prohibe el uso de teléfonos móviles o celulares en bancos

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10709-25 BOLETÍN Nc MOCIÓN PERÍODO LEGISLATIVO _ 2014-2018 LEGISLATURA 364 Prohibe el uso de teléfonos móviles o celulares en bancos e instituciones financieras SESIÓN __26 § FECHA: 31-05-2016 X PRIMER TRÁMITE CONST. D SEGUNDO TRÁMITE CONST. (S) DESTINACIÓN 01.- AGRICULTURA, SILVICULTURAY DESARROLLO RURAL 02.- DEFENSA NACIONAL 03.- ECONOMÍA, FOMENTO; MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA, PROTECCIÓN DE LOS CONSUMIDORES YTURISMO 04.- EDUCACIÓN 05.- HACIENDA | [ 06.-GOBIERNO INTERIOR, NACIONALIDAD, CIUDADANÍA Y REGIONALIZACIÓN Q 07.- CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIAY REGLAMENTO 08.-MINERÍA Y ENERGÍA 09.-OBRAS PÚBLICAS - RELACIONES EXTERIORES, ASUNTOS INTERPARLAMENTARIOS E INTEGRACIÓN LATINOAMERICANA 11.-SALUD 12.- MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES 13.- TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL 14.- VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO 15.- TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES 16.- RÉGIMEN INTERNO Y ADMINISTRACIÓN 17.- DERECHOS HUMANOS Y PUEBLOS ORIGINARIOS ~^\- FAMILIA Y ADULTO MAYOR D D ! D D 19.- CIENCIAS Y TECNOLOGÍA 20.-BIENESNACIONALES 21.- PESCA, ACUICULTURA E INTERESES MARÍTIMOS 22.- BOMBEROS 24.- CULTURA, ARTES Y COMUNICACIONES 25.- SEGURIDAD CIUDADANA 27.- ZONAS EXTREMAS Y ANTARTICA CHILENA 29.- DEPORTES Y RECREACIÓN 31.- DESARROLLO SOCIAL, SUPERACIÓN DE LA POBREZA Y PLANIFICACIÓN 33.- RECURSOS HÍDRICOS Y DESERTIFICACIÓN COMISIÓN DE HACIENDA, EN LO PERTINENTE. COMISIÓN MIXTA. COMISIÓN ESPECIAL MIXTA DE PRESUPUESTOS. EXCMA. CORTE SUPREMA, EN LO PERTINENTE. [ ] OTRA: -

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Page 1: Prohibe el uso de teléfonos móviles o celulares en bancos

10709-25

BOLETÍN Nc

MOCIÓN

PERÍODO LEGISLATIVO _ 2014-2018 LEGISLATURA 364

Prohibe el uso de teléfonos móviles o celulares enbancos e instituciones financieras

SESIÓN N° __26 §

FECHA: 31-05-2016

X PRIMER TRÁMITE CONST.

DSEGUNDO TRÁMITE CONST. (S)

DESTINACIÓN

01.- AGRICULTURA, SILVICULTURA Y DESARROLLO RURAL

02.- DEFENSA NACIONAL

03.- ECONOMÍA, FOMENTO; MICRO, PEQUEÑA YMEDIANA EMPRESA, PROTECCIÓN DE LOSCONSUMIDORES YTURISMO

04.- EDUCACIÓN

05.- HACIENDA

| [ 06.-GOBIERNO INTERIOR, NACIONALIDAD, CIUDADANÍAY REGIONALIZACIÓN

Q 07.- CONSTITUCIÓN, LEGISLACIÓN, JUSTICIA YREGLAMENTO

08.-MINERÍA Y ENERGÍA

09.-OBRAS PÚBLICAS

- RELACIONES EXTERIORES, ASUNTOSINTERPARLAMENTARIOS E INTEGRACIÓNLATINOAMERICANA

11.-SALUD

12.- MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

13.- TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

14.- VIVIENDA Y DESARROLLO URBANO

15.- TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES

16.- RÉGIMEN INTERNO Y ADMINISTRACIÓN

17.- DERECHOS HUMANOS Y PUEBLOS ORIGINARIOS

~^\- FAMILIA Y ADULTO MAYOR

D

D

!D

D

19.- CIENCIAS Y TECNOLOGÍA

20.-BIENES NACIONALES

21.- PESCA, ACUICULTURA E INTERESES MARÍTIMOS

22.- BOMBEROS

24.- CULTURA, ARTES Y COMUNICACIONES

25.- SEGURIDAD CIUDADANA

27.- ZONAS EXTREMAS Y ANTARTICA CHILENA

29.- DEPORTES Y RECREACIÓN

31.- DESARROLLO SOCIAL, SUPERACIÓN DE LAPOBREZA Y PLANIFICACIÓN

33.- RECURSOS HÍDRICOS Y DESERTIFICACIÓN

COMISIÓN DE HACIENDA, EN LO PERTINENTE.

