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Page 1: PRECIO POR PALABRA: PRECIO PORPR PALABRA: 0.015 … Judicial... · ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA Telf: 481030 - 239182 AVISO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado

1Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL 1ChiChiclaclayoyo, mimiércércoleoles 0s 02 d2 de de diciiciembembrere deldel 20201515PREPRECIOCIO POPOR PR PALAALABRABRA:: 0 00.01515 INCINCLUDLUDO IO IGVGV CRCRÓNÓNICICAA JUJUDIDICICIALAL

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Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 20152 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 2015

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEMG. ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA

Telf: 481030 - 239182

AVISO JUDICIALPor ante el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Huarango, que despacha el Magistrado FELICITO GUERRERO SANDOVAL y el Secretario Judicial que suscribe, en el Exp. N° 56-2015-C, sobre RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO, se resuelve: ADMI-TIR a trámite la solicitud presentada por don EDI SANTOS DIAZ SILVA, sobre RECTIFICFACIÓN DE PARTIDA DE NACIMEINTO, en el sentido que se suprima los nombres de su menor hijo BRANDO DAMIR por el de LIAN ANDRÉ DIAZ GIL; lo que se hace de conocimiento a los interesados para los fines consiguientes de ley.Huarango, 19 de noviembre del 2015

FELICITO GUERRERO SANDOVALJUEZ

JUZGADO DE PAZ LETRADODISTRITO DE HUARANGO

PODER JUDICIAL ELMER DELGADO OLIVERA

JUZGADO DE PAZ LETRADO –HUARANGO

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5045279B/S/. 3.6002 Dic.

PRESCRIPCION ADQUISITIVAPor ante el Juzgado Mixto del Módulo Básico de José Leonardo Ortiz, Que Despacha el Señor Juez Dr. ERICK FRANK PÉREZ ALQUIZAR y Espe-cialista Legal Dra. CECILIA LABRIN ROMERO; en el EXP. N° 193-2015-0-1714-JM-CI-01; Mediante Resolucion NUMERO CUATRO; SE RESUELVE: NOTIFICAR por edictos a los posibles herederos de don CAMILO GAVIDIA CORONEL; en consecuencia, PUBLI-QUESE un extracto de la demanda resolución admisoria y de la presen-te resolucion, en el diario Oficial “EL PERUANO” y “LA REPUBLICA”, por TRES VECES consecutivas para que se apersone al proceso en el PLAZO DE TREINTA DIAS y ejercite su dere-cho de defensa, Bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal; Median-te RESOLUCION NUMERO DOS; SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en PROCESO ABREVIADO la deman-da interpuesta por DIGNA EMERITA HURTADO CHIRINOS contra CAMILO GAVIDIA CORONEL sobre PRESCRIP-CION ADQUISITIVA; en consecuencia POR OFRECIDOS los medios proba-torios; Confiérase traslado a los citados demandados por el PLAZO DE DIEZ DIAS, a fin de que se apersone al pro-ceso y conteste la demanda.-Interpone demanda de Prescripción Adquisitiva de propiedad del predio agrícola denominado EL CARMEN UC. 13714 con un área de 1.1342 Has y un perímetro de 465.18 ML ubicado en el Sector Culpón, distrito de Jose Leonar-do Ortiz, provincia de Chiclayo, Depar-tamento de Lambayeque. Fdo. Juez Dr. Erick Frank Pérez Alquizar.- Especialis-ta Legal Cecilia Labrin Romero.Jose Leonardo Ortiz, 23 de noviembre del 2015

E. CECILIA LABRIN ROMEROESPECIALISTA LEGAL

JUZGADO MIXTO MBJ-JLOPODER JUDICIAL – CSJLA

P/ 5025991B/ 313S/. 15.0030 Nov., 01, 02 Dic.

EDICTO CIVILJUZGADO: PENAL UNIPERSONAL MIXTO -CUTERVO.CUADERNO: 282-2015-JPUM-C- CSJLA /PJJUEZ: DR. JORGE TELLO GONZA-LES.ESPECIALISTA: ABG. LILY MARLENY REAÑO CAMPOSEn el Juzgado Penal Unipersonal Mixto de la Provincia de Cutervo, que despacha el Señor Juez DR. JORGE TELLO GONZALES, por RESOLUCION NUMERO DOS: Se resuelve admitir a trámite en vía de proceso abreviado la demanda interpuesta por doña Nelsa Asunción Vásquez Heredia, contra Ale-jandro Díaz Chilcón, teniéndose por ofrecidos sus medios probatorios, con-firiéndose traslado al demando por el lapso de diez días hábiles, a efectos de que se apersone a este despacho judicial y ejercite su derecho de defensa, bajo apercibimiento de ser declarado REBELDE, derivado del EXPEDIEN-TE N° 282-2015-JPUM-C, seguido por NELSA ASUNCION VASQUEZ HERE-DIA, contra ALEJANDRO DIAZ CHIL-CON, sobre PRESCRIPCION ADQUI-SITIVA DE DOMINIO.Cutervo, 23 de noviembre del 2015

JORGE ENRIQUE TELLO GONZALES

JUEZJUZGADO PENAL UNIPERSONAL

PERMANENTEPJ-CSJLAMB-CUTERVO

LILY MARLENY REAÑO CAMPOSESPECIALISTA LEGAL DEL

JUZGADO PENAL UNIPERSONALCUTERVO

PODER JUDICIAL – CSJLAP/ 5024924B/ 284S/. 13.5030 Nov., 01, 02 Dic.

NOTIFICACIÓN POR EDICTOSEl Juzgado de Paz Letrado de la Pro-vincia de Cutervo, Juez del, Dr. JAVIER FRANCISCO ROJAS CANGAHUALA, Secretaria Judicial Dra. Clara Cecilia Leonardo Rioja, en el Exp. N° 256-2015-F, Resolución: UNO, AUTO ADMISO-RIO: Admitir a trámite en la vía procedi-mental del Proceso Único, la demanda interpuesta por el demandante EDWIN DAVID HUANAMBAL EDQUEN, con-tra TEOFILO HUANAMBAL IDROGO, sobre AUMENTO DE ALIMENTO; tén-gase por señalado su domicilio proce-sal del demandante, por ofrecidos sus medios probatorios y en consecuencia CORRASE TRASLADO por el termino de CINCO DIAS al demandado para que conteste la demanda interpues-ta, bajo apercibimiento de declarársele rebelde y seguirle el proceso en tal con-dición; NOTIFIQUESE a la demandada.Cutervo, 26 de Octubre del 2015

DRA. CLARA C. LEONARDO RIOJASECRETARIA

JUZGADO DE PAZ LETRADO – CUTERVO

P/ 5029556B/ 342S/. 9.00

01, 02, 03 Dic.

EDICTO PENALEXPEDIENTE: 217-2015-01-JIP-SI-CSJL.JUZGADO: JUZGADO DE INVESTIGA-CION PREPARATORIIA.IMPUTADO: HILDEBRANDO CRUZ SAAVEDRA Y OTROS.DELITO: PECULADO Y OTROS.AGRAVIADO: MUNICIPALIDAD DIS-TRITAL SAN JOSE DE LOURDES.JUEZ: Dra. ROSA FERNANDEZ ARRASCUE.ESPECIALISTA: Abog. FRANKLIN K. CUSTODIO CHOLAN.EDICTO PENALEXPEDIENTE N° 217-2015-01-JIPSI-CSJL. (Prisión Preventiva)JUZGADO: INVESTIGACION PREPA-RATORIA - SAN IGNACIO. SECRETARIO: Abog. FRANKLIN K. CUSTODIO CHOLANSE EMITE LA PRESENTE RESOLU-CION NUMERO: TRES.- San Ignacio; Veinticinco de Noviembre del Dos Mil Quince.- en la cual; SE DISPONE: REPROGRAMAR LA AUDIENCIA DE PRISION PREVENTIVA, PARA EL DIA 15 DE DICIEMBRE DEL 2015, A HORAS 3:30 PM-TRES Y TREIN-TA DE LA TARDE, contra los pro-cesados Libres: Hildebrando Cruz Saavedra, Elmer Onan Quispe Mejia, Hector Mauro Tineo Carrasco, Ricardo Sandoval Melendez, Wilder Alexander Mogollon Ochoa, Nelsis Elevi Aguirre Soto, Victor Huso Montenegro Gon-zales, Jorge Luis Montenegro Gonza-lez, Eswin Reynaldo Pena Parra, Sin-cler Clander Castillo Córdova, y Jimy Ivan García Calle, a realizarse en los ambientes de la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparatoria de esta ciudad (Jr. Cuzco N° 300 Tercer Piso), y se instalara con la presencia obligatoria de los representantes del Ministerio Publico, bajo apercibimiento de poner en conocimiento a control interno del Ministerio Publico en caso de inconcurrencia.-en consecuencia DESIGNESE al defensor Público Alber-to Yaipén Chero, para que asuma la defensa de los imputados en caso que estos no cumplan con designar oportu-namente patrocinio a su libre elección. PRECISAR que los Imputados tienen derecho a negarse por cualquier motivo a estar presentes en la Audiencia de Prisión Preventiva, en cuyo caso, será representado por su Abogado Defensor Particular, o Defensor Público.-NOTIFI-QUESE a los sujetos procesados libres: 2.1.- Investigados: Hildebrando Cruz Saavedra, Elmer Onan Quispe Mejia, Hector Mauro Tineo Carrasco. Ricardo Sandoval Melendez, Wilder Alexander Mogollon Ochoa, Nelsis Elevi Aguirre Soto, Victor Hugo Montenegro Gonza-les, Jorge Luis Montenegro Gonzalez, Eswin Reynaldo Pena Parra, Sincler Clander Castillo Córdova, y Jimy Ivan García Calle, en sus domicilios reales señalados en el presente requerimiento de prisión preventiva, debiendo para tal fin de ser el caso LIBRARSE los exhortos correspondientes, sin perjuicio de Habilitar al Especialista en Comu-nicaciones Marco Benjamín Molocho Silva; a efectos de que cumpla con el diligenciamiento de la constancia de notificación, debiendo de remitir la misma oportunamente; NOTIFIQUESE a los sujetos procesales mencionados por Edictos 2.2.- Señor Fiscal: con el apercibimiento de informar a OCIMP en caso de inconcurrencia; 4.4.- Defensor

PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV

INSCRIPCIÓN Y RECTIFICACIÓN DE PARTIDAS

2. EDICTOS CLASIFICADOS

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA

3.NOTIFICACIONES

4. EDICTOS PENALES

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3Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

Público: bajo apercibimiento de infor-mar al Coordinador de la ciudad de Chiclayo.-Reasumiendo funciones la Señorita Juez, por disposición superior.- NOTIFIQUESE con arreglo a ley. TR.

ABOG. FRANKLIN K. CUSTODIO CHOLÁN

SECRETARIO JUDICIALJUZGADO DE INVESTIGACIÓN

PREPARATORIASAN IGNACIO

PODER JUDICIAL – CSJLA01, 02, 03 Dic.

EDICTO PENALOficio N° 4226-2015-0-1708-JR-PE/DRMQYJUZGADO PENAL DE INVESTIGA-CION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUEJUEZ: CORINA SILVA ZELADAESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahi-roCITA Y EMPLAZA; al imputado de autos GIL ZENA DAMIAN, a quien se le notifi-ca en este acto con el tenor de la reso-lucion nueve - fecha 06 de noviembre de 2015, que dispone se reprograme la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CON-TROL DE ACUSACION para el día 18 DE DICIEMBRE DE 2015 a horas 08:30 a.m. (hora exacta) la misma que se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparato-ria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Bolívar N° 624 -Segundo Piso de la ciudad de Lambayeque, audiencia que se instalara con presencia obliga-toria del señor Fiscal Provincial Penal y del abogado defensor del acusado designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artí-culo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente.-Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 4426-2015-0-1708-JR-PE, seguida contra Gil Zeña Damian, por el delito de Omisión a la Asistencia Familiar, en agravio de Maria Doris Santisteban Chapoñan.

DRA. CORINA SILVA ZELADAJUEZ

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

TRANSITORIA – LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL – CSJLA

01, 02, 03 Dic.

EDICTOEN EL EXP. N° 1159-2014-39 - EL SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGATION PREPARATORIA DEL MODULO BASICO DE JUSTI-CIA DE JOSE LEONARDO ORTIZ, DE CHICLAYO, A CARGO DEL DR. REYNERIO DIAZ TARRILLO, CITA Y EMPLAZA A LOS ACUSADOS CESAR CUBAS IRIGOIN CON DNI N° 47676771 CONDOMICILIO EN AVE-NIDA MEXICO S/N SANTA ANA - JLO, ORGIO GONZALES SEGURA CON DNI N° 272774247 CASERJO PALMA CENTRAL- BAGUA GRANDE - UTCU-BAMBA-AMAZONAS, ROGER DIAZ GONZALES CON DNI 46021843 CON DIRECCION AMPLIACION SANTA LUCIA “MZ. N° LOTE 33 - JLO LUIS ANTONIO GARCIA RIMARACHIN CON DNI N° 45118924 CON DOMICILIO EN CASERIO EL PINTOR - BAGUA GRANDE- UTCUBAMBA - AMAZONAS DEIBIS OLIVERA CADENILLAS CON DNI N° 43647069 CON DOMICILIO EN CASERIO PINTOR BAGUA GRAN-DE- UTCUBAMBA- AMAZONAS, LUIS DIAZ GONZALES CON DNI 45995278 EN AMPLIACION SANTA LUCIA - JLO VICTORIANO DIAZ CUBAS CON DNI N” 27265118 DOMICILIO EN PUEBLO JOVEN NUEVOS HOR1ZONTE JLO Y JOSE ADOLFQ DIAZ YRIGOIN CON DNI 41750040 CON DOMICILIO EN CASERIO MIRAFLORES CP. BUEN-MA VISTA UTCUBAMBA, HACIEN-DOLE CONOCER QUE SE DISPO-NE LA NOTIFICACION DEL ACTA DE AUDIENCIA DE FECHA 16-10-15 Y RS. 03: ACTA DE REGISTRO DE AUDIENCIA PUBLICA DE CON-TROL DE REQUERIMIENTO MIXTO

I.-INTRODUCCION En el Distrito de Jose Leonardo Ortiz, siendo las once con cinco minutos de la mañana del día dieciséis de octubre del año dos mil quince, en la Sala de Audiencia del Segundo Juzgado de Investigacion preparatoria dirigida por el señor Juez doctor Reynerio Diaz Tarrillo, se reali-za la Audiencia Pública de Control de Acusación en el proceso que se sigue contra CESAR CUBAS IRIOIN, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DIAZ GONZALES, LUIS ANTONIO GAR-CIA RIMARACHIN, DEIBIS OLIVERA CADENILLAS, LUIS DIAS GONZALES, VICTORIANO DIAZ CUBAS Y JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN, por el DELITO DE COACCION Y SECUESTRO en agravio de Teodoro Salazar Monsal-ve, ilícito penal previsto y sancionado en el artículo 151° del Código Penal y FORMULA SOBRESEIMIENTO con-tra CESAR CUBAS IRIOIN, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DIAZ GONZALES LUIS ANTONIO GAR-CIA RIMARACHIN, DEIBIS OLIVERA CADENILLAS, LUIS DIAS GONZALES, VICTORIANO DIAZ CUBAS Y JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN por el DELITO DE SECUESTRO en agravio de Teodo-ro Salazar Monsalve; ilícito penal previs-to y sancionado en el artículo 152° del Código Penal, cuaderno judicial signado con el N° 3864-2015-0-1706-JR-PE-2°. Se hace conocer a los sujetos proce-sales que la audiencia se registrara en audio cuya grabación demostrara el modo como se desarrolla la audiencia conforme lo establece el artículo 361 ° inciso 2) del Código Procesal Penal pudiendo acceder a la copia de dicho registro, por lo que el señor Juez indica que corresponde verificar la presencia de los intervinientes convocados a esta audiencia y dispone la individualización de las partes, su dirección y su forma de notificación de las resoluciones fuera de esta audiencia.Juez: Deja constancia de la inconcu-rrencia de todas las parte procesales.Especialista de Audio: Da cuenta que a los imputado se les ha notificado en su domicilio procesal, sin embargo se les ha notificado mediante exhorto y aún no se cuenta con los cargos de diligenciamiento de dichos exhortos. Da cuenta de un escrito presentado por el representante del Ministerio Publico solicitando la reprogramación de esta audiencia. (Queda registrado en audio). Juez: Emite la siguiente resolucion. (Se graba en audio)II.- RESOLUCION: RESOLUCION NUMERO: TRESJose Leonardo Ortiz, dieciséis de octu-bre Del año dos mil quince.-Parte considerativa: Se graba en audio. Parte resolutiva: Se transcribe.1) DECLARAR FRUSTRADA LA AUDIENCIA (por inconcurrencia justifi-cada del MinisterioPúblico y porque aún no retornan los cargos de notificación de los imputados) y se REPROGRAMAPara el día VEINTWNO DE DICIEM-BRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas NUEVE DE LAMAÑANA. 2).- SE DISPONE LA NOTI-FICACION de los imputados CESAR CUBAS IRIGOIN enAvenida México S/N Santa Ana del distrito de José Leonardo Ortiz, ORGIO GONZALES SEGURA en caserío Palma Central- Bagua Grande-Utcu-bamba- Amazonas, ROGER DIAZ GONZALES, enAmpliación Santa Lucia Mz. N Lote 33 del distrito de Jose Leonardo Ortiz, LUIS ANTONIO GARCIA RIMARACHIN en Caserío El Pintor- Bagua Grande-Utcu-bamba- Amazonas, DEIBIS OLIVERA CADENILLAS en Caserío El Pintor- Bagua Grande-Utcubamba- Amazonas, LUIS DIAZ GONZALES en Ampliación Santa Lucia del distrito de Jose Leonar-do Ortiz, VICTORIANO DIAZ- CUBAS, en Pueblo Joven Nuevo Horizonte de Jose Leonardo Ortiz y JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN en Caserío Miraflores CP. Buena Vista-Utcubamba, con una copia del requerimiento de sobresei-miento NOTIFICACION que se deberá realizar con el exhorto correspondiente. 3).- SE DISPONE LA NOTIFICACION DE LOS IMPUTADOS MEDIANTE EDICTOS en el diario oficial regional,

