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GASTO TRIBUTARIO EN HONDURAS REFORMA TRIBUTARIA: RACIONALIZACION DE LAS EXONERACIONES FISCALES. OCTUBRE 2012 1

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Page 1: Reformas tributarias honduras

GASTO TRIBUTARIO EN HONDURAS

REFORMA TRIBUTARIA: RACIONALIZACIONDE LAS EXONERACIONES FISCALES.

OCTUBRE 2012

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GASTO TRIBUTARIO ENHONDURAS

I. POR QUE RACIONALIZAR LASEXONERACIONES FISCALES

II. ANTEPROYECTO DE REFORMATRIBUTARIA.

III. RENDIMIENTO DE LAS MEDIDAS

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I. ¿PORQUE RACIONALIZAR LAS EXONERACIONESFISCALES?

• Declaratoria de Emergencia Fiscal.• Elevado Gasto Tributario. Carga Tributaria

Erosionada• Pacto Fiscal del Gran Acuerdo Nacional• Evasión y Defraudación Fiscal• Cambios Política de Incentivos Tributarios.• Costo-beneficio de los incentivos Tributarios al

Sector Exportador.• Armonizar y Consolidar las Leyes Tributarias para

fortalecer y modernizar la administración tributaria3

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¿Porque racionalizar las exoneraciones fiscales?

• Apremios financieros en Caja. Serequiere contar con recursos adicionalespara cerrar la brecha financiera del 2012 yreducir la deuda flotante.

• Emergencia Fiscal. Se requiere impulsarmedidas urgentes que generen ingresospara contribuir lograr un déficit fiscal de3.5% para 2013 congruente con elPresupuesto de la Republica.

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Elevado Gasto tributario

• Las exoneraciones fiscales son beneficiosque conspira contra las posibilidades definanciamiento del necesario gasto públicosocial y en infraestructura del país.

• La carga tributaria se ha visto erosionadaa pesar de las diferentes reformastributarias explicado en gran medida porlas exoneraciones fiscales y la evasión ydefraudación fiscal.

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Honduras: Carga Tributaria

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Estructura del Gasto Tributario•El gasto tributario en 2011 ascendió a L.23.025,56 millones, equivalente a 7% delPIB).•El mayor gasto tributario se registra enISV, L. 13,000.0 millones (49% del total)• En ISV, el problema radica en una granamplitud de exoneraciones, así como eltratamiento de los créditos fiscales para loscontribuyentes. Hay una extensa lista deproductos de primera necesidadexonerados, todos los bienes del sectoragrícola, los bienes de capital (maquinaria yequipo), energía, productos farmacéuticos,transporte terrestre de pasajeros, serviciosfinancieros….etc• El derecho a la devolución del créditofiscal, a los productores exentos del ISVdestinados al consumo local excluidos de latasa cero, también explican el elevadogasto tributario en ISV

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Total ISR40%

ImpuestoSobre Ventas

49%

AporteAPSCPV

(Combustibles)10%

Importaciones(DAI,

Selectivos yotros)

1%

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Gasto Tributario en el ISR segúnRégimen Especial

•El gasto tributario en el ISR llegoalcanzar los L 9, 100 millones(40% deltotal),• Mas de 2/3 son exoneracionesotorgadas a Personas Jurídicas, lascuales se otorgan a través de Ordenesde Compra Exenta.•En las personas Jurídicas, el 66% sonotorgadas a regímenes especiales.Además estos regímenes están exentosdel ISV, DAI y los impuestos a loscombustibles.• En los regímenes especiales más del80% se otorga a las zonas libres(ZOLI).• La mayoría de los sectoreseconómicos que destinan su producciónpara mercado interno pagan el ISR, conexcepción del sector turismo, lasempresas amparadas en la Ley deEmisión del Pensamiento y lasgeneradoras de energía renovable.

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Total deRegimenesEspeciales(ZIP, ZOLI,ZOLT, RIT yZOLITUR)

66%

OtrosSectores

Economicos

34%

Estructura del GastoTributario

Personas Juridicas (Millones deLempiras)

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PACTO FISCAL DEL GRAN ACUERDO NACIONAL

• El espíritu de lo establecido en el Pacto Fiscal del Gran AcuerdoNacional contiene un fuerte compromiso político del Gobierno, losEmpresarios, Obreros y Campesinos, en los aspectos siguientes:

1. El Gobierno no impondrá nuevas cargas impositivas.2. Ampliar la base de contribuyentes para lograr la equidad tributaria

e incrementar mas ingresos.3. Continuar mejorando los procesos administrativos de recolección

de impuestos, para volverlos eficientes y alcanzar las metas derecaudación tributaria.

