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Formulacin y Evaluacin de Proyectos

Universidad del Sin

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PROYECTOS PUBLICOS

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1. DEFINICION DE PROYECTO 1.1. Proyecto es una herramienta o instrumento que busca recopilar, crear, analizar en forma sistemtica un conjunto de datos y antecedentes, para la obtencin de resultados esperados. Es de gran importancia porque permite organizar el entorno de trabajo. Un Proyecto surge como respuesta a la concepcin de una "idea" que busca la solucin de un problema o la forma de aprovechar una oportunidad de negocio. 1.2. Proyecto es una planificacin que consiste en un conjunto de actividades que se encuentran interrelacionadas y coordinadas; la razn de un Proyecto es alcanzar objetivos especficos dentro de los lmites que imponen un presupuesto, calidades establecidas previamente y un lapso de tiempo previamente definidos. La gestin de Proyectos es la aplicacin de conocimientos, habilidades, herramientas y tcnicas a las actividades de un Proyecto para satisfacer los requisitos del Proyecto. 1.3. Proyecto es reunir varias ideas para llevarlas a cabo, es un emprendimiento que tiene lugar durante un tiempo limitado, y que apunta a lograr un resultado nico. Surge como respuesta a una necesidad, acorde con la visin de la organizacin, aunque sta puede desviarse en funcin del inters. El Proyecto finaliza cuando se obtiene el resultado deseado, y se puede decir que colapsa cuando desaparece la necesidad inicial, o se agotan los recursos disponibles. 2. PROYECTO PBLICO O SOCIAL 2.1. PROYECTO DE INVERSIN PBLICA Busca cumplir con objetivos sociales a travs de metas gubernamentales o alternativas, empleadas por programas de apoyo. Los trminos evolutivos estarn referidos al trmino de las metas bajo criterios de tiempo o alcances poblacionales. La preparacin de este tipo de Proyecto utiliza criterios similares a los que utilizan los de inversin privada, aunque difieren en la valoracin de variables determinantes de los costos y beneficios que se le asocien, la evaluacin privada trabaja con el criterio de precios de mercado, mientras que la evaluacin social lo hace con precios sombra o precio social donde parte de los costos recaen sobre terceros.

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Socialmente, la tcnica busca medir el impacto que una determina inversin tendr sobre el bienestar de la comunidad, a travs de la evaluacin social se intenta determinar la calidad de la solucin, la sostenibilidad y el control social. 2.1.1. Eficacia Capacidad de lograr el efecto que se desea o espera, sin que priven para ello los recursos o los medios empleados. La eficacia tiene que ver con resultados, esta relacionada con lograr los objetivos. 2.1.2. Eficiencia Es la relacin entre los resultados obtenidos (ganancias, objetivos cumplidos, productos, etc.) y los recursos utilizados (horas-hombre, capital invertido, materias primas, etc.). Uso racional de los medios con que se cuenta para alcanzar un objetivo predeterminado; es el requisito para evitar o cancelar dispendios y errores. Es la capacidad de alcanzar los objetivos y metas programadas con el mnimo de recursos disponibles y tiempo, logrando su optimizacin. 2.1.3. Efectividad Es un equilibrio entre la eficacia, que es el lograr los resultados y la eficiencia, que es el usar los medios de forma inteligente para que no haya desperdicio. Por lo tanto, en los medios queremos ser eficientes, no desperdiciar energa innecesaria, recursos innecesarios. En la eficacia queremos lograr los resultados, pero cuando somos eficaces y eficientes y lo hacemos de forma sostenida en el tiempo logramos efectividades. Estos Proyectos son los que buscan alcanzar un impacto sobre la calidad de vida de la poblacin, los cuales no necesariamente se expresan en dinero. Los promotores de stos son el estado, los organismos multilaterales, las ONG y tambin las empresas, en sus polticas de responsabilidad social. En el caso de los Proyectos pblicos o sociales, se pueden establecer ciertas clases. 2.2. CLASIFICACION DE PROYECTOS PUBLICOS 2.2.1. Proyectos de infraestructura Relacionados a inversin en obras civiles de infraestructura que puede ser de uso econmico (beneficiando la produccin) o de uso social, mejorando las condiciones de vida. En este tipo de proyectos se mide el impacto generado en los beneficiarios en materia de logros en salud (por ejemplo un proyecto

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de construccin de hospital) estos logros permiten mejorar la calidad del servicio, ahorrar recursos al estado por menores enfermedades o menor presin en centros existentes, educacin (ampliacin de aulas) mejorando la calidad del servicio educativo o incrementando su cobertura, o en la actividad econmica (carreteras, canales de regado u otros) que permite expandir la frontera de produccin existente en una zona, estos Proyectos incluyen el equipamiento respectivo. 2.2.2. Proyectos gubernamentales de fortalecimiento de capacidades sociales o

En este caso se trabajan diversas lneas, como por ejemplo participacin ciudadana, mejora de la gestin pblica, vigilancia ciudadana u otros, en este tipo de proyectos el componente de inversin en activos fijos, llmese obras civiles o equipamiento es limitado, la importancia se centra en el logro de capacidades sea en la comunidad o en los beneficiarios, dichas capacidades pueden referirse a lograr habilidades de gestin si los actores son pblicos o habilidades para el fortalecimiento del rol social en la gestin de la comunidad, muchas veces estos proyectos incluyen el diseo de planes de desarrollo local o planes de gestin territorial o ambiental. Debido a la naturaleza, su evaluacin radica en la medicin actual y futura del logro de capacidades y como estas interactan con los esfuerzos comunitarios para el desarrollo local. La evaluacin social de Proyectos compara los beneficios y costos que una determinada inversin pueda tener para la comunidad de un pas en su conjunto. No siempre un Proyecto que es rentable para un particular es tambin rentable para la comunidad, y viceversa. Tanto la evaluacin social como la privada usan criterios similares para estudiar la viabilidad de un proyecto, aunque difieren en la forma de valorar las variables que determinan los costos y beneficios asociados. Con respecto a esto, la evaluacin privada trabaja con el criterio de precios de mercado, mientras que la evaluacin social lo hace con precios sombra o sociales. Estos ltimos, con el objeto de medir el efecto de implementar un proyecto sobre la comunidad, deben tenerse en cuenta los efectos indirectos y externalidades que generan sobre el bienestar de la comunidad (por ejemplo, la redistribucin de los ingresos o la disminucin de la contaminacin ambiental). De igual forma, hay otras variables que la evaluacin privada incluye y que pueden ser descartadas en la evaluacin social, como el efecto directo de los impuestos, subsidios u otros que, en relacin con la comunidad, slo corresponden a transferencias de recursos entre sus miembros. Los precios privados de los factores se pueden corregir a precios sociales ya sea por algn criterio particular a cada proyecto o aplicando los factores de correccin que varios pases definen para su evaluacin social. Sin embargo, siempre se encontrar que los proyectos sociales requieren, por parte del evaluador, la definicin de correcciones de los valores privados a valores sociales. Para ello, el

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estudio de proyectos sociales considera los costos y beneficios directos, indirectos e intangibles y, adems las externalidades que producen. Los beneficios directos se miden por el incremento que el proyecto provocar en el ingreso nacional mediante la cuantificacin de la venta monetaria de sus productos, donde el precio social considerado corresponde al precio de mercado ajustado por algn factor que refleje las distorsiones existentes en el mercado del producto. De igual forma, los costos directos corresponden a las compras de insumos, donde le precio se corrige tambin por un factor que incorpore las distorsiones de los mercados de bienes y servicios demandados. Los costos y beneficios sociales indirectos corresponden a los cambios que provoca la ejecucin del proyecto en la produccin y consumo de bienes y servicios relacionados con ste. Por ejemplo, los efectos sobre la produccin de los insumos que demande o de los productos sobre los que podra servir de insumo (lo cual puede generar beneficios o costos sociales) dependen de la distorsin que exista en los mercados de los productos afectados por ste. Los beneficios y costos sociales intangibles, si bien no se pueden cuantificar monetariamente, deben considerarse cualitativamente en la evaluacin, en consideracin a los efectos que la implementacin del proyecto que se estudia puede tener sobre el bienestar de la comunidad. Por ejemplo, la conservacin de lugares histricos o los efectos sobre la distribucin geogrfica de la poblacin geopolticos o de movilidad social entre otros. Son externalidades de un proyecto los efectos positivos y negativos que sobrepasan a la institucin que realiza la inversin, tales como la contaminacin ambiental que puede generar el proyecto o aquellos efectos redistributivos del ingreso que pudiera generar.