con un extracto del requerimiento de sobreseimiento por el delito de secues-tro y de la acusación por el delito de coacción, la pena, elementos de convic-ción, medios probatorios y otorgándoles diez días para que la absuelvan, en virtud a que las direcciones otorgadas por el Ministerio Publico en la acusación no son precisas, BAJO RESPONSA-BILIDAD de la especialista de causas Martha Vilchez Quevedo y el asistente judicial Segundo Molina Salazar; asimis-mo el edito deberá contener el integro de esta acta de audiencia. 4).- SE DISPONE LA NOTIFCACION DE LOS IMPUTADOS EN SU DOMICILIO PRO-CESAL ubicado en calle Los Choloques N° 116 Urbanización Santa Victoria- Chiclayo Y NOTIFICAR A LA PARTE AGRAVIADA. 5).- SE DISPONER CUR-SAR OFICIO A LA COORDINACION DE LA DEFENSORIA PUBLICA PENAL a fin de que DESIGNE un defensor público y asuma la defensa de los impu-tados en caso de inconcurrencia de su abogado particular. 6).-SE DISPONE QUE LA ESPECIALISTA DE CAUSA oficie a las entidades correspondientes a fin de recabar las respuestas de los exhortos que se han diligenciado con fecha anterior a estos hechos. 7).- SE DISPONE AGREGAR A LOS AUTOS el escrito del día de la fecha presen-tado por el representante del Minis-terio Publico mediante el cual solicita la reprogramación de esta audiencia.-III.- NOTIFICACION: Juez: Notifíquese en este acto a los sujetos procesales asistentes a la audiencia. IV.- CONCLU-SION: Siendo las once con treinta minu-tos de la mañana se da por terminada la audiencia y por cerrada la grabación de audio, procediendo a Armaría el Señor Juez y la Asistente de audio encargado de la redacci6n del acta conforme lo dispone el artículo 121° del CPP, se entrega en forma inmediata y gratuita copia certificada del acta de registro a los intervinientes. RESOLUCION NUMERO: UNO Jose Leonardo Ortiz, trece de Agosto de Dos mil quince.-SE RESUELVE: FORMAR el Cuaderno de la Etapa Intermedia con el Reque-rimiento Fiscal Mixto, los pedidos que hayan realizado los sujetos procesales, las resoluciones que cite el órgano juris-diccional así como las actas que regis-tren las actuaciones policiales; DISPO-NIENDO que el expediente judicial sea considerado como el Expediente Fiscal que servirá de anexo del Cuaderno de la Etapa Intermedia; TRASLADO a los demás sujetos procesales por el plazo de DIEZ DIAS para que procedan conforme :al artículo 345° y 350° del Código Procesal Penal, acompáñese con copia del requerimiento fiscal, de sobreseimiento y acusación. IMPO-NER la medida de COMPARECENCIA SIMPLE a los acusados Cesar Cubas Irigoin, Orgio Gonzales Segura, Roger Diaz Gonzales, Luis Antonio García Rimarachin, Deibis Oliver a Cadenillas, Luis Diaz Gonzales, Victoriano Diaz Cubas y Jose Adolfo Diaz Irigoin quie-nes se encuentran obligados a concurrir a las diligencias del proceso en que sea necesaria su presencia, bajo apercibi-miento de ser conducidos compulsiva-mente por la policíaREQUERIMIENTO MIXTO DE SOBRE-SEIMIENTO PARCIAL DE LA CAUSA Y DE ACUSACION que, mediante Dispo-sición Numero Dos se Formalizo Inves-tigacion Preparatoria contra CESAR CUBAS. IRIGOIN CESAR, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DIAZ GONZALES, LUIS ANTONIO GAR-CIA RIMARACHIN, DEIBIS OLIVERA CADENILLAS, LUIS DIAZ GONZALES, VICTORIANO DIAZ CUBAS y JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN, en calidad COAUTORES del delito de COACCION y SECUESTRO en agravio de TEODO-RO SALAZAR MONSALVE.- Que, al amparo de lo dispuesto por el artículo 348.3 del Código Procesal Penal, soli-citamos REQUERIMIENTO MIXTO DE SOBRESEIMIENTO PARCIAL DE LA CAUSA, por el delito de SECUESTRO en agravio de TEODORO SALAZAR MONSALVE. Y REQUERIMIENTO ACUSATORIO por el delito COACCIONREQUERIMIENTO DE SOBRESEI-MIENTO PARCIAL Que, después de haberse concluido la Investigación Pre-

paratoria, al amparo de lo establecido en el artículo 344 numeral 2 inciso d) Código Procesal Penal REQUIERO el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra CESAR IRIGOIN CESAR, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DIAZ GONZALES, LUISANTONIO GARCIA RIMARACHIN, DEIBIS OLIVERA CADENILLAS, LUIS DIAZ GONZALES, VICTORIANO DIAZ CUBAS y JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN, por el presunto delito de SECUESTRO, tipificado en el artículo 152° del Código Penal en agravio de TEODORO SALAZAR MONSAL VE, en los siguientes términos l-HECHOS IMPUTADOS.1.-El agraviado Teodoro Salazar Mon-salve le ha vendido en enero del 2013 un terreno agrícola de tres cuartos hectáreas, ubicado en Ciudad Eten, al investigado Victoriano Diaz Cubas por la sumaveinticinco mil nuevos soles.2.-Que, Victorino Diaz Cubas al tomar posesión de dicho terreno y al delimitar sus linderos ha tornado conocimiento, que los vecinos ubicado en el terreno comprado no lo conocen a Teodoro Salazar Monsalve, y que el dueño del mencionado terreno es un señor de apellido Chafloque.3.-El día 21 de agosto de 2013, a horas 13.20 aproximadamente, en circunstan-cias que TEODORO SALAZAR MON-SALVE se encontraba en el inmueble ubicado en el P.J. Santa Lucia-del dis-trito Jose Leonardo Ortiz., de propiedad de su suegro Emilio Uchofen Gelacio, realizando trabajos de albañilería (cons-trucción de piso de una sala), en com-pañía del maestro albañil Wilmer Torres Masache, el ayudante Hugo Fernandez Flores y Segundo Uchofen; aparecieron en forma sorpresiva un grupo de 20 personas de sexo masculino aproxi-madamente entre ellos se encontraban los acusados; el que comandaba el grupo estaba armado con un arma de fuego, identificándose como Jefe de Rondas de San Andrés de Cutervo que después fue identificado como JORGE GONZALES SEGURA, amenazando en todo momento y obligando al agraviado en forma agresiva juntamente con sus acompañantes, sacándolo de la casa que estaba construyendo a la fuerza a la calle donde lo estaban esperando una camioneta 4 x 4 de color gris, subiéndo-lo al vehículo en la parte posterior de la tolva donde habían varias personas, además había un automóvil color azul, conduciendo al agraviado con destino a la Ciudad de Eten - Sector Valle - Chan-cay, donde lo detuvieron en el interior de la camioneta boca abajo, exigiéndole que entregara dinero en efectivo por la suma veinticinco mil nuevos soles, o si tuviera tarjeta de créditos q cosas de valor para ser entregados a dichas personas a fin de ser liberado y puesto en libertad, en vista que el agraviado no cedió a entregar nada de los pedido por los sujetos, un grupo de 10 personas se ausentaron del lugar y luego regre-saron a horas 19.50 aproximadamente, conduciéndolo bajo amenaza de muerte de él y de su familia, a un Juzgado de Segunda Nominación de Ciudad de Eten , donde el Juez de Paz JOSE MIGUEL LIZA CORDOVA a las ocho de la noche del día 21 de agosto de 2013, elabora elActa de Conciliación de Compromiso de Pago, por el motivo de reconocimiento do una deuda por la compra y venta de un terreno agrícola por la suma de veinticinco mil soles , participando como. demandante VICTORIANO DIAZ CUBAS, deudor TEODORO SALAZAR MONSALVE, testigo JORGE GONZA-LES SEGURA (Jefe de Ronda San Andrés. Cutervo), firmando dicho docu-mento las personas antes mencionadas, entregando el Juez un ejemplar a cada una de las partes, luego de haber for-mado dicho documento, procedieron a regresarlo al agraviado con dirección a Chiclayo, dejándolo abandonado a la altura del cruce Monsefu, ocasionándole lesiones al agraviado según Certificado Médico Legal N° 009274-L, donde se dónde se concluye l.-presenta lesiones traumáticas reciente de origen contuso, 2.- requiere dos (02) de atención faculta-tiva y siete (07) de incapacidad médico legal, después el agraviado retorno a

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Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 20154 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

su domicilio,II.- ACTOS DE INVESTIGACION RECABADOS DURANTE LA INVES-TIGACIONPRELIMINAR E INVESTIGACION PRE-PARATORIA l.- ACTA DE INTERVENCION POLI-CIAL DE FECHA 22.08.2013, HORAS 09.20 (F07).-,Donde. Se, detalla que TEODORO SALAZAR MONSALVE se hizo presente en la comisaria con la finalidad fie solicitar apoyo policial toda vez que el día 21 de agosto de 2013, a horas 13.20 aproximadamente, en circunstancias que se encontraba en el inmueble ubicado en el P.J. Santa Lucia-JL.O., de propiedad de su sue-gro Emilio Uchofen Gelacio, realizando trabajos de albañilería (construcción de piso de una sala), en compañía del maestro albañil Wilmer Torres Masache, el ayudante Hugo Fernandez Flores y segundo Uchofen; aparecieron en forma sorpresiva un grupo de 20 personas de sexo masculino aproximadamente; el que comandaba el grupo estaba armado con un arma de fuego, identificándose como Jefe de Rondas de San Andrés de Cutervo, amenazando en todo momento y obligando al agraviado. en forma agre-siva juntamente con sus acompañantes, sacándolo de la casa que estaba cons-truyendo a la fuerza a la calle donde lo estaban esperando una camioneta 4 x 4 de color gris, cuyos números son 913,; que logro apuntar el agraviado, además había un automóvil color azul, ambos subieron a dichas unidades móviles, conduciendo al agraviado con destino a la Ciudad de Eten- sector valle - Chan-cay, donde lo detuvieron en el interior de la camioneta boca abajo, exigiéndole que entregara dinero, en por la suma veinticinco mil nuevos soles, o si tuviera tarjeta de créditos o cosas de valor para ser entregados a dichas personas a fin de ser liberado y puesto en libertad, en vista que el agraviado no cedió entregar nada de los pedido por los sujetos, un grupo de 10 personas se ausentaron del lugar y, luego regresaron a horas 19.50 aproximadamente, conduciéndolo a un Juzgado, donde lo hicieron firmar el documento, mediante amenaza de muerte si en caso no firmara, por temor a su vida tuvo queacceder a firmar el documento y lo hizo también por su familia que también era amenazada; dichodocumento el Juez de Paz le entrego al agraviado y otro a los sujetos coman-dados por el Jefe de Ronda, habien-do participado de dicho documento el señor VICTORIANO DIAZ CUBAS Y JORGE GONZALES SEGURA, quienes firmaron el documento elaborado por el Juez de Paz de Segundo Nomina-ción JOSE MIGUEL LIZA CORDOVA de fecha 21 de agosto 2013 a horas 20.00, luego de haber formado dicho documento, procedieron a regresarlo al agraviado con Direccion a Chiclayo, dejándolo abandonado a la altura del cruce Monsefu, después el agraviado retorno a su domicilio, posteriormente se apersono a la comisaria pero no fue atendido, presentando el día de hoy 22 .08.13 y conjuntamente con la policía se constituyen a la ubicación de dichos sujetos inmersos en el ilícito penal, toda vez que el agraviado había acordado en traer el dinero tal y conforme consta en el documento expedido por el Juez antes referido, donde le exigían como deudor de la compra y venta del terreno por la suma de veinticinco mil nuevos soles , siendo intervenidos a la altura del Km 3 carretera a Ferreñafe, al acostado del P.J. Santa Lucia de J.L.O., sindicado por el agraviado y logrando reconocer a cada uno de ellos como partícipe del hecho en su agravio, siendo identifica-dos como ROGER DIAZ GONZALES, ORGIO GONZALES SEGURA, JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN, VICTORIANO DIAZ CUBAS, luego fueron conducidos a la comisaria, posteriormente se cons-tituyeron al domicilio donde ocurrió los hechos con la finalidad de constatar, y encontrar alguna persona como testigo referente a los agravios del recurrente, siendo encontrados cinco (05) sujetos en forma sospechosa en la esquina de las calles del P.J. Santa Lucia del -J.L.O., donde el agraviado logro nue-vamente reconocer a dicha personas como participes del hecho en su agravio

del 21.08.13 a horas 13.20, siendo intervenidos LUIS ANTONIO GARCIA ROMARACHIN, LUIS DIAZ GONZA-LES, DEIBIS OLIVERA CADENILLAS, CESAR CUBAS IRIGOIN Y ROBER DIAZ GONZALES de 16 años de edad, siendo conducidos a la comisaria, el agraviado deja como constancia un documento de acta de conciliación de compromiso de pago , como medio de prueba que ha sido forzado a firmar para poder ser puesto en libertad.2.-DECLARACION DE TEODORO SALAZAR MONSALVE (Fs.08 A ll).-Narra la forma y circunstancias como ocurrieron los hechos, el motivo de llevarlo a ciudad Eten, es por haber vendido a Victoriano Diaz Cubas un terreno en el mes de enero del 2013, el señor Jefe de las rondas de la Comu-nidad de Cutervo le dijo que venían de parte de Victoriano Diaz Cubas, que permaneció en dicho,- . terreno desde las 13.OOhoras hasta las 22.00 horas del día 21.08.13, en que termino el documento formulado por el Juez de Paz, el acta de conciliación lo firmaron tres personas por la suma de veinticinco mil nuevos soles, el terreno consta de tres cuarto de hectáreas, por el terreno que vendió recibió veinticinco mil nue-vos soles,3.-DECLARACION DE CESAR CUBAS IRIGOIN (Fs.12 a 13).-Se abstuvo a declarar.4.-DECLARACION DE LUIS DIAZ GON-ZALES (F.14).-Se abstuvo a declarar.5.-DECLARACIONDE DEIBIS OLIVE-RA CADENILLAS (F.lS).-Se abstuvo a declarar.6.-DECLARACION DE LUIS ANTONIO GARCIA RIMARACHIN (F.16).-Se abs-tuvo a declarar.7.-DECLARACION DE JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN (F.I 7).-Se abstuvo a declarar. 8.-DECLARACION DE ROGER DIAZ GONZALES (F. 18).-Se abstuvo a declarar.9.-REFERENCIA DE ROBERTLEYDER DIAZ GONZALES (F.20).- De 16 años de edad, refiere que fue detenido por la Policía Nacional a las 09.horas cuando estaba en el P.J. Nuevo horizonte, junto a su padre Victoriano y tres personas más, no le explicaron el motivo de la, intervención, se abstiene a declarar., solamente conoce a sus hermanos Luis Diaz Gonzales y Roder Diaz Gonzales.10.-DECLARACION DE ORGIO GON-ZALES SEGURA (Fs.22 a 24).- Señala que fue intervenido unto con su primo Victoriano y Roger Diaz Gonzales, estu-vo en la casa de su primo Victoriano en él, P.J. Santa Lucia Mz “N”, Lote 33 J.L. O, en su chacra de su primo y en el Juzgado de Eten donde se suscribió el Acta de Conciliación de Compromiso de Pago entre el Sr. Teodoro Salazar Monsalve y Victoriano Diaz Cubas, es falso que el conjuntamente con otras personas han llevado a Teodoro Salazar Monsalve en contra de su voluntad, han ido a conversar sobre la venta de un terreno que se ha vendido en la ciudad de Eten , para poner linderos y averi-guar la propiedad porque aparecen otro dueño, no Han usado arma de fuego, agrega que es una falsa denuncia.Il.-DECLARACON DE VICTORIANO DIAZ CUBAS (Fs.25 a 27).- Señala que el día 21 de agosto, estuvo en su casa, vio pasar a Teodoro a eso de las 09.00 horas de la mañana, le dijo vamos a ciudad Eten, para ver los linderos por-que aparecido otro dueño en el terreno que le vendió y no lo dejan entrar, él me dijo vamos, contrataron una camioneta y le dijo pagamos a medias, están sus primos por allí y le dijeron vamos a comer ciruelas y huabas, llegaron al terreno y señalo los linderos y a un vecino preguntaron si conoce a Teodoro Salazar, le dijeron que no lo conocen, preguntando de quien es el terreno , le dijeron que el dueño era un señor de apellido Chafloque, Teodoro dijo le he comprado a una sobrina después llego el señor Chafloque y Teodoro dijo este señor tiene buenos papeles, me ha ganado, Teodoro le dijo hermano te voy a devolver tu plata y le dijo pronto por plazos, le dijo hermano vamos al Juez de Paz que les haga un documento para devolver la plata y quejo en devolver la plata a las 08.00’ de la mañana del día siguiente, diciendo que iba a conversar

