quejas radicadas como procedimientos … · en nuevo león, instancia que reporta severas...
TRANSCRIPT
1
QUEJAS RADICADAS COMO PROCEDIMIENTOS ORDINARIOS SANCIONADORES PENDIENTES DE RESOLVER
AL 24 DE ENERO DE 2018
N° EXPEDIENTE QUEJOSO DENUNCIADO PRESENTACIÓ
N R E S U M E N
SÍNTESIS DE LOS TRÁMITES REALIZADOS PARA SU SUSTANCIACIÓN
1 UT/SCG/Q/JSAL/JL/NL/94/PEF/109/2015 SIQyD 1655
José Sócrates Alcázar López
Quien resulte responsable
06/05/2015
Juan Carlos
Conzuelo
Denuncia que en el municipio de Pesquería, Nuevo
León, se encuentran dados de alta en el Padrón
Electoral, diversos ciudadanos que habitan
supuestamente en un mismo domicilio, sin aparente
relación de parentesco, aportando datos de once
domicilios en esta circunstancia, por lo que
considera llevan a cabo el llamado turismo
electoral, en presunta violación de la normatividad
electoral.
Por acuerdo de 26 de mayo se radica y se reserva admisión y emplazamiento. Por acuerdo del 1 de septiembre de 2015 se admitió la queja a trámite y se
ordenó el emplazamiento. Por acuerdo de 11 de agosto de 2016 se ordenó realización de Acta
Circunstanciada para análisis y revisión de documentación remitida por la DERFE.
Por acuerdo de cinco de septiembre de 2016 se tiene por desahogado el requerimiento formulado a la DERFE por proveído de 19 de octubre de 2015, y, 7 y 28 de junio de 2016, asimismo se ordenó realizar entrevista respecto de los hechos materia del presente procedimiento a 76 ciudadanos denunciados.
Por acuerdo de 20 de septiembre de 2016 se tuvo por desahogado el requerimiento formulado por acuerdos de 7 y 28 de junio a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores de este Instituto; se ordenó la elaboración de un acta circunstanciada para analizar los dictámenes remitidos por la citada dirección. Asimismo, se ordenó requerir a la citada Dirección Ejecutiva, a través del oficio INE-UTF/DG/10411/2015, con objeto de que informe el domicilio de dos ciudadanos denunciados.
Mediante acuerdo de 13 de octubre de 2016, se ordenó la aplicación de entrevistas a diversos ciudadanos, cuyo trámite de cambio de domicilio resultó irregular.
El 8 de noviembre se recibieron las constancias de las diligencias ordenadas en el acuerdo de 13 de octubre de 2016.
Se está realizando el análisis conjunto de las constancias recibidas el 8 de noviembre, junto con las acumuladas en la secuela procesal.
El 20 de diciembre de 2016 se requirió a la Dirección de lo Contencioso información respecto al domicilio actual de 56 ciudadanos.
El 30 de enero de 2017, se requirió a la Dirección de lo Contencioso información respecto al domicilio actual de diversos ciudadanos, adjuntando clave de elector para resolver homonimias.
El siete de febrero de 2017 se requirió a la Dirección de Servicios Legales, respecto al domicilio actual de un ciudadano, adjuntando copia de la solicitud de registro para resolver conflicto sobre clave de elector.
Se recibió la información requerida a la Dirección de Servicios Legales, respecto de los ciudadanos probables infractores, misma que está bajo análisis, a fin de emplazarlos debidamente al procedimiento.
La información se encuentra en fase de depuración para elaborar acuerdo de emplazamiento sólo respecto de aquellos ciudadanos que presumiblemente utilizaron documentación falsa para sus trámites de cambio de domicilio.
Del análisis de la información relativa a los domicilios de los ciudadanos presuntos responsables se advirtieron inconsistencias en los requerimientos formulados a la DERFE, motivo por el cual se formulará un nuevo requerimiento respecto de ciudadanos no investigados.
2
Acuerdo de 12 de mayo de 2017, por el que se requiere a Servicios Legales para que informe los domicilios de ciudadanos respecto de quienes hay indicios de su probable responsabilidad en los hechos denunciados.
En espera de respuestas, han contestado IMSS, ISSSTE, CFE y H. Ayuntamiento de Pesquería.
Faltan respuestas de Instituto de Seguridad Pública de Nuevo León, ISSSTELEÓN y SAT.
Se recibieron respuestas a los requerimientos que faltaban. Se está depurando lista para hacer entrevista a ciudadanos que faltan y que
serán llamados a procedimiento. 30/6/17 Acuerdo por el que se solicita apoyo a la JLE/NL a efecto de que se
realicen entrevistas a 39 ciudadanos respecto a la presunta instigación para entregar información o documentación falsa al RFE
En espera de que se desahoguen las diligencias solicitadas a la Junta Local de Nuevo León a diversos ciudadanos.
El 11 de agosto se recibieron las diligencias efectuadas por las Juntas Local y Distritales de N.L., la documentación está en revisión para determinar el número de ciudadano a quienes se emplazará.
Acuerdo de 29 de agosto 2017 ordenando reposición de diligencia respecto de la ciudadana Nelly Karina Amaro Alonso.
Acuerdo de 28 de septiembre 2017 requiriendo información al Registro Civil de Nuevo León, así como a la DERFE en relación al presunto fallecimiento de un ciudadano.
Se recibieron constancias remitidas por el Director General del Registro Civil de Nuevo León; en espera de desahogo de requerimiento de DERFE.
El 15-11-2017, se dictó acuerdo de emplazamiento. A la fecha, la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en Nuevo León, se
encuentra realizando las diligencias de emplazamiento a los 26 ciudadanos presuntamente responsables.
Se ha mantenido comunicación constante con la junta local ejecutiva del INE en Nuevo León, instancia que reporta severas dificultades técnicas para realizar la impresión de la copia del expediente (versión pública) que debe entregarse con el emplazamiento. Debido a ello, se ha hecho la impresión en las oficinas de esta Unidad y se remitió por paquetería.
Mediante correos electrónicos de veintidós y veintiocho de diciembre de dos mil diecisiete, el Coordinador de la Unidad Electoral de la Junta Local Ejecutiva de este Instituto en el estado de Nuevo León, remitió a esta Unidad constancias de diligencias de emplazamiento sólo de dieciséis ciudadanos.
Derivado de lo anterior, se formula acuerdo por el que se ordena reponer 4 diligencias de emplazamiento practicadas en hora inhábil; se habilitan días y horas para emplazar y se requiere a la Junta Local de Nuevo León informe el avance de los demás emplazamientos.
N° de días hábiles transcurridos desde la presentación de la queja hasta el 15/01/2018: 669.
Estatus: En emplazamiento.
2 UT/SCG/Q/JCJ/CG/130/PEF/145/2015 SIQyD 1991
Senador de la República
Javier Corral Jurado
PAN
10/07/2015
Abel Casasola
Denuncia que el Padrón de Militantes del PAN tuvo un crecimiento atípico y desproporcionado en el año
2014, de casi el 100% más en relación con el padrón con el que se desarrolló la elección de
presidente del Comité Ejecutivo Nacional el año 2014, por lo que presume que se trata de
afiliaciones corporativas o colectivas.
Por acuerdo de 13 de julio de 2015, se ordena radicar, admitir, se reserva el emplazamiento y se requiere información a la DEPPP notificada mediante oficio INE-UT/11248/2015 y a la DERFE notificada mediante oficio INE-UT/11260/2015.
El 2 de septiembre de 2016, se puso a consideración de la CQyD el proyecto de resolución, ordenando su devolución a fin de realizar mayores diligencias de investigación.
Actuaciones del año 2017: El 21 de enero de 2017, el PAN dio respuesta parcial al requerimiento de
3
información, por lo que el siguiente 24, se le solicitó proporcionara cédulas de afiliación de los ciudadanos de los cuales no proporcionó documentación Fue notificado el mismo 24 de enero, venciendo su término el 31 de ese mes.
El 01 de febrero de 2017, el PAN dio respuesta parcial al requerimiento de información.
El 15 de febrero se presentó propuesta de acuerdo para requerir a la DEPPP y a la Dirección de Servicios Legales, información respecto de diversos ciudadanos.
Con la información proporcionada por el PAN y SL, por acuerdo de 27 de febrero de 2017, se solicita a JLE en Baja California, Ciudad de México, Guanajuato, Jalisco, Edo. de México, Michoacán, Nuevo León, Puebla, Sonora y Veracruz, realicen cuestionarios a 9 ciudadanos por entidad, uno por cada partido político involucrado, para saber si estos están afiliados al PAN y, en su caso, sí fueron afiliados a otro partido.
El 22/03/17, se recibió la última documentación pendiente respecto de las diligencias practicadas por las JLE, por lo que, mediante acuerdo de 28/03/17 se ordenó realizar el procesamiento de la información recibida.
Por acuerdo de 07/04/17 se ordenó requerir al PAN, MORENA, PANAL, PT, PVEM, PRD, PES, PRI y MC, si en su padrón se encuentran registrados ciudadanos relacionados con los hechos denunciados.
Por acuerdo de 17/04/17 se ordenó requerir a MORENA, si en su padrón se encuentran registrados ciudadanos relacionados con los hechos denunciados
Por acuerdo de 27/04/17 se requiere a PAN, PANAL y PRD información relacionada con afiliación de ciudadanos.
Por acuerdo de 08/05/17 se solicitó al Partido Acción Nacional y PANAL información relacionada con afiliación de ciudadanos.
Por acuerdo de 12/05/17, se solicitó a JLE en Baja California, Guanajuato, Jalisco, Edo. de México, Nuevo León y Veracruz, repusieran las diligencias relacionadas con realizar cuestionarios a diversos ciudadanos, en esas entidades.
Los días 23/05 (Jalisco, EdoMex y Guanajuato), 24/05 (Veracruz), 29/05 (Baja California) y 01/06 (Nuevo León), se recibieron las respuestas de las Juntas Locales de esas entidades. Se está procesando la información recibida, para en su caso, emplazar al denunciado.
Por acuerdo de 14 de junio de 2017, se ordena el análisis de las constancias remitidas.
Por acuerdo de 22 de junio de 2017, se requirió a partidos políticos diversa información relacionada con la afiliación de ciudadanos.
30 de junio de 2017, requerimiento a la DERFE. EL 12/07/17 se solicitó información a PT, PVEM y PANAL respecto a la fecha
de afiliación de diversos ciudadanos. Por acuerdo de 21/07/2017, se solicitó de nueva cuenta información a
PANAL, el cual fue notificado el día 08/08/2017 Asimismo, se han recibido cuestionarios practicados por las diversas juntas
locales, por lo que se está en el procesamiento de la información, quedando pendientes de recibir los documentos de Veracruz, Nuevo León y EDOMEX.
Por acuerdo de 18/08/2017, se solicitó de a las JLE de Baja California, Ciudad de México, Jalisco, Michoacán, Nuevo León, Sonora y Veracruz, practicaran de nueva cuenta cuestionarios a diversos ciudadanos, toda vez que las diligencias que primigeniamente remitieron, no estaban realizadas conforme a derecho. Asimismo, se solicitó información a la DERFE respecto de personas que presuntamente habían fallecido.
Por acuerdo de 29/8/17 se solicitó apoyo a la JLE/EDOMEX para aplicar cuestionarios a 3 ciudadanos.
4
12/9/17 Se formuló requerimiento a la DERFE. Por acuerdo de 05/10/17, se solicitó a la DEPPP, indicara que, de una lista
360 ciudadanos que se le proporcionó, cuáles aparecían bajo el supuesto de doble afiliación; lo anterior, en base a la última de verificación de padrones de los partidos políticos, a fin de determinar el número mínimo de afiliados de cada uno de ellos, que dicha dirección realizó del periodo de abril de 2016 a septiembre de 2017.
El 10/10/2017, se recibió respuesta de la DEPPP, por lo que se está en el procesamiento de la información, para determinar si se está en condiciones de emplazar o no.
El 13/10/17 Se formuló requerimiento al partido Nueva Alianza. El 23/10/17, se emitieron los siguientes acuerdos:
1. Acuerdo por el que se ordenó la elaboración de acta circunstanciada. 2. Acuerdo por el cual se ordenó emplazar al PAN. El 27/11/17 se dejó citatorio y el 30 siguiente, se notificó dicho acuerdo. En este sentido, el plazo que tiene el denunciado para dar contestación al emplazamiento, transcurrirá del 31/10/17 al 07/11/27.
Acuerdo vista de alegatos 08 de noviembre de 2017.
El 27/11/2017 venció el plazo para formular alegatos.
15/1/18 Acuerdo de requerimiento a la DEPPP
N° de días hábiles transcurridos desde la presentación de la queja hasta el 15/01/2018: 661.
Estatus: En sesión celebrada el 11 de enero de 2018, la Comisión de Quejas y Denuncias determinó la devolución del proyecto de resolución para mayores diligencias de investigación.
3 UT/SCG/Q/CG/139/PEF/154/2015 SIQyD 2010
Autoridad Electoral
Carlos Ramírez, columnista de los
periódicos Express, Cambio y El
Heraldo
12/08/2015
Juan Carlos
Conzuelo
El Secretario Ejecutivo del Instituto Nacional Electoral, dio vista respecto del incumplimiento en
que incurrió el columnista de los periódicos Express, Cambio y El Heraldo, Carlos Ramírez, por la publicación de una encuesta el 25 de febrero de
2015, sin que hubiera presentado el estudio metodológico que le fue solicitado, en presunto
incumplimiento a las disposiciones normativas en materia de publicación de encuestas electorales.
Por acuerdo de 17 de agosto de 2015, se ordena radicar y se reserva admisión y emplazamiento, se requiere información al Coordinador Nacional de Comunicación Social Mediante proveído de 10 de noviembre de 2015, se tuvo por admitida queja y se ordenó el emplazamiento correspondiente.
Por acuerdo del 15 de agosto de 2016, se ordenó requerir información a la Dirección Jurídica y a la UTF, oficios INE-UT/9237/2016 e INE-UT/9238/2016.
Por acuerdo del 05 de octubre de 2016, se ordenó requerir información relativa a la publicación de la encuesta denunciada a PUCOMA INE-UT/10726/2016; Zócalo de Saltillo INE-UT/10727/2016; PROYCOM INE-UT/10728/2016; Centro de Estudios Políticos INE-UT10729/2016.
Por acuerdo del 28 de octubre de 2016, se ordenó requerir información relativa a la publicación de la encuesta denunciada a Medios Impresos Dasur INE-UT/11348/2016; Medios Masivos Mexicanos INE-UT/11349/2016; Carlos Javier Ramírez Hernández INE-UT/11350/2016.
Se recibieron respuestas de 07/11/2016 de Carlos Javier Ramírez Hernández; de 08/11/2016 de Medios Masivos Mexicanos; 11/11/2016 de Tercer Milenio S.A. de C.V.
Acuerdo 17 de noviembre de 2016, por el que se requirió información a: Medios y Editorial de Sonora oficio INE-UT/11901/2016; Editora Diario de Colima, oficio INE-UT/11902, enviado a la Junta para su notificación.
De Medios y Editorial de Sonora se recibió contestación el 30 de noviembre de 2016.
Editora Diario de Colima se recibió contestación 01 de diciembre. De 2016. Acuerdo 12 de enero de 2017, por el que se requirió información a: Luis Alberto Vidal quien aparece como encargado del área de relaciones
institucionales de Medios Masivos Mexicanos mediante oficio INE UT/0223/2017, se recibió respuesta el 20 de enero de 2017.
Se dio vista a Medios Masivos Mexicanos con el escrito y anexos de Medios
5
y Editorial de Sonora, mediante oficio INE-UT/0224/2017. Se recibió respuesta el 20 de enero de 2017.
Por acuerdo de 22/03/17 se requirió información a Medios Impresos Tercer Milenio, S. A. de C.V. (Diario Despertar de Oaxaca Evolución en la Información); Zócalo de Saltillo, S.A. de C.V. (Periódico Zócalo de Coahuila); R&A Proycom, S.A. de C.V. (Periódico El Heraldo de San Luis Potosí); Medios y Editorial de Sonora, S.A. de C.V. (Periódico Expreso de Sonora); Editora Diario de Colima, S.A. de C.V. (Diario de Colima); Multisistema de Noticias Cambio S. de R.L de C.V (Diario Cambio de Puebla); Periódico Express de Nayarit; Información Integral 24/7, S.A.P.I. de C.V. (24 Horas El Diario Sin Límites), asimismo se requirió información al Titular de la Unidad Técnica de Fiscalización de este Instituto para que, en apoyo de esta autoridad sustanciadora, se sirva requerir al Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Por acuerdo de 29/03/17 se requirió información a Información Integral 24/7, S.A.P.I. de C.V. (24 Horas El Diario Sin Límites),
Por acuerdo de 21/04/17, se requirió información a Información Zócalo de Saltillo, S.A. de C.V. (Periódico Zócalo de Coahuila); R&A Proycom, S.A. de C.V. (Periódico El Heraldo de San Luis Potosí); Multisistema de Noticias Cambio S. de R.L de C.V (Diario Cambio de Puebla); Medios Impresos Tercer Milenio, S. A. de C.V. (Diario Despertar de Oaxaca Evolución en la Información); Periódico Express de Nayarit e, Información Integral 24/7, S.A.P.I. de C.V. (24 Horas El Diario Sin Límites).
A la fecha, están pendientes de desahogo los requerimientos de información formulados a Proycom, S.A. de C.V. y Multisistema de Noticias Cambio S. de R.L. de C.V.
Se recibió respuesta de las personas morales Zócalo de Saltillo, S.A. de C.V., Medios Impresos Tercer Milenio, S. A. de C.V., Express de Nayarit y S.A.P.I. de C.V. (24 Horas El Diario Sin Límites).