3. DISEO DE PROYECTOS DE INVERSIN PBLICA Una forma particular de disear proyectos, est basado en las normativas pblicas y se conocen como proyectos de inversin pblica, stos, no son de naturaleza especial, simplemente toma criterios del diseo privado de proyectos y del diseo social, aadiendo aspectos como la medicin econmica de los beneficios sociales, esta medicin se hace con fines de obtener criterios objetivos de seleccin y evaluacin de alternativas de inversin para las instituciones del estado, que estn sujetas a auditoras por el uso de los fondos pblicos. Hasta mediados de los aos 90 la forma de disear y evaluar proyectos en el sector pblico era siguiendo el criterio: 3.1. Idea - expediente tcnico - ejecucin de obra

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Sin embargo este proceso obviaba una serie de factores, por un lado no se consideraba si la idea era la mejor de un conjunto de posibilidades de inversin, es decir no haba modo de saber si era una prioridad en la comunidad o si era la idea que generaba el mayor impacto posible. Al no conocerse informacin detallada de los alcances de la idea, muchas veces al trmino de la obra nos encontrbamos antes estructuras de poco uso o sobredimensionadas o lo que es peor, estructuras sin capacidad suficiente para atender a la comunidad. Esto evidenciaba un mal uso de recursos y poca eficiencia en las inversiones del estado, en muchos casos se obviaba los expedientes tcnicos o estos por falta de recursos, se diseaban con diversas fallas, de modo que las obras tenan diversos riesgos en su ejecucin y lo ms grave tenan fallas en su funcionamiento. Otras evidencias del mal uso de recursos radicaba en gastar los fondos de inversin pblica en el proceso idea - expediente, sin llegar a las obras, una evidencia continua en los gobiernos locales es la ejecucin de sus presupuestos de inversin en estudios sin llegar a concreciones en obras para el desarrollo. En otros aspectos se ejecutaban obras de dudosa sostenibilidad futura, llmese un centro cultural deportivo sin fondos para mantenimiento futuro o para el personal operativo futuro, de modo que su funcionamiento se hace limitado y muchas veces sin uso al poco tiempo de inaugurar la obra; lo cual adems evidencia una ausencia de norte en la planificacin de inversiones y un total desalineamiento de los planes de inversin regional o nacional, de modo que las obras no coordinadas no cuentan con otros mecanismos de soporte y quedan inconclusas o con uso parcial y slo de corto plazo. 3.2. Ciclo de Proyectos de Inversin Pblica Cada parte del ciclo del proyecto tiene sus respectivos detalles, por ejemplo en el caso del ciclo de preinversin se comprende la idea, el perfil, la prefactibilidad y la factibilidad del mismo. 3.2.1. Proceso de Preinversin Pblica El estudio de factibilidad concluye lo que en el anterior proceso de inversin se conoca como expediente tcnico, incluye los detalles de las obras civiles, planos, estructuras a disear y construir, mercado en donde se atender con los bienes y servicios producidos, detalles el flujo operativo y financiero a ejecutar, proceso de produccin, impacto ambiental ocasionado y acciones de control o mitigacin, riesgos, sensibilidad y sostenibilidad del proyecto. El proceso tiene un fundamento claro, primero la idea se enmarca en los planes locales de desarrollo o en los procesos participativos de presupuesto pblico e

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identifica claramente a donde se dirige la inversin, cada etapa del proceso es evaluada tanto en la instancia local como regional y nacional. 3.2.2. El perfil de un Proyecto pblico Es bsicamente el diseo de un proyecto social, tal como vimos en el captulo anterior, se le aaden algunos aspectos como balance oferta demanda (el anlisis para determinar la capacidad de demanda segn la oferta actual y futura). 3.2.3. El estudio de prefactibilidad Amplia los anlisis efectuados en el perfil sin introducir mayores aspectos, es bsicamente forzar a la entidad de formulacin a validar todos los aspectos planteados en el perfil. 3.2.4. El estudio de factibilidad Profundiza en la alternativa elegida, desarrolla para esta alternativa todos los estudios tcnicos financieros, analiza los resultados financieros y los aspectos sociales, e incorpora la forma como el proyecto ser llevado a cabo, es decir la estructura organizativa y su plan de ejecucin, adems de la forma como se financiar el mismo. El diseo y evaluacin formal parte del perfil. Los perfiles de proyectos son enviados en primera instancia por las unidades formuladoras de proyectos en cada gobierno local o regional, estas pasan a las unidades de evaluacin en las oficinas de proyectos en las mismas entidades. Una vez aprobado, viene la fase de inversin, en donde se planifica y realiza las actividades de equipamiento o construccin conducentes a tener todos los activos necesarios para la generacin de bienes o servicios para la comunidad. Se pueden identificar tres aspectos en la etapa de inversin: 3.3. Fase de inversin Pblica 3.3.1. Planificacin, en donde se procede a disear o tener listos todos los planos o detalle de obras y los estudios de planta y equipos requeridos, todo este proceso se planifica mediante un cronograma de ejecucin y un plan aprobado de desembolso con las entidades financieras, agencias del estado o agencias de cooperacin que financiarn el proyecto. 3.3.2. Formalizacin de la inversin, esto supone realizar todos los contratos o acuerdos formales con los proveedores de equipos o ejecutores de las obras civiles, asimismo se inician los pagos previos, de modo que tambin se reciben los primeros desembolsos.

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3.3.3. Ejecucin, en esta fase ya se implementan todos los ambientes, se equipan los espacios fsicos construidos y otros aspectos relacionados a iniciar las operaciones del proyecto. Pasada la etapa de inversin viene la fase de operacin, en esta parte se inicia la produccin de bienes y servicios, esta produccin se dar a lo largo de la vida til del proyecto, cabe sealar que en los proyectos pblicos por lo general no se tiene valor de recuperacin de la inversin y su horizonte es generalmente a 10 aos. Como todo proyecto, aquellos de inversin pblica tambin se inician con un conocimiento de la demanda, en este caso la demanda por servicios pblicos o bienes pblicos, los mismos que sern ofertados por el proyecto.

4. BANCO DE PROGRAMAS Y PROYECTOS DE INVERSION NACIONAL BPIN De conformidad con la Ley Orgnica del Plan de Desarrollo (Ley 152 de 1994, artculo 27), el Estatuto Orgnico del Presupuesto General de la Nacin (Ley 38 de 1989, artculo 32) y las normas reglamentarias (Decreto 841 de 1990, artculo 3): El Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional, BPIN, es un sistema de informacin sobre programas y proyectos de inversin pblica, viables tcnica, financiera, econmica, social, institucional y ambientalmente, susceptibles de ser financiados o cofinanciados con recursos del Presupuesto General de la Nacin. El BPIN apoya los procesos de planeacin, presupuestario, seguimiento, control y evaluacin de resultados de la inversin pblica colombiana financiada o cofinanciada con recursos del Presupuesto General de la Nacin promoviendo la asignacin de recursos a proyectos y programas viables, prioritarios y elegibles que busquen mejorar los niveles de calidad de vida y apoya los procesos de crecimiento y desarrollo, fomentando el cumplimiento de objetivos y logro de resultados con eficiencia, eficacia, efectividad, equidad, sostenibilidad y sustentabilidad. El BPIN hace parte de los sistemas nacionales de planeacin, inversin pblica, gestin de programas y proyectos de inversin pblica y de la red nacional de bancos de programas y proyectos. El Sistema Nacional de Planeacin es el conjunto de actores (autoridades e instancias), normas, principios, procedimientos y mecanismos que permiten consolidar los planes de desarrollo econmico y social sobre la base de procesos de planeacin participativa (Artculo 342 de la Constitucin Poltica y Ley 152 de 1994). El Sistema Nacional de Inversin Pblica es el conjunto de actores (Congreso, rama jurisdiccional, Min hacienda, DNP, Entidades Pblicas, Confis), principios,

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normas, procedimientos, mecanismos y metodologas para preparar, programar, ejecutar, monitorear y evaluar los presupuestos pblicos de inversin. Est compuesto, entre otros, por los sistemas nacionales: Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional, BPIN; red de bancos de programas y proyectos; bancos de programas y proyectos departamentales, distritales y municipales; cooperacin tcnica internacional, Sinci; integrado de informacin financiera, Siif; crdito pblico; cofinanciacin; tributario y fiscal. La Red Nacional de Bancos de Programas y Proyectos est integrada por el conjunto de estrategias, instrumentos y herramientas que permiten la comunicacin permanente entre el BPIN y los bancos departamentales, distritales y municipales, con el fin de intercambiar informacin y consolidar la inversin pblica del Pas. El Sistema Nacional de Gestin de Programas y Proyectos de Inversin Pblica, en proceso de consolidacin, es un sistema de informacin sobre programas y proyectos de inversin, viables tcnica, financiera, econmica, social, ambiental e institucionalmente, susceptibles de ser financiados o cofinanciados con recursos de la nacin, los departamentos, los distritos o los municipios. Es la fase final del proceso de implantacin y consolidacin de bancos de programas y proyectos de inversin en el nivel nacional, departamental, distrital y municipal y de la red nacional de bancos de programas y proyectos. El Sistema Nacional de Gestin de Programas y Proyectos de Inversin Nacional apoya los procesos de planeacin, presupuestario, seguimiento, control y evaluacin de resultados de la inversin pblica nacional, departamental, distrital y municipal. 4.1. Misin del BPIN Administrar la informacin sobre la inversin pblica colombiana financiada o cofinanciada con recursos del Presupuesto General de la Nacin. 4.2. Funciones del Sistema BPIN Administrar el sistema BPIN Coordinar la consolidacin de la Red Nacional de Bancos de Programas y Proyectos y del Sistema Nacional de Gestin de Programas y Proyectos de Inversin Pblica. Dar orientacin operativa, soporte y asistencia tcnica sobre el uso de herramientas e instrumentos propios de los bancos de programas y proyectos. Disear, operar y dar mantenimiento a los programas, bases de datos y dems herramientas computacionales necesarias para la operacin de los bancos de programas y proyectos.

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Definir los criterios y mecanismos para sistematizar la informacin, incluyendo criterios para adquisicin, desarrollo, operacin de equipos y sistemas computacionales. Elaborar, actualizar y distribuir los manuales de operacin y procedimientos del BPIN, los manuales de usuario y los manuales tcnicos de herramientas computacionales empleadas en los bancos de programas y proyectos. Coordinar los servicios de asistencia tcnica y asesora sobre los componentes del BPIN. Establecer necesidades de capacitacin sobre teora de proyectos y coordinar su oferta.

4.3. Importancia del BPIN Gerenciar la inversin pblica. Consolidar la informacin sobre programas y proyectos viables tcnica, financiera econmica, social, ambiental e institucionalmente durante todo el ciclo de vida desde el diagnstico de necesidades, problemas y oportunidades en situaciones actuales hasta la evaluacin de impactos y resultados en la situacin futura deseada, pasando por la identificacin, preparacin, formulacin, evaluacin ex ante, ejecucin, operacin, control, seguimiento, monitoreo, cierre y liquidacin. Tambin sirve a los ejercicios de evaluacin expos. Integrar los programas y proyectos con las polticas de desarrollo, en el marco de los procesos de planeacin econmica y social dentro del esquema lgico.

