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1
IMPUESTOS INDIRECTOS
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CLASIFICACION:
Sobre producción, distribución,
consumo o servicios.
Sobre las transmisiones.
Al comercio exterior.
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Proteger la economía de las clases populares
Impulsar actividades económicas prioritarias
A P L I C A C I O N
de
diferentes tasas
POLITICA FISCAL EN EL I. V. A.
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Grava
Consumos
País Extranjero
Consumos protegidos:
Régimen de exenciones
Libera pago al consumidor
Régimen de tasa 0%
• Libera pago Art. 1ª. Necesidad (Alim., medicinas)
FILOSOFIA DEL I.V.A.
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IMPUESTO
DE
CASCADA
I V A
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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
IMPUESTO DE CASCADA
IMPORTE IVA A PAGAR
Empresa X
1a. Etapa
Precio de venta 500.00 80.00
Precio costo 200.00 -----
80.00
Empresa Y
2a. Etapa
Precio de venta 800.00 128.00
Precio costo 500.00 80.00
48.00
Empresa Z
3a. Etapa
Precio de venta *1,500.00 240.00
Precio costo 800.00 128.00
112.00
Total de IVA pagado
* Consumidor final
240.00
======
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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
IMPUESTO DE CASCADA
IMPORTE IVA A PAGAR
Operación tasa 0%
Empresa Z
Precio venta 1500.00 0.00
Precio costo 800.00 128.00
Utilidad 700.00 (128.00)
====== A favor
Operación exenta
Empresa Z
Precio venta 1500.00 -----
Precio costo 928.00 0.00
Utilidad 572.00 0.00
======
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FUNDAMENTO
LEGAL
I V A
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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
ARTICULO FUNDAMENTO LEGAL
Art. 31 Fracc. IV C. P. E. U. M.
Art. 1 Ley de Ingresos de la Federación
Art. 1 Ley del IVA
Supletoriamente:
Art. 1 Código Fiscal de la Federación
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Cáp. I Disposiciones generales 1-7
Cáp. II Enajenación 8-13
Cáp. III Prestación de servicios 14-18-A
Cáp. IV Uso o goce temporal de bienes 19-23
Cáp. V Importación 24-28
Cáp. VI Exportación 29-31
Cáp. VII Obligaciones 32-37
Cáp. VIII Facultades de las autoridades 38-40
Cáp. IX Part. a las entidades Fed. 41-43
ESTRUCTURA DE LA LEY DEL I.V.A.
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ELEMENTOS
DEL
IMPUESTO
I V A
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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
SUJETO
Personas físicas o morales
(Territorio Nacional)
OBJETO
Enajenación de bienes.
Presten servicios independientes.
Otorguen uso o goce temporal de bienes.
Importen bienes o servicios.
BASE
Valor de los actos o actividades
TASA
16%
0%
Exentos
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DEFINICIONES
I V A
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I.V.A. CAUSADO
Es el que se determina sobre el valor total del acto o actividad objeto de impuesto, que el contribuyente carga o cobra a sus clientes trasladándolo en forma expresa y por separado del precio o contraprestación.
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Es el IVA causado que un contribuyente traslada a otro, susceptible de recuperación por el segundo en sus liquidaciones de IVA, acreditándolo contra el IVA que a su vez causen sus operaciones propias.
Se incluye el IVA pagado en importaciones.
I.V.A. ACREDITABLE
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I.V.A. POR PAGAR
Es la cantidad neta que tiene derecho a percibir el fisco y que se determina en las liquidaciones mensuales por diferencia entre
IVA causado
menos:
IVA acreditable
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VALOR NETO
Es el que resulta de deducir del valor de los actos o actividades por los que se deba pagar el impuesto, el monto de las devoluciones, descuentos y bonificaciones.
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TASAS
DEL
IMPUESTO
I V A
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TASA 0%
Enajenación de:
Animales y vegetales no industrializados.
Medicinas de patente.
Productos destinados a alimentación.
Hielo, agua no gaseosa (Excep. menos de 10 litros)
Maquinaria para usos agropecuarios y de embarcaciones pesqueras.
Oro (mínimo 80%).
Libros y periódicos que editen los Contribuyentes.
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TASA 0%
Prestación de servicios que se destinen a act. Agropecuarias y pesqueras.
Uso o goce de Maq. y Eq. Act. Agropecuarias y pesqueras.
Exportación.