COMISIÓN MIXTA.

COMISIÓN ESPECIAL MIXTA DE PRESUPUESTOS.

EXCMA. CORTE SUPREMA, EN LO PERTINENTE.

[ ] OTRA: -

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Moción que prohibe el uso temporal de teléfonos móviles o celularesal interior de los bancos y otras instituciones financieras.

La delincuencia es un problema que representa una gran preocupación paraun importante porcentaje para nuestra población. En la última encuesta del Centrode Estudios Públicos, el 60% de los encuestados respondió que la delincuencia, losasaltos y el robo era el primero de los problemas que debería dedicar mayor esfuerzoen solucionar el gobierno.

En el último tiempo, se han conocido públicamente las nuevas formas,estrategias y modo de operar de los delincuentes. Los medios de comunicaciónrecogen, por ejemplo, el alunizaje para entrar a bancos o joyerías para robar.También los conocidos portonazos, que es el robo de vehículos con fuerza en laentrada de las viviendas, han ocupado importantes páginas de los medios.

Un hecho menos conocido, pero que ha sido preocupación de países comoArgentina, México, Colombia, Brasil y Perú, es la utilización, por parte de losdelincuentes, de teléfonos celulares para "marcar" a sus víctimas cuando éstas estánrealizando tramites en instituciones bancarias y financieras. De esta forma, algunosdelincuentes, al interior de los bancos, fotografían a sus víctimas para luegoenviarlas a otros delincuentes que al reconocerlas en las cercanías del bancoproceden a robarle.

En nuestro país se intentó legislar sobre la materia en el año 2006 con elingreso de un proyecto de ley signado con el boletín 4569-25. Lamentablementedicho proyecto fue archivado.

Sin embargo, la preocupación de los autores de este proyecto frente a loshechos descritos ha significado revisar la legislación comparada y proponer unnuevo proyecto de ley para limitar el actuar de los delincuentes utilizando teléfonoscelulares en lugares críticos que pueden suponer la inseguridad de los clientes.

De esta manera, el Banco Central de la República Argentina, adoptó dentrode sus medidas mínimas de seguridad en entidades financieras, desde el año 2013,la "Prohibición de utilización de terminales de servicio de telefonía móvil y otros

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dispositivos de comunicación similares", obligando a los bancos a impedir suutilización en los locales de atención al público y en el sector de las cajas.

Por otro lado, desde 2014 que en el Congreso de la República de Perú sedebate un proyecto de ley que tiene por objetivo "prohibir el uso de teléfonoscelulares, dispositivos móviles y otros similares en los locales de atención al públicodel sistema financiero". Dentro de los motivos que señalan los autores del proyectode ley está que ''los rufianes han optado por marcar a sus víctimas desde el interiorde las entidades para luego expropiarles su dinero fuera de la entidad".

Finalmente, parece apropiado regular esta materia en el sentido de: prohibirla utilización de teléfonos celulares en los espacios públicos de las institucionesbancarias y financieras, obligar a los bancos a señalizar esta prohibición y permitir aCarabineros de Chile que pueda fiscalizar la eficacia de la norma.

Por lo tanto, los diputados firmantes, someten a consideración del CongresoNacional, el siguiente:

P R O Y E C T O D E L E Y

Artículo 1: Se prohibe la utilización, por cualquier persona, de teléfonos móviles ocelulares en los locales de atención al público o el sector de cajas al interior de losbancos, cajas de compensación, casas de cambio y otras instituciones financieras.

Artículo 2: Estas instituciones deberán promover la adopción por parte de sususuarios y empleados de ésta prohibición mientras permanezcan en su interior. Paraesto, entre otras medidas, deberán implementar en lugares visibles del exterior einterior de la institución la señalética suficiente para comunicar ésta prohibición.

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Artículo 3: Los empleados y los guardias de seguridad de estas instituciones estaránfacultados para solicitar a quien utilice teléfonos móviles o celulares su noutilización o la salida de la misma.

De insistir en su utilización el guardia de seguridad o a quien designe larespectiva institución podrá solicitar el auxilio de Carabineros de Chile para elcumplimiento de ésta prohibición.

Artículo 4: El incumplimiento de lo prescrito, por las instituciones o las personas,será sancionada con multa, a beneficio municipal, de 1 a 10 UTM. El Juez de PolicíaLocal correspondiente, previa notificación de Carabineros de Chile, determinará lacuantía de la multa dependiendo su gravedad y reiteración.

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Matias^Vak<- PtietoDiputado de la

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