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4.4. Objetivos que busca el BPIN Apoyar la gerencia y toma de decisiones sobre inversin pblica colombiana. Contribuir a la incorporacin de criterios de eficiencia y eficacia en la asignacin y ejecucin de los recursos de inversin estatal. Facilitar el logro de objetivos de poltica mediante la definicin de programas y proyectos como conjuntos coherentes de acciones realizables, financiables, especficas y ubicadas espacial y temporalmente. Proporcionar informacin veraz y confiable sobre los resultados de la inversin pblica. Servir de unidad de consolidacin de la informacin sobre inversin pblica nacional, departamental, distrital y municipal, independientemente de la fuente de financiacin, organismo ejecutor o localizacin del programa, proyecto o actividades. Apoyar los procesos de evaluacin ex ante, seguimiento, evaluacin de resultados y evaluacin ex post sobre las decisiones de inversin pblica. 4.5. Creacin del BPIN El BPIN surge como una de las alternativas de solucin a los problemas del esquema presupuestal de inversin colombiano evidenciados en diagnsticos realizados por el DNP a mediados de 1985 y que comprendieron reformas legales, institucionales y procedimentales sobre la planeacin y la presupuestario. A continuacin se enumeran algunos de los problemas detectados en el esquema presupuestal de la inversin pblica colombiana en los aos ochenta: Las instancias nacionales de gobierno se enteraban tardamente de las mejores opciones de inversin de los recursos pblicos Proyectos de inversin rechazados en algn nivel (nacional, departamental o municipal) por no ser viables, prioritarios o elegibles eran aceptados y ejecutados en otros por desconocimiento de informacin al respecto La informacin sobre los proyectos existentes era manejada a nivel personal y no organizacional dando lugar a una memoria institucional informal y dbil para sustentar procesos de seguimiento, control y evaluacin Se duplicaban los gastos en estudios de factibilidad, pre inversin y viabilidad que ya haban sido realizados La calidad y confiabilidad de la escasa y no sistematizada informacin existente sobre la inversin pblica dificultaba la toma de decisiones

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4.5.1. Fecha de Creacin del BPNI El BPIN fue creado el 21 de abril de 1989, mediante la Ley 38 o Estatuto Orgnico del Presupuesto General de la Nacin. El 20 de octubre de 1989 se crean las divisiones de Operacin y Sistemas, DOS y Metodologas, Dime del BPIN, mediante el decreto 2410, orgnico del DNP. En abril de 1990 el BPIN inicia su operacin: son nombrados los primeros jefes y profesionales de la DOS y Dime, se celebran los primeros contratos de consultora para asistencia tcnica, preparacin de metodologas y dems actividades del Banco de Proyectos. En el perodo diciembre de 1989 a enero de 1993 se ejecutaron labores de consultora orientadas a desarrollar metodologas, manuales de operacin y sistemas computacionales. De igual manera se iniciaron los procesos de capacitacin, asesora y asistencia tcnica dirigidos a las entidades pblicas nacionales integrantes del BPIN y destinatarias de los productos de las consultoras (metodologas, manuales, herramientas computacionales, equipos de cmputo, etc.) El BPIN hace parte del Sistema Nacional de Gestin de Programas y Proyectos de Inversin Pblica, SINAGEP, creado por Gobierno Colombiano como parte del programa de modernizacin e incremento de la eficiencia del sector pblico; permite fortalecer las actividades de preparacin y programacin, ejecucin y evaluacin de las inversiones del sector pblico. El proceso del SINAGEP, se ejecuta en tres fases: 4.6. Fases del Sistema Nacional de Gestin de Programas y Proyectos de Inversin Pblica SINAGEP 4.6.1 Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional, BPIN. En cumplimiento de la Ley 38/89, entre 1989 y 1993 se inici el montaje de la primera fase del SINAGEP perodo en el cual se desarrollaron los procesos de anlisis, diseo, desarrollo e implementacin del Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional, BPIN, el cual est siendo administrado por la Direccin de Inversiones y Finanzas Pblicas del Departamento Nacional de Planeacin, DNP. El desarrollo e implementacin del BPIN se fundament en cuatro grandes componentes: 4.6.1.1. Componentes del BPNI 4.6.1.1.1. Componente legal e institucional: Es el soporte jurdico, procedimental e institucional del Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional. Hacen parte de este componente entre otros, La Ley 38/89, el Decreto

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841/90, el Decreto 2167/92, la Resolucin 5345/92, la Ley 141/94, la ley 152/94, la Ley 179/94, el Decreto 111/96, Decreto 1080/97, Decreto 2141/2000, Decreto 1363/2000, Resolucin 0996/2000, Resolucin 0421/2001. Tambin hace parte de este componente el manual de procedimientos del BPIN. 4.6.1.1.2. Componente de metodologas: mediante este componente se facilita el diseo y divulgacin de los manuales de identificacin, preparacin y evaluacin de proyectos de inversin pblica; se le da consistencia, validez y homogeneidad al proceso de formulacin y evaluacin de proyectos susceptibles de ser financiados con recursos pblicos. En desarrollo de este componente se han publicado 28 metodologas entre generales y sectoriales, 21 de las cuales se hallan vigentes. 4.6.1.1.3. Componente de capacitacin y asistencia tcnica: a travs de ste componente se difunde la cultura del proyecto, se forma el recurso humano en temas de teora de proyectos, procedimientos, normas, utilizacin de las metodologas, manejo de las herramientas informticas y se da asistencia tcnica puntual sobre los temas que maneja el BPIN. 4.6.1.1.4. Componente de sistemas de informacin: el desarrollo del aplicativo BPIN permiti que en l confluyan todos los componentes mencionados. Es el receptor y consolidador de la informacin que sirve para generar estadsticas, indicadores, anlisis. En sntesis, genera los insumos necesarios para la toma de decisiones de inversin. Durante la etapa de implementacin del BPIN se atendi en forma indiscriminada a todas las entidades usuarias del BPIN. Una vez la cultura de la planeacin y de la presupuestario se institucionaliz y de acuerdo con el proceso de descentralizacin, el BPIN dise y puso en marcha estrategia de capacitacin y asistencia tcnica a las entidades pblicas nacionales a travs de los Ministerios, Departamentos Administrativos y organismos de control, los cuales a su vez deben apoyar los mismos procesos en sus entidades adscritas y/o vinculadas. De esta forma el Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional, BPIN, se constituye en el instrumento de gestin que apoya los procesos de planeacin, presupuestario, seguimiento, control y evaluacin de resultados de la inversin pblica colombiana financiada o cofinanciada con recursos del Presupuesto General de la Nacin. Sirve para que a travs de l se promueva la asignacin de recursos a programas y proyectos viables y prioritarios que apoyen el proceso de crecimiento y desarrollo del pas y que propendan por el mejoramiento de la calidad de vida de la poblacin colombiana.

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4.6.2. Bancos de Programas y Proyectos Territoriales La segunda fase del SINAGEP, cuyo desarrollo se dio entre 1994 y 1997, tuvo como objetivo el montaje de Bancos de Programas y Proyectos en los Departamentos, Distritos y Municipios de ms de 100.000 habitantes; coincidi con lo establecido en la Ley 152/94, sobre la necesidad de organizar y poner en funcionamiento Bancos de Programas y Proyectos a nivel territorial. Durante esta fase se capacit y dio asistencia tcnica a 72 bancos territoriales con base en el esquema propuesto para el nivel nacional. Fue as como se apoy el desarrollo de instrumentos legales: ordenanzas y acuerdos para el montaje y operacin de los bancos territoriales; metodolgicos: se dio una amplia difusin de las metodologas que haban sido diseadas por el BPIN y que fueron concertadas y puestas a consideracin de los entes territoriales para su uso masivo; en el rea de capacitacin y asistencia tcnica: se dio una amplia divulgacin de los componentes del banco de proyectos a todo lo largo y ancho del pas, particularmente en las 72 entidades territoriales, objetivo de esta fase del sistema; en el componente de sistemas: se trabaj conjuntamente con el Sistema Nacional de Cofinanciacin en el diseo y desarrollo del Sistema de Seguimiento y Evaluacin de Proyectos de Inversin, SSEPI, instrumento informtico, puesto al servicio de las entidades territoriales para el registro, programacin y seguimiento de sus proyectos de Inversin. En desarrollo del proceso de descentralizacin que ha venido impulsando el gobierno nacional, a partir de 1999 el BPIN diseo y puso en marcha la estrategia de capacitacin y asistencia tcnica a los entes territoriales a travs de los Departamentos y Distritos, mediante la cual el BPIN apoya en forma directa estas instancias para que stas a su vez repliquen el conocimiento recibido en los municipios y entes de su jurisdiccin. 4.6.3. Consolidacin del SINAGEP Fortalecido el BPIN y una vez se han puesto en marcha los bancos territoriales, se inici la tercera fase del SINAGEP cuyo objetivo principal es la consolidacin del sistema en los niveles nacional y territorial. En esta etapa el SINAGEP debe unificar y compatibilizar las normas, la capacitacin y asistencia tcnica, los procedimientos, las metodologas y los sistemas de informacin del nivel nacional y territorial en un nico sistema. La conformacin de una red de bancos de programas y proyectos de inversin pblica a travs de internet ser una realidad con la implementacin del SINAGEP en este medio. La puesta en operacin del SINAGEP por va internet parte de la actualizacin del marco legal del sistema, el ajuste de las metodologas para lo cual se pretende actualizar las razones precio cuenta de los productos e insumos nacionales, as como la tasa social de descuento para Colombia; se incluirn el estudio de mercado, el anlisis financiero y se ampliar el estudio ambiental, igualmente se desarrollaran bancos de indicadores, de costos prototipo y proyectos exitosos. A partir de los indicadores

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se adicionar un captulo sobre el seguimiento fsico financiero. En esta nueva fase del SINAGEP se realizarn estudios de calidad de la informacin a nivel nacional y territorial y se disearan nuevas metodologas como son las de programas, de evaluacin ex post y seguimiento de proyectos. Adicionalmente, la operacin de la Red Nacional de Bancos de Programas y Proyectos ser una realidad, en el marco del Sistema Nacional de Conectividad impulsado por la Presidencia de la Repblica. Con el fin de enriquecer y fortalecer el Sistema se ha iniciado un programa de cooperacin tcnica internacional a travs del cual se brinda y recibe apoyo de otros pases en el tema de gestin de proyectos de inversin. As mismo se est trabajando en la conformacin de una asociacin de bancos de programas y proyectos de inversin pblica en Amrica Latina.

