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Consejo Nacional de Rectores Proveeduría Institucional 2017LA-0000011-CNR Contratación de una empresa que brinde servicios médicos para la comunidad universitaria de la Sede Interuniversitaria de Alajuela, modalidad según demanda. Julio 2017
TABLA DE CONTENIDO
SECCION I LLAMADO A COTIZAR Y CONDICIONES GENERALES .......................... 1
SECCIÓN II ESPECIFICACIONES TECNICAS ............................................................ 4
SECCIÓN III REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD ........................................................ 19
SECCIÓN IV SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS .................................. 23
SECCION V DEL ADJUDICATARIO Y CONTRATISTA.............................................. 26
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SECCION I LLAMADO A COTIZAR Y CONDICIONES GENERALES
1. El CONARE recibirá ofertas hasta las 14:00hrs. del día 17 de agosto del 2017 en sus
instalaciones, sita en el edificio "Franklin Chang Díaz", 1 km al Norte de la Embajada
Americana, Pavas, Urbanización La Geroma (antiguo edificio de oficinas AID).
2. Se convoca a una reunión de preoferta el día 4 de agosto del 2017 a las 10:00 horas
en la Sede Interuniversitaria de Alajuela. La reunión no es excluyente sin embargo,
la no asistencia quedará bajo riesgo y responsabilidad del oferente.
3. Todo escrito, gestión o visita deberá presentarse o realizarse, en su caso, en días y
horas hábiles. Serán días hábiles todos los días excepto Sábados, Domingos y
feriados. Por horas hábiles se comprenderán de las ocho hasta las dieciséis horas.
4. Todo escrito, gestión o visita deberá presentarse o realizarse, en su caso, en días y
horas hábiles. Serán días hábiles todos los días excepto sábados, domingos y feriados.
Por horas hábiles se comprenderán de las ocho hasta las dieciséis horas.
5. Toda oferta se redactará en idioma español. Se presentará en el lugar indicado antes
de la hora de apertura de ofertas en original, por escrito, en forma personal y en sobre
cerrado indicando el concurso de referencia
6. La presentación de la oferta será firmada por el oferente o su representante autorizado.
Una vez recibida por el CONARE, la oferta no podrá ser retirada y se tendrá como
propiedad de éste.
7. La sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de
la voluntad del oferente de contratar con la Administración con pleno sometimiento a
las normas de la Ley de Contratación Administrativa y de su Reglamento, así como a
las condiciones generales, las condiciones especiales y las especificaciones de este
Cartel y a las disposiciones reglamentarias pertinentes.
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8. Dos o más personas, físicas o jurídicas, pueden complementar sus antecedentes y
experiencia, por medio de la presentación de una oferta en consorcio, aportando copia
certificada con fecha cierta del acuerdo consorcial. Ese contendrá, al menos, los
términos que regularán las relaciones entre las partes y sus relaciones con la
Administración. La responsabilidad entre las partes de este acuerdo será solidaria y le
podrá ser reclamada indistintamente a cualquiera de ellos, en su totalidad.
9. Los precios deben ser firmes y definitivos. Para las compras en plaza deberá estar libre
de impuestos.
10. Para los efectos de la cotización se adjuntan las condiciones técnicas requeridas. Con
la sola presentación de su oferta se entenderá que el oferente acepta conocer las
dimensiones, características técnicas del objeto contractual de esta licitación.
11. Si algún oferente tiene dudas referentes al Cartel, encuentra contradicciones u
omisiones, deberá notificarlo por escrito a la Proveeduría en el CONARE durante el
primer tercio del plazo señalado para recibir ofertas. Los escritos de consultas podrán
ser enviados al correo electrónico [email protected] con indicación del
número de procedimiento. Si no fueran presentadas dentro de ese plazo quedará
entendido que el oferente formulará la oferta considerando la condición o interpretación
más favorable para el CONARE.
12. El CONARE, por sí mismo o a solicitud de un oferente podrá introducir aclaraciones,
correcciones o modificaciones a este Cartel, las que se comunicarán por los mismos
medios en los que fue publicada la convocatoria de esta licitación, hasta tres días
hábiles antes de la fecha señalada para la apertura de las ofertas. Si a juicio del
CONARE una modificación introdujere una alteración importante en la concepción
original del objeto de esta licitación, el plazo señalado para recibir ofertas se ampliará
conforme lo establece el Reglamento de la Ley de Contratación Administrativa.
13. En la oferta se deberá indicar expresamente el lugar para recibir notificaciones,
dirección, teléfonos, fax, correo electrónico para las comunicaciones que corresponda.
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14. La adjudicación se dará dentro de los treinta días hábiles siguientes a la fecha de
apertura de las ofertas y se comunicará por los mismos medios donde se cursó la
invitación.
15. Declaraciones Juradas. La oferta deberá contener las siguientes declaraciones juradas
por parte del oferente:
De estar al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales. (Art. 65 inciso a)
del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa).
De que no le alcanza ninguna de las prohibiciones que prevé el artículo 22 de la Ley
de Contratación Administrativa. (Art. 65 inciso b) del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa).
16. Timbres fiscales: la oferta deberá presentar el timbre de la Asociación Ciudad de las
Niñas (¢20.00 colones).
17. Cuando el oferente sea persona jurídica deberá acompañarse certificación notarial que
acredite su existencia y personería, junto con copia de la cédula jurídica. Las personas
físicas aportaran copia de su cédula de identidad. Si estos documentos constan en el
Registro de Proveedores del CONARE, no será necesario aportarlos, mientras su
contenido sea exacto y esté vigente, lo cual basta que lo mencione en la oferta.
18. El oferente debe presentar certificación de estar al día con las cuotas obrero-patronales
con la Caja Costarricense de Seguro Social y del Fondo de Asignaciones Familiares
(FODESAF). El CONARE verificará esta información con la institución en caso de
omisión y solicitará las subsanaciones en caso de las ofertas que no están al día o no
están inscritas como patronos o trabajadores independientes.
19. Para detalles generales o consultas favor llamar ala Srta. Victoria Ortega Calderón al
número telefónico 2519-5797 o al correo electrónico [email protected]
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SECCIÓN II ESPECIFICACIONES TECNICAS
Contratación de una empresa que brinde servicios médicos para la comunidad universitaria de
la Sede Interuniversitaria de Alajuela, modalidad según demanda.
Objetivo
Contar con servicios en ciencias de la salud de un centro médico para la comunidad
universitaria (estudiantes y funcionarios), de la Sede Interuniversitaria de Alajuela (SIUA).
Entiéndase en este cartel como “centro médico”: Consultorio, grupo de consultorios, clínica médica
o su similar, que pueda garantizar la oferta de los servicios médicos (profesionales en ciencias de
la salud) acreditados y respaldados por la legislación nacional, Caja Costarricense del Seguro Social
(CCSS), Ministerio de Salud de Costa Rica (MS) y Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica,
solicitados según lo establece el cartel.
