procuraduria ll na~on resoluciÓn o a ( 3 o nov 2016)2).pdfprocurador provincial de pasto, yolanda...

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PROCURADURIA GENERAl. DE Ll NA~ON RESOLUCiÓN No. O O A ( 3 O NOV 2016) . Por medio de la cual se ordena la baja definitiva de bienes muebles del inventario en Aplicativo SIAF Almacén de la bodega de inservibles, Procuraduría Regional de Nariño y su consecuente enajenación y/o destrucción. EL PROCURADOR REGIONAL DE NARIÑO En uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 75 del Decreto Ley 262 de 2000 y el articulo décimo de la Resolución 402 de octubre 02 de 2015, emanada del Despacho del señor Procurador General de la Nación, y CONSIDERANDO: 1. Que la Resolución No. 402 de 2015, "Por la cual se reglamentan los procedimientos de baja de bienes y enajenación de bienes muebles de propiedad de la Procuraduría General de la Nación", señala en el artículo primero que "Procederá la salida definitiva por baja de los registros contables y de los inventarios de la Procuraduría General de la Nación de los bienes muebles que por su desgaste, deterioro u obsolescencia no sean susceptibles de reparación o adaptación, requieran un mantenimiento que resulte costoso para la Entidad o no sean útiles o adecuados para el servicio al cual hayan sido destinados, y no estén afectados por normas especiales". 2. Que según consta en "ACTA DE CONSTlTUCfON DEL COMITÉ EVALUADOR PARA LA BAJA DEFINITIVA DE BIENES MUEBLES PERTENECIENTES A LA PROCURADURíA PROVINCIAL DE TUMACO", el 30 de junio de 2016 se reunieron los doctores: Perches Giraldo Campuzano, Procurador Regional de Nariño, Yesenia Burbano Caicedo, Procuradora Provincial de Tumaco, Yolanda Rosero Vallejo Coordinadora Administrativa de la misma Procuraduría Regional y el señor Oscar Mauricio Rúales Erazo, quien actúa como secretario del Comité, con el fin de conformar el Comité Evaluador para la baja definitiva de bienes muebles obsoletos e inservibles, ubicados en la Procuraduría Provincial de Tumaco, los cuales hacen parte del inventario de la Entidad 3. Que por medio de oficio CA No. 244 de junio 30 de 2016, la Doctora Yolanda Rosero Vallejo, Coordinadora Administrativa de la Procuraduría Regional de Nariño, informó al doctor Perches Giraldo Campuzano, Procurador Regional de Nariño," (...) de manera atenta le informo: que por su desgaste, deterioro u obsolescencia, y que no son susceptibles de reparación o adaptación, así como de requerirse mantenimiento resultaría antieconómico para la entidad, se considera que los elementos relacionados en los listados adjuntos ameritan darse de baja (... r 4. Que a través de oficio CA 248 del 12 de julio de 2016, la Dra. Yolanda Rosero Vallejo, Coordinadora Administrativa de la Procuraduría Regional de Nariño le señaló a las Ingenieras Mónica María Villamizar Sánchez, Jefe de la Oficina de Sistemas de la Entidad y Mercedes Sánchez Pozo, Coordinadora del Grupo de Soporte a Usuarios de la misma dependencia lo siguiente "De manera atenta y teniendo en cuenta el parágrafo 1. del artículo Decimo de la Resolución No. 402 del 2015 por la cual se reglamentan los procedimientos de baja de bienes y enajenación de bienes muebles de propiedad de la PGN, remito: 1) Un listado de treinta y cinco (35) elementos que están en BODEGA DE USADOS, entre los cuales se cuentan: Equipos de Cómputo, impresoras, licencias Windows y un escáner que por su grado de deterioro histórico, otros por daño parcial, o total ameritaron retirarse del servicio y requieren darse de baja 2) Un listado quince (15) bienes ubicados en BODEGA de INSERVIBLES. que (sic) por encontrarse deteriorados o inservibles por salubridad se considera deber darse de baja (...)". 5. Que en respuesta a la solicitud realizada por la Coordinadora Administrativa de la Procuraduría Regional de Nariño, la Ingeniera Mercedes Sanchez Pozo, Coordinadora del Grupo de Soporte a Usuarios Oficina de Sistemas con Va.Bo. de la Ingeniera Mónica María Villamizar Sánchez, Jefe de la Oficirla de Sistemas, en oficio No OSJ601J2016 del 02 de septiembre de 2016, señaló: "Una vez verificado el estado de los equipos de cómputo frente al registro de los activos de información (Computadores, Monitores, Impresoras, Escáner, Video Beam y otros), en el Módulo de Inventarios del Sistema SIAF, de la sede que usted coordina, en anexo se presenta la relación de los equipos que, dado

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PROCURADURIAGENERAl. DELl NA~ON

RESOLUCiÓN No. O O A( 3 O NOV 2016) .