Acuerdo de 29 de mayo 2017 mediante el cual se requiere nuevamente a los periódicos Multisistema de Noticias Cambio S. de R.L de C.V (Diario Cambio de Puebla) y R&A Proycom, S.A. de C.V. (Periódico El Heraldo de San Luis Potosí), los cuales omitieron en sus términos el requerimiento del acuerdo de 21 abril 2017.
Se recibieron constancias de notificación de Puebla, en espera de las enviadas a San Luis Potosí, y de respuesta de los periódicos faltantes.
Acuerdo que tiene por cumplimentado el requerimiento a Diario Cambio de Puebla y nuevo requerimiento al Heraldo de San Luis con prevención de amonestación.
Se recibió respuesta del Heraldo de San Luis. Acuerdo de 15 de julio por el que se solicita al Heraldo de San Luis remita
información completa. El 14 de agosto 2017 se recibió respuesta de R&A Proycom, S.A. de C.V.
(Periódico El Heraldo de San Luis Potosí) Acuerdo de 29 de agosto citando a alegatos dando vista a Carlos Ramírez
para que manifieste lo que a su derecho corresponda. Proyecto de resolución en adecuación respecto a los resultados obtenidos de
las diligencias ordenadas por la CQyD. Con fecha 03 de septiembre de 2017, se ordenó requerir al denunciado para
que proporcionara el domicilio de un periódico digital para su eventual localización y emplazamiento.
El 16/10/17 se emitió Acuerdo de emplazamiento al resto de los periódicos: “Medios Impresos Darur, S.A. de C.V.” (Diario Despertar de Oaxaca, Evolución en la Información); “Información Integral 24/7, S.A.P.I. de C.V.”; (24
6
Horas, El Diario Sin Límites); Zócalo Saltillo, S.A. de C.V. (Periódico Zócalo de Coahuila); “PUCOMA, S.C.” (Diario de Colima) y “Medios y Editorial, S.A. de C.V. (Periódico Expreso de Sonora).
Acuerdo de reposición de emplazamiento a los periódicos “Zócalo de Coahuila” y “Diario 24 Horas, el Diario sin límites” y solicitud de información al SAT. En espera de contestación de emplazamiento por parte del periódico “Zócalo de Coahuila”. El pasado 14 de noviembre la Junta Local de Coahuila pudo notificar el acuerdo de emplazamiento al Diario Zócalo de Coahuila. En espera de que transcurra el plazo para dar lugar a la emisión del acuerdo de alegatos.
El 24 se recibió el escrito de contestación al emplazamiento de “El Zócalo de Coahuila”.
El 4 de diciembre se emitió el acuerdo de vista de alegatos, cuya notificación se está realizando a través de las Juntas locales de este Instituto en los estados correspondientes, por lo que a la fecha está transcurriendo el plazo para formular alegatos.
Se recibieron constancias de diligencia de notificación del acuerdo de vista dictado el cuatro de diciembre de dos mil diecisiete, practicada a Multisistemas de Noticias Cambio S.de R.L. de C.V.
Se recibieron constancias de diligencia de notificación del acuerdo de vista dictado el cuatro de diciembre de dos mil diecisiete, practicada a Zócalo de Saltillo S.A de C.V.
A la fecha se han agotado los plazos para la formulación de alegatos. N° de días hábiles transcurridos desde la presentación de la queja hasta el
15/01/2018: 596. Estatus: En proyecto de resolución.
4 5
UT/SCG/Q/CG/12/2016 y su acumulado UT/SCG/QJLM/CG/13/2016 SIQyD 2313 y 2318
Autoridad Electoral y Diputado
Federal Jorge López Martín
Quien resulte responsable
22/04/2016
Alan George
El Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores dio vista por hechos cometidos contra la confidencialidad de los datos que los ciudadanos proporcionan al Registro Federal de Electores y la Lista Nominal de Electores, toda vez que se recibió una denuncia en la que se hace del conocimiento que se encuentra disponible en una fuente pública
accesible (sitio Amazon) información de los nombres y direcciones de 93 millones de votantes mexicanos, de lo que se advierte la presunción de que se han realizado conductas contrarias a los dispuesto en el artículo 126, párrafos 3 y 4, en
relación con el 151 de la Legipe.
UT/SCG/Q/CG/12/2016. Por acuerdo de 22 de abril de 2016, se radicó y admitió.
UT/SCG/Q/CG/13/2016. Por acuerdo de 27 de abril de 2016, se radicó, admitió y acumuló al POS 12/2016.
Por acuerdo de 18 de julio de 2016, se ordenó requerir información a la División Científica de la Policía Federal, oficio INE-UT/8959/2016.
Mediante oficio INE/SE/0831/2016, el Secretario Ejecutivo de este Instituto, solicitó apoyo al Titular de la FEPADE a efecto de requerir información en el extranjero. Notificado el 24 de junio de 2016.
Mediante oficio INE/SE/1043/2016, el Secretario Ejecutivo de este Instituto, proporcionó información adicional al Titular de la FEPADE, para la realización de las diligencias en el extranjero. Notificado el 13 de septiembre de 2016, sin que a la fecha se tenga respuesta.
Mediante oficio INE/SE/1828/2016 del 9 de noviembre de 2016, el Secretario Ejecutivo de este Instituto requirió al Titular de la FEPADE, a efecto de que informe el estado que guarda la petición realizada mediante el similar INE/SE/0831/2016, sin que a la fecha se tenga respuesta.
Por oficio 2762/FEPADE/2016 recibido el 22 de noviembre de 2016 el Titular de la FEPADE informó sobre la imposibilidad para dar trámite a lo solicitado.
El 23 de marzo se dictó acuerdo de emplazamiento, al partido Movimiento Ciudadano, a los integrantes de la Comisión Operativa Nacional de dicho Instituto político, Juan Pablo Arellano Fonseca y José Manuel del Río Virgen y a la empresa INDATCOM, S.A. de C.V.
El 7 de abril de 2017, se acordó requerir el domicilio de los integrantes de la Comisión Operativa Nacional de Movimiento Ciudadano y se emitió pronunciamiento respecto a solicitudes formuladas por denunciados.
El 24 de abril de 2017, se requirió nuevamente a Movimiento Ciudadano a
7
efecto de proporcionar el domicilio de los integrantes de la Comisión Operativa Nacional de dicho instituto político. Notificado mediante oficio INE-UT/3581/2017.
Acuerdo de 12 de mayo de 2017, por el que se ordena emplazar a los integrantes de la Comisión Operativa Nacional de Movimiento Ciudadano.
El 25/05/2017, se recibió respuesta de Martha Angélica Tagle Martínez; Juan Ignacio Samperio Montaño y Janet Jiménez Solano.
El 31/05/2017, se recibió respuesta de Christian Walton Álvarez, Ma. Teresa Rosaura Ochoa y Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz.
El 01/06/2017, se recibieron las constancias de notificación a Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz.
El 19/07/2017, se acordó emplazar a Jorge Álvarez Máynez y se emitió pronunciamiento respecto de las solicitudes realizadas por Jessica María Guadalupe Ortega de la Cruz, María Teresa Rosaura Ochoa Mejía, Dante Alonso Delgado Rannauro, Movimiento Ciudadano, Martha Angélica Tagle Martínez, Janet Jiménez Solano y Juan Ignacio Samperio Montaño.
Dicho acuerdo fue impugnado por Martha Tagle Martínez y Dante Delgado. El 10/08/20187 se recibió el oficio INE/DERFE/STN/20816/2017, por medio
del cual informa la cantidad y personas a las que se les entregó dispositivos con la información de la lista nominal de electores.
El 14/8/2017 se recibió comparecencia de Jorge Álvarez Maynez, así como escrito del perito en Sistemas de Computación profesionales, designado por este último.
30 de agosto de 2017, Sala Superior confirmó los acuerdos impugnados dictados por la UTCE, relacionados con la prueba pericial solicitada.
Acuerdo de 2 de octubre, solicitando información del estado procesal que guarda la carpeta de investigación de la FEPADE, así como de reconocimiento de autorizados en dicha causa penal al personal del propio Instituto.
El 19/10/2017 se recibió el oficio INE/DJ/DSL/SAP/25541/2017 suscrito por el Director de Servicios Legales de la Dirección Jurídica de este Instituto.
Mediante acuerdo de 10/11/2017, se requirió información al Titular de UNICOM
El 15/11/17 se recibió el oficio INE/UNICOM/4364/2017. Acuerdo de 29 de noviembre por el que se ordena dar vista a los
denunciados. No se ha recibido respuesta. A Movimiento Ciudadano, Ma. Teresa Rosaura Ochoa, Janet Jiménez
Solano, Alejandro Chanona, Juan Ignacio Samperio Montaño, Martha Angélica Tagle, Juan Pablo Arellano Fonseca y José Manuel del Río Virgen se le vence el 13/12/17 el plazo para dar respuesta.
N° de días hábiles transcurridos desde la presentación de la queja hasta el 15/01/2018: 444.
Estatus: En análisis para verificar si existe alguna otra actuación por diligenciar.
6 UT/SCG/Q/CG/24/2016 SIQyD 2392
Autoridad Electoral
Quien resulte responsable
20/05/2016
Alan George
El Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores dio vista por hechos cometidos contra la confidencialidad de los datos que los ciudadanos proporcionan al Registro Federal de Electores y la Lista Nominal de Electores, toda vez que se recibió una denuncia en la que se hace del conocimiento
que se encuentra disponible en un servicio de hosting digital llamado Digital Ocean, una base de datos demográficos de México titulada Padrón IFE,
Por acuerdo del 23 de mayo 2016 se radicó y se admitió la queja y reservó el emplazamiento.
Por acuerdo de 20 de julio de 2016, se ordenó requerir información a la División Científica de la Policía Federal, oficio INE-UT/9008/2016.
Mediante oficio INE/SE/0865/2016, el Secretario Ejecutivo de este Instituto, solicitó apoyo al Titular de la FEPADE a efecto de requerir información en el extranjero. Notificado el 13 de julio de 2016.
Mediante oficio INE/SE/1042/2016, el Secretario Ejecutivo de este Instituto, proporcionó información adicional al Titular de la FEPADE, con el propósito
8
que contiene información que no estaba presente en la base de datos de Movimiento Ciudadano, de
lo que se advierte la presunción de que se han realizado conductas contrarias a lo dispuesto en el artículo 126, párrafos 3 y 4, en relación con el 151
de la LGIPE.
de la realización de las diligencias en el extranjero. Notificado el 13 de septiembre de 2016. Sin que a la fecha se tenga respuesta.
Mediante oficio INE/SE/1827/2016 del 9 de noviembre de 2016, el Secretario Ejecutivo de este Instituto, requirió al Titular de la FEPADE, a efecto de que informe el estado que guardan la petición realizada mediante el similar INE/SE/0865/2016, sin que a la fecha se tenga respuesta.
Por oficio 2761/FEPADE/2016 recibido el 22 de noviembre de 2016 el Titular de la FEPADE informó sobre la imposibilidad para dar trámite a lo solicitado.
Por oficio 2762/FEPADE/2016 recibido el 22 de noviembre de 2016 el Titular de la FEPADE informó sobre la imposibilidad para dar trámite a lo solicitado.
Acuerdo de emplazamiento 19 de mayo de 2017. Notificado el 25/05/17 a José Mora León, Ogla Rita Bojorquez Gámez y
Jesús González Estrada Villareal. Respuestas: PRI, 01/06/2017; Jesús Gonzalo Estrada Villareal, José León
Mora, Olga Rita el 05/06/2017. Al igual que en el asunto UT/SCG/Q/CG/12/2016 y su
acumulado UT/SCG/QJLM/CG/13/2016, mediante oficio INE/UT/5688/2017 de 3-julio-2017, se solicitó al titular de FEPADE se reconociera el carácter de parte agraviada al INE a fin de tener acceso a las carpetas de investigación integradas por esta institución, una vez que éstos sean judicializados. Lo anterior, derivado de conversaciones y juntas de trabajo entre ambas instituciones en donde se consideró la pertinencia de poder extraer información que existe en esas indagatorias.
Acuerdo de 2 de octubre, solicitando información del estado procesal que guarda la carpeta de investigación de la FEPADE, así como de reconocimiento de autorizados en dicha causa penal al personal del propio Instituto.
El 19/10/2017 se recibió el oficio INE/DJ/DSL/SAP/25540/2017 suscrito por el Director de Servicios Legales de la Dirección Jurídica de este Instituto.
Acuerdo de 29 de noviembre de 2017, por el que se ordenó dar vista a los denunciados.
El PRI dio respuesta mediante escrito recibido el 11/12/17 en la UTCE. Ogla Rita Bojoquez, Jesús Gonzalo Estrada Villareal y José Mora León, el
plazo para dar respuesta venció el 12/12/2017, sin que se hubiera recibido. Acuerdo de alegatos en elaboración. N° de días hábiles transcurridos desde la presentación de la queja hasta el
15/01/2018: 425. Estatus: En espera de que se judicialice el proceso penal promovido por el
Instituto.
7 UT/SCG/Q/LACC/CG/32/2016 SIQyD 2451
Lenin Amílcar Correa Chulim
Fuerza Social por México, APN
22/06/2016
Yesenia Flores
Que la Agrupación Política Nacional Fuerza Social por México, participó activamente en el reciente
proceso electoral local llevado a cabo en el estado de Quintana Roo, a favor de la coalición integrada
por PRI, PVEM y NA, en presunta violación a la normatividad electoral, toda vez que las
agrupaciones políticas nacionales solo pueden participar en los procesos electorales federales, siempre y cuando cuenten con un acuerdo de
participación con un partido político nacional, que deberán registrar ante el INE.
Por acuerdo del 30 de junio de 2016 se radicó la queja, se reservó la admisión y el emplazamiento, se dio vista a la UTF y al Instituto Electoral de Quintana Roo, y se ordenó verificar los sitios de internet citados en la queja.
Por acuerdo de 14 de septiembre de 2016, se ordenó requerir a la APN Fuerza Social por México, al OPLE de Quintana Roo y a la DEPPP. Oficios INE-UT/10267/2016, INE-UT/10268/2016 e INE-UT/10269/2016.
Por acuerdo de 5 de octubre de 2016, se requirió información a la APN y al OPLE de Quintana Roo, a través de los oficios INE-UT/10718/2016 y INE-UT/10719/2016. Se notificó a la APN el 11 de octubre, con vencimiento para dar respuesta el 14 de octubre; y el segundo se notificó el 17 de octubre, y se le requirió “en breve término”.
El 24 de octubre de 2016 se recibió oficio del Vocal Ejecutivo de la Junta Local de Veracruz, por el que remitió respuesta de la APN y del OPLE.
Por acuerdo de quince de noviembre del año en curso, se ordenó requerir a la APN denunciada informe respecto de los eventos denunciados.
9
Con fecha veintiocho de noviembre del año en curso, se recibió respuesta de la APN denunciada, se está elaborando acuerdo de requerimiento al PRI.
El dos de diciembre se realizó requerimiento de información al PRI de Quintana Roo, el cual se notificó por medio del oficio INE-UT/12279/2016, en espera de respuesta.
Por acuerdo del 21 de diciembre de 2016, se ordenó requerir a la APN, cuál era el vínculo jurídico que tenía con la Asociación Civil FSXM, mediante oficio INE.UT/12650/2016.
Por acuerdo de ocho de febrero del año en curso, se requirió diversa información a la APN denunciada, por medio del oficio INE-UT/1013/2017.
14 de marzo de 2017, se requirió información a FSXMÉXICO A.C. y/o Fuerza Social por México A.C.
Se venció el término para dar respuesta el 27 de marzo de 2017; la Junta Local informó que el veintiocho del mes y año en cita mandó por paquetería constancias de notificación y respuesta de FSXMÉXICO A.C.
Por acuerdo de 6 de abril del año en curso, se requirió a los presidentes municipales de cinco municipios de Quintana Roo, por medio de los oficios INE-UT/3157/2017 al INE-UT/3161/2017.
Por acuerdo de 12 de mayo del año en curso, se ordenó requerir a la APN denunciada respecto de diversos eventos que señaló el Municipio de Othón Puente Blanco.
Se recibió respuesta de la agrupación política, manifestando que no realizó los eventos requeridos.
29 de junio de 2017 Acuerdo por el que se requiere a la Agrupación Política Fuerza Social por México, a efecto de verificar los gastos de la citada Agrupación.
4 de julio de 2017 se requirió nuevamente a la agrupación política para efectos de preguntarle si realizó los eventos toda vez que el requerimiento anterior lo desahogó a asociación civil FSX.
27 de septiembre de 2017. Acuerdo para requerir a la UTF para que informe si existieron gastos reportados respecto de los eventos denunciados y se otorgó prórroga a la denunciante para contestar requerimiento.
El 2 de octubre ser recibió la respuesta de la UTF. Acuerdo de 12 de diciembre de 2017, a través del cual se requiere diversa
información al titular de Fiscalización, a efecto de que informe si se notificó la Resolución INE/CG550/2017 a la entonces Agrupación Fuerza Social por México, y de ser afirmativo remita copia certificada de las constancias de notificación correspondientes y a Instrucción Recursal de la Dirección Jurídica del INE si la resolución INE/CG550/2017, aprobada por el Consejo General de este Instituto, el veintidós de noviembre de dos mil diecisiete, fue materia de impugnación, particularmente en lo relativo al resolutivo VIGÉSIMO OCTAVO, relacionado con el Considerando 17.28.
En espera de respuestas. En espera de la remisión de las constancias de notificación de la Resolución
INE/CG550/2017 a la entonces Agrupación Fuerza Social por México, toda vez que el titular de Fiscalización refirió que se encuentra en vías de cumplimiento.
N° de días hábiles transcurridos desde la presentación de la queja hasta el 15/01/2018: 402.