1. Con relación a la población usuaria del servicio:
1.1 La población del servicio se promedia en unas 2300 personas, entre estudiantes y
funcionarios. Anualmente esta población presenta un crecimiento sostenido.
2. Descripción de los servicios:
Los oferentes deben ofrecer al menos los siguientes servicios:
2.1. Sistema Mixto de Atención en Salud.
Según lo establecido en el Reglamento del Sistema Mixto de Atención en Salud,
aprobado sesión de Junta Directiva N° 8755 y publicado en la Gaceta N° 23 de febrero
de 2015 de la Caja Costarricense del Seguro Social, de ahora en adelante denominado
Reglamento.
2.2. Medicina General
Según lo establecido en la legislación nacional, la CCSS y el Colegio de Médicos y
Cirujanos de Costa Rica.
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2.3. Apoyo farmacéutico
Para los casos en que se requiera del apoyo farmacéutico el centro médico debe
proceder según lo establecido en el artículo 15 (incisos a hasta m) del Reglamento.
2.4. Laboratorio Clínico
a) Para los casos de rutina el centro médico debe enviar mediante el formulario 4-70-03-
0460 debidamente lleno y firmado por el médico responsable, al paciente a su área de
adscripción, según lo establecido en el artículo 16 del Reglamento. Los exámenes
solicitados serán procesados en el área de salud de adscripción del asegurado.
b) Para los casos en el los cuales el criterio del médico indique la necesidad del paciente
de realizarse los exámenes en un lapso menor de tiempo al establecido por la CCSS,
el paciente debe hacer la solicitud de la realización de los mismos a la administración
del contrato. La realización de dichos exámenes dependerá del análisis previo por parte
del administrador del contrato, sobre la disponibilidad presupuestaria.
c) Para contar con un estimado del costo de cada examen, oferente debe cotizar de forma
individual la oferta básica de servicios de salud del Laboratorio Clínico, conforme a la
siguiente lista:
Cuadro 1
Exámenes de Laboratorio
Nombre del examen Precio individual
Química Clínica:
Albúmina
Amilasa
Bilirrubinas
Calcio
Fosfatasa Alcalina
General de Orina
Glucosa
Hemoglobina Glicosilada
Colesterol total
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HDL-Colesterol
LDL-Colesterol
Triglicéridos
Nitrógeno Ureico
Creatinina
Proteínas Totales
T3 (Triyodotiroxina)
T4 Libre
T4 (Tetrayodotiroxina)
TSH (Hormona Estimulante Tiroides)
Transaminasa Glutámico Pirúvico (TGP/ Alanina
Amino Transferasa)
Transaminasa Glutámico Oxalacetica (TGO/
Aspartato Amino Transf.)
Colinesterasa
Electrolitos
Hematología:
Hemograma completo (automatizado)
Espermogramas
Estudios por Hematozoarios
Morfología de Glóbulos Rojos
Tiempo de Protrombina (TP)
Tiempo de Tromboplastina Parcial (TPT)
Velocidad de Eritrosedimentación (VSG)
Inmunología y Serología:
Antígeno Prostático Total (PSA)
Antígeno Prostático Específico (PSA-Libre)
Antiestreptolisina O
Brucella
Factor reumatoide
Hormona Gonadotrofina Coriónica (Fracción Sub
Beta - embarazo)
Mononucleosis infecciosa
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Paratifoidea A
Paratifoidea B
Proteína C Reactiva
Proteus OX19
Tifoideo H
Tifoideo O
Tuberculina
VDRL
Tamizaje por VIH
Bacteriología:
Exudados por cultivo (abscesos, uretrales, faríngeos,
etc.)
Estudios por hongos (microscopía y cultivo)
Prueba de sensibilidad a los Antibióticos (PSA)
Tinciones (Gram, Giemsa, Ziehl-Neelsen, China)
Urocultivo
Parasitología:
Coproparasitológico
Oxiuros
Trichomonas
Leishmania
Sangre oculta en heces
d) Los exámenes realizados por el centro médico deben ser procesados con las más altas
normas de calidad, igual o superior a las establecidas por la CCSS.
e) El centro médico debe llevar un registro de los exámenes solicitados de forma privada
para ser incorporado al informe de facturación semanal.
2.5. Estudios Radiológicos, imágenes y otros.
f) Para los casos de rutina el centro médico debe enviar mediante formulario A.G.4-70-
03-0420 debidamente lleno y firmado por el médico responsable, al paciente a su área
de adscripción, según lo establecido en el artículo 17 del Reglamento. Asimismo,
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deben cumplir con todos los protocolos de envío y restricciones que, eventualmente,
sean establecidos por la CCSS. La solicitud de electrocardiograma se realizará en el
formulario 4-70-03-0300.
g) Para los casos en los cuales el criterio del médico, indique la necesidad del paciente
de realizarse los exámenes/estudios en un menor lapso de tiempo al establecido por
la CCSS, este debe hacer la solicitud de la realización de los mismos a la
administración del contrato. La realización de dichos exámenes/ estudios dependerá
del análisis previo por parte del administrador del contrato, sobre la disponibilidad
presupuestaria.
h) Para contar con un estimado del costo de cada examen/estudio, el oferente debe
cotizar de forma individual el cuadro básico de imágenes, estudios de gabinete y otros,
según la siguiente tabla:
Cuadro 2
Estudios Radiológicos, imágenes y otros
Nombre del examen/ estudio Precio individual
Rx de tórax P.A. y A.P
Senos paranasales
Rx de cráneo A.P y lateral
Rx de huesos largos A.P y lateral
Mastoides
Columna cervical, dorsal, lumbar y sacra A.P. y lateral
Rx. de Abdomen simple
Electrocardiograma
Ultrasonido: simple de abdomen, ginecológico,
próstata y mamas
Gastroscopia
Mamografía
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i) Los exámenes/ estudios realizados por el centro médico deben cumplir con las más
altas normas de calidad, igual o superior a las establecidas por la CCSS.
j) El centro médico debe llevar un registro de los exámenes/ estudios solicitados para ser
incorporado al informe de facturación semanal.
2.6. Control Prenatal
k) El servicio de Control Prenatal debe ser de igual calidad o superior calidad al ofertado
en la CCSS en el primer nivel de atención.
l) Para contar con un estimado del costo este servicio, el oferente debe cotizar de forma
individual el costo del mismo, así como hacer una descripción detallada de lo que
incluye, por ejemplo: Número de citas, frecuencias, procedimientos realizados,
ultrasonidos, entre otros:
Cuadro 3
Control Prenatal
Nombre del examen/ estudio Precio individual
Cita de Control Prenatal
Cantidad de citas necesarias
Otros exámenes (detallar)
Descripción del servicio:
Nota: La realización del servicio dependerá del análisis previo por parte del administrador del contrato,
sobre la disponibilidad presupuestaria.
