presentación de powerpoint -...

21
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego Octubre de 2014 Presentación telemática de declaraciones tributarias en la Oficina Virtual Subdirección General De Gestión Tributaria

Upload: lekiet

Post on 20-Oct-2018

214 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Octubre de 2014

Presentación telemática de declaraciones tributarias en la Oficina Virtual

Subdirección General

De Gestión Tributaria

Página 2

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Alcance

1. Declaraciones tributarias con documento público (escritura)

2. Declaraciones tributarias con documentos judiciales, administrativos

y privados

3. Modelos de autoliquidación: 600, 601 y 651

Página 3

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Importación a la Oficina Virtual

SUPUESTOS

A. La Administración tributaria no encuentra el protocolo descrito

B. El protocolo descrito en la autoliquidación ha sido recibido en la Administración tributaria

Al importar las autoliquidaciones a la Oficina Virtual el sistema busca el documento notarial soporte de la autoliquidación, pudiéndose dar los siguientes supuestos:

IMPORTANTE: Cumplimentar correctamente los datos del Notario,

nº de protocolo, año y fecha de escritura.

Página 4

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Importación a la Oficina Virtual

VALIDACIONES EN LA IMPORTACIÓN DE AUTOLIQUIDACIONES

A. Que exista ficha notarial

B. Que exista escritura pública para aquellas operaciones en que ésta sea

obligatoria

C. Que los sujetos pasivos incluidos en las autoliquidaciones coincidan con los

que figuran en la ficha notarial

D. Que el protocolo notarial sea único: que no haya coincidencia en diferentes

notarías

Página 5

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Importación a la Oficina Virtual

No importa

la autoliquidación

Queda la

autoliquidación en situación de

“Presentado pendiente de documentación”

No se ha localizado el Documento Notarial que consta en la declaración XXXXXX. Compruebe los datos identificativos del Documento Notarial

antes de ponerse en contacto con la Notaría.

Si continúa podrá realizar el pago telemático pero la presentación deberá de finalizarse de forma presencial.

Para más información pulse aquí ?

No se encuentra el protocolo descrito: Ficha notarial / escritura Si los datos del documento notarial incluidos en la autoliquidación son correctos y el sistema no localiza la ficha notarial o la escritura en las operaciones en que esta sea necesaria, puede solicitar al notario la remisión telemática de dicho documento a la Administración tributaria de la Comunidad de Madrid para poder finalizar telemáticamente la presentación y obtener la correspondiente Diligencia.

No obstante lo anterior, debe tenerse en cuenta que los plazos de presentación no se modifican por esta circunstancia, por lo que en el supuesto de que la recepción del documento notarial se prevea que va a ser posterior al plazo de presentación, pulse “continuar con la presentación”.

Página 6

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Importación a la Oficina Virtual

Los sujetos pasivos contenidos en la autoliquidación, no se corresponden con

los descritos en el documento notarial: Se mostrará el siguiente mensaje:

• Para subsanar los errores se debe elaborar una nueva autoliquidación en el

programa de ayuda y se procederá a su importación para iniciar nuevamente la

tramitación, dando de baja la autoliquidación errónea.

Página 7

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Pueden existir varios protocolos coincidentes: El sistema requerirá que se elija

la notaria.

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Importación a la Oficina Virtual

De no señalarse ninguna notaria, la presentación deberá finalizarse presencialmente aportando la escritura en papel.

Página 8

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos

Quedarán en situación de erróneas:

Las autoliquidaciones de las que no se ha recibido documento notarial y se

ha cancelado la importación

Las autoliquidaciones con errores en la identificación del sujeto pasivo.

Quedarán en situación de correctas las siguientes autoliquidaciones:

1. Autoliquidaciones con documento notarial recibido (aparecen en rojo):

Podrán presentarse telemáticamente.

2. Autoliquidaciones sin documento notarial (aparecen en azul): Podrán

pagarse telemáticamente pero una vez pagadas quedarán en situación de

pendiente de documentación

Resultado de la Importación:

Página 9

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos

Página 10

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Acceso a la gestión

de las autoliquidaciones

correctas

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Acceso a la Gestión de los documentos Notariales.