Estatus: Proyecto de resolución en elaboración.
8 9
UT/SCG/Q/MHC/CG/53/2016 y su acumulado UT/SCG/Q/TEEM/CG/66/2016 SIQyD 2512 y 2557
Maribel Hernández
Cruz
Diputado Local del Estado de México,
Juan Manuel Zepeda Hernández
25/10/2016
Alan George
Que el Diputado Local del Estado de México, Juan Manuel Zepeda Hernández, difunde mensajes de su primer informe de gobierno fuera del ámbito
geográfico de su responsabilidad, lo que considera
Acuerdo del 25 de octubre por el que se registra la queja, se ordena inspección en internet y diversos requerimientos de información: INE-UT/11340/2016 al Consejero Presidente OPLE Edo. México; INE-UT/11346/2016 Juan Manuel Zepeda; INE-UT/11347/2016 Presidente
10
Maribel Hernández Cruz impugnó el acuerdo de la UTCE del 25/10/2016, por el que se radicó la queja como POS. El TEPJF confirmó el acuerdo, SUP-REP-178/2016 del 02/11/2016.
constituye promoción personalizada de su imagen, uso de recursos públicos y promoción anticipada de una eventual candidatura para el proceso electoral
en dicha entidad federativa.
Legislatura LIX Edo México; INE-UT/11343/2016 Consejero Presidente Comisión de Quejas y Denuncias INE; INE-UT/11341/2016 El Universal; INE-UT/11342/2016 Director del Sistema de Trasporte Colectivo METRO; INE-UT/11344/2016 Vocal Ejecutivo 11 Junta Distrital en CDMX; INE-UT/11351/2016 Vocal Ejecutivo 30 Junta Distrital en Edo. México.
Por acuerdo de 28 de octubre de 2016, se ordenó notificar acuerdo cautelares.
Por acuerdo de 15 de noviembre de 2016, se requirió información a Juan Zepeda, El Universal e Isa Corporativos, S.A. de C.V.
Mediante acuerdo de 29/11/2016, se requirió información a Sistema de Transporte Colectivo (Metro) y a Juan Zepeda.
Por acuerdo de 02/12/2016 se acumuló el expediente remitido por el Instituto Electoral del Estado de México, formado con motivo de las quejas interpuestas por el PAN y PT, expediente UT/SCG/Q/TEEM/CG/66/2016.
Por acuerdo de 19/12/2016 se realizó pronunciamiento respecto a la solicitud de desistimiento formulada por Maribel Hernández Cruz
El 23/12/16 se acordó la suspensión de plazos por período vacacional.
El 13/01/2017 se requirió información la Cámara de Diputados del Estado de México y a Ardían Gutiérrez Pérez, mediante oficios INE-UT/0263/2017 e INE-UT/0262/2017.
No fue posible notificar a Adrián Gutiérrez Pérez
Respuesta mediante oficio SAP/CJ/039/2017 por parte de la Presidenta de la Diputación Permanente de la LIX Legislatura del Estado de México.
Mediante Acuerdo de 9/02/2017 se dio respuesta a la solicitud de información planteada por el Partido Acción Nacional y se realizaron requerimientos de información al Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LIX Legislatura del Estado de México y a la Directora de Servicios Legales de la Dirección Jurídica del INE.
Mediante acuerdo de 6 de abril de 2017, se requirió información al Coordinador del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LIX Legislatura del Estado de México.
Acuerdo de 24/04/17 de requerimiento a Adrián Gutiérrez Pérez.
No se ha recibido respuesta de Adrián Gutiérrez Pérez.
Acuerdo de 31 de mayo de 2017, por el que se requiere nuevamente a Adrián Gutiérrez y al Universal.
El 08/06/2017 se recibió respuesta de “El Universal”
27/6/17 Acuerdo reponiendo notificación a Adrián Gutiérrez.
Acuerdo requiriendo el domicilio de Adrián Gutiérrez Pérez a diversas dependencias.
Acuerdo de 13/07/2017, requiriendo el domicilio de Adrián Gutiérrez Pérez a diversas dependencias.
Mediante oficio INE-UTF/DG/12281/2017 El Titular de la UTF informó las gestiones realizadas en atención al requerimiento.
Mediante oficio ASJ-27739 de 7 de agosto de 2017, el Director Jurídico Contencioso de la Secretaría de Relaciones Exteriores, solicitó datos para dar cumplimiento al requerimiento.
Mediante oficio 510.5C.-6125 el Director de lo Contencioso de la Secretaría de Desarrollo Social, solicitó datos para dar cumplimiento al
11
requerimiento.
31 de agosto de 2017, se dictó acuerdo atendiendo la solicitud de la SRE.
El 4 de septiembre de 2017 se acordó requerir información al IMSS, a la Secretaría de Desarrollo Social y de Relaciones Exteriores, así como a la Unidad Técnica de Fiscalización.
Acuerdo de 26/10/2017, requiriendo información a Juan Manuel Zepeda.
Notificado mediante oficio INE-UT/8083/2017, el 27/10/2017.
Mediante acuerdo de 7 de noviembre de 2017, se requirió información a Juan Manuel Zepeda Hernández.
El 13/11/2017, se recibió respuesta de Juan Manuel Zepeda.
Acuerdo de 29 de noviembre de 2017 por el que se repone notificación a Anunciante en el Oriente.
El 26/12/2017, se requirió información a Elvert Pineda Bucio, Victor Hugo Chaires Arcos y Anunciante en el Oriente S.A. de C.V., notificación en proceso.
Los días 4 y 5 de enero de 2018, se recibió respuesta por parte de Víctor Hugo Chaires, Elvert Pineda Bucio y Anunciante en el Oriente.
N° de días hábiles transcurridos desde la presentación de la queja hasta el 15/01/2018: 324. Estatus: En investigación.
10 UT/SCG/Q/CCG/CG/54/2016 SIQyD 2520
Claudia Carrillo Gasca,
Consejera Electoral del
Instituto Electoral de
Quintana Roo
Consejeros Electorales Mayra
San Román Carrillo Medina, Juan Manuel Pérez
Alpuche, Thalía Hernández
Robledo, consejeros representantes del
PRI, NA y PT, Director de
Organización, Director de Partidos
Políticos y Radiodifusión y
Jefe de la Unidad Técnica de
Comunicación Social, todos del
Instituto Electoral de Quintana Roo
28/10/2016
Alejandra Díaz
Denuncia que como Consejera Electoral del Instituto Electoral de Quintana Roo, ha sido objeto
del presunto ejercicio de violencia política, que afecta el derecho humano de las mujeres a su
desarrollo en la escena política y pública, recibiendo amenazas y malos tratos en relación con el
desempeño de sus funciones.
Acuerdo del 3 de noviembre de 2016, por el que se radica y admite la queja y se reserva el emplazamiento; se ordena requerir al Secretario General, al Titular de la Unidad Técnica de Comunicación Social y a la Consejera Presidenta, todos del Instituto Electoral de Quintana Roo.
Por acuerdo de 10 de enero de 2017 se emplazó a las partes. Acuerdo de 19 de enero de 2017 por el que se da cumplimiento a la
sentencia JE-107/2017en el sentido de realizar mayores diligencias de investigación.
Acuerdo del 3 de marzo de 2016 por el que se requiere diversa información a Mayra San Román Carrillo Medina, Thalía Hernández Robledo, Claudia Carrillo Gasca, Jorge Armando Poot Pech, Sergio Avilés Demeneghi, Luis Carlos Santander Botello, Juan Manuel Pérez Alpuche, todos Consejeros Electorales del Instituto Electoral de Quintana Roo; al Partido Revolucionario Institucional en el estado de Quintana Roo; a Nueva Alianza; al Partido del Trabajo, al Director de Organización del Organismo Público Local Electoral de Quintana Roo, al Presidente del Comité Directivo Estatal en Quintana Roo del Partido del Trabajo; al Titular de la Fiscalía General de Justicia del Estado de Quintana Roo; al Director de Administración y Planeación del Instituto Electoral de Quintana Roo
El 7, 8 y 9 de marzo de 2017 se recibieron diversas respuestas. Acuerdo del 15 de marzo de 2017 por el que se requiere diversa información
a Mayra San Román Carrillo Medina, Consejera Presidenta del Instituto Electoral de Quintana Roo y al Director de Administración y Planeación del Instituto Electoral de Quintana Roo.
El 23 de marzo de2017, se recibieron diversas respuestas. Acuerdo del 27 de marzo 2017 por el que se requiere información a Mayra
San Román Carrillo Medina, Thalía Hernández Robledo, Claudia Carrillo Gasca, Jorge Armando Poot Pech, Sergio Avilés Demeneghi, Luis Carlos Santander Botello, Juan Manuel Pérez Alpuche, todos Consejeros Electorales del Instituto Electoral de Quintana Roo; al Titular de la Unidad Técnica de Comunicación Social y al Titular de la Unidad Técnica del Centro de
12
Información Electoral del mismo Instituto, y a Víctor Venamir Vivas Vivas, Magistrado Presidente del Tribunal Electoral Quintana Roo.
El 29, 30 y 31 de marzo de 2017, se recibieron diversas respuestas. Acuerdo del 6 de abril 2017 por el que se requiere información a José Luis
González Nolasco, Director de Partidos Políticos y Radiodifusión del Instituto Electoral de Quintana Roo; a Armando Quintero Santos; a Julio Asrael González Carrillo.
El 20 de abril de 2017 se recibieron respuestas de José Luis González Nolasco, Director de Partidos Políticos y Radiodifusión del Instituto Electoral de Quintana Roo; de Julio Asrael González Carrillo, Coordinador de Acuerdos, Resoluciones y Normatividad de la Dirección Jurídica del Instituto Electoral de Quintana Roo y de Armando Quintero Santos.
Acuerdo del veintisiete de abril de dos mil diecisiete por el que se da respuesta al escrito presentado por Armando Quintero Santos.
Acuerdo de 31/05/2017 por el que se ordena emplazar a todos los denunciados.
Acuerdo de doce de junio del dos mil diecisiete por el que se ordena emplazar a Mayra San Román Carrillo Medina, Thalía Hernández Robledo y Juan Manuel Pérez Alpuche, Consejeros Electorales del Instituto Electoral de Quintana Roo; a Alfredo Figueroa Orea, Titular de la Unidad Técnica de Comunicación Social del Instituto Electoral de Quintana Roo; a José Luis González Nolasco, Director de Partidos Políticos y Radiodifusión del Instituto Electoral de Quintana Roo; a Luis Alberto Alcocer Anguiano, Director de Organización del Instituto Electoral de Quintana Roo; a Armando Miguel Palomo Gómez, Representante del Partido Nueva Alianza ante el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo; a Juan Alberto Manzanilla Lagos, Representante del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo; a Mauricio Morales Beiza, Representante del Partido del Trabajo ante el Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo.
El 21 de junio de 2017 se recibió respuesta de José Luis González Nolasco, Director de Partidos Políticos y Radiodifusión; el 22 de junio de 2017 se recibieron respuestas Mayra San Román Carrillo Medina, Thalía Hernández Robledo; Juan Manuel Pérez Alpuche, todos Consejeros Electorales del Instituto Electoral de Quintana Roo; José Alfredo Figueroa Orea, Titular de la Unidad Técnica de Comunicación Social; Luis Alberto Alcocer Anguiano, Director de Organización; Armando Miguel Palomo Gómez, Representante del Partido Nueva Alianza ante el Consejo General; Juan Alberto Manzanilla Lagos, Representante del Partido Revolucionario Institucional ante el Consejo General; el 23 de junio de 2017 se recibió respuesta de Mauricio Morales Beiza, Representante del Partido del Trabajo ante el Consejo General, todos del Instituto Electoral de Quintana Roo.
Acuerdo de cuatro de julio del dos mil diecisiete por el que se requirió información a Víctor Venamir Vivas Vivas, Magistrado del Tribunal Electoral Quintana Roo y se ordena emplazar a Víctor Manuel Interián López, Director de Administración y Planeación del Instituto Electoral de Quintana Roo.
El 12 de julio de 2017 se recibió respuesta por correo electrónico del Víctor Venamir Vivas Vivas, Magistrado del Tribunal Electoral Quintana Roo.
El 14 de julio de 2017 se recibió respuesta de Víctor Manuel Interián López, Director de Administración y Planeación del Instituto Electoral de Quintana Roo.
El 7 de agosto de 2017, se ordenó requerir al Magdo. del Tribunal Electoral de Quintana Roo, para que envié su escrito original de contestación al emplazamiento y vista para alegatos.
13
Acuerdo de 8 de septiembre por el que se requirió al OPLE para que informe del domicilio del Director de partidos políticos que dejó de laborar ahí a efecto de notificar vista de alegatos.
26/09/17 Requerimiento para notificación por estados del OPLE del acuerdo de vista de alegatos al Director de Partidos Políticos.
18/10/17. Se recibió en la UTCE, escrito por el cual el ex Director de Partidos Políticos del Instituto Electoral de la referida entidad, desahogó la vista de alegatos.
18/10/17. Se recibió en la UTCE, escrito suscrito por Claudia Carrillo, mediante el cual solicitó información relacionada con la sustanciación del procedimiento.
18/10/17 se emitió acuerdo mediante el cual se dio respuesta a la solicitud de información de la quejosa.
04/10/17 Se recibió en la Junta Local Ejecutiva de Quintana Roo, escrito por el cual el ex Director de Partidos Políticos del Instituto Electoral de la referida entidad, por el cual desahogó la vista de alegatos.
18/10/17 se recibió escrito de la quejosa solicitando información sobre el estado procesal que guarda e expediente.
18/10/17 se informó a la quejosa sobre el estado procesal que guarda el expediente.
1/11/17 se ordenó requerir a la FEPADE información de una denuncia vinculada con los hechos materia de análisis en el procedimiento sancionador.
10 de noviembre, se recibió escrito de la quejosa en el que solicitó información sobre el estado que guarda el expediente.
10 de noviembre, se dio respuesta a la solicitud formulada por la quejosa. 214/11/17 se recibió respuesta al requerimiento ordenado a la FEPADE 16/11/17 se ordenó requerir al Consejero Sergio Avilés información vinculada
con los hechos motivo de análisis el procedimiento sancionador 24/11/17 se recibió respuesta al requerimiento formulado al Consejero Avilés. No se ha recibido la información requerida 15/01/18 se requirió al Secretario del Consejo General del IEQROO
documentación vinculada a los hechos motivo de análisis en el procedimiento sancionador.
N° de días hábiles transcurridos desde la presentación de la queja hasta el 15/01/2018: 320.
Estatus: En investigación.
11 UT/SCG/Q/CG/56/2016 SIQyD 2532
Autoridad Electoral
Quien resulte responsable
4/11/2016 Carlos Guillén
El Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral ordenó el inicio de un procedimiento
sancionador ordinario dentro de los autos de los expedientes UT/SCG/PE/PRD/CG/173/2016 y
acumulados, por el probable incumplimiento a lo ordenado en los Acuerdos de medidas cautelares ACQyD-INE-130/2016 y ACQyD-INE-132/2016,
emitidos por la Comisión de Quejas y Denuncias.
Por acuerdo de 14 de noviembre del año en curso se registró y admitió la vista ordenada en el PES 173 y acumulados, y se ordenó atraer constancias del citado procedimiento.
Por acuerdo del veintidós de noviembre del año en curso, se requirió a Rafael Moreno Valle y la revista Líderes, informaran respecto del cumplimento a lo ordenado por la Comisión de Quejas y Denuncias de este Instituto a través de los acuerdos ACQyD-INE-130/2016 y ACQyD-INE-132/2016, se recibieron respuestas el veinticuatro de noviembre.
El veintiocho de noviembre del año en curso, se recibieron constancias de notificación por parte de la Junta Local de Puebla.
Por acuerdo de 9 de diciembre de 2016, se ordenó atraer constancias del PES 173_2016, que están relacionadas con el probable incumplimiento de medida cautelar.
Por acuerdo de 13 de enero de 2016, se ordenó atraer nuevas constancias que obran en el PES 173_2016, constantes en respuestas de las personas morales que colocaron la propaganda denunciada, así como actas circunstanciadas de Hidalgo y Edo Mex.
14
En análisis de actas circunstanciadas de las 32 Juntas Locales Ejecutivas de este Instituto para poder formular requerimiento de información.
El 13 de febrero se dictó acuerdo requiriendo a diversas personas morales información relacionada con la publicidad difundida.
Se recibió respuesta de dos personas morales el veintitrés y veinticuatro de febrero, y se encuentra corriendo término para dar respuesta a la última persona moral requerida.
Acuerdo de 15/03/2017 de requerimiento de información respecto de dos personas morales que no especificaron el lugar en donde difundieron la publicidad denunciada.
Se recibió respuesta del sujeto requerido el veintiocho de marzo de 2017. Por acuerdo de 17 de abril del año en curso, se propone requerir información
a una de las personas morales que no específico el lugar en donde exhibió la propaganda denunciada.
El veinticinco de abril del año en curso, se recibió repuesta de la persona moral requerida y se concede prórroga solicitada.
Por acuerdo de 12 de mayo del año en curso, se ordenó requerir a diversas Juntas Locales a efecto de que investiguen respecto de quiénes pueden ser los propietarios de las estructuras en donde se colocó la propaganda denunciada.
29 de junio del presente año, se ordenó requerimiento a 4 empresas, probables responsables del incumplimiento de medidas cautelares
15/8/17 Acuerdo por el que se ordena a Ferráez Comunicación S.A. de C.V., indique el acto jurídico por el que fue promovida su revista en diversos espectaculares, en razón de que sus proveedores no reconocieron toda la propaganda colocada, asimismo se le pide proporcione la dirección de la empresa ALOPAM, S.C., debido a que la misma cambio de domicilio, además, se le pide a la Junta Local de Michoacán que precise algunos domicilios donde fue localizada la propaganda.