2.7. Campañas de Prevención y Concientización:
m) En conjunto con la administración el contratista debe programar en el transcurso del
año campañas de prevención y o concientización, en áreas cómo:
2.7.1. Prevención de Cáncer de mama y Cuello uterino.
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n) Para contar con un estimado del costo de la campaña, el oferente debe cotizar de forma
individual el costo unitario de cada de examen/ estudio:
Cuadro 4
Campaña Papanicolaou y Examen de Mamas
Nombre del examen/ estudio Precio individual
Charla de concientización
Citología/ Papanicolaou
Ultrasonido de mamas
Nota: La realización de dichos exámenes dependerá del análisis previo por parte del administrador del
contrato, sobre la disponibilidad presupuestaria.
2.7.2. Cáncer de próstata y testículos
o) Para contar con un estimado del costo de la campaña, el oferente debe cotizar de forma
individual el costo unitario de cada de examen/ estudio:
Cuadro 5
Campaña Examen Físico y de Sangre
Nombre del examen/ estudio Precio individual
Charla de concientización
Examen físico, mediante personal profesional
Examen de sangre para antígeno prostático específico
p) Además, el centro médico deberá proponer los respectivos exámenes/ estudios de
prevención y detección de ambos padecimientos.
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2.7.3. Optometría
q) Para contar con un estimado del costo de cada campaña, el oferente debe cotizar de
forma individual el costo unitario de cada de examen/estudio de optometría que puede
ofrecer:
Cuadro 6
Campaña de Optometría
Nombre del examen/ estudio Precio individual
Examen de la vista por computadora
Otros:
1-
2-
3-
N -
Nota: La realización de dichos exámenes dependerá del análisis previo por parte del administrador del
contrato, sobre la disponibilidad presupuestaria.
2.8. Odontología
r) Para contar con un estimado del costo de cada examen/estudio, el oferente debe
cotizar de forma individual el costo unitario de cada de procedimiento odontológico que
puede ofrecer según lo tazado por el Colegio de Cirujanos Dentistas de Costa Rica:
Cuadro 7
Campaña de Odontología
Procedimiento Precio individual
Diagnóstico y Plan de tratamiento
Examen Clínico Diagnóstico intra y extraoral
Amalgamas
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Nota: La realización de dichos exámenes dependerá del análisis previo por parte del administrador del
contrato, sobre la disponibilidad presupuestaria.
s) Para las campañas la administración y el contratista coordinarán previamente una
charla de concientización e información sobre cada una de las temáticas para una
población previamente definida y se programarán exámenes y o estudios para una
cantidad de usuarios dependiendo del contenido presupuestario disponible para esta
contratación.
Amalgamas 1 superficie
Amalgamas 2 superficies
Amalgamas 3 o más superficies
Resinas
Clases I, III y IV
Clases IV
Clase II 2 superficies
Clases II 3 o más superficies
Sellantes de fosas y fisuras por pieza
Exodoncia
Exodoncia quirúrgica
Profilaxis (pulido)
Profilaxis y aplicación de flúor
Peritajes
Consulta inicial
(incluye examen clínico, sondeo, expediente y
anamnesis)
Fotografías, modelos de estudio y Rx Panorámica
Preparación Informe (incluye la entrega de un informe
escrito de su opinión profesional sobre el caso
examinado)
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t) Para los casos en el los cuales el criterio del médico, indique la necesidad del paciente
de realizarse exámenes/ estudios relacionados con la especialidad de odontología, o
exámenes de optometría fuera del periodo de la campaña, este debe hacer la solicitud
de la realización de los mismos a la administración del contrato, para lo cual el oferente
debe cotizar de forma individual, según lo tazado por el Colegio de Cirujanos Dentistas
de Costa Rica y por el Colegio de Médicos y Cirujanos o las autoridades
correspondientes.
u) En el transcurso del contrato se pueden incluir más campañas, según la demanda de
la población, los intereses de la administración y disponibilidad de contenido
presupuestario.
3. Con relación al Recurso Humano:
El contratista debe cumplir con lo siguiente:
3.1 Las cuotas obrero – patronales del personal que vaya a trabajar en la prestación de
los servicios contratados, al día.
3.2 La Póliza de Riesgos del Trabajo (INS-RT), esta debe estar al día.
3.3 El personal profesional responsable, el cual debe estar debidamente incorporado al
colegio profesional respectivo, tener la licencia vigente y estar al día con sus colegiaturas,
para cubrir las necesidades de demanda de la administración. Artículo 1 R-8755- CCSS: i)
Profesional: persona con educación en Ciencias de la Salud debidamente inscrito y
autorizado por los respectivos Colegios Profesionales de Costa Rica. Se incluye en esta
definición, para efectos reglamentarios, los médicos generales y especialistas,
odontólogos, psicólogos, enfermeros y farmacéuticos.
3.4 El personal médico: Todos los médicos que vayan a brindar atención a la población
deben estar incorporados al Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa Rica.
3.5 El personal de enfermería: En caso de contar con personal de enfermería para la
asistencia, este debe estar incorporado al Colegio de Enfermeras de Costa Rica, con
licencia vigente y colegiatura al día. En caso de ausencia de un profesional en el centro
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médico, por un periodo mayor a un día, éste debe contar con la presencia de un médico o
médicos con un perfil igual o mejor al del profesional o profesionales, los cuales deben ser
aprobados previamente por el Administrador del Contrato.
4. Con relación a la documentación:
El contratista debe cumplir con lo siguiente:
4.1 La documentación necesaria para la atención por el Sistema Mixto de Atención en
Salud, proporcionada por la CCSS, y que retira la papelería en la proveeduría del centro
de salud respectivo. La papelería proporcionada debe coincidir con la siguiente:
4.2 Lo establecido en el Reglamento para el Control de Drogas Estupefacientes y
Psicotrópicos, así como lo dispuesto por parte de la Junta de Vigilancia de Drogas
y Estupefacientes.
4.3 El respectivo sello rojo distintivo del Sistema Mixto de Atención en Salud, que
incluya la leyenda “Medicina Mixta”, el logo oficial de la CCSS y el número de unidad
programática.
4.4 Un sello con el nombre, código y especialidad inscrita para incorporar a los
formularios que se remitan al Sistema Mixto de Atención en Salud.
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5. Control, registro y otorgamiento de citas
5.1 La primera vez que un usuario asista o haga uso de los servicios médicos, el
profesional autorizado debe generar un expediente o una historia clínica individual,
según se describe en la Norma para Habilitación de Establecimientos de Consulta
Externa General y de Especialidades Médicas N°30699-S y los incisos c y d del
artículo 8 del Reglamento.
5.2 El centro médico debe contar con al menos los siguientes apartados en las historias
clínicas individuales: Identificación, Epicrisis, Anamnesis, Lista de problemas,
Examen Físico, Evolución y Tratamiento, Exámenes de laboratorio, Estudios
radiológicos, Estudios especiales, Nota de enfermería, Registros de enfermería.
5.3 El centro médico debe asegurar que toda la información clínica que se derive de la
atención brindada al paciente sea incorporada a la historia clínica individual, en forma
legible, con identificación exacta del funcionario tratante y con la hora correspondiente
en que se realiza el procedimiento.