Página 11

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Se podrán realizar búsquedas de los documentos mediante distintos criterios:

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Pago y presentación.

a. Por estado en que se

encuentra el documento

notarial:

Todos.

Pendiente pagar/presentar.

Pendiente de presentar

Presentado

b. Por fecha de devengo.

c. Por notario: apellidos y

nombre del notario.

El pago y la presentación se realiza por documento notarial

Página 12

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Pago y presentación

Debe seleccionarse un documento notarial para el proceso de pago / presentación:

NO ES POSIBLE PROCEDER AL PAGO DE VARIOS DOCUMENTOS NOTARIALES

SIMULTÁNEAMENTE.

Página 13

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Seleccionado un documento notarial se podrá proceder al pago y presentación

siempre que todas las autoliquidaciones asociadas estén en el mismo estado:

Pendiente de Pagar/Presentar; Pendiente de presentar.

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Pago y presentación.

Si las autoliquidaciones no tienen el mismo estado, se mostrará el siguiente

mensaje:

Página 14

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

El proceso de pago/presentación se hará del mismo modo que se venía realizando:

Selección de autoliquidaciones

Selección de Entidad Financiera en su caso

Firma y resultado.

Secuencialmente el sistema irá pagando cada una de las autoliquidaciones

del documento notarial, asignando el mismo número de presentación a

todas ellas.

En caso de producirse un error en un pago o en la presentación, el proceso

continuará de forma independiente con cada las restantes.

Las autoliquidaciones se tratan de forma individual generándose para cada

una de ellas una diligencia electrónica de presentación.

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Pago y presentación.

Página 15

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Diligencia telemática de presentación.

Detalle

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos: Pago y presentación.

Página 16

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos:

Resultado de la presentación.

- Autoliquidación

- Diligencia de presentación

Página 17

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

I. Si la importación se realiza en el mismo día las nuevas autoliquidaciones

importadas se asocian al mismo documento notarial y con el mismo número de

presentación.

II. Si la importación se realiza en otro día, las autoliquidaciones importadas se

tratan de forma independiente y se genera un nuevo número de presentación.

Gestión de autoliquidaciones con documentos públicos

En el caso de que se importen autoliquidaciones correspondientes a un documento

notarial ya presentado:

Página 18

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Gestión de autoliquidaciones con documentos administrativos, judiciales y privados

Se importará y seleccionará la autoliquidación para

Pagar/ Presentar

Para la Presentación Telemática de esta autoliquidación es necesario anexar el Documento privado, administrativo o judicial. Si anexa el PDF la presentación telemática será completa y no será necesario acudir a la oficina liquidadora competente.

(El documento a anexar no puede ser superior a 20MB)

Página 19

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

Gestión de autoliquidaciones con otros documentos

Anexar documentación

El documento a anexar no puede ser superior a 20MB

Una vez anexado el documento y realizado el pago, se genera por el sistema el nº

de presentación y la diligencia de presentación telemática.

Página 20

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA LA PRESENTACIÓN TELEMÁTICA

- Para las operaciones notariales recogidas en el

ANEXO, sólo será necesario disponer de la ficha

notarial, siempre que la escritura contenga una

única operación.

- Para el resto de operaciones notariales, es

necesario disponer de la ficha notarial y de la

“copia electrónica” de la escritura.