Mediante proveído de 22 de agosto de 2017 se requirió a la empresa Ferraez Comunicación S.A. de C.V., que indique el acto jurídico mediante el cual diversa propaganda de la revista “Lideres Mexicanos”, apareció en varios espectaculares en el país; el plazo para dar respuesta, es el 29 de agosto del presente año, asimismo, se solicitó a la Junta Local de Michoacán que precisara 3 domicilios en donde se localizó la propaganda de la revista mencionada.
Debido a que la empresa Ferraez Comunicación S.A. de C.V., señala que los domicilios de los espectaculares, proporcionados por esta autoridad electoral, se encuentran imprecisos, el 7 de septiembre se le generó un nuevo requerimiento a fin de que responda a lo solicitado mediante proveído de 22 de agosto del año en cuso, con apercibimiento de iniciarle un procedimiento administrativo sancionador, además, se le requirió a la Unidad Técnica de Fiscalización, información sobre el domicilio legal de la persona moral ALOPAM S.C.
El 1/9/2017 se requirió a Ferraes S.A. de C.V. y a la Unidad Técnica de Fiscalización.
Estatus: El 14 de septiembre de 2017, se recibió respuesta de Ferraez Comunicación S.A. de C.V., quien informa que los administradores de los espectaculares son Impactos, frecuencia y Cobertura en Medios S.A. de C.V., así como a la empresa Conglomerado de Medios Internacionales S.A. de C.V., de igual manera, el 18 de septiembre se recibió la solicitud que realizó la Unidad Técnica de Fiscalización, para requerir a hacienda sobre el domicilio legal de la persona moral ALOPAM S.C. La próxima semana se presentara acuerdo para continuar investigaciones derivado de la respuesta
15
que da Ferraez Comunicación S.A. de C.V. El trece de octubre se elaboró acuerdo a fin de requerir a las empresas
Impacto Impactos, frecuencia y Cobertura en Medios S.A. de C.V., así como a la empresa Conglomerado El 20 y 24 de octubre del año en curso, se recibió respuestas de dichas personas morales.
En análisis de las respuestas presentadas, para determinar si se emplaza o no en el presente asunto.
El 30 de noviembre de 2017 se elaboró acuerdo de requerimiento de información a Conglomerado de Medios Internacionales S.A. de C.V.A y a Cobertura de Medios SA.A. de C.V.
Por acuerdo de 11/12/17, se otorgó prórroga de 3 días a Conglomerado de Medios Internacionales, S.A. de C.V., a efecto de que proporcionara información que le fue solicitada mediante acuerdo de uno de los presentes.
Por acuerdo de 26/12/17, se preguntó a Ferraez Comunicación, S.A. de C.V., respecto de la persona moral que colocó la publicidad denunciada.
Se recibió respuesta de Ferraez el 30/12/2017. Acuerdo de emplazamiento 15/01/2018 N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 317. Estatus: En emplazamiento.
12
UT/SCG/Q/ECRC/CG/62/2016 SIQyD 2548
Érika Cecilia Ruvalcaba
Corral, Consejera
Electoral del Instituto
Electoral y de Participación Ciudadana de
Jalisco
Consejeros Electorales del
Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de
Jalisco, Guillermo Almada Alcaraz Cross, Sayani
Mozka Estrada, Mario Alberto
Ramos González, Griselda Beatriz Rangel Juárez y
quien resulte responsable
23/11/201
6 Héctor
Anzurez
Que durante el desempeño de sus funciones como Consejera Electoral del Instituto Electoral y de
Participación Ciudadana de Jalisco, los Consejeros Electorales denunciados han realizado u omitido
actos que han implicado acciones de acoso, discriminación, inequidad y violencia de género en su contra, lo que impide el desempeño normal de
su cargo y obstaculiza el ejercicio del mismo.
Con fecha 1 de marzo de 2017, la CQyD ordenó reencauzar el POS como procedimiento de remoción de Consejeros Electorales, por lo que se ordenó la baja administrativa.
El Consejero Presidente y la Consejera Rangel Juárez del IEy PC de Jalisco, impugnaron el acuerdo del 02/03/2017 por el cual se ordenó reencauzar el PO a PRCE. El TEPJF revocó el acuerdo de la UTCE, SUP-JDC-235/2017 y acumulados, del 11/04/2017, y ordenó a la UTCE que elabore proyecto de resolución, en el que se consideren los razonamientos y argumentos vertidos por la CQyD, en torno al reencauzamiento del referido procedimiento ordinario, a fin de que, en caso de estar de acuerdo con dicho proyecto, lo apruebe y lo presente al Consejo General del INE para que se pronuncie al respecto.
Por acuerdo de 18 de mayo de 2017, se tuvo por recibida las sentencias de la Sala Superior y se ordenó elaborar el correspondiente proyecto de reencauzamiento, en cumplimiento lo determinado por ese órgano jurisdiccional especializado.
El 19 de mayo tuvo verificativo la Quincuagésima Quinta Sesión Extraordinaria de carácter privado de la CQyD en la cual ordenó que la queja presentada por Erika Cecilia Ruvalcaba Corral continúe siendo tramitada en el procedimiento ordinario y en su oportunidad se someta a su consideración el respectivo proyecto de fondo.
Mediante sentencia de dieciséis de agosto de dos mil diecisiete, dictada por la Sala Superior, en el juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano identificado con la clave SUP-JDC-524/2017, revocó la resolución INE/CG189/2017, de veintiocho de junio del año que transcurre, emitida por el Consejo General de este Instituto, en el procedimiento sancionador al rubro indicado.
En acuerdo de 22 de agosto, se tuvo por recibida la mencionada sentencia y se ordenó elaborar el proyecto de resolución correspondiente.
Acuerdo de requerimiento al consejero Presidente del OPLE de Jalisco, a efecto de que proporcione los domicilios de diversos directores de área para poder ser emplazados, en elaboración.
8/11/17 Acuerdo de emplazamiento [en proceso de notificación]. El 27 de noviembre de 2017, se recibió mediante correo electrónico diversas
constancias de notificación, respecto de 14 sujetos emplazados, quedando
16
pendiente de notificar 1. Asimismo, de las constancias de notificación se advierte que no fue posible
localizar el domicilio de Luis Gabriel Mota, caso en el cual se ha elaborar acuerdo para requerir a la Dirección de Servicios Legales de este Instituto, así como al OPLE de Jalisco, a fin de que proporcionen el último domicilio registrado y la correspondiente copia de credencial para votar.
Ahora bien, sobre los sujetos notificados el 13 de noviembre de 2017, el plazo para desahogar el emplazamiento transcurrió del martes 14 al martes 21 de ese mes y año, sin computar sábado 18, domingo 19 y lunes 20, por ser inhábiles.
Por otra parte, con relación a los sujetos notificados el 14 de noviembre de 2017, el plazo para desahogar el emplazamiento transcurrió del miércoles 15 al miércoles 22 de ese mes y año, sin computar sábado 18, domingo 19 y lunes 20, por ser inhábiles.
De igual forma, respecto de los sujetos notificados el 21 de noviembre de 2017, el plazo para desahogar el emplazamiento transcurrió del miércoles 22 al martes 28 de ese mes y año, sin computar sábado 25 y domingo 26, por ser inhábiles.
Asimismo, sobre los sujetos notificados el 22 de noviembre de 2017, el plazo para desahogar el emplazamiento transcurrió del jueves 23 al miércoles 29 de ese mes y año, sin computar sábado 25 y domingo 26, por ser inhábiles.
En este sentido, se aclara que hasta esta fecha, la Junta Local Ejecutiva en Jalisco no ha remitido las constancias de desahogo al emplazamiento que en su caso, los interesados hubiesen presentado.
El uno de diciembre del año que transcurre, se recibió en esta Unidad Técnica las correspondientes constancias de notificación, así como diversos escritos por los cuales se desahogó el aludido emplazamiento.
De la revisión de las constancias de notificación, se advirtió que no fue posible notificar a Luis Gabriel Mota, dado que el domicilio proporcionado por el OPLE de Jalisco, resultó inexistente, en términos de las constancias remitidas.
En este sentido, por acuerdo de seis de diciembre de dos mil diecisiete, se requirió a la Secretaria Ejecutiva del OPLE de Jalisco, así como al Director de Servicios Legales de este Instituto, para que, a la brevedad, proporcionen el último domicilio registrado en sus archivos, a fin de localizar a ese ciudadano y poder emplazarlo al citado procedimiento administrativo.
Aún no se recibe el cumplimiento a lo requerido. Una vez que se obtenga la información correspondiente, se procederá a
notificar el correspondiente acuerdo de emplazamiento, hecho lo anterior, se dará vista con las constancias respectivas para que las partes formulen los alegatos que consideren pertinentes.
Acuerdo de emplazamiento de 8 de noviembre de 2017, por medio del cual se ordenó emplazar a LUIS RAFAEL MONTES DE OCA VALADEZ, ERNESTO GERARDO CASTELLANOS SILVA, MIRIAM GUADALUPE GUTIÉRREZ MORA, LUIS GABRIEL MOTA, JUAN CARLOS FRANCO JIMÉNEZ, MOISÉS PÉREZ VEGA, JOSÉ DE JESÚS GÓMEZ VALLE, RAMIRO F. GARZÓN CONTRERAS, OLGA PATRICIA VEGA GUZMÁN, CARLOS ALBERTO SILVA MORENO, HÉCTOR JAVIER DÍAZ SÁNCHEZ, ÁLVARO FERNANDO MUNGUÍA MARTÍNEZ, JORGE ALBERTO ALATORRE FLORES, ANA VIOLETA IGLESIAS ESCUDERO, TLACAÉL JIMÉNEZ BRISEÑO.
No obstante a lo anterior, y derivado de la no localización del domicilio de LUIS GABRIEL MOTA, se dictó acuerdo de 6 de diciembre de 2017, para el efecto de obtener el dato del domicilio correcto del otrora funcionario público del OPLE de Jalisco.
17
Mediante acuerdo de 26 de diciembre de 2017, se repuso la notificación del acuerdo de emplazamiento de 8 de noviembre de 2017 a LUIS GABRIEL MOTA
N° de días hábiles transcurridos desde la presentación de la queja hasta el 15/01/2018: 290. Estatus: En proceso de notificación.
13
UT/SCG/Q/CG/63/2016 SIQyD 2552
Autoridad Electoral
Quien resulte responsable
25/11/2016
Mario Garzón
El Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores dio vista por hechos cometidos contra la confidencialidad de los datos que los ciudadanos proporcionan al Registro Federal de Electores y la
Lista Nominal de Electores, toda vez que se publicó que se detectaron datos que pudieran provenir de la
Lista Nominal de Electores del estado de Baja California del sitio de Internet “people-search”, lo
que permite suponer que se han realizado conductas contrarias a lo dispuesto en el artículo 126, párrafos 3 y 4, en relación con el 151 de la
LEGIPE.
El 28 de noviembre de 2016 se acordó el registro de la vista, se reservó su admisión y emplazamiento, y requirió información a la DERFE, mediante oficio INE-UT/12293/2016.
Mediante oficio INE/DERFE/STN/28056/2016 recibido el 11 de enero de 2017 se recibió parte de la información.
Mediante acuerdo de 18 de enero de 2017 se tuvo por recibido el oficio arriba señalado, y se precisó que esta autoridad queda en espera de la documentación que dicha Dirección Ejecutiva recabe derivado de las gestiones que está realizado.
A través del acuerdo de 16 de marzo de 2017 se requirió al Director Ejecutivo del Registro Federal de Electores remitiera, a la brevedad, la información de las diligencias realizadas con posterioridad al oficio INE/DERFE/STN/28056/2016, mismo que se notificó por medio del oficio INE-UT/2466/2017.
Mediante oficio INE/DERFE/STN/9887/2017 la DERFE dio respuesta al requerimiento de 16 de marzo.
Acuerdo de requerimiento de información al PRI, a la persona física señalada como presunto responsable, y de investigación del domicilio de people-search (en elaboración).
Por acuerdo de 15 de junio de 2017, se formuló requerimiento de información al PRI, a SEGOB, CNS, Policía Federal, Google, y SHCP.
Se recibieron escritos de Google, Profeco, PRI, CNS y SEGOB, el 23, 26 y 27 de junio, respectivamente, Policía Federal no ha dado respuesta, el término de 5 días venció el 26-06-2017.
Se recibió, el 6 de julio de 2017, la información solicitada mediante requerimiento de catorce de junio del presente año, por parte de la Policía Federal.
Mediante proveído de 11 de julio de los corrientes, se acordó otorgar una prórroga de 3 días hábiles a Google para entregar la información requerida en el acuerdo de 14 de junio
El apoderado de Google, mediante escrito presentado el 12 de julio, dio respuesta.
Por medio del acuerdo de 8 de agosto de 2017 se requirió información al PRI, el cual se le notificó mediante oficio INE-UT/6194/2017.
Mediante escrito presentado el 14 de agosto de 2017 el PRI dio respuesta al requerimiento de información.
Mediante acuerdo de 26/09/2017, se ordenó requerir información a la DERFE, así como a Marcelo de Jesús Machain Servín.
El 3 y 4 de octubre se recibieron escrito de respuesta de Marcerlo de Jesús Machain Servín, así como, el oficio INE/DERFE/STN/25/737/2017 por parte de la DERFE.
El 27 de octubre se recibió escrito signado por el representante suplente del PRI ante el Consejo General de este Instituto, a través del cual remite información en alcance.
Mediante acuerdo de 3 de noviembre del año en curso se requirió información al Secretario de Acción Electoral del PRI en Baja California, toda vez que de las respuestas recibidas el 3, 4 y 27 de octubre, se advierten elementos que permiten realizar dicha indagatoria.
18
El 9 de noviembre de 2017 se recibió respuesta Secretario de Acción Electoral del PRI en Baja California
El 11 de diciembre de 2017 se requirió información a al DEREFE y al PRI, mediante oficios INE-UT/9348/2017 e INE-UT/9349/2017 se les notificó dicho acuerdo.
El 11 de diciembre de 2017 se requirió información a la DERFE y al PRI, mediante oficios INE-UT/9348/2017 e INE-UT/9349/2017 se les notificó dicho acuerdo.
Mediante escrito presentado el 18 de diciembre de 2017 el PRI desahogó el requerimiento de información que se le hizo 11 de diciembre.
Por oficio INE/DERFE/STN/34970/2017 presentado el 21 de diciembre de 2017 la DERFE dio respuesta al requerimiento de información del 11 de diciembre.
N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 305.
Estatus: En instrucción.
14 UT/SCG/Q/LGMRL/CG/20/2017 SIQyD 2791
Luis Germán Maldonado Rodríguez y
otros
PRI
19/05/2017
Yesenia Flores
La indebida afiliación y uso indebido de datos personales del quejoso, toda vez que de la consulta
llevada a cabo en la página del Instituto Nacional Electoral, aparece como afiliado al Partido
Revolucionario Institucional.
14/07/17 Se elaboró acuerdo de registro y reserva de admisión y emplazamiento.
Acuerdo de requerimiento de información a la DEPPP, al PRI; Remisión de documentos al PRI y requerimiento a diversos ciudadanos. 13/09/2017.
Remisión de contestación del PRI 27/09/2017 Remisión de Documentación 06/10/2017 a la DEPPP y solicitud de
información El 09 de octubre recibió constancias del PRI de 2017 El 10 de octubre recibió respuesta e información DEPP. El 16 de Octubre, se registraron diversas quejas y se realizaron
requerimientos al PRI y a la DPPP, sobre los ciudadanos que presentaron nuevas denuncias.
El 20 de octubre siguiente se recibió respuesta de la DEPPP El 24 de octubre se recibió respuesta del PRI. Mediante acuerdo se propone dar trámite a diversos escritos de queja
recibidos y se ordenan realizar requerimientos de información a la DEPPP y al PRI, asi como dar vista a los ciudadanos respecto de los formatos de afiliación que proporcionó el PRI [En elaboración de propuesta]
Acuerdo de 13 de diciembre de 2017, mediante el que se da trámite a diversos escritos de queja recibidos y se ordenan realizar requerimientos de información a la DEPPP y al PRI, asimismo, se ordena el desglose de diversos ciudadanos a los expedientes UT/SCG/Q/RGG/CG/66/2017 y UT/SCG/Q/LMS/CG/40/2017, dado que existe identidad en la pretensión de los denunciantes, a fin de resolver en forma conjunta, congruente, expedita y completa, así como evitar el dictado de resoluciones contradictorias.
Acuerdo de 15 de diciembre del año en curso, mediante el cual se admitió a trámite los escritos de queja de 774 ciudadanos.
Acuerdo de 20 de diciembre del año 2017, mediante el que se notificó a la Sala Superior el cumplimiento en lo ordenado en el recurso SUP-RAP-745/2017, el cual consistió en llevar cabo la diligencia de notificación del acuerdo de admisión a Lorena Villalobos García.
En espera de las constancias de notificación del acuerdo de 13 y 15 de diciembre del año 2017.
N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 172.
Estatus: En investigación
19
15 UT/SCG/Q/JANC/CG/21/2017 SIQyD 2792
José Antonio Navarro
Cárdenas y otros
PAN
17/05/2017
Carlos Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto Nacional Electoral, aparecen como afiliados al Partido Acción Nacional, sin haber otorgado su
consentimiento.
14/07/17 Se elaboró acuerdo de registro y reserva de admisión y emplazamiento.
Mediante proveído de 28 de agosto de 2017, se solicitó información a la DEPPP y el partido denunciado, sobre la afiliación de los ciudadanos
Se recibió respuesta del PAN el 31 de agosto y de la DEPPP el 4 de septiembre del año en curso.