5.4 Los profesionales responsables de la prestación de los servicios y el centro médico
deben garantizar el buen uso y la confidencialidad de la información de cada uno de
los expedientes.
5.5 La cantidad de citas semanales asignadas, exámenes, procedimientos, estudios,
entre otros desarrollará según demanda y contenido presupuestario.
5.6 Las citas por ningún motivo deben ser programadas con más de 3 días naturales de
anticipación, con la excepción de los casos que los requiera de forma estricta, como
en el control prenatal.
5.7 Las citas por ningún motivo pueden ser asignadas con más de 1 día natural de
aplazamiento.
5.8 El contratista debe entregar un informe semanal en las instalaciones de la
administración, de las citas programadas y las citas efectivas. El informe debe ser
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enviado el lunes posterior a la semana concluida. El informe debe incluir al menos la
siguiente información:
Fecha del informe:
Semana abarcada:
Cantidad de citas programadas:
Cantidad de cita efectivas:
Seguimiento de los consecutivos:
Además de un adjunto con la lista que incluya el Nombre del Paciente, Número
de Cédula y Fecha de la Cita.
Firma y Sello del personal responsable del Centro Médico:
Los correos para recepción de la información son:
[email protected], con copia a [email protected]
EL informe semanal N°4 se debe presentar junto con la factura del mes
correspondiente.
5.9 La administración únicamente cancelará las citas efectivas, previa verificación de la
asistencia del usuario a la cita.
5.10 Para la obtención de una cita el interesado debe llamar al centro médico y solicitar
la cita según la disponibilidad de fechas y horarios. Cuando cuente con la asignación
de la cita por parte del Centro Médico, el interesado debe presentarse en la recepción
administrativa del CONARE en la SIUA para solicitar la “Boleta para Registro y
Control”: Citas Servicio Médico. Sin esta boleta el estudiante o funcionario no podrá
ser atendido en el Centro Médico.
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Boleta para Registro y Control:
Citas Servicio Médico
CONSECUTIVO: _________________
Nombre del solicitante:
Número de cédula:
Teléfonos: Correo electrónico:
Institución: Funcionario ( )
UCR ( ) TEC ( ) UNA ( ) UNED ( ) CONARE ( ) Estudiante ( )
Fecha de solicitud: Fecha de la cita: Hora de la cita:
/ / / / :
Firma del Solicitante:
Firma personal responsable
Administración CONARE/SIUA: Sello:
Para uso exclusivo del Centro Médico:
Corroboración de asistencia a cita:
Firma personal responsable
Centro Médico:
Sello:
Fecha de la cita: Hora de la cita:
/ / :
Observaciones Administrativas Generales:
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5.11 Las boletas de citas serán parte de una bitácora de consecutivos
proporcionados por la administración, cada boleta cuenta con 3 copias adicionales en
papel químico, las cuales se utilizarán de la siguiente forma:
Color de Boleta Uso respectivo Pertenece a:
Blanca Respaldo de la administración de la
aprobación de la cita.
Administración
Rosada Respaldo del usuario de que su cita fue
aprobada por la administración, también
servirá de comprobante para trámites de
la universidad respectiva, por ejemplo,
justificación de ausencias.
Usuario del servicio
Amarilla Archivo del Centro Médico, respaldo de la
efectividad de la cita.
Centro Médico
Celeste Respaldo de la Administración de la
efectividad de la cita.
Estas son devueltas a la administración
en conjunto con los informes de
facturación y las facturas respectivas
según se indica en 5.8.
Administración
6 Generalidades:
6.1 Durante la duración del contrato la administración está en la potestad de incluir o
excluir servicios, dependiendo de la demanda de la población y del contenido
presupuestario, siempre y cuando el contratista esté en la capacidad de ofrecerlos.
6.2 El contratista debe garantizar la prestación de los servicios ofertados durante toda la
duración del contrato.
6.3 El precio a reconocer incluye el costo del servicio integral. El contratista debe asumir
todo el gasto que genere el funcionamiento normal de su Consultorio Médico (alquiler
local, equipo, materiales, servicios públicos, servicio telefónico, papelería, planillas,
entre otros). Será responsabilidad del contratista velar por el adecuado
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abastecimiento y uso de tales bienes y servicios en la realización de sus labores, por
lo que deberá aplicar sus conocimientos profesionales y lo estipulado en la legislación
nacional antes mencionada para determinar el mejor equipo y materiales a emplear,
así como garantizarse que contará con el local, servicios públicos y personal de apoyo
que sean necesarios para el mejor desempeño de sus funciones.
SECCIÓN III REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD
20. Es requisito indispensable que el centro médico se ubique en un radio que no supere
los 3,5 Km del centro de trabajo. Dirección del Centro de Trabajo: Alajuela – Alajuela –
Desamparados, de la Iglesia Católica de la Agonía 1,5 Km al Este, edificio Plaza del
Este, contiguo COOTAXA. Para lo anterior, en la oferta se debe indicar la dirección
exacta del centro médico.
21. El oferente debe cotizar el costo unitario de la cita médica en medicina general y el
costo unitario de la cita médica con un especialista. El oferente debe considerar dentro
del precio a cotizar las disposiciones del Colegio de Médicos y Cirujanos sobre las
tarifas, así como todos los costos relacionados con la prestación del servicio (por
ejemplo: alquiler local, equipo, materiales, servicios públicos, servicio telefónico,
documentación, planillas, entre otros).
22. El oferente debe aportar el permiso del Ministerio de Salud del centro médico, el cual
debe encontrarse vigente.
23. El oferente debe estar autorizado por las autoridades competentes para dar servicios
en el campo de medicina general, así como las especialidades detalladas en la Sección
II, de conformidad con la legislación que regula la materia. Debe aportar la
documentación que haga constar la debida inscripción y registro en el Área de Salud
de la CCSS respectiva al centro de trabajo, aprobación por parte de la unidad
responsable del Sistema en el Nivel Central de la CCSS o de quien corresponda, donde
se indica que está inscrito de forma satisfactoria y la aprobación para iniciar con la
utilización de los servicios prestados. En esta se debe indicar de forma clara y precisa
el Área de Adscripción en la que está inscrito, la cual debe coincidir con el Área de
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Adscripción del Centro de Trabajo, la cual sería distrito de Desamparados, cantón
Central de la provincia de Alajuela.
24. El oferente debe suministrar los costos indicados para los servicios solicitados en los
cuadros 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7 de la Sección II, precios que deben estar ajustados a lo
establecido en los respectivos Colegios Profesionales.
