recursos inscripción de candidaturas cne ecuador
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En esta ppt encontrarán información sobre la labor de los vocales de las juntas electorales, recursos que pueden presentar los candidatas y candidatos, pasos a seguir e información necesaria alrededor de la inscripción para elecciones 2014TRANSCRIPT
ORGANISMOS ELECTORALES DESCONCENTRADOS
JUN
TA P
ROVI
NCI
AL
ELEC
TORA
L
VOCAL 1
VOCAL 2
VOCAL 3
VOCAL 4
VOCAL 5 Art. 36 Código de la Democracia
CORRESPONDE
Designar Presidente o Presidenta
• Designar Vicepresidente o Vicepresidenta
Designar Secretario o Secretaria General
• Calificar las Candidaturas de su jurisdicción
Realizar los Escrutinios de los Procesos Electorales en su Jurisdicción• Designar a los Vocales de las JIE’s y de las JRV’s
CORRESPONDE
Vigilar la Gestión de la Delegación en la Organización del Proceso Electoral y mantener informado al CNE• Conocer y Resolver las Objeciones y Correr Traslado de las
Impugnaciones presentadas
En caso de existir interposición de recursos electorales, organizar y foliar el expediente• Disponer el Conteo Manual de Votos, de ser necesario
Cumplir los Encargos y Delegaciones del CNE
CALIFICACIÓN DE CANDIDATURAS
Presentación de las
CandidaturasCNE o JPE’s
Notificación de la Nómina de Candidaturas
Art. 101 Código de la Democracia
RECURSOS ELECTORALESTratamiento de las objeciones e
impugnaciones sobre la calificación de candidaturas
Competencia privativa
Art. 23.- Los órganos de la Función Electoral tienen
competencia privativa, en sus respectivos ámbitos,
para resolver lo concerniente a la aplicación de esta ley;
reclamos, objeciones, impugnaciones y recursos, que
interpongan los sujetos políticos a través de representantes legales, apoderados o mandatarios especiales, y los
candidatos y candidatas, observando el debido proceso
C.N
.E. reclamos
objeciones
impugnaciones
DERECHO DE OBJECIÓN A las Juntas Provinciales Electorales les corresponde:Conocer y resolver las objeciones presentadas por los sujetos políticosArt. 242.- El Derecho de Objeción se ejerce cuando existe inconformidad con las candidaturas presentadas por inhabilidades legales o inconformidad en el escrutinio.
Quién puede presentar?Quién puede presentar?
Sujetos políticos en forma escrita
Sujetos políticos en forma escrita
representante legal, apoderado, mandatario especial
representante legal, apoderado, mandatario especial
Partidos, movimientos,Alianzas, candidatas/os
Art. 244 LOEYOP
Partidos, movimientos,Alianzas, candidatas/os
Art. 244 LOEYOP
Directiva inscrita en el CNE de conformidad con estatutos o régimen
orgánico- Poder o mandato
legalmente otorgado
Directiva inscrita en el CNE de conformidad con estatutos o régimen
orgánico- Poder o mandato
legalmente otorgado
Art. 101.- …presentadas las candidaturas, las Juntas Provinciales Electorales, antes de calificarlas, notificarán con la nómina de las mismas a los sujetos políticos, dentro del plazo de un día. Las organizaciones políticas, por intermedio de su representante legal, nacional o provincial, podrán presentar objeciones en el plazo de cuarenta y ocho horas. El organismo electoral correspondiente en el plazo de un día correrá traslado al candidato objetado para que este en el plazo de un día conteste la objeción. Con la contestación o en rebeldía se resolverá en el plazo de dos días. Esta resolución será notificada a las partes en el plazo de un día.Las objeciones a las candidaturas regionales se presentan ante la Junta Provincial que tenga como sede la capital de la correspondiente región.
En dónde se debe
presentar?
En dónde se debe
presentar?
En la Secretaría de la Junta Provincial Electoral
En la Secretaría de la Junta Provincial Electoral
En qué plazo?En qué plazo?
Máximo 48 horas desde la notificación de la resoluciónMáximo 48 horas desde la notificación de la resolución
Qué debe presentar?Qué debe presentar?
Todas las pruebas que respalden la objeción
Todas las pruebas que respalden la objeción
IMPORTANTE!! Art. 242La objeción será motivada, se presentará ante el Consejo Nacional Electoral o ante las Juntas Provinciales Electorales, según el caso, se adjuntarán las pruebas y documentos justificativos, sin los cuales no se aceptará su trámite.
