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  • 1R - 006REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    Reglamento para el PersonalElectricista de la Divisin

    CODELCO Norte

    Reglamento Interno Especfico de lasOperaciones Crticas de Minera

    Divisin CODELCO Norte Corporacin Nacional del Cobre de Chile

    R - 006

  • 2R - 006 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    R - 006Reglamento Interno Especfico de las Operaciones Crticas

    Reglamento para el Personal Electricista de la Divisin CODELCONorte.

    Edicin: Octubre, 2006Revisin : 1

    Preparado por el Comit Elctrico constituido por profesionales electricistas de las diferen-tes reas de la Divisin CODELCO Norte y profesionales de la Gerencia Gestin de Ries-gos Profesionales.

    CODELCO Chile Divisin CODELCO Norte

  • 3R - 006REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    Reglamento para el Personal Electricistade la Divisin Codelco Norte

    R- 006

    El objetivo de este Reglamento Interno es contar con una Norma que fije las condiciones mnimas de seguridad quese deben tener presente y cumplir el personal electricista en la Divisin CODELCO Norte en las actividades deoperacin, mantencin y/o reparacin de equipos e instalaciones elctricas de dicha organizacin, en adelante laDivisin, considerando los requerimientos del articulo N 25 del Decreto Supremo N 72 - Reglamento de Seguri-dad Minera, modificado por el Decreto Supremo N 132, que establece que, Sin perjuicio de la existencia de losReglamentos de Orden, Higiene y Seguridad exigidos por la legislacin del pas, las empresas mineras debenelaborar, desarrollar y mantener reglamentos internos especficos de las operaciones crticas, que garanticen laintegridad fsica de los trabajadores, el cuidado de las instalaciones, equipos, maquinarias y del medio ambiente.

    Las disposiciones contenidas en este Reglamento se deben aplicar en todos los trabajos de operacin, mantenciny/o reparacin de equipos e instalaciones elctricas de la Divisin (en adelante el trabajo o los trabajos).

    Se incluye en este Reglamento un glosario de trminos utilizado por los electricistas de la Divisin.

    Cada rea debe difundir este reglamento a los niveles de la organizacin de su responsabilidad. Para ello debecapacitar y entrenar formalmente a su personal en todas las materias que le son propias a su trabajo y que seencuentran tratadas en este Reglamento.

    Todo el personal electricista que realiza actividades de operacin, mantencin y/o reparacin de equipos e instala-ciones elctricas debe conocer y aplicar, segn corresponda, las disposiciones contenidas en este Reglamento ensu rea de trabajo.

    Para los efectos de la aplicacin de este Reglamento se entender como electricista o personal electricista a todotrabajador que tenga contrato directo con la Divisin o a travs de empresas proveedoras de bienes y/o servicios(empresas colaboradoras).

  • 4R - 006 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    PAGINA EN BLANCO

  • 5R - 006REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    INDICE DE MATERIAS

    Pg.

    1. Objetivo ..................................................................................................................................... 9

    2. Alcance ..................................................................................................................................... 9

    3. Trminos y Definiciones ......................................................................................................... 9

    4. Difusin ..................................................................................................................................... 9

    5. Aplicacin ................................................................................................................................... 9

    6. Aspectos Generales ................................................................................................................. 106.1 De las Normas Nacionales Aplicables ..................................................................................... 106.2 De las Normas Internacionales Aplicables ............................................................................... 10

    7. Del Personal Electricista ......................................................................................................... 107.1 De la Seleccin del Personal Electricista ................................................................................ 107.2 De las Obligaciones ................................................................................................................ 107.3 Del Equipo de Proteccin Personal ......................................................................................... 127.4 De la Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad ............................................ 127.5 Del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad .......................................................... 12

    8. De la Divisin ............................................................................................................................. 128.1 Del Registro del Personal Autorizado ...................................................................................... 128.2 De las Sanciones .................................................................................................................... 138.3 De la Capacitacin e Informacin de los Riesgos Laborales .................................................... 13

    9. De los Requerimientos de Seguridad para Instalaciones Elctricas .......................... 149.1 De los Peligros Generales....................................................................................................... 149.2 De las Protecciones Mecnicas de las Piezas Energizadas ................................................... 149.3 De las Instalaciones con Acceso para Personal No Calificado ................................................ 159.4 De los Espacios de trabajo alrededor de los Equipos .............................................................. 159.5 De la Iluminacin .................................................................................................................... 169.6 Del Dispositivo de Desconexin .............................................................................................. 169.7 De las Protecciones Contra Sobrecorriente ............................................................................. 169.8 De las Conexiones a Tierra ..................................................................................................... 179.9 De los Cables Flexibles de Baja Tensin................................................................................. 189.10 Del Cableado Provisorio .......................................................................................................... 199.11 De las Extensiones ................................................................................................................. 209.12 De los Gabinetes, Cajas y Accesorios .................................................................................... 209.13 De los Tableros de Distribucin y Tableros de Control ............................................................. 219.14 De los Equipos Porttiles Enchufables.................................................................................... 219.15 De las Lmparas de Mano ...................................................................................................... 219.16 De los Motores ....................................................................................................................... 21

  • 6R - 006 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    9.17 De los Transformadores .......................................................................................................... 229.18 De los Transformadores de Aislacin ...................................................................................... 239.19 De los Condensadores ............................................................................................................ 239.20 De los Puentes Gras, Monorrieles y Tecles Elctricos .......................................................... 249.21 De las Instalaciones en Tneles .............................................................................................. 249.22 De las Trincheras y Cmaras .................................................................................................. 249.23 De los Procedimientos de Bloqueo y Advertencia .................................................................... 259.24 Del Rotulado e Identificacin de los Equipos Elctricos .......................................................... 359.25 De los Equipos de Soldadura .................................................................................................. 269.26 De los Grupos Electrgenos ................................................................................................... 269.27 De la Descarga Elctrica ........................................................................................................ 279.28 De la Puesta en Servicios de Equipos Nuevos ........................................................................ 279.29 De las Instalaciones de Faena ................................................................................................ 28

    10. De la Mantencin ....................................................................................................................... 2810.1 De las Caractersticas Nominales ........................................................................................... 2810.2 De las Comunicaciones y Coordinaciones .............................................................................. 2910.3 De los Programas de Mantencin e Informacin Tcnica ........................................................ 2910.4 De las Reparaciones ............................................................................................................... 3010.5 De los Trabajos en Equipos Energizados y Desenergizados ................................................... 3010.6 De los Trabajos con Instrumentos y Equipos de Prueba.......................................................... 3210.7 De las Tcnicas de Alerta y Advertencia de Peligros ............................................................... 3310.8 Del Uso Ocasional de Materiales Inflamables.......................................................................... 3310.9 De la Limpieza de las Instalaciones Elctricas ....................................................................... 3410.10 De los Proyectos .................................................................................................................... 34

    11. De los Procedimientos de Mantencin ................................................................................. 3411.1 General ................................................................................................................................... 3411.2 Subestacin y Celdas de Baja, Media y Alta Tensin .............................................................. 3511.3 Subestaciones Unitarias ......................................................................................................... 3611.4 Patio de Subestaciones .......................................................................................................... 3711.5 Cableado en Instalaciones ...................................................................................................... 3711.6 Equipo de Control ................................................................................................................... 3811.7 Cercos de Proteccin.............................................................................................................. 3811.8 Fusibles .................................................................................................................................. 3811.9 Equipo Elctrico Giratorio Conectado en Forma Permanente .................................................. 3911.10 Lugares Peligrosos ................................................................................................................. 39

    12. De la Operacin ......................................................................................................................... 4012.1 De los Lmites de Accin ........................................................................................................ 4012.2 De Acuerdo a los Niveles de Tensin ....................................................................................... 4012.3 De la Comunicacin Radial y Usos de Frecuencia .................................................................. 4112.4 Del Lenguaje Elctrico ............................................................................................................ 4112.5 De las Protecciones................................................................................................................ 4112.6 De la Coordinacin entre Superintendencias ........................................................................... 41

    13. De los Procedimientos de Operacin .................................................................................. 4213.1 De las Maniobras, de la Energizacin y Desenergizacin de Circuitos Elctricos ................... 4213.2 De las Maniobras en Interruptores de Cubculos ....................................................................... 4313.3 De los Trabajos de Maniobra y Dentro de Subestaciones y Salas Elctricas .......................... 44

  • 7R - 006REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    14. De las Subestaciones y Salas Elctricas ............................................................................. 4414.1 De la Aplicacin ...................................................................................................................... 4414.2 De las Disposiciones de Emergencia ...................................................................................... 4514.3 De los Requisitos Generales para las Salas Elctricas y para las

    Personas que Ingresan a Ellas................................................................................................ 4514.4 De las Responsabilidades de las Personas al Ingresar a las Subestaciones

    y Salas Elctricas ................................................................................................................... 4614.5 De los Deberes de las Personas antes de Abandonar una Subestacin Elctrica ................... 4614.6 De los Sistemas de Extincin de Incendios ............................................................................ 4714.7 De los Cables Auxiliares en Subestaciones ............................................................................ 4814.8 De los Equipos de Control y de Proteccin .............................................................................. 48

    15. De las Lneas Elctricas Areas ............................................................................................ 4815.1 De la Declaracin de Aptitud para el Trabajo ........................................................................... 4815.2 Del Personal en Proceso de Induccin y Entrenamiento ......................................................... 4915.3 Del Equipo de Seguridad y de Proteccin Personal ................................................................. 4915.4 De los Requisitos Generales de Seguridad ............................................................................. 4915.5 De la Separacin, Apertura de Circuitos o Reconexin de una Lnea ....................................... 5015.6 De las Puestas a Tierra........................................................................................................... 5115.7 De las Tensiones Inducidas y Potenciales de Tierra Transferidos ............................................ 51