25. El centro médico debe cumplir con las condiciones óptimas para brindar el servicio,
según se indica:
a) La infraestructura, equipamiento tecnológico y el recurso humano técnico y
administrativo necesario que asegure la calidad adecuada de los servicios de
salud, con base a lo estipulado por el Colegio de Médicos y Cirujanos de Costa
Rica y el Ministerio de Salud, que permita cumplir con los procesos estipulados
en el Sistema. Artículo 1 R-8755- CCSS: f) Infraestructura: lugar o espacio
físico, en el cual se suministran los servicios de salud demandados, propiedad
del o los profesionales, persona jurídica o empresa que cumplan con lo
establecido en la Ley General de Salud.
b) Un consultorio (al menos), el cual tendrá que estar habilitado por el Ministerio
de Salud, mediante la Norma para Habilitación de Establecimientos de Consulta
Externa General y de Especialidades Médicas N°30699-S.
c) Las instalaciones para brindar el servicio contratado deben al menos cumplir
con lo establecido en la legislación nacional: cumplir con el permiso de
Habilitación de Servicios de Salud y Afines (Reglamento General N° 39728),
según lo establecido en la Normas para la Habilitación de Establecimientos de
Consulta Externa General y de Especialidades Médicas (Decreto N° 30699-S o
la versión que se encuentre vigente en el momento de la contratación).
d) Estar ubicado lejos de áreas de contaminación, peligrosidad, o expuesta
riesgos potenciales y otros de índole natural.
e) Debe contar con un Programa de Manejo de Residuos de acuerdo al Decreto
de Control de Residuos N° 37552-S, Manual de Bioseguridad para
establecimientos de salud y afines.
f) Cumplir con lo establecido en la Ley 7600 (Ley de Igualdad de Oportunidades
para las Personas con Discapacidad).
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g) Construcción de paredes y pisos resistentes al lavado con soluciones
antisépticas.
h) Temperatura y ventilación que permita un área libre de contaminación y
exposición a agentes infecciosos y a sustancias químicas potencialmente
tóxicas.
i) Privacidad que permita una adecuada relación médico- paciente.
j) Contar con servicios sanitarios dentro del recinto, que además cumplan con la
Ley 7600.
k) Cumplimiento de la legislación en materia de salud y leyes conexas.
l) Cualquier otro servicio adicional que ofrezca el contratista debe contar con lo
establecido en la legislación nacional, por ejemplo:
Farmacias: Decreto N°: 31969-S Manual de Normas para la Habilitación de
Farmacias.
Laboratorios de Análisis de Microbiología y Química Clínica. Decreto N°.
30700-S Norma para la Habilitación de Laboratorios de Microbiología y
Química Clínica.
Servicios de cirugía ambulatoria. Decreto N°. 29947-S. Norma para la
Habilitación de Establecimientos de Cirugía Ambulatoria.
Servicios de Optometría. Decreto N°. 32150-S Manual de Normas para la
Habilitación de Establecimientos con Servicios de Optometría.
Servicios de Terapia Física. Decreto N°. 32328-S Manual de Normas para
la Habilitación de Establecimientos que brindan Atención en Terapia Física.
Para verificar el cumplimiento de estos requisitos como parte del estudio técnico, el
personal de la Jefatura Administrativa de la SIUA y la Proveeduría Institucional, visitaran
las instalaciones del oferente (Centro Médico), visita que será coordinada previamente con
los oferentes, y se aplicará el instrumento indicado en el Anexo 1, para determinar el
cumplimiento de los requerimientos indicados anteriormente.
26. El oferente debe contar con el personal necesario para garantizar el servicio según
demanda, en un horario de 8:00 a las 18:00 horas de lunes a viernes. Para esto debe
presentar una lista del personal responsable de los servicios, donde se indique, nombre
completo, identificación, código, especialidad (si la posee) y adjuntar currículo y
22
evaluaciones del personal por parte de la jefatura respectiva, en las cuales se destaque
el desempeño del profesional. Los profesionales deben cumplir con:
i. La debida inscripción ante el colegio respectivo, presentar la
certificación del Colegio que demuestre que se encuentra inscrito y al
día en el pago de las cuotas.
ii. Currículos que verifiquen la experiencia de al menos 5 años de
experiencia continúa en atención de pacientes en consulta de medicina
general. Además, aportar copia del título profesional.
27. Experiencia General del Oferente. El oferente debe contar con una experiencia mínima
de cinco (5) años brindando servicios médicos, experiencia que debe certificarse
mediante la presentación de una declaración jurada.
28. Experiencia Específica del Oferente. El oferente debe contar con experiencia positiva
en contratos de similar naturaleza, entendida ésta como aquellos contratos cuya
duración sea igual o superior a un año. Para acreditar dicha experiencia, deberá aportar
cartas de referencia de contratos ejecutados o en ejecución, firmadas por el cliente
receptor del servicio. Las cartas deben indicar al menos: nombre del cliente, año de
ejecución del contrato, descripción del servicio brindado, teléfono y correo electrónico
de referencia. El CONARE como parte del estudio técnico podrá verificar la veracidad
de la información para determinar si toma como experiencia positiva. Dichos trabajos
deben ser aquella experiencia positiva donde se cumpla a satisfacción las necesidades
de los distintos clientes (artículo 56 del Reglamento a la Ley de Contratación
Administrativa).
29. La oferta deberá tener una vigencia de cuarenta días hábiles, prorrogables según el
proceso licitatorio lo requiera, contados a partir de la fecha de apertura de las ofertas.
30. El CONARE se reserva el derecho de verificar la veracidad y autenticidad de la
información contenida en la oferta. Como consecuencia de lo anterior, de llegarse a
determinar la existencia de información falsa podrá descalificar al Oferente.
31. Para una eventual adjudicación, sólo serán consideradas aquellas ofertas que cumplan
legal y técnicamente con las Condiciones Generales y Específicas del cartel. Las
23
ofertas que no presentan los requisitos anteriores se descalificarán del presente
concurso.
SECCIÓN IV SISTEMA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
32. Con las ofertas admisibles para una eventual adjudicación, se procederá a realizar la
escogencia de la mejor oferta la cual aplicará la siguiente tabla de puntuación:
Item Descripción del factor Puntaje
1 Precio por consulta médica 40
2 Experiencia General del Oferente 20
3 Experiencia Específica del Oferente 25
4 Instalaciones y condiciones del Centro Médico 15
TOTAL 100
33. PRECIO POR CONSULTA MEDICA
Se sumarán los dos precios indicados por el oferente de acuerdo a lo solicitado en el punto 21
del cartel y se aplicará la siguiente fórmula:
FP= {1-[(Px-Pmin)/Pmin]} x 40
Donde:
FP= Puntaje obtenido por la empresa para el factor precio por consulta.
Px= Precio ofrecido por la oferta en evaluación.
Pmin= Precio de la oferta con el monto más bajo.
Revisiones de precio: la oferta económica total deberá ser desglosada de conformidad con la
siguiente estructura:
24
CONCEPTO: Monto en colones Porcentaje
Mano de obra (incluye salarios, cargas
sociales y beneficios)
X%
Insumos (uniformes, equipos) X%
Gastos administrativos (supervisión,
pólizas, papelería)
X%
Utilidad X%
Total precio cotizado 100 %
Con la estructura planteada se aplicará la siguiente fórmula
Pr= Po (Mo(Iismf/Ismo)+I(ipcf/ipco)+GA(ipcbysf/ipcbyso)+U)
Pr: Precio revisado
Po: monto de la oferta total
Mo: Porcentaje Mano de obra
Ismf: Índice salario mínimo servicio mes final.