con su señora para ver en cuantos plazos le paga, así quedo plasmado en el documento y el Juez le dio un documento a cada uno , por no devolver la plata lo denuncia, es mentira que ha contratado un grupo de personas, se le entrego al Teodoro y a su señora vein-ticinco mil nuevos soles,, que no es cul-pable de los hechos denunciados. 12.-ACTA DE CONSTATACIONPOLICIAL DE FECHA 22 DE AGOSTO DE2013. HORAS 12.00 (F. 5 4).-Personal policial se constituyó al inmueble ubicado en el P.J. Santa Lucia -J.L.O, apreciándose una casa en construcción, se encon-tró a una persona trabajando echando agua al piso, el inmueble no tiene calle ni manzana, es conocida como “Vía Uchofen”, la persona encontrada se identificó como Juan Francisco Fernan-dez Flores,, quien manifestó que el día de ayer a horas 13.10, estuvo presente cuando el señor Teodoro Salazar Mon-salve, fue llevado por un grupo de 20 personas aproximadamente, abordo de una camioneta, desconociendo el lugar donde fue conducido .en ese momento estaba trabajando junto con el recurren-te, Segundo Uchofen y Wilmer Torres Masache. 13.-ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA 22.08.13, HORAS 18.00 (Fs: 57 Y VUELTA).- en la ciudad de Eten presente personal policial y, el agraviado Teodoro Salazar Monsalve y el señor Jose Miguel Liza Córdova a cargo del Juzgado de Paz de “Nomina-ción de Ciudad de Eten. El Juez refirió sobre el documento de Acta de Con-ciliación de Compromiso de Pago, lo habían formulado en su oficina y ha cer-tificado las tres firmas de las personas Teodoro Salazar Monsalve, Victoriano Diaz Cubas y Jorge Gonzales Segura, indica que al momento de realizarse el documento ambas partes presentes se increpaban ente ellos, escucho decir que uno de ellos le decía devuélveme mi plata y la otra parte le decía no era su intención, que no sabía nada de la venta del terreno, no sabía que el terreno estaba eh litigio y con problemas con terceros o dueños, escucho decir al deudor porque me traes a la fuerza, y exigen que le paguen en ese momento, no tengo plata y solicita un tiempo para pagar el dinero de veinticinco mil nuevos soles, el deudor si reconocía la deuda, así mismo se le hizo leer el documento y. se les explico que era un acuerdo voluntario, agrega que cuando abrió la puerta observo un grupo de 08 a 09 personas desconocidas,14.-ACTA DE CONCILIACION DE COMPROMISO DE PAGO DE FECHA 21.08.13. CELEBRARO EN EL SEGUN-DO JUZGADO DE PAZ DE SEGUNDA NOMINACION. DEMANDANTE VICTO-RIANO DIAZ CUBAS. DEUDOR TEO-DORO SALAZAR MONSALVE (F.58).-Motivo reconocimiento de una deuda por la compra venta de un terreno agrí-cola por la suma de veinticinco mil soles.15.-CERTIFICADO MEDICO LEGAL N° 009274-L DE FECHA 24.08.2013.PRACTICAD0 A SALAZAR MONSAL-VE TEODORO (F.86).-Donde se con-cluye l.-presenta lesiones traumáticas reciente d erigen contuso, 2.- requiere dos (02) de atención facultativa y siete (07) de incapacidad médico legal16.-DECLARACION DE EMILIO UCHO-FEN GELACIO (Fs. 91 92).-Manifiesta que el día de los hechos, observo que estaban el señor Hugo que es ayu-dante, un albañil, y su yerno Teodoro Salazar Monsalve, después llegaron un grupo de gente ,lo llamaron a a su yerno, diciendo uno de ellos que quería conversar con él, después de haber conversado unas cuantas palabras , todas las personas lo llevaron a él, des-conociendo el lugar donde lo llevaron, posteriormente su yerno apareció ese mismo día en la noche en su casa, su hija Sara le aviso que había llegado.17.-DECLARACI0N DE HUGO FRAN-CISCO FERNANDEZ FLORES (Fs. 93 a 941.-EI dia de los. hechos, estaban el señor albañil que no conoce su nombre, lo contrato el señor Teodoro, quien estaba presente y don Emilio Uchofen, quien es el dueño de la casa, des-pués llego un grupo de gente de: 20: aproximadamente personas de sexos masculino y un menor quienes llegaron al lugar y lo sacaron de, la casa al señor Teodoro Salazar Monsalve, lo llevaron

desconociendo el lugar.18.-DECLARACION DE JOSE MIGUEL LIZA CORDOVA (Fs. 95 a 96).- Refiere ser Juez de Paz de 2a Nominación de Ciudad de Eten, ha participado en la celebración del acta de conciliación de compromiso de pago que se ha formulado dentro del juzgado el di 21 de agosto de 2013 , a horas 20.00:, que todo fue legal, ambas personas estuvie-ron de acuerdo en el documento que se formuló en su despacho, afuera de su despacho que observo aun grupo de cinco personas aproximadamente, que ellos le comentaron que el motivo del acta era o un problema sobre una venta de terreno, para lo cual ellos querían que el señor Monsalve les devuelva el dinero por estar el terreno en problemas judiciales, el terreno estaba ubicado en la jurisdicción del distrito de Ciudad de Eten, III.-TIPIFICACION DE LOS HECHOS INVESTIGADOS.Los hechos, así descritos, podrían subsumirse, en el delito de Violación de la libertad personal en su figura SECUESTRO; previsto y sancionado en el artículo 152 DEL Código Penal, que señala: Articulo 152 Secuestro.- “Sera reprimido con pena privativa de la libertad no menor de veinte ni mayor de treinta años el que, sin derecho, motivo ni facultad justificada, priva a otro de su libertad personal, cualquiera sea el móvil, el propósito, la modalidad o circunstancia o tiempo que el agraviado sufra, la privación o restricción de su libertad. La pena será no menor de treinta años cuando:1. Se abusa, corrompe, trata con cruel-dad o pone-en peligro la vida o salud del agraviado.2. Se pretexta enfermedad mental inexistente en el agraviado.3. El agraviado o el agente es funciona-rio o servidor público.4. El agraviado es representante diplo-mático de otro país. .5. El agraviado es secuestrado por sus actividades en el sector privado.6. El agraviado es pariente, dentro del tercer grado de consanguinidad o segundo de afinidad con las personas referidas en los incisos 3,4 y 5 prece-dentes.7. Tiene por finalidad obligar a un fun-cionario o servidor público aponer en libertad a un detenido o a conceder exigencias ilegales.8. Se comete para obligar al agravia-do a incorporarse a una organización criminal.”9. Se comete para obtener tejidos somá-ticos del agraviado.10. Se causa lesiones leves al agra-viado.11. Es cometido por dos o más per-sonas o se utiliza para la comisión del delito a menor es de edad u otra perso-na inimputable.12. El agraviado adolece de enfermedad grave.13. La víctima se encuentra en estado de gestación.La misma pena se aplicará al que con la finalidad de contribuir a la comisión del delito de secuestro, suministra infor-mación que haya conocido por razón o con ocasión de sus funciones, cargo u oficio, o proporciona deliberadamente los medios para la perpetración del delito. La pena será de cadena perpetua cuando:1. El agraviado es menor de edad o mayor de setenta años.2. El agraviado sufre discapacidad y el agente se aprovecha de esta cir-cunstancia.3. Si se causa lesiones graves o muerte al agraviado durante el secuestro o como consecuenciade dicho acto.” Se dice, por tanto, que el bien jurídico tutelado por el tipo penal de Secuestro, es la libertad ambulatoria, el atributo que tiene toda persona de des-plazar de un lugar a otro, en merito a su espectro volitivo. Mediante esta ley, se ampara una manifestación concreta de la libertad personal, la libertad externa, es decir la libertad de movimiento en el espacio, argumenta Pena Cabrera. El atentado contra la libertad buscar trabar tanto la libre locomoción como simplemente el libre movimiento corpo-ral; coincidimos con VILLA STEIN, que en este último caso se busca tutelar

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5Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

con el delito de coacciones, mas no con el previsto en el artículo 152° del C.P.I Resulta una figura delictiva solo reprimible a título de dolo, conciencia y voluntad de realización típica, el agente debe saber que está privando a un sujeto de forma ilegítima, por lo que basta con el dolo eventual, dicho dolo debe abarcar las circunstancias agra-vantes que se glosan en el articulado en cuestión. La Jurisprudencia Nacional al referirse al delito de secuestro tipificado en el artículo 152 del código penal ha señalado. La configuración del delito de secuestro “La conducta antijurídica en el delito materia de acusación debe recaer especialmente sobre la libertad personal de la víctima, entendida como la libertad personal de la víctima, entendida como la libertad ambulatoria o de locomoción, es decir, la facultad o capacidad de las personas de trasladarse libremente de un lugar a otro conforme a su espectro volitivo y las circunstancias especiales. En ese sentido, de la redacción del tipo penal que recoge el supuesto básico de secuestro, se aprecia que estamos ante una figura únicamente punible a título de dolo, el mismo que debe abarcar las circunstancias agravantes glosadas en el tipo penal en cuestión. De ese modo, para su configuración, es preciso cons-tatar en el agente una especial inten-cionalidad dirigida hacia la, realización del resultado típico, esto es, la privación o restricción de la libertad ambulatoria de su víctima, a su vez, dicha intencio-nalidad concierne, necesariamente, un conocimiento actual de los elementos objetivos del tipo, conocimiento que esta sólidamente ligada al aspecto volitivo de la conducta, de modo que conciencia y voluntad, como elementos imprescindi-bles del delito de secuestro.” Recurso de Nulidad N° 529-2011-lea. IV.-DE LO QUE SE COLIGE:PRIMERO.- Que contra los investigados CESAR CUBAS IRIGOIN CESAR, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DIAZ GONZALES, LUIS ANTONIO GARCIA RIMARACHIN, DEIBIS OLIVE-RA CADENILLAS, LUIS DIAZ GONZA-LES, VICTORIANO DIAZ CUBAS y JOSEADOLFO DIAZ IRIGOIN, se for-malize investigación preparatoria en calidad de COAUTORES por los pre-suntos COACCION y SECUESTRO en agravio de TEODORO SALAZAR MON-SALVE SEGUNDO.- el artículo 344 inci-so 2 del código Procesal Penal señala que el Sobreseimiento procede cuando: a) El objeto de la causa no se realizó o no puede atribuirse al imputado; b) El hecho imputado no es típico o concurre una causa de justificación, de inculpabi-lidad o de no punibilidad; c) La acción penal se ha extinguido: y d) No existe razonablemente la posibilidad de incor-porar nuevos datos a la investigación y no haya elementos de convicción sufi-cientes para solicitar fundadamente, el enjuiciamiento del imputado. d).- No existe razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos, a la investiga-ción y no hay a elementos de convicción suficientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado; quiere decir que a criterio del Juez de la Inves-tigacion Preparatoria considera que efectivamente los elementos de convic-ción no resultan idóneos o suficientes que ameriten pasar a la última etapa del Juzgamiento.3 TERCERO.-EI sobresei-miento al igual que toda institución, que tiene su justificación y esta se encuentra en todos los supuestos en donde la investigación no se haya tenido como resultado que el hecho por el que se procede no es constitutivo de delito penal, o simplemente no se haya descu-bierto al autor, es decir, que no se haya podido reunir elementos de convicción necesarios para pasar a juicio oral, dicho proceso quedaría en un estado de suspensión, de pendencia indefinida, incompatible con las normas de seguri-dad que serían perturbadas por el pro-ceso penal en lugar de servirles en cumplimiento de los fines del proceso. La paralización o pendencia indefinida en que quedaría el proceso se evita con el sobreseimiento y este es el funda-mento de su existencia legal, en el que coincide la doctrina. De este modo, el auto de sobreseimiento se dicta para poner término o dejar “cerrada” la inves-tigación en los casos en los que no es

posible pasar a la fase del juicio oral. CUARTO.-EI delito de Secuestro se encuentra tipificado en el artículo 152° del Código Penal; La configuración del delito de secuestro debe recaer espe-cialmente sobre la libertad personal de la víctima, entendida como la libertad personal de la víctima, entendida como la libertad ambulatoria o de locomoción, es decir, la facultad o capacidad de las personas de trasladarse libremente de un lugar a otro conforme a su espectro volitivo y las circunstancias especiales. En ese sentido, de la redacción del tipo penal que recoge el supuesto básico de secuestro, se aprecia que estamos ante una figura únicamente punible a título de dolo, el mismo que debe abarcar las circunstancias agravantes glosadas en el tipo penal en cuestión. De ese modo, para su configuración, es preciso cons-tatar en el agente una especial intencio-nalidad dirigida hacia la realización del resultado típico, esto es, la privación o restricción de la libertad ambulatoria de su víctima ,a su vez, dicha intencionali-dad concierne, necesariamente, un conocimiento actual de los elementos objetivos del tipo, conocimiento que está sólidamente ligada at aspecto volitivo de la conducta, de modo que conciencia y voluntad, como elementos imprescindi-bles del delito de secuestro. En su aspecto subjetivo el dolo, conciencia y voluntad de realización típica, el agente debe saber que está privando a un sujeto de forma ilegítima, por lo que basta con el dolo eventual, dicho dolo debe abarcar las circunstancias agra-vantes que se glosan en él, articulado en cuestión. QUINTO.-Que, durante la investigación no existe ningún elemento de convicción o pericia que acredite, que los acusados hallan tenido la inten-ción de privar de su libertad al agravia-do, con la finalidad de abarcar las cir-cunstancias agravadas contenidas en el tipo penal en cuestión (artículo 52 inciso 1 al 13 del Código Penal), para se confi-gure el delito de secuestro, es preciso que exista un elemento de convicción que acredite que los agentes tenga una especial intencionalidad dirigida hacia la realización del resultado típico, esto es, la privación o restricción de la libertad ambulatoria del agraviado, a su vez, dicha intencionalidad abarca el dolo, es decir, conciencia y voluntad deja realiza-ción típica, deben estar presente en la materialización del delito de secuestro, que en el presenta caso no se da. SEXTO.-En la investigación se ha reca-bado elementos de convicción que acre-ditan que el agraviado TEODORO SALAZAR MONSALVE le ha vendido en enero del 2013 un terreno agrícola de tres cuartos hectáreas, ubicado en Ciudad Eten, al investigado VICTORIA-NO DIAZ CUBAS por la suma veinticin-co mil nuevos soles, posteriormente Victorino Diaz Cubas al tomar posesión de dicho terreno y al delimitar sus linde-ros ha tornado conocimiento, que los vecinos ubicado en el terreno comprado no lo conocen a Teodoro Salazar Mon-salve, y el dueño del mencionado terre-no es un señor de apellido CHAFLO-QUE, en consecuencia la venta compra del terreno en cuestión tenía problemas, en tal sentido el día 21 de agosto de 2013, a horas 13.20 aproximadamente, en circunstancias que Teodoro Salazar Monsalve se encontraba en el inmueble ubicado en el P.J. Santa Lucia-del distri-to Jose Leonardo Ortiz., los acusado se ha trasladado junto con el agraviado hasta el terreno agrícola en dos unida-des móviles, para demostrarle al agra-viado vendedor del terreno, que el terre-no que ha vendido pertenecía .a la per-sona de apellido Chafloque, por tal motivo, los acusados pedían al agravia-do la devolución de veinticinco mil nue-vos soles por el terreno vendido, trasla-dándose hasta el Juzgado de Segunda Nominación de Ciudad de Eten siendo atendidos por el Juez de Paz Jose Miguel Liza Córdova, ante quien han celebrado un Acta de Conciliación de Compromiso de Pago de fecha 21 de agosto del 2013, a horas ocho de la noche los señores como demandante Victoriano Diaz Cubas y en calidad de Deudor Teodoro Salazar Monsalve y como testigo Jorge Gonzales Segura en calidad de Jefe de Rondas San Andrés de Cutervo, en la misma acta de conci-

liación se observa que el deudor Teodo-ro Salazar Monsalve, solicita se le de el plazo de un día para conversar con su familia y se compromete a regresar al Juzgado para establecer las formas de pago, de lo expuesto se advierte, que los-acusados no han tenido la concien-cia y voluntad de privar de libertad al agraviado, sino que se comprometa ante el Juez de Paz, la devolución del dinero por la suma de veinticinco mil nuevos soles, que recibió por la venta del terreno agrícola. SEPTIMO.- Que, por los argumentos glosados en los considerando quinto y sexto., no dándo-se los presupuestos objetivos y subjeti-vo que exige el tipo penal de secuestro, y habiéndose concluido la investigación preparatoria, se advierte que no existe razonablemente la posibilidad de incor-porar nuevos datos a la investigación y no haya elementos de convicción sufi-cientes para solicitar fundadamente el enjuiciamiento de los imputados, siendo esto así, se debe sobreseer la presente causa en este extremo. IV.-CONCLU-SION. Por lo que, de conformidad a lo señalado en el inciso d) del numeral 2 del Artículo 344 del Código Procesal Penal REQUIERO a su despacho se declara en su oportunidad FUNDADO el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguido en contra CESAR CUBAS IRI-GOIN CESAR, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DIAZ GONZALES, LUIS ANTONIO GARCIA RIMARA-CHIN, DEIBIS OLIVERA CADENILLAS, LUIS DIAZ GONZALES, VICTORIANO DIAZ CUBAS y JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN, por el presunto delito SECUESTRO, tipificado en el artículo 152a del Código Penal en agravio de TEODORO SALAZAR MONSALVE ;por lo que se remite el presente requeri-miento en cuatro juegos, para que se corra traslado del requerimiento fiscal por el plazo de 10 días, a fin de que los sujetos procesales tomen conocimiento, disponiendo posteriormente vuestro Despacho la realización de la audiencia preliminar de sobreseimiento correspon-diente.REQUERIMIENTO A CUSA TORIOSENOR JUEZ DEL SEGUNDO JUZ-GADO DE INVESTIGACION PREPA-RATORIA DEL MODULO BASICO DE JOSE LEONARDO ORTIZ.JOHNNY BERNARDO TORRES CAS-TILLO, Fiscal Provincial de la Primera Fiscalía Penal Provincial Corporativa del distrito de Jose Leonardo Ortiz, con domicilio procesal en la Calle El Dorado N° 1009 del distrito de Jose Leonardo Ortiz, teléfono RPM N # 950062573, correo electrónico [email protected], al amparo de lo establecido en el artículo 349° del Código Procesal Penal, formulo acusación contra CESAR CUBAS IRIGOIN CESAR, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DIAZ GONZALES, LUIS ANTONIO GARCIA RIMARACHIN, DEIBIS OLIVERACA-DENILLAS, LUIS DIAZ GONZALES, VICTORIANO DIAZ CUBAS y JOSE ADOLFO D/AZ IRIGOIN, por el delito de Violación de la Libertad Personal en su figura de COACCION en agravio de TEODORO SALAZAR MONSAL VE.-IIDESCRIPCIONDEHECHOSATRIBUI-DOS. CIRCUNSTANCIASPRECEDEN-TE. CONCOMITANTES YPOSTERIO-RES AL IMPUTADO.A.-CIRCUNSTANCIAS PRECEDEN-TES. l.- EI agraviado Teodoro Salazar Monsalve le ha vendido en enero del 2013 un terreno agrícola de tres cuartos hectáreas, ubicado en Ciudad Eten, al investigado Victor kino Diaz Cubas por la suma veinticinco mil nuevos soles. 2.-Que, Victorino Diaz Cubas al tomar posesión de dicho terreno y al delimitar sus linderos ha tornado conocimiento, que los vecinos ubicado, en el terreno comprado no lo conocen a Teodoro Salazar Monsalve, y que el dueño del mencionado terreno es un señor de apellido Chafloque.B.- CIRCUNSTANCIAS CONCOMI-TANTES. 3.-EI día 21 de agosto de 2013, a horas 13.20, aproximadamen-te, en circunstancias que TEODORO SALAZAR MONSALVE se encontra-ba en el inmueble ubicado en el P.J. Santa Lucia-del distrito Jose Leonardo Ortiz., de propiedad de su suegro Emilio Uchofen Gelacio, realizando trabajos de albañilería (construcción de piso de una