4.7. Proceso de Implantacin del BPIN en Colombia con apoyo Internacional La OEA a travs de un proyecto de cooperacin tcnica internacional, en el marco del proceso de descentralizacin, entre 1989 y 1996, financiando los diagnsticos y dems estudios previos a la implantacin del BPIN y las acciones de capacitacin en identificacin y formulacin de proyectos. El IIPES en el perodo 1989 a 1993, brind asesora y asistencia tcnica para el montaje del Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional. El Banco Interamericano de desarrollo, BID, a travs de un convenio de cooperacin tcnica internacional no reembolsable, financi las actividades relacionadas con la creacin y puesta en marcha del banco de proyectos 4.8. Partes que Conforman el BPIN Todas las entidades pblicas nacionales que administren recursos provenientes del Presupuesto General de la Nacin: Congreso, Rama Jurisdiccional, incluye el Consejo Superior de la Judicatura, Ministerios, Departamentos Administrativos Nacionales, Superintendencias, Unidades Administrativas Especiales, Establecimientos Pblicos Nacionales, Empresas Sociales del Estado y Entes Universitarios Autnomos. Tambin son integrantes del sistema BPIN, la Registradura Nacional del Estado Civil, la Procuradura General de la Nacin, la Defensora del Pueblo, la Contralora General de la Repblica, la Fiscala General de la Nacin y los Departamentos, Distritos y Municipios a travs de la financiacin o cofinanciacin de sus proyectos por medio de los establecimientos pblicos nacionales.

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4.9. Organizacin del BPIN El BPIN est organizado por instancias, as:

Organizacin del BpinD ireccin de Inversiones y Finanzas Pblicas, D ifp -DNP Prim instancia era Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional, BPIN

Segunda instancia

O direcciones tcnicas D tras NP Congreso, Ram Jurisdiccional, M a inisterios,

Tercera instancia

Depatam entos A inistrativos, dm Contralora, Procuradura, Fiscala y Registradura

Entidades adscritas y vin Cuarta instancia

culadas a M inisterios y

Departam entos adm inistrativos

4.9.1. Primera Instancia: En la primera instancia se encuentra el rea funcional del DNP ubicada en la Direccin de Inversiones y Finanzas Pblicas, Difp, responsables primarios del sistema BPIN: Subdireccin de Programacin y Seguimiento Presupuestal del Sector Central. Subdireccin de Programacin y Seguimiento Presupuestal del Sector Descentralizado. Subdireccin de Crdito. Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional, BPIN. Grupo de regalas. 4.9.2. Segunda Instancia: La segunda instancia est integrada por las dems direcciones tcnicas del DNP responsables del control posterior a los conceptos de viabilidad.

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4.9.3. Tercera Instancia: En la tercera instancia se ubican los responsables de calificar la viabilidad de los programas y proyectos: Ministerios y Departamentos Administrativos Nacionales, Congreso, Rama Jurisdiccional, Contralora, Procuradura, Defensora, Fiscala, Registradura, Entes Universitarios Autnomos y Empresas Sociales del Estado. Papel esencial desempean en esta instancia las oficinas de planeacin o quienes hagan sus veces, porque son responsables de: Calificar la viabilidad de los programas y proyectos de sus sectores respectivos, Brindar asistencia tcnica en los procesos de identificacin, formulacin y evaluacin de programas y proyectos a las entidades adscritas (establecimientos pblicos y unidades administrativas especiales) o vinculadas (Empresas Industriales y Comerciales del Estado, Sociedades de Economa Mixta, Empresas Sociales del Estado y Entes Universitarios Autnomos) y a otras reas funcionales del Ministerio o Departamento Administrativo,

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Liderar los ejercicios de seguimiento y evaluacin de resultados de programas y proyectos del Ministerio o Departamento Administrativo y del sector respectivo.

Congreso

Presidencia de la

Repblica

Ministerio de Hacienda

Programas y

proyectos

DNPProgramas y proyectos

Congreso, M inisterios, Departamentos Administrativos, Contalora, Procuradura, Fiscala, Registradura y Consejo Superior de la JudicaturaOficina de planeacin

Programas y

proyectos

Entidades nacionales adscritas y vinculadas a ministerios y departamentos administrativos: establecimientos pblicos, superintendencias, unidades administrativas epeciales,....

Departamentos Distritos y Municipios

4.9.4. Cuarta Instancia: En la cuarta instancia se halla el resto de las entidades nacionales adscritas o vinculadas a ministerios y departamentos administrativos nacionales, los departamentos distritos y municipios que acceden a los recursos del Presupuesto General de la Nacin a travs de establecimientos pblicos nacionales. Papel esencial desempean en esta instancia las oficinas de planeacin o quienes hagan sus veces, porque son responsables de brindar asistencia tcnica y apoyo a las reas administrativas, operativas o tcnicas de cada una en la identificacin, preparacin, formulacin y evaluacin de programas y proyectos de inversin y en la preparacin y consolidacin de planes institucionales de desarrollo.

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4.10. Componentes del BPIN El BPIN est integrado por los componentes: legal e institucional, capacitacin y asistencia tcnica, metodologas y sistemas y herramientas computacionales.

Los componentes del BPIN Legal e institucional Capacitacin y asistencia tcnica

Leyes

Decretos

Resoluciones

Teora de proyectos, marco conceptual bancos de proyectos, normas, procedimientos, uso metodologas, manejo sist ema s de informacin

Metodologas

Sistemas y herramientas computacionales

Ge nerales y sectoriales

4.10.1. Componente legal e institucional: est compuesto por un conjunto de leyes, decretos reglamentarios y resoluciones que definen el marco jurdico del sistema en los aspectos institucionales, procedimentales y de definicin de competencias. 4.10.2. Componente de capacitacin y asistencia tcnica: est integrado por las polticas, estrategias, instrumentos pedaggicos, ayudas didcticas y acciones de formacin (pregrado o postgrado), perfeccionamiento o adiestramiento ejecutadas por el DNP, por otras entidades pblicas o privadas, orientadas a

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ampliar las disponibilidades de recurso humano altamente calificado en identificacin, preparacin, formulacin, evaluacin o gerencia de programas y proyectos y en otros temas propios de la teora de proyectos (ver Anexos 2). La asistencia tcnica hace referencia a las acciones orientadas a resolver las consultas, inquietudes y dudas de los usuarios de las herramientas e instrumentos del sistema y que desarrollan las direcciones tcnicas del DNP, las oficinas de planeacin y las reas tcnicas y operativas de las entidades pblicas nacionales. En el BPIN se atienden requerimientos verbales, escritos, a travs de correo electrnico, va fax o consultas presenciales sobre aspectos legales, operacin, procedimientos, uso de metodologas para formulacin y evaluacin de programas y proyectos, teora de proyectos, herramientas computacionales, antecedentes, historia, evolucin y desarrollo del BPIN. 4.10.3. Componente de metodologas: ha desarrollado instrumentos y guas para identificacin, preparacin, formulacin, evaluacin ex ante y seguimiento de programas y proyectos de inversin pblica que contribuyen a crear y fortalecer la cultura de la planeacin, la presupuestario, la ejecucin y el seguimiento de la inversin pblica a partir de programas y proyectos. El DNP lidera la actualizacin de las metodologas existentes y el diseo de nuevas herramientas a medida que el proceso de consolidacin de la cultura de programas y proyectos avanza y se transforman o modifican las caractersticas del entorno para el cual fueron elaboradas. El BPIN dispone de metodologas para formulacin y evaluacin ex ante de proyectos de inversin pblica, las cuales se pueden obtener en medio magntico (diskettes de 3,5 de alta densidad, en procesador de texto Word o en acrobat), en cartillas impresas o en fotocopias de cartillas (ver Anexo 3). 4.10.4. Componente de sistemas y herramientas computacionales: est integrado por herramientas e instrumentos de soporte lgico y fsico a los procesos de formulacin y evaluacin de proyectos, registro de programas y proyectos, programacin presupuestal y seguimiento fsico-financiero. El soporte lgico est representado en el software BPIN desarrollado en manejador de bases de datos FoxPro para sistema operacional dos, instalado en cerca de 150 entidades nacionales. El software BPIN permite registrar programas y proyectos, preparar el anteproyecto de presupuesto de inversin, monitorear el comportamiento financiero, consultar programas y proyectos por entidad, por ao, por sector o por localizacin. La informacin ingresa al sistema a partir del uso de la ficha EBI (ver Anexo 4). Las bases de datos del BPIN cuentan con informacin acumulada de programas y proyectos desde 1993, llegando a una cifra cercana a los 55.183 proyectos, a