Ismo: Índice salario mínimo servicio mes presentación de la oferta.
I: porcentaje Insumos directos.
Ipcf: índice precios al consumidor mes final.
Ipco: índice precios al consumidor mes presentación de la oferta.
GA: porcentaje gastos administrativos.
Ipcbysf: índice precios al consumidor de bienes y servicios mes final.
Ipcbyso: índice precios al consumidor de bienes y servicios mes oferta.
U: porcentaje de la utilidad (no revisable).
Para el cálculo se utilizará los índices de precios que emita el Banco Central desde su
portal web. El contratista deberá aportar los cálculos y justificaciones de la revisión del
precio. El CONARE cuenta con un mes calendario para emitir la resolución de
aceptación o rechazo de la solicitud. En el caso de bienes manufacturados se revisará
el precio mediante el método analítico el cual el contratista debe presentar toda la
documentación fidedigna que compruebe el cambio del precio de los insumos para ser
reconocidos. En todo trámite la Proveeduría realizará el análisis correspondiente y
25
tendrá un plazo de un mes contado a partir de la presentación de la gestión para
reconocer la revisión o reajuste mediante resolución motivada.
34. EXPERIENCIA GENERAL DEL OFERENTE
De acuerdo a la información presentada según la Sección III punto 27 del cartel se
aplicará la siguiente tabla de evaluación, a partir del quinto año:
Número de años de experiencia Puntaje
Mayor o igual a 5 años pero menos de 8 años 5
Mayor o igual a 8 años pero menos de 10 años 10
Mayor o igual a 10 años pero menos de 12 años 15
De 12 años en adelante 20
35. EXPERIENCIA ESPECIFICA DEL OFERENTE
Se asignará por cada carta de referencia positiva en la realización de contratos
similares cinco (5) puntos hasta alcanzar un máximo de veinticinco (25) puntos.
36. INSTALACIONES Y CONDICIONES DEL CENTRO MÉDICO
La evaluación de las instalaciones y las condiciones que ofrece el centro médico se
determinará a partir de la visita al Centro Médico y de acuerdo a la puntuación obtenida
por el oferente en el anexo 1. Se aplicará la siguiente fórmula:
(puntos obtenidos en el anexo 1 / puntos totales del anexo) * 15
37. Se adjudicará a la oferta con el puntaje más alto de acuerdo a la metodología de
evaluación aplicada. En caso de empate, se adjudicará la oferta de acuerdo a los
siguientes criterios ordenados según su prioridad: a) Se adjudicará a la empresa que
se comprueba que es una PYME. b) menor precio por consulta. c) mayor cantidad de
años de experiencia general. De persistir el empate se convocará a las partes para
decidir la adjudicación mediante la suerte y se levantará un acta al respecto.
26
SECCION V DEL ADJUDICATARIO Y CONTRATISTA
38. El plazo de adjudicación de esta contratación será de treinta días (30) hábiles o un
plazo mayor por motivos de fuerza mayor o interés público para lo cual se dejará
constancia en el expediente mediante resolución motivada.
39. La Administración se reserva el derecho de adjudicar de acuerdo a la disponibilidad
presupuestaria, así como declarar infructuosa la contratación si se considera que
ninguna oferta conviene a sus intereses o desierta con fundamento en el interés
público. También se reserva para su aplicación al momento de la adjudicación las
facultades contenidas en el artículo 52 inciso n) del Reglamento a la Ley de
Contratación Administrativa, en el tanto la oferta favorecida se ajusta al contenido
presupuestario.
40. Garantía de cumplimiento: el adjudicatario deberá rendir una garantía de cumplimiento
equivalente a un ocho (8%) por ciento del monto anual adjudicado dentro de los ocho
días hábiles siguientes a la firmeza del acto de adjudicación. La garantía se rendirá en
su equivalente en moneda nacional al día anterior de la presentación de la oferta,
mediante depósito de bono de garantía del Instituto Nacional de Seguros, o por
cualquiera de los bancos del Sistema Bancario Nacional; certificados de depósito a
plazo, bonos del Estado o de sus instituciones debidamente endosados; cheques
certificados o de gerencia de un banco del Sistema Bancario Nacional o depósito, todos
a la orden del CONARE, cuenta corriente número 100-01-000-054768-7 en el Banco
Nacional de Costa Rica. Deberá emitirse conforme lo establecido en el artículo 42 del
Reglamento de Contratación Administrativa.
41. Especies fiscales: el adjudicatario deberá cancelar el monto correspondiente por
especies fiscales mediante la compra de un entero a favor del gobierno o bien la
compra de timbres por este concepto. Para el cálculo respectivo multiplicar el monto
de la adjudicación x 0.25%. A este resultado debe sumarle un 25% y luego dividirlo
entre dos de conformidad con el artículo 272 del Código Fiscal.
42. El adjudicatario debe presentar durante la formalización contractual la copia de la póliza
de responsabilidad civil y copia de la póliza de riesgos laborales.
27
43. El adjudicatario que no comparezca dentro de los ocho días hábiles siguientes a la
firmeza del acto de adjudicación en este Cartel u omita rendir durante ese plazo la
garantía de cumplimiento, las especies fiscales y demás requisitos descritos en los
puntos anteriores a esta sección, se procederá a adjudicar al segundo mejor
posicionado y así sucesivamente.
44. Orden de inicio y reunión de coordinación inicial: la Administración a través de la
Proveeduría Institucional emitirá la orden de inicio de la ejecución contractual dentro
de los quince días hábiles siguientes una vez que cuente con el refrendo contralor o
aprobación interna correspondiente. A su vez, la administración convocará al
contratista dentro de este plazo, a una reunión de coordinación inicial para coordinar
detalles logísticos.
45. La contratación tendrá una vigencia de un año, prorrogable por un periodo igual, hasta
un máximo de cuatro años, previa evaluación del servicio por parte del Administrador
del Contrato. La modalidad de esta contratación es por medio de orden de compra
abierta, la cual consiste en emitir una orden de compra anual que servirá para los
correspondientes pagos. El monto de la orden de compra para el año 2017 corresponde
a ¢20.000.000,00.
46. El contratista estará obligado a cumplir, plenamente, con todas las condiciones y
especificaciones del Cartel y sus addenda, lo ofrecido en su oferta como en las demás
manifestaciones documentadas que consten en el expediente de concurso o aceptado
en la formalización o durante la ejecución del contrato.
47. El contratista se sujetará a las disposiciones contempladas en los artículos 10, 11, 12,
13, 14, 17, 18, 20, 21, siguientes y concordantes de la Ley de la Contratación
Administrativa, y en los artículos 188, 189, 190, 192, 193 y 210 del R.L.C.A., y demás
normativas que rige la materia de Contratación Administrativa.