    16. De los Cables de Alta Tensin ............................................................................................... 5216.1 De los Trabajos con Cables Elctricos de Alta Tensin ............................................................ 5216.2 De la Identificacin y Comprobacin de Desenergizacin ........................................................ 5216.3 De la Descarga de Cables de Alta Tensin .............................................................................. 5216.4 De las Tensiones Inducidas y Potenciales de Tierra Transferidos ............................................ 52

    17. De las Celdas Electrolticas e Instalaciones Relacionadas ............................................ 5317.1 De los Riesgos ....................................................................................................................... 5317.2 De las Celdas Electrolticas .................................................................................................... 5417.3 Del Rectificador....................................................................................................................... 5517.4 Del Magnetismo ...................................................................................................................... 5517.5 De las Mangueras, Herramientas y Elementos Metlicos Largos ............................................ 5617.6 De los Puentes Gra............................................................................................................... 56

    18. Glosario de Trminos ............................................................................................................... 56

    19 Anexos ...................................................................................................................................... 67Anexo A Niveles de Iluminacin Mnimos Exigidos en Lux ............................................................ 69Anexo B Declaracin de Aptitud para el Trabajo en Altura ............................................................. 70Anexo C Colores de Conductores ................................................................................................. 71Anexo D Referencias Especficas a Decreto Supremo N 72 ........................................................ 72Anexo E Lmites de Aproximacin a un Punto Energizado ............................................................ 73

    Certificado Recepcin Reglamento para el Personal Electricista R-006. Copia para el Trabajador .... 75Certificado Recepcin Reglamento para el Personal Electricista R-006. Copia para la Carpeta

    de Antecedentes del Trabajador....................................................................................... 77

  • 8R - 006 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    PAGINA EN BLANCO

  • 9R - 006REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    Reglamento Interno Especifico de Operaciones Crticas de Minera

    ReglamentoPara el Personal Electricista de la

    Divisin CODELCO Norte

    1. Objetivo

    El objetivo de este Reglamento Interno es contar con una Norma que fije las condiciones mnimas deseguridad que debe tener presente y cumplir el personal electricista en la Divisin CODELCO Norte, enlas actividades de operacin, mantencin y/o reparacin de equipos e instalaciones elctricas de lasfaenas mineras de dicha organizacin, denominada en adelante la Divisin, en conformidad con losrequerimientos del articulo N 25 del Decreto Supremo N 72 - Reglamento de Seguridad Minera, modificadopor el D.S.132, que establece que Sin perjuicio de la existencia de los Reglamentos Internos de Orden,Higiene y Seguridad exigidos por la legislacin del pas, las Empresas Mineras debern elaborar, desarrollary mantener reglamentos internos especficos de las operaciones crticas, que garanticen la integridadfsica de los trabajadores, el cuidado de las instalaciones, equipos, maquinarias y del medio ambiente.

    2. Alcance

    Las disposiciones contenidas en este Reglamento se deben aplicar en todos los trabajos de operacin,mantencin y/o reparacin de equipos e instalaciones elctricas (sistemas elctricos) de la Divisin (enadelante el trabajo o los trabajos).

    3. Trminos y Definiciones

    Para los propsitos de este Reglamento, se incluyen una serie de trminos y definiciones utilizado porlos electricistas en la Divisin.

    4. Difusin

    Cada rea debe difundir este Reglamento a los niveles de la organizacin de su responsabilidad. Paraello debe capacitar, entrenar e informar formalmente a su personal en todas las materias que le sonpropias a su trabajo y tareas y que se encuentran tratadas en este Reglamento Interno Especfico.

    5. Aplicacin

    Todo el personal electricista que realiza actividades de operacin, mantencin y/o reparacin de equipose instalaciones elctricas debe conocer y aplicar, segn corresponda, las disposiciones contenidas eneste Reglamento en su rea de trabajo.

  • 10

    R - 006 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    Para los efectos de la aplicacin de este Reglamento, se entender como electricista o personal electricistaa todo trabajador que labora en la Divisin, ya sea que tenga contrato directo o a travs de empresas proveedorasde bienes y/o servicios.

    6. Aspectos Generales

    6.1 De las Normas Nacionales aplicables

    6.1.1 El presente Reglamento ha considerado lo estipulado en las siguientes normas nacionalesvigentes, en relacin a los temas de seguridad de las personas y de las condiciones deseguridad de las instalaciones y sistemas elctricos:

    1) Decreto Supremo N 72, Reglamento de Seguridad Minera, modificado por DecretoSupremo N 132, promulgado el 30.12.2002 y publicado en el Diario Oficial de 07.02.2004.

    2) NCh Elctricas 4/2003, ELECTRICIDAD, Instalaciones de Consumo en Baja Tensin.

    3) NSEG 5 E.n. 71, ELECTRICIDAD, Instalaciones Elctricas de Corrientes Fuertes.

    4) NSEG 20 E.p. 78, ELECTRICIDAD, Subestaciones, transformadores interiores.

    6.2 De las Normas Internacionales aplicables

    6.2.1 Norma NFPA 70 E Norma de Seguridad Elctrica para los Empleados en su Lugar deTrabajo, Edicin 2004, de la National Fire Protection Association (NFPA) de los EE. UU.;norma tcnica NFPA 70E internacionalmente aceptada.

    7. Del Personal Electricista

    7.1 De la Seleccin del Personal Electricista

    7.1.1 Todo electricista que ingrese a la Divisin debe poseer un grado de escolaridad de tcnicoprofesional en la especialidad de electricidad.

    7.1.2 Todo personal de la Divisin que desee desempearse como electricista, deber cumplircon lo estipulado en el Reglamento de Movilidad Interna, tener estudios formales en laespecialidad y acreditar las competencias requeridas para desempear el cargo.

    7.2 De las Obligaciones

    7.2.1 El supervisor responsable debe informar a todo el personal, acerca de los riesgos inherentesa las actividades o tareas a realizar, de las medidas preventivas y de los mtodos detrabajo correcto, de acuerdo con el artculo 21 del Decreto Supremo N 40 del Ministeriodel Trabajo y Previsin Social. Asimismo, el responsable del trabajo debe instruir en formaoportuna y precisa al personal a su cargo, respecto de las actividades a realizar, de lasmedidas de seguridad y salud ocupacional que deben adoptarse y de los riesgos presentesen cada tarea especfica.

  • 11

    R - 006REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    7.2.2 A su vez, los electricistas encargados y autorizados para realizar los trabajos, debenpreocuparse de contar con los elementos de proteccin necesarios y son responsables dehacer las observaciones y plantear las dudas o inquietudes que las instrucciones recibidasles merezcan, como tambin aquellas que pudieran aparecer en el inicio o durante laejecucin del trabajo.

    7.2.3 El encargado de la tarea es quien determina los instrumentos, herramientas y equipos autilizar. A su vez, el personal que realiza los trabajos debe preocuparse que dichos elementosse encuentren en buen estado, de manera que su utilizacin no presente riesgos potencialesde accidente.

    7.2.4 Previo al inicio de cada trabajo el encargado de la tarea debe examinar y, cuando seanecesario, delimitar la zona de trabajo definiendo claramente sus lmites o contornos,prohibiendo las aproximaciones a las zonas o lugares que entraen riesgos de accidentesa personal no autorizado.

    7.2.5 Los electricistas deben informar de inmediato a su superior ante la deteccin o indicio dela ocurrencia de una falla, condicin subestndar o siniestro en los equipos e instalacioneselctricas.

    7.2.6 Todo trabajo u operacin crtica que signifique riesgos potenciales en trminos de lesionesa las personas y/o daos a las instalaciones, equipos o al medio ambiente, debe realizarsede acuerdo a procedimientos de operacin especficos y aprobados para un eficiente controlde los riesgos operacionales. En conformidad con el artculo 399, del Decreto Supremo N72, se deber regular entre otros aspectos:

    a) Procedimiento de trabajo ante deteccin de fallas o desperfectos de instalaciones y/o equipos elctricos.

    b) Procedimientos de intervencin de equipos, ya sea por razones de operacin omantencin, en el que se estipule claramente el concepto de intervencin en Estadode Energa Cero.

    c) Procedimientos de puesta en marcha.

    d) Instrucciones para actuar ante casos de emergencias, provocados por aparatoselctricos y sus riesgos inherentes.

    e) Instalacin y operacin de equipos generadores ante emergencias.

    f) Otros, segn se estime necesario.

    7.2.7 Para ello, y dentro de la planificacin del trabajo, el encargado de la tarea, debe conocer elprocedimiento especfico correspondiente, difundirlo y comentarlo con el personal querealizar el trabajo.

    7.2.8 En las situaciones imprevistas, que se presenten durante el desarrollo del trabajo, elresponsable de la actividad deber realizar un anlisis relmpago del riesgo (evaluacin delriesgo) para definir de inmediato las medidas de control de tales riesgos y comunicar estasituacin al supervisor responsable.

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    R - 006 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    7.3 Del Equipo de Proteccin Personal

    7.3.1 Todo electricista debe usar correctamente y revisar su equipo y elementos de proteccinpersonal, de acuerdo a los requerimientos del trabajo o tarea.

    7.3.2 Slo est permitido el uso de equipos de proteccin personal certificados por un organismocompetente de acuerdo a legislacin vigente en la materia, y que previamente se encuentrenautorizados por el rea de prevencin de riesgos de la Divisin.

    7.3.3 El equipamiento bsico de proteccin para los electricistas est compuesto por:

    1) Casco de seguridad para electricistas,

    2) Guantes de cuero,

    3) Ropa de trabajo de algodn,

    4) Zapatos de seguridad para electricistas,

    5) Anteojos de seguridad,

    6) Proteccin respiratoria con filtro contra polvo y gases/ vapores,

    7) Protectores auditivos.

    7.3.4 El encargado de la tarea es quien determina el equipo o elementos de proteccin personaladicionales especficos a utilizar en todo trabajo que as lo requiera debiendo verificar suuso correcto. A su vez, el personal electricista que realiza los trabajos es responsable deverificar e informar el estado y condiciones del equipo y elementos de proteccin personalasignado.