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mayo de 2001. Esta informacin est siendo utilizada para estudios y anlisis sobre el comportamiento de la inversin pblica colombiana, para explorar posibles alternativas de inversin en el pas por parte de agentes internacionales pblicos y privados, como insumo en los procesos de planeacin participativa corporativos, departamentales, distritales y municipales, en procesos de seguimiento y para el desarrollo del sistema nacional de evaluacin de gestin y resultados de la administracin pblica. El soporte fsico comprende los equipos de cmputo propios de la red del DNP (servidores, microcomputadores y accesorios) adems de algunos microcomputadores entregados por el DNP en comodato a entidades pblicas nacionales en los primeros aos de operacin del BPIN. La informacin contenida en las bases de datos del BPIN es pblica y puede ser solicitada directamente en el BPIN del DNP, va fax, mediante comunicacin telefnica o a travs de correo electrnico. 4.11. Funciones del Banco de Proyectos de la Direccin de Inversin y Finanzas Pblicas del DNP Al BPIN le corresponde: Establecer las polticas y estrategias de desarrollo y operacin de los bancos de programas y proyectos de inversin pblica a nivel nacional, departamental, distrital y municipal. Controlar la organizacin institucional de los bancos de programas y proyectos de inversin nacional y territorial. Consolidar la informacin sobre la inversin pblica nacional, departamental, distrital y municipal. Preparar informes y documentos peridicos sobre la calidad de la informacin de la inversin pblica nacional, departamental distrital y municipal. Promover acciones para consolidar una cultura de la planeacin, el presupuesto, el control y el seguimiento de la inversin pblica con base en programas y proyectos que tengan claramente definidos sus acciones, alcances, fuentes de financiacin, objetivos, resultados, y los indicadores de medicin de impactos a lo largo de su ciclo de vida. Disear, divulgar, capacitar y brindar asistencia tcnica en el uso de herramientas e instrumentos propios de los bancos de programas y proyectos de inversin pblica del pas. Dirigir y supervisar la asistencia tcnica de las entidades que se encuentran dentro de las competencias de los bancos de programas y proyectos de inversin nacional y territorial. Determinar las necesidades de capacitacin relacionadas con la operacin de los bancos de programas y proyectos de inversin y coordinar su oferta.

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Realizar acciones de orientacin operativa de los bancos de programas y proyectos de inversin nacional y territorial. Elaborar, actualizar y distribuir entre los usuarios los manuales de procedimientos y reglamentos operativos de los bancos de programas y proyectos de inversin. Disear, actualizar y distribuir entre los usuarios los manuales metodolgicos para la identificacin, preparacin y evaluacin ex ante de programas y proyectos. Fomentar la aplicacin de las metodologas para preparacin, formulacin y evaluacin ex ante de proyectos. Definir los flujos de informacin hacia y desde el Banco de Proyectos, de acuerdo con los calendarios establecidos en la reglamentacin y en los manuales de operacin de los Bancos de Programas y Proyectos nacional y territoriales. Participar en la formulacin y evaluacin de resultados del Plan Nacional de Desarrollo. Definir, en coordinacin con la divisin de sistematizacin de Datos del Departamento Nacional de Planeacin, DNP, los mecanismos de sistematizacin de los bancos de programas y proyectos de inversin nacional y territorial, incluyendo los criterios para la adquisicin, operacin y mantenimiento de equipos y soporte lgico. Establecer polticas y procedimientos que garanticen la seguridad e integridad en la conectividad entre las bases de datos y velar por su cumplimiento. Investigar los mtodos y tcnicas que aumenten la eficiencia en el anlisis, diseo, programacin, implementacin y mantenimiento de los sistemas de informacin. Disear y desarrollar los mecanismos que permitan optimizar los flujos sistemticos de informacin entre los bancos de programas y proyectos nacionales y territoriales y otras entidades y compartir desarrollos informticos. Definir las especificaciones tcnicas y requerimientos que deben contemplar los sistemas de informacin de los bancos de programas y proyectos de inversin, incluidos los mdulos de Banco de Proyectos y Experiencias Exitosas y Banco de Costos Prototipo. Establecer y aplicar, en coordinacin con las dems entidades estatales, planes de pruebas que midan y evalen la eficiencia, el desempeo, la calidad y los niveles de seguridad de las aplicaciones desarrolladas para el registro de proyectos y procurar, en coordinacin con los usuarios, su adecuado funcionamiento. Desarrollar con las dems entidades estatales, polticas de puesta en marcha de las aplicaciones para el registro de proyectos, definiendo estrategias y planes de implantacin. Participar en los procesos de mantenimiento y actualizacin de las aplicaciones desarrolladas que se encuentren en uso.

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Orientar la prestacin de soporte tcnico a los usuarios de los bancos de programas y proyectos de inversin. Dirigir las actividades relacionadas con las consultoras y trabajos que se contraten en el BPIN, as como dirigir y coordinar la interventora en los casos pertinentes. A partir del 1 de enero de 1999 el BPIN asume las funciones del proyecto Red Nacional de Bancos de Programas y Proyectos. 4.12. Ficha de Estadsticas Bsicas de Inversin EBI La ficha de Estadsticas Bsicas de Inversin, EBI, es el formato que permite registrar los datos generales de los programas y proyectos de inversin y facilita el registro, actualizacin o modificacin de informacin dentro del sistema BPIN. Es elaborada una vez han concluido los procesos de formulacin y evaluacin. 4.13. Programas y Proyectos de Inversin Pblica desde las Entidades hacia el BPIN A continuacin se sealan los pasos que deben seguir los proyectos susceptibles de ser financiados con recursos del Presupuesto General de la Nacin: Los proyectos que vayan a ser eventualmente financiados con recursos del Presupuesto General de la Nacin, deben ser formulados y evaluados por una entidad del orden nacional responsable del proyecto, utilizando la metodologa general o la especfica avalada por el BPIN, de acuerdo al sector al cual pertenezca el proyecto. Una vez evaluado el proyecto por la entidad responsable del orden nacional, se diligenciar la ficha de Estadstica Bsica de Inversin, EBI, en la que se sintetizan los principales datos contenidos en la evaluacin del proyecto. Esta ficha se constituye en el formato de acceso al sistema de informacin del BPIN. Los proyectos pueden requerir del soporte de una carta de respaldo en los siguientes casos: a) si el proyecto es cofinanciado por dos o ms entidades y, b) si la ejecucin del proyecto se realizar por una entidad distinta de la entidad responsable de su formulacin y evaluacin. Adicional a la evaluacin del proyecto, el diligenciamiento de la ficha EBI y la consecucin de las cartas de respaldo, el proyecto tiene que ser objeto del concepto de viabilidad para su registro en el BPIN. El concepto de viabilidad es emitido por el Ministerio o Departamento Administrativo al cual est adscrita la entidad, de acuerdo con la delegacin otorgada por el DNP, a

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travs de la Resolucin 5345 de 1993. Con relacin a la oportunidad del registro, el Decreto 1569 de 1991 establece que para la discusin en los Comits Funcionales de Presupuesto de los Programas y Proyectos de Inversin que vayan a integrar el Plan Operativo Anual de Inversiones, slo se tendrn en cuenta aquellos que hayan sido registrados a ms tardar el primero (1o.) de enero del ao anterior al que se est programando. Cabe aclarar que durante todo el ao se podrn registrar proyectos en el BPIN, por parte de las entidades del orden nacional. De acuerdo con lo expuesto, todos los proyectos que soliciten recursos del Presupuesto General de la Nacin deben ser registrados en el Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional siguiendo el procedimiento indicado a travs de la entidad competente en el nivel nacional.

Las entidades pblicas nacionales, sin excepcin, deben contar con la base de datos del BPIN, para la inscripcin del proyecto en su respectiva sede. Las entidades territoriales pueden acceder a los recursos del Presupuesto General de la Nacin a travs de las entidades pblicas del orden nacional para lo cual deben seguir los lineamientos definidos para estas instancias. 4.14. Fechas para Registros de Programas y Proyectos en el BPIN Durante el transcurso del ao se podrn registrar programas y proyectos de inversin en el BPIN. Para la discusin en los Comits Funcionales de Presupuesto de los programas y proyectos de inversin que vayan a integrar el Plan Operativo Anual de Inversiones, slo se tendrn en cuenta aquellos que hayan sido registrados a ms tardar el primero (1o.) de enero del ao anterior al que se est programando (Decreto 1569 de 1991) 4.15. Relacin del BPIN con los Banco Departamentales, Distritales y Municipales de Programas y Proyectos Los cuatro integran el Sistema Nacional de Gestin de Programas y Proyectos de Inversin Pblica, SINAGEP. Por el BPIN fluye la informacin sobre programas y proyectos departamentales, distritales y municipales que solicitan recursos del Presupuesto General de la Nacin, va financiacin o cofinanciacin, crdito o cooperacin tcnica y la de los programas y proyectos de entidades nacionales a ejecutarse en los diferentes departamentos y municipios.