sola), en compañía del maestro albañil Wilmer Torres Masache, el ayudan-te Hugo Fernandez Flores y Segundo Uchofen; aparecieron en forma sorpre-siva un grupo de 20 personas de sexo masculino aproximadamente entre ellos los acusados; el que comandaba el grupo estaba armado con un arma de fuego, identificándose coma Jefe de Rondas de San Andrés de Cutervo que después fue identificado como JORGE GONZALES SEGURA, amenazando en todo momento y obligando al agraviado en forma agresiva juntamente con sus acompañantes, sacándolo de la casa que estaba construyendo a la fuerza a la calle donde lo estaban esperando una camioneta 4x4 de color gris, subiéndolo al vehículo en la parte posterior de la tolva donde habían varias personas, además había un automóvil color azul, conduciendo al agraviado con destino a la Ciudad de Eten- Sector Valle - Chan-cay, donde lo detuvieron en el interior de la camioneta boca abajo, exigiéndole que entregara dinero en efectivo por la suma veinticinco mil nuevos soles, o si tuviera tarjeta de créditos o cosas de valor para ser entregados a dichas personas a fin de ser liberado y puesto en libertad, en vista que el agraviado no cedió a entregar nada de los pedido por los sujetos, un grupo de 10 personas se ausentaron del lugar y luego regresa-ron a horas 19.50 aproximadamente , conduciéndolo bajo amenaza de muerte de él y de su familia, a un Juzgado de Segunda Nominación de Ciudad de Eten, donde el Juez de Pas JOSE MIGUEL LIZA CORDOVA a] las ocho de la noche del día 21 de agosto de 2013, elabora el Acta de Conciliación de Compromiso de Paso, f el moti-vo de reconocimiento de una deuda por la compra y venta de un terreno agrícola por la suma veinticinco mil soles , participando canto demandante VICTORIANO DIAZ CUBAS, deudor TEODORO SALAZAR MONSALVET testigo JORGE GONZALES SEGURA (Jefe de Ronda San Andrés Cutervo), firmando dicho documento las personas antes mencionadas entregando el Juez un ejemplar a cada de los partes, luego de haber firmado dicho documento, pro-cedieron a regresarlo al agraviado con dirección a Chiclayo, dejándolo aban-donado a la altura del cruce Monsefu, ocasionándole lesiqn.es al agraviado según Certificado Médico Legal N° 009274-L, donde se dónde se con-cluye 1, presenta lesiones traumáticas reciente d erigen contuso, 2, requiere dos (02) de atención facultativa y siete de incapacidad médico legal, después el agraviado retorno a su domicilio C.-CIRCUNSTANCJAS POSTERIORES.4.-EI mismo día 21 de agosto de 2013 el agraviado Teodoro Salazar Monsalve se apersono a la comisaria, no siendo atendido, presentado al día siguiente día 22 de agosto de 2013, donde fue atendido y conjuntamente con la policía se constituyen a la ubicación de dichos sujetos inmersos en el ilícito penal, toda vez que el agraviado había acordado en traer el dinero tal y conforme consta en el documento expedido por el Juez antes referido, donde le exigían como deudor de la compra y venta del terreno por la suma de veinticinco mil nuevos soles, siendo intervenidos a la altura del Km 3 carretera a Ferreñafe, al acostado del P.J. Santa Lucia de J.L.O., sindicado por el agraviado y logrando reconocer a cada uno de ellos como partícipe del hecho en su agravio siendo identifica-dos como ROGER DIAZ GONZALES, ORGIO GONZALES SEGURA JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN, VICTORIANO DIAZ CUB AS, luego fueron conduci-dos a la comisaria; posteriormente se constituyeron al domicilio donde ocurrió los hechos con la talidad de constatar y encontrar alguna persona como testigo referente a los agravios del recurrente, siendo encontrados cinco (05) sujetos en forma sospechosa en la esquina de las calles del P.J. Santa Lucia del -J.L.O., donde el agraviado logro nue-vamente reconocer a dichas personas como participes del hecho en su agra-vio de día 21 08 13 a horas 13.20, siendo intervenidos LUIS ANTONIO GARCIA ROMARACHIN LUIS DIAZ GONZALES, DEIBIS OLIVERA CADE-NILLAS, CESAR CUBAS IRIGOIN Y

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Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 20156 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

ROBER DIAZ GONZALES de 16 años de edad, siendo conducidos a la comi-saria, 5.-EI investigado Victoriano Diaz Cubas, refiere que la denuncia es una mentira que el Acta de Conciliación de Compromiso de Pago, lo firmo Teodoro Salazar Monsalve voluntariamente y sin amenazas, la denuncia la ha realizado para no pagarle los veinticinco mil nue-vos soles, por devolución de la venta de un terreno agrícola. ELEMENTOS DE CONVICCION QUE SUSTENTAN ‘’EL REQUERIMIFNTOl.- ACTA DE INTERVENCION POLI-CIAL DE FECHA 22.08.2013. HORAS 09 20 (F.07).-.Donde-se detalla que Teodoro Salazar Monsalve se hizo presente en la comisaria con la fina-lidad de solicitar apoyo policial toda vez que el día 21 de agosto de 2013 a horas 13.20 aproximadamente,. en circunstancias que se encontraba en el inmueble ubicado en el P.J. Santa Lucia-J.L.O., de propiedad de su sue-gro Emilio Uchofen Gelacio realizando trabajos de albañilería (construcción de piso de una sala),, en compañía del maestro albañil Wilmer Torres Masache, el ayudante Hugo Fernandez Flores y segundo Uchofen; aparecieron aproxi-madamente; ,en forma sorpresiva un grupo de 20personas de sexo masculino que comandaba el grupo estaba armado con un arma de fuego, identificándose como Jefe de Rondas de San Andrés de Cutervo, amenazando en todo momento y obligando al agraviado en forma agre-siva juntamente con sus acompañantes, sacándolo de la casa que estaba cons-truyendo a la fuerza la calle donde lo estaban esperando una camioneta 4 x 4 de color gris, cuyos números son 913 , que logro apuntar el agraviado, además había un automóvil color azul, ambos subieron a dichas unidades móviles, conduciendo al agraviado con destino a la Ciudad de Eten- sector valle - Chan-cay, donde Jo detuvieron en el interior de la camioneta boca abajo, exigiéndole que entregara dinero en efectivo por la suma veinticinco mil nuevos soles, o si tuviera tarjeta de créditos o cosas de valor para ser entregados a dichas personas a fin de ser liberado y puesto en libertad, en vista que el agraviado no cedió a entregar nada de los pedido por los sujetos, un grupo de 10 personas se ausentaron del lugar y luego regre-saron a horas 19.50 aproximadamente, conduciéndolo a un Juzgado, donde lo hicieron firmar un documento:, median-te amenaza de muerte si en caso no firmar a, por temor a su vida tuvo que acceder a firmar el documento y lo hizo también por su familia que también era amenazada; dicho documento el Juez de Paz le entrego al agraviado y otro a los sujetos comandados por el Jefe de Ronda, habiendo participado de dicho documento el señor VICTORIANO DIAZ CUBAS Y JORGE GONZALES SEGURA, quienes firmaron el docu-mento elaborado por el Juez de Paz de Segundo Nominación JOSE MIGUEL LIZA CORDOVA de fecha 21 de agosto 2013 a horas 20.00, luego de haber formado dicho documento, procedieron a regresarlo al agraviado con Direccion a Chiclayo, dejándolo abandonado a la altura del cruce Monsefu, después el agraviado retorno a su domicilio, pos-teriormente se apersono a la comisaria pero no fue atendido, presentando el día de hoy 22 .08.13 y conjuntamente con la policía se constituyen a la ubicación de dichos sujetos inmersos en el ilícito penal, toda vez que el agraviado había acordado en traer el dinero tal y confor-me consta en el documento expedido por el Juez antes referido, donde le exi-gían como deudor de la compra y venta del terreno por la suma de veinticinco mil nuevos soles , siendo intervenidos a la altura del Km 3 carretera a Ferre-ñafe, al acostado del P.J. Santa Lucia de J.L.O., sindicado por el agraviado y logrando reconocer a cada uno de ellos como partícipe del hecho en su agra-vio, siendo identificados como ROGER DIAZ GONZALES, ORGIO GONZA-LES SEGURA. JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN, VICTORIANO DIAZ CUBAS, luego, fueron conducidos a la comisa-ria, posteriormente se constituyeron al domicilio donde ocurrió los hechos con la finalidad de constatar y encontrar alguna persona como testigo referente

a los agravios del recurrente , siendo encontrados cinco (05) sujetos en forma sospechosa en la esquina de las calles del P.J. Santa Lucia del -J.L.O., donde el agraviado logro nuevamente recono-cer a dicha personas como participes del hecho en su agravio del 21.08.13 a horas 13.20, siendo intervenidos LUIS ANTONIO GARCIA ROMARACHIN, LUIS DIAZ GONZALES, DEIBIS OLI-VERA CADENILLAS, CESAR CUBAS IRIGOIN Y ROBER DIAZ GONZALES de 16 años de edad, siendo conducidos a la comisaria, el agraviado deja como constancia un documento de acta de conciliación de compromiso de pago, como medio de prueba que ha sido forzado a firmar para poder ser puesto en libertad.2.-DECLARACION DE TEODORO SALAZAR MONSALVE (Fs.08 A HL-Narra la forma, y circunstancias como ocurrieron los hechos, el motivo de llevarlo a ciudad Eten, es por haber ven-dido a Victoriano Diaz Cubas un terreno en el mes de enero del 2013, el señor Jefe de las rondas; de la Comunidad de Cutervo le dijo que venían de parte de Victoriano Diaz Cubas, que permaneció en dicho terreno desde las 13.00horas hasta las 22.00 horas del día 21 .08.13, en que termino el documento formulado por el Juez de Paz, el acta de conci-liación lo firmaron tres personas por la suma de veinticinco mil nuevos soles, el terreno consta de tres cuarto de hec-táreas, por el terreno que vendió recibió veinticinco mil nuevos soles, 3.-DECLA-RAC0N DE CESAR CUBAS IRIGOIN (Fs.12 a 13).-Se abstuvo a declarar.4.-DECLARACON DE LUIS DIAZ GON-ZALES (F.14).-Se abstuvo a declarar. 5.-DECLARACONDE DEIBIS OLIVE-RA CADENILLAS (F.15).-Se abstuvo a declarar. 6.-DECLARAC0N DE LUIS ANTONIO GARCIA RIMARACHIN (F.16).-Se abstuvo a declarar.7.-DECLARAC0NDE JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN (F.17).-Se abstuvo a declarar. 8.-DECLARAC0NDE ROGER DIAZ GONZALES (F. 18).-Se abstuvo a declarar. 9.-REFERENCIA DE ROBERT LEYDER DIAZ GONZALES (F.20).- De 16 años de edad, refiere que fue deteni-do por la Policía Nacional a las 09.horas cuando estaba en el P.J. Nuevo horizonte,-junto a su padre Victoriano y tres personas más, no le explicaron el motivo de la intervención, se abstiene a declarar., solamente conoce a sus hermanos Luis Diaz Gonzales y Roger Diaz Gonzales. 10.-DECLARACON DE ORGIO GONZALES SEGURA (Fs.22 a 24).- Señala que fue intervenido unto, con su primo Victoriano y Roger Diaz Gonzales, estuvo en la casa de su primo Victoriano en el ‘P.; J.¬ Santa Lucia Mz “N”, Lote 33 J.L. O, en su chacra de su primo y en el Juzgado de Eten donde suscribió el acta de conciliación de compromiso de pago entre el St. Teodoro Salazar Monsalve y Victoriano Diaz Cubas, es falso que el conjunta-mente con otras personas han llevado a Teodoro Salazar Monsalve en contra de su voluntad, han ido a conversar sobre la venta de un terreno que se ha vendido en la ciudad de Eten , para poner linderos y averiguar la propiedad porque aparecen otro dueño, no han usado arma de fuego, agrega que es una falsa denuncia. ll.-DECLARACON DE VICTORIANO DIAZ CUBAS (Fs.25 a 27).- Señala que el día 21 de agosto, estuvo en su casa, vio pasar a Teodoro a eso de las 09.00 horas de la mañana, le dijo vamos a ciudad Eten, para ver los linderos porque aparecido otro dueño en el terreno que le vendió y no lo dejan entrar, él me dijo vamos, contrataron una camioneta y le dijo pagamos a medias, están sus primos por allí y le dijeron vamos a comer ciruelas y huabas, llegaron al terreno y señalo los linderos y a un vecino preguntaron si conoce a Teodoro Salazar, le dijeron que no lo conocen, preguntando de quien es el terreno, le dijeron que el dueño era un señor de apellido Cha-floque, Teodoro dijo le he comprado a una sobrina, después llego el señor Chafloque y Teodoro dijo este señor tiene buenos papeles, me ha ganado, Teodoro le dijo hermano te voy a devol-ver tu plata y le dijo pronto por plazos, le dijo hermano vamos al Juez de Paz que les haga un documento para devolver la

plata y quejo en devolver la plata a las 08.00 de la mañana del día siguiente, diciendo que iba a conversar con su señor a para ver en cuantos plazos le paga, así quedo plasmado en el docu-mento y el Juez le dio un documento a cada uno ,12.- ACTA DE CONSTA-TACION POLICIAL DE FECHA 22 DE AGOSTODE 2013.HORAS 12.00 (F.54).-Personal policial se constituyó al inmueble ubicado en el P.J. Santa Lucia -J.L’.O., apreciándose una casa en construcción, se encon-tró a una persona trabajando echando agua al piso, el inmueble no tiene calle ni manzana, es conocida como “Vía Uchofen”, la persona encontrada se identificó como Juan Francisco Fernan-dez Flores, quien manifestó que el día de ayer a horas 13.10, estuvo presente cuando el señor Teodoro Salazar Mon-salve, fue llevado por un grupo de 20 personas aproximadamente, abordo de una camioneta, desconociendo el lugar donde fue producido en ese momento estaba trabajando junto con el recurren-te, Segundo Uchofen y Wilmer Torres Masache. 13.- ACTA DE ENTREVISTA DE FECHA 22.08.13. HORAS 18.00 (Fs: 57 ¥ VUELTA).- en la ciudad de Eten presente personal policial y, el agraviado Teodoro Salazar Monsalve y el señor Jose Miguel Liza Córdova a cargo del Juzgado de Pas de “Nomina-ción de Ciudad de Eten. El Juez refirió sobre el documentos de Acta de Con-ciliación de Compromiso de Pago, lo habían formulado en su oficina y ha cer-tificado las tres firmas de las personas Teodoro Salazar Monsalve, Victoriano Diaz Cubas y Jorge Gonzales Segura, indica que al momento de realizarse el documento ambas partes presentes se increpaban ente ellos, escucho decir que uno de ellos le decía devuélveme mi plata y la otra parte le decía no era su intención, que no sabía nada de la venta del terreno, no sabía que el terreno estaba eh litigio y con problemas con terceros o dueños, escucho decir al deudor porque me traes a la fuerza, y exigen que le paguen en ese momen-to, no tengo plata y solicita un tiempo para pagar el dinero’ de veinticinco mil nuevos soles, el deudor si reconocía la deuda, así mismo se le hizo leer el documento y se les explico que era un acuerdo voluntario, agrega que cuando abrió la puerta observo un grupo d& 08 a 09 personas desconocidas, 14.-ACTA DE CONCILIACION DE COMPROMISO DE PAGO DE FECHA 21.08.13. CELE-BRARO EN EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ DE SEGUNDA NOMINACION. DEMANDANTE VICTORIANO DIAZ CUBAS.DEUDOR TEODORO SALA-ZAR MONSALVE (F.58).-Motivo reco-nocimiento de una deuda por la compra venta de un terreno agrícola por la suma de veinticinco mil soles.15.-CERTIFICADO MEDICO LEGAL N° 009274-L DE FECHA 24.08.2013.PRACTICADO A SALAZAR MONSAL-VE TEODORO (F.86).-Donde se con-cluye l.-presenta lesiones traumáticas reciente d erigen contuso, 2.- requie-re dos (02) de atención facultativa y siete (07) de incapacidad médico legal 16.-DECLARACI0N DE EMILIO UCHO-FEN GELACIO (Fs. 91 92).-Manifiesta que el día de los hechos, observo que estaban el señor Hugo que es ayudante, un albañil, y su yerno Teodoro Salazar Monsalve, después llegaron un grupo de gente lo llamaron a su yerno, dicien-do uno de ellos que quería conversar con él, después de haber conversado unas cuantas palabras, todas las per-sonas lo llevaron a él, desconociendo el lugar donde lo llevaron, posteriormente su yerno apareció ese mismo día en la noche en su casa, su hija Sara le aviso que había llegado. 17.-DECLARACION DE HUGO FRANCISCO FERNANDEZ FLORES (Fs. 93 a 94).- EI día de los hechos, estaban el señor albañil que no conoce su nombre, lo contrato el señor Teodoro, quien estaba presente y don Emilio Uchofen, quien es el dueño de la casa, después llego un grupo de gente de 20 aproximadamente personas de sexos masculino y un menor quienes llegaron al lugar y lo sacaron de la casa al señor Teodoro Salazar Monsal-ve, lo llevaron desconociendo el lugar. 18.- DECLARACION DE JOSE MIGUEL LIZA CORDOVA (Fs. 95 a 96).- Refiere