    7.4 De la Seguridad, Salud Ocupacional, Medio Ambiente y Calidad

    7.4.1 Todos los electricistas deben respetar y aplicar las polticas de gestin de seguridad,salud ocupacional, ambiental y calidad, definidas por la Corporacin o la Divisin.

    7.5 Del Reglamento Interno de Orden, Higiene y Seguridad

    7.5.1 Todos los electricistas deben cumplir lo estipulado en el Reglamento Interno de Orden,Higiene y Seguridad de la Divisin.

    8. De la Divisin

    8.1 Del Registro del Personal Autorizado

    8.1.1 Se deber mantener en las reas que corresponda un registro actualizado del personalautorizado para intervenir en instalaciones y equipos elctricos y del personal autorizadopara operar equipo elctrico (referido al artculo 397, Decreto Supremo N 72).

    8.1.2 Se encuentra estrictamente prohibido ingresar, intervenir o reparar, instalar, ajustar, orealizar cualquier trabajo de inspeccin en las instalaciones y equipos elctricos al personalque no est autorizado para hacerlo.

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    R - 006REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    8.2 De las Sanciones

    8.2.1 Las infracciones en que incurran los electricistas a las disposiciones de este reglamento,podrn ser sancionadas por la Divisin, segn sea la gravedad de la infraccin cometida yde acuerdo a las disposiciones legales e internas de la Divisin.

    8.3 De la Capacitacin e Informacin de los Riesgos Laborales

    8.3.1 Todo el personal que ingrese a la Divisin para desempear un cargo de electricista debeser capacitado por el rea solicitante en las competencias propias de su trabajo de acuerdocon el plan de desarrollo individual de carrera (PDI) y debe ser oportuna y convenientementeinformado por su jefatura de los riesgos que entraan sus labores (ficha D.A.S.).

    8.3.2 Todo el personal electricista que se encuentre en perodo de capacitacin por induccin yentrenamiento, no debe tener personal bajo su responsabilidad. Los trabajos que realicedurante este perodo sern definidos y supervisados por su jefatura directa.

    8.3.3 Toda capacitacin debe ser evaluada formalmente y se mantendr un registro documentado(escrito) de sus contenidos, asistencia y de las calificaciones del personal. Todos estosdocumentos deben ser firmados por el trabajador, el instructor y la jefatura del rea.

    8.3.4 No se permitir que los electricistas trabajen en un rea donde podran enfrentar peligroselctricos y riesgos potenciales, a menos que hayan sido entrenados para identificarlos ycontrolarlos.

    8.3.5 El personal electricista que ingrese a la Divisin, debe ser instruido durante los primerosseis meses de permanencia en el rea, en los siguientes temas:

    1) Reglamento Interno para el Personal Electricista.

    2) Procedimientos de mantencin y operacin de las reas en las cuales trabajar.

    3) Reglamento de Sistemas de Bloqueo y Advertencia para la intervencin de equipos e

    instalaciones elctricas.

    4) Procedimientos de Sistemas de Bloqueos y Advertencia Especficos.

    5) Planes de emergencia del rea.

    6) Tcnicas para la extincin de incendios y uso de equipos.

    7) Tcnicas de primeros auxilios y de respiracin cardio-pulmonar (RCP).8) Mtodo de identificacin y medidas de control de los riesgos presentes en la operacin,

    mantencin y reparacin de equipos e instalaciones elctricas.

    8.3.6 El personal calificado que intervendr equipos elctricos debe recibir entrenamiento en lossiguientes aspectos (Referido al artculo 110.6, letra D, NFPA 70E):

    1) Las competencias y tcnicas necesarias para distinguir entre partes energizadasexpuestas y otras partes de equipos elctricos.

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    R - 006 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    2) Las competencias y tcnicas necesarias para determinar la tensin nominal de partesenergizadas expuestas.

    3) Las distancias mnimas de aproximacin a partes energizadas expuestas de la Tabla1 (mostrada en el punto 10.5) para prevenir un choque elctrico y la forma de determinarlas tensiones correspondientes a las que estar expuesto.

    4) El procedimiento de toma de decisiones necesario para determinar el grado y alcancedel peligro y riesgos potenciales, el equipo o elementos de proteccin personalespecfico que se debe utilizar y las formas de planificacin del trabajo para realizarloen forma segura.

    9. De los Requerimientos de Seguridad para Instalaciones Elctricas

    9.1 De los Peligros Generales

    9.1.1 Se debe asumir que todo equipo elctrico est energizado hasta que se compruebe locontrario con los instrumentos de prueba adecuados establecidos.

    9.1.2 Todo material no certificado como un aislante elctrico para las condiciones de trabajo,debe ser considerado como conductor.

    9.1.3 Todos los dispositivos en terreno que operan en un voltaje superior a 50 Volts de tensin,deben ser conectados a tierra.

    9.1.4 No usar agua muy cerca de los equipos elctricos, excepto en aquellos que estnexpresamente preparados y/o diseados para ello.

    9.1.5 No utilizar el material o equipo elctrico en tensiones ms elevadas, ni someterlopermanentemente a corrientes ms intensas que las indicadas por el fabricante. Cualquieramodificacin de algn elemento del equipo elctrico debe ser realizada por personal calificadoy autorizado para tal efecto (Artculo 400, D.S. N 72).

    9.1.6 Cualquier desperfecto detectado en los equipos o instalaciones elctricas debe sercomunicado de inmediato al jefe responsable y debe evaluarse la alternativa de suspenderla operacin del equipo o instalacin daada, cuando presenten un alto riesgo (riesgointolerable) para las personas, los equipos y/o la produccin o al ambiente.

    9.1.7 Personal expresamente designado y de acuerdo con los programas de cada rea, deberealizar inspecciones minuciosas de verificacin de todos los equipos e instalacioneselctricas estacionarias y mviles de la faena bajo su responsabilidad. En las inspeccionesregulares se deben indicar todos los desperfectos y condiciones susbestndar, e informarlosal supervisor responsable para planificar su reparacin o correccin. Se mantendr unregistro documentado de cada inspeccin, del control y mantenimiento de los equipos einstalaciones principales.

    9.2 De las Protecciones Mecnicas de las Piezas Energizadas

    9.2.1 Cuando el trabajo se realiza cerca de conductores o equipos expuestos de baja tensin

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    R - 006REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    energizados, se deben apantallar los equipos energizados adyacentes.

    9.2.2 Las piezas energizadas de los equipos elctricos que funcionan a 50 Volts o ms, debentener protecciones para evitar el contacto accidental, mediante gabinetes certificados omediante cualquiera de las siguientes formas: (Referido al artculo 400.16, Letra A, NFPA70E):

    1) Ubicndolas en una sala, bveda, o proteccin similar que tenga acceso slo personalcalificado.

    2) Mediante el uso permanente de divisiones o pantallas slidas dispuestas de tal maneraque slo personal calificado y autorizado tenga acceso al espacio disponible para laspiezas energizadas. Cualquier abertura en dichas divisiones o pantallas deben tenerel tamao y la ubicacin adecuada para evitar que las personas tengan contactoaccidental o introduzcan objetos conductores que hagan contacto con las piezas noaterrizadas.

    3) Mediante la elevacin del equipo para que las partes vivas queden a una altura suficientepara cumplir con las distancias mnimas de seguridad.

    9.2.3 En lugares donde el equipo elctrico estar expuesto a daos fsicos, se debe instalarprotecciones contra golpes, de tal solidez, que prevengan dichos daos (Referido al artculo400.16, Letra B, NFPA 70E).

    9.2.4 Las entradas a salas elctricas y otros lugares protegidos que contengan partes vivas yexpuestas operando a ms de 50 Volts, deben estar marcadas con signos o seales deadvertencia notorios que prohiban el acceso a personal no calificado. (Artculo 400.16,Letra C, NFPA 70E).

    9.3 De las Instalaciones con Acceso para Personal No Calificado

    9.3.1 Las instalaciones elctricas interiores que estn accesibles a personas no calificadas,deben estar protegidas con cierres metlicos. (Referido al artculo 400.16, letra D, punto 1,NFPA 70E).

    9.4 De los Espacios de Trabajo Alrededor de los Equipos

    9.4.1 Se debe proporcionar, mantener e indicar claramente a travs de marcas visibles en el piso(demarcacin), el espacio alrededor de los equipos elctricos, para permitir la realizacinde los trabajos de manera expedita y segura.

    9.4.2 El espacio de trabajo debe ser adecuado para permitir una abertura de 90 de las puertaso de los paneles abatibles.

    9.4.3 El acceso a las reas posteriores de las celdas de baja, media y alta tensin, debe serrestringido por tapas slidas o puertas, ubicadas de tal manera que impidan el ingreso apersonal no calificado. Las tapas deben estar siempre con todos sus pernos de sujecininstalados correctamente.

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    9.5 De la Iluminacin

    9.5.1 Se debe proveer y mantener niveles de iluminacin y visibilidad suficientes en todas lasreas donde se desempea personal electricista (Ver Tabla 2, Anexo A).

    9.5.2 En salas de bateras, lugares de manipulacin y/o almacenamiento de combustibles, lquidosinflamables, vapores explosivos, plantas de SX y plantas de oxgeno, deben tener suinstalacin de alumbrado a prueba de explosin.

    9.5.3 No se debe iluminar equipos o maquinarias en movimiento con tubos fluorescentes, debidoal efecto estroboscpico que producen.

    9.5.4 Se recomienda, en general, no emplear lmparas porttiles en reas de pintura o procesosde acabado. En caso de ser necesario, su empleo debe ser de un tipo a prueba deexplosin y todas sus partes metlicas se deben conectar a tierra (Artculo 17.1.3, NCh 4/2003).

    9.5.5 Se debe usar iluminacin porttil en baja tensin (24 volts) en espacios confinados o enlugares hmedos, tales como: cajones, fortines, estanques, interior de molinos, plantasde oxgeno, plantas de SX y plantas electrolticas.

    9.6 Del Dispositivo de Desconexin

    9.6.1 Todo dispositivo de desconexin de un circuito elctrico debe poseer un mecanismo medianteel cual pueda ser bloqueado con candado en la posicin abierto.