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Al BPIN deber llegar la informacin sobre proyectos territoriales financiados por otras fuentes (recursos del departamento, distrito o del municipio) con el fin de consolidar la informacin sobre la inversin pblica del Pas. 4.16. Comunicacin con el Administrador del BPIN Sede del BPIN DNP; calle 26 No. 13 -19, piso 10. Correo electrnico: [email protected] Pgina web: www.dnp.gov.co Fax: (91) 2999530 Telfono: 5960300, extensin 2290. 4.17. Organigrama departamento Nacional De PlaneacinE DF I C I N A A S E S O R A J U R D I C A O

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4.18 Marco Legal del BPIN Ley 38 del 21 de abril de 1989: Normativa del Presupuesto General de la Nacin. Crea el Banco de Proyectos de Inversin Nacional. Confa al DNP su diseo, montaje y operacin (art. 32). Establece que en el plan operativo anual de inversiones -POAI- no se podrn incluir proyectos que no hagan parte del Banco de Proyectos de Inversin Nacional (art. 31). Definen el Banco de Proyectos de Inversin Nacional (art. 32). Decreto 2410 de octubre 20 de 1989: Por el cual se modifica la estructura del Departamento Nacional de Planeacin y se determinan sus funciones. Crea y asigna funciones a las divisiones de metodologas (art. 57) y de operacin y sistemas (art. 58) del Banco de Proyectos de Inversin Nacional, las cuales forman parte de la Unidad de Inversiones y Finanzas Pblicas. Decreto 841 del 20 de abril de 1990: Por el cual se reglamenta la Ley 38 de 1989, Normativa del Presupuesto General de la Nacin, en lo referente al Banco de Proyectos de Inversin y otros aspectos generales. Reglamenta el Banco de Proyectos de Inversin Nacional. Lo define en el art. 3. Asigna al DNP la funcin de organizar y coordinar una Red Nacional de Bancos de Proyectos, conformada por los bancos de proyectos de inversin de los diferentes niveles territoriales del sector pblico, tanto centralizado como descentralizado, que renan los requisitos necesarios para participar (art. 6.). Define y clasifica los proyectos de inversin (art. 2.). Establece para el DNP la facultad de delegar la funcin de calificacin de viabilidad y registro de proyectos en otros organismos o entidades del orden sectorial o territorial, centralizado o descentralizado (art. 4.). Define los aspectos de la evaluacin (art. 7.). Establece procedimientos y normas sobre metodologas. Se refiere a la asesora departamental, a los municipios y a la asesora de los corpes (art. 20 y 21). Decreto 1569 del 19 de junio de 1991: Por el cual se modifica parcialmente el decreto 841 de 1990.

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Modifica fechas y plazos establecidos en los artculos 23, 24 y 25 del decreto 841/90 para efectos del registro y la actualizacin de proyectos, y para la actualizacin del manual de operacin y metodologas. Decreto 2240 del 30 de septiembre de Por el cual se modifica el decreto 841/90. 1991: Modifica fechas previstas en los artculos 2. literal e) y 40 Decreto 841/90. Agrega un pargrafo al art. 8. Decreto 841/90. Deroga art. 41 Decreto 841/90. Resolucin 3127 del 27 de noviembre de Por la cual se delega en los Ministerios y Departamentos 1992: Administrativos del orden nacional la funcin de calificar la viabilidad de los proyectos de inversin para su registro en el Banco de Proyectos de Inversin Nacional. Delega en los Ministerios y Departamentos Administrativos, la calificacin de viabilidad y el registro de proyectos en el Banco de Proyectos de Inversin Nacional. Decreto 2132 del 29 de diciembre de Por el cual se reestructuran y fusionan entidades y dependencias 1992: de la administracin nacional. Reestructura y fusiona entidades, para organizar el Sistema Nacional de Cofinanciacin (FIS, DRI, FIU, FIV). Establece los principios de la cofinanciacin (art. 24). Prev la posibilidad de crear las Unidades Departamentales de Cofinanciacin y determina sus funciones en relacin con los programas y proyectos del SNC. Dispone que los Fondos de Cofinanciacin manejarn los recursos del SNC mediante contratos de carcter fiduciario y establece un rgimen especial para FINDETER en relacin con los fondos que administra.

Establece las funciones de los organismos directivos de los Fondos de Cofinanciacin para efectos del manejo de los recursos del SNC. Decreto 2133 del 30 de diciembre de Por el cual se fusiona el Fondo Especial de la Presidencia de la 1992: Repblica al Fondo de Solidaridad y Emergencia Social y se reestructura el Departamento Administrativo de la Presidencia. Definen el objeto del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social como entidad financiadora y cofinanciadora de proyectos y seala sus funciones.

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Decreto 2167 del 30 de diciembre de Por el cual 1992: Planeacin.

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Asigna funciones adicionales al DNP y a sus dependencias, funciones que se suman a las establecidas en el Decreto 2410/89. Crea la Divisin Especial de Evaluacin y Control de Gestin y le asigna funciones (art. 22). Asigna la Unidad de Inversiones y Finanzas Pblicas la funcin de coordinar la elaboracin del plan plurianual de inversiones que ha de incorporarse al Plan Nacional de Desarrollo (art. 27). Deroga algunos artculos del Decreto 2410/89 (art. 50). Resolucin 4005 del 30 de agosto de Por la cual se establece un procedimiento para calificacin y 1993 registro de proyectos de inversin en el Banco de Proyectos de Inversin. Establece procedimientos para calificar la viabilidad y registrar proyectos de inversin de cofinanciacin. Resolucin 5345 del 18 de noviembre de Por la cual se delega la funcin de calificar la viabilidad de 1993: proyectos de inversin para su registro en el Banco de Proyectos de Inversin Nacional, BPIN. Delega la calificacin de viabilidad y el registro de algunos proyectos en los Ministerios, Departamentos Administrativos y Fondos de Cofinanciacin (art. 1 y 2). Suprime el control tcnico de los proyectos de inversin (art. 3, pargrafo). Establece el plazo dentro del cual los organismos delegatarios deben enviar al DNP la informacin sobre los registros efectuados (art.4). Regula el acceso al Banco de Proyectos y a los bancos delegados para efectos de consultar la informacin registrada (art. 5.). Establece los casos en los cuales el DNP continuar ejerciendo las funciones de viabilidad y registro. Deroga la resolucin 3127/92 en lo relativo a los proyectos de inversin presentados por las entidades territoriales para ser financiados con recursos del Sistema Nacional de Cofinanciacin Ley 141 del 28 de junio de 1994: Por la cual se crea el Fondo Nacional de Regalas, se regula el derecho del estado a percibir regalas por la explotacin de

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recursos naturales renovables, se establecen las reglas para su liquidacin y distribucin y se dictan otras disposiciones. Crea el Fondo Nacional de Regalas y la Comisin Nacional de Regalas. Establece los procedimientos para determinar la elegibilidad de los proyectos presentados por las entidades territoriales a la Comisin Nacional de Regalas y dispone que una vez aprobada la asignacin, los proyectos se inscribirn en el Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional. (Art.3). Establece cuales podran ser las fuentes de recursos de contrapartida que deben aportar las entidades territoriales beneficiarias de asignaciones provenientes del fondo. Dispone que la Comisin Nacional de Regalas debe crear un comit tcnico encargado de calificar la viabilidad tcnica y financiera de los proyectos que busquen financiacin del Fondo Nacional de Regalas. Dispone que el DNP har la evaluacin de gestin y resultados sobre los proyectos regionales, departamentales y municipales de inversin que se financiaron con recursos provenientes de las regalas, ya sean estas propias o del Fondo Nacional de Regalas, para lo cual organizar dentro de la Divisin Especial de Control de Gestin y Evaluacin de Resultados de un grupo especial. Ley 152 del15 de julio de 1994: Por la cual se establece la Ley Orgnica del Plan de Desarrollo. Establece los principios, procedimientos y mecanismos para la elaboracin, aprobacin, ejecucin, seguimiento, evaluacin y control de los planes de desarrollo de la nacin y de las entidades territoriales. Define el Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional (art. 27). Asigna al DNP la funcin de conceptuar sobre los programas de inversin preparados y evaluados por los Ministerios, Departamentos Administrativos, la Contralora, la Procuradura, la Veedura, la Registradura, la Fiscala y las entidades del orden nacional, as como la funcin de registrarlos en el Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional(art. 27). Asigna al DNP la obligacin de mantener actualizada la informacin del Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional (art. 27). Prev la armonizacin entre planes y presupuesto (art. 28 y 44). Asigna al DANE, al DNP, a las entidades territoriales y a sus

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organismos de planeacin, responsabilidades en materia de planeacin, entre ellas, para las entidades territoriales la organizacin de bancos de programas y proyectos (para lo cual establece plazos perentorios) y, para el segundo, la organizacin de metodologas, criterios y procedimientos para la planeacin, y una red nacional de bancos de proyectos (art. 49). Establece que los programas y proyectos que presenten con base en el respectivo banco de proyectos, tendrn prioridad para acceder al sistema de cofinanciacin y a los dems programas a ser ejecutados en los niveles territoriales. Dispone que la nacin y las entidades territoriales, para efecto de la elaboracin de los planes de inversin y con el propsito de garantizar coherencia y complementariedad en su elaboracin, deber mantener actualizados bancos de programas y proyectos(art. 3 lit. 1). Establece que las estrategias, programas y proyectos del plan de desarrollo deben ser factibles de realizar, segn las metas propuestas y el tiempo disponible para alcanzarlas, teniendo en cuenta la capacidad de administracin, ejecucin y los recursos financieros a los cuales es posible acceder (art. 3, lit. 1). Para efectos de la ejecucin de los planes de desarrollo prev la elaboracin de planes de accin y dispone que para tal efecto, as como para la programacin del gasto, se tendra en cuenta los principios a que se refiere el art. 3 de la misma ley (art. 26). Dispone que, en materia de elaboracin, aprobacin, ejecucin, seguimiento y evaluacin de los planes de desarrollo de las entidades territoriales, se aplicarn, en cuanto sean compatibles, las mismas reglas precisas en la ley 152/94 para el Plan Nacional de Desarrollo. (art. 36).

