa y aplicacin Medio de pago

    1-Impuesto a la !enta

    aPa"os a cuenta

    b!e"ulariaci2n

    a Pa"o a cuenta mensual% se pa"a importe maor /ue

    resulta de un coeficiente sobre in"resos o 1-53 de in"resos

    netos

    b !e"ulariaci2n anual % 403 sobre la utilidad neta o

    renta imponible del e)ercicio( con deducci2n pre&ia de

    crditos

    PDT 61

    PDT /ue la SU8#T renue&a

    cada a9o

    2( %mp)esto *enera aas Ventas+%*V

    1:3 mensual; inclue 3 de Impuesto de Promoci2n

    +unicipal

    PDT 61

    3( %mp)esto ,empora aos -"ti&os .etos+%,-.

    0-

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    4( /ssa)d =3 mensual (sobre el monto de las remuneraciones a

    dependientes

    PDT*PL#+>

    Tributos por cuenta de terceros

    1( agos de Rentas de4( $ 5( "ategora

    !entas de

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    CONCLUSIONES

    1. @ic:o actor so&o se ap&icara para &as empresas de& rgimen genera&.

    2. (ener en cuenta ue e& uso de& actor es a partir de &a dec&aracin de& periodo

    nero 2015.

    3. & actor se ap&ica so&o para e& sistema de pago 6.

    4. ?na crtica a dic:a norma* es ue e& te