Por medio de la cual se ordena la baja definitiva de bienes muebles del inventario en AplicativoSIAF Almacén de la bodega de inservibles, Procuraduría Regional de Nariño y su consecuente

enajenación y/o destrucción.

EL PROCURADOR REGIONAL DE NARIÑO

En uso de las facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artículo 75 del DecretoLey 262 de 2000 y el articulo décimo de la Resolución 402 de octubre 02 de 2015, emanada delDespacho del señor Procurador General de la Nación, y

CONSIDERANDO:

1. Que la Resolución No. 402 de 2015, "Por la cual se reglamentan los procedimientos de baja de bienesy enajenación de bienes muebles de propiedad de la Procuraduría General de la Nación", señala en elartículo primero que "Procederá la salida definitiva por baja de los registros contables y de los inventariosde la Procuraduría General de la Nación de los bienes muebles que por su desgaste, deterioro uobsolescencia no sean susceptibles de reparación o adaptación, requieran un mantenimiento que resultecostoso para la Entidad o no sean útiles o adecuados para el servicio al cual hayan sido destinados, y noestén afectados por normas especiales".

2. Que según consta en "ACTA DE CONSTlTUCfON DEL COMITÉ EVALUADOR PARA LA BAJADEFINITIVA DE BIENES MUEBLES PERTENECIENTES A LA PROCURADURíA PROVINCIAL DETUMACO", el 30 de junio de 2016 se reunieron los doctores: Perches Giraldo Campuzano, ProcuradorRegional de Nariño, Yesenia Burbano Caicedo, Procuradora Provincial de Tumaco, Yolanda RoseroVallejo Coordinadora Administrativa de la misma Procuraduría Regional y el señor Oscar Mauricio RúalesErazo, quien actúa como secretario del Comité, con el fin de conformar el Comité Evaluador para la bajadefinitiva de bienes muebles obsoletos e inservibles, ubicados en la Procuraduría Provincial de Tumaco,los cuales hacen parte del inventario de la Entidad

3. Que por medio de oficio CA No. 244 de junio 30 de 2016, la Doctora Yolanda Rosero Vallejo,Coordinadora Administrativa de la Procuraduría Regional de Nariño, informó al doctor Perches GiraldoCampuzano, Procurador Regional de Nariño," (. . .) de manera atenta le informo: que por su desgaste,deterioro u obsolescencia, y que no son susceptibles de reparación o adaptación, así como de requerirsemantenimiento resultaría antieconómico para la entidad, se considera que los elementos relacionados enlos listados adjuntos ameritan darse de baja (...r4. Que a través de oficio CA 248 del 12 de julio de 2016, la Dra. Yolanda Rosero Vallejo, CoordinadoraAdministrativa de la Procuraduría Regional de Nariño le señaló a las Ingenieras Mónica María VillamizarSánchez, Jefe de la Oficina de Sistemas de la Entidad y Mercedes Sánchez Pozo, Coordinadora delGrupo de Soporte a Usuarios de la misma dependencia lo siguiente "De manera atenta y teniendo encuenta el parágrafo 1. del artículo Decimo de la Resolución No. 402 del 2015 por la cual se reglamentanlos procedimientos de baja de bienes y enajenación de bienes muebles de propiedad de la PGN, remito:

1) Un listado de treinta y cinco (35) elementos que están en BODEGA DE USADOS, entre loscuales se cuentan: Equipos de Cómputo, impresoras, licencias Windows y un escáner que por sugrado de deterioro histórico, otros por daño parcial, o total ameritaron retirarse del servicio yrequieren darse de baja

2) Un listado quince (15) bienes ubicados en BODEGA de INSERVIBLES. que (sic) por encontrarsedeteriorados o inservibles por salubridad se considera deber darse de baja (. ..) ".