El 16 y 19 de octubre de 2017, se recibieron nuevos escritos de ciudadanos que denuncian una supuesta indebida afiliación.
Mediante acuerdo se propone dar trámite a dichos escritos y se ordenan realizar requerimientos de información a la DEPPP y al PAN. [En elaboración de propuesta]
Por acuerdo de 03/11/2017, se ordenó el registro de 8 quejas, por la supuesta indebida afiliación del mismo número de ciudadanos, atribuido al Partido Acción Nacional; asimismo, se solicitó información a dicho partido político así como a la DEPPP, respecto de la afiliación de estas personas.
Mediante proveído de 28 de noviembre del año en curso se requirió al PAN información referente a una ciudadana.
Por acuerdo de 27/12/2017, se dio vista de alegatos a las partes. En espera de desahogos de vista de alegatos de ciudadanos. Acuerdo de reposición de notificaciones de 15/01/2018 N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 172. Estatus: Instrucción.
16 UT/SCG/Q/FSM/CG/22/2017 SIQyD 2793
Favián Sánchez
Martínez y otros
MORENA
22/05/201
7
Carlos
Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto Nacional Electoral, aparecen como afiliados al
partido político MORENA, sin haber otorgado su consentimiento.
14/07/18 Se elaboró acuerdo de registro y reserva de admisión y emplazamiento.
Mediante proveído de 24 de agosto de 2017, se solicitó información a la DEPPP y el partido denunciado, sobre la afiliación de los ciudadanos.
Se recibió respuesta de MORENA el 5 de septiembre y de la DEPPP el 1 de septiembre del año en curso.
El 17/10/2017, se acordó realizar requerimientos de información a MORENA y a la DEPPP. Asimismo, se dio vista a 14 ciudadanos a efecto de que manifestaran lo que a su derecho conviniera.
En espera de la totalidad de las respuestas. Por acuerdo de 03/11/2017, se ordenó el registro de 4 quejas, por la
supuesta indebida afiliación del mismo número de ciudadanos, atribuido a MORENA; asimismo, se solicitó información a dicho partido político así como a la DEPPP, respecto de la afiliación de estas personas.
Se recibió respuesta de MORENA el 5 de septiembre y de la DEPPP el 1 de septiembre del año en curso.
En espera de constancias. N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 172. Acuerdo de 16/11/17 admisión y vista a ciudadanos. En espera de constancias de notificación del acuerdo de admisión y vistas,
para estar en posibilidad de dictar el acuerdo de emplazamiento. Acuerdo de emplazamiento 15/01/2018. Estatus: emplazamiento.
17 UT/SCG/Q/APS/CG/23/2017 SIQyD 2794
Adriana Pulido Solares y otros
PARTIDO ENCUENTRO
SOCIAL
19/05/2017
Carlos Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto Nacional Electoral, aparecen como afiliados al
Partido Encuentro Social, sin haber otorgado su consentimiento.
18/07/17 Se elaboró acuerdo de registro y reserva de admisión y emplazamiento.
El 31 de agosto de 2017, se formuló acuerdo para requerir a la DEPPP y al partido denunciado.
Se recibió respuesta del PES el 7 de septiembre y de la DEPPP el 4 de septiembre del año en curso.
Se realizó acuerdo de 10 de octubre de 2017, por el cual se solicita a 14
20
ciudadanos informen sobre las cedulas de afiliación aportadas por el partido; se ordenó requerir al Partido Encuentro Social y la DEPPP, a fin de que proporcionen información sobre la vigencia de afiliación de ciudadanos que presentaron quejas por afiliación indebida.
En espera de la totalidad de las respuestas. Por acuerdo de 03/11/2017, se ordenó el registro de 2 quejas, por la
supuesta indebida afiliación del mismo número de ciudadanos, atribuido al Partido Encuentro Social; asimismo, se solicitó información a dicho partido político así como a la DEPPP, respecto de la afiliación de estas personas.
N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 172.
Acuerdo 16/11/17 admisión, vista y se requiere información. Por acuerdo de 19/12/2017, se emplazó al Partido Encuentro Social. Acuerdo de alegatos 15/01/2018 Estatus: Alegatos.
18 UT/SCG/Q/MGRC/CG/24/2017 SIQyD 2795
Marian Guadalupe
Rosado Chulim y otros
PARTIDO DEL TRABAJO
19/05/2017
Carlos Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto Nacional Electoral, aparecen como afiliados al
Partido del Trabajo, sin haber otorgado su consentimiento.
14/07/18 Se elaboró acuerdo de registro y reserva de admisión y emplazamiento.
Mediante proveído de 24 de agosto de 2017, se solicitó información a la DEPPP y el partido denunciado, sobre la afiliación de los ciudadanos
Se recibió respuesta del PT el 1 de septiembre y de la DEPPP el 4 de septiembre del año en curso.
El 18/10/2017, se acordó realizar requerimiento de información al PT. Asimismo, se dio vista a 19 ciudadanos a efecto de que manifestaran lo que a su derecho conviniera.
En espera de la totalidad de las respuestas. Por acuerdo de 03/11/2017, se ordenó el registro de 2 quejas, por la
supuesta indebida afiliación del mismo número de ciudadanos, atribuido al Partido del Trabajo; asimismo, se solicitó información a dicho partido político así como a la DEPPP, respecto de la afiliación de estas personas.
Se recibió respuesta del PT el 1 de septiembre y de la DEPPP el 4 de septiembre del año en curso.
El 30 de noviembre del año en curso se elaboró acuerdo volviendo a requerir al PT.
En espera de constancias de notificación del acuerdo de admisión y vistas, para estar en posibilidad de dictar el acuerdo de emplazamiento.
Acuerdo de emplazamiento 15/01/2018 N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 172. Estatus: emplazamiento.
19 UT/SCG/Q/JCAC/CG/25/2017 SIQyD 2796
Jessica Cristina Aguirre Chacón y otros
PVEM
23/05/2017
Carlos Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto Nacional Electoral, aparecen como afiliados al
Partido del Partido Verde Ecologista de México, sin haber otorgado su consentimiento.
14/7/18 Se elaboró acuerdo de registro y reserva de admisión y emplazamiento.
Mediante proveído de 23 de agosto de 2017, se solicitó información a la DEPPP y el partido denunciado, sobre la afiliación de los ciudadanos.
Se recibió respuesta del PVEM el 30 de agosto y de la DEPPP el 31 de agosto del año en curso.
El 16/10/2017, se acordó realizar requerimiento de información al PVEM y a la DEPPP.
El 18 y 25 de octubre de 2017, se recibieron las respuestas de los requeridos. Por acuerdo de 03/11/2017, se ordenó el registro de 3 quejas, por la
supuesta indebida afiliación del mismo número de ciudadanos, atribuido al Partido Verde Ecologista de México; asimismo, se solicitó información a dicho partido político así como a la DEPPP, respecto de la afiliación de estas personas.
El 30 de noviembre de 2017, se elaboró Acuerdo otorgándole prorroga al
21
PVEM para contestación de un requerimiento. En espera de constancias de notificación del acuerdo de admisión y vistas,
para estar en posibilidad de dictar el acuerdo de emplazamiento. Acuerdo de emplazamiento 15/01/2018. N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 172. Estatus: emplazamiento.
20 UT/SCG/Q/VPM/CG/26/2017 SIQyD 2798
Víctor Pérez Mezo y otros
Partido Nueva Alianza
19/05/2017
Carlos Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto Nacional Electoral, aparecen como afiliados al Partido del Partido Nueva Alianza, sin haber
otorgado su consentimiento.
14/07/18 Se elaboró acuerdo de registro y reserva de admisión y emplazamiento.
El 30 de agosto de 2017, se elaboró acuerdo de requerimiento a la DEPPP y al partido denunciado.
No se recibió respuesta del partido, mientras que la DEPPP dio respuesta el 5 de septiembre del año en curso.
Se realizó acuerdo de 10 de octubre de 2017, por el que se formula recordatorio Partido Nueva Alianza; se requiere a la DEPPP.
El 25 y 27 de octubre de 2017, se recibieron respuestas del ciudadano y del partido políticos requeridos.
En espera de la respuesta de la DEPPP. Por acuerdo de 03/11/2017, se ordenó el registro de 5 quejas, por la
supuesta indebida afiliación del mismo número de ciudadanos, atribuido al Partido Nueva Alianza; asimismo, se solicitó información a dicho partido político así como a la DEPPP, respecto de la afiliación de estas personas.
En espera de notificaciones. Por acuerdo de 26/12/2017 se ordenó emplazar al Partido Nueva Alianza. Acuerdo de alegatos 15/01/2018. N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 171. Estatus: Alegatos.
21 UT/SCG/Q/MIGC/CG/27/2017 SIQyD 2799
Melina Itzel González
Cortés y otros
Partido de la Revolución
Democrática
19/05/2017
Carlos Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto Nacional Electoral, aparecen como afiliados al
Partido de la Revolución Democrática, sin haber otorgado su consentimiento.
14/07/17 Se elaboró acuerdo de registro y reserva de admisión y emplazamiento.
Mediante proveído de 23 de agosto de 2017, se solicitó información a la DEPPP y el partido denunciado, sobre la afiliación de los ciudadanos.
Se recibió respuesta del PRD el 5 de septiembre y de la DEPPP el 6 de septiembre del año en curso.
Por acuerdo de 30/10/2017, se solicitó información al PRD a efecto de que indique la fecha en que esté en posibilidad de informar lo relacionado a temas de afiliación de sus militantes, toda vez que mediante escrito de 02/10/17, indicó que no podía atender a las solicitudes formuladas respecto a ese tópico, ya que la sede su Comisión de Afiliación, resultó dañada por el sismo del 19/09/17.
Por acuerdo de 03/11/2017, se ordenó el registro de 17 quejas, por la supuesta indebida afiliación del mismo número de ciudadanos, atribuido al Partido de la Revolución Democrática; asimismo, se solicitó información a dicho partido político así como a la DEPPP, respecto de la afiliación de estas personas.
Por acuerdo de 08/11/2017, se ordenó admitir a trámite, 298 quejas interpuestas por igual número de ciudadanos, por la supuesta indebida afiliación de estos al Partido de la Revolución Democrática.
Acuerdo de admisión 16/11/17. En espera de constancias de notificación del acuerdo de admisión y vistas
(291), para estar en posibilidad de dar vista a ciudadanos involucrados. En espera de constancias de notificación del acuerdo de admisión y vistas
(291), para estar en posibilidad de dar vista a ciudadanos involucrados. Faltan aproximadamente 30 notificaciones.
22
N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 171.
Estatus: En espera de constancias.
22 UT/SCG/Q/MGAG/CG/28/2017 SIQyD 2800
María Guadalupe Alvarado
González y otros
Movimiento Ciudadano
17/05/2017
Carlos Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto Nacional Electoral, aparecen como afiliados al
Partido Movimiento Ciudadano, sin haber otorgado su consentimiento.
14/07/17 Se elaboró acuerdo de registro y reserva de admisión y emplazamiento.
Mediante proveído de 23 de agosto de 2017, se solicitó información a la DEPPP y el partido denunciado, sobre la afiliación de los ciudadanos.
Se recibió respuesta de MC el 30 de agosto y de la DEPPP el 31 de agosto del año en curso.
El 19/10/2017, se acordó realizar requerimiento de información a MC y a la DEPPP. Asimismo, se dio vista a diversos ciudadanos a efecto de que manifestaran lo que a su derecho conviniera.
El 25 y 27 de octubre de 2017, se recibió la respuesta de la DEPPP y MC, respectivamente.
En espera de la totalidad de las respuestas de los ciudadanos. Por acuerdo de 03/11/2017, se ordenó el registro de 2 quejas, por la
supuesta indebida afiliación del mismo número de ciudadanos, atribuido a Movimiento Ciudadano; asimismo, se solicitó información a dicho partido político así como a la DEPPP, respecto de la afiliación de estas personas.
Acuerdo de 16/11/17 se admite, se ordena reposición de notificaciones y se da vista a una ciudadana.
En espera de constancias de notificación del acuerdo de admisión y vistas, para estar en posibilidad de dar vista a ciudadanos involucrados.
Acuerdo de alegatos 15/01/2018 N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta
15/01/2018: 171. Estatus: Alegatos.
23 UT/SCG/Q/MMD/CG/29/2017 SIQyD 2807
Maday Merino Damián,
Consejera Presidenta del
Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de
Tabasco
Félix Roel Herrera Antonio, Javier
López Cruz, Martín Darío Cázares y Quién Resulte Responsable
30/06/2017
Alejandra Díaz
Diversos actos y declaraciones que constituyen violencia de género llevados a cabo por
representantes de partidos políticos ante el Consejo Estatal del Instituto Electoral y de Participación
Ciudadana de Tabasco, medios de comunicación y corresponsales y periodistas.
Registrado el 30/06/2017 Acuerdo de tres de julio de dos mil diecisiete por el que se ordena radicar la
queja y se reserva la admisión y emplazamiento. Acuerdo de cinco de julio de dos mil diecisiete por el que se ordena admitir la
queja, se reserva el emplazamiento y se proponen medidas cautelares. Acuerdo ACQyD-INE-99/2017 de la Comisión De Quejas y Denuncias del
Instituto Nacional Electoral, respecto de la solicitud de adoptar medidas cautelares formulada por Maday Merino Damian, por supuestos actos de violencia política de género, dirigidos a menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de sus derechos político-electorales o de las prerrogativas inherentes al cargo público que detenta como consejera presidenta del instituto electoral y de participación ciudadana de tabasco.
Acuerdo de seis de julio de dos mil diecisiete por el que se recibe el Acuerdo de Medidas Cautelares y se ordena la notificación a las partes.
Acuerdo de diez de julio de dos mil diecisiete a través del cual se ordena requerir información al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto y al Titular de la Unidad de Comunicación Social del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco.
Acuerdo de veintiuno de julio de dos mil diecisiete a través del cual se ordena requerir información al Titular de la Unidad de Comunicación Social del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Tabasco.
Análisis de las constancias que integran el expediente a efecto de determinar si resulta necesaria alguna otra diligencia de investigación.
23
12/9/17 Acuerdo de emplazamiento. 27/9/17 Acuerdo de alegatos. 10/10/17, se recibió en la UTCE escritos por los cuales las partes
desahogaron la vista de alegatos. Con fecha 16-11-17, se dictó acuerdo requiriendo al Tribunal Electoral del
estado de Tabasco, para que informara el estado procesal del expediente abierto por uno de los hechos que se conoce también en este expediente.
Dicho acuerdo fue notificado el 17/11/17, sin que a la fecha se hubiera recibido respuesta por parte del Tribunal local.
27/11/17 se recibió respuesta del Tribunal local 12/12/17 se ordenó la elaboración de acta circunstanciada de las entrevistas
materia de denuncia. 15/01/18 se ordenó atraer constancias del
UT/SCG/PRCE/FPECPD/JL/TAB/12/2015, por encontrarse relacionadas con los hechos materia de análisis en el procedimiento sancionador.
N° de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 163.
Estatus: En instrucción.
24 UT/SCG/Q/EVM/CG/30/2017 SIQyD 2832
Esther Velázquez Mendoza
Catalina Velázquez
Mendoza
25/08/201
7
Mario
Garzón
La aportación de datos falsos al Registro Federal de
Electores, por parte de Catalina Velázquez
Mendoza, con el fin de que se le expidiera una
credencial de elector bajo el nombre de la
denunciante, lo que ha llevado a la suplantación de
la identidad de la quejosa.
Se registró la queja el 28/08/2017 El 30/8/17 Acuerdo de registro, reserva de admisión y emplazamiento;
requerimiento a DERFE y remisión de copia certificada de la queja a la FEPADE.
Mediante acuerdo de 20 de octubre de 2017, se ordenó remitir la documentación solicitada por la DERFE (acta de nacimiento e IFE de la quejosa), con la finalidad de que pudiera atender el requerimiento de información formulado.
El 13 de noviembre del año en curso, se recibió el oficio INE/DERFE/STN/30398/2017, signado por el Secretario Técnico Normativo de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores de este instituto, a través del cual desahoga el requerimiento de información formulado por esta autoridad.
El 1 de diciembre de 2017, se formuló acuerdo de requerimiento a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores.
Mediante oficio INE/DERFE/STN/33958/2017 presentado el 14 de diciembre de 2017 dio respuesta parcial al requerimiento de información.
En espera de la respuesta completa de la DERFE. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 130. Estatus: En investigación.
25 UT/SCG/Q/MATV/CG/31/2017 SIQyD 2867
Miguel Ángel
Toscano
Velasco
Partido Acción
Nacional
09/10/201
7
Juan
Carlos
Conzuelo
La violación del procedimiento de reforma
estatutaria del Partido Acción Nacional.
09/10/2017 Se emitió acuerdo de radicación y se dio vista a la Sala Superior. El 13/10/2017 se emitió acuerdo requiriendo información al PAN. Se recibió respuesta del PAN el 18 octubre 2017. Acuerdo de 23 octubre requerimiento a DEPPP. E 7 de noviembre se elaboró acuerdo de emplazamiento y se dio vista a la
Sala Superior. El 16 de noviembre año en curso se emitió acuerdo de vista de alegatos El 21 de noviembre se recibió escrito de solicitud de expedición de copias
simples, mismo que se acordó favorablemente el 24 de noviembre. El 27 de noviembre se recibió escrito de alegatos por parte de Miguel Ángel
Toscano Velasco; y el 28 siguiente, el correspondiente al PAN No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 99. Estatus: En elaboración del proyecto de resolución.