ser Juez de Paz de 2a Nominación de Ciudad de Eten, ha participado en la celebración del acta de conciliación de compromiso de pago que se ha formulado dentro del juzgado el di 21 de agosto de 2013 , a horas 20.00., que todo fue legal, ambas personas estuvie-ron de acuerdo en el documento que se formuló en su despacho, afuera de su despacho que observo aun grupo de cinco personas aproximadamente, que ellos le comentaron que el motive del acta era o un problema sobre una venta de terreno, para lo cual ellos querían que el señor Monsalve-les devuelva el dinero por estar el terreno en problemas judiciales, el terreno estaba ubicado en la jurisdicción del distrito de Ciudad de Eten, 19.-OFICIO N° 2014-3607-RDC-CSJLA-PJ DE FECHA 05.03.2014. EXPEDIDO POR EL JEFE DEL REGIS-TRO DISTRITAL DE CONDENAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA D ELAMBAYEQUE (F.119L- Mediante el cual informan que la persona de Orgio Gonzales Segura SI registra ante-cedentes penales a nivel nacional y las personas de Cesar Cubas Irigoin; Roger Diaz Gonzales, Luis Antonio Diaz Rima-rachin, Deibis Olivera Cadenillas, Luis -Diaz Gonzales, Victoriano Diaz Cubas y Jose Adolfo Diaz Irigoin, NO registran antecedentes penales a nivel nacio-nal. IV.- GRADO DE PARTICIPACION. CESAR CUBAS IRIGOIN CESAR, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DÍAZ GONZALES, LUIS ANTONIO GARCIA RIMARACHIN, DEIBIS OLI-VERA CADENILLAS, LUIS DIAZ GON-ZALES, VICTORIANO DIAZ CUBAS y JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN , son coautores del delito de Violación de la Libertad Personal en su figura de COACCION en agravio de TEODORO SALAZAR MONSALVE, se les imputa a los acusado haber actuado dolosamen-te el día 21 de agosto de 2013, a horas 13.20 aproximadamente, en circuns-tancias que el agraviado TEODORO SALAZAR MONSALVE se encontra-ba en el inmueble ubicado en el P.J. Santa Lucia-del distrito Jose Leonardo Ortiz., de propiedad de su suegro Emilio Uchofen Gelacio, realizando trabajos de albañilería (construcción de piso de una sola), en compañía de! maestro albañil Wilmer Torres Masache, el ayudan-te Hugo Fernandez Flores y Segundo Uchofen; aparecieron en forma sorpre-siva un grupo de 20 personas de sexo masculino aproximadamente, entre ellos los acusados; el que comandaba el grupo estaba armado con un arma, de fuego, identificándose como Jefe de Rondas de San Andrés de Cutervo que después fue identificado como, JORGE GONZALES SEGURA, amenazando en todo momento y obligando al agraviador forma agresivamente con sus acompa-ñantes, sacándolo de la casa que esta-ba construyendo a la fuerza a la calle lo estaban esperando una camioneta 4 x 4 de color gris, subiéndolo al vehículo en la parte t de la tolva donde los coacusa-dos, además había un automóvil color azul, conduciendo a! mediante amenaza y violencia con destino a la Ciudad de Eten- Sector Valle - Chancay, donde lo detuvieron en el interior de la camioneta boca abajo, exigiéndole que entregara dinero en efectivo por la suma veinticin-co mil nuevos soles, o si tuviera tarjeta de créditos o cosas de valor para ser entregados a dichas personas a fin de ser liberado y puesto en libertad, en vista que el agraviado no cedió a entre-gar nada de los pedido por los sujetos, un grupo de 10 personas e ausentaron del lugar y luego regresaron a horas 19.50 aproximadamente, conduciéndolo bajo amenaza de muerte de él y de su familia, aún Juzgado de Segunda Nominación ele Ciudad de Eten , donde el Juez de Paz JOSE MIGUEL LIZA CORDOVA a las ocho de la noche del día 21 de agosto de 2013, elabora el Acta de Conciliación de Compromiso de Pago, por el motivo de reconocimiento de una deuda por la compra y venta de un terreno agrícola por la suma de veinticinco mil soles , participando como demandante VICTORIANO DIAZ CUBAS, deudor TEODORO SALAZAR MONSALVE, testigo JOEGE GONZA-LES SEGURA (Jefe de Ronda San Andrés. Cutervo), firmando dicho docu-mento las personas antes mencionadas,

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7Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

entregando el Juez un ejemplar a cada una de las partes, luego de haber for-mado dicho documento, procedieron a regresarlo al agraviado con dirección a Chiclayo, dejándolo abandonado a la altura del cruce Monsefu, ocasionándole lesiones al agraviado según Certificado Médico Legal N° 009274-L,; donde se dónde se concluye l.-presenta lesiones traumáticas reciente d erigen contuso, 2.- requiere dos (02) de atención faculta-tiva y siete (07) de incapacidad médico legal, después el agraviado retorno a su domicilio, al día siguiente los acusado fueron intervenidos por la policía nacio-nal, al haber sido reconocidos por el agraviado. V.-CIRCUNSTANCIASMO-DIFICATORIAS DE LA RESPONSABI-LIDAD PENALNINGUNA. VI.-SOLICITUD PRINCIPAL DE: TIPIFICACION. PENA. REPA-RACION CIVIL Y CONSECUENCIAS ACCESORIAS TIPIFICACACION (CALIFICACION JURIDICA- BASE LEGAL) Las imputaciones contra los acusado se encuentra subsumidos en el delito CONTRA LA LIBERTAD en su figura VIOLACION DE LA LIBER-TAD PERSONAL, modalidad de COAC-CION, previsto y sancionado en el artí-culo 151° del Código Penal vigente, que señala: ARTICULO 151° Coacción.- “El que mediante amenaza o violencia obli-ga a otro a hacer lo que la ley no manda o le impide hacer lo que ella no prohíbe será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años” En este delito la modalidad típica incorpora dos formas alternativas de conducta, una con efecto negativo (impedir con violencia. a otro hacer lo que la ley no prohíbe), y otra con efecto positivo (compeler a efectuar lo que no quiere, ser justo o injusto), Los medios para la configuración de ambas modalida-des típicas, constituye la amenaza y la violencia. No podría hablarse de una “coacción”, sin violencia o amenaza, se puede decir de cierta forma, que ambos elementos se encuentran implícitos en esa figura delictiva. La amenaza, impor-ta una presión psicológica que recae sobre un sujeto pasivo, en el sentido de verse afectado por un mal inminente, sobre el o persona vinculada al mismo. Significa en otras palabras el ejercicio de una intimidación, que por su innega-ble intensidad, ha de afectar el proceso deliberativo, formativo de la voluntad del ofendido, esto es, no hubiese dejado de hacer tal conducta o no hubieses reali-zado otra, si es que no fuese compelido por obra del autor de la acción tipica La violencia, en cambio, supone el ejercicio de una fuerza física suficiente, que en este caso debe recalar en el ámbito corporal del sujeto pasivo, anulando su capacidad de autodeterminación deci-soria. Dicha violencia puede incidir en el piano fisiológico de la víctima o, también sobre las cosas, siempre y cuando genere el resultado que la norma con-tiene como condición consumativa.- La violencia que nos interesa en este tipo de delito, es aquella que se dirige a neutralizar la voluntad de la víctima, el proceso formativo de la decisión de obrar de uno u otro modo, no aquella que se dirige directamente a provocar una merma en la salud de una persona. En su aspecto subjetivo de la redacción del tipo penal se evidencia que se trata de un delito netamente doloso, no cabe la comisión culposa e imprudente .Esto es, el agente conociendo perfectamente que con su conducta limita o lesiona la libertad de la víctima, voluntariamente decide actuar utilizando ya sea la vio-lencia o la amenaza con la finalidad de lograr su objetivo. PENA PROPUESTA:CESAR CUBAS IRIGOIN CESAR, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DIAZ GONZALES, LUIS ANTONIO GARCIA RIMARACHIN, DEIBIS OLI-VERA CADENILLAS, LUIS DIAZ GON-ZALES, VICTORIANO DIAZ CUBAS y JOSEADOLFO DIAZ IRIGOIN, DIECIO-CHO MESES DE PENA PRIVA TIVA DE LIBERTAD. FUNDAMENTOS DE LA DOSIS DE PENA PROPUESTA:El bien jurídico protegido en el delito de Coacción que se pretende proteger o tutelar es el derecha a la libertad enten-dida como aquella facultad o atributo natural de las personas de comportarse como a bien tengan dentro del círculo

social donde les toca desenvolverse, por tal motivo el delito investigado, revis-te relevancia penal, que amerita movili-zar el aparato jurisdiccional en pos de la realización del ius puniendi del Estado, pues el alcance táctico antes descrito’ y la asignación normativa invocada, calza con la propuesta de criminaliza-ción contendieren el artículo 151° del Código Penal. Que, para la graduación de la pena propuesta se tiene en cuenta los principios de legalidad, lesividad, culpabilidad y proporcionalidad previs-tas en los artículos II, IV, Vil y VIII del Título Preliminar y artículos 45, 45-A y 46 del Código Penal, de manera que la sanción penal propuesta resulta acorde no solo con la culpabilidad por el hecho, sino también con la trascendencia social que ocasiona este tipo de delito en la actualidad que ataca a la libertad de las personas naturales El delito de Coacción tiene una pena “privativa de libertad de no mayor de dos años, el primer tercio tiene un rango de 0 a 08 meses, tercio intermedio de 08 meses a 16 meses y tercio superior de 18 a 24 meses, en el presente caso constituye circunstancias agravantes la pluralidad de agentes tal como lo establece el artículo 46, numeral 2 inciso j), y de conformidad con lo establecido con el artículo 45-A, numeral inciso b), la pena se determinaría dentro del tercio inter-medio- El juicio de culpabilidad o repro-che a los acusados de un injusto jurídicopenal que comprende la acción, la tipici-dad y la antijurídica, porque utilizaron la amenaza paraconseguir que el agraviado firme al Acta de Compromiso de Pago, pese a que se encontraba ehcapacidad suficiente ‘de conocer que las amenazas que realizaban constituía delito, asimismo noconcikre ninguna causa de justificación a favor de los acusados, por lo que se SOLICITO: se IMPONGA a los acusa-dos CESAR CUBAS IRIGOIN CESAR, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DIAZ GONZALES, LUIS ANTONIO GARCIA RIMARACHIN,: DEIBIS OLI-VERA CADENILLAS, LUIS DIAZ GON-ZALES, VICTORIANO DIAZ CUBAS y JOSEADOLFO DIAZ IRIGOIN, por el delito de COACCION en agravio de TEODORO SALAZAR MONSALVE VIL-CONSECUENCIAS ACCESORIAS EL MONTO DE LA REPARACION CIVIL, LOS BIENES EMBARGADOS Que, de conformidad con lo prescrito por el Art. 92 del Código Penal, todo delito acarrea como consecuencia no solo la impo-sición de una pena, sino también la reparación civil, la misma que conforme Articulo 93 comprende: 1. La restitución del bien o, si no es posible, el pago de su valor; y 2. La indemnización de los daños y perjuicios. El monto de la repa-ración civil en el presente caso debe determinarse conforme al principio del daño causado, cuya unidad procesal- civil y penal, protege el bien jurídico en su totalidad, así como a la víctima, por lo que en el presente caso, se solicita una reparación civil de S/. 1,600.00 (UN MIL SEISCIENTOS NUEVOS SOLES) que deberá pagar los acusados a favor del agraviado Maria, Victoria Mechan Castillo y Arturo Mechan Castillo NO SE EMBARGARON BIENES A LOS ACU-SADOS. Vlll -RELACION DE MEDIOS DE PRUEBAS OFRECIDOS PARA SU ACTUAClÓN EN LA AUDIENCIA DEL JUICIO ORAL: A) DECLARACIONES TESTIGOS: l.-TEODORO SALAZAR MONSALVE, identificada con DNI 80404579 ,a quien se le notificará en su domicilio real ubicado en la calle Maria Parado de Bellido N° 120 P.J. Santa Rosa de la ciudad de Chiclayo, con-dición TESTIGO AGRAVIADA, quien declara sobre la forma y circunstancia como fue amenazada, y agredido por los acusados y trasladado hasta Ciudad de Eten y obligado a firmar el Acta de Conciliación de Compromiso de Pago de fecha 21.08.2013.2.-SEGUND0 VASQUEZ COTRINA, S0T1. PNP. identificado con DNI N° 17612159,, a quien se-le notificara por intermedio de la oficina de personal de la IIDIRTEPOL, ubicada en la intersec-ción de la calle Manco Cápac con la calle San Jose de la ciudad de Chiclayo, condición TESTIGO, quien declarara sobre el contenido del Acta de Inter-

vención Policial del día 22 de agosto del 2012. 3.-JESUS MARIO HOYOS AGIP, SOT2. PNP. identificado con DNI N° 16703231, a quien se le notificara por intermedio de la oficina de personal de la II DIRTEPOL, ubicada en la inter-sección de la calle Manco Cápac con la calle San Jose de la ciudad de Chiclayo, condición TESTIGO, quien declarara sobre el contenido del Acta de Interven-ción Policial del día 22 de agosto del 2013. 4.-DECLARACI0N DE EMILIO UCHOFEN GELACIO .identificado con DNI 16413417, a quien se le notificará en su domicilio real en el P.J. Villa Uchofen, ubicado en la continuación del P.J. Santa Lucia del distrito de Jose Leonardo Ortiz condición TESTIGO, quien declarara sobra el que observo el día 21 de agosto del 2013, cuando los acusados llevaron al agraviado H Teodoro Salazar Monsalve. 5.-DECLA-RACION DE HUGO FRANCISCO FER-NANDEZ FLORES identificado con DNI 16655082, a quien se le notificará en su domicilio real ubicado en la calle Maria Parado de Bellido N° 126-PJ.Santa Rosa -Chiclayo condición TESTIGO, quien declarara sobre el que observo el día 21 de agosto del 2013, cuando los acusados llevaron al agraviado Teodoro Salazar Monsalve., cuando estaban tra-bajando en albañilería. 6.- DECLARA-CI0N DE JOSE MIGUEL LIZA CORDO-VA, identificado con DNI 42353925, a quien se le notificará en su domicilio real ubicado en la calle Manuel Bonilla N° 801 Ciudad Eten condición TESTIGO, quien declarara sobre la elaboración del Acta de Conciliación de Compromiso de Pago de fecha 21.08.2103, y cuando personas estuvieron en su juzgado. B.- EXAMEN PERITO. l.- SHEILA MARLIN CHARCAPE LESCANO, Médico legista CMP: 40901, DNI. N° 10689091, con domicilio laboral en la División Médico Legal de Chiclayo ubicado en la calle Tacna N° 656 de la ciudad de Chiclayo, condición MEDICO LEGISTA para que se ratifique en la emisión del Certifi-cado Médico al N° 009274-L de fecha 24.08.2013, que contiene el resultado de la pericia medica realizada al lado SALAZAR MONSALVE TEODORO. Así como explique el método y procedi-miento que realizo llegar a las conclu-siones descritas en dicho documento, Se adjunta Certificado Médico Legal N° 0009274-L Q.-DOCUMENTOS; PRUE-BA DOCUMENTAL QUE SE INCORPO-RARA EN JUICIO ORAL l.- ACTA DE INTERVENCIÓN POLICIAL DE FECHA 22.08.2013. HORAS 09.20 (F.071. CONDICION: PERTINENTE, CONDU-CENTE Y UTIL- Esta Acta es pertinente, conducente y útil, porque tiene relación con los hechos denunciados, acredita como el agraviado pone en conocimien-to los hechos investigados y como fue-ron intervenidos los acusados. 2.-.ACTA DE CONCILIACION DE COMPROMISO DE PAGO DE FECHA 21.08.13, CELE-BRARO EN- EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ DE SEGUNDA NOMINACION, DEMANDANTE VICTORIANO DIAZ CUBAS.DEUDOR TEODORO SALA-ZAR MONSALVE(F.58).-Motivo reco-nocimiento de una deuda por la compra venta de un terreno agrícola por la suma de veinticinco mil soles. CONDI-CION: PERTINENTE, CONDUCENTE Y UTIL.- Esta Acta es pertinente, condu-cente y útil, porque tiene relación con los hechos denunciados, acredita el docu-mento que firmó el agraviado bajo ame-naza por parte de los acusados, donde consta que unos de los testigos es el Jefe de las Rondas de San Andrés de Cutervo. 3.-0FICI0 N° 2014-3607-RDC-CSJLA-PJ DE FECHA 05.03.2014. EXPEDIDO POR EL JEFE DEL REGIS-TRO DISTRITAL DE CONDENAS DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE CONDICION: PER-TINENTE, CONDIMENTE Y UTIL.- Esto Oficio es pertinente, conducente y útil, porque tiene relación con tos hechos denunciados, acredita que el acusado Orgio Gonzales Segura SI registra ante-cedentes penales a nivel nacional y las personas de Cesar Cubas Irigoin; Roger Diaz Gonzales, Luis Antonio Diaz Rima-rachin, Deibis Olivera Cadenillas, Luis -Diaz Gonzales, Victoriano Diaz Cubas y Jose Adolfo Diaz Irigoin, NO registran antecedentes penales a nivel nacional, sirve para sustentar la pena solicitada.

IX.-MEDIDAS DE COERCION PROCE-SAL CESAR CUBAS IRIGOIN CESAR, ORGIO GONZALES SEGURA, ROGER DIAZ GONZALES, LUIS ANTONIO GARCIA RIMARACHIN, DEIBIS OLI-VERA CADENILLAS, LUIS DIAZ GON-ZALES, VICTORIANO DIAZ CUBAS y JOSE ADOLFO DIAZ IRIGOIN, No se les ha impuesto ninguna medida cautelar personal PRIMER OTROSI-DIGO: Para los fines previstos en el Numeral 01del Art. 350° del Código Procesal Penal, adjunto al presente 09 ejemplares del presente requerimiento acusatorio y así se pueda notificar opor-tunamente el presente requerimiento de acusación con las formalidades de ley a todos los sujetos procesales distintos al Ministerio Publico.JOSE LEONARDO ORTIZ, 22 DE OCTUBRE DEL 2015. ESPECIALISTA: MARTHA VILCHEZ QUEVEDO

REYNERIO DIAZ TARRILLOJUEZ

2° JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

MODULO BASICO DE JUSTICIA – JLO

01, 02, 03 Dic.

EDICTO PENALOficio N° 5331-2014-0-1708-JR-PE/DRMQYJUZGADO PENAL DE INVESTIGA-CION PREPARATORIA TRANSITORIO DE LAMBAYEQUEJUEZ: CORINA SILVA ZELADAESPECIALISTA: Dante Quiñones Yahi-roCITA Y EMPLAZA; al imputado de autos WYTHMAN GUERRERO GONZALES, a quien se le notifica en este acto con el tenor de la resolucion nueve - fecha nueve de noviembre del año dos mil quince, que dispone se reprograme la AUDIENCIA PRELIMINAR DE CON-TROL DE ACUSACION para el día TREINTA DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE a horas NUEVE DE LA MAÑANA (hora exacta), la misma que se realizara en la sala de Audiencias del Juzgado de Investigacion Preparato-ria Transitorio de Lambayeque, sito en calle Bolívar N° 624 -Segundo Piso de la ciudad de Lambayeque, audiencia que se instalara con presencia obliga-toria del señor Fiscal Provincial Penal y del abogado defensor del acusado designado por este, bajo apercibimiento al abogado defensor del acusado y del representante del Ministerio Público, que en caso de inasistencia injustificada a la audiencia programada en autos, se aplicara lo dispuesto en el artículo 85° modificado por la Ley N° 30076 y el artí-culo 144° inciso 2) del Código Procesal Penal respectivamente.-Por haberse dispuesto así en el Exp. N° 5331-2014-0-1708-JR-PE, seguida contra Wythman Guerrero Gonzales, por el delito de Violación Sexual de menor de edad, en agravio de la menor de iniciales D.K.S.R.