5. Que en respuesta a la solicitud realizada por la Coordinadora Administrativa de la ProcuraduríaRegional de Nariño, la Ingeniera Mercedes Sanchez Pozo, Coordinadora del Grupo de Soporte aUsuarios Oficina de Sistemas con Va.Bo. de la Ingeniera Mónica María Villamizar Sánchez, Jefe de laOficirla de Sistemas, en oficio No OSJ601J2016 del 02 de septiembre de 2016, señaló: "Una vezverificado el estado de los equipos de cómputo frente al registro de los activos de información(Computadores, Monitores, Impresoras, Escáner, Video Beam y otros), en el Módulo de Inventarios delSistema SIAF, de la sede que usted coordina, en anexo se presenta la relación de los equipos que, dado

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í,PROCURADURIAGBIERAL DE Ll NACION

RESOLUCiÓN No. O O 4( 30 O 16 )

Por medio de la cual se ordena la baja definitiva de bienes muebles del inventario en Aplicativo SIAFAlmacén de la bodega de inservibles, Procuraduría Regional de Nariño y su consecuente enajenación

y/o destrucción.

su estado, según algunos de los factores relacionados más adelante, han dejado de ser útiles para laEntidad y no son objeto de siniestro, por consiguiente y en cumplimiento de lo señalado a través de laResolución 402 de octubre 2 de 2015, por la cual se reglamentan los procedimientos de baja de bienesde propiedad de la Procuraduría General de la Nación, así como las comunicaciones de la SecretaríaGeneral 002 de 2015, 013 Y 014 de 2016, relacionadas con la depuración del Archivo de Inventarios,respectivamente, es necesario realizar las acciones pertinentes para proceder a la baja definitiva.

• Daño y no es factible su reparación• Desgaste, deterioro, rotura, que impiden que el activo opere adecuadamente• Sustitución ( el activo fue reemplazado por otro más eficiente)• Obsolescencia del activo

Es preciso informar que, para los activos informáticos, cuyo estado es obsolescencia, según lo señaladoen el artículo Décimo primero de la citada Resolución, se deben ofrecer inicialmente a título gratuito atodas las entidades públicas, de cualquier orden, a través de la página WEB de la entidad, para luegocontinuar con el procedimiento establecido; para los activos en estado inservíble, se debe proceder a ladestrucción de los mismos, conforme a lo establecido en el artículo Décimo quinto de la mismaResolución. "

6. Que por encontrarse bienes pertenecientes a la Procuraduría Regional de Nariño, ubicados en Pastose constituyó Comité, según consta en "ACTA DE CONSTITUCION DEL COMITÉ EVALUADOR PARALA BAJA DEFINITIVA DE BIENES MUEBLES PERTENECIENTES A LA PROCURADURíA REGIONALDE NARIÑO PROCURADURÍA PROVINCIAL PASTO", el 14 de septiembre de 2016, se reunieron losdoctores: Perches Giraldo Campuzano, Procurador Regional de Nariño, Francisco Zarama Castillo,Procurador Provincial de Pasto, Yolanda Rosero Vallejo Coordinadora Administrativa de la mismaProcuraduría Regional y el señor Osear Mauricio Rúales Erazo, quien actúa como secretaria del Comité,con el fin de conformar el Comité Evaluador para la baja definitiva de bienes muebles obsoletos einservibles, ubicados en la Procuraduría Regional de Nariño, los cuales hacen parte del inventario de laEntidad en la ciudad de Pasto.

7. Que mediante correo electrónico del 19 de septiembre de 2016, el señor Heriberto Bautista Ardila,supervisor del contrato No. 179-014-2015\ informó al señor Nazareno Camada Moreno, Gerente de lasociedad COMERCIALlZADORA NAVE LTDA, lo siguiente: "Atentamente se requiere la prestación de"servicio de Avalúo comercial para la enajenación de bienes obsoletos, servibles o inservibles" depropiedad de la PGN, almacenado (sic) en el Departamento de NARIÑO, (. . .)".