4. Analizar el impacto costo-beneficio de las exoneraciones,dispensas y exenciones en la recaudación fiscal y el desarrollonacional.

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Gasto tributario: Combustibles

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• La importación directa de Bunker por parte de lasempresas privadas generadoras de energía térmica estáexonerada del APSCPV, según lo dispuesto en elArticulo 5 Acuerdo 05-2003: “Reglamento para laDevolución de Tributos al Consumo de CombustibleUtilizado en la Generación de Energía Eléctrica”

• En el año 2011, el gasto tributario asociado a laexoneración del tributo para estas empresas ascendió aL. 1.760,7 millones.

• La exoneración total del Aporte APSCPV a laimportación de combustibles habría tenido un costofiscal para el Estado de L. 2.249,2 millones equivalente0,7 % del PIB.

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Evasión y Defraudación fiscal

• Debilidad institucional(DEI) para el control y manejo deincentivos tributarios otorgados a varios sectoreseconómicos y regímenes especiales.

• Debilidad en la fiscalización y las auditorías preventivaspara verificar el destino final de los productos.

• La exoneración fiscal se ha convertido en unmecanismo de desvió comercio, sin pagar impuesto.

• Desvinculación entre las instituciones que dictaminanlos proyectos(Ministerios de Línea) y las encargadas deautorizar las franquicias(SEFIN).

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Cambios en la Política de IncentivosTributarios

• Los beneficios adquiridos nunca prescriben. Los beneficios tributarios concedidos enHonduras suponen, en la mayoría de los casos, “derechos adquiridos” para susbeneficiarios, nunca prescriben o varias empresas cambian de régimen.

• Inequidad tributaria entre sectores económicos. La temporalidad de la exención delISR de las empresas promovidas genera un problema de desigualdad horizontal.

• Incentivos a la Producción. En Honduras los incentivos tributarios se han otorgados a laproducción y en menor medida a la Inversión.

• Orientación de los nuevos incentivos tributarios. Los nuevos incentivos deberíanotorgarse directamente a las empresas que incrementen el capital o de acuerdo a otrasbuenas practicas internacionales, para crear clima de inversión, cuyos beneficios no sontributarios :

• Promover inversiones y APP. En Honduras, se aprobaron nuevos marcos jurídicos: laLey de promoción de inversiones y las APP, donde se asumen nuevos riesgos ycontingencias fiscales.

• Congruencia de la reforma con la política energética del país. En línea con políticaenergética, el gobierno promueve la diversificación de la matriz energética. Fomento lageneración de energía renovable y no la proveniente de los derivados del petróleo.

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Costo -Beneficio de los incentivos: Sector Exportador

• Costo- beneficio del incentivo. Hay beneficios económicos y socialesevidentes en el sector maquila para la economía y la sociedad hondureña :generación empleo, inversión extranjera y la creación de microempresasvinculadas a la producción de insumos para la maquila, entre otros.

• Competitividad regional La eliminación del incentivo al sector exportadoren forma unilateral provocaría problemas de competitividad a nivel regional.

• Prescripción del beneficio Es muy difícil encontrar argumentos a favor dela concesión ilimitada de beneficios tributarios, sin embargo para eliminarlos incentivos hay que esperar la decisión final de la Organización Mundialde Comercio (OMC) en 2015.

• Continuidad del beneficio. Honduras podría continuar otorgando esteincentivo para atraer mas inversión extranjera debido que solamenteHonduras, Nicaragua y Haití podrían mantener el beneficios toda vez que elingreso per-capita se mantenga menor a US$ 1000.0 (a precios del 90)

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Armonizar y Consolidar Leyes Tributarias

• Proliferación de Leyes. A través de los años hanproliferado una serie de Decretos, Acuerdos yResoluciones. Ausencia de textos ordenados de lasdiferentes leyes impositivas, constituye una dificultadpara identificar los distintos tratamientos que reciben lasempresas y las instituciones beneficiadas con losincentivos tributarios.

• Dificultad para la aplicación de Leyes Tributarias(DEI). Algunos instrumentos legales han sidoderogados, dando paso a nuevas disposicionescreando en algunos casos una confusión enorme encuanto a que instrumentos siguen vigentes y cuales hansido derogados tácitamente.