Decreto 2099 del 6 Por el cual se organiza el Fondo de Solidaridad y Emergencia Social de septiembre de de la Presidencia de la Repblica 1994: Establece que el FSES se denominar en adelante Red de Solidaridad Social, define su objeto y seala sus funciones. Ley 179 del 30 de diciembre de 1994: Por el cual se introducen algunas modificaciones a la Ley 38 de 1989, Orgnica de presupuesto. Modifica el art. 31 de la Ley 38/89, disponiendo que no se podr ejecutar ningn programa o proyecto que haga parte del Presupuesto General de la Nacin hasta tanto no se encuentre evaluado por el rgano competente y registrado en el Banco Nacional de Programas y Proyectos (art. 23). Establece reglas para la cofinanciacin y dispone que los

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proyectos de cofinanciacin que se encuentren identificados en el decreto de liquidacin del presupuesto o sus distribuciones sern evaluados y aprobados directamente por los rganos cofinanciadores (art. 23). Modifica el nombre del banco de proyectos de inversin nacional por el Banco Nacional de Programas y Proyectos (art. 55). Decreto 2150 del 5 de diciembre de por el cual se suprimen y reforman regulaciones, procedimientos o 1995: trmites innecesarios, existentes en la administracin pblica. Modifica los artculos 23, 24, 27, 28 del Decreto 2132 de 1992. Dispone que las Unidades Especiales de las Oficinas de Planeacin de los Departamentos y Distritos (UDECO) se encargarn de calificar la viabilidad de los programas y proyectos de cofinanciacin que presenten las mismas entidades territoriales y los municipios del respectivo departamento (art. 69). Dispone que el CONPES determinar los montos de los proyectos susceptibles de ser aprobados directamente por los Comits Departamentales y Distritales de cofinanciacin. Establece mecanismos para la ejecucin de recursos con el concurso de las entidades que administren los Fondos Departamentales y Distritales de Cofinanciacin (art. 71). Establece que los fondos de cofinanciacin FIS y DRI, as como FINDETER en relacin con los fondos de cofinanciacin que administra, podrn manejar directamente los recursos del Sistema Nacional de Cofinanciacin, o mediante contratos de Fiducia (art. 68). Ley 225 del 20 de diciembre de 1995: Por la cual se modifica la Ley Orgnica del Presupuesto. Modifica varios artculos de las leyes 38 de 1989 y 179 de 1994 y deroga otros de las mismas leyes. Dispone que los proyectos de cofinanciacin identificados en el decreto de liquidacin o en sus distribuciones sern evaluados y aprobados directamente por los rganos cofinanciadores o por los mecanismos regionales previstos en el sistema de cofinanciacin (art. 15). Este artculo deroga el art. 23, inciso5, de la Ley 179/94. Establece que las entidades territoriales debern ajustar las normas sobre programacin, elaboracin, aprobacin y ejecucin de sus presupuestos a las normas previstas en la Ley orgnica del presupuesto, a mas tardar el 31 de diciembre de 1996 (art. 32). Decreto 111 del 15 de enero de 1996: Por el cual se compilan la Ley 38 de 1989, la Ley 179 de 1994 y la Ley 225 de 1995, que conforman el Estatuto Orgnico del

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Presupuesto. Este decreto es el Estatuto Orgnico del Presupuesto, segn lo dispuesto en el artculo 24 de la Ley 225 de 1995. Decreto 568 del 21 de marzo de 1996: Por el cual se reglamentan las leyes 38 de 1989, 179 de 1994 y 225 de 1994 y 225 de 1995, Orgnicas del Presupuesto General de la Nacin. Reglamenta lo relacionado con el plan financiero, vigencias futuras, preparacin, presentacin, liquidacin y ejecucin del presupuesto. Deroga los decretos 304/89, 3077/89, 251/90, 411/90, 843/90, 745/91, 1161/95, y la regulacin del APC contenida en el decreto 359/95 a partir de la fecha en que la Direccin del Tesoro Nacional asuma administracin del Programa Anual Mensualidad de Caja, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 23 de la Ley 225/95. Decreto 606 del 27 de marzo de 1996: Por el cual se reglamenta la conformacin del Comit Nacional de Cofinanciacin, se establecen reglas para su organizacin y funcionamiento, y se dictan otras disposiciones. Reglamenta lo relacionado con el plan financiero, vigencias futuras, preparacin, presentacin, liquidacin y ejecucin del presupuesto. Deroga los decretos 304/89, 3077/89, 251/90, 411/90, 843/90, 745/91, 1161/95 y la regulacin del APC contenida en el decreto 359/95 a partir de la fecha en que la Direccin del Tesoro Nacional asuma administracin del Programa Anual Mensualidad de Caja, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 23 de la Ley 225/95. Decreto 630 del 2 de abril de 1996: Por el cual se modifica el decreto 359 de 1995. Modifica y reglamenta aspectos del Decreto 359/96 del Plan Anualizado de Caja. Las disposiciones del Decreto son de carcter transitorio mientras se desarrolla el Sistema de Cuenta Unica Nacional. Ley 290 del 12 de julio de 1996: Por el cual se modifica el Pargrafo 1 del artculo 51 de la Ley 152 de 1994: Ampla la vigencia de los CORPES hasta el 1 de Enero del ao 2.000 (art. 1). Ley 300 del 26 de

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julio de 1996:

Por la cual se expide la Ley General de Turismo y se dictan otras disposiciones. Adiciona el artculo 2 del decreto 3132 de 1992 en relacin con el objetivo del Fondo de Cofinanciacin para la Inversin Social, FIS (art. 34)

Decreto 2260 del 13 de diciembre de Por el cual se introducen algunas modificaciones al Decreto 568 de 1996: 1996. Determina que el PAC financiado con recursos de la nacin deber ser aprobado por el CONFIS. Ley 344 del 27 de diciembre de 1996: Por la cual se dictan normas tendientes a la racionalizacin del gasto pblico, se conceden unas facultades extraordinarias y se conceden unas facultades extraordinarias y se expiden otras disposiciones. Seala el procedimiento para la elegibilidad de proyectos de iniciativa territorial financiados o cofinanciados con recursos del Fondo Nacional de Regalas (art. 6). Decreto 1080 del 14 de abril de 1997: Por el cual se reglamenta el artculo 6 de la Ley 344 de 1996 sobre el trmite para la financiacin de proyectos regionales de inversin por parte de la Comisin Nacional de regalas. Se definen los procedimientos para la financiacin de proyectos regionales con recursos del Fondo Nacional de regalas. Ley 368 del 5 de mayo de 1997: por la cual se crea la Red de Solidaridad Social, de Fondo de Solidaridad Social, El Fondo de Programas Especiales para la Paz y el Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo Fondo Plante -, y se dictan otras disposiciones. Crea la red de Solidaridad Social, como establecimiento pblico del orden nacional, adscrito al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repblica (art. 1). Define los objetivos de la Red de Solidaridad Social, entre los que se destaca financiar y cofinanciar programas y proyectos de apoyo a los sectores ms pobres de la poblacin colombiana (art. 2). Seala las funciones de la Red de Solidaridad Social (art. 3) Crea el Fondo de Programas Especiales para la Paz, como cuenta

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especial del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repblica. Crea el Fondo Plan Nacional de Desarrollo Alternativo - Fondo Plante -, como cuenta especial del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Repblica. Decreto 1225 del 6 de mayo de 1997: Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 368 de 1997, y se dictan otras disposiciones. Define los objetivos especficos de la Red de Solidaridad Social (art. 1). Establece las funciones especficas para el cumplimiento de los objetivos de la Red de Solidaridad Social (art. 2). Fusiona el Fondo de Solidaridad y Emergencia Social con la Red de Solidaridad Social (art. 15). Decreto 1691 del 27 de junio de 1997: Por el cual se fusiona el Fondo de Cofinanciacin para la Inversin Social FIS- a la sociedad financiera de Desarrollo Territorial, S.A. FINDETER. Fusiona el FIS a la Sociedad Financiera de Desarrollo Territorial, S.A. FINDETER y dispone que los objetivos y las fusiones del fondo de Cofinanciacin para la Inversin Social -FIS, establecidos en el Decreto 2132 de 1992, seguirn siendo desarrolladas por la Sociedad Financiera de Desarrollo Territorial, S.A. FINDETER (art.1). Dispone que FINDETER debe administrar los proyectos y recursos del Fondo de Inversin Social FIS como un sistema especial de cuentas (art.4). Decreto 2141 del 4 noviembre de 1999: Por el cual se modifica la estructura de la Comisin Nacional de Regalas Esta norma establece el procedimiento para la revisin y emisin del concepto de viabilidad de los proyectos susceptibles de ser financiados con recursos del Fondo Nacional de Regalas. Seala la necesidad de que los ministerios registren en el Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional, BPIN, los proyectos susceptibles de ser financiados con recursos del Fondo Nacional de Regalas. Decreto 1363 del 12 de julio de 2000 : Por el cual se modifica la estructura el Departamento Nacional de Planeacin

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Asigna funciones a la Direccin de Inversiones y Finanzas Pblicas, entre otras las siguientes: Realizar orientacin operativa y asistencia tcnica del Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional en todos los niveles, organismos y entidades pblicas. Elaborar, actualizar y distribuir los Manuales de Operacin e Instalacin de las herramientas computacionales desarrolladas por el DNP para el manejo del BPIN. Coordinar la incorporacin de planes de inversin pblica de los programas sectoriales y los proyectos que presenten los Ministerios, Departamentos Administrativos, establecimientos pblicos y entidades territoriales al DNP. Coordinar los flujos de informacin desde y hacia el BPIN de acuerdo con los calendarios establecidos en las reglamentaciones y en los manuales de operacin del BPIN. Capacitar en los asuntos relacionados con la operacin del BPIN, para facilitar la formulacin, seguimiento y evaluacin de polticas y proyectos.