24
26 UT/SCG/Q/CLM/CG/32/2017 SIQyD 2873
Carlos
Lupercio Mar y
otros
Movimiento
Ciudadano
16/10/201
7
Alejandra
Díaz
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que se
encuentran afiliados al partido político Movimiento
Ciudadano, sin haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 16/10/2017 Requerimiento a la DEPPP 30/10/2017. Se recibió respuesta el 01/11/2017. Emplazamiento a MC 10/11/2017. Se notificó a MC el 14/11/2017 Vista de alegatos 23/11/2017 Notificados entre el 27 y 29 de noviembre de 2017 27/11/17 respuesta vista de alegatos de Carlos Lupercio Mar 4/12/17 respuesta vista de alegatos de MC No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 92. Estatus: En relaboración de proyecto de resolución.
27 UT/SCG/Q/ERS/CG/33/2017 SIQyD 2874
Eleazar
Ramírez
Santos y otros
PAN
16/10/201
7
Milton
Hernánde
z
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que se
encuentran afiliados al partido político Acción
Nacional, sin haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 16/10/2017 El 30 de octubre de 2017 se ordenó emplazar al partido político denunciado;
la dirigencia se llevó a cabo mediante el oficio INE-UT/8189/2017. El 10 de noviembre de 2017 se acordó dar vista para alegatos a las partes;
está en proceso de notificación el acuerdo. La notificación a los quejosos se realizó a través de los órganos
desconcentrados. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 92. Estatus: En elaboración de Proyecto de resolución.
28 UT/SCG/Q/IUS/CG/34/2017 SIQyD 2875
Imelda Uriarte
Sauceda y
otros
PT
16/10/201
7
Milton
Hernánde
z
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que se
encuentran afiliados al partido político Del Trabajo,
sin haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 16/10/2017 El 30 de octubre de 2017 se ordenó emplazar al partido político denunciado;
la dirigencia se llevó a cabo mediante el oficio INE-UT/8183/2017. El 13 de noviembre de 2017 se acordó dar vista para alegatos a las partes;
está en proceso de notificación el acuerdo. La notificación a los quejosos se realizó a través de los órganos
desconcentrados. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 92. Estatus: En elaboración de Proyecto de resolución.
29 UT/SCG/Q/OHC/CG/35/2017 SIQyD 2876
Oscar
Hernández
Cerón y otros
MORENA
16/10/201
7
Mario
Garzón
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que se
encuentran afiliados al partido político MORENA,
sin haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 16/10/2017 El 20/10/17 se emitió acuerdo de radicación, admisión y reserva de
emplazamiento; atracción de constancias (CAS) Elaboración del acuerdo de emplazamiento a MORENA. Mediante acuerdo de 14 de diciembre de 2017 se emplazó a MORENA y se
le notificó a través del oficio INE-UT/9564/2017.
25
Por escrito presentado el 26 de diciembre de 2017 dio respuesta al emplazamiento.
Elaboración de acuerdo de alegatos. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 92. Estatus: Instrucción.
30 UT/SCG/Q/MMM/CG/36/2017 SIQyD 2877
Mayra Macías
Márquez y
otros
PES
16/10/201
7
Adriana
Morales
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que se
encuentran afiliados al partido político Encuentro
Social, sin haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 16/10/2017 El 20/10/17 se emitió acuerdo de radicación, admisión y reserva de emplazamiento; atracción de constancias (CAS) Req. DEPPP
El 03/11/2017, se emitió acuerdo de requerimiento de información al Director de Servicios Legales y al Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos.
El 06/11/2014, se recibieron las respuestas correspondientes.
El 13/11/2017, se elaboró propuesta de acuerdo de emplazamiento.
El 16/11/2017, se emitió acuerdo de emplazamiento, el cual fue notificado al Partido Encuentro Social de la siguiente manera: Citatorio 17/11/2017. Cédula de notificación 21/11/2017. Por lo que su plazo para dar contestación corre del 22 al 28 de noviembre de 2017.
El 30/11/2017, se emitió acuerdo para dar vista a las partes para formular alegatos. En curso plazo para que respondan.
El 18/12/2017, feneció el plazo para formular alegatos. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 92. Estatus: En elaboración de proyecto de resolución.
31 UT/SCG/Q/IJS/CG/37/2017 SIQyD 2878
Iván Jiménez
Soria y otros PVEM
16/10/201
7
Carlos
Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que se
encuentran afiliados al partido político Verde
Ecologista de México, sin haber otorgado su
consentimiento.
Registrada el 16/10/2017 Por acuerdo de 30/10/2017, se ordenó el registro de la queja, y se admitió a
trámite, por la supuesta indebida afiliación de 33 ciudadanos, atribuido al Partido Verde Ecologista de México.
Por acuerdo de 10/11/2017, se admitió a trámite la queja de 3 ciudadanos, por su supuesta indebida afiliación al Partido Verde Ecologista de México.
Por acuerdo 14/12/2018 se emplazó al PVEM Por acuerdo de 29/12/2018, se dio vista de alegatos En espera de desahogos de vista de alegatos de ciudadanos. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 92. Estatus: En alegatos.
32 UT/SCG/Q/JAAC/CG/38/2017 SIQyD 2879
Jesús Alberto
Aguilar Corona
y otros
PRD
16/10/201
7
Héctor
Anzurez
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que se
encuentran afiliados al partido político De La
Revolución Democrática, sin haber otorgado su
consentimiento.
Registrada el 16/10/2017 Estatus: El 20/10/17 Acuerdo de registro, reserva de admisión y
emplazamiento. Mediante acuerdo de 23 de noviembre de 2017, se tuvo por recibidas
diversas constancias de notificación. Se requirió información a la Dirección de Servicios Legales y a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, el proveído se notificó el inmediato día 24.
El 28 de noviembre de 2017, se recibió cumplimiento a lo requerido por esta Unidad, en proveído de 23 del mes y año en cita.
El uno de diciembre de 2017, se emitió acuerdo para emplazar al PRD. El plazo para dar cumplimiento al emplazamiento transcurre del 7 al 13 de
diciembre de 2017. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 92. Estatus: En elaboración de proyecto de acuerdo de reposición de notificación.
26
33 UT/SCG/Q/ALC/CG/39/2017 SIQyD 2880
Adriana López
Castro y otros PANAL
16/10/201
7
Abel
Casasola
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que se
encuentran afiliados al partido político Nueva
Alianza, sin haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 16/10/2017 Por acuerdo de 20/10/17 se ordenó registrar la queja, se admitió a trámite, se
reservó el emplazamiento de las partes y se ordenó glosar copia certificada de las constancias atenientes que obran en los diversos cuadernos de antecedentes, relacionadas con el partido político denunciado.
8/11/17 Acuerdo de emplazamiento. Acuerdo de alegatos de 22/11/2017. 15/1/17 Acuerdo de Vista a Nueva Alianza No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 92. Estatus: Instrucción.
34 UT/SCG/Q/LMS/CG/40/2017 SIQyD 2881
Lucía Martínez
Sánchez y
otros
PRI
16/10/201
7
Juan
Carlos
Conzuelo
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que se
encuentran afiliados al partido político
Revolucionario Institucional, sin haber otorgado su
consentimiento.
Registrada el 16/10/2017 Por acuerdo de 23 de octubre se dictó acuerdo de radicación y reserva de
admisión y emplazamiento. Se está recabando la información relacionada con las notificaciones
practicadas a 368 quejosos respecto del acuerdo de radicación y en próximos días se dictará el correspondiente acuerdo admisorio.
Se han recibido y detectado varias notificaciones mal practicadas, razón por la que se emitirá un acuerdo de reposición.
A la fecha se está realizando la compulsa de la lista de ciudadanos presuntamente afiliados de manera indebida, con el resto de los Cuadernos de antecedentes y Procedimientos Ordinarios radicados en la Unidad Técnica, a fin de detectar la existencia de duplicados.
A la fecha (15 de diciembre),se ha concluido la revisión de los posibles duplicados y está en curso la verificación de los 48 cuadernos de antecedentes de los que derivó el presente procedimiento, a fin de determinar si, previo al emplazamiento, es necesario realizar alguna diligencia de investigación previa.
Se recibieron diligencias de notificación por parte de diversas Juntas Locales y Distritales de este Instituto
Se revisó notificaciones para verificar que se ajustan al numeral 460 de la LEGIPE
El 26/12/2017 se dictó un acuerdo de reposición de diligencias de notificaciones que no cumplen con lo establecido en el numeral 460 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales; asimismo, se radicaron diez quejas que proceden de otros asuntos, por haberse iniciado en primer término la investigación en los Cuadernos de Antecedentes que dieron lugar al presente asunto.
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 92.
Estatus: En investigación.
35 UT/SCG/Q/MORENA/CG/41/2017 SIQyD 2887
MORENA
Rubén Moreira
Valdés, Gobernador
de Coahuila;
Rolando Rodrigo
Zapata Bello,
Gobernador de
Yucatán; César
Camacho Quiroz,
Diputado Federal;
Emilio Gamboa
Patrón, Senador de
23/10/201
7
Yesenia
Flores
La asistencia de los denunciados a la XLI Sesión
Extraordinaria del Consejo Político Nacional del
PRI, el día veinte de octubre de dos mil diecisiete,
en la cual se definieron los métodos de selección de
candidatas y candidatos a Diputados Federales,
Senadores y Presidente de la República, en
transgresión de los artículos 134, párrafo séptimo
de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos y 449 inciso c) de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales,
acudiendo a un evento de carácter partidista en día
Registrada el 23/10/2017 23/10/2017 Se emitió acuerdo de registro, reserva de admisión y
emplazamiento; requerimiento a Enrique Ochoa Reza, Presidente del Comité Ejecutivo Nacional del Partido Revolucionario Institucional y solicitud a la Oficialía Electoral.
Se recibió respuesta de Oficialía Electoral el 25 de octubre y del PRI en representación del CEN el 28 de octubre.
30/10/17 acuerdo requiriendo información a la DEPPP y elaboración de acta circunstanciada.
9/11/17 Acuerdo de requerimiento de información a diversos funcionarios. Acuerdo de 16 de noviembre del año en curso, a través del cual se emplaza a
las partes dentro del procedimiento. En espera de respuestas. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
27
la República y horas hábiles. 15/01/2018: 92. Acuerdo de 26 de diciembre del año 2017, a través del cual se da vista de
alegatos a las partes dentro del procedimiento. Estatus: En elaboración de Proyecto de Resolución.
36 UT/SCG/Q/CG/42/2017 SIQyD 2888
Consejo
General PRI
24/05/201
7
Yesenia
Flores
El Consejo General del Instituto Nacional Electoral,
mediante la resolución INE/CG168/2017, ordenó
dar vista a la Unidad Técnica de lo Contencioso
Electoral, toda vez que dentro de las constancias
del Procedimiento Ordinario Sancionador
UT/SCG/Q/PRD/JD09/GRO/97/PEF/112/2015, se
advirtió la oposición de David Alejandro Ramírez
Durand a su posible afiliación al Partido
Revolucionario Institucional.
Registrada y admitida, con reserva de emplazamiento el 24/10/2017 Mediante acuerdo de 09 de noviembre 2017 se elaboró requerimiento al PRI,
solicitándole copia certificada de la averiguación previa y mayores elementos que acredite la indebida afiliación del ciudadano.
Acuerdo de 28 de noviembre de 2017, mediante el cual se ordena requerir a la DEPPP, a efecto de que informe si David Alejandro Ramírez Durand se encuentra actualmente afiliado al PRI.
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 84.
Acuerdo de 6 de diciembre del año en curso, a través del cual se emplaza al PRI dentro del procedimiento. Vence el término el 15 de diciembre de 2017.
En espera de respuesta a la vista de Alegatos, vence el término el 17 de enero de 2018.
Estatus: En Alegatos.
37 UT/SCG/Q/OOP/CG/43/2017 SIQyD 2903
Osvaldo Ortiz
Plascencia y
otros
PRD; PRI; PT y
MORENA
08/11/201
7
Milton
Hernánde
z
La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos
Políticos del Instituto, a través del oficio
INE/DEPPP/DE/DPPF/3353/2017, informó sobre la
posible indebida afiliación de cinco ciudadanos a los
partidos políticos Revolucionario Institucional, de la
Revolución Democrática, del Trabajo y MORENA.
Registrada el 08/11/2017 9/11/17 Registro de quejas, reserva de admisión y emplazamiento, y
requerimiento de información al PT, PRD, PRI, MORENA. Las notificaciones se realizaron a través de los órganos desconcentrados y
no se han recibido la totalidad de las mismas. El 6 de diciembre de 2017 se acordó emplazar a los partidos políticos
denunciados. 15/1/18 Se elaboró acuerdo de alegatos No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 69. Estatus: Alegatos.
38 UT/SCG/Q/JHO/CG/44/2017 2904
Jaime
Hernández
Ortiz
MORENA
01/11/201
7
Abel
Casasola
A través del oficio SGA-OA-4354/2017, la Sala
Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación hizo del conocimiento de esta
autoridad el presunto incumplimiento por parte de
MORENA al Reglamento sobre modificaciones a
Documentos Básicos, Registro de integrantes de
órganos directivos y cambio de domicilio de
Agrupaciones Políticas y Partidos Políticos
Nacionales; así como respecto al registro de
Reglamentos internos de éstos últimos y la
acreditación de sus representantes ante los
Consejos del Instituto Nacional Electoral, y por la
aducida violación de disposiciones de la Ley
General de Instituciones y Procedimientos
Electorales y del Código Electoral de Jalisco, al
registrar y acreditar una ¿dirección provisional¿ y
otros representantes del partido en la citada entidad
federativa, sin haber cumplido las formalidades
legales, además de instaurar una estructura
paralela mediante enlaces estatales y enlaces
Registrada el 01/11/2017 Acuerdo de 08 de noviembre de 2017. Se requirió a la DEPPP para que
informara si Jaime Hernández Ortiz es militante o afiliado de MORENA, asimismo, se requirió diversa información y documentación.
Acuerdo de 17/11/2017. Requerimiento a MORENA. Acuerdo de 28/11/2017 requerimiento a MORENA. Acuerdo de 07/12/17 Requerimiento al Titular de la Dirección de Servicios
Legales del INE. 15/1/18 Acuerdo de requerimiento a ciudadanos. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 76. Estatus: En investigación.
28
distritales.
39 UT/SCG/Q/AVG/JD02/TAB/45/2017 SIQyD 2914
Aurelia
Vázquez
García y otros
PES
30/10/201
7
Rosa
María
Davalos
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Encuentro
Social, sin haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
Por acuerdo del once diciembre de 2017 se ordenó registrar la queja, se admitió a trámite, se reservó el emplazamiento de las partes y se requirió información a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos, Dirección de Servicios Legales y al Partido denunciado.
Servicios Legales dio respuesta al requerimiento mediante oficio de 13/12/17 La DEPPP dio respuesta al requerimiento mediante correo de 14/12/17. El Partido Encuentro Social dio respuesta al requerimiento mediante oficio de
15/12/17. Mediante Acuerdo de 28/12/17, se admitieron nuevas quejas, se reservó el
emplazamiento respecto de las nuevas quejas y se requirió información a la DEPPP y al Partido Encuentro Social.
Continúa recibiéndose diversas quejas y documentación que en su momento serán glosadas al expediente y se realizarán los requerimientos necesarios.
El Partido Encuentro Social dio respuesta al requerimiento mediante oficio de 03/01/2018.
La DEPPP dio respuesta al requerimiento mediante correo de 04/01/2018. Las notificaciones del Acuerdo de 28/12/2017 se realizaron a través de los
órganos desconcentrados; no se han recibido en su totalidad. Se recibieron diversas quejas y documentación serán glosadas en el
expediente y se realizarán los requerimientos necesarios. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 59. Estatus: En investigación.
40 UT/SCG/Q/YGM/JD05/QRO/46/2017 SIQyD 2915
Yolanda
González
Mendoza y
otros
PNA
19/10/201
7
Karla
Freyre
La indebida afiliación y uso indebido de datos personales de los quejosos, toda vez que derivado de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral, aparecen como afiliados al Partido Nueva Alianza,
sin haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 17/11/2017. Mediante acuerdo de 4/12/17, se determinó registrar, admitir, reservar el
emplazamiento y requerir información a la DEPPP y al Partido Nueva Alianza. Las notificaciones se realizaron a través de los órganos desconcentrados y
no se han recibido la totalidad de las mismas. La DEPPP dio respuesta al requerimiento mediante correo de 5/12/17. El Partido Nueva Alianza, dio respuesta al requerimiento mediante oficio de
8/12/17. Mediante Acuerdo de 27/12/17, se admitieron nuevas quejas, se reservó el
emplazamiento respecto de las nuevas quejas y se requirió información a la DEPPP y al Partido Nueva Alianza.
Continúa recibiéndose diversas quejas y documentación que en su momento serán glosadas al expediente y se realizarán los requerimientos necesarios.
La DEPPP dio respuesta al requerimiento mediante correo de 03/01/2018. El Partido Nueva Alanza, dio respuesta al requerimiento mediante oficio de
09/01/2018 El Partido Nueva Alianza, remitió documentación mediante oficios recibidos
los días 11 y 12 de enero del año en curso. Las notificaciones se realizaron a través de los órganos desconcentrados y
no se han recibido la totalidad de las mismas. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
29
15/01/2018: 59. Estatus: En investigación.
41 UT/SCG/Q/CCPJ/JD05/TAB/47/2017 SIQyD 2916
Christian
Candelaria
Pérez Jiménez
MORENA
25/10/201
7
Luis
Granados
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido MORENA, sin
haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 17/11/2017. 04/12/2017 Se emitió acuerdo de registro, se admitió y se reservó
emplazamiento; requerimiento del instituto político MORENA y a la DEPPP.
29/12/17 Se emitió acuerdo de registro, se admitió y se reservó emplazamiento; requerimiento del instituto político MORENA y a la DEPPP.