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Actos o Actividades que se realicen por residentes en la REGION FRONTERIZA y que estén gravados al 16% en el resto del Territorio Nacional.
Condición:
Cuando la entrega material de los bienes o la prestación de servicios se lleve a cabo en esta región.
TASA 11% (Hasta 2013)
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REGIÓN FRONTERIZA
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TASA 16%
•Incluye todos los actos o actividades a los que no se aplica la tasa del 0%, 11% y los que no se encuentran exentos.
( E X C L U S I O N)
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ACREDITAMIENTO
DEL
IMPUESTO
I V A
PRORRATEO DE
IVA
Consultar material en la página .
REQUISITOS DEL
ACREDITAMIENTO
Artículo 5
Fracc. v
Valor de actos
o
actividades
Gravados
Exentos
16%
0%
ACREDITAMIENTO DEL IVA
Art. 5 Fracc. V inciso a)
IVA pagado (acreditable)
- Bienes (Excepto inversiones)
- Servicios
- Uso o goce temporal de bienes
EXCLUSIVAMENTE
Actividades gravadas
Totalmente ACREDITABLE
(100%)
ACREDITAMIENTO DEL IVA
Art. 5 Fracc. V inciso b)
IVA pagado (acreditable)
- Bienes (Excepto inversiones)
- Servicios
- Uso o goce temporal de bienes
EXCLUSIVAMENTE
Actividades exentas
NO ACREDITABLE
(Costos o gastos)
ACREDITAMIENTO DEL IVA
Art. 5 Fracc. V inciso c)
Bienes, servicios, uso o goce temporal de bienes:
que se
utilicen
indistintamente
Act. gravadas
Act. exentas
Valor de actos o Act. gravadas en el mes de que se trate
Valor total de actos o Act. en el mes de que se trate = %
P R O R R A T E O
ACREDITAMIENTO DEL IVA
Art. 5 Fracc. V inciso d)
Inversiones
(LISR)
A C R E D I T A B L E
• Destino habitual
1. Gravadas (ACREDITABLE)
2. Exentas (NO ACREDITABLE)
• Ajuste cuando se altere el destino
ACREDITAMIENTO DEL IVA
Art. 5 Fracc. V inciso d)
3. Inversiones
Act. gravadas
Act. exentas
Valor de actos o Act. gravadas en el mes de que se trate
Valor total de actos o Act. en el mes de que se trate
P R O R R A T E O
Requisitos:
• Aplicarlo a todas las inversiones en un periodo no
menor a 60 meses.
• No aplicar 5-B
ACREDITAMIENTO DEL IVA
Art. 5 Fracc. V inciso d)
4. Cuando las inversiones dejen de destinarse
en forma exclusiva a las actividades de los
numerales.
1. Gravadas
2. Exentas
AJUSTE Art. 5-A
AJUSTE AL ACREDITAMIENTO DEL IVA
Art. 5-A
• Procedimiento Art. 5 Fracc. V inciso d) numeral 3
• Modificación de proporción en más de un 3%
I. Disminución de la proporción:
- Reintegrar el IVA acreditable actualizado (desde el mes en que se acreditó y hasta el mes de que se trate)
AJUSTE AL ACREDITAMIENTO DEL IVA
Art. 5-A Fracc. I
a) IVA acreditable de la inversión
por: Porciento máximo de deducción (ISR)
b) Monto obtenido
entre: doce
c) Monto determinado
por: % que se había aplicado
d) Monto determinado inciso b)
por: % del mes en que se lleva a cabo el ajuste
e) Inciso c – inciso d = IVA a reintegrarse actualizado
AJUSTE AL ACREDITAMIENTO DEL
IVA
Art. 5-A II. Incremento de la proporción.
- Podrá reintegrar el acreditamiento actualizado
a) IVA acreditable de la inversión
por: Porciento máximo de deducción (ISR)
b) Monto obtenido
entre: doce
c) Monto determinado
por: % que se había aplicado
d) Monto determinado inciso b)
por: % del mes en que se lleva a cabo el ajuste
e) Inciso d – inciso c = IVA a acreditarse actualizado
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A c r e d i t a m i e n t o
Excepciones:
I. Importaciones
II. Enaj. de A.F., Gtos. y cargos Dif. y suelo
III. Dividendos
IV. Enajenaciones de acciones, Doctos. y Tít. crédito
V. Enajenación moneda y onzas troy
VI. Intereses percibidos y ganancia cambiaria
VII. Enaj. por arrendamiento financiero
VIII. Enaj. bienes adquiridos: dación en pago
IX. Operaciones financieras
X. Enaj. Cert. Part. Inmob. no Amort.
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REQUISITOS
PARA
ACREDITAMIENTO
I V A
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IMPUESTO AL VALOR AGREGADO IMPUESTO ACREDITABLE
IVA Trasladado al contribuyente
IVA Pagado en aduana por importación
Requisitos:
I. Estrictamente indispensables. Parcialmente deducible.
II. Traslado en forma expresa y por separado.
III. Que el IVA haya sido efectivamente pagado.
IV. Entero de retenciones.
V. Aplicar procedimiento de acreditamiento cuando se obtengan actos o Act. Gravadas y exentas.
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RETENCIÓN
DEL
IMPUESTO
(Art. 1-A)
I V A
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Retención del Impuesto
Obligados:
1.- Inst. de crédito
Dación en pago
B i e n e s Adj. Judicial
Fiduciaria
2.- Personas morales
Serv. Pers. Use o goce
Indep. Bienes
Personas físicas
3.- Personas Morales
Desperdicios Act. Ind. o Comercialización.
4.- P. F. o P. M.
Bienes tangibles Residentes Ext. sin Est. Permanentes.
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R E T E N C I O N D E I. V. A.
C) Reciban servicios de Autotransporte terrestre de bienes, prestados por personas
físicas o morales.
ACTIVIDAD PRESTADOR RECEPTOR * RETENCION
SI NO
1.- Transporte terrestre de personas X
2.- Transporte de bienes Persona Física Persona Física X
3.- Transporte de bienes Persona Física Persona moral X
4.- Transporte de bienes Persona Moral Persona Física X
5.- Transporte de bienes Persona Moral Persona Moral X
6.- Transporte de bienes Persona Moral Federación X
7.- Transporte de bienes Persona Física Federación X
* La retención está en función del receptor del servicio.
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R E T E N C I O N D E I. V. A.
C) Reciban servicios de comisionistas, cuando éstos sean personas físicas.
ACTIVIDAD PRESTADOR RECEPTOR * RETENCION
SI NO
COMISION Persona Física Persona Física X
COMISION Persona Física Persona moral X
COMISION Persona Moral Persona Física X
COMISION Persona Moral Persona Moral X
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Retención del Impuesto
E J E M P L O
1998 1999
Honorarios 2 000 2 000
I.V.A. 300 300
Sub-total 2 300 2 300
Ret. I.S.R. 200 200
Ret. I.V.A. N. A. 300
Neto a recibir 2 100 1 800
Momento
Retención Entero
Constancias
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HASTA EL
17/MZO/1999
A PARTIR DEL
18/MZO/1999
REGLA 5.1.9
INGRESOS 1,000.00 1,000.00
IVA 160.00 160.00
________ ___
TOTAL 1,160.00 1,160.00
ISR A RETENER (100.00) (100.00)
IVA A RETENER (TODO) (160.00) (2/3 PARTES)
(106.67)
________ ________
NETO A PAGAR PM A PF 900.00 953.33
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HASTA EL 17/MZO/1999 A PARTIR DEL
18/MZO/1999
REGLA 5.1.9
SITUACION PERSONA FISICA:
•IVA TRASLADADO 160.00 160.00
•IVA RETENIDO POR PM (160.00) (106.67)
•IVA CAUSADO 0.00 53.33
IVA ACREDITABLE 40.00 40.00
IVA A CARGO A FAVOR (40.00) 13.33
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SITUACION PERSONA
MORAL:
HASTA EL 17/MZO/1999 A PARTIR DEL
18/MZO/1999
REGLA 5.1.9
-1-
Gastos 1,000.00 1,000.00
IVA por acreditar 160.00 106.67
IVA acreditable N/A 53.33
IVA ret. por pagar 160.00 106.67
ISR ret. por pagar 100.00 100.00
Bancos 900.00 953.33
1,160.00
1,160.00
1,160.00
1,160.00
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SITUACION PERSONA
MORAL:
HASTA EL 17/MZO/1999 A PARTIR DEL
18/MZO/1999
REGLA 5.1.9
-2-
IVA retenido por pagar 160.00 106.67
ISR retenido por pagar 100.00 100.00
IVA acreditable 160.00 106.67
Bancos 260.00 206.67
IVA por acreditar 160.00 106.67