8. Que según. oficio del 30 de septiembre de 2016, el representante legal de la sociedadComercializadora NAVE LTDA, entregó el "(... ) Informe Avalúo Técnico Comercial de un lote de BienesMuebles catalogados obsoletos, inservibles y chatarra. Lo anterior para que se autorice la continuacióndel proceso de venta {... )". De igual manera, determinó el precio mínimo de venta en la suma de cientoochenta y ocho mil doscientos ochenta y cinco pesos ($188.285,00) M/CTE.

9. Que con fecha 7 de octubre de 2016, se suscribió el "ACTA DE INSPECCION, AVALUO yCONFORMACION DE LOTES" por los doctores Ricardo Mosquera Robín , en calidad de ProcuradorRegional de Nariño, Yesenia Burbano Caicedo, Procuradora Provincial de Tumaco, Francisco JavierZarama Castillo, Procurador Provincial de Pasto y Yolanda Rosero Vallejo, Coordinadora Administrativade la misma Procuraduria Regional y el señor Oscar Mauricio Rúales quien actúa como secretario delComité; en la que consta lo siguiente:

I Contrato celebrado con Comercializadora Nave Ltda que tiene por Objeto prestar a la Procuraduría General de la Nación el servicio de intermediariocomercial para llevar a cabo la enajenación de bienes muebles Obsoletos, inservibles y/o servibles de la Procuraduría General de la Nación.

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RESOLUCiÓN No. 12JLA(. " '1 r )

Por medío de la cual se ordena la baja definitiva de bienes muebles del inventarío en Aplicativo S/AFAlmacén de la bodega de inservibles, Procuraduria Regional de Nariño y su consecuente enajenación

y/o destrucción.

"(oo .. ) El objeto de la reunión es realizar la Inspección, acoger el Avalúo y conformación de Lotes de losbienes muebles que serán objeto de ofrecimiento a título gratuito a otras Entidades públicas oenajenación onerosa, los cuales se encuentran ubicados temporalmente en las sedes de lasProcuraduría Regional de Nariño, Calle 18 A No. 25-37 Piso 4(, Edf Alfa y Procuraduría Provincial deTumaco ubicada en Avenida los Estudiantes Sector la Y Tumaco, los cuales se han identificado comosusceptibles para dar de baja de los inventarios, conforme a lo dispuesto en la Resolución 402 de 2015.Para el efecto se procede de la siguiente forma:

1. Inspección: Se inspeccionan los bienes conforme al listado presentado por la CoordinadoraAdministrativa Regional Nariño (anexo copia). E informa que estos bienes estuvieron al servicio de lasProcuradurías en Nariño, durante muchos años y por su estado de deterioro u obsolescencia no prestanningún servicio y tampoco resulta conveniente invertir recursos económicos en su restauración,reparación o envío al nivel central en la ciudad de Bogotá.

Se procede a revisar los bienes conforme a listado anexo, el cual está organizado y compuesto por lossiguientes grupos:

:i>;;~;?~.B$~,Ci>.~F;E'L~'~~'~ge:;;.;~~;\~:.,:,:-.~'.~.~'~>~{;~~jjY.~~:~~e~!.~:~~~\W~~;.:g~~!c€;1g'~~~~~![~!~~'~J[y.ff~~i~~~~~:~J~~~';=~:~~~tjit~~!)BIENES PROPIEDAD DE LA

IPROCURADURIA AGRUPACION 20202EQUIPO MEOICOYOE LABORATORIO 2 415.256,00 41.5.256,00 415.25500 - -BIENES PROPIEDAD OELAPROCURADURIA AGRUPACION 20301

MUEBLES V ENSERES 67 9.409.::.36 43 11.772.448.30 10.744.354.52 - 1.028.093.78BIENES PROPIEDAD DE LAPROCURADURIA AGRUPACION 20302

EQUIPO y MAOUINAS DE OFICINA 11 3.;¿16.95S.20 5.585.683.49 5.S8S.683.49 -BIENES PROPIEDAD O£ LAPROCURADURIA AGRUPACION 2Qo101EQUIPO DE COMUN ICACIÓN 2S 17.67.6.485.74 19.385.811 02 19.385.811 O~ -SIENES PROPIEDAD O£ lA

PROCURAOURIA AGRUPACION 20402eQUIPOS DE COMPUTACION 42 loo.8S:>'. 789. 70 106.4G2.883 53 106.462.883 38 - O '-5BIENES PROPIEDAD O€ LAPROCURADURIA AGRUPACION 20G01MAQUINARIA V EQUIPO DE RESTAURANTEYCAFETERIA 1 400.000.00 698.078 93 698.07R 93 . -BIENES PROPIEDAD DE LA