DRA. CORINA SILVA ZELADAJUEZ

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA

TRANSITORIA LAMBAYEQUEPODER JUDICIAL - CSJLA

01, 02, 03 Dic.

EDICTO PENALOF. 05041-2007-2° JPLTCH/TJAGSEGUNDO JUZGADO PENAL LIQUI-DADOR TRANSITORIO DE CHICLAYOCORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUEJUEZ: DOROTTY OROZCO SIGUE-ÑASESPECIALISTA: SEGUNDO ROBIN-SON LOZANO SERRANOCITA Y EMPLAZA, al agraviado LORENZO ZAPATAGUEVARA; a fin de notificarle la reso-lucion DIECINUEVE fecha dieciséis de enero del dos mil quince -por haberse ordenado así en la resolucion numero VEINTE de fecha veinte de noviem-bre del año dos mil quince-, la misma que RESUELVE: Declarar Fundada De Oficio La Excepción De Prescripción De La Acción Penal en el proceso seguido contra SEGUNDO MARCIAL SANDOVAL BRENIS como presunto

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Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 20158 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

autor del delito Contra la Fe Publica en su figura de Falsificación de Documen-tos en General Modalidad de Falsedad Material - Elaboración Y Uso de Docu-mento Falso, en agravio del ESTADO y LORENZO ZAPATA GUEVARA; dispo-niéndose que se anulen sus anteceden-tes generados en el presente proceso. Consentida o ejecutoriada que sea la resolucion expedidaPor haberse dispuesto así en el Expe-diente N° 05041-2007, que se sigue en contra de SEGUNDO MARCIAL SAN-DOVAL BRENIS como presunto autor del delito Contra la Fe Publica en su figura de Falsificación de Documentos en General en la modalidad de False-dad Material - Elaboración y Uso de Documento Falso, en agravio del Esta-do y Lorenzo Zapata Guevara.Chiclayo, 25 de noviembre del 2015

DOROTTY OROZCO SIGUEÑASJUEZ

2° JUZGADO PENAL LIQUIDADOR TRANSITORIO

PODER JUDICIAL – CSJLA30 Nov., 01, 02 Dic.

EDICTOLa Primera Sala Laboral Permanente de Chiclayo que despacha el Dr. Edwin Figueroa Gutarra en su condición de Presidente, y la Secretaria de Sala Dra. Delia Coico Palma, en el Expediente N° 00743 -2009-0-1706-JR-LA-01, segui-do por Vergara Zafra Hector Ramiro, contra la Oficina de Normalización Pre-visional, sobre Impugnacion de Reso-lucion Administrativa, ha dispuesto lo siguiente:NOTIFICAR la resolucion numero vein-ticinco de fecha seis de noviembre del año dos mil quince POR EDICTOS a los SUCESORES UNIVERSALES DEL EXTINTO DEMANDANTE HECTOR RAMIRO VERGARA ZAFRA, el cual señala: (....) a fin de que en el plazo de treinta días, en el presente proce-so se apersonen al Expediente antes citado, BAJO APERCIBIMIENTO DE CONTINUAR DICHO PROCESO, CON CURADOR PROCESAL.-PUBLIQUESE dicho EDICTOS por el plazo de TRES DIAS hábiles.Chiclayo, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil quince.

DR. EDWIN FIGUEROA GUTARRAPRESIDENTE

DELIA COICO PALMASECRETARIA DE SALA

30 Nov., 01, 02 Dic.

EDICTO JUDICIALPor ante el Juzgado Mixto del Módu-lo Básico de Jose Leonardo Ortiz, Que Despacha el Señor Juez Doctor ERICK FRANK PEREZ ALQUIZAR, con la asistencia de la Especialista Legal Dra. CECILIA LABRIN ROMERO, en el Expediente N° 269-2015-0-1714-JM-FP-01; Mediante Resolucion Número CINCO de fecha 22 de Octubre del año dos mil quince, SE RESUELVE: DECLARAR REO CONTUMAZ a I adolescente CRISTHIAN BRAYTON ZULUETA GUEVARA; OFICIESE a la Policía Judicial; a efecto de que proce-dan a la UBICACION y RETENCION del REO CONTUMAZ y PUBLIQUESE los edictos correspondientes; RESER-VESE provisionalmente el Juzgamiento hasta que sea habido; por espacio de TRES DIAS interdiarios en el Diario la “Republica” y el “Peruano”.- Fdo. Juez Dr. ERICK FRANK PEREZ ALQUI-ZAR.- Esp. Legal Dra. CECILIA LABRIN ROMERO.Jose Leonardo Ortiz, 16 de noviembre del 2015

E. CECILIA LABRIN ROMEROESPECIALISTA LEGAL

JUZGADO MIXTO MBJ-JLOPODER JUDICIAL – CSJLA

30 Nov., 01, 02 Dic.

CRONICA JUDICIAL DE LA PRIMERA SALA LABORAL DE LA

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LAMBAYEQUE CORRESPONDIENTE

AL MES DE JULIO DEL AÑO

DOS MIL QUINCE

DIA UNO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SENORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 1817-2012: Elisabet Requejo Vasquez/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Confir-ma sentencia que declara fundada la demanda.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 2897-2012: Angel Medi-na Vasquez/Oficina de Normalización Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Revoca resolucion dos que impone multa de 4URP, reformándola impone 1URP. Confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y ALVARADO TAPIA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 6789-2012: Jose Anto-nio Llempen Chavez/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da en parte la demanda. Declara nulo el extremo que dispone: “el cálculo de la bonificación a partir del 26 de noviembre del 2012, conforme al artículo 56 de la Ley 29944 y el articulo 1 del Decreto Supremo 290-2012-EF”.

Expediente N° 4964-2009-86: Sebastián Nuñez Mejia/Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo/Proceso Conten-cioso Administrativo/Revoca resolucion tres que declara infundada la oposi-ción al mandato cautelar, reformándolo declara fundada.

Expediente N° 2743-2009-87: Maria Irma Navarro Paiva/Municipalidad Pro-vincial de Chiclayo/Proceso Contencio-so Administrativo/Confirma resolucion veinte que declara infundada la oposi-ción al mandato cautelar.

Expediente N° 2760-2011-94: Manuel Jesús Huaman López/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma resolu-cion veinte que impone multa de 1URP.

Expediente N° 254-2013-59: Angella Paola Ruiz Uceda/Municipalidad Provin-cial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion once que concede plazo para que se cumpla con lo ordenado.

Expediente N° 2002-200-39: Carlos Alejandro Gamarra Oliva/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma reso-lucion treinta y uno que impone multa de 1URP.

Expediente N° 571-2014: Augusto Baldera Ventura/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformán-dola declara infundada.

Expediente N° 3377-2014-54: Henry Cotrina Liviapoma/Ministerio de Agri-cultura y Riego/Proceso Contencioso Administrativo-Medida Cautelar/Confir-ma resolución uno que declara improce-dente la medida cautelar.

Expediente N° 3455-2011: Walter Genciano Baldera Chapoñan/Gobier-no Regional de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara infunda-da la demanda, reformándola declara fundada.

Expediente N° 6503-2012-24: Jorge Wil-der Alarcón Bautista/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/

Proceso Contencioso Administrativo-Medida Cautelar/Revoca resolución tres que declara infundada la oposición al mandato cautelar, reformándolo declara fundada.

Expediente N° 2524-2014-50: Tania Patricia Vega Vargas/Director de la Escuela de Sub Oficiales de la Policía Nacional del Perú y otros/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma reso-lución cuatro que declara infundada las oposiciones a la medida cautelar.

Expediente N° 4303-2012-13: Eloiza Julca Caycay vda. de Alvarez/Munici-palidad Provincial de Chiclayo/Proce-so Contencioso Administrativo-Medida Cautelar/Revoca resolución tres que declara infundada la oposición al man-dato cautelar, reformándolo declara fundada.

Expediente N° 1943-2012: Jose Merce-des Fernandez Mechan/Oficina de nor-malización Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda. Confirma resolución cuatro que impone multa, revoca en el monto de 10URP, reformándola impone 2URP.

Expediente N9 1-2012: Jaime Oswaldo Varillas Romero/Comandante General del Ejército del Perú/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma resolu-ción cinco que declara infundadas las excepciones de caducidad e incompe-tencia territorial. Revoca resolución siete que impone multa de 3URP, reformán-dolo impone 1URP. Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

DIA DOS DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LA

SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 65-2012-90: Lucio Ubi-llus Requejo/Oficina de normalización Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma resolución veintisiete que remite autos al Departamento de Revisiones y Liquidaciones.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 1839-2014: Petronila Reluz de Ramos/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

CON LOS SEÑORES FIGUEROA GUTARRA, TUTAYA GONZALES Y RODRJGUEZ RIOJAS SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente Ne 2405-2011: Carloman Herrera Jara/Director de Pensiones de la Policía Nacional del Perú y otros/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia confirma sentencia que decla-ra improcedente la demanda.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y ALVARADO TAPIA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 4223-2011: Hermitaño Delgado Diaz/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma sentencia que decla-ra fundada la demanda.

Expediente N° 75-2012: Juan Alfon-so García Vera/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Confir-ma resolucion cinco que impone multa de 1URP.

Expediente N° 2693-2010-46: Hector Silverio Tantajulca Regalado/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Con-tencioso Administrativo/Declara nulidad de la resolucion veintiséis.

Expediente N° 1689-2013: Cesar Augusto Saavedra Delgado/Gobierno Provincial de Chiclayo/Proceso Conten-cioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, refor-mándola declara infundada. Confirma resolucion tres que impone multa de 1URP.

CON LOS SEÑORES FIGUEROA GUTARRA, TERAN ARRUNATEGUI Y ALVARADO TAPIA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 6545-2012: Hilda Reyes de Arce/Unidad de Gestion Educati-va Local de Chiclayo y otro/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia revoca resolucion cuatro que incremen-ta multa a 7URP, reformándola deja sin efecto el incremento. Confirma senten-cia que declara fundada la demanda.

DIA TRES DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SENORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 2683-2014-67: Hector Armando Silva Popuche y otros/Ins-pectoría General de la Policía Nacional del Perú y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion uno que declara improcedente por caduca la demanda.

DIA SEIS DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 5185-2013: Juan Rafael Zuloeta Chinchay/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Pro-ceso Contencioso Administrativo/Con-firma sentencia que declara fundada la demanda. Nulo el extremo que dispone: “y la calcule conforme al artículo 56 de la Ley N° 29944 y el artículo 1° del Decreto Supremo N° 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de remuneración del actor”.

Expediente N° 3325-2013: Julio Atalaya Silva/Oficina de Normalizacion Previ-sional/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 3791-2014: Gloria Este-fanía Vega Paredes/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma resolu-cion uno que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 609-2014: Juan Llatas Apaestegui/Municipalidad Provincial de Lambayeque/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 2251-2012: Carlos Lenin Bracamonte Tapia/Direccion de los Recursos Humanos de PNP y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion seis que declara infundada las excepciones de falta de agotamiento de la vía administrativa y caducidad. Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 1915-2010: Silvia Caro-lina Chuzón Ugaz/Gerencia de ESSA-LUD de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion doce que declara infundadas las excepciones de falta de legitimidad para obrar y falta de agotamiento de la vía administrativa. Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 3437-2012: Carlos Enri-que Chirinos Soto y otros/Gerencia Regional de Agricultura de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara

5. CRÓNICAS JUDICIALES

Page 9: PRECIO POR PALABRA: PRECIO PORPR PALABRA: 0.015 … Judicial... · ANA ELIZABETH SALES DEL CASTILLO - PRESIDENTA Telf: 481030 - 239182 AVISO JUDICIAL Por ante el Juzgado de Paz Letrado

9Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

infundada la demanda.

Expediente N° 2105-2009: Jimmy Cesar Suarez Arevalo/Poder Judicial/Proce-so Contencioso Administrativo/Confir-ma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 803-2012: Poder Judi-cial/Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3169-2013: Jose Rei-nerio Olivera Regalado/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 4267-2012: Elena Car-mela Vento de Perez/Oficina de Nor-malizacion Previsional/Proceso Con-tencioso Administrativo/Revoca resolu-cion dos que impone multa de 4URP, reformándola impone 1URP. Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 45-2013: Victor Angel Arrasco Esquen/Municipalidad Distrital de Jose Leonardo Ortiz/Proceso Con-tencioso Administrativo/Revoca senten-cia que declara fundada en parte la demanda, reformándola declara infun-dada.

Expediente N° 425-2012: Gonzalo Manayay Valencia/Unidad de Gestion Educativa Local de Ferreñafe y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara infunda-da la demanda, reformándola declara improcedente.

Expediente N° 3329-2012: Jose Vero Arcila Guerrero/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca auto que impone multa de 4URP, reformándola impone 1URP. Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3247-2009: Mario Villa-lobos Diaz/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándo-la la declara fundada. Confirma resolu-cion siete que impone multa de 1URP.

Expediente N° 2629-2012: Marco Anto-nio Navarrete Gomez/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma senten-cia que declara infundada la demanda. Confirma resolucion cinco que impone multa, revoca en el monto de 4URP, reformándola impone 2URP.

Expediente N° 4785-2009: Javier Cabrera Cabrera/Oficina de Normali-zacion Previsional/Proceso Contencio-so Administrativo/Confirma resolucion nueve que impone multa de 4URP. Confirma sentencia que declara impro-cedente la demanda.

Expediente N° 3533-2013: Dora Luz Chuñe de Soto/Unidad de Gestion Edu-cativa Local de Chiclayo y otros/Proce-so Contencioso Administrativo/Revoca resolucion dos que impone multa de 5URP, reformándolo impone 1URP. Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 4333-2012: Jose Naza-rio Pereyra Abanto/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda. Revoca en el extremo que declara improcedente la inclusión en planilla única, reformándola dispone otorgamiento de dicho beneficio.

Expediente N° 1589-2012: Juan Pedro Mendoza Carrasco/Oficina de Normali-zacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 5552-2013: Segundo Farroñán Chapoñan/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/

Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 1095-2013: Nisida Orfe-linda Arrascue Vega/Direccion Regional de Educacion de Cajamarca y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion uno que declara improcedente liminarmente la demanda.

Expediente N° 1153-2012: Victor Raúl Vera Vallejos/Unidad de Gestion Local de Chiclayo y otros/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3585-2009-73: Valentín Oscar Zavala Farfan/Oficina de Norma-lizacion Previsional/Acción Contencio-sa Administrativa/Confirma resolucion treinta y tres que incrementa en 1URP la multa.

Expediente N° 102-2006-47: Manuel Jose Carrasco Ballona/Unidad de Ges-tion Educativa Local de Ferreñafe y otros/Proceso Contencioso Administrati-vo/Confirma resolucion sesenta y cuatro que declara infundada la nulidad.

Expediente N° 811-2012-59: Jose Luis Sosa Barturen/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma resolucion nueve que concede plazo de quince días para pago.

Expediente N° 3234-2014-23: Chris-tian Jesús Beraun López/Direccion de Recursos Humanos de la Policía Nacio-nal del Perú y otros/Proceso Conten-cioso Administrativo-Medida Cautelar/Confirma resolucion tres que declara infundado el pedido cautelar.

Expediente N° 3616-2013: Rita Amelia Espejo de Rodas/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infun-dada la demanda.

Expediente N° 3598-2009-66: Manuel Chuyo Davila/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Revoca resolucion diecinueve que impone multa de 9URP, reformán-dolo impone 8URP.

Expediente N° 1086-2010-74: Segun-do Edilberto Vasquez Reupo/Gerente General de ELECTRONORTE S.A/Pro-ceso Contencioso Administrativo-Medi-da Cautelar/Revoca resolucion diez que ordena reposición, reformándolo deja sin efecto.

Expediente N° 3365-2014: Eloy Raúl Morales Ganoza/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion uno que declara improcedente la demanda liminarmente.

Expediente N° 825-2013: Rosa Onelia Chapoñan de Ruiz/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infun-dada la demanda.

Expediente N° 4679-2013: Carmen Natividad Arbulu Samame/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 1365-2013: Lisandro Delgado Delgado/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion cuatro que impone multa de 4URP, reformándolo impone 1URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4373-2013: Enma Vio-leta Rodas Torres/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda. Revoca en el extremo que dispone el cálculo de la bonifica-ción a partir del 26-11-12, reformándola declara nulo.

Expediente N° 2033-2014: Danner Francisco Neciosup Vasquez/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion uno que declara improceden-te liminarmente la demanda.

Expediente N° 2983-2012: Fernando Saavedra Morante/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infun-dada la demanda.

Expediente N° 4301-2012: Erminia Diaz Bardales y otro/Unidad de Gestion Edu-cativa Local de Chiclayo y otros/Proce-so Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Confirma resolucion cinco que impone multa de 4URP.

Expediente N° 386-2014: Alberto Elias Tello Maradiegue/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 6029-2011-82: Gina Ros-mely Silva García/Municipalidad Provin-cial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo-medida cautelar/Declara sin objeto emitir pronunciamiento res-pecto al recurso de apelación.

Expediente N° 299-2013: Nancy Tere-sa Caicay Pasco/Gerencia Regional de Educación y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 3559-2013: Alicia Elvi-ra Cosmopolis Céspedes/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administra-tivo/Revoca resolucion tres que impone multa de 5URP, reformándolo impone 1URP. Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 5243-2013: Juan Soto Ponce/Unidad de Gestion Educati-va Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3741-2013: Miguel Mori Gastelo/Unidad de Gestion Educati-va Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3829-2011: Silvia Vas-quez Yoshika/RED Asistencial Lam-bayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 99-2011: Pedro Jose Vasquez Zúñiga y otro/Municipalidad de Jose Leonardo Ortiz/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma reso-lucion siete que declara infundada la excepción de oscuridad o ambigüedad. Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 4275-2009: Zenaida Marcelo Cubas/Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3961-2013: Maria Bár-bara More Chero/Gerencia Regional de Salud/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 5705-2011: Luis Edgardo Mendoza Regalado y otros/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4199-2013: Esther Cha-vez de Murga/Direccion Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Impugnacion de Resolucion Administra-tiva/Revoca resolucion tres que impone multa de 5URP, reformándola fija 2URP. Revoca sentencia que declara funda-da la demanda, reformándola declara

infundada.