    9.6.2 Todo dispositivo de desconexin debe desconectar en forma simultnea todos losconductores no aterrizados. Para desenergizar una instalacin se debe comprobar estacondicin con elementos de prueba adecuados, utilizando procedimientos especficospara la condicin de trabajo y la tensin de operacin.

    9.7 De las Protecciones contra Sobrecorriente

    9.7.1 Toda instalacin y equipo elctrico en funcionamiento en una faena debe contar con lossistemas de proteccin que, en caso de sobrecarga, fallas a tierra, cortocircuitos,sobrecalentamiento u otra anormalidad, acten eficientemente, desenergizando los circuitos.Dichos sistemas que deben ser regularmente conservados, respondern a especificacionesy diseos aprobados por la normativa legal y a normas tcnicas reconocidas para ello(Articulo 431, DS N 72).

    9.7.2 Los conductores y equipos deben ser protegidos contra sobrecorriente de acuerdo a sucapacidad de conducir la corriente en forma segura (Articulo 410.8, letra A, nmero 1,NFPA 70E).

    9.7.3 Los dispositivos de proteccin contra sobrecorriente no deben interrumpir la continuidadde los conductores aterrizados, a menos que todos los conductores del circuito estnabiertos en forma simultnea (Referido al articulo 410.8, letra A, nmero 2, NFPA 70E).

    9.7.4 Los automticos deben indicar claramente si estn en posicin de abierto (off) o cerrado(on). (Referido al articulo 410.9, letra A, (5), NFPA 70E).

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    9.7.5 Los automticos deben tener la capacidad de interrupcin de corriente de cortocircuitoadecuada al sistema elctrico en que operan. Los cambios en las caractersticas ycondiciones de la red, pueden hacer variar significativamente el nivel de cortocircuito de unsistema elctrico.

    9.7.6 Las instalaciones y equipos elctricos deben contar con protecciones que, en caso desobrecarga, fallas a tierra o cortocircuito en cualquier circuito, los desenergicen rpida yautomticamente, mediante dispositivos que tengan adecuada capacidad de ruptura.

    9.7.7 Se debe coordinar el tiempo de operacin del dispositivo de proteccin, la corriente decortocircuito esperada, y el conductor usado, para evitar dao o temperaturas peligrosasen los conductores o en el aislamiento de los conductores en condiciones de cortocircuito(Referido al artculo 410.9, letra B, nmero 3, NFPA 70E).

    9.8 De las Conexiones a Tierra

    9.8.1 Las lneas y mallas de tierra deben inspeccionarse a lo menos una (1) vez al ao, revisandoconductores, conexiones y efectuando las mediciones elctricas correspondientes de cuyosresultados se debe llevar un registro (Artculo N 424, D.S. N 72).

    9.8.2 Se debe proveer de malla de tierra individual a: (Artculo 434, D.S. N 72):

    a) Subestaciones que operen con tensiones superiores a seiscientos (600) volts. Ensubestaciones mviles, la malla de tierra podr ser reemplazada por barras metlicasenterradas.

    b) Los centros de distribucin o maniobras y equipos que operen con tensiones superioresa seiscientos (600) volts.

    c) Los almacenes de explosivos e instalaciones anexas. Estas mallas de tierra debenestar conectadas elctricamente al cable de tierra general de la faena minera.

    d) Contenedores de instalacin de faenas y/o campamentos, y a las instalaciones decombustibles.

    9.8.3 En instalaciones de baja tensin de corriente alterna el punto neutro del sistema deberconectarse a tierra (Artculo 30, Captulo III, NSEG 5 E.n. 71).

    9.8.4 La tierra de proteccin debe ser visible, permanente, continua, efectiva y local.

    9.8.5 Toda vez que se deba trabajar en estanques y/o piscinas de procesos industriales que seencuentren engomadas y aisladas de tierra, se debe instalar en el fondo, una planchaconductora que se encuentre aterrizada a la malla de puesta a tierra, ms cercana, a lasinstalaciones.

    9.8.6 No se requerir conexin a tierra de herramientas y lmparas de mano, que tengan laposibilidad de ser utilizadas en lugares hmedos, si estn alimentadas desde untransformador de aislamiento con una salida secundaria no superior a 50 Volts y levantadode tierra (Artculo 410.10, letra E, nmero 5, (3), NFPA 70 E).

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    9.8.7 No se requerir de conexin a tierra de aquellas herramientas y aparatos porttiles protegidosmediante un sistema aprobado de doble aislacin, o equivalente. Un sistema aprobado dedoble aislamiento, no es equivalente a un sistema de aislacin apto para ser utilizado enlugares hmedos.

    9.8.8 El conductor de tierra debe ser identificable y distinguible de todos los otros conductores,segn la normativa nacional de color verde o verde amarillo cuando es aislado.

    9.8.9 No se podr utilizar ningn cable de tierra (de color blanco, verde o verde amarillo) paraenviar seal de una de las fases.

    9.8.10 Todas las piezas metlicas no conductoras de corriente de los equipos porttiles y fijos,incluyendo sus rejas, recintos, cubiertas de proteccin, y estructuras de soporte debenser conectadas a tierra, a excepcin de aquellos equipos que estn protegidos por suubicacin y aislados del suelo.

    9.8.11 Los conductores y grampas de puesta a tierra deben inspeccionarse frecuentemente,reapretando conexiones y haciendo las mediciones correspondientes para verificar sufuncin.

    9.8.12 Todas las conexiones entre los conductores de tierra, as como las conexiones a tierra delas cubiertas metlicas de los cables, deben ser ejecutadas con terminales apropiados,que permitan una conexin segura al conductor de tierra de proteccin.

    9.8.13 Las uniones entre el conductor de puesta a tierra y el electrodo de puesta a tierra, o lasuniones entre los conductores que formen el electrodo de tierra, se harn medianteabrazaderas, prensas de unin o soldaduras de alto punto de fusin. No se aceptar elempleo de soldadura de plomo - estao como nico mtodo de unin en puestas a tierra;sin embargo, se le podr usar como complemento al uso de abrazaderas o prensas deunin. Los materiales empleados en estas uniones y su forma de ejecucin sern resistentesa la corrosin (Artculo 10.2.8, NCh 4/2003).

    9.8.14 No debern intercalarse dispositivos de desconexin, ni fusibles en los circuitos de tierrade proteccin (Artculo 25, NSEG 5. En. 71).

    9.8.15 La responsabilidad por el correcto diseo y construccin de una puesta a tierra corresponderal proyectista y/o instalador a cargo del montaje de la instalacin. El mantenimiento de lascaractersticas de operacin de la puesta a tierra ser de responsabilidad del usuario de lainstalacin, as como tambin sern de su exclusiva responsabilidad los daos a personas,y daos o fallas de funcionamiento de la instalacin o equipos, que sean atribuibles a undeterioro o ausencia de la puesta a tierra (Artculo 10.4.4, NCh 4/2003).

    9.8.16 El conductor de puesta a tierra de servicio tendr aislacin de color blanco, de acuerdo alcdigo de colores establecido en el artculo 8.0.4.1 de la norma NCh 4/2003.

    9.9 De los Cables Flexibles de Baja Tensin

    9.9.1 Las bandejas para cables y sus protecciones metlicas deben contar con un conductor queasegure conductividad elctrica y deben estar conectados a las cajas, elementos de conexiny gabinetes de tal manera que proporcionen una continuidad elctrica adecuada a tierra.

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    9.9.2 No se debe instalar cables de ningn tipo en ductos utilizados para transporte de polvo, omaterial suelto o gases inflamables, eliminacin de vapor o para la ventilacin de equiposde coccin.

    9.9.3 Toda pantalla de un cable, debe ser aterrizada slo en el extremo de alimentacin y no enel consumo o equipo. Al mismo tiempo, el cable de la pantalla que se encuentra en elconsumo o equipo, debe ser aislado con huincha, de modo que el voltaje de tierra de lafuente de alimentacin no est disponible en el punto de consumo.

    9.9.4 Los cables flexibles deben usarse slo para:

    a) Dispositivos suspendidos;

    b) Cableado de accesorios;

    c) Conexiones de lmparas o aparatos porttiles,

    d) Cables de ascensor,

    e) Cableado de gras y monorrieles,

    f) Conexin de equipos estacionarios para facilitar su intercambio frecuente,

    g) Prevencin de la transmisin de ruido o vibracin;

    h) Artefacto extrables.

    9.9.5 Los cables flexibles no deben usarse:

    a) Como un sustituto para el cableado permanente,

    b) Para pasar a travs de orificios en murallas, cielos rasos o suelos,

    a) Para pasar a travs de vanos de puertas y ventanas,

    b) Donde estn expuestos a cantos vivos y salientes,

    c) Cuando estn ocultos y sin acceso tras murallas, cielos rasos, o suelos de edificios.

    9.9.6 No se debe atar los cables flexibles con grapas, ni colgarlos en forma tal que se dae suaislacin.

    9.10 Del Cableado Provisorio

    9.10.1 Todo circuito o equipo de una instalacin provisoria debe ser protegido mediante protectoresdiferenciales (Artculo 19.1.2.1, NCh 4/2003).

    9.10.2 Se permitir la instalacin de cableado provisorio durante los perodos de construccin,pruebas, experimentos o emergencias, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

    a) Los cables sern alimentados desde un sistema que tenga un elemento dedesconexin con protecciones adecuadas a la capacidad del cable y con proteccindiferencial.

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    R - 006 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    b) Todos los enchufes hembra deben tener conexin a tierra.

    c) Todos los conductores tendrn aislacin y ninguno tendr retornos por tierra.

    d) Los conductores y cables deben estar protegidos contra el paso de personas,materiales y/o equipos. Se debe evitar los cantos vivos y salientes. Se debe protegerlos elementos cuando pasen a travs de vanos de las puertas u otros puntos deadelgazamiento, con el fin de evitar posibles daos.