En elaboración de acuerdo de radicación respecto de 4 ciudadanos que
interpusieron queja por indebida afiliación.
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 59.
Estatus: En investigación.
42 UT/SCG/Q/VMNP/JD19/VER/48/2017 SIQyD 2917
Victor Manuel
Nolasco Pérez
y otros
Movimiento
Ciudadano
23/10/201
7
Carlos
Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Movimiento
Ciudadano.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
Acuerdo de 11/12/17 Registrando nuevas quejas y, dando vista a cuatro ciudadanos y realizando requerimientos de información a la DEPPP y a Movimiento Ciudadano.
Por acuerdo de veintiséis de diciembre del año en curso se dio vista a 7 ciudadanos.
Acuerdo de Admisión de veinte quejas15/01/2018. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 59. Estatus: Análisis de constancias.
43 UT/SCG/Q/MCS/CG/49/2017 SIQyD 2918
Maribel Cruz
Sotelo y otros PRD
24/10/201
7
Adriana
Morales
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido de la Revolución
Democrática, sin haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
08/12/2017, se emitió acuerdo de registro, admisión y diligencias de investigación.
El 27/12/2017, se emitió acuerdo en el que se tuvieron por recibidos ciento nueve escritos de queja, se dio vista a los ciento veintinueve ciudadanos respecto de los que se admitió en proveído de ocho de diciembre del año en curso y se requirió información a la DEPPP y al PRD.
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 59.
Estatus: En investigación.
44 UT/SCG/Q/JARR/JD03/DGO/50/2017 SIQyD 2919
Juan Antonio
Ramírez
Rodríguez y
otros
PRI
10/11/201
7
Héctor
Anzurez
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Revolucionario
Institucional.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
El uno de diciembre de 2017, se dictó acuerdo de radicación. Asimismo, se requirió al PRI y al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, diversa información sobre la afiliación de los quejosos.
De igual forma, se requirió a una denunciante que proporcionara copia de su credencial de elector, así como a diversas Juntas Distritales que informaran si recibieron escritos con firma autógrafa de tres quejas, caso en el cual deben remitirlas de inmediato.
Continúa recibiéndose diversas quejas que en su momento serán glosadas al expediente y hacer los requerimientos necesarios.
30
El 26 de diciembre de 2017, se dictó segundo acuerdo de radicación. Asimismo, se requirió al PRI y al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, diversa información sobre la afiliación de los quejosos.
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 59.
Estatus: Análisis de constancias de notificación.
45 UT/SCG/Q/JBCB/JD09/CDMX/51/2017 SIQyD 2920
Jovana
Berenice
Castañeda
Báez
PT
20/10/201
7
Abel
Casasola
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido del Trabajo.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
Acuerdo de 27/11/2017. Admisión y reserva de emplazamiento; requerimiento al PT, a la DEPPP y a la JLE de la CDMX.
Acuerdo de 11/12/17. Requerimiento al PT y a la DEPPP. 15/1/17 Acuerdo de requerimiento al PT y DEPPP. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 59. Estatus: En investigación.
46 UT/SCG/Q/AOS/CG/52/2017 SIQyD 2921
Adriana Osuna
Salazar y otros PAN
30/10/201
7
Iván De
La Selva
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de la quejosa, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto
Nacional Electoral, aparece como afiliada al Partido
Acción Nacional.
Registrada el 17/11/2017. El 01/12/17 se acordó registrar la queja, se admitió a trámite, se reservó el
emplazamiento a las partes y se hicieron requerimientos a la DEPPP y al PAN relacionado con las personas denunciantes.
El 6/12/17 se recibieron las respuestas a los requerimientos realizados al PAN y a la DEPPP.
El 7/12/17 se recibió nueva queja por indebida afiliación presentada por Gisel Vázquez Déciga, con domicilio en esta ciudad CDMX, contra el PAN.
El 15/12/17 se recibió nueva queja por indebida afiliación presentada por José Manuel Chávez Hernández, remitido por la 16 Junta Distrital Ejecutiva de este Instituto en el estado de Jalisco, contra el PAN.
El 18/12/17 se recibió nueva queja por indebida afiliación presentada por Héctor Francisco Duarte Tagles remitido por la 03 Junta Distrital Ejecutiva de este Instituto en el estado de Sonora, contra el PAN.
El 15 de enero de 2018, se dicta acuerdo de Registro, admisión y reserva de emplazamiento; requerimiento al PAN y DEPPP..
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 59.
Estatus: Instrucción.
47 UT/SCG/Q/EGLR/CG/53/2017 SIQyD 2922
Esther
Guadalupe
López
Rodríguez
Partido Nueva
Alianza
01/11/201
7
Alma de
León
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de la quejosa, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto
Nacional Electoral, aparece como afiliada al Partido
Nueva Alianza.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
El 04/12/2017, se acordó registrar, admitir, reservar el emplazamiento y requerir a la D.E.P.P.P. y al Partido Nueva Alianza, así como notificar a los ciudadanos involucrados.
El 07/12/2017, se recibió correo de respuesta por parte de la D.E.P.P.P. El 08/12/2017, se recibió respuesta del Partido Nueva AliaNza. El 18/12/2017, se recibió nueva queja por indebida afiliación. El 19/12/2017, se acordó el registro, admisión y reserva de emplazamiento de
la nueva queja, así como se requirió a la D.E.P.P.P y al Partido Nueva Alianza respecto a la nueva queja; así como al Partido Nueva Alianza por los demás ciudadanos, toda vez que en su respuesta recibida el 8/12/2017, no se pronunció respecto a todos los ciudadanos involucrados.
El 21/12/2017 se recibió correo de respuesta por parte de la D.E.P.P.P. 15/1/18 Acuerdo de requerimiento a Nueva Alianza.
31
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 59.
Estatus: En espera de Respuesta del Partido Nueva Alianza, análisis de constancias y se siguen recibiendo constancias de notificación de los diversos ciudadanos involucrados.
48 UT/SCG/Q/MWM/CG/54/2017 SIQyD 2923
Marisol Wilson
Montero MORENA
01/11/201
7
Alejandra
Díaz
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de la quejosa, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto
Nacional Electoral, aparece como afiliada al Partido
MORENA.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
1/12/17 Acuerdo de radicación, admisión requerimiento. 5/12/17 desahogo requerimiento de la DEPPP 11/12/17 desahogo requerimiento de Morena 13/12/17 acuerdo de requerimiento a Morena No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 59. Emplazamiento a Morena 15/01/2018. Estatus: Emplazamiento.
49 UT/SCG/Q/ALS/JD03/CHS/55/2017 SIQyD 2924
Agustín López
Santiz
Movimiento
Ciudadano
03/11/201
7
Karla
Freyre
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, aparecen como
afiliados al Partido Movimiento Ciudadano, sin
haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 17/11/2017. Mediante acuerdo de 4/12/17, se determinó registrar, admitir, reservar el
emplazamiento y requerir información a la DEPPP y al Partido Movimiento Ciudadano.
Las notificaciones se realizaron a través de los órganos desconcentrados y no se han recibido la totalidad de las mismas.
La DEPPP dio respuesta al requerimiento mediante correo de 5/12/17. Movimiento Ciudadano, dio respuesta al requerimiento mediante oficio de
7/12/17. Mediante acuerdo de 19/12/17, se admitieron nuevas quejas, se reservó el
emplazamiento respecto de las nuevas quejas y se requirió información a la DEPPP y al Partido Movimiento Ciudadano.
La DEPPP dio respuesta al requerimiento mediante correo de 20/12/17. Movimiento Ciudadano, dio respuesta al requerimiento mediante oficio de
22/12/17. Mediante acuerdo de 29/12/17, se admitió una nueva queja, se reservó el
emplazamiento y se requirió información a la DEPPP y al Partido Movimiento Ciudadano.
En elaboración de acuerdo de reposición de notificaciones. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 59. Estatus: En investigación.
50 UT/SCG/Q/MAMM/JD09/MICH/56/2017 SIQyD 2925
María Angélica
Mendoza
Marroquin y
otros
PRD
27/10/201
7
Alan
George
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que aparecen
como afiliados al Partido de la Revolución
Democrática, sin haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
Acuerdo de 13/12/2017, se admitieron nuevas quejas y se requirió información al PRD y DEPPP.
Acuerdo de 27/12/2017, se admitieron nuevas quejas y se requirió información al PRD y DEPPP.
Acuerdo de 15/01/2018, se admitió una nueva queja y se requirió información al PRD y DEPPP.
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 59.
Estatus: Análisis de constancias.
32
51 UT/SCG/Q/SSN/CG/57/2017 SIQyD 2926
Sixtos
Salamanca
Núñez
PVEM
30/10/201
7
Luis
Granados
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, aparecen como
afiliados al Partido Verde Ecologista de México, sin
haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 17/11/2017. 04/12/2017 Se emitió acuerdo de registro, y se admitió y se reservó
emplazamiento; requerimiento al PVEM y a la DEPPP. Se emitió acuerdo de radicación respecto de los CC. Sixtos Salamanca
Núñez y Sergio Loaiza Gómez.
Se emitió acuerdo de radicación respecto de los CC. Gloria del Carmen Tanori Ferrales y Miguel Ángel Hernández Estrada.
En elaboración de acuerdo de radicación por presentación de una queja.
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 59.
Estatus: En investigación.
52 UT/SCG/Q/SOML/CG/58/2017 SIQyD 2927
Sandy Osiris
Mendoza
Leonidez
PT
27/10/201
7
Carlos
Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, aparecen como
afiliados al Partido del Trabajo, sin haber otorgado
su consentimiento.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
Acuerdo vista a ciudadanos 12/12/17. Acuerdo de Admisión de una queja y requermiento al PT y DEPPP
15/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 59. Estatus: Análisis de constancias.
53 UT/SCG/Q/JETB/CG/59/2017 SIQyD 2928
J. Encarnación
Trejo Bonilla PRI
27/10/201
7
Milton
Hernánde
z
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, aparecen como
afiliados al Partido Revolucionario Institucional, sin
haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
El 1 de diciembre de 2017 se acordó el registro, admisión, reserva de emplazamiento y los requerimientos de información que se consideraron necesarios.
El 14 de diciembre de 2017 se acordó el registro, admisión, reserva de emplazamiento y los requerimientos de información que se consideraron necesarios, respecto de quejas que se recibieron de manera posterior al acuerdo inicial.
15/1/18 Acuerdo de admisión y reserva de emplazamiento, requerimiento al PRI y DEPPP
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 59.
Estatus: Instrucción
54 UT/SCG/Q/EMNB/JD34/MEX/60/2017 SIQyD 2929
Elda María
Nava Bernal PP no identificado
30/10/201
7
Rosa
María
Dávalos
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de la quejosa, toda vez que denuncia su
afiliación a un Partido No Identificado.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
Mediante acuerdo de 14/12/17, se registró la queja, se reservó la admisión y el emplazamiento y se requirió información a la DEPPP.
La DEPPP dio respuesta al requerimiento mediante oficio de 20/12/17 Mediante acuerdo de 27/12/17, se ordenó la reposición de la notificación
realizada a Elda María Aidé Nava Bernal. El 27/12/2017, se emitió acuerdo de vista a la ciudadana quejosa con la
respuesta de la DEPP de este Instituto. Se recibieron las constancias de notificación del Acuerdo de 27/12/2017. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 59. Estatus: Análisis de constancias.
33
55 UT/SCG/Q/ARH/JD10/PUE/61/2017 SIQyD 2930
Anahí Ramírez
Herrera PVEM
20/11/201
7
Juan
Carlos
Conzuelo
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de la quejosa, toda vez que derivado de
diversos procesos de selección como aspirantes a
cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Verde Ecologista
de México.
Registrada el 17/11/2017. En cotejo de nombres de los quejosos para determinar si ya han sido
radicados en algún procedimiento diverso para determinar su indebida afiliación. Posteriormente se procederá a su radicación.
El 4 de diciembre se dictó acuerdo de radicación, admisión y requerimiento de información tanto al PVEM como a la DEPPP.
la Dirección Ejecutiva respondió el cinco de diciembre y el partido el once siguiente.
Se han recibido cuarenta y cuatro nuevas quejas de ciudadanos presuntamente afiliados indebidamente al PVEM.
El 10 de enero se dictó acuerdo de radicación, admisión y requerimiento de información de cincuenta y dos quejas nuevas, tanto al PVEM como a la DEPPP.
El 15 de enero se recibió respuesta de la DEPPP y se está en espera de la respuesta del PVEM.
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 59.
Estatus: en investigación.
56 UT/SCG/Q/MORENA/CG/62/2017 SIQyD 2933
MORENA
Arturo Zamora
Jiménez, Senador
de la República;
Omar Fayad
Meneses,
Gobernador de
Hidalgo; Alfredo Del
Mazo Maza,
Gobernador del
estado de México;
Emilio Gamboa
Patrón, Senador de
la República; César
Camacho Quiroz,
Diputado; José
Calzada Rovirosa,
Titular de la
SAGARPA; Ismael
Hernández Deras,
Senador de la
República; Enrique
de la Madrid
Cordero, Secretario
de Turismo;
Alejandro Tello
Cristerna,
Gobernador de
Zacatecas; Jorge
Carlos Ramírez
Marín, Diputado;
23/11/201
7
Abel
Casasola
La asistencia de los denunciados a la toma de
protesta del Senador Ismael Hernández Deras
como dirigente de la Confederación Nacional
Campesina, durante días y horas hábiles, lo que
constituye una vulneración a lo dispuesto en los
artículos 134 párrafo séptimo de la Constitución
Política de los Estados unidos Mexicanos y 449
numeral 1, inciso c) de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Registrada el 24/11/2017. Acuerdo de 27/11/2017. Reserva de desechamiento o admisión.
Requerimiento a l PRI, solicitud a Oficialía Electoral. Acuerdo de 05/12/17. Certificación de página de internet y requerimiento de
información al Presidente del Comité Ejecutivo Nacional de la Confederación Nacional Campesina
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 52.
Estatus: Proyecto en revisión 18/12/2017.
34
PRI
57 UT/SCG/Q/EJMM/JD01/BC/63/2017 SIQyD 2934
Ezequiel Jesús
Mungúia
Méndez
PAN
21/11/201
7
Héctor
Anzurez
Adriana
Adam
La asistencia de los denunciados a la toma de
protesta del Senador Ismael Hernández Deras
como dirigente de la Confederación Nacional
Campesina, durante días y horas hábiles, lo que
constituye una vulneración a lo dispuesto en los
artículos 134 párrafo séptimo de la Constitución
Política de los Estados unidos Mexicanos y 449
numeral 1, inciso c) de la Ley General de
Instituciones y Procedimientos Electorales.
Registrada el 17/11/2017. El uno de diciembre de 2017, se dictó acuerdo de radicación. Asimismo, se
requirió al PAN y al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, diversa información sobre la afiliación de los quejosos.
Continúa recibiéndose diversas quejas que en su momento serán glosadas al expediente y hacer los requerimientos necesarios.
El trece de diciembre de 2017, se dictó acuerdo de radicación. Asimismo, se requirió al PAN y al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, diversa información sobre la afiliación de los quejosos.
El veintiséis de diciembre de 2017, se dictó acuerdo de radicación. Asimismo, se requirió al PAN y al Director Ejecutivo de Prerrogativas y Partidos Políticos de este Instituto, diversa información sobre la afiliación de los quejosos.
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 59.
Estatus: Análisis de constancias de notificación.
58 UT/SCG/Q/LRPZ/JD04/JAL/64/2017 SIQyD 2935
Luis Roberto
Preciado
Zavala y otros
PES
21/11/201
7
Juan
Carlos
Conzuelo
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que aparecen
como afiliados al Partido Encuentro Social, sin
haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 17/11/2017. El 30 de noviembre se dictó acuerdo de radicación y admisión así como
requerimiento de información a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos y al partido político, respecto a la afiliación de los quejosos.
El seis de diciembre del año en curso se recibieron las respuestas al requerimiento mencionado.
El 19/122017, se emitió acuerdo de vista a los ciudadanos quejosos con la respuesta del partido Encuentro Social y la DEPP de este Instituto Entre el 20 y el 26 de diciembre, se recibieron constancias de notificación de
la vista dada a los quejosos, con la información recabada tanto de la DEPPP como del Partido Encuentro Social.
A la fecha, se está en espera de la recepción de las constancias físicas y se encuentra en elaboración el acuerdo de emplazamiento.
El No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 52.
Estatus: En instrucción.
59 UT/SCG/Q/TEPJF/CG/65/2017 SIQyD 2940
Sala Superior
del Tribunal
Electoral del
Poder Judicial
de la
Federación
PRI
27/11/201
7
Alma De
León
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder
Judicial de la Federación, dentro del SUP-JRC-
388/2017 y sus acumulados, ordenó dar vista al
Instituto Nacional Electoral, para que determine lo
que en derecho corresponda, derivado del posible
uso indebido de datos personales de diversos
ciudadanos, así como la pertinencia del aviso de
privacidad usado en la recolección de los mismos.
Lo anterior, toda vez que para la entrega de
propaganda electoral impresa en forma de tarjetas,
durante la contienda electoral para Gobernador en
el estado de Coahuila, el PRI configuró un padrón
de beneficiarios, con diversos datos personales de
ciudadanos, sin que se hubiera solicitado la
autorización de la ciudadanía para formar parte del
mismo.
Registrada el 27/11/2017. Acuerdo de 04/12/2017, Requerimiento de Información al Representante
Legal del Partido Revolucionario Institucional, así mismo se acordó instrumentar Acta Circunstanciada con el objeto de verificar el contenido de la dirección electrónica www.pricoahuila.org.
El 13/12/2017, el Representante Legal del Partido Revolucionario Institucional dio respuesta.
15/1/18 requerimiento PRI No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 49. Estatus: En investigación y Análisis de las Constancias.