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Reforma Tributaria II : LEY DE RACIONALIZACIÓN A LA EXONERACIÓN DECOMBUSTIBLES PARA LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA

• Las personas naturales o jurídicas que se dediquen tanto a la producción,transformación, refinación o importación pagarán el cien por ciento (100%) delimpuesto denominado al Aporte para la Atención a Programas Sociales yConservación del Patrimonio Vial, de conformidad con lo establecido en el Artículo 41del Decreto No.131-98, contentivo de la Ley de Estímulo a la Producción, a laCompetitividad y Apoyo al Desarrollo Humano, reformado con el Decreto No.41-2004de fecha 01 de abril de 2004.

• A las empresas generadoras de energía con combustibles derivados del petróleo, seles continuará aplicando las regulaciones pertinentes establecidas en el Capítulo VIIArtículos 23, 24 y 25 del Decreto No.51-2003 contentivo a la Ley de EquidadTributaria publicada en el Diario Oficial “La Gaceta” el 10 de abril del 2003, en todo loque no se oponga a la presente disposición.

• Las empresas generadoras de energía eléctrica con combustibles derivados delpetróleo, podrán pagar el impuesto denominado Aporte para la Atención a ProgramasSociales y Conservación del Patrimonio Vial en efectivo, bonos emitidos por elEstado y en poder de éstas o mediante la emisión de una garantía, fianza, caución opagaré.

• Las garantías, fianzas, caución o pagares, se harán efectivo en un plazo máximo deCUARENTA Y CINCO (45) días hábiles administrativos.

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II. REFORMA TRIBUTARIA: COMBUSTIBLE

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QUEDAN EXCENTAS▬ Pago del Impuesto Sobre Ventas (ISV) para la potencia y laenergía eléctricas vendidas por las empresas del sub-sector.

▬   Las empresas que venden energía a las empresasmaquiladoras.▬ Combustible importado o comprado por la ENEE y lasempresas que generen energía eléctrica y que no forman parte▬  Del pago de todos los impuestos a las empresas queproducen y comercializan energía renovable, incluye laexención de impuestos de importación y de impuestos deventas sobre todos los equipos y materiales usados en laconstrucción de los proyectos, así como sobre los serviciostales como ingeniería, consultorías especializadas, etc.

▬Las empresas generadoras de energia renovable tambienquedan exentas del pago del impuesto sobre la renta por losprimeros diez años de operación.

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Reforma Tributaria: LEY DE RACIONALIZACIÓN A LAEXONERACIÓN DE COMBUSTIBLES PARA LA GENERACIÓN DE

ENERGÍA ELÉCTRICA

• Reformar el segundo párrafo del Artículo 23 de la Ley de Equidad Tributariacontenida en el Decreto No.51-2003, en el sentido de autorizar a la Secretaría deEstado en el Despacho Finanzas a suscribir un Convenio con la Empresa Nacionalde Energía Eléctrica (ENEE), para definir el monto y los mecanismos detransferencias de recursos financieros a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica(ENEE) con base a los impuestos recaudados en la importación de combustibles ylos costos financieros que resulten de la aplicación de esta Ley.

•• ARTÍCULO 3.- La Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas en

coordinación con la Secretaría en el Despachos de Industria y Comercio y laDirección Ejecutiva de Ingresos, emitirá el reglamento para la correcta aplicación deesta Ley, en un plazo de treinta (30) días.

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Reforma Tributaria en ISR

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Quedan derogadas:• Derogadas las exoneraciones fiscales otorgadas en concepto de Impuesto Sobre la

Renta establecidas mediante Decretos y Leyes Especiales en varios sectoreseconómicos. Turismo, Cooperativas y Sector transporte vinculado con turismo.

• El Sector de Comidas Rápidas y Bebidas, las personas jurídicas deben pagar elImpuesto Sobre la Renta conforme al vencimiento de sus beneficios otorgados deconformidad a la Ley de Incentivos al Turismo.

• Los demás sectores Forestal, Fondo cafetero, Caza pesca, pequeña y medianaempresa, OPDs y ONGs con fines lucrativos y el RIT ya pagan ISR.

Quedan exoneradas:• Las otorgadas por Constitución de la República;• Las otorgadas por los Convenios o Tratados Internacionales;• El Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE);• Escuela Agrícola Panamericana;• Cuerpo Diplomático, Consular; Organismos y Agencias Internacionales;• Municipalidades.• Contratos suscritos con el Estado, que otorguen exoneraciones aprobadas por el

Congreso Nacional.• Regímenes Especiales, incluyendo el Sector de las Maquilas.