IPROCURAOURIA AGRUPACION 50201LIT 1lES DE Escr~ITORIO y OFIC¡NA {LIBROS) 75 1.150.333,00 1.239.765.61 1.239.7G5,Gl -TOTAL 223 133.070.959.07 I 145.559.926.88 144.53~. 832.SS - 1.028.093.93

Todos los bienes relacionados, presentan ostensible estado de deterioro y obsolescencia.

2. Avalúo: El perito evaluador de la COMERCIALlZADORA NAVE LTDA, mediante informe de avalúotécnico y comercial de bienes muebles propiedad de la Procuraduría General de la Nación, ubicados enPasto y Tumaco rendido el día 30 de Septiembre de 2016, recomienda su enajenación mediante unasubasta pública en un lote único. tomando como precio mínimo de venta el determinado en el informetécnico de avaluó, que para la Procuraduría Regional de Nariño corresponde a CIENTO OCHENTA YOCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOS MCTE ($188.285,00). (Ver informe anexo). /

El comité evaluador al conocer el avaluó técnico de los bienes de la Procuraduría General de la NaciónRegional Nariño , presentado por la firma COMERCIALlZADORA NAVE LTDA, acepta el valor comercialdel avalúo asignado.

3. Conformación de Lotes: Se procede a conformar un solo lote que contiene Equipos Medico y deLaboratorio, Muebles y Enseres, Equipo y máquinas de oficina, equipos de comunicación, equipos de

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RESOLUCiÓN No. O O L1

( 3 O Nn\! 'In ~e )Por medio de la cual se ordena la baja definitiva de bienes muebles del inventario en Aplicativo SIAFAlmacén de la bodega de inservibles, Procuraduría Regional de Nariño y su consecuente enajenación

y/o destrucción.

computación, software. maquinaria y equipos de restaurante y cafetería y útiles de escritorio y oficina; conun costo histórico de CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES SETENTA MIL NOVECIENTOSCINCUENTA Y NUEVE PESOS CON SIETE CENTAVOS MCTE ($133.070.959,07), un valor totalcomercial sugerido de CIENTO OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO PESOSMCTE ($188.285,00) elementos que se encuentran ubicados temporalmente en Procuraduría Regionalde Nariño, Calle 18 A No. 25-37 Piso 4. Ed. Alfa y Procuraduría Provincial de Tumaco situada enAvenida los Estudiantes Sector la Y Tumaco Nar. (Ver listado anexo y archivo fotográfico)

Conocidas las consideraciones anteriores y de acuerdo con las facultades del Comité Evaluador para elproceso de baja de bienes muebles, conformado mediante Actas de fechas 30 de Junio y 14 deseptiembre de 2016, en cumplimiento a lo ordenado por la Resolución 402 de Octubre 02 de 2015emanada del Despacho del señor Procurador General de la Nación; el comité sugiere que se den de bajadefinitiva. los bienes obsoletos e inservibles en la Procuraduría Regional de Nariño, por su saldo enlibros que aparece registrado en la certificación expedida por Coordinador del Grupo de Almacén eInventarios de la Procuraduría General de la Nación, que anexamos"

10. Que el doctor Fabio Cárdenas Ortiz, Coordinador del Grupo de Almacén e Inventarios de la Entidad,certificó el 07 de octubre de 2016 lo siguiente: /

"El suscrito Coordinador del Grupo de Almacén e Inventarios certifica que la información reportada a lafecha por el aplicativo SIAF almacén de la bodega de inservibles Nariño, es la siguiente:

?t{~;,t~¡ª~:~i!~[~];~~~£i:~:~:~.~:~;¥~~:~~f.~ fI&(~f~~€9~~J~~?l~~r~%itY~:~~9~yrWª~[~#!~8£N:;1.~~;:?~~?r9~?,&t~~~JBj¡BIENESPROPIEDAD DE LAPROCURADURIA AGRUPACION 20202EQUIPO MEDICOY DELABORATORIO 2 415.2S6.OO 415.256 00 415.25600 - -BIENES PROPIE:OAD DE LAPROCURADURIA AGRUPACION 20301MUEBLESY ENSERES 67 9.409.136,43 1:.772.448 30 10.744.354.52 - 1.028.093.78BIENESPROPIEDAD DE LAPROCURADURIA AGRUPACION 20302EQUIPO Y MAQUI NAS DEOFICINA n 3.216.958.20 5.585.683,49 5.585.683,49 - -BIENESPROPIEDAD DE LAPROCURADURIA AGRUPACION 20401EQUIPO DECOMUNICACION 25 17.626.485 74 19.385.81.1 02 19.385.811,02 -BIENES PROPtEOAD DE: LAPROCURAOURIA AGRUPACION 20402EQUIPOS DE COMPUTACION 42 100.852.789.70 106.462.883 53 106.462.E83.38 - o 15BIENESPROPIEDAD DE LA

IPROCURADURIA AGRUPACION 20601MAQUINARIA Y EQUIPO DERESTAURANTEY CAFETERIA 1 400.000.00 698.078.93 698.078,93 - -I1IENESPROPIEDAD DE LA

IPROCURADURIA AGRUPAClON 50201UTlLES DE ESCHITORIO y OFICINA (LlAROS) 75 1.150.333 00 1.239.765.61. 1.239.765,61 -TOTAL 223 1.33.070.959 07 I 145.559.926.88 ~44.S31.B32.95 - 1.028.093.93

/11. Que en oficio DA-001481 del 18 de octubre de 2016, dirigido a los doctores: Ricardo MosqueraRobín, Procurador Regional de Nariño y Yolanda Rasero Vallejo, Coordinadora Administrativa de laProcuraduría Regional en mención, el Jefe (e) de la División Administrativa de la Entidad doctor LuisAntonio Suarez Alba, indicó lo siguiente: "(. ...) Con la presente autorizo efectuar la baja de taleselementos por su valor en libros, bajo exclusiva responsabilidad del Comité Evaluador Regional deNariño, por ser quienes tienen a su cargo los bienes relacionados y les consta el estado de inservibles delos mismos, a través de la Resolución que por competencia debe proferir el Procurador Regional, enatención al valor en libros, valor comercial y precio mínimo de venta de los mismos, de acuerdo con losArts. Noveno y Décimo ibídem, de la Resolución 402 de 2015".

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D o 4No.I !~l

( 3 1 )Por medio de la cual se ordena la baja definitiva de bienes muebles del inventario en Aplicativo S/AFAlmacén de la bodega de inservibles, Procuraduría Regional de Nariño y su consecuente enajenación

y/o destrucci6n.

12. Que la Coordinadora del Grupo de Contabilidad, Hilda Esperanza González Avellaneda, el 24 deoctubre de 2016 expidió la siguiente constancia:

"Que revisados los libros auxiliares contables del Sistema de información Financiera S/AF Contable, quecorresponden a la informaci6n fuente de los saldos en SIIF, los bienes relacionados por el Coordinadordel Grupo de Almacén de la PGN en su certificaci6n, respecto de la Regional de Nariño, para realizarproceso de baja por un valor total de los elementos de $145.559.926,88, como bienes registrados en elaplicativo S/AF Almacén de la bodega de inservibles, corresponde al que a la fecha se revela en lascuentas de orden de dicha Regional SIAF Contable y SIIF Nación 11,excepto el valor de $1.239.765,61del grupo de útifes de Escritorio y Oficina (Cans. Controlado) por cuanto de acuerdo a las normascontables, se contabilizaron como gasto y su saldo no se revela en los estados financieros ni en lascuentas de orden de la información contable de la PGN, pero si se encuentran incluidos en la informaciónadministrativa controlada por el grupo de Almacén en el m6dulo de inventarios".