    9.11 De las Extensiones

    9.11.1 Las extensiones deben fabricarse con cables flexibles, con una seccin mnima de 18AWG.

    9.11.2 Toda extensin debe tener un conductor de tierra.

    9.11.3 Las extensiones deben ser examinadas antes de ser usadas y slo se podrn emplearcuando estn en buen estado.

    9.11.4 Las extensiones flexibles se deben ubicar en posiciones en que no estn expuestas adaos y de tal modo que:

    a) No obstruyan el paso de personas.

    b) Tengan una proteccin mecnica cuando estn sujetos a aplastamiento como porejemplo cuando pasan a travs de las puertas.

    c) Tengan una proteccin adecuada cuando est tendida en un camino o se tendr queinstalar una proteccin para evitar los daos causados por los vehculos que pasansobre el cable,

    d) Estn ubicadas de tal forma de evitar el esfuerzo en enchufes macho y hembras.

    9.11.5 Al desconectar una extensin, se debe tirar del enchufe, no del cable.

    9.11.6 Slo personas calificadas deben cablear, probar y/o reparar extensiones.

    9.11.7 No se podr utilizar ms de una extensin para alcanzar puntos de trabajo distantes. Enel caso de requerirlo, se debe contar con una extensin adecuada del largo correcto.

    9.11.8 El punto de conexin de la extensin con los equipos considerados, no podr dejarse en elpiso o en lugares expuestos a derrames de lquidos o pulpa.

    9.12 De los Gabinetes, Cajas y Accesorios

    9.12.1 Las aberturas de los gabinetes, cajas o a accesorios que no han sido usados debencerrarse en forma efectiva.

    9.12.2 Todas las cajas de acceso, cajas de conexiones, y accesorios deben tener tapas aprobadaspara estos fines.

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    9.12.3 Las tapas metlicas deben conectarse a tierra.

    9.12.4 Las tapas de las cajas de salida que tienen orificios a travs de los cuales pasan conductoresflexibles con dispositivos colgantes deben tener boquillas diseadas para este propsito odeben contar con superficies redondeadas y suaves sobre las cuales los conductoressoporten su peso.

    9.13 De los Tableros de Distribucin y Tableros de Control

    9.13.1 Todos los circuitos de enchufes monofsicos y trifsicos, deben ser protegidos medianteprotectores diferenciales (Referido al artculo 11.2.12, NCh 4/2003).

    9.13.2 Los tableros que tienen alguna pieza energizada deben estar ubicados en un lugarpermanentemente seco y que sea accesible slo para personal calificado, con llave ycontra tapa.

    9.13.3 Todo tablero de enchufes de baja tensin transportable debe contar con interruptorautomtico general, parada de emergencia, luces de indicacin de presencia de tensin yun interruptor automtico para cada circuito.

    9.14 De los Equipos Porttiles Enchufables

    9.14.1 No se debe usar los cables elctricos para levantar o bajar los equipos elctricos oherramientas porttiles.

    9.14.2 Todo equipo elctrico porttil debe estar conectado a un sistema que tenga proteccindiferencial.

    9.14.3 Los equipos porttiles conectados con cables con enchufe, deben ser inspeccionadosvisualmente para ver si hay daos externos como partes sueltas, clavijas deformes oextraviadas y evidencias de posibles daos internos, antes de ser usados. Si hay defectoso evidencias de daos que pueden exponer al trabajador a lesiones, no se debe utilizar elelemento defectuoso o daado hasta que se hayan realizado las reparaciones y pruebasnecesarias.

    9.15 De las Lmparas de Mano

    9.15.1 Cuando se trabaje en lugares hmedos, se debe asegurar que todos los equipos estnalimentados de un sistema con proteccin diferencial. Sin embargo, cuando se requieratrabajar en recintos cerrados y hmedos o que pueden presentar humedad (como al interiorde molinos, estanques, posos, etc.), se deben utilizar equipos elctricos energizados enuna tensin inferior a 50 Volts.

    9.16 De los Motores

    9.16.1 Todo motor elctrico debe tener un partidor dedicado con sus correspondientes proteccionesy con un sistema mecnico que permita bloquearlo en la posicin de abierto.

    9.16.2 Los motores, el control de motor y conductores deben estar protegidos contra sobrecalentamiento producido por sobrecargas o fallas en el arranque de motores, y contracortocircuitos o fallas a tierra.

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    R - 006 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    9.16.3 Cuando las instalaciones emiten vapores, gases o lquidos combustibles, todas lasinstalaciones elctricas deben ser a prueba de explosiones (Por ejemplo: salas de bateras,planta de oxgeno y planta de SX).

    9.17 De los Transformadores

    9.17.1 El voltaje de operacin de las piezas energizadas expuestas de las instalaciones de lostransformadores debe estar indicado mediante letreros, etiquetas o rtulos de peligro omarcas visibles en el equipo o estructura.

    9.17.2 No se podr instalar en las salas elctricas, transformadores que tengan lquido aislantecon bajo punto de inflamacin (Por ejemplo: aceite).

    9.17.3 Los transformadores aislados con aceite, deben ser instalados en exteriores. El receptculode decantacin, debe mantenerse libre de polvo para que no pierda su calidad y funcionalidad.Adems, deben contar con un cerco de proteccin, que impida el acceso a personal noautorizado, el cual debe permanecer con llave. Este cerco, debe tener indicaciones deadvertencia y/o peligro.

    9.17.4 Cualquier tubera que no pertenezca a la instalacin del recinto del transformador, no debeentrar o pasar a travs de ella.

    9.17.5 No se debe almacenar materiales de ningn tipo en los recintos de los transformadores.

    9.17.6 Las partes energizadas de transformadores areos deben estar a 300 cm. ms 1 cm. porKV del suelo (Artculo 5.3.7, Electricidad Subestaciones Transformadoras Interiores,NSEG. 20 E.p. 78).

    9.17.7 Los transformadores de distribucin instalados en superficie deben montarse sobre postes,a una altura mnima de cuatro metros cincuenta centmetros (4,50 m) desde el suelo. Si loanterior fuera impracticable, los transformadores sern protegidos por una defensa de unmetro ochenta centmetros (1,80 m) de alto, la que se mantendr cerrada a fin de evitar elingreso de personas no autorizadas. En el caso que el recinto colinde con un lugarpblico, la altura ser como mnimo de dos metros cincuenta (2,50 m) y se le agregar unsistema contra escalamientos. Cuando se trate de subestaciones unitarias totalmentecerradas no ser necesario instalar cercos de proteccin (Referido al artculo 6.2.6,Electricidad. Subestaciones Transformadoras Interiores, NSEG. 20 Ep 78).

    9.17.8 Todos los transformadores deben estar equipados con fusibles u otros dispositivos dedesconexin automtica, tanto en el circuito primario como en el secundario.

    9.17.9 La iluminacin de las salas de transformadores debe realizarse de acuerdo a las normasestablecidas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (Artculo N 453,D.S. N 72).

    9.17.10 Las instalaciones de transformadores con devanados sumergidos en lquidos aislantes,deben regirse por las normas establecidas por la Superintendencia de Electricidad yCombustibles, adems de las establecidas en este Reglamento (Artculo N 457, D.S. N72).

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    9.18 De los Transformadores de Aislacin

    9.18.1 Los transformadores de aislacin permiten aislar sistemas elctricos en los cuales no sedesea detectar fallas a tierra por la va de las sobre corriente. Cuando se produce elcontacto con la tierra de proteccin de una de las fases de un equipo que est conectadoa un sistema elctrico a travs de un transformador de aislacin con su secundario noaterrizado, no se puede detectar la falla por aumento de la corriente. Esto es debido a queno existe corriente de falla, dado que el transformador de aislacin impide que sta semanifieste al no tener una referencia.

    9.18.2 Los tomacorrientes instalados en circuitos alimentados por un transformador de aislacin,con secundario no puesto a tierra, deben tener una configuracin distintiva y estar claramentemarcados (Referido al artculo 430.8, letra F, (3), NFPA 70 E).

    9.18.3 En la utilizacin de Transformadores de Aislacin, se debern cumplir las siguientescondiciones (Artculo 9.2.6.1 NCh 4/2003):

    Su construccin ser de tipo doble aislacin.

    El circuito secundario no tendr ningn punto comn con el circuito primario ni conningn otro circuito distinto.

    No se emplearn conductores ni contactos de tierra de proteccin en los circuitosconectados al secundario.

    Las carcazas de los equipos conectados al secundario no estarn conectadas atierra ni a la carcaza de otros equipos conectados a otros circuitos, pero la carcazade todos los equipos conectados al circuito secundario y que pueden tocarsesimultneamente, estarn interconectados mediante un conductor de proteccin.

    El lmite de tensin y de potencia para transformadores de aislacin monofsicosser de 220 V y 10 KVA; para otros transformadores de aislacin estos valoreslmites sern de 380 V y 18 KVA, respectivamente.

    En trabajos que se efecten dentro de recipientes metlicos, tales como estanques,calderas, etc., los transformadores de aislacin deben instalarse fuera de estosrecipientes.

    9.18.4 Este tipo de proteccin es aconsejable de usar en instalaciones que se efecten en calderas,andamiajes metlicos, cascos navales y, en general, donde las condiciones de trabajosean extremadamente peligrosas por tratarse de locales o ubicaciones muy conductoras.El empleo de este sistema de proteccin har innecesaria la adopcin de medidasadicionales (Artculo 9.2.6.1, NCh 4/2003).

    9.19 De los Condensadores

    9.19.1 Antes de intervenir cualquier condensador se debe descargar su energa acumulada,aplicando el procedimiento correspondiente.

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    9.20 De los Puentes Gras, Monorrieles y Tecles Elctricos

    9.20.1 Todo puente gra, huinche y tecle elctrico, debe tener un dispositivo de desconexin,dispuesto para ser bloqueado con candado en la posicin de abierto y con tarjeta deadvertencia de bloqueo del equipo.