48. Administrador del Contrato: la administración del contrato estará a cargo Jefatura
Administrativa de la Sede Interuniversitaria de Alajuela con la asesoría de la
Proveeduría. El contratista estará obligado a ofrecerle todas las facilidades necesarias
para el ejercicio de la fiscalización que éste mantendrá durante la ejecución del
contrato.
28
49. Forma de pago: la forma de pago es mensual, según los servicios de atención médica
brindados durante cada mes, el pago se emitirá contra visto bueno de la factura, este
visto bueno lo dará el Administrador del Contrato. El contratista presentará la factura
comercial en la recepción de la Sede Interuniversitaria de Alajuela. El pago se hará
efectivo dentro de los ocho días hábiles después de recibida la factura en el CONARE.
50. Se considerará incumplimiento grave a las obligaciones contractuales y contrario al
interés público el suspender el pago de los seguros sociales y cualquier otra acción u
omisión similar que origine para el contratista un enriquecimiento ilícito o el evadir el
correcto, completo y oportuno cumplimiento de las obligaciones señaladas por las leyes
de seguridad social del país, especialmente del régimen de la Caja Costarricense de
Seguro Social. Al constatar el CONARE estas circunstancias, ya sea de oficio o a
solicitud de parte interesada, se procederá a realizar un máximo de una prevención
durante toda la vigencia del contrato para que el contratista formalice una solución de
su situación de morosidad. De presentarse más situaciones de morosidad se procederá
a resolver unilateralmente el contrato dándolo por terminado sin perjuicio de cualquier
otra acción legal que procediere contra la contratista según el caso lo amerite.
51. Se considerará incumplimiento grave la violación a la confidencialidad del expediente
de los funcionarios o estudiantes. Al constatar el Administrador del Contrato estas
circunstancias, ya sea de oficio o a solicitud de parte interesada, se procederá a
resolver unilateralmente el contrato dándolo por terminado sin perjuicio de cualquier
otra acción legal que procediere contra la contratista según el caso lo amerite.
52. El CONARE se reserva la potestad durante la ejecución del contrato de verificar en
cualquier tiempo la vigencia de las pólizas y la presentación de planillas
correspondientes al régimen de seguro por riesgos profesionales, así el cumplimiento
de las obligaciones obrero-patronales con la CCSS.
53. Para todos los efectos, el contratista actuará como patrono en relación con todo el
personal que intervenga en la prestación del servicio. Entre ese personal y el CONARE
no existirá ninguna relación laboral, por lo que todos los seguros y cargas sociales
deberán ser pagados por el contratista, así como las pólizas que correspondan en el
desempeño de sus funciones. Por lo anterior, queda claro que no existe relación laboral
entre el CONARE y el Contratista.
29
54. El Contratista contará con suficiente personal para que supla a su personal en vacaciones,
enfermedades, permisos, no pudiendo por ninguna circunstancia dejar de prestar el
servicio contratado y en el caso de faltar algún miembro del personal a sus obligaciones,
el Contratista tomará en forma inmediata las medidas pertinentes con el fin de cubrir el
servicio. De esta manera, se aclara que la obligación del contratista es garantizar que se
brindará el servicio bajo los mayores estándares de calidad, por lo que, en caso de
ausencia por algún motivo del personal médico, deberá comunicarse oportunamente el
nombre del médico sustituto, quien deberá cumplir con los mismos requisitos establecidos
para el profesional titular del servicio.
55. El contratista será evaluado al finalizar cada período mediante un oficio sobre el
rendimiento y la satisfacción del servicio por parte del Administrador del Contrato y en
caso que proceda, será la justificación para la prórroga respectiva.
56. Sanciones por incumplimiento: se aplicará una multa de 2% en la factura mensual
previo debido proceso, si concurren las siguientes situaciones de incumplimiento:
Si el administrador del contrato formalmente expresa su inconformidad con el
servicio prestado (debe indicar puntualmente los incumplimientos).
No cumplir con el horario de atención propuesto y autorizado.
No atender uno o más días sin justificación previa.
No remitir el informe semanal de citas al Administrador del Contrato.
Equipo médico para la atención de los funcionarios en mal estado o inexistente.
Servicio brindado por otro profesional que no esté previamente autorizado, así como
cualquier otro incumplimiento respecto a lo especificado en el cartel y todas aquellas
otras actividades que se engloban en el servicio contratado.
Atención o diagnósticos que pongan en peligro la salud de los funcionarios o
estudiantes
Desactualización y mal manejo del expediente médico.
Que el contratista no esté inscrito para brindar servicio de medicina mixta ante la
CCSS.
57. El Consejo Nacional de Rectores de acuerdo con el artículo 204 del Reglamento a la
Ley Contratación Administrativa podrá, sin perjuicio de las demás acciones
administrativas en caso de incumplimiento total por parte del contratista, resolver el
30
contrato en su totalidad o en parte o bien rescindir sus relaciones con fundamento en
el artículo 206, de dicho cuerpo normativo.
Jonathan Chaves Sandoval
Proveedor Institucional
31
Anexo 1 Licitación Abreviada 2017LA-000011-CNR Evaluación de la Visita al Centro Médico
COMANDO DE INCIDENTES CISIUA
Consecutivo: ________________
Fecha de creación: 20/06/2017 Versión: 01
BOLETA PARA INSPECCIÓN Y REGISTRO Centros Médicos
SIUA-CI-B-004
Elaborado por: Revisado por: Aprobado por:
Meliza Cordero Hernández Noelia Soto González
FECHA INSPECCIÓN:
RESPONSABLE DE LA INSPECCIÓN:
NOMBRE DEL CENTRO MÉDICO:
CENTROS MÉDICOS EN INSPECCIÓN:
DESCRIPTOR SI
CUMPLE NO
CUMPLE OBSERVACIONES
Cuenta el Centro Médico con:
Certificado de Habilitación (debe estar vigente y ubicado en un lugar visible:
(5) (4) (3) (2) (1)
1. Administración
1.1. Al menos un médico responsable, debidamente incorporado al colegio profesional respectivo, se encuentra presente en el momento de la inspección:
(5) (4) (3) (2) (1)
1.2. El personal médico responsable (acreditado) cubre todo el horario de atención del centro médico.
(5) (4) (3) (2) (1)
1.2. Personal de apoyo administrativo (al menos un/a secreteria(o) o recepcionista(o), se encuentra presente en el momento de la inspección:
(5) (4) (3) (2) (1)
1.3. Personal exclusivo para las actividades misceláneas, se encuentra presente en el momento de la inspección:
(5) (4) (3) (2) (1)
2. Planta Física (infraestructura):
32
2.1. Sala de espera, con sillas cómodas en buen estado para los usuarios:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.2. Consultorio con privacidad para la atención de pacientes, con lavamanos en buen estado:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.3. Cuarto separado para la relización de procedimientos (curaciones). Hay un espacio separado para vacunación:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.4. Espacio para evaluar antropométricamente (pesar y medir) a los usuarios:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.5. Al menos dos servicios sanitarios en buen estado, para el público y para el personal.
