presentacion, gbi

10
DERECHOS DE AUTOR DIEGO FERNANDO CERON ALARCON LEIDI JOANA RUBIANO NAÑEZ JANNETH WILCHES

Upload: pepinita000

Post on 15-Jun-2015

417 views

Category:

Education


3 download

DESCRIPTION

Presentacion, GBI con audio

TRANSCRIPT

Page 1: Presentacion, GBI

DERECHOS DE AUTOR

DIEGO FERNANDO CERON ALARCON

LEIDI JOANA RUBIANO NAÑEZ

JANNETH WILCHES

Page 2: Presentacion, GBI

¿QUE SE NECESITA PARA TENER LA PROTECCIÓN DEL DERECHO DE AUTOR?

¿EN QUE CONSISTE EL DERECHO DE REPRODUCCIÓN?

La protección que se concede al autor nace desde el mismo momento en que crea la obra, sin que para ello se requiera cumplir con formalidad jurídica

Por reproducción debemos entender, el derecho del propietario de autorizar o prohibir la realización de copias de su obra, ya sea por medio impreso, sistemas digitales como CD ROM, y en general, por cualquier medio de reproducción conocido o por conocer.

Page 3: Presentacion, GBI

EN QUE CONSISTE EL DERECHO DE COMUNICACIÓN PUBLICA?

QUE SON LAS LIMITACIONES Y EXCEPCIONES AL DERECHO DE AUTOR?

Consiste en todo acto por el cual las personas pueden tener acceso a todo o parte de la obra, por medios que no consisten en la distribución de ejemplares.

Son restricciones que impone la ley al ejercicio del derecho de autor, con el propósito de garantizar el ejercicio de otros derechos, como el de información, educación o investigación.

Page 4: Presentacion, GBI

Se debe acudir a la Dirección Nacional de Derecho s de Autor del Ministerio del interior y diligenciar un formato que permite inscribir la obra en el registro Nacional de Derecho de autor. Para mayor información puede dirigirse a la siguiente dirección de internet: www.derechodeautor.gov.co

 ¿EN DONDE SE REGISTRA UNA OBRA LITERARIA O ARTÍSTICA?

Page 5: Presentacion, GBI

A partir de la aparición y desarrollo de las nuevas tecnologías de la comunicación, la producción intelectual, conoce otra forma de difusión, y los autores desean controlar el uso de sus obras publicadas a través de éste nuevo medio.

¿CUÁL ES EL PANORAMA QUE ENFRENTA LA LEGISLACIÓN SOBRE DERECHOS DE AUTOREN EL MUNDO CON LOS AVANCES TECNOLÓGICOS Y ESPECIALMENTE EN INTERNET?

¿QUE DEBE HACER UNA PERSONA PARA PROTEGER LOS TRABAJOS QUE PUBLICA EN INTERNET?

depende de la actitud que tengamos frente a la Red. En esta se pueden publicar un sinnúmero de contenidos, pero a la vez se pueden tomar decisiones de cómo publicarlos.

Page 6: Presentacion, GBI

¿QUE SIGNIFICA EL USO PERSONAL, CUANDO ESTAMOS HABLANDO DE UN ENTORNO DIGITAL COMO INTERNET?

Hoy día está definida la comunicación pública como todo acto mediante el cual una pluralidad de personas reunidas o no en un mismo lugar tienen acceso a una obra sin previa distribución de ejemplares. De forma tal que cada una de ellas, desde el lugar que elija, pueda acceder a la obra.

Los estudiantes deben estar en capacidad de reflexionar, sobre los materiales que encuentran, y no tiene ningún sentido, que utilicen obras escritas por otros, para anexarlas a sus trabajos.

¿Es bueno que los estudiantes presenten trabajos, descargados de la red?

Page 7: Presentacion, GBI

¿UN ESTUDIANTE QUE REALIZA UNA PRESENTACION, PODRÁ ILUSTRARLA CON MATERIAL GRÁFICO PROVENIENTE DE INTERNET, DANDO LOS RESPECTIVOS CRÉDITOS? El estudiante podrá usar este tipo de material grafico con ese fin siempre y cuando no esté explícitamente prohibido su uso. Quien pone una imagen en Internet sabe que corre el riesgo de que se la copien, incluso sin recibir los créditos correspondientes.

Page 8: Presentacion, GBI

LIMITACIONES DEL DERECHO DE AUTOR

Debido a la trascendencia de las obras intelectuales, se ha reconocido el derecho de la sociedad frente al derecho exclusivo del autor, en aras de la difusión de la cultura. Por necesidad de mantener el equilibrio entre el interés individual y el social o colectivo.

Page 9: Presentacion, GBI

Encontramos así la limitación temporal. El derecho patrimonial tiene un término de duración definido en todas las legislaciones, coincidiendo protección por la vida del autor y un lapso variante de años a partir de su muerte. En Colombia este período es de ochenta años. Al cabo de este término, la obra entra en el dominio público y su utilización se ve liberada aunque conservando en todo caso, la salvaguardia del derecho moral.

Las limitaciones y excepciones al Derecho de Autor ha tenido un ajuste significativo con la Desición 351 del Acuerdo de Cartagena .

¿TIPOS DE LIMITACIONES DE LOS DERECHO DE AUTOR?

Page 10: Presentacion, GBI

RESPETEMOS LOS DERECHOS DE AUTOR