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II. Reforma tributaria ISR

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Quedan exonerados:• Las iglesias;• Jubilados o Pensionados por el monto de la pensión recibidas;• Los créditos concedidos a los adultos mayores que les concede la

Ley; Asociaciones Gremiales,• Asociaciones Patronales y Organizaciones Sindicales debidamente

legalizadas y reconocidas por la Secretaría de Estado• El Despacho del Interior y Población, con su personalidad jurídica

en cuanto a sus actividades no lucrativas;• los partidos políticos legalmente constituidos;• Ley para la Promoción y Protección de Inversiones; la Ley de las

Regiones Especiales de Desarrollo;•

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II. Reforma tributaria ISR

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Quedan exonerados:

• Decreto No.70-2007 del 30 de mayo de 2007 contentivo de la Leyde Promoción a la Generación de Energía Eléctrica con RecursosRenovables;

• Decreto No.126-2011 del 9 de agosto del 2011, contentivo de la Leyde Fomento del Turismo Rural Sostenible,

• los Organismos Privados de Desarrollo Financiero (OPDF),Organizaciones no Gubernamentales (ONG), OrganizacionesPrivadas de Desarrollo OPD;

• Confederación Deportiva Autónoma de Honduras (CONDEPAH)• La Fundación Suyapa.

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II. Reforma tributaria ISR

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ACTIVIDAD SE GRAVA CON ISR OBSERVACIONES

Cooperativas X Actualmente las cooperativas están gravadas con el ISR, cuando realizan operacionesmercantiles con terceros excepto las cooperativas agrícolas. Con el proyecto quedangravadas todas las cooperativas con el ISR.

Turismo y comidas rápidas X a/ Con el Proyecto en Turismo quedaría gravado con el ISR: 1) Hoteles, albergues, habitaciones con sistema de tiempo compartido o deoperación hotelera.

2) Transporte aéreo de personas.3) Transporte acuático de personas4) Talleres de artesanías y tiendas de artesanía que se dediquen a la elaboración,manufactura o venta de artesanía hondureña.5) Agencias a turismo receptivo.6) Centros de Convenciones.7) Arrendadores de vehículos automotores8) Parques acuáticos, balnearios, área de descanzo y centros multideportivos.

Las comidas rápidas pagan el ISR conforme vence el plazo del beneficio. La LITelimina el ISR y las nuevas empresas tendrán exoneraciones en el períodopreoperativo.

SECTORES GRAVADOS CON LA REFORMA

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II. Control de las Exoneraciones Fiscales

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• Control de Exoneraciones.- Control de las exoneraciones se centraliza enSEFIN. Se prohíbe el otorgamiento discrecional de exoneraciones. Lasviolaciones a esta disposición serán sancionadas administrativa y civilmente deconformidad a la Ley.

• Registro de Beneficiarios.- Los beneficiarios de cualquier exoneración ofranquicia aduanera, deben registrarse ante la Dirección General de Control deFranquicias Aduaneras dependiente de la Secretaría de Estado en el Despachode Finanzas. Para hacer efectivo el beneficio deberán presentar una solicituddetallada y calendarizada de los bienes y servicios a importar o adquirirlocalmente, lo que deberá guardar relación al giro de la actividad, en la queutilizarán los bienes y servicios exonerados previo dictamen de las institucionesespecializadas en la materia, dicho dictamen no será vinculante.

• Estimación Gasto Tributario. La SEFIN queda facultada para calcular el gastotributario anual y realizar su publicación y presentar un informe al CongresoNacional conjuntamente con el Presupuesto anual.

• Ordenar Marcos Jurídicos: Armonización. Consolidación en solo marcojurídico las leyes y regulaciones , principalmente del ISR y ISV.

• Armonización y consolidación Leyes. SEFIN con apoyo del BID trabaja en laarmonización y consolidación de las leyes tributarios.

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III. Rendimiento de las medidas

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Descripción 2012 1/ 2013

Derogación algunas exoneraciones otorgadas en concepto de Impuesto Sobre la Renta. - 300.0Establecimiento del Dictamen e Informe Fiscal - 210.0Total Directos - 510.0Regulación a personas que gocen de exoneraciones por combustibles, vehículos. 704.0 1,915.8Total Indirectos 704.0 1,915.8TOTAL 704.0 2,425.8% Del PIB 0.2 0.6Nota: Excluye el rendimiento por Control de exoneraciones de todos los importaciones1/ Rendimiento a partir de Septiembre (4 meses)

(Millones de Lempiras)

PROYECTO DE LEY DE CONTROL DEL GASTO PÚBLICO, DEUDA PÚBLICA Y MEDIDAS ANTI-EVASIÓN