Decreto 1813 del 18 de septiembre de Por el cual se reorganiza el Fondo de Inversin para la Paz, FIP. 2000: Mediante esta norma se establece la organizacin, las reglas y procedimientos generales para el funcionamiento y administracin del Fondo de Inversin para la Paz, FIP. Seala como funcin del consejo directivo: Adoptar los reglamentos internos necesarios para la programacin y ejecucin de los recursos, conforme a la Ley Orgnica del Presupuesto. Resolucin 0996 del 1 de noviembre Por el cual se establecen Grupos de Trabajo en la Direccin de de 2000: Inversiones y Finanzas Pblicas del Departamento Nacional de Planeacin. Esta norma conforma en la Direccin de Inversiones y Finanzas Pblicas del DNP el Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional, BPIN, y Regalas, como grupos internos de trabajo.

Resolucin 0421 del 29 de mayo de Por el cual se modifica y deroga los artculos 1 y 6 de la 2001: resolucin 5345 de 1993, respectivamente. Delega en los Ministerios y Departamentos Administrativos la funcin de calificar la viabilidad y efectuar el registro en el Banco de Programas y Proyectos de Inversin Nacional, BPIN, de los

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programas y proyectos de inversin. Deroga los artculos 1 y 6 de la resolucin 5345 de 1990.

4.19. Metodologa BPNI para Formulacin y Evaluacin de Proyectos SECTORGENERALES

CDIGO TIPO 001 Manual general

USOS metodolgico Para aquellos proyectos que no cuenten con metodologa especfica.

019

Manual Metodolgico para Para proyectos de iniciativa departamental o la identificacin, municipal cuyo costo de inversin no supere preparacin y evaluacin los 600 salarios mnimos mensuales y no de proyectos menores. cuenten con una metodologa especfica. Se incluyen proyectos tales como: proyectos de dotacin, sistematizacin, reparacin de canchas deportivas, dotacin de textos o materiales educativos, campaas de arborizacin, recoleccin de basuras, reparacin o adecuacin de Establecimientos educativos, capacitacin de docentes, alfabetizacin de adultos. Lineamientos para la Para la presentacin de programas identificacin, preparacin sectoriales de inters a cargo de las y evaluacin de programas entidades del nivel central, para ser de inversin para desarrollados por los gobiernos territoriales cofinanciacin. por medio del Sistema Nacional de Cofinanciacin. Manual metodolgico para Para proyectos que busquen la elaboracin o la identificacin, actualizacin de un estudio o investigacin preparacin y evaluacin con el objeto de resolver una necesidad o de proyectos de problema de informacin o conocimiento. investigacin y estudios. Manual metodolgico para Para identificar la necesidad de realizar la identificacin, estudios adicionales de preinversin (pre preparacin y evaluacin factibilidad, factibilidad), para la toma de de estudios de decisiones de inversin. preinversin.

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018

026

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SECTOR

CDIGO TIPO

USOS

AGROPECUARIO

012

Manual metodolgico para Para proyectos de construccin de obras la identificacin, menores de ingeniera destinadas a dotar con preparacin y evaluacin riego superficies que no excedan de 30 de proyectos de pequea hectreas, ubicadas en reas de economa irrigacin. campesina, donde prevalezca la pequea propiedad. Manual metodolgico para Para proyectos de construccin de obras la identificacin, fsicas, complementadas con actividades de preparacin y evaluacin asistencia tcnica, organizacin y de proyectos regionales de capacitacin, y crdito para capital de trabajo, comercializacin. encaminadas al buen desenvolvimiento del sistema de comercializacin regional. Manual Metodolgico para Para proyectos de : desarrollo institucional, la identificacin, asistencia tcnica, mujer rural, cuencas y preparacin y evaluacin micro cuencas, acuicultura, asistencia tcnica de proyectos de especializada en comercializacin rural, infraestructura menor y de acompaamiento para el fortalecimiento socio servicios del sector empresarial, agropecuario, siempre y cuando el costo Puentes peatonales, y cables telefricos, del proyecto no supere los acueductos y saneamiento bsico rural, 2000 salarios mnimos. prestacin de servicios complementarios al riego, mecanizacin agropecuaria. Manual metodolgico para Para proyectos de: mejoramiento de la identificacin, servicios educativos en instituciones de preparacin y evaluacin educacin preescolar, bsica y media de proyectos de prestacin vocacional; construccin y dotacin de de servicios educativos. instituciones de educacin preescolar, bsica y media vocacional; ampliacin y dotacin de instituciones escolares de educacin preescolar, bsica y media vocacional; ampliacin de la oferta de cupos mediante subsidios a la poblacin de bajos ingresos. Manual metodolgico para Para proyectos de microgeneracin la identificacin, (generacin menor a 20 megawatios de preparacin y evaluacin potencia), ampliacin de cobertura y mejora

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020

EDUCACIN

027

ELCTRICO

011

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SECTOR

CDIGO TIPO de proyectos transmisin, subtransmisin distribucin elctrica.

USOS de en la eficiencia de los sistemas elctricos no rurales. y

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Manual metodolgico para Para proyectos de: extensin de redes; la identificacin, mejoras en la prestacin del servicio de preparacin y evaluacin energa en los sistemas interconectados; de proyectos de mejoras en la prestacin del servicio de electrificacin rural, energa en los sistemas no interconectados; siempre y cuando no pequeos proyectos de generacin elctrica. superen los 100 usuarios (conexiones) o un costo total de 2000 salarios mnimos. Manual metodolgico Para: proyectos nuevos de acueducto y para la identificacin, saneamiento bsico; proyectos de preparacin y evaluacin rehabilitacin, optimizaciones y expansiones de proyectos de agua de infraestructura existente. potable y saneamiento bsico urbano. HDM (Highway Design Para la evaluacin de proyectos de and Construction Model). construccin, mejoramiento y rehabilitacin de Modelo para el diseo y vas a cargo de la nacin. construccin de autopistas. Manual metodolgico Para proyectos de mantenimiento rutinario y para la identificacin, mantenimiento peridico de la infraestructura preparacin y evaluacin vial no urbana existente a cargo de los de proyectos, departamentos y municipios. mantenimiento de infraestructura vial no urbana. Manual metodolgico Para proyectos de construccin, para la identificacin, mejoramiento y rehabilitacin. (Se consideran preparacin y evaluacin vas no urbanas con bajos niveles de trnsito de proyectos de aquellas que no pertenecen a una malla vial infraestructura vial no urbana y poseen niveles de trnsito promedio

INFRAESTRUCT URA URBANA

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INFRAESTRUCTURA VIAL

007

023

024

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SECTOR

CDIGO TIPO

USOS

urbana con bajos niveles diario (TPD) menores a 100 en total) de trnsito.

025

Manual metodolgico Para proyectos de construccin, para la identificacin, mejoramiento y rehabilitacin. (Se consideran preparacin y evaluacin vas no urbanas con altos niveles de trnsito de proyectos de aquellas que no pertenecen a una malla vial infraestructura vial no urbana y poseen niveles de trnsito promedio urbana con altos niveles diario (TPD) mayores a 100 en total). de trnsito. Manual metodolgico Para la evaluacin de proyectos de para la identificacin, adecuacin, mejoramiento, recuperacin, preparacin y evaluacin Remodelacin, renovacin, reparacin, de proyectos de reposicin o restauracin de la infraestructura, establecimientos el equipamiento y los servicios carcelarios carcelarios existentes. existentes. Manual metodolgico para Para proyectos de adecuacin, reposicin o la identificacin, restauracin de la infraestructura fsica y la preparacin y evaluacin prestacin de servicios de los despachos de proyectos para judiciales existentes. tribunales y despachos judiciales existentes. Manual metodolgico para Para proyectos que busquen construir, la identificacin, mejorar o dotar la infraestructura de los preparacin y evaluacin cuarteles de polica. de proyectos de cuarteles de policas. Manual metodolgico para Para proyectos que tengan como objetivo la identificacin, central proteger conservar o mejorar las preparacin y evaluacin condiciones actuales del medio ambiente de proyectos ambientales. (directa o indirectamente),as como de detener, mitigar o prevenir su deterioro futuro. Manual metodolgico para Para proyectos de: remodelacin, la identificacin, rehabilitacin, ampliacin, construccin, etc.,

JUSTICIA, DEFENSA Y SEGURIDAD

009

010

014

MEDIO AMBIENTE

017

SALUD

028

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SECTOR

CDIGO TIPO

USOS

preparacin y evaluacin de espacios o reas fsicas; adquisicin de de proyectos de salud del equipos, instrumental, muebles o enseres primer nivel de atencin. para espacios fsicos, grupos de trabajo extramurales, elementos de trabajo medico o administrativo, etc.; recursos humanos para la prestacin o administracin del servicio de salud. Notas: Estos manuales metodolgicos han sido diseados para guiar y orientar al usuario, en la realizacin de estudios de pre inversin para la toma de decisiones de inversin. La existencia de varios manuales responde a la necesidad de brindar orientaciones que tengan en cuenta las caractersticas especficas de cada sector y tipo de proyecto. En este sentido se han elaborado manuales que recogen la tipologa de proyectos acorde con las polticas del Plan Nacional de Desarrollo.

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4.20. FICHA EBI BANCO DE PROYECTOS DE INVERSION NACIONAL FICHA DE ESTADISTICAS BASICAS DE INVERSIONACTUALIZACION REGISTRO

1. IDENTIFICACIONCODIGO BPIN: ENTIDAD RESPONSABLE:

NOMBRE DEL PROYECTO:

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_______________________________________________________________________________________________________________

2. CLASIFICACION

TIPO ESPECIFICO DE GASTO EN INVERSION

SECTOR

OBJETIVOS DE POLTICA SECTORIAL____________________________________________________

CDIGO FNR: ____________

2.1 ENTIDADES SOLICITANTES Y EJECUTORAS DEL PROYECTO S/E * ENTIDAD REGIN DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

*S: Entidad solicitante E: Entidad ejecutora 2.2 TIPO DE REGALAS (CIFRAS EN PESOS DEL AO DEL EST