    9.20.2 Los trabajadores no deben ingresar por ningn motivo a rieles energizados de un puentegra, sin aplicar el sistema de bloqueo y advertencia con tarjeta correspondiente.

    9.20.3 Al subir o bajar del puente gra, siempre debe usar el acceso dispuesto para este propsito.

    9.21 De las Instalaciones en Tneles

    9.21.1 Los conductores deben estar ubicados o protegidos de tal manera que estn resguardadosde posibles daos fsicos.

    9.21.2 Los cables multiconductores porttiles podrn alimentar equipos mviles.

    9.21.3 Se debe tender un conductor de conexin a tierra para equipos en conjunto con losconductores de energa, dentro de un conducto metlico para cables multiconductores.

    9.21.4 El conductor de conexin a tierra del equipo puede tener aislacin o no.

    9.21.5 Los terminales sin aislacin de transformadores, interruptores, controles de motor, y otrosequipos deben estar encerrados en una caja de manera de prevenir el contacto accidentalcon elementos energizados.

    9.21.6 Las cajas para ser utilizadas en tneles deben ser a prueba de goteo, hermticas, osumergibles de acuerdo a las condiciones del ambiente en el que se encuentran.

    9.21.7 Se debe instalar un dispositivo de desconexin que abra en forma simultnea todos losconductores no conectados a tierra en cada lugar donde hay un transformador o motor.

    9.21.8 Todas las piezas metlicas no energizadas de equipos elctricos y conductos metlicospara cables y revestimientos para cables, deben estar conectadas a tierra en forma adecuaday unidos a todas las tuberas de metal y rieles en la boca del tnel y a intervalos que nosuperen los 300 m, a travs del tnel.

    9.22 De las Trincheras y Cmaras

    9.22.1 El interior de las trincheras y cmaras elctricas debe mantenerse siempre limpio y enbuen estado.

    9.22.2 Todo cable o equipo elctrico que tenga partes energizadas expuestas deber estar protegidoy aislado adecuadamente, de acuerdo con las caractersticas de la instalacin.

    9.22.3 Siempre que se ingrese a estas instalaciones se debern considerar los siguientes puntos:

    a) Verificar que el trabajo no se puede realizar sin ingresar a estos lugares.

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    R - 006REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    b) Definir que personas entrarn a estos lugares y prohibir el ingreso a toda persona noinvolucrada en el trabajo.

    c) Definir el sistema de ventilacin que se emplear (si es necesario), considerando lamedicin de gases en el interior.

    d) Determinar los niveles de iluminacin necesaria para el trabajo.

    e) Determinar si existe presencia de gases explosivos.

    f) Contar con un equipo apropiado de extincin de incendios.

    g) Evaluar la utilidad de usar aparatos de respiracin autnomos.

    h) Utilizar ropa adecuada al ambiente de trabajo.

    i) Informar cuando se ha finalizado el trabajo o est suspendido o pendiente.

    j) Retirar todos los materiales del lugar una vez finalizado el trabajo.

    9.23 De los Procedimientos de Bloqueo y advertencia

    9.23.1 Se establece como norma permanente y obligatoria el uso de sistemas de bloqueo yadvertencia para la intervencin de equipos y sistemas elctricos. Esto est regularizadoen el Reglamento Interno de Bloqueo de Fuentes Peligrosas de la Divisin (R-008) (Artculo407, D.S. 72).

    9.23.2 Para proporcionar condiciones de seguridad completas en el trabajo, es necesario elaislamiento de todas las fuentes de energas peligrosas (elctrica, mecnica, hidrulica,neumtica, trmica, cintica, trmica y radiante) o de sistemas de energa almacenada(como resortes cargados, carga suspendida, acumuladores hidrulicos, suministrosininterrumpibles de energa, sistemas de reserva y/o respaldo) y el bloqueo de las mismas.

    9.23.3 Cada rea debe documentar e implementar procedimientos especficos de bloqueo,basndose en el Reglamento Interno de Bloqueo de la Divisin, para proteger a loselectricistas mientras estn trabajando en o cerca de circuitos y equipos desenergizados.Los procedimientos de bloqueo deben ser apropiados para el rango de voltaje y la complejidadde los circuitos y equipos elctricos.

    9.23.4 Todo el personal electricista debe disponer de candados de bloqueo y tarjetas de advertenciade peligro personales, debidamente identificados.

    9.23.5 Todo el personal debe conocer y aplicar el Reglamento Control de Fuentes de EnergasPeligrosas con Sistemas de Bloqueo con Candado y Tarjetas de Advertencia en Equipos eInstalaciones (R-008) de la Divisin y los procedimientos especficos internos de bloqueode su rea de trabajo.

    9.24 Del Rotulado e Identificacin de los Equipos Elctricos

    9.24.1 Todos los circuitos deben ser identificados, segn el cdigo de colores. Los colores

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    R - 006 REGLAMENTO PARA EL PERSONAL ELECTRICISTA DE LA DIVISION CODELCO NORTE

    empleados son los siguientes (Artculo 8.0.4.15, NCh 4/2003):

    Conductor de la fase 1: Azul Conductor de la fase 2: Negro Conductor de la fase 3: Rojo Conductor Neutro o Tierra de Servicio: Blanco Conductor de Tierra de Proteccin: Verde o Verde Amarillo.

    9.24.2 Todo equipo elctrico debe tener indicacin de su tensin de operacin y placa deidentificacin de acuerdo con lo estipulado por la Divisin.

    9.24.3 Todas las redes elctricas que deban pasar bajo tierra deben quedar debidamente protegidasy sealizadas (Artculo N 225, D.S. N 72).

    9.24.4 Cuando se emplee electricidad para la sealizacin, la tensin no debe exceder dedoscientos veinte (220) volts en cualquier circuito donde haya riesgos de contacto conpersonas (Artculo N 236, D.S. N 72).

    9.24.5 Las tapas traseras de celdas de baja, media y alta tensin, deben estar sealizadas demodo que una vez que sean reinstaladas luego de una mantencin, sea evidente que seencuentran bien colocadas. Se sugiere numerarlas en forma secuencial o marcarlas demodo que al instalarlas fuera de lugar, se pueda observar el error.

    9.25 De los Equipos de Soldadura

    9.25.1 Las tuberas, estructuras, mallas de puesta a tierra, no deben usarse como retorno de lasmquinas soldadoras.

    9.25.2 Los terminales de salida en los equipos de soldadura deben estar protegidos para evitar uncontacto involuntario.

    9.25.3 El electrodo de retorno debe estar lo ms cerca posible del punto a soldar, evitando que lascorrientes de retorno pasen por rodamientos, ductos y equipos de control en general.

    9.26 De los Grupos Electrgenos

    9.26.1 Todo grupo electrgeno que se emplea en terreno debe ser aterrizado a la malla de puestaa tierra ms prxima en el lugar de su instalacin. En el caso de no existir una conexinefectiva a tierra, se debe instalar una barra de cobre en el lugar de trabajo.

    9.26.2 No se podr conectar un grupo electrgeno a una red de baja tensin en una subestacin,con la intencin de contar con suministro de energa elctrica para iluminacin u otrasnecesidades. Cuando se requiera conectar un grupo electrgeno a la red de alimentacinpara energizar circuitos de emergencia, se debe hacer en un lugar expresamente habilitadopara ello y seguir el siguiente procedimiento:

    1) Anotar la secuencia de fase (verificar secuencia).

    2) Abrir todos los elementos de desconexin normal del circuito que se quiere alimentar.Esto debe hacerse para evitar un cortocircuito entre la fuente de alimentacin normaly las fuentes de alimentacin de emergencia al momento de la restitucin del servicio.

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    Tambin, para evitar alimentar otros consumos distintos y distantes conectados alsistema elctrico de la Divisin y que no son considerados de emergencia.

    3) El grupo electrgeno debe ser conectado aguas abajo del elemento de desconexingeneral (el cual debe estar abierto), de modo que se mantengan, hacia los consumos,las protecciones originales de los circuitos correspondientes.

    4) Antes de encender el grupo electrgeno, se debe abrir todos los automticossecundarios y probar en circuito la secuencia de fase de la alimentacin de emergencia.Para ello se debe definir un consumo trifsico de prueba el cual tenga instaladosmotores, cuya operacin en un sentido diferente al normal, no entrae o signifiquepeligro para las personas o las instalaciones. Una vez comprobado que la secuenciaes la correcta, se podrn cerrar todos los automticos secundarios.

    5) Cuando se tenga funcionando el grupo electrgeno y con carga, se debe regular latensin de salida de modo que est dentro de los rangos nominales.

    9.27 De la Descarga Elctrica

    9.27.1 Se debe colocar por escrito, a lo menos, en todas las centrales generadoras, subestaciones,centros de distribucin, salas de control y maniobras, y salas elctricas, las instruccionespara la reanimacin de personas que han sufrido un choque elctrico, cuando exista riesgode contacto fortuito con equipos energizados.

    9.27.2 Para trabajos fuera de una sala elctrica: No se debe hacer ningn intento por rescatar auna persona que permanezca en contacto con equipos elctricos energizados, hasta quese hayan desenergizado las instalaciones, se haya comprobado ausencia de tensin y sehaya puesto a tierra la instalacin.

    9.27.3 Para trabajos en el interior de una sala elctrica: Para rescatar a una persona que seencuentra en contacto con una fuente energizada, se debe contar con el equipamientoadecuado y se debe seguir el procedimiento especfico Rescate de personas que hansufrido una descarga elctrica.

    9.27.4 La persona que efecta el rescate debe estar en conocimiento de los peligros presentes ydebe tomar las precauciones apropiadas, para ello debe regirse por el documentoProcedimiento de Rescate de Personas que han Recibido una Descarga Elctrica.

    9.28 De la Puesta en Servicios de Equipos Nuevos

    9.28.1 Se deben hacer pruebas de puesta en servicio para asegurar que las instalaciones enconjunto con todos los equipos auxiliares estn completas y son seguras, y pueden operarde acuerdo con el concepto para el cual fueron diseadas y especificadas.