Expediente N° 27-2014-48: Gleni Marilu Huiman Rivadeneira/Municipalidad Dis-trital de Jose Leonardo Ortiz/Proceso Contencioso Administrativo/Declara nulo el concesorio de apelación.

Expediente N° 2471-2013: Carmen Rosa Lora Vargas/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion tres que impone multa de 5URP, reformándola impone 2URP. Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N2 6078-2011: Dolores Rodríguez Marin/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma veintidós que declara infundada la observación.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 1572-2011-83: Julio Desiderio Cieza Barboza/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion catorce que impone multa de 1URP.

Expediente N° 573-2014: Elsa Liliana Valdivieso Arbulu/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4787-2013: Teofilo Bernardo Maguina Oropeza/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Revoca sentencia que declara infundada la demanda, reformándola declara fundada.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y ARMAZA GALDOS SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 3361-2011-91: Rosa Vic-toria Herrera Larrea/Oficina de Normali-zacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion vein-tiuno que desaprueba informe.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y ALVARADO TAPIA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 641-2009: Homero Bus-tamante Cervera/Presidente del Gobier-no Regional de Lambayeque/Proceso Contencioso Administrativo/Confir-ma sentencia que declara fundada la demanda.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, RODRIGUEZ RIOJAS Y ALVARADO TAPIA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 5649-2012: Nilda Rodas Vasquez/Gerencia Regional de Educa-cion y otros/ProcesoContencioso Administrativo/En discordia confirma sentencia que declara fundada la demanda.

DIA OCHO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 295-2011: Deciderio Bustamante Llatas y otros/Direccion Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/En discordia confirma sentencia que declara fundada la demanda, revo-ca en el extremo que ordena el pago de dichas bonificaciones a partir de mayo de 1990, reformándola dispone el pago a partir de febrero de 1991 y confirma lo demás que contiene.

Expediente N° 797-2012: Francisco

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Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 201510 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

Gregorio Carranza Tacilla/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/En discor-dia confirma sentencia que declara fun-dada en parte la demanda.

DIA NUEVE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 19-2012: Gregorio Lucas Malhaber Vizconde/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da en parte la demanda.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 583-2012: Antero Vas-quez Acuna/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Revoca sentencia en el extre-mo que declara fundada la demanda, ordena fijar fijar la pensión teniendo en cuenta las remuneraciones en espe-cie, reformando dicho extremo declara infundada.

Expediente N° 595-2010: Dionisio Javier García/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma sentencia que decla-ra fundada la demanda.

Expediente N° 1979-2010: Elvira Castro vda. de Torres/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 5953-2012: Jose Ricardo Morales Nunura/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 535-2009: Segundo Cerna Quiroz/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Revoca sentencia que decla-ra fundada la demanda, reformándola declara improcedente.

Expediente N° 3495-2012: Maria Encar-nación Ramírez Chafloque/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Confirma resolucion tres que impone multa de 3URP.

Expediente N° 6133-2011: Antenor Guzman Effio/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Revoca sentencia que declara fundada en parte la demanda, refor-mándola declara improcedente.

Expediente N° 3749-2013: Maria Mag-dalena Benites Chapoñan/Unidad de Gestion Educativa Local de Ferreñafe y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma resolucion cuatro que declara improcedente la excepción de representación defectuosa. Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 2523-2013: Luis Enrique Muñoz Vasquez/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia en el extremo que declara infundada la demanda respecto a la aplicación de la Ley 23908 a la pensión de viudez, reformándola declara improcedente ese extremo.

Expediente N° 37-2012: Francisca Agui-naga vda. de Fernandez/Oficina de Nor-malizacion Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda,

reformándola declara infundada. Confir-ma resolucion cinco que impone multa, revoca en el monto de 10URP, refor-mándola impone 2URP.

DIA DIEZ DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 1403-2013: Justiniano Olivera Regalado/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4363-2011: Vidal Perez Cueva/Oficina de Normalizacion Previ-sional/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Revoca sentencia en el extremo que declara fundada en parte la deman-da en cuanto al reconocimiento de años de aportación, reformándola declara infundada en ese extremo y confirma en el extremo que declara infundada en cuanto solicita reajuste de pensión de jubilación teniendo en consideración cartas normativas.

Expediente N° 6255-2012: Felipe Nery Urrutia Llontop/Gerencia Regional de Comercio Exterior y Turismo de Lam-bayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia en cuanto ordena pagar la bonificación personal por cada quinquenio sobre la base del 5% de la remuneración total, reformándola dispone que debe ser pagada en base a la remuneración básica y confirmaron lo demás que contiene.

Expediente N° 4535-2012: Rafael Cas-tro Falla/Gobierno Regional de Lamba-yeque/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infundada.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, DEZA SANCHEZ Y FIGUE-ROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 259-2013: Alindor Carri-llo Acuna/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/En discordia revoca senten-cia que declara fundada la demanda, reformándola declara improcedente. Confirma resolucion cuatro que impone multa de 2URP.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 5365-2013: Rogelia Col-chón vda. de Reque/Oficina de Nor-malizacion Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

DIA TRECE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 875-2011: Victor Manuel Chaname Exebio/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Declara nula la sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3328-2013: Hilda Dora-liza Ticlla Requelme/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improce-dente la demanda, reformándola decla-ra infundada.

Expediente N° 5553-2011: Froilan Gamonal Vasquez/Oficina de Norma-lizacion Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma senten-cia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 11-2013: Julia Francisca Oliva Oliden/Municipalidad Distrital de Olmos/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Declara nula la resolucion uno que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 6222-2011-81: Porfirio Vasquez Cunya/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion once que impone multa de 6URP, reformán-dolo fija 2URP.

Expediente N° 4602-2013: Adela Idrogo de Diaz/Unidad de Gestion Educati-va Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 4695-2013: Liliana Darie-la Barsallo Mogollon/Gerencia Regional de Salud de Lambayeque/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma sen-tencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 1653-2013: Vilma del Rosario Quintana Cabrera/Unidad de Gestion Educativa Local de Lamba-yeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda. Declara nula en el extremo que dispone el cál-culo conforme al artículo 56 de la Ley 29944 y al artículo l9 del Decreto Supre-mo 290-2012-EF, a partir del 26-11-12, siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remuneración de la actora.

Expediente N° 4675-2013: Maria Magdalena Ramos García/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 4567-2012: Rossana Sofía Huanambal Mimbela/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 4763-2013: Marta Latorre de Moreno/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infun-dada la demanda.

Expediente N° 5811-2012: Leandro Timoteo Cruz Guevara/Gerencia Regio-nal de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4599-2012: Alexander Duverly Pardo Rodríguez/Direccion Territorial de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara funda-da la demanda, reformándola declara infundada.

Expediente N° 357-2012-51: Rosa Pis-coya Pupuche/Gobierno Regional de Lambayeque y otro/Proceso Conten-cioso Administrativo-Medida Cautelar/Revoca auto apelado, reformándolo declara fundada la oposición.

Expediente N° 3301-2012: Maria Nuñez de Velásquez/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Declara nula la sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3059-2010: Maria Pas-cuala Cobeñas vda. de Herrera/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 1269-2013: Carmen Rosa Alvarado de Carranza/Unidad de Gestion Educativa Local de Lam-bayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4259-2013: Eusebio Túllume Chancafe/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/

Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 3155-2012: German Cruzado Alarcón/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 4247-2013: Gloria Benedicta Calderón Davila/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administra-tivo/Revoca resolución dos que impone multa de 5URP, reformándolo impone 1URP. Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 6813-2012: Ciriaco Gela-cio Farro/Oficina de Normalizacion Pre-visional/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 1997-2012: Manuel Francisco Ordinola Quesquen/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 4411-2013: David Ale-jandro Chirinos Hurtado/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion nueve que declara fundada la excepción de cosa juzgada.

Expediente N° 607-2014: Ismael Baran-diaran Urrutia/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo de Lambayeque/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara funda-da la demanda, reformándola declara infundada.

Expediente N° 1519-2011-50: Armando Vicente Soriano Lucumi/Oficina de Nor-malizacion Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma resolu-cion veintitrés que fija plazo de diez días para efectuar nueva liquidación.

Expediente N° 3657-2011-49: Marco Antonio Perez Torres/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma reso-lucion dieciséis que impone multa de 1URP.

Expediente N° 5485-2010: Aura Savina Hernandez Jimenez de Giles/Dirección Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 3697-2012: Lorgio Torres Torres/Unidad de Gestion Edu-cativa Local de Chiclayo y otros/Pro-ceso Contencioso Administrativo/Con-firma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4195-2012: Miriam Gra-ciela Piana Ramírez/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da en parte la demanda.

Expediente N° 2616-2009-5: Carlos Humberto Sampen Zuñe/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion veintidós que declara la nuli-dad de la resolucion veintiuno.

Expediente N° 159-2013: Rosa Elsa Chavez Alcántara/Gerencia Regional de Salud de Lambayeque/Proceso Conten-cioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, refor-mándola declara infundada.

Expediente N° 729-2013: Ana Maria Torres Estela/Direccion Regional de Salud de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 2613-2013: Lady Eliza-beth Cavero García/Gerente de la Red Asistencial de Essalud/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia

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11Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

que declara infundada la demanda.

Expediente N° 4137-2012: Segundo Asunción Quispe Santa Cruz/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 2967-2013: Tomas Diaz Coronel/Gerencia Regional de Educa-cion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 7405-2013: Nelly Yolan-da Salinas Saavedra/Director Ejecuti-vo del Hospital Regional Docente Las Mercedes y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 5815-2011: Maria Dolo-res Izquierdo vda. de Medina/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 589-2014: Felicia Angeli-na Rázuri de Abad/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda, revoca en el extremo que ordena que el pago de la asignación sea en forma diaria, reformándola ordena el pago del monto diferencial en forma mensual.

CON LOS SEÑORES FIGUEROA GUTARRA, PINEDA RIOS Y ARMA-ZA GALDOS SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 2625-2013: Victor Quicio Falen/Oficina de Normalizacion Previ-sional/Proceso Contencioso Administra-tivo/En discordia confirma sentencia que declara infundada la demanda.

DIA CATORCE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 75-2014: Nuvi Luzmila Velez Montenegro/Oficina de Normali-zacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion tres que declara improcedente la demanda, reformándolo dispone admitir a trámite.

Expediente N° 261-2010-58: Francisco Tadeo Rodríguez Fernandez/Gerente General de ELECTRONORTE S.A/Pro-ceso Contencioso Administrativo-Medi-da Cautelar/Revoca resolucion catorce, reformándolo deje sin efecto el mandate de reposición.

Expediente N° 56-2011-53: Cinthia Quintana Chuco y otros/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion veintiséis que impone multa de3URP.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 3185-2012: Segundo Pedro Tirado Marrufo/Oficina de Nor-malizacion Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la deman-da. Confirma resolucion tres que impone multa, revoca en el monto de 5URP, reformándola fija 2URP.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 6105-2012: Jose Manuel Chevez Castro/Unidad de Gestion Edu-cativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infun-dada la demanda.

DIA QUINCE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 2625-2012: Carlos Alber-to Fernandez Sanchez/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 1061-2013: Limberg Chero Ballena/Unidad de Gestion Edu-cativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 731-2010: Jorge Luis Uchofen Iturregui y otra/Gobierno Regional de Lambayeque/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma sen-tencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 6293-2012: Antonio Valiente Tafur/Oficina de Aseguramien-to - Sucursal Lambayeque de la Geren-cia Central - ESSALUD y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 167-2011: Maria Lucin-da Parraguez Samame/Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma sen-tencia que declara fundada la demanda. Revoca en cuanto dispone se cancele los intereses que devengan del despido bajo apercibimiento de poner en conoci-miento del Ministerio Publico, reformán-dola declara improcedente tal extremo.

Expediente N° 588-2012: Gregorio Carranza Tirado/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion die-cinueve que aprueba liquidación.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y PINEDA RJOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 3421-2012: Domingo Benavides Campos/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 263-2014: Oficina de Normalizacion Previsional/Rosa Amelia Gutiérrez vda. de Silva/Proceso Con-tencioso Administrativo/Declara nula la resolucion uno que declara improceden-te la demanda.

CON LOS SEÑORES PEREZ RAMI-REZ, CARRILLO MENDOZA Y CER-VERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 2479-2011: Arnaldo Wil-fredo Perez Toro/Direccion Regional de Educación de Lambayeque y otro/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándo-la declara infundada.

DIA DIECISEIS DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 6453-2012: Gregoria Bla-sina Gomez Huangal/Oficina de Norma-lizacion Previsional/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 82-2009-13: Lyli Rita de la Cruz/Municipalidad Distrital de Jose Leonardo Ortiz/Proceso Contencioso Administrativo-Medida Cautelar/Confir-

ma resolución tres que declara improce-dente la oposición a la medida cautelar.

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 5933-2011: Isaías Cotrina Lobato/Gobierno Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

DIA DIECISIETE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 947-2012: Jose Angel Juan Davila Mendoza/Oficina de Nor-malización Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

DIA VEINTE DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 6199-2010: Vilma Rosa Rivera de Castillo/Dirección Regional de Educación de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 3367-2012: Ubita Vega Sanchez/Oficina de Normalización Pre-visional/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 4321-2012: Fructuoso Jimenez Reyes/Oficina de Normaliza-ción Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolución cuatro que impone multa, revoca en el monto de 4URP, reformándola fija 1URP. Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 1363-2012: Teofilo Diaz Campos/Oficina de Normalización Pre-visional/Proceso Contencioso Adminis-trativo/En discordia confirma tres que impone multa, revoca en el monto de 5URP, reformándola fija 1URP. Revo-ca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infun-dada.

Expediente N° 619-2014: Maria Carlota Alfaro de Barreto/Municipalidad Provin-cial de Lambayeque/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma senten-cia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 127-2013: Norvi Cobe-ñas Bobadilla/Oficina de Normalización Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma sentencia que decla-ra infundada la demanda.

Expediente N° 5513-2012: Francisco Silva Coronel/Oficina de Normalización Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Declara nula la sentencia.

Expediente N° 3655-2009: Hipólito Gue-rrero Carranza/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3101-2014-9: Cesar William Guerrero Flores y otros/Inspec-toría General de la Policía Nacional del Perú/Proceso Contencioso Administrati-vo/Confirma resolucion uno que declara improcedente la solicitud cautelar.

Expediente N° 4485-2013: Augusto Bernal Montenegro/Hospital Regio-nal Docente “Las Mercedes” y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara infunda-da la demanda, reformándola declara

fundada.

Expediente N° 4598-2013: Elaine Juana de Lurdes Diaz Gasco/Unidad de Ges-tion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 7870-2013: Magaly Rebaza Yzquierdo/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion dos que resuelve no admitir a trámite la demanda, reformán-dola declara subsanada la demanda.

Expediente N° 5393-2013: Nelida Vic-toria Alva Saldaña/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 3330-2013: Rosa Amelia Tafur de Portocarrero/Unidad de Ges-tion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 5189-2012: Wilder Jesús Horna Cabrejos/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Pro-ceso Contencioso Administrativo/Con-firma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 5623-2012: Quiteria Var-gas de Rioja/Unidad de Gestion Educa-tiva Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improcedente, reformándola declara fundada en parte.

Expediente N° 1577-2012: Walter Augusto Zunini Chira/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 4783-2013: Deifilia del Pilar Diaz Olano de Sachun/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 7790-2013: Manuela Morales de Millones/Unidad de Gestion Educativa Local de Ferreñafe y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infun-dada la demanda.

Expediente N° 3584-2013: Rosa Isa-bel Arellano Castillo/Unidad de Ges-tion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 3715-2013: Segundo Juan Uriarte Guevara/Unidad de Ges-tion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improce-dente la demanda, reformándola decla-ra fundada.

Expediente N° 2311-2010: Arcenio Vas-quez Perez/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma resolucion dieciséis que aprueba liquidación de intereses.

Expediente N° 611-2014: Angelica Hermelinda Salazar Perez de Claxton/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara funda-da la demanda, reformándola declara infundada.

Expediente N° 569-2014: Jose Ramos Baldera Ventura/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformán-dola declara infundada.

Expediente N° 3012-2012-78: Miguel Enemesio Ñañez Mio/Gobierno Regio-nal de Lambayeque/Proceso Conten-cioso Administrativo-Medida Cautelar/Confirma resolucion ocho que admite a

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Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 201512 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

trámite medida cautelar. Confirma reso-lucion trece que impone multa de 5URP.

Expediente N° 205-2011-97: Maria Eusebia Leyva de Suyón/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion catorce que aprueba liqui-dación.

Expediente N° 3423-2014: Isabel Perez López/Oficina de Normalizacion Previ-sional/Proceso Contencioso Administra-tivo/Confirma resolucion uno que decla-ra improcedente la demanda.

Expediente N° 6811-2012: Nicanor Fenco Espinoza/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 5303-2011: Italo Goico-chea Martínez/Gerencia Regional de Educación de Lambayeque y otros/Pro-ceso Contencioso Administrativo/Con-firma sentencia que declara fundada la demanda. Confirma resolucion seis que impone multa, revoca en el monto de 10URP, reformándola impone 6URP.

Expediente N° 6377-2012: Rosa Pisco-ya Pupuche/Unidad de Gestion Educa-tiva Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Confirma resolucion cinco que impone multa, revoca en el monto de 5URP, reformándola impone 2URP.

Expediente N° 6755-2011: Luis Alberto Huerta Aguilar/Municipalidad Provin-cial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 828-2013: Rosa Onelia Chapoñan de Ruiz/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia en cuanto declara improcedente el reintegro desde el 19 de enero de 1993 hasta la actualidad, reformándola declara fundado dicho extremo y confirman lo demás que contiene.

Expediente N° 4426-2009-61: Máximo Requejo Maldonado/Oficina de Norma-lizacion Previsional/Proceso Contencio-so Administrativo/Confirma resolucion veintiuno que declara fundada la obser-vación.