35
60 UT/SCG/Q/RGG/CG/66/2017 SIQyD 2943
Raúl Guzmán
Gómez PRI
04/12/201
7
Alan
George
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, miembros del Servicio
Profesional Electoral de distintos Organismos
Públicos Locales Electorales, toda vez que
aparecen como afiliados a los partidos políticos
Revolucionario Institucional y Encuentro Social, sin
haber otorgado su consentimiento.
Registrada el 04/12/2017 Acuerdo de registro y admisión de 04/12/2017. Acuerdo de emplazamiento 03/01/2018.
Al PRI se le notificó el 09/01/18 y a Encuentro Social el 10/01/18. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 45. Estatus Emplazamiento.
61 UT/SCG/Q/EMCT/JL/JAL/67/2017 SIQyD 2945
Eva María
Córdova
Terrones
PES
01/12/201
7
Alejandra
Díaz
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de la quejosa, toda vez que aparece
como afiliada al Partido Encuentro Social, sin haber
otorgado su consentimiento.
Registrada el 04/12/2017. 6/12/17 Acuerdo de admisión, radicación y requerimiento 8/12/17 Desahogo requerimiento DEPPP 13/12/17 desahogo requerimiento PES 15/01/18 Requerimiento DPPP y PES. Estatus: Análisis de constancias. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 45.
62 UT/SCG/Q/IEEBC/CG/68/2017 SIQyD 2946
Instituto Estatal
Electoral de
Baja California
MORENA
06/12/201
7
Mario
Garzón
El Instituto Electoral del Estado de Baja California, a
través de oficio IEEBC/UTCE/107/2017, remitió
escrito de la Ciudadana María de Guadalupe
Santiago Pérez, quien interpuso recurso de revisión
ante el Instituto de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Protección de Datos
Personales del Estado de Baja California, en contra
del Partido Movimiento Regeneración Nacional, por
la falta de respuesta a la solicitud de desafiliación
enviada al citado partido político a través de la
Plataforma Nacional de Transparencia, en presunto
incumplimiento de sus obligaciones en materia de
transparencia y acceso a la información.
Registrada el 06/12/2017. Mediante acuerdo de 8 de diciembre de 2017 se registró, admitió y emplazó a
MORENA. A dicho partido se le notificó por oficio INE-UT/9336/2017. Mediante escrito presentado el 19 de diciembre de 2017 MORENA dio
respuesta al emplazamiento. Elaboración de acuerdo de baja administrativa y remisión del expediente al
Instituto Estatal Electoral de Baja California para que conozca del asunto. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 40.
63 UT/SCG/Q/CG/69/2017 SIQyD 2957
Consejo
General
Carlos Ramírez
Hernández en su
columna de opinión
Indicador Político
12/12/201
7 Héctor
Anzurez
La Secretaría Ejecutiva dio vista, mediante oficio
INE/SE/2254/2017, derivado del incumplimiento de
las obligaciones en materia de encuestas
electorales (entrega del estudio en tiempo y forma),
atribuibles al columnista Carlos Ramírez
Hernández, el 08 de septiembre de 2017, en su
columna de opinión Indicador Político.
Registrada el 13/12/2017. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 33 El dieciocho de diciembre de 2017, se registró, admitió y se efectuaron
requerimientos de información. Estatus actual: Proyecto de acuerdo en revisión.
64 UT/SCG/Q/CG/70/2017 SIQyD 2958
Consejo
General
Carlos Ramírez
Hernández en su
columna de opinión
Indicador Político
12/12/201
7 Abel
Casasola
La Secretaría Ejecutiva dio vista, mediante oficio
INE/SE/2255/2017, derivado del incumplimiento de
las obligaciones en materia de encuestas
electorales (entrega del estudio en tiempo y forma),
atribuibles al columnista Carlos Ramírez
Hernández, el 03 de octubre de 2017, en su
columna de opinión Indicador Político.
Registrada el 13/12/2017. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 33 En elaboración de acuerdo de requerimiento a Carlos Ramírez Hernández, a diversos medios de comunicación y a Prospecta Consulting
65 UT/SCG/Q/SVV/JD33/MEX/71/2017 SIQyD 2967
Salvador Partido del Trabajo 02/06/201
7
La afiliación indebida y uso indebido de datos
personales del denunciante, toda vez que aparece
Registrada el 18/12/2017. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
36
Valencia Vera LUIS
ALBERTO
GRANAD
OS
afiliado al Partido del Trabajo sin haber otorgado su
consentimiento previo.
15/01/2018: 28
66 UT/SCG/Q/ALCM/CG/72/2017 SIQyD 2968
Ana Lilia Cruz
Mendoza y
OTROS
MORENA
04/07/201
7
CARLOS
GUILLEN
La afiliación indebida y uso indebido de datos
personales de los denunciantes, toda vez que
aparecen afiliados al Partido MORENA sin haber
otorgado su consentimiento previo.
Registrada el 18/12/2017. En elaboración de acuerdo de requerimiento a MORENA No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 28
67 UT/SCG/Q/MANG/CG/73/2017 SIQyD 2969
Miguel Ángel
Navarro García
y OTROS
Movimiento
Ciudadano
11/09/201
7
MILTON
La afiliación indebida y uso indebido de datos
personales del denunciante, toda vez que aparece
afiliado al Partido Movimiento Ciudadano sin haber
otorgado su consentimiento previo.
Registrada el 18/12/2017. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 28 8/1/18 Registro, admisión y reserva de emplazamiento, y atracción de
constancias En elaboración de acuerdo de emplazamiento.
68 UT/SCG/Q/SSC/CG/74/2017 SIQyD 2970
Sugeyro
Santibañez
Castillo y
OTROS
PARTIDO
ENCUENTRO
SOCIAL
04/07/201
7
ADRIANA
MORALE
S
La afiliación indebida y uso indebido de datos
personales de los denunciantes, toda vez que
aparecen afiliados al Partido Encuentro Social sin
haber otorgado su consentimiento previo.
Registrada el 18/12/2017. El 22/12/2017, se emitió acuerdo de radicación, admisión y atracción de
constancias. En elaboración de acuerdo de requerimiento a la DEPPP No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 28
69 UT/SCG/Q/JDM/JD06/CHIH/75/2017 SIQyD 2973
Jorge Delgado
Mendoza
Partido Nueva
Alianza
19/12/201
7
HÉCTOR
ANZÚREZ
La afiliación indebida y uso indebido de datos
personales de los denunciantes, toda vez que
aparecen afiliados al Partido Nueva Alianza sin
haber otorgado su consentimiento previo.
Registrada el 19/12/2017. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 27 El veintiséis de diciembre de 2017, se dictó acuerdo de registro, admisión y
atracción de constancias.
70
UT/SCG/Q/MGSF/JD31/MEX/76/2017
SIQyD 2975
M Guillermina
Solano Flores y
otros
Partido Verde
Ecologista de
México
19/12/201
7 ABEL
CASASOL
A
La afiliación indebida y uso indebido de datos
personales de los denunciantes, toda vez que
aparecen afiliados al Partido Verde Ecologista de
México sin haber otorgado su consentimiento
previo.
Registrada el 19/12/2017. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 27 15/1/18 Registro, admisión y reserva de emplazamiento y atracción de
constancias
71
UT/SCG/Q/JAZH/JD13/MEX/77/2017
SIQyD 2976
Jeniffer
Almendra
Zaragoza
Hernández y
otros
Partido
Revolucionario
Institucional
19/12/201
7 JUAN
CARLOS
CONZUEL
O
La afiliación indebida y uso indebido de datos
personales de los denunciantes, toda vez que
aparecen afiliados al Partido Revolucionario
Institucional sin haber otorgado su consentimiento
previo.
Registrada el 19/12/2017. No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 27 El 10 de enero de 2018, se admitió a trámite la queja.
Estatus: En elaboración el acuerdo de emplazamiento.
72
UT/SCG/Q/MBCH/CG/78/2017
SIQyD 2977
Marlem
Berenice
Castañeda
Hurtado y
OTROS
Partido de la
Revolución
Democrática
19/12/201
7 IVAN
DE LA
SELVA
La afiliación indebida y uso indebido de datos
personales de los denunciantes, toda vez que
aparecen afiliados al Partido de la Revolución
Democrática sin haber otorgado su consentimiento
previo.
Registrada el 19/12/2017. El 2 de enero 2018, se admitió a trámite, se reservó emplazamiento a 18
personas y se acordó atraer constancias de los Cuadernos de Antecedentes: UT/SCG/CA/CG/93/2016, UT/SCG/CA/CG/96/2016,
UT/SCG/CA/CG/2/2017, UT/SCG/CA/CG/4/2017,
UT/SCG/CA/CG/93/6/2017, UT/SCG/CA/CG/98/2017,
UT/SCG/CA/CG/13/2017.
En construcción acuerdo de atracción para constancias del
37
UT/SCG/CA/CG/99/2016 y para hacer requerimientos al PRD y a la
DEPPP de 3 personas
No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 27
73
UT/SCG/Q/MSCD/JD02/CAM/1/2018
SIQyD 2994
Mari Sheila
Che Dzib y
otros
PRD
02/01/201
8
Adriana
Morales
La indebida acreditación de los denunciantes como
representantes ante la mesa directiva de casilla
básica del partido político denunciado, en la sección
191 del municipio o delegación del Carmen del 2
Distrito Electoral Federal del estado de Campeche,
en presunto uso indebido de datos personales.
Se registró el 12/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
15/01/2018: 3
74
UT/SCG/Q/DERFE/CG/2/2018
SIQyD 2995
Autoridad
Electoral -
Dirección
Ejecutiva del
Registro
Federal de
Electores del
Instituto
Nacional
Electoral
Quien Resulte
Responsable
12/01/201
8
Adriana
Morales
La Dirección Ejecutiva del Registro Federal de
Electores del Instituto Nacional Electoral, a través
del oficio INE/DERFE/0038/2018, da vista a la
Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, sobre
probables conductas irregulares cometidas en
presunta contravención a lo establecido en los
Lineamientos para la Verificación del Porcentaje de
Apoyo Ciudadano que se requiere para el Registro
de Candidaturas Independientes a cargos federales
de elección popular para el Proceso Electoral
Federal 2017-2018, aprobados por el Consejo
General de este Instituto Nacional Electoral,
mediante acuerdo INE/CG387/2017 y demás
disposiciones aplicables en la materia, consistentes
en diversas cuestiones revisadas en la Mesa de
Control, entre las que destacan aquellas en las
cuales, las imágenes captadas no corresponden a
la captura de la Credencial para Votar.
Se registró el 12/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el 15/01/2018: 3
75
UT/SCG/Q/PFC/CG/3/2018
SIQyD 3001
Pedro Ferriz de
Con
Quien Resulte
Responsable
17/01/201
8 Adriana
Morales
El posible uso de datos falsos del Padrón Electoral
y/o Credenciales falsas dentro del procedimiento de
recepción de apoyos ciudadanos de los aspirantes
a Candidatos Independientes, derivado del
ofrecimiento de un millón de copias digitales de
credenciales de elector a un auxiliar/voluntario del
quejoso en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
38
76
UT/SCG/Q/CBP/JD41/MEX/4/2018
SIQyD 3002
Cecilia Bautista
Palacios y
otros
PAN
08/01/201
8 Abel
Casasola
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Acción Nacional.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
77
UT/SCG/Q/EJTA/JD05/YUC/5/2018
SIQyD 3003
Edwin
Jhonathan
Tzec Alonzo
PES
08/01/201
8 Juan
Carlos
Conzuelo
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Encuentro
Social.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
39
78
UT/SCG/Q/GFM/JD02/AGS/6/2018
SIQyD 3004
Guadalupe
Flores Martínez
y otros
MORENA
08/01/201
8 Rosa
María
Dávalos
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Político
MORENA.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
79
UT/SCG/Q/ARC/JD15/VER/7/2018
SIQyD 3005
Alma Ramírez
Carrillo y otros MC
08/01/201
8 Sergio
De La
Selva
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Movimiento
Ciudadano.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
80
UT/SCG/Q/IMC/JD09/OAX/8/2018
SIQyD 3006
Isidro Martínez
Cruz y otros PNA
08/01/201
8 Alma De
León
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Nueva Alianza.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
81
UT/SCG/Q/GFA/JD09/OAX/9/2018
SIQyD 3007
Gela Flores
Avendaño y
otros
PT
08/01/201
8 Mario
Garzón
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido del Trabajo.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
82
UT/SCG/Q/MLDJ/JD02/SLP/10/2018
SIQyD 3008
María Luisa
Derreza Jasso
y otros
PVEM
08/01/201
8 Carlos
Guillén
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Verde Ecologista
de México.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
40
83
UT/SCG/Q/M/JSV/JD31/MEX/11/2018
SIQyD 3009
Juana Salgado
Valdéz PES
12/01/201
8 Javier
Hernánde
z
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto
Nacional Electoral, aparecen como afiliados al
Partido Encuentro Social, sin haber otorgado su
consentimiento.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
84
UT/SCG/Q/IVG/CG/12/2018
SIQyD 3010
Iván Valera
García y otros PRD
04/01/201
8 Milton
Hernánde
z
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto
Nacional Electoral, aparecen como afiliados al
Partido de la Revolución Democrática, sin haber
otorgado su consentimiento.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
85
UT/SCG/Q/EVA/CG/13/2018
SIQyD 3011
Enrique
Villanueva
Arreola y otros
PRI
09/01/201
8 Abel
Casasola
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que de la
consulta llevada a cabo en la página del Instituto
Nacional Electoral, aparecen como afiliados al
Partido Revolucionario Institucional, sin haber
otorgado su consentimiento.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
86
UT/SCG/Q/SJVS/JD03/TAM/14/2018
SIQyD 3012
Serapio Jesús
Vallejo Silguero PRI
10/01/201
8 Alan
George
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido Revolucionario
Institucional.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
87
UT/SCG/Q/HGFC/JD08/BC/15/2018
SIQyD 3013
Heriberto
Gabriel Flores
Carrasco
PRD
12/01/201
8 Yesenia
Flores
La indebida afiliación y uso indebido de datos
personales de los quejosos, toda vez que derivado
de diversos procesos de selección como aspirantes
a cargos dentro del Instituto Nacional Electoral,
aparecen como afiliados al Partido de la Revolución
Democrática.
Se registró el 17/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 7
88
UT/SCG/Q/CG/16/2018
SIQyD 3017
Autoridad
Electoral -
Consejo
General
Frente Humanista
en Movimiento,
Agrupación Política
Nacional
19/01/201
8 Sergio
De La
Selva
A través de oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/0232/2018,
la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos
Políticos del Instituto, remitió copia simple de la
Resolución INE/CG589/2017, en cuyo resolutivo
tercero, se dió vista a efecto de que se determinara
lo que en derecho correspondiera respecto del
posible incumplimiento por parte de la Agrupación
Política Nacional denunciada de comunicar al
Consejo General la modificación a sus documentos
básicos.
Se registró el 22/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 2
41
89
UT/SCG/Q/CG/17/2018
SIQyD 3018
Autoridad
Electoral -
Consejo
General
Iniciativa Galileos,
Agrupación Política
Nacional
19/01/201
8 Yesenia
Flores
A través de oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/0233/2018,
la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos
Políticos del Instituto, remitió copia simple de la
Resolución INE/CG584/2017, en cuyo resolutivo
segundo, se dió vista a efecto de que se
determinara lo que en derecho correspondiera
respecto del posible incumplimiento por parte de la
Agrupación Poítica Nacional denunciada de
comunicar al Consejo General la modificación a sus
documentos básicos.
Se registró el 22/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 2
90
UT/SCG/Q/CG/18/2018
SIQyD 3019
Autoridad
Electoral -
Consejo
General
Confío en México,
Agrupación Política
Nacional
19/01/201
8 Rosa
María
Dávalos
A través de oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/0234/2018,
la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos
Políticos del Instituto, remitió copia simple de la
Resolución INE/CG631/2017, en cuyo resolutivo
segundo, se dió vista a efecto de que se
determinara lo que en derecho correspondiera
respecto del posible incumplimiento por parte de la
Agrupación Poítica Nacional denunciada de
comunicar al Consejo General la modificación a sus
documentos básicos.
Se registró el 23/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 1
91
UT/SCG/Q/DGG/CG/19/2018
SIQyD 3022
Daniel García
García,
Consejero
Electoral del
Consejo
General
Electoral del
Instituto Estatal
Electoral de
Baja California
Consejo General del
Instituto Estatal
Electoral del Estado
de Baja California
22/01/201
8 Bryan
Castro
A través de oficio TJE-021/2018, el Tribunal de
Justicia Electoral del estado de Baja California dio
vista al Consejo General del Instituto, y remitió
escrito de queja promovido por el denunciante, al
resolver el recurso de inconformidad RI-01/2018, en
el que determinó que el actor manifiesta haber sido
objeto de hostigamiento reiterado y sistemático por
parte de las y los consejeros electorales, lo que
afecta el ejercicio como servidor público.
Se registró el 23/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 1
92
UT/SCG/Q/CG/20/2018
SIQyD 3025
Autoridad
Electoral -
Consejo
General
Vamos Juntos,
Agrupación Política
Nacional
25/01/201
8
A través de oficio INE/DEPPP/DE/DPPF/0231/2018,
la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos
Políticos del Instituto, remitió copia simple de la
Resolución INE/CG586/2017, en cuyo resolutivo
segundo, se dió vista a efecto de que se
determinara lo que en derecho correspondiera
respecto del posible incumplimiento por parte de la
Agrupación Política Nacional denunciada de
comunicar al Consejo General la modificación a sus
documentos básicos.
Se registró el 24/01/2018 No de días hábiles transcurridos desde el registro de la queja hasta el
24/01/2018: 0