    9.28.2 Las pruebas requieren, la energizacin de los circuitos de control y potencia, operacin deequipos mecnicos y acceso a planos de diagramas lgicos y elementales.

    9.28.3 Los planos deben revisarse y modificarse de acuerdo a lo instalado, debiendo quedartitulado Como se Construy ( As Built).

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    9.28.4 Se debe contar con un registro de todos los protocolos y pruebas de puesta en marcha delos equipos, el cual se debe conservar como un archivo de consulta.

    9.29 De las Instalaciones de Faena

    9.29.1 Todo contenedor o instalacin de faena debe disponer de un sistema de puesta a tierra quegarantice la seguridad de las personas que lo habiten.

    9.29.2 Todo enchufe de 220 Volts dentro de una instalacin de faena debe contar con su tierra deproteccin, conectado a una malla de tierra, con un cable de color verde o verde amarillo.

    9.29.3 Todo sistema de enchufes de alimentacin de energa elctrica en una tensin de 220 y380 Volts debe contar con las protecciones diferenciales de fuga a tierra de 10 y 30 mArespectivamente, las cuales deben ser probadas cuando se inicie la faena y trimestralmentesi es que sta tiene una duracin mayor que ese perodo.

    9.29.4 Todo tablero de llegada de empalme, debe tener un automtico general de una capacidadde potencia igual a la mxima autorizada por su respectivo contrato.

    9.29.5 Cada circuito de alimentacin debe tener un automtico de acuerdo a la potencia para lacual est diseado. La potencia de diseo debe estar de acuerdo con las condiciones detrabajo.

    9.29.6 La tierra de proteccin de los circuitos, equipos y cubiertas de proteccin es por esenciavisible, permanente, continua, efectiva y local.

    9.29.7 Todas las piezas metlicas no conductoras de corriente de los equipos porttiles y fijos,incluyendo sus rejas, recintos, cubiertas de proteccin y estructuras de soporte deben serconectadas a tierra, a excepcin de aquellos equipos que estn protegidos por su ubicaciny aislados del suelo.

    9.29.8 Se debe conectar a tierra, los siguientes aparatos o instalaciones con tensin superior acincuenta (50) volts:

    a) Las armaduras y las cubiertas metlicas exteriores de los cables.

    b) Las piezas metlicas exteriores que formen parte de un aparato elctrico y que no seencuentren normalmente con tensin.

    c) Las piezas metlicas que se encuentran en la proximidad de los conductores contensin.

    d) Las estructuras metlicas en que se monten los dispositivos de control.

    10. De la Mantencin

    10.1 De las Caractersticas Nominales

    10.1.1 Todo equipo elctrico debe tener una placa que indique sus caractersticas nominales.

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    10.1.2 Todo reemplazo de equipos elctricos, debe hacerse por otros de las mismas caractersticasnominales. Solo cuando se cuente con una justificacin tcnica, se podrn hacer cambiosen este sentido.

    10.2 De las Comunicaciones y Coordinaciones

    10.2.1 La Divisin debe informar a todo su personal, a travs de la lnea de mando y por escrito, decualquier cambio en los procedimientos de trabajo y polticas operacionales que afecte lacoordinacin de los trabajos realizados por los electricistas.

    10.2.2 Se debe coordinar con la sala de control respectiva toda detencin y/o puesta en servicioprogramada de equipos elctricos de potencia igual o superior a 2 MW, de acuerdo con losprocedimientos especficos establecidos para este propsito.

    10.2.3 Todas las reas deben designar a los encargados de coordinar las intervenciones yoperaciones de equipos e instalaciones elctricas bajo su responsabilidad y de lacomunicacin con otras reas de la Divisin.

    10.2.4 En caso de prdida parcial o total del suministro de energa elctrica, el personal delCentro Control de Operaciones de la Superintendencia Suministros Elctricos, secomunicar con el encargado de cada rea, para coordinar la secuencia de la restitucinde la energa elctrica a los procesos productivos.

    10.2.5 Cuando se ejecuten ampliaciones o nuevos proyectos que afecten a las instalacionesexistentes, el jefe de proyecto o el responsable de la obra por parte de la Divisin, designarun representante que coordine cualquier actividad elctrica con el supervisor electricistadel rea o del Centro de Control respectivo.

    10.2.6 Se debe coordinar con el encargado de la operacin de los equipos e instalaciones, todadetencin y puesta en servicio de los equipos a intervenir.

    10.3 De los Programas de Mantencin e Informacin Tcnica

    10.3.1 En cada Sala Elctrica se debe mantener actualizado un diagrama unilineal de los circuitoselctricos que le son propios.

    10.3.2 En cada faena minera que utilice energa elctrica se debe mantener, en las oficinas quecorresponda, disponibles (Artculo 397, D.S. N 72):

    Registros de las inspecciones, control y mantenimiento de los equipos e instalacionesprincipales,

    Registros del personal autorizado para intervenir y operar instalaciones y equiposelctricos.

    10.3.3 Cada rea debe mantener un archivo actualizado con toda la informacin tcnica de losequipos e instalaciones elctricas bajo su responsabilidad, como as tambin de manualesde operacin de los mismos.

    10.3.4 Se debe contar con procedimientos especficos de energizacin y desenergizacin de los

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    equipos e instalaciones elctricas, que permitan ponerlos en servicio o fuera de servicio enforma segura.

    10.3.5 La informacin tcnica y los procedimientos especficos de reparacin y mantencin, debenmantenerse actualizados en un lugar conocido y de fcil acceso, con el propsito de quepuedan ser consultados y/o utilizados toda vez que sea necesario.

    10.4 De las Reparaciones

    10.4.1 Toda reparacin, segn corresponda, debe cumplir con la reglamentacin vigente deseguridad.

    10.4.2 Toda vez que se presente alguna mantencin, el personal electricista que participa en lostrabajos, estar obligado a dejar operativo el equipo o instalacin, o a informar de la situacinque impidi conseguir este objetivo. En este ltimo caso, el equipo o instalacin debe ser,nuevamente incorporados en el plan de mantencin o reparacin. Sin embargo, si sudetencin reviste o significa algn riesgo para las personas, se debe evaluar esta situacincon el jefe responsable del rea y definir su reparacin de inmediato.

    10.4.3 Todos los repuestos empleados en las reparaciones, de preferencia, deben ser originales,o bien los recomendados por el fabricante como alternativa o aquellos que produzcan elmismo grado de calidad que tena la instalacin antes de realizada la intervencin. Seencuentra estrictamente prohibido el reemplazo por partes y piezas que no cumplan,rigurosamente, con las especificaciones tcnicas originales de calidad y seguridad.

    10.4.4 Tambin se encuentra prohibido incorporar elementos de repuesto sobre o subdimensionados para los requerimientos de los equipos o instalaciones.

    10.4.5 Los electricistas deben ejecutar su trabajo con todos los medios de que disponen. Paraello, deben contar con planos y registros actualizados de las instalaciones a intervenir. Enel caso de que se hagan cambios en las instalaciones, los planos correspondientes,deben ser corregidos y actualizados, de acuerdo a las modificaciones en terreno.

    10.4.6 Las modificaciones que siempre deben quedar documentadas son: cambio del trazadooriginal de los cables, inclusin de nuevos elementos y retiro de elementos, cambio de lafuncionalidad, inclusin de nueva tecnologa, reemplazo de elementos por otros de diferentescaractersticas tcnicas y todas aquellas condiciones que se consideren importantes paramantener la informacin actualizada.

    10.4.7 Cualquier cambio de importancia debe ser documentado y aprobado por el jefe electricistaresponsable del rea.

    10.5 De los Trabajos en Equipos Energizados y Desenergizados

    10.5.1 No se podrn efectuar reparaciones en conductores elctricos energizados. Sin embargo,cuando lo anterior deba ser excepcionalmente practicable, las personas que hacen estasreparaciones deben estar debidamente calificadas y autorizadas por la Divisin, usar loselementos de proteccin adecuados al voltaje del conductor (guantes aislantes de goma,herramientas aisladas, prtigas aisladas, etc.) (Artculo 468, D.S. N 72).

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    10.5.2 Adicional a lo anterior, las personas que mantengan o reparen equipos elctricos energizados,deben aplicar procedimientos especficos para controlar los riesgos de los trabajos querealizarn.

    10.5.3 El supervisor responsable del rea debe decidir respecto de la realizacin de un trabajo enun equipo o instalacin elctrica con la alimentacin de fuerza energizada. En estacircunstancia, los trabajos deben realizarse con personal calificado y autorizado, conequipamiento de proteccin personal, aplicando procedimientos especficos y contandocon instrumentos, herramientas y materiales certificados.

    10.5.4 Las pruebas con los circuitos de control, protecciones y medidas energizadas, se realizarn,preferentemente con las alimentaciones de fuerza desenergizada (equipo parcialmentedesenergizado). En el caso de trabajo con circuitos energizados se debe respetar losealado en el punto anterior.

    10.5.5 La desenergizacin y bloqueo para intervencin de un equipo o instalacin elctrica debeconsiderar todas las fuentes potenciales de reenergizacin, tales como:

    1) Alimentacin normal.

    2) Alimentacin de emergencia (grupos electrgenos u otros)

    3) Realimentaciones.

    4) Alimentaciones alternativas (by-pass).

    5) Induccin de voltaje sobre cables fuera de servicio.

    6) Transformadores de potencial alimentados en baja tensin.

    7) Alambrados de sistemas de control.

    8) Contacto por cercana a instalaciones energizadas.

    9) Voltajes de tierra transferidos.

    10) Elevacin de potenciales de mallas de tierra por fallas.

    10.5.6 Cuando el personal trabaje cerca de partes expuestas que estn o podran estarenergizadas, estas instalaciones deben considerarse como energizadas y se deben aplicarprocedimientos especficos para el control de los riesgos.

    10.5.7 Se debe incluir el uso de dispositivos de seguridad para prevenir que los electricistashagan contacto con partes energizadas del circuito, directamente con cualquiera parte desu cuerpo o indirectamente a travs de la ropa, a travs de equipos o materiales conductores,herramientas conductoras u otros objetos conductores.