Secretaría genera fe de presentación
Fecha, hora, documentos
que se anexan, nombre y
firma de quien recibe
Secretaría en 24 h, corre
traslado a la candidata,
candidato y a la OP Para que en el
plazo de un día contesten la objeción con pruebas de
descargo
En 48 horas, la Junta Provincial Electoral,
con contestación o sin ella adoptará la
resolución
Secretaría de la JPE emitirá la resolución adoptada por la JPE que califica o no a
las /los candidatos objetados
Secretaría en 24 horas, notificará a las partes
interesadas la resolución adoptada
IMPORTANTE!! Quienes no fueren objetados serán calificados en 48 h desde la conclusión del plazo para la objeción
PROCEDIMIENTO DE OBJECIÓN
Notificación Nómina de Candidatos (1 día desde la presentación)
Las OP’s objetarán en el plazo de 48 horas desde la notificación
La JPE correrá traslado al Candidat@ Objetad@ (1 día desde la objeción)
Candidat@ Objetad@ contestará en 1 día la objeción
Resolución de la JPE en dos días (Conteste o no el/la Candidat@ Objetad@
DERECHO DE IMPUGNACIÓN- De las resoluciones que adopte la Junta
Electoral Territorial sobre la objeción, se podrá impugnar vía administrativa ante el CNE en el plazo de un día desde la notificación
De la resolución de objeción que
adopte la Junta
Se puede impugnar en el plazo de un día
para ante el CNE
Secretaría receptará las
impugnaciones
Quién puede presentar?Quién puede presentar?
Sujetos políticos en forma escrita
Sujetos políticos en forma escrita
representante legal, apoderado, mandatario especial
representante legal, apoderado, mandatario especial
Partidos, movimientos,Alianzas, candidatas/os
Art. 244 LOEYOP
Partidos, movimientos,Alianzas, candidatas/os
Art. 244 LOEYOP
Directiva inscrita en el CNE de conformidad con estatutos o régimen
orgánico- Poder o mandato
legalmente otorgado
Directiva inscrita en el CNE de conformidad con estatutos o régimen
orgánico- Poder o mandato
legalmente otorgado
Art. 102.- De la resolución que adopte la Junta se podrá impugnar en el plazo de un día para ante el CNE .
La junta provincial en el plazo de dos días hará llegar el expediente a la secretaría del CNE.
En dónde se debe
presentar?
En dónde se debe
presentar?
En la Secretaría de la Junta Provincial Electoral
En la Secretaría de la Junta Provincial Electoral
En qué plazo?En qué plazo?
Máximo un día desde la notificación de la resolución
de objeción
Máximo un día desde la notificación de la resolución
de objeción
Qué debe presentar?Qué debe presentar?
Todas las pruebas que respalden la impugnación
Todas las pruebas que respalden la impugnación
IMPORTANTE.- La junta Provincial Electoral armará el expediente y foliará y lo remitirá al CNE. Esta constituye Segunda Instancia en sede Administrativa y de esta resolución se puede apelar ante TCE.
Secretaría genera fe de presentación Fecha, hora,
documentos que se anexan,
nombre y firma de quien
recibe Secretaría organizará el expediente
(foliar y ordenar)
En el plazo de dos días hará llegar el expediente a la SG del CNE
De la resolución de objeción que
adopte la Junta
Se puede impugnar en el plazo de un día para ante
el CNE
Secretaría receptará las impugnaciones
Generará fe de recepción
En el plazo de dos días hará
llegar el expediente a la SG del CNE
Expediente deberá estar
foliado y ordenado
Resolución JPE
Sujetos Políticos impugnan en el plazo de 1 día
JPE remite en plazo de 2 días al CNE
CNE resuelve en 3 días
CNE comunica su resolución JPE en plazo de 1 día. * JPE notifica a sujetos políticos en plazo de 1 día
RECURSO DE APELACIÓN
Resolución CNE
Sujetos Políticos
TCE
En el plazo de 2 días contados desde la NotificaciónEl CNE organiza
el Expediente y remite en el plazo de 2 días
Resuelve en el plazo de 7 días y notifica al CNE
Art. 103 del Código de la Democracia
RECURSO DE APELACIÓN
Resolución JPE
Sujetos Políticos
TCE
En el plazo de 2 días contados desde la Notificación
Resuelve en el plazo de 7 días
La JPE organiza el Expediente y remite en el plazo de 2 días
Art. 104 del Código de la Democracia