Página 21

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y HACIENDA

Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego

CÓDIGO DESCRIPCIÓN CODIGO DESCRIPCIÓN

0501 COMPRAVENTA INMUEBLES TU1 TRASMISIÓN DE VIVIENDAS, PLAZAS DE GARAJES Y TRASTEROS

0501 COMPRAVENTA INMUEBLES TU2 TRANSMISIONES DE LOCALES Y OTRAS EDIFICACIONES

0501 COMPRAVENTA INMUEBLES TU5 TRANSMISIONES DE VIVIENDA DE PROTECCIÓN OFICIAL

0501 COMPRAVENTA INMUEBLES TU6 TRANSMISIONES DE VIVIENDA FAMILIA NUMEROSA

0501 COMPRAVENTA INMUEBLES TR0 TRANSMISIONES BIENES RÚSTICOS

1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRESTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA PH1 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA =< 120.000€)

1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRESTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA PH2 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA ENTRE 120.001€ Y 180.000€ )

1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRESTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA PH3 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA SUPERIOR 180.000€)

1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRESTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA PH4 PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS PERSONAS JURÍDICAS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS

1203 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE PRESTAMOS, CRÉDITOS O RECONOCIMIENTOS DE DEUDA DN6 CONSTITUCIÓN PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS ADQUISICIÓN DE OTROS BIENES (EXCLUIDAS VIVIENDAS)

1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES PH1 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA =< 120.000€)

1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES PH2 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA ENTRE 120.001€ Y 180.000€ )

1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES PH3 PRÉSTAMOS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS (GARANTÍA HIPOTECARIA SUPERIOR 180.000€)

1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES PH4 PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS PERSONAS JURÍDICAS ADQUISICIÓN DE VIVIENDAS

1204 HIPOTECA INMOBILIARIA EN GARANTÍA DE OTRAS OBLIGACIONES DN6 CONSTITUCIÓN PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS ADQUISICIÓN DE OTROS BIENES (EXCLUIDAS VIVIENDAS)

1302 CARTA DE PAGO Y CANCELACIÓN DE HIPOTECA CH1 CANCELACIÓN DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS

1304 CANCELACIÓN DE HIPOTECA SIN CARTA DE PAGO CH1 CANCELACIÓN DE PRÉSTAMOS HIPOTECARIOS

1912 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD LIMITADA SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN

1913 CONSTITUCION DE SOCIEDAD LIMITADA LABORAL SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN

1914 CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD ANONIMA SX0 SOCIEDADES ANÓNIMAS. CONSTITUCION

1915 CONSTITUCION DE SOCIEDAD ANONIMA LABORAL SX0 SOCIEDADES ANÓNIMAS. CONSTITUCION

1916 CONSTITUCION DE SOCIEDAD ANONIMA DEPORTIVA SX0 SOCIEDADES ANÓNIMAS. CONSTITUCION

1917 CONSTITUCION DE SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA S9 SOCIEDADES NO ANONIMAS: SOCIEDAD NUEVA EMPRESA

1917 CONSTITUCION DE SOCIEDAD LIMITADA NUEVA EMPRESA S10 SOCIEDADES NO ANONIMAS: SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA

1919 CONSTITUCION SOCIEDD DE INVERSION MOBILIARIA CAPITAL FIJO SX0 SOCIEDADES ANÓNIMAS. CONSTITUCION

1920 CONSTITUCION SOCIEDD DE INVERSION MOBILIARIA CAPITAL VARIABLE SX0 SOCIEDADES ANÓNIMAS. CONSTITUCION

1921 CONSTITUCION DE SOCIEDD COMANDITARIA POR ACCIONES SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN

1922 CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE GARANTIA RECIPROCA SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN

1923 CONSTITUCION DE SOCIEDAD REGULAR COLECTIVA SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN

1924 CONSTITUCION DE SOCIEDAD COMANDITARIA SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN

1936 AMPLIACIÓN DE CAPITAL SO1 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. AUMENTO DE CAPITAL

1936 AMPLIACIÓN DE CAPITAL SX1 SOCIEDADES ANÓNIMAS. AUMENTO DE CAPITAL

1803 CONSTITUCION DE COMUNIDADES DE BIENES SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN

1806 CONSTITUCION DE COMUNIDAD PARA LA PROMOCION INMOBILIARIA SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN

1901 CONSTITUCION DE SOCIEDAD CIVIL SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN

1902 CONSTITUCION DE SOCIEDAD AGRARIA DE TRANSFORMACION SO0 SOCIEDADES NO ANÓNIMAS. CONSTITUCIÓN

CONCEPTO TRIBUTARIO