(5) (4) (3) (2) (1)
2.6. Área separada para la recepción y archivo de historias clínicas, están bajo llave:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.7. Cada una de las áreas cuenta con la iluminación y ventilación natural, suficientes para las actividades diurnas normales:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.8. Área específica para el lavado de material de limpieza:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.9. Área exclusiva para la esterilización de instrumentos o acceso a un centro de esterilización:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.10. Se encuentran el techo, las paredes y piso en buen estado:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.11. Las paredes y pisos son resistentes al lavado con soluciones antisépticas:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.12. Todas las áreas tienen temperatura y ventilación que permita un área libre de contaminación y exposición a agentes infecciosos y a sustancias químicas potencialemente tóxicas.
(5) (4) (3) (2) (1)
2.13. Las respectivas áreas cuentan con la privacidad adecuada que permita una adecuada relación médico - paciente.
(5) (4) (3) (2) (1)
2.14. Todas las áreas inclusive servicios sanitarios cumplen con lo descrito en la Ley 7600.
(5) (4) (3) (2) (1)
33
2.15. Se encuentra ubicado lejos de de áreas de contaminación, peligrosidad, o expuesta riesgos potenciales y otros de índole natural:
(5) (4) (3) (2) (1)
2.16. Tiene acceso a parqueo para los usuarios (5) (4) (3) (2) (1)
2.17. No se observa deterioros en el edificio, que puedan generar daños a la integridad física de los usuarios
(5) (4) (3) (2) (1)
3. Recursos Materiales:
3.1. El establecimiento debe cumplir con el equipo y material, según especialidad, detallado en el apéndice que corresponda.
(5) (4) (3) (2) (1)
3.2. Escritorio y sillas cómodas (5) (4) (3) (2) (1)
3.3 Al menos dos archivadores o estantes para historias clínicas y otros documentos
(5) (4) (3) (2) (1)
3.4. Teléfono (5) (4) (3) (2) (1)
3.5. Papelería (5) (4) (3) (2) (1)
3.6. Camilla para exploración, dos sillas y un escritorio, según proceda
(5) (4) (3) (2) (1)
3.7. Tallímetro adultos y pediómetro. Debidamente instalados según tipo de consulta
(5) (4) (3) (2) (1)
3.8. Balanza calibrada (adultos y/o lactantes según proceda) (5) (4) (3) (2) (1)
3.9. Cinta métrica metálica o inextensible (5) (4) (3) (2) (1)
3.10. Termómetros orales, aplicadores y espátulas (5) (4) (3) (2) (1)
3.10. Estetoscopio biauricular (Estetoscopio de auscultación fetal, según proceda)
(5) (4) (3) (2) (1)
3.11. Esfignomanómetro (5) (4) (3) (2) (1)
3.12. Refrigerador exclusivo para vacunas, con termómetro y hoja de control diario de la temperatura, según proceda
(5) (4) (3) (2) (1)
3.13. Autoclave para esterilización o a un servicio de esterilización
(5) (4) (3) (2) (1)
3.14. Camilla para curaciones, según proceda (5) (4) (3) (2) (1)
3.15. Aspirador, según proceda (5) (4) (3) (2) (1)
3.16. Lámpara de cuello de ganso, según proceda (5) (4) (3) (2) (1)
3.17. Nebulizador, según proceda (5) (4) (3) (2) (1)
3.18. Equipo de diagnóstico portátil o fijo en pared (5) (4) (3) (2) (1)
3.19. Cartilla para evaluación de agudeza visual (5) (4) (3) (2) (1)
34
3.20. Equipo para realizar pruebas de agudeza auditiva indirecta niños/as mayores de 3 años, según proceda
(5) (4) (3) (2) (1)
3.21. Agujas y jeringas descartables, agujas para acupuntura, según proceda
(5) (4) (3) (2) (1)
4. Documentación:
4.1. El centro cuenta con la documentación necesaria para la atención por el Sistema Mixto de Atención en Salud, proporcionada por la CCSS
(5) (4) (3) (2) (1)
4.2. Un registro escrito de vacunas (ficheros o tarjeteros), por grupos de edad
(5) (4) (3) (2) (1)
4.3. Archivo para las historias clínicas individuales (5) (4) (3) (2) (1)
4.4. Normas escritas para el manejo y disposición de residuos peligrosos producto de los servicios prestados en el establecimiento deacuerdo a la legislación vigente y debidamente avaladas por la Dirección de Protección al Ambiente Humano.
(5) (4) (3) (2) (1)
4.5. Contrato con la empresa contratada, que preste los servicios para el tratamiento de Residuos Infectocontagios:
(5) (4) (3) (2) (1)
5. Gestión
5.1. Procedimientos y horarios de limpieza de las instalaciones:
(5) (4) (3) (2) (1)
5.2. Programa de mantenimiento preventivo y correctivo de los equipos que se utilizan (en el caso de contratos a terceros presentar documentación):
(5) (4) (3) (2) (1)
6. Seguridad e higiene Laboral
6.1. Señalización de seguridad en todas sus áreas: (5) (4) (3) (2) (1)
6.2. Equipos de control de incendios: (5) (4) (3) (2) (1)
6.3. Al menos un extintor tipo ABC (5) (4) (3) (2) (1)
6.4. Salidas de emergencia: (5) (4) (3) (2) (1)
6.5. Rutas de Evacuación por incendio o evento natural: (5) (4) (3) (2) (1)
6.6. Equipo de protección personal, en cantidad y tipo apropiado, según el riesgo que presente.
(5) (4) (3) (2) (1)
6.7. Manual de protocolos de seguridad para la prevención de enfermedades infectocontagiosas (hepatitis B, SIDA, entre otras:
(5) (4) (3) (2) (1)
6.8. Manual de protcolos para riesgos biológicos para pacientes:
(5) (4) (3) (2) (1)
35
6.9. Manual de protocolos para dispocisión final de riesgos biológicos o material bioinfeccioso.
(5) (4) (3) (2) (1)
6.10. Los protocolos son del conocimiento de todo el personal:
(5) (4) (3) (2) (1)
7. Ubicación geográfica
7.1. Se ubica dentro del radio solicitado (3,5 kilómetros) (5) (4) (3) (2) (1)
7.2. La distancia es menor que lo establecido (3,5 kilómetros)
(5) (4) (3) (2) (1)
7.3. El lugar es de fácil acceso por medio de transporte público
(5) (4) (3) (2) (1)
7.4. El centro se ubica en un lugar seguro (no registra alto índice de delincuencia, según manejo de información del Ministerio de Seguridad Pública de la zona)
(5) (4) (3) (2) (1)
Nota: la calificación mayor de 5, está ligado a un cumplimiento de excelencia de lo planteado para cada ítem. Mientras que 1, está asociado a un cumplimiento deficiente.