Expediente N° 3405-2012: Nelly Bea-triz Espinoza Barba/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion tres que impone multa de 5URP, reformándolo impone 1URP. Confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 3827-2012: Elsa Marilu Carranza Peralta/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 865-2011: Ofelia Gue-rrero Sosa/Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4804-2011-27: Marcos Linares Chaname/Oficina de Normali-zacion Previsional/Proceso Contencio-so Administrativo/Confirma resolución veintitrés que impone multa de 1URP.

Expediente N° 2643-2009: Angelica Molocho Zaldívar/Gobierno Provin-cial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolución ocho que impone multa de 2URP, reformán-dolo impone 1URP. Confirma senten-cia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 6641-2012: Pablo Cabre-ra Rojas/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma sen-tencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 6609-2012: Moises Anselmo Martínez Guevara/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 775-2011: Carlos Miguel Espinoza Guerrero/Direccion Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolución trece que impone multa de 10URP, reformándolo impone 6URP. Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 3373-2012: Martin Puri-saca Sosa/Unidad de Gestion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proce-so Contencioso Administrativo/Confir-ma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 601-2014: Floriano Sau-cedo Gallardo/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformán-dola declara infundada.

Expediente N° 769-2011: Segundo Daniel Manayay Huaman/Municipalidad Distrital de Incahuasi/Proceso Conten-cioso Administrativo/Declara nula la sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 3593-2009: Guillermo Nuñez Ruiz/Procurador Publico de la Policía Nacional del Perú y otro/Proce-so Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 3382-2011-44: Abrahan Cerna Quiroz/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma resolución quince que impone multa de 2URP.

Expediente N° 47-2013-29: Alex Omar Arevalo Chavez/Municipalidad Distrital de Jose Leonardo Ortiz/Proceso Con-tencioso Administrativo/Declara nulo el concesorio de apelación.

Expediente N° 593-2014: Ancelmo Bautista Delgado/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformán-dola declara infundada.

Expediente N° 351-2006: Richar Nestor Piscoya Olivos/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo de Lambayeque/Pro-ceso Contencioso Administrativo/Con-firma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 4043-2013: Walther Ale-jandro Vega Gastelumendi/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándo-la declara infundada.

Expediente N° 1169-2012: Juana Vilma Palacios de Alberca/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infun-dada la demanda.

Expediente N° 613-2014: Jorge Fortu-nato Zuloaga Cachay/Gerencia Regio-nal de Educacion de Lambayeque/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 4503-2013: Martha Esperanza Flores Espinoza/Unidad de Gestion Educativa de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándo-la declara infundada.

Expediente N° 4778-2010: Aurora Este-la Izquierdo Arellano/Direccion Regional de Salud y otro/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 8065-2013: Carmen

Julia Rubiños Panta/Unidad de Ges-tion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 495-2012: Maria Tere-sa Custodio Salazar/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da en parte la demanda. Declara nulo el extremo que dispone: “y la calcule conforme al artículo 56 de la Ley 29944 y el articulo 1 del Decreto Supremo 290-2012-EF, a partir del 26 de noviembre de 2012 siempre que la aplicación de la nueva normatividad no importe una reducción de este extremo de la remu-neración de la actora”.

Expediente N° 7331-2013: Socorro Amalia Flores Vela/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 4067-2012: Jose Segun-do Gil Vergara/Municipalidad Provin-cial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformán-dola declara fundada en parte.

Expediente N° 5577-2013: Ada Cons-tanza Bautista de Ameghino/Direccion Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4605-2013: Guillermo Enrique Davila Llatas/Unidad de Ges-tion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándo-la declara fundada.

Expediente N° 7717-2010: Nicanor Fenco Espinoza/Direccion Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Pro-ceso Contencioso Administrativo/Con-firma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 7784-2013: Maria Ange-lica Hernandez Revilla/Gerencia Regio-nal de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4119-2013: Olinda Ave-lina Urcia Zuzunaga de Dextre/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 1817-2010: Manuel Orlando Lozada Bravo/Presidente Eje-cutivo del Seguro Social de Salud y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma resolucion tres que declara infundada la excepción de falta de legitimidad para obrar y falta de agotamiento de la vía administrativa. Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 605-2014: Antonio Vidau-rre Santisteban/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformán-dola declara infundada.

Expediente N° 517-2014: Rosario Luna Baldera/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Revoca sentencia que decla-ra fundada la demanda, reformándola declara infundada.

Expediente N° 967-2014: Fernanda Human Gomez vda. de Torres/Gerencia Regional de Salud de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándo-la se declara infundada.

Expediente N° 5513-2013: Eduardo Enrique Campos Carrión/Unidad de Gestion Educativa Local de Ferreñafe

y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 5099-2013: Celinda Vic-toria Andonayre Rodríguez/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 315-2014: Juan Roque Nunura/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándo-la declara infundada.

Expediente N° 1874-2014-83: Sara Agustina Abad Monteza/Gerente Regio-nal de Educacion de Lambayeque/Medi-da Cautelar/Confirma resolucion dos que rechaza medida cautelar.

Expediente N° 5352-2011-46: Henry Sixto Maita Manrique/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma reso-lucion trece que impone multa de 1URP mas.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y PINEDA RIOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 4747-2013: Lucina Sanchez Castañeda y otro/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 2994-2010: Paulino Rumiche Vite/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma resolucion veinti-nueve que aprobó informe y tiene por concluido el proceso.

DIA VEINTIUNO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y ALVARADO TAPIA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 4487-2011: Vander Diaz Centurión/Direccion de Recursos Humanos de la PNP y otros/Proce-so Contencioso Administrativo/Revo-ca sentencia que declara fundada la demanda, reformándola declara infun-dada.

CON LOS SEÑORES HUANGA NAVE-DA, CARRILLO MENDOZA Y PINE-DA RIOS SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 5691-2011: Nora Eliza-beth Gamboa Horna/Gobierno Regional de Lambayeque y otro/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia que declara improcedente la demanda. Revoca resolucion cinco y siete que imponen multa de 5 y 10URP, reformán-dolas deja sin efecto las multas.

Expediente N° 7316-2013: Jorge Luis López Barrientos/Hospital Regional Docente Las Mercedes y otra/Proce-so Contencioso Administrativo/Declara nula la sentencia que declara infundada la demanda.

DIA VEINTITRES DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 3000-2011: Julio Pui-can Velásquez/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Declara la nulidad de los actuados a partir de la resolucion once.

Expediente N° 2849-2009: Roberto Fer-nando Segovia Chavez/Director Gene-ral de la Policía Nacional del Perú/Proceso Contencioso Administrativo/En

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13Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

discordia confirma sentencia que decla-ra improcedente la demanda.

Expediente N° 2505-2010: Eusebio Sosa Pescoran/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformán-dola declara infundada.

Expediente N° 479-2012: Yolanda Alcal-de Calderón/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/En discordia revoca sentencia en el extremo que declara infundado el pago de intereses, reformándola decla-ra fundado, confirmaron lo demás que contiene.

Expediente N° 2110-2012-34: Santos Ana Cueva Vega/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolucion doce que declara infundada la observación, reformándola declara fundada.

Expediente N° 3397-2010-4: Segundo Alejandro Pisfil Guzman/Oficina de Nor-malizacion Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Revoca resolucion veintisiete en el extremo que requiere a la demanda emita nueva resolucion, reformándola se ordena pague inte-reses.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y TUTAYA GONZALES SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente Ne 5769-2012: Adan Veja Vasquez/Municipalidad Provincial de Chiclayo/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/En discordia declara nula la sentencia.

CON LOS SEÑORES DEZA SAN-CHEZ, FIGUEROA GUTARRA Y PINE-DA RIOS SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 3603-2012: Rosa Imelda Bravo Terrones/Municipalidad Provin-cial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia revoca sen-tencia que declara infundada la deman-da, reformándola declara improcedente.

DIA VEINTICUATRO DE IULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y FIGUEROA GUTARRA SE VIO Y SE VOTO LAS SIGUIENTES CAUSAS

Expediente N° 135-2012: Segundo Aurelio Vega Saavedra/Oficina de Nor-malizacion Previsional/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma reso-lucion cinco que incrementa multa a 2URP. Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3971-2012: Teódu-lo Manuel Cubas Vasquez/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda. Confirma resolucion trece que declara infundada la excepción de cosa juzgada.

Expediente N° 5245-2013: Rosa Onelia Limo Rentería de Soto/Gerencia Regio-nal de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Revoca sentencia que declara improcedente la demanda, reformándo-la declara infundada.

Expediente N° 3301-2011: Gina Yolan-da Guerra de Alvarado/Direccion Regio-nal de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 4739-2013: Zoila Con-suelo Alvitez Castañeda/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 31-2015: Julio Roberto

Esquen Piedra/Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda, revoca en el extremo que se debe otorgar en forma diaria, reformándola se reintegre el monto diferencial que debía cobrar en forma mensual.

Expediente N° 5297-2013: Javier Solis Perez/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Con-tencioso Administrativo/Confirma sen-tencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 267-2013: Victoria Tomasa Celis Supo/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara funda-da la demanda.

Expediente N° 575-2013: Alicia Tapia Barboza/Gerencia Regional de Educa-cion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 7726-2013: Norma Raquel Novoa Piedra/Gerencia Regio-nal de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 56-2009: Socorro Angeli-ca Cañola Carrasco/Oficina de Normali-zacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 5697-2010: Charles Humberto Bayona Torres/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 5913-2013: Angel Jose Mestar Acosta y otros/Oficina de Nor-malizacion Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Revoca resolucion cuatro que impone multa de 5URP, reformándola impone 1URP. Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 5350-2010-47: Floren-cio Lezcano Ramos/Unidad de Gestion Educativa Local de Chiclayo y otros/Proceso Contencioso Administrativo-Medida Cautelar/Confirma resolucion cuatro que declara infundada la oposi-ción a medida cautelar.

Expediente N° 2637-2009-77: Alejandro Millones Valderrama/Oficina de Norma-lizacion Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Revoca resolucion veintitrés que impone multa de 5URP, reformándola deja sin efecto la multa.

Expediente N° 159-2012: Aura Anto-nieta Bernilla de Gonzales/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma resolucion cuatro que impone multa de 1URP. Revoca sentencia que decla-ra fundada la demanda, reformándola declara infundada.

Expediente N° 7491-2013: Jesús Maria Burgos Custodio/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Pro-ceso Contencioso Administrativo/Con-firma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 277-2009: Maria Anto-nieta Guevara Tello/Unidad de Ges-tion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4471-2013: Carmen Lucia Kong Ramos/Unidad de Ges-tion Educativa Local de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 3561-2013: Nilda Mabel Davila de Guerra/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/

Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infun-dada la demanda.

Expediente N° 6425-2010: Elna Rojas Saavedra/Direccion Regional de Edu-cacion y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 703-2012: Maria Aurora Lezma Tirado/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma sentencia que decla-ra infundada la demanda.

Expediente N° 5957-2011: Eduardo Ipa-naque Bocanegra/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda. Confir-ma resolucion cinco que impone multa de 2URP.

Expediente N° 5969-2010: Paula Alcas vda. de Iman/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Declara improcedente la apelación contra sentencia, nulo el concesorio. Confirma resolucion catorce que impone multa, revoca en el monto de 4URP, reformándolo impone 1URP.

Expediente N° 2253-2012-35: Maria Cruz Burga de Liza/Oficina de Norma-lizacion Previsional/Proceso Contencio-so Administrativo/Confirma resolucion doce que impone multa de 2URP.

Expediente N° 338-2008: Raúl Román Diaz Perez/Municipalidad Distrital de Jose Leonardo Ortiz/Proceso Conten-cioso Administrativo/Revoca resolucion veintidós que declara concluido el pro-ceso, reformándolo declara improce-dente.

Expediente N° 3408-2010: Pedro Mana-yalle Montaño/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma resolucion veintiuno.

Expediente N2 3175-2009: Jorge Alex Merino Merino/Municipalidad Provin-cial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara fundada la demanda, reformán-dola declara infundada.

Expediente N° 1104-2013: Adanaque Pascual Aquino/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 797-2011: Rosario Oli-vera Simpertegui/Municipalidad Provin-cial de Chiclayo/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 6019-2012: Manuel Chero Pucce/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma sentencia que decla-ra infundada la demanda.

Expediente N° 3751-2014: Flor de Maria Adrianzen Sandoval/Oficina de Norma-lizacion Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma resolu-cion uno que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 6340-2011: Alfredo Agri-pino Oviedo Navarro/Oficina de Nor-malizacion Previsional/Proceso Conten-cioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 3051-2012: Jacinta Eli-zabeth Galan Espinoza/Municipalidad Distrital de Pimentel/Proceso Conten-cioso Administrativo/Revoca sentencia que declara infundada la demanda, reformándola declara fundada en parte.

Expediente N° 2154-2012: Asunciona Quiroz Leyva/Oficina de Normalizacion Previsional/Proceso Contencioso Admi-nistrativo/Confirma resolucion dieciséis que declara infundada la observación.

Expediente N° 2753-2011: Carlos Alber-to Córdova Reyes/Direccion Regional de Agricultura de Lambayeque/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma

sentencia que declara improcedente la demanda.

Expediente N° 1569-2013: Anibal Torres Elera/Gerente Regional de Edu-cacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara fundada en parte la demanda.

Expediente N° 211-2010: Dania Vas-quez Parraguez/Unidad de Gestion Educativa Local de Ferreñafe y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara funda-da la demanda, reformándola declara infundada.

Expediente N° 6731-2012: Jose Rufino Salazar Guerrero/Gerencia Regional del Ministerio de Agricultura y otros/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca sentencia que declara improce-dente la demanda, reformándola decla-ra infundada.

Expediente N° 4163-2013: Mavila Espe-ranza Vega Gastelumendi/Gerencia Regional de Educacion de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

Expediente N° 1485-2013: Alberto Orozco Quiroz/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Revoca resolución siete que declara improcedente la presen-tación del expediente administrativo en CD, reformándolo declara cumplido el mandato. Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 4770-2011: Zenón Tafur Escobar/Gerencia Regional de Trans-porte y Comunicaciones de Lamba-yeque/Proceso Contencioso Adminis-trativo/Confirma sentencia que declara fundada la demanda.

Expediente N° 413-2013: Florentino Jibaja Santos/Oficina de Normaliza-cion Previsional/Proceso Contencioso Administrativo/Confirma sentencia que declara infundada la demanda.

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y TERAN ARRUNATEGUI SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N2 2525-2012: Tomasa Meneses de Cajan/Oficina de Nor-malizacion Previsional/Proceso Con-tencioso Administrativo/En discordia revoca sentencia que declara funda-da la demanda, reformándola declara infundada.

DIA VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES CARRILLO MENDOZA, FIGUEROA GUTARRA Y CERVERA DAVILA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N2 4929-2009: Isabel Mar-garita Tasson Sanchez/Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo/Pro-ceso Contencioso Administrativo/En discordia revoca sentencia que declara fundada en parte la demanda, refor-mándola declara infundada.

DIA VEINTICINCO DE JULIO DEL DOS MIL QUINCE

CON LOS SEÑORES HUANGAL NAVEDA, CARRILLO MENDOZA Y DIAZ PISCOYA SE VIO Y SE VOTO LA SIGUIENTE CAUSA

Expediente N° 2777-2012 y Claria Yola Alarcón de Suarez/Gerencia Regio-nal de Salud de Lambayeque y otros/Proceso Contencioso Administrativo/En discordia confirma sentencia, y que declara fundada la demanda.

SRA. CERVERA DÁVILAJUEZ SUPERIOR

KELLY JANNETT MEGO ALARCÓNRELATORA

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Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 201514 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL

POSTULANTES A JUECES SUPERNUMERARIOS DE PAZ LETRADO PUNTAJE1 MILAGROS JANNET BEGAZO NORABUENA 73.002 VICTORIA MILAGROS ACOSTA PUICON 60.253 YANIS NELUSKA PISCOYA CAMPOS 68.004 NILA GUADALUPE CASTAÑEDA NORIEGA 48.005 MARIBEL LLAMOSA QUIROZ 62.006 NICOLAS INOÑAN VENTURA 76.507 STALIN PEREZ ALARCON 74.008 JOSE DAVID BAUTISTA ROMERO 63.959 EVELYN ALEJO QUIROZ 76.00

10 BARBARA INGRIT CASTRO ESCOBEDO 60.0011 YNGRID ARACELI VERA MONTENEGRO 74.0012 ELIN SANCHEZ PEREZ 18.4013 YESSICA DEL CARMEN PUPUCHE SENADOR 63.0014 MARIANELLA DE JESÚS SIAPO GUTIERREZ 42.7515 LEYLA IVON VILCHEZ GUIVAR 79.2516 VERONIKHA JANET SANTA CRUZ RONDOY 69.5017 PATRICIA DEL PILAR CUEVA SAMPEN 73.25

POSTULANTES A JUECES SUPERNUMERARIOS CIVILES PUNTAJE1 LUIS ALBERTO HERNANDEZ REVILLA 75.002 VILDER MARTINEZ QUISPE 65.003 ESGAR PURIHUAMAN DIAZ 69.50

POSTULANTES A JUECES SUPERNUMERARIOS PENALES PUNTAJE1 KARINA ROSSANA VELASQUEZ CAMPOS 78.502 JOSE HERNAN NECIOSUP CHANCAFE 98.003 JUAN EDUARDO VALDERA OLIVOS 68.004 DORA ITALA CASTILLO DIAZ 88.505 RICARDO JAVIER MORE CUSTODIO 69.006 JACQUELINE ROSMERY MEGO RAMIREZ 78.007 EDGARDO HERNAN ASENJO TAMAY 79.008 EVA MARIA VASQUEZ VASQUEZ 68.009 EVE GLADYS REDRUELLO VIALLAREAL 72.00

10 JOSE ANTONIO OBLITAS VERA 32.2511 NIVIA MAGGALY CORREA JIBAJA 48.50

POSTULANTES A JUECES SUPERNUMERARIOS MIXTOS PUNTAJE1 MARGOT OLIVARES TORRES 69.502 JHNOY FERNANDO DAMIAN AMAYA 76.00

POSTULANTES A JUECES SUPERNUMERARIOS LABORALES PUNTAJE1 LUCAS OLIVERA CORONADO 78.002 HUGO RAUL BARRANTES BARBOZA 73.003 GUSTAVO RAFAEL SANCHEZ CHACON 80.00

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15Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 2015PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGV CRÓNICA JUDICIAL

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Chiclayo, miércoles 02 de diciembre del 201516 PRECIO POR PALABRA: 0.015 INCLUDO IGVCRÓNICA JUDICIAL