Con base en lo anterior, el Procurador Regional de Nariño en uso de sus facultades legales y en méritode los expuesto,

RESUELVE:

ARTíCULO PRIMERO: Ordenar la baja definitiva del inventario en el Aplicativo SIAF Almacén de labodega de inservibles, de la Procuraduría Regional de Nariño, por valor en libros de UN MILLÓNVEINTIOCHO MIL NOVENTA Y TRES PESOS CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($1.028.093,93)MCTE. Cada uno de los bienes muebles en estado inservible por total deterioro u obsolescencia seencuentran descritos en cuadro anexo en tres (3) folio que contiene la siguiente información: AlMACEN.18 ALMACÉN NARIÑO; DEPENDENCIA: 1002 ALMACÉN DE INSERVIBLES; FUNCIONARIO:80423307 FUNCIONARIO ENCARGADO DE INSERVIBLES; FECHA: OCTUBRE 12 DE 2016; TIPO:BIENES PROPIEDAD DE LA PROCURADURíA, el cual forma parte integral del presente actoadministrativo, y que se efectúen los ajustes contables necesarios en las cuentas donde se encuentrencontabilizados. los cuales se discriminan por grupos así:

I'Á~tr~:,!f~:g~:~\e;~i3,~€XKPfi;.~:~:r-'i5.;%S{¡;~c;:;;r1~~~~r€~~;~~0X'lttl~~~~~~~!~~~t}~./{~~~~ª3~e~~Y~~C;O(N~ f~1~~\t~i:~_';:;..,'eh'~', ,~.~';'.~.:(".,~'~,;>.~.>:~ ;¡~~,~;.~':'-'~

BI EN E:S PROPIEDAD DE LA

PROCURADURIA AGRUPACION 20202EQUIPO MEDICOYDE LABORATORIO 2 415.25600 415.256 00 415.256 00 - -BIENES PROPrE.DA~ DE LA

PROCURADURIA AGRUPACION 20301MUEBLES Y ENSERES 67 9.409.136.4:3 11.772.448 30 10.744.354.52 1.028.093.78BIENES PROPIEDAD DE LA

PROCURADUR'A AGRUPACION 20302eQuIPO y MAQUINAS DE OFICINA 11 3.216.958 20 S,S8S.6SZ 49 5_585.683 49 - -BIENES PROPIEDAD DE LA

PROCURADURIA AGRUPACION 20401EQUIPO DE COMUNICACIÓN 25 ~7.62G.I'..sS. 741 19.385.811.02 19.385.811,02 -BIENES PROPIEDAD DE LA

PROCURADURIA AGRuPACION 20402EQUIPOS DE COMPlJTACION 42 100.852.789 70 106.462.883 53 106.462.883 38 - o 15!'llENES PROPIEDAD DE LA

PROCURADURIA AGRUPACION 20601MAQUINARIA Y EQUIPO DE RESTAURANTEYCAFETERIA 1 40C'-Cl()()00 698.078 93 698.07893

Blf;NE5 PROPIEDAD DE LAPROCURADURI/\ AG~UPACION 50.201

,UTILES DE ESCRITORIO y OFICINA (UBROS 75 1.150.333.00 1.239.765.61 1.239.765.61 -TOTAL 223 133.070.959.07 145.559.926.88 144.531.832.95 1.028.093.93

ART~CULO SEGUNDO: Ordenar a la División Administrativa de la Entidad, el agotamiento del trámiterelaCIonado con la enajenación de los bienes detallados a título gratuito u oneroso, según corresponda.

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PROCURADUmAGENERAL DE lA NACION

RESOLUCIÓN No. O O 4( JUIV L. )'

Por medio de la cual se ordena la baja definitiva de bienes muebles del inventario en Aplicativo SIAFAlmacén de la bodega de inservibles, Procuraduría Regional de Nariño y su consecuente enajenación

y/o destrucción.

ARTíCULO TERCERO: Remitir copia de lo actuado a las Divisiones Administrativa y Financiera de laEntidad, así como a la Oficina de Control Interno y al Grupo de Almacén e Inventarios.

ARTICULO CUARTO: Publicar la presente Resolución en la página web :de la Procuraduría General de laNación.

ARTICULO QUINTO: Contra la presente Resolución no procede recurso alguno, de conformidad con elartículo 75 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.

ARTICULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de 'su expedición.

COMUNIQUESE y CUMPLASE

Proyecto: Octavio Garcia-Asesor División AdministrativaRevisó: Carlos Eduardo Pimienta Tatis, Jefe Divisió t1ministrativa

Carlos Mustafá. Oficina Jurídica ~Julieta Riveros González- Oficina jca

Aprobó: Clodomiro Rivera Garzón- J Icina Jurídl ::r

Dado en la ciudad de Pasto (Nariño) a los 3 O NOV 2016

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