    10.5.8 Los electricistas deben ser instruidos para que en todo momento estn alerta cuandoestn trabajando cerca de partes energizadas y en situaciones de trabajo donde puedanexistir peligros elctricos no esperados. No se les permitir trabajar en reas donde seencuentran partes energizadas u otros peligros elctricos, mientras que su estado dealerta est reconociblemente afectado por enfermedad, fatiga u otras razones que puedaexponerlos a riesgos de accidente.

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    10.5.9 Cuando se deba cambiar el supervisor o encargado de la tarea, el responsable salientedebe traspasar personalmente toda la informacin a su reemplazante, respecto de laintervencin y condiciones de trabajo, aplicando lo establecido en el Reglamento de Bloqueode la Divisin.

    10.5.10 En todas las actividades de operacin, mantencin y/o reparacin en equipos elctricos,se debe tener presente y respetar las distancias mnimas de aproximacin a partesenergizadas expuestas, de acuerdo a la siguiente tabla:

    Tabla 1 Distancia Mnima de Aproximacin a Partes Energizadas1

    Voltaje en Volt Distancias Mnimas de Aproximacin a Partes Energizadas Expuestas en cmFrontera de Aproximacin Limitada Frontera de Frontera de

    Conductor Conductor Aproximacin AproximacinDe Hasta Expuesto Mvil Expuesto Fijo Restringida Restringida

    0 50 0 0 0 0

    51 300 357 125 0 0

    301 750 357 125 36 4

    751 15.000 361 183 82 25

    15.100 36.000 375 233 111 48

    36.100 46.000 386 315 128 80

    46.100 72.500 401 330 160 119

    72.600 121.000 455 360 188 170

    121.100 145.000 483 448 219 201

    145.000 169.000 523 523 250 232

    169.100 242.000 613 613 337 319

    10.6 De los Trabajos con Instrumentos y Equipos de Prueba

    10.6.1 Todo equipo elctrico utilizado en circuitos energizados, debe tener un plan de pruebasperidico, que est documentado y registrado adecuadamente. Este plan debe asegurarsu correcto funcionamiento.

    10.6.2 Slo personal electricista calificado, que ha sido capacitado y entrenado para trabajar enforma segura con instrumentos y equipos de prueba en circuitos energizados, podr realizartrabajos de prueba, en circuitos o equipos elctricos donde exista peligro de sufrir accidentesy lesiones.

    10.6.3 Se debe inspeccionar visualmente posibles defectos o daos externos en instrumentos,equipos de prueba, cables de prueba, conductores de alimentacin, sondas y conectoresrelacionados con estos instrumentos, antes de ser utilizados en cada turno. Si hay defectos

    1 Referida a la Tabla 130.2(C) Lmite de aproximacin a partes energizadas para prevenir golpes elctricos de la Norma NFPA 70-E. Estos valores estn derrateados a 2700 MSNM de acuerdo a la norma National Electric Code del ANI C2-1990, 234 F4.

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    o evidencias de daos que pueden exponer a un trabajador a sufrir lesiones, el elementodefectuoso o daado no debe ser utilizado hasta que se realicen las reparaciones y/osustituciones necesarias (Referido al artculo 250.1, B, NFPA 70E).

    10.6.4 La capacidad de los instrumentos y equipos de prueba y sus accesorios, debe ser fijadasde acuerdo a los circuitos y equipos en los que ser conectado, y deben ser adecuadaspara el ambiente en el cual ser usado.

    10.7 De las Tcnicas de Alerta y Advertencia de Peligros

    10.7.1 Se deben usar letreros, seales y smbolos de seguridad, etiquetas o rtulos de prevencinde accidentes, para advertir a los trabajadores donde hay peligros elctricos que puedenexponerlos a riesgos.

    10.7.2 En aquellas reas de trabajo donde los letreros y las barreras no proporcionan protecciny prevencin necesarias contra peligros elctricos, se debe utilizar sealizacin yadvertencias manuales para prevenir y proteger a los trabajadores.

    10.7.3 Cuando se trabaje en las proximidades de instalaciones elctricas energizadas, debecolocarse elementos de sealizacin y/o barreras aislantes que impidan el contacto de laspersonas y sus elementos de trabajo con las partes energizadas.

    10.7.4 Cuando se intervengan equipos o instalaciones elctricas ubicadas en lugares de altotrnsito y queden partes energizadas expuestas, se deber advertir los riesgos presentescon letreros, seales u otros medios visuales que permitan su control efectivo, interrumpiendoel trnsito si fuera necesario.

    10.7.5 Cuando se trabaje en el interior de subestaciones elctricas parcialmente desenergizadas,se debe sealar los puntos de acceso a los sectores de trabajo.

    10.7.6 Los elementos delimitadores de la zona de trabajo a utilizar son los siguientes:

    1) Piolas o cadenetas de plstico de color reflectante.

    2) Letreros y/o barreras no metlicas.

    3) Banderolas.

    4) Luces y/o balizas.

    5) Conos para seguridad.

    10.8 Del uso Ocasional de Materiales Inflamables

    10.8.1 Los equipos elctricos capaces de liberar energa trmica, como para inflamar mezclaspeligrosas, no deben estar energizados a menos que se mantenga una ventilacin apropiada.Lo anterior es necesario para prevenir la acumulacin de mezclas peligrosas de aire,cuando se usen ocasionalmente materiales inflamables o combustibles, (solventes, pinturas,pegamentos u otros elementos voltiles), o cuando las prcticas de trabajo generanacumulaciones de polvos inflamables o conductores, en lugares de trabajo calificadoscomo peligrosos.

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    10.9 De la Limpieza de las Instalaciones Elctricas

    10.9.1 Las vas de acceso a lneas areas, subestaciones, salas elctricas, tableros elctricos,tneles y cmaras elctricas, deben mantenerse despejadas de manera de facilitar el libretrnsito y evacuacin del personal en caso de emergencia del personal

    10.9.2 Cada rea debe preocuparse siempre de retirar toda instalacin elctrica que se encuentreen desuso.

    10.9.3 Cada rea debe disponer de recintos para almacenar equipos, repuestos y materiales,debidamente identificados y ordenados, prohibindose el almacenamiento de estoselementos en lugares no habilitados y sealizados.

    10.9.4 Las salas elctricas deben tener demarcadas las zonas de trnsito para todo el personal.Cuando las condiciones de seguridad as lo requieran, todo equipo elctrico que se encuentreubicado fuera de una sala elctrica, debe estar demarcado y sealizado.

    10.9.5 Las demarcaciones deben realizarse de acuerdo a las normas establecidas por la Direccinde Riesgo y Salud Ocupacional. (Consultar Norma/Estndar Interna NECC N 2 interna desealizacin de la Divisin).

    10.9.6 Las bandejas elctricas que se encuentren expuestas a daos por contaminacin deagentes externos, deben estar protegidas o cubiertas por sus respectivas tapas.

    10.9.7 Queda estrictamente prohibido acumular material, instalar faenas y operar maquinariapesada en el rea correspondiente a la franja de servidumbre de las lneas elctricasareas.

    10.10 De los Proyectos

    10.10.1 El personal de ingeniera y proyectos que realice modificaciones a las instalaciones, debecoordinar estos cambios con el personal de mantencin de las instalaciones, para asegurarla efectividad de los cambios a implementar, y las caractersticas de los nuevos elementosque se incorporarn a las instalaciones. Adems debe entregar todos los planos revisadosy corregidos, con las ltimas modificaciones realizadas durante la puesta en marcha.

    10.10.2 Antes, durante y despus de la realizacin de cualquier proyecto, el personal de ingenieradebe capacitar y entregar a los electricistas de mantencin y operacin que tendrn a sucargo las nuevas instalaciones, toda la informacin necesaria para que stos ltimospuedan intervenir las instalaciones en forma segura.

    11. De los Procedimientos de Mantencin

    11.1 General

    11. 1.1. Este captulo se refiere a los requerimientos prcticos de prevencin de riesgos relacionadoscon los procedimientos de mantencin de equipos e instalaciones elctricas. Por lo tantolos aspectos abordados en este captulo deben ser considerados en la elaboracin de losprocedimientos especficos.

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    11.1.2 Para estos fines, mantencin se define como el mtodo para preservar o restaurar lascondiciones operacionales y de seguridad de un equipo elctrico. Se permitir la reparacino el reemplazo de partes individuales o piezas de los equipos por repuestos originales oequivalentes.

    11.2 Subestacin y Celdas de Baja, Media y Alta Tensin

    11.2.1 Se debe realizar mantencin en los empalmes y conexiones a tierra de los equipos delsistema conectados. Se debe entender que la tierra de proteccin de una instalacin debeser permanente, visible, continua, efectiva (se entiende por efectiva a aquella que estconectada a una malla de puesta a tierra, que tiene una resistencia baja y que conducefcilmente la corriente a tierra) y local.

    11.2.2 Se debe mantener los enclavamientos de seguridad en condiciones apropiadas defuncionamiento.

    11.2.3 Se debe mantener libres de materiales que podran originar algn peligro los recintos deproteccin de subestaciones y celdas de baja, media y alta tensin.

    11.2.4 Se debe mantener libres de obstrucciones, los accesos a zonas de trabajo y salidas deescape del personal en caso de evacuacin.

    11.2.5 Se debe fijar en forma segura y en condiciones de fcil lectura todos aquellos componentesde identificacin, donde sea necesario, y las instrucciones relacionadas con prevencin deriesgos (de operacin o mantencin).

    11.2.6 Todo letrero de advertencia de precaucin o peligro debe estar instalado firmemente y suleyenda debe ser legible y estar escrita en idioma espaol.

    11.2.7 Se debe realizar mantencin a las rejas, protecciones fsicas, recintos, u otros elementosde proteccin, donde sea necesario evitar el ingreso no autorizado o contacto accidentalcon partes energizadas. Dicha mantencin debe fija